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DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, Edición Matutina, No. de publicación 093/2026, Ciudad de México, viernes 17 de abril de 2026
17 de abril de 2026 · Presidencia de la República; Secretaría de Gobernación; Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (ECOSUR); Secretaría de Salud; Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (INFOTEC); Suprema Corte de Justicia de la Nación; Banco de México; Instituto Nacional Electoral; Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.
No. de publicación: 093/2026
Ciudad de México, viernes 17 de abril de 2026
CONTENIDO
Presidencia de la República
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación
Secretaría de Salud
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Avisos
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
INDICE
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 48,661.703 m²
(cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y uno punto setecientos tres metros cuadrados), a favor
de la Federación, por conducto de Tren Maya, S.A. de C.V., para la ejecución de los tramos 1, 2,
3, 5 y 6 del Proyecto Tren Maya, correspondiente a 14 (catorce) inmuebles de propiedad privada,
ubicados en los municipios de Candelaria, Champotón y Campeche en el estado de Campeche;
Tenosique en el estado de Tabasco; Umán en el estado de Yucatán; Othón P. Blanco, Puerto
Morelos, Solidaridad, Tulum y Felipe Carrillo Puerto en el estado de Quintana Roo. ......................
4
SECRETARIA DE GOBERNACION
Convenio Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado
de Guerrero, que tiene por objeto coordinar y evaluar la aplicación de la política de población
en la entidad federativa, en cualquiera de los temas o fenómenos demográficos que se
deseen abordar. ...............................................................................................................................
11
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. Francisco Diego Bernabé y firmantes de la agrupación
denominada Iglesia Católica Apostólica Siro Ortodoxa de Antioquia en el Sur Occidente de la
República Mexicana. ........................................................................................................................
17
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. Rubén Camacho Razo y firmantes de la agrupación
denominada Iglesia Bíblica Misionera Remanente. ..........................................................................
19
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. Rodolfo Hernández Rodríguez y firmantes de la
agrupación denominada Iglesia Ministerio de Avivamiento y Restauración Visión Familiar. ............
21
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. Eduardo Toledo Manuel y firmantes de la agrupación
denominada Ministerio Internacional Palabra de Vida. .....................................................................
23
SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES, TECNOLOGIA E INNOVACION
Programa Institucional de El Colegio de la Frontera Sur (ECOSUR) 2026-2030. ............................
25
SECRETARIA DE SALUD
Tercer Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de
transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar
acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de Michoacán. .....................................................................................................
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DIARIO OFICIAL
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AGENCIA DE TRANSFORMACION DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES
Programa Institucional INFOTEC Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la
Información y Comunicación 2026-2030. .........................................................................................
168
Programa de Cobertura Social 2026. ...............................................................................................
211
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la
Controversia Constitucional 18/2025, así como los Votos Concurrentes de las señoras Ministras
Loretta Ortiz Ahlf y Sara Irene Herrerías Guerra, y Particular de la señora Ministra Lenia
Batres Guadarrama. .........................................................................................................................
242
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
282
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
282
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
282
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Extracto del Acuerdo INE/JGE37/2026 de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional
Electoral, por el que se aprueba la actualización del Manual de Proceso y Procedimientos de
“Gestión por Procesos”. ....................................................................................................................
283
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Acuerdo SROAX/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades
jurisdiccionales en la Sala Regional en Oaxaca del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por
causa de fuerza mayor. ....................................................................................................................
285
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
286
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
4
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 48,661.703 m² (cuarenta y ocho mil
seiscientos sesenta y uno punto setecientos tres metros cuadrados), a favor de la Federación, por conducto de Tren
Maya, S.A. de C.V., para la ejecución de los tramos 1, 2, 3, 5 y 6 del Proyecto Tren Maya, correspondiente
a 14 (catorce) inmuebles de propiedad privada, ubicados en los municipios de Candelaria, Champotón y Campeche
en el estado de Campeche; Tenosique en el estado de Tabasco; Umán en el estado de Yucatán; Othón P. Blanco,
Puerto Morelos, Solidaridad, Tulum y Felipe Carrillo Puerto en el estado de Quintana Roo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad
que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con
fundamento en los artículos 27, párrafos primero y segundo, fracción VI, párrafo segundo, 28, párrafos cuarto
y quinto, y 92 de la propia Constitución; 29 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o.,
fracción III Bis, 2o., 3o., 4o., 7o., 8 Bis, 9o., 10, 19 y 20 de la Ley de Expropiación, y 143, fracción VII, de la
Ley General de Bienes Nacionales, y
CONSIDERANDO
1. Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que
"La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde
originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los
particulares, constituyendo la propiedad privada" y que "Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de
utilidad pública y mediante indemnización"; en tanto que el artículo 28, párrafo cuarto, de la misma
Constitución, señala expresamente que "...los ferrocarriles, tanto para transporte de pasajeros como de carga,
son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado
al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación...";
2. Que la Ley de Expropiación es de interés público, en su artículo 1o., fracción III Bis, establece como
causa de utilidad pública "La construcción de obras de infraestructura pública y la prestación de servicios
públicos, que requieran de bienes inmuebles y sus mejoras, derivada de concesión, de contrato o de cualquier
acto jurídico celebrado en términos de las disposiciones legales aplicables";
3. Que la citada ley establece en los artículos 2o. y 4o., que procede la expropiación, previa declaratoria
de utilidad pública, y mediante la indemnización a quien en derecho corresponda;
4. Que el Proyecto de Nación se fundamenta en los Cien Compromisos de gobierno para el periodo
2025-2030, los cuales son la base del Plan Nacional de Desarrollo (PND 2025-2030), publicado en el Diario
Oficial de la Federación (DOF) el 15 de abril de 2025; en ellos se exponen 14 repúblicas, la XI, que se
denomina República Próspera y Conectada, la cual contempla los compromisos números 76 y 77, mismos
que se refieren a la "Construcción de línea del Tren Maya a Progreso" y a la "Implementación del transporte
de carga en el Tren Maya", respectivamente;
5. Que el PND 2025-2030 contempla, en su Eje general 3 "Economía Moral y Trabajo", las siguientes
estrategias:
Estrategia 3.7.2 Fomentar la construcción, modernización y conservación de la
infraestructura de transporte para garantizar la movilidad de personas, bienes, servicios
y turistas nacionales e internacionales, asegurando condiciones de seguridad vial,
accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.
Estrategia 3.7.3 Desarrollar infraestructura ferroviaria para mejorar el transporte de
pasajeros y carga mediante la expansión e integración de la red con un enfoque
intermodal, fortaleciendo la integración territorial y ofreciendo un servicio económico,
seguro, sostenible y eficiente.
6. Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (PSEDATU) 2025-2030, publicado
en el DOF el 1 de septiembre de 2025, establece en su Estrategia 2.3 "Promover políticas de movilidad
sustentable, segura, accesible e incluyente, para mejorar la conectividad del territorio, la prosperidad de las
regiones y el bienestar de las personas" y en su Línea de acción 2.3.1 "Coordinar la regularización y liberación
del derecho de vía para la construcción de 3,000 km de líneas de tren de pasajeros, mediante procesos de
gestión, acuerdos y actualización registral";
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7. Que el Programa Sectorial de Defensa Nacional 2025-2030, publicado en el DOF el 1 de septiembre de
2025, establece en su Estrategia 6.1 "Coadyuvar en la construcción de infraestructura que tienda al desarrollo
económico y social del país" y en sus Líneas de acción 6.1.1 y 6.1.2 "Colaborar en estudios preliminares,
asesoramiento y construcción, para el desarrollo del sistema ferroviario del país, que permita mejorar la
movilidad, fortalecer la integración regional y facilitar el traslado de pasajeros y carga en el territorio nacional"
y "Participar en la materialización de la infraestructura ferroviaria del Tren Maya para mejorar el transporte de
pasajeros y carga, mediante la expansión de la red con un enfoque intermodal, que permita fortalecer la
integración territorial en el sureste de la República y su desarrollo social”, respectivamente;
8. Que, el Programa Institucional Tren Maya, S.A. de C.V. 2025-2030, publicado el 14 octubre de 2025 en
el DOF, define los tres objetivos siguientes: "1.- Asegurar la rentabilidad del Tren Maya mediante la gestión
eficiente de los servicios de transporte de pasajeros, carga, servicios complementarios y comerciales, para
consolidar un sistema ferroviario que impulse el crecimiento económico del Sureste"; "2.- Garantizar un
sistema de transporte ferroviario confiable, eficiente, seguro, con calidad e innovador con una conectividad
intermodal integral, para fortalecer la logística, el comercio y la competitividad regional", y "3.- Impulsar al Tren
Maya como una empresa ferroviaria con responsabilidad ambiental y social, con respeto a los derechos
humanos, para contribuir al bienestar, la movilidad sostenible y desarrollo del Sureste";
9. Que la construcción del Tren Maya es uno de los compromisos y proyectos más relevantes, en los
últimos años, de infraestructura para:
Impulsar el desarrollo socioeconómico y turístico de la historia del sureste del país y
fortalecer la integración de cadenas productivas en la península de Yucatán;
Elevar la calidad de los servicios turísticos, fomentar la capacitación y profesionalización
del capital humano que forma parte de esta industria;
Crear empleos, impulsar el desarrollo sostenible, proteger el medio ambiente de la zona
desalentando actividades como la tala ilegal y el tráfico de especies y propiciar el
ordenamiento territorial de la región, y
Funcionar como corredor humanitario por medio del cual se entregarán apoyos
alimentarios, médicos, etcétera, a las comunidades indígenas y pueblos marginados del
sureste mexicano, al proyectarse un flujo constante, se podrá llegar a dichos poblados
de manera pronta y eficaz, su ubicación geográfica es fundamental para salvaguardar
las costas y la zona fronteriza con Centroamérica;
10. Que, Tren Maya, S.A. de C.V., elaboró dictámenes técnicos de viabilidad del Proyecto Tren Maya, en
los que se concluye que es de primera necesidad contar con un servicio confiable, eficiente, cómodo y seguro
que permita, por una parte, el transporte de mercancías y, por otra, movilizar a las personas usuarias con
altos estándares de calidad, acceso y cobertura en el área urbana y conurbada;
11. Que los dictámenes antes referidos, acreditan que el Proyecto Tren Maya satisface el interés colectivo,
e impulsa las actividades económicas del sur-sureste del país que garantizan el derecho a la movilidad en
condiciones de seguridad, accesibilidad, comodidad, eficiencia, calidad e igualdad. Asimismo, se confirmó que
la construcción del Tren Maya permitirá el desarrollo socioeconómico y turístico; reducirá los niveles de
pobreza que existen en la zona, y mejorará las condiciones de vida de quienes habitan y transitan por la zona;
12. Que mediante escritura pública 98,727, de 5 de diciembre de 2018, otorgada ante el Licenciado Carlos
Antonio Morales Montes de Oca, notario 227 de Ciudad de México, se protocolizó el cambio de denominación
de Fonatur Operadora Portuaria, S.A. de C.V., por el de FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V. En la cláusula
CUARTA de la citada escritura pública consta, como parte de su objeto social:
(...)
c) Tramitar todo tipo de asignaciones y permisos y ejecutar la construcción, operación,
explotación, conservación y mantenimiento de vías férreas en el sureste de la República
Mexicana.
d) Tramitar todo tipo de asignaciones y permisos y prestar el servicio público de
transporte ferroviario de pasajeros o de carga, por sí mismo mediante asignación o de
manera conjunta con concesionarios.
e) Tramitar todo tipo de asignaciones y permisos para prestar servicios auxiliares
ferroviarios, así como todo tipo de servicios relacionados con la infraestructura
ferroviaria.
(...)
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g) Celebrar todo tipo de actos jurídicos por los cuales otorgue o reciba el uso y
aprovechamiento de bienes muebles e inmuebles, así como el adquirirlos o enajenarlos,
comprendidos en instalaciones turísticas o inmobiliarias de cualquier naturaleza, en
cualquier destino turístico, polos de desarrollo turístico, Centros Integralmente
Planeados, y en Centros Turísticos Sustentables del Fondo Nacional del Fomento al
Turismo (FONATUR), en el sureste de la República Mexicana.
(...)
13. Que, mediante publicación en el DOF el 21 de abril de 2020, el Gobierno federal otorgó, por conducto
de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a la empresa de participación estatal mayoritaria
FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., la asignación para construir, operar y explotar la vía general de
comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, la cual incluye la prestación del servicio público de
transporte ferroviario de carga y de pasajeros, y los permisos para prestar los servicios auxiliares requeridos;
14. Que, mediante escritura pública número 20 de 3 de junio de 2022, otorgada ante la fe de la titular de la
Notaría 153 del estado de México, Claudia Gabriela Francóz Gárate, se hizo constar la constitución de la
Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Tren Maya, S.A. de C.V., la cual tiene por objeto social:
(…) prestar los servicios de transporte ferroviario, complementarios y comerciales
relacionados con los mismos, en términos de las concesiones, permisos, licencias y
autorizaciones, que en su caso, obtenga del Gobierno Federal, para llevar a cabo la
construcción, operación y explotación del "Tren Maya".
Por lo que, para cumplir con su objeto social, Tren Maya, S.A. de C.V., puede realizar, entre otras, lo
siguiente:
(...)
II. Llevar a cabo la construcción, operación y explotación del "Tren Maya", así como
prestar los servicios auxiliares y públicos de transporte ferroviario de personas y carga,
principalmente en los Estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana
Roo, pudiendo extenderse en todo el territorio nacional;
III. Realizar todas las acciones, estudios, proyectos, construcciones, adquisiciones,
obras complementarias, sociales y de desarrollo inmobiliario que sean necesarias para
la construcción del Sistema Ferroviario relacionado con el "Tren Maya" y los que se
lleguen a crear en el territorio nacional, para el desarrollo regional, incluyendo todas
aquellas actividades relacionadas con la adquisición de bienes por cualquier título,
propiedad privada o cualquier modalidad de tenencia de la tierra;
IV. El diseño, la construcción, ejecución, equipamiento, instalación, puesta en operación,
financiación y transmisión de todo tipo de edificaciones, obras necesarias para tendido
de vías, elevados sobre carril o cable, señalizaciones y enclavamientos, electrificación
de ferrocarriles, así como su mantenimiento y reparación, ya sea en régimen de
contratación pública o, privada, concesión o arrendamiento;
(...)
XII. En general, realizar y ejecutar todos los actos jurídicos que sean necesarios o
convenientes para llevar a cabo su objeto social.
(...)
15. Que el 30 de mayo de 2023, se publicó en el DOF la "Modificación al Título de Asignación otorgado el
20 de abril de 2020, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, actualmente Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en favor de la empresa de participación estatal mayoritaria
FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V.", en cuyo Antecedente V se establece que el 3 de mayo de 2023,
mediante oficio DJ/APAT/125/2023, FTM/SEN/0733/2023 FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., solicitó
modificar su Título de Asignación para llevar a cabo únicamente la construcción de la "Vía Tren Maya", por el
periodo suficiente para concluir con la ejecución de los trabajos de construcción que actualmente se
encuentran en proceso y, una vez concluida se entregue esta vía a la empresa de participación estatal
mayoritaria "Tren Maya", S.A. de C.V., excluyéndose, en consecuencia la operación y explotación de la vía
general de comunicación ferroviaria denominada Tren Maya;
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16. Que el 30 de mayo de 2023 se publicó en el DOF el “Título de Asignación que otorga la Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes en favor de la empresa de participación estatal mayoritaria
denominada Tren Maya, S.A. de C.V., para construir, operar y explotar la vía general de comunicación
ferroviaria denominada Tren Maya, la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de
pasajeros, la cual incluye los permisos para prestar los servicios auxiliares requeridos”;
17. Que, por acuerdo publicado el 21 de septiembre de 2023 en el DOF, se emitieron los "Lineamientos
para la entrega del Proyecto Tren Maya, que realizará el Fideicomiso denominado Fondo Nacional de
Fomento al Turismo (FONATUR) y Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V., a Tren Maya, S.A. de C.V.";
18. Que por acuerdo publicado en el DOF el 4 de agosto de 2025, se establecieron las acciones para dar
continuidad y seguimiento a los derechos y obligaciones de FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., por Tren
Maya, S.A. de C.V., respecto de aquellos relacionados con el Proyecto Tren Maya, y por el Fondo Nacional de
Fomento al Turismo en los demás derechos, obligaciones y asuntos distintos a éstos;
19. Que FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., es una empresa de participación estatal mayoritaria
sectorizada a la Secretaría de Turismo y Tren Maya, S.A. de C.V., es una empresa de participación estatal
mayoritaria sectorizada a la Secretaría de la Defensa Nacional, como se indica en la "Relación de las
Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal", publicada en el DOF el 14 de agosto de 2025;
20. Que, el 29 de agosto de 2025 se publicó en el DOF la Resolución emitida por el Secretario de
Hacienda y Crédito Público, mediante la cual se autorizó la desincorporación por disolución y liquidación de la
empresa de participación estatal mayoritaria denominada FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V.;
21. Que el 11 de diciembre de 2025 se publicó en el DOF el "Acuerdo por el que se hace del conocimiento
del público en general los días del año 2026, que serán considerados como inhábiles para efectos de los
actos, procedimientos y servicios que presta la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada y su órgano desconcentrado, tanto en oficinas
centrales, como en sus oficinas de representación en las entidades federativas o regiones";
22. Que el 16 de febrero de 2026 se publicó en el DOF la “Terminación del Título de Asignación otorgado
el 20 de abril de 2020 a través de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, actualmente
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en favor de "Fonatur Tren Maya", S.A. de C.V.”;
23. Que FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V. y Tren Maya, S.A. de C.V., mediante oficios números
DJ/APAT/165/2023 de 11 de mayo de 2023, DJ/APAT/292/2023 de 16 de mayo de 2023, DJ/APAT/877/2023
de 24 de julio de 2023, DJ/SJCC/GJ/EDVPP/48/2023 de 28 de septiembre de 2023, FTM/EDVPP/9/2023 de
29 de septiembre de 2023, FTM/EDVPP/599/2024 de 15 de mayo de 2024, TM/RM/SG/2369 de 10 de abril de
2025, TM/RM/SG/2682 de 8 de mayo de 2025, T.M./R.M./SG/2840 de 9 de mayo de 2025, T.M./R.M./SG/2841
de 9 de mayo de 2025, T.M/R.M/SG/5056/2025 de 16 de julio de 2025, TM/RM/SG/5857/2025 de 21 de
agosto de 2025, T.M./R.M/SG/CIOPC/7863 de 17 de octubre de 2025, T.M./R.M./SGOP/4175 de 21 de
octubre de 2025, T.M./R.M/SG/8276/2025 de 3 de noviembre de 2025, T.M./R.M/SG/8278/2025 de 3 de
noviembre de 2025, T.M./R.M/SG/CIOPC/8160 de 4 de noviembre de 2025, T.M./R.M/SG/CIOPC/8250 de 10
de noviembre de 2025, TM/RM/SG/CIOPC/8169 de 10 de noviembre de 2025, T.M./R.M/SG/CIOPC/8251 de
10 de noviembre de 2025, T.M./R.M/SG/CIOPC/8252 de 10 de noviembre de 2025, T.M./R.M/SG/CIOPC/9252
de 28 de noviembre de 2025, T.M./R.M/SG/CIOPC/9286 de 1 de diciembre de 2025 y T.M./R.M/SG/9485/2025
de 4 de diciembre de 2025, solicitaron a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano que, en el
ámbito de sus funciones, competencias y en términos de las disposiciones aplicables vigentes, lleve a cabo
las acciones que resulten necesarias para la adquisición de aquellos inmuebles que se requieren para los
Tramos 1, 2, 3, 5 y 6 del Proyecto Tren Maya;
24. Que, derivado de las solicitudes antes señaladas, la Sedatu, por conducto de la Unidad de Asuntos
Jurídicos, integró el expediente de expropiación número SEDATU.1S.13.I110.UAJ.007.2025, en el cual
constan los dictámenes técnicos en los que Tren Maya, S.A. de C.V., señala que, los inmuebles descritos en
estos son los más apropiados e idóneos para el desarrollo del Proyecto Tren Maya;
25.
Que,
de
las
constancias
que
integran
el
expediente
de
expropiación
número
SEDATU.1S.13.I110.UAJ.007.2025, se advierte que los bienes inmuebles tienen naturaleza jurídica de
propiedad privada y se sustenta el motivo de su inclusión en el presente decreto;
26. Que la Sedatu emitió la "Declaratoria de causa de utilidad pública relativa a 48,661.703 metros
cuadrados, correspondientes a 14 inmuebles de propiedad privada, en los municipios de Candelaria,
Champotón y Campeche en el Estado de Campeche; Tenosique en el Estado de Tabasco; Umán en el Estado
de Yucatán; Othón P. Blanco, Puerto Morelos, Solidaridad, Tulum y Felipe Carrillo Puerto en el Estado de
Quintana Roo, que serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con
el Proyecto Tren Maya", publicada en el DOF el 5 de enero de 2026 y su segunda publicación el 6 del mismo
mes y año;
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27. Que de conformidad con los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la Sedatu cumplió con el procedimiento establecido en la Ley de Expropiación y otorgó garantía
de audiencia previa a los propietarios de los inmuebles de propiedad privada objeto del presente decreto;
28. Que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, emitió los dictámenes valuatorios
en los que determinó el monto unitario por metro cuadrado a indemnizar por la expropiación de cada uno de
los bienes inmuebles que refiere el presente decreto;
29. Que la Sedatu, el 6 de marzo de 2026, emitió resolución en términos del artículo 2o., fracciones V y VI,
de la Ley de Expropiación, en la que confirma la causa de utilidad pública establecida en la "Declaratoria de
causa de utilidad pública relativa a 48,661.703 metros cuadrados, correspondientes a 14 inmuebles de
propiedad privada, en los municipios de Candelaria, Champotón y Campeche en el Estado de Campeche;
Tenosique en el Estado de Tabasco; Umán en el Estado de Yucatán; Othón P. Blanco, Puerto Morelos,
Solidaridad, Tulum y Felipe Carrillo Puerto en el Estado de Quintana Roo, que serán destinados para la
construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con el Proyecto Tren Maya”, y de los cuales es
necesario que el Ejecutivo Federal decrete su expropiación en términos del artículo 4o., de la citada ley;
30. Que, los bienes inmuebles que se pretenden expropiar son apropiados e idóneos para el Proyecto
Tren Maya, los cuales se detallan a continuación:
Tramo 1
Municipio de Candelaria, estado de Campeche:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
1.
T1-CAM-CAN-PRIV-EXPR-21b
20505 (Ciudad del Carmen)
No Consta
129.68
2.
T1-CAM-CAN-PRIV-EXPR-21c
No consta
No consta
310.31
Municipio de Tenosique, estado de Tabasco:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
3.
T1-TABA-TEN-SOC-PARC-TM-410a
771362
R-00424
1,604.64
Tramo 2
Municipio de Champotón, estado de Campeche:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
4.
143-CAM-CHA-EXPR-PRIV
No consta
No consta
30.24
Municipio de Campeche, estado de Campeche:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
5.
259-CAM-CAM-EXPR-PRIV
No consta
No consta
16.20
Tramo 3
Municipio de Umán, estado de Yucatán:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
6.
T3/YUC-UMA/PRIV-EXPR/16
No consta
No consta
44,078.63
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Tramo 5
Municipio de Solidaridad, estado de Quintana Roo:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
7.
T5-ETV-021
No consta
No consta
187.71
Municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
8.
T5-ETV-030
317710
602200200100156000
252.30
Tramo 6
Municipio de Felipe Carrillo Puerto, estado de Quintana Roo:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
9.
6ETV-017-A
3410 (Othón P. Blanco)
1022401019F-X
636.14
10.
6ETV-017-B
2674 (Othón P. Blanco)
1022401019F-XI
904.63
Municipio de Othón P. Blanco, estado de Quintana Roo:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
11.
6SO-23004-02130-TC
157207 (Othón P. Blanco)
No consta
37.96
Municipio de Tulum, estado de Quintana Roo:
Núm.
Polígono
Folio
Cuenta Catastral
Superficie de
afectación metros
cuadrados
12.
6SO-23009-0047J
214040 (Playa del Carmen)
902011002814001-10
201.00
13.
6SO-23009-00050a
248191 (Playa del Carmen)
902011002815004-30
163.15
14.
6SO-23009-0067a
214030 (Playa del Carmen)
902011002814001
109.113
31. De lo que resulta la superficie de 48,661.703 m² (cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y uno punto
setecientos tres metros cuadrados), correspondientes a 14 (catorce) inmuebles de propiedad privada;
32. Que en términos de los artículos 8 Bis y 9o., de la Ley de Expropiación, deben llevarse a cabo las
inscripciones correspondientes, y en caso de que los bienes inmuebles materia de la declaratoria de
expropiación no fueran destinados total o parcialmente al fin que dio causa a la declaratoria respectiva, al
término de cinco años, los propietarios afectados podrán solicitar a la autoridad que haya tramitado el
expediente, la reversión total o parcial del bien de que se trate, y
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33. Que la Sedatu propuso decretar la expropiación de los inmuebles para llevar a cabo la construcción del
Proyecto Tren Maya, en sus tramos 1, 2, 3, 5 y 6 en los estados de Campeche, Tabasco, Yucatán y Quintana
Roo, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
PRIMERO. Se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 48,661.703 m² (cuarenta y ocho mil
seiscientos sesenta y uno punto setecientos tres metros cuadrados), a favor de la Federación, por conducto
de Tren Maya, S.A. de C.V., para la ejecución de los tramos 1, 2, 3, 5 y 6 del Proyecto Tren Maya,
correspondiente a 14 (catorce) inmuebles de propiedad privada, ubicados en los municipios de Candelaria,
Champotón y Campeche en el estado de Campeche; Tenosique en el estado de Tabasco; Umán en el estado
de Yucatán; Othón P. Blanco, Puerto Morelos, Solidaridad, Tulum y Felipe Carrillo Puerto en el estado de
Quintana Roo.
La expropiación incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los bienes inmuebles y
que formen parte de ellos.
SEGUNDO. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano procede a la ocupación inmediata de
los bienes materia de esta expropiación.
La interposición de cualquier medio de defensa no suspende la ocupación señalada en el párrafo anterior.
TERCERO. Con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, Tren Maya, S.A. de C.V., debe cubrir
con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes
acrediten su legítimo derecho, de conformidad con los avalúos que emitió el Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales.
Dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de este decreto, las personas interesadas
podrán acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación, con el único
objeto de controvertir el monto de la indemnización.
CUARTO. Tren Maya, S.A. de C.V., en colaboración con las autoridades correspondientes, debe realizar
todas las acciones legales necesarias respecto de aquellos actos jurídicos celebrados previo a la emisión del
presente decreto, relacionados con alguno de los inmuebles que contempla este instrumento jurídico. En caso
de existir pagos previos derivados del cumplimiento de dichas obligaciones, estos se deben tomar en cuenta y
descontar del pago que corresponda al monto de la indemnización a que se refiere el artículo Tercero del
presente decreto.
Lo anterior, a efecto de garantizar al Estado las mejores condiciones en cuanto a eficiencia, eficacia,
economía, transparencia y honradez, respecto de aquellas erogaciones y demás acciones que se hayan
realizado con motivo de los referidos actos jurídicos celebrados.
QUINTO. Si los bienes a que se refiere el presente decreto no son destinados a la realización de las
acciones que dieron causa a la expropiación, dentro del término de cinco años, la persona o personas
afectadas podrán ejercer las acciones correspondientes, dentro del plazo de dos años, contado a partir de la
fecha en que sea exigible.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. El presente decreto entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
TERCERO. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano queda a cargo de la inscripción del
presente decreto en el Registro Público de la Propiedad Federal y en el Registro de la Propiedad estatal que
corresponda.
CUARTO. Notifíquese personalmente a las personas interesadas el presente decreto. En caso de
ignorarse el domicilio de estos, realícese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación para
que surta los efectos de notificación personal y ejecútese en los términos de la normatividad aplicable.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México a 14 de abril de 2026.-
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo.- Rúbrica.- Secretario de la
Defensa Nacional, Ricardo Trevilla Trejo.- Rúbrica.- Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
Edna Elena Vega Rangel.- Rúbrica.
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SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Guerrero, que
tiene por objeto coordinar y evaluar la aplicación de la política de población en la entidad federativa, en cualquiera
de los temas o fenómenos demográficos que se deseen abordar.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Consejo Nacional de Población.
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, EN LO SUCESIVO “GOBERNACIÓN”, REPRESENTADA EN
ESTE ACTO POR SU TITULAR Y EN CARÁCTER DE PRESIDENTA DEL CONSEJO NACIONAL DE POBLACIÓN, ROSA
ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, ASISTIDA POR EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y
MIGRACIÓN, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA Y POR LA SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE
POBLACIÓN, GABRIELA RODRÍGUEZ RAMÍREZ, EN LO SUCESIVO LA “STCONAPO”; POR LA OTRA PARTE, EL
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN LO SUCESIVO “GOBIERNO DEL ESTADO”,
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU GOBERNADORA CONSTITUCIONAL Y PRESIDENTA DEL CONSEJO
ESTATAL DE POBLACIÓN, EVELYN CECIA SALGADO PINEDA, ASISTIDA POR LA SUBSECRETARIA DE GOBIERNO,
ASUNTOS JURÍDICOS Y DERECHOS HUMANOS, ENCARGADA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE
GOBIERNO Y SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO ESTATAL DE POBLACIÓN, ANACLETA LÓPEZ VEGA Y EN
CARÁCTER DE SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO ESTATAL DE POBLACIÓN, DE LA SECRETARÍA GENERAL
DE GOBIERNO, FELIPE ORTIZ CUEVAS; A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO
“LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.
La Ley General de Población en el Artículo 1o. Dispone que tiene como Objeto “regular los
fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución
en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe justa y equitativamente de los beneficios
del desarrollo económico y social”.
2.
La Ley de Planeación en el artículo 3o. establece que se entiende por planeación nacional de
desarrollo a “la ordenación racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las
atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica,
social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos
naturales, así como de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y desarrollo urbano,
tiene como propósito la transformación de la realidad del país” y para alcanzar estos fines, el
proceso de planeación fijará “objetivos, metas, estrategias y prioridades, así como criterios basados
en estudios de factibilidad cultural”; adicionalmente, en el artículo 9o., prevé que “las dependencias
y entidades de la Administración Pública Federal deberán planear y conducir sus actividades con
perspectiva intercultural y de género y con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación
nacional de desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del Estado de garantizar que éste sea
equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible". En el artículo 9 establece que:
“Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán planear y conducir sus
actividades con perspectiva intercultural y de género y con sujeción a los objetivos y prioridades de
la planeación nacional de desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del Estado de garantizar que
éste sea equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible”.
3.
El Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 (PND), publicado el 14 de abril de 2025 en el Diario
Oficial de la Federación (DOF), está conformado de cuatro Ejes Generales: 1 “Gobernanza con
justicia y participación ciudadana”; 2 “Desarrollo con bienestar y humanismo”, 3 “Economía moral y
trabajo” y 4 “Desarrollo sustentable” y tres ejes transversales: 1 “Igualdad sustantiva y derechos de
las mujeres”; 2 “Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional” y 3 “Derechos de las
comunidades indígenas y afromexicanas”, los cuales definen las prioridades del desarrollo integral,
equitativo, incluyente, sustentable y sostenible que persigue el país y los logros que se tendrán.
De los cuatro Ejes Generales y de los tres ejes transversales del PND, son relevantes para la
“STCONAPO”: El Eje General 1 “Gobernanza con justicia y participación ciudadana”, el Eje General
2 “Desarrollo con bienestar y humanismo”, el Eje General 4 “Desarrollo sustentable” y el Eje
Transversal 1 “Igualdad sustantiva y derechos de las mujeres”.
Del citado PND, la “STCONAPO”, participa de manera directa en diez de sus Objetivos Principales,
los cuales son:
“1.2: Dirigir una política de Estado que promueva los derechos humanos, las libertades, el acceso
universal a la justicia y la no discriminación”.
“1.4: Asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de
austeridad republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público”.
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“1.7: Fortalecer las relaciones internacionales de México con base en los principios constitucionales
de política exterior, garantizando la defensa de la soberanía, los intereses nacionales y el
compromiso con la paz, el derecho internacional, los derechos humanos, la igualdad sustantiva y un
orden global justo y equitativo”.
“2.1: Fortalecer la red de protección social para garantizar la inclusión social y económica de toda la
población, con especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad”.
“2.2: Brindar atención integral a las personas en situación de vulnerabilidad en el territorio nacional,
afectadas por emergencias derivadas de fenómenos sociales o naturales, garantizando su bienestar
y derechos sociales con un enfoque humanista, empático y solidario”.
“2.3: Garantizar el ejercicio pleno del derecho a una educación inclusiva y equitativa para niñas,
niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, promoviendo una formación humanista, científica,
intercultural, plurilingüe e integral que mejore el bienestar de la población e impulse el desarrollo del
país”.
“2.7: Garantizar el derecho a la protección de la salud para toda la población mexicana mediante la
consolidación y modernización del sistema de salud, con un enfoque de acceso universal que cierre
las brechas de calidad y oportunidad, protegiendo el bienestar físico, mental y social de la
población”.
“2.10: Promover entornos públicos justos y adaptativos mediante la planificación de espacios rurales
y urbanos, con el objetivo de reducir las disparidades en el acceso a oportunidades y servicios entre
diferentes regiones y comunidades del país”.
“4.6: Garantizar el derecho al agua mediante una gestión eficiente, sustentable y resiliente al cambio
climático, protegiendo la integridad de las cuencas y asegurando su disponibilidad para las
generaciones presentes y futuras”.
“T1.4: Impulsar un cambio cultural con perspectiva de género, interseccionalidad e interculturalidad
para erradicar las violencias contra las mujeres en todas sus formas, mediante estrategias de
educación, sensibilización y promoción de su autonomía.”
4.
El 20 de octubre de 1987, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero, el
Decreto número 90 que crea el Consejo Estatal de Población del Estado de Guerrero como órgano
de coordinación y con el objetivo de elaborar, promover y coordinar la ejecución y acciones
específicas en materia de población en la entidad, a fin de adecuar la dinámica y distribución de la
población, con los programas estatales, sectoriales y regionales de desarrollo económico y social.
Por lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio Marco de
Coordinación, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.
“GOBERNACIÓN” declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo dispuesto
por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o.,
fracción I, 26 y 27, fracción VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 2
del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, en lo sucesivo RISEGOB.
I.2.
Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación y Presidenta del Consejo Nacional de
Población (CONAPO) cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Convenio Marco
de Coordinación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción VI de la LOAPF; 5 y
6 del RISEGOB; 6o. de la Ley General de Población y 36 de su Reglamento.
I.3.
De conformidad con el artículo 5o. de la Ley General de Población, el CONAPO tiene “a su cargo la
planeación demográfica del país y tiene por objeto incluir a la población en los programas de
desarrollo económico y social que se formulen dentro del sector gubernamental y vincular los
objetivos de éstos con las necesidades que plantean los fenómenos demográficos”.
I.4.
Félix Arturo Medina Padilla, Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, está
facultado para suscribir el presente instrumento, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3,
Apartado A, fracción II, 7, fracciones II, IV y XII del RISEGOB.
I.5.
De conformidad con los artículos 27, fracción VI de la LOAPF y 3, Apartado B, fracción IV, y 163 del
RISEGOB, cuenta con un órgano administrativo desconcentrado denominado Secretaría Técnica
del Consejo Nacional de Población, “STCONAPO”, al que corresponden las funciones operativas del
CONAPO.
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I.6.
Gabriela Rodríguez Ramírez, Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Población, cuenta con
facultades para suscribir el presente Convenio Marco de Coordinación, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 127, 128, fracción V y 164, fracción IX del RISEGOB.
I.7.
Señala como domicilio el ubicado en calle Bucareli número 99, colonia Juárez, demarcación
territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06699, Ciudad de México.
II.
El “GOBIERNO DEL ESTADO” declara que:
II.1. El Estado Libre y Soberano de Guerrero es una entidad que forma parte integrante de la
Federación; para su régimen interior, adopta la forma de gobierno republicano, democrático, laico,
representativo, popular y participativo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 40, 41,
párrafo primero, 42, fracción I, 43 y 116, primer párrafo y fracción VII de la CPEUM; 1, 22 y 24 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero.
II.2. Evelyn Cecia Salgado Pineda, Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero y Presidenta del
Consejo Estatal de Población, acredita su personalidad jurídica con la Constancia de Mayoría y
Validez de la Elección para la Gubernatura, otorgada por el Consejo General del Instituto Electoral y
de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero de fecha 13 de junio de 2021 y la publicación
del bando solemne por el que se da a conocer la declaratoria de gobernadora electa para el periodo
comprendido del 15 de octubre de 2021 al 14 de octubre de 2027, en el periódico oficial del gobierno
del estado de guerrero número 79 alcance I, de fecha 01 de octubre de 2021 y cuenta con
facultades para suscribir el presente Convenio Marco de Coordinación de conformidad con los
artículos 71, 87, 88, 90 numeral 2 y 91 fracciones XXIX y XLVI de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Guerrero; 2, 4, 5, 8, 14 y 22 Apartado A fracción I de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242.
II.3. Anacleta López Vega, en su carácter de Subsecretaria de Gobierno, Asuntos Jurídicos y Derechos
Humanos, Encargada de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, acredita su personalidad
con el nombramiento y acta de protesta otorgados a su favor por la Gobernadora Constitucional del
Estado de Guerrero, Evelyn Cecia Salgado Pineda, ambos de fecha 14 de marzo del 2024, y cuenta
con las facultades para suscribir el presente Convenio Marco de Coordinación, de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 87, 88 y 90 numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Guerrero, 4, 8, 9, 14, 22 Apartado A, fracción I y 23 fracciones III, XIX y XL de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242; 4 y 12 fracciones X,
XIII, XXXIX y XL del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4. Felipe Ortiz Cuevas, Secretario Técnico del Consejo Estatal de Población, de la Secretaría General
de Gobierno, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 21 de febrero del 2025,
expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, Evelyn Cecia
Salgado Pineda y cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio Marco de
Coordinación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 87 y 90 numeral 2 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, 4, 8, 9, 14, 22 Apartado A, fracción I y 23
fracciones I, III, XIX y XL de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero
Número 242 y 6 fracción III, numeral III.1. y 30 fracción I y XIV del Reglamento Interior de la
Secretaría General de Gobierno; Sexto, fracción IV y Séptimo, fracción IV, incisos C), D) y F) del
Decreto que crea el Consejo Estatal de Población del Estado de Guerrero, publicado en el Periódico
Oficial del Estado de Guerrero, el 20 de octubre de 1987.
II.5. Señala como domicilio el ubicado en el Recinto de las Oficinas del Poder Ejecutivo del Estado,
Edificio Norte, 2º Piso, ubicado en Boulevard Rene Juárez Cisneros No. 62, Colonia Ciudad de los
Servicios, C.P. 39074, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero.
III.
“LAS PARTES” declaran que:
III.1. Es su voluntad coordinarse de la forma más amplia y respetuosa para el cumplimiento y desarrollo
del objeto y las actividades que se deriven del presente Convenio Marco de Coordinación.
III.2. Se apegarán a las disposiciones contenidas en el PND y el Programa Sectorial de Gobernación
2025-2030.
III.3. Cuentan con los medios necesarios para proporcionar recíprocamente la asistencia, coordinación y
apoyo para la consecución del objeto de este instrumento.
Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO
Establecer las líneas de acción entre “GOBERNACIÓN”, a través de la “STCONAPO” y el “GOBIERNO
DEL ESTADO”, a fin de coordinar y evaluar la aplicación de la política de población en la entidad federativa,
en cualquiera de los temas o fenómenos demográficos que deseen abordar.
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SEGUNDA. LÍNEAS DE ACCIÓN
En los términos del presente instrumento y derivado de las acciones de trabajo que serán acordados por
escrito entre “LAS PARTES”, dentro del ámbito de sus respectivas competencias se desarrollarán de manera
enunciativa más no limitativa, las actividades siguientes:
I.
Fomentar el uso de información sociodemográfica proporcionada por la “STCONAPO” para el
diseño y operación de las políticas públicas del “GOBIERNO DEL ESTADO”.
II.
Reforzar la información, orientación y consejería sobre planificación familiar y salud sexual y
reproductiva entre la población, principalmente la dirigida a la población joven.
III.
Asesorar y proporcionar asistencia por parte de la “STCONAPO” al “GOBIERNO DEL ESTADO” de
acuerdo al marco jurídico estatal sobre políticas de población y desarrollo para dar certidumbre al
Consejo Estatal de Población del Estado de Guerrero.
IV.
Dar seguimiento a los acuerdos a los que se llegue en la Comisión Consultiva de Enlace con las
entidades federativas a fin de promover acciones y mecanismos de coordinación, para fortalecer la
planeación demográfica del Estado y sus Municipios.
V.
Publicar por parte de la “STCONAPO” anualmente los informes de ejecución de la política de
población en su página institucional o informar en las reuniones de la Comisión Consultiva
de Enlace con las entidades federativas, referidas en el artículo 39 del Reglamento de la Ley
General de Población, a fin de que sirvan como insumo para la política de población del
“GOBIERNO DEL ESTADO”.
VI.
Las demás que acuerden “LAS PARTES”.
TERCERA. REPRESENTANTES PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES
“LAS PARTES” acuerdan que, con objeto de llevar a cabo el pleno cumplimiento del presente instrumento
jurídico, se designa como representantes para el seguimiento de las acciones a las personas servidoras
públicas siguientes:
Por “GOBERNACIÓN”
La persona Titular de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Población, o quien en su caso la
sustituya en el cargo.
La persona Titular de la Coordinación de Programas de Población y Asuntos Internacionales, o quien
en su caso la sustituya en el cargo.
Por “EL GOBIERNO DEL ESTADO”
La persona Titular de la Secretaría de Gobierno del Estado de Guerrero, o quien en su caso la
sustituya en el cargo.
La persona Titular de la Secretaría Técnica del Consejo Estatal de Población del estado de Guerrero,
o quien en su caso la sustituya en el cargo.
Las personas servidoras públicas representantes responsables designadas participarán dentro del ámbito
de su competencia, en la realización de acciones encaminadas al cumplimiento del objeto de este instrumento
jurídico.
“LAS PARTES” acuerdan que las y los responsables podrán a su vez, designar a las personas servidoras
públicas de nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan a las funciones encomendadas o en su
caso, los suplan en sus ausencias.
Las obligaciones del “GOBIERNO DEL ESTADO” se adquieren por la Secretaría General de Gobierno y/o
la Secretaría Técnica del Consejo Estatal de Población de Guerrero.
“LAS PARTES” se informarán de las designaciones correspondientes indicando el nombre y cargo de la o
las personas servidoras públicas responsables que fungirán como Enlaces, respectivamente.
En caso de requerir la sustitución de alguno de los Enlaces “LAS PARTES” acuerdan que el cambio que
se realice deberá notificarse por escrito a la otra parte, dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores al
cambio; dicho documento se integrará al presente Convenio Marco de Coordinación, para los efectos
administrativos que correspondan, por lo que no será necesaria la suscripción de un Convenio Modificatorio.
CUARTA. CONVENIOS ESPECÍFICOS
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LAS PARTES” podrán suscribir Convenios
Específicos, los cuales deberán ser formalizados por escrito y contendrán por lo menos: la descripción
detallada del programa de trabajo y/o actividades a desarrollar, su calendarización y vigencia, personal
involucrado, recursos, medios y formas de evaluación, así como datos y documentos que se estimen
pertinentes.
Los convenios específicos serán firmados por las personas servidoras públicas designadas como Titulares
en la Cláusula Tercera del presente instrumento.
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QUINTA. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
“LAS PARTES” acuerdan que en la medida de su disponibilidad presupuestaria implementarán los
programas y acciones que permitan dar cumplimiento al objeto del presente instrumento.
SEXTA. DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INDUSTRIAL
“LAS PARTES” acuerdan reconocerse recíprocamente la titularidad de los derechos de autor y de
propiedad industrial que cada una tiene sobre patentes, marcas, modelos, dibujos industriales y derechos
de autor, por lo que se obligan a mantenerlos vigentes durante la ejecución de este Convenio Marco de
Coordinación, pactando desde ahora, que los derechos que deriven de la ejecución del mismo, pertenecerán
a la Parte que los genere, asimismo corresponderá a la Parte, cuyo personal haya realizado el trabajo que sea
objeto de publicación y dará el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del
mismo. Si la producción se realiza conjuntamente los derechos corresponderá a “LAS PARTES”, en términos
de las disposiciones jurídicas aplicables.
SÉPTIMA. TRANSPARENCIA
“LAS PARTES” convienen que toda la información relacionada con el trabajo realizado conjuntamente y la
relativa a los recursos que hayan sido invertidos para el logro del objeto del presente Convenio Marco de
Coordinación será publicada de manera proactiva, en razón de lo cual se llevarán a cabo las acciones
necesarias para que dicha información se encuentre al alcance de la ciudadanía, ello en términos de las
disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP); la
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO); la Ley
Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero y demás
disposiciones jurídicas aplicables.
Las obligaciones contempladas en el párrafo anterior permanecerán vigentes y serán exigibles, en el
supuesto de que “LAS PARTES” dieran por terminado el presente Convenio Marco de Coordinación.
OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD
“LAS PARTES” se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la LGTAIP, la LGPDPPSO
y demás disposiciones que resulten aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio Marco de Coordinación y
“LAS PARTES” llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra parte, por
este medio se obligan a:
(I)
Tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio Marco de
Coordinación.
(II)
Abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte.
(III)
Implementar las medidas de seguridad conforme a la LGTAIP y la LGDPPSO, y demás
disposiciones aplicables.
(IV) Guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
(V)
Suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio Marco de
Coordinación.
(VI) Abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de “LAS PARTES” llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los
señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que
pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos
establece la LGTAIP y LGPDPPSO, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de
ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de las y los titulares de tales datos
personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
NOVENA. CESIÓN DE DERECHOS
“LAS PARTES” no podrán ceder los derechos y obligaciones a su cargo derivadas de este Convenio
Marco de Coordinación o delegar cualquier deber u obligación bajo el mismo, sin el previo consentimiento por
escrito de la otra parte.
DÉCIMA. AVISOS Y COMUNICACIONES
“LAS PARTES” convienen que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con
motivo de la ejecución del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, se llevarán a cabo por
escrito, con acuse de recibo, en los domicilios establecidos para tal efecto en las declaraciones
correspondientes.
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Cualquier cambio de domicilio de “LAS PARTES” deberá ser notificado por escrito a la otra Parte, con
acuse de recibo respectivo y con al menos diez días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda
que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en
los domicilios señalados por “LAS PARTES”.
Para efectos de lo anterior se observará lo dispuesto por el artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo.
DÉCIMA PRIMERA. RELACIÓN LABORAL
El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de “LAS PARTES” para la
instrumentación, ejecución y operación del presente Convenio Marco de Coordinación y/o de los instrumentos
que de él se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la institución a la que pertenezca, por lo
que en ningún caso y bajo ningún motivo, la otra parte podrá ser considerada como patrón sustituto o
solidario, quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, penal, judicial y
sindical que llegara a suscitarse.
DÉCIMA SEGUNDA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Ninguna de “LAS PARTES” será responsable de cualquier retraso o incumplimiento en la realización del
presente Convenio Marco de Coordinación que resulte directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza
mayor. En caso de que desaparezcan las causas que dieron origen al retraso o incumplimiento referido, se
restaurará la ejecución del presente instrumento.
DÉCIMA TERCERA. VIGENCIA
La vigencia del presente Convenio Marco de Coordinación iniciará a partir de la fecha de suscripción y
concluirá el 14 de octubre del 2027.
DÉCIMA CUARTA. MODIFICACIONES
El presente instrumento podrá ser modificado o adicionado total o parcialmente durante su vigencia por
acuerdo de “LAS PARTES”, mediante el convenio modificatorio correspondiente en los términos previstos en
el mismo. Las modificaciones o adiciones formarán parte del presente instrumento, sin que ello implique la
novación de aquellas obligaciones que no sean objeto de modificación o adición.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
“LAS PARTES” acuerdan que cualquiera de ellas podrá dar por terminada anticipadamente su
participación en el presente Convenio Marco de Coordinación, mediante notificación escrita que realice a la
otra Parte. Tal notificación se deberá realizar con treinta días naturales anteriores a la fecha en que se
pretenda su terminación.
La parte que pretenda la terminación anticipada realizará las acciones pertinentes para evitar perjuicios a
la otra parte, así como a terceros que se encuentren colaborando en el cumplimiento del presente Convenio
Marco de Coordinación, en los supuestos que aplique.
En caso de que existan actividades que se estén realizando o ejecutando con motivo del cumplimiento del
presente Convenio Marco de Coordinación, o de los Convenios Específicos que se hayan celebrado,
continuarán hasta su total conclusión.
DÉCIMA SEXTA. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS
El presente Convenio Marco de Coordinación es producto de la buena fe de “LAS PARTES”, por lo que
cualquier conflicto que se presente sobre interpretación, ejecución, operación o incumplimiento será resuelto
de común acuerdo entre estás, a través de las personas servidoras públicas a que se refiere la Cláusulas
Tercera.
DÉCIMA SÉPTIMA. PUBLICACIÓN
El presente Convenio Marco de Coordinación se publicará en el Diario Oficial de la Federación, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley de Planeación, y en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Guerrero.
Leído que fue por “LAS PARTES” el presente Convenio Marco de Coordinación y enteradas de su
contenido, valor y alcance legal, lo firman por quintuplicado los que en él intervienen en el Municipio de
Acapulco de Juárez del Estado de Guerrero, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil veintiséis.-
Por Gobernación: la Secretaria de Gobernación y Presidenta del Consejo Nacional de Población, Rosa Icela
Rodríguez Velázquez.- Rúbrica.- El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix
Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Población, Gabriela
Rodríguez Ramírez.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora Constitucional del Estado de
Guerrero y Presidenta del Consejo Estatal de Población, Evelyn Cecia Salgado Pineda.- Rúbrica.-
Subsecretaria de Gobierno, Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Encargada de Despacho de la
Secretaría General de Gobierno y Secretaria Técnica del Consejo Estatal de Población del Estado de
Guerrero, Anacleta López Vega.- Rúbrica.- El Secretario Técnico del Consejo Estatal de Población, Felipe
Ortiz Cuevas.- Rúbrica.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó el C. Francisco Diego Bernabé y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Católica Apostólica Siro
Ortodoxa de Antioquia en el Sur Occidente de la República Mexicana.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 23 del mes de septiembre de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia Católica
Apostólica Siro Ortodoxa de Antioquia en el Sur Occidente de la República Mexicana, ubicada en el municipio
de La Trinitaria, Estado de Chiapas, presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos
Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo
establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien
emitir el siguiente:
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. FRANCISCO DIEGO
BERNABÉ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA
SIRO ORTODOXA DE ANTIOQUIA EN EL SUR OCCIDENTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. FRANCISCO DIEGO BERNABÉ Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA
CATÓLICA APOSTÓLICA SIRO ORTODOXA DE ANTIOQUIA EN EL SUR OCCIDENTE DE LA REPÚBLICA
MEXICANA, presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto
de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA SIRO
ORTODOXA DE ANTIOQUIA EN EL SUR OCCIDENTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA, para constituirse
en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite
respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle sin nombre y sin número, ranchería Tres Hermanos La Esmeralda, municipio
de La Trinitaria, Estado de Chiapas, C.P. 30160.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble denominado Parroquia Siro
Ortodoxo de Antioquia "El Espíritu Santo", ubicado en: calle sin nombre y sin número, ranchería Tres
Hermanos La Esmeralda, municipio de La Trinitaria, Estado de Chiapas, C.P. 30160, manifestado de manera
unilateral como susceptible de incorporarse al patrimonio.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación
de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente:
“Promover la forma cristiana de vida, de acuerdo con la fe y las doctrinas de la Iglesia Católica Apostólica
Siro-Ortodoxa de Antioquia...”
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: Francisco Diego Bernabé.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo
8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Junta Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Francisco Diego Bernabé, Presidente;
Ignacio Gómez Antonio, Secretario; y Berenice Gómez Pedro, Tesorera.
IX.- Ministro de Culto: Emanuel Ramírez Morales.
X.- Credo Religioso: cristiano católico ortodoxo de Antioquia.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los dos días del mes de abril del año dos mil veintiséis.- El Director
General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó el C. Rubén Camacho Razo y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Bíblica Misionera
Remanente.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 08 del mes de diciembre de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia Bíblica
Misionera Remanente, ubicada en el municipio de Torreón, Estado de Coahuila de Zaragoza presentó su
solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el
expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. RUBEN CAMACHO RAZO Y
FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA BIBLICA MISIONERA REMANENTE
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. RUBEN CAMACHO RAZO Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA
BIBLICA MISIONERA REMANENTE, presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su
Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación religiosa denominada IGLESIA BÍBLICA MISIONERA REMANENTE, para
constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos
Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se
señalan:
I.- Domicilio: avenida Bromo número 8787-B, colonia Loma Real, municipio de Torreón,
Estado de Coahuila de Zaragoza, C.P. 27073.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en:
avenida Bromo número 8787-B, colonia Loma Real, municipio de Torreón, Estado de
Coahuila de Zaragoza, C.P. 27073, manifestado de manera unilateral bajo contrato de
arrendamiento.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan
como objeto, el siguiente: “Glorificar el nombre de Dios, siendo rescatados y transformados
por Jesucristo, para conocer a Dios y darlo a conocer”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con
notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Rubén Camacho Razo.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción
VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se
denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Rubén
Camacho Razo, Presidente; José Rosario Montejano Espinoza, Secretario; Rodolfo Cerda
Flores, Tesorero; Vladimir Soto Ramírez, Consejero; Norberto David Gómez Carranza,
Consejero; y Javier Canales Castañeda, Consejero.
IX.- Ministro de Culto: Rubén Camacho Razo.
X.- Credo Religioso: cristiano.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los dos días del mes de abril del año dos mil veintiséis.- El Director
General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó el C. Rodolfo Hernández Rodríguez y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Ministerio de
Avivamiento y Restauración Visión Familiar.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 10 del mes de julio de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia Ministerio de
Avivamiento y Restauración Visión Familiar, ubicada en el municipio de Coatzacoalcos, Estado de Veracruz
Ignacio de la Llave presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo
cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. RODOLFO HERNÁNDEZ
RODRÍGUEZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA MINISTERIO DE
AVIVAMIENTO Y RESTAURACIÓN VISIÓN FAMILIAR
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. RODOLFO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ Y FIRMANTES de la agrupación denominada
IGLESIA MINISTERIO DE AVIVAMIENTO Y RESTAURACIÓN VISIÓN FAMILIAR, presentada en los
términos siguientes:
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su
Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación
religiosa
denominada
IGLESIA
MINISTERIO
DE
AVIVAMIENTO
Y
RESTAURACIÓN VISIÓN FAMILIAR, para constituirse en asociación religiosa, solicitud
presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo;
cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: avenida Álvaro Obregón terreno número 26, manzana 131, zona 1, número
1316, colonia Benito Juárez Norte, municipio de Coatzacoalcos, Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave, C.P. 96576.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en:
avenida Álvaro Obregón terreno número 26, manzana 131, zona 1, número 1316, colonia
Benito Juárez Norte, municipio de Coatzacoalcos, Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave, C.P. 96576, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan
como objeto, el siguiente: “Profesar, difundir y practicar la fe cristiana, así como realizar
actos de culto público…”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con
notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Rodolfo Hernández Rodríguez.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción
VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se
denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Rodolfo
Hernández Rodríguez, Presidente; Ema López Pérez, Vicepresidenta; Itzel de Jesús
Hernández López, Secretaria; Anahí Elizabeth Hernández López, Tesorera; Rodolfo
Hernández López, Vocal; y Emmanuel Hernandez López, Vocal.
IX.- Ministros de Culto: Rodolfo Hernández Rodríguez y Ema López Pérez.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostal.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los dos días del mes de abril del año dos mil veintiséis.- El Director
General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó el C. Eduardo Toledo Manuel y firmantes de la agrupación denominada Ministerio Internacional Palabra
de Vida.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley, establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 30 del mes de enero de 2026, la agrupación religiosa denominada Ministerio Internacional
Palabra de Vida, ubicada en el municipio de Tonalá, Estado de Chiapas presentó su solicitud de registro ante
la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin
de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su
reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. EDUARDO TOLEDO
MANUEL Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MINISTERIO
INTERNACIONAL PALABRA DE VIDA
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. EDUARDO TOLEDO MANUEL Y FIRMANTES de la agrupación denominada MINISTERIO
INTERNACIONAL PALABRA DE VIDA, presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su
Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación religiosa denominada MINISTERIO INTERNACIONAL PALABRA DE VIDA,
para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de
Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a
continuación se señalan:
I.- Domicilio: avenida Francisco Luján y callejón innominado sin número, barrio Militar, Bahía
de Paredón, municipio de Tonalá, Estado de Chiapas, C.P. 30503.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en:
avenida Francisco Luján y callejón innominado sin número, barrio Militar, Bahía de Paredón,
municipio de Tonalá, Estado de Chiapas, C.P. 30503, manifestado de manera unilateral bajo
contrato de comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan
como objeto, el siguiente: “Que las personas conozcan a Jesucristo y establezcan una
relación personal con Él”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con
notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Eduardo Toledo Manuel.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción
VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se
denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Eduardo Toledo
Manuel, Representante Legal y Presidente; Fernando Parada Andrés, Vicepresidente; Julio
César Peña Llaven, Secretario; Jazel Peña Manuel, Tesorera; Clemente Toledo Gutiérrez,
Vocal I; y Mayra Manuel Solís, Vocal II.
IX.- Ministro de Culto: Eduardo Toledo Manuel.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los dos días del mes de abril del año dos mil veintiséis.- El Director
General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
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SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES,
TECNOLOGIA E INNOVACION
PROGRAMA Institucional de El Colegio de la Frontera Sur (ECOSUR) 2026-2030.
Al margen un logotipo, que dice: El Colegio de la Frontera Sur (ECOSUR).
PROGRAMA INSTITUCIONAL DE EL COLEGIO DE LA FRONTERA SUR (ECOSUR) 2026-2030
San Cristóbal de las Casas, a 24 de marzo de 2026.- Expide: Director General, Dr. Antonio Saldívar
Moreno.- Rúbrica.
1. Índice
1.
Índice
2.
Señalamiento del origen de los recursos del Programa
3.
Siglas y acrónimos
4.
Fundamento normativo
5.
Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
6.
Objetivos
6.1 Relevancia del objetivo 1: Fortalecer la colaboración interinstitucional y multiactoral para la
investigación y formación científica básica, inter y transdisciplinaria, que aporte soluciones
a problemas socioambientales prioritarios de la Frontera Sur y del país para el bienestar de la
población y sus territorios
6.2 Relevancia del objetivo 2: Contribuir a la construcción de espacios de paz, igualitarios, inclusivos,
libres de violencia por razones de género y discriminación mediante la corresponsabilidad con la
sociedad, instituciones educativas, de investigación y gubernamentales al interior de la institución, así
como en la región
6.3 Relevancia del objetivo 3: Impulsar la ciencia abierta como eje articulador de la colaboración en
ECOSUR para el fortalecimiento de la investigación, de procesos de formación, innovación y
aplicación de tecnologías socioambientales pertinentes en la región
6.4 Relevancia del objetivo 4: Fortalecer la presencia y alianzas interinstitucionales de ECOSUR para
posicionar la Frontera Sur a nivel nacional e internacional
6.5 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de El Colegio de la Frontera Sur
2026-2030
7.
Estrategias y líneas de acción
8.
Indicadores y metas
2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a
sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la
instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se
realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo.
3. Siglas y acrónimos
ANUIES
Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior.
CEE
Comité Externo de Evaluación.
CEFADECI
Centro de Formación y Aprendizaje para el Desarrollo Campesino Indígena.
CHTI
Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
CIAD
Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo.
CIATEJ
Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado
de Jalisco.
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CIBNOR
Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste S.C.
CICY
Centro de Investigación Científica de Yucatán.
CIES
Centro de Investigaciones Ecológicas del Sureste.
CIQA
Centro de Investigación en Química Aplicada.
CIQROO
Centro de Investigaciones de Quintana Roo.
CIRAD
Centre de Coopération Internationale en Recherche Agronomique pour le
Développement.
COMISCA
Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana.
Conacyt
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Conahcyt
Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías.
CONAFOR
Comisión Nacional Forestal.
CONAPO
Consejo Nacional de Población.
CPI
Centros Públicos de Investigación.
DESMI
Desarrollo Económico y Social de los Mexicanos Indígenas.
DOF
Diario Oficial de la Federación.
ECOSUR
El Colegio de la Frontera Sur.
ENDIRSS
Estrategia Nacional para el Desarrollo Integral de la Región Sur-Sureste.
FIDESUR
Fideicomiso 2050 para el Desarrollo Regional del Sur-Sureste
IA
Inteligencia Artificial.
IALA
Instituto Agroecológico Latinoamericano.
IES
Instituciones de Educación Superior.
INECOL
Instituto de Ecología A.C.
INEGI
Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
INESIN
Instituto de Estudio e Investigación Intercultural.
INM
Instituto Nacional de Migración.
IPICYT
Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica A.C.
Km
Kilómetros.
LaBTAA
Laboratorio de Biotecnología Ambiental y Agroecológica.
LANIES
Laboratorio de Innovación Ecotecnológica para la Sustentabilidad.
LGHCTI
Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.
ONIGIES
Observatorio Nacional para la Igualdad de Género en las Instituciones de
Educación Superior.
ONU
Organización de las Naciones Unidas.
PCTY
Parque Científico y Tecnológico de Yucatán.
PIB
Producto Interno Bruto.
PND 2025-2030
Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030.
PRONACES
Programas Nacionales Estratégicos.
PSCHTI 2025-2030
Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
RENIES
Red Nacional de la Instituciones de Educación Superior Caminos para la Igualdad
de Género.
REGEN
Red de Género del Sureste.
RENADESI
Red Nacional de Educación Superior por la Inclusión.
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SCNM
Sistema de Cuentas Nacionales de México.
Secihti
Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
SEP
Secretaría de Educación Pública.
SNCP
Sistema Nacional de Centros Públicos.
SNP
Sistema Nacional de Posgrados.
UAM
Universidad Autónoma Metropolitana.
UMAEZ
Universidad Multicultural Agroecológica Emiliano Zapata.
UAEM
Universidad Autónoma del Estado de México.
UICN
Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.
UIGI
Unidad de Igualdad de Género e Inclusión (ECOSUR).
UNAM
Universidad Nacional Autónoma de México.
UNESCO
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(por sus siglas en inglés).
UNICH
Universidad Intercultural de Chiapas.
4. Fundamento normativo
ECOSUR es un organismo descentralizado de interés público, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, creado por Decreto del Ejecutivo Federal publicado en el DOF el 2 de diciembre de 1974 bajo el
nombre de Centro de Investigaciones Ecológicas del Sureste, siendo reformado por Decreto publicado en el
DOF el 19 de octubre de 1994, cambiando a su denominación actual y reestructurado por Decretos publicados
en el DOF el 29 de agosto de 2000 y el 12 de octubre de 2006, respectivamente, siendo reconocido como
Centro Público de Investigación, mediante acuerdo publicado en el propio órgano oficial, el 11 de septiembre
de 2000.
Tiene por objeto realizar actividades de investigación científica básica y aplicada y la formación en
materias que incidan en el mejoramiento de las condiciones de vida de la población y la vinculación de México
en su frontera sur, dando especial relevancia a su problemática ambiental, económica, productiva y social, así
como desarrollar tecnologías y diseñar estrategias que contribuyan al bienestar social, a la conservación de la
biodiversidad, al uso racional, eficiente y sostenido de los recursos naturales y, en general, al desarrollo
sustentable.
ECOSUR se apega a los principios rectores del PND 2025-2030, en particular al Eje Transversal 2
Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional, que a su vez se alinea al PSCHTI 2025-2030,
siendo conscientes de ser áreas y sectores prioritarios para el desarrollo nacional, bajo la observancia del
Objetivo 1.3 para Erradicar la corrupción en la vida pública y promover la ética, la honestidad, la integridad y el
buen gobierno para fortalecer la confianza en las instituciones.
Asimismo, los artículos 26 inciso A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 y 22 de
la Ley de Planeación, la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la
responsabilidad del Estado. Adicionalmente, el artículo 12 de la Ley de Planeación establece que los aspectos
de la Planeación Nacional del Desarrollo que correspondan a las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Federal se llevarán a cabo mediante el Sistema Nacional de Planeación Democrática.
En referencia a lo establecido en el artículo 17 Tercero de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, en el cual se estipula que se contará con Delegaciones de Programas para el Desarrollo, quienes se
encargaran de la coordinación e implementación de planes, programas y acciones para el desarrollo integral,
así como la supervisión de servicios y programas a cargo de dependencias, ECOSUR continuará con la
realización de tareas transversales a la implementación de estos planes, programas y acciones en los tres
niveles de gobierno que contribuyan a fortalecer los esfuerzos de los programas federales prioritarios y el
bienestar de la población.
En este orden de ideas, conforme a lo dispuesto en los artículos 17, fracción II de la Ley de Planeación; 47
y 49 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 84 de la LGHCTI; 1, 2 y 12 del Decreto por el cual se
reestructura ECOSUR, se elabora el presente Programa Institucional, el cual tiene la finalidad de presentar
acciones que se llevarán a cabo por ECOSUR durante el periodo 2026-2030 para fomentar el desarrollo
científico y tecnológico del país apoyando la investigación de calidad, estimulando la vinculación e impulsando
la formación de recursos humanos altamente calificados y comprometidos con la sociedad para responder los
requerimientos del desarrollo regional y nacional. ECOSUR será la entidad responsable de coordinar la
integración, publicación, ejecución, seguimiento y rendición de cuentas del Programa.
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5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
Introducción
La Frontera Sur de México representa el ámbito de colaboración y acción principal de ECOSUR, sin excluir
la participación en problemáticas transfronterizas y nacionales. Integrada por los estados de Chiapas,
Tabasco, Campeche y Quintana Roo, la región sureste de México se distingue por su gran riqueza biótica,
cultural y económica. Alberga algunos de los ecosistemas más diversos del país: selvas húmedas y secas,
matorrales, bosques mesófilos de montaña, bosques templados de pino encino, humedales que incluyen a
manglares, tulares y popales, entre otros.
Calakmul, en Campeche y Sian Ka´an en Quintana Roo representan, junto con la Selva Lacandona en
Chiapas, las últimas selvas tropicales primarias de México, áreas fundamentales por los servicios ecológicos
que aportan y de gran relevancia biocultural por su vínculo con la cultura maya presente en la zona. En
Quintana Roo se encuentra parte de la segunda barrera arrecifal más grande del mundo, así como el agujero
azul más profundo del planeta.
Tabasco, por su parte, se caracteriza por una extensa red hidrográfica y humedales que albergan una
notable biodiversidad. No obstante, estas riquezas naturales están en riesgo por la intensidad de actividades
antropogénicas y enfrentan desafíos significativos que requieren una atención urgente y coordinada, a fin de
preservar su biodiversidad y garantizar un futuro sostenible.
El contexto de la Frontera sur
La frontera sur de México, zona geopolítica clave para la seguridad, la migración y el comercio, se
extiende a lo largo de 280 km con Belice (colindando con Quintana Roo) y 870 km con Guatemala (a través de
los estados de Campeche, Tabasco y Chiapas). Asimismo, constituye un punto de conexión marítima con más
de 25 naciones del Caribe. El área posee una gran riqueza natural ya que alberga 42 Áreas Naturales
Protegidas, que cubren 10 millones de hectáreas, además de numerosas zonas de conservación voluntaria.
Sin embargo, esta riqueza natural enfrenta amenazas críticas: pérdida acelerada de cubierta forestal y líneas
de costa, degradación de ecosistemas, contaminación, sobreexplotación de recursos, especies invasoras,
arribo masivo de sargazo, una mayor ocurrencia de eventos extremos (como tormentas y huracanes) y otros
efectos derivados del cambio climático.
A su vez, esta abundancia natural contrasta con condiciones de pobreza socioeconómica y las situaciones
desfavorables para la mayoría de las poblaciones humanas de la región. Históricamente, ha sido una de las
zonas con el menor grado de desarrollo relativo en el país. Según el Índice de Marginación 2020 del
CONAPO, los grados de marginación en los estados de la Frontera Sur de México son: bajo (Quintana Roo),
medio (Tabasco), alto (Campeche) y muy alto (Chiapas). La creación de ECOSUR, de hecho, coincidió con el
movimiento zapatista de 1994 y las transformaciones que este generó en los territorios influyeron en las
investigaciones sociales de la Unidad San Cristóbal. Más recientemente, las tensiones socioeconómicas y
políticas se han intensificado debido al deterioro ambiental, los flujos migratorios, la crisis de las actividades
petroleras y diversas formas de violencia.
Económicamente, la actividad primaria sigue teniendo un peso mayor que en el resto del país. Representa
en promedio 25% en los cuatro estados y alcanza 39% en Chiapas en 2018.1 El PIB per cápita anual (2018
ubica a los estados en las siguientes posiciones: Chiapas 32 (60 miles de pesos), Tabasco lugar 27 (110 miles
de pesos), Campeche lugar 18 (145 miles de pesos) y Quintana Roo lugar 8 (214 miles de pesos)2. Estos
datos reflejan la escasez de oportunidades de crecimiento para la población de la Frontera Sur, con la
excepción de Quintana Roo, que se beneficia de los polos turísticos de Cancún y la zona de la Riviera Maya.
Resulta preocupante el efecto que tiene la disminución de los ingresos petroleros en entidades como
Campeche y Tabasco, exacerbando la falta de diversificación económica.
A continuación, se presentan las principales problemáticas que enfrenta la región de la Frontera Sur de
México, complementadas por datos generados por la institución o externos, que permiten dimensionar las
situaciones y proponer líneas de investigación que, en su mayoría, coinciden con los objetivos planteados por
el SNCP.
1 FIDESUR. 2021. Estrategia Nacional para el Desarrollo Integral de la Región Sur-Sureste (ENDIRSS). Capítulo Contexto Económico, V-5.
Tomado de INEGI. PIB por Entidad Federativa 2003-2028.
Liga: http://sursureste.org.mx/estrategia_regional/ENDRSSE-Contexto_economico
2 Idem. V-17. Tomado de: MCO, Índice de Competitividad Estatal 2020; CONAPO Proyecciones de la población en México 1960-2050.
Sistema de Cuentas Nacionales de México, SCNM. INEGI.
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Riqueza forestal, deforestación y cambio de uso de suelo
Tan solo en el estado de Chiapas, se estima la presencia de hasta 1,500 especies diferentes de árboles.
Los bosques, además de albergar árboles, son refugio de una gran diversidad de formas de vida como
plantas, animales, hongos y otros organismos microscópicos, muchas de ellas interactuando de maneras poco
conocidas. Además de su biodiversidad, los bosques proporcionan múltiples beneficios ambientales tales
como la regulación del ciclo hídrico, la conservación de los suelos, la captura y almacenamiento de carbono,
así como otros servicios ecosistémicos intangibles. Sin embargo, esta riqueza biológica y los servicios
ecosistémicos asociados están desapareciendo a una gran velocidad.
De acuerdo con cifras oficiales, en México se estima que entre 2016 y 2018 se perdieron entre 92,609 y
350,298 hectáreas de bosques y selvas por año, un alto porcentaje de esta pérdida ocurrió en la frontera sur,
en los estados de Campeche, Yucatán y Chiapas.3 Un estudio más reciente realizado en ECOSUR confirmó
esta tendencia: en Campeche, uno de los estados con mayor deforestación, entre 2019 y 2022 se reportó la
pérdida de 22,805 hectáreas de superficie arbolada por año.4 Además de la disminución de cobertura forestal,
la fragmentación y degradación de los bosques y selvas constituyen procesos que afectan gravemente la
calidad del hábitat de las especies que dependen de estos ecosistemas.
Las causas directas u observables de esta reducción de cobertura forestal incluyen el crecimiento de las
áreas dedicadas a la ganadería extensiva, a las plantaciones agrícolas, los asentamientos humanos
y las obras de infraestructura; en menor medida, incide también la agricultura de subsistencia. Por otra parte,
las causas indirectas o subyacentes remiten a una combinación de factores económicos y sociales. Por
ejemplo, buena parte de la expansión ganadera en la Selva Lacandona de Chiapas obedece a la demanda de
ganado bovino proveniente del norte del país. Ante la presión de los mercados formales e informales, las
medidas promovidas por el Estado en la operación de las áreas naturales protegidas y programas públicos
como el pago por servicios ambientales o más recientemente sembrando vida, han resultado insuficientes.
Con base en lo anterior, ECOSUR planea para los próximos años seguir mejorando los esfuerzos de
monitoreos de la cobertura forestal y de los niveles de degradación, así como profundizar en el análisis de las
causas y consecuencias del cambio de uso del suelo. A la vez es necesario poner el acento sobre
experiencias de aprovechamiento forestal, bajo una gestión que integre usos tradicionales, concesiones
forestales, propiedad comunal y esquemas de conservación voluntaria. Quintana Roo, por ejemplo, cuenta
con una notable diversidad arbórea y prácticas de manejo forestal que contribuyen significativamente a la
economía local y son susceptibles de replicarse.
Líneas de investigación consolidadas de ECOSUR buscan generar conocimiento y competencias en torno
a los patrones, procesos ecológicos y efectos antropogénicos que determinan la distribución, abundancia,
diversidad y comportamiento de la biodiversidad; el análisis de la restauración de ecosistemas forestales; la
evaluación de la resiliencia ecológica ante el cambio climático y la degradación ambiental; así como los
cambios evolutivos en componentes de la biodiversidad.
Se participa en la formación de cuadros científicos para la conservación y restauración de ecosistemas
terrestres, marinos y epicontinentales en la frontera sur de México y otras regiones del país. Se analiza la
gestión de los sistemas naturales, manejo y economía ambiental, servicios ecosistémicos, planificación y
evaluación de políticas y programas de conservación y desarrollo. Se diseñan talleres para el fortalecimiento
de capacidades locales en la producción de plantas nativas y su uso en acciones de restauración en bosques
y humedales de montaña del sur de México y en ecosistemas tropicales de la Península de Yucatán.
El personal participa en reforestaciones anuales a nivel local y en diversos foros de discusión, además de
integrar comisiones ante instancias de gobierno y de la sociedad civil para apoyar la formulación de políticas
públicas en pro de la conservación de especies y ecosistemas. También se brinda asesoría a gobiernos
estatales y organizaciones internacionales como la UICN, con incidencia en la gestión de áreas naturales
protegidas, en programas de recuperación de especies amenazadas y en iniciativas de manejo sustentable de
la vida silvestre. A través de la vinculación con actores de la sociedad, se fortalece la integración
de información y el monitoreo de largo plazo, alineado con las prioridades estatales y nacionales.
3 CONAFOR. 2020. Estimación de la tasa de deforestación en México por el periodo 2002-2028 mediante el uso de muestreo. Documentos
Técnicos. 91p.
4 Castillo Santiago M.A., Chanona Pérez S.P., Escobar Flores R.E., Mondragón Vazquez E. 2023. Cambios recientes (2019-2022) en la
cobertura y uso del suelo del estado de Campeche. Reporte técnico UK-Pact México. El Colegio de la Frontera Sur. San Cristóbal de Las
Casas, Chiapas. 17 p.
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La ganadería desde un enfoque más holístico
América Latina presenta una de las mayores tasas anuales de deforestación asociada con la demanda
mundial de alimentos, en particular la producción ganadera. En la Frontera sur predomina un sistema de
producción ganadera extensiva para la producción de carne y leche a pequeña escala, con hatos reducidos,
alta ocupación de mano de obra familiar y uso extensivo de pasturas nativas e introducidas manejadas en
forma de monocultivos.
En su gran mayoría, estas pasturas muestran procesos moderados a severos de degradación, con baja
productividad y calidad. La estacionalidad climática limita la disponibilidad y calidad de forraje, afectando la
rentabilidad y productividad; a la par, las grandes extensiones de pastos en monocultivo generan impactos
ambientales negativos con la fragmentación del ecosistema.
En la Frontera Sur, se han agudizado los problemas de las familias campesinas debido a la violencia
asociada al narcotráfico, particularmente en la región colindante con Guatemala, donde confluyen el tráfico de
droga con tráfico ilegal de ganado. También se han trastocado las estructuras claves que le dan sustento a las
pequeñas producciones con la afectación a la salud ante la pandemia de COVID 19 ocasionada por el virus
SARS- CoV 2, así como las amenazas de emergencia de enfermedades zoonóticas o la reintroducción de
estas, como ya está ocurriendo desde noviembre de 2024 con la presencia del gusano barrenador del
ganado, problema que sigue vigente en 2025.
Otros temas críticos son la presión hídrica ejercida sobre el subsuelo en la Península de Yucatán por las
mega granjas porcinas y avícolas y la vulnerabilidad de la ganadería bovina ante las prolongadas sequías. De
ahí la importancia de atender el acceso y la gestión del agua dulce en la ganadería en el Sureste.
Ante este panorama, la ganadería regional enfrenta nuevos retos que exigen investigación científica,
formación profesional e innovación tecnológica orientadas a la colaboración social, la diversificación y la
suficiencia a escala local, regional y nacional. Se requiere transitar hacia la restauración y deforestación neta
cero; promover la producción de alimentos sanos y seguros que favorezcan una economía circular; y
agroecosistemas resilientes frente a futuras pandemias o enfermedades emergentes. En este marco,
ECOSUR adoptó el enfoque de One Health- “Una Salud” (https://www.fao.org/one-health/es), que reconoce la
interdependencia entre salud animal y humana, las plantas y el ambiente.
Con este enfoque se busca que los agroecosistemas ganaderos transiten hacia mejores niveles de
sustentabilidad y buen vivir para las familias productoras mediante un trabajo local, incluyente y colaborativo,
para gestionar los riesgos y robustecer la resiliencia de los ecosistemas. El planteamiento utiliza las
herramientas de modos de vida, conocimiento agrícola tradicional y análisis de sistemas socio-ecológicos
complejos. La institución identificó siete ejes temáticos para la ganadería: 1) económico, 2) salud animal, 3)
pobreza y seguridad alimentaria, 4) escalamiento de sistemas, 5) ambiental, 6) alternativas y mejoramiento de
agroecosistemas, y 7) sanidad e inocuidad alimentaria.
Degradación agrícola y potencial agroecológico
La expansión de la frontera agrícola en la región del sureste ha dado paso, en algunos casos a cultivos
comerciales como la palma de aceite. En Campeche destaca el impacto negativo de la siembra de cultivos
transgénicos como soya, sorgo y maíz en Campeche, que llevaron a la deforestación de 68% del municipio de
Hopelchén. Estos cultivos afectan la salud de comunidades mayas debido al uso del herbicida glifosato
(Monsanto), con residuos detectados en aguas subterráneas, agua embotellada y orina de agricultores.
También se ha documentado la mortalidad de las abejas Apis mellifera y de la abeja local maya (Melipona
becheii).
Pese a este contexto, la región, en particular Chiapas y Tabasco, posee un notable potencial
agroecológico por sus condiciones climáticas y geográficas y sus suelos fértiles y húmedos que permiten el
cultivo de café, miel, cacao, plátano y maíz. Los sistemas agroforestales y silvopastoriles promueven la
biodiversidad y la sostenibilidad, contribuyendo a la captura de carbono y la mitigación de gases de efecto
invernadero. Sin embargo, pese a la expansión de la frontera agrícola, el valor de la producción ha disminuido,
lo que evidencia la necesidad de mejorar las prácticas y tecnologías agrícolas.
Existen apoyos de diversas iniciativas y proyectos de desarrollo sostenible tanto del gobierno como de
organizaciones no gubernamentales e instituciones de investigación y de educación, que se enfocan
principalmente en mejorar las prácticas agrícolas y conservar el medio ambiente. En ECOSUR la capacitación
para las familias campesinas y organizaciones para una transición agroecológica es motor de múltiples
investigaciones y procesos de acompañamiento que se prevé fortalecer en el periodo 2026-2030 y más allá,
en concordancia con prioridades del Gobierno de la Cuarta Transformación.
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En particular, la institución ha identificado cuatro grandes categorías de experiencias: 1) organizaciones
campesinas e indígenas; 2) escuelas agroecológicas; 3) organizaciones de la sociedad civil; y 4) mercados
agroecológicos, tanto en zonas rurales como urbanas. Actualmente, existen unas 120 cooperativas de café
orgánico que involucran a más de 30,000 familias campesinas y numerosas experiencias agroecológicas en
comunidades autónomas de Chiapas.
Entre las escuelas campesinas agroecológicas, varias de las cuales forman parte de La Red de Escuelas
Campesinas de Chiapas, destacan la UMAEZ en el municipio de Ixtapa; el CEFADECI en La Trinitaria; la
Universidad Campesina de Bachajón; el Centro Solidario Tsomanotik en Tzimol, por citar algunas.
La Vía Campesina-México tiene dos escuelas campesinas-indígenas de agroecología, por un lado, el
“IALA Territorializado Náaybi Lu’um”, cerca de Felipe Carrillo Puerto en Quintana Roo y en el “IALA
Territorialiado Slekubel Kuxlejaltik” Ocosingo, Chiapas, ambos son parte del IALA México nacional. La UNICH
tiene una licenciatura en agroecología y la Universidad Benito Juárez un programa de licenciatura en
agroforestería. En ECOSUR la Maestría en Agroecología está dirigida a personal docente y técnico de
organizaciones de base y en 2024 se inició un Doctorado Nacional en Ciencias en Agroecología, que
respondió al artículo 75, fracción III del SNCP, plasmado en la LGHCTI que, a la letra, dice “Establecer
programas nacionales de posgrado, impartidos de manera conjunta y articulada por dos o más instituciones
parte del Sistema”. En 2025 ingresó la segunda generación del doctorado mencionado.
Resalta también que ECOSUR acompaña muchas iniciativas de comercialización directa y trabaja con
familias campesinas y decenas de organizaciones en la promoción de la agroecología; entre ellas DESMI,
Enlace A.C., Tsomanotik, Snajel Kuxlej A.C., Codemat, Solmundi A.C, INESIN, Xilotl A.C., Naturaleza para
Todos A.C., Instituto para el Desarrollo Sustentable de Mesoamérica A.C., Otros Mundos A.C. y Foro para el
Desarrollo Sustentable (Foro Chiapas).
Entre las redes que trabajan con agroecología en la región se encuentran la Pastoral de la Madre Tierra, la
Pastoral Indígena, la Red Mayense de Guardianas y Guardianes de Semillas y la Red Chiapaneca de Huertos
Educativos. Solo en la ciudad de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, hay más de veinte iniciativas de
comercialización agroecológica, entre ellas el Tianguis Agroecológico de Comida Sana y Cercana que tiene
un programa de certificación agroecológica participativa.
Manejo sustentable de artrópodos
Para mejorar la producción y bienestar de las comunidades, un eje de investigación de ECOSUR impulsa
estrategias integrales y holísticas para enfrentar los desafíos productivos principalmente de las zonas
tropicales y subtropicales de la Frontera Sur del país, mediante estrategias y métodos de manejo sustentable
de artrópodos. Entre las líneas de acción destacan el uso de atrayentes y feromonas, la técnica del insecto
estéril, la cría masiva de organismos benéficos y plaga, el control biológico con parasitoides, depredadores y
microorganismos entomopatógenos como hongos y virus. El enfoque de control biológico permite reducir la
dependencia a plaguicidas químicos y mejorar la salud de los ecosistemas y de las personas.
Por otra parte, se impulsa la conservación de artrópodos benéficos como polinizadores y depredadores
naturales, esenciales para el equilibrio ecológico y la seguridad alimentaria. Por medio de la capacitación
técnica y la formación de recursos humanos se fortalece la participación social en el manejo de plagas y en la
conservación de la biodiversidad.
Un caso particular que se planea abordar a través del método de insecto estéril es el gusano barrenador
del ganado recién reintroducido en México. La mosca del Cochliomyia hominivorax es una especie nativa del
continente americano que fue erradicada de México en 1991. En julio de 2023 se declaró estado de
emergencia zoosanitaria en Panamá debido al aumento de casos. Ese mismo mes se detectó en Costa Rica y
en 2024 en Nicaragua (abril), Honduras (septiembre), Guatemala y México (noviembre). En 2025 sigue
vigente.
Su presencia impacta negativamente sobre la salud del ganado y de las personas, además de aspectos
económicos, sociales y ambientales. Las pérdidas económicas incluyen la muerte de animales, reducción en
la producción de leche y carne, costos elevados de tratamientos veterinarios y bloqueo de la exportación de
carne y pieles.
Desarrollo urbano e industrial
La región ha carecido históricamente de enclaves industriales significativos. Destaca, no obstante, su
potencial en el sector energético (generación eléctrica, suministro de gas y agua) que contribuye
significativamente al desarrollo nacional, aunque su impacto regional es limitado. Una de las únicas
actividades industriales relevantes es la extracción petrolera en Tabasco, asociada a la contaminación de
suelos y mares por derrames y accidentes en las plataformas.
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Cabe mencionar que la realización de grandes obras de infraestructura en los últimos años, como el Tren
Maya y la refinería de Dos Bocas, ha dinamizado el sector de la construcción, mejorado la conectividad y
promovido un desarrollo económico regional, aunque se desconoce su impacto socioambiental. La región de
la Frontera Sur sigue presentando altos niveles de pobreza y desigualdad que requieren la promoción de un
desarrollo económico sostenible, con mejora de la infraestructura y fortalecimiento de los servicios de salud y
educación.
Frente a la falta de acceso a energía y servicios básicos de comunidades rurales-urbanas de Tabasco, se
planteó en ECOSUR un proyecto de democratización energética con la instrumentación de seis experiencias
piloto de proyectos de ecotecnologías adaptados a cada entorno, que se ubican como iniciativas de economía
social y solidaria. Se espera continuar en los próximos años en desarrollar proyectos de este tipo para
beneficio de las comunidades que carecen de energía, en coincidencia con una de las prioridades del
Gobierno Federal.
Vulnerabilidad al cambio climático del Caribe
La Frontera Sur es especialmente vulnerable a los efectos del cambio climático: la mayor frecuencia e
intensidad de huracanes, sequías prolongadas y los riesgos asociados de incendios, aumento del nivel del
mar, ondas de calor marino y arribo masivo de sargazo. Estas condiciones afectan la seguridad alimentaria, la
infraestructura y la salud pública, exacerbando las condiciones de pobreza en las comunidades locales. Los
impactos del cambio climático global afectan particularmente los ecosistemas acuáticos (dulceacuícolas y
marinos) de la región del Caribe.
Se percibe, por ejemplo, a través del arribo masivo de sargazo que golpea al turismo, pero también
destruye praderas de pastos marinos (del 61 al 99.5% de pérdida de biomasa) y ha causado mortandad de
unas cien especies de peces y organismos del fondo. Otro efecto del cambio climático sobre los ecosistemas
costeros son las ondas de calor marinas, que generan el blanqueamiento y enfermedades como la del
síndrome blanco en coralines susceptibles. La contaminación local, sobre todo urbana y agrícola, alcanza los
acuíferos y compromete la calidad del agua para consumo humano, la biota subterránea y eventualmente los
arrecifes a través de los ojos de agua dulce en el mar.5
Ante ello, ECOSUR mantiene un trabajo de décadas en la costa del Caribe, describiendo
taxonómicamente la biodiversidad de estos ecosistemas amenazados, muchos de ellos en riesgo de
desaparecer antes de conocerse y, en paralelo, entendiendo su funcionamiento a través de estudios de uso
de hábitat de especies selectas, como los erizos o los mamíferos marinos, por ejemplo. Otros estudios
incluyen generar conocimiento de la dinámica oceanográfica y caracterización física de los ecosistemas, parte
fundamental del escenario donde se desenvuelve la biodiversidad.
Finalmente, se relaciona la información biológica-ecológica con la percepción y acciones de la población
humana residente con miras a un manejo sustentable de sus recursos acuáticos y conservación de su
biodiversidad. A partir de 2025, investigadores de ECOSUR respondieron a la iniciativa de la Secihti de
conformar una Mesa Técnica sobre el manejo integral y aprovechamiento del sargazo pelágico. Se participa
en tres de los seis grupos: (1) biorrefinería del sargazo, para la cual existe una experiencia anterior con
bioplásticos para realizar biocompuestos, caracterizar y fraccionar el sargazo y (2) monitoreo, detección y
pronóstico de alerta temprana y (3) biología del sargazo, biodiversidad asociada e impactos.
Gobernanza para enfrentar el cambio climático
Otra línea de trabajo identifica cómo los cambios en la integridad de los ecosistemas afectan al bienestar
social. Se busca valorar socioculturalmente los servicios ecosistémicos, partiendo del potencial transformador
de la investigación inter y transdisciplinaria, que evidencia tanto las amenazas generadas por las acciones
humanas como las posibilidades de reorientar el sistema hacia trayectorias justas y sostenibles.
Este enfoque conecta directamente la gobernanza ambiental con las políticas públicas y pone en evidencia
su debilidad estructural. La falta de coordinación entre los distintos niveles de gobierno, la corrupción y la
limitada participación ciudadana obstaculizan la gestión sustentable de los recursos; además de políticas que
priorizan el crecimiento económico a corto plazo sobre la protección ambiental y el bienestar social. ECOSUR
acompaña procesos que reducen tensiones entre diversos sectores productivos, como el caso de pescadores
y la industria petrolera en la Sonda de Campeche, o con productores de palma de aceite para co-construir
estrategias de producción y comercialización más sustentables.
5 Van Tussenbroek BI, Hernández-Arana HA, Rodríguez-Martínez RE, et al. 2017. Severe impacts of brown tides caused by Sargassum spp.
on near-shore Caribbean seagrass communities. Mar Pollut Bull 122:272–281. doi: 10.1016/j.marpolbul.2017.06.057
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A partir de estas experiencias, se continuará profundizando en metodologías que promueven la integración
de diferentes sistemas de conocimientos (saberes y haceres), como es el caso de las herramientas de
modelación de acompañamiento que incluyen la modelación participativa, el desarrollo de “juegos serios” y el
análisis de prospectiva participativa, igualmente ampliar el alcance geográfico del trabajo, así como su
incidencia.
Potencial ecoturístico e impactos
El turismo de masas ha tenido relevancia económica en la frontera sur de México al atraer gran cantidad
de población nacional e internacional hacia enclaves turísticos emblemáticos. En la Riviera Maya en el oriente
de la Península de Yucatán se dio el crecimiento poblacional más acelerado del país hacia el final del siglo
XX. Además de la derrama económica, la región ha sufrido transformaciones en el paisaje regional y la cultura
local que afectan de forma negativa la diversidad biocultural.
Un ejemplo relevante es la Laguna de Bacalar, en Quintana Roo. La riqueza de recursos naturales que
alberga la cuenca en donde se ubica el sistema lagunar de Bacalar, así como la belleza de la propia laguna,
han conducido en años recientes a privilegiar el desarrollo económico del municipio basado en el turismo
intensivo y el crecimiento urbano, que aumenta la generación de aguas residuales con bajo nivel de
disposición y tratamiento, al mismo tiempo que la deforestación y la agricultura en la región con uso intensivo
de fertilizantes y plaguicidas, ponen en riesgo la salud de este sistema acuático.
De 2017 a 2024 ECOSUR ha mantenido un proyecto de investigación sobre indicadores de calidad del
agua, que ha permitido evaluar y documentar el deterioro progresivo de la salud de este importante
ecosistema acuático. Los resultados del estudio indican que en el corto período de ocho años la salud general
de la Laguna cambió de buena a regular, y pasó de un estado oligotrófico (bajo contenido de nutrientes, que
era la condición natural del sistema) a uno mesotrófico (enriquecimiento de nutrientes), debido al aumento de
nitrógeno y fósforo que estimulan la producción de microalgas y la disminución del oxígeno disuelto, que tiene
un impacto negativo en el resto de las especies acuáticas con respiración aeróbica.
La investigación también ha comprendido la evaluación de la calidad de los sedimentos, debido a que en
ellos se depositan diversos contaminantes provenientes de las actividades humanas mencionadas arriba. Los
resultados mostraron la presencia de los plaguicidas glifosato, DDT y Lindano, hidrocarburos aromáticos
policíclicos como el benzo[a]pireno, benzo[a]antraceno y criseno, los metales pesados cadmio, mercurio y
plomo, así como microplásticos.
Si bien sus concentraciones son bajas comparadas con otros sistemas acuáticos, las guías de calidad de
sedimentos indican que algunos de estos contaminantes podrían potencialmente causar efectos
carcinogénicos, teratogénicos y mutagénicos, tanto a las especies bentónicas que viven en los sedimentos,
como a las especies que se alimentan de estos (ejemplo: caracoles, peces y águilas caracoleras).
En contraste, el ecoturismo se ha planteado como un instrumento de conservación biológica del patrimonio
cultural y de mejoramiento de las comunidades indígenas y campesinas al generar ingresos monetarios.
ECOSUR se ha acercado a este tema desde un enfoque cultural y transdisciplinario para explorar las
tensiones, adaptaciones y apropiaciones que emergen en las familias y comunidades cuando una actividad
relativamente reciente como el ecoturismo se articula con trayectorias históricas de conservación, producción
y reproducción social. Los emprendimientos ecoturísticos se localizan dentro o en la vecindad de áreas
naturales protegidas, aprovechan la belleza escénica de selvas y bosques y las tradiciones locales que se
convierten en la base de la oferta turística.
Lagos, cenotes, ríos, cascadas, cavernas, montañas son el escenario para el senderismo, rafting,
observación de aves; deportes alternativos como ciclismo de montaña, escalada, exploración subacuática o
ultra maratones. Las comunidades se convierten en espacios turísticos al ofrecer escenificaciones de la
cultura y gastronomía locales. Sin embargo, la promesa del ecoturismo, conservación y desarrollo se cumple
parcialmente o no ocurre al alterar parte de los principios que se deberían cumplir por la masificación de la
actividad y la pérdida del control de ciertos procesos (basura, ruido, compactación y erosión de suelos, entre
otros).
Los procesos comunitarios identificados se relacionan con la exclusión ya que solo una parte de la
población participa en el ecoturismo, la diferenciación económica real o percibida que fracciona las relaciones
sociales, la competencia dentro de la comunidad y entre familias para captar turistas. Tales procesos son
pauta para tensiones e incluso conflictos sociales. En el seno de las familias campesinas e indígenas, las
relaciones tradicionales de género se replican por lo que se invisibiliza el trabajo de las mujeres y las
juventudes difícilmente ocupan puestos de responsabilidad en un centro ecoturístico; el espacio familiar y
comunitario es transformado y las prácticas alimentarias se homogenizan con alimentos industrializados.
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Mediante la construcción de espacios para identificar problemas y compartir conocimientos, la
investigación transdisciplinaria buscará mejorar la atención hacia temas específicos como gestión de los
centros ecoturísticos, manejo de redes sociales, artesanías, valoración de la tradición culinaria local con
talleres, intercambio de experiencias y manuales. También mostrará la importancia de diversificar la economía
para asegurar un desarrollo sostenible a largo plazo.
Migración y violaciones a derechos humanos
La Frontera Sur de México enfrenta grandes desafíos con relación a las migraciones humanas que
involucran a poblaciones nacionales y extranjeras. Se plantea como un corredor de movilidad humana
significativo, con flujos migratorios constantes desde Centroamérica y de otros países hacia México y Estados
Unidos de América. Cifras de 2024 presentan la intercepción de más de 150,000 migrantes en esta región de
parte del INM. Las continuas caravanas de personas migrando son muestra de la crisis humanitaria que
enfrentan miles de familias que intentan llegar a Estados Unidos de América. La composición de la migración
se ha cambiado de adultos jóvenes a familias completas. De hecho, las dinámicas de movilidad de mujeres,
hombres, infancias, adolescencias, familias y colectivos identificados dentro de identidades genéricas han
complejizado los escenarios sociales, políticos y económicos.
A lo largo del siglo XXI se han consolidado diversas rutas en la geopolítica migratoria que conectan esta
amplia región con Centro y Sudamérica (además de países transcontinentales) reproduciendo una variedad
de flujos Sur-Sur-Norte; Norte-Sur-Sur y Sur-Sur. Sin olvidar su extensión dentro del sureste mexicano.
Hoy por hoy, esta zona se caracteriza por ser de tránsito, refugio y asentamientos de personas migrantes
centroamericanas a las que se han sumado nuevas nacionalidades como las haitianas, colombianas y
venezolanas. Asimismo, se generan desplazamientos forzados a raíz de los escenarios de inseguridad
y violencias locales, como por el retorno de connacionales producto de las políticas antiinmigrantes
estadounidenses. Al mismo tiempo, desde Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán se
emprende una integración propia al Norte a través de los programas de trabajadores huéspedes hacia
Estados Unidos de América y Canadá y se consolidan redes en la inextricable movilidad laboral agrícola y de
servicios a enclaves turísticos y ciudades medias regionales y nacionales.
Las nuevas conexiones -creadas por el Tren Maya en sus 34 nodos- están sentando las bases para la
integración poblacional en el sureste, lo cual se potenciará con los 98 municipios asociados con el Corredor
Interoceánico del Istmo de Tehuantepec. Hábitat de la ONU estima un crecimiento demográfico de 17.3
millones a mediano y largo plazo para esta región.
Con la agitada movilidad en esta parte de México cabe insistir en las necesidades de atención a
municipios y localidades involucradas; así como la focalización a los diferentes perfiles sociodemográficos
enfatizando en la población vulnerable. ECOSUR busca atender esta agenda social urgente en términos de
justicia social y de respeto a los derechos humanos.
Circunstancias y aportes de los pueblos originarios
México es el país con mayor cantidad de habitantes de los pueblos originarios del continente con más de
23 millones de personas (19.4% de la población del país). Le sigue Guatemala con más de seis millones. Del
total de personas autoidentificadas como integrantes de “pueblos indígenas”, 7,364,645 son hablantes de su
lengua, lo que representa 6.1% de la población total del país, pero también sólo 31.7% de la población de este
grupo.6
La discriminación y desconocimiento de la diversidad en la que se inscriben los pueblos originarios de la
región Frontera Sur produce afectaciones a la vida comunitaria en general, familiar, económica, de salud e
intercambios transfronterizos. Estos procesos generan expresiones particulares de acaparamiento de tierras,
miedo y violencia, pérdida de autonomía, disminución de su soberanía alimentaria y problemas de salud
diversos.
Estimaciones con base en el Censo de Población y Vivienda 2020 indican que los cinco estados con
mayor porcentaje de población en hogares indígenas son Yucatán (44.0%), Chiapas (35.5%), Quintana Roo
(26.2%), Campeche (19.4%) y Oaxaca (43.9%), Tabasco tiene 7.1%. La zona centro de la península de
Yucatán y las regiones de los Altos, Selva y Montañas del Norte del estado de Chiapas representan dos de las
tres regiones más densamente pobladas por hogares indígenas. Específicamente en algunos municipios, la
población indígena alcanza entre 70% y 100% de la composición étnica.7 El porcentaje de población de habla
indígena que no sabe leer y escribir en cada uno de estos cinco estados es: 25.2% en Chiapas, 16.8% en
Campeche, 16.4% en Yucatán, 10.7% en Tabasco y 10% en Quintana Roo.8
6 INEGI. 2023. Censo de Población y vivienda 2020 (cuestionario ampliado).
7 Idem
8 Idem.
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En términos generales, las localidades de los pueblos indígenas se ubican en el medio rural, resguardando
sus territorios y territorialidades ancestrales. En específico, en el estado de Chiapas, 40.2% de la población
indígena no recibe ingreso y 42% recibe menos de un salario mínimo.9
Una mirada desde la perspectiva ambiental muestra que cerca de 70% de los territorios indígenas tienen
plena correspondencia con las zonas de mayor importancia para la conservación de la biodiversidad (26.3%
son Áreas Naturales Protegidas). De igual manera trascendente son sus conocimientos herbolarios, pues
aproximadamente 80% de la población nacional utiliza medicina herbolaria cuyo origen y recursos herbolarios
corresponden al conocimiento ancestral.10
Se reconoce que las comunidades indígenas tienen un papel cada vez más relevante en la cadena de
valor turística, por la atracción de su patrimonio biocultural. En este campo, la UNESCO ha declarado algunas
prácticas vivas como patrimonio de la humanidad. Ejemplo de ellas en la región es la danza de los Parachicos
de Chiapa de Corzo.
A partir de estos antecedentes, unas líneas de trabajo de investigación de ECOSUR vierten sobre la
comprensión de los hechos sociales relacionados con la falta de derechos humanos y sociales de los pueblos
originarios. Se realiza un acompañamiento al pueblo fronterizo Chuj que, por ser transfronterizo con
Guatemala, padece subregistros y no cuenta con reconocimientos plenos, por ejemplo, por parte de la SEP
para el registro de escuelas y concurso para plazas de docentes bilingües de su propia lengua.
En el posgrado, la institución tiene como política la incorporación de jóvenes del sureste, en particular de
los pueblos originarios, a partir de acciones afirmativas que facilita su incorporación y este Programa
Institucional 2026-2030 piensa mejorar la eficiencia de estas medidas.
Además de estudios específicos sobre la población indígena de la región, varias investigaciones se
enfocan sobre producciones de café, miel, maíz de comunidades indígenas, como se comentó en espacios
anteriores, para orientar hacia la agroecología y contribuir a mejores condiciones de vida, salud, alimentación
y producción. Por medio de investigaciones participantes, colaborativas y de incidencia, se busca favorecer la
transdisciplinariedad, el diálogo interepistémico y de saberes que tendrán como consecuencia la defensa de
sus derechos y la promoción de la interculturalidad.
Desigualdades sociales
En la región Frontera Sur prevalecen problemáticas relacionadas con las desigualdades sociales de
género, étnicas y de edad que merecen atención desde perspectivas interculturales, feministas,
interseccionales y de género. Así, por ejemplo, debido al aumento de feminicidios es urgente generar
conocimiento sobre esta problemática para analizar las causas multifactoriales y sensibilizar a la población en
general.
Dos problemáticas se relacionan con el tema educativo. Por un lado, el déficit ético que padece el personal
docente frente a la tarea del ‘cuidado’ a la que se enfrentan en el contexto de la Nueva Escuela Mexicana que
postula a la persona como el eje central del modelo educativo a partir del humanismo transformativo. Este
modelo pone en juego la cuestión del bienestar, mediado por un discurso de la formación socioemocional con
la que se busca construir ambientes propicios para el estar y convivir.
La otra problemática está relacionada con la violencia de género en contextos escolares con énfasis en las
IES. Interesa en particular construir respuestas innovadoras y colaborativas para despatriarcalizar las
estructuras, prácticas y espacios a través de recuperar los saberes de la comunidad, incluyendo la perspectiva
de género con los hombres y tejiendo redes con otros colectivos a nivel nacional e internacional. Para la
atención de esta problemática se colabora con la UIGI de ECOSUR, creada en 2023 y reforzada en 2025.
En los contextos de crisis ambientales las mujeres enfrentan más las consecuencias de la degradación
ambiental al asumir cuidados, ser responsables de la salud familiar, la alimentación y el manejo de su entorno.
No obstante, sus conocimientos y aportes siguen siendo invisibilizados. Por lo tanto, resulta necesario seguir
diseñando estrategias que reduzcan las desigualdades para avanzar a una gestión territorial más justa e
inclusiva.
9 INEGI. 2007. II Conteo de Población y Vivienda 2005.
10 Banco Mundial y el Instituto Global de Recursos. 2012. “Los pueblos indígenas, los bosques y la biodiversidad: un examen mundial de las
superposiciones”.
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Otra problemática social de desigualdad está relacionada con el incremento de los desastres asociados
con fenómenos naturales potencialmente desastrosos. Una línea de investigación de ECOSUR recupera
aspectos de esta problemática poco estudiados: la comprensión de los desastres desde la diversidad cultural
de las poblaciones que lo viven y sufren. Los elementos culturales, como las creencias, valores,
conocimientos locales y prácticas cotidianas juegan un papel importante en la construcción del riesgo y en su
atención.
La crisis y soberanía alimentaria, así como la incidencia de programas sociales en la Frontera Sur revelan
la importancia de construir investigaciones colaborativas donde se vinculen actores sociales y productores
locales en comunidades mayas-yucatecas para construir conjuntamente las alternativas en términos
agroalimentarios que garanticen el derecho a la salud, al medio ambiente y al agua para la población en
general con énfasis en la niñez.
La salud pública desde una perspectiva integral, intercultural, de género y territorial
El sureste de México enfrenta otro desafío significativo debido a la prevalencia de enfermedades
transmitidas por vectores y/o asociadas con la pobreza. Frente a ello, existe un fuerte compromiso de
ECOSUR de abordar los problemas de salud pública desde una perspectiva integral, intercultural, de género y
territorial. Para ello, se trabajan líneas clave como la salud colectiva, salud ambiental, salud intercultural,
determinantes sociales de la salud, salud y género, salud y migración, enfermedades crónicas, enfermedades
infecciosas emergentes y reemergentes, sistemas de salud en contextos rurales y fronterizos, efectos de la
crisis climática en la salud de las poblaciones vulnerables, así como otros elementos de salud y desigualdad
social, salud y género y salud en poblaciones vulnerables (mujeres, indígenas, migrantes, niños, niñas y
adolescentes) y violencias (como problema de salud pública), buscando un enfoque interdisciplinario y de
colaboraciones con instituciones públicas de salud, comunidades indígenas, organizaciones sociales y redes
académicas.
Se participa activamente en espacios de toma de decisión local y regional. Se han desarrollado productos
de divulgación científica y comunitaria, como libros, vídeos, folletos, trípticos, cápsulas informativas,
infografías, publicaciones bilingües y materiales de educación en salud.
En el mediano plazo se contempla fortalecer y ampliar el impacto con las siguientes estrategias: continuar
impulsando la transdisciplinariedad a través de colaboraciones interdepartamentales; ampliar la cobertura
territorial hacia nuevas comunidades en la Frontera Sur y regiones prioritarias del país con énfasis en zonas
marginadas y con alta vulnerabilidad en salud; consolidar un observatorio regional de salud socioambiental
que permita generar evidencia para políticas públicas más inclusivas y contextualizadas y, desarrollar
innovación educativa incorporando tecnologías digitales, aprendizaje basado en problemas reales y enfoques
interculturales más profundos. Lo anterior en coincidencia con las áreas estratégicas enunciadas por la
Secihti.
Contexto de El Colegio de la Frontera Sur
En este contexto históricamente complejo se conformó en 1994 ECOSUR, desde la fusión del CIES de
San Cristóbal de Las Casas y Tapachula en Chiapas y el CIQROO, ubicado en Puerto Morelos, Quintana
Roo, además de sumarse unidades en Campeche y Villahermosa, Tabasco, en los años siguientes. El
Decreto de 1994 justifica el cambio de CIES a ECOSUR: “Aprovechando la infraestructura física y los recursos
humanos de alto nivel con que cuenta actualmente el Centro de Investigaciones Ecológicas del Sureste,
resulta altamente provechoso ampliar sus objetivos y cambiar su denominación a fin de concebirlo como un
centro regional de investigación interdisciplinaria de excelencia académica, con énfasis en el estudio y
comprensión de la región fronteriza del sur de México, de la problemática del desarrollo económico y
productivo, así como de la conservación de la biodiversidad de dicha frontera, mediante la formación de
recursos humanos a nivel de posgrado y con una estrategia de amplia difusión de los resultados de la
actividad científica”.
Quedan planteadas las actividades de investigaciones de carácter interdisciplinarias, formación de
estudiantado y vinculación con las comunidades y actores sociales y productivos. El mismo año de la creación
de ECOSUR, inicia la Maestría en Ciencias en Recursos Naturales y Desarrollo Rural, en medio del
levantamiento zapatista y tensiones sociales que marcan un hito en el país.
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En 2000 se reestructura ECOSUR para obtener su reconocimiento como Centro Público de Investigación,
ser parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y del SNCP del entonces Conacyt. Su objeto se
centró en “realizar y fomentar actividades de investigación científica básica y aplicada en materias que incidan
en el desarrollo y la vinculación de México en su frontera sur, dando especial relevancia a su problemática
ambiental, económica, productiva y social, así como desarrollar tecnologías y diseñar estrategias que
contribuyan al bienestar social, a la conservación de la biodiversidad, al uso racional, eficiente y sostenido de
los recursos naturales y en general al desarrollo sustentable” (Decreto publicado en el DOF el 12 de octubre
2006).
En la actualidad, ECOSUR sigue siendo un centro público de investigación humanística, científica,
tecnológica y de innovación, parte del SNCP de la Secihti, de acuerdo con la LGHCTI publicada en el DOF el
8 de mayo de 2023.
Como tal, tiene como objeto principal brindar al Estado mexicano la solvencia humanística, científica,
tecnológica y de innovación indispensable para la comprensión y atención integral de problemáticas
relacionadas con la Agenda Nacional, y en general, para la toma de decisiones en asuntos públicos a partir
del conocimiento científico, la formación y sus aplicaciones tecnológicas, desde un enfoque intercultural, de
territorialidades y de derechos humanos con responsabilidad ética, social y ambiental.
Lo anterior, con el propósito de alcanzar y consolidar la dependencia científica y tecnológica del país, así
como garantizar que los beneficios sociales del progreso científico y tecnológico redunden en el bienestar del
pueblo de México e incluyan la preservación, restauración, protección y mejoramiento del ambiente (art. 75 de
la LGHCTI).
En estos últimos años, ECOSUR buscó contribuir a los 13 objetivos del SNCP a través de varias acciones.
Entre ellas, destacan:
- Su pertenencia a la Coordinación de Salud y Ambiente, junto con el CIAD, CIATEJ, CIBNOR, CICY,
INECOL e IPICYT, contribuyendo a la construcción de un Plan Estratégico con definición de misión, visión y
acciones prioritarias que optimizan sinergias entre los Centros para escalar intervenciones en bienestar social
y ambiental.
- La generación de conocimiento científico a través de 78 proyectos con recursos externos, entre los que
resaltan 37 proyectos estratégicos financiados por la Secihti y anteriormente Conahcyt; más de 40
colaboraciones en proyectos con financiamiento localizado en otra institución y 10 proyectos semilla que
fomentan la colaboración interinstitucional y transdisciplina, con una fuerte conexión en los territorios y sus
problemáticas socioambientales, creando alianzas y recomendaciones de política pública (cifras de 2025).
- La creación de un Doctorado Nacional en Ciencias en Agroecología liderado por ECOSUR en
colaboración con ocho otros Centros Públicos, la mayoría de la Coordinación de Salud y Ambiente, así como
especialidades en agroecologías y salud comunitaria
- El fortalecimiento de la infraestructura científica con tres Laboratorios Nacionales registrados que ofrecen
servicios especializados en colaboración interinstitucional: (1) el LaBTAA; (2) el Laboratorio de Oceanografía
distribuido en un laboratorio de biodiversidad marina y cambio climático en Campeche, un laboratorio de
oceanografía física y meiofauna en Chetumal, y de ecología y manejo de humedales, y sistemas de
información geográfica en Villahermosa; y (3) el LANIES. Estos se complementan con ocho Laboratorios
Institucionales y aproximadamente 43 laboratorios asociados a grupos académicos que brindan apoyo técnico
a personal académico y estudiantil en todas las sedes institucionales.
- La consolidación del patrimonio científico con 30 colecciones especializadas que documentan grupos
biológicos diversos y dos jardines botánicos operativos en Puerto Morelos (Quintana Roo) y Tapachula
(Chiapas).
- La cooperación internacional con el COMISCA para investigación y fortalecimiento sanitario regional.
- Avances en la actualización de la normativa interna para su adecuación a la Ley marco, incorporando los
resultados de la consulta comunitaria.
De forma más precisa, es interés de ECOSUR, marcado en el Decreto que lo reforma (en vía de
publicación), promover una cultura humanística, científica, tecnológica y de innovación basada en el rigor
epistemológico, el diálogo de saberes, la producción horizontal y transversal del conocimiento, la pluralidad y
equidad epistémicas, la interculturalidad, el trabajo colaborativo y la reivindicación de las humanidades, así
como comprometida con la sociedad, la ética, los derechos humanos, la preservación, restauración,
protección y mejoramiento del ambiente, la protección a la salud, la conservación de la diversidad biocultural
del país y el bienestar del pueblo de México.
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Para ello, ECOSUR tiene como misión generar conocimientos científicos, impulsar su apropiación social y
formar personas comprometidas con el bienestar humano y de la naturaleza, en colaboración con la sociedad,
para la comprensión y construcción de soluciones a las problemáticas socioambientales de la frontera sur,
Centroamérica y el Caribe.
Estructura institucional
Para cumplir con su visión y misión, ECOSUR cuenta en la actualidad con cinco unidades con presencia
en los cuatro estados que conforman la Frontera Sur de México: San Cristóbal y Tapachula en Chiapas;
Chetumal en Quintana Roo, Campeche en Campeche; y Villahermosa en Tabasco; así como una oficina de
Enlace en el PCTY en Mérida. El personal académico se distribuye en ocho departamentos y 26 Grupos
académicos, como lo muestra la Tabla siguiente.
8 Departamentos académicos
26 Grupos académicos
Agricultura, Sociedad y Ambiente
Agroecología
Estudios Socioambientales y Gestión Territorial
Ganadería Sustentable y Cambio Climático
Ciencias de la Sustentabilidad
Adaptación Humana y Manejo de Recursos en Ecosistemas Tropicales
Biotecnología Ambiental
Manejo Sustentable de Cuencas y Zonas Costeras
Conservación de la Biodiversidad
Conservación y Restauración de Bosques
Diversidad y Dinámica de Ecosistemas del Sureste de México
Ecología Evolutiva y Conservación de los Sistemas Socioambientales
Ecología para la Conservación de la Fauna Silvestre
Interacción, Adaptación y Biodiversidad
Ecología de Artrópodos y Manejo de Plagas
Biología y Ecología de Artrópodos Benéficos
Ecología Química
Manejo de Plagas y Vectores de Enfermedades
Observación y Estudio de la Tierra, la
Atmósfera y el Océano
Analítica Espacial y Ciencia de Datos
Ecología, paisaje y sustentabilidad
Procesos Oceanográficos y Dinámica de Sistemas Acuáticos
Salud
Enfermedades Emergentes, Epidémicas, y del Metabolismo Asociadas a la
Alimentación
Salud y Ambiente
Salud, Género y Desigualdad Social
Sistemática y Ecología Acuática
Estructura y Función del Bentos
Sistemática, Ecología y Manejo de Recursos Acuáticos
Taxonomía y Ecología del Zooplancton Marino y de Aguas Continentales
Sociedad y cultura
Estudios de Género
Estudios de Migración y Procesos Transfronterizos
Procesos Culturales y Construcción Social de Alternativas
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La grafica que sigue muestra la distribución de los Departamentos por Unidad
Grafica 1. Distribución del personal académico entre las unidades regionales y oficina de Enlace. 2025
Fuente. Elaboración propia a partir de la Base de Datos de la Coordinación General Académica
A finales de 2025 el personal académico alcanzó 265 personas repartidas en 139 personas
investigadoras, 33 Investigadoras e Investigadores por México, 93 personas técnicas asociadas a los grupos
académicos, además de 67 posdoctorantes.
Resalta una falta de paridad en el personal académico, particularmente del personal técnico que, aunque
la integración de nuevo personal en los últimos años ha favorecido a las mujeres.
Tabla 1. Distribución del personal académico por categoría y sexo. 2025
Categoría
Mujeres
%
Hombres
%
Personal de investigación
36
64
Investigadoras e Investigadores por México
55
45
Personal técnico
32
68
Fuente: Elaboración propia a partir de la Base de datos de la Coordinación General Académica
En 2025 ECOSUR tenía vigentes cinco programas de posgrado, todos inscritos en el SNP.
Tabla 2. Programas de posgrados en ECOSUR y unidades donde se realizan. 2024
Programas vigentes
Presencia
Doctorado en Ciencias en Ecología y Desarrollo Sustentable
Cinco unidades
Doctorado en Ciencias en Agroecología
Unidad San Cristóbal
Maestría en Ciencias en Recursos Naturales y Desarrollo Rural
Cinco unidades
Maestría en Agroecología
Unidad San Cristóbal
Maestría en Ecología Internacional
Unidad Chetumal y Sherbrooke, Canadá
Fuente. Datos institucionales
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Los cuatro posgrados ya existentes fueron completados por un Doctorado en Ciencias en Agroecología,
construido y llevado a cabo entre nueve Centros Públicos bajo el liderazgo de ECOSUR: CIAD, CIATEJ,
CIBNOR, CICY, CIQA, INECOL e IPICYT.
Gráfica 2. Número de estudiantes vigentes por programa de posgrado y sexo. 2025
Fuente. Elaboración propia a partir de los Datos de la Coordinación General de Posgrado
Al contrario del personal académico, 64% del estudiantado vigente son mujeres. Una política institucional
clara busca atraer a un estudiantado regional vinculado a procesos territoriales, a la vez que vincular los
trabajos de investigación a las problemáticas de la región.
Un elemento sobresaliente en ECOSUR es la articulación del personal de investigación y del estudiantado
con actores y organizaciones regionales, dando una gran importancia en las colaboraciones
interinstitucionales; a tal punto que, en 2025, 68% de los proyectos registrados presentan algún grado de
colaboración con otras instancias, sean universidades, organizaciones de la sociedad civil y/o instituciones de
gobierno11.
Otra característica intrínseca es la política de vocaciones científicas y divulgación de la ciencia que ejerce
la institución desde su inicio y que la plantea como un referente regional en estos temas. ECOSUR promueve
el ejercicio pleno del derecho humano a la ciencia inscrito en la LGHCTI, a través de poner a disposición de
las poblaciones la generación de un conocimiento útil que le brinda herramientas para tomar decisiones
informadas y, así permitir cambios estructurales que mejore su bienestar social y ambiental.
Dentro de estos formatos, se encuentra la promoción de vocaciones científicas que fortalecen las
habilidades y capacidades hacia la investigación, particularmente de la niñez y juventud de la región sureste
gracias a su interacción creativa con el personal científico. Las vocaciones científicas se promueven de
manera institucional con programas y actividades a lo largo del año, algunos solo presenciales y otros
de forma híbrida. De 2021 a 2025, son más de 15,000 personas que han participado en estos eventos.
La divulgación de los conocimientos generados se realiza mediante múltiples medios. En 2026, el personal
académico participó en 686 actividades de divulgación, que evidencian el compromiso de acercar el
conocimiento científico a públicos no especializados. Las actividades más frecuentes fueron 421 pláticas de
divulgación, 45 artículos de divulgación, 45 entrevistas de radio, y 44 entrevistas de prensa. Igualmente 39
infografías, 39 presentaciones de libros y 39 entrevistas de televisión, además de exposiciones fotográficas
(8), vídeos (7), cine-debates (2), folletos (2) y una conferencia de prensa.
11 Reporte de la Coordinación General Académica. Datos de 2025
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Es importante destacar la publicación de la revista de divulgación Ecofronteras y sus esfuerzos por dar
acceso a audiencias normalmente excluidas o escasamente consideradas, mediante la traducción de algunos
de sus elementos al tsotsil y maya yucateco. En cuanto a inclusión, se producen libros en formato epub con
verificación de accesibilidad.
La revista Sociedad y Ambiente es una publicación científica con sello de ECOSUR que se encuentra
incluida en el Sistema de Clasificación de Revistas Mexicanas de Ciencia y Tecnología, entre otros índices,
directorios y catálogos de ciencia abierta. Es digital, en acceso abierto, sin costos por procesamiento,
publicación o lectura de sus contenidos, bajo la premisa de que el conocimiento es un bien común y el acceso
a este un derecho humano. La revista abarca distintas líneas temáticas y representa un foro para el debate de
las problemáticas socioambientales en la región y fuera de ella.
Por su naturaleza, ECOSUR impulsa el desarrollo e implementación de tecnologías relevantes para el
desarrollo socioambiental en la región sur de México, como los 13 Manuales de transferencia tecnológica
publicados en 2024, además de otros 10 procesos en 2025. Los manuales representan un tipo de tecnología
en sí mismos, ya que condensan conocimiento especializado y lo hacen accesible para su aplicación práctica
en diversas áreas. Su disponibilidad impulsa la innovación social al facilitar la experimentación con nuevas
técnicas y metodologías en las comunidades. Entre otros temas están: adaptación al cambio climático para
caficultores; alimentación en territorios cafetaleros; ecoturismo; fortalecimiento organizativo de cooperativas
cafetaleras; lombricompostero casero móvil; producción de abono orgánico bocashi.
Otros tipos de procesos de innovación socioambiental son representados por los proyectos “Colectivo
transdisciplinario cocina Colaboratorio”, con la UNAM y la UAM; “Ensayos experimentales participativos de
suplementos alimenticios a dietas bovinas convencionales en ranchos de Tecpatán y Malpaso, Chiapas”,
proceso realizado en conjunto con la Asociación ganadera local de Tecpatán, Chiapas, Rancho El Mocambo
de Raudales Malpaso y la UAEM y, “Terragro: juego de roles para experimentar decisiones en la producción
sustentable de palma de aceite”, con el centro de investigación francés CIRAD.
Políticas de igualdad e inclusión
Desde 2023 la institución ha avanzado de manera más firme hacia la igualdad de género y la no
discriminación a partir de la creación de una unidad especializada que permite mayor coordinación para lograr
una transversalización de las acciones, con la colaboración interna de varias instancias: Comité de Ética,
Personas Consejeras, Subdirección de Recursos Humanos, Coordinación General Académica, grupo
académico Estudios de género y su PRONACES Desarticulando violencia, entre lo más importante, sin olvidar
el liderazgo y apoyo incondicional de la Dirección General a esta política. Gracias a estas acciones, ECOSUR
es integrante de la RENIES de la ANUIES, REGEN, y de la recién creada RENADESI, también de la ANUIES.
A partir de 2025, ECOSUR co-coordina la “Red contra la violencia de género, Reconstruir”, donde
participan varias universidades nacionales. Como parte de estos compromisos, se colaboró en el pilotaje de la
nueva metodología del ONIGIES. Destaca que desde 2023 se ha avanzado en políticas afirmativas en los
concursos de plazas de personal académico y en 2025 se destinaron cinco plazas a convocatorias dirigidas a
mujeres, mientras que en las restantes se dará preferencia a mujeres mediante políticas afirmativas.
Celebración del aniversario 30 de ECOSUR
Como se mencionó con anterioridad, la celebración del 30 aniversario de ECOSUR, del 6 al 8 de
noviembre de 2024, fue una gran motivación para reflexionar sobre el impacto de la institución en la región,
pero también sobre cómo mejorar nuestros hábitos laborales, humanos y valores en el interior. Se realizaron
eventos simultáneos en las cinco sedes con charlas sobre la historia institucional, el papel del sindicalismo y la
divulgación de la ciencia; se compartieron los logros y las contribuciones de cada una de las cinco unidades,
así como vivencias y reflexiones entre quienes son personas colaboradoras de ECOSUR; se realizó un
encuentro con personas egresadas de los posgrados donde se compartieron experiencias significativas y
oportunidades profesionales; se celebró el legado de ECOSUR en la investigación y conservación de la
biodiversidad de México a través del reconocimiento de sus Colecciones Biológicas; se impartieron
microtalleres diseñados para compartir conocimientos y logros enfocados en el desarrollo de capacidades en
diferentes sectores de la sociedad; se retó al personal a organizarse por grupos para impactar y transformar a
su entorno (“Desafío Artilugio”), entre las principales formas para impulsar acciones para la transformación
con base en conocimientos científicos. Varias de las actividades realizadas durante este evento se retomaron
en 2025 para seguir construyendo procesos colaborativos con la sociedad.
Cuatro Objetivos Estratégicos para el Programa Institucional de ECOSUR 2026-2030
Objetivo Estratégico 1. Fortalecer la colaboración interinstitucional y multiactoral para la investigación y
formación científica básica, inter y transdisciplinaria, que aporte soluciones a problemas socioambientales
prioritarios de la Frontera Sur y del país para el bienestar de la población y sus territorios.
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El principal problema público que este objetivo busca atender es la limitada articulación entre instituciones,
comunidades y sectores para generar conocimiento científico que responda directamente a los problemas
socioambientales del país, especialmente en la región de la Frontera Sur. Esta histórica carencia de
colaboración ha limitado la capacidad de respuesta ante la degradación ambiental, la pérdida de
biodiversidad, la pobreza y la desigualdad territorial. Las poblaciones rurales, indígenas y campesinas —
particularmente las mujeres y jóvenes— son las más afectadas, pues su sustento depende directamente de
ecosistemas deteriorados y de economías locales vulnerables. Fortalecer la colaboración interinstitucional y
multiactoral permite no solo producir ciencia más pertinente, sino también impulsar soluciones adaptadas a las
identidades, condiciones socioeconómicas y contextos culturales de cada territorio.
Objetivo estratégico 2. Contribuir a la construcción de espacios de paz, igualitarios, inclusivos, libres de
violencia por razones de género y discriminación mediante la corresponsabilidad con la sociedad, instituciones
educativas, de investigación y gubernamentales al interior de la institución, así como en la región.
Este objetivo atiende el problema público de la persistencia de desigualdades estructurales, discriminación
y violencia social que afectan la convivencia y la paz en los territorios del Sur-Sureste de México. Estas
problemáticas impactan de manera diferenciada según la identidad y condición de las personas: las mujeres
enfrentan brechas de género y violencia; los pueblos indígenas, exclusión y despojo; y las juventudes, falta de
oportunidades educativas y laborales. La construcción de espacios de paz, inclusión e igualdad implica
generar entornos institucionales y comunitarios donde todas las voces sean escuchadas y donde la
corresponsabilidad social promueva el respeto a la diversidad, la equidad y la justicia como bases del
bienestar colectivo.
Objetivo estratégico 3. Impulsar la ciencia abierta como eje articulador de la colaboración en ECOSUR,
para el fortalecimiento de la investigación, de procesos de formación, innovación y aplicación de tecnologías
socioambientales pertinentes en la región.
El problema público que aborda este objetivo es la limitada accesibilidad y aprovechamiento del
conocimiento científico y tecnológico por parte de la sociedad en general y de las instituciones
gubernamentales en particular, debido a estructuras de investigación cerradas y poco inclusivas. Esta
situación profundiza la brecha de desigualdad en el acceso a la información, la innovación y las oportunidades
de desarrollo, afectando en especial a comunidades rurales, mujeres científicas, jóvenes y pueblos originarios.
Impulsar la ciencia abierta contribuye a democratizar el conocimiento, garantizando que las investigaciones y
tecnologías socioambientales respondan a las realidades locales y se compartan de manera equitativa,
fortaleciendo las capacidades de las personas según su contexto, identidad y territorio.
Objetivo estratégico 4. Fortalecer la presencia y alianzas interinstitucionales de ECOSUR para posicionar
la Frontera Sur a nivel nacional e internacional.
El problema público que este objetivo busca resolver es la baja visibilidad y posicionamiento científico de
la región de la Frontera Sur en el ámbito nacional e internacional, lo que limita su desarrollo y acceso a
oportunidades de cooperación y financiamiento. Esta situación afecta directamente a las comunidades locales,
cuyos problemas ambientales, productivos y sociales suelen quedar fuera de las agendas globales de
investigación y desarrollo. Al fortalecer las alianzas interinstitucionales y la presencia de ECOSUR, se busca
colocar las necesidades y potencialidades de los territorios del Sur-Sureste en el centro del diálogo científico y
político, promoviendo así un desarrollo más equitativo que reconozca las particularidades culturales, sociales
y ambientales de sus habitantes.
Alineación del Programa Institucional de ECOSUR 2026-2030 con los principios del Humanismo
Mexicano
El Programa Institucional de ECOSUR comparte con el Humanismo Mexicano una visión centrada en la
dignidad humana, la justicia social y el bienestar colectivo. Ambos marcos promueven una transformación
profunda basada en la ética, la equidad y la sostenibilidad. Los principios del Humanismo Mexicano se reflejan
directamente en la orientación socioambiental, la inclusión y la colaboración que plantean los objetivos
estratégicos de ECOSUR.
El primer principio, “por el bien de todos, primero los pobres”, se manifiesta en el Objetivo Estratégico 1,
que impulsa la investigación y formación científica para resolver problemas socioambientales prioritarios que
afectan especialmente a comunidades vulnerables. ECOSUR, al enfocar su quehacer en el bienestar de la
población y sus territorios, materializa el compromiso humanista de colocar al ser humano —particularmente
a quienes menos tienen— en el centro de las políticas de desarrollo científico y social.
El principio de honestidad y combate a la corrupción fortalece el valor ético que debe sustentar la
investigación y la gestión pública. Esto se alinea con el Objetivo 2, que busca construir espacios de paz,
inclusión e igualdad, lo cual solo puede lograrse desde la transparencia, la rendición de cuentas y el
compromiso ético institucional. Asimismo, el principio de la democracia participativa (“con el pueblo todo, sin
el pueblo nada”) se concreta en la corresponsabilidad que ECOSUR promueve con la sociedad y con otras
instituciones, haciendo de la ciencia una herramienta al servicio del pueblo.
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El cuidado del medio ambiente y la igualdad sustantiva de las mujeres son valores centrales tanto del
Humanismo Mexicano como de ECOSUR. Estos principios se expresan en la promoción de la ciencia abierta
(Objetivo 3), que busca el acceso equitativo al conocimiento y la participación de todos los sectores sociales,
reconociendo la diversidad y promoviendo la equidad de género en la producción científica.
Finalmente, el rechazo al clasismo, racismo y machismo, junto con la política basada en el amor y la
fraternidad, coincide con el Objetivo 4 de fortalecer la presencia y alianzas interinstitucionales desde una
visión de cooperación, respeto y solidaridad. ECOSUR se posiciona, así, como una institución que busca
generar conocimientos para contribuir activamente a la justicia social, la paz y el bienestar integral, pilares
esenciales del Humanismo Mexicano.
Alineación del Programa Institucional de ECOSUR 2026-2030 con los ejes del PND 2025-2030
El Programa Institucional de ECOSUR se alinea de manera directa con los ejes generales y transversales
del Plan Nacional de Desarrollo, al promover una ciencia comprometida con el bienestar social, la
sostenibilidad ambiental y la justicia. A través de sus objetivos estratégicos, ECOSUR impulsa acciones
concretas que fortalecen la gobernanza democrática, la equidad y la innovación al servicio de México.
El Objetivo Estratégico 1, que busca fortalecer la colaboración interinstitucional y multiactoral para la
investigación socioambiental, contribuye a los Ejes 1 y 4 del PND 2025-2030: Gobernanza con justicia y
participación ciudadana y Desarrollo sustentable. Al fomentar redes entre instituciones académicas,
comunidades y gobiernos, ECOSUR promueve la participación social informada en la toma de decisiones,
generando conocimiento científico aplicado a la gestión responsable de los recursos naturales y al bienestar
territorial.
El Objetivo Estratégico 2, enfocado en la construcción de espacios de paz, inclusión e igualdad, se vincula
estrechamente con el Eje 2, Desarrollo con bienestar y humanismo, y con los ejes transversales 1 y 3,
relativos a la igualdad sustantiva y a los derechos de las comunidades indígenas y afrodescendientes.
ECOSUR, mediante su enfoque intercultural y su compromiso con la equidad de género, impulsa la
transformación social hacia entornos más justos, colaborativos y libres de discriminación, en consonancia con
los valores del humanismo mexicano.
Por su parte, el Objetivo Estratégico 3, que promueve la ciencia abierta, se alinea con el Eje transversal 2:
Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional. Esta visión democratiza el acceso al conocimiento,
fomenta la transparencia en la investigación y fortalece la capacidad científica nacional, potenciando la
aplicación de tecnologías socioambientales pertinentes que contribuyen tanto al desarrollo económico como al
bienestar social.
Finalmente, el Objetivo Estratégico 4, orientado a fortalecer la presencia y alianzas interinstitucionales de
ECOSUR, coadyuva a los Ejes 3 y 4 del PND 2025-2030: Economía moral y trabajo y Desarrollo sustentable.
Al posicionar a la Frontera Sur como un referente de colaboración científica nacional e internacional, ECOSUR
contribuye a la generación de empleos basados en la ética, la sostenibilidad y la economía del conocimiento.
En conjunto, los objetivos estratégicos de ECOSUR reflejan el espíritu del PND 2025-2030 al poner la
ciencia al servicio del pueblo, promover la equidad, y avanzar hacia un México más justo, próspero y
sustentable.
Visión de largo plazo
Visión y coincidencias de ECOSUR con su contexto socioambiental
El panorama socioambiental presentado en el apartado anterior permite valorar los desafíos y
oportunidades de la situación socioambiental de la frontera sur y sus parecidos con el contexto nacional,
aunque exacerbado en varios temas. Frente a estas realidades, ECOSUR planea seguir trabajando durante
2026-2030 en los temas enunciados en el diagnóstico, con un enfoque territorial, interdisciplinario,
intercultural, colaborativo y con perspectiva de género, inclusión y derechos humanos, buscando en todo
momento co-crear conocimientos con actores locales, organizaciones, empresas sociales e instituciones, que
sirvan para mejorar el bienestar socioambiental, la salud de la población y construir políticas públicas más
justas e incluyentes.
Se puede sintetizar las problemáticas descritas en cinco grandes programas de investigación, en los
cuales se enfoca la atención prioritaria de la institución, de acuerdo con las características territoriales y
articulada con agentes de distintos niveles involucrados en los procesos:
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En 2030, se esperan avances significativos en cada uno de estos temas, con una articulación fortalecida
con la población, comunidades y organizaciones con quienes se colabora para avanzar hacia la búsqueda de
soluciones y la construcción de modelos de transformación social inclusivos y sostenibles como elementos
fundamentales para garantizar el bienestar presente y futuro de la población, tomando en cuenta la
particularidad de cada territorio, así como su contexto sociocultural.
A partir de estos avances se espera continuar en 2045 con las mismas metas, ajustando las acciones a la
situación que predominará al terminar la ejecución del Programa actual. Para ello, la institución está en
constante reflexión sobre la forma de abordar las problemáticas y replicar estrategias exitosas, además de la
posibilidad de orientar investigaciones hacia temas emergentes o consolidar la generación de conocimientos y
experiencias con nuevas disciplinas.
En el contexto de la construcción de este Programa Institucional 2026-2030, varios grupos de la institución
siguieron con la reflexión iniciada a partir del cambio de Dirección General en 2023, que planteó una
perspectiva de ECOSUR basada sobre el acercamiento metodológico de la teoría del cambio. Este método se
inspira sobre el hecho que, para avanzar correctamente hay que saber dónde queremos llegar; es decir
plantea una estrategia para avanzar hacia una situación deseada que se construye como un sueño
compartido y se va transformando en estrategias viables, una vez analizada la situación en su contexto,
actores, relaciones de poder, conflictos y oportunidades, entre otros.
En una visión a 2045, ECOSUR se proyecta como una comunidad diversa y creativa que trabaja de
manera colaborativa con igualdad, respeto y responsabilidad institucional en la innovación y transformación de
los territorios, construyendo desde una perspectiva científica y crítica a partir del diálogo de saberes y la
articulación con distintos agentes sociales, institucionales y productivos, nuevos conocimientos, tecnologías y
alternativas a las problemáticas socioambientales de la Frontera Sur.
Dentro de la búsqueda de una transformación del sureste mexicano, la institución quiere apostar por la
construcción de espacios de esperanza caracterizados por la “alegría”, la “belleza”, la “justicia”, el “respeto”, la
“dignidad” y la “responsabilidad” como premisas de vida de las personas de la institución, que conforman,
junto con la población, un espacio vital donde se interactúa de manera creativa, colaborativa, continua y
dinámica. Esta propuesta representa una profunda revitalización de ECOSUR, orienta hacia una mayor
pertinencia social y territorial que busca transformar, no solo la manera en que se investiga y se forma, sino
también la propia cultura institucional, promoviendo la colaboración, la inclusión, el cuidado de uno mismo y
de la naturaleza y la participación democrática.
La estrategia se basa en un enfoque territorializado, una gobernanza más integrada y participativa y
posgrados que respondan directamente a las problemáticas socioambientales de la Frontera Sur, con un
fuerte componente de vinculación, inclusión y diálogo de saberes. Se trata de una apuesta por un ECOSUR
más humano, conectado con su entorno y comprometido con la transformación social y ambiental de la región.
Más concretamente, este programa institucional de ECOSUR 2026-2030 se incluye en una proyección
a 2045.
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6. Objetivos
El Programa Institucional de ECOSUR 2026-2030 plantea cuatro objetivos que abonan al
PSCHTI 2025-2030 y al eje transversal 2 en su objetivo 4 del PND 2025-2030. A su vez responde al ámbito
que le otorga de ser CPI y parte del SNCP, de brindar al Estado mexicano la solvencia humanística, científica,
tecnológica y de innovación indispensable para la comprensión y atención integral de problemáticas
relacionadas con la Agenda Nacional, así como en general para la toma de decisiones en asuntos públicos a
partir del conocimiento científico, la formación y sus aplicaciones tecnológicas, desde un enfoque intercultural,
de territorialidades y de derechos humanos con responsabilidad ética, social y ambiental.
Lo anterior con el propósito de alcanzar y consolidar la dependencia científica y tecnológica del país,
así como garantizar que los beneficios sociales del progreso científico y tecnológico redunden en el bienestar
del pueblo de México e incluyan la preservación, restauración, protección y mejoramiento del ambiente
(art. 75 de la LGHCTI).
Objetivos del Programa Institucional de El Colegio de la Frontera Sur 2026-2030
1.- Fortalecer la colaboración interinstitucional y multiactoral para la investigación y formación científica básica, inter y
transdisciplinaria, que aporte soluciones a problemas socioambientales prioritarios de la Frontera Sur y del país para el
bienestar de la población y sus territorios.
2.- Contribuir a la construcción de espacios de paz, igualitarios, inclusivos, libres de violencia por razones de género y
discriminación mediante la corresponsabilidad con la sociedad, instituciones educativas, de investigación y
gubernamentales al interior de la institución, así como en la región.
3.- Impulsar la ciencia abierta como eje articulador de la colaboración en ECOSUR, para el fortalecimiento de la
investigación, de procesos de formación, innovación y aplicación de tecnologías socioambientales pertinentes en la región.
4.- Fortalecer la presencia y alianzas interinstitucionales de ECOSUR para posicionar la Frontera Sur a nivel nacional e
internacional.
6.1 Relevancia del objetivo 1: Fortalecer la colaboración interinstitucional y multiactoral para la
investigación y formación científica básica, inter y transdisciplinaria, que aporte soluciones a
problemas socioambientales prioritarios de la Frontera Sur y del país para el bienestar de la población
y sus territorios.
Este Objetivo surge como respuesta a una de las problemáticas estructurales más profundas de la región
Sur-Sureste de México: la fragmentación institucional y la débil articulación entre actores públicos,
académicos, comunitarios y productivos frente a los desafíos socioambientales.
La Frontera Sur, comprendida por los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche y Quintana Roo,
concentra una paradoja estructural: es una de las zonas con mayor riqueza natural y cultural del país, pero al
mismo tiempo presenta los más altos niveles de marginación y desigualdad social. A ello se suman procesos
sociales complejos como la violencia vinculada al narcotráfico, la migración forzada, la discriminación hacia
los pueblos originarios y las brechas de género, que profundizan la desigualdad estructural. En Chiapas, por
ejemplo, 40 % de la población indígena no percibe ingresos y 42 % gana menos de un salario mínimo;
además, 25 % de la población hablante de lengua indígena es analfabeta12. Estos indicadores reflejan no solo
pobreza material, sino exclusión territorial y epistémica que obstaculiza la participación de estos grupos en los
procesos de desarrollo.
Las causas de esta problemática se relacionan con déficits de gobernanza ambiental y limitada capacidad
institucional incidir en política pública. El crecimiento de la frontera agrícola y ganadera, la expansión urbana y
turística y las actividades industriales no planificadas han generado conflictos socioambientales recurrentes,
como la pérdida de entre 92,609 y 350,298 hectáreas de bosques y selvas por año13. En el caso de la
ganadería extensiva, predominante en Chiapas y Tabasco, se observa una degradación severa de los
pastizales en la región, con pérdida de productividad, erosión de suelos y reducción de servicios
ecosistémicos.
La ausencia de articulación entre dependencias gubernamentales, centros de investigación y comunidades
ha limitado la posibilidad de generar modelos integrales de manejo de recursos naturales, políticas de
adaptación climática y estrategias de desarrollo rural sostenible.
12 INEGI. 2007. II Conteo de Población y Vivienda 2005.
13 CONAFOR. 2020. Estimación de la tasa de deforestación en México por el periodo 2002-2028 mediante el uso de muestreo. Documentos
Técnicos. 91p.
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En términos estratégicos, este objetivo también refuerza la visión de soberanía científica planteada por el
Segundo Piso: construir un sistema nacional de ciencia y tecnología que responda a las necesidades del país,
no a intereses externos o de mercado.
El fortalecimiento de la colaboración interinstitucional y multiactoral contribuirá a revertir las causas
estructurales de la desigualdad socioambiental, mediante la generación de conocimiento útil y la formación de
capacidades locales. Entre los impactos esperados destacan:
Mayor incidencia de la investigación científica en políticas públicas orientadas al desarrollo sostenible.
Integración de saberes científicos y tradicionales en la gestión de los territorios, fortaleciendo la
interculturalidad y el diálogo de saberes.
Consolidación de redes académicas y sociales para la atención de problemáticas transfronterizas
como la migración, la crisis climática o la degradación de ecosistemas.
Impulso a la formación de recursos humanos comprometidos con la transformación social y la ética
ambiental.
Generación
de
tecnologías
socioambientales
pertinentes,
como
ecotecnologías,
prácticas
agroecológicas, control biológico de plagas o modelos comunitarios de energía sustentable.
Frente a esta realidad, el fortalecimiento de la colaboración interinstitucional representa una condición
indispensable para la transformación estructural del territorio, ya que permite integrar enfoques
interdisciplinarios, conocimientos locales y capacidades técnicas hacia un mismo horizonte: el bienestar
común y la sostenibilidad socioambiental. A mediano y largo plazo, este objetivo contribuye a transitar hacia
un modelo de desarrollo territorial sostenible, en el que la ciencia, la tecnología y la innovación se orienten a
resolver los problemas reales de las comunidades y no únicamente a la producción académica.
6.2 Relevancia del objetivo 2: Contribuir a la construcción de espacios de paz, igualitarios,
inclusivos, libres de violencia por razones de género y discriminación mediante la corresponsabilidad
con la sociedad, instituciones educativas, de investigación y gubernamentales al interior de la
institución, así como en la región.
El Objetivo 2 adquiere una relevancia estratégica al abordar las profundas desigualdades sociales, étnicas
y de género que caracterizan la Frontera Sur de México, una región marcada por históricos rezagos
socioeconómicos y ambientales. Este objetivo se prioriza a partir de un diagnóstico exhaustivo que identifica
raíces estructurales como la marginación histórica, la violencia asociada al narcotráfico y la discriminación
contra pueblos originarios y mujeres, exacerbadas por flujos migratorios y el cambio climático. Su atención
urgente se justifica en cifras alarmantes que revelan la vulnerabilidad de la población, y contribuye
directamente al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Transformación, enmarcado en el
PND 2025-2030, al promover un humanismo mexicano centrado en la justicia social, la inclusión y el bienestar
colectivo.
Los principales elementos que determinan la prioridad de este objetivo emergen del diagnóstico de la
situación actual en la Frontera Sur. Según el Índice de Marginación 2020 del CONAPO, Chiapas presenta un
grado "muy alto" de marginación, Campeche "alto", Tabasco "medio" y Quintana Roo "bajo", reflejando
disparidades que afectan al 19.4% de la población nacional indígena, con concentraciones superiores al 35%
en Chiapas y Yucatán. En localidades indígenas, el 40.2% de la población en Chiapas carece de ingresos, y el
42% recibe menos de un salario mínimo, lo que perpetúa ciclos de pobreza14. La migración agrava esta
realidad, con flujos que incluyen familias enteras y nuevas nacionalidades como haitianas y venezolanas,
generando desplazamientos forzados por violencia y políticas antiinmigrantes. Además, la prevalencia de
feminicidios y violencia de género en contextos escolares y comunitarios, junto con el incremento de desastres
climáticos que afectan desproporcionadamente a mujeres e indígenas (responsables del 80% de la medicina
herbolaria ancestral), subraya la urgencia. Estas cifras no son aisladas; responden a raíces profundas como la
discriminación étnica, el acaparamiento de tierras y la falta de autonomía indígena, que limitan el acceso a
educación, salud y recursos.
Desde su raíz, los problemas se originan en un modelo histórico de desarrollo extractivista y desigual,
donde la riqueza biocultural contrasta con la pobreza socioeconómica. La actividad primaria representa el 25%
del PIB regional (hasta 39% en Chiapas), pero la dependencia de ganadería extensiva y cultivos comerciales
como la palma de aceite ha provocado deforestación (22,805 hectáreas anuales en Campeche entre
2019-2022) y contaminación, afectando la soberanía alimentaria y la salud. La violencia ligada al narcotráfico,
el tráfico ilegal de ganado y enfermedades zoonóticas como el gusano barrenador (reintroducido en 2024 y
vigente en 2025) intensifican tensiones sociales, mientras que la crisis climática —con huracanes más
14 INEGI. 2007. II Conteo de la Población y Vivienda 2005.
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intensos y arribo de sargazo— exacerba vulnerabilidades en comunidades indígenas, que resguardan el 70%
de las zonas de biodiversidad prioritaria. Las consecuencias son multifactoriales: conflictos sociales, pérdida
de autonomía cultural, invisibilización de saberes indígenas y femeninos, y un impacto en la salud pública, con
enfermedades transmitidas por vectores asociadas a la pobreza. Esto genera exclusión, fragmentación
comunitaria y migración forzada, perpetuando un ciclo que amenaza el tejido social y el desarrollo sostenible.
Este objetivo representa una solución integral al contribuir al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la
Transformación, alineado con los ejes del PND 2025-2030: gobernanza con justicia y participación ciudadana,
desarrollo con bienestar y humanismo, economía moral y trabajo, y desarrollo sustentable. En particular, se
vincula al Eje Transversal 2 Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional, específicamente al
Objetivo T2.4, que impulsa la investigación colaborativa y la transferencia tecnológica con visión humanista
para una México soberano y próspero. ECOSUR, como Centro Público de Investigación, fomenta la
corresponsabilidad con sociedad civil, instituciones educativas y gubernamentales para construir espacios de
paz mediante estrategias como la incorporación transversal de perspectivas de género e interculturalidad en
investigaciones y posgrados. Esto incluye acciones afirmativas para indígenas (31.7% de la población
indígena habla su lengua materna) y mujeres, acompañamiento a pueblos como los Chuj transfronterizos, y
colaboraciones en redes como la Red contra la Violencia de Género "Reconstruir".
Al promover el diálogo de saberes, la ciencia abierta y la inclusión, el objetivo empodera a comunidades
para defender derechos humanos, reducir violencias y avanzar hacia la interculturalidad. Esto no solo mitiga
consecuencias como la desigualdad (evidenciada en el 25.2% de hogares indígenas en Chiapas sin acceso
básico), sino que genera bienestar para todos los mexicanos al fortalecer la bio-culturalidad, la soberanía
tecnológica y la paz territorial. En el mediano plazo, se espera impactar en políticas públicas inclusivas, como
observatorios de salud socioambiental, contribuyendo a un ECOSUR se posiciona como agente de cambio,
asegurando que el progreso científico beneficie al pueblo y preserve el ambiente para generaciones futuras.
6.3 Relevancia del objetivo 3: Impulsar la ciencia abierta como eje articulador de la colaboración en
ECOSUR para el fortalecimiento de la investigación, de procesos de formación, innovación y
aplicación de tecnologías socioambientales pertinentes en la región.
El Objetivo 3 prioriza la ciencia abierta como un pilar estratégico para abordar los desafíos
socioambientales de la Frontera Sur de México, ya que se fundamenta en la necesidad urgente de
democratizar el conocimiento científico y tecnológico, fortaleciendo la colaboración interinstitucional y la
vinculación con comunidades para generar soluciones pertinentes.
La atención prioritaria del Objetivo 3 surge del diagnóstico de la Frontera Sur, una región con 42 Áreas
Naturales Protegidas que cubren 10 millones de hectáreas, pero amenazada por una pérdida acelerada de
biodiversidad. A esta crisis ambiental se suma la marginación socioeconómica que limita el acceso a
educación, salud y tecnologías. Además, fenómenos como el cambio climático, con huracanes más intensos y
el arribo masivo de sargazo (causante de una pérdida del 1% de biomasa en pastos marinos), agravan la
vulnerabilidad de comunidades, especialmente indígenas y campesinas, que resguardan el 70% de las zonas
de biodiversidad prioritaria. La contaminación por glifosato en Campeche, detectada en agua y suelos, ha
causado mortalidad de abejas y afecta la salud humana, evidenciando la urgencia de soluciones sostenibles.
Las raíces de estas problemáticas se encuentran en un modelo de desarrollo históricamente extractivista y
desigual, que prioriza el crecimiento económico a corto plazo sobre la sostenibilidad y el bienestar social. La
falta de acceso al conocimiento científico y tecnológico en comunidades marginadas perpetúa la dependencia
de prácticas no sostenibles, como la ganadería extensiva, que degrada el 70% de las pasturas en la región, o
el uso de agroquímicos que contaminan acuíferos. La exclusión de saberes indígenas y femeninos, junto con
la limitada coordinación interinstitucional y participación ciudadana, agrava la fragmentación social y
ambiental. Las consecuencias incluyen la pérdida de biodiversidad, inseguridad alimentaria, aumento de
enfermedades zoonóticas (como el gusano barrenador) y conflictos sociales por la competencia de recursos,
como en el caso del ecoturismo masificado en la Laguna de Bacalar, que ha pasado de un estado oligotrófico
a mesotrófico en ocho años debido a la contaminación.
En este Objetivo, la ciencia abierta se presenta como un vehículo para democratizar el conocimiento,
promoviendo la co-construcción de soluciones socioambientales con comunidades, instituciones y
organizaciones. Al impulsar la investigación colaborativa y la transferencia tecnológica, se alinea con el Eje
Transversal 2 del PND 2025-2030 (Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional),
específicamente con el Objetivo T2.4, que busca una México científicamente soberano. También responde al
Objetivo 3 del PSCHTI 2025-2030, que promueve el acceso universal al conocimiento.
ECOSUR implementa este objetivo mediante estrategias como la creación de herramientas tecnológicas
para la ciencia abierta y proyectos de innovación socio-territorial. En 2025, la institución generó 78 proyectos
con recursos externos, la mayoría en colaboración con comunidades y organizaciones.
48
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Se abordan las raíces de los problemas al promover un modelo de desarrollo inclusivo que integra saberes
locales con conocimiento científico. Al fortalecer la formación (la mayoría del estudiantado en 2025 es mujer,
con acciones afirmativas para indígenas) y la divulgación científica (incluyendo la revista Ecofronteras en
tsotsil y maya yucateco), ECOSUR garantiza el acceso al conocimiento como derecho humano, conforme a la
LGHCTI. Esto reduce desigualdades al empoderar a comunidades para adoptar prácticas sostenibles, como
sistemas agroforestales que capturan carbono, y enfrentar desafíos como el cambio climático y la
contaminación. La colaboración con redes como la Red contra la Violencia de Género y la atención
a poblaciones vulnerables (migrantes, mujeres, indígenas) aseguran un impacto directo en la justicia social
y la paz territorial.
En conclusión, el Objetivo 3 transforma la Frontera Sur al articular ciencia, territorio y bienestar,
promoviendo un desarrollo sostenible que prioriza la inclusión y la resiliencia socioambiental. Al democratizar
el conocimiento y fortalecer capacidades locales, ECOSUR contribuye al bienestar de todos los mexicanos,
consolidando un México soberano y equitativo, en sintonía con el humanismo mexicano del Segundo Piso de
la Transformación.
6.4 Relevancia del objetivo 4: Fortalecer la presencia y alianzas interinstitucionales de ECOSUR
para posicionar la Frontera Sur a nivel nacional e internacional.
El Objetivo 4 se centra en fortalecer la presencia de la institución mediante alianzas interinstitucionales,
posicionando a la Frontera Sur de México como un referente en la agenda científica, tecnológica y social a
nivel nacional e internacional. Este objetivo responde a la necesidad urgente de abordar los desafíos
socioambientales de la región a través de una colaboración estratégica con actores diversos.
La falta de coordinación interinstitucional y la limitada presencia de la Frontera Sur en agendas nacionales
e internacionales han restringido el impacto de las soluciones a las problemáticas mencionadas a lo largo del
diagnóstico. A pesar de múltiples colaboraciones de ECOSUR con organizaciones e instituciones, se requiere
una mayor articulación para escalar el impacto. Las recomendaciones del Consejo de Evaluación Externa
(CEE), en 2025, destacan la necesidad de fortalecer vínculos con Centroamérica para abordar problemas
transfronterizos, como la migración y la conservación, lo que refuerza la urgencia de este objetivo.
Las raíces de estas problemáticas se encuentran en un modelo de desarrollo históricamente desigual, que
ha marginado a la Frontera Sur, limitando su integración en agendas científicas y políticas nacionales e
internacionales. La dependencia de actividades primarias (25% del PIB regional, 39% en Chiapas) y la falta de
diversificación económica, agravada por la disminución de ingresos petroleros en Campeche y Tabasco,
perpetúan la pobreza y la exclusión. La débil gobernanza ambiental, la corrupción y la escasa participación
ciudadana dificultan la gestión sostenible de recursos. La baja incidencia de la región en políticas públicas
globales limita su capacidad para enfrentar desafíos como el cambio climático y la migración.
ECOSUR fortalece su pertenencia al SNCP y su presencia en el PCTY, consolidando alianzas con
universidades, centros de investigación y organismos internacionales como el COMISCA. La creación del
Doctorado Nacional en Ciencias en Agroecología en colaboración con nueve Centros Públicos y su
participación en la Coordinación de Salud y Ambiente, buscan optimizar sinergias para el bienestar social y
ambiental.
El Objetivo 4 aborda las raíces de los problemas al posicionar a la Frontera Sur como un nodo clave en la
cooperación científica y tecnológica, promoviendo un desarrollo inclusivo y sostenible. A través de alianzas,
ECOSUR impulsa proyectos transfronterizos que abordan migración, salud y conservación, como la Mesa
Técnica sobre el manejo del sargazo, donde participa en tres de seis grupos (biorrefinería, monitoreo y
biología). Estas colaboraciones generan soluciones escalables, como ecotecnologías y políticas públicas
inclusivas, que benefician a comunidades marginadas, incluyendo el 19.4% de la población indígena nacional
y los migrantes. Al fortalecer la presencia internacional, ECOSUR amplifica el impacto de iniciativas como las
120 cooperativas de café orgánico en Chiapas, que apoyan a 30,000 familias, promoviendo la agroecología y
la soberanía alimentaria.
Este objetivo contribuye al bienestar de la población al garantizar que el conocimiento científico y
tecnológico sea un bien común, conforme a la LGHCTI. Al integrar a la Frontera Sur en redes globales,
ECOSUR fomenta la justicia social, la resiliencia socioambiental y la interculturalidad, transformando la región
en un modelo de desarrollo humanista que prioriza la equidad, la sostenibilidad y la paz, en sintonía con el
Segundo Piso de la Transformación.
6.5 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de El Colegio de la Frontera Sur
2026-2030
Los objetivos del Programa Institucional de ECOSUR 2026-2030 se encuentran alineados con el PSCHTI
2025-2030, el mismo alineado con el objetivo transversal 2.4 del PND 2025-2030 y sus cinco estrategias.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
49
Objetivos del Programa
Institucional de El Colegio de la
Frontera Sur 2026-2030
Objetivos del Programa Sectorial de
Ciencia, Humanidades, Tecnología
e Innovación 2025-2030
Estrategias del Programa Sectorial de
Ciencia, Humanidades, Tecnología e
Innovación 2025-2030
1.
Fortalecer
la
colaboración
interinstitucional y multiactoral para
la investigación y formación científica
básica, inter y transdisciplinaria, que
aporte
soluciones
a
problemas
socioambientales prioritarios de la
Frontera Sur y del país para el
bienestar de la población y sus
territorios
1. Promover la formación de personas
altamente especializadas en ciencia,
humanidades,
tecnología
e
innovación, así como las vocaciones
tempranas,
con
un
enfoque
de
inclusión e igualdad sustantiva para
fortalecer las capacidades de México y
reducir su dependencia tecnológica.
1.3 Promover la consolidación del posgrado
en instituciones de educación superior y
centros públicos de investigación para
fortalecer
a
la
comunidad
científica,
humanística, tecnológica y de innovación
orientada a la investigación con incidencia
en los sectores social y privado.
1.4 Impulsar las vocaciones científicas y
humanísticas
para
formar
nuevas
generaciones procurando la equidad de
género
y
la
inclusión
de
grupos
históricamente rezagados.
2. Impulsar el crecimiento y desarrollo
profesional
de
las
personas
investigadoras,
promoviendo
la
igualdad de oportunidades, la inclusión
y una distribución más equilibrada de
recursos y apoyos en las distintas
regiones del país.
2.2 Vincular a la comunidad de CHTI con
los sectores público, privado y social para
proponer soluciones a las problemáticas
nacionales.
3.
Asegurar
la
realización
de
investigación básica y aplicada en
todas las áreas del saber para generar
conocimiento y atender problemas
nacionales,
fortaleciendo
la
infraestructura científica y tecnológica,
difundiendo la ciencia y promoviendo
la participación social en las agendas
de investigación.
3.1 Fomentar la investigación básica y
aplicada de manera interinstitucional e
interdisciplinaria para generar conocimiento
en todas sus áreas.
3.3 Implementar esquemas de difusión y
divulgación
científica,
humanística,
tecnológica y de innovación para promover
el acceso universal al conocimiento.
3.4 Impulsar la colaboración internacional
en materia de investigación básica y
aplicada
para
fortalecer
las
redes
y
mecanismos de cooperación y que abonen
a la soberanía científica del país.
6.
Garantizar
la
integración
y
operación del Sistema Nacional de
Ciencia, Humanidades, Tecnología e
Innovación mediante el impulso de la
coordinación intergubernamental y la
colaboración
interinstitucional
e
interdisciplinaria para la atención de
las prioridades nacionales.
6.2 Impulsar la creación y operación de las
instancias y mecanismos necesarios para
coordinar
las
acciones,
programas
y
proyectos con otras dependencias de la
administración
pública
federal,
las
entidades federativas, las instituciones de
educación superior y con la comunidad
científica y tecnológica.
6.3 Potenciar las capacidades del país a
través de la coordinación y el trabajo
colaborativo
interinstitucional
e
interdisciplinario
en
materia
de
CHTI
orientado a la atención de problemas
prioritarios nacionales, regionales y locales.
50
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Objetivos del Programa
Institucional de El Colegio de la
Frontera Sur 2026-2030
Objetivos del Programa Sectorial de
Ciencia, Humanidades, Tecnología
e Innovación 2025-2030
Estrategias del Programa Sectorial de
Ciencia, Humanidades, Tecnología e
Innovación 2025-2030
2. Contribuir a la construcción de
espacios
de
paz,
igualitarios,
inclusivos, libres de violencia por
razones de género y discriminación
mediante la corresponsabilidad con
la sociedad, instituciones educativas,
de investigación y gubernamentales
al interior de la institución, así como
en la región
1. Promover la formación de personas
altamente especializadas en ciencia,
humanidades,
tecnología
e
innovación, así como las vocaciones
tempranas,
con
un
enfoque
de
inclusión e igualdad sustantiva para
fortalecer las capacidades de México y
reducir su dependencia tecnológica.
1.4 Impulsar las vocaciones científicas y
humanísticas
para
formar
nuevas
generaciones procurando la equidad de
género
y
la
inclusión
de
grupos
históricamente rezagados.
2. Impulsar la consolidación de las
trayectorias
de
las
personas
investigadoras, con un enfoque de
inclusión,
igualdad
sustantiva
y
distribución regional para garantizar su
desarrollo
profesional
y
mejores
condiciones
de
inserción
en
las
actividades de la comunidad CHTI
2.3. Disminuir la brecha de género en el
sector científico, humanístico, tecnológico y
de innovación para garantizar que las
mujeres tengan las mismas oportunidades
de acceso y desarrollo de una carrera en el
sector.
3. Impulsar la ciencia abierta como
eje articulador de la colaboración en
ECOSUR, para el fortalecimiento de
la investigación, de procesos de
formación, innovación y aplicación
de
tecnologías
socioambientales
pertinentes en la región
4. Impulsar el desarrollo tecnológico
en
el
ecosistema
nacional
de
innovación mediante la maduración y
escalamiento
de
tecnologías
prioritarias,
fortaleciendo
la
independencia
tecnológica
y
el
bienestar social.
4.2
Implementar
mecanismos
para
identificar, monitorear y priorizar desarrollos
tecnológicos que contribuyan a las áreas
prioritarias.
4.3 Implementar los sistemas nacionales de
información científica y tecnológica como
herramientas para la toma de decisiones.
5. Proveer a la sociedad soluciones
tecnológicas
mediante
vinculación,
mejoramiento
de
la
inventiva,
protección
del
conocimiento
y
transferencia tecnológica, asegurando
su escalamiento e implementación,
para contribuir al bienestar social, la
soberanía tecnológica y el desarrollo
sostenible.
5.1
Implementar
mecanismos
de
vinculación entre los actores del Sistema
Nacional
de
Ciencia,
Humanidades,
Tecnología
e
Innovación
para
el
financiamiento conjunto, la transferencia y
el
escalamiento
de
desarrollos
tecnológicos.
5.4 Fortalecer las capacidades del Sistema
Nacional
de
Centros
Públicos
de
Investigación
y
de
los
Laboratorios
Nacionales
para
la
atención
de
los
problemas nacionales y las demandas del
sector productivo.
4. Fortalecer la presencia y alianzas
interinstitucionales de ECOSUR para
posicionar la Frontera Sur a nivel
nacional e internacional
1. Promover la formación de personas
altamente especializadas en ciencia,
humanidades,
tecnología
e
innovación, así como las vocaciones
tempranas,
con
un
enfoque
de
inclusión e igualdad sustantiva para
fortalecer las capacidades de México y
reducir su dependencia tecnológica.
1.2
Formar
personas
altamente
especializadas
para
fortalecer
las
capacidades
científicas,
humanísticas,
tecnológicas y de innovación en áreas
prioritarias del país.
3.
Asegurar
la
realización
de
investigación básica y aplicada en
todas las áreas del saber para generar
conocimiento y atender problemas
nacionales,
fortaleciendo
la
infraestructura científica y tecnológica,
difundiendo la ciencia y promoviendo
la participación social en las agendas
de investigación.
3.4 Impulsar la colaboración internacional
en materia de investigación básica y
aplicada
para
fortalecer
las
redes
y
mecanismos de cooperación y que abonen
a la soberanía científica del país.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
51
Objetivos del Programa
Institucional de El Colegio de la
Frontera Sur 2026-2030
Objetivos del Programa Sectorial de
Ciencia, Humanidades, Tecnología
e Innovación 2025-2030
Estrategias del Programa Sectorial de
Ciencia, Humanidades, Tecnología e
Innovación 2025-2030
5. Proveer a la sociedad soluciones
tecnológicas
mediante
vinculación,
mejoramiento
de
la
inventiva,
protección
del
conocimiento
y
transferencia tecnológica, asegurando
su escalamiento e implementación,
para contribuir al bienestar social, la
soberanía tecnológica y el desarrollo
sostenible.
5.4 Fortalecer las capacidades del Sistema
Nacional
de
Centros
Públicos
de
Investigación
y
de
los
Laboratorios
Nacionales
para
la
atención
de
los
problemas nacionales y las demandas del
sector productivo.
6.
Garantizar
la
integración
y
operación del Sistema Nacional de
Ciencia, Humanidades, Tecnología e
Innovación mediante el impulso de la
coordinación intergubernamental y la
colaboración
interinstitucional
e
interdisciplinaria para la atención de
las prioridades nacionales.
6.1 Promover la actualización del marco
normativo que regula la integración y
operación del Sistema Nacional de Ciencia,
Humanidades, Tecnología e Innovación.
6.2 Impulsar la creación y operación de las
instancias y mecanismos necesarios para
coordinar
las
acciones,
programas
y
proyectos con otras dependencias de la
administración
pública
federal,
las
entidades federativas, las instituciones de
educación superior y con la comunidad
científica y tecnológica.
6.3 Potenciar las capacidades del país a
través de la coordinación y el trabajo
colaborativo
interinstitucional
e
interdisciplinario
en
materia
de
CHTI
orientado a la atención de problemas
prioritarios nacionales, regionales y locales.
7. Estrategias y líneas de acción
Para lograr los cuatro objetivos del Programa Institucional 2026-2030, se han diseñado siete estrategias,
integradas por 31 líneas de acción que serán instrumentadas a lo largo de la presente administración.
Objetivo 1. Fortalecer la colaboración interinstitucional y multiactoral para la investigación y
formación científica básica, inter y transdisciplinaria, que aporte soluciones a problemas
socioambientales prioritarios de la Frontera Sur y del país para el bienestar de la población y sus
territorios
Estrategia 1.1 Fortalecer procesos de investigación y formación científica básica, inter y
transdiciplinaria para atender las problemáticas socioambientales prioritarias de la Frontera Sur
Líneas de acción
1.1.1. Impulsar la participación de los grupos académicos de ECOSUR en las convocatorias de proyectos estratégicos
nacionales para construir proyectos de investigación que permitan aportar soluciones y conexiones entre los territorios de la
Frontera Sur y el país
1.1.2 Diseñar e implementar convocatorias internas para proyectos de investigación estratégicos y colaborativos en los
territorios, promoviendo la participación de diversas disciplinas, áreas de la institución y agentes sociales, institucionales y
productivos.
1.1.3 Fomentar la vinculación activa de la comunidad estudiantil con agentes sociales e institucionales a fin de colaborar en
la identificación de problemáticas y la búsqueda de soluciones mediante actividades de investigación y formación.
1.1.4 Promover interacciones sociales e institucionales para incidir en política pública.
1.1.5 Sistematizar experiencias y buenas prácticas en proyectos de investigación colaborativa en la institución y promover
su replicabilidad.
1.1.6 Ajustar los criterios de evaluación académica y estímulos para reconocer el trabajo colectivo, la investigación
colaborativa, inter y transdisciplinaria, la coproducción de conocimiento, la incidencia en política pública y el acceso abierto.
52
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Estrategia 1.2 Establecer alianzas con agentes, organizaciones e instituciones clave para co-
construir soluciones a problemas socioambientales de los territorios de la Frontera Sur y del país.
Líneas de acción
1.2.1. Articular mecanismos de colaboración que fortalezcan el acompañamiento técnico y la construcción colectiva de
propuestas mediante la construcción de agendas de investigación, formación e innovación que integren enfoques de paz,
inclusión, una sola salud y un solo planeta.
1.2.2 Participar en espacios de gobernanza (consejos, comités y/o redes) para enriquecer las propuestas de políticas
públicas a partir del conocimiento científico.
1.2.3 Impulsar la elaboración de tesis que desarrollen investigación con pertinencia social y territorial para contribuir a la
solución de problemas socioambientales en los territorios de la región y del país.
Objetivo 2. Contribuir a la construcción de espacios de paz, igualitarios, inclusivos, libres de
violencia por razones de género y discriminación mediante la corresponsabilidad con la sociedad,
instituciones educativas, de investigación y gubernamentales al interior de la institución, así como en
la región
Estrategia 2.1 Incorporar de forma transversal la perspectiva de género, la interculturalidad y la
cultura de paz en los procesos formativos, administrativos y las actividades de investigación para
generar congruencia en la actuación
Líneas de acción
2.1.1 Integrar y fortalecer en la normativa y procesos institucionales la perspectiva de género, cero tolerancia a la violencia
de género y discriminación mediante reflexiones, pautas, formas de comunicar y acciones transformativas que generen una
cultura de paz.
2.1.2. Implementar actividades y programas de formación en metodologías colaborativas y de sensibilización sobre género,
inclusión y cultura de paz para promover espacios seguros, respetuosos y libres de discriminación, en la institución y en la
región.
2.1.3 Ampliar el acceso y la preparación para el posgrado a personas con experiencias comunitarias y en los territorios de la
frontera sur de México para mayor articulación e inclusión de las personas locales en los procesos de construcción.
2.1.4 Fortalecer las competencias institucionales y sociales mediante la aplicación de la IA sobre procesos de
transformación social, de formación, investigación y de aprendizaje en los territorios.
2.1.5 Integrar principios para el uso ético y declarado de la IA en investigación, docencia, vinculación y administración,
mediante políticas institucionales basadas en buenas prácticas, seminarios especializados y cursos de educación continua.
Estrategia 2.2 Desarrollar prácticas de comunicación pública de la ciencia que reconozcan las
lenguas, culturas y contextos de los territorios, mediante el diálogo de saberes y la participación
reflexiva y contextualizada de diversos públicos
Líneas de acción
2.2.1 Fomentar la socialización y apropiación del conocimiento con actores sociales para asegurar que los productos de
investigación se divulguen y sean relevantes y útiles para las comunidades y organizaciones con las que se colabora.
2.2.2 Promover procesos, estrategias y oferta formativa y de capacitación continua accesible, actual y culturalmente
pertinentes en la región para mayor colaboración y alianza con los sectores de la frontera sur.
2.2.3 Incentivar vocaciones científicas desde edades tempranas mediante experiencias formativas que promuevan la
curiosidad, el pensamiento crítico y el acercamiento significativo al quehacer científico en contextos territoriales.
2.2.4 Fortalecer la producción y circulación de contenidos científicos en formatos diversos, con elementos de accesibilidad,
adecuados a los contextos socioculturales y territoriales.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
53
Objetivo 3. Impulsar la ciencia abierta como eje articulador de la colaboración en ECOSUR, para el
fortalecimiento de la investigación, de procesos de formación, innovación y aplicación de tecnologías
socioambientales pertinentes en la región
Estrategia 3.1 Construir herramientas que se apoyen en la tecnología para impulsar la ciencia
abierta y la apropiación social del conocimiento que garanticen el cumplimiento al derecho humano a
la ciencia de la población
Líneas de acción
3.1.1 Desarrollar e implementar repositorios institucionales para productos de investigación y proyectos financiados con
fondos públicos, para garantizar su accesibilidad y visibilizar sus resultados orientados a problemáticas territoriales
prioritarias de la Frontera Sur.
3.1.2 Identificar y sistematizar experiencias, capacidades y recursos institucionales relacionados con el uso de herramientas
digitales para visibilizar y potencializar procesos de ciencia ciudadana.
3.1.3 Generar bases de datos accesibles de colecciones biológicas institucionales de acuerdo con estándares
internacionales para ponerlas a disposición de la sociedad
3.1.4. Diseñar e implementar experiencias formativas con pertinencia sociocultural y territorial.
Estrategia 3.2 Impulsar proyectos de innovación y apropiación socio-territorial pertinentes para
reducir las brechas de desigualdad social
Líneas de acción
3.2.1 Diseñar trayectorias de aplicación tecnológica colaborativa mediante diagnóstico, co-diseño, ciencia ciudadana,
validación y estrategias de apropiación, que respondan a contextos territoriales específicos.
3.2.2 Realizar investigación aplicada enfocada en soluciones para comunidades marginadas y la creación de laboratorios de
innovación social para construir soluciones tecnológicas éticas y dignas.
3.2.3 Promover intercambios de experiencias entre las organizaciones e instituciones con énfasis en el uso y aplicación de
tecnologías e innovaciones socioambientales
Objetivo 4. Fortalecer la presencia y alianzas interinstitucionales de ECOSUR para posicionar la
Frontera Sur a nivel nacional e internacional.
Estrategia 4.1 Fortalecer la pertenencia de ECOSUR al Sistema Nacional de Centros Públicos para
potencializar sus metas de investigación, formación y vinculación y posicionarse a nivel nacional e
internacional
Líneas de acción
4.1.1 Identificar y desarrollar desde el SNCP agendas comunes y complementarias de investigación, formación y vinculación
en los territorios para visibilizar las capacidades, proyectos e infraestructuras disponibles y potenciar la generación de
soluciones y la atención de problemas.
4.1.2 Posicionarse en el Parque Científico y Tecnológico de Yucatán para alcanzar una colaboración interinstitucional que
mejore la resolución de las problemáticas socioambientales de la Península de Yucatán.
4.1.3 Establecer un proyecto estratégico de investigación y colaboración sobre Cambio Climático y agua en la Península de
Yucatán mediante la colaboración con CICY y Centro Geo en el Parque Tecnológico.
Estrategia 4.2 Identificar áreas de oportunidad para fortalecer la colaboración con diversos actores
e instituciones de investigación y educación superior de Centroamérica
Líneas de acción
4.2.1 Colaborar en actividades de investigación y formación con universidades y centros de investigación de países de
Centroamérica, mediante convenios de colaboración.
4.1.2 Construir agendas de investigación que atiendan temáticas de la Frontera Sur de México con países de
Centroamérica.
4.1.3 Fortalecer el Seminario Binacional México Belice con la participación de otros actores sociales e institucionales.
54
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
8. Indicadores y metas
Para asegurar el cumplimiento de los cuatro objetivos del Programa Institucional de ECOSUR 2026-2030
se han propuesto y diseñado ocho indicadores que permitirán dar seguimiento al avance de los objetivos
durante el periodo.
Indicador 1.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
1.1 Índice de avance en la creación de espacios de diálogo y construcción con actores
Objetivo
1. Fortalecer la colaboración interinstitucional y multiactoral para la investigación y formación científica básica, inter y
transdisciplinaria, que aporte soluciones a problemas socioambientales prioritarios de la Frontera Sur y del país para el
bienestar de la población y sus territorios.
Definición o
descripción
Mide el progreso en la creación de foros temáticos multiactorales organizados y co-organizados por ECOSUR, así como
aquellos espacios en los que la institución participa activamente y contribuye al diálogo interinstitucional y/o a la
construcción de propuestas sobre problemáticas socioambientales.
Derecho
asociado
Derecho a la participación ciudadana
Derecho a un medio ambiente sano
Derecho a la ciencia y la innovación.
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de
medida
Índice
Periodo de
recolección de los
datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable
de reportar el avance
El Colegio de la Frontera Sur
Coordinación General de Vinculación
Método de
cálculo
Total de foros temáticos multiactorales organizados y co-organizados por ECOSUR en el año n / Foros temáticos
multiactorales organizados y co-organizados por ECOSUR en el año n de la Línea base 2025
Observaciones
Foro temático: espacio participativo, estructurado en torno a una problemática o eje temático relevante para los
territorios y la sociedad, en el que confluyen actores académicos y no académicos (como comunidades, instituciones,
organizaciones sociales, sector público o productivo) para intercambiar saberes, proponer soluciones o generar insumos
para la toma de decisiones o la investigación. Los foros considerados integran la participación de uno o más tipos de
actores no académicos.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable
1
Total de foros temáticos
multiactorales organizados y
co-organizados por ECOSUR
en el año n
Valor
variable 1
67
Fuente de
información
variable 1
Base de Datos
Coordinación General de
Vinculación
Nombre variable
2
Foros temáticos multiactorales
organizados y co-organizados
por ECOSUR en el año de la
Línea base 2025
Valor
variable 2
67
Fuente de
información
variable 2
Base de Datos
Coordinación General de
Vinculación
Sustitución en
método de
cálculo
(67 / 67) = 1.00
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
1.00
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
1.07
Tendencia ascendente suave pero constante, con
la proyección de cinco Foros más en 2030
respecto al año base, por la inversión humana y
financiera que implica este tipo de foro
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
ND
ND
ND
ND
ND
ND
1.00
1.00
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
1.01
1.03
1.04
1.06
1.07
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
55
Indicador 1.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
1.2 Porcentaje de tesis que abordan de manera colaborativa problemas socioambientales prioritarios
Objetivo
1. Fortalecer la colaboración interinstitucional y multiactoral para la investigación y formación científica básica, inter y
transdisciplinaria, que aporte soluciones a problemas socioambientales prioritarios de la Frontera Sur y del país para el
bienestar de la población y sus territorios
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de tesis de ECOSUR que abordan problemáticas socioambientales prioritarias de la Frontera Sur y
del país, a través de enfoques de colaboración con diversos actores, organizaciones e instituciones.
Derecho asociado
Derecho a la ciencia y la innovación
Derecho a la educación
Derecho a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar
Derecho a la participación ciudadana
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de
la información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
El Colegio de la Frontera Sur
Coordinación General de Posgrado
Método de cálculo
(Número de tesis en desarrollo o concluidas en el periodo, en colaboración con diversos actores, organizaciones e
instituciones, que abordan problemáticas socioambientales prioritarias en el año n/ Número total de tesis en desarrollo
o concluidas en el año n) * 100
Observaciones
Se consideran tesis de los programas de posgrado de ECOSUR registradas como activas o concluidas durante el
periodo. Los requisitos para considerar las tesis en colaboración son establecidos por el Comité de Docencia. Los
temas prioritarios se encuentran definidos en el Documento de planeación académica vigente.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Número de tesis en
desarrollo o concluidas en
el periodo en colaboración
con diversos actores,
organizaciones e
instituciones, que abordan
problemáticas
socioambientales
prioritarias en el año n
Valor
variable 1
102
Fuente de
información
variable 1
Base de datos
Coordinación General de
Posgrado
Nombre variable 2
Número total de tesis en
desarrollo o concluidas en
el año n
Valor
variable 2
470
Fuente de
información
variable 2
Base de datos
Coordinación General de
Posgrado
Sustitución en
método de cálculo
(102 / 470) * 100 = 21.7
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
21.7
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
26.0
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
ND
ND
ND
ND
ND
ND
21.3
21.7
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
21.9
23.0
24.0
25.1
26.0
56
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Indicador 2.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
2.1 Porcentaje de personas capacitadas en igualdad, inclusión y cultura de paz
Objetivo
2. Contribuir a la construcción de espacios de paz, igualitarios, inclusivos, libres de violencia por razones de género y
discriminación mediante la corresponsabilidad con la sociedad, instituciones educativas, de investigación y
gubernamentales al interior de la institución, así como en la región.
Definición o
descripción
Mide la proporción de personas capacitadas en torno a la igualdad, inclusión, prevención de violencia por razones de
género, perspectiva de género, derechos humanos y cultura de paz en el año n respecto al número total de personas
capacitadas en el mismo año.
Derecho asociado
Derecho a la igualdad sustantiva y derechos de las mujeres
Derechos de las comunidades indígenas y afromexicanas
Derecho a la educación
Derecho a la no discriminación
Derecho a una vida libre de violencia
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de
la información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
El Colegio de la Frontera Sur
Coordinación General de Articulación y
Fortalecimiento Institucional
Método de cálculo
(Número de personas capacitadas en torno a la igualdad, inclusión, prevención de violencia por razones de género,
perspectiva de género, derechos humanos y cultura de paz en el año n / Total de personas
capacitadas en el año n) * 100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Número de personas
capacitadas en torno a la
igualdad, inclusión,
prevención de violencia
por razones de género,
perspectiva de género,
derechos humanos y
cultura de paz en el año n
Valor
variable 1
341
Fuente de
información
variable 1
Base de datos
Coordinación de Educación
Continua
Nombre variable 2
Total de personas
capacitadas en el año n
Valor
variable 2
2,232
Fuente de
información
variable 2
Base de datos
Coordinación de Educación
Continua
Sustitución en
método de cálculo
(341 / 2,232) * 100= 15.3
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
15.3
La base de datos de Educación Continua concentra de manera
institucional el registro de todas las capacitaciones promovidas
por el personal de ECOSUR
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
16.0
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
ND
ND
ND
ND
ND
ND
6.6
15.3
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
15.5
15.6
15.7
15.9
16.0
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
57
Indicador 2.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
2.2 Porcentaje de materiales de divulgación con perspectiva de inclusión
Objetivo
2. Contribuir a la construcción de espacios de paz, igualitarios, inclusivos, libres de violencia por razones de género y
discriminación mediante la corresponsabilidad con la sociedad, instituciones educativas, de investigación y
gubernamentales al interior de la institución, así como en la región
Definición o
descripción
Mide la evolución de productos de divulgación desarrollados con criterios de inclusión que han sido producidos en el
año n respecto a los materiales de divulgación totales del mismo año
Derecho asociado
Derecho a la ciencia y la innovación
Derecho a la educación
Derecho a la igualdad sustantiva y no discriminación
Derechos de las comunidades indígenas y afromexicanas
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
El Colegio de la Frontera Sur
Coordinación General de Vinculación
Método de cálculo
(Materiales de divulgación producidos que cumplen con criterios de inclusión en el año n / Total de materiales de
divulgación generados en el año n) * 100
Observaciones
Materiales de divulgación: Infografía, Libro, Folleto, Exposición Fotográfica, Video, Podcast, Cápsulas de audio,
Entrevistas de radio.
Perspectiva de inclusión: Para que un producto sea considerado con perspectiva de inclusión debe estar dirigido a
alguno(s) de estos públicos históricamente excluidos o usualmente no considerados:
Pueblos originarios
Población rural
Infancias
Población afromexicana
Colectivos urbanos
Personas con discapacidad
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Materiales de divulgación
producidos que cumplen
con criterios de inclusión
en el año n
Valor
variable 1
55
Fuente de
información
variable 1
Base de datos
Coordinación General de
Vinculación
Nombre variable 2
Total de materiales de
divulgación generados en
el año n
Valor
variable 2
244
Fuente de
información
variable 2
Base de datos
Coordinación General de
Vinculación
Sustitución en
método de cálculo
(55 / 244) * 100 = 22.5
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
22.5
La línea base disminuyó respecto a la referencia histórica de
2024 por el aumento del denominador. Esta actividad de
inclusión es relativamente reciente en ECOSUR.
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
24.6
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
ND
ND
ND
ND
ND
ND
25.6
22.5
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
23.0
23.4
23.8
24.2
24.6
58
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Indicador 3.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
3.1 Porcentaje de productos de investigación disponibles en acceso abierto
Objetivo
3. Impulsar la ciencia abierta como eje articulador de la colaboración en ECOSUR, para el fortalecimiento de la
investigación, de procesos de formación, innovación y aplicación de tecnologías socioambientales pertinentes en la
región.
Definición o
descripción
Cuantifica el porcentaje de publicaciones que se incorporan anualmente para su consulta abierta en el repositorio
institucional de ECOSUR
Derecho asociado
Derecho a la ciencia y la innovación
Derecho de acceso a la información pública
Derecho a la educación
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de
la información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
El Colegio de la Frontera Sur
Coordinación General Académica
Método de cálculo
(Número de publicaciones incorporadas al repositorio institucional de acceso abierto en el año n / Número total de
publicaciones generadas en el año n) * 100
Observaciones
Se consideran las publicaciones disponibles en acceso abierto en el catálogo del Sistema de Información Bibliotecario
de ECOSUR (SIBE). Por publicaciones se entienden artículos, libros y capítulos de libros
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Número de publicaciones
incorporadas al
repositorio institucional de
acceso abierto en el año
n
Valor
variable 1
96
Fuente de
información
variable 1
Base de datos
Coordinación del Sistema de
Información Bibliotecaria
Nombre variable 2
Número total de
publicaciones generadas
en el año n
Valor
variable 2
447
Fuente de
información
variable 2
Base de datos
Coordinación de Procesos
Académicos
Sustitución en
método de cálculo
(96 / 447) * 100 = 21.5
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
21.5
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
28.9
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
ND
ND
ND
ND
ND
ND
10.9
21.5
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
21.7
22.8
24.8
26.8
28.9
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
59
Indicador 3.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
3.2 Índice de avance en la cobertura de programas de acercamiento a la ciencia y humanidades en edades tempranas
Objetivo
3. Impulsar la ciencia abierta como eje articulador de la colaboración en ECOSUR, para el fortalecimiento de la
investigación, de procesos de formación, innovación y aplicación de tecnologías socioambientales pertinentes en la
región.
Definición o
descripción
Mide el progreso de la participación en experiencias formativas que promueven la curiosidad, el pensamiento crítico y
el acercamiento significativo al quehacer científico y humanístico en contextos territoriales.
Derecho asociado
Derecho a la educación
Derecho a la ciencia y la innovación
Derechos de la niñez y la juventud.
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de
la información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Índice
Periodo de
recolección de los
datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
El Colegio de la Frontera Sur
Coordinación General de Vinculación
Método de cálculo
Número de personas participantes, con énfasis en niñas, niños y jóvenes, en experiencias de acercamiento científico y
humanístico en el año n / Número de personas participantes, con énfasis en niñas, niños y jóvenes, en experiencias de
acercamiento científico y humanístico en el año de la Línea base 2025
Observaciones
Los programas considerados son: ECOSUR a Puertas Abiertas; Pasaporte al Camino a Conocimiento Científico;
Juventud Conciencia; y Talleres de Ciencias para Jóvenes. No se desagregaron las variables por las diferentes formas
de abordar estos eventos a lo largo de los años.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Número de personas
participantes, con énfasis
en niñas, niños y jóvenes,
en experiencias de
acercamiento científico y
humanístico en el año n
Valor
variable 1
5,750
Fuente de
información
variable 1
Base de Datos Coordinación
General de Vinculación
Nombre variable 2
Número de personas
participantes, con énfasis
en niñas, niños y jóvenes,
en experiencias de
acercamiento científico y
humanístico en el año de
la Línea base 2025
Valor
variable 2
5,750
Fuente de
información
variable 2
Base de Datos Coordinación
General de Vinculación
Sustitución en
método de cálculo
(5,750 / 5,750) = 1.00
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
1.00
De acuerdo con los datos históricos 2025 parece un año
particularmente importante, aunque no se puede presumir la
posibilidad de mantener esta tendencia de crecimiento.
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
1.06
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
ND
ND
ND
ND
ND
ND
1.00
1.00
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
1.01
1.03
1.04
1.05
1.06
60
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Indicador 4.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
4.1 Porcentaje de proyectos de investigación en colaboración con Centros Públicos de Investigación o Instituciones de
Educación Superior
Objetivo
4. Fortalecer la presencia y alianzas interinstitucionales de ECOSUR para posicionar la Frontera sur a nivel nacional e
internacional
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de proyectos de investigación de ECOSUR que surgen de la colaboración estratégica con CPI o
IES, reflejando la generación conjunta de conocimiento a partir de espacios de diálogo e interacción interinstitucional,
así como el compromiso institucional respecto al SNCP
Derecho asociado
Derecho a la ciencia y la innovación
Derecho a la educación
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
El Colegio de la Frontera Sur
Coordinación General Académica
Método de cálculo
(Número de proyectos de investigación originados de la interacción con CPI o IES en el año n/ Total de proyectos de
investigación desarrollados en ECOSUR en el año n) * 100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Número de proyectos de
investigación originados
de la interacción con CPI
o IES en el año n
Valor
variable 1
30
Fuente de
información
variable 1
Base de datos
Coordinación de Procesos
Académicos
Nombre variable 2
Total de proyectos de
investigación
desarrollados en
ECOSUR en el año n
Valor
variable 2
80
Fuente de
información
variable 2
Base de datos
Coordinación de Procesos
Académicos
Sustitución en
método de cálculo
(30 / 80) *100 = 37.5
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
37.5
En el cálculo se consideran solamente proyectos de
investigación que ingresan recursos externos a ECOSUR. La
disminución del año base respecto a la histórica se debe a un
aumento significativo del denominador.
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
43.8
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
ND
ND
ND
ND
ND
ND
39.1
37.5
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
38.8
40.0
41.3
42.5
43.8
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
61
Indicador 4.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
4.2 Porcentaje de proyectos de investigación realizados en colaboración con actores no académicos
Objetivo
4. Fortalecer la presencia y alianzas interinstitucionales de ECOSUR para posicionar la Frontera Sur a nivel nacional e
internacional.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de proyectos de investigación de ECOSUR que surgen de la colaboración estratégica con actores
no académicos(as) para la solución de problemáticas socioambientales.
Derecho asociado
Derecho a la ciencia y la innovación, derecho a la educación.
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable
de reportar el avance
El Colegio de la Frontera Sur
Coordinación General Académica
Método de cálculo
(Número de proyectos de investigación en colaboración con actores no académicos en el año n / Total de proyectos de
investigación y vinculación estratégica desarrollados en ECOSUR en el año n) * 100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Número de proyectos de
investigación en
colaboración con actores
no académicos en el año
n
Valor
variable 1
26
Fuente de
información
variable 1
Base de datos
Coordinación de Procesos
Académicos
Nombre variable 2
Total de proyectos de
investigación y
vinculación estratégica
desarrollados en
ECOSUR en el año n
Valor
variable 2
90
Fuente de
información
variable 2
Base de datos
Coordinación de Procesos
Académicos
Sustitución en
método de cálculo
(26 / 90) * 100 = 28.9
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
28.9
Se consideran proyectos de investigación con financiamiento externo y
proyectos semilla apoyados con recursos fiscales.
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
35.6
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
ND
ND
ND
ND
ND
ND
24.7
28.9
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
31.1
32.2
33.3
34.4
35.6
_________________________________
62
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
SECRETARIA DE SALUD
TERCER Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos
y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las
entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Michoacán.
03-CM-SaNAS-MICH/2025
TERCER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA
REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE
MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE
SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL
DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL
DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA;
EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ
VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA
DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE
LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO
NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MICHOACÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR. ELIAS
IBARRA
TORRES,
SECRETARIO
DE
SALUD
Y
DIRECTOR
GENERAL
DEL
ORGANISMO
PUBLICO
DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD DE MICHOACÁN Y EL L.A.E. LUIS NAVARRO GARCÍA, SECRETARIO DE
FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ
“LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD
PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos
presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los
artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”
para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR,
que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en
“LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento
que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR
ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de
modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7;
así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”.
III. Con fecha 18 de septiembre de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el SEGUNDO
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES
PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con
el objeto de modificar las cláusulas Segunda, párrafos primero, segundo y décimo segundo; los Anexos 2, 4,
5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”.
IV. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “… que el presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego
a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el
órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
63
V. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar
los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD” en
términos de lo estipulado en el presente instrumento; así como en atención a la reincorporación del Sistema
de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las
Entidades Federativas, en adelante, “SIAFFASPE”, herramienta informática destinada a apoyar a la
planeación, organización, supervisión, comprobación, transparencia del ejercicio y aplicación de recursos e
insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
DECLARACIONES
I. “LAS PARTES” declaran que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los
términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos
primero, segundo y décimo segundo; la cláusula Tercera, numerales 6 y 7; la cláusula Quinta, párrafo
segundo; la cláusula Sexta; la cláusula Octava, fracción I, IV, V, IX y X; la cláusula Novena, fracción IX, XII y
XIII; los Anexos 2, 4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
“SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el
carácter de subsidios, por la cantidad de $340,812,035.58 (TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES
OCHOCIENTOS DOCE MIL TREINTA Y CINCO 58/100 M.N), para la realización de acciones en materia
de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de
indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $83,343,743.50 (OCHENTA Y TRES
MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES 50/100 M.N), se
radicarán a la Secretaria de Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva
específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito
a “LA SECRETARÍA”.
…
…
…
…
…
…
…
…
…
Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de
$257,468,292.08 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO
MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 08/100 M.N), serán entregados directamente a la Secretaría
de Salud y Dirección General de Servicios de Salud.
…
…
…
…
…
…
…”
64
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. Para asegurar la
transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados “LA SECRETARÍA”
y “LA ENTIDAD” convienen en sujetarse a lo siguiente:
1. …
2. …
3. …
4. …
5. …
6. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto que se obtenga del
“SIAFFASPE”, de acuerdo a lo establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en
observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo
exhibir la documentación original comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la
aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento.
7. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente,
a “LA ENTIDAD”, se deberán observar, en lo aplicable, los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones
establecidas en el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas
de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos
Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar
el seguimiento a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos
federales suministrados a “LA ENTIDAD” . Asimismo, se deberá utilizar la herramienta informática
denominada “SIAFFASPE”, para la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales
ministrados y de los insumos federales suministrados a “LA ENTIDAD”.
…
…”
QUINTA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. – “…
Los recursos presupuestarios federales, a los que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento,
deberán ser ejercidos con cargo a las partidas de gasto autorizadas por las unidades administrativas u
órganos desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, a través del “SIAFFASPE”, en
el Módulo de Reportes–Presupuestación–Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa,
programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) y conforme a las disposiciones jurídicas
federales en materia de ejercicio y ejecución del gasto.
…”
SEXTA. DOCUMENTOS PARA LA COMPROBACIÓN DE RECURSOS. - Los requisitos y especificaciones
para el ejercicio y la comprobación de recursos ministrados a través del presente Convenio, establecidos en
los Criterios para la contratación de personal con recursos de Ramo 12, 2025; y Criterios para la
Comprobación del Gasto, 2025, registrados en el “SIAFFASPE”, forman parte integrante del presente
instrumento, y son de carácter obligatorio para “LAS PARTES”, por lo que, en caso de incumplimiento a lo
establecido en dichos Criterios, “LA SECRETARÍA” a través de sus Unidades Administrativas y Órganos
Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, en observancia a lo
dispuesto en la Cláusula Décima Primera del presente instrumento y conforme a sus respectivos ámbitos de
competencia, podrá informar a las instancias de fiscalización federal y/o estatal dicho incumplimiento para los
efectos legales a que haya lugar.
…
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”.- “LA ENTIDAD”, adicionalmente a las obligaciones
establecidas en “EL ACUERDO MARCO”, deberá:
I. Informar mediante oficio y correo electrónico dirigido a “LA SECRETARÍA” a través de sus Unidades
Administrativas
y
Órganos
Administrativos
Desconcentrados
responsables
de
cada
uno
de
“LOS PROGRAMAS”, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos ministrados por
“LA SECRETARÍA” a la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, objeto del presente Convenio, con el
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
65
archivo electrónico, en formato PDF, el recibo del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), con el cual,
acredite la recepción de dichos recursos, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las
obligaciones establecidas en el Convenio; así como registrarlo en el Módulo de Presupuesto-Registro de la
Recepción, del “SIAFFASPE”.
…
…
IV. Entregar a “LA SECRETARÍA”, a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar
Poblacional, los certificados del gasto que se generen a través del “SIAFFASPE”, respecto de la
comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados, así como de los reintegros a la
Tesorería de la Federación que realice “LA ENTIDAD”, elaborados y validados por el titular de la Dirección
General del Instituto de Servicios de Salud, o por aquel servidor público en quien éste delegue dichas
funciones, conforme a la normativa aplicable en “LA ENTIDAD”, de acuerdo a los requisitos que establezcan
los Criterios para la comprobación del gasto, 2025, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las
obligaciones establecidas en el Convenio.
V. Obtener la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de
este “CONVENIO ESPECÍFICO”, la cual, deberá estar a nombre de la Secretaría de Salud y Dirección
General de Servicios de Salud y cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código
Fiscal de la Federación, así como con los requisitos que establezcan los Criterios para la Comprobación del
Gasto, 2025, mismos que forman parte del presente instrumento, señalados en el “SIAFFASPE”. Dicha
documentación comprobatoria se deberá cancelar con la leyenda “Operado”, y se identificará con el nombre
de “LOS PROGRAMAS” en los que se haya efectuado el gasto, haciéndose mención expresa a que dichas
erogaciones corresponden al ejercicio fiscal 2025.
Registrar en el Módulo de Registro de Comprobaciones del “SIAFFASPE”, en formato PDF, la
documentación comprobatoria y justificativa del gasto, que soporte los certificados del gasto, generados
a través del “SIAFFASPE”, que se entreguen a las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados.
…
…
…
IX. Entregar a “LA SECRETARÍA”, a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar
Poblacional en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el
Convenio, mediante los formatos establecidos en el Anexo 9 del presente instrumento, conforme resulte
aplicable, y con los requisitos solicitados, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación del primero,
segundo y tercer trimestre del ejercicio fiscal 2025; y a más tardar, mediante los formatos que se generan a
través del Módulo Informes Trimestrales del “SIAFFASPE”, el 15 de marzo del 2026, el correspondiente al
cuarto trimestre del ejercicio 2025, el informe sobre:
a. El avance del ejercicio de los recursos ministrados financieros ministrados a “LA ENTIDAD”, señalando
el nombre del Programa al que se destinan los recursos, monto de los recursos programados, ministrados
comprometidos, ejercidos, reintegrados a la TESOFE y por ejercer.
b. El avance en el suministro y destino de los insumos/bienes enviados a “LA ENTIDAD”, señalando el
nombre del Programa, índice, descripción del bien/descripción complementaria, fuente de financiamiento,
cantidad programada, costo total estimado, cantidad real ministrada, costo total real, porcentaje de avance
suministrado, pendiente por suministrar, cantidad real aplicada, porcentaje de avance aplicado y por aplicar.
c. El avance de indicadores, señalando el nombre del programa, índice, actividad general, indicador,
frecuencia de medición, medición de avance, meta, meta programada, presupuesto, meta realizada y
porcentaje de avance.
X. Entregar a “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados que tienen a cargo cada uno de “LOS PROGRAMAS”, la documentación comprobatoria que
soporte la aplicación de los insumos federales suministrados, a que hace referencia la fracción VIII de la
presente Cláusula así como registrar en el Módulo “Rendición de Cuentas-Informes Trimestrales de
Insumos/Bienes” del “SIAFFASPE” dicha documentación.
Al momento de la recepción de los insumos en sus respectivos almacenes, “LA ENTIDAD” se hará
responsable de supervisor y asegurarse que los insumos entregados por la proveeduría cumplan con las
condiciones y características contenidas en el anexo técnico del contrato, así como; con las normas oficiales
que en material de empaque apliquen para cada insumo que “LA SECRETARIA” suministre al amparo del
presente Convenio para su aplicación en “LOS PROGRAMAS”.
66
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…
…”
NOVENA. OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”. - “LA SECRETARÍA”.- “…
…
…
…
…
…
…
…
…
IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con “LA ENTIDAD”, sobre el avance en el
cumplimiento del objeto del presente instrumento, mediante los formatos de Informes Trimestrales a que hace
referencia la fracción IX de la Cláusula Octava del presente instrumento, en observancia a los Mecanismos de
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio y mediante los formatos que se generan a
través del Módulo Informes Trimestrales del “SIAFFASPE”.
…
…
XII. Emitir a más tardar el 15 de marzo de 2026, mediante el formato que se obtenga a través del
“SIAFFASPE”, el Acta de Conciliación de Insumos. Dicha Acta se generará, siempre y cuando existan
diferencias entre las cantidades de insumos e importes programados en el presente convenio y los insumos
ministrados por las Unidades Administrativas y/o Órganos Administrativos Desconcentrados a las entidades
federativas, conforme a las remisiones y/o los documentos oficiales con los que se acredite la entrega de
insumos, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio.
XIII. Emitir, a más tardar el 15 de abril de 2026, a través del “SIAFFASPE”, la Constancia de Cierre de
Presupuesto, una vez que la “LA ENTIDAD”, haya concluido con la comprobación de los recursos ejercidos y,
en su caso, con el reintegro de los no comprobados, en los plazos señalados en el presente instrumento, en
observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio.
…
…
…
…”
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
67
ANEXO 2
TERCER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO
FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública
E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1
Vacunación Universal
VA010
0.00
212,531,292.60
212,531,292.60
Total E036
0.00
212,531,292.60
212,531,292.60
M001 ACTIVIDADES DE APOYO ADMINISTRATIVO
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
2
Atención a la Salud de la Adolescencia
AD010
0.00
67,023.86
67,023.86
3
Atención a la Salud en la Infancia
AD010
0.00
542,843.14
542,843.14
4
Cáncer de infancia y adolescencia
AD010
0.00
261,098.60
261,098.60
Total M001
0.00
870,965.60
870,965.60
P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
1
VIH y otras ITS
VH030
1,053,920.00
9,091,135.32
10,145,055.32
2
Virus de Hepatitis C
VH030
0.00
1,612,781.64
1,612,781.64
Total P016
1,053,920.00
10,703,916.96
11,757,836.96
68
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
3,288,047.00
0.00
3,288,047.00
1
Comunidades y municipios
CS010
2,976,431.00
0.00
2,976,431.00
7
Desnutrición Aguda
CS010
311,616.00
0.00
311,616.00
Subtotal
3,288,047.00
0.00
3,288,047.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
1,096,000.34
0.00
1,096,000.34
1
Seguridad Vial
AC010
484,300.00
0.00
484,300.00
2
PA en Grupos Vulnerables
AC020
305,000.00
0.00
305,000.00
3
Mod. Aten. Méd. Prehos.
AC030
281,700.34
0.00
281,700.34
4
Movilidad Activa
AC040
25,000.00
0.00
25,000.00
Subtotal
1,096,000.34
0.00
1,096,000.34
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
2
Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
EE040
0.00
29,442.00
29,442.00
Subtotal
0.00
29,442.00
29,442.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
EE070
0.00
384,418.00
384,418.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
EE060
0.00
143,150.80
143,150.80
4
Emergencias en Salud
EE010
0.00
149,814.44
149,814.44
Subtotal
0.00
677,383.24
677,383.24
Total P018
4,384,047.34
706,825.24
5,090,872.58
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
69
P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
1
Salud Sexual y Reproductiva
24,545,579.80
14,666,313.97
39,211,893.77
1
SSR para Adolescentes
SR040
14,752,410.20
263,931.92
15,016,342.12
2
PF y Anticoncepción
SR030
3,875,392.00
1,211,372.70
5,086,764.70
3
Salud Materna
MJ070
548,111.68
11,448,991.30
11,997,102.98
4
Salud Perinatal
MJ080
2,124,474.42
524,650.00
2,649,124.42
5
Aborto Seguro
SR050
1,626,388.00
1,139,968.05
2,766,356.05
6
Violencia de Género
PG030
1,618,803.50
77,400.00
1,696,203.50
2
Prevención y Control del Cáncer
CC091
763,995.00
8,480,709.92
9,244,704.92
3
Igualdad de Género
PG040
3,499,302.00
0.00
3,499,302.00
Total P020
28,808,876.80
23,147,023.89
51,955,900.69
U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
9,599,146.06
0.00
9,599,146.06
2
Estilos de vida saludables
OB010
7,422,514.00
0.00
7,422,514.00
3
Indígenas
OB010
54,000.00
0.00
54,000.00
4
Mer. Soc. Salud. - Lab. Com. Ries.
OB010
250,208.00
0.00
250,208.00
5
Personas en Movilidad
OB010
757,424.00
0.00
757,424.00
6
SNSP
OB010
1,115,000.06
0.00
1,115,000.06
Subtotal
9,599,146.06
0.00
9,599,146.06
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7
Enfermedades Cardiometabólicas
OB010
11,851,332.00
0.00
11,851,332.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
OB010
845,710.00
0.00
845,710.00
Subtotal
12,697,042.00
0.00
12,697,042.00
Total U008
22,296,188.06
0.00
22,296,188.06
70
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1
Vigilancia Epidemiológica
EE030
1,258,723.00
0.00
1,258,723.00
2
Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
EE040
2,574,188.00
0.00
2,574,188.00
Subtotal
3,832,911.00
0.00
3,832,911.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
EE070
439,952.00
0.00
439,952.00
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
21,281,330.00
9,508,267.80
30,789,597.80
1
Paludismo
EE020
188,214.00
0.00
188,214.00
2
Enfermedad de Chagas
EE020
661,729.00
0.00
661,729.00
4
Intoxicación por Artrópodos
EE020
848,959.00
0.00
848,959.00
5
Dengue
EE020
19,582,428.00
9,508,267.80
29,090,695.80
4
Emergencias en Salud
EE010
425,355.00
0.00
425,355.00
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de
Enfermedades Respiratorias Crónicas
EE060
42,050.00
0.00
42,050.00
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
EE080
308,838.00
0.00
308,838.00
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarreicas Agudas
EE010
470,275.30
0.00
470,275.30
Subtotal
22,967,800.30
9,508,267.80
32,476,068.10
Total U009
26,800,711.30
9,508,267.80
36,308,979.10
Total
83,343,743.50
257,468,292.08
340,812,035.58
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o
servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas,
SIAFFASPE.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
71
ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
21401
Toner | 8 TONER 78A HP, 13 JUEGO DE
TINTAS DE CUATRO COLORES MODELO
544 EPSON, 7 TONER 26A HP.
9,000.0000
8
72,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
21401
Toner | Tóner 4 colores para nivel estatal y
jurisdiccional
6,000.0000
18
108,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
21401
Discos duros | DISCOS DUROS DE UN
TERABYTE ENTRADA USB COMPATIBLE
CON WINDOWS XP O POSTERIORES, MAC
OS X 10.6 O POSTERIORES
1,924.8750
4
7,699.50
0.00
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
26102
Gasolina | Combustible para realizar visita a la
comunidad por parte del personal de Nivel
Estatal para participar en la certificación de
comunidades.
27.0000
1,260
34,020.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
27101
Uniformes de trabajo | Vestuarios y uniformes
1,000.0000
18
18,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y
de supervision | Viáticos nacionales para
labores de supervisión a comunidades
980.0000
49
48,020.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE
PLACAS
DE
CERTIFICACIÓN
DE
COMUNIDAD PROMOTORA DE LA SALUD.
PLACA HORIZONTAL DE 35 X 30 CM DE
ALUMINIO O BRONCE DE 1.5CM DE
GROSOR,
ACABADO
MATE
Y
ALTA
RESISTENCIA CON
3,500.0000
24
84,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | IMPRESION Y ELABORACION DE
PLACA HORIZONTAL DE CERTIFICACIÓN
DE ENTORNO FAVORABLE A LA SALUD.
ESPACIOS DE RECREACIÓN.
3,500.0000
24
84,000.00
0.00
72
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Materiales impresos para apoyar las
acciones de salud pública a nivel comunitario:
lonas, material didáctico, reconocimientos,
etiquetas, placas (nivel estatal)
25,000.0000
1
25,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Materiales impresos para apoyar las
acciones de salud pública a nivel comunitario
50,000.0000
8
400,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
51501
Equipo
multifuncional
(imprime,
faxea,
escanea y fotocopia) (eq. de computacion) |
Equipo Multifuncional 1 por Jurisdicción
Sanitaria y 1 Entidad
8,000.0000
9
72,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
2.1.1.1
26102
Gasolina | Traslado ida y vuelta para la
realización de 3 visitas al municipio para la
instalación CMS, talleres intersectoriales de
planeación, PTMSP y reuniones CMS.
27.0000
4,950
133,650.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
2.1.1.2
51501
Microcomputadora
portatil
(eq.
de
computacion) | EQUIPO DE COMPUTO
PROTATIL LAPTOP 12TH GENERACIÓN O
SUPERIOR, PROCESADOR INTEL CORE I5,
16 GB MEMORIA RAM, DISCO DURO DE
ESTADO SÓLIDO 512 GB
18,000.0000
13
234,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
2.1.1.4
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y
de supervision | Viaticos para la realización de
visitas de supervisión para evaluar los
procesos de comunidades y municipios.
980.0000
64
62,720.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
2.1.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y
de supervision | Viatico para la realización de
visitas al municipio para la instalación CMS,
talleres
intersectoriales
de
planeación,
PTMSP y reuniones CMS.
980.0000
198
194,040.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
2.1.1.4
26102
Gasolina | Traslado ida y vuelta para la
realización de dos visitas de supervisión al
año por jurisdicción o distrito de salud por
parte del nivel estatal para evaluar los
procesos de comunidades y municipios.
27.0000
800
21,600.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
73
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Comunidades
y
municipios
1.1.1.1
33903
Servicios integrales | Un servicio integral para
la realización del evento de instalación de la
Red Estatal de Municipios por la Salud
15,000.0000
1
15,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
4.1.1.1
33903
Servicios
integrales
|
Realizar
Semana
Nacional de Salud Pública en todas las
Jurisdicciones Sanitarias
100,000.0000
8
800,000.00
0.00
1
Comunidades
y
municipios
6.1.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y
de supervision | Un viático sin hospedaje para
dos personas encargadas de realizar la
sensibilización de autoridades municipales.
490.0000
66
32,340.00
0.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
27301
Balon voli-ball | BALON VOLI BALL NÚMERO
5, FABRICADO EN HULE CON CÁMARA
REFORZADA
300.0000
500
0.00
150,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
27301
Balon foot-ball, americano o soccer | BALON
FOOT BALL NÚMERO 3, LAMINADO EN
PVC CON CÁMARA DE HULE REFORZADO
Y CAPA FINAL DE PIEL SINTÉTICA
500.0000
100
0.00
50,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
27301
Balon voli-ball | BALON VOLI BALL NÚMERO
4, FABRICADO EN HULE CON CÁMARA
REFORZADA
300.0000
98
0.00
29,400.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
27301
Balon foot-ball, americano o soccer | BALON
FOOT BALL NÚMERO 5, LAMINADO EN
PVC CON CÁMARA DE HULE REFORZADO
Y CAPA FINAL DE PIEL SINTÉTICA
500.0000
470
0.00
235,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
27301
Artículos deportivos de hule | RED PARA
VOLI BALL PROFESIONAL POR 32X3 PIES
PORTÁTIL, RESISTENTE A RAYOS UV Y
AGUA
800.0000
100
0.00
80,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y
de supervision | Viáticos ecuelas a certificar (2
visitas al año)
490.0000
2
0.00
980.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y
de supervision | Viáticos ecuelas a supervisar
(1 visita al año por escuela)
490.0000
1,249
0.00
612,010.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | SERVICIO DE IMPRESIÓN DE
LONAS/ MATERIAL PARA SUS ESCUELAS
Y COOPERATIVAS
1,932,560.0000
1
0.00
1,932,560.00
74
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
27101
Uniformes de trabajo | Camisa de algodón y
bordado (2 logotipos).
494.5000
32
0.00
15,824.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
27101
Uniformes de trabajo | Chaleco de malla
transpirable con múltiples bolsillos y bordado
(2 logotipos).
800.0000
25
0.00
20,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
26102
Gasolina
|
Gasolina
para
visitas
de
supervisión (1 visita al año por escuela)
600.0000
563
0.00
337,800.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
21701
Figuras
didacticas
|
RÉPLICAS
DE
ALIMENTOS PAQUETE CON 20 PIEZAS
DISTINTAS
QUE
EJEMPLIFIQUEN
DIVERSOS
GRUPOS
ALIMENTICIOS
FABRICADAS EN SILICÓN
2,500.0000
30
0.00
75,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
26102
Gasolina
|
Gasolina
para
visitas
de
certificación 2 visitas al año
600.0000
2
0.00
1,200.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
21401
Toner | TONER PARA MULTIFUNCIONAL DE
LAS 8 JURISDICCIONES Y ENTIDAD
3,300.0000
72
0.00
237,600.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Lonas
200.0000
8
0.00
1,600.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
51501
Minicomputadora (eq. de computacion) |
EQUIPO DE CÓMPUTO DE ESCRITORIO
30,000.0000
16
0.00
480,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
51501
Minicomputadora (eq. de computacion) |
Equipo de computo Lap Top, 1 por jurisdicción
18,000.0000
8
0.00
144,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Manual para certificación de
escuelas, 1 por promotor
350.0000
8
0.00
2,800.00
2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
51501
Equipo
multifuncional
(imprime,
faxea,
escanea y fotocopia) (eq. de computacion) |
EQUIPO
MULTIFUNCIONAL
1
POR
JURISDICCIÓN SANITARIA Y UNO PARA LA
COORDINACIÓN ESTATAL
8,000.0000
9
0.00
72,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
3.3.1.1
35501
Mantenimiento y conservacion de vehiculos
terrestres
|
Mantenimiento
de
unidades
móviles
30,000.0000
1
0.00
30,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
3.3.1.1
21401
Discos
duros
|
Sin
descripción
complementaria
2,000.0000
20
0.00
40,000.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
75
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Estilos
de
vida
saludables
3.3.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | SERVICIO DE IMPRESIÓN DE
MATERIALES
BOLSA
ECOLOGICA,
MANTEL
INDIVIDUAL
CON
MENSAJE
PLATO DEL BIEN COMER
395,754.0000
1
0.00
395,754.00
2
Estilos
de
vida
saludables
3.3.1.1
35501
Mantenimiento y conservacion de vehiculos
terrestres
|
Mantenimiento
de
unidades
móviles
210,000.0000
1
0.00
210,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
3.3.1.1
51501
Minicomputadora (eq. de computacion) |
EQUIPO DE COMPUTO DE ESCRITORIO
30,000.0000
15
0.00
450,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
3.3.1.1
51501
Minicomputadora (eq. de computacion) |
EQUIPO LAP TOP
18,000.0000
5
0.00
90,000.00
2
Estilos
de
vida
saludables
3.3.1.1
21101
Papel bond | CAJA DE HOJAS BLANCAS
TAMAÑO CARTA CON 10 PAQUETES DE
500 HOJAS C/U 75 GR/M2
1,205.0000
60
0.00
72,300.00
2
Estilos
de
vida
saludables
2.2.1.1
51501
Microcomputadora
portatil
(eq.
de
computacion) | EQUIPO LAP TOP
18,000.0000
27
0.00
486,000.00
3
Indígenas
1.3.1.1
33903
Servicios integrales | Servicios Integrales/
Lona, toldo, renta de mesas, sillas y sonido
modulo de rehidratacion (agua)
54,000.0000
1
54,000.00
0.00
4
Mer. Soc. Salud. - Lab.
Com. Ries.
1.2.1.2
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Impresión y Elaboración de Material
Informativo
(banners,
mantas,
volantes,
postales, infografías, tripticos, carteles y otros
56,953.0000
1
56,953.00
0.00
4
Mer. Soc. Salud. - Lab.
Com. Ries.
1.2.1.2
51501
Equipo de proceso de palabras (eq. de
computacion)
|
Equipo
de
cómputo
|
Computadora de escritorio o Computadora
Mac, o computadora portatl (Laptop), o Tablet,
o Equipo de cómputo para diseño Gráfico
30,000.0000
1
30,000.00
0.00
4
Mer. Soc. Salud. - Lab.
Com. Ries.
1.2.1.2
59101
Todo
tipo
de
software
(paqueteria)
(suministros informaticos) | Plataforma de
escucha social digital
22,000.0000
1
22,000.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1.1
27101
Uniformes de trabajo | Chaleco y gorra (3
Promotores de la Salud y 2 Personal Estatal)
1,000.0000
5
5,000.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.1.1.1
26102
Gasolina | Gasolina. Combustible. Traslado
del personal para realizar las actividades de
prevencion y promocion, ferias, talleres y
proceso de validacion de albergues.
27.0000
1,500
40,500.00
0.00
76
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Personas en Movilidad
1.1.1.1
33903
Servicios integrales | Se realiza el evento
oficial, en el cual se agradece la participación
de los directivos del albergue y se entrega la
placa con la cual se valida el albergue
promotor de salud. Evento protocolario para
formalizar y anunciar el termino del proceso
de v
15,000.0000
2
30,000.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.1.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y
de supervision | Personal Operativo. Importe
por día con pernocta., Viaticos Nacionales
para labores de campo y supervisión.
980.0000
60
58,800.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.1.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y
de supervision | Personal Operativo. Importe
por día sin pernocta. , Pasajes Terrestres
Nacionales para Labores en Campo y de
Supervision. Pago de peaje (Casetas de
Cobro). En Zona Norte se concentran los
albergues con mayor numero de Jornaleros
Migrantes
490.0000
180
88,200.00
0.00
6
SNSP
1.1.1.1
33903
Servicios
integrales
|
SERVICIOS
INTEGRALES
50,000.0000
1
0.00
50,000.00
6
SNSP
1.1.1.1
31801
Servicio postal | GUÍAS PAQUETERÍA /
SNSP
10,000.0000
1
0.00
10,000.00
6
SNSP
2.2.1.1
51501
Impresora
(eq.
de
computacion)
|
MOBILIARIO, equipo de computo e impresión
40,000.0000
1
0.00
40,000.00
6
SNSP
2.2.1.1
54103
Automovil
sedan
|
Automovil
tipo
monovolumen
400,000.0000
2
0.00
800,000.00
6
SNSP
2.2.1.1
21101
Papel bond | Folders, sobres, carpetas,
bolígrafos, lápices, papel bond, etc. material y
útiles de oficina
35,000.0000
1
0.00
35,000.00
6
SNSP
3.3.1.1
52101
Proyector multiple (eq. de com., cinemat. o
fotograf.) | Proyector multimedia
10,000.0600
1
0.00
10,000.06
6
SNSP
3.3.1.1
51101
Silla | muebles de oficina y estantería
130,000.0000
1
0.00
130,000.00
6
SNSP
3.3.1.1
21401
Toner | Tonner / tinta para impresora
multifuncional,
y
dispositivos
de
almacenamiento
10,000.0000
1
0.00
10,000.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
77
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
6
SNSP
3.3.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | MATERIAL DE PROMOCIÓN
30,000.0000
1
0.00
30,000.00
7
Desnutrición Aguda
7.1.1.2
26102
Gasolina | Gasolina para traslado ida y vuelta
para el seguimiento de la estrategia
10,000.0000
3
30,000.00
0.00
7
Desnutrición Aguda
7.1.1.1
25301
Complementos
alimenticios
(sustitutos
y
reconstituyentes) (substancias y productos
farmaceuticos) | ATLC Suplemento alimenticio
222,180.0000
1
222,180.00
0.00
TOTALES
3,083,722.50
7,366,828.06
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO
12
CASSCO
CAUSES
1
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
1
Seguridad Vial
5.2.1.1
25501
Boquilla para alcoholímetro | Caja de 100
boquillas
1,100.0000
15
16,500.00
0.00
1
Seguridad Vial
5.2.1.1
53101
Alcoholimetro
(instrumento
cientifico)
|
Alcoholímetro evidencial con impresora
60,000.0000
2
120,000.00
0.00
1
Seguridad Vial
5.2.1.1
53101
Alcoholimetro
(instrumento
cientifico)
|
Alcoholímetro referencial
14,000.0000
2
28,000.00
0.00
1
Seguridad Vial
5.2.1.1
27201
Uniforme, traje de seguridad y mantenimiento |
Alcoholimetría, chalecos balizados
750.0000
25
18,750.00
0.00
1
Seguridad Vial
4.4.2.1
36101
Difusion
de
mensajes
sobre
programas
y
actividades gubernamentales | Campañas de
comunicación de seguridad vial
179,500.0000
1
179,500.00
0.00
1
Seguridad Vial
6.2.1.1
52901
Juego infantil para exteriores (casa de arbol,
resbaladilla, puente, etc) | Bicicleta adulto con
rueditas de balance
5,000.0000
2
10,000.00
0.00
1
Seguridad Vial
6.2.1.1
52901
Juego infantil para exteriores (casa de arbol,
resbaladilla, puente, etc) | Tapete interactivo
20,000.0000
1
20,000.00
0.00
1
Seguridad Vial
6.2.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales
y de informacion en general para difusion |
Material de promoción y acciones de salud
(folletería, flyers, publicaciones)
15,000.0000
1
15,000.00
0.00
78
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO
12
CASSCO
CAUSES
1
Seguridad Vial
6.2.1.1
52901
Juego infantil para exteriores (casa de arbol,
resbaladilla, puente, etc) | Goggles Fatal Vision
45,000.0000
1
45,000.00
0.00
1
Seguridad Vial
6.2.1.1
52901
Juego infantil para exteriores (casa de arbol,
resbaladilla, puente, etc) | Bicicleta infantil con
rueditas de balance
3,000.0000
1
3,000.00
0.00
1
Seguridad Vial
6.2.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales
y de informacion en general para difusion |
Material de promoción y acciones de salud, Stand
de promoción
1,500.0000
1
1,500.00
0.00
1
Seguridad Vial
6.2.1.1
27201
Uniforme, traje de seguridad y mantenimiento |
Sensibilización, chalecos balizados
750.0000
25
18,750.00
0.00
1
Seguridad Vial
6.2.1.1
33604
Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales
y de informacion en general para difusion |
Material de promoción y acciones de salud, Muro
plegable
4,000.0000
1
4,000.00
0.00
1
Seguridad Vial
2.1.1.1
53101
Odometro (instrumento cientifico) | Odometro para
Auditorías Viales
1,000.0000
1
1,000.00
0.00
1
Seguridad Vial
2.1.1.1
52901
Juego infantil para exteriores (casa de arbol,
resbaladilla, puente, etc) | Traficonos
300.0000
10
3,000.00
0.00
1
Seguridad Vial
2.1.1.1
27301
Contador manual de personas | Contador manual
para Auditorías Viales
150.0000
2
300.00
0.00
2
PA
en
Grupos
Vulnerables
4.1.1.1
33903
Servicios
integrales
|
Sensibilización,
(ahogamientos,
asfixias,
caídas,
envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras)
45,000.0000
3
135,000.00
0.00
2
PA
en
Grupos
Vulnerables
4.3.1.1
36101
Difusion
de
mensajes
sobre
programas
y
actividades gubernamentales | Campañas de
comunicación de lesiones accidentales
90,000.0000
1
90,000.00
0.00
2
PA
en
Grupos
Vulnerables
3.2.1.1
33903
Servicios
integrales
|
Capacitación
(ahogamientos,
envenenamientos
e
intoxicaciones y quemaduras)
80,000.0000
1
80,000.00
0.00
3
Mod. Aten. Méd. Prehos.
1.1.1.1
33903
Servicios integrales | Curso de Formación de
Instructores de Primer Respondiente o Curso de
Primeros Respondientes
46,875.0000
1
46,875.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
79
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO
12
CASSCO
CAUSES
3
Mod. Aten. Méd. Prehos.
2.2.1.1
56501
Transmisor receptor radio telefonico (eq. de com.,
cinemat. o fotograf.) | Sistema de comunicación
de misión critica para el fortalecimiento de los
CRUM (Radios)
234,825.3400
1
234,825.34
0.00
4
Movilidad activa
4.1.1.1
33903
Servicios
integrales
|
Sensibilización
para
promover vías recreativas
25,000.0000
1
25,000.00
0.00
TOTALES
1,096,000.34
0.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO
12
CASSCO
CAUSES
1
Vigilancia Epidemiológica
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.2.1
51501
Impresora (eq. de computacion) | Adquisición de
Impresora Multifuncional HP Color LaserJet Pro
4303fdw
25,000.0000
4
100,000.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.2.1
59101
Todo tipo de software (paqueteria) (suministros
informaticos) | Adquisicion de Software para
actualización de equipo y generar Información
de Calidad para la toma de decisiones.
4,900.0000
9
44,100.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.2.1
21401
Toner | Adquisicion de Combo 4 Toner Hp 230a
Negro Cian Mag Ama Para 4203 Mfp 4303,
Combo 4 Toner Hp 230a Negro Cian Mag Ama
Para 4203 Mfp 4303
19,200.0000
5
96,000.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.4.1
51501
Estacion de trabajo (eq. de computacion) |
Adquisicion de Computadora de Escritorio para
la operación de las Unidades de Inteligencia
para
las
Emergencias
en
Salud
(UIES)
estatales.
Todo
en
Uno.
Requerimientos
mínimos: procesador Core i7/AMD Ryzen 5, 8
GB de RAM y por lo menos 1 TB en DD, lec
45,000.0000
2
90,000.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.4.1
51501
Equipo multifuncional (imprime, faxea, escanea
y fotocopia) (eq. de computacion) | Adquisicion
de Equipo multifuncional HP multifuncional,
LaserJet Pro MFPNM182nw, Color (imprime,
faxea, escanea y fotocopia), con lector de USB,
Bluetooth, color negro, Equipo Multifuncional
para Coadyuvar en el equip
30,000.0000
1
30,000.00
0.00
80
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO
12
CASSCO
CAUSES
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.4.1
21401
Toner | Adquisicion de Kits de Toners Laser a
color compatibles con Impresora Laser Jet Pro
MFPNM1182NW para la operación de las
Unidades de Inteligencia para las Emergencias
en Salud (UIES) estatales.
2,500.0000
8
20,000.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.4.1
52101
Pantalla proyector (eq. de com., cinemat. o
fotograf.) | Adquisicion de Pantalla 50 pulgadas
4K Ultra HD Smart TV QLED para la operación
de la UIES Estatal.
30,000.0000
1
30,000.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.4.1
37504
Gastos para alimentacion de servidores publicos
de mando | Viáticos nacionales para servidores
públicos para la operación de las Unidades de
Inteligencia para las Emergencias en Salud
(UIES) estatales.
24,244.6900
1
24,244.69
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.4.1
21101
Papel bond | Adquisición de Artículos de oficina
(Plumas, papel, lápices, gomas, corrector etc.)
para coadyuvar en el equipamiento y el capital
humano para la operación de las Unidades de
Inteligencia
70,000.0000
1
70,000.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.1.1
51501
Minicomputadora
(eq.
de
computacion)
|
Adquisicion de Equipo de Computo escritorio y/o
laptop, Memoria RAM 16 GB, Disco duro 1 TB,
Sistema operativo Windows 10 o superior,
teclado y mouse, monitor 24", para Optimizar la
Operación del Sistema Nacional de Vigilancia
Epidemiológica.
27,000.0000
14
378,000.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.1.1
37104
Pasajes aereos nacionales para servidores
publicos de mando en el desempeño de
comisiones y funciones oficiales | Pasajes
aéreos nacionales para servidores públicos de
mando en el desempeño de comisiones y
funciones oficiales
7,758.0000
5
38,790.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.5.1
21101
Papel bond | Adquisición de Artículos de oficina
(Plumas, papel, lápices, gomas, corrector etc.)
para coadyuvar en el equipamiento para la
operatividad de los Servicios de Sanidad
Internacional Estatales.
70,000.0000
1
70,000.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
81
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO
12
CASSCO
CAUSES
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.5.1
52101
Pantalla proyector (eq. de com., cinemat. o
fotograf.) | Adquisicion de Pantalla 50 pulgadas
4K Ultra HD Smart TV QLED Procesador Intel
Core I7 12th generación o superior. Para la
operatividad de los Servicios de Sanidad
Internacional Estatales.
25,009.8000
1
25,009.80
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.5.1
37504
Gastos para alimentacion de servidores publicos
de mando | Viáticos nacionales para servidores
públicos para la operatividad de los Servicios de
Sanidad Internacional Estatales.
24,244.6000
1
24,244.60
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.5.1
51501
Estacion de trabajo (eq. de computacion) |
Adquisicion de Computadora de Escritorio Todo
en Uno. Requerimientos mínimos: procesador
Core i7/AMD Ryzen 5, 8 GB de RAM y por lo
menos 1 TB en DD, lector de CD/DVD. Monitor
LED
24
pulgadas.
Incluye
las
licencias
necesarias, NO TABLET/IPADS. Coadyuv
45,000.0000
2
90,000.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.5.1
51501
Minicomputadora
(eq.
de
computacion)
|
Adquisicion
de
Equipo
portatil
para
la
operatividad de los Servicios de Sanidad
Internacional Estatales. -Memoria RAM 16 GB.-
Disco Duro de estado sólido 512 GB o superior.-
Sistema Operativo Windows 10 o superior. -
Teclado y Mouse-Monitor 24” pulgadas
30,000.0000
1
30,000.00
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.3.1
26102
Gasolina | Adquisicion de Combustible para la
Supervisión operativa de todos los subsistemas
del
SINAVE
que
operan
en
todas
las
jurisdicciones sanitarias de cada Entidad.
1,023.5100
41
41,963.91
0.00
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.3.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | Viaticos nacionales para labores de
campo y supervision, para la supervisión
operativa de todos los subsistemas del SINAVE
que operan en todas las jurisdicciones sanitarias
de cada Entidad.
56,370.0000
1
56,370.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
1,258,723.00
0.00
82
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO
12
CASSCO
CAUSES
2
Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
2
Vigilancia
en
Salud
Pública por Laboratorio
1.1.2.1
53101
Equipo medico y de laboratorio fuera de Cuadro
Básico
|
MICH
Microscopio,
refrigerador,
ultracongelador, termómetro digital, autoclave
1,046,188.0000
1
1,046,188.00
0.00
2
Vigilancia
en
Salud
Pública por Laboratorio
1.1.2.1
37204
Pasajes nacionales para servidores publicos de
mando en el desempeño de comisiones y
funciones oficiales | MICH Pasajes terrestres
para asistir a reunión de la comunidad SINAVE
en Nuevo Nayarit
2,000.0000
3
6,000.00
0.00
2
Vigilancia
en
Salud
Pública por Laboratorio
1.1.2.1
37504
Gastos para alimentacion de servidores publicos
de mando | MICH Viáticos para asistir a reunión
de la comunidad SINAVE en Nuevo Nayarit
11,050.0000
3
33,150.00
0.00
2
Vigilancia
en
Salud
Pública por Laboratorio
1.1.2.1
53201
Pipeta
automática.
(equipo
medico
y
de
laboratorio) | MICH Micropipeta
28,000.0000
1
28,000.00
0.00
2
Vigilancia
en
Salud
Pública por Laboratorio
1.1.2.1
35401
Servicios de mantenimiento de equipo e
instrumental medico | MICH Mantenimiento y
calibración de equipos e instrumentos .Agitador
orbital, autoblot, autoclave, balanza analítica,
balanza granataria, baño para flotación con
movimiento, cabina de bioseguridad, c
1,445,850.0000
1
1,445,850.00
0.00
2
Vigilancia
en
Salud
Pública por Laboratorio
1.1.2.1
37104
Pasajes aereos nacionales para servidores
publicos de mando en el desempeño de
comisiones y funciones oficiales | MICH Pasajes
aereos para asistir a reunión de la comunidad
SINAVE en Nuevo Nayarit
5,000.0000
3
15,000.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
2,574,188.00
0.00
TOTALES
3,832,911.00
0.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Salud Sexual y Reproductiva
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Para garantizar que la unidad
móvil lleve a cabo las jornadas en los lugares
donde no se cuenta con una unidad e salud o
servicios especializados para adolescentes.
20,000.0000
1
0.00
20,000.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
83
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
35501
Mantenimiento y conservacion de vehiculos
terrestres | Mantenimiento para la unidad móvil
edusex
120,000.0000
1
0.00
120,000.00
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
26102
Gasolina | Para garantizar que la unidad móvil
lleve a cabo las jornadas en los lugares donde
no se cuenta con una unidad e salud o servicios
especializados para adolescentes.
225,774.4400
1
0.00
225,774.44
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
26102
Gasolina | Proporcionar información y atención
a la población adolescente, en materia de salud
sexual
y
reproductiva
a
la
población
adolescente, mediante Servicios Amigables
Itinerantes.
15,000.0000
1
0.00
15,000.00
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | Viáticos nacionales para labores
en EDUSEX
94,676.2600
1
0.00
94,676.26
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
32502
Arrend. de veh. terrestres para servicios pub. y
la operacion de prog. pub. | Camioneta pick up
con camper / Para acciones de coordinación,
monitoreo, y capacitación del componente de
SSRA
200,000.0000
5
0.00
1,000,000.00
1
SSR para Adolescentes
2.1.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | Viáticos nacionales para labores
de supervisión dentro de la entidad federativa
71,000.0000
1
71,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.1.1.1
26102
Gasolina | Gasolina para traslados en labores
de supervisión estatal
55,900.5000
1
55,900.50
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.2.1.2
37101
Pasajes aereos nacionales para labores en
campo y de supervision | Para la asistencia a la
reuniones regionales de capacitación
160,000.0000
1
160,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.2.1.1
33903
Servicios integrales | Cursos de actualización en
SSRA
50,000.0000
8
400,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.2.1.2
21501
MATERIAL DIDÁCTICO PARA DESARROLLO
DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS | Botiquin
capacitador (incluye maniqui torso tri-sexual
humano,
maqueta
anatómica
del
sistema
reproductor femenino, modelo anatomico pelvis
femenina
seccionada,
modelo
anatomico
masculina seccionada,
370,000.0000
2
740,000.00
0.00
84
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
SSR para Adolescentes
2.2.1.2
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | Para la asistencia a la reuniones
regionales de capacitación
54,400.0000
1
54,400.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.1.1.1
36101
Difusion de mensajes sobre programas y
actividades gubernamentales | Campaña: Día
Nacional para la Prevención del Embarazo en
Adolescentes
300,000.0000
1
300,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.1.1.1
36101
Difusion de mensajes sobre programas y
actividades
gubernamentales
|
Campaña:
Promoción y difusión de los servicios de salud
sexual y reproductiva para adolescentes
300,000.0000
1
300,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.3
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | Para acciones de sensibilización
en materia de menstruación digna
13,600.0000
1
13,600.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.4
21601
Toallas sanitarias de papel | Toalla sanitaria
desechable para flujo regular. Insumo para
dispensadores de los consultorios sexual Mente
responsables
1.6000
960
1,536.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.4
51101
DESPACHADOR
O
DISPENSADOR
DE
TOALLAS SANITARIAS | DISPENSADOR DE
TOALLAS SANITARIAS con logos oficiales del
Programa,
para
consultorios
sexualmente
responsables
6,000.0000
2
12,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.3
33903
Servicios integrales | Sensibilizar a actores
clave en materia de menstruación digna y su
importancia en el acceso al derecho a la salud
80,000.0000
5
400,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.3
21501
MATERIAL DIDÁCTICO PARA DESARROLLO
DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS | Material
acrílico de aparato reproductor femenino
4,611.0000
2
9,222.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.3
21501
MATERIAL DIDÁCTICO PARA DESARROLLO
DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS | kit de
gestión
menstrual,
para
acciones
de
capacitación y sensibilización en materia de
menstruación digna
1,375.0000
179
246,125.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
21501
MATERIAL DIDÁCTICO PARA DESARROLLO
DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS | kit de
gestión menstrual, para la implementación del
proyecto de menstruación digna
68.7500
98,114
6,745,337.50
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
85
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.1
36101
Difusion de mensajes sobre programas y
actividades gubernamentales | Campaña: Hacia
una Menstruación digna en espectaculares
400,000.0000
1
400,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.1
36101
Difusion de mensajes sobre programas y
actividades gubernamentales | Campaña: Hacia
una Menstruación digna en medios
600,000.0000
1
600,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.3
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Para acciones de sensibilización
en materia de menstruación digna
49,280.0000
1
49,280.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.5
21501
Folletos | Regleta. Impresión offset, a partir de
original electrónico, tamaño final 7.5 x 28 cms.
Impreso a 4x4 tintas en polipap de 12 puntos
con corte recto
50.0000
4,800
240,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.5
21501
Revistas | Cartilla de Derechos Sexuales y
Reproductivos para Adolescentes de bolsillo
25.0000
10,000
250,000.00
0.00
2
PF y Anticoncepción
1.1.1.1
36101
Difusion de mensajes sobre programas y
actividades gubernamentales | Campaña para la
difusión de los servicios de anticoncepción/Para
su difusión en espectaculares, en parabuses y
estaciones del metro y autobuses.
550,000.0000
1
550,000.00
0.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
36101
Difusion de mensajes sobre programas y
actividades gubernamentales | Campaña para la
difusión de los servicios de vasectomía sin
bisturí/Para su difusión en espectaculares, en
parabuses y estaciones del metro y autobuses.
550,000.0000
1
550,000.00
0.00
2
PF y Anticoncepción
2.3.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | Viáticos para grupo de supervisión
y/o capacitción (4 personas) que deberán
realizar 3 visitas de supervisión ó cursos por
mes a unidades de salud, jurisdicciones
sanitarias y almacenes durante 8 meses
564,480.0000
1
0.00
564,480.00
2
PF y Anticoncepción
2.3.1.1
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Pasajes Nacionales (4 personas)
que deberán realizar 3 visitas de supervisión ó
cursos
por
mes
a
unidades
de
salud,
jurisdicciones sanitarias y almacenes durante 8
meses
188,160.0000
1
0.00
188,160.00
86
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
PF y Anticoncepción
2.2.1.1
33903
Servicios integrales | Cursos de actualización
para la prescripción de métodos anticonceptivos
conforme a la normatividad vigente
57,500.0000
2
0.00
115,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Pasajes Nacionales (2 personas)
que
deberán
asistir
a
las
jornadas
de
vasectomía sin bisturí
15,680.0000
1
0.00
15,680.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision
|
Viaticos
para
jornadas
de
vasedctomía sin bisturí
64,802.0000
1
0.00
64,802.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
25401
Pinzas | Urología. Pinza para disección,
extremos agudos. Longitud 130 mm./Pinza
diseccion de Lee para vasectomía
7,150.0000
14
0.00
100,100.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
53201
Cirugía Laparoscópica. Instrumento bipolar,
desmontable, con mango, cremallera, camisa,
bisturí, dos pinzas (Remorgida). Longitud de
trabajo 360 mm ( para trócar de 6 m). |
Electrocauterio
4,500.0000
6
0.00
27,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
25401
Pinzas | Urología. Pinza de anillo. Diámetro: 4.0
mm. Longitud 140 mm. / Pinzas anillo de Lee
para vasectomía
7,150.0000
14
0.00
100,100.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
25401
Tijeras | Tijera De Disección. Tijera Mayo, recta,
longitud de 150 a 155 mm./Tijera
550.0000
14
0.00
7,700.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
25401
Charola | Charola quirúrgica con tapa
1,155.0000
20
0.00
23,100.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
27101
Uniformes de trabajo | Pijama quirúrgica para
cirujanos y personal de enfermería que participa
en las jornadas de vasectomía sin bisturí
1,500.0000
30
0.00
45,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
53101
Lámpara de examinación con fuente de luz de
fibra
óptica.
Aparato
portátil,
rodable
de
iluminación
eléctrica
para
la
examinación
durante la exploración física del paciente.
Fuente de luz halógena, intensidad de luz de
8070 luxes o mayor. Temperatura de color de
3200 grados Kelvin. Cabezal de ilumina
3,300.0000
20
0.00
66,000.00
3
Salud Materna
3.1.1.1
33903
Servicios
integrales
|
Programación
de
capacitación en impulsar la mejora continua de
la atención integral de la persona gestante,
trabajo de parto y puerperio desde un enfoque
centrado en la usuaria (Salas LPR) mediante el
cumplimiento de la normatividad
50,000.0000
1
0.00
50,000.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
87
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
3
Salud Materna
2.2.1.8
33604
Impresion
y
elaboracion
de
publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Paquete de materiales impresos para
publicaciones oficiales, información en general y
de difusión, material didáctico y de promoción
para los componentes de Salud Materna
(Tarjeta de embarazo, puerpe
314,851.6800
1
0.00
314,851.68
3
Salud Materna
2.5.1.1
33903
Servicios
integrales
|
Programación
de
capacitaciones
en
emergencias
obstétricas
dirigidas al personal de salud operativo
50,000.0000
1
0.00
50,000.00
3
Salud Materna
2.2.1.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | Supervisión integral a unidades de
salud y unidades hospitalarias
15,000.0000
1
15,000.00
0.00
3
Salud Materna
1.3.1.1
33604
Impresion
y
elaboracion
de
publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Las impresiones del Plan de
Seguridad se deberán entregar uno por persona
gestantes
118,260.0000
1
118,260.00
0.00
4
Salud Perinatal
1.3.1.1
53101
Maniquí. Humanoide, con esqueleto y material
equivalente a tejido humano. Versión femenina.
| Material didactico para capacitación en
lactancia materna
8,000.0000
9
0.00
72,000.00
4
Salud Perinatal
1.1.1.1
35501
Mantenimiento y conservacion de vehiculos
terrestres | Mantenimiento para el vehículo de
Salud Perinatal
40,000.0000
1
0.00
40,000.00
4
Salud Perinatal
1.1.1.1
22104
Cafe molido | Coffe Break para capacitaciones
19,905.0000
1
0.00
19,905.00
4
Salud Perinatal
1.1.1.1
26102
Gasolina | Gasolina
25,378.0000
1
0.00
25,378.00
4
Salud Perinatal
1.1.1.3
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | Viaticos para acciones enfocadas
a la salud de la persona recién nacida
454,063.4200
1
0.00
454,063.42
4
Salud Perinatal
1.1.1.2
33903
Servicios integrales | Cursos de Capacitación
enfocados a los primeros 1000 días de vida
180,000.0000
1
0.00
180,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
25501
Frasco | Botella de sustituto de hielo
100.0000
50
0.00
5,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
25501
Vasos | Autoclave vertical de 50 litros
135,000.0000
1
0.00
135,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
25501
Termómetro para congelador | Congelador
especializado
155,000.0000
1
0.00
155,000.00
88
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
25401
Contenedores | Contenedor 60L para biológicos
2,500.0000
6
0.00
15,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
25501
Materiales,
accesorios
y
suministros
de
laboratorio fuera de Cuadro Básico | Baño María
Termostático
37,500.0000
3
0.00
112,500.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
25501
Termómetro para refrigerador | Refrigerador
140,000.0000
1
0.00
140,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
25501
Frasco | Hielera 9L para biológicos
550.0000
6
0.00
3,300.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
53101
Aparatos y equipos. Lector adicional para tubos
capilares. Permite la lectura de tubos capilares
con sangre centrifugada, para proporcionar
valores de hematocrito. Con tres receptáculos
para tubos, amplificación mecánica, barra
lectora de plástico que amplifica los valores de
hematocrito. | Frasco c
150.0000
300
0.00
45,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
25401
Jabones. Neutro. Pastilla de 100 g. Pieza.
Pieza. | Jabón neutro
125.0000
500
0.00
62,500.00
5
Aborto Seguro
1.1.1.1
36101
Difusion de mensajes sobre programas y
actividades gubernamentales | Estrategia de
comunicación para la difusión de la atención al
aborto seguro.
750,000.0000
1
0.00
750,000.00
5
Aborto Seguro
1.1.1.1
33604
Impresion
y
elaboracion
de
publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Estrategia de comunicación para la
difusión de la atención al aborto seguro.
250,000.0000
1
0.00
250,000.00
5
Aborto Seguro
2.5.1.1
33903
Servicios integrales | Capacitación Básica de
Atención Integral al Aborto Seguro programados
por el CNEGSSR
45,000.0000
1
0.00
45,000.00
5
Aborto Seguro
2.2.1.1
21501
MATERIAL DIDÁCTICO PARA DESARROLLO
DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS | Modelos
pélvicos
didácticos
para
la
simulación
y
entrenamiento en la técnica de Aspiración
Manual
Endouterina
programados
por
el
CNEGSSR.
20,000.0000
4
0.00
80,000.00
5
Aborto Seguro
2.5.3.1
33903
Servicios
integrales
|
Capacitación
Especializada de Atención Integral al Aborto
Seguro programados por el CNEGSSR
60,000.0000
1
0.00
60,000.00
5
Aborto Seguro
3.4.1.4
26102
Gasolina | 5 acciones de gestión (coordinación,
monitoreo, y capacitación) del componente de
aborto seguro de manera intra e intersectorial.
2,000.0000
5
0.00
10,000.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
89
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Aborto Seguro
3.4.1.3
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | 6 Supervisiones a las unidades de
salud del sector para verificar la aplicación de
los
criterios
de
calidad
nacionales
e
internacionales para la atención del aborto
seguro.
36,000.0000
1
0.00
36,000.00
5
Aborto Seguro
3.4.1.1
51501
Minicomputadora (eq. de computacion) | 2
tablets para desarrollar acciones acciones de
gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente de aborto seguro
de manera intra e intersectorial.
10,000.0000
2
0.00
20,000.00
5
Aborto Seguro
2.5.2.1
33903
Servicios integrales | Capacitación Intermedia
de
Atención
Integral
al
Aborto
Seguro
programados por el CNEGSSR
40,000.0000
1
0.00
40,000.00
5
Aborto Seguro
2.5.4.1
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Traslado al personal de salud a la
capacitación centralizada de aborto seguro
programada por el CNEGSSR.
3,500.0000
2
0.00
7,000.00
5
Aborto Seguro
2.5.5.1
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Traslado al personal de salud a la
Reunión
Nacional
programada
por
el
CNEGSSR.
3,500.0000
1
0.00
3,500.00
6
Violencia de Género
3.6.1.1
33903
Servicios integrales | La impartición del taller es
de 8 horas, considera materiales didácticos,
servicios integrales y pasajes y viáticos del
personal ponente (un día),
10,480.0000
10
0.00
104,800.00
6
Violencia de Género
2.3.1.1
21501
MATERIAL DIDÁCTICO PARA DESARROLLO
DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS | Compra de
10 kit de muñecos sexuados para la distribución
en
unidades
que
cuenten
con
servicios
especializados de atención a la violencia
5,990.0000
10
0.00
59,900.00
6
Violencia de Género
2.5.3.1
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | 6 Supervisiones a las unidades de
salud del sector para verificar la aplicación de
los criterios de prevención y atención a la
violencia sexual y contra las mujeres.
36,000.0000
1
0.00
36,000.00
90
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
6
Violencia de Género
2.5.3.3
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Pasajes para el desarrollo de 2
acompañamientos técnicos y de seguimiento
estatal a las acciones de prevención de la
violencia familiar, sexual y contra las mujeres
2,000.0000
1
0.00
2,000.00
6
Violencia de Género
2.5.3.2
26102
Gasolina | Facilitar el traslado del profesional de
Medicina para consolidar las acciones de
coordinación
para
la
ejecución
de
los
Programas de Supervisión en materia de
prevención y atención a la violencia sexual y
contra las mujeres.
40,000.0000
1
0.00
40,000.00
6
Violencia de Género
2.5.3.3
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision | Viáticos para el desarrollo de 2
acompañamientos
técnicos
y
seguimiento
estatal de actividades específicas de prevención
de la violencia familiar, sexual y contra las
mujeres
1,960.0000
1
0.00
1,960.00
6
Violencia de Género
2.5.4.1
51501
Minicomputadora (eq. de computacion) | Contar
con las herramientas de trabajo a distancia (una
Tablet con kit para trabajo inalámbrico y
conexión a internet) para la ejecución de los
Programas de Capacitación Supervisión y
Coordinación Interinstitucional e Intersectorial,
considerando 4 e
10,000.0000
4
0.00
40,000.00
6
Violencia de Género
2.5.4.2
26102
Gasolina | Facilitar el traslado de la Trabajadora
Social
para
consolidar
las
acciones
de
coordinación Interinstitucional e Intersectorial en
materia de prevención y atención a la violencia
sexual y contra las mujeres.
40,000.0000
1
0.00
40,000.00
6
Violencia de Género
2.5.4.3
26102
Gasolina | Facilitar el traslado del profesional en
Psicología para consolidar las acciones de
coordinación
para
la
ejecución
de
los
Programas de Capacitación en materia de
prevención y atención a la violencia sexual y
contra las mujeres.
40,000.0000
1
0.00
40,000.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
91
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
6
Violencia de Género
2.2.3.1
33903
Servicios
integrales
|
Capacitación
sobre
Atención Médica a Víctimas/ Sobrevivientes de
Violación
Sexual
dirigido
a
personal
de
medicina, 16 hrs de capacitación presencial a
25 personas. Considera materiales didácticos
50,000.0000
1
0.00
50,000.00
6
Violencia de Género
2.2.1.1
33903
Servicios integrales | Capacitación de formación
sobre atención psicológica especializada a
víctimas de violencia de pareja, familiar y/o
sexual. 20 horas de capacitación presencial a
20 personas. considera materiales
100,000.0000
1
0.00
100,000.00
6
Violencia de Género
1.1.1.1
33604
Impresion
y
elaboracion
de
publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Generar y dar seguimiento a una
estrategia de comunicación para la prevención y
atención de la violencia familiar, sexual y contra
las mujeres a través de medios electrónicos y/o
impresos
80,000.0000
1
0.00
80,000.00
6
Violencia de Género
1.1.1.1
36101
Difusion de mensajes sobre programas y
actividades gubernamentales | Generar y dar
seguimiento a una estrategia de comunicación
para la prevención y atención de la violencia
familiar, sexual y contra las mujeres a través de
medios electrónicos y/o impresos
120,000.0000
1
0.00
120,000.00
6
Violencia de Género
4.1.3.1
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Traslado al personal de salud para
la "Reunión Nacional programada por el
CNEGSSR
3,500.0000
1
0.00
3,500.00
6
Violencia de Género
2.3.3.1
33401
Servicios
para
capacitacion
a
servidores
publicos | Que la persona responsable estatal
de las acciones de prevención y atención a la
violencia sexual y contra las mujeres pueda
acceder a la capacitación “Curso de Inteligencia
Artificial para su aplicación en la Salud Publica”,
impartida por el Insti
6,847.5000
1
0.00
6,847.50
6
Violencia de Género
3.2.1.1
33903
Servicios integrales | El Costo Unitario del Curso
para la Formación de Facilitadoras/es de
Reeducación a Víctimas y Agresores de
Violencia de Pareja incluye pasajes, viáticos y
servicios de capacitación a servidores
72,460.0000
1
0.00
72,460.00
92
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
6
Violencia de Género
2.2.2.1
33903
Servicios
integrales
|
Capacitación
sobre
atención inmediata a víctimas de violación
sexual dirigido al personal de enfermería. 20 hrs
de capacitación presencial a 20 personas.
Considera materiales didácticos
50,000.0000
1
0.00
50,000.00
6
Violencia de Género
2.1.1.1
25401
Materiales, accesorios y suministros medicos
fuera de Cuadro Básico | Para la compra de
botiquines o cajas especiales para colocar y
resguardar los insumos de atención a la
violación sexual, considerando su distribución
en las unidades de salud que atienden y
registran casos.
500.0000
10
0.00
5,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
12,281,661.00
6,826,038.30
2
Prevención y Control del Cáncer
2
Prevención y Control
del Cáncer
2.3.5.1
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para el
evento masivo conmemorativo del mes de
octubre de la lucha contra el cáncer de mama,
"si tu estás bien , todo está mejor "
#mujerescontraelcáncer. sincrónico en las jur
407,941.5000
1
0.00
407,941.50
2
Prevención y Control
del Cáncer
2.3.5.1
33903
Servicios integrales | Servicios integrales:
impresión de material de difusión de acuerdo al
anexo técnico entregado por la responsable del
programa y validado la Dirección de Cáncer de
la Mujer
111,000.0000
1
0.00
111,000.00
2
Prevención y Control
del Cáncer
2.3.5.2
26102
Gasolina | Gasolina
37,000.0000
1
0.00
37,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
555,941.50
3
Igualdad de Género
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
36101
Difusion de mensajes sobre programas y
actividades gubernamentales | Paquete de 5
materiales informativos. Incluye el diseño,
adaptación
y
reproducción
de
materiales
informativos sobre las principales enfermedades
con enfoque de género, en formatos accesibles
(Braille, audios, lengua de señas mexica
64,750.0000
1
64,750.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
93
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para la
implementación de 1 curso en: Atención sin
discriminación: La salud de las personas de la
diversidad sexo-genérica. Dirigido a: Personal
de salud. No. Personas: 35. No horas: 8 hrs
25,000.0000
1
25,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para la
implementación de 1 curso en: Cuidados y
crianza en igualdad: la corresponsabilidad en el
ámbito laboral de la salud. Dirigido a: Personal
de salud. No. Personas: 35. No horas: 8 hrs.
25,000.0000
1
25,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para la
implementación
de
1
curso
en:
Lengua
originaria aplicada a la salud. Dirigido a:
Personal de salud. No. Personas: 35 No. horas:
20 hrs
50,000.0000
3
150,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para la
implementación de 1 curso en: Igualdad
sustantiva en salud para los servicios de salud
estatales. Dirigido a: Personal de salud o
personal de salud en formación. No. Personas:
35. No horas: 20 hrs
25,000.0000
1
25,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | para el diagnóstico sobre
la situación de las personas cuidadoras en los
Servicios Estatales de Salud: perfil, retos y
necesidades
206,418.0000
1
206,418.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para la
implementación de 1 curso en: La salud de las
comunidades indígenas y afrodescendientes
desde un enfoque interseccional. Dirigido a:
Personal de salud. No. Personas: 35. No horas:
8 hrs
25,000.0000
1
25,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para la
implementación de 1 curso en: Lengua de
Señas Mexicana aplicada a la salud. Dirigido a
Personal de salud. No. Personas: 35 No. horas:
20 hrs
50,000.0000
3
150,000.00
0.00
94
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
59700
Licencias de uso programas de computo |
Licencias para cuentas Zoom para reuniones
virtuales, capacitaciones y necesidades del
componente de igualdad de género en salud.
3,000.0000
1
3,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
21501
MATERIAL DIDÁCTICO PARA DESARROLLO
DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS | Paquete de
mobiliario para Centro de Entretenimiento
Infantil, debe incluir al menos una mesa infantil,
4 sillas infantiles y una resbaladilla.
16,000.0000
7
112,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
25401
Termometro oral | Termómetro parlante para
personas con discapacidad visual que asisten a
unidades MoASMI
2,000.0000
21
42,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para
Diagnóstico de personas en situación de
vulnerabilidad y condiciones de las unidades de
salud que implementan el MoASMI
249,009.0000
1
249,009.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para la
implementación
de
1
curso
en:
Interseccionalidad
en
la
atención
de
padecimientos específicos. Dirigido a: Personal
de programas de salud. No. Personas: 40 No.
horas: 20 hrs
50,000.0000
3
150,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para la
implementación de 1 curso en: Masculinidades
saludables. La importancia del autocuidado.
Dirigido a: Personal de salud. No. Personas: 35.
No horas: 8 hrs.
25,000.0000
1
25,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
29601
RAMPA PLEGABLE | Rampa portátil para
personas con discapacidad motriz que asisten a
unidades MoASMI
18,000.0000
14
252,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
24801
Cinta adhesiva antiderrapante o antideslizante |
Paquete que contiene rollos de cinta adhesiva
antiderrapante o antideslizante con al menos 75
metros de longitud total para guías táctiles para
personas con discapacidad que asisten a
unidades MoASMI
3,000.0000
7
21,000.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
95
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para el
Seminario para fortalecer acciones en el
Sistema de Cuidados, y ajustes razonables a
favor de la corresponsabilidad y clima laboral en
centros de trabajo de salud. Dirigido a: Personal
de salud. No personas 40. No horas 2
50,000.0000
1
50,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
33903
Servicios integrales | Servicios integrales Para
Diagnóstico de clima laboral en los Servicios de
Salud
249,009.0000
1
249,009.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
37101
Pasajes aereos nacionales para labores en
campo y de supervision | Pasajes aéreos para
asistir a la reunión para coordinar acciones de
rectoría con personal de las 32 entidades
federativas (Incluye pasajes para 2 personas)
16,000.0000
1
16,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
33903
Servicios integrales | Servicios integrales para la
implementación de 1 curso en: Prevención del
hostigamiento sexual y acoso sexual en los
espacios laborales de la salud. Dirigido a:
Personal de salud o personal de salud en
formación. No. Personas: 40. No horas: 20 hrs.
50,000.0000
1
50,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
33604
Impresion
y
elaboracion
de
publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion
|
Paquete
de
10
señaléticas
hospitalarias en Braille, lengua indígena de la
región o iconografía, para unidades MoASMI
10,000.0000
7
70,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
33604
Impresion
y
elaboracion
de
publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Impresión de Modelo de atención a la
salud con mecanismos incluyentes
696.0000
106
73,776.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
51501
Minicomputadora (eq. de computacion) | Tableta
para registro de información en ventanillas
incluyentes para uso de las unidades que
implementan el Modelo MoASMI
7,500.0000
7
52,500.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
25901
Pruebas rápidas | Caja con 50 Tiras reactivas
para glucómetro parlante.
1,500.0000
21
31,500.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.3
37501
Viaticos nacionales para labores en campo y de
supervision
|
Supervisiones
a
Unidades
MoASMI
13,720.0000
1
13,720.00
0.00
96
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
25401
Glucómetro. Diseñado para medir los niveles de
glucosa en liquido intersticial del usuario a
través
de
un
sensor
amperométrico
electroquímico. La cola del sensor se inserta en
el tejido subcutáneo (puede permanecer puesto
hasta 14 días) y genera una corriente eléctrica a
través de la oxidación de gl
3,000.0000
21
63,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
33604
Impresion
y
elaboracion
de
publicaciones
oficiales y de informacion en general para
difusion | Impresión de Inclusómetro en salud.
Guía básica para la inclusión en los servicios de
salud
700.0000
300
210,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
52101
Proyector cinematografico de super 8 (eq. de
com., cinemat. o fotograf.) | Proyectores para
capacitación y reuniones del componente de
igualdad de género en salud
10,000.0000
1
10,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
52901
Megafono (eq. de com., cinemat. o fotograf.) |
Megáfono para personas con discapacidad y/o
debilidad auditiva que asisten a unidades
MoASMI
2,500.0000
7
17,500.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
53101
Baumanometro
(instrumento
cientifico)
|
Baumanómetro parlante para personas con
discapacidad visual que asisten a unidades
MoASMI
3,000.0000
21
63,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
25401
Lupa | Lupa mecánica con lámpara LED para
personas con discapacidad visual que asisten a
unidades MoASMI
3,000.0000
21
63,000.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
21101
Silla de material plastico | Taburete de plástico
que sirve de escalón universal para personas de
talla baja que asisten a unidades MoASMI
500.0000
21
10,500.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Pasajes terrestres para asistir a la
reunión para coordinar acciones de rectoría con
personal de las 32 entidades federativas
(Incluye pasajes para 2 personas)
4,400.0000
1
4,400.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
37201
Pasajes nacionales para labores en campo y de
supervision | Pasajes terrestres para asistir a la
reunión nacional para la formación de personas
replicadoras en la instrumentación del MoASMI
(Incluye pasajes para 2 personas).
4,800.0000
1
4,800.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
2,577,882.00
0.00
TOTALES
14,859,543.00
7,381,979.80
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
97
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
1
Prevención
y
Control
de
Enfermedades Zoonóticas y
Emergentes
4.1.2.1
26102
Gasolina | Gasolina para el traslado
de personal para la instrumentación
del
proyecto
de
vacunación
antirrábica intradérmica
20,000.0000
1
20,000.00
0.00
1
Prevención
y
Control
de
Enfermedades Zoonóticas y
Emergentes
4.1.2.1
38301
Congresos y convenciones | Reunión
Nacional de Zoonosis
132,036.0000
1
132,036.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
152,036.00
0.00
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
1
Paludismo
2.1.1.1
21101
Papel bond | 10 cajas de papel bond
tamaño carta con 10 paquetes por
caja
9,906.0000
1
9,906.00
0.00
2
Enfermedad de Chagas
2.1.1.1
56101
Bomba aspersora manual. | Bomba
Aspersora Manual
18,500.0000
10
185,000.00
0.00
2
Enfermedad de Chagas
2.4.1.1
21101
Papel bond | Ajuste presupuestal
91.0000
1
91.00
0.00
2
Enfermedad de Chagas
4.1.1.1
25501
Kit
Entomológico
que
contiene:
Extensor con mango telescópico,
calador, conjunto de tamiz para la
separación de material organico, 2
frascos de muestra de 250 ml, 1
rotulador permanente ( se limpia con
alcohol isopropílico ) Frasco lavador
de
500
ml
(piseta),
linterna
watererproof, un bloc de notas
12,000.0000
11
132,000.00
0.00
2
Enfermedad de Chagas
4.1.1.1
51501
Micro-computadora
(eq.
de
computacion)
|
Computadora
de
escritorio, procesador de Intel 7
Doceava Generación, disco duro
estado solido de 1 TB, Memoria Ram
16 GB, Tarjeta dedicada a graficos de
4GB
35,000.0000
2
70,000.00
0.00
98
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Enfermedad de Chagas
4.1.1.1
25901
Estuche
de
diagnóstico.
Inmunoenzayo (ELISA) de tercera
generación para la detección de
anticuerpos especificos contra el
Trypanosoma cruzi en suero humano.
CHAGATEK
ELISA
RECOMBINANTE Estuche para 96
pruebas | Estuche de diagnostico,
prueba de Elisa para la detección de
anticuerpos contra trypanoso
9,500.0000
6
57,000.00
0.00
4
Intoxicación por Artrópodos
2.4.1.1
51501
Micro-computadora
(eq.
de
computacion)
|
Computadora
de
escritorio, procesador de Intel 7
Doceava Generación, disco duro
estado solido de 1 TB, Memoria Ram
16 GB, Tarjeta dedicada a graficos de
4GB
35,000.0000
2
70,000.00
0.00
4
Intoxicación por Artrópodos
4.1.1.1
25501
Kit
Entomológico
que
contiene:
Extensor con mango telescópico,
calador, conjunto de tamiz para la
separación de material organico, 2
frascos de muestra de 250 ml, 1
rotulador permanente ( se limpia con
alcohol isopropílico ) Frasco lavador
de
500
ml
(piseta),
linterna
watererproof, un bloc de notas
12,000.0000
10
120,000.00
0.00
4
Intoxicación por Artrópodos
4.1.1.1
51501
Micro-computadora
(eq.
de
computacion)
|
Computadora
de
escritorio, procesador de Intel 7
Doceava Generación, disco duro
estado solido de 1 TB, Memoria Ram
16 GB, Tarjeta dedicada a graficos de
4GB
35,000.0000
2
70,000.00
0.00
4
Intoxicación por Artrópodos
2.4.1.1
21101
Papel bond | 3 Cajas de Papel Bond
Tamaño Carta con 10 paquetes por
caja
2,761.0000
1
2,761.00
0.00
4
Intoxicación por Artrópodos
1.2.1.1
56101
Bomba aspersora manual. | Bomba
Aspersora Manual
18,500.0000
11
203,500.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
99
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Dengue
3.1.1.1
25501
Papel filtro extra grueso compatible
con equipo miniPROTEAN 3, de 7.5 x
10 cm, paquete con 60 láminas.
Consumible. | Papel filtro Papel
Pellon F-1600, rollo de 100mts de
largox12cm de ancho. Entretela de
corte con tijera F-1600 • Medidas:
1.15 m de ancho • Pellón Grueso
Modelo: PELLON DE 1.15 mts
350.0000
419
146,650.00
0.00
5
Dengue
3.1.1.1
25501
Ovitrampa : dispositivo hecho de un
bote plástico de color negro de 1 L. |
Ovitrampa : dispositivo hecho de un
bote plástico de color negro de 1 L.
21.0000
1,000
21,000.00
0.00
5
Dengue
7.3.2.1
29801
kit con herramientas diversas para el
mantenimiento-reparacion
de
maquinas
pesadas
(Tobera
dosificadora,Silenciador de tubo de
descarga
con
boquilla,Motor
de
arranque completo, Manguera para
gasolina,
estator,codos
de
plasticos,Chicote
de
acelerador,Bomba
de
insecticidad
POSI-DRIVE, etc.) | kit con
50,000.0000
11
550,000.00
0.00
5
Dengue
7.3.2.1
56601
Equipo DC IV, para medir tamaño de
gota. | Equipo DC IV, para medir
tamaño de gota.
530,000.0000
2
1,060,000.00
0.00
5
Dengue
7.3.2.1
56101
Nebulizador o generador portártil o
motomochila de aerosoles fríos. |
Nebulizador o generador portátil o
motomochila
de
aerosoles
fríos.
Termonebulizadora
Pesada
Capacidad de deposito de producto:
60 L, consumo de combustible 4L/h,
Rendimiento camara de combustión:
36.
320,000.0000
1
320,000.00
0.00
5
Dengue
3.3.1.1
56101
Nebulizador o generador portártil o
motomochila de aerosoles fríos. |
"Aspiradora para mosquitos"
25,000.0000
10
250,000.00
0.00
100
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Dengue
7.3.2.1
56101
Nebulizador o generador portártil o
motomochila de aerosoles fríos. |
Termonebulizadora portatil
50,000.0000
10
500,000.00
0.00
5
Dengue
7.3.2.1
56101
Nebulizador o generador portártil o
motomochila de aerosoles fríos. |
Maquinaria Generador de aerosoles
fríos a ultra bajo volumen (ULV), de
servicio
pesado,
instalable
en
vehículo. Motor cilindro de 18 HP.
470,000.0000
6
2,820,000.00
0.00
5
Dengue
7.3.2.1
54103
Camion pick-up | Vehículos y equipo
terrestres
destinados
a
servicios
públicos y la operación de programas
públicos - Vehículo pick up 4 puertas
con capacidad de carga de 1,210 kg
de carga, 1,914 L volumen de carga,
650,000.0000
5
3,250,000.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
33501
Estudios
e
investigaciones
|
Subcontratación
para
operar,
actualizar y brindar mantenimiento a
la
plataforma
de
Vigilancia
Entomológica y control integral del
vector, correspondiente a al servicio
brindado en 2025. Primer Pago
2,000,000.0000
1
2,000,000.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
33501
Estudios
e
investigaciones
|
Subcontratación
para
operar,
actualizar y brindar mantenimiento a
la
plataforma
de
Vigilancia
Entomológica y control integral del
vector, correspondiente a al servicio
brindado en 2025. Segunda Pago
2,000,000.0000
1
2,000,000.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
21101
Papel bond | Ajuste de Presupuesto
207.5000
1
207.50
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
51501
Microcomputadora portatil (eq. de
computacion) | Computadora portatil
con Chip M4 Pro, 12 nucleos de CPU
y 16 en GPU 24 GB en RAM, 512 GB
de almacenamiento SSD de 14", para
realiazar
analisis
estadisticos
epidemiologicos en programas como
R y Phynt
52,000.0000
5
260,000.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
101
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Dengue
7.3.1.1
44105
Brigadista | 110 brigadistas para
Vectores con sueldo de $8,863.50
pesos mensuales por 2 meses.
1,949,970.0000
1
1,949,970.00
0.00
5
Dengue
7.3.1.1
21101
Papel bond | Ajuste de presupuesto
30.0000
1
30.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
16,048,115.50
0.00
4
Emergencias en Salud
4
Emergencias en Salud
1.1.1.2
51501
Estacion
de
trabajo
(eq.
de
computacion)
|
Computadora
personal para escritorio todo en uno
30,000.0000
1
30,000.00
0.00
4
Emergencias en Salud
1.1.4.1
37501
Viaticos nacionales para labores en
campo y de supervision | Gastos por
concepto
de
alimentación
y
hospedaje.
30,000.0000
1
30,000.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
60,000.00
0.00
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
6
Programa
de
Acción
Específico
para
la
Prevención
y
Control
de
Enfermedades Respiratorias
Crónicas
3.3.1.1
25401
Filtro inhalacion | Filtro para spirette
ndd. 1 pieza.
104.4000
270
0.00
28,188.00
6
Programa
de
Acción
Específico
para
la
Prevención
y
Control
de
Enfermedades Respiratorias
Crónicas
3.1.1.1
25401
Boquilla
desechable
|
Boquilla
Espirette estandar desechable, para
espirometro modelo Easy One PC,
caja con 50 piezas
2,772.4000
5
0.00
13,862.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
42,050.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
33605
Informacion
en
medios
masivos
derivada
de
la
operacion
y
administracion de las dependencias y
entidades | Campaña de difusión de
material digital en redes, radio y
televisión
500,000.0000
1
0.00
500,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
51501
Estacion
de
trabajo
(eq.
de
computacion) | Equipo de escritorio
24,000.0000
158
0.00
3,792,000.00
102
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
53201
Baumanometro
(equipo
medico
quirurgico) | Baumanometro digital de
acuerdo a la lista de dispositivos
automáticos
para
medición
de
presión validados
1,800.0000
1,305
0.00
2,349,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
33603
Servicio de impresion de documentos
oficiales para la prestacion de serv.
Pub. | Impresiones de PRONAM -
VIAS
CLINICAS
CORAZONES
MÉXICO
650,000.0000
1
0.00
650,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
52901
Maniquíes
para
capacitación
|
modelos educativos, conjunto de
diabetes tipo 2 educación preventiva
5,700.0000
16
0.00
91,200.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
52901
Maniquíes para capacitación | modelo
anatómico de pie diabético para
educación preventiva
4,500.0000
16
0.00
72,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
52901
Maniquíes para capacitación | modelo
educativo, paquete de sangre con
triglicéridos
para
educación
preventiva
1,000.0000
16
0.00
16,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
52901
Maniquíes
para
capacitación
|
modelos
educativos,
replicas
de
alimentos para educación preventiva
4,500.0000
17
0.00
76,500.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
52901
Maniquíes
para
capacitación
|
modelos
anatómicos,
secciones
arteriales
con
obstrucción
para
educación preventiva
2,500.0000
16
0.00
40,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
33401
Servicios
para
capacitacion
a
servidores publicos | Capacitación
Estatal Programa de Enfermedades
Cardiometabólicas
difusión
y
sensibilización PRONAM
225,000.0000
1
0.00
225,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
7,811,700.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
8
Programa
de
Acción
Específico en Atención al
Envejecimiento
3.3.1.2
33603
Servicio de impresion de documentos
oficiales para la prestacion de serv.
Pub.
|
Formatos:Detección
Osteoporosis
y
demencia,
De
tamizaje
incontinencia
urinaria,
caídas, depresión, alteraciones de
memoria. Actividades Gerontológicas
291,550.0000
1
291,550.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
291,550.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
103
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
9
Prevención,
Detección
y
Control de las Enfermedades
Bucales
11.1.3.1
51501
Minicomputadora
(eq.
de
computacion)
|
Microcomputadora
portátil. Equipo de cómputo laptop
12,000.0000
1
12,000.00
0.00
9
Prevención,
Detección
y
Control de las Enfermedades
Bucales
5.2.2.1
25401
Cepillo dental | Cepillo Dental con
Tipodonto Gigante para la Instrucción
de la Técnica de Cepillado Dental
2,400.0000
33
79,200.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
91,200.00
0.00
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarreicas Agudas
10
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Diarreicas
Agudas
2.4.1.1
51501
Minicomputadora
(eq.
de
computacion)
|
Computadora
personal para escritorio todo en uno
30,000.0000
1
30,000.00
0.00
10
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Diarreicas
Agudas
2.1.1.1
25501
Tubos. | Medio de Transporte Cary
Blair
3,636.7300
50
181,836.50
0.00
10
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Diarreicas
Agudas
2.2.1.1
25901
Otros
productos
químicos
de
laboratorio | Plata coloidal
8,921.8000
11
98,139.80
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
309,976.30
0.00
TOTALES
16,952,877.80
7,853,750.00
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
39,825,054.64
22,602,557.86
62,427,612.50
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o
servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas,
SIAFFASPE.
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
104
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
3.2.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud |
Personal que realizará acciones del componente
de comunidades y municipios (5)
19,812.0000
4.5
89,154.00
0.00
1
Comunidades y municipios
3.2.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud |
Personal que realizará acciones del componente
de comunidades y municipios (2)
19,812.0000
4.5
89,154.00
0.00
1
Comunidades y municipios
3.2.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud |
Personal que realizará acciones del componente
de comunidades y municipios (4)
19,812.0000
4.5
89,154.00
0.00
1
Comunidades y municipios
3.2.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud |
Personal que realizará acciones del componente
de comunidades y municipios (3)
19,812.0000
4.0
79,248.00
0.00
1
Comunidades y municipios
3.2.1.1
12101
Soporte Administrativo C / Apoyo Gerencial |
Soporte Administrativo C (1)
28,251.0000
4.5
127,129.50
0.00
1
Comunidades y municipios
3.2.1.1
12101
Soporte Administrativo C / Apoyo Gerencial |
Personal que realizará acciones del componente
de comunidades y municipios (2)
28,251.0000
2.0
56,502.00
0.00
2
Estilos de vida saludables
1.1.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud | (1)
19,812.0000
4.5
0.00
89,154.00
2
Estilos de vida saludables
1.1.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud | (1)
19,812.0000
4.0
0.00
79,248.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4.5 meses)
(2)
15,784.0000
4.5
0.00
71,028.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4.5 meses)
(8)
15,784.0000
4.5
0.00
71,028.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4.5 meses)
(9)
15,784.0000
4.5
0.00
71,028.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (2 meses)
15,784.0000
2.0
0.00
31,568.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
105
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4 meses)
(5)
15,784.0000
4.0
0.00
63,136.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4.5 meses)
(6)
15,784.0000
4.5
0.00
71,028.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4.5 meses)
(7)
15,784.0000
4.5
0.00
71,028.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4.5 meses)
(4)
15,784.0000
4.5
0.00
71,028.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Sin descripción complementaria
15,784.0000
1.0
0.00
15,784.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4 meses)
(2)
15,784.0000
4.0
0.00
63,136.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4.5 meses)
(1)
15,784.0000
4.5
0.00
71,028.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4.5 meses)
(5)
15,784.0000
4.5
0.00
71,028.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4 meses)
(1)
15,784.0000
4.0
0.00
63,136.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4 meses)
(3)
15,784.0000
4.0
0.00
63,136.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4 meses)
(4)
15,784.0000
4.0
0.00
63,136.00
2
Estilos de vida saludables
3.3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 / Polivalente
| Apoyo administrativo en Salud-A2 (4.5 meses)
(3)
15,784.0000
4.5
0.00
71,028.00
106
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
4
Mer. Soc. Salud. - Lab.
Com. Ries.
1.3.1.2
12101
Soporte Administrativo C / Coordinador de
Programa
|
Soporte
Administrativo
C
/
Coordinador de Programa (1)
28,251.0000
5.0
141,255.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud |
Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) (2)
19,812.0000
6.0
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud |
Promotor en Salud (4.5 meses 16 de agosto a
31 de diciembre 2025) (2)
19,812.0000
4.5
89,154.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud |
Promotor en Salud (4.5 meses 16 de agosto a
31 de diciembre 2025) (1)
19,812.0000
4.5
89,154.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud |
Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) (1)
19,812.0000
6.0
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1.1
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud |
Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) (3)
19,812.0000
6.0
118,872.00
0.00
7
Desnutrición Aguda
7.1.1.3
12101
Promotor en Salud / Promotor en Salud | (1)
19,812.0000
3.0
59,436.00
0.00
TOTALES
1,265,956.50
1,170,686.00
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
VIH y otras ITS
1
VIH y otras ITS
3.8.1.2
12101
Psicólogo Clínico / Psicólogo | (2)
32,091.0000
7.0
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1.2
12101
Apoyo Administrativo en Salud-A7 / Responsable de
Sistemas
de
Información
/
Administradores
y
supervisores
de
operación
de
Sistemas
de
Información | (1)
17,811.0000
7.0
124,677.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1.2
12101
Apoyo Administrativo en Salud-A7 / Responsable de
Sistemas
de
Información
/
Administradores
y
supervisores
de
operación
de
Sistemas
de
Información | (2)
17,811.0000
7.0
124,677.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
107
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
VIH y otras ITS
3.8.1.2
12101
Enfermera General Titulada A / Enfermera (o) | (1)
25,378.0000
7.0
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1.2
12101
Enfermera General Titulada A / Enfermera (o) | (2)
25,378.0000
7.0
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1.2
12101
Psicólogo Clínico / Psicólogo | (1)
32,091.0000
7.0
224,637.00
0.00
TOTALES
1,053,920.00
0.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Salud Sexual y Reproductiva
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
12101
Médico General ¨A¨ | Personal adscrito al servicio
amigable movil EDUSEX
40,595.0000
5.0
0.00
202,975.00
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
12101
Promotor en Salud | Personal adscrito al servicio
amigable movil EDUSEX
19,812.0000
6.0
0.00
118,872.00
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud - A8 | Personal
adscrito al servicio amigable movil EDUSEX
18,340.0000
7.5
0.00
137,550.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
12101
Soporte Administrativo D / Administrador UNEME:
Responsable de Centro | Para acciones de
coordinación,
monitoreo,
y
capacitación
del
componente de SSRA (1)
30,526.0000
3.0
0.00
91,578.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
12101
Enfermera General Titulada A / Enfermera (o) |
Implementación del proyecto de menstruación digna
(1)
25,378.0000
3.5
0.00
88,823.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
12101
Soporte Administrativo D / Administrador UNEME:
Responsable de Centro | Para acciones de
coordinación,
monitoreo,
y
capacitación
del
componente de SSRA (1)
30,526.0000
3.0
0.00
91,578.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
12101
Soporte Administrativo D / Administrador UNEME:
Responsable de Centro | Para acciones de
coordinación,
monitoreo,
y
capacitación
del
componente de SSRA (1)
30,526.0000
3.0
0.00
91,578.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
12101
Enfermera General Titulada A / Enfermera (o) |
implementación del proyecto de menstruación digna
(1)
25,378.0000
6.5
164,957.00
0.00
108
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
12101
Trabajadora
Social
en
Área
Médica
¨A¨
/
Trabajadora Social | implementación del proyecto de
menstruación digna (1)
23,090.0000
4.0
92,360.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
12101
Enfermera General Titulada A / Enfermera (o) |
implementación del proyecto de menstruación digna
(1)
25,378.0000
7.5
190,335.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
12101
Psicólogo Clínico / Psicólogo | Implementación y
coordinación del proyecto de menstruación digna (1)
32,091.0000
7.5
240,682.50
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
12101
Trabajadora
Social
en
Área
Médica
¨A¨
/
Trabajadora Social | implementación del proyecto de
menstruación digna (1)
23,090.0000
7.5
173,175.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.1.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Personal adscrito al
componenete de SSRA para labores exclusivas de
supervisión
24,182.0000
7.5
181,365.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.1.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Personal adscrito al
componenete de SSRA para labores exclusivas de
supervisión
24,182.0000
7.5
181,365.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.1.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Personal adscrito al
componenete de SSRA para labores exclusivas de
supervisión
24,182.0000
7.5
181,365.00
0.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1.2
12101
Apoyo Administrativo en Salud - A4 | para
supervisión y monitoreo de las estrategias del
componente, principalmente APEO y/o supervisión
al
personal
operativo
sobre
metodología
anticonceptiva según normatividad vigente (1)
16,256.0000
6.5
0.00
105,664.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1.2
12101
Apoyo Administrativo en Salud - A4 | para
supervisión y monitoreo de las estrategias del
componente, principalmente APEO y/o supervisión
al
personal
operativo
sobre
metodología
anticonceptiva según normatividad vigente
16,256.0000
7.5
0.00
121,920.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera General
Titulada para supervisión y monitoreo de las
estrategias del componente, principalmente APEO
y/o
supervisión
al
personal
operativo
sobre
metodología anticonceptiva según normatividad
25,378.0000
6.5
0.00
164,957.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
109
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
PF y Anticoncepción
2.1.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | por 5 meses para
supervisión
monitoreo
de
estrategias
de
componente principalmente APEO y supervisión,
personal
operativo
sobre
metodología
anticonceptiva según normatividad vigente
25,378.0000
6.5
0.00
164,957.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | por 5 meses para
supervisión
monitoreo
de
estrategias
de
componente principalmente APEO y supervisión,
personal
operativo
sobre
metodología
anticonceptiva según normatividad vigente
25,378.0000
7.5
0.00
190,335.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1.1
12101
Médico General ¨A¨ | Médico General "A" por 6.5
meses supervisión y monitoreo de las estrategias
del componente, principalmente en la oferta
sistemática de métodos anticonceptivos y servicios
de vasectomía sin bisturí
40,595.0000
7.5
0.00
304,462.50
2
PF y Anticoncepción
2.1.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera General
Titulada para supervisión y monitoreo de las
estrategias del componente, principalmente APEO
y/o
supervisión
al
personal
operativo
sobre
metodología anticonceptiva según normatividad
25,378.0000
4.0
0.00
101,512.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1.1
12101
Médico General ¨A¨ | Médico General "A" Para
supervisión y monitoreo de las estrategias del
componente, principalmente en la oferta sistemática
de
métodos
anticonceptivos
y
servicios
de
vasectomía sin bisturí y/o supervis
40,595.0000
7.5
0.00
304,462.50
4
Salud Perinatal
3.2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Personal de
enfermería que apoye en la captura de fichas
demográficas en la plataforma de AAMATES apoyo
en la toma de segunda muestra de tamiz
localización de casos sospechosos monitoreo y
seguimiento
25,378.0000
8.0
0.00
203,024.00
4
Salud Perinatal
3.2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Personal de
enfermería que apoye en la captura de fichas
demográficas en la plataforma de AAMATES apoyo
en la toma de segunda muestra de tamiz
localización de casos sospechosos monitoreo y
seguimiento
25,378.0000
7.5
0.00
190,335.00
110
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
4
Salud Perinatal
3.2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A / Enfermera (o) |
Personal de enfermería que apoye en la captura de
fichas demográficas en la plataforma de AAMATES
apoyo en la toma de segunda muestra de tamiz
localización de casos sospechosos monitoreo y
seguimi (1)
25,378.0000
8.0
0.00
203,024.00
4
Salud Perinatal
3.2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A / Enfermera (o) |
Personal de enfermería que apoye en la captura de
fichas demográficas en la plataforma de AAMATES,
apoyo en la toma de segunda muestra de tamiz,
localización de casos sospechosos, monitoreo y
segu (1)
25,378.0000
2.5
0.00
63,445.00
5
Aborto Seguro
3.4.1.2
12101
Médico General en Área Normativa | Medico/a
General en Área Normativa adscrito a aborto
seguro.
40,611.0000
8.0
0.00
324,888.00
6
Violencia de Género
2.5.5.1
12101
Trabajadora
Social
en
Área
Médica
¨A¨
/
Trabajadora Social | Trabajadora Social en Área
Médica "A" contrato 8 meses (1)
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
6
Violencia de Género
2.4.1.1
12101
Médico General ¨A¨ / Médico General | Medicina
General. Para el desarrollo de funciones de
supervisión e implementación de un programa de
supervisión y monitoreo de los servicios otorgados
en materia de prevención y atención de la violenc
40,611.0000
8.0
0.00
324,888.00
6
Violencia de Género
2.4.2.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicología: Para el desarrollo de
funciones de supervisión e implementación de un
programa de capacitación para el fortalecimientos
de los servicios otorgados en materia de prevención
32,091.0000
8.0
0.00
256,728.00
SUBTOTAL PROGRAMA
1,405,604.50
4,032,276.00
2
Prevención y Control del Cáncer
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.3.5.2
12101
Apoyo Administrativo en Salud A1 / Capturista |
Capturista (1)
15,721.0000
3.5
0.00
55,023.50
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.1.6.1
12101
Técnico Radiólogo o en Radioterapia / Técnico
Radiólogo | Técnico en radiología e imagen (1)
20,404.0000
4.0
81,616.00
0.00
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.1.6.1
12101
Técnico Radiólogo o en Radioterapia / Técnico
Radiólogo | (1)
20,404.0000
3.5
71,414.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
153,030.00
55,023.50
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
111
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
3
Igualdad de Género
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Psicólogo Clínico / Psicólogo | Psicólogo Clínico
para colaborar en la atención e implementación de
acciones a favor de la igualdad sustantiva en salud.
Para entidad Zona II, contratación por 4 meses. (1)
32,091.0000
4.0
128,364.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A5 / Traductores o
interpretes | Apoyo Administrativo en Salud -A5
como Traductores o intérpretes de lengua indígena
y/o lengua de señas mexicanas, para el componente
de Igualdad de Género en Salud. Para entidad Zona
II (1)
17,007.0000
4.0
68,028.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A5 / Traductores o
interpretes | Apoyo Administrativo en Salud -A5
como Traductores o intérpretes de lengua indígena
y/o lengua de señas mexicanas, para el componente
de Igualdad de Género en Salud. Para entidad Zona
II (1)
17,007.0000
4.0
68,028.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A8 / Apoyo
Administrativo | Apoyo Administrativo en Salud -A8
como apoyo en rectoría, gestión y vinculación con
instituciones estatales, para el componente de
Igualdad de Género en Salud. Para entidad Zona II
(1)
18,340.0000
4.0
73,360.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Psicólogo Clínico / Psicólogo | Psicólogo Clínico
para colaborar en la atención e implementación de
acciones a favor de la igualdad sustantiva en salud.
Para entidad Zona II, contratación por 4 meses. (1)
32,091.0000
4.0
128,364.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Pasante de Psicología / Técnico Puericultor o
Educadora o Pasante en Psicología o Desarrollo
Humano o a fin | Técnico Puericultor o Educadora o
Pasante en Psicología o Desarrollo Humano o a fin
para atención en los Centros de Entretenimiento
Infantil. Para entidad Zona II, contratación por 4
meses. (1)
15,847.0000
4.0
63,388.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Pasante de Psicología / Técnico Puericultor o
Educadora o Pasante en Psicología o Desarrollo
Humano o a fin | Técnico Puericultor o Educadora o
Pasante en Psicología o Desarrollo Humano o a fin
para atención en los Centros de Entretenimiento
Infantil. Para entidad Zona II, contratación por 4
meses. (1)
15,847.0000
4.0
63,388.00
0.00
112
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Pasante de Psicología / Técnico Puericultor o
Educadora o Pasante en Psicología o Desarrollo
Humano o a fin | Técnico Puericultor o Educadora o
Pasante en Psicología o Desarrollo Humano o a fin
para atención en los Centros de Entretenimiento
Infantil. Para entidad Zona II, contratación por 4
meses. (1)
15,847.0000
4.0
63,388.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Pasante de Psicología / Técnico Puericultor o
Educadora o Pasante en Psicología o Desarrollo
Humano o a fin | Técnico Puericultor o Educadora o
Pasante en Psicología o Desarrollo Humano o a fin
para atención en los Centros de Entretenimiento
Infantil. Para entidad Zona II, contratación por 4
meses. (1)
15,847.0000
4.0
63,388.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Psicólogo Clínico / Psicólogo | Psicólogo Clínico
para colaborar en la atención e implementación de
acciones a favor de la igualdad sustantiva en salud.
Para entidad Zona II, contratación por 4 meses. (1)
32,091.0000
4.0
128,364.00
0.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A8 / Apoyo
Administrativo | Apoyo Administrativo en Salud -A8
como apoyo en rectoría, gestión y vinculación con
instituciones estatales, para el componente de
Igualdad de Género en Salud. Para entidad Zona II
(1)
18,340.0000
4.0
73,360.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
921,420.00
0.00
TOTALES
2,480,054.50
4,087,299.50
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
1
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Zoonóticas
y
Emergentes
4.2.1.1
12101
Promotor en Salud | Perfil profesional Médico
Veterinario para realizar esterilizaciones de
perros y gatos en las comunidades
19,812.0000
4.0
79,248.00
0.00
1
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Zoonóticas
y
Emergentes
4.2.1.1
12101
Promotor en Salud | Perfil profesional Médico
Veterinario para realizar esterilizaciones de
perros y gatos en las comunidades
19,812.0000
4.0
79,248.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
113
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Zoonóticas
y
Emergentes
4.1.2.1
12101
Apoyo
Administrativo
en
Salud
-A6
/
Coordinador
de
Brigadistas:
Personal
profesional para la supervisión, instalación y
operación de la vigilancia entomológica con
ovitrampas, nebulización, bioensayos,etc. |
Coordinador de brigadas para la actividad de
vacunación antirrábica de perros y gatos en
las comunidades. (1)
17,547.0000
2.0
35,094.00
0.00
1
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Zoonóticas
y
Emergentes
4.1.2.1
12101
Apoyo
Administrativo
en
Salud
A1
/
Brigadistas | Personal para la realización de
la actividad de vacunación antirrábica de
perros y gatos en las comunidades. (3)
15,721.0000
2.0
31,442.00
0.00
1
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Zoonóticas
y
Emergentes
4.1.2.1
12101
Apoyo
Administrativo
en
Salud
A1
/
Brigadistas | Personal para la realización de
la actividad de vacunación antirrábica de
perros y gatos en las comunidades. (2)
15,721.0000
2.0
31,442.00
0.00
1
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Zoonóticas
y
Emergentes
4.1.2.1
12101
Apoyo
Administrativo
en
Salud
A1
/
Brigadistas | Personal para la realización de
la actividad de vacunación antirrábica de
perros y gatos en las comunidades. (1)
15,721.0000
2.0
31,442.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
287,916.00
0.00
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
1
Paludismo
2.1.1.1
12101
Microscopista DX Paludismo / Técnico en
Microscopía
|
Microscopista
para
el
diagnostico de paludismo on sueldo de $
19812 por 9 meses. (1)
19,812.0000
9.0
178,308.00
0.00
2
Enfermedad de Chagas
2.4.1.1
12101
Soporte Administrativo B / Supervisores
Estatales | Soporte Administrativo B on
sueldo de $ 24182 por 9 meses. (1)
24,182.0000
9.0
217,638.00
0.00
4
Intoxicación por Artrópodos
2.4.1.1
12101
Soporte Administrativo B / Supervisores
Estatales | Soporte Administrativo B on
sueldo de $ 24182 por 9 meses. (1)
24,182.0000
9.0
217,638.00
0.00
4
Intoxicación por Artrópodos
2.4.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A8 / Apoyo
Administrativo | Apoyo Administrativo en
Salud - A8 on sueldo de $ 18340 por 9
meses. (1)
18,340.0000
9.0
165,060.00
0.00
114
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo C / Apoyo Gerencial |
Soporte Administrativo C on sueldo de $
28251 por 9 meses. (1)
28,251.0000
9.0
254,259.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo D / Administrador
UNEME: Responsable de Centro | Soporte
Administrativo D on sueldo de $ 30526 por 9
meses. (1)
30,526.0000
9.0
274,734.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A8 / Apoyo
Administrativo | Apoyo Administrativo en
Salud - A8 on sueldo de $ 18340 por 9
meses. (1)
18,340.0000
9.0
165,060.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Biólogo A / Biólogo | Biólogo A on sueldo de
$ 35190 por 9 meses. (4)
35,190.0000
9.0
316,710.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo C / Apoyo Gerencial |
Soporte Administrativo C on sueldo de $
28251 por 9 meses. (2)
28,251.0000
9.0
254,259.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Biólogo A / Biólogo | Biólogo A on sueldo de
$ 35190 por 9 meses. (1)
35,190.0000
9.0
316,710.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Biólogo A / Biólogo | Biólogo A on sueldo de
$ 35190 por 9 meses. (3)
35,190.0000
9.0
316,710.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo B / Supervisores
Estatales | Soporte Administrativo B on
sueldo de $ 24182 por 9 meses. (1)
24,182.0000
9.0
217,638.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo B / Supervisores
Estatales | Soporte Administrativo B on
sueldo de $ 24182 por 9 meses. (3)
24,182.0000
9.0
217,638.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo D / Administrador
UNEME: Responsable de Centro | Soporte
Administrativo D on sueldo de $ 30526 por 9
meses. (2)
30,526.0000
9.0
274,734.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Apoyo
Administrativo
en
Salud
A1
/
Brigadistas | Apoyo Administrativo en Salud -
A1 on sueldo de $ 15721 por 8.5 meses. (1)
15,721.0000
8.5
133,628.50
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Apoyo
Administrativo
en
Salud
A1
/
Brigadistas | Apoyo Administrativo en Salud -
A1 on sueldo de $ 15721 por 6 meses. (1)
15,721.0000
6.0
94,326.00
0.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
115
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Químico A / Químico (Q.F.B., Q.A., Q.F.I.) |
Químico A on sueldo de $ 35190 por 9
meses. (1)
35,190.0000
9.0
316,710.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo B / Supervisores
Estatales | Soporte Administrativo B on
sueldo de $ 24182 por 9 meses. (2)
24,182.0000
9.0
217,638.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo B / Supervisores
Estatales | Soporte Administrativo B on
sueldo de $ 24182 por 9 meses. (4)
24,182.0000
9.0
217,638.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo D / Administrador
UNEME: Responsable de Centro | Soporte
Administrativo D on sueldo de $ 30526 por 9
meses. (3)
30,526.0000
9.0
274,734.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Soporte Administrativo D / Administrador
UNEME: Responsable de Centro | Soporte
Administrativo D on sueldo de $ 30526 por 9
meses. (4)
30,526.0000
9.0
274,734.00
0.00
5
Dengue
8.1.1.1
12101
Biólogo A / Biólogo | Biólogo A on sueldo de
$ 35190 por 9 meses. (2)
35,190.0000
9.0
316,710.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
5,233,214.50
0.00
4
Emergencias en Salud
4
Emergencias en Salud
1.1.4.1
12101
Médico General ¨A¨ / Médico General | (1)
40,595.0000
9.0
365,355.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
365,355.00
0.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Lic. en Ciencias de la Nutrición / Nutriólogo |
Enlace de gestión del acceso y uso de los
servicios de salud
28,978.0000
8.0
0.00
231,824.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Lic. en Ciencias de la Nutrición / Nutriólogo |
Enlace de gestión del acceso y uso de los
servicios de salud
28,978.0000
8.0
0.00
231,824.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Lic. en Ciencias de la Nutrición / Nutriólogo |
Enlace de gestión del acceso y uso de los
servicios de salud
28,978.0000
8.0
0.00
231,824.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e
infraestructura
32,091.0000
8.0
0.00
256,728.00
116
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica ¨A¨ /
Trabajadora Social | Líder de logística e
infraestructura (1)
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica ¨A¨ /
Trabajadora Social | Líder de logística e
infraestructura (2)
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Lic. en Ciencias de la Nutrición / Nutriólogo |
Enlace de gestión del acceso y uso de los
servicios de salud
28,978.0000
8.0
0.00
231,824.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica ¨A¨ /
Trabajadora Social | Líder de logística e
infraestructura (4)
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica ¨A¨ |
Líder de logística e infraestructura
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica ¨A¨ |
Líder de logística e infraestructura
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e
infraestructura
32,091.0000
8.0
0.00
256,728.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Lic. en Ciencias de la Nutrición / Nutriólogo |
Enlace de gestión del acceso y uso de los
servicios de salud
28,978.0000
8.0
0.00
231,824.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Lic. en Ciencias de la Nutrición / Nutriólogo |
Enlace de gestión del acceso y uso de los
servicios de salud
28,978.0000
8.0
0.00
231,824.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e
infraestructura
32,091.0000
8.0
0.00
256,728.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e
infraestructura
32,091.0000
8.0
0.00
256,728.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica ¨A¨ /
Trabajadora Social | Líder de logística e
infraestructura (3)
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e
infraestructura
32,091.0000
8.0
0.00
256,728.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e
infraestructura
32,091.0000
8.0
0.00
256,728.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
4,039,632.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
117
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
MONTO MENSUAL
N° MESES
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
8
Programa de Acción Específico
en Atención al Envejecimiento
3.3.1.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica ¨A¨ /
Trabajadora Social | 1 Licenciado(a) en
Gerontología (1)
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
8
Programa de Acción Específico
en Atención al Envejecimiento
3.3.1.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica ¨A¨ | 1
Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
8
Programa de Acción Específico
en Atención al Envejecimiento
3.3.1.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica ¨A¨ /
Trabajadora Social | 1 Licenciado(a) en
Gerontología (1)
23,090.0000
8.0
0.00
184,720.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
554,160.00
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
9
Prevención, Detección y Control
de las Enfermedades Bucales
11.1.2.1
12101
Soporte Administrativo B | Supervisores
Estatales
24,182.0000
9.0
217,638.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
217,638.00
0.00
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarreicas Agudas
10
Prevención
y
Control
de
Enfermedades
Diarreicas
Agudas
2.1.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud - A7 | Apoyo
Administrativo en Salud - A7
17,811.0000
9.0
160,299.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
160,299.00
0.00
TOTALES
6,264,422.50
4,593,792.00
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
11,064,353.50
9,851,777.50
20,916,131.00
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o
servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas,
SIAFFASPE.
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
118
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
2
Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
2
Vigilancia
en
Salud
Pública por Laboratorio
1.1.2.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Otros productos químicos de laboratorio | Envío en especie
de reactivos y biológicos en general elaborados por el
Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos para el
diagnóstico en salud pública a solicitud de los Laboratorios
Estatales de Salud Pública.
1.0000
29442.00
29,442.00
TOTAL
29,442.00
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
VIH y otras ITS
1
VIH y otras ITS
1.2.1.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Condón femenino. De poliuretano o látex lubricado con
dos anillos flexibles en los extremos. Envase con 1, 2 ó 3
piezas en empaque individual. | Clave: 060.308.0227
10.4400
6115.00
63,840.60
1
VIH y otras ITS
1.2.1.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Condón masculino. De hule látex. Envase con 100
piezas. | 060.308.0177
134.5600
25162.00
3,385,798.72
1
VIH y otras ITS
1.2.1.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Gel. Lubricante a base de agua. Envase con 2 a 60 g. |
060.596.0137
9.2336
22966.00
212,058.86
1
VIH y otras ITS
11.6.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica
para la determinación de anticuerpos de Treponema
pallidum en suero o plasma humano. Con sensibilidad no
menor al 95% y una especificidad no menor al 98% de
acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del
Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos o
en su caso algún otro organismo internacional como la
FDA, EMA, o la Organización Mundial de la Salud.
Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 20
pruebas. | Clave: 080.829.5463 - Proveedor 1
11.0200
74000.00
815,480.00
1
VIH y otras ITS
3.10.1.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Valganciclovir. Comprimido Cada Comprimido contiene:
Clorhidrato de valganciclovir equivalente a 450 mg de
valganciclovir. Envase con 60 Comprimidos | Proveedor
1 Clave 010.000.4373.00
961.6900
6.00
5,770.14
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
119
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
VIH y otras ITS
5.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Pruebas Rápidas. Inmunoanálsis para la detección del
antígeno p24 de HIV-1 y anticuerpos al HIV-1 y HIV-2.
Inmunoanálsis cualitativo in vitro con lectura visual para
la
detección
simultánea
del
antígeno
(Ag)
no
inmunocomplejo p24 del HIV-1 en forma libre y
anticuerpos (Ab) a HIV-1 y HIV-2 en sangre humana. 10
tarjetas de prueba recubiertas de antígeno HIV1/2
recombinante y péptidos sintéticos, anticuerpos al
antígeno p24 y avidina. TATC. | 080.829.5539
65.8300
16700.00
1,099,361.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica
para la determinación cualitativa de anticuerpos lgM/lgG
anti HIV-1 y HIV-2 simultáneamente en suero, sangre,
plasma o sangre total humana. Con lanceta retráctil con
3 niveles de punción, pipeta de toma y solución de
corrimiento y sensibilidad igual o superior al 99% y
especificidad igual o superior al 98% para VIH, de
acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del
Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológica, o
en su caso algún otro organismo internacional como la
FDA, EMA o la Organización Mundial de la Salud. Pieza.
| Clave: 080.980.0001 - Proveedor 1
38.1640
46500.00
1,774,626.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica
para la determinación cualitativa de anticuerpos lgM/lgG
anti HIV-1 y HIV-2 simultáneamente en suero, sangre,
plasma o sangre total humana. Con lanceta retráctil con
3 niveles de punción, pipeta de toma y solución de
corrimiento y sensibilidad igual o superior al 99% y
especificidad igual o superior al 98% para VIH, de
acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del
Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológica, o
en su caso algún otro organismo internacional como la
FDA, EMA o la Organización Mundial de la Salud. Pieza.
| Clave: 080.980.0001 - Proveedor 2
29.0000
59800.00
1,734,200.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Abacavir. Solución o Jarabe. Cada 100 ml contienen:
Sulfato de abacavir equivalente a 2 g de abacavir.
Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora o
jeringa dosificadora. | Clave CNIS: 010.000.4272.00
842.7800
86.00
72,479.08
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Abacavir. Tableta. Cada tableta contiene: Sulfato de
abacavir equivalente a 300 mg de abacavir. Envase con
60 tabletas. | Clave CNIS: 010.000.4273.00
490.0000
12.00
5,880.00
120
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Bictegravir/Emtricitabina/Tenofovir Alafenamida. Tableta.
Bictegravir sódico 52.5 mg equivalente a 50 mg de
bictagravir. Emtricitabina 200 mg Tenofovir alafenamida
fumarato 28 mg equivalente a 25 mg de tenofovir
alafenamida. Caja con un frasco con 30 tabletas. | Clave
CNIS: 010.000.6203.00
1,720.0000
7829.00
13,465,880.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Darunavir / Cobicistat Tableta Cada tableta contiene:
Etanolato de darunavir equivalente a 800 mg de
darunavir Cobicistat en dióxido de silicio equivalente a
150 mg de cobicistat Envase con 30 tabletas. | Clave
CNIS: 010.000.6098.00
2,885.0000
4602.00
13,276,770.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Darunavir. Tableta Cada Tableta contiene: Darunavir 600
mg.
Envase
con
60
Tabletas.
|
Clave
CNIS:
010.000.4289.01
880.0000
44.00
38,720.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Dolutegravir / Abacavir / Lamivudina. Tableta. Cada
tableta contiene: Dolutegravir sódico equivalente a 50 mg
de dolutegravir Sulfato de abacavir equivalente a 600 mg
de abacavir Lamivudina 300 mg Envase con 30 tabletas |
Clave CNIS: 010.000.6108.00
3,037.2800
12.00
36,447.36
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
DOLUTEGRAVIR.
TABLETA
DISPERSABLE.
Cada
tableta
contiene:
Dolutegravir
sódico
5.260
mg
equivalente a 5 mg de Dolutegravir Excipiente cbp 1
tableta dispersable Caja con frasco etiquetado con 60
tabletas dispersables de 5mg, con vaso y jeringa
dosificadora oral e instructivo anexo | Clave CNIS:
010.000.7106.00
2,256.1600
216.00
487,330.56
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Dolutegravir. Tableta. Cada tableta contiene: Dolutegravir
sódico equivalente a 50 mg de dolutegravir. Envase con
30 tabletas. | Clave CNIS:010.000.6010.00
2,852.0900
1020.00
2,909,131.80
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Dolutegravir/ Lamivudina. Tableta. Cada tableta contiene:
Dolutegravir sódico equivalente a 50 mg de Dolutegravir.
Lamivudina 300 mg. Envase con 30 tabletas. | Clave
CNIS: 010.000.7026.00
2,820.5500
22202.00
62,621,851.10
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Doravirina. Tableta. Cada tableta contiene: Doravirina:
100 mg. Caja con frasco con 30 Tabletas. | Clave
CNIS:010.000.6320.00
2,178.3200
39.00
84,954.48
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Emtricitabina / Tenofovir Alafenamida. Tableta. Cada
tableta contiene: Tenofovir alafenamida fumarato 11.2
mg equivalente a 10 mg de tenofovir alafenamida
Emtricitabina 200 mg Envase con 30 tabletas. | Clave
CNIS: 010.000.6162.00
1,720.0000
345.00
593,400.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
121
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Emtricitabina-tenofovir. Tableta. Cada Tableta contiene:
Tenofovir disoproxil succinato equivalente a 245 mg de
tenofovir disoproxil Emtricitabina 200 mg Envase con 30
Tabletas. | Clave CNIS: 010.000.4396.01
599.0000
3412.00
2,043,788.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Lamivudina.
Solución
Cada
100
ml
contienen:
Lamivudina 1 g Envase con 240 ml y dosificador. | Clave
CNIS: 010.000.4271.00
550.9900
468.00
257,863.32
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Lamivudina/zidovudina. Tableta Cada Tableta contiene:
Lamivudina 150 mg Zidovudina 300 mg Envase con 60
Tabletas. | Clave CNIS: 010.000.4268.00
200.0000
6.00
1,200.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Maraviroc. Tableta Cada Tableta contiene: Maraviroc 150
mg
Envase
con
60
Tabletas.
|
Clave
CNIS:
010.000.5324.00
5,196.3500
12.00
62,356.20
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Nevirapina. Suspensión Cada 100 mililitros contienen:
Nevirapina
hemihidratada
equivalente
a
1
g de
nevirapina Envase con 240 ml con dosificador. | Clave
CNIS: 010.000.5259.00
600.0000
55.00
33,000.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Nevirapina. Suspensión Cada 100 mililitros contienen:
Nevirapina
hemihidratada
equivalente
a
1
g de
nevirapina Envase con 240 ml con dosificador. |
Nevirapina
oral.
Suspensión
50
mg
/
5
ml.
(Nevimune).Donación (El precio de $1.00 se registró
únicamente porque el sistema no permite capturar $0.00.
El valor corresponde a piezas donadas),
1.0000
8.00
8.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Pruebas Rápidas. Inmunoanálsis para la detección del
antígeno p24 de HIV-1 y anticuerpos al HIV-1 y HIV-2.
Inmunoanálsis cualitativo in vitro con lectura visual para
la
detección
simultánea
del
antígeno
(Ag)
no
inmunocomplejo p24 del HIV-1 en forma libre y
anticuerpos (Ab) a HIV-1 y HIV-2 en sangre humana. 10
tarjetas de prueba recubiertas de antígeno HIV1/2
recombinante y péptidos sintéticos, anticuerpos al
antígeno p24 y avidina. TATC. | Beneficio adicional. (El
precio de $1.00 se registró únicamente porque el sistema
no permite capturar $0.00. El valor corresponde a piezas
de beneficios adicionales)
1.0000
6200.00
6,200.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Pruebas. Determinación de Carga viral del VIH Tipo 1 |
Sin clave CNIS
1,510.0000
6024.00
9,096,240.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Pruebas. Determinación de genotipo viral de VIH. | Sin
clave CNIS
1,656.0000
17.00
28,152.00
122
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Pruebas. Determinación de linfocitos CD4. | Pruebas de
Laboratorio CD4+, Sin clave CNIS
930.0000
4319.00
4,016,670.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Tenofovir. Tableta. Cada tableta contiene: Tenofovir
disoproxil fumarato 300 mg. Envase con 30 tabletas. |
Clave CNIS: 010.000.4277.00
99.0000
46.00
4,554.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Zidovudina. Solución Inyectable. Cada frasco ámpula
contiene: Zidovudina 200 mg Envase con 5 frascos
ámpula (200 mg/20 mL) | Clave CNIS: 010.000.6121.00
1,586.2200
65.00
103,104.30
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Zidovudina. Solución Oral Cada 100 ml contienen:
Zidovudina 1 g Envase con 240 ml. | Clave CNIS:
010.000.5273.00
215.7700
255.00
55,021.35
2
Virus de Hepatitis C
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.2
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Prueba Rápida para la Determinación Cualitativa de
Anticuerpos Contra el Virus de la Hepatitis C. Prueba
rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos
IgG por técnica inmunocromatográfica, contra el virus de
la Hepatitis C (VHC) en sangre total, suero y plasma.
Para su uso exclusivo como prueba de tamizaje.
Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 25
pruebas. TATC. | Beneficio adicional. Prueba de
laboratorio de perfilamiento del VHC, (El precio de $1.00
se registró únicamente porque el sistema no permite
capturar $0.00. El valor corresponde a piezas de benefici
1.0000
127.00
127.00
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.2
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Prueba Rápida para la Determinación Cualitativa de
Anticuerpos Contra el Virus de la Hepatitis C. Prueba
rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos
IgG por técnica inmunocromatográfica, contra el virus de
la Hepatitis C (VHC) en sangre total, suero y plasma.
Para su uso exclusivo como prueba de tamizaje.
Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 25
pruebas. TATC. | Beneficio adicional. Prueba de
laboratorio para la determinación de carga viral del VHC
(Prueba inicial) (El precio de $1.00 se registró
únicamente porque el sistema no permite capturar $0.00.
El val
1.0000
221.00
221.00
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.2
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Prueba Rápida para la Determinación Cualitativa de
Anticuerpos Contra el Virus de la Hepatitis C. Prueba
rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos
IgG por técnica inmunocromatográfica, contra el virus de
la Hepatitis C (VHC) en sangre total, suero y plasma.
Para su uso exclusivo como prueba de tamizaje.
Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 25
pruebas.
TATC.
|
Beneficio
adicional.Prueba
de
laboratorio para la determinación de carga viral del VHC
(Post tratamiento) (El precio de $1.00 se registró
únicamente porque el sistema no permite capturar $0.00.
El va
1.0000
14.00
14.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
123
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.2
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Reactivos y juegos de reactivos para pruebas específicas
Prueba rápida de un solo paso para la determinación del
antígeno de superficie del Virus de la Hepatitis B
(HBsAg) en fase de membrana sólida. Para 50 pruebas.
RTC. | Beneficio adicional. Prueba rápida. Inmunoensayo
cromatográfico rápido para la detección cualitativa del
antígeno de superficie de la Hepatitis B en sagre total,
suero o plasma. Caja con 40 casetes d
1.0000
800.00
800.00
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.2
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Ribavirina. Cápsula Cada Cápsula contiene: Ribavarina
400 mg Envase con 12 Cápsulas. | Clave CNIS:
010.000.2139.00,(El
precio
de
$1.00
se
registró
únicamente porque el sistema no permite capturar $0.00.
El valor corresponde a piezas de beneficios adicionales)
1.0000
10.00
10.00
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.2
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Sofosbuvir, Velpatasvir. Tableta Cada tableta contiene:
Sofosbuvir 400 mg Velpatasvir 100 mg Envase con 28
tabletas. | Sin descripción complementaria
44,000.0000
879.00
38,676,000.00
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.2
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Tubos Tubo sistema para toma y recolección de sangre,
de plástico PET al vacío (13 x 75 mm) desechable para
adulto con EDTA K2 (7.2 mg) aplicado por aspersión en
la pared del tubo, tapón lila con silicón como lubricante,
volumen de drenado 4.0 ml (+ 0.3 ml). Etiquetados
individualmente con número de lote y fecha de
caducidad. Con tapón de seguridad. Estéril. Caja con
100 tubos. | Clave CNIS:080.909.6498, (El precio de
$1.00 se registró únicamente porque el sistema no
permite capturar $0.00. El valor corresponde a piezas de
beneficios adicionales)
1.0000
100.00
100.00
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.2
Fondo
de
Salud
para
el
Bienestar (FONSABI)
Tubos. Tubo sistema para toma y recolección de sangre,
de plástico PET al vacío (13 x 100 mm) desechable para
adulto sin anticoagulante, tapón oro con silicón como
lubricante, volumen de drenado 5 ml (+0.3 ml)
recubrimiento de partículas de sílice 0.07-020 mg por
tubo, gel separador inerte 1.0 g por tubo. Etiquetados
individualmente con número de lote y fecha de
caducidad. Con tapón de seguridad. Estéril. Caja con
100 tubos. | Clave CNIS:080.909.6530,(El precio de
$1.00 se registró únicamente porque el sistema no
permite capturar $0.00. El valor corresponde a piezas de
beneficios adicionales)
1.0000
100.00
100.00
124
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.3
Ramo 12-Apoyo Federal
Prueba Rápida para la Determinación Cualitativa de
Anticuerpos Contra el Virus de la Hepatitis C. Prueba
rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos
IgG por técnica inmunocromatográfica, contra el virus de
la Hepatitis C (VHC) en sangre total, suero y plasma.
Para su uso exclusivo como prueba de tamizaje.
Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 25
pruebas. TATC. | Clave: 080.829.5521
22.3068
72300.00
1,612,781.64
TOTAL
158,682,290.51
NOTA: Los insumos/ bienes derivados de donativos, beneficios adicionales que no formen parte del patrimonio de la Secretaría de Salud, proporcionados por los
proveedores, siempre que las condiciones contractuales así determinen su otorgamiento, así como la alineación de los recursos provenientes del Fondo de Salud
para el Bienestar, FONSABI, no forman parte de los recursos federales ministrados por “LA SECRETARIA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente convenio ya que
solo se señalan para efectos informativos por lo que el control, vigilancia y supervisión respecto de la aplicación, ejercicio y comprobación de dichos recursos serán
responsabilidad de quienes tienen a cargo dichas Fuentes de financiamiento. En consecuencia, la Información de la distribución de los recursos referidos en el
presente párrafo se incluye solo para efectos de evaluación de la eficiencia y eficacia de “LOS PROGRAMAS”.
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
Salud Sexual y Reproductiva
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Espejo. Vaginal desechable, mediano, valva superior de
10.7 cm, valva inferior de 12.0 cm, orificio central de 3.4
cm. Pieza. | Para las Jornadas con la unidad móvil Edusex
40.0000
106.00
4,240.00
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Fonodetector Portatil de Latidos Fetales. Equipo portátil,
que permite la localización y amplificación del latido
cardiaco fetal, con fines de diagnóstico, por método no
invasivo, por efecto doppler pulsado. Con las siguientes
características, seleccionables de acuerdo a necesidades
de las unidades médicas: transductor para uso específico
en obstetricia; con despliegue digital en pantalla de la
frecuencia cardiaca fetal y señal visual de latido cardiaco.
Que opere con baterías recargables o desechables.
Indicación
en
pantalla
de
batería
baja.
Apagado
automático.
Bocina.
Control
de
volumen
variable.
Procesado de autocorrelación. | Para las Jornadas con la
unidad móvil Edusex
5,925.0000
43.00
254,775.00
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Guantes. Para exploración, ambidiestro, estériles. De
látex, desechables. Tamaños: Mediano. Envase con 100
piezas. | Para las Jornadas con la unidad móvil Edusex
180.0000
4.00
720.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
125
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Juego de sábanas, repelentes y desechables para
paciente.
Elaboradas
con
tela
no
tejida,
100%
polipropileno de al menos 4 pines (SMMS) de al menos 38
gr/m², con dos sábanas una para cajón y una plana.
Resistente a la penetración por impacto de fluidos,
resistencia a la presión hidrostática de fluidos, hidrofóbico,
color antirreflejante, no transparente, antiestática y
resistente a la tensión. Producto de un solo uso.
Desechable. No estéril. Con capa protectora antibacterial.
Medidas: Sábana para cajón plana: 210+/- 5cm x 110 +/-5
cm Sábana plana: 210 +/- 5 cm x 115 +/- 5 cm. | Para las
Jornadas con la unidad móvil Edusex
43.5500
84.00
3,658.20
1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Pruebas Rápidas. Gonadotrofina coriónica fracción Beta.
Prueba rápida cualitativa de un solo paso en membrana
sólida para determinación en orina o suero, en sobre
individual Sensibilidad: 20 Mui/ml. A 25 Mui/ml. Equipo.
Prueba en cartucho de plástico, con pipeta desechable.
Equipo con control positivo y negativo para múltiples
pruebas. Equipo para múltiplos de 10, mínimo 10, máximo
100 pruebas. TATC. | Para las Jornadas con la unidad
móvil Edusex
19.2400
28.00
538.72
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Bata desechable para paciente. Elaborada en tela no
tejida de polipropileno de al menos 4 pines (SMMS) de al
menos 38 gr/m², con manga corta, con dos cintas de
amarre en la parte delantera. Resistente a la penetración
por impacto de fluidos, resistente a la presión hidrostática
de
fluidos,
color
antirreflejante,
no
transparente,
antiestática y resistente a la tensión. Producto desechable
y de un solo uso. No estéril. Con capa protectora
antibacterial. Medidas: Unitalla. Envolvencia de 147 +/-3
cm x 117+/-3 cm Pieza. | Batas desechables para
pacientes pieza
12.3500
817.00
10,089.95
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo en
mangas y pecho. Tela no tejida de polipropileno,
impermeable a la penetración de líquidos y fluidos ;
antiestática y resistente a la tensión. Estéril y desechable.
Tamaño: Grande Pieza. | Batas quirúrgicas desechables
para el médico pieza
28.2700
817.00
23,096.59
126
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Campos quirúrgicos. Campos quirúrgicos de incisión,
impregnados con iodopovidona en una de sus caras.
Compuesto de una película impermeable; transparente,
con
adhesivo
grado
médico,
autoadheribles,
hipoalergénico. Con una superficie de impregnación de: 56
x 45 cm. Estériles y desechables Empaque individual.
Envase con 10 piezas. Las medidas las seleccionará la
Unidad Médica de acuerdo a sus necesidades. | Campo
quirúrgico de 56x45 cm para realizar VSB paquete con 10
piezas
1,598.0500
82.00
131,040.10
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Gorros. Gorro redondo con elástico ajustable al contorno
de la cara, de tela no tejida de polipropileno, desechable.
Impermeable a la penetración de líquidos y fluidos;
antiestática y resistente a la tensión. Tamaño: Grande.
Desechable. Pieza. | Gorros desechable pieza
0.6800
817.00
555.56
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Guantes. Para cirugía. De látex natural, estériles y
desechables. Tallas: 7 1/2 Par. | Guante quirúrgico estéril
6.3800
1634.00
10,424.92
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Juego de sábanas, repelentes y desechables para
paciente.
Elaboradas
con
tela
no
tejida,
100%
polipropileno de al menos 4 pines (SMMS) de al menos 38
gr/m², con dos sábanas una para cajón y una plana.
Resistente a la penetración por impacto de fluidos,
resistencia a la presión hidrostática de fluidos, hidrofóbico,
color antirreflejante, no transparente, antiestática y
resistente a la tensión. Producto de un solo uso.
Desechable. No estéril. Con capa protectora antibacterial.
Medidas: Sábana para cajón plana: 210+/- 5cm x 110 +/-5
cm Sábana plana: 210 +/- 5 cm x 115 +/- 5 cm. | Sábanas
cajón y plana
49.3000
817.00
40,278.10
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Lidocaína. Solución Inyectable al 2%. Cada frasco ámpula
contiene: Clorhidrato de lidocaína 1 g Envase con 5
frascos ámpula con 50 ml | Lidocaína al 2% sin epinefrina
120.4100
82.00
9,873.62
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Limpiador antimicrobiano para piel y heridas. Limpiador
antimicrobiano para piel y heridas es un líquido claro
isotónico que ayuda a la remoción mecánica de residuos
contiene
0.057%
de
hipoclorito
de
sodio
como
antimicrobiano. Botella con 15 oz (443 ml.) con tapa.
Envase con 12 piezas TA | Desinfectante
1,148.1600
21.00
24,111.36
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
127
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Suturas. Seda negra trenzada sin aguja. Longitud de la
hebra: 75 cm Calibre de la sutura: 3-0 Sobre con 7 a 12
hebras. Envase con 12 sobres. | Seda 3.0 con aguja 3-0
(Envase con 12 unidades)
197.2000
68.00
13,409.60
2
PF y Anticoncepción
3.5.5.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Tibolona. Tableta Cada Tableta contiene: Tibolona 2.5 mg
Envase con 30 Tabletas. | Tibolona. Tableta 2.5 mg,
envase con 30 tabletas.
79.9000
11871.00
948,492.90
3
Salud Materna
2.2.1.4
Ramo 12-Apoyo Federal
Ácido fólico. Tableta. Cada tableta contiene: Acido fólico
0.4 mg Envase con 90 Tabletas. | Ácido fólico. Tableta.
Cada tableta contiene: Ácido fólico 0.4 mg. Envase con 90
Tabletas.
4.2000
125000.00
525,000.00
3
Salud Materna
2.2.1.5
Ramo 12-Apoyo Federal
Fumarato
ferroso.
Tableta.
Cada
tableta
contiene:
Fumarato ferroso 200 mg equivalente a 65.74 mg de hierro
elemental. Envase con 50 Tabletas. | Fumarato ferroso.
Tableta. Cada tableta contiene Fumarato ferroso 200 mg
equivalente a 65.74 mg de hierro elemental. Envase co 50
Tabletas
6.7400
88695.00
597,804.30
3
Salud Materna
2.2.1.7
Ramo 12-Apoyo Federal
Prueba Rápida para la Determinación Cualitativa de
Anticuerpos Contra el Virus de la Hepatitis C. Prueba
rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos IgG
por técnica inmunocromatográfica, contra el virus de la
Hepatitis C (VHC) en sangre total, suero y plasma. Para su
uso exclusivo como prueba de tamizaje. Requiere prueba
confirmatoria. Envase para mínimo 25 pruebas. TATC. |
Pruebas rápidas de Hepatitis C
1,495.0000
1971.00
2,946,645.00
3
Salud Materna
2.5.1.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Ácido Tranexámico. Solución Inyectable. Cada ampolleta
contiene: Ácido tranexámico 500 mg Vehículo c.b.p. 5mL.
Envase con cinco ampolletas de 5 mL cada una. |
SOLUCIÓN INYECTABLE. Cada ampolleta contiene:
Ácido tranexámico 500 mg. Vehículo c.b.p.5 mL. Envase
con cinco ampolletas de 5 mL cada una
9,999.0000
458.00
4,579,542.00
3
Salud Materna
2.5.1.4
Ramo 12-Apoyo Federal
Pruebas Rápidas. Gonadotrofina coriónica fracción Beta.
Prueba rápida cualitativa de un solo paso en membrana
sólida para determinación en orina o suero, en sobre
individual Sensibilidad: 20 Mui/ml. A 25 Mui/ml. Equipo.
Prueba en cartucho de plástico, con pipeta desechable.
Equipo con control positivo y negativo para múltiples
pruebas. Equipo para múltiplos de 10, mínimo 10, máximo
100 pruebas. TATC. | Prueba Rápida de Gonadotrofina
80.0000
35000.00
2,800,000.00
128
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo en
mangas y pecho. Tela no tejida de polipropileno,
impermeable a la penetración de líquidos y fluidos ;
antiestática y resistente a la tensión. Estéril y desechable.
Tamaño: Grande Pieza. | Batas desechables
18.0000
3000.00
54,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Botas de seguridad | Botas par
6.6300
5000.00
33,150.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Compresa | Compresa quirurgica 45x45 cm
22.0000
200.00
4,400.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Cubrebocas. De dos capas de tela no tejida, resistente a
fluidos, antiestático, hipoalergénico, con bandas o ajuste
elástico a la cabeza. Desechable. Pieza. | Cubrebocas
2.0000
5000.00
10,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Frascos. Frasco de vidrio para leche materna o
sucedáneo, resistente a la esterilización, capacidad de 125
ml y 146 ml al derrame, con pared lisa de 3 mm de
espesor (aproximado) en el cuerpo y en la base, con
diámetro de 5.5 cm en la boca del frasco. Con bordes
redondeados, aforo de color verde en la pared externa del
frasco, graduado cada 10 ml, empezando en los 10 hasta
120 ml y numerado cada 30 ml hasta 120 ml, con escudo
institucional del mismo color al del aforo y tapa de
polipropileno color blanco, resistente a la esterilización y
rosca universal interna. Pieza. | Frascos de vidrio 120 ml
30.0000
5000.00
150,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Gasas. Gasa seca, cortada, de tela no tejida, no estéril. 10
cm x 10 cm. Envase con 200 Piezas. | Gasas no esteriles
10x10 cm
1.5000
100000.00
150,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Gorros. Gorro de tela no tejida de polipropileno,
desechable. Impermeable a la penetración de líquidos y
fluidos; antiestática y resistente a la tensión. Cintas de
ajuste en el extremo distal. Tamaño estándar. Desechable
Pieza. | Gorros
2.0000
5000.00
10,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Gradillas | Gradillas
300.0000
15.00
4,500.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Guantes para exploracion | Guantes de nitrilo sin talco 4
mil
4.0000
5000.00
20,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Micropipetas | Micropipeta automática 10-100 µL
1,300.0000
2.00
2,600.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Puntas para micropipeta | Puntas para micropipeta 200 µL
0.2500
200000.00
50,000.00
4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Tubo ensayo | Tubos de ensayo 13x100mm
18.0000
2000.00
36,000.00
5
Aborto Seguro
2.3.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Mifepristona. Tableta. Cada tableta contiene: Mifepristona
200 mg. Envase con una tableta. | Mifepristona. Tableta.
Cada tableta contiene: Mifepristona 200 mg. Envase con
una tableta.
850.0000
151.00
128,350.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
129
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
5
Aborto Seguro
2.3.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Misoprostol. Tabletas Cada tableta contiene: Misoprostol
200 µg. Envase con 28 tabletas. | Misoprostol. Tabletas
Cada tableta contiene: Misoprostol 200 µg. Envase con 28
tabletas.
274.5500
199.00
54,635.45
5
Aborto Seguro
2.3.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Jeringas. De plástico grado médico, para aspiración
manual endouterina, reesterilizable, capacidad de 60 ml,
con anillo de seguridad, émbolo en forma de abanico,
extremo interno en forma cónica, con anillo de goma negro
en su interior y dos válvulas de control externas. Para
cánulas de 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 12 mm de diámetro. Pieza. |
Jeringas de plástico grado médico para aspiración manual
endouterina reesterilizable capacidad de 60 ml con anillo
de seguridad émbolo en forma de abanico extremo interno
en forma cónica con anillo de goma negro en su interior y
dos válvulas de contr
3,938.2000
243.00
956,982.60
6
Violencia de Género
2.1.1.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Bictegravir/Emtricitabina/Tenofovir Alafenamida. Tableta.
Bictegravir sódico 52.5 mg equivalente a 50 mg de
bictagravir. Emtricitabina 200 mg Tenofovir alafenamida
fumarato 28 mg equivalente a 25 mg de tenofovir
alafenamida. Caja con un frasco con 30 tabletas. | Para el
uso de atenciones otorgadas a personas víctimas de
violación sexual
1,720.0000
45.00
77,400.00
2
Prevención y Control del Cáncer
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.1.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Espátula. De Ayre modificada, de madera inastillable.
Instrumento alargado con dos diferentes extremos.
Dimensiones: Largo total 170.0 mm. Ancho 7.0 mm.
Grosor 1.5 mm. Extremo 1: forma bifurcada en forma de
hueso, donde la cresta A es de mayor tamaño que la
cresta B. Largo de la cresta A: 25 mm. Largo de la cresta
B: 22 mm. Apertura máxima: 17 mm. Extremo 2 forma
cónica terminado en punta: Largo total 35 mm. Apertura
máxima o ancho 12.0 mm. Largo de cono 35 mm. Ancho
de cuello 6.0 mm. Ancho de vértice 3.0 mm. Envase con
500 Piezas. | Espátula. De Ayre modificada
204.0000
40.00
8,160.00
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.1.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Espejo. Vaginal desechable, mediano, valva superior de
10.7 cm, valva inferior de 12.0 cm, orificio central de 3.4
cm. Pieza. | ESPEJO VAGINAL DESECHABLE MEDIANO
VALVA SUPERIOR DE 10.7 CM, VALVA INFERIOR DE
12.0 CM, ORIFICIO CENTRAL DE 3.4 CM. PIEZA.
16.9600
74640.00
1,265,894.40
130
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.1.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Guantes. Para exploración, ambidiestro, no estériles. De
látex, desechables. Tamaños: Mediano. Envase con 100
piezas. | Guantes para exploración, ambidiestro, no
estériles. De látex, desechables. Tamaño mediano.
Envase con 100 piezas.
174.0000
736.00
128,064.00
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.1.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Portaobjetos. De vidrio, rectangulares, de grosor uniforme,
de 75 x 25 x 0.8 a 1.1 mm: Con esquinas y un extremo
esmerilado. Caja con 50 piezas. | PORTAOBJETOS. DE
VIDRIO RECTANGULARES DE GROSOR UNIFORME
DE 75 X 25 X 0.8 A 1.1 MM: CON ESQUINAS Y UN
EXTREMO ESMERILADO. CAJA CON 50 PIEZAS.
239.0000
400.00
95,600.00
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.1.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Reactivos Químicos Alcohol etílico con 96º GL. Técnico.
Envase con 18 litros. TA. | REACTIVOS QUIMICOS
ALCOHOL ETILICO CON 96 ° GL. TECNICO. ENVASE
CON 18 LITROS. TA.
629.4900
100.00
62,949.00
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.1.3.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Reactivos y Juegos de reactivos para pruebas específicas
Hepatitis
B
virus.
Determinación
por
técnica
inmunoenzimática de prueba confirmatoria de la presencia
del antígeno de superficie. Para mínimo 25 pruebas. RTC.
| REACTIVOS COMPLETOS PARA LA CUANTIFICACIÓN
DE
ÁCIDOS
NUCLEICOS
DE
LOS
SIGUIENTES
MICROORGANISMOS: VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA
HUMANA, DE LA HEPATITIS B, HEPATITIS C, VIRUS
DEL
PAPILOMA
HUMANO,
CITOMEGALOVIRUS,
CHLAMYDIA TRACHOMATIS Y MYCOBACTERIUM TUB
370.6896
17575.00
6,514,869.72
2
Prevención y Control del
Cáncer
2.3.5.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Agujas. Para biopsia, desechables. Tipo: trucut. Longitud:
9.65 cm. Calibre: 14 G. Pieza. | Aguja para toma de
biopsia de mama tipo trucut Para biopsia, desechables.
Tipo: trucut. Longitud: Calibre: 9.65 cm. 14 G. (Aguja de
acero inoxidable, para biopsia a través del, transductor de
ultrasonido intracavitario)
1,688.2200
240.00
405,172.80
TOTAL
23,147,023.89
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
1
Prevención y Control de
Enfermedades Zoonóticas y
Emergentes
4.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) |
XILACINA 2%
569.0000
180.00
102,420.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
131
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
Prevención y Control de
Enfermedades Zoonóticas y
Emergentes
4.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) |
Sin descripción complementaria
779.0000
362.00
281,998.00
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
5
Dengue
7.3.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas (insecticidas) | Bacillus thuringiensis
5.35% + Metopreno 1.60% Saco con 18.18
kilogramos
46,395.3600
10.00
463,953.60
5
Dengue
7.3.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas (insecticidas) | Spinosad 2.5% caja
con dos bolsas de 10 Kg.
55,000.0000
10.00
550,000.00
5
Dengue
7.3.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas
(insecticidas)
|
Alfacipermetrina
3.26% + Imidacloprid 10.69%. Caja con 12
frascos de 1 L.
18,096.0000
40.00
723,840.00
5
Dengue
7.3.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas (insecticidas) | Bifentrina 1.73% Caja
con 2 Bidones de 10 litros
25,169.9120
70.00
1,761,893.84
5
Dengue
7.3.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas (insecticidas) | Imidacloprid 3% +
Praletrina 0.75% Tambos 208 litros
280,000.0000
5.00
1,400,000.00
5
Dengue
7.3.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas (insecticidas) | Malation 40% Bidón
con 20 litros
27,757.9300
50.00
1,387,896.50
5
Dengue
7.3.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas
(insecticidas)
|
Pirimifos-metil
28.16%, caja con 12 envases de 833 ml cada uno
16,240.0000
30.00
487,200.00
5
Dengue
7.3.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas (insecticidas) | Pirimifos-metil 49%
Caja con 12 frascos de 1 litro
27,051.2000
20.00
541,024.00
5
Dengue
7.3.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas (insecticidas) | Transflutrina 20%
Bidón de 5 litros
21,174.9416
60.00
1,270,496.50
5
Dengue
7.3.3.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Plaguicidas (insecticidas) | Propoxur 70%, cuñete
de 4.5kg con 32 sobres de 143 gr.
30,732.1120
30.00
921,963.36
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Etambutol. Tableta Cada Tabletas contiene:
Clorhidrato de etambutol 400 mg Envase con 50
Tabletas. | Ethambutol 100 mg. Frasco c/100
tabletas dispersables
482.0200
9.00
4,338.18
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Isoniazida | Isoniazida 300 mg, caja c/ 672
tabletas.
264.0000
1.00
264.00
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Isoniazida. Tableta Cada Tableta contiene:
Isoniazida: 100 mg Envase con 200 Tabletas. |
Isoniazida
100
mg,
caja
c/100
tabletas
dispersables
193.4500
15.00
2,901.75
132
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Rifampicina | Rifampicina 75 mg + INH 50 mg,
caja c/84 tabletas dispersables
268.9900
22.00
5,917.78
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Rifampicina-isoniazida-pirazinamida | Rifampicina
75 mg. + Isoniazida 50 mg. + Pirazinamida 150
mg. Caja c/84 tabletas dispersables
348.1000
11.00
3,829.10
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Rifapentina. Medicamento fuera del CBM |
Rifapentina
150
mg,
caja
c/100
tabletas
dispersables.
303.6000
12.00
3,643.20
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Rifapentina. Medicamento fuera del CBM |
Rifapentina 300 mg, caja c/100 tabletas
745.5800
6.00
4,473.48
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
3.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Otros productos químicos de laboratorio |
Cartuchos Xpert MTB/RIF ultra
7,896.7500
8.00
63,174.00
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Alimento médico para niños de 8 años a adultos
con acidemia isovalerica y otros trastornos del
metabolismo de la leucina. Polvo. Contenido en:
100g Energía Unidades kcal Mínimo 297 Máximo
500 Proteína Unidades G Mínimo 16.2 Máximo
39.00 Carnitina Unidades mg Mínimo 0 Máximo
1800 Taurina Unidades mg Mínimo 0 Máximo
150 Glutamina Unidades g Mínimo 0 Máximo
0.33 Hidratos de carbono Unidades g Mínimo
34.00 Máximo 51.00 Lípidos Unidades g Mínimo
0 Máximo 26.00 L-Cistina Unidades g Mínimo
0.29 Máximo 1.4 Glicina Unidades g Mínimo 1.1
Máximo 6.60 L-Histidina Unidades g Mínimo 0.47
Máximo 2.1 L-Isoleucina Unidades g Mínimo 0.58
Máximo 1.3 L-Leucina Unidades g Mínimo 0
Máximo Traza L-Lisina Unidades g Mínimo 1.51
Máximo 3.20 L-Metionina Unidades g Mínimo
0.41 Máximo 0.90 L-Fenilalanina Unidades g
Mínimo 0.78 Máximo 2.50 L-Treonina Unidades g
Mínimo 0.87 Máximo 2.20 L-Triptófano Unidades
g Mínimo 0.34 Máximo 0.83 L-Tirosina Unidades
13.6400
7.00
95.48
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
133
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
g Mínimo 0.78 Máximo 2.40 L-Valina Unidades g
Mínimo 0.63 Máximo 1.50 Tiamina (B1) Unidades
mg Mínimo 1.00 Máximo 3.25 Riboflavina(B2)
Unidades µg Mínimo 1.00 Máximo 1.80 Niacina
(B3) Unidades mg Mínimo 10.00 Máximo 27.4
Piridoxina (B6) Unidades µg Mínimo 1000
Máximo 2100 Cianocobalamina (B12) Unidades
µg Mínimo 2.00 Máximo 5.00 Ácido fólico
Unidades µg Mínimo 100 Máximo 500 Ácido
pantoténico Unidades µg Mínimo 3800 Máximo
8000 Ácido ascórbico (vit.C) Unidades mg
Mínimo 60 Máximo 90 Colina Unidades mg
Mínimo 60 Máximo 321 Biotina Unidades µg
Mínimo 38 Máximo 140 Inositol Unidades mg
Mínimo
70.00
Máximo
86.00
Vitamina
A
Unidades UI Mínimo 1520 Máximo 2364 Vitamina
D Unidades UI Mínimo 300 Máximo 380 Vitamina
E Unidades mg Mínimo 5.2 Máximo 14.94
Vitamina K Unidades µg Mínimo 40 Máximo 70
Sodio Unidades mg Mínimo 240 Máximo 880
Potasio Unidades mg Mínimo 580 Máximo 1370
Cloro Unidades mg Mínimo 480 Máximo 940
Calcio Unidades mg Mínimo 660 Máximo 880
Fósforo Unidades mg Mínimo 440 Máximo 760
Magnesio Unidades mg Mínimo 66 Máximo 285
Hierro Unidades mg Mínimo 9.6 Máximo 23.5
Cobre Unidades µg Mínimo 860 Máximo 1400
Cromo Unidades µg Mínimo 0 Máximo 50.00 Zinc
Unidades mg Mínimo 8.60 Máximo 13.60
Manganeso Unidades mg Mínimo 0.380 Máximo
2.10 Yodo Unidades µg Mínimo 76 Máximo 107
Molibdeno Unidades µg Mínimo 0 Máximo107
Selenio Unidades µg Mínimo 14.1 Máximo 50.00
Envase | Piridoxina (Vit B6) 50mg, caja c/ 50
tabletas (S/C)
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Bedaquiline Medicamento fuera del CBM |
Bedaquiline 100mg, envase c/ 188 tabletas (S/C)
6,637.1500
3.00
19,911.45
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Clofazimina Medicamento fuera del CBM |
Clofazimina 100mg, caja c/ 100 cápsulas (S/C)
976.0500
8.00
7,808.40
134
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Levofloxacino. Tableta Cada Tableta contiene:
Levofloxacino hemihidratado equivalente a 500
mg de levofloxacino. Envase con 7 Tabletas. |
Levofloxacino 250mg, caja c/ 100 tabletas (S/C)
59.5200
34.00
2,023.68
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Linezolid.
Tableta.
Cada
tableta
contiene:
Linezolid 600 mg. Envase con 10 tabletas. |
Linezolid
600mg,
caja
c/
10
tabletas
(010.000.4290.00)
197.9000
92.00
18,206.80
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Piridoxina.
Tableta.
Cada
tableta
contiene:
Piridoxina 300 mg Envase con 10 Tabletas. |
Piridoxina (Vit B6) 100mg, caja c/ 250 tabletas
(S/C)
209.8500
2.00
419.70
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
5.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Ofloxacina. Tableta Cada Tableta contiene:
ofloxacina 400 mg Envase con 12 Tabletas. |
Ofloxacina. Tableta Cada Tableta contiene
ofloxacina 400 mg Envase con 12 Tabletas.
22.1900
20.00
443.80
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
5.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Talidomida. Tableta o Cápsula Cada Tableta o
Cápsula contiene: Talidomida 100 mg Envase
con 50 Tabletas ó Cápsulas. | Talidomida.
Tableta o Cápsula Cada Tableta o Cápsula
contiene Talidomida 100 mg Envase con 50
Tabletas ó Cápsulas.
570.0000
10.00
5,700.00
4
Emergencias en Salud
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Albendazol.
Suspensión
Oral
Cada
frasco
contiene: albendazol 400 mg Envase con 20 ml. |
Sin descripción complementaria
3.8000
500.00
1,900.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Albendazol. Tableta Cada Tableta contiene:
albendazol 200 mg Envase con 2 Tabletas. | Sin
descripción complementaria
2.6000
500.00
1,300.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Aluminio y magnesio. Suspensión Oral Cada 100
ml contienen: Hidróxido de aluminio 3.7 g
Hidróxido de magnesio 4.0 g o trisilicato de
magnesio: 8.9 g Envase con 240 ml y dosificador.
| Sin descripción complementaria
28.0000
150.00
4,200.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Aluminio y magnesio. Suspensión Oral Cada 100
ml contienen: Hidróxido de aluminio 3.7 g
Hidróxido de magnesio 4.0 g o trisilicato de
magnesio: 8.9 g Envase con 240 ml y dosificador.
| Sin descripción complementaria
29.0000
100.00
2,900.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
135
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Ambroxol. Solución Cada 100 ml contienen:
Clorhidrato de ambroxol 300 mg Envase con 120
ml
y
dosificador.
|
Sin
descripción
complementaria
7.0000
250.00
1,750.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Amlodipino. Tableta o Cápsula Cada Tableta o
Cápsula
contiene:
Besilato
o
Maleato
de
amlodipino equivalente a 5 mg de amlodipino.
Envase con 30 Tabletas o Cápsulas. | Sin
descripción complementaria
6.8000
50.00
340.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Amoxicilina / ácido clavulánico. Suspensión Oral
Cada frasco con polvo contiene: Amoxicilina
trihidratada equivalente a 1.5 g de amoxicilina.
Clavulanato de potasio equivalente a 375 mg de
ácido clavulánico. Envase con 60 ml, cada 5 ml
con 125 mg de amoxicilina y 31.25 mg ácido
clavulánico. | Sin descripción complementaria
18.8100
250.00
4,702.50
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Amoxicilina / ácido clavulánico. Tableta Cada
Tableta
contiene:
amoxicilina
trihidratada
equivalente a 500 mg de amoxilina. Clavulanato
de potasio equivalente a 125 mg de ácido
clavulánico. Envase con 12 Tabletas. | Sin
descripción complementaria
25.0000
150.00
3,750.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Amoxicilina / ácido clavulánico. Tableta Cada
Tableta
contiene:
amoxicilina
trihidratada
equivalente a 500 mg de amoxilina. Clavulanato
de potasio equivalente a 125 mg de ácido
clavulánico. Envase con 12 Tabletas. | Sin
descripción complementaria
26.0000
100.00
2,600.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Azitromicina. Tableta Cada Tableta contiene:
Azitromicina dihidratada equivalente a 500 mg de
azitromicina Envase con 4 Tabletas. | Sin
descripción complementaria
14.5000
250.00
3,625.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Benzatina bencilpenicilina. Suspensión Inyectable
Cada
frasco
ámpula
con
polvo
contiene:
Benzatina bencilpenicilina equivalente a 1 200
000 UI de bencilpenicilina. Envase con un frasco
ámpula y 5 ml de diluyente. | Sin descripción
complementaria
38.0000
500.00
19,000.00
136
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Butilhioscina o hioscina. Gragea o Tableta Cada
Gragea
o
Tableta
contiene:
Bromuro
de
butilhioscina o butilbromuro de hioscina 10 mg
Envase con 10 Grageas o Tabletas. | Sin
descripción complementaria
5.9500
60.00
357.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Butilhioscina o hioscina. Gragea o Tableta Cada
Gragea
o
Tableta
contiene:
Bromuro
de
butilhioscina o butilbromuro de hioscina 10 mg
Envase con 10 Grageas o Tabletas. | Sin
descripción complementaria
6.4500
40.00
258.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Butilhioscina o hioscina. Solución Inyectable
Cada
ampolleta
contiene:
Bromuro
de
butilhioscina o butilbromuro de hioscina 20 mg
Envase con 3 ampolletas de 1 ml. | Sin
descripción complementaria
5.9400
100.00
594.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Clioquinol. Crema Cada g contiene: Clioquinol 30
mg Envase con 20 g. | Sin descripción
complementaria
7.0000
300.00
2,100.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Clioquinol. Crema Cada g contiene: Clioquinol 30
mg Envase con 20 g. | Sin descripción
complementaria
7.1900
200.00
1,438.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Cloranfenicol.
Solución
oftálmica.
Cada
ml
contiene: Cloranfenicol levógiro 5 mg Envase con
gotero integral con 15 ml. | Sin descripción
complementaria
16.0000
500.00
8,000.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Clorfenamina. Tableta. Cada tableta contiene:
Maleato de clorfenamina 4.0 mg Envase con 20
Tabletas. | Sin descripción complementaria
8.2800
100.00
828.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Diclofenaco. Cápsula o gragea de liberación
prolongada. Cada gragea contiene: Diclofenaco
sódico 100 mg Envase con 20 Cápsulas o
Grageas. | Sin descripción complementaria
4.8000
100.00
480.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Dicloxacilina. Cápsula o comprimido. Cada
cápsula o comprimido contiene: Dicloxacilina
sódica 500 mg Envase con 20 Cápsulas o
Comprimidos. | Sin descripción complementaria
32.0000
50.00
1,600.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Difenhidramina. Jarabe. Cada 100 mililitros
contienen: Clorhidrato de difenhidramina 250 mg.
Envase
con
60
ml.
|
Sin
descripción
complementaria
6.0000
30.00
180.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
137
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Difenhidramina. Jarabe. Cada 100 mililitros
contienen: Clorhidrato de difenhidramina 250 mg.
Envase
con
60
ml.
|
Sin
descripción
complementaria
6.1000
20.00
122.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Doxiciclina. Cápsula o Tableta Cada Cápsula o
Tableta
contiene:
Hiclato
de
doxiciclina
equivalente a 100 mg de doxicilina. Envase con
10 Cápsulas o Tabletas. | Sin descripción
complementaria
13.5000
250.00
3,375.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Electrolitos
Orales.
Polvo
(Fórmula
de
osmolaridad
Baja)
Cada
sobre
con
polvo
contiene: Glucosa anhidra o glucosa 13.5 g
Cloruro de potasio 1.5 g Cloruro de sodio 2.6 g
Citrato trisódico dihidratado 2.9 g Envase con
20.5 g | Sin descripción complementaria
2.6200
1500.00
3,930.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Electrolitos
Orales.
Polvo
(Fórmula
de
osmolaridad
Baja)
Cada
sobre
con
polvo
contiene: Glucosa anhidra o glucosa 13.5 g
Cloruro de potasio 1.5 g Cloruro de sodio 2.6 g
Citrato trisódico dihidratado 2.9 g Envase con
20.5 g | Sin descripción complementaria
2.7200
900.00
2,448.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Electrolitos
Orales.
Polvo
(Fórmula
de
osmolaridad
Baja)
Cada
sobre
con
polvo
contiene: Glucosa anhidra o glucosa 13.5 g
Cloruro de potasio 1.5 g Cloruro de sodio 2.6 g
Citrato trisódico dihidratado 2.9 g Envase con
20.5 g | Sin descripción complementaria
2.8200
600.00
1,692.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Enalapril. Cápsula o tableta. Cada cápsula o
tableta contiene: Maleato de enalapril 10 mg.
Envase con 30 cápsulas o tabletas. | Sin
descripción complementaria
5.3500
200.00
1,070.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Eritromicina.
Suspensión
Oral
Cada
5
ml
contienen: Estearato o etilsuccinato o estolato de
eritromicina equivalente a 250 mg de eritromicina.
Envase con polvo para 100 ml y dosificador. | Sin
descripción complementaria
37.0000
150.00
5,550.00
138
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Eritromicina.
Suspensión
Oral
Cada
5
ml
contienen: Estearato o etilsuccinato o estolato de
eritromicina equivalente a 250 mg de eritromicina.
Envase con polvo para 100 ml y dosificador. | Sin
descripción complementaria
39.8200
100.00
3,982.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Glibenclamida. Tableta Cada tableta contiene:
Glibenclamida 5 mg. Envase con 50 tabletas. |
Sin descripción complementaria
3.5000
200.00
700.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Isosorbida. Tableta sublingual Cada Tableta
contiene: Dinitrato de isosorbida 5 mg Envase
con 20 Tabletas sublinguales. | Sin descripción
complementaria
83.0000
50.00
4,150.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Itraconazol. Cápsula Cada Cápsula contiene:
Itraconazol 100 mg Envase con 15 Cápsulas. |
Sin descripción complementaria
37.2400
150.00
5,586.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Jeringas . De plástico. Desechables, con aguja
retractable. Capacidad: 3 ml. Calibre: 21 G x
Longitud: 38 mm. Envase con 100 Piezas. |
Jeringas para inyectar de 3 ml
341.4900
6.00
2,048.94
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Jeringas.
Para
extraer
sangre
o
inyectar
sustancias, con pivote tipo luer lock, de
polipropileno, volumen de 5 ml y aguja calibre 21
G y 32 mm de longitud. Estéril. Envase con 100
piezas. | Sin descripción complementaria
124.0000
1.00
124.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Jeringas.
Para
extraer
sangre
o
inyectar
sustancias, con pivote tipo luer lock, de
polipropileno, volumen de 5 ml y aguja calibre 21
G y 32 mm de longitud. Estéril. Envase con 100
piezas. | Sin descripción complementaria
130.0000
1.00
130.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metamizol sodico. Comprimido cada comprimido
contiene: metamizol sódico 500 mg. envase con
10
comprimidos.
|
Sin
descripción
complementaria
4.9400
100.00
494.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metformina. Tableta Cada Tableta contiene:
Clorhidrato de metformina 850 mg Envase con 30
Tabletas. | Sin descripción complementaria
7.4600
200.00
1,492.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metoclopramida. Tableta Cada Tableta contiene:
Clorhidrato de metoclopramida 10 mg Envase
con
20
Tabletas.
|
Sin
descripción
complementaria
4.2800
150.00
642.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
139
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metoclopramida. Tableta Cada Tableta contiene:
Clorhidrato de metoclopramida 10 mg Envase
con
20
Tabletas.
|
Sin
descripción
complementaria
4.6000
100.00
460.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metoprolol. Tableta Cada Tableta contiene:
Tartrato de metoprolol 100 mg Envase con 20
Tabletas. | Sin descripción complementaria
6.0000
20.00
120.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metoprolol. Tableta Cada Tableta contiene:
Tartrato de metoprolol 100 mg Envase con 20
Tabletas. | Sin descripción complementaria
6.3500
30.00
190.50
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metronidazol. Suspensión Oral Cada 5 ml
contienen: Benzoilo de metronidazol equivalente
a 250 mg de metronidazol. Envase con 120 ml y
dosificador. | Sin descripción complementaria
12.0000
90.00
1,080.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metronidazol. Suspensión Oral Cada 5 ml
contienen: Benzoilo de metronidazol equivalente
a 250 mg de metronidazol. Envase con 120 ml y
dosificador. | Sin descripción complementaria
12.5000
60.00
750.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metronidazol. Tableta Cada Tableta contiene:
Metronidazol 500 mg Envase con 30 Tabletas. |
Sin descripción complementaria
12.0000
90.00
1,080.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Metronidazol. Tableta Cada Tableta contiene:
Metronidazol 500 mg Envase con 30 Tabletas. |
Sin descripción complementaria
12.5000
60.00
750.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Miconazol. Crema Cada gramo contiene: Nitrato
de miconazol 20 mg Envase con 20 g. | Sin
descripción complementaria
5.8000
300.00
1,740.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Miconazol. Crema Cada gramo contiene: Nitrato
de miconazol 20 mg Envase con 20 g. | Sin
descripción complementaria
5.8500
200.00
1,170.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Nafazolina. Solución Oftálmica Cada ml contiene:
Clorhidrato de Nafazolina 1 mg Envase con
gotero integral con 15 ml. | Sin descripción
complementaria
5.0000
1000.00
5,000.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Naproxeno. Tableta Cada Tableta contiene:
Naproxeno 250 mg Envase con 30 Tabletas. | Sin
descripción complementaria
10.3700
250.00
2,592.50
140
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Neomicina, polimixina b y gramicidina. Solución
Oftálmica
Cada
ml
contiene:
Sulfato
de
Neomicina equivalente a 1.75 mg de Neomicina.
Sulfato de Polimixina B equivalente a 5 000 U de
Polimixina B. Gramicidina 25 µg Envase con
gotero integral con 15 ml. | Sin descripción
complementaria
29.9000
500.00
14,950.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Óxido de zinc. Pasta Cada 100 g contienen:
Óxido de zinc 25. 0 g Envase con 30 g. | Sin
descripción complementaria
8.5000
500.00
4,250.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Pantoprazol o rabeprazol u omeprazol. Tableta o
Gragea o Cápsula Cada Tableta o Gragea o
Cápsula
contiene:
Pantoprazol
40
mg
o
Rabeprazol sódico 20 mg u omeprazol 20 mg
Envase con 14 Tabletas o Grageas o Cápsulas |
Sin descripción complementaria
9.0000
250.00
2,250.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Paracetamol. Solución oral cada ml contiene:
paracetamol 100 mg. envase con 15 ml, gotero
calibrado a 0.5 y 1 ml, integrado o adjunto al
envase que sirve de tapa. | Sin descripción
complementaria
7.6500
750.00
5,737.50
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Paracetamol. Tableta cada tableta contiene:
paracetamol 500 mg. envase con 10 tabletas. |
Sin descripción complementaria
2.9300
600.00
1,758.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Paracetamol. Tableta cada tableta contiene:
paracetamol 500 mg. envase con 10 tabletas. |
Sin descripción complementaria
3.0000
400.00
1,200.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Salbutamol. Jarabe Cada 5 ml contienen: Sulfato
de salbutamol equivalente a 2 mg de salbutamol
Envase
con
60
ml.
|
Sin
descripción
complementaria
5.2000
25.00
130.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Salbutamol.
Suspensión
en
aerosol.
Cada
inhalador contiene: Salbutamol 20 mg o Sulfato
de salbutamol equivalente a 20 mg de salbutamol
Envase con inhalador con 200 dosis de 100 µg. |
Sin descripción complementaria
26.5000
25.00
662.50
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
141
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Trimetoprima-sulfametoxazol.
Comprimido
o
Tableta Cada Comprimido o Tableta contiene:
Trimetoprima 80 mg Sulfametoxazol 400 mg
Envase con 20 Comprimidos o Tabletas. | Sin
descripción complementaria
8.5000
150.00
1,275.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Trimetoprima-sulfametoxazol.
Comprimido
o
Tableta Cada Comprimido o Tableta contiene:
Trimetoprima 80 mg Sulfametoxazol 400 mg
Envase con 20 Comprimidos o Tabletas. | Sin
descripción complementaria
9.0000
100.00
900.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Trimetoprima-sulfametoxazol. Suspensión Oral
Cada 5 ml contienen: Trimetoprima 40 mg
Sulfametoxazol 200 mg Envase con 120 ml y
dosificador. | Sin descripción complementaria
9.0000
150.00
1,350.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Trimetoprima-sulfametoxazol. Suspensión Oral
Cada 5 ml contienen: Trimetoprima 40 mg
Sulfametoxazol 200 mg Envase con 120 ml y
dosificador. | Sin descripción complementaria
9.8000
100.00
980.00
TOTAL
10,185,651.04
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
Vacunación Universal
1
Vacunación Universal
1.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Vacuna Contra Difteria, Tos Ferina, Tetanos, Hepatitis
B, Poliomielitis Y Haemophilus Influenzae Tipo B.
Suspension Inyectable. Cada frasco ámpula con 0.5 ml
contiene: Toxoide diftérico no menos de 20 UI Toxoide
tetánico no menos de 40 UI Toxoide pertussis 25 µg
Hemaglutinina filamentosa 25 µg Poliovirus tipo 1
inactivado (Mahoney) 40 U Poliovirus tipo 2 inactivado
(MEF1) 8 U Poliovirus tipo 3 inactivado (Saukett) 32 U
Antígeno de superficie del virus de Hepatitis B 10 µg
Polisacárido capsular de Haemophilus influenzae tipo
b 12 µg Conjugado a la proteína tetánica 22-36 µg
Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis de 0.5 ml
cada uno. | Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis
de 0.5 ml cada uno. Clave 020.000.6135.00
3,293.9000
25770.00
84,883,803.00
142
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
1
Vacunación Universal
2.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Vacuna
Antiinfluenza
Tetravalente.
Suspensión
Inyectable. Cada dosis de 0.5 ml contiene: Fracciones
antigénicas purificadas e inactivadas de virus de
influenza tipo A y de virus de influenza tipo B
correspondientes a las cepas autorizadas por la
Organización Mundial de la Salud (OMS) en el periodo
pre-invernal e invernal de los años correspondientes
del hemisferio norte. Caja con 10 frascos ámpula con 5
mL cada uno correspondientes a 10 dosis de 0.5mL
(100 dosis). | Caja con 10 frascos ámpula con 5 mL
cada uno correspondientes a 10 dosis de 0.5mL (100
dosis) Clave 020.000. 6317.01
8,157.0000
6769.00
55,214,733.00
1
Vacunación Universal
3.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola.
Suspensión Inyectable Cada dosis de 0.5 ml de
vacuna reconstituida contiene: Virus Atenuados del
sarampión cepa Edmonston- Zagreb (cultivados en
células diploides humanas) o cepa Enders o cepa
Schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de
pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 DICC50 o 1000 a 32000
DICC50 o 103 a 3.2 x 104 DICC50 Virus Atenuados de
la rubéola cepa Wistar RA 27/3 (cultivados en células
diploides humanas MRC-5 o WI-38) > 3.0 log10
DICC50 o >= 1000 DICC50 o >= 103 DICC50 Envase
con liofilizado para 10 dosis y diluyente. | Vacuna SR
Clave 020.000.3800.00 Presentación Envase con
liofilizado para 10 dosis y diluyente Precio de 638.6 de
acuerdo a presentación
638.6000
33300.00
21,265,380.00
1
Vacunación Universal
3.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Vacuna triple viral (srp ) contra sarampión, rubéola y
parotiditis. Solución Inyectable Cada dosis de 0.5 ml
de vacuna reconstituida contiene: Virus Atenuados de
sarampión de las cepas Edmonston-Zagreb (cultivados
en células diploides humanas) o Edmonston-Enders o
Schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de
pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 DICC50 o 1000 a 32000
DICC50 o 103 a 3.2 x 104 DICC50 Virus Atenuados de
rubéola cepa Wistar RA27/3 (cultivado en células
diploides humanas MRC-5 o WI-38) > 3.0 log10
DICC50 o > 1000 DICC50 o > 103 DICC50 Virus
Atenuados de la parotiditis de las cepas Rubini o
Leningrad-Zagreb o Jeryl Lynn o Urabe AM-9 o RIT
4385 (cultivados en huevo embrionario de gallina o en
122.6800
15120.00
1,854,921.60
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
143
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
células diploides humanas) > 3.7 log10 DICC50 o >
5000 DICC50 o > 5 x 103 DICC50 (> 4.3 log10
DICC50 o > 20000 DICC50 o > 2 x 104 para la cepa
Jeryl Lynn) Envase con frasco ámpula con liofilizado
para una dosis y diluyente. | Vacuna SRP Clave
020.000.3820.00 Presentación Envase con frasco
ámpula con liofilizado para una dosis y diluyente.
Precio 122.68 pesos de acuerdo a presentación
1
Vacunación Universal
4.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
VACUNA
DE
ARNm
CONTRA
COVID
–
19.
SOLUCION INYECTABLE Cada dosis de 0.3 mL
contiene: ARN mensajero (ARNm) que codifica la
proteína espicular (S) del SARS-CoV-2 que suscita la
respuesta
inmunológica
celular,
así
como
de
anticuerpos neutralizantes frente a las variantes del
COVID-19 recomendadas por la Organización Mundial
de la Salud (OMS) Cada frasco ámpula contiene: 6
dosis de 30 µg | Vacuna contra COVID-19 Clave
020.000.6506.01 Pfizer Cada frasco ámpula contiene:
6 dosis de 30 µg Precio 2,004.30 pesos de acuerdo a
presentación
2,004.3000
4950.00
9,921,285.00
1
Vacunación Universal
4.1.2.1
Ramo 12-Apoyo Federal
VACUNA
DE
ARNm
CONTRA
COVID
–
19.
SUSPENSIÓN INYECTABLE Vial multidosis 0.1 mg/ml
suspensión inyectable Cada dosis (0.5 mL) contiene:
Andusomerán 50 mcg Vehículo cbp 0.5 mL Caja de
cartón con 10 frascos ámpula multidosis con 2.5 mL.
Cada frasco ámpula contiene: 5 dosis de 50 mcg / 0.5
mL. | Vacuna COVID-19, Moderna, 020.000.6502.00,
Caja de cartón con 10 frascos ámpula multidosis con
2.5 mL. Cada frasco ámpula contiene: 5 dosis de 50
mcg
/
0.5
mL,
Precio
13,130.39
pesos
por
presentación
13,130.3900
3000.00
39,391,170.00
2
Atención a la Salud de la Adolescencia
2
Atención a la Salud de
la Adolescencia
1.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de
informacion en general para difusion | Rotafolio de
recomendaciones para la atención de la nutrición en la
adolescencia
70.1684
855.00
59,993.98
2
Atención a la Salud de
la Adolescencia
1.1.1.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de
informacion en general para difusion | Cuadernillo de
alimentación saludable
46.2492
152.00
7,029.88
144
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
3
Atención a la Salud en la Infancia
3
Atención a la Salud en
la Infancia
1.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Material didactico para manualidades escolares | Kit
Desarrollo de habilidades
1,106.9648
190.00
210,323.31
3
Atención a la Salud en
la Infancia
1.1.1.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Material didactico para manualidades escolares | Kit
Juega y aprende
795.5744
190.00
151,159.14
3
Atención a la Salud en
la Infancia
1.1.1.3
Ramo 12-Apoyo Federal
Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de
informacion en general para difusion | Manual para la
aplicación de la prueba EDI
115.2228
1574.00
181,360.69
4
Cáncer de infancia y adolescencia
4
Cáncer de infancia y
adolescencia
1.1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de
informacion en general para difusion | Cedúla de
detección de signos y sintomas de sospechas de
cáncer
34.3708
7500.00
257,781.00
4
Cáncer de infancia y
adolescencia
2.2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de
informacion en general para difusion | Tríptico
informativo
1.5544
500.00
777.20
4
Cáncer de infancia y
adolescencia
2.2.1.2
Ramo 12-Apoyo Federal
Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de
informacion en general para difusion | Cartel
informativo
5.0808
500.00
2,540.40
TOTAL
213,402,258.20
GRAN TOTAL (PESOS)
405,446,665.63
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas:
SIN CAMBIOS
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
Programa: VIH y otras ITS
Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo:
SIN CAMBIOS
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o
servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas,
SIAFFASPE.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
145
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.1
Comunidades
y
municipios
1.1.1.1
Proceso
Número
de
Red
Estatal
de
Municipios por la Salud instalada
Número de Red Estatal de
Municipios por la Salud
Mide el número de Redes Estatales de
Municipios por la Salud
25.00
1.00
1.1
Comunidades
y
municipios
2.1.1.1
Proceso
Número
municipios
que
implementaron un programa de
trabajo
con
acciones
intersectoriales y de salud pública
en el año
Número total de municipios en
el año t
Mide el porcentaje de municipios que
están implementando un Programa de
Trabajo con acciones intersectoriales y
de salud pública para incidir en los
principales problemas de salud a nivel
local.
647.00
33.00
1.1
Comunidades
y
municipios
2.1.1.2
Proceso
Número
municipios
que
implementaron un programa de
trabajo
con
acciones
intersectoriales y de salud pública
en el año
Número total de municipios en
el año t
Mide el porcentaje de municipios que
están implementando un Programa de
Trabajo con acciones intersectoriales y
de salud pública para incidir en los
principales problemas de salud a nivel
local.
647.00
33.00
1.1
Comunidades
y
municipios
2.1.1.4
Proceso
Número
municipios
que
implementaron un programa de
trabajo
con
acciones
intersectoriales y de salud pública
en el año
Número total de municipios en
el año t
Mide el porcentaje de municipios que
están implementando un Programa de
Trabajo con acciones intersectoriales y
de salud pública para incidir en los
principales problemas de salud a nivel
local.
647.00
33.00
1.1
Comunidades
y
municipios
3.2.1.1
Resultado
Número de comunidades de 500 a
2500 habitantes certificadas como
saludables y en caso de prioridad
de salud pública en localidades
urbanas
Número
de
comunidades
programadas de 500 a 2500
habitantes
certificadas
como
saludables
y
en
caso
de
prioridad de salud pública en
localidades urbanas
Mide el número de comunidades que
lograron certificación mediante el trabajo
participativo de los integrantes de ésta
(Personas, familias, instituciones, OSC)
para mejorar su salud a través del control
de los determinantes sociales de la
salud.
433.00
21.00
1.1
Comunidades
y
municipios
4.1.1.1
Resultado
Número
de
Jurisdicciones
Sanitarias o Distritos de salud que
realizarn Jornadas Nacionales de
Salud Pública
Número
de
Jurisdicciones
Sanitarias o Distritos de Salud
con
Jornadas
Naciones
de
Salud Pública programadas
Mide el número de Jornadad Nacionales
de Salud Pública por Jurisdicción o
Distrito que realizan acciones de salud
pública.
242.00
8.00
1.1
Comunidades
y
municipios
6.1.1.1
Proceso
Número
de
municipios
con
autoridades
municipales
sensibilizadas
en
la
implementación
de
proyectos
municipales de salud pública en el
Número total de municipios en
el año t
Mide el porcentaje de municipios con
autoridades
sensibilizadas
en
la
implementación
de
proyectos
con
acciones intersectoriales y de salud
pública que incidan en los principales
647.00
33.00
146
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
año
problemas de salud a nivel local.
1.2
Estilos
de
vida
saludables
1.1.1.1
Resultado
Escuelas
certificadas
como
promotoras
de
la
salud
de
educación básica y media superior
Total
de
escuelas
a
nivel
nacional de educación básica y
media superior
Mide
la
propoción
de
escuelas
certificadas como promotoras de la salud
con respecto a la totalidad de escuelas
de educación básica y media superior
20.00
20.00
1.2
Estilos
de
vida
saludables
2.2.1.1
Resultado
Entornos
laborales
certificados
como saludables
Entornos
laborales
programados para certificar
Mide la propoción de entornos laborales
certificados como saludables
90.00
90.00
1.2
Estilos
de
vida
saludables
3.3.1.1
Resultado
Estrategias
educativas
para
promover
estilos
de
vida
saludables realizadas.
Estrategias
educativas
para
promover
estilos
de
vida
saludables programadas
Mide
la
proporción
de
estrategias
educativas realizadas para el fomento de
estilos de vida saludables
100.00
100.00
1.3
Indígenas
1.3.1.1
Resultado
Número de Ferias de promoción
de la salud para indígenas que
cumplen
los
criterios
de
interculturalidad realizadas
No aplica
Se realizan Ferias de promoción de la
salud dirigida a la población indígena
100.00
6.00
1.4
Mer. Soc. Salud. - Lab.
Com. Ries.
1.2.1.2
Proceso
Número
de
estrategias
de
comunicación
bidireccional
desarrolladas
Total
de
estrategias
de
comunicación
bidireccional
programadas
El indicador mide el porcentaje de
estrategias de comunicación bidireccional
(envío de mensajes SMS, chatbots, etc.),
para fomentar estilos de vida saludables
en grupos específicos de la población.
32.00
1.00
1.4
Mer. Soc. Salud. - Lab.
Com. Ries.
1.3.1.2
Proceso
Número de campañas en temas
de salud pública implementadas
en medios, digitales., , ,
Total de campañas en temas de
salud pública implementadas en
medios digitales programadas
*100
El indicador mide el porcentaje de
campañas en temas de salud pública,
difundidas a través de medios digitales
como
Facebook,
Twitter,
Instagram,
Youtube, páginas web, entre otros.
56.00
2.00
1.5
Personas en Movilidad
1.1.1.1
Proceso
Número
de
albergues
para
población
migrante
validados
como promotores de la salud
Número
de
albergues
para
población migrante validados
como promotores de la salud
Número de albergues para población
migrante validados como promotores de
la salud
53.00
2.00
1.5
Personas en Movilidad
1.2.1.1
Resultado
Número de ferias de promoción de
salud para población migrante
realizadas
Número de ferias de promoción
de
salud
para
población
migrante
Número de ferias de promoción de salud
para población migrante
228.00
20.00
1.6
SNSP
1.1.1.1
Resultado
Escuelas
certificadas
como
promotoras
de
la
salud
de
educación básica y media superior
Total
de
escuelas
a
nivel
nacional de educación básica y
media superior
Mide
la
propoción
de
escuelas
certificadas como promotoras de la salud
con respecto a la totalidad de escuelas
de educación básica y media superior
20.00
20.00
1.6
SNSP
2.2.1.1
Resultado
Entornos
laborales
certificados
como saludables
Entornos
laborales
programados para certificar
Mide la propoción de entornos laborales
certificados como saludables
90.00
90.00
1.6
SNSP
3.3.1.1
Resultado
Estrategias
educativas
para
promover
estilos
de
vida
saludables realizadas.
Estrategias
educativas
para
promover
estilos
de
vida
saludables programadas
Mide
la
proporción
de
estrategias
educativas realizadas para el fomento de
estilos de vida saludables
100.00
100.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
147
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.7
Desnutrición Aguda
7.1.1.1
Resultado
Número de NN con DAM y DAG
que reciben tratamiento con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN con DAM y
DAG con tratamiento con ATLC
100.00
100.00
1.7
Desnutrición Aguda
7.1.1.2
Resultado
Número de NN con DAM y DAG
que reciben tratamiento con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN con DAM y
DAG con tratamiento con ATLC
100.00
100.00
1.7
Desnutrición Aguda
7.1.1.3
Resultado
Número de NN con DAM y DAG
que reciben tratamiento con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN con DAM y
DAG con tratamiento con ATLC
100.00
100.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
1.1
Seguridad Vial
2.1.1.1
Resultado
Auditorias
de
seguridad
vial
realizadas
en
las
entidades
federativas
Total de auditorias de seguridad
vial realizadas / auditorias de
seguridad vial programadas x
100
Realización de auditorias de seguridad
vial
en
lugares
donde
ocurrieron
siniestros viales o en lugares riesgosos
antes de de que sucedan.
1.00
3.00
1.1
Seguridad Vial
4.4.2.1
Proceso
Número
de
campañas
de
comunicación de seguridad vial
realizadas en la entidad
Número
de
campañas
de
comunicación de seguridad vial
programadas en la entidad) x
100
Mide el porcentaje de campañas de
comunicación para la prevención de
lesiones accidentales realizadas en las
entidades federativas.
1.00
1.00
1.1
Seguridad Vial
5.2.1.1
Proceso
Número de municipios prioritarios
que
aplican
controles
de
alcoholimetría
Total de municipios prioritarios
por 100
Municipios
prioritarios
que
aplican
controles de alcoholimetría
1.00
11.00
1.1
Seguridad Vial
6.2.1.1
Resultado
Número
de
personas
sensibilizadas en seguridad vial
del grupo de edad de = 5 años
que ha recibido información para
la
prevención
de
lesiones
causadas por el tránsito
Total de población por entidad
federativa del grupo de edad de
= 5 años) x 100
Cobertura de personas sensibilizadas
para la identificación de factores de
riesgos y la adopción de conductas
seguras para la prevención de lesiones
causadas por el tránsito
1.00
1.30
1.2
PA
en
Grupos
Vulnerables
3.2.1.1
Resultado
Número de cursos de capacitación
sobre prevención y manejo de
lesiones accidentales realizados
Número
de
cursos
de
capacitación sobre prevención y
manejo
de
lesiones
accidentales programados) x
100
Las entidades federativas coordinaran la
realización de cursos de capacitación
dirigidos a profesionales vinculados con
la prevención y manejo de lesiones
accidentales para contribuir a disminuir
los daños a la salud ocasionados por
estas causas.
100.00
1.00
148
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.2
PA
en
Grupos
Vulnerables
4.1.1.1
Resultado
Número
de
acciones
de
sensibilización sobre prevención
de
lesiones
accidentales
realizadas.
Número
de
acciones
de
sensibilización
sobre
prevención
de
lesiones
accidentales programados) x
100
Las
entidades
federativas
realizarán
acciones de sensibilización de acuerdo al
grupo de edad de pertenencia, con la
finalidad de que puedan identificar los
principales factores de riesgo para la
ocurrencia de lesiones accidentales.
100.00
3.00
1.2
PA
en
Grupos
Vulnerables
4.3.1.1
Proceso
Número
de
campañas
de
comunicación
de
lesiones
accidentales
realizadas
en
la
entidad
Número
de
campañas
de
comunicación
de
lesiones
accidentales programadas en la
entidad) x 100
Mide el número de entidades federativas
que difunden, a través de diferentes
medios de comunicación, acciones de
prevención
de
lesiones
accidentales
(ahogamientos,
asfixias,
cardas,
envenenamientos
e
intoxicaciones
y
quemaduras).
100.00
1.00
1.3
Mod.
Aten.
Méd.
Prehos.
1.1.1.1
Resultado
Número de cursos de capacitación
para
primeros
respondientes
realizados
Número
de
cursos
de
capacitación
para
primeros
respondientes programados) x
100
El Secretariado Técnico del Consejo
Nacional
para
la
Prevención
de
Accidentes por medio de los COEPRAS
realizan las intervenciones sobre la
capacitación a primero respondientes
dentro de las entidades obteniendo las
evidencias necesarias para su validación.
1.00
1.00
1.3
Mod.
Aten.
Méd.
Prehos.
2.2.1.1
Resultado
Implementación del Sistema de
comunicación de misión critica
para el fortalecimiento de los
CRUM funcionales
Total de estados federales por
100
Sistema de Radio Comunicación de
Emergencias
que
permita
tener
compatibilidad con otras dependencias
de salud y dependencias de emergencias
del país para establecer comunicación en
la operatividad diaria, ante contingencias
incidentes con saldo masivo de víctimas
o desastres.
1.00
1.00
1.4
Movilidad Activa
4.1.1.1
Resultado
Número
de
acciones
de
sensibilización sobre promoción
de la movilidad activa
Número
de
acciones
de
sensibilización sobre promoción
de la movilidad activa) x 100
Las
entidades
federativas
realizarán
acciones de sensibilización a servidores
públicos de nivel estatal o muncipal que
cuenten con atribuciones para formar
parte de un equipo interdisciplinario
encargado
de
implementar
vías
recreativas.
1.00
1.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
149
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Vigilancia Epidemiológica
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.1.1
Proceso
Número
de
indicadores
de
oportunidad de subsistemas del
SINAVE que mostraron mejoría
respecto al año previo
Numero
de
indicadores
de
oportunidad de los subsistemas
del SINAVE que se evaluaron
Evaluar la oportunidad en la notificación
de
casos
sujetos
a
vigilancia
epidemiológica por el SINAVE
100.00
100.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.2.1
Proceso
Número de boletínes, informes y
panoramas publicados en el año
Número de boletínes, informes
y panoramas programados para
ser publicados en el año
Proporcionar información en salud que
permita tomar decisiones para el control
y la prevención de las enfermedades que
se vigilan
100.00
100.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.3.1
Proceso
Numero
de
Jurisdicciones
Programadas por cada Entidad
para ser Supervisadas durante el
año
Numero
de
Jurisdicciones
Programadas por cada Entidad
para ser Supervisadas durante
el año
Verificar la aplicación de los procesos de
vigilancia epidemiológica en todos los
niveles
técnico-administrativos
del
SINAVE
100.00
100.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.4.1
Proceso
Número
de
funciones
comprobadas que realiza la UIES
estatal
Número de funciones que debe
realizar la UIES estatal según el
lineamiento federal
Constatar que las UIES operan de
manera integral según el lineamiento
federal
100.00
100.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.5.1
Proceso
Número
de
funciones
comprobadas que realizan los
Servicios de Sanidad Internacional
en la Entidad
Número
de
funciones
que
deben realizar los Servicios de
Sanidad Internacional en la
entidad, según el lineamiento
federal.
Constatar que los Servicios de Sanidad
Internacional operan de manera integral y
coordinada según el lineamiento federal
100.00
100.00
2
Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
2
Vigilancia
en
Salud
Pública por Laboratorio
1.1.2.1
Proceso
Índice de desempeño alcanzado
por el LESP
Índice de desempeño máximo
esperado por el LESP
Identificar áreas de oportunidad en la
operación de los Laboratorios Estatales
de Salud Pública para tomar acciones
que conlleven, a la mejora a través de los
indicadores
de
concordancia,
cumplimiento,
desempeño
técnico
y
competencia técnica. El reto es mantener
o incrementar el índice de desempeño
nacional año con año.
100.00
100.00
2
Vigilancia
en
Salud
Pública por Laboratorio
1.1.2.2
Proceso
Índice de desempeño alcanzado
por el LESP
Índice de desempeño máximo
esperado por el LESP
Identificar áreas de oportunidad en la
operación de los Laboratorios Estatales
de Salud Pública para tomar acciones
que conlleven, a la mejora a través de los
indicadores
de
concordancia,
cumplimiento,
desempeño
técnico
y
competencia técnica. El reto es mantener
o incrementar el índice de desempeño
nacional año con año.
100.00
100.00
150
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
VIH y otras ITS
1
VIH y otras ITS
1.2.1.2
Proceso
Personas usuarias sin seguridad
social que recibieron PrEP al
menos una vez al año
Personas
usuarias
sin
seguridad social programadas
para recibir PrEP al menos una
vez al año
Mide la proporción de personas usuarias
sin seguridad social que recibieron PrEP,
al menos una vez al año, respecto de las
personas usuarias programadas, las
cuales reciben paquetes integrales de
prevención combinada, entre los que se
encuentran condones y lubricantes
100.00
100.00
1
VIH y otras ITS
11.6.1.1
Resultado
Detecciones de sífilis en personas
sin
seguridad
social
en
tratamiento antirretroviral, en el
año.
Personas sin seguridad social,
de 15 a 60 años que se
encuentran
en
tratamiento
antirretroviral, en el año.
Mide el número de detecciones de sífilis
realizadas por personas sin seguridad
social en tratamiento antirretroviral, de 15
a 60 años en el año.
0.90
0.90
1
VIH y otras ITS
3.10.1.2
Resultado
Personas viviendo con VIH sin
seguridad
social
que
se
incorporan/reincorporan
a
la
atención cuyo primer recuento de
linfocitos CD4 es menor a 200
células/µl.
Personas viviendo con VIH sin
seguridad
social
incorporadas/reincorporadas
a
la atención que tuvieron su
primer recuento de linfocitos
CD4 en el periodo.
Es la proporción de personas viviendo
con VIH sin seguridad social que se
incorporan/reincorporan a la atención con
un recuento de linfocitos CD4 menor a
200 células/µl, con respecto al total de
las personas viviendo con VIH sin
seguridad
social
incorporadas/reincorporadas
a
la
atención en el año.
100.00
100.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1.2
Proceso
Personal de salud contratado por
Ramo
12
para
apoyo
del
Programa de VIH e ITS, que
aprobaron
los
cursos
seleccionados.
Personal de salud contratado
por Ramo 12 para apoyo del
Programa de VIH e ITS.
Se refiere a la proporción de personal de
salud contratados por Ramo 12 para
apoyo del Programa de VIH e ITS, que
aprobaron los cursos seleccionados*, con
respecto
al
personal
de
salud
contratados por Ramo 12, para apoyo del
Programa de VIH e ITS.
100.00
100.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.1
Proceso
Personas sin seguridad social que
comenzaron a recibir tratamiento
antirretroviral.
Personas sin seguridad social
que se vincularon a la atención
de VIH.
Se refiere a la proporción de personas
sin seguridad social que comenzaron a
recibir tratamiento antirretroviral, respecto
de las personas sin seguridad social, que
se vincularon a la atención del VIH en el
año.
95.00
95.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1.5
Proceso
Personas sin seguridad social que
comenzaron a recibir tratamiento
antirretroviral.
Personas sin seguridad social
que se vincularon a la atención
de VIH.
Se refiere a la proporción de personas
sin seguridad social que comenzaron a
recibir tratamiento antirretroviral, respecto
de las personas sin seguridad social, que
se vincularon a la atención del VIH en el
año.
95.00
95.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
151
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
2
Virus de Hepatitis C
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.2
Proceso
Personas sin seguridad social,
diagnosticadas con VHC (con
carga viral positiva) que estan en
tratamiento antiviral.
Número
de
personas
sin
seguridad social, con carga viral
positiva a VHC en el periodo en
cuestión
Se refiere a la proporción de personas
sin
seguridad
social,
que
reciben
tratamiento antiviral, respecto de las
personas sin seguridad social, que han
sido diagnosticadas con VHC en el
periodo.
90.00
90.00
2
Virus de Hepatitis C
3.6.1.3
Proceso
Personas sin seguridad social,
diagnosticadas con VHC (con
carga viral positiva) que estan en
tratamiento antiviral.
Número
de
personas
sin
seguridad social, con carga viral
positiva a VHC en el periodo en
cuestión
Se refiere a la proporción de personas
sin
seguridad
social,
que
reciben
tratamiento antiviral, respecto de las
personas sin seguridad social, que han
sido diagnosticadas con VHC en el
periodo.
90.00
90.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Salud Sexual y Reproductiva
1.1
SSR para Adolescentes
1.1.1.1
Proceso
Total de campañas y estrategias
de
IEC
realizadas
para
la
adecuada
difusión
de
los
derechos
sexuales
y
reproductivos.
N/A
Se refiere a las campañas realizadas con
el objetivo de difundir los derechos
sexuales y reproductivos.
64.00
2.00
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1.1
Proceso
Material impreso distribuido a los
SESA
Material impreso programado
Material de información , educación y
comunicación (IEC) para adolescentes
222450.00
10000.00
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1.2
Proceso
Material impreso distribuido a los
SESA
Material impreso programado
Material de información , educación y
comunicación (IEC) para adolescentes
222450.00
10000.00
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1.3
Proceso
Material impreso distribuido a los
SESA
Material impreso programado
Material de información , educación y
comunicación (IEC) para adolescentes
222450.00
10000.00
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1.4
Proceso
Material impreso distribuido a los
SESA
Material impreso programado
Material de información , educación y
comunicación (IEC) para adolescentes
222450.00
10000.00
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1.5
Proceso
Material impreso distribuido a los
SESA
Material impreso programado
Material de información , educación y
comunicación (IEC) para adolescentes
222450.00
10000.00
1.1
SSR para Adolescentes
2.1.1.1
Proceso
Total de supervisiones realizadas
NA
Se refiere a las visitas de supervisión
realizadas durante el año
177.00
6.00
152
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.1
SSR para Adolescentes
2.2.1.1
Resultado
Mujeres
adolescentes
que
aceptan un método anticonceptivo
de
larga
duración,
otorgado
inmediato al evento obstétrico
Mujeres
adolescentes
con
evento obstétrico
Porcentaje de mujeres adolescentes de
15 a 19 años que posterior a algún
evento obstétrico, aceptan un método
anticonceptivo
de
larga
duración,
excepto condón.
80.00
80.67
1.1
SSR para Adolescentes
2.2.1.2
Resultado
Mujeres
adolescentes
que
aceptan un método anticonceptivo
de
larga
duración,
otorgado
inmediato al evento obstétrico
Mujeres
adolescentes
con
evento obstétrico
Porcentaje de mujeres adolescentes de
15 a 19 años que posterior a algún
evento obstétrico, aceptan un método
anticonceptivo
de
larga
duración,
excepto condón.
80.00
80.67
1.1
SSR para Adolescentes
2.5.3.1
Proceso
Número
de
kits
de
gestión
menstrual
adquiridos
para
adolescentes de bachillerato.
No aplica
Mide el porcentaje de kits de gestión
menstrual adquiridos para su posterior
distribución a adolescentes inscritas en
educación de nivel bachillerato.
490832.00
11118.00
1.2
PF y Anticoncepción
1.1.1.1
Resultado
Número de usuarias activas de
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en la
Secretaría de Salud
Total
de
usuarias
activas
programadas
de
métodos
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Corresponde al número de usuarias
activas de métodos anticonceptivos en la
Secretaria de Salud, registradas en
consulta externa durante el año (no
incluye oclusiones tubarias bilaterales ni
vasectomías)
4551462.00
107730.00
1.2
PF y Anticoncepción
2.1.1.1
Resultado
Número de usuarias activas de
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en la
Secretaría de Salud
Total
de
usuarias
activas
programadas
de
métodos
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Corresponde al número de usuarias
activas de métodos anticonceptivos en la
Secretaria de Salud, registradas en
consulta externa durante el año (no
incluye oclusiones tubarias bilaterales ni
vasectomías)
4551462.00
107730.00
1.2
PF y Anticoncepción
2.1.1.2
Resultado
Número de usuarias activas de
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en la
Secretaría de Salud
Total
de
usuarias
activas
programadas
de
métodos
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Corresponde al número de usuarias
activas de métodos anticonceptivos en la
Secretaria de Salud, registradas en
consulta externa durante el año (no
incluye oclusiones tubarias bilaterales ni
vasectomías)
4551462.00
107730.00
1.2
PF y Anticoncepción
2.2.1.1
Resultado
Número de usuarias activas de
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en la
Secretaría de Salud
Total
de
usuarias
activas
programadas
de
métodos
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Corresponde al número de usuarias
activas de métodos anticonceptivos en la
Secretaria de Salud, registradas en
consulta externa durante el año (no
incluye oclusiones tubarias bilaterales ni
vasectomías)
4551462.00
107730.00
1.2
PF y Anticoncepción
2.3.1.1
Proceso
Número de visitas de supervisión
realizadas a lasunidades médicas,
almacenes
y
jurisdicciones
sanitarias
Total de visitas de supervisón
programadas
Supervisiones realizadas a unidades
médicas,
almacenes
estatales
y
jurisdiccionales para el seguimiento del
componente de planificación familiar y
anticoncepción
1416.00
48.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
153
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.2
PF y Anticoncepción
2.7.1.1
Resultado
Vasectomías realizadas
Total
de
vasectomías
programadas
Número de vasectomías realizadas a
hombres
con
paridad
satisfecha,
responsabilidad de la Secretaría de
Salud,
48896.00
598.00
1.2
PF y Anticoncepción
3.5.5.1
Resultado
Vasectomías realizadas
Total
de
vasectomías
programadas
Número de vasectomías realizadas a
hombres
con
paridad
satisfecha,
responsabilidad de la Secretaría de
Salud,
48896.00
598.00
1.3
Salud Materna
1.3.1.1
Proceso
Total
de
impresiones
del
Lineamiento
de
Intervenciones
Comunitarias
y
material
de
Partería tradicional entregados
Total
de
impresiones
del
Lineamiento de Intervenciones
Comunitarias
y
material
de
Partería tradicional
Impresión para publicaciones oficiales,
información en general y de difusión,
material didáctico y de promoción para
los componentes de Salud Materna
(Lineamiento
de
intervenciones
comunitarias y material de partería
tradicional)
600.00
39420.00
1.3
Salud Materna
2.2.1.1
Proceso
Campaña
nacional
en
radio
realizadas (Línea materna, signos
y
síntomas
de
alarma
en
embarazo y puerperio, depresión
en el embarazo y puerperio,
contingencias epidemiológicas en
el embarazo)
Campaña nacional en radio
programadas (Línea materna,
signos y síntomas de alarma en
embarazo
y
puerperio,
depresión en el embarazo y
puerperio,
contingencias
epidemiológicas
en
el
embarazo)
Campaña nacional en radio (Línea
materna, signos y síntomas de alarma en
embarazo y puerperio, depresión en el
embarazo y puerperio, contingencias
epidemiológicas en el embarazo)
1.00
95.00
1.3
Salud Materna
2.2.1.4
Proceso
Campaña
nacional
en
radio
realizadas (Línea materna, signos
y
síntomas
de
alarma
en
embarazo y puerperio, depresión
en el embarazo y puerperio,
contingencias epidemiológicas en
el embarazo)
Campaña nacional en radio
programadas (Línea materna,
signos y síntomas de alarma en
embarazo
y
puerperio,
depresión en el embarazo y
puerperio,
contingencias
epidemiológicas
en
el
embarazo)
Campaña nacional en radio (Línea
materna, signos y síntomas de alarma en
embarazo y puerperio, depresión en el
embarazo y puerperio, contingencias
epidemiológicas en el embarazo)
1.00
95.00
1.3
Salud Materna
2.2.1.5
Proceso
Campaña
nacional
en
radio
realizadas (Línea materna, signos
y
síntomas
de
alarma
en
embarazo y puerperio, depresión
en el embarazo y puerperio,
contingencias epidemiológicas en
el embarazo)
Campaña nacional en radio
programadas (Línea materna,
signos y síntomas de alarma en
embarazo
y
puerperio,
depresión en el embarazo y
puerperio,
contingencias
epidemiológicas
en
el
embarazo)
Campaña nacional en radio (Línea
materna, signos y síntomas de alarma en
embarazo y puerperio, depresión en el
embarazo y puerperio, contingencias
epidemiológicas en el embarazo)
1.00
95.00
154
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.3
Salud Materna
2.2.1.7
Proceso
Campaña
nacional
en
radio
realizadas (Línea materna, signos
y
síntomas
de
alarma
en
embarazo y puerperio, depresión
en el embarazo y puerperio,
contingencias epidemiológicas en
el embarazo)
Campaña nacional en radio
programadas (Línea materna,
signos y síntomas de alarma en
embarazo
y
puerperio,
depresión en el embarazo y
puerperio,
contingencias
epidemiológicas
en
el
embarazo)
Campaña nacional en radio (Línea
materna, signos y síntomas de alarma en
embarazo y puerperio, depresión en el
embarazo y puerperio, contingencias
epidemiológicas en el embarazo)
1.00
95.00
1.3
Salud Materna
2.2.1.8
Proceso
Campaña
nacional
en
radio
realizadas (Línea materna, signos
y
síntomas
de
alarma
en
embarazo y puerperio, depresión
en el embarazo y puerperio,
contingencias epidemiológicas en
el embarazo)
Campaña nacional en radio
programadas (Línea materna,
signos y síntomas de alarma en
embarazo
y
puerperio,
depresión en el embarazo y
puerperio,
contingencias
epidemiológicas
en
el
embarazo)
Campaña nacional en radio (Línea
materna, signos y síntomas de alarma en
embarazo y puerperio, depresión en el
embarazo y puerperio, contingencias
epidemiológicas en el embarazo)
1.00
95.00
1.3
Salud Materna
2.5.1.1
Proceso
Capacitaciones
realizadas
en
emergencias obstétricas
Capacitaciones programadas en
emergencias obstétricas *100
Capacitación integral para la capacidad
de respuesta para la Atención de
Emergencias Obstétricas
90.00
90.00
1.3
Salud Materna
2.5.1.2
Proceso
Capacitaciones
realizadas
en
emergencias obstétricas
Capacitaciones programadas en
emergencias obstétricas *100
Capacitación integral para la capacidad
de respuesta para la Atención de
Emergencias Obstétricas
90.00
90.00
1.3
Salud Materna
2.5.1.4
Proceso
Capacitaciones
realizadas
en
emergencias obstétricas
Capacitaciones programadas en
emergencias obstétricas *100
Capacitación integral para la capacidad
de respuesta para la Atención de
Emergencias Obstétricas
90.00
90.00
1.3
Salud Materna
3.1.1.1
Proceso
Capacitaciones
realizadas
en
impulsar la mejora continua de la
atención integral de la persona
gestante,
trabajo
de
parto
y
puerperio
desde
un
enfoque
centrado en la usuaria (Salas
LPR) mediante el cumplimiento de
la normatividad
Capacitaciones programadas en
impulsar la mejora continua de
la
atención
integral
de
la
persona gestante, trabajo de
parto y puerperio desde un
enfoque centrado en la usuaria
(Salas
LPR)
mediante
el
cumplimiento de la normatividad
Capacitación en impulsar la mejora
continua de la atención integral de la
persona gestante, trabajo de parto y
puerperio desde un enfoque centrado en
la usuaria (Salas LPR) mediante el
cumplimiento de la normatividad
90.00
90.00
1.4
Salud Perinatal
1.1.1.1
Proceso
Actividades de atención al recién
nacido que requieran traslado
realizadas
Actividades
de
atención
al
recién nacido que requieran
traslado programadas
actividades realizadas en relación a las
programadas que requieran traslado por
parte del personal del estado adscrito al
área de salud perinatal
100.00
100.00
1.4
Salud Perinatal
1.1.1.2
Proceso
Actividades de atención al recién
nacido que requieran traslado
realizadas
Actividades
de
atención
al
recién nacido que requieran
traslado programadas
actividades realizadas en relación a las
programadas que requieran traslado por
parte del personal del estado adscrito al
área de salud perinatal
100.00
100.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
155
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.4
Salud Perinatal
1.1.1.3
Proceso
Actividades de atención al recién
nacido que requieran traslado
realizadas
Actividades
de
atención
al
recién nacido que requieran
traslado programadas
actividades realizadas en relación a las
programadas que requieran traslado por
parte del personal del estado adscrito al
área de salud perinatal
100.00
100.00
1.4
Salud Perinatal
1.2.1.1
Proceso
mililitros de leche administrada en
neonatos y lactantes recolectada
en el Banco de Leche Humana
mililitros totales recolectados en
el Banco de Leche Humana
Niños y niñas beneficados de la leche
humana recolectada en los BLH
60.00
60.00
1.4
Salud Perinatal
1.3.1.1
Resultado
Cursos
de
lactancia
materna
realizados con fase practica
Cursos de lactancia materna
programados
Cursos realizados con enfoque en la
lactancia materna
100.00
100.00
1.4
Salud Perinatal
3.2.1.1
Proceso
Total de personas recién nacidas
con seguimiento de resultado
sospechoso
Total
de
personas
recién
nacidas
con
resultado
sospechoso x 100
Personal para seguimiento de los casos
sopechosos
de
tamiz
metabólico
neonatal
90.00
90.00
1.5
Aborto Seguro
1.1.1.1
Proceso
Número
de
estrategias
de
comunicación dirigidas al sector
para la difusión de la atención al
aborto seguro
Número
de
estrategias
de
comunicación dirigidas al sector
para la difusión de la atención al
aborto seguro que han sido
programadas por el CNEGSR
Número de estrategias de comunicación
dirigidas al sector para la difusión de la
atención al aborto seguro programadas
por el CNEGSR
32.00
1.00
1.5
Aborto Seguro
2.2.1.1
Proceso
Número
de
modelos
pélvicos
didácticos para la simulación y
entrenamiento en la técnica de
Aspiración Manual Endouterina
Número de modelos pélvicos
didácticos para la simulación y
entrenamiento en la técnica de
Aspiración Manual Endouterina
programados por el CNEGSR.
Número de modelos pélvicos didácticos
para la simulación y entrenamiento en la
técnica
de
Aspiración
Manual
Endouterina
programados
por
el
CNEGSR
128.00
4.00
1.5
Aborto Seguro
2.3.1.1
Proceso
Número de piezas de Mifepristona
distribuidas a las unidades de
salud para la atención del aborto
seguro en el primer trimestre de
gestación
Número
de
piezas
de
Mifepristona ministradas por el
CNEGSR
a
las
entidades
federativas para la atención del
aborto seguro en el primer
trimestre de gestación
Número de piezas de Mifepristona
ministradas por el CNEGSR a las
entidades
federativas
para
su
distribución en unidades de salud que
atienden abortos en primer trimestre de
gestación
3499.00
151.00
1.5
Aborto Seguro
2.3.2.1
Proceso
Número de piezas de Misoprostol
distribuidas a las unidades de
salud para la atención del aborto
seguro en el primer trimestre de
gestación
Número
de
piezas
de
Misoprostol ministradas por el
CNEGSR
a
las
entidades
federativas para la atención del
aborto seguro en el primer
trimestre de gestación
Número
de
piezas
de
Misoprostol
ministradas por el CNEGSR a las
entidades
federativas
para
su
distribución en unidades de salud que
atienden abortos en primer trimestre de
gestación
4629.00
199.00
1.5
Aborto Seguro
2.3.3.1
Proceso
Número de piezas de Jeringas de
AMEU distribuidas a las unidades
de salud para la atención del
aborto
seguro
en
el
primer
trimestre de gestación
Número de piezas de Jeringas
de AMEU ministradas por el
CNEGSR
a
las
entidades
federativas para la atención del
aborto seguro en el primer
trimestre de gestación
Número de piezas de Jeringas de AMEU
ministradas por el CNEGSR a las
entidades
federativas
para
su
distribución en unidades de salud que
atienden abortos en primer trimestre de
gestación
5657.00
243.00
156
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.5
Aborto Seguro
2.5.1.1
Proceso
Número de Curso/Taller Básico de
Atención Integral al Aborto Seguro
otrogados al personal de salud
Número de Curso/Taller Básico
de Atención Integral al Aborto
Seguro programados por el
CNEGSR
Número de Curso/Taller Básico de
Atención Integral al Aborto Seguro
otrogados al personal de salud, respecto
del número de curso/taller programadas
por el CNEGSR.
32.00
1.00
1.5
Aborto Seguro
2.5.2.1
Proceso
Número
de
Curso/Taller
Intermedio de Atención Integral al
Aborto
Seguro
otrogados
al
personal de salud
Número
de
Curso/Taller
Intermedio de Atención Integral
al Aborto Seguro programados
por el CNEGSR
Número de Curso/Taller Intermedio de
Atención Integral al Aborto Seguro
otrogados al personal de salud, respecto
del número de curso/tallerprogramadas
por el CNEGSR.
32.00
1.00
1.5
Aborto Seguro
2.5.3.1
Proceso
Número de Curso/Taller Avanzado
Especializado de Atención Integral
al Aborto Seguro otrogados al
personal de salud
Número
de
Curso/Taller
Especializado
de
Atención
Integral
al
Aborto
Seguro
programados por el CNEGSR
Número
de
Curso/Taller
Avanzado
Especializado de Atención Integral al
Aborto Seguro otrogado al personal de
salud,
respecto
del
número
de
curso/tallerprogramadas por el CNEGSR.
32.00
1.00
1.5
Aborto Seguro
2.5.4.1
Proceso
Número de personal de salud
trasladado
a
la
capacitación
centralizada de aborto seguro
Número de personal de salud
programado para trasladarse a
la capacitación centralizada de
aborto seguro programada por
el CNEGSR
Número de personal de salud que se
trasladará a la capacitación centralizada
de aborto seguro programada por el
CNEGSR
64.00
2.00
1.5
Aborto Seguro
2.5.5.1
Proceso
Número de personal de salud
trasladado a la "Reunión Nacional
Número de personal de salud
programado para trasladarse a
la
a
la
"Reunión
Nacional
programada por el CNEGSR
Número de personal de salud que se
trasladará para asistir a la "Reunión
Nacional programada por el CNEGSR
32.00
1.00
1.5
Aborto Seguro
3.4.1.1
Proceso
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente de
aborto seguro de manera intra e
intersectorial.
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente
de aborto seguro de manera
intra e intersectorial programas
por el CNEGSR.
Número
de
acciones
de
gestión
(coordinación, monitoreo, y capacitación)
del componente de aborto seguro de
manera intra e intersectorial programas
por el CNEGSR.
160.00
5.00
1.5
Aborto Seguro
3.4.1.2
Proceso
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente de
aborto seguro de manera intra e
intersectorial.
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente
de aborto seguro de manera
intra e intersectorial programas
por el CNEGSR.
Número
de
acciones
de
gestión
(coordinación, monitoreo, y capacitación)
del componente de aborto seguro de
manera intra e intersectorial programas
por el CNEGSR.
160.00
5.00
1.5
Aborto Seguro
3.4.1.3
Proceso
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente de
aborto seguro de manera intra e
intersectorial.
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente
de aborto seguro de manera
intra e intersectorial programas
por el CNEGSR.
Número
de
acciones
de
gestión
(coordinación, monitoreo, y capacitación)
del componente de aborto seguro de
manera intra e intersectorial programas
por el CNEGSR.
160.00
5.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
157
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.5
Aborto Seguro
3.4.1.4
Proceso
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente de
aborto seguro de manera intra e
intersectorial.
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente
de aborto seguro de manera
intra e intersectorial programas
por el CNEGSR.
Número
de
acciones
de
gestión
(coordinación, monitoreo, y capacitación)
del componente de aborto seguro de
manera intra e intersectorial programas
por el CNEGSR.
160.00
5.00
1.6
Violencia de Género
1.1.1.1
Proceso
Número
de
estrategias
de
comunicación para la prevención y
atención a la violencia sexual y
contra las mujeres implementadas
por las entidades federativas
Número
de
estrategias
de
comunicación
para
la
prevención y atención a la
violencia sexual y contra las
mujeres programadas para cada
estado por el CNEGSR.
Mide el número de estrategias de
comunicación para la prevención y
atención a la violencia sexual y contra las
mujeres
implementadas
por
las
entidades
federativas,
respecto
al
número de estrategias de comunicación
para la prevención y atención a la
violencia sexual y contra las mujeres
programadas para cada estado por el
CNEGSR.
32.00
1.00
1.6
Violencia de Género
2.1.1.1
Resultado
Número de personas que acuden
a las unidades de salud por
motivo de violación sexual, que
son
atendidas
durante
las
primeras 72 hrs desde ocurrido el
evento y a las que se les
otorgaron
medicamentos
antirretrovirales para disminuir el
riesgo de transmisión de VIH.
Número de personas atendidas
por motivo de violación sexual
en los servicios de salud.
Mide
el
porcentaje
de
personas
atendidas por violación sexual en los
servicios de salud, a las que se les
otorgaron
medicamentos
antirretrovirales, antes de las 72 hrs
posteriores al evento, para disminuir el
riesgo de infección por VIH, respecto del
total de personas atendidas por violación
sexual.
50.00
30.00
1.6
Violencia de Género
2.1.1.2
Resultado
Número de personas que acuden
a las unidades de salud por
motivo de violación sexual, que
son
atendidas
durante
las
primeras 72 hrs desde ocurrido el
evento y a las que se les
otorgaron
medicamentos
antirretrovirales para disminuir el
riesgo de transmisión de VIH.
Número de personas atendidas
por motivo de violación sexual
en los servicios de salud.
Mide
el
porcentaje
de
personas
atendidas por violación sexual en los
servicios de salud, a las que se les
otorgaron
medicamentos
antirretrovirales, antes de las 72 hrs
posteriores al evento, para disminuir el
riesgo de infección por VIH, respecto del
total de personas atendidas por violación
sexual.
50.00
30.00
1.6
Violencia de Género
2.2.1.1
Proceso
Taller
de
formación
sobre
Atención
Psicológica
Especializada
a
víctimas
de
violencia de pareja, familiar y/o
sexual. Modalidad presencial, 20
horas, a personal de psicología.
Taller de formación programado
sobre
Atención
Psicológica
Especializada a víctimas de
violencia de pareja, familiar y/o
sexual. Modalidad presencial,
20
horas,
a
personal
de
psicología.
Realización del taller de formación sobre
Atención Psicológica Especializada a
víctimas de violencia de pareja, familiar
y/o sexual. Modalidad presencial, 20
horas, a personal de psicología.
32.00
1.00
158
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.6
Violencia de Género
2.2.2.1
Proceso
Curso realizados sobre Atención
Inmediata a Víctimas de Violación
Sexual dirigido al personal de
enfermería,
duración
20
hrs.,
Modalidad
presencial.,
20
personal de enfermería.
Curso
programados
sobre
Atención Inmediata a Víctimas
de Violación Sexual dirigido al
personal
de
enfermería,
duración 20 hrs., Modalidad
presencial.,
20
personal
de
enfermería.
Realización del Curso sobre Atención
Inmediata a Víctimas de Violación Sexual
dirigido
al
personal
de
enfermería,
duración 20 hrs., Modalidad presencial.,
20 personal de enfermería.
32.00
1.00
1.6
Violencia de Género
2.2.3.1
Proceso
Curso realizados sobre Atención
Médica a Víctimas/Sobrevivientes
de Violación Sexual dirigido a
personal de medicina, duración 16
hrs. Modalidad presencial. 25
personal de médicina.
Curso
programados
sobre
Atención
Médica
a
Víctimas/Sobrevivientes
de
Violación
Sexual
dirigido
a
personal de medicina, duración
16 hrs. Modalidad presencial. 25
personal de médicina.
Realización del Curso sobre Atención
Médica a Víctimas/Sobrevivientes de
Violación Sexual dirigido a personal de
medicina, duración 16 hrs. Modalidad
presencial. 25 personal de médicina.
32.00
1.00
1.6
Violencia de Género
2.3.1.1
Resultado
Número
de
niñas,
niños
y
adolescentes
atendidas
en
la
consulta psicológica especializada
por motivo de violación sexual en
los servicios de salud
Número de niñas, niños y
adolescentes identificados como
posibles casos de violación
sexual en los servicios de salud
de priemer contacto.
Mide el porcentaje de niñas, niños y
adolescentes atendidas en la consulta
psicológica especializada por motivo de
violación sexual en los servicios de
salud, respecto de aquellas niñas, niños
y
adolescentes
identificados
como
posibles casos de violación sexual en los
servicios de salud de priemer contacto.
44.00
36.00
1.6
Violencia de Género
2.3.3.1
Proceso
Número
de
responsables
estatales de violencia de género y
sexual que cursaron y aprobaron
el “Curso de Inteligencia Artificial
para su aplicación en la Salud
Publica”
Número
de
responsables
estatales de violencia de género
y sexual que se inscribieron al
“Curso de Inteligencia Artificial
para su aplicación en la Salud
Publica”
Se refiere al número de responsables
estatales de violencia de género y sexual
que cursaron y aprobaron el “Curso de
Inteligencia Artificial para su aplicación
en la Salud Publica”
32.00
1.00
1.6
Violencia de Género
2.4.1.1
Proceso
Número personal de medicina
contratado
para
capacitar
y
supervisar en las instituciones del
sector la aplicación de los criterios
de
la
NOM-046-SSA2-2005
y
demás documentos normativos y
técnicos
sobre
prevención
y
atención a la violencia sexual y
contra las mujeres.
Número personal de medicina
programado por el CNEGSR
para capacitar y supervisar en
las instituciones del sector la
aplicación de los criterios de la
NOM-046-SSA2-2005 y demás
documentos
normativos
y
técnicos sobre prevención y
atención a la violencia sexual y
contra las mujeres.
Número
de
personal
de
medicina
contratado para capacitar y supervisar en
las instituciones del sector la aplicación
de los criterios de la NOM-046-SSA2-
2005 y demás documentos normativos y
técnicos sobre prevención y atención a la
violencia sexual y contra las mujeres.
32.00
1.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
159
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.6
Violencia de Género
2.4.2.1
Proceso
Número personal de psicología
contratado
para
capacitar
y
supervisar en las instituciones del
sector la aplicación de los criterios
de
la
NOM-046-SSA2-2005
y
demás documentos normativos y
técnicos
sobre
prevención
y
atención a la violencia sexual y
contra las mujeres.
Número personal de psicología
programado por el CNEGSR
para capacitar y supervisar en
las instituciones del sector la
aplicación de los criterios de la
NOM-046-SSA2-2005 y demás
documentos
normativos
y
técnicos sobre prevención y
atención a la violencia sexual y
contra las mujeres.
Número de personal de psicología
contratado para capacitar y supervisar en
las instituciones del sector la aplicación
de los criterios de la NOM-046-SSA2-
2005 y demás documentos normativos y
técnicos sobre prevención y atención a la
violencia sexual y contra las mujeres.
32.00
1.00
1.6
Violencia de Género
2.5.3.1
Proceso
Número
de
acompañamientos
técnicos
y
seguimientos
realizados a las acciones de
prevención de la violencia familiar,
sexual y contra las mujeres
Número de acompañamientos
técnicos
y
seguimiento
y
programados,
así
como
programación del informe de
resultados final, de las acciones
de prevención de la violencia
familiar, sexual y contra las
mujeres
Cumplimiento en el acompañamiento
técnico y seguimiento a las actividades
de prevención de la violencia familiar,
sexual y contra las mujeres
64.00
2.00
1.6
Violencia de Género
2.5.3.2
Proceso
Número
de
acompañamientos
técnicos
y
seguimientos
realizados a las acciones de
prevención de la violencia familiar,
sexual y contra las mujeres
Número de acompañamientos
técnicos
y
seguimiento
y
programados,
así
como
programación del informe de
resultados final, de las acciones
de prevención de la violencia
familiar, sexual y contra las
mujeres
Cumplimiento en el acompañamiento
técnico y seguimiento a las actividades
de prevención de la violencia familiar,
sexual y contra las mujeres
64.00
2.00
1.6
Violencia de Género
2.5.3.3
Proceso
Número
de
acompañamientos
técnicos
y
seguimientos
realizados a las acciones de
prevención de la violencia familiar,
sexual y contra las mujeres
Número de acompañamientos
técnicos
y
seguimiento
y
programados,
así
como
programación del informe de
resultados final, de las acciones
de prevención de la violencia
familiar, sexual y contra las
mujeres
Cumplimiento en el acompañamiento
técnico y seguimiento a las actividades
de prevención de la violencia familiar,
sexual y contra las mujeres
64.00
2.00
1.6
Violencia de Género
2.5.4.1
Proceso
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
supervisión, acompañamiento y
capacitación) del componente de
violencia de género y sexualde
manera intra e intersectorial.
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
supervisión, acompañamiento y
capacitación) del componente
de
violencia
de
género
y
sexualde
manera
intra
e
intersectorial programadas por
el CNEGSR
Número
de
acciones
de
gestión
(coordinación, monitoreo, supervisión,
acompañamiento y capacitación) del
componente de violencia de género y
sexual de manera intra e intersectorial
programas por el CNEGSR.
160.00
5.00
160
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.6
Violencia de Género
2.5.4.2
Proceso
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
supervisión, acompañamiento y
capacitación) del componente de
violencia de género y sexualde
manera intra e intersectorial.
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
supervisión, acompañamiento y
capacitación) del componente
de
violencia
de
género
y
sexualde
manera
intra
e
intersectorial programadas por
el CNEGSR
Número
de
acciones
de
gestión
(coordinación, monitoreo, supervisión,
acompañamiento y capacitación) del
componente de violencia de género y
sexual de manera intra e intersectorial
programas por el CNEGSR.
160.00
5.00
1.6
Violencia de Género
2.5.4.3
Proceso
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
supervisión, acompañamiento y
capacitación) del componente de
violencia de género y sexualde
manera intra e intersectorial.
Número de acciones de gestión
(coordinación,
monitoreo,
supervisión, acompañamiento y
capacitación) del componente
de
violencia
de
género
y
sexualde
manera
intra
e
intersectorial programadas por
el CNEGSR
Número
de
acciones
de
gestión
(coordinación, monitoreo, supervisión,
acompañamiento y capacitación) del
componente de violencia de género y
sexual de manera intra e intersectorial
programas por el CNEGSR.
160.00
5.00
1.6
Violencia de Género
2.5.5.1
Proceso
Número de personal de trabajo
social
contratado
para
implementar
programa
de
coordinación interinstitucional e
intersectorial para la integración
de redes integrales de servicios
de prevención y atención a la
violencia
Número de personal de trabajo
social
programado
para
implementar
programa
de
coordinación interinstitucional e
intersectorial para la integración
de redes integrales de servicios
de prevención y atención a la
violencia
Número de personal de trabajo social
contratado para implementar programa
de
coordinación
interinstitucional
e
intersectorial para la integración de redes
integrales de servicios de prevención y
atención a la violencia
32.00
1.00
1.6
Violencia de Género
3.2.1.1
Resultado
Realización de la capacitación de
formación de facilitadoras/es de
Reeducación para
Víctimas
y
Agresores de Violencia de Pareja
Programación
de
la
capacitación de formación de
facilitadoras/es de Reeducación
para Víctimas y Agresores de
Violencia de Pareja
Realización del Curso de capacitación de
formación
de
facilitadoras/es
de
Reeducación de Víctimas y Agresores de
Violencia de Pareja
32.00
1.00
1.6
Violencia de Género
3.6.1.1
Proceso
Número
de
talleres
PRESENCIALES realizados de
Promoción del Buen Trato
Número
de
talleres
PRESENCIALES programados
de Promoción del Buen Trato
Porcentaje de talleres realizados de
Promoción del Buen Trato con respecto
de la meta
278.00
10.00
1.6
Violencia de Género
4.1.3.1
Proceso
Número de personal de salud
trasladado a la "Reunión Nacional
programada por el CNEGSR
Número de personal de salud
programado para trasladarse a
la
a
la
"Reunión
Nacional
programada por el CNEGSR
Número de personal de salud que se
trasladará para asistir a la "Reunión
Nacional programada por el CNEGSR
32.00
1.00
2
Prevención y Control del Cáncer
2
Prevención y Control
del Cáncer
2.1.3.1
Resultado
Mujeres
de
25
a
34
años
tamizadas con citología cervical
Mujeres de 25 a 34 años sin
derechohabiencia en el año a
evaluar
Cobertura
anual
de
tamizaje
con
citología cervical
0.05
0.03
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
161
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
2
Prevención y Control
del Cáncer
2.1.3.2
Resultado
Mujeres
de
25
a
34
años
tamizadas con citología cervical
Mujeres de 25 a 34 años sin
derechohabiencia en el año a
evaluar
Cobertura
anual
de
tamizaje
con
citología cervical
0.05
0.03
2
Prevención y Control
del Cáncer
2.1.6.1
Resultado
Mujeres de 40 a 69 años de edad
sin derechohabiencia tamizajdas
con mastografía
Mujeres de 40 a 69 años sin
derechohabiencia
Cobertura
anual
de
tamizaje
con
mastografía
0.06
0.10
2
Prevención y Control
del Cáncer
2.3.5.1
Resultado
Mujeres
tamizadas
con
diagnóstico citológico LEIAG que
recibieron colposcopia
Personas
con
resultado
de
mastografía BIRADS 4 Y 5
Cobertura con colposcopia de los casos
LEIAG
0.90
0.90
2
Prevención y Control
del Cáncer
2.3.5.2
Resultado
Mujeres
tamizadas
con
diagnóstico citológico LEIAG que
recibieron colposcopia
Personas
con
resultado
de
mastografía BIRADS 4 Y 5
Cobertura con colposcopia de los casos
LEIAG
0.90
0.90
3
Igualdad de Género
3
Igualdad de Género
1.2.2.1
Proceso
Número de unidades de salud que
implementan el MoASMI
Total de unidades de salud
programadas para implementar
el MoASMI
Mide la cantidad de unidades de salud
que implementan el Modelo de Atención
a la Salud con Mecanismos Incluyentes
en sus instalaciones y operación de los
servicios de salud
224.00
7.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.2
Proceso
Número de unidades de salud que
implementan el MoASMI
Total de unidades de salud
programadas para implementar
el MoASMI
Mide la cantidad de unidades de salud
que implementan el Modelo de Atención
a la Salud con Mecanismos Incluyentes
en sus instalaciones y operación de los
servicios de salud
224.00
7.00
3
Igualdad de Género
1.2.2.3
Proceso
Número de unidades de salud que
implementan el MoASMI
Total de unidades de salud
programadas para implementar
el MoASMI
Mide la cantidad de unidades de salud
que implementan el Modelo de Atención
a la Salud con Mecanismos Incluyentes
en sus instalaciones y operación de los
servicios de salud
224.00
7.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
1
Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas
y
Emergentes
4.1.2.1
Proceso
Perros y gatos vacunados contra
la rabia
Meta de perros y gatos a
vacunarse contra la rabia X 100
Perros y gatos vacunados contra la rabia
90.00
90.00
162
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas
y
Emergentes
4.2.1.1
Proceso
Perros
y
gatos
esterilizados
quirúrgicamente
Meta anual de perros y gatos a
vacunar contra la rabia x 100
Perros
y
gatos
esterilizados
quirúrgicamente en relación al universo
anual de anumales a vacunarse contra la
rabia
4.00
4.00
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
2.1
Paludismo
2.1.1.1
Proceso
Total de gotas gruesa tomadas a
casos probables de paludismo
Total de casos probables de
paludismo reportados
Toma de gota gruesa a todos los casos
probables
de
paludismo
para
confirmación diagnóstica
100.00
100.00
2.2
Enfermedad de Chagas
2.1.1.1
Proceso
Numero de casas con acciones de
manejo integral del vector
Numero de casas que requieren
de acciones de control integral
del vector
Acciones de manejo integral del vector
100.00
100.00
2.2
Enfermedad de Chagas
2.4.1.1
Proceso
Número de casos con tratamiento
etiológico
y
seguimiento
terapéutico
Número de casos confirmados
que
sean
candidatos
a
tratamiento etiológico
Verifica la atención integral de los casos
de Enfermedad de Chagas
100.00
100.00
2.2
Enfermedad de Chagas
4.1.1.1
Proceso
Localidades Prioritarias
Número
de
Localidades
Prioritarias
Mide trimestralmente la variación de los
principales indicadores en Localidades
Prioritarias
100.00
100.00
2.4
Intoxicación
por
Artrópodos
1.2.1.1
Proceso
Número de localidades prioritarias
con rociado residual intradomiciliar
Número
de
Localidades
Prioritarias
Control químico de alacranes y arañas a
través del rociado residual intradomiciliar
en localidades prioritarias
100.00
100.00
2.4
Intoxicación
por
Artrópodos
2.4.1.1
Proceso
Número
de
casos
de
IPPA
tratados
en
los
primeros
30
minutos de ocurrido el accidente
Total de casos tratados
Mejorar el acceso oportuno a los
Servicios
de
Salud
mediante
la
capacitación para la ministración de
faboterápicos específicos en la misma
localidad en donde ocurra el accidente
100.00
100.00
2.4
Intoxicación
por
Artrópodos
4.1.1.1
Proceso
Localidades Prioritarias
Número
de
Localidades
Prioritarias
Mide trimestralmente la variación de los
principales indicadores en Localidades
Prioritarias
100.00
100.00
2.5
Dengue
3.1.1.1
Proceso
Localidades
Prioritarias
con
Ovitrampas
Número
de
Localidades
Prioritarias
Mide semanalmente la variación de los
principales indicadores de ovitrampas en
las Localidades Prioritarias
100.00
100.00
2.5
Dengue
3.3.1.1
Proceso
Localidades
Prioritarias
con
Vigilancia Entomovirológica
Número
de
localidades
prioritariarias con registro de
captura de adultos
Mide
trimestralmente
la
vigilancia
entomovirológica implementada en las
Localidades Prioritarias
100.00
100.00
2.5
Dengue
7.3.1.1
Proceso
Número
de
Localidades
prioritarias
Número
de
Localidades
prioritarias
Mide trimestralmente el cumplimiento en
las acciones de control larvario en las
localidades prioritarias
100.00
100.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
163
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
2.5
Dengue
7.3.2.1
Proceso
Numero
de
Localidades
prioritarias
con
Acciones
de
Nebulizacion Espacial en UBV
Numero
de
Localidades
prioritarias
Mide Trimestralmente el cumplimiento de
nebulizacion espacial en localidades
prioritarias
100.00
100.00
2.5
Dengue
7.3.3.1
Proceso
Número
de
Localidades
Prioritarias
con
acciones
de
Rociado Intradomiciliar
Numero
de
Localidades
prioritarias
Mide
trimestral
el
porcentaje
de
localidades con acciones de rociado
residual intradomiciliar
100.00
100.00
2.5
Dengue
8.1.1.1
Proceso
Número de Semanas con Captura
de Información en Plataforma
Número de Semanas 48 con
Captura
de
Información
en
Plataforma
Mide la regularidad en el reporte
semanal de actividades mediante el
porcentaje de registro en Plataforma de
manera trimestral
48.00
48.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1.1
Proceso
Total de casos nuevos de TB P
diagnosticados
con
Bk+
que
ingresan
a
tratamiento,
lo
terminan y curan.
Total de casos nuevos Número
de personas con TBP Bk+ que
ingresan a tratamiento
Porcentaje de casos nuevos de TBP
confirmada
bacteriológicamente
que
ingresa a tratamiento primario acortado
los que terminan y los que curan (Éxito
de tratamiento).
86.00
86.00
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
3.1.1.1
Proceso
Número de casos TB TF nuevos y
previamente tratados que se les
realizo una prueba de sensibilidad
al diagnóstico, incluye resultados
de pruebas moleculares (Xpert
MTB/RIF) así como de pruebas
fenotípicas convencionales
Número de casos nuevos y
previamente tratados notificados
X 100
Este indicador valorará la cobertura de
pruebas a sensibilidad a fármacos al
momento del diagnóstico, realizadas por
métodos moleculares o convencionales
en casos nuevos o previamente tratados
(Reingresos y recaídas) a todos los
probables de TB TF.
40.00
40.00
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1.1
Proceso
Número de casos que reciben
esquema
de
tratamiento
con
fármacos antituberculosis de 2da
línea en el año
Número de casos programados
con diagnóstico de resistencia a
fármacos en el año
El indicador evalúa el porcentaje de
casos de TB con resistencia a fármacos
que reciben esquema de tratamiento con
fármacos antituberculosis de 2da línea.
90.00
90.00
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
5.1.1.1
Proceso
Tasa de prevalencia basal -tasa
de
prevalencia
del
año
de
evaluación.
Tasa de prevalencia basal
Proporcionar fármacos de 2da linea a los
pacientes
que
han
tomado
un
tratamiento
de
1ra
linea
y
un
retratamiento de 1ra linea, es decir 2
años de tratamiento y que siguen
saliendo positivos en la baciloscopia o
con datos compatibles con lepra en la
histop
13.00
20.00
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
5.2.1.1
Proceso
Proporción de casos nuevos con
discapacidad
grado
2
basal-
proporción de casos nuevos con
discapacidad grado 2 en el año de
evaluación.
Proporción de casos nuevos con
discapacidad grado 2 basal
Proporcionar tratamiento a los pacientes
que manifiesten un estado reaccional
tipo 2, ya sea en fase aguda o severa.
8.00
10.00
164
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
4
Emergencias en Salud
4
Emergencias en Salud
1.1.1.2
Proceso
Número de emergencias en salud
registradas
y
atendidas
con
oportunidad en el año
Número de emergencias en
salud registradas en el año
Emergencias en salud suscitadas en
cualquier parte de la República Mexicana
que afectan a la salud colectiva
95.00
95.00
4
Emergencias en Salud
1.1.2.1
Proceso
Kits
de
reservas
estratégicas
integrados.
Kits de reservas estratégicas
programados
Integración
de
Kits
de
reservas
estratégicas para desastres.
100.00
5.00
4
Emergencias en Salud
1.1.4.1
Proceso
Supervisiones realizadas
Supervisiones programadas
Mide el porcentaje de supervisiones
realizadas a jurisdicciones sanitarias
61.00
7.00
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
6
Programa
de
Acción
Específico
para
la
Prevención y Control de
Enfermedades
Respiratorias Crónicas
3.1.1.1
Resultado
Número
de
pacientes
con
diagnóstico de EPOC y que
ingresaron a tratamiento
Total
de
pacientes
con
diagnóstico
de
EPOC
programados.
Porcentaje de pacientes con EPOC que
cuentan con prueba de espirometría y
evaluación clínica para establecer su
diagnóstico con ingreso a tratamiento
60.00
60.00
6
Programa
de
Acción
Específico
para
la
Prevención y Control de
Enfermedades
Respiratorias Crónicas
3.3.1.1
Resultado
Número
de
pacientes
con
diagnóstico
de
asma
y
que
ingresaron a tratamiento
Total
de
pacientes
con
diagnóstico
de
asma
programados.
Porcentaje de pacientes con asma que
cuentan con prueba de espirometría y
evaluación clínica para establecer su
diagnóstico con ingreso a tratamiento
50.00
50.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2.1
Proceso
Número de pacientes con HTA en
el primer nivel de atención que
alcanzan
el
control
con
T/A
<140/90mmHg en población de 20
años y más en la Secretaría de
Salud
Número de pacientes con HTA
en tratamiento en población de
20 años y más en la Secretaría
de Salud
Se refiere al porcentaje de pacientes con
HTA en tratamiento en el primer nivel de
atención que alcanzan el control con T/A
<140/90mmHg en población de 20 años
y más en la Secretaría de Salud
1.00
12039.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1.1
Proceso
Número de personal contratado
total de personal programado
para contratación
Número de profesionales de la salud
contratados
para
el
programa
de
Cardiometabólicas
1.00
1.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
8
Programa
de
Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1.1
Resultado
Total de personas mayores con
tamizajes
realizados
de
alteraciones de memoria
Población de 60 y más años sin
derechohabiencia
Medir el porcentaje de mujeres y
hombres de 60 años y más, a quienes se
les realiza el tamizaje de alteraciones de
memoria
40.00
40.00
8
Programa
de
Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1.2
Resultado
Total de personas mayores con
tamizajes
realizados
de
alteraciones de memoria
Población de 60 y más años sin
derechohabiencia
Medir el porcentaje de mujeres y
hombres de 60 años y más, a quienes se
les realiza el tamizaje de alteraciones de
memoria
40.00
40.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
165
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
9
Prevención, Detección y
Control
de
las
Enfermedades Bucales
11.1.2.1
Resultado
Informe
de
evaluación
y
seguimiento.
N/A
Apoyo
al
Responsable
Estatal
en
supervisión y evaluación del componente
Salud Bucal del Preescolar y Escolar.
124.00
4.00
9
Prevención, Detección y
Control
de
las
Enfermedades Bucales
11.1.3.1
Resultado
Equipo de cómputo recibido
N/A
Contar con un equipo de cómputo de
escritorio o portátil para el desarrollo de
las
actividades
administrativas
del
Programa de Salud Bucal.
31.00
1.00
9
Prevención, Detección y
Control
de
las
Enfermedades Bucales
5.2.2.1
Resultado
Total de Instrucciones de la
Técnica de Cepillado Dental
No aplica
Instrucción de Técnica de Cepillado
Dental
128.00
4.00
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarreicas Agudas
10
Prevención y Control de
Enfermedades
Diarreicas Agudas
2.1.1.1
Proceso
Campañas
de
prevención
realizadas
Campañas
de
prevención
programadas
Realización de campañas estatales de
prevención de diarreas para población
general.
34.00
1.00
10
Prevención y Control de
Enfermedades
Diarreicas Agudas
2.2.1.1
Proceso
Operativos preventivos realizados
Operativos
preventivos
programados
Realizar acciones específicas para la
prevención de la EDA, a través de
operativos preventivos con énfasis en
áreas de riesgo identificadas.
46.00
1.00
10
Prevención y Control de
Enfermedades
Diarreicas Agudas
2.4.1.1
Proceso
Capacitaciones realizadas
Capacitaciones programadas
Mide el porcentaje de capacitaciones
realizadas
a
nivel
estatal
y
en
jurisdicciones sanitarias
31.00
1.00
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Vacunación Universal
1
Vacunación Universal
1.1.1.1
Resultado
Niñas y niños menores de 1 año
de edad sin derechohabiencia que
recibieron la 3er dosis de la
vacuna hexavalente acelular.
Total de niñas y niños menores
de
1
año
de
edad
sin
derechohabiencia (SSA)
Cobertura de vacunación al 95% con 3ra
dosis de la vacuna hexavalente en niñas
y niños menores de 1 año de edad para
la Secretaría de Salud
95.00
95.00
1
Vacunación Universal
2.1.1.1
Resultado
Población sin derechohabiencia
que recibe la vacuna contra
influenza
estacional
en
la
temporada invernal 2025-2026
Total de población meta sin
derechohabiencia
a
vacunar
contra la influenza estacional.
Logro de aplicación de la Vacuna contra
la Influenza Estacional al 75% de la meta
en el último trimestre de 2025
75.00
75.00
1
Vacunación Universal
3.1.1.1
Resultado
Dosis de vacuna SR aplicadas en
población de 10 a 49 años
Dosis adicionales recibidas en el
estado para la población de 10 a
49 años
Proporción de dosis de vacunación con
vacuna SR en población de 10 a 49 años
95.00
95.00
166
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Vacunación Universal
3.1.2.1
Resultado
Dosis de vacuna SRP aplicadas
en niños de 1 a 4 años
Dosis adicionales de vacuna
SRP recibidas en la entidad
para la población de 1 a 4 años
de edad
Proporción de dosis de vacunación con
vacuna SRP en niños 1 a 4 años
95.00
95.00
1
Vacunación Universal
4.1.1.1
Resultado
Dosis de vacuna COVID-19 Pfizer,
aplicadas en población blanco
Dosis
de
vacuna
Pfizer,
recibidas en la entidad para la
población blanco
Proporción de avance de dosis aplicadas
contra COVID-19 con vacuna Pfizer
95.00
95.00
1
Vacunación Universal
4.1.2.1
Resultado
Dosis
de
vacuna
COVID-19
Moderna, aplicadas en población
blanco
Dosis
de
vacuna
Moderna,
recibidas en la entidad para la
población blanco
Proporción de avance de dosis aplicadas
contra COVID-19 con vacuna Moderna
95.00
95.00
2
Atención a la Salud de la Adolescencia
2
Atención a la Salud de
la Adolescencia
1.1.1.1
Proceso
Número de unidades de salud de
primer nivel para población no
derechohabiente que implementan
la Estrategia de Control Nutricio
Total de unidades de salud de
primer nivel para población no
derechohabiente *100
Se mide el total de unidades de salud
para población no derechohabiente que
detectan adolescentes con problemas de
mala nutrición a través de la medición
del IMC y los canalizan a Control Nutricio
para su atención y control
80.00
80.00
2
Atención a la Salud de
la Adolescencia
1.1.1.2
Proceso
Número de unidades de salud de
primer nivel para población no
derechohabiente que implementan
la Estrategia de Control Nutricio
Total de unidades de salud de
primer nivel para población no
derechohabiente *100
Se mide el total de unidades de salud
para población no derechohabiente que
detectan adolescentes con problemas de
mala nutrición a través de la medición
del IMC y los canalizan a Control Nutricio
para su atención y control
80.00
80.00
3
Atención a la Salud en la Infancia
3
Atención a la Salud en
la Infancia
1.1.1.1
Proceso
Número de personal de salud de
primer nivel capacitadas en la
aplicación de la prueba para la
Evaluación del Desarrollo Infantil
EDI
Total de personas programadas
para recibir la capacitación en la
aplicación de la prueba para la
Evaluación
del
Desarrollo
Infantil EDI *100
Se mide el total de personas capacitadas
en la aplicación de la prueba para la
Evaluación del Desarrollo Infantil (EDI)
100.00
100.00
3
Atención a la Salud en
la Infancia
1.1.1.2
Proceso
Número de personal de salud de
primer nivel capacitadas en la
aplicación de la prueba para la
Evaluación del Desarrollo Infantil
EDI
Total de personas programadas
para recibir la capacitación en la
aplicación de la prueba para la
Evaluación
del
Desarrollo
Infantil EDI *100
Se mide el total de personas capacitadas
en la aplicación de la prueba para la
Evaluación del Desarrollo Infantil (EDI)
100.00
100.00
3
Atención a la Salud en
la Infancia
1.1.1.3
Proceso
Número de personal de salud de
primer nivel capacitadas en la
aplicación de la prueba para la
Evaluación del Desarrollo Infantil
EDI
Total de personas programadas
para recibir la capacitación en la
aplicación de la prueba para la
Evaluación
del
Desarrollo
Infantil EDI *100
Se mide el total de personas capacitadas
en la aplicación de la prueba para la
Evaluación del Desarrollo Infantil (EDI)
100.00
100.00
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
167
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
4
Cáncer de infancia y adolescencia
4
Cáncer de infancia y
adolescencia
1.1.1.1
Proceso
Número de cédulas aplicadas al
trimestre
a
Niños,
Niñas
y
Adolescentes (NNA) durante la
consulta en las Unidades Médicas
de primer nivel de atención
Número de consultas de primera
vez al trimestre) * 100
Es
una
herramienta
de
detección
oportuna de signos y síntomas de
sospecha de cáncer en NNA
80.00
80.00
4
Cáncer de infancia y
adolescencia
2.2.1.1
Proceso
Número de trípticos difundidos
madres, padres y cuidadores de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
(NNA) al trimestre durante la
consulta en las Unidades Médicas
de primer nivel de atención
Número de consultas de primera
vez al trimestre) * 100
Es un material visual que permite difundir
información
clara
sobre
signos
y
síntomas de cáncer infantil y adolescente
a madres, padres y cuidadores
80.00
80.00
4
Cáncer de infancia y
adolescencia
2.2.1.2
Proceso
Número de trípticos difundidos
madres, padres y cuidadores de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
(NNA) al trimestre durante la
consulta en las Unidades Médicas
de primer nivel de atención
Número de consultas de primera
vez al trimestre) * 100
Es un material visual que permite difundir
información
clara
sobre
signos
y
síntomas de cáncer infantil y adolescente
a madres, padres y cuidadores
80.00
80.00
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”.
TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el
“CONVENIO PRINCIPAL”.
CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal
vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que,
en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los diecinueve días
del mes de diciembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.-
Rúbrica.- Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana
Fernández.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.-
Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro
Nacional de Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el
Control del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia,
Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.-
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Salud y Director General
del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Michoacán, Dr. Elias Ibarra Torres.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Administración, L.A.E. Luis
Navarro García.- Rúbrica.
168
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
AGENCIA DE TRANSFORMACION DIGITAL
Y TELECOMUNICACIONES
PROGRAMA Institucional INFOTEC Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la Información y
Comunicación 2026-2030.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Transformación Digital.-
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
PROGRAMA INSTITUCIONAL INFOTEC CENTRO DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EN TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN 2026-2030
1. Índice
1. Índice.
2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa.
3. Glosario de siglas y acrónimos.
4. Fundamento normativo.
5. Diagnóstico y visión de largo plazo.
6. Objetivos sectoriales.
7. Objetivos del INFOTEC.
1. Mejorar la infraestructura tecnológica de última generación que, permita integrar, simplificar
trámites y servicios públicos, a través de plataformas digitales seguras y accesibles que garanticen
un manejo seguro y transparente de la información y coadyuvar en la consolidación de un Gobierno
electrónico eficiente.
2.Desarrollar y adaptar soluciones tecnológicas para la Administración Pública Federal,
fortaleciendo las capacidades internas y promoviendo el uso de código abierto, con el fin de reducir
la tercerización y garantizar a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos mediante la simplificación
y homologación de trámites administrativos en plataformas digitales que aseguren eficiencia,
accesibilidad, innovación y mayor celeridad en los procesos de Gobierno.
3. Establecer vínculos estratégicos con Dependencias Públicas y actores clave, mediante alianzas
que impulsen proyectos de Transformación Digital e Innovación, sustentados en implementaciones
tecnológicas especializadas, ciencia aplicada y desarrollo tecnológico.
4.Formar capital humano altamente especializado en tecnología e innovación, potenciando las
vocaciones en STEM, con equidad de género e inclusión de grupos históricamente vulnerados,
mediante la puesta en marcha de programas de posgrado, TSU y educación continua pertinentes y
flexibles, así como la consolidación de alianzas estratégicas que, impulsen la competitividad
nacional.
5. Producir investigación científica, colaborativa en desarrollo tecnológico e innovación en sectores
estratégicos, con el objetivo de convertir a México en una potencia científica y tecnológica
soberana, orientada hacia un desarrollo con bienestar social y prosperidad.
6. Generar un sistema integral de certificaciones tecnológicas, por medio de alianzas estratégicas,
estándares internacionales y colaboración formativa del INFOTEC, mejorando las competencias
digitales de servidores públicos y personas interesadas en el uso de las TIC, particularmente con
base en los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar.
8. Vinculación de los objetivos del Programa Institucional del INFOTEC 2026-2030.
9. Estrategias y líneas de acción.
10. Indicadores y Metas.
11. Lista de Dependencias y Entidades participantes.
12. Fuentes de información.
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2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a
sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como, las labores de coordinación interinstitucional para la
instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se
realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes, en el Decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo.
Los recursos del INFOTEC, tienen origen en los ingresos percibidos por sus actividades propias, derivados
de ejecución y puesta en marcha de proyectos y programas convenidos con instancias de Gobierno, tanto
Federales como Locales, así como con otros actores estratégicos. El ejercicio de los recursos dependerá de la
captación de los ingresos generados y recaudados por productos y/o servicios ofertados por la Entidad, lo
cual, al día de hoy, permite su autosuficiencia financiera; es decir, posibilita ejercer los recursos estrictamente
necesarios para las funciones inherentes del INFOTEC.
INFOTEC, no recibe recursos fiscales provenientes del Presupuesto de Egresos de la Federación; la
totalidad de los recursos que ejerce, tienen su origen en los ingresos que, genera por la provisión de servicios
académicos, digitales y tecnológicos a otras Dependencias del Gobierno de México, sector social y de otros
interesados.
Glosario de siglas y acrónimos
ANSIA-TIA-942: Estándar de infraestructura para centros de datos (Data Center).
Anti-DDos: Herramientas y técnicas para proteger redes y sistemas de ataque cibernético o reducir su
impacto.
ANUIES: Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Educación Superior.
APF: Administración Pública Federal.
ASA: Aeropuertos y Servicios Auxiliares.
ATDT: Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
CABI: Centro de Atención para el Bienestar.
CEDAW (por sus siglas en inglés): Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against
Women - Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
CENAGAS: Centro Nacional de Control de Gas Natural.
CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe.
CFE: Comisión Federal de Electricidad.
COFEPRIS: Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
CONAFE: Consejo Nacional de Fomento Educativo.
CONAHCYT: Consejo Nacional de Humanidades, Ciencia y Tecnología, antes llamado Consejo Nacional
de Ciencia y Tecnología (CONACYT).
CONAPO: Consejo Nacional de Población.
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CPI: Centros Públicos de Investigación.
DCCD: Doctorado en Ciencias en Ciencia de Datos.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
EDN: Estrategia Digital Nacional.
ENCIG: Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental.
ENDUTIH: Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de Información en los Hogares.
FIIDEM: Formación e Investigación en Infraestructura para el Desarrollo de México, AC.
FIFOMI: Fideicomiso de Fomento Minero.
FMI: Fondo Monetario Internacional.
FONOTECA: Patrimonio Sonoro del País.
IA: Inteligencia Artificial.
IES: Instituto de educación Superior.
INAP: Instituto Nacional de Administración Pública.
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INE: Instituto Nacional Electoral.
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
ISO (por sus siglas en inglés): International Organization for Standarization - Organización Internacional de
Normalización.
ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
IXP (por sus siglas en inglés): Internet Exchange Point - Punto de Intercambio de Internet.
LFEP: Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
LGAC: Línea de Generación y Aplicación del Conocimiento.
LGMHCTI: Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.
LOAPF: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
LP: Ley de Planeación.
MCDI: Maestría en Ciencia de Datos e Información.
MDETIC: Maestría en Dirección Estratégica de las Tecnologías de Información y Comunicación.
MDTIC: Maestría en Derecho de las Tecnologías de Información y Comunicación.
MGITIC: Maestría en Gestión de Innovación de las Tecnologías de Información y Comunicación.
MRCET: Maestría en Regulación y Competencia Económica de las Telecomunicaciones.
MSE: Maestría en Sistemas Embebidos.
OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
ODS: Objetivos de Desarrollo Sostenible.
OEI: Organización de Estados Iberoamericanos.
PI: Programa Institucional.
PND: Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030.
PODECOBI: Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar.
PS: Programa Sectorial.
PYME: Pequeña y Mediana Empresa.
SE: Secretaría de Economía.
SECIHTI: Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, antes llamado CONAHCYT.
SIIES: Sistema Integrado de Información de la Educación Superior.
SENASICA: Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.
SEP: Secretaría de Educación Pública.
SIC: Sociedad de la Información y Comunicación.
SICAVISP: Sistema de Capacitación Virtual para los Servidores Públicos.
SIGMA-IoT: Sistema Inteligente de Generación de Mensajes de Alerta de las Cosas.
SNP: Sistema Nacional de Posgrados.
SOC (por sus siglas en inglés): Security Operations Center - Centro de Operaciones de Seguridad.
STEM: (por sus siglas en inglés): Science, Technology, Engineering, and Mathematics - Ciencia,
Tecnología, Ingeniería y Matemáticas.
TecNM: Tecnológico Nacional de México.
TIC: Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
TSU: Técnico Superior Universitario.
UNESCO (por sus siglas en inglés): United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization -
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
UNICEF (por sus siglas en inglés): United Nations International Children's Emergency Fund - Fondo de las
Naciones Unidas para la Infancia.
UNOPS (por sus siglas en inglés): United Nations Office for Project Services - Oficina de las Naciones
Unidas de Servicios para Proyectos.
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4. Fundamento Normativo
El INFOTEC, en términos de lo dispuesto por el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos (CPEUM); así como, en los numerales 1°, 3° fracción III y 47, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal (LOAPF), es un Fideicomiso Público, el cual, fue constituido por el Consejo
Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), mediante contrato de fecha 30 de diciembre de 1974,
considerado como Entidad Paraestatal, en términos de lo dispuesto por el artículo 40, de la Ley Federal de
Entidades Paraestatales (LFEP); asimismo, fue reconocido como Centro Público de Investigación (CPI)
en términos del Acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el Consejo Nacional de Ciencia y
Tecnología (CONACYT), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), del 16 de agosto de 2000,
teniendo como objetivo principal, realizar actividades de investigación científica y tecnológica, además de la
formación de capital humano altamente especializado y la generación de conocimiento para beneficio de la
sociedad, actualmente es regulada por la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e
Innovación (LGMHCTI).
Conforme al Decreto Presidencial, publicado en el DOF de fecha 28 de noviembre de 2024, por el que, se
reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a la LOAPF, en el Décimo Segundo Transitorio, el
INFOTEC se encuentra sectorizado a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), lo
que conlleva a que los planes, programas y demás acciones, se deban vincular a los objetivos de la ATDT; y
este Centro de Investigación, será responsable de coordinar la integración, publicación, ejecución,
seguimiento y rendición de cuentas respecto al Programa Institucional.
Adicionalmente, el INFOTEC alinea su Planeación Institucional, con las prioridades nacionales en ciencia,
tecnología e innovación, incorporando los principios de soberanía tecnológica, inclusión digital, bienestar
social y el desarrollo sostenible, en cumplimiento de la LGMHCTI.
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 26, apartado A de la CPEUM, el cual establece el deber del
Estado de organizar un Sistema de Planeación Democrática, se emite el Programa Institucional 2026-2030 de
este Centro, el cual tiene como finalidad promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos,
establecidos en los artículos 1°, 3° fracción V y 6° de la CPEUM, asegurando el derecho a una educación
científica y tecnológica de excelencia que fomente la innovación, el pensamiento crítico y el acceso equitativo
al conocimiento. De igual forma, reconoce el acceso a las TIC, incluidos los servicios de internet, como un
derecho fundamental que debe ser garantizado por el Estado, para reducir la brecha digital, permitiendo que
su población y Gobierno, estén a la vanguardia tecnológica en el pleno goce de sus derechos.
Asimismo, se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, particularmente
a su Eje Transversal 2 y al Programa Sectorial de la ATDT, atendiendo lo ordenado por los artículos 2°; 4°; 12;
14; 17 Fracciones II, V y VI; 21, 21 Bis; 22; 24 y 26 Bis, de la Ley de Planeación (LP), además de lo previsto
por los artículos 22, 47, 48 y 49 de la LFEP.
El Programa Institucional (PI) del INFOTEC es un instrumento clave para la planeación estratégica,
permeando también a las áreas que integran la ATDT, estableciendo, así, objetivos, metas e indicadores
institucionales para la gestión del Gobierno Federal para el periodo 2026-2030, relacionados con el campo de
las TIC. El diseño y funcionamiento del PI se alinean con los principios y derechos humanos, consagrados en
la CPEUM, junto con los Tratados Internacionales suscritos por el Estado Mexicano, fortaleciendo su
competitividad, dinamismo e innovación, en razón de su calidad como Centro Público.
El PI también prioriza los valores de la transformación, inclusión y soberanía digital del país,
asegurando el acceso equitativo a plataformas digitales, conocimiento científico y beneficios del progreso en
tecnología de vanguardia, al tiempo que reconoce que México debe acelerar su paso para no quedar
rezagado frente a otras naciones en la reducción de la brecha digital.
Conforme al artículo 2º de la LP, el INFOTEC incorpora en este PI las perspectivas de género e
intercultural, como un acto de justicia en el desarrollo integral equitativo, incluyente, sustentable y sostenible
del país. El enfoque de género procura la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, mediante el acceso
equitativo a los recursos y beneficios del desarrollo, siguiendo los objetivos y prioridades del Plan Nacional de
Desarrollo 2025-2030 (PND).
La interculturalidad, por su parte, busca propiciar la convivencia de la diversidad cultural, bajo los
principios de igualdad, equidad, dignidad y seguridad humana, fomentando el intercambio respetuoso de
saberes y visiones del mundo. Al ser un objetivo que es de orden transversal en el PND, el enfoque tendrá
que ser considerado por todos los entes y programas de Gobierno.
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Finalmente, el PI está alineado a los acuerdos y documentos internacionales suscritos por el Estado
Mexicano, destacando algunos debido a su importancia con relación a estos dos enfoques:
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW, por sus siglas en inglés) que, obliga al Estado a eliminar las desigualdades estructurales de
género, incluyendo el acceso a la ciencia y la tecnología.
La Declaración de las Naciones Unidas, sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, reconocen
el acceso y uso de tecnologías pertinentes, en condiciones de respeto a su identidad cultural, lengua y
conocimientos tradicionales.
De manera adicional, es importante hacer mención que este PI, también encuentra alineación con otros
objetivos internacionales de desarrollo, fundamentales para la visión de sus objetivos institucionales, a decir
de los establecidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en particular los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS), 4° (educación de calidad), 5° (igualdad de género), 9° (industria, innovación e
infraestructura), y 10° (reducción de las desigualdades), que promueven el acceso equitativo a la tecnología
como base del desarrollo sostenible.
Con base en lo anterior, el INFOTEC presenta su Programa Institucional 2026-2030, vinculado al Plan
Nacional de Desarrollo 2025-2030, al Programa Sectorial de la ATDT, así como a los objetivos que
corresponden al Sistema Nacional de Centros Públicos.
5. Diagnóstico y visión de largo plazo
5.1. Introducción
El aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), es fundamental en el
proceso de creación de políticas públicas de cada nación, las cuales buscan resolver problemas prioritarios y
producir beneficios sociales de manera integral. Éstas no sólo son indispensables para el crecimiento y
desarrollo económico de un país, sino que conforman un motor para incrementar el potencial humano en sus
diferentes dimensiones. En este sentido, la aplicación de las TIC es necesaria e imprescindible para la
prosperidad, fortalecimiento, crecimiento y desarrollo económico, en un contexto democrático con
transparencia y justicia social.
El uso y la aplicación de las herramientas digitales son determinantes para el ejercicio de los derechos de
las personas en las sociedades contemporáneas, a partir del papel que juegan como mecanismos para
disminuir la desigualdad, impulsar la inclusión y garantizar su acceso efectivo, en beneficio de todas las
personas, conforme a lo establecido en los artículos 1°y 6° de la CPEUM.
Desde el año 2013, el acceso a internet es reconocido como un derecho constitucional en México, por lo
que uno de los objetivos primordiales de la Presidenta de la República es el fortalecimiento digital del país,
mediante el acceso gratuito a internet, que, además, será un puente para el ejercicio de otros derechos, como
son la libertad de expresión, el acceso a la información, la participación democrática, el derecho al trabajo, la
educación, la salud, la cultura y el acceso a programas sociales, entre otros. Además, buscar la universalidad
del acceso a internet en los próximos años es uno de los objetivos primordiales para la ATDT, por lo que el
INFOTEC se integra como elemento clave para el logro del mismo.
Aun con el avance que ha tenido el país respecto a los niveles de conectividad en beneficio de la
población más vulnerable, el mejoramiento de la infraestructura y los servicios digitales que el Sector Público
ofrece, persisten rezagos y brechas significativas, los cuales deben ser atendidos para garantizar el pleno
acceso y goce de los derechos humanos, establecidos dentro de los Planes y Programas del Gobierno de
México, con el propósito de reducir esas brechas y alcanzar mejores niveles de acceso en la escala
internacional, para posicionar a México como un referente internacional en este ámbito.
En esta tesitura es que, el 28 de noviembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF)
el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal”, mediante el cual se creó la Agencia de Transformación Digital y
Telecomunicaciones (ATDT), con la finalidad de dar respuesta a las necesidades en el ámbito digital,
tecnológico y de telecomunicaciones que demanda la ciudadanía mexicana. La Agencia surge como una
dependencia del Ejecutivo Federal responsable de coordinar las políticas nacionales en materia de
transformación digital, telecomunicaciones e innovación tecnológica, clave para el segundo piso de la Cuarta
Transformación.
Como resultado de este proceso, el INFOTEC se incorpora al sector de la ATDT, es decir, pasó del Ramo
38 “Humanidades, Ciencia y Tecnología”, al Ramo 55 “Agencia de Transformación Digital y
Telecomunicaciones”, en cumplimiento del artículo Décimo Segundo Transitorio del mismo Decreto.
Con este nuevo panorama, es importante entender el rol que el INFOTEC desarrollará en los planes,
programas y proyectos sustantivos de la referida ATDT.
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El INFOTEC es una Entidad Pública con más de 50 años de existencia, periodo durante el cual se ha
destacado por su invaluable aportación en el campo del desarrollo tecnológico y de las telecomunicaciones,
contribuyendo, así, al fortalecimiento de las capacidades digitales del Estado Mexicano, encontrándose en un
proceso de transformación de mediano y largo plazo que, busca contribuir al cumplimiento de los objetivos
estratégicos del Gobierno de México y de la ATDT, reflejando cambios importantes en su visión estratégica,
actividades sustantivas y organizacionales del Centro, agrupándolos en cuatro ejes estratégicos:
1.
Desarrollo de software y soluciones tecnológicas, incluyendo plataformas adaptadas a la
solución de diferentes problemas públicos.
2.
Servicios de infraestructura tecnológica, seguridad de la información y cómputo en la nube,
destinados a Entidades Públicas y actores estratégicos.
3.
Acompañamiento técnico para la transformación digital del Estado, interoperabilidad
gubernamental, simplificación administrativa y modernización institucional.
4.
Fortalecimiento de la comunidad humanista, científica, tecnológica e innovadora del país y de
la investigación colaborativa, afines a las Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento
(LGAC) del INFOTEC, incluyendo tendencias tecnológicas de relevancia internacional como:
inteligencia artificial, ciencia de datos e internet de las cosas, y en ámbitos de ciberseguridad,
sistemas distribuidos, gobernanza de datos, derecho a la información y regulación de las
telecomunicaciones.
El INFOTEC tiene como uno de sus fines principales el realizar investigación científica e innovación
tecnológica en el campo de las TIC, contribuyendo a la apropiación y aprovechamiento estratégico de las
tecnologías para apoyar a los sectores público, académico, social, entre otros; promoviendo la competitividad
y el desarrollo tecnológico del país, con el objetivo, de elevar el nivel de vida de nuestra sociedad y facilitar la
transición de México hacia la sociedad digital.
En este sentido, el INFOTEC en el marco de Fideicomiso Público, se distingue en el ecosistema nacional
de ciencia, tecnología e innovación por su carácter dual: por un lado, como Centro Público de
Investigación y por otro, como Entidad Paraestatal, en donde el vínculo entre sus dos dimensiones, se
centra en la innovación y transformación digital, como se puede ver en el Esquema 1.
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Asimismo, dentro de sus actividades sustantivas, se encuentran el planear, organizar y proporcionar
soluciones integrales a los proyectos de los diversos usuarios de sus servicios. Además, cuenta con las
atribuciones para celebrar contratos, convenios y/o alianzas con instituciones del sector público, académico,
social y con otros actores estratégicos, nacionales y extranjeros, para el desarrollo de proyectos y tecnologías
de vanguardia, que conduzcan a la evolución y mejora continua de las organizaciones de esos sectores,
fungiendo además, como un enlace entre el Gobierno y la población, para facilitar el acceso a servicios
públicos que favorezcan el bienestar social, sin distinción de sus estratos sociales.
Por consiguiente, el INFOTEC cuenta con los medios necesarios, para generar soluciones a través del uso
estratégico de las TIC, enfocadas a proyectos de vanguardia tecnológica o a otros medios relacionados a las
telecomunicaciones, con el fin de incrementar la eficiencia, transparencia y competitividad de las empresas u
organizaciones con quienes se vincula, a través de actividades de investigación, innovación, desarrollo,
consultoría, difusión, intercambio y alianzas tecnológicas a nivel nacional e internacional.
En esta nueva etapa, el INFOTEC se ha especializado en la creación, mantenimiento y gestión de
aplicaciones, así como, de sistemas informáticos, empleando metodologías estructuradas, asegurando la
calidad y eficiencia de la paquetería informática, enfocándose en desarrollar software de código abierto, de
alta calidad e interoperabilidad, utilizando procesos estandarizados y tecnologías de vanguardia, aportando a
la digitalización y simplificación de trámites relacionados con servicios públicos, disminuyendo las cargas
administrativas; los cuales, dificultan el acceso oportuno y equitativo a derechos de la población mexicana,
quienes finalmente, son beneficiarios del bienestar integral en esta estrecha relación Gobierno-Sociedad.
A su vez, el INFOTEC apoyará en la consolidación para el desarrollo y uso de una nube de Gobierno
(Centros de Datos) que, habilite el resguardo y seguridad de los sistemas desarrollados, permitiendo la
provisión de servicios a otras Entidades gubernamentales; lo anterior, en estricta atención a los más altos
estándares de calidad, certificación y enfoques de excelencia que, permitan brindar, a las Dependencias
Públicas y a otros actores estratégicos, la mayor certidumbre para la creación y uso de espacios tecnológicos
propicios para la transformación digital de los Entes Públicos.
5.2 Potencial tecnológico del INFOTEC
El INFOTEC, fundado en México en 1974, es un Centro Público de Investigación del Gobierno Federal que
se dedica a la innovación y el desarrollo de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) para la
transformación digital del país, pasando de la distribución de conocimiento en sus inicios a la instrumentación
de proyectos clave y al desarrollo de habilidades en TIC, incluyendo la alfabetización digital.
A cinco décadas de su creación, el INFOTEC ha evolucionado y se ha establecido firmemente como un
Centro Público de Investigación. Actualmente, su labor es fundamental para la transformación digital del
Estado Mexicano, combinando exitosamente la investigación aplicada, el desarrollo tecnológico, la innovación,
el servicio público y la formación académica.
La transformación digital del Estado Mexicano ha sido una labor gubernamental intermitente desde los
años setenta, con intentos de digitalizar trámites, infraestructura y datos, pero con avances fragmentados y
poco concisos. No obstante, se ha documentado que, el uso de las TIC en la Administración Pública, ha sido
creciente, pero las barreras institucionales, culturales y regulatorias han limitado su impacto real (Luna, García
y Sandoval, 2015).
A inicios de la década de los 2000, quienes encabezaron el Gobierno Federal, implementaron estrategias
como e-México y la Agenda de Gobierno Digital; sin embargo, sus resultados fueron limitados, debido a la
desarticulación interinstitucional, la ausencia de interoperabilidad y una cultura administrativa que, privilegió la
contratación externa de diferentes servicios, sobre capacidades públicas de innovación (Luna, García y
Sandoval, 2015).
Por ejemplo, revisiones históricas, destacan las iniciativas de Gobierno digital, como el programa e-México
(Scheeres, 2002), que, aunque fueron ambiciosas, tuvieron un avance limitado, conectando apenas
250 comunidades de las 10,000 proyectadas, sin generar capacidades tecnológicas propias en el Gobierno
(Scheeres, 2002).
El resultado ha sido que, la infraestructura pública de telecomunicaciones y los servicios públicos digitales,
no han sido aprovechados de la misma forma por todos los sectores de la población mexicana, observando,
por ejemplo, una amplia diferencia entre el porcentaje de personas usuarias de internet en la zona norte y sur
del país, siendo de casi el 85%, en el caso de la primera y de apenas el 60%, en el caso de la segunda, una
diferencia de al menos veinticinco puntos, según datos de la ENDUTIH 2024.
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Mapa 1. Porcentaje de población usuaria de Internet por Entidad Federativa
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024
La pandemia de COVID-19 evidenció, además, brechas digitales amplias —que afectaron educación,
salud y trabajo, especialmente en zonas rurales e indígenas— donde entre el 20% y el 28% de la población,
reportó no tener conectividad o dispositivos para acceder a la educación a distancia (Tablado, 2021). Además,
aunque en México poco más del 83% de la población urbana tiene acceso a internet, en las zonas rurales
apenas el más del 17% de la población tiene acceso, lo que refleja que persisten brechas territoriales, de
género y socioeconómicas profundas (véase Gráfica 1.a). Estas desigualdades se reflejan con especial fuerza
en el ámbito educativo (Campos, 2025); por ejemplo, se ha documentado que, en algunas comunidades sólo
el 2.6% de la población cuenta con acceso a internet y el 4.5% a una computadora, lo que, evidencia la
magnitud del desafío1.
La persistencia de brechas digitales, ya sea entre zonas, grupos de edad o de género, demuestran la
necesidad de desarrollar políticas públicas y programas que, promuevan el acceso a la asequibilidad de las
TIC en las regiones y grupos más desfavorecidos del país, para impulsar el desarrollo social y económico, ya
que, de otra manera, el potencial transformador de la digitalización, sólo profundizará las desigualdades
existentes.
Abatir estas condiciones que, vulneran el estado de derecho de la sociedad mexicana, no solo depende de
la inversión en infraestructura, sino también de una Política Pública Nacional que, se enfoque en acompañar
el desarrollo digital con medidas de inclusión y equidad para el bienestar social.
1En el Programa Sectorial de la ATDT, estos indicadores se presentan como una medición de la falta de dicho acceso a servicios de
internet y telecomunicaciones. En este sentido, la ATDT destaca que, “persiste una brecha estructural del 38.4% en cobertura entre zonas
urbanas y rurales: mientras el 99.72% de la población urbana cuenta con servicios, en áreas rurales sólo alcanza el 61.32%, y se reduce al
46.37% en comunidades con alta presencia indígena. Además, el 20.4% de los hogares indígenas no dispone de teléfono celular y el 64.4%
carece de conexión a internet, lo que equivale a más de 20 millones de personas sin acceso en el país (ENDUTIH, 2024) [Programa
Sectorial ATDT, 2025).
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Gráfico 1. Usuarios de internet y computadora según diferencias sociodemográficas
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
En este sentido, el principal propósito del INFOTEC, no solo es ayudar a la superación de estas barreras
mediante una política tecnológica que, fortalezca la capacidad técnica nacional, sino que, estos progresos
sean un factor de transformación social, permitiendo la construcción de una sociedad más justa equitativa y
democrática.
5.3 Trámites y servicios digitales: fortaleciendo la interacción entre ciudadanía y Gobierno
Históricamente, los Gobiernos han impulsado iniciativas orientadas a la modernización administrativa, con
avances en la simplificación y digitalización de trámites y la interoperabilidad institucional. No obstante,
auditorías nacionales e internacionales, han señalado que, estos esfuerzos han tenido un progreso
fragmentado, con falta de continuidad y un énfasis excesivo en mecanismos externos a la capacidad técnica
del propio sector público. (Gil-García, Mariscal y Ramírez, 2008).
En México, persiste además, una brecha digital estructural: Las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Federal, tienen capacidades limitadas para generar, sistematizar y aplicar
conocimiento científico y tecnológico de manera integrada. Esta debilidad, restringe el diseño e
implementación de políticas públicas eficaces, dificulta la toma de decisiones, basadas en evidencia, y
mantiene al Estado en una situación de debilidad tecnológica y fragmentación digital.
Investigaciones del Instituto de Administración Pública (INAP), subrayan que, la brecha digital estructural,
limita la interacción entre ciudadanía y Estado, y debilita los procesos de Gobierno digital, cuando no se
acompaña de un fortalecimiento institucional (Páez et al., 2023), lo cual, termina por reducir la confianza que,
depositan las personas en sus Gobiernos.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG-2024), en 2023 el
52% de la población mayor de 18 años, acudió a instalaciones gubernamentales para realizar trámites o
solicitar servicios, mientras que, el 16.2% optó por realizarlos a través de internet, lo que, representa un
incremento de 1.8 puntos porcentuales respecto a 2021. Asimismo, la encuesta identificó que, el 40.7% de los
trámites, pagos o solicitudes de servicios públicos enfrentaron algún tipo de dificultad.
Entre las principales problemáticas, se encontraron las barreras al trámite (82.0%), tales como, filas
prolongadas, traslados entre ventanillas, desplazamientos a lugares lejanos, requisitos excesivos o
limitaciones de horario. En segundo término, se registraron las asimetrías de información (35.2%) y, en menor
medida, los problemas relacionados con el uso de TIC (8.8%).
A nivel estatal, estos problemas se vuelven más recurrentes, en tanto mayor es la interacción con los
diferentes órdenes de Gobierno. Los Estados con mayor relación con el Gobierno, a través de medios
electrónicos, según datos de la ENCIG 2023 son: Ciudad de México, Querétaro, Puebla, Hidalgo y Yucatán,
siendo el promedio nacional de 47.9%. (INEGI, 2024)
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Mapa 2. Porcentaje de población con alguna interacción con el Gobierno a través de medios
electrónicos por Entidad Federativa
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENCIG 2023
Un análisis de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) señala que,
aunque México ha avanzado en la digitalización del gobierno —especialmente en servicios online—, enfrenta
desafíos en gobernanza, interoperabilidad y cultura institucional (OCDE, 2020). El estudio identifica la falta de
un marco de gobernanza sostenible, indispensable para que la transformación digital genere valor público
duradero. Además, la persistente ausencia de mecanismos integrados que permitan a las instituciones
generar y aplicar tecnologías propias, impide que estas iniciativas alcancen su potencial completo.
Este fenómeno se origina en la falta de una articulación funcional y transversal del conocimiento público,
con los procesos operativos del Gobierno Federal. Aunque, existen capacidades —como las que ofrece
INFOTEC en investigación y formación académica, desarrollo de software e infraestructura tecnológica—,
éstas se mantienen dispersas, subutilizadas o desconectadas de los ejes de transformación institucional.
En México, existe una prevalencia en el porcentaje de personas que, señalan haber experimentado algún
acto de corrupción al realizar trámites o tener una relación directa con servidores públicos (83.1% de la
población).
Según datos de la ENCIG 2023, las personas señalan haber percibido o experimentado supuestos actos
de corrupción, en su interacción con el Gobierno, cuando:
Tienen contacto con autoridades de seguridad pública: 59.4%.
Realizan trámites para abrir una empresa: 27.5%.
Solicitan permisos relacionados con la propiedad: 23.5%.
Hacen pagos, trámites o solicitudes: 21.2%.
Efectúan trámites ante el Ministerio Público o Fiscalía Estatal: 21.2%.
Cumplen trámites municipales: 18.0%.
Lo anterior, repercute directamente en los niveles de confianza que la población otorga al desempeño
gubernamental. De acuerdo con la ENCIG 2023, cerca del 55% de las personas manifiestan tener una baja
confianza en las instituciones de gobierno; además, en promedio, el 11% declara no tener confianza en los
Entes Gubernamentales.
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5.4 Transformación digital: soluciones, seguridad y servicios en la nube
En las últimas décadas, la capacidad gubernamental para resolver problemas públicos complejos, ha
estado sujeta al uso estratégico de las TIC, infraestructura digital, así como, a la generación de conocimiento
científico y técnico. Esta transformación exige que, el Estado, no sólo sea consumidor de soluciones digitales
externas, sino también, productor de tecnología, datos e innovación pública.
El Gobierno de México, ha declarado como prioridades estratégicas, la transformación digital del
Estado, la soberanía tecnológica, la simplificación administrativa y el combate estructural a la
corrupción. Bajo esta visión, la creación, en 2024, de la ATDT, y su entrada en operaciones en 2025,
representa una reorganización institucional para construir un Estado capaz de generar su propio
conocimiento, tecnología e infraestructura crítica.
La innovación pública, el desarrollo de software estratégico, la infraestructura digital y la gestión de datos,
se han convertido en funciones sustantivas del Gobierno, esenciales para la toma de decisiones informadas,
la transparencia y la eficiencia administrativa.
Para el INFOTEC, el contar con infraestructura tecnológica de vanguardia, constituye el cimiento sobre el
cual se construyen, desarrollan y operan todos sus proyectos, servicios de investigación y soluciones
tecnológicas y su relevancia radica en:
Contar con el soporte para proyectos complejos, ya que se tienen servidores, almacenamiento
y redes de alta capacidad, permitiendo manejar grandes volúmenes de datos y ejecutar complejos
procesos de computación, requeridos para la investigación en tecnologías avanzadas como la
Inteligencia Artificial, el Big Data y la ciencia de datos.
Acceso a recursos especializados para que los investigadores utilicen software especializado y
accedan a bases de datos y entornos de desarrollo, facilitando la creación de nuevas tecnologías
y soluciones.
Una infraestructura de TIC de primer nivel permite, al INFOTEC, diseñar, probar y desplegar soluciones de
software para las Entidades y Dependencias, asegurando que las aplicaciones funcionen de manera óptima,
sin erogar grandes recursos económicos y contando con soluciones garantizadas.
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En México, la ciberseguridad está en una situación de creciente vulnerabilidad, con un aumento alarmante
en ataques cibernéticos que afectan a sectores críticos, entre ellos al Gobierno. El país está ante un
panorama complejo y de creciente riesgo, con un aumento significativo en la cantidad y sofisticación de los
ciberataques, sobre todo en la región de América Latina, cuyas organizaciones de Gobierno pueden tener
vulnerabilidad en infraestructuras críticas y una preparación.
A nivel nacional, México enfrenta una postura de ciberseguridad compleja y rezagada en comparación con
las amenazas cibernéticas en aumento, la falta de preparación de las empresas, la creciente información
sensible que está generando el Gobierno, un marco legal fragmentado y una infraestructura desigual, lo
convierte en un objetivo atractivo para los cibercriminales.
Lo anterior, requiere un enfoque donde, la innovación tecnológica no sea neutral ni dependa
exclusivamente del sector privado, sino que, se consolide como una capacidad estratégica del Estado, para
garantizar el acceso equitativo, la eficiencia administrativa y el buen gobierno. No obstante, este propósito aún
busca traducirse en la estructura programática del Presupuesto Federal, donde actividades como la
investigación aplicada, el desarrollo de software gubernamental o el diseño de plataformas interoperables se
encuentran en proceso de consolidar un lugar institucional definido. Solo así, será posible lograr una
articulación adecuada que permita la implementación y alineación de políticas públicas de alto impacto en
materia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, en beneficio de la sociedad mexicana.
El Gobierno Federal, ha señalado como uno de sus ejes prioritarios, la construcción de una transformación
digital del Estado con justicia social y soberanía tecnológica.
La creación de la (ATDT), se inscribe en esta visión, orientada a fortalecer la capacidad pública para:
Diseñar plataformas interoperables, sobre todo el uso de plataformas en la nube.
Simplificar trámites administrativos.
Mejorar la transparencia y el control gubernamental mediante tecnología.
Reducir la participación de proveedores externos en proyectos del Estado.
En congruencia con esta agenda, el Gobierno de México ha reiterado que, el Estado debe tener la
capacidad de producir y custodiar su propia infraestructura digital, impulsar el desarrollo del conocimiento
tecnológico y fortalecer la toma de decisiones basada en evidencia. Por su parte, la ATDT ha planteado un
modelo de innovación pública que combina infraestructura de datos propia, interoperabilidad,
automatización de procesos y soberanía digital, como ejes de transformación institucional.
En ese sentido, la ciberseguridad desde la perspectiva de la APF, tiene como finalidad, proteger los
activos de información y la infraestructura tecnológica para garantizar, entre otros elementos, la
seguridad de la información, ya que, hay riesgos que potencian las amenazas; entre ellos, los ciberataques,
provenientes tanto del exterior como dentro del territorio nacional; derivado de lo anterior, resulta prioritario
fortalecer la capacidad gubernamental, para detectar, prevenir riesgos y amenazas, en el ciberespacio.
En este contexto, en la APF, el uso de sistemas digitales y de conectividad resultan esenciales, para
garantizar servicios eficientes a la ciudadanía y asegurar la continuidad operativa. En este sentido, resulta
indispensable salvaguardar los activos digitales y los sistemas de información, frente a cualquier ataque que
busque vulnerarlos, como la exposición, sustracción, eliminación o alteración de información sensible o
confidencial de la APF.
Por lo tanto, para prevenir y mitigar estos riesgos, es necesario proponer y utilizar medidas, en materia de
ciberseguridad que, actúen como un escudo institucional para proteger la información, generar resiliencia
operativa y fortalecer la confianza en los servicios digitales gubernamentales.
La convergencia a la modernización de las TIC, depende en gran medida del uso de servicios en la nube,
para garantizar la máxima protección de datos de los ciudadanos y del Gobierno (García Zaballos, 2018). En
los últimos años, México ha adoptado una serie de estrategias para fomentar este tipo de tecnología, sin
embargo, el resultado ha sido una infraestructura fragmentada y bajo la administración de proveedores
privados, por lo que, el mayor reto al que se enfrenta el Gobierno Federal es implementar una estrategia que
le permita transitar hacia servicios propios nativamente en la nube, que le posibiliten dejar atrás procesos
tecnológicos costosos, poco eficientes y lentos que imposibilitan la interoperabilidad.
Si bien la computación en la nube es un desarrollo relativamente nuevo, información de la ENDUTIH 2023
revela que, en promedio, 64% de la población mexicana (véase Mapa 3) ha entrado a internet para acceder a
servicios de resguardo en la nube, es decir, más de la mitad de los habitantes identifican las ventajas de esta
tecnología y la emplean en su día a día, lo que representa una ventaja comparativa, respecto a otros países
de la misma región.
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En este sentido, aumentar la capacidad del Estado para generar sus propios servicios de resguardo en la
nube representa un paso importante para abatir la corrupción y generar espacios soberanos e independientes
que permitan aprovechar los beneficios de los servicios en la nube, disminuir los costos del hardware
tradicional, contar con un enlace a una red de Gobierno compartida, el desarrollo de tecnología soberana,
mayor facilidad de acceso a identificaciones oficiales, al mejorar la fiabilidad en los procesos de la
Administración Pública, aumentar la capacidad de respuesta al proveer, servicios públicos y ampliar la
participación ciudadana.
Mapa 3. Porcentaje de población que utilizó internet para servicios en la nube por Entidad Federativa
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2023
Nota: Los cálculos se realizaron con la última información disponible a nivel de microdatos
En el INFOTEC, se han llevado a cabo una serie de cambios estratégicos, atendiendo la directriz
gubernamental para la centralización de servicios en el Centro de Datos, con sede en Aguascalientes,
buscando fortalecer la seguridad y soberanía de la información gubernamental crítica.
Las siguientes acciones que, continúan en marcha, preparan al Gobierno Federal, para brindar servicios
de cómputo, almacenamiento más sólido, seguro y eficiente para las Dependencias y Entidades, marcando un
hito en la transformación digital del país:
Modernización de la infraestructura de la red, optimizando su conectividad y rendimiento.
Reforzamiento
de
la
ciberseguridad,
reemplazando
la
infraestructura
perimetral,
fortaleciendo la seguridad para la detección, investigación y respuesta a amenazas cibernéticas.
Habilitación del Centro de Atención para el Bienestar (CABI), el cual, proporciona atención a
la ciudadanía a través del número 079, fortaleciendo la iniciativa de la Presidenta de la República.
Certificación ANSIA-TIA 942 Rating 3, para el Centro de Datos, el cual, valida la
confiabilidad, continuidad de las operaciones en un entorno de alta disponibilidad y seguridad,
reforzando los estándares internacionales.
Las capacidades de computación y procesamiento de la nube revolucionan las formas en que se puede
llevar a cabo la detección, prevención y análisis de la corrupción, mientras se fomentan nuevas técnicas de
gestión de datos, para prevenir el fraude y erradicar el abuso. Por ejemplo, se facilita la utilización de
herramientas forenses, para el análisis de transacciones y actividades sospechosas, al tiempo que se limita la
discrecionalidad humana.
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5.5 Impulso al talento humano, investigación colaborativa, desarrollo tecnológico e innovación
La transformación digital requiere, no sólo del desarrollo en infraestructura, sino de construir nuevas
capacidades humanas, que décadas de externalización de servicios tecnológicos han vulnerado, socavando la
capacidad del sector público para gestionar y entregar proyectos en Tecnologías de la Información.
En el ámbito académico, en 2022, México registró 18,773 publicaciones científicas, cifra que se encuentra
por debajo de las 57,094 en promedio de los países miembros de la OCDE. Asimismo, de acuerdo con datos
del Observatorio de Desarrollo Digital de la CEPAL, de 2010 a 2022, México generó un total de 8,323
publicaciones académicas, relacionadas con las ciencias de la computación, lo que, lo ubica en segundo lugar
de América Latina y el Caribe, por detrás de Brasil con un total de 16,977.
En cuestión de inventiva, el coeficiente nacional es bajo, comparado con países como Estados Unidos de
América y Canadá, registrando 75.7 y 11.6 patentes por cada 100,000 habitantes, respectivamente.
En este contexto, es importante señalar que, la educación en México enfrenta desafíos estructurales
limitando su alcance y equidad. Si bien la tasa de cobertura en educación superior alcanzó el 43.8%
(SECIHTI, 2025), persisten disparidades regionales significativas: mientras en la Ciudad de México se registra
una cobertura del 66.3%, en Chiapas apenas llega al 24.7% (ANUIES, 2024).
En cuanto a la transición entre niveles, el 90.7% de los egresados de secundaria logra ingresar al nivel
medio superior; sin embargo, Entidades como Michoacán y Veracruz se sitúan por debajo del 80%
(SIES-SEP), lo que, visibiliza las barreras persistentes en la continuidad educativa.
En el nivel de posgrado, la matrícula nacional ascendió a 378,134 estudiantes en 2023, con un crecimiento
anual del 5.1% (SIIES, 2024). No obstante, el grado promedio de escolaridad en el país es de 10.2 años
(INEGI, 2024), lo que refleja que una proporción significativa de la población no accede a la educación
superior ni a estudios de posgrado. Esta brecha educativa se traduce en menores oportunidades laborales y
en la reproducción de condiciones de pobreza (CONAPO, 2023), lo que subraya la necesidad de articular la
política educativa con el desarrollo regional y la justicia social.
De igual forma, en México, aún existe una notable brecha, entre los contenidos impartidos en las aulas
escolares, con respecto a los conocimientos y habilidades que el mercado laboral está demandando
actualmente.
Con base en un informe del Foro Económico Mundial de 2025, el 63% de las Organizaciones Mexicanas
consideran que, esta falta de habilidades, es el principal impedimento para su crecimiento. Esta desconexión
es especialmente crítica en campos tecnológicos, como la inteligencia artificial, el análisis de datos y la
ciberseguridad; asimismo, a nivel regional, organizaciones como la UNESCO y la OEI, también identifican
esta brecha como la causa del desajuste entre la oferta y la demanda de talento digital.
Este déficit en la educación superior limita el desarrollo de vocaciones y trayectorias científicas, cuyos
niveles son significativamente bajos, pues, el grado de absorción del posgrado alcanza sólo 24%. Las
personas con este nivel de estudios representan 2.7% de la población, mientras que 0.13% de la población de
25 años y más cuenta con doctorado. En contraste, 2.19% y 1.9% de la población en Estados Unidos y Reino
Unido tienen doctorado, respectivamente (SECIHTI, 2025). Adicionalmente, el posgrado en México presenta
altos índices de concentración en áreas como ciencias sociales e ingenierías.
Esto significa que existen retos importantes, a fin de impulsar el desarrollo de personas altamente
especializadas, diversificando los programas de posgrado en el conjunto de las áreas de conocimiento. En
consecuencia, la población dedicada a actividades del desarrollo científico y tecnológico en nuestro país es
considerablemente baja, especialmente en áreas estratégicas (SECIHTI 2025).
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Gráfico 3. Número de Programas de Posgrado por área del conocimiento dentro del SNP, 2021 – 2025
Fuente: SECIHTI (2025).
Cerrar las brechas de género en materia educativa también es un asunto que debe atenderse. En México,
las áreas con menor participación femenina son Ingeniería y Desarrollo Tecnológico 21.9%,
Físico-Matemáticas y Ciencias de la Tierra 24%; mientras que, en Ciencias de la Conducta y Educación
59.4%; Humanidades 50.1%; y, Medicina y Ciencias de la Salud 49.9%, la participación de las mujeres es
similar o incluso superior a la de los hombres.
En este contexto, contar con una población altamente especializada, permite a las sociedades sentar las
bases para el desarrollo y consolidación de habilidades, conocimientos y experiencia que serán los pilares
para realizar investigación, desarrollos tecnológicos e innovaciones.
Por ello, es indispensable fortalecer la educación superior con visión científica, tecnológica, innovadora y
humanista; esto es, ampliar las oportunidades de acceso a la educación superior, garantizando que no estén
limitadas por condiciones socioeconómicas, de género o geográficas; ampliar la infraestructura educativa
nacional; fomentando las vocaciones científicas.
5.6 Construyendo alianzas para la innovación y el desarrollo
El INFOTEC fortalece su papel como agente de innovación mediante la creación de alianzas estratégicas
con los sectores público y privado. Para ello, capitaliza su historia y experiencia, con el fin de consolidar un
portafolio coordinado, escalable y evaluable que contribuya al desarrollo y la transformación del país.
Desde sus orígenes, el INFOTEC ha sido un articulador entre la ciencia, tecnología y el Estado. A partir
del impulso inicial que dio el CONACYT (ahora SECIHTI), y su constitución como fideicomiso especializado en
información para la industria, el INFOTEC asumió hitos que lo posicionaron como socio tecnológico del sector
público, delineando un perfil institucional orientado a resolver problemas públicos con apoyo de las TIC y
escalar capacidades digitales en gobierno.
Sobre ese trayecto, el INFOTEC ha tejido alianzas estratégicas, ampliando sus capacidades. En el frente
multilateral, estableció un acuerdo de colaboración con la UNOPS para impulsar innovación tecnológica, con
un enfoque en gestión pública justa y equitativa, además, recientemente desarrolló acciones conjuntas con
ONU Mujeres y UNOPS para promover agendas de género, diversidad e inclusión en ciencia y tecnología.
Estas alianzas abren puertas a proyectos con estándares internacionales, metodologías de compras y
evaluación de impacto con perspectiva de inclusión.
En el ecosistema productivo y de talento, el INFOTEC ha combinado la cooperación con empresas
tecnológicas y organismos sectoriales, para fortalecer habilidades y adopción de tecnologías emergentes,
ejemplo de ello es el programa “IA 1000”, orientado a formar a mil profesionales en inteligencia artificial, y la
participación en alianza con FIIDEM, a través de cursos de inteligencia artificial aplicada a ámbitos educativos
específicos. Estas iniciativas posicionan al INFOTEC como nodo de formación avanzada y transferencia
tecnológica con impacto nacional.
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En materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación, INFOTEC mantiene una estrecha
colaboración científica con instituciones del sector público, mediante convenios de colaboración;
particularmente, con Centros Públicos de Investigación de la SECIHTI. Asimismo, con el propósito de
contribuir a los problemas establecidos en los programas nacionales estratégicos, INFOTEC continúa la
generación de proyectos de investigación colaborativa y de desarrollo tecnológico con instituciones del Sector
Público para proponer soluciones tecnológicas a problemas prioritarios (salud pública, estrés hídrico,
agricultura y educación pública, entre otros).
Finalmente, el INFOTEC ha sostenido convenios técnico-institucionales con organismos públicos clave
que, muestran su papel de socio operativo para proyectos digitales de alto valor público, además, de
mandatos y líneas estratégicas en documentos oficiales que refuerzan su rol en cobertura de internet y
Gobierno digital. Para el siguiente ciclo, el reto es profundizar y ordenar esta red de alianzas:
1.
Priorizar convenios con Multilaterales y Dependencias ancla que, habiliten infraestructura y
plataformas interoperables.
2.
Consolidar alianzas con empresas y clústeres para casos de uso de Inteligencia Artificial,
ciberseguridad y nube soberana.
3.
Sostener alianzas académicas, con el sector productivo y organismos nacionales e
internacionales afines, con el propósito de ampliar y fortalecer la oferta de educación superior,
educación continua y certificaciones alineadas a estándares internacionales y a necesidades del
Estado Mexicano.
En suma, la trayectoria de INFOTEC confirma su capacidad de articulación entre Estado, academia,
multilaterales y sector productivo, para convertir retos públicos en soluciones digitales escalables. La
combinación de funciones en un centro dual, que incorpora las funciones de investigación en ciencia
básica y de frontera y de desarrollo tecnológico, formación de talento altamente especializado e
innovación, sumando las que derivan de sus objetivos como empresa paraestatal, ha permitido incubar
conocimiento, formar talento especializado y llevarlo a operación mediante plataformas, servicios de
infraestructura y acompañamiento técnico y contribuir al fortalecimiento del ecosistema científico y tecnológico
nacional.
Este acervo de alianzas y logros sustantivos aporta tres ventajas comparativas:
1.
Credibilidad técnica para operar proyectos críticos de gobierno digital.
2.
Capacidad formativa y de certificación para cerrar brechas de habilidades.
3.
Cantidad crítica de socios para acelerar adopción de tecnologías
(Inteligencia artificial, nube, ciberseguridad) con enfoque de valor público, inclusión y soberanía
tecnológica.
Con base en lo anterior, la siguiente sección presenta el Problema Público Central del INFOTEC como
instrumento para ordenar, ampliar y dar resultados medibles. A partir de ello, definirá objetivos específicos,
componentes y proyectos de gran importancia para la transformación digital de México, como la nube de
Gobierno, ciberseguridad, trámites digitales, formación académica y certificación, con gobernanza clara,
criterios de priorización y métricas de resultado e impacto.
5.7 Problema Público Central
Las Dependencias y Entidades del Gobierno Mexicano, enfrentan rezagos en la integración de soluciones
tecnológicas aplicadas, limitando su transformación digital y su capacidad tecnológica que le permitan atender
problemas prioritarios para la población en general.
En el problema público, cuando se habla de capacidades y su rezago, se refiere a las capacidades
institucionales y humanas, así como tecnológicas y digitales. Además, si bien la actividad del INFOTEC se
engloba en la integración de soluciones, no se deja de lado la preponderancia que, tiene en la “integración”, la
generación del conocimiento, la adaptación y aplicación del mismo, dentro de la directriz de lograr la
transformación digital y disminuir la participación tecnológica de proveedores externos, para fomentar la
eficacia, transparencia y soberanía de la prestación de servicios públicos.
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Finalmente, la insuficiente integración de tecnología en las Dependencias Públicas evidencia un rezago
estructural que, menoscaba la capacidad del Estado para modernizar sus procesos institucionales y ofrecer
soluciones innovadoras a los desafíos sociales.
Esta carencia, no sólo restringe la adopción de herramientas desarrolladas en el país y obstaculiza la
asimilación de conocimiento científico-técnico en la gestión pública, sino que, también limita la exploración de
alternativas externas. El resultado es el impedimento de una transformación digital soberana, enfocada en el
bienestar y el interés público.
Cuando se observa al INFOTEC, de manera particular para cada uno de los Ejes prioritarios, destaca una
situación problemática que intentan ser resueltos con los objetivos, estrategias y líneas de acción de este PI.
En los siguientes apartados, también se desglosan los principales cambios estratégicos que son resultado
actual del cambio de ramo administrativo; es decir, los que han sucedido en INFOTEC, a partir de octubre de
2024 y el año 2025.
5.7.1 Servicios de infraestructura tecnológica, seguridad de la información y cómputo en la nube
El periodo comprendido, entre octubre 2024 y agosto 2025, ha estado marcado por una transformación en
temas estratégicos en el sector de tecnologías de la información del Gobierno. La nueva directriz
gubernamental, se enfocó en la centralización de servicios de TIC en el Centro de Datos de Aguascalientes,
buscando fortalecer la seguridad y soberanía de la información crítica del Gobierno Federal.
En este contexto, se han implementado estrategias orientadas a fortalecer las capacidades de cómputo y
comunicaciones del Estado, garantizando la protección segura de los datos de la ciudadanía, a través de una
infraestructura tecnológica confiable que, atiende tanto a los usuarios del sector público como a la población
en general, consolidando así, la confianza y eficiencia en los servicios digitales.
Principales acciones
Renovación de la red: Se modernizaron componentes críticos —enrutadores de borde, switches de
núcleo y equipos de acceso— para elevar la conectividad y el desempeño general.
Refuerzo de la ciberseguridad: Se adoptó un esquema integral: sustitución del perímetro,
despliegue de protección endpoint con anti-ransomware, actualización de defensas anti-DDoS y
puesta en marcha de un SOC para detectar, investigar y responder a amenazas.
Mejora en la Conectividad de Red: Se estableció una conexión con el anillo de fibra óptica de CFE
Telecom, lo que, garantiza un acceso a conexiones de alta calidad (Tier 12). Integración de un nodo
de intercambio de internet (IXP) de la CFE, mejorando la eficiencia del tráfico de datos. Se habilitó un
anillo de fibra óptica metropolitano, de 42 km en la Ciudad de Aguascalientes, como parte del
fortalecimiento de la conectividad tecnológica a nivel nacional.
Habilitación del Centro de Atención para el Bienestar (CABI): En línea con la iniciativa de la
Presidenta de la República, se contribuye con servicios tecnológicos de cómputo y conectividad para
habilitar el CABI que, ofrece atención ciudadana, a través, del número único, configurado como una
línea de acceso para solicitar, desde apoyo psicológico, legal y situación de violencia, hasta
orientación para los trámites de gobierno, convirtiéndose en un espacio seguro y confiable.
Expansión de la Infraestructura de Cómputo: Implementación de infraestructuras de nube privada,
desplazamiento de plataformas de nube adicional basadas en kubernetes, con soluciones de
almacenamiento definida por software, proporcionando mayor flexibilidad y escalabilidad; incremento
en las capacidades de cómputo incorporando procesadores GPU´s para desarrollo de Inteligencia
Artificial.
Certificación y estandarización: El Centro de Datos tiene la certificación ANSI/TIA-942 Rating 3, es
decir, que cuenta con un estándar que asegura fiabilidad y seguridad de la infraestructura,
clasificación que se aplica a los Centros de Datos validando así, su alta disponibilidad y redundancia,
reforzando los estándares a nivel nacional e internacional, lo que permite que haya confianza en la
población al albergar la información que se produce, resguarda y protege desde el gobierno, en
beneficio de toda la población.
2 Clasificación para los niveles de servicio de internet
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5.7.2 Soluciones tecnológicas para la transformación digital de Gobierno de México
La Administración Pública Federal, enfrenta una falta de autosuficiencia tecnológica en el desarrollo de
software y soluciones digitales, lo que, se traduce en costos operativos altos y en la limitación de la innovación
gubernamental, con la consecuencia de una débil autonomía tecnológica y deficiencias en la calidad de los
servicios digitales dirigidos a la ciudadanía.
El INFOTEC ha desempeñado un papel clave en el impulso de la transformación digital de la APF,
desarrollando soluciones tecnológicas que atienden necesidades inmediatas en las Dependencias y sentando
las bases para fortalecer la autosuficiencia tecnológica del Estado. Sus acciones combinan logros ya
alcanzados con una visión de futuro orientada a consolidar servicios digitales más eficientes, accesibles e
innovadores en beneficio de la ciudadanía.
Principales acciones
Desarrollo de soluciones tecnológicas propias para distintas Dependencias de la APF
conforme a sus propias necesidades: En 2024 y 2025 se crearon sistemas para instituciones
como ISSSTE, SENASICA, Guardia Nacional y la Secretaría de Economía, respondiendo a
necesidades específicas de gestión y operación.
Implementación de servicios de fábrica de software para digitalización de soluciones de
código abierto: Reduciendo costos y favoreciendo la innovación.
Promoción de actividades que realiza la fábrica de software para atraer talento especializado
en desarrollo tecnológico: A través de programas de capacitación, difusión en universidades y
procesos de reclutamiento, se busca integrar perfiles altamente capacitados en software e
infraestructura digital.
5.7.3 Formación, investigación colaborativa y desarrollo tecnológico e innovación
El INFOTEC, a partir de octubre de 2024, transita por una etapa de consolidación estratégica en la que, ha
mantenido su operación académica de formación de talento e investigación colaborativa, desarrollo
tecnológico e innovación.
Ahora, bajo la coordinación de la ATDT, las labores de innovación y conocimiento del INFOTEC se
enmarcan en un contexto nacional, donde la brecha digital, sigue siendo un factor de desigualdad,
particularmente en zonas rurales y municipios con alta marginación, donde la velocidad de cambio tecnológico
exige que, la formación en TIC sea ágil, pertinente y flexible.
En el ámbito de formación, la oferta de educación superior del INFOTEC, ha sido diseñada
estratégicamente, para responder a las necesidades actuales y emergentes del sector tecnológico,
asegurando una formación pertinente, alineada con los objetivos de la ATDT, esto pretende que, sus
programas académicos y de formación continua permitan que, al egreso, su comunidad estudiantil, desarrolle
habilidades y potencial tecnológico para ser incorporados a un mercado laboral altamente demandado.
Los programas académicos de INFOTEC tocan temáticas de vanguardia, incorporando las últimas
tendencias e innovaciones en el campo, con lo cual, se busca que, las personas egresadas, cuenten con la
preparación necesaria para incorporarse a un mercado laboral cada vez más especializado en el entorno
digital. Por ello, resulta fundamental seguir fortaleciendo esta oferta, en concordancia con las demandas del
ecosistema tecnológico.
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A continuación, se presenta el listado de los programas académicos que conforman esta propuesta
formativa:
Tabla 1. Programas académicos de INFOTEC, 2025. Oferta educativa
Doctorado
Doctorado en Ciencias en Ciencia de Datos (DCCD).
Maestrías
Maestría en Ciencia de Datos e Información (MCDI).
Maestría en Sistemas Embebidos3 (MSE).
Maestría en Dirección Estratégica de las Tecnologías de Información y
Comunicación (MDETIC).
Maestría en Derecho de las Tecnologías de Información y Comunicación
(MDTIC).
Maestría en Gestión de Innovación de las Tecnologías de Información y
Comunicación (MGITIC).
Maestría en Regulación y Competencia Económica de las Telecomunicaciones
(MRCET).
Programas
Técnico
Superior
Universitario
Técnico Superior Universitario en Ciberseguridad.
Técnico Superior Universitario en Desarrollo de Software.
Técnico Superior Universitario en Operación Centro de Datos.
Técnico Superior Universitario en Servicio en la Nube.
Educación
Continúa
Bootcamp Ciberseguridad.
Diplomado en Telecomunicaciones
Bootcamp Desarrollo de Software.
Diplomado en Derecho y Ciberseguridad.
Escuela Pública de Código.
Es importante señalar que, cinco de los programas académicos del INFOTEC, están acreditados ante el
Sistema Nacional de Posgrados (SNP), lo que implica su reconocimiento por la Secretaría de Ciencia,
Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI). Esto permite a las personas estudiantes, en su caso,
solicitar becas u otros apoyos; asimismo, brinda mayor prestigio y reconocimiento en el ámbito académico y
profesional.
Al mes de agosto de 2025, la matrícula de posgrado del INFOTEC, alcanzó los 313 estudiantes, con 46
graduados y 20 titulados. Con lo cual, se da cuenta de la capacidad del INFOTEC para impulsar y acompañar
a sus estudiantes hasta el cierre de su trayectoria académica.
3El sistema embebido (o embedded system) es una combinación de hardware y software diseñada para realizar una o pocas funciones
específicas dentro de un dispositivo mayor.
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Gráfica 4. Estudiantes matriculados en Maestrías del INFOTEC (2020-2025)
Fuente: Elaboración propia con datos del INFOTEC, DAIC (2025)
En el nivel de Técnico Superior Universitario, la matrícula vigente es de 102 estudiantes,
con 19 graduados y 13 titulados. Estos datos, cobran relevancia, si se considera que, la oferta académica del
INFOTEC, está orientada a nichos especializados y que, la permanencia estudiantil en programas de alta
exigencia técnica, es un reto constante.
Gráfico 5. INFOTEC. Estudiantes matriculados en TSU (2020-2025)
Fuente: Elaboración propia con datos internos INFOTEC DAIC (2025)
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Asimismo, el INFOTEC ha avanzado en la revisión o actualización de diversos planes y programas de
estudios, un aspecto que resulta crítico para mantener la vigencia académica frente a la rápida evolución
tecnológica, incluyendo la revisión del plan de estudios de la Maestría en Ciencia de Datos e Información, la
Maestría en Sistemas Embebidos y los posgrados en Dirección Estratégica de las TIC y Gestión de
Innovación de las TIC.
En el campo de la ciberseguridad, en coordinación con la entonces Estrategia Digital Nacional, se
consolidó la oferta de capacitación en ciberseguridad para personas servidoras públicas, incorporándose
cursos al Sistema de Capacitación Virtual para los Servidores Públicos (SICAVISP), resultando en 5,262
constancias emitidas de servidores públicos, capacitados en la Administración Pública Federal. Este resultado
es especialmente relevante, en un contexto donde la protección de datos y la seguridad de la información, son
condiciones indispensables para el sector público.
La vinculación y la difusión de los programas académicos del INFOTEC han mostrado resultados
tangibles; más de 1,600 personas participaron en actividades académicas vinculadas a las Líneas de
Generación y Aplicación del Conocimiento (LGAC) de los posgrados; se recibieron 130 visitas escolares en
instalaciones del INFOTEC y se integraron 49 estudiantes del Tecnológico Nacional de México (TecNM) a
proyectos técnicos en ámbitos de Inteligencia Artificial, Internet de las Cosas y desarrollo de aplicaciones web,
entre otros. Estas acciones fortalecen la colaboración, permitiendo que, el INFOTEC sea reconocido como un
Centro de Formación y como articulador entre academia, innovación, Gobierno y sector productivo.
La formación especializada de servidores públicos desarrolla las capacidades personales, pero también,
incrementa la eficiencia gubernamental.
Es importante señalar que el INFOTEC, como parte de sus actividades de educación continua y bajo la
dirección de la ATDT, desarrolla la iniciativa denominada “Escuela Pública de Código”, la cual, tiene como
objetivo general, desarrollar habilidades y competencias digitales, así como, fortalecer la confianza y la
seguridad en el uso de tecnologías digitales. La iniciativa se dirige prioritariamente a personas servidoras
públicas, estudiantes y población en general, particularmente, grupos en situación de vulnerabilidad,
promoviendo un uso consciente y responsable de las TIC.
De forma transversal, la Escuela Pública de Código incorpora perspectivas de género, justicia social y
equidad territorial, con el fin de impulsar la profesionalización, la empleabilidad y la inclusión digital. A
septiembre de 2025, la Escuela Pública de Código ha registrado más de 21 mil inscripciones. Su cobertura
alcanza las 32 Entidades Federativas en 1,048 municipios.
Por otro lado, la investigación aplicada realizada en el INFOTEC se caracteriza por aquellos proyectos de
investigación, vinculando los fundamentos formales de las ciencias y la matemática con las TIC.
Estos proyectos tienen la particularidad de ser interdisciplinarios y pueden contribuir a la atención de
necesidades nacionales, con propuestas dirigidas a soluciones para los problemas públicos de alto valor. Es
pertinente mencionar que, el área de investigación e innovación del INFOTEC, está sujeta a un proceso
continuo de maduración, orientado a la investigación en ciencia básica y de frontera, así como, al desarrollo
tecnológico, con la visión de incorporar a sus nuevos proyectos de investigación, tendencias tecnológicas de
relevancia internacional, las cuales, incluyen Inteligencia Artificial, Internet de la Cosas y Big Data, entre otros.
A la fecha, el INFOTEC cuenta con 20 personas investigadoras, quienes desarrollan un total de 23
proyectos de investigación colaborativa y de desarrollo tecnológico, vinculados a 13 Líneas de Generación y
Aplicación del Conocimiento (LGAC), inclusive las dos nuevas LGAC, a partir de 2025: “Inteligencia Artificial” e
“Innovación Educativa”, las cuales, se enumeran a continuación:
1.
La sociedad de la información y comunicación (SIC) y la apropiación social de las TIC.
2.
Las TIC y la gestión de la información y el conocimiento.
3.
Ciberseguridad y delitos informáticos.
4.
Protección de datos digitales.
5.
Regulación de las TIC.
6.
Diseño y desarrollo de sistemas embebidos inteligentes para aplicaciones industriales,
biomédicas e internet de las cosas.
7.
Regulación y política pública de las telecomunicaciones.
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DIARIO OFICIAL
189
8.
Analítica de datos e información.
9.
Combinatoria, modelado y análisis de algoritmos.
10. Inteligencia computacional en la Ciencia de Datos.
11. Analítica de grandes cúmulos de información.
12. Inteligencia artificial.
13. Innovación educativa.
Asimismo, el trabajo académico de este Centro, se fortalece a través de la colaboración con otras
Instituciones del Sector Público. Es el caso de los programas “Investigadoras e Investigadores por México” y
de Estancias Posdoctorales de la SECIHTI. Derivado de esta colaboración, al mes de septiembre de 2025, el
INFOTEC cuenta con un total de 6 personas que realizan actividades de investigación y de fortalecimiento de
la comunidad humanística, científica, tecnológica e innovadora, participando también del desarrollo de
proyectos de investigación aprobados por SECIHTI y vinculados a LGAC.
Igualmente, es indispensable la formalización de convenios de colaboración con Centros Públicos de
Investigación, Instituciones de Educación Superior, sector privado y otras Organizaciones, con el fin de
desarrollar actividades en materia de ciencias, tecnologías e innovación, en beneficio de la comunidad
académica del país, estudiantes y en su caso población en general.
A septiembre de 2025, se tienen identificados 20 aliados estratégicos, Universidades Públicas y Centros
Públicos de Investigación con los que se tiene convenios relacionados con actividades académicas.
5.7.4 Acompañamiento técnico para la transformación digital del Estado
En 2025, INFOTEC cuenta con una trayectoria que lo consolida como un enlace confiable entre Gobierno,
academia, organismos multilaterales y sector productivo. Su carácter dual —Centro Público de Investigación y
Entidad Paraestatal— le ha permitido fortalecer la generación de conocimiento y la formación especializada
con la ejecución tecnológica en campo: desarrollo de plataformas, operación de infraestructura,
ciberseguridad, servicios en la nube y gestión de datos.
De la misma manera, se han generado alianzas y convenios relevantes —con Dependencias, Organismos
Internacionales y Aliados Tecnológicos— que han servido para desplegar soluciones digitales, capacitar
talento y adoptar tecnologías emergentes con enfoque de valor público.
En consecuencia, la situación actual, implica el desarrollo de los siguientes aspectos en la gestión
2026-2030 de este Centro Público de Investigación.
Atención a necesidades y fortalecimiento de Capacidades Tecnológicas Nacionales
Se ha dado seguimiento a estudios de mercado, para responder a las necesidades de los
solicitantes, favoreciendo la atracción de nuevos clientes y proyectos comerciales. Asimismo, se ha
impulsado la formalización de Convenios Marco, conforme a la Ley General en Materias de
Humanidades, Ciencias, Tecnología e Innovación, como mecanismo para apoyar a Dependencias
Públicas mediante proyectos colaborativos que aprovechan las capacidades tecnológicas del
INFOTEC. Actualmente, se cuenta con dos convenios formalizados (ASA y CONAFE), dos en
revisión (FIFOMI y LOTENAL) y 3 en negociación (FONOTECA, COFEPRIS y CENAGAS), con la
expectativa de incrementar este número, fortaleciendo la soberanía tecnológica y la cooperación
institucional.
Consolidación de la soberanía tecnológica y mejora continua en servicios
Con los objetivos del nuevo Gobierno donde se prioriza la soberanía tecnológica, el INFOTEC, como
parte de la ATDT, contribuye con soluciones de vanguardia y atención a la medida, garantizando la
promoción del conocimiento y recursos tecnológicos dentro y en pro del país.
En esa tesitura, se ha trabajado en consolidar los mecanismos de seguimiento para reducir riesgos
por incumplimiento en niveles de servicio, logrando la continuidad de diferentes proyectos, entre
octubre de 2024 y agosto de 2025, evidenciando una mejora en la calidad y fidelización del servicio.
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Reorientación estratégica en difusión y alcance social
Durante 2024, se realizaron campañas para difundir el portafolio de productos y servicios,
inicialmente enfocadas en pequeñas y medianas empresas, con baja respuesta. Para 2025, se
identificó que el Sector Público, es el cliente potencial más relevante, por lo que, se orientarán las
campañas hacia la comunicación de logros e impacto social, fortaleciendo así, la difusión y el
reconocimiento del INFOTEC en diferentes niveles gubernamentales y sociales.
5.8 Población Objetivo
Son las Dependencias y Entidades Federales que, el INFOTEC podrá atender, mediante el desarrollo
e implementación de soluciones de software público, infraestructura digital, análisis de datos o
asesoría en transformación digital, de acuerdo con su elegibilidad técnica, disposición institucional y
prioridades sectoriales definidas por la ATDT, así como a investigadoras, investigadores y estudiantes de
los ámbitos científico, tecnológico, de innovación y TIC; además de personas servidoras públicas,
estudiantes y población en general interesada o vinculada a entornos digitales.
Proceso:
1.
Focalización en sectores prioritarios: salud, bienestar, medio ambiente, educación, tecnología e
infraestructura u otros prioritarios.
2.
Selección con base en convenios, proyectos o solicitudes canalizadas a través de la ATDT o
directamente con el INFOTEC.
3.
Para las actividades académicas y de investigación, selección con base en convocatorias
abiertas o cerradas canalizadas a través de la ATDT o directamente con el INFOTEC.
4.
Implementación de proyectos de investigación colaborativa y de desarrollo tecnológico con base
en LGAC de INFOTEC, programas nacionales estratégicos, programa sectorial de la ATDT y
problemas prioritarios del Programa Nacional de Desarrollo.
Proyección cuantificación estimada:
Entre 25 y 35 Dependencias pertenecientes al Gobierno Federal atendidas por año, en función de la
capacidad instalada del INFOTEC, así como, Universidades, Centros Públicos o instituciones educativas con
las que, se tengan convenios de colaboración, intercambio de conocimiento o proyectos específicos.
Hacia 2030, se estima la formación de 1,200 personas en programas de educación superior, incluyendo
Técnico Superior Universitario. Asimismo, se proyecta la capacitación de 264,000 personas en programas de
educación continua, entre ellos la Escuela Pública de Código, con más de 150,000 personas servidoras
públicas beneficiadas. Además, se prevé la emisión de hasta 96,000 certificaciones y certificados en
competencias digitales y áreas afines.
Responsables de seguimiento por parte del INFOTEC
Unidades Administrativas de INFOTEC.
5.9 Visión de largo plazo
En materia de Desarrollo Tecnológico
En el marco del Programa Sectorial de Transformación Digital y Telecomunicaciones, para el periodo
2025-2030, en específico con el establecimiento de bases sólidas para ofrecer a la sociedad los
mecanismos que, reduzcan la desigualdad, impulsen la inclusión y garanticen el ejercicio pleno de los
derechos de toda la ciudadanía, mediante el desarrollo tecnológico y la inclusión digital, se impulsará:
1.
Concentrar servicios de las TIC de Entidades y Dependencias Federales y locales, en el
Centro de Datos del INFOTEC.
2.
Incrementar las plataformas tecnológicas, en el nuevo Centro de Datos del INFOTEC, a
establecerse en Tulancingo, Hidalgo.
3.
Ampliar la infraestructura de los Centros de Datos de Atención Telefónica, con el nodo de la
alcaldía Iztapalapa, fortaleciendo la atención ciudadana.
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En materia de desarrollo y adaptación de soluciones de software
Se proyecta que, para el año 2030, se tendrán desarrolladas al menos 600 soluciones tecnológicas,
cubriendo cada una el 100% de lo comprometido.
Crear mecanismos para que las soluciones desarrolladas puedan ser adoptadas por las Dependencias y
Entidades de Gobierno y actores estratégicos.
Priorizar proyectos que atiendan a los grupos vulnerables y contribuir a erradicar la brecha tecnológica.
Beneficiar materialmente a la sociedad con cada solución implementada.
En materia de Competitividad
En apego al Eje Transversal 2 del PND 2025-2030 —que, impulsa el acceso equitativo al conocimiento,
el desarrollo tecnológico con sentido social y la soberanía digital—, el INFOTEC se proyecta como el brazo
tecnológico de la ATDT y del Gobierno de México.
Durante este periodo, el INFOTEC liderará la ejecución de proyectos estratégicos, entre los cuales
destacan:
La Nube de Gobierno.
El Repositorio Nacional de Código Abierto.
La Fábrica Pública de Software.
La Identidad Digital Única.
Estos proyectos, no sólo facilitarán el acceso de la ciudadanía a trámites digitales, sino que, también
fortalecerán la soberanía tecnológica del Estado Mexicano, asegurando que, las soluciones digitales sean
públicas, abiertas, interoperables y seguras. El INFOTEC, impulsará la formación de talento especializado,
mediante la Escuela de Tecnología Pública, el fomento a la investigación aplicada y la incorporación de
tecnologías emergentes, como Inteligencia Artificial, Big Data y soluciones que aporten al desarrollo
satelital.
Así, el INFOTEC, además de ser el proveedor de servicios del Gobierno de México, será un estratega
clave en la Transformación Digital del Estado, articulando un ecosistema de Innovación Pública que
involucre a Dependencias, Academia, Industria y Sociedad Civil. El objetivo: traducir el Desarrollo
Tecnológico en Bienestar Tangible e Inclusión Digital para toda la Población.
El fortalecer las finanzas de INFOTEC es prioritario en la visión a futuro, cercano y de mediano plazo: Lo
anterior, para asegurar continuidad operativa y sostenibilidad, se requiere consolidar un portafolio diversificado
de ingresos, mejorar la eficiencia en costos y la disciplina presupuestal, robustecer los mecanismos de
cobranza y gestión de cartera, y crear reservas financieras que amortigüen la variabilidad de proyectos. Esta
tarea prioritaria permitirá sostener la capacidad técnica, escalar servicios estratégicos y mantener la
autonomía necesaria para cumplir la misión institucional.
En Materia de Innovación y Conocimiento
Ser referente Nacional e Internacional, como una institución innovadora del Estado Mexicano, con un
diseño dual, en términos de Entidad Paraestatal y Centro Público de Investigación, a través del desarrollo de
investigación aplicada, desarrollo tecnológico, formación especializada y provisión de servicios tecnológicos
que, impulsen la articulación entre los sectores público, social, académico y productivo, con el propósito de
apoyar el crecimiento de México, hacia una potencia científica y tecnológica soberana, orientada hacia un
desarrollo con bienestar y prosperidad.
El INFOTEC es una institución de excelencia académica y liderazgo en investigación en Tecnologías de la
Información y la Comunicación, reconocida por ofrecer programas educativos de calidad internacional y alta
pertinencia social, orientados a la formación integral de personas capaces de enfrentar los desafíos
tecnológicos del país. A través de la generación de conocimiento, el desarrollo y escalamiento de tecnologías
prioritarias, así como una vinculación efectiva con Instituciones de Educación Superior (IES) y Centros
Públicos de Investigación (CPI), formará especialistas altamente calificados en tecnología e innovación. Con
ello, se impulsará el desarrollo tecnológico nacional, contribuyendo al bienestar social, la soberanía
tecnológica, la inclusión digital y el desarrollo sostenible de México.
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5.10 Contribución del INFOTEC al Segundo piso de la Transformación Digital
El INFOTEC, como Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la Información y
Comunicación, puede desempeñar un papel estratégico en el Segundo Piso de la Transformación Digital,
impulsado por el Gobierno actual, ya que, es motor clave para conectar la tecnología con el bienestar social,
la inclusión y la soberanía nacional, incluyendo su ámbito tecnológico, por medio de las siguientes acciones:
Impulso a la Soberanía Tecnológica. Desarrollo de plataformas de código abierto y soluciones
accesibles para las instituciones públicas, fortaleciendo la independencia tecnológica del Estado.
Promover la innovación nacional en sectores tecnológicos y de ciberseguridad.
Participar en los proyectos donde se ofrezca “Internet para Todos”, desplegando infraestructura
tecnológica en regiones marginadas.
Operar Centros de Datos y servicios de ciberseguridad, respaldando la digitalización de servicios
públicos.
Contribuir a que México se consolide como una potencia científica en el ámbito de las tecnologías
de la información y la comunicación, mediante la investigación en ciencia básica y de frontera, así
como el desarrollo tecnológico y la innovación.
Formación de talento para la era digital, a través de programas de formación de educación
superior (técnico superior universitario, especialidades, maestrías y doctorados), educación
continua y certificación, incluyendo la operación de la Escuela Pública de Código, capacitando a
personas en habilidades digitales como desarrollo de software, inteligencia artificial y
ciberseguridad.
Vinculación con el sector privado y social, actuando como puente entre el Gobierno y empresas
tecnológicas, facilitando soluciones integrales.
Promover modelos de colaboración científica y tecnológica que impulsen la transformación digital
del país.
Contribuir, bajo el liderazgo de la ATDT, al fortalecimiento de los siguientes cuatro, de los cien
compromisos anunciados por la Presidenta de la República:
○
Compromiso 17: Hacer realidad la digitalización de trámites y servicios, la más
grande en la historia (de México).
○
Compromiso 33: México será potencia tecnológica y de innovación.
○
Compromiso 34: Programa de Desarrollo Tecnológico para el Desarrollo Nacional.
○
Compromiso 88: Garantizar el Derecho al Internet.
6. Objetivos sectoriales
Objetivos del Programa Sectorial de Transformación Digital
y Telecomunicaciones 2025-2030
1. Garantizar el acceso efectivo a telecomunicaciones e internet y la provisión de servicios de conectividad accesibles,
eficientes y de calidad para toda la población, priorizando las áreas rurales y los Polos del Bienestar.
2. Garantizar el acceso a la identificación digital y a los trámites gubernamentales simplificados y digitalizados para toda la
población.
3. Fortalecer el resguardo y la seguridad de los sistemas desarrollados para la provisión de servicios digitales a
Dependencias y Entidades del Gobierno Federal.
4. Mejorar el desarrollo de infraestructura satelital y espacial en materia de telecomunicaciones, a través del Programa
Espacial Mexicano, para asegurar la continuidad de los servicios críticos, conectividad en zonas remotas y la soberanía
tecnológica.
5. Desarrollar tecnología pública y capacidades propias priorizando la soberanía de datos y utilizar la inteligencia de datos
para optimizar la función de gobierno y para la toma de decisiones.
6. Garantizar el acceso equitativo a servicios postales con criterios de calidad, seguridad, asequibilidad e innovación
tecnológica, en beneficio de todas y todos los mexicanos.
Fuente: Programa Sectorial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones 2025-2030 - Diario
Oficial de la Federación, 19 de septiembre de 2025.
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7. Objetivos del INFOTEC
Objetivos del Programa Institucional del INFOTEC 2026-2030
1 Mejorar la infraestructura tecnológica de última generación que, permita integrar, simplificar trámites y servicios públicos, a
través de plataformas digitales seguras y accesibles que garanticen un manejo seguro y transparente de la información y
coadyuvar en la consolidación de un Gobierno electrónico eficiente.
2 Desarrollar y adaptar soluciones tecnológicas para la Administración Pública Federal, fortaleciendo las capacidades
internas y promoviendo el uso de código abierto, con el fin de reducir la tercerización y garantizar a la ciudadanía el ejercicio
de sus derechos mediante la simplificación y homologación de trámites administrativos en plataformas digitales que
aseguren eficiencia, accesibilidad, innovación y mayor celeridad en los procesos de Gobierno.
3 Establecer vínculos estratégicos con Dependencias Públicas y actores clave, mediante alianzas que impulsen proyectos
de Transformación Digital e Innovación, sustentados en implementaciones tecnológicas especializadas, ciencia aplicada y
desarrollo tecnológico.
4 Formar capital humano altamente especializado en tecnología e innovación, potenciando las vocaciones en STEM, con
equidad de género e inclusión de grupos históricamente vulnerados, mediante la puesta en marcha de programas de
posgrado, TSU y educación continua pertinentes y flexibles, así como la consolidación de alianzas estratégicas que,
impulsen la competitividad nacional.
5 Producir investigación científica, colaborativa en desarrollo tecnológico e innovación en sectores estratégicos, con el
objetivo de convertir a México en una potencia científica y tecnológica soberana, orientada hacia un desarrollo con bienestar
social y prosperidad.
6. Generar un sistema integral de certificaciones tecnológicas, por medio de alianzas estratégicas, estándares
internacionales y colaboración formativa del INFOTEC, mejorando las competencias digitales de servidores públicos y
personas interesadas en el uso de las TIC, particularmente con base en los Polos de Desarrollo Económico para el
Bienestar.
Relevancia del Objetivo 1: Mejorar la infraestructura tecnológica de última generación que, permita
integrar, simplificar trámites y servicios públicos, a través de plataformas digitales seguras y accesibles que
garanticen un manejo seguro y transparente de la información y coadyuvar en la consolidación de un
Gobierno electrónico eficiente.
Este objetivo, no solo busca modernizar la administración pública, sino también, fortalecer la confianza
ciudadana en el uso de tecnologías gubernamentales, la consolidación de un Gobierno electrónico, eficiente y
confiable, mediante el desarrollo de infraestructura tecnológica de última generación, integrando y
simplificando los trámites y servicios públicos.
Impulsar la modernización de la Administración Pública Federal, promoviendo procesos más ágiles, menos
burocráticos y centrados en el ciudadano.
El INFOTEC será un pilar Institucional para asegurar que, la transformación digital se realice con
estándares altos de seguridad, accesibilidad y eficiencia, actualizando y manteniendo la infraestructura
tecnológica operativa, reforzar la ciberseguridad institucional, a fin, de controlar y mitigar riesgos cibernéticos,
y consolidar la resiliencia de la infraestructura tecnológica institucional.
Incrementar los servicios de infraestructura y ciberseguridad que, atienden las necesidades de la
población, instituciones y empresas que, cuenten con menos acceso a las TIC; fortalecer el manejo de la
información y acercar la tecnología a la población vulnerables, con lo cual:
Se garantizará la continuidad operativa de los servicios tecnológicos institucionales.
Se consolidará la formalización de instrumentos jurídicos claves para la prestación de servicios
tecnológicos estratégicos.
Los ataques cibernéticos, pueden generar costos enormes por la restauración de sistemas, acceso a datos
que, comprometan la seguridad de los usuarios, sanciones regulatorias, es por eso que, se debe asegurar la
viabilidad de las operaciones a largo plazo.
Una ciberseguridad sólida contribuye a una buena reputación y compromiso con la protección de los datos
personales, financieros, proyectos, generando confianza en la población e instituciones.
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Relevancia del Objetivo 2: Desarrollar y adaptar soluciones tecnológicas para la Administración Pública
Federal, fortaleciendo las capacidades internas y promoviendo el uso de código abierto, con el fin de reducir la
tercerización y garantizar a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos mediante la simplificación y
homologación de trámites administrativos en plataformas digitales que aseguren eficiencia, accesibilidad,
innovación y mayor celeridad en los procesos de Gobierno.
Este objetivo, permitirá fortalecer la autonomía tecnológica del Estado, al reducir la tercerización de
servicios externos y optimizar recursos públicos. Además, impulsa la innovación mediante soluciones de
código abierto mejora la calidad de los servicios digitales ofrecidos a la ciudadanía, en alineación con las
prioridades nacionales de transformación digital.
Con el código abierto, se promueve la libertad del usuario para ejecutar, copiar, distribuir, estudiar y
modificar el código fuente, fomentando así, la transparencia, la seguridad y la colaboración, obteniendo
beneficios como la reducción de costos al eliminar licencias, la personalización para necesidades específicas
y el impulso a la innovación y soberanía tecnológica a nivel individual, es decir, cada Entidad o Dependencia
podrá contar con sistemas desarrollados a sus necesidades.
La libertad para la selección de proveedores que, ofrezcan soporte y adaptaciones, permitiendo una
personalización profunda; al no requerirse el pago de licencias, el código abierto permitirá disminuirá
significativamente los gastos que, la Administración Pública Federal eroga actualmente, obteniendo control
sobre la tecnología y datos, favoreciendo la diversidad, en lugar de concentrarse en una única fuente de
insumos.
Reducir la tercerización y optimizar servicios digitales, será clave para fortalecer las capacidades
tecnológicas, permitiendo mayor agilidad, innovación y control, implementando estrategias que estarán
alineadas a los objetivos del INFOTEC generando un valor añadido y una mayor competitividad a largo plazo.
Relevancia del Objetivo 3: Establecer vínculos estratégicos con Dependencias Públicas y actores clave,
mediante alianzas que impulsen proyectos de Transformación Digital e Innovación, sustentados en
implementaciones tecnológicas especializadas, ciencia aplicada y desarrollo tecnológico.
Este objetivo, permitirá que el Estado, tenga mayor capacidad de respuesta ante problemas públicos
prioritarios, enfocando sus esfuerzos hacia el bienestar social, aplicando soluciones tecnológicas e
innovadoras a problemas específicos, optimizando la gestión pública.
Vinculando la ciencia aplicada y el desarrollo tecnológico, con las prioridades nacionales, coadyuvando
así, al fortalecimiento digital y tecnológico de las instituciones de Gobierno.
Relevancia del Objetivo 4: Formar capital humano altamente especializado en tecnología e innovación,
potenciando las vocaciones en STEM, con equidad de género e inclusión de grupos históricamente
vulnerados, mediante la puesta en marcha de programas de posgrado, TSU y educación continua pertinentes
y flexibles, así como la consolidación de alianzas estratégicas que, impulsen la competitividad nacional.
Este objetivo responde a la necesidad urgente de fortalecer el capital humano en áreas estratégicas como
la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas (STEM). En un contexto global donde la innovación
tecnológica determina el desarrollo económico y social de los países, México requiere formar profesionales
altamente capacitados que puedan generar soluciones locales con impacto global. Además, esta formación
especializada permitirá al país reducir su dependencia tecnológica del extranjero y fomentar una economía
basada en el conocimiento.
La inclusión de vocaciones en STEM y el enfoque en la equidad de género e inclusión de grupos
históricamente vulnerados son aspectos fundamentales para democratizar el acceso a oportunidades
educativas y laborales de calidad. En un país con amplias brechas sociales y de género, promover la
participación de mujeres, comunidades indígenas, personas con discapacidad y otros sectores marginados en
estas áreas no solo es una cuestión de justicia social, sino también una estrategia inteligente para aprovechar
el talento diverso y ampliar la base de innovación.
La implementación de programas de posgrado, Técnico Superior Universitario (TSU) y educación continua
pertinentes y flexibles permite atender las necesidades dinámicas del mercado laboral y los sectores
productivos del país. Estos programas deberán estar alineados con las demandas regionales y nacionales,
considerando las vocaciones productivas locales y las oportunidades emergentes. La flexibilidad curricular
también es clave para permitir trayectorias educativas adaptadas a distintos contextos y perfiles, facilitando la
formación a lo largo de la vida.
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Finalmente, la consolidación de alianzas estratégicas entre instituciones educativas, sector privado,
gobierno y organizaciones de la sociedad civil es esencial para construir un ecosistema de innovación sólido.
Estas sinergias pueden traducirse en mayores oportunidades de colaboración académica, transferencia
tecnológica y desarrollo de proyectos con impacto económico y social. En conjunto, este objetivo contribuye
directamente a mejorar la competitividad nacional, generar empleos de calidad y promover un desarrollo más
inclusivo, justo y sostenible para México.
Relevancia del Objetivo 5: Producir investigación científica, colaborativa en desarrollo tecnológico e
innovación en sectores estratégicos, con el objetivo de convertir a México en una potencia científica y
tecnológica soberana, orientada hacia un desarrollo con bienestar social y prosperidad.
La relevancia de este objetivo, radica en que, integra innovación, investigación, formación de talento y
alianzas estratégicas, convirtiendo al INFOTEC, en un motor clave para el bienestar social y el desarrollo
nacional; en resumen:
Impulso a la generación de conocimiento e innovación:
o
Posibilita el diseño de modelos, soluciones tecnológicas, propuestas de intervención en
ámbitos de interés público y del sector productivo.
o
Contribuye a la modernización de los sectores público y privado.
Fortalecimiento de la soberanía tecnológica.
o
Vincula ciencia, matemáticas y TIC para consolidar un ecosistema de investigación
aplicada.
o
Reduce la participación de terceros tecnológicos y promueve el desarrollo nacional.
o
Favorece la propiedad intelectual de productos derivados de proyectos de investigación
colaborativa.
Formación de talento en tendencias tecnológicas.
o
Integra programas de estancias posdoctorales y atracción de personas investigadoras
visitantes afines a las LGAC del INFOTEC.
o
Responde a la demanda de talento humano para fortalecer los proyectos de investigación
en las tendencias tecnológicas de relevancia internacional; por ejemplo, inteligencia
artificial, ciencia de datos, internet de las cosas y blockchain.
Consolidación de alianzas estratégicas.
o
Refuerza relaciones con instituciones públicas y privadas.
o
Potencia la innovación y la profesionalización tecnológica mediante colaboración
interinstitucional.
Relevancia del Objetivo 6: Generar un sistema integral de certificaciones tecnológicas, por medio de
alianzas estratégicas, estándares internacionales y colaboración formativa del INFOTEC, mejorando las
competencias digitales de servidores públicos y personas interesadas en el uso de las TIC, particularmente
con base en los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar.
El objetivo busca fortalecer las competencias digitales en distintos sectores estratégicos mediante la
certificación de habilidades tecnológicas, técnicas y cívicas, alineadas con las demandas del mercado laboral
y los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar (PODECOBI).
En primer lugar, se pretende certificar a personas servidoras públicas a través de una oferta curricular
actualizada que impulse la implementación efectiva de soluciones tecnológicas en la gestión pública,
contribuyendo así a la profesionalización del servicio público y a la mejora de los trámites y servicios digitales.
En el caso de personas estudiantes y egresadas de carreras en Tecnologías de la Información y
Comunicación (TIC), se promoverá la certificación de competencias digitales que faciliten su inserción laboral
en empleos de mayor valor agregado vinculados con la producción y la innovación tecnológica.
Esta articulación permitirá generar conocimiento útil, formar talento especializado y fortalecer ecosistemas
de innovación que respondan a las necesidades del país, contribuyendo a posicionar a México como un actor
relevante en la economía digital.
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8. Vinculación de los objetivos del Programa Institucional del INFOTEC 2026-2030
Objetivos del Programa
Institucional INFOTEC
2026 –2030
Objetivos del Programa
Sectorial de la ATDT
2025-2030
Objetivos del Plan Nacional
de Desarrollo
2025 – 2030
Estrategias del Plan
Nacional de Desarrollo
2025 – 2030
1. Mejorar la infraestructura
tecnológica
de
última
generación
que,
permita
integrar, simplificar trámites y
servicios públicos, a través
de
plataformas
digitales
seguras y accesibles que
garanticen un manejo seguro
y
transparente
de
la
información y coadyuvar en
la
consolidación
de
un
Gobierno
electrónico
eficiente.
2. Garantizar el acceso a la
identificación digital y a los
trámites
gubernamentales
simplificados y digitalizados
para toda la población.
T2.1:
Incrementar la productividad
y competitividad del país a
través de un proceso de
simplificación, digitalización y
reducción en tiempos de
resolución de trámites en los
tres órdenes de gobierno.
Estrategia T 2.1.2:
Establecer
un
modelo
nacional que modernice las
operaciones
gubernamentales
mediante
la
simplificación
y
digitalización
de
trámites
administrativos,
cumpliendo
con
reglas
de
gestión
documental,
facilitando
el
acceso
a
derechos,
promoviendo la inversión y
eliminando
prácticas
de
corrupción.
3. Fortalecer el resguardo y
la seguridad de los sistemas
desarrollados
para
la
provisión
de
servicios
digitales a Dependencias y
Entidades
del
Gobierno
Federal.
T2.2:
Impulsar la transformación
digital y la modernización del
sector público, garantizando
la confianza en el uso de
servicios digitales mediante
medidas
organizativas,
técnicas y de gobernanza,
que protejan los activos de
información
en
la
Administración
Pública
Federal.
Estrategia T 2.2.2:
Promover la creación de una
nube de gobierno que facilite
el resguardo seguro de la
información y garantice la
protección de los productos
generados, con la capacidad
de ofrecer servicios a otros
niveles
de
gobierno,
asegurando
la
interoperabilidad y eficiencia
en el manejo de datos a nivel
federal, estatal y municipal.
2.
Desarrollar
y
adaptar
soluciones tecnológicas para
la
Administración
Pública
Federal,
fortaleciendo
las
capacidades
internas
y
promoviendo
el
uso
de
código abierto, con el fin de
reducir la tercerización y
garantizar a la ciudadanía el
ejercicio de sus derechos
mediante la simplificación y
homologación
de
trámites
administrativos
en
plataformas
digitales
que
aseguren
eficiencia,
accesibilidad, innovación y
mayor
celeridad
en
los
procesos de Gobierno.
3. Fortalecer el resguardo y
la seguridad de los sistemas
desarrollados
para
la
provisión
de
servicios
digitales a Dependencias y
Entidades
del
Gobierno
Federal.
T2.2:
Impulsar la transformación
digital y la modernización del
sector público, garantizando
la confianza en el uso de
servicios digitales mediante
medidas
organizativas,
técnicas y de gobernanza,
que protejan los activos de
información
en
la
Administración
Pública
Federal.
Estrategia T 2.2.2:
Promover la creación de una
nube de gobierno que facilite
el resguardo seguro de la
información y garantice la
protección de los productos
generados, con la capacidad
de ofrecer servicios a otros
niveles
de
gobierno,
asegurando
la
interoperabilidad y eficiencia
en el manejo de datos a nivel
federal, estatal y municipal.
5.
Desarrollar
tecnología
pública
y
capacidades
propias
priorizando
la
soberanía de datos y utilizar
la inteligencia de datos para
optimizar
la
función
de
gobierno y para la toma de
decisiones
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Objetivos del Programa
Institucional INFOTEC
2026 –2030
Objetivos del Programa
Sectorial de la ATDT
2025-2030
Objetivos del Plan Nacional
de Desarrollo
2025 – 2030
Estrategias del Plan
Nacional de Desarrollo
2025 – 2030
3.Establecer
vínculos
estratégicos
con
Dependencias
Públicas
y
actores
clave,
mediante
alianzas
que
impulsen
proyectos de Transformación
Digital
e
Innovación,
sustentados
en
implementaciones
tecnológicas especializadas,
ciencia aplicada y desarrollo
tecnológico.
5.
Desarrollar
tecnología
pública
y
capacidades
propias
priorizando
la
soberanía de datos y utilizar
la inteligencia de datos para
optimizar
la
función
de
gobierno y para la toma de
decisiones
T2.2:
Impulsar la transformación
digital y la modernización del
sector público, garantizando
la confianza en el uso de
servicios digitales mediante
medidas
organizativas,
técnicas y de gobernanza,
que protejan los activos de
información
en
la
Administración
Pública
Federal
Estrategia T 2.2.2:
Promover la creación de una
nube de gobierno que facilite
el resguardo seguro de la
información y garantice la
protección de los productos
generados, con la capacidad
de ofrecer servicios a otros
niveles
de
gobierno,
asegurando
la
interoperabilidad y eficiencia
en el manejo de datos a nivel
federal, estatal y municipal
4. Formar capital humano
altamente especializado en
tecnología
e
innovación,
potenciando las vocaciones
en STEM, con equidad de
género e inclusión de grupos
históricamente
vulnerados,
mediante
la
puesta
en
marcha de programas de
posgrado, TSU y educación
continua
pertinentes
y
flexibles,
así
como
la
consolidación
de
alianzas
estratégicas que, impulsen la
competitividad nacional.
2. Garantizar el acceso a la
identificación digital y a los
trámites
gubernamentales
simplificados y digitalizados
para toda la población.
T2.1:
Incrementar la productividad
y competitividad del país a
través de un proceso de
simplificación, digitalización y
reducción en tiempos de
resolución de trámites en los
tres órdenes de gobierno.
Estrategia T 2.1.2:
Establecer
un
modelo
nacional que modernice las
operaciones
gubernamentales
mediante
la
simplificación
y
digitalización
de
trámites
administrativos,
cumpliendo
con
reglas
de
gestión
documental,
facilitando
el
acceso
a
derechos,
promoviendo la inversión y
eliminando
prácticas
de
corrupción.
5.
Producir
investigación
científica,
colaborativa
en
desarrollo
tecnológico
e
innovación
en
sectores
estratégicos, con el objetivo
de convertir a México en una
potencia
científica
y
tecnológica
soberana,
orientada hacia un desarrollo
con
bienestar
social
y
prosperidad.
1.Garantizar
el
acceso
efectivo
a
telecomunicaciones
e
internet y la provisión de
servicios
de
conectividad
accesibles, eficientes y de
calidad
para
toda
la
población,
priorizando
las
áreas rurales y los Polos de
Bienestar.
Objetivo 3.8:
Garantizar el acceso efectivo
a
telecomunicaciones
e
internet
mediante
el
despliegue de infraestructura
adecuada y la provisión de
servicios
de
conectividad
accesibles, eficientes y de
calidad
para
toda
la
población.
Estrategia 3.8.1:
Promover proyectos para el
despliegue de infraestructura
de telecomunicaciones y la
provisión
de
servicios
asegurando certeza jurídica,
técnica y financiera, con el
objetivo
de
ampliar
la
conectividad
a
toda
la
población.
6.
Generar
un
sistema
integral
de
certificaciones
tecnológicas, por medio de
alianzas
estratégicas,
estándares internacionales y
colaboración formativa del
INFOTEC,
mejorando
las
competencias
digitales
de
servidores
públicos
y
personas interesadas en el
uso
de
las
TIC,
particularmente con base en
los
Polos
de
Desarrollo
Económico para el Bienestar.
1.Garantizar
el
acceso
efectivo
a
telecomunicaciones
e
internet y la provisión de
servicios
de
conectividad
accesibles, eficientes y de
calidad
para
toda
la
población,
priorizando
las
áreas rurales y los Polos de
Bienestar.
Objetivo 3.8:
Garantizar el acceso efectivo
a
telecomunicaciones
e
internet
mediante
el
despliegue de infraestructura
adecuada y la provisión de
servicios
de
conectividad
accesibles, eficientes y de
calidad
para
toda
la
población.
Estrategia 3.8.1:
Promover proyectos para el
despliegue de infraestructura
de telecomunicaciones y la
provisión
de
servicios
asegurando certeza jurídica,
técnica y financiera, con el
objetivo
de
ampliar
la
conectividad
a
toda
la
población.
198
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
9. Estrategias y líneas de acción
Objetivo 1. Mejorar la infraestructura tecnológica de última generación que, permita integrar,
simplificar trámites y servicios públicos, a través de plataformas digitales seguras y accesibles que
garanticen un manejo seguro y transparente de la información y coadyuvar en la consolidación de un
Gobierno electrónico eficiente.
Estrategia 1.1 Implementar un modelo nacional de modernización gubernamental basado en la
infraestructura tecnológica de punta y escalable que, permita simplificar y digitalizar trámites
administrativos.
Líneas de acción
1.1.1 Desplegar Centros de Datos, nubes híbridas y arquitecturas distribuidas que soporten el crecimiento de
servicios digitales gubernamentales, de forma segura y eficiente.
1.1.2 Integrar plataformas interoperables para trámites administrativos, con trazabilidad y transparencia.
1.1.3 Desarrollar portales únicos de servicios digitales, con experiencia de usuario optimizada, accesibilidad
universal y disponibilidad 24/7.
1.1.4 Promover la interoperabilidad gubernamental, mediante intercambio seguro de datos, eliminando
duplicidades y facilitando el acceso eficiente a derechos y servicios.
1.1.5 Gestionar y dar mantenimiento de infraestructura crítica, con planes de continuidad y recuperación de
desastres.
Estrategia 1.2 Fortalecer la ciberseguridad gubernamental, con infraestructuras y mecanismos de
protección avanzados que garanticen el resguardo de los sistemas y datos en posesión del Gobierno,
asegurando la continuidad operativa, la privacidad y la seguridad de la información de los ciudadanos.
Líneas de acción
1.2.1 Establecer procesos para el monitoreo y detección en tiempo real.
1.2.2 Implementar protocolos de gestión y respuesta a ciberataques, con equipos especializados, en
mitigación y recuperación.
1.2.3 Asegurar la operación de servicios críticos con infraestructura de respaldo y continuidad operativa,
desplegando sistemas redundantes.
1.2.3 Ofrecer medidas de protección de datos sensibles mediante cifrado, segmentación de redes y control de
accesos, para garantizar la confidencialidad y disponibilidad de la información gubernamental.
1.2.4 Impulsar la productividad del Sector Público, mediante el diseño y ejecución de programas de
capacitación continua, orientados a funcionarios en temas clave de infraestructura tecnológica, desarrollo de
software, servicios.
Objetivo 2. Desarrollar y adaptar soluciones tecnológicas para la Administración Pública Federal,
fortaleciendo las capacidades internas y promoviendo el uso de código abierto, con el fin de reducir la
tercerización y garantizar a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos mediante la simplificación y
homologación de trámites administrativos en plataformas digitales que aseguren eficiencia,
accesibilidad, innovación y mayor celeridad en los procesos de Gobierno.
Estrategia 2.1 Ampliar la capacidad técnica y operativa para el desarrollo o adaptación de
soluciones tecnológicas.
Líneas de acción
2.1.1 Aumentar el número de perfiles especializados, según las necesidades de desarrollo.
2.1.2 Implementar procesos de búsqueda, evaluación y selección de personal técnico especializado.
2.1.3 Realizar actividades de promoción y vinculación con Universidades o Tecnológicos para la atracción de
talento especializado en el desarrollo de soluciones tecnológicas.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
199
Estrategia 2.2 Consolidar el desarrollo de soluciones con enfoque en código abierto que,
contribuyan a la institucionalización de una Fábrica de Software del Gobierno de México.
Líneas de acción
2.2.1 Desarrollar soluciones tecnológicas en código abierto con evaluación de escalabilidad replicables
conforme a la necesidad específica que, permitan reducir la sujeción a proveedores externos y respondan a
necesidades reales del Sector Público.
2.2.2 Consolidar la estructura operativa de una Fábrica de Software del Gobierno de México.
2.2.3 Promover los beneficios de la Fábrica de Software del Gobierno de México con otras Dependencias
gubernamentales y actores estratégicos.
Estrategia 2.3 Fortalecer las actividades de formación de talento para el desarrollo de soluciones o
adaptación de soluciones.
Líneas de acción
2.3.1 Difundir programas y proyectos del INFOTEC, en Centros educativos.
2.3.2 Implementar planes de formación y evaluación de capacidades.
2.3.3 Promover la incorporación de egresados de INFOTEC a los proyectos de desarrollo o adaptación de
soluciones.
Estrategia 2.4 Disminuir la rotación de talento especializado en el desarrollo de software.
Líneas de acción
2.4.1 Identificar las causas que, ocasionan la movilidad de talento.
2.4.2 Diseñar incentivos para fomentar la permanencia de talento especializado.
Objetivo 3. Establecer vínculos estratégicos con Dependencias Públicas y actores clave, mediante
alianzas que impulsen proyectos de Transformación Digital e Innovación, sustentados en
implementaciones tecnológicas especializadas, ciencia aplicada y desarrollo tecnológico.
Estrategia 3.1 Actualizar el portafolio estratégico de INFOTEC para el Sector Público.
Líneas de acción
3.1.1 Mantener actualizado el portafolio, de productos y servicios del INFOTEC, alineado a las tendencias
tecnológicas del mercado, necesidades institucionales y principios de soberanía tecnológica.
3.1.2 Promover las soluciones tecnológicas abiertas, escalables y replicables que, permitan reducir la sujeción
a proveedores externos y respondan a necesidades reales del Sector Público.
3.1.3 Implementar procesos sistemáticos, para incorporar retroalimentación de las Dependencias, en el diseño
de nuevos productos o servicios tecnológicos.
Estrategia 3.2 Fidelización y atención institucional.
Líneas de acción
3.2.1 Dar seguimiento sistemático, a estudios de mercado de Dependencias y Entidades Públicas,
identificando oportunidades de colaboración en proyectos estratégicos.
3.2.2 Realizar visitas periódicas y establecer canales de comunicación activos, con las instituciones que
utilizan productos y servicios del INFOTEC, con distintos niveles de interlocución técnica y operativa.
3.2.3 Desarrollar indicadores de satisfacción y cumplimiento de niveles de servicio, con mecanismos
correctivos ágiles, en caso de desviaciones.
200
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Estrategia 3.3 Difusión del impacto y soberanía tecnológica.
Líneas de acción
3.3.1 Implementar campañas de comunicación pública, enfocadas en el impacto social, y público de las
soluciones del INFOTEC, dirigidas especialmente a instituciones del Sector Público.
3.3.2 Difundir logros y casos de éxito, a través de redes sociales, medios digitales y foros institucionales,
destacando cómo INFOTEC contribuye a la soberanía tecnológica del país.
3.3.3 Generar materiales de difusión (videos, boletines, infografías) que resalten los beneficios concretos para
la ciudadanía, derivados de los proyectos tecnológicos implementados.
Objetivo 4. Formar capital humano altamente especializado en tecnología e innovación,
potenciando las vocaciones en STEM, con equidad de género e inclusión de grupos históricamente
vulnerados, mediante la puesta en marcha de programas de posgrado, TSU y educación continua
pertinentes y flexibles, así como la consolidación de alianzas estratégicas que, impulsen la
competitividad nacional.
Estrategia 4.1 Formar personas altamente especializadas en tecnología e innovación, mediante la
impartición de programas de educación superior, en áreas estratégicas de las TIC con enfoque
científico y humanístico a través de mecanismos de coordinación entre IES y CPI.
Líneas de acción
4.1.1 Incrementar la matrícula en programas de educación superior de INFOTEC que cuenten con esquemas
o componentes flexibles, modulares o duales, en su caso, orientados a la pertinencia social y alineados
estratégicamente con las necesidades del desarrollo nacional.
4.1.2 Revisar o actualizar los programas académicos de nivel superior de INFOTEC, asegurando su
pertinencia social y su enfoque científico y humanístico en áreas estratégicas de las tecnologías de la
información y comunicación (TIC).
4.1.3 Desarrollar nuevos programas académicos de nivel superior pertinentes socialmente y con enfoque
científico y humanístico en áreas estratégicas de las TIC.
Estrategia 4.2 Desarrollar habilidades y competencias digitales fortaleciendo la confianza y la
seguridad en el uso de tecnologías digitales, con principal atención a personas servidoras públicas,
estudiantes y grupos en situación de vulnerabilidad.
Líneas de acción
4.2.1 Capacitar a personas servidoras públicas en competencias digitales, con el propósito de contribuir a la
profesionalización del servicio público.
4.2.2 Aumentar el número de personas capacitadas en habilidades digitales, mediante cursos y
microcredenciales digitales con el propósito de contribuir a la profesionalización, la empleabilidad y la inclusión
digital.
Objetivo 5. Producir investigación científica, colaborativa en desarrollo tecnológico e innovación en
sectores estratégicos, con el objetivo de convertir a México en una potencia científica y tecnológica
soberana, orientada hacia un desarrollo con bienestar social y prosperidad.
Estrategia 5.1 Gestionar proyectos de investigación colaborativa, desarrollo tecnológico e
innovación para dar solución a problemas públicos relacionados con Ciencia y Tecnología, salud
pública, movilidad y ambientales, con la integración de tecnologías emergentes.
Líneas de acción
5.1.1 Desarrollar proyectos de investigación colaborativa afines a los programas nacionales estratégicos.
5.1.2. Desarrollar proyectos de investigación colaborativa, a través de convenios de colaboración científica y
tecnológica, con CPI, IES y Dependencias o Entidades del sector público.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
201
Estrategia 5.2 Realizar gestiones de registro de propiedad intelectual de resultados derivados de
proyectos de investigación colaborativa y de desarrollo tecnológico.
Líneas de acción
5.2.1 Diseñar métricas para valorar los resultados derivados de proyectos de investigación colaborativa y de
desarrollo tecnológico con susceptibilidad de registro de propiedad intelectual.
5.2.2 Medir resultados de los proyectos de investigación colaborativa y de desarrollo tecnológico con
posibilidad de registro de propiedad intelectual.
Objetivo 6. Generar un sistema integral de certificaciones tecnológicas, por medio de alianzas
estratégicas, estándares internacionales y colaboración formativa del INFOTEC, mejorando las
competencias digitales de servidores públicos y personas interesadas en el uso de las TIC,
particularmente con base en los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar.
Estrategia 6.1 Fortalecer competencias digitales de servidores públicos, personas interesadas y
colaboradores de INFOTEC, mediante certificaciones integrales sustentadas en estándares
internacionales y programas internos de actualización tecnológica y de gestión.
Líneas de acción
6.1.1 Certificar a personas estudiantes y egresadas en competencias digitales competitivas en el mercado de
TIC.
6.1.2 Certificar a personas servidoras públicas en competencias digitales alineadas a las necesidades
gubernamentales.
6.1.3 Generar propuestas de certificaciones en tecnologías emergentes, incluyendo inteligencia artificial,
blockchain e internet de las cosas, a partir de resultados de proyectos de investigación.
Estrategia 6.2 Impulsar alianzas estratégicas para garantizar acceso a certificaciones de
vanguardia y reconocimiento global de habilidades digitales.
Líneas de acción
6.2.1 Gestionar alianzas estratégicas en colaboración con gobiernos locales, estatales, CPI, IES, Instituciones
y Dependencias de la Administración Pública Federal para ampliar el alcance de las certificaciones.
6.2.2 Reforzar el acompañamiento o tutoría que permitan elevar la eficiencia terminal de las certificaciones.
6.2.3 Identificar nuevas vertientes para ampliar las temáticas de certificación especializada en TIC.
Estrategia 6.3 Desarrollar rutas de aprendizaje flexibles y laboratorios físicos o virtuales, alineados
a sectores estratégicos y a los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar (PODECOBI), que
integren credenciales digitales y competencias prácticas.
Líneas de acción
6.3.1 Diseñar, implementar o poner a disposición de personas servidoras públicas, estudiantes o población en
general, en su caso, laboratorios físicos o virtuales que, permitan la práctica aplicada de conocimientos,
vinculados a certificaciones.
6.3.2. Crear rutas de aprendizaje flexibles y/o modulares que integren credenciales digitales y certificaciones
internacionales, alineadas a sectores estratégicos y a los Polos de Desarrollo Económico del Bienestar
(PODECOBI).
202
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
10. Indicadores y metas
Indicador del objetivo 1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Porcentaje de servicios de infraestructura y seguridad cibernética públicos operados por el INFOTEC.
Objetivo
Mejorar la infraestructura tecnológica de última generación que, permita integrar, simplificar trámites y
servicios públicos, a través de plataformas digitales seguras y accesibles que garanticen un manejo seguro
y transparente de la información y coadyuvar en la consolidación de un Gobierno electrónico eficiente.
Definición o
descripción
Número de servicios de infraestructura y seguridad cibernética públicos operados por el INFOTEC en el
periodo t respecto del número de servicios de infraestructura y seguridad cibernética públicos operados por
el INFOTEC en el año t
Derecho
asociado
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, a las telecomunicaciones y a
internet
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la información
Enero de cada año posterior al
ejercicio fiscal correspondiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de reportar el avance
INFOTEC (Dirección Adjunta
de Desarrollo Tecnológico)
Método de
cálculo
(Número de servicios de infraestructura y seguridad cibernética públicos operados por el INFOTEC en el
periodo t/ Número de servicios de infraestructura y seguridad cibernética públicos operados por el
INFOTEC en el año t ) x100
Observaciones
LÍNEA BASE
Nombre de la
variable 1
Número de servicios de
infraestructura y seguridad
cibernética públicos operados
por el INFOTEC en el periodo t
Valor
variable 1
20
Fuente de
información
variable 1
Registros Administrativos de
Servicios ofrecidos. Listado de
servicios de Infraestructura y
ciberseguridad prestados por
INFOTEC, a cargo de la
Dirección Adjunta de Desarrollo
Tecnológico.
Nombre de la
variable 2
Número de servicios de
infraestructura y seguridad
cibernética públicos operados
por el INFOTEC en el año t
Valor
variable 2
20
Fuente de
información
variable 2
Registros Administrativos de
Servicios ofrecidos. Listado de
servicios de Infraestructura y
ciberseguridad prestados por
INFOTEC, a cargo de la
Dirección Adjunta de Desarrollo
Tecnológico.
Sustitución en
método de
cálculo
(20 / 20) x 100 = 100%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
100%
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
100%
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
100%
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
100%
100%
100%
100%
100%
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
203
Indicador del objetivo 2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Porcentaje de soluciones de código abierto desarrolladas o adaptadas para la Administración Pública
Federal
Objetivo
Desarrollar y adaptar soluciones tecnológicas para la Administración Pública Federal, fortaleciendo las
capacidades internas y promoviendo el uso de código abierto, con el fin de reducir la tercerización y
garantizar a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos mediante la simplificación y homologación de
trámites administrativos en plataformas digitales que aseguren eficiencia, accesibilidad, innovación y
mayor celeridad en los procesos de Gobierno.
Definición o
descripción
Número de soluciones de código abierto desarrolladas o adaptadas para la APF en el periodo t respecto al
número de solicitudes de desarrollo de código abierto recibidas de parte de la APF en el año t.
Derecho
asociado
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, a las telecomunicaciones y a
internet
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la información
Enero de cada año posterior al
ejercicio fiscal correspondiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de reportar el avance
INFOTEC (Dirección Adjunta
de Administración de
Proyectos)
Método de
cálculo
(Número de soluciones de código abierto desarrolladas o adaptadas para la APF en el periodo t/ Número
de solicitudes de desarrollo de código abierto recibidas de parte de la APF en el año t) x100.
LÍNEA BASE
Nombre de la
variable 1
Número de soluciones de
código abierto desarrolladas o
adaptadas para la APF en el
periodo t
Valor
variable 1
102
Fuente de
información
variable 1
Listado de soluciones
desarrolladas o adaptadas para
la Administración Pública
Federal, a cargo de la
Dirección Adjunta de
Administración de Proyectos.
Nombre de la
variable 2
Número de solicitudes de
desarrollo de código abierto
recibidas de parte de la APF
en el año t
Valor
variable 2
100
Fuente de
información
variable 2
Listado de soluciones
desarrolladas o adaptadas para
la Administración Pública
Federal, a cargo de la
Dirección Adjunta de
Administración de Proyectos.
Sustitución en
método de
cálculo
(102 / 100) x 100 = 102%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
102%
Se utiliza el último dato del Reporte anual de soluciones de
código abierto, los tiempos de planeación, ejecución y liberación
de los sistemas dependen de las solicitudes de los clientes y
pueden ajustarse durante el proceso, incluso haber sido
recibidas en un periodo anual previo.
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
100%
Soluciones de código abierto relacionados con el uso de TIC
serán el 102% de la meta para 2025
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
36.4%
77.3%
90.9%
95.5%
100%
102%
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
100%
100%
100%
100%
100%
204
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Indicador del objetivo 3
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Porcentaje de Dependencias que integran soluciones de INFOTEC en la operación de servicios públicos.
Objetivo
Establecer vínculos estratégicos con Dependencias Públicas y actores clave, mediante alianzas que
impulsen proyectos de Transformación Digital e Innovación, sustentados en implementaciones
tecnológicas especializadas, ciencia aplicada y desarrollo tecnológico.
Definición o
descripción
Número de Dependencias que integran soluciones de INFOTEC en sus operaciones en el periodo t
respecto al número de Dependencias que solicitaron soluciones de INFOTEC en el año t
Derecho
asociado
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, a las telecomunicaciones y a
internet
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la información
Enero de cada año posterior al
ejercicio fiscal correspondiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de reportar el avance
INFOTEC (Dirección Adjunta
de Competitividad)
Método de
cálculo
(Número de Dependencias que integran soluciones de INFOTEC en sus operaciones en el periodo t/
Número de Dependencias que solicitaron soluciones de INFOTEC en el año t) x 100.
Observaciones
LÍNEA BASE
Nombre de la
variable 1
Número de Dependencias que
integran soluciones de
INFOTEC en sus operaciones
en el periodo t
Valor
variable 1
30
Fuente de
información
variable 1
Registros Administrativos,
Tablero de Control de
Proyectos en su versión
pública, a cargo de la Dirección
Adjunta de Competitividad
Nombre de la
variable 2
Número de Dependencias que
solicitaron soluciones de
INFOTEC en el año t
Valor
variable 2
25
Fuente de
información
variable 2
Registros Administrativos,
Tablero de Control de
Proyectos en su versión
pública, a cargo de la Dirección
Adjunta de Competitividad.
Sustitución en
método de
cálculo
(30 / 25) x 100 = 120%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
120%
La línea base del indicador establece un logro absoluto de 30
Dependencias, lo cual representa un 120% con información al
cierre de diciembre de 2025, de la meta esperada para ese año.
El valor obedece a que, adicionalmente a las solicitudes
realizadas por las Dependencias en el periodo, se integraron
soluciones correspondientes a solicitudes de ejercicios fiscales
anteriores, derivado de los tiempos de planeación,
implementación y puesta en operación de las mismas..
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
100%
La meta para 2030 es la proyección para el cierre de diciembre
de ese año.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
100%
120%
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
100%
100%
100%
100%
100%
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
205
Indicador 1 del objetivo 4
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Crecimiento porcentual acumulado de la matrícula de Programas de Educación Superior de INFOTEC
Objetivo
Formar capital humano altamente especializado en tecnología e innovación, potenciando las vocaciones
en STEM, con equidad de género e inclusión de grupos históricamente vulnerados, mediante la puesta en
marcha de programas de posgrado, TSU y educación continua pertinentes y flexibles, así como la
consolidación de alianzas estratégicas que, impulsen la competitividad nacional.
Definición o
descripción
Mide el crecimiento acumulado, con respecto al año 2025, del número de personas matriculadas en
Programas de Educación Superior de INFOTEC con pertinencia social y enfoque estratégico.
Derecho
asociado
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, a las telecomunicaciones y a
internet
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la información
Enero de cada año posterior al
ejercicio fiscal correspondiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de reportar el avance
INFOTEC (Dirección Adjunta
de Innovación y Conocimiento)
Método de
cálculo
((Número de personas matriculadas en Programas de Educación Superior de INFOTEC acumuladas hasta
el periodo t/ Número de personas matriculadas en los programas académicos o de formación tecnológica
de INFOTEC en el año 2025) -1) x100
Observaciones El método de cálculo acumula los logros obtenidos hasta el periodo t, tomando como año base el 2025.
LÍNEA BASE
Nombre de la
variable 1
Número de personas
matriculadas en Programas de
Educación Superior de
INFOTEC acumuladas hasta
el periodo t
Valor
variable 1
457
Fuente de
información
variable 1
Registros Administrativos de
personas matriculadas a cargo
de la Dirección Adjunta de
Innovación y Conocimiento.
Nombre de la
variable 2
Número de personas
matriculadas en Programas de
Educación Superior de
INFOTEC en el año 2025
Valor
variable 2
457
Fuente de
información
variable 2
Registros Administrativos de
personas matriculadas a cargo
de la Dirección Adjunta de
Innovación y Conocimiento.
Sustitución en
método de
cálculo
((457/457)-1) X 100 = 0%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0%
El número de personas matriculadas en programas de formación
de INFOTEC, para el año 2025, en términos absolutos son 457
personas, al ser el primer año de comparación de una tasa de
crecimiento acumulada que toma como denominador el año
2025, el resultado en términos porcentuales es cero. Se espera
que para los próximos ejercicios el comportamiento de este
indicador sea creciente y de acuerdo a las metas esperadas.
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
50%
Aumento del 50% del número de personas matriculadas en los
Programas de Educación Superior de INFOTEC.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
0%
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
21%
28%
36%
44%
50%
206
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Indicador 2 del objetivo 4
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Número de personas capacitadas en habilidades digitales con el propósito de contribuir a la
profesionalización del servicio público o a la inclusión digital.
Objetivo
Formar capital humano altamente especializado en tecnología e innovación, potenciando las vocaciones
en STEM, con equidad de género e inclusión de grupos históricamente vulnerados, mediante la puesta en
marcha de programas de posgrado, TSU y educación continua pertinentes y flexibles, así como la
consolidación de alianzas estratégicas que, impulsen la competitividad nacional.
Definición o
descripción
Mide el número total acumulado, con respecto al año 2025, de las personas capacitadas en habilidades
digitales con el propósito de contribuir a la profesionalización del servicio público o a la inclusión digital.
Derecho
asociado
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, a las telecomunicaciones y a
internet
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la información
Enero de cada año posterior al
ejercicio fiscal correspondiente
Unidad de
medida
Número
Periodo de recolección de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de reportar el avance
INFOTEC (Dirección Adjunta
de Innovación y Conocimiento)
Método de
cálculo
Sumatoria acumulada del número de personas capacitadas en habilidades digitales con el propósito de
contribuir a la profesionalización del servicio público o a la inclusión digital hasta el periodo t (base 2025).
Observaciones
LÍNEA BASE
Nombre de la
variable 1
Número de personas
capacitadas en habilidades
digitales con el propósito de
contribuir a la
profesionalización del servicio
público o a la inclusión digital
en el periodo t (base 2025).
Valor
variable 1
10,800
personas
Fuente de
información
variable 1
Registros Administrativos de
personas matriculadas a cargo
de la Dirección Adjunta de
Innovación y Conocimiento.
Nombre de la
variable 2
NA
Valor
variable 2
NA
Fuente de
información
variable 2
NA
Sustitución en
método de
cálculo
Donde PC(t) son las personas capacitadas acumuladas en cada periodo anual.
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
10,800 personas
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
264,000 personas
Se refiere al dato acumulado de las personas capacitadas en
habilidades digitales con el propósito de contribuir a la
profesionalización del servicio público o a la inclusión digital, en
el periodo de 2026 a 2030, considerando como base el año
2025.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
4,000
personas
10,800
personas
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
30,000
personas
60,000 personas
108,000 personas
174,000 personas
264,000 personas
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
207
Indicador del objetivo 5
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Número de nuevos proyectos de investigación colaborativa o desarrollo tecnológico desarrollados en
INFOTEC
Objetivo
Producir investigación científica, colaborativa en desarrollo tecnológico e innovación en sectores
estratégicos, con el objetivo de convertir a México en una potencia científica y tecnológica soberana,
orientada hacia un desarrollo con bienestar social y prosperidad.
Definición o
descripción
Mide la suma acumulada anual del número de nuevos proyectos de investigación colaborativa o desarrollo
tecnológico desarrollados en INFOTEC hasta el periodo, tomando como base 2025 y hasta el año 2030.
Derecho
asociado
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, a las telecomunicaciones y a
internet
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la información
Enero de cada año posterior al
ejercicio fiscal correspondiente
Unidad de
medida
Número
Periodo de recolección de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de reportar el avance
INFOTEC (Dirección Adjunta
de Innovación y Conocimiento)
Método de
cálculo
Sumatoria acumulada del número de nuevos proyectos de investigación colaborativa o desarrollo
tecnológico desarrollados en INFOTEC hasta el periodo t (base 2025).
Observaciones
LÍNEA BASE
Nombre de la
variable 1
Número de nuevos
proyectos de investigación
colaborativa o desarrollo
tecnológico desarrollados
en INFOTEC en el
periodo t
Valor variable 1
23
proyectos
Fuente de
información
variable 1
Registros de proyectos de
investigación aplicada o
desarrollo tecnológico en TIC, a
cargo de la Dirección Adjunta
de Innovación y Conocimiento.
Nombre de la
variable 2
NA
Valor variable 2
NA
Fuente de
información
variable 2
NA
Sustitución en
método de
cálculo
Donde NP(t) son los nuevos proyectos de investigación colaborativa y desarrollo tecnológico desarrollados
en el INFOTEC en cada periodo anual.
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
23 proyectos
Se considera la cantidad de proyectos de investigación
desarrollados por personal investigador del ejercicio 2025
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
50 proyectos
El periodo de ejecución de los proyectos de investigación tiene
alcance de 2 a 3 años, excepcionalmente a 4 años.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
20 proyectos
23 proyectos
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
25 proyectos
33 proyectos
38 proyectos
45 proyectos
50 proyectos
208
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Indicador del objetivo 6
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Número de certificaciones, certificados en competencias digitales o afines, con base en estándares
internacionales y alianzas estratégicas, emitidos por INFOTEC.
Objetivo
Generar un sistema integral de certificaciones tecnológicas, por medio de alianzas estratégicas,
estándares internacionales y colaboración formativa del INFOTEC, mejorando las competencias digitales
de servidores públicos y personas interesadas en el uso de las TIC, particularmente con base en los Polos
de Desarrollo Económico para el Bienestar.
Definición o
descripción
Mide la suma acumulada anual del número de certificaciones, certificados en competencias digitales o
afines, con base en estándares internacionales y alianzas estratégicas, emitidos por INFOTEC hasta el
periodo t, tomando como base 2025 y hasta el año 2030.
Derecho
asociado
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, a las telecomunicaciones y a
internet
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la información
Enero de cada año posterior al
ejercicio fiscal correspondiente
Unidad de
medida
Número
Periodo de recolección de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de reportar el
avance
INFOTEC (Dirección Adjunta
de Innovación y Conocimiento)
Método de
cálculo
Sumatoria acumulada anual del número de certificaciones, certificados en competencias digitales o afines,
con base en estándares internacionales y alianzas estratégicas, emitidos por INFOTEC hasta el periodo t
(base 2025)
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre de la
variable 1
Número de certificaciones,
certificados en competencias
digitales o afines, con base
en estándares
internacionales y alianzas
estratégicas,
emitidos por INFOTEC hasta
el periodo t
Valor
variable 1
1,693
certificaciones,
certificados en
competencias
digitales o
afines
Fuente de
información
variable 1
Registros Administrativos,
listado de programas, a
cargo de la Dirección
Adjunta de Innovación y
Conocimiento.
Nombre de la
variable 2
NA
Valor
variable 2
NA
Fuente de
información
variable 2
NA
Sustitución en
método de
cálculo
Donde CE(t) corresponde al número de certificaciones, certificados en competencias digitales o afines, con
base en estándares internacionales y alianzas estratégicas, emitidos por INFOTEC acumuladas en cada
periodo t .
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
1,693 certificaciones, certificados en
competencias digitales o afines
La línea base se estableció con base en los registros del
sistema de certificaciones, certificados en competencias
tecnológicas o afines del INFOTEC.
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
57,600 certificaciones, certificados en competencias digitales
o afines
El alcance con respecto a la audiencia registrada/interesada
en el listado de programas de certificaciones y certificados
en competencias tecnológicas o afines
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
209
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
0 certificaciones,
certificados en
competencias
digitales o afines
1,693certificacio
nes, certificados
en competencias
digitales o afines
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
7,800
certificaciones,
certificados en
competencias digitales o
afines
13,800
certificaciones,
certificados en
competencias
digitales o afines
23,400
certificaciones,
certificados en
competencias
digitales o afines
37,800
certificaciones,
certificados en
competencias
digitales o afines
57,600
certificaciones,
certificados en
competencias digitales o
afines
11. Lista de Dependencias y Entidades participantes en el Programa
INFOTEC Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la Información y Comunicación
12. Fuentes de información
ANUIES. (2024). Anuario estadístico de educación superior. Asociación Nacional de Universidades e
Instituciones de Educación Superior. Recuperado de https://www.anuies.mx
CEPAL. (2022). Observatorio de Desarrollo Digital. Comisión Económica para América Latina y el Caribe.
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CONAPO. (2023). Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social 2023. Consejo Nacional de
Población. Recuperado de https://www.gob.mx/conapo
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social [Coneval]. (2013). Guía para la
Elaboración
de
la
Matriz
de
Indicadores
para
Resultados.
https://www.coneval.org.mx/Informes/Coordinacion/Publicaciones%20oficiales/GUIA_PARA_LA_ELABORACI
ON_DE_MATRIZ_DE_INDICADORES.pdf
Gil, R., Mariscal, J. Ramírez, F. (2008). Gobierno electrónico en México. Telecom-CIDE. Consultado el 29
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datos-propios-para-tramites-digitales/
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Información de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, México (SIODS). Agenda 2030. https://agenda2030.mx/
Instituto Nacional de Estadística y Geografía [INEGI]. (2024) Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso
de
Tecnologías
de
la
Información
en
los
Hogares
(ENDUTIH)
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Impacto
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Inclusive
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Páez, A., Chirino, C., Bisurgi, F., & Rodrigo, R. (2023). Los desafíos sociotécnicos para el desarrollo de las
administraciones públicas futuras. INAP, Unidad de Prospectiva y Escenarios Futuros (UPEF).
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210
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Presidencia de la República. (2025). Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030. Gobierno de México.
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Presidencia de la República. (2025). Presidenta Claudia Sheinbaum presenta Plan México a miembros del
Foro Económico Mundial. Gobierno de México. https://www.gob.mx/presidencia/prensa/presidenta-claudia-
sheinbaum-presenta-plan-mexico-a-miembros-del-foro-economico-mundial
Raziel, Z. (2025, junio 5). Sheinbaum anuncia la creación de un órgano técnico para administrar los
permisos de radio y televisión. EL PAÍS. https://elpais.com/mexico/2025-06-05/sheinbaum-anuncia-la-
creacion-de-un-organo-tecnico-para-administrar-los-permisos-de-radio-y-television.html
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Superior. Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación. Recuperado de https://secihti.mx
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gestión de los Instrumentos de Diseño y de Seguimiento del desempeño de los Programas presupuestarios
[Oficio].
Unidad
de
Evaluación
del
Desempeño.
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Secretaría de Hacienda y Crédito Público [SHCP]. (2023). Estructura Programática a emplear en el
proyecto
de
Presupuesto
de
Egresos
2024.
https://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/PPEF/2024/estructura_programatica/1_EstructurasProgramati
cas_paraPPEF2024.pdf
Secretaría de Hacienda y Crédito Público [SHCP]. (2023). Manual de Programación y Presupuesto para el
Ejercicio
Fiscal
2024.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/850825/Manual_de_Programacion_y_Presupuesto_2024.pdf
Secretaría de Hacienda y Crédito Público [SHCP]. (s.f.). Analíticos del Presupuesto de Egresos de la
Federación
2025.
Recuperado
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30
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junio
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SEP. (s.f.). Sistema de Información Educativa (SIES). Secretaría de Educación Pública. Recuperado de
https://www.sie.sep.gob.mx
SIIES. (2024). Perfil estadístico del sistema nacional de educación superior 2023–2024. Sistema Integrado
de Información de la Educación Superior. Recuperado de https://www.siies.unam.mx
Tablado, Fernando (2021). Brecha digital. Definición, causas y consecuencias. Grupo ATICO34.
https://protecciondatos-lopd.com/empresas/brecha-digital/.
United Nations, Department of Economi Affairsc. (2022). Encuesta de Gobierno Digital de 2022.
https://publicadministration.un.org/egovkb/Portals/egovkb/E-
Government%202022%20Traduccion%20FINAL.pdf
13. Referencias Jurídicas
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [CPEUM]. Artículos 1°; 3° Fracción V; 6°
Tercer Párrafo; 26 Apartado A; 90 y 134. 5 de febrero de 1917. (México)
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. 18 de diciembre de
1979.
DECRETO por el que se reforman, adicionan, y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal [H. Congreso de la Unión]. 24 de noviembre de 2024.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal [LOAPF]. 29 de diciembre de 1976. Artículos 1°; 3°
Fracción III; 9°; 20; 47 Primer Párrafo y TRANSITORIO: Décimo Segundo Tercer Párrafo.
Ley de Planeación [LP]. 5 de enero de 1983. Artículos 2°; 4°; 12; 14; 17 Fracciones II, V y VI; 21 Quinto
Párrafo; 21 Bis; 22; 24 y 26 Bis.
Ley Federal De Entidades Paraestatales [LFEP]. 14 de mayo de 1986 Artículos 1°; 40 primer párrafo;
47 y 49.
Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación [LGMHCTI]. 8 de mayo de
2023. Artículos 1°; 2°; 5°; 82; 84; 99 y 100.
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Asamblea General de
las Naciones Unidas. 13 de septiembre de 2007.
Dado en la Ciudad de México, a 31 de marzo de dos mil veintiséis.- El Titular de la Agencia de
Transformación Digital y Telecomunicaciones, Mtro. José Antonio Peña Merino.- Rúbrica.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
211
PROGRAMA de Cobertura Social 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Transformación Digital.-
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
PROGRAMA DE COBERTURA SOCIAL 2026.
Índice
Índice
Índice de Mapas
Índice de Tablas
Índice de Gráficas
1. Resumen Ejecutivo
2. Siglas y Acrónimos
3. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
4. Fundamento Normativo del Programa de Cobertura Social 2026
4.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
4.2. Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030
4.3 Programa Sectorial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones 2025–2030
4.4 Plan Nacional de Conectividad 2026–2030
4.5. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
4.6. Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
4.6.1. Colaboración con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
4.7. Ley General de Desarrollo Social
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
5.1. Situación actual
5.2. Brecha Digital de Género y el Gasto de los Hogares Mexicanos en Servicios de Comunicaciones
6. Objetivos
6.1 Objetivo 1: Promover condiciones de asequibilidad y/o gratuidad en el acceso a los servicios de
telecomunicaciones.
6.2. Objetivo 2: Validar, actualizar y mejorar el diagnóstico de cobertura de los servicios de
telecomunicaciones.
6.3. Objetivo 3: Impulsar el despliegue de infraestructura social, comunitaria e indígena.
6.4. Objetivo 4: Promover la regulación que permita incrementar la cobertura de los servicios de
telecomunicaciones y radiodifusión.
7. Estrategias y líneas de acción
7.1. Identificación de Áreas de Atención Prioritaria en el PCS 2026
7.2. Priorización Territorial
7.3. Metodología
7.4. Áreas de Atención Prioritaria para el PCS 2026
8. Componentes del Programa
8.1. Obligaciones de Cobertura Social
8.2. Mapas de Cobertura
8.3. Capacidad Satelital Reserva del Estado
8.4. Licitación de espectro radioeléctrico y mecanismos de descuentos
8.5. Simplificación de trámites federales y coordinación con autoridades estatales y municipales para
eliminar barreras burocráticas.
8.6. Mecanismos regulatorios de apoyo a pequeños operadores
8.7. Mecanismos de financiamiento y apoyo administrativo para pequeños operadores
9. Indicador y meta
10. Lista de dependencias y entidades participantes en el Programa
11. Referencias consultadas
12. Anexo
212
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Índice de Mapas
Mapa 1. Mapa del porcentaje de hogares con Internet por entidad federativa, 2024
Mapa 2. Mapa del porcentaje de personas usuarias de Internet por entidad federativa, 2024
Mapa 3. Entidades federativas en las que se paga más por el Internet, según el paquete
Mapa 4. Hogares que no disponen de Internet por falta de recursos económicos
Mapa 5. Entidades federativas donde pagan más por el servicio de telefonía móvil
Mapa 6. Entidades federativas donde no disponen de celular por falta de recursos económicos
Mapa 7: Mapa de distribución de las Áreas de Atención Prioritarias, 2026.
Índice de Tablas
Tabla 1. Porcentaje de hogares con Internet por entidad federativa, 2024.
Tabla 2: Porcentaje de Usuarios por Entidad Federativa
Tabla 3: Porcentaje de personas usuarias de Internet en los ámbitos urbano y rural
Tabla 4 : Principales ZM en México
Tabla 5. Gasto de los Hogares en Internet
Tabla 6. Gasto mensual promedio por hogar
Tabla 7. Entidades federativas que no cuentan con celulares
Índice de Gráficas
Gráfica 1: Hogares con internet por año
Gráfica 2: Usuarios de internet por año
Gráfica 3: Usuarios de Internet por tipo de zona (%)
Gráfica 4: Porcentaje de personas usuarias de Internet en el ámbito urbano y rural
Gráfica 5: Composición de personas usuarias de Internet por entidad federativa
Gráfica 6: Personas usuarias de Internet, según género (%)
Gráfica 7: Personas usuarias de Internet por entidad federativa, por género
Gráfica 8: Mujeres usuarias de Internet por tipo de zona y entidad federativa (%)
Gráfica 9: Hombres usuarios de Internet por tipo de zona y entidad federativa (%)
1. Resumen Ejecutivo
La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones emite el presente Programa de Cobertura
Social 2026, con fundamento a lo establecido en el artículo 202 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones
y Radiodifusión, con el objetivo de incrementar la cobertura poblacional de las redes y la penetración de los
servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluido el acceso a Internet de banda ancha y la cobertura
de telefonía móvil, en las Áreas de Atención Prioritaria, mismas que son definidas por la Agencia.
A lo largo del presente documento se desarrolla dicho programa, por una parte, se aborda el marco
normativo que sustenta su emisión y, por otra, se desarrolla un diagnóstico de la situación actual del país en
materia de conectividad y acceso a los servicios de telecomunicaciones. Dicho diagnóstico considera, entre
otros aspectos relevantes para la definición de los objetivos de cobertura social; los hogares con acceso a
Internet; el número de personas usuarias por entidad federativa; el acceso en los ámbitos urbano y rural; la
brecha digital de género y el gasto de los hogares en servicios de comunicaciones.
Este Programa de Cobertura Social 2026 está estructurado en:
1 Objetivo General,
4 Objetivos Específicos,
7 componentes
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
213
Asimismo, se describe la metodología utilizada para realizar la identificación de las Áreas de Atención
Prioritaria, mediante la cual a nivel nacional se identifican 9,364 localidades prioritarias sin cobertura,
distribuidas en 1,043 municipios, con una alta concentración en el sur y sureste del país. Chiapas (23%),
Oaxaca (13%), Veracruz (12%) y Guerrero (10%), que en conjunto representan el 58% del total, lo que implica
que aproximadamente dos de cada tres localidades sin cobertura móvil se ubican en sólo cuatro entidades. En
dichas localidades identificadas como Área de Atención Prioritaria, residen 2.85 millones de habitantes, lo
que representa el 34% de la población total sin cobertura, y 45% de la meta al 2030, de conformidad con el
Plan Nacional de Conectividad 2026 - 2030.
A partir de estos hallazgos, este Programa de Cobertura Social 2026 presenta su Estrategia con 4 líneas
de acción para cumplir cada Objetivo Específico mediante los indicadores y metas anuales con el fin de
cumplir con la ampliación de la cobertura.
Por último, es importante destacar que este Programa de Cobertura Social 2026 fue elaborado en
coordinación con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, dependencia que, en el ámbito de sus
atribuciones, podrá implementar acciones orientadas al cumplimiento de los objetivos de este Programa y, en
consecuencia, contribuir al incremento de la cobertura de las redes y a la penetración de los servicios de
telecomunicaciones y radiodifusión.
2. Siglas y Acrónimos
AAP
Áreas de Atención Prioritaria (de conformidad con los artículos 202 y 203 de la
LMTR)
AGEB
Áreas Geoestadísticas Básicas
ATDT
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones
CSRE
Capacidad Satelital Reserva del Estado
CONEVAL
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social
CRT
Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
DOF
Diario Oficial de la Federación
ENDUTIH
Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información
en los Hogares
INEGI
ITER
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Principales Resultados por Localidad
LGDS
Ley General de Desarrollo Social
LMTR
Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
LOAPF
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
ODS
Objetivo de Desarrollo Sostenible
PCS 2026
Programa de Cobertura Social 2026
PND 2025 - 2030
Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030
PNC 2026-2030
Plan Nacional de Conectividad 2026 - 2030
PODECOBI
Polos de Desarrollo Económico Para el Bienestar
PS ATDT (2025 - 2030)
Programa
Sectorial
de
la
Agencia
de
Transformación
Digital
y
Telecomunicaciones
TIC
Tecnologías de la Información y Comunicación
ZAP
Zonas de Atención Prioritaria (las áreas o regiones, sean de carácter
predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza
o marginación) de conformidad con los criterios establecidos por Bienestar y
publicadas en el DOF
ZM
Zonas Metropolitanas
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3. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el presente Programa, incluyendo aquellas
correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como, las labores de coordinación
interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de
las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el
Programa conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal respectivo.
4. Fundamento Normativo del Programa de Cobertura Social 2026
4.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) reconoce, en su artículo 6º, el
derecho de toda persona al acceso a la información, las Tecnologías de la Información y Comunicación, así
como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet, y establece
la obligación del Estado de garantizar su ejercicio efectivo.
Para tales efectos, el Ejecutivo Federal, a través de la dependencia encargada de elaborar y conducir las
políticas de telecomunicaciones y radiodifusión, deberá garantizar condiciones de competencia, calidad,
pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad y acceso libre, sin injerencias
arbitrarias.
Asimismo, el artículo 1º Constitucional en su párrafo tercero, establece que todas las autoridades en el
ámbito de sus competencias, promoverán y garantizarán los derechos humanos, de conformidad con los
principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos; así
como, la prohibición de toda forma de discriminación, principios que orientan el diseño y la implementación del
Programa de Cobertura Social 2026 (PCS 2026), particularmente en Áreas de Atención Prioritaria (AAP).
En este marco, el artículo 25 Constitucional, establece que corresponde al Estado conducir y orientar el
desarrollo nacional, con el propósito de garantizar que este se lleve a cabo de manera integral y sustentable,
fortaleciendo la soberanía nacional y el sistema democrático. Dicho mandato constitucional implica la
responsabilidad de promover un modelo de desarrollo que fomente la competitividad, la generación de
empleo, el crecimiento económico y el bienestar social, este es el fundamento constitucional para
la implementación de políticas públicas y programas federales orientados a reducir las desigualdades
y a fortalecer la inclusión social.
Finalmente el artículo 26 Constitucional, apartado A, establece que corresponde al Estado diseñar y
conducir un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, orientado a asegurar que el
crecimiento económico se lleve con solidez y dinamismo, competitividad, permanencia y equidad, como
elementos indispensables para el fortalecimiento de la independencia nacional y la consolidación de una vida
democrática del país, marcó en el que se integra el PCS 2026 como un mecanismo de planeación sectorial.
4.2. Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030
El Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 (PND 2025-2030), entre otras, establece como prioridad del
Estado la ampliación del acceso efectivo a los servicios de telecomunicaciones e Internet, particularmente en
las zonas rurales, comunidades indígenas y afromexicanas, así como en regiones con altos niveles de
marginación, reconociendo la conectividad a Internet como un elemento indispensable para el desarrollo
económico, social y territorial.
En particular, el PCS 2026 es un instrumento operativo para la implementación del Eje General 3:
Economía moral y trabajo, al contribuir al cumplimiento del objetivo de garantizar el acceso efectivo a los
servicios de telecomunicaciones e Internet mediante la identificación y priorización de zonas rurales y urbanas
con rezagos de conectividad, orientando el despliegue de infraestructura y la provisión de servicios hacia
territorios donde el mercado no ha logrado implementar los mecanismos adecuados para atender las
necesidades de la población.
Asimismo, el PCS 2026 se articula con el Eje Transversal 2: Innovación pública para el desarrollo
tecnológico nacional, al emplear inteligencia de datos, información geoespacial y mecanismos de validación
de cobertura social para mejorar la planeación pública, cerrar brechas digitales y garantizar la conectividad en
espacios públicos prioritarios, condición necesaria para la digitalización de trámites y servicios
gubernamentales.
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De igual forma, el PCS 2026 es congruente con el Eje Transversal 3: Derechos de las comunidades
indígenas y afromexicanas, al priorizar la cobertura social en localidades con presencia de pueblos,
comunidades indígenas y afromexicanas, reconociendo su derecho al acceso a las telecomunicaciones, al
desarrollo tecnológico y promoviendo esquemas de conectividad social, comunitaria e indígena.
Asimismo, el PCS 2026 es acorde al Objetivo 3.8, busca garantizar el acceso efectivo a las
telecomunicaciones e Internet mediante el despliegue de infraestructura y la provisión de servicios de
conectividad accesibles, eficientes y de calidad para toda la población.
4.3 Programa Sectorial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones 2025–2030
Uno de los objetivos prioritarios del Programa Sectorial de la Agencia de Transformación Digital y
Telecomunicaciones 2025–2030 (PS ATDT 2025-2030), es garantizar el acceso efectivo a las
telecomunicaciones e Internet, así como, la provisión de servicios de conectividad accesibles, eficientes y de
calidad para toda la población, priorizando las zonas rurales en aquellas regiones que presentan mayores
rezagos en materia de infraestructura y acceso digital.
El PCS 2026 promueve el cumplimiento del Objetivo Sectorial 1: Garantizar el acceso efectivo a
telecomunicaciones e Internet y la provisión de servicios de conectividad accesibles, eficientes y de calidad
para toda la población, con énfasis en zonas rurales y Polos de Desarrollo Económico Para el Bienestar
(PODECOBI), a través de la identificación y priorización de ZAP, el PCS 2026 focaliza las acciones de
despliegue de infraestructura y provisión de servicios en territorios con altos niveles de marginación, rezago
social o ausencia de conectividad.
Asimismo, el PCS 2026 contribuye a la ejecución de las Estrategias 1.1 y 1.2 del PS ATDT, al proporcionar
el diagnóstico territorial y geoespacial que permite:
A.
Delimitar comunidades rurales y urbanas de alta marginación sin cobertura,
B.
Identificar los PODECOBI con necesidades de conectividad,
C.
Fomentar esquemas de conectividad social, comunitaria, indígena y afromexicana, y
D.
Priorizar la provisión de Internet gratuito en sitios públicos como escuelas, centros de salud y
espacios comunitarios.
De igual forma, el PCS 2026 se alinea con el Objetivo Prioritario 4 del PS ATDT, relativo al desarrollo y
aprovechamiento de la infraestructura satelital, al identificar zonas remotas o de difícil acceso donde las
soluciones terrestres no resultan viables, facilitando la planeación de esquemas de conectividad satelital para
garantizar continuidad y cobertura social.
Aunque su enfoque central es la cobertura e infraestructura para servicios de telecomunicaciones, el PCS
2026 funge también como habilitador transversal del Objetivo Prioritario 2, al crear las condiciones de
conectividad necesarias para que la digitalización de trámites, la identidad digital y los servicios públicos
digitales puedan implementarse de manera incluyente, evitando que la transformación digital profundice las
brechas existentes.
Finalmente, la ejecución del PCS 2026 contribuye al cumplimiento de los indicadores del Programa
Sectorial, particularmente aquellos relacionados con el incremento del acceso a Internet en población rural y
en la reducción del número de localidades marginadas sin cobertura, proporcionando información actualizada
y validada para el seguimiento y evaluación de las metas sexenales.
4.4 Plan Nacional de Conectividad 2026–2030
El Plan Nacional de Conectividad 2026-2030 (PNC) es el instrumento rector para la formulación y
conducción de la política pública en materia de conectividad universal, asequible y de calidad, que tiene como
prioridad la atención a grupos poblacionales y territorios en situación de rezago digital. El PNC establece un
enfoque integral que contempla la expansión de infraestructura terrestre, mediante la colaboración entre entes
públicos y privados; así como la implementación de soluciones satelitales.
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El PNC establece las bases para orientar, a partir de 2026 y hasta 2030, las acciones en materia de
conectividad, con el propósito de avanzar de manera progresiva hacia una conectividad significativa. El PNC
se cimenta en un marco normativo que reconoce a la conectividad como un elemento habilitador para el
ejercicio de derechos y como un componente estratégico para el desarrollo y la soberanía tecnológica
del país.
El PNC se implementa mediante dos programas de carácter federal, a emitirse y actualizarse anualmente,
de conformidad con el artículo 202 de la LMTR: El PCSP-AAP 2026 y el presente Programa. El PCSP-AAP
2026 tiene como propósito establecer las acciones conducentes a incrementar la cobertura de las redes y la
penetración de los servicios de telecomunicaciones en las áreas que la ATDT defina como prioritarias.
Mientras que el Programa de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria tiene como
propósito identificar y establecer las acciones para garantizar la conectividad en sitios públicos mediante
puntos de acceso gratuito a Internet, beneficiando con ello a las comunidades próximas a los mismos.
A través de este Programa y el PCS-AAP 2026, el PNC traza la hoja de ruta para que la conectividad en
México funcione como una condición garantizada para el ejercicio de derechos y un componente clave para el
desarrollo comunitario y nacional.
4.5. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Con fundamento en el artículo 42 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF),
la Agencia de Transformación Digital (ATDT), tiene la responsabilidad de formular y conducir las políticas de
inclusión digital, gobierno digital, tecnologías de la información y la comunicación y telecomunicaciones de la
Administración Pública Federal, así como de emitir lineamientos para la cobertura universal y social de
servicios de telecomunicaciones, garantizando la ampliación de acceso y la reducción de brechas sociales en
el ámbito nacional.
Esta disposición respalda la atribución de la ATDT para planear, coordinar y ejecutar las acciones
contempladas en el presente PCS 2026 en congruencia con la planeación nacional de desarrollo.
Por otra parte, la LOAPF establece las bases de organización de la Administración Pública Federal y
reconoce a las Empresas Públicas del Estado como parte de la Administración Pública Paraestatal, reguladas
por sus propias leyes, lo cual resulta relevante para la implementación de acciones de cobertura social en
telecomunicaciones.
4.6. Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
La Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR) publicada en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 16 de julio de 2025, es de orden público y tiene por objeto establecer las bases de las
políticas en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, así como garantizar el acceso efectivo de la
población a dichos servicios públicos de interés general.
En el artículo 3, fracción XIII, define a la cobertura social como el acceso y disponibilidad de los servicios
de telecomunicaciones en áreas o para personas de grupos poblacionales de atención prioritaria
determinadas por la ATDT, bajo condiciones de calidad, asequibilidad y/o gratuidad, para lo cual debe
considerar los criterios de priorización establecidos en el programa respectivo.
De acuerdo con el artículo 9, fracciones III y IV, la ATDT tiene la atribución de planear, fijar, instrumentar
y conducir las políticas y programas de cobertura universal y cobertura social; así como, coordinarse con la
CRT para promover, en el ámbito de sus respectivas competencias, el acceso a las Tecnologías de la
Información y Comunicación (TIC) y a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluido el de
banda ancha e Internet.
Por otro lado, en el artículo 202, establece que la ATDT es la autoridad responsable de elaborar
anualmente el Programa de Cobertura Social en AAP.
Así mismo, en el artículo 203, establece como objetivo incrementar la cobertura de las redes y la
penetración de los servicios de telecomunicaciones en AAP. Dicho artículo opera como un marco de
referencia para identificar zonas y localidades de atención prioritaria y orientar las acciones necesarias para
ampliar la cobertura de los servicios de telecomunicaciones, particularmente en aquellas regiones con
mayores rezagos de conectividad y acceso efectivo.
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4.6.1. Colaboración con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
Con fundamento en el artículo 10, fracciones XXXIII y XL, de la LMTR, la CRT tiene atribuciones
expresas para llevar a cabo las acciones necesarias que, en el ámbito de su competencia, contribuyan al
cumplimiento de los objetivos de la Política de Inclusión Digital Universal y cobertura universal; así como, de
los objetivos y metas establecidos en el PND y en los demás instrumentos de planeación y programáticos
aplicables a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión. Además, la CRT es el órgano que establece a
los concesionarios las obligaciones de cobertura geográfica, poblacional o social para contribuir a la cobertura
universal.
En ese contexto, en cumplimiento a los artículos referidos y aplicables de LMTR, el PCS se consolida
como un componente central de la política pública orientada a garantizar el acceso efectivo a los servicios de
telecomunicaciones y radiodifusión, particularmente en zonas y poblaciones en áreas de atención prioritaria,
por lo que es parte del conjunto de programas y estrategias emitidos por el Ejecutivo Federal para avanzar en
la cobertura universal y la inclusión digital; por ello, su diseño, elaboración, implementación y seguimiento
requieren de la participación coordinada de las autoridades competentes en la materia.
En virtud de lo anterior, la CRT participa de manera activa, en el ámbito de sus atribuciones, en la
elaboración de los Programas de Cobertura Social, colaborando en la definición de criterios de priorización
que permitan identificar las necesidades de cobertura; diseñar y establecer mecanismos regulatorios que
incentiven o establezcan obligaciones de cobertura orientadas al cumplimiento de los objetivos del propio
PCS.
Esta participación se traduce en una contribución sustantiva para asegurar que el PCS 2026 sea
congruente con el marco normativo vigente, con los objetivos de cobertura social y la consecución de la
cobertura universal previstos en la LMTR.
4.7. Ley General de Desarrollo Social
El artículo 1, fracción I, de la Ley General de Desarrollo Social (LGDS), establece las bases para
garantizar el ejercicio pleno de los derechos sociales establecidos en la Constitución asegurando a toda la
población el acceso al desarrollo social.
En el artículo 19, fracción IV, se establece que la Política de Desarrollo Social está conformada por los
programas que están dirigidos a Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), en consecuencia este precepto define el
criterio de focalización territorial como un eje de acción pública, al disponer que los programas deben
orientarse preferentemente hacia aquellos territorios que presentan mayores niveles de rezago.
Asimismo en el artículo 29, establece que se consideran ZAP las áreas o regiones, sean de carácter
predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza o marginación, indicativos de
la marcada insuficiencia y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social establecidos
en la Ley.
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
5.1. Situación actual
El presente diagnóstico muestra información sobre cobertura social De acuerdo con información del
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), a partir de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y
Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2024, se observa un crecimiento sostenido
en la disponibilidad de Internet en los hogares mexicanos durante el periodo 2019–2024. En 2024,
28.8 millones de hogares contaban con acceso a Internet, lo que representó 73.6% del total nacional.
Este resultado refleja un incremento de 20.7 puntos porcentuales respecto de 2018, cuando el acceso se
situaba en 52.9%, equivalente a 18.3 millones de hogares. Tan solo entre 2023 y 2024, la proporción
de hogares con Internet aumentó 1.9 puntos porcentuales, confirmando la continuidad de la tendencia de
crecimiento.
De acuerdo con el PNC 2026-2030 los datos muestran que más de una cuarta parte de los hogares del
país aún carecen de conectividad, lo que resalta la persistencia de brechas digitales de carácter territorial,
social y económico que refuerza la necesidad de consolidar políticas públicas de cobertura social en
telecomunicaciones orientadas a la inclusión digital y al acceso efectivo en zonas y poblaciones prioritarias
(Gráfica 1).
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Gráfica 1: Hogares con internet por año
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2021-2024.
En cuanto al uso de Internet entre la población de 6 años o más, los resultados de la ENDUTIH muestran
un crecimiento sostenido y continuo a nivel nacional durante el periodo 2018–2024. En 2024, el número de
personas usuarias de Internet ascendió a 100.2 millones, lo que representó 83.1% de la población de 6 años o
más, frente al 65.5% registrado en 2018, equivalente a 73.1 millones de personas. Esto implica un incremento
acumulado de 17.6 puntos porcentuales en el periodo, confirmando una expansión importante del uso de
Internet en el país.
Este crecimiento ha sido progresivo año con año, lo que refleja la consolidación del Internet como un
servicio esencial para la vida cotidiana, el acceso a información, la educación, el trabajo y la interacción con
servicios públicos y privados (Gráfica 2).
Gráfica 2: Usuarios de internet por año
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2021-2024.
No obstante, la evidencia de la ENDUTIH confirma que el crecimiento en el uso de Internet no ha sido
homogéneo entre los ámbitos urbano y rural, ya que persiste una brecha territorial relevante. En 2024, el
86.9% de la población de 6 años o más residente en zonas urbanas utilizó Internet, mientras que en el ámbito
rural la proporción fue de 68.5%, lo que representa una brecha de 18.4 puntos porcentuales entre ambos
ámbitos.
El análisis de la evolución histórica muestra que, si bien el uso de Internet ha aumentado de manera
sostenida en ambos contextos, el ritmo de crecimiento ha sido mayor en las zonas rurales con 4.5 puntos
porcentuales por año, aunque insuficiente para cerrar completamente la brecha. Entre 2018 y 2024, la
proporción de personas usuarias en el ámbito rural se incrementó de 41.0% a 68.5%, es decir, 27.5 puntos
porcentuales, mientras que en el ámbito urbano el aumento fue de 73.1% a 86.9%, equivalente a 13.8 puntos
porcentuales.
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Estos resultados evidencian que, pese a los avances significativos en términos de penetración del uso de
Internet, las condiciones de acceso y conectividad siguen siendo desiguales, particularmente en las zonas
rurales, donde persisten mayores limitaciones asociadas a la cobertura de infraestructura, la asequibilidad de
los servicios y las condiciones geográficas.
En este contexto, la reducción de la brecha digital territorial continúa siendo un desafío, reforzando la
necesidad de focalizar las acciones del PCS 2026 en las localidades rurales y de alta marginación, a fin de
garantizar un acceso efectivo, equitativo y sostenible a los servicios de conectividad (Gráfica 3).
Gráfica 3: Usuarios de Internet por tipo de zona (%)
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2021-2024.
En este contexto, los resultados confirman una mayor penetración del uso de Internet a nivel nacional; sin
embargo, también subrayan la necesidad de fortalecer las políticas de cobertura social y de inclusión digital,
particularmente en zonas rurales y localidades de alta marginación, a fin de asegurar que el incremento en el
número de personas usuarias se traduzca en un acceso efectivo, equitativo y sostenible en todo el territorio
nacional.
La distribución de las personas usuarias de Internet en México presenta una marcada concentración
territorial, estrechamente vinculada al tamaño poblacional, al grado de urbanización y al nivel de desarrollo
económico de las entidades federativas.
Hogares con acceso a Internet a nivel entidad federativa
El acceso a Internet en los hogares mexicanos presenta avances importantes, a nivel nacional el
porcentaje de hogares con Internet es del 73.1%, pero mantiene una brecha territorial significativa. Los
porcentajes estatales van desde 84.4% en Ciudad de México y Sonora, hasta 50.7% en Chiapas, lo que
implica una diferencia de 33.7 puntos porcentuales entre el valor más alto y el más bajo. Este rango evidencia
que el crecimiento en conectividad no ha sido homogéneo y que el lugar de residencia sigue siendo un factor
determinante para el acceso digital.
Por el contrario, el sur del país enfrenta un rezago que se manifiesta en sus indicadores de conectividad.
Chiapas se ubica como la entidad con menor acceso, donde apenas el 50.7% de los hogares cuentan con
Internet, seguido por Oaxaca y Guerrero. Estas cifras indican que, en estas zonas, casi la mitad de la
población aún vive en una situación de desconexión digital, lo cual limita sus oportunidades de acceso a
servicios educativos, financieros y de información en comparación con el resto del territorio, el grueso de las
entidades mexicanas se concentra en un rango medio que va del 70% al 80%. Estados como Guanajuato,
Yucatán y Tabasco muestran avances importantes pero aún enfrentan el reto de universalizar el servicio.
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Mapa 1. Mapa del porcentaje de hogares con Internet por entidad federativa, 2024
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Tabla 1. Porcentaje de hogares con Internet por entidad federativa, 2024.
Entidad
Hogares con
Internet (%)
Entidad
Hogares con
Internet (%)
Ciudad de México
84.4
Tamaulipas
74.9
Sonora
84.4
Morelos
74.4
Nuevo León
83.7
Yucatán
73.9
Coahuila
83.1
Tabasco
71.7
Aguascalientes
82.4
Campeche
71.5
Quintana Roo
82.3
Hidalgo
70.2
Baja California
81.6
Michoacán
67.7
Jalisco
80.9
Nayarit
66.9
Baja California Sur
80.4
San Luis Potosí
65.5
Querétaro
79.5
Veracruz
64
Sinaloa
78.9
Durango
63.9
Zacatecas
78.2
Puebla
61.8
Chihuahua
77.6
Tlaxcala
61.5
Colima
77.1
Guerrero
58.9
Estado De México
76.7
Oaxaca
55.5
Guanajuato
75.3
Chiapas
50.7
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
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Personas usuarias de Internet por entidad federativa
El análisis de la ENDUTIH 2024 respecto a las personas usuarias de Internet muestra un panorama
significativamente más optimista que el de la conectividad por hogares. Esto sugiere que, aunque una casa no
tenga una conexión fija, los individuos logran acceder a la red mediante otros medios, como redes móviles o
espacios públicos. En este indicador, el promedio nacional (83.1%) se eleva considerablemente, destacando
que, en la gran mayoría del país, ocho de cada diez personas ya son usuarias activas de tecnologías digitales.
En el nivel superior de la Tabla 2 se encuentran Sonora, Quintana Roo y Baja California Sur, entidades
que han logrado romper la barrera del 90%. Sonora lidera con un 91.3%, consolidándose como un referente
de adopción tecnológica, es notable ver a Quintana Roo en la segunda posición, lo que puede explicarse por
la fuerte presencia de la industria turística y la movilidad de servicios que exigen una población altamente
conectada, a este grupo le siguen Coahuila y la Ciudad de México, manteniendo niveles de uso muy cercanos
al 88%.
Un hallazgo relevante es la homogeneidad en gran parte del territorio nacional, donde 25 de las
32 entidades federativas superan el 80% de usuarios. Aunque la brecha digital persiste, los valores mínimos
son mucho más altos en comparación con años anteriores. Chiapas y Oaxaca siguen ocupando los últimos
lugares con 64.9% y 69.2% respectivamente, siendo las únicas dos entidades por debajo del umbral del 70%.
En la Tabla 2 se puede observar el porcentaje de usuarios por entidad federativa.
Mapa 2. Mapa del porcentaje de personas usuarias de Internet por entidad federativa, 2024
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
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Tabla 2: Porcentaje de Usuarios por Entidad Federativa
Entidad Federativa
Población usuaria de
Internet por Entidad
Federativa
Población total encuestada
(ENDUTIH 2024)
Porcentaje de usuarios por
Entidad Federativa
Aguascalientes
1,209,672
1,378,664
87.74
Baja California
3,031,703
3,509,930
86.38
Baja California Sur
739,752
818,069
90.43
Campeche
732,876
871,035
84.14
Coahuila de Zaragoza
2,707,477
3,071,359
88.15
Colima
599,599
682,729
87.82
Chiapas
3,374,958
5,198,561
64.92
Chihuahua
3,043,123
3,570,368
85.23
Ciudad de México
7,889,592
8,972,229
87.93
Durango
1,430,490
1,726,621
82.85
Guanajuato
4,596,531
5,829,947
78.84
Guerrero
2,539,693
3,277,908
77.48
Hidalgo
2,503,051
3,007,973
83.21
Jalisco
7,128,465
8,128,889
87.69
México
14,345,362
16,676,405
86.02
Michoacán de Ocampo
3,776,256
4,577,295
82.50
Morelos
1,562,471
1,855,337
84.21
Nayarit
959,235
1,155,736
83.00
Nuevo León
4,937,522
5,695,679
86.69
Oaxaca
2,712,274
3,917,249
69.24
Puebla
4,717,020
6,047,313
78.00
Querétaro
1,991,630
2,343,138
85.00
Quintana Roo
1,617,007
1,783,031
90.69
San Luis Potosí
2,121,565
2,663,734
79.65
Sinaloa
2,500,927
2,847,359
87.83
Sonora
2,587,428
2,832,810
91.34
Tabasco
1,947,044
2,331,104
83.52
Tamaulipas
2,876,720
3,278,676
87.74
Tlaxcala
1,131,508
1,376,031
82.23
Veracruz de Ignacio de la
Llave
5,775,021
7,483,336
77.17
Yucatán
1,868,467
2,173,616
85.96
Zacatecas
1,295,088
1,522,666
85.05
Fuente: Indicadores de precisión de los usuarios de Internet, por entidad federativa, según medio de
conexión, ENDUTIH 2024.
Personas usuarias de Internet en los ámbitos urbano y rural
De acuerdo con la ENDUTIH en el 2024, el 86.9% de los usuarios correspondió al ámbito urbano y el
68.5% en la zona rural. A partir del 2021 las personas usuarias en ambas áreas presentaron aumentos
estadísticamente significativos cada año con respecto al anterior, en los periodos de 2023 y 2024 se reportó
un crecimiento del 1.4% en el ámbito urbano y con 2.5% en el ámbito rural; en la Gráfica 4 se puede observar
el comportamiento del incremento estadístico del uso del Internet en zona rural como urbana.
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Gráfica 4: Porcentaje de personas usuarias de Internet en el ámbito urbano y rural
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso
de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH), ediciones 2021, 2022, 2023 y 2024.
Cabe señalar que existen factores adicionales en algunas entidades federativas, que representan retos
para el despliegue de infraestructura, como lo son la dispersión poblacional y las condiciones geográficas, lo
que refuerza la pertinencia de esquemas de cobertura social, conectividad satelital y redes comunitarias. En la
Tabla 3 se puede observar el porcentaje de personas usuarias de Internet en los ámbitos urbano y rural.
Tabla 3: Porcentaje de personas usuarias de Internet en los ámbitos urbano y rural
Estado
USUARIOS
NO USUARIOS
% USUARIOS
%NO USUARIOS
Rural
Urbana
Rural
Urbana
Rural
Urbana
Rural
Urbana
Aguascalientes
176,513
1,033,159
57,488
111,504
75.40%
90.30%
24.60%
9.70%
Baja California
194,621
2,837,082
42,122
436,105
82.20%
86.70%
17.80%
13.30%
Baja
California
Sur
76,251
663,501
16,053
62,264
82.60%
91.40%
17.40%
8.60%
Campeche
155,276
577,600
70,590
67,569
68.70%
89.50%
31.30%
10.50%
Coahuila
185,570
2,521,907
62,282
301,600
74.90%
89.30%
25.10%
10.70%
Colima
76,409
523,190
24,222
58,908
75.90%
89.90%
24.10%
10.10%
Chiapas
1,390,244
1,984,714
1,199,681
623,922
53.70%
76.10%
46.30%
23.90%
Chihuahua
270,179
2,772,944
210,546
316,699
56.20%
89.70%
43.80%
10.30%
CDMX
103,399
7,786,193
0
1,082,637
100.00%
87.80%
0%
12.20%
Durango
404,412
1,026,078
153,259
142,872
72.50%
87.80%
27.50%
22.20%
Guanajuato
999,102
3,597,429
428,729
804,687
70.00%
81.70%
30.00%
18.30%
Guerrero
912,759
1,626,934
493,949
244,266
64.90%
86.90%
35.10%
13.10%
Hidalgo
884,996
1,618,055
290,864
214,058
75.30%
88.30%
24.70%
11.70%
Jalisco
719,422
6,409,043
205,876
794,548
77.80%
89.00%
22.20%
11.00%
México
1,150,352
13,195,010
224,856
2,106,187
83.60%
86.20%
16.70%
13.80%
Michoacán
972,149
2,804,107
423,386
377,653
69.70%
88.10%
30.30%
11.90%
Morelos
188,051
1,374,420
42,266
250,600
81.60%
84.60%
18.40%
15.40%
224
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Estado
USUARIOS
NO USUARIOS
% USUARIOS
%NO USUARIOS
Rural
Urbana
Rural
Urbana
Rural
Urbana
Rural
Urbana
Nayarit
208,538
750,697
105,566
90,935
66.40%
89.20%
33.60%
10.80%
Nuevo León
110,704
4,826,818
105,835
652,322
51.10%
88.10%
48.90%
11.90%
Oaxaca
1,212,663
1,499,611
851,353
353,622
58.80%
80.90%
41.20%
19.10%
Puebla
1,038,624
3,678,396
569,138
761,155
64.60%
82.90%
35.40%
17.10%
Querétaro
348,873
1,642,757
151,629
199,879
69.70%
89.20%
30.30%
10.80%
Quintana Roo
146,087
1,470,920
55,617
110,407
72.40%
93.00%
27.60%
7.00%
San Luis Potosí
608,150
1,513,415
306,483
235,686
66.50%
86.50%
33.50%
13.50%
Sinaloa
466,624
2,034,303
148,748
197,684
75.80%
91.10%
24.20%
8.90%
Sonora
337,086
2,250,342
72,280
173,102
82.30%
92.90%
17.70%
7.10%
Tabasco
675,777
1,271,267
202,082
181,978
77.00%
87.50%
23.00%
22.50%
Tamaulipas
245,757
2,630,963
85,979
315,977
74.10%
89.30%
25.90%
10.70%
Tlaxcala
114,231
1,017,277
37,530
206,993
75.30%
83.10%
24.70%
16.90%
Veracruz
1,837,459
3,937,562
920,442
787,873
66.60%
83.30%
33.30%
16.70%
Yucatán
261,165
1,607,302
84,983
220,166
75.40%
88.00%
24.60%
12.00%
Zacatecas
464,283
830,805
126,955
100,623
78.50%
89.20%
11.50%
10.80%
Fuente: Indicadores de precisión de los usuarios de Internet, por entidad federativa, según medio de
conexión, ENDUTIH 2024.
Implicaciones para la política de cobertura social
El análisis por entidad federativa con base en la ENDUTIH 2024 muestra que, si bien el acceso a Internet
ha alcanzado una cobertura significativa a nivel nacional, no implica una cobertura universal y mucho menos
equitativa. En 2024, el 86.9% de la población de 6 años y más, utilizó Internet en zonas urbanas pero, este
promedio oculta brechas territoriales relevantes, particularmente entre zonas urbanas y rurales; donde
entidades con altos volúmenes absolutos de usuarios pueden continuar presentando un alto grado de
exclusión digital, particularmente en zonas rurales, indígenas y de alta marginación.
En este contexto, y en apego a la LMTR, el PCS 2026 no debe basarse únicamente en indicadores
agregados por entidad, sino en la identificación de brechas intraterritoriales. La evidencia del INEGI y la
ENDUTIH respalda la necesidad de una focalización territorial fina, complementada con criterios sociales y
demográficos, para avanzar hacia un acceso efectivo, equitativo y sostenible a los servicios de
telecomunicaciones en todo el país.
Entidades con alta concentración urbana
En México, con base en el análisis del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, las cuatro Zonas
Metropolitanas (ZM) más grandes del Valle de México, Monterrey, Guadalajara y Puebla-Tlaxcala concentran
en conjunto el 27% de la población total (Tabla 4); que refleja la fuerte centralidad de sus zonas
metropolitanas y la cobertura más amplia de infraestructura en áreas urbanas. En estos casos, la brecha
digital se manifiesta principalmente en zonas rurales o periurbanas específicas, más que a nivel estatal
agregado.
Tabla 4 : Principales ZM en México
Zona Metropolitana
Habitantes
Valle de México
21,804,515
Monterrey
5,341,177
Guadalajara
5,268,642
Puebla-Tlaxcala
3,199,530
Fuente: Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, Cámara de Diputados, Cuatro zonas
metropolitanas, las más grandes Valle de México, Guadalajara, Monterrey y Puebla-Tlaxcala, Documento de
trabajo núm. 366, marzo 2022, CESOP, Datos sociodemográficos: INEGI, Censo de Población y Vivienda
2020.
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DIARIO OFICIAL
225
Entidades con distribución urbano–rural más equilibrada
Un segundo grupo de entidades presenta una participación rural significativa, con porcentajes rurales
iguales o superiores a 30%, como Oaxaca (45%), Chiapas (41%), Guerrero (36%), Zacatecas (36%), Hidalgo
(35%), Tabasco (35%) y Veracruz (32%). En estas entidades, la estructura territorial y la alta dispersión
poblacional implican retos sustantivos para el despliegue de infraestructura, y evidencian la necesidad de
esquemas diferenciados de cobertura social, incluyendo soluciones comunitarias y satelitales (Gráfica 5).
Gráfica 5: Composición de personas usuarias de Internet por entidad federativa
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Implicaciones para la cobertura social
El análisis confirma que la brecha digital territorial no es homogénea, sino que adopta distintas
expresiones según la configuración urbana y rural de cada entidad. Mientras que en entidades altamente
urbanizadas el reto se concentra en zonas específicas de rezago, en entidades con elevada población rural el
desafío es estructural y territorial, lo que exige una focalización prioritaria de las acciones del PCS 2026.
Gasto de los Hogares Mexicanos en Servicios de Telecomunicaciones
En cuanto al gasto de Internet en los hogares, se observa que en su mayoría se consume por paquete, es
decir, pagan el Internet junto con servicios de televisión de paga y/o telefonía fija, este desembolso ronda
entre los $1,238.60 y $847.76 mensuales, lo que representa el 4.8% y 3.3% del ingreso promedio (Tabla 5).
Tabla 5. Gasto de los Hogares en Internet
Paquete
Gasto promedio
mensual
Hogares
Porcentaje de su
ingreso
Absolutos
Porcentaje
TV de paga, telefonía fija e
Internet
$1,238.60
6,131,450
21%
4.8%
TV de paga e Internet
$ 1,131.00
3,876,841
13%
4.4%
Telefonía fija e Internet
$ 895.49
7,441,309
26%
3.5%
Sólo Internet
$ 847.76
10,565,225
37%
3.3%
Otro
ND
757,849
3%
ND
Total
28,772,674
100%
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Cuando se desagrega la información por entidad federativa, se observa que el top 10 que en promedio
pagan más, no se encuentran regionalizados, es decir coinciden con las entidades que tienen mayor ingreso
(Figura 3).
226
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Mapa 3. Entidades federativas en las que se paga más por el Internet, según el paquete
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Con base en la ENDUTIH 2024, al analizar los hogares que no disponen de servicio de Internet y las
razones asociadas a dicha condición, se observa como principal causa, con 55.25% la falta de recursos
económicos; mientras que el 24.90% indicó no tener interés o no considera necesario el servicio; el 9.41%
manifestó no contar con los conocimientos para su uso; y el 4.81% reportó la inexistencia de servicio en su
localidad, atribuible a la falta de infraestructura.
Al momento de desagregar la información de no disponibilidad de Internet por falta de recursos
económicos, se observa que por lo menos del 65% de dichos hogares se encuentran regionalizados en centro
y sur del país (Figura 4).
Mapa 4. Hogares que no disponen de Internet por falta de recursos económicos
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Viernes 17 de abril de 2026
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227
Respecto al gasto de los usuarios en telefonía móvil, en promedio los usuarios gastan $406.04 pesos
mensuales, lo que representa el 1.56% de los ingresos mensuales de los mexicanos, de la misma manera,
cuando se desagrega la información a nivel entidad federativa, se observa que la región norte del país se
encuentra entre las 10 entidades que pagan más por el servicio de telefonía móvil (Figura 5).
Mapa 5. Entidades federativas donde pagan más por el servicio de telefonía móvil
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Tabla 6. Gasto mensual promedio por hogar
Entidad Federativa
Gasto Mensual
Nuevo León
$591.18
Baja california Sur
$562.02
Tamaulipas
$557.95
Yucatán
$526.24
Baja California
$524.93
Aguascalientes
$510.39
Sinaloa
$509.90
Zacatecas
$477.55
Coahuila
$466.29
Chihuahua
$464.80
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
La ENDUTIH 2024, muestra sobre la disponibilidad de equipos celulares, que el 31% de la población que
no dispone de un equipo móvil se debe por la falta de recursos económicos, 16% por falta de interés o
necesidad, 0.45% por ausencia de servicio en su localidad (falta de infraestructura, cobertura de red), 19% por
no saber utilizarlo y 21% porque no les permiten usarlo. Las principales entidades donde la falta de recursos
económicos es una causal para no tener celular, se concentran en el centro y sur del país (Figura 6).
228
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Viernes 17 de abril de 2026
Mapa 6. Entidades federativas donde no disponen de celular por falta de recursos económicos
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Tabla 7. Entidades federativas que no cuentan con celulares
Entidad Federativa
Hogares
Absolutos
Porcentajes
Chiapas
866,787
13.90%
México
762,540
12.23%
Veracruz
629,650
10.10%
Puebla
430,171
6.90%
Oaxaca
404,643
6.49%
Guanajuato
378,106
6.06%
Guerrero
304,465
4.88%
Jalisco
248,724
3.99%
Michoacán
244,457
3.92%
Ciudad de México
193,065
3.10%
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
5.2. Brecha Digital de Género y el Gasto de los Hogares Mexicanos en Servicios de
Comunicaciones
La adopción de las TIC es esencial para el desarrollo social, económico y territorial; no obstante, para una
transformación digital incluyente, deben identificarse y atender las brechas estructurales asociadas al género y
a la capacidad económica de los hogares.
Brecha digital de género
Los resultados de la ENDUTIH 2024 muestran que el uso de Internet ha crecido de manera sostenida
tanto en hombres como en mujeres durante el periodo 2018–2024; sin embargo, persisten diferencias por
género que reflejan desigualdades sociales más profundas. En 2018, el 67.0% de los hombres y el 64.2% de
las mujeres eran usuarios de Internet con una variación de 2.8 puntos porcentuales.
Cabe destacar que la brecha no es lineal ni estática, en 2023, por primera vez, el porcentaje de mujeres
usuarias de Internet (81.4%) superó ligeramente al de los hombres (81.1%), lo que evidenció el potencial de
cierre de la brecha y para 2024, estas proporciones aumentaron a 84.1% en los hombres y 82.3% en las
mujeres, lo que confirma avances importantes en términos de acceso, que estos avances no están
plenamente consolidados y dependen de condiciones sociales, económicas y culturales que siguen afectando
de manera diferenciada a las mujeres (Gráfica 6).
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229
Gráfica 6: Personas usuarias de Internet, según género (%)
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
El análisis del porcentaje de personas usuarias de Internet por entidad federativa, desagregado por
género, muestra que la brecha digital de género presenta una marcada heterogeneidad territorial. En
entidades con mayor urbanización y mejores condiciones de infraestructura, como Ciudad de México, Nuevo
León, Baja California Sur, Quintana Roo, Jalisco y Sonora, las diferencias entre hombres y mujeres son
mínimas o inexistentes, e incluso se observa paridad o ligera ventaja femenina.
En contraste, entidades con mayor ruralidad, marginación y presencia de comunidades indígenas, como
Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Puebla y Estado de México, presentan brechas más amplias en detrimento de las
mujeres, con diferencias que alcanzan hasta 10 puntos porcentuales, lo que evidencia que las desigualdades
de género en el uso de Internet se superponen con brechas sociales y territoriales preexistentes.
Asimismo, se identifican entidades donde el porcentaje de mujeres usuarias supera al de los hombres,
como Baja California, Colima, Durango, Nayarit, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz y Zacatecas, lo que
refleja avances relevantes en la incorporación de las mujeres al uso del Internet. No obstante, estos
resultados no implican necesariamente igualdad en las condiciones de acceso o en el aprovechamiento de la
conectividad.
En este contexto, el PCS 2026 deberá incorporar un enfoque de género territorializado, que combine
acciones de cobertura social y asequibilidad en aquellas entidades y regiones donde las mujeres enfrentan
mayores desventajas para ejercer plenamente su derecho a la conectividad (Gráfica 7).
Gráfica 7: Personas usuarias de Internet por entidad federativa, por género
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
230
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Viernes 17 de abril de 2026
El análisis del uso de Internet entre las mujeres, desagregado por ámbito urbano y rural, evidencia que la
brecha digital de género se intensifica en los territorios rurales, aun en entidades donde el acceso urbano es
elevado. En prácticamente todas las entidades federativas, el porcentaje nacional de mujeres usuarias en
zonas urbanas supera el 80%, alcanzando niveles cercanos o superiores al 90% en entidades como Quintana
Roo, Sonora, Sinaloa, Baja California Sur y Colima, lo que refleja que en contextos urbanos, el acceso de las
mujeres a Internet se encuentra relativamente consolidado.
En contraste, el ámbito rural presenta rezagos significativos y heterogéneos. Destacan brechas
particularmente amplias en entidades como Chiapas (74.3% de población urbana frente a 46.1% de población
rural), Chihuahua (89.4% de población urbana frente a 57.5% de población rural), Nuevo León (88.7% de
población urbana frente a 49.3% de población rural), Oaxaca (78.8% de población urbana frente a 55.6%
de población rural) y Puebla (81.1% de población urbana frente a 62.2% de población rural), donde la
diferencia supera los 25 puntos porcentuales.
Estos resultados confirman que las mujeres pertenecientes a una población rural enfrentan barreras
acumuladas asociadas a la disponibilidad de infraestructura, la asequibilidad de los servicios y factores
socioculturales. En este contexto, el PCS 2026 deberá priorizar acciones diferenciadas en zonas rurales para
avanzar hacia un acceso efectivo, equitativo y sostenible al Internet para las mujeres en todo el territorio
nacional (Gráfica 8).
Gráfica 8: Mujeres usuarias de Internet por tipo de zona y entidad federativa (%)
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
El análisis de porcentaje de hombres usuarios de Internet por entidad federativa y ámbito urbano-rural
confirma que si bien el acceso masculino se encuentra ampliamente consolidado en las zonas urbanas, donde
el promedio nacional alcanza 87.8%, persisten brechas territoriales significativas en el ámbito rural, cuyo
promedio se sitúa en 69.4%.
En la mayoría de las entidades, el uso urbano supera con holgura el promedio nacional, destacando
Quintana Roo, Sonora, Aguascalientes, Baja California Sur y Querétaro, con niveles urbanos superiores al
90%. En contraste, el acceso rural masculino presenta rezagos marcados en entidades como Nuevo León
(52.8%), Chihuahua (54.6%), Nayarit (60.5%), Oaxaca (62.2%), Chiapas (62.2%) y Veracruz (62.8%), donde
la diferencia entre ámbitos urbano y rural supera los 20 puntos porcentuales.
Estos resultados evidencian que aun cuando los hombres presentan niveles de uso de Internet superiores
a los de las mujeres en términos agregados, el territorio sigue siendo un factor determinante de exclusión
digital, reforzando la necesidad de que el PCS 2026 mantenga un enfoque territorial que priorice la
conectividad rural como condición indispensable para cerrar las brechas de acceso y uso de las
telecomunicaciones (Gráfica 9).
Viernes 17 de abril de 2026
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231
Gráfica 9: Hombres usuarios de Internet por tipo de zona y entidad federativa (%)
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
En las localidades rurales de menos de 2,500 habitantes y entre la población de estratos socioeconómicos
bajo y medio bajo, el acceso a Internet sigue siendo limitado y se concentra en los territorios con mayor
vulnerabilidad social. A nivel nacional, solo el 68.5% de esta población utiliza Internet, lo que confirma que la
ruralidad y el nivel socioeconómico continúan siendo factores determinantes del acceso efectivo.
Persisten además brechas de género en el uso de Internet. Mientras que el promedio nacional es de
69.3% en hombres y 67.7% en mujeres, en entidades como Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Puebla y Nuevo
León el uso de Internet por parte de las mujeres en zonas rurales se mantiene por debajo del promedio
nacional y del masculino. En contraste, Baja California, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz y Zacatecas
presentan niveles de uso de Internet por parte de las mujeres iguales o superiores al de los hombres, lo que
indica avances aún frágiles.
En conjunto, estos resultados subrayan la necesidad de que el PCS 2026 priorice acciones focalizadas en
localidades rurales pequeñas, con énfasis en la asequibilidad, la conectividad en sitios públicos y un enfoque
de género, para garantizar un acceso efectivo, equitativo y sostenible a los servicios de telecomunicaciones.
6. Objetivos
Conforme al PNC 2026-2030 se pretende incrementar la cobertura de las redes y la penetración de los
servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluido el acceso a Internet de banda ancha y la cobertura
de telefonía móvil, en las AAP definidas por la ATDT de conformidad con la LMTR, y en atención a las ZAP,
determinadas mediante el “Decreto por el cual se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria
para el año 2026”, el cual es publicado en el DOF en términos de la LGDS, mediante la implementación de
acciones orientadas a mejorar la disponibilidad y el acceso a dichos servicios bajo condiciones de calidad y
asequibilidad, a fin de contribuir a la inclusión digital y a la reducción de brechas territoriales y sociales.
Este objetivo se sustenta en la LMTR, que reconoce a la cobertura social como un instrumento para
asegurar el acceso efectivo a los servicios de telecomunicaciones en zonas y para poblaciones históricamente
rezagadas, así como en los objetivos del Programa Sectorial de la Agencia orientados a la transformación
digital con enfoque de derechos.
6.1 Objetivo 1: Promover condiciones de asequibilidad y/o gratuidad en el acceso a los servicios de
telecomunicaciones.
Identificar las barreras económicas que limitan el acceso a los servicios de telecomunicaciones en los
hogares de menores ingresos para promover estrategias orientadas a mejorar la asequibilidad de dichos
servicios, en colaboración con las instancias correspondientes.
232
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
6.2. Objetivo 2: Validar, actualizar y mejorar el diagnóstico de cobertura de los servicios de
telecomunicaciones.
Validar la cobertura poblacional real de los servicios de telecomunicaciones, en particular de Internet y
telefonía móvil, mediante el análisis de información geoespacial y el uso de datos de fuentes oficiales, con el
propósito de mantener actualizada la información y mapas de cobertura y evitar la duplicidad de esfuerzos en
el despliegue de infraestructura.
6.3. Objetivo 3: Impulsar el despliegue de infraestructura social, comunitaria e indígena.
Impulsar el despliegue de redes de telecomunicaciones en zonas sin cobertura comercial, principalmente
para poblaciones indígenas y afromexicanas, mediante mecanismos regulatorios impulsados por la CRT.
6.4. Objetivo 4: Promover la regulación que permita incrementar la cobertura de los servicios de
telecomunicaciones y radiodifusión.
En apego al PNC 2026-2030, el PCS 2026 promueve el incremento de la cobertura de los servicios de
telecomunicaciones y radiodifusión. Para ello, se requerirá en coordinación con la CRT, realizar las acciones
tendientes para el establecimiento de esquemas regulatorios que permitan a los Concesionarios, en los
términos previstos en las leyes aplicables, entre otros mecanismos, acceder a descuentos en el pago de las
contribuciones por el uso, goce, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico, a cambio del
cumplimiento de obligaciones de cobertura en zonas geográficas, carreteras y caminos, con énfasis en fines
de cobertura social.
Asimismo se promoverá la coordinación con la CRT, la Empresa Pública del Estado CFE, otras
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de alinear esfuerzos, optimizar recursos
y maximizar el impacto de las acciones de cobertura social previstas en el PCS 2026, en el ámbito de su
competencia, con el fin de fortalecer la coordinación institucional para la ampliación de la cobertura social.
7. Estrategias y líneas de acción
De conformidad con lo establecido en el PNC 2026-2030, el PCS 2026 articula las acciones que lleva a
cabo el gobierno de México a través de sus instituciones, con el fin de garantizar que la población acceda de
manera efectiva, oportuna y con calidad a derechos, programas o servicios relacionados con la cobertura de
las redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión. Dichas acciones se
conciben bajo un enfoque de equidad, para asegurar que los beneficios lleguen a los distintos sectores de la
sociedad y contribuya a la reducción de desigualdades y brechas de acceso.
Programa de Cobertura Social
Incrementar la cobertura de las redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluido el
acceso a Internet de banda ancha y la cobertura de telefonía móvil, en las Áreas de Atención Prioritaria, definidas de
conformidad con la LMTR por la ATDT, mediante acciones que aseguren calidad y asequibilidad, para impulsar la inclusión
digital y reducir brechas sociales y territoriales. Se busca incrementar la cobertura poblacional de un 94%, Lo anterior se
traduce en dar cobertura al menos a 6.43 millones de personas en 91,041 localidades en el país establecida en el Plan
Nacional de Conectividad 2026 - 2030.
Estrategia de optimización del espectro radioeléctrico para la expansión de infraestructura
Línea de acción 1:
Generar mecanismos de descuentos en el uso del espectro radioeléctrico así como
obligaciones en los títulos de concesión para ampliar la cobertura poblacional a través
de la expansión de infraestructura
Objetivo específico 1:
Generar los mecanismos regulatorios para que los operadores a través del acceso a
descuentos, o en su caso exenciones en el pago de derechos del espectro, aumenten
la cobertura poblacional a través del despliegue de infraestructura. Lo anterior
acompañado de las obligaciones de cobertura que la CRT establezca en los títulos de
concesión.
Dependencia Responsable de la
implementación:
Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
Dependencia Responsable del
seguimiento:
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones
Meta 2026
Beneficiar al menos a 827,829 personas
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
233
Estrategia Nacional de Pequeños Operadores
Línea de acción 2:
Impulsar la participación de pequeños operadores en el despliegue de infraestructura
local
Objetivo específico 2:
Generar mecanismos regulatorios, financieros y operativos que incentiven y faciliten la
participación de los pequeños operadores en la conectividad del país.
Dependencia Responsable de la
implementación:
Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones (PROMTEL) y Comisión
Reguladora de Telecomunicaciones.
Dependencia Responsable del
seguimiento:
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones
Meta 2026
Beneficiar al menos a 107,993 personas
Estrategia Nacional de Cobertura Social
Línea de acción 3:
Fortalecer la cobertura social mediante la instalación de infraestructura de
telecomunicaciones en localidades de baja población, aprovechando las capacidades
de la Comisión Federal de Electricidad.
Objetivo específico 3:
Impulsar el despliegue de infraestructura social, comunitaria e indígena a través de las
empresas del estado, los pequeños operadores, y operadores comerciales.
Dependencias Responsables de
la implementación:
Comisión Federal de Electricidad, y Organismo Promotor de Inversiones en
Telecomunicaciones (PROMTEL)
Dependencia Responsable del
seguimiento:
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y Comisión Reguladora de
Telecomunicaciones.
Meta 2026
Beneficiar al menos a 204,698 personas
Estrategia Nacional de Cobertura Satelital
Línea de acción 4:
Ampliar la cobertura de los servicios de telecomunicaciones en localidades con alta
dispersión poblacional mediante el aprovechamiento de la Capacidad Satelital
Reserva del Estado y de los sistemas satelitales públicos.
Objetivo específico 4:
Promover la regulación que permita incrementar la cobertura de los servicios de
telecomunicaciones mediante el uso y aprovechamiento de la CSRE así como de las
capacidades satelitales del estado.
Dependencias Responsables de
la implementación:
Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones (PROMTEL), Comisión
Reguladora de Telecomunicaciones y Agencia de Transformación Digital.
Dependencia Responsable del
seguimiento:
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y Comisión Reguladora de
Telecomunicaciones.
Meta 2026
Beneficiar al menos a 270,884 personas
Dentro de un plazo no mayor a 30 días posteriores a la emisión del presente Programa, las dependencias
responsables de su implementación deberán presentar, a las entidades responsables del seguimiento, un
cronograma que contemple las fechas con acciones específicas a realizar para el cumplimiento de los
objetivos establecidos.
En ningún caso las acciones de los concesionarios pueden ir en retroceso a los avances en términos de
cobertura y despliegue alcanzados hasta ahora.
7.1. Identificación de Áreas de Atención Prioritaria en el PCS 2026
El cimiento técnico y social del PCS 2026 es la identificación de las zonas que carecen de cobertura o
donde ésta es deficiente, proceso que más allá de una identificación descriptiva, es una acción estratégica de
política pública que posiciona a la cobertura social como un derecho fundamental, respaldado, por un sustento
constitucional e institucional.
En cumplimiento del artículo 203 de la LMTR, la ATDT determinó las AAP, con el objetivo de focalizar los
esfuerzos del Estado y la inversión pública hacia aquellos territorios que históricamente han permanecido al
margen del desarrollo digital.
El PCS 2026 permite priorizar las localidades desde dos pilares: (i) el marco constitucional, que
garantiza el acceso a las TIC, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de
banda ancha e Internet, como un derecho habilitador y como principio progresivo de los derechos humanos,
y (ii) la normatividad que establece al PCS 2026 como un instrumento anual de planeación, coordinación y
participación.
234
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
La identificación de las zonas y/o AAP es el insumo para que los siete componentes del PCS contribuyan
transversalmente a la consecución de la cobertura universal.
En los apartados siguientes se expone este fundamento y se describe cómo se articula con la metodología
empleada para determinar las áreas de atención.
7.2. Priorización Territorial
Como ya se estableció al inicio de este programa el artículo 6º Constitucional que reconoce el derecho
de toda persona al acceso a las tecnologías de la información, radiodifusión, telecomunicaciones y banda
ancha, obligando al Estado a garantizar bajo condiciones de competencia, cobertura y calidad y el artículo 1º
establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los
tratados internacionales, imponiendo a las autoridades la obligación de promoverlos, respetarlos, protegerlos y
garantizarles conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
En consecuencia, la identificación de localidades de atención prioritaria en el PCS 2026 es una medida de
cumplimiento progresivo del derecho de acceso a las TIC, así como a los servicios de radiodifusión y
telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet, orientada a focalizar la acción pública hacia las
zonas o grupos poblacionales donde la exclusión digital es más intensa y persistente, evitando que
las brechas territoriales se traducen en desigualdad de derechos.
En términos operativos, esta determinación se integra a la obligación prevista en el artículo 202 de la
LMTR, la ATDT elabora cada año el Programa de Cobertura Social y, de manera complementaria, el
Programa de Conectividad en Sitios Públicos, lo que exige que la identificación de las ZAP o AAP sea
dinámica y actualizable con base en evidencia reciente y resultados de implementación, el cual forma parte de
un proceso continuo de diagnóstico, priorización, intervención y seguimiento orientado a incrementar la
cobertura de las redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones en áreas definidas para su
atención prioritaria.
Asi mismo, el artículo 203, párrafo segundo, de la LMTR prevé que, durante la elaboración del PCS
2026, la ATDT se coordinará con los gobiernos de las entidades federativas, el Gobierno de la Ciudad de
México y sus demarcaciones territoriales, así como con los municipios, a fin de incorporar condiciones
territoriales relevantes para una intervención efectiva.
De forma complementaria, se establecerá un mecanismo de participación abierta donde la ATDT, en
coordinación con las Agencias Estatales, recibirá y evaluará propuestas ciudadanas, e identificarán las
localidades que no tengan cobertura, para su debida integración en el programa. Esto fortalece la legitimidad y
precisión del diagnóstico al incorporar evidencia local, validaciones y propuestas técnicas, para identificar
rezagos micro territoriales que no siempre se reflejan en los datos estadísticos y en los mapas generales de
cobertura.
La identificación de las AAP forma parte de una premisa fundamental del Humanismo Mexicano: la
tecnología no es un privilegio, sino un habilitador de derechos que contribuye a la reducción de
desigualdades. Por ello, la determinación de estas localidades toma en consideración criterios técnicos, como
la falta de cobertura, e integra variables de justicia social, priorizando a las comunidades rurales, con
población indígena y afromexicana y en zonas de alta marginación, en concordancia con el principio de que
"para que haya prosperidad, debe ser compartida".
7.3. Metodología
La metodología empleada para la identificación de las Áreas de Atención Prioritaria del presente Programa
se basa en el cruce de información de las Zonas de Atención Prioritaria, las cuales son definidas mediante el
“Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2026”,
publicado el 21 de noviembre de 2025 en el DOF; junto con las localidades sin cobertura y la población total
por localidad asociada del Censo de Población y Vivienda 2020.
Asimismo y en alineación con el PS ATDT 2025-2030, se incorporaron criterios estratégicos para
identificar los PODECOBI, con el objetivo de asegurar que la expansión de la infraestructura de
telecomunicaciones acompañe y potencie los proyectos productivos regionales, así como la integración
económica de las zonas con mayores niveles de vulnerabilidad.
Con el fin de alcanzar la trazabilidad normativa, consistencia técnica y transparencia en la focalización
territorial del PCS 2026, Para definir una localidad como AAP, se considera que cumple con los siguientes
criterios:
I. Es una localidad sin cobertura móvil;
II. Que padecen un alto o muy alto grado de marginación y/o grado de rezago social (con más de 100
habitantes);
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
235
III. Con alta presencia de población indígena y/o afromexicana (mínimo 40% de la población y con
más de 100 habitantes);
IV. Que se encuentren alejadas de las zonas con cobertura de servicio de Internet (con más de 100
habitantes y como máximo 20 kilómetros de distancia de las zonas conectadas); y
V. Que sean prioritarias conforme al Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de
Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley General de Desarrollo Social (con más de 100
habitantes);
En este sentido, el procesamiento de la información se concibió como un ejercicio de integración de
criterios, en el que factores como la pobreza extrema, el rezago social y la presencia de pueblos y
comunidades indígenas y afromexicanas ya se encuentran implícitamente considerados a través de las ZAP
en ámbitos tanto urbano como rural, por lo que únicamente fue necesario incorporar las variables asociadas a
la cobertura y la población total.
7.4. Áreas de Atención Prioritaria para el PCS 2026
Para efectos del cálculo previsto, y con base en la información disponible y los criterios metodológicos
previamente definidos, se realizó el cruce de diversas bases de datos con el objetivo de integrar, en un mismo
marco analítico, los criterios territoriales, demográficos y de cobertura. En particular, se utilizó la información
de población por localidad proveniente de los Principales Resultados por Localidad (ITER) y del Censo de
Población y Vivienda 2020, los registros de cobertura móvil y la delimitación de las Zonas de Atención
Prioritaria (ZAP) 2026, tanto rurales como urbanas.
Primeramente se identificaron aquellas localidades que no presenten cobertura, además, de la base de
datos de ZAP 2026, se identificó la existencia de 49,461 Áreas Geoestadísticas Básicas (AGEB) urbanas
clasificadas como ZAP urbana, así como 1,575 municipios catalogados como ZAP rural. Es decir, conjuntos
poblacionales que concentran altos niveles de pobreza extrema, rezago social, acceso limitado a servicios
básicos, condiciones de vivienda precarias, bajos niveles de ingreso y la presencia significativa de
poblaciones indígenas y afromexicanas, entre otros.
En una primera etapa, los datos de cobertura se vincularon con la información demográfica del ITER a
través de la clave de localidad. Posteriormente, la integración con las ZAP se efectuó diferenciando el ámbito
territorial: para las ZAP rurales, el cruce de información se realizó mediante la clave de municipio, mientras
que para las ZAP urbanas se utilizó la clave de localidad. Este procedimiento permitió asegurar una
correspondencia precisa entre los registros de cobertura y las delimitaciones oficiales de atención prioritaria.
Finalmente, a partir de la base integrada y considerando los criterios establecidos, se conservaron
únicamente aquellas localidades sin cobertura que pertenecían a una ZAP rural o bien contengan en su
territorio al menos una ZAP urbana, con una población de más de 100 habitantes. Como resultado de este
proceso, se identificaron aproximadamente 9,364 Áreas de Atención Prioritaria que no cuentan con
cobertura. En las AAP residen 2.85 millones de habitantes, lo que representa el 34% de la población
total sin cobertura, y 45% de la meta al 2030, de conformidad con el Plan Nacional de Conectividad
2026 - 2030.
Mapa 7: Mapa de distribución de las Áreas de Atención Prioritarias, 2026.
Fuente: Elaboración propia con datos de la cobertura móvil, Censo 2020 y ZAP 2026.
236
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
De acuerdo con lo establecido en el PNC 2026-2030, en la Figura 7, se destaca un núcleo crítico de
entidades del sur y sureste del país que concentra la mayor proporción de AAP. Chiapas (2,109), Oaxaca
(1,215), Veracruz (1,159) y Guerrero (897) conforman el principal corredor de atención prioritaria,
caracterizado por altos niveles de pobreza extrema, rezago social persistente y una elevada presencia de
población indígena y rural. En estas entidades, la falta de cobertura de telecomunicaciones no constituye una
carencia aislada, sino que se integra a un entramado de privaciones sociales persistentes que no solo limita el
acceso a la información y a los servicios digitales, sino que refuerza los niveles de vulnerabilidad existentes.
Un segundo grupo lo conforman entidades con alta dispersión poblacional y extensiones territoriales
amplias, principalmente en el norte y centro-norte del país, como San Luis Potosí (527), Chihuahua (278),
Durango (232) y Sonora (111). En estos casos, el número elevado de AAP está menos asociado a la densidad
poblacional y más a condiciones geográficas adversas, baja rentabilidad económica para la provisión privada
del servicio y elevados costos de despliegue de infraestructura.
Por su parte, entidades con dinamismo económico y mayor grado de urbanización, como Guanajuato
(321), Nuevo León (95) y Jalisco (89) presentan un número intermedio de AAP. Finalmente, entidades con
menor número de áreas prioritarias, como Morelos (9), Aguascalientes (5) y Tlaxcala (3) reflejan una mayor
cobertura efectiva de infraestructura y menores niveles de rezago territorial.
En conclusión, la evidencia analizada confirma que la falta de cobertura móvil en las localidades
prioritarias no constituye un fenómeno homogéneo, sino un rezago estructural con una marcada concentración
territorial. En este sentido, la atención de dicha problemática no puede sustentarse en una estrategia nacional
uniforme, sino que requiere un enfoque regionalizado y diferenciado, que considere la magnitud del déficit de
cobertura, los patrones de dispersión poblacional y las condiciones geográficas, técnicas y operativas
específicas de cada entidad federativa.
A partir de este diagnóstico, la priorización de las regiones del sur y sureste del país se perfila como una
estrategia fundamental para reducir de manera acelerada la brecha digital y avanzar hacia un modelo de
conectividad más equitativo, inclusivo y territorialmente equilibrado.
Las 9,364 Áreas de Atención Prioritaria en las cuales residen 2.85 millones de habitantes,
constituyen la población objetivo hacia la cual se priorizarán las acciones de cobertura social de los distintos
componentes del PCS, con el propósito de garantizar el acceso y la disponibilidad de servicios de
telecomunicaciones bajo condiciones de calidad. La relación completa de Áreas de Atención Prioritaria 2026
se presenta en el Anexo 1; dicha relación corresponde al corte realizado en 2026 y será objeto de
actualización anual, mediante la incorporación de nuevas áreas, la depuración de registros o la modificación
de criterios, conforme a la información más reciente disponible.
Este listado operará como un insumo de referencia para la CRT, a fin de establecer obligaciones de
cobertura a los concesionarios, así como para guiar el despliegue de la empresa pública del Estado,
contribuyendo de manera directa al cierre de la brecha de acceso a los servicios de telecomunicaciones.
8. Componentes del Programa
Para el cumplimiento del objetivo general y específicos del presente PCS 2026, se han diseñado siete
componentes que tienen como propósito facilitar la identificación de la cobertura social existente de los
servicios de telecomunicaciones y las necesidades de cobertura social, especialmente sobre aquellas ZAP en
las que el día de hoy el acceso y disponibilidad de los servicios de telecomunicaciones bajo condiciones de
calidad, asequibilidad y/o gratuidad, sigue generando brechas, lo que hace necesario identificar las
localidades en las que se requiere dar principal atención para impulsar el acceso a los servicios de
telecomunicaciones.
8.1. Obligaciones de Cobertura Social
De conformidad con la línea de acción 1, la CRT podrá establecer, a los concesionarios en los Títulos de
Concesión, obligaciones de cobertura social que tengan como fin el desplegar, mantener y operar
infraestructura y servicios en determinadas zonas geográficas, priorizando áreas rurales o de difícil acceso. La
CRT, si así lo determina, podrá establecer obligaciones de cobertura a los concesionarios en tramos
carreteros. Los concesionarios deberán informar el cumplimiento de sus obligaciones en las condiciones y
plazos que establezca la CRT.
Conforme al artículo 10, fracción XL, de la LMTR, la CRT tiene la atribución de establecer estas
obligaciones, las cuales deberán estar orientadas a contribuir a los objetivos del Plan Nacional de
Conectividad, priorizando reducir la brecha digital en los sectores más vulnerables, tales como, zonas rurales,
comunidades con población indígena afromexicanas, y otras AAP o con rezago en infraestructura de
telecomunicaciones.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
237
Asimismo, el PCS 2026 reconoce que la planeación, determinación y seguimiento de las obligaciones de
cobertura deben realizarse de manera coordinada entre las autoridades competentes, con base en criterios
técnicos, económicos y sociales, y en congruencia con las prioridades del Programa de Conectividad en Sitios
Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026.
En síntesis, las obligaciones de cobertura promueven la participación de los concesionarios en el
cumplimiento de los objetivos del PCS 2026, y se fortalece la estrategia integral del Estado para reducir las
brechas digitales, impulsar el desarrollo regional y garantizar el acceso efectivo y equitativo a los servicios de
telecomunicaciones y radiodifusión.
8.2. Mapas de Cobertura
De conformidad con la línea de acción 3 y en relación con los mapas de cobertura que permiten identificar,
delimitar y priorizar las zonas geográficas y poblaciones que presentan rezagos, insuficiencias o ausencia de
servicios de telecomunicaciones y radiodifusión. Su elaboración y actualización son necesarias para sustentar
la toma de decisiones en materia de política pública, regulación y planeación sectorial, bajo criterios de
objetividad, transparencia y enfoque territorial. Particularmente para la identificación de AAP y las acciones
orientadas a promover su cobertura social.
En el marco del PCS 2026, los mapas de cobertura funcionan como un elemento clave para la definición
de obligaciones de cobertura geográfica, poblacional y social a cargo de los concesionarios que hacen uso del
espectro radioeléctrico; así como para la implementación del Programa de Conectividad en Sitios Públicos y
en Áreas de Atención Prioritaria 2026. A través de estos mapas se busca identificar de manera más robusta,
las localidades, regiones y sitios públicos que requieren atención prioritaria, permitiendo orientar de manera
eficiente el despliegue de infraestructura y la provisión de servicios.
Asimismo, los mapas de cobertura facilitan la coordinación interinstitucional y la alineación de los distintos
programas y estrategias en materia de conectividad, al proporcionar una base común de información técnica y
territorial. Su utilización contribuye a evitar duplicidades, optimizar recursos públicos y maximizar el impacto
social de las intervenciones orientadas a la ampliación de la cobertura, en particular en zonas rurales,
indígenas, de alta marginación o con limitadas condiciones de acceso a los servicios de telecomunicaciones y
radiodifusión.
En este sentido, la CRT trabajará en la elaboración de un Manual que permita estandarizar con la ATDT, y
con otras dependencias y actores relevantes de las telecomunicaciones y radiodifusión, los criterios para la
elaboración y actualización de mapas de cobertura, que posibilite que los esfuerzos institucionales se dirijan
de manera eficiente y coordinada para alcanzar el objetivo del PCS 2026, ya que se reconoce que la
actualización periódica de los mapas de cobertura poblacional real es indispensable para el seguimiento y
evaluación del cumplimiento de las obligaciones de cobertura establecidas en los títulos de concesión, así
como para medir los avances del Programa de Cobertura Social y del Programa de Conectividad de Sitios
Públicos.
De esta manera, los mapas de cobertura se consolidan como una herramienta estratégica para la
reducción de las brechas digitales, el fortalecimiento de la planeación territorial y la garantía del acceso
efectivo, equitativo y progresivo a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, en congruencia con los
principios y disposiciones de la LMTR.
8.3. Capacidad Satelital Reserva del Estado
De conformidad con la línea de acción 4 y de acuerdo con el artículo 136 de la LMTR, la Capacidad
Satelital Reserva del Estado (CSRE) es aquella que cada concesionario o autorizado debe proporcionar al
Estado para ser utilizada en redes de seguridad nacional, servicios de carácter social y demás necesidades
del gobierno. En el marco del PCS 2026, la CSRE permite el acceso a servicios de conectividad en regiones
rurales, aisladas, de difícil acceso o afectadas por fenómenos naturales, contribuyendo de manera directa a
los objetivos de cobertura social e inclusión digital.
La misma LMTR establece en el artículo 9, fracción IX, la ATDT tiene la atribución de administrar y vigilar
el uso eficiente de la CSRE; mientras que el artículo 136, párrafo segundo, faculta a la CRT a asegurarse
que los concesionarios y autorizados proporcionen la CSRE requerida y en el último párrafo de dicho
artículo se prevé que la CRT determinará los criterios para el establecimiento de la CSRE. De conformidad
con esto, la CRT deberá emitir los criterios y regulación necesaria para el correcto aprovechamiento de la
CSRE de manera que contribuya al cumplimiento de las metas establecidas en el PNC 2026 - 2030 y el PCS
2026.
De igual forma, la planeación y uso eficiente de la CSRE se sustenta en la información generada por los
mapas de cobertura, los cuales permitirán identificar brechas persistentes de conectividad y definir territorios y
poblaciones de atención prioritaria. De esta forma, la CSRE se integra de manera coherente al enfoque
territorial del PCS 2026, fortaleciendo la focalización de las intervenciones públicas y maximizando su impacto
social.
238
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
8.4. Licitación de espectro radioeléctrico y mecanismos de descuentos
La CRT llevará a cabo licitaciones públicas del espectro radioeléctrico, en los calendarios y planes que
para ello determine. En dichas licitaciones podrá establecer mecanismos de descuento en el pago de
derechos, así como incentivos para que los operadores contribuyan con el despliegue de infraestructura. Lo
anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la LMTR que establece:
“Las Leyes establecerán los supuestos y procedimientos mediante los cuales los concesionarios podrán
acceder a descuentos sobre el pago de las contribuciones por el uso, goce, aprovechamiento o explotación
del espectro radioeléctrico, a cambio de obligaciones de cobertura en zonas geográficas, carreteras o
caminos, los cuales deberán ser diseñados en concordancia con las disposiciones que emita la Comisión, en
colaboración con la Agencia.”
Para los pequeños operadores, la CRT, en coordinación con la ATDT, podrá establecer la exención del
pago de derechos, de conformidad con el artículo 83 de la LMTR.
8.5. Simplificación de trámites federales y coordinación con autoridades estatales y municipales
para eliminar barreras burocráticas.
De conformidad con la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB), la ATDT es la
Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización y a su vez, existirán autoridades estatales y municipales
responsables de implementar y vigilar el cumplimiento de lo establecido en dicha ley.
En concordancia con los principios de digitalización y simplificación de trámites establecidos en el artículo
6 de la LNETB, en específico, pero no de manera limitativa:
A.
Simplificación,
B.
armonización regulatoria,
C.
el mayor beneficio,
D.
la utilidad social y
E.
el no rechazo y atención obligatoria,
Las entidades y dependencias de la Federación, así como de estados y municipios deberán armonizar y
orientar sus regulaciones para que se simplifique, no genere contradicciones y contribuya a agilizar el
despliegue de la infraestructura destinada a aumentar la cobertura poblacional. Lo anterior tomando en cuenta
que el acceso a Internet es un derecho tutelado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
que en su artículo 6° establece:
“El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a
los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet.”
Para garantizar lo anterior, la ATDT en coordinación con la CRT y con el apoyo territorial de PROMTEL,
establecerán los mecanismos y canales institucionales para trabajar con las entidades estatales y municipales
y garantizar el cumplimiento de las metas establecidas en el PNC 2026-2030, y en el PCS 2026.
8.6. Mecanismos regulatorios de apoyo a pequeños operadores
Reconociendo la importancia de los pequeños operadores, su despliegue territorial así como su
proximidad con algunas localidades sin cobertura, es que la LMTR los identifica como actores clave y dota de
mecanismos legales a las autoridades para contribuir a la cobertura poblacional a través de su despliegue de
infraestructura.
La CRT de conformidad con lo establecido en la LMTR y en coordinación con la ATDT deberá emitir la
regulación siguiente:
1.
Los criterios y procedimiento para ser considerado Pequeño Operador,
2.
Los supuestos para acceder y los montos de los descuentos en espectro, o en su defecto la exención
a los que hace referencia el artículo 83 de la LMTR.
3.
La regulación que especifique la infraestructura de la Empresa Pública del Estado CFE, así como los
criterios para establecer los precios y proporcionalidad con el volumen de operaciones y tamaño de
la red de los concesiones, a los que sujeta el artículo 80 de la LMTR.
8.7. Mecanismos de financiamiento y apoyo administrativo para pequeños operadores
PROMTEL, llevará a cabo la implementación de la Estrategia Nacional de Pequeños Operadores la cual
busca consolidar un enfoque de política pública que reconozca el valor de estos actores y genere condiciones
habilitantes para su fortalecimiento y escalamiento. Para lo cual, llevará a cabo un diagnóstico con el objetivo
de caracterizar de manera integral el perfil socioeconómico, técnico, operativo, financiero e institucional de los
pequeños operadores en México, identificar brechas y capacidades existentes, y aportar evidencia para el
diseño de intervenciones diferenciadas.
La ENPO, deberá contribuir al fortalecimiento financiero, capacidades técnicas y organizacionales,
modernización, despliegue y desarrollo de la infraestructura.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
239
9. Indicador y meta
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
1. Localidades de atención prioritaria atendidas durante el año
Objetivo
Cuantificar el número de localidades de atención prioritaria que fueron atendidas durante el año para validar el objetivo del
programa
Definición o
descripción
Reflejar el número de localidades de atención prioritaria que han sido atendidas
Derecho
asociado
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicaciones
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Número de localidades con
cobertura
Periodo de recolección de los datos
enero a diciembre
Tendencia
esperada
Descendente
Unidad responsable de reportar el avance
Agencia de Transformación
Digital y Telecomunicaciones
Método de
cálculo
Observaciones
La variable inicial del método de cálculo para el año 2026 es de 9,364 localidades. Los demás valores deberán ser
consistentes con la cantidad de localidades que se irán actualizando
No se contabilizarán las localidades que se hayan puesto a disposición en años anteriores al periodo 2026
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2026 , no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre
Variable 1
Localidades de atención
prioritaria por cubrir
Valor variable 1
N/A
Fuente de información
variable 1
N/A
Nombre
Variable 2
Localidades en AAP
correspondientes al año
correspondiente
Valor variable 2
9,364
Fuente de información
variable 2
Anexo 1 del PCS
Nombre
Variable 3
Localidades de AAP
Atendidas en el año
correspondiente
Valor variable 3
n
Fuente de Información
variable 3
Áreas de Atención
Prioritaria atendidas
durante 2026
Sustitución en
método de
cálculo
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
4,908
De acuerdo al criterio establecido, el cual es 20% de la meta definida
se da un estimado de la línea base, cabe resaltar que está sujeto al
término del año correspondiente.
Año
2026
Meta Anual
Nota sobre la meta anual
1,873
Se planea que para al término del año 2026 se cubran el 20% de las
APP
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2026
2027
2028
2029
2030
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique la METAS
Puede registrar NA cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición para ese año, de acuerdo con la
frecuencia de medición.
2026
N/D
240
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
1.2 Porcentaje de población beneficiada en Áreas de Atención Prioritaria Atendidas por el PCS durante el año
Objetivo
Cuantificar el % de habitantes potencialmente beneficiados por las acciones de cobertura social implementadas durante el
año, para dar seguimiento al avance del PCS en términos de alcance poblacional.
Definición o
descripción
Suma de la población total de las localidades atendidas por el PCS en el año de medición, considerando cada localidad
una sola vez.
Derecho
asociado
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicaciones
Nivel de
desagregación
Localidad
Periodicidad o frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Número de habitantes con cobertura
Periodo de recolección de los datos
enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de reportar el avance
Agencia de
Transformación Digital y
Telecomunicaciones
Método de
cálculo
Observaciones
La unidad mínima es localidad; deben usar claves oficiales, por ejemplo; clave de entidad, clave de municipio y clave de
localidad para cruces.
“Población atendida” debe definirse con un criterio verificable, por ejemplo; servicio en operación, acta de atención.
Si una población beneficiada recibe varias acciones, se cuenta una sola vez.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2026 , no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre
Variable 1
Población beneficiada
en el año (PB)
Valor variable 1
N/A
Fuente de información
variable 1
Cálculo PCS
Nombre
Variable 2
Población que habita en
localidades atendidas
en el año
Valor variable 2
N/A
Fuente de información
variable 2
Bitácora PCS
de las
localidades
atendidas
Nombre
Variable 3
Población total por
localidad POBTOT
Valor variable 3
2,853,984 personas
Fuente de Información
variable 3
Base de
población por
localidad
(ITER 2020)
Sustitución en
método de
cálculo
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
N/D
Año
2026
Meta Anual
Nota sobre la meta anual
1,411,404 personas
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2026
2027
2028
2029
2030
N/D
N/A
N/A
N/A
N/A
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique la METAS
Puede registrar NA cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición para ese año, de acuerdo con la
frecuencia de medición.
2026
N/D
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
241
10. Lista de dependencias y entidades participantes en el Programa
ATDT: Agencia de Transformación Digital
CRT: Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
CFE: Comisión Federal de Electricidad
PROMTEL: Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones
11. Referencias consultadas
1) Marco normativo (Constitución, leyes y decretos)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (1917). Cámara de Diputados
(LeyesBiblio). Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR). (2025). Cámara de Diputados
(LeyesBiblio). Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMTR.pdf
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF). (Texto vigente). Cámara de
Diputados (LeyesBiblio). Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOAPF.pdf
Ley General de Desarrollo Social (LGDS). (Texto vigente). Cámara de Diputados (LeyesBiblio).
Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDS.pdf
Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Comisión Reguladora de
Telecomunicaciones (CRT). (2025). Diario Oficial de la Federación. Disponible en
http://sidof.segob.gob.mx/notas/5773817
Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año
2026. (2025). Diario Oficial de la Federación (Edición vespertina, 21/11/2025). Disponible en:
http://sidof.segob.gob.mx/notas/5773718
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026. (2025). Diario Oficial de
la
Federación
(Edición
vespertina,
21/11/2025).
Disponible
en
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5773717&fecha=21/11/2025
2) Instrumentos de planeación nacional y sectorial
Presidencia de la República. (2025). Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030. Diario Oficial de la
Federación. Disponible en https://www.dof.gob.mx/2025/PRESREP/PND%202025-2030.pdf
Presidencia de la República. (2025). Programa Sectorial de la Agencia de Transformación Digital
y
Telecomunicaciones
2025–2030.
Diario
Oficial
de
la
Federación.
Disponible
en
http://sidof.segob.gob.mx/notas/5768198.
3) Fuentes estadísticas (encuestas y censos)
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2024). Encuesta Nacional sobre
Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2024.
Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/dutih/2024/
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2024). Encuesta Nacional de Ingresos y
Gastos
de
los
Hogares
(ENIGH)
2024.
Disponible
en
https://www.inegi.org.mx/programas/enigh/nc/2024/
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2020). Censo de Población y Vivienda
(CPV) 2020. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/
4) Cartografía y geografía
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (s.f.). Marco Geoestadístico. Disponible en
https://www.inegi.org.mx/temas/mg/
5) Desarrollo social y rezago (ZAP/rezago/marginación)
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL). (2020). Índice
de
Rezago
Social
2020
(metodología
y
resultados).
Disponible
en
https://www.coneval.org.mx/Medicion/IRS/Paginas/IndiceRezagoSocial2020.aspx
6) Zonas metropolitanas (si tu diagnóstico las usa)
Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (CESOP), Cámara de Diputados. (2022).
Documento
de
trabajo
núm.
366.
Disponible
en
https://portalhcd.diputados.gob.mx/PortalWeb/Micrositios/cesop/Documentos%20de%20trabajo/
Doc.%20366.pdf
7) Fuentes complementarias frecuentes en mapas de cobertura
Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). (s.f.). Comparador de cobertura móvil. Disponible
en https://coberturamovil.ift.org.mx/
8) Documentos institucionales (del propio PCS)
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT). (2026). Programa de
Cobertura Social 2026. Documento institucional (sin URL pública / versión de trabajo).
12. Anexo
ANEXO 1: Programa de Cobertura Social 2026
https://www.archivos.atdt.gob.mx/storage/app/media/Normativo/ANEXO_APP_Programa_Cobertura_Socia
l_2026.pdf
Dado en la Ciudad de México, a 20 de marzo de 2026.- El Titular de la Agencia de Transformación Digital
y Telecomunicaciones, Mtro. José Antonio Peña Merino.- Rúbrica.
242
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia
Constitucional 18/2025, así como los Votos Concurrentes de las señoras Ministras Loretta Ortiz Ahlf y Sara Irene
Herrerías Guerra, y Particular de la señora Ministra Lenia Batres Guadarrama.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia
de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 18/2025.
PROMOVENTE: MUNICIPIO DE PROGRESO, ESTADO DE YUCATÁN.
DEMANDADO: PODER LEGISLATIVO Y PODER EJECUTIVO, AMBOS DEL ESTADO DE YUCATÁN.
PONENTE: IRVING ESPINOSA BETANZO.
JUSTINO BARBOSA PORTILLO.
COLABORÓ: MARISOL ESCAMILLA MORENO.
ÍNDICE TEMÁTICO
Apartado
Decisión
Págs.
I.
ANTECEDENTES Y TRÁMITE
Se narran los antecedentes de la controversia
constitucional.
1-18
II.
COMPETENCIA
Este Tribunal Pleno es competente para
conocer del presente asunto.
18-19
III.
PRECISIÓN
DE
LAS
NORMAS,
ACTOS
U
OMISIONES RECLAMADAS
Se impugnan los artículos 28, por cuanto la
omisión de la inclusión del giro de “Antenas de
Telefonía Convencional, Celular y de Internet”,
29 al omitirse un último párrafo, 32 fracciones
IX, XV, XVI, XVII, y la omisión de establecer
las fracciones XVIII a XXI, 36, fracción IX, 52,
numeral 6, inciso a), b), c), d) y e), la Ley de
Ingresos del Municipio de Progreso Yucatán
para el ejercicio fiscal 2025; así como el
artículo 89 de la Ley de Hacienda del
Municipio de Progreso, Yucatán, en las
porciones normativas que se precisan.
19-22
IV.
OPORTUNIDAD
La demanda es oportuna
22-23
V.
LEGITIMACIÓN ACTIVA
La
demanda
fue
presentada
por
parte
legitimada.
23-24
VI.
LEGITIMACIÓN PASIVA
El órgano demandado tiene legitimación
pasiva.
24-25
VII.
CAUSAS
DE
IMPROCEDENCIA
Y
SOBRESEIMIENTO
La causal de improcedencia se desestima.
25-26
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
243
VIII.
VIII. ESTUDIO DE FONDO
Análisis de las normas controvertidas
26-42
VIII.1
Análisis
del
bloque
normativo
de
competencia exclusiva de la Federación, al
encontrarse
dirigido
al
sector
de
telecomunicaciones y energía eléctrica.
Es infundado, el concepto de invalidez
formulado por el municipio.
42-55
VIII.2 Análisis del bloque normativo dirigido a la
ciudadanía en general.
VIII.2.1 En el presente apartado se realizará al
estudio del último párrafo propuesto por el
municipio respecto del artículo 29 de la Ley de
Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán,
correspondiente al ejercicio 2025, respecto a la
prohibición de fijar carteles o publicidad en los
postes de alumbrado público que se encuentran
en el territorio del Municipio de Progreso y sus
comisarías.
Se estima fundado el concepto de invalidez
del municipio en relación a la no inclusión del
último párrafo, del artículo 29 propuesta en la
iniciativa con proyecto de Decreto por el que
se reforma la Ley de Ingresos para el
Municipio
de
Progreso,
Yucatán,
correspondiente
al
ejercicio
fiscal
2025,
únicamente en la porción normativa que prevé:
“Queda prohibido fijar carteles o publicidad en
los postes de alumbrado público que se
encuentran en el territorio del Municipio de
Progreso y sus comisarías.”
55-60
VIII.2.2 Análisis de la iniciativa del ayuntamiento
en relación a la fracción XX del artículo 32 de la
Ley de Ingresos del Municipio de Progreso,
Yucatán.
Se concluye que el concepto de invalidez
planteado es fundado, debido a que el
Congreso local, no cumplió con la motivación
objetiva y razonable que le resultaba exigible,
por lo cual contravino el artículo 115, fracción
IV, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
60-68
VIII.2.3 Estudio de la omisión de establecer la
fracción IX, del artículo 36 de la Ley de Ingresos
del Municipio de Progreso, Yucatán, para el
ejercicio 2025.
Se estima que el agravio formulado por el
municipio actor es infundado, ya que como se
puede advertir, el Congreso local motivó de
forma objetiva y razonable las consideraciones
que sustentaron la determinación consistente
en no incluir en la ley de ingresos el cobro por
expedición de los certificados y constancias,
por derecho de tanto en una cantidad de
$300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.).
68-71
IX.
Decisión
PRIMERO. Es parcialmente procedente y
parcialmente
fundada
la
controversia
constitucional.
SEGUNDO.
Se
declaran
fundados
los
conceptos de invalidez relacionados con los
artículos 29 y 32 de la Ley de Ingresos para el
Municipio
de
Progreso,
Yucatán,
correspondiente al ejercicio fiscal 2025 pero
insuficientes para declarar la invalidez por la
no inclusión propuesta por el municipio actor
respecto
del
último
párrafo,
del
primer
numeral, del artículo 29, así como por la no
inserción de la fracción XX del artículo 32 de la
citada Ley.
TERCERO. Publíquese esta sentencia en el
Diario
Oficial
de
la
Federación,
en
el
Semanario Judicial de la Federación y en el
Periódico Oficial del Estado Yucatán.
71-72
244
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
CONTROVERSIA
CONSTITUCIONAL
18/2025.
ACTOR: MUNICIPIO DE PROGRESO,
ESTADO DE YUCATÁN.
DEMANDADO: PODER EJECUTIVO Y
PODER LEGISLATIVO, AMBOS DEL
ESTADO DE YUCATÁN.
VISTO BUENO
SR[A]. MINISTRA/O
PONENTE: IRVING ESPINOSA BETANZO.
COTEJÓ
JUSTINO BARBOSA PORTILLO.
COLABORÓ: MARISOL ESCAMILLA MORENO.
Ciudad de México. Este Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión
correspondiente a ocho de diciembre de dos mil veinticinco, emite la siguiente:
SENTENCIA
Mediante la cual se resuelve la controversia constitucional 18/2025, promovida por el Municipio de
Progreso, del Estado de Yucatán, contra el Poder Ejecutivo y Poder Legislativo de Yucatán.
I. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA
1.
Antecedentes. De las constancias de autos se advierte que el 30 de diciembre de 2024, se publicó en
el Periódico Oficial del Estado de Yucatán, los Decretos 31/2024 y 28/2024 del Congreso del Estado,
con los que se expidió la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso del Estado de Yucatán, para el
Ejercicio Fiscal 2025, así como la modificación a la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso,
Yucatán.
2.
Presentación de la demanda. Mediante escrito presentado el 13 de febrero de 2025, Erik José Rihani
González, en su carácter de Presidente Municipal de Progreso, Yucatán, promovió la presente
controversia constitucional en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, ambos del Estado de
Yucatán, de quienes impugnó los Decretos 31/2024 y 28/2024 del Congreso del Estado, con los que se
expidió la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, del Estado de Yucatán, para el Ejercicio Fiscal
2025, así como la modificación a la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso, Yucatán, en
particular de:
Artículo 28, por cuanto la omisión de la inclusión del giro de “Antenas de Telefonía
Convencional, Celular y de Internet”
Artículo 29, al omitirse un último párrafo.
Artículo 32 fracciones IX, XV, XVI, XVII, y la omisión de establecer las fracciones XVIII a XXI.
Artículo 36, fracción IX.
Artículo 52, numeral 6.
Todos contenidos en la fracción XXIX, del artículo segundo del Proyecto de Decreto por el que
se aprueban 55 leyes de ingresos municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2025, de fecha
13 de diciembre de 2024, que contiene la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso Yucatán
para el ejercicio fiscal 2025, publicado en el Decreto número 31/2024, en el suplemento 111, del
número 35,591 del Diario Oficial del Gobierno del Estado en fecha 30 de diciembre de 2024
Artículo 89, en cuanto a su omisión total y derogación, porción normativa contenida en el Artículo
Tercero del Proyecto de Decreto por el que se modifican las leyes de Hacienda de los Municipios
de Hunucmá, Motul, Progreso, Tecoh, Tixpéual, Uayma, Yaxcabá, y Yobaín, todas del Estado
de Yucatán de fecha 13 de diciembre de 2024, que contienen las modificaciones a la Ley de
Hacienda del Municipio de Progreso, Yucatán, publicado bajo el Decreto número 28/2024, en la
edición matutina del número 35,591 del Diario Oficial del Gobierno del Estado en fecha 30 de
diciembre de 2024.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
245
Iniciativa que dispuso respecto a las porciones normativas señaladas, lo siguiente:
“Artículo 28.- El cobro de derechos por el otorgamiento o revalidación de licencias, permisos o
autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales comerciales o de servicios sin
expendio de bebidas alcohólicas se realizará con base en las siguientes tarifas:
GIRO COMERCIAL
EXPEDICIÓN
REVALIDACIÓN
Antenas de Telefonía Convencional, Celular y de
Internet
645 UMA
322 UMA
[…]”
“Artículo 29.- Por el otorgamiento de licencias establecidas en el artículo 82 de la Ley de
Hacienda del Municipio de Progreso Yucatán, se causarán y pagarán derechos de acuerdo con la
siguiente tarifa en el predio:
[…].
“Queda prohibido fijar carteles o publicidad en los postes de alumbrado público que se
encuentran en el territorio del Municipio de Progreso y sus comisarías.”
“Artículo 32: Por el otorgamiento de los servicios a que hacen referencia los artículos 84, 85 y 86
de la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso Yucatán, se causarán y pagarán derechos por
metro cuadrado de acuerdo a las siguientes tarifas:
I. Para la construcción tipo A
(Tabla)
I. Para la construcción tipo B
(Tabla)
(…)
Apartado B.
(…)
“IX… para alojar redes de infraestructura destinadas para la prestación de servicios, o la
instalación de ductos y/o conductores para alojar las mismas se pagará 6 unidades de medida y
actualización, por metro lineal.”
(…)
“XV. Por la licencia de construcción, para la instalación de una torre, estructura, aerogenerador o
antena de generación de energía producida por permisionario, por colocación de cada unidad se
pagará 1,400 unidades de medida y actualización.”
“XVI. Por la licencia de construcción, para la instalación de torres distintas a las enunciadas en el
numeral anterior, de una base de concreto se pagará 1,400 unidades de medida y actualización.”
“XVII. Por la licencia de alojamiento de infraestructura subterránea para generación de energía
producida por permisionario será de 15 de medida v actualización por metro lineal.”
“XVIII. Por el servicio de inspección para expedir licencias para colocar pisos se pagará 0.4 de
unidad de medida y actualización por metro cuadrado.”
“XIX. Por servicio de Inspección para expedir constancia de cumplimiento del Reglamento de
Imagen Urbana del Municipio de Progreso se pagará 3 unidades de medida y actualización.”
Los establecimientos industriales y comerciales que no cumplan con lo estipulado en el
Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Progreso pagarán una sanción correspondiente
a 60 unidades de medida y actualización.”
“XX. Por la licencia temporal, para la instalación, adición, o colocación de equipos tecnológicos
sobre infraestructura inexistente se cobrará 450 unidades de medida y actualización, por
colocación de unidad.”
“XXI. Por la licencia de construcción de la infraestructura necesaria para la generación de
energía solar fotovoltaica se pagará 1 unidad de medida y actualización por módulo fotovoltaico
(panel solar)”
246
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
“Articulo 36.- Por los certificados y constancias, se pagarán las siguientes cuotas:
[…]
IX.-Por derecho de tanto $300.00
[…]”
“Articulo 52. Por la ocupación de la vía pública para realizar la comercialización de productos, se
cobrará de acuerdo con lo siguiente:
[…]
6. Por la utilización de la vía pública por Infraestructura superficial o subterránea consistente en
cables, postes, casetas telefónicas o ductos de cualquier tipo y uso, por parte de personas físicas
o morales, se deberán pagar las siguientes tarifas:
a) Por caseta telefónica anualmente, debiendo realizar el pago dentro de los primeros sesenta
días del ejercicio fiscal, pagará 8 veces UMA.
b) Por cada poste para el tendido de cable para la transmisión de voz, datos, video, imágenes
energía eléctrica, anualmente, debiendo realizar el pago dentro de los primeros sesenta días del
ejercicio fiscal pegaré 8 veces UMA
c) Por cada poste con infraestructura de alumbrado público anualmente, debiendo realizar el
pago dentro de los primeros sesenta días del ejercicio fiscal, pagaré 8 veces UMA
d) Redes subterráneas para la conducción de flujos por metro lineal anualmente pagará 6 veces
UMA
e) Redes superficiales para la conducción de flujos por metro lineal anualmente pagará 6 veces
UMA.”
“Artículo 89.- Por la supervisión y dictamen de viabilidad para instalar en la vía pública postes y
colocar en propiedad privada infraestructura de cableado o antenas, se cobrarán las siguientes:
I. Por poste 0.3 UMA mensual por unidad.
II.- Por caseta telefónica 0.6 UMA mensual por unidad.
III.- Por instalaciones lineales 0.10 UMA mensual por metro.
IV.- Por antena 0.3 UMA mensual por metro cuadrado.”
3.
Conceptos de invalidez. El Municipio actor formula como único concepto de invalidez lo siguiente:
a)
El Municipio actor refiere violación a los principios de libre administración pública. integridad de
los recursos y reserva de fuentes de ingresos, ello en franca contravención a lo previsto por el
inciso c) así como los párrafos primero y tercero, ambas de la fracción IV del artículo 115 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
b)
El principio de reserva de fuentes de ingresos municipales, conforme al cual se aseguran ciertas
fuentes de ingreso a los Municipios para atender al cumplimiento de sus necesidades y
responsabilidades públicas se infiere de lo dispuesto por el primer párrafo de la fracción IV del
artículo 115 constitucional, a lo largo de sus distintos apartados, y en el segundo párrafo.
c)
El citado primer párrafo establece, en síntesis, que la hacienda municipal se Integrará con los
rendimientos de los bienes que pertenezcan a los Municipios y con las contribuciones y otros
ingresos que las Legislaturas establezcan en su favor, entre las cuales deben contarse
necesariamente a) las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria: b) las participaciones en
recursos federales, y c) los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
d)
Señala que el segundo párrafo de la fracción IV prohíbe a la Federación limitar la facultad de los
Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), y añade que las
leyes estatales no podrán establecer exenciones o subsidios en favor de persona o institución
alguna respecto de dichas contribuciones: precisa también que sólo estarán exentos los bienes
de dominio público de la Federación, de los Estados y de los Municipios, salvo que sean
utilizados para fines o propósitos distintos de su objeto público.
e)
El conjunto de las previsiones referidas configura una serie de garantías jurídicas de contenido
económico, financiero y tributario muy claras en favor de las haciendas municipales que, por otro
lado, acentúan que en este proceso de regulación el Congreso local actúa como representante
de los intereses de los ciudadanos.
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DIARIO OFICIAL
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f)
Así, la regulación de las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de
mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el
cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, será necesariamente el resultado de
un proceso legislativo distinto al ordinario: ello mientras la facultad de iniciativa legislativa se
agota en el momento de la presentación del documento ante la cámara decisoria, en el caso que
nos ocupa la propuesta presentada por el Municipio sólo puede ser modificada por la Legislatura
Estatal con base en un proceso de reflexión apoyado en argumentos sustentados de manera
objetiva y razonable.
g)
Por tanto, afirma, que nos encontramos ante una potestad tributaria compartida, toda vez que en
los supuestos señalados por la fracción IV del artículo 115 constitucional, la potestad tributaria
originalmente reservada para el órgano legislativo, conforme al artículo 31, fracción IV de la
Constitución General, se complementa con el principio de fortalecimiento municipal, reserva de
fuentes y con la norma expresa que les otorga la facultad de iniciativa por lo que, aun cuando la
decisión final sigue correspondiendo a la Legislatura, ésta se encuentra condicionada por la
Norma Fundamental a dar el peso suficiente a la facultad del Municipio, lo cual se concreta en la
motivación que tendrá que sustentar en caso de que se aparte de la propuesta municipal.
h)
Por lo que si bien la regulación de cuotas y tarifas aplicables a las contribuciones a que los
municipios tienen potestad de acceder para su recaudación, están constitucionalmente
protegidas de la arbitrariedad del actuar de las legislaturas estatales, no menos cierto es que los
derechos por servicios prestados por el Municipio, también se encuentran protegidos por el
principio de reserva de fuentes.
i)
Las legislaturas estatales no pueden determinar con absoluta libertad en las leyes de ingresos y
haciendas municipales los elementos cuantitativos y cualitativos del tributo de los derechos por
servicios a los que constitucionalmente tiene derecho el Municipio, sin necesidad de considerar
la propuesta de este.
j)
En ese orden de ideas, puede afirmarse también que cuando se trata de derechos por servicios
existe una vinculatoriedad dialéctica, en los términos ampliamente desarrollados por la
controversia constitucional 14/2004, entre la iniciativa que envíe el Municipio y el producto
normativo que es aprobado por el Congreso del Estado, en consecuencia, este último sólo podrá
separarse de la propuesta del Municipio si expone para ello argumentos objetivos, razonables y
públicamente expuestos de los que se infiera el criterio de razonabilidad de la Legislatura
Estatal.
k)
Debe atenderse al hecho que si bien es cierto que las propuestas de los ayuntamientos no son
estrictamente vinculantes, también lo es que legislatura no debe introducir cambios sin
justificarlos en argumentos objetivos, razonables y públicamente expuestos en alguna etapa del
proceso que da lugar a la disposición resultante. Esto es, aun cuando la decisión final
corresponde al Congreso Local, lo cierto es que éste debe dar el peso suficiente a la opinión del
municipio a través de la motivación suficiente que, en su caso, explique por qué se aparta de la
propuesta.
l)
Así, el principio de motivación objetiva y razonable funciona como un límite a la libertad de
configuración del legislador local por lo que hace a los tributos, y como una concreción de la
facultad de iniciativa en materia de ingresos que tienen reconocidos los municipios en la
Constitución General como ya se ha dicho. De ahí que cuando un Congreso Estatal se aparta de
la iniciativa presentada por los Ayuntamientos, sin aportar fundamentos y motivos individuales
que justifiquen dicha determinación, soslaya el alcance de esa facultad legislativa compartida y
se torna en una decisión arbitraria.
m) Por tanto, cuando los Congresos Estatales sin la motivación objetiva y razonable que se requiera
en forma pormenorizada o simplificada de acuerdo al estándar de motivación aplicable con
relación a la fuerza argumentativa que el Municipio hubiere esbozado en su iniciativa, y se
apartan de ella arbitrariamente se viola la garantía interinstitucional consagrada en la fracción IV
del artículo 115 Constitucional, existiendo con ello un vicio en el proceso legislativo.
n)
Incluso si la iniciativa municipal hubiera carecido de motivos, la obligación a cargo de la
Legislatura Estatal no desparece, sino que se simplifica puesto que la motivación de las
iniciativas constitucionales no es un requisito que deba cumplir un municipio en su facultad de
propuesta legislativa.
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DIARIO OFICIAL
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o)
Esta violación resulta ser más trascendente cuando el legislador local no individualiza los
razonamientos que llegare a esbozar, aunque sea precariamente, respecto de la iniciativa
presentada por el municipio toda vez que realizar afirmaciones generales derivadas de
pretendidos análisis basados en resoluciones judiciales sin analizar su exacta aplicación
cuantitativa y cualitativa al diseño de la contribución que el municipio pone a consideración del
legislador local, actualiza de hecho la falta de motivación objetiva y razonable exigida por el texto
Constitucional.
4.
Admisión y trámite. El 17 de febrero de 2025, la entonces Ministra Presidenta de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación ordenó formar y registrar el presente asunto bajo el número de expediente 18/2025
y designó como instructor al entonces Ministro Javier Laynez Potisek.
5.
El 3 de marzo de 2025, se dictó acuerdo en el que se admitió a trámite la demanda, se tuvo como
autoridades demandadas a los Poderes Legislativo y Ejecutivo, ambos del Estado de Yucatán y se
ordenó su emplazamiento. En el mismo acuerdo se les requirieron los antecedentes legislativos del
Decreto, así como su publicación en el Periódico Oficial, respectivamente.
6.
Se ordenó correrles traslado con copia simple del escrito de demanda, a la Fiscalía General de la
República y a la Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, para que manifestaran lo que a su
representación correspondiera.
7.
Contestación de la demanda del Poder Legislativo del Estado de Yucatán. El Poder Legislativo
Estatal dio contestación a la demanda por medio de la Diputada Claudia Estefanía Baeza Martínez, en
su carácter de Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado Independiente Libre y
Soberano1, en el siguiente sentido:
a)
Respecto a la determinación de no incluir el cobro de derechos relativos a la instalación de
ductos y/o conductos de alojamiento de redes de infraestructura de antenas de telefonía
convencional, celular y de internet. propuestos por el ayuntamiento de progreso. Yucatán. se
llevó a cabo mediante una fundamentación objetiva y razonable basadas en que atiende a
materia que es competencia exclusiva de la federación.
b)
El Congreso del Estado de Yucatán, para aprobar y expedir la Ley de Ingresos del municipio de
Progreso, Yucatán para el ejercicio fiscal 2025 y las reformas a la Ley de Hacienda del Municipio
de Progreso, Yucatán, llevó a cabo el proceso legislativo con estricto apego a las facultades que
les confieren la Constitución Política del Estado, la Ley de Gobierno del Poder Legislativo y su
Reglamento, todos del Estado de Yucatán, por lo que se reafirma la constitucionalidad de dicho
proceso.
c)
Para ello, en sesión ordinaria del Pleno de fecha 27 de noviembre de 2024 se turnaron a la
Comisión Permanente de Presupuesto y Patrimonio estatal y municipal, las iniciativas con las
que el Ayuntamiento de Progreso, Yucatán propone su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal
2025 y modificaciones a su respectiva Ley de Hacienda Municipal; por tal motivo, y de acuerdo a
las facultades de los integrantes de dicha Comisión Permanente legislativa, al emitir su dictamen
correspondiente, previamente revisaron, estudiaron y analizaron las iniciativas hacendarias del
municipio de Progreso, Yucatán, a efecto de fundar y motivar sus razonamientos de manera
expresa y objetiva por las cuales determinó no aprobar el cobro por licencias de construcción,
instalación de estructuras aéreas o subterráneas, uso de suelo relacionado con las
telecomunicaciones, pues resulta claro y oportuno apegarse a las disposiciones constitucionales
de nuestra Carta Magna, en específico los artículos 73, fracción XVII y 28, párrafo décimo
quinto, al observarse que dichos cobros son relativos a las Telecomunicaciones, la cual es
materia exclusiva del Congreso de la Unión y del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
d)
En relación a que el Congreso del Estado no realiza una razonabilidad objetiva mediante
motivación reforzada para la elaboración de su dictamen, resulta infundado toda vez que el
accionante pretende confundir a sus Señorías, pues parece ignorar que la motivación reforzada
es una exigencia que se actualiza cuando se emiten ciertos actos o normas en los que puede
llegarse a afectar algún derecho fundamental u otro bien relevante desde el punto de vista
constitucional, y precisamente por el tipo de valor que queda en juego, es indispensable que el
ente que emita el acto o la norma razone su necesidad en la consecución de los fines
constitucionalmente legítimos, ponderando específicamente las circunstancias concretas del
caso.
1 Ídem, foja 204
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249
e)
Tratándose de las reformas legislativas, esta exigencia es desplegada cuando se detecta alguna
"categoría sospechosa", es decir, algún acto legislativo en el que se ven involucrados
determinados valores constitucionales que eventualmente pueden ponerse en peligro con la
implementación de la reforma o adición de que se trate, cuestión que no se presenta en el caso
que nos ocupa.
f)
Las directrices con las que cuenta el órgano legislativo se encuentran tasadas a la luz del tipo de
motivación que la propia Constitución y los órganos judiciales han establecido para gradar la
intervención de poderes públicos dentro de sus decisiones.
g)
En este orden de ideas, es evidente que en el presente caso, contrario a lo que aduce el
municipio de Progreso, Yucatán, no nos encontramos en el supuesto en que se trate de una
categoría sospechosa, por tanto no se exige que la motivación del legislador sea reforzada, pues
como se mencionó anteriormente, no está obligado a precisar las razones o circunstancias
especiales que consideró para aprobar el dictamen que dio como resultado el Decreto
reclamado.
h)
De lo anterior, se puede constatar que resulta erróneo el argumento del accionante, pues es a
todas luces que el Poder Legislativo del Estado de Yucatán cumplió a cabalidad con los
principios constitucionales así como la fundamentación y motivación de la razón de su actuar,
circunstancia que se encuentra debidamente apegada al derecho y a las leyes que le
correspondan.
i)
Como segunda consideración, el demandado refirió que el proyecto de iniciativa de Ley de
Ingresos del municipio de ¨Progreso, Yucatán, para el ejercicio fiscal 2025 y el proyecto
de reforma de la Ley de Hacienda del municipio de Progreso, Yucatán, contenían cobro de
derechos y licencias de materias que son exclusivas al Congreso de la Unión.
j)
Al momento de llevar a cabo el proceso legislativo de las leyes hacendarias del municipio de
Progreso, Yucatán para el ejercicio fiscal 2025, se detectaron cobros inconstitucionales, pues el
municipio
pretendía
establecer
cobros
en
derechos
y
licencias
relativos
a
las
telecomunicaciones, y como es de amplio conocimiento, dichas contribuciones se encuentran
exclusivamente reservadas a la Federación.
k)
Por tanto, considerando lo resuelto por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia la Nación en la
acción de inconstitucionalidad 3/2023 y misma en la que analizó diversas normas impugnadas
de las Leyes de Ingresos de Municipios de Michoacán de Ocampo para el ejercicio fiscal 2023,
que contenían cobro por licencia de construcción, suministro e instalación de estructuras y
sistemas de telecomunicaciones, es claro que de conformidad con los artículos 6, apartado B,
fracción II, 25, 27, 28 y 73, fracción XVII de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, vigente en ese año, es facultad exclusiva del Congreso de la Unión dictar leyes que
regulen las vías generales de comunicación, tecnologías de la información y la comunicación,
radiodifusión, telecomunicaciones, incluida la banda ancha e internet.
l)
Cabe precisar que actualmente, al haber sido reformado recientemente el artículo 28
Constitucional, el Instituto Federal de Telecomunicaciones en la fracción VIII, del artículo Tercero
Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos
60., 70., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
en materia de telecomunicaciones, se establece que el Congreso de la Unión determinará los
criterios conforme los cuales el Instituto Federal de Telecomunicaciones otorgará las
autorizaciones para el acceso a la multiprogramación, bajo los principios de competencia y
calidad, garantizado el derecho a la información y atendiendo de manera particular la
concentración nacional y regional de frecuencias, incluyendo en su caso, el pago de las
contraprestaciones debidas.
m) Como se puede observar, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, continua siendo el
encargado de otorgar las concesiones de radiodifusión, telecomunicaciones y telefonía y
asimismo establecer las contribuciones que considere necesarias.
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DIARIO OFICIAL
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n)
Asimismo, resolvieron que derivado que las concesiones las otorga el Instituto Federal de
Telecomunicaciones, mediante licitaciones públicas, atiende, al artículo 134 Constitucional, y por
consiguiente le corresponde a dicho Instituto fijar el monto de las contraprestaciones que
correspondan.2
o)
Es por ello, que el Poder Legislativo Estatal determinó aprobar sin la porción normativa de que
se duele el quejoso, las iniciativas de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán,
para el ejercicio fiscal 2025, y la reforma a la Ley de Hacienda del propio municipio, pues se
detectó la presencia de normas que refieren a temas que son materia exclusiva del Congreso de
la Unión y la autoridad encargada para determinar y recibir la contraprestación de las
concesiones autorizadas es el Instituto Federal de Telecomunicaciones, pues el cobro contenido
en
dichas
proyectos
de
iniciativas
son
los
derivados
del
aprovechamiento
de
Telecomunicaciones.
p)
El artículo 115, fracción IV, Constitucional establece que los municipios administran libremente
su hacienda, misma que se forma con los rendimientos de los bienes que le pertenecen, tales
como las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas locales establezcan, las cuales se
harán consistir en las contribuciones relativas sobre su propiedad inmobiliaria, las
participaciones federales que son cubiertas por la Federación a los Municipios y los ingresos que
deriven de la prestación de servicios públicos a su cargo.
q)
En ese sentido es de recalcarse que la propia norma constitucional dispone que los
ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, propondrán a las legislaturas estatales las
cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de
valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las
contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, es decir, que limita el ámbito de contribuciones
que le compete al municipio.
r)
Por lo anterior, es que la demandada determinó apartarse de la porción normativa reclamada
contenida en las iniciativas propuestas por el Ayuntamiento de Progreso, Yucatán, toda vez que
se ha justificado fundadamente y de manera razonable y objetiva los motivos por los cuales
resultan fuera del alcance de su competencia municipal.
8.
Contestación de la demanda del Poder Ejecutivo del Estado de Yucatán. Por su parte, el Poder
Ejecutivo contestó la demanda a través del Consejero Jurídico del Gobierno del Estado de Yucatán3, en
los términos siguientes:
a)
Los actos legislativos que culminaron con la publicación de los decretos números 28/2024 y
31/2024, en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, de fecha 30 del mes de
diciembre del año 2024, cumplieron con los extremos de fundamentación y motivación
requeridos para tal efecto, de conformidad con el citado artículo 30, fracción V, de la
Constitución Política del Estado de Yucatán, en el que se faculta al Congreso del Estado de
Yucatán para dar, interpretar y derogar leyes y decretos.
b)
De acuerdo a lo expuesto, debe concluirse que el requisito de fundamentación que deben
cumplir los actos legislativos a tratar, se refiere a que el Congreso estatal, depositario del Poder
Legislativo del Estado, órgano que expide dichas Leyes, constitucionalmente esté facultado para
ello, pues tal requisito se satisface cuando aquél actúa dentro de los límites de las atribuciones
que la Constitución estatal correspondiente le confiere, cuestión que se cumple en el presente
caso, tal como ha quedado plenamente demostrado, siendo los artículos 29 y 30, fracción V, de
la Constitución Política del Estado de Yucatán los que consagran la facultad legislativa del
Congreso del Estado de Yucatán, y los artículos 38, 55, fracción II, y 50 de la misma
Constitución, que faculta y obliga al Gobernador Constitucional del Estado a promulgar, publicar
y ejecutar las leyes que expidan el Congreso del Estado de Yucatán, con única reserva de lo
dispuesto en el citado arábigo 38, en el que, el Ejecutivo podrá observar los proyectos de Ley
o Decretos, sin que por elle se entienda, que por cada proyecto tenga que emitir observación
alguna que obligue su devolución al Congreso del Estado, pues no debe perderse de vista, que
dicha atribución es meramente facultativa, toda vez que, nuestra propia Constitución local
dispone que en caso de que no hubiere observación alguna debe de publicarse con inmediatez.
2 Al respecto se cita la tesis jurisprudencial P./J. 72/2007, con registro digital 170758, de la Novena Época, Materia Constitucional,
Administrativa, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXVI, Diciembre de 2007, página 986, cuya voz dice:
“ESPECTRO RADIOELÉCTRICO. A LAS CONCESIONES RELATIVAS SON APLICABLES LOS PRINCIPIOS CONTENIDOS EN EL CON
LOS ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CONJUNTAMENTE ESTABLECIDOS
EN LOS NUMERALES QUE CONFORMAN EL CAPÍTULO ECONÓMICO DE ÉSTA, Y PREFERENTEMENTE LOS RELATIVOS A LOS
DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS GOBERNADOS.”
3 Cuaderno de la Controversia Constitucional 111/2025, foja 234
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9.
Opinión de la Fiscalía General de la República. El Fiscal General de la República se abstuvo de
formular pedimento.
10.
Agotados los trámites respectivos, se celebró la audiencia de ofrecimiento y desahogo de pruebas, así
como alegatos, el 9 de julio de 2025. En ésta se hizo relación de los autos, se tuvieron por exhibidas las
pruebas ofrecidas y se hizo constar que el Poder Legislativo del Estado de Yucatán formuló alegatos.
11.
Finalmente, mediante auto de Presidencia de 13 de agosto de 2025, se cerró la instrucción a efecto de
que se elaborara el proyecto de resolución correspondiente.
12.
Avocamiento. El 4 de septiembre de 20254, el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, determinó el avocamiento del presente asunto y proveyó enviarlo a la ponencia del Ministro
Irving Espinosa Betanzo para elaborar el proyecto de sentencia correspondiente.
II. COMPETENCIA
13.
Este Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de la
presente controversia constitucional, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 105, fracción I,
inciso i)5, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 11 y 21 fracción II6 de la Ley
Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Federal, y 16, fracción I7, de la
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el Punto Segundo, fracción II, del
Acuerdo General Número 2/2025 (12a), de 3 de septiembre de 2025, del Pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, en el que se precisan los asuntos de su competencia y los que se delegan a otros
órganos jurisdiccionales federales; en virtud de que se plantea un conflicto entre normas de una entidad
federativa con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
III. PRECISIÓN DE LAS NORMAS, ACTOS U OMISIONES RECLAMADAS
14.
En su capítulo sobre actos y normas impugnadas, el Municipio de Progreso, del Estado de Yucatán, se
refirió a las siguientes porciones normativas:
Artículo 28, por cuanto la omisión de la inclusión del giro de “Antenas de Telefonía
Convencional, Celular y de Internet”
Artículo 29, al omitirse un último párrafo.
Artículo 32 fracciones IX, XV, XVI, XVII, y la omisión de establecer las fracciones XVIII a XXI.
Artículo 36, fracción IX.
Artículo 52, numeral 6.
Todos contenidos en la fracción XXIX, del artículo segundo del Proyecto de Decreto por el que
se aprueban 55 leyes de ingresos municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2025, de fecha
13 de diciembre de 2024, que contiene la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso Yucatán
para el ejercicio fiscal 2025, publicado en el Decreto número 31/2024, en el suplemento 111, del
número 35,591 del Diario Oficial del Gobierno del Estado en fecha 30 de diciembre de 2024
4 Cuaderno de la Controversia Constitucional 18/2025, foja 385
5 Artículo 105 de la Constitución Federal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley
reglamentaria, de los asuntos siguientes:
I. De las controversias constitucionales que, sobre la constitucionalidad de las normas generales, actos u omisiones, con excepción de las
que se refieran a la materia electoral, se susciten entre:
(…)
i) Un Estado y uno de sus Municipios; (…)
6 Ley Reglamentaria de Las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Federal.
Artículo 11 El actor, el demandado y, en su caso, el tercero interesado deberán comparecer a juicio por conducto de las personas
funcionarias que, en términos de las normas que les rigen, estén facultadas para representarlos. En todo caso, se presumirá que quien
comparezca a juicio goza de la representación legal y cuenta con la capacidad para hacerlo, salvo prueba en contrario.(…)
Artículo 21. El plazo para la interposición de la demanda será:
(…)
II. Tratándose de normas generales, de treinta días contados a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, o del día siguiente al en
que se produzca el primer acto de aplicación de la norma que dé lugar a la controversia, y
(…)
7 Artículo 16.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá:
I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La admisión de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad
planteadas respecto de normas generales no dará lugar en ningún caso a la suspensión de la norma cuestionada;
[…].
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Artículo 89, en cuanto a su omisión total y derogación, porción normativa contenida en el Artículo
Tercero del Proyecto de Decreto por el que se modifican las leyes de Hacienda de los Municipios
de Hunucmá, Motul, Progreso, Tecoh, Tixpéual, Uayma, Yaxcabá, y Yobaín, todas del Estado de
Yucatán de fecha 13 de diciembre de 2024, que contienen las modificaciones a la Ley de
Hacienda del Municipio de Progreso, Yucatán, publicado bajo el Decreto número 28/2024, en la
edición matutina del número 35,591 del Diario Oficial del Gobierno del Estado en fecha 30 de
diciembre de 2024.
Iniciativa que dispuso respecto a las porciones normativas señaladas, lo siguiente:
“Artículo 28.- El cobro de derechos por el otorgamiento o revalidación de licencias, permisos o
autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales comerciales o de servicios
sin expendio de bebidas alcohólicas se realizará con base en las siguientes tarifas:
GIRO COMERCIAL EXPEDICIÓN
REVALIDACIÓN
Antenas de Telefonía Convencional, Celular y de Internet
645 UMA
322 UMA
[…]”
“Artículo 29.- Por el otorgamiento de licencias establecidas en el artículo 82 de la Ley de
Hacienda del Municipio de Progreso Yucatán, se causarán y pagarán derechos de acuerdo con
la siguiente tarifa en el predio:
[…].
“Queda prohibido fijar carteles o publicidad en los postes de alumbrado público que se
encuentran en el territorio del Municipio de Progreso y sus comisarías.”
“Artículo 32: Por el otorgamiento de los servicios a que hacen referencia los artículos 84, 85 y
86 de la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso Yucatán, se causarán y pagarán derechos
por metro cuadrado de acuerdo a las siguientes tarifas:
I. Para la construcción tipo A
(Tabla)
I. Para la construcción tipo B
(Tabla)
(…)
Apartado B.
(…)
“IX… para alojar redes de infraestructura destinadas para la prestación de servicios, o la
instalación de ductos y/o conductores para alojar las mismas se pagará 6 unidades de medida y
actualización, por metro lineal.”
“XV. Por la licencia de construcción, para la instalación de una torre, estructura, aerogenerador
o antena de generación de energía producida por permisionario, por colocación de cada unidad
se pagará 1,400 unidades de medida y actualización.”
“XVI. Por la licencia de construcción, para la instalación de torres distintas a las enunciadas en
el numeral anterior, de una base de concreto se pagará 1,400 unidades de medida y
actualización.”
“XVII. Por la licencia de alojamiento de infraestructura subterránea para generación de energía
producida por permisionario será de 15 de medida v actualización por metro lineal.”
“XVIII. Por el servicio de inspección para expedir licencias para colocar pisos se pagará 0.4 de
unidad de medida y actualización por metro cuadrado.”
“XIX. Por servicio de Inspección para expedir constancia de cumplimiento del Reglamento de
Imagen Urbana del Municipio de Progreso se pagará 3 unidades de medida y actualización.”
Los establecimientos industriales y comerciales que no cumplan con lo estipulado en el
Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Progreso pagarán una sanción
correspondiente a 60 unidades de medida y actualización.”
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“XX. Por la licencia temporal, para la instalación, adición, o colocación de equipos tecnológicos
sobre infraestructura inexistente se cobrará 450 unidades de medida y actualización, por
colocación de unidad.”
“XXI. Por la licencia de construcción de la infraestructura necesaria para la generación de
energía solar fotovoltaica se pagará 1 unidad de medida y actualización por módulo fotovoltaico
(panel solar)”
“Articulo 36.- Por los certificados y constancias, se pagarán las siguientes cuotas:
[…]
IX.-Por derecho de tanto $300.00
[…]”
“Articulo 52. Por la ocupación de la vía pública para realizar la comercialización de productos,
se cobrará de acuerdo con lo siguiente:
[…]
6. Por la utilización de la vía pública por Infraestructura superficial o subterránea consistente en
cables, postes, casetas telefónicas o ductos de cualquier tipo y uso, por parte de personas
físicas o morales, se deberán pagar las siguientes tarifas:
a) Por caseta telefónica anualmente, debiendo realizar el pago dentro de los primeros sesenta
días del ejercicio fiscal, pagará 8 veces UMA.
b) Por cada poste para el tendido de cable para la transmisión de voz, datos, video, imágenes
energía eléctrica, anualmente, debiendo realizar el pago dentro de los primeros sesenta días
del ejercicio fiscal pegaré 8 veces UMA
c) Por cada poste con infraestructura de alumbrado público anualmente, debiendo realizar el
pago dentro de los primeros sesenta días del ejercicio fiscal, pagaré 8 veces UMA
d) Redes subterráneas para la conducción de flujos por metro lineal anualmente pagará 6 veces
UMA
e) Redes superficiales para la conducción de flujos por metro lineal anualmente pagará 6 veces
UMA.”
“Artículo 89.- Por la supervisión y dictamen de viabilidad para instalar en la vía pública postes y
colocar en propiedad privada infraestructura de cableado o antenas, se cobrarán las siguientes:
I. Por poste 0.3 UMA mensual por unidad.
II.- Por caseta telefónica 0.6 UMA mensual por unidad.
III.- Por instalaciones lineales 0.10 UMA mensual por metro.
IV.- Por antena 0.3 UMA mensual por metro cuadrado.”
IV. OPORTUNIDAD
15.
El artículo 21 de la Ley Reglamentaria de la materia establece en sus fracciones I y II el plazo de 30
días para promover una controversia constitucional cuando se impugnen actos o normas generales.
Tratándose de actos, el plazo se computa de la siguiente forma: (a) a partir del día siguiente al que
conforme a la ley del propio acto surta efecto la notificación de la resolución o acuerdo que se reclame;
(b) a partir del día siguiente al en que el actor haya tenido conocimiento de los actos o de su ejecución;
o (c) a partir del día siguiente al en que el actor se ostente sabedor de los mismos.8
8 Artículo 21. El plazo para la interposición de la demanda será:
I. Tratándose de actos u omisiones, de treinta días contados a partir del día siguiente al en que conforme a la ley del propio acto surta efectos
la notificación de la resolución o acuerdo que se reclame; al en que se haya tenido conocimiento de ellos o de su ejecución; o al en que el
actor se ostente sabedor de los mismos.
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16.
En el caso que nos ocupa, el Municipio de Progreso, del Estado de Yucatán, impugna los Decretos
31/2024 y 28/2024 del Congreso del Estado, con los que se expidió la Ley de Ingresos del Municipio de
Progreso, del Estado de Yucatán, para el Ejercicio Fiscal 2025, así como la modificación a la Ley de
Hacienda del Municipio de Progreso, Yucatán, cuya naturaleza es de un acto legislativo. Estos Decretos
fueron publicados el 30 de diciembre de 2024, por lo que el plazo de treinta días para presentar la
demanda de controversia constitucional transcurrió del 2 de enero al 14 de febrero de 20259. Por tanto,
si la demanda se presentó el 13 de febrero de 2025, se concluye que es oportuna.
V. LEGITIMACIÓN ACTIVA
17.
De conformidad con el artículo 11, primer párrafo, de la Ley Reglamentaria, la parte actora deberá
comparecer a juicio por conducto de los funcionarios que en términos de las normas respectivas estén
facultados para representarla. Al respecto, el titular del Municipio de Progreso, del Estado de Yucatán
puede representar dicho ayuntamiento, conforme al artículo 55 de la Ley de Gobierno de los Municipios
del Estado de Yucatán10.
18.
En el caso concreto, el Municipio de Progreso, del Estado de Yucatán compareció por conducto de Erik
José Rihani González, en su carácter de Presidente Municipal de progreso Yucatán, cargo que se tiene
por acreditado con la copia certificada de la constancia de mayoría y validez de regiduría del
Ayuntamiento Progreso, Yucatán, de fecha 22 de agosto de 2024.
VI. LEGITIMACIÓN PASIVA
19.
Se reconocieron como autoridades demandadas a los Poderes Legislativo y Ejecutivo, ambos del
Estado de Yucatán, de acuerdo con lo establecido en la fracción II del artículo 10 de la Ley
Reglamentaria, que señala que tiene el carácter de parte demandada en la controversia constitucional
la entidad, poder u órgano que hubiere pronunciado el acto que sea objeto de la controversia
constitucional.
20.
De acuerdo con lo previsto en la Ley Reglamentaria, la parte demandada también debe comparecer a
juicio por conducto de los funcionarios facultados para representarla, en términos de las normas que lo
rigen. En el caso, el Poder Ejecutivo local es representado por Gaspar Daniel Alemañy Ortíz, en su
carácter de Consejero Jurídico de Gobierno del Estado de Yucatán, quien acreditó su personalidad con
la copia de su nombramiento de 1 de octubre de 2024.
21.
Asimismo, el artículo 32, fracción XI, del Código de la Administración Pública de Yucatán establece que
esa Consejería podrá representar al Gobernador, así como al Gobierno del Estado, en los
procedimientos, juicios o asuntos litigiosos en los que sean parte o tengan interés jurídico de cualquier
materia o naturaleza11.
22.
Por consiguiente, el funcionario acreditó tener facultades para comparecer a la presente controversia
constitucional.
23.
Ahora bien, respecto del Poder Legislativo, compareció la Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso
del Estado de Yucatán, a quien se tiene por reconocida la personalidad que ostenta. 12
24.
En tales circunstancias, se encuentra acreditada la legitimación pasiva del funcionario mencionado.
9 De conformidad con los artículos 2 y 3, fracción II de la Ley Reglamentaria de las materia, en relación con el numeral 139 y 143 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación y con el punto primero, incisos a), b), f), m) y n) del Acuerdo General 18/2023 del Pleno de esta
Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el cómputo citado deben descontarse los días 4, 5, 11,12, 18, 19, 25 y 26 de enero, así como los
días 1, 2, 3, 5, 8 y 9 de febrero de 2025. También se descuenta el periodo comprendido del 23 de diciembre de 2024 al 1 de enero de 2025,
por corresponder al segundo periodo vacacional de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.
10 Articulo 55. Al Presidente Municipal, como órgano ejecutivo y político del Ayuntamiento le corresponde:
Representar al Ayuntamiento política y jurídicamente, delegar en su caso, esta representación; y cuando se trate de cuestiones fiscales y
hacendarias, representarlo separada o conjuntamente con el Sindico; (...).
11 Artículo 32. A la Consejería Jurídica le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
(...)
XI. Representar legalmente al Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado y a su Titular, en los procedimientos, juicios o asuntos litigiosos en los
que sean parte o tengan interés jurídico de cualquier materia o naturaleza;
(...).
12 De conformidad con la documental que para tal efecto exhibe y conforme a la normatividad siguiente:
Ley de Gobierno del Poder Legislativo del Estado de Yucatán
Artículo 33. El Presidente de la Mesa Directiva, lo es del Congreso, ostenta la representación del Poder Legislativo y
expresa su unidad; garantizará el fuero constitucional de los diputados y velará por la inviolabilidad del recinto legislativo.
(…).
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VII. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO
25.
En el caso, si bien el Poder Ejecutivo demandado en su contestación no hace valer expresamente una
causal de improcedencia, alega que su participación en el proceso de creación de las normas
combatidas se limitó a su promulgación y publicación, en cumplimiento sus facultades constitucionales y
legales, razón por la cual sostiene que la impugnación resulta infundada respecto a esos actos.
26.
Dicho argumento debe desestimarse acorde con la jurisprudencia P./J. 38/2010 de este Tribunal Pleno,
de rubro: “Acción de Inconstitucionalidad. debe desestimarse la causa de improcedencia planteada por
el poder ejecutivo local en que aduce que al promulgar y publicar la norma impugnada sólo actuó en
cumplimiento de sus facultades”.
VIII. ESTUDIO DE FONDO
27.
Como se precisó, las normas impugnadas son las siguientes:
Artículo 28, por cuanto la omisión de la inclusión del giro de “Antenas de Telefonía
Convencional, Celular y de Internet”
Artículo 29, al omitirse un último párrafo.
Artículo 32 fracciones IX, XV, XVI, XVII, y la omisión de establecer las fracciones XVIII a XXI.
Artículo 36, fracción IX.
Artículo 52, numeral 6.
Todos contenidos en la fracción XXIX, del artículo segundo del Proyecto de Decreto por el que
se aprueban 55 leyes de ingresos municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2025, de fecha
13 de diciembre de 2024, que contiene la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso Yucatán
para el ejercicio fiscal 2025, publicado en el Decreto número 31/2024, en el suplemento 111, del
número 35,591 del Diario Oficial del Gobierno del Estado en fecha 30 de diciembre de 2024
Artículo 89, en cuanto a su omisión total y derogación, porción normativa contenida en el Artículo
Tercero del Proyecto de Decreto por el que se modifican las leyes de Hacienda de los Municipios
de Hunucmá, Motul, Progreso, Tecoh, Tixpéual, Uayma, Yaxcabá, y Yobaín, todas del Estado
de Yucatán de fecha 13 de diciembre de 2024, que contienen las modificaciones a la Ley de
Hacienda del Municipio de Progreso, Yucatán, publicado bajo el Decreto número 28/2024, en la
edición matutina del número 35,591 del Diario Oficial del Gobierno del Estado en fecha 30 de
diciembre de 2024.
28.
La litis del presente asunto consiste en determinar si las normas legales impugnadas vulneran en
perjuicio del Municipio de Progreso Yucatán, el inciso c), así como los párrafos primero y tercero, ambos
de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto
del principio de autonomía hacendaria del municipio actor, en su vertiente de reserva de fuentes
tributarias municipales, así como al principio de fortalecimiento municipal.
29.
De ahí que en la evaluación constitucional de las normas impugnadas este Tribunal Pleno debe
determinar si el Congreso Local del Estado de Yucatán al establecer las contribuciones en las citadas
porciones normativas, vulneró principio de autonomía hacendaria del municipio actor, en su vertiente de
reserva de fuentes tributarias municipales, así como al principio de fortalecimiento municipal.
30.
En primer lugar, cabe recordar que el municipio actor aduce violación a los párrafos primero y tercero de
la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el sentido
de que la construcción de las leyes de ingresos de los municipios parte de una potestad compartida
entre los ayuntamientos y los congresos locales, en la que éstos no pueden apartarse caprichosamente
de la iniciativa municipal, sino que su modificación solo puede realizarse con base en un proceso de
reflexión apoyado en argumentos sustentados de manera objetiva y razonable.
31.
En particular, arguye que los Decretos 31/2024 y 28/2024 del Congreso del Estado, con los que se
expidió la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, del Estado de Yucatán, para el Ejercicio Fiscal
2025, así como la modificación a la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso, Yucatán, en la porción
normativa impugnada, es distinta a la propuesta en la iniciativa municipal, sin que el congreso estatal
haya motivado su decisión para alejarse de la propuesta.
32.
Ahora, en relación con tal tema jurídico, este Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se
pronunció al resolver las controversias constitucionales 15/2006, 13/2006 y 18/2006, en las que se
estableció una metodología de cómo se debía analizar si las modificaciones hechas por el Congreso de
un Estado a una propuesta del Municipio tenían una motivación objetiva y razonable, en términos del
artículo 115 constitucional, consideraciones que volvieron a sustentarse en las diversas controversias
constitucionales 163/2016, 171/2016, 216/2016 y 210/2016.
256
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33.
Según lo determinado en tales precedentes, el primer párrafo de la fracción IV del artículo 115
constitucional establece, en síntesis, que la hacienda municipal se integrará con los rendimientos de los
bienes que pertenezcan a los Municipios y con las contribuciones y otros ingresos que las Legislaturas
establezcan en su favor, entre las cuales deben contarse necesariamente: a) las contribuciones sobre la
propiedad inmobiliaria; b) las participaciones en recursos federales y c) los ingresos derivados de la
prestación de servicios públicos a su cargo.
34.
Por su parte, el segundo párrafo de la fracción IV prohíbe a la Federación limitar la facultad de los
Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), y añade que las leyes
estatales no podrán establecer exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna
respecto de dichas contribuciones; precisa también que sólo estarán exentos los bienes de dominio
público de la Federación, de los Estados y de los Municipios, salvo que sean utilizados para fines o
propósitos distintos de su objeto público.
35.
Así, el párrafo tercero de la fracción IV señala que los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia,
propondrán a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos,
contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de
base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
36.
El conjunto de las previsiones referidas configura una serie de garantías jurídicas de contenido
económico, financiero y tributario en favor de las haciendas municipales que, por otro lado, acentúan
que en este proceso de regulación el Congreso local actúa como representante de los intereses de los
ciudadanos.
37.
Así, la regulación de las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y
las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las
contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, debe ser necesariamente el resultado de un proceso
legislativo distinto al ordinario.
38.
Mientras en un procedimiento ordinario la facultad de iniciativa legislativa se agota en el momento de la
presentación del documento ante la cámara decisoria, en el caso que nos ocupa, la propuesta
presentada por el Municipio sólo puede ser modificada por la Legislatura Estatal con base en un
proceso de reflexión apoyado en argumentos sustentados de manera objetiva y razonable.
39.
Es por ello que se ha afirmado que nos encontramos ante una potestad tributaria compartida, pues en
los supuestos señalados por la fracción IV del artículo 115 constitucional, la potestad tributaria
originalmente reservada para el órgano legislativo, conforme al artículo 31, fracción IV de la
Constitución Federal, se complementa con el principio de fortalecimiento municipal, reserva de fuentes y
con la norma expresa que les otorga la facultad de iniciativa.
40.
En consecuencia, aun cuando la decisión final sigue correspondiendo a la Legislatura Estatal, ésta se
encuentra condicionada por la Norma Fundamental a dar el peso suficiente a la facultad del Municipio,
lo cual se concreta en la motivación que tendrá que sustentar en caso de que se aparte de la propuesta
municipal.
41.
Este criterio se encuentra reflejado en la jurisprudencia P./J. 111/2006, de rubro y texto siguientes:
“HACIENDA MUNICIPAL. EN EL CASO DE LOS TRIBUTOS A QUE SE REFIERE LA
FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS, EXISTE UNA POTESTAD TRIBUTARIA COMPARTIDA ENTRE LOS
MUNICIPIOS Y EL ESTADO EN EL PROCESO DE SU FIJACIÓN. La regulación de las cuotas y
tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores
unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre
la propiedad inmobiliaria, es el resultado de un proceso legislativo distinto al ordinario: mientras
en éste la facultad de iniciativa legislativa se agota con la presentación del documento ante la
Cámara decisoria, en aquél la propuesta del Municipio sólo puede modificarse por la Legislatura
Estatal con base en un proceso de reflexión apoyado en argumentos sustentados de manera
objetiva y razonable, por lo que es válido afirmar que se trata de una potestad tributaria
compartida, toda vez que en los supuestos señalados por la fracción IV del artículo 115 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la potestad tributaria originalmente
reservada para el órgano legislativo, conforme al artículo 31, fracción IV, de la Constitución
Federal, se complementa con los principios de fortalecimiento municipal y reserva de fuentes, y
con la norma expresa que le otorga la facultad de iniciativa; de ahí que, aun cuando la decisión
final sigue correspondiendo a la Legislatura, ésta se encuentra condicionada por la Norma
Fundamental a dar el peso suficiente a la facultad del Municipio, lo cual se concreta en la
motivación que tendrá que sustentar en el caso de que se aparte de la propuesta municipal.”
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42.
Y en el mismo tenor, resulta orientadora la jurisprudencia P./J. 112/2006, cuyos rubro y texto se
transcriben:
“HACIENDA MUNICIPAL. LAS LEGISLATURAS ESTATALES PUEDEN SEPARARSE DE LAS
PROPUESTAS DE LOS AYUNTAMIENTOS EN RELACIÓN CON LOS TRIBUTOS A QUE SE
REFIERE EL ARTÍCULO 115, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SIEMPRE QUE LO HAGAN SOBRE UNA BASE OBJETIVA Y
RAZONABLE. El precepto constitucional citado divide las atribuciones entre los Municipios y los
Estados en cuanto al proceso de fijación de los impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y
las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las
contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, pues mientras aquéllos tienen la competencia
constitucional para proponerlos, las Legislaturas Estatales la tienen para tomar la decisión final
sobre estos aspectos cuando aprueban las leyes de ingresos de los Municipios. Ahora bien,
conforme a la tesis P./J. 124/2004, del Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo
XX, diciembre de 2004, página 1123, con el rubro: ‘HACIENDA MUNICIPAL. LA CONSTITUCIÓN
FEDERAL PERMITE A LAS LEGISLATURAS ESTATALES ESTABLECER TASAS DISTINTAS
PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTOS RESERVADOS A AQUÉLLA EN LOS MUNICIPIOS DE
UNA MISMA ENTIDAD FEDERATIVA, PERO EN ESE CASO DEBERÁN JUSTIFICARLO EN
UNA BASE OBJETIVA Y RAZONABLE.’, las Legislaturas Estatales sólo podrán apartarse de las
propuestas municipales si proveen para ello argumentos de los que derive una justificación
objetiva y razonable. En ese sentido, se concluye que al igual que en el supuesto de los
impuestos abordado en el precedente referido, la propuesta del Municipio respecto de las cuotas
y tarifas aplicables a derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de
suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad
inmobiliaria, sólo puede modificarse por la Legislatura Estatal con base en un proceso de
reflexión apoyado en argumentos sustentados de manera objetiva y razonable.”
43.
El principio de motivación objetiva y razonable funciona como un límite a la libertad de configuración de
los tributos por parte del legislador y como una concreción de la facultad de iniciativa en materia de
ingresos que tienen reconocida los Municipios en la Norma Fundamental, razón por la cual, a fin de
encontrar una motivación adecuada y proporcional en cada caso concreto, es necesario abundar en
estos criterios de razonabilidad adoptados por el Tribunal en Pleno.
44.
Lo anterior es así, toda vez que el estándar de motivación exigible a los Congresos locales dependerá
de las circunstancias en que se desarrolle dialécticamente el procedimiento legislativo, lo que requerirá
un aumento, o bien, permitirá una disminución del grado de motivación cualitativa exigible a los órganos
legislativos locales.
45.
Por ello, es pertinente tener en cuenta ciertos parámetros que ayuden a ponderar las facultades en
conflicto sin caer, por un lado, en una regla general que implique la mera verificación superficial de la
existencia o inexistencia de cualquier tipo de justificación, o por otro, exigir en todos los casos una
valoración pormenorizada y detallada que implique un pronunciamiento de política tributaria respecto de
las decisiones tomadas por las legislaturas estatales, motivo por el cual, para realizar esta
armonización, debemos dar especial relevancia al criterio de la razonabilidad, que nos permitirá
determinar, en su caso, la arbitrariedad del legislador.
46.
La vinculación existente en el proceso legislativo entre las facultades del Municipio y de la Legislatura
local en torno a los ingresos municipales, que se encuentra estructurada en la fracción IV del artículo
115 constitucional, lleva a este Alto Tribunal a considerar que dicha relación debe desenvolverse como
un auténtico diálogo en el que existe un ejercicio alternativo de facultades y de razonamientos.
47.
Se dice que existe un diálogo porque comienza con la presentación de la propuesta, la que en algunos
casos puede ir acompañada de una exposición de motivos, y continúa con la actuación de las
Legislaturas locales que se desenvuelve por una parte en el trabajo en comisiones, en las cuales se
realiza un trabajo de recopilación de información a través de sus secretarios técnicos u órganos de
apoyo, en algunos casos a través de la comparecencia de funcionarios y en la evaluación de la iniciativa
que se concreta en la formulación de un dictamen, y, por otra parte, en el proceso de discusión,
votación y decisión final de la Asamblea en Pleno.
48.
Así pues, el estándar de motivación exigible a los Congresos locales dependerá de las circunstancias
en que se desarrolle dialécticamente el procedimiento legislativo, lo que requerirá un aumento, o bien,
permitirá una disminución del grado de motivación cualitativa exigible a los órganos legislativos locales.
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49.
En ese orden de ideas, esta Suprema Corte de Justicia ha determinado que la reflexión debe estar
centrada en torno a dos ejes: el grado de distanciamiento frente a la propuesta enviada por el Municipio
y la existencia y grado de motivación en la iniciativa presentada por el Municipio.
50.
El primer elemento a tomar en cuenta consiste en el grado de distanciamiento de la ley finalmente
aprobada respecto de la iniciativa del Municipio, pues en la medida que aquél aumente y redunde en la
afectación de la recaudación de dicho nivel de gobierno generará una obligación para el Congreso del
Estado de formular argumentos cualitativamente superiores, independientemente de la existencia,
inexistencia, abundancia o escasez de los motivos externados por el Municipio.
51.
El segundo elemento para considerar es el grado de motivación en la iniciativa presentada por el
Municipio.
52.
Tomando en cuenta la diversidad geográfica, social, cultural, de vocación económica de los Municipios
que integran el país y sus capacidades económicas y técnicas, en el desarrollo del ejercicio de la
facultad de iniciativa pueden presentarse básicamente tres situaciones que incidirán en el grado
sustancial de motivación exigible a los Congresos:
53.
Ausencia de motivación. Si bien los Municipios tienen facultades constitucionales para proponer sus
leyes de ingresos, la motivación de sus iniciativas no es un requisito constitucional y, por tanto, no es un
elemento que, con base en su ausencia, justifique el rechazo de las propuestas del Municipio, sin
embargo, esto tampoco implica que debe caerse en el extremo de exigir una decisión parlamentaria que
pondere circunstancias que no fueron aducidas por los Municipios para dar sustento a su propuesta.
54.
En estas circunstancias, el Congreso sólo deberá expresar en forma concisa, pero racional, los motivos
por los cuales se deniega o se modifica la propuesta del Municipio.
55.
Motivación básica. Puede suceder que se ofrezca una motivación elemental o limitada a las propuestas
de leyes de ingresos. En tales casos, en virtud de que los Municipios han aportado un primer elemento
para el proceso dialéctico legislativo, el parámetro de motivación por parte de las Legislaturas Estatales
se incrementa en relación con el inciso anterior, surgiendo una obligación de formular argumentos que
desvirtúen las propuestas de los Municipios, a partir de los aportados por éstos.
56.
Motivación técnica. En los casos en que se formulen iniciativas con razonamientos pormenorizados
basados en argumentos de política tributaria y con un importante sustento técnico para justificar los
elementos de su propuesta, se incrementa el estándar de motivación y el Congreso del Estado se verá
obligado a desvirtuar con equivalentes argumentos técnicos o de política tributaria la proposición del
Municipio y la necesidad de apartarse de ella, con las acotaciones siguientes:
57.
El criterio que se ha plasmado es cualitativo y no cuantitativo, es decir, para la aplicación del mismo
debe atenderse a la calidad de los argumentos más que a la cantidad, por lo que la proporcionalidad
que en ellos se exige es de sustancia.
58.
Bajo los términos indicados, la motivación del Congreso local deberá darse, fundamentalmente, en los
argumentos sustentados en los debates llevados a cabo en la respectiva Comisión de dictamen
legislativo, pues como ha sostenido esta Suprema Corte, la consideración y discusión cuidadosa de las
iniciativas de ley municipales sería muy larga y compleja si tuviera que darse a nivel plenario en los
Congresos estatales, debiendo destacar que el trabajo de las Comisiones legislativas favorece la
adecuada división del trabajo en el seno de la legislatura y permite interacción adecuada entre los
diputados que tienen un mayor conocimiento en materias específicas.
59.
Son aplicables las jurisprudencias P./J. 113/2006 y P./J. 114/2006, cuyos rubro y texto son los
siguientes:
“HACIENDA MUNICIPAL. EL GRADO DE DISTANCIAMIENTO FRENTE A LA PROPUESTA DE
INGRESOS ENVIADA POR EL MUNICIPIO Y LA EXISTENCIA Y GRADO DE MOTIVACIÓN EN
LA INICIATIVA PRESENTADA POR ÉSTE, SON PARÁMETROS PARA EVALUAR LA
MOTIVACIÓN ADECUADA EXIGIBLE A LAS LEGISLATURAS ESTATALES CUANDO SE
APARTAN DE LAS PROPUESTAS MUNICIPALES. La vinculación existente en el proceso
legislativo entre las facultades del Municipio y de la Legislatura Local en torno a los ingresos
municipales a que se refiere la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, debe desenvolverse como un auténtico diálogo en el que existe un
ejercicio alternativo de facultades y de razonamientos, de manera que el principio de motivación
objetiva y razonable reconocido como un límite a la libertad de configuración de los tributos por
parte del legislador, debe guiarse por ciertos parámetros a fin de encontrar una motivación
adecuada y proporcional en cada caso concreto, toda vez que el estándar de motivación exigible
a los Congresos Locales dependerá de las circunstancias en que se desarrolle dialécticamente el
procedimiento legislativo. En este orden de ideas, este Alto Tribunal considera que algunos ejes
que pueden brindar parámetros para guiar la ponderación y dar el peso constitucional adecuado a
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dichas facultades son: 1) Grado de distanciamiento frente a la propuesta de ingresos enviada por
el Municipio, que implica que en la medida en que exista mayor distanciamiento y redunde en la
afectación de la recaudación del mencionado nivel de gobierno, se generará una obligación del
Congreso del Estado de formular argumentos cualitativamente superiores, independientemente
de la existencia, inexistencia, abundancia o escasez de los motivos externados por el Municipio;
y, 2) Existencia y grado de motivación en la iniciativa presentada por el Municipio, respecto del
cual debe destacarse que de acuerdo con la diversidad geográfica, social, cultural, de vocación
económica de los Municipios que integran el país y sus capacidades económicas y técnicas, en el
desarrollo del ejercicio de la facultad de iniciativa pueden presentarse básicamente tres
situaciones que, atendiendo al principio de razonabilidad, incidirán en el grado sustancial de
motivación exigible a los Congresos, la cual debe ser adecuada a cada caso: a) Ausencia de
motivación. Si bien la motivación de las iniciativas de las leyes de ingresos de los Municipios no
es un requisito constitucional, esto no implica que deba caerse en el extremo de exigir una
decisión parlamentaria que pondere circunstancias que no fueron aducidas por los Municipios
para dar sustento a su propuesta, por lo que la labor del Congreso se simplificará y sólo deberá
expresar en forma concisa pero racional, los motivos por los cuales se deniega o modifica la
propuesta del Municipio; b) Motivación básica. Puede suceder que se ofrezca una motivación
elemental o limitada a las propuestas de leyes de ingresos, en cuyo caso, en virtud de que los
Municipios han aportado un primer elemento para el proceso dialéctico legislativo, el parámetro
de motivación por parte de las Legislaturas Estatales se incrementa en relación con el inciso
anterior, surgiendo una obligación de formular argumentos que desvirtúen las propuestas de los
Municipios, a partir de los aportados por éstos; y, c) Motivación técnica. En otros casos se
formularán iniciativas con razonamientos pormenorizados basados en argumentos de política
tributaria y con un importante sustento técnico para justificar los elementos de su propuesta;
frente a este escenario, se incrementa el estándar de motivación y el Congreso del Estado se
verá obligado a desvirtuar con argumentos técnicos equivalentes o de política tributaria la
proposición del Municipio y la necesidad de apartarse de ella.”
“HACIENDA MUNICIPAL. EL GRADO DE DISTANCIAMIENTO FRENTE A LA PROPUESTA DE
INGRESOS ENVIADA POR EL MUNICIPIO Y LA EXISTENCIA Y GRADO DE MOTIVACIÓN EN
LA INICIATIVA PRESENTADA POR ÉSTE, SON CRITERIOS DE CARÁCTER CUALITATIVO Y
NO
CUANTITATIVO,
CON
BASE
EN
LOS
CUALES
DEBE
DETERMINARSE
LA
RAZONABILIDAD DE LA MOTIVACIÓN DE LAS LEGISLATURAS ESTATALES. El grado de
distanciamiento frente a la propuesta de ingresos enviada por el Municipio y la existencia y grado
de motivación en la iniciativa presentada por éste son considerados como herramientas que
pueden auxiliar a evaluar la motivación exigible a las Legislaturas Estatales; sin embargo, debe
enfatizarse que estos criterios son de carácter cualitativo y no cuantitativo, es decir, para su
aplicación debe atenderse a la calidad de los argumentos más que a su cantidad, por lo que la
proporcionalidad que en ellos se exige es de sustancia, de ahí que un argumento desarrollado
extensamente, pero sin contenido sustancial, podrá desvirtuarse por otro más breve que sea
esencial. Por otra parte, debe destacarse que la labor de este Alto Tribunal será revisar la
razonabilidad de la respuesta, lo que implica una especie de interdicción a la arbitrariedad del
legislador más que su revisión minuciosa, por lo que una aparente inconsistencia de datos
técnicos no será motivo de invalidez a menos que se detecte su arbitrariedad, cuestión que se irá
construyendo caso por caso.”
60.
Así, con base en el estándar desarrollado por este Tribunal Pleno, corresponde ahora analizar si la
actuación de la legislatura estatal se ajustó a la potestad tributaria compartida que establece la
Constitución Federal.
61.
Para ello, en primer lugar debe advertirse el grado de distanciamiento entre la iniciativa propuesta por el
municipio actor y lo aprobado por el congreso estatal demandado.
62.
Asimismo, debe considerarse que los Decretos 31/2024 y 28/2024 del Congreso del Estado, con los
que se expidió la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, del Estado de Yucatán, para el Ejercicio
Fiscal 2025, así como la modificación a la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso, Yucatán, en el
Periódico Oficial del Estado de Yucatán. Por lo cual, para resolver el presente asunto, debe tomarse en
cuenta el contenido corregido de la porción normativa impugnada y atender a lo efectivamente
planteado en el escrito de demanda.
63.
En ese orden de ideas, es oportuno hacer referencia al contenido de la iniciativa13 del Municipio actor,
respecto de las porciones normativas impugnadas de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso,
Yucatán, para el ejercicio 2025, las cuales se insertan en el siguiente cuadro comparativo:
13 Cuaderno de pruebas aportadas por el Municipio de Progreso, Yucatán.
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Viernes 17 de abril de 2026
INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS 2025, MUNICIPIO
DE PROGRESO, YUCATÁN
(ARTÍCULOS PROPUESTOS
ARTÍCULOS APROBADOS Y PUBLICADOS EN LA
LEY DE INGRESOS DE PROGRESO, YUCATÁN
PARA EL EJERCICIO 2025
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DIARIO OFICIAL
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
INICIATIVA LEY DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE
PROGRESO, YUCATÁN
ARTÍCULO APROBADO Y PUBLICADO EN LA LEY
DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE PROGRESO ,
YUCATÁN
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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64.
De lo anterior, tal y como lo señaló el Municipio se desprende la existencia de las diferencias entre la
iniciativa municipal y el texto aprobado por la legislatura local, por lo que se procede a evaluar la
determinación emitida por el Poder Legislativo respecto de dichas normas:
VIII.1. Análisis del bloque normativo de competencia exclusiva de la Federación, al encontrarse
dirigido al sector de telecomunicaciones y energía eléctrica.
65.
El municipio demandante impugna los artículos 28 por la exclusión del giro de “Antenas de Telefonía
Convencional, Celular y de Internet”, 32, apartado B, fracciones IX, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y 52,
numeral 6 incisos a), b), c), d) y e), todos de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán, así
como el artículo 89 de la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso, Yucatán, numerales de los cuales
el ayuntamiento propuso el pago por los siguientes derechos:
“Artículo 28.- El cobro de derechos por el otorgamiento o revalidación de licencias, permisos o
autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales comerciales o de servicios
sin expendio de bebidas alcohólicas se realizará con base en las siguientes tarifas:
GIRO COMERCIAL
EXPEDICIÓN
REVALIDACIÓN
Antenas
de
Telefonía
Convencional,
Celular
y
de
Internet
645 UMA
322 UMA
[…]”
“Artículo 32: Por el otorgamiento de los servicios a que hacen referencia los artículos 84, 85 y
86 de la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso Yucatán, se causarán y pagarán derechos
por metro cuadrado de acuerdo a las siguientes tarifas:
I. Para la construcción tipo A
(Tabla)
I. Para la construcción tipo B
(Tabla)
(…)
Apartado B.
(…)
“IX… para alojar redes de infraestructura destinadas para la prestación de servicios, o la
instalación de ductos y/o conductores para alojar las mismas se pagará 6 unidades de medida y
actualización, por metro lineal.”
“XV. Por la licencia de construcción, para la instalación de una torre, estructura, aerogenerador
o antena de generación de energía producida por permisionario, por colocación de cada unidad
se pagará 1,400 unidades de medida y actualización.”
“XVI. Por la licencia de construcción, para la instalación de torres distintas a las enunciadas en
el numeral anterior, de una base de concreto se pagará 1,400 unidades de medida y
actualización.”
“XVII. Por la licencia de alojamiento de infraestructura subterránea para generación de energía
producida por permisionario será de 15 de medida v actualización por metro lineal.”
“XVIII. Por el servicio de inspección para expedir licencias para colocar pisos se pagará 0.4 de
unidad de medida y actualización, por metro cuadrado.”
“XIX. Por servicio de inspección para expedir constancia de cumplimiento del Reglamento de
Imagen Urbana del Municipio de Progreso se pagará 3 unidades de medida y actualización.
Los establecimientos industriales y comerciales que no cumplan con lo estipulado en el
Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Progreso pagarán una sanción
correspondiente a 60 unidades de medida y actualización.”
“XXI. Por la licencia de construcción de la infraestructura necesaria para la generación de
energía solar fotovoltaica se pagará 1 unidad de medida y actualización por módulo fotovoltaico
(panel solar)”
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Viernes 17 de abril de 2026
“Articulo 52. Por la ocupación de la vía pública para realizar la comercialización de productos,
se cobrará de acuerdo con lo siguiente:
[…]
6. Por la utilización de la vía pública por Infraestructura superficial o subterránea consistente en
cables, postes, casetas telefónicas o ductos de cualquier tipo y uso, por parte de personas
físicas o morales, se deberán pagar las siguientes tarifas:
a) Por caseta telefónica anualmente, debiendo realizar el pago dentro de los primeros sesenta
días del ejercicio fiscal, pagará 8 veces UMA.
b) Por cada poste para el tendido de cable para la transmisión de voz, datos, video, imágenes
energía eléctrica, anualmente, debiendo realizar el pago dentro de los primeros sesenta días
del ejercicio fiscal pegaré 8 veces UMA
c) Por cada poste con infraestructura de alumbrado público anualmente, debiendo realizar el
pago dentro de los primeros sesenta días del ejercicio fiscal, pagaré 8 veces UMA
d) Redes subterráneas para la conducción de flujos por metro lineal anualmente pagará 6 veces
UMA
e) Redes superficiales para la conducción de flujos por metro lineal anualmente pagará 6 veces
UMA.”
“Artículo 89.- Por la supervisión y dictamen de viabilidad para instalar en la vía pública postes
y colocar en propiedad privada infraestructura de cableado o antenas, se cobrarán las
siguientes:
I. Por poste 0.3 UMA mensual por unidad.
II.- Por caseta telefónica 0.6 UMA mensual por unidad.
III.- Por instalaciones lineales 0.10 UMA mensual por metro.
IV.- Por antena 0.3 UMA mensual por metro cuadrado.”
66.
Al respecto, este Tribunal Pleno estima infundado el planteamiento del municipio, ya que el legislador
local justificó la exclusión de las porciones normativas señaladas, al establecer que los cobros
propuestos por el municipio se encuentran relacionadas las materias de telecomunicaciones y energía
eléctrica, por lo cual tales derechos invaden competencia exclusiva de la Federación
67.
Lo anterior, tal y como se advierte de los apartados “NOVENO” y “DÉCIMO” de la exposición de motivos
del Congreso Local respecto de la Ley de Ingresos de Progreso, Yucatán,14 de lo cual se desprende
que el demandado dispuso lo siguiente:
“NOVENA. Dando continuidad con el análisis de las iniciativas municipales señaladas en esta
documento legislativo, hemos de destacar que diversos ayuntamientos consideraron en sus
propuestas montos por el derecho para la expedición de permisos de construcción e instalación
de ductos para la extracción de cualquier hidrocarburo. Por tal virtud, se aplicó el criterio que
determina que aquellas leyes de ingresos que presenten cobros sobre dichos conceptos se
deberán eliminar, ya que esta materia es exclusiva del Congreso de la Unión, señalado en el
artículo 73, fracción X; y esta relacionadas directamente con las actividades de exploración,
extracción y producción de hidrocarburos, previstas en las fracciones XIV y XV del artículo 4, de
la Ley de Hidrocarburos.
Esto es, la permanencia de dichos cobros estimaría que se actualizaría una invasión a la esfera
competencial federal por el hecho de que la autoridad municipal no puede fijar derechos por
permisos de construcción y remodelación de pozos construidos con la finalidad de extraer
hidrocarburos, pues con ello se afecta la competencia de la Federación y del Poder Ejecutivo
Federal, quienes son los que ostentan las facultades en materia de hidrocarburos.
En este contexto, es necesario señalar el artículo 115, fracción V, de la Constitución Federal,
que menciona que los bienes inmuebles de la Federación ubicados en los municipios están
exclusivamente bajo la jurisdicción de los poderes federales, por lo que correlacionado con el
artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, se colige que el Ejecutivo Federal, por conducto de la
Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Comisión Reguladora de Energía, son las
dependencias facultadas para expedir licencias, permisos y contratos de construcción
referentes al sector de hidrocarburos, por lo cual, el cobro de estos derechos afecta la
competencia de la federación al legislar y establecer contribuciones en materia de
hidrocarburos. Tales premisas son dilucidadas de la Controversia Constitucional 54/2024
promovida contra el Poder Ejecutivo y Legislativo del Estado de Coahuila de Zaragoza, así
como diversos precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la materia.
14 Tomo I del cuaderno de pruebas aportadas por el Municipio de Progreso, Yucatán, fojas 309-313.
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DIARIO OFICIAL
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Similar atención reciben aquéllos municipios que proponen el cobro por licencias de
construcción, instalación de estructuras aéreas o subterráneas, uso de suelo, relacionados con
las telecomunicaciones y materia eléctrica, en tal virtud, se aplicó el criterio que señala que
cuando se prevea dicho cobro de contribución que incida directamente en estas materias, se
deberán eliminar por ser inconstitucional, toda vez que los artículos 73, fracción XVII y 28,
párrafo décimo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. establecen
que todo lo relacionado a las Telecomunicaciones es competencia exclusiva del Congreso de la
Unión y del instituto Federal de Telecomunicaciones.
(…)
Por lo que, de acuerdo con lo esgrimido en estos argumentos, si bien es cierto que los
municipios cuentan con competencia constitucional para gravar el uso de la tierra y la propiedad
inmobiliaria, el hecho de establecer un cobro relacionado con estas materias, ya sea a través de
la expedición de licencias o permisos como los ya mencionados va más allá de dicha facultad,
pues al permitir que los ayuntamientos mantengan dicha propuesta, indudablemente se estaría
invadiendo la competencia del Congreso de la Unión.
En tal tesitura, como bien se ha mencionado, por mandato constitucional corresponde
exclusivamente al Congreso de la Unión legislar en estas materias. Y si bien es cierto que los
municipios en sus leyes de ingresos propuestas no establecen cobros por otorgamiento de
concesiones, si prevén pago por licencias de construcción, instalación de estructuras aéreas o
subterráneas, uso de suelo, u otras relacionadas con las telecomunicaciones y materia
eléctrica, circunstancia que implicaría que a la hacienda municipal se enterarán montos con
motivo de la expedición de estas por cualquiera de los supuestos antes descritos.
Es así que, de mantener estos cobros en las leyes de ingresos municipales resultaría
inconstitucional, toda vez que, se estaría contraviniendo a lo dispuesto por la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo señalado por la Suprema Corte de
Justicia de la Nación en materia competencial y tributaria, respecto a estas áreas, como lo es la
Sentencia dictada por el Tribunal Pleno en la Acción de Inconstitucionalidad 3/2023 y sus
acumuladas.”
“DÉCIMA. Por otra parte y de manera concatenada con los criterios señalados en la
consideración anterior, es necesario señalar que, los municipios del Estado de Yucatán
tampoco pueden cobrar derechos por tales conceptos, toda vez que nuestra entidad se adhirió
al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, a través del Convenio de adhesión al Sistema
Nacional de Coordinación Fiscal que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el
Gobierno del Estado de Yucatán, en fecha 28 de diciembre de 1979, y la Declaratoria de
coordinación en materia federal de Derechos entre la Federación y el Estado de Yucatán,
publicado el 30 de marzo del año 1983 en el Diario Oficial de la Federación.
Por lo que, en ese sentido, y de conformidad con lo dispuesto en las fracciones I y III del
artículo 10-A de la Ley de Coordinación Fiscal, las entidades federativas coordinadas a dicho
Sistema Nacional, en materia de derechos, no mantendrán en vigor derechos estatales o
municipales por licencias, concesiones, permisos o autorizaciones, o bien obligaciones o
requisitos que condicionen el ejercicio de actividades industriales o comerciales y de prestación
de servicios, así como uso de las vías públicas o la tenencia de bienes sobre las mismas. Es de
señalar que este artículo prevé diversos casos de excepción, sin embargo, la fracción V del
mismo, establece expresamente la prohibición de cobrar derechos por cualquier concepto
relacionado con actividades o servicios en materia eléctrica, de hidrocarburos o de
telecomunicaciones.
Lo anterior, encuentra sustento en los siguientes precedentes de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación:
● Tesis: 2a./J. 119/2012 (10a.) DERECHOS POR PERMISOS Y LICENCIAS PARA
REALIZAR LAS OBRAS NECESARIAS EN LA INSTALACIÓN DE CASETAS PARA
PRESTAR EL SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA Y POR EL USO DEL SUELO CON
ESE MOTIVO LOS MUNICIPIOS DE UNA ENTIDAD FEDERATIVA ADHERIDA AL
SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN EN MATERIA FEDERAL DE DERECHOS
ESTÁN IMPEDIDOS PARA REQUERIR SU PAGO.
● JUICIO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN
FISCAL 1/2022. Demanda interpuesta por el Poder Ejecutivo del Estado de Morelos contra
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
● CONTRADICCIÓN DE TESIS 270/2012.
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De dichos precedentes podemos destacar que la Coordinación de impuestos es un mecanismo
de participaciones federales de origen consensual permite que los Estados celebren convenios
de coordinación fiscal mediante los cuales, a cambio de abstenerse de imponer gravámenes
sobre las materias que también prevén las leyes federales, se pueden beneficiar de un
porcentaje del Fondo General de Participaciones formado con la recaudación de gravámenes
locales o municipales que las Entidades hayan convenido con la Federación. Es así que,
cuando un Estado decide incorporarse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, no implica
la renuncia a una potestad constitucional, pues, en primer lugar, es precisamente el ejercicio de
esa potestad la que le permite celebrar esos acuerdos, y ésta no puede considerarse disponible
para la entidad federativa, sino que únicamente representa un compromiso que asume de no
ejercer dicha potestad tributaria en los términos previstos en el convenio que se celebró al
amparo de la Ley de Coordinación Fiscal.
Es así que, de conformidad con lo señalado en el artículo 100 de la Ley de Coordinación Fiscal,
cada entidad federativa establece directamente mediante un convenio de adhesión al Sistema
Nacional Coordinación Fiscal cuáles son las contribuciones a las cuales renuncia a ejercer su
potestad para legislar. Las entidades que celebran los convenios deben renunciar a establecer
contribuciones sobre hechos o actos jurídicos gravados por la Federación a cambio de recibir
participación en la recaudación de los gravámenes de carácter federal.
Como se puede observar, un Estado puede comprometerse a no ejercer su potestad tributaria
por cuanto hace a ciertos impuestos para acceder a la participación que le corresponde en la
recaudación federal de determinados impuestos, así como también puede elegir no ejercer su
potestad tributaria por cuanto hace a ciertos derechos. Ambas decisiones tienen un efecto
similar en torno a la renuncia del Estado a su potestad para gravar con el pago de derecho
aquellas cuestiones sobre las que acuerde coordinarse con la Federación para que sea ésta la
que regule y recaude lo respectivo, siendo el artículo 10-A de la Ley de Coordinación Fiscal el
fundamento específico de la potestad para coordinarse en materia de derechos.
De acuerdo con ese precepto, las entidades que voluntariamente opten por celebrar un
convenio de coordinación en materia de derechos no mantendrán en vigor ciertos derechos
estatales o municipales, entre los que se encuentran el cobro de derechos en relación con las
actividades o servicios que realicen o presten las personas respecto del uso, goce, explotación
o aprovechamiento de bienes de dominio público en antena eléctrica, de hidrocarburos o de
telecomunicaciones.
De tal forma que la coordinación fiscal en materia de distribución de potestades tributarias
normativas, para el establecimiento de contribuciones, tiene como efecto que la entidad
federativa realice un compromiso para no ejercer su potestad tributaria, como una expresión
omisiva, entendida como la facultad para establecer una contribución donde halle riqueza para
sufragar el gasto público. Es decir, pudiendo establecer contribuciones sobre determinadas
fuentes de ingresos, ya sea impuestos o bien derechos, se compromete a no hacerlo a cambio
de participar en la recaudación de ingresos federales participables
En este orden de ideas, los derechos por los permisos y licencias para la realización de obras
con el propósito de instalar los implementos necesarios para la prestación del servicio público,
como la instalación de postes o cableado, son de los que no deben mantener en vigor as
entidades federativas que opten por coordinarse en derechos con la Federación, por lo que las
leyes que los contienen contravienen lo dispuesto en el citado artículo 10-A de la Ley de
Coordinación Fiscal.
Asimismo, se destaca que, aun cuando dicho precepto legal prevea ciertas excepciones es
insuficiente para justificar cobro alguno de tales conceptos. En efecto, si bien en el inciso a), de
la fracción I, de mencionado artículo prevé como excepción las licencias de construcción, esa
excepción no es aplicable a los derechos por los permisos y licencias para la realización de
obras con el propósito de instalar postes o cableados en la vía pública, así como los relativos al
uso del suelo con motivo de su instalación, pues de aceptarse lo contrario, se estaría
permitiendo, en última instancia, el cobro de derechos que condicionan al ejercicio de la
prestación un servicio público concesionado como es el de las señaladas en esta disposición
normativa.
En consecuencia, el estado de Yucatán y sus municipios, al estar adherido al Sistema Nacional
de Coordinación Fiscal, se encuentra impedido para cobrar los derechos por permisos y
licencias que permitan realizar las obras necesarias para la prestación de servicios, así como el
derecho por el uso de las vías públicas, tanto en materia eléctrica como telecomunicaciones.”
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68.
Determinación que resulta acertada, pues en efecto, de los artículos 6º, apartado B, fracción II, 25 , 27 ,
28 y 73, fracción XVII15 de la Constitución General se advierte que es facultad del Congreso de la Unión
dictar leyes sobre vías generales de comunicación, tecnologías de la información y la comunicación,
radiodifusión, telecomunicaciones, incluida la banda ancha e Internet. Por otra parte, las normas
constitucionales establecen que corresponde al Instituto Federal de Telecomunicaciones la regulación,
promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y
la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a
infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales. Asimismo, es la autoridad en materia de
competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, y le corresponde el
otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de control accionario,
titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de radiodifusión y
telecomunicaciones.
15 […] II. Las telecomunicaciones son servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en
condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias
arbitrarias.
15 […] El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las
actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución. […]
El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la
Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado
que en su caso se establezcan. Tratándose de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, y del servicio público de transmisión y
distribución de energía eléctrica, así como de la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos, la Nación llevará a cabo dichas
actividades en términos de lo dispuesto por los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución. En las actividades citadas la ley
establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimientos de contratación y demás actos jurídicos
que celebren las empresas productivas del Estado, así como el régimen de remuneraciones de su personal, para garantizar su eficacia,
eficiencia, honestidad, productividad, transparencia y rendición de cuentas, con base en las mejores prácticas, y determinará las demás
actividades que podrán realizar. […]
15 […] En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el
uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas,
no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan
las leyes, salvo en radiodifusión y telecomunicaciones, que serán otorgadas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones. Las normas
legales relativas a obras o trabajos de explotación de los minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y
comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las
concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas. El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales
y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se harán por el Ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratándose de
minerales radiactivos no se otorgarán concesiones. Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico
nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones, sin
perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la
forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica. […]
15 […] El Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto
el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en los términos que fijen
las leyes. Para tal efecto, tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro
radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa,
pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones será también la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión
y telecomunicaciones, por lo que en éstos ejercerá en forma exclusiva las facultades que este artículo y las leyes establecen para la Comisión
Federal de Competencia Económica y regulará de forma asimétrica a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar
eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia; impondrá límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al
concesionamiento y a la propiedad cruzada que controle varios medios de comunicación que sean concesionarios de radiodifusión y
telecomunicaciones que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica, y ordenará la desincorporación de activos, derechos o
partes necesarias para asegurar el cumplimiento de estos límites, garantizando lo dispuesto en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución.
Corresponde al Instituto, el otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u
operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones. El Instituto notificará al Secretario
del ramo previo a su determinación, quien podrá emitir una opinión técnica. Las concesiones podrán ser para uso comercial, público, privado
y social que incluyen las comunitarias y las indígenas, las que se sujetarán, de acuerdo con sus fines, a los principios establecidos en los
artículos 2o., 3o., 6o. y 7o. de esta Constitución. El Instituto fijará el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento de las concesiones,
así como por la autorización de servicios vinculados a éstas, previa opinión de la autoridad hacendaria. Las opiniones a que se refiere este
párrafo no serán vinculantes y deberán emitirse en un plazo no mayor de treinta días; transcurrido dicho plazo sin que se emitan las
opiniones, el Instituto continuará los trámites correspondientes.
Las concesiones del espectro radioeléctrico serán otorgadas mediante licitación pública, a fin de asegurar la máxima concurrencia,
previniendo fenómenos de concentración que contraríen el interés público y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final; en
ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico. Las concesiones para uso público y
social serán sin fines de lucro y se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa conforme a lo previsto por la ley y en condiciones que
garanticen la transparencia del procedimiento. El Instituto Federal de Telecomunicaciones llevará un registro público de concesiones. La ley
establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión, entre otras, el incumplimiento
de las resoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas con prácticas monopólicas. En la revocación de las
concesiones, el Instituto dará aviso previo al Ejecutivo Federal a fin de que éste ejerza, en su caso, las atribuciones necesarias que
garanticen la continuidad en la prestación del servicio.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones garantizará que el Gobierno Federal cuente con las concesiones necesarias para el ejercicio de
sus funciones. […]
15 Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
[…]
XVII. Para dictar leyes sobre vías generales de comunicación, tecnologías de la información y la comunicación, radiodifusión,
telecomunicaciones, incluida la banda ancha e Internet, postas y correos, y sobre el uso y aprovechamiento de las aguas de jurisdicción
federal.
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69.
Dichas concesiones se otorgan mediante licitaciones públicas, mismas que deberán atender a lo
previsto en el artículo 134 constitucional, y lo cual le permite al ya referido instituto fijar el monto de las
contraprestaciones correspondientes; esto porque a través del otorgamiento de esas concesiones, se
confiere a los particulares el derecho a usar, aprovechar o explotar los bienes del dominio de la Nación
como lo es el espectro radioeléctrico necesario para la prestación del servicio de radiodifusión.
70.
Conforme a lo anterior es de concluirse que en todo momento el Estado mantiene el dominio originario,
inalienable e imprescriptible sobre el espectro radioeléctrico, y solo a través del Instituto Federal de
Telecomunicaciones es que permite el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico.
71.
Por otro lado, resulta indispensable destacar que el propio artículo 25 Constitucional, establece que
corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, y en ese marco, el sector público tiene a su
cargo de manera exclusiva las áreas estratégicas previstas en el artículo 28, párrafo cuarto, del propio
ordenamiento fundamental. Entre dichas áreas se encuentran la planeación y el control del sistema
eléctrico nacional, el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.
72.
En atención a esas disposiciones constitucionales, se emitió la Ley del Sector Eléctrico , cuya finalidad
entre otras, consiste en preservar la seguridad y autosuficiencia energética de la Nación así como
procurar la eficiencia, Calidad, Continuidad, Accesibilidad, Seguridad, Confiabilidad y Sostenibilidad del
Sistema Eléctrico Nacional y del sector eléctrico.
73.
En este marco, corresponde al Estado mexicano, por conducto de la Secretaría de Energía y la
Comisión Nacional de Energía —en el ámbito de sus respectivas competencias—, formular, conducir y
ejecutar la política energética nacional, así como regular, supervisar y vigilar las actividades del sector
eléctrico. La SENER ejerce la rectoría en materia de planeación y política energética, mientras que la
CNE actúa como órgano regulador coordinado en materia técnica y económica, garantizando
condiciones de eficiencia, competencia y sustentabilidad en el sistema.
74.
En virtud de lo anterior, este Tribunal Pleno determina que las actividades vinculadas con la generación,
transmisión, distribución, comercialización y almacenamiento de energía eléctrica son de competencia
exclusiva de la Federación, conforme a lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 7 de la Ley del Sector Eléctrico , el
cual establece que las actividades del sector eléctrico son de jurisdicción federal, por tanto, cualquier
cobro, gravamen, derecho o contribución que pretendan imponer los Estados o Municipios respecto de
esas actividades específicas, ya sea de manera directa o indirecta, resulta contrario al régimen
constitucional de distribución de competencias, pues constituye una invasión de la esfera federal.
75.
Sentado lo anterior, resulta manifiesto que la razón expuesta por el Poder Legislativo en los Apartados
Noveno y Décimo de la exposición de motivos del Decreto 31/2024, resulta suficiente para determinar
que la propuesta en la iniciativa presentada por el Municipio actor, no era procedente.
76.
Por tanto, es indiscutible que solo el Congreso Federal tiene competencia para establecer
contribuciones a las actividades vinculadas a la industria de energía eléctrica. Es por estas razones que
este Tribunal Pleno considera infundado el único concepto de invalidez, planteado por el municipio actor
respecto de la porción normativa relacionada al pago por derechos en materia de energía eléctrica, por
tanto, se impone reconocer válido el artículo 52, de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso
Yucatán.
77.
Aunado a lo anterior, es importante enfatizar que no es la primera ocasión en que esta Suprema Corte
de Justicia de la Nación analiza preceptos normativos con una estructura normativa similar. En
diferentes precedentes este Tribunal Pleno ha señalado que hay una invasión en la esfera competencial
de la federación cuando las legislaturas locales imponen contribuciones a actividades relacionadas en
materia de energía eléctrica. Así, se ha abordado con suficiencia que el establecimiento de derechos
municipales por otorgar licencias de edificaciones para plantas productoras de las distintas modalidades
de energía eléctrica contravienen el texto constitucional que reserva de manera exclusiva la facultad
tributaria en esta materia a la federación; tal es el caso de la Controversia Constitucional 44/2025,
emitida por el Tribunal Pleno en la sesión de fecha 07 de octubre de 2025, en relación con leyes locales
que contenían el mismo diseño normativo, la cual declaró inconstitucionales por invasión competencial
de la federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 fracción X Constitucional, en lo
cual, con relación a la actividad de energía eléctrica, se determinó lo siguiente:
“42. De lo anterior deriva que las subestaciones eléctricas forman parte integral y estructural de
la Red Eléctrica nacional, la cual constituye uno de los componentes esenciales del Sistema
Eléctrico Nacional, definido y regulado en la Ley del Sector Eléctrico como una infraestructura
de interés público.
43. Al ser instalaciones indispensables para las funciones de transmisión y distribución de
energía eléctrica, su construcción y operación se encuentran sujetas a la planeación, control y
regulación exclusiva del Estado mexicano, por conducto de la Federación.
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44. Visto lo anterior, es fundado lo que el Ejecutivo Federal hace valer, en el sentido de que el
legislador local carece de competencia para regular la expedición de permisos en actividades
relacionadas con la producción, transmisión y distribución de energía eléctrica, como se explica
a continuación.”
78.
Conforme a lo expuesto, si la norma en análisis tiene como consecuencia el cobro a los contribuyentes
por parte del municipio de un servicio de explotación y regulación exclusivas por parte de la Federación,
resulta claro que el legislador justificó legalmente la omisión de establecer la norma propuesta por el
ayuntamiento.
79.
Siendo dable precisar, que por lo que hace a la inclusión relacionada a las fracciones XVIII, XIX y XXI
del artículo 32 de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán, la Legislatura Local sí aprobó
tales porciones normativas en la citada Ley16, mismas que ahora se encuentran establecidas en las
diversas fracciones XIV, XV y XVI del citado numeral.
80.
Por todo lo anterior, es infundado, el concepto de invalidez formulado por el municipio.
VIII.2 Análisis del bloque normativo dirigido a la ciudadanía en general.
VIII.2.1 En el presente apartado se realizará al estudio del último párrafo propuesto por el
municipio respecto del artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán,
correspondiente al ejercicio 2025, respecto a la prohibición de fijar carteles o publicidad en los
postes de alumbrado público que se encuentran en el territorio del Municipio de Progreso y sus
comisarías.
81.
El Municipio de Progreso, Yucatán impugna el artículo 29, al no insertar un último párrafo, en donde su
iniciativa proponía lo siguiente:
“Artículo 29.- Por el otorgamiento de licencias establecidas en el artículo 82 de la Ley de
Hacienda del Municipio de Progreso Yucatán, se causarán y pagarán derechos de acuerdo con
la siguiente tarifa en el predio:
[…].
“Queda prohibido fijar carteles o publicidad en los postes de alumbrado público que se
encuentran en el territorio del Municipio de Progreso y sus comisarías.”
82.
Sentado lo anterior, tenemos que respecto al numeral 29, último párrafo, el municipio actor propuso una
prohibición respecto a fijar carteles o publicidad en los postes de alumbrado público que se encuentran
en el territorio del Municipio de Progreso y sus comisarías.
83.
A ese respecto, el Legislativo Estatal dispuso en la consideración DÉCIMO SEGUNDA de la exposición
de motivos lo que a continuación se transcribe:
“DÉCIMO SEGUNDA. En apartado especial, es de mencionar la adición que realizaron
determinados municipios, en sus respectivas leyes de ingresos para agregar un cobro por el
derecho de licencias para rótulos, anuncio o propagandas, que al efecto se coloque en la vía
pública o visible desde ésta, con fines lucrativos o comerciales; en el interior de locales
destinados al público como: cines, teatros, comercios, galerías, centros comerciales, campos de
deportes y demás sitios de acceso público.
Sobre este tema en particular, hemos de manifestar, que tales adiciones que pretenden
incorporar dentro de sus leyes de ingresos, carecen de criterios de razonabilidad, toda vez que,
dichas adiciones no justifican la individualidad del costo del servicio es decir, el monto de la
cuota que se pretende recaudar no guarda congruencia razonable con el costo que le
representa al Municipio en la realización del servicio prestado, además, que todo servicio o
actividad pública que otorgue un Municipio debe de ser igual para todos, por tanto, todos deben
de recibir un idéntico servicio, ya que el objeto real de la actividad pública se traduce en la
realización de actos que exigen de la administración un esfuerzo uniforme.
Lo antepuesto, se infiere ya que, dentro de las exposiciones de motivos; no se observa detalle o
explicación acerca del tipo de actividades administrativas o técnicas relacionadas con la
prestación del servicio que pretenden cobrar, menos aún se advierte de normatividad municipal
16 Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán, correspondiente al ejercicio 2025.
Artículo 32.- Por el otorgamiento de los servicios a que hacen referencia los artículos 84, 85 y 86 de la Ley de Hacienda del Municipio de
Progreso Yucatán, se causarán y pagarán derechos por metro cuadrado de acuerdo a las siguientes tarifas:
XIV. Por el servicio de inspección para expedir licencias para construir bardas se pagará 0.4 de unidad de medida y actualización, por
metro lineal.
XV. Por el servicio de inspección para expedir licencias para colocar pisos se pagará 0.4 de unidad de medida y actualización, por
metro cuadrado.
(…)
XVII. Por la licencia de construcción de la infraestructura necesaria para la generación de energía solar fotovoltaica se pagará 1 unidad de
medida y actualización por módulo fotovoltaico (panel solar).”
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alguna que los factores y elementos tecnológicos que se enuncian como elementos del cobro,
estén sustentados en un fin parafiscal relacionado, por ejemplo, con la imagen urbana, la
protección civil o acaso, empero, con la complejidad en la prestación del servicio que se ofrece
por parte de la autoridad a partir de las herramientas y conocimientos necesarios para tal
efecto, lo cual de consignarse o advertirse, coadyuvaría a comprender la dinámica tributaria que
se propone y, por ende, la creación y costo del derecho que aquí se razona, en ese sentido, es
a todas luces evidente, que los municipios no justificaron en sus correspondientes normas
hacendarias los elementos necesarios de razonabilidad, es decir, no determinaron los tipos de
actividades técnicas que los conllevaría realizar para poder expedir las licencias propuestas, en
las que trascienda el costo prestado evitando de esta manera vulnerar el principio tributario de
proporcionalidad, conferido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Ante tal afirmación, y al no establecer la diferenciación del servicio por prestar por parte de la
administración pública municipal, ya que no se exponen aspectos determinados, específicos,
cualitativos, cuantitativos, técnicos y precisos en relación con las diferentes variables que
puedan presentarse para el cobro de las licencias de los anuncios que se pretenden cobrar, en
la que se logre dilucidar la complejidad del servicio y el despliegue administrativo requerido para
tal efecto, hemos considerado eliminar de las leyes de ingresos de los municipios previamente
citados, todo lo propuesto en materia de derechos por publicidad, propaganda o anuncios.
Lo anterior, se robustece con los razonamientos que conforman el contenido contrario sensu de
las tesis jurisprudenciales denominadas: "DERECHOS POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIA O
PERMISO DE EDIFICACIÓN O AMPLIACIÓN. EL ARTÍCULO 57, FRACCIÓN I, INCISO A), DE
LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO, PARA EL EJERCICIO
FISCAL DEL AÑO 2012, AL ESTABLECER TARIFAS DIFERENCIADAS PARA SU PAGO, NO
TRANSGREDE LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE EQUIDAD Y PROPORCIONALIDAD.";
DERECHOS POR SERVICIOS. EL ARTÍCULO 19-E, FRACCIÓN II, INCISO B), DE LA LEY
FEDERAL
RELATIVA,
NO
TRANSGREDE
EL
PRINCIPIO
PROPORCIONALIDAD
TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2009)”, "DERECHOS. EL ARTÍCULO 52,
FRACCIÓN I, DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE DURANGO, AL PREVER EL
COBRO DE 200 (DOSCIENTAS) UNIDADES DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA) POR EL
REGISTRO DE UN ACTO TRASLATIVO DE DOMINIO Y DIVERSAS CUOTAS POR OTROS
SERVICIOS, NO TRANSGREDE LOS PRINCIPIOS DE EQUIDAD Y PROPORCIONALIDAD
TRIBUTARIA.". }
En tal virtud, reflexionamos necesario no considerar las propuestas por los Ayuntamientos en lo
que refiere al cobro de derechos por licencias por propagandas o anuncios, esto con la finalidad
de evitar caer en algún cobro injustificado, por el hecho de imponer a los contribuyentes la
obligación de pagar un derecho que vulnera los principios constitucionales, en virtud de que,
para su cálculo no se atiende al tipo de servicio prestado ni a su costo, sino a elementos ajenos,
lo que ocasionaría un cobro que no guarda relación directa con el costo del servicio público,
otorgado a los gobernados.”
84.
De la anterior transcripción, se desprende que el Poder Legislativo de Yucatán, para no incluir las
propuestas presentadas por el ayuntamiento, consideró lo siguiente:
Los municipios incorporaron en sus leyes de ingresos un cobro por licencias para rótulos,
anuncios o propaganda visibles desde la vía pública o ubicados en lugares de acceso público.
Sin embargo, estas propuestas carecen de razonabilidad, pues no explican ni justifican el costo
real del servicio que dicen prestar. Tampoco precisan actividades técnicas o administrativas que
respalden el cobro, ni muestran relación con objetivos como imagen urbana o protección civil.
Al no detallar los elementos que determinan el servicio —como aspectos técnicos, cuantitativos
o cualitativos—, los municipios vulneran el principio constitucional de proporcionalidad tributaria
(art. 31, fracción IV), ya que el monto del derecho no se vincula con el costo del servicio. Por
ello, se decidió eliminar dichos cobros de las leyes de ingresos municipales.
La decisión se apoya en criterios jurisprudenciales que establecen que los derechos deben
justificar su cuota conforme al servicio prestado. En consecuencia, no se aceptan estas
propuestas municipales para evitar imponer cobros injustificados que no guardan relación con el
costo real del servicio público.
85.
Sin embargo, dichas razones no exponen motivación alguna respecto a lo propuesto por el Municipio de
Progreso, es decir, no establece razón alguna que tenga relación con la prohibición respecto a fijar
carteles o publicidad en los postes de alumbrado público que se encuentran en el territorio del Municipio
de Progreso y sus comisarías.
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86.
Por tanto, existe una ausencia de motivación respecto de la propuesta municipal, por lo cual el estándar
exigible al Congreso Local respecto a una exposición concisa y razonable de los motivos que originaron
los cambios introducidos, respecto a la porción normativa no fue establecida.
87.
Situación que pone de manifiesto el distanciamiento entre la propuesta del municipio actor y la
aprobada por el congreso demandado, sin que este lograra acreditar la motivación respecto de su ley
de ingresos, en relación con la propuesta municipal.
88.
Por lo anterior, se estima fundado el concepto de invalidez del municipio en relación a la no inclusión
del último párrafo, del artículo 29 propuesta en la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se
reforma la Ley de Ingresos para el Municipio de Progreso, Yucatán, correspondiente al ejercicio fiscal
2025, únicamente en la porción normativa que prevé: “Queda prohibido fijar carteles o publicidad en los
postes de alumbrado público que se encuentran en el territorio del Municipio de Progreso y sus
comisarías”; sin embargo, dicho argumento resulta insuficiente para declarar su invalidez, al no
encontrarnos en presencia de una norma jurídica existente.
VIII.2.2 Análisis de la iniciativa del ayuntamiento en relación a la fracción XX del artículo 32 de la
Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán.
89.
El Municipio de Progreso, Yucatán impugna la no inserción de la fracción XX del artículo 32 de la
Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán, misma que al efecto señalaba lo siguiente:
“Artículo 32. Por el otorgamiento de los servicios a que hacen referencia los artículos 84, 85 y
86 de la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso Yucatán17, se causarán y pagarán
derechos por metro cuadrado de acuerdo a las siguientes tarifas:”
(…)
“XX. Por la licencia temporal, para la instalación, adición, o colocación de equipos tecnológicos
sobre infraestructura inexistente se cobrará 450 unidades de medida y actualización, por
colocación de unidad.”
90.
De lo anterior, se desprende que la propuesta del municipio refiere el pago por derecho de licencia
temporal, para la instalación, adición, o colocación de equipos tecnológicos sobre infraestructura
inexistente.
91.
En ese sentido, el Poder Legislativo de Yucatán estableció como motivo para no insertar tal porción
normativa, lo dispuesto en la consideración “OCTAVA” de su exposición de motivos:
“OCTAVA. Por otra parte, es menester exponer que durante el estudio y análisis de las
iniciativas de ingresos municipales, se lograron advertir montos excesivos en diversos
conceptos con relación al ejercicio fiscal anterior, como en el caso de impuesto predial,
derechos por licencias para el establecimiento de locales con bebidas alcohólicas, derechos por
mercados y centrales de abasto, aprovechamientos en espacios públicos, derechos por uso de
suelo, entre otros.
17 Ley de Hacienda del Municipio de Progreso Yucatán
Artículo 84. - Los sujetos pagarán los derechos por los servicios que soliciten a la Dirección de Desarrollo Urbano, consistentes en:
I.- Licencia de construcción o reconstrucción;
II.- Constancia de terminación de obra;
III.- Licencia para realización de una demolición;
IV.- Constancia de Alineamiento;
V.- Sellado de planos;
VI.- Licencia para hacer cortes en banquetas, pavimento y guarniciones;
VII.- Otorgamiento de constancia a que se refiere la Ley Sobre el Régimen de Propiedad y Condominio Inmobiliario del Estado de Yucatán;
VIII.-Constancia para obras de urbanización;
IX.- Constancia o licencia de uso de suelo;
X.- Licencias para fraccionamientos;
XI.- Se deroga;
XII.- Licencia para efectuar excavaciones o para la construcción de pozos o albercas;
XIII.-Licencia para construir bardas o colocar pisos, y
XIV.-Constancia de inspección de uso de suelo.
Artículo 85.- Las bases para el cobro de los derechos mencionados en el artículo que antecede, serán:
I.- El número de metros lineales;
II.- El número de metros cuadrados;
III.- El número de metros cúbicos;
IV.- El número de predios, departamentos o locales resultantes, y
V.- El servicio prestado.
Para el caso de la fracción II, y en tratándose de permisionarios pertenecientes al mercado eléctrico mayorista para la generación de energía
eléctrica a través de centrales eólicas, centrales fotovoltaicas, centrales cinéticas u otras fuentes de energía renovable, a la base para el
cobro de la autorización de licencia de uso de suelo se le aplicará la tarifa de 0.0275 veces la unidad de medida y actualización.
Artículo 86.- La tarifa de derecho por el servicio de inspección, revisión de planos y alineamientos de terrenos, para el otorgamiento de la
licencia para efectuar una construcción, que consista en cualquier edificación, resane o instalación y por cualquier documento que expida la
Dirección de Desarrollo Urbano, Obras, Servicios Públicos y Ecología y Medio Ambiente será en base a la Ley de Ingresos del Municipio de
Progreso, Yucatán.
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Derivado de lo anterior y con la finalidad de respetar la libertad hacendaria de los municipios, se
invitaron a los presidentes municipales para que expusieran los motivos y razonamientos
necesarios que les llevaron a incrementar tales cobros excesivos por dichos conceptos, y de
esta manera buscar propuestas en beneficio de la ciudadanía y con pleno respeto a los
principios tributarios, obteniendo con esta práctica parlamentaria la disposición de los
funcionarios municipales en su mayoría para ajustar aquéllos cobros observados.
Sin embargo, es de recordar que este Poder Legislativo no está obligado a simplemente
aceptar las propuestas de los municipios, sino que las debe ponderar, estudiar y tomar en
consideración, para decidir razonablemente si las admiten o no; y cuando se emita la decisión,
se deberá señalar razonablemente los motivos por los cuales se decidieron modificarlas, toda
vez que el Congreso del Estado de Yucatán no es una mera instancia de trámite, por lo que no
está obligado a aceptar la propuesta de iniciativa íntegramente, tal como fue presentada. Este
argumento se encuentra fortalecido en los criterios señalados en la Controversia Constitucional
10/2014, anteriormente señalada.
De mismo modo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido que los Congresos
Estatales tienen el mandato constitucional de garantizar que los ingresos municipales se
regulen conforme a los principios de equidad, proporcionalidad y justicia tributaria establecidos
en la fracción IV, del artículo 31 constitucional, que a la letra expone:
(…)
En este sentido, las legislaturas estatales actúan como garantes del equilibrio entre la
autonomía municipal y los intereses generales de los ciudadanos, de acuerdo con la Tesis
Aislada 1a. CXI/2010, que señalan que ésta facultad comprende tanto al impuesto predial,
como a la regulación de las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de
mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el
cobero de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
De manera complementaria se advierte la jurisprudencia de rubro: “HACIENDA MUNICIPAL.
LAS LEGISLATURAS ESTATALES PUEDEN SEPARARSE DE LAS PROPUESTAS DE LOS
AYUNTAMIENTOS EN RELACIÓN CON LOS TRIBUTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO
115, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, SIEMPRE QUE LO HAGAN SOBRE UNA BASE OBJETIVA Y RAZONABLE.”
En tal vertiente, las propuestas municipales sólo pueden modificarse por la Legislatura Estatal
con base en un proceso de reflexión apoyado en argumentos sustentados de manera objetiva y
razonable, por lo que es válido afirmar que se trata de una potestad tributaria compartida. De tal
forma que, si se toma en cuenta que dicha atribución de propuesta tiene un rango constitucional
equivalente a la facultad decisoria de las Legislaturas locales, es indudable que sólo pueden
alejarse de las propuestas municipales si proveen para ello argumentos técnicos,
independientemente de los argumentos esgrimidos por el municipio o la ausencia de estos; de
ahí que cuando las legislaturas, al aprobar las leyes de ingresos municipales, modifiquen las
propuestas de los Ayuntamientos referentes al impuesto predial, derechos o contribuciones de
mejora, es necesario que las discusiones y constancias del proceso legislativo demuestren que
dichos órganos colegiados no lo hicieron arbitrariamente, sino que la motivación objetiva en la
cual apoyaron sus decisiones se refleje, fundamentalmente, en los debates llevados a cabo en
la respectiva comisión de dictamen legislativo.
Este enfoque nos permite como legislatura modificar aquellas propuestas que puedan ser
excesivas, desproporcionadas o incompatibles con las condiciones económicas de la población
o la política pública estatal, siempre que dicha modificación esté sustentada en un análisis
técnico-jurídico, reforzando la facultad de las legislaturas para garantizar un sistema tributario
eficiente, justo y equitativo, incluso si ello implica apartarse de la propuesta inicial del Municipio.
Además, los Congresos Estatales tienen la responsabilidad de actuar como contrapeso a los
municipios, garantizando que las decisiones en materia tributaria no solo respondan a las
necesidades locales, sino que también respeten un marco fiscal y constitucional que beneficie a
toda la población del Estado.
Por ende, los Congresos Estatales están obligados a modificar las propuestas municipales
cuando estas resulten incompatibles con los principios constitucionales o cuando no reflejen
una distribución adecuada de la carga tributaria, valiéndose de una argumentación
técnica-jurídica atendiendo principalmente al aspecto cualitativo antes que, al cuantitativo,
independientemente de los argumentos esgrimidos por los municipios o la ausencia de éstos.
Su actuación, más allá de ser un acto administrativo, constituye una función esencial para
asegurar la congruencia y la justicia en el sistema fiscal estatal y municipal.
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Sobre este orden de ideas, dilucidamos que los cobros presentados en las propuestas
municipales eran excesivos, pues al comparar éstos con los montos vigentes del ejercicio fiscal
2024, era evidente que el aumento de éstos entre un ejercicio y otro no atendía a un aumento
proporcional basado en criterios inflacionarios o argumentos de la realidad material de los
municipios, además de carecer de fundamentación para éstos mismos en la exposición de
motivos parte de cada Ley de Ingresos.
Es por ello que con el fin de evitar cualquier tipo de afectación pecuniaria a los contribuyentes,
decidimos hace valer esta facultad constitucional de alejarnos de las propuestas contenidas en
las leyes de ingresos municipales en lo relativo a los conceptos ya señalados, sustentándose en
una justificación objetiva y razonable, la cual no es un acto arbitrario, sino que precede a un
análisis objetivo, racional y congruente con el marco normativo, criterios y principios
constitucionales en materia tributaria, que al contrastarse con lo propuesto, evidenció no solo
una vulneración a la proporcionalidad tributaria, sino a la certeza y seguridad jurídica en su
vertiente fiscal.
Por lo que con base en las facultades constitucionalmente concedidas a este Poder Legislativo
se tomó la decisión de realizar diversas modificaciones a las leyes de ingresos municipales
alejándonos en algunos cobros de los propuestos en las iniciativas presentadas, con la finalidad
de no vulnerar ninguno de los principios del derecho fiscal constitucional, los cuales nos
permiten tener un sistema recaudatorio legal, equitativo, proporcional y justo, que se vea
reflejado en la mejor prestación de servicios públicos municipales.
En línea con lo anterior y sustentado en criterios de proporcionalidad y de equidad, pugnamos
por una actualización congruente y objetiva a las necesidades de los ciudadanos en el ámbito
municipal. Por tanto, y reiterando la responsabilidad política en el desarrollo del presente
estudio y análisis de las propuestas presentadas en las leyes de ingresos en comento, así como
atendiendo a los principios constitucionales, los montos modificados guardan total proporción
en franco respeto a lo ordenado en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, tal como ha quedado definido en la siguiente reflexión judicial,
"IMPUESTOS. EXISTE DISCRECIONALIDAD LEGISLATIVA PARA DETERMINAR SU
OBJETO, SIEMPRE Y CUANDO SEAN PROPORCIONALES Y EQUITATIVOS".”
92.
La reproducción que precede permite advertir que el Congreso del Estado identificó aumentos
excesivos en varias propuestas de ingresos municipales —como impuesto predial, licencias para venta
de alcohol, uso de suelo, mercados y aprovechamientos en espacios públicos— en comparación con el
ejercicio fiscal anterior. Para respetar la autonomía municipal, se invitó a los presidentes municipales a
explicar las razones de estos incrementos, logrando que muchos aceptaran ajustarlos.
93.
No obstante, el Congreso no está obligado a aprobar íntegramente las propuestas municipales: debe
analizarlas, ponderarlas y modificarlas si contravienen principios constitucionales como la
proporcionalidad, equidad y justicia tributaria. Arguye que esta Suprema Corte ha sostenido que las
legislaturas estatales pueden apartarse de las propuestas municipales siempre que exista una
justificación objetiva y razonable.
94.
La facultad legislativa implica garantizar un equilibrio entre la autonomía municipal y el interés general
de los ciudadanos, asegurando que los cobros no sean desproporcionados ni injustificados. Por ello, al
comprobar que los aumentos no estaban basados en criterios técnicos, inflacionarios o
socioeconómicos, y carecían de fundamentación adecuada, el Congreso decidió ajustar diversos
montos para evitar afectaciones económicas a los contribuyentes.
95.
Las modificaciones realizadas se sustentan en análisis técnico-jurídicos y buscan mantener un sistema
tributario legal, proporcional, equitativo y justo. Con ello se procura que los ingresos municipales
respeten los principios constitucionales y contribuyan a una mejor prestación de servicios públicos. La
actualización final de los montos guarda congruencia con los criterios de proporcionalidad y equidad
establecidos por la Constitución.
96.
Este Tribunal Pleno estima que en el presente caso es fundado el concepto de invalidez, dado que
como se puede advertir, de lo que se duele el municipio actor es que lo aprobado eliminó el supuesto de
que se cobre por la licencia temporal, para la instalación, adición, o colocación de equipos tecnológicos
sobre infraestructura inexistente se cobrará 450 unidades de medida y actualización, por colocación de
unidad.
97.
En este caso, el distanciamiento fue total, pues eliminó este supuesto de cobro propuesto por el
municipio actor, debido a que eliminó completamente de la iniciativa la cuota de 450 UMA para el caso
señalado en el párrafo anterior.
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98.
Ahora bien, dicho todo lo anterior y una vez verificado cuál fue el distanciamiento entre la propuesta del
municipio actor y la aprobada por el Congreso demandado, es necesario advertir la motivación de la
propuesta municipal respecto de su ley de ingresos. Recordemos que la ausencia de motivación de una
ley de ingresos municipal no constituye per se una justificación automática para el rechazo de la
propuesta del municipio, sino que, en todo caso, ello redundará en que el estándar de motivación
exigible al Congreso local se limite a expresar en forma concisa, pero racional, los motivos por los
cuales se deniega o se modifica la propuesta del Municipio.
99.
Ahora bien, junto con la iniciativa de ley de ingresos, el municipio actor acompañó la exposición de
motivos del Congreso estatal en la que, como ya se señaló, no se advierte que se haya realizado
motivación expresa de los montos de las cuotas modificadas para justificar la modificación que realizó
respecto de la porción normativa.
100. En otras palabras, podemos decir que existe una ausencia de motivación respecto de la no inclusión por
parte del Congreso local, ya que no sé explicó cuál fue en comparación con el ejercicio fiscal anterior
los montos excesivos por los que se decidió modificar; por lo que, el estándar exigible al Congreso local
no se cumplió en el caso que nos ocupa.
101. De los antecedentes legislativos narrados, es válido concluir que el Congreso del Estado Libre y
Soberano de Yucatán transgredió el principio de motivación objetivo y razonable previsto en el artículo
115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dado que no cumplió con
el estándar de motivación que le resultaba exigible para modificar la propuesta del Municipio actor,
específicamente respecto de la omisión de incluir la fracción XX del artículo 32 de la Ley de Ingresos
del Municipio de Progreso, Yucatán, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, en la porción normativa
que prevé las cuotas fijas que se aplicarán por la licencia temporal, para la instalación, adición, o
colocación de equipos tecnológicos sobre infraestructura inexistente.
102. En consecuencia, este Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que el concepto de
invalidez planteado es l, debido a que el Congreso local, no cumplió con la motivación objetiva y
razonable que le resultaba exigible, por lo cual contravino el artículo 115, fracción IV, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; no obstante, resulta insuficiente para declarar su invalidez
al no estar en presencia de una norma jurídica existente.
VIII.2.3 Estudio de la omisión de establecer la fracción IX, del artículo 36 de la Ley de Ingresos
del Municipio de Progreso, Yucatán, para el ejercicio 2025.
103. El municipio actor controvierte la porción normativa citada en su iniciativa, cuyo texto es el siguiente:
“Articulo 36.- Por los certificados y constancias, se pagarán las siguientes cuotas:
[…]
IX.-Por derecho de tanto $300.00
[…]”
104. De lo visto, se desprende que la norma anterior establece un cobro por la expedición de certificados o
constancia de documentos, los cuales se causarán y pagarán en $300.00 (trescientos pesos 00/100
M.N.).
105. A ese respecto, se desprende que el Congreso Local señaló en la exposición de motivos de la Ley de
Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán, publicada el 30 de diciembre de 2024, lo siguiente:
“DÉCIMO PRIMERA. En otra vertiente, tenemos que otro de los criterios que fueron
impactados en las leyes de ingresos municipales, fue el de sustituir la referencia económica
mencionada en salario mínimo vigente por el de Unidad de Medida y Actualización, toda vez
que con ello se da cumplimiento a la obligación normativa por el que se declaran reformadas y
adicionadas diversas disposiciones en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, publicado el 27 de enero de 2016,
en el Diario Oficial de la Federación, y que establece en sus artículos transitorios que las
legislaturas de los estados, entre otros, deberán realizar las adecuaciones en la materia, a
efecto de eliminar las referencias del salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base,
medida, o referencia y sustituirlas por las relativas a la Unidad de Medida y Actualización.
Asimismo, conviene destacar la aplicación del criterio que versa en materia de derechos por
acceso a la información pública, toda vez que determinadas leyes de ingresos municipales se
homologaron al criterio en el que se establece el costo máximo para la información en copias
simples, certificadas y en disco compacto, de tal forma que, acorde con la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, sólo se debe requerir el cobro de la
reproducción y del envío de la información, pero no de su búsqueda, y que, si bien el legislador
local consideró que solamente se cobrara lo relativo a los materiales para reproducir la
información, lo cierto es que no hicieron explícitos los costos y la metodología que le permitió
arribar a los mismos,
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Tal determinación, es derivado de las acciones de inconstitucionalidad 23/2021 y 25/2021 en
contra de diversas leyes de ingresos municipales del Estado para el ejercicio fiscal 2021, siendo
que el Pleno del Alto Tribunal de nuestro país, señaló que el legislador yucateco no justificó los
cobros o tarifas por el acceso a la información, de conformidad con el parámetro de regularidad
constitucional que rige en la materia de transparencia y acceso a la información pública.
Es así que, los costos que deberá cubrir el solicitante para obtener la información será
únicamente por el medio en el que se le entrega y no podrá ser superior a la suma del costo de
los materiales utilizados en la reproducción de la misma, sin embargo, cuando el particular
proporcione un medio magnético o electrónico, o el mecanismo necesario para reproducir la
información ésta será entregada sin costo alguno, atendiendo el principio de gratuidad; o
cuando la información sea proporcionada por el obligado en documento impreso, la gratuidad
se mantendrá cuando implique la entrega de no más de veinte hojas simples o certificadas, ello
con apego en el artículo 141 de la mencionada Ley General de Transparencia.
En tal virtud, éste órgano colegiado legislador consideró necesario adecuar algunas leyes de
ingresos municipales de acuerdo con los criterios emitidos por el Tribunal Supremo de Justicia,
respecto de las disposiciones en materia de acceso a la información, determinando el costo a
cobrar cuando la información requerida sea entregada en documento impreso proporcionado
por el Ayuntamiento y sea mayor a 20 hojas simples o certificadas, o cuando el solicitante no
proporcione el medio físico, electrónico o magnético a través del cual se le haga llegar dicha
información, siendo éstos de 1 peso por cada copia simple, 3 pesos por cada copia certificada y
10 pesos por disco compacto. Dicho criterio, responde a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada el 4 de mayo de 2015
en el Diario Oficial de la Federación, que establece que: "el ejercicio del derecho de acceso a la
información es gratuito y sólo podrá requerirse el cobro correspondiente a la modalidad de
reproducción y entrega solicitada."
106. De tales razonamientos podemos concluir que el Congreso Local justifico la modificación de la porción
normativa, conforme a los siguientes razonamientos:
Las leyes de ingresos municipales fueron modificadas para sustituir la referencia del salario
mínimo por la Unidad de Medida y Actualización (UMA), en cumplimiento de la reforma
constitucional de 2016 sobre desindexación del salario mínimo.
Asimismo, se ajustaron disposiciones relativas a los derechos por acceso a la información
pública, siguiendo criterios derivados de las acciones de inconstitucionalidad 23/2021 y 25/2021,
donde la Suprema Corte determinó que el legislador yucateco no justificó adecuadamente los
costos por la entrega de información.
Con base en la Ley General de Transparencia, se estableció que únicamente pueden cobrarse
los costos de reproducción y envío de la información, no los de búsqueda, y que la entrega debe
ser gratuita cuando el solicitante aporte el medio de reproducción o cuando no exceda de 20
hojas. Por ello, el legislador local fijó tarifas para cuando se rebasen esos límites o no se aporte
el medio físico: $1.00 (un peso 00/100 M.N.) por copia simple, $3.00 (tres pesos 00/100 M.N.)
por copia certificada y $10.00 (diez pesos 00/100 M.N.) por disco compacto.
107. Este Tribunal Pleno estima que el agravio formulado por el municipio actor es infundado, ya que como
se puede advertir, el Congreso local motivó de forma objetiva y razonable las consideraciones que
sustentaron la determinación consistente en no incluir en la ley de ingresos el cobro por expedición de
los certificados y constancias, por derecho de tanto en una cantidad de $300.00 (trescientos pesos
00/100 M.N.).
108. El motivo, básicamente, fue porque la fórmula propuesta no cumplía con los parámetros de regularidad
constitucional sostenidas por este Alto Tribunal, pues en diversas acciones de inconstitucionalidad en
las que se han analizado en materia de transparencia y acceso a la información pública.
109. Por tanto, respecto a la eliminación o exclusión de la porción normativa propuesto por el municipio
actor, resulta infundado el concepto de invalidez que estudia.
IX. DECISIÓN
Por lo antes expuesto, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve:
PRIMERO. Es parcialmente procedente y parcialmente fundada la controversia constitucional.
SEGUNDO. Se declaran fundados pero insuficientes los conceptos de invalidez relacionados a los
artículos 29 y 32 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Progreso, Yucatán, correspondiente al
ejercicio fiscal 2025, en la porción normativa relacionada a la no inclusión del último párrafo dentro del
primer numeral y por la no inserción de la fracción XX del segundo artículo.
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TERCERO. Publíquese esta sentencia en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario
Judicial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado Yucatán.
Notifíquese; haciéndolo por medio de oficio a las partes, devuélvase el expediente a la Sección de
Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad para los efectos
legales a que haya lugar y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
Se aprobó por mayoría de siete votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama por consideraciones distintas, Ortiz Ahlf
y Guerrero García, respecto del apartado VIII, relativo al estudio de fondo, en su tema 1, denominado
“Análisis del bloque normativo de competencia exclusiva de la Federación, al encontrarse dirigido al
sector de telecomunicaciones y energía eléctrica”, consistente, por una parte, en declarar infundados
los conceptos de invalidez en contra de los artículos 28 y 32 de la Ley de Ingresos del Municipio de
Progreso, Yucatán, para el Ejercicio Fiscal 2025 y 89 de la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso,
Yucatán y, por otra parte, en reconocer la validez del artículo 52 de la Ley de Ingresos del Municipio de
Progreso, Yucatán, para el Ejercicio Fiscal 2025. Los señores Ministros Figueroa Mejía y Presidente
Aguilar Ortiz votaron en contra. Las señoras Ministras Herrerías Guerra y Ortiz Ahlf anunciaron sendos
votos concurrentes.
Se aprobó por mayoría de cinco votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Ortiz Ahlf separándose de las consideraciones y Guerrero García apartándose
de los párrafos del 81 al 88, respecto del apartado VIII, relativos al estudio de fondo, en su tema 2,
denominado “Análisis del bloque normativo dirigido a la ciudadanía en general”, en su parte 1,
consistente en declarar fundada la omisión legislativa atribuida al artículo 29, párrafo último, de la Ley
de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán, para el Ejercicio Fiscal 2025 y declarar insuficientes
los conceptos de invalidez respectivos. Las personas Ministras Batres Guadarrama, Figueroa Mejía y
Presidente Aguilar Ortiz votaron en contra. La señora Ministra Esquivel Mossa votó por la validez del
precepto reclamado. La señora Ministra Ortiz Ahlf anunció voto concurrente.
Se aprobó por mayoría de seis votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Ortiz Ahlf, Guerrero García apartándose de los párrafos del 89 al 102 y
Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VIII, relativo al estudio de fondo, en su tema 2,
denominado “Análisis del bloque normativo dirigido a la ciudadanía en general”, en su parte 2,
consistente en declarar fundada la omisión legislativa atribuida al artículo 32, fracción XX, de la Ley de
Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán, para el Ejercicio Fiscal 2025 y declarar insuficientes los
conceptos de invalidez respectivos. Las personas Ministras Esquivel Mossa, Batres Guadarrama y
Figueroa Mejía votaron en contra. La señora Ministra Ortiz Ahlf anunció voto concurrente.
Se aprobó por mayoría de siete votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama por consideraciones distintas, Ortiz Ahlf
y Guerrero García, respecto del apartado VIII, relativo al estudio de fondo, en su tema 3, consistente en
declarar infundada la omisión alegada respecto del artículo 36, fracción IX, de la Ley de Ingresos del
Municipio de Progreso, Yucatán, para el Ejercicio Fiscal 2025. Los señores Ministros Figueroa Mejía y
Presidente Aguilar Ortiz votaron en contra. La señora Ministra Ortiz Ahlf anunció voto concurrente.
El señor Ministro Presidente Aguilar Ortiz declaró que el asunto se resolvió en los términos
propuestos. Doy fe.
Firman el señor Ministro Presidente y el señor Ministro Ponente, con el Secretario General de
Acuerdos, quien autoriza y da fe.
Presidente, Ministro Hugo Aguilar Ortiz.- Firmado electrónicamente.- Ponente, Ministro Irving Espinosa
Betanzo.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos, Lic. Rafael Coello Cetina.- Firmado
electrónicamente.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de cuarenta fojas útiles, en las que se
cuenta esta certificación, concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente de la
sentencia emitida en la controversia constitucional 18/2025, promovida por el Municipio de Progreso, Estado
de Yucatán, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión del ocho de
diciembre de dos mil veinticinco. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la
Federación.- Ciudad de México, a veintiséis de febrero de dos mil veintiséis.- Rúbrica.
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VOTO CONCURRENTE QUE FORMULA LA MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF, EN LA CONTROVERSIA
CONSTITUCIONAL 18/2025.
En la sesión de ocho de diciembre de dos mil veinticinco, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación resolvió el asunto al rubro citado1, promovido por el Municipio de Progreso, Estado de Yucatán, quien
planteó, entre otras cosas, la invalidez del artículo 29 de la Ley de Ingresos de ese municipio para 2025.
Argumentó que de acuerdo con los párrafos primero y tercero de la fracción IV del artículo 115 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la construcción de las leyes de ingresos de los
municipios parte de una potestad compartida entre los ayuntamientos y los congresos locales, en la que éstos
no pueden apartarse caprichosamente de la iniciativa municipal, sino que su modificación solo puede
realizarse con base en un proceso de reflexión apoyado en argumentos sustentados de manera objetiva y
razonable.
Señaló que el Congreso del Estado, al expedir la Ley de Hacienda del Municipio de Progreso, Yucatán,
modificó el artículo 29, pues su redacción es distinta a la propuesta en la iniciativa municipal, sin que el
congreso estatal haya motivado su decisión para alejarse de la propuesta.
El precepto propuesto por el municipio actor en su ley de ingresos, en la parte que nos interesa, era del
contenido siguiente:
“Artículo 29.- Por el otorgamiento de licencias establecidas en el artículo 82 de la Ley de Hacienda
del Municipio de Progreso Yucatán, se causarán y pagarán derechos de acuerdo con la siguiente
tarifa en el predio:
[…].
Queda prohibido fijar carteles o publicidad en los postes de alumbrado público que se
encuentran en el territorio del Municipio de Progreso y sus comisarías.”
El artículo finalmente aprobado por el Congreso Local eliminó el último párrafo que establecía la
prohibición respecto a fijar carteles o publicidad en los postes de alumbrado público que se encuentran en el
territorio del Municipio de Progreso y sus comisarías.
Al respecto, el Tribunal Pleno determinó que el agravio era fundado porque el congreso local no expuso
motivación alguna respecto a la eliminación del último párrafo del artículo 29 de la propuesta municipal; sin
embargo, el argumento resultó insuficiente para declarar su invalidez, ya que nos encontrábamos en
presencia de una norma jurídica existente.
Ahora bien, este voto concurrente es porque no comparto las consideraciones de la resolución en las que
se abordó el estudio del artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso.
Lo anterior, porque esencialmente se sostuvo que el Congreso del Estado de Yucatán transgredió el
principio de potestad tributaria compartida al no incorporar en la Ley de Ingresos la propuesta municipal que
contemplaba la prohibición de fijar carteles o publicidad en los postes de alumbrado público.
Sin embargo, estimo que dicha propuesta no guarda relación con cuotas o tarifas de contribuciones
municipales, que es precisamente el ámbito protegido por la potestad tributaria compartida. Lo anterior, pues
el artículo 115, fracción IV, constitucional establece de manera expresa que los ayuntamientos propondrán al
Congreso las cuotas o tarifas aplicables a sus contribuciones, por tanto, es a ese ámbito y no a
regulaciones administrativas de otra naturaleza (sanciones), al que se limita la participación municipal en el
proceso de elaboración de la Ley de Ingresos.
En esa medida, la falta de incorporación de la citada prohibición no incide en la competencia tributaria
municipal ni vulnera el principio de potestad compartida, por lo cual, considero que los argumentos planteados
son infundados.
1 El tema relativo al voto se aprobó por mayoría de cinco votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos
González, Ortiz Ahlf separándose de las consideraciones y Guerrero García apartándose de los párrafos del 81 al 88, respecto del apartado
VIII, relativos al estudio de fondo, en su tema 2, denominado “Análisis del bloque normativo dirigido a la ciudadanía en general”, en su parte 1,
consistente en declarar fundada la omisión legislativa atribuida al artículo 29, párrafo último, de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso,
Yucatán, para el Ejercicio Fiscal 2025 y declarar insuficientes los conceptos de invalidez respectivos. Las personas Ministras Batres
Guadarrama, Figueroa Mejía y Presidente Aguilar Ortiz votaron en contra. La señora Ministra Esquivel Mossa votó por la validez del precepto
reclamado. La señora Ministra Ortiz Ahlf anunció voto concurrente.
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Lo anterior se confirma con la tesis de jurisprudencia P./J. 111/2006, sustentada por el Pleno de este Alto
Tribunal, que estableció lo siguiente:
“HACIENDA MUNICIPAL. EN EL CASO DE LOS TRIBUTOS A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN
IV DEL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, EXISTE UNA POTESTAD TRIBUTARIA COMPARTIDA ENTRE LOS MUNICIPIOS Y
EL ESTADO EN EL PROCESO DE SU FIJACIÓN.
La regulación de las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y
las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las
contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, es el resultado de un proceso legislativo distinto al
ordinario: mientras en éste la facultad de iniciativa legislativa se agota con la presentación del
documento ante la Cámara decisoria, en aquél la propuesta del Municipio sólo puede modificarse por
la Legislatura Estatal con base en un proceso de reflexión apoyado en argumentos sustentados de
manera objetiva y razonable, por lo que es válido afirmar que se trata de una potestad tributaria
compartida, toda vez que en los supuestos señalados por la fracción IV del artículo 115 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la potestad tributaria originalmente reservada
para el órgano legislativo, conforme al artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, se
complementa con los principios de fortalecimiento municipal y reserva de fuentes, y con la norma
expresa que le otorga la facultad de iniciativa; de ahí que, aun cuando la decisión final sigue
correspondiendo a la Legislatura, ésta se encuentra condicionada por la Norma Fundamental a dar el
peso suficiente a la facultad del Municipio, lo cual se concreta en la motivación que tendrá que
sustentar en el caso de que se aparte de la propuesta municipal.”
De la jurisprudencia transcrita se advierte que la regulación de las cuotas y tarifas aplicables a impuestos,
derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de
base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, es el resultado de un proceso
legislativo distinto al ordinario.
Se estableció que mientras en el proceso ordinario la facultad de iniciativa legislativa se agota con la
presentación del documento ante la Cámara decisoria, tratándose de contribuciones municipales la propuesta
del Municipio sólo puede modificarse por la Legislatura Estatal con base en un proceso de reflexión apoyado
en argumentos sustentados de manera objetiva y razonable, por lo que es válido afirmar que se trata de una
potestad tributaria compartida.
Lo anterior, toda vez que en los supuestos señalados por la fracción IV del artículo 115 de la Constitución
Federal, la potestad tributaria originalmente reservada para el órgano legislativo, conforme al artículo 31,
fracción IV, de la constitución, se complementa con los principios de fortalecimiento municipal y reserva de
fuentes, y con la norma expresa que le otorga la facultad de iniciativa; de ahí que, aun cuando la decisión final
sigue correspondiendo a la Legislatura, ésta se encuentra condicionada por la norma fundamental a dar el
peso suficiente a la facultad del Municipio, lo cual se concreta en la motivación que tendrá que sustentar en el
caso de que se aparte de la propuesta municipal.
Por las razones expuestas, me aparto de las consideraciones que sustentaron el análisis del artículo 29 de
la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Estado de Yucatán, para 2025, porque la norma eliminada por
el legislativo regulaba un supuesto que no forma parte de la potestad tributaria compartida entre las
Legislaturas locales y los Municipios.
Atentamente
Ministra Loretta Ortiz Ahlf.- Firmado electrónicamente.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de tres fojas útiles, en las que se cuenta
esta certificación, concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente del voto concurrente
que formula la señora Ministra Loretta Ortiz Ahlf, en relación con la sentencia del ocho de diciembre de dos mil
veinticinco, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la controversia constitucional
18/2025, promovida por el Municipio de Progreso, Estado de Yucatán. Se certifica con la finalidad de que se
publique en el Diario Oficial de la Federación.- Ciudad de México, a veintiséis de febrero de dos mil
veintiséis.- Rúbrica.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
279
VOTO CONCURRENTE QUE FORMULA LA MINISTRA SARA IRENE HERRERÍAS GUERRA EN LA
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 18/2025
En sesión de ocho de diciembre de dos mil veinticinco, el Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la
Nación resolvió el asunto citado al rubro promovido por el municipio de Progreso, Estado de Yucatán en
contra del Poder Ejecutivo y Legislativo de dicha entidad federativa reclamando diversas omisiones y
modificaciones a la iniciativa de la Ley de Ingresos para el Municipio de Progreso, Yucatán para el ejercicio
fiscal dos mil veinticinco.
La mayoría de Ministras y Ministros votamos a favor de la propuesta; sin embargo respecto del apartado
VIII, relativo al estudio de fondo, en su tema 1, denominado “Análisis del bloque normativo de competencia
exclusiva de la Federación, al encontrarse dirigido al sector de telecomunicaciones y energía eléctrica”,
coincidí en declarar la invalidez de los artículos 28 por la exclusión del giro de “Antenas de Telefonía
Convencional, Celular y de Internet”; y 32, apartado B, fracciones IX, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX de la Ley de
Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán; así como en la validez del artículo 52, numeral 6) incisos a), b),
c), d) y e), todos de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán; pero no así en las
consideraciones, conforme a lo siguiente.
Estoy de acuerdo en lo relativo a que el congreso local fundamentó y motivó de manera suficiente
apartarse de la propuesta del municipio en cuanto a los cobros relacionados con materia energética y de
telecomunicaciones de los artículos 28; 32; y 52 numeral 6, de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso,
Estado de Yucatán. Sin embargo, como lo he sostenido en diversos asuntos, estimo que el cobro previsto en
la propuesta municipal, se trata de competencia exclusiva de la Federación.
Esto porque de la lectura de dicha propuesta advierto que se trata de licencias de funcionamiento (artículo
28) y licencias de construcción (artículos 32 y 52); cuestiones respecto de las cuales, como he votado en
diversos asuntos, considero que los municipios sí tienen facultades para cobrar por licencias de instalación,
construcción y supervisión en términos del artículo 115 de la Constitución Federal, sin que ello invada
competencias de la Federación en materia de energía eléctrica o de telecomunicaciones.
Por ello, coincidí con la propuesta por lo que hace únicamente a la suficiente fundamentación y motivación
que realizó Congreso yucateco; lo cual considero que constituía la litis en el caso, sin poder abarcar un tema
diverso como si efectivamente se invadían o no las esferas competenciales exclusivas de la Federación;
cuestión respecto de la cual, además no comparto que se haya considerado que se transgredían atribuciones
federales.
Por las razones expuestas es que se emite el presente voto concurrente.
Atentamente
Ministra Sara Irene Herrerías Guerra.- Firmado electrónicamente.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de dos fojas útiles, en las que se cuenta
esta certificación, concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente del voto concurrente
que formula la señora Ministra Sara Irene Herrerías Guerra, en relación con la sentencia del ocho de
diciembre de dos mil veinticinco, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la
controversia constitucional 18/2025, promovida por el Municipio de Progreso, Estado de Yucatán. Se certifica
con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.- Ciudad de México, a veintiséis de
febrero de dos mil veintiséis.- Rúbrica.
VOTO PARTICULAR QUE FORMULA LA MINISTRA LENIA BATRES GUADARRAMA RELATIVO A LA
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 18/2025
La controversia constitucional se resolvió bajo la ponencia del Ministro Irving Espinosa Betanzo, mediante
sesión del 8 de diciembre de 2025. El Municipio de Progreso, Estado de Yucatán, promovió controversia
constitucional en contra de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, para el ejercicio fiscal 2025,
publicada el 28 de diciembre de 2024, pues —a su juicio— no se incluyeron en los artículos 28, 29 y 32, el
cobro de diversos derechos en la forma que fue solicitada por el accionante. En este mismo sentido, los
numerales 36, fracción IX, y 52, numeral 6, desde el punto de vista del municipio actor, dejaron de prever el
pago por derecho de tanto y por la ocupación en la vía pública para comercialización de postes, casetas
telefónicas, redes subterráneas y superficiales. En el mismo sentido, el Municipio actor reclamó que al
modificar su Ley de Hacienda, publicada en la misma fecha, el Congreso demandado derogó su artículo 89,
que establecía el cobro para instalar en la vía pública postes y colocar en propiedad privada infraestructura de
cableado o antenas.
280
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Respecto del tema VIII.2, relativo al Estudio de Fondo denominado “análisis del bloque normativo dirigido
a la ciudadanía en general”, en particular al abordar el subtema VIII.2.1, la SCJN decidió declarar fundado
pero insuficiente el concepto de invalidez relacionado con el artículo 29 de la Ley de Ingresos para el
Municipio de Progreso, Yucatán, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, en el que reclamó que el artículo
señalado omite incluir la propuesta del municipio actor, consistente en prohibir fijar carteles o publicidad en los
postes de alumbrado público ubicados en el territorio del Municipio de Progreso y sus comisarías.
La resolución asumida por la mayoría de la Corte señaló que el Poder Legislativo de Yucatán no explicó
de manera suficiente su decisión de no contemplar la prohibición solicitada por el accionante, y que esta
omisión es contraria al estándar exigible de una exposición concisa y razonable de los motivos que originaron
los cambios introducidos; no obstante, concluyó que la ausencia de la motivación señalada por parte del
Poder Legislativo, resulta insuficiente para declarar la invalidez del precepto cuestionado.
Respecto del subtema VIII.2.2, relativa a la omisión de insertar en la fracción XX del artículo 32 de la Ley
de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán, la propuesta del Municipio actor, relativa al pago de derechos
por licencia temporal, para la instalación, adición, o colocación de equipos tecnológicos sobre infraestructura
inexistente en la cantidad de 450 Unidades de Medida y Actualización, por colocación de unidad. En el mismo
sentido, la Corte consideró que el Congreso estatal transgredió el principio de motivación objetiva y razonable
previsto en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM),
toda vez que no explicó cuál fue, en comparación con el ejercicio fiscal anterior, los montos excesivos por los
que se decidió modificar la propuesta; no obstante, concluye la minoría de la SCJN, concluyó que la ausencia
de dicha motivación es insuficiente para declarar la invalidez del artículo analizado.
1. Razones de la mayoría
La mayoría del Pleno consideró fundados los conceptos de invalidez consistentes en la falta de motivación
objetiva y razonable en la que incurrió el Congreso demandado, al no incluir el pago de diversos derechos
solicitados por el accionante, y, por otro lado, que la falta de dicha motivación no convierte en existentes los
preceptos impugnados.
Respecto del apartado VIII, relativo al estudio de fondo, en su tema 2, denominado “Análisis del bloque
normativo dirigido a la ciudadanía en general”, en su parte 1, consistente en declarar fundada la omisión
legislativa atribuida al artículo 29, párrafo último, de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán,
para el Ejercicio Fiscal 2025 y declarar insuficientes los conceptos de invalidez respectivos. Se aprobó por
mayoría de cinco votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Ortiz
Ahlf separándose de las consideraciones y Guerrero García apartándose de los párrafos del 81 al 88. La
decisión se asumió con voto en contra de la suscrita y los Ministros Figueroa Mejía y Aguilar Ortiz.
Con relación al apartado VIII, relativo al estudio de fondo, en su tema 2, denominado “Análisis del bloque
normativo dirigido a la ciudadanía en general”, en su parte 2, consistente en declarar fundada la omisión
legislativa atribuida al artículo 32, fracción XX, de la Ley de Ingresos del Municipio de Progreso, Yucatán, para
el Ejercicio Fiscal 2025 y declarar insuficientes los conceptos de invalidez respectivos. Se aprobó por mayoría
de seis votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Ortiz Ahlf,
Guerrero García apartándose de los párrafos del 89 al 102 y Aguilar Ortiz. La decisión se asumió con voto en
contra de la suscrita y las personas Ministras Esquivel Mossa y Figueroa Mejía.
2. Razones de la emisión del voto
No comparto las consideraciones esenciales por las que se declararon fundados pero insuficientes los
conceptos de invalidez relacionados con no incluir en el último párrafo del artículo 29 y en la fracción XX del
numeral 32 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Progreso, Yucatán, correspondiente al ejercicio fiscal
2025, el cobro de diversos derechos solicitados por el Municipio accionante.
El artículo 115, fracción IV,1 de la CPEUM establece que los municipios administrarán libremente su
hacienda, que comprende las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor,
1 Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y
popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases
siguientes.
…
Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de
las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:
a).- Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su
fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la
administración de esas contribuciones.
b).- Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los Municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que
anualmente se determinen por las Legislaturas de los Estados.
c).- Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
281
pero contrario a lo considerado en la sentencia asumida por la mayoría de la SCJN, no existe norma
constitucional ni disposición legal que exija a los congresos estatales una justificación objetiva y razonable
cuando decidan apartarse de las iniciativas de ingresos propuestas por los municipios de a entidad.
Lo cierto es, que esta exigencia ha sido impuesta por el pleno de la SCJN, en las jurisprudencias
P./J. 124/2004,2 P./J. 112/2006,3 P./J. 113/2006,4 y P./J. 114/2006,5 en las que se ha establecido que los
poderes legislativos estatales se encuentran obligados a realizar una motivación objetiva y razonable al
establecer el pago de derechos en una Ley de ingresos. Este criterio excede las atribuciones de esta Corte,
legislando de facto al imponer a los poderes legislativos estatales una obligación que ni constitucional ni
legalmente tienen. Además, esos criterios han generado un amplio margen de discrecionalidad (arbitrariedad)
de esta SCJN, en tanto que no existe un parámetro claro que permita definir cuando una norma está motivada
de manera “objetiva y razonable”, pues como se reconoce en la propia jurisprudencia P./J. 114/2006 “debe
destacarse que la labor de este Alto Tribunal será revisar la razonabilidad de la respuesta, lo que implica una
especie de interdicción a la arbitrariedad del legislador más que su revisión minuciosa (…), cuestión que se irá
construyendo caso por caso”.
Exigir al Congreso del Estado Libre y Soberano de Yucatán o a cualquier otro congreso local una
motivación “objetiva y razonable” atenta contra su facultad exclusiva para aprobar no solo la ley de ingresos
del municipio actor, sino cualquier otra ley similar. Además, esta exigencia contraviene la división de poderes
consagrada en el artículo 496 de la CPEUM, pues implica que el poder legislativo estatal se subordine, en la
medida que se le obliga a justificar exhaustivamente el ejercicio de su facultad constitucional para aprobar
leyes, bajo parámetros caprichosos e injustificados de supuesta objetividad y razonabilidad.
La SCJN ha sostenido que, tratándose de actos de autoridad legislativa, el requisito de fundamentación se
satisface cuando aquélla actúa dentro de los límites de las atribuciones que la CPEUM le confiere y la
motivación se colma cuando las leyes que emiten hagan referencia a relaciones sociales que deben regularse
jurídicamente,7 como aconteció en el caso analizado.
Ministra Lenia Batres Guadarrama.- Firmado electrónicamente.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de dos fojas útiles, concuerda fiel y
exactamente con el original firmado electrónicamente del voto particular que formula la señora Ministra Lenia
Batres Guadarrama, en relación con la sentencia del ocho de diciembre de dos mil veinticinco, dictada por el
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la controversia constitucional 18/2025, promovida por
el Municipio de Progreso, Estado de Yucatán. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario
Oficial de la Federación.- Ciudad de México, a veintiséis de febrero de dos mil veintiséis.- Rúbrica.
(REFORMADO, D.O.F. 29 DE ENERO DE 2016)
Las leyes federales no limitarán la facultad de los Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni
concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o
institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de las entidades
federativas o los Municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para
fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.
(REFORMADO, D.O.F. 23 DE DICIEMBRE DE 1999)
Los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, propondrán a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos,
derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las
contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
(REFORMADO, D.O.F. 24 DE AGOSTO DE 2009)
Las legislaturas de los Estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas. Los
presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles, y deberán incluir en los mismos, los
tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban los servidores públicos municipales, sujetándose a lo dispuesto en el artículo
127 de esta Constitución.
(ADICIONADO, D.O.F. 23 DE DICIEMBRE DE 1999)
Los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por los ayuntamientos, o bien, por quien ellos autoricen,
conforme a la ley.
2 Registro digital: 179907, Instancia: Pleno, Novena Época, Materia(s): Constitucional, Administrativa, Tesis: P./J. 124/2004, Fuente:
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; Tomo XX, Diciembre de 2004, página 1123, Tipo: Jurisprudencia.
3 Registro digital: 174089 Instancia: Pleno; Novena Época; Materia(s): Constitucional; Tesis: P./J. 112/2006; Fuente: Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta.; Tomo XXIV, Octubre de 2006, página 1131; Tipo: Jurisprudencia.
4 Registro digital: 174092; Instancia: Pleno; Novena Época; Materia(s): Constitucional; Tesis: P./J. 113/2006; Fuente: Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta.; Tomo XXIV, Octubre de 2006, página 1127; Tipo: Jurisprudencia.
5 Registro digital: 174093; Instancia: Pleno; Novena Época; Materia(s): Constitucional; Tesis: P./J. 114/2006; Fuente: Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta.; Tomo XXIV, Octubre de 2006, página 1126; Tipo: Jurisprudencia.
6 Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el
caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto
en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.
7 Tesis 2a. XXVII/2009, Segunda Sala, Novena Época, de rubro: “FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LEYES QUE DAN TRATO
DESIGUAL A SUPUESTOS DE HECHO EQUIVALENTES. NO NECESARIAMENTE DERIVAN DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA
LEY CORRESPONDIENTE O DEL PROCESO LEGISLATIVO QUE LE DIO ORIGEN, SINO QUE PUEDEN DEDUCIRSE DEL PRECEPTO
QUE LO ESTABLEZCA”.
282
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco
de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de
cambio obtenido el día de hoy fue de $17.2723 M.N. (diecisiete pesos con dos mil setecientos veintitrés
diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 16 de abril de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Subgerente de Instrumentación de
Operaciones Nacionales, Lic. Eira Guadalupe Alamilla Ramos.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones
de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez Martínez.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones
Internacionales, Lic. Luis Murray Arriaga.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael
Toledo Polis.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días
obtenida el día de hoy, fue de 7.0071%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.0473%; y a plazo
de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.1058%.
Ciudad de México, a 16 de abril de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Subgerente de Instrumentación de
Operaciones Nacionales, Lic. Eira Guadalupe Alamilla Ramos.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones
de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez Martínez.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones
Internacionales, Lic. Luis Murray Arriaga.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael
Toledo Polis.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda
nacional determinada el día de hoy, fue de 6.75 por ciento.
Ciudad de México, a 15 de abril de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Subgerente de Instrumentación de
Operaciones Nacionales, Lic. Eira Guadalupe Alamilla Ramos.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones
de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez Martínez.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones
Internacionales, Lic. Luis Murray Arriaga.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael
Toledo Polis.- Rúbrica.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
283
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EXTRACTO del Acuerdo INE/JGE37/2026 de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, por el
que se aprueba la actualización del Manual de Proceso y Procedimientos de “Gestión por Procesos”.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.
EXTRACTO DEL ACUERDO INE/JGE37/2026 DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE PROCESO Y PROCEDIMIENTOS DE
“GESTIÓN POR PROCESOS”
ANTECEDENTES
(…)
VI. Aprobación del Modelo de Planeación Institucional. El 29 de mayo de 2019, en sesión
extraordinaria, el Consejo General aprobó mediante acuerdo INE/CG270/2019, el MPI, el cual tiene como
objetivo regir la planeación institucional para ubicar al INE como una institución moderna, innovadora,
transparente, ágil, con sentido humano y con alto compromiso social, integrando los esfuerzos de las
diferentes UR hacia el logro de la misión, visión y objetivos estratégicos.
…
VIII. Aprobación del Manual de Proceso y Procedimientos “Gestión por Procesos”. El 24 de
noviembre de 2022, en sesión ordinaria, esta Junta mediante Acuerdo INE/JGE244/2022 aprobó el Manual
de Proceso y Procedimientos “Gestión por Procesos”.
(…)
CONSIDERANDOS
(…)
30. En 2022 para dar cumplimiento al Modelo de Gestión por Procesos y a los Lineamientos para la
Elaboración o Actualización de Manuales de Procedimientos del Instituto Nacional Electoral se aprobó
mediante acuerdo INE/JGE244/2022 el Manual de Proceso y Procedimientos de Gestión por Procesos.
El proceso E.3.02 Gestión por Procesos forma parte del macroproceso estratégico “Modernización
Administrativa e Innovación” y tiene como objetivo coordinar la implementación y el seguimiento del modelo de
gestión por procesos en colaboración con las unidades responsables del Instituto Nacional Electoral para
fortalecer la eficiencia operativa, la alineación institucional y la mejora continua.
(…)
31. El Manual de Proceso y Procedimientos “Gestión por Procesos” actualizado cuenta con el Dictamen
técnico emitido por la DEA con fecha 05 de febrero de 2026 conforme al Modelo de Gestión por Procesos del
Instituto Nacional Electoral, y de manera específica con el artículo 7 de los Lineamientos para la Elaboración y
Actualización de Manuales de Procesos y Procedimientos del Instituto Nacional Electoral, toda vez que la
propuesta de Manual se alinea a los parámetros establecidos en los Lineamientos, pues cumple con los
criterios metodológicos, reúne las condiciones y los requerimientos previstos en dicho ordenamiento.
(…)
ACUERDOS
PRIMERO. Se aprueba la actualización del Manual de Proceso y Procedimientos de “Gestión por
Procesos” de conformidad con los documentos anexos y que forman parte integrante del presente Acuerdo.
284
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
SEGUNDO. El Manual de Proceso y Procedimientos de “Gestión por Procesos” entrará en vigor al día
siguiente de su aprobación por la Junta General Ejecutiva y será de observancia obligatoria para todas las
Unidades Responsables del Instituto Nacional Electoral en lo que a ellas corresponda.
(…)
QUINTO. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Electoral, el portal de internet del Instituto Nacional
Electoral y NormaINE, así como un extracto del mismo en el Diario Oficial de la Federación con la liga
electrónica para la ubicación del anexo en dicho medio.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión ordinaria de la Junta General Ejecutiva celebrada el 25 de
febrero de 2026, por votación unánime (…) La Secretaria Ejecutiva y Secretaria de la Junta General Ejecutiva
del Instituto Nacional Electoral, Dra. Claudia Arlett Espino. - Rúbrica. La Consejera Presidenta y Presidenta
de la Junta General Ejecutiva, Licenciada Guadalupe Taddei Zavala – Rúbrica.
El acuerdo y sus anexos se encuentran disponibles para su consulta en las direcciones electrónicas
siguientes:
Página DOF: www.dof.gob.mx/2026/INE/JGEord202602_25_ap_3_1.pdf
INE Acuerdo:
https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/187424/JGEor202602-25-ap-3-1.pdf
Anexos: https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/187424/JGEor202602-25-ap-3-1-a.zip
Ciudad de México, a 03 de marzo de 2026.- Con fundamento en el artículo 16, numeral 2, inciso d) del
Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral y de conformidad con el oficio INE/PC/631/2025.-
Encargado de Despacho de la Dirección Ejecutiva de Administración, Mtro. Jesús Octavio García
González.- Rúbrica.
(R.- 574928)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
Espacio
Costo
4/8 de plana
$11,372.00
1 plana
$22,744.00
1 4/8 planas
$34,116.00
2 planas
$45,488.00
Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la
Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de
ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección
“Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT
970701NN3.
Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos recibos bancarios de pago de
contribuciones, productos y aprovechamientos federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago.
El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
ACUERDO SROAX/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala
Regional en Oaxaca del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de fuerza mayor.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Sala Regional en Oaxaca.- Presidencia.- SROAX/01/2026.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES EN LA SALA REGIONAL EN OAXACA DEL TRIBUNAL
FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a diez de abril de dos mil veintiséis.- Con fundamento en los artículos 33,
fracciones V y XII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; 29, párrafo primero, 48
fracción XV, 49 fracción XV y 59, fracción VI, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa; y 1º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con los
diversos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria; Primero y Segundo del
Acuerdo SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas
Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, emitido el 7 de marzo de 2018, por el Pleno
General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la
Federación de 20 posterior; el día de hoy, a partir de las 7:15 horas, se presentó una falla en el suministro de
energía eléctrica por parte del proveedor Comisión Federal de Electricidad, quien informa “no se sabe en qué
momento se va a reestablecer el servicio”; es evidente que no existen condiciones para que este Órgano
Jurisdiccional pudiese desempeñar sus funciones, lo cual se trata de un caso fortuito y de fuerza mayor,
generador de una situación de inoperatividad técnica y laboral, tanto para el personal de esta Sala como para
las personas que acuden a ésta; en consecuencia, al no existir las condiciones necesarias para el correcto
funcionamiento de esta Sala,
SE ACUERDA:
Primero.- Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Oaxaca de este
Tribunal, el día 10 de abril de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la
normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Segundo.- Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por conducto de
la Secretaría General de Acuerdos.
Tercero.- Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes de
esta Sala Regional en Oaxaca.
CÚMPLASE. Así lo proveyeron y firman los Magistrados que integran la Sala Regional en Oaxaca del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante la Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe.
Primera Ponencia, Mag. Analicia Vega León.- Rúbrica.- Tercera Ponencia, Mag. Elizabeth Bautista
Velasco.- Rúbrica.- Segunda Ponencia y Presidente, Mag. Rodolfo Martínez Dagnino.- Rúbrica.- Secretaria
de Acuerdos, Lic. Paula Jazmin Ángulo Ruiz.- Rúbrica.
(R.- 574940)
Diario Oficial de la Federación
Conmutador:
55 50 93 32 00
Coordinación de Inserciones:
Ext. 35067
Coordinación de Avisos y Licitaciones
Ext. 35084
Subdirección de Producción:
Ext. 35007
Servicios al público e informática
Ext. 35012
Domicilio:
Río Amazonas No. 62
Col. Cuauhtémoc
C.P. 06500
Ciudad de México
Horarios de Atención
Inserciones en el Diario Oficial de la Federación:
de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 793/2025-III, promovido por Giovanni Heras García y
Eduardo Rojas Terres y/o Eduardo Rojas Villa, por propio derecho, contra la sentencia de veintisiete de
febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del
Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el Toca 624/2024, de su índice, en virtud de que no se
ha emplazado a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de
Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente,
emplácese a juicio a la tercera interesada Arrendadora, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad
Financiera de Objeto Múltiple, Entidad no Regulada, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días
naturales en el Diario Oficial de la Federación el citado edicto, así como en un periódico de mayor circulación;
haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA DÍAS,
contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibida que de no comparecer en este juicio,
las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los
estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 573911)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Emplazamiento a la tercera interesada moral: Sistemas Constructivos Profesionales, Sociedad Anónima
de Capital Variable, por conducto de quien legalmente la represente:
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juicio de Amparo
251/2024, promovido por Arturo Lisandro Hernández Román, contra actos de la Junta Especial número
Treinta y uno de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Morelos, por este conducto se le hace
saber: Que el acto reclamado es: La resolución de quince de enero de dos mil veinticuatro, en el cual se
declaró improcedente el recurso de revisión en el expediente laboral 905/11; por lo que en virtud haber
agotado búsqueda para emplazarla y se desconoce su domicilio actual, por acuerdo dictado con fecha
veintinueve de julio de dos mil veinticinco, se ordenó emplazarla por edictos, que deberán publicarse por tres
veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico diario de mayor
circulación a nivel nacional, haciéndole saber debe presentarse dentro de treinta días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la última publicación; en las oficinas que ocupa este Juzgado Tercero de Distrito en el
Estado de Morelos, ubicadas sito en Boulevard del Lago, número 103, Colonia Villas Deportivas, Edificio B,
Segundo Piso, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, Código Postal 62370; asimismo, se le hace
del conocimiento que la audiencia constitucional se fijó para las once horas del treinta de junio de dos mil
veintiséis, apercibiéndola que de no hacerlo dentro del plazo concedido, sin necesidad de ulterior acuerdo, las
subsecuentes incluso las de carácter personal, se le harán por medio de lista, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 27, fracción II, inciso C, y 29, ambos de la Ley de Amparo.
Atentamente
Cuernavaca Morelos, tres de marzo de dos mil veintiséis.
El Juez Tercero de Distrito en el Estado de Morelos
Óscar Alejandro López Cruz
Rúbrica.
(R.- 574011)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
287
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 763/2025-III, promovido por Emiliana Hernández Mendoza,
por propio derecho, contra la sentencia de cuatro de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Tercer Tribunal
de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el Toca
150/2019, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a las terceras interesadas, con fundamento en el
artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a las terceras interesadas Paula
Feliciano López y Sofia Feliciano López, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en
el Diario Oficial de la Federación el citado edicto, así como en un periódico de mayor circulación; haciéndole
saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir
del día siguiente al de la última publicación; apercibida que de no comparecer en este juicio, las subsecuente
notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este
Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 573915)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 777/2025-II, promovido por Rafael Martin Acosta Morales,
contra la sentencia de doce de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Tribunal de Alzada en
Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca
215/2025, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado al tercero interesado, con fundamento en el
artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio al tercero interesado Pierre Richard
Desatus, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto;
haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA DÍAS,
contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibido que de no comparecer en este juicio,
las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los
estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 573917)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.- JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD
DE MÉXICO.
En los autos del juicio de amparo número 1044/2025-IV, promovido por Erick Alejandro Gutiérrez Becerril,
por propio derecho y en representación del menor de iniciales S.A.G.N. –Identidad reservada contra actos
atribuidos al Juez y Actuario adscritos al Juzgado Vigésimo Primero de lo Familiar del Tribunal Superior
de Justicia de la Ciudad de México; se tuvo como tercera interesada a Karen Amaranta Nava Analco.
Actos reclamados: 1. El auto que decreta las medidas de protección de emergencia y carácter civil; 2. la falta
de emplazamiento; 3. la audiencia celebrada que confirmó las medidas de protección de emergencia y
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
carácter civil; y, 4. el auto que no admitió a trámite el incidente de nulidad de actuaciones del juicio de origen.
Previo agotamiento de la investigación correspondiente con fundamento en la fracción III, inciso b) del artículo
27 de la Ley de Amparo, se ordena el emplazamiento de la tercera interesada por edictos, los que se
publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República, y se hace de su conocimiento que en la secretaría IV de
trámite de amparo de este juzgado, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo a efecto
de que en un término de treinta días contados a partir de la última publicación de tales edictos, ocurra al
juzgado hacer valer sus derechos.
Atentamente
Ciudad de México, a dos de marzo de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Elsa Daniela Flores Sánchez
Rúbrica.
(R.- 574119)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Zapopan, Jal.
A.D. 346/2025
EDICTO
A: JORGE LUIS BRAVO PORRAS.
Juicio de amparo directo 346/2025, promovido por Eduardo José Yakin Hernández; en el que se ordena
emplazarlo conforme a los artículos 27, fracción III, inciso b), y 177, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, para que, se apersone al juicio como tercero interesado en el
término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación. Queda a su disposición
en la actuaría del tribunal las copias simples de la demanda de amparo.
NOTA: Para publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en
uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República.
Zapopan, Jalisco, a dos de marzo de dos mil veintiséis.
El Secretario del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Lic. Diego Alberto Berber Miranda
Rúbrica.
(R.- 574130)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.C. 720/2025-V, promovido por Miguel Ángel Ambrocio
Jiménez, contra la sentencia de quince de julio de dos mil veinticinco, dictada por la Primera Sala
Colegiada Civil de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del
toca 526/2025, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado al tercero interesado, con fundamento en el
artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio al tercero interesado EDGAR
MARTÍNEZ IBARRA, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de
la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto;
haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA DÍAS,
contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este juicio,
las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los
estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 574284)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
289
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 989/2025, promovido por Juan Carlos Díaz Hernández contra
actos del juez Trigésimo Cuarto Penal de la Ciudad de México, se ordenó emplazar por edictos al tercero
interesado Félix Fernando Guadarrama Álvarez y se le concede un término de treinta días contado a partir de
la última publicación para que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale domicilio para oír y
recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de
carácter personal, se practicarán por medio de lista.
Atentamente
Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Carolina Herrera Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 574288)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito
Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
EDICTO: EMPLAZAMIENTO DE LA PARTE TERCERA INTERESADA
Wood Stuff, S.A. de C.V. y Carlos Alonso Mendoza Viveros.
En el juicio de amparo 2712/2025-VI promovido por Alejandra González Correa, por propio derecho, contra
el acto de la Junta Especial “A” (antes Número Dos) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de
México y su Presidente, consistente en el auto de veintidós de marzo de dos mil veintidós, mediante el cual se
determinó que su apoderada legal no podía promover al no ser abogada y refiere que el mismo no le fue
notificado, así como el acuerdo de catorce de agosto de dos mil veinticinco a través del cual la autoridad
responsable envía a archivo el expediente laboral de origen 839/2017, señalando como terceros interesados a
Wood Stuff, S.A. de C.V. y Carlos Alonso Mendoza Viveros, y al desconocerse su domicilio, por auto de once
de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de
tres en tres días, en el Diario Oficial de la Federación, se les hace saber que deberán presentarse dentro del
término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este Juzgado a
hacer valer su derecho y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, se
continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista.
Queda a su disposición en la Secretaría de este Órgano Jurisdiccional copia simple de la demanda de
amparo, escrito aclaratorio y auto admisorio.
Ciudad de México, veinte de abril de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Licenciado José Wilfrido Barroso López
Rúbrica.
(R.- 574455)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Tampico
EDICTO
M.E.B.A.
En cumplimiento al auto de dieciocho de febrero de dos mil veintiséis, dictado en el amparo indirecto
904/2021-II-5, promovido por GERARDO IBARRA FRANCO, quien por escrito presentado el doce de agosto
de dos mil veintiuno solicitó el amparo y la protección de la justicia federal contra actos del MAGISTRADO DE
LA SALA REGIONAL VICTORIA, HABILITADO POR PLENO DEL SUPREMO TRIBUAL DE JUSTICIA DEL
ESTADO TAMAULIPAS, CON FUNCIONES EN LA SALA REGIONAL CON SEDE EN ALTAMIRA, que hizo
consistir en: La resolución de treinta de junio de dos mil veintiuno, misma que resolvió el recurso de apelación
interpuesto por la Agente del Ministerio Público, contra la resolución de medida cautelar dictada en audiencia
el catorce de septiembre de dos mil vente en la Carpeta Procesal CP/10/2020 seguida en contra de Gerardo
Ibarra Franco, por el hecho señalado por la Ley como delito de Abuso Sexual; en auto de veintiséis de agosto
de dos mil veintiuno, se admitió a trámite la demanda de amparo. Por proveído de dieciocho de febrero de dos
mil veintiséis, SE SEÑALARON las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CUATRO MINUTOS DEL SIETE DE
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
MAYO DE DOS MIL VEINTISEIS, para la celebración de la audiencia constitucional. Se hace de su
conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito, quedará a su disposición, copia de la demanda
de amparo y auto admisorio; deberá presentarse al juicio dentro del término de treinta días, contados a partir
de la última publicación de los edictos, apercibido que, si no comparece, se continuará el juicio y por su
incomparecencia se le harán las posteriores notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista
que se publique en los estrados de este Órgano de Control Constitucional; fíjese en la puerta del juzgado
copia íntegra del edicto, durante todo el tiempo del emplazamiento.
Atentamente
Tampico, Tamaulipas, 18 de febrero de 2026.
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas
Lic. Advento Hernández Reyna
Rúbrica.
Secretaria
Lic. Ma. De Lourdes Reséndiz Balderas
Rúbrica.
(R.- 574205)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
EDICTO: EMPLAZAMIENTO DE LAS TERCERAS INTERESADAS
1)
American Textil, sociedad anónima de capital variable; y
2)
American Specialized Textiles, sociedad anónima de capital variable
En el juicio de amparo 2879/2025-V, promovido por Silvia Méndez y Méndez, por conducto de su
apoderada, contra el acto de la Junta Especial Número Diez de la Federal de Conciliación y Arbitraje,
consistente en la resolución incidental de sustitución patronal de uno de septiembre de dos mil
veinticinco, dictada en el expediente laboral 3501/2011, señalando como terceras interesadas a American
Textil, sociedad anónima de capital variable y American Specialized Textiles, sociedad anónima de capital
variable, y al desconocerse su domicilio, en esta fecha se ordenó el emplazamiento por edictos, que se
publicarán por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial de la Federación. Se les hace saber que
deben presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última
publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir
notificaciones, apercibidas que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las
de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Órgano
Jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio.
Ciudad de México a diecinueve de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Vrissa Vanessa Ramírez Corona
Rúbrica.
(R.- 574611)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México,
con sede en Toluca
EDICTO
En el juicio 194/2025, promovido por Paola Ayala Fuentes, se ordenó emplazar a juicio por edictos al
demandado Box Heade 1973, SA de CV, para que se apersone ante este tribunal, dentro del término de 38
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, sito en Av. Sor Juana
Inés de la Cruz 302 Sur, Col. Centro, C.P 50000, Toluca, Edo. Méx, apercibido que de no comparecer y no dar
contestación a la demanda, dentro del término, se tendrán por admitidas las peticiones del actor, salvo
aquellas que sean contrarias a la ley; perdido su derecho a ofrecer pruebas y formular reconvención; de no
señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la residencia de este tribunal o de no comparecer,
las subsecuentes notificaciones se harán por boletín. Queda a su disposición en el local de este tribunal, copia
cotejada de la demanda y anexos; autos de 14 y 21 de mayo, 10 noviembre de 2025 y 19 de marzo de 2026;
escritos de 20 de mayo y 05 de noviembre de 2025.
Atentamente
Toluca, Estado de México, 19 de marzo de 2026.
Secretario Instructor del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México,
con sede en Toluca
Licenciado Eduardo Xavier Hinojosa Ortiz
Rúbrica.
(R.- 574678)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
291
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México,
con sede en Toluca
EDICTO
En el juicio 253/2024, promovido por Gabriel Arturo Chávez Roa, se ordenó emplazar a juicio por edictos
al demandado Megacable Comunicaciones de México, SA de CV, para que se apersone ante este tribunal,
dentro del término de 38 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto,
en Av. Sor Juana Inés de la Cruz 302 Sur, Col. Centro, C.P 50000, Toluca, Edo. Méx, apercibido que de no
comparecer y no dar contestación a la demanda, dentro del término, se tendrán por admitidas las peticiones
del actor, salvo aquellas que sean contrarias a la ley; perdido su derecho a ofrecer pruebas y formular
reconvención; de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la residencia de este tribunal o
de no comparecer, las subsecuentes notificaciones se harán por boletín. Queda a su disposición en este
tribunal, copia cotejada de la demanda y anexos, autos de 6 y 19 de noviembre de 2024, 23 de enero de 2025
y 19 de marzo de 2026, escritos de 12 de noviembre de 2024 y 22 de enero de 2025.
Atentamente
Toluca, Estado de México, 19 de marzo de 2026.
Secretario Instructor del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México,
con sede en Toluca
Licenciado Eduardo Xavier Hinojosa Ortiz
Rúbrica.
(R.- 574692)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México,
con sede en Toluca
EDICTO
En el juicio 212/2025, promovido por Juan Carlos Díaz Guadarrama, se ordenó emplazar a juicio por
edictos al demandado Fibra 26, SA de CV, para que se apersone ante este tribunal, dentro del término de 38
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, sito en Av. Sor Juana
Inés de la Cruz 302 Sur, Col. Centro, C.P 50000, Toluca, Edo. Méx., apercibido que de no comparecer y no
dar contestación a la demanda, dentro del término, se tendrán por admitidas las peticiones del actor, salvo
aquellas que sean contrarias a la ley; perdido su derecho a ofrecer pruebas y a formular reconvención;
también que de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la residencia de este tribunal o
de no comparecer, las subsecuentes notificaciones se harán por boletín. Queda a su disposición en el local de
este tribunal, copia cotejada de los autos de 22 de mayo y 5 de junio de 2025, escrito de demanda y las
pruebas ofrecidas, escrito del desahogo de prevención, y del auto de 19 de marzo de 2026.
Atentamente
Toluca, Estado de México, 19 de marzo de 2026.
Secretario Instructor del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México,
con sede en Toluca
Licenciado Eduardo Xavier Hinojosa Ortiz
Rúbrica.
(R.- 574696)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
San Luis Potosí, S.L.P.
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de dieciocho de marzo de dos mil veintiséis, dictado en el
juicio de amparo número 291/2024, promovido por María Asunción Sosa Rojas, de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, se emplaza al tercero interesado Pedro Torres
Alcocer, por medio de edictos y se procede a hacer una relación suscrita de la demanda de amparo con que
se formó este juicio, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo: Que el presente juicio de amparo lo promueve María
Asunción Sosa Rojas, contra actos del Juez Cuarto del Ramo Civil del Supremo Tribunal de Justicia del
Estado de San Luis Potosí y el Actuario notificador del área de ejecuciones del Supremo Tribunal de Justicia
del Estado de San Luis Potosí, a quienes les reclama la falta de emplazamiento al juicio extraordinario civil
número 1107/2022 del índice del mencionado Juzgado Cuarto Civil, así como la orden de desocupación
inmediata y entrega material y jurídica del bien inmueble que afirma de su propiedad, ubicado en lote número
292
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
13 (trece) de la manzana 1 (uno) y casa marcada con el número 280 de la calle Mezcal del fraccionamiento
Hacienda de los Magueyes de esta ciudad de San Luis Potosí, lo cual fue ordenado mediante sentencia de
diez de noviembre de dos mil veintitrés, dictada dentro del mencionado expediente, así como la ejecución de
tal mandamiento; en consecuencia, hágasele saber por edictos al tercero interesado Pedro Torres Alcocer,
que deberá presentarse ante este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, dentro del
término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación en uno de los periódicos de
mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación; además queda a su disposición en la
Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo, y que, en caso de no comparecer, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán por medio de lista que se fije en
los estrados de este tribunal. Colóquese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del presente acuerdo por
todo el tiempo que dure el emplazamiento.
Lo transcribo a usted para su conocimiento y efectos legales conducentes.
San Luis Potosí, San Luis Potosí, a 18 de marzo del 2026.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí
Luis Manuel Pérez Salazar
Rúbrica.
(R.- 574470)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas,
con sede en Ciudad Victoria
Procedimiento Laboral 116/2025
EDICTO
PARA EMPLAZAR A Ductos y Vías Presas, Sociedad Anónima en los autos del conflicto individual de
seguridad social 116/2025 que se tramita ante este Tribunal; se demandó la nulidad de la resolución
de negativa de pensión, entre otras. Demanda que fue admitida a trámite por auto de uno de julio de dos mil
veinticinco, ordenándose la substanciación de ley. Ahora, a través del proveído de seis de agosto de dos
mil veinticinco se ordenó llamar al presente controvertido como tercero interesado a la persona moral de
referencia y ante la imposibilidad de emplazarla en el domicilio obtenido de la investigación del mismo, por
auto de trece de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a la aludida moral por medio de edictos que
se publicarán, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, por dos veces
con un lapso de tres días hábiles entre uno y otro, a fin de que dentro del término de quince días hábiles
acuda al local que ocupa este tribunal a manifestar lo que a su derecho convenga dentro del procedimiento
citado al rubro, acredite su personalidad y ofrezca las pruebas que a su interés corresponda de conformidad
con el numeral 780, en relación con el diverso 873-A, ambos de la Ley Obrera, con copias suficientes para las
partes, apercibida que de no hacer manifestación alguna dentro del plazo que le fue concedido, se entenderá
que no tiene interés jurídico en el asunto, se tendrá por perdido su derecho a ofrecer pruebas y quedará sujeta
al resultado del juicio, en términos de lo previsto por el artículo 873-D, de la Ley Federal del Trabajo.
Asimismo, con fundamento en el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo, se requiere al demandado para
que en su primer escrito que presente ante este Tribunal, señale domicilio para oír y recibir notificaciones
dentro del lugar de residencia del presente órgano jurisdiccional, apercibido que, de no hacerlo, las
notificaciones personales que les correspondan se harán por boletín; con la aclaración de que la notificación
realizada de esta forma (edicto) surte sus efectos a partir del día siguiente de la última publicación. Quedando
a disposición del citado demandado, en las oficinas que ocupa este Tribunal, sito en Venustiano Carranza
número 22, esquina con Carrera Torres número 601, colonia Centro, código postal 87000, en Ciudad Victoria,
Tamaulipas, las copias de traslado de la demanda y documentos anexos para su debida instrucción, así como
los demás proveídos y documentos precisados en el auto de uno de julio de dos mil veinticinco.
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
en el Estado de Tamaulipas, con sede en Ciudad Victoria
Silvia Galván Patlán
Rúbrica.
(R.- 574488)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
293
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS.
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO.
Tercera Interesada (emplazamiento): Norma Gabriela Talamas Merino.
Presente:
En los autos del juicio de amparo 1398/2025-V promovido por G. Gamboa y Rosas, Sociedad Civil, por
conducto de su directora general Margarita Macaria Rosas Hernández, y su acumulado 1399/2025-V,
Inmobiliaria Titán AGR, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderada Margarita
Macaria Rosas Hernández, ambos contra los actos que reclamaron del Juez Trigésimo Primero de lo
Familiar de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; en autos de once
de noviembre de dos mil veinticinco, se admitieron las demandas de amparo; en auto de dos de diciembre
de dos mil veinticinco, se ordenó la acumulación del expediente 1399/2025-V al 1398/2025-V, y no obstante la
investigación infructuosa del domicilio de la tercera interesada; en auto de veinticuatro de febrero de dos
mil veintiséis, se ordenó se le emplace por EDICTOS, haciéndole saber que deberá presentarse en el local
de este juzgado de distrito, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la
última publicación, y deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibida que
para el caso de no hacerlo le surtirán efectos por medio de la lista que se fije en los estrados de este juzgado.
Atentamente
Ciudad de México, a dos de marzo de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Licenciada Yuriko de los Santos Álvarez
Rúbrica.
(R.- 574310)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. -PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
TERCER TRIBUNAL LABORAL FEDERAL DE ASUNTOS INDIVIDUALES CON SEDE EN LA
CIUDAD DE MÉXICO, DIECISIETE DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
DEMANDADAS: Te Creemos Administración y Servicios, S.A. de C.V.
y Te Creemos Holding, S.A.P.I. de C.V.
En los autos del procedimiento ordinario laboral 531/2025, promovido por María Guadalupe Medina Reza,
por propio derecho, se ha ordenado en proveído de diecisiete de marzo de dos mil veintiséis, emplazarlas
a juicio por medio de edictos, los que se publicaran, por dos veces, con un lapso de tres días hábiles
entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, boletín judicial que se fije en los estrados de este
Tribunal y en el Portal Oficial de Internet que para tal efecto establezca el Poder Judicial de la Federación,
conforme lo dispuesto por el artículo 712 de la Ley Federal del Trabajo. Quedan a su disposición, en la
Actuaría de este Tribunal, copias cotejadas del escrito de demanda y anexos, acuerdo de veintinueve de
septiembre de dos mil veinticinco, auto de diecisiete de marzo de dos mil veintiséis; por otra parte, se le hace
saber que cuenta con el término de quince días hábiles, contados a partir de la última publicación de los
edictos de mérito para que, den contestación a la demanda, ofrezcan pruebas, objeten las de su contraria y,
en su caso, reconvengan. Apercibidas que, de no hacerlo en dicho término, se tendrán por admitidas las
peticiones de la parte actora, salvo aquellas que sean contrarias a lo dispuesto por la ley, así como por
perdido su derecho a ofrecer pruebas y, en su caso, a formular reconvención, asimismo, señalen domicilio
para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibida que de no hacerlo las notificaciones personales
se harán por boletín.
Juez de Distrito Especializado en Materia Laboral del Tercer Tribunal Laboral Federal
de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México
Carlos Ernesto Gamboa Guerrero
Rúbrica.
(R.- 574453)
294
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTOS.
A: Seguriac, S.A. de C.V.
En el lugar donde se encuentre.
En los autos del juicio de amparo 1522/2025, promovido por Teodoro Cruz Enríquez, contra actos de la
Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, se ordenó
emplazar a la moral tercero interesada Seguriac, S.A. de C.V., por edictos, para que comparezca ante este
Juzgado de Distrito ubicado en Boulevard del Lago, número 103, colonia Villas Deportivas, delegación Miguel
Hidalgo, Cuernavaca, 9, dentro de los treinta días, siguientes a la última publicación de los edictos, si a sus
intereses legales conviene, a efecto de entregarle copia de la demanda de amparo, ocurso aclaratorio y del
auto de admisión.
Por otra parte, se le apercibe que en caso de no hacerlo así y no señalar domicilio para oír notificaciones y
recibir documentos en esta ciudad, se le tendrá debidamente emplazada, se seguirá el juicio y las
subsecuentes notificaciones se le harán por lista que se fija en los estrados en este órgano jurisdiccional.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y de la
misma manera, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.
Cuernavaca, Morelos; doce de marzo de dos mil veintiséis.
Jueza Octavo de Distrito en el Estado de Morelos
M. en D. Beatriz Maldonado Hernández
Rúbrica.
Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Morelos
Lic Enrique Dueñas Pablos
Rúbrica.
(R.- 574462)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTOS.
A: José Luis Pluma Muñoz
En el lugar donde se encuentre.
En los autos del juicio de amparo 1522/2025, promovido por Teodoro Cruz Enríquez, contra actos de la
Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, se ordenó
emplazar al tercero interesado José Luis Pluma Muñoz, por edictos, para que comparezca ante este Juzgado
de Distrito ubicado en Boulevard del Lago, número 103, colonia Villas Deportivas, delegación Miguel Hidalgo,
Cuernavaca, 9, dentro de los treinta días, siguientes a la última publicación de los edictos, si a sus intereses
legales conviene, a efecto de entregarle copia de la demanda de amparo, ocurso aclaratorio y del auto de
admisión.
Por otra parte, se le apercibe que en caso de no hacerlo así y no señalar domicilio para oír notificaciones y
recibir documentos en esta ciudad, se le tendrá debidamente emplazada, se seguirá el juicio y las
subsecuentes notificaciones se le harán por lista que se fija en los estrados en este órgano jurisdiccional.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y de la
misma manera, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.
Cuernavaca, Morelos; doce de marzo de dos mil veintiséis.
Jueza Octavo de Distrito en el Estado de Morelos
M. en D. Beatriz Maldonado Hernández
Rúbrica.
Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Morelos
Lic Enrique Dueñas Pablos
Rúbrica.
(R.- 574464)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
295
Estados Unidos Mexicanos
Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
Tampico, Tamaulipas
EDICTO
Cosesa Construcciones y Servicios Integrales, S.A. de C.V.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted:
En los autos del Procedimiento Ordinario Laboral 144/2025-M1, en el que se reclama la indemnización por
despido injustificado y prestaciones conexas, promovido por Julio César Ruíz Ramírez, se le ha señalado
como demandado y, como se desconoce su domicilio actual, en acuerdo de diez de marzo de dos mil
veintiséis se ordenó emplazarlo por edictos que se publiquen por dos veces, con un lapso de tres días hábiles
entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación y periódico de mayor circulación en la República, es
decir, “El Excélsior”; además de su publicación en el sitio de internet del Poder Judicial de la Federación, en la
inteligencia que las publicaciones deberán realizarse en las fechas que a continuación se indican, la primera,
el trece de abril de dos mil veintiséis y la segunda, el diecisiete de abril de dos mil veintiséis, las cuales se
señalan con un tiempo de anticipación que se considera prudente para que pueda llevarse a cabo su
publicación, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de los treinta días hábiles siguientes a su
publicación, por conducto de apoderado, para la defensa de sus intereses, si así fuera su deseo en este
Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas, con sede en Tampico,
con domicilio en avenida Hidalgo, número 2303, colonia Smith, código postal 89140, Tampico, Tamaulipas, a
recoger la copia de traslado para comparecer a juicio si a sus intereses conviene, bajo el apercibimiento que
de no hacerlo se le tendrá por perdido el derecho que debió ejercer, asimismo deberá autorizar persona que lo
represente y señalar domicilio en esta ciudad, para recibir citas y notificaciones; apercibido que de no hacerlo,
se harán las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal a través del boletín judicial, quedando
a su disposición en la secretaría de este Tribunal las copias de traslado correspondientes.
Tampico, Tamaulipas, diez de marzo de dos mil veintiséis.
Secretario Instructor del Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas,
con sede en Tampico
Alex Guillermo Ríos Santiago
Rúbrica.
(R.- 574702)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado 2do. de Distrito
Pachuca, Hidalgo
EDICTO
En el juicio de amparo 1793/2025-3, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo,
promovido por Erendida Yaneth Navarrete Alfaro, por derecho propio, contra actos del Juez Penal de Control
del Distrito Judicial de Tula de Allende, Hidalgo y otras autoridades, se dictó acuerdo por el que se ordenó la
publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento de las partes terceras interesadas víctimas de
identidad reservada con iniciales L.F.C. y E.J.C.C., a quienes se hace de su conocimiento que ante este
Juzgado se encuentra radicado el juicio de derechos arriba indicado, en el que se reclama las órdenes de
aprehensión y/o citación y/o detención y/o presentación y/o comparecencia giradas contra la parte quejosa, y
su ejecución; por ello, se hace saber a las partes terceras interesadas víctimas de identidad reservada con
iniciales L.F.C. y E.J.C.C., que deberán presentarse ante este Juzgado Federal sito en Boulevard Luis
Donaldo Colosio número 1209, Reserva Aquiles Serdán, Fraccionamiento Colosio I, primera etapa, Edificio
“B”, 2º. Piso, Palacio de Justicia Federal, código postal 42084, Pachuca de Soto, Hidalgo, dentro del término
de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a deducir los derechos que les
correspondan, en el entendido que deberán identificarse con documento oficial, bajo apercibimiento que de no
señalar domicilio, se seguirá el presente juicio, haciéndose las ulteriores notificaciones por lista que se fijará
en este Juzgado; asimismo, se les comunica que en autos están programadas las diez horas con veinte
minutos del siete de abril de dos mil veintiséis., para la celebración de la audiencia constitucional.
Pachuca de Soto, Hidalgo, 27 de febrero de 2026.
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo
Sergio Daniel Martínez Badillo
Rúbrica.
(R.- 574721)
296
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS.
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL
EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
TERCERA INTERESADA (EMPLAZAMIENTO):
DOLORES NÁPOLES TÉLLEZ.
PRESENTE:
En los autos del juicio de amparo 1309/2025-I, promovido por José Dionisio Vega Rojas, contra actos del
Juez Décimo Sexto de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de
México, y otras autoridades, se hace del conocimiento que por auto de veinte de enero de dos mil
veintiséis, se admitió a trámite el mencionado juicio de amparo, en relación a los actos reclamados
consistente en todo lo actuado en el juicio ejecutivo mercantil 213/2006 del índice de Juzgado Décimo Sexto
de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, la sentencia definitiva
y su ejecución, particularmente diverso embargo trabado sobre un inmueble, actos que se encuentran
especificados en la demanda; asimismo, mediante diverso proveído de once de marzo de dos mil veintiséis,
se ordenó emplazar por EDICTOS, a la tercera interesada Dolores Nápoles Téllez, debiéndose publicar los
mismos por tres veces, de tres en tres días hábiles, lo anterior al haberse agotado los domicilios
proporcionados por el quejoso, las autoridades responsables y diversas dependencias requeridas, haciéndole
saber a la tercera interesada nombrada que deberá presentarse en el local de este juzgado de distrito, dentro
del término de treinta días, contados a partir del día siguiente hábil al de la última publicación, y dentro del
mismo término deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta Ciudad de México, apercibida
que de no hacerlo, las siguientes notificaciones, aún las de carácter personal, les surtirá efectos por medio de
lista que se fije en este juzgado, quedando a su disposición en este órgano jurisdiccional las copias
de traslado.
Ciudad de México, a veintisiete de marzo de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Manuel Antonio Herrera Ramírez
Rúbrica.
(R.- 574782)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS.
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO.
TERCERA INTERESADA (EMPLAZAMIENTO): CARTOGRAF, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE.
PRESENTE:
En los autos del juicio de amparo 1412/2025-I, promovido por Gerardo Funtanet Brunel apoderado de
Banco Internacional de Costa Rica, Sociedad Anónima, contra actos de la Dirección de Consignaciones
Civiles del Poder Judicial de la Ciudad de México, se hace del conocimiento que por auto de primero de
diciembre de dos mil veinticinco, se admitió dicho juicio de amparo en relación al acto reclamado
consistente en la resolución de trece de octubre de dos mil veinticinco, dictada en los autos de la diligencia
preliminar de consignación identificada con el número de folio 223001168 de la autoridad antes citada;
asimismo, mediante diverso proveído de cinco de marzo de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar por
EDICTOS a la tercera interesada Cartograf, Sociedad Anónima de Capital Variable, para ser publicados por
tres veces de tres en tres días, habiéndose agotado los domicilios proporcionados por la quejosa, la autoridad
responsable y diversas dependencias requeridas, haciéndoles saber que deberá presentarse en el local de
este juzgado de distrito, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente hábil al de la
última publicación, y dentro del mismo término deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta
Ciudad de México, apercibida que de no hacerlo, las siguientes notificaciones, aún las de carácter personal, le
surtirán efectos por medio de lista que se fije en este juzgado, quedando a su disposición las copias
de traslado.
Atentamente
Ciudad de México, a doce de marzo de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Licenciado Manuel Antonio Herrera Ramírez
Rúbrica.
(R.- 574786)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
297
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl
EDICTO
A: QUIEN CORRESPONDA
En cumplimiento al auto, de doce de febrero de dos mil veintiséis, dictado en la Declaratoria de Abandono
15/2026, con apoyo en los artículos 231, fracción III, y el diverso 82, fracción III, del Código Nacional de
Procedimientos Penales, toda vez que se desconoce la identidad del interesado, se hace del conocimiento
que en el presente asunto, se fijaron las quince horas con quince minutos del veintinueve de junio de dos mil
veintiséis, para la celebración de la audiencia de abandono de bienes, solicitada por el Agente del Ministerio
Público de la Federación respecto del bien asegurado vehículo marca Dodge tipo Pick Up, Niv
3B7HE2674PM121528, color vino, placas de circulación MDX6649; lo anterior para efecto de que
comparezca a dicha audiencia para hacer valer lo que en derecho proceda, conforme lo establece el numeral
231 antes aludido por el plazo de tres meses manifieste lo que a su derecho corresponda contados a partir de
su notificación; además en la misma temporalidad deberá acreditar la propiedad, en el entendido que de no
hacerlo causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Nezahualcóyotl, Estado de México, 12 de febrero de 2026.
Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl
Henry Méndez Urbina
Rúbrica.
(R.- 574806)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl
EDICTO
A quien corresponda:
En cumplimiento al auto, veintiséis de enero de dos mil veintiséis dictado en la Declaratoria de Abandono
1/2026 con apoyo en los artículos 231, fracción III, y el diverso 82, fracción III, del Código Nacional de
Procedimientos Penales, toda vez que se desconocen datos de localización del interesado, se hace del
conocimiento que en el presente asunto, se fijaron las trece horas con quince minutos del veintidós de junio de
dos mil veintiséis para la celebración de la audiencia de abandono de bienes, solicitada por el Agente del
Ministerio Público de la Federación respecto del Vehículo de la marca Ojeda Motors, color rojo con franjas de
color gris, placas de circulación 183-EV-9 del servicio federal, con Número de Identificación Vehicular
3A9FUEAG89H082039, de origen nacional, modelo 2009, con cabina marca Frightliner, con Número de
Identificación Vehicular 1FUYDDYB7YPB84002 de origen extranjero, modelo 2000; lo anterior para efecto de
que comparezca a dicha audiencia para hacer valer lo que en derecho proceda, conforme lo establece el
numeral 231 antes aludido por el plazo de tres meses manifieste lo que a su derecho corresponda contados a
partir de su notificación; además en la misma temporalidad deberá acreditar la propiedad, en el entendido que
de no hacerlo causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Ciudad de México a 26 de enero de 2026.
Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en Nezahualcóyotl
Henry Méndez Urbina
Rúbrica.
(R.- 574809)
298
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Juicio de Amparo Indirecto 971/2025
EDICTO.
Al margen del escudo nacional que se advierte en la parte superior izquierda de esta foja y en la Ciudad
de México, a los treinta días del mes de marzo de dos mil veintiséis; dentro de los autos del juicio de amparo
número 971/2025, promovido por ESTEBAN ORTÍZ SÁNCHEZ, en su carácter de albacea de la sucesión a
bienes de ÁNGEL JAIME ORTÍZ CASTILLO, contra actos de la PRIMERA SALA FAMILIAR DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, no se cuenta con el domicilio cierto y actual en donde
pudiera ser emplazada la moral tercera interesada denominada Capacitando Activos, Sociedad Anónima de
Capital Variable, por lo que se ha ordenado emplazarle por medio de edictos; ello, con fundamento en lo
previsto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de
Amparo, por lo que se le hace de su conocimiento que queda a su disposición, en la Actuaría de este Juzgado
Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, copia simple de la demanda respectiva; asimismo,
se le hace de su conocimiento que cuenta con un término de treinta días hábiles, que se computarán a partir
de la última publicación de los edictos de mérito, para que comparezca ante este órgano de control
constitucional ya sea de manera personal, o incluso, por escrito a hacer valer sus derechos si a su interés
conviene y se sirva señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México; apercibido de
que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de
lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional.
Atentamente
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Yamir Cruz Martínez
Rúbrica.
(R.- 574915)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León,
con sede en Monterrey
Juicio de Amparo 835/2025-III-A
“Abigail Montalvo García”
En los autos del juicio de amparo 835/2025-III-A, promovido por Nadia Melissa Reyes Coronado, contra
actos del Juez Tercero de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial en el Estado de Nuevo León, y en
virtud de que se le señaló a usted como tercera interesada, desconociéndose su domicilio actual, en
cumplimiento al acuerdo dictado el catorce de noviembre del dos mil veinticinco, se ha ordenado emplazarla a
juicio a usted por EDICTOS, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles en
el Diario Oficial de la Federación y así como en alguno de los periódicos de mayor circulación nacional, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria. Queda a disposición de la tercera interesada de
referencia, en la Actuaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo y escrito de ampliación de
demanda, en las que se reclama el embargo, remate y adjudicación del cincuenta por ciento del bien inmueble
consistente en lote de terreno número 15, manzana 95, del Fraccionamiento Las Lomas Sector Bosques,
Sexta Etapa, sección A, García, Nuevo León; y, el acuerdo de veintisiete de junio de dos mil veinticinco,
mediante el cual previno al demandado Arturo Flores Valladares y Nadia Melissa Reyes Coronado (quejosa),
para que en el término de tres días otorgaran de forma voluntaria la escritura del bien inmueble antes
mencionado, a favor de Daniel Azael Ramón Robledo; así como, la desocupación y entrega forzosa del citado
bien raíz, actos dictados dentro del expediente judicial 125/2009, relativo al juicio oral de alimentos promovido
por Abigail Montalvo García (tercera interesada) contra Arturo Flores Valladares, procedimiento en que la
quejosa aduce le reviste el carácter de tercera extraña, en virtud de no ser parte en el juicio de origen, y se
ostenta poseedora del cincuenta por ciento del inmueble citado; y auto admisorio, haciéndole saber que
cuenta con el término de treinta días hábiles contados a partir de la última publicación de los edictos, para que
ocurra ante este Juzgado Federal a hacer valer sus derechos, hágase del conocimiento que se encuentran
señaladas las diez horas con cuarenta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis, para la
audiencia constitucional.
Monterrey, Nuevo León, a diecinueve de marzo de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado
Lic. Orlando Quintanilla Rivera
Rúbrica.
(R.- 574932)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
299
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA
O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, POR TRES VECES
CONSECUTIVAS Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
E D I C T O
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE:
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 37/2025-I.
Se comunica a las personas afectadas que consideren tener derecho sobre el inmueble ubicado en:
“Estación de Servicio ubicada en el lado noroeste de la avenida Teófilo Borunda, sin número oficial a la vista,
entre calle Melchor Ocampo y calle Artículo #123, Colonia Centro, Ciudad de Chihuahua, con las coordenadas
geográficas 28.639320 y 106.083153”, lo siguiente:
Que en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en
la Ciudad de México, se radicó el expediente 37/2025-I, relativo al Juicio de Extinción de Dominio
promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia
de Extinción de Dominio, de la Fiscalía General de la República, respecto del inmueble referido en contra
de la moral Folvaz, Sociedad Anónima de Capital Variable, parte demandada.
Las personas que crean tener derechos sobre los bienes señalados, deberán presentarse ante este
Juzgado de Distrito, ubicado en el Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro,
Eduardo Molina, Número Dos, Acceso Dos, Nivel Uno, Colonia del Parque, C.P. 15960, Ciudad de
México, dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del último
edicto a acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de ratificación de aseguramiento
precautorio del citado bien inmueble.
Ciudad de México, a diez de marzo de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Lic. Christian Marcela Casado Monroy
Rúbrica.
(E.- 000932)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Hidalgo, con sede en Pachuca
EDICTO
Para emplazar a: Planificación en Construcción Jomear, sociedad anónima de capital variable.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted:
En los autos del procedimiento ordinario 373/2025-III, promovido por Israel Alonso Arreola, en el que
demanda ante este Tribunal diversas prestaciones de: Planificación en Construcción Jomear, sociedad
anónima de capital variable y otros; se le ha señalado como demandado y, como se desconoce su domicilio
actual, en acuerdo de dieciséis de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazarla por edictos que deberán
300
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
publicarse en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana y en el sitio de internet del Poder Judicial de la Federación, los cuales se realizarán por dos veces
en cada uno de los medios antes descritos, con un lapso de tres días hábiles entre uno y otro, a fin de que
dentro del término de sesenta días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 712, párrafos cuarto
y quinto, de la Ley Federal del Trabajo, acudan al local que ocupa este Tribunal a producir su contestación,
con la aclaración de que la notificación realizada de esta forma surte sus efectos a partir del día siguiente de
la última publicación. Quedando a su disposición, en las oficinas que ocupa este Segundo Tribunal Laboral
Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Hidalgo, con sede en Pachuca, con domicilio en Boulevard
Luis Donaldo Colosio, número 4604, Segundo Piso, Fracción I, Fraccionamiento del Palmar, Pachuca de Soto,
Hidalgo, a recoger las copias de traslado para comparecer a juicio si a sus intereses conviene, autorizar
persona que la represente y señalar domicilio en esta ciudad (Pachuca de Soto, Hidalgo), para recibir
notificaciones; apercibidas que de no hacerlo, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo
aquellas que sean contrarias a lo dispuesto por la ley, así como perdido su derecho a ofrecer pruebas y en su
caso a formular reconvención. Finalmente, se le previene para que señale domicilio para oír y recibir
notificaciones, dentro de la residencia de este Tribunal, pues de no hacerlo así, las posteriores notificaciones
se realizarán por boletín.
Pachuca de Soto, Hidalgo, dieciséis de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria Instructora adscrita al Segundo Tribunal Laboral Federal de
Asuntos Individuales en el Estado de Hidalgo, con sede en Pachuca
Yomali Nathali Vázquez Fuentes
Rúbrica.
(R.- 574694)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado 2do. de Distrito
Pachuca, Hidalgo
EDICTO
En el juicio de amparo 2019/2025-2, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de
Hidalgo, promovido por Reydesel Endir Vélez Flores, defensor particular del quejoso Axel Bañuelos Serrano,
contra actos que reclama de la Jueza de Control del Distrito Judicial de Pachuca de Soto, Estado de
Hidalgo, perteneciente al Primer Circuito Judicial en el Estado, se dictó acuerdo por el que se ordenó la
publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento de José Luis Rodríguez Padilla, a quien se hace de
su conocimiento que ante este Juzgado se encuentra radicado el juicio de derechos arriba indicado, en el que
se reclama el auto de nueve de septiembre de dos mil veinticinco mediante el cual se desechó de plano
la solicitud de revisión de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta en la causa penal
1450/2025, del índice de la responsable, por ello, se le hace saber que deberá presentarse ante este
Juzgado Federal sito en Boulevard Luis Donaldo Colosio número 1209, Reserva Aquiles Serdán,
Fraccionamiento Colosio I, primera etapa, Edificio “B”, 2º. Piso, Palacio de Justicia Federal, código postal
42084, Pachuca de Soto, Hidalgo, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de
la última publicación a deducir los derechos que a su representación correspondan, en el entendido que
deberá identificarse con alguno de los siguientes documentos: Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla del
Servicio Militar Nacional, Cédula Profesional, Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por
el gobierno federal, estatal, municipal o de la Ciudad de México que tenga impresa la Clave Única de Registro
de Población, Certificado de Matricula Consular, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, Licencia
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
301
de conducir vigente, permiso para conducir vigente en el caso de menores de edad; Credencial del Instituto
Nacional de las Personas Adultas Mayores; y tratándose de extranjeros el documento migratorio vigente que
corresponda, bajo apercibimiento que de no señalar domicilio, se seguirá el presente juicio, haciéndose las
ulteriores notificaciones por lista que se fijará en este Juzgado; asimismo, se le comunica que en autos están
programadas las diez horas con dos minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiséis, para la
celebración de la audiencia constitucional.
Pachuca de Soto, Hidalgo, 16 de febrero de 2026.
Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Guadalupe Soledad Martínez Vega
Rúbrica.
(R.- 574725)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA
O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, POR TRES VECES
CONSECUTIVAS; Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
E D I C T O
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 5/2026-V.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el numerario asegurado consistente en:
$1,759,000.00 (un millón setecientos cincuenta y nueve mil pesos 00/100 moneda nacional).
Que en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede
en la Ciudad de México, se radicó el expediente 5/2026-V, relativo al Juicio de Extinción de Dominio
promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en
Materia de Extinción de Dominio, respecto de dicho numerario, en contra de la parte demandada ¹Jesús
Mancilla Catete y ²Catete Company, Sociedad Anónima de Capital Variable.
Las personas que crean tener derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este Juzgado de
Distrito, ubicado en el Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina,
Número Dos, Acceso Dos, Nivel Uno, Colonia del Parque, C.P. 15960, Ciudad de México, dentro del
término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a acreditar
su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar del aseguramiento del numerario materia
de extinción.
Expedido en la Ciudad de México, a veintitrés de marzo de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Maribel Castañeda Pérez
Rúbrica.
(E.- 000933)
302
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, calle Eduardo Molina No. 2,
acceso 2, piso 1, Col. Del Parque, Ciudad de México, C.P. 15960
EDICTO
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS
A CUALQUIER PERSONA AFECTADA QUE CONSIDERE TENER UN DERECHO SOBRE
LOS BIENES PATRIMONIALES OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que: en los autos del juicio de extinción de
dominio 1/2026-I, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con
Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con sede en la Ciudad de México, promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación
adscritos a la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio de la Unidad para la implementación
del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Fiscalía General de la República, y, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 86, 88 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en razón de los efectos universales del presente juicio, por
acuerdo de quince de enero de dos mil veintiséis, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos,
que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación o Gaceta o
Periódico Oficial del Gobierno del Estado y por Internet, en la página de la Fiscalía, así como en los estrados
de este juzgado, durante el tiempo que dure el emplazamiento; lo anterior, a fin de hacer accesible el
conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el bien
mueble y numerarios en efectivo materia de la acción de extinción de dominio, identificados como:
1. Numerario en moneda nacional, consistente en la cantidad de $6'513,550.00 (seis millones quinientos
trece mil quinientos cincuenta pesos 00/100 moneda nacional), propiedad de Aldo Mateo Jiménez Santiago y
Evelio Ramírez Ignacio.
2. Numerario en moneda extranjera, consistente en la cantidad de USD $49,405.00 (cuarenta y nueve
mil cuatrocientos cinco dólares americanos 00/100), propiedad de Aldo Mateo Jiménez Santiago y Evelio
Ramírez Ignacio.
3. Vehículo tipo camioneta marca Nissan, modelo 2018, tipo pick up Frontier NP 300, color gris, con
número de serie 3N6CD33B7JK843586, con placas de circulación XG5613A del Estado de Veracruz,
propiedad de persona incierta.
Los cuales se encuentran asegurados con motivo de la acción referida, de manera inicial dentro de la
carpeta de investigación FED/VER/COSPAN/0001004/2022; respecto del cual se reclama la pérdida de
derechos sin contraprestación ni compensación para su dueño, propietario o poseedor, y para quien se
ostente como tal, y la aplicación del bien descrito a favor del Estado por conducto del Gobierno Federal; lo
anterior, bajo el argumento de que fueron obtenidos a través de los hechos ilícitos contemplados en el artículo
400 Bis, fracción I del Código Penal Federal.
Por lo que, deberá presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES,
contados a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar
contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y oponer las excepciones y defensas que
tuviere; apercibida que de no hacerlo, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, por lo que las
copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo,
deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, con independencia que todas las
demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista.
Atentamente
Ciudad de México, quince de enero de dos mil veintiséis.
Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Juez Oziel Rosas Guarneros
Rúbrica.
(E.- 000937)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
303
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA
O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR TRES VECES
CONSECUTIVAS; Y, EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
E D I C T O
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 3/2026-III.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el numerario: $645,500.00 (seiscientos cuarenta
y cinco mil quinientos pesos 00/100 M.N.), lo siguiente:
Que en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en
la Ciudad de México, se radico el expediente 3/2026-III, relativo al juicio de extinción de dominio
promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en
Materia de Extinción de Dominio, de la Fiscalía General de la República, respecto a dicho numerario en
contra de la parte demandada Alfredo Baca García y Rocío Castillo Rangel.
Las personas que crean con Derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este Juzgado de
Distrito, ubicado en el Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina,
Número Dos, Acceso Dos, Nivel Uno, Colonia del Parque, C.P. 15960, Ciudad de México, dentro del
Término de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del ultimo edicto a
acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de ratificación de aseguramiento
precautorio del numerario afecto.
Expedido en la Ciudad de México, el trece de marzo de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Lic. Consuelo Arlett Aja Dávila
Rúbrica.
(E.- 000934)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A Robert Silverio Mamani Encalada y María Katia Berrocal Yallico (en su calidad de personas afectadas en
la medida cautelar previa a juicio de extinción de dominio 31/2025) y a cualquier persona que considere tener
interés jurídico consistente en la pérdida a favor del estado, de los derechos de propiedad del numerario
consistente en la cantidad de USD $60,000.00 (sesenta mil dólares americanos).
En auto de diecinueve de septiembre de dos mil veinticinco, se dictó como procedente la medida cautelar
previa a juicio dictado en el juicio de extinción de dominio 31/2025, medida promovida por los agentes del
Ministerio Público de la Federación, adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio de la
Fiscalía General de la República.
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
De conformidad con lo establecido en los numerales 86 y 88 fracción II de la Ley Nacional de Extinción de
Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de notificar de la medida cautelar previa a juicio a las
personas afectadas Robert Silverio Mamani Encalada y María Katia Berrocal Yallico, así como cualquier
persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de los derechos de
propiedad y/o posesión respecto del numerario en moneda extranjera consistente en la cantidad de USD
$60,000.00 (sesenta mil dólares americanos), del cual se presume que su origen no es de legítima
procedencia, ya que se encuentra vinculado con el hecho ilícito de operaciones con recursos de procedencia
ilícita, previsto en el numeral 400 Bis, fracción I del Código Penal Federal, el cual se encuentra asegurado por
el fiscal Federal investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Hágase saber a las personas afectadas así como a cualquier persona que considere tener interés jurídico
que de tener su domicilio en la Ciudad de México, podrán acudir a las oficinas del instituto federal de
defensoría pública ubicadas en esta ciudad y de tener su residencia en otra entidad federativa, podrán
consultar la siguiente página electrónica:
https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.htm
De la que se desprende el directorio de delegaciones del instituto, además el número telefónico
800-22-42-426 del servicio DEFENSATEL, para solicitar el servicio de personal especializado, en la modalidad
que se estimen pertinente.
Atento a lo anterior, deberán comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 11, nivel plaza, del edificio sede San
Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza,
código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya
surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga.
Ciudad de México
11 de diciembre de 2025.
Secretario adscrito al Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Teo Eleacer Martínez Herrera
Rúbrica.
(E.- 000935)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA
PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE $717,310.00 (SETECIENTOS
DIECISIETE MIL TRESCIENTOS DIEZ PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) Y $57,300.00 (CINCUENTA Y
SIETE MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), RELACIONADOS CON LA CARPETA
DE INVESTIGACIÓN FED/FEMDO/UEIDMS-TAMP/0000396/2025.
En auto de 04 de marzo de 2026, dictado en el juicio de extinción de dominio 6/2026-I, se admitió a
trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía
General de la República contra Jesús Alejandro Preciado Espinoza y Santos Rueda Zapata, en su calidad de
demandados; de conformidad con el artículo 86 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó
publicar el presente edicto a efecto de que comparezca a juicio, cualquier persona que considere tener interés
jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto de
los numerarios consistentes en la cantidad de $717,310.00 (setecientos diecisiete mil trescientos diez pesos
00/100 moneda nacional) y $57,300.00 (cincuenta y siete mil trescientos pesos 00/100 moneda nacional), del
cual se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentran vinculados con el hecho
ilícito de operaciones con recursos de procedencia ilícita y contra la salud, previsto en los numerales 195
y 400 Bis, fracción I, del Código Penal Federal, los cuales se encuentran asegurados por el Fiscal Federal
Investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 3, planta baja, del edificio sede San
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza,
código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya
surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga.
Ciudad de México
04 de marzo de 2026.
Secretario adscrito al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Miguel Ángel Alfaro Rodríguez
Rúbrica.
(E.- 000936)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl
EDICTO
A quien corresponda:
En cumplimiento al auto, veintinueve de enero de dos mil veintiséis dictado en la Declaratoria de
Abandono 18/2026 con apoyo en los artículos 231, fracción III, y el diverso 82, fracción III, del Código
Nacional de Procedimientos Penales, toda vez que se desconocen datos de localización del interesado, se
hace del conocimiento que en el presente asunto, se fijaron las trece horas con quince minutos del doce de
agosto de dos mil veintiséis para la celebración de la audiencia de abandono de bienes, solicitada por el
Agente del Ministerio Público de la Federación respecto del vehículo marca Pontiac, modelo Grand prix
versión gt color blanco, placas de circulación XMW-308 del Estado de Kansas, con numero de identificación
vehicular 1G2WP52K0F35495, origen extranjero Y año modelo 1999; lo anterior para efecto de que
comparezca a dicha audiencia para hacer valer lo que en derecho proceda, conforme lo establece el numeral
231 antes aludido por el plazo de tres meses manifieste lo que a su derecho corresponda contados a partir de
su notificación; además en la misma temporalidad deberá acreditar la propiedad, en el entendido que de no
hacerlo causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Ciudad de México a 29 de enero de 2026.
Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en Nezahualcóyotl
Henry Méndez Urbina
Rúbrica.
(R.- 574808)
AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Primera Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación
Expediente: 1948/22-EAR-01-2
Actor: Promociones Turísticas AV, S.A.P.I. de C.V.
“EDICTO”
JAVIER DEL JESÚS DAJER MIGUEL
En los autos del juicio contencioso administrativo número 1948/22-EAR-01-2, promovido por Elizabeth de
Jesús Guzmán Zepeda, en representación legal de PROMOCIONES TURÍSTICAS AV, S.A.P.I. DE C.V.,
demandó la nulidad de la resolución contenida en el oficio 37/2021 de tres de febrero de dos mil veintidós,
dictada dentro del expediente XV/2021/37, por la Titular de la Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos
de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por medio del cual vía recurso de revisión
306
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
confirmó la resolución contenida en el oficio SEMARNAT-BCS.02.01.IA.452/20 de doce de noviembre de dos
mil veinte, dictada por la Encargada del Despacho de la Delegación Federal en el Estado de Baja California
Sur de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la cual autoriza de manera
condicionada el proyecto denominado “ARRECIFES REEF BALL EN LA PAZ, B.C.S., MÉXICO”, siendo
autorizado únicamente el polígono del arrecife “Puerta Cortés”; por otro lado, se ordenó emplazar al
TERCERO INTERESADO, JAVIER DEL JESÚS DAJER MIGUEL al juicio antes citado, por medio de edictos,
con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo, y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, para lo cual, se
le hace saber que tiene un plazo de treinta días contados a partir del día hábil siguiente de la última
publicación del Edicto ordenado, para que comparezca a defender sus intereses, en su carácter de tercero
interesado dentro del juicio tramitado ante esta Primera Sala Especializada en Materia Ambiental y de
Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ubicada en Avenida México 710, piso 3, Colonia
San Jerónimo Lídice, Magdalena Contreras, Ciudad de México, Código Postal 10200, apercibida de que en
caso contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional, como lo establece el
artículo 315 en cita, en relación con el 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;
en el entendido que quedan a su disposición en el lugar que ocupa esta Sala, las copias de la demanda
y anexos.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de
los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora.
Ciudad de México, a dieciocho de febrero de dos mil veintiséis.
La Magistrada Instructora de la Segunda Ponencia de la Primera Sala Especializada
en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Lic. Amalia Tecona Silva
Rúbrica.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Julio Linares Rangel
Rúbrica.
(R.- 574580)
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Asamblea General
Sesión Ordinaria número 141
CONVOCATORIA A LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 141
Con fundamento en los artículos 9 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores y 67, fracción I, de las Reglas de Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, se convoca a la Centésima Cuadragésima Primera
Sesión Ordinaria de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, la cual se celebrará el día 27 de abril de 2026, a las 11:00 horas, en el Auditorio del Edificio
Sede del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con domicilio en Avenida
Barranca del Muerto 280, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01020, en la
Ciudad de México, con el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1.
Toma de conocimiento de la Integración de la Asamblea General, con fundamento en el artículo 7,
último párrafo, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
2.
Aprobación del Acta correspondiente a la Sesión Extraordinaria número 140, celebrada el día 13 de
febrero de 2026, con fundamento en el artículo 75, fracción IV, de las Reglas de Operación de los Órganos y
Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
3.
Aprobación de remociones, así como designaciones y nombramientos de las y los integrantes de los
Órganos Colegiados, con fundamento en los artículos 12, 13, 17, 25 y 25 Bis, de la Ley del Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el artículo 34, fracción III, inciso a), de las Reglas de
Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores.
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
307
4.
Aprobación de las modificaciones al Código de Ética elaboradas por la Administración, en
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10, fracción IX, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores y al artículo 34, fracción III, inciso c), subfracción iii, de las Reglas de
Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para
los Trabajadores.
5.
Aprobación de Dictámenes emitidos por el Auditor Externo y aprobados por el Consejo de
Administración, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10, fracción II, de la Ley del Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el artículo 34, fracción I, incisos a) y b), de las Reglas
de Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores:
5.1 Estados Financieros Consolidados Dictaminados al 31 de diciembre de 2025, del Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
5.2 Estado Financiero Dictaminado al 31 de diciembre de 2025, del Fideicomiso 80715 Fondo de Apoyo
a las Necesidades de Vivienda de los Trabajadores (FANVIT).
5.3 Estado del Ejercicio Presupuestal de los Gastos de Administración, Operación y Vigilancia (GAOV)
al 31 de diciembre de 2025, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
5.4 Estado del Ejercicio Presupuestal de Inversiones Propias al 31 de diciembre de 2025, del Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
5.5 Informe sobre la situación financiera de los activos y pasivos, que contiene una evaluación respecto a
la suficiencia de los flujos correspondientes para cubrir la operación del Instituto.
6.
Aprobación del Dictamen de la Comisión de Vigilancia sobre el informe que le remite el Comité de
Auditoría, con relación a la situación que guarda el Sistema de Control Interno del Instituto, en cumplimiento al
artículo 10, fracción XII, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el
artículo 34, fracción I, inciso c), de las Reglas de Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del Instituto
del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
7.
Aprobación del Informe anual de la Comisión de Vigilancia sobre el funcionamiento de los Órganos
del Instituto, en cumplimiento al artículo 34, fracción I, inciso d), de las Reglas de Operación de los Órganos y
Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
8.
Aprobación del Informe Anual de Actividades del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, correspondiente al ejercicio 2025, en cumplimiento al artículo 34, fracción I, inciso e), de las
Reglas de Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para
los Trabajadores.
9.
Toma de conocimiento del Informe sobre el seguimiento a las Recomendaciones emitidas por la
Asamblea General, en cumplimiento al artículo 34, fracción III, inciso h), de las Reglas de Operación de los
Órganos y Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
10. Toma de conocimiento de otros dictámenes emitidos por el Auditor Externo, correspondientes
al ejercicio 2025:
10.1 Estado Financiero del Fideicomiso Numero 80715 Fondo de Apoyo a las Necesidades de Vivienda de
los Trabajadores (FANVIT) al 31 de diciembre de 2025.
11. Aprobación del Documento adicional al Acta que contiene las Resoluciones y Declaraciones emitidas
por esta Asamblea General en su Sesión Ordinaria número 141, con fundamento en el artículo 77, párrafo
segundo, de las Reglas de Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional
de la Vivienda para los Trabajadores.
Atentamente
Ciudad de México, a 17 de abril de 2026.
Director General
Ing. Octavio Romero Oropeza
Rúbrica.
Secretario General
Marcos M. Herrería Alamina
Rúbrica.
(R.- 574925)
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DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Órgano Interno de Control en la Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
Área de Responsabilidades
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En virtud de que se desconoce el domicilio actual, por este medio se practica la notificación por la cual se
emplaza a la empresa TELECONSTRUCCIONES MARVER, S. DE R.L. DE C.V., esta Área de
Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, en cumplimiento a los proveídos de 29 de octubre de 2025, en los que se ordenó notificar a la
citada empresa, los procedimientos administrativos de sanción por edictos por tres días consecutivos en el
Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, informa que los
oficios originales de notificación se encuentran disponibles en esta área ubicada en Boulevard Adolfo López
Mateos, número 1990, piso 8, colonia Tlacopac, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01049 de la Ciudad de México,
de los cuales, respectivamente, en su parte medular indican:
INFRACCIONES QUE SE IMPUTAN
Presunto incumplimiento a los plazos de ejecución pactados en los contratos 2021-A-L-NAC-A-C-47-AYL-
00004093, 2021-O-L-NAC-A-A-47-AYL-00002938, 2021-O-L-NAC-A-A-47-AYL-00003736 y 2021-O-L-NAC-A-
A-47-AYL-00003709, celebrados con el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, y los
Convenios Modificatorios SPR-CONV-056-2021, SPR-CONV-067-2021, SPR-CONV-065-2021 y SPR-CONV-
068-2021, sin causa justificada para ello, con lo que causó al Erario Público daños por concepto de anticipo
pendientes de amortizar por $1,046,112.84 antes del I.V.A., $3,535,947.04 con I.V.A., $2,844,047.63 con
I.V.A., y $2,641,141.59 con I.V.A., respectivamente, y perjuicios por $348,680.75 antes del I.V.A.,
$1,297,318.11 con I.V.A., $1,072,859.69 con I.V.A., y $991,818.69 con I.V.A., por penas convencionales,
respectivamente, con lo cual presuntamente incurrió en los supuestos de infracción establecidos en los
artículos 59, primer párrafo y 60, fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, vigente en el tiempo de los hechos y 77 y 78, fracción III de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas, vigente en el tiempo de los hechos.
Oficios:
SABG/420/OICSICT/AR/067/2026,
SABG/420/OICSICT/AR/068/2026,
SABG/420/OICSICT/AR/069/2026 y SABG/420/OICSICT/AR/070/2026.
Expedientes:
SAN/0003/2025-SPR,
SAN/0004/2025-SPR,
SAN/0005/2025-SPR
y SAN/0006/2025-SPR.
Autoridad Emisora:
Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
GARANTÍA DE AUDIENCIA Y PLAZO PARA SU DESAHOGO
En tal virtud, se comunica a TELECONSTRUCCIONES MARVER, S. DE R.L. DE C.V., que cuenta con un
plazo de quince días hábiles, a partir de que surta efectos la notificación para que manifieste lo que a su
derecho convenga y ofrezca las pruebas para desvirtuar las infracciones que se le atribuyen, en cada uno de
los expedientes citados, apercibida que, de no hacerlo precluirá su derecho, asimismo para que señale
domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México y de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de
carácter personal, se le practicarán por rotulón.
Lo anterior con fundamento en los artículos 2, apartado B, fracción I, inciso c), 69, fracción III, 72, fracción
V y 75, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; 59, 60, fracción
III y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, vigente en la fecha de los
hechos, en relación con los Transitorios Sexto y Séptimo de la Ley vigente; 77, 78, fracción III y 79 de la Ley
de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, vigente en la fecha de los hechos, en relación
con los Transitorios Octavo y Noveno del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 35, fracción III, 37, 72 y
79 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, fracción XIV del Acuerdo por el que se determina la
organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades; y 14,
fracción III, inciso c) del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la Tramitación del Procedimiento
de Sanción por Infracciones a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; la Ley
de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y la Ley de Asociaciones Público privadas.
En la Ciudad de México a 13 de abril de 2026.
Titular del Área de Responsabilidades
Lic. Irma Flores Cedillo
Rúbrica.
(R.- 574938)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
309
Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S.A.B. de C.V.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 10.4 de la Modificación a los Títulos
de Concesión para las concesionarias Aeropuerto de Acapulco, S.A. de C.V., Aeropuerto de Cd. Juárez, S.A.
de C.V., Aeropuerto de Chihuahua, S.A. de C.V., Aeropuerto de Culiacán, S.A. de C.V., Aeropuerto de
Durango, S.A. de C.V., Aeropuerto de Mazatlán, S.A. de C.V., Aeropuerto de Monterrey, S.A. de C.V.,
Aeropuerto de Reynosa, S.A. de C.V., Aeropuerto de San Luis Potosí, S.A. de C.V., Aeropuerto de Tampico,
S.A. de C.V., Aeropuerto de Torreón, S.A. de C.V., Aeropuerto de Zacatecas, S.A. de C.V. y Aeropuerto de
Zihuatanejo, S.A. de C.V. todas1ellas empresas subsidiarias del Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S.A.B
de C.V. a continuación se publican los estados financieros auditados al 31 de diciembre de 2025 y 2024.
Aeropuerto de Acapulco, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 67,709
$ 1,645
Clientes – neto
53,759
44,282
Impuestos por recuperar
10,655
837
Otros activos circulantes
25,886
19,395
Total activo circulante
158,009
66,159
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
1,311,813
1,297,540
Otros activos no circulantes
99,076
240,390
Total activo
$ 1,568,898
$ 1,604,089
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 87,889
$ 223,288
Otros pasivos de largo plazo
134,887
87,312
Total pasivo
222,776
310,600
Total capital contable
1,346,122
1,293,489
Total pasivo y capital contable
$ 1,568,898
$ 1,604,089
Aeropuerto de Acapulco, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 357,319
$ 274,171
Costo de servicios
277,566
197,685
Gastos de administración
12,163
14,175
Utilidad de operación
67,590
62,311
Gasto financiero, neto
(9,416)
(14,323)
Resultado antes de impuestos a la utilidad
58,174
47,988
(Gasto) beneficio por impuestos a la utilidad
(4,823)
612
Resultado neto
$ 53,351
$ 48,600
Aeropuerto de Cd. Juárez, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de posición financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 281,628
$ 10,280
Clientes – neto
121,232
135,833
Impuestos por recuperar
164,981
129,508
Otros activos circulantes
161,539
145,631
Total activo circulante
729,380
421,252
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
1,580,321
1,493,955
Otros activos no circulantes
51,577
66,939
Total activo
$ 2,361,278
$ 1,982,146
310
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 1,135,463
$ 965,663
Otros pasivos de largo plazo
120,079
211,236
Total pasivo
1,255,542
1,176,899
Total capital contable
1,105,736
805,247
Total pasivo y capital contable
$ 2,361,278
$ 1,982,146
Aeropuerto de Cd. Juárez, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 959,827
$ 1,078,725
Costo de servicios
713,050
852,564
Gastos de administración
20,959
17,305
Utilidad de operación
225,818
208,856
Gasto financiero, neto
(19,320)
(22,373)
Resultado antes de impuestos a la utilidad
206,498
186,483
Impuestos a la utilidad
45,282
31,745
Resultado neto
$ 161,216
$ 154,738
Aeropuerto de Culiacán, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 138,001
$ 10,922
Clientes – neto
155,397
153,574
Impuestos por recuperar
7,411
-
Otros activos circulantes
196,594
148,346
Total activo circulante
497,403
312,842
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
1,583,755
1,534,881
Otros activos no circulantes
86,947
80,277
Total activo
$ 2,168,105
1,928,000
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 927,939
$ 821,782
Otros pasivos de largo plazo
118,941
137,037
Total pasivo
1,046,880
958,819
Total capital contable
1,121,225
969,181
Total pasivo y capital contable
$ 2,168,105
$ 1,928,000
Aeropuerto de Culiacán, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 972,657
$ 1,214,729
Costo de servicios
746,058
957,720
Gastos de administración
19,456
17,735
Utilidad de operación
207,143
239,274
(Gasto) ingreso financiero, neto
(9,367)
10,161
Resultado antes de impuestos a la utilidad
197,776
249,435
Impuestos a la utilidad
55,794
74,944
Resultado neto
$ 141,982
$ 174,491
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
311
Aeropuerto de Chihuahua, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 142,086
$ 73,097
Clientes – neto
137,894
111,075
Otros activos circulantes
103,620
54,043
Total activo circulante
383,600
238,215
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
1,276,037
1,185,637
Otros activos no circulantes
99,367
108,894
Total activo
$ 1,759,004
$ 1,532,746
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 663,959
$ 463,100
Otros pasivos de largo plazo
204,517
182,306
Total pasivo
868,476
645,406
Total capital contable
890,528
887,340
Total pasivo y capital contable
$ 1,759,004
$ 1,532,746
Aeropuerto de Chihuahua, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 960,024
$ 997,070
Costo de servicios
689,336
772,789
Gastos de administración
25,864
22,103
Utilidad de operación
244,824
202,178
(Gasto) ingreso financiero, neto
(12, 383)
4,018
Resultado antes de impuestos a la utilidad
232,441
206,196
Impuestos a la utilidad
64,456
55,994
Resultado neto
$ 167,985
$ 150,202
Aeropuerto de Durango, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 41,985
$ 8,420
Clientes – neto
32,711
29,060
Impuestos por recuperar
-
5,844
Otros activos circulantes
7,823
14,673
Total activo circulante
82,519
67,997
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
537,363
527,770
Otros activos no circulantes
36,041
21,005
Total activo
$655,923
$ 606,772
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 101,670
$ 134,388
Otros pasivos de largo plazo
164,451
101,173
Total pasivo
266,121
235,561
Total capital contable
389,802
371,211
Total pasivo y capital contable
$ 655,923
$ 606,772
312
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Aeropuerto de Durango, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 281,350
$ 287,268
Costo de servicios
207,366
211,515
Gastos de administración
15,920
13,423
Utilidad de operación
58,064
62,330
Gasto financiero, neto
(11,026)
(4,010)
Resultado antes de impuestos a la utilidad
47,038
58,320
Impuestos a la utilidad
14,670
17,289
Resultado neto
$ 32,368
$ 41,031
Aeropuerto de Monterrey, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 1,265,233
$ 361,281
Clientes – neto
1,071,208
997,235
Impuestos por recuperar
19,583
84,332
Otros activos circulantes
1,075,950
446,013
Total activo circulante
3,431,974
1,888,861
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
9,302,564
8,008,814
Otros activos no circulantes
1,857,315
1,801,350
Total activo
$14,591,853
$ 11,699,025
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 5,331,061
$ 3,660,908
Otros pasivos de largo plazo
636,762
611,435
Total pasivo
5,967,823
4,272,343
Total capital contable
8,624,030
7,426,682
Total pasivo y capital contable
$ 14,591,853
$ 11,699,025
Aeropuerto de Monterrey, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 7,855,901
$ 6,850,633
Costo de servicios
6,075,089
5,273,385
Gastos de administración
89,890
74,274
Utilidad de operación
1,690,922
1,502,974
Ingreso financiero, neto
41,478
44,936
Resultado antes de impuestos a la utilidad
1,732,400
1,547,910
Impuestos a la utilidad
500,145
444,063
Resultado neto
$ 1,232,255
$ 1,103,847
Aeropuerto de Mazatlán, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 123,907
$ 111,337
Clientes – neto
104,051
94,430
Impuestos por recuperar
4,952
-
Otros activos circulantes
514,367
500,964
Total activo circulante
747,277
706,731
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
894,885
859,335
Otros activos no circulantes
99,739
53,226
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
313
Total activo
$1,741,901
$1,619,292
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 170,798
$ 79,696
Otros pasivos de largo plazo
255,327
184,001
Total pasivo
426,125
263,697
Total capital contable
1,315,776
1,355,595
Total pasivo y capital contable
$1,741,901
$1,619,292
Aeropuerto de Mazatlán, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 844,845
$ 889,434
Costo de servicios
644,401
653,316
Gastos de administración
20,016
17,631
Utilidad de operación
180,428
218,487
Ingreso financiero, neto
47,367
69,373
Resultado antes de impuestos a la utilidad
227,795
287,860
Impuestos a la utilidad
58,488
75,092
Resultado neto
$ 169,307
$ 212,768
Aeropuerto de Reynosa, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 44,258
$ 3,522
Clientes – neto
31,687
31,519
Impuestos por recuperar
58,066
53,484
Otros activos circulantes
11,560
19,818
Total activo circulante
145,571
108,343
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
693,166
689,238
Otros activos no circulantes
34,951
38,165
Total activo
$ 873,688
$ 835,746
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 113,353
$ 262,561
Otros pasivos de largo plazo
72,194
95,800
Total pasivo
185,547
358,361
Total capital contable
688,141
477,385
Total pasivo y capital contable
$ 873,688
$ 835,746
Aeropuerto de Reynosa, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 208,370
$ 198,183
Costo de servicios
145,456
136,682
Gastos de administración
10,719
10,163
Utilidad de operación
52,195
51,338
Gasto financiero, neto
(17,407)
(28,885)
Resultado antes de impuestos a la utilidad
34,788
22,453
Gasto por impuestos a la utilidad
2,735
8,423
Resultado neto
$ 32,053
$ 14,030
314
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Aeropuerto de San Luis Potosí, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 72,790
$ 1,960
Clientes – neto
49,062
46,968
Impuestos por recuperar
8,967
19,269
Otros activos circulantes
56,225
51,569
Total activo circulante
187,044
119,766
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
893,077
881,595
Otros activos no circulantes
105,435
82,257
Total activo
$ 1,185,556
$ 1,083,618
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 372,270
$ 524,777
Otros pasivos de largo plazo
332,491
211,958
Total pasivo
704,761
736,735
Total capital contable
480,795
346,883
Total pasivo y capital contable
$ 1,185,556
$ 1,083,618
Aeropuerto de San Luis Potosí, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 480,123
$ 443,485
Costo de servicios
364,235
325,726
Gastos de administración
17,329
15,304
Utilidad de operación
98,559
102,455
Gasto financiero, neto
(31,586)
(37,547)
Resultado antes de impuestos a la utilidad
66,973
64,908
Gasto por impuestos a la utilidad
13,106
25,449
Resultado neto
$ 53,867
$ 39,459
Aeropuerto de Tampico, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 35,811
$ 17,379
Clientes – neto
16,124
15,495
Impuestos por recuperar
72
6,884
Otros activos circulantes
21,555
21,296
Total activo circulante
73,562
61,054
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
693,609
676,574
Otros activos no circulantes
26,140
11,517
Total activo
$ 793,311
$ 749,145
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 185,985
$ 156,635
Otros pasivos de largo plazo
163,100
122,929
Total pasivo
349,085
279,564
Total capital contable
444,226
469,581
Total pasivo y capital contable
$ 793,311
$ 749,145
Aeropuerto de Tampico, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 312,756
$ 313,013
Costo de servicios
235,764
234,170
Gastos de administración
14,695
13,208
Utilidad de operación
62,297
65,635
Gasto financiero, neto
(12,345)
(4,199)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
315
Resultado antes de impuestos a la utilidad
49,952
61,436
Impuestos a la utilidad
11,365
25,387
Resultado neto
$ 38,587
$ 36,049
Aeropuerto de Torreón, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 52,567
$ 53,136
Clientes – neto
51,883
48,023
Impuesto por recuperar
-
2,263
Otros activos circulantes
7,575
12,148
Total activo circulante
112,025
115,570
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
487,485
479,033
Otros activos no circulantes
24,901
7,082
Total activo
$ 624,411
$ 601,685
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 106,200
$ 112,669
Otros pasivos de largo plazo
169,560
126,765
Total pasivo
275,760
239,434
Total capital contable
348,651
362,251
Total pasivo y capital contable
$ 624,411
$ 601,685
Aeropuerto de Torreón, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 396,805
$ 426,026
Costo de servicios
294,789
316,934
Gastos de administración
15,880
14,048
Utilidad de operación
86,136
95,044
(Gasto) Ingreso financiero, neto
(12,045)
2,498
Resultado antes de impuestos a la utilidad
74,091
97,542
Impuestos a la utilidad
20,946
29,931
Resultado neto
$ 53,145
$ 67,611
Aeropuerto de Zacatecas, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 56,229
$ 14,393
Clientes – neto
7,833
8,414
Impuestos por recuperar
6,542
3,316
Otros activos circulantes
12,252
5,716
Total activo circulante
82,856
31,839
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
322,761
315,061
Otros activos no circulantes
749
3,264
Total activo
$ 406,366
$ 350,164
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 90,142
$ 44,034
Otros pasivos de largo plazo
97,681
101,064
Total pasivo
187,823
145,098
Total capital contable
218,543
205,066
Total pasivo y capital contable
$ 406,366
$ 350,164
316
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Aeropuerto de Zacatecas, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 216,096
$ 175,950
Costo de servicios
144,679
120,656
Gastos de administración
13,437
12,106
Utilidad de operación
57,980
43,188
Gasto financiero, neto
(3,524)
(3,269)
Resultado antes de impuestos a la utilidad
54,456
39,919
Impuestos a la utilidad
15,293
12,686
Resultado neto
$ 39,163
$ 27,233
Aeropuerto de Zihuatanejo, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de situación financiera
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Activo Circulante
Efectivo y equivalentes de efectivo
$ 83,128
$ 33,141
Clientes – neto
39,597
27,578
Impuestos por recuperar
-
5,097
Otros activos circulantes
8,354
14,991
Total activo circulante
131,079
80,807
Inversión en concesión aeroportuaria, neto
865,190
854,736
Otros activos no circulantes
447
186
Total activo
$ 996,716
$ 935,729
Pasivo y capital contable
Pasivo de corto plazo
$ 106,707
$ 103,366
Otros pasivos de largo plazo
165,160
116,497
Total pasivo
271,867
219,863
Total capital contable
724,849
715,866
Total pasivo y capital contable
$ 996,716
$ 935,729
Aeropuerto de Zihuatanejo, S. A. de C. V.
(Subsidiaria de Grupo Aeroportuario del Centro Norte, S. A. B. de C. V.)
Estados condensados de resultados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2025 y 2024
(Miles de pesos)
2025
2024
Ingresos
$ 401,031
$ 388,547
Costo de servicios
303,689
287,427
Gastos de administración
14,849
14,840
Utilidad de operación
82,493
86,280
(Gasto) Ingreso financiero, neto
(2,804)
1,342
Resultado antes de impuestos a la utilidad
79,689
87,622
Impuestos a la utilidad
16,183
25,798
Resultado neto
$ 63,506
$ 61,824
Atentamente
Ciudad de México, a 9 de abril de 2026.
Representante Legal
Lic. Ruffo Pérez Pliego del Castillo
Rúbrica.
(R.- 574935)
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
317
17 de Abril
Aniversario de la muerte de Sor Juana Inés de la Cruz, en 1695
Juana Inés de Asbaje Ramírez de Santillana, conocida en las páginas de la historia como Sor Juana Inés
de la Cruz o "la Décima Musa", fue una de las más grandes pensadoras y escritoras de la lengua española.
Poseyó conocimientos e intereses versátiles que abarcaron la filosofía, la teología, la estética, la ciencia, la
música y, desde luego, la poesía.
Juana nació el 12 de noviembre de 1648 o de 1651, en San Miguel Nepantla, hoy Estado de México. Sus
padres fueron Isabel Ramírez y Pedro Manuel de Asbaje, quien no la reconoció y tuvo el estatus social de ser
“hija natural”. Su infancia la vivió entre las haciendas de Nepantla y Panoaya, al lado de su abuelo, cuya
biblioteca fue esencial para que aprendiera a leer, escribir y contar. Aun siendo una niña, consiguió dominar el
latín y escribir su primer poema: Loa al Santísimo Sacramento.
Gracias a las relaciones sociales de su familia, su vasto bagaje cultural y capacidad intelectual, Juana
ingresó a la Corte con los virreyes de Mancera en 1665 y, bajo el mecenazgo de Antonio Sebastián de Toledo,
Marqués de Mancera y Vigésimo Quinto Virrey novohispano, y de su esposa, Leonor Carreto, tuvo acceso al
diálogo con teólogos, matemáticos, filósofos y todo tipo de humanistas, en su mayoría profesores o egresados
de la Real Pontificia Universidad de México. Con frecuencia, la propia Corte le solicitaba sonetos, loas,
poemas y elegías.
En 1667 ingresó al convento de San José de las Carmelitas Descalzas, de donde salió en noviembre del
mismo año; después entró a la Orden de San Jerónimo, convento con una disciplina más relajada que le
permitió recibir visitas, celebrar tertulias y, principalmente, estudiar y escribir.
Sor Juana escribió poesía religiosa y profana, villancicos, autos sacramentales y obras de teatro como
El divino Narciso. La calidad de sus textos la llevó a ser reconocida en todo el mundo hispano. En 1690
Sor Juana criticó en su Carta atenagórica un sermón del jesuita Antonio Vieira, pronunciado 40 años antes.
La carta fue publicada por el Obispo de Puebla, Manuel Fernández de Santa Cruz, pero acompañada de otro
texto firmado con el seudónimo de “Sor Filotea de la Cruz”, en el cual recomendaba a la monja que
abandonara las “humanas letras” y se dedicase a las divinas.
La reacción de la poeta quedó plasmada en la Respuesta a Sor Filotea de la Cruz, en 1691, donde
Sor Juana hizo una encendida defensa de su trabajo intelectual y en el que reclamaba el derecho de la mujer
a la educación y al conocimiento.
Sor Juana murió en la madrugada del 17 de abril de 1695, víctima de una epidemia, probablemente tifo,
que causó estragos en la capital novohispana, particularmente, en el Convento de San Jerónimo, donde se
contagió tras atender a sus compañeras.
Día de luto y solemne para la Nación. La Bandera Nacional deberá izarse a media asta.
Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México
318
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
18 de Abril
Aniversario de la muerte de Elvia Carrillo Puerto, en 1965
Elvia Carrillo Puerto, conocida como "la Monja Roja del Mayab", fue una destacada escritora y luchadora
social, pionera del sufragismo en México. Nació el 30 de enero de 1881 en Motul, Yucatán, como la sexta hija
de catorce hermanos. Su infancia transcurrió en el entorno de la región henequenera, lo que le permitió
conocer de cerca la explotación de la mano de obra campesina en la producción agrícola.
Sus primeros actos de activismo a favor de los movimientos antiporfiristas de Valladolid –a propósito del
Plan de Dzelkoop– ocurrieron entre 1909 y 1910. Con el estallido de la Revolución mexicana, Elvia Carrillo
fungió como espía y correo de los revolucionarios y, debido a su dominio de la lengua maya, fundó en julio de
1912, la primera Liga Feminista Campesina en su ciudad natal, Motul. No obstante, su activismo se vio
interrumpido por el asesinato de Francisco I. Madero y la imposición de la dictadura de Victoriano Huerta.
Años después, en 1916, durante los primeros Congresos Feministas celebrados en Yucatán, Elvia Carrillo
Puerto destacó por sus propuestas en favor de los derechos ciudadanos, sexuales y reproductivos de las
mujeres. Entre 1921 y 1923 se dedicó a organizar ligas de mujeres campesinas en su estado natal, entre ellas
la liga "Rita Cetina Gutiérrez", con el objetivo de combatir el analfabetismo, impulsar proyectos de autonomía
económica femenina y mejorar las condiciones de salud y atención a las infancias.
En 1923, Elvia fue electa diputada al Congreso local junto con Beatriz Peniche y Raquel Dzib, en una
medida política promovida por el feminismo de la época. No obstante, al año siguiente debieron abandonar
sus cargos tras el fusilamiento del gobernador Felipe Carrillo Puerto. Después de este suceso, Yucatán
retornó al orden conservador.
Durante la década siguiente, Elvia continuó su lucha por los derechos de las mujeres en diversas regiones
del país. Su labor fue determinante en la creación de nuevas ligas feministas y en la organización de
congresos nacionales de mujeres, procesos que culminaron con la fundación del Frente Único Pro Derechos
de la Mujer (FUPDM). Este movimiento impulsó la obtención del sufragio femenino, logro que se concretó
en 1953.
Elvia Carrillo Puerto falleció el 18 de abril de 1965 en la Ciudad de México. Sus restos fueron trasladados
a Mérida, Yucatán, donde se le rindieron los honores correspondientes.
Día de luto y solemne para la Nación. La Bandera Nacional deberá izarse a media asta.
Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México
Viernes 17 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
319
19 de Abril
Aniversario del nacimiento de Josefa Ortiz, en 1773
María Josefa Crescencia Ortiz Téllez-Girón nació en la Ciudad de México el 19 de abril de 1773. Fue hija
de José Ortiz Vázquez y de Manuela Téllez Girón. Tras la muerte de sus padres, ingresó al Colegio de las
Vizcaínas mediante una pensión de gracia que unos parientes le costearon como caridad. Sin embargo, tres
años después, al quedarse sin el apoyo familiar, Josefa consiguió nuevos respaldos y escribió una carta el 16
de mayo de 1789 para solicitar su admisión. Luego de examinar su caso, el colegio decidió readmitirla.
A los dieciséis años, la joven Josefa conoció al licenciado Miguel Domínguez, quien visitaba el colegio por
asuntos de negocios y donaciones a la mesa directiva. El señor Domínguez, viudo y con dos hijas, se interesó
en Josefa. Después de que ella saliera del Colegio de las Vizcaínas, contrajeron matrimonio en 1793. De esta
unión nacieron catorce hijos.
En 1802, Miguel Domínguez fue nombrado corregidor de Querétaro. En esa ciudad, Josefa supo ganarse
la simpatía de los diversos grupos sociales que la habitaban —criollos, indios y mestizos— mediante obras de
caridad y protección a favor de los pobres y los desvalidos, de las viudas y los huérfanos. La familia residía
ya en Querétaro cuando estalló la crisis de la Corona española en 1808 y el movimiento autonomista en la
Nueva España.
Ante el freno a la propuesta autonomista que realizó el Ayuntamiento de México y el golpe de Estado que
simultáneamente depuso al virrey José de Iturrigaray, se llevaron a cabo reuniones secretas en Valladolid
(1809), San Miguel el Grande y Querétaro (1810). En casa de Miguel Domínguez y Josefa se organizaron
tertulias y se ideó un plan de insurrección; en ellas participaron los milicianos Ignacio Allende y Juan Aldama,
los hermanos Epigmenio y Emeterio González, y el párroco Miguel Hidalgo y Costilla. Josefa no solo ofreció el
espacio para las reuniones, sino que también participó activamente en los proyectos, informó cualquier noticia
relevante y se encargó de hacer llegar de manera segura comunicados y correos entre los conjurados.
Al ser descubierta la conjura, Josefa planeó la forma de informar a Allende, quien se encontraba en
San Miguel el Grande. Ella y su esposo fueron aprehendidos la madrugada del 15 de septiembre de 1810.
Posteriormente, Josefa fue liberada y continuó su colaboración con los insurgentes mediante el envío de
información; por esta razón fue acusada de sediciosa, aprehendida de nueva cuenta y trasladada al Convento
de Santa Teresa, en la Ciudad de México, y después al Convento de Santa Catalina. Permaneció recluida
hasta el 17 de junio de 1817, cuando, por intervención de su esposo y gracias a la política de indultos del
virrey Juan Ruiz de Apodaca, recobró la libertad.
Al consumarse la Independencia bajo un gobierno monárquico, el emperador Agustín de Iturbide y su
esposa, Ana María Huarte, le ofrecieron el nombramiento de dama de honor de la corte. Josefa rechazó el
cargo por considerarlo contradictorio con sus principios y con la causa por la que había luchado.
Josefa Ortiz falleció el 2 de marzo de 1829 en la Ciudad de México. Desde 1894, sus restos reposan en el
Panteón de los Queretanos Ilustres.
Día de fiesta y solemne para la Nación. La Bandera Nacional deberá izarse a toda asta.
Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México
320
DIARIO OFICIAL
Viernes 17 de abril de 2026
Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
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Titular de la Unidad de Gobierno
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Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
Cuotas por derecho de publicación:
Oficinas ubicadas en:
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