DOF analysis · March 20, 2026
Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 066/2026, Ciudad de México, viernes 20 de marzo de 2026 (Edición Matutina). Incluye reformas a diversos reglamentos militares del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional; acuerdos de distribución de fondos federales (FAM, FASP); listado de Prestadores de Servicios Digitales inscritos en el RFC; Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico Topolobampo; Resolución final antidumping de vidrio flotado claro; modificación a Reglas de Operación del Programa de Pesca y Acuacultura Sustentables; convenios de la Secretaría de las Mujeres; Sentencia de la Controversia Constitucional 55/2025; Acuerdo de la Junta de Coordinación del PJF, y avisos.
Document type: Edición del Diario Oficial de la Federación (compendio: Decretos, Reglamentos, Acuerdos, Oficio, Resolución, Convenios, Circulares, Sentencia, Avisos)
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Executive summary
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Esta edición del DOF (20 de marzo de 2026) es un compendio heterogéneo dominado por reformas a reglamentos militares de SEDENA (educación militar, uniformes, consejos de honor y disciplina, credenciales de identidad, reclutamiento, seguridad social de las Fuerzas Armadas y ascensos y recompensas), acuerdos de distribución de fondos federales (FAM, FASP), un listado fiscal de prestadores de servicios digitales, una declaratoria de polo de desarrollo económico, una resolución antidumping sobre vidrio flotado, una modificación a reglas de operación del programa de pesca BIENPESCA, convenios de la Secretaría de las Mujeres, una sentencia de la SCJN sobre competencia federal en materia energética y un acuerdo organizacional del Poder Judicial. NINGÚN documento menciona explícitamente inteligencia artificial, algoritmos o machine learning. No obstante, el análisis íntegro identificó seis hallazgos IMPLÍCITOS y GAPS regulatorios, concentrados sobre todo en el bloque de reformas militares. El más relevante es el sistema de identificación biométrica del personal militar ('sistema de fotoidentificación', captura de 'datos biométricos conforme a los avances tecnológicos', credenciales con chip) en el nuevo Reglamento de Credenciales, que constituye procesamiento masivo de datos biométricos sensibles en un dominio crítico de baja transparencia (R3). De forma DISTINTA y adicional, el Reglamento de Reclutamiento crea un padrón decadactilar masivo y digitalizado ('archivo dactiloscópico', expedientes 'digitalizados', 'base de datos del Sistema de Recursos Humanos', y 'Clave Única de Identificación Policial' para la Guardia Nacional), sustrato del cotejo biométrico automatizado y de la vigilancia, dado que la Guardia Nacional ejerce funciones de seguridad pública (R3/R9). En tercer lugar, el 'sistema computarizado de la Promoción Superior' calcula de forma automatizada la puntuación que determina ascensos de generales y jefes militares (decisión automatizada/scoring sobre personas, R1/R2). Cuarto, el modelo educativo militar incorpora 'nuevas herramientas tecnológicas para... obtención de información, análisis y toma de decisiones' y 'ciberdefensa', eufemismo de analítica/IA para inteligencia y decisión militar sin marco de uso responsable (R9/R1). Quinto, el listado fiscal de 277 prestadores de servicios digitales extranjeros incluye empresas de IA (Harvey/Counsel AI, Data.AI, Dataminr, Wolfram Alpha, Midjourney) capturadas únicamente con fines recaudatorios de IVA, evidenciando que la única regulación de los proveedores de IA en México es fiscal (gap de soberanía digital y propiedad intelectual, R10/R5). Sexto, el programa social BIENPESCA opera sobre un padrón masivo de beneficiarios con criterios de ponderación, sustrato típico de automatización y confronta de bases que podría excluir a poblaciones vulnerables (R2/R3). Se recomienda: (1) regular la retención, el uso secundario y la auditoría tanto del sistema biométrico de credenciales como del archivo dactiloscópico de reclutamiento, prohibiendo su cruce con sistemas de vigilancia/seguridad pública y condicionando la incorporación de cotejo biométrico automatizado a evaluaciones de impacto; (2) garantizar revisión humana e impugnabilidad del sistema computarizado de ascensos; (3) fijar principios de uso responsable de IA y supervisión humana en la inteligencia y toma de decisiones militares; (4) usar el registro fiscal de servicios digitales como anclaje para obligaciones sustantivas de IA; y (5) introducir salvaguardas contra la exclusión algorítmica en la gestión digital de padrones de programas sociales. El nivel de riesgo máximo es Alta, sin requerir atención urgente inmediata por tratarse de riesgos implícitos y de mandatos de creación o digitalización de sistemas más que de IA en operación dañina confirmada; no obstante, la concentración de capacidades biométricas y de inteligencia en las Fuerzas Armadas y la Guardia Nacional (R9) merece monitoreo prioritario.
Mexican context
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Special considerations
- El sector militar y de seguridad (SEDENA + Guardia Nacional) es un dominio crítico con baja transparencia y escaso escrutinio externo; la concentración de datos biométricos (credenciales con chip y archivo dactiloscópico decadactilar de reclutamiento), la automatización de decisiones de carrera y la formación en 'herramientas tecnológicas' de inteligencia y toma de decisiones ocurren con limitada supervisión del INAI por excepciones de seguridad nacional. La doble naturaleza de la Guardia Nacional (fuerza armada con funciones de seguridad pública) agrava el riesgo de vigilancia (R9).
- México carece de un marco horizontal de regulación de IA; la única 'captura' regulatoria de proveedores extranjeros de IA (Harvey, Data.AI, Dataminr, etc.) es el registro en el RFC para efectos del IVA, lo que evidencia dependencia tecnológica y un vacío de soberanía digital.
- La alta informalidad del sector pesquero (333,630 productores) hace que la digitalización de padrones y la confronta de bases de datos en programas sociales conlleve riesgo de exclusión de los más vulnerables, incluidas comunidades indígenas.
- La cláusula 'conforme a los avances tecnológicos' en el reglamento de credenciales militares deja abierta la incorporación futura de reconocimiento facial/biométrico automatizado sin un nuevo acto legislativo ni evaluación de impacto.
Enforcement capacity
Media-Baja. En el ámbito militar, la supervisión externa (INAI, sociedad civil) es limitada por las excepciones de seguridad nacional, reduciendo la capacidad de auditar sistemas biométricos y de scoring de personal. En el ámbito fiscal, el SAT tiene capacidad para registrar y gravar servicios digitales pero no para regular sustantivamente la IA. En programas sociales (CONAPESCA/SADER), la capacidad de auditar la equidad de padrones y dispersiones masivas es limitada. No existe una autoridad nacional de IA con facultades de enforcement.
Relevant precedents
- Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la regulación de datos biométricos como datos sensibles
- Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (límites por seguridad nacional aplicables a las Fuerzas Armadas)
- Artículo 18-D de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (registro de prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero)
- Controversia Constitucional 55/2025 (SCJN) sobre la delimitación de competencias federales en materias estratégicas, relevante como precedente para definir competencias regulatorias en tecnologías emergentes
- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y Acuerdos del Órgano de Administración Judicial en materia de modernización institucional
Findings
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Defensa / Identidad biométrica militar Implícito - Tecnología High
Regulatory domain
Defensa / Identidad biométrica militar
Regulatory gap
Yes
Original fragment
Aviso de privacidad debidamente suscrito mediante el cual autoriza el uso de sus datos personales para el registro, control y validación de su personalidad en el sistema de fotoidentificación. Relevance analysis
Este fragmento, junto con el Artículo 5 ('alguna lesión que imposibilite la toma de sus datos biométricos') y el Artículo 13 ('La toma de los datos biométricos del personal militar se hará conforme a los avances tecnológicos'), describe un sistema de identificación biométrica del personal militar mediante 'fotoidentificación' y captura de datos biométricos en credenciales con chip. 1) RELEVANCIA PARA IA: Los sistemas modernos de 'fotoidentificación' y validación biométrica de identidad operan típicamente con algoritmos de reconocimiento facial y matching biométrico (machine learning), aunque el texto no menciona IA explícitamente. La cláusula 'conforme a los avances tecnológicos' deja abierta la incorporación futura de tecnologías de reconocimiento facial/biométrico automatizado sin un nuevo acto legislativo. 2) RIESGOS (R3 - Privacy): Procesamiento masivo de datos biométricos sensibles (huellas decadactilares, fotografía facial, chip) de todo el personal militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. El aviso de privacidad es genérico; no se establecen límites de retención, prohibición de uso secundario, ni controles sobre interoperabilidad del padrón biométrico con otras bases de datos de seguridad nacional. 3) GAPS: No se define el período de retención de datos biométricos; no se establece auditoría independiente del 'sistema de fotoidentificación'; no se prohíbe el uso del padrón biométrico para vigilancia o cruce con otras bases; no se prevé proceso de impugnación ni rectificación específico. 4) CONTEXTO MEXICANO: El control militar es un dominio crítico con baja transparencia y escaso escrutinio externo (INAI tiene competencias acotadas frente a seguridad nacional). La concentración de datos biométricos de las Fuerzas Armadas + Guardia Nacional (con funciones de seguridad pública) eleva el riesgo de uso para vigilancia.
Recommendations
- Especificar en el reglamento o en disposiciones derivadas los límites de retención y prohibición de uso secundario de los datos biométricos del personal militar
- Exigir que cualquier incorporación de reconocimiento facial/biométrico automatizado ('avances tecnológicos') sea precedida por una evaluación de impacto en privacidad y derechos humanos
- Prohibir expresamente la interoperabilidad del padrón biométrico militar con sistemas de vigilancia o bases de datos ajenas a la identificación del personal, salvo orden judicial
- Establecer auditoría técnica independiente del sistema de fotoidentificación y mecanismos de rectificación de datos
Risk categories
Defensa / Evaluación y promoción de personal militar Implícito - Tecnología Medium
Regulatory domain
Defensa / Evaluación y promoción de personal militar
Regulatory gap
Yes
Original fragment
El sistema computarizado de la Promoción Superior sumará en forma automatizada los aspectos positivos y restará los negativos, dando como resultado la puntuación objetiva de la persona participante. Relevance analysis
Este fragmento describe un 'sistema computarizado de la Promoción Superior' que calcula de forma automatizada la 'puntuación objetiva' de cada militar (con parámetros de antigüedad, cargos, cursos, recompensas, correctivos disciplinarios, procesos penales, conducta) para determinar ascensos de Tenientes Coroneles, Coroneles y Generales (Arts. 92 y 93). 1) RELEVANCIA PARA IA: Si bien actualmente el sistema parece ser un cálculo aritmético determinista (no IA/ML), constituye una toma de decisión automatizada o asistida por sistema sobre la carrera de personas en un dominio sensible. Es un caso de scoring/perfilamiento que, de incorporar componentes de analítica avanzada o priorización algorítmica en el futuro, escalaría a R2. 2) RIESGOS: R2 (Discrimination): La ponderación automatizada de 'cambios de adscripción por convenir al buen servicio', 'concepto particular negativo' y 'conducta militar y civil' puede codificar sesgos institucionales o decisiones discrecionales previas en valores numéricos que se presentan como 'objetivos'. R1 (Malfunctions): Errores en la captura o cálculo del sistema computarizado podrían excluir injustamente a un militar de un ascenso; el reglamento establece que las determinaciones de la Comisión de Evaluación 'no podrán ser materia de impugnación alguna' en algunos supuestos análogos, lo que limita la corrección de errores. 3) GAPS: No hay previsión de auditoría del sistema computarizado; no se define un mecanismo claro de revisión humana del cálculo automatizado ni de impugnación de errores de captura; no se establece transparencia sobre la fórmula completa. 4) CONTEXTO MEXICANO: La automatización de decisiones de carrera en las Fuerzas Armadas afecta el desarrollo profesional de miles de militares con escasa transparencia y revisión externa.
Recommendations
- Garantizar supervisión y revisión humana verificable del resultado del sistema computarizado antes de conferir o negar un ascenso
- Establecer un mecanismo de impugnación específico para errores de captura o cálculo del sistema computarizado de la Promoción Superior
- Documentar y auditar periódicamente la lógica de ponderación para detectar y mitigar sesgos en parámetros discrecionales (conducta, conceptos negativos, cambios de adscripción)
- Prohibir la incorporación de componentes algorítmicos opacos (ML) sin evaluación previa de impacto y mantenimiento de la trazabilidad del cálculo
Risk categories
Fiscal / Servicios digitales transfronterizos Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Medium
Regulatory domain
Fiscal / Servicios digitales transfronterizos
Regulatory gap
Yes
Original fragment
es obligación de los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México que proporcionen servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional, realizar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes Relevance analysis
El Oficio publica el listado de 277 Prestadores de Servicios Digitales extranjeros inscritos en el RFC para efectos del IVA. El listado incluye empresas cuyo núcleo de negocio es la inteligencia artificial y el análisis de datos: 'Counsel Ai Corporation' (nombre comercial 'Harvey', IA jurídica), 'Data.AI INC.', 'Dataminr, INC.' (analítica predictiva), 'Wolfram Alpha LLC.', así como grandes plataformas que despliegan IA a escala (Adobe, Salesforce, Microsoft, TikTok, X Corp/Twitter, Spotify, Roblox, etc.). 1) RELEVANCIA PARA IA: El documento es un registro fiscal (no una regulación de IA), pero evidencia que servicios de IA y plataformas algorítmicas extranjeras ya operan formalmente en México y son tratados únicamente bajo la óptica recaudatoria del IVA, sin ningún tratamiento regulatorio de los riesgos de IA que conllevan. 2) RIESGOS: R10 (Concentration of Power): Dependencia tecnológica de proveedores extranjeros (EUA, Irlanda, Singapur, etc.) que controlan servicios de IA, datos y modelos usados en México, sin contrapeso de soberanía digital. R5 (Copyright): Servicios de IA generativa y de análisis de contenido prestados desde el extranjero operan sin marco sobre datasets de entrenamiento, atribución o uso de contenido mexicano. 3) GAP REGULATORIO: México registra y grava con IVA a los proveedores de servicios digitales (incluidos de IA) pero NO les exige transparencia algorítmica, evaluación de riesgos, protección de datos personales reforzada, ni obligaciones específicas de IA. El único 'gancho' regulatorio sobre estas empresas es el fiscal. 4) CONTEXTO MEXICANO: México carece de un marco horizontal de IA; la única captura regulatoria de proveedores extranjeros de IA es vía RFC/IVA, lo que deja sin atender los riesgos sustantivos (privacidad, desinformación, propiedad intelectual, concentración).
Recommendations
- Aprovechar el registro fiscal de Prestadores de Servicios Digitales como punto de anclaje para obligaciones de transparencia algorítmica y de protección de datos de los proveedores de IA que operan en México
- Desarrollar un marco regulatorio de IA que complemente la captura fiscal con obligaciones sustantivas (evaluación de riesgos, derechos de los usuarios, trazabilidad)
- Coordinar a SAT, INAI e IFT para identificar entre los prestadores registrados a aquellos que despliegan IA de alto riesgo y establecer obligaciones diferenciadas
- Fomentar capacidades nacionales y soberanía digital para reducir la dependencia de proveedores extranjeros de IA y datos
Pesca y Acuacultura / Padrón de beneficiarios y dispersión de apoyos sociales Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Medium
Regulatory domain
Pesca y Acuacultura / Padrón de beneficiarios y dispersión de apoyos sociales
Regulatory gap
Yes
Original fragment
La Unidad Responsable publicará en la página electrónica de la CONAPESCA el Padrón de beneficiarios(as). Relevance analysis
El Programa BIENPESCA opera sobre un Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura (universo de 333,630 productores), valida documentación en ventanilla, aplica criterios de ponderación/puntaje (Art. 26: 'Criterio / Ponderación / Puntaje', con factores como 'Zona de atención prioritaria') para asignar apoyos económicos de $8,000 dispersados vía Banco del Bienestar. 1) RELEVANCIA PARA IA: Hoy el proceso parece manual (validación en ventanilla, cédula de registro), pero la gestión de un padrón masivo de beneficiarios, el scoring por criterios de elegibilidad y la dispersión bancaria masiva son funciones que típicamente se automatizan/digitalizan y que constituyen el sustrato donde la IA se aplica a decisiones sobre beneficios sociales (perfilamiento, detección de duplicidades, priorización). 2) RIESGOS: R2 (Discrimination): La asignación automatizada o semiautomatizada de puntaje y la confronta de padrones podría excluir a poblaciones vulnerables (pescadores informales, comunidades indígenas) por inconsistencias documentales. R3 (Privacy): Publicación de un padrón de beneficiarios con datos personales y manejo masivo de identificaciones oficiales. 3) GAP REGULATORIO: Las reglas no mencionan IA ni automatización, pero tampoco establecen salvaguardas frente a la digitalización del padrón ni frente a la confronta de bases de datos; no se prevé revisión humana ni apelación específica ante exclusiones derivadas de cruces de datos. 4) CONTEXTO MEXICANO: Alta informalidad en el sector pesquero; la digitalización de padrones de programas sociales (Banco del Bienestar) es una tendencia con riesgo de exclusión algorítmica de los más vulnerables.
Recommendations
- Establecer salvaguardas explícitas (revisión humana, derecho de aclaración/apelación) si la validación del padrón o la asignación de puntaje se automatiza o se basa en confronta de bases de datos
- Limitar y proteger los datos personales publicados en el padrón de beneficiarios y los recabados en ventanilla
- Exigir análisis de impacto diferencial para evitar la exclusión de pescadores informales y comunidades indígenas en procesos digitalizados
- Documentar y hacer auditables los criterios de ponderación de elegibilidad para garantizar trazabilidad y no discriminación
Risk categories
Defensa y Seguridad / Identificación biométrica decadactilar y base de datos de reclutamiento Implícito - Tecnología High
Regulatory domain
Defensa y Seguridad / Identificación biométrica decadactilar y base de datos de reclutamiento
Regulatory gap
Yes
Original fragment
Las fichas dactilares son documentos en los que se asientan los datos personales y se plasman las impresiones decadactilares de las personas aspirantes, para su identificación y control en el archivo dactiloscópico de la Oficina Central de Reclutamiento. Relevance analysis
Este hallazgo es DISTINTO del sistema de credenciales/fotoidentificación del H1: el Reglamento de Reclutamiento establece un sistema biométrico y de datos personales propio para TODAS las personas aspirantes a ingresar al Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. El Art. 30 crea un 'archivo dactiloscópico' con impresiones decadactilares (diez dedos); el Art. 23 exige 'dos fichas dactilares' por aspirante; el Art. 28 ordena que cada expediente sea 'digitalizado y remitido a la Oficina Central de Reclutamiento'; el Art. 33 ingresa la hoja de datos personales a 'la base de datos del Sistema de Recursos Humanos del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional'; y el Art. 45 usa el archivo dactiloscópico para negar el alta cruzando 'antecedentes militares'. Para la Guardia Nacional, el Art. 8 del Reglamento de Credenciales y el Art. 17 del Reglamento de Reclutamiento exigen además la 'Clave Única de Identificación Policial' y la aprobación de 'control de confianza'. 1) RELEVANCIA PARA IA: La constitución de un padrón decadactilar masivo y digitalizado, con confronta automatizada de huellas contra el archivo dactiloscópico para detectar 'antecedentes', es precisamente el sustrato sobre el que opera el matching biométrico automatizado (AFIS/algoritmos de cotejo de huellas), aunque el texto no lo nombre. La Guardia Nacional ejerce funciones de seguridad pública, por lo que su padrón biométrico es interoperable con sistemas de identificación policial. 2) RIESGOS: R3 (Privacy): procesamiento y retención indefinida de datos biométricos sensibles (huellas decadactilares) digitalizados, sin límites de retención, sin prohibición de uso secundario ni de cruce con otras bases. R9 (Authoritarian Surveillance): la integración del padrón biométrico de la Guardia Nacional (cuerpo con funciones de seguridad pública) con la 'Clave Única de Identificación Policial' y bases de control de confianza habilita identificación y rastreo de personas más allá del fin de reclutamiento. 3) GAPS: no se define periodo de retención del archivo dactiloscópico; no se prohíbe el cruce del padrón con sistemas de seguridad pública/inteligencia; no se prevé auditoría del sistema de cotejo ni mecanismo de impugnación de un 'antecedente' detectado por confronta dactilar; no se exige evaluación de impacto antes de incorporar matching biométrico automatizado. 4) CONTEXTO MEXICANO: la militarización de la seguridad pública vía Guardia Nacional, sumada a la baja transparencia del sector defensa y a las excepciones de seguridad nacional que acotan al INAI, eleva el riesgo de que un padrón decadactilar digitalizado se use para vigilancia y perfilamiento sin contrapesos.
Recommendations
- Definir en el reglamento o disposiciones derivadas el periodo de retención, las medidas de seguridad y la prohibición de uso secundario del archivo dactiloscópico y de la base de datos del Sistema de Recursos Humanos
- Prohibir expresamente la interoperabilidad del padrón decadactilar de reclutamiento (en especial de la Guardia Nacional) con sistemas de vigilancia, inteligencia o seguridad pública, salvo orden judicial
- Exigir evaluación de impacto en privacidad y derechos humanos antes de incorporar cotejo biométrico automatizado (AFIS) a la confronta de antecedentes
- Establecer un mecanismo de impugnación y rectificación cuando se niegue el alta por un 'antecedente' detectado mediante confronta dactilar, con revisión humana
Risk categories
Defensa / Educación militar, ciberdefensa e inteligencia (toma de decisiones asistida por tecnología) Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Medium
Regulatory domain
Defensa / Educación militar, ciberdefensa e inteligencia (toma de decisiones asistida por tecnología)
Regulatory gap
Yes
Original fragment
dotándolos además de sólidos conocimientos de las nuevas herramientas tecnológicas para mejorar sus capacidades de obtención de información, análisis y toma de decisiones, con el objeto de cumplir de forma exitosa sus misiones, atribuciones y obligaciones establecidas en las Leyes respectivas Relevance analysis
La reforma al modelo educativo militar incorpora como objetivo formar a los líderes militares en 'nuevas herramientas tecnológicas para mejorar sus capacidades de obtención de información, análisis y toma de decisiones'. El Art. 66, fracción II, fija como objetivo 'optimizar las capacidades... tecnológicas y de ciberdefensa', y el Art. 46 crea un 'Centro de Capacitación Virtual'. 1) RELEVANCIA PARA IA: 'Herramientas tecnológicas para obtención de información, análisis y toma de decisiones' en el ámbito militar es un eufemismo que abarca, de forma creciente, analítica de datos, inteligencia de fuentes abiertas (OSINT) y sistemas de apoyo a la decisión basados en IA/ML. La mención explícita de 'ciberdefensa' refuerza que el currículo militar se orienta a capacidades donde la IA es central, aunque el reglamento no la nombre ni la regule. 2) RIESGOS: R9 (Authoritarian Surveillance): la formación en herramientas de 'obtención de información y análisis' por las Fuerzas Armadas y la Guardia Nacional (con funciones de seguridad pública) puede habilitar capacidades de monitoreo e inteligencia sobre la población sin controles democráticos. R1 (Malfunctions): la 'toma de decisiones' apoyada en herramientas tecnológicas en un dominio crítico (operaciones militares) introduce riesgo de automation bias y errores si no se preserva supervisión humana calificada. 3) GAP REGULATORIO: el reglamento educativo no establece principios sobre uso responsable de IA/analítica en inteligencia y toma de decisiones militares, ni límites a la vigilancia, ni requisitos de supervisión humana o trazabilidad; tampoco distingue entre herramientas de apoyo y decisión autónoma. 4) CONTEXTO MEXICANO: el creciente rol de las Fuerzas Armadas en seguridad pública y la opacidad del sector hacen que la incorporación de 'herramientas tecnológicas' de inteligencia y decisión ocurra sin escrutinio externo ni marco de IA.
Recommendations
- Establecer en la doctrina y normativa militar principios de uso responsable de IA y analítica en inteligencia y toma de decisiones, con supervisión humana obligatoria en decisiones críticas
- Acotar y someter a controles democráticos las capacidades de 'obtención de información y análisis' cuando se ejerzan sobre población civil, especialmente por la Guardia Nacional
- Exigir trazabilidad y evaluación de las herramientas tecnológicas de apoyo a la decisión que se introduzcan en el Sistema Educativo Militar y la ciberdefensa
- Distinguir normativamente entre herramientas de apoyo a la decisión y sistemas con autonomía, prohibiendo estas últimas en decisiones letales o de alto impacto sin verificación humana