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DOF analysis · June 4, 2026

Diario Oficial de la Federación, edición matutina del jueves 4 de junio de 2026 (No. de publicación 146/2026). Incluye, entre otros, el Programa Espacial Mexicano 2026-2030 de la ATDT, el Título de Asignación del Ramal ferroviario Lechería-AIFA, convenios de subsidios para búsqueda de personas (CNBP), convenio de salud pública (Tamaulipas), proyectos PROY-NOM-016-SSA-2026 y PROY-NOM-032-SSA-2026, y avisos/convocatorias.

Requires urgent attention

Document type: Edición Matutina del DOF (compilación: Convenios, Oficio, Título de Asignación, Circulares, Programa Especial, Proyectos de NOM, Avisos y Convocatorias)

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Statistics

8 Findings
6 Risk categories
7 Regulatory gaps
2 Explicit AI mentions
6 Implicit AI mentions

Metadata

Publication date
June 4, 2026
Issuing authority
Secretarías de Gobernación, Hacienda y Crédito Público, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Anticorrupción y Buen Gobierno, Salud, las Mujeres; Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT); SNDIF; Banco de México
Sector
Multisectorial (Espacial/Telecomunicaciones, Transporte ferroviario, Seguridad/Búsqueda de personas, Salud pública, Financiero)
Scope of application
Federal
Maximum severity
Very High
Review verdict
bueno

Risk categories present

Urgency justification

Source content shown in its original language (Spanish).

El Programa Espacial Mexicano 2026-2030 ordena desplegar una constelación estatal de satélites de Observación de la Tierra y un Centro Nacional que centralizará el procesamiento y análisis de imágenes para todas las dependencias, reconociendo EXPLÍCITAMENTE el uso de Inteligencia Artificial para la toma de decisiones a escala, y listando 'Vigilancia y Seguridad', 'Defensa Nacional' y 'Vigilancia de fronteras y territorios' como aplicaciones prioritarias con imágenes de Muy Alta Resolución (hasta 31 cm) y alta revisita. Esta combinación (vigilancia territorial estatal + analítica con IA + centralización informacional + fines de seguridad/defensa) configura riesgo de vigilancia (R9), privacidad (R3) y concentración de poder (R10), sin que el documento prevea controles judiciales, evaluación de impacto en derechos humanos, supervisión humana ni gobernanza de la IA. Se trata de un programa de carácter 'prioritario y obligatorio' a ejecutarse 2026-2030, por lo que las salvaguardas deben establecerse antes de su despliegue.

Executive summary

Source content shown in its original language (Spanish).

La edición matutina del DOF del 4 de junio de 2026 es una compilación multisectorial. El documento de mayor relevancia regulatoria para la IA es el PROGRAMA ESPACIAL MEXICANO 2026-2030 de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), que ordena (1) desplegar una constelación de satélites de Observación de la Tierra para 'monitoreo, análisis y respuesta' ante fenómenos naturales, agrícolas y 'de seguridad', con aplicaciones prioritarias declaradas de 'Vigilancia y Seguridad', 'Defensa Nacional' y 'vigilancia de fronteras y territorios'; (2) crear un Centro Nacional que centralizará el procesamiento y análisis de imágenes satelitales para todas las dependencias gubernamentales; y (3) emplear explícitamente Inteligencia Artificial y cómputo en la nube para usar esos datos 'de manera rutinaria para la toma de decisiones'. El propio sector adopta además como objetivo el 'uso de inteligencia de datos para optimizar la función de gobierno y la toma de decisiones'. Estos elementos concentran los riesgos más altos detectados: vigilancia autoritaria (R9), invasión de privacidad mediante percepción remota de Muy Alta Resolución (R3), concentración de poder informacional/geoespacial en un nodo único con dependencia de terceros (R10), y errores/sesgo de automatización en decisiones públicas (R1, R2). El documento es de IA EXPLÍCITA en este punto, pero carece por completo de salvaguardas: no hay límites al uso con fines de seguridad/defensa, controles judiciales, evaluación de impacto en derechos humanos, transparencia algorítmica, supervisión humana ni régimen de retención y acceso. En segundo orden, se identifican gaps implícitos en: el Título de Asignación del ramal ferroviario Lechería-AIFA (videovigilancia masiva en estaciones, control automatizado de trenes, boletaje electrónico); los convenios de búsqueda de personas (identificación forense humana 'a gran escala', dominio de datos biométricos/genéticos sensibles); y el convenio de salud pública (reporte masivo de datos sensibles al SINAVE y plataformas asociadas). Se recomienda condicionar el despliegue del PEM y de su Centro Nacional a una gobernanza de datos e IA con auditoría independiente, supervisión humana, evaluación de impacto en derechos y controles democráticos sobre los usos de seguridad y defensa.

Mexican context

Source content shown in its original language (Spanish).

Special considerations

  • El PEM declara fines de 'seguridad nacional', 'defensa' y 'vigilancia de fronteras y territorios' para la observación satelital; en un contexto de debilidad de contrapesos y antecedentes de uso de tecnología de vigilancia contra periodistas y activistas (caso Pegasus), la falta de controles judiciales y de transparencia eleva el riesgo de abuso.
  • La centralización del procesamiento de imágenes en la ATDT, junto con la dependencia reconocida de 'terceros' para la analítica avanzada (IA), tensiona el propio objetivo de 'soberanía de datos' del PSATDT y puede trasladar capacidades críticas a proveedores extranjeros.
  • Capacidad institucional limitada para auditar sistemas de IA/visión por computadora y para fiscalizar el tratamiento de datos personales a escala (videovigilancia ferroviaria, identificación forense, SINAVE).
  • La focalización de programas con base en 'inteligencia de datos' y variables socioeconómicas puede reproducir desigualdades estructurales contra poblaciones rurales, indígenas y marginadas, justamente las que el PEM busca beneficiar.
  • El órgano garante federal de datos personales se encuentra en proceso de reconfiguración institucional tras reformas recientes, lo que reduce la capacidad de supervisión justo cuando se despliega infraestructura de vigilancia y datos masivos.

Enforcement capacity

Baja-Media. La ATDT es una dependencia de creación reciente (2024) que asume funciones estratégicas en infraestructura satelital, telecomunicaciones, ciberseguridad e 'inteligencia de datos', concentrando capacidades sin que existan, en estos documentos, mecanismos de control externo, auditoría algorítmica o evaluación de impacto. La fiscalización del tratamiento de datos personales (videovigilancia operada por un asignatario privado, identificación forense, repositorios de salud) depende de órganos garantes con recursos limitados y en reconfiguración. El carácter 'prioritario y obligatorio' del PEM y su ejecución 2026-2030 implican que, sin reglas previas, las capacidades de vigilancia y analítica se desplegarán antes que las salvaguardas.

Relevant precedents

  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (tratamiento de datos sensibles: biométricos, genéticos y de salud).
  • Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y del Sistema Nacional de Búsqueda (marco de la identificación forense masiva).
  • Reforma constitucional de 2025 y reconfiguración del órgano garante en materia de transparencia y datos personales (afectación a la capacidad de supervisión).
  • Antecedentes de uso indebido de tecnología de vigilancia estatal en México (Pegasus) y jurisprudencia de la SCJN sobre geolocalización, intervención de comunicaciones y vida privada.
  • Artículo 28 constitucional (comunicación vía satélite como área prioritaria bajo rectoría del Estado) y tratados internacionales sobre uso pacífico del espacio ultraterrestre signados por México.

Findings

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Source content shown in its original language (Spanish).

Seguridad Nacional / Defensa / Observación de la Tierra (percepción remota) Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Very High

Finding ID: H1

Regulatory domain

Seguridad Nacional / Defensa / Observación de la Tierra (percepción remota)

Regulatory gap

Yes

Original fragment

constelación de satélites de observación de la Tierra para el monitoreo, análisis y respuesta ante fenómenos naturales, agrícolas, de seguridad,

Location in document: Programa Espacial Mexicano 2026-2030, Sección 7.1.2 (Tabla 4, rol de la ATDT); reforzado en 7.3.2 y Estrategia 4.2 (línea de acción 4.2.1-4.2.2); lista de aplicaciones prioritarias 7.1.5 ('9. Vigilancia y Seguridad', '10. Defensa Nacional')

Relevance analysis

El PEM ordena desplegar una constelación de satélites de Observación de la Tierra cuyas finalidades incluyen expresamente 'seguridad', 'Vigilancia y Seguridad', 'Defensa Nacional' y 'Vigilancia de fronteras y territorios'. Aunque el texto enmarca la OT en gestión de desastres y monitoreo ambiental, el mismo documento lista usos de seguridad/defensa como prioridades de diseño de la carga útil, e indica imágenes ópticas de Muy Alta Resolución (VHR) con resolución de hasta 31 cm y tiempos de revisita de 24 horas o menos. RIESGOS: R9 (Vigilancia autoritaria): infraestructura satelital estatal con capacidad de monitoreo persistente del territorio para fines de 'seguridad' y 'defensa' es la base material de vigilancia masiva sin orden judicial. El procesamiento de estas imágenes a escala requiere IA/visión por computadora (detección de objetos, cambio de uso de suelo, conteo y seguimiento), capacidad que el propio PEM reconoce al citar que 'la Inteligencia Artificial (IA) permite que los datos de OT se utilicen de manera rutinaria para la toma de decisiones'. R3 (Privacidad): VHR submétrica + alta revisita permite inferencias sobre actividades, asentamientos y movimientos de personas; no hay límites, garantías ni control judicial en el documento. R1 (Errores): decisiones de seguridad basadas en detección automatizada sobre imágenes (falsos positivos, mala georreferenciación) sin estándares de exactitud ni supervisión humana descritos. GAPS: el Programa no define (1) límites al uso de OT con fines de seguridad/defensa sobre población civil, (2) controles judiciales/parlamentarios, (3) evaluación de impacto en derechos humanos, (4) estándares de exactitud y supervisión humana, ni (5) régimen de retención y acceso a las imágenes y a sus productos analíticos.

Recommendations

  • Establecer en la normatividad secundaria del PEM límites explícitos y controles judiciales/legislativos al uso de imágenes de OT y de sus productos analíticos (IA) con fines de seguridad y defensa sobre población civil y fronteras.
  • Exigir evaluación de impacto en derechos humanos y privacidad antes de operar la constelación con fines de seguridad, con participación del órgano garante en materia de datos personales.
  • Definir estándares mínimos de exactitud, trazabilidad y supervisión humana para cualquier sistema de análisis automatizado (visión por computadora/IA) aplicado a las imágenes satelitales.
  • Publicar reglas de retención, acceso interinstitucional y auditoría de las imágenes VHR y de sus derivados, prohibiendo usos secundarios no autorizados.
Gobierno digital / Infraestructura geoespacial nacional Explícito Very High

Finding ID: H2

Regulatory domain

Gobierno digital / Infraestructura geoespacial nacional

Regulatory gap

Yes

Original fragment

La revolución de la informática en la nube y la Inteligencia Artificial (IA) permite que los datos de OT se utilicen de manera rutinaria para la toma de decisiones en diversas áreas, ofreciendo información procesable y análisis a escala

Location in document: Programa Espacial Mexicano 2026-2030, Sección 7.1.4 (Analítica Avanzada y Plataformas); Sección 7.3.4 y Estrategia 4.2 (Centro Nacional de procesamiento y análisis de imágenes satelitales, líneas de acción 4.2.1-4.2.3)

Relevance analysis

El PEM reconoce EXPLÍCITAMENTE el uso de Inteligencia Artificial y cómputo en la nube para explotar de forma rutinaria los datos de Observación de la Tierra en la 'toma de decisiones... a escala', y ordena crear un Centro Nacional que CENTRALIZARÁ el procesamiento y análisis de las imágenes para 'las diversas dependencias gubernamentales', incluida la seguridad nacional, el monitoreo ambiental y la planeación urbana. RIESGOS: R10 (Concentración de poder): la centralización en la ATDT del procesamiento/análisis de imágenes de TODO el gobierno crea un punto único de control sobre inteligencia geoespacial nacional; el texto reconoce dependencia de 'terceros' para la analítica, lo que puede trasladar capacidad crítica a proveedores (incluido análisis con IA), agravando dependencia tecnológica. R9/R3: un nodo único que produce 'información procesable' a escala para todas las dependencias amplifica el potencial de vigilancia y de inferencias sobre el territorio y la población, sin que el documento prevea contrapesos. R1: usar productos de IA 'de manera rutinaria' para decisiones públicas, sin estándares de validación, fomenta el sesgo de automatización (tratar el output como infalible). GAPS: no se establecen requisitos de transparencia algorítmica, auditoría, validación de exactitud, supervisión humana, ni gobernanza de acceso para el Centro Nacional y sus capacidades de IA.

Recommendations

  • Acompañar la creación del Centro Nacional de procesamiento y análisis de imágenes con una gobernanza de datos e IA: catálogo de modelos, auditoría independiente, métricas de exactitud y registro de decisiones asistidas por IA.
  • Exigir supervisión humana calificada y trazabilidad en toda decisión pública (seguridad, planeación, ambiental) que se apoye en análisis automatizado de imágenes satelitales.
  • Limitar y transparentar la contratación de terceros para la analítica con IA, evaluando riesgos de dependencia y soberanía de datos conforme al propio principio de 'soberanía de datos' del PSATDT.
  • Definir reglas de interoperabilidad y acceso equitativo que eviten un monopolio informacional de facto sobre la inteligencia geoespacial del Estado.
Gobierno digital / Toma de decisiones públicas basada en datos Implícito - Tecnología High

Finding ID: H3

Regulatory domain

Gobierno digital / Toma de decisiones públicas basada en datos

Regulatory gap

Yes

Original fragment

Uso de Inteligencia de Datos: Emplear la inteligencia y el análisis de datos para optimizar la función de gobierno y la toma de decisiones.

Location in document: Programa Espacial Mexicano 2026-2030, Sección 5.2 (objetivo 6 del PSATDT) y Tabla 6 (Objetivo 5 del PS: 'utilizar la inteligencia de datos para optimizar la función de gobierno y para la toma de decisiones')

Relevance analysis

El documento adopta como objetivo sectorial el 'Uso de Inteligencia de Datos' para 'optimizar la función de gobierno y la toma de decisiones'. 'Inteligencia de datos' y 'análisis de datos' son eufemismos burocráticos que, a escala gubernamental, implican analítica avanzada y muy probablemente aprendizaje automático aplicado a datos administrativos y poblacionales. RIESGOS: R2 (Discriminación): si la 'inteligencia de datos' alimenta decisiones sobre asignación de programas, focalización territorial (el PEM ya prevé 'análisis de información que considere... condición social, nivel socioeconómico' para delimitar población objetivo) o priorización de servicios, puede reproducir sesgos contra poblaciones marginadas, indígenas o rurales. R1: decisiones de gobierno 'optimizadas' por modelos sin validación pueden incurrir en error sistemático. R3: la agregación de datos para 'inteligencia' puede habilitar inferencias sensibles sobre individuos. GAP: el objetivo se enuncia sin salvaguardas (auditoría de equidad, derecho a impugnación, transparencia del método), pese a su impacto potencial en derechos y acceso a servicios.

Recommendations

  • Condicionar el 'uso de inteligencia de datos' para decisiones de gobierno a evaluaciones de impacto algorítmico y análisis de sesgo, especialmente cuando focalice beneficios o servicios.
  • Garantizar el derecho a explicación e impugnación de decisiones administrativas asistidas por análisis de datos.
  • Publicar las metodologías y fuentes de datos utilizadas para focalización territorial y poblacional, evitando que variables socioeconómicas perpetúen exclusión.
Política industrial / Ciencia y tecnología (sector espacial) Explícito Medium

Finding ID: H4

Regulatory domain

Política industrial / Ciencia y tecnología (sector espacial)

Regulatory gap

No

Original fragment

(I+D) en áreas críticas como ciencia de materiales, inteligencia artificial y ciberseguridad; esto impulsa la

Location in document: Programa Espacial Mexicano 2026-2030, Sección 7.1.1 (II. Impacto Tecnológico y Social Estratégico)

Relevance analysis

El PEM menciona EXPLÍCITAMENTE la 'inteligencia artificial' como una de las áreas críticas de I+D que demanda el sector espacial. Es una mención programática/de fomento, sin regulación asociada, pero confirma que el Estado prevé desarrollar capacidades de IA ligadas a infraestructura espacial y de seguridad. Su relevancia es de monitoreo: marca que la IA es un componente declarado del ecosistema espacial-de-seguridad nacional cuyos usos concretos (analítica de OT, defensa) sí concentran riesgo (ver H1 y H2). GAP menor: el fomento de IA en el sector no viene acompañado de lineamientos de seguridad, ética o uso responsable de la IA desarrollada con recursos públicos para fines duales (civil/seguridad).

Recommendations

  • Vincular el fomento de I+D en IA del sector espacial a un marco de IA responsable y de uso dual (civil/militar), dado que el propio PEM lista usos de defensa y seguridad.
  • Dar seguimiento a los proyectos de IA financiados con recursos públicos en el ecosistema espacial para evaluar riesgos emergentes.
Transporte ferroviario de pasajeros (infraestructura pública) Implícito - Tecnología Medium

Finding ID: H5

Regulatory domain

Transporte ferroviario de pasajeros (infraestructura pública)

Regulatory gap

Yes

Original fragment

Subsistema de video vigilancia, alarmas y atención de contingencias. El Asignatario deberá operar, conservar y mantener los sistemas de video vigilancia, alarmas y atención de contingencias en el Ramal Lechería-AIFA, Terminales, Estaciones Intermedias, Patios y Cocheras y Talleres de Mantenimiento.

Location in document: Título de Asignación Ramal Lechería-AIFA (SICT), Condición 5.3.8 (videovigilancia); 5.3.6 (señalización y control de trenes con Centro de Control de Tráfico); 5.3.9 (boletaje electrónico, QR y pago electrónico); 34.1 (sistemas automatizados de registros)

Relevance analysis

El Título de Asignación del nuevo ramal ferroviario Buenavista-Lechería-AIFA obliga a operar videovigilancia en estaciones, terminales y patios, además de sistemas de señalización y control de trenes, boletaje electrónico con QR/pago electrónico y registros estadísticos en 'sistemas automatizados'. Aunque el texto no menciona IA, los sistemas de videovigilancia masiva en infraestructura de transporte tienden a incorporar analítica de video (detección de personas/objetos, conteo, potencialmente reconocimiento facial) y el control de tráfico ferroviario incorpora automatización creciente. RIESGOS: R3 (Privacidad): videovigilancia masiva en espacios públicos de alto tránsito sin salvaguardas descritas (retención, prohibición de biometría, acceso) habilita vigilancia de pasajeros. R1 (Errores): la combinación de señalización/control automatizado y alarmas en un servicio crítico exige confiabilidad y supervisión humana. GAP: no se establecen límites al uso de analítica/biometría sobre el video, ni reglas de retención o de acceso de terceros (el Asignatario es privado).

Recommendations

  • Prohibir expresamente el uso de reconocimiento facial o biométrico sobre los sistemas de videovigilancia ferroviaria salvo autorización legal específica y orden judicial.
  • Fijar plazos de retención, reglas de acceso y auditoría para las imágenes captadas por el Asignatario privado, bajo supervisión del órgano garante de datos personales.
  • Exigir supervisión humana y estándares de confiabilidad en los subsistemas de señalización y control automatizado de trenes.
Búsqueda e identificación de personas desaparecidas / Justicia forense Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio High

Finding ID: H6

Regulatory domain

Búsqueda e identificación de personas desaparecidas / Justicia forense

Regulatory gap

Yes

Original fragment

esto incluye la búsqueda forense con fines de identificación de cuerpos y restos humanos desde la perspectiva individualizada o generalizada a través de un enfoque masivo o a gran escala

Location in document: Convenios de Coordinación y Adhesión CNBP-Nayarit y CNBP-Nuevo León (SEGOB), Declaración I.2

Relevance analysis

Los convenios de subsidios para búsqueda de personas facultan a la CNBP para la 'búsqueda forense con fines de identificación de cuerpos y restos humanos... a través de un enfoque masivo o a gran escala'. La identificación humana masiva (confronta de perfiles genéticos/ADN, datos biométricos, dactiloscopia, cruce de bases de datos forenses y de personas desaparecidas) es un dominio donde se aplican o se aplicarán algoritmos de coincidencia (matching) y análisis automatizado a gran escala. RIESGOS: R3 (Privacidad): el tratamiento masivo de datos biométricos y genéticos de víctimas y familiares es altamente sensible; los convenios solo remiten a la normativa general de datos personales, sin salvaguardas específicas para identificación forense automatizada. R1 (Errores): errores de coincidencia en identificación masiva tienen consecuencias graves (identificaciones falsas, revictimización). R2 (Sesgo): sistemas de identificación pueden tener desempeño desigual según calidad de muestras o poblaciones. GAP: dominio crítico de derechos humanos donde el cruce automatizado a gran escala no se acompaña de estándares de exactitud, validación pericial humana, ni gobernanza específica de datos genéticos/biométricos.

Recommendations

  • Establecer estándares de exactitud y validación pericial humana obligatoria para cualquier identificación forense asistida por sistemas automatizados de confronta a gran escala.
  • Adoptar salvaguardas reforzadas para el tratamiento de datos genéticos y biométricos de víctimas y familiares, más allá de la remisión genérica a la ley de datos personales.
  • Auditar el desempeño diferencial de los sistemas de identificación para evitar errores sistemáticos en poblaciones específicas.
Salud pública / Vigilancia epidemiológica Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Medium

Finding ID: H7

Regulatory domain

Salud pública / Vigilancia epidemiológica

Regulatory gap

Yes

Original fragment

Reportar de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos

Location in document: Convenio Específico de Coordinación en materia de salud pública SS-Tamaulipas, Cláusula de obligaciones (fracción XII); reforzado en indicadores con reporte en 'plataforma de vigilancia entomológica'

Relevance analysis

El convenio de salud pública obliga a alimentar el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE) y diversos sistemas/plataformas de información en salud con datos individuales (incluida vigilancia entomológica y tamizajes). Se trata de procesamiento masivo de datos personales de salud, categoría sensible. No hay IA explícita, pero la consolidación de grandes bases de datos epidemiológicos es el sustrato sobre el que típicamente se aplican analítica predictiva y modelos. RIESGO R3 (Privacidad): tratamiento masivo de datos sensibles de salud; el convenio remite a la normativa general sin precisar minimización, anonimización para usos secundarios, ni límites a la analítica predictiva futura. GAP de baja prioridad: dominio de datos sensibles donde una eventual analítica/IA sobre los repositorios no está regulada de forma específica.

Recommendations

  • Incorporar principios de minimización y anonimización para usos secundarios de los datos del SINAVE y plataformas asociadas.
  • Regular de forma anticipada el uso de analítica predictiva/IA sobre repositorios epidemiológicos, con evaluación de impacto en privacidad.
Seguridad Nacional / Control fronterizo / Observación de la Tierra Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Very High

Finding ID: H8

Regulatory domain

Seguridad Nacional / Control fronterizo / Observación de la Tierra

Regulatory gap

Yes

Original fragment

Vigilancia de fronteras y territorios.

Location in document: Programa Espacial Mexicano 2026-2030, Sección 7.3.4 (Objetivo #4, 'Aplicaciones Específicas' de la observación de la Tierra)

Relevance analysis

El PEM enuncia de forma EXPLÍCITA, como una de las 'Aplicaciones Específicas' clave de la infraestructura satelital de Observación de la Tierra, la 'Vigilancia de fronteras y territorios'. Esta es la formulación más directa y concreta del uso de la constelación de OT para vigilancia territorial-poblacional, y complementa la lista de aplicaciones prioritarias del diseño de la carga útil ('9. Vigilancia y Seguridad', '10. Defensa Nacional', Sección 7.1.5) y el rol declarado de la ATDT (constelación 'de seguridad', Tabla 4). RIESGOS: R9 (Vigilancia autoritaria): la vigilancia satelital persistente de 'fronteras y territorios' por el Estado, combinada con imágenes ópticas de Muy Alta Resolución (hasta 31 cm) y revisita de 24 horas o menos, y con la analítica con IA reconocida por el propio PEM (ver H1, H2), constituye una capacidad de control territorial y de monitoreo de movimientos de población (incluida migración fronteriza) sin que el documento prevea control judicial, límites materiales ni rendición de cuentas. R3 (Privacidad): el monitoreo territorial submétrico habilita inferencias sobre asentamientos, desplazamientos y actividades de personas y comunidades en zonas fronterizas y rurales. GAP: el uso de OT para 'vigilancia de fronteras y territorios' se enuncia como aplicación clave sin ninguna salvaguarda: no hay límites al monitoreo de población civil, controles judiciales/legislativos, evaluación de impacto en derechos humanos, ni régimen de acceso y retención de las imágenes y sus productos analíticos.

Recommendations

  • Delimitar por norma secundaria los fines, autoridades y controles judiciales aplicables a la 'vigilancia de fronteras y territorios' mediante OT, prohibiendo el monitoreo indiscriminado de población civil y de movimientos migratorios sin base legal y orden judicial.
  • Exigir evaluación de impacto en derechos humanos y en privacidad antes de operar la constelación con fines de vigilancia territorial y fronteriza.
  • Establecer reglas de acceso interinstitucional, trazabilidad, supervisión humana y auditoría sobre las imágenes y los productos analíticos (IA) derivados de la vigilancia de fronteras y territorios.