Análisis del DOF · 9 de marzo de 2026
Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 056/2026, Ciudad de México, lunes 9 de marzo de 2026 (edición matutina)
Tipo de documento: Edición del Diario Oficial de la Federación (compilación de Notificaciones, Lineamientos, Convenios, Acuerdos, Tarifas, Resoluciones y Avisos Judiciales)
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Síntesis ejecutiva
Esta edición del Diario Oficial de la Federación del 9 de marzo de 2026 es una compilación de actos administrativos rutinarios de diversas dependencias y organismos: una notificación de la SHCP sobre sujeción de un inmueble al régimen de dominio público; el Plan Anual de Trabajo y los Lineamientos del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) sobre distribución de un fondo para equipamiento y modernización de tecnologías de la información en materia contable; un Convenio de Coordinación de SADER/SENASICA con Nuevo León para verificación e inspección de movilización agropecuaria; los Lineamientos de Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) para el uso de la Firma Electrónica Avanzada (e.firma) emitida por el SAT; convenios modificatorios de la Secretaría de Salud con Sinaloa y Sonora (transferencia de insumos y recursos para salud pública, con anexos presupuestales y de equipo de cómputo); convenios marco de la SEDATU con municipios de Baja California (Programa de Mejoramiento Urbano); convenios de la Secretaría de las Mujeres con cuatro entidades (PAIBIM); tarifas eléctricas de la CFE; tipos de cambio y tasas de interés de Banco de México; síntesis de resoluciones del INE sobre irregularidades de fiscalización del Partido Morena (ejercicio 2022); extractos de acuerdos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa sobre adscripción y suplencia de magistrados; y avisos judiciales (edictos). Tras la lectura íntegra del documento (22,479 líneas) y búsquedas sistemáticas de términos explícitos e implícitos, no se identificó ninguna mención —explícita ni implícita— de inteligencia artificial, aprendizaje automático, algoritmos de decisión, sistemas biométricos o de reconocimiento facial, videovigilancia, perfilamiento, analítica predictiva, monitoreo masivo de medios, datos masivos (big data) ni contenido sintético. Las referencias tecnológicas presentes son de naturaleza convencional y no involucran IA: la Firma Electrónica Avanzada es un sistema de criptografía de llave pública/privada (PKI) para autenticar documentos; los 'sistemas de información e informática', 'herramientas tecnológicas', 'plataformas', 'bases de datos' y la 'modernización de tecnologías de la información y comunicaciones' citadas se refieren a infraestructura contable, de telecomunicaciones y de gestión administrativa estándar; y el 'Buzón Judicial Automatizado' es un mecanismo de recepción electrónica de promociones, no un sistema automatizado de decisión. No se detectan riesgos regulatorios de IA en el sentido de la taxonomía R1–R15, ni gaps regulatorios atribuibles a un uso presente o inminente de IA en los dominios regulados por estos actos. En consecuencia, el documento no requiere atención desde la perspectiva de riesgos de IA. Se recomienda únicamente monitoreo de rutina, dado que algunos de los dominios subyacentes (salud pública, fiscalización electoral, identidad digital/firma electrónica, sanidad agropecuaria) sí podrían incorporar componentes de IA en instrumentos normativos futuros.
Contexto mexicano
Consideraciones especiales
- Aunque varios dominios tratados en esta edición (salud pública, fiscalización de partidos políticos por el INE, identidad/firma electrónica gestionada por el SAT, sanidad agropecuaria) son sectores donde la IA podría aplicarse en el futuro, ninguno de los actos publicados aquí ordena, autoriza ni describe el uso de inteligencia artificial, por lo que no hay un gap regulatorio actual que señalar en este documento concreto.
- La Firma Electrónica Avanzada de ASA depende de la infraestructura de certificados digitales del SAT (criptografía de llave pública); es una tecnología de autenticación e integridad documental sin componentes de IA, por lo que no presenta riesgos de discriminación algorítmica, perfilamiento ni decisiones automatizadas sobre personas.
- Los anexos de los convenios de salud detallan equipo de cómputo convencional (computadoras de escritorio, no-breaks) destinado a captura y reporte de información epidemiológica, sin sistemas de análisis automatizado ni inferencia.
- La síntesis de resoluciones del INE sobre el Partido Morena corresponde a fiscalización contable tradicional (revisión de facturas, donativos, activo fijo y sanciones), sin referencia a herramientas de monitoreo digital, análisis de redes sociales ni detección automatizada de propaganda.
Capacidad de implementación
No aplica en materia de IA para este documento, dado que no contiene disposiciones relacionadas con inteligencia artificial. En términos generales, las dependencias emisoras (SHCP, SADER/SENASICA, SSa, SEDATU, Secretaría de las Mujeres, CFE, Banxico, INE, TFJA) operan bajo marcos jurídicos sectoriales consolidados; de incorporarse IA en futuros instrumentos de estos sectores, la capacidad de supervisión técnica especializada en IA sería limitada y requeriría fortalecimiento institucional.
Precedentes relevantes
- Ley de Firma Electrónica Avanzada (DOF 11 de enero de 2012) y su Reglamento, que rigen la e.firma del SAT referida en los Lineamientos de ASA.
- Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, invocada en los convenios de la SEDATU y de la Secretaría de las Mujeres para el tratamiento de datos personales y datos sensibles.
- Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Ley General de Contabilidad Gubernamental, aplicables a los actos de transparencia y armonización contable.
- Reforma constitucional en materia de simplificación administrativa y digitalización (reforma al artículo 25 y a la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la CPEUM) citada como fundamento de la digitalización de trámites.
Hallazgos
Este documento no presenta hallazgos de IA.