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Diario Oficial de la Federación, edición matutina del 7 de enero de 2026 (No. de publicación 005/2026), que incluye, entre otros: Resolución de inicio de investigación antidumping sobre manzanas de EE.UU.; Programa Institucional del CONOCER 2025-2030; Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030; Convenio Específico COFEPRIS-Michoacán de Protección contra Riesgos Sanitarios; Convenios Marco SEDATU del Programa de Mejoramiento Urbano (Oaxaca); Circulares 1/2026, 2/2026 y 3/2026 del Banco de México; y Acuerdo INE/CG1428/2025 del Consejo General del INE.

January 7, 2026 · Secretaría de Economía; Secretaría de Educación Pública (CONOCER); Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (El Colegio de San Luis); Secretaría de Salud (COFEPRIS); Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Banco de México; Instituto Nacional Electoral

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No. de publicación: 005/2026 Ciudad de México, miércoles 7 de enero de 2026 CONTENIDO Secretaría de Economía Secretaría de Educación Pública Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación Secretaría de Salud Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Banco de México Instituto Nacional Electoral Avisos 2 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 INDICE PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. ....... 4 SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA Programa Institucional del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales 2025-2030. ....................................................................................................................... 41 SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES, TECNOLOGIA E INNOVACION Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030. ................................................ 69 SECRETARIA DE SALUD Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Michoacán de Ocampo. ............................................................................................................... 102 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Convenio Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Oaxaca y el Municipio de Santo Domingo Zanatepec. .................................................................................. 185 Convenio Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Oaxaca y el Municipio de Santiago Niltepec. ................................................................................................. 193 Convenio Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Oaxaca y el Municipio de San Juan Guichicovi. ............................................................................................ 201 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 3 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. ........................................................................................................................ 209 Tasas de interés interbancarias de equilibrio. .................................................................................. 209 Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................ 209 Circular 1/2026 dirigida a las instituciones de crédito, casas de bolsa, fondos de inversión, sociedades financieras de objeto múltiple que tengan vínculos patrimoniales con una institución de banca múltiple, almacenes generales de depósito, instituciones de seguros y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 4/2012 (Código LEI y Requerimientos de Márgenes). ..................................................... 210 Circular 2/2026 dirigida a los almacenes generales de depósito, las instituciones de crédito, instituciones de seguros, casas de bolsa, fondos de inversión, SOFOMES y a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 14/2015 (Código LEI). ..................................................................................................... 212 Circular 3/2026 dirigida a las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 3/2012 (características de las operaciones de mercado abierto). ........ 215 Equivalencia de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de diciembre de 2025. ................................................................................ 238 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que da respuesta a la petición de la ciudadana Priscila Andrea Reza Valadez, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente del Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-2490/2025. ......... 240 AVISOS Judiciales y generales. ..................................................................................................................... 267 El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor. 4 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE MANZANAS ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo AD_31-25 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante la Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes RESULTANDOS A. Solicitud 1. El 29 de agosto de 2025, la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., en adelante UNIFRUT o la Solicitante, presentó la solicitud de inicio del procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones definitivas y temporales de manzanas originarias de los Estados Unidos de América, en adelante los Estados Unidos, independientemente del país de procedencia. 2. La Solicitante manifestó que en el periodo investigado se registró una tendencia creciente de las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos, combinada con una tendencia decreciente de sus precios, mismos que no cubren los costos de producción de las manzanas producidas en México, causan una contención de los precios nacionales y afectan sus indicadores económicos y financieros, lo que generó daño material. 3. Propuso como periodo investigado el comprendido del 1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2025. Presentó argumentos y pruebas con objeto de sustentar su solicitud de investigación, los cuales constan en el expediente administrativo y fueron considerados para la emisión de la presente Resolución. B. Solicitante 4. La UNIFRUT es una asociación civil constituida conforme a las leyes mexicanas. Entre sus principales actividades, se encuentra representar a sus asociados ante cualquier autoridad federal, de naturaleza administrativa o judicial, a efecto de iniciar, tramitar o intervenir en todo tipo de procedimientos y promover, en las explotaciones frutícolas propiedad de sus miembros, la ampliación de tecnología de vanguardia, aumentar rendimientos y mejorar la calidad de los productos. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Av. Insurgentes Sur No. 1647, piso 1, int. A, Torre IZA BC, Prisma Insurgentes, Col. San José Insurgentes, C.P. 03900, Ciudad de México. C. Producto objeto de investigación 1. Descripción general 5. La Solicitante indicó que el producto objeto de investigación son las manzanas. Agregó que, de manera genérica y comercial, el producto se conoce como manzanas. 2. Características 6. La UNIFRUT indicó que las principales características de las manzanas son el color, el tamaño y el sabor, los cuales varían. Señaló que el color normalmente es rojo, amarillo y verde. Sin embargo, hay bicolores o combinaciones de dichos colores; de tamaño pequeñas, medianas y grandes; el sabor es dulce, dulce-ácido o ácido; de piel lisa y brillante o rayada. Señaló que el color y el sabor son las características que identifican a un tipo de variedad de manzana. Entre las más comunes o populares se encuentran la Red Delicious, Golden, Gala y Granny Smith, entre otras. Añadió que puede haber una variedad distinta de manzanas, pero todas son manzanas, sin diferencias en sus características esenciales. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 5 Fuente: https://evansfruitco.com/ 3. Tratamiento arancelario 7. La Solicitante señaló que actualmente el producto objeto de investigación ingresa al mercado mexicano por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en adelante TIGIE, con Número de Identificación Comercial, en adelante NICO, 00. 8. De acuerdo con el “Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, en adelante Decreto LIGIE 2022, y el “Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación”, en adelante Acuerdo NICO 2022, publicados en el Diario Oficial de la Federación, en adelante DOF, el 7 de junio y el 22 de agosto de 2022, respectivamente, la descripción de la fracción arancelaria en la cual se clasifica el producto objeto de investigación es la siguiente: Codificación arancelaria Descripción Capítulo 08 Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías Partida 08.08 Manzanas, peras y membrillos, frescos. Subpartida 0808.10 - Manzanas. Fracción 0808.10.01 Manzanas. NICO 00 Manzanas. Fuente: Decreto LIGIE 2022 y Acuerdo NICO 2022. 9. De conformidad con el Decreto LIGIE 2022, las importaciones que ingresan a través de la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE están sujetas al pago de un arancel del 20%. Sin embargo, de acuerdo con el “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias” publicado en el DOF el 6 de enero de 2023, así como su última modificación publicada en el DOF el 31 de diciembre de 2024, las importaciones que ingresan por dicha fracción arancelaria se encuentran exentas de arancel hasta el 31 de diciembre de 2025. Asimismo, en el décimo tercer párrafo de los Considerandos del “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, publicado en el DOF el 22 de abril de 2024, la importación de mercancías originarias de los países con los que México tiene celebrado un tratado en materia comercial, de cubrir los requisitos establecidos en los mismos, se realizará bajo el trato arancelario preferencial de mercancías originarias previsto en el instrumento internacional que corresponda. 10. La unidad de medida para las manzanas establecida en la TIGIE es el kilogramo. 4. Proceso productivo 11. La UNIFRUT indicó que los principales insumos utilizados para la fabricación de las manzanas son: tierra, agua, insumos químicos (fertilizante, pesticida y combustible) y mano de obra. 12. Agregó que el proceso productivo del producto objeto de investigación incluye, en general, las siguientes etapas: a. Plantación de árboles. Se plantan árboles portainjertos, la mayor parte en viveros, crecen en campo durante un año aproximadamente, se injertan con brotes de manzano y se cultivan en viveros hasta que se plantan en un huerto. En algunos casos, se plantan portainjertos directamente en el huerto y ahí se injertan. 6 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 b. Crecimiento. Una vez plantados en el huerto, los manzanos son considerados pre productivos hasta que dan una cosecha, lo que en general sucede al tercer o cuarto ciclo (año) de vida de sus hojas, y que es el tiempo entre el crecimiento y la pérdida de las hojas. c. Crecimiento del fruto. El árbol produce lo suficiente para cubrir sus costos aproximadamente entre cuatro y cinco años después de la plantación. La producción completa suele alcanzarse entre cinco y siete años, dependiendo de la variedad de la manzana, el tipo de suelo y los métodos de cultivo. d. Cosecha. Es intensiva en mano de obra, empieza a principios de agosto y se extiende hasta principios de noviembre, en la que las manzanas se cosechan a mano y se colocan en contenedores. e. Almacenamiento en frigoríficos. Las manzanas se envían a bodegas donde se almacenan, lavan y clasifican por tamaño, color, calidad, forma, defectos externos y estado interno. f. Empaque. Las manzanas se enceran y se empacan en cajas listas para el almacenamiento en frío o para el envío. g. Distribución. Se lleva a cabo la distribución del producto para su comercialización en el mercado. 5. Normas 13. La Solicitante manifestó que no existe una norma oficial mexicana que deba cumplir el producto objeto de investigación. No obstante, existe la norma mexicana NMX-FF-061-SCFI-2003 “PRODUCTOS AGRÍCOLAS NO INDUSTRIALIZADOS PARA CONSUMO HUMANO - FRUTA FRESCA - MANZANA (Malus pumila Mill) - (Malus domestica Borkh) -ESPECIFICACIONES”, aplicable a la manzana (Malus pumila Mill) - (Malus doméstica Borkh) en estado fresco, destinada al consumo humano y comercializada en territorio nacional. 6. Usos y funciones 14. La UNIFRUT indicó que las manzanas objeto de investigación son para consumo directo, así como para la preparación de diversos alimentos, como jugos, sidras y otros derivados como vinagre, mermeladas, purés y concentrados para bebidas y alimentos, principalmente. D. Posibles partes interesadas 15. Las partes de las cuales la Secretaría tiene conocimiento y que podrían tener interés en comparecer a la presente investigación, son las siguientes: 1. Importadoras Abarrotes y Logística Unión, S.A. de C.V. Bodega Q-161 y X-162 Col. Central de Abasto C.P. 09040, Ciudad de México Agromercial Amiga, S. de R.L. de C.V. Calle Ignacio Comonfort No. 9278 Col. Zona Urbana Río Tijuana C.P. 22010, Tijuana, Baja California Austral Trading México, S.A. de C.V. Bodega L-96 Col. Central de Abasto C.P. 09040, Ciudad de México Central Detallista, S.A. de C.V. Calle Ignacio Comonfort No. 9351 Col. Zona Urbana Río Tijuana C.P. 22010, Tijuana, Baja California Comercializadora de Frutas de Importación, S.A. de C.V. Calle Oriente 249-A No. 104 Col. Agrícola Oriental C.P. 08500, Ciudad de México Comercializadora de Frutas Finas Tarahumara, S.A. de C.V. Calle 4 No. 419 y 421 Zona Comercial Mercado de Abastos C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 7 Comercializadora México Americana, S. de R.L. de C.V. Calle Camino a Nextengo No. 78 Pueblo Santa Cruz Acayucan C.P. 02770, Ciudad de México Comestibles Maldonado, S.A. de C.V. Blvd. Solidaridad y Camelia S/N Col. Libertad C.P. 83130, Hermosillo, Sonora Distribuidora el Florido, S.A. de C.V. Andador Vecinal No. 29172 Col. Valle Redondo C.P. 22335, Tijuana, Baja California Distribuidora Ruppi, S.A. de C.V. Av. Álvaro Obregón No. 5100 Zona Industrial Parque Industrial C.P. 83455, San Luis Río Colorado, Sonora Dubacano, S.A. de C.V. Av. Acueducto No. 7584 km. 5.5 Col. Santa Cruz del Valle C.P. 45655, Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco Frigoríficos el Manantial, S.A. de C.V. Calle Avispa No. 2575 Zona Comercial Mercado de Abastos C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco Fruver Importaciones, S.A. de C.V. Blvd. García Morales S/N km. 6.5 Col. El Llano C.P. 83210, Hermosillo, Sonora G y S Marketing, S. de R.L. de C.V. Blvd. Ignacio Soto No. 112 Col. Pitic C.P. 83150, Hermosillo, Sonora Grupo Yaxche, S.A. de C.V. Calle Prado Sur No. 435 Col. Lomas de Chapultepec C.P. 11000, Ciudad de México Importadora y Exportadora de Frutas y Legumbres de México, S.A. de C.V. Calle Laguna Salada No. 72 Col. Los Santos C.P. 22104, Tijuana, Baja California MGM de Occidente, S.A. de C.V. Calle 4 Bodegas 443 y 445 Zona Comercial Mercado de Abastos C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco Mr. Fruit, S. de R.L. de C.V. Av. Paseo de la Arboleda No. 1197 Zona Comercial Mercado de Abastos C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco Operadora Futurama, S.A. de C.V. Paseo de las Facultades No. 601 Col. Los Huertos C.P. 31125, Chihuahua, Chihuahua Promotora en Comercio Exterior RG, S. de R.L. de C.V. Av. Xochicalco No. 20918 Col. Mariano Matamoros (Centro) C.P. 22234, Tijuana, Baja California 8 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Sage Fruit de México, S.A. de C.V. Calle José María Morelos y Pavón Pte. No. 668 Col. Los Mochis Centro C.P. 81200, Ahome, Sinaloa Súper Mercados Internacionales HEB, S.A. de C.V. Calle Hidalgo Pte. No. 2405 Col. Obispado C.P. 64060, Monterrey, Nuevo León Tiendas Soriana, S.A. de C.V. Calle Alejandro de Rodas 3102-A Col. Las Cumbres C.P. 64610, Monterrey, Nuevo León Vidimport, S.A. de C.V. Bodega K, zona V, sector 2, nave 4 No. 111 Col. Central de Abasto C.P. 09040, Ciudad de México 2. Exportadoras Chelan Fresh Marketing No. 301 E Johnson Avenue, P.O. Box 878 Chelan Zip Code 98816, Washington, United States of America CMI Orchards LLC. No. 285 Technology Center Way, suite 300 Wenatchee Zip Code 98801, Washington, United States of America Domex Superfresh Growers LLC. No. 151 Low Road Yakima Zip Code 98908, Washington, United States of America E.W. Brandt & Sons Inc. No. 560 Lateral B Road Wapato Zip Code 98951, Washington, United States of America Evans Fruits Company Inc. No. 200 Cowiche City Road, P.O. Box 70 Cowiche Zip Code 98923, Washington, United States of America First Fruits Marketing of Washington No. 1111 Fishhook Park Road Prescott Zip Code 99348, Washington, United States of America Manson Growers LLC. No. 1670 Manson Boulevard Manson Zip Code 98831, Washington, United States of America Maya Produce LLC. No. 1413 W Military Road Pharr Zip Code 78577, Texas, United States of America Northern Fruit Company No. 220 Second Street NE East Wenatchee Zip Code 98802, Washington, United States of America Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 9 Parvar Enterprises Inc. No. 8515 Avenida de la Fuente San Diego Zip Code 92154, California, United States of America Rainier Fruit Company No. 352 Harrison Road Selah Zip Code 98942, Washington, United States of America Sage Fruit Company LLC. No. 191 Iron Horse Court Yakima Zip Code 98901, Washington, United States of America Stemilt Growers LLC. No. 3135 Warehouse Road Wenatchee Zip Code 98801, Washington, United States of America Sun Fresh International LLC. No. 625 N Akers Street Visalia Zip Code 93291, California, United States of America The Giumarra Companies P.O. Box 861449 Los Angeles Zip Code 90086, California, United States of America Valley Fruit Sales LLC. No. 1601 East Olympic Boulevard, building 300, suites 300-307 Los Angeles Zip Code 90021, California, United States of America Washington Export LLC. No. 102 N 56th Avenue, suite A Yakima Zip Code 98908, Washington, United States of America Washington Fruit and Produce Co. No. 1500 N 6th Avenue Yakima Zip Code 98902, Washington, United States of America Zan Fruits LLC. No. 5405 Stockdale Highway, suite 202 Bakersfield Zip Code 93309, California, United States of America 3. Importadoras de las que no se cuenta con datos de localización Importadora Spindle Cooling, S. de R.L. de C.V. Mayout, S.A. de C.V. Nukleo Media, S.A. de C.V. 4. Exportadoras de las que no se cuenta con datos de localización Mexbros Fruit Inc. Natural of Americas Inc. P.B.S. Enterprises LLC. 5. Gobierno Embajada de los Estados Unidos de América en México Presa Angostura No. 225 Col. Irrigación C.P. 11500, Ciudad de México 10 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 E. Prevención 16. El 24 de septiembre de 2025, la Secretaría previno a la Solicitante para que, entre otras cuestiones, subsanara diversos aspectos de forma; proporcionara una lista de los principales clientes del producto de fabricación nacional; aclarara diversas inconsistencias respecto de la información que consideró para el cálculo del precio de exportación; describiera los criterios y el orden empleados en la metodología de depuración y clasificación del producto objeto de investigación; explicara los ajustes propuestos al precio de exportación, así como la razonabilidad de su aplicación; proporcionara las notas generadas por la glosa de los pedimentos, a partir de las cuales reportó los montos de los ajustes propuestos al precio de exportación y al valor normal, e indicara por qué es razonable utilizar la información de dichos pedimentos para los ajustes propuestos; indicara cómo corroboró que las publicaciones mensuales de precios presentadas para el valor normal corresponden únicamente al producto objeto de investigación, de mercancía producida en los Estados Unidos para consumo en ese mercado interno, que son representativas del mismo y que reflejan su comportamiento; explicara si debe considerarse el precio de la manzana fresca para el cálculo del valor normal, y qué considera dicho precio; acreditara su afirmación relativa a que Washington, Nueva York, Michigan, Pensilvania, California, Virginia y Ohio, concentran la producción de manzanas en los Estados Unidos; justificara la razonabilidad de emplear la información del Programa de Precios Agrícolas correspondiente al año 2011 para el cálculo del valor normal; explicara los ajustes propuestos al valor normal, así como la razonabilidad de su aplicación; acreditara sus afirmaciones relativas a que el estado de Washington concentra aproximadamente el 70% de la producción de manzanas en los Estados Unidos, y que las variedades Gala, Granny Smith y Honeycrisp representaron cerca del 40% de la producción de manzanas en los Estados Unidos durante 2024; justificara la razonabilidad de utilizar la información financiera de las empresas Fresh Del Monte Produce Inc., en adelante Fresh Del Monte, y Dole PLC, en adelante Dole, para el cálculo del valor normal; proporcionara la metodología de consulta y descarga del reporte anual de Dole, así como los estados de operaciones consolidados completos de dicha empresa y de Fresh Del Monte; acreditara la razonabilidad de emplear información a nivel corporativo proveniente de los estados financieros consolidados de la empresa Fresh Del Monte; explicara la razonabilidad de emplear las cifras de 2024 frente a la disponibilidad de reportes trimestrales de las empresas Fresh Del Monte y Dole; aclarara diversos aspectos del cálculo del ajuste por inflación, los gastos generales y la utilidad; aclarara diversas cuestiones respecto de la información utilizada, proveniente de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura, en adelante FIRA, para la estimación de la estructura de costos; aclarara el nivel comercial del precio de venta al mercado interno reportado; justificara económicamente su manifestación relativa a que los oferentes de los Estados Unidos determinan el precio en su mercado interno y que las importaciones de manzanas de origen estadounidense se realizan a precios tan bajos que obligan a los productores nacionales a ofrecer sus manzanas a precios que no cubren sus costos de producción; sustentara económicamente que la reducción de los precios nacionales de manzanas durante el periodo analizado se atribuye a los precios del producto importado de los Estados Unidos, así como la contención de precios del producto nacional y que la única alternativa para la rama de producción nacional es vender por debajo de sus costos; explicara el efecto de la venta a consignación en el precio de venta del producto importado de los Estados Unidos y del producto nacional; aclarara el funcionamiento del mercado como un mercado de commodities, así como el efecto de los precios del producto importado de los Estados Unidos y del producto nacional en el mercado interno; proporcionara el nombre o razón social de los productores de manzanas de los que obtuvo los indicadores que proporcionó, así como las encuestas realizadas, incluyendo la metodología aplicada para la selección de los productores encuestados y las técnicas de muestreo o criterios estadísticos aplicados; explicara por qué el comportamiento de los indicadores económicos de la rama de producción nacional durante el periodo analizado es consistente y económicamente razonable con el daño atribuido a las importaciones originarias de los Estados Unidos; proporcionara las ventas realizadas a los clientes principales de los productores que integran la rama de producción nacional para cada uno de los periodos que conforman el periodo analizado; describiera la metodología empleada para estimar la capacidad instalada de la rama de producción nacional; detallara la razonabilidad económica de los inventarios reportados de los productores nacionales; presentara los estados financieros dictaminados o de carácter interno para los años 2022, 2023 y 2024 de diversas sociedades de producción rural, así como de algún otro productor de manzanas representativo que realizara estados financieros; justificara económicamente por qué las importaciones de los Estados Unidos son la causa del daño a la rama de producción nacional, y no aspectos como la percepción de gusto del consumidor, la publicidad y marcas; aclarara si la capacidad de la producción nacional para conservar en frío las manzanas podría ser, o no, la causa del daño a la rama de producción nacional; y explicara de manera detallada por qué no serían causa del daño las variaciones en las estructuras del consumo, las prácticas comerciales restrictivas de productores extranjeros y nacionales, la competencia entre oferentes, y la evolución de la tecnología y la productividad de la rama de producción nacional. La UNIFRUT presentó su respuesta el 22 de octubre de 2025. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 11 CONSIDERANDOS A. Competencia 17. La Secretaría es competente para emitir la presente Resolución, conforme a los artículos 1, 5 y 12.1 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, en adelante Acuerdo Antidumping; 16 y 34, fracciones V y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., fracción VII y 52, fracciones I, II y último párrafo de la Ley de Comercio Exterior, en adelante LCE, y 1, 2, apartado A, fracción II, numeral 7, 4 y 19, fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía. B. Legislación aplicable 18. Para efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo Antidumping, la LCE, el Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, en adelante RLCE, y supletoriamente, el Código Fiscal de la Federación, el Reglamento del Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles, este último de aplicación supletoria, de conformidad con lo señalado en los artículos 5o. y 130 del Código Fiscal de la Federación. C. Protección de la información confidencial 19. La Secretaría no puede revelar públicamente la información confidencial que las partes interesadas presenten, ni la información confidencial que se allegue, de conformidad con los artículos 6.5 del Acuerdo Antidumping, 80 de la LCE y 152 y 158 del RLCE. No obstante, las partes interesadas podrán obtener acceso a la información confidencial, siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en los artículos 159 y 160 del RLCE. D. Legitimidad procesal 20. De conformidad con lo señalado en los puntos 138 a 146 de la presente Resolución, la Secretaría determina que la UNIFRUT está legitimada para solicitar el inicio del presente procedimiento administrativo de investigación, de conformidad con los artículos 5.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, y 50 de la LCE. E. Periodo investigado y analizado 21. La Secretaría determina fijar como periodo investigado el comprendido del 1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2025, periodos propuestos por la Solicitante, toda vez que estos se apegan a lo previsto en el artículo 76 del RLCE y, adicionalmente, son congruentes con la “Recomendación Relativa a los periodos de recopilación de datos para las investigaciones antidumping” del Comité de Prácticas Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (documento G/ADP/6 adoptado el 5 de mayo de 2000). F. Análisis de discriminación de precios 1. Precio de exportación 22. Para calcular el precio de exportación, la UNIFRUT presentó la base de datos de las importaciones que ingresaron a México por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, que obtuvo a través de la Agencia Nacional de Aduanas de México, en adelante ANAM, así como una muestra de transacciones obtenida de Veritrade, correspondientes al periodo investigado. 23. Para la identificación del producto investigado, realizó lo siguiente: a. Incluyó las importaciones definitivas y temporales, por lo que aportó las claves de pedimentos de importaciones y exportaciones para la base de ANAM. b. Excluyó las importaciones en las que identificó productos distintos a las manzanas, tales como peras, papas, toronjas, naranjas y uvas. c. Proporcionó una base que contiene la totalidad de las operaciones consideradas para el cálculo del precio de exportación. 24. La Solicitante indicó que calculó el precio de exportación del producto objeto de investigación con base en los precios reportados por la ANAM, y que no le fue posible identificar si dichos precios son netos de descuentos y reembolsos. 25. Al respecto, la Secretaría previno a la UNIFRUT para que explicara las diferencias entre las bases de datos que presentó, y precisara cuál de ellas consideró para el cálculo del precio de exportación; así como diversas aclaraciones respecto del periodo que reportó la base de la ANAM; explicara el proceso para la descarga y los criterios para la selección de la muestra de la base de Veritrade, y la metodología empleada para la identificación de las operaciones de importación del producto investigado; y proporcionara la justificación sobre las claves de importación que deben ser incluidas en el análisis, específicamente la utilización de la clave P1 “Reexpedición de mercancías de franja o región fronteriza al interior del país”, tal como se indica en el punto 16 de la presente Resolución. 12 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 26. En respuesta, la Solicitante señaló que la información contenida en la base de datos de la ANAM corresponde a las importaciones realizadas a través de la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE para el periodo comprendido de abril de 2022 a marzo de 2025, por lo que incluye las operaciones del periodo investigado y campos de información relacionados con el producto y el país objeto de investigación. Precisó que se trata de una fuente oficial y la más completa. 27. Respecto de la base de datos de Veritrade, indicó que fue utilizada únicamente para identificar a los exportadores, ya que esta información no está contenida en la base de datos de la ANAM. Aclaró que se refirió a una muestra, ya que la información obtenida no necesariamente contiene la totalidad de los registros de importación. 28. Puntualizó que los criterios utilizados para la identificación del producto objeto de investigación consistieron en lo siguiente: a. Descartó importaciones cuando las claves de pedimento no correspondían a un régimen definitivo o temporal, tales como A4, F2, F9, G9 y V1. b. Excluyó operaciones por descripción, toda vez que observó que algunas no correspondían a manzanas, como es el caso de peras, toronjas y uvas. c. Consideró como producto objeto de investigación aquellas descripciones que contenían palabras como: manzanas, manzanas frescas y manzanas frescas para consumo humano. 29. En relación con la clave P1 señaló que, la mercancía con esta clave es previamente importada de manera definitiva a la franja o región fronteriza, por lo que es razonable incluirla en el análisis, ya que refleja operaciones que implican la entrada formal y permanente de mercancías al mercado mexicano, lo que permite una correcta identificación y cuantificación de las importaciones de manzanas de los Estados Unidos. 30. Conforme a lo anterior, la UNIFRUT calculó un precio de exportación en dólares por kilogramo, a partir del valor en aduana reportado en la base de importaciones realizadas a través de la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE originarias de los Estados Unidos. 31. Por su parte, la Secretaría se allegó las estadísticas de la Balanza Comercial de Mercancías de México, en adelante Balanza Comercial, durante el periodo investigado, de las operaciones que ingresaron a través de la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, y comparó dicha información con las importaciones que proporcionó la Solicitante encontrando diferencias en valor, volumen y número de operaciones de importación. 32. Por lo anterior, la Secretaría determinó calcular el precio de exportación a partir de las estadísticas de la Balanza Comercial, en virtud de que dicha información es elaborada por el Servicio de Administración Tributaria, en adelante SAT, la Secretaría, el Banco de México y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en adelante INEGI, la cual se obtiene previa validación de los pedimentos aduaneros que se dan en un marco de intercambio de información entre agentes aduanales, por una parte, y la autoridad aduanera por la otra, mismas que son revisadas por el Banco de México y, por tanto, se considera como la mejor información disponible. Además, dicho listado de operaciones de importación incluye, entre otros elementos, el volumen, el valor y la descripción del producto importado en cada operación. 33. Con base en los criterios de identificación propuestos por la Solicitante, la Secretaría realizó la depuración a la base de datos de la Balanza Comercial, toda vez que estos permiten identificar las importaciones correspondientes a la mercancía investigada. 34. En cuanto a las claves de pedimentos, la Secretaría no consideró en el análisis las operaciones con clave P1, ya que, tal como lo reconoce la Solicitante, dicha mercancía fue importada previamente de manera definitiva a la franja o región fronteriza, mediante la clave C1, y debió cumplir con las formalidades correspondientes para su legal estancia. Es decir, se trata del ingreso original, mientras que la clave P1 solo implica el movimiento de dicha mercancía al resto del país, por lo que, de considerarse la clave propuesta por la UNIFRUT, el volumen se sobreestimaría, ocasionando un sesgo en el cálculo del precio de exportación. a. Determinación 35. Con fundamento en los artículos 2.4.2 del Acuerdo Antidumping y 40 del RLCE, la Secretaría calculó un precio de exportación promedio ponderado en dólares de los Estados Unidos de América, en adelante dólares, por kilogramo, para las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos que ingresaron a México durante el periodo investigado, a partir de la información aportada por la Solicitante y de la que ella misma se allegó. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 13 b. Ajustes al precio de exportación 36. La Solicitante señaló que, conforme a su conocimiento del mercado, el valor en aduana incluye, además del valor factura, los gastos de embalaje, tanto de mano de obra como de materiales, así como los gastos de transporte, seguros y gastos conexos en que se incurra con motivo del transporte. 37. De acuerdo con la información de la glosa de pedimentos de importación y documentos anexos a los que tuvo acceso, propuso ajustar el precio de exportación por términos y condiciones de venta, específicamente, por conceptos de pallets, costo de embalaje, termógrafo, flete interno de la bodega del productor de los Estados Unidos a la frontera, flete de entrada a México, inspección de entrada a México, certificado fitosanitario en México y sello de transporte en México. Señaló que la información aportada es la que razonablemente tuvo a su alcance. 38. Toda vez que la información para los ajustes se encuentra fuera del periodo investigado, ya que corresponde a febrero de 2024, utilizó el Índice de Precios al Consumidor, en adelante IPC, de los Estados Unidos, para llevarlos al periodo de abril de 2024 a marzo de 2025. Presentó los montos para los ajustes propuestos y el IPC, que obtuvo de la Oficina de Estadísticas Laborales de los Estados Unidos de la página de Internet https://www.bls.gov/cpi/data.htm. 39. La Secretaría previno a la UNIFRUT para que explicara cada uno de los ajustes propuestos y la razonabilidad de su aplicación; la relación de los ajustes propuestos con el concepto “EMBALAJE: CORNER BOARD/STRAP PALLETS” y su consideración en el reporte de los montos; la presentación de la información de la glosa de los pedimentos, así como la justificación para considerar datos correspondientes a solo un mes del periodo investigado. Asimismo, se le solicitó considerar fuentes alternas para la estimación de los montos a ajustar; aclaraciones sobre los ajustes por inflación, y la explicación conforme a las Reglamentaciones Uniformes de Interpretación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, en adelante Reglamentaciones Uniformes, y el valor de transacción, para ajustar el precio de exportación por los conceptos y metodologías propuestos, tal como se señala en el punto 16 de la presente Resolución. 40. En respuesta, la Solicitante señaló que atendió lo solicitado conforme a las descripciones de los ajustes propuestos e indicó que presentó los cálculos actualizados por inflación. 41. En relación con las Reglamentaciones Uniformes, explicó que el Acuerdo Antidumping, la LCE y el RLCE contienen disposiciones específicas respecto a los criterios y tipos de ajustes que deben aplicarse para garantizar comparaciones equitativas de los precios de exportación y el valor normal y, consecuentemente, en la determinación de márgenes de dumping en operaciones de comercio internacional, los cuales prevalecen por ser disposiciones específicas en materia de dumping, y no aduanera ni de reglas de origen bajo el Tratado entre México, los Estados Unidos y Canadá. 42. Asimismo, indicó que el enfoque de los ajustes en materia antidumping es económico, no fiscal ni aduanero. Conforme a lo anterior, se trata de ajustes provenientes de operaciones efectivamente realizadas y pagadas por los importadores de manzanas de los Estados Unidos, los cuales pueden ser corroborados, por lo que mantuvo los ajustes propuestos. 43. Respecto a las definiciones de los ajustes propuestos, presentó información relacionada con los términos de inspección de entrada a México, certificado fitosanitario en México y flete de entrada a México. 44. La Secretaría analizó la información aportada por la UNIFRUT, tal como se expone a continuación. i Pallets 45. La Solicitante explicó que los pallets se utilizan para estibar las cajas en las que se empaquetan las manzanas para su transportación en los camiones. Obtuvo el monto unitario considerando el valor y el volumen total reportado por pedimento. Posteriormente, con base en estas estimaciones calculó un promedio al que aplicó un ajuste por inflación. ii Embalaje 46. La UNIFRUT explicó que los costos de embalaje incluyen esquineros de cartón, corner boards, y flejes, strap pallets, que se colocan alrededor de la carga paletizada para mantener fija la mercancía. Obtuvo el monto por dicho ajuste a partir del volumen total reportado por pedimento y, posteriormente, calculó un promedio de estas cifras, al cual le aplicó el ajuste por inflación. Indicó que no tuvo acceso a fuentes alternativas para el cálculo de dicho ajuste. iii Termógrafo 47. Indicó que es el costo de un dispositivo electrónico que se coloca dentro del transporte y que, a lo largo del traslado de la mercancía, realiza registros constantes sobre la temperatura a la que se mantuvo la fruta. Mencionó que en los pedimentos y documentos a los que tuvo acceso el concepto se identificó como recorder. Además, indicó que, al no tener acceso a fuentes alternativas para dicho ajuste, solo fue actualizado por inflación para llevarlo al periodo investigado. 14 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 48. La Solicitante obtuvo el monto por dicho ajuste a partir del volumen total reportado por pedimento y, posteriormente, calculó un costo promedio. A dicha cifra le aplicó el ajuste por inflación. iv Flete interno de la bodega del productor de los Estados Unidos a la frontera 49. La UNIFRUT indicó que, de acuerdo con la información de pedimentos de importación y documentos anexos a los que tuvo acceso, identificó dicho concepto como inland freight, por lo que proporcionó los montos para las operaciones consideradas. Obtuvo el monto unitario a partir del volumen total reportado por pedimento y, posteriormente, calculó un promedio. A dicha cifra le aplicó el ajuste por inflación. 50. En respuesta a la prevención, indicó que obtuvo información de la página de Internet de SeaRates https://www.searates.com/ para algunos gastos, específicamente de la bodega de Seattle en Washington, ya que es el principal estado productor de manzanas en los Estados Unidos conforme a la publicación “Frutas no cítricas y frutos secos, Resumen 2024”, del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, en adelante USDA, por las siglas en inglés de United States Department of Agriculture, y como destino Ensenada y Nogales, México, toda vez que, conforme a la página de Internet https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/product/apples-pears-and-quinces- fresh?importsGeoSelector=1 el mayor porcentaje de compras internacionales de manzanas, peras y membrillos en 2024, se registró en estos dos estados fronterizos. 51. Proporcionó cuatro cotizaciones, las cuales incluyen información del flete para los destinos señalados en el punto inmediato anterior de la presente Resolución, en contenedores estándar de 20 y 40 pies. Para obtener el monto unitario consideró el valor de las cotizaciones y el peso por contenedor en kilogramos de 22,000 y 29,000 para contenedores de 20 y 40 pies, respectivamente. Con base en dichos cálculos obtuvo un promedio de las cotizaciones presentadas. v Sello de transporte en México 52. La UNIFRUT señaló que se refiere al costo del sello que se coloca para verificar que las puertas del transporte no se abran durante el traslado. Mencionó que, en los documentos a los que tuvo acceso, el concepto se identificó como seal. 53. Obtuvo el monto unitario a partir del volumen reportado por transacción. Posteriormente, calculó el valor promedio con base en todas las operaciones identificadas en la glosa de pedimentos que revisó. vi Flete de entrada a México 54. Señaló que se refiere al flete de cruce de la frontera de los Estados Unidos a México. Mencionó que, en los documentos a los que tuvo acceso, el concepto se identificó como freight into Mexico. Obtuvo el monto unitario considerando el valor y el volumen total reportado por pedimento. Posteriormente, con base en estas estimaciones calculó un promedio al que le aplicó el ajuste por inflación. vii Inspección de entrada a México 55. La Solicitante indicó que es el costo de la inspección para el ingreso de la fruta importada a México. Mencionó que, en los documentos a los que tuvo acceso, el concepto se identificó como in n out inspection. Obtuvo el monto unitario considerando el valor y el volumen total reportado por pedimento. Posteriormente, con base en estas estimaciones calculó un promedio al que le aplicó el ajuste por inflación. viii Certificado fitosanitario en México 56. Indicó que se refiere al costo de inspección y certificado fitosanitario en México. Mencionó que, en los documentos a los que tuvo acceso, el concepto se identificó como Mex insp Mexico inspection. Obtuvo el monto unitario considerando el valor y el volumen total reportado por pedimento. Posteriormente, con base en estas estimaciones calculó un promedio al que le aplicó el ajuste por inflación. c. Determinación 57. Con fundamento en los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE, y 53, 54, fracción I, y 58 del RLCE, la Secretaría calculó un precio de exportación promedio ponderado en dólares por kilogramo de manzanas en el periodo investigado para los Estados Unidos, a partir de la información y metodología aportada por la Solicitante y de la que ella misma se allegó, el cual fue ajustado por pallets y embalaje. 58. La Secretaría identificó en las notas de la glosa de los pedimentos de importación el desglose por concepto de pallets y embalaje, a partir del número de pedimento, identificó las importaciones en la base de la Balanza Comercial, comparó la información sin encontrar diferencias, por lo que estimó pertinente utilizar dicha información para el cálculo del monto de los ajustes. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 15 59. La Secretaría consideró aplicar una única metodología para el ajuste por inflación a los conceptos propuestos por la Solicitante en función de la vigencia de los datos en las pruebas documentales proporcionadas, para lo cual consideró la tasa de inflación mensual obtenida del IPC, misma que aplicó a los montos obtenidos de los ajustes propuestos. 60. Para efectos de la comparación equitativa entre el precio de exportación y valor normal, la Secretaría consideró en esta etapa de la investigación no aplicar los ajustes por concepto de termógrafo, flete interno de la bodega del productor de los Estados Unidos a la frontera, flete de entrada a México, inspección de entrada a México, certificado fitosanitario en México y sello de transporte en México al precio de exportación, ya que en el caso que nos ocupa, el Capítulo 4, artículo 4.1 de las Reglamentaciones Uniformes son claras al considerar que el valor reportado por operación en el listado de importaciones como el valor de transacción, corresponde al valor en aduana, ajustado para excluir cualquier costo incurrido en el envío internacional de la mercancía. 2. Valor normal a. Precios internos 61. Para calcular el valor normal, la Solicitante proporcionó referencias de precios mensuales en el mercado interno de los Estados Unidos, a nivel libre a bordo, en adelante FOB, por las siglas en inglés de Free On Board. 62. Señaló que los datos están expresados en dólares por libra y corresponden a los precios de manzanas recibidos por los productores para los principales cultivos, ganados y productos ganaderos en el periodo investigado. Para la estimación del valor normal, consideró la información más actualizada de cada mes y reportó el factor de conversión de libras a kilogramos. 63. Precisó que los precios corresponden a Washington, Nueva York, Michigan, Pensilvania, California, Virginia y Ohio, al ser los estados que concentran la producción nacional de manzanas, a partir de lo señalado por el USDA. 64. La información la obtuvo de las publicaciones mensuales “Precios Agrícolas” emitidas por el USDA, a través del Programa de Precios Agrícolas administrado por el Servicio Nacional de Estadísticas Agrícolas, en adelante NASS, por las siglas en inglés de National Agricultural Statistics Service. 65. Presentó el documento metodológico del Programa de Precios Agrícolas de 2011 que incluye la historia, conceptos, metodología, análisis, estimaciones y difusión obtenido de la página de Internet https://www.nass.usda.gov/Surveys/Guide_to_NASS_Surveys/Prices/Price_Program_Methodology_v10.pdf y el soporte correspondiente a las tablas de precios de las publicaciones mensuales cuya descarga la realizó a través de la página de Internet https://usda.library.cornell.edu/concern/publications/c821gj76b?locale=en&page=2#release-items. 66. Puntualizó que desconoce si los precios proporcionados son netos de descuentos, reembolsos y bonificaciones. 67. Señaló que las referencias de precios presentadas no constituyen una base razonable para determinar el valor normal, ya que no cubren los costos de producción, en términos del artículo 2.2. del Acuerdo Antidumping, por lo que es procedente la metodología de valor reconstruido. 68. De la revisión a la información, argumentos y pruebas proporcionados, la Secretaría previno a la Solicitante para que proporcionara una explicación sobre la relación de los precios reportados y la mercancía investigada producida en los Estados Unidos, la representatividad del comportamiento del mercado interno; aclaraciones de las publicaciones empleadas para los precios reportados, para los conceptos “precios recibidos y pagados”, “precio de paridad de los commodities”, “término de venta FOB Shipping Point / FOB punto de envío”; el soporte documental relacionado con la concentración de la producción de manzanas por estado; las publicaciones mensuales completas con su correspondiente traducción; y aclaraciones sobre el uso del factor de conversión propuesto. 69. En respuesta, la UNIFRUT realizó precisiones de las publicaciones mensuales, conforme a lo siguiente: a. Los precios contenidos corresponden al producto objeto de investigación, ya que identificó que se tratan de commodities agrícolas, y que corresponden al grupo de cultivos y frutas donde se desglosan las frutas no cítricas frescas, en el que se reporta específicamente el precio de manzanas. b. Las publicaciones no solo proporcionan los precios recibidos de las manzanas en comparación con el mismo mes del año anterior (interanual), sino también respecto del mes inmediato anterior (mensual), tal como lo describe el NASS del USDA en el apartado de “Confiabilidad de las estimaciones de los precios recibidos” de dichas publicaciones. Por lo anterior, revisó las ediciones mensuales posteriores, hasta con dos meses de desfase, para asegurar el uso de los datos más actualizados y revisados por el NASS del USDA. 16 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 c. Los precios reportados son obtenidos directamente por el USDA y corresponden al país de origen, además de que los precios utilizados representan ventas de los productores a los primeros compradores, es decir, compradores locales, por lo que se trata de precios de manzanas que se destinan al mercado interno de los Estados Unidos. d. Los precios se obtienen de las encuestas que el NASS realiza a los compradores en los Estados Unidos a nivel nacional, a partir de los estados que producen el 100% de las manzanas en dicho país, siendo estos Washington, Nueva York, Michigan, Pensilvania, California, Virginia y Ohio. Presentó las publicaciones “Frutas no cítricas y frutos secos, Resumen 2024” del USDA y “Perspectivas de la Industria 2024” de AgroFresh Solutions, Inc., en adelante AgroFresh. e. Los precios utilizados corresponden al concepto de precios recibidos, ya que representan las ventas de los productores a los primeros compradores, los cuales incluyen todos los grados y calidades, mientras que los precios pagados se refieren al costo promedio de los insumos adquiridos por agricultores y ganaderos para producir productos agrícolas. La proporción entre estos términos se refiere a la comparación entre ingresos y costos a un nivel muy agregado. 70. Respecto de la definición del término ventas FOB Shipping Point / FOB punto de envío, indicó que conforme a la publicación “Guía del usuario de noticias del Mercado de Frutas y Verduras”, publicada por el USDA, se refiere a que el vendedor coloca el producto libre a bordo del medio de transporte en el punto de envío, en condiciones adecuadas para el mismo. Explicó que este concepto debe entenderse en conjunto con la definición de precios recibidos, que son las ventas de los productores a los primeros compradores, por lo que el flete corre a cargo del comprador. 71. Respecto del Precio de Paridad contenido en las tablas de las publicaciones mensuales, la UNIFRUT manifestó que de acuerdo con el documento metodológico del Programa de Precios Agrícolas de 2011, es un índice para mostrar el precio que un producto agrícola, en este caso las manzanas, deberían tener para mantener el mismo poder adquisitivo en el periodo base 1910-1914, por lo que debe considerarse como una referencia para comparar el poder adquisitivo de los agricultores, que no es pertinente su empleo para el cálculo del valor normal. 72. En cuanto al factor de conversión de libra a kilogramos propuesto, la UNIFRUT indicó que utilizó la publicación “Pesos, medidas y factores de conversión para productos agrícolas y sus productos” emitido por el USDA, que obtuvo de la página de Internet https://www.ers.usda.gov/sites/default/files/_laserfiche/publications/41880/33132_ah697_002.pdf?v=69466. Precisó que se debe multiplicar el precio por el factor de conversión señalado. 73. En relación con la vigencia del documento metodológico del Programa de Precios Agrícolas de 2011, indicó que es el que se presenta de forma oficial en la página de Internet del NASS, además de servir como referencia y para las actualizaciones sobre el NASS con el que se elaboran las publicaciones mensuales. 74. Agregó que, al ser un documento metodológico, la información contenida no necesariamente tiene que cambiar con la frecuencia que se modifican los precios, por el contrario, al ser series de precios comparables entre sí, es importante que estos se obtengan con la misma metodología. 75. Con la información y el soporte documental proporcionado por la Solicitante, la Secretaría realizó lo siguiente: a. Accedió a la página de Internet del NASS del USDA https://usda.library.cornell.edu/concern/publications/c821gj76b?locale=en&page=2#release-items, para la descarga de las publicaciones mensuales. Al comparar la información con las pruebas presentadas por la Solicitante, observó lo siguiente: i. Los precios reportados por la UNIFRUT corresponden a los precios de cultivos extensivos y frutas en los Estados Unidos, en el que se desglosan los cultivos incluyendo el de las manzanas. ii. La información de las publicaciones presenta un desfase de un mes a la fecha de la publicación, y proporciona comparaciones de precios con el mes anterior al reportado, así como interanuales. iii. El soporte documental no presenta diferencias respecto de la información que se observó en la página oficial, los precios están reportados en dólares por libra y abarcan en su totalidad al periodo investigado. iv. Identificó el apartado de Confiabilidad de las estimaciones. b. Conforme al documento metodológico del Programa de Precios Agrícolas de 2011, obtenido de la página de Internet https://www.nass.usda.gov/Surveys/Guide_to_NASS_Surveys/Prices/Price_Program_Methodology_v 10.pdf, la Secretaría considera lo siguiente: Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 17 i. La metodología de descarga continúa vigente para el periodo investigado. ii. El universo de precios está formado por las ventas de los productores a los primeros compradores. iii. Las fuentes de donde se obtienen los precios incluyen compradores locales, juntas estatales de frutas, procesadores, agencias gubernamentales y productores o cultivadores. iv. Los precios de paridad son una comparación de los precios recibidos por los productos con los precios pagados por la producción y los gastos de manutención, por lo que, al no reflejar el precio de venta del producto investigado, no es pertinente utilizarlo en el cálculo del valor normal. 76. A partir de los documentos “Frutas no cítricas y frutos secos, Resumen 2024” del NASS del USDA y “Perspectivas de la Industria 2024” de AgroFresh, existe consistencia en los estados señalados por la UNIFRUT, con excepción del estado de Ohio. Cabe señalar que el documento emitido por AgroFresh reporta la producción de “otros estados” sin especificar cuáles son, pese a esto, la producción total de Washington, Nueva York, Michigan, Pensilvania, California y Virginia representó más del 90% entre 2024 y 2025. 77. En cuanto al término de venta FOB punto de envío, la Secretaría observó, en la publicación “Guía del usuario de noticias del Mercado de Frutas y Verduras” del USDA, que en este término de venta el comprador asume todo el riesgo y costo de daño o demora en tránsito. 78. Respecto al factor de conversión, la Secretaría ingresó a la página de Internet del USDA, proporcionada por la Solicitante y descargó la publicación “Pesos, medidas y factores de conversión para productos agrícolas y sus productos”, en la cual identificó el factor de conversión y la aplicación proporcionadas por la UNIFRUT. 79. A partir de lo descrito anteriormente, la Secretaría considera que las referencias de precios aportadas por la UNIFRUT son representativas del mercado interno de los Estados Unidos, toda vez que se obtuvieron de los estados que concentran un porcentaje significativo de la producción de manzanas en dicho país. Adicionalmente, el documento metodológico del Programa de Precios Agrícolas de 2011 proporciona elementos que permiten a la Secretaría observar el mecanismo de obtención de dichas referencias, y aun cuando dicho documento corresponde a un año fuera del periodo investigado, no contó con elementos que le permitieran identificar que el mismo ya no se encuentra vigente, por el contrario, solo observó actualizaciones parciales. 80. Asimismo, la Secretaría contó con las referencias para cada uno de los meses del periodo investigado. Por lo anterior, consideró pertinente calcular un precio promedio mensual con base en los precios reportados para un mismo mes, a partir de los datos disponibles. A este precio promedio le aplicó el factor de conversión propuesto por la UNIFRUT. b. Determinación 81. Con fundamento en los artículos 2.1 del Acuerdo Antidumping, 31 de la LCE y 40 del RLCE, la Secretaría calculó el valor normal en dólares por kilogramo, para el periodo investigado, a partir de la información proporcionada por la Solicitante. c. Ajustes al valor normal 82. La UNIFRUT propuso ajustar el valor normal por concepto de costos de embalaje, flete interno de la bodega del productor de los Estados Unidos a la frontera y termógrafo, a partir de la información propuesta para los ajustes al precio de exportación que obtuvo a partir de la glosa de pedimentos a los que tuvo acceso, y que corresponden a febrero 2024. 83. Dado que la información contenida en la glosa de pedimentos corresponde a datos fuera del periodo investigado, actualizó la información de estos ajustes por inflación para cada uno de los meses de abril de 2024 a marzo de 2025, y obtuvo el promedio del periodo investigado, a partir del IPC, que obtuvo a través de la Oficina de Estadísticas Laborales del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, para el periodo investigado. 84. La Secretaría revisó la información y metodología propuesta por la Solicitante, por lo que le previno para que justificara la razonabilidad de su aplicación y su cumplimiento con el artículo 54 del RLCE, y considerara fuentes alternativas para el cálculo de los ajustes, anexando la metodología y el soporte documental correspondiente. Lo anterior, adicional a lo ya solicitado por la Secretaría descrito en el análisis de precio de exportación de la presente Resolución. 18 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 85. En respuesta a la prevención, la Solicitante solicitó que la Secretaría aceptara los ajustes propuestos por conceptos de embalaje y termógrafo, ya que son incidentales a las ventas en el mercado interno de los Estados Unidos, conforme al artículo 54 del RLCE, al tratarse de productos delicados que requieren transportarse con seguridad y temperatura adecuada. 86. Respecto del ajuste por flete interno de la bodega del productor de los Estados Unidos a la frontera, indicó que, toda vez que las referencias se encuentran reportadas a nivel FOB punto de envío, y conforme a las pruebas aportadas, el vendedor cubre los costos previos a la primera venta del huerto a las bodegas y el flete corre a cargo del comprador. Proporcionó las notas generadas por la glosa de pedimentos, en las que se observa el desglose y montos por los conceptos señalados. Señaló que es la información razonablemente a su alcance. 87. A fin de llevar los ajustes al periodo investigado, la UNIFRUT presentó la actualización de los cálculos de la tasa de inflación para los ajustes propuestos, empleando el IPC histórico de la Oficina de Estadísticas Laborales del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, para una comparación equitativa con el precio de exportación. 88. La Secretaría analizó la información aportada por la UNIFRUT y consideró válido el señalamiento de que no es pertinente el ajuste por flete interno de la bodega del productor de los Estados Unidos a la frontera, toda vez que las pruebas sustentan que dicho costo corre a cargo del comprador y que el productor o vendedor solo se encarga de colocar la mercancía en condiciones adecuadas para su envío. 89. La Secretaría identificó en las notas de la glosa de los pedimentos de importación, el desglose por concepto de embalaje. A partir del número de pedimento, identificó las importaciones en la base de la Balanza Comercial, y comparó la información sin encontrar diferencias, por lo que estimó pertinente utilizar dicha información para el cálculo del monto de los ajustes, tal como se describió en el punto 58 de la presente Resolución. 90. Por lo anterior, la Secretaría consideró aplicar una única metodología para el ajuste por inflación al costo por embalaje propuesto por la Solicitante, en función de la vigencia de los datos en las pruebas documentales proporcionadas, para lo cual consideró la tasa de inflación mensual obtenida del IPC, misma que aplicó al monto obtenido por dicho ajuste. i Embalaje 91. La UNIFRUT indicó que dicho ajuste cubre los costos de los materiales utilizados para asegurar la carga paletizada, es decir, esquineros de cartón y flejes, con el fin de mantener las cajas de manzana fijas durante el transporte. Presentó la información y metodología propuesta para el precio de exportación descritas en el punto 46 de la presente Resolución. 92. La Secretaría comparó la información y el soporte probatorio proporcionado. Calculó el monto del ajuste en dólares por kilogramo a partir de la metodología señalada por la Solicitante. ii Termógrafo 93. La Solicitante indicó que dicho ajuste representa el costo de un dispositivo electrónico “recorder” que se coloca en el transporte para registrar y proporcionar evidencia objetiva de la temperatura constante a la que se mantuvo la fruta durante el traslado. Presentó la información y metodología propuesta para el precio de exportación descritas en el punto 47 de la presente Resolución. d. Determinación 94. Con fundamento en el artículo 2.4 del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE y 53, 54, fracción I, y 58 del RLCE, la Secretaría aceptó el ajuste por concepto de embalaje propuesto por la Solicitante, para garantizar una comparación equitativa con el precio de exportación. La Secretaría reitera que no corresponde aplicar los ajustes por concepto de flete interno de la bodega del productor de los Estados Unidos a la frontera y termógrafo, tal como se señala en el punto 60 de la presente Resolución. e. Costos de producción 95. La UNIFRUT indicó que las referencias de precios no constituyen una base razonable para determinar el valor normal, ya que se encuentran por debajo de los costos. Para comprobarlo, estimó los costos de producción de las manzanas en los Estados Unidos, utilizando como referencia el costo promedio de producción de manzanas en 2024 para las variedades Gala, Granny Smith y Honeycrisp. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 19 96. Para ello, consideró las publicaciones sobre estimaciones de costos y rentabilidad para 2024 del establecimiento, producción y empaque de manzanas en Washington, publicadas por la Universidad Estatal de Washington, que detallan el costo total de producción en dólares por acre para cada una de estas variedades. Adjuntó capturas de pantalla y la traducción de las partes relevantes de las mismas de la información que obtuvo de las páginas de Internet https://wpcdn.web.wsu.edu/cahnrs/uploads/sites/5/TB107E_2024-Gala-Enterprise-Budget.pdf, https://wpcdn.web.wsu.edu/cahnrs/uploads/sites/5/TB105E_2024-Granny-Smith-Enterprise-Budget.pdf y https://wpcdn.web.wsu.edu/cahnrs/uploads/sites/5/TB106E_2024-Honeycrisp-Enterprise-Budget.pdf. 97. La Solicitante argumentó que Washington participa prácticamente con el 70% de la producción de manzanas en los Estados Unidos, y que las variedades Gala, Granny Smith y Honeycrisp concentraron aproximadamente el 40% de la producción de manzanas en los Estados Unidos durante 2024. 98. Para el cálculo, la Solicitante consideró la información reportada, correspondiente al costo total de producción del periodo de plena producción del huerto, en libras por acre, para lo cual dividió el costo total por acre entre el rendimiento para calcular la cantidad de contenedores por variedad. Finalmente, aplicó el factor de conversión, obteniendo un costo promedio en dólares por kilogramo. 99. Para llevar las cifras al periodo investigado, la Solicitante actualizó el costo utilizando el Índice de Precios al Productor de los Estados Unidos para los meses de enero a marzo de 2025, publicado por la Reserva Federal de San Louis, a partir del cual estimó un costo total de producción promedio en dólares por kilogramo, para el periodo investigado, por variedad de manzana. 100. A partir de lo anterior, comparó los precios internos en los Estados Unidos contra el costo de producción, lo que consecuentemente le permitió observar que las referencias de precios aportadas no constituyen una base razonable, ya que no cubren los costos de producción, por lo que consideró pertinente emplear la metodología de valor reconstruido. 101. Del análisis realizado a la información, la Secretaría previno a la UNIFRUT para que presentara el soporte documental que justificara la representatividad del estado de Washington, así como la concentración del 40% de la producción de manzana en las variedades Gala, Granny Smith y Honeycrisp; proporcionara las traducciones de los títulos, notas al pie y demás información relevante contenida en las tablas que contienen la información de costos de producción y aclaraciones respecto de la información contenida en las publicaciones; y que corrigiera el cálculo de la tasa de inflación, tal como se señala en el punto 16 de la presente Resolución. 102. En respuesta, la Solicitante presentó información sobre los volúmenes de producción de manzanas por estado a partir de la información contenida en la publicación “Frutas no cítricas y frutos secos, Resumen 2024” y por variedad, así como las traducciones respectivas. 103. Respecto de las diferentes tablas que incluyen información de los costos de producción identificadas en los reportes, señaló que existen distintos tipos de soportes de árboles de manzanas, el de v inclinada y el de eje vertical, lo que implica discrepancias en el costo por kilogramo de la variedad Gala, sin generar variaciones para las otras dos. Por lo anterior, optó por presentar su cálculo actualizado, considerando el costo promedio más bajo que obtuvo. 104. La Secretaría analizó la información proporcionada sobre el volumen y la variedad de manzanas por estado, confirmando que Washington tiene la mayor participación en la producción de manzanas. En cuanto a los costos asociados a los distintos tipos de soporte utilizados en los árboles de manzana, la Secretaría identificó que existen diferencias entre las variedades de manzanas señaladas, por lo que determinó tomar el promedio de ambos tipos de costo para efectuar el cálculo correspondiente. 105. Asimismo, observó que en las publicaciones para cada variedad considerada se reporta el costo total de producción en dólares por acre, por lo que, para estimar el costo de producción en dólares por kilogramo, replicó la metodología propuesta por la Solicitante para cada variedad de manzana. Posteriormente, calculó el promedio de los costos obtenidos. 106. Cabe destacar que la UNIFRUT proporcionó la estructura de costos que obtuvo de FIRA, que realiza estudios de costos con el fin de conocer la situación financiera específica de sectores, en este caso, de la producción de manzanas. A partir de esta, la Solicitante estimó la participación porcentual de las variables involucradas, cuyo uso es razonable, debido a que canaliza recursos financieros para actividades agropecuarias. 107. La Secretaría analizó la información proporcionada por la UNIFRUT sobre la estructura de costos y observó un amplio detalle en los componentes, que cubren las características específicas del sector, y que le permitió identificar algunas variables consideradas en los reportes de los costos de producción por variedad de manzana de la Universidad Estatal de Washington. 20 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 108. Con base en lo anterior, la Secretaría calculó los costos de producción para las variedades Gala, Granny Smith y Honeycrisp, a partir de la información y metodología aportada por la UNIFRUT. Finalmente obtuvo un promedio de las cifras reportadas, la cual comparó contra el precio de manzanas en los Estados Unidos, y observó que se encuentra por debajo de los costos de producción. i Determinación 109. De conformidad con los artículos 2.2 del Acuerdo Antidumping, 31, fracción II de la LCE y 42 del RLCE, la Secretaría consideró procedente, en esta etapa de la investigación, calcular el valor normal conforme a la metodología de valor reconstruido, toda vez que, tal como quedó descrito en el presente apartado, los precios de las manzanas en los Estados Unidos no están dados en el curso de operaciones comerciales normales al estar por debajo de los costos de producción. f. Valor reconstruido 110. Para la estimación del valor reconstruido de las manzanas, la Solicitante aportó la información y metodología de cálculo del costo de producción descritas en el apartado anterior de la presente Resolución. 111. Para estimar los gastos generales y una utilidad razonable, la Solicitante se basó en los estados financieros de 2024 de Fresh Del Monte y Dole. Señaló que seleccionó estas empresas por ser las únicas dedicadas al negocio de fruta fresca que cotizan en bolsa, lo cual permite contar con información financiera pública. Presentó la página de Internet de la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos https://www.sec.gov/edgar/search/, así como la metodología de descarga correspondiente. 112. Para el cálculo, consideró las cifras anuales correspondientes a ventas netas, costo de ventas, gastos generales y utilidad de operación de 2024. Posteriormente, promedió la información de ambas empresas y, con base en ello, determinó el porcentaje de gastos de operación y el porcentaje de utilidad de operación como participación de los costos. 113. Al respecto, la Secretaría previno a la Solicitante para que explicara la razonabilidad de utilizar la información de Fresh Del Monte y Dole; en el caso particular de la primera empresa, su consideración a nivel corporativo; que proporcionara la metodología de consulta y descarga del reporte anual de Dole; los estados de operaciones consolidados completos de ambas empresas, así como su correspondiente traducción; justificara la utilización de las cifras de 2024 y proporcionara el soporte probatorio para el periodo investigado, utilizando los reportes trimestrales disponibles; y por último, aclaraciones respecto del cálculo del ajuste por inflación, los gastos generales y la utilidad, tal como se indica en el punto 16 de la presente Resolución. 114. En respuesta, la Solicitante argumentó que es razonable utilizar la información de Fresh Del Monte y Dole, ya que corresponde a empresas que cotizan en la Bolsa de Valores de los Estados Unidos, por lo que hacen pública su información financiera, además de que se distinguen de las empresas productoras de manzanas que suelen ser privadas y familiares. 115. En cuanto a la metodología utilizada para la descarga del reporte de la empresa Dole, la Solicitante presentó la información correspondiente y precisó el nombre correcto del reporte. 116. También sostuvo que la información de las empresas a nivel corporativo incluye en sus operaciones de negocio la producción y venta de manzanas, además de reflejar utilidades, gastos generales y costos, siendo la mejor información disponible que tuvo razonablemente a su alcance, de acuerdo con el artículo 5.2 del Acuerdo Antidumping. Del mismo modo, presentó la información financiera complementaria, a fin de cubrir el periodo analizado. 117. En cuanto al ajuste por inflación, la Solicitante señaló que actualizó la información conforme a las observaciones realizadas por la Secretaría, por lo que presentó nuevamente las hojas de trabajo. 118. Respecto a los gastos generales, la Solicitante argumentó que la información no se presenta en forma desagregada para identificar los distintos tipos de gasto. Sin embargo, sostiene que la información que presenta contiene la totalidad de los gastos que deben ser considerados. 119. La Secretaría replicó la metodología de descarga de la información de Fresh Del Monte y Dole en la página de Internet de la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos, y observó que ambas empresas son productoras de manzanas, y reportaron datos para el periodo investigado, que coinciden con los proporcionados por la Solicitante. 120. En relación con el cálculo actualizado de la inflación presentado por la Solicitante, la Secretaría identificó inconsistencias en la fórmula empleada, por lo que realizó las modificaciones necesarias a fin de que la tasa empleada reflejara el comportamiento mensual. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 21 121. Respecto a los gastos generales y la utilidad, la Secretaría identificó diversos rubros que no fueron considerados por la UNIFRUT para la estimación de los montos reportados por dichos conceptos, entre los que se incluyen los gastos financieros y otros gastos no distribuibles de manera directa, como los relacionados con investigación y desarrollo, así como la depreciación de activos no destinados a la producción, además de una utilidad antes de su afectación por impuestos. Todo ello, conforme a lo establecido en el artículo 46, fracciones II, VIII, IX, X y XI del RLCE. La Secretaría replicó los cálculos presentados por la Solicitante, incorporando los conceptos omitidos, con el propósito de obtener una estimación más precisa y representativa de los gastos generales y la utilidad. i Determinación 122. Con base en lo anterior, y de conformidad con los artículos 2.2 del Acuerdo Antidumping, 31, fracción II de la LCE y 42 y 46, fracciones II, VIII, IX, X y XI del RLCE, la Secretaría calculó el valor reconstruido para las manzanas en dólares por kilogramo, y determinó procedente la aplicación de la metodología e información propuestas por la Solicitante. 3. Margen de discriminación de precios 123. De conformidad con los artículos 2.1 del Acuerdo Antidumping, 30 de la LCE y 38 del RLCE, la Secretaría comparó el valor normal calculado con base en la opción de valor reconstruido con el precio de exportación, y determinó que existen elementos suficientes, basados en pruebas positivas, para establecer que, durante el periodo investigado, las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos se realizaron con un margen de discriminación de precios superior al de minimis. G. Análisis de daño y causalidad 124. La Secretaría analizó los argumentos y pruebas que la UNIFRUT aportó, con el objeto de determinar si existen indicios suficientes para sustentar que las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos, realizadas en presuntas condiciones de discriminación de precios, causaron daño material a la rama de producción nacional del producto similar. Esta evaluación, entre otros elementos, comprende un examen de: a. El volumen de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios, su precio y el efecto de estas en los precios internos del producto similar. b. La repercusión del volumen y del precio de estas importaciones en los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional del producto similar. 125. El análisis de los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional comprende la información que la UNIFRUT proporcionó, dado que representa a la rama de producción nacional de manzanas similar al producto objeto de investigación, tal como se determinó en el punto 146 de la presente Resolución. 126. Para tal efecto, la Secretaría consideró datos de los siguientes periodos: Periodo analizado abril de 2022 - marzo de 2025 Periodo 1 Periodo 2 Periodo investigado abril de 2022 - marzo de 2023 abril de 2023 - marzo de 2024 abril de 2024 – marzo de 2025 127. Salvo indicación en contrario, el comportamiento de los indicadores económicos y financieros en un determinado año o periodo se analiza respecto del inmediato anterior comparable. 1. Similitud del producto 128. De conformidad con lo establecido en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37, fracción II del RLCE, la Secretaría evaluó la información y las pruebas que constan en el expediente administrativo, presentadas por la UNIFRUT, para determinar si las manzanas de fabricación nacional son similares al producto objeto de investigación. 129. La UNIFRUT indicó que las manzanas de fabricación nacional son similares a las importadas de los Estados Unidos, y su nombre comercial es manzanas. Para acreditar que el producto objeto de investigación y el de fabricación nacional son productos similares, proporcionó lo siguiente: imágenes de las principales variedades de manzanas de origen estadounidense de la página de Internet https://evansfruitco.com/; el documento “Características del producto nacional similar” elaborado por la UNIFRUT; una ficha técnica con imágenes de las manzanas de los Estados Unidos, obtenida de la página de Internet de la Comisión de 22 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Manzanas de Washington https://waapple.org/; una ficha técnica con imágenes y características de la manzana mexicana, obtenida del documento “Planeación Agrícola Nacional 2017-2030, Manzana Mexicana”, elaborado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación de México, en adelante SAGARPA; descripción y diagramas del proceso productivo del producto de los Estados Unidos y del producto de fabricación nacional; descripción de los usos y consumidores a los que se destina el producto objeto de investigación y el nacional; una tabla comparativa de las características de la mercancía investigada y la nacional; y un listado de empresas importadoras del producto estadounidense y ventas a clientes del producto de fabricación nacional que proporcionó la UNIFRUT de sus asociados. 130. La Secretaría revisó los medios de prueba que proporcionó la UNIFRUT para acreditar la similitud entre las manzanas originarias de los Estados Unidos y las de fabricación nacional, a partir de lo cual determinó que existen elementos suficientes para considerar, de manera inicial, que ambos productos son similares, en virtud de lo siguiente: a. Las manzanas objeto de investigación y las de fabricación nacional presentan características similares en cuanto a forma y color, independientemente de la variedad. b. Ambos productos cuentan con insumos y etapas de fabricación similares: tierra, agua, insumos químicos (fertilizante, pesticida y combustible) y mano de obra, plantación de árboles, crecimiento de los árboles, crecimiento del fruto, cosecha, almacenamiento en frío, empaque y distribución. c. Ambos productos se destinan al consumo directo y como insumo en la preparación de diversos alimentos, como pueden ser jugos, sidras y otros derivados, como vinagre, mermeladas, purés y concentrados para bebidas y alimentos. d. De acuerdo con el listado de pedimentos de importación de la Balanza Comercial y las ventas a clientes de los productores nacionales, la Secretaría observó que 14 empresas realizaron importaciones originarias de los Estados Unidos. Asimismo, la Secretaría observó que entre los importadores del producto objeto de investigación se ubican, entre otros, comercializadores mayoristas, tiendas departamentales y supermercados, comercializadores ubicados en centrales de abasto, distribuidores y vendedores de productos del sector agropecuario en centrales de abasto, comercializadores y distribuidores de productos agrícolas, y distribuidores minoristas. De esa manera, atienden a consumidores similares. a. Características 131. El producto de fabricación nacional y el importado de los Estados Unidos presentan características similares a las señaladas en el punto 6 de la presente Resolución. Si bien, pueden existir diferencias de tamaño, color y sabor propias de la variedad y del grado de madurez, estas no alteran la naturaleza del producto. Ambas pueden ser de color rojo, amarillo, verde y combinaciones de estos; de piel lisa y brillante o rayada; y de sabor dulce, dulce-acidulado o ácido. Fuente: Documento “Planeación Agrícola Nacional 2017-2030, Manzana Mexicana” elaborado por la SAGARPA, presentado por la UNIFRUT. b. Proceso productivo 132. Las manzanas de producción nacional se elaboran con insumos y procesos productivos similares a los de las manzanas objeto de investigación, conforme a lo descrito en los puntos 11 y 12 de la presente Resolución. Ambos productos se fabrican con tierra, agua, productos químicos y mano de obra. Conforme a la información proporcionada por la Solicitante, la Secretaría observó que el proceso productivo del producto nacional consta de las siguientes etapas: a. Plantación de árboles. En esta etapa se inicia el ciclo de la producción de la manzana. Durante el primer año se realizan prácticas continuas de riego, fertilización, control de malezas, plagas y enfermedades. Durante el segundo año se continúa con la poda de formación y se plantan árboles polinizadores intercalados entre los árboles plantados inicialmente, durante el transcurso del año se continúan realizando prácticas continuas de riego, fertilización, control de malezas, plagas y enfermedades. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 23 b. Crecimiento. El árbol crece de tres a cinco años, y después inicia su etapa productiva. En el tercer año se continúa con la poda de formación y las prácticas de riego, fertilización, control de malezas, plagas y enfermedades. A partir del cuarto año los árboles están en capacidad de producir y dependiendo de la variedad y características de los árboles se realizan anualmente las actividades para el mantenimiento del cultivo: poda de fructificación y control de heladas. c. Floración y polinización. Debe protegerse a los árboles de las posibles heladas, además de realizarse un aclareo químico y manual junto con una fertilización. d. Crecimiento del fruto. Se continúa con el riego intensivo y la fertilización, considerando una protección adicional derivada de las posibles granizadas. e. Cosecha. Se lleva a cabo manualmente, empieza a principios de agosto y se extiende hasta principios de noviembre. f. Almacenamiento en frigoríficos. Se hace un tratamiento químico post-cosecha y después se almacena. g. Empaque. Sale del cuarto de frigorífico para lavarse, encerarse, etiquetarse y empacarse en caja para su venta, y se vuelve a almacenar temporalmente en cuartos fríos para detener el proceso de maduración. h. Distribución. Se lleva a cabo la distribución del producto para su comercialización en el mercado. c. Normas 133. De acuerdo con lo señalado en el punto 13 de la presente Resolución, la Solicitante indicó que tanto el producto objeto de investigación como el de fabricación nacional no están sujetos a la aplicación de una Norma Oficial Mexicana. No obstante, existe la norma mexicana NMX-FF-061-SCFI-2003 “PRODUCTOS AGRÍCOLAS NO INDUSTRIALIZADOS PARA CONSUMO HUMANO - FRUTA FRESCA – MANZANA (Malus pumila Mill) - (Malus domestica Borkh) -ESPECIFICACIONES”, aplicable a la manzana (Malus pumila Mill) - (Malus doméstica Borkh) en estado fresco, destinada al consumo humano y comercializada en territorio nacional. d. Usos y funciones 134. De acuerdo con la información disponible en el expediente administrativo, la Secretaría contó con elementos suficientes que sustentan que, tanto el producto objeto de investigación como el de fabricación nacional, presentan los mismos usos señalados en el punto 14 de la presente Resolución, pues ambos se usan para consumo directo, así como para la preparación de diversos alimentos como pueden ser jugos, sidras y otros derivados como vinagre, mermeladas, purés y concentrados para bebidas y alimentos, principalmente. e. Consumidores y canales de distribución 135. La UNIFRUT señaló que tanto el producto objeto de investigación como el de fabricación nacional abastecen a toda la República Mexicana a través de centrales de abasto y tiendas de autoservicio, por lo que ambos productos se comercializan a través de los mismos canales de distribución y se ponen a disposición del mismo universo de clientes. Agregó que otra parte se destina a la industria para el procesamiento, para la preparación de diversos alimentos. 136. De acuerdo con el listado de clientes del producto nacional que proporcionó la UNIFRUT de sus asociados y el listado con el registro de pedimentos de importación de la Balanza Comercial, la Secretaría encontró coincidencias en 14 clientes. Asimismo, la Secretaría observó que, entre los importadores del producto objeto de investigación se ubican, entre otros, comercializadores mayoristas, tiendas departamentales y supermercados, comercializadores ubicados en centrales de abasto, distribuidores y vendedores de productos del sector agropecuario en centrales de abasto, comercializadores y distribuidores de productos agrícolas, y distribuidores minoristas. De esa manera, atienden a consumidores y mercados similares, lo que les permite ser comercialmente intercambiables. f. Determinación 137. A partir de lo descrito en los puntos 129 a 136 de la presente Resolución, la Secretaría contó con elementos suficientes para determinar, de manera inicial, que las manzanas de fabricación nacional son similares a las manzanas objeto de investigación, ya que tienen características semejantes, se fabrican con los mismos insumos y mediante procesos productivos que no muestran diferencias sustanciales. Asimismo, atienden a los mismos mercados y consumidores, lo que les permite cumplir las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables. De esta manera, pueden considerarse similares, de conformidad con lo establecido en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37, fracción II del RLCE. 24 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 2. Rama de producción nacional y representatividad 138. De conformidad con lo establecido en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE, y 60, 61 y 62 del RLCE, la Secretaría identificó a la rama de producción nacional del producto similar al investigado, como los productores nacionales cuya producción conjunta constituye una proporción importante de la producción nacional total de manzanas, tomando en cuenta si las empresas fabricantes son importadoras del producto objeto de investigación, o si existen elementos para presumir que se encuentran vinculadas con empresas importadoras o exportadoras del mismo. 139. Señaló que, al tratarse de una industria muy atomizada, los productores de manzanas se organizan en asociaciones por estado, en las que cada una tiene por objeto representar los intereses de sus productores. En este sentido, los principales estados en los que se producen manzanas, además de Chihuahua, son: Coahuila, Puebla, Durango, Chiapas, Hidalgo, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca y Puebla. 140. La Solicitante señaló que es una asociación civil que reúne a 16 asociaciones agrícolas locales del Estado de Chihuahua, cuyo objetivo es representar los intereses de los fruticultores asociados, proteger y fortalecer al sector manzanero y proveer servicios e insumos que apoyen e impulsen el desarrollo y la calidad de los cultivos, para que el productor sea más competitivo en el entorno global. 141. Indicó que constituye a la rama de la producción nacional al representar más del 85% de la producción nacional total de manzanas, de acuerdo con cifras obtenidas del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en adelante SIAP-SADER, para el periodo abril de 2024 - marzo de 2025. Asimismo, señaló que la solicitud de investigación está apoyada por las asociaciones de productores de Coahuila, Durango, Hidalgo y Querétaro, así como el Comité Nacional Sistema Producto Manzana, A.C., en adelante Comité Nacional Manzana, que agrupa a todas las asociaciones estatales de productores de manzana. De acuerdo con dicha información, indicó que la solicitud de investigación está apoyada por productores que representan más del 90% de la producción nacional de manzanas. 142. Destacó que la producción conjunta de sus asociados constituye una proporción importante de la producción nacional total de la mercancía idéntica o similar a la manzana importada de los Estados Unidos, por lo que se encuentra legitimada y es representativa para solicitar la presente investigación a nombre de la rama de producción nacional. 143. Para sustentar lo anterior, presentó cartas de apoyo del Comité Nacional Manzana, Comité Estatal del Sistema Producto Manzana del Estado de Durango, A.C., Comité Estatal Sistema Producto Manzana del Estado de Querétaro, A.C., Consejo Estatal del Sistema Producto Manzana del Estado de Hidalgo, A.C., y de la Asociación Agrícola Estatal de Productores de Manzana del Estado de Coahuila, en adelante Asociación Agrícola de Coahuila. Asimismo, aportó estadísticas de la producción de manzanas correspondientes a la producción nacional, estatal y de los distintos municipios que conforman el Estado de Chihuahua, para el periodo analizado, obtenidas del SIAP-SADER; una estimación de la producción nacional de manzanas para el periodo analizado; y una lista de los productores asociados de la UNIFRUT por municipio o localidad. 144. La Secretaría revisó los argumentos y medios de prueba presentados por la UNIFRUT. Cotejó la información publicada sobre la producción nacional por parte del SIAP-SADER sin encontrar diferencias para los periodos analizado e investigado. De acuerdo con la información anterior, la Secretaría observó que la UNIFRUT representa el 85.2% de la producción nacional total y los productores de los estados indicados en el punto inmediato anterior de la presente Resolución contribuyeron con el 6.6% adicional, lo que en conjunto suman 91.8% de la producción nacional total, de manzanas en el periodo investigado. 145. De acuerdo con las cifras del listado de importaciones de la Balanza Comercial para la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, obtenidas conforme a lo señalado en el punto 156 de la presente Resolución, la Secretaría observó que no se registraron importaciones del producto objeto de investigación por parte de los productores integrantes de la UNIFRUT durante el periodo analizado. 146. Con base en la información y los resultados disponibles, la Secretaría determinó, de manera inicial, a la UNIFRUT como representativa de una proporción importante de la producción nacional de manzanas, en el sentido de que la producción de las empresas que integran las asociaciones agrícolas locales que la conforman constituyen la rama de producción nacional de la mercancía similar a la que es objeto de investigación, al representar, durante los periodos investigado y analizado, el 85.2% de la producción nacional. Además, la solicitud de investigación cuenta con el apoyo del Comité Nacional Manzana, que agrupa a las asociaciones estatales, así como de los Comités Estatales del Sistema Producto Manzana de Durango, Querétaro e Hidalgo y de la Asociación Agrícola de Coahuila, sumando un respaldo equivalente al 91.8% de la producción nacional, de conformidad con los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE y 60, 61 y 62 del RLCE. Adicionalmente, la Secretaría no identificó elementos que indiquen que la Solicitante o sus asociados hayan realizado importaciones del producto investigado ni que mantengan vínculos con importadores o exportadores relacionados con la mercancía objeto de investigación. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 25 3. Mercado internacional 147. La UNIFRUT indicó que no contó con información sobre los países productores y consumidores del producto objeto de investigación. Sin embargo, presume que los principales países exportadores e importadores son, a su vez, los principales países productores y consumidores. Para tal fin, proporcionó información sobre las estadísticas de comercio de las Naciones Unidas, en adelante UN Comtrade, para la subpartida arancelaria 0808.10 del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas, en adelante OMA, en la que se clasifica el producto objeto de investigación. De acuerdo con dicha información, los principales países exportadores en el periodo investigado fueron Italia, los Estados Unidos, China, Polonia y Sudáfrica, mientras que los principales países importadores fueron Alemania, India, Reino Unido, México y Brasil. 148. La Secretaría corroboró y replicó los datos estadísticos de exportación e importación proporcionados por la UNIFRUT, utilizando la base de la UN Comtrade para la subpartida 0808.10 de la OMA para el periodo analizado, donde se incluye el producto objeto de investigación, a partir de lo cual observó lo siguiente: a. Las exportaciones mundiales cayeron 0.9% en el periodo analizado, pasando de 6.99 a 6.92 millones de toneladas. En el periodo investigado, los principales países exportadores fueron Italia con 14.5%, los Estados Unidos con 13.4%, China con 10.8%, Polonia con 10.7% y Sudáfrica con 8.6%. b. Las importaciones mundiales crecieron 7.1% en el periodo analizado, pasando de 4.9 a 5.3 millones de toneladas. En el periodo investigado, los principales países importadores fueron Alemania con 8.4%, India con 8.1%, Reino Unido con 4.7%, México con 3.9%, Brasil con 3.5% y Países Bajos con 3.1%. 4. Mercado nacional 149. De acuerdo con la información del SIAP-SADER, la producción nacional de manzanas se realiza en 22 estados. Los principales estados productores en 2024 fueron Chihuahua, con una participación de 85.2%, Coahuila con 5.0%, Puebla con 4.1%, Durango y Veracruz con 1.2%, respectivamente, y Zacatecas con 0.8%, los cuales, en conjunto, representaron el 97.5% de la producción nacional. La oferta nacional se complementa con importaciones principalmente provenientes de los Estados Unidos, Chile, Sudáfrica, Canadá, China, Nueva Zelanda y Argentina. Asimismo, como se indica en el punto 134 de la presente Resolución, tanto la manzana objeto de investigación como la de fabricación nacional están dirigidas al consumo directo, así como a la preparación de diversos alimentos como pueden ser jugos, sidras y otros derivados como vinagre, mermeladas, purés y concentrados para bebidas y alimentos, principalmente. 150. La Secretaría evaluó el comportamiento del mercado nacional de manzanas, con base en la información de la producción nacional de manzanas que proporcionó la UNIFRUT a partir de las cifras del SIAP-SADER, las exportaciones nacionales e importaciones obtenidas de la Balanza Comercial para el periodo analizado, de acuerdo con lo indicado en el punto 156 de la presente Resolución. 151. A partir de la información señalada en el punto inmediato anterior de la presente Resolución, la Secretaría observó que el mercado nacional de manzanas, medido a través del Consumo Nacional Aparente, en adelante CNA, calculado como la producción nacional total más las importaciones menos las exportaciones, creció 4% en el periodo analizado, como resultado de un crecimiento de 5% en el periodo 2 y una ligera contracción de 0.9% en el periodo investigado. Por lo que se refiere a los componentes del CNA, estos mostraron el siguiente comportamiento: a. Durante el periodo analizado, la producción nacional registró una contracción del 3.6%, resultado de un incremento del 0.7% en el periodo 2 y una disminución del 4.3% en el periodo investigado. b. Debido a que las exportaciones nacionales representaron un bajo volumen de la producción nacional total —menor al 0.2% en promedio durante el periodo analizado—, la Producción Nacional Orientada al Mercado Interno, en adelante PNOMI, calculada como la producción nacional total menos las exportaciones, siguió básicamente el mismo comportamiento de la producción nacional. c. Durante el periodo analizado, las importaciones totales crecieron 29%, resultado de un incremento del 18% en el periodo 2 y 9% en el periodo investigado. La oferta de producto importado procedió de siete países. En el periodo investigado, los Estados Unidos fue el principal origen de las importaciones, con una participación del 97.5%, seguido por Chile con 1.5%, Sudáfrica con 0.7%, Canadá con 0.1%, China con 0.07%, Nueva Zelanda con 0.04% y Argentina con 0.03%. 5. Análisis sobre las importaciones 152. De conformidad con lo establecido en los artículos 3.1 y 3.2 del Acuerdo Antidumping, 41, fracción I de la LCE y 64, fracción I del RLCE, la Secretaría evaluó el comportamiento y la tendencia de las importaciones del producto objeto de investigación durante el periodo analizado, tanto en términos absolutos como en relación con la producción o el consumo nacional. 26 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 153. La Solicitante señaló que las importaciones de manzanas presentan una marcada estacionalidad por tratarse de un producto de temporada, especialmente, en la última parte del año, lo cual debe considerarse en el análisis. En los Estados Unidos, las manzanas que se mantienen refrigeradas y en stock corren el riesgo de perder gran parte de su valor si no se venden al inicio de la próxima cosecha. Estas manzanas están próximas al fin de su vida útil como producto fresco, pues la refrigeración solo retrasa la maduración y siguen siendo perecederas. Además, el llegar a la temporada de cosecha con inventarios elevados puede disminuir el precio de la próxima cosecha. Por ello, los productores estadounidenses buscan colocar sus excedentes antes de la nueva cosecha, para liberar capacidad de refrigeración. 154. La UNIFRUT señaló que el principal origen de las manzanas importadas son los Estados Unidos, con una contribución del 98.12% en las importaciones totales, registrándose en el periodo analizado incrementos consistentes y significativos que alcanzaron en dicho periodo un aumento del 27.6%. El aumento de las importaciones de los Estados Unidos ha resultado en un incremento de su participación en el CNA y desplazamiento de las manzanas de fabricación nacional. 155. La UNIFRUT indicó que, durante el periodo analizado, el producto objeto de investigación ingresó a través de la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, NICO 00, incluyendo las importaciones bajo los regímenes definitivo y temporal. Asimismo, señaló que por dicha fracción arancelaria también ingresaron productos distintos al producto objeto de investigación, tales como peras, papas, toronjas, naranjas y uvas. 156. Para obtener el valor y volumen de las importaciones, la Solicitante proporcionó la base de importaciones de la ANAM. De su revisión, la Secretaría observó que la depuración de la base de importaciones se basó principalmente en excluir operaciones mal clasificadas que no correspondían a la descripción del producto objeto de investigación. Al respecto, la Secretaría consideró que la depuración aplicada por la UNIFRUT para obtener las importaciones objeto de investigación es aceptable, por estar basada en la descripción del producto. 157. Asimismo, la Secretaría replicó la metodología de depuración propuesta por la Solicitante, utilizando el listado de operaciones de importación de la Balanza Comercial, debido a que la información contenida en dicha base de datos se obtiene previa validación de los pedimentos aduaneros que se dan en un marco de intercambio de información entre agentes aduanales, por una parte, y la autoridad aduanera por la otra, misma que es revisada por el Banco de México y, por tanto, se considera como la mejor información disponible. El listado de operaciones de importación de la Balanza Comercial incluye, entre otros elementos, el volumen, el valor y la descripción del producto importado en cada operación. De acuerdo con lo anterior, la Secretaría obtuvo el volumen y el valor de las importaciones objeto de investigación originarias de los Estados Unidos y de otros países. 158. De acuerdo con lo anterior, la Secretaría observó que las importaciones totales de manzanas crecieron 18% en el periodo 2, y 9% en el periodo investigado, lo que representó un incremento del 29% en el periodo analizado. Al respecto, la Secretaría observó que el comportamiento de las importaciones totales está asociado a las importaciones originarias de los Estados Unidos, dado que estas representaron una mayor proporción frente a las importaciones de otros países. Efectivamente, la contribución relativa de las importaciones de los Estados Unidos en el total importado fue en promedio del 97.4% durante el periodo analizado. 159. En lo que se refiere al comportamiento de las importaciones originarias de los Estados Unidos, estas experimentaron un incremento del 20% en el periodo 2, y del 9% durante el periodo investigado, lo que significó un crecimiento del 30% en el periodo analizado. 160. Las importaciones provenientes de otros países disminuyeron en 22% durante el periodo 2. Sin embargo, se incrementaron 24% en el periodo investigado, lo que significó una disminución del 3% en el periodo analizado. Este comportamiento se reflejó en una contribución en promedio del 2.6% en el periodo analizado. 161. En relación con el mercado nacional, la Secretaría observó que las importaciones totales aumentaron su participación en el CNA durante el periodo analizado, al pasar de una contribución del 23.2% en el periodo 1, a 28.8% en el periodo investigado, lo que significó un crecimiento de 5.6 puntos porcentuales. Este comportamiento está relacionado con el aumento de la participación en el mercado de las importaciones investigadas, ya que las importaciones de otros orígenes mantuvieron su participación durante el periodo analizado. En efecto: a. Las importaciones investigadas aumentaron su contribución en el mercado nacional, dado que representaron 22.5% del CNA en el periodo 1, 25.7% en el periodo 2 y 28.1% en el periodo investigado, lo que significó un aumento de 5.6 puntos porcentuales en el periodo analizado y 2.4 puntos porcentuales en el periodo investigado. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 27 b. En contraste, las importaciones procedentes de otros orígenes mantuvieron estable su participación en el mercado, pasando de una contribución del 0.7% en el periodo 1 a 0.5% en el periodo 2 y 0.7% en el periodo investigado. 162. En cuanto a la contribución de la PNOMI en el CNA, esta redujo su participación del 76.8% en el periodo 1, al pasar al 73.8% en el periodo 2 y 71.2% en el periodo investigado. Ello equivale a una disminución de 5.6 puntos porcentuales en el periodo analizado y de 2.6 puntos porcentuales en el periodo investigado. Esta pérdida de participación se explica por las importaciones originarias de los Estados Unidos, dado que las importaciones de otros países se mantuvieron constantes a lo largo del periodo analizado. Fuente: Elaboración de la Secretaría con base en información de la Balanza Comercial, el SIAP-SADER, y la presentada por la UNIFRUT. 163. Por su parte, de acuerdo con lo señalado en el punto 193 de la presente Resolución, los productores con los que se contó con información de la rama de producción nacional no realizaron exportaciones de manzanas durante el periodo analizado, por lo cual la producción de la rama de producción nacional se destina en su totalidad al mercado interno, de tal manera que es equivalente a la producción orientada al mercado interno. A partir de lo anterior, la Secretaría observó que la contribución de la producción orientada al mercado interno de la rama en el CNA registró participaciones del 20.5% en el periodo 1, 21.5% en el periodo 2 y 21.3% en el periodo investigado. Lo anterior, refleja un crecimiento de 0.8 puntos porcentuales en su participación durante el periodo analizado y una disminución de 0.2 puntos porcentuales en el periodo investigado. 164. En relación con la producción nacional, las importaciones de manzana objeto de investigación mostraron el siguiente comportamiento: a. Representaron 29% en el periodo 1, 35% en el periodo 2 y 39% en el periodo investigado, lo que implicó un incremento de 10 puntos porcentuales en el periodo analizado y 4 puntos porcentuales en el periodo investigado. b. Las importaciones de otros orígenes tuvieron una participación estable con respecto a la producción nacional en el periodo analizado, pues representaron 1% en el periodo 1, 0.8% en el periodo 2 y 1% en el periodo investigado. 165. Las cifras anteriores muestran que, mientras la PNOMI perdió participación en el mercado nacional en el periodo analizado —5.6 puntos porcentuales—, la producción al mercado interno de la rama de producción nacional aumentó ligeramente su participación —0.8 puntos porcentuales—. A partir de dichos resultados, la Secretaría considera lo siguiente: a. La pérdida de participación de la producción nacional en el mercado interno está asociada al aumento significativo —30% en el periodo analizado— de las importaciones originarias de los Estados Unidos en presuntas condiciones de dumping y una caída en precios del 3% durante el periodo analizado. 28 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 b. Por su parte, si bien la producción orientada al mercado interno mostró un ligero aumento de participación en el periodo analizado, de acuerdo con lo señalado en el punto 172 de la presente Resolución, ello estaría asociado a la caída en sus precios de venta al mercado interno, durante el periodo analizado, del 8%, pero particularmente en el periodo investigado con una disminución del 14%, de tal manera que el crecimiento de la oferta de producto en presuntas condiciones de dumping habría presionado a la baja el precio de venta del producto nacional, a fin de no perder mercado frente a las importaciones objeto de investigación. c. Sin embargo, el aumento de la ligera participación de mercado de la producción orientada al mercado interno no habría sido suficiente para compensar la caída en el precio de venta del producto de fabricación nacional para generar utilidades, pues tal como se indica en el punto 202 de la presente Resolución, la rama de producción nacional enfrentó una contención en precios derivada del aumento de sus costos en el periodo investigado, lo cual se reflejó en un desempeño negativo en sus ingresos, utilidades y margen operativo, principalmente. d. Asimismo, y tal como se indica en los puntos 188 y 190 de la presente Resolución, la rama de producción nacional presentó un comportamiento negativo en sus indicadores de producción y ventas durante el periodo investigado. Ello muestra que la disminución en el precio de venta del producto de fabricación nacional no fue suficiente para mantener los niveles de dichos indicadores frente al desplazamiento causado por el aumento de las importaciones objeto de investigación en presuntas condiciones de dumping. 166. Con base en el análisis descrito en los puntos anteriores de la presente Resolución, la Secretaría determinó, de manera inicial, que las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos registraron una tendencia creciente, en términos absolutos y en relación con el mercado y la producción nacional, tanto en el periodo investigado como en el periodo analizado. Por su parte, la producción nacional disminuyó su participación de mercado, lo que indica la posible existencia de un desplazamiento del producto similar de fabricación nacional causado por las importaciones investigadas en presuntas condiciones de dumping. 6. Efectos sobre los precios 167. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3.1 y 3.2 del Acuerdo Antidumping, 41, fracción II de la LCE y 64, fracción II del RLCE, la Secretaría analizó si las importaciones investigadas concurrieron al mercado nacional a precios considerablemente inferiores a los del producto similar de fabricación nacional, o bien, si el efecto de estas importaciones fue deprimir los precios internos o impedir el aumento que, en otro caso, se hubiera producido, y si el nivel de precios de las importaciones fue determinante para explicar su comportamiento en el mercado nacional. 168. La UNIFRUT indicó que la mayor penetración en el mercado ha estado basada en la combinación de una tendencia creciente del volumen importado de manzanas de origen estadounidense y la tendencia decreciente de sus precios en condiciones de dumping, a niveles tan bajos que no cubren sus costos de producción y causan una contención de los precios nacionales. Al respecto, la Solicitante argumentó lo siguiente: a. Durante el periodo analizado, el precio nacional mostró una tendencia decreciente con una caída del 8%, mientras que en el periodo investigado disminuyó 14%. Por su parte, el precio de las importaciones originarias de los Estados Unidos disminuyó 3.01% en el periodo analizado, en tanto que en el periodo investigado se incrementó ligeramente en 0.74%. b. La reducción del precio de venta nacional fue mayor que la observada en los precios de las manzanas originarias de los Estados Unidos en condiciones de dumping, debido a que, en un periodo de casi nulo crecimiento del consumo en México, el aumento de los volúmenes de importación causó que los productores nacionales solo tuvieran la opción de reducir más sus precios, ya que se trata de un producto perecedero. La disminución en el precio de venta interno de la rama de producción nacional tuvo efectos negativos en sus utilidades, así como pérdidas operativas y brutas. 169. Con el propósito de realizar el análisis del comportamiento de los precios del producto objeto de investigación, la Secretaría consideró la información que consta en el expediente administrativo correspondiente a las ventas al mercado interno realizadas por la rama de producción nacional, así como los volúmenes y valores de las importaciones obtenidos de la Balanza Comercial, conforme a lo descrito en el punto 157 de la presente Resolución, a partir de lo cual calculó los precios implícitos promedio de las importaciones objeto de investigación y del resto de los países, expresados en dólares. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 29 170. Con base en la información anterior, la Secretaría observó que el precio implícito promedio de las importaciones objeto de investigación se redujo 4% durante el periodo 2, mientras que en el periodo investigado se registró un incremento del 1%. Lo anterior, implicó una disminución del 3% en el periodo analizado. 171. El precio de las importaciones de otros orígenes mostró un comportamiento similar, dado que en el periodo analizado disminuyó 5% como resultado de una caída del 4% en el periodo 2 y 0.4% en el periodo investigado. 172. En relación con el precio promedio de venta en el mercado interno de la rama de producción nacional, medido en dólares, se observó un incremento del 7% en el periodo 2, mientras que disminuyó 14% en el periodo investigado, lo que resultó en una reducción del 8% durante el periodo analizado. 173. Con la finalidad de evaluar la existencia de subvaloración en los precios de las importaciones respecto del precio nacional en planta de venta al mercado interno, la Secretaría incluyó, para el caso de las importaciones originarias de los Estados Unidos, los gastos de agente aduanal, y para las importaciones originarias del resto de países, los gastos de internación (arancel, gastos de agente aduanal y derechos de trámite aduanero) para llevarlos a un nivel comercial comparable. 174. De acuerdo con lo anterior, la Secretaría observó que el precio promedio de las importaciones investigadas en presuntas condiciones de dumping fue superior al de la rama de producción nacional durante el periodo analizado. En lo que respecta a las importaciones de otros orígenes, sus precios mostraron un nivel similar al de las importaciones objeto de investigación, por lo que también se ubicaron por arriba de los precios de venta del producto nacional. Precios en el mercado interno de manzanas Diferencia en precios Periodo 1 Periodo 2 Periodo investigado Importaciones objeto de investigación / Producto nacional 80% 62% 89% Importaciones de otros orígenes / Producto nacional 82% 63% 88% Fuente: Elaboración de la Secretaría con base en información de la Balanza Comercial y la presentada por la UNIFRUT. 175. Los resultados anteriores muestran que los precios de las importaciones objeto de investigación se ubicaron por encima de los precios de venta de la rama de producción nacional durante el periodo analizado. Al respecto, la Secretaría previno a la Solicitante para que proporcionara mayores elementos sobre dicha situación, y explicara cómo ello era consistente con el daño alegado a la rama de producción nacional, tal como se indica en el punto 16 de la presente Resolución. En respuesta, la UNIFRUT indicó lo siguiente: a. Reiteró que los precios a los que ingresan las manzanas de los Estados Unidos a México están por debajo de los propios costos de producción de los productores de dicho país. b. El precio en el mercado nacional de manzanas se determina por su principal competidor, los Estados Unidos, con una participación de 98% en el total importado, aun sin que dicho oferente tenga la mayor participación de mercado. 30 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 c. En cada negociación del precio de venta de la manzana de fabricación nacional está presente la oferta del producto de los Estados Unidos a precios dumping, lo cual obliga a los productores nacionales a bajar sus precios, pues de no hacerlo así, la participación de la manzana estadounidense sería mucho mayor. Además, su presencia está presente en prácticamente todas las centrales de abasto de la República Mexicana, que a su vez surten de manzanas a todo el país, donde los productores nacionales tienen que competir vía precios con las manzanas estadounidenses. d. Si bien los precios de la manzana de los Estados Unidos son mayores a los precios del producto de fabricación nacional, estos impactan en el precio nacional imponiendo un techo, es decir, tienen el efecto de contener los precios nacionales. Estos niveles de precios no cubren la totalidad de los costos del producto nacional y, por tanto, opera con pérdidas. e. La existencia de la brecha en precios entre la mercancía nacional y la investigada que ingresa al mercado en condiciones de discriminación de precios, y a niveles por debajo de sus costos, condiciona a los productores nacionales a vender a precios muy bajos, inclusive a precios que no cubren la totalidad de sus costos de producción, lo que implica que no operan con utilidades. f. Presentó un ejercicio en el cual se muestra que, si la mercancía investigada ingresara al mercado nacional sin dumping, cubriendo sus costos y teniendo utilidades, y considerando la diferencia de precios entre ambas mercancías en el periodo investigado, el precio nacional se incrementaría de manera importante, mejorando las condiciones de operación de los productores nacionales. En tal escenario, aun y cuando se mantuviera la brecha entre el precio nacional y el investigado, al aumentar el nivel de precios o el techo impuesto por la manzana de los Estados Unidos, el precio nacional podría aumentar, manteniéndose más bajo que el investigado, y con ello cubrir costos y operar con utilidades. Por consiguiente, el nivel de precios dumping es la única razón que impide que la rama de producción nacional opere con mejores precios y condiciones financieras, es decir, el techo que impone la manzana de los Estados Unidos no cubre sus costos de producción. g. La contención de precios es evidente en el sentido de que el incremento de los costos unitarios ocurrido en el periodo investigado no pudo trasladarse a un incremento del precio de venta en el mismo periodo, ya que este último disminuyó 7%. 176. Al respecto, la Secretaría considera que existen elementos suficientes para considerar, de manera inicial, que las importaciones objeto de investigación y sus precios en presuntas condiciones de dumping, estarían asociados a la disminución del precio nacional en los periodos investigado y analizado, así como en los resultados negativos que presentaron los indicadores de la rama de producción nacional, en virtud de lo siguiente: a. Si bien los precios del producto investigado se mantuvieron por arriba de los precios del producto de fabricación nacional durante el periodo analizado, los precios de las importaciones estadounidenses disminuyeron 3% en dicho periodo, mientras los precios del producto nacional cayeron en una proporción equivalente a 2.7 veces la disminución en el precio del producto investigado, es decir 8%. b. No obstante, la mayor caída en el precio nacional se observó en el periodo investigado, con una disminución del 14%. Dicha caída estaría asociada al comportamiento de las importaciones investigadas al registrar un incremento de 9% en dicho periodo. En este sentido, la caída en el precio nacional en el periodo investigado se explicaría como consecuencia del aumento de las importaciones investigadas en presuntas condiciones de dumping. En consecuencia, la caída en el precio nacional podría haber evitado una mayor pérdida de participación en el mercado nacional de la rama de producción nacional, lo que no impidió que indicadores económicos como la producción y ventas, entre otros, registraran resultados negativos, tal como se indica en los puntos 188 y 190 de la presente Resolución. c. Es posible considerar que la disminución del precio nacional en el periodo investigado atenuara la pérdida de mercado por el aumento masivo de las importaciones objeto de investigación. Sin embargo, la mayor repercusión de la depresión en el precio nacional se puede observar en los resultados financieros de la rama de producción nacional. Efectivamente, como se indica en los puntos 202 y 206 de la presente Resolución, la Secretaría observó lo siguiente: i. Los ingresos por venta de la mercancía similar disminuyeron 0.5% en el periodo 2 y 9.9% en el periodo investigado, lo que reflejó una caída de 10.3% en el periodo analizado. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 31 ii. Los resultados operativos de la rama de producción nacional reportaron pérdidas a lo largo del periodo analizado, estas pérdidas operativas disminuyeron 84.1% en el periodo 2, pero se incrementaron 20 veces en el periodo investigado, lo que dio como resultado un incremento de 235.4% en el periodo analizado. iii. Los márgenes de operación fueron negativos en todos los periodos que integran al periodo analizado, los cuales disminuyeron 3.1 puntos porcentuales en el periodo 2, pero se incrementaron 13.2 puntos porcentuales en el periodo investigado, lo que se tradujo en un aumento de 10.1 puntos porcentuales del margen negativo en el periodo analizado, al pasar de -3.7% en el periodo 1 a -13.8% en el periodo investigado. iv. La Secretaría considera, de manera inicial, como razonable el señalamiento de la UNIFRUT relativo a la contención de precios de la rama de producción nacional, toda vez que los costos unitarios totales incrementaron 3.3%, mientras que el precio de venta nacional en pesos descendió 8% en el periodo investigado. 177. La Secretaría considera que los señalamientos de la Solicitante sobre el techo que representan los precios del producto investigado, la brecha existente con los precios del producto nacional, así como el ejercicio o escenario propuesto, son aceptables en el sentido de que, si las importaciones originarias de los Estados Unidos no se realizaran en presuntas condiciones de dumping y por debajo de sus propios costos de fabricación, el nivel general de precios habría sido más elevado en el mercado nacional. Un nivel de precios más elevado en el mercado nacional habría permitido a la rama de producción nacional operar en condiciones más favorables y lograr resultados superiores a los observados en el periodo analizado. 178. Las pruebas que obran en el expediente administrativo muestran que, si bien, los precios del producto investigado no mostraron subvaloración en el periodo analizado, el aumento en el volumen de las importaciones objeto de investigación en presuntas condiciones de dumping sí influyó negativamente sobre el precio nacional, principalmente en el periodo investigado. Ello causó una depresión en el precio de venta al mercado interno de la rama de producción nacional en el periodo analizado, con el fin de poder seguir compitiendo en el mercado mexicano y mantener su participación de mercado, situación que se reflejó en el desempeño negativo en los ingresos por ventas al mercado interno, resultados operativos y margen de operación, como se explica en el punto 202 de la presente Resolución, lo que hace vulnerable a la rama de producción nacional ante la competencia de las importaciones investigadas. 7. Efectos sobre la rama de producción nacional 179. Con fundamento en los artículos 3.1 y 3.4 del Acuerdo Antidumping, 41, fracción III de la LCE, y 64, fracción III del RLCE, la Secretaría evaluó los efectos de las importaciones del producto objeto de investigación sobre los indicadores económicos y financieros relativos a la rama de producción nacional del producto similar. 180. La UNIFRUT señaló que diversos indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional tuvieron un comportamiento negativo en el periodo analizado, a causa del incremento de las importaciones de manzanas de los Estados Unidos en condiciones de discriminación de precios. Ello se reflejó en una pérdida de rentabilidad, ya que tuvo que realizar ventas a precios bajos e inferiores a los costos de producción nacionales. Asimismo, indicó que la rama de producción nacional enfrenta un inminente riesgo de agravamiento del daño si no se corrige la práctica desleal en la que incurren los exportadores de manzanas estadounidenses. 181. Para analizar los efectos de las importaciones investigadas en la rama de producción nacional del producto similar, la UNIFRUT proporcionó información anual de los indicadores económicos obtenida de encuestas aplicadas entre sus asociados. Al respecto, indicó que realiza encuestas a un gran número de productores de Chihuahua pertenecientes a distintas asociaciones, lo cual le permite contar con información de sus indicadores económicos y financieros, información que representa las condiciones del sector productor de manzanas. 182. Por su parte, la Secretaría revisó la información que proporcionó la Solicitante, a partir de la cual observó que esta corresponde en promedio al 28.5% de la producción nacional total de manzanas, y al 33.5% de la producción de la rama de producción nacional en el periodo analizado. Al respecto, la Secretaría previno a la Solicitante para que proporcionara una explicación o justificación de por qué solo presentó información de los indicadores económicos y financieros de una parte de la rama de producción nacional, tomando en cuenta 32 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 que la UNIFRUT representa al 85% de la producción nacional total de manzanas; indicara el nombre o razón social de los productores de manzanas encuestados y la asociación a la que pertenecen; presentara las encuestas realizadas a cada uno de los productores nacionales a partir de los cuales obtuvo las cifras de los indicadores económicos reportados; señalara la metodología que aplicó la UNIFRUT para seleccionar la muestra de productores encuestados que utilizó para obtener los volúmenes y valores de los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional; y proporcionara las ventas realizadas a los clientes principales de los productores que conforman la rama de producción nacional, tal como se indica en el punto 16 de la presente Resolución. 183. En respuesta a la prevención, la Solicitante presentó los siguientes señalamientos y medios de prueba: a. La producción de manzanas es una industria atomizada, debido a que está compuesta por un gran número de productores distribuidos en zonas agrícolas de México. Anualmente la UNIFRUT tiene entre sus actividades levantar encuestas a un número importante de productores de manzanas para contar con información oportuna y precisa que refleje las condiciones reales de los productores que la constituyen. b. Para fines de la presente investigación, la UNIFRUT realizó una encuesta consistente en cuestionarios a 354 productores del Estado de Chihuahua que tuvieran información para los tres años que integran al periodo analizado. La información de los productores considerados debe ser tal, que evite sesgar los datos económicos y, en consecuencia, distorsionar el análisis del estado de la rama de producción nacional y la posible determinación de daño. c. Indicó que debe considerarse que la producción nacional de manzanas es una industria atomizada compuesta por un importante número de productores y, si bien, la UNIFRUT representa el 85.2% de la producción nacional, ello incluye a más de mil productores, por lo que la información de 354 productores debe ser suficiente para considerarla como una proporción importante, pues la legislación en la materia no obliga a que sea la mayoría de la producción nacional. d. Los 354 productores encuestados, cuyas cifras conforman la información presentada sobre los indicadores económicos, corresponden a empresas de todas las regiones productoras de Chihuahua, e incluyen empresas de diversos tamaños: pequeñas con número de hectáreas y recursos limitados, medianas y grandes con mayor número de hectáreas y mayores recursos y rendimientos de la tierra, por lo que representan razonablemente a las empresas productoras de manzanas que forman parte de la UNIFRUT. Dicha información considera a los dos tipos de productores de manzanas existentes en Chihuahua, grandes y medianos de más de 20 hectáreas, y pequeños de menos de 20 hectáreas, y como se observa de los cuestionarios, representan las diversas tecnologías existentes y aplicadas en sus huertos. En este sentido, es importante señalar que la información presentada se obtuvo directamente de los productores y corresponde a la mayor cantidad de información completa a la que tuvo acceso. e. No hay ninguna obligación en el artículo 4.1 del Acuerdo Antidumping que obligue a la autoridad a aclarar expresamente las razones por las que un porcentaje inferior al 50% no pueda considerarse una proporción importante. Al respecto, la UNIFRUT indicó que en el informe “WT/DS241/R Argentina - Derechos antidumping definitivos sobre los pollos procedentes del Brasil”, el Grupo Especial constató que el artículo 4.1 del Acuerdo Antidumping no exige que los miembros definan a la rama de producción nacional como los productores nacionales que representen la mayoría o más del 50% de la producción nacional total. f. Como medios de prueba, la UNIFRUT proporcionó lo siguiente: el nombre de los productores de manzanas encuestados y la asociación a la que pertenecen; los cuestionarios aplicados a los 354 productores nacionales de manzanas pertenecientes a siete asociaciones de la UNIFRUT del Estado de Chihuahua; información desagregada de indicadores económicos de los 354 productores de manzana que contestaron la encuesta promovida por la UNIFRUT; las hojas de trabajo con las cifras obtenidas de los cuestionarios realizados a los productores nacionales; así como el cálculo estadístico de la muestra y el listado de clientes principales del producto nacional. 184. La Secretaría consideró aceptable la información presentada por la UNIFRUT para realizar el análisis de los efectos de las importaciones en presuntas condiciones de dumping sobre la rama de producción nacional, en virtud de lo siguiente: Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 33 a. La Solicitante proporcionó una explicación razonable de la situación del sector productor de manzanas que cuenta con un número excepcionalmente elevado de productores, por lo que no se dispone de información completa para todos. Debido a ello, resultaba conveniente obtener una muestra de productores que reflejara el comportamiento del conjunto de la rama de producción nacional del producto similar sin sesgos económicos. b. La muestra de 354 productores se puede considerar aceptable, ya que, estadísticamente, de acuerdo con lo señalado por la Solicitante, abarca a todas las regiones productoras del Estado de Chihuahua, e incluye a productores pequeños, medianos y grandes, con diversas escalas de producción y diversas tecnologías existentes y aplicadas en sus hectáreas o huertos. c. La Secretaría replicó los cálculos para obtener los indicadores económicos a partir de las encuestas realizadas a los productores nacionales de manzanas, sin encontrar diferencias o inconsistencias. d. La información de los indicadores económicos proporcionada por la UNIFRUT proviene directamente de sus productores asociados. e. La información económica reportada de los 354 productores nacionales de manzanas encuestados corresponde a productores pertenecientes a las asociaciones agrícolas de la UNIFRUT. f. La información de los indicadores económicos está debidamente sustentada en las encuestas realizadas por la UNIFRUT a los productores que conforman la muestra de la rama de producción nacional. g. La Secretaría no observa un lineamiento o restricción en la normatividad en la materia que impida que, en el caso de ramas de producción fragmentadas que supongan un número excepcionalmente elevado de productores, el análisis de efectos sobre la rama de producción nacional pueda realizarse sobre la base de una muestra de productores representativos del comportamiento total de la rama de producción nacional. h. De acuerdo con la información de la producción de los 354 productores encuestados, estos representaron el 30% de la producción nacional total de manzanas y el 35% de la rama de producción nacional en el periodo investigado. Al respecto, la Secretaría considera, de manera inicial que, para efectos de la presente investigación, ello representa una proporción importante de la producción nacional para fines del análisis de efectos sobre la rama de producción nacional. 185. La Secretaría analizó el comportamiento y los efectos de las importaciones investigadas en los indicadores económicos de los productores que conforman la muestra de la rama de producción nacional del producto similar para cada uno de los periodos que comprenden el periodo analizado. Para tal fin, consideró la información de los siguientes indicadores: producción, ventas al mercado interno, empleo, salarios, capacidad instalada y utilización, y productividad. 186. De acuerdo con la información que obra en el expediente administrativo, la Secretaría observó que el mercado nacional de manzanas, medido a través del CNA, presentó un aumento de 4% en el periodo analizado, derivado de un crecimiento de 5% en el periodo 2 y una caída del 0.9% en el periodo investigado. 187. En este contexto de aumento del mercado nacional, en el periodo analizado la producción nacional registró una caída de 3.6% en el periodo analizado, derivado de un crecimiento de 0.7% en el periodo 2 y una disminución de 4.3% en el periodo investigado. La contribución de la PNOMI en el CNA fue de 76.8% en el periodo 1, 73.8% en el periodo 2 y 71.2% en el periodo investigado, lo que significó una pérdida de 5.6 puntos porcentuales en el periodo analizado y 2.6 puntos porcentuales en el periodo investigado. 188. La producción orientada al mercado interno de la rama de producción nacional aumentó 8% en el periodo analizado, debido a que tuvo un crecimiento de 10% en el periodo 2 y una disminución de 2% en el periodo investigado. La contribución de este indicador en el CNA fue de 20.5% en el periodo 1, 21.5% en el periodo 2 y 21.3% en el periodo investigado, lo cual significó un aumento de 0.8 puntos porcentuales en el periodo analizado y una caída de 0.2 puntos porcentuales en el periodo investigado. 189. En contraste, la contribución de las importaciones investigadas en el CNA pasó de 22.5% en el periodo 1 al 25.7% en el periodo 2 y 28.1% en el periodo investigado. Ello significó un aumento de 2.4 y 5.6 puntos porcentuales en los periodos investigado y analizado, respectivamente, lo cual sustenta que, ante el crecimiento que registró el mercado, las importaciones investigadas fueron las únicas que se beneficiaron, ya que las importaciones de otros orígenes mantuvieron su contribución durante el periodo analizado. Estos resultados confirman que la pérdida de mercado que registró la PNOMI durante el periodo analizado está vinculada con el incremento de las importaciones investigadas, que fueron las que se beneficiaron del crecimiento del mercado durante dicho periodo. 34 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 190. Las ventas al mercado interno de la rama de producción nacional aumentaron 8% en el periodo analizado y 10% en el periodo 2, mientras que disminuyeron 2% en el periodo investigado. Al respecto, la Secretaría observó que, si bien, las ventas internas aumentaron en el periodo analizado, ello estaría asociado a la caída en el precio nacional de 8% en dicho periodo, pero particularmente en el periodo investigado, donde se registró una mayor caída del precio nacional equivalente a 14%. De tal manera, resulta razonable que, ante una caída del precio nacional, los consumidores optaran por adquirirla en mayores cantidades. Sin embargo, el aumento en el volumen obtenido no habría compensado de manera suficiente el menor valor recibido por kilogramo, lo que se reflejaría en resultados financieros menos favorables, tal como se indica en el punto 202 de la presente Resolución. 191. De acuerdo con la información de ventas al mercado interno que proporcionó la UNIFRUT, y el listado de importaciones de la Balanza Comercial, la Secretaría observó que 14 clientes realizaron a su vez importaciones de manzanas objeto de investigación, las cuales se incrementaron 40% y representaron 23% en el periodo analizado. 192. La Solicitante señaló que los productores nacionales encuestados no registran inventarios. Sin embargo, son los comercializadores, tales como las centrales de abasto y las cadenas comerciales, los que una vez que adquieren la manzana a los productores nacionales, almacenan la fruta temporalmente en cuartos fríos para detener el proceso de maduración. Añadió que solo algunos grandes productores cuentan con cámaras de frío y ventas hasta menudeo. Por consiguiente, casi la totalidad de los productores entregan su manzana a los comercializadores y estos son los que la refrigeran y se quedan con los inventarios del producto. 193. Los productores nacionales encuestados no realizaron ventas al mercado externo, por lo que la rama de producción nacional depende en su totalidad de las ventas al mercado interno, lo cual los coloca en una posición de mayor vulnerabilidad frente a la competencia desleal de las importaciones en presuntas condiciones de dumping. 194. La Solicitante indicó que estimó la capacidad instalada de los productores nacionales encuestados de la rama de producción nacional multiplicando el número de hectáreas propiedad de los productores nacionales por el rendimiento de las seis empresas con mayor rentabilidad en el periodo investigado. Por su parte, la Secretaría replicó la metodología proporcionada por la UNIFRUT sin encontrar diferencias. A partir de lo anterior, observó que la capacidad instalada se mantuvo constante durante el periodo analizado. 195. La utilización de la capacidad instalada, medida como la relación entre la producción y la capacidad instalada de la rama de producción nacional, pasó de 73.8% en el periodo 1 a 81.5% en el periodo 2 y 79.8% en el periodo investigado, lo cual representó un aumento de 6 puntos porcentuales en el periodo analizado. La Secretaría observó que, si bien, la utilización aumentó en el periodo analizado, ello estaría asociado al aumento de la producción debido a la mayor demanda del producto nacional frente a la baja en el precio de venta del producto nacional. 196. El empleo de la rama de producción nacional aumentó 4% en el periodo analizado, derivado de una disminución de 13% en el periodo 2 y un crecimiento de 19% en el periodo investigado. Por su parte, la masa salarial se incrementó 20% en el periodo 2 y disminuyó 9% en el periodo investigado, lo que dio como resultado un aumento de 10% en el periodo analizado. 197. El comportamiento de la producción y el empleo de la rama de producción nacional se reflejó en un aumento de la productividad en el periodo analizado, expresada como el cociente entre ambos indicadores, dado que mostró un aumento de 26% en el periodo 2 y una disminución de 18% en el periodo investigado, lo que se reflejó en un aumento de 4% en el periodo analizado. 198. La Secretaría analizó los indicadores financieros de la rama de producción nacional de manzanas a partir de los estados financieros dictaminados de Agropecuaria La Norteñita, S. de R.L. de C.V., en adelante La Norteñita, así como de los de carácter interno de los siguientes productores nacionales: Huerta Cusi, S.P.R. de R.L. de C.V., en adelante Huerta Cusi, Grupo Agropecuario Gran Visión, S.P.R. de R.L. de C.V., en adelante Grupo Gran Visión, Luis Manuel Hernández Vizcarra, Agropecuaria Sans Souci, S. de R.L. de C.V., en adelante Sans Souci, y Manzanas del Uno, S.P.R. de R.L. de C.V., en adelante Manzanas del Uno, para los años de 2022 a 2024, presentados por la UNIFRUT en respuesta a la prevención. 199. A partir de las encuestas realizadas a los productores de manzanas, la UNIFRUT presentó estados de costos, ventas y utilidades de la mercancía similar destinada al mercado interno de la rama de producción nacional para los periodos que integran al periodo analizado. Adicionalmente, presentó estados de costos y gastos unitarios en pesos por kilogramo, sobre la producción y venta de manzanas destinada al mercado interno para los mismos periodos. La Secretaría actualizó la información financiera histórica para los periodos que comprenden el periodo analizado, mediante el método de cambios en el nivel general de precios, con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor que publica el INEGI. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 35 200. La UNIFRUT señaló que las importaciones de manzanas de los Estados Unidos en condiciones de discriminación de precios incrementaron durante el periodo analizado, e indicó que el nivel de precios al que incurrieron dichas importaciones fue tan bajo que se situó por debajo de los costos de producción de los productores estadounidenses, lo que estableció un techo al precio de la rama de producción nacional. Esta situación imposibilitó a los productores nacionales a subir sus precios de venta para poder cubrir sus propios costos de producción, afectando la generación de utilidades, dado que los productores nacionales operaron con pérdidas, lo que redujo el flujo de capital necesario para la reinversión en sus huertos. 201. Agregó que esta situación —la ausencia de utilidades y escasez de efectivo— dificulta el acceso de financiamiento para los productores nacionales, convirtiendo al sector agropecuario en uno no rentable y, por ende, difícilmente sujeto a crédito. Como consecuencia, la rama de producción nacional no puede otorgar el mantenimiento adecuado a sus huertos para sostener su producción, lo que genera efectos estructurales graves a largo plazo. 202. La Secretaría evaluó los efectos de las importaciones en presuntas condiciones de dumping sobre los resultados operativos de la rama de producción nacional, y observó lo siguiente: a. Como resultado del comportamiento de los volúmenes de venta destinados al mercado interno y los precios de venta, los ingresos por venta de la mercancía similar disminuyeron 0.5% en el periodo 2 y 9.9% en el periodo investigado, lo que reflejó una caída de 10.3% en el periodo analizado. b. Por su parte, los costos de operación u operativos —entendiendo estos como la suma de los costos de venta más los gastos de operación— disminuyeron 3.5% en el periodo 2, pero incrementaron 2% en el periodo investigado, lo que reflejó una reducción de 1.6% en el periodo analizado. c. Derivado del comportamiento de los ingresos por ventas y los costos de operación, los resultados operativos de la rama de producción nacional reportaron pérdidas a lo largo del periodo analizado, estas pérdidas operativas disminuyeron 84.1% en el periodo 2, pero se incrementaron 20 veces en el periodo investigado, lo que dio como resultado un incremento de 235.4% en el periodo analizado. d. A partir del desempeño de los resultados operativos descritos anteriormente, los márgenes de operación fueron negativos en todos los periodos que integran al periodo analizado, los cuales disminuyeron 3.1 puntos porcentuales en el periodo 2, pero se incrementaron 13.2 puntos porcentuales en el periodo investigado, lo que se tradujo en un aumento de 10.1 puntos porcentuales del margen negativo en el periodo analizado, al pasar de -3.7% en el periodo 1 a -13.8% en el periodo investigado, tal como se observa en la siguiente gráfica: Resultados operativos en el mercado interno de la rama de producción nacional Fuente: Elaborado por la Secretaría con información proporcionada por la UNIFRUT. 203. Por otro lado, la UNIFRUT manifestó que el impacto de los precios dumping de las manzanas de los Estados Unidos se reflejó no solo en una reducción de los precios de venta nacionales, sino también en una contención de precios. Esta situación obligó a la rama de producción nacional a vender por debajo de sus costos, resultando en pérdidas brutas y operativas durante el periodo analizado. Señaló que la contención de precios es evidente en el periodo investigado, toda vez que el incremento que registraron los costos unitarios no pudo trasladarse a un aumento equivalente en el precio de venta de la mercancía similar en ese periodo. Para sustentar lo anterior, la UNIFRUT presentó estados de costos y gastos unitarios de la mercancía similar producida y vendida en el mercado interno de la rama de producción nacional, separando la parte fija de la parte variable de cada concepto, para el periodo analizado. 36 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 204. Al respecto, la Secretaría evaluó el comportamiento de los costos y gastos unitarios totales por kilogramo producido de manzanas, en relación con sus precios de venta promedio en el mercado interno durante el periodo analizado, ambos expresados en términos reales en pesos, y observó el siguiente comportamiento: a. El precio nacional promedio de la mercancía similar disminuyó 9.8% en el periodo 2 y 8% en el periodo investigado, lo que reflejó una disminución de 17.1% en el periodo analizado. b. Los costos unitarios totales disminuyeron 11.6% en el periodo 2, pero incrementaron 3.3% en el periodo investigado, lo que dio como resultado una disminución de 8.6% en el periodo analizado. c. Conforme al comportamiento del precio nacional y los costos unitarios totales, la Secretaría observó que: i) el precio de venta de la rama de producción nacional no alcanzó a cubrir los costos unitarios totales para la producción y venta de manzanas en el mercado interno; ii) el precio de venta disminuyó en mayor proporción que dichos costos; y iii) tal comportamiento impidió a la industria nacional obtener un margen de ganancia durante el periodo analizado. 205. A partir de lo anterior, la rama de producción nacional reportó pérdidas a nivel unitario, las cuales incrementaron 10.5 puntos porcentuales en el periodo analizado, al pasar de un margen de -3.7% en el periodo 1 a -14.2% en el periodo investigado, tal como se observa en la siguiente gráfica: Estado de costos y gastos unitarios de la rama de producción nacional Fuente: Elaborado por la Secretaría con información proporcionada por la UNIFRUT. 206. La Secretaría considera, de manera inicial, razonable el señalamiento de la UNIFRUT relativo a la contención de precios de la rama de producción nacional, toda vez que los costos unitarios totales se incrementaron 3.3%, mientras que el precio de venta nacional en pesos descendió 8% en el periodo investigado. 207. La Secretaría analizó el flujo de caja a nivel operativo a partir de los estados financieros dictaminados de La Norteñita, que incluyen el estado de flujo de efectivo, toda vez que fue el único productor nacional que contó con dichos estados financieros. Al respecto, la Secretaría observó, de manera inicial, que el flujo de caja reportó un comportamiento mixto en el periodo analizado: aumentó 73.9% en 2023, pero registró una disminución de 39.9% en 2024, de manera que reportó una disminución de 4.5% de 2022 a 2024. 208. En lo que respecta a los efectos en el rendimiento sobre la inversión, en adelante ROA, por las siglas en inglés de Return on Assets, y la capacidad de reunir capital, la Secretaría utilizó los estados financieros de La Norteñita, así como los de carácter interno de Huerta Cusi, Grupo Gran Visión, Luis Manuel Hernández Vizcarra, Sans Souci y Manzanas del Uno. Dichos estados financieros, en su conjunto, consideran la producción del grupo o gama más restringido de productos que incluyen a la mercancía similar a la que es objeto de investigación, de conformidad con los artículos 3.6 del Acuerdo Antidumping y 66 del RLCE. 209. La Secretaría evaluó el comportamiento del ROA, calculado a nivel operativo, y observó que mostró resultados positivos en todos los años. Sin embargo, disminuyó 7.4 puntos porcentuales de 2022 a 2024, tal como se muestra en el siguiente cuadro: Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 37 Índice 2022 2023 2024 Rendimiento sobre la inversión 11.4% 4.9% 4.0% Fuente: Elaboración de la Secretaría con base en los estados financieros presentados por la UNIFRUT. 210. La Secretaría evaluó la capacidad de reunir capital mediante los índices de solvencia a corto y largo plazo. Para determinar la solvencia a corto plazo, utilizó la razón de circulante —activos circulantes en relación con los pasivos a corto plazo— y la prueba de ácido o liquidez inmediata —que compara los activos circulantes, sin incluir los inventarios, con los pasivos a corto plazo—. Por su parte, para determinar la solvencia a largo plazo, se utilizaron los índices de apalancamiento y deuda o razón de pasivo total a activo total. A continuación, se muestra un resumen, de manera inicial, del comportamiento en estos indicadores: Índice (en veces) 2022 2023 2024 Razón de circulante 1.83 1.20 1.10 Prueba de ácido 1.19 0.62 0.61 Apalancamiento 0.32 0.43 0.38 Deuda 0.24 0.30 0.28 Fuente: Elaboración de la Secretaría con base en los estados financieros presentados por la UNIFRUT. 211. En relación con la solvencia a corto plazo, la Secretaría observó que los niveles de circulante fueron superiores a la unidad en todos los años, en tanto, los niveles de liquidez fueron insuficientes, al mostrar valores por debajo de la unidad en 2023 y en 2024. En general, una relación entre los activos circulantes y los pasivos a corto plazo se considera adecuada si guarda una relación de 1 a 1 o superior. 212. En cuanto a la solvencia a largo plazo, los niveles de apalancamiento se mostraron adecuados. Normalmente se considera que una proporción del pasivo total respecto del capital contable inferior a la unidad es aceptable. En tanto, los niveles de deuda se mantuvieron aceptables, inferiores a la unidad en todos los años. 213. A partir de los resultados descritos, la Secretaría determinó, de manera inicial, que existen indicios suficientes para presumir que el incremento de las importaciones del producto objeto de investigación en presuntas condiciones de dumping causaron una afectación en los indicadores relevantes de la rama de producción nacional fabricante del producto similar en el periodo investigado, con caídas en los siguientes indicadores económicos: producción y ventas al mercado interno (2%), participación de mercado (0.2 puntos porcentuales), salarios (9%), utilización de la capacidad instalada (1.6 puntos porcentuales) y productividad (18%). Adicionalmente, la PNOMI disminuyó 4% en el periodo investigado y disminuyó su contribución en el CNA en 2.6 puntos porcentuales en dicho periodo, mientras que en el periodo analizado disminuyó en 5.6 puntos porcentuales. 214. Sin embargo, la mayor afectación a la rama de producción nacional se observó en los indicadores financieros de la rama de producción nacional, conforme a lo siguiente: a. Los ingresos por venta de la mercancía similar disminuyeron 0.5% en el periodo 2 y 9.9% en el periodo investigado, lo que reflejó una caída de 10.3% en el periodo analizado. b. Los resultados operativos de la rama de producción nacional reportaron pérdidas a lo largo del periodo analizado, estas pérdidas operativas disminuyeron 84.1% en el periodo 2, pero se incrementaron 20 veces en el periodo investigado, lo que dio como resultado un incremento de 235.4% en el periodo analizado. c. Los márgenes de operación fueron negativos en todos los periodos que integran al periodo analizado, los cuales disminuyeron 3.1 puntos porcentuales en el periodo 2, pero se incrementaron 13.2 puntos porcentuales en el periodo investigado, lo que se tradujo en un aumento de 10.1 puntos porcentuales del margen negativo en el periodo analizado, al pasar de -3.7% en el periodo 1 a -13.8% en el periodo investigado. d. Se reportaron pérdidas a nivel unitario, las cuales se incrementaron 10.5 puntos porcentuales en el periodo analizado, al pasar de un margen de -3.7% en el periodo 1 a -14.2% en el periodo investigado. e. Conforme al comportamiento del precio nacional y los costos unitarios totales, la Secretaría observó que: i) el precio de venta de la rama de producción nacional no alcanzó a cubrir los costos unitarios totales para la producción y venta de manzanas en el mercado interno; ii) el precio de venta disminuyó en mayor proporción que dichos costos; y iii) tal comportamiento impidió a la rama de producción nacional obtener un margen de ganancia durante el periodo analizado. 38 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 f. De manera inicial, se considera razonable el señalamiento de la UNIFRUT sobre la contención de precios de la rama de producción nacional, toda vez que los costos unitarios totales (en pesos) se incrementaron 3.3% en el periodo investigado, mientras que el precio de venta nacional (en pesos) descendió 8% en el mismo periodo. g. Adicionalmente, el flujo de caja de operación presentó una disminución de 4.5% de 2022 a 2024 y el ROA de 7.4 puntos porcentuales de 2022 a 2024. La capacidad para reunir capital mostró niveles de liquidez insuficientes de 2023 a 2024. 8. Otros factores de daño 215. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.5 del Acuerdo Antidumping, 39, último párrafo de la LCE y 69 del RLCE, la Secretaría examinó la posible concurrencia de factores distintos a las importaciones investigadas en presuntas condiciones de discriminación de precios que, a la vez, pudieran ser causa de daño material a la rama de producción nacional de manzanas. 216. La UNIFRUT señaló que no conoce de ningún otro factor distinto a la competencia desleal de los Estados Unidos que haya causado afectación a la rama de producción nacional en el periodo investigado. En particular, señaló que las importaciones de otros orígenes no pueden ser causa de daño, ya que su volumen fue insignificante durante el periodo analizado; el CNA disminuyó ligeramente, pero las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos aumentaron y desplazaron del mercado mexicano a la producción nacional, por lo que no se trata de un problema en el mercado. Además, no se registró actividad exportadora de la rama de producción nacional en el periodo analizado. 217. Por su parte, la Secretaría previno a la Solicitante para que proporcionara mayores elementos sobre otros posibles factores como causa del daño a la rama de producción nacional, tal como se señala en el punto 16 de la presente Resolución. En respuesta, la UNIFRUT mencionó lo siguiente: a. En la comparación de precios entre la manzana importada y la de fabricación nacional se considera el tope de precios impuesto por las importaciones en presuntas condiciones de dumping, y la brecha o diferencial. b. No se observó que existieran causas de daño diferentes a las importaciones en condiciones de dumping, tales como variaciones en las estructuras del consumo —el producto importado y el de fabricación nacional son perfectamente sustituibles—, evidencia de que los productores nacionales o extranjeros incurran en prácticas comerciales restrictivas, competencia entre unos y otros, evolución de la tecnología y la productividad de la rama de producción nacional, así como el efecto de las otras importaciones y el comportamiento del mercado nacional. 218. La Secretaría analizó el comportamiento del mercado durante el periodo analizado, así como los posibles efectos de los volúmenes y precios de las importaciones de otros países, el desempeño exportador de la rama de producción nacional, así como otros factores que pudieran ser pertinentes para explicar el desempeño de la rama de producción nacional. Al respecto, observó lo siguiente: a. Las importaciones de otros orígenes no fueron significativas y mantuvieron estable su participación en el mercado, ya que su contribución fue de solo 0.7% en el CNA durante los periodos investigado y analizado. b. El CNA se incrementó 4% en el periodo analizado, mientras la contribución de las importaciones originarias de los Estados Unidos en el CNA se incrementó 5.6 puntos porcentuales en el periodo analizado. c. La rama de producción nacional no realizó exportaciones durante el periodo analizado, por lo que tal indicador no implicó una desviación de la producción hacia el mercado externo. Por lo que respecta a las exportaciones nacionales, estas representaron un bajo volumen de la producción nacional total, menor al 0.2% en promedio durante el periodo analizado. Ello muestra la vulnerabilidad de la industria nacional frente a las importaciones en presuntas condiciones de dumping y la dependencia absoluta del mercado interno. d. Si bien, la productividad registró una reducción de 18% en el periodo investigado, esta aumentó en 4% durante el periodo analizado. e. La Secretaría no identificó la existencia de innovaciones tecnológicas ni cambios en la estructura de consumo, o bien, prácticas comerciales restrictivas que pudieran afectar el desempeño de la rama de producción nacional. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 39 219. Con base en el análisis descrito en los puntos anteriores, la Secretaría no identificó, de manera inicial, factores distintos de las importaciones objeto de investigación en presuntas condiciones de discriminación de precios que, al mismo tiempo, pudieran ser causa del daño material a la rama de producción nacional. H. Conclusiones 220. Con base en los resultados del análisis de los argumentos y pruebas descritos en la presente Resolución, la Secretaría concluyó inicialmente que existen elementos suficientes para presumir que, durante el periodo investigado, las importaciones de manzanas se efectuaron en presuntas condiciones de discriminación de precios y causaron daño material a la rama de producción nacional del producto similar. Entre los principales elementos evaluados de forma integral, que sustentan esta conclusión, sin que estos puedan considerase exhaustivos o limitativos, destacan los siguientes: a. Las importaciones del producto objeto de investigación se efectuaron con un margen de discriminación de precios superior al de minimis previsto en el artículo 5.8 del Acuerdo Antidumping. En el periodo investigado, las importaciones originarias de los Estados Unidos representaron 97.5% de las importaciones totales. b. El comportamiento decreciente de los precios de las importaciones investigadas en condiciones de dumping es un factor que explicaría su aumento en términos absolutos y en relación con el mercado y la producción nacional. c. Las importaciones investigadas se incrementaron en términos relativos. En relación con el CNA, incrementaron su contribución en 2.4 puntos porcentuales durante el periodo investigado y 5.6 puntos porcentuales en el periodo analizado, al pasar de 22.5% en el periodo 1 a 25.7% en el periodo 2 y 28.1% en el periodo investigado. En relación con la producción nacional, incrementaron su participación en 4 y 10 puntos porcentuales, en los periodos investigado y analizado, respectivamente. d. Las importaciones originarias de los Estados Unidos aumentaron 9% en el periodo investigado y 30% en el periodo analizado. El incremento de las importaciones investigadas en presuntas condiciones de dumping causó una sobre oferta en el mercado interno que presionó hacia la baja al precio nacional con caídas de 14% en el periodo investigado y 8% en el periodo analizado. e. La concurrencia de las importaciones objeto de investigación en presuntas condiciones de discriminación de precios incidió negativamente en los indicadores relevantes de la rama de producción nacional. En el periodo investigado con caídas en los siguientes indicadores económicos: producción y ventas al mercado interno (2%), participación de mercado (0.2 puntos porcentuales), salarios (9%), utilización de la capacidad instalada (1.6 puntos porcentuales) y productividad (18%). Adicionalmente, la PNOMI disminuyó 4% en el periodo investigado y disminuyó su contribución en el CNA en 2.6 puntos porcentuales en dicho periodo, mientras que en el periodo analizado bajó en 5.6 puntos porcentuales. f. La mayor afectación a la rama de producción nacional se observó en los indicadores financieros de la rama de producción nacional conforme a lo siguiente: i. Los ingresos por venta de la mercancía similar disminuyeron 0.5% en el periodo 2 y 9.9% en el periodo investigado, lo que reflejó una caída de 10.3% en el periodo analizado. ii. Los resultados operativos de la rama de producción nacional reportaron pérdidas a lo largo del periodo analizado, estas pérdidas operativas disminuyeron 84.1% en el periodo 2, pero se incrementaron 20 veces en el periodo investigado, lo que dio como resultado un incremento de 235.4% en el periodo analizado. iii. Los márgenes de operación fueron negativos en todos los periodos que integran al periodo analizado, los cuales disminuyeron 3.1 puntos porcentuales en el periodo 2, pero se incrementaron 13.2 puntos porcentuales en el periodo investigado, lo que se tradujo en un aumento de 10.1 puntos porcentuales del margen negativo en el periodo analizado, al pasar de -3.7% en el periodo 1 a -13.8% en el periodo investigado. iv. Se reportaron pérdidas a nivel unitario, las cuales se incrementaron 10.5 puntos porcentuales en el periodo analizado, al pasar de un margen de -3.7% en el periodo 1 a -14.2% en el periodo investigado. v. Conforme al comportamiento del precio nacional y los costos unitarios totales, la Secretaría observó que: i) el precio de venta de la rama de producción nacional no alcanzó a cubrir los costos unitarios totales para la producción y venta de manzanas en el mercado interno; ii) el precio de venta disminuyó en mayor proporción que dichos costos; y iii) tal comportamiento impidió a la industria nacional obtener un margen de ganancia durante el periodo analizado. 40 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 vi. De manera inicial, se considera razonable el señalamiento de la UNIFRUT sobre la contención de precios de la rama de producción nacional, toda vez que los costos unitarios totales (en pesos) se incrementaron 3.3% en el periodo investigado, mientras que el precio de venta nacional (en pesos) descendió 8% en el mismo periodo. vii. Adicionalmente, el flujo de caja de operación presentó una disminución de 4.5% de 2022 a 2024 y el ROA de 7.4 puntos porcentuales de 2022 a 2024. La capacidad para reunir capital mostró niveles de liquidez insuficientes de 2023 a 2024. g. No se identificó la concurrencia de otros factores de daño diferentes de las importaciones objeto de investigación en presuntas condiciones de discriminación de precios, que al mismo tiempo causaran daño material a la rama de producción nacional. 221. Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los artículos 5 del Acuerdo Antidumping y 52, fracciones I y II de la LCE, es procedente emitir la siguiente RESOLUCIÓN 222. Se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas, incluidas las definitivas y temporales, originarias de los Estados Unidos, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, o por cualquier otra. 223. Se fija como periodo investigado el comprendido del 1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2025. 224. La Secretaría podrá aplicar las cuotas compensatorias definitivas que, en su caso, se impongan sobre los productos que se hayan declarado a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, que en su caso se determinen, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.6 del Acuerdo Antidumping y 65 A de la LCE. 225. De conformidad con los artículos 6.1, 6.11, 12.1 y la nota 15 al pie de página del Acuerdo Antidumping, y 3o., último párrafo y 53 de la LCE, las productoras nacionales, importadoras, exportadoras, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de investigación, contarán con un plazo de 23 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta a los formularios establecidos para tales efectos, los argumentos y las pruebas que consideren convenientes. 226. Para las personas y Gobierno señalados en el punto 15 de la presente Resolución, el plazo de 23 días hábiles empezará a contar cinco días después de la fecha de notificación del inicio de la presente investigación. Para los interesados, el plazo empezará a contar cinco días después de la publicación de la presente Resolución en el DOF. De conformidad con el “Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía y las unidades administrativas adscritas a la misma”, publicado en el DOF el 7 de diciembre de 2023, y el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican”, publicado en el DOF el 4 de agosto de 2021, la presentación de la información podrá realizarse vía electrónica a través de la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx de las 09:00 a las 18:00 horas, o bien, en forma física de las 09:00 a las 14:00 horas en el domicilio ubicado en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México. 227. Los formularios a que se refiere el punto 225 de la presente Resolución, se pueden obtener a través de la página de Internet https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/unidad-de-practicas-comerciales- internacionales-formularios-oficiales?state=published. Asimismo, se podrán solicitar a través de la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx o en el domicilio de la Secretaría. 228. Con fundamento en el artículo 53, párrafo tercero de la LCE, notifíquese la presente Resolución a las empresas y al Gobierno de los Estados Unidos de que se tiene conocimiento a través de los correos electrónicos que se tienen identificados y por conducto de la Embajada de los Estados Unidos en México, a las empresas productoras de su país y a cualquier persona que tenga interés jurídico en el resultado del presente procedimiento. Las copias de traslado se ponen a disposición de cualquier parte que las solicite y acredite su interés jurídico en el presente procedimiento, a través de la cuenta de correo electrónico señalada en el punto inmediato anterior de la presente Resolución. 229. Comuníquese esta Resolución a la ANAM y al SAT para los efectos legales correspondientes. 230. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOF. Ciudad de México, a 19 de diciembre de 2025.- El Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 41 SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA PROGRAMA Institucional del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales 2025-2030. Al margen un logotipo, que dice: Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales. PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES 2025-2030 1. Índice 1. Índice 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa 3. Siglas y acrónimos 4. Fundamento normativo 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 6. Objetivos 6.1 Relevancia del objetivo 1: Desarrollar estándares de competencia alineados a la oferta educativa enfocada a las necesidades del mercado laboral actual para la certificación de la población estudiantil de los tipos educativos media superior y superior y la fuerza laboral mexicana. 6.2 Relevancia del objetivo 2: Articular el Sistema Nacional de Competencias con el Sistema de Educación Dual para impulsar la empleabilidad y productividad de la formación en contextos reales de trabajo en México. 6.3 Relevancia del objetivo 3: Impulsar la certificación para la competitividad económica, el progreso social y el desarrollo educativo a nivel nacional, priorizando regiones y grupos vulnerables (indígenas, rurales, urbanos, diversidad sexual, personas con discapacidad, migrantes y jóvenes). 6.4 Relevancia del objetivo 4: Aumentar la Certificación de Competencias Laborales para diversificar la competitividad económica de poblaciones ubicadas en zonas urbanas, rurales e indígenas. 6.5 Relevancia del objetivo 5: Fortalecer el Sistema Nacional de Competencias para ampliar el acceso equitativo al reconocimiento de aprendizajes formales y no formales de la población, contribuyendo al desarrollo integral y la igualdad de oportunidades. 6.6 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional del CONOCER 2025-2030 7. Estrategias y líneas de acción 8. Indicadores y metas 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo. 3. Siglas y acrónimos CGC: Comité de Gestión por Competencias CONOCER: Fideicomiso de los Sistemas Normalizado de Competencia Laboral y de Certificación de Competencia Laboral, también denominado Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales EC: Estándar de Competencia ECE: Entidad de Certificación y Evaluación de Competencias ENOE: Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía OIT: Organización Internacional del Trabajo 42 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 OC: Organismo Certificador OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos PND: Plan Nacional de Desarrollo PSE: Programa Sectorial de Educación SCCL: Sistema de Certificación de Competencia Laboral SEP: Secretaría de Educación Pública SNC: Sistema Nacional de Competencias SNCL: Sistema Normalizado de Competencia Laboral STPS: Secretaría del Trabajo y Previsión Social 4. Fundamento normativo La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 3o., establece que la educación debe fundamentarse en el respeto a la dignidad y los derechos humanos, fomentando valores como la paz y la solidaridad internacional. Además, se busca desarrollar armónicamente las facultades del ser humano y promover la honestidad y mejora continua en el proceso educativo. En este contexto, la Ley Federal del Trabajo juega un papel crucial al establecer principios sobre la capacitación laboral, destacando la importancia de la formación continua y la certificación de competencias, lo que permite tanto a empleadores como a trabajadores adaptarse a un entorno laboral que evoluciona constantemente. El acuerdo emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en 1995, establece normas técnicas de competencia laboral, promoviendo la certificación de habilidades y destrezas. El "Contrato de Fideicomiso de los Sistemas Normalizados de Competencia Laboral" se firmó bajo estas disposiciones y aunque no tenía carácter de entidad paraestatal, se creó un Comité Técnico para gestionar el fideicomiso. Posteriormente, en 2005, se formalizó el Fideicomiso de los Sistemas Normalizados de Competencia Laboral y Certificación de Competencia Laboral, fortaleciendo así el marco normativo establecido. La Ley General de Educación de 2019, que incluye disposiciones sobre la certificación de la formación laboral, establece un régimen que permite reconocer de manera acumulativa las competencias adquiridas por los individuos. Este nuevo marco crea el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER), consolidando una entidad que busca mejorar la calidad de la formación laboral en México, respondiendo a las exigencias del mercado. Para garantizar el cumplimiento a lo señalado en el artículo 17, fracción II, de la Ley de Planeación, y del artículo 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales cuyos ordenamientos en general establecen las directrices para la elaboración del Programa Institucional, se emite este documento, con el propósito de que su contenido refleje los objetivos de la institución y del Estado. A su vez, este programa considerará los lineamientos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia de programación y presupuestación. 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo Ámbito de atribución El objeto del CONOCER, en términos de lo dispuesto en la cláusula quinta del Contrato del Fideicomiso de 2005, es: “Auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones que la Ley General establece, a fin de impartir formación para el trabajo, misma que procurará la adquisición de conocimientos, habilidades y destrezas, que permitan a quien la recibe desarrollar una actividad productiva demandada en el mercado, mediante alguna ocupación o algún oficio calificado”, para lo cual realizará las siguientes actividades: A. Proyectar, organizar y promover en todo el país de acuerdo con las disposiciones aplicables, el desarrollo del SNCL, establecido en los términos de la Ley General de Educación mediante la definición de Normas Técnicas de Competencia Laboral, y B. Proyectar, organizar, y promover en todo el país, de acuerdo con las disposiciones aplicables, el desarrollo del SCCL, establecido en los términos de la Ley Federal de Educación, en virtud del cual se acredite, conforme al régimen de certificación que al efecto establezca la SEP, conjuntamente con las demás autoridades federales competentes, el cumplimiento de los estándares (normas técnicas) del SNCL. El CONOCER tiene entre sus facultades integrar, operar y regular en la República Mexicana el SNC, el cual se conforma por dos sistemas: Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 43 1. El SNCL: Tiene como propósito promover la definición de Estándares de Competencia Laboral. Estos estándares definirán las expectativas de desempeño de un individuo en el lugar de trabajo y precisarán los conocimientos, habilidades y destrezas que se requieran para satisfacerla. Para asegurar su relevancia y alcance nacional, dichos estándares serán determinados de manera conjunta por los trabajadores y empleadores de las distintas ramas de la actividad económica, organizados en Comité de Gestión por Competencias (CGC). 2. El SCCL: Promueve el establecimiento de mecanismos de evaluación y certificación que dan certeza sobre la competencia laboral de los trabajadores y egresados de las instituciones de educación que ofrecen programas de formación y capacitación basada en competencias para y en el trabajo. Esta certificación es voluntaria y es realizada por los prestadores de servicio acreditados ante el CONOCER. Actores relevantes La Secretaría de Hacienda y Crédito Público , a través de la SEP, verifica que los recursos asignados se utilicen de manera correcta y de acuerdo con la programación de presupuesto de manera periódica. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, revisa, vigila, audita, investiga y evalúa la correcta aplicación de los procedimientos administrativos en la institución. Asimismo, para la emisión de certificados, el CONOCER se auxilia de los prestadores de servicio, en su calidad de Entidad de Certificación y Evaluación de Competencias (ECE) u Organismo Certificador (OC), como intermediarios para capacitar y evaluar a las personas que buscan certificar sus conocimientos. Contribución al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Transformación A través del SNC, el CONOCER busca fortalecer y contribuir al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Transformación, mediante la reducción de brechas de desigualdad en materia laboral y económica, es decir que, a través de la certificación de la fuerza laboral en el país se impulsará el desarrollo económico a través de la mano de obra especializada y certificada, lo cual repercutirá en mejores condiciones de vida para la población garantizando oportunidades que promuevan una vida digna y bienestar integral. Esta contribución está basada en los principios del Humanismo Mexicano, buscando una Prosperidad compartida, mediante la mejora de oportunidades e igualdad de condiciones laborales. Para lograr el óptimo desempeño del capital humano, se debe formar continuamente al personal, lo que genera bienestar y rendimiento laboral a través de la motivación y proporción de las herramientas adecuadas. Estas herramientas mejoran su estructura de pensamiento y su capacidad de resolución de problemas y contribuyen a procesos creativos, a la reducción de los tiempos para la ejecución de una actividad, al uso eficiente de los recursos y de las tecnologías existentes, entre otros. Problema Definición del problema Alto nivel de desigualdad de oportunidades laborales, debido a la necesidad de certificación de la fuerza laboral, mismo que se refleja en la productividad nacional. En el país se observa un alto nivel de desigualdad en las oportunidades laborales, especialmente entre sectores de la población que carecen de acceso a mecanismos de certificación de competencias y formación técnica profesional. Esta desigualdad se manifiesta en la segmentación del mercado laboral, donde gran parte de la fuerza laboral, aunque posea experiencia empírica, no cuenta con una acreditación formal que respalde sus habilidades y conocimientos. Como resultado, estas personas enfrentan barreras significativas para acceder a empleos de calidad, bien remunerados o con proyección de desarrollo. La fuerza laboral constituye uno de los pilares fundamentales de cualquier economía, ya que su productividad y competencia influyen directamente en el crecimiento económico y en la calidad de vida de la población. Sin embargo, un problema significativo que afecta a este sector es la falta de certificación en competencias laborales. Esta situación no solo repercute en la empleabilidad de los trabajadores, sino que también tiene efectos negativos en la productividad nacional, lo que convierte esta problemática en un asunto de interés público que requiere atención urgente. La certificación en competencias laborales se refiere al reconocimiento formal de las habilidades y conocimientos adquiridos por un individuo en su fase de formación y experiencia profesional. Este reconocimiento es crucial en un mercado laboral cada vez más globalizado, donde los empleadores buscan candidatos que no solo cumplan con los requisitos básicos de educación, sino que también posean habilidades específicas pertinentes al puesto. La falta de una certificación adecuada puede limitar las oportunidades de empleo de los trabajadores, así como contribuir a la subutilización de su potencial. 44 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 La falta de certificación en competencias laborales constituye un problema público que afecta a la fuerza laboral principalmente de aquellos que no tuvieron acceso a la educación formal, reduciendo su empleabilidad y mermando la productividad nacional. Abordar este desafío requiere un enfoque multidimensional que contemple la cooperación entre diferentes actores sociales, así como el impulso de políticas públicas que garanticen acceso equitativo y oportunidades de formación continua. Solo a través de un compromiso colectivo se podrá elevar la competitividad de los trabajadores y, por ende, contribuir al desarrollo sostenible de la economía nacional. De no abordarse esta problemática, los efectos adversos continuarán, perpetuando un ciclo de exclusión y subdesarrollo que puede tener repercusiones intergeneracionales. Estado actual del problema El CONOCER ha tenido como mandato principal impulsar, promover y regular los procesos de normalización y certificación de competencias laborales, así como contribuir al fortalecimiento del capital humano y productividad nacional. En este sentido, sus funciones están orientadas a captar y sistematizar la demanda de las competencias laborales relevantes para los sectores productivos, educativo, social y de gobierno; asegurar la calidad en la certificación de las personas y ser el referente para los sistemas de formación y capacitación por competencias para y en el trabajo. En los sectores productivos se ha detectado que se prefiere no certificar las competencias generadas por sus trabajadores, debido a la posibilidad de que la inversión hecha se pierda si el personal cambia de trabajo, por lo que se requieren realizar estudios que permitan identificar el impacto de la certificación de las competencias en el desarrollo de las personas y su incidencia en la productividad y competitividad, para resaltar el beneficio que el SNC aporta a la sociedad. Los Estándares de Competencia (EC) son utilizados en menor medida para el diseño o actualización de planes y programas de estudio por lo que no se ha logrado la pertinencia adecuada en cuanto a formación y capacitación se refiere. Se requiere avanzar en la actualización del Marco Nacional de Cualificaciones, así como en la implementación de este, lo que daría como resultado que las certificaciones sean equivalentes a grados de estudio, permitiendo reconocer y validar lo aprendido en el trabajo, en la formación informal y autodidacta. Se debe avanzar en el fortalecimiento de los mecanismos de comunicación e interacción entre los CGC y los prestadores de servicio, actualizando los contenidos y medios de transferencia del conocimiento, lo que permitiría una planeación conjunta y articulada respecto a la normalización, formación, evaluación y certificación de competencias. Es importante continuar con la promoción y generación de convenios con organizaciones internacionales e instituciones extranjeras afines, con el objetivo de intercambiar experiencias y mejores prácticas en temas de normalización y certificación de competencias, que permitan estar a la vanguardia de los retos que se presentan en el mundo laboral. El CONOCER deberá revisar y, en su caso, actualizar la normatividad respecto al desarrollo de EC, así como la operación de los prestadores de servicio, para responder a las necesidades actuales, facilitando los mecanismos existentes sin reducir la calidad de los procesos. Esto derivado de los cambios vertiginosos por los avances tecnológicos, los nuevos esquemas de trabajo que se demandan en la actualidad y los esquemas de trabajo emergentes. En este sentido es necesaria la actualización, a través de la mejora continua y la calidad, para que las personas cuenten con procesos de certificación más asequibles. La participación del CONOCER en la definición y generación de políticas públicas que promuevan la certificación de las competencias de las personas para mejorar la productividad, la competitividad y la empleabilidad tiene que ampliarse y promoverse. En este sentido es necesario participar en el desarrollo de políticas públicas y en el acercamiento del SNC a los proyectos y programas prioritarios del Gobierno de México. En cuanto a las funciones de planeación, evaluación, programación y presupuesto, se tienen avances importantes; por lo que es necesario continuar con el fortalecimiento de las acciones inherentes al desarrollo de los sistemas de información que integran las funciones sustantivas y adjetivas, con la finalidad de simplificar los trámites que se realizan como parte de los procesos de normalización y certificación de competencias. Adicionalmente, se considera pertinente continuar con las acciones jurídicas y administrativas que permitan que la institución esté a la vanguardia en los cambios que impulsa el Segundo Piso de la Transformación en el contexto nacional y a nivel global, así como a los nuevos retos y desafíos que afronta la regulación y operación del SNC. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 45 Evolución del problema Articulación del SNCL y el SCCL para optimizar la eficacia del SNC El desequilibrio de esfuerzos entre ambos sistemas, tanto en las prioridades para desarrollar EC, como la focalización de la certificación solo en ciertos sectores ha generado que no se logre el acercamiento deseado a la población potencialmente determinada y por consecuencia la contención en su crecimiento e impacto. Ante el crecimiento exponencial en el desarrollo de EC disponibles para la emisión de certificados, es necesario revisar e integrar criterios de ambos sistemas a fin de contribuir a incentivar su uso. Por tal motivo, se pretende que los dos sistemas que conforman el SNC posicionen sus esfuerzos para que cada iniciativa de estandarización promovida por los sectores productivo, educativo, social y de gobierno llegue a implementarse de manera favorable con los trabajadores y sean un referente para capacitación, evaluación o certificación. SNC para mejorar la colaboración entre los sectores productivos, educativo, social y de gobierno Ante la problemática de que las personas no cuentan con información clara y oportuna de las necesidades relacionadas a la demanda actual y futura del mercado laboral, ocasionando que no tengan referentes de los mínimos requeridos para que puedan desempeñarse exitosamente en el campo del trabajo, la participación de los empleadores, trabajadores, instituciones educativas y gubernamentales es de vital importancia para alinear los esfuerzos que permitan aumentar las posibilidades de empleabilidad de las personas. Mediante la identificación de las mejores prácticas en el desempeño de una actividad productiva y éstas reflejadas en los EC, se convierten en una importante señal de como las instituciones educativas puedan modificar planes y programas de estudio y dotar de mayor pertinencia a la oferta educativa. El CONOCER busca que los sectores productivos, educativo, social y de gobierno reconozcan al SNC, como el medio que logra una interacción detallada de las funciones laborales en las que se requiere enfatizar la calidad de la fuerza laboral para poder ser referente y opción en la mejora del alcance de un nuevo modelo educativo, de la determinación de apoyo y seguimiento a proyectos sociales, de la medición de productividad en los sectores productivos y de la concientización y valoración de una nueva generación de servidores públicos conscientes de su trascendencia para hacer realidad un cambio de cultura laboral en el país. Causas La problemática de la certificación en competencias laborales puede ser atribuida a varios factores. En primer lugar, existe una falta de alineación entre los sistemas educativos y las necesidades del mercado laboral. Muchos programas educativos no actualizan sus currículos de acuerdo con las demandas actuales, lo que resulta en una formación desfasada que no prepara adecuadamente a los estudiantes para el mundo laboral. Adicionalmente, el acceso a programas de certificación a menudo es limitado. Muchas veces, estos programas requieren inversiones económicas significativas o están disponibles únicamente en áreas urbanas, lo que crea desigualdades en el acceso a oportunidades formativas. Esta situación perpetúa un ciclo de desigualdad, donde los grupos más vulnerables quedan excluidos del proceso de certificación y, por ende, del mercado laboral. Uno de los impactos más inmediatos de la falta de certificación en competencias laborales es la reducción de la empleabilidad. Los trabajadores que no cuentan con un respaldo formal sobre sus habilidades tienen menos probabilidades de ser considerados para puestos de trabajo, incluso cuando poseen la experiencia práctica necesaria. Esto genera una brecha significativa entre la capacitación que reciben y las exigencias del mercado laboral, perpetuando ciclos de desempleo y precariedad. Por otro lado, esta situación también afecta la productividad nacional. La falta de trabajadores capacitados y certificados se traduce en empresas que no pueden operar a su máxima capacidad, lo que limita su crecimiento y competitividad. En un contexto global donde la innovación y la eficiencia son primordiales, la ausencia de un sistema robusto que certifique competencias laborales puede resultar en una disminución de la inversión extranjera, así como en una fuga de talentos hacia países donde sí se valora adecuadamente la formación y certificación profesional. La certificación de la fuerza laboral es un mecanismo que permite validar las competencias y habilidades de los trabajadores, asegurando la calidad de los servicios y productos ofrecidos en el mercado. En México, la falta de certificación de la fuerza laboral se ha convertido en un problema significativo que afecta no solo la competitividad de las empresas, sino también el desarrollo económico del país en su conjunto. Este documento examina las causas y efectos de esta carencia, así como sus implicaciones para el futuro del empleo en México. 46 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Uno de los principales factores que contribuyen a la falta de certificación en México es el escaso financiamiento destinado a la educación y capacitación profesional. A pesar de los esfuerzos del gobierno para mejorar el sistema educativo, muchas instituciones enfrentan limitaciones presupuestarias que dificultan la implementación de programas de formación especializada que culminen en certificación. Existe una falta de conciencia tanto entre los trabajadores como en los empleadores sobre los beneficios de la certificación. Muchos trabajadores no ven la necesidad de certificar sus habilidades, ya que han conseguido empleo sin este requisito. Por otra parte, algunas empresas no valoran adecuadamente el impacto positivo que puede tener la certificación en la productividad y calidad del trabajo. La desconexión entre lo que enseñan las instituciones educativas y lo que requieren las empresas es un obstáculo significativo. Muchas veces, los programas académicos no están actualizados o no responden a las necesidades del sector productivo, lo que limita las oportunidades de los egresados para obtener certificaciones que realmente sean valoradas en el mercado laboral. En México, una gran parte de la fuerza laboral está empleada en la economía informal, donde la certificación de habilidades tiene poca relevancia. Esta situación perpetúa un ciclo de precariedad laboral, donde los trabajadores carecen de incentivos para buscar formalización y, por ende, certificaciones que avalen sus competencias. Efectos La falta de certificación impacta la competitividad de la fuerza laboral mexicana. Sin un respaldo que valide sus habilidades, los trabajadores tienen dificultades para acceder a empleos mejor remunerados o a posiciones que requieren mayor especialización, lo que a su vez limita el crecimiento económico del país. Al carecer de certificaciones que respalden sus capacidades, muchos trabajadores encuentran difícil asegurar un empleo acorde a sus habilidades. Esto no solo provoca un aumento en la tasa de desempleo, sino que también incrementa el número de personas subempleadas, que trabajan en condiciones que no reflejan su nivel de formación. La falta de certificación exacerba las desigualdades existentes en el mercado laboral. Los individuos con mayores recursos y acceso a educación de calidad son los que suelen obtener certificaciones, mientras que aquellos en situaciones de vulnerabilidad quedan aún más marginados, perpetuando ciclos de pobreza y exclusión social. Las empresas que no cuentan con una fuerza laboral certificada tienden a ser menos innovadoras y productivas. La ausencia de personal calificado limita la capacidad para adoptar nuevas tecnologías y procesos, afectando la competitividad de los negocios en el contexto global. A nivel internacional, la falta de certificación puede influir negativamente en la percepción sobre la calidad de la fuerza laboral mexicana. Esto puede resultar en menores inversiones extranjeras y en la pérdida de oportunidades comerciales, afectando el crecimiento económico del país. La falta de certificación de la fuerza laboral en México es un problema multidimensional que tiene su origen en diversas causas, incluyendo la inversión insuficiente en educación, la falta de conciencia sobre su importancia y la desconexión entre la educación y las demandas del mercado. Sus efectos se traducen en una baja competitividad, aumento del desempleo y desigualdad, y un impacto negativo en la innovación empresarial y la reputación del país. Para abordar este problema, es fundamental implementar políticas que fomenten la certificación, mejoren la calidad de la educación y promuevan una mayor integración entre el sector educativo y el productivo, con miras a fortalecer la fuerza laboral y, por ende, el desarrollo económico de México. Poblaciones afectadas Según el Estudio de la Importancia e Impacto de la Certificación de Competencias Laborales, elaborado por el CONOCER y publicado en el año 2022, la relación de la participación laboral de acuerdo con la estructura poblacional en México ha significado una importante incorporación de personas al grupo de edad productiva (entre 15 y 64 años) durante las últimas dos décadas. Dando como resultado lo que se conoce como bono demográfico, debido a que se incrementa la población potencialmente productiva, respecto de la que se encuentra en edad dependiente. Lo anterior, se traduce eventualmente en un mayor crecimiento, de acuerdo con el Fondo de Población de las Naciones Unidas. Sin embargo, este bono no se ha traducido en un mayor crecimiento para nuestro país, debido a la baja participación laboral de jóvenes y mujeres, a la falta de desarrollo del capital humano y a la falta de oportunidades de trabajo con mayor productividad y salarios mejor remunerados. Esto último ha reducido la rentabilidad de la inversión en educación. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 47 De acuerdo con la estructura de la población en México, durante 2020, por cada 100 personas en edad dependiente, 199 eran personas en edad de trabajar. Esta razón ha llegado a su máximo, lo cual implica que se está perdiendo la posibilidad de aprovechar el bono demográfico que desaparecerá en 2040, por lo que es importante aumentar la participación, así como las capacidades de la población que se incorpora al mercado laboral. Por su parte, la población de mujeres adultas tuvo una menor tasa (52.6%) que los hombres, y las mujeres jóvenes tuvieron un nivel más bajo (37.1%) al de las mujeres adultas. Del total de personas ocupadas en México, el 60.9% correspondió a hombres y 39.1% a mujeres, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) 2020. La brecha de género es una de las problemáticas laborales más persistentes en el mercado nacional. A pesar de que la brecha de género ha disminuido ligeramente en términos de tasa de ocupación, las mujeres y los jóvenes continúan siendo los grupos menos favorecidos para obtener un trabajo, lo cual también tiene repercusiones sobre la productividad. Si una mujer decide trabajar o no depende generalmente de factores como la asignación del tiempo que le dedican al hogar, al cuidado de los hijos, así como a la división de tareas entre los miembros de la familia y al salario potencial en el mercado laboral. Las mujeres mexicanas desempeñan más de tres cuartas partes de todos los quehaceres domésticos y del cuidado de los niños, lo que representa una de las mayores cargas de este tipo en comparación con el promedio de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Asimismo, la asignación de tiempo para el cuidado de los hijos es una de las mayores barreras para su participación laboral. Durante 2020 un 42.5% de las mujeres de 15 años y más de edad se encontraba en la población ocupada. Esta cifra es relativamente baja cuando se compara con países latinoamericanos como Perú (67.9%), Colombia (50.1%), Chile (47.8%) y Argentina (45.2%) de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por otro lado, la población ocupada de los hombres mayores a 15 años fue de 75.9% lo que implica una brecha de 33.4 puntos porcentuales con respecto a las mujeres. Si México llegara a tener la misma población ocupada que tiene Argentina, se incorporarían 1.3 millones de mexicanas; si tuviera la participación de Chile serían 2.6 millones; si tuviera la de Colombia serían 3.7 millones; y si tuviera la de Perú serían 12.4 millones de mujeres adicionales. México es uno de los países con jornada laboral más larga, en promedio, la población ocupada trabaja más de 40 horas a la semana, lo que es mayor a la media de los países de la OCDE. Por lo que, factores como jornadas flexibles, acceso y disminución de costos de cuidados infantiles, y una distribución igualitaria de tareas dentro del hogar, podrían ayudar a aumentar la inclusión en el mercado de trabajo. Derivado de las medidas de distanciamiento social a partir de la pandemia generada por el COVID-19, el trabajo remoto fue implementado por la mayor parte de empresas que desarrollan actividades que no requieren presencia física. La coyuntura actual catalizó este tipo de práctica, abriendo oportunidades a las mujeres para incorporarse a un empleo. El teletrabajo bajo un esquema de distribución planificada, generalmente por objetivos y el logro de metas, puede conllevar a una mayor eficiencia del uso de la fuerza laboral. Sin embargo, hoy en día nos encontramos lejos de este modelo, ya que generalmente no existe planificación y los propios horarios laborales se traslapan con los de la vida doméstica y el cuidado de las personas dependientes o enfermas, así como la escuela en casa, que sobrecarga a las madres con el seguimiento de las clases y las tareas. Para el caso de México, en 2019 las personas entre 25 y 29 años contaban con 1.8 años de estudios, 14% más que los adultos entre 30 y 65 años. Al excluir a la población más joven del mercado laboral se deprecia el capital humano y, al no adquirir experiencia, se limita el desarrollo de sus capacidades y aumentan las barreras para incursionar en este mercado, con implicaciones negativas para la actividad económica del país. En México, las expectativas limitadas de movilidad social y la falta de oportunidades laborales incrementan la vulnerabilidad de los jóvenes a incorporarse en actividades delictivas. Programas como Jóvenes Construyendo el Futuro permiten incrementar la compatibilidad entre las capacidades que tienen y las necesidades de las empresas, a la vez que aumentan la formación de habilidades específicas en el trabajo. Igualmente, los programas de becas ayudan a mantener la permanencia en la escuela, incrementando preparación del capital humano. Sector informal El sector informal es aquel donde las condiciones laborales no siguen un marco legal, abarca una serie de actividades productivas donde los trabajadores no cuentan con derechos como vacaciones, compensación por tiempo de trabajo, indemnizaciones por despido, entre otros. Esto tiene un efecto sobre el desarrollo de las condiciones de salud, educación, riesgos de ingresos presentes y perspectivas de ingresos en la edad avanzada. 48 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Hoy en día más de la mitad de la población ocupada permanece en dicho sector, la mayor parte con ingresos por debajo de la línea de pobreza y sin prestaciones laborales. Adicional a lo anterior, este sector se caracteriza por tener una productividad mucho menor que el formal, lo que junto con la ausencia de derechos laborales contribuye a empleos de baja remuneración. Se estima que la productividad de una empresa formal es 84% más alta, que una que no lo es de igual tamaño. Este problema también limita la recaudación tributaria, ya que reduce la base impositiva, y con ello la capacidad de las finanzas públicas para llevar a cabo programas sociales e inversión en infraestructura. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la tasa de informalidad laboral no agropecuaria ha oscilado entre niveles de 53.9% y 52.2% de 2008 a 2017, manteniéndose relativamente estable en la parte baja de este intervalo durante los últimos cinco años. Entre 2008 y 2017 esta tasa se redujo en 1.7 puntos porcentuales, lo cual se compara desfavorablemente con países pares como Colombia que tuvo una caída de 8.9 puntos porcentuales y Costa Rica una reducción de 4.2% en el mismo periodo, de acuerdo con datos de la OIT. También, hay considerables disparidades entre regiones y grupos de género y de edad. La tasa de informalidad de la población en edad laboral es mayor en las mujeres (57.6%) que en los hombres (55.8%). Con respecto a las disparidades regionales, de acuerdo con la ENOE, en 2020 la tasa de informalidad fue más alta en los estados más pobres como Oaxaca y Chiapas, mientras que los menores índices se registraron en los estados del norte como Nuevo León y Coahuila. Por ello, uno de los mayores retos en el proceso de desarrollo económico es incrementar la capacidad del sector formal para absorber a los trabajadores informales. Eficiencia del CONOCER para ofrecer un mejor servicio a la ciudadanía El crecimiento exponencial en el desarrollo de EC, la conformación de CGC y la acreditación de prestadores de servicio, conformados por instituciones de todos los ámbitos para participar en el SNC, se vislumbra como un medio válido y reconocido para aumentar la productividad, competitividad y empleabilidad de las personas, lo que ha generado la creciente necesidad de establecer modernos y cada vez más efectivos mecanismos de aseguramiento para que los productos y servicios ofrecidos por el CONOCER en los sectores productivos, educativo, social y de gobierno sean generadores de valor y trasciendan en la vida de los trabajadores. Por otro lado, la falta de actualización de la normatividad impide un desempeño adecuado que vaya acorde con los avances tecnológicos y las demandas sociales de atención ciudadana, por lo que una de las prioridades de esta entidad es brindar servicios que cubran estas necesidades, por lo cual es fundamental mejorar los procesos internos para fortalecer los sistemas de Normalización y de Certificación. Experiencias de atención El concepto de Sistemas de Competencias Laborales, tienen su origen en la década de los años ochenta, como solución estratégica para vincular necesidades del sector productivo con los conocimientos académicos, así como de la necesidad de encontrar un esquema que permitiera homologar condiciones laborales. En México, los Sistemas Normalizados y de Certificación de Competencias Laborales surgen del Proyecto de Modernización de la Educación Técnica y la Capacitación (PMETyC) impulsado por la SEP y la STPS, además de contar con el financiamiento del Banco Mundial. Con la formalización del CONOCER en 1995, el SNC inicia su labor como aquel instrumento del Gobierno de México para contribuir a la competitividad económica, al desarrollo educativo y al progreso social, al fortalecer las competencias laborales de las personas. Así, una de las tareas primordiales del SNC es la promoción y difusión de la certificación de competencias, a través de la Integración de Comités de Gestión por Competencias, del desarrollo de Estándares de Competencia, y el fortalecimiento de una estructura de alcance nacional, con participación en todos los sectores productivos. La integración del SNC en sus tres niveles: Estructural, Estratégico y Operativo, ha permitido su consolidación y de esta manera el incremento de mayores personas certificadas, y participes de sus beneficios. La evolución que ha tenido este sistema demuestra la capacidad de adaptación a los cambios causados por la pandemia del COVID-19 generada por el SARS-CoV-2, así como la pronta operación de evaluaciones a distancia y la evolución del Centro Virtual del Conocimiento. Los múltiples beneficios que otorga el SNC, se centran en fortalecer al sector empresarial y su contratación de personal competente; la movilidad laboral de los trabajadores en sus sectores; la contribución a la oferta educativa específica, con apego a los requerimientos de los sectores productivos; mejora del diálogo entre empleadores y trabajadores. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 49 Actualmente el desempeño de actividades de promoción y difusión del SNC trabaja en la consolidación de una cultura de la certificación como el instrumento diferenciador a nivel laboral. Visión a largo plazo El CONOCER ha sido un pilar fundamental en la mejora continua de la calidad del capital humano en México. De cara al año 2030, se presenta la oportunidad de consolidar sus expectativas y afrontar de manera efectiva los desafíos que actualmente enfrenta el país, tales como la desigualdad en el acceso a la educación, la falta de habilidades técnicas en la fuerza laboral y el rezago en la productividad. Uno de los principales retos es la necesidad de adaptar los sistemas de formación profesional a las demandas cambiantes del mercado laboral. La rápida evolución tecnológica exige que los trabajadores no solo posean habilidades básicas, sino también competencias digitales y técnicas que les permitan insertarse en un entorno laboral cada vez más competitivo. En este sentido, el CONOCER tiene el potencial de implementar programas de certificación que respondan a estas necesidades emergentes, garantizando que los egresados de instituciones educativas y de capacitación cuenten con las acreditaciones necesarias para destacarse en el mercado. Asimismo, es imperativo abordar la inequidad en el acceso a oportunidades formativas. Las regiones más desfavorecidas del país enfrentan barreras significativas que limitan la capacitación de sus habitantes. Para atender esta problemática, el CONOCER puede promover alianzas estratégicas con el sector privado y las instituciones educativas locales, facilitando el acceso a plataformas de formación a distancia y recursos educativos que beneficien a las poblaciones vulnerables. Este enfoque inclusivo no solo contribuirá a reducir la brecha de habilidades, sino que también fomentará el desarrollo socioeconómico de estas comunidades. En términos de productividad, es crucial que el CONOCER se posicione como un actor clave en la evaluación y certificación de competencias que respondan a las necesidades específicas de diversas industrias. La estandarización de habilidades puede aumentar la competitividad de las empresas mexicanas en el contexto global, haciendo hincapié en la importancia de formar un capital humano capaz de innovar y adaptarse a las nuevas demandas económicas. Finalmente, el horizonte 2030 plantea una visión ambiciosa para el país. El CONOCER debe aprovechar esta coyuntura para fortalecer su rol como facilitador de cambios significativos. Al consolidar sus expectativas y enfrentar los retos actuales, contribuirá no solo al desarrollo de competencias laborales, sino también al crecimiento sostenible y equitativo de México en el futuro. Con una visión a futuro, la certificación de la fuerza laboral representa un proceso fundamental para el desarrollo económico y social de cualquier nación. En México, donde la dinámica del mercado laboral se encuentra en constante evolución, es crucial establecer una visión a largo plazo que contemple los cambios esperados en este ámbito para los próximos 20 años. Este análisis no solo implica considerar el contexto actual, sino también anticipar las necesidades futuras en términos de competencias, tecnologías y regulaciones. En la actualidad, México enfrenta diversos desafíos en su mercado laboral, tales como la informalidad y la falta de adecuadas certificaciones que validen competencias específicas. Según el INEGI, más del 55% de los trabajadores laboran en condiciones informales, lo cual limita su acceso a beneficios laborales y a oportunidades de capacitación. A su vez, muchas empresas enfrentan dificultades para encontrar personal calificado, lo que genera un desajuste entre la oferta y la demanda laboral. La certificación de competencias laborales busca mitigar estas deficiencias al proporcionar un marco estandarizado que evalúe y reconozca las habilidades y conocimientos de los trabajadores. Instituciones como el CONOCER han sido clave en este proceso, promoviendo la creación de estándares que alineen las habilidades de la fuerza laboral con las demandas del sector productivo. De cara a los próximos 20 años, se prevé que la certificación de la fuerza laboral en México experimentará cambios profundos que estarán influenciados por la transformación digital, las nuevas dinámicas laborales y las políticas públicas. Estos cambios pueden agruparse en varias tendencias clave:  Integración de la tecnología. La digitalización y la automatización se están convirtiendo en componentes esenciales de la mayoría de las industrias. Se espera que en 30 años exista la inclusión de las plataformas digitales para la certificación de competencias. Las evaluaciones podrán realizarse a través de simuladores y entornos virtuales que proporcionen una experiencia más cercana a la realidad laboral, facilitando así la validación de competencias de manera efectiva y eficiente.  Adaptabilidad y aprendizaje continuo. La rapidez con la que cambian las tecnologías y los procesos de trabajo exigirá que los programas de certificación sean lo suficientemente flexibles para adaptarse a nuevos requerimientos. La formación y certificación continua serán esenciales, permitiendo a los trabajadores actualizar sus habilidades conforme evolucionen las exigencias del mercado. La educación formal y la capacitación en el trabajo tendrán que estar interconectadas para fomentar un aprendizaje continuo y recorrer el camino hacia la especialización en áreas emergentes. 50 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026  Enfoque en habilidades blandas. Las habilidades blandas, como la comunicación, la resolución de problemas y el trabajo en equipo, serán cada vez más valoradas en el entorno laboral. Se anticipa que los programas de certificación comenzarán a incluir evaluaciones de estas competencias, reconociendo su importancia en el desempeño profesional. Esto implica un cambio en el enfoque de los procesos de capacitación, que deberán equilibrar tanto las habilidades técnicas como las blandas.  Colaboración entre el sector público y privado. La cooperación entre los diferentes sectores será fundamental para garantizar que la certificación de la fuerza laboral responda efectivamente a las necesidades del mercado. Se espera que en los próximos 20 años haya un mayor involucramiento de las empresas en el diseño de programas de certificación, así como en la creación de alianzas estratégicas entre dependencias públicas como privadas. Esta colaboración permitirá definir estándares que realmente reflejen las competencias demandadas por la industria.  Inclusión y diversidad. La certificación de competencias también deberá enfocarse en promover la inclusión y la equidad en el acceso a oportunidades laborales. Esto implica diseñar programas de certificación que atiendan a grupos históricamente marginados y que fomenten la diversidad en la fuerza laboral. Se prevé que, en 20 años las políticas de certificación incorporen criterios que aseguren la representación equitativa de diferentes géneros, etnias y capacidades. En resumen, la visión a 20 años sobre la certificación de la fuerza laboral en México debe enmarcarse en un contexto de innovación, flexibilidad y compromiso social. Los cambios esperados en la forma en que se certifican las competencias laborales reflejan no solo la evolución del mercado, sino también la imperante necesidad de construir un entorno laboral más justo y equitativo. El éxito de este proceso depende de la colaboración activa entre gobierno, empresas e instituciones educativas, así como de una cultura que valore el aprendizaje continuo y la adaptación a un mundo laboral en constante transformación. Al abordar estos desafíos con una perspectiva proactiva, México podrá fortalecer su capital humano y potenciar su desarrollo económico en las próximas décadas. Por lo tanto, se anticipa que la mejora en la formación y certificación de competencias laborales contribuirá a aumentar la competitividad de las empresas, lo que a su vez generará un entorno favorable para la inversión y el crecimiento económico. Asimismo, se estima que la inclusión de trabajadores en procesos de capacitación y certificación permitirá reducir las brechas de desigualdad en el acceso al empleo formal, promoviendo un desarrollo más equitativo. La creación de un sistema de certificación confiable también potenciará la movilidad laboral, facilitando la posibilidad de que los trabajadores accedan a mejores oportunidades dentro y fuera del país. Contribución al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Transformación El SNC, administrado por el CONOCER, emerge como una herramienta estratégica en el marco del modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Transformación en México y contribuyendo de manera importante al cumplimiento de los 100 Compromisos establecidos, aportando al desarrollo y posicionamiento del país, en materia tecnológica y de innovación. Este sistema no solo busca certificar y validar las competencias de la fuerza laboral en el país, sino que también se propone como un vehículo para reducir las brechas de desigualdad en el ámbito laboral y económico. Al certificar a los trabajadores, se promueve el desarrollo de una mano de obra especializada que puede competir efectivamente en el mercado laboral, lo que, a su vez, repercute en mejores condiciones de vida para la población. La labor del CONOCER se fundamenta en los principios del Humanismo Mexicano, que abogan por una prosperidad compartida y el acceso a oportunidades equitativas para todos los ciudadanos. Este enfoque humanista es crucial en tiempos donde la desigualdad económica y social persiste, pues la certificación de competencias no solo eleva el nivel de habilidades técnicas de los individuos, sino que también les brinda un reconocimiento formal de sus capacidades, lo que es fundamental para construir una vida digna y un bienestar integral. En este sentido, se establece una correlación directa entre la mejora de las competencias laborales y la elevación de la calidad de vida de las personas. Para alcanzar el óptimo desempeño del capital humano, es imperativo que las organizaciones implementen programas de formación continua. La capacitación constante no solo beneficia al individuo en términos de desarrollo profesional, sino que genera un impacto positivo en la productividad organizacional. La motivación para aprender y mejorar, junto con el suministro de herramientas adecuadas, son elementos clave que facilitan este proceso. Al proporcionar a los colaboradores las habilidades necesarias, se les dota de una estructura de pensamiento más sólida, incrementando así su capacidad para resolver problemas y fomentar procesos creativos. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 51 La educación y la capacitación, bajo este prisma, se convierten en los pilares para la reducción de los tiempos de ejecución de actividades, así como en el uso eficiente de los recursos y tecnologías disponibles. Por ejemplo, una fuerza laboral entrenada en nuevas tecnologías puede optimizar los procesos productivos, reduciendo costos y mejorando la competitividad de la empresa en el mercado. A su vez, esto puede traducirse en mayores salarios y mejores condiciones laborales, creando un círculo virtuoso de bienestar. Es importante también destacar el papel del CONOCER en la creación y promoción de estándares de competencia laboral que respondan a las necesidades del mercado. Estos estándares son elaborados en colaboración con diferentes sectores productivos, asegurando que la formación ofrecida sea pertinente y esté alineada con las exigencias actuales. La validación de estos estándares a través de un proceso de certificación garantiza que tanto empleadores como empleados puedan tener confianza en la calidad de las competencias adquiridas. La implementación del SNC no está exenta de retos. A pesar de que existen políticas públicas que respaldan esta iniciativa, es indispensable que se continúe fomentando la colaboración entre el sector público, privado y académico para garantizar su éxito. La inversión en capacitación y el compromiso de las empresas para promover el desarrollo profesional de sus empleados son factores fundamentales para lograr los objetivos planteados. Además, debe prestarse especial atención a las poblaciones más vulnerables, quienes históricamente han enfrentado mayores barreras para acceder a oportunidades laborales justas. La certificación de competencias debe ser inclusiva y accesible, contribuyendo así a cerrar las brechas de desigualdad que persisten en el ámbito laboral. De igual manera, es fundamental que los programas de formación consideren la diversidad cultural y regional del país, adaptándose a las particularidades de cada comunidad y sector. En conclusión, el CONOCER, a través del SNC, representa un paso significativo hacia la construcción de un país más justo y equitativo, donde la capacitación y certificación de la fuerza laboral juegan un papel crucial en el desarrollo económico y social. Los principios del Humanismo Mexicano guían esta tarea, promoviendo un enfoque que valora al ser humano y su potencial como motor de cambio. Así, al invertir en el capital humano y fomentar la formación continua, México podrá avanzar hacia un futuro donde la prosperidad sea verdaderamente compartida, garantizando a todos los mexicanos la oportunidad de construir una vida digna y alcanzar su máximo potencial. La colaboración entre los diferentes sectores de la sociedad será vital para lograr este objetivo, consolidando un modelo de desarrollo integral que beneficie a todos. 6. Objetivos El presente programa tiene como objetivo fundamental dar a conocer el plan de trabajo del CONOCER. Este plan se ha diseñado en respuesta a los problemas y áreas de oportunidad identificados en el diagnóstico previo, con miras a contribuir de manera efectiva al Modelo de Desarrollo del Segundo Piso de la Transformación. La estructura de este programa se compone de cinco objetivos estratégicos. Cada uno de estos objetivos ha sido formulado con el fin de abordar de manera directa las problemáticas existentes y facilitar la medición de resultados, permitiendo así que los esfuerzos y recursos asignados sean focalizados de manera eficiente. El enfoque particular está destinado a fortalecer las alianzas interinstitucionales entre los sectores productivo, social y gubernamental, esta colaboración es esencial para promover el reconocimiento de la experiencia laboral y las habilidades necesarias para el empleo, mediante la implementación de certificaciones de competencias laborales proporcionadas por el CONOCER. En síntesis, este programa no solo busca mejorar la calidad de la fuerza laboral, sino también optimizar el vínculo entre educación, desarrollo profesional y oportunidades laborales, asegurando que cada individuo pueda acceder a un reconocimiento justo de sus competencias y contribuir así al crecimiento sostenible del país. Objetivos del Programa Institucional del CONOCER 2025-2030 1.- Desarrollar estándares de competencia alineados a la oferta educativa enfocada a las necesidades del mercado laboral actual para la certificación de la población estudiantil de los tipos educativos media superior y superior y la fuerza laboral mexicana. 2.- Articular el Sistema Nacional de Competencias con el Sistema de Educación Dual para impulsar la empleabilidad y productividad de la formación en contextos reales de trabajo en México. 3.- Impulsar la certificación para la competitividad económica, el progreso social y el desarrollo educativo a nivel nacional, priorizando regiones y grupos vulnerables (indígenas, rurales, urbanos, diversidad sexual, personas con discapacidad, migrantes y jóvenes). 4.- Aumentar la Certificación de Competencias Laborales para diversificar la competitividad económica de poblaciones ubicadas en zonas urbanas, rurales e indígenas. 5.- Fortalecer el Sistema Nacional de Competencias para ampliar el acceso equitativo al reconocimiento de aprendizajes formales y no formales de la población, contribuyendo al desarrollo integral y la igualdad de oportunidades. 52 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 6.1 Relevancia del objetivo 1: Desarrollar estándares de competencia alineados a la oferta educativa enfocada a las necesidades del mercado laboral actual para la certificación de la población estudiantil de los tipos educativos media superior y superior y la fuerza laboral mexicana. Las necesidades del escenario laboral nacional cambian y se diversifican con base en la evolución de las tecnologías de la información y comunicación, el crecimiento económico, los procesos productivos y el acontecer del mercado laboral internacional, motivo por el cual se requiere el desarrollo de nueva oferta educativa, así como la reestructuración de la existente, lo anterior con el propósito de enfocarla a las necesidades específicas para el desarrollo laboral.1 En dicho sentido, se requiere normalizar las funciones que por su relevancia presentan un alto impacto social y económico en los sectores público, social y de gobierno y que se encuentren alineadas a la oferta educativa resultante del proceso de reestructuración y de la implementación del modelo educativo de la Nueva Escuela Mexicana (NEM), la cual busca privilegiar la equidad y la mejora de la educación considerando como eje prioritario el aprendizaje de las niñas, los niños, adolescentes y jóvenes con el firme propósito de impulsar la transformación social en la escuela y la comunidad. Ceñido a lo anterior, como parte del círculo virtuoso del aprendizaje, es menester impulsar la adherencia al plan de la NEM por parte de las maestras y maestros, con el fin incrementar el nivel de manejo en criterios medulares en la enseñanza y superar el dominio del 69.3% en los contenidos propuestos, el 65% en evaluación formativa y el 70.3% en el entendimiento de los procesos de desarrollo de aprendizaje. Con base en esta directriz, la promoción de la estandarización y certificación de competencias laborales del CONOCER impulsará las tendencias actuales del mercado laboral lo que de forma inherente abonará a la especialización del conocimiento, el crecimiento empresarial y a la eficiencia de los recursos humanos y materiales (OLA, 2025), con lo que se garantizará la disponibilidad de mano de obra especializada y calificada en las funciones con mayor demanda en el mercado laboral, hecho que permitirá responder de forma oportuna a las necesidades de los empleadores mexicanos a nivel nacional y le permitirá a las trabajadoras y trabajadores de México acceder a un mejor salario. Lo anterior sumará de manera contundente al establecimiento de una fuerza de trabajo diversificada y habilitada para asumir los retos laborales actuales frente a la inexorable aplicación de la inteligencia artificial (IA) y a la alfabetización digital en plena era de la industria 4.0, hecho que abonará al establecimiento de una República tecnológicamente soberana y de vanguardia, y repercutirá fructíferamente en la normalización y certificación de Estándares de Competencia concordantes con los niveles establecidos en el Marco Nacional de Cualificaciones. Lo anterior frente al hecho de que el 47% de los trabajadores que utilizan la IA afirman no tener idea de cómo alcanzar los objetivos de productividad esperados en su centro laboral, frente al hecho de que tres de cada cuatro personas, es decir el 77% mencionan haber visto disminuido su nivel de productividad, hecho que puede ocasionar estrés laboral, el cual lo experimenta el 49% de los trabajadores.2 6.2 Relevancia del objetivo 2: Articular el Sistema Nacional de Competencias con el Sistema de Educación Dual para impulsar la empleabilidad y productividad de la formación en contextos reales de trabajo en México. Fortalecer el SNC con el Sistema de Educación y Formación Profesional Dual, para impulsar la empleabilidad y productividad de la población en ambientes reales de trabajo que puedan tener un impacto en diversos sectores económicos de México. Durante el año 2024, un total de 14,155 estudiantes de Educación Media Superior recibieron formación a través de este modelo. Es importante destacar que este logro ha sido posible gracias a la participación de 3,279 empresas, que han brindado oportunidades de aprendizaje y desarrollo a nuestros alumnos.3 En diciembre de ese mismo año la cifra de 16,240 alumnas y alumnos. Del total de estudiantes 9,972 son mujeres y 6,268 hombres. Del total de alumnos, 8,138 pertenecen al Conalep; 3,991 a los Colegios de Estudios Científicos y Tecnológicos (CECyTE); 3,810 a los planteles de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios (DGETI), y 301 a la Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria y Ciencias del Mar (DGETAyCM).4 1 SEP (2023) El currículum laboral en la Educación Media Superior. Marco Curricular Común de la Educación Media Superior. https://educacionmediasuperior.sep.gob.mx/work/models/sems/Resource/13634/1/images/CURRICULUM%20LABORAL%202023.pdf 2 Manpower Group (2025) Tendencias Laborales 2025. Acelerar la Adaptabilidad. https://blog.manpowergroup.com.mx/manpowergroup/tendencias-2025 3 SEP (s. f.). Boletín 126 Educación Dual pilar para la competitividad en la economía. 4 SEP (s/f-a). Boletín 89. Gobierno de México fomentará e impulsará la Educación Dual en todo el país: Mario Delgado. gob.mx. Recuperado el 3 de septiembre de 2025, de https://www.gob.mx/sep/prensa/boletin-89-gobierno-de-mexico-fomentara-e-impulsara-la-educacion-dual-en-todo-el-pais-mario-delgado Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 53 En el marco del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2025-2030, uno de los principales retos del Sistema Educativo Nacional es la articulación efectiva entre la educación y el mundo laboral. La formación profesional basada en el Modelo Dual ha demostrado ser una herramienta clave para reducir el desempleo juvenil, mejorar la pertinencia de la formación y generar trayectorias de vida dignas para las y los jóvenes mexicanos. En este contexto el CONOCER, como organismo rector del SNC, tiene un papel estratégico en consolidar y fortalecer la Educación Dual desde la perspectiva del reconocimiento de saberes prácticos, habilidades técnicas y competencias clave para la inserción laboral. Cabe destacar que, en este sistema, los estudiantes alternan entre el aula y el entorno laboral real, permitiendo que desarrollen competencias profesionales mientras continúan su formación académica. La economía de México se caracteriza por la diversidad regional y su creciente apertura. Se prevé que los sectores estratégicos del país (aeroespacial, automotriz, energético y eléctrico) mantengan sus trayectorias de crecimiento, a lo que hay que sumar también las reformas en curso para incrementar la productividad y la innovación en sectores más tradicionales. La educación superior está creciendo y, si se mantienen los patrones actuales, 26% de los jóvenes obtendrán algún título de ese tipo educativo a lo largo de su vida. Medio millón de egresados ingresan cada año al mercado laboral y México confía en ellos para progresar en las cadenas de valor mundiales.5 En México, este modelo se ha implementado especialmente en el tipo educativo medio superior, donde los estudiantes de bachillerato tecnológico y profesional técnico pueden beneficiarse de una formación mixta, con actividades de aprendizaje tanto en la escuela como en empresas asociadas al Sistema de Educación Dual. El Modelo Dual permite a los estudiantes desarrollar competencias alineadas con las necesidades del mercado y los sectores productivos. No obstante, para lograr un impacto transformador en el país, es fundamental contar con estándares de competencia actualizados, mecanismos de certificación válidos y confiables, así como procesos de coordinación institucional entre el sector educativo, los empleadores y los organismos de evaluación. Por ello, el presente objetivo busca establecer una integración estructural entre componentes del SNC y los programas de formación Dual, promoviendo la certificación y la consolidación de una cultura de calidad, inclusión y mejora continua de este modelo. 6.3 Relevancia del objetivo 3: Impulsar la certificación para la competitividad económica, el progreso social y el desarrollo educativo a nivel nacional, priorizando regiones y grupos vulnerables (indígenas, rurales, urbanos, diversidad sexual, personas con discapacidad, migrantes y jóvenes). El objetivo central es garantizar a la población igualdad de oportunidades laborales, de modo que la competitividad y productividad en el sector productivo sean más justas y equitativas. Para lograrlo, resulta esencial asegurar el ingreso, permanencia y conclusión de los estudios en todos los tipos y niveles educativos, pues esto impulsa el bienestar social, reduce la pobreza y construye un México más inclusivo. La educación humanista y científica constituye un pilar fundamental del proyecto nacional y condición necesaria para el progreso del país. Reconoce que niñas, niños, adolescentes y jóvenes inician su aprendizaje desde contextos familiares, sociales y culturales diversos, lo que exige estrategias educativas diferenciadas. La administración actual enfrenta el reto de garantizar acceso, continuidad y conclusión en las trayectorias educativas, así como proveer condiciones y herramientas que fortalezcan el trabajo docente, siempre reconociendo la diversidad de los contextos. En este marco, el PND 2025-2030 plantea rediseñar los mecanismos de acción pública, ya que programas anteriores no lograron responder a la demanda de oportunidades de la población económicamente activa. El propósito es impulsar la profesionalización mediante certificaciones nacionales y oficiales que reconozcan conocimientos, habilidades y actitudes adquiridas en el trabajo o a lo largo de la vida. La SEP implementó políticas para consolidar un Sistema Educativo Nacional robusto, priorizando la equidad, eficiencia y cobertura. Entre ellas destacan:  Acciones integrales que promuevan bienestar y prosperidad.  Expansión del sistema dual de educación en coordinación con el sector empresarial.  Aumento en certificaciones laborales que garanticen una oferta especializada.  Programas de recapacitación y reconversión de habilidades con perspectiva de género. 5 OCDE (2019). Educación Dual en México: Revisión de políticas públicas. París: OECD Publishing. 54 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Estas iniciativas se alinean con los principios del Humanismo Mexicano, que impulsan prosperidad compartida, honestidad en el gobierno, democracia y libertad. El Estado mexicano se compromete a garantizar igualdad de oportunidades educativas en todo el territorio, independientemente del contexto social o geográfico. No obstante, persisten desafíos. De acuerdo con datos recientes, 63.7% del personal docente requiere apoyo para implementar el Plan de Estudios 2022 en preescolar, primaria y secundaria, especialmente en metodologías inclusivas e innovadoras. Esto refleja la urgencia de fortalecer la preparación docente para aplicar los principios de la NEM. Uno de los problemas más graves es el abandono escolar, originado por factores económicos, familiares, académicos y sociales. Este fenómeno, denominado desafiliación, afecta sobre todo a la educación media superior, donde la tasa fue de 11.2% en 2022-2023. Para enfrentarlo, se impulsa un modelo unificado que articule subsistemas y garantice trayectorias educativas continuas, acompañado de becas, infraestructura escolar y programas inclusivos. En el ámbito laboral, el INEGI, mediante la ENOE, informó que en el primer trimestre de 2025 la población económicamente activa fue de 60.5 millones de personas, lo que representa una disminución frente a 2024. Se registraron caídas en sectores como agricultura, industria, comercio, servicios y transporte. Estos datos reflejan la necesidad de políticas activas para fortalecer el empleo y enfrentar fenómenos como la informalidad y la subocupación. En este contexto, el Gobierno de México, a través del Eje general 2. Desarrollo con bienestar y humanismo, promueve la certificación de competencias para reconocer formalmente los saberes y destrezas de los ciudadanos. Esto permite desempeñarse con mayor calidad en el mercado laboral y contribuye a reactivar la economía, mejorar el empleo y elevar la calidad de vida de la población. 6.4 Relevancia del objetivo 4: Aumentar la Certificación de Competencias Laborales para diversificar la competitividad económica de poblaciones ubicadas en zonas urbanas, rurales e indígenas. El objetivo se relacionó con la educación como uno de los pilares del desarrollo integral, el bienestar de la población y el progreso del país. El sistema educativo debe ofrecer una cobertura amplia y flexible, que considere la diversidad cultural, lingüística y geográfica, así como las características de la población. De acuerdo con datos oficiales, el 36.3% de la población vive en pobreza; entre niñas, niños y adolescentes, esta cifra asciende a 45.8%. En consecuencia, cuatro de cada 10 menores viven en pobreza moderada y uno de cada 10 en pobreza extrema.6 En lo que corresponde a la educación inicial, los escolares desarrollan habilidades y capacidades -comunicación, creatividad, pensamiento y psicomotricidad- en ambientes seguros, bajo un enfoque de cuidado cariñoso y sensible. Diversos estudios confirman que invertir en la primera infancia reduce desigualdades sociales y genera beneficios económicos sostenibles. Por ello, la SEP continuará promoviendo su importancia. En la educación media superior, el Censo de Población y Vivienda 2020 reveló que alrededor de 6.1 millones de jóvenes de 15 a 17 años no estaban inscritos en el sistema educativo. Además, la Encuesta Nacional sobre Acceso y Permanencia en la Educación (ENAPE) del INEGI reportó que 11.6% de los estudiantes abandonaron la escuela durante el ciclo 2020-2021.7 Por otra parte, la educación para adultos continúa siendo un gran desafío. Las cifras más recientes indican que 27.5 millones de personas de 15 años y más no han concluido la educación básica, y 25.4 millones de personas de 18 años y más no han terminado la media superior. El INEA reforzará su estrategia con un enfoque incluyente, brindando opciones educativas, capacitación y formación continua que fomenten competencias básicas, respeten los valores culturales y favorezcan el aprendizaje autodidacta. También se impulsará la asesoría y el acompañamiento de esta población, así como la colaboración interinstitucional para combatir el rezago educativo. El reto de la educación consiste en reducir la brecha de desigualdad social entre niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, fortaleciendo los servicios y promoviendo modalidades de atención acordes con el contexto regional. Esto resulta especialmente relevante ante la dinámica poblacional marcada por migraciones rurales, urbanas y externas, con el objetivo de garantizar una educación inclusiva, intercultural e integral. 6 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) y Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), México. Pobreza infantil y adolescente en México, 2022. 7 INEGI. Encuesta Nacional sobre Acceso y Permanencia en la Educación (ENAPE) 2021. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 55 Para enfrentar la situación en la educación media superior y superior, la SEP fortalecerá los planes y programas de estudio del Marco Curricular Común y promoverá actividades que fomenten la integración de los estudiantes en la comunidad escolar. Asimismo, actualizará los programas de capacitación laboral, reforzará la educación dual y establecerá vínculos con las IES, con el fin de ampliar las oportunidades de desarrollo profesional y acceso a mejores empleos. Dentro de las políticas públicas a implementar, deberán promoverse, respetarse y garantizarse los derechos sociales bajo los principios de universalidad y perspectiva de género, con el propósito de asegurar a la población el acceso a la educación, la certificación y la capacitación laboral, en concordancia con el humanismo mexicano. Ante este panorama, el Gobierno de México planteó nuevas estrategias y líneas de acción para aumentar los programas públicos, que en años anteriores no lograron cubrir las necesidades de la población económicamente activa. Uno de los ejes centrales es atender los desafíos de formación y profesionalización ciudadana. En este marco, la SEP ha promovido diversas iniciativas orientadas a fortalecer el Sistema Educativo Nacional, con énfasis en el progreso del país. Un punto clave es la creación de condiciones propicias para expandir el Modelo Dual de formación profesional en coordinación con el sector privado. Esto incluye el fortalecimiento de los procesos de certificación de competencias laborales, con el fin de asegurar una oferta de trabajo especializada y acorde a las exigencias del mercado actual. Asimismo, se incorporaron mecanismos de actualización y reconversión de habilidades laborales, bajo una perspectiva de género. Estas acciones se sustentan en el humanismo mexicano, que defiende principios como prosperidad compartida, transparencia gubernamental, democracia y libertades fundamentales. La propuesta del Ejecutivo se alinea con el Eje general 2. Desarrollo con bienestar y humanismo, con el propósito de garantizar el acceso a procesos formales de certificación de competencias. Este enfoque busca reconocer oficialmente los conocimientos, habilidades y destrezas de las personas, lo cual resulta esencial para asegurar un desempeño óptimo en el ámbito laboral. Con estas medidas, se pretende ampliar las oportunidades de empleo, mejorar la calidad de vida de la población y fortalecer el potencial productivo del capital humano en el país. 6.5 Relevancia del objetivo 5: Fortalecer el Sistema Nacional de Competencias para ampliar el acceso equitativo al reconocimiento de aprendizajes formales y no formales de la población, contribuyendo al desarrollo integral y la igualdad de oportunidades. El SNC está diseñado para atender a todas las personas físicas o morales, tanto mexicanas como extranjeras. Esto incluye a trabajadores del sector privado y público, personas que laboran de forma independiente, empresarios, organizaciones sindicales, asociaciones empresariales, industriales o comerciales, así como instituciones y organizaciones de carácter público, privado o social. En este marco, se ha establecido como prioridad lograr una mayor articulación entre los sistemas de normalización y de certificación de competencias, con el propósito de mejorar la eficacia de sus servicios. Esta articulación busca fortalecer la empleabilidad de las personas, impulsar la productividad y competitividad de los sectores económicos, y en última instancia, contribuir a mejorar las condiciones de vida de la población mexicana. La consolidación de la oferta de certificación para las personas es indispensable, ya que debe responder a las necesidades y demandas actuales de los diversos sectores productivos, esto permitirá que las personas incrementen su empleabilidad a través de la certificación de competencias laboral que haga frente a la realidad laboral actual y puedan contar con elementos que se adecuen a los cambios en los esquemas de gestión del trabajo. En ese sentido, es indispensable que mediante el sistema normalizado y sistema de certificación se desarrollen por un lado EC pertinentes y acorde a las demandas actuales en los entornos laborales y por otro lado contar con una cobertura amplia y consolidada a nivel nacional de la Red de Prestadores de Servicios, con lo que se espera en su conjunto consolidar el modelo de certificación en México. El CONOCER, durante su trayectoria ha implementado estrategias a fin de diversificar la certificación de competencias en México, ello a través de la adición de nuevos Comités de Gestión por Competencia, así como la colaboración de los ya existentes quienes se encargan del nuevo desarrollo y actualización de estándares de competencias, permitiendo ampliar la cobertura de competencias sujetas a certificarse. Asimismo, la adición de nuevos Prestadores de Servicios, quienes suman esfuerzos al modelo para realizar procesos de capacitación, evaluación y certificación de las personas que buscan reconocer su experiencia y ser parte del capital humano profesionalizado. 56 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 El fortalecimiento del SNCL y del SCCL, como componentes clave del SNC, se orienta bajo tres ejes principales. Considera en primer lugar los principios rectores del PND 2025-2030 “Prosperidad compartida” y “Desarrollo y bienestar con cuidado al medio ambiente”; en segundo lugar, los objetivos y metas del Programa Sectorial de Educación (PSE) 2025-2030 y en tercer lugar el análisis del estado actual del CONOCER. De acuerdo con Manpower Group, 70% de las empresas nacionales reportan dificultades para contratar perfiles adecuados, en su estudio “Escasez de Talento 2025” y particularmente las empresas medianas en México reportan hasta 73% de problemas para cubrir puestos. La creciente demanda de la certificación de competencias en México registrada durante los últimos años, a partir de la publicación de las Reglas Generales y criterios para la integración y operación del SNC a finales de 2009 y su implementación a partir de 2010, ha generado en consecuencia la necesidad de contar con un mayor número de prestadores de servicios, que provean de los servicios de evaluación y certificación al público demandante, pasando de contar en 2011 con tan solo 50 ECE y 14 OC acreditados en el primer año de operación bajo las nuevas Reglas, a 553 ECE y 140 OC al cierre del primer trimestre de 2025. En lo que corresponde al desarrollo de EC, puede observarse un incremento porcentual de estándares de competencia, al menos al cierre del primer trimestre de 2025, el acumulado de estándares de competencia alcanzó 1,485 EC registrados. Asimismo, en lo que concierne a los CGC, al cierre del mismo periodo se alcanzaron 443 comités. 6.6 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional del CONOCER 2025-2030 En el contexto del PSE 2025-2030 es fundamental establecer una clara vinculación entre los objetivos planteados y las estrategias a implementar. Este programa se orienta hacia la mejora del sistema educativo en México, buscando adecuarse a las necesidades cambiantes del mercado laboral y promoviendo la igualdad de oportunidades para toda la población. Uno de los principales objetivos es el desarrollo de estándares de competencia que estén alineados con la oferta educativa, tomando en cuenta las necesidades del mercado laboral actual. La actualización de estos estándares permitirá preparar a los estudiantes con habilidades pertinentes y demandadas por los empleadores. Para lograr esto, es esencial ampliar la oferta educativa, ya que esto reducirá las brechas de desigualdad social entre niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos. La educación debe ser vista como un motor que fomente el desarrollo integral y el bienestar social. La estrategia 1.5 del PSE 2025-2030 destaca la importancia de consolidar opciones diferenciadas de servicios educativos, como la educación dual y modalidades mixtas. Esta diversificación permitirá ofrecer soluciones educativas más flexibles que se adapten a las diversas realidades de la población mexicana, incluyendo la educación para adultos y la capacitación para el trabajo. Estas estrategias son vitales para que el sistema educativo responda a las necesidades específicas de distintos grupos sociales. El fortalecimiento de la articulación entre el Sistema Nacional de Competencias y el Sistema de Educación y Formación Profesional Dual es otro objetivo crucial. Este enfoque busca impulsar la empleabilidad y productividad de la formación en contextos reales de trabajo, facilitando así el tránsito de los estudiantes al mundo laboral. Aumentar la oferta educativa en este sentido contribuirá a reducir las brechas de acceso a educación de calidad, garantizando cada vez más oportunidades a quienes han estado históricamente vulnerados. La implementación de estrategias como la ampliación de la oferta educativa en tipos de educación media superior y superior es indispensable. Esto no solo garantizará que un mayor número de estudiantes finalicen la educación básica, sino que también se atenderá a las poblaciones en rezago social, propiciando una mejor calidad de vida y más oportunidades de desarrollo. La certificación se erige como un factor central para la competitividad económica, el progreso social y el desarrollo educativo a nivel nacional. La oportunidad de certificar aprendizajes formales y no formales permite a la población acceder a un reconocimiento de sus habilidades y competencias. En consecuencia, se debe fomentar la creación de programas de certificación que se alineen con las demandas laborales actuales y emergentes. Para ello, es necesario ampliar la oferta educativa y fortalecer las oportunidades para cerrar las brechas sociales y regionales. Parte de las estrategias de este programa se centran en la necesidad de priorizar la educación media superior, especialmente en territorios con mayor rezago social, asegurando que los estudiantes adquieran los conocimientos y habilidades necesarias para mejorar su condición de vida. Fortalecer el Sistema Nacional de Competencias también implica garantizar que exista un reconocimiento equitativo de aprendizajes formales y no formales. Esto contribuirá a la igualdad de oportunidades al ofrecer a todos los ciudadanos la posibilidad de acceder a una educación que les permita desarrollarse plenamente. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 57 La transformación del sistema educativo en México hacia un modelo que contemple el desarrollo de estándares de competencia alineados a las necesidades del mercado laboral es un paso significativo hacia la consecución de una sociedad más justa e igualitaria. Al centrarse en la inclusión, la certificación y la pertinencia educativa, se busca no solo hacer eficiente la formación de individuos, sino también contribuir al desarrollo económico y social del país en su conjunto. La educación debe ser un vehículo para reducir desigualdades y proporcionar a todos, sin excepción, las herramientas necesarias para un mejor futuro. Por último, el programa resalta la importancia de fortalecer el acceso equitativo al reconocimiento de aprendizajes. Esto contribuirá significativamente al desarrollo integral de la población y promoverá la igualdad de oportunidades. Implementar medidas que favorezcan la continuidad en las trayectorias educativas es esencial para aumentar la cobertura y mejorar la eficiencia terminal en todos los tipos y niveles educativos. Objetivos del Programa Institucional del CONOCER 2025-2030 Objetivos del Programa Sectorial de Educación 2025-2030 Estrategias del Programa Sectorial de Educación 2025-2030 1. Desarrollar estándares de competencia alineados a la oferta educativa enfocada a las necesidades del mercado laboral actual para la certificación de la población estudiantil de los tipos educativos media superior y superior y la fuerza laboral mexicana. 1. Aumentar la oferta educativa a nivel nacional para reducir las brechas de acceso de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, a fin de avanzar hacia la igualdad de oportunidades de formación, sin importar el origen o contexto social. 1.5 Consolidar opciones diferenciadas de servicios educativos, tales como educación dual y modalidades mixta, semipresencial y no escolarizada en los diferentes tipos educativos, educación para adultos y capacitación para el trabajo, que respondan a las necesidades de la población. 2. Articular el Sistema Nacional de Competencias con el Sistema de Educación Dual para impulsar la empleabilidad y productividad de la formación en contextos reales de trabajo en México. 1. Aumentar la oferta educativa a nivel nacional para reducir las brechas de acceso de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas a fin de avanzar hacia la igualdad de oportunidades de formación, sin importar el origen o contexto social. 1.5 Consolidar opciones diferenciadas de servicios educativos, tales como educación dual y modalidades mixta, semipresencial y no escolarizada en los diferentes tipos educativos, educación para adultos y capacitación para el trabajo, que respondan a las necesidades de la población. 3.- Impulsar la certificación para la competitividad económica, el progreso social y el desarrollo educativo a nivel nacional, priorizando regiones y grupos vulnerables (indígenas, rurales, urbanos, diversidad sexual, personas con discapacidad, migrantes y jóvenes). 1.- Aumentar la oferta educativa a nivel nacional para reducir las brechas de acceso de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas a fin de avanzar hacia la igualdad de oportunidades de formación, sin importar el origen o contexto social. 1.1 Fortalecer las oportunidades educativas para cerrar las brechas sociales y reducir las desigualdades regionales. 1.3 Fomentar que la población en rezago educativo adquiera los conocimientos y habilidades mínimas para acceder a una mejor condición de vida y oportunidades para su desarrollo integral. 1.4 Expandir la oferta de educación superior en los distintos campos de conocimiento, promoviendo diversas modalidades de atención con pertinencia cultural y social. 1.5 Consolidar opciones diferenciadas de servicios educativos, tales como educación dual y modalidades mixta, semipresencial y no escolarizada en los diferentes tipos educativos, educación para adultos y capacitación para el trabajo, que respondan a las necesidades de la población. 58 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 4.- Aumentar la Certificación de Competencias Laborales para diversificar la competitividad económica de poblaciones ubicadas en zonas urbanas, rurales e indígenas. 1.- Aumentar la oferta educativa a nivel nacional para reducir las brechas de acceso de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas a fin de avanzar hacia la igualdad de oportunidades de formación, sin importar el origen o contexto social. 1.1 Fortalecer las oportunidades educativas para cerrar las brechas sociales y reducir las desigualdades regionales. 1.2 Incrementar la oferta educativa de educación media superior en todo el país, con especial atención en territorios y poblaciones con mayor rezago social para garantizar el acceso a un mayor número de estudiantes que concluyen la educación básica. 1.3 Fomentar que la población en rezago educativo adquiera los conocimientos y habilidades mínimas para acceder a una mejor condición de vida y oportunidades para su desarrollo integral. 1.4 Expandir la oferta de educación superior en los distintos campos de conocimiento, promoviendo diversas modalidades de atención con pertinencia cultural y social. 1.5 Consolidar opciones diferenciadas de servicios educativos, tales como educación dual y modalidades mixta, semipresencial y no escolarizada en los diferentes tipos educativos, educación para adultos y capacitación para el trabajo, que respondan a las necesidades de la población. 5.- Fortalecer el Sistema Nacional de Competencias para ampliar el acceso equitativo al reconocimiento de aprendizajes formales y no formales de la población, contribuyendo al desarrollo integral y la igualdad de oportunidades. 1.- Aumentar la oferta educativa a nivel nacional para reducir las brechas de acceso de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas a fin de avanzar hacia la igualdad de oportunidades de formación, sin importar el origen o contexto social. 2.- Garantizar el ingreso, permanencia y conclusión de las trayectorias educativas en todos los tipos, niveles y modalidades del sistema educativo, priorizando el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes, a fin de contribuir a su desarrollo integral y al bienestar de la población. 1.1 Fortalecer las oportunidades educativas para cerrar las brechas sociales y reducir las desigualdades regionales. 2.1 Impulsar medidas que favorezcan la continuidad de las trayectorias educativas de los estudiantes de todos los tipos y niveles educativos, a fin de incrementar la cobertura y la eficiencia terminal. 7. Estrategias y líneas de acción Objetivo 1. Desarrollar estándares de competencia alineados a la oferta educativa enfocada a las necesidades del mercado laboral actual para la certificación de la población estudiantil de los tipos educativos media superior y superior y la fuerza laboral mexicana. Estrategia 1.1 Fomentar la integración de nuevos Comités de Gestión por Competencias pertenecientes a los sectores que lideran las nuevas tendencias laborales, para el desarrollo de estándares de competencia. Línea de acción 1.1.1 Promover el trabajo sinérgico y colaborativo con las cabezas de los sectores productivo, social y de gobierno por medio de los Comités de Gestión por Competencias integrados al Sistema Nacional de Competencias. 1.1.2 Promover el desarrollo de análisis sectoriales para la identificación de los actores clave susceptibles a integrar nuevos Comités de Gestión por Competencias, por medio de las Coordinaciones de Promoción y Desarrollo y de Operación y Servicios a usuarios del CONOCER. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 59 Línea de acción 1.1.3 Incentivar la integración de nuevos Comités de Gestión por Competencias al Sistema Nacional de Competencias con base en los requerimientos de la oferta educativa mexicana basada en competencias. 1.1.4 Impulsar alianzas estratégicas con los actores involucrados en la industria 4.0 y las tecnologías de la información y comunicaciones por medio de los Comités de Gestión por Competencias. 1.1.5 Promover el modelo por competencias del Sistema Nacional de Competencias en mesas de diálogo y de trabajo sectoriales a nivel regional y nacional a través de la Red de Prestadores del CONOCER. Estrategia 1.2 Fomentar el establecimiento de alianzas estratégicas con el sector educativo para la normalización alineada a la nueva oferta educativa encaminada a satisfacer las necesidades del mercado laboral mexicano. Línea de acción 1.2.1 Promover la participación interinstitucional entre los actores del sector educativo por medio de los Comités de Gestión por Competencias y la Red de Prestadores del CONOCER. 1.2.2 Facilitar el dialogo en materia de competencias laborales con el sector educativo en los tipos de media superior y superior por medio de los Comités de Gestión por Competencias y la Red de Prestadores del CONOCER. 1.2.3 Dar a conocer las ventajas de la certificación de competencias laborales entre la población estudiantil de educación media superior y superior por medio de los vocales del sector educativo de los Comités de Gestión por Competencias. 1.2.4 Desarrollar Estándares de Competencia alineados a la oferta educativa entre la Red de Prestadores del CONOCER por medio de las soluciones de certificaciones acreditadas. 1.2.5 Analizar el impacto de la certificación de competencias laborales en el mercado laboral por medio de los Comité de Gestión por Competencias y la Red de Prestadores del CONOCER. Estrategia 1.3 Fortalecer el desarrollo de Estándares de Competencia de referencia para la clasificación del Marco Nacional de Cualificaciones, en aras de profesionalizar a la fuerza de trabajo y a la población estudiantil mexicana. Línea de acción 1.3.1 Apoyar a la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación y a las Subsecretarías de Educación Básica, Media Superior y Superior en la asignación de EC, con base en el Marco Nacional de Cualificaciones y el Sistema de Asignación, Acumulación y Transferencia de Créditos Académicos. 1.3.2 Promover las propuestas y resultados de la clasificación de Estándares de Competencia en el Marco Nacional de Cualificaciones entre los Comités de Gestión de Competencias por medio de la celebración de mesas de trabajo periódicas. 1.3.3 Desarrollar Estándares de Competencia alineados a los niveles del Marco Nacional de Cualificaciones por medio de los Comités de Gestión por Competencias. 1.3.4 Promover la certificación en los Estándares de Competencia alineados al Marco Nacional de Cualificaciones entre los sectores productivo, social, de gobierno y la población en general a nivel nacional a través de la Red de Prestadores del CONOCER. 1.3.5 Actualizar los Estándares de Competencia, que lo requieran, alineados al Marco Nacional de Cualificaciones por medio de los Comités de Gestión por Competencias. Objetivo 2. Articular el Sistema Nacional de Competencias con el Sistema de Educación Dual para impulsar la empleabilidad y productividad de la formación en contextos reales de trabajo en México. Estrategia 2.1. Diseñar Estándares de Competencia específicos para la formación Dual, a fin de facilitar la integración al campo laboral. Línea de acción 2.1.1 Promocionar junto con los subsistemas de educación media superior la certificación de competencias de alumnos de educación dual. 2.1.2 Fomentar el desarrollo de Estándares de Competencias para vincular el aprendizaje de la educación media superior con la formación para el trabajo. 2.1.3 Impulsar el desarrollo de programas de formación y capacitación, con base en Estándares de Competencia por medio de convenios con las instituciones educativas. 60 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Línea de acción 2.1.4 Implementar una estrategia con los Comités de Gestión por Competencias del ramo educativo para la promoción de los nuevos Estándares de Competencias. 2.1.5 Impulsar junto con los Comités de Gestión por Competencia el desarrollo y actualización de Estándares de Competencia de acuerdo con los trayectos técnicos de la formación dual. Estrategia 2.2. Certificar las competencias en ambientes reales de trabajo con el fin de facilitar la inserción de los jóvenes en el mercado laboral. Línea de acción 2.2.1 Incentivar el uso de los Estándares de Competencia como referentes de las mejores prácticas en escenarios reales de aprendizaje. 2.2.2 Atender la demanda identificada de certificaciones en colaboración con los Comités de Gestión por Competencias de los distintos sectores. 2.2.3 Difundir los beneficios de la incorporación de talento joven certificado mediante el trabajo colaborativo con las empresas. 2.2.4 Certificar tutores académicos para asegurar la calidad y uniformidad en los procesos de certificación en ambientes reales. Estrategia 2.3. Realizar alianzas institucionales para expandir el Modelo Dual, integrando la certificación de habilidades en los estudiantes de educación media superior y superior. Línea de acción 2.3.1 Establecer convenios de colaboración con subsistemas de educación media superior y superior. 2.3.2 Fomentar la participación de gobiernos estatales y municipales como actores clave para la certificación e implementar el modelo en sus regiones. 2.3.3 Promover con autoridades estatales y federales la certificación en armonía con políticas que fortalezcan la implementación del Modelo Dual. 2.3.4 Proponer la inclusión de Estándares de Competencia dentro del diseño curricular que permita la difusión de modelos metodológicos que faciliten a los jóvenes la incorporación al mercado laboral. 2.3.5 Crear redes regionales, nacionales e internacionales de colaboración que integren a diversos actores para facilitar la implementación y seguimiento de la certificación de competencias laborales dentro del Modelo Dual. Objetivo 3. Impulsar la certificación para la competitividad económica, el progreso social y el desarrollo educativo a nivel nacional, priorizando regiones y grupos vulnerables (indígenas, rurales, urbanos, diversidad sexual, personas con discapacidad, migrantes y jóvenes). Estrategia 3.1 Fomentar la certificación laboral con enfoque humanista y de género, fortaleciendo la inclusión, justicia social y desarrollo sostenible. Línea de acción 3.1.1 Fortalecer las oportunidades educativas a través de la certificación laboral con la finalidad de reducir las brechas de desigualdad regional. 3.1.2 Promover el aumento de la oferta educativa en todo el país asegurando el acceso a un mayor número de estudiantes con atención prioritaria a poblaciones con mayor rezago social. 3.1.3 Construir una red de certificación laboral que responda a las necesidades de las comunidades y características específicas de su contexto social. 3.1.4 Incrementar la certificación laboral como un mecanismo de inclusión y equidad mediante convenios de colaboración con prestadores de servicios enfocados en comunidades indígenas, rurales, urbanos, diversidad sexual, personas con discapacidad, migrantes y jóvenes. 3.1.5 Considerar la participación de estudiantes, docentes y la comunidad mediante la atención de las problemáticas o situaciones de su contexto social, a fin de que contribuyan al desarrollo de estándares de competencia. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 61 Estrategia 3.2 Atender a grupos vulnerables ubicados en zonas urbanas, rurales e indígenas de alta y muy alta marginación para disminuir el rezago educativo. Línea de acción 3.2.1 Disminuir la deserción laboral en zonas urbanas y rurales de alta y muy alta marginación mediante el otorgamiento de descuentos a los prestadores de servicios en el costo de la certificación con el propósito de beneficiar al usuario final. 3.2.2 Apoyar la capacitación laboral de trabajadores de pequeñas y medianas empresas en localidades indígenas de alta y muy alta marginación que buscan mejorar sus condiciones laborales. 3.2.3 Apoyar en la capacitación técnica y operativa a usuarios que pretendan adquirir mayores conocimientos en diversas áreas laborales que fortalezcan la inclusión productiva, financiera y profesional. 3.2.4 Considerar certificaciones laborales operativas apegadas a usos y costumbres para reducir el rezago educativo en las comunidades de mayor grado de marginación. Estrategia 3.3 Impulsar la profesionalización de la población que habita en zonas urbanas y rurales de las entidades federativas para incorporarse al mercado laboral especializado y generar mayores oportunidades. Línea de acción 3.3.1 Promover una agenda de fuerza laboral para la competitividad a través de la profesionalización de las competencias laborales. 3.3.2 Otorgar una especialización laboral a los trabajadores en sectores clave para fomentar la mano de obra calificada, la inclusión productiva, financiera y profesional. 3.3.3 Construir una sinergia con empresas de diversos sectores para crear bolsas de trabajo con la finalidad de ofrecer personal certificado que se desarrolle en un campo especializado. 3.3.4 Considerar estudios de campo y evaluaciones en zonas urbanas y rurales para el desarrollo de Estándares de Competencia dirigidos a sectores focalizados. 3.3.5 Otorgar la certificación laboral a través de empresas socialmente comprometidas con el rezago educativo en zonas marginadas. Estrategia 3.4 Fortalecer la red de prestadores de servicios para certificar conocimientos, aptitudes y experiencias laborales de personas que habitan en zonas urbanas, rurales e indígenas de alta y muy alta marginación. Línea de acción 3.4.1 Construir una red de prestadores de servicio con mayor alcance funcional y operativo para atender zonas indígenas. 3.4.2 Capacitar a los prestadores de servicio sobre la operatividad, funcionalidad y coordinación con las instituciones de educación media superior y superior. 3.4.3 Mejorar las simplificaciones administrativas que apoyen a las escuelas en su operación y funcionamiento diario de certificación mediante la construcción de vínculos entre la red de prestadores de servicios y el CONOCER. 3.4.4 Impartir cursos de capacitación, evaluación y certificación laboral, a partir del establecimiento de mecanismos de calidad más rigurosos. Objetivo 4. Aumentar la Certificación de Competencias Laborales para diversificar la competitividad económica de poblaciones ubicadas en zonas urbanas, rurales e indígenas. Estrategia 4.1 Identificar los vínculos académicos, convenios de colaboración y de gobierno que detonen el capital humano en cada uno de los sectores productivos y profesionales que permita a la población de las zonas urbanas, rurales e indígenas alcanzar mayores oportunidades profesionales. Línea de acción 4.1.1 Promover nuevos vínculos académicos, privados y de gobierno para beneficiar a nuevos usuarios que se encuentran en las zonas urbanas, rurales e indígenas de alta y muy alta marginación mediante prestadores de servicios en educación media superior y superior. 4.1.2 Otorgar un mayor número de acreditaciones laborales para la población objetivo que busca mejorar sus condiciones actuales, a partir de la incorporación de nuevos prestadores de servicio. 62 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Línea de acción 4.1.3 Promover la profesionalización del capital humano para diversificar la competitividad económica en las distintas regiones del país a través de prestadores de servicios. 4.1.4 Considerar certificaciones laborales apegadas a usos y costumbres locales en zonas indígenas de alta y muy alta vulnerabilidad mediante nuevos prestadores de servicios. 4.1.5 Promover la certificación que permita a personas que habitan en zonas rurales e indígenas de alta y muy alta marginación, acceder a nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación con el apoyo de prestadores de servicios. Estrategia 4.2 Identificar los obstáculos funcionales del proceso operativo interno para mejorar el desempeño de los nuevos prestadores de servicio y de los que se encuentran acreditados. Línea de acción 4.2.1 Brindar asesoría integral a los prestadores de servicios cuyos resultados contribuyan a mejorar la coordinación entre dependencias en los diferentes procesos operativos internos. 4.2.2 Proporcionar capacitación funcional y operativa vía telefónica a los prestadores de servicios en relación con la normatividad interna vigente de cada proceso interno. 4.2.3 Ofrecer asistencia técnica vía telefónica referente a la operación y periodicidad de las líneas de captura para sus respectivos pagos de acreditación de cursos de capacitación, capacitador independiente y estándares de competencia. 4.2.4 Fortalecer la coordinación vía telefónica y electrónica con prestadores de servicios que se encuentren próximos a renovar sus cursos y programas de capacitación, estándares de competencia, inscripción a programas para considerar los costos de su operación interna. 4.2.5 Considerar mayor asistencia técnica y operativa a pequeños prestadores de servicios al inicio de sus acreditaciones para fortalecer la emisión de certificados. Estrategia 4.3 Impulsar la profesionalización de la población en las entidades federativas para su incorporación al mercado laboral especializado. Línea de acción 4.3.1 Apoyar a trabajadores que buscan mejores condiciones laborales a través de los prestadores de servicio, favoreciendo el acceso a la educación, profesionalización y capacitación. 4.3.2 Promover la certificación de trabajadores en habilidades blandas para su desarrollo personal y laboral a través de los prestadores de servicio. 4.3.3 Construir sinergias con empresas para crear bolsas de trabajo que reduzcan la brecha de desigualdad entre la población urbana rural e indígena, con un enfoque regional y nacional. 4.3.4 Implementar acciones para identificar el impacto que tienen las acreditaciones laborales en los estudios y evaluaciones en la población con mayor rezago social y educativo. 4.3.5 Promover la certificación laboral mediante las empresas socialmente comprometidas con la perspectiva de género y el bienestar social a la población urbana, rural e indígena ubicada en zonas de alta y muy alta marginación. Estrategia 4.4 Fortalecer la Red de Prestadores de Servicios para incrementar la oferta educativa y laboral en poblaciones ubicadas en zonas urbanas, rurales e indígenas. Línea de acción 4.4.1 Construir una Red de Prestadores de Servicios que contribuya con la acreditación de usuarios en situación de deserción escolar. 4.4.2 Promover la integración de Comités de Gestión por Competencias que desarrollen Estándares de Competencias basados en la demanda de nuevas inversiones extranjeras y mano de obra especializada que requiere el sector productivo. 4.4.3 Considerar la aplicación de evaluaciones entre la Red de Prestadores de Servicios y el CONOCER, cuyos resultados contribuyan a mejorar la coordinación técnica y operativa entre ambas partes. 4.4.4 Apoyar a la Red de Prestadores de Servicios a través de la implementación de nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación que permita atender a la población con alto rezago educativo. 4.4.5 Construir mecanismos de coordinación interinstitucional enfocados en la calidad y eficiencia de los cursos de capacitación para la población económicamente activa. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 63 Objetivo 5. Fortalecer el Sistema Nacional de Competencias para ampliar el acceso equitativo al reconocimiento de aprendizajes formales y no formales de la población, contribuyendo al desarrollo integral y la igualdad de oportunidades. Estrategia 5.1 Consolidar los mecanismos de articulación entre el Sistema Normalizado de Competencia Laboral y el Sistema de Certificación de Competencia Laboral para robustecer el Sistema Nacional de Competencias y garantizar la calidad y pertinencia de la certificación de competencias de las personas. Línea de acción 5.1.1 Afianzar la calidad en la acreditación de prestadores de servicio mediante un proyecto de valor que permita impactar en la profesionalización de las personas a través de la certificación de competencias. 5.1.2 Consolidar el proceso de acreditación de los prestadores de servicios a través del fortalecimiento de los mecanismos de evaluación y seguimiento en la operación de los Organismos Certificadores y Entidades de Certificación y Evaluación de Competencias. 5.1.3 Colaborar de manera continua en la implementación y actualización del Marco Nacional de Cualificaciones como medio para acreditar competencias adquiridas en el trabajo, la formación o el autoaprendizaje en todo el país. 5.1.4 Implementar estrategias para la promoción o difusión de la acreditación de nuevos prestadores de servicios mediante campañas de comunicación que promuevan el fortalecimiento del Sistema Nacional de Competencias. 5.1.5 Consolidar la cobertura del Sistema Nacional de Competencias a través del establecimiento y operación de prestadores de servicios, en zonas geográficas y sectores prioritarios del Gobierno Federal. Estrategia 5.2 Optimizar los procesos internos y externos, así como actualizar y armonizar la normatividad institucional, para mejorar la atención a los usuarios y asegurar la calidad, pertinencia y eficiencia de los servicios de certificación de competencias. Línea de acción 5.2.1 Mantener actualizada de forma permanente la normatividad de la entidad mediante revisiones técnicas y jurídicas periódicas para dar respuesta a las necesidades y retos sociales en materia de certificación de competencias de las personas a nivel nacional. 5.2.2 Redefinir periódicamente los procesos para la operación del Sistema Nacional de Competencias mediante el análisis funcional, simplificación normativa y la participación de los actores clave del sistema. 5.2.3 Considerar un programa estratégico de comunicación interna para reforzar la comunicación horizontal y vertical, dentro de la entidad, en todas las áreas operativas y de gestión. 5.2.4 Actualizar el contenido de los cursos para la transferencia de información y conocimiento a los usuarios mediante el uso de herramientas tecnológicas y pedagógicas actuales en las plataformas determinadas por la entidad. 5.2.5 Actualizar los procedimientos de capacitación y evaluación del CONOCER acorde a las nuevas necesidades que demanda el mercado laboral mediante un análisis de tendencias y necesidades emergentes para favorecer la formación de las personas a lo largo de la vida. Estrategia 5.3 Establecer vínculos de colaboración con instituciones nacionales e internacionales para acceder a mejores prácticas en certificación de competencias laborales y fortalecer la pertinencia, calidad y legitimidad del Sistema Nacional de Competencias. Línea de acción 5.3.1 Celebrar convenios de colaboración y cooperación con organismos nacionales e internacionales relacionados con la certificación de las competencias de las personas a través de mecanismos jurídicos y administrativos establecidos. 5.3.2 Instrumentar una estrategia de comunicación social externa en coordinación con las áreas de comunicación social de la SEP mediante el uso de medios digitales, impresos y audiovisuales correspondientes. 5.3.3 Celebrar convenios con diferentes bolsas de trabajo mediante el establecimiento de alianzas estratégicas y acuerdos que permitan fomentar la empleabilidad de las personas certificadas en todo el país. 5.3.4 Celebrar convenios con instituciones nacionales e internacionales mediante mesas de trabajo, foros y proyectos conjuntos para fortalecer la pertinencia educativa y ampliar el reconocimiento de competencias en diversos contextos. 5.3.5 Participar de manera activa en el diseño e implementación de políticas públicas que promuevan la certificación de las competencias y la mejora de la competitividad, productividad y empleabilidad de los sectores productivos educativo, social y de gobierno. 5.3.6 Celebrar convenios interinstitucionales que permitan formular estrategias de acción para el fortalecimiento de la profesionalización de los jóvenes que cursan la educación media superior y superior, a través de la inclusión de la certificación de competencias laborales en sus planes de estudio. 64 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 8. Indicadores y metas Los indicadores presentados a continuación, corresponden a los objetivos y metas establecidas en el sexenio con proyección al año 2030, cada indicador estratégico responde a un objetivo planteado en el Programa Institucional. Cada uno de los indicadores cuenta con cifras anteriores que avalan su medición, los cuales resultan relevantes para el análisis de este Programa. Indicador 1.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 1.1 Porcentaje de Comités de Gestión por Competencias (CGC) instalados y/o renovados Objetivo Desarrollar estándares de competencia alineados a la oferta educativa enfocada a las necesidades del mercado laboral actual para la certificación de la población estudiantil de los tipos educativos media superior y superior y la fuerza laboral mexicana. Definición o descripción El indicador mide los Comités de Gestión por Competencias (CGC) constituidos en el periodo, con base en las Reglas Generales y criterios para la integración y operación del Sistema Nacional de Competencias Derecho asociado Derecho al trabajo. Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Trimestral Acumulado o periódico Acumulado Disponibilidad de la información Enero del siguiente año fiscal Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero a diciembre Tendencia esperada Constante Unidad responsable de reportar el avance Coordinación de Operación y Servicios a Usuarios Método de cálculo PCGCrenovadosn = (NCGCrenovadosn/NCGCpor_renovarn)*100, donde: PCGCrenovadosn: Porcentaje de Comités de Gestión por Competencias (CGC) instalados y/o renovados en el periodo n NCGCrenovadosn : Número de Comités de Gestión por Competencias instalados y/o renovados en el periodo n NCGCpor_renovarn : Número de Comités de Gestión por Competencias por instalar y/o por renovar en el periodo n Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de Comités de Gestión por Competencias instalados y/o renovados en el periodo n Valor variable 1 30 Fuente de información variable 1 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Nombre variable 2 Número de Comités de Gestión por Competencias por instalar y/o por renovar en el periodo n Valor variable 2 30 Fuente de información variable 2 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Sustitución en método de cálculo PCGCrenovados2024 = (30/30) *100 = 100 NCGCrenovados2024: 30 NCGCporrenovar2024: 30 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 100 Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 100 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 N/D 100 100 100 100 100 100 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 100 100 100 100 100 100 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 65 Indicador 2.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 2.1 Porcentaje de Estándares de Competencia aprobados Objetivo Articular el Sistema Nacional de Competencias con el Sistema de Educación Dual para impulsar la empleabilidad y productividad de la formación en contextos reales de trabajo en México. Definición o descripción El indicador mide el número de Estándares de competencia aprobados por el Comité Técnico del CONOCER durante el periodo Derecho asociado Derecho al trabajo Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Trimestral Acumulado o periódico Acumulado Disponibilidad de la información Enero del siguiente ejercicio fiscal Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero a diciembre Tendencia esperada Constante Unidad responsable de reportar el avance Coordinación de Promoción y Desarrollo Método de cálculo PECaprobadosn = (NEC aprobadosn/NECpor_aprobarn)*100, donde: PECaprobadosn: Porcentaje de Estándares de Competencia aprobados en el periodo n NECaprobadosn: Número Estándares de Competencia aprobados en el periodo n NECpor_aprobarn: Número de Estándares de Competencia por aprobar en el periodo n Observaciones Se entiende como aprobación de Estándares de Competencia, a la validación normativa para que cuenten con suficiente representatividad, basada en los lineamientos técnicos y metodológicos establecidos por el CONOCER, correspondientes a Funciones Individuales relevantes y demandadas por los sectores productivo, social y/o público. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número Estándares de Competencia aprobados en el periodo n Valor variable 1 80 Fuente de información variable 1 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Nombre variable 2 Número de Estándares de Competencia por aprobar en el periodo n Valor variable 2 80 Fuente de información variable 2 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Sustitución en método de cálculo PECaprobados2024 = (80/80) *100 = 100 NECaprobados2024: 80 NECpor_aprobar2024: 80 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 100 Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 100 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 N/A N/A 100 100 100 100 100 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 100 100 100 100 100 100 66 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Indicador 3.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 3.1 Tasa de variación de los certificados de competencia laboral emitidos Objetivo Impulsar la certificación para la competitividad económica, el progreso social y el desarrollo educativo a nivel nacional, priorizando regiones y grupos vulnerables (indígenas, rurales, urbanos, diversidad sexual, personas con discapacidad, migrantes y jóvenes). Definición o descripción Este indicador muestra la cantidad de certificados emitidos por el Sistema Nacional de Competencias, cuyo objetivo es fortalecer la competitividad económica, el progreso social y el desarrollo educativo mediante la profesionalización de la fuerza laboral en México. Este sistema es organizado, coordinado y promovido por el CONOCER. Derecho asociado Derecho a la educación, derecho al trabajo Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado Disponibilidad de la información Enero del siguiente ejercicio fiscal Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero a diciembre Tendencia esperada Constante Unidad responsable de reportar el avance Coordinación de Operación y Servicios a Usuarios Método de cálculo TVCCLn = ((NCCL_emitidosn/NCCL_emitidon-1)-1)*100), donde: TVCCLn: Tasa de variación de los certificados de competencia laboral emitidos en el periodo n NCCL_emitidosn: Número de Certificados emitidos anualmente por el CONOCER en el periodo n NCCL_emitidosn-1: Número de Certificados emitidos anualmente por el CONOCER en el periodo n-1 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de certificados emitidos anualmente en el periodo n Valor variable 1 185,000 Fuente de información variable 1 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Nombre variable 2 Número de certificados emitidos anualmente en el periodo n-1 Valor variable 2 175,277 Fuente de información variable 2 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Sustitución en método de cálculo TVCCL2024 = ((185,000/175,277)-1) *100 = 5.5 NCCL_emitidos2024: 185,000 NCCL_emitidos2023: 175,277 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 5.5 Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 5.5 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 N/D N/A 0 6.0 29.9 -7.1 5.5 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 5.5 5.5 5.5 5.5 5.5 5.5 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 67 Indicador 4.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 4.1 Tasa de variación de personas certificadas con respecto al año anterior Objetivo Aumentar la Certificación de Competencias Laborales para diversificar la competitividad económica de poblaciones ubicadas en zonas urbanas, rurales e indígenas. Definición o descripción El indicador mide el número de personas que certifican sus competencias en el periodo, el cual refleja el entorno de educación y formación profesional en alianza con el sector empresarial, al tiempo que se refuerza la certificación de competencias laborales, se reducen brechas de habilidades y se fortalece la disponibilidad de talento especializado en el mercado laboral. Derecho asociado Derecho a la educación, derecho al trabajo Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado Disponibilidad de la información Enero del siguiente ejercicio fiscal Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero a diciembre Tendencia esperada Constante Unidad responsable de reportar el avance Coordinación de Operación y Servicios a Usuarios Método de cálculo TVPcertificadasn = ((NPcertificadasn/NPcertificadasn-1)-1) *100), donde: TVPcertificadasn: Tasa de variación de personas certificadas con respecto al año anterior en el periodo n NPcertificadasn: Número de personas certificadas en el periodo n NPcertificadasn-1: Número de personas certificadas en el periodo n-1 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de personas certificadas anualmente en el periodo n Valor variable 1 188,487 Fuente de información variable 1 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Nombre variable 2 Número de personas certificadas anualmente en el periodo n-1 Valor variable 2 231,240 Fuente de información variable 2 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Sustitución en método de cálculo TVPcertificadas2024 = ((231,240/188,487)-1)*100 = -18.48 NPcertificadas2024: 231,240 NPcertificadas2023: 188,487 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor -18.5 Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 -1.0 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 N/D N/D N/D N/D N/D N/D -18.5 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 -0.5 -1.0 -1.0 -1.0 -1.0 -1.0 68 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Indicador 5.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 5.1 Porcentaje de Entidades de Certificación y Evaluación de Competencia (ECE) y Organismos Certificadores (OC) acreditados Objetivo Fortalecer el Sistema Nacional de Competencias para ampliar el acceso equitativo al reconocimiento de aprendizajes formales y no formales de la población, contribuyendo al desarrollo integral y la igualdad de oportunidades. Definición o descripción El indicador mide la eficacia en el logro de la acreditación de las Entidades de Certificación y Evaluación y Evaluación de Competencias (ECE) y de los Organismos Certificadores facultados solo para Certificar (OC). Se entiende como ECE a las instancias facultadas para certificar y evaluar. Asimismo, se entiende por OC a los Organismos facultados solo para certificar. Derecho asociado Derecho al trabajo Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Trimestral Acumulado o periódico Acumulado Disponibilidad de la información Enero del siguiente ejercicio fiscal Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero a diciembre Tendencia esperada Constante Unidad responsable de reportar el avance Coordinación de Operación y Servicios a Usuarios Método de cálculo PEDEOCacreditadosn = (NECEOCacreditadosn/NECEOCpor_acreditarn)*100, donde: PEDEOCacreditadosn: Porcentaje de Entidades de Certificación y Evaluación de Competencia (ECE) y Organismos Certificadores (OC) acreditados en el periodo n NECEOCacreditadosn: Número de Entidades de Certificación y Evaluación de Competencias; y Organismos Certificadores, acreditados en el periodo n NECEOCpor_acreditarn: Número de Entidades de Certificación y Evaluación de Competencias; y Organismos Certificadores, por acreditar en el periodo n Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de Entidades de Certificación y Evaluación de Competencias; y Organismos Certificadores, acreditados en el periodo n Valor variable 1 40 Fuente de información variable 1 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Nombre variable 2 Número de Entidades de Certificación y Evaluación de Competencias; y Organismos Certificadores, por acreditar en el periodo n Valor variable 2 40 Fuente de información variable 2 Sistema de Información para la Planeación y Seguimiento Sustitución en método de cálculo PEDEOCacreditados2024 = (40/40) *100 = 100 NECEOCacreditados2024: 40 NECEOCpor_acreditar2024: 40 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 100 Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 100 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 N/D N/D N/D N/D N/D N/D 100 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 100 100 100 100 100 100 Ciudad de México, a 4 de diciembre de 2025.- Directora General del CONOCER, Mtra. Guillermina Alvarado Moreno.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 69 SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES, TECNOLOGIA E INNOVACION PROGRAMA Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030. Al margen un logotipo, que dice: El Colegio de San Luis, A.C. PROGRAMA INSTITUCIONAL DE EL COLEGIO DE SAN LUIS, A.C. 2025-2030 1. Índice 1. Índice 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa 3. Siglas y acrónimos 4. Fundamento normativo 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 6. Objetivos 6.1 Relevancia del objetivo 1: Fortalecer las capacidades de generación de investigación en Ciencias Sociales y Humanidades, orientadas a la atención de prioridades estratégicas con un enfoque de inclusión e igualdad sustantiva, a nivel local y regional. 6.2 Relevancia del objetivo 2: Contribuir a disminuir la brecha existente de personas formadas en educación superior orientada a procesos productivos y de servicio y aquellas formadas con capacidades de análisis crítico y social en la región. 6.3 Relevancia del objetivo 3: Incrementar los mecanismos de incidencia social de la ciencia y desarrollo de investigación - acción con un enfoque de apertura del y en la generación de conocimiento humanista e inclusivo para los habitantes de la región y sus comunidades. 6.4 Relevancia del objetivo 4: Mejorar la vinculación de y en la investigación de Ciencias Sociales y Humanidades dentro del SNCP, así como con dependencias gubernamentales, asociaciones políticas, sociales y económicas interesadas en atender temas públicos de incidencia nacional y regional. 6.5 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030 7. Estrategias y líneas de acción 8. Indicadores y metas 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a El Colegio de San Luis, A.C. en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo. 3. Siglas y acrónimos ANUIES Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior CHTI Ciencias, Humanidades, Tecnologías e Innovación CIATEQ Centro de Tecnología Avanzada, A.C. EL COLSAN El Colegio de San Luis, A.C. CPI Centros Públicos de Investigación CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ENOE Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo HLI Hablante de Lenguas Indígenas ICHTI Investigación Científica, de Humanidades, Tecnológica e Innovación. IES Instituciones de Educación Superior 70 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía IPICYT Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica, A.C. LGAC Líneas Generadoras de Aplicación de Conocimiento OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos PEA Población Económicamente Activa PSCHTI 2025-2030 Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación 2025 – 2030. PI-COLSAN 2025:2030 Programa Institucional de El Colegio de San Luis 2025 - 2030 PND 2025-2030 Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 SEAES Sistema de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior Secihti Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación SEP Secretaría de Educación Pública SNCP Sistema Nacional de Centros Públicos de Investigación y Laboratorios Nacionales SNII Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores SNP Sistema Nacional de Posgrados STPS Secretaría del Trabajo y Previsión Social UNESCO Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura 4. Fundamento normativo El Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030 tiene su fundamento normativo en la CPEUM y sus leyes reglamentarias. En el artículo 3° fracción V, establece que toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica, de igual forma, reafirma el compromiso del Estado de apoyar la investigación e innovación humanista, científica y tecnológica; de garantizar el acceso abierto a la información que derive de ella, así como el fortalecimiento y difusión de la cultura. El artículo 26 apartado A establece que corresponde al Estado organizar un sistema de planeación democrática para el desarrollo nacional, mientras que el artículo 134 menciona que los recursos económicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México se deberán administrar con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez. La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su artículo 26 que el acceso a los estudios superiores será igual para todos; dicha educación deberá abonar a la comprensión, tolerancia entre naciones, grupos étnicos y religiosos; en su artículo 27, establece que toda persona tiene derecho a participar libremente en el progreso científico y sus beneficios, así como a participar en la vida cultural. Por otra parte, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece en su artículo 13 que la educación deberá orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y debe capacitar a todas las personas para participar en sociedad mediante comprensión y tolerancia; dentro de este documento, el artículo 15 numeral 1) inciso b) señala que los Estados reconocen el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones. La Ley General en Materia de Ciencias, Humanidades, Tecnologías e Innovación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 2023, determina las bases para que las entidades paraestatales que realicen actividades de investigación científica y tecnológica sean reconocidas como Centros Públicos, lo anterior en observancia del artículo 3° de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. En este contexto, El Colegio de San Luis, A.C. se ubica como una asociación civil creada en 1997, reconocida como centro público de investigación en 2000 y perteneciente al Sistema Nacional de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 49 de la Ley de las Entidades Paraestatales, en su condición de asociación civil, se le reconoce como organismo asimilado a una empresa de participación estatal mayoritaria, que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía de decisión técnica, operativa y administrativa, de acuerdo con su instrumento de creación. Asimismo, la Ley de Planeación establece, particularmente en sus artículos 2, 12, 17 fracción II, 22, 24 y 26 bis, las bases para elaborar los programas institucionales en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática y en su carácter de entidad paraestatal. Por ello, bajo los términos establecidos en la Ley de Planeación, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencia, Tecnología e Innovación, de Ciencia y Tecnología, se formula el presente documento en atención a las estrategias contenidas en el PND 2025-2030, en el PSCHTI 2025-2030, así como en las demás disposiciones normativas aplicables a la política científica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 71 En este tenor, El COLSAN presenta su Programa Institucional 2025-2030, como entidad responsable de coordinar su integración, publicación, ejecución, seguimiento y rendición de cuentas, mismo que se alinea a los instrumentos de planeación de la estrategia nacional de desarrollo. 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo A más de 28 años de su fundación, El Colegio de San Luis ha logrado dar cumplimiento a los objetivos que plantearon las personas que lo fundaron, en términos de desarrollo de Humanidades y de Ciencias Sociales, así como su colaboración en la estrategia de ciencia planteada por la coordinación sectorial en México. Desde su origen, ha buscado cubrir un vacío en las áreas antes mencionadas, especialmente al interior de la zona centro norte del país, durante su trayectoria ha desarrollado investigación enfocada hacia temáticas propias de la región y con incidencia en las demandas de interés social a nivel nacional. Alineado a lo establecido en la planeación federal, lo dispuesto por la Secihti en su programa sectorial y lo propuesto a partir de los 10 principios del humanismo mexicano, El Colegio de San Luis A.C. contribuye a un modelo de desarrollo para una república educadora, humanística y científica. En este sentido, el COLSAN trabaja por un ejercicio científico y de formación de personas con una visión social y de garantía de derechos humanos como son el acceso a la ciencia y a la educación. El Colegio de San Luis A.C. pone en el centro de su reflexión a las personas y busca que su funcionamiento sea para el beneficio de quienes habitan la región y el país. Contribuye a un enfoque humano de desarrollo a partir de una oferta de educación superior gratuita a nivel licenciatura y posgrado, así como mediante la difusión de conocimiento especializado y actualizado en ciencias sociales y humanidades en formatos de acceso abierto. Fomenta un desarrollo de Ciencias Sociales y Humanidades desde la libertad de pensamiento y de cátedra, buscando transmitir estos principios en los procesos docentes y de formación de personas. La orientación de las ICHTI que se desarrolla en El Colegio de San Luis se establece a partir de procesos dialógicos en las LGAC, las cuales buscan incorporar de manera efectiva el desarrollo de Ciencias Sociales y Humanidades en la discusión vigente sobre temáticas prioritarias, entre la que destacan la relación sociedad medio ambiente, las vulnerabilidades sociales y las brechas de garantía de derechos, entre otras. En términos operativos, el COLSAN utiliza mecanismos y procedimientos de gestión estratégica siguiendo un esquema de austeridad republicana privilegiando un ejercicio responsable, transparente y con incidencia social del gasto, atendiendo lo dispuesto por las instancias evaluadoras y fiscalizadoras a nivel federal, así como la normativa en la materia. El funcionamiento de la institución se rige a partir de un modelo de gobernanza integrado por órganos colegiados, representantes de instancias fiscalizadoras, una asamblea de asociados, instancias de contraloría social, entre otros mecanismos de apertura y democracia institucional. Además de esto, se implementan mecanismos de valoración y ajuste a los procesos de consumo energético y de uso de recursos; se atienden las directrices para la atención a población en condición de vulnerabilidad, buscando igualdad sustantiva para todas las personas, y; se establecen protocolos, programas y proyectos específicos de atención en materia de género, buscando no solamente operar desde esta perspectiva, sino incorporarla en la visión de ciencias sociales y humanidades especializadas que se desarrolla en El COLSAN. La institución ha alcanzado un reconocimiento estatal por sus aportaciones a la sociedad potosina en sus cuatro regiones, así como en su interdependencia con otros estados. Aunado a ello, ha generado nuevos conocimientos asociados a las demandas sociales actuales, a partir del estudio de problemáticas correspondientes a los ejes estratégicos. En este sentido, El Colegio de San Luis ha formado talento humano, especialistas con rigor académico y pertinencia social, que permita una comprensión más humana y transdisciplinaria de cómo se entienden y operan los temas de interés públicos en la región. Como parte de un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas, se ha mantenido la divulgación permanente del conocimiento a través de publicaciones y medios alternativos de comunicación como lo son la radio, la televisión y las redes sociales. De forma complementaria, la comunidad académica ha participado en diversos ámbitos de la administración pública. A partir de esta experiencia y de la construcción de la identidad institucional, es posible determinar panoramas diagnósticos en materia de Ciencias Sociales y Humanidades, así como las estrategias de intervención para maximizar el alcance de la institución, en concordancia con lo dispuesto por el Gobierno de México, a través de la Secihti para los siguientes años. 72 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Las Humanidades y Ciencias Sociales para el desarrollo de México El COLSAN tiene como misión desarrollar programas y proyectos de investigación para la construcción de nuevos conocimientos en aras de un mejor entendimiento de la vida social; ofrece programas docentes de nivel superior para la formación de personas investigadoras y profesionales de alto nivel con desempeño en el campo de las Ciencias Sociales y las Humanidades; propone escenarios alternativos a los desafíos de la integración nacional y regional, en el contexto de las relaciones globales; promueve la divulgación de la ciencia y facilita el goce del derecho humano a esta; así como propicia la colaboración científico académica con instituciones afines. Con estas acciones, contribuye al desarrollo de una comunidad científica más sólida, amplia, y al fortalecimiento de la actividad científica, tanto en el desarrollo regional como nacional. Al ser un Centro Público adscrito a la Secretaría de Ciencias, Humanidades, Tecnología e Innovación, El Colegio de San Luis es una institución que desarrolla sus funciones considerando la premisa de que el estudio y fortalecimiento de las Ciencias sociales y Humanidades son indispensables para transformar la realidad social del país con base en el humanismo mexicano. Mediante la generación y aplicación de conocimiento sobre los fenómenos sociales que acontecen en la vida pública de la población mexicana, se pueden generar condiciones de cambio para incrementar la calidad de vida y disminuir las brechas sociales que se han construido históricamente. La realidad que se vive en México corresponde a una sociedad con un alto dinamismo en los procesos políticos, económicos, sociales y culturales, el cual, a su vez, ha trastocado las conformaciones de las poblaciones rural-urbanas y la manera en que se entienden distintos fenómenos sociales como la migración, la salud pública, la violencia, el desarrollo económico, por mencionar algunos; igualmente, ha modificado significativamente el modo en que viven algunos sectores específicos entre los que destacan las juventudes, las mujeres y los pueblos originarios. Situar a las Ciencias, Humanidades, Tecnología e Innovación como fundamento del humanismo mexicano para la transformación de la realidad social del país y sus aportaciones permitirá combatir las causas que han generado condiciones de rezago histórico, de allí la importancia de fortalecer aquellas estrategias que aporten resultados concretos. Identificar su capacidad para mejorar la calidad de vida de las personas y los pueblos, al propiciar el reconocimiento y la inclusión social de los grupos en vulnerabilidad, en la búsqueda de nuevas formas de desarrollo social solidario, comprometido con la eliminación de la injusticia, la exclusión y las violencias, constituye el verdadero reto para orientar esfuerzos hacia una comprensión más humana con base en conocimiento crítico de estos fenómenos. En la construcción del plan nacional es crucial reconocer que la educación y la generación de conocimiento juegan un papel indispensable para lograr que la población alcance mayores niveles de bienestar y prosperidad. La educación en estos términos está estrechamente vinculada con la ciencia, el humanismo y la cultura. Si bien necesario reconocer los amplios esfuerzos desde las IES y los CPILN por desarrollar investigación especializada en Ciencias Sociales y Humanidades, a la fecha resulta indispensable atender distintas problemáticas que dan sustento a lo dispuesto para el PI-COLSAN 2025-2030. En primer lugar, se reconoce que, si bien existe un crecimiento del conocimiento en la materia de ciencias sociales y humanidades en términos absolutos, al contrastar este crecimiento con el poblacional, urbano y de otras materias de conocimiento, este sigue siendo limitado en términos relativos. Esto permite identificar una insuficiente actividad dedicada a la investigación y docencia en la materia, sobre todo a nivel regional. Esto deriva en problemáticas secundarias como el desaprovechamiento de perfiles científicos, la atención a problemas regionales desde perspectivas alejadas de enfoques humanísticos, una toma de decisiones con información parcial sobre temáticas complejas, entre otras. De tal forma, resulta pertinente fortalecer las capacidades de generación de investigación en Ciencias Sociales y Humanidades, orientadas a la atención de prioridades estratégicas con un enfoque de inclusión e igualdad sustantiva, a nivel local y regional. A partir de lograr lo anterior, tanto la región como el país se fortalecerá con perfiles investigadores que desarrollen ciencia y humanidades que enriquezcan no solamente los entornos de CHTI, sino los esquemas de gobernanza y atención de temas de interés público. Incrementar y fortalecer las capacidades para el desarrollo de la Ciencia, las Humanidades y las Ciencias Sociales en la región significa contribuir al desarrollo de áreas en torno a problemáticas de interés colectivo como lo son: la justicia hídrica, los procesos sociohistóricos, la seguridad alimentaria, seguridad humana, las dinámicas socioambientales, los procesos glocales,1 la preservación de la cultura como patrimonio, entre muchas otras. 1 Entendidas como aquellas que pretenden la incorporación de localidades a tendencias globales sin perder sus particularidades locales. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 73 Estas cuestiones apremiantes responden a un entorno que experimenta transformaciones en la vida de las personas y sus necesidades en los ámbitos individual, social y colectivo. Desde una perspectiva de generación de conocimiento, se pretende el entendimiento de distintos procesos sociales, así como la generación de información relevante para quienes toman decisiones y para la sociedad en general. Otro problema identificado corresponde a la insuficiente la oferta educativa para formar personas con capacidades de pensamiento y análisis crítico para, desde una perspectiva humanística, el entender, gestionar y dar solución a las problemáticas que se viven en las ciudades mexicanas y de San Luis Potosí. De acuerdo con los datos estadísticos de la región, la formación de personas está orientada mayoritariamente a actividades de servicios y para atención de procesos y servicios productivos e industriales. Resulta insuficiente la educación superior especializada en áreas que permitan entender desde lo social los fenómenos relativos a problemas como la exclusión, desigualdad y vulneración de derechos; así como también aquella que amplía las perspectivas con que se atienden en la actualidad los problemas que acontecen al país. En este sentido, el ecosistema científico de la región permanece concentrado en áreas específicas, lo que dificulta la diversidad de pensamiento y dificulta el avance de la frontera de conocimiento a partir de ciencias sociales y humanidades. Resalta con lo anterior la importancia de contribuir a disminuir la brecha existente de personas formadas en educación superior orientada a procesos productivos y de servicio y aquellas formadas con capacidades de análisis crítico y social en la región, puesto que esto permitirá mejorar las incrementar las personas en capacidad de atender los temas de interés general desde la perspectiva social y humana. Incrementar la oferta educativa orientada a la formación de personas desde el humanismo corresponde al desarrollo de capacidades humanas de pensamiento crítico para la atención de problemas actuales. A partir de los procesos formativos a nivel licenciatura, maestría y doctorado se busca la generación de capacidad humana desde perspectivas críticas teóricas y modelos analíticos a la vanguardia en Ciencias sociales y Humanidades. Esto resulta pertinente dado que es menester la formación de capacidades de análisis crítico social en una región del país cuya oferta educativa está enfocada predominantemente hacia procesos productivos y de servicios. Se identifica como otro problema una débil aplicación del conocimiento generado, lo que significa en un sentido muy básico el desaprovechamiento del conocimiento generado, pero en un sentido más extenso, significa una toma de decisión y un desarrollo de políticas regionales sin información generada desde áreas especializadas de las ciencias sociales y humanidades, un entendimiento parcial de la complejidad social y un desconocimiento generalizado de lo que permiten entender las ciencias sociales y las humanidades. Las IES y los CPILN cuentan con una articulación débil con sectores sociales, privado y público, lo que dificulta llevar los resultados de investigación más allá de las capacidades institucionales. Se identifica entre algunas de las expresiones de esta problemática, el desarrollo de proyectos de investigación desarticulados a los requerimientos de sectores ajenos a la academia; el desarrollo de proyectos orientados a problemáticas y fenómenos sociales distintos ajenas a los intereses estratégicos de la región y el país. Considerando lo anterior se pretende incrementar los mecanismos de incidencia social de la ciencia y desarrollo de investigación - acción con un enfoque de apertura del y en la generación de conocimiento humanista e inclusivo para los habitantes de la región y sus comunidades, esto permitirá comprender de mejor manera los fenómenos sociales de las regiones locales, así como generar no solo alternativas a sus problemáticas sino también conciencia social sobre y compromiso compartido sobre la atención de su patrimonio e identidad comunitaria. Para fortalecer el desarrollo de investigación aplicada sobre investigación aplicable es necesaria una vinculación constante de los resultados de la investigación con la ciudadanía, las asociaciones sociales, las dependencias gubernamentales e instituciones involucradas en la atención de problemáticas y asuntos públicos. La rapidez con la cual los fenómenos se transforman y modifican las condiciones en que vive la sociedad potosina en lo particular, así como también de las personas que habitan la región centro y de los mexicanos en lo general, requiere un mismo nivel de dinamismo para dar a conocer los hallazgos y resultados de la investigación. Con la difusión de los avances teóricos y el conocimiento generado por medio del acceso universal a la ciencia, se pretende la sociabilización y aplicación de los avances identificados dentro de las LGAC para su aprovechamiento. Finalmente, otra problemática corresponde al ejercicio de ciencias sociales y humanidades de forma aislada, con respecto al ecosistema nacional de CHTI. Esto favorece la existencia de duplicidad de esfuerzos, el desaprovechamiento de la producción desde la investigación y la poca capacidad de incidencia en procesos de decisión de políticas y programas para la atención de prioridades nacionales. 74 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Es así como resulta indispensable el mejorar la vinculación de y en la investigación de Ciencias Sociales y Humanidades dentro del SNCP, así como con dependencias gubernamentales, asociaciones políticas, sociales y económicas interesadas en atender temas públicos de incidencia nacional y regional. Al contribuir a la unificación de los esfuerzos aislados para la comprensión y atención de problemas complejos se reconoce la necesidad de transversalizar los esfuerzos institucionales de incidencia social. Los esfuerzos de El COLSAN como institución se suman al desarrollo de Humanidades, Ciencia, Tecnología e Innovación que en México corresponden a un esfuerzo constituido por universidades, institutos tecnológicos de educación superior y centros públicos. Al distinguir la naturaleza multidimensional de las realidades que se viven en México, así como las problemáticas presentadas en la misma, se reconoce la necesidad de vincularse activamente con otras instituciones generadoras de conocimiento, con la finalidad tanto de generar conocimiento multi y transdisciplinario, como también de ofrecer conocimiento que permita la intervención en temas públicos con alcance multicausal. En este contexto, se pueden identificar con mayor precisión los campos de incidencia de El Colegio de San Luis en la construcción del proyecto de nación:  Incrementar y fortalecer las capacidades para el desarrollo de las ciencias y las humanidades a nivel regional.  Incrementar la oferta educativa orientada a la formación de capacidades críticas desde el humanismo.  Favorecer el desarrollo de investigación aplicada sobre investigación aplicable.  Contribuir a unificar los esfuerzos aislados para la comprensión y atención de problemas complejos. A continuación, se analiza el contexto regional sobre los problemas y oportunidades de interés para las Humanidades y Ciencias Sociales, desde un enfoque propositivo. Para la presente reflexión se toman como base las características de la región, así como las condiciones y configuraciones sociales prevalecientes y fundamentales para la conformación de las Líneas Generadoras de Aplicación de Conocimiento, aproximaciones disciplinares a partir de las cuales se realizan la investigación y la docencia. Capacidad científica nacional y regional Para aproximar las condiciones que permiten el desarrollo de investigación y el desarrollo científico en México, en lo general, y en el Estado, lo particular, es necesario entender las capacidades humanas dedicadas a estas actividades. Una fuente de aproximación a estos datos informativos corresponde con lo que se conoce como acervo de recursos humanos en ciencia y tecnología.2 Para ello se pueden identificar tres tipos de personas: 1) las personas educadas en ciencia y tecnología, 2) las personas ocupadas en actividades en esta materia y 3) las personas que están tanto educadas como ocupadas en ciencia y tecnología. La gráfica 1 presenta la evolución histórica del acervo del cual dispone México. Gráfica 1. Acervo de recursos humanos de ciencia y tecnología (millones de personas) Fuente: INEGI, STPS, ENOE), 2013-2022 en Informe Nacional del Estado que Guardan las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y la Innovación 2022. En San Luis Potosí se encuentra la sede de dos CPI, el IPICYT y El además de la subsede del Centro de Tecnología Avanzada. Estas instituciones ofrecen una variada oferta de servicios dentro de los cuales destacan los programas de capacitación, servicios de consultoría y proyectos de investigación, cada una desde sus ámbitos de interés e incidencia. 2 Si bien de forma general el concepto enlista solamente las personas involucradas en ciencia y tecnología, la fuente de información identifica como parte de este agregado el desarrollo de ciencia, humanidades, tecnología e innovación. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 75 En este sentido, existen condiciones para el desarrollo de proyectos coordinados a nivel local mediante la vinculación de las otras instituciones que pertenecen al Sistema Nacional de Centros Públicos. De igual forma, resulta importante reconocer la existencia de instituciones gubernamentales y de educación superior, a partir de las cuales se puede lograr una vinculación que tenga como objetivo incrementar el desarrollo de productos aplicados a la atención de temas prioritarios particulares tanto del estado y la región, como del país. Como se observa en la figura 1, la concentración de personas dedicadas a CHTI en San Luis Potosí en lo particular, como lo es la región Centro, muestra que la concentración de esta población es menor al 30% del total para cada una de las entidades federativas. Figura 1. Porcentaje de acervo de recursos humanos de ciencia y tecnología respecto a la población económicamente activa por entidad federativa Fuente: Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)-Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), 2013-2022 en Informe Nacional del Estado que Guardan las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y la Innovación 2022. Como referente aproximado a la producción del sector CHTI, es posible identificar que la generación de publicaciones científicas presentaba una tendencia de crecimiento al alza, que oscilaba entre el 4.6 % y el 10.8 % anuales. En comparación con la cifra más alta registrada y alcanzada durante 2021, para 2022 se registró una reducción de 9.7%, lo cual significó obtener los niveles de producción de 2019.3 Respecto al total de publicaciones, solo el 5 % de estas pertenecía al área de investigación en Ciencias Sociales. Si bien lo anterior permite un acercamiento a las condiciones de la aplicación y uso de las labores económicas relacionadas con las actividades de carácter científico, es importante mencionar que esto no se limita únicamente a la producción de material de CHTI como tal. Basta observar la distribución del nivel educativo registrado en esta proporción de habitantes. Para 2021 se registró que el 17.46% de las personas insertas en actividades de ciencia y tecnología contaban con nivel de estudios técnicos; el 74.53% de las personas correspondía a personas con nivel de licenciatura, mientras que apenas el 8.01% con nivel posgrado.4 En términos de personas involucradas en el campo de la Ciencias, Humanidades, Tecnología e Innovación directamente desde actividades relacionadas con la investigación, el escenario es de capacidades débiles. En este sentido, al último cálculo realizado para contabilizar a las personas dedicadas a investigación científica, se registró un valor de 1.01 por cada 1000 habitantes dentro de la Población Económicamente Activa; como comparativo, el último dato correspondiente al promedio de los países que integran la OCDE alcanzó un valor de 9.63; para esta medición, Estados Unidos registró un valor de 8.36 y Canadá uno de 8.68 personas que realizan investigación por cada 1000 personas dentro de la PEA. 5 3 Informe Nacional del Estado que Guardan las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y la Innovación 2022 https://www.siicyt.gob.mx/index.php/transparencia/informes-conacyt/informe-general-del-estado-de-la-ciencia-tecnologia-e- innovacion/informe-nacional-2022/5029-inahcti-2022/file 4 Informe Nacional del Estado que Guardan las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y la Innovación 2022 https://www.siicyt.gob.mx/index.php/transparencia/informes-conacyt/informe-general-del-estado-de-la-ciencia-tecnologia-e- innovacion/informe-nacional-2022/5029-inahcti-2022/file 5 Educación superior en México. https://www.oecd.org/es/publications/educacion-superior-en-mexico_a93ed2b7-es/full-report/component- 9.html#section-d1e15372 76 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Si bien no es posible distinguir específicamente la dispersión de temas e intereses de las personas dedicadas a actividades relacionadas con CHTI, basta con señalar que este porcentaje agrupa enfoques tan distintos como las ciencias naturales y exactas, las ingenierías y tecnologías aplicadas, las ciencias de la salud, las ciencias agropecuarias, las ciencias administrativas y educativas, la igual que las ciencias sociales y las humanidades. Como se aprecia en los cuadros presentados en el siguiente apartado, las ciencias educativas, administrativas y el derecho son algunas de las principales orientaciones que se encuentran en los planes educativos. A partir de la información anterior se puede plantear una última reflexión que dimensiona de manera mucho más clara las debilidades identificadas en materia de Ciencias Sociales y Humanidades dentro de San Luis Potosí y la región. Considerando la naturaleza formativa de estos enfoques para el desarrollo de la masa crítica, así como su capacidad para fomentar transformaciones de los modelos de desarrollo basados en la producción hacia modelos de desarrollo basados en los habitantes y el humanismo, que incluyen la propia complejidad en la cual se han visto presentadas estas problemáticas de índole social en México, es posible considerar insuficiente la capacidad actual en materia de CHTI, puesto que su objetivo es atender los escenarios regional y nacional, cuyas necesidades cotidianas están relacionadas con la atención de temas como la desigualdad, la exclusión de grupos sociales, las violencias e inseguridades, las dinámicas socio-ecológicas, así como la atención de requerimientos específicos que poseen los grupos sociales históricamente desatendidos. En el escenario nacional, donde se pretende aumentar la especialización para el impulso de tecnologías e innovaciones científicas a partir de la estrategia establecida por Gobierno de México de consolidar al país en una potencia científica, tecnológica y de innovación,6 se requiere de disminuir la debilidad del sector de las Ciencias Sociales y Humanidades, a fin de brindar conocimiento desde la sociedad, cuyas propuestas y soluciones sean reales, accesibles y sostenibles para la sociedad misma, a partir de las características históricas, culturales y sociales en las cuales se insertan. Por ello se atiende el compromiso de fortalecer las ciencias básicas, naturales, sociales y las humanidades para la vinculación en áreas y sectores prioritarios en el desarrollo nacional. Además de esto, se busca incidir en la generación de conocimiento a través de la investigación básica y transdisciplinaria con el propósito de abordar problemas prioritarios al diseñarse estrategias de divulgación que acerquen dicho conocimiento a la población. En este sentido, resulta indispensable el fortalecimiento de las Ciencias Sociales y las Humanidades en torno a las principales necesidades de la población, así como a problemas estructurales que se han perpetuado de manera sistemática. El ejercicio de las Ciencias Sociales contribuye en la generación de investigación en torno a los sectores sociales, lo cual permite aumentar el conocimiento sobre condiciones sociales y brechas que se han construido históricamente. En este sentido, El COLSAN tiene capacidades para el desarrollo de estudios de género, infancias, pueblos y comunidades indígenas y afroamericanas, poblaciones urbano-rurales, migrantes, por mencionar solo algunos de los más acuciantes. Desde una perspectiva de generación de conocimiento, se pretende el entendimiento de distintos procesos sociales, así como la generación de información relevante para quienes toman decisiones y la sociedad en general. Entre los principales temas de incidencia institucional es posible identificar: los fenómenos de distribución hídrica y sus implicaciones socio territoriales; los procesos sociales-históricos que han favorecido movilización; enfrentamientos o procesos de desarrollo en la región y el país; los sistemas alimentarios, las dinámicas de explotación e identificación con espacios medioambientales; las dinámicas de movilidad humana; los procesos políticos y económicos internacionales; el rescate y promoción de los fenómenos e identidades culturales, entre otros. Formación de capacidades sin sentido humano y social Respecto al perfil de educación superior más frecuente en México, la orientación predominante de la oferta educativa a nivel superior es de naturaleza profesionalizante, en términos de producción y servicios. Considerando la matrícula a nivel licenciatura, maestría, doctorado y especialidad es posible identificar que más de la mitad de las personas profesionistas (51.7%) en México proviene de dos campos de formación académica: 1) Administración de empresas y Leyes, 2) Ingeniería y construcción.7 Como muestra la siguiente tabla 1, de la matrícula estudiantil total a nivel superior, solo poco más de 7% está orientado a programas de Ciencias Sociales y Humanidades.8 6 Plan Nacional de Desarrollo. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/981072/PND_2025-2030_v250226_14.pdf 7Educación superior en México. https://www.oecd.org/es/publications/educacion-superior-en-mexico_a93ed2b7-es/full-report/component- 9.html#section-d1e15372 8 Anuario Estadístico de la Población de Educación Superior en México 2023-2024. https://www.anuies.mx/informacion-y- servicios/informacion-estadistica-de-educacion-superior/anuario-estadistico-de-educacion-superior Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 77 Tabla 1. Estadística de Educación Superior según campo formativo, Ciclo escolar 2023-2024 Campo amplio de formación Porcentaje respecto a la matrícula total Porcentaje de Hablantes de Lenguas Indígenas respecto a la matrícula total Administración y gestión 11.74 0.1 Agronomía, horticultura, silvicultura y pesca 1.5 0.05 Arquitectura y construcción 4.21 0.06 Artes 3.45 0.01 Ciencias biológicas y ambientales 1.4 0.03 Ciencias de la educación y pedagogía 6.58 0.06 Ciencias de la información 1.06 0.01 Ciencias físicas, químicas y de la tierra 0.5 0 Ciencias médicas 3.75 0.02 Ciencias odontológicas 1.85 0.01 Ciencias sociales y estudios del comportamiento 6.81 0.04 Derecho y criminología 9.4 0.06 Disciplinas auxiliares para la salud 1.05 0.01 Enfermería 3.62 0.07 Formación docente 4.18 0.17 Humanidades 1.25 0.04 Implementación de las tecnologías de la información y la comunicación 1.48 0.02 Ingeniería mecánica, eléctrica, electrónica, química y profesiones afines 12.88 0.11 Innovación en tecnologías de la información y la comunicación 4.23 0.04 Manufacturas y procesos 1.03 0.02 Matemáticas y estadística 0.25 0 Negocios y contabilidad 11.24 0.07 Seguridad para el trabajo 0.05 0 Servicios de seguridad 0.24 0 Servicios de transporte 0.14 0 Servicios personales y deportes 2.64 0.03 Terapia, rehabilitación y tratamientos alternativos 2.59 0.02 Veterinaria 0.87 0.01 Total 100.0 Fuente: Formatos 911 de Educación Superior aplicados por la Secretaría de Educación Pública en coordinación con la ANUIES. De forma complementaria se observa en la tabla 2 que un cuarto del total de personas profesionistas está matriculado en universidades particulares y constituyen el subsistema de educación superior más grande en México. Para este subsector, la predominancia de programas y matrícula se encuentra dentro de tres especialidades: Derecho, Negocios y Ciencias de la Educación. 78 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Tabla 2. Estadística de Educación Superior según subsistema educativo, Ciclo escolar 2023-2024 SUBSISTEMA % de Matrícula Mujeres % de Matrícula Hombres % de Matrícula Total % de Hablantes de Lenguas Indígenas respecto a Matrícula Total Centros Públicos 0.05 0.05 0.1 0 Escuelas Normales 1.82 0.7 2.53 0.08 Instituciones particulares 25.02 18.6 43.62 0.04 Otras IES públicas 3.64 2.18 5.82 0.16 Unidades descentralizadas del Tecnológico Nacional de México 2.05 2.8 4.85 0.13 Unidades federales del Tecnológico Nacional de México 2.74 4.44 7.18 0.09 Universidades interculturales 0.34 0.19 0.53 0.13 Universidades politécnicas 0.95 1.29 2.23 0.03 Universidades públicas estatales 15.58 12.66 28.25 0.28 Universidades tecnológicas 2.12 2.77 4.9 0.12 Total 54.3 45.7 100.0 Fuente: Formatos 911 de Educación Superior aplicados por la Secretaría de Educación Pública en coordinación con la ANUIES. Lo anterior encuentra confluencia con la oferta de posgrados y sus enfoques disciplinares a nivel local. Actualmente, la oferta en San Luis Potosí asciende a más de doscientas opciones a nivel maestría, doctorado y especialidad; estos programas se hallan diferenciados en más de 50 instituciones con acreditación para el desarrollo de actividades de educación superior. Sin embargo, solamente 20 de ellas están involucradas en la oferta de posgrados en materia de Ciencias Sociales y solo 6 de estos consideran el estudio de Humanidades.9 Respecto a las instituciones con oferta de posgrados reconocidos por la formación de personas humanistas, científicas o tecnólogas que aportan a la generación de nuevo conocimiento, dentro del Sistema Nacional de Posgrado,10 solamente hay tres instituciones a nivel estatal siendo una de ellas precisamente El COLSAN. Dentro de estas, la oferta asciende a 83 programas de posgrado, de los cuales 15 están enfocados a la formación de personas en temas sociales a partir de enfoques de Ciencias Sociales y Humanidades. El COLSAN concentra nueve de estos. Por su parte, respecto a la formación de personas en espacios de desarrollo científico, de humanidades e innovación, apenas arriba del 1% de la población en México alcanza un porcentaje de nivel posgrado. De este segmento de la población solamente 14 de cada 100 personas realizan estudios de doctorado, mientras que ochenta y seis corresponden a nivel maestría. Para el caso de San Luis Potosí, se identifica una concentración de apenas el 2% del total de personas de posgrado con nivel maestría. En cuanto al doctorado, se registra solamente un 1%.11 Si se considera lo anterior, no respecto a la matrícula estudiantil de educación superior actual, sino con el total de la población de San Luis Potosí y México, esta reflexión permite dimensionar de mejor manera la brecha entre la profesionalización en México y el desarrollo de la capacidad para desarrollar Ciencias Sociales y Humanidades. A nivel nacional se registra que apenas arriba del 21% de la población mayor a los 15 años cuenta con escolaridad de educación superior; San Luis Potosí está abajo, al registrar un 20%.12 Como tendencia ilustrativa, es posible identificar que solamente el 1.62% de la matrícula universitaria está registrada en programas orientados a las Ciencias Sociales y Humanidades.13 9 Reconocimientos de validez oficial de estudios del tipo superior. Revisado en https://sirvoes.sep.gob.mx/sirvoes/mvc/consultas# 10 Posgrados registrados en el Sistema Nacional de Posgrados. Revisado en https://secihti.mx/consultas-snp/ 11 Informe Nacional del Estado que Guardan las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y la Innovación 2022 https://www.siicyt.gob.mx/index.php/transparencia/informes-conacyt/informe-general-del-estado-de-la-ciencia-tecnologia-e- innovacion/informe-nacional-2022/5029-inahcti-2022/file 12 Banco de indicadores. Revisado en https://www.inegi.org.mx/app/indicadores/?t=15&ag=00#D15#D6207019010_15#D6200240365_15 13 La información disponible corresponde a la matrícula de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, recuperada de https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/institution/universidad-autonoma-de-san-luis-potosi#matricula-distribucion Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 79 Al identificarse una baja cobertura educativa para la formación de capacidades críticas y de sentido social, si se considera la composición educativa del país cuya oferta está orientada predominantemente a procesos productivos y provisión de servicios, resulta necesario favorecer condiciones educativas suficientes para alcanzar una república educadora, humanista y científica. Para ello se pretende contribuir al cumplimiento del eje estratégico nacional de desarrollo con bienestar y humanismo, desde el incremento de la capacidad humana especializada a través de programas de posgrado orientados a la promoción de pensamiento crítico, especializados en temas de interés social, así como en áreas y sectores prioritarios para el desarrollo nacional. De tal forma, resulta pertinente el desarrollo de capacidades humanas de pensamiento crítico para la atención de temas de interés actuales. Desde los programas académicos especializados a nivel licenciatura, maestría y doctorado se pretende el desarrollo profesional de personas con perspectiva crítica a partir de teorías actualizadas y modelos analíticos a la vanguardia en Ciencias Sociales y Humanidades. Aplicación de las ciencias sociales y humanidades En el contexto actual mexicano se observan un rezago social histórico marcado por desigualdad y la fragmentación de tejido social, una tendencia de deterioro en las expectativas de vida causada por la inexistencia de oportunidades, además de la disminución de la calidad de vida de la población en general, pero, en específico, de aquella en situación vulnerable.14 Además de condiciones de cobertura y asistencia de servicios clave en el desarrollo, como son la educación y la salud, resulta imperiosa la reflexión crítica desde el humanismo en torno a los procesos sociales e históricos y de arraigo cultural, a fin de promover la conservación y protección de conocimiento de la región, y de preservar el patrimonio cultural, material e inmaterial. Ante una tendencia que busca la profesionalización de las personas, al interior de las sociedades modernas y urbanas, la aplicación de la teoría social y las humanidades resulta de suma relevancia. Las Humanidades pretenden la construcción de ciudadanía autocrítica y democrática con la promoción del debate y la proposición ideológica para la comprensión de una realidad social.15 Asimismo, las Ciencias Sociales pretenden aportar conocimientos precisos y rigurosos que tratan de comprender la compleja realidad social, desde sus transformaciones históricas y sus particularidades culturales reconociendo ideologías políticas y tendencias económicas; a partir de estas, se busca volver comprensible lo real.16 Aproximar la pertinencia del desarrollo de la Ciencia Social y las Humanidades es posible a partir del reconocimiento de algunas características de la diversidad cultural y social en San Luis Potosí, las cuales han permitido la conformación de muy diversas realidades que se han desarrollado en los centros poblacionales, así como de su riqueza histórica y cultural. El estado de San Luis Potosí tiene una localización geográfica estratégica dentro del territorio nacional, pues al ubicarse en el Centro-Norte de México cuenta con particularidades que proveen los grandes flujos poblacionales y económicos, lo que favorece las condiciones para el desarrollo local y regional. Su ubicación permite una alta comunicación e intercambio con otras entidades del país y sus principales ciudades, incluso propicias interconexiones con la frontera de los Estados Unidos de América. Además de su posición geográfica, presenta una variedad importante de climas y condiciones orográficas, lo cual favorece la existencia de importantes recursos naturales que han posibilitado la subsistencia humana en este territorio, a pesar de las limitaciones hídricas y de producción alimentaria, de la lejanía con otros centros poblacionales y de los rezagos en materia educativa en nivel superior y de servicios públicos. También se advierte que esas mismas condiciones, además de las características y fenómenos que ocurren en el contexto nacional, han propiciado el florecimiento de centros de población urbana y rural muy bien arraigados, pero también el desplazamiento o el arribo de personas, familias o colectividades, en procesos históricos específicos. Esto último representa vulnerabilidad para la protección del patrimonio inmaterial de los pueblos y culturas de la región, pues es indispensable considerar que la intervención de las instancias gubernamentales o de las instituciones al servicio de los mexicanos requiere su participación a partir del respeto y la integración del acervo de conocimientos locales en su desarrollo. De acuerdo con la UNESCO, la importancia del patrimonio cultural inmaterial no estriba en la manifestación cultural en sí, sino en el acervo de conocimientos y técnicas transmitidos de generación en generación, cuyo valor social y económico es pertinente para los grupos sociales, tanto minoritarios como mayoritarios de un Estado.17 14 Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/981072/PND_2025-2030_v250226_14.pdf 15 La importancia de las humanidades. https://urosario.edu.co/revista-nova-et-vetera/editorial/importancia-de-las-humanidades 16 Calhoun, C. y Wieviorka, M. (2013) "Manifeste pour les sciences sociales" en Socio, Penser Global. Núm. 1, marzo, pp. 3-38 17 ¿Qué es el patrimonio cultural inmaterial? https://ich.unesco.org/es/que-es-el-patrimonio-inmaterial-00003 80 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 La diversidad poblacional que compone al estado ha significado el reconocimiento de San Luis Potosí como una entidad federativa de composición pluriétnica, pluricultural y multilingüística, sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. Asimismo, se reconoce la existencia histórica y vigente en su territorio de los pueblos Nahuas, Téenek o Huastecos, y Xi´oi o Pames, así como la presencia regular de los Wirrarika o Huicholes. El territorio potosino se divide políticamente en 59 municipios y geográficamente en cuatro regiones: Altiplano, Centro, Media y Huasteca. En cada región de la entidad ocurren fenómenos sociales, climatológicos y culturales muy distintos, además los procesos históricos también han dejado una huella muy particular en cada una de estas zonas, por lo que es pertinente abordar el análisis de estas condiciones de manera diferenciada. La densidad de la diversidad lingüística y cultural de San Luis Potosí se puede identificar mejor al regionalizar el territorio, pues es notable la concentración de la población indígena en los municipios donde históricamente han tenido esta presencia. La zona oriente de la entidad, que abarca las regiones Media y Huasteca, comprendida por 23 municipios, muestra la predominancia de los pueblos Xi'iuy o Pame, Téenek o Huasteco y Nahua; mientras que, en la región Centro, la capital del estado concentra una población indígena urbana en crecimiento. El Altiplano es una región con características muy distintas y diversas, pues se caracteriza por una población indígena baja, pero con una presencia regular de peregrinos del pueblo Wixárika en tránsito, por lo que ellos denominan su territorio cosmogónico. Ese territorio abarca porciones de los municipios de Villa de Ramos, Salinas, Santo Domingo, Charcas y Real de Catorce; según el estado y la comunidad de origen de estos, suelen extender ese territorio a ciertas áreas de los municipios de Moctezuma, Vanegas, Matehuala y Villa de la Paz. Las propuestas de intervención del Gobierno de México asumen procesos democráticos de transformación sociocultural que incluyen a todas las personas que habitan en México e integran la diversidad de identidades y culturas que lo conforman como nación. En atención al derecho de todas las personas a vivir en una sociedad justa, igualitaria y segura, sin distinción de género, orientación sexual, raza, creencias o condición social, resulta necesario generar condiciones de aprovechamiento de los recursos de conocimiento de las Humanidades y las Ciencias Sociales para el reconocimiento y entendimiento de las personas y sociedades que integran tanto el país como la región centro. Al considerar lo anterior, resulta pertinente también incrementar la vinculación efectiva de los resultados de la investigación con la ciudadanía y asociaciones sociales, las dependencias gubernamentales e instituciones involucradas en la atención de problemáticas y asuntos públicos. La rapidez con la cual estos fenómenos se transforman y modifican las condiciones de las personas que habitan San Luis Potosí en lo particular, pero también aquellas condiciones de las que habitan de la región centro y México en lo general requieren un mismo nivel de dinamismo para sociabilizar el conocimiento especializado y vincularse con actores de incidencia social. A partir de la difusión de los avances teóricos y del conocimiento generado mediante el acceso universal a la ciencia, se pretende la sociabilización y aplicación de los avances identificados dentro de las LGAC. Por otro lado, a través de proyectos de aplicación de conocimiento se pretende la conversión de ciencia básica y de humanidades en proyectos con incidencia en la realidad social. Desarticulación de la ciencia en temas comunes A pesar de las condiciones de debilidad del desarrollo científico y de innovación en el ámbito de Ciencias Sociales y Humanidades, descritas en los apartados anteriores, existe una cantidad considerable de esfuerzos por entender y dar sentido útil a la investigación realizada en México y en la región centro. En cuanto a las instituciones de investigación coordinadas por la Secihti, solo el IPICYT y El COLSAN tienen sus sedes en el estado, aunque el CIATEQ cuenta con una fuerte actividad al interior de la entidad. Estos centros ofrecen una variada oferta de servicios, dentro de los cuales destacan los programas de capacitación, servicios de consultoría y proyectos de Investigación Científica, de Humanidades, Tecnología e Innovación. De acuerdo con el Consejo Potosino de Ciencia y Tecnología del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, en lo que respecta a la presencia de investigadoras e investigadores adscritos al SNII, San Luis Potosí ha contado con una evolución positiva en los últimos 20 años hasta alcanzar 870 personas que lo integraron en 2022, lo cual representó 2.4% del total nacional, de los cuales 36% son mujeres y 64% hombres; en tanto que 156 tienen la categoría de Candidato, 519 el Nivel 1, 127 el Nivel 2 y 68 el Nivel 3. En términos de disciplina de conocimiento, las personas investigadoras del estado se encuentran distribuidas como se muestra en la figura 2. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 81 En este sentido, es pertinente resaltar que en el ejercicio de cualquier ciencia se pretende la búsqueda y aplicación sistemática de los procesos analíticos para la obtención de conocimiento nuevo sobre fenómenos tanto sociales como naturales. Sin embargo, el contexto histórico mexicano ha puesto la mirada sobre la relevancia de entender la realidad fuera de marcos únicos de observación. Derivada de una serie de apuestas por favorecer los enfoques técnicos y especializados, como lo son los enfoques económicos y políticos, la realidad mexicana muestra cómo la atención a problemáticas y rezagos sociales, desde una perspectiva única, ha generado condiciones de exclusión y vulnerabilidad a grupos sociales como las mujeres, las personas migrantes, los pueblos originarios, por mencionar algunos. Figura 2. Personas investigadoras pertenecientes al SNII en San Luis Potosí Fuente: Consejo Potosino de Ciencia y Tecnología. Gobierno del Estado de San Luis Potosí.18 Entre las problemáticas sustanciales que se insertan en las sociedades actuales se encuentran aquellas relacionadas con el agua y para entenderlas se requiere de expandir los enfoques analíticos que trascienden los aspectos hidrológicos orientados a la provisión de servicios, para dar cuenta de los procesos de acceso, disputa, reparto y conflicto que suceden. Esto demanda también la reflexión sobre las prioridades de la gestión de los recursos hídricos en las ciudades, para definir, desde una mirada interna del fenómeno, la complejidad social en la cual se inserta. Se requiere de la reflexión constante e inter/trans-disciplinaria del territorio y la sociedad, no de una definición causal exclusiva, hegemónica, puesto que la situación del agua cobra relevancia social no solo por el abasto a las ciudades, sino para el fortalecimiento de la producción alimentaria y del funcionamiento de infraestructura necesaria en el desarrollo de innovación tecnológica; esto como condición para un escenario deseable de salud pública, así como para la construcción y mantención de identidades culturales y sociales de los pueblos, entre otras miradas. Las necesidades y problemáticas asociadas a la seguridad humana, entendida esta como la búsqueda de condiciones para la protección de tres libertades fundamentales libertad de vivir sin temor, libertad para vivir sin carencia, libertad para vivir con dignidad,19 corresponde a un esfuerzo analítico de magnitud importante. En este sentido están involucrados procesos de producción alimentaria, fenómenos de violencias y riesgos, condiciones sociales, políticas y económicas que permiten la exclusión o discriminación. Atender las problemáticas emanadas de esta expectativa corresponde a ámbitos de acción gubernamentales, sociales y empresariales, en diferentes magnitudes, con distintas responsabilidades y temporalidades. Los procesos de transformación cultural son, a partir de interacciones cada vez más vertiginosas y con influencia globalizadora, otro ejemplo de ello. Las representaciones culturales orales, textuales o visuales de una sociedad con rasgos identitarios específicos se han visto inmersas en dinámicas de interacción con tendencias externas, lo cual ha vulnerado el registro y la promoción de la riqueza del patrimonio cultural inmaterial. Entender estos procesos desde enfoques históricos y de prácticas sociales también permite ahondar en una multiplicidad de perspectivas, necesidades y posibilidades de apropiación de estas dinámicas específicas. Para atender éticamente las dinámicas de cambio social se requiere de preservar, disfrutar y difundir el patrimonio cultural inmaterial, desde los esfuerzos intencionales para su identificación, reconocimiento, registro etnográfico y validación por parte de los agentes generadores de cultura inmaterial. La vulnerabilidad de los archivos del Estado y la dificultad de preservar el material histórico ya da cuenta de la dificultad por mantener y preservar el conocimiento en esta materia. 18 Reporte “Avances de la ciencia y la tecnología y la innovación en San Luis Potosí”, julio 2022. 19 La seguridad humana en México. https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/revista/index.php/pluralidad/la-seguridad-humana-en- mexico- 82 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Los ejemplos anteriormente enunciados son solo algunos de los problemas latentes que se presentan dentro de las sociedades actuales, cuya atención y desarrollo intelectual se ha visto centralizada en ciertas disciplinas y enfoques científicos específicos. En esta línea, resulta conveniente transversalizar los esfuerzos institucionales de incidencia social a partir de incrementar la vinculación de y en la investigación de Ciencias Sociales y Humanidades dentro del Sistema Nacional de Centros Públicos, en conjunto con la sociedad, las dependencias gubernamentales, las asociaciones políticas, sociales y económicas interesadas en atender temas públicos. Tomando como punto de partida la naturaleza multidimensional de las realidades que se viven en México, las complejidades analíticas en que se construyen, así como las problemáticas que pueden presentarse a raíz de estas, El COLSAN reconoce la necesidad de vincularse activamente con otras instituciones de ICHTI para producir conocimiento multi y transdisciplinario, que coadyuve a la intervención en temas públicos con alcance multicausal. Aportaciones transversales al modelo de país Además de lo expresado anteriormente, es importante mencionar que El Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030, busca alinear sus objetivos prioritarios, sus estrategias y acciones puntuales para el fortalecimiento de un modelo de desarrollo propio e incluyente del pueblo de México, basado en el humanismo mexicano. La integración del presente plan reconoce la trayectoria de El Colegio de San Luis a partir de sus 28 años de funcionamiento, con miras en la producción de Ciencias Sociales y Humanidades en el mediano y largo plazos, así como el fortalecimiento de capacidades críticas en la región a partir de conocimiento especializado y de la formación de profesionistas en la materia. El documento aquí planteado se alinea con lo propuesto en el PND 2025-2030, en el objetivo T2.4: Impulsar la investigación colaborativa, el desarrollo tecnológico y la innovación en sectores estratégicos, con el objetivo de convertir a México en una potencia científica y tecnológica soberana, orientada hacia un desarrollo con bienestar y prosperidad del país. Este enfoque promoverá la formación científica, la generación de conocimiento y la transferencia tecnológica con visión humanista, contribuyendo al progreso integral del país; sobre todo lo referente a la estrategia T2.4.1 Promover la formación y consolidación de la comunidad científica, tecnológica, de humanidades y de innovación, con un enfoque de paridad de género, para fortalecer las capacidades de México y reducir su dependencia tecnológica; la estrategia T2.4.3 Generar conocimiento a través de la investigación básica y transdisciplinaria, y fortalecer la infraestructura necesaria para abordar problemas prioritarios, diseñando estrategias de divulgación que acerquen ese conocimiento a la población, así como la estrategia T2.4.5 Fomentar la creación de redes de colaboración interinstitucionales que lleven a cabo proyectos estratégicos, promuevan la transferencia de conocimiento e innovación, y aborden desafíos locales, nacionales e internacionales, asimismo, se alinea con lo planteado en el Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación 2025 – 2030. Además de esto, la trayectoria de investigación y de generación de conocimiento que se ha llevado a cabo institucionalmente permite a este programa vincularse con la premisa del proyecto de nación “El desarrollo con bienestar y humanismo es el corazón de la transformación”, así como con el eje 2. Desarrollo con bienestar y humanismo; es importante mencionar que, a partir de la transversalización de la utilidad del conocimiento como elemento de análisis crítico, la vinculación del programa institucional con el PND 2025-2030 se vincula también con el apartado III de los cien compromisos para el segundo piso de la transformación: “república educadora, humanista y científica”. En este sentido, desde el ejercicio especializado de las Ciencias Sociales y Humanidades, se pretende la consolidación de conocimiento regional, que no solo comprenda mejor las condiciones en las cuales vive la sociedad mexicana, sino también sus derechos, identidades culturales e historias. A partir del desarrollo de investigación y desarrollo de proyectos de CHTI, así como de docencia a nivel licenciatura, maestría y doctorado, El Colegio de San Luis favorece el incremento en el acervo de conocimiento de las localidades y comunidades que se conforman en San Luis Potosí, las regiones con las que interactúa y su interrelación con dinámicas nacionales e internacionales. De forma específica, El COLSAN aportará desde la consolidación y desarrollo de investigación en torno a cinco programas académicos: Agua y Sociedad, Estudios Antropológicos, Estudios Literarios, Estudios Políticos e Internacionales, así como Historia. Es a partir de estos programas que históricamente ha desarrollado estudios y proyectos relacionados con temáticas transversales y de interés estratégico entre las que se encuentran temas de diversa índole, como son migración, salud, seguridad alimentaria, sistemas socio ecológicos, equidad y políticas de agua, justicia hídrica, derechos humanos, violencias y seguridad, patrimonio y memoria histórica, literatura y tradición oral, incidencia cultural de la literatura, entre otros. En este sentido, las capacidades institucionales permiten el desarrollo de investigaciones de alto impacto a partir de disciplinas de las Ciencias Sociales y Humanidades a fenómenos de interés colectivo y estratégico nacional. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 83 Como otra de las actividades institucionales, El COLSAN desarrolla una estrategia de transferencia de capacidades críticas a partir de 10 programas educativos y de formación de personas, de acceso gratuito y con mecanismos de apoyo al alumnado que permiten disminuir los impactos de las brechas económicas en la formación de cada uno de ellos. Asimismo, desarrolla instrumentos de difusión del conocimiento generado institucionalmente, a partir de un programa editorial propio, así como la operación de dos revistas académicas especializadas; esto permite una socialización del conocimiento de acceso gratuito que permite una difusión de las Ciencias y Humanidades que se desarrollan a partir de las actividades de El COLSAN. Finalmente, como complemento a lo anterior, también resulta relevante mencionar la vinculación e interacción activa que se lleva a cabo con los sectores social, económicos y públicos durante el ejercicio de las tres actividades mencionadas anteriormente, esto permite un proceso de generación de Ciencias Sociales y Humanidades más apegadas a la realidad actual y con consciencia social. Lo anterior permite referir la vinculación atendiendo distintos objetivos y estrategias de alcance nacional. Entre estos destacan el objetivo 3.6 del PND 2025-2030: Fortalecer la producción, el desarrollo y la tecnificación del campo mexicano, enfocándose en los pequeños y medianos productores, mediante el uso sostenible de los recursos naturales y la provisión de servicios públicos de calidad; estrategia 4.3.2 Implementar políticas de mitigación y adaptación al cambio climático con enfoque en derechos humanos, igualdad y justicia ambiental para fortalecer la resiliencia de la sociedad y los ecosistemas; objetivo 4.6: Garantizar el derecho al agua mediante una gestión eficiente, sustentable y resiliente al cambio climático, protegiendo la integridad de las cuencas y asegurando su disponibilidad para las generaciones presentes y futuras; estrategia T1.1.6 Garantizar el acceso equitativo de las mujeres, niñas y adolescentes a la educación, salud, cultura, deporte, espacios públicos y servicios básicos, mediante políticas y acciones que eliminen barreras y promuevan su bienestar integral; objetivo T1.4: Impulsar un cambio cultural con perspectiva de género, interseccionalidad e interculturalidad para erradicar las violencias contra las mujeres en todas sus formas, mediante estrategias de educación, sensibilización y promoción de su autonomía; objetivo T3.2: Diseñar e implementar Planes de Justicia y Desarrollo Regional en coordinación con los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, garantizando el ejercicio pleno de sus derechos, su bienestar y un desarrollo integral, intercultural y sostenible, fortaleciendo su patrimonio cultural y la protección de sus territorios; objetivo T3.5: Garantizar la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda del patrimonio cultural, material e inmaterial, los conocimientos y expresiones culturales tradicionales, así como la propiedad intelectual colectiva de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, entre otros. En este sentido orienta sus acciones no solo al fortalecimiento de actividades de análisis de Ciencia Social y Humanidades, sino al desarrollo de capacidades críticas que proporcionen un uso práctico de la investigación sobre condiciones estructurales de la región que se reconocen como temas de interés prioritario. Integra también estrategias y acciones orientadas a la interacción con otras instancias generadoras de ICHTI, así como aquellas interesadas en comprender, atender y dar solución a las problemáticas de incidencia social. Visión de largo plazo Para 2030, tanto la región como el país han mejorado la cobertura educativa de educación superior y su vinculación con actividades económicas. Esto ha permitido fortalecer una comunidad científica y de humanidades diversa, incluyente, con paridad de género, que inspire el sentido de vocación y compromiso para la construcción de un porvenir con mejores capacidades como sociedad. Lo anterior ha incrementado las cifras de personas altamente especializadas, formadas en campos de las Ciencias Sociales y Humanidades. Esto también ha permitido el desarrollo continuo de la investigación a partir del aumento en el número de personas investigadoras que laboran en condiciones óptimas para desarrollar sus actividades, con estímulos que fortalecen sus capacidades de investigación. La incidencia en materia de atención de El COLSAN se ha incrementado a partir de proyectos y unidades de investigación que posibilitan un desarrollo horizontal y descentralizado de la ciencia y las humanidades. La incidencia activa de proyectos y programas de formación humana en regiones distintas a la sede central institucional ha permitido una construcción de conocimiento diversificado a partir de las personas que habitan en estos lugares. La formación de personas con perfil especializado se caracteriza principalmente por un incremento importante de los perfiles de análisis crítico sobre técnicas, procesos y ciencia básica que atienden los asuntos regionales y nacionales. Las propuestas educativas surgen desde perspectivas interdisciplinares, atienden desde una perspectiva humanista y con enfoques de igualdad y justicia social el desarrollo de capacidad crítica de análisis social. Los perfiles profesionales y de investigación derivados como resultado de este modelo de formación de personas que se insertan en sectores y actividades estratégicas de interés público. 84 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 De forma complementaria se ha identificado una mayor transversalización de los enfoques de las Ciencias Sociales y Humanidades en proyectos e iniciativas de política pública para la atención de los objetivos nacionales. A partir de participación con IES, CPI y otras instituciones dedicadas al desarrollo de CHTI, se ha logrado ampliar las aportaciones institucionales en ámbitos de interés nacional. En función de los nuevos mecanismos de difusión de conocimiento, así como de una mayor vinculación con los sectores gubernamentales y productivos, la ciencia y las humanidades han logrado alcanzar el dinamismo requerido por el desarrollo. El acceso universal a la ciencia se ha logrado con la sociabilización del conocimiento generado desde los enfoques teóricos de vanguardia. En este sentido, los avances referidos dentro de las LGAC son identificables en iniciativas, proyectos y programas gubernamentales, ya sean sociales o empresariales, así como en asociaciones de incidencia internacional. Aunado a esto, se ha logrado una vinculación activa con otras instituciones generadoras y se llevan a cabo proyectos de investigación que permiten el desarrollo de conocimiento multi y transdisciplinario sobre problemáticas con arraigo histórico, al identificarse las causas intrínsecas a estos. Esto ha permitido orientar el conocimiento hacia instrumentos de intervención pública con alcance multicausal atendiendo los rezagos que históricamente se habían presentado en la región en lo particular, pero también para México en lo general. A partir de las acciones desarrolladas en materia de CHTI, en 2045 se identifica que las regiones centro–norte y bajío del país han logrado fortalecer sus capacidades en Ciencias Sociales y Humanidades, con ello se ha incrementado la incidencia de conocimiento sobre las sociedades y sus territorios, a partir de estudios e investigaciones sobre los procesos políticos, históricos, culturales y sociales. La incidencia de estos enfoques ha derivado en el fortalecimiento de un modelo de desarrollo y una resolución de problemas incluyente y basada en el humanismo. Los problemas con rezago histórico, como aquellos relativos a la justicia hídrica, la seguridad alimentaria, las violencias sociohistóricas, las dinámicas socioambientales, los procesos glocales, la preservación de la cultura como patrimonio, así como otras prioridades de interés regional, presentan variaciones importantes respecto a la condición en la cual se presentaban inicialmente. Se han consolidado enfoques y propuestas disciplinares en relación con el estudio desde y para las comunidades; esto ha permitido recuperar y democratizar espacios de decisión sobre asuntos públicos, a partir de la construcción de conocimiento especializado en temas de la agenda pública. La atención y gestión de los principales temas prioritarios que se identifican en las ciudades corresponden a procesos colegiados donde la sociedad tiene cada vez mayor incidencia en la definición e implementación de políticas públicas en sus diferentes niveles de atención, al precisar estrategias consensuadas, mecanismos de apoyo e intervención, así como en el reconocimiento de entender estos problemas a largo plazo. Con visión de futuro en el mediano y largo plazo, El COLSAN ha contribuido para lograr un México que desarrolla CHTI desde un enfoque humanístico, de justicia social, basado en las sociedades e individuos que lo conforman; contribuye a una construcción especializada de conocimiento desde lo social asegurando que los beneficios, avances científicos y de innovación lleguen a todas las personas, en atención a sus necesidades y expectativas. 6. Objetivos A partir de la propuesta de país planteada en el PND 2025-2030 y alineado a la propuesta de desarrollo científico del PSCHTI 2025-2030 con la intención de contribuir a los compromisos del Gobierno de México identificados en los 100 compromisos para el Segundo Piso de la Transformación establecido por el Ejecutivo Federal, El COLSAN plantea cuatro objetivos clave para orientar a México hacia un desarrollo con bienestar y prosperidad, basado en conocimiento especializado y con fundamentos humanistas. Cada uno de ellos está conformado por sus respectivas estrategias, líneas de acción e indicadores para monitorear su cumplimiento. Objetivos del Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030 1.- Fortalecer las capacidades de generación de investigación en Ciencias Sociales y Humanidades, orientadas a la atención de prioridades estratégicas con un enfoque de inclusión e igualdad sustantiva, a nivel local y regional. 2.- Contribuir a disminuir la brecha existente de personas formadas en educación superior orientada a procesos productivos y de servicio y aquellas formadas con capacidades de análisis crítico y social en la región. 3.- Incrementar los mecanismos de incidencia social de la ciencia y desarrollo de investigación - acción con un enfoque de apertura del y en la generación de conocimiento humanista e inclusivo para los habitantes de la región y sus comunidades. 4.- Mejorar la vinculación de y en la investigación de Ciencias Sociales y Humanidades dentro del SNCP, así como con dependencias gubernamentales, asociaciones políticas, sociales y económicas interesadas en atender temas públicos de incidencia nacional y regional. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 85 6.1 Relevancia del objetivo 1: Fortalecer las capacidades de generación de investigación en Ciencias Sociales y Humanidades, orientadas a la atención de prioridades estratégicas con un enfoque de inclusión e igualdad sustantiva, a nivel local y regional. Una de las bases para lograr consolidar al país en una potencia científica, tecnológica y de innovación es la especialización e impulso de tecnología e innovación científica a partir de personas altamente preparadas y con perspectiva social. El desarrollo de Ciencias Sociales y Humanidades permite al desarrollo científico identificar de forma clara los contextos en que se inserta. Posibilita también la identificación de propuestas y soluciones situadas, accesibles y sostenibles a las problemáticas y necesidades que se presentan para la sociedad. En el país en lo general, pero en la región en particular, el promedio de recursos humanos involucrados en actividades productivas de ciencia y tecnología, específicamente en temas de ciencias sociales y humanidades es bajo. En este sentido solamente a 30 de cada 100 personas insertas en actividades económicas están educadas o realizan labores relacionadas en alguna medida con las CHTI. Aunado a esto se identifica que, de esta proporción, 6 personas corresponden a nivel técnico, 22 cuentan con nivel licenciatura y solamente 3 tienen estudios de posgrado. 20 En términos de investigación científica y desarrollo experimental, solamente 1 persona de cada 1,000 se dedica a estas actividades. En términos de comparativa internacional, el mayor valor alcanzado por los países de la OCDE es de más de 9 por cada 1,000 personas. En la región de Norteamérica la brecha es similar, pues tanto para Estados Unidos de América como para Canadá existen más de 8 personas por cada mil identificada en la PEA. Este limitado grupo de personas integra perfiles de las ciencias naturales y exactas, las ingenierías y tecnologías aplicadas, las ciencias de la salud, las ciencias agropecuarias, las ciencias administrativas y educativas, la igual que las ciencias sociales y las humanidades, lo que disminuye de forma importante la proporción de personal especializado por cada materia.21 Otro indicador de la limitada especialización de las Ciencias Sociales y Humanidades como disciplinas corresponde a la producción de reportes de investigación en formato de revistas académicas, en las que solamente 5 de cada 100 publicaciones pertenecen al área de Ciencias Sociales.22 En términos institucionales se presentan también condicionantes estructurales que se han identificado como como rezagos. Con respecto al personal destinado a la investigación, existen problemas para contratar personal calificado debido a que los tabuladores de salarios no son competitivos en relación con otros sectores del estado y entre grupos de personal al interior de la institución. Además de esto, es necesario habilitar espacios para la investigación social en diferentes regiones, así como la formulación de mecanismos horizontales de desarrollo de ciencia, para la generación de conocimiento. En consecuencia, se identifica una especialización en materia de CHTI es limitada a nivel nacional y regional. Se identifica también una concentración de la producción científica que mantiene un rezago importante en el desarrollo de Ciencias Sociales y Humanidades. Esto disminuye la capacidad para garantizar los derechos de acceso a la ciencia y a la cultura, además de una formulación parcial sobre los fenómenos sociales, lo cual dificulta entender de mejor manera sobre las condiciones sociales que han permitido la mantención de las brechas de acceso a derechos que existen entre personas. De tal forma resulta indispensable atender el compromiso de fortalecer las ciencias básicas, naturales, sociales y las humanidades para la vinculación en áreas y sectores prioritarios en el desarrollo nacional. Además de esto, se busca incidir en la generación de conocimiento a través de la investigación básica y transdisciplinaria con el propósito de abordar problemas prioritarios al diseñarse estrategias de divulgación que acerquen dicho conocimiento a la población. Desde una perspectiva de generación de conocimiento, se pretende el entendimiento de distintos procesos sociales, así como la generación de información relevante para quienes toman decisiones y la sociedad en general. Entre los principales temas de incidencia institucional es posible identificar: los fenómenos de distribución hídrica y sus implicaciones socio territoriales; los procesos sociales-históricos que han favorecido movilización; enfrentamientos o procesos de desarrollo en la región y el país; los sistemas alimentarios, las dinámicas de explotación e identificación con espacios medioambientales; las dinámicas de movilidad humana; los procesos políticos y económicos internacionales; el rescate y promoción de los fenómenos e identidades culturales, entre otros. 20 Informe Nacional del Estado que Guardan las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y la Innovación 2022 https://www.siicyt.gob.mx/index.php/transparencia/informes-conacyt/informe-general-del-estado-de-la-ciencia-tecnologia-e- innovacion/informe-nacional-2022/5029-inahcti-2022/file 21 Educación superior en México. https://www.oecd.org/es/publications/educacion-superior-en-mexico_a93ed2b7-es/full-report/component- 9.html#section-d1e15372 22 Informe Nacional del Estado que Guardan las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y la Innovación 2022 https://www.siicyt.gob.mx/index.php/transparencia/informes-conacyt/informe-general-del-estado-de-la-ciencia-tecnologia-e- innovacion/informe-nacional-2022/5029-inahcti-2022/file 86 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 En este sentido, resulta indispensable el fortalecimiento de las Ciencias Sociales y las Humanidades en torno a las principales necesidades de la población, así como a problemas estructurales que se han perpetuado de manera sistemática. El ejercicio de las Ciencias Sociales contribuye en la generación de investigación en torno a los sectores sociales, lo cual permite aumentar el conocimiento sobre condiciones sociales y brechas que se han construido históricamente. En este sentido, El COLSAN tiene capacidades para el desarrollo de estudios de género, infancias, pueblos y comunidades indígenas y afroamericanas, poblaciones urbano-rurales, migrantes, por mencionar solo algunos de los más acuciantes. 6.2 Relevancia del objetivo 2: Contribuir a disminuir la brecha existente de personas formadas en educación superior orientada a procesos productivos y de servicio y aquellas formadas con capacidades de análisis crítico y social en la región. Una de las bases desde las cuales se pretende el desarrollo de ciencias y humanidades en El COLSAN es el acompañamiento especializado en procesos formativos de capacidades en la materia, con gran énfasis en la formación especializada, profesional y de alto nivel desde las perspectivas de análisis crítico. Contar con personas dedicadas a la investigación y profesionistas de alto nivel para analizar y sistematizar el conocimiento de CHTI, esto permite la conformación de sociedades con ambientes propicios para la formulación crítica y sentar las bases para el desarrollo y consolidación de habilidades, conocimientos y experiencia, los cuales serán los pilares para realizar investigación, desarrollos tecnológicos e innovaciones. El país y la región presenta una orientación predominante de la oferta educativa de nivel superior profesionalizante, en términos de producción industrial y servicios, abarcando un 93% de la matrícula total. De manera desagregada, las humanidades registran solamente el 1.3%, mientras que las Ciencias Sociales y estudios del comportamiento se integran por el 6.81% del total.23 Existe en el país un limitado número de instituciones públicas que atiendan estos temas. Con respecto a la afiliación según tipo de IES, el 43.62% de la matrícula se encuentra en la educación privada, cuyas principales áreas de interés son derecho, negocios y ciencias de educación. La región presenta una tendencia similar de concentración de temáticas, pues, aunque cuenta con más de 200 opciones de programas de educación superior en más de 50 instituciones. Solo el 40% de estas instituciones ofrecen programas de ciencias sociales y apenas el 12% de ellas considera estudios en humanidades. 24 Con respecto a las personas formadas por las IES, En México se registra que solamente 100 de cada 10,000 personas cursa estudios de posgrado. En esta proporción de población solamente 14 de estas 100 personas estudian, mientras que el resto estudió maestría. Para el caso de San Luis Potosí, la proporción es significativamente menos, pues apenas 2 de cada 100 cuentan con estudios de maestría y solo 1 de cada 100 cuenta con doctorado. En consecuencia, la población especializada se ha orientado predominantemente a procesos productivos y provisión de servicios. De tal forma, resulta indispensable favorecer condiciones educativas para la formación de capacidades críticas y de sentido social, con la intención de alcanzar una república educadora, humanista y científica.25 El COLSAN cuenta actualmente con 10 programas docentes, una licenciatura en Relaciones Internacionales, cinco maestrías en: Antropología Social, Asuntos Políticos y Políticas Públicas, Gestión Sustentable del Agua, Literatura Hispanoamericana y en Historia; cuatro doctorados en: Ciencias Sociales, Estudios Antropológicos, Historia y Literatura Hispánica. En ellos se busca el desarrollo de personas a partir de perspectivas críticas, de teoría actualizada y modelos analíticos a la vanguardia de las Ciencias Sociales y Humanidades, que permitan abordar temas de interés estratégico para el país y se integren con la finalidad de contribuir a la eliminación de rezagos y brechas de desigualdad que favorezcan la mejoría del bienestar de la población. 23 Anuario Estadístico de la Población de Educación Superior en México 2023-2024. https://www.anuies.mx/informacion-y- servicios/informacion-estadistica-de-educacion-superior/anuario-estadistico-de-educacion-superior 24 Anuario Estadístico de la Población de Educación Superior en México 2023-2024. https://www.anuies.mx/informacion-y- servicios/informacion-estadistica-de-educacion-superior/anuario-estadistico-de-educacion-superior 25 Informe Nacional del Estado que Guardan las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y la Innovación 2022 https://www.siicyt.gob.mx/index.php/transparencia/informes-conacyt/informe-general-del-estado-de-la-ciencia-tecnologia-e- innovacion/informe-nacional-2022/5029-inahcti-2022/file Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 87 Estos programas forman personas especializadas de alto perfil con la capacidad para contribuir en la construcción del modelo de desarrollo que promueve el PND 2025-2030, desde su aportación al cumplimiento del eje estratégico nacional de desarrollo con bienestar y humanismo incrementado la capacidad humana especializada a través de programas de posgrado orientados a la formación de capacidad crítica y especializada en temas de interés social, así como en áreas y sectores prioritarios para el desarrollo nacional. En los próximos años, El COLSAN debe garantizar que la selección estudiantil de nuevo ingreso a sus programas docentes ocurra mediante procesos rigurosos y en condiciones de igualdad de oportunidades para todas las personas postulantes. Resulta necesario fortalecer los mecanismos de atracción de talento e impulso a las vocaciones científicas, con el fin de alcanzar a las personas egresadas de las instituciones públicas de educación superior con perfiles e intereses en el ámbito de las Ciencias Sociales y Humanidades. Lo anterior permitirá consolidar la oferta de educación superior con visión científica, tecnológica, innovadora, humanista y así crear nuevas oportunidades de acceso a la educación superior para ampliar las capacidades críticas de las personas especializadas en programas de posgrado. A fin de identificar los programas educativos de El COLSAN como motor de investigación con impacto en sectores sociales y productivos de la región y el país, se requiere valorar la pertinencia académica y social de los programas para poder validar que estos se orientan a la comprensión de los temas de alta relevancia en el país, así como a la conformación de capacidades específicas para su atención. 6.3 Relevancia del objetivo 3: Incrementar los mecanismos de incidencia social de la ciencia y desarrollo de investigación - acción con un enfoque de apertura del y en la generación de conocimiento humanista e inclusivo para los habitantes de la región y sus comunidades. Con base en las políticas y programas propuestos desde el Gobierno de México es posible reconocer la importancia de la generación de conocimiento científico, tanto en su dimensión base, como en la aplicación de éste. Las propuestas de transformación asumen procesos democráticos de transformación social, al igual que de reconocimiento y rescate cultural de la diversidad de identidades y culturas de México. Considerando que los rezagos históricos no surgen de problemas específicos, sino de las estrategias aplicadas, poco efectivas para la atención de las necesidades públicas, el enfoque actual de políticas públicas propuesto reconoce el papel del conocimiento científico y de humanidades como instrumento para identificar nuevas propuestas de atención a las condiciones estructurales del país, y así mejorar la calidad de vida de la población desde el reconocimiento de sus particularidades. Actualmente, México cuenta con una población HLI de 6,913,362 personas, de acuerdo con los resultados del Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI; el estado de San Luis Potosí ocupa el noveno lugar con 231,213 personas HLI, lo que representa 8.6% de la población total de la entidad, solo por debajo de los estados de Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Oaxaca, Puebla, Veracruz y Yucatán. De esta población 114,905 son hombres y 116,308 son mujeres; se mantiene una proporción más o menos estable respecto al Censo 2010. No obstante, es importante destacar el fenómeno de disminución de la población HLI, puesto que en 2010 eran 256,468 y en 2020 bajaron a 231,213, es decir, una diferencia de 25,255 personas.26 El universo de lenguas indígenas en el estado es muy extenso, se identifican diez grupos etnolingüísticos predominantes, que cuentan con 100 hablantes o más. Por orden de número de hablantes, se ubica primero el Náhuatl con 121,079 (52.3%), después el Téenek o Huasteco con 95,259 (41.2%), mientras que el Xi'oí/Xi'iuy o Pame cuenta con 11,579 hablantes, es decir el (5.0%), respecto al total Estatal de personas HLI. Las otras lenguas indígenas con una cantidad de hablantes que va de los 100 a los 386, en orden descendente, son el Otomí, Mixe, Mazahua, Mixteco, Zapoteco, Tarasco o Purépecha y Maya.27 También es posible identificar a la población que se considera como afrodescendiente, en el estado llega a 55,337 personas. A pesar de ser una población minoritaria, es muy importante visibilizarla e iniciar estrategias de atención, ya que ello correspondería con las recientes reformas normativas federales en materia de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afrodescendientes.28 En atención al derecho de todas las personas a vivir en una sociedad justa, igualitaria y segura, sin distinción de género, orientación sexual, raza, creencias o condición social, la formulación de conocimiento de ciencia básica es apenas la base para articular propuestas e instrumentos de transformación social. El aprovechamiento de los recursos de conocimiento de Humanidades y las Ciencias Sociales es necesario para promover enfoques interdisciplinarios, pues de esta forma se entenderán mejor las condiciones que favorecen la resolución de los problemas regionales y nacionales, desde una perspectiva especializada, plural y con consciencia social. 26 Censo de Población y Vivienda 2020. https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ccpv/2020/doc/cpv2020_pres_res_slp.pdf 27 Op. Cit. 28 Op. Cit. 88 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Además de este fortalecimiento de insumos base para atender las prioridades sociales desde el humanismo, resulta necesario generar condiciones de aprovechamiento de conocimiento, entre otros temas, sobre los fenómenos sociales; las condiciones que lo favorecieron, así como las implicaciones sociales de procesos ecológicos, económicos, políticos y culturales que tienen lugar en las distintas ciudades y regiones del país. En este sentido cobra relevancia el mejorar la vinculación de las Ciencias Sociales y las Humanidades con los actores, asociaciones sociales, las instancias gubernamentales e instituciones involucradas en la atención asuntos públicos desde diferentes ámbitos de intervención. En este sentido, las instituciones generadoras de ICHTI cuentan con amplios resultados en la generación de conocimiento y con una amplia experiencia en la investigación. Sin embargo, las temáticas de Humanidades y Ciencias Sociales han encontrado poca incidencia en la mejora de las bases de la política pública mexicana; resultado de ello han sido el desarrollo de políticas orientadas desde enfoques técnicos alejados de la consciencia social. Aun y cuando se han creado centros y repositorios de información tanto locales como de alcance nacional, el aprovechamiento de estos es apenas incipiente, además de que se encuentran fuera del alcance de las poblaciones marginadas o menos favorecidas, lo cual impide su aprovechamiento. En términos generales es posible decir que en México la investigación desarrollada en IES y CPI otorgan un alto potencial para abordar las problemáticas del país desde la complejidad que sus sociedades les exigen. Sin embargo, al ser débil el aprovechamiento del conocimiento ‘aplicable’, estos conocimientos son desaprovechados, no solo en la formulación de políticas públicas, sino para el fortalecimiento de la sociedad en su conjunto al desestimarse el fortalecimiento de capacidades ciudadanas críticas y analíticas desde sus dimensiones políticas, sociales y culturales, con base en la información resultante de las Ciencias Sociales y de las Humanidades. 6.4 Relevancia del objetivo 4: Mejorar la vinculación de y en la investigación de Ciencias Sociales y Humanidades dentro del SNCP, así como con dependencias gubernamentales, asociaciones políticas, sociales y económicas interesadas en atender temas públicos de incidencia nacional y regional. Aceptar las condiciones de diversidad que presenta México, donde las realidades socioeconómicas, políticas y culturales varían dependiendo no solamente de la posición geográfica, sino del sector social al que se pertenece, implica también reconocer la diversidad de las condiciones que presentan las localidades y sus habitantes. Problemas y fenómenos como las violencias, la seguridad alimentaria, las desigualdades sociales, los fenómenos migratorios, los rezagos educativos o la distribución desigual de agua son solamente algunos ejemplos de asuntos que requieren respuestas complejas, las cuales solo pueden generarse desde la colaboración entre las Ciencias Naturales y Exactas, las Ingenierías, las Ciencias Sociales y las Humanidades. La colaboración interinstitucional del sector de CHTI, se convierte en una herramienta clave para la implementación de políticas públicas efectivas y coherentes, al potenciar las capacidades humanas y técnicas, para incentivar la innovación y el emprendimiento en la resolución de las prioridades de la nación. No obstante, el aprovechamiento de la investigación en Ciencias, Humanidades, Tecnología e Innovación para la atención de asuntos regionales y nacionales desde un ejercicio colaborativo resulta incipiente. Además de los esfuerzos aislados, la comunidad científica ha mostrado pocos mecanismos de coordinación a nivel regional y nacional que contribuyan al entendimiento de las problemáticas sociales desde la interacción con diversas disciplinas y, menos aún, para conjuntar y aplicar los conocimientos generados en la solución de los problemas prioritarios de la sociedad mexicana. Como consecuencia de esto se puede generar una producción científica desarticulada, duplicada y de alcance limitado. Esta desarticulación tiene como ejemplo la poca trazabilidad del conocimiento, la dificultad al identificar las investigaciones y sus resultados en la toma fundamentada de decisiones, principalmente en discusiones que la sociedad sostiene en su conjunto. Resulta indispensable la formulación de mecanismos sólidos y claros para que el ejercicio de producción del conocimiento sea aprovechado en la elaboración de políticas adecuadas, para que las instituciones de gobierno y las personas usuarias puedan expresar necesidades específicas, y así participar en la creación de temas de investigación y análisis de más de incidencia social desde el humanismo. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 89 Se requiere entonces, fortalecer la vinculación entre universidades, centros de investigación, empresas e instituciones de gobierno en sus tres niveles aprovechando, a partir de sus perspectivas particulares, la reconstrucción de los problemas, sus causas y los mecanismos identificados para su atención. Asimismo, se requiere el fortalecimiento de los medios de difusión de la ciencia entre las instituciones encargadas de ICHTI con el resto de la sociedad en su conjunto. Entender al conocimiento social y de humanidades como elemento de cambio desde una perspectiva humanista permite resaltar su capacidad de complementar las perspectivas de otras ciencias tecnológicas y de innovación; es reconocer el valor intrínseco de los saberes, las historias y las culturas específicas de las sociedades, no solo en los procesos de construcción de agendas públicas, sino de los mecanismos de atención. En términos institucionales es posible identificar, entre otras acciones de atención a este objetivo, la continuidad de la ampliación y fortalecimiento de redes colaborativas interinstitucionales, así como impulsar y consolidar a la Biblioteca en el ámbito regional, nacional e internacional. En este mismo sentido, ejecutar acciones como la incorporación de herramientas tecnológicas, específicamente para consolidar, extender e innovar en la cobertura del programa editorial. No hay duda de que en la actualidad resulta fundamental impulsar estrategias para articular la colaboración entre los diferentes niveles de gobierno y el sector de Humanidades, Ciencias y Tecnologías e Innovación, así como mecanismos que permitan un efectivo intercambio entre la información y capacidades de las distintas instituciones, ello con la finalidad de generar conocimiento a partir del diálogo y la comprensión de las perspectivas particulares. En dicho sentido, la diversidad de problemáticas sociales que son susceptibles de estudio en El COLSAN permite identificar alternativas de vinculación con la totalidad de los Centros Públicos y con una diversidad importante de instituciones que contribuyan a la incidencia social, por lo cual existe un potencial importante para impulsar los resultados de la investigación humanística y científica hacia el bien común. 6.5 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030 Los objetivos del Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030, se encuentran alineados a los objetivos del PSCHTI 2025-2030 y a sus estrategias. Objetivos del Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025- 2030 Objetivo del Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación 2025-2030 Estrategias del Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación 2025 – 2030 1.- Fortalecer las capacidades de generación de investigación en Ciencias Sociales y Humanidades, orientadas a la atención de prioridades estratégicas con un enfoque de inclusión e igualdad sustantiva, a nivel local y regional. 2.- Impulsar el crecimiento y desarrollo profesional de las personas investigadoras, promoviendo la igualdad de oportunidades, la inclusión y una distribución más equilibrada de recursos y apoyos en las distintas regiones del país. 3.- . Asegurar la realización de investigación básica y aplicada en todas las áreas del saber para generar conocimiento y atender problemas nacionales, fortaleciendo la infraestructura científica y tecnológica, difundiendo la ciencia y promoviendo la participación social en las agendas de investigación. 2.2 Vincular a la comunidad de CHTI con los sectores público, privado y social para proponer soluciones a las problemáticas nacionales. 2.3 Disminuir la brecha de género en el sector científico, humanístico, tecnológico y de innovación para garantizar que las mujeres tengan las mismas oportunidades de acceso y desarrollo de una carrera en el sector. 3.1 Fomentar la investigación básica y aplicada de manera interinstitucional e interdisciplinaria para generar conocimiento en todas sus áreas. 90 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Objetivos del Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025- 2030 Objetivo del Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación 2025-2030 Estrategias del Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación 2025 – 2030 2.- Contribuir a disminuir la brecha existente de personas formadas en educación superior orientada a procesos productivos y de servicio y aquellas formadas con capacidades de análisis crítico y social en la región. 1.- Promover la formación de personas altamente especializadas en ciencia, humanidades, tecnología e innovación, así como las vocaciones tempranas, con un enfoque de inclusión e igualdad sustantiva para fortalecer las capacidades de México y reducir su dependencia tecnológica. 1.1 Fortalecer la educación superior, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública e instituciones de educación superior, con visión científica, tecnológica, innovadora, humanista e internacional para el bienestar y el desarrollo humano integral. 1.2 Formar personas altamente especializadas para fortalecer las capacidades científicas, humanísticas, tecnológicas y de innovación en áreas prioritarias del país. 3.- Incrementar los mecanismos de incidencia social de la ciencia y desarrollo de investigación - acción con un enfoque de apertura del y en la generación de conocimiento humanista e inclusivo para los habitantes de la región y sus comunidades. 3.- Asegurar la realización de investigación básica y aplicada en todas las áreas del saber para generar conocimiento y atender problemas nacionales, fortaleciendo la infraestructura científica y tecnológica, difundiendo la ciencia y promoviendo la participación social en las agendas de investigación. 3.1 Fomentar la investigación básica y aplicada de manera interinstitucional e interdisciplinaria para generar conocimiento en todas sus áreas. 3.3 Implementar esquemas de difusión y divulgación científica, humanística, tecnológica y de innovación para promover el acceso universal al conocimiento. 4.- Mejorar la vinculación de y en la investigación de Ciencias Sociales y Humanidades dentro del SNCP, así como con dependencias gubernamentales, asociaciones políticas, sociales y económicas interesadas en atender temas públicos de incidencia nacional y regional. 6.- Garantizar la integración y operación del Sistema Nacional de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación mediante el impulso de la coordinación intergubernamental y la colaboración interinstitucional e interdisciplinaria para la atención de las prioridades nacionales. 6.3 Potenciar las capacidades del país a través de la coordinación y el trabajo colaborativo interinstitucional e interdisciplinario en materia de CHTI orientado a la atención de problemas prioritarios nacionales, regionales y locales. 7. Estrategias y líneas de acción Con el fin de alcanzar los cuatro objetivos durante la vigencia del Programa Institucional de El Colegio de San Luis, A.C. 2025-2030 se han diseñado 11 estrategias específicas, las cuales agrupan 57 líneas de acción que serán las guías fundamentales para la implementación de lo propuesto en el presente documento. Objetivo 1. Fortalecer las capacidades de generación de ciencias sociales y humanidades regionales orientadas a la atención prioridades estratégicas con un enfoque de inclusión e igualdad sustantiva Estrategia 1.1 Consolidar a El Colegio de San Luis como institución líder de desarrollo de Ciencias Sociales y Humanidades en la región centro-norte del país, con responsabilidad social y apegada a los principios de humanismo y justicia social para aumentar su capacidad de incidencia en la región Líneas de acción 1.1.1 Desarrollar mecanismos de actualización y preparación permanente para la plantilla laboral de El COLSAN, a partir de mecanismos de capacitación y educación continua a fin de garantizar un desarrollo profesional a la vanguardia de los respectivos campos de intervención. 1.1.2 Fortalecer las capacidades de la planta académica mediante la incorporación de profesorado visitantes y cátedras, así como de incentivos académicos para atracción de talento, con el objeto de lograr una mayor participación de personal especializado en el estudio de problemas estratégicos. 1.1.3 Impulsar al interior de El COLSAN la transversalización de los enfoques de derechos humanos, la perspectiva de género, la ética pública y rendición de cuentas, a partir de capacitación y difusión de material especializado. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 91 Líneas de acción 1.1.4 Impulsar la suscripción de convenios de colaboración con instituciones públicas y /o privadas, centros públicos de investigación, organismos nacionales y del extranjero e instituciones de educación superior, a partir del desarrollo de proyectos coordinados de investigación y formación de recursos humanos. 1.1.5 Contribuir a la cultura de transparencia y rendición de cuentas a partir de impulsar los procesos de evaluación institucional con el objeto de asegurar el reconocimiento a la calidad, tanto de la exigencia académica de los programas docentes y de investigación, así como de la gestión institucional. 1.1.6 Celebrar convenios de colaboración que propicien el financiamiento de proyectos específicos de investigación y el desarrollo de actividades académicas de mayor cobertura en beneficio de la sociedad. 1.1.7 Desarrollar nuevas herramientas de apoyo y difusión de los conocimientos resultados de investigación por medio de servicios y recursos de información proporcionados por la Biblioteca, para así cubrir las necesidades de información tanto de los usuarios especializados, como del público en general. 1.1.8 Incrementar el acceso abierto y a distancia de los resultados y documentos institucionales, con actualización contante y oportuna para los usuarios, a partir del equipamiento a la Biblioteca y de los recursos de información electrónicos. Estrategia 1.2 Fortalecer los mecanismos de generación de conocimiento de las ciencias sociales y humanidades en temas de interés estratégico del país para ampliar las perspectivas de atención Líneas de acción 1.2.1 Incentivar el desarrollo de proyectos e investigación en temas de interés estratégico para el país, que contribuyan a la atención de prioridades regionales y nacionales a través de la generación de conocimiento con incidencia social desde el humanismo. 1.2.2 Favorecer la formación de grupos de investigación multidisciplinarios y con involucramiento de las comunidades, que atiendan temas interés estratégico que permitan obtener diagnósticos sobre las necesidades primarias de la población y sus causas con un enfoque más cercano a las personas que lo viven. 1.2.3 Desarrollar proyectos orientados a contribuir significativamente al avance del conocimiento especializado con el fin de incrementar la calidad de vida de la población, el cuidado del ambiente y apoyar la formación de personal con enfoque crítico de ciencias sociales y humanidades. 1.2.4 Impulsar proyectos de investigación dirigidos a grupos vulnerables que propicien nuevos conocimientos a través de la formación de investigadoras e investigadores comunitarios. Estrategia 1.3 Fortalecer el desarrollo y formación de personal académico para la consolidación de capacidades críticas de investigación en áreas de conocimiento que contribuyan a la solución de las prioridades nacionales en beneficio de la población Líneas de acción 1.3.1 Identificar y desarrollar de manera permanente investigación en temas emergentes en el país, que contribuyan a la atención de prioridades regionales y nacionales a través de la generación de conocimiento con incidencia en las condiciones de las poblaciones vulnerables. 1.3.2 Favorecer la conformación de grupos de investigación multidisciplinarios, que atiendan temas de interés estratégico a partir del desarrollo de diagnósticos sobre las necesidades primarias de la población y sus causas. 1.3.3 Apoyar mediante vinculación institucional las actividades de vinculación y las estancias de investigación tanto del personal académico como de comunidad estudiantil en instituciones nacionales y del extranjero, para la constante capacitación y actualización de enfoques críticos. 1.3.4 Actualizar la planta académica mediante su participación en cursos, diplomados y seminarios de actualización para el desarrollo de proyectos con impacto social. 1.3.5 Proporcionar al personal académico actualización constante sobre las herramientas tecnológicas a partir de la capacitación necesaria para el desarrollo de investigaciones y procesos de enseñanza desde de vanguardia tecnológica. 92 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Objetivo 2. Contribuir a disminuir la brecha existente de personas formadas en educación superior orientada a procesos productivos y de servicio y aquellas formadas con capacidades de análisis crítico y social en la región Estrategia 2.1 Formar personas especializadas en las Ciencias Sociales y Humanidades a partir de programas de posgrado de vanguardia para así aumentar la capacidad especializada en la materia en la región Líneas de acción 2.1.1 Dar seguimiento permanente a los planes de mejora propuestos por el Sistema Nacional de Posgrado y otras instancias de evaluación de las IES a partir de los dictámenes obtenidos durante procesos de evaluación. 2.1.2 Incorporar criterios de valoración de los programas educativos a partir de lo dispuesto por instancias evaluadoras, a partir de procesos de actualización de la oferta educativa de El COLSAN a partir de los criterios del sistema de educación superior. 2.1.3 Validar de forma periódica, a partir de análisis al interior de los programas, la pertinencia laboral y social de los planes y programas de estudio para garantizar que la comunidad estudiantil obtenga las herramientas suficientes para su trayectoria educativa y de formación profesional. 2.1.4 Incrementar los perfiles y conocimientos de la planta docente a partir de la participación de personal de investigación de posdoctorado en las actividades desarrolladas por personal académico y de investigación. 2.1.5 Validar de forma continua la vinculación de las Líneas Generadoras de Aplicación de Conocimientos con las estrategias del Sistema Nacional del Posgrado y los temas de interés estratégico a partir de la revisión de nuevas disposiciones y estrategias de investigación Estrategia 2.2 Contribuir a los procesos de innovación académica, reduciendo las brechas de género y las desigualdades a partir de la formación y actualización de personas especializadas para aportar nuevos conocimientos en materia de Ciencias Sociales y Humanidades Líneas de acción 2.2.1 Propiciar la afiliación de estudiantes de licenciatura de las IES públicas a programas de posgrado con tesis orientadas al estudio de los problemas estratégicos de la región y/o del país, a partir de impulsar la incorporación a los proyectos de investigación institucionales para 2.2.2 Incrementar las capacidades de los estudiantes de posgrado orientar su inserción en el medio laboral en aplicaciones transversales de conocimiento, a partir de impulsar la movilidad e intercambio al COLSAN y otras IES para desarrollar proyectos de investigación en Ciencias Sociales y Humanidades. 2.2.3 Impulsar una investigación interdisciplinaria y abierta a distintos enfoques, así como incrementar las perspectivas de los programas docentes a partir de promover de manera permanente el intercambio académico y de investigación, nacional e internacional. Estrategia 2.3 Facilitar la formación de personas en las Ciencias Sociales y Humanidades para contribuir a la reducción del rezago en el nivel superior y asegurar el derecho a la educación en el país Líneas de acción 2.3.1 Favorecer la formación de personas con alto nivel de estudios asociados a las necesidades del desarrollo nacional y regional, a través del Programa Institucional de Becas. 2.3.2 Atender la demanda educativa en niveles de licenciatura y de posgrado acordes a las capacidades institucionales mediante convocatorias y oferta educativa difundida por diferentes medios. 2.3.3 Facilitar el acceso de estudiantes de zonas marginadas mediante estrategias de difusión de los programas docentes de El Colegio, lo cual permitirá reducir la brecha social y económica. 2.3.4 Generar interés y estimular vocaciones científicas desde la infancia y las juventudes mediante el desarrollo de programas de difusión y vinculación. 2.3.5 Fomentar los servicios educativos a partir de mecanismos de atracción de talento desde el interior del Estado de San Luis con el fin de disminuir la brecha educativa que se presenta en las distintas regiones del estado. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 93 Objetivo 3. Incrementar los mecanismos de incidencia social de la ciencia y desarrollo de investigación - acción con un enfoque de apertura del y en la generación de conocimiento humanista e inclusivo para los habitantes de la región y sus comunidades Estrategia 3.1 Favorecer la apertura de los procesos y temas de investigación sobre condiciones sociales relativas a los grupos vulnerables en la región, a partir de proyectos de investigación y formación de capital humano, para una construcción de conocimiento horizontal y con justicia social Líneas de acción 3.1.1 Impulsar la integración de Grupos de Investigación Multidisciplinarios y especializados que involucren a las comunidades y sectores sociales, a partir del estudio de temas emergentes en las áreas de conocimiento de El COLSAN para contribuir al bienestar social de grupos vulnerables de la región. 3.1.2 Realizar proyectos de investigación que propicien la organización y participación de habitantes de las localidades, para promover la confianza y corresponsabilidad mediante el diálogo con las comunidades indígenas y poblaciones rurales que permitan la autogestión para su propio desarrollo. 3.1.3 Impulsar la investigación que contribuya al desarrollo de políticas hídricas democráticas y prácticas de desarrollo sostenibles que promuevan una distribución equitativa del agua en beneficio de la población. 3.1.4 Impulsar la investigación que contribuya a la generación de políticas públicas sobre igualdad y la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género, mediante investigación coordinada con dependencias y fiscalías especializadas en la materia. 3.1.5 Impulsar la investigación que contribuya a la generación de políticas públicas, que permitan atender la complejidad de los procesos migratorios. 3.1.6 Impulsar la investigación que contribuya al estudio y propuesta de políticas públicas en temas relacionados con la alimentación y la salud como áreas prioritarias en el desarrollo del país. 3.1.7 Impulsar la investigación que contribuya a la promoción y defensa de los derechos de las y los mexicanos. 3.1.8 Impulsar la investigación que permita reconocer la autodefinición, así como valorar, promover y difundir las culturas regionales y nacionales. 3.1.9 Desarrollar proyectos de protección y salvaguarda del patrimonio histórico y cultural como parte de la identidad inmaterial, regional y nacional. Estrategia 3.2 Consolidar los mecanismos de difusión del conocimiento de El Colegio de San Luis, A.C. con los que actualmente se trabaja y ampliar su cobertura a nivel regional y nacional, de tal manera que el conocimiento científico esté al alcance de la población Líneas de acción 3.2.1 Instrumentar medios de acceso abierto, común y disponible para los distintos grupos sociales sobre los resultados de proyectos de investigación y formación de personas con el fin de ampliar el alcance institucional. 3.2.2 Promover el programa de distribución del fondo editorial y continuar las actividades a partir de medios electrónicos focalizados, con miras de aumentarla mayor cobertura de los contenidos dirigidos a la población garantizando así una mejor difusión del conocimiento científico y de humanidades. 3.2.3 Desarrollar servicios de información digital e impresa dirigida a grupos vulnerables, localidades marginadas, mediante la selección de materiales actualizados, especializados y accesibles. Estrategia 3.3 Promover la generación de las ciencias sociales y las humanidades en las diversas regiones del estado y del país para aumentar la apropiación del conocimiento mediante la producción horizontal de las CHTI Líneas de acción 3.3.1 Incrementar la participación de personas investigadoras en actividades con las comunidades locales para comunicar la ICHTI para la construcción del tejido social y la incorporación del sector social en la construcción del conocimiento en atención a sus problemáticas. 3.3.2 Buscar ampliar la cobertura de la trasmisión de los programas institucionales de radio y televisión dirigidos al público en general, mediante coordinación con emisoras locales, especialmente en zonas marginadas. 94 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Líneas de acción 3.3.3 Fortalecer la presencia institucional a través de medios digitales, redes sociales y otros medios de comunicación en lenguas originarias y poblaciones con poco acceso a la ciencia. 3.3.4 Difundir los resultados de investigación mediante una estrategia de divulgación a través de la producción de libros en diversos formatos de acceso libre como lo es su traducción a leguas indígenas. 3.3.5 Estructurar iniciativas para la ejecución de las actividades institucionales en las diferentes regiones del estado y del país, como es el caso de la Unidad de investigación Casa COLSAN – Xilitla IXBA. Objetivo 4. Mejorar la vinculación de y en la investigación de Ciencias Sociales y Humanidades dentro del SNCP, así como con dependencias gubernamentales, asociaciones políticas, sociales y económicas interesadas en atender temas públicos de incidencia nacional y regional Estrategia 4.1 Desarrollar investigación de interés estratégico, a partir de coordinación multidisciplinar y multisectorial dentro del SNCP, con el propósito de atender prioridades nacionales desde enfoques transversales de CHTI Líneas de acción 4.1.1 Favorecer el desarrollo de proyectos coordinados para consolidar el Sistema de Centros Públicos que permitan compartir capacidades, recursos y redes académicas a partir de vincular los objetivos de investigación con otros CPI a fin de propiciar el conocimiento multidisciplinar y multisectorial. 4.1.2 Incentivar una orientación de las Líneas Generadoras de Aplicación de Conocimientos que favorezcan el desarrollo de proyectos de investigación en coordinación con el SNCP en áreas de interés estratégico para el sistema y el país a partir de conversatorios temáticos y seminarios especializados. 4.1.3 Desarrollar proyectos de investigación en ciencia básica y aplicada para contribuir significativamente al avance del conocimiento, favorecer el desarrollo tecnológico y proteger el medio ambiente a partir de ICHTI para así alcanzar un desarrollo social del Estado Mexicano. 4.1.4 Fomentar el intercambio de saberes y la movilidad de profesores y estudiantes con los sectores público, privado y social, para obtener perspectivas transversales críticas con el objetivo de aumentar la pertinencia de los análisis de problemáticas regionales y nacionales. 4.1.5 Facilitar recursos y propuestas para el desarrollo de programas conjuntos con los Centros Públicos de Investigación que permitan aprovechar los canales, la infraestructura, la experiencia editorial y el conocimiento agregado del SNCP. Estrategia 4.2 Desarrollar investigación a partir de proyectos de interés estratégico, multidisciplinarios y multisectoriales, con el propósito de incidir en la atención de problemas nacionales prioritarios Líneas de acción 4.2.1 Apoyar permanentemente la formación de grupos regionales y nacionales, mediante convenios de vinculación institucional, para el desarrollo de proyectos de investigación multidisciplinarios. 4.2.2 Apoyar la realización de proyectos de investigación que procuren el diálogo de saberes que incorporen la participación de actores sociales, a partir de aportar personal, equipo y espacios particularmente en las comunidades con la retribución de sus resultados de investigación. 4.2.3 Desarrollar proyectos conjuntos de carácter multidisciplinario y multisectoriales con instituciones de educación superior e instituciones con investigación de impacto en problemas nacionales a fin de incrementar las capacidades del sector educativo. 4.2.4 Fortalecer redes y proyectos interinstitucionales mediante la creación de grupos de trabajo y capacidades comunitarias de investigación relacionados con las líneas de investigación que desarrolla El COLSAN para la atención de las problemáticas de sus grupos vulnerables. 4.2.5 Fortalecer la cohesión social mediante el diálogo con comunidades indígenas y poblaciones rurales para aportar conocimientos en ambientes de confianza y corresponsabilidad. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 95 8. Indicadores y metas La reflexión a mediano y largo plazo de las directrices de El Colegio de San Luis requiere de información que posibilite la toma de decisiones y mantenga el rumbo de la institución para el desarrollo de investigación y actividades de docencia, a partir de los principios de humanismo mexicano y en atención de las problemáticas de interés estratégico nacional. Considerando lo anterior, se establecen siete indicadores que permiten la medición de resultados del cumplimiento respecto a los objetivos y acciones del PI-COLSAN 2025 – 2030. Indicador 1.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 1.1 Resultados de desempeño institucional Objetivo 1.- Fortalecer las capacidades de generación de investigación en Ciencias Sociales y Humanidades, orientadas a la atención de prioridades estratégicas con un enfoque de inclusión e igualdad sustantiva, a nivel local y regional Definición o descripción Integra las valoraciones realizadas a El Colegio de San Luis, A.C. a partir de su ejercicio sustantivo y de gestión, a partir de procesos valorativos de instituciones externas Derecho asociado ● Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica ● Derecho humano a la buena administración pública Nivel de desagregación Institucional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Mayo del año siguiente Unidad de medida Promedio Periodo de recolección de los datos Enero - diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance El Colegio de San Luis, A.C. Secretaría Académica / Secretaría General Método de cálculo Sumatoria de las calificaciones obtenidas por El COLSAN a partir de evaluaciones de entidades fiscalizadoras o autoridades colegiadas en el año t / Número de evaluaciones desarrolladas por entidades fiscalizadoras o autoridades colegiadas a El COLSAN en el año t Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE. Nombre variable 1 Sumatoria de las calificaciones obtenidas por El COLSAN a partir de evaluaciones de entidades fiscalizadoras o autoridades colegiadas en el año t Valor variable 1 381.48 Fuente de información variable 1 Dictámenes emitidos por las instancias evaluadoras. Presidencia de El COLSAN Nombre variable 2 Número de evaluaciones desarrolladas por entidades fiscalizadoras o autoridades colegiadas a El COLSAN en el año t Valor variable 2 4 Fuente de información variable 2 Dictámenes emitidos por las instancias evaluadoras. Presidencia de El COLSAN Sustitución en método de cálculo 381.48/4 = 95.37 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 95.37 Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 97.5 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 91 95.31 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 95.9 96 96.6 97.2 97.4 97.5 96 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Indicador 1.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 1.2 Vinculación de los proyectos de investigación a temas de interés estratégico Objetivo 1.- Fortalecer las capacidades de generación de investigación en Ciencias Sociales y Humanidades, orientadas a la atención de prioridades estratégicas con un enfoque de inclusión e igualdad sustantiva, a nivel local y regional Definición o descripción Promedio ponderado de los proyectos de investigación vinculados a temas de interés estratégico desde perspectivas multidisciplinares Derecho asociado ● Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica ● Derecho humano a la buena administración pública Nivel de desagregación Institucional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Mayo del año siguiente Unidad de medida Índice Periodo de recolección de los datos Enero - diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance El Colegio de San Luis, A.C. Secretaría Académica Método de cálculo ((Número de proyectos relacionados con temas de interés estratégico con alcance nacional en el año t *1) + (Número de proyectos relacionados con temas de interés estratégico con alcance regional en el año t *0.8) + (Número de proyectos relacionados con temas de interés estratégico con alcance local en el año t *0.5) / Número total de proyectos realizados en el año t) * 100 Observaciones Se refiere a la cuantificación valorativa que se asigna a la ejecución de proyectos en términos de alcance nacional. Se identifica con valor 1 a los proyectos de alcance nacional, un valor de 0.8 a los proyectos de alcance regional y 0.5 a aquellos de alcance local. Se asume de tal forma considerando la pertinencia de aumentar la incidencia de la investigación en los esfuerzos institucionales. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de proyectos relacionados con temas de interés estratégico con alcance nacional en el año t Valor variable 1 2 Fuente de información variable 1 Informes de resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 2 Número de proyectos relacionados con temas de interés estratégico con alcance regional en el año t Valor variable 2 10 Fuente de información variable 2 Informes de resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 3 Número de proyectos relacionados con temas de interés estratégico con alcance local en el año Valor variable 3 78 Fuente de información variable 3 Informes de resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 4 Número total de proyectos realizados en el año t Valor variable 4 90 Fuente de información variable 4 Informes de resultados de la Secretaría Académica Sustitución en método de cálculo ((2 *1) + (10 *0.8) + (78 *0.5)) / 90) * 100 = 54-44 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 54.44 El indicador es de nueva conformación Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 60 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 54.44 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 55.5 56.6 57.7 58.8 59.5 60 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 97 Indicador 2.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 2.1 Relación de estudiantes graduados de programas de licenciatura y de posgrado con respecto a la matrícula del año de ingreso Objetivo 2.- Contribuir a disminuir la brecha existente de personas formadas en educación superior orientada a procesos productivos y de servicio y aquellas formadas con capacidades de análisis crítico y social en la región Definición o descripción Mide la eficiencia terminal de los programas de posgrado en la formación de personas en un periodo determinado Derecho asociado Derecho a la educación Nivel de desagregación Institucional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Mayo del año siguiente Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero - diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance El Colegio de San Luis, A.C. Secretaría Académica Método de cálculo (Número de estudiantes graduados en programas de licenciatura, maestría y doctorado que finalizan en el año t / Total de estudiantes que ingresaron a los programas de licenciatura y posgrado que concluyen en el año t) * 100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de estudiantes graduados en programas de licenciatura, maestría y doctorado que finalizan en el año t Valor variable 1 93 Fuente de información variable 1 Informes de resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 2 Total, de estudiantes que ingresaron a los programas de licenciatura y posgrado que concluyen en el año t Valor variable 2 100 Fuente de información variable 2 Informes de resultados de la Secretaría Académica Sustitución en método de cálculo 93/100 *100 = 93 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 93 Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 96.5 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 93 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 93.5 94.5 95 95.5 96 96.5 98 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Indicador 2.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 2.2 Porcentaje de programas educativos con acreditación vigente Objetivo 2.- Contribuir a disminuir la brecha existente de personas formadas en educación superior orientada a procesos productivos y de servicio y aquellas formadas con capacidades de análisis crítico y social en la región Definición o descripción Mide el porcentaje de programas educativos con acreditación vigente Derecho asociado Derecho a la educación Nivel de desagregación Institucional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Mayo del año siguiente Unidad de medida Índice Periodo de recolección de los datos Enero - diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance El Colegio de San Luis, A.C. Secretaría Académica / Secretaría General Método de cálculo (((Número de programas sin acreditar en el año t * 0.5) + (Número de programa de licenciatura acreditados en el año + (Número de programas de posgrado acreditados Por el SNP en el año t) *100 / Número de programas educativos de la institución en el año t) *100 Observaciones Se refiere a la cuantificación valorativa que se asigna a la acreditación de los programas educativos de la institución. Se identifica con valor 1 aquellos programas que cuentan con acreditación y con un valor de 0.5 aquellos que no cuenten con acreditación vigente. Se pretende el alcanzar la totalidad de los cursos acreditados, a fin de ofrecer programas de alta calidad educativa. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de programas sin acreditar en el año t Valor variable 1 1 Fuente de información variable 1 Dictámenes e informes sobre programas educativos emitidos por instancias valuadoras de posgrado (SEAES, SECHITI) Nombre variable 2 Número de programa de licenciatura acreditados en el año t Valor variable 2 0 Fuente de información variable 2 Dictámenes e informes sobre programas educativos emitidos por instancias valuadoras de posgrado (SEAES, SECHITI) Nombre variable 3 Número de programas de posgrado acreditados como de investigación en el año t Valor variable 3 7 Fuente de información variable 3 Dictámenes e informes sobre programas educativos emitidos por instancias valuadoras de posgrado (SEAES, SECHITI) Nombre variable 4 Número de programas educativos de la institución en el año t Valor variable 4 10 Fuente de información variable 4 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Sustitución en método de cálculo (((1*0.5) + (0*1) + (9*1)) /10) * 100 = 95 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 95 El indicador es de nueva conformación, por lo que el cálculo se realiza a partir de información disponible Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 100 Se espera mantener una acreditación constante y de investigación para la totalidad de los programas SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 95 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 95 100 100 100 100 100 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 99 Indicador 3.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 3.1 Vinculación de la producción de conocimiento de ciencias sociales y humanidades con la sociedad Objetivo 3.- Incrementar los mecanismos de incidencia social de la ciencia y desarrollo de investigación - acción con un enfoque de apertura del y en la generación de conocimiento humanista e inclusivo para los habitantes de la región y sus comunidades Definición o descripción Porcentaje de proyectos con participación de asociaciones y colectivos sociales en la producción de conocimiento de ciencias sociales y humanidades respecto al total de proyectos de investigación Derecho asociado Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica Nivel de desagregación Regional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Mayo del año siguiente Unidad de medida Razón Periodo de recolección de los datos Enero - diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance El Colegio de San Luis, A.C. Secretaría Académica / Secretaría General Método de cálculo (Número de proyectos de investigación con participación de asociaciones y colectivos sociales en el año t / Número total de proyectos de investigación realizados en el año t) * 100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de proyectos de investigación con participación de asociaciones y colectivos sociales en el año t Valor variable 1 15 Fuente de información variable 1 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 2 Número total de proyectos de investigación realizados en el año t Valor variable 2 90 Fuente de información variable 2 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Sustitución en método de cálculo (15 / 90) * 100 = 16.66 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 16.66 El indicador es de nueva conformación, por lo que el cálculo se realiza a partir de información disponible Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 40 Se pretende que al final del periodo una de cada tres productos de investigación institucional sea con participación social SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 16.66 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 18.88 27.77 32.22 35.55 38.88 40 100 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Indicador 3.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 3.2 Participación en la difusión del conocimiento científico y de humanidades Objetivo 3.- Incrementar los mecanismos de incidencia social de la ciencia y desarrollo de investigación - acción con un enfoque de apertura del y en la generación de conocimiento humanista e inclusivo para los habitantes de la región y sus comunidades Definición o descripción Mide el número de actividades y resultados académicos dirigidos al público no especializado, presenciales o mixtos, audiencias de radio y televisión y otros medios de difusión, respecto al personal que participa en las actividades institucionales. Derecho asociado Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica Nivel de desagregación Institucional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Mayo del año siguiente Unidad de medida Índice Periodo de recolección de los datos Enero - diciembre Tendencia esperada Constante Unidad responsable de reportar el avance El Colegio de San Luis, A.C. Secretaría Académica / Secretaría General Método de cálculo (((Número de eventos de difusión académica dirigidos a público no especializado con participación de profesores investigadores en el año t * 1 / Número total eventos institucionales de difusión en el año t) + (((Número de publicaciones arbitradas registradas en el año t * 1) + (Número de publicaciones no arbitradas en el año t * 0.7)) / Total de publicaciones registradas en el año t)) / 2) * 100 Observaciones Se refiere a la razón entre dos tipos de variables con ponderación: eventos de difusión académica y publicaciones. El primer tipo de variable se construye de la razón con ponderación 1 de eventos con participación académica. El segundo corresponde al promedio de publicaciones arbitradas con ponderación de 1 con publicaciones no arbitradas de ponderación 0.7. Se asume la pertinencia de realizar actividades dirigidas a todo público y así como de realizar publicaciones arbitradas, sobre las no arbitradas. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de eventos de difusión académica con participación de profesores investigadores en el año t Valor variable 1 87 Fuente de información variable 1 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 2 Número de eventos académicos y seminarios de difusión en el año t Valor variable 2 200 Fuente de información variable 2 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 3 Número de publicaciones arbitradas registradas en el año t Valor variable 3 56 Fuente de información variable 1 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 4 Número de publicaciones no arbitradas en el año t Valor variable 4 12 Fuente de información variable 2 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 5 Total de publicaciones registradas en el año t Valor variable 5 68 Fuente de información variable 1 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Sustitución en método de cálculo (((87 / 200) + (((56 * 1) + (12 * 0.7)) / 68)) / 2) * 100 = 69.1 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 69.1 El indicador es de nueva conformación. Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 75 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 69.1 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 70 70.9 71.8 72.9 73.8 75 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 101 Indicador 4.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 4.1 Vinculación de actividades institucionales con el Sistema Nacional de Centros Públicos Objetivo 4.- Mejorar la vinculación de y en la investigación de Ciencias Sociales y Humanidades dentro del SNCP, así como con dependencias gubernamentales, asociaciones políticas, sociales y económicas interesadas en atender temas públicos de incidencia nacional y regional Definición o descripción Promedio ponderado de los proyectos de investigación vinculados con el SNCP Derecho asociado Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Mayo del año siguiente Unidad de medida Índice Periodo de recolección de los datos Enero - diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance El Colegio de San Luis, A.C. Secretaría Académica / Secretaría General Método de cálculo ((Número de proyectos multidisciplinarios relacionados con más de un centro perteneciente al SNCP en el año t * 1) + (Número de proyectos relacionados con al menos 1 centro perteneciente al SNCP en el año t * 0.7)) + ((Número de actividades de formación personas relacionados con más de un centro perteneciente al SNCP en el año t * 1) + (Número de actividades de formación personas relacionados con al menos 1 centro perteneciente al SNCP en el año t * 0.7)) + ((Número de actividades de divulgación científica y de humanidades relacionados con más de un centro perteneciente al SNCP en el año t) + (Número de actividades de divulgación científica y de humanidades relacionados con al menos 1 centro perteneciente al SNCP en el año t * .7)) / Número total de actividades institucionales de vinculación con el SNCP realizados en el año t Observaciones Se refiere a la razón entre dos tipos de variables con ponderación: proyectos de investigación y actividades de docencia. El primer tipo de variable se construye a partir de tres ponderaciones posibles para el tipo de proyecto de investigación (1 al realizarse con más de un centro perteneciente al SNCP, 0.7 al realizarse con al menos uno y 0.5 al realizarse como institución en lo individual). El segundo se construye igualmente a partir de tres ponderaciones posibles para el desarrollo de actividades de docencia (1 al realizarse con más de un centro perteneciente al SNCP, 0.7 al realizarse con al menos uno y 0.5 al realizarse como institución en lo individual) APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Número de proyectos multidisciplinarios relacionados con más de un centro perteneciente al SNCP en el año t Valor variable 1 3 Fuente de información variable 1 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 2 Número de proyectos relacionados con al menos 1 centro perteneciente al SNCP en el año t Valor variable 2 5 Fuente de información variable 2 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 3 Número de actividades de formación personas relacionados con más de un centro perteneciente al SNCP en el año t Valor variable 3 0 Fuente de información variable 3 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 4 Número de actividades de formación personas relacionados con al menos 1 centro perteneciente al SNCP en el año t Valor variable 4 5 Fuente de información variable 4 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 5 Número de actividades de divulgación científica y de humanidades relacionados con más de un centro perteneciente al SNCP en el año t Valor variable 5 3 Fuente de información variable 5 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 6 Número de actividades de divulgación científica y de humanidades relacionados con al menos 1 centro perteneciente al SNCP en el año t Valor variable 6 5 Fuente de información variable 6 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Nombre variable 7 Número total de actividades institucionales de vinculación realizados con el SNCP en el año t Valor variable 7 21 Fuente de información variable 7 Informes de Resultados de la Secretaría Académica Sustitución en método de cálculo (((3 * 1) + (5 * 0.7)) + ((0 * 1) + (5 * 0.7)) + ((3) + (5 * .7)) / 21) * 100 = 78.57 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 78.57 El indicador es de nueva conformación Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 80.90 SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 78.57 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 79.35 79.74 80.14 80.56 80.76 80.90 San Luis Potosí, San Luis Potosí, a 1 de diciembre de 2025.- Presidente de El Colegio de San Luis, David Eduardo Vázquez Salguero.- Rúbrica. 102 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 SECRETARIA DE SALUD CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Michoacán de Ocampo. COFEPRIS-CETR-MICH.-16-25 CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, A TRAVÉS DE LA D. EN C. ARMIDA ZÚÑIGA ESTRADA, EN SU CARÁCTER DE COMISIONADA FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDA POR LA LIC. ALONDRA VIANNEY SÁNCHEZ PAYAN, SECRETARIA GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS; Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL L.A.E. LUIS NAVARRO GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN Y EL DR. ELÍAS IBARRA TORRES, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE SERVICIOS DE SALUD DE MICHOACÁN, CON LA ASISTENCIA DEL DR. HEBERT ISRAEL FLORES LEAL, COMISIONADO DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DE MICHOACÁN, A QUIENES SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho a la protección de la salud que toda persona gozará en el territorio nacional, el cual será garantizado con las bases y modalidades establecidas en la Ley que deberá ser extensivo, progresivo, cuantitativo y cualitativo, a través de la concurrencia establecida entre la Federación y las entidades federativas. II. En términos de lo que establece el artículo 17 bis de la Ley General de Salud (LGS), corresponde a la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios ejercer las atribuciones de regulación, control y fomento sanitarios, cuyo ejercicio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 del citado ordenamiento legal, será coordinado y deberá sujetarse a lo que se establezca en los acuerdos de coordinación que se suscriban con las entidades federativas, así como de las demás disposiciones y normatividad aplicable en la materia. III. El 16 de marzo de 2012, fue suscrito entre el Poder Ejecutivo Federal, a través de “LA SECRETARÍA”, y “LA ENTIDAD”, el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, el que en su Cláusula Segunda establece que los instrumentos consensuales específicos que “LAS PARTES” suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados, atendiendo al ámbito de competencia que en cada uno de ellos se determine, por los servidores públicos designados en “EL ACUERDO MARCO”. IV. “LAS PARTES” suscribieron el 11 de diciembre de 2023, el Acuerdo de Coordinación, el cual tiene por objeto establecer los términos y condiciones en que se dará la colaboración entre ellas, para la coadyuvancia de “LA ENTIDAD” en el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitario que le corresponda ejercer a “LA SECRETARÍA”. DECLARACIONES I. “LA SECRETARÍA” declara que: I.1 De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 2, apartado C, fracción II y 44 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud (RISS), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es uno de sus órganos desconcentrados, que ejerce las atribuciones que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la LGS, y demás ordenamientos aplicables le confieren en materia de regulación, control y fomento sanitarios; el cual cuenta con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la LGS; así como 1 y 3 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; asimismo, en términos de lo dispuesto por el Artículo Único, fracción I, inciso b) del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, se encuentra bajo el tramo de adscripción de la persona Titular de “LA SECRETARÍA”. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 103 I.2 Dentro de las atribuciones que ejerce por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la LGS, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la LGS y 3, fracciones I, V, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. I.3 La D. en C. Armida Zúñiga Estrada, fue designada Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, lo que acredita con el nombramiento de fecha dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro que le fue expedido; y tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo previsto en los artículos 44, párrafo segundo, 45 y 46, fracción VII del RISS; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. I.4 La Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan, Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, participa en la suscripción del presente Convenio Específico, en términos de lo dispuesto por los artículos 4, fracción II, inciso h y 19, fracción XV del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. I.5 Cuenta con la disponibilidad de recursos presupuestarios para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico, en términos de la autorización de la Subsecretaría de Administración y Finanzas emitida por el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con los siguientes datos generados: Número de Suficiencia Presupuestaria: 09325, Folio de Autorización 15928 con cargo a la partida 43801 SUBSIDIOS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS, para la transferencia de los recursos con motivo del presente Convenio Específico. I.6 Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en calle Oklahoma, número 14, colonia Nápoles, demarcación territorial Benito Juárez, código postal 03810, en la Ciudad de México. II. “LA ENTIDAD” declara que: II.1 El L.A.E. Luis Navarro García, fue designado por el Mtro. Alfredo Ramírez Bedolla, Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, mediante nombramiento de fecha 1 de octubre de 2021, Secretario de Finanzas y Administración y, por tanto tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, fracción I, 17, fracción II, y 19, fracción LII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo. II.2 El Dr. Elías Ibarra Torres, fue designado por el Mtro. Alfredo Ramírez Bedolla, Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, mediante nombramientos de fecha 16 de julio de 2025, respectivamente, Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de Michoacán, y por tanto tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 11, 12, fracción I, 17, fracción XIII, 33, fracciones II, XIX y XXVII, y 37, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 4°, fracciones II, 21, inciso A) fracción VI, de la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo; 3° y 11, fracción X, del Decreto que crea el Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de Michoacán. II.3 El Dr. Hebert Israel Flores Leal, fue designado por el Mtro. Alfredo Ramírez Bedolla, Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, mediante nombramiento de fecha 16 de octubre de 2021, y por tanto, participa en la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 4o., fracción IV, de la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo; 6, fracción I, 7 y 9, fracción X, de la Ley de la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios de Michoacán. 104 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 II.4 Dentro de las funciones del Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, se encuentran las de ejercer el control, vigilancia y fomento sanitarios de los productos, actividades, establecimientos y servicios, conforme a los acuerdos celebrados en la materia y con los lineamientos y procedimientos indicados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, de conformidad con los artículos 4 y 9 de la Ley de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán. II.5 Entre sus prioridades, en materia de salud, se encuentra el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública. II.6 Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en calle Guadalupe Victoria, número 245, Centro Histórico de Morelia, código postal 58000, Morelia, Michoacán. III. La “UNIDAD EJECUTORA” declara que: III.1 De conformidad con “EL ACUERDO MARCO”, el Dr. Elias Ibarra Torres, titular del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Michoacán, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico en su carácter de “UNIDAD EJECUTORA”, así como lo previsto en los artículos 7 y 40 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 1°, 3° y 11, del Decreto que Crea el Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de Michoacán, cargo que queda debidamente acreditado con el nombramiento de fecha 16 de julio de 2025. Una vez expuesto lo anterior, y de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los cuales disponen que, los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, debiendo sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, acorde a las disposiciones generales aplicables; “LAS PARTES”, expresan su conformidad en celebrar el presente Convenio Específico, conforme a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico y sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5, que firmados por “LAS PARTES”, forman parte integrante del mismo, tiene por objeto transferir recursos federales a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, que le permitan en términos de los artículos 9o., 13, 17 bis, 18 párrafo segundo y 19, de la Ley General de Salud, coordinar su participación con el Ejecutivo Federal durante el ejercicio fiscal 2025, a fin de fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico. Para efecto de lo anterior, “LAS PARTES” convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de “EL ACUERDO MARCO”, cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio Específico como si a la letra se insertasen. Asimismo, “LAS PARTES” reconocen que los recursos federales que se transfieren en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación y control, se realizarán de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Austeridad Republicana, Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y demás disposiciones jurídicas federales aplicables, así como en las estipulaciones de este Convenio Específico. SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico, “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, transferirá a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, recursos federales que se aplicarán única y exclusivamente al ejercicio de las acciones contenidas en los programas institucionales y por los importes que se indican a continuación: Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 105 PROGRAMA INSTITUCIONAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO IMPORTE “Consolidar la Operación de las Áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios” (Regulación y Fomento Sanitarios) Ramo 12 $1,466,687.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) “Consolidar la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública” (Laboratorio Estatal de Salud Pública) Ramo 12 $580,343.00 (QUINIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.) TOTAL $2,047,030.00 (DOS MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL TREINTA PESOS 00/100 M.N.) “LAS PARTES” convienen que la transferencia de los recursos federales a que se refiere la presente Cláusula, será única y estará condicionada a que “LA ENTIDAD” acredite que los recursos federales transferidos en el ejercicio anterior, así como sus rendimientos financieros hayan sido ejercidos o, en su caso, reintegrados a la Tesorería de la Federación a través de “LA SECRETARÍA”, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los términos y plazos que se señalan en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los términos y plazos que se señalan en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, así como, de conformidad con las estipulaciones del presente Convenio Específico, acorde a lo previsto en los Anexos 2 y 3 del Convenio Específico correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior. La transferencia a que se refiere la presente Cláusula se efectuará dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la fecha en que “LA ENTIDAD” entregue a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el presente Convenio Específico debidamente firmado en todos sus tantos que lo conforman, siempre y cuando se cumpla con la condición señalada en el párrafo anterior. “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dará aviso a “LA ENTIDAD” de esta transferencia. Para tal efecto, “LA ENTIDAD”, a través de su Secretaría de Finanzas y Administración, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que los recursos materia de este Convenio Específico y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados, misma que deberá ser cancelada una vez realizada la transferencia de los recursos federales ministrados y los rendimientos generados a la “UNIDAD EJECUTORA”. En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente párrafo, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o cancelar las subsecuentes ministraciones de subsidios. Una vez que sean radicados los recursos federales en la Secretaría de Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD”, ésta última se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la “UNIDAD EJECUTORA”. Asimismo, una vez concluido el mes en que se haya realizado la transferencia, la Secretaría de Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD” deberá identificar y remitir a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a manera de informe, mediante oficio; el estado de cuenta bancario y los rendimientos financieros generados, así como la cancelación de la cuenta de apertura para la ministración de recursos federales. La “UNIDAD EJECUTORA” deberá informar mediante oficio a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados por la Secretaría de Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD”. Para tal efecto, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dará aviso a la “UNIDAD EJECUTORA” de esta transferencia. 106 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 La “UNIDAD EJECUTORA” deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD”, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio Específico, a lo cual no se podrá aperturar otro tipo de cuenta, ni transferir lo ministrado a otras cuentas. En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente párrafo, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o cancelar las subsecuentes ministraciones de subsidios. La “UNIDAD EJECUTORA”, en apego a la legislación estatal aplicable, entregará mediante los instrumentos legales y trámites administrativos conducentes, los recursos federales que le hayan sido ministrados, junto con los rendimientos financieros que se generen, a la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción para que sean administrados por esta última con la finalidad de llevar a cabo las acciones relativas al objeto del presente Convenio Específico. Al efecto, la “UNIDAD EJECUTORA” deberá informar mediante oficio a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la entrega de los recursos federales a la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo; dicho informe deberá presentarse dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes a la entrega de los recursos federales y sus rendimientos. La no ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD” a la “UNIDAD EJECUTORA” en el plazo establecido en el párrafo quinto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento del presente instrumento jurídico y será causa para que la “UNIDAD EJECUTORA” comunique tal situación a los Órganos Fiscalizadores competentes para su intervención, quienes deberán solicitar el pago inmediato a la “UNIDAD EJECUTORA” o el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación a través de la línea de captura emitida por la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Asimismo, en caso del incumplimiento, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o cancelar las subsecuentes ministraciones de subsidios. La Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, dentro de los cinco (5) días hábiles a más tardar siguientes a aquel en que le hayan ministrado los recursos federales, deberá realizar de conformidad con las disposiciones administrativas y jurídicas aplicables, las acciones necesarias a efecto de que la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán inicie las actividades específicas contenidas en el Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” del presente Convenio Específico, informando esta última a su vez de dichas acciones a los quince (15) días hábiles a más tardar a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, acorde y según corresponda a lo referido en el Anexo 4 “Programa, Responsables por Unidad Administrativa y Coordinaciones de Temas” del presente Convenio Específico. Queda expresamente estipulado, que las transferencias de recursos otorgadas con base en el presente Convenio Específico, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implican el compromiso de transferencias posteriores, en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para el pago de cualquier gasto que pudiera derivar del objeto del mismo. TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, “LAS PARTES” convienen en sujetarse a lo siguiente: I. “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos, actividades específicas, indicadores y metas a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio Específico, que los recursos federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal. II. “LA SECRETARÍA” transferirá los recursos federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “LA ENTIDAD”, para cumplir con el objeto de este Convenio Específico, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y, en su caso, mecanismo de supervisión externo que defina “LA ENTIDAD” durante la aplicación de los recursos federales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de “LA ENTIDAD”. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 107 III. “LA ENTIDAD”, dentro de los primeros diez (10) días hábiles siguientes al término de cada mes que se reporte, enviará el informe detallado sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como pormenorizado sobre el avance financiero y copia del estado de cuenta bancario, mediante el cual deberá identificar e informar las transferencias o erogaciones realizadas y los rendimientos financieros generados. Dicho informe se rendirá conforme al formato denominado “Avance-Financiero 2025”, que se adjunta al presente instrumento como Anexo 3 “Avance-Financiero 2025”, al que deberá acompañarse copia legible de la documentación que justifique y compruebe lo correspondiente o, en su caso, un disco compacto que contenga copia digital legible de dicha documentación; así como el estado de cuenta bancario al que se hace referencia y la Relación de Gasto sobre el ejercicio de los recursos transferidos. En virtud de ello, el “Avance-Financiero 2025” que presente “LA ENTIDAD”, deberá corresponder con los CFDI y la copia del estado de cuenta bancario respectivo. En el informe mensual a que se refiere la presente fracción, sólo se señalarán los recursos efectivamente ejercidos durante el mes que se reporta. En el supuesto de que en un mes no se ejercieran recursos, el informe se enviará en ceros, acompañado de una justificación que sustente las razones por las que no fueron ejercidos recursos en el mismo. El cómputo del primer mes a informar, comenzará a partir de la fecha de realización de la transferencia de recursos a “LA ENTIDAD”. “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, podrá en todo momento, verificar en coordinación con “LA ENTIDAD”, la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD”, así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. Es responsabilidad de “LA ENTIDAD” que la documentación comprobatoria y justificativa del gasto cumpla con la normatividad fiscal. Asimismo, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, verificará aleatoriamente los comprobantes digitales emitidos por el SAT que le sean presentados por “LA ENTIDAD”. IV. “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, si lo considera necesario, y atendiendo la disponibilidad de su personal a cargo y presupuestaria, podrá durante la vigencia del presente instrumento practicar visitas de verificación, o en su caso, llevar a cabo reuniones de seguimiento ya sea de manera presencial o virtual (vía internet), a efecto de observar el cumplimiento de los programas, objetivos, Actividades Específicas, indicadores y metas, previstos en el Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” de este Convenio Específico. V. “LAS PARTES” convienen que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes en los plazos establecidos y documentación correspondientes, “LA SECRETARÍA”, conforme a lo dispuesto por el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos públicos federales, dando aviso de inmediato a las autoridades fiscalizadoras competentes de dicha omisión. VI. Los recursos federales que “LA SECRETARÍA” se compromete a transferir a “LA ENTIDAD”, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca. CUARTA. OBJETIVOS, ACTIVIDADES ESPECÍFICAS, INDICADORES Y METAS.- “LAS PARTES” convienen en que los programas, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas de las acciones que se realicen para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, son los que se detallan en su Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas”. QUINTA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS.- Los recursos federales a los que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico y los rendimientos financieros que éstos generen, se destinarán en forma exclusiva para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios y de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, en los términos previstos en el presente Convenio Específico y acorde al Anexo 1 “Conceptos para la Aplicación de Recursos”. 108 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Dichos recursos serán aplicados con base en el Anexo 5 “Catálogo de Insumos” que genere “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas competentes de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, el Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integral del mismo; tomando como referencia el “Clasificador por objeto del Gasto para la Administración Pública Federal” vigente. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto diversos al objeto del presente instrumento jurídico. En el supuesto de requerir modificaciones en el Catálogo de referencia, éstas deberán ser solicitadas durante la vigencia del presente instrumento jurídico. El Anexo 5 “Catálogo de Insumos” además, será sustanciado y validado conforme a la Memoria de Cálculo que genere “LA ENTIDAD” y valide “LA SECRETARÍA” a través de las unidades administrativas competentes de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, el Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, la cual deberá ser firmada y avalada por quienes participen en su elaboración, revisión, autorización, y en su caso modificación o actualización. Dicha Memoria de Cálculo servirá como base para la revisión de la documentación de pago, que soporta la aplicación de los recursos. En el supuesto de requerir modificaciones a la Memoria de Cálculo, estas deberán solicitarse en los meses de junio, septiembre y diciembre de 2025. Los recursos federales que se transfieren, se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por “LA ENTIDAD” en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación deberá sujetarse a las disposiciones federales aplicables. “LAS PARTES” convienen que los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD” no ejercidos, remanentes y saldos disponibles que al 31 de diciembre de 2025 que no se encuentren devengados en términos del presente Convenio Específico, deberán ser reintegrados en su totalidad a la Tesorería de la Federación a través de “LA SECRETARÍA”, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los primeros quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal referido en el objeto del presente instrumento, incluyendo los rendimientos financieros generados a la fecha del reintegro, conforme a las disposiciones aplicables y, en su caso, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- “LAS PARTES” convienen en que los gastos administrativos que deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico, deberán ser realizados por “LA ENTIDAD” con cargo a sus recursos. SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”.- Adicionalmente a los compromisos establecidos en “EL ACUERDO MARCO” y en el presente Convenio Específico, “LA ENTIDAD” se obliga a: I. Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones jurídicas aplicables al ejercicio del gasto público federal, dando aviso a las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada, conforme a lo establecido en la normativa aplicable, por conducto de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, responsable ante “LA SECRETARÍA” del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico. II. Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. III. Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD”, a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores al cierre de mes, en el cual se hayan recibido los recursos federales que se detallan en el presente Convenio Específico, el CFDI conforme a la normatividad aplicable y el estado de cuenta bancario en el cual deberá identificar los rendimientos generados. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 109 Asimismo, la “UNIDAD EJECUTORA” deberá remitir a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mediante oficio, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores al cierre de mes en el cual se realizó la recepción de la ministración por parte de la Secretaría de Finanzas y Administración, de “LA ENTIDAD”, el estado de cuenta bancario que acredite la recepción de dichas ministraciones y deberá informar los rendimientos financieros que le hayan sido ministrados, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refieren los párrafos anteriores deberá ser expedida a nombre de la Secretaría de Salud; precisar el monto de los recursos transferidos; señalar las fechas de emisión y de recepción de los recursos; precisar el nombre del programa institucional y los conceptos relativos a los recursos federales recibidos. Dicha documentación deberá remitirse en archivo electrónico Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), junto con los estados de cuenta bancarios que acrediten la recepción de dichos recursos. IV. Integrar la información financiera relativa a los recursos federales transferidos para la ejecución del objeto del presente Convenio Específico, en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. V. Aplicar los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, conforme a los programas, objetivos, actividades específicas, indicadores, metas y calendarización previstos en el Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” del presente Convenio Específico. VI. Gestionar a través de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, a los cinco (5) días hábiles de la recepción de los recursos, los procesos de adquisición para la compra de los insumos que se determinan en el Anexo 5 “Catálogo de Insumos” y que son necesarios para dar cumplimiento a las actividades contenidas en este instrumento. VII. Entregar, por conducto de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los términos estipulados en el presente Convenio Específico, los informes mensuales sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como sobre el avance financiero y estado de cuenta bancario, mediante el cual deberá identificar e informar los rendimientos financieros generados. VIII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, la documentación comprobatoria original de los recursos federales erogados, la cual deberá exhibir a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, en su caso, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como por los órganos fiscalizadores competentes, cuando le sea requerida. IX. Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, haya sido emitida por la persona física o moral a la que se efectuó el pago correspondiente y cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de “LA ENTIDAD”. Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI. Asimismo, deberá remitir a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos federales erogados, será responsabilidad de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo. X. Es obligatorio cancelar, por conducto de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, la documentación comprobatoria, con la leyenda “Operado con recursos federales, para el (Programa Institucional que corresponda) del Ejercicio Fiscal 2025”, así como para aquella documentación comprobatoria, a la que, en su caso, se le aplicará dicha leyenda en el comunicado que emita “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a “LA ENTIDAD” de acuerdo con los criterios correspondientes. XI. Reportar y dar seguimiento mensual, a través del Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, sobre el cumplimiento de los programas, objetivos, Actividades Específicas, indicadores y metas, previstos en el Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” de este Convenio Específico, los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado. 110 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 XII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera “LA SECRETARÍA”, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD”, no hayan sido ministrados a la “UNIDAD EJECUTORA”, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio Específico. XIII. Mantener actualizada, la información relativa a los avances en el ejercicio de los resultados de los recursos transferidos, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos. XIV. Proporcionar, por conducto de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, la información y documentación que “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, le solicite en las visitas de verificación que ésta última opte por realizar, para observar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como que los recursos federales transferidos con motivo del mismo, sean destinados únicamente para el cumplimiento de su objeto. XV. Permitir las visitas de verificación que “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios lleve a cabo a efecto de observar el cumplimiento de los programas, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas, previstos en el presente Convenio Específico, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos. XVI. Establecer, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos. XVII. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a los órganos de control y de fiscalización de “LA ENTIDAD” y entregarles copia del mismo. XVIII. Difundir en la página de Internet de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, el presente Convenio Específico, así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables. XIX. Gestionar, por conducto de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”. OCTAVA. OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”.- Adicionalmente a los compromisos establecidos en “EL ACUERDO MARCO”, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se obliga a: I. Transferir a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, los recursos federales a que se refiere el presente Convenio Específico. II. Verificar que los recursos federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, hayan sido aplicados conforme al objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes de los poderes Ejecutivo y Legislativo Federales y/o de “LA ENTIDAD”. III. Verificar que la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, envíe en los términos estipulados en el presente Convenio Específico, los informes mensuales sobre el ejercicio, y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud de la celebración del presente instrumento jurídico, así como sobre el avance financiero y estado de cuenta bancario, mediante el cual identifique e informe los rendimientos financieros. IV. Verificar que “LA ENTIDAD”, por conducto de la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, envíe la documentación justificatoria y comprobatoria del gasto de los recursos federales transferidos, en términos de lo estipulado en el presente Convenio Específico. V. Verificar que “LA ENTIDAD” efectúe, dentro de los quince (15) días naturales siguientes, el reintegro a la Tesorería de la Federación, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de los recursos federales transferidos y sus Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 111 rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD”, no hayan sido ministrados a la “UNIDAD EJECUTORA”, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio Específico. VI. Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico. VII. Dar seguimiento mensualmente, en coordinación con “LA ENTIDAD”, sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico. VIII. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas. IX. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico a la Auditoría Superior de la Federación. X. Difundir en su página de Internet el presente Convenio Específico, así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y resultados financieros, en los términos de las disposiciones aplicables. XI. Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación. NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN, SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL.- La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos federales transferidos por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a “LA SECRETARÍA” y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio Específico. Para el caso de “LA SECRETARÍA”, las acciones a que se refiere el párrafo anterior, se realizarán por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a través de las unidades administrativas que la integran, en ejercicio de las atribuciones que les confiere el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, por conducto de los responsables por unidad administrativa y coordinaciones de temas referidos en el Anexo 4 “Programa, Responsables por Unidad Administrativa y Coordinaciones de Temas” de este Convenio Específico, quienes estarán obligados a dar seguimiento al cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, al programa de que se trate y, al objetivo específico precisados en el anexo en cita, en concordancia con la información que se genere por “LA ENTIDAD” en cumplimiento del Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” de este Convenio Específico. El control y la fiscalización de dichos recursos, quedarán a cargo de las autoridades federales y locales, en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. Cuando las autoridades federales o locales que participen en la ejecución del presente Convenio Específico, detecten que los recursos federales transferidos no han sido aplicados a los fines que se señalan en el presente Convenio Específico, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, de la Contraloría Estatal y/o equivalente y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación. En el caso de que “LA ENTIDAD” incumpla con cualquiera de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico y aquellas legalmente establecidas, se dará aviso a los Órganos Fiscalizadores competentes, para su intervención y se solicitará el reintegro, a la Tesorería de la Federación, de recursos transferidos no devengados ni comprobados, así como los rendimientos financieros generados. DÉCIMA. MANEJO DE LA INFORMACIÓN.- El manejo de la información que se presente, obtenga o produzca en virtud del cumplimiento de este instrumento jurídico, será clasificada por “LAS PARTES”, atendiendo a los principios de confidencialidad, reserva y protección de datos personales que se desprenden de las disposiciones aplicables en la materia, por lo que “LAS PARTES”, se obligan a utilizarla o aprovecharla únicamente para el cumplimiento del objetivo del presente Convenio Específico. Asimismo, “LAS PARTES” se obligan a no revelar, copiar, reproducir, explotar, comercializar, modificar, duplicar, divulgar o difundir a terceros, la información que tenga carácter de confidencial, sin la autorización previa y por escrito del titular de la misma y de “LAS PARTES”. 112 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 DÉCIMA PRIMERA. AVISOS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.- “LAS PARTES” convienen en que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con motivo del presente instrumento jurídico, se llevarán a cabo por escrito en los domicilios señalados en el apartado de Declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de “LAS PARTES” deberá ser notificado por escrito a la otra, con al menos diez (10) días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en los domicilios señalados por “LAS PARTES”. DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por “LAS PARTES”, que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. DÉCIMA TERCERA. VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. La conclusión de la vigencia del presente instrumento jurídico no exime las obligaciones de comprobación, envío de documentación (estados de cuenta bancarios, notificación del cierre de la cuenta bancaria aperturada para el ejercicio fiscal, cierre del ejercicio) y/o reintegro a cargo de “LA ENTIDAD”. DÉCIMA CUARTA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”. En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, “LAS PARTES” acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente. DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en “EL ACUERDO MARCO”. DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse por las causas que señala “EL ACUERDO MARCO”. DÉCIMA SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar y resolver, de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Específico, así como en sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas aplicables. Asimismo, convienen en que de las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Específico, conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando “LAS PARTES” a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro. Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por quintuplicado a los diez días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Administración, L.A.E. Luis Navarro García.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de Michoacán, Dr. Elías Ibarra Torres.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, Dr. Hebert Israel Flores Leal.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 113 ANEXO 1 CONCEPTOS PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS ENTIDAD: MICHOACÁN DE OCAMPO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-MICH.-16-25 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo específico Protección contra riesgos sanitarios Fortalecimiento a la Red Nacional de Laboratorios Total Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. $183,901.00 $120,590.00 $304,491.00 Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. $25,626.00 $18,089.00 $43,715.00 Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. $43,715.00 $30,148.00 $73,863.00 Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. $43,715.00 $30,148.00 $73,863.00 Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). $171,842.00 $105,517.00 $277,359.00 Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. $73,862.00 $73,862.00 Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. $81,399.00 $54,266.00 $135,665.00 Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. $126,620.00 $126,620.00 Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. $63,310.00 $63,310.00 Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. $0.00 Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. $58,034.00 $58,034.00 Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. $485,378.00 $485,378.00 Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. $26,379.00 $26,379.00 Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. $0.00 Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. $0.00 Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). $221,585.00 $221,585.00 Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. $30,148.00 $30,148.00 Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. $52,758.00 $52,758.00 TOTAL $1,466,687.00 $580,343.00 $2,047,030.00 LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, EL DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Administración, L.A.E. Luis Navarro García.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de Michoacán, Dr. Elías Ibarra Torres.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, Dr. Hebert Israel Flores Leal.- Rúbrica. 114 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 ANEXO 2 PROGRAMAS, OBJETIVOS, INDICADORES Y METAS ENTIDAD: MICHOACÁN DE OCAMPO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-MICH.-16-25 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 1. Actualizar y enviar a la COFEPRIS el padrón de establecimientos que procesan (empacan y/o acopian) frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 2. Realizar visitas de verificación a los establecimientos (plantas de empaque y/o centros de acopio) que procesan frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas. 2 2 3. Realizar la toma de muestras en plantas de empaque y/o en centros de acopio para análisis microbiológico y envío de las mismas al LESP de frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a las cuales se efectuarán las determinaciones especificadas en la programación correspondiente y que deben coincidir con las registradas en el apartado del LESP. 10 10 4. Notificar los resultados de análisis frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a la COFEPRIS de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 5. Realizar la toma de muestras y envío de las mismas al LESP de los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, a las cuales se efectuarán las determinaciones microbiológicas especificadas en la programación correspondiente y que deben coincidir con las registradas en el apartado del LESP. 110 45 155 6. Notificar los resultados de análisis los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, a la COFEPRIS de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 2 7. Participar en las reuniones de trabajo que la COFEPRIS otorgue relacionados con el monitoreo de la inocuidad de los alimentos, específicamente en materia de residuos de plaguicidas. 8. Enviar a la COFEPRIS en el formato establecido, el avance del padrón de establecimientos, centrales de abasto o almacenes de alto volumen, ubicados en la entidad federativa y que comercialicen productos nacionales. 9. Realizar en los establecimientos la toma de muestras de alimentos (productos agrícolas frescos mínimamente procesados), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar residuos de plaguicidas. 1 1 2 10. Notificar a la COFEPRIS los resultados del análisis de los productos agrícolas mínimamente procesados, de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 2 11. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con el consumo de alimentos, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 7 LESP 12. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a las frutas y hortalizas de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin (LESP). 20 20 13. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 110 45 155 14. Realizar las determinaciones de residuos de plaguicidas de los productos agrícolas frescos mínimamente procesados, de conformidad con los lineamientos establecidos. 3 3 6 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 115 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 15. Cumplir con el número de visitas programadas para la toma de muestras de agua y producto en las áreas de cosecha de moluscos bivalvos, así como el envío de muestras a los LESP. 2 2 4 16. Notificar los resultados de análisis de las determinaciones realizadas en agua y producto a la COFEPRIS de manera mensual a través del sistema electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 2 17. Realizar el monitoreo de fitoplancton en agua de mar, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 4 4 8 18. Notificar los resultados de análisis de agua de mar a la COFEPRIS de manera mensual a través del sistema electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 2 LESP 19. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para agua (coliformes fecales) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 3 3 6 20. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para producto (E. coli, Salmonella sp, Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 2 2 4 21. Realizar análisis de biotoxinas marinas en moluscos bivalvos de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas para detección de PSP, ASP y DSP en los Estados con litoral en el Océano Pacífico y PSP, ASP, DSP y NSP en los Estados del Golfo de México) de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS. 3 3 6 22. Realizar las determinaciones de fitoplancton en agua de mar con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 4 4 8 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 23. Ratificar o notificar el nombre del personal responsable estatal de los programas de sal y harinas para el ejercicio 2025. 24. Enviar actualización del padrón estatal de salineras, envasadoras de sal y molinos de harina de trigo y maíz. 25. Realizar visitas de verificación a las salineras y envasadoras de sal tomando como referencia el padrón actualizado. 26. Realizar el muestreo de sal durante las visitas de verificación sanitaria para constatación de adición de nutrimentos (yodo y flúor), en envasadoras y también en puntos de venta de sal, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 2 2 27. Realizar visitas de verificación a los molinos de harinas de maíz y trigo tomando como referencia el padrón actualizado. 28. Realizar el muestreo de harinas de trigo y maíz durante las visitas de verificación sanitaria para constatación de adición de nutrimentos (zinc. ácido fólico y hierro), en molinos de harinas de maíz y trigo, también en puntos de venta de estos productos de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 116 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL 29. Notificar los resultados de análisis de los productos de sal y harinas a la COFEPRIS de manera mensual mediante el sistema electrónico autorizado en los formatos oficiales, incluyendo la cédula aplicada de la constatación de la adición de nutrimentos a sal y harinas de los establecimientos visitados (salineras, envasadoras de sal y molinos de trigo y maíz) de conformidad con los lineamientos correspondientes. 3 2 5 30. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 7 LESP 31. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para sal (yodo y flúor), de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 4 4 32. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para harinas (zinc. ácido fólico y hierro), de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 33. Participar en las reuniones de trabajo sobre Zoonosis-Brucelosis. 34. Enviar a la COFEPRIS los informes de las reuniones intersectoriales que coordine el Área Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios para la revisión de la situación de la brucelosis en la entidad federativa. 35. Enviar a la COFEPRIS el padrón actualizado de elaboradores y puntos de venta de productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico, que se comercializan en la entidad federativa. 36. Enviar a la COFEPRIS los resultados del monitoreo de Brucella spp en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico comercializados en la entidad federativa. 1 1 2 37. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la fortificación de alimentos (brucelosis), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 7 LESP 38. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (leche) no sometidos a tratamiento térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 3 2 5 39. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (queso) no sometidos a tratamiento térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 3 4 7 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 117 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 40. Enviar a la COFEPRIS el “Plan de muestreo anual para la vigilancia de la calidad microbiológica del agua para uso y consumo humano proveniente de la red de distribución de los sistemas formales de abastecimiento”, de acuerdo con los Lineamientos Técnicos emitidos por la COFEPRIS. 41. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los resultados del monitoreo de cloro residual libre, de coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia realizado en la entidad federativa. 1 1 2 42. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los acuses de las notificaciones realizadas a los responsables del abastecimiento del agua respecto a los resultados fuera de los límites permisibles en la determinación de cloro residual libre, de coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia así como de las acciones realizadas. 1 1 2 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 43. Enviar a la COFEPRIS el Informe de Resultados de la Vigilancia de la Calidad Microbiológica del Agua para Uso y Consumo Humano con base en los resultados de la determinación de cloro residual libre, los análisis bacteriológicos y la detección de Giardia lamblia realizados conforme a los lineamientos establecidos en dicho año. 1 1 44. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad microbiológica. 45. Enviar a la COFEPRIS el programa de muestreo anual para las determinaciones fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados para la vigilancia de la calidad fisicoquímica del agua en la red de distribución y plantas potabilizadoras de los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 46. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 1 1 2 47. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones realizadas a los responsables del abastecimiento del agua en localidades, municipios o entidades federativas, respecto a los resultados del monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo. 1 1 2 48. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados del monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo en cada una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa. 1 1 2 49. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones generadas a los organismos responsables y/u operadores de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano de los sistemas de abastecimiento. 1 1 2 118 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL 50. Enviar a la COFEPRIS el informe anual de los impactos en la salud de la población, por las acciones realizadas por el Área Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios respecto al monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo (tomas domiciliares y plantas potabilizadoras). 1 1 51. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad fisicoquímica. 52. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo prevacacional de playas prioritarias de acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 1 1 53. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo mensual de playas prioritarias de acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 54. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre la asistencia a las reuniones convocadas por los Comités de Playas, incluyendo información sobre los acuerdos generados durante dichas reuniones o las minutas correspondientes. 1 1 2 55. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a los Comités de Playas, respecto a los resultados del monitoreo de enterococos en agua de mar de playas de uso recreativo con contacto primario, cuando estos resultados rebasen el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las acciones realizadas. 1 1 56. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de muestreo de la determinación de Enterococos en agua de mar. 1 1 57. Difundir al interior de los Comités de Playas, la cédula de caracterización de las playas contenidos en el universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los lineamientos de la COFEPRIS. 58. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de la calidad del agua de mar para uso recreativo con contacto primario. 1 1 59. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario. 60. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a la autoridad correspondiente, respecto a los resultados del monitoreo de E. coli en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario que rebasaron el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las acciones realizadas. 61. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de muestreo de la determinación de E. Coli en cuerpos de agua dulce. 62. Difundir con la autoridad correspondiente la cédula de caracterización de cuerpos de agua dulce y sitios de muestreo contenidos en el universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 63. Validar los sitios de muestreo de los cuerpos de agua dulce que deberán ser vigilados por las entidades federativas. 64. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de cuerpos de agua dulce donde se realicen actividades de uso recreativo con contacto primario. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 119 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL LESP 65. Realizar los análisis microbiológicos, en el porcentaje definido respecto al total de las muestras tomadas por el APCRS en el mes, y cuyos resultados están por debajo de lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021. 20% 20% 20% 66. Realizar el análisis de Giardia Lamblia de acuerdo a lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021. 67. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 23 23 46 68. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en agua de uso y consumo en cada una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa. 2 2 4 69. Realizar los análisis del monitoreo prevacacional de playas prioritarias. 90 90 70. Realizar los análisis del monitoreo mensual de playas prioritarias. 71. Realizar los análisis del monitoreo E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario. Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 72. Elaborar el plan anual de trabajo en materia de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 73. Elaborar el reporte de Implementación o seguimientos de unidades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia en el sistema nacional de salud. 1 1 74. Elaborar el reporte de seguimiento de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 1 1 75. Realizar capacitaciones en Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 76. Realizar asesorías en Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 3 3 77. Realizar el Congreso Estatal de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 78. Realizar el reporte de visitas de supervisión en materia de Farmacovigilancia realizado a las unidades del sistema nacional de salud. 1 1 79. Participar en la reunión nacional. 80. Atender las solicitudes emitidas por el CNFV. 1 1 2 81. Elaborar el reporte final de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia realizadas en el 2025. 1 1 82. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión en el tema de farmacovigilancia y tecnovigilancia dirigidas al personal de salud y a la población en general, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 7 120 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 83. Implementar el Programa de Vigilancia Sanitaria en materia de productos y servicios basado en riesgos, así como realizar visitas de verificación sanitaria en materia de productos y servicios, para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 120 120 240 84. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la comercialización de agua para consumo humano, Purificadoras de Agua, para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos, así como el cumplimiento de la Norma NOM-201- SSA1-2015, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 5 5 10 85. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la fabricación, venta y distribución de suplementos alimenticios (productos engaño) para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 5 5 10 86. Realizar visitas de verificaciones sanitarias en establecimientos que vendan o comercialicen productos del tabaco, nicotina, productos de tabaco calentado (PTC), los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN), bolsas de nicotina, para verificar la documentación legal del establecimiento y de los productos que comercializan y que ampare su ingreso al territorio nacional, el cumplimiento de la normatividad del etiquetado de los productos , a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 10 10 20 87. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de productos cárnicos (rastros y mataderos), para constatar las condiciones sanitarias en las que operan los establecimientos, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 3 2 5 88. Realizar el muestreo de productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y puntos de venta, durante la verificación sanitaria de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 35 35 89. Realizar visitas de verificación sanitarias en establecimientos de los Sistemas Estatales DIF (comedores, asilos, guarderías, alberges, centros de atención múltiples y de rehabilitación, centros asistenciales de desarrollo infantil, entre otros) con el objetivo de conocer las acciones y medidas establecidas para asegurar la calidad e inocuidad alimentaria, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 3 5 8 90. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al almacenamiento, venta y distribución de medicamentos e insumos para la salud para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 5 3 8 91. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos de Farmacias Hospitalarias para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 5 3 8 LESP 92. Realizar el análisis de los productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y puntos de venta de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 35 35 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 121 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 93. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el seguimiento de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 94. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades estatales correspondientes. 95. Difundir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario así como los resultados de su implementación con las autoridades estatales que correspondan. 7 7 96. Elaborar y difundir en medios electrónicos y físicos los materiales para que el sector regulado conozca los mecanismos implementados por el APCRS en el marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 5 5 10 97. Fortalecer la colaboración en materia de prevención de la corrupción, con cámaras y prestadores de servicios que sean del ámbito de competencia de la COFEPRIS y el APCRS. 5 5 98. Garantizar la participación del personal del APCRS en las capacitaciones sobre los procesos de autorización y verificación que imparte la COFEPRIS, en correspondencia con las actividades en las que interviene. 1 1 99. Participar en el Plan Nacional de Supervisión y Vigilancia Técnica. 1 1 100. Promover las modificaciones a la normatividad que corresponda (Ley Estatal de Salud, Reglamento de los Servicios de Salud y/o del APCRS) para contar con las atribuciones para realizar visitas de verificación con videograbación y en salas multidisciplinarias. 1 1 101. Elaborar y publicar en el periódico oficial de la entidad federativa el Procedimiento para la Realización de Visitas de Verificación con Videograbación y en Salas Multidisciplinarias. 102. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación en los establecimientos contemplados en el programa anual de verificación. 100% 100% 100% 103. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación de los establecimientos que cuenten con denuncia sanitaria. 100% 100% 100% 104. Instalar y poner en funcionamiento salas multidisciplinarias que cuenten con cámaras de videograbación para brindar atención al sector regulado y/o partes interesadas. 100% 100% 100% 105. Establecer un centro de control para el resguardo del material clasificado de las videograbaciones resultantes de las verificaciones sanitarias y de la atención en las salas multidisciplinarias. 3 3 6 106. Capacitar a las personas servidoras públicas del APCRS en materia de prevención de actos de corrupción e integridad en el servicio público. 1 1 107. Difundir al personal del APCRS el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables. 2 2 108. Canalizar, a través del área de vinculación, a los interesados en presentar alguna denuncia en contra de algún funcionario del APCRS por presuntas irregularidades. 1 1 2 109. Enviar mensualmente, en los formatos correspondientes, los avances de la ejecución de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 2 2 4 110. Elaborar el informe final de la implementación de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario en donde se describa el impacto de las acciones emprendidas para implementar acciones que promuevan la mejora continua. 1 1 122 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL LESP 111. Designar al enlace o responsable del Laboratorio Estatal de Salud Pública (LESP), para el seguimiento de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 112. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades estatales correspondientes. 113. Elaborar y difundir en medios físicos y electrónicos los mecanismos implementados por el LESP en el marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 2 2 4 114. Capacitar a las personas servidoras públicas del LESP en materia de prevención de actos de corrupción e integridad en el servicio público. 1 1 115. Difundir al personal del LESP el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables. 2 2 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 116. Ratificar o notificar algún cambio de un enlace o responsable del SGC. 117. Realizar la revisión por la Alta Dirección del SGC y el estatus general de seguimiento de los acuerdos. 1 1 118. Actualizar el contexto de la organización (análisis FODA). 119. Presentar la planeación estratégica en el APCRS para el SGC. 120. Ratificar y/o actualizar el alcance del SGC. 121. Revisar y/o actualizar la matriz de las partes interesadas del SGC. 122. Ratificar y/o Actualizar la Filosofía de la Calidad. 123. Revisar, actualizar y difundir las Caracterizaciones. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 123 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 124. Realizar sesiones periódicas del Comité de la Calidad. 1 1 125. Realizar actividades de capacitación y concientización del SGC 1 1 126. Dar seguimiento a los riesgos y oportunidades de los procesos del SGC. 3 3 127. Documentar la planificación de los cambios. 1 1 128. Realizar reuniones de retroalimentación del Sistema de Gestión de Calidad. 129. Revisar y/o actualizar la información documentada de los procesos de realización en la APCRS. 130. Reportar el desempeño de los procesos. 2 1 3 131. Realizar el ejercicio de Auditoría de Calidad. 132. Dar seguimiento al cierre de la Auditorias. 133. Dar seguimiento a la medición de la satisfacción de los clientes. 2 2 134. Gestionar con un organismo certificador acreditado por cualquier entidad acreditadora respecto a la Norma ISO 9001 vigente, una pre-auditoría, auditoría de vigilancia o certificación. 5 5 135. Participar en el Encuentro Nacional de Calidad. Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 136. Nombrar y notificar vía oficio a la COFEPRIS al enlace o responsable de TIC del APCRS. 137. Reportar los usuarios de sistemas que causaron baja de los sistemas de COFEPRIS. 1 1 138. Reportar los usuarios activos en los sistemas de la COFEPRIS. 1 1 124 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 139. Remitir un oficio firmado por el titular del APCRS y LESP con el compromiso de la alta dirección para que las personas servidoras públicas sean capacitadas. 140. Remitir el listado de las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las jurisdicciones,y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, con el objeto de identificar al personal que será capacitado. 141. Inscribir y dar seguimiento al Programa de Fortalecimiento de Capacidades para Verificadores y Dictaminadores en Servicios de Salud. 142. Capacitar a las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las jurisdicciones,y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, en el marco del Programa Anual de Capacitación. 100% 100% 100% 143. Desarrollar e implementar cursos de capacitación dirigido al sector regulado en el marco del Plan de Trabajo otorgado por la COFEPRIS. 5 5 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 144. Notificar los eventos de emergencias sanitarias en un plazo no mayor a 24 horas, del conocimiento de ocurrencia e independientemente de la magnitud. 100% 100% 100% 145. Realizar 2 eventos de acciones preventivas al mes (Enfocados a escuelas y/o unidades médicas), relacionadas con actividades de vigilancia, fomento sanitario y actividades de saneamiento básico en localidades identificadas con mayor vulnerabilidad y/o al comportamiento epidemiológico de cada entidad federativa, con el propósito de prevenir casos de enfermedades diarreicas agudas e infecciones asociadas a los servicios de salud (estas acciones preventivas no se refieren a eventos de concentraciones masivas). 2 2 4 146. Contar con la evidencia del personal, desde nivel Jurisdiccional al Estatal (padrón de brigadistas), capacitado de manera teórica y práctica a través de un operativo de acciones preventivas de protección contra riesgos sanitarios en materia de emergencias de nuestras competencias. 1 1 147. Remitir la evidencia de la adquisición de los insumos y materiales requeridos para la atención de emergencias sanitarias, incluyendo equipos de protección personal para el seguro desempeño de las funciones. 1 1 148. Enviar informe mensual y anual de atención a eventos de emergencias sanitarias. 1 1 2 149. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, con el fin de informar a la población en general, los riesgos a los que están expuestos y como evitarlos en circunstancias de emergencias sanitarias, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 7 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 125 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 150. Llevar a cabo la validación documental y elaborar la cédula de evaluación. 1 1 2 151. Dar seguimiento al cierre de flujo en SIIPRIS de conformidad con los lineamientos. 1 1 2 152. Cumplir con la evaluación del desempeño del personal encargado de apoyar en la validación documental. 1 1 153. Remitir mensualmente el listado actualizado de licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas y/o establecimientos dedicados a servicios urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas. 154. Actualizar las licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas que no cumplan con la nomenclatura establecida por la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios. 155. Realizar las visitas de verificación de conformidad con el "Plan Trimestral de Verificación" establecido por la COFEPRIS. 100% 100% 156. Realizar las notificaciones de autorización de uso lúdico de Cannabis emitidas por COFEPRIS y remitir mensualmente el reporte de notificaciones. 1 1 2 157. Remitir semestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-014. Aviso de previsiones de compra-venta de medicamentos que contengan estupefacientes (sólo farmacias, droguerías y boticas). 1 1 158. Remitir trimestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-005. Permiso de libros de control de estupefacientes o psicotrópicos y sus cancelaciones. 1 1 159. Remitir semestralmente listado de autorizaciones recibidas y emitidas en materia de Publicidad. 1 1 160. Remitir mensualmente el listado actualizado del estatus que tienen las licencias sanitarias de establecimientos que utilizan fuentes de radiación para fines médicos o de diagnóstico y establecimientos de atención médica. Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 161. Participar en las reuniones de trabajo sobre Resistencia Antimicrobiana. 162. Establecer un programa estatal anual de muestreo de leche destinada para consumo humano, para el monitoreo de inhibidores (residuos de antibióticos). 163. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche cruda (no sometida a tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores (residuos de antibióticos). 164. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche pasteurizada (sometida a tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores (residuos de antibióticos). 165. Enviar a la COFEPRIS el reporte de los resultados analíticos de los inhibidores (residuos de antibióticos) en las muestras de leche obtenidas en puntos de venta. LESP 166. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche cruda (no sometida a tratamientos térmicos), para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta). 167. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche pasteurizada (sometida a tratamientos térmicos), para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta). 126 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 168. Participar en las reuniones de trabajo sobre el nuevo proyecto mediante el que se integrará información relacionada con exposición a sustancias tóxicas. 169. Integrar un padrón de establecimientos de salud de segundo y tercer nivel de atención que cuenten con hospitalización, urgencias y consulta de especialidad, en donde se atiendan eventos o complicaciones derivadas del uso o la exposición aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional o laboral. 170. Elaborar un plan de trabajo para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas, que deberá ser implementado durante el segundo semestre de 2025. 171. Enviar a la COFEPRIS el registro mensual de los casos o eventos atendidos por el uso o la exposición aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional o laboral. 1 1 2 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL LESP 172. Realizar el análisis de las determinaciones establecidas en los objetivos específicos del presente instrumento acorde al binomio matriz-analito, conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. 1 1 2 173. Ampliar el marco analítico mediante la implementación de métodos de prueba, acorde a la capacidad instalada en cada LESP y conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. 1 1 174. Mantener vigentes las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado. 1 1 175. Cumplir con las actividades relacionadas con el fortalecimiento técnico, competencia técnica, el envío de informes de productividad analítica, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos aplicables a los LESP. 1 1 2 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 127 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 176. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el seguimiento de las actividades de la vigilancia sanitaria a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. 177. Actualizar y enviar a la COFEPRIS conforme al formato el padrón de establecimientos de atención médica con fines estéticos. 178. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos no quirúrgicos con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los riesgos sanitarios relacionados con estos procedimientos. 3 3 6 179. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos quirúrgicos, con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los riesgos sanitarios relacionados con estos procedimientos. 2 2 4 180. Enviar a la COFEPRIS en los formatos correspondientes establecidos el avance de las visitas de verificación de los establecimientos de atención médica con fines estéticos. 1 1 2 181. Realizar el vínculo con los Colegios, Consejos y/o Asociaciones sobre medicina estética y de cirugía plástica, estética y reconstructiva, con la finalidad de intercambiar información sobre establecimientos dedicados a la medicina estética y clínicas de cirugía plástica, estética y reconstructiva irregulares, realizando un acuerdo de colaboración en cuestión de denuncias que hayan recibido. 1 1 182. Gestionar, implementar y reportar las acciones de fomento y dirigidas a la población y sector regulado, con el propósito de contribuir a la disminución de riesgos asociados al uso de prestación de servicios en establecimientos de atención médica con fines estéticos irregulares y enviar el formato correspondiente a la COFEPRIS. 1 1 2 128 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. Actividad Específica Metas Nov Dic TOTAL APCRS 183. Elaboración del padrón estatal de comercializadores y productores de loza vidriada. 184. Elaboración y análisis del estudio de percepción del riesgos a los alfareros de las comunidades productoras y comercializadoras de loza vidriada. 185. Diseño y elaboración de una estrategia de difusión dirigida a comercializadores y productores de loza vidriada. 186. Elaboración del programa de visitas de Fomento Sanitario a las principales comunidades alfareras para impartir pláticas sobre el uso de compuesto de plomo en la alfareria vidriada. 1 1 2 187. Elaboración de un programa para impartir pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de plomo en la producción de loza vidriada. 188. Concertación con Autoridades Municipales y asociaciones de alfareros para la instrumentación del programa de pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de plomo en la producción de loza vidriada. 1 1 2 189. Difusión de material dirigido a comercializadores y productores de loza vidriada por la Entidad Federativa seleccionada. 1 1 2 190. Elaboración de informes mensuales del avance sobre de las acciones del proyecto de plomo en loza vidriada. 1 1 LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, EL DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Administración, L.A.E. Luis Navarro García.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de Michoacán, Dr. Elías Ibarra Torres.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, Dr. Hebert Israel Flores Leal.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 129 ANEXO 3 AVANCE FINANCIERO 2025 ENTIDAD: MICHOACÁN DE OCAMPO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-MICH.-16-25 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Específico AUTORIZADO IMPORTES COMPROBADOS POR COMPROBAR OBSERVACIONES MES 1 MES 2 Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. 130 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Específico AUTORIZADO IMPORTES COMPROBADOS POR COMPROBAR OBSERVACIONES MES 1 MES 2 Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, EL DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Administración, L.A.E. Luis Navarro García.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de Michoacán, Dr. Elías Ibarra Torres.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, Dr. Hebert Israel Flores Leal.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 131 ANEXO 4 PROGRAMA, RESPONSABLES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA Y COORDINACIONES DE TEMAS ENTIDAD: MICHOACÁN DE OCAMPO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-MICH.-16-25 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Específico UA Responsable Coordinador UA Encargada de la validación del catálogo de insumos y Memoria de Cálculo Comprobación física financiera UA Encargada del seguimiento de las Acciones de Difusión Coordinador UA Encargada del control analítico Coordinador UA Encargada de las solicitudes de suficiencia presupuestaria, instrucción de ministración de recursos y comprobación de cumplimiento de metas UA Encargada de las solicitudes de transferencia, de la comprobación financiera y del trámite y validación de las solicitudes de reintegro de los recursos financieros Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. COS y CEMAR Dirección Ejecutiva de Programas Especiales y Dirección Ejecutiva de Evidencia de Riesgos COS, CEMAR, CFS, y CCAYAC CGSFS SG CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. COS Dirección Ejecutiva de Programas Especiales COS y CCAYAC Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. COS, CFS, y CCAYAC CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. CEMAR Dirección Ejecutiva de Evidencia de Riesgos CEMAR, CFS, y CCAYAC Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). CEMAR y CCAYAC Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Dirección Ejecutiva de Ejecutiva de Farmacopea y Farmacovigilancia CEMAR, CFS, y CCAYAC CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. COS Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria COS y CCAYAC CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. CGSFS Dirección Ejecutiva de Programación y Evaluación del Desempeño CGSFS Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. 132 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Específico UA Responsable Coordinador UA Encargada de la validación del catálogo de insumos y Memoria de Cálculo Comprobación física financiera UA Encargada del seguimiento de las Acciones de Difusión Coordinador UA Encargada del control analítico Coordinador UA Encargada de las solicitudes de suficiencia presupuestaria, instrucción de ministración de recursos y comprobación de cumplimiento de metas UA Encargada de las solicitudes de transferencia, de la comprobación financiera y del trámite y validación de las solicitudes de reintegro de los recursos financieros Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. CGSFS Dirección Ejecutiva de Sistemas y Procesos Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación CFS Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. COS Dirección Ejecutiva de Programas Especiales COS y CFS CGSFS SG CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. CAS Oficina de la Comisión de Autorización Sanitaria CAS Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. CEMAR Dirección Ejecutiva de Evidencia de Riesgos CEMAR y CCAYAC CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. CEMAR Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación CCAYAC CGSFS/CCAYAC CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. COS Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria COS y CFS CGSFS Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación CFS LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 4 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, EL DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Administración, L.A.E. Luis Navarro García.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de Michoacán, Dr. Elías Ibarra Torres.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, Dr. Hebert Israel Flores Leal.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 133 ANEXO 5 CATÁLOGO DE INSUMOS ENTIDAD: MICHOACÁN DE OCAMPO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-MICH.-16-25 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 1. Actualizar y enviar a la COFEPRIS el padrón de establecimientos que procesan (empacan y/o acopian) frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort. APCRS 2. Realizar visitas de verificación a los establecimientos (plantas de empaque y/o centros de acopio) que procesan frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas. 21401; 21601; 25101; 25401; 25501; 26102; 26103; 27201; 29601; 35501; 37201; 37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Insumos para impresoras; Memorias USB; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastillas DPD; Rojo fenol; Jabón; Gel antibacterial; Solución desinfectante; Alcohol desinfectante; Combustible; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Cofias o cubrepelo; Cubrebocas; Googles; Guantes de látex; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Gastos para pasajes; Casetas/peaje. APCRS 3. Realizar la toma de muestras en plantas de empaque y/o en centros de acopio para análisis microbiológico y envío de las mismas al LESP de frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a las cuales se efectuarán las determinaciones especificadas en la programación correspondiente y que deben coincidir con las registradas en el apartado del LESP. 21101; 21601; 25101; 25401; 25501; 25901; 26102; 27201; 29601; 31801; 33603; 33901; 35501; 37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Papelería; Hojas de papel bond; Tablas con clip; Etiquetas blancas adhesivas; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Guantes; Cubrebocas; Lentes o googles; Jabón; Gel antibacterial; Toallas de papel interdoblado; Solución desinfectante; Alcohol desinfectante; Kit de medición de cloro residual; Colorímetro; Pastillas DPD; Rojo fenol; Bolsas de cierre hermético estériles; Comparadores colorimétricos; Bolsa para toma de muestra; Glicerina purificada; Solución de almacenaje; Solución de conductividad; Gel refrigerante; Hielo potable; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Hielera; Hisopo; Torunda de algodón; Kit digital para determinación de cloro residual y ph; Sello de muestreo; Termómetro; Cucharas; Pinzas; Picahielos; Espátula; Frascos de nalgene; Gel antibacterial; Gasolina; Llantas para vehículo; Guía de estafeta para envío de muestras de alimentos; Impresión de material necesario para la toma de muestras; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Peaje; Gastos de camino; Caseta de Cuota/Peaje. 134 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 4. Notificar los resultados de análisis frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a la COFEPRIS de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort. APCRS 5. Realizar la toma de muestras y envío de las mismas al LESP de los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, a las cuales se efectuarán las determinaciones microbiológicas especificadas en la programación correspondiente y que deben coincidir con las registradas en el apartado del LESP. 21101; 21601; 25101; 25401; 25501; 25901; 26102; 27201; 29601; 31801; 32502; 33603; 33901; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Hojas de papel bond; Tablas con clip; Etiquetas blancas adhesivas; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Cubrepelo; Cofias; Guantes; Cubrebocas; Lentes o googles; Jabón; Gel antibacterial; Toallas de papel interdoblado; Alcohol; Solución desinfectante; Colorímetro; Pastilla DPD; Rojo fenol; Bolsas de cierre hermético estériles; Comparadores colorimétricos; Kit de medición de cloro residual; Bolsa para toma de muestra doble sello; Glicerina purificada; Solución de almacenaje; Solución de conductividad; Gel refrigerante; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Hielo potable; Hielera; Hisopo; Torunda de algodón; Kit digital para determinación de cloro residual y ph; Cajas térmicas de plástico o polipropileno; Rollo de bolsa de polietileno; Sello de muestreo; Termómetro; Cucharas; Pinzas; Picahielos; Espátula; Frascos de nalgene; Gel antibacterial desinfectante; Gasolina; Llantas para vehículo; Guía de estafeta; Impresión de sellos autoadheribles; Material impreso; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Casetas/peaje; Arrendamiento de vehículos terrestres. APCRS 6. Notificar los resultados de análisis los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, a la COFEPRIS de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101; 21401; 31603; 32301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet; Arrendamiento de equipo de cómputo. APCRS 7. Participar en las reuniones de trabajo que la COFEPRIS otorgue relacionados con el monitoreo de la inocuidad de los alimentos, específicamente en materia de residuos de plaguicidas 21101; 29401; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Mouse para computadora; Teclado para computadora; Monitor para computadora de escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Lápices; Papelería; Bolígrafos; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta. APCRS 8. Enviar a la COFEPRIS en el formato establecido, el avance del padrón de establecimientos, centrales de abasto o almacenes de alto volumen, ubicados en la entidad federativa y que comercialicen productos nacionales. 21101; 21401; 29601; 35501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 135 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 9. Realizar en los establecimientos la toma de muestras de alimentos (productos agrícolas frescos mínimamente procesados), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar residuos de plaguicidas. 21401; 21101; 25101; 25401; 25501; 26102; 27201; 31801; 33603; 33901; 35501; 37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; SERVICIO POSTAL; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Memorias USB; Cofias; Guantes; Etiqueta autoadherible; Bolsa para toma de muestra doble sello; Gel refrigerante o hielo potable; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Hielera o cajas térmicas de plático o polipropileno; Rollo de bolsa de polietileno; Sello de muestreo; Gasolina; Guía de estafeta para envío de muestras de alimentos; Impresión de sellos autoadheribles; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Gastos de camino; Casetas/peaje; Papelería; Bolsas de cierre hermético estériles; Guantes de latex; Bolsas de polietileno transparente autosellables estériles; Lápices; Papelería; Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Cubrebocas; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte. APCRS 10. Notificar a la COFEPRIS los resultados del análisis de los productos agrícolas mínimamente procesados, de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. NA NA NA APCRS 11. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con el consumo de alimentos, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. LESP 12. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a las frutas y hortalizas de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin (LESP). 25101; 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Incubadora, Sellador de placas, Autoclave, Baño de agua, Homogeneizador, Potenciómetro, Termómetro, Balanza analítica, Cabina de seguridad biológica(CBS), Lámpara de luz UV, Refrigerador, Motor de licuadora, Horno, Balanza granataria, Bomba, Micropipetas; Mechero Bunsen; Asas de platino o nicromel; Guantes; Lentes de seguridad; Frasco con tiosulfato de sodio; Frasco estéril; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH7.2± 0.2(S); Agua TipoI estéril; Escherichia coli ATCC25922; Staphylococcus aureus ATCC25923; Klebsiella aerogenes ATCC25923; Bolsas de polietileno para homogeneizador peristáltico; Cinta testigo; Cuchara de acero inoxidable; Cuchillo desconchador; Espátula acero inoxidable; Frasco de dilución; Gradilla; Pinzas; Pipetas; Probeta; Tubos de cultivo; Tubos de fermentación; Vasos de licuadora; Frasco con tapa de rosca; Agar Mac Conkey; Agar nutritivo; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC; Agar Eosina Azul de Metileno de 136 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo Levin(EMB-L); Caldo Lauril Triptosa; Caldo Lauril Triptosa con MUG; Caldo MR- VP; Caldo triptona al 1%; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Caldo Lauril con MUG; Agar Cuenta estándar; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de Voges- Proskauer(VP); Enterobacter aerogenes ATCC13048; E. coli ATCC25922; Cajas Petri; Matraz; Tubos de Ensaye; Botellas; Puntas para micropipeta;TBX; Asas bacteriológicas; Tijeras; Martillo; MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua peptonada al 0.1%; Tween80; Agua deionizada; Glutamato de sodio; Lactosa; Peptona bacteriológica; Formato de sodio; L-Cisteína; L(-)Acido aspártico; L(+)-Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Sulfato de magnesio septahidratado; Citrato de fierro III; Cloruro de calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Púrpura de bromocresol; Cloruro de amonio; Agua destilada; Digerido enzimático de caseína; Sales biliares No.3; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D- glucurónido ácido(BCIG); Dimetil sulfóxido(DMSO); Agar; E.coli ATCC25922 o ATCC8739; E. faecalis ATCC29212 o ATCC19433; Cuchillo de acero inoxidable; Bisturíes; E. faecalis ATCC29212; Solución peptonada salina; TBX; Asa de platino, níquel o desechables; Equipo de filtración con trampa; Filtros de membranas estériles; Manguera de hule; Tiras reactivas; Pinzas estériles para membrana; Escobillones; Forceps acero inoxidable; Charolas; Paños; Contenedor estéril; Agar Entérico de HektoenEH; Agar Lisina HierroLIA; Agar Sulfito de BismutoASB; Agar triple azúcar y HierroTSI; Agar Urea de Christensen; Agar Verde Brillante; Agar Xilosa, Lisina, DesoxicolatoXLD; Caldo de Muller-Kauffmann Tetrationato NovobiocinaMKTTn; Caldo Dey-Engley; Caldo Lactosado; Caldo Nutritivo; Caldo Soya TripticaseínaCST; Caldo Tetrationato sin verde BrillanteCTT; Medio de Rappaport-Vassiliadis con soy RVS; Medio L-Lisina descarboxilasa; 2-metilbutan- 2-ol; Yoduro de potasio; Yodo; 4-Dimetilaminobenzaldehído; Ácido clorhídrico; Triptona o tripticasa; Agua Peptonada amortiguada; Alcohol al 70%; Alcohol etílico 96%; a-naftol; Antisuero somático (O) polivalente de Salmonella spp; Azul de bromotimol; Carbonato de Calcio; Citrato de fierro (III); Citrato férrico amónico; Cloruro de Magnesio Hexahidratado; Xilosa; Cloruro de Sodio; Desoxicolato de sodio; Digerido enzimático de soya; Extracto de carne; Extracto de levadura en polvo; Fosfato de Potasio Dibásico; Fosfato de Potasio Monobásico; Fosfato de Sodio Dibásico Dodecahidratado; Fosfato de Sodio Dibásico(anhidro); Fosfato de Sodio Monobásico; Fucsina ácida; Glucosa; Hidróxido de Potasio; Verde brillante; Tolueno; Hidróxido de Sodio; Leche descremada; L-Lisina; Monoclorhidrato de L- lisina; Monohidrato de creatina; Triton X-100; Urea; Novobiocina(sal sódica); O- Nitrofenil-D-galactopiranosidoONPG; Ox sales biliares uso bacteriológico; Oxalato de verde malaquita; Peptona; Reactivos para la reacción de Indol. Reactivo de Kovac o Erlich; Reactivos para la reacción VP (α -naftol y KOH); Rojo de fenol; Sacarosa; Salicina; Solución de creatina; Solución salina fisiológica; Sulfato de Fierro (anhidro); Sulfato de Potasio; Sulfato Ferroso; Sulfito de bismuto (indicador); Tergitol 7 Aniónico; Tiosulfato de sodio anhidro; Tiosulfato de Sodio Pentahidratado; Antisuero flagelar polivalente; Salmonella Typhimurium ATCC14028; Salmonella diarizonae ATCC12325; Salmonella abortus equi ATCC9842; Autoclave, Baño de agua, Cabina de seguridad biológica (CBS), Homogeneizador, Incubadora, Motor de licuadora, Potenciómetro, Refrigerador. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 137 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 13. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25101; 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Centrífuga, Incubadora, Lavador de microplacas, Lector de microplacas, Equipo TECRA, Omnimixer, Balanza, Termómetro, Autoclave, Baño de agua, Datalogger, Plataforma con agitación, Caja de luz UV, Micropipeta, Replicador, Homogeneizador, Horno, Potenciómetro, Bomba, Motor de licuadora, Sellador de placas, Lámpara de luz UV, Cabina de seguridad biológica (CBS), Refrigerador; Algodón; Plástico para sellar; Jeringas; Filtros tipo jeringa; Tiras reactivas; Tubos para centrífuga; Vaso de precipitado 250ml; BHI con 0,7% de agar (m/v); Polietilen glicol; Solución amortiguadora Tris 0,25 M (30,28 g TRIS/L, pH 8,0); Ácido clorhídrico; Hidróxido de sodio; Kit Ridascreen Set Total; Agua destilada; Hipoclorito de Sodio; Asa de platino, níquel o desechables; Cuchara de acero inoxidable; Equipo de filtración con trampa; Filtros de membranas estériles; Gradilla; Manguera de hule; Matraz; Mechero Bunsen; Pipetas; Vasos de licuadora; Bisturíes; Cuchillo de acero inoxidable; Pinzas; Escobillones; Espátula acero inoxidable; Forceps acero inoxidable; Charolas; Paños; Contenedor estéril; Agar; Caldo de Muller-Kauffmann Tetrationato Novobiocina MKTTn; Caldo Dey- Engley; Caldo Lactosado; Caldo Nutritivo; Caldo Soya Tripticaseína CST; Caldo Tetrationato sin verde Brillante CTT; Medio de Rappaport-Vassiliadis con soya RVS; Medio L-Lisina descarboxilasa; 2-metilbutan-2-ol; Yoduro de potasio; Yodo; 4-Dimetilaminobenzaldehído; Triptona o tripticasa; Alcohol al 70%; a-naftol; Antisuero somático (O) polivalente de Salmonella spp; Azul de bromotimol; Carbonato de Calcio; Citrato de fierro (III); Xilosa; Cloruro de Sodio; Desoxicolato de sodio; Digerido enzimático de caseína; Digerido enzimático de soya; Extracto de carne; Extracto de levadura en polvo; Fosfato de Potasio Monobásico; Fosfato de Sodio Dibásico Dodecahidratado; Fosfato de Sodio Dibásico (anhidro); Fosfato de Sodio Monobásico; Fucsina ácida; Glucosa; Hidróxido de Potasio; Verde brillante; Tolueno; Lactosa; Leche descremada; L-Lisina; Monoclorhidrato de L-lisina; Monohidrato de creatina; Triton X-100; Urea; Novobiocina (sal sódica); O-Nitrofenil -D-galactopiranosido ONPG; Ox sales biliares uso bacteriológico; Oxalato de verde malaquita; Peptona; Púrpura de bromocresol; Reactivos para la reacción de Indol. Reactivo de Kovac o Erlich; Reactivos para la reacción VP (α -naftol y KOH); Rojo de fenol; Sacarosa; Salicina; Solución de creatina; Sulfato de Fierro (anhidro); Sulfato de Potasio; Sulfato Ferroso; Sulfito de bismuto (indicador); Tergitol 7 Aniónico; Antisuero flagelar polivalente; Salmonella Typhimurium ATCC 14028; Salmonella diarizonae ATCC 12325; Salmonella abortus equi ATCC 9842; Lámpara UV; Asas de platino o nicromel; Guantes; Lentes de seguridad; Frasco estéril; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH 7.2 ± 0.2 (S); Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Klebsiella aerogenes ATCC 25923; Cinta testigo; Cuchillo desconchador; Tubos de fermentación; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC (E. coli); Caldo Lauril Triptosa; Caldo MR-VP; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de Voges- Proskauer (VP); Enterobacter aerogenes ATCC 13048; E. coli ATCC 25922; Botellas; Puntas para micropipeta; TBX; Asas bacteriológicas; Vaso de licuadora; Tijeras; Martillo; Desconchador de acero inoxidable; MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua deionizada; Glutamato de sodio; L-Cisteína; L(-) Acido aspártico; L(+) – Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Sulfato de magnesio septahidratado; Citrato de fierro III; Cloruro de calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Cloruro de amonio; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D- glucurónido ácido (BCIG); Dimetil sulfóxido (DMSO); Agar; E. coli ATCC 25922 o ATCC 8739; E. faecalis ATCC 29212 o ATCC 19433; Mecheros; Solución peptonada salina; TBX; Probeta; Cámara húmeda; Caldo rojo de fenol (glucosa y manitol); Solución de telurito de potasio; Emulsión de yema de huevo; Solución reguladora de fosfatos; Agua peptonada; Plasma de Conejo con EDTA; Peróxido de 138 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 13. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25101; 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO hidrógeno al 3%; Reactivos para la tinción de Gram; Aceite de parafina o mineral estéril; Solución trazable para verificación de potenciómetro; Piruvato de sodio; Glicina; Cloruro de litio .6H2O; Infusión cerebro de ternero deshidratado; Infusión corazón de res deshidratado; Fosfato disódico; ADN de timo de carnero; Cloruro de Calcio anhidro; Azul de toluidina O; Tris (hidroximetil aminometano); Fosfato monopotásico; S. aureus ATCC 6538; S. epidermidis ATCC 12228; S. aureus ATCC 25923; Caldo Infusión Cerebro Corazón; Reactivo para tinción de Gram; Cloruro de Litio; Telurito de Potasio; Sulfametazina; Digerido enzimático de tejido animal; Infusión deshidratada de cerebro de becerro; Infusión deshidratada de corazón de becerro; Fosfato monobásico disódico anhidro; Plasma de conejo deshidratado; Ácido Etilendiaminotetraacético; Fibrinógeno de bovino; Inhibidor de tripsina; Staphylococcus epidermidis WDCM 00036; Staphylococcus aureus WDCM 00034; Staphylococcus aureus WDCM 00032; Escherichia coli WDCM 00012; Escherichia coli WDCM 00013; Proteus mirabilis WDCM 00023; Staphylococcus saprophyticus WDCM 00159; Staphylococcus aureus WDCM 00035; Staphylococcus aureus WDCM 00090; Tubos de cultivo o de ensayo; Tubos para bioquímicas o ensaye; Lámpara; Bolsas de polietileno; Aparato de filtración; Membranas; Agua Peptonada Alcalina; Caldo Glucosa de Hugh-Leifson; Medio Base de Descarboxilasa (Arginina, Lisina y Ornitina); Caldo Triptona; Caldo Soya Tripticasa (TSB); Caldo Rojo de Metilo y Vogues Proskauer(RM-VP); Medio para prueba de movilidad (Semisólida); Proteosa peptona; Citrato de sodio dihidratado; Sales biliares; Bilis de buey; Citrato férrico; Azul de timol; Rojo de cresol; Celobiosa; Colistina; Polimixina B; Gelatina; Dextrosa; Tiosulfato de sodio; Tristona; Polipeptona; Gelisato; Alcohol etílico; Alfa Naftol; Alcohol Etílico absoluto; N,N,N,N-Tetrametil-p-Fenilendiamino; p-dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico; Rojo de metilo; Papel filtro; Bolsas tolerantes al calor y sellador; Tubos de plástico; Microplacas de titulación; Membranas de nylon; Mamparas de malla; Varillas; Palillos de madera; Cajas Petri desechables y estériles; Placas; Cepillos estériles; Forceps; Caldo Extracto de levadura Casaminoácidos (CAYE); Medio para prueba de movilidad-1% Cloruro de Sodio; Caldo T1N0; Caldo T1N3; Caldo T1N6; Caldo T1N8; Caldo T1N10; Dig-11-dUTP; CSPD; Caldo Urea; Bicarbonato de Sodio; Fitona; Soytona; Sangre de oveja desfibrinada; Casaminoácidos; Sulfato de Magnesio; Cloruro de Manganeso; Cloruro de Fierro; Fosfato de Sodio dibásico anhidro; Sulfato de Polimixina B; Colato de Sodio; Oxgall; Glicerol; Antisuero polivalente V. cholerae O1; Antisuero polivalente V. cholerae O139; Kit de detección de enterotoxina VET-RPLA TD920A; Acetato de amonio; Dodecil sulfato de sodio; Trizma Base; Cloruro de Magnesio; Proteinasa K; Solución de bloqueo; Anti-Fosfatasa digoxigénica alcalina, Fragmentos Fab; Reactivos para Tinción de Gram; Termobloque; Termociclador; Congelador; Puntas para PCR con filtro libres de DNAsas y RNAsas; Tubos de polipropileno; Tiras 8-tubos; Oligonucleótido tdh 89F desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido tdh 321R desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido trh 20F desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido trh 292R desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido IAC 46F desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido IAC 186R desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido tlh 884F desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido tlh 1091R desalado y concentración de trabajo 10µM; dNTP’s, mezclados y en la misma concentración 10mM; Potasio dihidrógeno fosfato; Agua grado PCR; Agua tipo I; Disodio hidrógeno fosfato anhidro; E. coli ATCC 11229; Staphylococcus aureus ATCC 6538; Formato de sodio; Fosfato de Potasio Dibásico; Solución salina fisiológica; Varillas; Tween; Platinum Taq DNA polimerasa; Colorante ROX de referencia (solo si se utiliza el ABI 7500); Autoclave, Balanza analítica, Balanza granataria, Baño de agua, Bomba, Caja de luz UV, Datalogger, Homogeneizador, Horno, Horno de microondas, Incubadora, Micropipetas, Motor de licuadora, Plataforma con agitación, Potenciómetro, Refrigerador, Replicador, Sellador de placas, Termómetro. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 139 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 14. Realizar las determinaciones de residuos de plaguicidas de los productos agrícolas frescos mínimamente procesados, de conformidad con los lineamientos establecidos. 25501; 25901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Cromatógrafo; Ultracongelador; Baño ultrasónico; Evaporador; Campana de extracción; Balanza analítica; Cámara de vacío; Vórtex; Micropipetas; Bomba; Vaso de precipitado; Manguera de succión; Columnas de C18; Puntas para micropipeta; Sistema de filtración al vacío; Tiras reactivas; Frasco 1L; Matraz; Viales; Agua, grado HPLC; Metanol, grado HPLC; Acetato de Etilo, grado HPLC; Isopropanol; Tiosulfato de sodio; Gas acarreador Helio de ultra alta pureza UN 10.46; Lindano, pureza ≥ 99.00%; 4,4´- DDT, pureza ≥ 99.00%; Endrin, pureza ≥ 99.00%; Cianazina, pureza ≥ 99.00%; Aldrin, pureza ≥ 99.00%; Dieldrin, pureza ≥ 99.00%; Pendimetalina, pureza ≥ 99.00%; Trifluralina, pureza ≥ 99.00%; Metoxicloro, pureza ≥ 99.00%; Alacloro, pureza ≥ 99.00%; Clordano, pureza ≥ 99.00%; Sonicador; Centrífuga; Motor de licuadora; Procesador de alimentos; Tubos para centrífuga; Jeringas; Cuchillo; Tablas de picar; Espátula; Vasos; Microfiltros; Engarzadora; Liners; Conectores; Ferrules; Acetonitrilo; 2-Propanol; Agua Desionizada Tipo 1; Ácido acético; Kit de Extracción QUECHERS Método AOAC 2007.01; Kit de Limpieza QUECHERS Método AOAC 2007.01; Permetrina; Paratión; Diazinón; Malatión; Carbarilo; Oxamil; Balanza analítica, Baño ultrasónico, Bomba, Campana de extracción, Centrífuga, Cromatógrafo, Evaporador, Micropipetas, Motor de licuadora, Procesador de alimentos, Sonicador, Ultracongelador. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 15. Cumplir con el número de visitas programadas para la toma de muestras de agua y producto en las áreas de cosecha de moluscos bivalvos, así como el envío de muestras a los LESP. 21101; 21601; 25501; 26102; 27101; 29601; 32502; 32505; 33604; 33901; 35501; 37501; 53201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Cinta canela; Cinta testigo; Baterías; Etiqueta autoadherible; Tabla de apoyo para campo con clip; Gel antibacterial; Bolsa estéril con cierre hermético; Bolsa de plástico; Gel antibacterial; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Frasco de plástico esterilizable; Hielera de plástico o polipropileno; Caja térmica de plástico o polipropileno; Refrigerante; Refacciones de vehículos; Material impreso; Gastos de alimentación y hospedaje; Gasolina; Chalecos salvavidas; Arrendamiento de lancha; Casetas/peaje; Gastos de camino; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Renta de vehículo; Termómetro; Medidor de oxígeno disuelto, temperatura y ph; GPS. 140 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 16. Notificar los resultados de análisis de las determinaciones realizadas en agua y producto a la COFEPRIS de manera mensual a través del sistema electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. NA NA NA APCRS 17. Realizar el monitoreo de fitoplancton en agua de mar, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 21101; 25101; 25501; 26102;27101; 27201; 29601; 32505; 33603; 35401; 35501; 35701; 53201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Tabla de apoyo para campo con clip; Etiqueta autoadherible; Material impreso; Chalecos salvavidas; Cámara de conteo de utermön; Capilares planos; Microslides; Celdas de Sedgwick-Rafter; Válvulas de retención de agua; Aditivos; Lubricantes para vehículos; Disco secchi; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Frasco de polipropileno; Autoclave de boca ancha con tapa de rosca; Tubos rígidos de PVC con válvula de tención; Gel antibacterial; Hielera de plástico o polipropileno; Caja térmica de plástico o polipropileno; Lugol; Medidor de oxígeno disuelto, temperatura y ph; Microscopio invertido o de campo; Piola; Pipeta pasteur; Pisetas; Plomos con forma de disco; Portaobjetos; Cubreobjetos de vidrio esmerilado; Recipientes de plástico con rangos de profundidad marcados; Tubos para cámara de sedimentación; Refrigerante; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Arrendamiento de lancha; Gasolina; Refacciones de vehículos; Mantenimiento y conservación de equipo especializado; Mantenimiento de equipo e instrumentos; Botellas oceanográficas; Redes para fitoplancton. APCRS 18. Notificar los resultados de análisis de agua de mar a la COFEPRIS de manera mensual a través del sistema electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101; 21401; 31603 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet. LESP 19. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para agua (coliformes fecales) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 25101;25501;25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave; Horno; Incubadora; Termómetro; Potenciómetro; Pipetas; Frascos de vidrio; Tubos de cultivo; Campanas de fermentación; Gradilla; Caldo lauril sulfato triptosa; Caldo EC; Triptosa; Lactosa; Fosfato dipotásico; Fosfato monopotásico; Cloruro de sodio; Lauril sulfato de sodio; Agua destilada; Mezcla de sal de bilis; Tubos de ensayo; Tubos de fermentación invertidos; Caldo Lactosado; Extracto de carne; Peptona; Tripticasa; Fosfato monobásico de Potasio; Agar; Sales biliares No. 3; Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Enterobacter aerogenes ATCC 13048; Baño de agua; Balanza; Frasco con tapa de rosca; Lámpara UV; Lentes protectores; Cuchillo; Pinzas; Tijeras; Cuchara; Espátula; Licuadora; Caldo Lauril; Caldo EC; Caldo MR-VP; Caldo citrato de Koser; Medio EC-MUG; Hidróxido de sodio; Fosfato de Sodio monobásico; Reactivo de Kovacs; Reactivos para la coloración de GRAM; Bacto triptosa; Bacto lactosa; Fosfato potásico (dibásico y monobásico); Bacto sales biliares No. 3; Proteasa peptona o polipeptona; Peptona o gelizante; Rojo neutro; Cristal violeta; Eosina; Azul de metileno; Peptona tamponada; Tetrahidrato de fosfato de sodio y amonio; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Citrato de Sodio dihidratado; p-dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico (normal); HCI concentrado; Reactivo Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 141 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo de Voges-Proskauer (VP); Alfa-naftol; Alcohol absoluto; Hidróxido de potasio; Etanol; Oxalato de amonio; Indicador rojo de metilo (R44); Lodo de Gram; Yodo; Yoduro de potasio; Colorante de contraste; Safranina O; 4-metilumbelliferyl-beta- D-glucurónido (MUG); Estereoscópico; Propipeta; Contador; Bomba; Cucharón; Picahielos; Destapador; Abrelatas; Recipientes; Porta asa; Portaobjetos; Material para envolver esterilizable; Membranas para filtración; Sistema de filtración; Matraz; Botellas de borosilicato; Asa bacteriológica; Casitona; Tiopeptona; Tiotona; Triptona; Extracto de levadura; Dextrosa; Fosfato de Potasio; Desoxicolato de Sodio; Sulfito de Sodio; Fucsina básica; Agua grado reactivo; Polipeptona; Fosfato dihidrógeno Potásico; Homogeneizador; Bolsas de polietileno; Cinta testigo; Frasco de dilución; Mechero Bunsen; Probeta; Tubos de fermentación; Vasos de licuadora; Frasco con tapa de rosca; Caldo A-1; Caldo triptona al 1%; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Agar; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Regulador de fosfatos solución concentrada; E. coli ATCC 25922; Baño de agua, Horno, Autoclave, Termómetro, Balanza granataria. LESP 20. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para producto (E. coli, Salmonella sp, Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 25101; 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Incubadora; Sellador de placas; Lámpara UV; Mechero Bunsen; Guantes; Lentes de seguridad; Frasco estéril; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH 7.2 ± 0.2 (S); Agua Tipo I estéril; Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Klebsiella aerogenes ATCC 25923; Autoclave; Baño de agua; Homogeneizador; Potenciómetro; Termómetro; Balanza; Cinta testigo; Cuchara; Cuchillo desconchador; Espátula; Gradilla; Pinzas; Pipetas; Probeta; Tubos de fermentación; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC; Caldo Lauril Triptosa; Caldo MR-VP; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de Voges-Proskauer (VP); Enterobacter aerogenes ATCC 13048; E. coli ATCC 25922; Micropipetas; Matraz; Botellas; Puntas para micropipeta; TBX; Cabina de seguridad biológica; Refrigerador; Motor de licuadora; Tijeras; Martillo; MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua peptonada al 0.1%; Tween 80; Agua deionizada; Glutamato de sodio; Lactosa; Formato de sodio; L-Cisteína; L(-) Acido aspártico; L(+) -Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Citrato de fierro III; Cloruro de calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Púrpura de bromocresol; Cloruro de amonio; Agua destilada; Digerido enzimático de caseína; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D- glucurónido ácido (BCIG); Dimetil sulfóxido (DMSO); Agar; E. coli ATCC 25922 o ATCC 8739; E. faecalis ATCC 29212 o ATCC 19433; Cuchillo; Bisturíes; Mecheros; Solución peptonada salina; TBX; Horno; Bomba; Asa de platino, níquel o desechables; Equipo de filtración con trampa; Filtros de membranas estériles; Manguera de hule; Tiras reactivas; Escobillones; Charolas; Paños; Contenedor estéril; Caldo de Muller-Kauffmann Tetrationato Novobiocina MKTTn; Caldo Dey-Engley; Caldo Lactosado; Caldo Nutritivo; Caldo Soya Tripticaseína CST; Caldo Tetrationato sin verde Brillante CTT; Medio de Rappaport-Vassiliadis con soya RVS; Medio L-Lisina descarboxilasa; 2-metilbutan-2-ol; Yoduro de potasio; Yodo; 4-Dimetilaminobenzaldehído; Ácido clorhídrico; Agua Peptonada amortiguada; Alcohol; a-naftol; Antisuero somático (O) polivalente de Salmonella spp; Azul de bromotimol; Carbonato de Calcio; Citrato de fierro (III); Xilosa; Cloruro de Sodio; Desoxicolato de sodio; Digerido enzimático de soya; Extracto de carne; Extracto de levadura en polvo; Fosfato de Potasio Dibásico; Fosfato de Potasio Monobásico; 142 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 20. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para producto (E. coli, Salmonella sp, Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 25101; 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Fosfato de Sodio Dibásico Dodecahidratado; Fosfato de Sodio Dibásico (anhidro); Fosfato de Sodio Monobásico; Fucsina ácida; Glucosa; Hidróxido de Potasio; Verde brillante; Tolueno; Hidróxido de Sodio; Leche descremada; L-Lisina; Monoclorhidrato de L-lisina; Monohidrato de creatina; Triton X-100; Urea; Novobiocina (sal sódica); O-Nitrofenil -D-galactopiranosido ONPG; Ox sales biliares uso bacteriológico; Oxalato de verde malaquita; Peptona; Reactivos para la reacción de Indol; Reactivos para la reacción VP (α -naftol y KOH); Rojo de fenol; Sacarosa; Salicina; Solución de creatina; Solución salina fisiológica; Sulfato de Fierro (anhidro); Sulfato de Potasio; Sulfato Ferroso; Sulfito de bismuto (indicador); Tergitol 7 Aniónico; Antisuero flagelar polivalente; Salmonella Typhimurium ATCC 14028; Salmonella diarizonae ATCC 12325; Salmonella abortus equi ATCC 9842; Varilla de vidrio; Tubos de cultivo o de ensayo; Lámpara; Bolsas de polietileno; Aparato de filtración; Membranas; Agua Peptonada Alcalina; Caldo Glucosa de Hugh-Leifson; Medio Base de Descarboxilasa (Arginina, Lisina y Ornitina); Caldo Triptona; Caldo Soya Tripticasa (TSB); Agar; Caldo Rojo de Metilo y Vogues Proskauer(RM-VP); Medio para prueba de movilidad (Semisólida); Extracto de levadura; Proteosa peptona; Citrato de sodio dihidratado; Sales biliares; Bilis de buey; Citrato férrico; Azul de timol; Rojo de cresol; Celobiosa; Colistina; Polimixina B; Triptona; Tripticasa; Gelatina; Dextrosa; Tiosulfato de sodio; Tristona; L-Arginina (hidrocloruro); Polipeptona; Gelisato; Alcohol etílico; Alfa Naftol; N,N,N,N- Tetrametil-p-Fenilendiamino; p-dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico; Rojo de metilo; Datalogger; Plataforma con agitación; Horno de microondas; Caja de luz UV; Replicador; Papel filtro; Bolsas tolerantes al calor y sellador; Tubos de plástico; Microplacas de titulación; Membranas de nylon; Mamparas de malla; Varillas; Palillos de madera; Cajas Petri desechables y estériles; Placas; Asa bacteriológica; Cepillos estériles; Forceps; Caldo Extracto de levadura Casaminoácidos (CAYE); Medio para prueba de movilidad-1% Cloruro de Sodio; Caldo T1N0; Caldo T1N3; Caldo T1N6; Caldo T1N8; Caldo T1N10; Dig-11-dUTP; CSPD; Caldo Urea; Tween; Bicarbonato de Sodio; Fitona; Soytona; Sangre de oveja desfibrinada; Casaminoácidos; Sulfato de Magnesio; Cloruro de Manganeso; Cloruro de Fierro; Fosfato de Sodio dibásico anhidro; Fosfato monopotásico; Sulfato de Polimixina B; Colato de Sodio; Oxgall; Glicerol; Antisuero polivalente V. cholerae O1; Antisuero polivalente V. cholerae O139; Kit de detección de enterotoxina VET-RPLA TD920A; Acetato de amonio; Dodecil sulfato de sodio; Trizma Base; Cloruro de Magnesio; Proteinasa K; Solución de bloqueo; Anti- Fosfatasa digoxigénica alcalina, Fragmentos Fab; Reactivos para Tinción de Gram; Termobloque; Termociclador; Centrífuga; Congelador; Vasos de licuadora con tapa; Puntas para PCR con filtro libres de DNAsas y RNAsas; Tubos; Tiras 8- tubos; tdh 89F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ TCCCTTTTCCTGCCCCC; tdh 321R desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGCTGCCATTGTATAGTCTTTATC; Oligonucleótido tdh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ TGACATCCTACATGACTGTG y modificación 5'FAM-3'MGBNFQ; Oligonucleótido trh 20F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ TTGCTTTCAGTTTGCTATTGGCT; Oligonucleótido trh 292R desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ TGTTTACCGTCATATAGGCGCTT; Oligonucleótido trh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ AGAAATACAACAATCAAAACTGA y modificación 5'TET-3'MGBNFQ; Oligonucleótido IAC 46F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 143 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 20. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para producto (E. coli, Salmonella sp, Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 25101; 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO 5´a 3´ GACATCGATATGGGTGCCG; Oligonucleótido IAC 186R desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGAGACGATGCAGCCATTC; Oligonucleótido tlh 884F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ ACTCAACACAAGAAGAGATCGACAA; Oligonucleótido tlh 1091R desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ GATGAGCGGTTGATGTCCAA; tlh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGCTCGCGTTCACGAAACCGT y modificación 5'TexasRed-3'BHQ; tlh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGCTCGCGTTCACGAAACCGT y modificación 5'JOE-3'BHQ2; Platinum Taq DNA polimerasa; dNTP’s, mezclados y en la misma concentración 10mM; Colorante ROX de referencia; Potasio dihidrógeno fosfato; Agua grado PCR; Agua tipo I; Disodio hidrógeno fosfato anhidro; E. coli ATCC 11229; Staphylococcus aureus ATCC 6538; Autoclave, Balanza analítica, Balanza granataria, Baño de agua, Bomba, Cabina de seguridad biológica (CBS), Caja de luz UV, Cámara de vacío, Datalogger, Homogeneizador, Horno, Horno de microondas, Incubadora, Micropipetas, Motor de licuadora, Plataforma con agitación, Potenciómetro, Refrigerador, Replicador, Termómetro. LESP 21. Realizar análisis de biotoxinas marinas en moluscos bivalvos de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas para detección de PSP, ASP y DSP en los Estados con litoral en el Océano Pacífico y PSP, ASP, DSP y NSP en los Estados del Golfo de México) de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS. 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Cromatógrafo; Centrífuga; Campana de extracción; Lector profesional; Vórtex; Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Motor de licuadora; Pipeteador; Servicios de instalación de equipo e instrumental médico. Balanza; Cronómetro; Tubos; Puntas para micropipeta; Viales; Filtro ccrodiscos 0.45µm PVDF; Matraz; Columna analítica; Guarda-columna; Escobillones; Espátula; Forceps; Charolas; Paños; Vasos de licuadora; Contenedores estériles; Careta; Lentes de protección; Vaso de precipitado; Papel filtro; Tubos de centrífuga; Equipo de filtración para la fase móvil; Membrana de filtración; Tubos de polipropileno; Columnas Vydac; Precolumna y guardacolumna; Bureta; Frasco; Acetonitrilo grado HPLC o UV; Metanol grado HPLC o UV; Ácido Trifluoroacético grado espectrofotométrico; L- triptófano; Solución estándar de referencia de 103.3 µg ácido domóico; Estándar secundario de ácido domóico; Fosfato de Potasio monobásico; Peptona; Cloruro de Sodio; Agua destilada; Kit Scotia Rapid Test-ASP; kit Reveal 2.0 ASP (Neogen ítem 9560); Kit de arranque para biotoxinas marinas (Neogen ítem 9563); Desionizador de agua; Baño de agua; Incubadora; Lector de microplacas; Kit de ácido okadaico-PP2A de 96 pozos; Hidróxido de Sodio; Ácido Clorhídrico; Potenciómetro; Termómetro; Placa de calentamiento; Micropipeta; Magnetos; Tiras reactivas; Probeta; Pipeta; Guantes; Jeringas estériles; Agujas estériles del No. 26G; Vidrios de reloj; Jaulas; Ratones sanos; Agitador; Solución estándar de Dihidrocloruro de Saxitoxina (PSP); Solución buffer pH 2.0 con certificado trazable al NIST; Solución buffer pH 7.0 con certificado trazable al NIST; Agua desionizada; Kit AquaBC Rapid Testing PSP; Agitador de microplacas, Balanza, Balanza analítica, Balanza granataria, Baño de agua, Campana de extracción, Centrífuga, Cromatógrafo, Cronómetro, Desionizador de agua, Incubadora, Lector de microplacas, Lector profesional, Micropipetas, Motor de licuadora, Pipeteador, Placa de calentamiento, Potenciómetro, Refrigerador, Termómetro, Ultracongelador, Vórtex. LESP 22. Realizar las determinaciones de fitoplancton en agua de mar con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 25501; 25901 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS Cámara de Sedimentación Utermohl; Vaselina; Pipeta; Portaobjetos; Cubreobjetos; Acetato de Lugol; Vaso de precipitado; Frasco; Cámara de volumen fijo Sedgwick Rafter; Matraz; Probeta; Pipeta Pasteur; Jeringas; Manguera de látex; Papel parafilm; Gasas; Solución fijadora de Acetato Lugol; Yoduro de Potasio; Yodo; Ácido acético glacial; Agua destilada. 144 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 23. Ratificar o notificar el nombre del personal responsable estatal de los programas de sal y harinas para el ejercicio 2025. 21101; 21401;31603; 32301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Arrendamiento de equipo de cómputo. APCRS 24. Enviar actualización del padrón estatal de salineras, envasadoras de sal y molinos de harina de trigo y maíz. 21101;21401; 31603; 32301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS Arrendamiento de equipo de cómputo; Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet; Disco duro externo de 1 a 4 TB. APCRS 25. Realizar visitas de verificación a las salineras y envasadoras de sal tomando como referencia el padrón actualizado. 21101;21401; 25101; 25501;26102; 32502; 33603; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Papelería; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Memorias USB; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastilla DPD; Rojo fenol; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Arrendamiento de vehículos terrestres; Impresión de sellos autoadheribles para muestreo; Actas de verificación; Solicitud de análisis; Órdenes; Citatorios; Cédulas; Papel seguridad; Formato para solicitud de muestras; Fajillas; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos; Hojas de papel bond tamaño carta. APCRS 26. Realizar el muestreo de sal durante las visitas de verificación sanitaria para constatación de adición de nutrimentos (yodo y flúor), en envasadoras y también en puntos de venta de sal, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 21101;21601; 25401; 25501;26102; 27201; 32502;33603; 33901; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Jabón; Gel antibacterial; Combustible; Arrendamiento de vehículos terrestres; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos; Cofias o cubrepelo; Cubrebocas; Guantes de látex; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Impresión de sellos autoadheribles para muestreo; Etiqueta autoadherible para identificación de muestra; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 145 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 27. Realizar visitas de verificación a los molinos de harinas de maíz y trigo tomando como referencia el padrón actualizado. 21101;21401; 25101; 25501;26102; 32502; 33603; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Papelería; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Memorias USB; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastilla DPD; Rojo fenol; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Arrendamiento de vehículos terrestres; Impresión de sellos autoadheribles para muestreo; Actas de verificación; Solicitud de análisis; Órdenes; Citatorios; Cédulas; Papel seguridad; Formato para solicitud de muestras; Fajillas; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos; Hojas de papel bond tamaño carta. APCRS 28. Realizar el muestreo de harinas de trigo y maíz durante las visitas de verificación sanitaria para constatación de adición de nutrimentos (zinc. ácido fólico y hierro), en molinos de harinas de maíz y trigo, también en puntos de venta de estos productos de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 21101;21601; 25401; 25501;26102; 27201; 32502;33603; 33901; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Jabón; Gel antibacterial; Combustible; Arrendamiento de vehículos terrestres; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos; Cofias o cubrepelo; Cubrebocas; Guantes de látex; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Impresión de sellos autoadheribles para muestreo; Etiqueta autoadherible para identificación de muestra; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino. APCRS 29. Notificar los resultados de análisis de los productos de sal y harinas a la COFEPRIS de manera mensual mediante el sistema electrónico autorizado en los formatos oficiales, incluyendo la cédula aplicada de la constatación de la adición de nutrimentos a sal y harinas de los establecimientos visitados (salineras, envasadoras de sal y molinos de trigo y maíz) de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101;21401; 25501; 26102;31603; 32301; 35501; 37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; SERVICIOS DE INTERNET;ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet; Arrendamiento de equipo de cómputo; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Etiqueta autoadherible; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos. 146 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 30. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. LESP 31. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para sal (yodo y flúor), de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25501;25901; 35401; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Balanza analítica; Matraz; Bureta; Papel filtro; Botellas de vidrio ámbar; Ácido Sulfúrico; Yodato de Potasio anhidro; Almidón; Agua destilada; Yoduro de Potasio; Tiosulfato de Sodio; Placa de calentamiento; Vaso de precipitado; Ácido clorhídrico; Ácido Ortofosfórico de 85% mínimo; Ácido salicílico; Dicromato de Potasio; Agua de Bromo; Anaranjado de Metilo; Ácido Ortofosfórico concentrado; Micropipetas; Potenciómetro; Agitador magnético; Barra magnética cubierta de teflón; Pipeta; Electrodo; Cloruro de sodio (NaCl), grado reactivo libre de Flúor; Fluoruro de sodio o solución certificada de ion Flúor de 1000 mg de F/L; Solución amortiguadora TISAB II; Ácido acético glacial; Agitador magnético, Balanza analítica, Micropipetas, Placa de calentamiento, Potenciómetro. LESP 32. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para harinas (zinc. ácido fólico y hierro), de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25101;25501; 25901; 35401; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave; Centrífuga; Incubadora; Espectrofotómetro; Micropipetas; Matraz; Tapones; Agar bacteriológico; Bacto Lactobacilli MRS-agar (MRS-agar); Caldo Bacto Lactobacilli MRS; Caldo Micro Inoculum; Medio de prueba para ácido fólico; Alcohol etílico absoluto; Amilasa; Cloruro de calcio fundido o granulado; Cristales de cloruro de sodio; Fosfato ácido di-potásico anhidro; Fosfato diácido de potasio anhidro; Hidróxido de sodio en lentejas; Lactosa; Leche descremada en polvo grado reactivo; Lactobacillus casei ATCC 7469; Espectrómetro; Estufa; Mufla; Fuente de radiofrecuencia; Automuestreador y recirculador de agua; Placa de calentamiento; Horno de microondas; Balanza analíticaBomba; Crisoles de platino; Crisoles vycor; Embudo de filtración; Papel filtro; Perlas de ebullición; Puntas de plástico para micropipetas; Recipientes; Sistema de reflujo; Tubos de ensayo; Varillas de plástico; Lámparas de cátodo hueco o de descarga sin electrodos; Ácido Clorhídrico; Ácido Nítrico; Ácido perclórico; Ácido sulfúrico; Agua destilada deionizada con un grado máximo de conductividad de 1 µmho/cm a 25ºC; Aire comprimido; Borohidruro de sodio; Cloruro de Potasio; Hidróxido de sodio granalla reactivo RA; Jabón neutro; Nitrato de Magnesio hexahidratado; Peróxido de hidrógeno; Solución Estándares de referencia certificadas de Fe; Solución Estándares de referencia certificadas de Zinc; Yoduro de Potasio; Solución Estándares de referencia certificadas de Cd; Solución Estándares de referencia certificadas de Pb; Óxido nitroso grado absorción atómica; Argón grado absorción atómica; Nitrógeno grado absorción atómica; Sulfato o Cloruro de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Solución de As de 1 µg/mL; Automuestreador y recirculador de agua, Balanza analítica, Bomba, Fuente de radiofrecuencia, Horno de microondas, Micropipetas, Placa de calentamiento. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 147 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 33. Participar en las reuniones de trabajo sobre Zoonosis-Brucelosis. 29401; 31603; 35301 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMÁTICOS Mouse; Teclado; Monitor; Cámara; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet. APCRS 34. Enviar a la COFEPRIS los informes de las reuniones intersectoriales que coordine el Área Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios para la revisión de la situación de la brucelosis en la entidad federativa. 21101;21201; 29401; 31801; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 35. Enviar a la COFEPRIS el padrón actualizado de elaboradores y puntos de venta de productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico, que se comercializan en la entidad federativa. 21101;21201; 21301; 26102;29401; 31801; 35301;35501; 37201; 37501; 37901 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIAL ESTADISTICO Y GEOGRÁFICO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Publicaciones relacionadas con información estadística y geográfica; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Viáticos a comunidades y zonas rurales. APCRS 36. Enviar a la COFEPRIS los resultados del monitoreo de Brucella spp en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico comercializados en la entidad federativa. 21101;21201; 25501; 26102;27101; 27201; 29401;31801; 33901; 35301;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Cinta canela; Marcatextos; Marcador; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Hielera; Gel desinfectante; Cucharón; Frascos de boca ancha con tapa rosca estéril; Etiquetas autoadheribles; Gel refrigerante; Coladera de acero grado alimenticio; Bolsa cierre hermético; Agitador de acero inoxidable; Termómetro; Subcontratación de servicio analítico con terceros para determinación de Brucella spp en productos lácteos; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Overol; Bata; Filipina; Cubrebocas; Cofias; Cubrepelo; Guantes. APCRS 37. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la fortificación de alimentos (brucelosis), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. 148 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 38. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (leche) no sometidos a tratamiento térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25501;25901; 27201; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Autoclave; Ultracongelador; Termociclador; Incubadora; Gabinete de bioseguridad; Centrífuga; Termomezclador, Congelador; Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos; Analizador de fragmentos; Homogeneizador; Campana de extracción; Refrigerador; Documentador de geles o transiluminador con luz UV; Micropipetas; Potenciómetro; Balanza granataria; Cronómetro; Incinerador; Microcentrífuga; Horno de microondas; Termómetros o dataloggers; Bolsas y clip de cierre para bolsas; Contenedores rígidos; Gasas; Gradilla; Guantes; Paños antiestáticos; Papel parafilm; Placas de reacción para qPCR de 96 pozos; Puntas para PCR; Tubos de polipropileno; Cuchara; Espátula; Bata; Cubrebocas; Cofias; Zapatones; Lentes de protección; Mascarilla de concha o equivalente; Bolsas; Medio de cultivo para el crecimiento o proliferación de Brucella spp; Estuche comercial "High Pure Template Preparation kit"; Etanol o Isopropanol al 70%; Hipoclorito de sodio al 1% (p/v) o al 10% (v/v); Enzima polimerasa Taqman ultrapura de inicio en caliente; BRU1S711F gct tga agc ttg cgg aca gt; BRU1S711R ggc cta ccg ctg cga at; Sonda 1S711 aag cca aca ccc ggc cat tat ggt 5’FAM-3’TAMRA; "Control Interno de Amplificación; Exogenous IPC Reagents VIC Probe, Cat 4308321/4308323"; Solución amortiguadora PBS 1X comercial o preparado; Mezcla Maestra Taqman Enviromental Master Mix 2.0; Solución amortiguadora para PCR 10X; Cloruro de magnesio (MgCl2) 25mM; dNTP’s con dUTP (equimolar) 10mM; Colorante de referencia pasiva ROX 25µM; Oligos y sonda para el control interno de amplificación; Suplemento selectivo modificado para agregarse al caldo Brucella Oxoid, Cat SR0209E; Polimixina B; Bacitracina; Natamicina; Ácido nalidíxico; Nistatina; Vancomicina; Agarosa grado biología molecular; Agente intercalante para electroforesis; Inactivador o solución inactivadora de bromuro de etidio; Solución amortiguadora de carga 6x; Solución amortiguadora Tris Acetato-EDTA (TAE) 50X; Tris base; Ácido bórico; EDTA; Clorhidrato de lisozima (cristales); Isopropanol absoluto reactivo grado analítico; Solución Tris–HCl, 10mM, pH 8.0; ATCC Brucella ovis Buddle 1956; Tubo para PCR de 0.2 mL; Pipetas; Puntas para micropipetas; Tubos con capacidad de 1,5mL con tapa; Bolsas de polietileno; Probeta; Matraz; Paños absorbentes; Ácido acético glacial grado analítico; Ácido bórico ultrapuro; Agua grado biología molecular libre de nucleasas; Agua tipo I; Bromuro de etidio 10 mg/mL; Cloruro de sodio grado analítico; Suplemento selectivo modificado para Brucella; Estuche comercial "Fast Start Taq DNA polymerase"; Etanol; Fosfato de sodio dibásico anhidro grado analítico; Fosfato de sodio monobásico grado analítico; Hidróxido de sodio en lentejas grado analítico; PCR nucleotide mix. Dinucleótidos Trifosfato (dNTP’s) 10 mM cada uno dATP, dCTP, dGTP, dTTP; TRIS HCl-base grado biología molecular; Iniciadores Bru 1 (5´gCgCTCAggCTgCCgACgCAA3´) 800 pb y 680 pb; Iniciadores Bru 3 (5´CCAgCCATTgCggTCggTAC3´) 190 pb; Iniciadores Bru 4 (5´ACCCCAgACAgCCCAA3´) pb y 680 pb; Tampón de carga 6x; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19 a 1114pb); Tampón Tris Acetato-EDTA (TAE) concentrado 10X; Ciclohexamida; Brucella spp; Analizador de fragmentos, Autoclave, Balanza granataria, Cabina de seguridad biológica (CBS), Cámara de electroforesis, Campana de extracción, Centrífuga, Congelador, Cronómetro, Documentador de geles o transiluminador con luz UV, Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos, Gabinete de bioseguridad, Homogeneizador, Horno de microondas, Incinerador, Incubadora, Microcentrífuga, Micropipetas, Potenciómetro, Refrigerador, Sistema fotodocumentador, Termobloque, Termociclador, Termómetros o dataloggers, Termomezclador, Ultracongelador. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 149 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 39. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (queso) no sometidos a tratamiento térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25501;25901; 27201; 35401 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Autoclave; Ultracongelador; Termociclador; Incubadora; Gabinete de bioseguridad; Centrífuga; Termomezclador; Congelador; Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos; Analizador de fragmentos; Homogeneizador; Campana de extracción; Refrigerador; Documentador de geles o transiluminador con luz UV; Micropipetas; Potenciómetro; Balanza; Cronómetro; Incinerador; Microcentrífuga; Horno de microondas; Termómetros o dataloggers; Bolsas y clip de cierre para bolsas; Contenedores rígidos; Gasas; Gradilla; Guantes; Paños antiestáticos; Papel parafilm; Placas de reacción para qPCR de 96 pozos; Puntas para PCR; Tubos de polipropileno; Cuchara; Espátula; Bata; Cubrebocas; Cofias; Zapatones; Lentes de protección; Mascarilla de concha; Bolsas; Medio de cultivo para el crecimiento o proliferación de Brucella spp; High Pure Template Preparation kit; Etanol o Isopropanol al 70%; Hipoclorito de sodio al 1% (p/v) o al 10% (v/v); Enzima polimerasa Taqman; BRU1S711F gct tga agc ttg cgg aca gt; BRU1S711R ggc cta ccg ctg cga at; Sonda 1S711 aag cca aca ccc ggc cat tat ggt 5’FAM-3’TAMRA; "Control Interno de Amplificación Exogenous IPC Reagents VIC Probe, Cat 4308321/4308323 o PCR Internal Control DNA/FDA Vp Assay for tl, Cat 760-0001 o ADN control positivo endógeno para detección del gen RNAsa P que codifica para la ribonucleasa P humana"; Solución amortiguadora; Mezcla Maestra Taqman Enviromental Master Mix 2.0, Applied Biosystems, Cat 4398044 o Taqman Fast Universal PCR Master Mix (2x), No AmpErase UNG, 50mL, Applied Biosystems, Cat 4367846 o Taqman Gene Expression Master Mix, 5mL. Applied Biosystems, Cat 4369016; Cloruro de magnesio (MgCl2) 25mM dNTP’s con dUTP (equimolar) 10mM; Colorante de referencia pasiva ROX 25µM; Oligos y sonda para el control interno de amplificación; Suplemento selectivo modificado para agregarse al caldo Brucella Oxoid, Cat SR0209E; Polimixina B; Bacitracina; Natamicina; Ácido nalidíxico; Nistatina; Vancomicina; Agarosa grado biología molecular; Agente intercalante para electroforesis; Inactivador o solución inactivadora de bromuro de etidio; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19pb-1114pb); Tris base; Ácido bórico; EDTA; Clorhidrato de lisozima (cristales); Isopropanol absoluto reactivo grado analítico; Solución Tris–HCl, 10mM, pH 8.0; ATCC Brucella ovis Buddle 1956, cepa vacunal o su ADN control positivo; Tubo para PCR de 0.2 mL; Pipetas; Puntas para micropipetas; Tubos con capacidad de 1,5mL con tapa; Bolsas de polietileno; Cuchillo acero inoxidable; Probeta; Matraz; Ácido acético glacial grado analítico; Agua grado biología molecular libre de nucleasas; Agua tipo I; Bromuro de etidio 10 mg/mL; Cloruro de sodio grado analítico; Suplemento selectivo modificado para Brucella; Fast Start Taq DNA polymerase; Etanol absoluto; Fosfato de sodio dibásico anhidro grado analítico; Fosfato de sodio monobásico grado analítico; Hidróxido de sodio en lentejas grado analítico; PCR nucleotide mix. Dinucleótidos Trifosfato (dNTP’s) 10 mM cada uno dATP, dCTP, dGTP, dTTP; TRIS HCl-base grado biología molecular; Iniciadores Bru 1 (5´gCgCTCAggCTgCCgACgCAA3´) 800 pb y 680 pb; Iniciadores Bru 3 (5´CCAgCCATTgCggTCggTAC3´) 190 pb; Iniciadores Bru 4 (5´ACCCCAgACAgCCCAA3´) pb y 680 pb; Tampón de carga 6x; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19 a 1114pb); Tampón Tris Acetato-EDTA (TAE) concentrado 10X; EDTA disódico dihidratado, grado biología molecular; Ciclohexamida; Brucella spp; Analizador de fragmentos, Autoclave, Balanza granataria, Cabina de seguridad biológica (CBS), Cámara de electroforesis, Campana de extracción, Centrífuga, Congelador, Cronómetro, Documentador de geles o transiluminador con luz UV, Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos, Gabinete de bioseguridad, Homogeneizador, Horno de microondas, Incinerador, Incubadora, Microcentrífuga, Micropipetas, Potenciómetro, Refrigerador, Sistema fotodocumentador, Termobloque, Termociclador, Termómetros o dataloggers, Termomezclador, Ultracongelador. 150 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 40. Enviar a la COFEPRIS el “Plan de muestreo anual para la vigilancia de la calidad microbiológica del agua para uso y consumo humano proveniente de la red de distribución de los sistemas formales de abastecimiento”, de acuerdo con los Lineamientos Técnicos emitidos por la COFEPRIS. 21101; 21201; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería. APCRS 41. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los resultados del monitoreo de cloro residual libre, de coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia realizado en la entidad federativa. 21101;21201; 25501; 26102;27101;27201;2 9401;29601; 31801; 35301;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastillas DPD; Rojo fenol; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Lentes de protección o googles; Sombrero; Mouse; Teclado; Monitor; Llantas; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Casetas/peaje; Pago de servicio de hospedaje; Viáticos; Pruebas basadas en el método del sustrato cromogénico; Bolsas estériles con tiosulfato de sodio; Frascos estériles; Tiosulfato de sodio; Hielera; Gel refrigerante; Termómetro; Equipo de Incubadora para laboratorio. APCRS 42. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los acuses de las notificaciones realizadas a los responsables del abastecimiento del agua respecto a los resultados fuera de los límites permisibles en la determinación de cloro residual libre, de coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia así como de las acciones realizadas. 21101;21201; 26102; 29401;31801; 35501; 37201;37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de transporte; Pago de servicio de alimentación. APCRS 43. Enviar a la COFEPRIS el Informe de Resultados de la Vigilancia de la Calidad Microbiológica del Agua para Uso y Consumo Humano con base en los resultados de la determinación de cloro residual libre, los análisis bacteriológicos y la detección de Giardia lamblia realizados conforme a los lineamientos establecidos en dicho año. 21101; 21201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 151 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 44. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad microbiológica. 31603; 21101; 35301 SERVICIOS DE INTERNET; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 45. Enviar a la COFEPRIS el programa de muestreo anual para las determinaciones fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados para la vigilancia de la calidad fisicoquímica del agua en la red de distribución y plantas potabilizadoras de los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 21101; 21201; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería. APCRS 46. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 21101;21201; 25501; 26102;27101;27201;2 9401;29601; 31801; 33901;35301; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Marcador permanente; Tóner; Garrafones blancos de polietileno o polipropileno; Mouse; Teclado; Monitor; Frascos de boca ancha; Frascos de vidrio color ámbar; Ácido clorhídrico concentrado; Acetona; Pipetas; Perilla de seguridad; Guantes; Agua destilada; Piseta; Hielera con llave de desague; Gel refrigerante; Hielo potable; Termómetro; Ácido nítrico concentrado; Ácido sulfúrico concentrado; Tubos o viales de vidrio con tapón de teflón; Tiras reactivas para Ph; Etiquetas; Cinta de teflón; Cinta canela transparente; Empaques de goma; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas; Lentes de protección; Mascarilla con respirador; Llantas; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de transporte; Pago de servicio de hospedaje; Pago de servicio de alimentación; Casetas/peaje; Pago de servicio analítico para la determinación de Flúor, Arsénico, Plomo, Plaguicidas y/u otros analitos de riesgo en agua de uso y consumo humano; Potenciómetro. APCRS 47. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones realizadas a los responsables del abastecimiento del agua en localidades, municipios o entidades federativas, respecto a los resultados del monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo. 21101;21201; 26102; 27101;27201;29401; 31801;33901; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de transporte; Pago de servicio de alimentación. 152 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 48. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados del monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo en cada una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa. 21101;21201; 25501; 26102;27101;27201;2 9401;29601; 31801; 33901;35301; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas; Carpetas; Tablas de campo; Folder; Sobres; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Frascos de boca ancha; Garrafones blancos de polietileno o polipropileno; Ácido clorhídrico; Acetona; Pipetas; Guantes; Agua destilada; Piseta; Hielera; Gel refrigerante; Termómetro; Ácido nítrico concentrado; Tubos o viales de vidrio; Empaques de goma; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas; Lentes de protección; Mascarilla con respirador; Llantas; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Servicio de transporte; Hospedaje; Alimentación; Casetas/peaje; Pago de servicio analítico para la determinación de los diferentes parámetros establecidos en la NOM-127-SSA1-2021 o la que la sustituya, en agua de uso y consumo humano de potabilizadoras; Guante; Viáticos; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 49. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones generadas a los organismos responsables y/u operadores de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano de los sistemas de abastecimiento. 21101;21201; 26102; 29401;31801; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de transporte; Pago de servicio de alimentación. APCRS 50. Enviar a la COFEPRIS el informe anual de los impactos en la salud de la población, por las acciones realizadas por el Área Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios respecto al monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo (tomas domiciliares y plantas potabilizadoras). 21101; 21201; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería. APCRS 51. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad fisicoquímica. 31603; 21101; 35301 SERVICIOS DE INTERNET; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 153 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 52. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo prevacacional de playas prioritarias de acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 21101; 21201;25501; 26102; 27101;27201; 29401; 29601;31801; 35301; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Bolsas estériles; Hielera; Gel refrigerante; Hielo; Termómetro; Kit enterolert; Pipetas; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Chalecos salvavidas; Trajes de peto con botas; Mouse; Teclado; Monitor; Llantas; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Pago de servicio de alimentación APCRS 53. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo mensual de playas prioritarias de acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 21101; 21201;25501; 26102; 27101;27201; 29401; 29601;31801; 35301; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Bolsas estériles; Hielera; Gel refrigerante; Hielo; Termómetro; Kit enterolert; Pipetas; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Chalecos salvavidas; Trajes de peto con botas; Mouse; Teclado; Monitor; Llantas; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Pago de servicio de alimentación. APCRS 54. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre la asistencia a las reuniones convocadas por los Comités de Playas, incluyendo información sobre los acuerdos generados durante dichas reuniones o las minutas correspondientes. 21101;21201; 26102; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos. APCRS 55. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a los Comités de Playas, respecto a los resultados del monitoreo de enterococos en agua de mar de playas de uso recreativo con contacto primario, cuando estos resultados rebasen el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las acciones realizadas. 21101; 21201;26102; 29401; 31801;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Mouse; Teclado; Monitor; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos. 154 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 56. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de muestreo de la determinación de Enterococos en agua de mar. 21101; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Servicio de mensajería. APCRS 57. Difundir al interior de los Comités de Playas, la cédula de caracterización de las playas contenidos en el universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los lineamientos de la COFEPRIS. 21101; 21201;26102; 31801; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Servicio de mensajería. APCRS 58. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de la calidad del agua de mar para uso recreativo con contacto primario. 31603; 21101; 35301 SERVICIOS DE INTERNET; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 59. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario. 21101; 21201;25501; 26102; 27101;27201; 29601; 35301;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Bolsas estériles; Hielera; Gel refrigerante; Termómetro; Kit colilert; Pipetas; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Chalecos salvavidas; Zapatos; Trajes de peto con botas; Llantas; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos. APCRS 60. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a la autoridad correspondiente, respecto a los resultados del monitoreo de E. coli en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario que rebasaron el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las acciones realizadas. 21101; 21201;26102; 29401; 31801;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Mouse; Teclado; Monitor; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 155 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 61. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de muestreo de la determinación de E. Coli en cuerpos de agua dulce. 21101; 21201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner. APCRS 62. Difundir con la autoridad correspondiente la cédula de caracterización de cuerpos de agua dulce y sitios de muestreo contenidos en el universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 21101; 21201;26102; 31801; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Servicio de mensajería. APCRS 63. Validar los sitios de muestreo de los cuerpos de agua dulce que deberán ser vigilados por las entidades federativas. 21101; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Servicio de mensajería. APCRS 64. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de cuerpos de agua dulce donde se realicen actividades de uso recreativo con contacto primario. 31603; 21101; 35301 SERVICIOS DE INTERNET; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. LESP 65. Realizar los análisis microbiológicos, en el porcentaje definido respecto al total de las muestras tomadas por el APCRS en el mes, y cuyos resultados están por debajo de lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021. 25101; 25501;25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave; Horno; Incubadora; Termómetro; Potenciómetro; Pipetas; Frascos de vidrio; Tubos de cultivo; Campanas de fermentación; Gradilla; Caldo EC; Lactosa; Cloruro de sodio; Lauril sulfato de sodio; Agua destilada; Mezcla de sal de bilis; Vasos para licuadora; Tubos de ensayo; Caldo Lactosado; Caldo Lauril; Extracto de carne; Triptosa; Agar; Sales biliares No. 3; Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Enterobacter aerogenes ATCC 13048; Baño de agua; Balanza; Frasco con tapa de rosca; Asas bacteriológicas; Lámpara UV; Lentes protectores; Cuchillo; Pinzas; Tijeras; Cuchara; Espátula; Licuadora; Agar eosina azul de metileno de Levin (EMB-L); Caldo Lauril; Agar MacConkey; Caldo EC; Caldo MR-VP; Caldo citrato de Koser; Medio EC-MUG; Hidróxido de sodio; Reactivo de Kovacs; Reactivos para la coloración de GRAM; Bacto triptosa; Bacto lactosa; Bacto sales biliares No. 3; Proteasa peptona o polipeptona; Peptona o gelizante; Rojo neutro; Cristal violeta; Eosina; Azul de metileno; Triptona o tripticasa; Tetrahidrato de fosfato de sodio y amonio; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Citrato de Sodio dihidratado; p- dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico (normal); HCI concentrado; Reactivo de Voges-Proskauer (VP); alfa-naftol; Alcohol absoluto; Hidróxido de potasio; Etanol 95%; Oxalato de amonio; lodo de Gram; Yodo; Yoduro de potasio (Kl); Colorante de contraste; Safranina O; 4-metilumbelliferyl-beta-D-glucurónido (MUG); Microscopio estereoscópico; Propipeta; Contador; Bomba; Sistema de luz 156 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 65. Realizar los análisis microbiológicos, en el porcentaje definido respecto al total de las muestras tomadas por el APCRS en el mes, y cuyos resultados están por debajo de lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021. 25101; 25501;25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO UV; Cucharón de acero inoxidable; Picahielos; Destapador; Abrelatas de acero inoxidable; Recipientes; Porta asa; Portaobjetos; Material para envolver esterilizable; Membranas para filtración; Sistema de filtración; Matraz; Botellas de borosilicato; Casitona ; Tiopeptona; Tiotona; Extracto de levadura; Dextrosa; Fosfato ácido de Potasio; Desoxicolato de Sodio; Sulfito de Sodio; Fucsina básica; Agua grado reactivo; Polipeptona; Homogeneizador; Bolsas de polietileno; Cinta testigo; Cuchillo desconchador; Frasco de dilución; Mechero Bunsen; Probeta; Tubos de fermentación; Agar nutritivo; Caldo A-1; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Agar Cuenta estándar; Diluyente de Peptona al 0.1%; Regulador de fosfatos solución concentrada; E. coli ATCC 25922; Caldo triptona al 1%; Indicador rojo de metilo; Autoclave; Horno; Termómetro; Potenciómetro; Baño de agua; Termómetro de inmersión total; Pipeteador; Balanzas granataria; Marco de pesas; Motor de licuadora; Propipeta; Balanza analítica; Contador de colonias; Agitador; Micropipetas; Sellador de placas; Microscopio estereoscópico; Contador; Bomba; Sistema de luz UV para esterilización de las unidades de filtración; Homogeneizador; Incubadora. LESP 66. Realizar el análisis de Giardia Lamblia de acuerdo a lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021. 25501; 5901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Centrífuga; Micropipeta; Vórtex; Botellas para centrífuga; Charola; Mango para bisturí; Tubos de centrífuga; Sifón; Navajas; Guantes; Sistema de vacío con trampa; Vaso de precipitado; Puntas; Formaldehído al 37% (v/v); Tween 80 al 0.1%; Agua destilada grado reactivo; Kits para determinación de quistes de Giardia lamblia; Termociclador; Kits TaqMan PCR para Giardia lamblia; Kits SYBR Green qPCR para Giardia lamblia; Kits PCR punto final para Giardia lamblia; Centrífuga; Micropipeta; Vórtex; Termociclador. LESP 67. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 25501;25901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Estufa; Autoclave; Centrífuga; Balanza analítica; Placa de calentamiento; Bomba; Celda de cuarzo; Matraz; Crisoles de platino; Lámparas de cátodo hueco o lámparas multi- elemento; Quemadores; Papel filtro; Tubos; Perlas de ebullición; Pipetas; Membranas de filtración; Cajas Petri; Vidrios de reloj; Crisoles vycor; Sistema de reflujo; Varilla de plástico; Recipientes; Papel parafinado; Bolsas de plástico; Viales; L-Ácido ascórbico; Peróxido de Hidrógeno; Óxido nitroso; Acetileno; Ácido nítrico; Hidróxido de sodio; Agua destilada deionizada; Acetona; Hexano; Yoduro de Potasio; Borohidruro de Sodio; Aire comprimido; Disolución patrón; Dicromato de Potasio; Cloruro de Potasio; Nitrato de Magnesio; Sulfato ácido de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Jabón neutro; Agua Tipo I; Disolución de Paladio; Fosfato de amonio monobásico; Disolución de Nitrato de Magnesio hexahidratado de alta pureza; Ácido sulfúrico; Clorhidrato de hidroxilamina; Potenciómetro; Baño María; Agitador; Barra magnética; Frasco con tapón; Papel para secar el electrodo; Piseta; Tubos de ensayo; Vaso de precipitado; Agua grado reactivo; Disoluciones patrón amortiguadoras de pH; Molino; Algodón; Agua destilada; Éter etílico saturado con agua; Solución patrón con pH; Potasio Hidrógeno ftalato; Ácido Cítrico; Potasio Dihidrógeno Ortofosfato; Disodio Hidrógeno Ortofosfato; Motor de licuadora; Tabla para cortar; Embudo; Vasos de licuadora; Microespátula; Cuchillo; Agua destilada grado III; Etanol; Solución reguladora de pH; Biftalato Ácido de Potasio; Fosfato Monobásico de Potasio; Fosfato Dibásico de Sodio; Tetraborato de Sodio Decahidratado; Turbidímetro; Celdas de vidrio; Sistema de filtración; Membrana de celulosa; Sulfato de hidracinio; Hexametilentetramina; Horno; Incubadora; Baño de agua; Comparador electrónico de color; Compensador de temperatura; Comparador manual para tubos Nessler; Comparador visual; Tubos Nessler; Cloruro de Cobalto (II) Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 157 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 67. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 25501;25901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO hexahidratado; Hexacloroplatinato de Potasio; Solución comercial; Soporte universal; Ácido Clorhídrico; Rojo de metilo; Hidróxido de Amonio; Sal disódica dihidratada de EDTA; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Sulfato de Magnesio hexahidratado; Cloruro de Amonio; EDTA sal di-magnésica; Eriocromo negro T; Sal sódica; Calmagita; Carbonato de calcio anhidro; Agua con resistividad megohm-cm a 25°C de 0.2 min; Amoniaco concentrado; 2-Aminoetanol, libre de aluminio y metales pesados; Ácido Perclórico; Espectrofotómetro; Termómetro; Fibra de vidrio; Sulfonato de alquil benceno; Fenolftaleína; Alcohol Etílico; Alcohol Isopropílico; Cloroformo grado espectrométrico; Azul de metileno; Fosfato de sodio monobásico monohidratado; Electrodo; Bureta; Electrodo flúor; Agua tipo II; Fluoruro de Sodio anhidro; TISAB II; Ácido acético glacial; Ácido 1,2 ciclohexilendiaminotetracético (CDTA); Cloruro de sodio; Cronómetro; Nefelómetro; Fotómetro de filtro; Cucharilla medidora; Frascos; Nitrato de Plata; Cloruro de Magnesio hexahidratado; Acetato de Sodio; Nitrato de Potasio; Nitrato de Sodio; Ácido Acético; Sulfato de Sodio; Cloruro de Bario; Lector de microplacas; Micropipeta; Cubiertas adhesivas; Filtro fibra de vidrio; Puntas de pipeta; Puntas desechables; Kit de prueba de ELISA Adda Abraxis; Metanol; Microcistina-LR; Tiosulfato de Sodio; Abrazadera de aluminio; Base de filtro O-ring; Base de soporte; Boquilla para manguera; Columna LC C8; Dispositivo para filtración; Filtro de membrana; Microjeringas; Sistema de liberación muestras; Tapa GL45; Tubos de centrífuga; Tubos de cultivo de fondo redondo; Ácido ethilendiaminotetraacético; Ácido L-ascórbico; Argón; Cristales Trizma preempaquetados; Microcistina-RR; Nodularina-R; Microcistina-LA; Microcistina- LFA; Microcistina-LY; Microcistina-YR; Formiato de amonio; Nitrógeno; C2D5- Microcistina-LR; 2-cloroacetamida; Puntas para micropipeta; Botellas vidrio ámbar; Cartuchos de SPE; Columna de HPLC; Depósito de SPE ; Detector de UV/arreglo de diodo (PDA); Unidad de filtro desechable; Acetonitrilo grado HPLC; Ácido de trifluoroacético; Microcistina-LR; Microcistina-YD; Cromatógrafo; Columna cromatográfica de vidrio Longitud; Columnas capilares DB-VRX; Trampa VOCARB 3000; Trampa VOCARB 4000; Trampas de concentrador; Columna cromatográfica RTX-VMS para análisis de compuestos orgánicos volátiles; Trampa no. 9, de forma en U; Aparato para destilación azeotrópica; Aparato para destilación al vacío; Dispositivo de desorción para medio de captura de aire; Circuito de muestreo de aire; Jeringas; Espátula acero inoxidable; Clorobenceno - d5 en metanol grado estándar; Estándar 4-Bromofluorobenceno (BFB); Estándar 1,4 - difluorobenceno - d4; Estándar D8 Tolueno - d8 en metanol; Estándar Metanol grado cromatográfico; Gas inerte; Bisulfato de sodio grado reactivo; Polientilen glicol; Sustancias de referencia para Benceno; Sustancias de referencia para Etilbenceno; Sustancias de referencia para Tolueno; Sustancias de referencia para Xilenos; Agua libre de compuestos orgánicos; Hexadecano; Charola de plástico; Desecador; Filtro; Papel mylar; Propipeta; Vasos; Acarreador de Bario; Acarreador de Hierro; Barniz transparente; Detergente; Naranja de Metilo; Pulpa de papel; Púrpura de bromocresol; Equipo de filtración; Papel absorvente; Pinzas; Plancheta; Probeta; Estufa; Balanza analítica; Baño de agua; Espectrofotómetro; Micropipetas; Cromatógrafo; Horno; Autoclave; Incubadora; Potenciómetro; Comparador electrónico de color; Baño maría; Compensador de temperatura; Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Centrífuga; Horno de microondas; Placa de calentamiento; Bomba; Fuente de radiofrecuencia; Automuestreador y recirculador de agua; Agitador magnético; Termómetro; Molino; Agitador mecánico; Ultracongelador; Baño ultrasónico; Evaporador; Cámara de vacío; Vórtex; Sonicador; Motor de licuadora; Procesador de alimentos; Turbidímetro. 158 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 68. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en agua de uso y consumo en cada una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa. 25501;25901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Estufa; Autoclave; Centrífuga; Balanza analítica; Placa de calentamiento; Micropipetas; Bomba; Celda de cuarzo; Matraz; Crisoles de platino; Lámparas de cátodo hueco o lámparas multi-elemento; Quemadores; Papel filtro; Tubos; Perlas de ebullición; Pipetas; Membranas de filtración; Cajas Petri; Vidrios de reloj; Crisoles vycor; Sistema de reflujo; Varilla de plástico; Recipientes; Papel parafinado; Bolsas de plástico; Viales; L-Ácido ascórbico; Peróxido de Hidrógeno; Óxido nitroso; Acetileno; Ácido nítrico; Hidróxido de sodio; Acetona; Hexano; Yoduro de Potasio; Borohidruro de Sodio; Aire comprimido; Disolución patrón certificada del metal de interés; Dicromato de Potasio; Cloruro de Potasio; Nitrato de Magnesio; Sulfato ácido de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Jabón neutro; Agua Tipo I; Disolución de Paladio; Fosfato de amonio monobásico; Disolución de Nitrato de Magnesio hexahidratado; Ácido sulfúrico; Clorhidrato de hidroxilamina; Potenciómetro; Baño María; Agitador de vidrio; Agitador; Barra magnética; Frasco con tapón; Papel para secar el electrodo; Piseta; Vaso de precipitado; Agua grado reactivo; Disoluciones patrón amortiguadoras de pH; Molino; Electrodo; Algodón; Agua destilada; Éter etílico saturado con agua; Soluciones patrón con pH 4,0 a 20°C; Solución patrón con pH; Potasio Hidrógeno ftalato; Ácido Cítrico; Potasio Dihidrógeno Ortofosfato; Disodio Hidrógeno Ortofosfato; Motor de licuadora; Tabla para cortar; Embudo; Vasos de licuadora; Microespátula; Cuchillo; Etanol; Solución reguladora de pH; Biftalato Ácido de Potasio; Fosfato Monobásico de Potasio; Fosfato Dibásico de Sodio; Tetraborato de Sodio Decahidratado; Turbidímetro; Celdas de vidrio; Membrana de celulosa; Sulfato de hidracinio; Hexametilentetramina; Horno; Incubadora; Baño de agua; Comparador electrónico de color; Compensador de temperatura; Comparador manual para tubos Nessler; Comparador visual; Sistema de filtración; Cloruro de Cobalto (II) hexahidratado; Hexacloroplatinato de Potasio; Solución comercial; Bureta; Soporte universal; Ácido Clorhídrico; Rojo de metilo; Hidróxido de Amonio; Sal disódica; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Sulfato de Magnesio hexahidratado; Cloruro de Amonio; EDTA sal di-magnésica; Eriocromo negro T; Sal sódica; Cloruro de Sodio; Calmagita; Carbonato de calcio anhidro; Agua con resistividad; Amoniaco concentrado; 2-Aminoetanol, libre de aluminio y metales pesados; Ácido Perclórico; Espectrofotómetro; Termómetro; Fibra de vidrio; Sulfonato de alquil benceno. ABS; Fenolftaleína; Alcohol Etílico; Alcohol Isopropílico; Cloroformo grado espectrométrico; Azul de metileno; Fosfato de sodio monobásico monohidratado; Agitador magnético; Agua tipo II; Fluoruro de Sodio anhidro; TISAB II; Ácido 1,2 ciclohexilendiaminotetracético;Cronómetro;Nefelómetro;Fotómetro de filtro;Cucharilla medidora; Frascos; Nitrato de Plata; Cloruro de Magnesio hexahidratado; Acetato de Sodio; Nitrato de Potasio; Nitrato de Sodio; Ácido Acético; Sulfato de Sodio; Cloruro de Bario; Lector de microplacas; Botella de vidrio ámbar con tapa de rosca; Cubiertas adhesivas; Filtro fibra de vidrio; Puntas para pipeta; Kit de prueba de ELISA Adda Abraxis; Metanol; Microcistina-LR; Tiosulfato de Sodio; Abrazadera de aluminio; Base de filtro O-ring; Base de soporte; Boquilla para manguera; Columna LC C8; Dispositivo para filtración; Filtro de membrana; Microjeringas; Sistema de liberación muestras; Tapa GL45; Ácido ethilendiaminotetraacético; Ácido L-ascórbico; Argón; Cristales Trizma preempaquetados; Microcistina-RR; Nodularina-R; Microcistina-LA; Microcistina-LFA; Microcistina-LY; Microcistina-YR; Formiato de amonio; Nitrógeno; Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 159 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 68. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en agua de uso y consumo en cada una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa 25501;25901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO C2D5-Microcistina-LR; 2-cloroacetamida; Puntas para micropipeta; Cartuchos de SPE; Columna de HPLC; Depósito de SPE; Detector de UV/arreglo de diodo (PDA); Unidad de filtro desechable; Acetonitrilo grado HPLC; Ácido de trifluoroacético; Microcistina-YD; Microcistina-RR; Cromatógrafo; Columna cromatográfica; Columnas capilares DB-VRX; Trampa VOCARB 3000; Trampa VOCARB 4000; Trampas de concentrador; Columna cromatográfica RTX-VMS; Trampa no. 9, de forma en U; Aparato para destilación azeotrópica; Aparato para destilación al vacío; Dispositivo de desorción para medio de captura de aire; Circuito de muestreo de aire; Espátula acero inoxidable; Jeringas; Clorobenceno- d5 en metanol grado estándar; Estándar 4-Bromofluorobenceno(BFB); Estándar 1,4 - difluorobenceno -d4; Estándar D8 Tolueno - d8 en metanol; Estándar Metanol grado cromatográfico; Gas inerte; Bisulfato de sodio grado reactivo; Polientilen glicol; Sustancias de referencia para Benceno; Sustancias de referencia para Etilbenceno; Sustancias de referencia para Tolueno; Sustancias de referencia para Xilenos; Agua libre de compuestos orgánicos; Hexadecano; Charola de plástico; Desecador; Equipo de filtración; Filtro 47 mm y 0.45 mcm poro; Papel absorvente; Papel mylar; Plancheta; Propipeta; Acarreador de Bario; Acarreador de Hierro; Barniz transparente; Detergente; Naranja de Metilo; Pulpa de papel; Púrpura de bromocresol; Pinzas; Probeta; Vasos;Estufa; Balanza analítica; Baño de agua; Espectrofotómetro; Micropipetas; Cromatógrafo; Horno; Autoclave; Incubadora; Potenciómetro; Comparador electrónico de color; Baño maría; Compensador de temperatura; Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Centrífuga; Horno de microondas; Placa de calentamiento; Bomba; Fuente de radiofrecuencia; Automuestreador y recirculador de agua; Agitador magnético; Termómetro; Molino; Agitador mecánico; Ultracongelador; Baño ultrasónico; Evaporador; Cámara de vacío; Vórtex; Sonicador; Motor de licuadora; Procesador de alimentos; Turbidímetro. LESP 69. Realizar los análisis del monitoreo prevacacional de playas prioritarias. 25101; 25501; 25401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave, Baño de agua, Horno, Incubadora, Balanza granataria, Propipeta; Asas bacteriológicas; Botellas para dilución; Cajas Petri 100mmx150mm; Gradilla; Pipetas; ABEA; BHI; Caldo azida dextrosa; Vasos no fluorescentes; Charolas 51 celdas; Tubos de ensayo; Charolas 48 celdas pequeñas y 48 celdas grandes; Autoclave; Baño de agua; Horno; Incubadora; Balanza granataria; Propipeta; Termómetro; Selladora de charolas de cuantificación; Lámpara de luz UV. LESP 70. Realizar los análisis del monitoreo mensual de playas prioritarias. REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LA ACTIVIDAD 69. LESP 71. Realizar los análisis del monitoreo E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario. 25101; 25501;25901; 27201; 35401;33101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Incubadora; Sellador de placas; Lámpara UV; Asas de platino o nicromel; Guantes; Lentes de seguridad; Frasco con tiosulfato de sodio; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH 7.2 ± 0.2 (S); Agua Tipo I estéril; Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Klebsiella aerogenes ATCC 25923; Autoclave; Baño de agua; Homogeneizador; Potenciómetro; Termómetro; Balanza analítica; Cinta testigo; Cuchara; Cuchillo desconchador; Espátula; Gradilla; Pinzas; Pipetas; Probeta; Tubos de cultivo; Tubos de fermentación; Frasco; Agar; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC; Caldo Lauril Triptosa; Caldo MR-VP; Caldo triptona al 1%; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Diluyente de Peptona al 0.1%; 160 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 71. Realizar los análisis del monitoreo E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario. 25101; 25501;25901; 27201; 35401;33101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de Voges- Proskauer (VP); Enterobacter aerogenes ATCC 13048; Micropipetas; Cajas Petri; Tubos de Ensaye; Botellas; Puntas para micropipeta; TBX; Cabina de seguridad biológica (CBS); Refrigerador; Motor de licuadora; Tijeras; Desconchador; MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua peptonada; Tween 80; Agua deionizada; Glutamato de sodio; Lactosa; Peptona bacteriológica; Formato de sodio; L-Cisteína; L(-) Acido aspártico; L(+) - Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Sulfato de magnesio septahidratado; Citrato de fierro III; Cloruro de calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Púrpura de bromocresol; Cloruro de amonio; Agua destilada; Digerido enzimático de caseína; Sales biliares No.3; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D- glucurónido ácido (BCIG); Dimetil sulfóxido (DMSO); Agar; E. coli ATCC 25922 o ATCC 8739; E. faecalis ATCC 29212 o ATCC 19433; Cuchillo de acero inoxidable; Bisturíes; Mecheros; Solución peptonada salina; TBX; Matraz; Vaso de licuadora; Martillo; Bolsas de polietileno; Mechero Bunsen; Asas bacteriológicas; Baño de agua; Homogeneizador; Incubadora; Micropipetas; Homogeneizador; Cabina de seguridad biológica (CBS); Refrigerador; Termómetro; Motor de licuadora. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 72. Elaborar el plan anual de trabajo en materia de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201;21401; 29301; 29401;31603; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION, EDUCACIONAL Y RECREATIVO; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tinta; Tóner; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Sillas; Fotocopiadoras; Bocinas; Pantallas; Ratón; Cámaras; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras. APCRS 73. Elaborar el reporte de Implementación o seguimientos de unidades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia en el sistema nacional de salud. 21101; 21201;21401; 26104; 29401;29601; 31603; 33604;35301; 35501; 37201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE INTERNET; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Tóner; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Bocinas; Pantallas; Ratón; Cámaras; Mantenimiento para automóvil; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras; Llantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos o mecánicos; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Pasajes. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 161 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 74. Elaborar el reporte de seguimiento de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201;21401; 29401; 31603; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tinta; Tóner; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Refacciones para equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras. APCRS 75. Realizar capacitaciones en farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201;21401; 22104; 26104;27101; 29601;29401; 31602; 31603; 32302;32201; 35301; 33604;35501; 37201; 38301;37504; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PERSONAL EN LAS INSTALACIONES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Llantas; Partes eléctricas; Refacciones para equipo de cómputo; Mantenimiento para automóvil; Acceso a plataformas de videoconferencia; Pago del servicio de Internet; Sillas; Mesa de podio; Renta de salón para eventos de capacitación; Gastos de ponentes; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos; Pasajes; Viáticos; Videoproyector; Servicios de alimentos y de coffee break; Casetas/peaje. APCRS 76. Realizar asesorías en Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201;21401; 26104; 27101;29601; 33604; 31603;33605; 35301; 35501;37201; 39202; 37504 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; SERVICIOS DE INTERNET; INFORMACIÓN EN MEDIOS MASIVOS DERIVADA DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Mantenimiento para automóvil; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Gastos de difusión en medios masivos; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras; Llantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos o mecánicos; Pago del servicio de Internet; Casetas/peaje; Viáticos; Pasajes. 162 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 77. Realizar el Congreso Estatal de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201; 21401; 22106; 26104; 27101; 29401; 29601; 31602; 31603; 32201; 32302; 33604; 33605; 35501; 35301; 37201; 37102; 37504; 38301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PERSONAL DERIVADO DE ACTIVIDADES EXTRAORDINARIAS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; RRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES; ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; INFORMACIÓN EN MEDIOS MASIVOS DERIVADA DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES AÉREOS NACIONALES ASOCIADOS A LOS PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y NACIONAL; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES; CONGRESOS Y CONVENCIONES Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Servicios de alimentos y de coffee break; Combustible; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Mantenimiento de equipo de cómputo; Videoproyector; Mantenimiento para automóvil; Acceso a plataformas de videoconferencia; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para eventos de capacitación; Mesa de podio; Llantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos o mecánicos; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Gastos de difusión en medios masivos; Mantenimiento de equipo de cómputo; Pasajes; Gastos de transporte terrestre; Boletos de avión; Viáticos; Gastos de ponentes. APCRS 78. Realizar el reporte de visitas de supervisión en materia de Farmacovigilancia realizado a las unidades del sistema nacional de salud. 21101; 21201;21401; 26104; 27101;33604; 35301;35501; 37201; 39202; 37504 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tinta; Tóner ; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; Playeras ; Chalecos con logos oficiales; Mantenimiento para automóvil; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Mantenimiento de equipo de cómputo; Casetas/peaje; Viáticos; Pasajes. APCRS 79. Participar en la reunión nacional. 21101; 21201; 26104; 27101; 37201; 37102; 37504 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES AÉREOS NACIONALES ASOCIADOS A LOS PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y NACIONAL; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES Libretas; Bolígrafos; Lápices; Clips; Folder; Pegamento; Sacapuntas; Carpetas; Sellos; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Cubrir costos de trasporte; Boletos de avión; Viáticos. APCRS 80. Atender las solicitudes emitidas por el CNFV. 21101; 21201; 26104; 27101; 37201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta; Combustible; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Cubrir costos de transporte. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 163 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 81. Elaborar el reporte final de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia realizadas en el 2025. 21101; 21201;29401; 31603; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Refacciones para equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 82. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión en el tema de farmacovigilancia y tecnovigilancia dirigidas al personal de salud y a la población en general, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 83. Implementar el Programa de Vigilancia Sanitaria en materia de productos y servicios basado en riesgos, así como realizar visitas de verificación sanitaria en materia de productos y servicios, para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101; 27201;29101; 29401; 29601;31701; 31801; 32502;32701; 33603; 33604;35301; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Materiales, artículos diversos y equipos menores propios para el uso de las oficinas; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; Insumos utilizados en el procesamiento, grabación; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol para determinar ph; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Mochilas; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo, utilizadas en carpintería, silvicultura, horticultura, ganadería, agricultura y otras industrias; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Casetas/peaje; Gastos de camino; Viáticos. 164 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 84. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la comercialización de agua para consumo humano, Purificadoras de Agua, para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos, así como el cumplimiento de la Norma NOM-201-SSA1-2015, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. NA NA NA APCRS 85. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la fabricación, venta y distribución de suplementos alimenticios (productos engaño) para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101; 27201;29101; 29401; 29601;31701; 31801; 32502;32701; 33603;33604; 35301; 35501; 37201;37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; Insumos utilizados en el procesamiento, grabación; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos; Caseta/peaje. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 165 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 86. Realizar visitas de verificaciones sanitarias en establecimientos que vendan o comercialicen productos del tabaco, nicotina, productos de tabaco calentado (PTC), los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN), bolsas de nicotina, para verificar la documentación legal del establecimiento y de los productos que comercializan y que ampare su ingreso al territorio nacional, el cumplimiento de la normatividad del etiquetado de los productos , a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101;27201; 29101; 29401; 29601;31701; 31801; 32502;32701; 33603; 33604;35301; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; Insumos utilizados en el procesamiento; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Mochilas; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Casetas/peaje; Gastos de camino; Viáticos. APCRS 87. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de productos cárnicos (rastros y mataderos), para constatar las condiciones sanitarias en las que operan los establecimientos, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101; 27201;29101; 29401; 29601;31701; 31801; 32502;32701; 33603; 33604;35301; 35501; 37201;37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO Papelería; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; insumos utilizados en el procesamiento; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes, Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Mochila; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos; Cámaras fotográficas. 166 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 88. Realizar el muestreo de productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y puntos de venta, durante la verificación sanitaria de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 21101; 21601;25101; 25501; 26102;29601; 31801; 32502;33603; 33604; 33901;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Materiales, Artículos Y Enseres Para El Aseo, Limpieza E Higiene; Productos Químicos Básicos; Materiales Y Suministros; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios De Impresión Y Elaboración De Material Informativo; Mantas; Material impreso; Subcontratación Con Personas Físicas O Morales Especializadas; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos. APCRS 89. Realizar visitas de verificación sanitarias en establecimientos de los Sistemas Estatales DIF (comedores, asilos, guarderías, alberges, centros de atención múltiples y de rehabilitación, centros asistenciales de desarrollo infantil, entre otros) con el objetivo de conocer las acciones y medidas establecidas para asegurar la calidad e inocuidad alimentaria, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101; 27201;29101; 29401; 29601;31701; 31801;32502; 32701; 33603; 33604;35301; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Materiales, Artículos Diversos Y Equipos Menores Propios Para El Uso De Las Oficinas; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; Insumos Utilizados En El Procesamiento; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas Rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios De Impresión Y Elaboración De Material Informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 167 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 90. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al almacenamiento, venta y distribución de medicamentos e insumos para la salud para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. NA NA NA APCRS 91. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos de Farmacias Hospitalarias para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. NA NA NA LESP 92. Realizar el análisis de los productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y puntos de venta de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Campana de extracción, Evaporador, Lector de microplacas, Centrífuga, Congelador, Refrigerador, Termómetros, Cronómetro, Balanza, Micropipeta, Agitador, Vórtex; Cuchillo de acero inoxidable tipo carnicero; Espátula acero inoxidable; Pinza de disección; Matraz ; Tubos de centrífuga; Puntas para micropipeta; Tubos ensayo; Reservorio de plástico; Gradilla; Microtubos con tapón a presión; Guantes de nitrilo; Agua tipo 1; Acetonitrilo > 99% de pureza; Disolución fortificante, DF, [clenbuterol] = 100 ng/mL; Sal de clorhidrato de clenbuterol ≥ 95% de pureza; Kit ensayo inmunoenzimático: Clenbuterol Ridascreen R-1711; Kit de Disoluciones decolorantes R-1699; Homogeneizador; Campana de extracción; Evaporador; Lector de microplacas; Centrífuga; Congelador; Refrigerador; Termómetros; Cronómetro; Balanza granataria; Micropipeta; Balanza analítica; Agitador. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 93. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el seguimiento de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Hojas; Bolígrafos; Folder; Carpetas; Sellos; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja. 168 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 94. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades estatales correspondientes. 21101; 21401 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS Hojas; Bolígrafos; Folder; Cajas; Carpetas; Sellos; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner y tinta para fotocopiadoras e impresoras. APCRS 95. Difundir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario así como los resultados de su implementación con las autoridades estatales que correspondan. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Hojas; Bolígrafos; Folder; Pegamento; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja. APCRS 96. Elaborar y difundir en medios electrónicos y físicos los materiales para que el sector regulado conozca los mecanismos implementados por el APCRS en el marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 21201; 29401; 31603; 33604; 36101 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Tóner para impresora; Mouse; Teclado; Monitor; Pantallas; Pago del servicio de Internet; Folletos; Trípticos; Dípticos; Carteles; Mantas; Rótulos; Radio; Cine; Prensa; Encartes; Internet; Folletos; Trípticos; Dípticos; Carteles; Mantas; Rótulos. APCRS 97. Fortalecer la colaboración en materia de prevención de la corrupción, con cámaras y prestadores de servicios que sean del ámbito de competencia de la COFEPRIS y el APCRS. 21101; 32201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Renta de salón. APCRS 98. Garantizar la participación del personal del APCRS en las capacitaciones sobre los procesos de autorización y verificación que imparte la COFEPRIS, en correspondencia con las actividades en las que interviene. NA NA NA APCRS 99. Participar en el Plan Nacional de Supervisión y Vigilancia Técnica. 21101; 21401; 31603 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET Hojas; Libretas; Bolígrafos; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Cinta adhesiva; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner y tinta para fotocopiadoras e impresoras; Pago del servicio de Internet. APCRS 100. Promover las modificaciones a la normatividad que corresponda (Ley Estatal de Salud, Reglamento de los Servicios de Salud y/o del APCRS) para contar con las atribuciones para realizar visitas de verificación con videograbación y en salas multidisciplinarias. 21501 MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO Derechos de publicación en el periódico oficial de la entidad. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 169 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 101. Elaborar y publicar en el periódico oficial de la entidad federativa el Procedimiento para la Realización de Visitas de Verificación con Videograbación y en Salas Multidisciplinarias. 21501 MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO Derechos de publicación en el periódico oficial de la entidad. APCRS 102. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación en los establecimientos contemplados en el programa anual de verificación. 29401; 31603; 52301 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO Accesorios para cámaras; Pago del servicio de Internet; Cámaras portátiles. APCRS 103. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación de los establecimientos que cuenten con denuncia sanitaria. 29401; 31603; 52301 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO Accesorios para cámaras; Pago del servicio de Internet; Cámaras portátiles. APCRS 104. Instalar y poner en funcionamiento salas multidisciplinarias que cuenten con cámaras de videograbación para brindar atención al sector regulado y/o partes interesadas. 31904; 52301 SERVICIOS INTEGRALES DE INFRAESTRUCTURA DE CÓMPUTO; CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO Instalaciones físicas para videovigilancia y monitoreo, Cámara de monitoreo. APCRS 105. Establecer un centro de control para el resguardo del material clasificado de las videograbaciones resultantes de las verificaciones sanitarias y de la atención en las salas multidisciplinarias. 21101; 21401; 31904 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS INTEGRALES DE INFRAESTRUCTURA DE CÓMPUTO Etiquetas; Cajas; Hojas; Marcadores; Discos duros externos; Instalaciones físicas para videovigilancia y monitoreo. APCRS 106. Capacitar a las personas servidoras públicas del APCRS en materia de prevención de actos de corrupción e integridad en el servicio público. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Hojas; Libretas; Bolígrafos. APCRS 107. Difundir al personal del APCRS el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables. NA NA NA APCRS 108. Canalizar, a través del área de vinculación, a los interesados en presentar alguna denuncia en contra de algún funcionario del APCRS por presuntas irregularidades. NA NA NA APCRS 109. Enviar mensualmente, en los formatos correspondientes, los avances de la ejecución de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. NA NA NA 170 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 110. Elaborar el informe final de la implementación de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario en donde se describa el impacto de las acciones emprendidas para implementar acciones que promuevan la mejora continua. NA NA NA LESP 111. Designar al enlace o responsable del Laboratorio Estatal de Salud Pública (LESP), para el seguimiento de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. NA NA NA LESP 112. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades estatales correspondientes. NA NA NA LESP 113. Elaborar y difundir en medios físicos y electrónicos los mecanismos implementados por el LESP en el marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. NA NA NA LESP 114. Capacitar a las personas servidoras públicas del LESP en materia de prevención de actos de corrupción e integridad en el servicio público. NA NA NA LESP 115. Difundir al personal del LESP el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables. NA NA NA Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 116. Ratificar o notificar algún cambio de un enlace o responsable del SGC. NA NA NA Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 171 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 117. Realizar la revisión por la Alta Dirección del SGC y el estatus general de seguimiento de los acuerdos. 21101; 21401;26104; 29401; 31603;31701; 32301; 32701;33304; 33401; 33604;37101; 37201; 37501;38301; 51501; 59101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE APLICACIONES INFORMÁTICAS; SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES; BIENES INFORMÁTICOS; SOFTWARE Plumas; Lápices; Marcadores; Gomas; Sacapuntas; Engrapadora; Carpetas; Hojas; Tijeras; Sellos; Tinta para sellos; Ligas; Post it; Libretas; Calculadora; Clips; Tachuelas; Organizador de cajones; Engrapadora; Perforadora; Regla; Sobres; Guillotina; Cinta adhesiva; Folders; Cajas; Tabla con clip; Portagafetes; Trituradora de papel; Etiquetas; Papel bond; Tintas para impresoras; Memorias USB; Discos duros externos; Combustible; Proyector audiovisual; No break; Switch administrable; Barra multicontactos; Bocinas; Cable auxiliar; Cable de video HDMI; Extensión eléctrica; Teclado; Pago del servicio de Internet; Enlaces dedicados para videoconferencia; Arrendamiento de computadoras; Normas Mexicanas y bibliografía relativas a sistemas de gestión de la calidad; Servicio de mantenimiento y soporte a los sistemas; Ponente en temas del SGC; Trípticos; Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas, imánes, botellas, carteles, mandiles, bolígrafos, playeras, chalecos; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de mobiliario para la ponencia; Renta de equipo para la ponencia; Impresoras; Multifuncionales; Escáner; Software para el Sistema de Gestión de Calidad. APCRS 118. Actualizar el contexto de la organización (análisis FODA). NA NA NA APCRS 119. Presentar la planeación estratégica en el APCRS para el SGC. NA NA NA APCRS 120. Ratificar y/o actualizar el alcance del SGC. NA NA NA APCRS 121. Revisar y/o actualizar la matriz de las partes interesadas del SGC. NA NA NA APCRS 122. Ratificar y/o Actualizar la Filosofía de la Calidad. 33604 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES Trípticos; Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas; Difusión impresa en imánes; Difusión impresa en botellas; Difusión impresa en carteles; Difusión impresa en mandiles; Difusión impresa en bolígrafos; Difusión impresa en playeras; Difusión impresa en chalecos. APCRS 123. Revisar, actualizar y difundir las Caracterizaciones. 33604 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES Trípticos, Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas; Difusión impresa en imánes; Difusión impresa en botellas; Difusión impresa en carteles; Difusión impresa en mandiles; Difusión impresa en bolígrafos; Difusión impresa en playeras; Difusión impresa en chalecos. APCRS 124. Realizar sesiones periódicas del Comité de la Calidad. 32301 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS Arrendamiento de computadoras APCRS 125. Realizar actividades de capacitación y concientización del SGC. 21501; 25901; 26104; 29401; 32701; 33304; 33401; 33604; 35401; 37101; 37201; 37501; 38301; 51501; 59101 MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE APLICACIONES INFORMÁTICAS; SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES; BIENES INFORMÁTICOS; SOFTWARE Material audiovisual: videos del Sistema de Gestión de la Calidad; Reactivos para la calibración y verificación del potenciómetro; Combustible; Proyector audiovisual; Bocinas; Cable auxiliar; Cable de video HDMI; Extensión eléctrica; Barra multicontactos; Bocinas; Cable auxiliar; Cable de video HDMI; Extensión eléctrica; Teclado para computadora; Normas Mexicanas y bibliografía relativas a sistemas de gestión de la calidad; Servicio de mantenimiento y soporte a los sistemas; Ponente en temas del SGC; Trípticos; Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas; Difusión impresa en imánes; Difusión impresa en botellas; Difusión impresa en carteles; Difusión impresa en mandiles; Difusión impresa en bolígrafos; Difusión impresa en playeras; Difusión impresa en chalecos; Calibración de equipos; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de equipo para la ponencia; Renta de mobiliario para la ponencia; Impresoras; Multifuncionales; Escáner; Software para el Sistema de Gestión de Calidad. 172 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 126. Dar seguimiento a los riesgos y oportunidades de los procesos del SGC. 32701 PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS Normas mexicanas y bibliografía relativas a gestión de riesgos. APCRS 127. Documentar la planificación de los cambios. NA NA NA APCRS 128. Realizar reuniones de retroalimentación del Sistema de Gestión de Calidad. NA NA NA APCRS 129. Revisar y/o actualizar la información documentada de los procesos de realización en la APCRS. 33401; 38301 SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; CONGRESOS Y CONVENCIONES Ponente en temas del SGC; Renta de equipo para la ponencia. APCRS 130. Reportar el desempeño de los procesos. 32701 PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS Normas mexicanas y bibliografía relativas a indicadores. APCRS 131. Realizar el ejercicio de Auditoría de Calidad. 26104; 33401; 37101; 37201; 37501; 38301 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES Combustible; Ponente en temas del SGC; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de mobiliario para la ponencia; Renta de equipo para la ponencia. APCRS 132. Dar seguimiento al cierre de las Auditorias. NA NA NA APCRS 133. Dar seguimiento a la medición de la satisfacción de los clientes. 32701; 33401; 38301; 59101 PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; CONGRESOS Y CONVENCIONES; SOFTWARE Normas Mexicanas y bibliografía relativas a satisfacción del cliente; Ponente en temas del SGC; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de mobiliario para la ponencia; Renta de equipo para la ponencia; Software para el Sistema de Gestión de Calidad. APCRS 134. Gestionar con un organismo certificador acreditado por cualquier entidad acreditadora respecto a la Norma ISO 9001 vigente, una pre- auditoría, auditoría de vigilancia o certificación. 26104; 33303;37101; 37201; 37501 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; SERVICIOS RELACIONADOS CON CERTIFICACIÓN DE PROCESOS; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Combustible; Auditorías para la certificación, recertificación o mantenimiento relacionada con el Sistema de Gestión de la Calidad; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos. APCRS 135. Participar en el Encuentro Nacional de Calidad. 26104; 37101; 37201; 37501 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Combustible; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 173 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 136. Nombrar y notificar vía oficio a la COFEPRIS al enlace o responsable de TIC del APCRS. NA NA NA APCRS 137. Reportar los usuarios de sistemas que causaron baja de los sistemas de COFEPRIS. NA NA NA APCRS 138. Reportar los usuarios activos en los sistemas de la COFEPRIS. NA NA NA Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 139. Remitir un oficio firmado por el titular del APCRS y LESP con el compromiso de la alta dirección para que las personas servidoras públicas sean capacitadas. NA NA NA APCRS 140. Remitir el listado de las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las jurisdicciones, y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, con el objeto de identificar al personal que será capacitado. NA NA NA APCRS 141. Inscribir y dar seguimiento al Programa de Fortalecimiento de Capacidades para Verificadores y Dictaminadores en Servicios de Salud. NA NA NA APCRS 142. Capacitar a las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las jurisdicciones, y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, en el marco del Programa Anual de Capacitación. 21101; 21201;29401; 31603; 32301;32201; 37501; 37201; 52101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES Hojas bond; Micrófono; Cañón para proyectar; Pantalla de proyección; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas para impresora; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para eventos de capacitación; Pantalla de proyección. APCRS 143. Desarrollar e implementar cursos de capacitación dirigido al sector regulado en el marco del Plan de Trabajo otorgado por la COFEPRIS. 21101; 21201;29401; 32301; 37501;37201; 52101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES Hojas bond; Micrófono; Cañón para proyectar; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas para impresora; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Pantalla de proyección. 174 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 144. Notificar los eventos de emergencias sanitarias en un plazo no mayor a 24 horas, del conocimiento de ocurrencia e independientemente de la magnitud. 21401; 24301;25101; 25501; 25901;26102; 29101; 27201;31701; 32301; 35501;32502; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; CAL, YESO Y PRODUCTOS DE YESO; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; HERRAMIENTAS MENORES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hipoclorito de Calcio; Hipoclorito de Sodio; Frasco de Plata Coloidal; Frascos Colilert; Reactivo Colilert; Comparadores colorimétricos; Reactivo para la determinación de cloro residual (DPD); Reactivo para la determinación de pH (Rojo de Fenol); Cal; Termómetro para alimentos; Lámpara sorda; Playera blanca tipo polo manga larga 100% algodón; Camisa blanca manga larga 100% algodón; Chamarra rompevientos; Pantalón de trabajo; Bota de trabajo de piel y forro antiderrapante ; Chalecos tipo pescador; Botas de hule; Gorra tipo beisbolista; Guantes de trabajo uso rudo; Mascarilla N95; Cubrebocas, Cubrepelo, Lentes de seguridad; Mochila tipo excursión; Fajas para carga; Mantenimiento de vehículos; Casetas / Peaje; Viáticos; Pasajes terrestres; Pago del servicio de Internet; Internet inhalámbrico móvil (BAM-banda ancha); Arrendamiento de equipo de cómputo; Renta de vehículo; Combustible; Licencias para software; Cartuchos de tinta para impresoras; Memorias USB; Discos duros externos. APCRS 145. Realizar 2 eventos de acciones preventivas al mes (Enfocados a escuelas y/o unidades médicas), relacionadas con actividades de vigilancia, fomento sanitario y actividades de saneamiento básico en localidades identificadas con mayor vulnerabilidad y/o al comportamiento epidemiológico de cada entidad federativa, con el propósito de prevenir casos de enfermedades diarreicas agudas e infecciones asociadas a los servicios de salud (estas acciones preventivas no se refieren a eventos de concentraciones masivas). NA NA NA APCRS 146. Contar con la evidencia del personal, desde nivel Jurisdiccional al Estatal (padrón de brigadistas), capacitado de manera teórica y práctica a través de un operativo de acciones preventivas de protección contra riesgos sanitarios en materia de emergencias de nuestras competencias. 33401 SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS Capacitación en materia de atención a emergencias sanitarias. APCRS 147. Remitir la evidencia de la adquisición de los insumos y materiales requeridos para la atención de emergencias sanitarias, incluyendo equipos de protección personal para el seguro desempeño de las funciones. 35701 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO Mantenimiento preventivo y correctivo de planta potabilizadora móvil. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 175 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 148. Enviar informe mensual y anual de atención a eventos de emergencias sanitarias. NA NA NA APCRS 149. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, con el fin de informar a la población en general, los riesgos a los que están expuestos y como evitarlos en circunstancias de emergencias sanitarias, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 150. Llevar a cabo la validación documental y elaborar la cédula de evaluación. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 151. Dar seguimiento al cierre de flujo en SIIPRIS de conformidad con los lineamientos. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 152. Cumplir con la evaluación del desempeño del personal encargado de apoyar en la validación documental. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 153. Remitir mensualmente el listado actualizado de licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas y/o establecimientos dedicados a servicios urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 154. Actualizar las licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas que no cumplan con la nomenclatura establecida por la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios. 32301; 31603;29401; 21201; 21401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break; Cartuchos de impresión; Impresoras. 176 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 155. Realizar las visitas de verificación de conformidad con el "Plan Trimestral de Verificación" establecido por la COFEPRIS. 25501; 27101;33603; 37201; 37501 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; VESTUARIO Y UNIFORMES; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Gastos de transporte terrestre; Gastos de camino; Viáticos; Zapatos; Chalecos; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Sello de muestreo; Fajillas de aseguramiento. APCRS 156. Realizar las notificaciones de autorización de uso lúdico de Cannabis emitidas por COFEPRIS y remitir mensualmente el reporte de notificaciones. 27101; 29401;32301; 31603; 37201; 37501 VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Gastos de transporte terrestre; Gastos de camino; Viáticos; Zapatos; Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 157. Remitir semestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-014. Aviso de previsiones de compra-venta de medicamentos que contengan estupefacientes (sólo farmacias, droguerías y boticas). 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 158. Remitir trimestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-005. Permiso de libros de control de estupefacientes o psicotrópicos y sus cancelaciones. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 159. Remitir semestralmente listado de autorizaciones recibidas y emitidas en materia de Publicidad. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 160. Remitir mensualmente el listado actualizado del estatus que tienen las licencias sanitarias de establecimientos que utilizan fuentes de radiación para fines médicos o de diagnóstico y establecimientos de atención médica. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 161. Participar en las reuniones de trabajo sobre Resistencia Antimicrobiana. 29401; 31603; 35301 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor; Cámara; Pago del servicio de Internet. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 177 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 162. Establecer un programa estatal anual de muestreo de leche destinada para consumo humano, para el monitoreo de inhibidores (residuos de antibióticos). 21101; 21201;29401; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Tóner. APCRS 163. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche cruda (no sometida a tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores (residuos de antibióticos). 21101; 21201;25501; 26102; 29401;27201; 35301; 31801;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; SERVICIO POSTAL; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Marcadores; Cinta canela; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Hielera; Gel desinfectante; Cucharón; Frasco de boca ancha con taparosca estéril; Etiquetas autoadheribles, Gel refrigerante; Coladera de acero grado alimenticio; Hielera; Bolsa cierre hermético; Agitador de acero inoxidable; Gel refrigerante; Termómetro; Overol; Bata; Filipina; Cubrebocas; Cofia; Cubrepelo; Guantes. APCRS 164. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche pasteurizada (sometida a tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores (residuos de antibióticos). 21101; 21201;25501; 26102; 29401;27201; 35301; 31801;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; SERVICIO POSTAL; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Marcadores; Cinta canela; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Hielera; Gel desinfectante; Cucharón; Frasco de boca ancha con taparosca estéril; Etiquetas autoadheribles, Gel refrigerante; Coladera de acero grado alimenticio; Hielera; Bolsa cierre hermético; Agitador de acero inoxidable; Gel refrigerante; Termómetro; Overol; Bata; Filipina; Cubrebocas; Cofia; Cubrepelo; Guantes. APCRS 165. Enviar a la COFEPRIS el reporte de los resultados analíticos de los inhibidores (residuos de antibióticos) en las muestras de leche obtenidas en puntos de venta. 21101; 21201;31801; 29401; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. LESP 166. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche cruda (no sometida a tratamientos térmicos), para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta). 25501; 25101;35401; 25901; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave, Centrífuga, Turbidímetro, Incubadora, Balanza, Microscopio, Vernier o medidor de halos, Micropipeta; Asa bacteriológica; Cajas Petri; Papel filtro; Matraz; Nefelómetro de McFarland; Pinzas de disección con punta fina; Portaobjetos; Tubos de cultivo; Estándares de McFarland; Frasco vidrio; Equipo para tinción de Gram y esporas; Porta asa; Caldo soya tripticasa (CST) sin dextrosa; Agar Soya Tripticasa (AST); Agar indicador PM; Penicilinasa (â- lactamasa), discos impregnados; Penicilina G (sustancia de referencia); Agua; Solución amortiguadora de fosfatos, pH 6; Cloruro de sodio; Fosfato dipotásico; Extracto de carne; Peptona; Triptona; Soytona; Dextrosa; Agar; Polisorbato 80; Púrpura de Bromocresol; Geobacillus stearothermophilus ATCC10149; Bacillus calidolactis ATCC 10149; Autoclave; Centrífuga; Turbidímetro; Incubadora; Balanza; Balanza granataria; Microscopio Vernier o medidor de halos; Micropipeta. 178 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 167. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche pasteurizada (sometida a tratamientos térmicos), para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta). REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LA ACTIVIDAD 166. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 168. Participar en las reuniones de trabajo sobre el nuevo proyecto mediante el que se integrará información relacionada con exposición a sustancias tóxicas. 29401; 21101;35301; 31603 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; SERVICIOS DE INTERNET Mouse para computadora; Teclado para computadora; Monitor para computadora de escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices. APCRS 169. Integrar un padrón de establecimientos de salud de segundo y tercer nivel de atención que cuenten con hospitalización, urgencias y consulta de especialidad, en donde se atiendan eventos o complicaciones derivadas del uso o la exposición aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional o laboral. 21101; 21401; 37201 ATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Folder tamaño carta; Memorias USB; Gastos para pasajes; Papelería; Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta. APCRS 170. Elaborar un plan de trabajo para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas, que deberá ser implementado durante el segundo semestre de 2025. 21101; 21401;29401; 31603; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Mouse para computadora; Teclado para computadora; Monitor para computadora de escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Papelería; Bolígrafos; Memorias USB; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta; Carpetas para archivo. APCRS 171. Enviar a la COFEPRIS el registro mensual de los casos o eventos atendidos por el uso o la exposición aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional o laboral. 21101; 21201;21401; 29401; 31603;35301; 37201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Teclado para computadora; Hojas de papel bond; Memorias USB; Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta; Gastos para pasajes; Mouse para computadora; Monitor para computadora de escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Toner para impresora. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 179 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 172. Realizar el análisis de las determinaciones establecidas en los objetivos específicos del presente instrumento acorde al binomio matriz-analito, conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LAS ACTIVIDADES 12, 13, 14, 19, 20, 21, 22, 31, 32, 38, 39, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 92, 166 Y 167. LESP 173. Ampliar el marco analítico mediante la implementación de métodos de prueba, acorde a la capacidad instalada en cada LESP y conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. 25101; 25501;25901; 27201; 35401 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Centrífuga, micropipeta, balanza, vórtex, cromatógrafo, ultracongelador, baño ultrasónico, evaporador, campana de extracción, cámara de vacío, bomba, sonicador, motor de licuadora, procesador de alimentos, lector de microplacas, autoclave, incubadora, espectrofotómetro, termociclador, espectrómetro, mufla, fuente de radiofrecuencia, automuestreador y recirculador de agua, placa de calentamiento, horno de microondas, gabinete de bioseguridad, termomezclador, congelador, equipo para cuantificación de ácidos nucleicos, analizador de fragmentos, homogeneizador, refrigerador, documentador de geles o transiluminador con luz UV, potenciómetro, cronómetro, incinerador, microcentrífuga, termómetros o dataloggers, agitador magnético, estufa; botellas para centrífuga; Charola 50x35cm; Mango para bisturí; Sifón; Navajas; Guantes; Sistema de vacío con trampa; Vaso de precipitado; Formaldehído al 37% (v/v); Tween 80 al 0.1%; Agua destilada; Kits para determinación de quistes de Giardia lamblia; Kits TaqMan PCR para Giardia lamblia; Kits SYBR Green qPCR para Giardia lamblia; Kits PCR punto final para Giardia lamblia; Manguera de succión; Columnas de C18; Puntas para micropipeta; Sistema de filtración al vacío; Tiras reactivas; Frasco 1L; Matraz; Viales; Agua, grado HPLC; Metanol; Acetato de Etilo, grado HPLC; Isopropanol; Tiosulfato de sodio; Gas acarreador Helio de ultra alta pureza UN 10.46; Lindano, pureza ≥ 99.00%; 4,4´- DDT, pureza ≥ 99.00%; Endrin, pureza ≥ 99.00%; Cianazina, pureza ≥ 99.00%; Aldrin, pureza ≥ 99.00%; Dieldrin, pureza ≥ 99.00%; Pendimetalina, pureza ≥ 99.00%; Trifluralina, pureza ≥ 99.00%; Metoxicloro, pureza ≥ 99.00%; Alacloro, pureza ≥ 99.00%; Clordano, pureza ≥ 99.00%; Jeringas; Cuchillo; Tablas de picar; Espátula; Vasos; Microfiltros; Engarzadora; Liners; Conectores; Ferrules; Acetonitrilo; 2-Propanol; Agua Desionizada Tipo 1; Ácido acético; Kit de Extracción QUECHERS Método AOAC 2007.01; Kit de Limpieza QUECHERS Método AOAC 2007.01; Permetrina, patrón de referencia; Paratión, patrón de referencia; Diazinón, patrón de referencia; Malatión, patrón de referencia; Carbarilo, patrón de referencia; Oxamil, patrón de referencia; Cubiertas adhesivas; Filtro fibra de vidrio; Puntas de pipeta; Puntas desechables; Puntas para pipeta; Kit de prueba de ELISA Adda Abraxis; Abrazadera de aluminio; Base de filtro O-ring; Base de soporte; Boquilla para manguera; Columna LC C8; Dispositivo para filtración; Embudo de vidrio; Filtro de membrana; Microjeringas; Sistema de liberación muestras; Tapa GL45; Ácido ethilendiaminotetraacético, sal trisódica; Ácido L-ascórbico; Agua grado reactivo; Argón; Cristales Trizma preempaquetados; Nodularina-R; Microcistina-LA; Microcistina-LFA; Microcistina-LR; Microcistina-LY Microcistina-YR; Formiato de amonio alta pureza; Nitrógeno; C2D5-Microcistina-LR; 2-cloroacetamida; Botellas 180 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 173. Ampliar el marco analítico mediante la implementación de métodos de prueba, acorde a la capacidad instalada en cada LESP y conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. 25101; 25501;25901; 27201; 35401 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO vidrio ámbar; Cartuchos de SPE; Columna de HPLC; Depósito de SPE; Detector de UV/arreglo de diodo (PDA); Papel filtro; Unidad de filtro desechable; Hidróxido de amonio concentrado; Ácido de trifluoroacético; Microcistina-YD; Microcistina- RR; Licuadora; Frasco de boca ancha; Cuchara de acero inoxidable; Pipetas; Asa bacteriológica; Tijeras; Pinzas; Mechero Fisher; Agua peptonada alcalina; Solución de fosfatos salino; Agar; Medio MIO; T1N0, T1N3, T1N6, T1N8, T1N10 (Caldo Triptona y Sal); Caldo peptonado; Arginina glucosa inclinado; Caldo arginina dihidrolasa; Medio mivilidad; O-Nitrofenil β-D-galactopiranosido; Desoxicolato de sódio 0.5%; Reactivo de Kovac; Reactivo de oxidasa; Bioquímicas miniaturizadas; Antisuero polivalente Vibrio cholerae O;Antisuero monovalente O139; Antisuero monoespecífico; Cepa de Vibrio cholerae; Cepa de Vibrio parahaemolyticus; Tapones; Bacto Lactobacilli MRS-agar (MRS-agar); Caldo Bacto Lactobacilli MRS; Caldo Micro Inoculum; Medio de prueba para ácido fólico; Alcohol etílico absoluto; Amilasa; Cloruro de calcio fundido o granulado; Cristales de cloruro de sodio; Fosfato ácido di-potásico anhidro; Fosfato diácido de potasio anhidro; Lactosa; Leche descremada en polvo grado reactivo; Lactobacillus casei ATCC 7469; Crisoles de platino; Crisoles vycor; Perlas de ebullición; Puntas de plástico para micropipetas; Recipientes; Varillas de plástico; Lámparas de cátodo hueco o de descarga sin electrodos; Ácido perclórico; Aire comprimido seco y limpio; Borohidruro de sodio; Cloruro de Potasio; Jabón neutro; Solución Estándares; Yoduro de Potasio; Óxido nitroso grado absorción atómica; Sulfato o Cloruro de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Solución de As de 1 µg/mL; Bolsas y clip de cierre para bolsas; Contenedores rígidos; Gasas o paños absorbentes; Gradilla; Guantes; Paños antiestáticos; Placas de reacción para qPCR de 96 pozos; Puntas para PCR; Bata; Cubrebocas; Cofias; Zapatones; Lentes de protección; Mascarilla de concha o equivalente; Bolsas; Medio de cultivo para el crecimiento o proliferación de Brucella spp; Estuche comercial "High Pure Template Preparation kit"; Enzima polimerasa Taqman ultrapura de inicio en caliente; BRU1S711F gct tga agc ttg cgg aca gt; BRU1S711R ggc cta ccg ctg cga at; Sonda 1S711 aag cca aca ccc ggc cat tat ggt 5’FAM-3’TAMRA; "Control Interno de Amplificación"; Solución amortiguadora; Mezcla Maestra Taqman Enviromental Master Mix 2.0; Cloruro de magnesio (MgCl2) 25mM; dNTP’s con dUTP (equimolar) 10mM; Colorante de referencia pasiva ROX 25µM; Oligos y sonda para el control interno de amplificación; Polimixina B; Bacitracina; Natamicina; Ácido nalidíxico; Vancomicina; Agarosa grado biología molecular; Agente intercalante para electroforesis; Inactivador o solución inactivadora de bromuro de etidio; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19pb-1114pb); Tris base; Ácido bórico; EDTA; Clorhidrato de lisozima (cristales); Solución Tris–HCl, 10mM, pH 8.0; ATCC Brucella ovis Buddle 1956 (o equivalente), cepa vacunal o su ADN control positivo; Tubo para PCR de 0.2 mL; Papel parafilm; Bolsas de polietileno; Probeta; Paños absorbentes; Agua grado biología molecular libre de nucleasas; Agua tipo I; Bromuro de etidio 10 mg/mL; Cloruro de sodio; Suplemento selectivo modificado para Brucella; Estuche comercial "Fast Start Taq DNA polymerase"; Etanol; Fosfato de sodio dibásico anhidro grado analítico; Fosfato de sodio monobásico grado analítico; PCR nucleotide mix. Dinucleótidos Trifosfato (dNTP’s) 10 mM cada uno dATP, dCTP, dGTP, dTTP; TRIS HCl-base grado biología molecular; Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 181 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 173. Ampliar el marco analítico mediante la implementación de métodos de prueba, acorde a la capacidad instalada en cada LESP y conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. 25101; 25501;25901; 27201; 35401 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Iniciadores Bru 1 (5´gCgCTCAggCTgCCgACgCAA3´) 800 pb y 680 pb sólo para Brucella abortus 1; Iniciadores Bru 3 (5´CCAgCCATTgCggTCggTAC3´) 190 pb; Iniciadores Bru 4 (5´ACCCCAgACAgCCCAA3´) pb y 680 pb sólo para Brucella abortus 1; Tampón de carga 6x; Tampón Tris Acetato-EDTA (TAE) concentrado 10X; Ciclohexamida; Nistatina; Brucella spp; Barra magnética cubierta de teflón; Bureta 50 ml; Electrodo; Ácido clorhídrico; Fluoruro de sodio o solución certificada de ion Flúor de 1 000 mg de F/L; Celda de cuarzo; Lámparas de cátodo hueco o lámparas multi-elemento de descarga sin electrodos para el metal de interés; Tubos; Membranas de filtración; Cajas Petri; Vidrios de reloj; Sistema de reflujo; Tubos de ensayo; Embudo de filtración; Papel parafinado; Bolsas de plástico; L- Ácido ascórbico; Peróxido de Hidrógeno; Acetileno, grado absorción atómica en acetona; Ácido nítrico; Hidróxido de sodio; Acetona; Hexano; Aire comprimido limpio y libre de humedad; Disolución patrón certificada del metal de interés; Dicromato de Potasio; Nitrato de Magnesio; Disolución de Paladio con niveles traza de metales; Fosfato de amonio monobásico con niveles traza de metales (de alta pureza); Disolución de Nitrato de Magnesio hexahidratado de alta pureza; Ácido sulfúrico; Clorhidrato de hidroxilamina. LESP 174. Mantener vigentes las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado. REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LAS ACTIVIDADES 12, 13, 14, 19, 20, 21, 22, 31, 32, 38, 39, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 92, 166 Y 167. LESP 175. Cumplir con las actividades relacionadas con el fortalecimiento técnico, competencia técnica, el envío de informes de productividad analítica, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos aplicables a los LESP. NA NA NA Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 176. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el seguimiento de las actividades de la vigilancia sanitaria a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. NA NA NA 182 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 177. Actualizar y enviar a la COFEPRIS conforme al formato el padrón de establecimientos de atención médica con fines estéticos. NA NA NA APCRS 178. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos no quirúrgicos con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los riesgos sanitarios relacionados con estos procedimientos. 21101; 27201; 25401 26102; 29601; 35501 39202; 21401; 31603 32301; 32502 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas Adhesivas para Impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Cubrepelo; Cofias; Guantes estériles; Guantes de látex; Cubrebocas; Batas blancas; Pijama quirúrgica; Gasolina; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Casetas/peaje; Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de internet; Arrendamiento de equipo de cómputo; Arrendamiento de vehículos terrestres. APCRS 179. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos quirúrgicos, con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los riesgos sanitarios relacionados con estos procedimientos. 21101; 27201; 25401 26102; 29601; 35501 39202; 21401; 31603 32301; 32502 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas Adhesivas para Impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Cubrepelo; Cofias; Guantes estériles; Guantes de látex; Cubrebocas; Batas blancas; Pijama quirúrgica; Gasolina; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Casetas/peaje; Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de internet; Arrendamiento de equipo de cómputo; Arrendamiento de vehículos terrestres. APCRS 180. Enviar a la COFEPRIS en los formatos correspondientes establecidos el avance de las visitas de verificación de los establecimientos de atención médica con fines estéticos. NA NA NA APCRS 181. Realizar el vínculo con los Colegios, Consejos y/o Asociaciones sobre medicina estética y de cirugía plástica, estética y reconstructiva, con la finalidad de intercambiar información sobre establecimientos dedicados a la medicina estética y clínicas de cirugía plástica, estética y reconstructiva irregulares, realizando un acuerdo de colaboración en cuestión de denuncias que hayan recibido. NA NA NA Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 183 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 182. Gestionar, implementar y reportar las acciones de fomento y dirigidas a la población y sector regulado, con el propósito de contribuir a la disminución de riesgos asociados al uso de prestación de servicios en establecimientos de atención médica con fines estéticos irregulares y enviar el formato correspondiente a la COFEPRIS. NA NA NA Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 183. Elaboración del padrón estatal de comercializadores y productores de loza vidriada. 21101; 26104; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas bond; Gastos de transporte terrestre; Viáticos. APCRS 184. Elaboración y análisis del estudio de percepción del riesgos a los alfareros de las comunidades productoras y comercializadoras de loza vidriada. NA NA NA APCRS 185. Diseño y elaboración de una estrategia de difusión dirigida a comercializadores y productores de loza vidriada. NA NA NA APCRS 186. Elaboración del programa de visitas de Fomento Sanitario a las principales comunidades alfareras para impartir pláticas sobre el uso de compuesto de plomo en la alfareria vidriada. 32301; 52101; 29401; 21101; 21201; 39202; 37201; 37501; 31603; 32201 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES Cañón; Pantalla de proyección; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Hojas bond; Micrófono; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para eventos de capacitación. 184 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 187. Elaboración de un programa para impartir pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de plomo en la producción de loza vidriada. 32301; 52101; 29401; 21101; 21201; 39202; 37201; 37501; 31603; 32201 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES Cañón; Pantalla de proyección; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Hojas bond; Micrófono; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para eventos de capacitación. APCRS 188. Concertación con Autoridades Municipales y asociaciones de alfareros para la instrumentación del programa de pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de plomo en la producción de loza vidriada. 39202; 37201; 37501 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos. APCRS 189. Difusión de material dirigido a comercializadores y productores de loza vidriada por la Entidad Federativa seleccionada. 39202; 37201; 37501; 33604 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Impresión de material informativo, tríptico, carteles, folletos, o cualquier material editorial. APCRS 190. Elaboración de informes mensuales del avance sobre de las acciones del proyecto de plomo en loza vidriada. NA NA NA PARTIDAS EN LAS QUE DEBE OBSERVARSE LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA: 21101; 21201; 21401; 21501; 26102; 26104; 31602; 31603; 31801; 31904; 32201; 32301; 32302; 32401; 32505; 32601; 32701; 33604; 35201; 37101; 37104; 37201; 37204; 37206; 37501; 37504; 38301; 51501; 52901; 59101; 26101; 37503. LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, EL DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Administración, L.A.E. Luis Navarro García.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de Michoacán, Dr. Elías Ibarra Torres.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán, Dr. Hebert Israel Flores Leal.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 185 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO CONVENIO Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Oaxaca y el Municipio de Santo Domingo Zanatepec. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda. PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO 2025 VERTIENTE OBRAS COMUNITARIAS OC-04: CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Vertiente Obras Comunitarias 0C-04 Convenio Marco de Coordinación Estado de Oaxaca, Municipio de Santo Domingo Zanatepec CMC/VOC/PMU/025/2025 Convenio Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo “LA SEDATU”, representada en este acto por el Dr. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda; el C. Irving Mauricio Villa Villanueva, Titular de la Dirección General de Obras Comunitarias y Área Responsable de la Vertiente Obras Comunitarias; y por otra parte, el Gobierno del Estado de Oaxaca, en lo sucesivo “EL ESTADO”, representado por el Arq. Carlos Vichido Hernández, en su carácter de Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones; así como, el Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Zanatepec, Estado de Oaxaca, en lo sucesivo “EL MUNICIPIO”, representado por la C. Aurora Terroso Ramos, Presidenta Municipal Constitucional de Santo Domingo Zanatepec, quien actúa en compañía del C. Santiago Miguel Escobar Cruz, en su carácter de Síndico Municipal del H. Ayuntamiento de Santo Domingo Zanatepec; a quienes en conjunto se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes: ANTECEDENTES 1. Que el artículo 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución) establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación. 2. Que el artículo 134 de la Constitución establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. 3. Que el artículo 28 de la Ley de Planeación establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los programas que de éste emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los Gobiernos de las Entidades Federativas o de concertación con los grupos sociales interesados; por tanto, en términos del artículo 33 de la misma Ley, se podrá convenir con los Gobiernos Locales la participación que corresponda a los Municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan. 4. Que el artículo 41, fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala que a “LA SEDATU” le corresponde promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y comunitario en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, y con la participación de los sectores social y privado. 5. Que el artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de garantizar a todos los habitantes de un asentamiento humano o centros de población el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales suscritos por México en la materia. 6. Que de igual forma el artículo 6, fracción VIII de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano dispone que la creación, recuperación, mantenimiento y defensa del Espacio Público para uso comunitario y para la movilidad es considerado una causa de utilidad pública. 186 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 7. Que el artículo 8, fracciones IX y XIII de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano señala que “LA SEDATU” tiene atribuciones para promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el Desarrollo Regional, Urbano y Rural, en coordinación con los gobiernos estatales, municipales y las Demarcaciones Territoriales, y con la participación de los sectores social y privado, impulsando el acceso de todos y todas a los servicios, beneficios y prosperidad que ofrecen las ciudades; así como coordinar sus actuaciones con las entidades federativas y los Municipios, con la participación de los sectores social y privado, en la realización de acciones e inversiones para el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el Desarrollo Urbano de los Centros de Población, mediante la celebración de convenios y acuerdos. 8. Que los artículos 2, fracción LIII; 74 y 75, fracción VII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, señalan que los subsidios son asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos que, a través de las Dependencias y Entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las Entidades Federativas o Municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general, que serán ministrados por las Dependencias y Entidades, para evitar la duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir los gastos administrativos. 9. Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 (Presupuesto de Egresos), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, contempla entre los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, al Programa de Mejoramiento Urbano, en lo sucesivo "EL PROGRAMA". 10. Que de conformidad con los artículos 3 fracción XXI y 28 del Presupuesto de Egresos, el 5 de febrero de 2025, fueron publicadas, en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo “LAS REGLAS”. 11. Que “EL PROGRAMA” tiene una cobertura a nivel nacional, cuya población potencial y objetivo son las personas que residen en los asentamientos humanos dentro del territorio mexicano con algún grado de habitabilidad inadecuado. 12. Que el numeral 4.2 de “LAS REGLAS” señala que la Vertiente Obras Comunitarias consiste asignar subsidios a comunidades organizadas para la ejecución de los tipos de apoyo, a efecto de contribuir a mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario, entre otros; a través del diseño, construcción, renovación o ampliación de equipamiento y espacio público, incluyendo asistencia técnica que permita la correcta ejecución de los tipos de apoyo. 13. “LAS REGLAS”, en su numeral “13.5 Coordinación institucional”, establecen que, con el propósito de propiciar la sinergia con otros Programas públicos y privados para el ordenamiento territorial, el desarrollo regional y comunitario en las localidades, municipios, demarcaciones territoriales y entidades federativas en las que interviene el Programa, "LA SEDATU" promoverá la coordinación de esfuerzos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, con instituciones y organismos privados; así como de la sociedad civil. Para ello, en su caso, se suscribirán los instrumentos jurídicos de coordinación correspondientes. 14. De conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, el Comité de Validación de “EL PROGRAMA” ha autorizado el Informe Técnico de Justificación y Viabilidad para el otorgamiento del subsidio, concerniente al Municipio de Santo Domingo Zanatepec, mismo que contiene la cartera de acciones o proyectos susceptibles a recibir recursos de “EL PROGRAMA”. 15. Que “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los Tratados Internacionales a los que México se ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el objetivo 11 denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las Ciudades y los Asentamientos Humanos sean inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles"; en específico las metas 11.1; 11.3; 11.7; 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como de mejorar los barrios marginales; de aumentar la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad para una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los Asentamientos Humanos; de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de edad y las personas con discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo Nacional y regional y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 187 DECLARACIONES I. Declara “LA SEDATU” por conducto de su representante, que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad a los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1°; 2°; fracción I; 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.2. Entre sus atribuciones están las de: “Planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal competentes y coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los Gobiernos en las Entidades Federativas y Municipales para la realización de acciones en esta materia, con la participación de los sectores social y privado”; “Promover y concertar programa de vivienda y de desarrollo urbano y metropolitano y, apoyar su ejecución, con la participación de los Gobiernos de las Entidades Federativas y Municipales, así como de los sectores social y privado, a efecto de que el desarrollo nacional en la materia se oriente hacia una planeación sustentable y de integración”, y “Promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y comunitario, en coordinación con los Gobiernos Estatales y Municipales y con la participación de los sectores social y privado”, de conformidad con lo establecido en el artículo 41, fracciones X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.3. Su representante, el Dr. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción I, inciso b, 7, fracciones XI y XII, y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, así como en el numeral 11.2, fracción VII de “LAS REGLAS”. I.4. El Lic. Irving Mauricio Villa Villanueva, Titular de la Dirección General de Obras Comunitarias y Área Responsable de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, en lo sucesivo “EL ÁREA RESPONSABLE” cuenta con atribuciones para suscribir el presente Convenio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 2, apartado A, fracción III, inciso h), 9, fracciones IV, VI y XXVI, y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano; así como en el numeral 11.4 fracción II, inciso i) de “LAS REGLAS”. I.5. Para efectos de este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Avenida Nuevo León número 210, Colonia Hipódromo Condesa, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06I00, Ciudad de México. II. Declara “EL ESTADO” por conducto de su representante, que: II.1. El Estado de Oaxaca, es una entidad libre y soberana en lo que se refiere a su régimen interior y es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, 43, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1 y 26 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. II.2. La Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones, es la dependencia de la administración pública centralizada del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca a la que le corresponde en el despacho entre otros asuntos, el formular las políticas públicas del sector de las infraestructuras, consistentes en infraestructura social, básica y productiva, coordinarse con los gobiernos federal, estatal y municipal, así como con el sector privado y social para el cumplimiento de sus funciones y de sus objetivos, de conformidad con los artículos 3 fracción I, 27 fracción IV y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. II.3. El Arq. Carlos Vichido Hernández, en su carácter de Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones, cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I, 26, 27, fracción IV y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. Asimismo, acredita su cargo con el nombramiento de fecha 01 de enero de 2025, expedido por el Ingeniero Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. II.4. Para efectos del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en el Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial “General Porfirio Díaz, Soldado de la Patria” Edificio: Gral. Heliodoro Charis Castro, Av Gerardo Pandal Graff, No. 01, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Centro, Oax. C.P. 71257. 188 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 III. "EL MUNICIPIO" declara por conducto de su representante, lo siguiente: III.1. Que es una institución de derecho público, con personalidad jurídica y territorio determinado, de conformidad con los artículos 115, fracciones I, II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como 1 y 2 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. III.2. La C. Aurora Terroso Ramos, Presidenta Municipal Constitucional de Santo Domingo Zanatepec, en el Estado de Oaxaca, está plenamente facultada para suscribir el presente Convenio, de conformidad con el artículo 68 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. III.3. El C. Santiago Miguel Escobar Cruz, en su carácter de Síndico Municipal del H. Ayuntamiento de Santo Domingo Zanatepec, asiste a la Presidenta Municipal Constitucional, en la firma del presente Convenio, y cuenta con facultades para suscribirlo, en términos de los artículos 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 71, fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, en la suscripción del presente Convenio. III.4. Para efectos del presente Convenio, señalan como su domicilio el ubicado en calle Hidalgo sin número, colonia Centro, Santo Domingo Zanatepec, Oaxaca, C.P.70160 IV. Declaran “LAS PARTES” que: IV.1. En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es celebrado de manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes. IV.2. Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparece cada una de “LAS PARTES”; es su voluntad celebrar el presente Convenio Marco de Coordinación. Con base en los antecedentes y declaraciones de este instrumento y con fundamento en los artículos 26, apartado A; 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°; 2°; 17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 y 33 de la Ley de Planeación; 4; 8; 9; 48; 49; 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 65, fracción XIV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1; 7, fracciones XI y XII; 2, fracción I, 9, 18 y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; las disposiciones contenidas en “LAS REGLAS”, y demás disposiciones jurídicas aplicables, “LAS PARTES” celebran el presente Convenio Marco de Coordinación, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO El objeto del presente Convenio Marco de Coordinación es reconocer y aceptar la ejecución de “EL PROGRAMA” en "EL MUNICIPIO", coordinando acciones, voluntades y capacidades entre "LAS PARTES" a fin de establecer las bases y los mecanismos para la distribución y ejercicio de los subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” para el ejercicio fiscal 2025, así como coadyuvar en el ámbito de sus respectivas competencias para que se ejecuten los tipos de apoyo y, en su caso, se activen los proyectos que deriven de las modalidades de dicha Vertiente, a los cuales, en los sucesivo se les denominará como "LOS PROYECTOS" en beneficio de la población. Los recursos financieros que, en su caso, aporte “LA SEDATU” son subsidios que no pierden su carácter federal y que provienen del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, asignados a la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”. Estos subsidios estarán sujetos, en todo momento, a la disponibilidad presupuestal de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”. SEGUNDA. EJECUCIÓN ESPECÍFICA DE LOS TIPOS DE APOYO DE LA VERTIENTE OBRAS COMUNITARIAS DE “EL PROGRAMA” La implementación y ejecución de “EL PROGRAMA” se dará de conformidad con la mecánica operativa de la Vertiente Obras Comunitarias, por lo cual, en su oportunidad se llevará a cabo la formalización de los instrumentos jurídicos específicos aplicables, acorde a lo establecido en “LAS REGLAS”, en los que se establecerá la información correspondiente a los tipos de apoyo que serán otorgados, a través de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”; y en los cuales aplicará el contenido de los apartados de este Convenio Marco de Coordinación, conforme a la normativa aplicable. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 189 “LAS PARTES” convienen que para la ejecución de los tipos de apoyo que sean otorgados, a través de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se deberán formalizar desde los instrumentos jurídicos aplicables, hasta la suscripción del Acta de Término, en la que se hace constar la entrega recepción de los trabajos realizados conforme al formato (VOC-08), disponible para consulta en el micrositio de "EL PROGRAMA" https://mimexicolate.gob.mx/, obligándose "EL MUNICIPIO" o, de ser procedente, “EL ESTADO”, a realizar las acciones que resulten necesarias para recibirlas y, en su caso, activarlas, administrarlas y conservarlas, conforme a la normativa aplicable. TERCERA. NORMATIVIDAD Para la ejecución de "LOS PROYECTOS" que sean apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, “LAS PARTES” convienen que se sujetarán, en lo aplicable, a lo establecido en “LAS REGLAS”, el presente Convenio Marco de Coordinación, los instrumentos jurídicos específicos aplicables a la Vertiente Obras Comunitarias, así como a las demás disposiciones jurídicas federales y locales aplicables. CUARTA. INSTANCIA EJECUTORA DE “LOS PROYECTOS” En los Convenios de Coordinación Específicos o los instrumentos jurídicos aplicables, se señalará la Instancia Ejecutora de “LOS PROYECTOS” que serán subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, es decir, el Comité de Obras Comunitarias respectivo; el cual tendrá las obligaciones y responsabilidades que se establecen en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. QUINTA. RESPONSABILIDADES DE “LA SEDATU” a. Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b. Otorgar subsidios federales para la ejecución de "EL PROGRAMA" en "EL MUNICIPIO"; c. Evaluar y, en su caso, aprobar, los tipos de apoyo presentados para apoyar a "EL MUNICIPIO" conforme a lo previsto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable; d. Promover, integrar y dar seguimiento a las actividades en materia de contraloría social; entre otras conformando y capacitando a los comités de contraloría social, ajustándose al esquema de operación, la guía operativa y el programa anual de trabajo en la materia determinado por "EL PROGRAMA", y validados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, con el apoyo que corresponde de “LAS PARTES”; e. Solicitar el apoyo o intervención de “EL ESTADO” o “EL MUNICIPIO”, cuando así se requiera para la correcta ejecución, recepción o activación de las obras, proyectos o acciones que sean otorgados mediante subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”; f. Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, y aquellas que resulten aplicables conforme a lo que señalan "LAS REGLAS", y demás normativa aplicable. SEXTA. RESPONSABILIDADES DE “EL ESTADO” Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, "EL ESTADO" asume los siguientes compromisos: a. Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b. Apoyar en el ámbito de sus competencias para el cumplimiento de los objetivos y metas de "EL PROGRAMA"; c. Apoyar, de ser procedente, a “LA SEDATU”, “EL MUNICIPIO” o la Instancia Ejecutora, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la ejecución, recepción, activación u operación de los tipos de apoyo consistentes en subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que, en su caso, sean aprobados en beneficio de la población de "EL MUNICIPIO"; d. Autorizar o, en su caso, coadyuvar en la gestión para la exención del pago de derechos de dictámenes, licencias, permisos o trámites que resulten necesarios, en beneficio de la población de "EL MUNICIPIO", conforme a lo que disponga la normativa aplicable; e. Coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos de "EL PROGRAMA" de conformidad a lo dispuesto en "LAS REGLAS", en el ámbito de sus competencias; f. Las demás que resulten necesarias en el ámbito de su competencia para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, en términos de la normativa aplicable. 190 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 SÉPTIMA. RESPONSABILIDADES DE "EL MUNICIPIO" Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, "EL MUNICIPIO" tiene las siguientes obligaciones: a. Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b. Apoyar con las gestiones necesarias para que se cumpla con la normativa aplicable en materia de protección civil, reglamentos de construcción, Normas Oficiales Mexicanas o cualquier otra relacionada con las obras comunitarias, acciones o proyectos que deriven de tipos de apoyo de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”; c. En su caso, emitir las autorizaciones, licencias de construcción, dictámenes de factibilidad entre otros, de las obras, acciones o proyectos correspondientes a tipos de apoyo de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que se ejecuten en "EL MUNICIPIO" de conformidad con la normativa aplicable, así como cubrir o exentar la totalidad de los costos asociados a estos conceptos; d. Promover, en el ámbito de su competencia, las acciones que resulten necesarias para salvaguardar y vigilar la correcta ejecución de “LOS PROYECTOS”, así como contribuir a su administración y conservación, y a la generación y preservación del orden público y la paz social de las mismas, en términos de la normativa aplicable; e. Apoyar, de ser procedente, a “LA SEDATU”, “EL ESTADO” o la Instancia Ejecutora, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la ejecución, recepción, activación u operación de los tipos de apoyo consistentes en subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que, en su caso, sean aprobados en beneficio de la población de "EL MUNICIPIO"; f. Facilitar mecanismos de cooperación con las autoridades para que las obras, acciones o proyectos que deriven de los tipos de apoyo otorgados en el marco de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que, en su caso, sean aprobados en favor de la población de "EL MUNICIPIO", cuenten con el mobiliario y equipamiento adecuado para su correcto funcionamiento en beneficio de la comunidad, y g. Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio y aquellas que establezca “LA SEDATU”, “LAS REGLAS” y las demás disposiciones aplicables. OCTAVA. CONTROL Y FISCALIZACIÓN El ejercicio de los recursos federales de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: el Órgano Interno de Control en “LA SEDATU”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes. NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONVENIO “LAS PARTES” acuerdan que, atendiendo que el presente instrumento observa el principio de la buena fe; de común acuerdo podrán convenir la terminación anticipada del mismo. El presente Convenio se podrá dar por terminado de manera anticipada por la existencia de alguna de las siguientes causas: a. De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza; b. Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable, y c. Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio. Asimismo, “LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, terminar anticipadamente el presente instrumento jurídico, sin que medie resolución judicial, sin responsabilidad alguna, y sin que resulte necesaria la autorización de otra de “LAS PARTES”, cuando cualquiera de las mismas no cumpla en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Convenio Marco de Coordinación, o de presentarse alguna circunstancia prevista en “LAS REGLAS”, y demás normativa aplicable, para tal efecto. DÉCIMA. CESIÓN DE DERECHOS. “LAS PARTES” acuerdan que no podrán ceder en forma total o parcial los derechos y obligaciones establecidos o los que deriven del presente instrumento jurídico. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 191 DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIONES De considerarse procedente, el presente Convenio Marco de Coordinación se podrá modificar de común acuerdo por “LAS PARTES”, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan, dichas modificaciones deberán constar por escrito. DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación; asimismo, convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en los instrumentos legales y normativos señalados en la CLÁUSULA TERCERA de este Convenio. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los Tribunales Federales competentes con sede en la Ciudad de México. DÉCIMA TERCERA. DIFUSIÓN “LAS PARTES” serán responsables, en el respectivo ámbito de sus competencias, de que durante la ejecución de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones, estrategias y programas en materia de difusión, que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal 2025, “LAS REGLAS”, y demás normativa aplicable. La publicidad, la información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas deberá identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal 2025, e incluir la siguiente leyenda “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social. DÉCIMA CUARTA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR En caso de generarse derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a cabo en el marco de este Convenio, así como del diseño y la ejecución de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente o a las Instancias Ejecutoras, los créditos correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Asimismo, "LAS PARTES" convienen que la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de las actividades que desarrollen conjuntamente corresponderá a la parte que haya producido o, en su caso, a todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven del presente Convenio le corresponderán a la parte que haya participado o que haya aportado recursos para su realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos correspondientes por su autoría y colaboración a la otra parte. DÉCIMA QUINTA. CONTRALORÍA SOCIAL “LAS PARTES”, serán responsables a que durante la ejecución de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones señaladas en “LAS REGLAS”, en materia de contraloría social; así como lo señalado en los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo el Esquema o Esquemas validados por la misma dependencia. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL "LAS PARTES" convienen que el personal aportado por cada una para la realización de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos de la otra. 192 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES “LAS PARTES” acuerdan guardar y proteger la información reservada y/o confidencial que generen, obtengan, adquieran, transformen o se encuentre en su posesión, de acuerdo con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como cualquier otro ordenamiento jurídico vigente en la materia, incluyendo, desde luego, los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados ordenamientos, de considerarse procedente. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia serán responsables, en obtener el consentimiento de los titulares de datos personales y/o datos personales sensibles de conformidad con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable, que se obtengan con motivo del cumplimiento del objeto del presente Convenio. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia se obligan a realizar los avisos de privacidad correspondientes, de conformidad con la mencionada Ley, y obtener las autorizaciones correspondientes para transferir dichos datos a la otra parte, cuando así sea necesario en términos de la legislación aplicable. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia serán responsables del manejo, almacenamiento y protección de los datos personales, y los datos personales sensibles que obtengan con motivo del cumplimiento del presente Convenio. DÉCIMA OCTAVA. INTEGRIDAD “LAS PARTES”, se comprometen a actuar bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, honestidad, e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en materia de responsabilidades de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Código Penal Federal y su legislación local. “LAS PARTES”, se comprometen a que, las personas servidoras públicas adscritas a éstas ofrezcan, prometan, entreguen, autoricen, soliciten o acepten alguna ventaja indebida, económica o de otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente instrumento o con los que deriven del mismo; y que habrán adoptado medidas razonables para evitar que lo lleven a cabo terceros, sujetos a su control o influencia significativa. Para esos efectos, el alcance del objeto de este Convenio Marco de Coordinación se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. DÉCIMA NOVENA. ANTICORRUPCIÓN “LAS PARTES” se comprometen a no llevar a cabo acto de corrupción alguno, por lo que pactan que será causal de suspensión o terminación de la relación derivada del presente Convenio, el conocimiento de que la otra parte ha actuado en violación a la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular al involucrarse o tolerar algún acto de corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo. Para esos efectos, el alcance del objeto del presente instrumento jurídico se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. VIGÉSIMA. DOMICILIOS “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones, notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio Marco de Coordinación, los señalados en sus respectivas declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito, dirigido a “LAS PARTES”, con acuse de recibo, por lo menos con 10 (diez) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos el cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán como válidamente hechas en los domicilios aquí señalados. VIGÉSIMA PRIMERA. VIGENCIA El presente instrumento estará vigente a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa” Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio Marco de Coordinación, en cinco tantos, en la Ciudad de México, a los 08 días del mes de mayo de 2025, acordando su publicación en el Diario Oficial de la Federación, conforme al artículo 36 de la Ley de Planeación.- Por la SEDATU: Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, Dr. Víctor Hugo Hofmann Aguirre.- Rúbrica.- Director General de Obras Comunitarias, Lic. Irving Mauricio Villa Villanueva.- Rúbrica.- Por el Estado: Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones, Arq. Carlos Vichido Hernández.- Rúbrica.- Por el Municipio: Presidenta Municipal Constitucional de Santo Domingo Zanatepec, Oaxaca, C. Aurora Terroso Ramos.- Rúbrica.- Síndico Municipal del Ayuntamiento de Santo Domingo Zanatepec, Oaxaca, C. Santiago Miguel Escobar Cruz.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 193 CONVENIO Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Oaxaca y el Municipio de Santiago Niltepec. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda. PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO 2025 VERTIENTE OBRAS COMUNITARIAS OC-04: CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Vertiente Obras Comunitarias 0C-04 Convenio Marco de Coordinación Estado de Oaxaca, Municipio de Santiago Niltepec CMC/VOC/PMU/026/2025 Convenio Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo “LA SEDATU”, representada en este acto por el Dr. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda; el C. Irving Mauricio Villa Villanueva, Titular de la Dirección General de Obras Comunitarias y Área Responsable de la Vertiente Obras Comunitarias; y por otra parte, el Gobierno del Estado de Oaxaca, en lo sucesivo “EL ESTADO”, representado por el Arq. Carlos Vichido Hernández, en su carácter de Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones; así como, el Ayuntamiento del Municipio de Santiago Niltepec, Estado de Oaxaca, en lo sucesivo “EL MUNICIPIO”, representado por el C. Sheng-Yu Chiu Meza, Presidente Constitucional Municipal de Santiago Niltepec, quien actúa en compañía de la C. Guadalupe Martínez Sesma, en su carácter de Síndica Municipal del H. Ayuntamiento de Santiago Niltepec; a quienes en conjunto se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes: ANTECEDENTES 1. Que el artículo 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución) establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación. 2. Que el artículo 134 de la Constitución establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. 3. Que el artículo 28 de la Ley de Planeación establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los programas que de éste emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los Gobiernos de las Entidades Federativas o de concertación con los grupos sociales interesados; por tanto, en términos del artículo 33 de la misma Ley, se podrá convenir con los Gobiernos Locales la participación que corresponda a los Municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan. 4. Que el artículo 41, fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala que a “LA SEDATU” le corresponde promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y comunitario en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, y con la participación de los sectores social y privado. 5. Que el artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de garantizar a todos los habitantes de un asentamiento humano o centros de población el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales suscritos por México en la materia. 6. Que de igual forma el artículo 6, fracción VIII de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano dispone que la creación, recuperación, mantenimiento y defensa del Espacio Público para uso comunitario y para la movilidad es considerado una causa de utilidad pública. 194 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 7. Que el artículo 8, fracciones IX y XIII de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano señala que “LA SEDATU” tiene atribuciones para promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el Desarrollo Regional, Urbano y Rural, en coordinación con los gobiernos estatales, municipales y las Demarcaciones Territoriales, y con la participación de los sectores social y privado, impulsando el acceso de todos y todas a los servicios, beneficios y prosperidad que ofrecen las ciudades; así como coordinar sus actuaciones con las entidades federativas y los Municipios, con la participación de los sectores social y privado, en la realización de acciones e inversiones para el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el Desarrollo Urbano de los Centros de Población, mediante la celebración de convenios y acuerdos. 8. Que los artículos 2, fracción LIII; 74 y 75, fracción VII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, señalan que los subsidios son asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos que, a través de las Dependencias y Entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las Entidades Federativas o Municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general, que serán ministrados por las Dependencias y Entidades, para evitar la duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir los gastos administrativos. 9. Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 (Presupuesto de Egresos), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, contempla entre los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, al Programa de Mejoramiento Urbano, en lo sucesivo "EL PROGRAMA". 10. Que de conformidad con los artículos 3 fracción XXI y 28 del Presupuesto de Egresos, el 5 de febrero de 2025, fueron publicadas, en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo “LAS REGLAS”. 11. Que “EL PROGRAMA” tiene una cobertura a nivel nacional, cuya población potencial y objetivo son las personas que residen en los asentamientos humanos dentro del territorio mexicano con algún grado de habitabilidad inadecuado. 12. Que el numeral 4.2 de “LAS REGLAS” señala que la Vertiente Obras Comunitarias consiste asignar subsidios a comunidades organizadas para la ejecución de los tipos de apoyo, a efecto de contribuir a mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario, entre otros; a través del diseño, construcción, renovación o ampliación de equipamiento y espacio público, incluyendo asistencia técnica que permita la correcta ejecución de los tipos de apoyo. 13. “LAS REGLAS”, en su numeral “13.5 Coordinación institucional”, establecen que, con el propósito de propiciar la sinergia con otros Programas públicos y privados para el ordenamiento territorial, el desarrollo regional y comunitario en las localidades, municipios, demarcaciones territoriales y entidades federativas en las que interviene el Programa, "LA SEDATU" promoverá la coordinación de esfuerzos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, con instituciones y organismos privados; así como de la sociedad civil. Para ello, en su caso, se suscribirán los instrumentos jurídicos de coordinación correspondientes. 14. De conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, el Comité de Validación de “EL PROGRAMA” ha autorizado el Informe Técnico de Justificación y Viabilidad para el otorgamiento del subsidio, concerniente al Municipio de Santiago Niltepec, mismo que contiene la cartera de acciones o proyectos susceptibles a recibir recursos de “EL PROGRAMA”. 15. Que “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los Tratados Internacionales a los que México se ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el objetivo 11 denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las Ciudades y los Asentamientos Humanos sean inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles"; en específico las metas 11.1; 11.3; 11.7; 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como de mejorar los barrios marginales; de aumentar la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad para una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los Asentamientos Humanos; de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de edad y las personas con discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo Nacional y regional y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 195 DECLARACIONES I. Declara “LA SEDATU” por conducto de su representante, que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad a los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1°; 2°; fracción I; 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.2. Entre sus atribuciones están las de: “Planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal competentes y coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los Gobiernos en las Entidades Federativas y Municipales para la realización de acciones en esta materia, con la participación de los sectores social y privado”; “Promover y concertar programa de vivienda y de desarrollo urbano y metropolitano y, apoyar su ejecución, con la participación de los Gobiernos de las Entidades Federativas y Municipales, así como de los sectores social y privado, a efecto de que el desarrollo nacional en la materia se oriente hacia una planeación sustentable y de integración”, y “Promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y comunitario, en coordinación con los Gobiernos Estatales y Municipales y con la participación de los sectores social y privado”, de conformidad con lo establecido en el artículo 41, fracciones X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.3. Su representante, el Dr. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción I, inciso b), 7, fracciones XI y XII, y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, así como en el numeral 11.2, fracción VII de “LAS REGLAS”. I.4. El Lic. Irving Mauricio Villa Villanueva, Titular de la Dirección General de Obras Comunitarias y Área Responsable de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, en lo sucesivo “EL ÁREA RESPONSABLE” cuenta con atribuciones para suscribir el presente Convenio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 2, apartado A, fracción III, inciso h), 9, fracciones IV, VI y XXVI, y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano; así como en el numeral 11.4 fracción II, inciso i) de “LAS REGLAS”. I.5. Para efectos de este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Avenida Nuevo León número 210, Colonia Hipódromo Condesa, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06I00, Ciudad de México. II. Declara “EL ESTADO” por conducto de su representante, que: II.1. El Estado de Oaxaca, es una entidad libre y soberana en lo que se refiere a su régimen interior y es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, 43, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1 y 26 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. II.2. La Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones, es la dependencia de la administración pública centralizada del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca a la que le corresponde en el despacho entre otros asuntos, el formular las políticas públicas del sector de las infraestructuras, consistentes en infraestructura social, básica y productiva, coordinarse con los gobiernos federal, estatal y municipal, así como con el sector privado y social para el cumplimiento de sus funciones y de sus objetivos, de conformidad con los artículos 3 fracción I, 27 fracción IV y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. II.3. El Arq. Carlos Vichido Hernández, en su carácter de Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones, cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I, 26, 27, fracción IV y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. Asimismo, acredita su cargo con el nombramiento de fecha 01 de enero de 2025, expedido por el Ingeniero Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. II.4. Para efectos del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en el Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial “General Porfirio Díaz, Soldado de la Patria” Edificio: Gral. Heliodoro Charis Castro, Av Gerardo Pandal Graff, No. 01, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Centro, Oax. C.P. 71257. 196 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 III. "EL MUNICIPIO" declara por conducto de su representante, lo siguiente: III.1. Que es una institución de derecho público, con personalidad jurídica y territorio determinado, de conformidad con los artículos 115, fracciones I, II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como 1 y 2 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. III.2. El C. Sheng-Yu Chiu Meza, Presidente Constitucional Municipal de Santiago Niltepec, en el Estado de Oaxaca, está plenamente facultado para suscribir el presente Convenio, de conformidad con el artículo 68 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. III.3. La C. Guadalupe Martínez Sesma, en su carácter de Síndica Municipal del H. Ayuntamiento de Santiago Niltepec, asiste al Presidente Municipal Constitucional de Santiago Niltepec, en el Estado de Oaxaca, en la firma del presente Convenio, y cuenta con facultades para suscribirlo, en términos de los artículos 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 71, fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, en la suscripción del presente Convenio. III.4. Para efectos del presente Convenio, señalan como su domicilio el ubicado en calle Miguel Hidalgo, s/n, entre Avenida Macedonio Alcalá, colonia Centro. C.P 70130, Santiago Niltepec, Oaxaca. IV. Declaran “LAS PARTES” que: IV.1. En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es celebrado de manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes. IV.2. Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparece cada una de “LAS PARTES”; es su voluntad celebrar el presente Convenio Marco de Coordinación. Con base en los antecedentes y declaraciones de este instrumento y con fundamento en los artículos 26, apartado A; 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°; 2°; 17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 y 33 de la Ley de Planeación; 4; 8; 9; 48; 49; 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 65, fracción XIV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1; 7, fracciones XI y XII; 2, fracción I, 9, 18 y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; las disposiciones contenidas en “LAS REGLAS”, y demás disposiciones jurídicas aplicables, “LAS PARTES” celebran el presente Convenio Marco de Coordinación, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO El objeto del presente Convenio Marco de Coordinación es reconocer y aceptar la ejecución de “EL PROGRAMA” en "EL MUNICIPIO", coordinando acciones, voluntades y capacidades entre "LAS PARTES" a fin de establecer las bases y los mecanismos para la distribución y ejercicio de los subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” para el ejercicio fiscal 2025, así como coadyuvar en el ámbito de sus respectivas competencias para que se ejecuten los tipos de apoyo y, en su caso, se activen los proyectos que deriven de las modalidades de dicha Vertiente, a los cuales, en los sucesivo se les denominará como "LOS PROYECTOS" en beneficio de la población. Los recursos financieros que, en su caso, aporte “LA SEDATU” son subsidios que no pierden su carácter federal y que provienen del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, asignados a la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”. Estos subsidios estarán sujetos, en todo momento, a la disponibilidad presupuestal de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”. SEGUNDA. EJECUCIÓN ESPECÍFICA DE LOS TIPOS DE APOYO DE LA VERTIENTE OBRAS COMUNITARIAS DE “EL PROGRAMA” La implementación y ejecución de “EL PROGRAMA” se dará de conformidad con la mecánica operativa de la Vertiente Obras Comunitarias, por lo cual, en su oportunidad se llevará a cabo la formalización de los instrumentos jurídicos específicos aplicables, acorde a lo establecido en “LAS REGLAS”, en los que se establecerá la información correspondiente a los tipos de apoyo que serán otorgados, a través de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”; y en los cuales aplicará el contenido de los apartados de este Convenio Marco de Coordinación, conforme a la normativa aplicable. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 197 “LAS PARTES” convienen que para la ejecución de los tipos de apoyo que sean otorgados, a través de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se deberán formalizar desde los instrumentos jurídicos aplicables, hasta la suscripción del Acta de Término, en la que se hace constar la entrega recepción de los trabajos realizados conforme al formato (VOC-08), disponible para consulta en el micrositio de "EL PROGRAMA" https://mimexicolate.gob.mx/, obligándose "EL MUNICIPIO" o, de ser procedente, “EL ESTADO”, a realizar las acciones que resulten necesarias para recibirlas y, en su caso, activarlas, administrarlas y conservarlas, conforme a la normativa aplicable. TERCERA. NORMATIVIDAD Para la ejecución de "LOS PROYECTOS" que sean apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, “LAS PARTES” convienen que se sujetarán, en lo aplicable, a lo establecido en “LAS REGLAS”, el presente Convenio Marco de Coordinación, los instrumentos jurídicos específicos aplicables a la Vertiente Obras Comunitarias, así como a las demás disposiciones jurídicas federales y locales aplicables. CUARTA. INSTANCIA EJECUTORA DE “LOS PROYECTOS” En los Convenios de Coordinación Específicos o los instrumentos jurídicos aplicables, se señalará la Instancia Ejecutora de “LOS PROYECTOS” que serán subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, es decir, el Comité de Obras Comunitarias respectivo; el cual tendrá las obligaciones y responsabilidades que se establecen en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. QUINTA. RESPONSABILIDADES DE “LA SEDATU” a. Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b. Otorgar subsidios federales para la ejecución de "EL PROGRAMA" en "EL MUNICIPIO"; c. Evaluar y, en su caso, aprobar, los tipos de apoyo presentados para apoyar a "EL MUNICIPIO" conforme a lo previsto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable; d. Promover, integrar y dar seguimiento a las actividades en materia de contraloría social; entre otras conformando y capacitando a los comités de contraloría social, ajustándose al esquema de operación, la guía operativa y el programa anual de trabajo en la materia determinado por "EL PROGRAMA", y validados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, con el apoyo que corresponde de “LAS PARTES”; e. Solicitar el apoyo o intervención de “EL ESTADO” o “EL MUNICIPIO”, cuando así se requiera para la correcta ejecución, recepción o activación de las obras, proyectos o acciones que sean otorgados mediante subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”; f. Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, y aquellas que resulten aplicables conforme a lo que señalan "LAS REGLAS", y demás normativa aplicable. SEXTA. RESPONSABILIDADES DE “EL ESTADO” Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, "EL ESTADO" asume los siguientes compromisos: a. Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b. Apoyar en el ámbito de sus competencias para el cumplimiento de los objetivos y metas de "EL PROGRAMA"; c. Apoyar, de ser procedente, a “LA SEDATU”, “EL MUNICIPIO” o la Instancia Ejecutora, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la ejecución, recepción, activación u operación de los tipos de apoyo consistentes en subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que, en su caso, sean aprobados en beneficio de la población de "EL MUNICIPIO"; d. Autorizar o, en su caso, coadyuvar en la gestión para la exención del pago de derechos de dictámenes, licencias, permisos o trámites que resulten necesarios, en beneficio de la población de "EL MUNICIPIO", conforme a lo que disponga la normativa aplicable; e. Coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos de "EL PROGRAMA" de conformidad a lo dispuesto en "LAS REGLAS", en el ámbito de sus competencias; f. Las demás que resulten necesarias en el ámbito de su competencia para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, en términos de la normativa aplicable. 198 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 SÉPTIMA. RESPONSABILIDADES DE "EL MUNICIPIO" Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, "EL MUNICIPIO" tiene las siguientes obligaciones: a. Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b. Apoyar con las gestiones necesarias para que se cumpla con la normativa aplicable en materia de protección civil, reglamentos de construcción, Normas Oficiales Mexicanas o cualquier otra relacionada con las obras comunitarias, acciones o proyectos que deriven de tipos de apoyo de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”; c. En su caso, emitir las autorizaciones, licencias de construcción, dictámenes de factibilidad entre otros, de las obras, acciones o proyectos correspondientes a tipos de apoyo de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que se ejecuten en "EL MUNICIPIO" de conformidad con la normativa aplicable, así como cubrir o exentar la totalidad de los costos asociados a estos conceptos; d. Promover, en el ámbito de su competencia, las acciones que resulten necesarias para salvaguardar y vigilar la correcta ejecución de “LOS PROYECTOS”, así como contribuir a su administración y conservación, y a la generación y preservación del orden público y la paz social de las mismas, en términos de la normativa aplicable; e. Apoyar, de ser procedente, a “LA SEDATU”, “EL ESTADO” o la Instancia Ejecutora, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la ejecución, recepción, activación u operación de los tipos de apoyo consistentes en subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que, en su caso, sean aprobados en beneficio de la población de "EL MUNICIPIO"; f. Facilitar mecanismos de cooperación con las autoridades para que las obras, acciones o proyectos que deriven de los tipos de apoyo otorgados en el marco de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que, en su caso, sean aprobados en favor de la población de "EL MUNICIPIO", cuenten con el mobiliario y equipamiento adecuado para su correcto funcionamiento en beneficio de la comunidad, y g. Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio y aquellas que establezca “LA SEDATU”, “LAS REGLAS” y las demás disposiciones aplicables. OCTAVA. CONTROL Y FISCALIZACIÓN El ejercicio de los recursos federales de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: el Órgano Interno de Control en “LA SEDATU”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes. NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONVENIO “LAS PARTES” acuerdan que, atendiendo que el presente instrumento observa el principio de la buena fe; de común acuerdo podrán convenir la terminación anticipada del mismo. El presente Convenio se podrá dar por terminado de manera anticipada por la existencia de alguna de las siguientes causas: a. De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza; b. Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable, y c. Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio. Asimismo, “LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, terminar anticipadamente el presente instrumento jurídico, sin que medie resolución judicial, sin responsabilidad alguna, y sin que resulte necesaria la autorización de otra de “LAS PARTES”, cuando cualquiera de las mismas no cumpla en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Convenio Marco de Coordinación, o de presentarse alguna circunstancia prevista en “LAS REGLAS”, y demás normativa aplicable, para tal efecto. DÉCIMA. CESIÓN DE DERECHOS. “LAS PARTES” acuerdan que no podrán ceder en forma total o parcial los derechos y obligaciones establecidos o los que deriven del presente instrumento jurídico. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 199 DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIONES De considerarse procedente, el presente Convenio Marco de Coordinación se podrá modificar de común acuerdo por “LAS PARTES”, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan, dichas modificaciones deberán constar por escrito. DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación; asimismo, convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en los instrumentos legales y normativos señalados en la CLÁUSULA TERCERA de este Convenio. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los Tribunales Federales competentes con sede en la Ciudad de México. DÉCIMA TERCERA. DIFUSIÓN “LAS PARTES” serán responsables, en el respectivo ámbito de sus competencias, de que durante la ejecución de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones, estrategias y programas en materia de difusión, que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal 2025, “LAS REGLAS”, y demás normativa aplicable. La publicidad, la información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas deberá identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal 2025, e incluir la siguiente leyenda “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social. DÉCIMA CUARTA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR En caso de generarse derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a cabo en el marco de este Convenio, así como del diseño y la ejecución de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente o a las Instancias Ejecutoras, los créditos correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Asimismo, "LAS PARTES" convienen que la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de las actividades que desarrollen conjuntamente corresponderá a la parte que haya producido o, en su caso, a todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven del presente Convenio le corresponderán a la parte que haya participado o que haya aportado recursos para su realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos correspondientes por su autoría y colaboración a la otra parte. DÉCIMA QUINTA. CONTRALORÍA SOCIAL “LAS PARTES”, serán responsables a que durante la ejecución de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones señaladas en “LAS REGLAS”, en materia de contraloría social; así como lo señalado en los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo el Esquema o Esquemas validados por la misma dependencia. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL "LAS PARTES" convienen que el personal aportado por cada una para la realización de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos de la otra. 200 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES “LAS PARTES” acuerdan guardar y proteger la información reservada y/o confidencial que generen, obtengan, adquieran, transformen o se encuentre en su posesión, de acuerdo con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como cualquier otro ordenamiento jurídico vigente en la materia, incluyendo, desde luego, los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados ordenamientos, de considerarse procedente. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia serán responsables, en obtener el consentimiento de los titulares de datos personales y/o datos personales sensibles de conformidad con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable, que se obtengan con motivo del cumplimiento del objeto del presente Convenio. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia se obligan a realizar los avisos de privacidad correspondientes, de conformidad con la mencionada Ley, y obtener las autorizaciones correspondientes para transferir dichos datos a la otra parte, cuando así sea necesario en términos de la legislación aplicable. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia serán responsables del manejo, almacenamiento y protección de los datos personales, y los datos personales sensibles que obtengan con motivo del cumplimiento del presente Convenio. DÉCIMA OCTAVA. INTEGRIDAD “LAS PARTES”, se comprometen a actuar bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, honestidad, e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en materia de responsabilidades de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Código Penal Federal y su legislación local. “LAS PARTES”, se comprometen a que, las personas servidoras públicas adscritas a éstas ofrezcan, prometan, entreguen, autoricen, soliciten o acepten alguna ventaja indebida, económica o de otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente instrumento o con los que deriven del mismo; y que habrán adoptado medidas razonables para evitar que lo lleven a cabo terceros, sujetos a su control o influencia significativa. Para esos efectos, el alcance del objeto de este Convenio Marco de Coordinación se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. DÉCIMA NOVENA. ANTICORRUPCIÓN “LAS PARTES” se comprometen a no llevar a cabo acto de corrupción alguno, por lo que pactan que será causal de suspensión o terminación de la relación derivada del presente Convenio, el conocimiento de que la otra parte ha actuado en violación a la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular al involucrarse o tolerar algún acto de corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo. Para esos efectos, el alcance del objeto del presente instrumento jurídico se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. VIGÉSIMA. DOMICILIOS “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones, notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio Marco de Coordinación, los señalados en sus respectivas declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito, dirigido a “LAS PARTES”, con acuse de recibo, por lo menos con 10 (diez) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos el cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán como válidamente hechas en los domicilios aquí señalados. VIGÉSIMA PRIMERA. VIGENCIA El presente instrumento estará vigente a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa” Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio Marco de Coordinación, en cinco tantos, en la Ciudad de México, a los 30 días del mes de mayo de 2025, acordando su publicación en el Diario Oficial de la Federación, conforme al artículo 36 de la Ley de Planeación.- Por la SEDATU: Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, Dr. Víctor Hugo Hofmann Aguirre.- Rúbrica.- Director General de Obras Comunitarias, Lic. Irving Mauricio Villa Villanueva.- Rúbrica.- Por el Estado: Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones, Arq. Carlos Vichido Hernández.- Rúbrica.- Por el Municipio: Presidente Constitucional Municipal de Santiago Niltepec, Oaxaca, C. Sheng-Yu Chiu Meza.- Rúbrica.- Síndica Municipal del Ayuntamiento de Santiago Niltepec, Oaxaca, C. Guadalupe Martínez Sesma.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 201 CONVENIO Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Oaxaca y el Municipio de San Juan Guichicovi. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda. PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO 2025 VERTIENTE OBRAS COMUNITARIAS OC-04: CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Vertiente Obras Comunitarias 0C-04 Convenio Marco de Coordinación Estado de Oaxaca, Municipio de San Juan Guichicovi CMC/VOC/PMU/027/2025 Convenio Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo “LA SEDATU”, representada en este acto por el Dr. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda; el C. Irving Mauricio Villa Villanueva, Titular de la Dirección General de Obras Comunitarias y Área Responsable de la Vertiente Obras Comunitarias; y por otra parte, el Gobierno del Estado de Oaxaca, en lo sucesivo “EL ESTADO”, representado por el Arq. Carlos Vichido Hernández, en su carácter de Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones; así como, el Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Estado de Oaxaca, en lo sucesivo “EL MUNICIPIO”, representado por el C. Erick Rubiel Ramírez Pineda, Presidente Municipal Constitucional de San Juan Guichicovi, quien actúa en compañía de la C. Zoila José Juan, en su carácter de Síndica Municipal del H. Ayuntamiento de San Juan Guichicovi; a quienes en conjunto se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes: ANTECEDENTES 1. Que el artículo 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución) establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación. 2. Que el artículo 134 de la Constitución establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. 3. Que el artículo 28 de la Ley de Planeación establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los programas que de éste emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los Gobiernos de las Entidades Federativas o de concertación con los grupos sociales interesados; por tanto, en términos del artículo 33 de la misma Ley, se podrá convenir con los Gobiernos Locales la participación que corresponda a los Municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan. 4. Que el artículo 41, fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala que a “LA SEDATU” le corresponde promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y comunitario en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, y con la participación de los sectores social y privado. 5. Que el artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de garantizar a todos los habitantes de un asentamiento humano o centros de población el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales suscritos por México en la materia. 6. Que de igual forma el artículo 6, fracción VIII de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano dispone que la creación, recuperación, mantenimiento y defensa del Espacio Público para uso comunitario y para la movilidad es considerado una causa de utilidad pública. 202 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 7. Que el artículo 8, fracciones IX y XIII de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano señala que “LA SEDATU” tiene atribuciones para promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el Desarrollo Regional, Urbano y Rural, en coordinación con los gobiernos estatales, municipales y las Demarcaciones Territoriales, y con la participación de los sectores social y privado, impulsando el acceso de todos y todas a los servicios, beneficios y prosperidad que ofrecen las ciudades; así como coordinar sus actuaciones con las entidades federativas y los Municipios, con la participación de los sectores social y privado, en la realización de acciones e inversiones para el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el Desarrollo Urbano de los Centros de Población, mediante la celebración de convenios y acuerdos. 8. Que los artículos 2, fracción LIII; 74 y 75, fracción VII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, señalan que los subsidios son asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos que, a través de las Dependencias y Entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las Entidades Federativas o Municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general, que serán ministrados por las Dependencias y Entidades, para evitar la duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir los gastos administrativos. 9. Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 (Presupuesto de Egresos), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, contempla entre los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, al Programa de Mejoramiento Urbano, en lo sucesivo "EL PROGRAMA". 10. Que de conformidad con los artículos 3 fracción XXI y 28 del Presupuesto de Egresos, el 5 de febrero de 2025, fueron publicadas, en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo “LAS REGLAS”. 11. Que “EL PROGRAMA” tiene una cobertura a nivel nacional, cuya población potencial y objetivo son las personas que residen en los asentamientos humanos dentro del territorio mexicano con algún grado de habitabilidad inadecuado. 12. Que el numeral 4.2 de “LAS REGLAS” señala que la Vertiente Obras Comunitarias consiste asignar subsidios a comunidades organizadas para la ejecución de los tipos de apoyo, a efecto de contribuir a mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario, entre otros; a través del diseño, construcción, renovación o ampliación de equipamiento y espacio público, incluyendo asistencia técnica que permita la correcta ejecución de los tipos de apoyo. 13. “LAS REGLAS”, en su numeral “13.5 Coordinación institucional”, establecen que, con el propósito de propiciar la sinergia con otros Programas públicos y privados para el ordenamiento territorial, el desarrollo regional y comunitario en las localidades, municipios, demarcaciones territoriales y entidades federativas en las que interviene el Programa, "LA SEDATU" promoverá la coordinación de esfuerzos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, con instituciones y organismos privados; así como de la sociedad civil. Para ello, en su caso, se suscribirán los instrumentos jurídicos de coordinación correspondientes. 14. De conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, el Comité de Validación de “EL PROGRAMA” ha autorizado el Informe Técnico de Justificación y Viabilidad para el otorgamiento del subsidio, concerniente al Municipio de San Juan Guichicovi, mismo que contiene la cartera de acciones o proyectos susceptibles a recibir recursos de “EL PROGRAMA”. 15. Que “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los Tratados Internacionales a los que México se ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el objetivo 11 denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las Ciudades y los Asentamientos Humanos sean inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles"; en específico las metas 11.1; 11.3; 11.7; 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como de mejorar los barrios marginales; de aumentar la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad para una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los Asentamientos Humanos; de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de edad y las personas con discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo Nacional y regional y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 203 DECLARACIONES I. Declara “LA SEDATU” por conducto de su representante, que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad a los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1°; 2°; fracción I; 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.2. Entre sus atribuciones están las de: “Planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal competentes y coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los Gobiernos en las Entidades Federativas y Municipales para la realización de acciones en esta materia, con la participación de los sectores social y privado”; “Promover y concertar programa de vivienda y de desarrollo urbano y metropolitano y, apoyar su ejecución, con la participación de los Gobiernos de las Entidades Federativas y Municipales, así como de los sectores social y privado, a efecto de que el desarrollo nacional en la materia se oriente hacia una planeación sustentable y de integración”, y “Promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y comunitario, en coordinación con los Gobiernos Estatales y Municipales y con la participación de los sectores social y privado”, de conformidad con lo establecido en el artículo 41, fracciones X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.3. Su representante, el Dr. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción I, inciso b), 7, fracciones XI y XII, y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, así como en el numeral 11.2, fracción VII de “LAS REGLAS”. I.4. El Lic. Irving Mauricio Villa Villanueva, Titular de la Dirección General de Obras Comunitarias y Área Responsable de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, en lo sucesivo “EL ÁREA RESPONSABLE” cuenta con atribuciones para suscribir el presente Convenio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 2, apartado A, fracción III, inciso h), 9, fracciones IV, VI y XXVI, y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano; así como en el numeral 11.4 fracción II, inciso i) de “LAS REGLAS”. I.5. Para efectos de este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Avenida Nuevo León número 210, Colonia Hipódromo Condesa, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06I00, Ciudad de México. II. Declara “EL ESTADO” por conducto de su representante, que: II.1. El Estado de Oaxaca, es una entidad libre y soberana en lo que se refiere a su régimen interior y es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, 43, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1 y 26 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. II.2. La Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones, es la dependencia de la administración pública centralizada del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca a la que le corresponde en el despacho entre otros asuntos, el formular las políticas públicas del sector de las infraestructuras, consistentes en infraestructura social, básica y productiva, coordinarse con los gobiernos federal, estatal y municipal, así como con el sector privado y social para el cumplimiento de sus funciones y de sus objetivos, de conformidad con los artículos 3 fracción I, 27 fracción IV y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. II.3. El Arq. Carlos Vichido Hernández, en su carácter de Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones, cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I, 26, 27, fracción IV y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. Asimismo, acredita su cargo con el nombramiento de fecha 01 de enero de 2025, expedido por el Ingeniero Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. II.4. Para efectos del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en el Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial “General Porfirio Díaz, Soldado de la Patria” Edificio: Gral. Heliodoro Charis Castro, Av Gerardo Pandal Graff, No. 01, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Centro, Oax. C.P. 71257. 204 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 III. "EL MUNICIPIO" declara por conducto de su representante, lo siguiente: III.1. Que es una institución de derecho público, con personalidad jurídica y territorio determinado, de conformidad con los artículos 115, fracciones I, II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como 1 y 2 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. III.2. El C. Erick Rubiel Ramírez Pineda, Presidente Municipal Constitucional de San Juan Guichicovi, en el Estado de Oaxaca, está plenamente facultado para suscribir el presente Convenio, de conformidad con el artículo 68 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. III.3. La C. Zoila José Juan, en su carácter de Síndica Municipal del H. Ayuntamiento de San Juan Guichicovi, asiste al Presidente Municipal Constitucional de San Juan Guichicovi, en el Estado de Oaxaca, en la firma del presente Convenio, y cuenta con facultades para suscribirlo, en términos de los artículos 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 71, fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, en la suscripción del presente Convenio. III.4. Para efectos del presente Convenio, señalan como su domicilio el ubicado en Palacio Municipal S/N, Col. Centro, San Juan Guichicovi, Distrito Juchitán, Oaxaca, C.P. 70330. IV. Declaran “LAS PARTES” que: IV.1. En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es celebrado de manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes. IV.2. Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparece cada una de “LAS PARTES”; es su voluntad celebrar el presente Convenio Marco de Coordinación. Con base en los antecedentes y declaraciones de este instrumento y con fundamento en los artículos 26, apartado A; 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°; 2°; 17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 y 33 de la Ley de Planeación; 4; 8; 9; 48; 49; 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 65, fracción XIV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1; 7, fracciones XI y XII; 2, fracción I, 9, 18 y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; las disposiciones contenidas en “LAS REGLAS”, y demás disposiciones jurídicas aplicables, “LAS PARTES” celebran el presente Convenio Marco de Coordinación, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO El objeto del presente Convenio Marco de Coordinación es reconocer y aceptar la ejecución de “EL PROGRAMA” en "EL MUNICIPIO", coordinando acciones, voluntades y capacidades entre "LAS PARTES" a fin de establecer las bases y los mecanismos para la distribución y ejercicio de los subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” para el ejercicio fiscal 2025, así como coadyuvar en el ámbito de sus respectivas competencias para que se ejecuten los tipos de apoyo y, en su caso, se activen los proyectos que deriven de las modalidades de dicha Vertiente, a los cuales, en los sucesivo se les denominará como "LOS PROYECTOS" en beneficio de la población. Los recursos financieros que, en su caso, aporte “LA SEDATU” son subsidios que no pierden su carácter federal y que provienen del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, asignados a la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”. Estos subsidios estarán sujetos, en todo momento, a la disponibilidad presupuestal de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”. SEGUNDA. EJECUCIÓN ESPECÍFICA DE LOS TIPOS DE APOYO DE LA VERTIENTE OBRAS COMUNITARIAS DE “EL PROGRAMA” La implementación y ejecución de “EL PROGRAMA” se dará de conformidad con la mecánica operativa de la Vertiente Obras Comunitarias, por lo cual, en su oportunidad se llevará a cabo la formalización de los instrumentos jurídicos específicos aplicables, acorde a lo establecido en “LAS REGLAS”, en los que se establecerá la información correspondiente a los tipos de apoyo que serán otorgados, a través de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”; y en los cuales aplicará el contenido de los apartados de este Convenio Marco de Coordinación, conforme a la normativa aplicable. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 205 “LAS PARTES” convienen que para la ejecución de los tipos de apoyo que sean otorgados, a través de subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se deberán formalizar desde los instrumentos jurídicos aplicables, hasta la suscripción del Acta de Término, en la que se hace constar la entrega recepción de los trabajos realizados conforme al formato (VOC-08), disponible para consulta en el micrositio de "EL PROGRAMA" https://mimexicolate.gob.mx/, obligándose "EL MUNICIPIO" o, de ser procedente, “EL ESTADO”, a realizar las acciones que resulten necesarias para recibirlas y, en su caso, activarlas, administrarlas y conservarlas, conforme a la normativa aplicable. TERCERA. NORMATIVIDAD Para la ejecución de "LOS PROYECTOS" que sean apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, “LAS PARTES” convienen que se sujetarán, en lo aplicable, a lo establecido en “LAS REGLAS”, el presente Convenio Marco de Coordinación, los instrumentos jurídicos específicos aplicables a la Vertiente Obras Comunitarias, así como a las demás disposiciones jurídicas federales y locales aplicables. CUARTA. INSTANCIA EJECUTORA DE “LOS PROYECTOS” En los Convenios de Coordinación Específicos o los instrumentos jurídicos aplicables, se señalará la Instancia Ejecutora de “LOS PROYECTOS” que serán subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, es decir, el Comité de Obras Comunitarias respectivo; el cual tendrá las obligaciones y responsabilidades que se establecen en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. QUINTA. RESPONSABILIDADES DE “LA SEDATU” a. Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b. Otorgar subsidios federales para la ejecución de "EL PROGRAMA" en "EL MUNICIPIO"; c. Evaluar y, en su caso, aprobar, los tipos de apoyo presentados para apoyar a "EL MUNICIPIO" conforme a lo previsto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable; d. Promover, integrar y dar seguimiento a las actividades en materia de contraloría social; entre otras conformando y capacitando a los comités de contraloría social, ajustándose al esquema de operación, la guía operativa y el programa anual de trabajo en la materia determinado por "EL PROGRAMA", y validados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, con el apoyo que corresponde de “LAS PARTES”; e. Solicitar el apoyo o intervención de “EL ESTADO” o “EL MUNICIPIO”, cuando así se requiera para la correcta ejecución, recepción o activación de las obras, proyectos o acciones que sean otorgados mediante subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”; f. Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, y aquellas que resulten aplicables conforme a lo que señalan "LAS REGLAS", y demás normativa aplicable. SEXTA. RESPONSABILIDADES DE “EL ESTADO” Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, "EL ESTADO" asume los siguientes compromisos: a. Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b. Apoyar en el ámbito de sus competencias para el cumplimiento de los objetivos y metas de "EL PROGRAMA"; c. Apoyar, de ser procedente, a “LA SEDATU”, “EL MUNICIPIO” o la Instancia Ejecutora, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la ejecución, recepción, activación u operación de los tipos de apoyo consistentes en subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que, en su caso, sean aprobados en beneficio de la población de "EL MUNICIPIO"; d. Autorizar o, en su caso, coadyuvar en la gestión para la exención del pago de derechos de dictámenes, licencias, permisos o trámites que resulten necesarios, en beneficio de la población de "EL MUNICIPIO", conforme a lo que disponga la normativa aplicable; e. Coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos de "EL PROGRAMA" de conformidad a lo dispuesto en "LAS REGLAS", en el ámbito de sus competencias; f. Las demás que resulten necesarias en el ámbito de su competencia para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, en términos de la normativa aplicable. 206 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 SÉPTIMA. RESPONSABILIDADES DE "EL MUNICIPIO" Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, "EL MUNICIPIO" tiene las siguientes obligaciones: a. Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b. Apoyar con las gestiones necesarias para que se cumpla con la normativa aplicable en materia de protección civil, reglamentos de construcción, Normas Oficiales Mexicanas o cualquier otra relacionada con las obras comunitarias, acciones o proyectos que deriven de tipos de apoyo de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”; c. En su caso, emitir las autorizaciones, licencias de construcción, dictámenes de factibilidad entre otros, de las obras, acciones o proyectos correspondientes a tipos de apoyo de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que se ejecuten en "EL MUNICIPIO" de conformidad con la normativa aplicable, así como cubrir o exentar la totalidad de los costos asociados a estos conceptos; d. Promover, en el ámbito de su competencia, las acciones que resulten necesarias para salvaguardar y vigilar la correcta ejecución de “LOS PROYECTOS”, así como contribuir a su administración y conservación, y a la generación y preservación del orden público y la paz social de las mismas, en términos de la normativa aplicable; e. Apoyar, de ser procedente, a “LA SEDATU”, “EL ESTADO” o la Instancia Ejecutora, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la ejecución, recepción, activación u operación de los tipos de apoyo consistentes en subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que, en su caso, sean aprobados en beneficio de la población de "EL MUNICIPIO"; f. Facilitar mecanismos de cooperación con las autoridades para que las obras, acciones o proyectos que deriven de los tipos de apoyo otorgados en el marco de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” que, en su caso, sean aprobados en favor de la población de "EL MUNICIPIO", cuenten con el mobiliario y equipamiento adecuado para su correcto funcionamiento en beneficio de la comunidad, y g. Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio y aquellas que establezca “LA SEDATU”, “LAS REGLAS” y las demás disposiciones aplicables. OCTAVA. CONTROL Y FISCALIZACIÓN El ejercicio de los recursos federales de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA” está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: el Órgano Interno de Control en “LA SEDATU”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes. NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONVENIO “LAS PARTES” acuerdan que, atendiendo que el presente instrumento observa el principio de la buena fe; de común acuerdo podrán convenir la terminación anticipada del mismo. El presente Convenio se podrá dar por terminado de manera anticipada por la existencia de alguna de las siguientes causas: a. De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza; b. Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable, y c. Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio. Asimismo, “LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, terminar anticipadamente el presente instrumento jurídico, sin que medie resolución judicial, sin responsabilidad alguna, y sin que resulte necesaria la autorización de otra de “LAS PARTES”, cuando cualquiera de las mismas no cumpla en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Convenio Marco de Coordinación, o de presentarse alguna circunstancia prevista en “LAS REGLAS”, y demás normativa aplicable, para tal efecto. DÉCIMA. CESIÓN DE DERECHOS. “LAS PARTES” acuerdan que no podrán ceder en forma total o parcial los derechos y obligaciones establecidos o los que deriven del presente instrumento jurídico. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 207 DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIONES De considerarse procedente, el presente Convenio Marco de Coordinación se podrá modificar de común acuerdo por “LAS PARTES”, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan, dichas modificaciones deberán constar por escrito. DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación; asimismo, convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en los instrumentos legales y normativos señalados en la CLÁUSULA TERCERA de este Convenio. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los Tribunales Federales competentes con sede en la Ciudad de México. DÉCIMA TERCERA. DIFUSIÓN “LAS PARTES” serán responsables, en el respectivo ámbito de sus competencias, de que durante la ejecución de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones, estrategias y programas en materia de difusión, que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal 2025, “LAS REGLAS”, y demás normativa aplicable. La publicidad, la información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas deberá identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal 2025, e incluir la siguiente leyenda “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social. DÉCIMA CUARTA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR En caso de generarse derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a cabo en el marco de este Convenio, así como del diseño y la ejecución de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente o a las Instancias Ejecutoras, los créditos correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Asimismo, "LAS PARTES" convienen que la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de las actividades que desarrollen conjuntamente corresponderá a la parte que haya producido o, en su caso, a todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven del presente Convenio le corresponderán a la parte que haya participado o que haya aportado recursos para su realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos correspondientes por su autoría y colaboración a la otra parte. DÉCIMA QUINTA. CONTRALORÍA SOCIAL “LAS PARTES”, serán responsables a que durante la ejecución de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones señaladas en “LAS REGLAS”, en materia de contraloría social; así como lo señalado en los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo el Esquema o Esquemas validados por la misma dependencia. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL "LAS PARTES" convienen que el personal aportado por cada una para la realización de las obras, acciones o proyectos apoyados con subsidios de la Vertiente Obras Comunitarias de “EL PROGRAMA”, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos de la otra. 208 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES “LAS PARTES” acuerdan guardar y proteger la información reservada y/o confidencial que generen, obtengan, adquieran, transformen o se encuentre en su posesión, de acuerdo con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como cualquier otro ordenamiento jurídico vigente en la materia, incluyendo, desde luego, los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados ordenamientos, de considerarse procedente. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia serán responsables, en obtener el consentimiento de los titulares de datos personales y/o datos personales sensibles de conformidad con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable, que se obtengan con motivo del cumplimiento del objeto del presente Convenio. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia se obligan a realizar los avisos de privacidad correspondientes, de conformidad con la mencionada Ley, y obtener las autorizaciones correspondientes para transferir dichos datos a la otra parte, cuando así sea necesario en términos de la legislación aplicable. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia serán responsables del manejo, almacenamiento y protección de los datos personales, y los datos personales sensibles que obtengan con motivo del cumplimiento del presente Convenio. DÉCIMA OCTAVA. INTEGRIDAD “LAS PARTES”, se comprometen a actuar bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, honestidad, e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en materia de responsabilidades de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Código Penal Federal y su legislación local. “LAS PARTES”, se comprometen a que, las personas servidoras públicas adscritas a éstas ofrezcan, prometan, entreguen, autoricen, soliciten o acepten alguna ventaja indebida, económica o de otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente instrumento o con los que deriven del mismo; y que habrán adoptado medidas razonables para evitar que lo lleven a cabo terceros, sujetos a su control o influencia significativa. Para esos efectos, el alcance del objeto de este Convenio Marco de Coordinación se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. DÉCIMA NOVENA. ANTICORRUPCIÓN “LAS PARTES” se comprometen a no llevar a cabo acto de corrupción alguno, por lo que pactan que será causal de suspensión o terminación de la relación derivada del presente Convenio, el conocimiento de que la otra parte ha actuado en violación a la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular al involucrarse o tolerar algún acto de corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo. Para esos efectos, el alcance del objeto del presente instrumento jurídico se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. VIGÉSIMA. DOMICILIOS “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones, notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio Marco de Coordinación, los señalados en sus respectivas declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito, dirigido a “LAS PARTES”, con acuse de recibo, por lo menos con 10 (diez) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos el cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán como válidamente hechas en los domicilios aquí señalados. VIGÉSIMA PRIMERA. VIGENCIA El presente instrumento estará vigente a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa” Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio Marco de Coordinación, en cinco tantos, en la Ciudad de México, a los 30 días del mes de mayo de 2025, acordando su publicación en el Diario Oficial de la Federación, conforme al artículo 36 de la Ley de Planeación.- Por la SEDATU: Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, Dr. Víctor Hugo Hofmann Aguirre.- Rúbrica.- Director General de Obras Comunitarias, Lic. Irving Mauricio Villa Villanueva.- Rúbrica.- Por el Estado: Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones, Arq. Carlos Vichido Hernández.- Rúbrica.- Por el Municipio: Presidente Municipal Constitucional San Juan Guichicovi, Oaxaca, C. Erick Rubiel Ramírez Pineda.- Rúbrica.- Síndica Municipal del Ayuntamiento de San Juan Guichicovi, Oaxaca, C. Zoila José Juan.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 209 BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.9697 M.N. (diecisiete pesos con nueve mil seiscientos noventa y siete diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente, Ciudad de México, a 6 de enero de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. José Elías Romero Apis Hernández.- Rúbrica.- Subgerente de Información de Mercados, Lic. Andrea Pérez de Celis López.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González Olivo.- Rúbrica.- Gerente de Desarrollo de Mercados Nacionales, Lic. Lautaro José Silva Ibarguren.- Rúbrica. TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2886%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3321%; y a plazo de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3957%. Ciudad de México, a 6 de enero de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. José Elías Romero Apis Hernández.- Rúbrica.- Subgerente de Información de Mercados, Lic. Andrea Pérez de Celis López.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González Olivo.- Rúbrica.- Gerente de Desarrollo de Mercados Nacionales, Lic. Lautaro José Silva Ibarguren.- Rúbrica. TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 7.03 por ciento. Ciudad de México, a 5 de enero de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. José Elías Romero Apis Hernández.- Rúbrica.- Subgerente de Información de Mercados, Lic. Andrea Pérez de Celis López.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González Olivo.- Rúbrica.- Gerente de Desarrollo de Mercados Nacionales, Lic. Lautaro José Silva Ibarguren.- Rúbrica. 210 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 CIRCULAR 1/2026 dirigida a las instituciones de crédito, casas de bolsa, fondos de inversión, sociedades financieras de objeto múltiple que tengan vínculos patrimoniales con una institución de banca múltiple, almacenes generales de depósito, instituciones de seguros y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 4/2012 (Código LEI y Requerimientos de Márgenes). Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena". CIRCULAR 1/2026 A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, CASAS DE BOLSA, FONDOS DE INVERSIÓN, SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE QUE TENGAN VÍNCULOS PATRIMONIALES CON UNA INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, INSTITUCIONES DE SEGUROS Y LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO: ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 4/2012 (CÓDIGO LEI Y REQUERIMIENTOS DE MÁRGENES) El Banco de México, con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y tomando en consideración la necesidad de dar continuidad a los esfuerzos llevados a cabo por las autoridades financieras de diversas jurisdicciones, en el marco de las políticas y recomendaciones promovidas por nuestro país conjuntamente con los demás países del Grupo de los Veinte (G-20) y el Consejo de Estabilidad Financiera “Financial Stability Board”, ha decidido fortalecer la identificación de las entidades que participan en las operaciones del sistema financiero mexicano en el mercado de derivados en relación con el código al que se refieren las “Reglas aplicables al Código Identificador de personas morales y fideicomisos (Código LEI)” para la identificación de las mismas y facilitar la agregación de exposiciones en dicho sistema. Asimismo, este Instituto Central ha decido reflejar la estructura actual de la Administración Pública en los requerimientos de márgenes para operaciones derivadas extrabursátiles no compensadas de forma centralizada. Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, 3, fracción I, 24, 26 y 36 de la Ley del Banco de México, 46, fracción XXV, de la Ley de Instituciones de Crédito, 176, párrafo primero, de la Ley del Mercado de Valores, 15, párrafo segundo, de la Ley de Fondos de Inversión, 11 Bis 2, fracción XII, y 87-D, párrafo cuarto, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, 133 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 9, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, 6, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, 9, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Banco del Bienestar, 9, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior, 10, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, 8, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 1, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y octavo, 10, párrafo primero, 12 Bis, en relación con el 20 Quáter, fracción IV, 14 Bis, en relación con el 17, fracción I, 19 Bis 1, fracción XI, 25 Bis, fracción VII, y 25 Bis 1, fracción IV, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General de Sistemas de Pagos e Infraestructuras de Mercados, Dirección General Jurídica, Dirección de Apoyo a las Operaciones, Dirección de Información del Sistema Financiero y Dirección de Regulación y Supervisión, respectivamente, así como Segundo, fracciones I, IV, VI, X y XVII del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, ha resuelto modificar los numerales 4., primer párrafo e inciso b), del segundo párrafo, 5.1, quinto párrafo, y 6.2.2, inciso a), y derogar el inciso c), del numeral 6.2.2, de las “Reglas para la realización de operaciones derivadas”, emitidas por el Banco de México mediante la Circular 4/2012, para quedar en los términos siguientes: REGLAS PARA LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES DERIVADAS “4. CONTRAPARTES AUTORIZADAS Las Entidades podrán llevar a cabo Operaciones Derivadas con cualquier persona, excepto en los supuestos descritos en las presentes Reglas. Las Entidades, los Fondos de Inversión, las Sofomes, los Almacenes Generales de Depósito y las Instituciones de Seguros deberán contar con los respectivos Códigos LEI emitidos a su nombre, los cuales deberán estar vigentes al momento de la celebración de las Operaciones Derivadas respectivas. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 211 Adicionalmente, las Entidades, los Fondos de Inversión, las Sofomes, los Almacenes Generales de Depósito y las Instituciones de Seguros, previamente a la celebración de una Operación Derivada con cualquiera de las contrapartes que se indican a continuación, deberán recabar de ella su correspondiente Código LEI vigente al momento de dicha celebración: … b) Fideicomisos, así como personas morales distintas de las señaladas en el inciso a) anterior en caso de que el importe nocional de dicha Operación Derivada, sumado a aquellos otros de las demás Operaciones Derivadas de compra y de venta, incluidos de manera desagregada los importes nocionales de aquellas que formen parte de un conjunto de Operaciones Derivadas, que se encuentren vigentes al momento de la celebración que, en su caso, esa misma contraparte haya realizado con la institución financiera de que se trate y que, en la fecha de cálculo, supere un monto equivalente en moneda nacional a 3 millones de UDIS, calculado con base en el valor de la UDI del día que corresponda. …” “5. INSTRUMENTACIÓN Y NEGOCIACIÓN 5.1 … Las Entidades, los Fondos de Inversión, los Almacenes Generales de Depósito, las Instituciones de Seguros y las Sofomes, deberán incluir el UTI correspondiente, así como el respectivo Código LEI emitido a su nombre y de su contraparte, en la Confirmación de las Operaciones Derivadas que celebren en mercados extrabursátiles. …” “6.2 MÁRGENES 6.2.1 … 6.2.2 Las Entidades y los Fondos de Inversión no estarán obligadas a convenir con cualquiera de las siguientes contrapartes el intercambio de Márgenes a que se refiere el numeral anterior: a) la administración pública federal, con excepción de las empresas públicas del Estado, y las instituciones de banca de desarrollo; … c) Derogado; …” TRANSITORIAS PRIMERA.- Lo dispuesto en la presente Circular entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDA.- Lo dispuesto en el numeral 4, párrafo primero, de las presentes Reglas, entrará en vigor el 7 de julio de 2026. Lo dispuesto en el párrafo segundo, inciso b) del numeral 4, entrará en vigor el 8 de julio de 2027. Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, a partir del 8 de octubre de 2026 las Entidades, los Fondos de Inversión, las Sofomes, los Almacenes Generales de Depósito y las Instituciones de Seguros, deberán recabar el Código LEI de las contrapartes previstas en el párrafo segundo, inciso b) del numeral 4 cuya suma de importes nocionales de las operaciones precisadas en dicho inciso supere un monto equivalente en moneda nacional de 17 millones de UDIS, calculado con base en el valor de la UDI del día que corresponda. TERCERA.- Lo dispuesto en el numeral 5, subnumeral 5.1, párrafo quinto, de las presentes Reglas, entrará en vigor el 8 de julio de 2027. Ciudad de México, a 30 de diciembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General de Sistemas de Pagos e Infraestructuras de Mercados, Othón Martino Moreno González.- Rúbrica.- Director General Jurídico, Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Director de Apoyo a las Operaciones, Joaquín Rodrigo Cano Jauregui Segura Millan.- Rúbrica.- Director de Información del Sistema Financiero, Juan Fernando Avila Embriz.- Rúbrica.- Directora de Regulación y Supervisión, Viviana Garza Salazar.- Rúbrica. Para cualquier consulta sobre el contenido de la presente Circular, el Banco de México se pone a su disposición a través de la Dirección de Autorizaciones y Sanciones de Banca Central al teléfono (55) 5237-2000 extensión 3200. 212 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 CIRCULAR 2/2026 dirigida a los almacenes generales de depósito, las instituciones de crédito, instituciones de seguros, casas de bolsa, fondos de inversión, SOFOMES y a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 14/2015 (Código LEI). Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena". CIRCULAR 2/2026 A LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, INSTITUCIONES DE SEGUROS, CASAS DE BOLSA, FONDOS DE INVERSIÓN, SOFOMES Y A LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO: ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 14/2015 (CÓDIGO LEI) El Banco de México, con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y proteger los intereses del público, y tomando en consideración la necesidad de dar continuidad a los esfuerzos llevados a cabo por las autoridades financieras de diversas jurisdicciones, en el marco de las políticas y recomendaciones promovidas por nuestro país conjuntamente con los demás países del Grupo de los Veinte (G-20) y el Consejo de Estabilidad Financiera “Financial Stability Board”, ha decidido fortalecer la identificación de las entidades que participan en las operaciones del sistema financiero mexicano en el mercado de derivados en relación con el código al que se refieren las “Reglas aplicables al Código Identificador de personas morales y fideicomisos (Código LEI)”. Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, 3, fracción I, 24, 26 y 36 de la Ley del Banco de México, 46, fracción XXV, de la Ley de Instituciones de Crédito, 176, párrafo primero, de la Ley del Mercado de Valores, 15, párrafo segundo, de la Ley de Fondos de Inversión, 11 Bis 2, fracción XII, y 87-D, párrafo cuarto, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, 133 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 9, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, 6, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, 9, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Banco del Bienestar, 9, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior, 10, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, 8, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 1, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y octavo, 10, párrafo primero, 12 Bis, en relación con el 20 Quáter, fracción IV, 14 Bis, en relación con el 17, fracción I, 19 Bis 1, fracción XI, 25 Bis, fracción VII, y 25 Bis 1, fracción IV, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General de Sistemas de Pagos e Infraestructuras de Mercados, Dirección General Jurídica, Dirección de Apoyo a las Operaciones, Dirección de Información del Sistema Financiero y Dirección de Regulación y Supervisión, respectivamente, así como Segundo, fracciones I, IV, VI, X y XVII del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México ha resuelto modificar las definiciones de “Entidades Financieras” y “Operaciones”, así como el quinto párrafo de la 6ª regla y el Anexo Único de las “Reglas aplicables al Código Identificador de Personas Morales y Fideicomisos (Código LEI)”, contenidas en la Circular 14/2015, para quedar en los términos siguientes: Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 213 REGLAS APLICABLES AL CÓDIGO IDENTIFICADOR DE PERSONAS MORALES Y FIDEICOMISOS (CÓDIGO LEI) “1ª Definiciones. Para los efectos de las presentes Reglas, se entenderá, en singular o plural, por: … Entidades Financieras: a las instituciones de crédito, instituciones de seguros, casas de bolsa, almacenes generales de depósito, fondos de inversión, Sofomes y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero. … Operaciones: a aquellas de entre las indicadas en las disposiciones citadas a continuación que, para su celebración, las instituciones de crédito, las instituciones de seguros, las casas de bolsa, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, los fondos de inversión, los almacenes generales de depósito y las Sofomes, respectivamente, deban contar con un Código LEI, así como requerir a sus Contrapartes los respectivos Códigos LEI que les correspondan, de acuerdo con los términos y condiciones, así como la gradualidad y los plazos, que el Banco de México determine mediante disposiciones de carácter general: Artículos 46 de la Ley de Instituciones de Crédito, 132 y 133 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 176 de la Ley del Mercado de Valores, 15 de la Ley de Fondos de Inversión, 11 Bis 2, fracciones XI y XII, y 87-D, cuarto párrafo, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 19 de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero. …” “6ª Condiciones para el reconocimiento de la Unidad Local por el Banco de México. … El Banco de México publicará en su sitio de internet ubicado en << https://www.banxico.org.mx/ >> la denominación de aquellas Unidades Locales a las que otorgue su reconocimiento, conforme a lo anteriormente contemplado en esta Regla.” 214 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 “ANEXO ÚNICO SOLICITUD PARA EL RECONOCIMIENTO COMO UNIDAD LOCAL (MEMBRETE DEL SOLICITANTE) Ciudad de México, a __ de _________ de 202_. Gerencia de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales Banco de México Presente. Por este conducto, la(s) persona(s) que suscribe(n), [ NOMBRE COMPLETO ], en carácter de representante(s) legal(es) de (denominación social de la promovente) solicita(n) al Banco de México otorgue a [ naturaleza jurídica de la promovente (sociedad, asociación, etc.) ] su reconocimiento como Unidad Local establecida en territorio nacional susceptible de emitir Códigos LEI que cumplan con las condiciones establecidas en la Circular 14/2015 y sus modificaciones publicadas con posterioridad, para que sean considerados válidos para efectos de lo dispuesto en aquella. Para estos efectos, someto a la consideración del Banco de México la documentación anexa al presente escrito. Al efecto, se declara que la documentación que se adjunta a nombre de la entidad representada cumple con los requisitos establecidos en la Circular que contiene las “Reglas aplicables al Código Identificador de Personas Morales y fideicomisos (Código LEI)” y su correspondiente Manual. Asimismo, en anexo a la presente se acompaña la documentación que hace constar que la(s) persona(s) que suscribe(n) esta solicitud cuenta(n) con facultades para ejercer actos de administración para representar a (Denominación social), mismas que a la fecha de presentación de esta solicitud, no le(s) han sido revocadas o modificadas en forma alguna. Por último, la entidad representada manifiesta expresamente su conformidad de sujetarse a lo previsto en la Circular 14/2015 y sus modificaciones, así como al Manual, vigentes al momento de la suscripción de la presente para todos los efectos legales a que haya lugar. A t e n t a m e n t e, (Denominación social) (Nombre y firma de la(s) persona(s) representante(s)) (Cargo(s))” TRANSITORIAS ÚNICA.- La presente Circular entrará en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a 30 de diciembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General de Sistemas de Pagos e Infraestructuras de Mercados, Othón Martino Moreno González.- Rúbrica.- Director General Jurídico, Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Director de Apoyo a las Operaciones, Joaquín Rodrigo Cano Jauregui Segura Millan.- Rúbrica.- Director de Información del Sistema Financiero, Juan Fernando Avila Embriz.- Rúbrica.- Directora de Regulación y Supervisión, Viviana Garza Salazar.- Rúbrica. Para cualquier consulta sobre el contenido de la presente Circular, el Banco de México se pone a su disposición a través de la Dirección de Autorizaciones y Sanciones de Banca Central al teléfono (55) 5237-2000 extensión 3200. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 215 CIRCULAR 3/2026 dirigida a las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 3/2012 (características de las operaciones de mercado abierto). Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena". CIRCULAR 3/2026 A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, LAS SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS QUE MANTENGAN VÍNCULOS PATRIMONIALES CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO: ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 3/2012 (CARACTERÍSTICAS DE LAS OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO) El Banco de México, con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y de continuar fortaleciendo la implementación de la política monetaria, considera conveniente ampliar el catálogo de títulos elegibles para ser objeto de reportos o de garantías especiales en las operaciones de mercado abierto y en aquellas que se realizan para garantizar los sobregiros en la cuenta única de las instituciones de crédito, así como modificar algunas características adicionales de dichas operaciones, con el objetivo de promover una administración más eficiente de la liquidez. Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 7, fracciones I, II y V, 8, párrafo segundo, 14, 24 y 26 de la Ley del Banco de México, 48 de la Ley de Instituciones de Crédito, 87-D, párrafo cuarto, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 1, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y octavo, 10, párrafo primero, 14 Bis, párrafo primero, en relación con el 17, fracción I, 19 Bis 1, fracción XI, 20 Bis, fracción XII, y 25, fracción VII, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General Jurídica, de la Dirección de Apoyo a las Operaciones, de la Dirección de Administración de Riesgos y de la Dirección de Estabilidad Financiera, respectivamente, así como Segundo, fracciones II, IV, VI y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, ha resuelto modificar las definiciones de “Posición de Riesgo Cambiario”, “SAGAPL”, “SIAC-BANXICO”, “SICAM”, “SPEI”, “SPID” y “UDIBONOS” contenidas en el artículo 2, así como los artículos 115 Bis 1, 115 Bis 2, fracciones I, II, III, IV, V y VI, así como párrafos tercero, cuarto y último, 115 Bis 3, párrafos segundo, cuarto y séptimo, 176, 184, 186, 187, párrafos primero y segundo, 188, fracciones I, II, III, IV, V, párrafo segundo, VI, incisos c) y d), y VII, así como último párrafo, 189, fracciones IV, párrafos primero y penúltimo, y VI Bis, así como párrafos segundo y tercero, 190, 191, 192, párrafo tercero, 194, fracción I y párrafo segundo, 195 Bis 4, párrafo tercero, 195 Bis 5, párrafo primero, así como fracciones I y II, 195 Bis 6, 195 Bis 7, párrafo primero, 195 Bis 8 y los Anexos 5 Bis 2, 7, 10, 12 Bis 1, 12 Bis 2, 12 Bis 3 y 12 Bis 4, así como adicionar las definiciones de “Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero”, “Títulos de Deuda de la Banca de Desarrollo” y “Títulos de Deuda Emitidos por el Tesoro de los EE.UU.A.” al artículo 2, el párrafo segundo de la fracción IV y el párrafo quinto del 115 Bis 2, el párrafo segundo de la fracción II del 115 Bis 3, el párrafo segundo de la fracción IV y el párrafo cuarto del 189, las fracciones III y IV del 194, el 194 Bis, los párrafos segundo y tercero de la fracción I del 195 Bis 5, los párrafos segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo del 195 Bis 6, así como el Anexo 12 Bis 8, todos estos de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, contenidas en la Circular 3/2012, según han sido modificadas mediante circulares posteriores, para quedar en los términos siguientes: 216 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 DISPOSICIONES APLICABLES A LAS OPERACIONES DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, LAS SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS QUE MANTENGAN VÍNCULOS PATRIMONIALES CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO “ÍNDICE … Artículo 115 Bis.- Características de los sobregiros en la Cuenta Única garantizados con el depósito de regulación monetaria Artículo 115 Bis 1.- Contrato para la celebración de reportos para garantizar el sobregiro de la Cuenta Única Artículo 115 Bis 2.- Características de los reportos Artículo 115 Bis 3.- Formalización de los reportos Artículo 115 Bis 4.- Determinación de los depósitos en la cuenta de depósitos especiales para el sobregiro de la Cuenta Única Artículo 115 Bis 5.- Características de los depósitos especiales … Artículo 194 Bis.- Excepciones a las disposiciones del presente Capítulo … Artículo 195 Bis 3.- Obligación de constituir Garantías Especiales Artículo 195 Bis 4.- Determinación del valor de las Garantías Especiales que deberá ser constituido por las Instituciones Artículo 195 Bis 5.- Constitución de las Garantías Especiales Artículo 195 Bis 6.- Procedimiento de sustitución de Garantías Especiales Artículo 195 Bis 7.- Retiro de Garantías Especiales en exceso Artículo 195 Bis 8.- Abono de accesorios Artículo 195 Bis 9.- Procedimiento por incumplimiento en entrega de Garantías Especiales … Anexo 5 Bis 2 Modelo de solicitud para la formalización de operaciones de reportos con el Banco de México, de conformidad con los artículos 115 Bis 2, fracción III, inciso ii), y 115 Bis 3 de las Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, emitidas por el Banco de México mediante la Circular 3/2012 … Anexo 12 Bis 1 Modelo de solicitud de sustitución de depósitos entregados en prenda o títulos entregados en prenda bursátil que constituyen las Garantías Especiales Anexo 12 Bis 2 Modelo de solicitud de devolución de Garantías Especiales en exceso constituidas con títulos Anexo 12 Bis 3 Modelo de solicitud de devolución de Garantías Especiales en exceso constituidas con depósitos … Anexo 12 Bis 8 Modelo de aviso de transferencia de los títulos objeto de los reportos a que se refieren los artículos 115 Bis 3, 189, 195 Bis 5 y 195 Bis 6 de las Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, emitidas por el Banco de México mediante la Circular 3/2012, a la cuenta de custodia de valores en el extranjero del Banco de México …” Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 217 “Definiciones Artículo 2º.- … … Posición Corta: … Posición de Riesgo Cambiario: a la diferencia entre la Posición Larga y la Posición Corta. Posición Larga: … … SAGAPL: al Sistema de Administración de Garantías y Reportos del Banco de México. … Servicio de Transferencias Electrónicas de Fondos: … SIAC-BANXICO: al Sistema de Atención a Cuentahabientes de Banco de México. SICAM: al subsistema del SIAC-BANXICO a través del cual se determinan los saldos netos derivados de la Compensación tanto de Documentos como de las operaciones que se realicen a través del Servicio de Transferencias Electrónicas de Fondos, del Servicio de Domiciliación de Recibos y del Servicio de Intercambio y Compensación de Efectivo Bancario, y se calculan los créditos requeridos para liquidar los referidos saldos de la Compensación de los Documentos o de las operaciones mencionadas. SOFOM E.R. Vinculada: … SPEI: al Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios. SPID: al sistema de pagos denominado “Sistema de Pagos Interbancarios en Dólares” que permite el envío, procesamiento y liquidación de Órdenes de Transferencias interbancarias, con el fin de transferir, a través de medios electrónicos, montos determinados en Dólares a cuentas de depósitos a la vista denominados en esa moneda, con o sin chequera pagaderos en la República Mexicana, abiertas únicamente a nombre de personas morales que tengan su domicilio en territorio nacional. Subastas de Depósito: … … Títulos Bancarios: … Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero: a los BONOS UMS, Títulos de Deuda de la Banca de Desarrollo y Títulos de Deuda Emitidos por el Tesoro de los EE.UU.A., que se encuentren custodiados en el extranjero. Títulos de Deuda de la Banca de Desarrollo: a los títulos de deuda inscritos en el Registro Nacional de Valores a que se refiere la Ley del Mercado de Valores, emitidos por Instituciones de Banca de Desarrollo, así como a los títulos de deuda denominados en Divisas, emitidos por dichas instituciones. Títulos de Deuda Emitidos por el Tesoro de los EE.UU.A.: a los “Treasury Bills”, “Treasury Notes”, “Treasury Bonds”, “Treasury Inflation-Protected Securities” o “Floating Rate Notes” emitidos por el gobierno de los Estados Unidos de América. UDIBONOS: a los BONDES denominados en UDIS. …” 218 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 “Contrato para la celebración de reportos para garantizar el sobregiro de la Cuenta Única Artículo 115 Bis 1.- Las Instituciones deberán celebrar con el Banco de México un contrato que documente las operaciones de reporto con BREMS y con los títulos a que se refiere el artículo 115 Bis 2 siguiente, así como para la constitución de depósitos en moneda nacional que se otorgarán en prenda para garantizar el sobregiro de la Cuenta Única, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 Bis de estas Disposiciones. Para efectos de lo anterior, las Instituciones deberán presentar a la Gerencia de Instrumentación de Operaciones, ubicada en Avenida 5 de Mayo, número 18, colonia Centro, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, código postal 06000, copias certificada y simple de la o las escrituras en las que conste, de manera expresa, el otorgamiento de las facultades de representación para ejercer actos de dominio de quien pretenda suscribirlo. Adicionalmente, las Instituciones deberán presentar a dicha Gerencia, copia simple de la identificación oficial de quien pretenda suscribir el contrato referido. La presentación de la documentación a que se refiere el párrafo anterior deberá realizarse, cuando menos, con quince Días Hábiles Bancarios de anticipación a la fecha en que pretendan que entre en vigor el contrato referido. En todo caso, la Institución de que se trate deberá suscribir el contrato correspondiente, cuando menos, con cinco Días Hábiles Bancarios de anticipación a dicha fecha.” “Características de los reportos Artículo 115 Bis 2.- … I. Reportador: El Banco de México. II. Reportada: La Institución de que se trate. III. Plazo: i) Un Día Hábil Bancario, en caso de que los reportos sean formalizados a través del SAGAPL o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco Central y dado a conocer a las Instituciones, o ii) el plazo que determine el Banco de México al momento de la formalización de la operación, en caso que el SAGAPL o los medios autorizados por el propio Banco a que se refiere el inciso i) anterior no se encuentren disponibles y las Instituciones presenten una solicitud elaborada en términos del Anexo 5 Bis 2 de estas Disposiciones. El escrito a que se refiere el inciso ii) anterior deberá mostrar el conocimiento de firmas, por lo que dichas firmas deberán estar previamente registradas en el Banco de México. Los reportos a un día deberán considerar el número de días naturales que transcurran desde, e incluyendo, el Día Hábil Bancario correspondiente a la fecha de formalización de la operación o aquella correspondiente a, en su caso, la renovación de que se trate y hasta, pero excluyendo, el Día Hábil Bancario inmediato siguiente. IV. Títulos objeto del reporto: a) BONDES; b) BONOS UMS; c) BREMS que conformen el depósito de regulación monetaria en términos de lo dispuesto por las Circulares 9/2014 y 10/2014 del Banco de México; d) CETES, excluyendo los CETES ESPECIALES; e) Cupones Segregados; f) Títulos de Deuda de la Banca de Desarrollo; g) Títulos de Deuda Emitidos por el Tesoro de los EE.UU.A., y h) Valores del IPAB, que sean propiedad de la Institución correspondiente. En todo caso, el Banco de México, en atención a la fecha de la emisión y colocación de los títulos y a la profundidad y condiciones que imperen en el mercado en que dichos títulos sean negociados, podrá no aceptar estos títulos en las operaciones de reporto, así como también aquellos que no cuenten con una valuación de referencia actualizada. V. Precio: El valor nominal de los BREMS y el valor de mercado de los BONDES, BONOS UMS, CETES, Cupones Segregados, Títulos de Deuda de la Banca de Desarrollo, Títulos de Deuda Emitidos por el Tesoro de los EE.UU.A. y Valores del IPAB, ajustados por el factor de descuento que el Banco de México establezca dependiendo del tipo de Valor Gubernamental de que se trate, que sea dado a conocer en el sitio de internet <<http://webdgobc>>. VI. Tasa: La tasa de interés interbancaria a un día que la Junta de Gobierno del Banco de México haya determinado como tasa objetivo para efectos de política monetaria, dada a conocer por el Banco de México el Día Hábil Bancario anterior a la formalización del reporto, a través de su página electrónica en Internet que se identifica con el nombre de dominio: www.banxico.org.mx o a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado al efecto por el propio Banco de México. VII. … Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 219 … Asimismo, el valor de los títulos objeto del reporto determinado conforme a lo dispuesto en el párrafo siguiente deberá ser igual al monto que se pretende constituir en el depósito a que se refiere el artículo 115 Bis 4 de estas Disposiciones, en adición a cualquier otro gasto pactado a cargo de la Institución. El valor de los títulos objeto del reporto será: a) el valor nominal de los BREMS y b) el valor de mercado de los BONDES, BONOS UMS, CETES, Cupones Segregados, Títulos de Deuda de la Banca de Desarrollo, Títulos de Deuda Emitidos por el Tesoro de los EE.UU.A y Valores del IPAB, ajustado por el factor de descuento que el Banco de México establezca dependiendo del tipo de valor de que se trate, que sea dado a conocer en el sitio de internet <<http://webdgobc>>. El valor de los títulos objeto del reporto se determinará tomando como base el procedimiento descrito en el Anexo 7, ajustándolo en función del tipo de título de que se trate aplicando los parámetros que se den a conocer a través del SAGAPL, de conformidad con lo previsto en el manual del SAGAPL. El Banco de México formalizará un reporto independiente por cada tipo de título objeto del reporto que adquiera como reportador.” “Formalización de los reportos Artículo 115 Bis 3.- … I. y II. … Para el caso de Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, las Instituciones deberán informar al Banco de México sobre la intención de transferir los títulos correspondientes, a través del SAGAPL o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco y dado a conocer a las Instituciones. Adicionalmente, dichas Instituciones deberán transferir los títulos objeto del reporto que hayan indicado al Banco Central conforme a lo anterior a la cuenta del Banco de México que, para tales efectos, este haya abierto en un custodio en el extranjero y que este les indique, en términos de lo establecido en el contrato que al efecto hayan celebrado, de conformidad con el artículo 115 Bis 1 de estas Disposiciones, mediante instrucción directa al custodio de valores en el extranjero que hayan contratado. Si el SAGAPL o los referidos medios electrónicos no estuvieran disponibles, las Instituciones deberán dar el aviso antes referido al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis 8, el Día Hábil Bancario Internacional en que pretendan instruir la transferencia de los títulos objeto del reporto, informando los tipos de títulos a transferir, así como el monto de cada uno de ellos. El escrito a que refiere el presente párrafo deberá mostrar el conocimiento de firmas, por lo que dichas firmas deberán estar previamente registradas en este Instituto Central. El Banco de México, en su caso, informará a las Instituciones, a través de los mismos medios, la falta de recepción de los Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, así como errores o inconsistencias en la información presentada y los títulos entregados. Una vez que la totalidad de los títulos objeto del reporto se encuentren acreditados en la cuenta que alguna institución para el depósito de valores o custodio de valores en el extranjero le lleve al Banco de México, según corresponda, este realizará el abono de los recursos correspondientes por un monto equivalente al valor nominal de los títulos mencionados en la fracción II anterior en la Cuenta Única de la Institución. … Los referidos reportos que hayan sido formalizados a través del SAGAPL o por cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco Central, podrán renovarse con las mismas características determinadas inicialmente por el Banco de México, salvo el caso en que la Institución solicite, el Día Hábil Bancario anterior a la fecha en la que quiera vencer el reporto, a través del SAGAPL, en los términos y plazos previstos en estas Disposiciones y en el manual del propio SAGAPL, que los títulos objeto del reporto sean devueltos. En caso de que el SAGAPL no estuviere disponible, la solicitud se hará por cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco Central. En ambos casos, se vencerá el reporto de aquellos títulos que la Institución haya solicitado, los cuales serán devueltos a la cuenta de valores que la institución para el depósito de valores le lleve a la Institución respectiva, previo al cierre de operaciones de la mencionada institución para el depósito de valores. Los Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero permanecerán en la cuenta de Banco de México hasta que las Instituciones indiquen el retiro de los títulos. El Banco de México instruirá al custodio de valores en el extranjero que haya contratado, la devolución de dichos títulos a la cuenta de custodia de valores de la Institución que esta haya indicado al Banco de México, en términos de los establecido en el contrato que al efecto hayan celebrado, de conformidad con el artículo 115 Bis 1 de estas Disposiciones, a más tardar, el Día Hábil Bancario Internacional siguiente a aquel en que haya recibido la solicitud de que se trate. 220 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 … Los intereses en moneda nacional que, en su caso, paguen los títulos objeto del reporto durante la vigencia de las operaciones, serán abonados por el Banco de México en la Cuenta Única que le lleva a la reportada, el Día Hábil Bancario en que hayan sido pagados por el emisor. En el caso de los intereses denominados en Divisas, el Banco de México instruirá a su corresponsal, a más tardar, el Día Hábil Bancario Internacional siguiente a aquel en que hayan sido pagados por el emisor, que dichos recursos sean abonados en la cuenta del corresponsal que la reportada haya indicado al Banco de México, en términos de lo establecido en el contrato que al efecto hayan celebrado de conformidad con el artículo 115 bis 1 de estas Disposiciones.” “Instrumentación de las Subastas de Liquidez Artículo 176.- Para estar en posibilidad de participar en las Subastas de Liquidez, las Instituciones deberán celebrar previamente con el Banco de México un contrato en el cual, por una parte, convengan sujetarse a los términos y condiciones aplicables a las Subastas de Liquidez que celebren de conformidad con estas Disposiciones y, por otra parte, establezcan la constitución de garantías en términos del proceso previsto en el Capítulo VIII, del Título Tercero de estas Disposiciones. Para efectos de lo anterior, las Instituciones deberán presentar a la Gerencia de Instrumentación de Operaciones, ubicada en Avenida 5 de Mayo número 18, colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, copia certificada y simple de la o las escrituras en las que conste, de manera expresa, el otorgamiento de las facultades de representación siguientes: I. Para ejercer actos de dominio. II. … III. Para designar a quienes habrán de actuar como operadores en los sistemas de pagos administrados por el Banco de México. Adicionalmente, las Instituciones deberán presentar a dicha Gerencia, copia simple de la identificación oficial de quien pretenda suscribir el contrato referido. Asimismo, las Instituciones deberán presentar a la Gerencia de Gestión de Operaciones, ubicada en Avenida 5 de Mayo, número 6, colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, un mandato otorgado a favor del Banco de México en términos del Anexo 10 de estas Disposiciones, suscrito por quien cuente con las facultades mencionadas en la fracción I del presente artículo. Las Instituciones deberán enviar un ejemplar original de dicho mandato a la institución para el depósito de valores. La presentación de la documentación a que se refiere el párrafo anterior deberá realizarse, cuando menos, con diez Días Hábiles Bancarios de anticipación a la fecha en que pretendan comenzar a participar en las Subastas de Liquidez. En todo caso, la Institución de que se trate deberá suscribir el contrato correspondiente, cuando menos, con cinco Días Hábiles Bancarios de anticipación a dicha fecha.” “Facultad del Banco de México de declarar desierta una subasta o de rechazar posturas Artículo 184.- El Banco de México se reserva el derecho de declarar desierta la subasta respectiva o rechazar posturas cuando considere que: I. Las posturas no representan adecuadamente las condiciones de mercado, pudieran llegar a producir efectos inconvenientes en el mismo, o vayan en contra de las sanas prácticas de mercado, o II. La participación de la Institución en la subasta de que se trate o la posibilidad de que dicha Institución reciba asignación pudiere generar, a juicio del Banco de México, un riesgo para la política monetaria o cambiaria, el sano desarrollo del sistema financiero, el buen funcionamiento de los sistemas de pagos o la protección de los intereses del público.” “Horarios Artículo 186.- El Banco de México realizará las gestiones y los actos necesarios para formalizar las asignaciones para cada Subasta de Liquidez, sujeto a que se cumplan con las condiciones aplicables, en los horarios definidos en el manual del SAGAPL, los cuales podrán consultarse a través del SAGAPL.” “Orden de formalización Artículo 187.- Para cada Subasta de Liquidez, participante y monto asignado, el orden en el que el Banco de México realizará las gestiones y los actos necesarios para formalizar cada operación será el siguiente: I. y II. … En todos los casos, para cada postura asignada se realizarán las gestiones y los actos necesarios para formalizar primero mediante operaciones de crédito y, en caso de ser necesario, a través de reportos.” Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 221 “Características de los créditos Artículo 188.- … I. Acreditante: El Banco de México. II. Acreditada: La Institución que haya recibido asignación. III. Plazo: El que establezca el Banco de México en la convocatoria de la subasta correspondiente. IV. Monto: El importe de recursos asignados por el Banco de México que se garantice con un mismo tipo de depósito de los previstos en la fracción VI siguiente. V. … En caso de que, a partir del Día Hábil Bancario de la ejecución del crédito y hasta la fecha pactada de su vencimiento, la tasa de interés interbancaria a un día que la Junta de Gobierno del Banco de México haya determinado como tasa objetivo para efectos de política monetaria sea modificada por decisión de dicha Junta, la tasa de interés a que se refiere el párrafo anterior se ajustará en el mismo número de puntos base en que dicha tasa objetivo se haya modificado, para cada uno de los Días a partir de aquel en que la nueva tasa sea aplicable y hasta la fecha pactada de vencimiento del plazo del crédito. Cada vez que la tasa objetivo referida sea modificada, en su caso, durante la vigencia del crédito, la tasa de interés aplicable se ajustará conforme a lo previsto en este párrafo. V Bis. … VI. … a) y b) … c) Los depósitos constituidos de conformidad con las Subastas de Depósito, o d) Los depósitos en Dólares que la Institución acreditada mantenga en la cuenta respectiva en el Banco de México. VII. Garantía Especial: Los títulos otorgados en prenda bursátil y depósitos otorgados en prenda para cubrir las minusvalías de los Depósitos en Dólares, de conformidad con lo previsto en el Capítulo VIII, Título Tercero, de las presentes Disposiciones. … En caso de que el SAGAPL no estuviera disponible, las Instituciones que deseen formalizar las asignaciones mediante operaciones de crédito, deberán enviar una solicitud al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis, a más tardar a las 14:00:00 horas del Día Hábil Bancario en el que pretendan formalizar la garantía, en la que señalen los tipos de depósitos con los que pretendan constituir la citada garantía, así como el monto de cada uno de ellos. En este supuesto, el Banco de México verificará la disponibilidad de los depósitos para constituir la garantía. El escrito a que refiere el presente párrafo deberá mostrar el conocimiento de firmas, por lo que dichas firmas deberán estar previamente registradas en el Banco de México.” “Características de los reportos Artículo 189.- … I. a III. … IV. Títulos objeto del reporto: a) BONDES; b) BONOS UMS; c) BREMS; d) CETES, excluyendo a los CETES ESPECIALES; e) Cupones Segregados; f) Títulos de Deuda de la Banca de Desarrollo; g) Títulos de Deuda Emitidos por el Tesoro de los EE.UU.A., y h) Valores del IPAB, que sean propiedad de la Institución correspondiente. En todo caso, el Banco de México, en atención a la fecha de la emisión y colocación de los títulos y a la profundidad y condiciones que imperen en el mercado en que dichos títulos sean negociados, podrá no aceptar estos títulos en las operaciones de reporto, así como también aquellos que no cuenten con una valuación de referencia actualizada. … 222 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Asimismo, el valor de los títulos objeto del reporto determinado conforme a lo dispuesto en el párrafo siguiente, deberá ser igual o mayor a la suma del precio más el premio estimado de la operación, calculado conforme a la fracción VI Ter siguiente, en adición a cualquier otro gasto pactado a cargo de la Institución. … V. y VI. … VI Bis. Tasa de Interés: La tasa correspondiente a la postura asignada a cada Institución. … VI Ter y VII. … El Banco de México formalizará un reporto independiente por cada tipo de título objeto del reporto que adquiera como reportador. Para formalizar los reportos, las Instituciones deberán transferir los títulos objeto del reporto a la cuenta de depósito de valores que la institución para el depósito de valores lleve al Banco de México o, para el caso de Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, a la cuenta de custodia de valores en el extranjero que este Instituto Central les indique, en términos de lo establecido en el contrato que al efecto hayan celebrado de conformidad con el artículo 176 de estas Disposiciones. Para el caso de títulos custodiados en territorio nacional, las Instituciones deberán instruir dicha transferencia a través del SAGAPL o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco y dado a conocer a las Instituciones, a la cuenta del Banco de México que, para tales efectos, este haya abierto en alguna institución para el depósito de valores. Si el SAGAPL o los referidos medios electrónicos no estuvieran disponibles, las Instituciones deberán enviar una solicitud al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis 4, a más tardar a las 16:00:00 horas del Día Hábil Bancario en el que pretendan transferir los títulos objeto del reporto, en la que señalen los tipos de títulos a transferir, así como el monto de cada uno de ellos. El escrito a que refiere el presente párrafo deberá mostrar el conocimiento de firmas, por lo que dichas firmas deberán estar previamente registradas en el Banco de México. Para el caso de Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, las Instituciones deberán informar al Banco de México sobre la intención de transferir los títulos correspondientes, a través del SAGAPL o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco y dado a conocer a las Instituciones. Adicionalmente, dichas Instituciones deberán transferir los títulos objeto del reporto que hayan indicado al Banco Central conforme a lo anterior a la cuenta del Banco de México que, para tales efectos, este haya abierto en un custodio en el extranjero, prevista en el párrafo inmediato anterior, mediante instrucción directa al custodio de valores en el extranjero que hayan contratado. Si el SAGAPL o los referidos medios electrónicos no estuvieran disponibles, las Instituciones deberán dar el aviso referido al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis 8, el Día Hábil Bancario Internacional en que pretendan instruir la transferencia de los títulos objeto del reporto, con la información respectiva a los tipos de títulos a transferir, así como el monto de cada uno de ellos. El Banco de México, en su caso, informará a las Instituciones, a través de los mismos medios, la falta de recepción de los Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, así como errores o inconsistencias en la información presentada o los títulos entregados.” “Características adicionales de los reportos Artículo 190.- Una vez que el Banco de México tenga acreditados la totalidad de los mencionados títulos en su cuenta en alguna institución para el depósito de valores o custodio de valores en el extranjero, según corresponda, formalizará las operaciones de reporto y abonará los recursos correspondientes en la Cuenta Única de la Institución de que se trate. Los reportos serán registrados en orden ascendente del plazo de vencimiento de los títulos. Las Instituciones podrán recuperar los títulos que hayan transferido a la cuenta del Banco de México en alguna institución para el depósito de valores o custodio de valores en el extranjero, según corresponda, y que no hayan sido utilizados para formalizar reportos, en cuyo caso se entenderán depositados en custodia. Para tales efectos, las Instituciones deberán solicitarlo a través del SAGAPL, en los términos y plazos previstos en estas Disposiciones y en el manual del SAGAPL. Los títulos custodiados en territorio nacional serán devueltos a las cuentas de valores de las Instituciones respectivas en la propia institución para el depósito de valores el mismo Día Hábil Bancario, si las Instituciones lo solicitan dentro del tiempo previsto en el referido Manual. El Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 223 Banco de México instruirá al custodio de valores en el extranjero que haya contratado, la devolución de dichos títulos a la cuenta de custodia de valores de la Institución respectiva, a más tardar, el Día Hábil Bancario Internacional siguiente a aquel en que haya recibido la solicitud de que se trate. Adicionalmente, el Banco de México podrá devolver los títulos que no hayan sido utilizados para formalizar reportos sin mediar solicitud de la Institución de que se trate. Los intereses que, en su caso, paguen los títulos objeto del reporto durante la vigencia de las operaciones, serán abonados por el Banco de México en la Cuenta Única que le lleva a la reportada, el Día Hábil Bancario en que hayan sido pagados por el emisor. En el caso de los intereses denominados en Divisas, el Banco de México instruirá a su corresponsal, a más tardar, el Día Hábil Bancario Internacional siguiente a aquel en que hayan sido pagados por el emisor, que dichos recursos sean abonados en la cuenta del corresponsal que la reportada haya indicado al Banco de México, en términos de lo establecido en el contrato que al efecto hayan celebrado de conformidad con el artículo 176 de estas Disposiciones. En la fecha de vencimiento de los reportos, a más tardar, a las 17:55:00 horas, el Banco de México cargará en la Cuenta Única que lleva a la reportada el importe del precio y premio correspondientes. En caso de que la reportada no cuente con recursos suficientes en su Cuenta Única para liquidar los reportos en su totalidad, el Banco de México, a su juicio, podrá realizar, por cuenta de la Institución, nuevos reportos a través del SAGAPL, los cuales vencerán al cierre de operaciones del Día Hábil Bancario siguiente y cuyas demás características serán las mismas que tenían los reportos anteriores. Asimismo, el Banco de México cargará en la Cuenta Única de la reportada, a la apertura del Día Hábil Bancario siguiente a la fecha de celebración de los nuevos reportos, la cantidad que resulte de multiplicar el monto base por dos veces la “Tasa Ponderada de Fondeo Bancario” dada a conocer por el Banco de México el Día Hábil Bancario en el que se celebraron los nuevos reportos, dividiendo el resultado obtenido entre 360. El monto base será el que resulte de restar al monto de los nuevos reportos el saldo positivo de la Cuenta Única al cierre. Si el resultado es cero o negativo, no se aplicará el cargo aquí previsto. En caso de que el saldo en la Cuenta Única al cierre de operaciones sea negativo, el monto base será el monto de los nuevos reportos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que la reportada no cuente con recursos suficientes en su Cuenta Única para liquidar los reportos en su totalidad, el Banco de México podrá abstenerse de realizar, por cuenta de la Institución, nuevos reportos y disponer de los títulos objeto de los reportos vencidos no pagados.” “Vencimiento anticipado de las operaciones de crédito o de los reportos Artículo 191.- El Banco de México permitirá a las Instituciones vencer anticipadamente las operaciones de crédito o reporto que tengan celebradas, sujeto a que realicen nuevas operaciones de crédito y/o reporto, según corresponda. En todo caso, las nuevas operaciones deberán celebrarse por el monto de la operación vencida anticipadamente y tendrán la misma tasa de interés o premio, así como la misma fecha de vencimiento. En caso de vencimiento anticipado de un reporto, el Banco de México pondrá a disposición de la reportada los títulos objeto del reporto que se liberen y realizará el cargo en su Cuenta Única por el monto relativo al precio y al premio, que a esa fecha corresponda. En el caso de Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, las Instituciones deberán informar al Banco de México, a través del SAGAPL, si solicitan la devolución de dichos títulos o desean mantenerlos en custodia del Banco de México para celebrar futuras operaciones de reporto. En caso de que la reportada solicite la devolución, el Banco de México instruirá al custodio de valores en el extranjero que haya contratado, la devolución de dichos títulos a la cuenta de custodia de valores en el extranjero de la Institución respectiva, a más tardar, el Día Hábil Bancario Internacional siguiente a aquel en que se verifique el vencimiento anticipado.” “Formalización de las asignaciones en las Subastas de Depósito Artículo 192.- … Durante la vigencia de los depósitos, la Institución podrá instruir a través del SAGAPL que el depósito o la parte de este que no esté garantizando un sobregiro de los mencionados en el párrafo anterior, se utilice para garantizar las Subastas de Liquidez previstas en el Capítulo VI del Título Tercero de las presentes Disposiciones. Cuando el SAGAPL no se encuentre disponible, las Instituciones deberán enviar una solicitud al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis. El escrito a que refiere el presente párrafo deberá mostrar el conocimiento de firmas, por lo que dichas firmas deberán estar previamente registradas en el Banco de México. …” 224 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 “Suspensión o límite de las Subastas de Liquidez y de las Subastas de Depósito Artículo 194.- … I. Incumplan lo estipulado en el contrato a que se refiere el artículo 176 de estas Disposiciones. II. … III. El Banco de México, en términos del artículo 190, párrafo cuarto, de las presentes disposiciones, haya realizado un nuevo reporto por cuenta de la Institución, en caso de que la reportada no haya contado con recursos suficientes en su Cuenta Única para liquidar los reportos en su totalidad, o IV. La participación de la Institución en la subasta de que se trate represente, a juicio del Banco de México, un riesgo para la política monetaria o cambiaria, el sano desarrollo del sistema financiero, el buen funcionamiento de los sistemas de pagos o la protección de los intereses del público. En este caso, el Banco de México, sin necesidad de declaración judicial, podrá rescindir la operación respectiva por el monto por el que no se hayan podido formalizar, por lo que el Día Hábil Bancario siguiente realizará un cargo en la Cuenta Única de la Institución incumplida, por el importe que resulte de aplicar al citado monto la tasa de interés a la que el postor recibió la asignación correspondiente a un día, multiplicada por 1.5. …” “Excepciones a las disposiciones del presente Capítulo Artículo 194 Bis.- El Banco de México, previa aprobación de su Junta de Gobierno, en términos del artículo 46, fracción V, de la Ley del Banco de México, podrá determinar la aplicación de políticas, criterios o características distintas a las establecidas en el presente Capítulo, en protección de la política monetaria o cambiaria, el sano desarrollo del sistema financiero, el buen funcionamiento de los sistemas de pagos o la protección de los intereses del público.” “Determinación del valor de las Garantías Especiales que deberá ser constituido por las Instituciones Artículo 195 Bis 4.- … I. y II. … … Las Garantías Especiales que la Institución constituya deberán cubrir, en todo momento, al menos el valor agregado de las minusvalías que todos los depósitos en Dólares y títulos objeto de reporto constituidos como objeto de los créditos y operaciones de reporto celebradas por dicha Institución con el Banco de México, respectivamente, hubieren tenido desde el momento de su constitución, en el fondo de garantías.” “Constitución de las Garantías Especiales Artículo 195 Bis 5.- Cada Día Hábil Bancario, el Banco de México informará a cada una de las Instituciones, a través del SAGAPL o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el Banco de México y dado a conocer a las Instituciones, el valor total de las Garantías Especiales que deberán tener constituido, para el fondo de garantías para cubrir el valor que haya resultado a cargo de la Institución. … I. Respecto de: a) BONDES; b) BONOS UMS; c) BREMS; d) CETES, excluyendo los CETES ESPECIALES; e) Cupones Segregados; f) Títulos de Deuda de la Banca de Desarrollo; g) Títulos de Deuda Emitidos por el Tesoro de los EE.UU.A., y h) Valores del IPAB, las Instituciones deberán constituir la Garantía Especial mediante prenda bursátil con transmisión de propiedad en los términos y bajo las condiciones previstas en el contrato que al efecto hayan celebrado conforme al artículo 176 de estas Disposiciones. Para el caso de títulos custodiados en territorio nacional, las Instituciones deberán depositar los títulos objeto de dicha Garantía Especial, mediante transferencia que instruyan por medio del SAGAPL o a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco y dado a conocer a las Instituciones, en la cuenta del Banco de México que, para tales efectos, este haya abierto en alguna institución para el depósito de valores. Para lo anterior, las Instituciones deberán presentar a la Gerencia de Gestión de Operaciones, ubicada en Avenida 5 de Mayo número 6, colonia Centro, Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 225 código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, un mandato otorgado a favor del Banco de México en términos del Anexo 10 de estas Disposiciones, suscrito por quien cuente con facultades de representación para ejercer actos de dominio. Para efectos de lo anterior, las Instituciones deberán presentar a la Gerencia de Instrumentación de Operaciones, ubicada en Avenida 5 de Mayo número 18, colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, copia simple y certificada de la o las escrituras en las que conste, de manera expresa, el otorgamiento de dichas facultades. Las Instituciones deberán enviar un ejemplar original de dicho mandato a la institución para el depósito de valores correspondiente. Las Instituciones deberán realizar los depósitos de títulos, antes del horario establecido en el manual del SAGAPL el Día Hábil Bancario en el que el Banco de México les haya dado a conocer el monto de las respectivas Garantías Especiales. Si el SAGAPL no estuviera disponible, las Instituciones deberán enviar una solicitud al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis 5, a más tardar a las 16:00:00 horas del Día Hábil Bancario en el que pretendan constituir la Garantía Especial, en la que señalen los tipos de valores con los que pretendan constituir la citada Garantía Especial, así como el monto de cada uno de ellos. El escrito a que refiere el presente párrafo deberá mostrar el conocimiento de firmas, por lo que dichas firmas deberán estar previamente registradas en el Banco de México. Para el caso de Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, las Instituciones deberán informar al Banco de México sobre la intención de transferir los títulos objeto de dicha Garantía Especial, a través del SAGAPL o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco y dado a conocer a las Instituciones. Adicionalmente, dichas Instituciones deberán transferir los títulos objeto de la Garantía Especial que hayan indicado a la cuenta del Banco de México en el custodio en el extranjero que este les indique, en términos de lo establecido en el contrato que al efecto hayan celebrado, de conformidad con el artículo 176 de estas Disposiciones, mediante instrucción directa al custodio de valores en el extranjero que hayan contratado. Si el SAGAPL o los referidos medios electrónicos no estuvieran disponibles, las Instituciones deberán dar el aviso antes referido al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis 8, el Día Hábil Bancario Internacional en que se pretendan transferir los títulos objeto de la Garantía Especial, con la información respectiva a los tipos de títulos a transferir, así como el monto de cada uno de ellos. El Banco de México, en su caso, informará a las Instituciones, a través de los mismos medios, la falta de recepción de los Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, así como errores o inconsistencias en la información presentada y los títulos entregados. Las Instituciones podrán constituir Garantías Especiales con Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero una vez que el Banco de México tenga plenamente acreditados los mencionados títulos en la cuenta de custodia de valores en el extranjero que les haya indicado, en términos de lo establecido en el contrato que al efecto hayan celebrado de conformidad con el artículo 176 de estas Disposiciones. II. Respecto de alguno de los depósitos siguientes: a) de regulación monetaria que la acreditada mantenga en el Banco de México; b) constituidos de conformidad con las Subastas de Depósito, conforme al procedimiento descrito en el artículo 192, y c) en Dólares que la Institución acreditada mantenga en el Banco de México, las Instituciones deberán ajustarse a lo que se establece a continuación: i) Tratándose de Garantías Especiales que se pretendan constituir mediante prenda con los depósitos a que se refiere esta fracción, deberán instruir por medio del sistema SAGAPL o a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el Banco de México y dado a conocer a las Instituciones, el tipo de depósito con el que se pretenda constituir la Garantía Especial, así como el monto de cada uno de ellos, antes del horario definido en el manual del SAGAPL, o si este sistema no estuviera disponible, las Instituciones deberán enviar una solicitud al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis, a más tardar a las 16:00:00 horas del Día Hábil Bancario en el que pretendan constituir la Garantía Especial, en la que señalen los tipos de depósitos con los que pretendan constituir la citada Garantía Especial, así como el monto de cada uno de ellos. En este supuesto, el Banco de México verificará la disponibilidad de los depósitos para constituir la Garantía Especial. El escrito a que refiere el presente párrafo deberá mostrar el conocimiento de firmas, por lo que dichas firmas deberán estar previamente registradas en el Banco de México. 226 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 ii) Adicionalmente, tratándose de Garantías Especiales que se pretendan constituir mediante prenda con los depósitos en Dólares a que se refiere el inciso d) de esta fracción, las Instituciones deberán solicitar que, para tales efectos, se segreguen en la cuenta de depósitos para garantías que les lleva el Banco de México. Las Instituciones deberán realizar dicha solicitud a través del SIAC-BANXICO, en el horario de las 08:30:00 a las 16:30:00 horas, o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el Banco de México y dado a conocer a las Instituciones, o cuando estos no estuvieran disponibles, en solicitudes que elaboren en términos del Anexo 5 de estas Disposiciones, el cual deberá mostrar el conocimiento de firmas, por lo que dichas firmas deberán estar previamente registradas en el Banco de México.” “Procedimiento de sustitución de Garantías Especiales Artículo 195 Bis 6.- Las Instituciones podrán sustituir los depósitos o títulos que hayan otorgado en Garantía Especial conforme a lo previsto en el artículo anterior, para lo cual deberán solicitar al Banco de México, por medio del SAGAPL o a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el Banco de México y dado a conocer a las Instituciones, la sustitución que pretenda realizar, antes del horario definido en el manual del SAGAPL. Cuando estos medios no estuvieran disponibles, las Instituciones deberán enviar una solicitud al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis 1 de las presentes Disposiciones, a más tardar, a las 16:00:00 horas del Día Hábil Bancario en el que pretendan realizar la sustitución de Garantías Especiales o, para el caso de Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, a más tardar, a las 16:00:00 horas del Día Hábil Bancario Internacional inmediato anterior a aquel en el que pretendan realizar dicha sustitución, en la que señalen los depósitos o títulos a sustituir y los depósitos o títulos nuevos que pretenden entregar al Banco de México. La sustitución se llevará a cabo sujeto a que los montos resultantes de la valuación correspondiente a dichos depósitos o títulos nuevos sean suficientes para cubrir el monto de Garantías Especiales que deban constituir, conforme a lo que el Banco de México les haya dado a conocer en función del artículo 195 Bis 5. En todo caso, el Banco de México se reserva el derecho a rechazar o aceptar, las solicitudes previstas en el presente artículo. En caso de aceptar la solicitud, el Banco de México instruirá la realización de los cargos y abonos correspondientes para la sustitución de depósitos o títulos custodiados en territorio nacional. Para el caso de que el Banco de México comunique a la Institución de que se trate la aceptación de la sustitución de depósitos o títulos custodiados en territorio nacional o Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, que aquella haya otorgado en Garantía Especial a cambio de Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, dicha Institución deberá informar al Banco de México sobre la intención de transferir los títulos objeto de dicha sustitución, a través del SAGAPL o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco y dado a conocer a las Instituciones. Adicionalmente, dichas Instituciones deberán transferir los títulos objeto de la sustitución que hayan indicado al Banco Central conforme a lo anterior a la cuenta del Banco de México que, para tales efectos, este haya abierto en un custodio en el extranjero y que este les indique, en términos de lo establecido en el contrato que al efecto hayan celebrado, de conformidad con el artículo 176 de estas Disposiciones, mediante instrucción directa al custodio de valores en el extranjero que hayan contratado. Si el SAGAPL o los referidos medios electrónicos no estuvieran disponibles, las Instituciones deberán dar el aviso antes referido al Banco de México en términos del Anexo 12 Bis 8, el Día Hábil Bancario Internacional en que pretendan transferir los títulos objeto de la sustitución, con la información respectiva a los tipos de títulos a transferir, así como el monto de cada uno de ellos. El Banco de México, en su caso, informará a las Instituciones, a través de los mismos medios, la falta de recepción de los Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, así como errores o inconsistencias en la información presentada y los títulos entregados. Una vez realizado el procedimiento señalado en el párrafo anterior, la Institución deberá instruir al Banco de México, a través del SAGAPL o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco y dado a conocer a las Instituciones, la sustitución de los depósitos o títulos correspondientes, indicando los Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero que correspondan. La Institución podrá instruir al Banco de México, a través del SAGAPL o de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el propio Banco y dado a conocer a las Instituciones, la devolución de los títulos originalmente otorgados en Garantía Especial a la cuenta de custodia de valores de la Institución respectiva. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 227 En caso que el Banco de México reciba la instrucción de la devolución de los títulos originalmente otorgados en Garantía Especial y que han sido sustituidos, este Instituto Central instruirá al custodio de valores en el extranjero que haya contratado, la devolución de dichos títulos a la cuenta de custodia de valores de la Institución respectiva, a más tardar, el Día Hábil Bancario Internacional siguiente a aquel en el Banco de México haya recibido la instrucción de la devolución. El escrito a que refiere el párrafo primero del presente artículo deberá mostrar el conocimiento de firmas, por lo que dichas firmas deberán estar previamente registradas en el Banco de México.” “Retiro de Garantías Especiales en exceso Artículo 195 Bis 7.- En el evento que el monto correspondiente a la valuación de los depósitos y títulos objeto de las Garantías Especiales constituidas por una Institución conforme a lo dispuesto en el artículo 195 Bis 5, sea superior al valor total de las Garantías Especiales que la Institución deba constituir conforme a lo dispuesto en el artículo 195 Bis 4, la Institución podrá solicitar al Banco de México la devolución de los títulos o la terminación de la Garantía Especial constituida sobre los montos de los depósitos a que se refiere el citado artículo por el monto excedente que corresponda, por medio del SAGAPL o a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado para tal propósito por el Banco de México y dado a conocer a las Instituciones, antes del horario definido en el manual del SAGAPL o, en caso de que estos medios no estén disponibles, mediante comunicación en términos del Anexo 12 Bis 2 o en el Anexo 12 Bis 3 de las presentes Disposiciones, según corresponda, presentada a más tardar a las 16:00:00 horas del Día Hábil Bancario en que solicite recibir dichos depósitos y títulos. Tratándose de Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, las Instituciones podrán solicitar al Banco, a través del SAGAPL, la devolución de dichos títulos, a más tardar, a las 16:00:00 horas del Día Hábil Bancario Internacional inmediato anterior a aquel en el que pretendan que el Banco de México instruya a su custodio en el extranjero, la transferencia de dichos títulos a la cuenta de custodia de valores en el extranjero que la Institución haya indicado al Banco de México, en términos de lo establecido en el contrato que al efecto hayan celebrado de conformidad con el artículo 176 de estas Disposiciones. En el evento que el Banco de México reciba la solicitud referida con posterioridad a la hora señalada en este párrafo, llevará a cabo la devolución de los montos de los depósitos y títulos respectivos el Día Hábil Bancario inmediato siguiente o, para el caso de Títulos de Deuda Custodiados en el Extranjero, el Banco de México instruirá al custodio en el extranjero que haya contratado, la devolución de dichos títulos, a más tardar, dentro de los dos Días Hábiles Bancarios Internacionales siguientes, sujeto a la valuación de los referidos montos de los depósitos y títulos que se realice el Día Hábil Bancario o Día Hábil Bancario Internacional siguiente, según corresponda, de conformidad con estas Disposiciones. …” “Abono de accesorios Artículo 195 Bis 8.- En caso que el Banco de México obtenga algún pago correspondiente a cualquier derecho accesorio, tal como pago de cupones o intereses, derivado de los títulos o de los montos de los depósitos dados en Garantía Especial en términos del artículo 195 Bis 5 de estas Disposiciones, el propio Banco de México abonará el importe respectivo en la Cuenta Única de la Institución que haya constituido la Garantía Especial de que se trate. En el caso de que el Banco de México obtenga algún pago correspondiente a cualquier derecho accesorio denominado en Divisas, este será abonado en la cuenta del corresponsal de la Institución que haya constituido la Garantía Especial de que se trate y que le haya indicado al Banco de México en términos de lo establecido en el contrato que hayan celebrado de conformidad con el artículo 176 de estas Disposiciones. El Banco de México realizará el abono en moneda nacional en la Cuenta Única de la Institución que haya constituido la Garantía Especial de que se trate el mismo Día Hábil Bancario en que haya recibido el pago de los referidos derechos accesorios, sujeto a que dicha recepción se dé, a más tardar, a las 16:00:00 horas de ese día o, en el caso de accesorios denominados en Divisas, el Banco de México instruirá a su corresponsal o custodio en el extranjero la transferencia del abono correspondiente, a más tardar, el Día Hábil Bancario Internacional siguiente a aquel en que haya recibido el pago de los accesorios señalados, sujeto a que dicha recepción se dé a más tardar a las 16:00:00 horas de ese día. En caso que el Banco de México reciba el pago referido después del horario señalado, realizará el abono en la Cuenta Única de la Institución correspondiente el Día Hábil Bancario inmediato siguiente o, en el caso de accesorios denominados en Divisas, el Banco de México instruirá a su corresponsal o custodio en el extranjero la transferencia del abono correspondiente dentro de los dos Días Hábiles Bancarios Internacionales siguientes.” 228 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 “ANEXO 5 BIS 2 Modelo de solicitud para la formalización de operaciones de reportos con el Banco de México, de conformidad con los artículos 115 Bis 2, fracción III, inciso ii) y 115 Bis 3 de las Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, emitidas por el Banco de México mediante la Circular 3/2012 (PAPEL CON MEMBRETE DE LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO) Ciudad de México, a ___ de _________ de 20__. BANCO DE MÉXICO Gerencia de Gestión de Operaciones Avenida 5 de Mayo número 6, Colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México P r e s e n t e. Por medio de la presente, para efectos de lo establecido en los artículos 115 Bis 2, fracción III, inciso ii), y 115 Bis 3 de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, emitidas por ese Banco de México mediante la Circular 3/2012, según ha sido modificada mediante circulares posteriores, solicito al Banco de México en representación de (Denominación completa de la institución de crédito incluyendo, en su caso, el grupo financiero al que pertenezca), que realice las acciones que resulten necesarias para llevar a cabo la formalización de las operaciones de reporto conforme a lo establecido en los artículos citados con los títulos y características que a continuación se indican: Plazo del Reporto: ___________ día(s) [Para cada uno de los títulos considerados indicar los siguientes campos] ISIN* NÚMERO TÍTULOS* VALOR NOMINAL* TIPO DE TÍTULO EMISORA SERIE* DIVISA FECHA VENCIMIENTO LUGAR DE LIQUIDACIÓN *Campos obligatorios. A t e n t a m e n t e, (Denominación de la Institución) (Nombre y firma de personas con firmas previamente registradas en Banco de México) C.c.p.: Dirección de Apoyo a las Operaciones Subgerencia de Gestión de Operaciones con Cuentahabientes La presente comunicación deberá dirigirse a la siguiente cuenta de correo electrónico: operacion-sagapl@banxico.org.mx” Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 229 “ANEXO 7 Valuación de los títulos o valores 1. Procedimiento general de valuación. El Banco de México llevará a cabo la valuación de los instrumentos señalados en el catálogo que diariamente le remite la institución para el depósito de valores utilizando los precios de valuación que le sean enviados diariamente por los Proveedores de Precios (Proveedores) con los que tenga suscrito el convenio respectivo. Con el propósito de determinar el valor de los instrumentos que se utilizarán para celebrar las operaciones de reporto para dotar de liquidez a los sistemas de pagos, formalizar las Subastas de Liquidez, garantizar los sobregiros a la Cuenta Única, así como para la constitución de Garantías Especiales de dichas operaciones con el Banco de México, de conformidad con lo previsto en las presentes Disposiciones, este Instituto Central podrá aplicar a cada instrumento un factor de descuento sobre el precio de valuación obtenido conforme al procedimiento descrito en este Anexo. En su caso, los referidos factores serán dados a conocer a esas instituciones por el propio Banco de Central. La valuación de los instrumentos elegibles se realizará calculando un promedio ponderado de los precios de los Proveedores, usando pesos aleatorios. Los ponderadores son generados a partir de una distribución uniforme y posteriormente se normalizan para asegurar que el precio de valuación del Banco de México se encuentre entre los precios menor y mayor calculados por los Proveedores. En caso de que los precios de valuación de los Proveedores se encuentren denominados en Divisas distintas al Dólar, el precio equivalente en Dólares se determinará conforme a la metodología establecida por cada Proveedor. Para la determinación en moneda nacional del precio en Dólares, tanto de los instrumentos originalmente denominados en Dólares como de aquellos denominados en otras Divisas, cuyo valor se haya determinado en Dólares conforme al párrafo anterior, el tipo de cambio aplicable será el que determine el Banco de México, de conformidad con el Título Tercero, Capítulo V, de las presentes Disposiciones, el cual da a conocer el mismo día en que lo determina, por medio de su página de Internet, como el “tipo de cambio FIX” que, a su vez, queda publicado en el Diario Oficial de la Federación el Día Hábil Bancario inmediato siguiente, y que corresponda al último disponible en dicha página de Internet el día que se recibieron los precios de valuación de los Proveedores. Para cada emisión vigente se determinarán sus precios sucio y limpio. 1.1 Conjunto de instrumentos que se valuará conforme al procedimiento previsto en el presente numeral (Vector de Precios). La valuación se realizará para los siguientes instrumentos:  CETES;  BONOS;  BONDES;  UDIBONOS;  Valores del IPAB;  BREMS;  Bonos UMS;  Títulos de Deuda de la Banca de Desarrollo, y  Títulos de Deuda Emitidos por el Tesoro de EE.UU.A. 1.2 Cálculo del Vector de Precios Los precios de valuación serán calculados conforme lo siguiente1: a) Si para el instrumento x en la fecha de valuación t se cuenta con por lo menos 2 valuaciones de los Proveedores, el Banco de México determinará el precio limpio de valuación de ese instrumento conforme a la ecuación siguiente: Donde: : es el precio limpio del i-ésimo Proveedor. : es el i-ésimo ponderador aleatorio con valores entre 0 y 1, generado con una distribución uniforme y 230 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Donde: Para cada instrumento, en cada fecha de valuación, se deberán determinar nuevos ponderadores. Los precios sucios en este caso se calcularán usando los mismos ponderadores que para los precios limpios. b) Si para el instrumento x en la fecha de valuación t se cuenta con información solo del i-ésimo Proveedor, el precio limpio de valuación que determinará el Banco de México para ese instrumento considerará al precio limpio de ese único Proveedor, modificado de acuerdo con la ecuación siguiente: Donde: : es el ruido porcentual que se agrega al precio limpio provisto por el Proveedor, el cual se genera con una distribución uniforme cuyos parámetros dependen de las características de cada instrumento de conformidad con lo siguiente: El parámetro se define como: Donde: son el precio limpio más alto y más bajo, respectivamente, proporcionado por los Proveedores para el instrumento x en la fecha t-1. Los precios sucios en este caso se calcularán de acuerdo a la siguiente ecuación: Donde: deberá ser el mismo que el generado para el precio limpio. c) Si para la fecha de valuación no se cuenta con información de ningún Proveedor para el instrumento x, el Banco de México determinará los precios limpio y sucio de valuación de ese instrumento repitiendo el valor del día anterior. 2. Procedimiento para valuar Valores Gubernamentales y bonos de regulación monetaria en su primera colocación. Cuando no existan precios de valuación de los Proveedores, el Banco de México valuará los Valores Gubernamentales y bonos de regulación monetaria en su primera colocación utilizando los precios o tasas únicas o las tasas o precios promedio ponderados que resulten de la subasta respectiva. 1 El Banco de México podrá utilizar precios mismo día, 24 horas o 48 horas.” Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 231 “ANEXO 10 Modelo de mandato a favor del Banco de México para efectuar cargos y abonos en las cuentas que lleve alguna institución para el depósito de valores (PAPEL CON MEMBRETE DE LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO) Ciudad de México, a ___de _________ de 20__. BANCO DE MÉXICO Gerencia de Gestión de Operaciones, Avenida 5 de Mayo número 6, Colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México P r e s e n t e. (Denominación completa de la institución de crédito incluyendo, en su caso, el grupo financiero al que pertenezca) en este acto otorga un poder especial e irrevocable al Banco de México para que, en su representación instruya a (Denominación completa de la institución para el depósito de valores), para efectuar todos los cargos y abonos en las cuentas que dicha institución para el depósito de valores le lleva a mi representada, con motivo de las operaciones de reporto que se celebren: a) en las Subastas de Liquidez; b) en el procedimiento a seguir en caso de insuficiencia de recursos para liquidar el importe de títulos, c) para constituir los depósitos especiales para garantizar los sobregiros en la Cuenta Única de mi representada y d) para constituir Garantías Especiales. Para tales efectos, el Banco de México deberá enviar a la citada institución para el depósito de valores las instrucciones antes referidas. Esta institución de crédito será responsable de las solicitudes de cargo y abono que el Banco de México envíe a la referida institución para el depósito de valores. A t e n t a m e n t e, (Nombre, firma y puesto del funcionario o funcionarios de la institución con facultades para ejercer actos de dominio, así como para designar operadores en los sistemas de pagos administrados por Banco de México) C.c.p.: (Denominación completa de la institución para el depósito de valores correspondiente). Para su información. Dirección de Operación y Continuidad de Sistemas de Pagos e Infraestructuras de Mercados” 232 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 “ANEXO 12 BIS 1 Modelo de solicitud de sustitución de depósitos entregados en prenda o títulos entregados en prenda bursátil que constituyen las Garantías Especiales (PAPEL CON MEMBRETE DE LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO) Ciudad de México, a ___ de _________ 20__. BANCO DE MÉXICO Gerencia de Gestión de Operaciones, Avenida 5 de Mayo número 6, Colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México P r e s e n t e . Por medio de la presente, para efectos de lo establecido en el artículo 195 Bis 6 de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero” emitidas por ese Banco de México mediante la Circular 3/2012, según ha sido modificada mediante circulares posteriores, a nombre y por cuenta de mi representada, (Denominación completa de la institución de crédito, incluyendo, en su caso, el grupo financiero al que pertenezca), les comunico la solicitud para llevar a cabo la sustitución de los depósitos o títulos que esta Institución dio en prenda o en prenda bursátil, con objeto de constituir las Garantías Especiales de las obligaciones a su cargo al amparo de los créditos y reportos, celebrados como resultado de la asignación de las posturas presentadas por esta misma Institución en las subastas realizadas de acuerdo con el Capítulo VI del Título Tercero, de las Disposiciones citadas. Al efecto los títulos entregados en prenda bursátil que esta Institución solicita le sean devueltos son los siguientes: [Para cada uno de los títulos considerados indicar los siguientes campos] ISIN* NÚMERO TÍTULOS* VALOR NOMINAL* TIPO DE TÍTULO EMISORA SERIE* DIVISA FECHA VENCIMIENTO LUGAR DE LIQUIDACIÓN *Campos obligatorios. Los títulos que se entregarán en prenda bursátil, en sustitución, son los siguientes: ISIN* NÚMERO TÍTULOS* VALOR NOMI- NAL* TIPO TÍTULO EMI- SORA SERIE* DIVI- SA FECHA VENCI- MIEN- TO CALIFICA- CIÓN CREDI- TICIA ÚLTIMO PRECIO O VALUA- CIÓN DISPO- NIBLE LUGAR DE LIQUIDACIÓN *Campos obligatorios. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 233 Los depósitos entregados en prenda que esta Institución solicita le sean devueltos son los siguientes: TIPO DE DEPÓSITO MONTO Depósitos de regulación monetaria que mi representada mantenga en el Banco de México: $___________________________ Depósitos constituidos de conformidad con las Subastas de Depósito: $___________________________ Depósitos en Dólares que mi representada mantenga en su Cuenta en Dólares: $___________________________ Los depósitos que se entregarán en prenda, en sustitución, son los siguientes: TIPO DE DEPÓSITO MONTO Depósitos de regulación monetaria que mi representada mantenga en el Banco de México: $___________________________ Depósitos constituidos de conformidad con las Subastas de Depósito: $___________________________ Depósitos en Dólares que mi representada mantenga en su cuenta en Dólares: $___________________________ Datos de la cuenta de la Institución: ________________________________________ A t e n t a m e n t e, (Denominación de la Institución Asignada) (Nombre y firma de personas con firmas previamente registradas en Banco de México) La presente comunicación deberá dirigirse a la siguiente cuenta de correo electrónico: operacion-sagapl@banxico.org.mx” 234 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 “ANEXO 12 BIS 2 Modelo de solicitud de devolución de Garantías Especiales en exceso constituidas con títulos (PAPEL CON MEMBRETE DE LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO) Ciudad de México, a ___ de _________ de 20__. BANCO DE MÉXICO Gerencia de Gestión de Operaciones, Avenida 5 de Mayo número 6, Colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México P r e s e n t e . Por medio de la presente, para efectos de lo establecido en el artículo 195 Bis 7 de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero” emitidas por ese Banco de México mediante la Circular 3/2012, según ha sido modificada mediante circulares posteriores, a nombre y por cuenta de mi representada, (Denominación completa de la institución de crédito, incluyendo, en su caso, el grupo financiero al que pertenezca), les comunico la solicitud para que le sean devueltos aquellos títulos que esta Institución dio en prenda bursátil para constituir las Garantías Especiales de las obligaciones a su cargo, celebrados como resultado de la asignación de las posturas presentadas por esta misma Institución en las subastas realizadas de acuerdo con lo previsto en el Capítulo VI del Título Tercero de las Disposiciones citadas y que corresponden al monto en exceso de aquel referido a las Garantías Especiales, calculadas conforme a esas mismas Disposiciones. Títulos para los cuales se solicita su devolución: [Para cada uno de los títulos considerados indicar los siguientes campos] ISIN* NÚMERO TÍTULOS* VALOR NOMINAL* TIPO DE TÍTULO EMISORA SERIE* DIVISA FECHA VENCIMIENTO LUGAR DE LIQUIDACIÓN *Campos obligatorios. Datos de la cuenta de la Institución: ________________________________________ A t e n t a m e n t e, (Denominación de la Institución Asignada) (Nombre y firma de personas con firmas previamente registradas en Banco de México) La presente comunicación deberá dirigirse a la siguiente cuenta de correo electrónico: operacion-sagapl@banxico.org.mx” Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 235 “ANEXO 12 BIS 3 Modelo de solicitud de devolución de Garantías Especiales en exceso constituidas con depósitos (PAPEL CON MEMBRETE DE LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO) Ciudad de México, a ___ de _________ de 20__. BANCO DE MÉXICO Gerencia de Gestión de Operaciones, Avenida 5 de Mayo número 6, Colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México P r e s e n t e . Por medio de la presente, para efectos de lo establecido en el artículo 195 Bis 7 de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero” emitidas por ese Banco de México mediante la Circular 3/2012, según ha sido modificada mediante circulares posteriores, solicito al Banco de México en representación de (Denominación completa de la institución de crédito, incluyendo, en su caso, el grupo financiero al que pertenezca), que realice las acciones que resulten necesarias para la terminación de la prenda constituida con los Depósitos que se indican a continuación y que integran el fondo de garantías en términos de lo previsto en el Capítulo VIII del Título Tercero de la citada Circular. TIPO DE DEPÓSITO MONTO Depósitos de regulación monetaria que mi representada mantenga en el Banco de México: $___________________________ Depósitos constituidos de conformidad con las Subastas de Depósito: $___________________________ Depósitos en Dólares que mi representada mantenga en su cuenta en Dólares: $___________________________ A t e n t a m e n t e, (Denominación de la Institución Asignada) (Nombre y firma de personas con firmas previamente registradas en Banco de México) La presente comunicación deberá dirigirse a la siguiente cuenta de correo electrónico: operacion-sagapl@banxico.org.mx” 236 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 “ANEXO 12 BIS 4 Modelo de solicitud para transferir los títulos objeto de los reportos a que se refiere el artículo 189 de la Circular 3/2012 a la cuenta de depósito de valores que la institución para el depósito de valores lleve al Banco de México (PAPEL CON MEMBRETE DE LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO) Ciudad de México, a ___ de _________ de 20__. BANCO DE MÉXICO Gerencia de Gestión de Operaciones, Avenida 5 de Mayo número 6, Colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México P r e s e n t e . Por medio de la presente, para efectos de lo establecido en el artículo 189 de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero” emitidas por ese Banco de México mediante la Circular 3/2012, según ha sido modificada mediante circulares posteriores, solicito al Banco de México en representación de (Denominación completa de la institución de crédito, incluyendo, en su caso, el grupo financiero al que pertenezca), que realice las acciones que resulten necesarias para llevar a cabo la formalización de las operaciones de reporto celebradas en el procedimiento para la asignación de Subastas de Liquidez conforme a lo establecido en el citado artículo 189 de la Circular 3/2012 con los títulos que a continuación se indican: [Para cada uno de los títulos considerados indicar los siguientes campos] ISIN* NÚMERO TÍTULOS* VALOR NOMINAL* TIPO DE TÍTULO EMISORA SERIE* DIVISA FECHA VENCIMIENTO LUGAR DE LIQUIDACIÓN *Campos obligatorios. A t e n t a m e n t e, (Denominación de la Institución Asignada) (Nombre y firma de personas con firmas previamente registradas en Banco de México) La presente comunicación deberá dirigirse a la siguiente cuenta de correo electrónico: operacion-sagapl@banxico.org.mx” Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 237 “ANEXO 12 BIS 8 Modelo de aviso de transferencia de los títulos objeto de los reportos a que se refieren los artículos 115 Bis 3, 189, 195 Bis 5 y 195 Bis 6 de las Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, emitidas por el Banco de México mediante la Circular 3/2012, a la cuenta de custodia de valores en el extranjero del Banco de México (PAPEL CON MEMBRETE DE LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO) Ciudad de México, a ___ de _________ de 20__. BANCO DE MÉXICO Gerencia de Gestión de Operaciones, Avenida 5 de Mayo número 6, Colonia Centro, código postal 06000, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México P r e s e n t e . Por medio de la presente, para efectos de lo establecido en los artículos 115 Bis 3, 189, 195 Bis 5 o 195 Bis 6 de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero” emitidas por ese Banco de México mediante la Circular 3/2012, según ha sido modificada mediante circulares posteriores, informo al Banco de México, en representación de (Denominación completa de la institución de crédito, incluyendo, en su caso, el grupo financiero al que pertenezca), que mi representada realizará las acciones necesarias para llevar a cabo la formalización de las operaciones de reporto conforme a lo establecido en los artículos citados, para lo cual transferirá a la cuenta de custodia de valores en el extranjero del Banco de México los títulos que a continuación se indican: [Para cada uno de los títulos considerados indicar los siguientes campos] ISIN* NÚMERO TÍTULOS* VALOR NOMINAL* TIPO DE TÍTULO EMISORA SERIE* DIVISA FECHA VENCIMIENTO LUGAR DE LIQUIDACIÓN *Campos obligatorios. A t e n t a m e n t e, (Denominación de la Institución Asignada) (Nombre y firma de personas con firmas previamente registradas en Banco de México) La presente comunicación deberá dirigirse a la siguiente cuenta de correo electrónico: operacion-sagapl@banxico.org.mx” TRANSITORIOS PRIMERO.- La presente Circular entrará en vigor el 1 de abril de 2026, con excepción del artículo transitorio SEGUNDO siguiente, el cual entrará en vigor el Día Hábil Bancario siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Las Instituciones que pretendan participar en las Subastas de Liquidez o en operaciones de reporto para garantizar el sobregiro de la Cuenta Única deberán celebrar los contratos a que se refieren los artículos 115 Bis 1 y 176 de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, y deberán presentar el mandato otorgado a favor del Banco de México previsto en el Anexo 10 de dichas disposiciones, conforme a los nuevos términos previstos en la presente Circular, a más tardar, el 31 de marzo de 2026. Para tal efecto, dichas Instituciones deberán presentar al Banco de México, la documentación mencionada en los artículos citados, según se modifican conforme a la presente Circular, dentro de los veinte Días Hábiles Bancarios siguientes al de su publicación en el referido Diario. Ciudad de México, a 30 de diciembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Director de Apoyo a las Operaciones, Joaquín Rodrigo Cano Jauregui Segura Millan.- Rúbrica.- Director de Administración de Riesgos, Francisco Chamú Morales.- Rúbrica.- Director de Estabilidad Financiera, Jorge Luis García Ramírez.- Rúbrica. Para cualquier consulta sobre el contenido de la presente Circular, el Banco de México se pone a su disposición a través de la Dirección de Autorizaciones y Sanciones de Banca Central al teléfono (55) 5237-2000 extensión 3200. 238 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 EQUIVALENCIA de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de diciembre de 2025. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2025, Año de la Mujer Indígena''. EQUIVALENCIA DE LAS MONEDAS DE DIVERSOS PAÍSES CON EL DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2025 El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o., 10, 14 Bis, 17 y 19 del Reglamento Interior del Banco de México, así como Segundo, fracciones VI y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México y de conformidad con lo señalado en el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación, da a conocer para efectos fiscales la cotización de las monedas de diversos países contra el dólar de los EE.UU.A., observada en los mercados internacionales. Las monedas de los países que se listan corresponden: i) a los principales socios comerciales de México, tanto en exportaciones como en importaciones, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)1*, ii) a las divisas más operadas en el mercado de cambios a nivel mundial, de conformidad con la encuesta oficial publicada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS)2** y iii) a las divisas solicitadas a este Instituto Central para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. País 1/ Moneda Equivalencia de la moneda extranjera dic-2025 en dólares de los E.E.U.U.A Arabia Saudita Riyal 0.26660 Argelia Dinar 0.00770 Argentina Peso 0.00070 Australia Dólar 0.66675 Bahamas Dólar 1.00000 Barbados Dólar 0.50000 Belice Dólar 0.50000 Bermuda Dólar 1.00000 Bolivia Boliviano 0.14520 Brasil Real 0.18230 Canadá Dólar 0.72950 Chile Peso 0.00111 China Yuan continental 0.14308 China Yuan extracontinental 2/ 0.14330 Colombia Peso 3/ 0.26453 Corea del Sur Won 3/ 0.69290 Costa Rica Colón 0.00201 Cuba Peso 0.04170 Dinamarca Corona 0.15722 Ecuador Dólar 1.00000 Egipto Libra 0.02100 El Salvador Colón 0.11430 Emiratos Árabes Unidos Dirham 0.27230 Estados Unidos de América Dólar 1.00000 Federación Rusa Rublo 0.01264 Fiyi Dólar 0.44140 Filipinas Peso 0.01696 Gran Bretaña Libra esterlina 1.34475 Guatemala Quetzal 0.13050 Guyana Dólar 0.00478 Honduras Lempira 0.03800 Hong Kong Dólar 0.12848 1* Conforme a los datos publicados por el INEGI se consideró el promedio de las importaciones y exportaciones de México de los últimos cinco años. 2** De acuerdo a la Encuesta Trienal de Bancos Centrales realizada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS) durante abril de 2025 y publicada en septiembre del mismo año Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 239 País 1/ Moneda Equivalencia de la moneda extranjera dic-2025 en dólares de los E.E.U.U.A Hungría Florín 0.00306 India Rupia 0.01113 Indonesia Rupia 3/ 0.05992 Irak Dinar 0.00076 Israel Shekel 0.31383 Jamaica Dólar 0.00629 Japón Yen 0.00638 Kenia Chelín 0.00780 Kuwait Dinar 3.25160 Malasia Ringgit 0.24630 Marruecos Dirham 0.10960 Nicaragua Córdoba 0.02710 Nigeria Naira 0.00069 Noruega Corona 0.09910 Nueva Zelanda Dólar 0.57495 Panamá Balboa 1.00000 Paraguay Guaraní 3/ 0.15150 Perú Sol 0.29740 Polonia Esloti 0.27810 Puerto Rico Dólar 1.00000 Rep. Checa Corona 0.04857 Rep. de Sudáfrica Rand 0.06034 Rep. Dominicana Peso 0.01581 Rumania Leu 0.23050 Singapur Dólar 0.77770 Suecia Corona 0.10841 Suiza Franco 1.26210 Tailandia Baht 0.03174 Taiwán Nuevo dólar 0.03183 Trinidad y Tobago Dólar 0.14770 Turquía Lira 0.02328 Ucrania Hryvnia 0.02370 Unión Monetaria Europea Euro 4/ 1.17425 Uruguay Peso 0.02560 Venezuela Bolívar digital 5/ 0.00338 Vietnam Dong 3/ 0.03803 Derecho Especial de Giro DEG 1.36950 1/ El nombre con el que se mencionan los países no necesariamente coincide con su nombre oficial y se listan sin perjuicio del reconocimiento que en su caso se les otorgue como país independiente. 2/ Corresponde al tipo de cambio cuya cotización es realizada fuera de China continental. 3/ El tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas. 4/ Los países que utilizan el euro como moneda son: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Portugal. 5/ A partir del 1 de octubre de 2021 el bolívar soberano fue sustituido por el bolívar digital. Para cotizaciones anteriores a esta fecha, el tipo de cambio está expresado en dólares por millón de unidades domésticas. Ciudad de México, a 31 de diciembre de 2025.- BANCO DE MEXICO: Gerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. José Elías Romero Apis Hernández.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Internacionales, Lic. Ximena Alfarache Morales.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González Olivo.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Internacionales y Metales, Lic. Héctor Aureliano Esquivel Urdaneta.- Rúbrica. 240 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que da respuesta a la petición de la ciudadana Priscila Andrea Reza Valadez, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente del Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-2490/2025. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG1428/2025. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, QUE DA RESPUESTA A LA PETICIÓN DE LA CIUDADANA PRISCILA ANDREA REZA VALADEZ, EN ACATAMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL EXPEDIENTE DEL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO SUP-JDC-2490/2025 GLOSARIO Consejo General/CG Consejo General del Instituto Nacional Electoral Constitución/CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos DEOE Dirección Ejecutiva de Organización Electoral DOF Diario Oficial de la Federación Instituto/INE Instituto Nacional Electoral LGIPE Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales LOPJF Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación OAJ Órgano de Administración Judicial PEEPJF 2024-2025 Proceso Electoral Extraordinario para la elección de los diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 PJF Poder Judicial de la Federación RIINE Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral SCJN Suprema Corte de Justicia de la Nación TEPJF Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ANTECEDENTES I. Decreto de Reforma Constitucional del PJF. El 15 de septiembre de 2024, se publicó en el DOF el Decreto que modificó la CPEUM, en materia de elección del PJF; cuya entrada en vigor fue al día siguiente de la publicación. Dicha reforma se centró en que todas las personas juzgadoras del país se elijan por el voto de la ciudadanía. II. Declaratoria de inicio del PEEPJF 2024-2025. Mediante Acuerdo INE/CG2240/2024, de 23 de septiembre de 2024 se emitió la declaratoria de inicio del PEEPJF 2024-2025, la etapa de preparación y se definió la Integración e Instalación de los Consejos Locales. III. Expediente SUP-AG-209/2024. El 4 de octubre de 2024, el INE solicitó vía de acción declarativa, a la Sala Superior del TEPJF, para que emitiera pronunciamiento tendente a garantizar el cumplimiento de las funciones a cargo del Instituto, en atención a las resoluciones de suspensión dictadas por diversos juzgadores federales. IV. Inviabilidad de suspensión. El 23 de octubre de 2024, el pleno de la Sala Superior del TEPJF declaró que era constitucionalmente inviable suspender la realización de los procedimientos electorales a cargo del INE. V. Insaculación de cargos del PJF. El 12 de octubre de 2024, el Senado de la República realizó la insaculación de cargos del PJF que fueron elegibles mediante voto popular en la Jornada Electoral de 2025. VI. Reforma a la LGIPE. El 14 de octubre de 2024, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones en materia de elección de personas juzgadoras del PJF, el cual entró en vigor el 15 de octubre del mismo año. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 241 Entre las modificaciones destaca la incorporación del Libro Noveno, en el que se establecen las directrices relativas a la organización, los requisitos y los procedimientos que deberán observarse en la selección e integración de los miembros del Poder Judicial, tanto a nivel federal como en las entidades federativas, asignando además competencias específicas al INE para la supervisión de estos procesos. VII. Publicación de la Convocatoria en el DOF. El 15 de octubre de 2024, se publicó en el DOF la convocatoria pública para integrar los listados de las personas candidatas que participarían en la elección extraordinaria de las personas juzgadoras que ocuparían los cargos de ministras y ministros de la SCJN, magistradas y magistrados de la Sala Superior y Salas Regionales del TEPJF, magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito del PJF, aprobada por el Pleno de la Cámara de Senadores. VIII. Integración de los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión. Los Poderes de la Unión establecieron las bases para la conformación y operación de los Comités de Evaluación correspondientes al Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con el objetivo de llevar a cabo el PEEPJF 2024-2025. El 29 de octubre de 2024, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la instalación del Comité de Evaluación del Poder Legislativo. El 31 de octubre siguiente se formalizó la creación e instalación del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo y ese mismo día, el Pleno de la SCJN estableció las bases para la integración y funcionamiento del Comité de Evaluación del PJF. IX. Expedición de las convocatorias para participar en los procesos de selección. El 4 de noviembre de 2024 se publicaron en el DOF las convocatorias de los tres Poderes de la Unión para participar en la evaluación y selección de postulaciones de la elección extraordinaria de personas juzgadoras. X. Acción de Inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumulados 165/2024, 166/2024, 167/2024 y 170/2024. El 5 de noviembre de 2024 el Pleno de la SCJN resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumulados en contra del Decreto de la reforma constitucional en materia del PJF donde, al no contar con una mayoría calificada, resultó procedente desestimar los conceptos de invalidez, quedando en la totalidad de sus términos la reforma a la CPEUM relativa a la elección de diversos cargos jurisdiccionales del PJF. XI. Resolución del SUP-AG-632/2024 y acumulados. El 18 de noviembre de 2024, la Sala Superior del TEPJF resolvió, por mayoría de votos, que no era constitucionalmente viable suspender los actos relacionados con el desarrollo de los procedimientos electorales a cargo del Senado de la República, el INE y demás autoridades competentes en el marco del PEEPJF 2024-2025. La sentencia estableció que dicho proceso constituye un mandato expresamente previsto en la Constitución, por lo que ninguna autoridad, poder u órgano del Estado puede suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades vinculadas a su ejecución. Asimismo, la resolución vinculó a todas las autoridades, poderes y órganos del Estado a los efectos de dicha determinación. XII. Marco Geográfico Electoral para el PEEPJF 2024-2025 y sus adecuaciones. Mediante Acuerdo INE/CG2362/2024 el 21 de noviembre de 2024 este Consejo General aprobó dicho marco, posteriormente, el 10 de febrero de 2025, mediante Acuerdo INE/CG62/2025, este Consejo General determinó ajustarlo, y declarar su definitividad. XIII. Publicación de las listas de aspirantes. El 15 de diciembre de 2024, los Comités de Evaluación del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial publicaron las listas de personas aspirantes que cumplían con los requisitos de elegibilidad para participar en el PEEPJF 2024-2025 y el Comité de Evaluación del Poder Legislativo difundió su lista el 16 de septiembre siguiente. XIV. Insaculación pública de la lista de aspirantes por el Senado de la República. El 30 de enero de 2025, la Mesa Directiva del Senado de la República, en cumplimiento al Incidente 22/2025, realizó insaculación de las candidaturas correspondientes a las personas juzgadoras postuladas ante el Comité de Evaluación del PJF, con el propósito de remitir los resultados al Pleno de la SCJN. Posteriormente el 2 de febrero de 2025, se publicó en el DOF la lista con los nombres de las personas insaculadas por la Mesa Directiva, ajustada al número de postulaciones por cargo, considerando la especialidad por materia y garantizando la paridad de género. Asimismo, se incluyeron los nombres de las personas correspondientes a aquellos cargos para los cuales no se contó con el número suficiente de aspirantes para integrar ternas o duplas, y que, por tanto, no fueron sometidos al procedimiento de insaculación pública. 242 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 XV. Aprobación de criterios de paridad. Mediante Acuerdo INE/CG65/2025, en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 10 de febrero de 2025, se aprobaron los criterios para garantizar el cumplimiento del principio constitucional de paridad de género en la etapa de asignación de cargos, en el marco del PEEPJF 2024-2025. XVI. Recepción de listados de candidaturas del PEEPJF 2024-2025. El 12 de febrero de 2025, se llevó a cabo en las instalaciones del Instituto el acto de recepción de los listados de candidaturas del PEEPJF 2024-2025, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 96, fracción III de la Constitución, que entregó la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores. XVII. Actividades emprendidas por el INE respecto de los Listados de postulación de candidaturas. Derivado de esa entrega-recepción de listados y de la recepción de escritos de diversas personas postuladas a cargos del PJF, el INE emprendió diversas acciones institucionales con el objetivo de allegarse de la totalidad de datos necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos de postulación. Lo anterior, a través de la implementación de campañas de difusión por sus canales institucionales de comunicación social, mediante las cuales convocó a la ciudadanía a acudir a las oficinas del Instituto en todo el territorio nacional, a fin de aportar datos, presentar información y/o promover las acciones que estimaran necesarias, alineadas a sus intereses dentro del proceso electoral. Asimismo, el Consejo General del Instituto emitió los acuerdos necesarios para transparentar y publicar, de manera preliminar, los listados de postulación de candidaturas, con el propósito de que la ciudadanía interesada pudiera acercarse al INE para aportar información relevante. XVIII. Informe de Recepción de listados de candidaturas. En sesión extraordinaria del 17 de febrero de 2025, este Consejo General aprobó el acuerdo INE/CG78/2025 por el que se tuvo por recibido el informe de las actividades realizadas por la Secretaría Ejecutiva respecto a la recepción de los listados de candidaturas del PEEPJF 2024-2025. XIX. Publicación preliminar de listados. El 6 de marzo del 2025, este Consejo General emitió el acuerdo INE/CG209/2025, por el que se instruyó la publicación preliminar de los listados para la impresión de las boletas electorales de las candidaturas a magistradas y magistrados de las Salas Regionales del TEPJF; magistradas y magistrados de los Tribunales Colegiados de Circuito; y juezas y jueces de Distrito, para la presentación de las solicitudes de rectificación de información faltante o inconsistencias. XX. Lineamientos para la preparación y desarrollo de los cómputos distritales, de entidad federativa, circunscripción plurinominal y nacionales del PEEPJF 2024-2025, así como el diseño y la impresión de la documentación electoral. Mediante Acuerdo INE/CG210/2025, el 6 de marzo de 2025, se aprobaron dichos Lineamientos. XXI. Publicación y difusión de listados. Mediante acuerdo INE/CG227/2025, del 21 de marzo de 2025, se ordenó la publicación y difusión del listado definitivo de personas candidatas para la elección de magistraturas de Circuito del PEEPJF 2024-2025. XXII. Resolución del TEPJF sobre la vinculación al CG para que emita los criterios aplicables al escrutinio y cómputo de la votación. El 19 de febrero de 2025, la Sala Superior del TEPJF dictó sentencia en el expediente SUP-JDC-1186/2025 y acumulados, en la que por mayoría de votos determinó, entre otros resolutivos, vincular al CG a efecto de que emitiera los criterios aplicables al escrutinio y cómputo de la votación, en los que se determinara con total claridad lo concerniente a la validez o nulidad de los votos. XXIII. Criterio 8 de 8. En sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 24 de abril de 2025, a través del Acuerdo INE/CG382/2025, se aprobó el procedimiento a seguir para constatar que las personas candidatas a cargos en el PEEPJF 2024-2025, no hayan incurrido en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 38, fracciones V, VI y VII, de la Constitución, o del artículo 442 bis, en relación con el 456, numeral 1, inciso c), fracción III de la LGIPE. XXIV. Solicitudes de cancelación de candidaturas. En sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 8 de mayo de 2025, mediante Acuerdo INE/CG392/2025, se atendieron las solicitudes formuladas, de manera conjunta, por los presidentes de las mesas directivas de las Cámaras de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión, en las que solicitan la cancelación de candidaturas de personas postuladas para ocupar un cargo del PEEPJF 2024-2025. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 243 XXV. Sistema de cómputos distritales. El 9 de mayo de 2025, la Comisión Temporal del PEEPJF 2024-2025, aprobó mediante acuerdo INE/CTPEEPJF/008/2025, la información que arrojará el sistema de cómputos, así como las pantallas que se proyectarán al público en general, en atención al artículo 384, numeral 5 del Reglamento de Elecciones del INE. XXVI. Jornada electoral e inicio de cómputos distritales. El 1 de junio de 2025, se llevó a cabo la jornada electoral, y en punto de las 18:00 horas, dio inicio la sesión permanente de cómputos distritales. XXVII. Solicitud de sumatoria total de votos y listados definitivos. Mediante oficio INE/DEAJ/13075/2025 de fecha 11 de junio de 2025, fue solicitado a la DEOE la sumatoria total de votos de la elección, así como los listados definitivos de candidaturas que resultaron electas en el marco del PEEPJF 2024-2025. XXVIII. Cómputos de entidad federativa. El 12 de junio de 2025, dio inicio el proceso de cómputo de la votación obtenida en los 32 Consejos Locales de este Instituto. XXIX. Resultados de los cómputos finales realizado por la DEOE. Mediante correo electrónico recibido el 15 de junio de 2025 a la 13:21 horas, la DEOE remitió a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos el desglose total de los cómputos nacionales, total de los votos inviables, el resultado de restar los votos inviables al total de los cómputos nacionales, así como los listados definitivos de candidaturas que resultaron electas en el marco del PEEPJF 2024-2025. XXX. Sumatoria Nacional, asignación, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría a las candidaturas a ministras y ministros de la SCJN. El 15 de junio en sesión extraordinaria permanente de este Consejo General se aprobó el INE/CG563/2025, por el que se emitió la sumatoria nacional de la elección de mérito y se realizó la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos en forma paritaria. Mientras que el diverso acuerdo INE/CG564/2025, declaró la validez y entrega de constancias a las candidaturas ganadoras. XXXI. Sumatoria Nacional, asignación, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría a las candidaturas a magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial. El 15 de junio en sesión extraordinaria permanente de este Consejo General se aprobó el INE/CG565/2025, por el que se emitió la sumatoria nacional de la elección de mérito y se realizó la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos en forma paritaria. Mientras que el diverso acuerdo INE/CG566/2025, declaró la validez y entrega de constancias a las candidaturas ganadoras. XXXII. Sumatoria Nacional, asignación, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría a las candidaturas a magistrada y magistrado de la Sala Superior del TEPJF. El 15 de junio en sesión extraordinaria permanente de este Consejo General se aprobó el acuerdo INE/CG567/2025, por el que se emitió la sumatoria nacional de la elección de mérito y se realizó la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos en forma paritaria. Mientras que el diverso acuerdo INE/CG568/2025, declaró la validez y entrega de constancias a las candidaturas ganadoras. XXXIII. Sumatoria Nacional, asignación, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría a las candidaturas a magistradas y magistrados de las Salas Regionales del TEPJF. El 15 de junio en sesión extraordinaria permanente de este Consejo General se aprobó el acuerdo INE/CG569/2025, por el que se emitió la sumatoria nacional de la elección de mérito y se realizó la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos en forma paritaria. Mientras que el diverso acuerdo INE/CG570/2025, declaró la validez y entrega de constancias a las candidaturas ganadoras. XXXIV. Sumatoria Nacional, asignación, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría a las candidaturas a magistradas y magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito. El 15 de junio en sesión extraordinaria permanente de este Consejo General y reanudada el 26 de junio siguiente se aprobó el acuerdo INE/CG571/2025, por el que se emitió la sumatoria nacional de la elección de mérito y se realizó la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos en forma paritaria. Mientras que el diverso acuerdo INE/CG572/2025, declaró la validez y entrega de constancias a las candidaturas ganadoras. 244 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 XXXV. Sumatoria Nacional, asignación, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría a las candidaturas a juezas y jueces de juzgados de Distrito. El 15 de junio en sesión extraordinaria permanente de este Consejo General y reanudada el 26 de junio siguiente se aprobó el INE/CG573/2025, por el que se emitió la sumatoria nacional de la elección de mérito y se realizó la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos en forma paritaria. Mientras que el diverso acuerdo INE/CG574/2025, declaró la validez y entrega de constancias a las candidaturas ganadoras. XXXVI. Acuerdo INE/CG1008/2025 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral. Por el que se da cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, recaída en el expediente SUP-JDC-2326/2025, derivado de la consulta presentada por Mónica Calles Miramontes, inherente a una serie de cuestionamiento cuyo punto medular radicó en el mecanismo para ocupar las vacancias contenido en el artículo 98 de la CPEUM. XXXVII. Resolución de juicios de inconformidad en el marco del PEEPJF 2024-2025. Los días 30 de julio; 6, 13 y 26 de agosto de 2025, en sesión pública celebrada por la Sala Superior del TEPJF, resolvió diversos juicios de inconformidad relacionados con la declaración de validez de la elección de magistradas y magistrados de Circuito; así como juezas y jueces de Distrito. XXXVIII. Cumplimientos. En atención a lo ordenado en las distintas sentencias dictadas por la Sala Superior del TEPJF, los días 18, 28 y 31 de agosto de 2025, el CG aprobó los acuerdos por los que se acataron dichas determinaciones, conforme a lo siguiente: FECHA DE LA SESIÓN NOMENCLATURA DEL ACUERDO ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL 18/08/2025 INE/CG1004/2025 POR EL QUE SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE CANDIDATURAS QUE RESULTARON ELECTAS PARA LOS CARGOS DE MAGISTRADAS Y MAGISTRADOS DE CIRCUITO CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025, Y SE EMITEN LAS CONSTANCIAS DE MAYORÍA, EN CUMPLIMIENTO A LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LOS EXPEDIENTES DE JUICIOS DE INCONFORMIDAD SUP-JIN-337/2025 Y ACUMULADO; SUP-JIN-437/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-637/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-430/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-598/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-587/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-438/2025; SUPJIN- 506/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-562/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN574/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-665/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN719/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-313/2025 Y ACUMULADOS, SUP-JIN323/2025, Y SUP-JIN- 431/2025 Y ACUMULADOS, RELACIONADOS CON EL PROMEDIO DE NUEVE PUNTOS O SU EQUIVALENTE DE ESPECIALIDAD 18/08/2025 INE/CG1005/2025 POR EL QUE SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE LAS CANDIDATURAS QUE RESULTARON ELECTAS PARA EL CARGO DE MAGISTRADA Y MAGISTRADO DE CIRCUITO CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025, Y SE EMITEN LAS CONSTANCIAS DE MAYORÍA EN CUMPLIMIENTO A LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LOS EXPEDIENTES DE JUICIOS DE INCONFORMIDAD SUP-JIN- 321/2025 Y ACUMULADOS, Y SUP-JIN-704/2025, RELACIONADOS CON EL PROMEDIO GENERAL DE OCHO PUNTOS O SU EQUIVALENTE 18/08/2025 INE/CG1006/2025 POR EL QUE SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE LAS CANDIDATURAS QUE RESULTARON ELECTAS PARA LOS CARGOS DE MAGISTRADAS DE CIRCUITO DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024- 2025 Y SE EMITEN LAS CONSTANCIAS DE MAYORÍA, EN ACATAMIENTO A LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LOS EXPEDIENTES DE JUICIOS DE INCONFORMIDAD SUP-JIN-539/2025; SUP-JIN817/2025; SUP-JIN-339/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-340/2025; SUP-JIN823/2025; SUP-JIN-777/2025 Y SUP-JIN- 342/2025 Y ACUMULADO, RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE PARIDAD DE GÉNERO 18/08/2025 INE/CG1007/2025 POR EL QUE SE ASIGNA LA CANDIDATURA QUE RESULTO ELECTA PARA EL CARGO DE MAGISTRADA AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025, Y SE EMITE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL EXPEDIENTE SUP-JIN-332/2025 Y ACUMULADOS, RELACIONADO CON LA VOTACIÓN INVIABLE RECIBIDA EN UNA CASILLA Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 245 FECHA DE LA SESIÓN NOMENCLATURA DEL ACUERDO ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL 28/08/2025 INE/CG1113/2025 POR EL QUE SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE LA CANDIDATURA QUE RESULTÓ ELECTA PARA EL CARGO DE MAGISTRADO DE CIRCUITO CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025, Y SE EMITE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL EXPEDIENTE DE JUICIO DE INCONFORMIDAD SUP-JIN-233/2025 Y ACUMULADOS, RELACIONADOS CON EL PROMEDIO GENERAL DE OCHO PUNTOS O SU EQUIVALENTE. 28/08/2025 INE/CG1114/2025 POR EL QUE SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE CANDIDATURAS QUE RESULTARON ELECTAS PARA LOS CARGOS DE MAGISTRADAS Y MAGISTRADOS DE CIRCUITO CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025, Y SE EMITEN LAS CONSTANCIAS DE MAYORÍA, EN CUMPLIMIENTO A LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LOS EXPEDIENTES DE JUICIOS DE INCONFORMIDAD SUP-JIN-534/2025 Y ACUMULADOS, SUP-JIN-357/2025 Y ACUMULADOS Y SUP-JIN-668/2025 Y ACUMULADO, RELACIONADOS CON EL PROMEDIO DE NUEVE PUNTOS O SU EQUIVALENTE DE ESPECIALIDAD. 28/08/2025 INE/CG1115/2025 POR EL QUE SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE LAS CANDIDATURAS QUE RESULTARON ELECTAS PARA LOS CARGOS DE MAGISTRADAS DE CIRCUITO DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024- 2025 Y SE EMITEN LAS CONSTANCIAS DE MAYORÍA, EN ACATAMIENTO A LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LOS EXPEDIENTES DE JUICIOS DE INCONFORMIDAD SUP-JIN-566/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-317/2025; Y ACUMULADOS; SUP-JIN-860/2025, Y SUP-JIN-886/2025, SUP-JIN-769/2025 Y ACUMULADO RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE PARIDAD DE GÉNERO. 31/08/2025 INE/CG1138/2025 POR EL QUE SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE LA CANDIDATURA QUE RESULTÓ ELECTA PARA EL CARGO DE MAGISTRADA DE SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN EN EL MARCO DEL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025, Y SE EMITE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL EXPEDIENTE SUP-JIN-142/2025 Y ACUMULADOS, RELACIONADO CON LA NULIDAD DE VOTACIÓN RECIBIDA EN CASILLAS 31/08/2025 INE/CG1139/2025 POR EL QUE SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE LA CANDIDATURAS PARA EL CARGO DE MAGISTRADOS DE CIRCUITO CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025, Y SE EMITEN LAS CONSTANCIAS DE MAYORÍA, EN CUMPLIMIENTO A LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LOS EXPEDIENTES DEL JUICIO DE INCONFORMIDAD SUP-JIN-128/2025 Y ACUMULADOS ASÍ COMO SUP-JIN-494/2025 Y ACUMULADOS, RELACIONADOS CON EL PROMEDIO DE NUEVE PUNTOS O SU EQUIVALENTE DE ESPECIALIDAD 31/08/2025 INE/CG1140/2025 POR EL QUE SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE LAS CANDIDATURAS QUE RESULTARON ELECTAS PARA LOS CARGOS DE MAGISTRADAS DE CIRCUITO CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025 Y SE EMITEN LAS CONSTANCIAS DE MAYORÍA, EN ACATAMIENTO A LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LOS EXPEDIENTES DE JUICIOS DE INCONFORMIDAD SUP-JIN-491/2025 Y SUPJIN-964/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-507/2025 Y ACUMULADOS; SUP- JIN640/2025 Y ACUMULADOS; SUP-JIN-422/2025 Y SUP-JIN-843/2025, RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE PARIDAD DE GÉNERO 31/08/2025 INE/CG1141/2025 POR EL QUE SE ASIGNA LA CANDIDATURA QUE RESULTÓ ELECTA PARA EL CARGO DE MAGISTRADO DE CIRCUITO CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024- 2025, Y SE EMITE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA EN CUMPLIMIENTO A LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LOS EXPEDIENTES SUP-JIN223/2025 Y ACUMULADOS, RELACIONADOS CON LA VOTACIÓN INVIABLE RECIBIDA EN CASILLA Y NULIDAD EN VARIAS CASILLAS XXXIX. Toma de protesta. El 1º de septiembre de 2025, se llevó a cabo la sesión solemne de la Cámara de Senadores para la toma de protesta a las personas electas en la pasada elección de junio para el Poder Judicial. 246 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 XL. Acuerdo General del OAJ. El 12 de septiembre se aprobó por el Pleno del citado órgano el Acuerdo AG-POAJ-008/2025, por el que se adscriben a las personas electas en el PEEPJF 2024-2025, asimismo, se comisionan, reubican y readscriben, a personas funcionarias de los Órganos Jurisdiccionales, se designan y, en su caso, prorrogan a personas secretarias en funciones de personas juzgadoras, el cual fue publicado en el DOF el 14 de septiembre de 2025. XLI. Solicitud del OAJ. El 24 de septiembre de 2025, el OAJ a través del oficio número PJF/OAJ/P/033/2025 solicitó al Consejo General otorgar las constancias respectivas a las personas que hayan obtenido los segundos lugares en votación respecto de las vacantes generadas por las magistraturas que fueron comisionadas a los Plenos Regionales, y una vez hecho lo anterior, informar al Senado de la República a efecto de que rindan la protesta constitucional. De lo anterior, se advierte que el OAJ comisionó a 12 Magistrados de Circuito de diversos Tribunales para integrar los órganos colegiados, en la sede de Ciudad de México, como se detalla a continuación:  Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte.  Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur.  Pleno Regional en Materias Penal y del Trabajo de la Región Centro-Norte.  Pleno Regional en Materias Penal y del Trabajo de la Región Centro-Sur. Dichos movimientos obedecieron a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que establece el número de Magistradas o Magistrados de Circuito que los integran, siendo en el caso tres, quienes serán designados por el OAJ, de entre las personas que hubiesen obtenido mayor votación en los cargos para Magistrada y Magistrado de Circuito en la elección, durarán en su encargo un periodo de tres años pudiendo ser designadas o designados para otro periodo igual. En el caso de los Plenos Regionales especializados las Magistradas o Magistrados deberán ser seleccionados conforme a la especialización para la cual fueron elegidos. Para suplir a la Magistrada o Magistrado de Circuito designado para integrar el Pleno Regional, ocupará su lugar la persona del mismo género que haya obtenido un segundo lugar en el número de votos en la elección para ese cargo. XLII. Petición. El 9 de octubre de 2025, la actora presentó una solicitud al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, sobre la emisión de su constancia de mayoría como magistrada de Circuito electa, a efecto de poder ocupar el cargo vacante, conforme a lo mandatado por la LOPJF y el Acuerdo del OAJ, tomando en cuenta que fue la segunda mujer más votada en la elección que contendió. XLIII. Interposición de medio de impugnación. El 28 de octubre de 2025, la actora presentó un JDC para controvertir la omisión del CG del INE de dar respuesta a su petición planteada en el antecedente XLII, recayendo bajo el expediente SUP-JDC-2490/2025. XLIV. Solicitud de la Cámara de Senadores. El 11 de noviembre de 2025, la Cámara de Senadores por conducto de su Presidenta, a través del oficio número DGPL-1P2A.-3391, refiere que el Presidente del OAJ, mediante oficio número PJF/OAJ/P/047/2025, informó que el 14 de septiembre de 2025 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno de dicho órgano, por el que se adscriben a las personas electas en el Proceso Electoral Extraordinario a diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, asimismo, se comisionan, reubican y readscriben, a personas funcionarias de los Órganos Jurisdiccionales, se designan y, en su caso, prorrogan a personas secretarias en funciones de Personas Juzgadoras, en virtud del cual 12 personas magistradas electas en el citado proceso electoral fueron comisionadas a Plenos Regionales. Adicionalmente, solicitó el impulso a los mecanismos de colaboración interinstitucional necesarios entre el Instituto Nacional Electoral y el Senado de la República, con la finalidad de que se entreguen las constancias respectivas de segundos lugares, tomen protesta las personas designadas y así estar en condiciones de dar cumplimiento a lo previsto en la LOPJF, esto es que el OAJ pueda adscribir a quien deba sustituir a las personas juzgadoras federales que se comisionaron a los Plenos Regionales que se indican en el oficio PJF/OAJ/P/047/2025. XLV. Sentencia SUP-JDC-2490/2025. El 19 de noviembre de 2025, la Sala Superior del TEPJF notificó electrónicamente la sentencia recaída en el expediente SUP-JDC-2490/2025, ordenando al CG del INE para que en la próxima sesión del referido órgano central o bien, en el plazo máximo de cinco días hábiles, se otorgue respuesta a la petición formulada por la promovente. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 247 CONSIDERACIONES Primero. Competencia 1. Este Consejo General es competente para pronunciarse respecto de la petición conforme a lo dispuesto en los artículos 8, párrafo segundo de la Constitución, en relación con los artículos 41, párrafo tercero, Base V, apartado A de la CPEUM y 5, párrafo 1 y 2; 44, párrafo 1, inciso jj), de la LGIPE, en los que se establece, por un lado, el deber de toda autoridad a quien se haya dirigido una petición, de dar respuesta mediante un acuerdo escrito, que debe hacerse del conocimiento de la persona peticionaria en breve término, y por el otro, se prevén las facultades para aplicar e interpretar la legislación electoral, en el ámbito de su competencia, así como dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas las atribuciones previstas en la Ley. Segundo. Disposiciones normativas que sustentan la determinación Marco normativo general 2. Derecho de petición. El artículo 8 de la CPEUM señala que los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho la ciudadanía de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término a la persona peticionaria. Por otra parte, la Sala Superior del TEPJF ha reiterado la facultad de este Consejo General para dar respuesta a consultas en la Jurisprudencia 4/2023, en la que se establece: CONSULTAS. EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL TIENE FACULTAD PARA DESAHOGARLAS Y SU RESPUESTA ES SUSCEPTIBLE DE IMPUGNACIÓN. Hechos: Un ciudadano y dos partidos políticos realizaron diversas consultas al Instituto Nacional Electoral, inconformes con las respuestas, las impugnaron al considerar entre otras cuestiones, que los acuerdos por los que se les había dado respuesta no se encontraban conforme a los principios constitucionales de legalidad, congruencia y exhaustividad, por lo que no se garantizó su acceso a la tutela judicial efectiva. Criterio jurídico: El Consejo General del Instituto Nacional Electoral tiene la facultad de desahogar las consultas que le sean formuladas, con el propósito de esclarecer el sentido del ordenamiento normativo electoral; por tanto, a fin de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, sus respuestas pueden ser objeto de revisión por la Sala Superior para determinar si se ajustan al orden constitucional y legal en la materia electoral. Justificación: En términos de lo dispuesto en los artículos 17, 41, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como, 5, 29, 30, 31, 35 y 36 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se desprende que el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo órgano superior de dirección es el Consejo General, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales. Entre sus funciones esenciales destaca, la aplicación e interpretación de la legislación electoral, en su ámbito de competencia; de ahí que de esa potestad normativa, el Consejo General tiene la facultad de dar respuesta a las consultas que le sean formuladas. Asimismo, en la Jurisprudencia 39/2024 se sostiene que, para satisfacer plenamente el derecho de petición, la respuesta que se brinde debe cumplir con elementos mínimos que implican, lo siguiente: a) La recepción y tramitación de la petición; b) La evaluación material conforme a la naturaleza de lo pedido; c) El pronunciamiento de la autoridad competente por escrito, que resuelva el asunto de fondo de manera efectiva, clara, precisa y congruente con lo solicitado, salvaguardando el debido proceso, la seguridad jurídica y certeza de la persona peticionaria; y d) Su comunicación a la persona interesada. De manera que el cumplimiento de lo anterior lleva al pleno respeto y materialización del derecho de petición. 248 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 3. Función estatal, naturaleza jurídica y principios rectores del INE. El artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo, así como Apartado B, inciso a) de la CPEUM en correlación con los artículos 29, 30, numeral 2, y 31, numeral 1, de la LGIPE, establecen que el Instituto es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y la ciudadanía, en los términos que ordene la Ley; que tiene facultades y atribuciones en los procesos electorales federales y en los locales, máxime cuando estos son concurrentes. El Instituto contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones. Todas las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad, y se realizarán con perspectiva de género. Es la autoridad en la materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño. 4. Fines del Instituto. El artículo 30, numeral 1, incisos a), c), d), e), f) y h) de la LGIPE establecen como fines del INE, contribuir al desarrollo de la vida democrática; integrar el Registro Federal de Electores; asegurar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Unión, así como ejercer las funciones que la Constitución le otorga en los procesos electorales locales; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y garantizar la paridad de género y el respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral. 5. Naturaleza del Consejo General. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 34, numeral 1, inciso a) y 35, numeral 1 de la LGIPE, así como 4 numeral 1, fracción I, apartado A, inciso a) del RIINE, se considera que el CG, es el órgano superior de dirección y uno de los Órganos Centrales del Instituto, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género guíen todas las actividades del INE y que en su desempeño aplicará la perspectiva de género. 6. Integración del Consejo General. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafo segundo de la CPEUM y 36, numeral 1, de la LGIPE, el CG será su órgano superior de dirección y se integrará por una consejera o consejero presidente, diez consejerías electorales, las consejerías del Poder Legislativo, las personas representantes de los partidos políticos y una o un secretario ejecutivo. No obstante, el artículo transitorio segundo, párrafo quinto de la reforma constitucional en materia del PJF estableció que las y los consejeros del Poder Legislativo y las y los representantes de los partidos políticos ante este CG no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas al PEEPJF 2024-2025. Por lo que, mediante Acuerdo INE/CG2239/2024, se reformó y adicionó en el Reglamento de Sesiones en el artículo 4, numeral 1, tercer párrafo estableció que exclusivamente en las sesiones extraordinarias y extraordinarias urgentes que se celebren para tratar asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del PJF, el CG se integrará únicamente por una Presidencia, diez Consejerías Electorales, con derecho de voz y voto, y una Secretaría Ejecutiva, con derecho de voz. 7. Atribuciones del Consejo General. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44, numeral 1 incisos gg) y jj); 504, numeral 1, fracciones II y XVI, 533, numeral 1 de la LGIPE; 5, numeral 1, inciso y) del RIINE; en correlación a lo dispuesto en el artículo segundo transitorio, párrafo quinto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución, en materia de reforma del PJF, mencionan, entre otras atribuciones las de aprobar y expedir los reglamentos, lineamientos y acuerdos para ejercer las facultades previstas en el Apartado B de la Base V del artículo 41 de la Constitución; emitir y aprobar los lineamientos o acuerdos que estime necesarios para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del PEEPJF 2024- 2025 y para garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales aplicables para los procesos electorales federales, observando los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género; una vez que se realice la sumatoria final, asignar los cargos por materia de especialización entre las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos, observando la paridad de género, y publicar los resultados de la elección; así como dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas las anteriores atribuciones y las demás señaladas en la LGIPE o en otra legislación aplicable. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 249 Marco normativo específico De la elección de los cargos del PJF. 8. El artículo 96 de la CPEUM, dispone que ministras y ministros de la SCJN, magistradas y magistrados de la Sala Superior y las salas regionales del TEPJF, magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito, serán elegidos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía. 9. El Decreto de Reforma a que hace alusión el primer antecedente de este Acuerdo, en su artículo transitorio segundo, primer párrafo dispone entre otros aspectos, el número de cargos que se elegirán en el marco de la elección del PEEPJF 2024-2025. 10. En ese tenor, el párrafo sexto del artículo transitorio segundo ya referido, entre otras cuestiones estableció que se garantizará que las y los votantes asienten en la boleta la candidatura de su elección conforme a lo siguiente: a) Para ministras y ministros de la SCJN podrán elegir hasta cinco mujeres y hasta cuatro hombres; b) Para magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial podrán elegir hasta tres mujeres y hasta dos hombres; c) Para magistradas y magistrados de Sala Superior del TEPJF podrán elegir hasta dos mujeres y hasta dos hombres; d) Para magistradas y magistrados de salas regionales del TEPJF podrán elegir hasta dos mujeres y un hombre por cada sala; e) Para magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito podrán elegir hasta cinco mujeres y hasta cinco hombres. De la aplicación del principio constitucional de paridad de género 11. En el ámbito nacional, el artículo 1° de la CPEUM, establece la obligación para todas las autoridades de garantizar el goce y ejercicio más amplio de los derechos reconocidos tanto en la norma constitucional como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte. 12. Asimismo, el referido ordenamiento señala en su artículo 35, fracción II, señala que son derechos de la ciudadanía poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, teniendo la calidad que establezca la Ley. 13. Paralelo a lo anterior, el artículo 498, numeral 6, de la LGIPE establece que la etapa de asignación de cargos inicia con la identificación, por parte del Instituto, de las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos y la consecuente asignación de los cargos correspondientes, atendiendo a su especialización por materia y garantizando la alternancia entre mujeres y hombres. Esta etapa concluye con la entrega de las constancias de mayoría a las candidaturas ganadoras y con la emisión de la declaración de validez respectiva. 14. En ese sentido, además del parámetro constitucional y legal para garantizar el principio de paridad en la asignación de cargos del PJF, este Consejo General emitió el Acuerdo INE/CG65/2025, mediante el cual se establecieron criterios específicos para la asignación de candidaturas con base en la paridad de género. Dicho Acuerdo fue posteriormente analizado y confirmado por la Sala Superior del TEPJF, al resolver el expediente SUP-JDC-1284/2025 y sus acumulados. 15. Además, la Sala Superior del TEPJF ha sostenido que la implementación de los criterios de paridad debe privilegiar a las mujeres, incluso cuando las normas que incorporan dicho mandato no contemplen interpretaciones específicas y se presenten de forma neutral. Por ello, la paridad debe entenderse de manera flexible, lo que implica, entre otras consecuencias, que la integración de los órganos respectivos pueda reflejar una mayor representación femenina. Esta visión supera la concepción estrictamente numérica de una distribución equitativa del cincuenta por ciento entre hombres y mujeres. 16. En ese sentido, se ha subrayado que uno de los objetivos fundamentales de la paridad es impulsar y acelerar la participación política de las mujeres en cargos de elección popular, así como erradicar cualquier forma de discriminación y exclusión histórica o estructural. 17. Por lo tanto, los principios, normas y reglas diseñadas para beneficiar a personas históricamente subrepresentadas o invisibilizadas, como aquellas en situación de vulnerabilidad no pueden extenderse a los hombres. La normativa, jurisprudencia y los argumentos construidos para revertir la exclusión y subrepresentación de las mujeres no son aplicables a quienes han ocupado posiciones privilegiadas y, en algunos casos, han contribuido a perpetuar dichas desigualdades. 250 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 18. En consecuencia, lo anterior no puede trasladarse a los hombres, ya que no enfrentan las mismas condiciones de desventaja que las mujeres para acceder y ejercer cargos públicos. Por ello, no corresponde establecer medidas compensatorias a su favor ni replicar la narrativa construida en torno a los derechos político-electorales de las mujeres. 19. Por lo anterior, se destacó que el principio de alternancia fortalece el deber de proteger los derechos humanos, en particular el derecho a la igualdad en el acceso a cargos públicos. Este principio no puede aplicarse en detrimento de las mujeres, ya que su propósito es precisamente garantizar y proteger sus derechos, contribuyendo así a reducir la brecha histórica entre mujeres y hombres en el Poder Judicial. 20. En este contexto, la Sala determinó que el INE debió considerar que la regla de alternancia admite excepciones, especialmente cuando su aplicación implicaría asignar el cargo a un hombre que haya obtenido menos votos que una mujer. Por tanto, existe la obligación de aplicar las reglas de paridad siempre en favor de las mujeres, con base en dos razones fundamentales:  La alternancia tiene la finalidad de asegurar el mayor acceso de mujeres a los cargos de la elección judicial, por lo que su aplicación no puede ser en términos neutrales y sin perspectiva de género.  Se debe garantizar el principio constitucional de paridad y privilegiar que aquellas mujeres con mayor votación que hombres fueran asignadas a un cargo, al contar con un mejor derecho. 21. Por lo anteriormente expuesto, de no aplicarse en los términos señalados, se generaría un efecto contrario al propósito para el cual fueron concebidas dichas medidas, ya que en ninguna circunstancia fueron establecidas para beneficiar a personas pertenecientes a grupos históricamente privilegiados o en posición de ventaja dentro de las estructuras sociales. 22. Asimismo, la Sala enfatiza que el principio de paridad, como mandato Constitucional, trasciende la forma en que deben interpretarse las acciones afirmativas. 23. En este sentido, se afirma que en ningún momento se vulnera lo dispuesto en el artículo transitorio décimo primero del Decreto constitucional relativo a la reforma del Poder Judicial, el cual exige una interpretación literal, sin recurrir a analogías o extensiones que pretendan inaplicar su contenido. Por el contrario, siempre se observa la normativa constitucional que otorga sentido y finalidad a la alternancia de género. Por ello, las medidas preferenciales en favor de las mujeres deben ser interpretadas y aplicadas procurando su mayor beneficio. Asignación de cargos y acatamientos a las sentencias del TEPJF. 24. A través del Acuerdo INE/CG571/2025, se emitió la sumatoria Nacional de la elección de personas Magistradas y Magistrados de Circuito, así como la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos, en forma paritaria, respecto a los cargos de Magistradas y Magistrados de Circuito, en el Marco del PEEPJF 2024-205, mientras que el Acuerdo INE/CG572/2025 versó sobre la declaración de validez de la elección de Magistradas y Magistrados de Circuito y las Constancias de Mayoría a las Candidaturas que resultaron ganadoras de la elección de ese órgano judicial, en el Marco del PEEPJF 2024-2025. 25. Derivado de lo anterior, diversas personas que ostentaron el carácter de candidatas interpusieron sendos juicios de inconformidad, mismos que, una vez seguido el trámite de Ley, fueron radicados, y en su oportunidad, resueltos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 26. Tal como se advierte en el antecedente XXXVIII, en cumplimiento a las sentencias dictadas por la autoridad jurisdiccional, el Consejo General del INE, emitió diversos acuerdos a través de los cuales se realizaron asignaciones de candidaturas que resultaron electas para los cargos de Magistradas y Magistrados de Circuito. 27. Al respecto, cobra especial relevancia la Tesis Jurisprudencial 24/2001, cuyo rubro es “TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. ESTÁ FACULTADO CONSTITUCIONALMENTE PARA EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE TODAS SUS RESOLUCIONES.”, misma que establece lo siguiente: Si al tenor de lo dispuesto por el artículo 99, párrafos primero y cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del artículo 105 de ese mismo ordenamiento, la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y a quien corresponde resolver en forma definitiva e inatacable los diversos tipos de controversias a que se refieren las fracciones que en él se enuncian, es por demás evidente que de aquí se desprende también la facultad para hacer efectiva la garantía consagrada en el artículo 17 constitucional, toda vez que la función de los tribunales no se reduce a la dilucidación de controversias de manera pronta, completa e Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 251 imparcial, sino que para que ésta se vea cabalmente satisfecha es menester, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo de este precepto, que se ocupen de vigilar y proveer lo necesario para que se lleve a cabo la plena ejecución de sus resoluciones. Por otra parte, si el cumplimiento de las resoluciones corre a cargo de autoridades, éstas deben proceder a su inmediato acatamiento, ya que en términos del artículo 128 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo funcionario público rinde protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen, de manera que el acatamiento de los fallos contribuye a que se haga efectiva la garantía individual de acceso a la justicia. De lo contrario, el incumplimiento de esta obligación produce una conculcación a la ley fundamental, que se traduce en causa de responsabilidad de carácter administrativo, penal o político, en términos de los artículos 5, apartado 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; 212, en relación con el artículo 225, fracción VIII, del Código Penal Federal y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Toma de protesta de las candidaturas electas ante el Senado de la República. 28. El artículo 98 de la CPEUM si bien contempla la figura de la vacancia, lo cierto es que esta previsión opera ante la ausencia de quien ocupa un cargo de Ministra o Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistrada o Magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistrada o Magistrado del Tribunal Electoral, Magistrada o Magistrado de Circuito y Jueza o Juez de Distrito, es decir, no contempla el supuesto de ausencias de candidatos electos, sino de quienes cuentan con el carácter de servidores públicos adscritos al PJF. 29. Una vez que las candidaturas electas tomaron la protesta de ley, formalmente adquirieron la calidad de servidores públicos, dejando de ser candidatos electos. 30. La toma de protesta además de ser un acto solemne significa que, para llegar a él, el PEEPJF tuvo que haberse concluido, es decir los resultados adquirieron firmeza y definitividad, sin existir ningún medio de impugnación que resolverse y por tanto se trata de determinaciones inamovibles. De ahí la imposibilidad jurídica para realizar acciones que jurídica y materialmente se retrotraigan a alguna de las etapas del PEEPJF. Adicionalmente, quienes tomaron protesta, adquirieron la investidura de servidores públicos, por lo que pertenecen al PJF y son sujetos de la LOPJF, que en sus artículos 230, 231, 232, 233 y 237 establecen los supuestos de licencias, ausencia y renuncias de los integrantes de ese Poder de la Unión, así como su mecanismo de solicitud o trámites que se realizan ante el OAJ. 31. De un análisis integral a las disposiciones antes señaladas se concluye que el artículo 98 de la CPEUM, es una disposición expresa para el caso de vacancias de quienes asumieron los cargos que se eligieron para encabezar al PJF, sin que se trate de una disposición aislada, al contrario, sienta las bases para garantizar la ocupación de cargos, cuya tarea principal radica en impartir justicia para el pueblo, es decir, se trata de posiciones que por la relevancia en las funciones que desempeñan, lo idóneo es que permanezcan ocupadas ante cualquier circunstancia. Del Senado de la República 32. El artículo 97 de la CPEUM en su último párrafo refiere que las Magistradas y los Magistrados de Circuito y las Juezas y los Jueces de Distrito protestarán ante el Senado de la República. Por su parte, el artículo 98 atribuye a el Senado de la República la toma de protesta a la persona sustituta para desempeñarse por el periodo que reste al encargo, en el supuesto de actualización de las vacantes que se refieren en el mismo. No se omite mencionar que, el artículo Transitorio Segundo, del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la CPEUM, en materia de reforma del Poder Judicial, indica que, las personas que resulten electas tomarán protesta de su encargo ante el Senado de la República el 1° de septiembre de 2025, por lo que, el OAJ adscribirá a las personas electas al órgano judicial que corresponda a más tardar el 15 de septiembre de 2025. 33. Así, el artículo 99 fracción VI, reconoce que el Senado de la República conocerá de las vacantes que se produzcan y que deban ser cubiertas mediante elección, mismas que deberán ser informadas por el Presidente del OAJ, se encuentra la de informar al Senado de la República. 34. Conforme con los artículos 217 y 218 de la LOPJF las Magistradas y los Magistrados de Circuito, así como las Juezas y los Jueces de Distrito otorgarán la protesta constitucional ante el Senado de la República. 35. En caso de vacancias, el Senado de la República tomará protesta a la persona sustituta para desempeñarse por el periodo que reste al encargo, ello de conformidad con el artículo 231 de la LOPJF. 252 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Del Órgano de Administración Judicial 36. El artículo 94, párrafos segundo y sexto de la CPEUM dispone que la administración del PJF estará a cargo del OAJ, mientras que la disciplina de su personal estará a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial, en los términos que, conforme a las bases que señala esta Constitución, establezcan las leyes, de manera que, determinará el número, división en circuitos, competencia territorial y especialización por materias, entre las que se incluirá la de radiodifusión, telecomunicaciones y competencia económica, de los Tribunales Colegiados de Circuito, de los Tribunales Colegiados de Apelación y de los Juzgados de Distrito. 37. El artículo 100, párrafo décimo segundo de la CPEUM, en correlación con el artículo 70 de la LOPJF, establecen que el OAJ contará con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración y carrera judicial del PJF. Tendrá a su cargo la determinación del número, división en circuitos, competencia territorial y especialización por materias de los Tribunales Colegiados de Circuito, de los Tribunales Colegiados de Apelación y de los Juzgados de Distrito; el ingreso, permanencia y separación del personal de carrera judicial y administrativo, así como su formación, promoción y evaluación de desempeño; la inspección del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo del Poder Judicial; y las demás que establezcan las leyes. 38. Por su parte, conforme a lo previsto en los artículos 100 párrafo décimo octavo de la CPEUM; 1, fracción VIII, 80, fracciones I, II y 90 de la LOPJF, faculta al OAJ para ejercer la administración del Poder Judicial de la Federación, dictar las medidas necesarias para el adecuado servició administrativo emitiendo los acuerdos generales que en la materia resulten pertinentes. 39. El artículo 38 de la LOPJF, define a los Plenos Regionales como los órganos facultados para desarrollar las funciones señaladas en el artículo 107, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y las demás que les confieran los acuerdos generales. 40. Dichos Plenos se integrarán por tres Magistradas o Magistrados de Circuito designados por el OAJ de entre las personas que hubiesen obtenido mayor votación en los cargos para Magistrada y Magistrado de Circuito en la elección que corresponda, quienes durarán en su encargo un periodo de tres años pudiendo ser designadas o designados para otro periodo igual. 41. En el caso de los Plenos Regionales especializados las Magistradas o Magistrados deberán ser seleccionados conforme a la especialización para la cual fueron elegidos. 42. Para suplir a la Magistrada o Magistrado de Circuito designado para integrar el Pleno Regional, ocupará su lugar la persona del mismo género que haya obtenido un segundo lugar en el número de votos en la elección para ese cargo. 43. El artículo 41 de la LOPJF, indica que cuando las ausencias temporales de la o el Juez de Distrito fueren superiores a quince días, pero menores a un mes, el OAJ podrá autorizarlas y designará a quien deba suplirlo de entre la lista de personas servidoras públicas habilitadas para desempeñar funciones jurisdiccionales, en caso de ausencia de la persona titular del órgano jurisdiccional hasta por treinta días. 44. Por otro lado, el artículo 70 a 76 de la LOPJF menciona la naturaleza jurídica del OAJ, colegiado que cuenta con independencia técnica y de gestión, tiene a su cargo administrar todos los órganos del PJF, y velar por su buen funcionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad. 45. El artículo 80 en sus fracciones III, V, XI, XX, XXIX y LV de la LOPJF, enuncia las funciones del OAJ, entre las que se destacan: a) La intervención y coordinación del funcionamiento entre los órganos del Poder Judicial de la Federación. b) El designar a las Magistradas o Magistrados para integrar los Plenos Regionales, de entre las personas que hubiesen obtenido mayor votación en los cargos para Magistradas y Magistrados de Circuito en la elección que corresponda. En el caso de los Plenos Regionales especializados las Magistradas o Magistrados deberán ser seleccionados conforme a la especialización para la cual fueron elegidos. c) El resolver sobre la adscripción y readscripción de las y los Jueces de Distrito, así como de las y los Magistrados de Circuito, al órgano jurisdiccional correspondiente del circuito judicial en el que hayan sido electos. d) El hacer del conocimiento del Senado los cargos sujetos a elección, la cantidad de plazas disponibles para cada cargo, la especialización por materia, el circuito judicial respectivo y demás información que se requiera. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 253 e) El autorizar en términos de esta Ley, a las y los Magistrados de Circuito y a las y los Jueces de Distrito para que, en casos de ausencias de alguna de sus personas servidoras públicas o empleadas, nombren a una interina o un interino. f) Así como desempeñar cualquier otra función que la ley encomiende al Órgano de Administración Judicial. 46. Por su parte, el artículo 98, numeral 1, fracciones I, III, V y XI de la LOPJF establece que corresponde al OAJ, crear mediante acuerdo general las Comisiones y áreas administrativas que estime convenientes para su adecuado funcionamiento, y designar a las y los miembros que deban integrarlas, intervenir y coordinar el funcionamiento entre los órganos del Poder Judicial de la Federación; designar a las magistradas o magistrados para integrar los Plenos Regionales, de entre las personas que hubiesen obtenido mayor votación en los cargos para magistradas y magistrados de Circuito en la elección que corresponda. 47. En el caso de los Plenos Regionales especializados las Magistradas o Magistrados deberán ser seleccionados conforme a la especialización para la cual fueron elegidos, Resolver sobre la adscripción y readscripción de las y los Jueces de Distrito, así como de las y los Magistrados de Circuito, al órgano jurisdiccional correspondiente del circuito judicial en el que hayan sido electos. 48. Así, el artículo 99 fracción VI, delimita que entre las atribuciones de la Presidencia del OAJ, se encuentra la de informar al Senado de la República de las vacantes que se produzcan y que deban ser cubiertas mediante elección. Vista del OAJ. 49. Mediante Acuerdo General del Pleno del OAJ mencionado en el antecedente XL, se estableció en su resolutivo Cuarto, que se comisionaban a 12 personas magistradas electas que integrarán los Plenos Regionales; en consecuencia, designaba a las personas secretarias habilitadas para realizar funciones jurisdiccionales, hasta en tanto las personas magistradas electas que obtuvieron el segundo lugar de la votación ocupen sus lugares. En este sentido, se ordenó dar vista a este Instituto, para los efectos conducentes, respecto de las vacancias que se generaron. 50. A través del oficio número PJF/OAJ/P/033/2025 de fecha 24 de septiembre de 2025, el OAJ realizó solicitud al Consejo General con el objeto de que el órgano máximo de dirección del INE otorgue las constancias respectivas a las personas que obtuvieron los segundos lugares en votación respecto de las vacantes generadas por las magistraturas que fueron comisionadas a los Plenos Regionales. Vacantes en los Órganos Jurisdiccionales del PJF. 51. El artículo 98 de la CPEUM, obedece a la idea de que las personas que ya fueron votadas ocupen los cargos que quedan vacantes luego del proceso electoral dando así efectividad a los resultados de la elección correspondiente, dado que, en términos cuantitativos, se respeta la voluntad del electorado expresado en las urnas al hacer el corrimiento de quién debe ocupar la vacante a partir del número de votos obtenidos y del género; se eficientiza el sistema evitando la necesidad de que se tenga que llamar o esperar una nueva elección, y se logra la integración de los órganos judiciales del Poder Judicial de la Federación. 52. Por lo anterior, resulta conveniente traer a colación el criterio que la Sala Superior del TEPJF ha sostenido respecto a la lectura que debe darse al artículo 98, primer párrafo, de la Constitución general, pues el Órgano reformador estableció una regla-principio que permea en el resto del ordenamiento electoral, reconociendo la relevancia jurídica que tienen las candidaturas que obtienen el segundo lugar ante casos extraordinarios. 53. Dicho dispositivo constitucional prevé un procedimiento para escenarios en los que la candidatura que obtuvo el primer lugar en la elección tiene una barrera legal o material para desempeñar el cargo, sin importar si ello ocurre antes de que asuma el cargo, pues se entiende que la norma constitucional se refiere a supuestos en los que el electorado ya manifestó su voluntad, hecho que si bien tiene la característica de ser superveniente por el momento procedimental en el que se ocurre, lo cierto es que siguiendo la línea argumentativa sustentada por el órgano jurisdiccional, lo relevante es que la ciudadanía emitió el sufragio, en congruencia, respetando la voluntad del electorado, se debe privilegiar el resultado obtenido por quien obtuvo el segundo lugar. 54. Por su parte la LOPJF establece en su numeral 70 que el OAJ tendrá a su cargo la administración de todos los órganos del PJF, y velará por su buen funcionamiento. 254 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 55. Asimismo, dentro de las atribuciones del OAJ, según se encuentra estipulado en el artículo 80 de la Ley antes referida, se encuentra designar a las Magistradas o Magistrados para integrar los Plenos Regionales, de entre las personas que hubiesen obtenido mayor votación en los cargos para Magistradas y Magistrados de Circuito en la elección que corresponda. 56. Aunado a lo anterior, la fracción XXIX del mismo artículo señala como atribución autorizar en términos de dicha ley, a las y los Magistrados de Circuito y a las y los Jueces de Distrito para que, en casos de ausencias de alguna de sus personas servidoras públicas o empleadas, nombren a una interina o un interino. 57. Por su parte, el artículo 41 de la LOPJF establece que cuando las ausencias temporales de la o el Juez de Distrito fueren superiores a quince días, pero menores a un mes, el OAJ podrá autorizarlas y designará a quien deba suplirlo de entre la lista de personas servidoras públicas habilitadas para desempeñar funciones jurisdiccionales a que se refiere la fracción XXVIII del artículo 80 de dicho ordenamiento. De la asignación de candidaturas 58. La fracción IV, del artículo 96 de la CPEUM, dispone que el Instituto efectuará los cómputos de la elección, publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos, asignando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres. También declarará la validez de la elección y enviará sus resultados a la Sala Superior del TEPJF o al Pleno de la SCJN para el caso de magistraturas electorales, quienes resolverán las impugnaciones antes de que el Senado de la República instale el primer periodo ordinario de sesiones del año de la elección que corresponda, fecha en que las personas aspirantes electas tomarán protesta de su encargo ante dicho órgano legislativo. 59. De manera que el artículo 503, numeral 1, de la LGIPE, señala que el Instituto es la autoridad responsable de la organización, desarrollo y cómputo de la elección, y en el cumplimiento de sus atribuciones, garantizará la observancia de los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, así como la paridad de género. 60. El artículo 498, la LGIPE, dispone que el proceso de elección de las personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación comprende las siguientes etapas: a) Preparación de la elección: inicia con la primera sesión que el CG celebre en los primeros siete días del mes de septiembre del año anterior a la elección, y concluye al iniciarse la jornada electoral. b) Convocatoria y postulación de candidaturas: inicia con la publicación de la convocatoria general que emita el Senado de la República y concluye con la remisión por dicho órgano legislativo del listado de candidaturas al INE. c) Jornada electoral: inicia a las 8:00 horas del primer domingo de junio del año que corresponda y concluye con el cómputo de los votos en casilla. d) Cómputos y sumatoria: inicia con la remisión de la documentación y los expedientes electorales a los Consejos Distritales, y concluye con la sumatoria de los cómputos de la elección que realice el Consejo General. e) Asignación de cargos: inicia con la identificación por el Instituto de las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos y la asignación de estas en cada cargo, en función de su especialización por materia y alternando entre mujeres y hombres, y concluye con la entrega por el Instituto de las constancias de mayoría a las candidaturas que resulten ganadoras y la emisión de la declaración de validez respectiva. f) Entrega de constancias de mayoría y declaración de validez de la elección: inicia al resolverse el último de los medios de impugnación que se hubiesen interpuesto en contra de las elecciones respectivas o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno, y concluye al aprobar la Sala Superior del TEPJF o la SCJN, el dictamen que contenga el cómputo final de la elección. 61. El artículo 498, numeral 1, inciso d) de la LGIPE, dispone que, el proceso de elección de las personas juzgadoras del PJF comprende, entre otras, la etapa de cómputos y sumatoria. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 255 62. Así, el artículo 498, numeral 5, de la LGIPE, dispone que la etapa de cómputos y sumatoria inicia con la remisión de la documentación y los expedientes electorales a los Consejos Distritales, y concluye con la sumatoria de los cómputos de la elección que realice el Consejo General. 63. En ese tenor, el artículo 498 numerales 1, inciso e), y 6 de la LGIPE, señala que para los efectos de esa Ley, el proceso de elección de las personas juzgadoras del PJF comprenderá entre otros, la etapa de asignación de cargos, misma que iniciará con la identificación por el Instituto de las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos y la asignación de estas en cada cargo, en función de su especialización por materia y alternando entre mujeres y hombres, y concluye con la entrega por el Instituto de las constancias de mayoría a las candidaturas que resulten ganadoras y la emisión de la declaración de validez respectiva. 64. El artículo 531 de la LGIPE, prevé que los Consejos Distritales realizarán el cómputo de las boletas o las actas que contengan las votaciones de las elecciones de personas juzgadoras, a partir de la llegada del primer paquete y concluirá hasta que se reciba y compute el último paquete. 65. El artículo 532, numerales 1 y 2 de la LGIPE, establecen que, concluidos los cómputos de cada elección, el Consejo Distrital emitirá a cada candidatura ganadora una constancia de resultados, misma que contendrá los votos obtenidos dentro del Consejo Distrital respectivo. Siendo que una vez que se hayan computado la totalidad de las elecciones por parte de los Consejos Distritales, con auxilio de los Consejos Locales, se remitirán a este Consejo General para que proceda a realizar la sumatoria por tipo de elección. 66. Es de resaltar que en el subnumeral “1.1 Conclusión de los cómputos distritales” del numeral “1. Acciones Previas” del inciso D. Cómputos Nacionales, de los Lineamientos para la preparación y desarrollo de los Cómputos Distritales, de Entidad Federativa, Circunscripción Plurinominal y Nacionales del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, se prevé que a la conclusión de los cómputos de Entidad Federativa y de Circunscripción Plurinominal, las Presidencias de los Consejos Locales remitirán los expedientes digitales de las seis elecciones al Consejo General. 67. Así, en el numeral “2. Cómputos Nacionales”, del apartado D de los Lineamientos referidos, se estableció que el cómputo nacional de las elecciones se determinaría a partir de los resultados obtenidos durante los cómputos distritales realizados por los 300 Consejos Distritales y, en su caso, los resultados que se agregaran durante los cómputos de los 32 Consejos Locales. 68. A su vez, se estableció que la DEOE coadyuvaría con la Secretaría Ejecutiva en la obtención de la sumatoria total de votos emitidos por las candidaturas de cada elección, a partir de la información contenida en el Sistema de Cómputos Distritales del PEEPJF 2024-2025. 69. En ese sentido, los cómputos nacionales se sujetaron a las siguientes reglas: “… a) La Secretaría del Consejo General informará a este órgano colegiado sobre la conclusión de las sesiones de cómputos en los 300 Consejos Distritales y 32 Consejos Locales. b) La suma de esos resultados constituirá el cómputo nacional de la votación total emitida. c) Conforme la votación obtenida, se pondrá a consideración del CG lo siguiente: i. Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se efectúa el cómputo nacional, se declara la validez de la elección de Magistradas y Magistrados de los 32 Circuitos Judiciales, y se asignan las constancias de mayoría a las candidaturas ganadoras. …” 70. El artículo 533, numeral 1, de la misma LGIPE, dispone que una vez que el CG realice la sumatoria final, procederá a asignar los cargos por materia de especialización entre las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos, observando la paridad de género, y publicará los resultados de la elección. 256 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Tercero. Acceso territorial a la justicia, elementos creados por el Consejo de la Judicatura Federal en el marco del PEEPJF 2024-2025. 71. En términos de lo dispuesto por el artículo 41, párrafo tercero, base V, apartado B de la CPEUM, corresponde al Instituto Nacional Electoral, para los procesos electorales federales y locales, en los términos que establecen la misma Constitución y las leyes, la geografía electoral, así como el diseño y determinación de los distritos electorales y división del territorio en secciones electorales. 72. Para lo anterior, en el marco del actual proceso electivo, resultó relevante lo dispuesto por el Legislador Ordinario en el artículo 511, numeral 1 de la LGIPE, en el que se establece que en el mes de diciembre del año previo al de la elección, el órgano de administración judicial remitiría al Instituto la división del territorio nacional por circuito judicial o circunscripción plurinominal, indicando la entidad o las entidades federativas que abarcan, así como el número y materia de los Tribunales Colegiados de Circuito y Tribunales Colegiados de Apelación o Juzgados de Distrito que tengan residencia en cada circuito judicial, y la sede de las salas regionales del Tribunal Electoral. De manera que fue previsto que en caso de que el órgano de administración judicial no remitiera dicha información, el Instituto determinaría lo conducente con la información pública que dispusiera. 73. Adicionalmente, el artículo 210 de la LOPJF, para los efectos de dicha Ley, el territorio de la República se dividirá en el número de circuitos y regiones que mediante acuerdos generales determinará el OAJ. En cada uno de los circuitos el OAJ establecerá mediante acuerdos generales, el número de Tribunales Colegiados de Circuito, Colegiados de Apelación y de Juzgados de Distrito, así como su especialización y límites territoriales. En cada región funcionará un pleno regional con jurisdicción sobre los circuitos que le correspondan. 74. Por su parte, el artículo 211 de la LOPJF, dispone que cada uno de los circuitos a que se refiere el artículo 210 referido, comprenderá los distritos judiciales cuyo número y límites territoriales determine el OAJ mediante acuerdos generales. 75. Por lo anterior, es relevante mencionar que en el contexto del desarrollo del PEEPJF 2024-2025, el CJF no emitió pronunciamiento respecto a las definiciones adoptadas por este Consejo General relacionadas con el Marco Geográfico Electoral a través del diverso INE/CG62/2025, descrito en el antecedente XII del presente instrumento. 76. Así, en congruencia con los principios de legalidad y objetividad, rectores en el ejercicio de la función electoral, es que este Consejo General, en ejercicio de las atribuciones delegadas en la CPEUM y LGIPE para la organización del proceso electivo, determinó viable la aplicación de la configuración vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, prevista en el Acuerdo General 3/2013 del Pleno del referido CJF, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito. De lo anterior, se tiene que la instrumentación del PEEPJF 2024-2025 teniendo como base el número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales del CJF guarda congruencia con el derecho constitucional de la ciudadanía mexicana a votar y ser votado para todos los cargos de elección popular, con las cualidades que establezca la ley. Además, lo descrito en el párrafo que antecede, guarda estrecha vinculación con los principios de objetividad y certeza, rectores en la función electoral, mismos que disponen la obligación de que las normas y mecanismos del proceso electoral estén diseñadas para evitar situaciones conflictivas sobre los actos previos a la jornada electoral, durante su desarrollo y en las etapas posteriores a la misma, y que todos los participantes en el proceso electoral conozcan previamente con claridad y seguridad las reglas a que su propia actuación y la de las autoridades electorales están sujetas. 77. Por lo anterior, es claro para este Consejo General que la información pública existente definida en el referido Acuerdo General 3/2013, tuvo como resultado generar certeza y el pleno ejercicio de sus derechos político-electorales de la ciudadanía, tanto en su derecho de voto activo como de voto pasivo, esto es, que la ciudadanía ejerciera su derecho al voto según su visión de democracia para la integración del PJF, y por otro lado, que las personas candidatas tuvieran certeza respecto al electorado ante el cual, tuviera que posicionarse. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 257 Corolario lo anterior, sobre la base de la distribución y al número de la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Juzgados de Distrito de emitido por el CJF, dichos aspectos constituyeron un insumo determinante para la organización y puesta en marcha del PEEPJF 2024-2025. Del proceso de elección de personas juzgadoras 78. En el marco del PEEPJF 2024-2025, este Consejo General tuvo a bien considerar necesario establecer aspectos sustantivos concretos en virtud de lo novedoso del proceso electivo referido, mismos que tuvieron como finalidad, robustecer los principios de certeza y objetividad en las acciones de este Instituto. En ese tenor, dichos aspectos sustantivos, son los siguientes: A) Del Marco Geográfico Electoral 79. Con el objetivo de implementar el PEEPJF 2024-2025, se establecieron los elementos necesarios para definir el marco de las atribuciones de la autoridad administrativa electoral, y en particular a la revisión y análisis de alternativas para la armonización de la geografía que utiliza el PJF y el Marco Geográfico Electoral que utiliza el Instituto en la organización de los Procesos Electorales Federales y Procesos Electorales Locales para la elección de cargos. 80. En este sentido, dentro de las acciones que realizó este Instituto para la correcta organización del PEEPJF 2024-2025, se encuentra la definición del Marco Geográfico Electoral a fin de poder determinar el ámbito territorial en que se distribuiría a la ciudadanía para su participación en las elecciones extraordinarias del domingo 1° de junio de 2025, buscando en todo momento que se votara en igualdad de circunstancias entre todo el electorado, con la finalidad de garantizar sus derechos fundamentales; ello, en términos del artículo 23, numeral 1, inciso a) de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos. 81. El CG emitió el Acuerdo INE/CG62/2025, mediante el cual, actualizó la conformación de los distritos judiciales en que se dividen los Circuitos Judiciales de los Estados de México, Jalisco, Morelos y Tamaulipas, para obtener un mayor equilibrio de electores al interior de esas unidades geográficas. 82. Dichas precisiones resultaron relevantes para que los órganos delegaciones y subdelegacionales contaran con certeza respecto al marco geográfico que sería utilizado para la organización del PEEPJF 2024-2025, así como todos los trabajos que derivaran de este. B) Del proceso de cómputos Respecto de los Consejos Locales y Consejos Distritales 83. En ese mismo sentido, en el contexto del PEEPJF 2024-2025, y de conformidad con las facultades propias de este Instituto mandatadas en la LGIPE, el Consejo General determinó, mediante el Acuerdo INE/CG2240/2024, las directrices para la integración de los Consejos Locales para dicho proceso, ratificando aquellas que fueron designadas para el proceso anterior de 2023-2024, a través del Acuerdo INE/CG540/2023. 84. En obediencia a los mandatos judiciales emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del PJF (SUP-AG-632/2024 Y SUP-AG760/2024 Y SUP-AG-764/2024 ACUMULADOS), este Instituto estuvo en aptitudes de dar continuidad al proceso electoral vigente. 85. Las resoluciones antes citadas disponían que era constitucionalmente inviable detener la implementación de los procedimientos electorales a cargo de las autoridades electorales, pues el mandado constitucional les imponía la atribución de ejecutarlo. Asimismo, la Sala enfatizó que ninguna autoridad, poder u órgano del Estado pueden suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades inherentes al proceso electivo señalado. 86. Al umbral de lo anterior, este Consejo General aprobó diversas disposiciones relacionadas con dicho proceso, destacando la aprobación del Acuerdo INE/CG2360/2024, por el que determinó la fecha de instalación de los Consejos Locales y Distritales de este Instituto para el PEEPJF 2024-2025, quedando de la siguiente manera:  Instalación de los Consejos Locales, 2 de diciembre de 2024.  Instalación de los Consejos Distritales, 16 de diciembre de 2024. 258 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 87. Así, una vez que se determinaron las fechas de las instalaciones de los Consejos Locales, el Consejo General del Instituto, el 13 de diciembre de 2024, a través del Acuerdo INE/CG2469/2024, determinó la reinstalación de 43 oficinas municipales distribuidos en 17 entidades federativas y 32 distritos electorales federales, para el PEEPJF 2024-2025. 88. En ese tenor, una vez llevada a cabo la conformación de los Consejos Locales, Distritales, y en su caso, Municipales, cuya labor es toral para desahogar a buen puerto los cómputos que deriven del PEEPJF 2024-2025, conviene precisar que, en el marco del PEEPJF 2024-2025, este Consejo General estableció el marco aplicable de conformidad con los mandatos Constitucional y legal, así como la reglamentación y acuerdos emitidos, que debieron observarse desde la generación de resultados distritales por ámbito electivo hasta la emisión de la declaración formal de validez de las elecciones y la entrega de constancias mayoría. 89. Al respecto, una vez integrados los órganos desconcentrados de este Instituto para el PEEPJF 2024-2025 fueron previstas las directrices y los procedimientos técnico-operativos aplicables para el desarrollo, ejecución y coordinación que garantice el correcto funcionamiento de las actividades relacionadas con la generación de resultados de los cómputos, la definición y asignación de cargos jurisdiccionales. Respecto a las funciones de las áreas del Instituto en los cómputos 90. Acorde al ámbito competencial de cada una de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas que intervinieron en la generación de los resultados de los cómputos de la elección de los diversos cargos del PJF, así como en la definición y asignación de las personas electas, la declaración de validez de las elecciones, la emisión y entrega de las constancias de mayoría, en el marco del PEEPJF 2024-2025. Se precisa lo siguiente: Del desarrollo de los cómputos 91. El Consejo General del INE estableció las disposiciones relativas a la generación de los resultados distritales correspondientes a los seis cargos de elección del Poder Judicial de la Federación, mismos que consisten en la sumatoria de los votos asentados en las Actas de Cómputo Distrital de las casillas seccionales, así como, en su caso, los correspondientes a la modalidad de Voto Anticipado. 92. En ese contexto, es relevante precisar que este Consejo General, mediante el Acuerdo INE/CG210/2025, determinó la aprobación de los Lineamientos para la preparación y desarrollo de los Cómputos Distritales, de Entidad Federativa, Circunscripción Plurinominal y Nacionales del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025. 93. En ese tenor, en los referidos lineamientos se establecieron directrices generales para realizar la suma de los resultados obtenidos de cada una de las elecciones durante los cómputos distritales, de entidad federativa, de circunscripción y nacionales que, en lo posible, armonizan sus procedimientos con las disposiciones para el desarrollo de los cómputos de las elecciones federales contenidas en la LGIPE y el Reglamento de Elecciones. 94. De manera que la DEOE, fue la instancia que coadyuvó con la Secretaría Ejecutiva en la obtención de la sumatoria total de votos emitidos por las candidaturas de cada elección, a partir de la información contenida en el Sistema de Cómputos Distritales, de Entidad Federativa, Circunscripción Plurinominal y Nacional. Publicidad y vigencia del Acuerdo AG-POAJ-008/2025 95. El Acuerdo AG-POAJ-008/2025 fue publicado en el DOF el 14 de septiembre de 2025, por lo que su contenido es de carácter público, obligatorio y de aplicación inmediata para el Poder Judicial de la Federación. 96. Dicho Acuerdo AG-POAJ-008/2025 estableció en primer término las vacantes que se generaron por el caso particular de la designación de quienes ocuparían los Plenos regionales. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 259 97. Asimismo, señaló los criterios a considerarse previo a la determinación de la adscripción diversas personas electas para los cargos de Magistraturas de Circuito conforme a lo siguiente: a) Votación. Mediante el respaldo de la voluntad popular expresado en las urnas como el medio para asegurar la independencia judicial, prevenir la concentración de poder y garantizar la transparencia en la elección de las personas juzgadoras. En consecuencia, se tomó como parámetro para la adscripción, la manifestación de la soberanía ciudadana expresada en las urnas, por lo que preponderantemente se consideró como primer criterio de adscripción la votación mayoritaria. b) Especialidad. Se da prevalencia a la solicitud de especialización de las personas electas que protestaron su encargo, conforme a la que señalaron al registrarse para la elección, esto es, con base en el interés manifestado por ellos. c) Nepotismo y conflicto de interés. Se buscó establecer órganos efectivos para combatir la corrupción, la impunidad, el nepotismo2, el tráfico de influencias y los abusos; a través del escrutinio público, promoviendo la transparencia y rendición de cuentas ante la sociedad que lo eligió. Así se buscó eliminar el tráfico de influencias, combatir la opacidad y fomentar la rendición de cuentas. d) Paridad de género. Se aseguró la inclusión de mujeres en los órganos jurisdiccionales, con una posición prevalente, para garantizar igualdad de condiciones. Inclusive, considerando la paridad flexible3, permite que, en algún momento, uno de los sexos supere al otro, ante casos muy concretos y de igual forma puede sustentarse dicha forma de paridad ante la legitimidad de una representación política como parte de la sociedad democrática e incluyente. e) Situación de vulnerabilidad. Se tomó en consideración el estado de riesgo al que se encuentran sujetas algunas personas en determinado momento, es decir, que se trate de una ruptura de equilibrio que pueda generar consecuencias negativas con motivo de su adscripción, como puede ser el no atender una enfermedad o un estado de discapacidad, o colocarlo en una situación que afecte el acompañamiento familiar, debidamente acreditado. f) Funcionalidad y efectividad. Se tomaron en consideración como directrices los nuevos principios constitucionales como democratización de la justicia, legitimidad democrática, combate a la corrupción e impunidad, transparencia y rendición de cuentas. Asimismo, se preverá de manera sistemática la adscripción, dando una conformación de órganos basada en reglas y principios constitucionales. En consonancia con lo anterior, debe destacarse la importancia que reviste el principio constitucional de justicia pronta y expedita, del que se desprende el acceso a la justicia a que tienen derecho las personas, por lo que, para la integración de órganos jurisdiccionales efectivos, también se tomó en consideración la funcionalidad y eficacia en su operación. 98. En este orden de ideas, conforme al artículo 80 fracciones II, III y XI de la LOPJF y a los criterios antes descritos, es que el OAJ es la autoridad facultada para resolver adscripción y readscripción de las y los Jueces de Distrito, así como de las y los Magistrados de Circuito, al órgano jurisdiccional correspondiente del circuito judicial en el que hayan sido electos. 99. El artículo 99 fracción VI de la LOPJF, delimita que entre las atribuciones de la Presidencia del OAJ, se encuentra la de informar al Senado de la República de las vacantes que se produzcan y que deban ser cubiertas mediante elección. 100. Por lo anterior y en concordancia con el Transitorio séptimo, segundo párrafo de la LOPJF se establece con claridad que las vacantes que se generen como consecuencia de la elección de las y los Magistrados que integrarán los Plenos Regionales deberán ser ocupadas por las personas que hayan obtenido el segundo lugar en la votación correspondiente, atendiendo al año en que dicha elección se haya celebrado. 260 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 De la petición de Priscila Andrea Reza Valadez 101. El escrito de petición de la C. Priscila Andrea Reza Valadez medularmente solicitaban lo siguiente: “… Por lo tanto, considerando que la suscrita soy la segunda mujer que más votos obtuvo en la elección de Magistrados de Circuito en el DJE 1 del 2° Circuito Judicial, comparezco ante ustedes para solicitar respetuosamente que, a la brevedad, el Consejo General emita mi constancia de mayoría como Magistrada de Circuito. Lo anterior, atendiendo además a que los órganos jurisdiccionales estén debidamente integrados para garantizar el acceso a la justicia de todas las personas. Por lo anteriormente expuesto y fundado, respetuosamente solicito: PRIMERO. Tener por presentado este escrito, ejerciendo mi derecho de petición. SEGUNDO. Emitir la constancia de mayoría a mi favor, como Magistrada de Circuito electa. …” 102. Al respecto es de aclarar que el artículo 8° de la CPEUM consagra el derecho de petición como una garantía fundamental que permite a toda persona dirigirse a la autoridad competente para plantear solicitudes, inquietudes o peticiones, exigiendo una respuesta por escrito, estableciendo que toda petición formulada de manera respetuosa debe ser respondida mediante un acuerdo escrito por parte de la autoridad correspondiente, quien además tiene la obligación de comunicar dicha respuesta al peticionario en un “breve término”. 103. No puede pasar desapercibido que el texto constitucional, si bien establece la obligación de responder, no fija un plazo específico para ello, dado que la expresión “breve término” es deliberadamente abierta, y debe entenderse como un periodo razonable y justificado, que permita a la autoridad estudiar, valorar y acordar la petición conforme a:  La complejidad del asunto planteado.  Las circunstancias específicas del caso, incluyendo urgencia, impacto social o legal.  Las cargas de trabajo y capacidades operativas de la autoridad. 104. Por lo tanto, al emitir una respuesta, debe ser de manera oportuna y congruente con la naturaleza de la solicitud; aunado que, para su atención, existe la necesidad de establecer mecanismos internos de gestión que permitan dar seguimiento a las peticiones, clasificarlas según su complicación y garantizar que ninguna quede sin respuesta. Para esto, sirva de referencia la Tesis XVII.2o.P.A.1 CS (10a.).1 105. Por lo anteriormente expuesto, la petición formulada ha sido objeto de análisis por parte del Instituto, no obstante, debido a la naturaleza compleja del asunto planteado (el cual versa sobre un tema novedoso y escasamente abordado en el ámbito jurídico), se ha requerido un estudio minucioso y especializado que permita otorgar una respuesta fundada, congruente y acorde con lo solicitado. Del juicio SUP-JDC-2490/2025. 106. Inconforme con la tardanza de emisión de un pronunciamiento por parte de este Instituto, la ahora promovente Priscila Andrea Reza Valadez interpuso un medio de impugnación por la supuesta omisión atribuida al CG del INE, al no haber dado respuesta, en un plazo razonable, a la petición formulada por la actora, para ser asignada en la vacante generada en el cargo de Magistratura de Circuito en Materia Administrativa, del Segundo Circuito Judicial correspondiente al Estado de México, al haber obtenido el segundo lugar en la pasada contienda electoral extraordinaria. Dicho medio de impugnación fue radicado bajo el expediente número SUP-JDC-2490/2025, el cual, mediante sentencia declaró la existente la omisión atribuida al Consejo General de este Instituto y ordenó que, en la próxima sesión que se celebre o bien, en el plazo máximo de cinco días hábiles, se otorgue respuesta a la petición formulada por el promovente. 1 Criterio contenido en la tesis XVII.2o.P.A.1 CS (10a.), emitida por Tribunales Colegiados de Circuito, titulada: “DERECHO DE PETICIÓN. CONCEPTO DE "BREVE TÉRMINO" PARA EFECTOS DE LA RESPUESTA QUE DEBE DARSE AL PARTICULAR QUE LO EJERCIÓ”, publicado en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 81, diciembre de 2020, Tomo II, página 1674, registro digital: 2022559, consultable en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2022559 Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 261 Lo anterior, en libertad de atribuciones para emitir la contestación que corresponda, conforme a Derecho y, por otro lado, la respuesta emitida deberá notificarse a la parte actora, conforme a los elementos fundamentales que dan contenido al derecho de petición, conforme a lo siguiente: “… al no haber elementos que permitan considerar a este Tribunal federal que se ha atendido la petición de la promovente, y al haber transcurrido el plazo razonable para que la autoridad responsable pudiera pronunciarse conforme a Derecho y notificar su determinación a la actora, lo cual no ha ocurrido conforme consta en el expediente; se declara la existencia de la omisión controvertida y se ordena a la responsable que actúe conforme a los efectos siguientes. 6. Efectos En atención a las consideraciones expuestas, esta Sala Superior estima que lo conducente es ordenar al CG del INE para que, a partir de la notificación de la presente sentencia, en la próxima sesión del referido órgano central o bien, en el plazo máximo de cinco días hábiles, responda la petición formulada por la promovente. Lo anterior, en el entendido de que dicha autoridad queda en libertad de atribuciones para emitir la indicada respuesta en los términos que considere procedentes conforme a Derecho y, por otro lado, que la respuesta que emita deberá notificarla a la parte actora, conforme a los elementos fundamentales que dan contenido al derecho de petición. Hecho lo ordenado, la responsable deberá informar a esta Sala Superior sobre el cumplimiento de esta ejecutoria dentro de las veinticuatro horas posteriores en que ello ocurra. Criterio similar se sostuvo en el SUP-JDC-2479/2025. VI. RESOLUTIVOS PRIMERO. Es existente la omisión reclamada. SEGUNDO. Se ordena a la autoridad responsable que proceda conforme a los efectos de esta sentencia…”. CUARTO. Respuesta 107. En acatamiento a la Sentencia SUP-JDC-2490/2025, se da respuesta a la petición formulada por Priscila Andrea Reza Valadez, la cual se describe en el párrafo 101 de este Acuerdo considerando los aspectos siguientes: 108. Conforme a lo establecido en el Libro Noveno de la LGIPE, se delimita el procedimiento para la integración del Poder Judicial de la Federación y de las Entidades Federativas en el contexto electoral. Este procedimiento contempla una serie de etapas claramente definidas, que deben ser observadas rigurosamente por las autoridades competentes durante el proceso de renovación de las personas juzgadoras que integran dicho poder. Es de destacar que el artículo 497 de la LGIPE define al proceso electoral personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación, como el conjunto de actos jurídicos y administrativos, ordenados por la CPEUM y la LGIPE, que son ejecutados por las autoridades electorales, los Poderes de la Unión y la ciudadanía, con el propósito de garantizar la renovación periódica y legítima de las personas juzgadoras del Poder Judicial. Esta definición implica que todas las acciones emprendidas por el INE en este ámbito se encuentran amparadas por el marco legal electoral vigente, y deben ceñirse estrictamente a los tiempos, formas y procedimientos establecidos. 109. En ese sentido, el artículo 532, numerales 1 y 2 de la LGIPE, establecen que, concluidos los cómputos de cada elección, el Consejo Distrital emitirá a cada candidatura ganadora una Constancia de Resultados, misma que contendrá los votos obtenidos dentro del Consejo Distrital respectivo. Siendo que una vez que se hayan computado la totalidad de las elecciones por parte de los Consejos Distritales, con auxilio de los Consejos Locales, se remitirán a este Consejo General para que proceda a realizar la sumatoria por tipo de elección. 262 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 110. Por su parte, el artículo 533 numerales 1, 2, y 3 de la LGIPE, delimita una vez que el Consejo General realice la sumatoria final, procederá a asignar los cargos por materia de especialización entre las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos, observando la paridad de género, y publicará los resultados de la elección. 111. En este sentido el Instituto hará entrega de las constancias de mayoría a las candidaturas que resulten ganadoras y emitirá la declaración de validez respectiva, y una vez emitida la declaración de validez de la elección, el Instituto comunicará los resultados a la Sala Superior o a la SCJN, según corresponda; por lo que el INE, como autoridad electoral administrativa, tiene atribuciones claramente delimitadas por la Constitución y la legislación electoral entre las cuales no se encuentra la de reconocer formalmente a quienes no hayan obtenido el triunfo en una elección. 112. De hacerlo, se generarían implicaciones jurídicas, formales y materiales, como la necesidad de declarar oficialmente los segundos lugares con base en criterios de votación, cargo, especialidad y género; revisar el cumplimiento de requisitos de elegibilidad de candidatos que no fueron electos; emitir constancias sin sustento legal; y comunicar dichos actos al Senado de la República y al OAJ, lo cual podría vulnerar el principio de legalidad, extralimitándose en sus atribuciones, pues esta acción excedería las competencias del INE, comprometería la certeza del proceso electoral y abriría la puerta a interpretaciones que podrían afectar la equidad y transparencia del sistema democrático. 113. El artículo 534, numerales 1 y 2 de la LGIPE, menciona que el Consejo General entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que resulten ganadoras y emitirá la declaración de validez de la elección respectiva, hecho lo anterior, el Instituto comunicará los resultados a la Sala Superior del TEPJF o a la SCJN, según corresponda. 114. El diverso 535 de la LGIPE, las personas juzgadoras federales electas deberán tomar protesta ante el Senado de la República el día en que se instale el primer periodo ordinario de sesiones del año de la elección que corresponda, que en el caso que nos ocupa ocurrió el 1° de septiembre de 2025. 115. Los Lineamientos para la preparación y desarrollo de los Cómputos Distritales, de Entidad Federativa, Circunscripción Plurinominal y Nacionales del PEEPJF 2024-2025, prevén que la DEOE coadyuvará con la Secretaría Ejecutiva en la obtención de la sumatoria total de votos emitidos por las candidaturas de cada elección, a partir de la información contenida en el Sistema de Cómputos Distritales del PEEPJF 2024-2025. 116. Así, el numeral 2, inciso D. de los referidos Lineamientos, establece las reglas de los cómputos nacionales, delimitando que conforme a los resultados, se pondrá a consideración del Consejo General el Acuerdo por el que se efectúa el cómputo nacional, se declara la validez de la elección de los cargos de elección popular y se asignan las constancias de mayoría a las candidaturas que obtuvieron el mayor número de votos; por lo que se deberán entregar constancias de mayoría únicamente a las candidaturas ganadoras. 117. Ahora bien, dentro de las funciones contempladas en el artículo 498 de la LGIPE, no se estima que el Consejo General cuente con atribuciones de entregar constancias a los segundos lugares en un proceso electoral, tampoco se prevé que se entreguen constancias de participación en el PEEPJF, que incluyan el lugar que se ocupó en la votación, por lo que su expedición daría como resultado un acto jurídicamente inviable, ya que dicha facultad no está contemplada en el marco normativo que rige a este órgano. 118. La inexistencia de un derecho subjetivo para las personas candidatas que obtuvieron el segundo lugar en un proceso electoral está claramente respaldada por el marco constitucional y legal vigente dado que ni en la CPEUM ni las leyes reglamentarias en materia electoral contemplan disposición alguna que reconozca a los segundos lugares como titulares de un derecho que les permita exigir constancia, reconocimiento o algún tipo de prerrogativa institucional. 119. En consecuencia, no puede considerarse que exista una lesión a derechos subjetivos cuando no hay un derecho previamente reconocido, tal como se encuentra dispuesto en el artículo transitorio Décimo Primero del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, el cual establece que la aplicación e interpretación de sus disposiciones debe realizarse conforme a su literalidad, sin admitir analogías ni extensiones que alteren su sentido o vigencia. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 263 120. Esto implica que cualquier intento por extender derechos no previstos explícitamente en el texto constitucional o en sus reformas sería jurídicamente improcedente, pues contravendría el principio de legalidad y el mandato expreso de interpretación restrictiva, así, el respeto a la literalidad normativa garantiza la certeza jurídica y evita que se generen expectativas infundadas o se vulneren los límites competenciales de las autoridades electorales y jurisdiccionales. 121. A fin de garantizar el cumplimiento del derecho a ser votado reconocido en el artículo 35, fracción II, de la CPEUM, conforme al cual es prerrogativa de la ciudadanía poder ser votada para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley, en correlación con el artículo 96 fracción II, inciso b), donde indica que los cargos del PJF serán elegidos de manera libre, directa y secreta y para tales efectos los interesados en participar como aspirantes a un cargo de elección para el PJF deberán remitir sus expedientes a los comités de evaluación que para tal efecto instale cada Poder de la Unión. 122. La libre manifestación de la voluntad del electorado constituye uno de los pilares esenciales de la democracia, al permitir que la ciudadanía elija directamente a las personas candidatas que considere más idóneas para ocupar un cargo de elección popular, fortaleciendo el ejercicio del derecho fundamental de participación política, consagrado en el artículo 35 fracción I de la CPEUM, mismo que no se limita al acto de votar, sino que implica la posibilidad de incidir en la conformación de los Poderes de la Unión. 123. En suma, con dicha medida se garantiza lo establecido en los artículos 23, párrafo 1, inciso b), de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 25, inciso b), del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los cuales señalan como derecho de la ciudadanía ser elegida en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad del electorado. 124. La celebración de elecciones libres, auténticas y periódicas garantiza que la designación de las personas juzgadoras responda a la voluntad ciudadana, lo que a su vez otorga legitimidad democrática a quienes ejercerán funciones jurisdiccionales. Esta legitimidad no solo proviene del cumplimiento de requisitos legales, sino del respaldo popular, por lo que al respetar la libertad del sufragio y canalizarla hacia la integración de órganos judiciales, se refuerza la confianza en las instituciones, se promueve la transparencia y se consolida el principio de soberanía popular como fundamento del Estado democrático de derecho. 125. El marco jurídico constitucional y legal del PEEPJF 2024-2025, únicamente prevé la entrega de constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos, ello, de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo segundo del régimen transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la CPEUM, en materia de reforma del Poder Judicial, en relación con el 498, numeral 1, inciso f) de la LGIPE. 126. Sin que se advierta previsión expresa para entregar constancias a las personas que obtuvieron los segundos o cualquier otro lugar en los resultados de la votación. Aunado a que el Instituto debe tomar en consideración el principio de definitividad que rige la materia electoral, el cual mandata que no existe la posibilidad jurídica para retrotraerse a las etapas electorales una vez que éstas han concluido. 127. Derivado de la necesidad del PJF de integrar los órganos jurisdiccionales, este Instituto cuenta con la posibilidad material y jurídica para proporcionar al OAJ copia certificada de los resultados finales y firmes de las elecciones del PEEPJF 2024-2025, toda vez que, dichos datos obran en los archivos de este Instituto, al ser la autoridad encargada de la organización de dichos comicios. 128. Dicho lo anterior, una vez concluido el proceso electoral, no es jurídicamente válido realizar actos de manera retroactiva, ni tampoco ejecutar acciones que no estén previstas en la legislación aplicable; hacerlo implicaría que el INE excediera sus atribuciones legales, lo cual vulneraría el principio de legalidad, la definitividad y firmeza de los actos que rige el actuar de las autoridades. 129. En consecuencia, cualquier intento de modificar, reinterpretar o extender el alcance de sus facultades fuera del marco normativo constituiría una violación al orden constitucional, además de generar inseguridad jurídica y posibles conflictos de competencia. 264 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 130. Por ello, resulta indispensable que el INE actúe con estricto apego a la ley, respetando los límites de su competencia y asegurando que cada etapa del proceso electoral relacionada con la integración del Poder Judicial se lleve a cabo conforme a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, tal como lo mandata el artículo 41 constitucional. Por lo anterior, sirva de apoyo las siguientes tesis: a) Tesis P./J. 60/20012, relativa al principio de certeza el cual consiste en dotar de facultades expresas a las autoridades, de modo que todos los participantes en el proceso electoral conozcan previamente con claridad y seguridad las reglas a que la actuación de las autoridades electorales está sujeta. b) Jurisprudencia 1/20023, referente a que el proceso electoral de una entidad federativa concluye hasta que la Sala Superior del TEPJF resuelve el último de los juicios de revisión constitucional electoral o para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovidos para impugnar los actos o resoluciones de las autoridades electorales, emitidos al final de la etapa de resultados, en virtud de que las ejecutorias que se dictan en los referidos juicios son las que proporcionan realmente la certeza de que dichos actos impugnados han adquirido definitividad. c) Tesis XII/20014, relativa a la aplicación del principio de definitividad previsto en el artículo 41 de la Constitución, únicamente a los actos y resoluciones emitidos por las autoridades encargadas de organizar las elecciones. Este principio busca garantizar que el proceso electoral avance ordenadamente y dentro de los plazos legales, permitiendo el ejercicio del derecho al voto activo y pasivo. Por ello, la definitividad sólo recae en los actos propios de cada etapa del proceso electoral y no puede invocarse respecto de actos provenientes de autoridades ajenas a la función electoral o de los partidos políticos. 131. Del marco normativo y los criterios señalados, se concluye que se deberá cumplir con lo establecido en la CPEUM, específicamente en el su artículo 98, en correlación con los artículos 12 y 231 de la LOPJF, mismos que hacen hincapié en que, ante la falta de una Ministra o Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistrada o Magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistrada o Magistrado del Tribunal Electoral, Magistrada o Magistrado de Circuito y Jueza o Juez de Distrito excediere de un mes sin licencia o dicha falta se deba a su defunción, renuncia o cualquier causa de separación definitiva, ocupará la vacante: a) La persona del mismo género b) Y que haya obtenido el segundo lugar en número de votos en la elección para ese cargo 132. Por lo que, en caso de declinación o imposibilidad, seguirá en orden de prelación la persona que haya obtenido mayor votación. El Senado de la República tomará protesta a la persona sustituta para desempeñarse por el periodo que reste al encargo. 133. Esto es, desde el marco constitucional se determinan los criterios que se deberán cumplir en caso de alguna vacancia, sin que se otorgué facultades al Instituto para realizar dichos procedimientos. 134. Si bien este Instituto cuenta con los resultados de la votación obtenida, la asignación de personas para ocupar las vacancias al interior del Poder Judicial corresponde al OAJ, por ende la remisión de los resultados de la votación obtenida por parte de este Instituto no implica que sea el único elemento que el OAJ tome en cuenta para la designación de las personas que ocupen los lugares 2 Criterio contenido en la tesis P./J. 60/2001, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro “MATERIA ELECTORAL. PRINCIPIOS RECTORES. EN LAS CONSTITUCIONES Y LEYES DE LOS ESTADOS DEBE GARANTIZARSE, ENTRE OTROS, EL DE CERTEZA EN EL DESEMPEÑO DE LA FUNCIÓN ELECTORAL”, publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIII, abril de 2001, página 752, registro digital 189935, consultable en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/189935 3 Criterio contenido en la Jurisprudencia 1/2002, emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de rubro “PROCESO ELECTORAL. CONCLUYE HASTA QUE EL ÚLTIMO ACTO O RESOLUCIÓN DE LA ETAPA DE RESULTADOS ADQUIERE DEFINITIVIDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Y SIMILARES)” publicado en la Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Suplemento 6, Año 2003, páginas 56 y 57, consultable en: https://www.te.gob.mx/ius2021/#/1-2002 4 Criterio contenido en la Tesis XII/2001, emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de rubro “PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD. SÓLO OPERA RESPECTO DE ACTOS O RESOLUCIONES DE LAS AUTORIDADES ENCARGADAS DE ORGANIZAR LAS ELECCIONES.” publicado en la Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Suplemento 5, Año 2002, páginas 121 y 122, consultable en: https://www.te.gob.mx/ius2021/#/ Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 265 vacantes, es decir, la potestad del OAJ no se supedita de manera automática al lugar que se alcanzó en la votación, ya que como se señala en el Acuerdo se tomaron en cuenta aspectos adicionales por ende los resultados obtenidos se proporcionarán al OAJ para los efectos que el propio OAJ en ejercicio de la autonomía técnica y de gestión determine. 135. En ese sentido, la autoridad que cuenta con autonomía técnica y de gestión al interior del Poder Judicial de la Federación, es el OAJ, para realizar designaciones y resolver sobre las adscripciones de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, de conformidad con los artículos 70 y 80 fracciones V y IX de la LOPJF. 136. Función que se materializó a través del Acuerdo General del OAJ, publicado el 14 de septiembre de 2025, sin que, en las adscripciones, comisiones, reubicaciones y readscripciones, a personas funcionarias de los Órganos Jurisdiccionales electas hubiese intervenido este Instituto, hecho notorio que constituye un precedente de la ruta que siguió el OAJ y que encuentra asidero jurídico en el artículo 98 de la CPEUM, 80 fracciones V y IX de la LOPJF. 137. A contrario sensu, la entrega de constancias de segundos lugares o cualquier otra posición obtenida en el PEEPJF, con efectos jurídicos fuera del proceso electoral, que trasciendan en la composición del Poder Judicial de la Federación, no se encuentra prevista en las disposiciones constitucionales ni legales que dieron vida al nuevo modelo para integrar el Poder Judicial de la Federación, por lo que un acto de esta índole pudiera interpretarse como la interferencia injustificada de esta autoridad administrativa electoral en el ámbito judicial. 138. Derivado del análisis realizado y los precedentes, se advierte que este Instituto se encuentra impedido para asignar a las personas que ocuparan los cargos vacantes en el Poder Judicial de la Federación una vez que se ha concluido con el PEEPJF de manera definitiva. 139. De igual forma, las asignaciones para ocupar vacantes requieren la ponderación de múltiples elementos que, si bien inciden en el número de votos obtenido, no es la única variable que se evalúa para realizar la designación de quienes ocuparán los cargos vacantes. 140. Estos factores, de carácter enunciativo mas no limitativo, se valoran de manera integral y no aislada, tal es el caso de la paridad de género, cumplimiento de requisitos de elegibilidad, orden de prelación de asignación, incluso determinaciones del propio TEPJF y otros criterios establecidos en la normativa electoral vigente. 141. En particular, cuando se presenta la situación de contar únicamente con una persona candidata de determinado género, el orden de prelación para la asignación de espacios debe observar criterios específicos que solo pueden ser aplicados dentro del marco de un proceso electoral formal. Fuera de dicho contexto, este Instituto carece de las atribuciones legales para realizar asignaciones para ocupar vacancias dentro del Poder Judicial de la Federación, ya que ello podría vulnerar los principios de certeza, legalidad y equidad que rigen la materia electoral e interpretarse como actos que interfieren de manera injustificada en la composición interna del Poder Judicial de la Federación. 142. Por tanto, cualquier intento por asignar a las personas que ocuparán las vacancias generadas fuera del PEEPJF, desplazaría las funciones que detenta el OAJ para realizar adscripciones, comisiones, reubicaciones y readscripciones, a personas funcionarias de los Órganos Jurisdiccionales electas, además de generar incertidumbre jurídica respecto a los derechos político-electorales de las personas involucradas. 143. Por otra parte, brindar las expresiones documentales que den cuenta del número de votos obtenidos sí son susceptibles de proporcionarse al OAJ para que en el ámbito de sus atribuciones cuente con los elementos necesarios para asignar las vacancias a quienes obtuvieron el segundo lugar en votación o en su caso se siga el orden de prelación siempre y cuando se reúnan los requisitos de elegibilidad e idoneidad que exigen los artículos 96 fracción II inciso b) y 97 de la Constitución. 144. Lo anterior se sustenta en el marco normativo que otorga al OAJ la facultad de administrar el PJF, conforme a lo dispuesto en el artículo 94, párrafos segundo y sexto de la CPEUM, en correlación con el artículo 98, numeral 1, fracciones I, III, V y XI de la LOPJF que establecen que el OAJ tiene entre sus atribuciones: 266 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 a) Designar a las y los integrantes de los órganos jurisdiccionales del PJF. b) Intervenir y coordinar el funcionamiento entre dichos órganos. c) Designar a las magistradas y magistrados que integrarán los Plenos Regionales. d) Realizar dichas designaciones de entre las personas que hubiesen obtenido mayor votación en el proceso de elección correspondiente. 145. En consecuencia, el acceso a las expresiones documentales respecto de los resultados definitivos del proceso electoral resulta procedente y necesario para que el OAJ pueda ejercer sus facultades de manera informada, transparente y conforme a los principios de legalidad, certeza y mérito, garantizando que las vacancias sean cubiertas por personas que cumplan con los requisitos constitucionales y legales aplicables. 146. Finalmente, y en atención a la solicitud realizada por la ciudadana Priscila Andrea Reza Valadez a este Instituto solicitando la asignación de la Magistratura de Circuito en Materia Administrativa del Segundo Circuito Judicial, con sede en el estado de México, pese haber obtenido el segundo lugar en la pasada contienda electoral extraordinaria, es importante subrayar que, si bien este Instituto cuenta con los resultados de la votación emitida el Consejo General, también lo es que, no cuenta con atribuciones para otorgar constancias de segundos lugares, ni asignar cargos derivado de vacancias generadas. En virtud de los antecedentes y consideraciones expuestos, se emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO. En acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-JDC-2490/2025 se da respuesta a la ciudadana Priscila Andrea Reza Valadez en términos del Considerando Cuarto del presente apartado. SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que coordine los trabajos necesarios con la finalidad de conformar el listado con los resultados de las votaciones correspondientes al Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial Federal, con los nombres de las candidaturas en orden de prelación conforme a la elección obtenida por tipo de elección y cargo al que aspiraron, circunscripción, entidad, distrito judicial electoral y especialidad, y se someta a este órgano colegiado para su remisión al Órgano de Administración Judicial y al Senado con la finalidad de dar certeza y viabilidad material a los supuestos normativos del primer párrafo del artículo 98 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos para que dentro de las veinticuatro horas siguientes a la aprobación del presente Acuerdo informe a la Sala Superior del TEPJF sobre el cumplimiento dado a la sentencia dictada en el expediente SUP-JDC-2490/2025. CUARTO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva a remitir la petición de la ciudadana Priscila Andrea Reza Valadez al Órgano de Administración Judicial, para que determine lo que en derecho corresponda. QUINTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos la notificación de la peticionante al correo electrónico señalado en su escrito para ese efecto. SEXTO. Publíquense el presente Acuerdo en el DOF, en la Gaceta Electoral y el portal electrónico del INE. El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 27 de noviembre de 2025, por votación unánime de las y los Consejeros Electorales, Maestro Arturo Castillo Loza, Norma Irene De La Cruz Magaña, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid Humphrey Jordan, Maestro Jorge Montaño Ventura, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y de la Consejera Presidenta, Licenciada Guadalupe Taddei Zavala; no estando presente durante el desarrollo de la sesión, la Consejera Electoral, Maestra Rita Bell López Vences. La Consejera Presidenta del Consejo General, Lic. Guadalupe Taddei Zavala.- Rúbrica.- La Secretaria del Consejo General, Dra. Claudia Arlett Espino.- Rúbrica. Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 267 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Ciudad de México Poder Judicial Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México Séptima Sala Civil “2025, Año de la Mujer Indígena” EDICTOS En el cuaderno de amparo deducido del toca número 669/2023-03, sustanciado ante la Séptima Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, relativo al juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por DE LA VEGA Y GARCÍA XICONTECATL en contra de INSTITUTO INGLES MEXICANO, S.C. Y OTRO se ordenó emplazar por medio de EDICTOS a la tercera interesada MARIA CECILIA RAMOS GOYOS; para que comparezcan ante esta Sala Civil dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir del día siguiente de la última publicación de los presentes edictos que se publicarán de siete en siete días por tres veces en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico “El Sol de México”, haciendo del conocimiento de la TERCERA INTERESADA, que deberá señalar domicilio dentro de la jurisdicción de esta Sala Civil. Quedando a su disposición en esta Sala copia de traslado de la demanda de amparo promovida por la quejosa, en contra de la sentencia de fecha dieciocho de septiembre de dos mil veinticinco. REITERO MIS MÁS FINAS ATENCIONES. Ciudad de México, a 06 de noviembre de 2025. El C. Secretario de Acuerdos de la Séptima Sala Civil Lic. Jonathan Moisés Ortiz Ramírez Rúbrica. (R.- 571337) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de México, con sede en Naucalpan de Juárez EDICTO Se emplaza al tercero interesado Gerardo Ortiz Inclán. En cumplimiento al auto de doce de noviembre de dos mil veinticinco, dictado en el amparo 1185/2025-V, promovido por Ilse Bibiana Ibarra Jiménez, en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de Martha Jiménez Barajas, contra actos del Juez Primero Mercantil del Distrito Judicial de Tlalnepantla del Poder Judicial del Estado de México y otras autoridades, consistentes en "...la falta y/o ilegal emplazamiento de la sucesión a bienes de Martha Jiménez Barajas, así como todo lo actuado en el juicio ejecutivo mercantil 568/2024..." por violación a los artículos 14 y 16 Constitucionales. Se le manda emplazar para que comparezca al juicio constitucional de que se trata, en defensa de sus intereses, previniéndole que de no comparecer dentro del término de treinta días, contados al siguiente de la última publicación del presente edicto, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por lista que se fijará en los estrados de éste Juzgado, Ello con apoyo en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio a la Ley de Amparo. Naucalpan de Juárez, Estado de México, a 12 de noviembre de 2025. La Secretaria del Juzgado Lic. Erandi Paulina Fuentes Chávez Rúbrica. (R.- 571410) 268 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan Juicio de Amparo 1610/2024 EDICTO En el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en la ciudad de Zapopan, se encuentra radicado el juicio de amparo 1610/2024, promovido por Mercantil Zapotlán, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su administradora general única Ana María Ocampo García de Alba, contra actos de la Décimo Séptima Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco y del Actuario de dicha adscripción, Juicio de amparo en el que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), segundo párrafo, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se ordena emplazar al tercero interesado Sergio García Benitez, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, a costa de la parte quejosa; en el entendido que el referido tercero interesado deberá comparecer a juicio dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, por apoderado o gestor que pueda representarlo. Lo que se hace constar para los fines legales consiguientes. “2025, Año de la Mujer Indígena” Zapopan, Jalisco, doce de noviembre de dos mil veinticinco. La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco Ana Karen Padilla Jiménez Rúbrica. (R.- 571544) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado de Distrito Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México - EDICTO - ELIZABETH OTERO SIERRA. En los autos del juicio de amparo 3336/2025, promovido por INMOBILIARIA PRAMAROCAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su apoderado, contra actos que reclama de la Junta Especial “B”, antes Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México y otra autoridad, al ser señalada como tercera interesada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, inciso b), del artículo 27 de la Ley de Amparo, así como en el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, por disposición expresa de su numeral 2°, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito, por edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo que originó el aludido juicio y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurra a este juzgado a hacer valer sus derechos. Atentamente Ciudad de México, doce de diciembre de dos mil veinticinco. Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México Lic. Yesenia Díaz Delgado Rúbrica. (R.- 571882) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito San Andrés Cholula, Puebla EDICTO. Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, en el juicio de amparo D-169/2025 promovido por Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, por conducto de su apoderada general para pleitos y cobranzas Magadely Cano Figueroa, contra el acto del Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Teziutlán, Puebla, consistente en la sentencia de veintiocho de enero de dos mil veinticinco, pronunciada en el expediente 387/2024, relativo al juicio oral mercantil, se emplaza a Priscila Magdalena Velázquez Vicon, mediante edictos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 269 Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada ley, según su artículo 2. Queda a disposición de la referida tercera interesada en la Actuaría de este tribunal colegiado copia simple de la demanda de amparo, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le practicarán mediante lista que se publique en la página electrónica del Consejo de la Judicatura Federal. (Para su publicación por tres ocasiones, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “El Universal”) San Andrés Cholula, Puebla, 28 de noviembre de 2025. Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito Lic. Raúl Rodríguez Eguíbar Rúbrica. (R.- 571330) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México “2025, Año de la Mujer Indígena” EDICTO. AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. QUEJOSA: MARIA DEL CARMEN RAMÍREZ OSNAYA, MARÍA PATRICIA RAMÍREZ OSNAYA, EVELIA RAMÍREZ OSNAYA, ALEJANDRA RAMÍREZ OSNAYA Y MARÍA IMELDA RAMÍREZ OSNAYA, TAMBIÉN CONOCIDA COMO IMELDA RAMÍREZ OSNAYA, TODOS POR DERECHO PROPIO Y EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY DE AMPARO COMO REPRESENTANTE COMÚN A ALEJANDRA RAMÍREZ OSNAYA. En los autos del juicio de amparo número 532/2025-II, promovido por MARIA DEL CARMEN RAMÍREZ OSNAYA, MARÍA PATRICIA RAMÍREZ OSNAYA, EVELIA RAMÍREZ OSNAYA, ALEJANDRA RAMÍREZ OSNAYA Y MARÍA IMELDA RAMÍREZ OSNAYA, TAMBIÉN CONOCIDA COMO IMELDA RAMÍREZ OSNAYA, TODOS POR DERECHO PROPIO Y EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY DE AMPARO COMO REPRESENTANTE COMÚN A ALEJANDRA RAMÍREZ OSNAYA, y como no se conoce el domicilio cierto y actual del diverso tercero interesado Rafaela Hernández Silva, se ha ordenado en proveído de doce de noviembre de dos mil veinticinco, emplazarlo a juicio por medio de edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la Secretaría de este órgano jurisdiccional, copia simple de la demanda; así mismo se les hace saber que cuenta con el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este Juzgado Federal a hacer valer sus derechos sí a su interés conviniere, y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por lista de acuerdos de este órgano de control constitucional, y como está ordenado en el proveído de tres de noviembre de dos mil veinticinco, se señalaron las nueve horas con treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil veintiséis, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Atentamente Ciudad de México, 14 de noviembre de 2025. El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Lic. José María Lavalle Cambranis Rúbrica. (R.- 571309) 270 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México “2025, Año de la Mujer Indígena” EDICTO TERCERA INTERESADA: CLARA GRANADOS MELÉNDEZ. EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SECCIÓN AMPAROS, MESA IX, JUICIO DE AMPARO 919/2025, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. En los autos del juicio de amparo 919/2025, promovido por Rosario Granados Meléndez; contra actos de la Tercera Sala de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia y del Juez Quinto Familiar, ambos de la Ciudad de México, en el que reclama la resolución de quince de agosto de dos mil veinticinco dictada en el toca 907/2025/1, mediante la cual confirmó el auto de veinticinco de abril de este año dictado en el procedimiento de jurisdicción voluntaria (declaración de estado de interdicción Ignacia Meléndez Ramos) 2554/2024, en el que negó declarar firme los proveídos de treinta de mayo de dos mil doce y nueve de agosto de dos mil trece, hasta en tanto se resolviera el incidente de rendición de cuentas. Hágase el emplazamiento a juicio de la tercera interesada Clara Granados Meléndez, por medio de edictos, los que deberán publicarse tres veces de tres en tres días hábiles en el Diario Oficial de la Federación; haciéndole del conocimiento a dicho sujeto procesal que deberá presentarse en este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, sito en el acceso tres, primer nivel del Edifico Sede del Poder Judicial de la Federación de San Lázaro, ubicado en Eduardo Molina número dos, colonia El Parque, alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, dentro del término de quince días contado a partir del siguiente al de la última publicación y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta ciudad, con apercibimiento que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista. Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de doce de noviembre del año en curso. Ciudad de México, a 24 de noviembre de 2025. Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Selene Martínez Jiménez Rúbrica. (R.- 571753) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México Juicio de Amparo 2202/2025-II EDICTO En los autos de juicio de amparo indirecto 2202/2025-II, promovido por PROYECTOS E INSTALACIONES VANEGAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y SERGIO ARTURO VENEGAS TORRES, por conducto de su apoderado Jacobo Toxqui Terán, contra actos de la Junta Especial “J” (antes Número Veinte) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México y su Actuario adscrito, consistente en el emplazamiento practicado al quejoso al juicio laboral 493/2021, así como todo lo actuado con posterioridad; con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese por este medio a la tercera interesada Modesta Fernando Cabañez, al referido juicio de amparo, debido a que no fue posible su localización, agotada la búsqueda correspondiente, publicándose el presente edicto por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndole saber que deberá de presentarse a las instalaciones que ocupa este órgano jurisdiccional, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación en San Lázaro, Eduardo Molina, Número 2, acceso 10, Nivel Plaza, Colonia del Parque, Delegación Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, en el término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, apercibida que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Juzgado de Distrito. Atentamente Ciudad de México, a 12 de diciembre de 2025. Secretaria de Juzgado Susana Martínez Ramírez Rúbrica. (R.- 571847) Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 271 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Sinaloa Mazatlán EDICTO DE EMPLAZAMIENTO MAZATLÁN, SINALOA, 24 DE NOVIEMBRE DE 2025. TERCERO INTERESADO: SUCESIÓN A BIENES DE JORGE LUIS PÉREZ GÓMEZ EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 133/2023, PROMOVIDO POR MARÍA ESPERANZA BENÍTEZ CORTÉS, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA, CON SEDE EN ESTA CIUDAD Y OTRAS AUTORIDADES, DE QUIENES RECLAMA: EN SU CARÁCTER DE TERCERA EXTRAÑA, LOS AUTOS EMITIDOS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA Y QUE TIENEN POR OBJETO DESALOJARLA DE LOTE DE TERRENO NÚMERO 33, UBICADO EN AVENIDA CAMARÓN SÁBALO NÚMERO 333, COLONIA GAVIOTAS, DE ESTA CIUDAD, DEL QUE ADUCE ES PROPIETARIA. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE AMPARO, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 315 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACIÓN SUPLETORIA DE LEY DE AMPARO, SE EMPLAZA POR ESTE MEDIO AL TERCERO INTERESADO SUCESIÓN A BIENES DE JORGE LUIS PÉREZ GÓMEZ, PARA QUE COMPAREZCA AL JUICIO DE GARANTÍAS MENCIONADO; SE LE HACE SABER QUE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL TENDRÁ VERIFICATIVO A LAS DIEZ HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, Y QUE EN LA SECRETARÍA DE ESTE JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN EL ESTADO, SITO EN CALLE RÍO QUELITE NÚMERO 1125, FRACCIONAMIENTO TELLERÍA, EN MAZATLÁN, SINALOA, QUEDA A SU DISPOSICIÓN COPIA DE TRASLADO DE LA DEMANDA DE AMPARO Y DEL AUTO ADMISORIO; IGUALMENTE, DEBERÁ PRESENTARSE DENTRO DEL TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, CONTADO A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN, BAJO APERCIBIMIENTO QUE, DE NO COMPARECER POR SÍ, POR APODERADO O GESTOR QUE PUEDA REPRESENTARLOS, SE LES HARÁN LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES POR LISTA, AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL. NOTA: ESTA PUBLICACIÓN DEBERÁ HACERSE POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, Y EN UNO DE LOS PERIÓDICOS DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA. Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Sinaloa Lic. Carlos Briones Gutiérrez Firmado Electrónicamente. (R.- 571923) DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Conmutador: 55 50 93 32 00 Coordinación de Inserciones: Exts. 35078 y 35079 Coordinación de Avisos y Licitaciones: Ext. 35084 Subdirección de Producción: Ext. 35007 Venta de ejemplares: Exts. 35125 y 35045 Servicios al público e informática: Ext. 35012 Domicilio: Río Amazonas No. 62 Col. Cuauhtémoc C.P. 06500 Ciudad de México Horarios de Atención Inserciones en el Diario Oficial de la Federación: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas 272 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México EDICTO A TODA PERSONA QUE TENGA UN DERECHO EN EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO. EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 26/2025-II, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL PRIMER CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO. En el juicio de extinción de dominio 26/2025-II, la Juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, licenciada Ana Lilia Osorno Arroyo, ordenó en proveído de cuatro de agosto del año en curso, emplazar por medio de edictos a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el numerario materia de la acción de extinción de dominio, mismos que deberán publicarse por tres veces consecutivas tanto en el Diario Oficial de la Federación, en el Diario Oficial del Estado de México y por internet en la página de la Fiscalía General de la República, para hacerles saber que cuentan con el plazo de treinta días, contado a partir de que surta efectos la publicación del último edicto, a fin de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia de la demanda y anexos en la secretaría de este juzgado. Asimismo, se hace constar que las partes en el juicio son: Actora: Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de la República. Demandada: Pacificrim Management LLC. Persona afectada: Toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el numerario materia de la acción de extinción de dominio. Las prestaciones sobre las cuales se ejerce la acción de extinción de dominio son: “A) La declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio, respecto del bien mueble consistente en. AERONAVE MARCA BRITISH AEROSPACE, MODELO 125 SERIES 800 A, NÚMERO DE SERIE 258142, NÚMERO DE CONSTRUCTOR NA0430, DE DOS MOTORES MARCA GARRET, MODELO TE 731-5R CON NÚMEROS DE SERIE P-91386 Y P-91387 RESPECTIVAMENTE; CON MATRÍCULA NORTEAMERICANA N45GD. B) La declaración judicial de extinción de dominio, consistente en la perdida a favor del Estado, por conducto del Gobierno Federal, de los derechos de propiedad del bien referido anteriormente, sin contraprestación ni compensación alguna para la persona moral denominada PACIFIC RIM MANAGEMENT LLC. C) Como consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar oficio al Director del Registro Aeronáutico Mexicano, perteneciente a la Agencia Federal de Aviación Civil, de la Secretaria de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, para que realice las gestiones correspondientes con la finalidad de que se proceda a la inscripción de la sentencia que declara la propiedad del bien mueble a favor del Gobierno Federal, así como al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP).” Ciudad de México, a uno de diciembre de dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México David Asdrival Villa Camacho Rúbrica. (E.- 000858) Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 273 AVISOS GENERALES Auditoría Superior de la Federación Cámara de Diputados Unidad de Asuntos Jurídicos Dirección General de Substanciación “A” Expedientes No. DGSUB"A"/A.2/1811/09/2025, DGSUB"A"/A.2/1876/10/2025, DGSUB"A"/A.2/1895/10/2025, DGSUB"A"/A.2/1987/11/2025, DGSUB"A"/A.2/1989/11/2025, DGSUB"A"/A.2/1897/10/2025, DGSUB"A"/A.2/1943/10/2025 y DGSUB"A"/A.2/2178/12/2025 EDICTO En los Procedimientos de Responsabilidad Administrativa con números de expediente DGSUB"A"/A.2/1811/09/2025, DGSUB"A"/A.2/1876/10/2025, DGSUB"A"/A.2/1895/10/2025, DGSUB"A"/A.2/1987/11/2025, DGSUB"A"/A.2/1989/11/2025, DGSUB"A"/A.2/1897/10/2025, DGSUB"A"/A.2/1943/10/2025 y DGSUB"A"/A.2/2178/12/2025, iniciados por la Dirección General de Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación, por la presunta comisión de faltas administrativas graves y actos de particulares vinculados con éstas, con fechas cinco de noviembre, así como cuatro, cinco y diez de diciembre, todos de dos mil veinticinco, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas conforme a su diverso 118; se ordenó emplazar por medio de edictos a diversos presuntos responsables para que comparezcan a las Audiencias Iniciales, en las siguientes fechas y horarios: PRESUNTOS RESPONSABLES PROCEDIMIENTO FALTA ADMINISTRATIVA GRAVE/ACTO DE PARTICULAR VÍCULADO CON UNA FALTA ADMINISTRATIVA GRAVE DÍA HORA SEGURIDAD PRIVADA COLOMBO MÉXICO S.A. DE C.V. DGSUB"A"/A.2/ 1811/09/2025 UTILIZACIÓN DE INFORMACIÓN FALSA (Art. 69) ONCE (11) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) ONCE HORAS CON CERO MINUTOS (11:00) CONSTRUCCIONES ALIVA, S.A. DE C.V. DGSUB"A"/A.2/ 1876/10/2025 USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS (Art. 71) ONCE (11) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) DOCE HORAS CON CERO MINUTOS (12:00) COS CAMPESTRE, S.A. DE C.V. DGSUB"A"/A.2/ 1895/10/2025 USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS (Art. 71) ONCE (11) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (11:30) 274 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 ENRIQUE LÓPEZ LARA MORALES DGSUB"A"/A.2/ 1987/11/2025 ABUSO DE FUNCIONES (Art. 57) ONCE (11) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS (10:30) ENRIQUE LÓPEZ LARA MORALES DGSUB"A"/A.2/ 1989/11/2025 DESVÍO DE RECURSOS PÚBLICOS (Art. 54) ONCE (11) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) DIEZ HORAS CON CERO MINUTOS (10:00) MARÍA DE LOS REMEDIOS LÓPEZ MORENO DGSUB"A"/A.2/ 1897/10/2025 ABUSO DE FUNCIONES (Art. 57) DIEZ (10) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) ONCE HORAS CON CERO MINUTOS (11:00) MARÍA EUGENIA ROMERO MARTÍNEZ DGSUB"A"/A.2/ 1943/10/2025 DESVÍO DE RECURSOS PÚBLICOS (Art. 54) NUEVE (09) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) ONCE HORAS CON CERO MINUTOS (11:00) ENRIQUE LÓPEZ LARA MORALES DGSUB"A"/A.2/ 2178/12/2025 ABUSO DE FUNCIONES (Art. 57) ONCE (11) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) ONCE HORAS CON QUINCE MINUTOS (11:15) Audiencias que se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio “A” situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, para que rindan su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias para su defensa; asimismo, se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse personalmente, o a través de su representante legal, y de ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor, en caso de solicitarlo, les será nombrado uno de oficio. De igual forma, se ponen a su disposición las copias de traslado, además de que podrán acudir a consultar las constancias que integran el Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa correspondiente, en el domicilio antes señalado, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se les hace saber que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, apercibidas que de no hacerlo, las notificaciones que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación. Si pasado el término referido, no comparecen a la audiencia inicial, se seguirá el procedimiento, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, las cuales contendrán, en síntesis, la determinación que ha de notificarse. Ciudad de México, a diez de diciembre de dos mil veinticinco, el Licenciado Isaid Rodríguez Esquivel, Director de Substanciación “A.2” de la Dirección General de Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación.- Rúbrica. (R.- 571666) AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación a partir del 1 de enero de 2026, son las siguientes: 1/8 de plana $ 2,843.00 2/8 de plana $ 5,686.00 3/8 de plana $ 8,529.00 4/8 de plana $ 11,372.00 6/8 de plana $ 17,058.00 1 plana $ 22,744.00 1 4/8 planas $ 34,116.00 2 planas $ 45,488.00 Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales por concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026. Atentamente Diario Oficial de la Federación Miércoles 7 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 275 Auditoría Superior de la Federación Cámara de Diputados Unidad de Asuntos Jurídicos Dirección General de Substanciación “A” EDICTO En los Procedimientos de Responsabilidad Administrativa, con números de expediente DGSUB"A"/A.2/1781/09/2025, DGSUB"A"/A.2/2024/11/2025 y DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025, iniciados por la Dirección General de Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación, por la presunta comisión de faltas administrativas graves y actos de particulares vinculados con estas, con fecha once de diciembre de dos mil veinticinco, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118, se ordenó, emplazar por medio de edictos a diversos presuntos responsables para que comparezcan a las Audiencias Iniciales, en las siguientes fechas y horarios: PRESUNTOS RESPONSABLES PROCEDIMIENTO FALTA ADMINISTRATIVA DÍA HORA MARÍA MIREYA TOPETE MENDOZA DGSUB"A"/A.2/ 1781/09/2025 ABUSO DE FUNCIONES (Art. 57) DIEZ (10) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS (10:30) JOSÉ ARTURO FERNÁNDEZ DE CEVALLOS BACA DGSUB"A"/A.2/ 1781/09/2025 DESVÍO DE RECURSOS PÚBLICOS (Art. 54) DIEZ (10) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (11:30) ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS TÉCNICOS A LA CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V. DGSUB"A"/A.2/ 2024/11/2025 UTILIZACIÓN DE INFORMACIÓN FALSA (Art. 69) DIEZ (10) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS (12:15) DESARROLLO EMPRESARIAL VOLT, S.A. DE C.V. DGSUB"A"/A.2/ 2081/11/2025 USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS (Art. 71) DIEZ (10) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) DIEZ HORAS CON CERO MINUTOS (10:00) SISTEMA DE PROMOCIÓN DE NEGOCIOS, S.C. DGSUB"A"/A.2/ 2081/11/2025 USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS (Art. 71) DIEZ (10) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) ONCE HORAS CON QUINCE MINUTOS (11:15) Audiencias que se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio “A” situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, para que rindan su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias para su defensa; asimismo, se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse personalmente, o a través de su representante legal, y de ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor, en caso de solicitarlo, les será nombrado uno de oficio. De igual forma, se ponen a su disposición las copias de traslado, además de que podrán acudir a consultar las constancias que integran el Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa correspondiente, en el domicilio antes señalado, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se les hace saber que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, apercibidas que de no hacerlo, las que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación. Si pasado el termino referido, no comparecen a la audiencia inicial, se seguirá el procedimiento, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, las cuales contendrán, en síntesis, la determinación que ha de notificarse. Ciudad de México, a doce de diciembre de dos mil veinticinco, el Licenciado Isaid Rodríguez Esquivel, Director de Substanciación “A.2” de la Auditoría Superior de la Federación.- Rúbrica. (R.- 571759) 276 DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2026 Diario Oficial de la Federación Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Directorio Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos Claudia Sheinbaum Pardo Secretaria de Gobernación Rosa Icela Rodríguez Velázquez Subsecretario de Gobernación César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera Titular de la Unidad de Gobierno Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara Coordinador del Diario Oficial de la Federación Alejandro López González Cuotas por derecho de publicación: Oficinas ubicadas en: Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México. Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios. Página web: www.dof.gob.mx Esta edición consta de 276 páginas 1/8 de plana.................. $ 2,843.00 4/8 plana ...................... $ 11,372.00 1 plana ......................... $ 22,744.00