Texto original
Diario Oficial de la Federación, Edición Matutina, No. de publicación 108/2026, Ciudad de México, miércoles 29 de abril de 2026
29 de abril de 2026 · Múltiples (Presidencia de la República; SRE; SEMAR; SSPC; Secretaría de Economía; SADER; SICT; Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; SECIHTI/CICY; INFONAVIT; CFE; Órgano de Administración Judicial; Banco de México; INE)
Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.
No. de publicación: 108/2026
Ciudad de México, miércoles 29 de abril de 2026
CONTENIDO
Presidencia de la República
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Marina
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Comisión Federal de Electricidad
Órgano de Administración Judicial
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
INDICE
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en
materia de vivienda adecuada. .........................................................................................................
5
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
Acuerdo por el que se da a conocer el cierre definitivo de la Oficina Municipal de Enlace con la
Secretaría de Relaciones Exteriores en el Municipio de San Francisco de los Romo,
Estado de Aguascalientes. ...............................................................................................................
9
SECRETARIA DE MARINA
Aviso por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro de diferentes
servicios portuarios, aplicables en diversos puertos de México. ......................................................
10
Nota Aclaratoria al Oficio 0988/2026 del 24 de febrero de 2026, por el que se dan a conocer las
bases de regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de pilotaje, aplicables en diversos
puertos de México. ...........................................................................................................................
11
SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
Convenio Específico de Adhesión que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública,
celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de
Baja California, relativo al Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad
Pública (FOFISP), para el ejercicio fiscal 2026. ...............................................................................
13
Convenio Específico de Adhesión que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública,
celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de
Campeche, relativo al Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública
(FOFISP), para el ejercicio fiscal 2026. ............................................................................................
19
Convenio Específico de Adhesión que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública,
celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de
Chiapas, relativo al Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública
(FOFISP), para el ejercicio fiscal 2026. ............................................................................................
26
SECRETARIA DE ECONOMIA
Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa para trámites
que se realizan ante la Secretaría de Economía. .............................................................................
33
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se emite la Declaratoria
del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, publicado el 20 de
marzo de 2026. .................................................................................................................................
53
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
3
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Nota aclaratoria a la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SAGARPA-2018, Carne de
bovino-Clasificación de canales conforme a sus características de madurez fisiológica y
marmoleo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2020. ................
55
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Acuerdo por el que se amplía la aplicación de la Jornada de Medicina Preventiva en el Transporte
para la Unidad Médica de Bombas. ..................................................................................................
56
Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la
Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado, organismo descentralizado, sectorizado a la
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. ........................................................
59
SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, empresas públicas del Estado, entidades federativas y sus municipios, así como a las
demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el Acuerdo de fecha trece de febrero de dos
mil
veintiséis,
por
el
que
se
deja
sin
efectos
la
resolución
de
oficio
número
00641/30.15/9575/2023 emitida por el Área de Responsabilidades de este Órgano Interno de
Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, el veintisiete de octubre de dos mil veintitrés
en el procedimiento de sanción a empresas número PISI-A-NC-DS-0024/2019, en cumplimiento a
la sentencia de tres de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por la Sexta Sala Regional en la
Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en el juicio de nulidad
número 242/24-17-06-6, interpuesto por la representación legal de la empresa Dacega
Corporation, S.A. de C.V. .................................................................................................................
75
SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES, TECNOLOGIA E INNOVACION
Acuerdo por el que se expide el Programa Institucional 2026-2030 del Centro de Investigación
Científica de Yucatán, A.C. ...............................................................................................................
77
INSTITUTO
DEL
FONDO
NACIONAL
DE
LA
VIVIENDA
PARA
LOS
TRABAJADORES
Aviso por el que se hace del conocimiento del público en general el acuerdo por el que se
aprueba la ampliación de la vigencia de las Reglas de Carácter General que emite el Consejo de
Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con la
finalidad de regular la participación del Instituto en la prueba piloto que prevén los artículos
Segundo y Tercero Transitorios del “Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la
Ley Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales” publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 24 de diciembre de 2024. ..........................................................................................
103
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Tarifas Finales del Suministro Básico que deberá aplicar la Comisión Federal de Electricidad,
en la modalidad de Suministradora de Servicios Básicos a sus usuarios, a partir del
1 de abril de 2026. ............................................................................................................................
105
PODER JUDICIAL
ORGANO DE ADMINISTRACION JUDICIAL
Información relativa a los saldos y productos financieros del Fondo para la administración
de los recursos provenientes de sentencias que deriven de las Acciones Colectivas Difusas, que
se proporciona en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 34 del Acuerdo
General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar que crea
el Fondo para la Administración de los Recursos provenientes de Sentencias que deriven
de las acciones colectivas difusas, a que se refiere el artículo 624 del Código Federal de
Procedimientos Civiles. ....................................................................................................................
126
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
127
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
127
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
127
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la
modificación de la cartografía electoral del Estado de Nuevo León, respecto de los municipios de
Guadalupe y San Nicolás de los Garza. ...........................................................................................
128
Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la
modificación de la cartografía electoral del Estado de Puebla, respecto de los municipios de
Santiago Miahuatlán-Tehuacán y Atlixco-Tianguismanalco. ............................................................
135
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
143
Convocatorias para concursos de plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. .......................................................................................................
168
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
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DIARIO OFICIAL
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PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de
vivienda adecuada.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE VIVIENDA, EN MATERIA
DE VIVIENDA ADECUADA
ARTÍCULO ÚNICO. SE REFORMAN los artículos 1, párrafo primero; 2; 3, párrafo primero; 4, fracciones
IX, XII y XIII; 5; 6, fracciones I y II; 7, párrafo primero; 16, fracciones IV y VIII; 19, fracción I; 23, fracción IX;
34, fracción IV; 48, párrafo primero; 56, párrafo primero; 62, párrafo primero, y fracciones I y II; 73; 77, párrafo
primero; y 82, fracciones II y III; SE ADICIONAN las fracciones I a VII al artículo 2, y un segundo, tercer y
cuarto párrafos al artículo 56, de la Ley de Vivienda, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 1.- La presente Ley es reglamentaria del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en materia de vivienda. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por
objeto establecer y regular la política nacional, los programas, los instrumentos y apoyos para que toda
persona pueda disfrutar de vivienda adecuada.
...
...
...
ARTÍCULO 2.- Se considerará vivienda adecuada la que cuente con los siguientes elementos:
I.
Accesibilidad: Es la condición mediante la cual se garantiza que los grupos desfavorecidos,
marginados o en cualquier situación de desventaja tengan acceso pleno y sostenible a la vivienda
adecuada;
II.
Adecuación Cultural: Es la forma en que se construye la vivienda, sus materiales y las políticas que
la sustentan, de modo que permita el respeto a las expresiones de la identidad cultural de las
personas;
III.
Asequibilidad: Es la condición en la que los costos financieros personales o del hogar asociados
con la vivienda son de un nivel tal que no amenazan ni comprometen la obtención y satisfacción de
otras necesidades básicas;
IV.
Disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura: Son características de la
vivienda que garantizan contar con acceso a agua potable, instalaciones sanitarias, así como
ciertos servicios básicos indispensables para la salud, la seguridad, la comodidad y la nutrición;
V.
Habitabilidad: Son condiciones que garantizan la seguridad física de sus habitantes y que la
vivienda tenga un espacio adecuado para evitar hacinamientos, que proteja a sus ocupantes del
frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otras amenazas para la salud, así como de riesgos
estructurales;
VI.
Seguridad en la tenencia: Es la condición que garantiza que los ocupantes de la vivienda tengan
protección legal contra desalojos forzosos, hostigamiento u otras amenazas, sea cual fuere el tipo
de tenencia, y
VII.
Ubicación: Es la condición que establece que la vivienda debe encontrarse en un lugar cercano a
oportunidades de empleo, servicios de salud, escuelas, centros de cuidado infantil y otras
instalaciones sociales, además de estar fuera de zonas de riesgo.
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DIARIO OFICIAL
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ARTÍCULO 3.- Las disposiciones de esta Ley deberán aplicarse bajo principios de equidad e inclusión
social y con perspectiva de género de manera que toda persona, sin importar su origen étnico o nacional, el
género, la edad, la discapacidad, la condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las
opiniones, las preferencias sexuales o el estado civil, pueda ejercer su derecho constitucional a la vivienda
adecuada. Se priorizará la atención a grupos en situación de vulnerabilidad y marginación, con énfasis en las
mujeres jefas de familia o víctimas de violencias de género.
...
...
...
...
ARTÍCULO 4.- ...
I. a VIII. ...
IX.
Mejoramiento de vivienda: la acción tendiente a consolidar o renovar las viviendas deterioradas
física o funcionalmente, mediante actividades de ampliación, reparación, reforzamiento estructural
o rehabilitación que propicien una vivienda adecuada;
X. y XI. ...
XII.
Política Nacional de Vivienda: el conjunto de disposiciones, criterios, lineamientos y medidas de
carácter general que se establecen para coordinar las acciones de vivienda que realicen las
autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así como su concertación con los
sectores privado y social, con la finalidad de cumplir con el mandato constitucional del derecho a la
vivienda adecuada;
XIII.
Sistema de Información: el Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda, como el
conjunto de datos producidos por los sectores público, social y privado, organizados bajo una
estructura conceptual predeterminada, que permita mostrar la situación de la vivienda y el mercado
habitacional, así como los efectos de las políticas públicas en la materia;
XIV. y XV. ...
ARTÍCULO 5.- Las políticas y los programas públicos de vivienda, así como los instrumentos y apoyos a la
vivienda deberán considerar los distintos tipos y modalidades de producción habitacional, entre otras: la
promovida empresarialmente y la autoproducida o autoconstruida, en propiedad, arrendamiento o en otras
formas legítimas de tenencia; así como para las diversas necesidades habitacionales: adquisición o
habilitación de suelo; lotes con servicios mínimos; parques de materiales; mejoramiento de vivienda;
sustitución de vivienda; vivienda nueva; y, capacitación, asistencia integral e investigación de vivienda y suelo,
propiciando que la oferta de vivienda adecuada refleje los costos de suelo, de infraestructura, servicios,
edificación, financiamiento y titulación más bajos de los mercados respectivos, para lo cual incorporarán
medidas de información, competencia, transparencia y las demás que sean convenientes para lograr este
propósito.
ARTÍCULO 6.- ...
I.
Promover oportunidades de acceso a la vivienda adecuada para la población, preferentemente
para aquella que se encuentre en situación de pobreza, marginación, vulnerabilidad, con especial
énfasis en mujeres jefas de familia o víctimas de violencias de género;
II.
Incorporar estrategias que fomenten la concurrencia de los sectores público, social y privado, así
como de los organismos e instituciones que otorguen crédito, financien, ya sea por sí o por terceras
personas, o construyan vivienda para las personas trabajadoras o para cualquier persona que
busque resolver sus necesidades de vivienda, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 4o.,
y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para satisfacer las necesidades
de vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades.
III. a XII. ...
ARTÍCULO 7.- La programación del sector público en materia de vivienda adecuada se establecerá en:
I. a V. ...
...
...
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ARTÍCULO 16.- ...
I. a III. ...
IV.
Coordinar, concertar y promover programas y acciones de vivienda y suelo con la participación de
los sectores público, social y privado, así como de los organismos e instituciones que financien o
construyan vivienda para las personas trabajadoras, en cumplimiento a lo establecido en el artículo
123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
V. a VII. ...
VIII.
Promover e impulsar las acciones de las diferentes instituciones de los sectores público, social y
privado, así como de los organismos e instituciones que financien o construyan vivienda para las
personas trabajadoras, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 123 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus respectivos ámbitos de competencia, para el
desarrollo de la vivienda adecuada en los aspectos normativos, tecnológicos, productivos y
sociales;
IX. a XIX. ...
ARTÍCULO 19.- ...
I.
Formular y ejecutar su programa institucional, así como las disposiciones y reglas de operación
necesarias para llevar a cabo las acciones de vivienda del gobierno federal orientadas a proteger y
garantizar el derecho de las personas a disfrutar de una vivienda adecuada, principalmente de la
población de menores ingresos o en situación de pobreza;
II. a XXV. ...
ARTÍCULO 23.- ...
I. a VIII. ...
IX.
Autorizar, con sujeción a las disposiciones que emita la Secretaría de Hacienda, los elementos
siguientes: la estructura orgánica básica, los niveles de puestos, las bases para la elaboración de
tabuladores de sueldos, política salarial y para el otorgamiento de incentivos; las políticas de
ascensos y promociones; los lineamientos de selección, reclutamiento y capacitación; los criterios
de separación; los indicadores de evaluación de desempeño para la determinación de
compensaciones; y, las demás prestaciones económicas establecidas en beneficio de las personas
trabajadoras de la Comisión, a propuesta del Director General;
X. a XIV. ...
ARTÍCULO 34.- ...
I. a III. ...
IV.
Conocer las evaluaciones de los programas de vivienda y de la aplicación de las acciones e
inversiones intersectoriales para el logro de una vivienda adecuada, en su caso, formular las
propuestas correspondientes;
V. a VIII. ...
ARTÍCULO 48.- Las inversiones y aportaciones que realicen las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, así como las entidades y organismos encargados de ejecutar o financiar
programas de vivienda para las personas trabajadoras, conforme a lo previsto en el artículo 123 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las filiales que en su caso tengan éstos,
deberán ser congruentes con las necesidades de mejoramiento del parque habitacional y los requerimientos
de vivienda en sus distintos tipos y modalidades, de acuerdo al diagnóstico que se establezca en el Programa
Nacional de Vivienda.
...
...
ARTÍCULO 56.- Los organismos e instituciones que financien vivienda para las personas trabajadoras, en
cumplimiento a la obligación que consigna el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, se regirán por lo previsto en sus respectivas leyes orgánicas y observarán, en lo conducente, la
aplicación de las normas a que se refiere este capítulo.
Para hacer efectivo el derecho a la vivienda adecuada de las personas trabajadoras, dichos organismos e
instituciones, para la consecución de su objeto previsto en las disposiciones legales aplicables, previa
autorización de sus respectivos órganos de gobierno y acorde con los programas en materia de vivienda,
podrán adquirir, rehabilitar y construir viviendas, realizar demoliciones y financiar la autoproducción de
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DIARIO OFICIAL
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vivienda, así como adquirir o urbanizar terrenos destinados a formar unidades habitacionales, con los recursos
de sus fondos, para enajenar o arrendar viviendas, generando las condiciones adecuadas que permita a las
personas trabajadoras obtener un crédito barato y suficiente.
Asimismo, podrán transmitir bienes inmuebles y las unidades privativas con uso distinto a vivienda, de su
propiedad, conforme a las disposiciones que al efecto se establezcan. Los conjuntos habitacionales que, en
su caso, se construyan, rehabiliten o adquieran podrán incluir unidades privativas destinadas a servicios
complementarios.
Las acciones previstas en el presente artículo se realizarán salvaguardando en todo momento el
patrimonio de los fondos de vivienda y los derechos de las personas trabajadoras. En ningún caso dichas
acciones podrán comprometer la solvencia y sostenibilidad financiera de los fondos, ni los derechos
adquiridos por las personas trabajadoras conforme a las leyes aplicables.
ARTÍCULO 62.- Los programas federales que otorguen subsidios para la vivienda adecuada se sujetarán
a lo que determine el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente. Para
el otorgamiento de los subsidios, las dependencias y entidades competentes deberán observar los siguientes
criterios:
I.
Atender a la población en situación de pobreza o vulnerabilidad;
II.
Los montos de los subsidios deberán diferenciarse según los niveles de ingreso de sus
destinatarios, dando atención preferente a las personas con los más bajos ingresos o en situación
de vulnerabilidad;
III. a VI. ...
ARTÍCULO 73.- Las acciones de suelo y vivienda financiadas con recursos federales, así como las de los
organismos que financien vivienda para las personas trabajadoras en cumplimiento a la obligación que
consigna el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deberán observar los
lineamientos que en materia de equipamiento, infraestructura y vinculación con el entorno establezca la
Secretaría, escuchando la opinión de la Comisión para cada grupo objetivo de la población, a fin de considerar
los impactos de las mismas, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Asentamientos
Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y demás disposiciones aplicables.
ARTÍCULO 77.- La Secretaría y la Comisión fomentarán la participación de los sectores público, social y
privado en esquemas de financiamiento dirigidos al desarrollo y aplicación de ecotecnias y de nuevas
tecnologías en vivienda y saneamiento, principalmente de bajo costo y alta productividad, que cumplan con
parámetros de certificación y cumplan con los principios de una vivienda adecuada.
...
ARTÍCULO 82.- ...
I.
...
II.
Apoyar programas de producción social de vivienda, particularmente aquéllos de autoproducción,
autoconstrucción y mejoramiento de vivienda para personas en situación de pobreza, y
III.
La conformación de paquetes de materiales para las personas en situación de pobreza.
...
TRANSITORIOS
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Segundo. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del presente
Decreto se cubrirán con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto que intervienen en su
aplicación, por lo que no se autorizarán ampliaciones de recursos a dichos ejecutores de gasto en el presente
ejercicio fiscal ni en años subsecuentes y tampoco podrán incrementar su presupuesto regularizable en
servicios personales ni de gasto de operación.
Ciudad de México, a 21 de abril de 2026.- Dip. Kenia López Rabadán, Presidenta.- Sen. Laura Itzel
Castillo Juárez, Presidenta.- Dip. Julieta Villalpando Riquelme, Secretaria.- Sen. María Martina Kantún Can,
Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 28 de abril de 2026.- Claudia Sheinbaum Pardo,
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria
de Gobernación.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
ACUERDO por el que se da a conocer el cierre definitivo de la Oficina Municipal de Enlace con la Secretaría de
Relaciones Exteriores en el Municipio de San Francisco de los Romo, Estado de Aguascalientes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Relaciones Exteriores.
DANIEL LUCIO BARRERA PÉREZ, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 Bis, 26 y 28 de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 del Reglamento de
Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje; 1, 5, apartado A., fracción V, 12, fracción XXXIII, 38,
fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores; 33 y 37 fracción I del Acuerdo
por el que se dan a conocer los Lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y
Municipales de Enlace autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, conforme a lo previsto en los
reglamentos interiores o sus ordenamientos legales de creación, respectivamente, podrán contar con oficinas
de representación en las entidades federativas, siempre y cuando sea indispensable para prestar servicios o
realizar trámites en cumplimiento de los programas a su cargo y cuenten con recursos aprobados para dichos
fines en sus respectivos presupuestos;
Que el artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que la
Secretaría de Relaciones Exteriores expide pasaportes en el territorio nacional por conducto de sus
delegaciones y subdelegaciones;
Que el 28 de septiembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se
dan a conocer los Lineamientos para el Establecimiento y Operación de Oficinas Estatales y Municipales de
Enlace autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores;
Que de acuerdo con el artículo tercero transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones
Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2021, las entonces Delegaciones
de esta Secretaría, corresponden actualmente a las Oficinas de Pasaportes, señaladas en el artículo 6,
apartado A, fracción XI del citado ordenamiento reglamentario;
Que el 18 de noviembre de 2022 se suscribió el "Convenio de Colaboración Administrativa para el
establecimiento y operación de una Oficina Municipal de Enlace, que celebran la Secretaría de Relaciones
Exteriores y el Municipio de San Francisco de los Romo, Estado de Aguascalientes”, el cual se publicó en el
Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2023;
Que mediante oficio PM/017/2026 de fecha 20 de febrero de 2026, la Presidenta Municipal de San
Francisco de los Romo, Aguascalientes, solicitó formalmente dar por terminado el Convenio en mención y
efectuar el cierre de dicha Oficina; y
Que conforme con el artículo 37, fracción I del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para
el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace autorizadas por la Secretaría de
Relaciones Exteriores, se considera procedente la petición planteada por el H. Municipio de San Francisco
de los Romo, Aguascalientes, he tenido a bien dictar el siguiente:
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CIERRE DEFINITIVO DE LA OFICINA
MUNICIPAL DE ENLACE CON LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES EN EL
MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE LOS ROMO, ESTADO DE AGUASCALIENTES
PRIMERO.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la Oficina Municipal de Enlace con la
Secretaría de Relaciones Exteriores en el Municipio de San Francisco de los Romo, Estado de Aguascalientes
ubicada en Auditorio J. Guadalupe Posada, Av. Juarez Sur S/N Rancho la Trinidad, Municipio San Francisco
de los Romo, Aguascalientes, dejará de prestar sus servicios.
SEGUNDO.- Se deja sin efecto legal alguno el "Convenio de Colaboración Administrativa para el
establecimiento y operación de una Oficina Municipal de Enlace, que celebran la Secretaría de Relaciones
Exteriores y el Municipio de San Francisco de los Romo, Estado de Aguascalientes”, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 31 de enero de 2023.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Los trámites que se encuentren pendientes, así como toda la correspondencia y diligencias
relacionadas con los asuntos de la competencia de la Oficina Municipal de Enlace con la Secretaría de
Relaciones Exteriores en el Municipio de San Francisco de los Romo, Estado de Aguascalientes, al entrar en
vigor el presente Acuerdo, serán resueltos por la Oficina de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones
Exteriores en la demarcación territorial Aguascalientes ubicada en el centro comercial El Dorado,
Av. Las Américas No.1701, Planta Baja, Fraccionamiento El Dorado, Colonia Santa Elena 2° Sección,
C.P. 20238.
Dado en la Ciudad de México a los 17 días del mes de abril de dos mil veintiséis.- El Titular de la Unidad
de Administración y Finanzas de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Daniel Lucio Barrera
Pérez.- Rúbrica.
SECRETARIA DE MARINA
AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro de diferentes servicios
portuarios, aplicables en diversos puertos de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría
de Marina.
MARÍA MARISA ABARCA HERNÁNDEZ, Capitán de Altura, Directora General de Puertos, con
fundamento en los artículos 30, fracciones XIV Bis, XIV Quáter y XXVII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 1o, 4o, fracción III, 16, fracciones II, VIII y XIV, 44 fracciones I y II, 45, 59, 60 y
61, de la Ley de Puertos; 1, 3, 70 al 74, 75 fracción II, 76, 77 y 137, del Reglamento de la Ley de Puertos, la
Regulación Tarifaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1999; y en ejercicio
de las facultades que me confieren los artículos 1, 3, fracción IX, 4 fracción III, inciso b), numeral 1, 15 y 23,
fracciones VIII y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Marina, como Autoridad en materia de Puertos, tiene a su cargo las atribuciones
conferidas por las leyes, Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio
Marítimos, de Puertos, así como los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, para el
control de los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento,
explotación, operación y formas de administración, así como para la prestación de los servicios portuarios;
Que la Secretaría de Marina, por conducto de la Dirección General de Puertos, tiene dentro de sus
atribuciones, el establecer las bases de regulación tarifaria y de precios para el uso de determinados bienes
en puertos, terminales, marinas y para la prestación de los servicios cuando no existan opciones portuarias o
de otros modos de transporte que propicien un ambiente de competencia razonable;
Que fueron recibidas diversas solicitudes en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de la
Autoridad Marítima Nacional, para el ajuste de actualización a las bases de regulación tarifaria de diferentes
servicios portuarios, aplicables en diversos puertos de México, mismas que fueron autorizadas por la
Dirección General de Puertos, y
Que de conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos, las bases de regulación
tarifaria entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de
la Federación, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
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“AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS BASES DE REGULACIÓN TARIFARIA PARA EL COBRO
DE DIFERENTES SERVICIOS PORTUARIOS, APLICABLES EN DIVERSOS PUERTOS DE MÉXICO.”
ÚNICO.- Se hace del conocimiento del público en general, que fueron actualizadas las bases de
regulación tarifaria para el cobro de diferentes servicios portuarios, aplicables en diversos puertos de México,
mismas que pueden ser consultadas en las páginas electrónicas siguientes:
Prestador del servicio
Servicio
portuario
Puerto
Administración del Sistema Portuario Nacional Coatzacoalcos, S.A. de C.V.
www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/1130_2026.pdf
Suministro
de agua
Coatzacoalcos,
Ver.
Transporte Seger TSE, S.A. de C.V.
www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/1187_2026.pdf
Lanchaje
Guaymas, Son.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
SEGUNDO.- Las bases de regulación tarifaria a que se refiere el presente aviso, entrarán en vigor a partir
de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de abril de 2026.- La Directora General de Puertos, Capitán de Altura María Marisa
Abarca Hernández.- Rúbrica.
NOTA Aclaratoria al Oficio 0988/2026 del 24 de febrero de 2026, por el que se dan a conocer las bases de
regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de pilotaje, aplicables en diversos puertos de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría
de Marina.
MARÍA MARISA ABARCA HERNÁNDEZ, Capitán de Altura, Directora General de Puertos, con
fundamento en los artículos 25, 27, párrafos quinto, sexto y 90, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1, 26, fracción IV, 30, fracciones XIV Bis, XIV Quáter y XXVII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 1o, 4o, fracción III, 16, fracciones II, VIII y XIV, 44, fracción I, 45, 59, 60 y 61,
de la Ley de Puertos; 55, 56 y 57, fracciones III y IV, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1, 3, 12,
15, 17, 32, 35 y 36, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3 y 137, del Reglamento de la Ley
de Puertos, 500, del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; Numeral II, 2.1, incisos e)
y f), de la Regulación Tarifaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1999; y en
ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 1, 3, fracción IX, 4, fracción III, inciso b), numeral 1,
15, 21 y 23, fracciones VIII y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y
CONSIDERANDO
Que el 10 de marzo de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación en la Edición Matutina, el
“AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS BASES DE REGULACIÓN TARIFARIA PARA EL COBRO
DEL SERVICIO PORTUARIO DE PILOTAJE, APLICABLES EN DIVERSOS PUERTOS DE MÉXICO”, mismo
que puede ser consultado en la página electrónica www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/0988_2026.pdf.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Que en la publicación antes referida obra el oficio 0988/2026 de 24 de febrero de 2026, mediante el cual la
Dirección General de Puertos actualizó las bases de regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de
pilotaje, aplicables en diversos puertos de México, sin embargo, el oficio mencionado y sus anexos requieren
modificaciones específicas en la redacción relativa al Impuesto al Valor Agregado, que amerita su ajuste como
Nota Aclaratoria, a fin de otorgar certeza a los interesados a quienes les resulte aplicable, por lo que he tenido
a bien emitir la siguiente:
“NOTA ACLARATORIA AL OFICIO 0988/2026 DEL 24 DE FEBRERO DE 2026, POR EL QUE SE DAN A
CONOCER LAS BASES DE REGULACIÓN TARIFARIA PARA EL COBRO DEL SERVICIO PORTUARIO
DE PILOTAJE, APLICABLES EN DIVERSOS PUERTOS DE MÉXICO.”
En el oficio 0988/2026 del 24 de febrero de 2026 y sus anexos, dice:
“…Las presentes Bases de Regulación Tarifaria y sus reglas de aplicación para el servicio portuario de
pilotaje no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA)…”
Debe decir:
“…Las presentes Bases de Regulación Tarifaria y sus reglas de aplicación para el servicio
portuario de pilotaje no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo cual deberán observarse
las disposiciones fiscales aplicables…”
Así mismo, en la página 6 de 6 de las bases de regulación tarifaria para el servicio portuario de pilotaje en
el puerto de Tampico, Tamps., y sus aguas jurisdiccionales, dice:
“…12. Las Bases de Regulación Tarifaria entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes de
su publicación en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la
Ley de Puertos…”
“…13. Las tarifas que se autorizan tendrán una vigencia mínima de un año, contado a partir de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación…”
Debe decir:
“…12. Las presentes Bases de Regulación Tarifaria y sus reglas de aplicación para el servicio
portuario de pilotaje no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo cual deberán observarse
las disposiciones fiscales aplicables…”
“…13. Las Bases de Regulación Tarifaria entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles
siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 137
del Reglamento de la Ley de Puertos…”
TRANSITORIO
ÚNICO.- La presente Nota Aclaratoria entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 10 de abril de 2026.- La Directora General de Puertos, Capitán de Altura María
Marisa Abarca Hernández.- Rúbrica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
CONVENIO Específico de Adhesión que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Baja California, relativo al Fondo
para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP), para el ejercicio fiscal 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Seguridad.- Secretaría de
Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN QUE, EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD
PÚBLICA, CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DEL SECRETARIADO
EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO
DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”,
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA C. MARCELA FIGUEROA FRANCO, Y, POR LA OTRA, EL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”,
REPRESENTADO POR SU GOBERNADORA DEL ESTADO, LA C. MARINA DEL PILAR AVILA OLMEDA; A QUIENES
CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1.
DECLARA “EL SECRETARIADO” QUE:
1.1. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana es una dependencia de la Administración
Pública Federal, en términos de los artículos 2, fracción I; 26, fracción V y 30 Bis de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal.
1.2. Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección
Ciudadana, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, con función de órgano operativo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de conformidad con los artículos 45 de la Ley
General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 17, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2, apartado B fracción V; 78 y 92, del Reglamento Interior
de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; y 1 del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
1.3. Su titular, la C. Marcela Figueroa Franco, se encuentra facultada para suscribir este convenio
específico de adhesión, de conformidad con los artículos 47, fracción XXV, de la Ley General
del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 79, fracción V, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; y 5 y 7, fracción XI, del Reglamento del
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tal y como lo acredita en
términos del nombramiento expedido en su favor, el 1 de octubre de 2024, por la Presidenta de
la República.
1.4. Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en Avenida de las Torres
número 855, colonia Belén de las Flores, código postal 01110, demarcación territorial Álvaro
Obregón, Ciudad de México.
2.
DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA” QUE:
2.1. Baja California es parte integrante de la Federación, libre y soberana en todo lo concerniente a
su régimen interior, de conformidad con todo lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I, y 43
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 1 y 4 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y tiene la calidad de
persona moral oficial, facultada para ejercer todos los derechos que sean necesarios para
realizar el objeto de su institución.
2.2. La C. Marina del Pilar Avila Olmeda asumió el cargo de Gobernadora Constitucional del Estado
Libre y Soberano de Baja California el 1 de noviembre de 2021 y cuenta con facultades para
celebrar el presente convenio específico de adhesión, en términos de los artículos 40 y 49
fracción XXVIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; 8 y
10 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California; 65 de la Ley de
Planeación para el Estado de Baja California.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
2.3. Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del
presente convenio específico de adhesión y su anexo técnico.
2.4. Para todos los efectos legales relacionados con el presente convenio específico de adhesión,
señala como su domicilio el ubicado en Calzada Independencia, número 994, tercer piso,
edificio del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado, colonia Centro Cívico y Comercial, Ciudad
de Mexicali, Baja California, código postal 21000.
3.
DECLARAN “LAS PARTES” QUE:
3.1. Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan y con la
que comparecen a la suscripción del presente convenio específico de adhesión.
3.2. El presente convenio específico de adhesión no tiene cláusula alguna contraria a la ley y para
su celebración no media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe o
cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
3.3. Es su voluntad celebrar el presente convenio específico de adhesión, de acuerdo con el marco
jurídico aplicable, en la forma, términos y condiciones que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.
El presente convenio específico de adhesión tiene por objeto coordinar acciones entre “LAS PARTES”
para que, a través de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública
(en lo sucesivo “FOFISP”), previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2026, y los que aporte “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, por concepto del Fondo de Apoyo a que se refieren los
artículos 3, fracción XV, y 11, fracción IV de los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio
del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública para el ejercicio fiscal 2026 (en lo
sucesivo “Fondo de Apoyo”), esta se encuentre en condiciones de atender las políticas, estrategias y
prioridades orientadas al cumplimiento de los Ejes Estratégicos, Programas y Subprogramas con Prioridad
Nacional vigentes y demás acuerdos aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, con base en lo
preceptuado por el párrafo décimo primero del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
SEGUNDA.- MONTOS Y DESTINOS DE GASTOS DEL “FOFISP”.
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 y los
Criterios de Distribución, Fórmulas y Variables para la Asignación de los Recursos del Fondo para el
Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública para el Ejercicio Fiscal 2026, publicados en el Diario
Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2025, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” recibirá la cantidad de
$32,774,004.00 (Treinta y dos millones setecientos setenta y cuatro mil cuatro pesos 00/100 M.N.) de los
recursos del “FOFISP”. Adicionalmente “LA ENTIDAD FEDERATIVA” recibirá la cantidad de $533,461.00
(Quinientos treinta y tres mil cuatrocientos sesenta y un pesos 00/100 M.N.) derivado del resultado final de la
distribución del Remanente del Fondo, por lo que recibirá la cantidad de los recursos de origen federal
siguiente:
ORIGEN
MONTO
Asignado por fórmula de distribución
$32,774,004.00
Recurso Remanente
$533,461.00
TOTAL ASIGNADO
$33,307,465.00
A efecto de complementar los recursos necesarios para el objeto del presente convenio específico de
adhesión, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” se obliga a aportar, de sus recursos presupuestarios, la cantidad
de $33,307,465.00 (Treinta y tres millones trescientos siete mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos) por
concepto del “Fondo de Apoyo”, para beneficiar en especial a aquellos con menor población o mayor grado
de marginación.
Los recursos convenidos transferidos no son regularizables y no pierden el carácter de origen
federal y estatal, según corresponda, al ser transferidos y, por ello, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” libera
a “EL SECRETARIADO” de la obligación de ministrarlos en ejercicios fiscales subsecuentes, aún y cuando los
requieran para complementar las acciones derivadas del presente convenio específico de adhesión, o para
cubrir cualquier otro concepto vinculado con el objeto del mismo.
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DIARIO OFICIAL
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Los destinos y conceptos de gasto, las metas y las acciones prioritarias a realizar para el cumplimiento del
presente convenio específico de adhesión se establecerán en el anexo técnico respectivo, el cual una vez
firmado formará parte integrante de este convenio.
Los recursos del “FOFISP” se deberán ejercer observando las disposiciones para el ejercicio, control,
vigilancia, información, evaluación y fiscalización previstas en la Ley General del Sistema Nacional de
Seguridad Pública; el principio de anualidad previsto en el artículo 6 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2026; los criterios generales que rigen la contabilidad gubernamental
y la emisión de información financiera de los entes públicos previstos en la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que rigen a las entidades
federativas, así como a sus respectivos entes públicos, previstos en la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios; los principios para la programación, presupuestación, ejercicio, control
y evaluación aplicables a los recursos federales, previstos en la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y
la Ley General de Contabilidad Gubernamental; las disposiciones en materia de contratación y adquisición de
bienes, servicios e infraestructura; los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, y demás
disposiciones aplicables.
TERCERA.- OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”.
1.
Cumplir con lo señalado en el artículo 6, fracción X, del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2026, la normativa en materia presupuestaria, la Ley General del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del
Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio
Fiscal 2026 y demás disposiciones aplicables;
2.
Establecer un “Fondo de Apoyo”, el cual se destinará en favor de las instituciones de seguridad
pública de los municipios, en especial aquellos con menor población o mayor grado de marginación,
los cuales deberán ser previamente validados por la Dirección General de Vinculación y Seguimiento,
dicho fondo se establecerá a través de una cuenta bancaria productiva específica, acreditando su
apertura ante la misma Dirección General;
3.
Coordinarse con los municipios que autorice la Dirección General de Vinculación y Seguimiento
de “EL SECRETARIADO”, a propuesta de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, para la integración del
proyecto de inversión respecto los recursos estatales;
4.
Entregar a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO”, el día de la
concertación, los documentos establecidos en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y
Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para
el Ejercicio Fiscal 2026;
5.
Remitir a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” el recibo
por concepto de la ministración de los recursos federales, en los términos que para tal efecto
se establezcan;
6.
Ejercer los recursos para el cumplimiento de las metas convenidas, con base en lo establecido en los
Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento
de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, este convenio de
adhesión, los anexos técnicos, los proyectos de inversión y demás normativa aplicable;
7.
Establecer una cuenta bancaria productiva específica generadora de rendimientos financieros y
abierta por “LA ENTIDAD FEDERATIVA” para la administración de los recursos federales, no
pudiendo ser consideradas como tales aquellas cuentas que representen riesgos para los recursos;
así como una cuenta con las mismas características para la administración de los recursos que
aporte “LA ENTIDAD FEDERATIVA”;
8.
Registrar los avances físico-financieros mensuales y trimestrales a través del mecanismo de
seguimiento que establezca “EL SECRETARIADO” y presentarlos a la Dirección General
de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO”;
9.
Atender en tiempo y forma las solicitudes de información que realice “EL SECRETARIADO” sobre la
administración y avances en la aplicación de los recursos convenidos, así como permitir llevar a cabo
las visitas y acciones de verificación sobre su aplicación que estime pertinentes, dando el acceso a
equipo, material, información, registros y documentos requeridos para ejecutar el seguimiento de las
acciones realizadas;
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10. Cancelar la documentación comprobatoria original del gasto con la leyenda “Operado FOFISP 2026”,
o como se establezca en las disposiciones locales, y reportarla en caso de requerimiento
a “EL SECRETARIADO”;
11. Obtener de la Dirección General de Apoyo Técnico de “EL SECRETARIADO” las validaciones de los
programas de capacitación. “LA ENTIDAD FEDERATIVA” deberá presentar a la Dirección General
de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” las solicitudes correspondientes de acuerdo
con el calendario de actividades 2026; en caso de ser presentadas con posterioridad a la fecha
señalada, serán desechadas. Todas las acciones de capacitación deberán concluir a más tardar el
último día hábil de diciembre del 2026;
12. Remitir a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO”, dentro de los
siguientes 20 días hábiles, contados a partir de que el curso haya concluido, la ficha de verificación y
seguimiento y el reporte de cumplimiento de metas, debidamente firmados por las autoridades
competentes, de acuerdo con los formatos que para dicho fin emita la Dirección General de Apoyo
Técnico de “EL SECRETARIADO”;
13. Enviar a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” el formato
único de resultados de la evaluación de competencias básicas del personal policial preventivo en
activo y el formato único de resultados de la evaluación del desempeño del personal en activo de las
instituciones de seguridad pública, debidamente firmados por las autoridades correspondientes;
14. Remitir los proyectos de reglamento, catálogo de puestos, manual de organización, manual de
procedimientos y, en su caso, la presentación del software denominado Herramienta de Seguimiento
y Control, todos del Servicio Profesional de Carrera, para su revisión o en su caso acreditación, así
como los documentos que acrediten el cumplimiento de las metas del Servicio Profesional de
Carrera, conforme al anexo técnico correspondiente;
15. Remitir los informes del avance de cumplimiento de metas de evaluación de control de confianza, los
cuales deberán ser emitidos por el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza a través de
los mecanismos, formatos y/o plazos que determine el Centro Nacional de Certificación y
Acreditación de “EL SECRETARIADO”;
16. Las evaluaciones de control de confianza convenidas deberán ser aplicadas a más tardar al 31 de
diciembre del 2026;
17. Reintegrar los recursos Federales y Estatales del FOFISP que se encuentren disponibles al 31 de
diciembre de 2026, incluyendo los rendimientos financieros a más tardar el 15 de enero de 2027;
18. Reintegrar los recursos Federales y Estatales del FOFISP que se encuentren comprometidos o
devengados, pero no pagados al 31 de diciembre de 2026, se deberán cubrir los pagos respectivos a
más tardar el 31 de marzo de 2027, cumplido el plazo referido los recursos remanentes deberán
reintegrarse a la Tesorería de la Federación o a la Hacienda Local, según corresponda, a más tardar
dentro de los quince (15) días naturales siguientes;
19. Realizar los reintegros referidos a través de los sistemas electrónicos establecidos por la Tesorería
de la Federación, así como por las líneas de captura por concepto de reintegros presupuestarios
para los recursos federales y línea de captura del PEC Pago Electrónico de Contribuciones
Federales proporcionadas por la Dirección General, por concepto de pago de impuestos, derechos,
productos y aprovechamientos para los rendimientos financieros de los recursos federales, que para
tal efecto se emitan.
20. Dirigir toda la documentación que se remita a “EL SECRETARIADO”, a través de la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento, la cual fungirá como ventanilla única, con excepción de lo
establecido en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el
Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026;
21. Remitir las actas de cierre y la documentación dentro de los plazos establecidos en el calendario
de actividades;
22. Dar acompañamiento a los municipios en las visitas y acciones de verificación sobre la aplicación del
recurso convenido, facilitando el acceso a equipo, material, información, registros y documentos
requeridos para ejecutar el seguimiento de las acciones realizadas; y
23. Las demás establecidas en el anexo técnico y las disposiciones aplicables.
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CUARTA.- GESTIÓN PARA LA ENTREGA DE LOS RECURSOS.
“EL SECRETARIADO” iniciará los trámites para la única ministración de los recursos del “FOFISP”
a “LA ENTIDAD FEDERATIVA” en términos del artículo 45 de los Lineamientos de Operación para el
Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública
(FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, mismos que ascienden al 100% (cien por ciento) del monto total
convenido, siendo la cantidad de:
ENTIDAD FEDERATIVA
MONTO ÚNICA MINISTRACIÓN
Baja California
$33,307,465.00
En caso de que opte por transferir los recursos a los municipios para su ejercicio, “LA ENTIDAD
FEDERATIVA” iniciará los trámites para la única ministración de los recursos de origen estatal a los
municipios que determine con cargo al “Fondo de Apoyo”, en términos del artículo 47 de los Lineamientos
de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de
Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, la cual corresponderá 100% (cien por ciento)
del monto total convenido, conforme a lo señalado en el Anexo Técnico.
QUINTA.- OPERACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y SEGUIMIENTO.
Las personas titulares de la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” y
de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, en el ámbito de sus respectivas
competencias, serán los responsables de coordinar la operación, funcionamiento y seguimiento de los
recursos federales “FOFISP” y de origen estatal.
Por parte de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, la persona titular de la Secretaría de Seguridad
Ciudadana, será el responsable de entregar los informes mensuales y trimestrales que se deban rendir
a “EL SECRETARIADO” en términos de este convenio específico de adhesión.
En caso de que “LA ENTIDAD FEDERATIVA” incumpla con alguna de las obligaciones establecidas en el
presente convenio específico de adhesión o su anexo técnico, se sujetarán a lo dispuesto por los
Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de
las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026.
SEXTA.- ENLACES.
Para el cumplimiento del presente convenio específico de adhesión y las disposiciones de los
Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de
las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, “LAS PARTES” convienen
designar como enlaces de cada una de ellas a las siguientes personas:
1.
Por parte de “EL SECRETARIADO”
Nombre y cargo: Alí López Castellanos, Director General de Vinculación y Seguimiento, o a quien lo
sustituya en el cargo.
Domicilio: América 300, piso 4, colonia Los Reyes Coyoacán, demarcación territorial Coyoacán,
código postal 04330, Ciudad de México.
Teléfono: 5511036000 ext. 71283
Correo electrónico: ali.lopez@sspc.gob.mx y oficialiadgvs@sspc.gob.mx
2.
Por parte de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”
Nombre y cargo: Laureano Carrillo Rodríguez, Secretario de Seguridad Ciudadana, o a quien lo
sustituya en el cargo.
Domicilio: Avenida de los Héroes y de la Libertad, número 399, colonia Centro Cívico, código postal
21000, Mexicali, Baja California.
Teléfono: 686 837 3900 ext. 15100
Correo electrónico: oftitularsspe@seguridadbc.gob.mx
“LAS PARTES” se comprometen a notificarse por escrito cualquier cambio de enlace o medios de
contacto, con diez días hábiles de anticipación por lo menos.
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SÉPTIMA.- MODIFICACIONES.
El presente convenio específico de adhesión podrá ser modificado o adicionado de común acuerdo entre
“LAS PARTES”, y dichas modificaciones solo serán válidas cuando hayan sido hechas por escrito y firmadas
por las personas representantes de “LAS PARTES”.
OCTAVA.- VIGENCIA.
El presente instrumento entrará en vigor a partir del día de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de
2026, con excepción de los plazos correspondientes a las obligaciones de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” en
cuanto a informar y documentar la aplicación de los recursos federales y de origen estatal ministrados, tiempo
que no podrá exceder de lo establecido en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio
del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio
Fiscal 2026.
NOVENA.- TRANSPARENCIA.
Con la finalidad de dar transparencia al ejercicio de los recursos federales del “FOFISP” y de origen
estatal, “EL SECRETARIADO” hará públicos los montos asignados y criterios de acceso.
“EL SECRETARIADO” y “LA ENTIDAD FEDERATIVA” deberán publicar el convenio específico de
adhesión en su respectivo medio de difusión oficial, y el anexo técnico en sus páginas de internet, atendiendo
lo previsto en las disposiciones aplicables.
“EL SECRETARIADO” podrá establecer, con instituciones nacionales o internacionales, así como con
organizaciones de la sociedad civil, los mecanismos necesarios para fortalecer la adecuada rendición de
cuentas, transparencia, vigilancia y fiscalización de los recursos que se aportan con el presente convenio
específico de adhesión, así como las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento por parte de
“LA ENTIDAD FEDERATIVA”.
DÉCIMA.- RELACIÓN LABORAL.
“LAS PARTES” convienen que el personal comisionado o asignado por cada una de ellas para la
realización del objeto del presente convenio específico de adhesión se entenderá relacionado exclusivamente
con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto. En
ningún caso, “LAS PARTES” serán consideradas como patronas o patrones solidarios, sustitutos,
beneficiarios o intermediarios. “LAS PARTES” acuerdan responder de todas y cada una de las reclamaciones
que su personal llegare a presentar en contra de la otra parte; así como de las violaciones que de las leyes
fiscales, laborales, civiles, penales o de propiedad intelectual llegaran a cometer dichas personas y que
afecten a la otra parte, y los gastos en que incurran por tales juicios o reclamaciones.
DÉCIMA PRIMERA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
El cumplimiento de las obligaciones establecidas en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento
y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el
Ejercicio Fiscal 2026, el presente convenio específico de adhesión y su anexo técnico, serán suspendidas sin
responsabilidad para “LAS PARTES” cuando ocurra un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente demostrado
por la parte correspondiente. Dichas obligaciones podrán reanudarse en el momento que desaparezcan las
causas que dieron origen a la suspensión.
DÉCIMA SEGUNDA.- CONTROVERSIA E INTERPRETACIÓN.
“LAS PARTES” resolverán de común acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias, los
conflictos que se llegasen a presentar en relación con la formalización, interpretación, ejecución y
cumplimiento del presente convenio específico de adhesión y de su anexo técnico, de conformidad con las
leyes federales.
De no existir acuerdo, “LAS PARTES” se someterán a la jurisdicción de los tribunales federales en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera
corresponderles.
"LAS PARTES", enteradas del contenido y alcance legal de todas y cada una de las declaraciones y
cláusulas del presente convenio específico de adhesión, y por no existir dolo, lesión, error, mala fe o cualquier
otro vicio del consentimiento que pudiera afectar su validez, lo firman en seis tantos originales, en la Ciudad
de México, a los cinco días del mes de marzo de dos mil veintiséis.- Por el Secretariado: Secretaria Ejecutiva
del Sistema Nacional de Seguridad Pública, C. Marcela Figueroa Franco.- Rúbrica.- Por la Entidad
Federativa: Gobernadora del Estado de Baja California, C. Marina del Pilar Avila Olmeda.- Rúbrica.
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CONVENIO Específico de Adhesión que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Campeche, relativo al Fondo
para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP), para el ejercicio fiscal 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Seguridad.- Secretaría de
Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN QUE, EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD
PÚBLICA, CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DEL SECRETARIADO
EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO
DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”,
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA C. MARCELA FIGUEROA FRANCO, Y, POR LA OTRA, EL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO
POR SU GOBERNADORA DEL ESTADO, LA C. LAYDA ELENA SANSORES SAN ROMÁN; A QUIENES
CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1.
DECLARA “EL SECRETARIADO” QUE:
1.1. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana es una dependencia de la Administración
Pública Federal, en términos de los artículos 2, fracción I; 26, fracción V y 30 Bis de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal.
1.2. Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección
Ciudadana, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, con función de órgano operativo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de conformidad con los artículos 45 de la Ley
General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 17, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2, apartado B fracción V; 78 y 92, del Reglamento Interior
de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; y 1 del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
1.3. Su titular, la C. Marcela Figueroa Franco, se encuentra facultada para suscribir este convenio
específico de adhesión, de conformidad con los artículos 47, fracción XXV, de la Ley General
del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 79, fracción V, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; y 5 y 7, fracción XI, del Reglamento del
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tal y como lo acredita en
términos del nombramiento expedido en su favor, el 1 de octubre de 2024, por la Presidenta de
la República.
1.4. Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en Avenida de las Torres
número 855, colonia Belén de las Flores, código postal 01110, demarcación territorial Álvaro
Obregón, Ciudad de México.
2.
DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA” QUE:
2.1. Campeche es parte integrante de la Federación, libre y soberana en todo lo concerniente a su
régimen interior, de conformidad con todo lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I, y 43 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 1 y 23 de la
Constitución Política del Estado de Campeche; 29, fracción I, y 30 del Código Civil del Estado
de Campeche; y tiene la calidad de persona moral oficial, facultada para ejercer todos los
derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución.
2.2. La C. Layda Elena Sansores San Román, asumió el cargo de Gobernadora del Estado de
Campeche el 16 de septiembre de 2021 y cuenta con facultades para celebrar el presente
convenio específico de adhesión, en términos de los artículos 59, 71, fracción XV, inciso a), de
la Constitución Política del Estado de Campeche; 4 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Campeche.
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2.3. Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del
presente convenio específico de adhesión y su anexo técnico.
2.4. Para todos los efectos legales relacionados con el presente convenio específico de adhesión,
señala como su domicilio el ubicado en calle 8, número 149, entre 61 y 63, colonia centro,
código postal 24000, Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche.
3.
DECLARAN “LAS PARTES” QUE:
3.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan y con la
que comparecen a la suscripción del presente convenio específico de adhesión.
3.2 El presente convenio específico de adhesión no tiene cláusula alguna contraria a la ley y para
su celebración no media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe o
cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
3.3 Es su voluntad celebrar el presente convenio específico de adhesión, de acuerdo con el marco
jurídico aplicable, en la forma, términos y condiciones que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.
El presente convenio específico de adhesión tiene por objeto coordinar acciones entre “LAS PARTES”
para que, a través de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública
(en lo sucesivo “FOFISP”), previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2026, y los que aporte “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, por concepto del Fondo de Apoyo a que se refieren los
artículos 3, fracción XV, y 11, fracción IV de los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio
del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública para el ejercicio fiscal 2026 (en lo
sucesivo “Fondo de Apoyo”), esta se encuentre en condiciones de atender las políticas, estrategias y
prioridades orientadas al cumplimiento de los Ejes Estratégicos, Programas y Subprogramas con Prioridad
Nacional vigentes y demás acuerdos aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, con base en lo
preceptuado por el párrafo décimo primero del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
SEGUNDA.- MONTOS Y DESTINOS DE GASTOS DEL “FOFISP”.
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 y los
Criterios de Distribución, Fórmulas y Variables para la Asignación de los Recursos del Fondo para el
Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública para el Ejercicio Fiscal 2026, publicados en el Diario
Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2025, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” recibirá la cantidad de
$16,370,195.00 (Dieciséis millones trescientos setenta mil ciento noventa y cinco pesos 00/100 M.N.) de los
recursos del “FOFISP”. Adicionalmente “LA ENTIDAD FEDERATIVA” recibirá la cantidad de $284,781.00
(Doscientos ochenta y cuatro mil setecientos ochenta y un pesos 00/100 M.N.) derivado del resultado
final de la distribución del Remanente del Fondo, por lo que recibirá la cantidad de los recursos de origen
federal siguiente:
ORIGEN
MONTO
Asignado por fórmula de distribución
$16,370,195.00
Recurso Remanente
$284,781.00
TOTAL ASIGNADO
$16,654,976.00
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A efecto de complementar los recursos necesarios para el objeto del presente convenio específico de
adhesión, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” se obliga a aportar, de sus recursos presupuestarios, la cantidad
de $16,654,976.00 (Dieciséis millones seiscientos cincuenta y cuatro mil novecientos setenta y seis pesos
00/100 M.N.) por concepto del “Fondo de Apoyo”, para beneficiar en especial a aquellos con menor población
o mayor grado de marginación.
Los recursos convenidos transferidos no son regularizables y no pierden el carácter de origen
federal y estatal, según corresponda, al ser transferidos y, por ello, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” libera
a “EL SECRETARIADO” de la obligación de ministrarlos en ejercicios fiscales subsecuentes, aún y cuando los
requieran para complementar las acciones derivadas del presente convenio específico de adhesión, o para
cubrir cualquier otro concepto vinculado con el objeto del mismo.
Los destinos y conceptos de gasto, las metas y las acciones prioritarias a realizar para el cumplimiento del
presente convenio específico de adhesión se establecerán en el anexo técnico respectivo, el cual una vez
firmado formará parte integrante de este convenio.
Los recursos del “FOFISP” se deberán ejercer observando las disposiciones para el ejercicio, control,
vigilancia, información, evaluación y fiscalización previstas en la Ley General del Sistema Nacional de
Seguridad Pública; el principio de anualidad previsto en el artículo 6 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2026; los criterios generales que rigen la contabilidad gubernamental
y la emisión de información financiera de los entes públicos previstos en la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que rigen a las entidades
federativas, así como a sus respectivos entes públicos, previstos en la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios; los principios para la programación, presupuestación, ejercicio, control
y evaluación aplicables a los recursos federales, previstos en la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y
la Ley General de Contabilidad Gubernamental; las disposiciones en materia de contratación y adquisición de
bienes, servicios e infraestructura; los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, y demás
disposiciones aplicables.
TERCERA.- OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”.
1.
Cumplir con lo señalado en el artículo 6, fracción X, del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2026, la normativa en materia presupuestaria, la Ley General del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del
Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio
Fiscal 2026 y demás disposiciones aplicables;
2.
Establecer un “Fondo de Apoyo”, el cual se destinará en favor de las instituciones de seguridad
pública de los municipios, en especial aquellos con menor población o mayor grado de marginación,
los cuales deberán ser previamente validados por la Dirección General de Vinculación y Seguimiento,
dicho fondo se establecerá a través de una cuenta bancaria productiva específica, acreditando su
apertura ante la misma Dirección General;
3.
Coordinarse con los municipios que autorice la Dirección General de Vinculación y Seguimiento
de “EL SECRETARIADO”, a propuesta de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, para la integración del
proyecto de inversión respecto los recursos estatales;
4.
Entregar a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO”, el día de la
concertación, los documentos establecidos en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y
Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para
el Ejercicio Fiscal 2026;
5.
Remitir a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” el recibo por
concepto de la ministración de los recursos federales, en los términos que para tal efecto
se establezcan;
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6.
Ejercer los recursos para el cumplimiento de las metas convenidas, con base en lo establecido en los
Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento
de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, este convenio de
adhesión, los anexos técnicos, los proyectos de inversión y demás normativa aplicable;
7.
Establecer una cuenta bancaria productiva específica generadora de rendimientos financieros y
abierta por “LA ENTIDAD FEDERATIVA” para la administración de los recursos federales, no
pudiendo ser consideradas como tales aquellas cuentas que representen riesgos para los recursos;
así como una cuenta con las mismas características para la administración de los recursos que
aporte “LA ENTIDAD FEDERATIVA”;
8.
Registrar los avances físico-financieros mensuales y trimestrales a través del mecanismo de
seguimiento que establezca “EL SECRETARIADO” y presentarlos a la Dirección General
de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO”;
9.
Atender en tiempo y forma las solicitudes de información que realice “EL SECRETARIADO” sobre la
administración y avances en la aplicación de los recursos convenidos, así como permitir llevar a cabo
las visitas y acciones de verificación sobre su aplicación que estime pertinentes, dando el acceso a
equipo, material, información, registros y documentos requeridos para ejecutar el seguimiento de las
acciones realizadas;
10. Cancelar la documentación comprobatoria original del gasto con la leyenda “Operado FOFISP 2026”,
o como se establezca en las disposiciones locales, y reportarla en caso de requerimiento
a “EL SECRETARIADO”;
11. Obtener de la Dirección General de Apoyo Técnico de “EL SECRETARIADO” las validaciones de los
programas de capacitación. “LA ENTIDAD FEDERATIVA” deberá presentar a la Dirección General
de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” las solicitudes correspondientes de acuerdo
con el calendario de actividades 2026; en caso de ser presentadas con posterioridad a la fecha
señalada, serán desechadas. Todas las acciones de capacitación deberán concluir a más tardar el
último día hábil de diciembre del 2026;
12. Remitir a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO”, dentro de los
siguientes 20 días hábiles, contados a partir de que el curso haya concluido, la ficha de verificación y
seguimiento y el reporte de cumplimiento de metas, debidamente firmados por las autoridades
competentes, de acuerdo con los formatos que para dicho fin emita la Dirección General de Apoyo
Técnico de “EL SECRETARIADO”;
13. Enviar a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” el formato
único de resultados de la evaluación de competencias básicas del personal policial preventivo en
activo y el formato único de resultados de la evaluación del desempeño del personal en activo de las
instituciones de seguridad pública, debidamente firmados por las autoridades correspondientes;
14. Remitir los proyectos de reglamento, catálogo de puestos, manual de organización, manual de
procedimientos y, en su caso, la presentación del software denominado Herramienta de Seguimiento
y Control, todos del Servicio Profesional de Carrera, para su revisión o en su caso acreditación, así
como los documentos que acrediten el cumplimiento de las metas del Servicio Profesional de
Carrera, conforme al anexo técnico correspondiente;
15. Remitir los informes del avance de cumplimiento de metas de evaluación de control de confianza, los
cuales deberán ser emitidos por el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza a través de
los mecanismos, formatos y/o plazos que determine el Centro Nacional de Certificación y
Acreditación de “EL SECRETARIADO”;
16. Las evaluaciones de control de confianza convenidas deberán ser aplicadas a más tardar al 31 de
diciembre del 2026;
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17. Reintegrar los recursos Federales y Estatales del FOFISP que se encuentren disponibles al 31 de
diciembre de 2026, incluyendo los rendimientos financieros a más tardar el 15 de enero de 2027;
18. Reintegrar los recursos Federales y Estatales del FOFISP que se encuentren comprometidos o
devengados, pero no pagados al 31 de diciembre de 2026, se deberán cubrir los pagos respectivos a
más tardar el 31 de marzo de 2027, cumplido el plazo referido los recursos remanentes deberán
reintegrarse a la Tesorería de la Federación o a la Hacienda Local, según corresponda, a más tardar
dentro de los quince (15) días naturales siguientes;
19. Realizar los reintegros referidos a través de los sistemas electrónicos establecidos por la Tesorería
de la Federación, así como por las líneas de captura por concepto de reintegros presupuestarios
para los recursos federales y línea de captura del PEC Pago Electrónico de Contribuciones
Federales proporcionadas por la Dirección General, por concepto de pago de impuestos, derechos,
productos y aprovechamientos para los rendimientos financieros de los recursos federales, que para
tal efecto se emitan.
20. Dirigir toda la documentación que se remita a “EL SECRETARIADO”, a través de la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento, la cual fungirá como ventanilla única, con excepción de lo
establecido en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el
Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026;
21. Remitir las actas de cierre y la documentación dentro de los plazos establecidos en el calendario de
actividades;
22. Dar acompañamiento a los municipios en las visitas y acciones de verificación sobre la aplicación del
recurso convenido, facilitando el acceso a equipo, material, información, registros y documentos
requeridos para ejecutar el seguimiento de las acciones realizadas; y
23. Las demás establecidas en el anexo técnico y las disposiciones aplicables.
CUARTA.- GESTIÓN PARA LA ENTREGA DE LOS RECURSOS.
“EL SECRETARIADO” iniciará los trámites para la única ministración de los recursos del “FOFISP” a “LA
ENTIDAD FEDERATIVA” en términos del artículo 45 de los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento
y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el
Ejercicio Fiscal 2026, mismos que ascienden al 100% (cien por ciento) del monto total convenido, siendo la
cantidad de:
ENTIDAD FEDERATIVA
MONTO ÚNICA MINISTRACIÓN
Campeche
$16,654,976.00
En caso de que opte por transferir los recursos a los municipios para su ejercicio, “LA ENTIDAD
FEDERATIVA” iniciará los trámites para la única ministración de los recursos de origen estatal a los
municipios que determine con cargo al “Fondo de Apoyo”, en términos del artículo 47 de los Lineamientos
de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de
Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, la cual corresponderá 100% (cien por ciento)
del monto total convenido, conforme a lo señalado en el Anexo Técnico.
QUINTA.- OPERACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y SEGUIMIENTO.
Las personas titulares de la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” y
del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, en el
ámbito de sus respectivas competencias, serán los responsables de coordinar la operación, funcionamiento y
seguimiento de los recursos federales “FOFISP” y de origen estatal.
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Por parte de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, la persona titular del Secretariado Ejecutivo del Consejo
Estatal de Seguridad Pública será el responsable de entregar los informes mensuales y trimestrales que se
deban rendir a “EL SECRETARIADO” en términos de este convenio específico de adhesión.
En caso de que “LA ENTIDAD FEDERATIVA” incumpla con alguna de las obligaciones establecidas en el
presente convenio específico de adhesión o su anexo técnico, se sujetarán a lo dispuesto por los
Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de
las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026.
SEXTA.- ENLACES.
Para el cumplimiento del presente convenio específico de adhesión y las disposiciones de los
Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de
las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, “LAS PARTES” convienen
designar como enlaces de cada una de ellas a las siguientes personas:
1.
Por parte de “EL SECRETARIADO”
Nombre y cargo: Alí López Castellanos, Director General de Vinculación y Seguimiento, o a quien lo
sustituya en el cargo.
Domicilio: América 300, piso 4, colonia Los Reyes Coyoacán, demarcación territorial Coyoacán,
código postal 04330, Ciudad de México.
Teléfono: 5511036000 ext. 71283
Correo electrónico: ali.lopez@sspc.gob.mx y oficialiadgvs@sspc.gob.mx
2.
Por parte de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”
Nombre y cargo: Rutilo Jiménez Madrigal, Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad
Pública, o a quien lo sustituya en el cargo.
Domicilio: Avenida Héroes de la Salud por avenida Prolongación Lázaro Cárdenas y Maestros
Campechanos, número 385, colonia Multunchac, código postal 24095, Ciudad de San Francisco de
Campeche, Campeche.
Teléfono: 9812030678
Correo electrónico: secretariado@cespcampeche.gob.mx
“LAS PARTES” se comprometen a notificarse por escrito cualquier cambio de enlace o medios de
contacto, con diez días hábiles de anticipación por lo menos.
SÉPTIMA.- MODIFICACIONES.
El presente convenio específico de adhesión podrá ser modificado o adicionado de común acuerdo entre
“LAS PARTES”, y dichas modificaciones solo serán válidas cuando hayan sido hechas por escrito y firmadas
por las personas representantes de “LAS PARTES”.
OCTAVA.- VIGENCIA.
El presente instrumento entrará en vigor a partir del día de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de
2026, con excepción de los plazos correspondientes a las obligaciones de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” en
cuanto a informar y documentar la aplicación de los recursos federales y de origen estatal ministrados,
tiempo que no podrá exceder de lo establecido en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento
y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el
Ejercicio Fiscal 2026.
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NOVENA.- TRANSPARENCIA.
Con la finalidad de dar transparencia al ejercicio de los recursos federales del “FOFISP” y de origen
estatal, “EL SECRETARIADO” hará públicos los montos asignados y criterios de acceso.
“EL SECRETARIADO” y “LA ENTIDAD FEDERATIVA” deberán publicar el convenio específico de
adhesión en su respectivo medio de difusión oficial, y el anexo técnico en sus páginas de internet, atendiendo
lo previsto en las disposiciones aplicables.
“EL SECRETARIADO” podrá establecer, con instituciones nacionales o internacionales, así como con
organizaciones de la sociedad civil, los mecanismos necesarios para fortalecer la adecuada rendición de
cuentas, transparencia, vigilancia y fiscalización de los recursos que se aportan con el presente convenio
específico de adhesión, así como las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento por parte de
“LA ENTIDAD FEDERATIVA”.
DÉCIMA.- RELACIÓN LABORAL.
“LAS PARTES” convienen que el personal comisionado o asignado por cada una de ellas para la
realización del objeto del presente convenio específico de adhesión se entenderá relacionado exclusivamente
con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto. En
ningún caso, “LAS PARTES” serán consideradas como patronas o patrones solidarios, sustitutos,
beneficiarios o intermediarios. “LAS PARTES” acuerdan responder de todas y cada una de las reclamaciones
que su personal llegare a presentar en contra de la otra parte; así como de las violaciones que de las leyes
fiscales, laborales, civiles, penales o de propiedad intelectual llegaran a cometer dichas personas y que
afecten a la otra parte, y los gastos en que incurran por tales juicios o reclamaciones.
DÉCIMA PRIMERA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
El cumplimiento de las obligaciones establecidas en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento
y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el
Ejercicio Fiscal 2026, el presente convenio específico de adhesión y su anexo técnico, serán suspendidas sin
responsabilidad para “LAS PARTES” cuando ocurra un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente demostrado
por la parte correspondiente. Dichas obligaciones podrán reanudarse en el momento que desaparezcan las
causas que dieron origen a la suspensión.
DÉCIMA SEGUNDA.- CONTROVERSIA E INTERPRETACIÓN.
“LAS PARTES” resolverán de común acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias, los
conflictos que se llegasen a presentar en relación con la formalización, interpretación, ejecución y
cumplimiento del presente convenio específico de adhesión y de su anexo técnico, de conformidad con las
leyes federales.
De no existir acuerdo, “LAS PARTES” se someterán a la jurisdicción de los tribunales federales en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera
corresponderles.
"LAS PARTES", enteradas del contenido y alcance legal de todas y cada una de las declaraciones y
cláusulas del presente convenio específico de adhesión, y por no existir dolo, lesión, error, mala fe o cualquier
otro vicio del consentimiento que pudiera afectar su validez, lo firman en seis tantos originales, en la Ciudad
de México, a los cinco días del mes de marzo de dos mil veintiséis.- Por el Secretariado: Secretaria Ejecutiva
del Sistema Nacional de Seguridad Pública, C. Marcela Figueroa Franco.- Rúbrica.- Por la Entidad
Federativa: Gobernadora del Estado de Campeche, C. Layda Elena Sansores San Román.- Rúbrica.
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CONVENIO Específico de Adhesión que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Chiapas, relativo al Fondo para
el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP), para el ejercicio fiscal 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Seguridad.- Secretaría de
Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN QUE, EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD
PÚBLICA, CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DEL SECRETARIADO
EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO
DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”,
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA C. MARCELA FIGUEROA FRANCO, Y, POR LA OTRA, EL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”,
REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. OSCAR EDUARDO RAMÍREZ AGUILAR; A
QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES
Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1.
DECLARA “EL SECRETARIADO” QUE:
1.1. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana es una dependencia de la Administración
Pública Federal, en términos de los artículos 2, fracción I; 26, fracción V y 30 Bis de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal.
1.2. Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección
Ciudadana, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, con función de órgano operativo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de conformidad con los artículos 45 de la Ley
General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 17, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2, apartado B fracción V; 78 y 92, del Reglamento Interior
de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; y 1 del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
1.3. Su titular, la C. Marcela Figueroa Franco, se encuentra facultada para suscribir este convenio
específico de adhesión, de conformidad con los artículos 47, fracción XXV, de la Ley General
del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 79, fracción V, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; y 5 y 7, fracción XI, del Reglamento del
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tal y como lo acredita en
términos del nombramiento expedido en su favor, el 1 de octubre de 2024, por la Presidenta
de la República.
1.4. Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en Avenida de las Torres
número 855, colonia Belén de las Flores, código postal 01110, demarcación territorial Álvaro
Obregón, Ciudad de México.
2.
DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA” QUE:
2.1. Chiapas es parte integrante de la Federación, libre y soberana en todo lo concerniente a su
régimen interior, de conformidad con todo lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I, y 43 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 1, 2 y 16, de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, y tiene la calidad de persona
moral oficial, facultada para ejercer todos los derechos que sean necesarios para realizar el
objeto de su institución.
2.2. El C. Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, asumió el cargo de Gobernador Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Chiapas el 8 de diciembre de 2024 y cuenta con facultades para
celebrar el presente convenio específico de adhesión, en términos de los artículos 51 y 59,
fracción XXXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 7, párrafo
primero y 9, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
27
2.3. Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del
presente convenio específico de adhesión y su anexo técnico.
2.4. Para todos los efectos legales relacionados con el presente convenio específico de adhesión,
señala como su domicilio el ubicado en Sede del Gobierno del Estado de Chiapas, primer piso,
sin número, colonia Centro, código postal 29000, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
3.
DECLARAN “LAS PARTES” QUE:
3.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan y con la
que comparecen a la suscripción del presente convenio específico de adhesión.
3.2 El presente convenio específico de adhesión no tiene cláusula alguna contraria a la ley y para
su celebración no media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe o
cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
3.3 Es su voluntad celebrar el presente convenio específico de adhesión, de acuerdo con el marco
jurídico aplicable, en la forma, términos y condiciones que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.
El presente convenio específico de adhesión tiene por objeto coordinar acciones entre “LAS PARTES”
para que, a través de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública
(en lo sucesivo “FOFISP”), previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2026, y los que aporte “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, por concepto del Fondo de Apoyo a que se refieren los
artículos 3, fracción XV, y 11, fracción IV de los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio
del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública para el ejercicio fiscal 2026
(en lo sucesivo “Fondo de Apoyo”), esta se encuentre en condiciones de atender las políticas, estrategias y
prioridades orientadas al cumplimiento de los Ejes Estratégicos, Programas y Subprogramas con Prioridad
Nacional vigentes y demás acuerdos aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, con base
en lo preceptuado por el párrafo décimo primero del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
SEGUNDA.- MONTOS Y DESTINOS DE GASTOS DEL “FOFISP”.
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 y los
Criterios de Distribución, Fórmulas y Variables para la Asignación de los Recursos del Fondo para el
Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública para el Ejercicio Fiscal 2026, publicados en el Diario
Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2025, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” recibirá la cantidad
de $46,392,155.00 (Cuarenta y seis millones trescientos noventa y dos mil ciento cincuenta y cinco pesos
00/100 M.N.) de los recursos del “FOFISP”. Adicionalmente “LA ENTIDAD FEDERATIVA” recibirá la cantidad
de $647,811.00 (Seiscientos cuarenta y siete mil ochocientos once pesos 00/100 M.N.) derivado del resultado
final de la distribución del Remanente del Fondo, por lo que recibirá la cantidad de los recursos de origen
federal siguiente:
ORIGEN
MONTO
Asignado por fórmula de distribución
$46,392,155.00
Recurso Remanente
$647,811.00
TOTAL ASIGNADO
$47,039,966.00
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
A efecto de complementar los recursos necesarios para el objeto del presente convenio específico de
adhesión, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” se obliga a aportar, de sus recursos presupuestarios, la cantidad de
$47,039,966.00 (Cuarenta y siete millones treinta y nueve mil novecientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.)
por concepto del “Fondo de Apoyo”, para beneficiar en especial a aquellos con menor población o mayor
grado de marginación.
Los recursos convenidos transferidos no son regularizables y no pierden el carácter de origen
federal y estatal, según corresponda, al ser transferidos y, por ello, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” libera
a “EL SECRETARIADO” de la obligación de ministrarlos en ejercicios fiscales subsecuentes, aún y cuando los
requieran para complementar las acciones derivadas del presente convenio específico de adhesión, o para
cubrir cualquier otro concepto vinculado con el objeto del mismo.
Los destinos y conceptos de gasto, las metas y las acciones prioritarias a realizar para el cumplimiento del
presente convenio específico de adhesión se establecerán en el anexo técnico respectivo, el cual una vez
firmado formará parte integrante de este convenio.
Los recursos del “FOFISP” se deberán ejercer observando las disposiciones para el ejercicio, control,
vigilancia, información, evaluación y fiscalización previstas en la Ley General del Sistema Nacional de
Seguridad Pública; el principio de anualidad previsto en el artículo 6 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2026; los criterios generales que rigen la contabilidad gubernamental
y la emisión de información financiera de los entes públicos previstos en la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que rigen a las entidades
federativas, así como a sus respectivos entes públicos, previstos en la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios; los principios para la programación, presupuestación, ejercicio, control
y evaluación aplicables a los recursos federales, previstos en la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
y la Ley General de Contabilidad Gubernamental; las disposiciones en materia de contratación y adquisición
de bienes, servicios e infraestructura; los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, y demás
disposiciones aplicables.
TERCERA.- OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”.
1.
Cumplir con lo señalado en el artículo 6, fracción X, del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2026, la normativa en materia presupuestaria, la Ley General del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del
Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio
Fiscal 2026 y demás disposiciones aplicables;
2.
Establecer un “Fondo de Apoyo”, el cual se destinará en favor de las instituciones de seguridad
pública de los municipios, en especial aquellos con menor población o mayor grado de marginación,
los cuales deberán ser previamente validados por la Dirección General de Vinculación y Seguimiento,
dicho fondo se establecerá a través de una cuenta bancaria productiva específica, acreditando su
apertura ante la misma Dirección General;
3.
Coordinarse con los municipios que autorice la Dirección General de Vinculación y Seguimiento
de “EL SECRETARIADO”, a propuesta de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, para la integración del
proyecto de inversión respecto los recursos estatales;
4.
Entregar a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO”, el día de la
concertación, los documentos establecidos en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y
Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para
el Ejercicio Fiscal 2026;
5.
Remitir a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” el recibo
por concepto de la ministración de los recursos federales, en los términos que para tal efecto
se establezcan;
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
29
6.
Ejercer los recursos para el cumplimiento de las metas convenidas, con base en lo establecido en los
Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento
de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, este convenio de
adhesión, los anexos técnicos, los proyectos de inversión y demás normativa aplicable;
7.
Establecer una cuenta bancaria productiva específica generadora de rendimientos financieros y
abierta por “LA ENTIDAD FEDERATIVA” para la administración de los recursos federales, no
pudiendo ser consideradas como tales aquellas cuentas que representen riesgos para los recursos;
así como una cuenta con las mismas características para la administración de los recursos que
aporte “LA ENTIDAD FEDERATIVA”;
8.
Registrar los avances físico-financieros mensuales y trimestrales a través del mecanismo
de seguimiento que establezca “EL SECRETARIADO” y presentarlos a la Dirección General de
Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO”;
9.
Atender en tiempo y forma las solicitudes de información que realice “EL SECRETARIADO” sobre la
administración y avances en la aplicación de los recursos convenidos, así como permitir llevar a cabo
las visitas y acciones de verificación sobre su aplicación que estime pertinentes, dando el acceso a
equipo, material, información, registros y documentos requeridos para ejecutar el seguimiento de las
acciones realizadas;
10. Cancelar la documentación comprobatoria original del gasto con la leyenda “Operado FOFISP 2026”,
o como se establezca en las disposiciones locales, y reportarla en caso de requerimiento
a “EL SECRETARIADO”;
11. Obtener de la Dirección General de Apoyo Técnico de “EL SECRETARIADO” las validaciones de los
programas de capacitación. “LA ENTIDAD FEDERATIVA” deberá presentar a la Dirección General
de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” las solicitudes correspondientes de acuerdo
con el calendario de actividades 2026; en caso de ser presentadas con posterioridad a la fecha
señalada, serán desechadas. Todas las acciones de capacitación deberán concluir a más tardar el
último día hábil de diciembre del 2026;
12. Remitir a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO”, dentro de los
siguientes 20 días hábiles, contados a partir de que el curso haya concluido, la ficha de verificación y
seguimiento y el reporte de cumplimiento de metas, debidamente firmados por las autoridades
competentes, de acuerdo con los formatos que para dicho fin emita la Dirección General de Apoyo
Técnico de “EL SECRETARIADO”;
13. Enviar a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” el formato
único de resultados de la evaluación de competencias básicas del personal policial preventivo en
activo y el formato único de resultados de la evaluación del desempeño del personal en activo de las
instituciones de seguridad pública, debidamente firmados por las autoridades correspondientes;
14. Remitir los proyectos de reglamento, catálogo de puestos, manual de organización, manual de
procedimientos y, en su caso, la presentación del software denominado Herramienta de Seguimiento
y Control, todos del Servicio Profesional de Carrera, para su revisión o en su caso acreditación, así
como los documentos que acrediten el cumplimiento de las metas del Servicio Profesional de
Carrera, conforme al anexo técnico correspondiente;
15. Remitir los informes del avance de cumplimiento de metas de evaluación de control de confianza, los
cuales deberán ser emitidos por el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza a través de
los mecanismos, formatos y/o plazos que determine el Centro Nacional de Certificación y
Acreditación de “EL SECRETARIADO”;
30
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
16. Las evaluaciones de control de confianza convenidas deberán ser aplicadas a más tardar al 31 de
diciembre del 2026;
17. Reintegrar los recursos Federales y Estatales del FOFISP que se encuentren disponibles al 31 de
diciembre de 2026, incluyendo los rendimientos financieros a más tardar el 15 de enero de 2027;
18. Reintegrar los recursos Federales y Estatales del FOFISP que se encuentren comprometidos o
devengados, pero no pagados al 31 de diciembre de 2026, se deberán cubrir los pagos respectivos a
más tardar el 31 de marzo de 2027, cumplido el plazo referido los recursos remanentes deberán
reintegrarse a la Tesorería de la Federación o a la Hacienda Local, según corresponda, a más tardar
dentro de los quince (15) días naturales siguientes;
19. Realizar los reintegros referidos a través de los sistemas electrónicos establecidos por la Tesorería
de la Federación, así como por las líneas de captura por concepto de reintegros presupuestarios
para los recursos federales y línea de captura del PEC Pago Electrónico de Contribuciones
Federales proporcionadas por la Dirección General, por concepto de pago de impuestos, derechos,
productos y aprovechamientos para los rendimientos financieros de los recursos federales, que para
tal efecto se emitan.
20. Dirigir toda la documentación que se remita a “EL SECRETARIADO”, a través de la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento, la cual fungirá como ventanilla única, con excepción de lo
establecido en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el
Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026;
21. Remitir las actas de cierre y la documentación dentro de los plazos establecidos en el calendario de
actividades;
22. Dar acompañamiento a los municipios en las visitas y acciones de verificación sobre la aplicación del
recurso convenido, facilitando el acceso a equipo, material, información, registros y documentos
requeridos para ejecutar el seguimiento de las acciones realizadas; y
23. Las demás establecidas en el anexo técnico y las disposiciones aplicables.
CUARTA.- GESTIÓN PARA LA ENTREGA DE LOS RECURSOS.
“EL SECRETARIADO” iniciará los trámites para la única ministración de los recursos del “FOFISP”
a “LA ENTIDAD FEDERATIVA” en términos del artículo 45 de los Lineamientos de Operación para el
Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública
(FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, mismos que ascienden al 100% (cien por ciento) del monto total
convenido, siendo la cantidad de:
ENTIDAD FEDERATIVA
MONTO ÚNICA MINISTRACIÓN
CHIAPAS
$47,039,966.00
En caso de que opte por transferir los recursos a los municipios para su ejercicio, “LA ENTIDAD
FEDERATIVA” iniciará los trámites para la única ministración de los recursos de origen estatal a los
municipios que determine con cargo al “Fondo de Apoyo”, en términos del artículo 47 de los Lineamientos
de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de
Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, la cual corresponderá 100% (cien por ciento)
del monto total convenido, conforme a lo señalado en el Anexo Técnico.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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QUINTA.- OPERACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y SEGUIMIENTO.
Las personas titulares de la Dirección General de Vinculación y Seguimiento de “EL SECRETARIADO” y
del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, en el
ámbito de sus respectivas competencias, serán los responsables de coordinar la operación, funcionamiento y
seguimiento de los recursos federales “FOFISP” y de origen estatal.
Por parte de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, la persona titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema
Estatal de Seguridad Pública será el responsable de entregar los informes mensuales y trimestrales que se
deban rendir a “EL SECRETARIADO” en términos de este convenio específico de adhesión.
En caso de que “LA ENTIDAD FEDERATIVA” incumpla con alguna de las obligaciones establecidas
en el presente convenio específico de adhesión o su anexo técnico, se sujetarán a lo dispuesto
por los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las
Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026.
SEXTA.- ENLACES.
Para el cumplimiento del presente convenio específico de adhesión y las disposiciones de los
Lineamientos de Operación para el Otorgamiento y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento
de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el Ejercicio Fiscal 2026, “LAS PARTES” convienen
designar como enlaces de cada una de ellas a las siguientes personas:
1.
Por parte de “EL SECRETARIADO”
Nombre y cargo: Alí López Castellanos, Director General de Vinculación y Seguimiento, o a quien lo
sustituya en el cargo.
Domicilio: América 300, piso 4, colonia Los Reyes Coyoacán, demarcación territorial Coyoacán,
código postal 04330, Ciudad de México.
Teléfono: 5511036000 ext. 71283
Correo electrónico: ali.lopez@sspc.gob.mx y oficialiadgvs@sspc.gob.mx
2.
Por parte de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”
Nombre y cargo: José Domingo Bezares Vázquez, Secretario Ejecutivo del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, o a quien lo sustituya en el cargo.
Domicilio: Boulevard Fidel Velázquez, número 2700 Fraccionamiento las águilas, código
postal 29049.
Teléfono: 961 61 7 97 00 ext. 10881 o 961 77 04570 ext. 101
Correo electrónico: secretariadoejecutivo@sesesp.chiapas.gob.mx
“LAS PARTES” se comprometen a notificarse por escrito cualquier cambio de enlace o medios de
contacto, con diez días hábiles de anticipación por lo menos.
SÉPTIMA.- MODIFICACIONES.
El presente convenio específico de adhesión podrá ser modificado o adicionado de común acuerdo entre
“LAS PARTES”, y dichas modificaciones solo serán válidas cuando hayan sido hechas por escrito y firmadas
por las personas representantes de “LAS PARTES”.
OCTAVA.- VIGENCIA.
El presente instrumento entrará en vigor a partir del día de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de
2026, con excepción de los plazos correspondientes a las obligaciones de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” en
cuanto a informar y documentar la aplicación de los recursos federales y de origen estatal ministrados,
tiempo que no podrá exceder de lo establecido en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento
y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el
Ejercicio Fiscal 2026.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
NOVENA.- TRANSPARENCIA.
Con la finalidad de dar transparencia al ejercicio de los recursos federales del “FOFISP” y de origen
estatal, “EL SECRETARIADO” hará públicos los montos asignados y criterios de acceso.
“EL SECRETARIADO” y “LA ENTIDAD FEDERATIVA” deberán publicar el convenio específico de
adhesión en su respectivo medio de difusión oficial, y el anexo técnico en sus páginas de internet, atendiendo
lo previsto en las disposiciones aplicables.
“EL SECRETARIADO” podrá establecer, con instituciones nacionales o internacionales, así como con
organizaciones de la sociedad civil, los mecanismos necesarios para fortalecer la adecuada rendición de
cuentas, transparencia, vigilancia y fiscalización de los recursos que se aportan con el presente convenio
específico de adhesión, así como las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento por parte de
“LA ENTIDAD FEDERATIVA”.
DÉCIMA.- RELACIÓN LABORAL.
“LAS PARTES” convienen que el personal comisionado o asignado por cada una de ellas para la
realización del objeto del presente convenio específico de adhesión se entenderá relacionado exclusivamente
con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto. En
ningún caso, “LAS PARTES” serán consideradas como patronas o patrones solidarios, sustitutos,
beneficiarios o intermediarios. “LAS PARTES” acuerdan responder de todas y cada una de las reclamaciones
que su personal llegare a presentar en contra de la otra parte; así como de las violaciones que de las leyes
fiscales, laborales, civiles, penales o de propiedad intelectual llegaran a cometer dichas personas y que
afecten a la otra parte, y los gastos en que incurran por tales juicios o reclamaciones.
DÉCIMA PRIMERA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
El cumplimiento de las obligaciones establecidas en los Lineamientos de Operación para el Otorgamiento
y Ejercicio del Fondo para el Fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública (FOFISP) para el
Ejercicio Fiscal 2026, el presente convenio específico de adhesión y su anexo técnico, serán suspendidas sin
responsabilidad para “LAS PARTES” cuando ocurra un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente demostrado
por la parte correspondiente. Dichas obligaciones podrán reanudarse en el momento que desaparezcan las
causas que dieron origen a la suspensión.
DÉCIMA SEGUNDA.- CONTROVERSIA E INTERPRETACIÓN.
“LAS PARTES” resolverán de común acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias, los
conflictos que se llegasen a presentar en relación con la formalización, interpretación, ejecución y
cumplimiento del presente convenio específico de adhesión y de su anexo técnico, de conformidad con
las leyes federales.
De no existir acuerdo, “LAS PARTES” se someterán a la jurisdicción de los tribunales federales en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera
corresponderles.
"LAS PARTES", enteradas del contenido y alcance legal de todas y cada una de las declaraciones y
cláusulas del presente convenio específico de adhesión, y por no existir dolo, lesión, error, mala fe o cualquier
otro vicio del consentimiento que pudiera afectar su validez, lo firman en seis tantos originales, en la Ciudad
de México, a los cinco días del mes de marzo de dos mil veintiséis.- Por el Secretariado: Secretaria Ejecutiva
del Sistema Nacional de Seguridad Pública, C. Marcela Figueroa Franco.- Rúbrica.- Por la Entidad
Federativa: Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, C. Oscar Eduardo Ramírez
Aguilar.- Rúbrica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
33
SECRETARIA DE ECONOMIA
ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa para trámites que se
realizan ante la Secretaría de Economía.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 25,
párrafo décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 1, 5, 6, fracción II y III, 10, fracciones III, V, IX y XIV, 19, 20, fracción V, 24 y
51 de la Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos; 4 de la Ley Federal del Procedimiento
Administrativo; y 5, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
establece que a fin de contribuir al desarrollo y bienestar de las personas, grupos, comunidades y sectores
sociales y económicos, las autoridades de todos los órdenes de gobierno deberán implementar políticas
públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias,
desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que establezca la ley
nacional en la materia;
Que la Secretaría de Economía, a través de la Unidad de Desarrollo Productivo auxiliada por la Dirección
General de Operación autorizará y, en su caso, canalizará de conformidad con las disposiciones jurídica
aplicables, los recursos públicos de los programas a su cargo para el apoyo a proyectos relacionados con las
micro, pequeñas y medianas empresas y las personas emprendedoras del país. Asimismo, emitirá las
constancias que acrediten a las empresas estar constituidas como microempresas o microindustrias en
términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor y su Reglamento;
Que la Secretaría de Economía, a través de la Unidad de Desarrollo Productivo auxiliada por la Dirección
General de Operación, operará y administrará el Registro Nacional de Empresas Integradoras, y será la
instancia de consulta de dichas empresas respecto a programas de apoyo en áreas específicas como la
tecnología, productividad, capacitación, financiamiento y diseño, a cargo del Gobierno Federal e instituciones
de apoyo;
Que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) es la Autoridad Nacional de
Simplificación y Digitalización y tiene las atribuciones en el ámbito de la Administración Pública Federal de
revisar el marco regulatorio federal y, en su caso, emitir recomendaciones a los Sujetos Obligados
competentes para la simplificación de Regulaciones, Trámites y Servicios específicos, las cuales serán de
carácter vinculante. Asimismo, requerir a los Sujetos Obligados realizar acciones de simplificación
administrativa, digitalización de Trámites y Servicios, y buenas prácticas regulatorias, a través de propuestas
de simplificación y digitalización de los mismos, de conformidad con el artículo 10, fracciones II, III y IX de la
Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB). Por ello, en el marco del Modelo Nacional para
Eliminar Trámites Burocráticos, la Dirección General de Operación de la Secretaría de Economía y la ATDT,
han realizado mesas de trabajo con el objetivo de implementar acciones de mejora que permitan reducir
trámites, requisitos, tiempos de respuesta e implementar formatos actualizados en los trámites de Obtención
de constancia de estratificación de empresas; Cédula de Microindustria y el Registro Nacional de Empresas
Integradoras, respectivamente;
Que se elimina el trámite denominado Obtención de Constancia de Estratificación de empresas
(Persona Física), en virtud de que, el artículo 8 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la
Actividad Artesanal establece que el documento idóneo para empresarios personas físicas es la cédula de
microindustria, que les permitirá tener reconocido para sus unidades económicas de producción el carácter de
empresas de microindustria y gozar de los beneficios que éste u otros ordenamientos les otorguen. Además,
de conformidad con el artículo 3, fracción II de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa; el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas y el artículo 4 del Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la
constancia de estratificación requiere que la persona solicitante sea una persona moral legalmente
constituida;
Que el artículo 6 de la LNETB, establece que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de
la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,
deben reducir al mínimo los costos burocráticos para la prestación de trámites y servicios, buscando las
regulaciones que expidan para estos efectos generen el mayor beneficio posible para las personas, con apego
a los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, proporcionalidad, publicidad y transparencia,
entre otros;
34
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Que el artículo 19 de la LNETB establece el Modelo Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos como el
conjunto de herramientas y acciones de observancia obligatoria para los Sujetos Obligados, que tiene como
objetivo eliminar costos burocráticos para facilitar el acceso y obtención de Trámites y Servicios. Por ello, las
dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, no solicitarán
documentos que ellos mismos expidan; asumirán la mayor carga regulatoria; no solicitarán copias simples
para la gestión de trámites o servicios; eliminarán requisitos innecesarios; reducirán los plazos de respuesta
de los trámites o servicios; sustituirán permisos por avisos, cuando proceda; fusionarán los trámites que
guarden relación entre ellos; crearán flujos simultáneos que faciliten los procesos para las personas usuarias;
e implementarán formatos únicos para la solicitud de Trámites y Servicios que incluyan las manifestaciones
bajo protesta de decir verdad que, en su caso, resulten necesarias;
Que son objetivos de la política de simplificación administrativa, modernizar los trámites y servicios
mismos que podrán ser simplificados mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión
correspondiente, y en observancia al artículo 24 de la LNETB, la simplificación podrá ser conforme a la
habilitación de herramientas electrónicas para la presentación de trámites y servicios, el establecimiento de
plazos de respuesta menores a los máximos previstos, extender la vigencia de las resoluciones otorgadas por
los sujetos obligados, eliminar requisitos y costos burocráticos de cualquier tipo e implementar cualquier otra
acción de mejora, simplificación y digitalización de los trámites y servicios de su competencia, y
Que por lo anterior, y para cumplir a cabalidad lo dispuesto en la LNETB, a la luz de los principios
establecidos en su texto normativo y de acuerdo con el Eje Transversal 2: Innovación pública para el
desarrollo tecnológico, del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 que tiene como objetivo el incrementar la
productividad y competitividad del país a través de un proceso de simplificación, digitalización y reducción en
tiempos de resolución de trámites en los tres órdenes de gobierno y como estrategia, establecer un modelo
nacional que modernice las operaciones gubernamentales mediante la simplificación y digitalización de
trámites administrativos, cumpliendo con reglas de gestión documental, facilitando el acceso a derechos,
promoviendo la inversión y eliminando prácticas de corrupción, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN Y MEJORA
ADMINISTRATIVA PARA TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se suprime la obligación de presentar de manera física los requisitos eliminados
de los trámites que se enlistan a continuación, no obstante la información indispensable contenida en ellos, se
deberá requisitar en los formatos de solicitud físicos o en línea, según proceda:
No.
Homoclave del
trámite
Nombre
Mejoras implementadas
Requisitos obligatorios después de
la simplificación
1
SE-2025-001-001
Constancia de
estratificación de
empresas.
Se eliminan los siguientes requisitos:
1. Escrito libre dirigido a la Unidad de
Desarrollo
Productivo
adscrita
a
la
Secretaría de Economía (SE).
2. Acta constitutiva.
3.
Identificación
oficial
vigente
del
representante o apoderado legal.
1. Formato de solicitud.
2. Poder del representante legal.
3. Constancia de situación fiscal.
4. Acuse de recibo junto con la
declaración anual.
5. El pago respectivo y la Cédula de
Determinación
de
Cuotas
Obrero
Patronales.
2
SE- 2021-065-008
Registro Nacional de
Empresas Integradoras.
Se eliminan los siguientes requisitos:
1. Escrito libre dirigido a la Unidad de
Desarrollo Productivo adscrita a la SE.
2. Acta Constitutiva.
1. Formato de Solicitud.
2. Estudio de factibilidad.
3. Proyecto de Acta Constitutiva.
3
SE-2025-002-002
Cédula de
Microindustria.
Se elimina el siguiente requisito:
1. Escrito libre dirigido a la Unidad de
Desarrollo Productivo adscrita a la SE.
Los siguientes requisitos se integran al
formato de solicitud:
2. Carta bajo protesta de decir verdad
firmada por el solicitante o representante
legal, en la que manifieste que no cuenta
con la declaración anual del Impuesto
Sobre la Renta (ISR), solamente para
aquellas sociedades mercantiles que se
hubieren dado de alta ante el Servicio de
Administración Tributaria (SAT) en el
presente ejercicio fiscal, misma que tendrá
un valor de cero en ventas anuales.
1. Formato de solicitud.
2. Identificación Oficial Vigente.
3. En caso de que la microindustria, ya
se encuentra en operaciones:
Presentar acuse de recibo junto con la
declaración
anual
de
la
última
declaración anual del ISR del año
inmediato anterior.
4.
Para
acreditar
el
rango
de
trabajadores,
puede
presentar
cualquiera
de
los
siguientes
documentos:
a) Comprobantes de pago de la Cédula
de Determinación de Cuotas Obrero
Patronales, o la propuesta de Cédula
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
35
3. Escrito libre donde indique, bajo protesta
de decir verdad, el número de trabajadores
contratados bajo esta modalidad, firmado
por el solicitante.
4. Escrito libre bajo protesta de decir
verdad donde indique el número de
trabajadores a su cargo contratados bajo
esa modalidad, firmado por el solicitante.
5. De no contar con empleados, elaborar
carta de autoempleo firmada por el
solicitante, bajo protesta de decir verdad.
de Determinación de Cuotas Obrero
Patronal
correspondiente
al
último
bimestre del presente ejercicio fiscal.
b) Contrato de prestación de servicios
vigente y recibo de honorarios o
Contrato vigente del solicitante con la
empresa donde brinda sus servicios.
c) Alta de los trabajadores ante el
Instituto Mexicano del Seguro Social
(IMSS) y su comprobante de pago para
aquellos solicitantes que tengan un alta
ante el SAT menor a dos meses.
En caso de persona moral:
5. Acta constitutiva de la empresa o
poder notarial, de ser el caso.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se implementa la asignación de homoclave para los siguientes trámites:
No.
Nombre del trámite
Homoclave asignada
1
Obtención de constancia de estratificación de empresas
SE-2025-001-001
2
Cédula de Microindustria
SE-2025-002-002
ARTÍCULO TERCERO.- Se implementa la reducción de tiempo de resolución para los siguientes trámites:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Reducción de tiempo
Antes
Ahora
1
SE-2025-001-001
Obtención de constancia de estratificación de empresas
15 días hábiles
12 días hábiles
2
SE-2025-002-002
Cédula de Microindustria
5
días hábiles
3
días hábiles
3
SE-2021-065-008
Registro Nacional de Empresas Integradoras
90 días naturales
40 días hábiles
ARTÍCULO CUARTO.- Se elimina el trámite denominado Obtención de Constancia de estratificación de
empresas (Persona física).
ARTÍCULO QUINTO.- Se crean los Formatos de Solicitud para los trámites que se señalan en el artículo
primero del presente Acuerdo, derivado de la mejora y eliminación de requisitos, mismos que se integran
como a continuación se indica:
No.
Homoclave del
trámite
Nombre del trámite
Homoclave del formato de
solicitud
Número de
Anexo
1
SE-2025-001-001
Obtención de Constancia de estratificación de empresas
FF-SE-2025-001-001
Anexo I
2
SE-2025-002-002
Cédula de Microindustria
FF-SE-2025-002-002
Anexo II
3
SE- 2021-065-008
Registro Nacional de Empresas Integradoras
FF-SE-2021-065-008
Anexo III
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
SEGUNDO. Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo se resolverán
de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
TERCERO. La Dirección General de Operación de la Secretaría de Economía, de conformidad con el
presente Acuerdo, no solicitará requisitos adicionales a los previstos en este, ni documentación que obre en
sus archivos físicos o electrónicos, o copias simples.
CUARTO. La Secretaría de Economía actualizará la información de los trámites y servicios enunciados en
el Acuerdo en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, de conformidad con los artículos 53 y 54 de
la Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos.
Ciudad de México, a 8 de abril de 2026.- El Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard
Casaubon.- Rúbrica.
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Miércoles 29 de abril de 2026
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_________________________________________
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DIARIO OFICIAL
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ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico
para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, publicado el 20 de marzo de 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; segundo párrafo, Décimo, tercer párrafo del Decreto por
el que se otorgan estímulos fiscales en los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar; 5, fracciones
XVII y XXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y los lineamientos 2, fracción XIV, 4,
fracción II, 8, segundo párrafo del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para los Polos de Desarrollo
Económico para el Bienestar, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26, apartado A de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional mediante la
competitividad, el fomento del crecimiento económico, el empleo, así como una justa distribución del ingreso y
la riqueza, para garantizar que ésta sea integral y sustentable y que permita el pleno ejercicio de la libertad y
la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Al desarrollo económico nacional concurrirán, con
responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de
actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15
de abril de 2025, considera al “Plan México” como una herramienta de largo plazo que sustenta una estrategia
de industrialización en el país incrementando la participación de las empresas mexicanas en la cadena de
proveeduría de las exportaciones y en la generación de productos para consumo nacional; permitiendo a las
empresas nacionales, desde micro, pequeñas y medianas hasta grandes corporaciones, tener un papel más
activo en la manufactura de bienes intermedios, insumos y componentes esenciales;
Que en ese sentido, el “Plan México”, presentado por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos el
13 de enero de 2025, es una estrategia de desarrollo nacional que busca fortalecer el mercado interno y los
mercados regionales para posicionar a México en las diez principales economías del mundo y reducir la
pobreza y la desigualdad. Esta estrategia también busca promover el desarrollo económico sostenible y
equitativo en todo el país; generar empleos dignos y bien remunerados; fortalecer el progreso científico,
tecnológico y la innovación; ampliar el acceso a la educación media superior y superior y su vínculo con el
Plan Nacional de Desarrollo, a fin de alcanzar el bienestar de las mexicanas y los mexicanos;
Que en la estrategia prevista en el numeral 7 de las Estrategias del Plan México, previstas en el Plan
Nacional de Desarrollo 2025-2030, se establece el “Promover los polos de desarrollo y de bienestar a partir de
vocaciones regionales”;
Que con fecha 20 de marzo de 2026, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emite la Declaratoria
del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, y
Que en consecuencia, resulta necesario modificar el Acuerdo antes señalado, en virtud de que se requiere
precisar las coordenadas de los polígonos dentro de los cuales se instaurará el Polo de Desarrollo Económico
para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, por lo que se ha tenido a bien emitir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE EMITE LA DECLARATORIA DEL
POLO DE DESARROLLO ECONÓMICO PARA EL BIENESTAR TOPOLOBAMPO, SINALOA, PUBLICADO
EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE MARZO DE 2026
Artículo Único. – Se reforma el ARTÍCULO TERCERO, fracción I, del Acuerdo por el que se emite la
Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2026, para quedar como sigue:
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
“ARTÍCULO TERCERO. …
I. Criterio de Macro Localización
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN DEL POLIGONO 1
LADO
COORDENADAS UTM 12 N
Estación
Punto visado
COORDENADA EN X
COORDENADA EN Y
6a
7
695236.0540
2838142.9480
7
8
695197.0170
2837974.8830
8
9
695176.6610
2837888.9480
9
10
695155.5030
2837799.3941
10
E
695112.3850
2837616.1751
E
F
695063.2475
2837406.3076
F
A
695242.6305
2837365.3472
A
14
695197.2179
2837166.4661
14
15
695679.8860
2837056.2533
15
15a
695847.9411
2837774.8154
15a
6a
695897.8667
2837987.7571
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN DEL POLIGONO 2
LADO
COORDENADAS UTM 12 N
Estación
Punto visado
COORDENADA EN X
COORDENADA EN Y
1
2
695702.1600
2836541.0900
2
3
695690.4042
2836547.6559
3
4
695700.8440
2836594.0909
4
5
695667.8156
2836628.5628
5
6
695724.8958
2836873.0865
6
7
696024.3108
2836845.9159
7
8
696022.6329
2837042.9286
8
9
695766.7817
2837052.5152
9
10
695809.9496
2837237.4403
10
11
695891.9600
2837385.7200
11
12
695906.5760
2837448.5451
12
13
695947.8466
2837449.4102
13
14
696228.0079
2838653.6505
14
15
696397.7055
2838690.5856
15
16
697042.7794
2838347.7066
16
17
697030.8730
2837912.6971
17
18
696998.6375
2837897.9214
18
19
697003.9617
2837844.9221
19
20
696968.6558
2837777.0582
20
21
697013.3688
2837728.9603
21
22
697029.4122
2837741.7547
22
23
697024.6098
2837373.1597
23
24
697062.5428
2837317.9725
24
25
697116.9647
2837286.9031
25
26
696848.1758
2836752.3463
26
27
696802.6233
2836773.0543
27
28
696720.5403
2836609.8108
28
1
696161.3604
2836311.6191
…
…”
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 20 días de abril de 2026.- El Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard
Casaubon.- Rúbrica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
55
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
NOTA aclaratoria a la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SAGARPA-2018, Carne de bovino-Clasificación de
canales conforme a sus características de madurez fisiológica y marmoleo, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 23 de noviembre de 2020.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Agricultura.- Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural.
NOTA
ACLARATORIA
A
LA
NORMA
OFICIAL
MEXICANA
NOM-004-SAGARPA-2018,
CARNE
DE
BOVINO-CLASIFICACIÓN DE CANALES CONFORME A SUS CARACTERÍSTICAS DE MADUREZ FISIOLÓGICA
Y MARMOLEO, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2020.
En el numeral 6.5.1 dice:
6.5.1 La clasificación solo deberá realizarse en canales que han sido refrigeradas, al menos
durante 24 horas, debiendo alcanzar una temperatura de 40 C.
Debe decir:
6.5.1 La clasificación solo deberá realizarse en canales que han sido refrigeradas, al menos
durante 24 horas, debiendo alcanzar una temperatura de 4°C.
En el numeral 6.6.1.1 dice:
MADUREZ ÓSEA […]
[…]
[…]
[…]
Donde % T10, % T11 y % T12 corresponden a la estimación visual del porcentaje de tejido óseo en
relación al cartílago de cada uno de los botones correspondientes a las vértebras torácicas 10, 11 y 12
respectivamente. En el apéndice 2 se muestran las figuras para la estimación visual del porcentaje
de tejido óseo.
[…]
Debe decir:
MADUREZ ÓSEA […]
[…]
[…]
[…]
Donde % T10, % T11 y % T12 corresponden a la estimación visual del porcentaje de tejido óseo en
relación al cartílago de cada uno de los botones correspondientes a las vértebras torácicas 10,
11 y 12 respectivamente. En el apéndice 1 se muestran las figuras para la estimación visual del porcentaje de
tejido óseo.
[…]
Ciudad de México, a 17 de abril de 2026.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Julio Antonio
Berdegué Sacristán.- Rúbrica.
56
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA,
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
ACUERDO por el que se amplía la aplicación de la Jornada de Medicina Preventiva en el Transporte para la
Unidad Médica de Bombas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comunicaciones.-
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- Subsecretaría de Comunicaciones y
Transportes.- Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte.
ARQ. TANIA CARRO TOLEDO, SUBSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 36 fracciones I y XV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 36 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 4 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo; 1, 3 apartado A, fracción II, incisos a) y b), 6, fracciones I, II, IV, VI, XI, XXI;
del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; 1o, 3o, 5o
fracción I, 7, 8, 10, 11, 18, 21 y 22 del Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte; en
concordancia con los Acuerdos por los que se establecen acciones de simplificación para trámites y servicios
que se realizan ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicados en el Diario
Oficial de la Federación el 25 de marzo y 02 de julio, ambos del 2025, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 1, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece
que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar,
proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Que los artículos 4, párrafo vigésimo primero y 5, párrafo primero de la propia Constitución, reconocen que
toda persona tiene derecho a la movilidad y al trabajo que le acomode siendo lícito, respectivamente.
Que, dentro de los Cien Compromisos para el Segundo Piso de la Transformación, previstos en el Plan
Nacional de Desarrollo 2025-2030, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de abril de 2025, se
encuentra el relativo a la “República Próspera y Conectada”, el cual señala que es necesario transitar hacia
una visión de transporte multimodal que combine distintos medios de transporte para carga y pasajeros,
con el objetivo de mejorar la competitividad, reducir costos y mejorar la eficiencia en el transporte, lo que
requiere esfuerzos continuos de mejoramiento y conservación para garantizar seguridad vial y eficiencia en
el transporte.
Que el citado Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 establece, en su Eje Transversal 2, Innovación
pública para el desarrollo tecnológico nacional, el Objetivo T.2.1, consistente en incrementar la productividad y
competitividad del país a través de un proceso de simplificación, digitalización y reducción en tiempos de
resolución de trámites en los tres órdenes de gobierno como parte de la política de mejora regulatoria.
Que el artículo 36, fracciones I y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece
que corresponde a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, formular y conducir las
políticas y programas para el desarrollo del transporte terrestre, de acuerdo con las necesidades del país;
así como establecer los requisitos que deban satisfacer el personal de transporte terrestre y conceder las
licencias y autorizaciones respectivas.
Que, de conformidad con el artículo 3, apartado A, fracción II, incisos a) y b) del Reglamento Interior de la
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Subsecretaría de Comunicaciones y
Transportes tiene adscritas la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y la
Dirección General de Autotransporte Federal, las cuales cuentan con facultades para establecer requisitos
que permitan la expedición de las licencias del personal que interviene en la operación de autotransporte
federal en el ámbito de sus atribuciones.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 6, fracciones IV y VI del Reglamento Interior de la Secretaría
de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (RISICT), la Subsecretaría de Comunicaciones y
Transportes cuenta con facultades para dictar las medidas necesarias para el mejoramiento administrativo de
las unidades administrativas bajo su adscripción; así como para establecer las políticas, normas, sistemas y
procedimientos para la ejecución de las funciones asignadas a dichas unidades administrativas.
Que corresponde a la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, conforme a
lo dispuesto por el artículo 24, fracción IX del RISICT, determinar las condiciones psicofísicas del personal que
interviene en el sistema operativo de los distintos modos de transporte terrestre de jurisdicción federal; en
tanto que a la Dirección General de Autotransporte Federal le corresponde expedir, controlar y, en su caso,
renovar, refrendar, suspender y cancelar las licencias federales de las personas conductoras, de conformidad
con lo previsto en el artículo 23, fracción XXXVII, del propio Reglamento Interior.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
57
Que de conformidad con el artículo 1 del Reglamento de Medicina Preventiva en el Transporte, el servicio
de protección y medicina preventiva en el transporte es de orden e interés público, de observancia obligatoria
y tiene por objeto regular el servicio de medicina preventiva en el transporte, a través de la práctica de los
exámenes psicofísico integral, médico en operación y toxicológico, para la expedición de los dictámenes y
constancias correspondientes al personal de nacionalidad mexicana o extranjera que en las vías generales de
comunicación, intervenga en la operación, conducción o auxilio de los diversos modos de transporte federal y
sus servicios auxiliares.
Que con fecha 30 de diciembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO
POR EL QUE SE ESTABLECEN FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LA PRÁCTICA DEL EXAMEN
PSICOFÍSICO INTEGRAL EN LAS JORNADAS DE MEDICINA DEL TRANSPORTE, para facilitar al
personal que opera, conduce o auxilia a los diversos modos de transporte federal y los servicios auxiliares,
programadas para las sedes: Unidad Médica Bombas, Unidad Médica Toluca Centro, Unidad Médica Centro
SICT Guadalajara y en la Unidad Médica Centro SICT Monterrey, en un horario por lo que respecta a la
Unidad Médica de Bombas, de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes, exceptuando días y horas inhábiles,
con una duración del 1 al 30 de enero (21 días hábiles).
Que en forma complementaria al acuerdo de referencia, es necesario ampliar la jornada de medicina en el
transporte, para la Unidad Médica Bombas, ubicada en Calzada de las Bombas, número 411, colonia Los
Girasoles, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04920, Ciudad de México, para la realización de exámenes psicofísicos
que permita expedir la Constancia de Aptitud Psicofísica, como requisito indispensable para que las personas
operadoras obtengan o renueven su Licencia Federal de Autotransporte Federal, en la conducción, operación
o auxilio de los diversos modos de transporte federal y servicios auxiliares, a efecto de cumplir los principios
constitucionales que promuevan la seguridad y la vida de personas que transiten, circulen, conduzcan o
utilicen las vías generales de comunicación.
La ampliación de la jornada ofrece beneficios cuantitativos y cualitativos que justifican plenamente su
adopción: incrementa la capacidad de atención, reduce tiempos y costos indirectos para los solicitantes,
otorga certidumbre operativa, mejora la trazabilidad administrativa, contribuye a disminuir el rezago en
licencias y protege la continuidad laboral de los operadores, con impactos positivos en el funcionamiento de
un sector esencial para la economía del país.
Por su carácter temporal, focalizado y extraordinario, la medida permite atender una necesidad
inmediata sin modificar el marco regulatorio ordinario, maximizando la eficiencia administrativa y generando
valor público.
Lo anterior, tiene como interés superior prevenir accidentes en vías terrestres de jurisdicción federal en
beneficio del personal que presta sus servicios de autotransporte y sus servicios auxiliares, así como de las
personas usuarias de las vías de comunicación antes mencionadas.
Que, conforme el servicio público de protección y medicina preventiva en el transporte, requiere de la
coordinación de las unidades administrativas que conforman a la Subsecretaría de Comunicaciones
y Transportes, con la participación del sector en un esquema de concertación, colaboración y
corresponsabilidad, que permita garantizar la seguridad desde el punto de vista médico para prevenir
accidentes, a través de acciones concretas y ágiles que faciliten su cumplimiento, en atención a la demanda
ciudadana de contar con una movilidad segura en las vías terrestres de jurisdicción federal.
Que se considera necesario que la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el
Transporte y la Dirección General de Autotransporte Federal, en el ámbito de sus atribuciones, ampliar las
jornadas de medicina en el transporte, que permitan al personal obtener la licencia para la prestación del
servicio de autotransporte y sus servicios auxiliares en vías terrestres de jurisdicción federal, por lo que he
tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE AMPLÍA LA APLICACIÓN DE LA JORNADA DE
MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE PARA LA UNIDAD MÉDICA DE BOMBAS
PRIMERO. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la
Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte (DGPMPT), amplía la aplicación de
la Jornada de Medicina Preventiva en el Transporte bajo un esquema de otorgamiento de facilidades para la
práctica del Examen Psicofísico Integral (EPI) al personal que intervenga en la operación, conducción o auxilio
del autotransporte federal en las vías generales de comunicación terrestre, conforme a los requisitos
establecidos en el presente Acuerdo.
El personal que obtenga la Constancia de Aptitud Psicofísica, durante estas jornadas estará en posibilidad
de tramitar, ante la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), la expedición o renovación de la
licencia federal correspondiente.
SEGUNDO. Las Jornadas de Medicina del Transporte, se amplía para la Unidad Médica Bombas, ubicada
en Calzada Las Bombas, número 411, colonia Los Girasoles, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04920, Ciudad de
México, en un horario de lunes a viernes de 14:00 a 18:00 horas, exceptuando días y horas inhábiles, para los
meses de mayo, agosto y noviembre.
58
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
TERCERO. Los EPI que podrán solicitarse durante las Jornadas serán: Expedición, Revalidación o
Revaloración, en términos de lo dispuesto por el Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el
Transporte, los cuales se realizarán el mismo día de su inicio.
CUARTO. Las jornadas se desarrollarán en la sede antes señalada, el personal que participe en la
Jornada deberá presentarse dentro del horario establecido en el artículo SEGUNDO de este Acuerdo.
QUINTO. El personal que solicite la práctica del EPI, en cualquiera de las modalidades deberá presentar
lo siguiente:
I.
Documentación:
a.
Identificación oficial; y
b.
Comprobante de pago.
II.
Documentación Médica:
a.
Electrocardiograma expedido por laboratorio certificado
b.
Estudios de glucosa sérica y hemoglobina glucosilada expedidos por laboratorio certificado
c.
Reporte de agudeza visual no mayor a 30 días; en caso de usar lentes, deberán portarse durante la
práctica del examen. El reporte deberá ser expedido por oftalmólogo autorizado.
d.
Carta responsiva firmada.
La documentación médica a que se refiere este numeral deberá ser emitida por laboratorio con registro
ante la Comisión Federal para Prevenir Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, y
que cuente con certificación establecida por la normativa nacional vigente, en el que se pueda verificar los
datos mediante código de verificación electrónica (Código QR o equivalente).
Durante las Jornadas, la DGPMPT practicará la toma de signos vitales, y valoración psicofísica de los
participantes a través del personal médico adscrito.
SEXTO. La DGPMPT expedirá la Constancia de Aptitud Psicofísica, previa revisión, validación y estudio
de la documentación médica, el mismo día de la evaluación, debiendo el personal proporcionar la
documentación médica requerida.
SÉPTIMO. La constancia de aptitud psicofísica tendrá la vigencia establecida en el artículo 22 del
Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte.
OCTAVO. Para acudir a las Jornadas, las personas interesadas deberán realizar su pre-registro en el
micrositio disponible en la página de la Dirección General de Autotransporte Federal en donde deberán
proporcionarse los datos e información requeridos en el siguiente enlace:
https://micrs.sct.gob.mx/index.php/transporte-y-medicina-preventiva/autotransporte-federal/tramites-y-
servicios/control-citas.
El tratamiento de datos personales se sujetará a lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos
Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable.
NOVENO. Las disposiciones contenidas en presente Acuerdo son de carácter complementario y no
sustituyen las facultades que corresponden a cada unidad administrativa en términos de la normatividad
aplicable. Su aplicación se sujetará a los principios de transparencia, legalidad, eficacia y objetividad, para dar
cumplimiento a los objetivos por los cuales se expide.
DÉCIMO. Lo no previsto en el presente acuerdo será resuelto por la Dirección General de Protección y
Medicina Preventiva en el Transporte, conforme a la normatividad aplicable.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
SEGUNDO. Se instruye a la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte
y a la Dirección General de Autotransporte Federal para que, en el ámbito de sus atribuciones, lleven a cabo
las acciones necesarias para la implementación del presente Acuerdo.
TERCERO. Las facilidades otorgadas en el presente Acuerdo aplicarán por etapas, como se indican.
El presente acuerdo no es aplicable a Médicos Terceros Autorizados, en consecuencia, cualquier
incumplimiento será causal de revocación conforme a la Condición 1.9 de su autorización y el artículo 54 del
Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte.
CUARTO. El presente Acuerdo no será aplicable para la práctica de exámenes psicofísicos integrales
post-accidente.
Atentamente
Ciudad de México, a los 06 días de marzo de 2026.- Subsecretaria de Comunicaciones y Transportes,
Arq. Tania Carro Toledo.- Rúbrica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Agencia de
Trenes y Transporte Público Integrado, organismo descentralizado, sectorizado a la Secretaría de Infraestructura,
Comunicaciones y Transportes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Agencia de Trenes y
Transporte Público Integrado.
ANDRÉS LAJOUS LOAEZA, Director General de la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado,
con fundamento en lo dispuesto en el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; artículos 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3 y 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 5, 6, fracción III, 19 y 24 de la Ley Nacional para Eliminar
Trámites Burocráticos; así como lo señalado en el Decreto por el que se crea el organismo descentralizado
Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado, publicado el 13 de enero de 2026 en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) sectorizado a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
CONSIDERANDO
Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán
implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios
y demás objetivos que establezca la ley nacional en la materia.
Que la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos tiene como principales objetivos habilitar el
Modelo Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos y para la Digitalización;
Que son objetivos del Modelo Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos; fusionar trámites que guarden
relación entre ellos, eliminar requisitos innecesarios, reducir los plazos de respuesta de los trámites y emitir
acuerdos generales de simplificación, cuando se genere el mayor beneficio para las personas;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
abril de 2025, establece en su Eje Transversal 2, Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional, el
Objetivo T.2.1, consistente en incrementar la productividad y competitividad del país a través de un proceso
de simplificación, digitalización y reducción en tiempos de resolución de trámites en los tres órdenes de
gobierno como parte de la política de mejora regulatoria, mismos que podrán ser simplificados mediante
acuerdos generales publicados en el medio de difusión correspondiente;
Que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes instrumenta políticas públicas que
impulsan el desarrollo económico, nacional y regional, mediante la expansión de infraestructura eficiente,
sustentable, segura, incluyente y resiliente, así como la ampliación de la cobertura y mejora constante
de la calidad, operación y oportunidad de los servicios de comunicaciones y transportes en beneficio de
la población;
Que la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado es un organismo descentralizado, sectorizado a
la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con personalidad jurídica, patrimonio propio,
autonomía técnica y de gestión, y tiene las atribuciones conferidas en su Decreto de creación. Que la misma
tiene por objeto planear y conducir las políticas y programas, así como regular el desarrollo y la operación del
Sistema Ferroviario Mexicano, con base en el Plan Nacional de Desarrollo y en los programas sectoriales
correspondientes; planear y construir infraestructura férrea y sus componentes, así como adquirir el equipo
ferroviario necesario para la prestación del servicio público de transporte ferroviario; planear, adquirir,
construir y operar sistemas de transporte público de pasajeros y sus componentes, en coordinación con las
entidades federativas; imponer sanciones, regular, promover, vigilar y verificar el desarrollo, construcción,
operación, explotación, conservación y mantenimiento de la infraestructura ferroviaria, garantizando la
prestación del servicio público de transporte ferroviario, sus servicios auxiliares y el servicio público de
interconexión, así como fomentar la interrelación multimodal ferroviaria; y coordinar, promover y coadyuvar
con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno en proyectos para el desarrollo del Sistema
Ferroviario Mexicano y de los sistemas de transporte público de pasajeros, por lo que he tenido a bien expedir
el siguiente:
60
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES
QUE SE REALIZAN ANTE LA AGENCIA DE TRENES Y TRANSPORTE PÚBLICO INTEGRADO,
ORGANISMO DESCENTRALIZADO, SECTORIZADO A LA SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
ARTÍCULO PRIMERO. Se elimina la obligación de presentar físicamente los siguientes requisitos:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Requisito eliminado
1
ATTRAPI-04-072
Aprobación del proyecto ejecutivo para la construcción
de instalaciones para la prestación de servicios
auxiliares.
1.
Escrito libre
2
ATTRAPI-02-001
Inscripción en el Registro Ferroviario Mexicano
1.
Escrito libre
3
ATTRAPI-02-002
Rectificación
y/o
Modificación
en
el
Registro
Ferroviario Mexicano.
1.
Escrito libre
4
ATTRAPI-02-003
Cancelación de los asientos inscritos en el Registro
Ferroviario Mexicano.
1.
Escrito libre
5
ATTRAPI-03-004
Reconocimiento
de
Cursos
de
Capacitación
y
Actualización
1.
Escrito libre
2.
Se elimina la presentación
de un juego impreso de las
cartas descriptivas.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se establecen los requisitos del siguiente trámite:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Requisito eliminado
1
ATTRAPI-04-072
Aprobación del proyecto
ejecutivo
para
la
construcción
de
instalaciones
para
la
prestación de servicios
auxiliares.
1.
Formato de solicitud.
2.
Escrituras del predio.
3.
Acta Constitutiva de la persona moral y del representante
legal
el
instrumento
del
poder
para
actos
de
administración.
4.
Comprobante de pago.
5.
Proyecto impreso y en versión digital, el cual deberá
contener cuando menos lo siguiente:
a)
Memoria Justificativa.
b)
Memoria Descriptiva.
c)
Memoria Operativa.
d)
Memoria de Cálculo.
e)
Procedimiento Constructivo.
f)
Programa de Obra.
g)
Identificación de las obras en el proyecto y
datos que deberán contener los planos.
h)
Plano
General
(de
conjunto)
de
las
instalaciones.
i)
Plano(s) proyecto (de cada instalación u obra):
Estructurales y de detalles constructivos de
cada una de las instalaciones; del sistema de
transvase de carro-tanque a auto-tanque, en
su caso a tanques de almacenamiento
(servicio auxiliar de transbordo y transvase de
líquidos),
o
de
instalaciones
hidráulica,
sanitaria, de drenaje pluvial, eléctrica, de
telecomunicaciones, etc.
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No.
Homoclave
Nombre del trámite
Requisito eliminado
Cada plano deberá medir 90cm x 60cm,
Tamaño A1 (ISO), en formato editable (DWG,
o según sea el caso) y contar con las firmas
autógrafas
del
Representante
Legal
de
solicitante; de Proyectista responsable y del
Ingeniero Responsable de Obra (I.R.O.),
especificando No. de Cédula Profesional.
Cada plano deberá contar con un recuadro
para uso exclusivo de la Agencia en su pie de
plano,
con
la
siguiente
leyenda:
“De
conformidad con lo dispuesto por la Ley
Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su
Reglamento,
esta
Agencia
está
en
la
posibilidad de emitir la AUTORIZACIÓN A LA
INTEGRACIÓN
CUANTITATIVA
Y
DOCUMENTAL DE LOS ELEMENTOS QUE
CONFORMAN EL PROYECTO, siendo el
presente plano y/o anexo parte del mismo,
quedando bajo responsabilidad absoluta del
propietario su construcción, funcionamiento y
comportamiento estructural futuro"
j)
Proyecto de vías férreas.
k)
Integrar al proyecto ejecutivo, según la
prestación del servicio auxiliar, lo siguiente:
Proyecto de sistema de drenaje aceitoso (servicio auxiliar
de transbordo y trasvase de líquidos)
Proyecto de confinamiento de la propiedad con su detalle
constructivo.
Proyecto de seguridad y sistema contra incendio.
Análisis de riesgo y análisis de consecuencias (servicio
auxiliar de transbordo y trasvase de líquidos)
Estudios de mecánica de suelos, hidrológico e hidráulico,
según las instalaciones del proyecto, en archivo
magnético.
Los proyectos en general deberán regirse por las normas
aplicables en la materia, asimismo, deberán estar
soportados por los estudios topográfico, geotécnico,
mecánica de suelos, geológico, geofísico, hidrológico e
hidráulico, etc., dependiendo del tipo de obra y el lugar
donde se ubique, en archivo magnético.
Tiempo de respuesta:
41 días naturales.
Se actualiza la homoclave para quedar como:
ATTRAPI-04-072
2
ATTRAPI-03-004
Reconocimiento
de
Cursos de Capacitación
y Actualización
1.
Formato de solicitud de trámite.
2.
Cartas descriptivas de los cursos en archivo digital en
formato PDF.
3.
Acta constitutiva de la empresa o institución capacitadora
o acreditación por parte de la STPS como instructor
independiente.
4.
Poder del representante legal (en caso de no tener
reconocida la personalidad).
5.
Acuerdo de reconocimiento de la personalidad del
representante legal.
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ARTÍCULO TERCERO. Se implementan las acciones de mejora en los trámites que se enlistan
a continuación:
No.
Homoclave
del trámite
Nombre del
trámite
Mejora implementada
Requisitos
1
ATTRAPI-02-001
Inscripción en el
Registro
Ferroviario
Mexicano
Fusión de los trámites con
homoclave
ARTF-02-001,
ARTF-02-002 y ARTF-02-
003.
Para quedar como:
Inscripción, rectificación
y/o
modificación
y
cancelación
en
el
Registro
Ferroviario
Mexicano.
Con
la
siguiente
homoclave:
ATTRAPI-02-001
1.
Formato de solicitud.
2.
Documento a través del cual se
acredite la personalidad de la
persona
solicitante
y/o
su
representante legal.
3.
La documentación, misma que se
presentará
en
original,
por
duplicado y en idioma español, con
el cual acredite la inscripción,
rectificación y/o modificación o la
cancelación a realizar, según la
sección que corresponda:
a)
Título
de
Concesión,
Asignación, Permiso otorgado, con
sus respectivos anexos en caso de
que aplique, y/o
b) Documento que indique la
infraestructura ferroviaria, y/o
c) Documento del Equipo Tractivo
y de Arrastre, y/o
d) Documento que contenga los
gravámenes, y/o
e) Documento con la clasificación
de los servicios de transporte
ferroviario. Y/o
f)
Documento
del
reglamento
interno de transporte y horarios,
y/o
g) Licencia federal ferroviaria, y/o
h) Póliza de seguro, y/o
i) Tarifas.
En caso de la Rectificación, se deberá
especificar el error material o de concepto:
Error material, cuando aparezcan unas
palabras por otras, se omita la expresión de
alguna circunstancia no esencial del acto o
documento que se registre, o se equivoquen
los nombres propios o las cantidades sin que
cambie por ese error el sentido general de la
inscripción y de ninguno de los conceptos.
Error de concepto, se requerirá el acuerdo
unánime de los interesados, por escrito, así
como de las instancias que establezcan en la
normativa o mandato judicial que así lo
ordene.
Tiempo de respuesta:
10 días hábiles
2
ATTRAPI-02-002
Rectificación y/o
Modificación en
el
Registro
Ferroviario
Mexicano.
3
ATTRAPI-02-003
Cancelación de
los
asientos
inscritos en el
Registro
Ferroviario
Mexicano.
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No.
Homoclave
del trámite
Nombre del
trámite
Mejora implementada
Requisitos
4
ATTRAPI-03-005
Registro
de
tarifas
ferroviarias
y
servicios
auxiliares
Fusión de los trámites con
homoclave
ARTF-03-005 y ARTF-03-
006
Para quedar como:
Registro
de
tarifas
ferroviarias
de
flete,
pasaje, servicios diversos
y cualquier otro cargo.
Se unifica la homoclave del
trámite:
ATTRAPI-03-005
1.
Formato de solicitud.
2.
Documento a través del cual se
acredite la personalidad de la
persona
solicitante
y/o
su
representante legal.
3.
Comprobante de pago.
4.
Tarifas
con
sus
reglas
de
aplicación a registrar, en dos
tantos originales físicos y en
formato editable.
Tiempo de respuesta:
10 días hábiles
5
ATTRAPI-03-006
Registro de las
tarifas
del
servicio público
de
maniobras
en
zonas
federales
terrestres de las
estaciones
de
ferrocarril
del
país.
ARTÍCULO CUARTO. Se eliminan los trámites siguientes:
No.
Homoclave del trámite
Nombre del trámite
1
ATTRAPI-04-006
Aviso de iniciación de obras menores de construcción.
2
ATTRAPI-04-007
Aviso de los contratos que celebren los Concesionarios con Terceros para la
prestación de los Servicios Auxiliares.
3
ATTRAPI-04-021
Aviso de terminación de obra.
4
ATTRAPI-04-023
Aviso de interrupción temporal, total o parcialmente, en casos fortuito o de fuerza
mayor, de la prestación del servicio público de transporte ferroviario y los
servicios auxiliares.
5
ATTRAPI-04-032
Autorización de Operadores de Transporte Multimodal Internacional para prestar
Servicios dentro del Territorio Nacional.
6
ATTRAPI-04-033
Aprobación de los Contratos Tipo que celebre el Operador de Transporte
Multimodal Internacional con los usuarios del servicio.
7
ATTRAPI-04-056
Aprobación de los convenios que celebre el operador de transporte multimodal
internacional con empresas extranjeras.
8
ATTRAPI-2021-004-005-A
Expedición, revalidación y reposición de licencia federal ferroviaria. Modalidad C.
9
ATTRAPI-2022-004-004-A
Inspección de Fabricante.
10
ATTRAPI-04-004
Aviso de modificación a los estatutos del concesionario.
11
ATTRAPI-04-027
Aviso de invasiones que se realicen en el Derecho de Vía Ferroviaria.
12
ATTRAPI-04-031-A
Permiso para ejecutar maniobras de servicio público en Zonas Federales
Terrestres de Estaciones del Ferrocarril. Servicio Público.
13
ATTRAPI-04-031-B
Permiso para Ejecutar Maniobras de Servicio Particular en Zonas Federales
Terrestres de Estaciones del Ferrocarril. Servicio Particular.
14
ATTRAPI-04-074
Autorización para dar en comodato o arrendamiento inmuebles concesionados
15
ATTRAPI-04-009.
Solicitud para prorrogar los títulos de concesión para la construcción, operación y
explotación de las Vías Generales de Comunicación Ferroviarias, así como para
la prestación del Servicio Público del Transporte Ferroviario.
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ARTÍCULO QUINTO.– Se establece el formato de solicitud ATTRAPI-02-001 para la presentación del
trámite de “Inscripción, rectificación y/o modificación y cancelación en el Registro Ferroviario Mexicano” con
homoclave ATTRAPI-02-001, el cual se integra como ANEXO 1 del presente Acuerdo.
ARTÍCULO SEXTO.- Se establece el formato de solicitud ATTRAPI-03-004 para presentación de los
trámites de “Reconocimiento de Cursos de Capacitación y Actualización“ con homoclave ATTRAPI-03-004, el
cual se integra como ANEXO 2 del presente Acuerdo.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se establece el formato de solicitud ATTRAPI-03-005 para presentación de los
trámites de “Registro de tarifas ferroviarias de flete, pasaje, servicios diversos y cualquier otro cargo“ con
homoclave ATTRAPI-03-005, el cual se integra como ANEXO 3 del presente Acuerdo.
ARTÍCULO OCTAVO.- Se establece el formato de solicitud ATTRAPI-04-072 para la presentación
del trámite de “Aprobación del proyecto ejecutivo para la construcción de instalaciones para la
prestación de servicios auxiliares” con homoclave ATTRAPI-04-072, el cual se integra como ANEXO 4
del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los cinco días hábiles siguientes de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo, se resolverán
de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación o, en su caso,
la que más favorezca a las personas usuarias para el desahogo del trámite, según corresponda en cada
caso particular.
TERCERO. La Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado de conformidad con el presente
acuerdo, no solicitará documentación adicional que obre en sus archivos físicos o electrónicos
o copias simples.
CUARTO. La Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado deberá modificar y adecuar sus
regulaciones correspondientes, en caso de ser aplicable, en un plazo no mayor a un año después de la
publicación del presente acuerdo.
QUINTO. La Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado realizará las gestiones conducentes para
modificar la información que resulte necesaria en las fichas de trámites, incluyendo los formatos
correspondientes inscritos en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, de conformidad con lo
establecido en los artículos 53 y 54 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
SEXTO. En tanto se realiza la actualización correspondiente en el Catálogo Nacional de Regulaciones,
Trámites y Servicios (CNARTyS) por parte de la autoridad competente, las referencias a las homoclaves de
los trámites previstas en el presente Acuerdo bajo la denominación ATTRAPI se entenderán como
equivalentes a aquellas previamente registradas bajo la nomenclatura de la Agencia Reguladora del
Transporte Ferroviario (ARTF).
Lo anterior, sin perjuicio de las gestiones administrativas realizadas por esta Agencia para la migración y
actualización de dichas homoclaves, así como de los efectos que, en su momento, deriven de su modificación
en los sistemas correspondientes.
Ciudad de México, a 1 de abril de 2026.- El Director General de la Agencia de Trenes y Transporte Público
Integrado, Andrés Lajous Loaeza.- Rúbrica.
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SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
empresas públicas del Estado, entidades federativas y sus municipios, así como a las demarcaciones territoriales de
la Ciudad de México, el Acuerdo de fecha trece de febrero de dos mil veintiséis, por el que se deja sin efectos la
resolución de oficio número 00641/30.15/9575/2023 emitida por el Área de Responsabilidades de este Órgano
Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, el veintisiete de octubre de dos mil veintitrés en el
procedimiento de sanción a empresas número PISI-A-NC-DS-0024/2019, en cumplimiento a la sentencia de tres de
septiembre de dos mil veinticinco, dictada por la Sexta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal
de Justicia Administrativa en el juicio de nulidad número 242/24-17-06-6, interpuesto por la representación legal
de la empresa Dacega Corporation, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.-
Área
de
Responsabilidades.-
No.
de
Oficio:
SABG/OICGYR/AR/
2385
/2026.-
Expediente:
PISI-A-NC-DS-0024/2019.- No. Int.: JN-16/2024.
CIRCULAR
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ
COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL ACUERDO DE FECHA TRECE DE
FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA RESOLUCIÓN DE OFICIO NÚMERO
00641/30.15/9575/2023 EMITIDA POR EL ÁREA DE RESPONSABILIDADES DE ESTE ÓRGANO INTERNO DE
CONTROL EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EL VEINTISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL
VEINTITRÉS EN EL PROCEDIMIENTO DE SANCIÓN A EMPRESAS NÚMERO PISI-A-NC-DS-0024/2019, EN
CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE TRES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, DICTADA POR LA SEXTA
SALA REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN EL
JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 242/24-17-06-6, INTERPUESTO POR LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA EMPRESA
DACEGA CORPORATION, S.A. DE C.V.
DEPENDENCIAS
Y
ENTIDADES
DE
LA
ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO,
ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO
DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
PRESENTES.
Con fecha tres de septiembre de dos mil veinticinco, la Sexta Sala Regional del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa, emitió la sentencia definitiva dentro del juicio de nulidad 242/24-17-06-6, promovido
por la representación legal de la empresa DACEGA CORPORATION, S.A. DE C.V., en donde se determinó
lo siguiente:
“Por lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8 ,9, 49, 50, 51,
fracción IV, y 52, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo , y 192, de la Ley de Amparo es de resolverse y se resuelve:
I.-Ha resultado INFUNDADA la causal de improcedencia y sobreseimiento planteada por
la autoridad demandada; en consecuncia NO SE SOBRESEE EL PRESENTE JUICIO.
II. La parte actora probó su acción, en consecuncia:
III. Se DECLARA LA NULIDAD de la resolución impuganada, descrita en el Resultando
Primero de esta sentencia, por los motivos y, fundamentos precisados en el
Considerando Sexto de la misma.
...”
(SIC)
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En ese sentido, en acatamiento al citado fallo, esta autoridad emitió el acuerdo de fecha trece de febrero
del año en curso, mediante el cual se deja sin efectos la resolución de oficio número 00641/30.15/9575/2023
emitida por el Área de Responsabilidades de este Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del
Seguro Social, el veintisiete de octubre de dos mil veintitrés en el procedimiento de sanción a empresa
PISI-A-NC-DS-0024/2019,
donde
determinó
imponerle
la
sanción
administrativa
consistente
INHABILITACIÓN por el plazo de 2 AÑOS, para que por sí misma o a través de interpósita persona, no
pueda presentar propuestas ni celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, con las Empresas Públicas del Estado, así como con las entidades
federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal
sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con
las mismas; asimismo, una MULTA por la cantidad de $113,212.00 (Ciento trece mil doscientos doce
pesos 00/100 M.N.).
Lo anterior, a efecto de que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal,
Empresas Públicas del Estado, Entidades Federativas y sus Municipios, así como Demarcaciones Territoriales
de la Ciudad de México interesadas, cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones,
arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a
fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a 21 de abril de 2026.- Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de
Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Alberto Mociñoz Gutiérrez.- Rúbrica.
AVISO
Se informa que para la inserción de documentos en el Diario Oficial de la Federación, se deberán cubrir los
siguientes requisitos:
Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del documento,
fundando y motivando su petición conforme a la normatividad aplicable, con dos copias legibles.
Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y
firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
Versión electrónica del documento a publicar, en formato Word, contenida en un solo archivo,
correctamente identificado.
Comprobante de recibo bancario de pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales
realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico
e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000.
El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de
personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales. El
comprobante de pago se presenta en original y copia simple. El original del pago queda bajo resguardo
de esta Coordinación.
Nota: No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta
adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las
instituciones bancarias.
Todos los documentos originales, entregados al Diario Oficial de la Federación, quedarán resguardados en
sus archivos.
Los pagos de derechos por concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que
fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores
para solicitar la prestación de un trámite en 2026.
Las solicitudes de publicación de licitaciones para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y
Servicios, así como los Concursos a Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera, se podrán tramitar
a través de la herramienta “Solicitud de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a
través de medios remotos”, para lo cual además de presentar en archivo electrónico el documento a publicar,
el pago correspondiente (sólo en convocatorias para licitaciones públicas) y la e.firma de la autoridad emisora
del documento, deberá contar con el usuario y contraseña que proporciona la Coordinación del Diario Oficial
de la Federación.
Por ningún motivo se recibirá la documentación en caso de no cubrir los requisitos.
El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas
Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078 y 35079.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
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SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES,
TECNOLOGIA E INNOVACION
ACUERDO por el que se expide el Programa Institucional 2026-2030 del Centro de Investigación Científica de
Yucatán, A.C.
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROGRAMA INSTITUCIONAL 2026-2030 DEL CENTRO DE
INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DE YUCATÁN, A.C.
La H. Junta de Gobierno del Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C., con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 3º, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15, 16,
91, 93, fracción I y 99 de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación; 46
y 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 17, fracción II, 22, 24, 26 bis, 29, párrafo tercero y 31,
párrafo segundo de la Ley de Planeación; numeral 45 de los Criterios para la gestión, evaluación
y actualización de los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030; así como en el
artículo 31, fracciones I y III de los Estatutos del Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C.,
el Consejo Directivo aprobó el Programa Institucional del Centro de Investigación Científica de Yucatán,
A.C. 2026-2030, con el acuerdo AR-CD-E-I-26-03, por lo que se ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO. Se expide el Programa Institucional 2026-2030 del Centro de Investigación Científica
de Yucatán, A.C.
Programa Institucional del Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C.
2026-2030
PROGRAMA INSTITUCIONAL ENTIDADES SECTORIZADAS
DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
2025-2030
1. Índice
1.
Índice
2.
Señalamiento del origen de los recursos del Programa
3.
Siglas y acrónimos
4.
Fundamento normativo
5.
Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
6.
Objetivos
6.1 Relevancia del objetivo 1: Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en especial
de la rural y de las y los pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia de
seguridad alimentaria, energía y mitigación al cambio climático
6.2 Relevancia del objetivo 2: Contribuir al cuidado y protección del acuífero peninsular para
beneficio de la población en la Península de Yucatán
6.3 Relevancia del objetivo 3: Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el
acceso universal al conocimiento en la región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano
a la ciencia
6.4 Relevancia del objetivo 4: Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos
mediante el desarrollo de proyectos prioritarios de investigación y actividades de divulgación
científica orientados a la solución de problemas nacionales
6.5 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional del Centro de Investigación Científica de
Yucatán 2026-2030
7.
Estrategias y líneas de acción
8.
Indicadores y metas
78
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2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a
sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la
instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se
realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo.
3. Siglas y acrónimos
ALISA:
Alimentación Saludable.
CEIBAAS:
Centro de Estudios e Investigación en Biocultura, Agroecología, Ambiente y Salud.
CHTI:
Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
CICY:
Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C.
CObj:
Comunidad objetivo (Grupo que recibe beneficios de un proyecto por
características relevantes).
DOF:
Diario Oficial de la Federación.
IDE:
Investigación Científica y Desarrollo Experimental.
ITSSY:
Instituto Tecnológico Superior del Sur de Yucatán.
JBRRO:
Jardín Botánico Regional Roger Orellana.
ODS:
Objetivos de Desarrollo Sostenible.
ONU:
Organización de las Naciones Unidas.
Pacífico-Sur-Sureste
Península de Yucatán y Guerrero.
PND 2025-2030:
Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030.
PSCHTI 2025-2030:
Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
PY:
Península de Yucatán.
Secihti:
Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
SHCP:
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SNCP:
Sistema Nacional de Centros Públicos.
SNII:
Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores.
TIC:
Tecnologías de Información y la Comunicación.
UNESCO:
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
4. Fundamento normativo
Este documento integra el Programa Institucional del Centro de Investigación Científica de Yucatán
2026–2030. Asimismo, este Programa Institucional reconoce los derechos garantizados por la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente el derecho de toda persona a gozar de los
beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica (artículo 3o, fracción V), así como
los compromisos internacionales asumidos por el Estado Mexicano en materia de acceso al conocimiento,
equidad de género, sostenibilidad ambiental y derechos culturales, conforme a tratados multilaterales como la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de
la UNESCO.
El Programa Institucional se elabora en cumplimiento de la fracción II del artículo 17 de la Ley de
Planeación, que establece que las entidades paraestatales deberán elaborar sus respectivos programas
institucionales en los términos previstos en esta Ley, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o, en su
caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento; atendiendo a las previsiones
contenidas en el programa sectorial correspondiente, y observando, en lo conducente, las variables
ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas.
El Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C. es la entidad responsable de coordinar la
integración, publicación, ejecución, seguimiento y rendición de cuentas del Programa.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
Diagnóstico Regional y Nacional: Problemas Públicos y Áreas de Atención del Programa
Institucional
El CICY desarrolla acciones con impacto directo en la PY, y de forma extendida en la región del Pacífico
Sur, particularmente en el estado de Guerrero, a través de su subsede en Acapulco: CEIBAAS. Esta
presencia territorial permite al CICY abordar problemáticas públicas de carácter regional y nacional, con un
enfoque científico, ambiental y social, en concordancia con los principios del Humanismo Mexicano y el
modelo de desarrollo planteado en el Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030.
5.1. Contexto ambiental y territorial
La riqueza natural de México se manifiesta con especial intensidad en regiones como la Península de
Yucatán y el estado de Guerrero, territorios que albergan ecosistemas de alto valor ecológico, cultural y
económico. Sin embargo, el acelerado crecimiento poblacional, la expansión de actividades económicas y la
falta de una gestión ambiental integral han desencadenado procesos de degradación que amenazan
la sostenibilidad regional.
La Península de Yucatán, conformada por los estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán,
representa uno de los pulmones ecológicos más importantes de Mesoamérica. Su territorio alberga la Selva
Maya, vastos sistemas de manglares, cenotes, arrecifes coralinos y acuíferos subterráneos que abastecen de
agua dulce a millones de personas. No obstante, esta riqueza natural enfrenta una degradación acelerada.
Entre 2019 y 2023, la región perdió aproximadamente 285,580 hectáreas de selva, lo que equivale a una
tasa de deforestación diaria de 196 hectáreas.1 Esta cifra supera cuatro veces la media nacional,
evidenciando una presión desproporcionada sobre los ecosistemas forestales. Las causas principales incluyen
la expansión de la agroindustria, la ganadería extensiva, el desarrollo turístico desregulado, que fragmentan
hábitats y desplazan comunidades.
El acuífero peninsular, que recarga el 85% del agua dulce del país, está siendo contaminado por aguas
residuales urbanas y turísticas, así como por residuos agropecuarios sin tratamiento. Estudios han detectado
coliformes fecales, norovirus y metales pesados en pozos y cenotes, además de pesticidas como heptacloro y
lindano. Esta contaminación compromete la salud pública, la biodiversidad acuática y la seguridad hídrica de
la región2.
La expansión urbana y agrícola ha generado una fragmentación ecológica que interrumpe corredores
biológicos, reduce la conectividad entre poblaciones de fauna y flora, y aumenta el riesgo de extinción de
especies endémicas. La pérdida de polinizadores nativos y la alteración de ciclos reproductivos son
consecuencias directas de este fenómeno.
La Península de Yucatán es altamente vulnerable al cambio climático. En los últimos 50 años, la
temperatura promedio ha aumentado 0.85°C, y se proyecta un incremento de hasta 2°C para 2039.
Las sequías prolongadas, seguidas de lluvias torrenciales, afectan la agricultura, la apicultura y la salud
pública. El 73.5% de los municipios de Yucatán son considerados vulnerables, impactando a más de
1.8 millones de habitantes. 3
Guerrero ocupa el cuarto lugar nacional en biodiversidad, con ecosistemas que van desde selvas
tropicales hasta manglares costeros. Sin embargo, la degradación ambiental se ha intensificado en las
últimas décadas.
Entre 2001 y 2023, Guerrero perdió más de 134,000 hectáreas de cobertura forestal, equivalente al 4.4%
de su superficie original. La urbanización desordenada, la expansión turística sin regulación y la ausencia de
políticas de conservación han sido factores determinantes.
Los manglares, esenciales para la protección costera y la biodiversidad marina, han sufrido una reducción
drástica. La Laguna Negra de Puerto Marqués, por ejemplo, pasó de 200 hectáreas en 1979 a solo 73
hectáreas en la actualidad. El huracán Otis en 2023 agravó esta situación, destruyendo remanentes de
humedales y afectando la resiliencia ecológica de la zona.
1 Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible. (2024). SICAMFOR: Sistema de Información de Cambios de la Cobertura Forestal en
la Península de Yucatán. https://ccmss.org.mx/sicamfor/
2
Comisión
Nacional
del
Agua
(CONAGUA).
(2025).
Indicadores
de
calidad
del
agua.
Gobierno
de
México.
https://www.gob.mx/conagua/es/articulos/indicadores-de-calidad-del-agua
3 Vázquez-Luna, M., Ellis, E. A., Navarro Martínez, M. A., Cerdán Cabrera, C. R., & Ortiz-Ceballos, G. C. (2024). Percepción pública sobre el
cambio climático en la península de Yucatán, México. Sociedad y Ambiente, 27, 1–26. https://doi.org/10.31840/sya.v2024i27.2935
80
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Guerrero enfrenta una alta exposición a fenómenos extremos como huracanes, deslaves y erosión
costera. El mar de fondo ha deteriorado playas emblemáticas como Revolcadero y Pie de la Cuesta. Además,
el Parque Nacional El Veladero ha sido invadido por asentamientos irregulares y obras sin permisos
ambientales, lo que compromete su función ecológica.4
La Península de Yucatán y el estado de Guerrero enfrentan una convergencia de crisis ambientales que
requieren atención urgente. La deforestación, la contaminación hídrica, la fragmentación de hábitats y el
cambio climático no son fenómenos aislados, sino interdependientes y agravados por decisiones humanas.
La implementación de políticas públicas integrales, la restauración ecológica, el fortalecimiento de la
gobernanza ambiental y la participación comunitaria son fundamentales para revertir esta tendencia y
garantizar la sostentabilidad territorial.
Los objetivos que están estrechamente vinculados al diagnóstico presentado, son:
Objetivo 1: Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en especial de la rural y de las y los
pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia de seguridad alimentaria, energía y
mitigación al cambio climático.
Objetivo 2: Contribuir al cuidado y protección del acuífero peninsular para beneficio de la población en la
Península de Yucatán.
Estos dos objetivos abordan las problemáticas identificadas en el diagnóstico mediante las siguientes
acciones:
Transferencia de tecnología agroecológica participativa para mejorar la productividad sin
comprometer el entorno.
Implementación de proyectos de bioenergía y eficiencia energética en comunidades con acceso
limitado a la energía.
Capacitación técnica para fortalecer las capacidades locales y generar empleos dignos.
Desarrollo de Modelos de producción sostenible que integren saberes locales y conocimiento
científico.
5.2. Crecimiento poblacional y concentración urbana
Según el Censo de Población y Vivienda 2020 (INEGI), en México existen 184,295 localidades rurales
(menos de 2,500 habitantes), donde viven más de 26.6 millones de personas.5
Los estados de la PY han experimentado un crecimiento poblacional acelerado de 2010 a 2020, a
diferencia del estado de Guerrero:
Campeche: 13%
Yucatán: 19%
Quintana Roo: 41.35%
Guerrero: 4.48%
En la PY, más de cinco millones de personas viven en condiciones de vulnerabilidad hídrica, sin acceso
regular a agua potable. En 2020, el 69.5% de la población indígena estaba en situación de pobreza, frente al
39% de la población no indígena. La migración rural-urbana ha incrementado la informalidad laboral, 6 de
cada 10 trabajadores laboran en el sector informal, sin acceso a seguridad social. Los migrantes rurales,
aunque logran insertarse en el mercado laboral urbano, lo hacen en condiciones precarias, con menores
ingresos y sin prestaciones.
La PY también enfrenta un proceso de envejecimiento poblacional, con una esperanza de vida promedio
de 76.2 años: 78.2 años para mujeres y 72.1 años para hombres, lo que refleja una brecha de más de seis
años entre ambos sexos. La edad mediana de la población pasó de 23 años en el año 2000 a 30 años en
2020, lo que indica un envejecimiento progresivo. Además, la tasa de fecundidad ha disminuido de 2.5 hijos
por mujer en 2000 a 2.0 en 2020, alineándose con la tendencia nacional de reducción en la natalidad. En
cuanto a la mortalidad, la PY registró una tasa de defunciones de 322 por cada 100 mil habitantes en 2024.
Las principales causas de muerte incluyen enfermedades del corazón (10 muertes diarias), diabetes mellitus
(5 muertes diarias) y tumores malignos (5 muertes diarias).
4 Cervantes-Zamora, J., Correa-Sandoval, A., & López-González, C. (2023). Evaluación de la vulnerabilidad ambiental en zonas costeras del
Pacífico mexicano ante eventos hidrometeorológicos extremos. Revista Mexicana de Ciencias Ambientales, 15(2), 45–62.
https://www.revistascca.unam.mx/index.php/rmca/article/view/2023-15-2-45
5 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2020). Censo de Población y Vivienda 2020: Resultados para Yucatán.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ccpv/2020/doc/cpv2020_pres_res_yuc.pdf
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
81
A pesar de estos desafíos demográficos, se muestra un dinamismo económico superior al promedio
nacional. Entre 2014 y 2020, las entidades tuvieron una tasa media anual de crecimiento económico de 2.7%,
medida por el aumento en el número de unidades económicas. En 2023, el PIB peninsular alcanzó un
crecimiento anual de 6.4%, impulsado principalmente por sectores como la construcción (22.4%), comercio al
por menor (7.9%) y servicios de turismo en alojamiento y alimentos (21.9%).6
Por otro lado, en Guerrero se presenta un saldo migratorio negativo, especialmente entre 2015 y 2020,
periodo en el que Guerrero fue el estado con mayor emigración neta del país. Este fenómeno se asocia con la
disminución de la fecundidad, ya que la tasa de crecimiento poblacional pasó de 0.9% en 2010 a solo 0.5% en
2020, y el promedio de edad aumentó de 23 a 27 años en ese mismo periodo. Aunque Guerrero aún presenta
una tasa de fecundidad superior a la media nacional, con más de dos hijos por mujer, la tendencia es
claramente descendente.7
Guerrero enfrenta un proceso de envejecimiento poblacional, con una esperanza de vida de 73.31 años
(76.76 para mujeres y 70.15 para hombres), mientras que la tasa bruta de mortalidad es de 7.25 por cada mil
habitantes. Este envejecimiento, combinado con la migración de jóvenes en busca de oportunidades
laborales, limita el dinamismo económico y social del estado. Guerrero tiene el PIB más bajo del país,
representando solo el 1.4% del total nacional, y su tasa media anual de crecimiento económico entre 2014 y
2019 fue de apenas 0.9%, muy por debajo del promedio nacional de 2.0%.8
En conclusión, se puede decir que el crecimiento urbano en los estados de la PY ha generado
oportunidades económicas, pero también ha profundizado las desigualdades territoriales. Las poblaciones
rurales, indígenas y migrantes enfrentan barreras estructurales para acceder a servicios básicos, empleo
digno y bienestar. En contraste, Guerrero muestra un patrón de estancamiento poblacional, con desafíos
asociados a la migración y el envejecimiento.
Este diagnóstico demográfico, económico y social se vincula principalmente con los siguientes objetivos
institucionales del CICY:
Objetivo 1: Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en especial de la rural y de las y los
pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia de seguridad alimentaria, energía y
mitigación al cambio climático
Objetivo 2: Contribuir al cuidado y protección del acuífero peninsular para beneficio de la población en la
Península de Yucatán.
Objetivo 3: Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el acceso universal al
conocimiento en la región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano a la ciencia.
Estos tres objetivos abordan las problemáticas identificadas en el diagnóstico mediante las siguientes
acciones:
Desarrollo de soluciones tecnológicas participativas y productivas que mejoren el acceso a
servicios básicos, generen empleo digno y promuevan el bienestar en comunidades rurales
e indígenas.
Fomento de vocaciones científicas participativas que faciliten el acceso al conocimiento científico
en comunidades rurales e indígenas.
5.3. Desigualdad territorial y rezago productivo
El sector agropecuario en la región Sureste enfrenta un rezago estructural profundo. Según el Programa
Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020–2024, la diferencia en la contribución al PIB primario entre
las regiones más y menos productivas del país pasó de 1.3 puntos porcentuales en 1980 a 14 puntos en
2018, siendo la región del sureste mexicano la más rezagada.
Para la PY, el rezago estructural del sector agropecuario, ubicado en la región Sur-Sureste9, enfrenta retos
por múltiples factores a saber:
Escasa tecnificación agrícola: solo el 12% de las unidades de producción en la región utilizan
tecnologías modernas, frente al 45% en el norte del país.
6
Secretaría
de
Economía.
(2025).
Perfil
económico
de
Yucatán.
Data
México.
https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/yucatan-yu
7 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2020). Censo de Población y Vivienda 2020: Resultados para Guerrero.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ccpv/2020/doc/cpv2020_pres_res_gro.pdf
8
Secretaría
de
Economía.
(2025).
Perfil
económico
de
Guerrero.
Data
México.
https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/guerrero-gr
9 Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. (2025). Desarrollo Productivo del Sur-Sureste, campo de oportunidades.
https://www.gob.mx/agricultura/articulos/desarrollo-productivo-del-sur-sureste-campo-de-oportunidades
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Seguridad alimentaria: el 17.47% de los hogares no tiene acceso suficiente a alimentos en cantidad y
calidad, lo que representa a 943,030 personas, que enfrentan inseguridad alimentaria moderada o
severa, comprometiendo el bienestar, la salud y el desarrollo social.
Limitado acceso a insumos y financiamiento: menos del 20% de los productores rurales acceden a
créditos formales, lo que limita la inversión en infraestructura y mejora productiva.
Falta de infraestructura productiva: Solo el 18.7% de la superficie agrícola cuenta con riego, mientras
que el 81.3% depende del temporal.
Condiciones climáticas adversas y degradación del suelo: La PY ha perdido más de 1.3 millones de
hectáreas de selva en las últimas tres décadas, principalmente por el cambio de uso de suelo para
agricultura, ganadería y urbanización.
Barreras para mujeres rurales, pueblos originarios y juventudes:
El 79.7% de las mujeres indígenas rurales vive en pobreza.
El 98% nunca ha cotizado en una institución de seguridad social.
Solo el 38.7% ha concluido la educación obligatoria, frente al 80% de mujeres urbanas no
indígenas. 10
Mientras para el estado de Guerrero el Rezago estructural del sector agropecuario, ubicado en la región
Pacífico-Sur, enfrenta diversos retos por variados factores:
Escasa tecnificación agrícola: Aunque el número de tractores propios se duplicó en los últimos 15
años (de 2,001 a más de 4,800), el acceso a maquinaria sigue siendo limitado para la mayoría de los
productores. Solo el 8.2% de la superficie agrícola en Guerrero cuenta con riego; el 91.8% depende
del temporal, lo que la hace vulnerable a las variaciones climáticas.
Seguridad alimentaria: el 30% de la población en Guerrero padece inseguridad alimentaria moderada
o severa, lo que equivale a más de 1.1 millones de personas, y compromete su bienestar, salud y
desarrollo social.
Limitado acceso a insumos y financiamiento: En 2022, solo el 5.0% de las unidades de producción
agropecuaria accedieron a crédito, y apenas el 0.2% contaban con seguro agrícola, lo que limita la
inversión y la resiliencia ante riesgos.
Falta de infraestructura productiva: Guerrero tiene 1.4 millones de hectáreas agrícolas, pero muchas
están subutilizadas. En 2022, 314,739 hectáreas no fueron sembradas, principalmente debido a la
falta de crédito, seguridad y mano de obra.
La infraestructura hidroagrícola es insuficiente: Aunque se han realizado obras como la Unidad de
Riego Coyuca de Benítez, que beneficia a 560 usuarios en 1,200 hectáreas, estas intervenciones son
puntuales y no cubren la totalidad del estado.
Condiciones climáticas adversas y degradación del suelo: Guerrero enfrenta alta vulnerabilidad
climática, con aumento en la frecuencia de huracanes, sequías y tormentas intensas. La deforestación
y los incendios forestales son las principales fuentes de emisiones de gases de efecto invernadero en
el estado, junto con la termoeléctrica de Petacalco.
Barreras para mujeres rurales, pueblos originarios y juventudes:
El 50.9% de los productores agropecuarios en Guerrero se consideran indígenas, y el 66.4%
habla alguna lengua indígena, lo que refleja una fuerte presencia de pueblos originarios en el
campo. Las mujeres representan solo el 11.5% de la fuerza laboral agropecuaria, y su
participación ha disminuido en los últimos 15 años.
Más del 60% de las mujeres indígenas y afromexicanas enfrentan racismo y discriminación
estructural en servicios de salud, justicia y trabajo.
El 28.8% de la población tiene rezago educativo, el 71.6% carece de seguridad social, y el 31.5%
sufre carencia alimentaria, lo que limita severamente el desarrollo humano y productivo.
Estas condiciones generan ciclos de pobreza intergeneracional, donde las familias rurales dependen de
estrategias de sobrevivencia como la migración, el trabajo informal y el autoempleo en actividades no
agropecuarias. La falta de acceso a servicios básicos, educación y salud limita el desarrollo humano y
económico, especialmente en comunidades indígenas, donde la pobreza se combina con exclusión social y
desventajas acumuladas.
10
INEGI.
(2023).
Censo
Agropecuario
2022.
Resultados
definitivos.
Yucatán.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ca/2022/doc/ca2022_rdYUC.pdf
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Los objetivos estrechamente vinculados al diagnóstico presentado son:
Objetivo 1: Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en especial de la rural y de las y los
pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia de seguridad alimentaria, energía y
mitigación al cambio climático.
Objetivo 4: Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos mediante el desarrollo de
proyectos prioritarios de investigación orientados a la solución de problemas nacionales.
Estos dos objetivos abordan las problemáticas planteadas mediante las siguientes acciones:
Manejo sostenible del suelo para mejorar la calidad y disponibilidad de alimentos.
Generación de modelos de innovación social y vinculación técnica por parte del CICY que
fortalezcan las capacidades locales.
Diseño de soluciones adaptadas a contextos rurales mediante proyectos de investigación aplicada,
con baja inversión.
Implementación de estrategias de adaptación y mitigación al cambio climático por parte del CICY,
incluyendo sistemas agroforestales, biofertilizantes y la restauración de suelos.
Articulación de esfuerzos interinstitucionales y gubernamentales para escalar el impacto de las
soluciones desarrolladas.
5.4. Vulnerabilidad social y pobreza tecnológica multidimensional
Los sectores más vulnerables de la población especialmente en zonas rurales y periurbanas enfrentan
pobreza alimentaria, educativa y de salud, agravada por la falta de oportunidades laborales dignas. Estas
comunidades, muchas de ellas indígenas y afromexicanas, carecen de acceso a tecnologías, servicios
básicos y mecanismos de participación en la toma de decisiones sobre su territorio. Las personas con
discapacidad, las juventudes rurales y las personas de la diversidad sexual y de género también enfrentan
exclusión estructural.
La Península de Yucatán, especialmente Yucatán, se ha consolidado como un polo estratégico en
tecnologías disruptivas. Entre 2012 y 2017, el sector TIC creció 73.8%, pasando de 58 a 320 empresas, y uno
de cada cuatro universitarios estudia carreras STEM. Yucatán tiene la quinta mayor tasa de investigadores del
país (3 por cada 10,000 habitantes) y alberga instituciones especializada en robótica y análisis de datos.11 El
entorno tecnológico incluye incubadoras, aceleradoras y centros de investigación en biotecnología y energías
renovables, impulsado por la Zona Económica Especial de Progreso. Sin embargo, a nivel península persisten
desafíos como la conectividad rural limitada, alta informalidad laboral (más del 60% en sectores clave), baja
inversión en IDE fuera de núcleos urbanos, y una pobreza tecnológica multidimensional que afecta al 27% de
la población, con carencias en educación (20.1%), servicios básicos (20.8%) y seguridad social (45.35%).12
Guerrero se ubica entre los estados con menor competitividad tecnológica. Aunque se han instalado más
de 4,800 puntos de acceso gratuito a internet, el estado mantiene una de las tasas más altas de informalidad
laboral (78.3%), lo que limita la adopción de tecnologías disruptivas. La inversión en IDE es prácticamente
nula a nivel local, y el acceso desigual a infraestructura digital impide el aprovechamiento de herramientas
como inteligencia artificial, automatización y análisis de datos.12
El anterior diagnóstico se relaciona principalmente con los siguientes objetivos institucionales del CICY:
Objetivo 3: Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el acceso universal al
conocimiento en la región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano a la ciencia.
Objetivo 4: Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos mediante el desarrollo de
proyectos prioritarios de investigación orientados a la solución de problemas nacionales
Estos dos objetivos abordan las problemáticas planteadas a través de las siguientes acciones:
Impulso a la formación en temas STEM y la participación de juventudes rurales, personas con
discapacidad y diversidad sexual y de género.
La implementación de proyectos de investigación aplicada que atiendan la informalidad laboral, la
desigualdad territorial y la falta de inversión en IDE.
11 Banco Interamericano de Desarrollo (BID). (2024). Oportunidades productivas vinculadas al comercio y la inversión en los estados de
Campeche, Quintana Roo y Yucatán. Disponible en: https://www.yucatanencorto.com/noticias/estudio-regional-del-bid-revela-oportunidades-
para-el-desarrollo-economico-de-la-peninsula-de-yucatan/
12 CONEVAL. (2024). Informe de pobreza en población indígena rural. https://www.coneval.org.mx
84
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5.5. Diagnóstico con enfoque poblacional y de derechos
En cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030, este diagnóstico identifica brechas y rezagos
relevantes en las causas y efectos de los problemas públicos, considerando a las siguientes poblaciones:
Mujeres y hombres: desigualdad en el acceso a la educación científica, la tierra y el financiamiento.
Niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas y adultas mayores: rezagos educativos, falta
de oportunidades laborales y exclusión digital.
Pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas: pérdida de saberes tradicionales, exclusión
territorial y falta de reconocimiento cultural.
Personas con discapacidad: barreras físicas, tecnológicas y sociales para su inclusión plena en la
ciencia y la innovación.
Poblaciones urbanas y rurales: desigualdad en el acceso a servicios, infraestructura y oportunidades
de desarrollo.
Población migrante y no migrante: condiciones de vulnerabilidad en contextos de movilidad forzada
o retorno.
Personas LGBTI+: discriminación y falta de representación en espacios científicos y de toma
de decisiones.
Los objetivos que están estrechamente vinculados al diagnóstico presentado, son:
Objetivo 3: Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el acceso universal al
conocimiento en la región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano a la ciencia.
Objetivo 4: Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos mediante el desarrollo de
proyectos prioritarios de investigación orientados a la solución de problemas nacionales.
Estos dos objetivos abordan las problemáticas planteadas mediante las siguientes acciones:
Promoción de eventos que integren los saberes tradicionales en el JBRRO con la ciencia moderna,
asegurando la inclusión plena de niñas, niños, jóvenes, personas con discapacidad y la población
LGBTI+.
Fortalecimiento de la capacidad institucional de la Red ALISA para generar respuestas científicas con
un enfoque en derechos humanos, equidad y justicia social.
5.6. Contribución del Programa al Segundo Piso de la Cuarta Transformación
El Programa Institucional del CICY 2026–2030 contribuye al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la
Cuarta Transformación mediante la generación de conocimiento con sentido social, la formación de talento
científico comprometido con el bienestar colectivo, y la implementación de soluciones tecnológicas orientadas
a la justicia ambiental, la soberanía alimentaria, la salud comunitaria y la equidad territorial. Se promueve una
ciencia abierta, colaborativa, intercultural y con perspectiva de género, en sintonía con los principios del
Humanismo Mexicano.
5.7. Proyectos sustantivos y cambios esperados
Durante el desarrollo de este Programa Institucional 2026–2030 (basado en PND 2025-2030 y PSCHTI
2025-2030), el CICY ejecutará proyectos prioritarios que buscan generar impactos positivos en el bienestar de
la población mediante el acceso a tecnologías apropiadas, la mejora de la salud ambiental, el fortalecimiento
de la soberanía alimentaria, la inclusión de saberes tradicionales y la reducción de desigualdades
estructurales, reflejados en los siguientes ejes:
1.
Restauración ecológica y conservación de ecosistemas
Este eje se vincula con el área de cambio climático y medio ambiente, mediante acciones de
restauración de suelos, conservación de ecosistemas terrestres y marinos, y monitoreo de la vida silvestre.
Se promoverán ecotecnologías y soluciones basadas en naturaleza con enfoque de economía circular. Las
Líneas de investigación asociadas a esta área son: Cambio Global en Ecosistemas Neo-tropicales;
Servicios Ambientales de la Biodiversidad; Sistemática y Florística; Agrobiodiversidad para la Sustentabilidad
Ecológica y Cultural; Sostenibilidad de los Ecosistemas Acuáticos.
2.
Seguridad alimentaria: Agroecología y agricultura familiar sostenible
En consonancia con la estrategia de soberanía alimentaria, el CICY impulsará modelos agroecológicos,
sustitución de plaguicidas por bioinsumos, fortalecimiento de cadenas de valor y tecnologías para la inocuidad
alimentaria. También se integrarán sistemas de monitoreo climático y tecnificación del riego agrícola. Las
Líneas de investigación asociadas son: Agrobiología Integrativa; Agrobiotecnología; Biotecnología de
Microorganismos; Biotecnología de Productos Naturales; Metabolismo Integrativo.
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3. Gestión del agua y protección del acuífero
Este eje se alinea con la sostenibilidad hídrica, mediante tecnologías para la cosecha de agua,
tratamiento y reúso de aguas residuales, y gestión comunitaria del recurso. Se promoverán soluciones
escalables para el consumo humano, la agricultura y el saneamiento ambiental. Las Líneas de investigación
asociadas son: Seguridad Hídrica en Sistemas Socioambientales y Sostenibilidad de los Ecosistemas
Acuáticos.
4. Educación científica y apropiación social del conocimiento
Relacionada con las tecnologías disruptivas y de frontera, esta línea fomentará el uso de inteligencia
artificial, ciencia de datos y telecomunicaciones para fortalecer la educación, la participación ciudadana y la
apropiación social del conocimiento en comunidades rurales y urbanas. Las Líneas de investigación
asociadas son: Bioenergía; Conversión, Almacenamiento y Gestión de Energía; Materiales Compuestos y
Nanomateriales; Materiales para Medicina Regenerativa y Materiales para Aplicaciones Especializadas.
5. Fortalecimiento de capacidades locales y comunitarias a través de CTI
Este eje transversal se conecta con todas las áreas estratégicas, especialmente con la transición
energética y la soberanía alimentaria, mediante la transferencia de tecnologías apropiadas para la producción
agrícola, el manejo del agua, la salud comunitaria y la energía renovable en zonas rurales. Las Líneas de
investigación asociadas son: Bioenergía; Conversión, Almacenamiento y Gestión de Energía; Reciclado y
Procesamiento de Materiales; Materiales para Aplicaciones Especializadas e Ingeniería de Bioprocesos
(implícita en Agrobiotecnología).
6. Vinculación con políticas públicas para el desarrollo regional
El CICY fortalecerá su colaboración con gobiernos locales, actores sociales y plataformas
interinstitucionales como la Red ECOS, para impulsar soluciones tecnológicas alineadas con las seis áreas
estratégicas (Agroecología y soberanía alimentaria; Gestión sustentable del agua; Salud ambiental y
biodiversidad; Energía renovable y transición energética; Materiales avanzados y tecnologías limpias; y
Vinculación con políticas públicas y desarrollo territorial). Esta vinculación busca incidir directamente en el
diseño e implementación de políticas públicas que promuevan el desarrollo regional sostenible, la resiliencia
climática y la equidad territorial. Todas las líneas de investigación del CICY contribuyen a esta área, ya que
la vinculación con políticas públicas requiere una base científica sólida, interdisciplinaria, transdisciplinarias y
transversal que permita responder a los desafíos complejos del territorio.
Los cambios esperados derivados de la implementación del Programa Institucional del CICY 2026–2030
en el bienestar de la población son:
1.
Mejora en la calidad ambiental mediante la restauración de suelos, conservación de ecosistemas y
reducción de contaminantes.
2.
Fortalecimiento de la soberanía alimentaria, a través de modelos agroecológicos, bioinsumos y
cadenas de valor sostenibles.
3.
Acceso equitativo al agua segura, gracias a tecnologías de cosecha, tratamiento y reúso de agua,
con enfoque comunitario.
4.
Reducción de desigualdades territoriales, mediante la transferencia de tecnologías apropiadas y el
fortalecimiento de capacidades locales.
5.
Mayor apropiación social del conocimiento, impulsando la educación científica, la participación
ciudadana y la divulgación comunitaria.
6.
Incidencia en políticas públicas, a través de evidencia científica y tecnológica que contribuya a la
toma de decisiones informadas a nivel local y regional.
Estas acciones se alinean con los 100 compromisos nacionales, específicamente en materia de
sostenibilidad, justicia social, inclusión de pueblos originarios y transición ecológica, así como con los
objetivos del PSCHTI 2025–2030.
5.8. Vinculación del Programa Institucional del CICY 2026 - 2030 con los Objetivos de Desarrollo
Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU
El Programa Institucional del Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C. 2026–2030 se alinea de
manera estratégica con los ODS de la Agenda 2030 hacia un desarrollo sostenible, justo e inclusivo. A través
de sus cuatro objetivos prioritarios, el CICY impacta directamente en las regiones del Pacífico-Sur-Sureste.
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Objetivo 1: Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en especial de la rural y de las y los
pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia de seguridad alimentaria, energía y
mitigación al cambio climático
ODS vinculados:
ODS 1: Fin de la pobreza
ODS 2: Hambre cero
ODS 7: Energía asequible y no contaminante
ODS 10: Reducción de las desigualdades
ODS 12: Producción y consumo responsable
ODS 13: Acción por el clima
Objetivo 2: Contribuir al cuidado y protección del acuífero peninsular para beneficio de la población en la
Península de Yucatán.
ODS vinculados:
ODS 3: Salud y bienestar
ODS 6: Agua limpia y saneamiento
ODS 14: Vida submarina
ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres
Objetivo 3: Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el acceso universal al
conocimiento en la región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano a la ciencia.
ODS vinculados:
ODS 4: Educación de calidad
ODS 5: Igualdad de género
ODS 9: Industria, innovación e infraestructura
ODS 10: Reducción de las desigualdades
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
Objetivo 4: Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos mediante el desarrollo de
proyectos prioritarios de investigación y actividades de divulgación científica orientados a la solución
de problemas nacionales.
ODS vinculados:
ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico
ODS 9: Industria, innovación e infraestructura
ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles
ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos
5.9. Visión de largo plazo
La Visión de largo plazo hacia 2030, es que el CICY se haya consolidado como un centro de investigación
de referencia nacional en alta capacidad de transferencia tecnológica, así como una comunidad científica
fortalecida con una infraestructura moderna, que contribuya a la soberanía tecnológica, la justicia epistémica y
el bienestar colectivo.
A 20 años (hacia 2046), el CICY habrá contribuido a posicionar a México como una potencia científica y
tecnológica soberana, con un ecosistema de innovación robusto, descentralizado y justo. Se habrá
consolidado un modelo de desarrollo regional basado en el conocimiento, con impactos sostenibles en salud
ambiental, resiliencia climática, equidad territorial y bienestar social.
6. Objetivos
Con base en lo anterior, los objetivos del Programa Institucional del CICY tienen como primacía a la
población de la región, en especial a las comunidades rurales y a los sectores de la población menos
favorecidos que, al no tener recursos para mejorar las condiciones de vida, resultan siendo los más afectados
por la baja calidad de ésta.
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El Centro de Investigación Científica de Yucatán perfila sus objetivos en:
Objetivos del Programa Institucional del Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C. 2026-2030
1.
Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en especial de la rural y de las y los
pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia de seguridad alimentaria, energía y
mitigación al cambio climático
2.
Contribuir al cuidado y protección del acuífero peninsular para beneficio de la población en la Península
de Yucatán
3.
Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el acceso universal al conocimiento en la
región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano a la ciencia
4.
Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos mediante el desarrollo de proyectos
prioritarios de investigación y actividades de divulgación científica orientados a la solución de problemas
nacionales
6.1 Relevancia del objetivo 1: Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en
especial de la rural y de las y los pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia
de seguridad alimentaria, energía y mitigación al cambio climático
Este objetivo refleja el Humanismo Mexicano al poner en el centro a las personas, especialmente a las
comunidades rurales y pequeños productores, promoviendo su bienestar y autonomía. A su vez, se alinea al
modelo del Segundo Piso de la Transformación, al impulsar la seguridad alimentaria, la transición energética
justa y la acción climática con justicia social y sostenibilidad.
El impacto de este objetivo prioritario se enfocará en proveer a la población rural una mejora en la
productividad agrícola, que contribuya a un mejor nivel económico, a la autosuficiencia alimentaria, energética
y contribuir a mitigar el cambio climático. Lo anterior, mediante la ejecución de proyectos de investigación y de
transferencia de resultados en CTI que se integren y/o aporten a la mejora de las actividades que se
desarrollen en las comunidades.
La responsabilidad institucional y el liderazgo activo del CICY en estas áreas estratégicas se sustentan en
dos argumentos clave:
Capacidad científica y tecnológica instalada: El CICY cuenta con más de cuatro décadas de
experiencia en investigación aplicada en agrobiotecnología, energías renovables, restauración ecológica y
mitigación al cambio climático, con infraestructura de vanguardia y personal altamente especializado. Esta
presencia local permite una articulación directa con las comunidades rurales, facilitando la co-creación de
soluciones tecnológicas pertinentes y culturalmente apropiadas.
Trayectoria comprobada de vinculación comunitaria y transferencia tecnológica: A través de
proyectos como los biofertilizantes para la milpa maya, sistemas de captación de agua de lluvia, biodigestores
rurales mejorados y tecnologías de conservación de suelos, el CICY ha demostrado su capacidad para
traducir el conocimiento científico en beneficios tangibles para las comunidades. Esta experiencia posiciona al
Centro como un actor estratégico en escalar soluciones que contribuyan a la soberanía alimentaria, energética
y ambiental del país.
La urgencia de atender esta problemática se evidencia en las cifras del diagnóstico:
En la Península de Yucatán, el 17.47% de los hogares enfrenta inseguridad alimentaria moderada o
severa, lo que representa a más de 943,000 personas sin acceso suficiente a alimentos en cantidad
y calidad.
En Guerrero, el 30% de la población padece inseguridad alimentaria, afectando a más de 1.1 millones
de personas.
Solo el 12% de las unidades de producción en la región Pacífico-Sur-Sureste utilizan tecnologías
modernas, frente al 45% en el norte del país, lo que refleja un rezago estructural en la tecnificación
agrícola.
En Guerrero, apenas el 8.2% de la superficie agrícola cuenta con riego; el 91.8% depende del
temporal, lo que la hace vulnerable a las variaciones climáticas.
La Península de Yucatán ha perdido más de 1.3 millones de hectáreas de selva en tres décadas,
principalmente por el cambio de uso de suelo para agricultura, ganadería y urbanización.
El 73.5% de los municipios de Yucatán son considerados vulnerables al cambio climático, impactando
a más de 1.8 millones de habitantes.
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6.2 Relevancia del objetivo 2: Contribuir al cuidado y protección del acuífero peninsular para
beneficio de la población en la Península de Yucatán
Este objetivo se alinea con el Humanismo Mexicano al priorizar la vida, el bienestar colectivo y el respeto
por la naturaleza. También responde a los ejes del Segundo Piso de la Cuarta Transformación, al promover
justicia social, desarrollo sustentable y participación comunitaria en la gestión del agua.
La zona kárstica de la Península de Yucatán es vital por su sistema de agua subterránea y cenotes, que
es fuente esencial de agua dulce. Posee una biodiversidad excepcional reconocida a nivel mundial, tiene gran
valor cultural para la cultura maya y es clave para estudios sobre el cambio climático y el impacto del
meteorito de Chicxulub.
Por lo anterior, la trascendencia de este objetivo prioritario se enfocará en contribuir a la protección y
salvaguarda del acuífero peninsular, mediante la mitigación de los efectos negativos que el deterioro de la
calidad del agua y la contaminación tienen sobre la salud humana, la fauna y la flora. Asimismo, se busca
coadyuvar a mantener la seguridad hídrica, mejorando tanto la calidad como la cantidad de agua disponible
para el consumo humano.
La actuación estratégica del CICY en esta región se sustenta en dos argumentos clave:
Experiencia científica especializada en sistemas kársticos y acuíferos tropicales: El CICY ha
desarrollado investigaciones pioneras en hidrogeología, calidad del agua y modelación de flujos subterráneos
en la PY, lo que le permite generar conocimiento técnico de alta precisión para la toma de decisiones
ambientales y de salud pública.
Capacidad de articulación territorial con impacto social: A través de proyectos de monitoreo
comunitario del agua, tecnologías de saneamiento ecológico y educación ambiental, el CICY ha demostrado
su compromiso con la participación activa de las comunidades rurales, fortaleciendo su autonomía en la
gestión del recurso hídrico y promoviendo soluciones sostenibles desde el conocimiento local.
La urgencia de atender esta problemática se evidencia en las cifras del diagnóstico:
El acuífero peninsular abastece aproximadamente el 85% del agua dulce del país, lo que lo convierte
en un recurso estratégico para la seguridad hídrica nacional. Sin embargo, enfrenta una creciente
presión por contaminación y degradación ambiental. Estudios recientes han detectado la presencia de
coliformes fecales, norovirus, metales pesados y pesticidas como heptacloro y lindano en pozos y
cenotes, lo que representa un riesgo directo para la salud humana, la biodiversidad acuática y el
equilibrio ecológico de la región.
Entre 2019 y 2023, la PY perdió cerca de 285,580 hectáreas de selva, con una tasa de deforestación
diaria de 196 hectáreas, cuatro veces superior a la media nacional. Esta pérdida de cobertura vegetal
ha intensificado la fragmentación ecológica, interrumpiendo corredores biológicos y afectando la
recarga natural del acuífero.
Además, el 73.5% de los municipios de Yucatán son considerados vulnerables al cambio climático,
impactando a más de 1.8 millones de habitantes. Las sequías prolongadas, seguidas de lluvias
torrenciales, alteran los ciclos hidrológicos y comprometen la calidad y disponibilidad del agua para
consumo humano, agricultura y conservación ambiental.
6.3 Relevancia del objetivo 3: Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el
acceso universal al conocimiento en la región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano
a la ciencia
Este objetivo se alinea con el Humanismo Mexicano al reconocer el acceso al conocimiento como un
derecho humano, promoviendo la inclusión, la equidad y el desarrollo integral de las personas. Asimismo,
responde al modelo del Segundo Piso de la Transformación al fortalecer la soberanía científica, democratizar
la ciencia y fomentar la innovación con justicia social y sentido comunitario.
Este objetivo tiene como finalidad fortalecer la colaboración entre disciplinas como la agrobiotecnología, la
energía renovable, los materiales, la hidrogeología, la calidad del agua y la divulgación científica, así como las
vocaciones STEM. De este modo, se busca enfrentar desafíos como el cambio climático y la seguridad
alimentaria en la región Pacífico-Sur-Sureste. Asimismo, promueve que los resultados de investigaciones
científicas generadas por el CICY estén disponibles en plataformas digitales de acceso abierto, garantizando
que comunidades rurales, instituciones educativas y actores locales puedan beneficiarse del conocimiento
generado.
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Los fundamentos que evidencian el compromiso del CICY en este objetivo son:
Compromiso con la ciencia abierta y la inclusión del conocimiento: El CICY ha demostrado una
notable proactividad al impulsar políticas relacionadas con vocaciones científicas, redes sociales y de acceso
abierto. Promueve su programa insignia, TALENTO CICY, así como iniciativas cómo CICY Casa Abierta, La
Ruta de la Ciencia, Ruta Urbana, y sus redes sociales oficiales. Además, se enfoca en la publicación de
resultados científicos en repositorios públicos y plataformas de libre acceso. Estas acciones garantizan que el
conocimiento generado beneficie a diversas comunidades, incluyendo sectores históricamente marginados, y
fortalecen la transparencia y la rendición de cuentas.
Articulación efectiva con actores del ecosistema científico y social: El CICY ha consolidado su
posición como un actor clave en la articulación del sistema nacional de CHTI, promoviendo activamente redes
de colaboración interdisciplinaria y transdisciplinaria. Un claro ejemplo de ello es el proyecto de cultivo de chile
habanero en Tekax, Yucatán, en colaboración con el gobierno municipal y el ITSSY. Asimismo, el CICY
participa en grupos temáticos de la Red ECOS, abordando áreas como el Desarrollo Sustentable, la Ciencia y
la Sociedad, y la Tecnología e Innovación, donde aporta su experiencia en biotecnología, sustentabilidad
alimentaria y gestión de riesgos, con el objetivo de promover soluciones integrales a desafíos como el cambio
climático, la seguridad alimentaria y la resiliencia urbana.
La urgencia de atender estas problemáticas se evidencia en los siguientes datos del diagnóstico:
En la región Pacífico-Sur-Sureste, persisten profundas brechas en el acceso al conocimiento científico
y tecnológico, especialmente en comunidades rurales, indígenas y periurbanas. En la PY, el 27% de
la población enfrenta pobreza tecnológica multidimensional, con carencias en educación (20.1%),
servicios básicos (20.8%) y seguridad social (45.35%). Aunque Yucatán cuenta con una de las tasas
más altas de investigadores del país (3 por cada 10,000 habitantes), la conectividad rural limitada y la
baja inversión en investigación fuera de núcleos urbanos impiden que los beneficios del conocimiento
lleguen a las comunidades más vulnerables.
En Guerrero, la situación es aún más crítica. El estado mantiene una de las tasas más altas de
informalidad laboral (78.3%), lo que limita la adopción de tecnologías disruptivas y el acceso a
procesos de innovación. La inversión en IDE es prácticamente nula a nivel local, y el acceso desigual
a infraestructura digital impide el aprovechamiento de herramientas como inteligencia artificial,
automatización y análisis de datos.
Además, el 28.8% de la población guerrerense presenta rezago educativo, el 71.6% carece de
seguridad social, y el 31.5% sufre carencia alimentaria, lo que limita severamente el desarrollo
humano y la participación en procesos científicos y tecnológicos. Estos indicadores reflejan una
exclusión estructural del conocimiento que afecta a millones de personas, perpetuando desigualdades
territoriales y sociales.
6.4 Relevancia del objetivo 4: Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos
mediante el desarrollo de proyectos prioritarios de investigación y actividades de divulgación
científica orientados a la solución de problemas nacionales
Este objetivo se alinea con el Humanismo Mexicano al poner la ciencia al servicio del bienestar colectivo,
promoviendo la equidad, la inclusión y el acceso universal al conocimiento.
Asimismo, responde al modelo del Segundo Piso de la Transformación al consolidar capacidades
científicas y tecnológicas propias que impulsan la soberanía nacional, la justicia social y el desarrollo
sostenible. Esta articulación del sistema nacional de CHTI permite que México avance hacia su consolidación
como potencia científica, con una comunidad académica robusta, comprometida con el país y capaz de
generar soluciones innovadoras en sectores estratégicos como salud, medio ambiente, energía y soberanía
alimentaria.
El impacto de este Objetivo es crucial para consolidar el sistema científico mexicano en un motor
de desarrollo sostenible, equitativo y soberano, articulando capacidades institucionales, formativas y de
investigación en beneficio del país.
La responsabilidad institucional y el liderazgo activo del CICY en esta área se sustenta en la
Consolidación del Sistema Nacional de Centros Públicos de Investigación como eje articulador del
conocimiento: Se reconoce a los CPI como actores estratégicos para liderar la generación de conocimiento
orientado a resolver problemas nacionales. Al fortalecer su infraestructura, capacidades humanas y redes de
colaboración, se impulsa un ecosistema científico más cohesionado, eficiente y con mayor impacto social
y territorial.
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La urgencia de atender esta problemática queda reflejada en las cifras del diagnóstico:
En Guerrero, la inversión en IDE es prácticamente inexistente, mientras que en la PY se concentra en
núcleos urbanos, excluyendo a las comunidades rurales e indígenas. En Guerrero, solo el 5% de las
unidades de producción agropecuaria tuvo acceso a crédito en 2022, y apenas el 0.2% contaba con
seguro agrícola, lo que limita su resiliencia ante riesgos climáticos y económicos.
La región Pacífico-Sur-Sureste presenta un rezago estructural profundo en los sectores agropecuario,
científico y tecnológico, lo que limita su capacidad para generar soluciones locales a problemas
nacionales. En la PY, solo el 12% de las unidades de producción utilizan tecnologías modernas,
mientras que en Guerrero apenas el 8.2% de la superficie agrícola dispone de riego, lo que las hace
altamente vulnerables a las variaciones climáticas. Además, más de 314,000 hectáreas agrícolas en
Guerrero no fueron sembradas en 2022, principalmente debido a la falta de crédito, seguridad y mano
de obra.
Asimismo, el 79.7% de las mujeres indígenas rurales en la PY vive en pobreza, y el 98% nunca ha
cotizado en una institución de seguridad social. En Guerrero, el 28.8% de la población presenta
rezago educativo, el 71.6% carece de seguridad social, y el 31.5% sufre carencia alimentaria, lo que
limita severamente el desarrollo humano y productivo.
6.5 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional del Centro de Investigación Científica de
Yucatán 2026-2030
Los objetivos del Programa Institucional del Centro de Investigación Científica de Yucatán 2026-2030 se
encuentran alineados con los seis objetivos estratégicos del PSCHTI 2025-2030, así como con el objetivo
transversal T2.4 del PND 2025-2030. Esta vinculación se refleja en la articulación de acciones orientadas al
fortalecimiento de capacidades científicas, la generación de conocimiento aplicado, la transferencia
tecnológica, la consolidación de redes de colaboración interinstitucional y el impulso a la soberanía
tecnológica. A través de sus proyectos estratégicos, el CICY contribuye al bienestar social, la sostenibilidad
ambiental, la seguridad alimentaria y la transición energética justa, en concordancia con los principios del
humanismo mexicano y las estrategias sectoriales definidas por la Secihti.
Los objetivos del CICY se atenderán a través de proyectos estratégicos que responden a las demandas de
la región en materia de seguridad alimentaria, sostenibilidad ambiental, justicia hídrica y transición energética
justa, en concordancia con los principios del PND 2025–2030 y el PSCHTI 2025–2030.
Este enfoque se articula con los Proyectos Estratégicos impulsados por la Secihti, los cuales promueven
una ciencia orientada al bienestar del pueblo, la apropiación social del conocimiento y la colaboración
interinstitucional para resolver problemas estructurales del país, para hacer de México una potencia científica
y de innovación.
Entre las acciones clave para atender los objetivos planteados se requiere:
Definición y ejecución de estrategias para satisfacer las demandas científicas y tecnológicas
regionales.
Apropiación del conocimiento en CTI de la población objetivo.
Colaboración inter e intrainstitucional con organismos públicos, privados, de gobierno y la sociedad.
Los principales cambios esperados derivados de la consecución de los objetivos prioritarios planteados
incluyen:
Mejora del nivel del bienestar de familias en comunidades rurales y periurbanas mediante la utilización
de los resultados de investigación científica que les sean transferidos.
Mejora de la productividad agrícola de interés, como resultado de la transferencia y la apropiación del
conocimiento generado a partir de proyectos de investigación científica.
Mejora de la soberanía alimentaria de las comunidades a través de la ejecución de proyectos de
investigación científica que involucren transferencia y apropiación del conocimiento.
Reducción de la afectación al ambiente, promoviendo en las comunidades la asimilación de prácticas
sustentables que protejan los ecosistemas y el ambiente.
Disponibilidad de información para los tomadores de decisiones, sobre temas de seguridad
alimentaria, energía, mitigación al cambio climático y acuífero relacionado con la productividad de
cultivos y protección de los recursos naturales, soportada por los resultados de la ejecución
de proyectos de investigación científica.
Consolidación del SNCP bajo la coordinación de Secihti.
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El impulso a programas de posgrado e investigación aplicada con incidencia social.
El impulso a proyectos estratégicos que fortalezcan la soberanía tecnológica y promuevan la
innovación científica e industrial en la región Pacífico-Sur-Sureste.
El compromiso ético e institucional del personal del CICY se desempeñará con base en los principios
éticos que rigen su cultura organizacional, destacando la honradez, la honestidad, la austeridad y la
responsabilidad social. Estos valores garantizan la transparencia en el uso de los recursos públicos
y la confiabilidad de los resultados generados.
El programa institucional también tiene un Impacto en la cohesión social y la cultura de paz, ya que busca
reducir las causas estructurales de la migración y la violencia. Esto se logra al ofrecer alternativas de
bienestar fundamentadas en el conocimiento, la educación y el fortalecimiento del tejido comunitario. Al
proporcionar a las comunidades herramientas científicas y tecnológicas, se amplía su visión de futuro y se
promueve una cultura de paz, tolerancia y resiliencia.
Finalmente, el conocimiento generado por el CICY contribuirá al diseño de políticas públicas basadas en
evidencia, fortaleciendo la capacidad de los estados de la Península de Yucatán y Guerrero como garante del
bienestar de su población. Los resultados obtenidos podrán ser replicados en otras regiones del país,
contribuyendo al principio de que nadie se quede atrás ni fuera del desarrollo nacional.
Objetivos del Programa
Institucional del Centro de
Investigación Científica de
Yucatán 2026-2030
Objetivos del Programa
Sectorial de Ciencia,
Humanidades, Tecnología e
Innovación 2025-2030
Estrategias del Programa
Sectorial de Ciencia,
Humanidades, Tecnología e
Innovación 2025-2030
1.
Contribuir a la mejora de la
calidad de vida de la población, en
especial de la rural y de las y los
pequeños productores de la región
Pacífico-Sur-Sureste, en materia de
seguridad alimentaria, energía y
mitigación al cambio climático
2.
Impulsar
el
crecimiento
y
desarrollo
profesional
de
las
personas
investigadoras,
promoviendo
la
igualdad
de
oportunidades, la inclusión y una
distribución más equilibrada de
recursos y apoyos en las distintas
regiones del país.
4.
Impulsar
el
desarrollo
tecnológico
en
el
ecosistema
nacional de innovación mediante
la maduración y escalamiento de
tecnologías
prioritarias,
fortaleciendo
la
independencia
tecnológica y el bienestar social.
2.1 Impulsar trayectorias científicas,
humanísticas, tecnológicas y de
innovación a través de apoyos y
estímulos para la consolidación de
la comunidad.
2.2 Vincular a la comunidad de
CHTI con los sectores público,
privado y social para proponer
soluciones a las problemáticas
nacionales.
4.2 Implementar mecanismos para
identificar, monitorear y priorizar
desarrollos
tecnológicos
que
contribuyan a las áreas prioritarias.
2.
Contribuir al cuidado y
protección del acuífero peninsular
para beneficio de la población en la
Península de Yucatán
5.
Proveer
a
la
sociedad
soluciones tecnológicas mediante
vinculación, mejoramiento de la
inventiva,
protección
del
conocimiento
y
transferencia
tecnológica,
asegurando
su
escalamiento e implementación,
para contribuir al bienestar social,
la soberanía tecnológica y el
desarrollo sostenible
3. Asegurar la realización de
investigación básica y aplicada en
todas las áreas del saber para
generar conocimiento y atender
problemas
nacionales,
fortaleciendo
la
infraestructura
científica
y
tecnológica,
difundiendo
la
ciencia
y
promoviendo
la
participación
social
en
las
agendas
de
investigación.
5.2
Promover
mecanismos
de
transferencia de tecnología en las
instituciones
dedicadas
al
desarrollo
de
tecnología
e
innovación para generar soluciones
que beneficien a la sociedad.
3.1
Fomentar
la
investigación
básica
y
aplicada
de
manera
interinstitucional e interdisciplinaria
para
generar
conocimiento
en
todas sus áreas.
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Objetivos del Programa
Institucional del Centro de
Investigación Científica de
Yucatán 2026-2030
Objetivos del Programa
Sectorial de Ciencia,
Humanidades, Tecnología e
Innovación 2025-2030
Estrategias del Programa
Sectorial de Ciencia,
Humanidades, Tecnología e
Innovación 2025-2030
3.
Promover la articulación
del ecosistema científico en CHTI
para
el
acceso
universal
al
conocimiento en la región Pacífico-
Sur-Sureste en favor del derecho
humano a la ciencia
3. Asegurar la realización de
investigación básica y aplicada en
todas las áreas del saber para
generar conocimiento y atender
problemas
nacionales,
fortaleciendo
la
infraestructura
científica
y
tecnológica,
difundiendo
la
ciencia
y
promoviendo
la
participación
social
en
las
agendas
de
investigación
3.3
Implementar
esquemas
de
difusión y divulgación científica,
humanística,
tecnológica
y
de
innovación
para
promover
el
acceso universal al conocimiento.
4.
Contribuir a consolidar el
Sistema
Nacional
de
Centros
Públicos mediante el desarrollo de
proyectos
prioritarios
de
investigación
y
actividades
de
divulgación científica orientados a la
solución de problemas nacionales
6. Garantizar la integración y
operación del Sistema Nacional de
Ciencia,
Humanidades,
Tecnología e Innovación mediante
el impulso de la coordinación
intergubernamental
y
la
colaboración interinstitucional e
interdisciplinaria para la atención
de las prioridades nacionales.
6.3 Potenciar las capacidades del
país a través de la coordinación y el
trabajo
colaborativo
interinstitucional e interdisciplinario
en materia de CHTI orientado a la
atención de problemas prioritarios
nacionales, regionales y locales.
7. Estrategias y líneas de acción
Objetivo 1. Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en especial de la rural y de
las y los pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia de seguridad alimentaria,
energía y mitigación al cambio climático.
Estrategia 1.1 Fomentar la revalorización del saber agrícola tradicional para dotar a la población, en
especial la rural y de las y los pequeños productores, de conocimiento vinculado a la seguridad
alimentaria y a la soberanía ambiental.
Líneas de acción
1.1.1 Consolidar los grupos de investigación trans/inter/multidisciplinarios para intercambio de conocimiento
sobre prácticas y oportunidades de mejora de las comunidades en materia de seguridad alimentaria y
soberanía ambiental.
1.1.2 Impulsar mecanismos y modelos de desarrollo mediante la generación conjunta de conocimiento
tradicional y científico derivado de proyectos de investigación con incidencia social y ambiental.
1.1.3 Promover la conservación de recursos genéticos de la región mediante el desarrollo de proyectos de
investigación científica y la participación activa de pequeños productores.
Estrategia 1.2 Identificar recursos y oportunidades para detonar y/o mejorar la competitividad de la
producción agrícola manteniendo el cuidado al ambiente.
Líneas de acción
1.2.1 Integrar en las líneas de investigación la pertinencia científica, ambiental y social vinculadas a la mejora
de la producción agrícola con cuidado del ambiente.
1.2.2. Promover la identificación y selección de variedades vegetales élite de importancia para las CObj
mediante procesos participativos de investigación, validación y transferencia tecnológica, y hacerlas
disponibles como recursos con alto valor agregado.
1.2.3. Desarrollar tecnologías pertinentes para atender las necesidades del campo, mediante esquemas de
innovación territorial, laboratorios in situ y alianzas con actores locales, para detonar y mejorar la
competitividad de la producción agrícola con enfoque ambiental.
1.2.4 Apoyar a la detección y prevención de enfermedades en plantas y a la protección del ambiente mediante
la aplicación del conocimiento generado.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
93
Objetivo 2. Contribuir al cuidado y protección del acuífero peninsular para beneficio de la población
en la Península de Yucatán
Estrategia 2.1 Determinar las actividades económicas de mayor impacto asociadas al uso de los
recursos naturales para establecer mecanismos de mitigación al deterioro del acuífero.
Líneas de acción
2.1.1 Consolidar los grupos de investigación trans/inter/multidisciplinarios para realizar el diagnóstico de las
actividades económicas en la región con mayor impacto en los recursos naturales.
2.1.2 Identificar los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico que atiendan las necesidades de las
CObj para contribuir a la oferta de actividades económicas sostenibles.
2.1.3 Promover actividades participativas para la consecución de recursos que permitan el desarrollo de
proyectos de investigación y de desarrollo tecnológico en beneficio de las CObj.
Estrategia 2.2 Impulsar el desarrollo de planes estratégicos para el establecimiento de condiciones
o criterios que promuevan el crecimiento y/o desarrollo ordenado de actividades económicas en zonas
urbanas y periurbanas.
Líneas de acción
2.2.1 Propiciar la vinculación entre colaboradores estratégicos mediante redes Transdisciplinarias de
cooperación para promover el desarrollo ordenado de las actividades económicas de la región y entre
las CObj.
2.2.2 Realizar actividades de extensionismo comunitario mediante talleres participativos, asesorías técnicas y
materiales educativos, para favorecer el cuidado del acuífero.
2.2.3. Contribuir al cuidado del acuífero mediante el fortalecimiento de las comunidades CHTI especializadas
como son hidrogeología, calidad, gestión territorial y monitoreo en zonas prioritarias de la PY.
Objetivo 3. Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el acceso universal al
conocimiento en la región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano a la ciencia.
Estrategia 3.1 Fomentar el acceso universal al conocimiento en temas de seguridad alimentaria,
energía, mitigación al cambio climático y acuífero.
Líneas de acción
3.1.1 Impulsar la creación y difusión de contenidos científicos accesibles en temas de seguridad alimentaria,
energía, cambio climático y acuífero, mediante repositorios digitales, materiales multilingües y estrategias de
comunicación inclusiva, dirigidos a CObj del Pacífico-Sur-Sureste.
3.1.2 Establecer espacios de colaboración entre instituciones científicas, comunidades CHTI y actores locales
mediante laboratorios vivos, encuentros regionales y proyectos piloto para co-crear soluciones en seguridad
alimentaria, energía, cambio climático y acuífero.
3.1.3 Implementar formación comunitaria para aplicar conocimiento científico en seguridad alimentaria,
energía, cambio climático y acuífero, mediante metodologías participativas, acompañamiento técnico y
recursos educativos adaptados en CObj del Pacífico-Sur-Sureste.
94
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estrategia prioritaria 3.2. Impulsar y garantizar el acceso universal al conocimiento a través de las
vocaciones científicas.
Líneas de acción
3.2.1 Diseñar programas de sensibilización y formación en vocaciones científicas para niñas, niños y jóvenes,
mediante ferias de ciencia, clubes escolares y mentorías con investigadores, técnico y estudiantes en CObj
del Pacífico-Sur-Sureste.
3.2.2 Capacitar a personas docentes y promotoras educativas en enfoques de vocaciones científicas,
mediante talleres especializados, materiales didácticos y acompañamiento técnico, en instituciones educativas
de zonas rurales y periurbanas del Pacífico-Sur-Sureste.
3.2.3 Consolidar redes regionales de vocaciones científicas mediante alianzas entre instituciones académicas,
centros de investigación y comunidades CHTI, para garantizar el acceso universal al conocimiento en
territorios del Pacífico-Sur-Sureste.
Objetivo 4. Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos mediante el desarrollo
de proyectos prioritarios de investigación y actividades de divulgación científica orientados a la
solución de problemas nacionales.
Estrategia prioritaria 4.1. Fomentar investigación colaborativa en el Sistema Nacional de Centros
Públicos, orientada a resolver problemáticas nacionales y generar conocimiento accesible.
Líneas de acción
4.1.1 Impulsar proyectos de investigación colaborativa entre Centros Públicos de Investigación, mediante
convenios interinstitucionales, agendas temáticas compartidas y esquemas de cofinanciamiento, orientados a
resolver problemáticas nacionales prioritarias.
4.1.2 Fortalecer las capacidades científicas de los Centros Públicos de Investigación en regiones estratégicas,
mediante programas de formación avanzada, intercambio de investigadores y desarrollo de infraestructura
especializada, para atender desafíos nacionales.
4.1.3 Promover la aplicación del conocimiento generado por los Centros Públicos de Investigación en
procesos productivos, sociales y comunitarios mediante esquemas de transferencia tecnológica, asesorías
técnicas y vinculación territorial en beneficio de comunidades y sectores clave del país.
Estrategia 4.2 Impulsar la participación de los Centros Públicos de Investigación en actividades de
divulgación científica y formación de vocaciones, mediante talleres, eventos y colaboración con la
comunidad académica.
Líneas de acción
4.2.1 Organizar talleres especializados y seminarios interinstitucionales, dirigidos a la comunidad académica,
en colaboración con los Centros Públicos de Investigación, para fortalecer sus capacidades científicas
y técnicas.
4.2.2 Promover la participación de investigadoras e investigadores de los CPI en comités académicos, tutorías
y actividades formativas de programas de posgrado, fomentando el enfoque transdisciplinario y la pertinencia
social.
4.2.3 Impulsar la creación y difusión de contenidos de divulgación científica elaborados por la comunidad
académica de los Centros Públicos de Investigación, como parte de su formación integral y compromiso
social.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
95
8. Indicadores y metas
Indicador 1.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
1.1 Porcentaje de proyectos colaborativos de CTI en temas de seguridad alimentaria, energía y
mitigación al cambio climático que contribuyen a la mejora de la calidad de vida de la población rural
Objetivo
1. Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en especial de la rural y de las y los
pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia de seguridad alimentaria, energía y
mitigación al cambio climático.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de proyectos colaborativos (en colaboración con CPI/IES/Gobierno) de CTI en temas
de seguridad alimentaria, energía y mitigación al cambio climático que contribuyen a la mejora de la
calidad de vida de la población rural respecto al total de proyectos desarrollados
Derecho
asociado
Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre.
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Centro de Investigación Científica de
Yucatán, A.C.
Dirección de Investigación
Método de
cálculo
(Número de proyectos en CTI colaborativos (CPI/IES/Gobierno) en temas de seguridad alimentaria,
energía y mitigación al cambio climático con beneficio a comunidades rurales en el año n / Número total
de proyectos de CTI desarrollados por el CICY en el año n) * 100
Observaciones
Un mayor porcentaje es indicativo de una mayor proporción de proyectos colaborativos
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre
variable 1
Número de proyectos en
CTI colaborativos
(CPI/IES/Gobierno) en
temas de seguridad
alimentaria, energía y
mitigación al cambio
climático con beneficio a
comunidades rurales en el
año n
Valor
variable 1
29
Fuente de
información
variable 1
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Investigación
Nombre
variable 2
Número total de proyectos
de investigación de CTI
desarrollados por el CICY
en el año n
Valor
variable 2
42
Fuente de
información
variable 2
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Investigación
Sustitución en
método de
cálculo
(29 / 42) * 100= 69.0
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
69.0
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
75
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
62.0
69.0
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
71.0
72.0
73.0
74.0
75.0
96
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Indicador 1.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
1.2 Formación de recursos humanos con incidencia en seguridad alimentaria, energía y mitigación al
cambio climático
Objetivo
1. Contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, en especial de la rural y de las y los
pequeños productores de la región Pacífico-Sur-Sureste, en materia de seguridad alimentaria, energía y
mitigación al cambio climático.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de estudiantes de posgrado graduados con tesis realizadas en temas de seguridad
alimentaria, energía y mitigación al cambio climático
Derecho
asociado
Derecho a la educación
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Centro de Investigación Científica de
Yucatán, A.C.
Dirección de Docencia
Método de
cálculo
(Número de estudiantes de posgrado graduados con tesis realizadas en temas de seguridad alimentaria,
energía y mitigación al cambio climático en el año n / Número total de estudiantes graduados en el
posgrado en el año n) * 100
Observaciones Un mayor porcentaje es indicativo de una mayor proporción de tesis en los temas de interés para resolver
problemas nacionales
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre
variable 1
Número de estudiantes
de posgrado
graduados con tesis
realizadas en temas de
seguridad alimentaria,
energía y mitigación al
cambio climático en el
año n
Valor
variable 1
35
Fuente de
información
variable 1
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Docencia
Nombre
variable 2
Número total de
estudiantes graduados
en el posgrado en el
año n
Valor
variable 2
68
Fuente de
información
variable 2
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Docencia
Sustitución en
método de
cálculo
(35 / 68) * 100= 51.0
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
51.0
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
63.5
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
47.4
51.0
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
56.0
57.0
59.0
63.0
63.5
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
97
Indicador 2.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
2.1 Generación de conocimiento para el cuidado y protección del acuífero
Objetivo
2. Contribuir al cuidado y protección del acuífero para beneficio de la población en la Península de
Yucatán.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de proyectos de CTI colaborativos (con CPI/IES/Gobierno) vigentes en temas de
cuidado y protección del acuífero kárstico de la PY
Derecho
asociado
Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica
Derecho al Agua
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre.
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Centro de Investigación Científica de
Yucatán, A.C.
Dirección de Investigación
Método de
cálculo
(Número de proyectos de CTI colaborativos (CPI/IES/Gobierno) en temas de cuidado y protección del
acuífero kárstico de la PY del año n / Número total de proyectos de investigación desarrollados por el CPI
en el año n) * 100
Observaciones
Un mayor porcentaje es indicativo de una mayor proporción de proyectos colaborativos
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre
variable 1
Número de proyectos de
CTI colaborativos
(CPI/IES/Gobierno) en
temas de cuidado y
protección del acuífero
kárstico de la PY del año n
Valor
variable 1
8
Fuente de
información
variable 1
Base de datos e
informe anual de
Dirección de
Investigación
Nombre
variable 2
Número Total de proyectos
de investigación
desarrollados por el CPI
en el año n
Valor
variable 2
42
Fuente de
información
variable 2
Base de datos e
informe anual de
Dirección de
Investigación
Sustitución en
método de
cálculo
(8 / 42) * 100= 19.0
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
19.0
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
25
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR .
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
17.0
19.0
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
21.0
22.0
23.0
24.0
25.0
98
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Indicador 2.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
2.2 Generación de capital humano con compromiso en el cuidado y protección del acuífero
Objetivo
2. Contribuir al cuidado y protección del acuífero para beneficio de la población en la Península de
Yucatán
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de estudiantes de posgrado graduados con tesis en el tema del cuidado y protección
del acuífero
Derecho
asociado
Derecho a la educación y a la alimentación
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Centro de Investigación Científica de
Yucatán, A.C.
Dirección de Docencia
Método de
cálculo
(Número de estudiantes graduados de posgrado que participan en proyectos de CTI sobre el cuidado y
protección del acuífero kárstico de la PY en el año n / Número total de estudiantes graduados de
posgrado en el año n) * 100
Observaciones
Un mayor porcentaje es indicativo de una mayor proporción de tesis en el acuífero Kárstico de la PY que
retiene el 85% del agua subterránea de México
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre
variable 1
Número de estudiantes
graduados de posgrado
que participan en
proyectos de CTI sobre
el cuidado y protección
del acuífero kárstico de
la PY en el año n
Valor
variable 1
17
Fuente de
información
variable 1
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Docencia
Nombre
variable 2
Número total de
estudiantes graduados
de posgrado en el año n
Valor
variable 2
68
Fuente de
información
variable 2
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Docencia
Sustitución en
método de
cálculo
(17 / 68) * 100= 25.0
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
25.0
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
32
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
24.6
25.0
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
26.0
27.0
28.0
30.0
32.0
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
99
Indicador 3.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
3.1 Variación porcentual de las Actividades de divulgación y acceso universal al conocimiento en CHTI
Objetivo
3. Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el acceso universal al conocimiento en
la región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano a la ciencia
Definición o
descripción
Mide la tasa de variación porcentual de actividades de divulgación y acceso universal al conocimiento
Derecho
asociado
Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre.
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Centro de Investigación Científica de
Yucatán, A.C.
Dirección de Planeación y Gestión
(Divulgación en Coordinación con Dirección
de Investigación y Dirección de Docencia)
Método de
cálculo
((Número actividades de divulgación y acceso universal al conocimiento dirigidas al público en general en
el año n - Número actividades de divulgación y acceso universal al conocimiento dirigidas al público en
general en el año n-1) / Número actividades de divulgación y acceso universal al conocimiento dirigidas al
público en general en el año n-1 ) * 100
Observaciones
Un mayor porcentaje indica una mayor proporción de actividades y una participación más amplia de las
comunidades CHTI en acciones de divulgación y en el acceso universal al conocimiento. El año base se
refiere al número obtenido en 2023.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre
variable 1
Número actividades de
divulgación y acceso
universal al conocimiento
dirigidas al público en
general en el año n
Valor
variable 1
1375
Fuente de
información
variable 1
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Planeación y Gestión y
Dirección de Investigación
Nombre
variable 2
Número actividades de
divulgación y acceso
universal al conocimiento
dirigidas al público en
general en el año n-1
Valor
variable 2
1259
Fuente de
información
variable 2
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Planeación y Gestión
(Divulgación en
Coordinación con Dirección
de Investigación y
Dirección de Docencia)
Sustitución en
método de
cálculo
((1375 - 1259) / 1259) * 100= 9.2
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
9.2
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
10.7
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
9.0
9.2
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
9.5
9.6
9.7
9.8
10.7
100
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Indicador 3.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
3.2 Participación de jóvenes en actividades de fomento a las vocaciones científicas en temas prioritarios
Objetivo
3. Promover la articulación del ecosistema científico en CHTI para el acceso universal al conocimiento en
la región Pacífico-Sur-Sureste en favor del derecho humano a la ciencia
Definición o
descripción
Razón de estudiantes que participan en actividades de fomento a las vocaciones en temas prioritarios
nacionales respecto a los proyectos realizados por la comunidad de CHTI en temas prioritarios
Derecho
asociado
Derecho a la Educación
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Razón
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Centro de Investigación Científica de
Yucatán, A.C.
Dirección de Planeación y Gestión
(Divulgación en Coordinación con Dirección
de Investigación y Dirección de Docencia)
Método de
cálculo
Número de jóvenes que participan en actividades de fomento a las vocaciones científicas en problemas
prioritarios nacionales en el año n / Número de proyectos presentados en temas de problemas prioritarios
nacionales en el año n
Observaciones
Un valor más alto del indicador significa que, por cada proyecto que aborda problemas prioritarios
nacionales, existe una mayor participación de jóvenes en actividades de fomento a las vocaciones
científicas.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre
variable 1
Número de jóvenes que
participan en
actividades de fomento
a las vocaciones
científicas en problemas
prioritarios nacionales
en el año n
Valor
variable 1
2460
Fuente de
información
variable 1
Base de datos e informe anual
de Dirección de Planeación y
Gestión (Divulgación en
Coordinación con Dirección de
Investigación y Jardín Botánico
Roger Orellana)
Nombre
variable 2
Número de proyectos
presentados en temas
de problemas
prioritarios nacionales
presentados en el año n
Valor
variable 2
33
Fuente de
información
variable 2
Base de datos e informe anual
de Dirección de Planeación y
Gestión (Divulgación en
Coordinación con Dirección de
Investigación y Jardín Botánico
Roger Orellana)
Sustitución en
método de
cálculo
2460 / 33 = 74.5
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
74.5
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
76.3
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
74.1
74.5
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
74.5
74.7
75.1
75.7
76.3
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
101
Indicador 4.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
4.1 Integración del ecosistema CHTI para la solución de problemas prioritarios nacionales a través de la
Investigación
Objetivo
4. Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos mediante el desarrollo de proyectos
prioritarios de investigación y actividades de divulgación científica orientados a la solución de problemas
nacionales
Definición o
descripción
Porcentaje de proyectos en los que participa el CICY con otros CPI pertenecientes al Sistema Nacional
de Centros Públicos
Derecho
asociado
Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Centro de Investigación Científica
de Yucatán, A.C.
Dirección de Investigación
Método de
cálculo
(Número de proyectos de investigación en los que participa el CICY con otros CPI del SNCP en el año
n/Número total de proyectos de investigación desarrollados por CICY en el año n ) * 100
Observaciones
Un valor más alto del indicador significa que una mayor proporción de los proyectos del CICY se realizan
en colaboración con otros Centros Públicos de Investigación del SNCP
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre
variable 1
Número de proyectos
de investigación en los
que participa el CICY
con otros CPI del SNCP
en el año n
Valor
variable 1
5
Fuente de
información
variable 1
Base de datos e
informe anual de
Dirección de
Investigación
Nombre
variable 2
Número total de
proyectos de
investigación
desarrollados por el
CICY en el año n
Valor
variable 2
42
Fuente de
información
variable 2
Base de datos e
informe anual de
Dirección de
Investigación
Sustitución en
método de
cálculo
(5 / 42) * 100= 11.9
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
11.9
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
19.2
Ninguna
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
9.5
11.9
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
13.6
15.2
16.7
18.0
19.2
102
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Indicador 4.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
4.2 Articulación del Sistema Nacional de Centros Públicos con el ecosistema de Ciencia, Humanidades,
Tecnología e Innovación
Objetivo
4. Contribuir a consolidar el Sistema Nacional de Centros Públicos mediante el desarrollo de proyectos
prioritarios de investigación y actividades de divulgación científica orientados a la solución de problemas
nacionales
Definición o
descripción
Mide el Porcentaje de actividades de divulgación científica y formación de vocaciones, mediante talleres,
eventos, tutorías y contenidos de divulgación (artículos y conferencias) con la comunidad académica de
los Centros públicos
Derecho
asociado
Derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica
Nivel de
desagregación
Institucional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Mayo del año siguiente
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre.
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Centro de Investigación Científica
de Yucatán, A.C.
Dirección de Docencia
Método de
cálculo
(Número de actividades de divulgación científica y formación de vocaciones realizadas entre CPI en el
año n / Número total de actividades de divulgación científica y formación de vocaciones en el CICY en el
año n)*100
Observaciones
Un mayor porcentaje es indicativo de una mayor proporción de actividades de divulgación científica y
formación de vocaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre
variable 1
Número de actividades de
divulgación científica y
formación de vocaciones
realizadas entre CPI en el
año n
Valor
variable 1
62
Fuente de
información
variable 1
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Investigación, Dirección de
Docencia y Dirección de
Planeación y Gestión
Nombre
variable 2
Número total de
actividades de divulgación
científica y formación de
vocaciones en el CICY en
el año n
Valor
variable 2
335
Fuente de
información
variable 2
Base de datos e informe
anual de Dirección de
Investigación, Dirección de
Docencia y Dirección de
Planeación y Gestión
Sustitución en
método de
cálculo
(62 / 335) * 100 = 18.5
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
18.5
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
32
Ninguna
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
NA
NA
NA
NA
NA
NA
15.0
18.5
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
19.0
19.5
21.0
21.6
22.0
Mérida, Yucatán, a 20 de abril de 2026.- La Directora General del Centro de Investigación Científica de
Yucatán, A.C., Maira Rubi Segura Campos.- Rúbrica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
103
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL
DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
AVISO por el que se hace del conocimiento del público en general el acuerdo por el que se aprueba la ampliación
de la vigencia de las Reglas de Carácter General que emite el Consejo de Administración del Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con la finalidad de regular la participación del Instituto en la
prueba piloto que prevén los artículos Segundo y Tercero Transitorios del “Decreto por el que se adicionan
diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales” publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
El pasado 24 de diciembre de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el
que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de Plataformas
Digitales, en la que se prevén regulaciones relacionadas medularmente con el reconocimiento de la existencia
de relación laboral tratándose de personas trabajadoras en la modalidad de plataformas digitales a que hace
referencia el artículo 291-A de la Ley Federal del Trabajo.
Asimismo, en términos de lo previsto por el artículo 291-K, fracción VI de la LFT, las personas físicas y
morales que administren o gestionen servicios a través de plataformas digitales en su carácter de patrón,
entre otras obligaciones especiales, tiene que realizar las aportaciones correspondientes al Fondo Nacional de
la Vivienda para los Trabajadores, en términos de la legislación aplicable.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos primero y segundo transitorios del Decreto de referencia, su
entrada en vigor sería 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, esto es el 22
de junio de 2025 y, se prevé que el Consejo de Administración del Infonavit, en el plazo de 5 días posteriores,
esto es el 27 de junio de 2025, deberá publicar en el mismo órgano de difusión, las reglas de carácter general
que garanticen el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la fracción VI del artículo 291-K de la Ley
Federal del Trabajo, a través de la prueba piloto de participación obligatoria, para el aseguramiento de
personas trabajadoras de plataformas digitales.
Mediante Sesión Extraordinaria número 917, de fecha 10 de junio de 2025, el Consejo de Administración
del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con fundamento en el artículo 16 de la
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, aprobó las “Reglas de Carácter
General que emite el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, con la finalidad de regular la participación del Instituto en la prueba piloto que prevén los
artículos Segundo y Tercero Transitorios del “Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley
Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24
de diciembre de 2024”. Asimismo, instruyó a la Secretaría General para realizar los trámites para la
publicación de dichas Reglas en el Diario Oficial de la Federación dentro del plazo previsto en el Decreto
antes mencionado.
Con fecha 26 de junio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el AVISO por el que se
hace del conocimiento del público en general el Anexo Único del Acuerdo por el que se aprueban las Reglas
de Carácter General que emite el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores, con la finalidad de regular la participación del Instituto en la prueba piloto que prevén
los artículos Segundo y Tercero Transitorios del "Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la
Ley Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales" publicado el 24 de diciembre de 2024.
Mediante Sesión Extraordinaria número 919, de fecha 21 de julio de 2025, el Consejo de Administración
del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con fundamento en el artículo 16 de la
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, aprobó la reforma por la que se
adicionan diversas disposiciones a las Reglas de Carácter General que emitió el Consejo de Administración
del Instituto Nacional del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicadas en el Diario Oficial
de la Federación el 26 de junio de 2025.
Con fecha 4 de septiembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “AVISO por el que
se hace del conocimiento del público en general la reforma por la que se adicionan diversas disposiciones al
Anexo Único del Acuerdo por el que se aprueban las Reglas de Carácter General que emite el Consejo de
Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con la finalidad de
regular la participación del Instituto en la prueba piloto que prevén los artículos Segundo y Tercero
Transitorios del "Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en
materia de Plataformas Digitales" publicado el 24 de diciembre de 2024.”
104
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Mediante Sesión Extraordinaria número 926, de fecha 26 de enero de 2026, el Consejo de Administración
del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con fundamento en el artículo 16 de la
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, aprobó la “Ampliación de la vigencia
de las Reglas de Carácter General que emite el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de
la Vivienda para los Trabajadores, con la finalidad de regular la participación del Instituto en la prueba piloto
que prevén los artículos Segundo y Tercero Transitorios del “Decreto por el que se adicionan diversas
disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales” publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 24 de diciembre de 2024, con fundamento en el artículo 16, fracción XIX de la Ley del
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.”
Con la finalidad de regular la participación del Instituto en la prueba piloto que prevén los artículos
Segundo y Tercero Transitorios del “Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal
del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de
diciembre de 2024, así como a garantizar en su ámbito de competencia el cumplimiento de las obligaciones
contenidas en las fracciones V y VI del artículo 291-K de la mencionada Ley, a través de la prueba piloto de
participación obligatoria para el aseguramiento de las personas trabajadoras en plataformas digitales y de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo tercero transitorio del multicitado Decreto, el legislador previó un plazo
de 180 días naturales, contados a partir de la publicación de las reglas de carácter general, para que,
considerando los resultados que arroje la prueba piloto para el aseguramiento de personas trabajadoras de
plataformas digitales, el IMSS prepare las iniciativas que con mayor detalle definirán los aspectos relativos al
cumplimiento de dichas obligaciones, mismas que serán presentadas ante el Poder Legislativo para su
discusión y en su caso, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores podrá proponer
adecuaciones normativas equivalentes en el ámbito de su competencia.
En este contexto, concluido el citado plazo y con base en la información que se obtendrá en el mes de
enero de 2026, respecto del cumplimiento de las obligaciones de las Plataformas Digitales por el sexto
bimestre de 2025, así como en el resultado del análisis interinstitucional de la prueba piloto con el Instituto
Mexicano del Seguro Social y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, será posible concretar la
determinación de la necesidad, o no, de proponer adecuaciones normativas para las obligaciones patronales
en materia de vivienda; por lo que, para mantener así la congruencia operativa con la continuidad de la
aplicación de las reglas emitidas por el IMSS para la implementación de la prueba, hasta en tanto no se
emitan nuevas directrices, resulta necesario brindar a las Plataformas Digitales un marco normativo que les
permita en este periodo dar cumplimiento a sus obligaciones con este Instituto, en virtud de lo anteriormente
expuesto se emite el siguiente:
Acuerdo
Primero.- Con fundamento en el contenido de los artículos 123, Apartado A, fracción XII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5º último párrafo, 16, fracciones XIX y XXII, 29, 30, y demás
relativos y aplicables de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; así como
los artículos Segundo y Tercero transitorios del “Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la
Ley Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales” publicado en el Diario Oficial de la Federación el
24 de diciembre de 2024, se aprueba ampliar la vigencia de las “REGLAS de Carácter General que emite el
Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con la
finalidad de regular la participación del Instituto en la prueba piloto que prevén los artículos Segundo y Tercero
Transitorios del “Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en
materia de Plataformas Digitales” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024,
aprobadas mediante resoluciones RCA-14614-05/25 y RCA-14649-07/25, hasta en tanto no se emitan nuevas
disposiciones.
Segundo.- Se instruye a la Dirección de Planeación y a la Dirección de Finanzas y Fiscalización a que
establezcan las medidas de coordinación al interior del Instituto y con el Instituto Mexicano del Seguro Social y
la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para determinar, en su caso, la necesidad de proponer
adecuaciones normativas a las obligaciones patronales en materia de vivienda.
Este Acuerdo fue aprobado en la Sesión Extraordinaria número 926, del Consejo de Administración del
Infonavit celebrada, el veintiséis de enero de dos mil veintiséis.- El Secretario General, Marcos M. Herrería
Alamina.- Rúbrica.
(R.- 575356)
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
105
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
TARIFAS Finales del Suministro Básico que deberá aplicar la Comisión Federal de Electricidad, en la modalidad
de Suministradora de Servicios Básicos a sus usuarios, a partir del 1 de abril de 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.-
Comisión Federal de Electricidad.
TARIFAS FINALES DEL SUMINISTRO BÁSICO QUE DEBERÁ APLICAR LA COMISIÓN FEDERAL DE
ELECTRICIDAD, EN LA MODALIDAD DE SUMINISTRADORA DE SERVICIOS BÁSICOS A SUS USUARIOS, A PARTIR
DEL 1 DE ABRIL DE 2026.
Comisión Federal de Electricidad, Empresa Pública del Estado; conforme a lo dispuesto en el artículo 25
fracciones VII y X, y 52, fracción V del Estatuto Orgánico, y en cumplimiento a lo instruido en el numeral II del
oficio F00.06.UE/818/2026 del 27 de marzo de 2026 emitido por la Comisión Nacional de Energía que ordena
la publicación en el Diario Oficial de la Federación de dicho oficio y sus Anexos, se tiene a bien reproducir el
referido oficio F00.06.UE/818/2026 Y SUS ANEXOS I y II, los cuales contienen las “TARIFAS FINALES
DEL SUMINISTRO BÁSICO QUE DEBERÁ APLICAR LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD (CFE),
EN LA MODALIDAD DE SUMINISTRADORA DE SERVICIOS BÁSICOS A SUS USUARIOS, A PARTIR
DEL 1 DE ABRIL DE 2026.”
Atentamente
Ciudad de México, a 06 de abril de 2026.- Encargado de la Coordinación de Mercado Eléctrico Mayorista,
Lic. Ricardo Hernández Silguero.- Rúbrica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Energía.- Secretaría de
Energía.- Comisión Nacional de Energía.- Unidad de Electricidad.- Oficio número: F00.06.UE/818/2026.
Ciudad de México, a 27 de marzo de 2026
Asunto: Tarifas finales del Suministro Básico aplicables a
partir del 1 de abril de 2026.
MTRA. EMILIA ESTHER CALLEJA ALOR
DIRECTORA GENERAL
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
PASEO DE LA REFORMA 164, COLONIA JUÁREZ,
C.P. 06600, CIUDAD DE MÉXICO.
PRESENTE
Hago referencia a los artículos 8, fracción VI, de la Ley de la Comisión Nacional de Energía (LCNE); y 11,
fracción IV, y 159, párrafo primero, de la Ley del Sector Eléctrico (LSE), en los que se establece que la
Comisión Nacional de Energía (Comisión) aplicará las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las
tarifas finales del Suministro Básico; así como a los artículos 24, fracción XI, y 31, fracción V, del Reglamento
Interior de la Comisión Nacional de Energía, los cuales facultan al titular de la Unidad de Electricidad de la
Comisión para determinar y notificar dichas tarifas.
En virtud de lo anterior, y considerando lo establecido en el Acuerdo por el que la Comisión Nacional de
Energía autoriza el cálculo y ajuste de las tarifas finales del Suministro Básico que debe aplicar de manera
individual a la Comisión Federal de Electricidad en su carácter de Suministradora de Servicios Básicos, del 01
de enero al 31 de diciembre de 2026, aprobado mediante el Acuerdo CT/11.SE/8-2025 (Acuerdo por el que se
autoriza el cálculo y ajuste); se notifican las tarifas finales del Suministro Básico que deberá aplicar la
Comisión Federal de Electricidad (CFE) a sus Usuarias a partir del 1 abril de 2026, y hasta en tanto las
tarifas en comento se modifiquen o sustituyan, adjuntándose al presente el Anexo I que contiene el
fundamento y las consideraciones para su determinación, y el Anexo II en el que se encuentran los cuadros
tarifarios para su aplicación.
Con la finalidad de realizar la máxima publicidad de las tarifas finales del Suministro Básico notificadas
mediante el presente oficio, de conformidad con los artículos 166 de la LSE y 120, párrafo tercero, del
Reglamento de la LSE y el Acuerdo por el que se autoriza el cálculo y ajuste, la CFE deberá realizar las
siguientes acciones:
I.
Publicar en su página de internet, en un plazo no mayor a 2 (dos) días hábiles posteriores a la
notificación del presente, las tarifas finales del Suministro Básico referidas en el Anexo II.
II.
Publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el presente oficio y sus Anexos en un plazo no
mayor a 20 (veinte) días hábiles posteriores al 1 de abril de 2026; dicha publicación no está sujeta al
inicio de la aplicación de las tarifas finales de Suministro Básico.
III.
Informar mediante escrito a la Comisión, el cumplimiento de la publicación en el DOF dentro de los 5
(cinco) días hábiles siguientes a su publicación.
106
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
La emisión del presente oficio constituye un acto administrativo individual que permite a la CFE obtener los
Ingresos Recuperables del Suministro Básico señalados en el artículo 158, párrafo segundo, de la LSE, que
las Usuarias Finales tengan acceso al Suministro Básico en condiciones de Accesibilidad, Calidad,
Confiabilidad, Continuidad, Eficiencia y Seguridad, promover que las actividades del sector eléctrico se
realicen bajo criterios de Sostenibilidad y Justicia Energética, así como evitar el lucro, de conformidad con los
artículos 7, de la LSE, y, 118, párrafo séptimo y 119, párrafo cuarto del Reglamento de la LSE.
Además, las tarifas finales del Suministro Básico notificadas en el presente acto son máximas, pudiendo la
CFE pactar acuerdos convencionales o descuentos tarifarios a sus personas usuarias en términos de los
criterios que al efecto determine la Comisión, con validación de la Secretaría de Energía, mediante
disposiciones administrativas de carácter general, de conformidad con lo establecido en el artículo 119,
párrafos primero y segundo del Reglamento de la LSE.
Finalmente, conforme a lo dispuesto por el artículo 28 de la LCNE, el presente acto administrativo puede
impugnarse a través de los medios previstos en las disposiciones legales aplicables. En vía jurisdiccional
puede ser el juicio de amparo indirecto o el juicio contencioso administrativo, ante los órganos jurisdiccionales
del Poder Judicial de la Federación o el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dentro del plazo
establecido en la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos o el previsto en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo,
respectivamente; y en vía administrativa puede interponer el recurso de revisión ante la autoridad y dentro de
los plazos previstos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I,17, 26, fracción IX y 33, último párrafo, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 1, 2, párrafo primero, 3, 5, 7, fracciones I, III y XXII, 8, fracciones IV, VI y IX,
13 y 28, de la Ley de la Comisión Nacional de Energía; 1, 2, 6, 7, 11, fracciones IV y XLIX, 158, párrafo
segundo, 159, párrafo primero, 160, fracciones I, 161, 165 y 166 de la Ley del Sector Eléctrico; 1, 2, 3, 12, 35,
fracción II, 38 y 39 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2, fracción XIII y 7 de la Ley de la Firma
Electrónica Avanzada; 2, inciso F, fracción III, 71 y 78 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; 1,
2, 8, fracción V, 24, fracciones XI, XXIV y XXVIII, y 31, fracciones V y XXXII, del Reglamento Interior de la
Comisión Nacional de Energía; 1, 3, párrafo primero, 6, 118, párrafos primero y séptimo, 119, párrafos
primero, segundo y cuarto y 120, párrafo tercero del Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico; 12 del
Reglamento de la Ley de la Firma Electrónica Avanzada; reglas Décimo Séptima y Vigésima Segunda de las
Reglas Generales para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Electrónica de la Comisión Nacional de
Energía, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 09 de octubre de 2025, y el Acuerdo por el que la
Comisión Nacional de Energía autoriza el cálculo y ajuste de las tarifas finales del Suministro Básico que debe
aplicar de manera individual a la Comisión Federal de Electricidad, en su carácter de Suministradora de
Servicios Básicos, del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026.
ANEXO I
FUNDAMENTO Y CONSIDERACIONES PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS TARIFAS FINALES DEL
SUMINISTRO BÁSICO APLICABLES A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2026
El presente acto administrativo se emite conforme a lo siguiente:
I.
La Comisión Nacional de Energía (Comisión) es un órgano administrativo desconcentrado de
carácter técnico, sectorizado a la Secretaría de Energía (SENER), con independencia técnica,
operativa, de gestión y de decisión, conforme a lo establecido en los artículos 33, último párrafo, de
la Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAPF); 1, 2, párrafo primero, de la Ley de la
Comisión Nacional de Energía (LCNE); y, 2, inciso F., fracción III, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Energía.
II.
La Comisión tiene las atribuciones de emitir sus actos y resoluciones con carácter técnico
administrativo y operativo, vigilar y supervisar su cumplimiento, y emitir resoluciones, acuerdos,
criterios de interpretación, directivas, bases y demás actos administrativos necesarios para el
cumplimiento de sus atribuciones de conformidad con el artículo 7, fracciones I, III y XXII, de la
LCNE.
III.
El Suministro Básico es una actividad estratégica para el desarrollo nacional que debe contribuir
con proveer al pueblo de los Estados Unidos Mexicanos de electricidad al menor precio posible y
se define como el Suministro Eléctrico sujeto a regulación tarifaria que se contrate y que no sea
Usuario Calificado; es de utilidad pública, sujeto a obligaciones de servicio público y universal en
términos de la Ley del Sector Eléctrico (LSE), sólo puede proveerlo la Empresa Pública del Estado
y debe ofrecerse a todas las personas que lo soliciten, siempre que ello sea técnicamente factible y
cumpla con las disposiciones aplicables, en condiciones no indebidamente discriminatorias, de
conformidad con los artículos 2, párrafo tercero, 3, fracción LVII, 4, 61, párrafo tercero, y 63, párrafo
primero, de la LSE.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
107
IV.
El Suministro Eléctrico debe satisfacer la demanda y el consumo de energía eléctrica de las
Usuarias Finales, mediante, entre otros, la adquisición de energía eléctrica y Productos Asociados,
así como la celebración de Contratos de Cobertura Eléctrica conforme a lo establecido en el
artículo 3, fracción LX, de la LSE.
V.
El Estado establece y ejecuta la política, regulación y vigilancia del sector eléctrico a través de la
Secretaría y la Comisión, en el ámbito de sus respectivas competencias, teniendo como objetivos,
entre otros: garantizar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema
Eléctrico Nacional; promover que las actividades del sector eléctrico se realicen bajo criterios de
Sostenibilidad y Justicia Energética; y, proteger los intereses de las Usuarias Finales conforme al
artículo 6, fracciones I, II y IX, de la LSE. Asimismo, las actividades del sector eléctrico son de
jurisdicción federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 7, de la LSE.
VI.
Es facultad de la Comisión, previa opinión favorable de la SENER, regular las tarifas para
suministro básico, la transmisión, la distribución, la operación del Centro Nacional de Control de
Energía (CENACE) y los Servicios Conexos no incluidos en el Mercado Eléctrico Mayorista
(SCnMEM), así como las demás que refiera la LSE; mismas que deberán tener como objetivos,
entre otros, promover el desarrollo eficiente del sector eléctrico, garantizar la Continuidad de los
servicios, evitar la discriminación indebida, promover el acceso abierto a la Red Nacional de
Transmisión y a las Redes Generales de Distribución cuando sea técnicamente factible, y proteger
los intereses de las Usuarias Finales conforme a lo establecido en los artículos 8, fracción VI de la
LCNE, y 11, fracción IV, y 160, fracción I, de la LSE.
VII.
Los Ingresos Recuperables del Suministro Básico (IR) incluirán los costos que resulten de las
Tarifas Reguladas de los servicios de transmisión, distribución, operación de la Suministradora de
Servicios Básicos, los costos del servicio de operación, investigación, actualización y desarrollo del
CENACE y de los SCnMEM, así como los costos de la energía eléctrica y los Productos Asociados
adquiridos para suministrar dicho servicio, incluyendo los que se adquieran por medio de los
Contratos de Cobertura Eléctrica, siempre que dichos costos reflejen Prácticas Prudentes,
conforme a lo establecido en el artículo 158, párrafo segundo, de la LSE.
VIII.
La Comisión publicará las memorias de cálculo utilizadas para determinar las tarifas finales del
Suministro Básico conforme a lo previsto en el artículo 159, párrafo primero, de la LSE y 120 de su
Reglamento.
IX.
La Comisión está facultada para investigar los costos de la energía eléctrica y de los Productos
Asociados adquiridos por la Suministradora de Servicios Básicos, incluyendo los que se adquieran
por medio de los Contratos de Cobertura Eléctrica y garantizar que no se recuperen mediante los
IR los costos que no sean eficientes o que no reflejen Prácticas Prudentes conforme al artículo 165
de la LSE.
X.
Las Tarifas Eléctricas deben considerar el reconocimiento de los costos de operación, usos
propios, mantenimiento, fallas, modernización, inversión, ampliación y expansión del Sistema
Eléctrico Nacional, así como incorporar criterios de Justicia Energética que reflejen las Prácticas
Prudentes del sector eléctrico. Para lo anterior, deberán tomarse en cuenta, entre otros aspectos, la
política en materia de Accesibilidad, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Eficiencia, Seguridad y
Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional, así como la planeación vinculante que determine la
Secretaría y la regulación que emita la Comisión, de conformidad con el artículo 118, párrafo
primero y séptimo del Reglamento de la LSE.
XI.
Las Tarifas Eléctricas, precios o contraprestaciones que determine o apruebe la Comisión deben
ser máximas, pudiendo las Generadoras que provean SCnMEM, la Transportista, la Distribuidora,
la Suministradora de Servicios Básicos y las Suministradoras de Último Recurso pactar acuerdos
convencionales o descuentos en términos de los criterios que al efecto determine la Comisión, con
validación de la SENER, mediante disposiciones administrativas de carácter general, conforme al
artículo 120 del Reglamento de la LSE.
XII.
La negociación de dichos acuerdos convencionales o el otorgamiento de descuentos debe
sujetarse a principios de generalidad y accesibilidad, y en su caso, considerar la Justicia
Energética, en cuyo caso deben registrar ante la Comisión los contratos o descuentos
correspondientes, conforme a lo establecido en el artículo 119, párrafos primero y segundo del
Reglamento de la LSE. Asimismo, La determinación de las tarifas finales del Suministro Básico
debe evitar el Lucro, conforme a lo establecido en el artículo 119, párrafo cuarto del Reglamento de
la LSE.
108
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
XIII.
Las Tarifas Finales del Suministro Básico (TFSB) aplicables a la CFE a partir del 1 de marzo de
2026 a sus Usuarias, fueron notificadas el 27 de febrero de 2026 por la Comisión mediante Oficio
número F00.06.UE/449/2026.
XIV.
Las Tarifas Reguladas para el servicio de operación del CENACE, el servicio de operación de la
CFE en su carácter de Suministradora de Servicios Básicos (SSB), el Servicio Público de
Transmisión de Energía Eléctrica, y el Servicio Público de Distribución, aplicables del 1 de enero al
31 de diciembre de 2026, se emitieron el 17 de diciembre de 2025, mediante los oficios
F00.06.UE/3681/2025, F00.06.UE/3682/2025, F00.06.UE/3684/2025, y F00.06.UE/3685/2025,
respectivamente.
XV.
El Acuerdo por el que se autoriza el cálculo y ajuste de las tarifas finales que debe aplicar de
manera individual a la Comisión Federal de Electricidad, en su carácter de SSB aplicables del 1 de
enero al 31 de diciembre de 2026 (Acuerdo del cálculo y ajuste de las TFSB), fue aprobado por la
Comisión el 29 de diciembre de 2025 mediante el Acuerdo número CT/11.SE/8-2025.
XVI.
Los componentes de las TFSB son las Tarifas Reguladas de los servicios de transmisión,
distribución, operación de la SSB y operación del CENACE, los cargos de los SCnMEM, así como
los cargos de generación (energía y capacidad), estos últimos se determinarán mensualmente con
base en los costos de generación de energía eléctrica y Productos Asociados adquiridos para el
Suministro Básico del 2026, conforme a lo establecido por la Comisión en el Acuerdo del cálculo y
ajuste de las TFSB.
XVII. Se calculó el costo de generación estacionalizado del mes de abril de 2026 con base en los costos
de generación estimados para el 2026 y el factor de estacionalidad correspondiente al mes de abril,
los cuales se indican en los numerales 3.3.10. y 3.4.1., inciso c, tabla 20, del Acuerdo del cálculo y
ajuste de las TFSB.
XVIII. La CFE, mediante el oficio DO/CMEM.03.-0048-2026 del 20 de marzo de 2026, entregó a la
Comisión la información relativa de los costos de generación correspondientes al mes de febrero de
2026, a fin de reconocerse a partir del mes de abril de 2026, de conformidad con el Acuerdo del
cálculo y ajuste de las TFSB.
XIX.
La Comisión llevó a cabo la revisión y actualización de los costos de generación de las Centrales
Eléctricas de la CFE y Productores Independientes de Energía correspondientes al mes de marzo
de 2026 y, los costos del Mercado Eléctrico Mayorista (incluye los costos del Mercado para el
Balance de Potencia), de las Subastas de Largo Plazo y de los Pequeños Sistemas Eléctricos del
mes de febrero de 2026, a partir de la información reportada por la CFE, conforme a lo establecido
en el numeral 4 del Acuerdo del cálculo y ajuste de las TFSB y concluyó que, para determinar el
factor de ajuste de los cargos de generación (energía y capacidad) del mes de abril de 2026, el
diferencial de dichos costos se reconocerá en el mes de abril de 2026, con la finalidad de recuperar
los costos de generación del Suministro Básico, mantener la estabilidad de las tarifas finales o, en
su caso, mitigar la volatilidad de las mismas.
XX.
Se reconoció un monto de $7,000,250,000.00 (siete mil millones doscientos cincuenta mil pesos
00/100 Moneda Nacional) del diferencial de los costos de generación por acreditar, establecido en
el Apartado A. Elementos para el cálculo y ajuste de las tarifas finales del Suministro Básico,
párrafos Quinto y Sexto del Acuerdo del cálculo y ajuste de las TFSB, para la determinación de las
tarifas finales aplicables a partir del mes de abril de 2026.
XXI.
El titular de la Unidad de Electricidad de la Comisión determinó que el Factor de Ajuste (F.A.) de los
cargos de generación que serán aplicados por la CFE a partir del 1 de abril de 2026, o hasta en
tanto se modifiquen o sustituyan, es de 0.00% respecto a los cargos de generación del mes
inmediato anterior, conforme al numeral 3.4.1. del Acuerdo del cálculo y ajuste de las tarifas finales
del Suministro Básico.
XXII. El 27 de marzo de 2026, se reunió el Grupo de Coordinación del cálculo y ajuste de las tarifas
finales del Suministro Básico (GC) integrado por la SENER, la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, la CFE y la Comisión, en la que se presentó el reparto del diferencial de los costos de
generación, el factor de ajuste de 0.00% de los cargos de energía y capacidad, así como las tarifas
finales del Suministro Básico que aplicarán a partir del 1 abril de 2026.
XXIII. La SENER emitió mediante oficio 300.019/2026 de fecha 27 de marzo de 2026 su opinión favorable
respecto al F.A. de 0.00% de los cargos de energía y capacidad, así como de las tarifas finales del
Suministro Básico que aplicarán a partir del 1 de abril de 2026, en apego a lo establecido en los
artículos 33, fracción XXI, de la LOAPF; 8, fracción VI, de la LCNE; y, 18, fracción XVII, y 24,
fracción XV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
109
Anexo II
Tarifas finales de Suministro Básico aplicables a partir del mes de abril-2026
División Baja California
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.7321
0.0076
0.0069
0.608
0.463
DB2
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.8342
0.0076
0.0069
0.608
0.461
PDBT
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.6699
0.0076
0.0069
0.657
0.994
$/mes
414.90
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.665
$/kW
193.46
311.83
RABT
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.6699
0.0076
0.0069
0.606
0.530
$/mes
414.90
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.598
$/kW
90.01
154.36
APBT
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.6699
0.0076
0.0069
0.547
1.382
$/mes
414.90
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.470
1.136
$/kW
90.01
$/mes
414.90
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.519
$/kW
90.01
341.42
$/mes
414.90
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.4183
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
0.7573
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.0904
$/kW
90.01
358.40
$/mes
1244.71
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.4570
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
0.8274
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.1927
$/kWh Semipunta
0.1801
0.0076
0.0069
1.1196
$/kW
392.65
$/mes
1244.71
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.5284
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
0.9566
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.3744
$/kWh Semipunta
0.0791
0.0076
0.0069
1.2908
$/kW
402.24
110
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
División Baja California Sur
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.7321
0.0076
0.0069
0.868
0.463
DB2
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.8342
0.0076
0.0069
0.866
0.461
PDBT
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.6699
0.0076
0.0069
2.354
0.705
$/mes
414.90
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
2.834
$/kW
193.46
264.88
RABT
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.6699
0.0076
0.0069
0.865
0.530
$/mes
414.90
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.825
$/kW
90.01
154.36
APBT
$/mes
41.49
$/kWh
0.1801
0.6699
0.0076
0.0069
2.920
1.284
$/mes
414.90
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.963
0.814
$/kW
90.01
$/mes
414.90
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
2.145
$/kW
90.01
262.52
$/mes
414.90
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
1.9044
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
2.4707
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
3.5573
$/kW
90.01
256.91
$/mes
1244.71
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
2.0765
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
2.6938
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
3.8829
$/kW
286.49
$/mes
1244.71
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
2.4297
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
3.0643
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
4.4027
$/kW
332.78
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
111
División Bajío
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
42.72
$/kWh
0.1801
1.1437
0.0076
0.0069
0.787
0.509
DB2
$/mes
42.72
$/kWh
0.1801
0.9802
0.0076
0.0069
0.784
0.507
PDBT
$/mes
42.72
$/kWh
0.1801
0.9322
0.0076
0.0069
1.640
1.057
$/mes
427.19
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.657
$/kW
369.31
304.37
RABT
$/mes
42.72
$/kWh
0.1801
0.9322
0.0076
0.0069
0.768
0.587
$/mes
427.19
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.727
$/kW
97.88
154.36
APBT
$/mes
42.72
$/kWh
0.1801
0.9322
0.0076
0.0069
1.459
1.531
$/mes
427.19
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.176
1.155
$/kW
97.88
$/mes
427.19
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.346
$/kW
97.88
338.02
$/mes
427.19
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8622
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.6825
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9440
$/kW
97.88
392.65
$/mes
1281.56
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.9025
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5991
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9330
$/kW
402.24
$/mes
1281.56
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.7749
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.5148
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.6847
$/kW
402.24
112
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
División Centro Occidente
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
25.25
$/kWh
0.1801
1.5393
0.0076
0.0069
0.756
0.452
DB2
$/mes
25.25
$/kWh
0.1801
1.3191
0.0076
0.0069
0.757
0.451
PDBT
$/mes
25.25
$/kWh
0.1801
1.2545
0.0076
0.0069
1.429
0.875
$/mes
252.50
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.258
$/kW
497.04
260.39
RABT
$/mes
25.25
$/kWh
0.1801
1.2545
0.0076
0.0069
0.748
0.517
$/mes
252.50
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.726
$/kW
155.41
154.36
APBT
$/mes
25.25
$/kWh
0.1801
1.2545
0.0076
0.0069
1.332
1.348
$/mes
252.50
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.176
1.144
$/kW
155.41
$/mes
252.50
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.203
$/kW
155.41
297.85
$/mes
252.50
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8599
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.6851
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9224
$/kW
155.41
392.49
$/mes
757.51
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8637
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5368
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.8437
$/kW
402.24
$/mes
757.51
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.8130
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.5167
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.7132
$/kW
402.24
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
113
División Centro Oriente
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
33.54
$/kWh
0.1801
1.4316
0.0076
0.0069
0.780
0.499
DB2
$/mes
33.54
$/kWh
0.1801
1.2269
0.0076
0.0069
0.783
0.497
PDBT
$/mes
33.54
$/kWh
0.1801
1.1668
0.0076
0.0069
1.424
0.879
$/mes
335.36
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.492
$/kW
462.32
273.95
RABT
$/mes
33.54
$/kWh
0.1801
1.1668
0.0076
0.0069
0.763
0.575
$/mes
335.36
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.725
$/kW
149.44
154.36
APBT
$/mes
33.54
$/kWh
0.1801
1.1668
0.0076
0.0069
1.435
1.498
$/mes
335.36
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.173
1.149
$/kW
149.44
$/mes
335.36
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.326
$/kW
149.44
335.19
$/mes
335.36
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8573
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.6860
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9280
$/kW
149.44
389.00
$/mes
1006.09
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8477
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5774
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.8039
$/kW
402.24
$/mes
1006.09
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.8625
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.5399
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.8378
$/kW
402.24
114
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
División Centro Sur
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
26.44
$/kWh
0.1801
1.6160
0.0076
0.0069
0.795
0.540
DB2
$/mes
26.44
$/kWh
0.1801
1.3849
0.0076
0.0069
0.785
0.538
PDBT
$/mes
26.44
$/kWh
0.1801
1.3171
0.0076
0.0069
1.332
0.870
$/mes
264.38
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.350
$/kW
521.84
242.00
RABT
$/mes
26.44
$/kWh
0.1801
1.3171
0.0076
0.0069
0.783
0.626
$/mes
264.38
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.731
$/kW
221.09
154.36
APBT
$/mes
26.44
$/kWh
0.1801
1.3171
0.0076
0.0069
1.577
1.630
$/mes
264.38
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.919
0.954
$/kW
221.09
$/mes
264.38
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.073
$/kW
221.09
262.87
$/mes
264.38
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.7727
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5136
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.7388
$/kW
221.09
365.30
$/mes
793.13
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8917
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5971
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.8987
$/kW
402.24
$/mes
793.13
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.9276
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.6573
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.9603
$/kW
402.24
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
115
División Golfo Centro
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
46.17
$/kWh
0.1801
1.1139
0.0076
0.0069
0.743
0.473
DB2
$/mes
46.17
$/kWh
0.1801
0.9021
0.0076
0.0069
0.747
0.471
PDBT
$/mes
46.17
$/kWh
0.1801
1.1182
0.0076
0.0069
1.617
1.016
$/mes
461.75
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.475
$/kW
376.26
304.37
RABT
$/mes
46.17
$/kWh
0.1801
1.1182
0.0076
0.0069
0.742
0.543
$/mes
461.75
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.716
$/kW
124.41
154.36
APBT
$/mes
46.17
$/kWh
0.1801
1.1182
0.0076
0.0069
1.272
1.414
$/mes
461.75
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.087
1.146
$/kW
124.41
$/mes
461.75
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.163
$/kW
124.41
321.40
$/mes
461.75
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8076
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5003
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.7695
$/kW
124.41
392.65
$/mes
1385.25
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8344
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.4584
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.6710
$/kW
402.24
$/mes
1385.25
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.8828
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.6378
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.7941
$/kW
402.24
116
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
División Golfo Norte
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
50.20
$/kWh
0.1801
0.8091
0.0076
0.0069
0.727
0.510
DB2
$/mes
50.20
$/kWh
0.1801
0.6553
0.0076
0.0069
0.727
0.508
PDBT
$/mes
50.20
$/kWh
0.1801
0.8122
0.0076
0.0069
1.426
1.096
$/mes
502.03
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.192
$/kW
273.29
267.16
RABT
$/mes
50.20
$/kWh
0.1801
0.8122
0.0076
0.0069
0.726
0.588
$/mes
502.03
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.692
$/kW
57.74
154.36
APBT
$/mes
50.20
$/kWh
0.1801
0.8122
0.0076
0.0069
1.191
1.533
$/mes
502.03
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.952
1.137
$/kW
57.74
$/mes
502.03
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.073
$/kW
57.74
341.42
$/mes
502.03
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8285
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.3937
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.5291
$/kW
57.74
402.24
$/mes
1506.09
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8039
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.3717
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.5054
$/kW
402.24
$/mes
1506.09
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.7208
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.3291
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.4007
$/kW
402.24
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
117
División Jalisco
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
33.07
$/kWh
0.1801
1.6413
0.0076
0.0069
0.780
0.503
DB2
$/mes
33.07
$/kWh
0.1801
1.4065
0.0076
0.0069
0.782
0.501
PDBT
$/mes
33.07
$/kWh
0.1801
1.3377
0.0076
0.0069
1.753
1.081
$/mes
330.66
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.304
$/kW
529.99
244.44
RABT
$/mes
33.07
$/kWh
0.1801
1.3377
0.0076
0.0069
0.769
0.580
$/mes
330.66
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.728
$/kW
160.25
154.36
APBT
$/mes
33.07
$/kWh
0.1801
1.3377
0.0076
0.0069
1.475
1.511
$/mes
330.66
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.188
1.138
$/kW
160.25
$/mes
330.66
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.222
$/kW
160.25
311.88
$/mes
330.66
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8212
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.6186
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.8456
$/kW
160.25
392.65
$/mes
991.97
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8840
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5783
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9002
$/kW
402.24
$/mes
991.97
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.7898
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.5205
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.7397
$/kW
392.65
118
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
División Noroeste
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
19.78
$/kWh
0.1801
0.9007
0.0076
0.0069
0.710
0.461
DB2
$/mes
19.78
$/kWh
0.1801
0.7116
0.0076
0.0069
0.710
0.459
PDBT
$/mes
19.78
$/kWh
0.1801
0.7753
0.0076
0.0069
1.387
0.990
$/mes
197.77
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.332
$/kW
213.00
311.83
RABT
$/mes
19.78
$/kWh
0.1801
0.7753
0.0076
0.0069
0.707
0.528
$/mes
197.77
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.687
$/kW
90.85
154.36
APBT
$/mes
19.78
$/kWh
0.1801
0.7753
0.0076
0.0069
1.176
1.376
$/mes
197.77
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.017
1.140
$/kW
90.85
$/mes
197.77
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.110
$/kW
90.85
341.42
$/mes
197.77
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.7768
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.3626
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.5315
$/kW
90.85
392.65
$/mes
593.30
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8035
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.3066
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.5539
$/kW
402.24
$/mes
593.30
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.6948
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.2216
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.3583
$/kW
392.56
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
119
División Norte
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación
abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
111.37
$/kWh
0.1801
1.3469
0.0076
0.0069
0.745
0.489
DB2
$/mes
111.37
$/kWh
0.1801
1.1930
0.0076
0.0069
0.733
0.487
PDBT
$/mes
111.37
$/kWh
0.1801
1.2734
0.0076
0.0069
1.243
0.933
$/mes
1113.73
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.398
$/kW
342.87
304.37
RABT
$/mes
111.37
$/kWh
0.1801
1.2734
0.0076
0.0069
0.733
0.563
$/mes
1113.73
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.705
$/kW
72.92
154.36
APBT
$/mes
111.37
$/kWh
0.1801
1.2734
0.0076
0.0069
1.252
1.467
$/mes
1113.73
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.051
1.162
$/kW
72.92
$/mes
1113.73
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.049
$/kW
72.92
311.88
$/mes
1113.73
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8288
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.4329
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.7100
$/kW
72.92
402.24
$/mes
3341.18
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.7791
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.3686
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.6376
$/kW
402.24
$/mes
3341.18
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.7823
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.3631
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.5793
$/kW
402.24
120
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
División Oriente
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
63.63
$/kWh
0.1801
1.5625
0.0076
0.0069
0.759
0.491
DB2
$/mes
63.63
$/kWh
0.1801
1.3391
0.0076
0.0069
0.763
0.489
PDBT
$/mes
63.63
$/kWh
0.1801
1.2735
0.0076
0.0069
1.415
0.896
$/mes
636.28
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.155
$/kW
504.55
226.10
RABT
$/mes
63.63
$/kWh
0.1801
1.2735
0.0076
0.0069
0.754
0.564
$/mes
636.28
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.720
$/kW
202.45
154.36
APBT
$/mes
63.63
$/kWh
0.1801
1.2735
0.0076
0.0069
1.382
1.471
$/mes
636.28
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.148
1.151
$/kW
202.45
$/mes
636.28
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.131
$/kW
202.45
291.43
$/mes
636.28
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.7362
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.4422
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.6441
$/kW
202.45
360.41
$/mes
1908.85
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8021
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5457
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.7617
$/kW
402.24
$/mes
1908.85
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.8863
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.5565
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.8479
$/kW
402.24
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
121
División Peninsular
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
45.26
$/kWh
0.1801
1.0335
0.0076
0.0069
0.812
0.493
DB2
$/mes
45.26
$/kWh
0.1801
0.8556
0.0076
0.0069
0.804
0.491
PDBT
$/mes
45.26
$/kWh
0.1801
0.9939
0.0076
0.0069
1.829
0.978
$/mes
452.58
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.895
$/kW
299.68
304.37
RABT
$/mes
45.26
$/kWh
0.1801
0.9939
0.0076
0.0069
0.804
0.567
$/mes
452.58
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.762
$/kW
91.87
154.36
APBT
$/mes
45.26
$/kWh
0.1801
0.9939
0.0076
0.0069
1.592
1.479
$/mes
452.58
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.305
1.151
$/kW
91.87
$/mes
452.58
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.543
$/kW
91.87
331.74
$/mes
452.58
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
1.0416
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.8866
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
2.1278
$/kW
91.87
392.65
$/mes
1357.73
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.9302
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.7249
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9008
$/kW
388.38
$/mes
1357.73
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.9152
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.7048
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.8364
$/kW
384.04
122
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
División Sureste
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
48.73
$/kWh
0.1801
1.3662
0.0076
0.0069
0.775
0.482
DB2
$/mes
48.73
$/kWh
0.1801
1.1709
0.0076
0.0069
0.768
0.480
PDBT
$/mes
48.73
$/kWh
0.1801
1.1136
0.0076
0.0069
1.541
0.954
$/mes
487.31
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.300
$/kW
441.19
248.63
RABT
$/mes
48.73
$/kWh
0.1801
1.1136
0.0076
0.0069
0.764
0.554
$/mes
487.31
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.733
$/kW
141.76
154.36
APBT
$/mes
48.73
$/kWh
0.1801
1.1136
0.0076
0.0069
1.440
1.444
$/mes
487.31
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.225
1.168
$/kW
141.76
$/mes
487.31
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.085
$/kW
141.76
259.02
$/mes
487.31
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8180
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5633
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.7770
$/kW
141.76
345.37
$/mes
1461.92
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.8514
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.5746
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.8491
$/kW
392.65
$/mes
1461.92
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.7203
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.3827
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.5399
$/kW
348.69
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
123
División Valle de México Centro
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
54.05
$/kWh
0.1801
0.7530
0.0076
0.0069
0.797
0.552
DB2
$/mes
54.05
$/kWh
0.1801
0.6453
0.0076
0.0069
0.796
0.550
PDBT
$/mes
54.05
$/kWh
0.1801
0.6137
0.0076
0.0069
1.738
1.133
$/mes
540.49
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.819
$/kW
243.16
311.83
RABT
$/mes
54.05
$/kWh
0.1801
0.6137
0.0076
0.0069
0.782
0.641
$/mes
540.49
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.724
$/kW
60.82
154.36
APBT
$/mes
54.05
$/kWh
0.1801
0.6137
0.0076
0.0069
1.570
1.669
$/mes
540.49
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.162
1.129
$/kW
60.82
$/mes
540.49
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.402
$/kW
60.82
348.19
$/mes
540.49
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.9154
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.6385
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9460
$/kW
60.82
402.24
$/mes
1621.47
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.9353
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.7442
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9980
$/kW
402.24
$/mes
1621.47
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.9353
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.7549
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.9618
$/kW
402.24
124
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
División Valle de México Norte
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
70.34
$/kWh
0.1801
0.9639
0.0076
0.0069
0.831
0.655
DB2
$/mes
70.34
$/kWh
0.1801
0.8259
0.0076
0.0069
0.830
0.652
PDBT
$/mes
70.34
$/kWh
0.1801
0.7856
0.0076
0.0069
1.613
1.108
$/mes
703.36
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.943
$/kW
311.23
299.17
RABT
$/mes
70.34
$/kWh
0.1801
0.7856
0.0076
0.0069
0.817
0.767
$/mes
703.36
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.723
$/kW
86.15
154.36
APBT
$/mes
70.34
$/kWh
0.1801
0.7856
0.0076
0.0069
1.809
1.998
$/mes
703.36
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.097
1.101
$/kW
86.15
$/mes
703.36
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.366
$/kW
86.15
341.42
$/mes
703.36
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.9124
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.6258
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9334
$/kW
86.15
402.24
$/mes
2110.07
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.6346
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.2461
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.4277
$/kW
392.65
$/mes
2110.07
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.5694
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.1155
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.2529
$/kW
392.65
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
125
División Valle de México Sur
Categoría
tarifaria
Unidades
Tarifas Reguladas 2026
Cargo de
Servicios
Conexos no
MEM 2026
Cargos Generación abril-26
Transmisión
Distribución
Operación del
CENACE
Operación de la
Suministradora de
Servicios Básicos
Energía
Capacidad
DB1
$/mes
42.21
$/kWh
0.1801
0.9343
0.0076
0.0069
0.841
0.674
DB2
$/mes
42.21
$/kWh
0.1801
0.8006
0.0076
0.0069
0.840
0.671
PDBT
$/mes
42.21
$/kWh
0.1801
0.7614
0.0076
0.0069
1.645
1.125
$/mes
422.07
GDBT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
2.048
$/kW
301.71
304.37
RABT
$/mes
42.21
$/kWh
0.1801
0.7614
0.0076
0.0069
0.827
0.791
$/mes
422.07
RAMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
0.725
$/kW
67.68
154.36
APBT
$/mes
42.21
$/kWh
0.1801
0.7614
0.0076
0.0069
1.880
2.061
$/mes
422.07
APMT
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.172
1.133
$/kW
67.68
$/mes
422.07
GDMTO
$/kWh
0.1801
0.0076
0.0069
1.416
$/kW
67.68
349.79
$/mes
422.07
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.9234
GDMTH
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.6491
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9615
$/kW
67.68
402.24
$/mes
1266.21
$/kWh Base
0.1801
0.0076
0.0069
0.9229
DIST
$/kWh Intermedio
0.1801
0.0076
0.0069
1.6415
$/kWh Punta
0.1801
0.0076
0.0069
1.9603
$/kW
402.24
$/mes
1266.21
$/kWh Base
0.0791
0.0076
0.0069
0.9393
DIT
$/kWh Intermedio
0.0791
0.0076
0.0069
1.7509
$/kWh Punta
0.0791
0.0076
0.0069
1.9692
$/kW
402.24
(R.- 575271)
126
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
PODER JUDICIAL
ORGANO DE ADMINISTRACION JUDICIAL
INFORMACIÓN relativa a los saldos y productos financieros del Fondo para la administración
de los recursos provenientes de sentencias que deriven de las Acciones Colectivas Difusas, que se proporciona en
cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 34 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la
Judicatura Federal, que reforma el similar que crea el Fondo para la Administración de los Recursos provenientes
de Sentencias que deriven de las acciones colectivas difusas, a que se refiere el artículo 624 del Código Federal de
Procedimientos Civiles.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Órgano de Administración
Judicial.- Secretaría Técnica del Fondo para la Administración de los Recursos provenientes de Sentencias
que deriven de las acciones colectivas difusas.
INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SALDOS Y PRODUCTOS FINANCIEROS DEL FONDO PARA LA
ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DE SENTENCIAS QUE DERIVEN DE LAS ACCIONES
COLECTIVAS DIFUSAS, QUE SE PROPORCIONA EN CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ESTABLECIDA EN EL
ARTÍCULO 34 DEL ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA
EL SIMILAR QUE CREA EL FONDO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DE
SENTENCIAS QUE DERIVEN DE LAS ACCIONES COLECTIVAS DIFUSAS, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 624 DEL
CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- El 10 de marzo de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General
del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar que crea el Fondo para la
Administración de los Recursos provenientes de Sentencias que deriven de las acciones colectivas difusas, a
que se refiere el artículo 624 del Código Federal de Procedimientos Civiles, mismo que entró en vigor a los
tres días siguientes al de su publicación.
El artículo 34 del Acuerdo General en cita, textualmente prescribe:
“Artículo 34.- El Comité Técnico enviará en forma trimestral a la entidad de fiscalización superior de la
Federación, el informe correspondiente al ejercicio de los recursos que integran el patrimonio del Fondo y en
forma anual en términos del artículo 626 del Código. La publicación trimestral se realizará a través del
Consejo de la Judicatura Federal, previa aprobación que haga la Dirección General de Auditoría de los saldos
y productos financieros acumulados en el Fondo. Lo anterior se informará al Comité Técnico y se difundirá a
través de la página de Internet del Consejo.”
SEGUNDO.- De acuerdo con el precepto invocado en el último párrafo del punto anterior, el ahora Órgano
de Administración Judicial, fungiendo como Comité Técnico del Fondo, presenta la siguiente información:
INFORME CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO DEL
FONDO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DE SENTENCIAS QUE DERIVEN DE LAS
ACCIONES COLECTIVAS DIFUSAS DEL PERIODO ENERO A MARZO DE 2026.
Primer Trimestre 2026
Saldo patrimonial
al 31 de diciembre
de 2025
Ingresos
enero - marzo 2026
Intereses
enero - marzo 2026
Egresos
enero - marzo 2026
Saldo patrimonial al
31 de marzo de 2026
$2’473,338.41
$0.00
$12,833.58
$0.00
$2’486,171.99
TRANSITORIO
ÚNICO.- Infórmese a la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación y publíquese este documento
en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.- La Secretaria Técnica del Fondo para la Administración de los
Recursos provenientes de Sentencias que deriven de las acciones colectivas difusas, María Teresa Adriana
Hermoso y Núñez.- Rúbrica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
127
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de
México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo
de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.4030 M.N. (diecisiete pesos con cuatro mil treinta diezmilésimos
moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 28 de abril de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de
Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales,
Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones Internacionales, Lic. Luis
Murray Arriaga.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez
Martínez.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días
obtenida el día de hoy, fue de 7.0172%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.0574%; y a plazo
de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.1162%.
Ciudad de México, a 28 de abril de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de
Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales,
Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones Internacionales, Lic. Luis
Murray Arriaga.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez
Martínez.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda
nacional determinada el día de hoy, fue de 6.76 por ciento.
Ciudad de México, a 27 de abril de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de
Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales,
Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones Internacionales, Lic. Luis
Murray Arriaga.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez
Martínez.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la modificación de la
cartografía electoral del Estado de Nuevo León, respecto de los municipios de Guadalupe y San Nicolás
de los Garza.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional
Electoral.- Consejo General.- INE/CG157/2026.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA LA
MODIFICACIÓN DE LA CARTOGRAFÍA ELECTORAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, RESPECTO DE LOS
MUNICIPIOS DE GUADALUPE Y SAN NICOLÁS DE LOS GARZA
GLOSARIO
CNV Comisión Nacional de Vigilancia.
COC Coordinación de Operación en Campo de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de
Electores.
Consejo General Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CRFE Comisión del Registro Federal de Electores.
DERFE Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
DSCV Dirección de la Secretaría de las Comisiones de Vigilancia de la Dirección Ejecutiva del
Registro Federal de Electores.
INE Instituto Nacional Electoral.
INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
LAMGE Lineamientos para la Actualización del Marco Geográfico Electoral.
LGIPE Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
RIINE Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral
STN Secretaría Técnica Normativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
ANTECEDENTES
I.
Publicación del Decreto 305. El 1 de noviembre de 2017, se publicó en el Periódico Oficial
Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el Decreto número 305,
mediante el cual la Septuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León,
ratifica el límite territorial entre los municipios de Guadalupe y San Nicolás de los Garza.
II.
Modificaciones a los LAMGE. El 7 de agosto de 2025, mediante Acuerdo INE/CG998/2025, este
Consejo General aprobó las modificaciones a los LAMGE, aprobados mediante diverso
INE/CG393/2019.
III.
Informe Técnico para la modificación de la cartografía electoral, respecto de los límites
municipales en el estado de Nuevo León. El 29 de agosto de 2025, la COC remitió a la STN,
ambas adscritas a la DERFE, mediante oficio INE/COC/1046/2025, el “Informe Técnico Modificación
de límites municipales entre Guadalupe y San Nicolás de los Garza en el Estado de Nuevo León”.
IV.
Dictamen Jurídico para la modificación de la cartografía electoral, respecto de los límites
municipales en el estado de Nuevo León. El 6 de octubre de 2025, la STN adscrita a la DERFE,
mediante oficio INE/DERFE/STN/27083/2025, emitió el “Dictamen Jurídico sobre la modificación de
la cartografía electoral respecto de los límites municipales entre Guadalupe y San Nicolás de los
Garza, estado de Nuevo León”.
V.
Remisión del dictamen técnico-jurídico a la DSCV. El 28 de octubre de 2025, mediante el oficio
INE/COC/1250/2025, la COC remitió a la DSCV, el Dictamen Técnico-Jurídico del caso de
modificación a la cartografía electoral de referencia, para que por su conducto se hiciera del
conocimiento de las representaciones partidistas acreditadas ante la CNV.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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VI.
Entrega del dictamen técnico-jurídico a las representaciones partidistas acreditadas ante la
CNV.
El
30
de
octubre
de
2025,
mediante
los
oficios
INE/DERFE/DSCV/0359/2025,
INE/DERFE/DSCV/0360/2025,
INE/DERFE/DSCV/0361/2025,
INE/DERFE/DSCV/0362/2025,
INE/DERFE/DSCV/0363/2025
e
INE/DERFE/DSCV/0364/2025,
la
DSCV
entregó
a
las
representaciones de los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, del Trabajo,
Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y MORENA, acreditadas ante la CNV, el
Dictamen Técnico-Jurídico en comento para su conocimiento y, en su caso, realizar las
observaciones que consideraran oportunas.
VII. Conclusión del plazo para formular observaciones por parte de los partidos políticos. El 19 de
noviembre de 2025, venció el plazo de 20 días naturales para que las representaciones de los
partidos políticos acreditadas ante la CNV realizaran las manifestaciones o, en su caso, aportaran
información adicional que consideraran pertinentes al caso de modificación a la cartografía electoral
del estado de Nuevo León.
Al respecto, mediante oficio INE/DERFE/DSCV/0377/2025, de fecha 24 de noviembre de 2025, la
DSCV informó que no se recibieron observaciones por parte de los representantes de los partidos
políticos.
VIII. Recomendación de la CNV. El 11 de marzo de 2026, la CNV recomendó a este Consejo General,
mediante Acuerdo INE/CNV16/MAR/2026, apruebe la modificación de la cartografía electoral del
estado de Nuevo León, respecto de los municipios de Guadalupe y San Nicolás de los Garza.
IX.
Aprobación del anteproyecto de acuerdo por la CRFE. El 19 de marzo de 2026, en su Tercera
Sesión Extraordinaria, la CRFE aprobó someter a la consideración de este órgano superior de
dirección, mediante Acuerdo INE/CRFE20/03SE/206, el Proyecto de Acuerdo del Consejo General
por el que se aprueba la modificación de la cartografía electoral del estado de Nuevo León, respecto
de los municipios de Guadalupe y San Nicolás de los Garza.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Competencia.
1.
Este Consejo General es competente para aprobar la modificación de la cartografía electoral del
estado de Nuevo León, respecto de los municipios de Guadalupe y San Nicolás de los Garza,
conforme a lo dispuesto por los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafos primero y
segundo y Apartado B, inciso a), numeral 2 de la CPEUM; 29, 30, párrafo 1, incisos c) y d), 32,
párrafo 1, inciso a), fracción II; 34, párrafo 1, inciso a); 35; 44, párrafo 1, incisos l), gg), hh) y jj) de la
LGIPE; 4, párrafo 1, fracción I, Apartado A, inciso a); 5, párrafo 1, inciso x); 45, numeral 1, incisos q),
r), y s); del RIINE; 42 y 43 de los LAMGE.
SEGUNDO. Razones jurídicas que sustentan la determinación.
2.
Normatividad aplicable en derechos humanos. Acorde a lo establecido en el artículo 1º, párrafo
primero de la CPEUM, todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la
propia CPEUM y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como
de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los
casos y bajo las condiciones que la misma establece.
En términos del párrafo segundo de la disposición aludida, las normas relativas a los derechos
humanos se interpretarán de conformidad con la CPEUM y con los tratados internacionales de la
materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
El párrafo tercero del artículo referido dispone que todas las autoridades, en el ámbito de sus
competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos
humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y
progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las
violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
3.
Función estatal, naturaleza y principios jurídicos del INE. El artículo 41, párrafo tercero, Base V,
Apartado A, párrafos primero y segundo de la Constitución, en relación con los diversos 29; 30
numeral 2 y 31, numeral 1 de la LGIPE, establecen que el INE es depositario de la función estatal de
organizar elecciones, es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y
patrimonio propios, autoridad en la materia electoral, independiente en sus decisiones
y funcionamiento y profesional en su desempeño; en cuya integración participan el Poder Legislativo
de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales, así como las ciudadanas y los ciudadanos, en los
términos que ordene la ley.
El INE contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para
el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones. Todas sus actividades se regirán por los
principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad,
paridad y se realizarán con perspectiva de género.
4.
Estructura del INE. De conformidad con los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A,
párrafo segundo de la CPEUM, así como 30, numeral 3 de la LGIPE y 4, numeral 1 del RIINE,
establecen que el Instituto, contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y
de vigilancia. Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario
y especializado para el ejercicio de sus atribuciones el cual formará parte del Servicio Profesional
Electoral Nacional o de la rama administrativa que se regirá por las disposiciones de la ley electoral y
del Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa que
con base en ella apruebe el CG, regulando las relaciones de trabajo con los servidores del organismo
público.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 31, numeral 4, de la LGIPE, el INE se regirá
para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas y las
demás aplicables. Además, se organizará conforme al principio de desconcentración administrativa.
También, de conformidad con el artículo 33, de la LGIPE, el INE tiene su domicilio en la Ciudad de
México y ejercerá sus funciones en todo el territorio nacional conforme a la siguiente estructura: 32
delegaciones, una en cada entidad federativa y 300 subdelegaciones, una en cada Distrito Electoral
uninominal. También podrá contar con Oficinas Municipales en los lugares en que el Consejo
General determine su instalación.
5.
Fines del Instituto. El artículo 30, párrafo 1, incisos a), d), e) y f) de la LGIPE, señala que son fines
del INE, entre otros: contribuir al desarrollo de la vida democrática; asegurar a la ciudadanía el
ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar
la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a las y los integrantes de los
Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Unión, así como ejercer las funciones que la
Constitución le otorga en los Procesos Electorales Locales; y velar por la autenticidad y efectividad
del sufragio.
6.
Atribuciones del INE en materia de geografía electoral. El artículo 41, Base V, Apartado B, inciso
a), numeral 2 de la CPEUM, así como el diverso artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracción II de la
LGIPE, manifiestan que para los procesos electorales federales y locales, corresponde al INE definir
la geografía electoral, que incluirá el diseño y determinación de los distritos electorales y su división
en secciones electorales, así como la delimitación de las circunscripciones plurinominales y el
establecimiento de cabeceras.
El artículo 1, párrafo 2 de la LGIPE instituye que las disposiciones de dicha ley son aplicables a las
elecciones en los ámbitos federal y local respecto de las materias que establece la CPEUM.
El artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracción II de la LGIPE mandata que el INE tendrá como atribución,
entre otras, la geografía electoral, que incluirá la determinación de los Distritos electorales y su
división en secciones electorales, así como la delimitación de las circunscripciones plurinominales y
el establecimiento de cabeceras.
A su vez, artículo 43, párrafos 1 y 2 de la LGIPE, dispone que este Consejo General ordenará la
publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones de carácter general
que pronuncie. El Secretario Ejecutivo del INE establecerá los acuerdos para asegurar su oportuna
publicación en dicho medio oficial.
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DIARIO OFICIAL
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7.
Naturaleza jurídica del Consejo General. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 34,
numeral 1, inciso a) y 35, numeral 1 de la LGIPE, y 4 numeral 1, fracción I, apartado A, inciso a) del
RIINE, el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento
de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los
principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y
paridad de género guíen todas las actividades del Instituto. En su desempeño aplicará la perspectiva
de género.
8.
Integración del Consejo General. De conformidad con el artículo 36, numeral 1 de la LGIPE, el
Consejo General se integra por una Consejera o Consejero Presidente, diez Consejeras y
Consejeros Electorales, Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo, personas representantes de
los partidos políticos y una Secretaria o Secretario Ejecutivo. La conformación del mismo deberá
garantizar el principio de paridad de género.
9.
Atribuciones del Consejo General. Conforme al artículo 44, numeral 1, incisos a) y hh) de la
LGIPE, el Consejo General tiene como atribuciones, entre otras, aprobar y expedir los reglamentos
interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades y atribuciones del INE, así como
aprobar la geografía electoral federal y de las entidades federativas, de conformidad con los
resultados del censo nacional de población.
Ha sido criterio del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que, las modificaciones a la
cartografía electoral constituyen una atribución concreta y directa del Consejo General del INE,
encaminada a definir las cuestiones inherentes a la geografía electoral; razón por la cual podrá emitir
los Lineamientos y acuerdos necesarios1.
10. Integración de las Comisiones de Vigilancia. El artículo 157, numeral 1, incisos a) y b) de la
LGIPE indica que las Comisiones de Vigilancia se integrarán, entre otros, por la o el Director
Ejecutivo del Registro Federal de Electores o, en su caso, las y los Vocales correspondientes de
las Juntas Locales Ejecutivas y/o Distritales Ejecutivas, quienes fungirán como presidentas(es) de las
respectivas comisiones, así como un(a) representante propietaria(o) y un(a) suplente por cada uno
de los Partidos Políticos Nacionales.
11. Atribuciones de la CNV. El artículo 158, numeral 2 de la LGIPE y 78, numeral 1, inciso j) advierte
que la CNV conocerá y podrá emitir opiniones respecto de los trabajos en materia de demarcación
territorial, de los distritos electorales federales y locales, incluyendo la redistritación, el
reseccionamiento y la integración seccional que efectúe la DERFE.
12. Atribuciones de la DERFE en materia de geografía electoral. El artículo 54, párrafo 1, inciso h) de
la LGIPE dispone que es atribución de la DERFE mantener actualizada la cartografía electoral del
país, clasificada por entidad, distrito electoral federal, distrito electoral local, municipio y sección
electoral.
Bajo esa tesitura, el artículo 45, numeral 1, inciso s) del RIINE establece que la DERFE, tiene como
facultad, entre otras, definir las reglas y procedimientos para la detección de inconsistencias en la
cartografía electoral, así como para la actualización permanente del Marco Geográfico Electoral. Lo
anterior haciéndose del conocimiento de la CNV.
El numeral 14 de los LAMGE señala que, con el propósito de incorporar en la cartografía electoral del
país los procedimientos técnicos y científicos que le den una mayor calidad, la DERFE promoverá la
mejora continua de los trabajos de actualización cartográfica electoral, considerando como insumo
la cartografía oficial del INEGI, así como los estándares nacionales e internacionales en la materia,
apegándose siempre al marco constitucional y legal aplicable para estas actividades.
El numeral 29 de los LAMGE, indica que la modificación de límites municipales se presenta cuando
la autoridad competente de una entidad federativa establece una nueva delimitación político-
administrativa entre dos o más municipios, conforme a sus procedimientos normativos.
1 Sentencia emitida en el expediente SUP-RAP-113/2010, en fecha 24 de noviembre de 2010. Aprobado por unanimidad de votos de los
Magistrados integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
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DIARIO OFICIAL
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De igual forma, el numeral 30 de los LAMGE establece que, la actualización de la cartografía
electoral por las modificaciones de límites estatales y municipales, deberá realizarse con base en un
documento emitido por autoridad competente, conforme a lo que establece la legislación local que
corresponda. Los nuevos límites establecidos deberán representarse en los respectivos mapas con
la precisión requerida. En caso de que existan ambigüedades que impidan la representación de las
modificaciones a los límites municipales, la DERFE deberá presentar un informe que justifique dicha
circunstancia, y lo hará de conocimiento a la CNV.
El numeral 35 de los LAMGE, mandata que se realizaran los trabajos de actualización cartográfica
electoral a nivel de municipio o estado, en los siguientes supuestos:
a)
Cuando exista un documento emitido por autoridad competente conforme a lo que establece la
legislación local que corresponda, y no coexista con un procedimiento que conforme a la
legislación en la materia impida modificarlos, y
b)
Cuando no exista ambigüedad técnica en la descripción de los límites que impida su
representación en la cartografía electoral.
Asimismo, el numeral 36 incisos a) y b) de los LAMGE establece que, cuando el INE tenga
conocimiento de un problema de límites territoriales que genere incertidumbre en la referencia
geoelectoral de la ciudadanía a nivel municipal, hará de conocimiento la problemática a la legislatura
del estado y le solicitará por escrito el documento emitido por la autoridad competente que establece
la delimitación de los municipios involucrados y, en caso de que el mismo sea ambiguo, la DERFE
utilizará como principal insumo el Marco Geoestadístico Municipal del INEGI, en los términos
descritos en el numeral 14, y actuará conforme a los numerales 37 a 45 de la normatividad en
comento.
Por su parte, el numeral 37 de los LAMGE dispone que cuando los límites que se pretendan
modificar sean coincidentes con la delimitación distrital federal y/o local, se deberá llevar a cabo el
ajuste gráfico distrital que corresponda, siempre y cuando en cada tramo a modificar no se afecte la
georreferencia distrital de los electores.
El numeral 38 de los LAMGE colige que, en cualquiera de los supuestos referidos en los numerales
25, 34, 35 y 36, la DERFE revisará cada caso en particular y emitirá un dictamen técnico-jurídico
sobre la procedencia o no de la actualización cartográfica electoral.
El dictamen referido contará con los elementos de ciencia cartográfica, con respecto a los límites
estatales y municipales, con la exactitud requerida, y en su caso, geoposicionamiento de las
localidades. Además, el dictamen incluirá el análisis de la legislación que aplique, de ser el caso, la
resolución jurídica que aplique.
13. Normatividad local de la entidad sujeta a actualización cartográfica. El artículo 96, fracción VI de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León establece que, corresponde al
Congreso del Estado ordenar, el establecimiento o supresión de municipios, por el voto de las dos
terceras partes de quienes integren la Legislatura, especificando la extensión territorial y fijando sus
límites y colindancias.
La fracción XXXV del referido artículo dispone que, es facultad del Congreso del Estado resolver,
fijando sus límites territoriales, de manera definitiva, los conflictos limítrofes de los municipios del
Estado, mediante decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la
Legislatura.
A su vez, el artículo 8 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León establece que, en
los términos del artículo 63 fracción VI de la Constitución Política Local, corresponde al Congreso del
Estado, por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura, ordenar el
establecimiento o supresión de municipalidades y dar reglas para su organización, determinando la
extensión territorial y fijando sus límites.
El artículo 9 de la citada Ley refiere que, las controversias de cualquier índole en materia territorial
que se susciten entre Municipios o entre ellos y el Estado, conocerá el Congreso del Estado, en
términos del artículo 63 fracción XXXVII de la Constitución Política Local, dicha Ley y demás normas
jurídicas que expida el Congreso del Estado de Nuevo León.
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TERCERO. Motivos para aprobar la modificación de la cartografía electoral del estado de Nuevo
León, respecto de los municipios de Guadalupe y San Nicolás de los Garza.
14. La CPEUM, la LGIPE, el RIINE y los LAMGE revisten al INE de atribuciones para conformar y
actualizar la geografía electoral, así como llevar a cabo el diseño y determinación de los distritos
electorales y división del territorio en secciones electorales en el ámbito local, acorde lo previsto en
dichos ordenamientos, las constituciones estatales y las leyes electorales de las entidades
federativas.
15. A su vez, la DERFE, tiene como atribución, mantener actualizada la cartografía electoral del país,
para ello, deberá realizar los estudios y análisis correspondientes.
16. Bajo ese contexto, el Marco Geográfico Electoral constituye un elemento técnico-jurídico esencial y
dinámico, sujeto a constante actualización derivada de cambios legislativos, la creación de nuevos
municipios, la modificación de límites territoriales, la aparición de nuevos asentamientos humanos o
las variaciones poblacionales. Su función principal es garantizar la correcta adscripción de las y los
ciudadanos a la sección electoral correspondiente a su domicilio, así como preservar el valor del voto
mediante la adecuada distribución de la población en los distritos, municipios y demarcaciones
electorales.
17. De ahí que, derivado de los trabajos permanentes de actualización cartográfica que llevan a cabo
tanto la DERFE, así como la Vocalía del Registro Federal de Electores de la Junta Local Ejecutiva
correspondiente, se advirtió la necesidad de realizar adecuaciones al Marco Geográfico Electoral del
estado de Nuevo León, con base en lo establecido en el Decreto 305, mediante el cual la
Septuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León, ratifica el límite territorial
entre los municipios de Guadalupe y San Nicolás de los Garza.
18. De esta manera, atendiendo al principio de legalidad que rige las funciones de este INE, todas las
actuaciones deben de realizarse en estricto apego a las disposiciones aplicables establecidas en el
orden jurídico y en cumplimiento a las atribuciones legalmente conferidas en la normatividad
aplicable, la cual establece la obligación del INE de mantener permanentemente actualizado el Marco
Geográfico Electoral, por lo que, derivado de la aprobación y promulgación del Decreto referido, se
debe actualizar la cartografía electoral del estado de Nuevo León.
19. Así, con la modificación de la cartografía electoral del estado de Nuevo León, respecto a los límites
municipales de Guadalupe y San Nicolás de los Garza, se advierte que es posible efectuar la
correcta dimensión y representación gráfica de los citados municipios, así como preservar la
georreferenciación distrital de las y los ciudadanos involucrados.
20. En ese sentido, del análisis al Decreto en comento, se advierten elementos técnicos suficientes que
permiten representar, en forma precisa, los límites entre los municipios involucrados.
21. No obstante, al realizar el análisis técnico de la información publicada en el citado decreto, se
advierte que las coordenadas geográficas inicial y final descritas en el cuadro de construcción donde
se establece la nueva delimitación municipal entre Guadalupe y San Nicolás de los Garza, según lo
indicado en el decreto correspondiente, no tienen intersección con ningún límite municipal en la
cartografía electoral vigente, lo cual imposibilita el cierre de los polígonos municipales de referencia.
22. Bajo ese contexto, en términos de lo establecido en el artículo 36, inciso a) de los LAMGE, la
DERFE, en fecha 29 de noviembre de 2018, mediante oficio INE/DERFE/1857/2018, informó de esta
situación al Congreso del Estado de la referida entidad, solicitando proporcionara, en caso de existir,
información adicional o complementaria a efecto de ajustar los límites municipales en comento, con
fines electorales, sin que se obtuviera respuesta alguna por parte de dicha autoridad.
23. Posteriormente, el 25 de febrero de 2025, mediante oficio INE/JLE/NL/03524/2025, la Vocalía
Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva del estado de Nuevo León, reiteró la problemática existente al
Congreso del Estado de la referida entidad, solicitando se proporcione el plano de levantamiento
topográfico correspondiente al Decreto número 305, en dónde se fijan los límites municipales entre
Guadalupe y San Nicolás de los Garza.
24. Bajo ese contexto, en fecha 27 de febrero de 2025, mediante oficio OM.0160/LXXVII, signado por el
Mtro. Joel Treviño Chavira, Oficial Mayor, hizo del conocimiento de este Instituto que, la Legislatura
expidió el Decreto 305 de conformidad con las solicitudes allegadas por los municipios involucrados,
en términos de los dispositivos jurídicos referidos en la propia determinación.
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25. Al respecto, al utilizar el cuadro de construcción con coordenadas geográficas que contiene el
Decreto 305, para la representación de la nueva colindancia municipal, se advierte que las
coordenadas geográficas inicial y final, descritas en el documento en comento, no tienen intersección
con algún límite municipal en la cartografía electoral que permita cerrar los polígonos entre los
municipios involucrados.
26. De ahí que, a efecto de solucionar la problemática señalada, y contar con los elementos técnicos
suficientes que permiten representar los límites entre los municipios involucrados, en términos de lo
establecido en el numeral 14 de los LAMGE, se tomó en consideración el Marco Geoestadístico
Municipal del INEGI, a fin de darle continuidad al trazo, y que los límites territoriales municipales en
comento no queden en una interpretación técnica.
27. Cabe señalar que la DERFE, a través de la DSCV, hizo del conocimiento de las representaciones
partidistas acreditadas ante la CNV, el dictamen técnico-jurídico respectivo, con la finalidad de que
pudieran emitir su opinión o comentarios sobre el caso de actualización cartográfica materia del
presente Acuerdo, sin que se haya realizado alguna observación por parte de dichas
representaciones.
28. Con base en las consideraciones anteriores, se estima procedente que este Consejo General
apruebe la modificación de la cartografía electoral del estado de Nuevo León, respecto de la
modificación de los límites municipales de Guadalupe y San Nicolás de los Garza, de conformidad
con lo establecido en el dictamen técnico-jurídico que se encuentra contenido en el Anexo que forma
parte integral del presente Acuerdo.
En razón de lo expuesto en las consideraciones de hecho y de derecho, este Consejo General en ejercicio
de sus facultades emite los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO. Se aprueba la modificación de la cartografía electoral del estado de Nuevo León, en términos
del “Dictamen Técnico-Jurídico sobre la modificación de la cartografía electoral respecto de los límites
municipales entre Guadalupe y San Nicolás de los Garza, estado de Nuevo León”, que se encuentra en el
Anexo que acompaña al presente Acuerdo y forma parte integral del mismo.
SEGUNDO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, realice las
adecuaciones en la cartografía electoral del estado de Nuevo León, de conformidad con lo aprobado en el
punto primero del presente Acuerdo.
TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, a hacer del
conocimiento de la Comisión Nacional de Vigilancia lo aprobado por este órgano superior de dirección.
CUARTO. El presente Acuerdo y su Anexo entrarán en vigor el día de su aprobación por parte de este
Consejo General.
QUINTO. Publíquese el presente Acuerdo y su Anexo en la Gaceta Electoral, en el Diario Oficial de la
Federación, así como en el portal electrónico del Instituto Nacional Electoral.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 26 de marzo de
2026, por votación unánime de las y los Consejeros Electorales, Maestro Arturo Castillo Loza, Norma Irene De
La Cruz Magaña, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid
Humphrey Jordan, Maestra Rita Bell López Vences, Maestro Jorge Montaño Ventura, Maestra Dania Paola
Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y de la Consejera
Presidenta, Licenciada Guadalupe Taddei Zavala.
La Consejera Presidenta del Consejo General, Lic. Guadalupe Taddei Zavala.- Rúbrica.- La Secretaria
del Consejo General, Dra. Claudia Arlett Espino.- Rúbrica.
El Acuerdo y el anexo pueden ser consultados en las siguientes direcciones electrónicas:
Página INE:
https://www.ine.mx/sesion-ordinaria-del-consejo-general-26-de-marzo-de-2026/
Página DOF
www.dof.gob.mx/2026/INE/CGord202603_26_ap_9_6.pdf
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ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la modificación de
la cartografía electoral del Estado de Puebla, respecto de los municipios de Santiago Miahuatlán-Tehuacán y
Atlixco-Tianguismanalco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional
Electoral.- Consejo General.- INE/CG158/2026.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA LA
MODIFICACIÓN DE LA CARTOGRAFÍA ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA, RESPECTO DE LOS MUNICIPIOS DE
SANTIAGO MIAHUATLÁN-TEHUACÁN Y ATLIXCO-TIANGUISMANALCO
GLOSARIO
CNV Comisión Nacional de Vigilancia.
COC Coordinación de Operación en Campo de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de
Electores.
Consejo General Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CRFE Comisión del Registro Federal de Electores.
DERFE Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
DSCV Dirección de la Secretaría de las Comisiones de Vigilancia de la Dirección Ejecutiva del
Registro Federal de Electores.
INE Instituto Nacional Electoral.
INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
LAMGE Lineamientos para la Actualización del Marco Geográfico Electoral.
RIINE Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral
LGIPE Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
STN Secretaría Técnica Normativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
ANTECEDENTES
I.
Publicación del Decreto sin número. El 27 de mayo de 1837, se publicó el Decreto sin número
emitido por la Junta Departamental del Estado de Puebla, a través del cual se divide
provisionalmente el territorio del Departamento, estableciendo los límites del municipio de Tehuacán.
II.
Publicación de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. El 18 de
septiembre de 1861 se protestó y publicó la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Puebla de 1861, de fecha 14 de septiembre de 1861, por medio de la cual se aprobó la división
del territorio de la entidad, y del gobierno interior de los pueblos.
III.
Modificaciones a los LAMGE. El 7 de agosto de 2025, mediante Acuerdo INE/CG998/2025, este
Consejo General aprobó las modificaciones a los LAMGE, aprobados mediante diverso
INE/CG393/2019.
IV.
Informes Técnicos para la modificación de la cartografía electoral, respecto de los límites
municipales en el estado de Puebla. El 7 de agosto de 2025, la COC remitió a la STN, ambas
adscritas a la DERFE, mediante oficio INE/COC/0956/2025, el “Informe Técnico Modificación de los
límites municipales entre Santiago Miahuatlán y Tehuacán en el Estado de Puebla”.
Posteriormente, el 29 de agosto de 2025, la COC remitió a la STN, ambas adscritas a la DERFE,
mediante oficio INE/COC/1046/2025, el “Informe Técnico Modificación de los límites municipales
entre Atlixco y Tianguismanalco en el Estado de Puebla”.
V.
Dictámenes Jurídicos para la modificación de la cartografía electoral, respecto de los límites
municipales en el estado de Puebla. El 6 de octubre de 2025, mediante los oficios
INE/DERFE/STN/27075/2025 e INE/DERFE/STN/27084/2025, la STN de la DERFE emitió los
siguientes Dictámenes Jurídicos:
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a)
Dictamen Jurídico sobre la modificación de la cartografía electoral respecto de los límites
municipales entre Santiago Miahuatlán y Tehuacán, en el estado de Puebla.
b)
Dictamen Jurídico sobre la modificación de la cartografía electoral respecto de los límites
municipales entre Atlixco y Tianguismanalco, en el estado de Puebla.
VI.
Remisión de los dictámenes técnico-jurídicos a la DSCV. El 28 de octubre de 2025, mediante el
oficio INE/COC/1250/2025, la COC remitió a la DSCV, los Dictámenes Técnico-Jurídicos de los
casos de modificación a la cartografía electoral de referencia, para que por su conducto se hicieran
del conocimiento de las representaciones partidistas acreditadas ante la CNV.
VII. Entrega de los dictámenes técnico-jurídicos a las representaciones partidistas acreditadas
ante la CNV. El 30 de octubre de 2025, mediante los oficios INE/DERFE/DSCV/0359/2025,
INE/DERFE/DSCV/0360/2025,
INE/DERFE/DSCV/0361/2025,
INE/DERFE/DSCV/0362/2025,
INE/DERFE/DSCV/0363/2025
e
INE/DERFE/DSCV/0364/2025,
la
DSCV
entregó
a
las
representaciones de los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, del Trabajo,
Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y MORENA, acreditadas ante la CNV, los
Dictámenes Técnico-Jurídicos en comento para su conocimiento y, en su caso, realizar
las observaciones que consideraran oportunas.
VIII. Conclusión del plazo para formular observaciones por parte de los partidos políticos. El 19 de
noviembre de 2025, venció el plazo de 20 días naturales para que las representaciones de los
partidos políticos acreditadas ante la CNV realizaran las manifestaciones o, en su caso, aportaran
información adicional que consideraran pertinentes a los casos de modificación a la cartografía
electoral del estado de Puebla.
Al respecto, mediante oficio INE/DERFE/DSCV/0377/2025, de fecha 24 de noviembre de 2025, la
DSCV informó que no se recibieron observaciones por parte de los representantes de los partidos
políticos.
IX.
Recomendación de la CNV. El 11 de marzo de 2026, la CNV recomendó a este Consejo General,
mediante Acuerdo INE/CNV17/MAR/2026, apruebe la modificación de la cartografía electoral del
estado
de
Puebla,
respecto
de
los
municipios
de
Santiago
Miahuatlán-Tehuacán
y Atlixco-Tianguismanalco.
X.
Aprobación del anteproyecto de acuerdo por la CRFE. El 19 de marzo de 2026, en su Tercera
Sesión Extraordinaria, la CRFE aprobó someter a la consideración de este órgano superior de
dirección, mediante Acuerdo INE/CRFE21/03SE/2026, el Proyecto de Acuerdo del Consejo General
por el que se aprueba la modificación de la cartografía electoral del estado de Puebla, respecto de
los municipios de Santiago Miahuatlán-Tehuacán y Atlixco-Tianguismanalco.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Competencia.
1.
Este Consejo General es competente para aprobar la modificación de la cartografía electoral del
estado de Puebla, respecto de los municipios de Santiago Miahuatlán-Tehuacán y Atlixco-
Tianguismanalco, conforme a lo dispuesto por los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A,
párrafos primero y segundo y Apartado B, inciso a), numeral 2 de la CPEUM; 29, 30, párrafo 1,
incisos c) y d), 32, párrafo 1, inciso a), fracción II; 34, párrafo 1, inciso a); 35; 44, párrafo 1, incisos l),
gg), hh) y jj) de la LGIPE; 4, párrafo 1, fracción I, Apartado A, inciso a); 5, párrafo 1, inciso x); 45,
numeral 1, incisos q), r), y s); del RIINE; 42 y 43 de los LAMGE.
SEGUNDO. Razones jurídicas que sustentan la determinación.
2.
Normatividad aplicable en derechos humanos. Acorde a lo establecido en el artículo 1º, párrafo
primero de la CPEUM, todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la
propia CPEUM y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como
de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los
casos y bajo las condiciones que la misma establece.
En términos del párrafo segundo de la disposición aludida, las normas relativas a los derechos
humanos se interpretarán de conformidad con la CPEUM y con los tratados internacionales de la
materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
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El párrafo tercero del artículo referido dispone que todas las autoridades, en el ámbito de sus
competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos
humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y
progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las
violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
3.
Función estatal, naturaleza y principios jurídicos del INE. El artículo 41, párrafo tercero, Base V,
Apartado A, párrafos primero y segundo de la Constitución, en relación con los diversos 29; 30
numeral 2 y 31, numeral 1 de la LGIPE, establecen que el INE es depositario de la función estatal de
organizar elecciones, es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica
y patrimonio propios, autoridad en la materia electoral, independiente en sus decisiones y
funcionamiento y profesional en su desempeño; en cuya integración participan el Poder Legislativo
de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales, así como las ciudadanas y los ciudadanos, en los
términos que ordene la ley.
El INE contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para
el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones. Todas sus actividades se regirán por los
principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad,
paridad y se realizarán con perspectiva de género.
4.
Estructura del INE. De conformidad con los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A,
párrafo segundo de la CPEUM, así como 30, numeral 3 de la LGIPE y 4, numeral 1 del RIINE,
establecen que el Instituto, contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos
y de vigilancia. Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario y
especializado para el ejercicio de sus atribuciones el cual formará parte del Servicio Profesional
Electoral Nacional o de la rama administrativa que se regirá por las disposiciones de la ley electoral y
del Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa que
con base en ella apruebe el CG, regulando las relaciones de trabajo con los servidores del organismo
público.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 31, numeral 4, de la LGIPE, el INE se regirá
para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas y las
demás aplicables. Además, se organizará conforme al principio de desconcentración administrativa.
También, de conformidad con el artículo 33, de la LGIPE, el INE tiene su domicilio en la Ciudad de
México y ejercerá sus funciones en todo el territorio nacional conforme a la siguiente estructura: 32
delegaciones, una en cada entidad federativa y 300 subdelegaciones, una en cada Distrito Electoral
uninominal. También podrá contar con Oficinas Municipales en los lugares en que el Consejo
General determine su instalación.
5.
Fines del Instituto. El artículo 30, párrafo 1, incisos a), d), e) y f) de la LGIPE, señala que son fines
del INE, entre otros: contribuir al desarrollo de la vida democrática; asegurar a la ciudadanía el
ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar
la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a las y los integrantes de los
Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Unión, así como ejercer las funciones que la
Constitución le otorga en los Procesos Electorales Locales; y velar por la autenticidad y efectividad
del sufragio.
6.
Atribuciones del INE en materia de geografía electoral. El artículo 41, Base V, Apartado B,
inciso a), numeral 2 de la CPEUM, así como el diverso artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracción II de
la LGIPE, manifiestan que para los procesos electorales federales y locales, corresponde al INE
definir la geografía electoral, que incluirá el diseño y determinación de los distritos electorales y su
división en secciones electorales, así como la delimitación de las circunscripciones plurinominales y
el establecimiento de cabeceras.
El artículo 1, párrafo 2 de la LGIPE instituye que las disposiciones de dicha ley son aplicables a las
elecciones en los ámbitos federal y local respecto de las materias que establece la CPEUM.
El artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracción II de la LGIPE mandata que el INE tendrá como atribución,
entre otras, la geografía electoral, que incluirá la determinación de los Distritos electorales y su
división en secciones electorales, así como la delimitación de las circunscripciones plurinominales y
el establecimiento de cabeceras.
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A su vez, artículo 43, párrafos 1 y 2 de la LGIPE, dispone que este Consejo General ordenará la
publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones de carácter general
que pronuncie. El Secretario Ejecutivo del INE establecerá los acuerdos para asegurar su oportuna
publicación en dicho medio oficial.
7.
Naturaleza jurídica del Consejo General. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 34,
numeral 1, inciso a) y 35, numeral 1 de la LGIPE, y 4 numeral 1, fracción I, apartado A, inciso a) del
RIINE, el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento
de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los
principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y
paridad de género guíen todas las actividades del Instituto. En su desempeño aplicará la perspectiva
de género.
8.
Integración del Consejo General. De conformidad con el artículo 36, numeral 1 de la LGIPE, el
Consejo General se integra por una Consejera o Consejero Presidente, diez Consejeras y
Consejeros Electorales, Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo, personas representantes de
los partidos políticos y una Secretaria o Secretario Ejecutivo. La conformación del mismo deberá
garantizar el principio de paridad de género.
9.
Atribuciones del Consejo General. Conforme al artículo 44, numeral 1, incisos a) y hh) de la
LGIPE, el Consejo General tiene como atribuciones, entre otras, aprobar y expedir los reglamentos
interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades y atribuciones del INE, así como
aprobar la geografía electoral federal y de las entidades federativas, de conformidad con los
resultados del censo nacional de población.
Ha sido criterio del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que, las modificaciones a la
cartografía electoral constituyen una atribución concreta y directa del Consejo General del INE,
encaminada a definir las cuestiones inherentes a la geografía electoral; razón por la cual podrá emitir
los Lineamientos y acuerdos necesarios1.
10. Integración de las Comisiones de Vigilancia. El artículo 157, numeral 1, incisos a) y b) de la
LGIPE indica que las Comisiones de Vigilancia se integrarán, entre otros, por la o el Director
Ejecutivo del Registro Federal de Electores o, en su caso, las y los Vocales correspondientes de las
Juntas Locales Ejecutivas y/o Distritales Ejecutivas, quienes fungirán como presidentas(es) de las
respectivas comisiones, así como un(a) representante propietaria(o) y un(a) suplente por cada uno
de los Partidos Políticos Nacionales.
11. Atribuciones de la CNV. El artículo 158, numeral 2 de la LGIPE y 78, numeral 1, inciso j) advierte
que la CNV conocerá y podrá emitir opiniones respecto de los trabajos en materia de demarcación
territorial, de los distritos electorales federales y locales, incluyendo la redistritación, el
reseccionamiento y la integración seccional que efectúe la DERFE.
12. Atribuciones de la DERFE en materia de geografía electoral. El artículo 54, párrafo 1, inciso h) de
la LGIPE dispone que es atribución de la DERFE mantener actualizada la cartografía electoral del
país, clasificada por entidad, distrito electoral federal, distrito electoral local, municipio y sección
electoral.
Bajo esa tesitura, el artículo 45, numeral 1, inciso s) del RIINE establece que la DERFE, tiene como
facultad, entre otras, definir las reglas y procedimientos para la detección de inconsistencias en la
cartografía electoral, así como para la actualización permanente del Marco Geográfico Electoral. Lo
anterior haciéndose del conocimiento de la CNV.
El numeral 14 de los LAMGE señala que, con el propósito de incorporar en la cartografía electoral del
país los procedimientos técnicos y científicos que le den una mayor calidad, la DERFE promoverá la
mejora continua de los trabajos de actualización cartográfica electoral, considerando como insumo la
cartografía oficial del INEGI, así como los estándares nacionales e internacionales en la materia,
apegándose siempre al marco constitucional y legal aplicable para estas actividades.
El numeral 29 de los LAMGE, indica que la modificación de límites municipales se presenta cuando
la autoridad competente de una entidad federativa establece una nueva delimitación
político-administrativa entre dos o más municipios, conforme a sus procedimientos normativos.
1 Sentencia emitida en el expediente SUP-RAP-113/2010, en fecha 24 de noviembre de 2010. Aprobado por unanimidad de votos de los
Magistrados integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
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De igual forma, el numeral 30 de los LAMGE establece que, la actualización de la cartografía
electoral por las modificaciones de límites estatales y municipales, deberá realizarse con base en un
documento emitido por autoridad competente, conforme a lo que establece la legislación local que
corresponda. Los nuevos límites establecidos deberán representarse en los respectivos mapas con
la precisión requerida. En caso de que existan ambigüedades que impidan la representación de las
modificaciones a los límites municipales, la DERFE deberá presentar un informe que justifique dicha
circunstancia, y lo hará de conocimiento a la CNV.
El numeral 35 de los LAMGE, mandata que se realizaran los trabajos de actualización cartográfica
electoral a nivel de municipio o estado, en los siguientes supuestos:
a)
Cuando exista un documento emitido por autoridad competente conforme a lo que establece la
legislación local que corresponda, y no coexista con un procedimiento que conforme a la
legislación en la materia impida modificarlos, y
b)
Cuando no exista ambigüedad técnica en la descripción de los límites que impida su
representación en la cartografía electoral.
Asimismo, el numeral 36 incisos a) y b) de los LAMGE establece que, cuando el INE tenga
conocimiento de un problema de límites territoriales que genere incertidumbre en la referencia
geoelectoral de la ciudadanía a nivel municipal, hará de conocimiento la problemática a la legislatura
del estado y le solicitará por escrito el documento emitido por la autoridad competente que establece
la delimitación de los municipios involucrados y, en caso de que el mismo sea ambiguo, la DERFE
utilizará como principal insumo el Marco Geoestadístico Municipal del INEGI, en los términos
descritos en el numeral 14, y actuará conforme a los numerales 37 a 45 de la normatividad en
comento.
El numeral 38 de los LAMGE colige que, en cualquiera de los supuestos referidos en los numerales
25, 34, 35 y 36, la DERFE revisará cada caso en particular y emitirá un dictamen técnico-jurídico
sobre la procedencia o no de la actualización cartográfica electoral.
El dictamen referido contará con los elementos de ciencia cartográfica, con respecto a los límites
estatales y municipales, con la exactitud requerida, y en su caso, geoposicionamiento de las
localidades. Además, el dictamen incluirá el análisis de la legislación que aplique, de ser el caso, la
resolución jurídica que aplique.
13. Normatividad local de la entidad sujeta a actualización cartográfica. El artículo 56 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla establece que las resoluciones del
Congreso tendrán el carácter de Ley, Decreto o Acuerdo y para su promulgación y publicación se
comunicarán al Ejecutivo, firmados por el Presidente, Vicepresidente y cualquiera de los Secretarios,
en términos de la legislación interna del Congreso.
El artículo 57, fracción IV de la Constitución de la entidad mandata que, son facultades del Congreso
del Estado erigir o suprimir Municipios o pueblos, así como señalar o cambiar sus límites o
denominaciones, de acuerdo con lo que disponga la Ley Orgánica Municipal.
El artículo 63, fracción II de la Constitución Local dispone que, la facultad de iniciar leyes y decretos
corresponde, entre otros, a los Diputados.
Por su parte, el artículo 5 de la Ley Orgánica Municipal establece que los Municipios conservarán los
límites y extensiones que tengan a la fecha de expedición de la presente Ley, según sus respectivos
Decretos de Creación, Constitución o Reconocimiento.
El artículo 11 del citado ordenamiento determina que corresponde al Congreso del Estado, aprobar la
creación, modificación, fusión y supresión de los Municipios, así como los cambios de nombre del
Municipio o de sus centros de población, de acuerdo con las disposiciones de la citada Ley.
El artículo 16 de la citada legislación dispone que, salvo lo dispuesto por la CPEUM y demás leyes
aplicables, las controversias por cuestiones de límites o competencia por territorialidad entre dos o
más Municipios del Estado, serán resueltas por el Congreso del Estado y se regirán por los
lineamientos que señala dicha Ley, sin perjuicio de que el Congreso de la entidad reglamente el
procedimiento en ordenamiento diverso.
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TERCERO. Motivos para aprobar la modificación de la cartografía electoral del estado de Puebla,
respecto de los municipios de Santiago Miahuatlán-Tehuacán y Atlixco-Tianguismanalco.
14. La CPEUM, la LGIPE, el RIINE y los LAMGE revisten al INE de atribuciones para conformar y
actualizar la geografía electoral, así como llevar a cabo el diseño y determinación de los distritos
electorales y división del territorio en secciones electorales en el ámbito local, acorde lo previsto en
dichos ordenamientos, las constituciones estatales y las leyes electorales de las entidades
federativas.
15. A su vez, la DERFE, tiene como atribución, mantener actualizada la cartografía electoral del país,
para ello, deberá realizar los estudios y análisis correspondientes.
16. Bajo ese contexto, el Marco Geográfico Electoral constituye un elemento técnico-jurídico esencial y
dinámico, sujeto a constante actualización derivada de cambios legislativos, la creación de nuevos
municipios, la modificación de límites territoriales, la aparición de nuevos asentamientos humanos o
las variaciones poblacionales. Su función principal es garantizar la correcta adscripción de las y los
ciudadanos a la sección electoral correspondiente a su domicilio, así como preservar el valor del voto
mediante la adecuada distribución de la población en los distritos, municipios y demarcaciones
electorales.
17. De ahí que, derivado de las actividades del Programa de Reseccionamiento 2025-2026 que se tiene
considerado realizar en las secciones 1936 y 1887, pertenecientes a los municipios de Tehuacán y
Santiago Miahuatlán, respectivamente, ambas correspondientes al distrito electoral federal 15, así
como 0160, perteneciente al municipio de Atlixco en el Distrito Electoral Federal 13 y Distrito
Electoral Local 21, fueron detectados problemas de límites municipales entre los municipios en
mención, lo cual ha ocasionado una incorrecta representación gráfica de las manzanas que
conforman la localidad Monte Chiquito y la referenciación de las manzanas que pertenecen a la
localidad denominada Pueblos Mágicos.
18. En virtud de lo anterior, en términos de lo establecido en el artículo 36, inciso a) de los LAMGE, a
efecto de solucionar la problemática señalada, la Junta Local Ejecutiva del estado de Puebla, por
conducto de su Vocalía Ejecutiva y del Registro Federal de Electores, informó la problemática
detectada al Congreso del Estado, solicitando proporcionara, en caso de existir, información adicional
o complementaria para determinar la correcta delimitación municipal, mediante oficios
INE/PUE/JL/VE/1246/2023, INE/PUE/JL/VE/00303/2024 e NE/PUE/JL/VE/1498/2024, de fechas 27
de octubre de 2023, 05 de marzo de 2024 y 21 de noviembre de 2024, respectivamente.
19. Bajo ese contexto, a través del oficio DGAJEPL/2266/2024, signado por la Dip. Silvia Guillermina
Tanús Osorio, Presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la entidad,
informó a este INE, lo siguiente:
“…es conveniente precisar que, la división territorial de nuestra Entidad, a través de la
historia ha sido regulada en algunas ocasiones por Decretos específicos, de los cuales
en su gran mayoría no establecían los límites territoriales; en otras ocasiones los
Municipios están reconocidos por reformas a la Ley Orgánica Municipal y en la propia
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; en tal virtud se adjunta al
presente copia simple de los Decretos de creación localizados por la Dirección de
Servicios Legislativos de esta Soberanía, Dirección responsable de los documentos
que obran en la Biblioteca del Honorable Congreso del Estado.”
20. Asimismo, a través del oficio SG/4555/2024 de fecha 12 de diciembre de 2024, signado
por la Mtra. Fernanda Abdeyan Godos Balderas, Secretaria General del Congreso del Estado de
Puebla, informó a este INE, lo siguiente:
“…en forma adjunta le remito en copia simple, información relativa a la creación de los
Municipios de Puebla, Ocoyucan, Atlixco y Tlanguismanalco, así como planos con la
delimitación territorial de los mismos; estos últimos, tomados de los expedientes
enviados por los Ayuntamientos en sus Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales y
la Zonificación Catastral y Tablas de Valores Unitarios de Suelos Urbanos y Rústicos,
así como los Calores Catastrales de Construcción por metro cuadrado, que hacen
llegar de forma anual; en virtud de que en este Poder Legislativo no disponemos de
planos o cartografía limítrofe municipal.”
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21. Al respecto, del análisis realizado a la documentación remitida por la citada Comisión de
Gobernación, se advierte que los mismos carecen de un cuadro de construcción con coordenadas
geográficas que permita establecer con certeza los polígonos municipales de los municipios de
Tehuacán-Santiago Miahuatlán y Atlixco-Tianguismanalco, respectivamente.
22. En tal virtud, a efecto de solucionar tal situación, en términos de lo establecido en el numeral 14 de
los LAMGE, se tomó en consideración el Marco Geoestadístico Municipal del INEGI, a fin de darle
continuidad al trazo, y que los límites territoriales municipales en comento no queden en una
interpretación técnica.
23. Aunado a lo anterior, resulta oportuno señalar que, modificación de límites municipales colindantes
entre Atlixco y Tianguismanalco, involucra la localidad denominada Pueblos Mágicos, misma que
pertenece al municipio de Tianguismanalco, sin embargo, al realizar el recorrido de actualización
cartográfica en campo, se detectó la incorrecta representación gráfica en la cartografía electoral de
varias manzanas que conforman dicha localidad al encontrarse referidas en el municipio de Atlixco.
24. De esta manera, al digitalizar correctamente con equipo de precisión GPS (Sistema de
Geoposicionamiento Global) las manzanas involucradas, un grupo de dichos espacios geográficos se
reasignan a la localidad Pueblos Mágicos de la sección 2180 del municipio de Tianguismanalco, sin
cambiar de referencia distrital federal ni local.
25. En ese sentido, en fecha 14 de enero de 2025, la Vocalía del Registro Federal de Electores de la 13
Junta Distrital Ejecutiva del Estado de Puebla, mediante oficio INE/PUE/JD13/VR/0040/2025, hizo del
conocimiento de la Presidencia Municipal de Atlixco la existencia de inconsistencias en la descripción
de los límites con el municipio colindante de Tianguismanalco, solicitando se proporcione la
planimetría correspondiente, así como los puntos GPS (Sistema de Geoposicionamiento Global) del
programa (Shape), sin que se tuviera respuesta al respecto.
26. Bajo esa tesitura, mediante oficio INE/PUE/JD13/VR/0339/2025 de fecha 20 de marzo de 2025, la
citada Vocalía del Registro reiteró a la Presidencia Municipal de Atlixco las inconsistencias técnicas
existentes, solicitando se informe si en el registro de localidades, barrios y/o colonias de esa
municipalidad, obra el reconocimiento del área enlistada y, si fuera el caso, se remita la evidencia
documental pertinente.
27. Así, mediante oficio SA/1076/2025 de fecha 28 de marzo de 2025, signado por la C. Verónica
Arellano Ríos, Secretaria del Ayuntamiento del municipio de Atlixco, hizo del conocimiento de este
Instituto que, acorde a la normatividad aplicable al caso, la solicitud formulada por la Junta Distrital de
referencia fue turnada a la Secretaría de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Movilidad, dónde
brindarían la atención correspondiente en el ámbito de sus atribuciones.
28. Posteriormente, mediante oficio SDUMAM/0070/2025 de fecha 04 de abril de 2025, signado por la
C. Catalina López Rodríguez, Secretaria de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Movilidad, informó
a este INE lo siguiente:
“…en el registro de localidades, barrios y/o colonias del municipio de Atlixco de esta
Secretaría, no se cuenta con la información solicitada.”
29. Al respecto, a través del oficio INE/PUE/JD13/VR/0340/2025, en fecha 21 de marzo de 2025, la
Vocalía del Registro Federal de Electores de la 13 Junta Distrital Ejecutiva del Estado de Puebla,
hizo del conocimiento de la Presidencia Municipal de Tianguismanalco la problemática existente,
entre otras, en la zona correspondiente al fraccionamiento denominado Pueblos Mágicos, solicitando
se informe si en el registro de localidades, barrios y/o colonias de esa municipalidad, obra el
reconocimiento del área enlistada y, si fuera el caso, se remita la evidencia documental pertinente.
30. Así, en fecha 09 de abril de 2025, mediante oficio MTP/DOP/010/2025, signado por el C. Juan Pérez
Moral, Presidente Municipal de Tianguismanalco hizo del conocimiento de este Instituto lo siguiente:
“…de acuerdo al DECRETO del Honorable Congreso del Estado, emitido el 27 de
diciembre de 2024 en el Periódico Oficial del Estado de Puebla (Séptima Sección), por
el cual expide la Zonificación Catastral y las Tablas de Valores Unitarios de Suelos
Urbanos y Rústicos; así como los Valores Catastrales de Construcción por metro
cuadrado, para el Municipio de Tianguismanalco, se encuentran los PLANOS
CATASTRALES DE ZONIFICACIÓN Y VALORES UNITARIOS DE SUELO., PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2025, y de acuerdo a las consideraciones descritas
anteriormente, estas corresponden al territorio del municipio de Tianguismanalco,
anexo copia simple de la publicación y los planos mencionados con antelación…”
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31. Bajo ese contexto, con la modificación de la cartografía electoral del estado de Puebla, respecto a los
límites municipales de Santiago Miahuatlán-Tehuacán y Atlixco-Tianguismanalco, se advierte que es
posible efectuar la correcta dimensión y representación gráfica de los citados municipios y la
correspondiente localidad, así como preservar la georreferenciación distrital de las y los ciudadanos
involucrados.
32. Cabe señalar que la DERFE, a través de la DSCV, hizo del conocimiento de las representaciones
partidistas acreditadas ante la CNV, los dictámenes técnico-jurídicos respectivos, con la finalidad de
que pudieran emitir su opinión o comentarios sobre los casos de actualización cartográfica materia
del presente Acuerdo, sin que se haya realizado alguna observación por parte de dichas
representaciones.
33. Con base en las consideraciones anteriores, se estima procedente que este Consejo General
apruebe la modificación de la cartografía electoral del estado de Puebla, respecto de la modificación
de los límites municipales de Santiago Miahuatlán-Tehuacán y Atlixco-Tianguismanalco, de
conformidad con lo establecido en los dictámenes técnico-jurídicos que se encuentran contenidos en
los Anexos que forman parte integral del presente Acuerdo.
En razón de lo expuesto en las consideraciones de hecho y de derecho, este Consejo General en ejercicio
de sus facultades emite los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO. Se aprueba la modificación de la cartografía electoral del estado de Puebla, en términos de los
dictámenes técnico-jurídicos que se acompañan al presente Acuerdo y forman parte integral del mismo, y que
se describen a continuación:
a)
Dictamen Técnico-Jurídico sobre la modificación de la cartografía electoral respecto de los límites
municipales entre Santiago Miahuatlán y Tehuacán, estado de Puebla, por el que se establece que,
existen los elementos técnicos y jurídicos para considerar procedente el ajuste a los límites entre
estos municipios (Anexo 1), y
b)
Dictamen Técnico-Jurídico sobre la modificación de la cartografía electoral respecto de los límites
municipales entre Atlixco y Tianguismanalco, estado de Puebla, por el que se establece que, existen
los elementos técnicos y jurídicos para considerar procedente el ajuste a los límites entre estos
municipios (Anexo 2).
SEGUNDO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, realice las
adecuaciones en la cartografía electoral del estado de Puebla, de conformidad con lo aprobado en el punto
primero del presente Acuerdo.
TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, a hacer del
conocimiento de la Comisión Nacional de Vigilancia lo aprobado por este órgano superior de dirección.
CUARTO. El presente Acuerdo y sus Anexos entrarán en vigor el día de su aprobación por parte de este
Consejo General.
QUINTO. Publíquese el presente Acuerdo y sus Anexos en la Gaceta Electoral, en el Diario Oficial de la
Federación, así como en el portal electrónico del Instituto Nacional Electoral.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 26 de marzo de
2026, por votación unánime de las y los Consejeros Electorales, Maestro Arturo Castillo Loza, Norma Irene De
La Cruz Magaña, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid
Humphrey Jordan, Maestra Rita Bell López Vences, Maestro Jorge Montaño Ventura, Maestra Dania Paola
Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y de la Consejera
Presidenta, Licenciada Guadalupe Taddei Zavala.
La Consejera Presidenta del Consejo General, Lic. Guadalupe Taddei Zavala.- Rúbrica.- La Secretaria
del Consejo General, Dra. Claudia Arlett Espino.- Rúbrica.
El Acuerdo y los anexos pueden ser consultados en las siguientes direcciones electrónicas:
Página INE:
https://www.ine.mx/sesion-ordinaria-del-consejo-general-26-de-marzo-de-2026/
Página DOF
www.dof.gob.mx/2026/INE/CGord202603_26_ap_9_7.pdf
___________________________________
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
143
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Por este medio se emplaza a Silvino Gerbacio Cuautle y/o Silvino Gervacio Cuautle, tercero interesado en
el juicio de amparo 1731/2025, en términos del artículo 27, fracción III, inciso c), párrafo segundo, de la Ley de
Amparo; se hace de su conocimiento que Teresa Rosas Barrios promovió demanda de amparo en contra de
los actos del Juez Municipal de San Pedro Cholula, Puebla y otras autoridades. Se le previene para que se
presente al juicio de amparo dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación a hacer valer lo
que a su interés convenga; en caso de no hacerlo, el juicio se seguirá conforme a derecho proceda, las
subsecuentes notificaciones se harán por medio de lista que se publique en el Portal de Servicios en Línea del
Poder Judicial de la Federación; quedan a su disposición en la Secretaría las copias simples de traslado. Para
su publicación en el periódico EXCÉLSIOR y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, que deberá de
efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días.
San Andrés Cholula, Puebla, dos de marzo de dos mil veintiséis.
La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla
Diana Rodríguez Cruz
Rúbrica.
(R.- 574163)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Edo. de Campeche, Camp.
EDICTO
JUEZ PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CAMPECHE, CAMPECHE, dentro del juicio de
amparo 926/2025-V-A promovido por Walberto Antonio Cervera Estrella a través de su defensor particular
Edwin David Trejo Gutiérrez, contra actos de la Juez Tercero interino del Sistema de Justicia Penal Acusatorio
y Oral del Primer Distrito Judicial del Estado de Campeche, se ordenó emplazar al tercero interesado
Consultores de Servicios Varios con Régimen Jurídico, Sociedad Anónima de Capital Variable,
Sociedad Financiera Múltiple Entidad No Regulada, por medio de edictos. Asimismo, se hace del
conocimiento del citado tercero interesado, que cuenta con el término de treinta días para comparecer a este
juicio constitucional a defender sus derechos, mismos que surtirán sus efectos a partir de la última publicación
de tales edictos, tal como lo establece el artículo 30, fracción II, de la citada ley de la materia, en relación con
el 209, fracción III, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de aplicación supletoria a la
Ley de Amparo.
Campeche, Campeche, trece de marzo de dos mil veintiséis.
Juez Primero de Distrito en el Estado de Campeche
Lorena Cañez Holguin
Rúbrica.
(R.- 574704)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito
Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas
EDICTOS
ILSI MÉNDEZ MATEO.
DONDE SE ENCUENTRE
En el juicio de amparo 2624/2025, promovido por Maribel Ortiz Morales, por auto de cuatro de marzo de
dos mil veintiséis, se ordenó emplazarlo al citado juicio, como en efecto lo hago, por medio de edictos que se
publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, para que dentro del término de veinte días,
contados a partir del siguiente al de la última notificación, se apersone a este juicio en su carácter de parte
tercera interesada ante este Juzgado, en la que además, quedará a su disposición copia simple de la
demanda de amparo, el auto admisorio, haciéndole de su conocimiento que la audiencia constitucional se
encuentra señalada para las NUEVE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL TREINTA Y UNO DE MARZO DE
DOS MIL VEINTISÉIS.
Y PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE
LA FEDERACIÓN Y EN UN PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA, EXPIDO EL
PRESENTE EN LA CIUDAD DE TAPACHULA DE CÓRDOVA Y ORDÓÑEZ, CHIAPAS, A CUATRO DE
MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
Atentamente
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas
Carlos Andrés Clemente Figueroa
Rúbrica.
(R.- 574708)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito en Villahermosa, Tabasco
EDICTO
En el juicio de amparo directo 562/2025, del índice del PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA
DE TRABAJO DEL DÉCIMO CIRCUITO, EN VILLAHERMOSA, TABASCO, promovido por Jesús García
García, se ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada Busines Class Solutions, Sociedad Anónima
de Capital Variable, a fin de que comparezcan a ejercer sus derechos en el juicio de referencia, de
conformidad con el artículo 27, fracción III, incisos b) y c) de la Ley de Amparo. En la demanda relativa la
persona quejosa señaló como autoridad responsable a la Junta Especial número Tres de la Local de
Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco, y como acto reclamado el laudo de diez de enero de dos mil
veinticinco, emitido por la responsable dentro de los autos del expediente laboral 3293/2019, por lo que se les
previene para que se apersonen en el juicio de amparo directo 562/2025, dentro de los treinta días siguientes
al de la última publicación, y señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, ya que en caso
de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones se le harán por medio de
lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado, quedando a su disposición en la secretaría, las
copias certificadas de la demanda de amparo para su traslado.
El Secretario del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito,
en Villahermosa, Tabasco
Alejandro Ernesto Vega Becerra
Rúbrica.
(R.- 574709)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Tampico
EDICTO
M.E.B.A.
En cumplimiento al auto de dieciocho de febrero de dos mil veintiséis, dictado en el amparo indirecto
904/2021-II-5, promovido por GERARDO IBARRA FRANCO, quien por escrito presentado el doce de agosto
de dos mil veintiuno solicitó el amparo y la protección de la justicia federal contra actos del MAGISTRADO DE
LA SALA REGIONAL VICTORIA, HABILITADO POR PLENO DEL SUPREMO TRIBUAL DE JUSTICIA DEL
ESTADO TAMAULIPAS, CON FUNCIONES EN LA SALA REGIONAL CON SEDE EN ALTAMIRA, que hizo
consistir en: La resolución de treinta de junio de dos mil veintiuno, misma que resolvió el recurso de apelación
interpuesto por la Agente del Ministerio Público, contra la resolución de medida cautelar dictada en audiencia
el catorce de septiembre de dos mil vente en la Carpeta Procesal CP/10/2020 seguida en contra de Gerardo
Ibarra Franco, por el hecho señalado por la Ley como delito de Abuso Sexual; en auto de veintiséis de agosto
de dos mil veintiuno, se admitió a trámite la demanda de amparo. Por proveído de dieciocho de febrero de dos
mil veintiséis, SE SEÑALARON las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CUATRO MINUTOS DEL SIETE DE
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DIARIO OFICIAL
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MAYO DE DOS MIL VEINTISEIS, para la celebración de la audiencia constitucional. Se hace de su
conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito, quedará a su disposición, copia de la demanda
de amparo y auto admisorio; deberá presentarse al juicio dentro del término de treinta días, contados a partir
de la última publicación de los edictos, apercibido que, si no comparece, se continuará el juicio y por su
incomparecencia se le harán las posteriores notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista
que se publique en los estrados de este Órgano de Control Constitucional; fíjese en la puerta del juzgado
copia íntegra del edicto, durante todo el tiempo del emplazamiento.
Atentamente
Tampico, Tamaulipas, 18 de febrero de 2026.
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas
Lic. Advento Hernández Reyna
Rúbrica.
Secretaria
Lic. Ma. De Lourdes Reséndiz Balderas
Rúbrica.
(R.- 574205)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Aguascalientes
Aguascalientes
EDICTO
Para emplazar a Ana Medina Bernal.
En el juicio de amparo indirecto número 1370/2025, promovido por Fátima Guadalupe Méndez
Domínguez, en su carácter de defensora pública del quejoso Pedro Antonio Ortiz González, contra actos de la
Jueza de Control y Juicio Oral Penal del Primer Partido Judicial con sede en el Municipio de Aguascalientes,
Aguascalientes, se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso
b), de la Ley de Amparo, a la tercera interesada Ana Medina Bernal. Queda en la Secretaría del Juzgado
Tercero de Distrito en el Estado de Aguascalientes, copia cotejada de la demanda de amparo, a su
disposición para que comparezca si a su interés conviniere, y se le hace de su conocimiento que de
conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley
de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2°, deberán presentarse al indicado Juzgado Federal
dentro del término de treinta días hábiles a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto.
En el entendido de que si pasado dicho término no comparece, se seguirá el juicio; así como para que en el
indicado plazo, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad de Aguascalientes, bajo
apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes se le harán por medio de lista, de conformidad con el
artículo 27, fracción II, de la Ley de Amparo.
Aguascalientes, Aguascalientes, a once de marzo de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Lic. Sergio Humberto Delgado Ríos
Rúbrica.
(R.- 574710)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez
EDICTO:
LEONEL MONTES SOLÍS (TERCERO INTERESADO)
En el juicio de amparo directo 859/2025 promovido por Francisco Jesús Ramírez de la Huerta, solicitó el
amparo y protección de la Justicia Federal, contra el acto que reclamó a la Sala Regional Colegiada en
Materia Pernal, Zona 02 Tapachula, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, con sede en
Tapachula de Córdova y Ordóñez; el acto reclamado es la sentencia de once de agosto de dos mil veintitrés,
dictada en el toca penal 60-C-1P02/2016, en la que confirmó la sentencia emitida por el Juez de la causa
penal 229/2015, por el delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de plagio o secuestro agravado;
por tanto, de conformidad con el artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazarlo mediante edictos
que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta
días, contado del siguiente al de la última publicación, ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 19 de marzo de 2026.
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito
María Fernanda Burguete Brindis
Rúbrica.
(R.- 574712)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito
Morelia, Mich.
EDICTO.
Eulalia Pérez Lozoya y Lucas Gatelum Lara
En el lugar en que se encuentren hago saber a ustedes que: en los autos del juicio de amparo directo
penal 219/2025 promovido por JUAN CARLOS OCHOA CARPIO, contra de actos del magistrado de la
Segunda Sala Penal Unitaria del Supremo Tribunal de Justicia del estado de Michoacán, Región Morelia,
radicado en este Tribunal Colegiado en Materia Penal, se les ha señalado como terceros interesados y como
se desconoce su domicilio actual, por acuerdo de diecinueve de marzo de dos mil veintiséis, este órgano
colegiado ordenó emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días en el
Diario Oficial de la Federación, haciéndoseles saber que, de considerarlo necesario, podrán presentarse en
este tribunal a defender sus derechos y a señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad de
Morelia, Michoacán, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última
publicación, apercibidos que de no hacerlo las posteriores notificaciones se le harán por lista de acuerdos que
se fije en los estrados de este órgano; quedando a su disposición en la secretaría de acuerdos del mismo,
copia simple de la demanda de amparo.
Morelia, Michoacán, 19 de marzo de 2026.
El Magistrado Presidente del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito
Ramón Sánchez Magaña
Rúbrica.
(R.- 574726)
Estados Unidos Mexicano
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Guanajuato
Celaya, Gto.
EDICTO
Cítese a los terceros interesados Jorge Maldonado Guerrero y Lizardo Adolfo Cubillas Herrera, para que
comparezcan a defender sus derechos en el juicio de amparo 1030/2025, radicado en el Juzgado Quinto de
Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en Celaya, promovido por Nacional Financiera, Sociedad
Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su calidad Fiduciaria del Fideicomiso Público del
Gobierno del Estado, denominado Fideicomiso Ciudad Industrial Celaya, contra actos del Juzgado Primero
Civil de Partido, con residencia en Celaya, Guanajuato; y otras autoridades, por lo que deberán presentarse
ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contados al siguiente de la última publicación a
recibir copia de la demanda de amparo y sus anexos, a señalar domicilio para recibir notificaciones en esta
ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes se le harán por medio de lista que se fija en los
estrados de este tribunal federal, aún las de carácter personal.
Celaya, Guanajuato veintisiete de marzo de dos mil veintiséis.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Guanajuato
Lic. Estefanía Santoyo Salazar
Rúbrica.
(R.- 574959)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS.
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO.
Tercera Interesada (emplazamiento): Norma Gabriela Talamas Merino.
Presente:
En los autos del juicio de amparo 1398/2025-V promovido por G. Gamboa y Rosas, Sociedad Civil, por
conducto de su directora general Margarita Macaria Rosas Hernández, y su acumulado 1399/2025-V,
Inmobiliaria Titán AGR, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderada Margarita
Macaria Rosas Hernández, ambos contra los actos que reclamaron del Juez Trigésimo Primero de lo
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DIARIO OFICIAL
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Familiar de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; en autos de once
de noviembre de dos mil veinticinco, se admitieron las demandas de amparo; en auto de dos de diciembre
de dos mil veinticinco, se ordenó la acumulación del expediente 1399/2025-V al 1398/2025-V, y no obstante la
investigación infructuosa del domicilio de la tercera interesada; en auto de veinticuatro de febrero de dos
mil veintiséis, se ordenó se le emplace por EDICTOS, haciéndole saber que deberá presentarse en el local
de este juzgado de distrito, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la
última publicación, y deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibida que
para el caso de no hacerlo le surtirán efectos por medio de la lista que se fije en los estrados de este juzgado.
Atentamente
Ciudad de México, a dos de marzo de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Licenciada Yuriko de los Santos Álvarez
Rúbrica.
(R.- 574310)
Estados Unidos Mexicanos
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito
EDICTO
En el juicio de amparo directo 789/2025, promovido por Guadalupe Rojas Navarrete, por propio derecho,
contra actos de la Primera Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado
de México, en el Toca 363/2025; se emitió un acuerdo para hacer saber al tercero interesado Miguel Rojas
Navarrete, por sí y en su calidad de albacea a bienes de la sucesión de Marcelo Rojas Hernández, que dentro
de los treinta días siguientes deberá comparecer debidamente identificado en las instalaciones que ocupa
este Tribunal, sito en Avenida Doctor Nicolás San Juan, Número 104, Colonia Ex Rancho Cuauhtémoc,
séptimo piso, código postal 50010, para ser debidamente emplazado al juicio de referencia.
Atentamente
Toluca, Estado de México, 19 de marzo de 2026.
Por Acuerdo del Magistrado Presidente, firma la Secretaria de Acuerdos del
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, con residencia en Toluca
Licenciada Yamily Vázquez Camacho
Rúbrica.
(R.- 574964)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Zapopan, Jal.
EDICTO
DIRIGIDO A:
TERCERO INTERESADO:
JUAN GABRIEL CISNEROS FLETES,.
Se emplaza al Amparo Directo 828/2025-II, promovido por el quejoso CECILIA ELIZABETH SALCIDO
HERNÁNDEZ, contra la sentencia de tres de octubre de dos mil veinticinco, dictada por la Séptima Sala del
Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, dentro del toca de apelación 457/2025, de su índice.
Quedan a su disposición copias de la demanda de amparo en la secretaría del tribunal. Haciéndole saber que
tiene treinta días para presentarse a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones,
apercibido que de no hacerlo se harán por lista, artículos 27 y 181 de la Ley de Amparo y conforme al 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el
Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la Republica.
Zapopan, Jalisco, a veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis.
La Secretaria del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Licenciada Brenda Sarai Zúñiga Moreno
Rúbrica.
(R.- 574966)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura
Primer Partido Judicial
Juzgado Décimo de lo Mercantil
EDICTO
Córrase traslado por este conducto a los tercero interesados GUSTAVO MANCILLA VALDEZ y INES
MICAELA CERVANTES GOMEZ, parte demandada dentro del Juicio Mercantil Ordinario, que promueve
NACIONAL FINANCIERA, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCION DE BANCA DE
DESARROLLO, expediente 2365/2012, haciéndole saber que el Apoderado Legal de la parte actora interpuso
demanda de Amparo Directo, contra actos de esta Autoridad, consistente en la Sentencia Interlocutoria
dictada el 09 nueve de febrero de 2026 dos mil veintiséis, demanda que fue proveída en auto del 12 doce de
marzo de 2026 dos mil veintiséis, para que comparezca ante el Tribunal Colegiado de Circuito que toque en
turno conocer del asunto, a efecto de que defienda sus derechos; por lo que quedan a su disposición copias
simples de la solicitud respectiva de la Demanda de Amparo y copia de la resolución que se le notifica.
Para publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, así como en
un periódico diario de mayor circulación nacional, además fijándose en los estrados de este tribunal una copia
íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento.
Zapopan, Jalisco, 12 de marzo de 2026.
Secretario de Acuerdos del Juzgado Décimo Mercantil
Lic. Norma Celina Aguirre Plascencia
Rúbrica.
(R.- 574975)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito
Irapuato, Gto.
EDICTO
A: LA PERSONA JURÍDICA TERCERA INTERESADA “COMBUSTIBLES GOMALI” SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Publíquese por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, así
como en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, y en el Tablero de Avisos de
este tribunal federal, la notificación de la persona jurídica tercera interesada Combustibles Gomali” sociedad
anónima de capital variable, para que, si a su interés legal conviene, comparezca a defender sus derechos
en el juicio de amparo 1264/2025, radicado en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de
Guanajuato, con residencia en Irapuato, promovido por Abigail Flores Aboites, por propio derecho , contra
actos que reclama del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Guanajuato con Residencia
en Celaya y otras autoridades, por lo que deberá comparecer ante este tribunal federal, dentro del término
de treinta días contados a partir del siguiente de la última publicación, para lo cual se deja a su disposición
en la secretaría del juzgado copia de la demanda de amparo; asimismo, señalar domicilio para recibir
notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, incluso las de carácter
personal, se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal federal.
Atentamente
Irapuato, Guanajuato, 20 de febrero de 2026.
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
Juan Raul Medina Rodriguez
Firma Electrónica.
(R.- 574978)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
TERCERA INTERESADA: IVONNE JACQUELINE ARGÜELLES DUEÑAS COMO ALBACEA DE LA
SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DE JUAN ARGÜELLES MEJÍA.
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUICIO DE AMPARO 51/2026, JUZGADO
SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
En los autos del juicio de amparo 51/2026, promovido por Arturo Rubén Argüelles Dueñas. Tercera
interesada: Ivonne Jacqueline Argüelles Dueñas como albacea de la sucesión testamentaria a bienes de
Juan Argüelles Mejía. Autoridad responsable: Juez Segundo de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia
de la Ciudad de México y actuario de su adscripción. Acto Reclamado: La falta de emplazamiento y todo lo
actuado en el juicio sucesorio testamentario a bienes de Juan Argüelles Mejía expediente 186/2023 del índice
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DIARIO OFICIAL
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del Juzgado Segundo de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, así como la
omisión de garantizar, reconocer y dar preferencia a su crédito alimentario a cargo de la masa hereditaria a la
que refiere, tiene derecho. Se encuentran señaladas las diez horas con cincuenta y un minutos del seis de
abril de dos mil veintiséis, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Hágase el emplazamiento a
juicio de la tercera interesada Ivonne Jacqueline Argüelles Dueñas como albacea de la sucesión testamentaria
a bienes de Juan Argüelles Mejía, por medio de edictos, los que deberán publicarse por tres veces, de siete
en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional… haciéndole del
conocimiento a dicha tercero interesada que deberá presentarse ante este juzgado dentro del plazo de treinta
días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, ya que de no hacerlo, se le harán
las subsecuentes notificaciones por medio de lista en los estrados de este juzgado.
Ciudad de México, 18 de marzo de 2026.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Jessica Salinas Natividad
Rúbrica.
(R.- 574657)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz,
con sede en Boca del Río, Ver.
Sección Amparo
EDICTO.
En los autos del juicio de amparo 1109/2025, promovido por Carlos Alberto Vázquez Echavarría, contra
actos de la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje en Veracruz, Veracruz,
consistentes en la falta de emplazamiento al juicio laboral 910/IV/2009, el laudo dictado el quince de junio
de dos mil diecisiete en dicho juicio, los autos de ejecución de sentencia de veintiocho de agosto y cuatro de
septiembre de dos mil veinticinco, la diligencia de requerimiento de pago y embargo de cuatro de septiembre
de dos mil veinticinco y el auto de ocho de septiembre de dos mil veinticinco en el que se embargaron bienes
de su PROPIEDAD, se ordenó emplazar por este medio a la moral tercera interesada Giaterm, Sociedad
Anónima de Capital Variable, para que comparezca a juicio dentro de los treinta días siguientes a la última
publicación; apercibida que de no hacerlo, continuará el juicio de garantías y las notificaciones personales
subsecuentes le serán hechas por lista de acuerdos; dejándole copia de la demanda de amparo a su
disposición en la secretaría de este juzgado.
Boca del Río, Veracruz, 30 de marzo de 2026.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz
Sandra Alicia Castelán González
Rúbrica.
(R.- 574984)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 1068/2025, promovido por Georgina Salome Osorio Méndez,
apoderada legal del Instituto Mexicano del Seguro Social, contra actos del agente del Ministerio Público,
Titular de la Célula Investigadora, C-I-6 de la Unidad de Investigación y Litigación C, Ciudad de México de la
Fiscalía General de la República, se ordenó emplazar por edictos al tercero interesado Cristian Alan Leopoldo
García Rocío y se le concede un término de treinta días contados a partir de la última publicación para que
comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale domicilio procesal en esta ciudad, apercibido que de
no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por medio de lista.
Atentamente
Ciudad de México, a 08 de abril de 2026.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Licenciada Carolina Herrera Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 575092)
150
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Cuernavaca, Mor.
EDICTOS.
A: Oscar de Jesús Segura Brito.
En el lugar donde se encuentre.
En los autos del juicio de amparo 1456/2025, promovido por Andrea Hernández Carrillo, por propio
derecho y en representación del menor de iniciales J.A.H.C., contra actos del Director General del Registro
Civil en el Estado de Morelos y otra autoridad, se ordenó emplazar al tercero interesado Oscar de Jesús
Segura Brito, por edictos, para que comparezca ante este Juzgado de Distrito ubicado en Boulevard del Lago,
número 103, colonia Villas Deportivas, delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, 9, dentro de los treinta días,
siguientes a la última publicación de los edictos, si a sus intereses legales conviene, a efecto de entregarle
copia de la demanda de amparo, ocurso aclaratorio y del auto de admisión.
Por otra parte, se le apercibe que en caso de no hacerlo así y no señalar domicilio para oír notificaciones
y recibir documentos en esta ciudad, se le tendrá debidamente emplazado, se seguirá el juicio y las
subsecuentes notificaciones se le harán por lista que se fija en los estrados en este órgano jurisdiccional.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación
y de la misma manera, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.
Cuernavaca, Morelos; veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis.
Jueza Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos
Maestra Maried Reyes Hipólito
Rúbrica.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Zaira Irais Ortiz Ávila
Rúbrica.
(R.- 575160)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS
JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
TERCERO INTERESADO
“MARIO GADSDEN CARRASCO.”
En los autos del juicio de amparo 17/2026, promovido por Mauricio Zarza Cerecer; contra actos de la
Séptima Sala y Juez Vigésimo Cuarto, ambos de lo Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México,
cuya demanda se admitió por auto de dieciséis de enero de dos mil veintiséis, con fundamento en los
artículos 27, fracción III, inciso b), párrafo segundo de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazar por este medio al tercero interesado
MARIO GADSDEN CARRASCO, haciéndole de su conocimiento que puede apersonarse a juicio dentro del
término de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación que se haga por edictos;
con el apercibimiento que en el caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter
personal se le harán por lista, conforme al numeral invocado en primer término; dejándose a su disposición en
la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo, para los efectos legales a que haya
lugar.
Ciudad de México, 20 de abril de 2026.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Viridiana Medrano García
Rúbrica.
(R.- 575301)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Hermosillo, Sonora
EDICTO
AMPARO DIRECTO LABORAL 1124/2025
En amparo directo laboral 1124/2025, promovido por Consejería y Elaboración de Proyectos
Institucionales, Cepin, Sociedad Anónima de Capital Variable, a través de su apoderado legal Rafael
Guillermo Sotelo Cruz, contra el acto de la Segunda Sala Mixta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado
de Sonora, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia de veintitrés de febrero de dos mil
veintidós, dictada en el toca civil 196/2021, por desconocerse el domicilio de las personas terceras
interesadas Los Bagotes, Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada; Los Ranchetes,
Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada; Ricis, Sociedad de Producción Rural de
Responsabilidad Limitada y Monserrat Rivera Soberanis, se ordena emplazar a juicio por medio de la
publicación de edictos, los cuales se deberán publicar por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
151
de la Federación; asimismo, fíjese en la puerta de este órgano jurisdiccional, una copia íntegra del edicto
respectivo por todo el tiempo del emplazamiento; haciéndoseles saber que deberán presentarse ante este
tribunal colegiado por conducto de su representante legal, dentro de un término de treinta días, contados a
partir del siguiente al de la última publicación, a fin de hacer valer lo que a sus intereses convenga; además,
deberá señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones; apercibida que de no hacerlo las
demás notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista con fundamento en el
artículo 29 de la legislación de la materia.
Para ser publicado tres veces de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Hermosillo, Sonora, a 05 de marzo de 2026.
Secretaria de Tribunal del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Lic. Denisse Colombia Sandoval García
Rúbrica.
(R.- 574698)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
EDICTO
En el juicio de amparo indirecto 1432/2024-II, promovido por Miguel Aguilar Olmedo, contra las
autoridades y por los actos precisados en el escrito de demanda, se determinó emplazar a Bertha Lina
Mendoza Gaytán, como tercera interesada, para lo cual se le hace saber que puede apersonarse dentro del
término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, a promover lo
que a su interés legal convenga, en el entendido que se encuentran a su disposición en este juzgado las
copias correspondientes y están señaladas las nueve horas con treinta y dos minutos del veintitrés de abril de
dos mil veintiséis para la celebración de la audiencia constitucional. Apercibida que de no comparecer dentro
de dicho término se seguirá el juicio sin su intervención y las ulteriores notificaciones se le harán por medio de
lista que se fije en los estrados de este juzgado, lo anterior con fundamento en el artículo 27, fracción III,
inciso b), de la Ley de Amparo.
Zapopan, Jalisco, a 27 de marzo de 2026.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
Manuel Patricio Gárate Vázquez
Rúbrica.
(R.- 575347)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito
Monterrey, Nuevo León
EDICTO
Tercera interesada: Grupo Inmobiliario Vave, Sociedad Anónima de Capital Variable.
En el amparo directo 559/2025 se dictó el auto de 02 de septiembre de 2025, en el que de acuerdo al
artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo, se ordenó emplazar la demanda de amparo a la tercera
interesada Grupo Inmobiliario Vave, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos que deberán
publicarse tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico
“El Norte”, para que dentro del término de 30 días hábiles siguientes a la última publicación se apersone y
haga valer sus derechos conforme al numeral 181 de esa ley; hágasele saber que la demanda la promueve
régimen de propiedad en condominio Conjunto Residencial Bugambilias contra la sentencia de 06 de junio de
2025, dictada por la Décimo Quinta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado en el toca 289/2024,
en el cual se señalaron como artículos violados el 14, 16 y 17 constitucionales. La copia de la demanda está
disponible en la Secretaría de Acuerdos.
Monterrey, Nuevo León, 19 de febrero de 2026.
El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado Civil del Cuarto Circuito
Lic. Celso Escalante Córdova
Rúbrica.
(R.- 575367)
152
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
Sofía Rosas García.
En virtud de la demanda de amparo directo promovida por Fabián Chan Velázquez, contra el acto
reclamado a la autoridad responsable Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja
California, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia de veintiséis de febrero de dos mil
veinticinco, emitida en los autos de toca penal N-368/2023.
Por auto de cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, se radicó la demanda de amparo directo bajo el
número 426/2025 y en auto de cinco de marzo de dos mil veintiséis, ordenó la notificación de Sofía Rosas
García, como tercera interesada, por medio de edictos, en términos del artículo 27, fracción III, inciso c), de la
Ley de Amparo vigente.
El edicto deberá publicarse tres veces, de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y
en uno de los periódicos de mayor circulación en la República (Excélsior), para que dentro del término de
treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, Sofía Rosas García, en su carácter de
tercera interesada, se apersone al presente juicio, señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el lugar
donde radica este Tribunal Colegiado, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, se le tendrá por
notificado y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les realizarán por medio de lista
que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos del artículo 29 de la actual Ley de
Amparo; asimismo, hágase saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de amparo,
se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal Colegiado.
Mexicali, Baja California, cinco de marzo de dos mil veintiséis.
Secretario de Acuerdos del Cuarto
Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Héctor Andrés Arreola Villanueva
Rúbrica.
(R.- 574481)
Estados Unidos Mexicanos
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Hermosillo, Sonora
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado por auto de nueve de marzo de dos mil veintiséis, por el suscrito
Magistrado Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, con
sede en Hermosillo, Sonora, en términos de los artículos 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y 315
del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se emplaza a juicio por medio de los
presentes edictos de los tercero interesados Denisse Vázquez Sánchez y Jairo Vázquez Sánchez, en el Juicio
de Amparo Directo Civil 1187/2024, promovido por Jesús Bernardo Hernández Oros, contra la sentencia de
cuatro de julio de dos mil veinticuatro dictada por el Primer Tribunal Colegiado Regional del Tercer Circuito del
Estado de Sonora, con sede en Caborca, en el expediente 50/2024, quien deberá presentarse ante este
Tribunal Colegiado, ubicado en Calle Juan Antonio Ruibal Corella ciento setenta y cinco, colonia La Manga de
esta ciudad, dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente hábil al de la última
publicación del presente edicto; asimismo, se hace del conocimiento de los tercero interesados Denisse
Vázquez Sánchez y Jairo Vázquez Sánchez, que en caso de no comparecer por conducto de su apoderado o
gestor que pueda representarlos, se seguirá el juicio de amparo y las ulteriores notificaciones, incluso las de
carácter personal se verificarán por medio de lista electrónica, así como en el Portal de Servicios en línea del
Poder Judicial de la Federación de conformidad con el numeral 29 de la Ley de Amparo y por estrados.
Queda a su disposición en la secretaría de acuerdos de este Tribunal copia simple de la demanda
de amparo.
Para ser publicado tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación, y en el
periódico Excelsior o El Universal.
Hermosillo, Sonora, a 9 de marzo de 2026.
El Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Magistrado Genaro Antonio Valerio Pinillos
Rúbrica.
(R.- 574700)
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Puente Grande, Jal.
EDICTO
Al margen, el Escudo Nacional con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Séptimo de
Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco. Puente Grande, Jal.
En cumplimiento al auto de trece de marzo de dos mil veintiséis, dictado en el juicio de amparo
751/2024-II, del índice de este Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco,
promovido por José Guadalupe Pérez García y/o Guadalupe Pérez García, contra actos del Juez Primero
Especializado en Control, Enjuiciamiento y Ejecución Penal del Sistema Penal Acusatorio Adversarial del VI
Distrito, con sede en Ciudad Guzmán, municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco y otras, de quienes reclama:
la orden de aprehensión, así como su ejecución, juicio de amparo en el cual, la persona de nombre Miriam
Noemí González Zárate, fue señalada como tercera interesada y, al desconocerse su domicilio actual, con
fundamento en los artículos 27 fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, se ordena su emplazamiento por medio de edictos y se
hace de su conocimiento que si a sus intereses conviene, se apersone por sí, por conducto de su
representante legal al presente juicio de amparo dentro del término de treinta días, computado a partir del día
siguiente al de la última publicación; juicio de amparo que se tramita ante este Juzgado Séptimo de Distrito en
Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Carretera Libre a Zapotlanejo KM 17.5, Centro
Penitenciario, Puente Grande, Jalisco, C.P. 45427, Edificio Nuevo, Piso 2, de la misma forma, se le hace
saber que deberá señalar domicilio para recibir notificaciones en la zona metropolitana de Guadalajara,
Jalisco, apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le serán practicadas mediante lista que se
fija en los estrados de este juzgado; asimismo, comuníquesele que en la secretaría de este órgano
jurisdiccional quedan a su disposición copia autorizada de la demanda de amparo, auto admisorio y del
presente proveído.
Atentamente
Puente Grande, Jalisco, trece de marzo de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Janett Rodriguez Salas
Rúbrica.
(R.- 574711)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en el Edo. de Morelos
EDICTO
Tercera interesada: Prova, Sociedad Anónima de Capital Variable, en el lugar donde se encuentre.
En los autos del juicio de amparo indirecto 1284/2025, del índice del Juzgado Sexto de Distrito en el
Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del Lago número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas Deportivas,
Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, se tramita el juicio de amparo promovido por Comisariado de
Bienes Comunales del Poblado denominado “San Lorenzo Chamilpa”, Municipio de Cuernavaca, Estado de
Morelos, contra actos del Tribunal Unitario Agrario Distrito Dieciocho, emitidos en el juicio agrario 235/2022.
En este juicio se le ha señalado con el carácter de tercera interesada y al desconocerse su domicilio
actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete
en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República
Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo y
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, haciéndole
saber que deberá presentarse por conducto de su representante dentro de treinta días, contados a partir del
siguiente al de la última publicación; apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad
de acuerdo, se le harán por lista que se publique en los estrados de este órgano jurisdiccional.
Queda a su disposición en este juzgado copia de la demanda de amparo; se hace de su conocimiento que
la audiencia constitucional se encuentra señalada para las once horas con treinta y cinco minutos del treinta
de marzo de dos mil veintiséis.
Igualmente, ostenta el carácter de tercero interesado Antonio Diego Marín y otros.
Fíjese en la puerta de este juzgado federal un ejemplar.
Atentamente
Cuernavaca Morelos, 13 de marzo de 2026.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
Arelí Santiago Esteva
Rúbrica.
(R.- 574719)
154
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Puente Grande, Jal.
EDICTO
Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Séptimo de
Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco.
En acatamiento al acuerdo de trece de marzo de dos mil veintiséis, dictado en el juicio de amparo
277/2024 y su acumulado 308/2024, del índice de este Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Penal en el
Estado de Jalisco, promovido por Axel Eduardo Joya Carlos y Sofía Vergara Arechiga, contra el acto
reclamado consistente en la orden de aprehensión de treinta de agosto de dos mil veintitrés, emitida dentro de
la carpeta administrativa 8048/2023, derivada de la carpeta de investigación 12167/2023 y su ejecución,
reclamada al Juez Vigésimo Especializado en Control, Enjuiciamiento, Justicia Integral para Adolescentes
adscrito al Centro de Justicia Penal del Primer Distrito Judicial en Tonalá, Jalisco, y otras; juicio de amparo en
el cual fueron señalados como terceros interesados entre otros a Josefina Orozco Plascencia, Miguel
Castañeda Barrera, Andrea Carrillo Miramontes y Karen Paulina Medina Félix, se ordena su emplazamiento
por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y
315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de
que se apersonen los mismos y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos
que de no hacerlo así, las ulteriores y aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije
en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la
demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que
deben presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación.
Atentamente
Puente Grande, Jalisco, a veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Lic. Oscar Francisco Pérez Novoa
Rúbrica.
(R.- 574845)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Edo.
Poza Rica, Ver.
EDICTO
En el juicio de amparo 59/2025-IV-B, promovido por Ricardo Francisco Monroy Picasso, contra actos del
Juez Segundo de Primera Instancia, con sede en Jalacingo, Veracruz, y otra autoridad, por auto dictado el
veintitrés de marzo de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a juicio a los terceros interesados Martín Reyes
Gutiérrez y Carlos Ernesto Durán González, por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete
en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República,
para que dentro de treinta días, a partir de la última publicación, se apersonen a juicio y señalen domicilio en
esta ciudad, donde recibir notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo se les realizarán por medio de
lista de acuerdos que se fije en los estrados de este juzgado.
La copia de la demanda de amparo se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado
Relación sucinta
El quejoso Ricardo Francisco Monroy Picasso, reclama: "La falta de emplazamiento al juicio ordinario
civil 775/2024/VI, promovido por Martín Reyes Gutiérrez en contra de Carlos Ernesto Durán González, de
quien reclamó la validez de un convenio de reconocimiento de adeudo y dación en pago; así como todo lo
actuado con posterioridad en el mismo, incluyendo la sentencia definitiva que ordena el otorgamiento
de la escritura relativa al predio "Mata Coyote", Municipio de Tecolutla, Veracruz, con superficie de 4-88-00
hectáreas, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de la Octava Zona Registral de Papantla, Veracruz,
con el número 1249, Sección Primera, Tomo XXIII, de fecha dos de diciembre de mil novecientos setenta
y seis”.
Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, 27 de marzo de 2026.
La Secretaria del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz
Eugenia Ramírez Ramírez
Rúbrica.
(R.- 575017)
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito
Celaya, Gto.
Juicio de Amparo 815/2025-IV
EDICTOS
AL TERCERO INTERESADO JUAN MANUEL MARTÍNEZ ORTIZ
En los autos del juicio de amparo 815/2025-IV, promovido por José Luis Tovar Cerritos, por su propio
derecho, contra actos del Congreso del Estado de Guanajuato y otras autoridades, se le ha señalado como
tercero interesado y como se desconoce su domicilio actual, se ordenó emplazarlos a juicio por edictos que
deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con los artículos 27 fracción III,
inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria,
quedando a su respectiva disposición copia simple de la demanda de amparo en la secretaría de este
Juzgado de Distrito, la cual en síntesis dice: “NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: JOSÉ LUIS TOVAR
CERRITOS […]. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO. Evangelina Delgado González y
Juan Manuel Martínez Ortiz […]. III. AUTORIDADES RESPONSABLES: El H. Congreso del Estado de
Guanajuato, […] El C. Gobernador Constitucional del Estado de Guanajuato, […] El C Titular del Registro
Público de la Propiedad, con sede en el Partido Judicial de Celaya, Guanajuato, […] IV.- ACTOS
RECLAMADOS: Del Honorable Congreso del Estado de Guanajuato, reclamo la aprobación de la reforma a
los artículos 2531, fracción III, 2536 A y 2536 B, del Código Civil del Estado de Guanajuato. Del Gobernador
Constitucional del Estado de Guanajuato, reclamo la expedición y promulgación de la citada reforma
precisada en supra líneas. Del Titular del Registro Público de la Propiedad, con sede en el partido judicial de
Celaya, Guanajuato, reclamo como acto de aplicación la cancelación de inscripción por caducidad, respecto
de los Contratos de Mutuo con Interés y Garantía Hipotecaria contenidos en las Escrituras Públicas números
20778 y 22423, ambas del Índice de la Notaría Pública número Nueve del Partido Judicial de Querétaro,
Querétaro, que obraban en el folio real: R7*21563 y del que se desprende su historial registral que se describe
en el Certificado de Gravámenes que anexo.[…]”; además se le hace saber que dentro del término de treinta
días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, deberá comparecer este Tribunal Federal, para
hacer valer lo que a su interés convenga. Si pasado el término concedido no compareciere, se seguirá el juicio
en su ausencia y se le tendrá por emplazado, haciéndole las ulteriores notificaciones por medio de lista en los
estrados de este Tribunal.
Atentamente
Celaya, Guanajuato, 27 de marzo de 2026.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
Lic. J. Gustavo Erik Prieto Rodriguez
Rúbrica.
(R.- 574616)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS
Al margen de un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Séptimo de
Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, veintitrés de febrero de dos mil veintiséis.
En los autos del juicio de amparo número 1211/2025-VI y su acumulado 1269/2025-VIII, ambos
promovidos por DD3 Hipotecaria, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto
Múltiple, Entidad No Regulada, por conducto de su apoderado legal Adrián Rodríguez Huerta, contra actos del
Juez Trigésimo Quinto Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y
otros, por auto de dieciséis de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a las terceras interesadas
ICM (IX) Canada Property Investment, LP e ICM México Real Estate Opportunities No. 2, LP, por medio de
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
edictos, que se publicaran por tres veces, de siete en siete días en el diario oficial de la federación, y en un
periódico de mayor circulación en esta ciudad, a fin de que comparezcan a este juicio a deducir sus derechos
en el término de treinta días, contados a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación,
quedando en esta secretaría a su disposición, copia simple de la demanda de garantías y demás anexos
exhibidos, apercibidas que de no apersonarse al presente juicio, las ulteriores notificaciones se harán en
términos de lo dispuesto artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, por auto de dieciséis de enero
de dos mil veintiséis, se señalaron las doce horas con treinta minutos del día seis de marzo de dos mil
veintiséis, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. En acatamiento al auto de mérito, se procede
a hacer una relación sucinta de la demanda de amparo 1211/2025.VI, en la que la parte quejosa precisa como
acto reclamado: “Del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y ambas Cámaras que
integran el Congreso de la Unión, se reclama la iniciativa, discusión y aprobación del artículo 384 del Código
de Procedimientos Civiles; del Juez Responsable, reclamo el acuerdo de fecha 15 de mayo de 2025, dictado
dentro del juicio ordinario mercantil 258/2025, a través del cual se resolvió, entre otras cuestiones, conceder
ciertas providencias precautorias a las ahora terceras interesadas; del Registro Público de la Propiedad y del
Comercio en la Ciudad de México, se reclama cualquier acto de ejecución de las Medidas Reclamadas.”,
asimismo, se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de amparo 1269/2025-VIII, en la que la
parte quejosa precisa como acto reclamado: “Del Congreso de la Unión y de la Jefa de Gobierno de la Ciudad
de México, se reclama la emisión, expedición y promulgación del decreto en el que se abroga la Ley Registral
para el Distrito Federal y se expide la Ley Registral para la Ciudad de México, en lo referente al artículo 47 de
la citada Ley; del Registro Público de la Propiedad y del Comercio en la Ciudad de México, se reclama el
acuerdo de veintisiete de mayo de dos mil veinticinco”.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. José Luis López Tlatenco
Rúbrica.
(R.- 574623)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
“EDICTO”
EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO CIVIL D.C. 616/2025, PROMOVIDO POR LA PARTE QUEJOSA
CARMEN IRUBI QUINTANAR PINACHO, POR PROPIO DERECHO Y EN SU CARÁCTER DE
REPRESENTANTE COMÚN DE VELÁZQUEZ ROMO MARÍA RUTH, TREJO DUARTE ISRAEL, LEÓN
DE LOS RÍOS MARTA PAULINA, HURTADO MONTENEGRO MARTÍN, GARCÍA BECERRIL MARCO
AUGUSTO, GALLARDO RUIZ MARÍA CRISTINA, TORRES TORRES FELIPE, DELGADILLO MACÍAS
JAVIER, SERRANO MORENO JOSÉ ANTONIO, ESCOBAR PÉREZ LEONILA IRMA LAURA, CEPEDA DE
LEÓN ANA LILIA, TÉLLEZ QUIROZ DIANA LILIA, ÁLVAREZ PAVÓN MARÍA MAGDALENA, BRENIS
COLINA NORMA ANGÉLICA, DOZAL ANDREU JULIO CÉSAR, REACHY VALDÉS FERNANDO
ALEJANDRO, LÓPEZ ANGULO ENRIQUE, DE LA SERNA HERRERA JUAN MANUEL, CAROLINA
MONTERO LÓPEZ, SU SUCESIÓN REPRESENTADA POR REACHI HERNÁNDEZ DANIEL, PARDO
WEAVER MARÍA LUISA, DE LA VEGA MARTÍNEZ ÓSCAR GABRIEL, OSUNA ALEMÁN ELBA MARGARITA,
MOJARRO ARROYO FELIPE DE JESÚS, CARRILLO OCHOA PABLO, GARDUÑO CALDERÓN MARTHA
EUGENIA, LODIEU DEL VILLAR ANDRÉS, CRUZ ROJAS MARÍA EMMA DOLORES, HERNÁNDEZ CALVA
BEATRIZ, BORIS GREGORIO GRAIZBORGED, FIGUEROA CUELLO ANA LAURA, ADRIÁN GONZÁLEZ
UTUSASTEGUI, LOZANO SERRANO MÓNICA, FEDERICO EDUARDO RUIZ LEE, SOCORRO SEPÚLVEDA
HERNÁNDEZ, ROSALINDA ARRIAGA NAVARRETE, ADÁN MORENO ESTEVANEZ, MANUEL MOISÉS
FARRIL GUZMÁN, MANUEL BERNARDO FARRIL VIVANCO, BLANCA FLOR ZARRAZAGA MOLINA, SILVIA
EMMA ARELLANO CHARLES, EN REPRESENTACIÓN DE BLANCA NORA ARELLANO CHARLES,
ANGÉLICA SAAVEDRA FLORES, OLGA MEJÍA FLORES, ELEONORA SANDERS ESPARZA, ROBERTO
LEVY SANDERS, RAMÍREZ FRANCO PATRICIA DE LA CONCEPCIÓN, MIGUEL PAYRO DUEÑAS, JOSÉ
ARIEL PÉREZ HERNÁNDEZ Y DE CASO PÉREZ SONIA ALEJANDRA, CONTRA LOS ACTOS ATRIBUIDOS
A LA SEXTA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y AL
JUZGADO TRIGÉSIMO NOVENO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN EL TOCA 98/2025/6,
DERIVADO DE LA TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO RELATIVO AL JUICIO ESPECIAL
HIPOTECARIO NÚMERO 1196/2018, RADICADO ANTE EL SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA
CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO, SE ORDENÓ EMPLAZAR AL PRESENTE JUICIO DE AMPARO DIRECTO
CIVIL A LA TERCERA INTERESADA GRUPO INMOBILIARIO K-SA METROPOLITANA, SOCIEDAD
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, PARA QUE COMPAREZCA ANTE ESTE
ÓRGANO COLEGIADO EN EL PLAZO DE TREINTA DÍAS HÁBILES, CONTADO A PARTIR DE LA ÚLTIMA
PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, QUE SE HARÁ DE SIETE EN SIETE DÍAS, POR TRES VECES,
EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN UNO DE LOS PERIÓDICOS DE MAYOR
CIRCULACIÓN NACIONAL, HACIÉNDOLE SABER QUE QUEDA A SU DISPOSICIÓN EN ESTE TRIBUNAL
COLEGIADO, LA COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO Y QUE TIENE EXPEDITO SU DERECHO
PARA OCURRIR ANTE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL A DEFENDER SUS DERECHOS Y DESIGNAR
DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD DE MEXICO, APERCIBIDA QUE
DE NO HACERLO, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, SE
LE HARÁN POR MEDIO DE LISTA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 29 DE LA LEY DE AMPARO,
LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CONDUCENTES.
Ciudad de México, a 09 de abril de 2026.
El Secretario de Acuerdos del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Abraham Mejía Arroyo
Rúbrica.
(R.- 574877)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan
- EDICTO -
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.- JUZGADO DECIMOQUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE
MÉXICO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ.
VICTIMAS TERCERAS INTERESADAS DE INICIALES, S.C.F., F.I.A.C., S.C.M. y G.C.M..
En los autos del juicio de amparo indirecto número 207/2025-II, promovido por Jorge Antonio Maldonado
Flores, por propio derecho, contra actos del agente del ministerio Público de la Federación, Titular de la
Agencia Vigésima Investigadora de la Fiscalía Especializada en la Investigación de Delitos Materia de
Secuestro, consistentes en:
- El acuerdo ministerial de dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro, dictado en la averiguación
previa PGR/SEIDO/UEIDMS/274/2014, mediante el cual se negó el levantamiento del aseguramiento del
inmueble ubicado en calle Eucaliptos, lote 31, colonia Progreso de Guadalupe Victoria, Municipio
de Ecatepec, Estado de México, del que aduce el quejoso es de su propiedad, cuyo bien inmueble se
encuentra asegurado desde el once de abril de dos mil catorce.
En esa virtud, al advertirse de constancias que les reviste el carácter de victimas terceras interesadas a
S.C.F., F.I.A.C., S.C.M. y G.C.M. y desconocerse su domicilio actual y correcto, con fundamento en los
artículos 27 fracción III, inciso b), párrafo segundo de la Ley de Amparo y 209 fracción II del Código Nacional
de Procedimientos Civiles y Familiares de aplicación supletoria a la primera, en cumplimiento a lo ordenado en
auto de diecinueve de marzo de dos mil veintiséis, en donde se ordenó su emplazamiento al juicio citado
por medio de edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República Mexicana, haciendo de su
conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito quedan a su disposición copia de la demanda
de amparo, escrito aclaratorio, auto admisorio de treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, de los diversos
de dieciséis de octubre de dos mil veinticinco y diecinueve de marzo del año en curso, para que en el término
de treinta días contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la de la última publicación, las
victimas terceras interesadas concurran ante este juzgado federal a hacer valer sus derechos y señale
domicilio para oír y recibir notificaciones en este municipio de Naucalpan de Juárez, lugar de residencia de
este órgano jurisdiccional; apercibidas que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de
carácter personal, se les harán por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado de Distrito, con
fundamento en el artículo 27, fracción II, párrafo segundo de la Ley de Amparo. Asimismo, se hace de su
conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra señalada para las once horas con treinta
minutos del veintisiete de abril de dos mil veintiséis.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Estado de México, siete de abril de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Licenciado Sergio Alejandro Barajas Martínez
Rúbrica.
(R.- 574977)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Procedimiento Especial de Declaración de Ausencia 270/2026-III-B
EDICTOS
En los autos del Procedimiento Especial de Declaración de Ausencia 270/2026 del índice del Juzgado
Primero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez se dictó la siguiente
determinación:
“Naucalpan de Juárez, a dieciséis de abril de dos mil veintiséis.
Registro y captura en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes
Vista la solicitud promovida por Mercedes Melgarejo Baca, a través de la cual promueve diligencias de
jurisdicción voluntaria (procedimiento especial de declaración de ausencia) respecto de Rodolfo Rayón
Galicia; fórmese expediente.
Se ordena su registro en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes con el número 270/2026-III-B.
Admisión
Con fundamento en los artículos 49 y 58, fracción I y V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación; 530 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y 1, 7, 8, 14, 15, 16 y 17 de la Ley Federal de
Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, SE ADMITE a trámite la solicitud propuesta.
Requerimiento a autoridades
Con fundamento en el numeral 15 del último ordenamiento legal en comento, requiérase a la Fiscalía
Especial en Investigación en Delitos en Materia de Secuestro de la Fiscalía General de la República, a
efecto de que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que tenga conocimiento de esta
determinación,
remita
copia
certificada
de
todo
lo
actuado
en
la
averiguación
previa
PGR/SEIDO/UEIDMS/726/2014.
De igual modo, gírese oficio a la Comisión Nacional de Búsqueda y a la Comisión Ejecutiva de
Atención a Víctimas para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que tengan conocimiento de
este acuerdo, remitan copia certificada de la información que obre en su poder respecto de la persona
desaparecida Rodolfo Rayón Galicia o, en su caso, informen la imposibilidad que tengan para ello.
Gírese oficio al Instituto Mexicano del Seguro Social, para que proporción información que obre en los
archivos referente a Rodolfo Rayón Galicia; tal como, número de seguridad social, clave única, beneficiarios
que se encuentren afiliados, número de seguridad social de ichos beneficiarios, datos del último empleador,
fecha de ingreso, salario base de cotización, ocupación del trabajador, fecha y causa de baja, si es que lo
hubiere, si ejerció el crédito de vivienda, en caso afirmativo, los datos de identificación del inmueble.
Se apercibe a dichas autoridades que de no desahogar dentro del plazo conferido para tal efecto, se les
impondrá como medida de apremio a la omisa, una multa por el equivalente a veinte unidades de medida y
actualización, de conformidad con el artículo 59, fracción I, del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria a la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas.
De igual modo, con fundamento en numeral 17 del ordenamiento legal invocado, gírese oficio al Director
General Adjunto del Diario Oficial de la Federación para que se realice la publicación de los edictos
correspondientes de forma gratuita, de conformidad con el artículo 19-B de la Ley Federal de Derechos,
mismos que deberán ser publicados por tres ocasiones, con intervalos de una semana, los cuales tienen
como propósito llamar a cualquier persona que tenga interés jurídico en el Procedimiento de Declaración
Especial de Ausencia de Rodolfo Rayón Galicia.
También, se ordenar publicar los avisos de mérito en la página electrónica del Órgano de Administración
Judicial y en la de la Comisión Nacional de Búsqueda, debiéndolo hacer por tres ocasiones, con intervalos
de una semana, para lo cual se deberán enviar los oficios correspondientes.
Por otra parte, con fundamento en el artículo 23 de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia
para Personas Desaparecidas, se designa como representante legal del ausente Rodolfo Rayón Galicia, a
su cónyuge Mercedes Melgarejo Baca; sin perjuicio de poder sustituirla para el caso de inconformidad por
parte de las personas que tengan interés jurídico en el procedimiento.
En el entendido que la persona que ha sido designada representante legal no recibirá remuneración
económica durante el desempeño del cargo que se le ha encomendado.
Medidas provisionales
Sin que por el momento haya lugar a proveer respecto de medidas provisionales, en virtud de que la
promovente no las solicita ni este Juzgado advierte la necesidad de dictarlas; sin embargo, queda expedito su
derecho a solicitarlas; lo anterior, con fundamento en el artículo 16 de la Ley Federal de Declaración Especial
de Ausencia para Personas Desaparecidas.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
159
Autorizados y domicilio
Se autoriza a las personas que menciona para tales efectos en su escrito, siempre y cuando tengan
registradas sus cédulas profesionales en el Registro Único de Profesionales del Derecho.
Consulta y notificaciones vía electrónica
Como se solicita, se tiene por autorizada la solicitud que formula, relativa a la consulta y notificaciones
relativas al presente asunto, ello vía internet a través del usuario “AROHONSIXTO”.
En tal virtud, se comisiona al actuario judicial adscrito a efecto de que notifique a la probable actora el
presente acuerdo, así como las subsecuentes actuaciones, aun las de carácter personal, vía electrónica.
En el entendido que le recae la obligación a la probable actora de ingresar al sistema electrónico todos los
días y obtener la constancia de la consulta realizada al expediente digitalizado para los efectos de la
notificación electrónica.
En atención a ello, se instruye al Oficial Judicial “A” encargado del Sistema Integral de
Seguimiento de Expedientes (SISE 2.0) a fin de que realice los movimientos informáticos necesarios
para tal efecto.
Respecto de los correos electrónicos que señala, se tienen como medios alterativos de contacto, en caso
de que este órgano jurisdiccional lo estime necesario.
Se tienen anunciados los medios de convicción propuestos por la accionante en su escrito de demanda,
reservándose acordar al respecto hasta en tanto sea recibida la información requerida.
Notifíquese a las partes de la siguiente forma:
Parte
Tipo de notificación
Promovente
Electrónica
Dependencias mencionadas
Oficio
Así lo acordó y firma Arantxa Ramírez Villafuerte, Jueza Primera de Distrito en el Estado de México, con
sede en Naucalpan de Juárez, asistida de Ana Lilia Uribe Vázquez, persona Secretaria que autoriza y
certifica que el presente acuerdo, así como las constancias que lo originaron, se encuentran debidamente
incorporados al expediente electrónico. Doy fe.”
Diana Bastida
Naucalpan de Juárez, Estado de México a dieciséis de abril de dos mil veintiséis.
Persona Secretaria
Ana Lilia Uribe Vázquez
Rúbrica.
(E.- 000948)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Oaxaca
Consejo de la Judicatura
Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro
y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado
Actuaría
EDICTO
En el Juicio ORAL MERCANTIL 210/2018 promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD
ANÓNIMA INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE en contra de MARÍA
GUADALUPE GONZALEZ GONZALEZ en su carácter de acreditada y BLANCA LIDIA BRAVO VILLA en su
carácter de fiadora solidario, la Juez del Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del
Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, dictó proveído de fecha
primero de octubre del dos mil veinticinco, ordenándose emplazar mediante edicto a las demandadas
mencionadas, publicándose por tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de mayor circulación en la República, haciendo del conocimiento a las demandadas para
que comparezcan ante el Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil
en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca a deducir su derecho con relación a la
demanda tramitada en este juicio u oponerse a la misma si tuvieran excepciones que hacer valer, dentro del
PLAZO DE TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente aquel en que queden legalmente notificadas,
apercibiéndolas que de no dar contestación en el plazo concedido se les tendrá por perdido el derecho no
ejercitado y se continuara con la siguiente etapa procesal, haciéndole de su conocimiento que las ulteriores
notificaciones se practicaran por medio de rotulon que se fijaran en el tablero de avisos de este Juzgado
Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio
para todo el Estado de Oaxaca.
Oaxaca de Juárez Oaxaca a doce de noviembre del dos mil veinticinco.
Actuario Judicial del Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial
del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado
Lic. Fernando Vargas Carreño
Rúbrica.
(R.- 575026)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, con residencia en Xalapa, Veracruz
Trámite
Mesa 2
D. 187/2025
En veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis, se emite el siguiente edicto.
Estados Unidos Mexicanos Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito.
Con residencia en Xalapa, Veracruz.
EDICTOS
Parte quejosa: Hugo Bernardino Limón Medina apoderado de T A 2000 Sociedad Anónima
de Capital Variable.
En autos del juicio de amparo directo 187/2025, se dictó un acuerdo que en lo conducente dice:
“Xalapa de Enríquez, Veracruz, a dieciocho de marzo de dos mil veintiséis.
(...) EDICTOS
En esas condiciones, toda vez que a la fecha no ha sido posible el emplazamiento de las terceras
interesadas: Rufina Juárez González y Camerino Huerta Juárez a efecto de que el presente juicio quede
debidamente integrado y continuar con su secuela, con fundamento en el artículo 27 fracción III inciso b), en
relación con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de
Amparo, procédase al emplazamiento de las partes terceras interesadas Rufina Juárez González y Camerino
Huerta Juárez, por medio de edictos los cuales se publicarán A COSTA DE LA PARTE QUEJOSA, por tres
veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en la República Mexicana. En dichos edictos, deberá hacérsele saber que el juicio de amparo
directo 187/2025, radicado en este Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito con
residencia en esta ciudad, fue promovido por T A 2000 Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de la
sentencia de fecha treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, emitida dentro del expediente número
3042/2024 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL CON RESIDENCIA EN ORIZABA,
VERACRUZ, debiendo presentarse ante este Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo
Circuito, con residencia en Xalapa, Veracruz; por lo que, deberá comparecer, dentro del término de treinta
días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del último edicto, con el apercibimiento de que,
transcurrido ese término, ya sea por escrito, por sí, o por apoderado, se proseguirá el juicio en todas sus
etapas, haciéndole las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, por lista de acuerdos.
(...)
REQUERIMIENTO A LA PARTE QUEJOSA Con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b),
segundo párrafo, de la Ley de Amparo, que indica que debe otorgarse a la parte quejosa un plazo de veinte
días para acreditar que efectuó las gestiones correspondientes para publicar los edictos, dentro de los veinte
días siguientes a aquél en que surta efectos la notificación del acuerdo a través del cual se dejaron a su
disposición. Esto es, la norma en comento debe entenderse en el sentido de que dentro de dicho plazo [veinte
días] la parte quejosa debe:
1.
Recoger los edictos.
2.
Entregarlos para su publicación.
3.
Acreditar ante el órgano jurisdiccional su entrega.
Sobre lo anterior, resulta ilustrativa la jurisprudencia P./J. 27/2015, del Pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, de rubro: “EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO INTERESADO EN EL
JUICIO DE AMPARO. EL PLAZO PARA QUE EL QUEJOSO ACREDITE ANTE EL ÓRGANO
JURISDICCIONAL QUE LOS ENTREGÓ PARA SU PUBLICACIÓN, DEBE CONTARSE A PARTIR DEL DÍA
SIGUIENTE AL EN QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE SE PONEN A
SU DISPOSICIÓN.”
Por tanto, REQUIÉRASE a la parte quejosa para que, dentro del término de veinte días contados a partir
del día siguiente al en que surta sus efectos la notificación de este proveído, a fin de que comparezca a
recoger los edictos respectivos, entregarlos para su publicación y acredite ante este órgano constitucional su
entrega con dicha finalidad; apercibida que no hacerlo así, se decretará el sobreseimiento en el presente
juicio, en términos del artículo 61, fracción XXIII, y 63, fracción II, ambos de la Ley de Amparo, en relación con
los diversos 27, fracción III, inciso b), y 5°, fracción III del propio ordenamiento, así como el numeral 14,
párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por incumplir con un
presupuesto procesal, que impide a este Tribunal pronunciarse sobre el fondo de la controversia, lo cual es
imputable a la parte quejosa, dado que de ser omisa en cumplir con el presente requerimiento, ello denotaría
una falta de interés en la prosecución del presente asunto. Finalmente, una vez que se acredite la publicación
de los edictos, déjese a disposición del citado tercero interesado en la Secretaría de Acuerdos de este
Tribunal, copia simple de la demanda de amparo, y fíjese en la lista de acuerdos, copia simple del presente
proveído por todo el tiempo del emplazamiento. (...)”.
Xalapa de Enríquez, Veracruz, 24 de marzo de 2026.
El Magistrado Presidente
Josué Rodolfo Beristain Cruz
Firma Electrónica.
La Secretaria de Acuerdos
Irene Guadalupe Rivera Martínez
Firma Electrónica.
(R.- 575019)
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Edo.
Poza Rica, Ver.
JORALM. 96/2023
EDICTO
Demandado: Ricardo Agustín Montoya Mariño
Hago saber a usted que en los autos del juicio oral mercantil 96/2023, del índice del Juzgado Décimo
Primero de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Poza Rica, promovido por Angélica Orea
Maldonado, apoderada legal de BBVA México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo
Financiero BBVA México, se le señaló como parte demandada. Asimismo, por auto de once de febrero de dos
mil veintiséis, se ordenó emplazarlo por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en
siete días en el "DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN" y en un periódico de los de mayor circulación en la
República Mexicana, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la
demanda, haciéndole saber que cuenta con el término de NUEVE DÍAS hábiles, para dar contestación a la
demanda entablada en su contra y haga valer las excepciones y defensas que estime pertinentes, conforme lo
disponen los artículos 1075, párrafo tercero, 1390 Bis 14 y 1390 Bis 15, del Código de Comercio, en el
entendido que de no comparecer se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales conforme lo establece el
artículo 1390 bis 20 del citado ordenamiento, haciéndose las ulteriores notificaciones, aún las de carácter
personal, mediante lista de acuerdos hasta en tanto subsane dicha omisión; por lo que queda a su disposición
en la secretaría de este juzgado federal copia simple de la demanda y de los documentos anexos.
De igual modo, se le informa que en el juicio oral mercantil 96/2023, la parte actora le reclama:
VENCIMIENTO ANTICIPADO
1.- La declaración judicial de que se tenga por vencido anticipadamente el crédito que más adelante se
precisa, en virtud de que el ahora demandado incumplió la obligación de pago que le impuso el contrato de
crédito base de la acción, a partir del 1 de diciembre de 2022, en tal virtud, se actualiza la hipótesis de
vencimiento anticipado prevista en la cláusula financiera DÉCIMA SEGUNDA, situada en el Capítulo Tercero,
foja número veinte del Contrato de Apertura de Crédito con Interés y Garantía Hipotecaria mencionado en
esta demanda, como se detalla en el capítulo de Hechos.
SUERTE PRINCIPAL
2.- Por concepto de suerte principal, el pago de la cantidad de $910,217.58 (NOVECIENTOS DIEZ MIL
DOSCIENTOS DIECISIETE PESOS 58/100 M.N.), referente al capital vencido y no pagado.
PAGO DE INTERESES ORDINARIOS.
3.- Por concepto de intereses ordinarios, la cantidad de $49,410.69 (CUARENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS DIEZ PESOS 69/100 M.N.), según lo pactado por las partes en la cláusula financiera
QUINTA, situada en el Capítulo Tercero, foja número trece del Contrato de Apertura de Crédito con Interés y
Garantía Hipotecaria, contrato base de la acción, tal y como se describe en el estado de cuenta certificado con
cifras al 28 de febrero de 2023, situados en el desglose del adeudo de crédito marcados con el inciso 2) del
estado de cuenta que se anexa a la presente.
PAGO DE INTERESES MORATORIOS.
4.- Por concepto de intereses moratorios, el pago de la cantidad de $66.22 (SESENTA Y SEIS PESOS
22/100 M.N.), tal y como se describe en el Estado de Cuenta Certificado con cifras al 28 de febrero de 2023,
situados en el desglose de adeudo de crédito marcados con el inciso 3) del Estado de Cuenta, documento
base de la acción que se anexa a la presente, cuyo cómputo deberá efectuarse a partir del momento en que la
parte demandada incurrió en mora es decir a partir del periodo 85, con fecha de inicio 01 de diciembre de
2022 y calculados hasta el periodo 87 con fecha de fin 01 de febrero de 2023 más los que se sigan generando
hasta la terminación del presente juicio, y que serán cuantificados en ejecución de sentencia.
5.- Dictada la sentencia que en derecho proceda, y de no hacer el pago de las prestaciones reclamadas, en
ejecución de sentencia se proceda al embargo de bienes propiedad del demandado, siendo que desde este
momento anuncio que se señalara el bien inmueble dado en garantía hipotecaria; para que con su producto
hacer pago a la actora de todas y cada una de las prestaciones que se reclaman en el presente juicio. (NOTA:
Siguiendo el proceso del Juicio Oral mercantil y en su caso una vez que se proceda a ejecutar la sentencia
dictada en el presente asunto).
GASTOS Y COSTAS.
6.- El pago de los gastos y costas que se originen con motivo del presente juicio."
Se expide el presente edicto en Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, a once de febrero de dos mil veintiséis.
Doy fe.
La Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Veracruz
Lic. Sarah Carolina Vázquez García
Rúbrica.
(R.- 575363)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Juicio Civil Ordinario 383/2024
Proceso OJ2
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado en auto de diecisiete de marzo de dos mil veintiséis, dictado en el juicio
civil ordinario número 383/2024, promovido por ABRAHAM MORALES MUCIÑO, como representante común
de la parte actora, se emplaza al incidente de desestimación de la personalidad jurídica y levantamiento de
velo corporativo a los demandados FRANCISCO JAVIER MARTÍN DEL CAMPO ABARCA; LAURA
ANGELICA MORALES MEDINA; FRANCISCO JAVIER MARTÍN DEL CAMPO MORALES; CHRISTIAN RAÚL
MARTÍN DEL CAMPO MORALES Y LAURA ASTRID MARTÍN DEL CAMPO MORALES, como socios de la
empresa demandada Trans Tanques de Occidente Sociedad Anónima de Capital Variable de conformidad con
el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Juicio en el que se reclaman las siguientes prestaciones:
“1.- Por la desestimación de la personalidad jurídica de Trans Tanques de Occidente Sociedad
Anónima de Capital Variable, y el levantamiento de velo corporativo.
2.- Se solicita la nulidad de cualquier cesión, donación o transmisión ya sea onerosa o gratuita por parte
de cualquiera de los socios integrantes de la moral demandada, como causante a causahabiente, dentro de la
estructura societaria de la persona moral demandada, Trans Tanques de Occidente Sociedad Anónima de
Capital Variable, que sea posterior a la fecha primero de junio de dos mil veintidós.
3.- Por el embargo ejecutivo de bienes suficientes para garantizar el resultado del juicio civil ordinario
383/2024.
4.- Por el embargo ejecutivo de los bienes inmuebles que son propiedad de los socios integrantes de la
persona moral demandada Trans Tanques de Occidente Sociedad Anónima de Capital Variable, y que
sean suficientes para cubrir los adeudos que se desprenden de la sentencia ejecutoria de fecha primero de
junio de dos mil veintidós.
5.- Por el pago de gastos y costas que se desprenden del contrato de prestación de servicios
profesionales celebrado entre los integrantes de la parte actora del juicio civil ordinario 383/2024, y el abogado
Gabriel Ramírez Sotelo, así como todas las costas judiciales que se desprenden de los recibos
correspondientes y corresponden a las erogaciones que ha tenido que pagar esta parte actora, en la etapa
procesal de ejecución de sentencia, respecto de la tramitación del presente incidente, para lograr el
cumplimiento forzoso de la sentencia ejecutoria de fecha uno de junio de dos mil veintidós.
Se precisa que los documentos exhibidos por la parte actora con su escrito inicial del incidente
son los siguientes:
1.
Oficio 0955034A12/2025/21729, que contiene informe del Instituto Mexicano del Seguro Social,
de fecha dieciocho de septiembre de dos mil veinticinco.
2.
Oficio 0955034A12/2025/24982, que contiene informe del Instituto Mexicano del Seguro Social, de
fecha veinte de octubre de dos mil veinticinco.
3.
Oficio 0955034A12/2025/25656, que contiene informe del Instituto Mexicano del Seguro Social,
de fecha veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco.
4.
Oficio 214-2/LCH-, que contiene informe de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de fecha
diecisiete de septiembre de dos mil veinticinco.
5.
Oficio DJ-SJC-GJR-SJP-229-2025, que contiene informe de Petróleos Mexicanos, de fecha uno de
septiembre de dos mil veinticinco.
6.
Oficio DJ-24571/2025, que contiene informe del Registro Público de la Propiedad y del Comercio
del Estado de Jalisco, de fecha veintiocho de agosto de dos mil veinticinco.
7.
Oficio 110.03.15891.2025, que contiene informe de la Secretaria de Economía, de fecha doce de
septiembre de dos mil veinticinco.
8.
Oficio 110.03.18712.2025, que contiene informe de la Secretaria de Economía, de fecha dieciséis
de octubre de dos mil veinticinco.
9.
Certificación notarial de fecha veinte de octubre de dos mil veinticinco, del Notario Público número 05
de Zapopan, Jalisco.
10. Oficio IFECOM/DG/2387/2025, que contiene informe del Instituto Federal de Especialistas
en Concursos Mercantiles.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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11. Oficio F00.UAJ.DGC/1697/2025, que contiene informe de la Comisión Nacional de Energía, de fecha
cuatro de septiembre de dos mil veinticinco.
12. Oficio F00.04.UAJ.DGC/2228/2025, que contiene informe de la Comisión Nacional de Energía,
de fecha catorce de octubre de dos mil veinticinco.
13. Oficio 700 04 06 01 00 2025-18137, que contiene informe del Servicio de Administración Tributaria,
de fecha trece de octubre de dos mil veinticinco.
14. Oficio 4.2.1.1.-2724/2025, que contiene informe de la Secretaria de Infraestructura, Comunicaciones
y Transportes, de fecha dos de octubre de dos mil veinticinco.
15. Copia certificada del acta de nacimiento de Francisco Javier Martín del Campo Morales.
16. Copia certificada del acta de nacimiento de Christian Raúl Martín del Campo Morales.
17. Copia certificada del acta de nacimiento de Laura Astrid Martín del Campo Morales.
18. Copia certificada de la Clave Única del Registro de Población de Francisco Javier Martín
del Campo Abarca.
19. Copia certificada de la Clave Única del Registro de Población de Laura Angélica Morales Medina.
20. Copia certificada de la Clave Única del Registro de Población de Francisco Javier Martín
del Campo Morales.
21. Copia certificada de la Clave Única del Registro de Población de Christian Raúl Martín del
Campo Morales.
22. Copia certificada de la Clave Única del Registro de Población de Laura Astrid Martín
del Campo Morales.
23. Copias certificadas de la Querella con acuse de recibo, presentada por Abraham Morales Muciño, por
el delito de fraude por insolvencia en perjuicio de acreedores cometido por FRANCISCO JAVIER MARTÍN
DEL CAMPO ABARCA; LAURA ANGELICA MORALES MEDINA; FRANCISCO JAVIER MARTÍN DEL
CAMPO MORALES; CHRISTIAN RAÚL MARTÍN DEL CAMPO MORALES Y LAURA ASTRID MARTÍN DEL
CAMPO MORALES, como socios de la empresa demandada Trans Tanques de Occidente Sociedad Anónima
de Capital Variable, así como en contra de la persona moral Transition to Operations Logistics Sociedad
Anónima de Capital Variable, dentro del juicio civil ordinario 383/2024, del índice del Juzgado Sexto de Distrito
en Materia Civil en el Estado de Jalisco.
24. Certificación de actuaciones de la carpeta de investigación FED/JAL/GDL/0003482/2025.
25. Contrato de prestación de servicios profesionales, de fecha quince de octubre de dos mil veinticinco,
certificado por el Notario Público número 52 de Aguascalientes.
26. Recibos de pago realizados dentro del periodo del mes de junio a octubre de dos mil veinticinco.
Previniendo a las partes demandadas para que en el plazo de tres días a partir del día siguiente de la
última publicación para que manifiesten lo que a su derecho convenga y ofrezcan pruebas respecto del
incidente entablado en su contra, apercibidas que de no hacerlo dentro del plazo concedido, se le tendrá por
perdido su derecho para pronunciarse respecto del incidente de desestimación de la personalidad jurídica y
levantamiento de velo corporativo, sin necesidad de acusar rebeldía en términos del artículo 360 del Código
Federal de Procedimientos Civiles.
Se hace del conocimiento de las demandadas que el termino concedido empezara a contar a partir del
día siguiente a aquel de cuando surta efectos la publicación del último edicto y que las copias simples de
ley quedan a su disposición en la secretaria del Juzgado para que las reciban previo recibo e identificación
que se otorgue en autos, así como los documentos fundatorios del incidente, para que se instruyan
de los mismos.
Finalmente, deberán señalar domicilio procesal en esta zona metropolitana, pues de lo contrario las
notificaciones aun las de carácter personal se le practicarán por rotulón que se fijará en la puerta de este
Juzgado, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
PARA PUBLICARSE POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL “DIARIO OFICIAL”
Y EN EL PERIÓDICO “EL INFORMADOR”.
Atentamente
Zapopan, Jalisco; 10 de abril de 2026.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Hilario Núñez Arvizu
Rúbrica.
(R.- 574997)
164
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Estado Libre y Soberano de Hidalgo
Poder Judicial
H. Tribunal Superior de Justicia
Sala Colegiada del Sistema Penal Acusatorio
Toca Penal 193/2024
-Amparo-
EDICTO
Pachuca de Soto, Hidalgo; al 11 de marzo de 2026.
Tercero Interesado: Jesús Gabriel Lagarde García
En relación al Juicio de Amparo Directo promovido por la persona jurídica quejosa Radio Móvil Dipsa
S.A. de C.V. a través de su representante legal Melissa Sánchez Becerril, derivado del toca penal 193/2024
y de la causa de juicio 145/2023; contra actos de esta Sala Colegiada del Tribunal Superior de Justicia del
Estado de Hidalgo consistente en la resolución de fecha 09 de diciembre de 2024, en la que se CONFIMÓ la
sentencia definitiva absolutoria de fecha 07 de agosto de 2024, dictada por el Tribunal de Enjuiciamiento del
Distrito Judicial de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, perteneciente al Segundo Circuito Judicial, dentro de la
causa de juicio 145/2023, formada en contra de los SENTENCIADOS Iancarlo Ramírez Hernández, Jesús
Gabriel Lagarde García y Axel Iván Peña Cruz por el delito de asalto equiparado agravado en agravio de
las víctimas de identidad reservada de iniciales U.I.E.B., J.Y.L.G. y V.O.O y por el delito de robo en
agravio de radio móvil Dipsa S.A de C.V.; al SENTENCIADO Jesús Gabriel Lagarde García, le
corresponde el carácter de tercero interesado en términos del artículo 5, fracción II, inciso b) de la Ley
de Amparo; y en virtud de ignorarse su domicilio, se ordenó notificarle y emplazarlo a usted a Juicio por
medio de EDICTOS en términos del artículo 27, fracción III, inciso b, de la Ley de Amparo en relación al
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la Materia; ello
a efecto de que se apersone a dicho Juicio de Garantías en esta ciudad en las oficinas que ocupa esta Sala
en el segundo piso que ocupa el edificio de la tercera sala civil y familiar del Tribunal Superior de Justica en el
Estado, en carretera México-Pachuca, kilómetro 84.5, Sector Primario de esta ciudad; apercibido que de no
hacerlo así las posteriores notificaciones y aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se
fije en los estrados de esta Sala Colegiada y del Órgano Jurisdiccional Federal, en el entendido de que se
dejan a su disposición copias de la demanda de amparo promovida por la persona jurídica quejosa Radio
Móvil Dipsa S.A. de C.V. a través de su representante legal Melissa Sánchez Becerril; y se hace de su
conocimiento que deberá presentar documento de identificación idóneo (credencial de Elector, pasaporte o
cédula profesional, vigente que cuente con fotografía y tenga impreso la Clave Única de Registro de
Población), dentro del término de 03 días al de la última publicación para que si es su deseo hagan valer sus
derechos. En el entendido de que este EDICTO debe publicarse por 03 veces, de 07 en 07 días, en el Diario
Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.
Atentamente
Integrante de Sala Colegiada del Sistema Penal Acusatorio
del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo
Magistrada Rosalba Cabrera Hernández
Rúbrica.
(R.- 575011)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez
EDICTO:
CRÉDITO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE
OBJETO LIMITADO (TERCERA INTERESADA)
En el juicio de amparo directo 41/2026 promovido por Grupo Promotor Mexicano de Bienes Raíces,
Sociedad Anónima de Capital Variable, a través de su apoderado Andrés Arnulfo Rodríguez Zarate, solicitó el
amparo| y protección de la Justicia Federal, contra el acto que reclamó a la Segunda Sala Regional Colegiada
en Materia Civil, Zona 01 Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, con sede en esta
ciudad; el acto reclamado es la sentencia de veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada en el toca
civil 37-A-2C01/2018, en la que confirmó la sentencia emitida por el Juez Cuarto del Ramo Civil del Distrito
Judicial de Tuxtla, con residencia en esta ciudad, en el expediente 986/2017; por tanto, de conformidad con el
artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazarla mediante edictos que deberán de publicarse por tres
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
165
veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en la
República, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado del siguiente
al de la última publicación, ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 12 de marzo de 2026.
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito
María Fernanda Burguete Brindis
Rúbrica.
(R.- 575438)
AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Expediente: 1631/25-EPI-01-11
Actor: Actelion Pharmaceuticals Ltd.
“EDICTO”
MSN LABORATORIES PRIVATE LIMITED FORMULATIONS DIVISION
En el juicio 1631/25-EPI-01-11 promovido por ACTELION PHARMACEUTICALS LTD., en contra de la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en el que demanda la nulidad del acto emitido
el 25 de febrero de 2025, se dictó un auto el 19 de marzo de 2026 que ordenó emplazar al tercero
MSN LABORATORIES PRIVATE LIMITED FORMULATIONS DIVISION por edictos, con fundamento en los
artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndosele saber que tiene un término de treinta días hábiles
contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del edicto, para que comparezca en esta Sala
ubicada en Av. México 710, Piso 4, Colonia San Jerónimo Lídice, Alcaldía Magdalena Contreras, C.P. 10200,
Ciudad de México, apercibido que en caso contrario las notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional.
Ciudad de México, a 19 de marzo de 2026.
El Magistrado Instructor
Luis Edwin Molinar Rohana
Rúbrica.
Secretario de Acuerdos
Ana Karen Félix Morales
Rúbrica.
(R.- 575087)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Gobernación
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
Dirección General Adjunta de Quejas
Dirección de Quejas
Expediente: CONAPRED/DGAQ/DQ/Q0300-23
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo de Trámite de fecha 18 de febrero de 2026 emitido por este
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, dictado en cumplimiento a la resolución del 27 de febrero
de 2025 pronunciada por el C. Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México
en el juicio de amparo indirecto 2130/2023, en relación con lo ordenado por auto del 30 de enero, 16 y 20 de
febrero, todos de 2026; mediante los cuales se ordena la notificación al quejoso por medio de edictos; en
consecuencia, se hace del conocimiento del C. Ricardo Benjamín Salinas Pliego lo siguiente:
166
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Que el día 04 de agosto de 2023 se radicó ante este Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación la
queja presentada por la persona peticionaria M.C.H.M.1 en contra de Ricardo Benjamín Salinas Pliego, por
presuntos actos de discriminación, ya que entre el 11 de octubre de 2022 y el 06 de octubre de 2023 publicó
en su cuenta de Twitter diversos mensajes que la peticionaria consideró irrespetuosos y de burla en su
agravio relacionados con su apariencia física y género.
En consecuencia, mediante oficio número QUEJAS-0072-26 de fecha 05 de febrero de 2026, se solicita al
citado destinatario que, dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que
surta efectos la notificación, rinda informe pormenorizado en el que afirme, refute o niegue los hechos
denunciados, aportando la documentación y elementos probatorios que estime pertinentes.
Se apercibe que, de no rendir contestación o hacerlo de manera parcial, podrán tenerse por ciertos los
hechos denunciados, salvo prueba en contrario, conforme a lo dispuesto por el artículo 63 Séptimus de la Ley
Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Asimismo, se le hace saber que en términos de los artículos 309 fracción II y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley Federal
para Prevenir y Eliminar la Discriminación, las constancias del expediente al rubro citado se encuentran a su
disposición para su consulta en las instalaciones del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación,
ubicadas en Calle Londres número 247, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un
horario de lunes a jueves de 9:00 hrs. a 14:30 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:30 hrs. y viernes de 9:00 hrs. a 15:00
hrs., teléfono 5262.14.90 extensión 5427 y/o 5413, con los siguientes correos electrónicos como medio de
contacto nricov@conapred.gob.mx y/o grubioc@conapred.gob.mx
Publíquese el presente edicto por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación
y en un periódico de mayor circulación en la República.
1 Cuyo nombre se reserva de conformidad con lo establecido en los artículos 20 fracción VI y 115 de la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025.
Atentamente
Ciudad de México, a 25 de febrero de 2026.
Directora de Quejas
Adela Lilia Perla Cervantes Cossú
Rúbrica.
(R.- 574965)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Órgano Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Área de Responsabilidades
Expediente: SEDATU PA-03/2025
EDICTO
En el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa con número de expediente SEDATU PA-03/2025,
iniciado por la presunta comisión de faltas de particulares; mediante proveído de fecha doce de marzo de dos
mil veintiséis, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas conforme a su numeral
118, por ignorarse dónde se encuentra la persona moral presunta responsable, se ordenó emplazar por
medio de edictos a GRUPO DE INGENIERIA Y COMERCIAL BUMA, S.A. DE C.V., para que comparezca
por medio de su represente legal, a la Audiencia Inicial señalada para el DOS DE JULIO DEL DOS MIL
VENTISEIS, EN PUNTO DE LAS DOCE HORAS, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 208,
fracciones II, V y VII de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, misma que se celebrará ante la
Titular de esta Área de Responsabilidades, en las oficinas ubicadas en la Calle Poniente 81, número 37,
Colonia Cove, C.P. 01120, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México, para que rinda su declaración por
escrito o verbalmente, y ofrezca las pruebas que estime necesarias para su defensa; asimismo, se informa el
derecho que tiene de no declarar en contra de sí misma ni declararse culpables, así como su derecho a
defenderse personalmente, o de ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un
defensor, en caso de solicitarlo, les será nombrado uno de oficio.
Derivado de lo anterior, deberá presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a
partir del día siguiente al de la última publicación realizada tanto en el Diario Oficial de la Federación como en
el Periódico de mayor circulación, y en las oficinas de esta Área de Responsabilidades; para recoger las
copias certificadas del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa y del acuerdo por el que se
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
167
admite, de las constancias del Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa integrado en la
investigación, así como de las demás constancias y pruebas que aportó la autoridad investigadora para
sustentar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, en el que le atribuye su presunta comisión
de hechos con apariencia de faltas administrativas graves en su carácter de particular, previstas en el artículo
71 párrafo primero de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, consistente en el presunto uso
indebido de recursos públicos, además podrá acudir a consultar el en el domicilio antes señalado, en días
hábiles y en el horario de las 9:00 a las 18:00 horas. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 305 y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la
materia, se les hace saber que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de
México, sede de esta autoridad substanciadora, apercibida que de no hacerlo o no comparecer a la audiencia
inicial, las ulteriores notificaciones, incluso personales, se le realizaran por rotulón en los términos que
disponen los numerales citados. Ciudad de México, a trece de marzo de dos mil veintiséis, la
Licenciada Cinthya Mélanie Hernández Ramírez, Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno
de Control en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Rúbrica.
(R.- 575314)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
Rocio Peña Mendez
Vs.
CVS Pharmacy, Inc.
M. 1091595 CVS Caremark
Exped.: P.C.1645/2025(C-558)18847
Folio: 002098
CVS Pharmacy, Inc.
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Por escrito presentado en la oficialía de partes de esta Dirección, el 18 de agosto de 2025, con folio de
entrada 018847, Edgar Xavier Saucedo Ramirez, apoderado de ROCIO PEÑA MENDEZ, solicitó la
declaración administrativa de caducidad del registro marcario 1091595 CVS CAREMARK.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 336, 367 fracción IV, 369 de la Ley Federal de Protección a
la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la
parte demandada CVS PHARMACY, INC.; el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente en el
que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la
acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida de que no dar
contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución
administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a
la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en
el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley
Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Atentamente
28 de enero de 2026.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Roberto Díaz Ramírez
Rúbrica.
(R.- 575349)
168
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE PLAZAS
VACANTES DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
Secretaría de Gobernación
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación con fundamento en los artículos 21, 25,
26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38, 39, 40 de su Reglamento publicado en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 06 de septiembre de 2007 y con última reforma del 04 de enero de 2024; los artículos
243, 244, 245, 246 y 247 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia
de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el pasado 19 de diciembre
de 2025 (“Disposiciones”), así como a los Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la
Administración Pública Federal publicados en el DOF el 18 de septiembre de 2020, emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA 19/2026 de los concursos para ocupar los siguientes puestos del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
1.
Denominación y
Código de Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO
DEL GASTO DE SERVICIOS PERSONALES
04-811-1-M1C015P-0000577-E-C-O
Nivel
Administrativo
O33
JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$38,309.00 (TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS M.N.) MONTO
DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PROGRAMACION Y PRESUPUESTO
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
REVISAR
Y
ANALIZAR
LA
INFORMACION
Y
DOCUMENTACION
COMPROBATORIA DEL GASTO EN MATERIA DE SERVICIOS PERSONALES
DE LAS UNIDADES RESPONSABLES DE LA SECRETARIA, PARA
CORROBORAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES TECNICAS Y
NORMATIVAS.
2.
DESARROLLAR
LOS
PROCEDIMIENTOS
DE
COMPILACION
Y
DICTAMINACION
DE
LAS
PROPUESTAS
DE
ADECUACION
PRESUPUESTAL
RELATIVAS
A
LAS
PARTIDAS
DE
SERVICIOS
PERSONALES, PARA GENERAR OPINIONES TECNICAS QUE CONLLEVEN
A LA RESOLUCION DE LOS ASUNTOS.
3.
EFECTUAR LAS LABORES DE INTEGRACION DE DOCUMENTACION
SOBRE EL EJERCICIO DEL GASTO DEL CAPITULO 1000 SERVICIOS
PERSONALES, PARA PROVEER A LA INSTANCIA SUPERIOR LA
INFORMACION QUE PERMITA EVALUAR LOS RESULTADOS.
4.
ASESORAR
A
LAS
INSTANCIAS
EN
LA
DEFINICION
DE
SUS
PLANTEAMIENTOS VINCULADOS CON EL REGISTRO Y CONTROL DE LA
INFORMACION
SOBRE
EL
GASTO
EN
MATERIA
DE
SERVICIOS
PERSONALES, PARA CONTRIBUIR EN LA OBSERVANCIA DE LOS
CRITERIOS TECNICOS Y NORMATIVOS.
5.
IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS Y TECNICAS RELACIONADAS CON LA
ADMINISTRACION DE INFORMACION SOBRE EL SEGUIMIENTO AL GASTO
EN MATERIA DE SERVICIOS PERSONALES DE LAS UNIDADES Y
ORGANOS DE LA DEPENDENCIA, PARA CONTAR CON EL ARCHIVO
DOCUMENTAL DE LOS PROCESOS RESPONSABILIDAD DEL AREA.
6.
INSTRUMENTAR
ACCIONES
DE
SEGUIMIENTO
AL
EJERCICIO
PRESUPUESTAL ASIGNADO A LAS UNIDADES Y ORGANOS DE LA
DEPENDENCIA APLICANDO LAS ADECUACIONES QUE CORRESPONDAN,
PARA ESTAR EN CONDICIONES DE EFECTUAR LAS CONCILIACIONES
PRESUPUESTALES CON LAS INSTANCIAS EN MATERIA DE SERVICIOS
PERSONALES.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
169
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: PREPARATORIA O BACHILLERATO
Grado de avance: TERMINADO O PASANTE
Area de General
Carrera Genérica
NO APLICA
NO APLICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
POLITICA FISCAL Y
HACIENDA PUBLICA
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION INDUSTRIAL
Y POLITICAS
GUBERNAMENTALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
2.
Denominación y
Código de Puesto
DEPARTAMENTO DE COORDINACION TERRITORIAL CENTRO
04-941-1-M1C014P-0000215-E-C-T
Nivel
Administrativo
O23
JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$ 31,128.00 (TREINTA Y UN MIL CIENTO VEINTIOCHO PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE POBLACION E
IDENTIDAD
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
FORMULAR LAS METAS Y OBJETIVOS DE LOS CONVENIOS RELATIVOS
AL PROGRAMA DE MODERNIZACION INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL Y
DEL PROYECTO DE LA CEDULA DE IDENTIDAD CIUDADANA, QUE SERAN
SUSCRITOS CON LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LA REGION
CENTRO, PARA PROPONER LOS ALCANCES, RESPONSABILIDADES Y EN
SU CASO MEDIDAS.
2.
RECOPILAR E INTEGRAR LA INFORMACION SOBRE EL AVANCE DEL
PROGRAMA DE MODERNIZACION INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL Y
DEL PROYECTO DE CEDULA DE IDENTIDAD CIUDADANA EN LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS DE LA REGION CENTRO, PARA PRESENTAR
INFORMES DE LA EVALUACION REALIZADA.
3.
REALIZAR LAS ACCIONES DE ANALISIS Y EVALUACION DE LOS
RESULTADOS
OBTENIDOS
DEL
PROGRAMA
DE
MODERNIZACION
INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL Y DEL PROYECTO DE CEDULA DE
IDENTIDAD CIUDADANA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LA
REGION CENTRO, PARA ELABORAR LAS ACCIONES CORRECTIVAS Y
PREVENTIVAS.
4.
RECABAR LAS BASES DE DATOS DE LA CEDULA DE IDENTIDAD
CIUDADANA Y LAS CERTIFICADAS DE LOS REGISTROS DE IDENTIDAD
JURIDICA DE LAS PERSONAS E IMAGENES DE LAS ACTAS DE REGISTRO
DEL ESTADO CIVIL DE LAS MISMAS, DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
DE LA REGION CENTRO, PARA QUE LA DIRECCION GENERAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE POBLACION E IDENTIDAD ADMINISTRE,
CONTROLE Y RESGUARDE LA INFORMACION.
5.
PREPARAR ACCIONES EN MATERIA DE ASIGNACION DE LA CLAVE UNICA
DE POBLACION, PARA ABATIR EL SUBREGISTRO Y EL SUBPROCESO DE
CERTIFICACION EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LA REGION
CENTRO.
170
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
6.
PREPARAR Y ORGANIZAR LAS REUNIONES COLEGIADAS CON EL
CONSEJO NACIONAL DE FUNCIONARIOS DEL REGISTRO CIVIL DE LA
REGION CENTRO, PARA FORTALECER LA COORDINACION DE LOS
PROGRAMAS DE TRABAJO CON LA DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE POBLACION E IDENTIDAD.
7.
EFECTUAR EL SEGUIMIENTO DE LA OPERACION DE LOS MODULOS
PARA EL ENROLAMIENTO DE LAS PERSONAS EN LA OBTENCION DE
LA CEDULA DE IDENTIDAD CIUDADANA, PARA COADYUVAR A LA
EJECUCION
DE
ACCIONES
EN
SU
IMPLEMENTACION
Y
FUNCIONAMIENTO.
8.
ELABORAR ESTRATEGIAS DE HOMOLOGACION DE ORDENAMIENTOS EN
MATERIA
REGISTRAL,
PARA
IMPULSAR
LOS
PROGRAMAS
DE ASIGNACION DE LA CLAVE UNICA DE POBLACION, ASI COMO EL DE
ADOPCION Y USO DE LA CURP.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
Experiencia
Laboral:
Mínimo 2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LOS
ORDENADORES
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIAS DE
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
CIENCIAS ECONOMICAS
APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
PSICOLOGIA
ASESORAMIENTO Y
ORIENTACION
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
3.
Denominación y
Código de Puesto
DEPARTAMENTO DE CALIDAD DE DATOS
04-941-1-M1C014P-0000225-E-C-T
Nivel
Administrativo
O23
JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$ 31,128.00 (TREINTA Y UN MIL CIENTO VEINTIOCHO PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE POBLACION E
IDENTIDAD
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
ELABORAR
INSTRUMENTOS
DE
VERIFICACION
DE
LOS
DATOS
RECABADOS SOBRE EL REGISTRO POBLACIONAL, PARA CONTRIBUIR
EN LA CALIDAD DE LA INFORMACION EN LA MATERIA.
2.
REALIZAR LOS MECANISMOS DE MONITOREO Y MUESTREO DE LA
CALIDAD DE LOS DATOS DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACION E
IDENTIDAD, PARA COLABORAR CON LOS CONTROLES VIGENTES.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
171
3.
RECOPILAR E INTEGRAR LOS DOCUMENTOS QUE SE GENEREN DEL
SISTEMA DE LA CALIDAD DE DATOS DE LA DIRECCION GENERAL
DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACION E IDENTIDAD, PARA CONTAR
CON EVIDENCIA OBJETIVA DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS.
4.
ACTUALIZAR LA INFORMACION DEL SISTEMA DE GESTION DE LA
CALIDAD DE DATOS DE LA DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE POBLACION E IDENTIDAD, PARA LLEVAR EL CONTROL DE
LOS REGISTROS DEL PERSONAL QUE INTERVIENE EN LOS PROCESOS.
5.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
INGENIERIA Y
TECNOLOGIA
DISEÑO
Experiencia
Laboral:
Mínimo 2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LOS
ORDENADORES
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIAS DE
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
CIENCIAS ECONOMICAS
APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
MATEMATICAS
CIENCIA DE LOS
ORDENADORES
PSICOLOGIA
ASESORAMIENTO Y
ORIENTACION
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
4.
Denominación y
Código de Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE PROCESAMIENTO DE BASES DE DATOS A
04-940-1-M1C014P-0000067-E-C-T
Nivel
Administrativo
O21
JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$ 27,795.00 (VEINTISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M.N.)
MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL
DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
UNIDAD DE POLITICA MIGRATORIA,
REGISTRO E IDENTIDAD DE
PERSONAS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
ANALIZAR EL PROCESO DE CAPTACION DE REGISTROS DE LAS BASES
DE DATOS EN LOS SISTEMAS Y SUBSISTEMAS DE MOVILIDAD HUMANA Y
MIGRACION
INTERNACIONAL,
PARA
CONTRIBUIR
EN
EL
FORTALECIMIENTO Y GENERACION DE INFORMACION CON RELEVANCIA
ESTADISTICA.
172
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
2.
PROCESAR LAS BASES DE DATOS DE LOS REGISTROS DE LOS
SISTEMAS Y SUBSISTEMAS DE INFORMACION MIGRATORIA, PARA
CONTAR CON LA INFORMACION ESTADISTICA QUE SE PUBLICARA EN
LOS BOLETINES, ANUARIOS E INFORMES QUE REALIZA LA UNIDAD DE
POLITICA MIGRATORIA, REGISTRO E IDENTIDAD DE PERSONAS.
3.
COLABORAR EN LA ELABORACION DE LOS BOLETINES, ANUARIOS
ESTADISTICOS Y DEMAS INFORMACION EN MATERIA MIGRATORIA, A FIN
DE APORTAR LOS DATOS QUE LE SEAN REQUERIDOS DENTRO DEL
AMBITO DE SU COMPETENCIA.
4.
PARTICIPAR EN EL PROCESO DE INTEGRACION DE INDICADORES Y
REPORTES ESTADISTICOS EN LAS BASES DE DATOS SOBRE MOVILIDAD
HUMANA Y MIGRACION INTERNACIONAL, PARA COADYUVAR EN LA
ATENCION Y SEGUIMIENTO DE LAS SOLICITUDES DE INFORMACION EN
LA MATERIA.
5.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TERMINADO O PASANTE
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
FISICA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
MATEMATICAS - ACTUARIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
INGENIERIA Y
TECNOLOGIA
COMPUTACION E
INFORMATICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
DEMOGRAFIA
DEMOGRAFIA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMETRIA
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
MATEMATICAS
CIENCIA DE LOS
ORDENADORES
MATEMATICAS
ANALISIS NUMERICO
MATEMATICAS
ESTADISTICA
SOCIOLOGIA
SOCIOLOGIA MATEMATICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
5.
Denominación y
Código de Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE COORDINACION
DE PROGRAMAS DE CONCURSOS
04-271-1-M1C014P-0000248-E-C-D
Nivel
Administrativo
O11
JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$ 26,005.00 (VEINTISEIS MIL CINCO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE RADIO,
TELEVISION Y CINEMATOGRAFIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
RECIBIR Y ANALIZAR LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE
CONCURSOS
DE
TIPO
MULTIMODAL
PRESENTADAS
POR
LOS
CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS DE RADIO Y TELEVISION, PARA
VERIFICAR QUE CUMPLAN CON LA NORMATIVIDAD ESTABLECIDA EN LA
MATERIA.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
173
2.
ELABORAR EL REPORTE DE PROPUESTAS DE AUTORIZACION DE
CONCURSOS DE TIPO MULTIMODAL EN RADIO Y TELEVISION, A FIN
DE TURNARLO A LA SUBDIRECCION DE APOYO A LA OPERACION PARA
SU VIABILIDAD.
3.
REGISTRAR LOS MONTOS DE PAGO DE DERECHOS POR CONCEPTO DE
AUTORIZACION
DE
PROGRAMAS,
PARA
LLEVAR
A
CABO
LA
TRANSMISION DE CONCURSOS DE TIPO MULTIMODAL POR RADIO Y
TELEVISION.
4.
REALIZAR LA CONCILIACION Y ENTREGA DE PREMIOS DE LOS
CONCURSOS DE TIPO MULTIMODAL EN RADIO Y TELEVISION, PARA
VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN
LAS AUTORIZACIONES O EN SU DEFECTO LA CANCELACION DE LAS
MISMAS.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
EDUCACION Y
HUMANIDADES
HUMANIDADES
Experiencia
Laboral:
Mínimo 2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
6.
Denominación y
Código de Puesto
DEPARTAMENTO DE INSTRUMENTOS Y ARMONIZACION LEGISLATIVA
FEDERAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS
04-913-1-M1C014P-0000155-E-C-A
Nivel
Administrativo
O11
JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$ 26,005.00 (VEINTISEIS MIL CINCO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE POLITICA
PUBLICA DE DERECHOS HUMANOS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
REVISAR Y ANALIZAR LOS PLANTEAMIENTOS FORMULADOS POR LOS
REPRESENTANTES
DE
LAS
DEPENDENCIAS
Y
ENTIDADES
DE
LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL RELACIONADOS CON LOS
CRITERIOS DE ARMONIZACION NORMATIVA EN MATERIA DE DERECHOS
HUMANOS, PARA ASEGURAR QUE CUMPLAN CON LAS DISPOSICIONES
NORMATIVAS ESTABLECIDAS.
2.
EFECTUAR EL ANALISIS Y LA REDACCION DE LAS OPINIONES DE LOS
ANTEPROYECTOS,
PROYECTOS
DE
INICIATIVAS
DE
LEYES,
DICTAMENES O DECRETOS LEGISLATIVOS EN MATERIA DE DERECHOS
HUMANOS, QUE LE SEAN FORMULADOS A LA DIRECCION GENERAL DE
POLITICA PUBLICA DE DERECHOS HUMANOS, PARA CONTRIBUIR EN LA
INCORPORACION
DE
LOS
PRINCIPIOS
Y
PRECEPTOS
CONSTITUCIONALES EN LA MATERIA Y APOYAR EN LOS AVANCES DE LA
ARMONIZACION DE LA NORMATIVIDAD.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
3.
APOYAR
EN
LOS
PROCESOS
DE
ATENCION,
VINCULACION
Y
COLABORACION CON LOS REPRESENTANTES DE LAS DEPENDENCIAS
Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, PARA
COADYUVAR
EN
LA
IMPLEMENTACION
DE
ESTRATEGIAS
RELACIONADAS CON LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES E
INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.
4.
REALIZAR ESTUDIOS E INVESTIGACIONES EN MATERIA DE DERECHOS
HUMANOS, PARA PROPORCIONAR ELEMENTOS QUE CONTRIBUYAN EN
LA INCLUSION DEL ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS EN LA
LEGISLACION
FEDERAL
Y
ESTATAL
CONFORME
AL
MANDATO
CONSTITUCIONAL Y LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN LA
TEMATICA.
5.
REVISAR EL MARCO JURIDICO APLICABLE A LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL EN MATERIA DE
DERECHOS HUMANOS, PARA COADYUVAR EN LA ARMONIZACION DE LA
NORMATIVIDAD
ADMINISTRATIVA
DE
CONFORMIDAD
CON
LAS
DISPOSICIONES DE DERECHOS HUMANOS.
6.
ESTUDIAR LAS DECISIONES Y RESOLUCIONES DEL PODER JUDICIAL
FEDERAL QUE SE CONSIDEREN RELEVANTES PARA LOS PROCESOS DE
ARMONIZACION
NORMATIVA
RELACIONADOS
CON
DERECHOS
HUMANOS, A FIN DE PROPORCIONAR ELEMENTOS QUE CONTRIBUYAN
EN LA TOMA DE DECISIONES QUE PROPICIEN SU RESPETO Y GARANTIA.
7.
ATENDER, LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN, EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE SEAN CONFERIDAS POR EL SUPERIOR
JERARQUICO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TERMINADO O PASANTE
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION PUBLICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
175
Bases de Participación
1ª. Requisitos de participación.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto, mismos que se señalan en la presente convocatoria.
La aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de
las personas, y lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. En virtud de lo
anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo,
el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la
apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones,
las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las
responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo, para la pertenencia
al servicio.
Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales:
I.
Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o ser persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar;
II.
No haber sido sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso;
III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en la administración pública;
IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministra o ministro de algún culto, y
V. No contar con inhabilitación para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
De conformidad con el artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
queda restringida la participación de quienes se ubiquen en los supuestos siguientes:
a)
Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra
la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón
de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y
b)
Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
2ª. Documentación requerida.
La Revisión y Evaluación de Documentos, comprendida en la Etapa “Revisión Documental.“, específicamente
en lo relativo al perfil del puesto, (escolaridad, áreas y años de experiencia) se llevará a cabo con base en los
documentos que presenten las personas candidatas para verificar que estén fehacientemente acreditados lo
requisitos legales, conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos
por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los cuales podrán ser consultados en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
Cuando les sea solicitado, las personas candidatas deberán presentar la siguiente documentación:
I.
Formatos impresos y requisitados para el Subsistema de Ingreso (llenar a máquina o computadora los
datos personales):
a)
Formato Revisión Documental;
b)
Formato Evaluación de la Experiencia;
c)
Formato Valoración del Mérito, y
d)
Formato Escrito Bajo Protesta
Dichos
formatos
podrán
ser
descargados
en
la
siguiente
liga
electrónica:
https://nc.segob.gob.mx/s/c9K9K7HZ3MS4K8z
II.
Invariablemente deberán exhibir la siguiente DOCUMENTACION EN ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA
LEGIBLE, acompañadas de copia simple tamaño carta por ambos lados cuando aplique:
a)
Hoja de bienvenida del portal TrabajaEn (pantalla inicial) legible donde aparezca claramente: su
nombre completo y escrito correctamente, así como su número de folio de participación en el
concurso del que se trate.
b)
Cédula de Identificación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual
contiene el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), misma que deberá coincidir con los datos
registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
c)
Clave Unica de Registro de Población (CURP) https://www.gob.mx/curp/, misma que deberá coincidir
con los datos registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
d)
Identificación oficial VIGENTE con fotografía y firma, considerando únicamente: Credencial para
Votar INE vigente, Pasaporte vigente o Cartilla del Servicio Militar Nacional con hoja de liberación.
e)
Acta de nacimiento, tarjeta de residente temporal o tarjeta de residente permanente, según
corresponda.
f)
Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descargar en la liga electrónica que se le
indique en el mensaje de invitación, para el cual deberá llenar y firmar en caso de cumplir con los
requisitos enunciados en el mismo, manifestando:
176
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
i.
De conformidad al artículo 38, Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos que no cuenta con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la
vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la
intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de
sus modalidades y tipos; no ser declarada persona deudora alimentaria morosa;
ii.
Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de mis derechos o persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar;
iii. No haber sido sentenciada o sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso;
iv. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en la administración pública;
v.
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministra o ministro de algún culto, y
vi. No contar con inhabilitación para el servicio público ni encontrarme con algún otro impedimento
legal.
vii. La inexistencia de alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses;
viii. No ser parte en algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra Institución, y
ix. No prestar servicios profesionales mediante un contrato de honorarios o desempeñar otro
empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía,
órgano constitucional autónomo de carácter estatal o federal; o bien, en caso contrario,
comprobar que cuenta con la determinación de compatibilidad de empleos respectiva.
x.
De conformidad al artículo 16 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos,
en caso de declarar falsedad respecto de la información requerida para obtener un dictamen de
compatibilidad favorable a sus intereses o de no contar con el mismo, quedará sin efectos el
nombramiento o vínculo laboral conforme a las disposiciones aplicables. Lo anterior, sin perjuicio
de las acciones legales que tengan lugar.
xi. Que la documentación probatoria de escolaridad y experiencia referidas en el CV de TrabajaEn y
presentada para la etapa de Revisión Documental “Evaluación de la Experiencia y Valoración de
Mérito”, es auténtica y que ha sido expedida por las Instituciones correspondientes. Asimismo,
que da consentimiento para que el personal de la Dirección General de Recursos Humanos
(DGRH) realice las consultas necesarias ante las instituciones correspondientes con la única
finalidad de verificar el origen y autenticidad de los documentos presentados, los cuales no
tienen calidad de datos personales sensibles, conforme a la definición que les atribuye el artículo
2 fracción VI de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares;
xii. Que no se solicitó el examen de no gravidez y de VIH/SIDA como requisito para continuar en el
proceso de selección llevado a cabo por esta dependencia, y
xiii. Si es o no persona Servidora Pública de Carrera Titular.
g)
Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años);
h)
Dos impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en
el apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral
registrada, además del lugar y periodo en el que laboró.
i)
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
i.
En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance
Titulado, sólo serán válidos el Título o Cédula Profesional registrados ante la Secretaría de
Educación Pública en términos de las disposiciones aplicables, o en su defecto la “Autorización
Provisional para ejercer la Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General
de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. El Comité Técnico de Selección
determinará si acepta los documentos que acrediten que el título o cédula profesional está en
trámite, asimismo el plazo por el cual se aceptarán.
ii.
En caso de haber realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente, la
constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
iii. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará
Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de
Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber
cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
iv. En caso de que el requisito académico corresponda al nivel de bachillerato “Terminado o
Pasante”, las personas aspirantes deberán acreditar preferentemente con el certificado de
estudios oficial que indique que concluyó totalmente dicho nivel de estudios, de ser el caso
podrá acreditarlo con el nivel superior de Licenciatura con un documento oficial que indique que
tiene los estudios profesionales concluidos en su totalidad (por ejemplo: constancia de estudios
del 100% de créditos, título y/o cédula profesional).
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
177
v.
Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicite en el concurso de que se trate, para
los puestos de nivel de enlace y jefatura de departamento u homólogos se deberá comprobar
dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin opción a ser
comprobable por grado educativo distinto, mientras que para los puestos de nivel de
subdirección de área, dirección de área, dirección general u homólogos, se podrá comprobar
dicho requisito con el Título o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación
Pública en términos de las disposiciones aplicables, la “Autorización Provisional para ejercer
la Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de la
Secretaría de Educación Pública que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas
académicas afines al perfil de puesto conforme al Catálogo de Carreras en TrabajaEn.
vi. En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso
relacionada a la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la
convocatoria del Diario Oficial. La DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios
presentado por aquellas personas que aspiren contra las carreras genéricas solicitadas por el
perfil del puesto. En los casos, que los estudios referidos en el comprobante no sean
compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por el perfil, se verificará contra
el Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado “Documentación e
Información Relevante”. Cuando el nombre específico de la carrera presentada en el
comprobante por la persona candidata no aparezca dentro del alguna de las carreras genéricas
solicitadas por el perfil, se comparará contra el listado de las carreras específicas del catálogo, si
no apareciera, se procederá entonces conforme a la base 16ª fracción VI de estas mismas
bases.
j)
Presentar constancias con las que acredite su Experiencia.
Para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso se
considerarán las evidencias que acrediten la fecha de inicio y fecha de término de los puestos que
manifestó en su currículum registrado en Trabajaen al momento de la inscripción, sólo se
considerarán los empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil, la razón
social que señale dicho comprobante deberá coincidir con la denominación de la empresa o
institución para la cual laboró; podrán aceptarse una o varias constancias de las que se citan a
continuación:
i.
Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
ii.
Constancia de semanas cotizadas del IMSS con cadena original y sello digital.
(https//www.imss.gob.mx/tramites/immss02025a).
iii. Hoja única de servicios o equivalente, con firmas y sello de la institución que la expide.
iv. Constancias de Nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o
bien con la Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
v.
Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la
relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
vi. Cartas o convenio de Finiquito, en el que se indique la fecha de inicio y la fecha de conclusión de
la relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas y sello del emisor.
vii. Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios,
los cuales deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado,
funciones realizadas y firmas autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de
terminación anticipada, deberá anexar la constancia respectiva.
viii. Documento denominado: “Constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al
salario y subsidio para el empleo” o “Constancia de retenciones” emitidas por el SAT, mismas
que deberán indicar periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor, en caso de ser
electrónico, deberá de contener cadena original y sello digital.
ix. Recibos de pago, con datos de la institución o empresa que lo otorga, nombre de la persona
candidata, puesto y periodo de pago. Deberá presentar al menos 2 recibos por cada año
laborado. Sólo se computarán para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que
indiquen los recibos.
x.
Constancias de empleo en papel membretado u oficial, las cuales deberán especificar: fecha de
expedición, nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja,
indicando puesto(s) y/o funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona autorizada
para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución o
empresa.
xi. Carta como persona Becaria, en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición,
nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones
desempeñadas, con firma y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica
con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución o empresa.
178
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
xii. Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social, acompañada del Historial que contiene la información
de capacitación, el cual podrá obtener accediendo con su usuario y contraseña al portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado “Mi historial”.
xiii. Constancia de término y/o Liberación de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales, únicamente
para los concursos de nivel de Enlace. Quienes aspiren a ellos, podrán presentar dicho
documento emitido por la Institución en la cual se haya realizado o por la Institución educativa
que lo haya liberado así como las fechas de inicio y término, o con las cuales se acrediten las
áreas generales de experiencia solicitadas en el perfil del puesto de que se trate.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y/o término del empleo que se pretenda
comprobar, no serán considerados y no se computarán para el cálculo del tiempo de experiencia
para acreditar el requisito estipulado en el perfil del puesto que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan
fungido como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido
en forma unilateral por el propio trabajador.
En caso de que los comprobantes de experiencia hayan sido expedidos en el extranjero o bien, que
se presenten en un idioma diferente al español, deberán ser acompañados de una traducción simple,
firmada por la persona candidata.
k)
Presentar las constancias con las que acredite su Mérito.
Para la valoración del Mérito podrá presentar los documentos que lo comprueben tales como:
i.
Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas servidoras públicas de
carrera titulares, y se calificarán de acuerdo con las Calificaciones obtenidas en las evaluaciones
de desempeño anual. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en
la última evaluación del desempeño anual, por lo que podrá presentar la hoja resumen de la
última evaluación, que contiene la calificación final obtenida, ésta deberá presentar firma y sello
de la dependencia donde fue evaluada, o en su defecto podrá presentar la información de
evaluaciones de desempeño que obtenga desde Rhnet. Para obtener las calificaciones de la
evaluación de desempeño desde RHnet deberá ingresar con su usuario y contraseña al portal
www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en
Consulta Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego dar clic
en “Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el resumen. En caso de no
contar con su evaluación desde RHnet, deberá dirigirse al área de Recursos Humanos
de su dependencia, para obtener ayuda.
ii.
Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas servidoras públicas
de carrera titulares, y se califica a través del promedio de la calificación de las acciones de
capacitación obtenidas por el servidor público de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato
anterior; esta calificación está contenida en la hoja resumen de la última evaluación de
desempeño y deberá estar firmada y sellada por la institución emisora.
iii. Resultados de procesos de certificación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de
carrera titulares, y se calificará de acuerdo con el número de capacidades profesionales
certificadas vigentes obtenidas en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera,
comprobables en la hoja resumen de la última evaluación del desempeño. En caso de haberse
certificado como persona servidora pública de carrera y no contar con su constancia, deberá
solicitarla en el área de Recursos Humanos de su dependencia.
iv. Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas candidatas en su labor
o campo de trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o
fortalecieron las funciones de su área de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron
beneficio a la ciudadanía, por lo que podrá presentar las constancias respectivas como:
certificaciones en competencias laborales o habilidades profesionales distintas a las del Servicio
Profesional de Carrera publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros)
relacionadas con su campo de experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo
político o religioso.
v.
Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión
o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten alguno o varios
de los siguientes supuestos: fungir como persona presidenta, vicepresidenta o integrante
fundadora de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de investigación,
gremiales, estudiantiles o de profesionistas); recibir un título honorífico o un grado académico
honoris causa, otorgado por universidades o instituciones de educación superior; o por
graduarse con mención honorífica o con alguna distinción. En ningún caso se considerarán
distinciones de tipo político o religioso.
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DIARIO OFICIAL
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vi. Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado a la persona
candidata por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado, debido a la consecución
de algún mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá
presentar las constancias que acrediten la obtención de un reconocimiento o premio otorgado a
nombre de la persona candidata; reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de
investigación, a nombre de la persona candidata; en congresos, coloquios o equivalentes;
reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público; primer, segundo o tercer lugar,
que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los
concursos del SPC. En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político,
religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o
equivalente.
vii. Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores resultados, que
sobresalen en una profesión, ajena al campo de trabajo, del resto del quienes participan en la
misma, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado
académico obtenido en el extranjero, con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de
Educación Pública (SEP); patente a nombre de la persona candidata; servicio o misión realizada
en el extranjero; derechos de autor por obras publicadas a nombre de la persona candidata;
servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento de donativos).
En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
viii. Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el
perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o del grado
máximo de estudios, concluido con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel
de estudio y al grado de avance requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por lo que
podrá presentar constancias de Diplomados, constancias de terminación de estudios, Título o
cédula profesional de nivel licenciatura, especialidad, maestría o doctorado.
ix. Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua —en este caso, una de las
68 lenguas indígenas―, a la capacidad de usarla apropiadamente en determinadas situaciones
sociales. En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los
siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que señala
que es hablante de una lengua indígena nacional. - Acreditación de competencias comunicativas
generales, expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) o por alguna otra
instancia acreditada por esta misma institución (con un resultado regular o bueno). - Acreditación
o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas, que avalen, al menos, un nivel
básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes. -Materiales elaborados en lenguas
indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios,
etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente su
autoría. -Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o
ha sido parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de
lenguas indígenas. -Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la
interpretación o la atención en lengua indígena; o bien, mediante una traducción).
Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Inali o por
alguna otra instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado excelente).
-Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros, en alguna lengua indígena o sus variantes,
independientemente del campo de estudio del que se trate. En la presentación de estas
publicaciones se deberá acreditar fehacientemente su autoría. -Evidencias de trabajo que avalen
su experiencia como intérprete, mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de lenguas indígenas
(oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.)
En la presentación de estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
x.
Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
Acto voluntario, al tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que
se manifiesta la identificación propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente,
se calificará de acuerdo con la manifestación que realice la persona candidata en la revisión
documental durante el concurso, identificando por escrito de declaración de autoadscripción, el
nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
xi. Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento de
mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos
de escolaridad y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del
puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que compruebe que al momento de la
publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
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xii. Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas que, a pesar de
presentar una discapacidad, cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia,
establecidos previamente en la descripción y perfil del puesto en concurso. Se calificará a la
persona candidata que se autoreconozca como persona con discapacidad. La persona
participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su discapacidad.
l)
No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho
de solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión
curricular y documental en cualquier etapa del proceso; de no acreditarse su existencia o
autenticidad, se descalificará automáticamente, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la
Secretaría de Gobernación, que se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
Al término de la Revisión Documental y una vez firmados los formatos de la etapa de Revisión Documental,
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, por aquellas personas que intervengan en éste, se
estarán aceptando los términos y condiciones, así como los puntajes señalados.
3ª. Registro de personas aspirantes.
La inscripción o el registro de aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de Publicación
de la Convocatoria en el DOF, a través de la página TrabajaEn en la dirección: www.trabajaen.gob.mx.
Al aceptar las presentes Bases, se asignará un número de folio de participación para el concurso, que servirá
para formalizar la inscripción a éste e identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la
Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato de quienes participan.
Programa del concurso:
Fase o Etapa
Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria
29 de abril del 2026
Registro de personas aspirantes y Revisión curricular (en la
herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 29 de abril al 13 de mayo del 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El 14 de mayo del 2026
Examen de Conocimientos Técnicos
A partir del 18 de mayo de 2026
Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal
A partir del 18 de mayo de 2026
Revisión Documental.
De conformidad con lo referido en el Apartado: 2ª.
Documentación requerida.
A partir del 18 de mayo de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 18 de mayo de 2026
Evaluación de Habilidades
A partir del 18 de mayo de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir del 18 de mayo de 2026
Determinación
A partir del 18 de mayo de 2026
En razón del número de aspirantes que participen en cada una de estas fases o Etapas, podrán estar sujetos
a cambios sin previo aviso, el orden de las mismas, las fechas y horarios; por lo que se recomienda dar
seguimiento al concurso a través de sus mensajes del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx de manera
puntual.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se realizará en las mismas fechas
y horarios en su totalidad. Sin embargo, en caso de no contar con el suficiente espacio físico para aplicar una
herramienta de evaluación como se señaló, la DGRH podrá aplicarla de manera diferida en grupos, pero en
ningún caso se diferirá a una sola persona.
Si el índice de participación es de más de 250 personas, para la etapa de Evaluación de Conocimientos
Técnicos, la DGRH podrá dividir la aplicación de la evaluación en los días hábiles que resulten necesarios,
siempre y cuando éstos sean continuos y se anexe al expediente respectivo la evidencia documental
fehaciente, del total de registros de inscripción en el proceso.
4ª. Temarios.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados únicamente en la
convocatoria difundida en el portal www.trabajaen.gob.mx.
5ª. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Gobernación comunicará a cada persona aspirante, la fecha, hora, lugar y/o medio en que
deberá aplicar las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, exclusivamente a través de
la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes”.
Es importante mencionar que la DGRH de esta Secretaría, aplicará las herramientas de evaluación en
instalaciones propias, para el ingreso al inmueble se permitirá únicamente el acceso con la documentación
solicitada y bolígrafo, sin bolsas, mochilas o cualquier otro artículo adicional.
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De conformidad con el artículo 254 de las “Disposiciones” la invitación se enviará con al menos dos días
hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se especificará la
duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de
todos los exámenes, será de diez minutos, considerando como hora referencial la hora oficial de la Ciudad
de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de recepción.
Toda persona aspirante deberá considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus
traslados ya que, de acuerdo con el principio de igualdad de oportunidades, NO procederá la reprogramación
de las fechas y horarios para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de las o de los
candidatos bajo ningún motivo. Transcurrido dicho tiempo no se permitirá por ningún motivo la aplicación de
ninguna de las etapas.
Quienes por decisión propia registren su participación para dos o más concursos en esta Secretaría y las
etapas de éstos sean programados el mismo día, hora y lugar; con la finalidad de hacer prevalecer el principio
de imparcialidad del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
deberán elegir el concurso por el cual continuará su participación, ya que una vez iniciada la sesión, por
ningún motivo se aplicarán exámenes y/o evaluaciones después de transcurrido el tiempo de tolerancia de la
etapa en proceso, razón por la cual, no podrá aplicarse más de una evaluación de manera simultánea.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán lo siguiente:
I. ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 70, en una escala
de 0 a 100 sin decimales. Las personas que acrediten el examen de conocimientos técnicos podrán realizar la
segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de conocimientos técnicos para obtener la
calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un
resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y
hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal, será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Los resultados aprobatorios de cada examen tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en
que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35
del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de
resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos Técnicos, éstos tendrán vigencia de un año, en
relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los
conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de quienes hubieran
aplicado las Evaluaciones de Conocimientos Técnicos en esta Dependencia del Ejecutivo Federal en la plaza
de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos
mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarse expresamente mediante escrito fundamentado y
firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo establecido para el
registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido a quien funja como persona Secretaría
Técnica
del
Comité
Técnico
de
Selección
y
enviado
a
la
siguiente
dirección
electrónica:
reclutamiento1@segob.gob.mx. La solicitud podrá ser atendida de manera favorable siempre y cuando se
trate del mismo puesto, temario y bibliografía. El escrito deberá incluir el nombre del puesto, número de
concurso y código de puesto de aquel resultado al que solicite la revalidación.
En caso de que una persona aspirante requiera revisión del examen de Conocimientos Técnicos, deberá
solicitarla a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a quien funja como persona Secretaría Técnica del
Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx.
Es importante señalar que, únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta
aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados. No procederá la revisión
respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
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Respecto a las calificaciones obtenidas en el Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, el resultado obtenido estará vigente por un año a partir del registro de calificaciones y
aplicará para todos los concursos de la Administración Pública Federal si es igual o mayor a 60 puntos de
100, en caso de que el resultado obtenido sea inferior a 60 puntos de 100, y la persona candidata desee
renunciar al mismo, deberá remitir su solicitud a la cuenta de correo trabajaen@buengobierno.gob.mx, que
administra la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Con respecto a la aplicación de evaluaciones para las personas aspirantes que pudieran presentar alguna
discapacidad sensorial visual, y a petición de la persona interesada, se podrá designar a personal del área de
reclutamiento y selección para asistirla, dando lectura en voz alta de la totalidad de preguntas y opciones
de respuesta para que, de este modo, cuente con los elementos operativos para dar respuesta a la evaluación
de que se trate. En caso de que alguna persona aspirante presente algún tipo de discapacidad no
considerado en las presentes bases de participación, que pudiera representar un obstáculo en su
participación, será atendido conforme a la 15ª base de participación “Disposiciones generales”.
A. Procedimiento para el registro y aplicación del Examen de Conocimientos Técnicos es el
siguiente:
a)
Personal del área de Ingreso iniciará la revisión de los documentos 10 minutos antes de la hora de la cita
y revisará quien es la última persona que llegó considerando el tiempo de tolerancia de 10 minutos
posteriores a la cita, tomando como referencia el reloj del equipo de cómputo de recepción;
b)
Se revisarán los 2 documentos en los términos solicitados en la convocatoria y mensaje de invitación:
impresión de la página de bienvenida de Trabajaen legible que refleje su nombre escrito correctamente y
folio, e identificación oficial vigente (Credencial para Votar INE vigente, Pasaporte vigente o Cartilla del
Servicio Militar Nacional con hoja de liberación) y su respectiva copia legible; en caso de contar con los
elementos descritos, serán sellados y se permitirá el acceso al inmueble. En este acto se indicará el piso
y sala al que deberán presentarse.
c)
Una vez en las salas de aplicación de evaluaciones, se dará la indicación del momento en que se
procederá a la captura de datos en el Sistema de Control de Evaluaciones por parte de las personas
candidatas, para lo que requerirá de los datos de CURP y RFC, que se encuentran en su página de
bienvenida de Trabajaen. Se procederá a verificar que los datos descritos sean correctos;
d)
Ante el incumplimiento de los documentos en los términos solicitados y/o no se presente en la fecha y
horario señalados (considerando el tiempo máximo de tolerancia de 10 minutos), no será registrada
persona alguna;
e)
Una vez que las personas aspirantes ingresen a la sala de evaluaciones de la DGRH, personal del área
de reclutamiento y selección asignará un equipo de cómputo en la sala “C” y procederá a su registro en la
lista de asistencia. Todas las personas aspirantes deberán resguardar sus dispositivos electrónicos.
De conformidad con el artículo 227 de las “Disposiciones” en su fracción III “No se permitirá el uso de
teléfonos celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como
discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como cualquier
otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o
almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o se requiera su
utilización como medio de apoyo para la evaluación. Estos dispositivos serán resguardados en sobres de
seguridad destinados a ese efecto, durante el tiempo que dure la evaluación respectiva.
B. Procedimiento para el registro y aplicación del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal:
a)
Las personas candidatas deberán presentarse con los 2 documentos en los términos solicitados en la
convocatoria y mensaje de invitación: página de bienvenida de Trabajaen legible que refleje su nombre y
folio impreso e identificación oficial vigente (Credencial para Votar INE vigente, Pasaporte vigente o
Cartilla del Servicio Militar Nacional con hoja de liberación) y su respectiva copia legible.
b)
Los datos de Correo electrónico y contraseña con los que ingresa a su cuenta personal en el portal
electrónico Trabajaen, siendo estos últimos elementos indispensables para la aplicación de la evaluación;
de ser incorrectos o no contar con ellos, no podrá realizar esta etapa.
c)
La Evaluación de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, se aplicará a través del
Módulo Generador de Exámenes administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en las
instalaciones de la DGRH de la Secretaría de Gobernación.
C. Evaluaciones de habilidades
La subetapa de evaluación de habilidades no tiene calificación mínima aprobatoria, considerando para los
cálculos del sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales. Asimismo, se informa
que estas evaluaciones se obtienen de pruebas psicométricas, por lo que no existe temario o guía de estudio.
Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores aplicadas en concursos de la Secretaría de
Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas capacidades
a evaluar.
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La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefatura Departamento corresponderá al
Nivel Intermedio, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados mientras que para
el rango de Subdirección corresponderá al Nivel Ejecutivo de las mismas habilidades (Trabajo en Equipo y
Orientación a Resultados). Para los rangos de Dirección de Area y Dirección General corresponderá el Nivel
Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados arrojados en esta
etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de estos se exprese con decimales, éstos no se
redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO serán motivo de
descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se reflejará para todos los procesos de
ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel Intermedio o Nivel Ejecutivo,
tiempo en que la persona aspirante podrá:
a)
Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando
correspondan al mismo nivel, y
b)
Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en que se den a conocer a través de Trabajaen.
Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad del
desarrollo de un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a
la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se establece el
siguiente criterio:
Los resultados obtenidos en las evaluaciones de habilidades de SEGOB serán irrenunciables durante el año
de su vigencia.
II.
ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO
Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como
la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte.
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los elementos que se
calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
-
Orden en los puestos desempeñados;
-
Duración en los puestos desempeñados;
-
Experiencia en el Sector público;
-
Experiencia en el Sector privado;
-
Experiencia en el Sector social;
-
Nivel de responsabilidad;
-
Nivel de remuneración;
-
Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante, y
-
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
-
Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrera titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como persona servidora pública de carrera titular.
-
Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrera titulares
-
Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrera titulares
-
Logros;
-
Distinciones;
-
Reconocimientos o premios;
-
Actividad destacada en lo individual;
-
Otros estudios;
-
Habla de lengua indígena;
-
Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana;
-
Perspectiva de juventudes, y
-
Personas con discapacidad.
III. ETAPA DE ENTREVISTA
A. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones serán considerados para elaborar el
listado de personas candidatas con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación
para la etapa de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación
establecidos en la Secretaría de Gobernación, basada en los artículos 271 y 272 de las “Disposiciones”.
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B. Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización y del CTS de la Secretaría de Gobernación,
pasarán a la etapa de Entrevista, las tres personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto
apego al orden de prelación registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo con el
orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de
las personas candidatas que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de personas
candidatas que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y sólo se entrevistarían, en caso
de NO contar al menos con una persona finalista de entre las tres personas candidatas ya entrevistadas.
C. El Comité Técnico de Selección sesionará por medios remotos de comunicación electrónica.
Las personas aspirantes podrán solicitar que su participación se realice en las instalaciones de la DGRH,
o bien, fuera de ellas.
Será requisito indispensable para quienes participen en esta etapa, notificar a través de correo electrónico
a las cuentas: reclutamiento1@segob.gob.mx y asalazar@segob.gob.mx la elección de desarrollarla
dentro o fuera de la DGRH con anticipación.
En caso de optar por la participación dentro de las instalaciones de la DGRH deberá presentarse la
persona candidata dentro del tiempo de tolerancia (10 minutos) con los siguientes elementos:
a)
Pantalla del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de participación impreso;
b)
Formato de Notificación de Ingreso, impreso y firmado por la persona candidata;
c)
Identificación oficial vigente original y copia,
En caso de optar por la participación fuera de las instalaciones de la DGRH adjuntar al correo de
notificación:
a)
Manifestar que se cuenta con los elementos técnicos necesarios para el óptimo desarrollo de la
etapa;
b)
Pantalla del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de participación;
c)
Formato de Notificación de Ingreso, en formato PDF y firmado por la persona candidata;
d)
Identificación oficial vigente digitalizada, y
e)
Será obligación de la persona candidata: contar con el espacio adecuado, funcional y cómodo para la
realización de la etapa (iluminación, ventilación, tranquilidad, espacio, sin distracciones); contar con
equipo electrónico con las especificaciones técnicas requeridas para el adecuado desarrollo de la
etapa (cámara web, micrófono, audio, internet con velocidad de 20 MB cuando menos,
preferentemente equipo de cómputo).
Al realizar la entrevista por medios remotos de comunicación electrónica fuera de las instalaciones de la
DGRH, la persona aspirante acepta los términos mencionados sin responsabilidad para la Secretaría de
Gobernación de: la falla del equipo electrónico, del uso inadecuado de la plataforma destinada para tales
efectos, de problemas técnicos y/o inconvenientes que pudieran presentarse y que limiten o impidan el
desarrollo de la entrevista; aceptando las calificaciones que resulten de cada etapa.
En caso de que no contar con equipo electrónico con las especificaciones técnicas señaladas para su
participación virtual, las personas aspirantes podrán acudir a las instalaciones de la DGRH de la
Secretaría de Gobernación, ubicadas en Río Amazonas No. 91, Col. Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc,
a desahogar la etapa vía remota con los integrantes del CTS.
D. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección en la Entrevista utilizará el modelo
CERP, el cual está basado en competencias que contempla los siguientes elementos:
-
Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento(favorable o adverso).
-
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones (simple o compleja).
-
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas (sin impacto o con impacto).
-
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento (protagónica o
como miembro de equipo).
La entrevista permitirá la interacción de cada una de las personas integrantes del Comité Técnico de
Selección con la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y
conocimientos vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso,
considerando con los elementos arriba señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las
personas candidatas y quedarán plasmadas en el reporte individual.
Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
consideradas personas aptas para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 40, fracción II de su
Reglamento.
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IV. ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación declarando:
A. Ganador o ganadora del concurso: a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva. La persona que funja como Presidenta
del CTS, persona superior jerárquica del puesto en concurso, podrá por una sola vez y bajo su estricta
responsabilidad, vetar durante la determinación a la persona finalista seleccionada por las demás
personas integrantes del CTS para ocupar el puesto, fundando y motivando debidamente su
determinación en el acta correspondiente, en cuyo caso el CTS elegirá a la persona que ocupará el
puesto entre las restantes personas finalistas.
B. A la persona finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto
sujeto a concurso en el supuesto de que, por causas ajenas a la dependencia, quien hubiese resultado
ganador o ganadora, señalado en el inciso anterior:
a)
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
b)
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
C. Desierto el concurso.
D. La puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en las etapas del concurso,
señaladas en la 6ª base, Reglas de Valoración General y Sistema de Puntuación, de la presente
convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido hasta antes de la entrevista, que
servirá para establecer el orden en el que presentarán la entrevista las personas candidatas.
La Determinación que resuelva el CTS se realizará con base en la calificación definitiva obtenida por cada
persona finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en etapas
previas por si solas, no significan que el CTS, deba considerar persona ganadora a la persona candidata
que pase en los primeros lugares a la entrevista, sino a la persona finalista con el puntaje total más alto.
E. La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso
de existir, las personas finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes,
los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones de la propia
determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por quien presida el CTS.
6ª. Reglas de Valoración General y Sistema de Puntuación
El listado de aspirantes en orden de prelación se integrará de acuerdo con los resultados obtenidos por los
puntajes más altos en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente Sistema de
Puntuación General
Etapa
Subetapa
Total por
Subetapa
Total por etapa
II. Exámenes de
conocimientos y
evaluaciones de
habilidades
Examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal
30
50
Exámenes de conocimientos técnicos
Evaluación de habilidades
20
III. Evaluación de
la experiencia y
valoración del
mérito de los
candidatos
Evaluación de la experiencia
10
20
Valoración del mérito de los candidatos
10
IV. Entrevistas
-
30
30
TOTAL
100
* Se asignará un puntaje único de 10 puntos para aspirantes a puestos de nivel de Enlace, de conformidad
con lo señalado en el artículo 231 de las “Disposiciones”.
7ª. Publicación de Resultados
Los resultados de los concursos serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx máximo
dentro de los 3 días hábiles posteriores a la aplicación de cada etapa.
8ª. Reserva de Aspirantes
Las personas que hayan sido entrevistadas por el Comité Técnico de Selección que no resulten ganadoras del
concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de Aspirantes del Cuerpo
de Función o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año, contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Las personas finalistas estarán en posibilidad de convocarse durante el periodo que dure su permanencia en
la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el
Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en concursos bajo la
modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.
9ª. Declaración de Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso
por las siguientes causas:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerada finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos del Comité Técnico de Selección.
10ª. Cancelación de Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de los puestos en los supuestos siguientes:
I.
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la
ocupación del puesto de que se trate o,
II.
El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a
laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna
persona o,
III. Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del
puesto en cuestión.
11ª. Principios del Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y de las “Disposiciones”.
12ª. De los motivos de descarte.
De conformidad con el artículo 36 Bis, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, cuando una persona no cumpla con algún requisito establecido en la
convocatoria, no podrá continuar su participación en el proceso de selección, y se le deberá notificar el motivo
y el fundamento de esta determinación.
Serán considerados motivos de descarte en las Etapas II, III y IV establecidas en el artículo 34 del
RLSPCAPF:
Etapa II “Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. Para el inicio de todas las etapas, el tiempo
de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como hora referencial la
oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de
recepción.
•
Para la etapa del Examen de Conocimientos Técnicos:
i.
El registro incorrecto del folio de participación en el Sistema de Control de Evaluaciones, por lo que
es estricta responsabilidad de la persona aspirante, la correcta captura de sus datos en el sistema de
aplicación de la evaluación.
ii.
El uso de material de consulta, impreso o digital durante la aplicación de evaluaciones.
iii. El uso de dispositivos electrónicos durante la aplicación de la evaluación.
•
Que como resultado de la evaluación de Conocimientos Técnicos, se obtenga una calificación inferior a
70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
•
Que del promedio obtenido del “Examen de conocimientos técnicos” y el “Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal” se obtenga una calificación inferior a 60, en una escala
de 0 a 100 sin decimales.
•
El uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles
como discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como
cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar,
registrar o almacenar las evaluaciones.
•
Incurrir en conductas que contravengan a los principios rectores del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal en contra del resto de las personas aspirantes o de las personas
encargadas de la aplicación de la etapa.
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DIARIO OFICIAL
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Etapa III “Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de los candidatos”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. En caso de que los documentos
presentados no cubran con estos requisitos será motivo de descarte del concurso. Para el inicio de todas
las etapas, el tiempo de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como
hora referencial la oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo
del área de recepción.
•
Al momento de cotejar la documentación original o copia certificada solicitada para la etapa,
el RFC presentado no coincida con el registro reflejado en la cuenta de la persona candidata
(Hoja de Bienvenida) en el portal www.trabajaen.gob.mx.
•
Al momento de cotejar la documentación original o copia certificada solicitada para la etapa,
el CURP presentado no coincida con el registro reflejado en la cuenta de la persona candidata
(Hoja de Bienvenida) en el portal www.trabajaen.gob.mx.
•
No presentar documento original y/o copia certificada legible de alguno de los elementos enlistados en la
3ª Base de Participación de la presente Convocatoria denominada “Documentación requerida” así como
las especificaciones señaladas en ésta.
•
No acreditar fehacientemente su identidad y los requisitos establecidos en el perfil del puesto y en las
bases de la convocatoria a través de constancias originales conforme a lo registrado en el Catálogo de
Puestos y Catálogo de Experiencia de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
•
No acreditar la escolaridad solicitada en el perfil del puesto a concursar.
•
No acredita la experiencia solicitada en el perfil del puesto a concursar.
Etapa IV “Entrevistas”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. Para el inicio de todas las etapas, el tiempo
de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como hora referencial la
oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de
recepción.
•
No contar con los elementos que permitan el óptimo desarrollo de esta etapa: espacio adecuado,
funcional y cómodo para la realización de la etapa (iluminación, ventilación, tranquilidad, espacio, sin
distracciones); contar con equipo electrónico con las especificaciones técnicas requeridas para el
adecuado desarrollo de la etapa (cámara web, micrófono, audio, internet con velocidad de 20 MB cuando
menos, preferentemente equipo de cómputo). En caso de presentar inconsistencias que impidan el
desarrollo de la etapa, el CTS considerará esta situación como una inasistencia.
13ª. Resolución de dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas aspirantes formulen con relación a
los puestos y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico en el número 551102-6000,
Ext. 16158, 16038, 16157, 16200 y 16135, con un horario de atención de lunes a viernes 10:00 a 14:00 horas
y de 16:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario y el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, así como la solicitud para la renuncia a los resultados aprobatorios de los exámenes de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para
el Servicio Público en la cuenta de correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
14ª. Inconformidades
Aquellas personas concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Organo Interno de
Control en la Secretaría de Gobernación, en Calle Bahía de Santa Bárbara número 193, Pisos 3, 4 y 5,
Colonia Verónica Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11300, Ciudad de México, en términos de
lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su
Reglamento.
15ª. Procedimiento para reactivación de folios
Una vez cerrada la Etapa I: Revisión Curricular, la persona participante tendrá 1 día hábil, siguiente a la fecha
de cierre de la Etapa I, para enviar su escrito de petición de reactivación de folio al correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, en un horario de 9:00 a 18:00 horas. Cualquier solicitud que se presente
posterior al periodo y horario señalado, no será procedente.
I. La solicitud que se remita, vía correo electrónico, deberá contener un archivo en PDF con la siguiente
documentación anexa:
A. Escrito de solicitud, el cual deberá contar con las siguientes características:
a)
Deberá de dirigirlo al Comité Técnico de Selección respectivo;
b)
Colocar la fecha en que se realiza la solicitud;
c)
Justificación del porqué considera se debe reactivar su folio;
d)
Número de Folio de Rechazo que le proporciono el sistema Trabajaen (ejemplo: RX-99999);
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
e)
Indicar la dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y
resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo;
f)
Indicar el número de fojas útiles en su escrito de petición, y
g)
Nombre y firma de la persona solicitante.
B. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo;
C. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones
que ha presentado y sus vigencias, y
D. Escaneo en formato PDF de los documentos probatorios de su experiencia laboral y escolaridad, con las
características indicadas en la 2ª base de participación de la presente convocatoria;
II. De conformidad al artículo 261 de las “Disposiciones” no será procedente la reactivación de folios cuando:
A. La persona candidata cancele voluntaria o involuntariamente su participación en el concurso.
B. Exista duplicidad de registros en TrabajaEn.
Adicionalmente no será procedente en caso de:
A. No cumplir con alguno de los requisitos que se mencionan en el apartado I de éste mismo numeral 15ª.
B. En caso de que el Comité Técnico de Selección al realizar el análisis y revisión de la solicitud, identifique
que no cumple con los requisitos que solicite el perfil del puesto.
Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS procederá al descarte de la persona
candidata.
III. Recibidas las solicitudes de reactivación de folios, la persona Secretaría Técnica del Comité Técnico de
Selección, convocará en un término no mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de Selección, a
efecto de analizar y determinar la procedencia o no, de la solicitud la persona participante.
La DGRH, notificará a la persona participante el acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección.
16ª. Disposiciones generales
I.
En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación.
II.
Las personas aspirantes de responsabilizarán de los traslados y gastos erogados como consecuencia de
su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente Convocatoria sin responsabilidad
alguna a cargo de la Secretaría de Gobernación.
III. Los datos personales de quienes concursan son confidenciales, aun después de concluido el concurso.
IV. Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de servidora o servidor público de carrera
titular, para poder nombrarse en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación
necesaria que acredite haberse separado del cargo anterior, toda vez que no puede permanecer activa o
activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo
11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
V. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre la persona ganadora de concurso,
deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará
renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre quienes se hubieran determinado
finalistas con la siguiente calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75,
fracción I de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
VI. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección conforme a las disposiciones aplicables.
VII. En el supuesto de que, durante el desahogo del proceso de selección, las autoridades sanitarias llegaran
a emitir disposiciones para prevenir contagios relacionados con cualquier contingencia sanitaria, éstas se
harán del conocimiento de las personas participantes, quienes deberán cumplir con las medidas que se
indiquen en el respectivo mensaje de invitación (por ejemplo: uso de cubrebocas obligatorio, sana
distancia).
VIII. Todos los comunicados relacionados con la presente convocatoria se enviarán a través de la plataforma
Trabajaen, por lo que el día, hora y lugar en la que se deberán presentar las personas aspirantes a las
etapas del procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos, será notificado a través
de su centro de mensajes del portal de Trabajaen con al menos dos días hábiles de anticipación, por lo
que es responsabilidad de las personas participantes dar seguimiento a dicho portal.
Ciudad de México a 29 de abril de 2026.
"Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio"
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, firma el Secretario Técnico y
Subdirector de Análisis de Informes del Servicio Profesional de Carrera
Lic. Ignacio Chávez Torres
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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Secretaría de Hacienda y Crédito Público
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 1157
DIRIGIDA A TODA PERSONA INTERESADA, QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL
DE CARRERA CONSIDERANDO EL CRITERIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION
“IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES, BAJO LOS PRINCIPIOS RECTORES DE IGUALDAD
Y NO DISCRIMINACION”, CONFORME AL ARTICULO 1° FRACCION III DE LA LEY FEDERAL
PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION
El Comité Técnico de Selección en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los
artículos 21, 23, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 09 de
enero de 2006; 17, 18, 32, fracción II, y 34 al 40 de su Reglamento, última reforma publicada en el DOF el 04
de enero de 2024; 230, 241, 242, 243, 246, 247, 253, 254, 255, 256 y 271 del ACUERDO por el que se
establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2025; emite la siguiente Convocatoria Pública y Abierta
dirigida a toda persona interesada en ingresar al Servicio Profesional de Carrera, para ocupar los siguientes
puestos vacantes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
Nombre del Puesto:
Coordinación de Información y Comunicación
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-112-1-M1C025P-0000340-E-C-Q
Rama de Cargo:
Comunicación Social
Nivel
(Grupo/Grado):
M43
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$130,377.00 (Ciento treinta mil trescientos setenta y siete pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Comunicación Social y Vocero
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Retos y complejidad en el desempeño del puesto: El puesto requiere de
habilidades y conocimientos específicos para la solución de problemas.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 7 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencia Política
Opinión Pública
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de Empresas
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
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DIARIO OFICIAL
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Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Lenguaje Ciudadano: Lenguaje Claro y Comunicación Social
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Determinar el diseño de las estrategias de comunicación y difusión
acreditando, en coordinación con el área a cargo de las actividades de
difusión, comunicación interna, promoción y las que ejecuten actividades
similares en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de
Administración Tributaria, su implementación, con el propósito de que la
emisión de mensajes permita informar clara y oportunamente a la opinión
pública en general sobre las acciones y logros en materia financiera,
económica, social, fiscal, bancaria, de divisas y de precios y tarifas de bienes
y servicios del sector público, competencia de la Secretaría.
2.
Proponer el establecimiento de los criterios de planeación y programación de
los recursos presupuestales, en conjunto con las unidades administrativas
competentes y con base en la estrategia de comunicación social establecida,
con el fin de llevar a cabo la contratación de los servicios de radio, televisión,
cine, impresos y otros medios requeridos para el desarrollo del Programa
Anual de Comunicación Social.
3.
Coordinar en conjunto con las unidades administrativas competentes se
realicen las campañas de difusión, a través de los medios de comunicación
nacional y extranjeros, para dar a conocer con base en la estrategia de
comunicación los cambios y adecuaciones de la política fiscal.
4.
Conducir la ejecución del Programa Anual de Comunicación Social de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público y, en su caso, proponer a las
unidades administrativas, las modificaciones que se consideren pertinentes,
así como el coordinar la instrumentación del Programa Anual de
Comunicación Social de los Organos Desconcentrados y Entidades del Sector
Coordinado por la Secretaría, verificando la aplicación de las normas y
lineamientos generales en la materia, con el fin de que los recursos
presupuestales asignados a comunicación social, se apliquen conforme a lo
programado en el ejercicio fiscal correspondiente.
5.
Determinar los mecanismos de control para la estructuración de las pautas de
difusión en los diversos medios de comunicación, verificando que su diseño
se apegue a la estrategia de comunicación y al programa de trabajo, con el
propósito de presentarlas para su aprobación al Titular de la Unidad de
Comunicación Social y Vocero.
6.
Determinar, en conjunto con las unidades administrativas encargadas de
comunicación interna, la producción editorial de las publicaciones de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Servicio de Administración
Tributaria, revisando que el material cumpla con lo establecido en el manual
de imagen del Gobierno Federal y demás lineamientos para la publicación de
contenidos institucionales, con la finalidad de proporcionar a los grupos
interesados información clara, precisa y oportuna sobre normas y
disposiciones emitidas por la Dependencia en el ámbito de sus atribuciones.
7.
Conducir el desarrollo y la producción de materiales institucionales, dando a
conocer los criterios y el marco normativo a los que se sujetarán las
publicaciones que integren el programa editorial de la dependencia, con el fin
de homogeneizar el manejo de la imagen institucional.
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DIARIO OFICIAL
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8.
Dirigir la preparación de materiales de difusión internos de la Secretaría y
el SAT, vigilando que el diseño cumpla con los criterios establecidos en el
manual de imagen del Gobierno Federal con el fin de someterlos a
consideración de las unidades administrativas correspondientes.
9.
Proponer el diseño de las ediciones de la dependencia, verificando que se
realicen de acuerdo con las políticas y criterios establecidos en el manual para
el ordenamiento de las herramientas de comunicación cuando se involucre el
manejo de la imagen institucional, asesorando en materia editorial a los
órganos que integran el sector hacendario, con el fin de homologar la imagen
institucional.
10. Determinar los criterios para la integración del perfil de cada medio de
comunicación, definiendo los parámetros de clasificación, con el propósito
de soportar las directrices en la selección de información por parte de
terceros, así como el diseño de las estrategias de comunicación a seguir en
diferentes escenarios de información y comunicación.
11. Conducir la planeación, programación y ejecución de los recursos
presupuestales, con base en la estrategia de comunicación y en la
normatividad vigente, para el desarrollo del Programa de Comunicación
Social, Comunicación Interna y demás actividades que coadyuven al
fortalecimiento de la imagen de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
Servicio de Administración Tributaria y coordinadas del sector.
12. Determinar los criterios de selección de información, verificando su aplicación
en la concentración de la información que soporte la toma de decisiones, con
el propósito de contar con elementos para la contratación, seguimiento y
evaluación de los servicios de captación, así como de selección de
información difundida por los medios de comunicación entorno a la función
sustantiva de la SHCP, SAT y dependencias coordinadas del Sector
Hacienda.
13. Proponer el diseño de la estrategia del Programa de Comunicación Social de
la Secretaría de Hacienda y Crédito, del Servicio de Administración Tributaria
y de las entidades sectorizadas, aplicando la normatividad emitida por la
Presidencia de la República y las directrices de la programación sectorial, con
el propósito de proyectar en los medios y escenarios pertinentes la imagen y
el posicionamiento institucional, con plena observancia de los Lineamientos
emitidos por la Secretaría de Gobernación.
14. Dirigir la integración del anteproyecto de presupuesto del Programa de
Comunicación Social de la Secretaría de Hacienda y Crédito, del Servicio
de Administración Tributaria y de las entidades sectorizadas, mediante el
asesoramiento a las áreas responsables del desarrollo de programas, planes
e implementación de estrategias de comunicación social, a efecto de alinear
los programas y metas sectoriales con los objetivos y metas de la estrategia
del Programa de Comunicación Social.
15. Asegurar que el proceso para la recepción y despacho de los asuntos
recibidos se apegue a la normatividad establecida y se turne con base a las
instrucciones superiores, para su atención oportuna en tiempo y forma en
las unidades responsables competentes, facilitando el desarrollo de sus
funciones.
16. Dirigir la emisión de opiniones sobre temas económicos y financieros,
financieros y de interés nacional; así como sobre el establecimiento de los
criterios para consolidar los procesos de monitoreo, selección, organización,
análisis y almacenamiento de, mediante el análisis de datos generados por
diversas fuentes de información que soporten la integración de informes, con
el propósito de apoyar al Titular de la Unidad de Comunicación Social y
Vocero, en el ejercicio de sus funciones.
17. Informar al Titular de la Unidad de Comunicación Social, en el ámbito de su
competencia, sobre la ejecución de mecanismos de control para el diseño de
un sistema de tarifas de los diferentes medios de comunicación, verificando
que su estructura se apegue a la estrategia y al Programa de Comunicación
Social autorizado por la SEGOB, con el propósito de obtener las mejores
tarifas para las pautas de difusión en apego a los lineamientos normativos
emitidos por la Secretaría de Gobernación en materia de comunicación.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
18. Autorizar las estrategias para crear procesos de gestión de información
enfocados a fortalecer la relación de intercambio de datos con los medios de
comunicación internos y externos sobre los programas y actividades
sustantivas de la SHCP, aprovechando los medios de comunicación,
mediante el diseño e implementación de acciones y herramientas de
información adecuadas a las condiciones del contexto, con el propósito
de fortalecer la imagen institucional de la dependencia en el país y en el
extranjero.
19. Disponer la evaluación de la política de comunicación, coparticipando en las
directrices que aseguren su apego a la normatividad en materia de imagen
emitida por el Gobierno Federal, con el propósito de cumplir con los tiempos
programados, aprovechar el uso de tiempos fiscales y de estado, lograr una
mayor comprensión del mensaje por parte del contribuyente y público en
general, fortalecer la imagen institucional y transparentar el ejercicio de los
recursos públicos.
20. Conducir la dictaminación de los criterios de evaluación de los servicios y
medios de comunicación contratados para el desarrollo de las campañas de
difusión, determinando de manera conjunta con las unidades administrativas
los mecanismos de supervisión a aplicar durante el tiempo de ejecución de la
campaña de comunicación, con el propósito de verificar el cumplimiento de los
servicios contratados y proceder a la autorización del pago respectivo.
21. Dirigir el ejercicio de las funciones que en el marco de su competencia le
confiera y encomiende el/la Titular de la Unidad de Comunicación Social y
Vocero, en los términos de las disposiciones legales y administrativas, con el
propósito de dar cumplimiento a la normatividad vigente.
Nombre del Puesto:
Dirección de Seguimiento Técnico y Administrativo
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-M1C021P-0000509-E-C-D
Rama de Cargo:
Apoyo Técnico
Nivel
(Grupo/Grado):
M33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$96,526.00 (Noventa y seis mil quinientos veintiséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene subordinados a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
193
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 7 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Matemáticas
Ciencia de los Ordenadores
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Coordinar y dirigir los procesos para la asignación de recursos federales
destinados a la armonización contable, mediante la suscripción de convenios
de colaboración con entidades federativas y municipios, con el propósito de
asegurar la capacitación, profesionalización y modernización tecnológica
de los entes públicos.
2.
Supervisar la revisión y actualización de los términos y condiciones para la
distribución del fondo para la armonización contable, establecido en el
Presupuesto de Egresos de la Federación, mediante el análisis de los criterios
vigentes y supervisando se destinen a procesos de capacitación,
profesionalización y modernización tecnológica, con el fin de garantizar un uso
eficiente, transparente y alineado con los objetivos institucionales.
3.
Definir y actualizar los formatos y herramientas técnicas necesarias para la
solicitud, asignación, seguimiento y comprobación de los recursos federales
destinados a la armonización contable, asegurando su alineación con los
lineamientos normativos vigentes, la claridad en los requerimientos y la
eficiencia en su uso por parte de las Entidades Federativas, con el propósito
de facilitar su aplicación operativa, optimizar los procesos de gestión y
fortalecer la implementación efectiva de la armonización contable en los entes
públicos.
4.
Coordinar la atención y seguimiento de las consultas formuladas por las
Entidades Federativas y los Organos Estatales de Fiscalización durante el
proceso de incorporación a los recursos de armonización contable, mediante
canales eficaces de comunicación telefónica y electrónica, con el propósito de
brindar respuestas oportunas que contribuyan a una implementación eficaz en
el proceso de armonización contable en las entidades.
5.
Dirigir y validar la revisión del informe final relativo al ejercicio de los recursos
asignados para la armonización contable, mediante el análisis técnico de la
documentación presentada por las Entidades Federativas y los Organos
Estatales de Fiscalización, con la finalidad de verificar su alineación con los
lineamientos vigentes y asegurar la correcta aplicación del recurso, para
contribuir a la mejora de la gestión contable a nivel estatal y al fortalecimiento
del control y seguimiento del gasto público federal destinado a la
armonización contable.
194
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
6.
Organizar las reuniones de la persona Titular de la Unidad relacionadas con el
Consejo Nacional de Armonización Contable y del Comité Consultivo,
mediante la programación de la agenda, la convocatoria de los participantes,
la preparación de documentos de apoyo y la disposición espacios, equipos, a
fin de garantizar su desarrollo eficaz y ordenado.
7.
Coordinar el seguimiento y atención de los compromisos del Titular de
la Unidad, mediante la elaboración de informes y reportes, así como la
asistencia a reuniones y eventos, con el fin de dar seguimiento a los acuerdos
establecidos.
8.
Administrar el uso del sistema de recursos materiales de la Subsecretaría de
Egresos, mediante el registro, seguimiento y atención de las solicitudes
realizadas por el personal de la Unidad de Contabilidad Gubernamental, con
el propósito de gestionar de forma eficiente los servicios de mantenimiento,
servicios generales, bienes informáticos e inventarios, y así, garantizar una
atención oportuna, ordenada y suficiente, que permita al personal contar con
los recursos y herramientas necesarios para el adecuado desempeño de sus
funciones.
9.
Aplicar el apoyo y supervisión en la revisión y gestión del buzón del portal de
internet del Consejo Nacional de Armonización Contable, mediante la
recepción, registro y canalización oportuna de mensajes y consultas recibidas
a las áreas responsables, y así, garantizar el cumplimiento de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental y de toda la normatividad aplicable, con el fin
de facilitar la atención adecuada a las solicitudes y contribuir al buen
funcionamiento institucional.
10. Supervisar el manejo del archivo de trámite de la Unidad, mediante la revisión
y actualización de las políticas internas y del catálogo documental, con el
objetivo de estandarizar los procesos de conservación y gestión de archivos
sustantivos, y asegurar el cumplimiento de la normatividad aplicable en
materia archivística.
11. Coordinar y supervisar los procesos administrativos de la Unidad de
Contabilidad Gubernamental en materia de organización interna, mediante la
gestión de recursos humanos y evaluación del desempeño institucional y
programación de metas, en estrecha coordinación con la Coordinación
Administrativa General de la Subsecretaría de Egresos, con el fin de asegurar
el cumplimiento del marco normativo vigente y promover una cultura
organizacional orientada al mérito, la eficiencia y la mejora continua.
12. Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Dirección de Análisis de Normatividad Jurídica Contable
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-M1C021P-0000508-E-C-A
Rama de Cargo:
Normatividad y Gobierno
Nivel
(Grupo/Grado):
M33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción
Mensual Bruta:
$96,526.00 (Noventa y seis mil quinientos veintiséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene subordinados a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
195
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 7 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Organización Industrial y Políticas Gubernamentales
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad
Gubernamental
y
Marco
Jurídico
Administrativo
Presupuestario
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Supervisar la difusión de las normas contables emitidas por el Consejo
Nacional de Armonización Contable (CONAC), en coordinación con las áreas
de la Unidad, mediante el diseño e implementación de mecanismos eficaces
de publicación, con el fin de asegurar su conocimiento y aplicación oportuna
por parte de las entidades públicas.
2.
Coordinar la atención y resolución de consultas relacionadas con la Ley
General de Contabilidad Gubernamental y las disposiciones emitidas por el
Consejo, mediante la elaboración y análisis de proyectos de respuesta y
diagnósticos de criterios aplicables, con el fin de proporcionar a los
solicitantes, información clara y precisa que permita la correcta observancia y
aplicación de las disposiciones contables.
3.
Coordinar la participación de la persona Titular de la Unidad, en eventos,
conferencias, reuniones, simposios, seminarios y foros nacionales e
internacionales, mediante el análisis de las disposiciones jurídicas normativas
en materia de Contabilidad Gubernamental, con la finalidad de fortalecer la
toma de decisiones.
4.
Diagnosticar las disposiciones jurídicas vigentes en materia de Contabilidad
Gubernamental, mediante el análisis y evaluación de dichas disposiciones
jurídicas, con el propósito de verificar su adecuada aplicación y, en su caso,
proponer modificaciones o emitir nuevas disposiciones que fortalezcan el
cumplimiento normativo.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
5.
Coordinar y analizar las propuestas en materia jurídico-contable presentadas
por instituciones públicas, privadas, miembros de la sociedad civil, Entidades
Federativas y Municipios, entre otras instancias, mediante la elaboración y
evaluación de estudios técnicos y proyectos normativos, estableciendo
criterios de priorización y seguimiento, con el fin de someter dichas
propuestas a la revisión y consideración del CONAC para su posible
aprobación.
6.
Analizar el proyecto de respuesta para la atención de consultas de las
Entidades
Federativas
y
Municipios
en
materia
de
Contabilidad
Gubernamental, mediante la elaboración del análisis respectivo, y a su vez
proporcione a los solicitantes la información requerida y asegure su
conocimiento, a fin de que se observe la Ley General de Contabilidad
Gubernamental.
7.
Dirigir la elaboración de proyectos de opinión sobre asuntos normativos
contables solicitados por la persona Titular de la Unidad, mediante la
búsqueda, consolidación y análisis de información técnica y jurídica, con el
propósito de proporcionar respuestas fundamentadas y oportunas a las
consultas planteadas.
8.
Evaluar las iniciativas de ley provenientes del Congreso de la Unión y, en su
caso, de los congresos locales relacionadas con las funciones de la unidad,
mediante el análisis prospectivo y evaluación de impactos en el proceso de
Armonización Contable, con el fin de emitir opinión sobre su análisis,
fortaleciendo la toma de decisiones.
9.
Evaluar los estudios y proyectos sobre diversas normas contables, leyes y
decretos, solicitadas por el Titular de la Unidad, mediante el análisis de las
disposiciones vigentes, a fin de emitir opinión o propuestas de modificación a
las mismas.
10. Coordinar la comunicación entre las áreas de la Unidad y los Organos
Fiscalizadores, mediante el establecimiento de reuniones de trabajo, así como
la integración y análisis de información, para procurar la atención de las
auditorías en tiempo y forma.
11. Coordinar con las áreas de la Unidad la integración de respuestas dirigidas a
la oficina de enlace de la Subsecretaría de Egresos en materia de
transparencia y acceso a la información, mediante la consolidación y análisis
de la información requerida y en su caso autorizarlas con el fin de atender en
tiempo y forma las solicitudes conforme a los plazos legales establecidos.
12. Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Dirección de Análisis de Información
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-M1C018P-0000511-E-C-W
Rama de Cargo:
Estadística
Nivel
(Grupo/Grado):
M21
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$73,901.00 (Setenta y tres mil novecientos un pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto cuenta con personal a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere habilidades técnicas específicas
para la realización de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
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DIARIO OFICIAL
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Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 7 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Matemáticas
Estadística
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Ciencias Económicas
Contabilidad
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Control Evaluación y Apoyo al Buen
Gobierno
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Coordinar el análisis de los estados financieros correspondientes a la
Administración Pública Federal, los Poderes de la Unión y Organos
Autónomos, mediante la recopilación, clasificación y revisión de la información
obtenida, a fin de conocer la disponibilidad de recursos, la capacidad
financiera y la solvencia económica.
2.
Coordinar la depuración de los saldos registrados en los rubros de los estados
financieros del Poder Ejecutivo Federal, mediante el análisis de las cifras
contenidas en los mismos, con el fin de asegurar que los importes
presentados sean veraces y útiles para una adecuada toma de decisiones.
3.
Supervisar la publicación trimestral de los Estados e Información Financiera
del Poder Ejecutivo Federal, a través de la revisión y validación de los enlaces
electrónicos de la página de la Secretaría, a fin de garantizar el cumplimiento
de las disposiciones establecidas en la normatividad en materia de
contabilidad gubernamental.
4.
Supervisar y vigilar que los entes públicos federales difundan en su página de
internet de manera periódica su información financiera, mediante la revisión
de los enlaces electrónicos de dichos sitios, según las normas, estructuras y
formatos establecidos, a fin de asegurar el cumplimiento de la normatividad en
materia de contabilidad gubernamental.
198
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
5.
Coordinar la revisión y seguimiento de la información registrada por los Entes
Públicos Federales en el Sistema de Control y Transparencia de
Fideicomisos, mediante la descarga y análisis de datos reportados, con el fin
de verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable y garantizar la
transparencia, consistencia y adecuada gestión de los recursos fideicomitidos.
6.
Consolidar una base integral a partir de la información financiera generada por
los Entes Públicos Federales, que sirva de soporte para la elaboración de
análisis y diagnósticos institucionales, utilizando las herramientas electrónicas
disponibles, a fin de generar insumos estratégicos para la toma de decisiones
adecuada.
7.
Supervisar las variaciones entre el comportamiento presupuestal y contable
de la información financiera de los Entes Públicos Federales, mediante la
descarga, consulta y análisis de información de los sistemas coordinados por
la Unidad, con el fin de detectar desviaciones que comprometan la eficiencia,
eficacia o sostenibilidad del desempeño financiero.
8.
Vigilar que los sistemas contables coordinados por la Unidad generen
información financiera precisa y oportuna, mediante la verificación de que los
entes públicos obligados la registren dentro de los plazos establecidos,
garantizando la disponibilidad de datos confiables para la toma de decisiones
del superior jerárquico.
9.
Coordinar la revisión de la información remitida por los Entes Públicos
Federales a la Unidad de Contabilidad Gubernamental, verificando su
congruencia en los sistemas contables de la UCG, con el objetivo de
garantizar la entrega de cifras veraces y confiables para la toma de decisiones
del superior jerárquico.
10. Proponer y verificar la elaboración, modificación o actualización de la
normatividad contable en materia de Estados Financieros, mediante el análisis
técnico y la comprobación de su viabilidad operativa, con el propósito de que
dichas disposiciones contribuyan a la armonización contable en la
Administración Pública Federal, los Poderes de la Unión y Organos
Autónomos.
11. Coordinar la atención de las consultas técnicas y propuestas relacionadas con
el inventario de bienes muebles e inmuebles, formuladas por los entes
públicos, mediante la realización de mesas de trabajo, procesos de
retroalimentación y análisis de viabilidad, con el propósito de que dichos entes
cuenten con un padrón inventarial actualizado, preciso y confiable.
12. Proponer y verificar la actualización de lineamientos y criterios técnicos en
materia de inventarios de bienes muebles e inmuebles, mediante la
elaboración de propuestas normativas relacionadas con la contabilidad
gubernamental y control patrimonial, con el fin de establecer disposiciones
claras, armonizadas y actualizadas que faciliten el registro, control y
conciliación contable de los inventarios.
13. Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Subdirección de Gobierno de Datos e Integración de Información
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C017P-0000234-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel
(Grupo/Grado):
N33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$64,854.00 (Sesenta y cuatro mil ochocientos
cincuenta y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene personal a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para el
desarrollo de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
199
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas-Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 4 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Teoría y Métodos Generales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Disponibilidad para viajar: Sí
Frecuencia: A veces
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Establecer mecanismos para la integración de fuentes de información
presupuestaria y de desempeño, mediante la articulación de procesos
automatizados y la verificación de consistencia interinstitucional, a fin de
consolidar bases de datos unificadas que soporten el análisis estratégico.
2.
Supervisar la calidad y oportunidad de los datos gestionados por las áreas
operativas, mediante la aplicación de herramientas de control de calidad,
monitoreo de flujos de información y seguimiento de indicadores de gestión,
con el propósito de asegurar que los insumos analíticos sean robustos y
confiables.
200
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
3.
Generar en coordinación con el área competente de la UPER, acciones de
capacitación y acompañamiento técnico en materia de gobernanza y análisis
de datos, mediante la elaboración e impartición de programas formativos
dirigidos al personal de las sub áreas y usuarios finales, con el propósito de
fortalecer las capacidades institucionales y fomentar la cultura del uso de la
información para resultados.
4.
Proponer mejoras a los procesos presupuestarios y de seguimiento del
desempeño basadas en evidencia, mediante la elaboración de diagnósticos y
recomendaciones técnicas sustentadas en análisis de datos consolidados, a
fin de optimizar la eficiencia y la eficacia del gasto público.
5.
Evaluar periódicamente la eficacia de la infraestructura tecnológica de datos,
mediante diagnósticos funcionales y recomendaciones de actualización de
sistemas, y la generación de indicadores clave de desempeño para la gestión
de datos, a fin de garantizar la continuidad operativa y la eficiencia en el
procesamiento de información.
6.
Promover convenios y acuerdos de intercambio de información con
dependencias externas, mediante la negociación de términos de uso,
confidencialidad y estándares técnicos, con el propósito de enriquecer las
bases de datos institucionales y ampliar el espectro analítico.
7.
Emitir lineamientos técnicos para la protección y privacidad de datos,
mediante la incorporación de mejores prácticas y requerimientos normativos
en materia de seguridad de la información, a fin de salvaguardar los datos
sensibles y asegurar el cumplimiento legal.
8.
Implementar un esquema de seguimiento y retroalimentación con los usuarios
finales de la información, mediante encuestas, mesas de trabajo y análisis de
requerimientos, con el propósito de mejorar la relevancia y usabilidad de los
productos de datos.
9.
Proporcionar acompañamiento técnico y operativo a las áreas de la UPER en
la identificación, documentación y atención de necesidades relacionadas con
los sistemas de información que administra, incluido el Portal de
Transparencia Presupuestaria, mediante la coordinación con la Dirección
General de Tecnologías y Seguridad de la Información, con el propósito de
facilitar su adecuada gestión, funcionamiento y actualización, y contribuir a la
operación del Sistema de Evaluación del Desempeño.
10. Proporcionar apoyo en la administración del Portal de Transparencia
Presupuestaria en materia informática, mediante la carga de contenidos, la
revisión preliminar de formatos y metadatos, así como el reporte de
incidencias técnicas y de calidad, en coordinación con el área competente
de la UPER y con base en la información validada por las unidades
generadoras, a fin de contribuir a la disponibilidad, consistencia y oportunidad
de los datos publicados.
Nombre del Puesto:
Departamento de Seguimiento Técnico y Administrativo
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-M1C015P-0000547-E-C-D
Rama de Cargo:
Apoyo Técnico
Nivel
(Grupo/Grado):
O33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene subordinados a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
201
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Verificar e integrar la documentación sobre las metas individuales del personal
adscrito a la unidad, mediante su difusión por correo electrónico y telefónico y
orientar en el llenado de las cédulas correspondientes, efectuar la revisión de
éstas, con el objeto de realizar el envío al área administrativa correspondiente
de la Subsecretaría de Egresos y dar cumplimiento a la normativa aplicable.
2.
Integrar y apoyar en el programa de evaluación del desempeño del personal
de la unidad administrativa, orientando al personal en el llenado de las
cédulas correspondientes y efectuar la revisión de éstas, con el objeto de
concluir con el proceso y dar cumplimiento a los lineamientos establecidos en
el Programa de Evaluación del Desempeño Anual.
3.
Efectuar los trámites administrativos para los nuevos ingresos de personal en
la unidad administrativa, integrando los documentos de los prospectos y
preparando los oficios de ocupación de plaza y de propuesta de candidatos,
con la finalidad de realizar los trámites necesarios para su alta ante la
Dirección General de Recursos Humanos (DGRH), dentro del área
administrativa correspondiente de la Subsecretaría de Egresos.
4.
Proporcionar el apoyo logístico en las reuniones de trabajo a las personas
servidoras públicas encargados del programa de difusión del Sistema
Contable, en la presentación de los mecanismos para la inducción de las
Entidades Federativas y otorgar los insumos de cafetería y papelería
necesaria, mediante la preparación anticipada de los espacios de reunión, la
coordinación para la disponibilidad de materiales, la verificación del equipo
requerido y la distribución oportuna de insumos, con la finalidad de que los
funcionarios que participan en las juntas cuenten con los elementos
necesarios en su participación.
202
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
5.
Organizar la información necesaria para la elaboración e integración de
propuestas organizacionales de la Unidad Administrativa, tales como ajustes
en la estructura, funciones o plantilla de personal, asegurando su alineación
con la guía técnica vigente, con el propósito de remitirlas al área
administrativa correspondiente para su revisión, validación y autorización.
6.
Revisar la integración del Manual de Organización Específico y el de
Procedimientos y Matrices de la Unidad Administrativa, verificando las
propuestas y orientando a las áreas en la elaboración del mismo para que se
apeguen a la guía técnica, con el objeto de mantener los manuales
actualizados.
7.
Procurar la asignación de viáticos nacionales e internacionales que se otorgan
a los funcionarios de la unidad, que salen en comisión oficial, mediante la
integración de la documentación y captura en el Sistema de Contabilidad y
Presupuesto (SICOP), con la finalidad de que el comisionado cuente con los
recursos necesarios para cubrir sus gastos de hospedaje, transporte y
alimentación.
8.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Departamento de Control y Seguimiento de Egresos "B2"
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-M1C015P-0000562-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel
(Grupo/Grado):
O32
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$35,416.00 (Treinta y cinco mil cuatrocientos dieciséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Economía General
Matemáticas
Ciencia de los Ordenadores
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
203
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Integrar la información contable relativa a los centros de registro de los ramos
administrativos y generales del egreso que le sean asignados, que formará
parte de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, el Informe de Avance de
Gestión Financiera y otros informes, a través de los reportes que emiten el
Sistema de Contabilidad Gubernamental y otros Sistemas Globalizadores, con
la finalidad de cumplir en tiempo y forma con la rendición de cuentas.
2.
Atender consultas de los ramos administrativos y generales a su cargo en
materia de Contabilidad Gubernamental del egreso y gasto, a través de los
medios de comunicación oficiales como el correo electrónico o vía telefónica,
con el propósito de homologar los criterios en la definición de asientos
contables.
3.
Analizar y conciliar la información contable y presupuestaria que se genera en
el Sistema de Contabilidad Gubernamental de los centros de registro de los
ramos a su cargo, mediante la obtención de información generada en el
Sistema, para su seguimiento y resolución.
4.
Preparar las propuestas de mejora o implementación de lineamientos y
criterios normativos en materia del egreso, utilizando como referencia la
normatividad aplicable, a fin de someterla a consideración superior.
5.
Comprobar que la información contable y presupuestaria haya sido cargada
satisfactoriamente en el Sistema de Contabilidad Gubernamental, mediante la
verificación directa en el sistema, con el propósito de informar a su superior
jerárquico sobre posibles inconsistencias y estar en posibilidad de proceder a
su corrección.
6.
Obtener información del egreso y gasto del Sistema de Contabilidad
Gubernamental de los ramos a su cargo, identificando los datos susceptibles
a revisar, con la finalidad de garantizar la concordancia de las cifras que se
reporten en los informes que emita la Unidad.
7.
Atender, en coordinación con su superior jerárquico, las auditorías internas y
externas en materia de contabilidad del egreso y gasto de los ramos a cargo
de su área que son enviadas por los órganos fiscalizadores, mediante la
recopilación de los documentos físicos y/o electrónicos necesarios, con el fin
de proporcionar los elementos en tiempo y forma.
8.
Integrar la información que servirá de base para elaborar las propuestas de
respuesta a las consultas derivadas de la normatividad aplicable, por medio
de la documentación física y/o electrónica en materia de egresos de los ramos
a su cargo, con el propósito de proporcionarla a su superior jerárquico, para
su consideración.
9.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Departamento de Estrategia y Análisis del Desempeño
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C015P-0000243-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel
(Grupo/Grado):
O32
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
204
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Percepción
Mensual Bruta:
$35,416.00 (Treinta y cinco mil cuatrocientos dieciséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para el
desarrollo de sus funciones.
Puestos subordinados: El puesto tiene personal a su cargo.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Sociología
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Geografía
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas-Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencia Política
Ciencias Políticas
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
205
Funciones:
1.
Desarrollar metodologías e insumos técnicos para el diseño de documentos
de seguimiento, mediante la aplicación de criterios técnicos actualizados, para
asegurar la consistencia en el diseño programático.
2.
Analizar la alineación de los programas presupuestarios, mediante el cruce
con la clasificación funcional, administrativa y estratégica, con el propósito de
vincular el presupuesto con los objetivos institucionales.
3.
Diseñar criterios de evaluación de calidad técnica, y generar análisis
comparativos entre documentos programáticos, mediante parámetros de
validez, consistencia y trazabilidad, para mejorar la pertinencia metodológica
de los documentos de seguimiento.
4.
Desarrollar diagnósticos de diseño programático y sistematizar hallazgos y
recomendaciones técnicas, mediante el análisis transversal de contenidos
institucionales, con el propósito de identificar oportunidades de mejora y
estandarización.
5.
Proporcionar apoyo en la construcción de documentos de seguimiento
institucional, mediante asistencia técnica y acompañamiento en línea, para
garantizar la calidad técnica de los instrumentos.
6.
Brindar apoyo en la elaboración de lineamientos metodológicos, mediante
aportaciones técnicas al marco normativo, para uniformar criterios de diseño
entre sectores.
7.
Brindar apoyo en la integración de documentos de seguimiento a plataformas
institucionales, mediante criterios técnicos de interoperabilidad, con el
propósito de asegurar su trazabilidad y consulta eficiente.
8.
Coordinar actividades técnicas con otras áreas de la SHCP, mediante
colaboración interinstitucional en proyectos específicos, para asegurar la
alineación estratégica del gasto público.
Nombre del Puesto:
Departamento de Normas
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-M1C014P-0000549-E-C-A
Rama de Cargo:
Normatividad y Gobierno
Nivel
(Grupo/Grado):
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
206
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Preparar estudios, análisis e investigaciones de carácter técnico contable,
integrando la información necesaria para elaborar propuestas y proyectos de
normatividad contable aplicables al sector paraestatal, así como, participar en
reuniones de trabajo que permitan detectar necesidades normativas y recabar
insumos, con el propósito de fortalecer la aplicación homogénea de la
contabilidad gubernamental en dicho sector.
2.
Atender las consultas de las entidades del sector paraestatal en materia de
normatividad contable, mediante la elaboración de proyectos de respuesta,
con base en la normativa aplicable y la participación en reuniones de trabajo,
con el propósito de aclarar dudas, atender inquietudes y proporcionar
elementos técnicos que contribuyan al cumplimiento adecuado y uniforme de
la contabilidad gubernamental.
3.
Organizar y analizar la información contable remitida por las entidades del
sector paraestatal, listas de cuentas y guías contabilizadoras, así como
atender las consultas relacionadas con la autorización de bajas de archivo
contable, mediante la revisión de la normatividad aplicable, con el propósito
de contar con elementos que contribuyan al proceso de armonización
contable y asegurar que el archivo se mantenga actualizado y ordenado.
4.
Recopilar la información necesaria y preparar los proyectos de respuesta para
la atención de requerimientos de las áreas fiscalizadoras internas y externas,
relacionados con las entidades del sector paraestatal, que se generen con
motivo de la fiscalización de la Cuenta Pública Federal, mediante solicitudes
de información a las propias entidades y reuniones de trabajo con otras áreas,
con el propósito de coadyuvar en su aclaración.
5.
Preparar y desarrollar el material necesario para los cursos de capacitación y
actualización sobre la normatividad contable a servidores públicos de las
entidades del sector paraestatal, mediante elementos didácticos adecuados,
con el propósito de mejorar la aplicación de sus registros contables.
6.
Conformar los trabajos para la integración de informes periódicos y anuales
que se generan en la Unidad y atender los requerimientos de información
adicional de otras áreas de la Secretaría o de áreas externas, aportando
elementos técnicos normativos, a fin de coadyuvar en su entrega oportuna y
de calidad.
7.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
207
Nombre del Puesto:
Departamento de Operación Contable de Ingresos
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-M1C014P-0000554-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel
(Grupo/Grado):
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Sistemas Económicos
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Recibir del SAT el archivo electrónico mensual, el cual contiene todas las
operaciones efectuadas, a través de los medios oficiales, con el propósito de
adecuarlo a los requerimientos del SCG y cargar la información financiera, en
apego a la normatividad aplicable.
2.
Verificar las especificaciones funcionales del SCG, a través de la comparación
de la información que genera el sistema contra la que reporta el SAT, con la
finalidad de validar que el total de transacciones hayan sido registradas.
3.
Verificar la información generada por el SCG contra la reportada por el SAT,
conforme a las disposiciones vigentes, con el fin de validar el correcto registro
de la totalidad de las transacciones e identificar posibles variaciones respecto
a los criterios establecidos.
208
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
4.
Gestionar el soporte técnico al SAT, solucionando la problemática que genera
el requerimiento, con la finalidad de atender las peticiones y consultas que le
soliciten los usuarios del sistema.
5.
Proporcionar orientación y capacitación a las áreas que integran la Unidad, a
través de medios oficiales y reuniones de trabajo, con la finalidad de solventar
las consultas efectuadas por los usuarios que operan el SCG.
6.
Efectuar las conciliaciones de las cuentas a nivel transacción de las
operaciones que están vinculadas con el SAT, mediante la comparación de
dicha información con la de otro centro de registro (deuda pública, fondos
federales y egreso), con la finalidad de garantizar la reciprocidad y la
confiabilidad de las cifras.
7.
Controlar la información y/o documentación que se deriva de los movimientos
generados en el ejercicio, respaldando la información electrónica y
documental en medios electrónicos o físicos, con la finalidad de poderlos
consultar en el momento que se requiera para los requerimientos de los
órganos fiscalizadores.
8.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad con
las disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que
encomienden sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Departamento del Sistema de Contabilidad y Presupuesto “B1”
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-M1C014P-0000556-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel
(Grupo/Grado):
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene subordinados a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Sistemas Económicos
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
209
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Generar la parametrización del SICOP, mediante la aplicación y ejecución de
los acuerdos de procedimientos necesarios en apego a la normatividad
vigente, con la finalidad de garantizar que se incluyan las transacciones en el
centro de registro y así asegurar que el sistema contabilice apropiadamente
las operaciones del ente público.
2.
Proponer los requisitos funcionales y técnicos del SICOP, verificando la
normatividad y los procesos aplicables, con el objeto de asegurar que se
cumpla con el registro de las transacciones del centro de registro dentro del
ejercicio correspondiente.
3.
Evaluar la información en el SICOP, mediante la detección de posibles
variaciones y en su caso, realizar las modificaciones necesarias y asegurar
que la información financiera sea veraz, objetiva y razonable, con el fin de
cumplir con la normativa vigente, los criterios establecidos en los centros
de registro y los principios de armonización contable.
4.
Asegurar el soporte a la operación en el SICOP, interactuando directamente
con el generador de operaciones de crédito público, con la finalidad de
garantizar el uso adecuado del mismo y el registro oportuno de las
transacciones.
5.
Recopilar y atender los requerimientos de crédito público en materia de
aplicaciones informáticas, verificando el correcto apego a la norma, para
lograr uniformidad en los procesos y registros y así integrar la información
financiera comparable y registrada bajo los mismos criterios.
6.
Proporcionar la capacitación a los servidores públicos, a través de la
programación de un plan de trabajo donde se determinen requerimientos
específicos por la Unidad, con la finalidad de proporcionar las herramientas
para la obtención de datos que faciliten el análisis de las operaciones de los
centros de registros.
7.
Analizar la viabilidad de la actualización normativa aplicable a crédito público,
y en su caso, realizar las modificaciones pertinentes dentro del SICOP, a
través de la verificación de la información, para lograr un correcto registro
transaccional.
8.
Conciliar las operaciones que comparte crédito público con otros centros de
registro, mediante el análisis de la información financiera y, en caso
de identificar la no correspondencia entre conceptos, realizar las acciones de
acuerdo a la normatividad vigente, con el objetivo de minimizar las diferencias
entre centros de registro.
9.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Departamento de Control de Solicitudes de Información
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-418-1-M1C014P-0000132-E-C-P
Rama de Cargo:
Asuntos Jurídicos
Nivel
(Grupo/Grado):
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Asuntos Jurídicos de Egresos
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
210
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de Empresas
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Horario amplio en el periodo de elaboración del Proyecto de Presupuesto de
Egresos de la Federación y de negociación del Presupuesto de Egresos de la
Federación en la Cámara de Diputados. Además de contribuir al análisis de las
propuestas de modificación al marco constitucional y legal de carácter federal que
se presente en el Congreso de la Unión o que elabore el Ejecutivo Federal.
Funciones:
1.
Turnar a las áreas de la Subsecretaría de Egresos los asuntos recibidos en el
área de adscripción, previo acuerdo con su superior jerárquico, a través de
correo electrónico, con el objeto de asegurar la oportuna atención de las
obligaciones de transparencia.
2.
Actualizar la información que obra en los repositorios de información previstos
para la atención de obligaciones de transparencia, mediante la carga de
archivos en carpetas generadas ex profeso, con el propósito de poner a
disposición de los ciudadanos información electrónica.
3.
Verificar el registro de los documentos relativos a los medios de impugnación,
sus resoluciones y, en su caso, el cumplimiento a estas últimas, a través de la
recepción que se haga de los mismos, por medio del acceso a la Plataforma
Nacional de Transparencia y sistemas electrónicos que determine el área de
Transparencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o en su defecto
la Subsecretaría de Egresos, con la finalidad de mantener el seguimiento que
permita conocer, entre otros, el estatus de cada caso, el sentido de la
resolución, en su caso el cumplimiento y el tema.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
211
4.
Verificar los criterios que sobre los temas o asuntos homólogos han emitido
las autoridades competentes, a través de la consulta tanto de la
jurisprudencia, tesis o fallos emitidos por la autoridad garante en materia de
transparencia, a fin de proporcionar a los responsables o enlaces de las
unidades administrativas de la Subsecretaría de Egresos, la información para
la conformación de los alegatos o atención de los cumplimientos de las
resoluciones.
5.
Gestionar con las áreas de la Subsecretaría de Egresos sobre el cumplimiento
de las obligaciones en materia de expedientes reservados, a través de la
difusión y en su caso atención de consultas que al respecto sean planteadas
sobre el registro y conformación del índice de expedientes reservados, con la
finalidad de asegurar la calidad y oportunidad de su integración a través de las
herramientas y sistemas informáticos que para tal efecto existan.
6.
Compilar la información que le sea solicitada por su superior jerárquico para
atender los requerimientos de la autoridad garante en materia de
transparencia, el área de Transparencia de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, así como del Comité de Transparencia, a través del acceso a
las bases de datos y repositorios de información, contenidos en el Portal de
Transparencia Presupuestaria (Observatorio del gasto), el Sistema Integral
de Información de Ingresos y de Gasto Público, el Portal Aplicativo Interno, el
Portal Aplicativo de la SHCP, el Módulo de Seguridad de Soluciones de
Negocios, y la Plataforma Nacional de Transparencia, que corresponda a la
Subsecretaría de Egresos, con la finalidad de asegurar que ésta contenga los
elementos necesarios y que se apegue al marco jurídico aplicable.
7.
Proyectar las comunicaciones a consideración de su superior jerárquico, a
través de la elaboración de oficios y notas técnicas, con el objeto de dar
atención a los requerimientos de las unidades administrativas adscritas a la
Subsecretaría de Egresos, la Unidad de Transparencia de la SHCP, así como
del órgano garante en materia de transparencia.
Nombre del Puesto:
Departamento de Informes Gubernamentales “D”
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-M1C014P-0000541-E-C-H
Rama de Cargo:
Programación
Nivel
(Grupo/Grado):
O21
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$27,795.00 (Veintisiete mil setecientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene subordinados a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
212
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Administración de Proyectos de Inversión y Riesgo
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Se amplían las jornadas de trabajo durante la integración de la Cuenta Pública y
del Informe de Gobierno.
Funciones:
1.
Verificar la congruencia de la información proporcionada por las dependencias
y entidades en el ámbito de su competencia, tomando como referencia los
datos oficiales difundidos previamente por las mismas, con el propósito de
proporcionar a su superior jerárquico la emisión de opiniones derivadas de la
revisión y proponer la solicitud de complementos a la información que formará
parte de la integración de la Cuenta Pública y el Informe de Gobierno.
2.
Recopilar
y analizar la información documental generada por
las
dependencias y entidades en el ámbito de su competencia, llevando un
control del cumplimiento de entrega de los informes a la Unidad, con la
finalidad de integrar la versión preliminar de la Cuenta Pública y el Informe de
Gobierno.
3.
Actualizar los guiones temáticos en los temas que le correspondan, por medio
de la recopilación y análisis de contenidos e información estadística
proporcionada por las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal en el ámbito de su competencia, con la finalidad de contar con los
datos necesarios para la integración del Informe de Gobierno.
4.
Recopilar la información estadística generada por las dependencias y
entidades que le corresponde atender, mediante la revisión y análisis de dicha
información, con el propósito de integrar el Informe de Gobierno.
5.
Concentrar la documentación que atienda los requerimientos de las entidades
de fiscalización sobre información del análisis del ejercicio del presupuesto
programático de la Cuenta Pública Federal, mediante la localización e
integración de documentos en el ámbito de su competencia, a fin de
proporcionar la debida atención en las fechas señaladas.
6.
Proporcionar la información que contribuya a la atención de requerimientos en
materia de transparencia, a través de la consolidación de la documentación
correspondiente en el ámbito de su competencia, con la finalidad de asegurar
su desahogo.
7.
Analizar la información recibida de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, con base en los criterios técnicos
establecidos, para integrar insumos que faciliten la emisión de opiniones por
parte del nivel jerárquico superior, en el ámbito de competencia de la Unidad.
8.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad con
las disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que le
encomienden sus superiores jerárquicos.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
213
Nombre del Puesto:
Departamento de Asuntos Legislativos en la Cámara de Diputados
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-418-1-M1C014P-0000133-E-C-P
Rama de Cargo:
Asuntos Jurídicos
Nivel
(Grupo/Grado):
O21
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$27,795.00 (Veintisiete mil setecientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Asuntos Jurídicos de Egresos
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones.
Puestos subordinados: El puesto cuenta con personal a su cargo.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Horario amplio en el periodo de elaboración del Proyecto de Presupuesto de
Egresos de la Federación y de negociación del Presupuesto de Egresos
de la Federación en la Cámara de Diputados. Además de contribuir al análisis de
las propuestas de modificación al marco constitucional y legal de carácter federal
que se presente en el Congreso de la Unión o que elabore el Ejecutivo Federal.
Observaciones
Paquetería informática: Word, Power Point y Excel
Nivel de dominio: Intermedio
214
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Funciones:
1.
Efectuar el estudio del contenido de las solicitudes que realizan los Diputados
Federales de las Entidades Federativas, respecto de exhortos u oficios, por
los cuales se requiere información o acciones a realizar en diversos rubros,
mediante el análisis de su apego con el marco jurídico aplicable, con el objeto
de contribuir a la correcta y oportuna atención de las mismas.
2.
Desarrollar el análisis del proyecto de las iniciativas de ley o decretó,
dictámenes y minutas de la Cámara de Diputados, mediante la integración de
observaciones y comentarios, a efecto de alinearse a la postura institucional
de la Secretaría y verificar que se cumpla con la normatividad aplicable.
3.
Integrar la información resultado del análisis del proyecto de la Ley de
Ingresos de la Federación para cada ejercicio fiscal y colaborar en los trabajos
relacionados con la misma, hasta su publicación, mediante la verificación del
cumplimiento de la normatividad aplicable, a fin de aportar opinión jurídica
de la Subsecretaría de Egresos.
4.
Efectuar el análisis de la información que integra el anteproyecto de decretó
de Presupuesto de Egresos de la Federación para cada ejercicio fiscal,
mediante el estudio de su apego con el marco jurídico aplicable, con el objeto
de fortalecer la legalidad en la administración y ejecución del gasto público.
5.
Analizar y sugerir la elaboración de instrumentos jurídicos de carácter general
que correspondan a la Cámara de Diputados, en el ámbito de la competencia
de la Subsecretaría de Egresos, mediante el análisis de la información que los
integra y verificando su armonía con la legislación vigente, a fin de fortalecer
la legalidad en la administración y ejecución del gasto público.
6.
Desarrollar propuestas de las alternativas de redacción para los dictámenes,
mediante la verificación del cumplimiento de la normatividad aplicable, a fin de
contar con propuestas viables para la discusión y votación en cada una de las
comisiones de la Cámara de Diputados.
7.
Efectuar el monitoreo legislativo permanente de las iniciativas de leyes o
decretos, presentados en la Cámara de Diputados, mediante el análisis
jurídico de su contenido, para identificar oportunamente las propuestas
relevantes con posibles implicaciones presupuestarias.
8.
Efectuar el estudio integral de la propuesta de los dictámenes que serán
sometidos a discusión y votación en cada una de las comisiones de la
Cámara de Diputados, mediante el análisis del marco jurídico aplicable, con el
objeto de determinar si tienen impacto jurídico presupuestario.
9.
Efectuar la evaluación técnica de los actos y documentos jurídicos emanados
de la Cámara de Diputados que son competencia de la Subsecretaría de
Egresos, a través de la verificación de su apego a la legislación vigente, así
como la atención de consultas legales por parte de las áreas operativas, a fin
de fortalecer la legalidad de los mismos.
Nombre del Puesto:
Analista de Normatividad Jurídica Contable "1"
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-E1C014P-0000507-E-C-A
Rama de Cargo:
Normatividad y Gobierno
Nivel
(Grupo/Grado):
P33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$24,894.00 (Veinticuatro mil ochocientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
215
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Administración de Proyectos de Inversión y Riesgo
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Brindar apoyo con su superior jerárquico sobre la información solicitada por
los Organos Internos de Control y Auditoría Superior de la Federación,
mediante la localización e integración de documentos en el ámbito de
competencia, a fin de proporcionar todos los elementos necesarios para dar
atención en tiempo.
2.
Organizar y clasificar la documentación para atender los requerimientos de las
autoridades de fiscalización en materia de contabilidad gubernamental,
mediante la localización e integración de documentos en el ámbito de
competencia, a fin de que su superior jerárquico cuente con todos los
elementos necesarios, para dar atención en tiempo y forma a las instancias
fiscalizadoras correspondientes.
3.
Efectuar los proyectos de respuesta dirigidos a los órganos fiscalizadores
sobre la información que se requiera, a través de la elaboración de notas,
oficios y documentos, a fin de proporcionar todos los elementos necesarios
para dar cumplimiento a la normatividad aplicable en la materia.
4.
Recopilar la documentación necesaria en coordinación con las áreas de la
Unidad, mediante la búsqueda, consolidación y análisis de la información,
para elaborar el proyecto de respuesta a las consultas transparencia y acceso
a la información y a los recursos de revisión.
5.
Integrar los expedientes y llevar los controles en relación con las consultas de
transparencia y acceso a la información, realizadas a la Unidad, a través de la
revisión e incorporación de documentos vinculados a cada tema, para
organizar la información y efectuar los reportes que se requieran.
6.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
216
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Nombre del Puesto:
Analista de Seguimiento Administrativo
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-E1C014P-0000563-E-C-D
Rama de Cargo:
Apoyo Técnico
Nivel
(Grupo/Grado):
P33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$24,894.00 (Veinticuatro mil ochocientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal: (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Analizar y recopilar los formatos de las metas individuales del personal de
confianza adscrito a la Unidad a través de los medios de difusión autorizados,
orientando en el llenado y revisión de los mismos, con el propósito de hacer
llegar la versión final al área administrativa correspondiente de la
Subsecretaría de Egresos.
2.
Organizar la información del Programa de Evaluación del Desempeño del
personal de confianza de la Unidad, mediante la orientación, recopilación y
gestión de la documentación correspondiente, así como la elaboración de los
oficios necesarios, con el fin de asegurar el cumplimiento oportuno y
adecuado del proceso, conforme a los lineamientos establecidos por la
Subsecretaría de Egresos.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
217
3.
Verificar los trámites administrativos del personal eventual de nuevo ingreso
en la Unidad, mediante la recopilación y gestión de la documentación
requerida, así como la elaboración de los oficios necesarios para la
asignación de plaza, con el fin de garantizar que el proceso de alta se lleve
a cabo en tiempo y forma, conforme a los lineamientos establecidos por la
Subsecretaría de Egresos.
4.
Gestionar el control documental, mediante la recepción, registro y seguimiento
de la documentación recibida, así como elaborar y enviar oficios, revisar
correos electrónicos y realizar llamadas telefónicas, para asegurar una
comunicación efectiva tanto interna como externa, facilitando la atención
oportuna de los asuntos de la Unidad.
5.
Generar la organización del archivo de trámite de la Unidad, aplicando las
políticas y disposiciones vigentes en materia de gestión documental, con el
propósito de conservar, clasificar y resguardar adecuadamente los
documentos.
6.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Analista de Armonización Contable “A”
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-E1C014P-0000537-E-C-W
Rama de Cargo:
Estadística
Nivel
(Grupo/Grado):
P33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$24,894.00 (Veinticuatro mil ochocientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
218
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Observaciones
Paquetería informática: Word, Excel, Power Point y Outlook
Nivel de dominio: Intermedio
Funciones:
1.
Efectuar el análisis y la selección de las normas aplicables a los entes
públicos de las entidades federativas y los municipios, mediante la
recopilación de la información publicada, con el propósito de mantener
actualizado el registro sobre el cumplimiento de la ley.
2.
Brindar apoyo en el mantenimiento de la página de internet del Consejo
Nacional de Armonización Contable (CONAC), mediante la revisión de los
contenidos publicados, con el objetivo de garantizar que la información
disponible sea útil, actualizada y oportuna para los entes públicos.
3.
Analizar y clasificar la información financiera publicada por los entes públicos
de las entidades federativas, mediante la recopilación y procesamiento
de datos conforme a la periodicidad establecida en la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, así como la elaboración de reportes que reflejen
el avance de la armonización contable a nivel nacional y permitan actualizar
el estatus de los tres órdenes de gobierno, con el propósito de verificar el
cumplimiento en la adopción y difusión de las normas emitidas por el CONAC.
4.
Recabar y analizar información de las entidades federativas, mediante la
revisión de sus páginas oficiales y el envío de solicitudes formales a los
responsables designados, con el propósito de verificar el cumplimiento de
las
obligaciones
de
publicación
establecidas
en
la
Ley
General
de Contabilidad Gubernamental y actualizar el inventario de entes públicos
obligados y asegurar que la información sea verificada y esté actualizada.
5.
Atender las consultas en materia de armonización contable realizadas por los
entes públicos de las entidades federativas, a través de medios electrónicos y
de comunicación oficiales, con el objetivo de resolver dudas y aplicar criterios
homogéneos conforme a la normatividad vigente.
6.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Analista de Seguimiento Técnico
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-E1C014P-0000564-E-C-D
Rama de Cargo:
Apoyo Técnico
Nivel
(Grupo/Grado):
P33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$24,894.00 (Veinticuatro mil ochocientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
219
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Analizar y recopilar los formatos de las metas individuales del personal
operativo adscrito a la Unidad, a través de los medios de difusión autorizados,
orientando en el llenado y revisión de los mismos, con el propósito de hacer
llegar la versión final al área administrativa correspondiente de la
Subsecretaría de Egresos.
2.
Organizar la información del Programa de Evaluación del Desempeño del
personal operativo de la Unidad, mediante la orientación, recopilación y
gestión de la documentación correspondiente, así como la elaboración de los
oficios necesarios, con el fin de asegurar el cumplimiento oportuno y
adecuado del proceso, conforme a los lineamientos establecidos por la
Subsecretaría de Egresos.
3.
Verificar los trámites administrativos para el personal operativo y de confianza
de nuevo ingreso en la Unidad, mediante la gestión de documentos de los
candidatos, así como la elaboración de oficios necesarios para la ocupación
de la plaza, con el propósito de llevar a cabo los trámites necesarios para su
alta a través del área administrativa correspondiente de la Subsecretaría de
Egresos.
4.
Apoyar en la organización operativa de las reuniones de la persona Titular de
la Unidad, relacionadas con el Consejo Nacional de Armonización Contable y
el Comité Consultivo, mediante la gestión de materiales, insumos, espacios,
equipos y demás requerimientos logísticos, con el fin de asegurar que se
cuente con las condiciones necesarias para su realización adecuada y
oportuna.
5.
Apoyar en la elaboración, actualización y validación de los Manuales de
Organización y de Procedimientos de la Unidad, mediante la recopilación
de información, sistematización de aportaciones y elaboración de versiones
preliminares conforme a las etapas establecidas, con el propósito de contribuir
a la integración del documento final para su presentación ante la Coordinación
Administrativa.
6.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
220
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Nombre del Puesto:
Analista de Armonización Contable “B”
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-E1C012P-0000555-E-C-W
Rama de Cargo:
Estadística
Nivel
(Grupo/Grado):
P32
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$23,342.00 (Veintitrés mil trescientos cuarenta y dos pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Efectuar el análisis y la selección de las normas aplicables a los entes
públicos de las entidades federativas y los municipios, mediante la
recopilación de la información publicada, con el propósito de mantener
actualizado el registro sobre el cumplimiento de la ley.
2.
Brindar apoyo en el mantenimiento de la página de internet del Consejo
Nacional de Armonización Contable (CONAC), mediante la revisión de los
contenidos publicados, con el objetivo de garantizar que la información
disponible sea útil, actualizada y oportuna para los entes públicos.
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DIARIO OFICIAL
221
3.
Analizar y clasificar la información financiera publicada por los Entes Públicos
de las Entidades Federativas, mediante la recopilación y procesamiento
de datos conforme a la periodicidad establecida en la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, así como la elaboración de reportes que reflejen
el avance de la armonización contable a nivel nacional y permitan actualizar
el estatus de los tres órdenes de gobierno, con el propósito de verificar el
cumplimiento en la adopción y difusión de las normas emitidas por el CONAC.
4.
Recabar y analizar información de las entidades federativas, mediante la
revisión de sus páginas oficiales y el envío de solicitudes formales a los
responsables designados, con el propósito de verificar el cumplimiento de las
obligaciones de publicación establecidas en la Ley General de Contabilidad
Gubernamental y actualizar el inventario de Entes Públicos obligados y
asegurar que la información sea verificada y esté actualizada.
5.
Atender las consultas en materia de armonización contable realizadas por los
Entes Públicos de las Entidades Federativas, a través de medios electrónicos
y de comunicación oficiales, con el objetivo de resolver dudas y aplicar
criterios homogéneos conforme a la normatividad vigente.
6.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que encomienden
sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Analista de Informes Gubernamentales “D”
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-E1C012P-0000561-E-C-H
Rama de Cargo:
Programación
Nivel
(Grupo/Grado):
P32
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia
de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de
las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la Administración
Pública Federal (Anexo 3A).
Percepción
Mensual Bruta:
$23,342.00 (Veintitrés mil trescientos cuarenta y dos pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o
Radicación:
Ciudad de México
Aspectos
Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para
el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Administración de Proyectos de Inversión y Riesgo
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencia Política
Administración Pública
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DIARIO OFICIAL
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Competencias
o Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal. (Ver temario
en las Bases de Participación).
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos
o Condiciones
Específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Períodos especiales de trabajo: Sí
Se amplían las jornadas de trabajo durante la integración de la Cuenta Pública y
del Informe de Gobierno.
Funciones:
1.
Analizar e integrar la información documental proporcionada por las
dependencias y entidades en materia de su competencia, mediante la revisión
de las cifras y la elaboración de documentos oficiales, con el propósito de
apoyar en la integración del Informe de Gobierno y la información
presupuestaria y programática de la Cuenta Pública Federal.
2.
Proporcionar apoyo a su superior jerárquico en la actualización de los guiones
temáticos y formatos para la integración del Informe de Gobierno y la
información presupuestaria y programática de la Cuenta Pública Federal en
materia de su competencia, mediante la revisión y estandarización de la
presentación tipográfica, de contenidos y de la información estadística
proporcionada por las dependencias y entidades, con el propósito de integrar
la versión preliminar de los informes gubernamentales.
3.
Organizar la documentación para atender los requerimientos de las
dependencias y entidades sobre la información que integra el Informe de
Gobierno y la información presupuestaria y programática de la Cuenta Pública
Federal, mediante la localización e integración de documentos en el ámbito de
competencia, a fin de que su jefe inmediato cuente con todos los elementos
necesarios para dar atención en tiempo y forma a las instancias
correspondientes.
4.
Recabar los expedientes o documentación necesaria que contribuya a la
atención de las solicitudes de información pública requeridas por los
ciudadanos, revisando y analizando los datos que coadyuven a la elaboración
de las respuestas, con el objeto de proporcionar a su superior jerárquico la
información para el desahogo de dichas solicitudes.
5.
Participar en la logística referente a la integración del Informe de Gobierno y la
información presupuestaria y programática de la Cuenta Pública Federal,
elaborando comunicados o la documentación oficial que le sea solicitada, con
el objeto de que pueda ser enviada a las instancias responsables de su
atención y posterior edición final para su publicación en los medios
establecidos.
6.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad con
las disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que
encomienden sus superiores jerárquicos.
BASES DE PARTICIPACION
1a. Requisitos de participación.
Podrán participar las personas ciudadanas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos
para el puesto y aquellos establecidos en las bases de la convocatoria. Adicionalmente se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: (Art. 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal).
1.
Persona de nacionalidad mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar.
2.
No haber sido persona sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso.
3.
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público.
4.
No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro/a de algún culto.
5.
No encontrarse como persona inhabilitada para el servicio público, ni con algún otro impedimento legal o
administrativo, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indica para cada caso.
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DIARIO OFICIAL
223
2a. Documentación requerida.
La Revisión y Evaluación de Documentos específicamente en lo relativo al perfil del puesto, (escolaridad,
áreas y años de experiencia) se llevará a cabo con base en los documentos que presenten las personas
candidatas para verificar que estén fehacientemente acreditados los requisitos legales, así como los
establecidos en la convocatoria respectiva, y conforme a los Catálogos de Carreras y de Campos y Areas de
Experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx, así como, únicamente las asentadas en el currículum de TrabajaEn que registró para
aplicar para la(s) vacante(s) de su interés.
La documentación requerida, será la siguiente:
1.
Currículum Vítae máximo 3 cuartillas actualizado, con fotografía y números telefónicos de los empleos
registrados incluyendo el actual, en los que se detallen claramente, funciones específicas del puesto o
puestos ocupado(s) y período(s) en el(los) cual(es) laboró.
2.
Acta de nacimiento y/o documento migratorio que permita la función a desarrollar.
3.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
A. En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance:
Con Título, sólo serán válidos el Título Profesional y/o Cédula Profesional registrados en la
Secretaría de Educación Pública, en términos de las disposiciones aplicables; en dichos casos, los
miembros del Comité Técnico de Selección (CTS) determinaron que para efectos de acreditar el nivel
Licenciatura con grado de avance: Con Título, no se aceptará ningún otro documento con el que se
pretenda acreditar que la expedición del Título y/o Cédula Profesional se encuentran en trámite y
se refiera a uno distinto al descrito con anterioridad.
B. En los casos en que el perfil del puesto establezca como requisito el nivel académico de Licenciatura
o Técnico Superior Universitario, con grado de avance: terminado o pasante, sólo se aceptará para
acreditar tal carácter el certificado total o constancia de terminación de estudios, o carta de pasante
en los que se indique que cuenta con el 100% de créditos, los cuales deberán contener: sello y/o
firma del área correspondiente de la institución educativa, reconocida por la Secretaría de Educación
Pública.
C. Para los casos en que el perfil del puesto establezca como requisito el nivel académico de Carrera
Técnica, con grado de avance: Con Título, se aceptará Título y/o Cédula Profesional, de este nivel de
estudios; o bien, el perfil requiera Nivel Medio Superior, con grado de avance: Terminado o Pasante,
sólo se aceptará certificado de estudios, o carta de pasante, o constancia de terminación de estudios,
mismos que deberán indicar que cuenta con el 100% de créditos; y contener el sello y/o firma del
área correspondiente de la Institución Educativa. Asimismo, se aceptará cualquiera de los
documentos académicos que se mencionan en el apartado B, incluyendo aquellos de estudios de
Licenciatura o Técnico Superior Universitario, que estén en proceso o sin concluir.
Para los apartados B y C las personas candidatas deberán firmar bajo protesta de decir verdad que
el documento de escolaridad presentado es auténtico, en el formato establecido para tal efecto.
D. Cuando en una convocatoria el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance:
Con Título, se aceptará el grado de Maestría o Doctorado, con grado de avance: Con Título,
terminado o pasante en las áreas académicas definidas en el perfil del puesto, conforme al artículo
221 tercer párrafo del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de
recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025; para
tal efecto, la persona candidata deberá contar con algún Título o cédula profesional de nivel
licenciatura en alguna de las áreas de conocimientos relacionadas en el catálogo de carreras de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en estos casos, los estudios de licenciatura no serán
considerados en la Valoración del Mérito, en el “Elemento de Otros Estudios”.
E. En el supuesto de las personas candidatas que hayan realizado sus estudios en planteles propios o
incorporados a la Universidad Nacional Autónoma de México, deberán completar, firmar y entregar al
operador de ingreso el formato denominado “Solicitud de Validación y/o Verificación”, mediante el
cual autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público su autenticación ante la Dirección
General de Administración Escolar de la UNAM. El formato se obtiene en la liga:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp.
F.
En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el Artículo 221 segundo
párrafo del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025, se deberá
presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la
Secretaría de Educación Pública.
Con relación a los documentos emitidos por la UNAM, la Dirección General de Administración
Escolar de dicha institución únicamente validará los siguientes documentos: Certificado de Estudios,
Título Profesional, Grado, Constancia de Historia Académica e Historia Académica; por lo que, para
comprobar el nivel académico de los apartados B y C, sólo se aceptarán estos documentos.
224
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
G. Para los concursos de esta convocatoria los miembros de los Comités Técnicos de Selección
acordaron realizar la Etapa III, del procedimiento de selección, Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito; así como, la Revisión y Evaluación Documental de manera presencial.
En los casos de los apartados B, C, D y F, las personas candidatas deberán completar, firmar y entregar
al operador de ingreso de la Secretaría el formato del “Escrito de Autenticidad del Documento de
Escolaridad”, con el propósito de manifestar bajo protesta de decir verdad que el documento es auténtico.
El formato se obtiene en la liga:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp.
4.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar o pasaporte
(vigentes) o cédula profesional.
5.
Escrito de Carta Protesta en el que manifieste decir verdad, de ser persona de nacionalidad mexicana en
pleno ejercicio de sus derechos o persona extranjera cuya condición migratoria permita la función a
desarrollar; no haber sido persona sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso; tener
aptitud para el desempeño de las funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico ni
ser ministro/a de culto; no encontrarse como persona inhabilitada para el servicio público, ni con algún
otro impedimento legal; no formar parte de algún juicio de cualquier naturaleza, en contra de ésta u otra
Institución; manifestar la inexistencia de alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de
intereses; en apego Artículo 71, inciso e) del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado el 19 de
diciembre de 2025, que no presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o
desempeña otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal, en el gobierno de alguna
entidad federativa, municipio, demarcación territorial, órgano constitucional autónomo de carácter estatal
o federal; o bien, tramitar el dictamen de compatibilidad respectivo, y, en caso contrario, que cuenta con
el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo, el cual le será solicitado en caso de ser la persona
contratada; manifestar bajo protesta de decir verdad en los formatos, que para tal efecto le proporcionen
los Operadores de Ingreso de la Dirección General de Recursos Humanos, denominados “Carta protesta
de decir verdad” y de “Referencias Laborales”, que no se encuentra en alguno de los supuestos a que
hace referencia el artículo 38, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
conforme al Artículo 71, inciso a) del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de
2025, los cuales deberán estar debidamente requisitados, firmados autógrafamente y acompañados, al
momento de presentarse a la revisión y evaluación de documentos; de las evidencias documentales que
a continuación se mencionan:
a)
Constancia de NO Registro de Deudor Alimentario Moroso, la cual podrá obtener al ingresar a la
página oficial de la Dirección General del Registro Civil de la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales
del
Gobierno
de
la
Ciudad
de
México,
y
cuya
liga
electrónica
es:
https://deudoresalimentarios.rcivil.cdmx.gob.mx/, si ya cuenta con Llave CDMX, ingrese su usuario y
contraseña dé clic en ingresar, requisite los datos solicitados (nombre(s), apellido paterno, apellido
materno y fecha de nacimiento), finalmente dé clic en buscar y descargue la constancia. Si no cuenta
con Llave CDMX, siga las instrucciones de cómo puedes consultarlo en línea.
b)
Para el Estado de México y demás Entidades Federativas que a la fecha cuenten con datos de
deudores alimentarios en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), incluyendo la
Ciudad de México, podrá consultar y obtener dicho certificado ingresando a la siguiente liga
electrónica: RNOA-SNDIF. Seleccione el Estado de su residencia, ingrese su CURP, dé clic en
solicitar certificado, descargue e imprima el documento.
Podrá generar el certificado, dentro del periodo contado a partir del día posterior al término de la
Etapa I Registro de las personas candidatas y Revisión Curricular, hasta el día de la fecha prevista
para su revisión documental, presentándolo en formato impreso, a efecto de acreditar que no se
encuentra en el supuesto de haber sido declarado como persona deudora alimentaria morosa.
c)
En caso de que su Entidad Federativa de residencia no se encuentre en operación en la herramienta
tecnológica del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA) del Sistema Nacional para el
Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), deberá presentar pantalla impresa de la Lista Nominal que
resulte de la consulta que efectúe al ingresar al portal digital de la Lista Nominal del Instituto Nacional
Electoral (INE), mediante la liga electrónica https://listanominal.ine.mx/scpln, en la cual deberá
introducir los datos de su credencial para votar con fotografía vigente para realizar la consulta; dicha
evidencia (Pantalla) deberá ser con fecha de emisión dentro del periodo contado a partir del día
posterior al término de la Etapa I Registro de las personas candidatas y Revisión Curricular, hasta el
día de la fecha prevista para su revisión documental, para obtener esta evidencia es esencial contar
con credencial para votar vigente.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
225
Es importante mencionar que, en caso de que se compruebe que la persona candidata se encuentre bajo
alguno de los supuestos contemplados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, no podrá ser considerada como candidata para ocupar cualquier empleo,
cargo o comisión en el servicio público, por lo que automáticamente su participación, será descartada del
concurso público y abierto de que se trate. Lo anterior, con base en lo establecido en el cuarto párrafo
del Oficio Circular SRCI/UPRH/0010/2023 de fecha 11 de agosto de 2023, emitido por la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
La NO PRESENTACION de las constancias respectivas será causa de descarte del concurso.
El
formato
denominado
“Carta
Protesta
de
Decir
Verdad”,
se
obtiene
en
la
liga:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp.
Que no haya participado en un programa de separación que le impida reingresar a la Administración
Pública Federal, en los términos de dicho programa, conforme al Artículo 71, inciso d) del ACUERDO por
el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
En el caso de aspirantes que se hayan apegado a un Programa de Separación en la Administración
Pública Federal, su alta estará sujeta a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la
Unidad de Diseño Presupuestario, Control y Seguimiento del Gasto de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público. Ver el Formato en:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp
Cabe señalar que, si se detecta que alguno de los datos proporcionados no es verídico; o bien, que
alguno de los documentos presentados no es auténtico, será motivo de descarte.
6.
Experiencia Laboral, para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto presentar
las constancias conforme haya registrado su trayectoria laboral en el currículum vítae de TrabajaEn, se
aceptarán: hojas únicas de servicios, constancias de servicios, constancias de nombramientos, cartas
finiquito, constancias de baja, contratos de servicios profesionales por honorarios, altas y bajas al IMSS,
documento de semanas cotizadas al IMSS de la persona asegurada vía electrónica, o el emitido por la
subdelegación del IMSS que le corresponda, altas y bajas al ISSSTE, impresión del expediente
electrónico del ISSSTE, Hoja de Periodos Cotizados ISSEMYM/EDOMEX, Constancia de Retenciones y
Deducciones, recibos de pago (presentar los recibos de pago o los documentos mencionados con los que
se compruebe la consecutividad de los años laborados), declaraciones del Impuesto Sobre la Renta,
declaraciones patrimoniales, actas constitutivas de empresas, poderes notariales, constancias de empleo
expedidas en hojas membretadas con dirección, números telefónicos firma y/o sello, conteniendo: nombre
completo de la persona candidata, periodo laborado, percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas.
Se aceptará el documento de Liberación del Servicio Social emitido por la Institución Educativa, o Carta,
Oficio o Constancia de Término de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales, Estancias Profesionales,
Estadías Profesionales, Residencias Profesionales, Modelo Dual, emitidos por la Institución en la que se
hayan realizado y con las cuales se acrediten las áreas generales de experiencia y hasta un año de
experiencia máximo por ambas trayectorias, de los solicitados en el perfil del puesto por el cual se
concurse. Sólo se aceptarán cartas que acrediten experiencia como Becario/a hasta por un máximo de 6
meses. Asimismo, se aceptará la Constancia de Capacitación, expedida por la STPS con apoyo del
Representante del Centro de Trabajo o Tutor, a los(as) aprendices egresados(as) del Programa Jóvenes
Construyendo el Futuro al terminar los 12 (doce) meses de capacitación, misma que podrá obtener
accediendo con su usuario y contraseña al portal https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/
en el apartado de "Mi historial", y con la que podrá comprobar las áreas generales de experiencia y
acreditar un año de experiencia laboral adquirida.
El documento de acreditación en estos supuestos deberá incluir además de los datos de identificación
necesarios, el periodo de prestación, las funciones desempeñadas o el proyecto en que participó.
No se aceptarán cartas de recomendación como constancia para acreditar la experiencia laboral
requerida. Asimismo, toda documentación emitida en el extranjero en idioma diferente al español,
invariablemente deberá acompañarse de la traducción oficial respectiva.
Para estar en posibilidad de realizar la Verificación de Referencias Laborales, la persona candidata
deberá requisitar en el formato denominado Referencias Laborales de cuando menos una referencia
laboral comprobable respecto de cada uno los empleos con los que se acrediten los años de experiencia
requeridos para el puesto que se concurse, proporcionando nombre de la empresa o institución, domicilio
completo, nombre, cargo, correo electrónico y teléfono del jefe inmediato; así como, el periodo laborado,
puesto, sueldo y motivo de separación.
Para la verificación de las Referencias Laborales, se tomará los 2 últimos empleos proporcionados por la
persona candidata, los cuales se verificará ante la instancia correspondiente, sin embargo, en caso de no
obtener respuesta de alguno de ellos, se podrán considerar empleos anteriores acreditados para obtener
al menos 2 verificaciones. Manifestar que no desempeña otro empleo, cargo o comisión en la
Administración Pública Federal y, en caso contrario, que cuenta con el dictamen de compatibilidad
empleo respectivo.
226
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Para la Evaluación de la Experiencia revisar las Metodologías de aplicación de los exámenes de
conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio
Profesional de Carrera, vigentes a partir del 20 de diciembre de 2025, disponible en
www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
7.
Cédula de Identificación Fiscal (RFC) y Clave Unica de Registro de Población (CURP).
8.
Presentar las constancias con las cuales acredite los Méritos con los que cuenta, tales como: evidencias
de logros, distinciones, reconocimientos o premios obtenidos en el ejercicio profesional, actividad
destacada en lo individual, otros estudios, habla de lengua indígena, auto adscripción a un pueblo o
comunidad indígena o afrodescendiente o afromexicana, perspectiva de juventudes y personas con
discapacidad; asimismo, en caso de ser persona Servidora Pública de Carrera Titular, las calificaciones
de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, el número
de capacidades profesionales certificadas vigentes y resultados de las evaluaciones del desempeño, de
acuerdo a las Metodologías de aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la
experiencia y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera, vigentes a partir
del 20 de diciembre de 2025, disponible en www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e
Información Relevante.
9.
Escritos de Aviso de Privacidad (Integral y Simplificado) en el que la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público informa a la persona titular las características principales del tratamiento al que serán sometidos
sus datos personales, los cuales corresponden a datos de identificación, contacto, laborales, académicos,
migratorios y sobre procedimientos judiciales o seguidos en forma de juicio, a fin de dar cumplimiento a la
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados, Título Segundo,
Capítulo I, artículos 26 al 28, así como la denominación del Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010, Ultima Reforma del 26 enero del 2024. Así como, lo
señalado en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. Ver en: http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp
10. Pantalla de Bienvenida del Sistema “TrabajaEn” impresa, con la finalidad de acreditar el número de folio
(9 dígitos) así como el asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, al aspirante para el
concurso de que se trate.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo de descarte del concurso la no
presentación de las personas candidatas a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que
les sean señalados, a través del portal electrónico de TrabajaEn; así como, la no presentación física de la
documentación requerida en original y copia en el domicilio establecido de esta Secretaría en la fecha, hora
y/o lugar que la Dirección de Reclutamiento y Selección determine para tal efecto. En el cotejo de originales,
bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de éstos, copia fotostática o constancia de trámite de los
documentos descritos, ni el acta levantada con motivo de robo, destrucción o extravío.
De no acreditarse, a juicio de los operadores de ingreso de la Dirección de Reclutamiento y Selección,
cualquiera
de
los
datos
registrados
por
las
personas
candidatas
en
el
portal
electrónico
www.trabajaen.gob.mx, de los que exhiban en la revisión curricular y documental, o en cualquier etapa del
proceso; o de no exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y lugar que sean requeridos, se descalificará
automáticamente a la persona candidata o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de
selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, está comprometida a respetar y garantizar los derechos
humanos y dar un trato igualmente digno en la participación de los concursos, así como, actuar sin
discriminación de ninguna índole. Asimismo, en ningún caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de
VIH/SIDA, para participar en los concursos y en su caso para llevar a cabo la contratación.
3a. Registro de las personas candidatas.
La inscripción o el registro de las personas candidatas a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta convocatoria, a través de la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, la cual llevará a
cabo en forma automática la revisión y filtro curricular, asignando un folio de participación, o de rechazo que
las descartará del concurso, previa aceptación a sujetarse a las presentes bases. Las personas candidatas
que obtengan un número de folio de participación, les servirá para formalizar la inscripción al concurso de la
plaza de que se trate y para identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista que
hagan los miembros del Comité Técnico de Selección; lo anterior, con el fin de asegurar el anonimato de las
personas candidatas.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
227
Programa del concurso:
Fase o Etapa
Fecha
Publicación del Concurso
29 de abril de 2026
Fase o Etapa
Plazo
Registro de las personas candidatas
y Revisión Curricular
Del 29 de abril al 14 de mayo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
Los miembros del Comité Técnico de Selección
no autorizaron la reactivación de folios por
causas imputables a las personas candidatas.
Fase o Etapa
La aplicación de las siguientes etapas podrá
llevarse a cabo a partir del periodo que se
señala a continuación.
Examen de Conocimientos Técnicos (CT)
Del 15 de mayo al 27 de julio de 2026
Examen de Conocimientos Generales de la APF (CG)
Evaluación de Habilidades
Del 15 de mayo al 27 de julio de 2026
Revisión y Evaluación Documental
Del 15 de mayo al 27 de julio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Del 15 de mayo al 27 de julio de 2026
Entrevista por los miembros del
Comité Técnico de Selección
Del 15 de mayo al 27 de julio de 2026
Determinación
Del 15 de mayo al 27 de julio de 2026
Las Etapas del proceso de selección de los puestos incluidos en esta convocatoria se llevarán a cabo en
razón del número de las personas candidatas que se registren en los concursos; por lo que, las fechas
indicadas podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, o bien, por causas de fuerza mayor, por lo que se
recomienda dar seguimiento a los mismos a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx en el
apartado de “Mis Mensajes” y de la cuenta de correo electrónico registrada por cada persona candidata.
En concordancia a lo establecido en el Artículo 226, tercer párrafo del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025, en caso de no contar con el suficiente espacio físico para aplicar una herramienta
de evaluación a todas las personas candidatas de un concurso, la DGRH podrá aplicarla en diferentes
momentos, pero en ningún caso a una sola persona candidata.
En caso de presentarse inconformidades o alguna solicitud de revisión de examen, se informará a la persona
candidata, a través de la cuenta de correo ingreso_shcp@hacienda.gob.mx y/o se le notificará a través del
portal www.trabajaen.gob.mx; por otra parte, si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se
informará a las personas candidatas a través de los mismos medios.
4a. Temarios.
Los temarios relativos al examen de Conocimientos Técnicos serán publicados en los portales
www.trabajaen.gob.mx, en www.hacienda.gob.mx y en la página de intranet de la SHCP, o en su caso, se
harán llegar a las personas candidatas a través de su correo electrónico cuando así lo requieran.
El temario para el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, estará disponible
y
en
permanente
actualización
en
la
página
del
portal
electrónico
de
TrabajaEn
(https://www.trabajaen.gob.mx), dando clic en el apartado de Documentos e Información Relevante.
5a. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público comunicará a cada persona candidata, la fecha, hora y lugar en
que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas
del concurso, a través de la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, en el apartado "Mis Mensajes"; en el
entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados,
lo cual será notificado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
Se sugiere a las personas candidatas, considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus
traslados ya que la tolerancia máxima respecto a la hora en que se tenga programado el inicio de cada etapa
será de diez minutos considerando como hora referencial la que indiquen los equipos de cómputo de la
Dirección de Reclutamiento y Selección. Transcurrido dicho término, no se permitirá el acceso a las salas de
aplicación a las personas candidatas que lleguen después del horario señalado en el mensaje de invitación
que le fue enviado mediante el portal electrónico de TrabajaEn, quedando descartadas del concurso.
De conformidad con el Artículo 254 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025, la
invitación se enviará con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto.
En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación.
228
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Por ningún motivo, se podrá establecer como centro de evaluación el espacio físico que el participante tiene
asignado dentro de la dependencia para el desarrollo de sus funciones. No se permitirá el uso de teléfonos
celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como discos duros,
discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como, cualquier otro dispositivo,
libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las
evaluaciones, salvo que en el perfil y requisitos del puesto se autorice o se requiera su utilización como medio
de apoyo para la evaluación, lo anterior en apego a los párrafos II y III del Artículo 227 del ACUERDO por el
que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:
La sub etapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
examen de Conocimientos Técnicos (CT) del puesto y la segunda al examen de Conocimientos generales de
la Administración Pública Federal (CG), cuyo orden de aplicación, fue ratificado por el Comité Técnico
de Profesionalización en su Primera Sesión Extraordinaria de 2026, mediante Acuerdo CTP-E-03 0126 de
fecha 19 de enero de 2026 y vigente a partir del 20 de enero del mismo año.
•
El examen de conocimientos técnicos (CT), se aplicará mediante la Plataforma Integral de Evaluaciones
Armstrong en las instalaciones de la SHCP, la calificación mínima aprobatoria será de 70 en una escala
de 0 a 100 sin decimales y será motivo de descarte; para presentar este examen las personas candidatas
deberán entregar en formato impreso los siguientes documentos: Pantalla de Bienvenida del Sistema
TrabajaEn y original del RFC y la CURP e identificarse mediante credencial para votar con fotografía
vigente, cédula profesional con fotografía expedida por la Dirección General de Profesiones de la SEP o
Pasaporte vigente.
•
Las personas que acrediten el examen de conocimientos técnicos, podrán realizar el examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal (CG), el cual se aplicará mediante el
Módulo generador de exámenes de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en las instalaciones de
la SHCP, la calificación mínima aprobatoria para todos los rangos será de 70 puntos y se verá reflejada
en el sistema en una escala de 0 a 100 sin decimales; para presentar este segundo examen las personas
candidatas deberán entregar en formato impreso los siguientes documentos: Pantalla de Bienvenida del
Sistema TrabajaEn, original del RFC y de la CURP e identificarse mediante credencial para votar con
fotografía vigente, cédula profesional con fotografía expedida por la Dirección General de Profesiones de
la SEP o Pasaporte vigente.
•
Asimismo, para presentar esta evaluación será indispensable que los participantes traigan la
contraseña de acceso a su cuenta de correo de TrabajaEn, ya que sólo con ésta podrán ingresar
al examen, de lo contrario no presentarán esta evaluación, y será motivo de descarte.
•
El resultado ponderado del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y el
resultado ponderado del examen de conocimientos técnicos serán sumados, con el objetivo de obtener
los puntos de la Subetapa de Exámenes de conocimientos. El resultado obtenido deberá ser igual o
superior a 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales. En caso de obtener un resultado menor a 70 en la
sumatoria, el sistema procederá al descarte.
•
El resultado obtenido con calificación aprobatoria en el examen de conocimientos técnicos, tendrá una
vigencia de un año, contado a partir del día en que se dé a conocer a través del portal electrónico de
TrabajaEn, tiempo en el cual las personas candidatas podrán participar en otros concursos sin tener que
sujetarse a la evaluación de conocimientos, siempre y cuando se trate del mismo puesto, examen,
temario y bibliografía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
•
El resultado obtenido en el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal,
igual o superior a 70, será considerado como aprobatorio, se verá reflejado de forma automática en el
portal de TrabajaEn y tendrá una vigencia de un año, contado a partir del día en que se dé a conocer, a
través del portal electrónico de TrabajaEn, tiempo en el que las personas candidatas podrán participar en
otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de este examen.
El examen de conocimientos técnicos, versará sobre los siguientes 4 puntos:
A) Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP.
B) Igualdad de Género.
C) Cultura, Etica y Reglas de Integridad.
D) Conocimientos Técnicos del Puesto.
El temario para el examen de conocimientos técnicos se puede consultar en los temas y subtemas contenidos
en el temario del puesto; y los tres siguientes en la Guía de Referencia para el Estudio del Examen de Ingreso
versión abril 2025.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
229
Internet:
Biblioteca:
https://www.gob.mx/shcp/documentos/guias-y-manuales-del-spc-en-la-shcp
Documento:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/991612/Guia_de_Referencia_para_el_Estudio_del_Examen_
de_Ingreso_Abril2025.pdf
Intranet:
Biblioteca:
https://intranet.hacienda.gob.mx/SitePages/Servicio_Profesional_de_Carrera.aspx
Documento:
https://intranet.hacienda.gob.mx/intra_bibdoc_contenidos/Programas_Institucionales/SPC/Subsistema_ingreso
/Guia_estudio_ingreso_2025.pdf
El temario para el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal se puede
consultar en:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
La aplicación de los exámenes de conocimientos técnicos y de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal se realizará conforme a los Avisos Protocolarios, establecidos. Las calificaciones obtenidas en
los exámenes de conocimientos técnicos serán registrados en forma manual por el operador de ingreso en el
sistema RH-Net; mientras que las obtenidas en el examen de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal, se verán reflejadas de manera automática en el sistema RH-Net al concluir la evaluación, y
obtener así los puntos de la sub etapa de exámenes de conocimientos, para que en conjunto con las demás
evaluaciones se obtenga el orden de prelación de las personas candidatas que se sujetarán a la etapa de
entrevista.
En caso de que exista un error en la captura de la calificación obtenida por una persona candidata en el
examen de conocimientos técnicos, el operador de ingreso podrá revertir el resultado previa notificación a los
miembros del Comité Técnico de Selección.
Si durante la aplicación de la Subetapa de conocimientos de la Etapa II, se detectan inconsistencias en el
RFC y/o en la CURP, de la persona candidata, se le notificará que, deberá realizar la solicitud de corrección
de
datos
ante
la
Secretaría
Anticorrupción
y
Buen
Gobierno
al
correo
electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx; anexando los siguientes documentos: Identificación oficial vigente con
fotografía y firma, Cédula Fiscal y CURP. En caso de que, al inicio de la Etapa III Evaluación de la Experiencia
y la Valoración del Mérito, no presente las evidencias documentales con las correcciones respectivas, se
procederá a descartar a la persona candidata.
La sub etapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte, conforme a lo establecido por el
Comité Técnico de Profesionalización en su Primera Sesión Extraordinaria de 2026, mediante Acuerdo
CTP-E-03 0126, de fecha 19 de enero de 2026 y vigente a partir del 20 de enero del mismo año.
Las calificaciones obtenidas se sumarán a las otras evaluaciones para determinar el orden de prelación de las
personas candidatas que se sujetarán a entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones serán
considerados en el Sistema de Puntuación General, es decir, se les otorgará un puntaje. Las evaluaciones de
habilidades se llevan a cabo en línea mediante herramientas psicométricas de medición, administradas por la
SHCP. Los resultados obtenidos tendrán vigencia de un año, contado a partir del día en que se den a conocer
a través de TrabajaEn, tiempo en el cual las personas candidatas podrán participar en otros concursos de esta
Secretaría sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando sean las mismas y
correspondan al mismo nivel de dominio y rango del puesto y hayan sido evaluadas a través de las
herramientas proporcionadas por la SHCP. El resultado de las mismas se verá reflejado en una escala de 0 a
100 puntos sin decimales.
Los resultados obtenidos en las sub etapas de evaluación de la experiencia y valoración del mérito serán
consideradas en el sistema de puntuación general y serán motivo de descarte en los siguientes supuestos:
•
La no presentación del original para su cotejo de cualquiera de los documentos para comprobar los
requisitos del perfil del puesto conforme a lo que se describe en la base 2a. “Documentación
requerida”.
•
En los casos en que la carrera específica con la que, la persona candidata, pretenda acreditar la carrera
genérica del perfil del puesto en el que está concursando, no se encuentre contenida en el Catálogo de
Carreras en TrabajaEn; y, tampoco, al realizar la consulta mediante la cuenta personal del operador
de ingreso en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
Asimismo, la Dirección General de Recursos Humanos para constatar la autenticidad de la información
y documentación incorporada en TrabajaEn, y aquella para acreditar la presente etapa, realizará consultas y
cruce de información a los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades
correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará a la persona candidata y
se ejercerán las acciones legales procedentes, conforme al Artículo 266 Segundo Párrafo del ACUERDO por
el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
230
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
La aplicación de los exámenes y evaluaciones de la Etapa II del procedimiento de selección, se realizará en
las instalaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ubicada en Calzada de la Virgen 2799,
Edificio “D”, Planta baja y Segundo Nivel, Ala Norte, Colonia CTM Culhuacán, C.P. 04480, Alcaldía Coyoacán.
La duración aproximada de cada evaluación es de 2 horas. Las evaluaciones podrán aplicarse de manera
diferida dentro de las fechas establecidas en esta convocatoria, de acuerdo a las necesidades del servicio,
pero en ningún caso se diferirá a una sola persona candidata, conforme al Artículo 226, tercer párrafo del
ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
Conforme a lo establecido en por el Comité Técnico de Profesionalización, en su Primera Sesión
Extraordinaria de 2026, mediante Acuerdo CTP-E-03 0126, de fecha 19 de enero de 2026 y vigente a partir
del 20 de enero del mismo año, para llevar a cabo la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito,
se utilizarán las Metodologías de aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia
y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera, emitidas por la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno vigentes a partir del 20 de diciembre del 2025.
Los elementos que se calificarán en la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
•
Orden en los puestos desempeñados.
•
Duración en los puestos desempeñados.
•
Experiencia en el Sector público.
•
Experiencia en el Sector privado.
•
Experiencia en el Sector social.
•
Nivel de responsabilidad.
•
Nivel de remuneración.
•
Relevancia de funciones o actividades.
•
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán en la Valoración del Mérito, serán los siguientes:
•
Resultados de las evaluaciones del desempeño.
•
Resultados de las acciones de capacitación.
•
Resultados de procesos de certificación.
•
Logros. (Las publicaciones sólo se aceptarán cuando sean de la autoría de la persona candidata).
•
Distinciones.
•
Reconocimientos o premios.
•
Actividad destacada en lo individual.
•
Otros estudios: Se aceptará diplomado (con calificaciones por Módulo o Total), especialidad, título
profesional o grado académico emitido por la Institución Educativa: Federal, Estatal, Descentralizada o
Particular, en este último caso el documento deberá contener la autorización o reconocimiento de validez
oficial por parte de la Secretaría de Educación Pública; conforme a los artículos 1°, 3° y 23, fracciones I y
IV de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en la
Ciudad de México y 11, 12 y 14 de su Reglamento.
•
Habla de Lengua Indígena. Lenguas Indígenas / Conocimiento de lenguas Indígenas.
•
Auto adscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana. Acto voluntario,
al tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la
identificación propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente. La persona participante
manifestará en el documento que para tal fin se le proporcione, si se identifica como integrante de un
pueblo o comunidad indígena mencionando a cuál; así como si se identifica como afromexicano o
afrodescendiente.
•
Perspectiva de juventudes. Aplicable para aquellas personas cuya edad no sobrepase los 30 años al
momento de la publicación del concurso. La persona participante manifestará en el documento que para
tal fin se le proporcione, si contaba con 30 años o menos al momento de su registro al concurso en el que
participa.
•
Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que presenten una discapacidad, en los
términos señalados en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. La persona
participante, manifestará en el documento que para tal fin se le proporcione, si se autoreconoce y
describe como una persona con algún tipo de discapacidad de acuerdo al catálogo de discapacidades.
De acuerdo con el Artículo 241, segundo párrafo del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de
diciembre de 2025, las bases, las condiciones y los requisitos establecidos en las convocatorias no podrán
modificarse durante el desarrollo del concurso. Como excepción a lo anterior, en los casos en que por
cualquier motivo se vean interrumpidos los términos y plazos previstos en la convocatoria o cuando la Unidad
de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, determine suspender el
servicio de RHnet y de TrabajaEn, se reprogramarán las fechas en que continuarán los plazos o términos
previstos y, por los medios señalados en ésta, los CTS comunicarán la reprogramación de fechas a los
aspirantes, en estricta observancia de los principios rectores del Sistema. Por lo tanto, no procederá la
reprogramación de las fechas para la aplicación de cualquiera de las Etapas del concurso a petición
de las personas candidatas.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
231
En caso de que una persona candidata requiera revisión del examen de conocimientos técnicos, ésta deberá
ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a la Secretaría Técnica del Comité Técnico de Selección
y enviado a la siguiente dirección electrónica: ingreso_shcp@hacienda.gob.mx. Es importante señalar, que
únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no así procederá la revisión respecto del contenido o de
los criterios de evaluación, de acuerdo con el Artículo 265, del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025.
Asimismo, en caso de que una persona candidata requiera revisión del examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal, se le mostrará la pantalla del Módulo generador de exámenes
administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y si aun así persiste en su pretensión, deberá
solicitarla a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a la Dirección General de Gestión para los Servidores
Públicos al Servicio de la Sociedad de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, o al siguiente correo
electrónico: trabajaen@buengobierno.gob.mx. Es importante señalar, que la revisión se hará únicamente en lo
que respecta a la correcta aplicación de la herramienta de evaluación, métodos o procedimientos utilizados,
no así procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
ETAPA DE ENTREVISTA:
El Comité Técnico de Selección determinará el lugar en que se llevará a cabo la Etapa de Entrevista.
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de las personas candidatas con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para
la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, basadas en el Artículo 271 del ACUERDO por el que se establecen
las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicados el 19 de diciembre de 2025.
Por acuerdo de los miembros del Comité Técnico de Profesionalización, pasarán a la etapa de Entrevista, las
cinco personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado,
cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación,
accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de las personas candidatas
que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de personas candidatas que se continuarían
entrevistando, que preferentemente será de tres y sólo se entrevistarían en caso de no contar al menos con
un finalista de entre las personas candidatas ya entrevistadas. Las personas candidatas que, al final de la
etapa III cuente con menos de 40 puntos en la escala de 0 a 100 sin decimales, no serán consideradas para
la entrevista, toda vez que no obtendría los 70 puntos que se requieren para acreditar el puntaje mínimo de
calificación, que establece el artículo 230, fracción V, VI y VII del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025.
Los miembros del Comité Técnico de Selección podrán sesionar por medios remotos de comunicación
electrónica, cuando así resulte conveniente.
Para la evaluación de la entrevista, los miembros del Comité Técnico de Selección considerarán el criterio
siguiente:
•
Contexto, (favorable o adverso)
•
Estrategia (simple o compleja)
•
Resultado (sin impacto o con impacto)
•
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
ETAPA DE DETERMINACION:
Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
sistema de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
considerados aptos para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley, 36
párrafo tercero de su Reglamento y Artículo 230, fracción VII del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025.
232
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
En esta etapa los miembros del Comité Técnico de Selección resuelven el proceso de selección, mediante la
emisión de su determinación, declarando:
a)
La persona ganadora del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en
el proceso de selección, es decir, a la de mayor calificación definitiva, y
b)
A la persona candidata finalista con la siguiente mayor calificación definitiva, que podrá llegar a ocupar el
puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la Dependencia, la ganadora
señalada en el inciso anterior:
I.
Comunique a la Dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
II.
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c)
Desierto el concurso.
6a. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación.
El listado de las personas candidatas en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados
obtenidos por aquéllas con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el
Sistema de Puntuación General ratificado por los miembros del Comité Técnico de Profesionalización en su
Primera Sesión Extraordinaria, mediante Acuerdo CTP-E-03 0126, de fecha 19 de enero de 2026 y vigente a
partir del 20 de enero del mismo año:
Sistema de Puntuación General
Etapa
Enlace
Jefatura de
Departamento
Subdirección
de Area
Dirección
de Area
Dirección
General
Etapa
II
(Examen de
Conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales de la APF)
30
30
20
20
10
Evaluación de
Habilidades
20
20
20
20
20
Etapa
III
Evaluación de
Experiencia
10
10
20
20
30
Valoración del
Mérito
10
10
10
10
10
Etapa
IV
Entrevista
30
30
30
30
30
Total
100
100
100
100
100
DETERMINACION
7a. Publicación de Resultados.
Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
8a. Reserva de Personas Candidatas.
Las personas candidatas entrevistadas por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten
ganadoras del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación (70 puntos), se integrarán a la Reserva
de Personas Candidatas de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una vigencia de permanencia
en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se
trate.
Las personas candidatas finalistas estarán en posibilidad de ser convocadas durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la Reserva de Aspirantes tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas
de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de personas
candidatas cuando así lo prevengan los miembros del Comité Técnico de Selección.
9a. Declaración de Concurso Desierto.
Los miembros del Comité Técnico de Selección podrán, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar
desierto un concurso por las siguientes causas:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerada finalista (70 puntos); o
III. Porque sólo una persona candidata finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o
bien, no obtenga la mayoría de los votos de los miembros del Comité Técnico de Selección.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
233
En caso de declararse desierto el concurso, el Comité Técnico de Selección debe determinar el momento en
que deberá convocarse nuevamente a concurso, de conformidad con la última reforma del Reglamento de la
LSPC publicada en el DOF el 04 de enero de 2024.
10a. Cancelación de Concurso.
Los miembros del Comité Técnico de Selección podrán cancelar el concurso de las plazas en los supuestos
siguientes:
I.
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la
ocupación del puesto de que se trate, o
II.
El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus
derechos a alguna persona, o
III. Los miembros del Comité Técnico de Profesionalización determinen que se modifica o suprime del
Catálogo el puesto en cuestión.
11a. Principios del Concurso.
En el portal www.dof.gob.mx podrá consultarse la convocatoria, los detalles sobre el concurso y los puestos
vacantes. Los datos personales de las personas candidatas son confidenciales, aun después de concluido el
concurso. Las personas candidatas se responsabilizarán de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria sin
responsabilidad alguna a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación de los miembros del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al ACUERDO por el que se
establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
12a. Resolución de dudas:
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las personas candidatas formulen con
relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
ingreso_shcp@hacienda.gob.mx o bien el número telefónico 553688 5344, con un horario de atención de
lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
13a. Inconformidades:
Las personas candidatas podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Denuncias e
Investigaciones en el Ramo Hacienda, ubicado en Calzada de la Virgen 2799, Edificio A, Segundo Piso,
Ala Poniente, Colonia C.T.M. Culhuacán, Alcaldía de Coyoacán, C.P. 04480, Ciudad de México, con horario
de atención de 9:00 a 15:00 y de 16:30 a 18:00 horas en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y la última reforma del Reglamento de la
LSPC publicada en el DOF el 04 de enero de 2024.
14a. Revocaciones.
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, las personas interesadas estarán en aptitud jurídica
de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones situadas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735,
Primer Piso, Ala Sur, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en un
horario que va de las 09:00 a las 18:00 horas en días hábiles; lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento,
o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo.
15a. Procedimiento para la Reactivación de Folios.
En caso de que el descarte de un folio se deba a errores del Sistema o de captura u omisiones involuntarias
por parte de los operadores de ingreso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los 03 días
hábiles posteriores en que se haya originado o se detecte el descarte, se enviarán a los miembros del Comité
Técnico de Selección los soportes documentales.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Los miembros del Comité Técnico de Selección de esta Secretaría, por unanimidad o por mayoría de votos,
podrán determinar bajo su responsabilidad en cualquier etapa del concurso la reactivación de folios, conforme
a lo siguiente:
a)
Dentro de los 03 días hábiles posteriores en que se haya originado o detectado el descarte de un folio, las
personas interesadas podrán solicitar su reactivación, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, al correo
electrónico: comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia al de: ingreso_shcp@hacienda.gob.mx,
siempre y cuando las causas del descarte no sean imputables a las mismas.
b)
Dentro de los 05 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, los miembros del
Comité Técnico de Selección sesionarán para determinar la procedencia o improcedencia de la petición.
Las personas candidatas que requieran la aclaración de dudas sobre la reactivación de un folio, deberán
dirigirse a comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia a ingreso_shcp@hacienda.gob.mx, dentro de los 05
días hábiles posteriores a la fecha en que se les informe de la reactivación de un folio.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
I.
La persona candidata cancele su participación en el concurso, y
II.
Exista duplicidad de registros en TrabajaEn.
16a. Disposiciones generales.
1.
Los aspectos relevantes y otros requerimientos de los puestos vacantes de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público se pueden consultar en:
a)
El portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
b)
La página electrónica https://www.gob.mx/shcp/archivo/documentos?idiom=es&filter_origin=archive,
(Dar clic en Búsqueda avanzada, ingresa tú búsqueda con la palabra “Convocatoria” seguido de la
fecha de publicación, establece el periodo de búsqueda y dar clic en Buscar para encontrar
la información de su interés).
En
la
Intranet
(Personal
interno
de
la
SHCP)
ingrese
a
la
página
electrónica:
https://intranet.hacienda.gob.mx/intra_bibdoc_contenidos/Programas_Institucionales/SPC/Subsistema_
ingreso/Convocatorias_2025.pdf; y dar clic en la convocatoria de su interés, para localizar el puesto
deseado; o bien, en:
https://intranet.hacienda.gob.mx/intra_bibdoc_contenidos/Programas_Institucionales/SPC/Subsistema_
ingreso/Convocatorias_2026.pdf
2.
Asimismo, podrá consultar las Bases de Participación de los puestos vacantes de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público en:
a)
La página electrónica www.gob.mx/shcp/documentos/bases-de-participacion-de-convocatorias-del-
spc-en-la-shcp?idiom=es-MX, localice en el apartado de DOCUMENTOS el número de convocatoria
de su interés y dé clic en la flecha se encuentra a la derecha.
3.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de persona servidora pública de carrera
titular, para poder ser nombrada en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación
necesaria que acredite haberse separado del puesto que venía ocupando, toda vez que no puede
permanecer activa en ambos puestos; así como, previo a su registro, haber cumplido con la obligación
que le señala fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal.
4.
Una vez que los miembros del Comité Técnico de Selección hayan resuelto sobre la persona candidata
ganadora, ésta deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser
así se considerará como renuncia a su ingreso, por lo que los miembros del Comité Técnico de Selección
podrán optar por elegir de entre las personas candidatas finalistas al o la siguiente con la calificación más
alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
5.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como las
inconformidades y los recursos de revocación serán considerados confidenciales aun después de
concluidos éstos, en todo caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección,
tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales que resulten aplicables.
6.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por los miembros del Comité
Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
Los miembros del Comité Técnico de Selección
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo de los miembros de los Comités Técnicos de Selección, firma la Secretaria Técnica
Subdirectora de Exámenes Técnicos y Comités de Selección
Lic. Sandra Luz Torres Olivares
Firma Electrónica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA DIRIGIDA A TODO(A) INTERESADO(A)
QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA No. 185
El Comité Técnico de Selección de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas con fundamento en los
artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 47 y 92 de su Reglamento;
241, 242, 243, 246, 247, 253, 254, 255, 256, 257 y 258 del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025, emiten la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA
Y ABIERTA dirigida a todo interesado que desee ingresar al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en el
siguiente puesto vacante de la Administración Pública Federal:
Nombre del
Puesto
Jefe de Departamento de Coordinación
y Apoyo de Junta de Gobierno
Código de Puesto
06-C00-1-M2C014P-0001264-E-C-A
Nivel
Administrativo
O23
Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$ 31, 128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N) mensual
Adscripción del
Puesto
Subdirección de Contratación
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales
1. Vigilar los trabajos para la celebración de las sesiones de junta de gobierno en los
plazos señalados por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y comunicar a
los vocales la celebración de éstas, para que se realicen dentro del marco normativo
aplicable.
2. Controlar y revisar la documentación presentada por las diversas áreas de la
Comisión, para integrar la carpeta de trabajo de la sesión correspondiente, así como
expedir los proyectos de la orden del día de acuerdo a las facultades que la ley le
otorga al Organo de Gobierno, para indicar a los vocales el desarrollo de la reunión.
3. Examinar y estudiar el contenido y acuerdos de la documentación presentada en la
carpeta de trabajo, con la finalidad de integrar el acta conforme a la normativa
aplicable.
4. Distribuir las carpetas de trabajo a los vocales para su estudio y análisis.
5. Integrar y examinar en su conjunto la redacción del acta respectiva, con el propósito
de verificar que se hayan asentado con claridad y precisión las resoluciones y
recomendaciones adoptadas en la sesión, a efecto de no contravenir ninguna
disposición y conforme lo establecido en la Ley de Instituciones de Seguros y
de Fianzas.
6. Consolidar los acuerdos tomados, para mantener un seguimiento y control sobre los
temas tratados, así como asegurar la documentación e información elaborada y
emitida para consulta y seguimiento, y expedir, cuando así proceda, copias
certificadas para dar cumplimiento a los acuerdos tomados en sesión y en
cumplimiento a lo señalado en la ley.
Perfil
Escolaridad
Nivel
de
estudio:
Licenciatura
o
Profesional.
Grado de avance escolar: Titulado.
Area de Estudio: Ciencias Sociales y
Administrativas
Carrera Genérica: Derecho
Experiencia laboral
Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de Trabajaen
Area de experiencia: Ciencias Jurídicas
y Derecho
Area de experiencia requerida: Derecho
y Legislación Nacionales
Capacidades
Gerenciales/Habilidades
•
Trabajo en equipo
•
Orientación a resultados
•
Introducción Técnica a los Seguros y
su Marco Normativo
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Bases de participación
Principios del
concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia,
objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de
género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico
de Selección de su respectiva plaza, a las disposiciones de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), a su
Reglamento, así como el ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal.
Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto y aquellos establecidos en las bases de la
Convocatoria.
De acuerdo al artículo 221 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
cuando la convocatoria señale como requisito de escolaridad contar con Título
Profesional y Cédula Profesional, el mismo se acreditará con la exhibición del
Título registrado en la Secretaría de Educación Pública y mediante la presentación
de la Cédula Profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en términos
de las disposiciones aplicables.
El grado académico de Licenciatura no podrá ser sustituible por ninguna
Especialidad, Maestría, Doctorado u otro grado académico.
En observancia al artículo 21 de la LSPCAPF se deberá acreditar el cumplimiento de
los siguientes requisitos legales:
I.
Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar;
II.
No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso;
III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y
V. No estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro
impedimento legal o administrativo; así como presentar y acreditar las
evaluaciones que se indica para cada caso.
Asimismo, las personas candidatas a concursar para los puestos vacantes no deberán
encontrarse en alguno de los supuestos a que hace referencia el artículo 38, fracción
VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro
Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo
dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y
Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
No existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional, el color de piel, la
cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social,
económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características
genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las
preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación
familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o
cualquier otro motivo, para la pertenencia al servicio.
Documentación
requerida
La Revisión y Evaluación de Documentos, específicamente en lo relativo al perfil del
puesto, se llevará a cabo conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas
de Experiencia, establecidos por esta Secretaría en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx (para efectos de esta Convocatoria Trabajaen).
Cuando le sea solicitado, las y los aspirantes deberán enviar escaneado el documento
original o copia certificada legible, en la forma, fecha y hora establecidos en el
mensaje que al efecto reciban en su Centro de mensajes de Trabajaen, en el orden en
que se enlistan los siguientes documentos:
Las y los aspirantes deberán presentar para cotejo, en original legible o copia
certificada y copia simple, los siguientes documentos que se mencionan a
continuación:
1.
Comprobante
impreso
del
número
de
folio
asignado
por
el
portal
www.trabajaen.gob.mx para participar en el concurso.
2.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda.
3.
Currículum vitae en formato publicado en el sitio www.trabajaen.gob.mx y un
ejemplar requisitado que podrá obtener en la liga siguiente:
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DIARIO OFICIAL
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https://www.cnsf.gob.mx/Transparencia/TransparenciaFocalizada/ServicioProfesio
nal/Paginas/Temarios.aspx actualizado, detallando funciones específicas, puesto
ocupado y período en el cual laboró: para acreditar los años de experiencia
solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo
registrado en el sitio www.trabajaen.gob.mx, ambos CVS deberán estar firmados
bajo protesta de decir verdad en la última hoja.
4.
Documentos que acrediten el nivel de estudios requerido para el puesto por el
que concursa, únicamente se aceptará el título y la cédula profesional
(ambos documentos), mismo que deberá aparecer registrado en la página de
internet del Registro Nacional de Profesionistas de la Dirección General
de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y mediante la presentación
de la cédula profesional correspondiente expedida por dicha autoridad.
En caso de haber realizado estudios en el extranjero, deberán presentar la
documentación oficial que acredite la revalidación de sus estudios ante
la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, el
grado académico de licenciatura no podrá ser sustituible por ninguna
especialidad, maestría, doctorado u otro grado académico, de igual forma deberá
acreditarse con la exhibición del título y cedula profesional.
5.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (únicamente se acepta
credencial para votar con fotografía o pasaporte).
6.
Cartilla militar liberada (en el caso de hombres hasta los 45 años).
7.
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena
privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio
público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la
documentación presentada es auténtica, no integrar con el punto 8.
8.
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún
programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal,
su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normativa aplicable, no integrar con
el punto 7.
*Cada escrito bajo protesta deberá ser presentado por separado.
9.
Certificado de No Deudor Alimentario, el cual podrá obtener al ingresar a la
página oficial del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), cuya
liga electrónica es: https://rnoa.dif.gob.mx/ mediante la cual podrá generar de
manera gratuita e inmediata. Dicho certificado deberá emitirlo dentro del periodo
contado a partir del día posterior al término de la Etapa I Registro de las personas
candidatas y Revisión Curricular, hasta el día de la fecha prevista para su revisión
documental, presentándolo en formato impreso, a efecto de acreditar que no se
encuentra en el supuesto de haber sido declarado como persona deudora
alimentaria.
Y el Manifiesto bajo protesta de decir verdad que no se encuentran en alguno de
los supuestos a que hace referencia el artículo 38, fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que será proporcionado por la
Comisión al momento de la revisión de la Experiencia y Valoración del Mérito.
Es importante mencionar que en caso de que se compruebe que la persona
candidata se encuentre bajo alguno de los supuestos contemplados en la fracción
VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
no podrá ser considerada como candidata para ocupar cualquier empleo, cargo o
comisión en el servicio público, por lo que automáticamente su participación, será
descartada del concurso público y abierto de que se trate. Lo anterior, con base
en lo establecido en el cuarto párrafo del Oficio Circular SRCI/UPRH/0010/2023
de fecha 11 de agosto de 2023, emitido por la Secretaría de la Función Pública
(ahora Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno).
La NO PRESENTACION del certificado será causa de descarte del concurso.
10. Impresión del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Constancia de
situación fiscal o Registro Federal de Contribuyentes (RFC), misma que deberá
coincidir con los datos registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx
para el concurso. En caso de que el RFC no coincida con este registro, procederá
el descarte del concurso de que se trate.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
11. Clave Unica de Registro de Población (CURP), misma que deberá coincidir con
los datos registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el
concurso. En caso de que el CURP no coincida con este registro, procederá
el descarte del concurso.
12. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto por el cual se
concurse y que se manifestaron en su momento en el currículum registrado en el
sitio www.trabajaen.gob.mx, se deberán presentar como mínimo dos documentos
por cada uno de los cargos o puestos ocupados en los que se acredite el inicio y
termino de cada empleo como: Hojas Unicas de Servicio, Nombramientos,
Constancias de empleos anteriores en hoja membretada y sellada, en caso de
presentar contratos deberá presentar los recibos de pagos por el periodo
laborado, en caso de presentar hojas de inscripción de alta y baja al ISSSTE o al
IMSS deberá soportar la información presentando recibos de pago bimestrales
por cada año laborado con timbrado electrónico, en caso de presentar Recibos o
talones de pago deberá presentar los recibos con timbrado electrónico de pago
mensuales por cada año laborado, en caso de presentar recibos de Honorarios
(deberán contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del
SAT) deberá presentar todos aquellos que indiquen el periodo laborado según
sea el caso que indiquen la fecha de inicio y termino en el puesto, de los puestos
desempeñados y sueldo(s) percibidos. Constancia de Semanas cotizadas en el
IMSS, Expediente electrónico único del ISSSTE. No se aceptan como constancia
para acreditar la experiencia laboral requerida las cartas de recomendación,
constancia
de
Servicio
Social,
Credenciales
de
Trabajador,
Prácticas
Profesionales, constancias de sueldos, salarios, renuncias, conceptos asimilados
y crédito al salario.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y/o término del
empleo que pretende comprobar no serán válidos, por lo que no se computarán
para el cálculo de los años con los que se acredite el cumplimiento del perfil del
puesto de que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona
moral que hayan fungido como patrón de la persona candidata, por lo que no se
aceptará cualquier documento emitido en forma unilateral por el propio trabajador;
así como algún otro documento que no esté enlistado arriba, para acreditar la
experiencia laboral requerida
13. Para realizar la valoración del mérito, los candidatos deberán presentar
evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el
ejercicio profesional, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiese
tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de capacidades
profesionales certificadas vigentes, para el caso de otros estudios adicionales
deberá exhibir en caso de otra licenciatura, Maestría, Doctorado o Post Doctorado
Titulo y Cedula profesional.
14. Conforme al artículo 220 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
para acreditar las evaluaciones del desempeño anuales, se tomarán en cuenta,
las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en
que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado
como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su
nombramiento como servidores públicos de carrera titulares.
15. Para comprobar el habla de lenguas indígenas nacionales, en el Nivel 1 se
deberá presentar:
•
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen,
donde se señale que es hablante de una lengua indígena nacional.
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada
por esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
•
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas que
avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus
variantes.
•
Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías,
folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etc.) En la presentación
de estos materiales, se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
239
•
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
•
Certificado de competencia laboral (en estándares relacionados con la
interpretación, atención en lengua indígena o traducción).
•
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y
Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
Y para el Nivel 2 se deberá presentar:
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada
por esta misma Institución (con resultado excelente).
•
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua
indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que
se trate.
•
En
la
presentación
de
estas
publicaciones,
se
deberá
acreditar
fehacientemente su autoría.
•
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador
bilingüe y/o traductor de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etc.)
•
En la presentación de estas evidencias, se deberá acreditar fehacientemente
su autoría.
•
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y
Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
Los requisitos a que se refiere el párrafo anterior se acreditarán en el
momento de la revisión documental.
16. Para comprobar Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicanas deberá presentar:
•
Escrito de declaración de autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicanas, y el nombre del pueblo o comunidad
indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
17. Para comprobar la perspectiva de juventudes, debe cumplir los requisitos de
escolaridad y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el
perfil del puesto en concurso, así como presentar una copia de su Identificación
Oficial (INE o Pasaporte) que compruebe que al momento de la publicación del
concurso su edad no sobrepase los 30 años.
18. Para comprobar a la persona candidata que se autoreconozca como persona
con discapacidad deberá presentar:
•
Escrito
de
declaración
de
autoreconocimiento
como
persona
con
discapacidad y la descripción de su discapacidad.
Los requisitos a que se refiere el párrafo anterior se acreditarán en el momento de la
revisión documental.
Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir
las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los
requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la
convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la LSPC.
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la LSPC, se tendrá por
acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el CTS, toda vez que tal
circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador de este.
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas se reserva el derecho de solicitar en
cualquier etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos
registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos y, de no
acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante o, en su caso, se
dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que
se haya emitido, sin responsabilidad para la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
De conformidad con el artículo 36 Bis del Reglamento, cuando aspirante no cumpla
con algún requisito establecido en la convocatoria, este no podrá continuar
participando en el proceso de selección, y se le notificará el motivo de la eliminación
de su participación y el fundamento de esta determinación.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Registro de
aspirantes
La inscripción o el registro de los(as) candidatos(as) a un concurso, se podrá realizar
a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en la página
www.trabajaen.gob.mx, la cual asignará un número de folio para el concurso al
aceptar las presentes bases, que servirá para formalizar su inscripción a éste e
identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el
Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (as)
aspirantes.
Desarrollo del
concurso
El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo con las fechas
establecidas a continuación:
Etapa
Lugar
Fecha o Plazo
Publicación de Convocatoria en el
DOF.
www.trabajaen.gob.mx
29 de abril de 2026
aspirantes (en la Registro de
herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 29 de abril al 14 de
mayo de 2026.
Revisión curricular
(en forma automatizada por la
herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 29 de abril al 14 de
mayo de 2026.
Recepción de solicitudes para
reactivación de folios
Av. Insurgentes Sur No. 1971, Local
No. 50, Nivel Fuente, Col. Guadalupe
Inn; Alvaro Obregón; C.P. 01020;
Ciudad de México.
15, 18 y 19 de mayo de
2026.
*Examen de conocimientos
(examen de conocimientos
técnicos y examen de
conocimientos generales de la
Administración Pública Federal)
Av. Insurgentes Sur No. 1971, Local
No. 50, Nivel Fuente, Col. Guadalupe
Inn; Alvaro Obregón; C.P. 01020;
Ciudad de México.
A partir del 28 de mayo de
2026.
*Evaluación de habilidades
A partir del 15 de junio de
2026.
*Presentación de Documentos
Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito
Av. Insurgentes Sur No. 1971, Local
No. 50, Nivel Fuente, Col. Guadalupe
Inn; Alvaro Obregón; C.P. 01020;
Ciudad de México.
A partir del 29 de junio de
2026.
*Entrevista por el Comité Técnico
de Selección
Av. Insurgentes Sur No. 1971, Torre
Sur segundo piso, Col. Guadalupe Inn;
Alvaro Obregón; C.P. 01020;
Ciudad de México.
A partir del 13 de julio de
2026.
*Determinación del
candidato ganador
www.trabajaen.gob.mx
A partir del 23 de julio de
2026
*Nota: Las fechas programadas podrán estar sujetas a cambio, previo aviso emitido por la Comisión Nacional
de Seguros y Fianzas a través de mensajes publicados en el portal www.trabajaen.gob.mx en función del
avance que se presente en el proceso de las evaluaciones, del número de aspirantes que participen en esta
convocatoria o en caso de que se presenten situaciones contingentes.
Temarios
El temario sobre el que versará el examen de conocimientos se encontrará a
disposición de los candidatos en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, a partir
de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la
Federación.
El temario sobre el que versará el examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal será publicado por la Unidad y los aspirantes podrán
consultarlo a través de la página de trabajaen.gob.mx. Temario del examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal (buengobierno.gob.mx)
Las guías para las Evaluaciones de Habilidades se encuentran disponibles para su
consulta en la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx
Presentación de
evaluaciones
La Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas comunicará a cada aspirante, la
fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones
referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica
http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será
motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados,
lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección de la Comisión Nacional de
Seguros y Fianzas de la plaza correspondiente, a través del portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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De conformidad con el artículo 254 del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, la invitación se enviará con al menos 2 días hábiles de anticipación a
la fecha y hora prevista al efecto. En dicho comunicado, se especificará el tiempo de
tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de quince minutos.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la
aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las
siguientes premisas:
1.
El examen de conocimientos técnicos de cada plaza se realizará de manera
presencial, por escrito, será motivo de descarte y la calificación mínima
aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales. Sólo en el
caso de las calificaciones aprobatorias los decimales 0.6 suben al siguiente
entero ejemplo: 70.6 subirá a 71.
Para la aplicación del Examen o la Evaluación de Conocimientos Técnicos se
atenderá lo previsto en los Criterios Técnicos para la Reactivación de plazos y
términos para la operación de Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal en el apartado VI.3., B De los exámenes de conocimientos y
evaluaciones de habilidades.
El examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal se
realizará de manera presencial, será motivo de descarte y la calificación mínima
aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales para los niveles
Subdirector de Area y Jefe de Departamento, con base en el artículo 230 de las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal.
La no aprobación de la evaluación de conocimientos técnicos y del examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, será motivo
de descarte debido a que ambas calificaciones se promediaran de acuerdo a los
puntos asignados a cada uno, así como, que los aspirantes NO se presenten en
el lugar y horario señalado, para desahogar la etapa.
En el mensaje de invitación a cada uno de los aspirantes deberá indicar que el
examen será presencial, así como el horario y la fecha asignada. Las personas
aspirantes deberán presentarse con los materiales necesarios para la aplicación del
examen, tales como lápiz, pluma, goma, sacapuntas y calculadora de uso personal.
En caso de requerir el uso de equipo de cómputo portátil, deberán presentarlo el día
de la aplicación.
La subetapa de evaluación de habilidades será motivo de descarte cuando el (la)
aspirante NO se presente en el lugar y hora señalados.
Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y
valoración del mérito, así como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el
Sistema de Puntuación General y no implican el descarte de los candidatos.
La revisión de la valoración de la experiencia y mérito será motivo de descarte cuando
el(la) aspirante NO proporcione la documentación requerida en la forma, fecha y
horario establecido en el mensaje de invitación que se emita a través de Trabajaen
para tal efecto, así como la NO presentación del original de cualquiera de los
documentos que se describen en esta Convocatoria.
Se llevará a cabo la revisión de la valoración de la experiencia y mérito de forma
presencial a fin de garantizar la autenticación e identificación de los documentos.
•
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación
de la Experiencia y la Valoración del Mérito, vigente a partir del 23 de abril de
2009, y su última modificación vigente a partir del 15 de julio de 2024, que puede
consultarse en www.trabajaen.gob.mx, en el apartado de “Documentos e
Información Relevante”, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la
Experiencia serán los siguientes:
Orden en los puestos desempeñados.
Duración en los puestos desempeñados.
Experiencia en el sector público.
Experiencia en el sector privado.
Experiencia en el sector social.
Nivel de responsabilidad.
Nivel de remuneración.
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DIARIO OFICIAL
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Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del
puesto vacante;
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los
siguientes:
Resultados de las evaluaciones del desempeño.
Resultados de las acciones de capacitación.
Resultados de procesos de certificación.
Logros.
Distinciones.
Reconocimientos o premios.
Actividad destacada en lo individual.
Otros estudios.
Habla de Lengua Indígena.
Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o
afromexicana.
Perspectiva de juventudes.
Persona con discapacidad.
En los casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y
funciones, tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos,
éstos tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso,
siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los conocimientos de
que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
A fin de que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas esté en posibilidad de
atender las solicitudes de los candidatos que hubieran aplicado las evaluaciones
de conocimientos en esta Comisión, en la plaza de que se trate, y requieran la
revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos mencionada en el
párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito fundamentado y
firmado autógrafamente, el cual deberá ser dirigido a la Lic. Dulce Rosario Chávez
Díaz, Secretaria Técnica, mediante correo electrónico a dchavez@cnsf.gob.mx, o
entregado en el Local 50 de Plaza Inn, Nivel Fuente, Col. Guadalupe Inn, Alvaro
Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en la Dirección de Administración de
Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 hrs. El escrito deberá ser dirigido al Comité
Técnico de Selección.
Los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos y de las evaluaciones
de habilidades aplicadas en los procesos de selección tendrán vigencia de un año.
Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de
conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y
firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo de
cinco días hábiles, contado a partir de la publicación de los resultados en la página
de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a la Secretaria Técnica del
Comité Técnico de Selección de la plaza correspondiente. Es importante señalar, que
la revisión de exámenes sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de
las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique
la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la
revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
Serán motivo de Descarte del concurso: NO presentarse en la fecha, hora y lugar
señalados, presentarse una vez transcurrido el tiempo de tolerancia, así como no
presentar la documentación requerida para tal efecto.
Etapa de
entrevistas
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones serán
considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos, a fin
de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las
reglas de valoración y el Sistema de puntuación establecidos en la Comisión Nacional
de Seguros y Fianzas.
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional de
Seguros y Fianzas, pasarán a la etapa de Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con
puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado.
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DIARIO OFICIAL
243
En el supuesto de que el número de candidatos(as) que aprueben las etapas
señaladas en las fracciones I, II, y III del artículo 34 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública, fuera menor al mínimo
establecido se deberá entrevistar a todos; pudiendo llegar a presentarse hasta un
solo(a) candidato (a). En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de
prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la
totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar.
Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección de su plaza
correspondiente considerará los criterios siguientes:
Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
Estrategia o acción (simple o compleja)
Resultado (sin impacto o con impacto)
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
Etapa de
Determinación
Se considerarán finalistas a los (las) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo
de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en al menos una
calificación de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales, en términos de los
artículos 32 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal y 40, fracción II de su Reglamento.
En esta etapa el Comité Técnico de Selección de su respectiva plaza, resuelve el
proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:
a)
Ganador(a) del concurso, al finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y
b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a
ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la
dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el inciso anterior:
I.
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en
la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o
II.
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la
fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
Reglas de
valoración
General y
Sistema de
puntuación
General
1. Las Reglas de Valoración General y el Sistema de Puntuación General, los podrán
consultar en la página electrónica de la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas
(https://www.cnsf.gob.mx/Transparencia/TransparenciaFocalizada/ServicioProfesional/
Paginas/MetodologiayEscalasdeCEyM.aspx).
2. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán
considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin
de determinar el orden de prelación, de acuerdo con las siguientes ponderaciones:
SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL
Puesto
Evaluación Técnica
(examen de
conocimientos
técnicos y examen de
conocimientos
generales de la APF)
Habilidades
Evaluación de
la Experiencia
Evaluación
del Mérito
Entrevistas
Total
Jefe de
Departamento de
Coordinación y
Apoyo de Junta de
Gobierno
30
10
15
15
30
100
Publicación de
resultados
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal
electrónico www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de folio
para el concurso.
Reserva de
candidatos
Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de
Selección de la plaza correspondiente que no resulten ganadores(as) del concurso y
obtengan un puntaje mínimo de calificación de 70, se integrarán a la Reserva de
Candidatos de la rama de cargo o puesto de que se trate de la Comisión Nacional
de Seguros y Fianzas, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año,
contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que
se trate.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante
el periodo que dure su vigencia de permanencia en la reserva de candidatos y
tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el
Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de
aspirantes.
Declaración de
concurso
desierto
El Comité Técnico de Selección de su respectiva plaza podrá, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las
siguientes causas:
I.
Porque ningún(a) candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno(a) de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado finalista, o
III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité
Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
Cancelación de
concurso
El Comité Técnico de Selección de su respectiva plaza podrá cancelar el concurso en
los supuestos siguientes:
I.
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa
que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o
II.
El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se
considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado
estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o
III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
Resolución
de
dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes
formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra
disponible el correo electrónico dchavez@cnsf.gob.mx así como un módulo de
atención en el teléfono 5557247400, Ext.6593, en horario de 09:00 a 14:00 hrs.
Inconformidades
Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de
Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control de la Comisión Nacional
de Seguros y Fianzas, en Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2,
Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020, Ciudad de México de 9:00 a 14:00 hrs., y de
15:00 a 18:00 hrs., en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, y su Reglamento.
Revocaciones
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los interesados estarán en
aptitud jurídica de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la
Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
(antes Secretaría de la Función Pública), en sus instalaciones, entre las 09:00 y las
15:00 horas en días hábiles, sita en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Quinto Piso,
Ala Norte, Col. Guadalupe Inn, Alvaro Obregón, C. P. 01020, Ciudad de México,
conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho
escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo.
Reactivación de
folios
Con respecto a la reactivación de folios, una vez que se haya cerrado la etapa de
registro de aspirantes al concurso (revisión curricular), el aspirante tendrá tres días
hábiles a partir de la fecha de ese cierre para presentar su escrito de petición de
reactivación de folio en el Local 50 de Plaza Inn, Nivel Fuente, Col. Guadalupe Inn,
Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en la Dirección de
Administración de Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 hrs, anexando la siguiente
documentación:
•
Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su folio
de rechazo.
•
Justificación dirigida al Comité Técnico de Selección, del aspirante de por qué
considera que se debe reactivar su folio.
•
Copia simple de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y
escolaridad.
•
Indicar la Dirección física, Dirección electrónica y números telefónicos, donde
puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el
Comité Técnico de Selección respectivo.
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DIARIO OFICIAL
245
La reactivación de folios no será procedente cuando:
I.
El aspirante cancele su participación en el concurso, y
II.
Exista duplicidad de registros en Trabajaen
III. En caso de que el aspirante se encuentre dado de baja en el Sistema.
IV. Cuando el aspirante omita información o capture mal sus datos.
Cuando se advierta la duplicidad de registros en el Sistema Trabajaen, el Comité
Técnico de Selección de la plaza correspondiente procederá al descarte del segundo
o subsecuentes folios de registro en este, e informará esta situación a la Unidad de
Política de Recursos Humanos de la Administración Pública.
Los casos que se presenten bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad de
Políticas para el Servicio Público para que, en su caso, determine las medidas que
resulten pertinentes.
Una vez pasado el periodo establecido no serán recibidas las peticiones de
reactivación.
Disposiciones
Generales
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes, de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
2.
Los datos personales de los concursantes son confidenciales aun después de
concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
4. Cuando el (la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor público de
carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá
presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez
que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido
la obligación que le señala la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
5. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el candidato
ganador, éste deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicadas por la
dependencia; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso, por lo que el
Comité podrá optar por elegir de entre los finalistas al siguiente con la calificación
más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60, fracción I y 75, fracciones I y
VII, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal.
6. Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así
como en las inconformidades y los recursos de revocación serán considerados
confidenciales, aun después de concluidos éstos, en todo caso, deberán
observarse las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión,
transmisión y distribución de datos personales que resulten aplicables.
7.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección de la plaza correspondiente conforme a las
disposiciones aplicables.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
Los Comités Técnicos de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, la Secretaria Técnica,
la Subdirectora de Recursos Humanos
Lic. Dulce Rosario Chávez Díaz
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA NUM. 006/2026
El Comité Técnico de Selección del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales con
fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF); 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (RLSPCAPF), publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 06 de septiembre de 2007, última reforma publicada el 04 de enero de 2024
y 241, 242, 243, 246, 247, 253, 254, 255, 256, 257 y 271 del ACUERDO por el que se establecen las
disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal (ACUERDO)
publicado el 19 de diciembre de 2025, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal para ocupar los siguientes
puestos vacantes:
Puesto vacante:
Subdirector(a) de Destino y Desincorporación de Inmuebles
Código del
Puesto:
06-A00-1-M1C015P-0020199-E-C-F
Grupo, grado y
nivel:
N21
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y
Salarios Brutos del Presidente de la República y de los
Servidores Públicos de Mando y de Enlace de las
Dependencias y sus equivalentes en las Entidades de
la Administración Pública Federal. (Anexo 3A).
Número de
vacantes:
1(Una).
Sueldo Bruto:
$44,946.00 (Cuarenta y cuatro mil novecientos cuarenta y seis pesos 00/100 M.N.)
Lugar de
trabajo:
Av. México No. 151, Col. Del Carmen, Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de México.
Adscripción del
Puesto:
Dirección General de Administración del
Patrimonio Inmobiliario Federal
Sede:
Ciudad de
México
Tipo de
Nombramiento:
Confianza
Funciones
Principales:
1.
Supervisar la formalización de actos jurídicos a través de los cuales se regularice,
administrativamente, el uso y aprovechamiento de los inmuebles del Patrimonio
Inmobiliario Federal.
2.
Coordinar la elaboración de los proyectos de acuerdos administrativos de destino
de inmuebles federales al servicio de las Instituciones Públicas.
3.
Asegurar la elaboración de los proyectos por los que se ejecute la determinación
de disposición de los inmuebles con la finalidad de regularizar el uso y posesión
de los mismos.
4.
Asegurar la suscripción de instrumentos jurídicos en la que se hagan constar los
actos de destino de los inmuebles federales a cargo del Instituto.
5.
Supervisar la elaboración de los acuerdos administrativos que desincorporan y
autorizan la enajenación, así como su seguimiento ante la Unidad Jurídica del
INDAABIN.
6.
Supervisar la elaboración de los acuerdos administrativos que desincorporan del
dominio público de la Federación los bienes inmuebles propiedad de organismos
descentralizados.
7.
Supervisar las acciones necesarias para la integración de expedientes de
reversión de los inmuebles federales que no cumplen con el objeto por el que
fueron donados.
8.
Supervisar las acciones necesarias para la integración del expediente de
recuperación de los inmuebles federales que no cumplen con el objeto para el
que fueron destinados.
Perfil y
requisitos:
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Titulado
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
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DIARIO OFICIAL
247
Experiencia:
Mínimo 3 (tres) años en:
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Habilidades:
1.
Liderazgo.
2.
Trabajo en Equipo.
Conocimientos:
Nociones Generales de la Administración Pública Federal.
Otros:
Disponibilidad para viajar
Puesto vacante:
Jefe(a) de Departamento de Titulación de Inmuebles
Código del
Puesto:
06-A00-1-M1C014P-0020280-E-C-F
Grupo, grado y
nivel:
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y
Salarios Brutos del Presidente de la República y de los
Servidores Públicos de Mando y de Enlace de las
Dependencias y sus equivalentes en las Entidades de
la Administración Pública Federal. (Anexo 3A).
Número de
vacantes:
1(Una).
Sueldo Bruto:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho 00/100 M.N.)
Lugar de
trabajo:
Av. México No. 151, Col. Del Carmen, Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de México.
Adscripción del
Puesto:
Dirección General de Administración del
Patrimonio Inmobiliario Federal
Sede:
Ciudad de
México
Tipo de
Nombramiento:
Confianza
Funciones
Principales:
1.
Verificar la revisión y en su caso aprobación, de los proyectos de escrituras
públicas que le presenten los notarios del patrimonio inmobiliario federal para
formalizar los actos de adquisición de inmuebles a favor del Gobierno Federal.
2.
Coordinar las acciones necesarias para la titulación de los inmuebles federales
respecto de los cuales se tenga la posesión, control o administración a título de
dueño mediante la declaratoria administrativa de incorporación al patrimonio
federal.
3.
Realizar las acciones necesarias para la titulación de los inmuebles federales
respecto de los cuales se tenga la posesión, control o administración a título de
dueño mediante la declaratoria de dominio público de incorporación al patrimonio
federal.
4.
Realizar las acciones para integrar la documentación necesaria para llevar a cabo
el trámite de convalidación de escrituras, en los actos de adquisición de
inmuebles en favor de la Federación y que estén afectados de nulidad.
5.
Verificar la formalización de operaciones de adquisición gratuita de inmuebles, a
través de contratos o escritura pública para dar certeza jurídica de la propiedad de
los inmuebles federales.
6.
Verificar la emisión de designaciones de representantes del Gobierno Federal,
que participen en la suscripción de los instrumentos que formalicen adquisiciones
de inmuebles.
7.
Verificar la elaboración de contratos y la revisión de proyectos de escritura
pública, para formalizar la enajenación de inmuebles federales.
8.
Elaborar la autorización de cambio de uso de inmuebles donados.
Perfil y
requisitos:
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Experiencia:
Mínimo 2 (dos) años en:
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Habilidades:
1.
Liderazgo.
2.
Trabajo en Equipo.
Conocimientos:
Nociones Generales de la Administración Pública Federal.
Otros:
Disponibilidad para viajar
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
BASES DE PARTICIPACION
Requisitos de
Participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto y los establecidos en las presentes bases de
participación.
El grado académico de Licenciatura no podrá ser sustituible por ninguna Especialidad,
Maestría, Doctorado u otro grado académico, la persona candidata deberá presentar
el documento oficial que así lo acredite. Adicionalmente se deberá acreditar
el cumplimiento al artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal de los siguientes requisitos legales:
1. Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a)
cuya condición migratoria permita la función a desarrollar;
2. No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
3. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
4. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto, y
5. No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún
impedimento legal o administrativo, así como presentar y acreditar las evaluaciones
que se indican para cada caso.
De conformidad con el artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, queda restringida la participación de aquellas personas
que se ubiquen en los supuestos siguientes:
1. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación
a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en
cualquiera de sus modalidades y tipos.
2. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
El incumplimiento de alguno de los requisitos antes mencionados será motivo de
descarte del concurso.
En la aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo
tipo de discriminación que vulnere los derechos de las personas, y lo dispuesto en la
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
En virtud de lo anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o
nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la
condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física,
las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las
opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la
situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes
penales o cualquier otro motivo, para la pertenencia al servicio.
Para los puestos de Especialista y/o Enlace que el perfil de puesto requiera el nivel de
Técnico Superior Universitario, también se aceptará el nivel de Licenciatura terminada
o pasante y/o titulado(a) en la etapa de revisión documental.
Documentación
Requerida
La revisión y evaluación de documentos, específicamente en lo relativo al perfil del
puesto, se llevará a cabo conforme a los catálogos de carreras, de campos y áreas
de experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno,
disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
Sin excepción alguna las personas aspirantes deberán presentar para su cotejo, en
original o copia certificada legibles y copia simple legible para su entrega, en las
oficinas del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el
domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto reciban a través de la
herramienta electrónica www.trabajaen.gob.mx en el orden que se enlistan los
siguientes documentos:
1.
Impresión de la pantalla de Bienvenida al Sistema Trabajaen como comprobante
de folio asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el
concurso.
2.
Acta de nacimiento y/o documento migratorio, que le permita a la persona
candidata, si fuera el caso, la ocupación legal del puesto de que se trate, según
corresponda.
3.
Currículum Vítae actualizado con detalle de las funciones específicas, puesto
ocupado y periodo en el cual laboró; así como el nombre y teléfono de su jefe(a)
actual y/o anterior, quien dará referencias sobre su desempeño laboral y
Currículum actualizado de Trabajaen (firmados en cada una de sus hojas).
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4.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el que
concursa. En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura
con grado de avance Titulado(a), sólo serán válidos el Título Profesional
registrado en le Secretaría de Educación Pública o Cédula Profesional. No se
aceptará la constancia o acta de presentación y/o acreditación del examen
profesional, ni cualquier otro documento con el que se pretenda acreditar que la
expedición del Título y/o Cédula Profesional se encuentran en trámite y se refiera
a uno distinto al descrito con anterioridad. Para los casos en los que el perfil del
puesto establezca en los requisitos académicos el nivel de “Terminado o
Pasante”, se aceptará Carta de Pasante expedida por la Institución educativa de
procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá
presentar el documento oficial con el que se acredite haber cubierto el 100% de
los créditos del nivel de estudios solicitado con una antigüedad no mayor
a 6 meses.
Para los casos en que el perfil solicite Bachillerato, Carrera Técnica o Comercial
se aceptará el Certificado de terminación de estudios, Título, carta de pasante con
el 100% de créditos o constancia de terminación de estudios con sello de la
Institución Educativa reconocida por la Secretaría de Educación Pública.
En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el
artículo 221 del ACUERDO, deberán presentar invariablemente la constancia de
validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
5.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para
votar o Pasaporte vigentes o Cédula Profesional con fotografía y firma
(formato anterior). Cabe señalar que, si la Credencial para votar no se encuentra
vigente en términos de los criterios establecidos por el Instituto Nacional Electoral,
NO será aceptada como medio de identificación oficial.
6.
Cédula de Identificación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, el cual contiene el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
7.
Clave Unica de Registro de Población (CURP)
8.
Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada. (aplicable únicamente en el caso de
hombres hasta los 40 años de edad).
Con fundamento en los artículos 1° y 20° de la Ley del Servicio Militar Nacional y
artículo 220 de su Reglamento.
9.
Escrito bajo protesta de decir verdad (Formato que le entregará el INDAABIN,
para su llenado al momento de la revisión documental), el cual deberá llenar y
firmar en caso de cumplir con los requisitos enunciados en el mismo,
manifestando:
a)
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o
extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar;
No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto;
No estar inhabilitado(a) para el servicio público; y que la documentación
presentada es auténtica.
b)
No haber sido beneficiado(a) por algún Programa de Retiro Voluntario en la
Administración Pública Federal, y en caso afirmativo manifestar en qué año, y
en qué dependencia, quedando sujeto(a) a lo dispuesto en la normatividad
aplicable.
c)
No encontrarse en alguno de los supuestos señalados en el artículo 38
fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
d)
No existe alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de
intereses.
e)
No formar parte de algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u
otra Institución.
f)
No prestar servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o
desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública
Federal, Estatal, Municipal, Alcaldía, Organo Constitucional Autónomo de
carácter estatal o federal.
10. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se
manifestaron en su momento en el currículum registrado en Trabajaen, deberá
presentar los documentos que comprueben cada periodo laborado desde su
INICIO hasta su FIN para lo cual se aceptarán:
•
Hojas únicas de servicios con firmas y sello de la institución que la expide.
•
Constancias de servicio en las que se indique la fecha de inicio y fecha de
conclusión de la relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas
autógrafas o con cadena digital.
•
Constancias de nombramiento o nombramientos, acompañados del último
recibo de pago o bien con la Constancia de baja al puesto, de cada
Nombramiento exhibido.
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•
Cartas o convenio Finiquito, indicando día, mes y año tanto del ingreso como
de la baja, puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas y sello del
emisor.
•
Constancias de baja con firmas y sello de la institución que la expide.
•
Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios
profesionales por honorarios, los cuales deberán especificar día, mes y año
de inicio y conclusión del servicio prestado, funciones realizadas y firmas
autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de terminación
anticipada deberá anexar la constancia respectiva.
•
Altas o bajas al IMSS o ISSSTE.
•
Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital.
•
Constancia de semanas cotizadas del IMSS con cadena original y sello
digital.
•
Recibos de pago (bimestrales por cada año laborado)
•
Declaraciones del Impuesto Sobre la Renta
•
Actas constitutivas de empresas
•
Poderes notariales
•
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos firma y sello, conteniendo: nombre completo de la
persona candidata, periodo laborado, percepción, puesto y funciones
desempeñadas.
•
Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida
por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, acompañada del
Historial que contiene la información de la capacitación, el cual
podrá obtener accediendo con su usuario y contraseña al portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado de
"Mi historial".
Para puestos de enlace se aceptará la carta, oficio o constancia de término
de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la
cual se hayan realizado y con las cuales se acrediten las áreas generales de
experiencia y hasta por un año, de los solicitados en el perfil del puesto por el
cual se concurse. Sólo se aceptarán cartas como Becario(a) hasta por un
máximo de 6 meses. No se aceptarán cartas de recomendación como
constancia para acreditar la experiencia laboral requerida.
11. Para la valoración del mérito las personas candidatas podrán presentar
evidencias de logros, distinciones, reconocimientos o premios, actividad
destacada en lo individual, otros estudios, habla de lengua indígena,
autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente, o
afromexicana, perspectiva de juventudes, personas con discapacidad y; en caso
de personas servidoras públicas de carrera titulares, las calificaciones de los
cursos de capacitación que hubieren tomado durante el ejercicio fiscal inmediato
anterior, presentando las constancias respectivas; evidencia de la calificación de
la última evaluación del desempeño anual como persona servidora pública
de carrera titular y el número de capacidades profesionales certificadas vigentes,
de
acuerdo
a
la
Metodología
y
Escalas
de
Calificación
(Ver www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información
Relevante) y podrá presentar los documentos que lo comprueben tales como:
a) Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas
servidoras públicas de carrera titulares, y se calificará a través de los puntos
de la calificación obtenida en la última evaluación del desempeño anual, por
lo que podrá presentar su hoja resumen de la última evaluación de
desempeño, que contiene la calificación final de desempeño, misma que
deberá de estar firmada y sellada por la dependencia donde fue evaluada, o
en su defecto podrá presentar la información de evaluaciones de desempeño
que obtenga desde RHnet.
b) Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas
servidoras públicas de carrera titulares, y se califica a través del promedio de
la calificación de las acciones de capacitación obtenidas por el servidor
público de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que
podrá presentar las constancias respectivas, o bien la hoja resumen de su
última
evaluación
de
desempeño,
que
contiene
la
calificación
de la capacitación recibida, misma que deberá de estar firmada y sellada por
la institución.
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c) Resultados de procesos de certificación: Aplica sólo para personas
servidoras públicas de carrera titulares, y se calificará de acuerdo con el
número de capacidades profesionales certificadas vigentes en puestos
sujetos al Servicio Profesional de Carrera, para lo cual podrán entregar las
constancias emitidas por la institución donde se señalen las capacidades
certificadas y su vigencia. En caso de haberse certificado como persona
servidora pública de carrera y no contar con su constancia, deberá solicitarla
en el área de Recursos Humanos de su dependencia.
d)
Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas
candidatas en su labor o campo de trabajo, a través de aportaciones que
mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de
trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron beneficio a la
ciudadanía, por lo que podrá presentar las constancias respectivas como:
certificaciones en competencias laborales o habilidades profesionales
distintas a las del Servicio Profesional de Carrera, publicación especializada
(gacetas, revistas, prensa o libros) relacionadas con su campo de
experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo político
o religioso.
e) Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por
su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las
constancias que acrediten alguno o varios de los siguientes supuestos:
fungir como presidente(a), vicepresidente(a) o integrante fundador(a)
de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de
investigación, gremiales, estudiantiles o de profesionistas); recibir un título
honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado por universidades
o instituciones de educación superior; o por graduarse con mención
honorífica o con alguna distinción. En ningún caso se considerarán
distinciones de tipo político o religioso.
f)
Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado
a la persona candidata por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo
realizado debido a la consecución de algún mérito o servicio en su labor,
profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias
que acrediten la obtención de un reconocimiento o premio otorgado a nombre
de la persona candidata; reconocimiento por colaboración, ponencias o
trabajos de investigación, a nombre de la persona candidata; en congresos,
coloquios o equivalentes; reconocimiento o premio por antigüedad en el
servicio público; primer, segundo o tercer lugar, que haya sido obtenido en
competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los concursos del
SPC. En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo
político, religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección
aleatoria, sorteo o equivalente.
g) Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores
resultados, que sobresalen en una profesión, ajena al campo de trabajo, del
resto del quienes participan en la misma, por lo que podrá presentar las
constancias que acrediten contar con un Título o grado académico obtenido
en el extranjero, con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de
Educación Pública (SEP); patente a nombre de la persona candidata; servicio
o misión realizada en el extranjero; derechos de autor por obras publicadas a
nombre de la persona candidata; servicio de voluntariado, altruismo o
filantropía (no incluyen el otorgamiento de donativos). En ningún caso se
considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
h) Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los
requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera
específica, a través del estudio o del grado máximo de estudios concluidos
con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel de estudio y
al grado de avance requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por
lo que podrá presentar constancias de Diplomados, constancias de
terminación de estudios, Título o Cédula Profesional de nivel Licenciatura,
Especialidad, Maestría o Doctorado.
i)
Habla de lengua indígena: Se refiere al conocimiento de una lengua
—en este caso, una de las 68 lenguas indígenas―, a la capacidad de usarla
apropiadamente en determinadas situaciones sociales. En virtud de lo
anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los siguientes,
tomando como referencia los niveles 1 y 2:
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Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de
origen, que señala que es hablante de una lengua indígena nacional.
- Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida por
el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra
instancia acreditada por esta misma institución (con un resultado
regular o bueno). - Acreditación o documento equivalente a cursos, no
menores a 220 horas, que avalen, al menos, un nivel básico en alguna
de las lenguas indígenas o sus variantes.
- Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico,
infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios,
etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar
fehacientemente su autoría.
- Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como
intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas indígenas.
- Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la
interpretación o la atención en lengua indígena; o bien, mediante una
traducción).
Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida
por el INALI o por alguna otra instancia, acreditada por esta misma institución
(con resultado excelente).
- Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros, en alguna lengua
indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio
del que se trate. En la presentación de estas publicaciones se deberá
acreditar fehacientemente su autoría.
- Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como persona
intérprete, mediadora bilingüe y/o traductora de lenguas indígenas
(oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de
participación, etcétera.) En la presentación de estas evidencias se
deberá acreditar fehacientemente su autoría.
j)
Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o
afromexicana. Acto voluntario, al tener un vínculo cultural, histórico, político,
lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la identificación propia como
integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente, se calificará de acuerdo
con la manifestación que realice la persona candidata en la revisión
documental durante el concurso, identificando por escrito de declaración de
autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana
a la que se autoadscriba.
k) Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera
como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera
profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia
establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en
concurso. Se calificará a la persona candidata que compruebe que al
momento de la publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
l)
Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas
que, a pesar de presentar una discapacidad, cumplan con los requisitos de
escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil
del puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que se
autoreconozca como persona con discapacidad. La persona participante
deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su
discapacidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la LSPCAPF y el RLSPCAPF y demás disposiciones
aplicables, será motivo de descarte del concurso que la persona candidata:
NO se presente a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que
le sean señalados a través de su centro de mensajes de Trabajaen;
NO presente los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la
forma, fecha, hora y lugar que se le indique, a través de su centro de mensajes
de Trabajaen;
Que se encuentre en alguno de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo
38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática, la
constancia o solicitud de expedición o reexpedición de duplicados, o de reposición con
motivo del robo, destrucción o extravío de cualquiera de los documentos descritos, ni
el acta levantada por tal motivo.
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquiera de los datos registrados por
las personas candidatas en Trabajaen o de la documentación mencionada ya sea
durante la revisión documental, o en cualquier etapa del proceso; o de NO exhibirse
para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean requeridos, será
motivo de descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad
para el Instituto, el cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales
procedentes.
El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, se reserva el derecho
de solicitar, en cualquier momento del proceso, la documentación o referencias que
acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los
requisitos y de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará a la
persona aspirante o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de
selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el
Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el cual se reserva
el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales mantiene una política
de igualdad de oportunidades libre de discriminación por razones de edad, género,
cultura, condición económica, origen étnico, apariencia física, características
genéticas, embarazo, preferencias sexuales, condiciones de salud, discapacidad,
religión, estado civil, o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana,
en atención a lo cual en ningún caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de
VIH/SIDA, para participar en el concurso y en su caso para llevar a cabo la
contratación.
Registro de
Aspirantes
La inscripción o el registro de las personas candidatas a un concurso, se podrá
realizar a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria en la página
www.trabajaen.gob.mx, la cual asignará un número de folio de participación al aceptar
las condiciones del concurso y que servirá para formalizar la inscripción al concurso
de la plaza que se trate y de identificación durante el desarrollo del proceso hasta
antes de la entrevista que haga el Comité Técnico de Selección; lo anterior con el fin
de asegurar el anonimato de las personas candidatas.
Al momento de que las personas candidatas registren su participación el Sistema de
Trabajaen, se realizará de forma automática la revisión curricular, asignando un folio
de participación en aquellos casos en que la información capturada en su Currículum
sea compatible con el perfil del puesto vacante o un folio de rechazo que lo descartará
del concurso.
Para continuar en concurso se deberán acreditar cada una de las etapas y demás
requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Reactivación de
Folios
De conformidad con el artículo 260 del ACUERDO, el Comité Técnico de Selección
determina que no se permitirá la reactivación de folios por causas imputables a las
personas aspirantes.
Calendario del
concurso
En razón del número de aspirantes que puedan registrarse en los concursos, se podrá
modificar, en cualquier momento, el lugar, fecha y hora programados para desahogar
cada etapa y subetapa, por lo que se recomienda dar seguimiento a los mensajes que
se generen con tal motivo a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
Actividad
Fecha o plazo
Publicación de la Convocatoria:
29 de abril de 2026
Registro de aspirantes
(en la herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 29 de abril al 14 de mayo de 2026
Exámenes de conocimientos técnicos
20 de mayo de 2026
Exámenes de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal
25 de mayo de 2026
Evaluaciones de habilidades
Del 28 al 29 de mayo de 2026
Revisión documental
03 de junio de 2026
Evaluación de la experiencia y
valoración del mérito
03 de junio de 2026
Entrevista
15 de junio de 2026
Determinación
15 de junio de 2026
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Las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio en razón del número de
aspirantes que participen en cada una de las etapas o bien por causas de fuerza
mayor.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se
realizará, preferentemente, en las mismas fechas y horarios a todas las personas
candidatas que continúen en el concurso a fin de garantizar la igualdad de
oportunidades. Asimismo, no procederá la reprogramación de las fechas para la
aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de las personas
candidatas.
Temarios para la
Etapa II
Exámenes de
Conocimientos
y Evaluaciones
de Habilidades
El temario referente al examen de conocimientos técnicos se encontrará a disposición
de las personas aspirantes en la página electrónica del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, www.gob.mx/indaabin y www.trabajaen.gob.mx.
El temario referente al examen de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal se encontrará a disposición de las personas aspirantes en el Portal
www.trabajaen.gob.mx, “Documentos e Información Relevante”, “Temario del examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal”.
Las guías de estudio para las evaluaciones de las habilidades se encuentran
disponibles para su consulta en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx
(link “Documentos e Información Relevante”, “Guía de estudio para las Evaluaciones
de Habilidades”).
Presentación de
Exámenes y
Evaluaciones
El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales comunicará a cada
aspirante la fecha, hora y lugar en que deberán presentarse para la aplicación de las
evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página
electrónica www.trabajaen.gob.mx, en el rubro “Mis Mensajes”, en el entendido de
que, será motivo de descarte automático del concurso, NO presentarse en la fecha,
hora y lugar señalados para tal efecto. En dichas comunicaciones, se especificará la
duración aproximada de cada aplicación. Se sugiere a las personas candidatas
considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus traslados, ya
que la tolerancia máxima respecto a la hora en que se tenga programado el inicio de
cada etapa será de 15 minutos, transcurrido dicho tiempo no se permitirá el acceso a
las salas de aplicación a las personas candidatas que lleguen retrasadas, quedando
inmediatamente descartadas del concurso. Asimismo, se informa a las personas
participantes que el Comité Técnico de Selección podrá sesionar a través de medios
remotos, cuando el desarrollo de los procesos del Subsistema de Ingreso así lo
requiera.
Por ningún motivo se podrá establecer como centro de evaluación el espacio físico
que el participante tiene asignado dentro de la dependencia para el desarrollo de sus
funciones. No se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas,
reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como discos duros, discos grabables
y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como cualquier otro
dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar,
registrar o almacenar las evaluaciones, salvo que en el perfil y requisitos del puesto se
autorice o se requiera su utilización como medio de apoyo para la evaluación, lo
anterior en apego a la fracción III del artículo 227 del ACUERDO.
Sin excepción alguna, serán motivo de descarte, sin responsabilidad para el Comité
Técnico de Selección o para el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, además de los que se señalen en cada etapa del procedimiento, los
siguientes supuestos: cuando la persona candidata no se presente en la fecha, lugar y
hora señaladas en el mensaje de invitación que reciba por medio de su centro de
mensajes del portal de Trabajaen; cuando la persona candidata se presente sin los
documentos solicitados en dicho mensaje o no estén legibles, o estén incompletos o
cortados; cuando se presente una vez transcurrido el tiempo de tolerancia señalado
en el mensaje de invitación; abandone la sala antes de concluir la evaluación
correspondiente; se le sorprenda consultando apuntes; tomando fotografías o audios
de cualquier tipo o reproduciendo por cualquier vía el contenido de la evaluación de
que se trate; o bien, no acredite la etapa correspondiente.
De conformidad con el artículo 254 del ACUERDO, la invitación se enviará con al
menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la
aprobación de la Etapa “Revisión Curricular”, y en lo subsecuente se contemplarán
las siguientes premisas:
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La subetapa de Examen de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la
primera correspondiente al examen de conocimientos técnicos del puesto, la cual será
motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser mínimo de 70, en
una escala de 0 a 100 sin decimales.
Las personas que acrediten el examen de conocimientos técnicos realizarán la
segunda evaluación correspondiente al examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal, cuya calificación se promediará con el examen
de conocimientos técnicos.
El mínimo aprobatorio de dicha subetapa es mínimo de 70 en una escala de 0 a 100,
sin decimales, por lo que un resultado menor será motivo de descarte, así como el
hecho de no presentarse en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de
Trabajaen.
La herramienta de evaluación que este Instituto aplicará para el examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal será la proporcionada
por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados aprobatorios obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del RLSPCAPF.
Para el caso del examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, las personas candidatas podrán participar en otros concursos sin tener que
sujetarse nuevamente a este examen, cuando hayan obtenido un resultado
aprobatorio, dicho resultado se verá reflejado de manera automática en el portal de
Trabajaen.
En caso de que exista un error en la captura de la calificación obtenida por una
persona aspirante en el examen de conocimientos, la persona operadora de ingreso
podrá revertir el resultado notificando dicha situación al Comité Técnico de Selección.
La subetapa de Evaluación de Habilidades NO será motivo de descarte, de tal
manera que no habrá calificación mínima aprobatoria, midiéndose en una escala de 0
a 100 sin decimales. Estas calificaciones servirán para determinar el orden de
prelación de las personas candidatas que se sujetarán a entrevista, por lo que los
resultados de las evaluaciones serán considerados en el Sistema de Puntuación
General, es decir, se les otorgará un puntaje.
Los resultados obtenidos en la Etapa de Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito serán considerados en el sistema de Puntuación General y,
será motivo de descarte cuando la persona aspirante NO se presente en el lugar
y hora señalados, así como la NO presentación del original de cualquiera de los
documentos que se describen en esta Convocatoria, incluido el hecho de que la
carrera específica con la que se pretenda acreditar la carrera genérica del puesto que
se concurse no se encuentre contenida en la impresión del Catálogo de Carreras que
en
la
fecha
de
la
revisión
documental
obtenga
del
portal
electrónico
www.trabajaen.gob.mx el personal de la Subdirección de Recursos Humanos y SPC.
Asimismo, la Subdirección de Recursos Humanos y SPC para constatar la
autenticidad de la información y documentación incorporada en Trabajaen, y aquella
para acreditar la presente etapa, realizará consultas y cruce de información a los
registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades
correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará a
la persona candidata y se ejercerán las acciones legales procedentes.
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la
Experiencia y la Valoración del Mérito, emitida por la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán
los siguientes:
Orden en los puestos desempeñados.
Duración en los puestos desempeñados.
Experiencia en el Sector público.
Experiencia en el Sector privado.
Experiencia en el Sector social.
Nivel de responsabilidad.
Nivel de remuneración.
Relevancia de funciones o actividades.
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En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
Resultados de las evaluaciones del desempeño (en caso de personas servidoras
públicas de carrera titulares).
Resultados de las acciones de capacitación (en caso de personas servidoras públicas
de carrera titulares).
Resultados de procesos de certificación (en caso de personas servidoras públicas de
carrera titulares).
Logros.
Distinciones.
Reconocimientos o premios.
Actividad destacada en lo individual.
Otros estudios.
Habla de Lengua Indígena.
Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o
afromexicana.
Perspectiva de juventudes.
Persona con discapacidad.
Se aplicará una batería de pruebas psicométricas antes de la Entrevista; cuyo
resultado no afectará el puntaje obtenido en las etapas del concurso.
Lugar para
desahogar cada
etapa y entrega
de
documentación
Las etapas presenciales se llevarán a cabo en las instalaciones del INDAABIN,
ubicado en Av. México No. 151, Col. Del Carmen, Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de
México; y/o Salvador Novo No. 8, Col. Barrio de Santa Catarina, Alcaldía Coyoacán,
Ciudad de México, C.P. 04010.
Reglas de
Valoración
Las reglas de valoración determinan la forma en que las personas participantes
acreditarán cada una de las etapas del concurso.
Regla 1: Cantidad de exámenes de conocimientos.
Mínimo: 2
Máximo: 2
Regla 2: Cantidad de evaluaciones de habilidades.
Mínimo: 2
Máximo: 2
(Liderazgo y Trabajo en Equipo), (Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo) y/o
(Negociación y Visión Estratégica)
Regla 3:
1.
Examen de conocimientos técnicos.
El examen de conocimientos técnicos (CT), es motivo de descarte sino se obtiene la
calificación mínima aprobatoria de 70 sobre 100 sin decimales.
2.
Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal.
El resultado del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal y del examen de conocimientos técnicos serán sumados, a efecto de obtener
los puntos de la subetapa de exámenes de conocimientos.
En caso de obtener un resultado entre conocimientos generales de la Administración
Pública Federal y conocimientos técnicos menor a 70, el sistema procederá al
descarte.
Regla 4: Las evaluaciones de habilidades NO serán motivo de descarte. No habrá
calificación mínima aprobatoria, midiéndose en una escala de 0 a 100 sin decimales.
Estas calificaciones servirán para determinar el orden de prelación de las personas
candidatas que se sujetarán a entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones
serán considerados en el Sistema de Puntuación General, es decir, se les otorgará un
puntaje.
Regla 5: El número de especialistas que puedan auxiliar al Comité Técnico
de Selección en la etapa de entrevistas: 0 (cero)
Regla 6: Personas candidatas a entrevistar: Será de 3 (tres), si el universo de
personas lo permite.
Regla 7: Personas candidatas a seguir entrevistando.
Máximo de 5.
Regla 8: Puntaje Mínimo de Calificación.
70, en una escala de 0 a 100, sin decimales.
Regla 9: El Comité Técnico de Profesionalización no determinó Reglas Específicas de
Valoración que deberán observar los Comités Técnicos de Selección.
Regla 10: El Comité Técnico de Selección determinó como criterios de evaluación
para la etapa de entrevistas: CERP (Contexto, situación o tarea; estrategia o acción;
resultado y participación).
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
257
Sistema de
Puntuación
Para cada concurso se asignarán 100 puntos, que serán distribuidos de la siguiente
manera:
ETAPA I Revisión curricular
Descarta
ETAPA II Exámenes de conocimientos y Evaluaciones de habilidades
Subetapa: Examen de conocimientos técnicos y examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal.
Puntaje: 30
Descarta
Subetapa: Evaluaciones de habilidades
Puntaje: 20
No descarta, determina la prelación
ETAPA III Evaluación de la experiencia y Valoración del mérito
Subetapa: Evaluación de la experiencia
Puntaje: 10
Determina la prelación
Subetapa: Valoración del mérito
Puntaje: 10
No descarta, determina la prelación
ETAPA IV Entrevistas
Puntaje: 30
No descarta, determina el puntaje final
ETAPA V Determinación
PUNTAJE TOTAL: 100
El reporte de la entrevista se realizará utilizando el formato establecido para tales
efectos, con el que cada persona que integra el CTS calificará a cada persona
candidata en una escala de 0 a 100 sin decimales.
Etapa de
Entrevista
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán
considerados para elaborar el listado de personas candidatas con los resultados más
altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de Entrevista, de acuerdo
con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación establecidos por el Comité
Técnico de Profesionalización, basadas en el artículo 272 del ACUERDO.
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización, pasarán a la etapa de
Entrevista, las tres personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto apego
al orden de prelación registrado, cuando el universo lo permita.
Para la evaluación de la Entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará el
criterio siguiente:
Contexto (favorable o adverso)
Estrategia (simple o compleja)
Resultado (sin impacto o con impacto)
Participación (protagónica o como persona integrante de un equipo)
Las entrevistas se llevarán a cabo de manera presencial o a través de medios
electrónicos, según lo determine el Comité Técnico de Selección, considerando las
posibilidades tecnológicas y de infraestructura con las que se cuenten, así como las
posibilidades tecnológicas de las personas aspirantes para el desarrollo de esta etapa.
La entrevista permitirá la interacción de cada integrante del Comité Técnico de
Selección con la persona candidata, para profundizar en la valoración de su
capacidad, habilidades y conocimientos vinculados con el servicio público y con las
funciones del puesto sujeto a concurso, considerando con los elementos arriba
señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las personas candidatas
y quedarán plasmadas en el reporte individual.
Etapa de
Determinación
Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo
de calificación en el Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un
resultado aceptable (70 puntos) para ser consideradas aptas para ocupar el puesto
sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la LSPCAPF y 40, fracción II de
su Reglamento.
En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección,
mediante la emisión de su determinación, declarando:
a) Persona Ganadora del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación
más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva.
258
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
b) A la persona finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá
llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas
ajenas a la dependencia, la persona ganadora señalada en el inciso anterior:
I.
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en
la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la
fecha señalada,
c) Desierto el concurso.
Publicación de
Resultados
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal
www.trabajaen.gob.mx identificándose con el número de folio asignado para cada
persona candidata.
La Dirección de Administración difundirá en Trabajaen, en orden de prelación de
mayor a menor e identificando a las personas finalistas del concurso, la calificación
definitiva de cada persona candidata, la cual podrá consultarse en la página
electrónica www.trabajaen.gob.mx, dar clic en “Información y búsqueda de
Concursos”, luego en “Información sobre Concursos”, colocar el número de folio
de participación en la sección derecha denominada “Seguimiento de un Concurso por
Folio de Concursante” y dar clic en enviar.
Revisión de
exámenes o
evaluaciones
Las personas candidatas podrán solicitar por escrito y/o correo electrónico
ante
el
Comité
Técnico
de
Selección
correspondiente,
a
la
dirección:
kmartinez@indaabin.gob.mx, la revisión de exámenes o evaluaciones presentados o
en la Subdirección de Recursos Humanos y SPC, ubicada en el Quinto Piso, Torre B
de Av. México No. 151, Col. Del Carmen, Coyoacán, C.P. 04100; dentro de los 2 días
hábiles posteriores a la publicación del resultado respectivo. El Comité Técnico de
Selección resolverá antes de la siguiente etapa.
Es importante señalar, que con fundamento en el artículo 265 del ACUERDO,
únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta
aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados,
No así procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación,
con fundamento en el artículo 265 del ACUERDO.
Reserva de
aspirantes
Las personas aspirantes que obtengan al término de la entrevista con el Comité
Técnico de Selección una calificación mínima de setenta (70) y no resulten ganadoras
en el concurso, serán consideradas finalistas y quedarán integradas a la reserva de
aspirantes de la rama de cargo o del puesto de que se trate teniendo una vigencia
de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso en cuestión. El artículo 36 penúltimo párrafo del
RLSPCAPF, menciona que “para los fines de la constitución y operación de la reserva
no existirá orden de prelación alguno entre los integrantes de la misma.” Por lo que el
orden de cita a entrevista, lo determinará el número de folio que le asigne el propio
sistema en el momento de su inscripción al concurso.
Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocadas, en ese periodo y de
acuerdo a la clasificación de puestos y ramas de cargo del Instituto de Administración
y Avalúos de Bienes Nacionales a nuevos concursos destinados a tal rama de cargo o
puesto y rango, según aplique.
Declaración de
Concurso
Desierto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del RLSPCAPF, el Comité Técnico
de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un
concurso:
I.
Porque ningún(a) candidato(a) se presente al concurso;
II.
Porque ninguno(a) de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado(a) finalista o
III. Porque sólo un(a) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetado(a) o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los (las) integrantes del
Comité Técnico de Selección.
Si el concurso se declara desierto, el Comité Técnico de Selección deberá determinar
el momento en que deberá convocarse nuevamente a concurso.
Cancelación de
Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los
supuestos siguientes:
I.
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa
que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o
II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se
considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado
estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o
III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
259
Principios del
Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia,
objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de
género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico
de Selección, a lo previsto en la LSPCAPF, en el RLSPCAPF y en el ACUERDO.
Disposiciones
Generales
1.- En el portal www.dof.gob.mx podrá consultarse la convocatoria, los detalles sobre
el concurso y los puestos vacantes.
2.- Los datos personales de las personas aspirantes son confidenciales aun después
de concluido el concurso.
3.- Las personas aspirantes se responsabilizarán de los traslados y gastos erogados
como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria sin responsabilidad alguna a cargo del Instituto.
4.- Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de persona servidora
pública de carrera titular, para poder ser nombrada en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado del
puesto que venía ocupando, previo a su ingreso, toda vez que no puede permanecer
activa en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala
fracción VIII del artículo 11 de la LSPCAPF. Una vez que el Comité Técnico de
Selección haya resuelto sobre la persona candidata ganadora, ésta deberá
presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se
considerará como renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir de
entre las personas finalistas a la siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en
apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75 fracciones I y VII de la LSPCAPF.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como
en las inconformidades y los recursos de revocación serán considerados
confidenciales, aun después de concluidos éstos, en todo caso, deberán observarse
las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y
distribución de datos personales que resulten aplicables.
5.- Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria, será resuelto
privilegiando la observancia de los principios rectores del Sistema por el Comité
Técnico de Selección correspondiente conforme a las disposiciones aplicables.
Inconformidades
Las personas concursantes podrán presentar su inconformidad, ante el Area de
Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, ubicada en Calzada de la Virgen 2799, Edif. C, Primer
Piso, Colonia CTM Culhuacán, C.P. 04480, Coyoacán, Ciudad de México de 9:00 a
18:00 horas en términos de lo dispuesto por la LSPCAPF y en el RLSPCAPF.
Recurso de
Revocación
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, las personas interesadas
podrán interponer mediante escrito Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos
Jurídicos de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones
situadas en Av. de los Insurgentes Sur 1735, Primer Piso, Ala Sur, Colonia Guadalupe
Inn, C.P. 01020, Alvaro Obregón, Ciudad de México, en horario de 9:00 a 18:00 horas,
en días hábiles; lo anterior conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la LSPCAPF, 97 y
98 del RLSPCAPF, o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano
conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Resolución de
Dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas aspirantes
formulen con relación a la plaza y el proceso del presente concurso, se encuentra
disponible la cuenta de correo electrónico kmartinez@indaabin.gob.mx, o bien al
número telefónico 5563-2699 ext. 431 con un horario de atención de lunes a viernes
de 9:00 a 18:00 horas.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección
La Secretaria Técnica
Carla Martínez Solís
Firma Electrónica.
260
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
NOTA ACLARATORIA DE LA CONVOCATORIA SEMARNAT/2026/08
Con fundamento legal en los artículos 2, 25, 28, 72, 74 y 75, fracciones, I y X de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18 y 32 fracción II de su Reglamento y 242
del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, se emite la siguiente:
NOTA ACLARATORIA
El Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, hace referencia a la CONVOCATORIA No. SEMARNAT/2026/08, publicada en el Diario Oficial de
la Federación con fecha 22 de abril de 2026, y emita nota aclaratoria para informar que se publicó un código
de puesto en la Convocatoria del DOF que no corresponde con el código de RHnet, por lo cual se hace la
siguiente precisión:
Dice
Debe decir
16-400-1-M1C019P-0000423-E-C-D
16-400-1-M1C019P-0000751-E-C-D
Asimismo, se informa que el calendario queda como se muestra a continuación:
Etapa
Periodo de desahogo
Publicación de convocatoria
23 de abril de 2026
Registro de aspirantes y Revisión Curricular
Del 23 de abril al 08 de mayo de 2026
Examen de conocimientos
A partir del 13 de mayo de 2026
Evaluación de habilidades
A partir del 13 de mayo de 2026
Revisión y evaluación documental
A partir del 13 de mayo de 2026
Evaluación de la experiencia y valoración del mérito
A partir del 13 de mayo de 2026
Entrevista con el Comité Técnico de Selección
A partir del 13 de mayo de 2026
Se hace la presente aclaración, a efecto de no causar perjuicio a las personas interesadas en participar en
el proceso de selección referido en dicha convocatoria.
Cualquier duda o aclaración comunicarse al teléfono 54-90-09-00 ext. 14629, 14515 de la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
El Secretario Técnico
Lic. Edgar Delgado Cárdenas
Rúbrica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
261
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 817
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75 fracción III de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38,
39, 40, Séptimo Transitorio de su Reglamento; y las Disposiciones Generales en Materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, vigentes, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA DIRIGIDA A TODO INTERESADO QUE DESEE INGRESAR
AL SISTEMA, para ocupar las plazas vacantes sujetas al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, mismas que a continuación se señalan:
Puesto vacante
UNIDAD DE PLANEACION Y EVALUACION
Código de puesto
09-625-1-M1C014P-0000114-E-C-L
Grupo, grado y nivel
O11
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$26,005.00 MENSUAL BRUTO
Rango
JEFE DE DEPARTAMENTO
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
CENTRO SICT COAHUILA
SEDE (RADICACION)
COAHUILA
Clasificación de Puesto
TIPO
Objetivo General
del puesto
PARTICIPAR
Y
APOYAR
EN
EL
PROCESO
DE
PLANEACION,
PROGRAMACION,
PRESUPUESTACION
Y
EVALUACION
DE
LAS
ACTIVIDADES REALIZADAS POR EL CENTRO SCT, MEDIANTE LA
ELABORACION
DE
PROGRAMAS,
INFORMES,
ESTUDIOS
E
INFORMACION ESTADISTICA Y CARTOGRAFICA, ASI COMO LA
COORDINACION DE ACCIONES RELACIONADAS CON LOS DIFERENTES
NIVELES DE GOBIERNO, ORGANISMOS PUBLICOS Y PRIVADOS EN
MATERIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, CON LA FINALIDAD
DE PROPORCIONAR ELEMENTOS SUSTANTIVOS PARA LA TOMA DE
DECISIONES.
Funciones
1.
COORDINAR, INTEGRAR Y ANALIZAR LA INFORMACION DEL
SECTOR EN EL AMBITO ESTATAL, MEDIANTE LA APLICACION DE
LOS
LINEAMIENTOS
Y
NORMAS
ESTABLECIDAS,
CON
LA
FINALIDAD DE ELABORAR LOS PROGRAMAS, INFORMES Y
REPORTES INSTITUCIONALES RESPECTO A LAS ACTIVIDADES
DESARROLLADAS POR EL CENTRO SCT.
2.
DESARROLLAR
HERRAMIENTAS
PARA
LA
INTEGRACION
Y
ANALISIS DE INFORMACION, MEDIANTE EL ACOPIO DE DATOS
RELEVANTES DE LAS DIFERENTES AREAS ADSCRITAS AL CENTRO
SCT, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE EL TITULAR DEL
CENTRO SCT CUENTE CON ELEMENTOS CUALITATIVOS Y
CUANTITATIVOS PARA LA TOMA DE DECISIONES.
3.
PROPONER LA PRIORIZACION Y APOYAR EN LA GESTION DE
PROYECTOS, OBRAS Y SERVICIOS, MEDIANTE EL ESTUDIO Y
ANALISIS DE LOS PROGRAMAS A CARGO DEL SECTOR, CON LA
FINALIDAD
DE
CONTRIBUIR
AL
DESARROLLO
DE
LAS
COMUNICACIONES Y TRANSPORTE EN EL AMBITO ESTATAL.
4.
CONSOLIDAR E INTEGRAR LA INFORMACION ESTADISTICA Y
CARTOGRAFICA
DEL
SECTOR
EN
EL
ESTADO,
MEDIANTE
HERRAMIENTAS
INFORMATICAS,
CON
LA
FINALIDAD
DE
MANTENER SU ACTUALIZACION, DIFUSION Y VENTA.
5.
REALIZAR LA EVALUACION DE LOS PROGRAMAS Y SERVICIOS A
CARGO DEL CENTRO SCT, MEDIANTE EL ANALISIS Y MONITOREO
PERIODICO DE LOS MISMOS, CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR SU
NIVEL DE DESEMPEÑO Y GENERAR PROPUESTAS DE MEJORA
ACORDES A LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
6.
GENERAR E INTEGRAR LAS EVALUACIONES PERIODICAS DE LOS
PROGRAMAS Y SERVICIOS DEL CENTRO SCT, MEDIANTE EL
ACOPIO Y ANALISIS DE LA INFORMACION PROPORCIONADA POR
LAS DIFERENTES AREAS, CONFORME A LOS LINEAMIENTOS
ESTABLECIDOS,
CON
LA
FINALIDAD
DE
ATENDER
LOS
REQUERIMIENTOS DEL CENTRO SCT Y AREAS NORMATIVAS.
262
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
7.
IDENTIFICAR Y PROPONER INDICADORES DE DESEMPEÑO DE LOS
PROGRAMAS Y SERVICIOS A CARGO DEL CENTRO SCT, MEDIANTE
LA UTILIZACION DE HERRAMIENTAS ESTADISTICAS, CON LA
FINALIDAD DE VERIFICAR DESVIACIONES CON RELACION A LAS
METAS PLANTEADAS.
8.
ORGANIZAR Y EN SU CASO APOYAR LA REALIZACION DE
PROYECTOS ESPECIALES EN MATERIA DE COMUNICACIONES Y
TRANSPORTES A NIVEL ESTATAL Y NACIONAL, MEDIANTE LA
COORDINACION DE ACTIVIDADES CON LAS DIFERENTES AREAS O
DEPENDENCIAS
INVOLUCRADAS,
CON
LA
FINALIDAD
DE
CONTRIBUIR AL OBJETIVO DE LOS PROYECTOS.
9.
ELABORAR
LOS
DOCUMENTOS
QUE
CONTENGAN
LA
INFORMACION ACTUALIZADA DE LOS PROYECTOS ESPECIALES,
MEDIANTE
LA
INTEGRACION
DE
CARPETAS,
TARJETAS,
REPORTES, MEMORIAS FOTOGRAFICAS, ETC., CON LA FINALIDAD
DE PROPORCIONAR LOS ELEMENTOS REQUERIDOS.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TERMINADO O PASANTE
AREA GENERAL:
1.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
2.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
3.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
4.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
5.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
6.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
7.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
8.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
ADMINISTRACION
2.
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
3.
COMUNICACION
4.
CONTADURIA
5.
ECONOMIA
6.
ARQUITECTURA
7.
COMPUTACION E
INFORMATICA
8.
INGENIERIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS ECONOMICAS
2.
CIENCIA POLITICA
3.
MATEMATICAS
CUATRO AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
ECONOMIA SECTORIAL
2.
ADMINISTRACION PUBLICA
3.
ESTADISTICA
Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos Técnicos
y Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
EN: http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR
TEMARIO
PARA
EXAMEN
DE
CONOCIMIENTOS
GENERALES DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS
E INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
EVALUACION
Otros conocimientos
REQUIERE MANEJO DE SOFTWARE DE DIBUJO Y DISEÑO Y
CONOCIMIENTO EN ESTADISTICA. MANEJO DE PAQUETERIA OFFICE.
Requisitos adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR. HORARIO DE TRABAJO DIURNO,
PERIODOS ESPECIALES DE TRABAJO DE ACUERDO CON LAS
NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
263
BASES DE PARTICIPACION
1ª.- Principios del concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, atendiéndose en todo momento lo
dispuesto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala
prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de las personas, y lo dispuesto en la Ley
Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
No se consideran discriminatorias las acciones afirmativas encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva
entre mujeres y hombres en materia del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal
Centralizada, así como promover acciones que favorezcan la inclusión y profesionalización de personas
jóvenes, indígenas, afrodescendientes, afromexicanas y con discapacidad, conforme a los principios
establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados y convenios
internacionales, y demás disposiciones aplicables.
El desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección (CTS), se sujeta a las
disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su
Reglamento y el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
2ª.- Requisitos de participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia determinados para
el puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos legales, de conformidad con el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal:
1.
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar;
2.
No haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
3.
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
4.
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto;
5.
No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así
como;
6.
Presentar las evaluaciones que se indican para cada caso.
En el caso del personal que se haya apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración
Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la
Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Se solicita a quienes participen que antes de realizar su inscripción al concurso, verifiquen las carreras
genéricas y específicas, así como el área general y el área de experiencia requeridas en el perfil del puesto
publicado en el sistema informático TrabajaEn
3ª.- Programación del concurso
El concurso se conducirá de acuerdo con la programación que se indica; las fechas podrán modificarse
cuando así resulte necesario, por lo que se recomienda dar seguimiento del concurso en el sistema
informático TrabajaEn.
Programación
Publicación de Convocatoria
29 de abril de 2026
Registro de aspirantes
(en el sistema informático TrabajaEn)
Del 29 de abril al 14 de mayo de 2026
Revisión curricular
(por el sistema informático TrabajaEn)
Del 29 de abril al 14 de mayo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
(se deberá realizar conforme al procedimiento descrito
en la base 17ª)
El Comité Técnico de Selección acuerda que,
bajo ningún supuesto se permitirá la reactivación
de folio en la etapa de revisión curricular.
Exámenes de Conocimientos
A partir del 20 de mayo de 2026
Evaluación de Habilidades
A partir del 20 de mayo de 2026
Evaluación de Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 20 de mayo de 2026
Revisión Documental
A partir del 20 de mayo de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir del 25 de mayo de 2026
Determinación
27 de julio de 2026
264
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
4ª.- Registro de aspirantes
Con fundamento en el Artículo 238 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en
materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente, cualquier persona podrá
incorporar en el sistema informático TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal,
curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su
interés.
Una vez que la persona interesada haya incorporado la información necesaria para configurar su perfil
profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de registro, el sistema informático TrabajaEn le
asignará un número de folio de registro general.
El registro de personas aspirantes a un concurso se realizará a partir de la fecha de publicación de la
convocatoria y a través del sistema informático TrabajaEn, el cual les asignará un número de folio de
participación, mismo que servirá para formalizar su inscripción e identificación durante todo el desarrollo
del concurso.
Cuando la Dirección General de Recursos Humanos y Organización (DGRHO) advierta la duplicidad de
registros en el sistema informático TrabajaEn con motivo de un concurso, el CTS procederá al descarte
del segundo o subsecuentes folios de registro en éste, e informará esta situación a la Unidad de Políticas para
el Servicio Público para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes.
La revisión curricular efectuada a través del sistema informático TrabajaEn se llevará a cabo, sin perjuicio de
la revisión y evaluación de la documentación que realice la DGRHO a la información entregada por las
personas aspirantes. De esta manera se verificará que las personas aspirantes acrediten que cumplen con los
requisitos establecidos en la convocatoria.
5ª.- Presentación de evaluaciones y desahogo de las etapas del proceso
De conformidad con lo establecido en el Art. 34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, publicado el, 04 de enero de 2024 y Acuerdo por el que se establecen
las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente,
“El procedimiento de selección de los aspirantes comprenderá las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades; III. Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, IV. Entrevistas, y V. Determinación”
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (Secretaría):
Comunicará a cada persona aspirante, por lo menos con 2 días hábiles de anticipación, la fecha, hora y lugar
en que se realizará el desahogo de cada una de las etapas y fases del concurso a través del sistema
informático TrabajaEn, en el rubro "Mis Mensajes", siendo motivo de descarte el no presentarse en la fecha,
hora y lugar señalados o no presentar la documentación que se le requiera.
La Secretaría aplicará las herramientas de evaluación en sus instalaciones, en los Centros SICT de la
República Mexicana, o en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados (se podrá considerar el lugar de
adscripción de la plaza).
Para cada una de las etapas es necesario que cada persona aspirante se presente con su comprobante de
folio asignado por el sistema informático TrabajaEn e identificación oficial vigente con fotografía y firma.
Para realizar el Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, la persona
aspirante HARA USO DE SU NUMERO DE FOLIO DE TRABAJAEN (se muestra en la página de bienvenida
al portal) Y LA CONTRASEÑA con la que accede a su usuario en el sistema informático TrabajaEn, por lo
que es INDISPENSABLE contar con dicha contraseña al momento de presentarse a la evaluación, en caso no
tenerla, conocerla o recordarla no podrá realizar el Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y será motivo de descarte inmediato.
Adicionalmente, y como medida de prevención de contagio y dispersión del coronavirus SARS-CoV2, es
necesario que cada persona aspirante que se presente en las instalaciones de la Secretaría al desahogo de
las etapas del concurso utilice cubrebocas y/o careta para su acceso y permanencia en dichas instalaciones,
además de apegarse al protocolo que la Secretaría implemente para el acceso a las instalaciones.
6ª.- Examen de Conocimientos
La Subetapa de Examen de conocimientos, constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 70, en una escala
de 0 a 100 sin decimales; obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten
el Examen de conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación ponderada se sumará con la
calificación ponderada del examen de conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo
mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado menor a este será motivo
de descarte, así como el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje del
sistema informático TrabajaEn.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal será de 50% cada uno, para así obtener un total de 100%.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
265
El resultado del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de
Exámenes de Conocimientos de acuerdo con sistema de puntuación para cada nivel jerárquico.
El resultado de la sumatoria del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal deberá ser IGUAL O MAYOR A 70 para poder continuar con las
siguientes etapas del proceso.
Si la sumatoria de los resultados del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal es MENOR A 70, se procederá al descarte de la persona
candidata.
Tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos técnicos, éstos tendrán vigencia de
un año, en relación con el puesto sujeto a concurso siempre y cuando se trate de la misma plaza y sede de
radicación, la misma persona titular de la presidencia del CTS, además de que no cambie el temario con el
cual se evaluaron los conocimientos de que se trate; por lo que, en caso de existir diferencias entre los
aspectos mencionados, no se podrán considerar dichos resultados en las evaluaciones de los concursos de
esta convocatoria. En caso de que se cumplan los criterios anteriores, la calificación se replicará en el sistema
informático TrabajaEn, siempre y cuando la persona aspirante interesada lo solicite mediante un escrito
dirigido al (la) Secretario (a) Técnico (a) del Comité Técnico de Selección durante el periodo establecido para
el registro de aspirantes al concurso. De no existir dicha solicitud y aprobación de la misma, la calificación no
se replicará.
En el caso de puestos tipo, es decir, que cuenten con el mismo perfil de puesto y temario, que se trate de la
misma persona titular de la presidencia del CTS y se publiquen en la misma convocatoria, el sistema
informático TrabajaEn replicará en forma automática la calificación obtenida por el/la candidato (a), hecho que
se precisará a las personas aspirantes por medio del mensaje de invitación al desahogo de las Etapas II y III,
enviado a través del centro de mensajes en el sistema informático TrabajaEn.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados NO aprobatorios de los exámenes de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del
registro de los resultados en el sistema informático Trabajaen. Es importante aclarar, que NO se puede
RENUNCIAR AL RESULTADO de las evaluaciones por lo que al inscribirse a un concurso y obtener un folio
de participación, el sistema verificará los resultados vigentes de los exámenes de conocimientos y de las
evaluaciones de habilidades. En caso de coincidir con las registradas en el concurso al que se va a inscribir, el
sistema reflejará los resultados vigentes.
Tratándose de resultados aprobatorios de los Exámenes de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, éstos tendrán vigencia de un año a partir del registro en el sistema informático Trabajaen.
Las personas aspirantes podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al Examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado
aprobatorio y se encuentre vigente, dicho resultado se verá reflejado de forma automática en el sistema
informático Trabajaen.
En caso de solicitar la revisión de exámenes de Conocimientos, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la
correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados. La persona
aspirante deberá solicitarlo a través de escrito fundamentado con firma autógrafa de la persona aspirante;
dirigido al CTS anexando copia de identificación oficial vigente con fotografía y firma; únicamente se aceptará:
credencial para votar, pasaporte o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018; y
enviarse a la dirección de correo electrónico ingreso@sict.gob.mx, dentro de un plazo máximo de tres días
hábiles, contados a partir de la publicación de los resultados de esta etapa en el sistema informático
TrabajaEn, indicando para cuál de los exámenes de conocimientos requiere revisión. De conformidad con el
artículo 265 de las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, la revisión de exámenes sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las
opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de
evaluación.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de conocimientos técnicos serán publicados en la
convocatoria
publicada
en
el
sistema
informático
TrabajaEn
y
en
el
portal
https://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso.
El Temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal se encuentra
disponible en el sistema informático TrabajaEn en el apartado “Documentos e Información Relevante”, en el
apartado “Temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal”. Las dudas
relacionadas con este temario deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta
de correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, se tendrá por acreditado cuando las personas aspirantes sean consideradas
finalistas por el CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para ocupar el puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo, de conformidad al artículo 278 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente.
Además del comprobante de folio asignado por el sistema informático TrabajaEn (Hoja de Bienvenida de
TrabajaEn), e identificación oficial vigente con fotografía y firma, las personas aspirantes a participar deberán
presentar comprobante original que acredite el nivel de estudios requerido en el perfil del puesto por el cual
concursan, y deberán contar con SU NUMERO DE FOLIO DE TRABAJAEN (se muestra en la página de
bienvenida al portal), Y LA CONTRASEÑA con la que accede a su usuario en el sistema informático
TrabajaEn, el no presentar alguno de estos documentos, el no contar con su folio y/o no tener, conocer o
recordar su contraseña en el sistema informático TrabajaEn será motivo de descarte. Asimismo, se verificará
la consistencia de los datos personales en la “Hoja de Bienvenida” obtenida del portal Trabajen (CURP, RFC y
nombre), los cuales deberán coincidir con los documentos oficiales que presente la persona aspirante.
Una vez que las personas aspirantes se encuentren en la sala de evaluaciones se darán indicaciones para el
desarrollo de la sesión de evaluación de conocimientos; en caso de que las personas aspirantes no acaten
dichas indicaciones será motivo de descarte.
7ª.- Evaluación de Habilidades
Se aplicará una batería de pruebas psicométricas y en todos los casos se otorgará una calificación de 100
puntos y tendrá vigencia de un año.
8ª.- Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, se aplicará la Metodología establecida por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y las reglas de valoración y puntuación general establecidas
por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, las cuales se pueden consultar en el siguiente enlace:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1048566/METODOLOGIA_Y_ESCALAS_DE_CALIFICACION_SABG_ACTUALIZADO.pdf
Se evaluará a cada persona aspirante conforme a la citada Metodología y Escala en las fechas y lugares que
se indiquen, a través del mensaje remitido por el sistema informático TrabajaEn. Las personas aspirantes
deberán presentar evidencias de los siguientes elementos:
Evaluación de la Experiencia: orden de los puestos desempeñados; duración en los puestos desempeñados;
experiencia en el sector público; experiencia en el sector privado; experiencia en el sector social; nivel de
responsabilidad; nivel de remuneración; relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con
las del puesto vacante; en su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Valoración del Mérito: resultado de la evaluación del desempeño; resultados de las acciones de capacitación;
resultados de procesos de certificación; logros; distinciones; reconocimientos o premios; actividad destacada
en lo individual; otros estudios; habla de lengua indígena, autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena
o afrodescendiente o afromexicana, perspectiva de juventudes, persona con discapacidad.
9ª.- Revisión Documental
Para el desahogo de esta etapa (de conformidad con las especificaciones que al efecto se remitan a través
del mensaje en el sistema informático TrabajaEn), la persona aspirante deberá presentar ORIGINAL de los
siguientes formatos denominados:
1. Revisión documental
2. Escrito Bajo Protesta de Decir Verdad,
3. Referencias Laborales
4. Nivel de Responsabilidad (No requerido para personas aspirantes a puestos de nivel Enlace)
5. Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana
6. Autoreconocimiento persona con discapacidad y,
7. Cédulas de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Los
formatos
mencionados
se
encuentran
disponibles
en
la
liga
https://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso (consultar guía de llenado). Así mismo, deberá
presentar original o copia certificada (para cotejo) y copia simple de los documentos referidos en dichos
formatos, mismos que se citan a continuación (en caso de no presentar dichos formatos será motivo de
descarte):
●
Los formatos referidos asentando la fecha de entrega de la documentación (de acuerdo con la fecha y
hora límites para la entrega de los mismos, señalada en su mensaje de invitación para el desahogo de
esta etapa) así como la firma de la persona aspirante, en los recuadros correspondientes (se aceptará
sólo firma autógrafa). Estos deberán presentarse debidamente requisitados y firmados. El no presentar
alguno de estos documentos como se indica, será motivo de descarte.
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DIARIO OFICIAL
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●
Original o copia certificada (para cotejo) y copia simple de los documentos referidos en los formatos de
Revisión documental y cédulas de evaluación de la experiencia y valoración del mérito, mismos que se
citan a continuación:
1.
Impresión del documento de bienvenida al Sistema informático TrabajaEn, como comprobante del
folio asignado para el concurso. Los datos de la “Hoja de Bienvenida” obtenida en el sistema
informático TrabajaEn (CURP, RFC y nombre) deberán coincidir con los documentos oficiales que
presente la persona aspirante en cada una de las etapas, en caso de que exista alguna
inconsistencia u omisión en los mismos será motivo de descarte automático.
2.
Currículum Vítae emitido por en el sistema informático TrabajaEn, con el que se registró en el
concurso respectivo firmado en cada hoja.
3.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial para votar
vigente, pasaporte vigente, cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
4.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda y CURP en el formato vigente.
5.
Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste:
●
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar;
●
No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
●
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto;
●
No estar inhabilitado(a) para el servicio público;
●
Que la documentación presentada es auténtica.
●
Que, en caso de haber sido beneficiado(a) por su incorporación al Programa de Conclusión de
Prestación de Servicios en la Administración Pública Federal, y resultará ganador(a)
del concurso, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
6.
Hoja de Liberación del Servicio Militar Nacional (únicamente varones hasta los 45 años).
7.
Las personas servidoras públicas de carrera podrán presentar la más reciente evaluación del
desempeño anual, con fundamento en lo previsto en el Artículo 37 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, para ser evaluadas en el Elemento 9 Experiencia en
puestos inmediatos inferiores al de la vacante de la Cédula de Evaluación de la Experiencia.
En caso de que la persona servidora pública de carrera titular no presente evaluación del
desempeño, no se asignará calificación en la Cédula de Valoración del Mérito, se asentará el registro
como SIN CALIFICACION.
8.
Documentos con los que acredite los años de experiencia profesional solicitados en el perfil del
puesto. Para acreditar los años de experiencia solicitados en el perfil del puesto y que se
manifestaron en el currículum registrado en el sistema informático TrabajaEn, se aceptarán:
-
Constancias laborales en hoja membretada, firmada, y en su caso sellada, y que contengan
como mínimo los siguientes datos: nombre de la persona aspirante, periodo laborado, emitidas
por el responsable del área de Recursos Humanos o Administración correspondiente
(con nombre, puesto y firma de la persona que la emite);
-
Hojas de servicio;
-
Constancias de servicio activo;
-
Contratos completos, debidamente firmados y, en su caso sellados, por todas las partes
involucradas;
-
Talones de pago, recibos de pago quincenales/mensuales que correspondan a la totalidad del
periodo que se pretenda acreditar (se deberán integrar todos y cada uno de los recibos y/o
talones);
-
Constancias de semanas de cotización al ISSSTE o al IMSS, y
-
Constancia de finalización de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales.
-
Para las personas aspirantes que presenten como experiencia laboral su participación en el
Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, deberán presentar la pantalla “Mi historial” emitida
por la plataforma del Programa (en este apartado se encuentran las fechas inicio y fin de su
capacitación)
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas de
recomendación, nombramientos, propuestas de trabajo, cartas finiquito, renuncias, recibos
de honorarios expedidos por el propio candidato, cheques, estados de cuenta, constancias emitidas
por el superior jerárquico inmediato del puesto ocupado, constancias de sueldos, salarios, conceptos
asimilados y crédito al salario o constancias de haber realizado proyectos de investigación.
Las actividades docentes no serán consideradas como experiencia laboral. En caso de presentar
constancias laborales que avalen periodos empalmados (es decir, que se desarrollaron en el mismo
lapso de tiempo), sólo se considerará el periodo que no se repita para cada constancia,
computándose así en el conteo para acreditar años de experiencia laboral.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
9.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que
el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado, sólo serán válidos el
Título registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o
en su caso, mediante la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha
autoridad. Para acreditar el requisito de escolaridad de nivel Licenciatura, serán válidos, los grados
de Maestría o Doctorado en las áreas de estudio y carreras establecidas en el perfil de puesto,
siempre y cuando, el grado de avance de la Maestría o Doctorado sea Titulado y se encuentre
registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. En caso de
presentar Título Profesional de Maestría o Doctorado, sólo serán válidos el Título registrado en la
Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su caso, mediante
la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha autoridad. En el caso
de haber realizado estudios en el extranjero, se deberá presentar la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para los casos en los que el
requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la
institución académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá
presentar el documento oficial con el que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de
estudios solicitado, en caso de presentar Título Profesional sólo serán válidos el Título registrado en
la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su caso, mediante
la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha autoridad. En el caso
de que el perfil de puesto requiera escolaridad Preparatoria/Bachillerato, Técnico Superior
Universitario o Secundaria, se deberá presentar el Certificado correspondiente o el grado superior
siguiente con avance mínimo de terminado o pasante. Todos los Títulos y Cédulas Profesionales
serán verificadas en el Registro Nacional de Profesionistas, en caso de no encontrarse registro en
dicha plataforma, será motivo de descarte.
10. Cédula de identificación Fiscal o constancia de registro en el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) formato actualizado.
Respecto a los elementos contenidos en la Cédula de Valoración del Mérito, particularmente para acreditar los
Elementos: 9 Habla de lengua indígena; 10 Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicana; 11 perspectiva de juventudes y 12 personas con discapacidad, deberá
presentar lo siguiente: Elemento 9 Habla de lengua indígena, deberá presentar original y copia de las
constancias en las que se corrobore el nivel de conocimiento y manejo de lenguas indígenas, en sus 4
habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o comprender, leer y escribir. Se calificarán de acuerdo al
manejo y conocimiento de alguna (s) lengua (s) indígena (s). Nivel 1: *Carta u oficio expedido por la autoridad
comunitaria de su lugar de origen, que señale que es hablante de una lengua indígena nacional. *Acreditación
de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o
por alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado regular o bueno). *Acreditación
o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas que avalen, al menos un nivel básico en alguna
de las lenguas indígenas o sus variantes. *Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico,
infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etcétera.) acreditando fehacientemente su
autoría. *Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido parte
de los procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas indígenas.
*Certificado de competencia laboral (relacionado con la interpretación, atención en lengua indígena o
traducción). Nivel 2: *Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI o alguna
otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente). *Publicaciones en gacetas,
revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio
del que se trate, acreditando fehacientemente su autoría. *Evidencias de trabajo que avalen su experiencia
como intérprete, mediador (a) bilingüe y/o traductor (a) de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etc.) acreditando fehacientemente su autoría. Otros que al
efecto establezca la UPSPS.
Elemento 10 Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
La denominación del presente elemento deriva de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la
autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena o afrodescendiente/afromexicana es el acto voluntario
mediante el cual personas o comunidades, que tienen un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de
otro tipo y, que deciden identificarse como integrantes de un pueblo o comunidad indígena reconocido por el
Estado. La auto adscripción es una manifestación de identidad y pertenencia cultural. La autoadscripción a un
pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente se calificará de acuerdo con la manifestación que
realice, por su parte, la persona aspirante, que así lo manifieste, en la revisión documental durante el
concurso. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre
del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
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DIARIO OFICIAL
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Elemento 11 Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de Juventudes, se considera como elemento
de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla con los requisitos de escolaridad
y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
Deberá presentar original y copia de CURP o acta de nacimiento que acredite que al momento de la
publicación del concurso la persona aspirante era menor de 30 años. Se considerará este elemento a la
persona candidata que compruebe ser menor de 30 años a la fecha de publicación del concurso.
Elemento 12 personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar de presentar una
discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (LGIPD),
cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil
del puesto. Deberá requisitar el formato donde manifieste su autoreconocimiento como persona con
discapacidad. La persona candidata manifestará por escrito si se autoreconoce o no como persona
con discapacidad y, realizará la descripción de su discapacidad.
No será considerada la documentación recibida fuera de los plazos establecidos, indicados en el mensaje que
se envía a las personas aspirantes a su cuenta de Trabajaen por lo que, si no presenta la documentación
requerida a totalidad, será motivo de descarte inmediato del concurso; no obstante, que haya acreditado las
evaluaciones correspondientes. Así mismo, en caso de que la documentación no sea legible, se encuentre
incompleta, parcialmente visible o en mal estado también será motivo de descarte del concurso; no obstante,
haber cubierto los puntos antes referidos.
La DGRHO o su representación en los Centros SICT presentará a cada persona aspirante que acredite la
Etapa III. Evaluación de Experiencia y Valoración del Mérito, las Cédulas correspondientes debidamente
calificadas, mismas que las personas aspirantes deberán revisar, rubricar y firmar en el momento, al finalizar
la revisión de los documentos entregados para la acreditación de dicha etapa.
En caso de fuerza mayor, las personas aspirantes deberán enviar la documentación en archivo digitalizado
PDF, al correo electrónico ingreso@sict.gob.mx, (de conformidad con las especificaciones que al efecto se
remitan a través del mensaje de Trabajaen).
La DGRHO podrá constatar la autenticidad de la información presentada por las personas aspirantes en todas
las etapas y fases del proceso de selección. En los casos que no se acredite su autenticidad será motivo de
descarte del proceso y la Secretaría se reserva el derecho de ejercer las acciones legales procedentes.
10ª.- Entrevista
Para el desahogo de esta etapa, y en atención a los Criterios Técnicos para la reactivación de plazos y
términos para la operación del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, emitido
por la SFP, y a través del cual se insta a privilegiar el uso de las tecnologías de información y la comunicación
para el desarrollo de las etapas de los concursos como medida de prevención de contagio y dispersión del
coronavirus SARS-CoV2, y por determinación del Comité Técnico de Profesionalización de esta Secretaría,
los CTS podrán realizar la etapa de entrevista mediante videoconferencia en las plataformas electrónicas
existentes, considerando las posibilidades y condiciones de infraestructura tecnológica con las que cuenten,
así como las posibilidades tecnológicas de las personas aspirantes para desarrollar dicha etapa a distancia.
En caso de que se realice de manera presencial se deberán respetar las medidas sanitarias que determine la
Secretaría.
En caso de que la Etapa de Entrevista y Determinación se realice mediante videoconferencia, en el mensaje
de invitación al desahogo dicha etapa, será notificada la fecha, horario y plataforma electrónica a utilizar.
La persona aspirante deberá confirmar en 24 horas máximo, contadas a partir de la notificación, al correo
ingreso@sict.gob.mx, que cuenta con las posibilidades tecnológicas para desarrollar dicha etapa a distancia.
En caso de que no se reciba en el correo electrónico mencionado notificación alguna, se entenderá que la
persona aspirante está en posibilidad de atender la etapa en comento a distancia. En el supuesto de que
la persona aspirante notifique que no cuenta con las posibilidades tecnológicas para llevar a cabo a distancia
la Etapa de Entrevista, se le facilitarán los medios en instalaciones de la Secretaría o se realizará la
programación de dicha Etapa de manera presencial.
En todos los casos y siempre que el universo lo permita, serán entrevistados (as) quienes se encuentren en
primero, segundo y tercer lugar en orden de prelación, de acuerdo con las calificaciones obtenidas.
En caso de empate en tercer lugar, accederán a la Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de
las personas aspirantes que compartan el tercer lugar. Cuando las personas aspirantes repliquen su
participación en más de una plaza de puestos tipo publicados en una misma convocatoria, se les entrevistará
en una sola ocasión por la totalidad de las plazas en que participen, siempre y cuando el Superior Jerárquico
sea el mismo.
METODOLOGIA PARA APLICACION DE ENTREVISTA:
El objetivo de la etapa IV de Entrevista es que el CTS profundice en la valoración de la capacidad de los
candidatos y verifique si reúnen el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, de conformidad con los
artículos 272 y 274 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
270
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Las Entrevistas deberán realizarse en forma colegiada y participativa y la misma consistirá en dos momentos:
●
El de preguntas y respuestas y,
●
El de elaboración del reporte de evaluación
La evaluación de cada persona aspirante se realizará, de conformidad con los siguientes criterios:
●
Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
●
Estrategia o acción (simple o compleja)
●
Resultado (sin impacto o con impacto)
●
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
El reporte de la evaluación de cada persona aspirante se realizará utilizando los formatos establecidos para
tales efectos, con el que cada miembro del CTS calificará en una escala de 0 a 100, sin decimales.
11ª.- Determinación
Se considerarán como finalistas, a quienes obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación establecido en el
Sistema de Puntuación, el cual será de 70 puntos en todos los casos.
En esta etapa el CTS resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:
a)
Ganador(a) del concurso, al/(a la) finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, al/(a la) de mayor Calificación Definitiva, y
b)
Al/(a la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto
a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la Secretaría, el (la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
i.
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto.
ii.
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c)
Desierto el concurso.
En caso de empate, el CTS determinará con base en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el artículo 281 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente. Si una vez agotados los criterios de desempate establecidos en el artículo 281 de dichas
Disposiciones, subsistiera una situación de empate entre finalistas, se elegirá ganadora a la persona de
género femenino. Esta acción afirmativa se realiza con la finalidad de que se promueva la igualdad sustantiva
en el acceso al trabajo formal y remunerado en concordancia con la Ley General para la Igualdad entre
Mujeres y Hombres, en total apego al principio rector “equidad de género” del Sistema del Servicio Profesional
de Carrera, ya que el Gobierno Federal debe garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de las
mujeres y las niñas como un compromiso prioritario. Lo anterior, en concordancia con lo establecido en
los artículos 3 fracción I, 66, 67 y 68 de las citadas Disposiciones.
12ª.- Declaración del concurso desierto
El CTS podrá declarar desierto un concurso por las siguientes causas, en apego al Artículo 40 del Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
I.
Porque ningún(a) candidato(a) se presentó al concurso;
II.
Porque ninguno(a) de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista; o
III. Porque sólo un(a) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado(a) o bien, no obtenga la
mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
13ª.- Publicación de resultados
Los resultados de los concursos serán publicados en el sistema informático TrabajaEn.
14ª.- Reserva de aspirantes
Conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, las personas candidatas entrevistadas por el CTS que no resulten ganadores(as) del
concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación, se integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama
de cargo o puesto de que se trate en la Secretaría, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un
año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso.
Cada finalista estará en posibilidad de participar en concursos bajo la modalidad de "convocatoria dirigida a la
reserva de aspirantes", durante el periodo que dure la vigencia de su permanencia en la reserva de
aspirantes, tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidas en la Secretaría.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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15ª. y 16ª.- Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización, las Reglas de Valoración General y el Sistema de
Puntuación General aplicables a los procesos de selección de la Secretaría, se realizará de conformidad con
lo siguiente:
Reglas de Valoración
Etapa
Subetapa
Descripción
I. Revisión
curricular
●
Revisión realizada en el sistema informático TrabajaEn
●
Motivo de descarte: Sí.
II. Exámenes de
Conocimientos y
Evaluaciones de
Habilidades
Examen de
Conocimientos:
(a) Examen de
conocimientos
técnicos y
(b) Examen de
conocimientos
generales de la
Administración
Pública Federal
●
Número de exámenes: 2.
Criterios a evaluar:
●
Por cada rango, la calificación mínima aprobatoria para los
exámenes de conocimientos, igual o superior a 70 puntos, en
una escala de 0 a 100 puntos sin decimales.
●
En lo que respecta a los exámenes de conocimientos
generales
de
la
Administración
Pública
Federal,
la
calificación mínima aprobatoria para todos los rangos será 70
puntos, en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales.
Los resultados de los exámenes de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal y de conocimientos técnicos se
sumarán, para obtener la puntuación total de la Subetapa de
Exámenes de conocimientos. Para continuar con el proceso, se
requiere un resultado combinado (CG y CT) igual o superior a 70.
En caso de obtener menos de 70 puntos se procederá al
descarte.
Motivo de descarte: Sí.
Evaluación de
Habilidades
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: 0
●
El reporte obtenido derivado de la aplicación de las
evaluaciones será únicamente de carácter referencial y se
otorgará una calificación de 100 en todos los casos.
●
Motivo de descarte: No.
●
Vigencia: 1 año.
III. Evaluación de
Experiencia y
Valoración del
Mérito
Evaluación
Experiencia
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Cuestionarios de evaluación de experiencia.
●
Motivo de descarte: No.
Valoración del
Mérito
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Cuestionarios de valoración de mérito.
●
Motivo de descarte: No.
Revisión
Documental
●
Documentación probatoria de cada aspirante.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Motivo de descarte: Sí.
IV. Entrevistas
Criterios a evaluar:
Contexto: 25%
Estrategia: 25%
Resultado: 25%
Participación: 25%
●
Cantidad de aspirantes a entrevistar: 3.
●
Aspirantes a seguir entrevistando: 3.
●
Los CTS podrán ser auxiliados por especialistas, previa
autorización del CTP.
V. Determinación
●
Puntaje Mínimo de Calificación para ser finalista: 70.
Será motivo de DESCARTE, no presentarse en alguna de las etapas del concurso.
272
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Etapa
Subetapa
Puntos
Resultados
por Etapa
Nivel Jerárquico
Dirección
General
Dirección
Subdirección
Jefatura
Enlace
II
Examen de
Conocimientos
Técnicos
CT
C= CT + CG +H
20
20
30
30
30
Examen de
Conocimientos
Generales de la
Administración
Pública Federal
CG
Evaluación de
Habilidades
H
10
10
10
10
10
III
Evaluación de
Experiencia
X
X + M
30
30
15
15
10*
Valoración del
Mérito
M
10
10
15
15
20
IV
Entrevistas
E
E
30
30
30
30
30
Fórmula: II + III + IV = 100
100
100
100
100
100
Puntaje mínimo requerido para ser considerado finalista
70
70
70
70
70
*Corresponden 10 puntos para todas las personas aspirantes a puestos de Enlace, de conformidad con lo
señalado en el artículo 231 de las Disposiciones
17ª.- Reactivación de folios
En caso de que el CTS permita la reactivación de folio, el proceso de Reactivación de Folios rechazados en
los concursos públicos y abiertos de la Secretaría se realizará de conformidad con lo siguiente:
I.
El CTS de la Secretaría podrá determinar bajo su responsabilidad, por mayoría de votos, la reactivación
de folios que hayan sido rechazados en la etapa de filtro curricular, sólo en aquellos casos en que se
circunscriban a los supuestos que se citan a continuación:
a.
Cuando el rechazo del folio sea originado por causas no imputables la persona aspirante.
b.
Por errores de captura de información u omisiones que se acrediten fehacientemente, a juicio de los
(las) integrantes del CTS.
II.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
a.
La persona aspirante cancele su participación en el concurso, y
b.
Exista duplicidad de registros en el sistema informático TrabajaEn.
Procedimiento para la solicitud de reactivación de folio:
1.
La persona con el Folio rechazado deberá solicitar la reactivación dentro del periodo señalado en la etapa
de Revisión Curricular (Registro de Aspirantes) de la Convocatoria, mediante:
a.
Escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) dirigido al (a la) Secretario (a) Técnico (a) del
CTS de la Secretaría, explicando los motivos de rechazo; señalando al efecto, la denominación de la
plaza; el número de folio rechazado; el domicilio o medio para oír y recibir notificaciones, así como
correo electrónico.
b.
Deberá anexar a su escrito la siguiente documentación digitalizada:
1.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial para
votar, pasaporte vigente o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
2.
Impresión del contenido del mensaje que envía el portal TrabajaEn notificando que no acreditó la
fase de revisión curricular para continuar en el concurso con el motivo de rechazo.
3.
Comprobante de escolaridad (cédula, título -sólo serán válidos el título registrado en la Dirección
General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su caso, mediante la
presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha autoridad-, certificado
o carta de pasante, según sea el caso), copia de comprobantes de experiencia con los cuales
compruebe los años solicitados en alguna de las áreas de experiencia solicitadas en el perfil de
puesto (hojas de servicio, constancias de servicio activo, constancias laborales en hoja
membretada, sellada y con datos de contacto, contratos, talones de pago, constancias de
semanas de cotización al ISSSTE o al IMSS y constancia de finalización de servicio social,
pantalla “Mi historial” emitida por la plataforma del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro).
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas de
recomendación, constancias emitidas por el superior/a jerárquico/a inmediato del puesto
ocupado, constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario o
constancias de haber realizado proyectos de investigación. Las actividades docentes no serán
consideradas como experiencia laboral. En caso de presentar constancias laborales que avalen
periodos empalmados (es decir, que se desarrollaron en el mismo lapso de tiempo), sólo se
considerará el periodo que no se repita para cada constancia, computándose así en el conteo
para acreditar años de experiencia laboral.
2.
La documentación mencionada deberá enviarse digitalizada en formato PDF al correo electrónico
ingreso@sict.gob.mx
dentro
del
periodo
señalado
en
la
etapa
de
Revisión
Curricular
(Registro de Aspirantes) de la Convocatoria, no se considerarán solicitudes recibidas fuera de dicho
periodo, así como aquellas que cuya documentación no se encuentre completa y legible.
3.
Una vez cerrada la etapa de Revisión Curricular, el CTS determinará la procedencia o no de las
solicitudes de reactivación del folio rechazado.
4.
Se notificará a las personas aspirantes a través del sistema informático TrabajaEn, y del correo
electrónico proporcionado, la resolución emitida por el CTS de la Secretaría.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
273
Lo anterior, de conformidad con lo señalado en los artículos 246, 260 y 261 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente.
18ª.- Cancelación de participación en el concurso
Las personas aspirantes que cuenten con las fases y etapas precedentes a la Entrevista debidamente
acreditadas en el sistema informático TrabajaEn y deseen cancelar su participación en el concurso, deberán
solicitarlo mediante escrito (firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico y dirigido al/(a la)
Secretario(a) Técnico(a) del CTS de la Secretaría, señalando al efecto, la denominación de la plaza; el
número de folio de concurso y el domicilio o medio para oír y recibir notificaciones, así como correo
electrónico; y anexar identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial
para votar, pasaporte vigente o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
La dirección electrónica a la que deberá ser enviada dicha solicitud es la siguiente: ingreso@sict.gob.mx.
El (la) Secretario(a) Técnico(a) del CTS respectivo solicitará a la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la SABG, la habilitación necesaria en el Sistema informático RHNET – TrabajaEn para que el(la)
candidato(a) respectivo(a) pueda llevar a cabo la cancelación de su participación en el concurso desde su
cuenta en el sistema informático TrabajaEn.
La Unidad de Políticas para el Servicio Público de la SABG notificará al/(a la) candidato(a) por conducto
del/(de la) Secretario(a) Técnico(a) del CTS, el momento en el que podrá llevar a cabo la cancelación del
concurso desde su cuenta del sistema informático TrabajaEn.
19ª.- Disposiciones generales
Es importante considerar las siguientes disposiciones generales:
1.
La invitación a cada una de las etapas del concurso, así como la publicación de los resultados de cada
una de ellas, se realizará a través del sistema informático TrabajaEn.
2.
Cuando una persona aspirante no cumpla con algún requisito establecido en la convocatoria, no podrá
continuar participando en el proceso de selección, y se le notificará el motivo de la eliminación de su
participación y el fundamento de esta determinación a través del sistema informático TrabajaEn.
3.
Los datos personales de cada persona aspirante son confidenciales, aun después de concluido el
concurso.
4.
La Secretaría no se responsabiliza por traslados ni otros gastos erogados con motivo de la presente
convocatoria efectuados por quienes aspiran a ocupar una plaza en la Secretaría.
5.
Conforme a lo previsto en el artículo 69, fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 95 de su Reglamento, y de conformidad con el DECRETO por el que se
expide el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y el ACUERDO por el que
se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de
responsabilidades publicado en el DOF el 16 de enero de 2025, y su última reforma del pasado 04
de agosto de 2025, se podrá presentar cualquier inconformidad ante el Area de Denuncias e
Investigaciones en el Organo Interno de Control de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, en las oficinas ubicadas en Boulevard Adolfo López Mateos número 1990, piso 8, Colonia
Los Alpes Tlacopac, Código Postal 01049, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, en un horario de
9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas; en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
6.
Conforme a lo previsto en los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 97 de su Reglamento, el domicilio donde se podrán presentar los
recursos de revocación con respecto al proceso de selección de las plazas de la presente convocatoria es
el ubicado en Insurgentes Sur 1735, Col. Guadalupe Inn Del. Alvaro Obregón. C.P. 01020, en un horario
de 9 a 18 horas de lunes a viernes.
7.
Por ningún motivo se permitirá la aplicación de evaluaciones a quienes se presenten fuera de los horarios
establecidos para tales efectos.
8.
Esta dependencia no solicita como requisito para el ingreso, el examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
9.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el CTS conforme a las
disposiciones aplicables.
20ª.- Resolución de dudas
La atención y resolución de dudas con respecto al concurso serán atendidas en el correo electrónico:
ingreso@sict.gob.mx, en tal caso serán resueltas en un plazo máximo de hasta diez días hábiles, de lunes a
viernes en un horario de 9:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
Ciudad de México, a 24 de abril de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
La Secretaria Técnica
Lic. Karla Ayala Romero
Rúbrica.
274
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 032
El Comité Técnico de Selección (CTS) de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno con fundamento
en los artículos 21, 22, 25, 26, 28, 37 y 75 fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en
la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 de su Reglamento, así como en los artículos
241 al 243, 246, 247 y 253 al 290 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, se emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada de los
siguientes puestos vacantes:
Denominación
del Puesto
DIRECTOR(A) DE FISCALIZACION REGIONAL 1
27-433-1-M1C021P-0000006-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M33
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$96,526.00 (Noventa y seis mil quinientos veintiséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Fiscalización
Regional
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Dirigir las acciones necesarias para la elaboración del proyecto del Plan
Anual de Fiscalización de los actos de fiscalización en materia de recursos federales
transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México, para contribuir con los objetivos de la Secretaría y desarrollar los
procesos de coordinación para la fiscalización con otras instancias auditoras.
Función 2.- Dirigir la elaboración de los requerimientos de documentación e información
para la planeación y formulación de los proyectos de fiscalización que son competencia
de la Dirección General de Fiscalización.
Función 3.- Dirigir las propuestas de los actos de fiscalización para su incorporación en
el Programa Anual de Fiscalización, tomando en consideración los proyectos de
políticas, normas, estrategias, lineamientos, criterios generales, protocolos, guías y
demás ordenamientos que correspondan a los asuntos competencia de la Dirección
General de Fiscalización Regional.
Función 4.- Dirigir la realización de los actos de fiscalización de la competencia de la
Dirección General de Fiscalización Regional, con la participación de los órganos
estatales de control y el apoyo de las personas físicas o morales independientes que
presenten sus servicios técnicos para la práctica de dichos actos de fiscalización.
Función 5.- Ejecutar los actos de fiscalización de la competencia de la Dirección
General de Fiscalización Regional, con la participación de los órganos estatales de
control y el apoyo de las personas físicas o morales independientes que presenten sus
servicios técnicos y/o profesionales, para dar cumplimiento al Programa Anual de
Fiscalización autorizado.
Función 6.- Proponer la designación del personal a comisionar, que incluya a las
personas físicas o morales independientes que presenten sus servicios técnicos y/o
profesionales para la práctica de los actos de fiscalización.
Función 7.- Dirigir la elaboración, en los términos de las disposiciones jurídicas
aplicables, los requerimientos de información y documentación a las entidades
fiscalizadas con la finalidad de ejecutar los actos de fiscalización de la competencia de
la Dirección General de Fiscalización Regional.
Función 8.- Dirigir la elaboración de los proyectos de informes de resultados de los
actos de fiscalización de la competencia de la Dirección General de Fiscalización
Regional, con el objeto de entregarlos a las entidades fiscalizadas para que se atiendan
las acciones promovidas determinadas.
Función 9.- Supervisar las propuestas de los equipos de auditores a su cargo, respecto
de los resultados del seguimiento para solventar las acciones promovidas determinadas
con motivo de los actos de fiscalización de la competencia de la Dirección General de
Fiscalización Regional, de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y
administrativos establecidos para tales efectos, a fin de someterlos a la aprobación de la
persona titular de la Coordinación de Fiscalización Regional.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
275
Función 10.- Dirigir la integración de informes y expedientes derivados de los actos de
fiscalización de la competencia de la Dirección General de Fiscalización Regional, para
dar cumplimiento al Programa Anual de Fiscalización autorizado y promover las
acciones que en su caso correspondan.
Función 11.- Proporcionar la información de los actos de fiscalización realizados, para la
integración del proyecto de informe de resultados de la fiscalización, así como de los
diversos informes en los que se difunden datos relacionados con los actos de
fiscalización de la competencia de la Dirección General de Fiscalización Regional.
Función 12.- Dirigir la integración de informes y expedientes derivados de los actos de
fiscalización de la competencia de la Dirección General de Fiscalización Regional, con
la finalidad de determinar la constitución de posibles responsabilidades administrativas
o penales de los servidores públicos, así como de particulares por conductas
sancionables en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a fin
de que, en su caso, sean turnados a las autoridades competentes para los efectos a
que haya lugar.
Función 13.- Dirigir la asesoría a los órganos estatales de control en materia de
la fiscalización competencia de la Dirección General de Fiscalización Regional, con la
finalidad de contribuir en el desarrollo de sus competencias y mejorar la calidad y el
impacto de la fiscalización.
Función 14.- Coordinar el apoyo y asesoría a los gobiernos locales en relación con la
administración y el control de los recursos del cinco al millar, provenientes del derecho a
que se refiere la Ley Federal de Derechos, así como en el seguimiento de
responsabilidades, mediante mesas técnicas o reuniones, con la finalidad de mejorar la
calidad y el impacto de la fiscalización.
Función 15.- Dirigir la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones relativos
a la ejecución de la fiscalización, en la materia de su competencia, derivados del
Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Nacional de Fiscalización, con el fin
de fortalecer la gestión gubernamental y desarrollar las actividades en un ambiente de
profesionalismo.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Civil
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Experiencia
Laboral:
Mínimo 10 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
276
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
DIRECTOR(A) DE AREA DE AUDITORIA
27-420-1-M1C019P-0000594-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M23
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$85,968.00 (Ochenta y cinco mil novecientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Integrar y complementar las partes de los proyectos del Programa Anual de
Trabajo y de Evaluación, así como del Programa Anual de Fiscalización relativas al
control interno y evaluación de la gestión pública que realice el área a su cargo; a fin de
remitirlas a consideración de la persona titular del Area de Auditoría.
Función 2.- Dirigir y ejecutar con el personal que le sea asignado, intervenciones en
materia de control interno al ente público de la Administración Pública Federal al que
esté asignado y analizar la información derivada de las mismas, para determinar si
cumplen con las normas, programas, metas y objetivos establecidos, así como evaluar
su eficiencia y eficacia.
Función 3.- Analizar y presentar a la persona titular del área de auditoría los resultados
derivados de intervenciones de control interno, para proponer a las personas titulares de
las unidades fiscalizadas las acciones preventivas y correctivas que se consideren
oportunas.
Función 4.- Realizar los actos de fiscalización programados al ente público de la
Administración Pública Federal al que esté asignado, para determinar si existen
posibles irregularidades y supervisar la elaboración de los informes correspondientes,
para lo que podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios, a los programas
de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información y demás
medios con que cuente el ente para el ejercicio de sus atribuciones.
Función 5.- Dirigir y supervisar las acciones para la promoción, orientación y
seguimiento del cumplimiento de las obligaciones del ente público de la Administración
Pública Federal al que esté asignado, con el fin de prevenir la comisión de actos o
conductas que pueden derivar en responsabilidades administrativas.
Función 6.- Supervisar el proceso de cierre de la auditoría y presentar a la persona
titular del área de auditoría, los resultados de los actos de fiscalización al ente público
de la Administración Pública Federal al que esté asignado, así como dar seguimiento a
las acciones preventivas y correctivas derivados de éstos.
Función 7.- Supervisar con el personal a su cargo y aquellos prestadores de servicios
profesionales que le sean asignados, la aplicación de las medidas preventivas y
correctivas que se hayan determinado de manera conjunta con las unidades
administrativas del ente público de la Administración Pública Federal en los actos de
fiscalización.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
277
Función 8.- Revisar el informe de presuntas irregularidades detectadas, las probables
faltas administrativas de personas servidoras públicas o faltas de particulares derivadas
de los actos de fiscalización, para que someterlas a consideración de la persona titular
del Area de Auditoría.
Función 9.- Analizar las recomendaciones que haga el Sistema Nacional Anticorrupción
a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que les sea asignada, a fin de
adoptar medidas para el fortalecimiento de su desempeño, control interno, fiscalización
y evaluación de la gestión pública e informar, en su caso, el cumplimiento de las
mismas.
Función 10.- Coordinar la Implementación de acciones de fiscalización, vigilancia y
seguimiento, a fin de comprobar el cumplimiento de los ordenamientos en materia de
austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que les sea
asignada.
Función 11.- Proponer a la persona titular del Area de Auditoría acciones que permitan
verificar la planeación, establecimiento, conducción y aplicación de la política general de
contrataciones públicas, incluidas las relacionadas con adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, y obra pública, con el objetivo de proponer las medidas
necesarias para el fortalecimiento institucional en la administración de recursos.
Función 12.- Dar seguimiento a los asuntos de su competencia que le hayan sido
turnados o designados, con el fin de atenderlos en tiempo y forma e informar su
cumplimiento.
Función 13.- Asistir a los comités y subcomités en materia de adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas, o
cualquier otro que sea de su competencia, en la dependencia, órgano desconcentrado
o entidad, que le instruya la persona titular del área de auditoría, a fin de verificar el
cumplimiento a las disposiciones normativas, en su caso realizar las recomendaciones o
emitir los comentarios que correspondan.
Función 14.- Participar en las juntas de aclaraciones, presentación y apertura de
proposiciones, notificación del fallo, y demás actos relacionados con los procedimientos
de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, que celebre la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad, cuando así le designe la persona titular
del área de auditoría, a fin de verificar el cumplimiento a las disposiciones normativas en
la materia y de contar con procedimientos con las mejores condiciones disponibles
en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, y en su caso, pronunciarse
respecto a los aspectos a corregir del proceso.
Función 15.- Revisar los diagnósticos sobre el cumplimiento de normas y
procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y arrendamientos de
bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad que se realice a la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de integrar la determinación
correspondiente.
Función 16.- Validar los proyectos de certificación de copias de los documentos que se
encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin presentar a firma de la persona
superior jerárquica.
Función 17.- Revisar y proponer los requerimientos que se formularán a las unidades
administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada, para
someterlos a consideración del titular del Area de Auditoría Interna con el fin de ejercer
las facultades de fiscalización.
Función 18.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de los
objetivos, planes y programas institucionales.
Función 19.- Participar en investigaciones mediante operativos, a fin de verificar el
cumplimiento de obligaciones de las personas servidoras públicas, en coadyuvancia con
las Areas de Investigaciones, para lo cual se le habilitará por la persona titular de la
Coordinación General de Organos Internos de Control o la persona titular del Organo
Interno de Control.
278
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Bioquímica
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Civil
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Finanzas
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Química
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Informática Administrativa
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Industrial
Ingeniería y Tecnología
Urbanismo
Ciencias Agropecuarias
Agronomía
Ciencias Agropecuarias
Biología
Ciencias Agropecuarias
Ciencias Forestales
Ciencias Agropecuarias
Desarrollo Agropecuario
Ciencias Agropecuarias
Ecología
Experiencia
Laboral:
Mínimo 9 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Administración de Proyectos de
Inversión y Riesgo
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
279
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
DIRECTOR(A) DE AREA DE RESPONSABILIDADES
27-420-1-M1C019P-0000635-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M22
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$81,444.00 (Ochenta y un mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Supervisar el proceso de admisión de los Informes de Presunta
Responsabilidad y, en su caso, validar el proyecto de prevención a la autoridad
investigadora para que rectifique o aclare las omisiones que advierta o los hechos
narrados en su informe.
Función 2.- Analizar los casos en que deba abstenerse del inicio del procedimiento de
responsabilidad administrativa, o de imponer sanciones a un servidor público, y
presentar a aprobación de la persona titular del Area de Responsabilidades el acuerdo
correspondiente. a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General
de Responsabilidades Administrativas y de los demás ordenamientos en materia de
responsabilidad administrativa.
Función 3.- Supervisar la substanciación de los recursos de inconformidad que se
promuevan en contra de la determinación de abstenerse de iniciar el procedimiento de
responsabilidad administrativa o de imponer sanciones, con el fin de verificar que se
integren en las documentales y elementos que se consideraron para dicha
determinación.
Función 4.- Dirigir la substanciación de los procedimientos de responsabilidad
administrativa por faltas administrativas graves y faltas de particulares y determinar la
fecha de emplazamiento a la audiencia inicial y presentar los expedientes a autorización
de la persona titular del Area de Responsabilidades para enviarlos al Tribunal Federal
de Justicia Administrativa para su resolución.
Función 5.- Dirigir y revisar la substanciación de los recursos de reclamación que le
sean asignados, a fin de dar cuenta al Tribunal Federal de Justicia Administrativa para
su resolución.
Función 6.- Revisar los proyectos de resolución que se emitan con motivo de la
substanciación de recursos de revocación que hayan interpuesto las personas
servidoras públicas en contra de la imposición de sanciones administrativas, para
presentarlos a la persona titular del Area de Responsabilidades.
Función 7.- Supervisar la substanciación de los recursos de revisión que se promuevan
en contra de las resoluciones de inconformidad y reclamaciones en términos de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para someter la resolución a
aprobación de la persona titular del Organo Interno de Control.
Función 8.- Supervisar la substanciación de los procedimientos de responsabilidad
administrativa por faltas administrativas no graves, y revisar los acuerdos para el
emplazamiento, a la audiencia inicial de las partes, a fin de emitir la resolución de
conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
280
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 9.- Dirigir las sesiones de conciliación, en materia de adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas a las
que se le haya designado, a fin de determinar elementos comunes y los puntos de
controversia y exhortar a las partes para conciliar sus intereses y, en su caso, dar
seguimiento a los acuerdos derivados del convenio que se emita.
Función 10.- Supervisar la substanciación de las inconformidades y reclamaciones
que se interpongan en contra de las personas servidoras públicas por actos que
contravengan
los
ordenamientos
en
materia
de
adquisiciones
de
bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas,
excepto las que deba conocer la Dirección General de Controversias y Sanciones en
Contrataciones Públicas, y complementar, en su caso, los proyectos de resolución para
someterlos a aprobación de sus superiores en jerarquía.
Función 11.- Supervisar las intervenciones que se realicen en términos de la previstas
en los artículos 76 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, y 94 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a
fin de revisar la legalidad de los actos y determinar las medidas aplicables, o en su
defecto, la suspensión de la contratación.
Función 12.- Dirigir y supervisar la substanciación de los procedimientos administrativos
de sanción a personas físicas y morales por infracciones a los ordenamientos en
materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, servicios
relacionados con las mismas, y demás relativos a las contrataciones públicas, así como
revisar los proyectos de resolución para firma de la persona titular del Area de
Responsabilidades y los informes que deban remitirse a la Dirección General
de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.
Función 13.- Representar legalmente, previa designación, a la Secretaría, respecto de
los actos emitidos por el Organo Interno de Control ante las autoridades jurisdiccionales;
a fin de realizar la defensa de sus resoluciones.
Función 14.- Asistir a la persona titular del Area de Responsabilidades, en la
representación de la Secretaría, ante el Ministerio Público para la presentación de
denuncias y querellas por hechos u omisiones que conozcan con motivo de su
competencia y que puedan ser constitutivos de delitos, a fin de aportar los elementos
que le permitan la intervención como partes en la investigación y el procedimiento penal
respectivo, cuando se le reconozca su calidad de víctima u ofendida a la Secretaría.
Función 15.- Supervisar que en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados
de la Administración Pública Federal, se inscriban las sanciones que deriven de la
resolución de asuntos a su cargo, para lo que podrá acceder a los repositorios y
sistemas de información que determine la Secretaría a fin de validar el correcto registro.
Función 16.- Revisar los proyectos de imposición de medidas cautelares para
presentarlas a autorización de la persona titular del Area de Responsabilidades, a efecto
de evitar el ocultamiento o destrucción de pruebas, la continuación de efectos
perjudiciales derivados de presuntas faltas administrativas, la obstaculización del
procedimiento y/o el daño irreparable a las instituciones o al erario; asimismo, someter a
autorización la imposición de medidas de apremio para el cumplimiento de las
determinaciones del Area de Responsabilidades.
Función 17.- Revisar y aprobar los casos en que sea procedente la acumulación de
expedientes con el fin de homologación de trato y resolución, para someter a
consideración de la persona titular del Area de Responsabilidades la emisión de la
determinación correspondiente; así como confirmar la improcedencia o sobreseimiento
de los casos que se encuentren en dichos supuestos.
Función 18.- Revisar y validar las sentencias interlocutorias que deban emitirse en los
incidentes de los procedimientos de responsabilidad administrativa que se encuentren a
su cargo para someterlos aprobación de la persona titular del Area de Denuncias e
Investigaciones, y, presidir las audiencias incidentales en las que se le designe.
Función 19.- Instruir y dar seguimiento a las diligencias que se requieran para la
implementación del procedimiento de responsabilidad administrativa.
Función 20.- Dirigir y dar seguimiento a las actuaciones que procedan para la ejecución
de sanciones por faltas administrativas no graves que se impongan a personas
servidoras públicas.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
281
Función 21.- Supervisar el registro y atención de los asuntos competencia del Area de
Responsabilidades, a fin de dar puntual seguimiento de las materias a su cargo, así
como para integrar los reportes correspondientes.
Función 22.- Revisar y validar el proyecto del Programa Anual de Trabajo y de
Evaluación relativas al Area Responsabilidades, a fin de presentar a aprobación de la
persona Titular del Area de Responsabilidades.
Función 23.- Validar los proyectos de certificación de copias de los documentos que se
encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin presentar a firma de la persona
superior jerárquica.
Función 24.- Integrar propuestas de medios alternativos de solución de controversias en
al ámbito de su competencia, a fin de presentarse a consideración de la persona titular
del Area de Responsabilidades.
Función 25.- Revisar los proyectos de requerimientos de información dirigidos a las
unidades administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad
asignada, fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato determinado, a fin de
contar con la información suficiente para el ejercicio de sus facultades y presentarlos a
autorización de la persona titular del Area de Responsabilidades.
Función 26.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de los
objetivos, planes y programas institucionales.
Función 27.- Realizar las investigaciones mediante operativos para las que le habilite la
Coordinación General de Organos Internos de Control o la persona titular del Organo
Interno de Control, con el fin de contribuir a esclarecer hechos constitutivos de faltas
administrativas.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Experiencia
Laboral:
Mínimo 9 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
282
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Denominación
del Puesto
DIRECTOR(A) DE AREA DE RESPONSABILIDADES
27-420-1-M1C018P-0000408-E-C-U
27-420-1-M1C018P-0000612-E-C-U
Número de
vacantes
Dos (2)
Nivel Administrativo
M21
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$73,901.00 (Setenta y tres mil novecientos un pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Supervisar el proceso de admisión de los Informes de Presunta
Responsabilidad y, en su caso, validar el proyecto de prevención a la autoridad
investigadora para que rectifique o aclare las omisiones que advierta o los hechos
narrados en su informe.
Función 2.- Analizar los casos en que deba abstenerse del inicio del procedimiento de
responsabilidad administrativa, o de imponer sanciones a un servidor público, y
presentar a aprobación de la persona titular del Area de Responsabilidades el acuerdo
correspondiente. a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de
Responsabilidades Administrativas y de los demás ordenamientos en materia
de responsabilidad administrativa.
Función 3.- Supervisar la substanciación de los recursos de inconformidad que se
promuevan en contra de la determinación de abstenerse de iniciar el procedimiento de
responsabilidad administrativa o de imponer sanciones, con el fin de verificar que se
integren en las documentales y elementos que se consideraron para dicha
determinación.
Función 4.- Dirigir la substanciación de los procedimientos de responsabilidad
administrativa por faltas administrativas graves y faltas de particulares y determinar la
fecha de emplazamiento a la audiencia inicial y presentar los expedientes a autorización
de la persona titular del Area de Responsabilidades para enviarlos al Tribunal Federal
de Justicia Administrativa para su resolución.
Función 5.- Dirigir y revisar la substanciación de los recursos de reclamación que le
sean asignados, a fin de dar cuenta al Tribunal Federal de Justicia Administrativa para
su resolución.
Función 6.- Revisar los proyectos de resolución que se emitan con motivo de la
substanciación de recursos de revocación que hayan interpuesto las personas
servidoras públicas en contra de la imposición de sanciones administrativas, para
presentarlos a la persona titular del Area de Responsabilidades.
Función 7.- Supervisar la substanciación de los recursos de revisión que se promuevan
en contra de las resoluciones de inconformidad y reclamaciones en términos de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para someter la resolución a
aprobación de la persona titular del Organo Interno de Control.
Función 8.- Supervisar la substanciación de los procedimientos de responsabilidad
administrativa por faltas administrativas no graves, y revisar los acuerdos para el
emplazamiento, a la audiencia inicial de las partes, a fin de emitir la resolución de
conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Función 9.- Dirigir las sesiones de conciliación, en materia de adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas a las
que se le haya designado, a fin de determinar elementos comunes y los puntos de
controversia y exhortar a las partes para conciliar sus intereses y, en su caso, dar
seguimiento a los acuerdos derivados del convenio que se emita.
Función 10.- Supervisar la substanciación de las inconformidades y reclamaciones que
se interpongan en contra de las personas servidoras públicas por actos que
contravengan
los
ordenamientos
en
materia
de
adquisiciones
de
bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas,
excepto las que deba conocer la Dirección General de Controversias y Sanciones en
Contrataciones Públicas, y complementar, en su caso, los proyectos de resolución para
someterlos a aprobación de sus superiores en jerarquía.
Función 11.- Supervisar las intervenciones que se realicen en términos de la previstas
en los artículos 76 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, y 94 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a
fin de revisar la legalidad de los actos y determinar las medidas aplicables, o en su
defecto, la suspensión de la contratación.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
283
Función 12.- Dirigir y supervisar la substanciación de los procedimientos administrativos
de sanción a personas físicas y morales por infracciones a los ordenamientos en
materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, servicios
relacionados con las mismas, y demás relativos a las contrataciones públicas, así como
revisar los proyectos de resolución para firma de la persona titular del Area de
Responsabilidades y los informes que deban remitirse a la Dirección General
de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.
Función 13.- Representar legalmente, previa designación, a la Secretaría, respecto de
los actos emitidos por el Organo Interno de Control ante las autoridades jurisdiccionales;
a fin de realizar la defensa de sus resoluciones.
Función 14.- Asistir a la persona titular del Area de Responsabilidades, en la
representación de la Secretaría, ante el Ministerio Público para la presentación de
denuncias y querellas por hechos u omisiones que conozcan con motivo de su
competencia y que puedan ser constitutivos de delitos, a fin de aportar los elementos
que le permitan la intervención como partes en la investigación y el procedimiento penal
respectivo, cuando se le reconozca su calidad de víctima u ofendida a la Secretaría.
Función 15.- Supervisar que en el Directorio de Proveedores y Contratistas
Sancionados de la Administración Pública Federal, se inscriban las sanciones que
deriven de la resolución de asuntos a su cargo, para lo que podrá acceder a los
repositorios y sistemas de información que determine la Secretaría a fin de validar el
correcto registro.
Función 16.- Revisar los proyectos de imposición de medidas cautelares para
presentarlas a autorización de la persona titular del Area de Responsabilidades, a
efecto de evitar el ocultamiento o destrucción de pruebas, la continuación de efectos
perjudiciales derivados de presuntas faltas administrativas, la obstaculización del
procedimiento y/o el daño irreparable a las instituciones o al erario; asimismo, someter a
autorización la imposición de medidas de apremio para el cumplimiento de las
determinaciones del Area de Responsabilidades.
Función 17.- Revisar y aprobar los casos en que sea procedente la acumulación de
expedientes con el fin de homologación de trato y resolución, para someter a
consideración de la persona titular del Area de Responsabilidades la emisión de la
determinación correspondiente; así como confirmar la improcedencia o sobreseimiento
de los casos que se encuentren en dichos supuestos.
Función 18.- Revisar y validar las sentencias interlocutorias que deban emitirse en los
incidentes de los procedimientos de responsabilidad administrativa que se encuentren a
su cargo para someterlos aprobación de la persona titular del Area de Denuncias e
Investigaciones, y, presidir las audiencias incidentales en las que se le designe.
Función 19.- Instruir y dar seguimiento a las diligencias que se requieran para la
implementación del procedimiento de responsabilidad administrativa.
Función 20.- Dirigir y dar seguimiento a las actuaciones que procedan para la ejecución
de sanciones por faltas administrativas no graves que se impongan a personas
servidoras públicas.
Función 21.- Supervisar el registro y atención de los asuntos competencia del Area de
Responsabilidades, a fin de dar puntual seguimiento de las materias a su cargo, así
como para integrar los reportes correspondientes.
Función 22.- Revisar y validar el proyecto del Programa Anual de Trabajo y de
Evaluación relativas al Area Responsabilidades, a fin de presentar a aprobación de la
persona Titular del Area de Responsabilidades.
Función 23.- Validar los proyectos de certificación de copias de los documentos que se
encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin presentar a firma de la persona
superior jerárquica.
Función 24.- Integrar propuestas de medios alternativos de solución de controversias en
al ámbito de su competencia, a fin de presentarse a consideración de la persona titular
del Area de Responsabilidades.
Función 25.- Revisar los proyectos de requerimientos de información dirigidos a las
unidades administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad
asignada, fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato determinado, a fin de
contar con la información suficiente para el ejercicio de sus facultades y presentarlos a
autorización de la persona Titular del Area de Responsabilidades.
284
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 26.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Función 27.- Realizar las investigaciones mediante operativos para las que le habilite la
Coordinación General de Organos Internos de Control o la persona titular del Organo
Interno de Control, con el fin de contribuir a esclarecer hechos constitutivos de faltas
administrativas.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Experiencia
Laboral:
Mínimo 9 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
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de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
DIRECTOR(A) DE AREA DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-420-1-M1C018P-0000449-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M21
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$73,901.00 (Setenta y tres mil novecientos un pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Revisar los expedientes de las denuncias que se formulen por actos u
omisiones que puedan constituir faltas administrativas o faltas de particulares, incluidos
los que se deriven de actos de fiscalización y los realizados por otras instancias
fiscalizadoras, con el fin de determinar si existen datos e indicios de una falta
administrativa.
Función 2.- Revisar y analizar los expedientes de denuncias que se formulen por
infracciones que puedan haber cometido personas físicas o morales a los
ordenamientos en materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras
públicas, servicios relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones
públicas, para determinar si contienen datos o indicios que permitan advertir la presunta
responsabilidad para su procedencia.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
285
Función 3.- Dirigir la práctica de oficio, por denuncia o con motivo de actos de
fiscalización incluidos los realizados por otras autoridades fiscalizadoras, las
investigaciones de faltas administrativas, así como de faltas de particulares, que le
instruya su superior en jerarquía, a fin de determinar la existencia o inexistencia de
actos u omisiones que la ley señale como falta administrativa.
Función 4.- Practicar de oficio, por denuncia o con motivo de actos de fiscalización
incluidos los realizados por otras autoridades fiscalizadoras, las investigaciones de
infracciones cometidas por personas físicas o morales a los ordenamientos en materia
de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios; de obras públicas, servicios
relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones públicas, con
excepción de aquellas que deba conocer la Dirección General de Controversias y
Sanciones en Contrataciones Públicas; para informar a la persona titular del Area de
Denuncias e Investigaciones la existencia o inexistencia de actos u omisiones que la ley
señale como falta administrativa.
Función 5.- Supervisar y practicar de oficio, por denuncia o con motivo de actos de
fiscalización, incluidos los realizados por otras autoridades fiscalizadoras, la evolución
patrimonial y de verificación de la evolución patrimonial de las personas servidoras
públicas con el fin de determinar si existe un incremento que no corresponda a los
ingresos de la persona servidora pública.
Función 6.- Validar los proyectos de citatorio que se emitan a las personas servidoras
públicas que puedan tener conocimiento de hechos relacionados con faltas
administrativas, para solicitar se constate la veracidad de ellos y, en su caso, solicitarle
la aportación de elementos, datos o indicios para integrar la investigación.
Función 7.- Revisar los informes sobre irregularidades cometidas en los procedimientos
de adjudicación de contratos de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios y
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que trámite el ente público de
la Administración Pública Federal al que esté asignado, con el fin de proponer las
medidas para su corrección y evitar que se presente una inconformidad.
Función 8.- Revisar los expedientes de investigación y las propuestas de acuerdos que
deriven del trámite de inconformidades que se promuevan en contra de actos
relacionados con la operación del servicio profesional de carrera y determinar si existió
un incumplimiento por parte de las personas servidoras públicas involucradas para
determinar las acciones conducentes.
Función 9.- Revisar el proyecto de valoración respecto de la determinación preliminar
que el Comité Técnico de Profesionalización emita sobre el incumplimiento reiterado e
injustificado de obligaciones por parte de las personas servidoras públicas de carrera,
en términos de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal y su Reglamento para someterlo a validación de persona titular del Area de
Investigaciones y Denuncias.
Función 10.- Dirigir la verificación aleatoria de las declaraciones de situación patrimonial
y de intereses, así como la constancia de presentación de declaración fiscal de las
personas servidoras públicas del ente público de la Administración Pública Federal al
que esté asignado, para identificar aquellos casos en que no corresponda el incremento
patrimonial y, en su caso, iniciar la investigación correspondiente.
Función 11.- Revisar las solicitudes que se enviarán a los declarantes y a las
autoridades competentes, para requerir la información necesaria que permita verificar la
evolución patrimonial de los declarantes, de sus cónyuges, concubinas o concubinarios
y de sus dependientes económicos directos.
Función 12.- Revisar los proyectos de determinaciones en los procedimientos que se
inicien, incluido el de conclusión y archivo de expediente y, en su caso, el informe de
presunta responsabilidad administrativa, para someterlo a validación de la persona
titular del Area de Denuncias e Investigaciones.
Función 13.- Revisar las solicitudes que se remitirán a la autoridad substanciadora o
resolutora, para la aplicación de medidas cautelares necesarias para la conducción de
sus investigaciones.
Función 14.- Coordinar la integración de recomendaciones para implementar mejoras
cuando resulte procedente, a partir de la información que se obtenga de las
investigaciones que se realizan o cuando exista recurrencia de quejas en un trámite o
servicio de su competencia; a fin de contribuir en un mejor aprovechamiento de
recursos y prestación de servicios de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad
asignada, fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato determinado.
286
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 15.- Revisar los informes que justifiquen las impugnaciones que se promuevan
en contra de las calificaciones a las faltas administrativas no graves y someterlas a
validación de su superior en jerarquía con el fin de remitirlas al Tribunal Federal de
justicia Administrativa.
Función 16.- Dirigir la elaboración de promociones de los recursos que sean otorgados
en materia de responsabilidad administrativa a la autoridad investigadora, a fin de
realizar la salvaguarda del interés general.
Función 17.- Asistir a la persona Titular del Area de Denuncias e Investigaciones, en la
representación de la Secretaría, ante el Ministerio Público en la presentación de
denuncias y querellas por hechos u omisiones que conozcan con motivo de su
competencia y que puedan ser constitutivos de delitos, a fin de aportar los elementos
que le permitan la intervención como partes en la investigación y el procedimiento penal
respectivo, cuando se le reconozca su calidad de víctima u ofendida a la Secretaría.
Función 18.- Programar y ejecutar las visitas de verificación que le sean instruidas, de
conformidad con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para comprobar el
cumplimiento de disposiciones legales y reglamentaria, así como suscribir las actas que
deriven de dichos actos.
Función 19.- Revisar y validar las propuestas de requerimientos de información,
documentación y colaboración que se realizarán a las unidades administrativas, que
permitan verificar el cumplimiento de sus atribuciones y allegarse de información para
las actuaciones de su competencia; para lo que podrá acceder a los repositorios, a los
programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información
de las dependencias, órganos desconcentrados o entidades de la Administración
Pública Federal.
Función 20.- Coordinar la integración de información y documentación que sea
requerida por la Dirección General de Controversias y Sanciones, respecto de los
procedimientos de investigación que conozca en materia de responsabilidad
administrativa.
Función 21.- Validar los proyectos de certificación de copias de los documentos que se
encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin presentar a firma de la persona
superior jerárquica.
Función 22.- Supervisar la atención de los asuntos competencia del Area de Denuncias
que le hayan sido asignados, a fin de dar puntual seguimiento de las materias a su
cargo, así como para integrar los reportes correspondientes.
Función 23.- Dirigir las investigaciones, mediante operativos que encomienden
autoridades superiores, del cumplimiento de las obligaciones que impone la Ley
General de Responsabilidades Administrativas a los servidores públicos adscritos a las
dependencias, órganos administrativos desconcentrados o entidades que sean
competencia del Organo Interno de Control al que esté adscrito.
Función 24.- Supervisar la elaboración de las partes de los proyectos del Plan Anual de
Trabajo y Evaluación relativas al área de denuncias, fin de remitirlas a consideración de
la persona titular del Organo Interno de Control de adscripción.
Función 25.- Revisar el proyecto de medidas que se estimen necesarias, para hacer
cumplir las determinaciones del titular del Area de Denuncias e Investigaciones.
Función 26.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
287
Experiencia
Laboral:
Mínimo 9 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Organización Jurídica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
DIRECTOR(A) DE AREA DE AUDITORIA
27-420-1-M1C018P-0000493-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M21
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$73,901.00 (Setenta y tres mil novecientos un pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Integrar y complementar las partes de los proyectos del Programa Anual de
Trabajo y de Evaluación, así como del Programa Anual de Fiscalización relativas al
control interno y evaluación de la gestión pública que realice el área a su cargo; a fin de
remitirlas a consideración de la persona titular del Area de Auditoría.
Función 2.- Dirigir y ejecutar con el personal que le sea asignado, intervenciones en
materia de control interno al ente público de la Administración Pública Federal al que
esté asignado y analizar la información derivada de las mismas, para determinar si
cumplen con las normas, programas, metas y objetivos establecidos, así como evaluar
su eficiencia y eficacia.
Función 3.- Analizar y presentar a la persona titular del área de auditoría los resultados
derivados de intervenciones de control interno, para proponer a las personas titulares de
las unidades fiscalizadas las acciones preventivas y correctivas que se consideren
oportunas.
Función 4.- Realizar los actos de fiscalización programados al ente público de la
Administración Pública Federal al que esté asignado, para determinar si existen
posibles irregularidades y supervisar la elaboración de los informes correspondientes,
para lo que podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios, a los programas
de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información y demás
medios con que cuente el ente para el ejercicio de sus atribuciones.
288
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 5.- Dirigir y supervisar las acciones para la promoción, orientación y
seguimiento del cumplimiento de las obligaciones del ente público de la Administración
Pública Federal al que esté asignado, con el fin de prevenir la comisión de actos o
conductas que pueden derivar en responsabilidades administrativas.
Función 6.- Supervisar el proceso de cierre de la auditoría y presentar a la persona
titular del área de auditoría, los resultados de los actos de fiscalización al ente público
de la Administración Pública Federal al que esté asignado, así como dar seguimiento a
las acciones preventivas y correctivas derivados de éstos.
Función 7.- Supervisar con el personal a su cargo y aquellos prestadores de servicios
profesionales que le sean asignados, la aplicación de las medidas preventivas y
correctivas que se hayan determinado de manera conjunta con las unidades
administrativas del ente público de la Administración Pública Federal en los actos de
fiscalización.
Función 8.- Revisar el informe de presuntas irregularidades detectadas, las probables
faltas administrativas de personas servidoras públicas o faltas de particulares derivadas
de los actos de fiscalización, para que someterlas a consideración de la persona titular
del Area de Auditoría.
Función 9.- Analizar las recomendaciones que haga el Sistema Nacional Anticorrupción
a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que les sea asignada, a fin de
adoptar medidas para el fortalecimiento de su desempeño, control interno, fiscalización
y evaluación de la gestión pública e informar, en su caso, el cumplimiento de las
mismas.
Función 10.- Coordinar la Implementación de acciones de fiscalización, vigilancia y
seguimiento, a fin de comprobar el cumplimiento de los ordenamientos en materia de
austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que les sea
asignada.
Función 11.- Proponer a la persona titular del Area de Auditoría acciones que permitan
verificar la planeación, establecimiento, conducción y aplicación de la política general de
contrataciones públicas, incluidas las relacionadas con adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, y obra pública, con el objetivo de proponer las medidas
necesarias para el fortalecimiento institucional en la administración de recursos.
Función 12.- Dar seguimiento a los asuntos de su competencia que le hayan sido
turnados o designados, con el fin de atenderlos en tiempo y forma e informar su
cumplimiento.
Función 13.- Asistir a los comités y subcomités en materia de adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas, o
cualquier otro que sea de su competencia, en la dependencia, órgano desconcentrado
o entidad, que le instruya la persona titular del área de auditoría, a fin de verificar el
cumplimiento a las disposiciones normativas, en su caso realizar las recomendaciones o
emitir los comentarios que correspondan.
Función 14.- Participar en las juntas de aclaraciones, presentación y apertura de
proposiciones, notificación del fallo, y demás actos relacionados con los procedimientos
de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, que celebre la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad, cuando así le designe la persona titular
del área de auditoría, a fin de verificar el cumplimiento a las disposiciones normativas en
la materia y de contar con procedimientos con las mejores condiciones disponibles en
cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, y en su caso, pronunciarse
respecto a los aspectos a corregir del proceso.
Función 15.- Revisar los diagnósticos sobre el cumplimiento de normas y
procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y arrendamientos de
bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad que se realice a la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de integrar la determinación
correspondiente.
Función 16.- Validar los proyectos de certificación de copias de los documentos que se
encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin presentar a firma de la persona
superior jerárquica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
289
Función 17.- Revisar y proponer los requerimientos que se formularán a las unidades
administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada, para
someterlos a consideración del titular del Area de Auditoría Interna con el fin de ejercer
las facultades de fiscalización.
Función 18.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Función 19.- Participar en investigaciones mediante operativos, a fin de verificar el
cumplimiento de obligaciones de las personas servidoras públicas, en coadyuvancia con
las Areas de Investigaciones, para lo cual se le habilitará por la persona titular de la
Coordinación General de Organos Internos de Control o la persona titular del Organo
Interno de Control.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Computación e Informática
Ciencias Naturales y Exactas
Física
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Eléctrica y Electrónica
Ingeniería y Tecnología
Finanzas
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Ambiental
Ingeniería y Tecnología
Informática Administrativa
Ingeniería y Tecnología
Urbanismo
Experiencia
Laboral:
Mínimo 9 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Administración de Proyectos de
Inversión y Riesgo
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
290
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE RESPONSABILIDADES
27-420-1-M1C016P-0000749-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N31
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$53,692.00 (Cincuenta y tres mil seiscientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Analizar los Informes de Presunta Responsabilidad que le hayan sido
asignados y elaborar, cuando así corresponda, la prevención a la autoridad
investigadora para rectificar o aclarar las omisiones que advierta de los hechos narrados
en el informe.
Función 2.- Examinar el contenido, elementos probatorios y marco normativo de los
asuntos turnados, a fin de identificar aquellos casos en que deba abstenerse de iniciar
el procedimiento de responsabilidad administrativa, o de imponer sanciones a las
personas servidoras públicas y, en su caso, revisar el proyecto de acuerdo
correspondiente para validación de la Dirección de Responsabilidades.
Función 3.- Participar en la substanciación de los recursos de inconformidad que se
promuevan en contra de la determinación de abstenerse de iniciar el procedimiento de
responsabilidad administrativa o de imponer sanciones y enviar a revisión de la
Dirección de Responsabilidades el proyecto correspondiente.
Función 4.- Revisar los proyectos relacionados con la substanciación de los
procedimientos de responsabilidad administrativa por faltas administrativas graves y
faltas de particulares, proponer a la Dirección de Responsabilidades las fechas de
emplazamiento a la audiencia inicial y corroborar la debida integración del expediente
para su envío al Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Función 5.- Integrar las documentales, e información para la substanciación de los
recursos de reclamación que le sean turnados para dar cuenta del acto recurrido al
Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Función 6.- Elaborar los proyectos de resolución que deriven de la substanciación de
recursos de revocación que hayan interpuesto las personas servidoras públicas en
contra de la imposición de sanciones administrativas para someterlos a revisión de la
Dirección de Responsabilidades.
Función 7.- Substanciar los recursos de revisión que se promuevan en contra de las
resoluciones dictadas en los procedimientos de inconformidad y reclamaciones en
términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de
la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y someter a revisión
de la Dirección de Responsabilidades los proyectos de resolución que le correspondan.
Función 8.- Coadyuvar en la substanciación de los procedimientos de responsabilidades
administrativas no graves que le sean asignados, revisar la propuesta del
emplazamiento de la audiencia inicial y formular o complementar las resoluciones de su
competencia para someterlas a aprobación de sus superiores en jerarquía.
Función 9.- Participar en las conciliaciones que le sean instruidas, en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios
relacionados con las mismas, a fin de integrar la información que su titular requiera para
conocer los elementos comunes para la conciliación de los intereses de las partes y, en
su caso, contribuir a la elaboración del convenio que corresponda.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
291
Función 10.- Participar en la substanciación de las inconformidades y reclamaciones
que se interpongan en contra de las personas servidoras públicas por actos que
contravengan
los
ordenamientos
en
materia
de
adquisiciones
de
bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas,
excepto las que deba conocer la Dirección General de Controversias y Sanciones en
Contrataciones Públicas, y elaborar los proyectos de resolución que correspondan.
Función 11.- Ejecutar las intervenciones previstas los artículos 76 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 94 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a las que se le designe, con el fin de
revisar la legalidad de los actos relacionados con las inconformidades que se
promuevan contra los actos de los procedimientos de licitación pública o invitación a
cuando menos tres personas e informar a la Dirección de Responsabilidades sus
observaciones.
Función 12.- Ejecutar la substanciación de los procedimientos administrativos de
sanción a personas físicas y morales por infracciones a los ordenamientos en materia
de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, servicios
relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones públicas, con el
objeto de preparar el proyecto de resolución e integrar el informe que deberá remitirse a
la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.
Función 13.- Analizar la información de su competencia, para proponer la defensa
jurídica de las resoluciones del Organo Interno de Control, que la persona titular del
Area de Responsabilidades, realice en representación ante las autoridades
jurisdiccionales.
Función 14.- Integrar la información y proyectos que se requieran para las diligencias
relacionadas con las denuncias y querellas que la persona titular del Area de
Responsabilidades interponga ante el Ministerio Público en representación de la
Secretaría; así como contribuir con la asesoría y seguimiento del procedimiento penal
donde se reconozca la calidad de víctima de la Secretaría, para la defensa de sus
intereses.
Función 15.- Registrar en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados de la
Administración Pública Federal, las sanciones que correspondan a los asuntos a su
cargo, para lo que podrá acceder a los repositorios y sistemas de información que
determine la Secretaría.
Función 16.- Elaborar los proyectos de medidas cautelares para evitar el ocultamiento o
destrucción de pruebas, la obstaculización del desarrollo del proceso administrativo
e impedir los efectos perjudiciales derivados de presuntas faltas administrativas, así
como la elaboración de proyectos de imposición de medidas de apremio que se estimen
necesarias, para hacer cumplir las determinaciones de la persona titular del Area de
Responsabilidades.
Función 17.- Analizar los procedimientos de responsabilidad administrativa e identificar
aquellos en que sea procedente la acumulación de expedientes, así como los casos en
que se adviertan causales de improcedencia o sobreseimiento a fin de informar a la
Dirección de Responsabilidades y realizar las gestiones que en cada caso
correspondan.
Función 18.- Elaborar los proyectos de sentencias interlocutorias para resolver los
incidentes en los procedimientos y enviarlos a validación de la Dirección de
Responsabilidades.
Función 19.- Realizar por sí, o con apoyo del personal a su cargo, las diligencias
del procedimiento de responsabilidad administrativa.
Función 20.- Elaborar los proyectos de las actuaciones (notificaciones, oficios, exhortos,
acuerdos) que procedan para la ejecución de las sanciones por faltas administrativas no
graves que se impongan a las personas servidoras públicas.
Función 21.- Registrar los asuntos que ingresen al Area de Responsabilidades y que le
sean turnados, a fin de dar puntual seguimiento a los mismos.
Función 22.- Proponer la parte que le corresponda del Programa Anual de Trabajo y
Evaluación para remitirlo a la Dirección de Responsabilidades.
Función 23.- Elaborar los proyectos de certificación de copias de los documentos que se
encuentren en los archivos de su respectiva área, para presentar a validación de la
persona superior jerárquica.
292
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 24.- Revisar propuestas de medios alternativos de solución de controversias en
al ámbito de su competencia, a fin de presentarse a consideración de la persona titular
del Area de Responsabilidades.
Función 25.- Elaborar los proyectos de requerimientos de información dirigidos a las
unidades administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad de
asignación, a fin de integrar los elementos con los que se atiendan las atribuciones.
Función 26.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Antropología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Arquitectura
Ciencias Sociales y
Administrativas
Artes
Ciencias Sociales y
Administrativas
Biblioteconomía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Educación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Turismo
Ciencias Sociales y
Administrativas
Archivonomía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Conservación y Restauración de
Bienes Culturales Muebles
Ciencias Sociales y
Administrativas
Arqueología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comercio Internacional
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Artes
Educación y Humanidades
Educación
Educación y Humanidades
Humanidades
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
293
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE PLANEACION ESTRATEGICA B
27-412-1-M1C015P-0000081-E-C-G
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N22
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$46,039.00 (Cuarenta y seis mil treinta y nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Planeación
Estratégica y Regional
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Colaborar en la elaboración de propuestas y actualización de la regulación
de los procedimientos de planeación de la fiscalización de la Secretaría, en materia de
la gestión gubernamental, ejercicio del gasto público federal, adquisiciones,
arrendamiento financiero, servicios de cualquier naturaleza, obra pública y su ejecución,
con base en una perspectiva estratégica de proyectos integrales o prioritarios.
Función 2.- Coadyuvar en el diseño de estrategias para la planeación de los actos de
fiscalización de proyectos integrales o prioritarios.
Función 3.- Contribuir a la elaboración de criterios de análisis, de selección y capacidad
operativa para la planeación genérica y criterios estratégicos y operativos, guías y
cualquier otro documento de la planeación detallada, para los actos de fiscalización de
la Secretaría.
Función 4.- Auxiliar en la definición de los requerimientos de información a las
dependencias de la APF para formular proyectos de fiscalización en materia de la
gestión gubernamental, ejercicio del gasto público federal, adquisiciones, arrendamiento
financiero, servicios de cualquier naturaleza, obra pública y su ejecución, con base en
una perspectiva estratégica.
Función 5.- Apoyar en la revisión e integración de la información y documentación
entregada por las dependencias de la APF, incluyendo sus propuestas de posibles
actos de fiscalización, así como los resultados de los informes de resultados de la
fiscalización del año inmediato anterior, para la elaboración de propuestas de proyectos
de fiscalización en materia de la gestión gubernamental, ejercicio del gasto público
federal, adquisiciones, arrendamiento financiero, servicios de cualquier naturaleza, obra
pública y su ejecución. Lo anterior, en coordinación con las unidades administrativas de
la Secretaría con atribuciones de fiscalización.
Función 6.- Coadyuvar en la elaboración de la propuesta de Programa Anual de
Fiscalización y del Programa Anual de Trabajo y Evaluación con las unidades
administrativas de la Secretaría con atribuciones de fiscalización.
Función 7.- Concentrar y revisar las solicitudes de ajustes a los actos o proyectos de
fiscalización del Programa Anual de Fiscalización y el Programa Anual de Trabajo y
Evaluación, presentadas por las unidades administrativas de la Secretaría con
atribuciones de fiscalización o de la información que acredite que se cumplen o dejan de
cumplir los criterios de selección.
Función 8.- Participar en el seguimiento del Programa Anual de Fiscalización y el
Programa Anual de Trabajo y Evaluación, así como colaborar en el diseño de
indicadores para la evaluación del desempeño de las unidades administrativas de la
Secretaría encargadas de la fiscalización.
294
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 9.- Apoyar a las áreas informáticas de la Secretaría en el diseño de los
sistemas para la administración, supervisión y seguimiento de los actos de fiscalización,
con un enfoque estratégico.
Función 10.- Organizar las asesorarías en materia de planeación y programación de
actos de fiscalización a las unidades administrativas de la Secretaría con atribuciones
de fiscalización.
Función 11.- Apoyar en el diseño de criterios de medición anual del desempeño de las
unidades administrativas de la Secretaría con atribuciones de fiscalización en el
cumplimiento del Programa Anual de Fiscalización y del Programa Anual de Trabajo y
Evaluación, con base en la información que proporcione la Coordinación General de los
Organos Internos de Control.
Función 12.- Apoyar en el intercambio de criterios y adopción de mejores prácticas en
materia de planeación y programación de actos de fiscalización.
Función 13.- Auxiliar en el cumplimiento de las políticas, planes, programas y acciones
relativos a la planeación de la fiscalización, derivados del Sistema Nacional
Anticorrupción y del Sistema Nacional de Fiscalización y elaborar propuestas respecto
de los mismos.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Industrial
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
295
Denominación
del Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE RESPONSABILIDADES
27-420-1-M1C015P-0000696-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N22
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$46,039.00 (Cuarenta y seis mil treinta y nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Analizar los Informes de Presunta Responsabilidad que le hayan sido
asignados y elaborar, cuando así corresponda, la prevención a la autoridad
investigadora para rectificar o aclarar las omisiones que advierta de los hechos narrados
en el informe.
Función 2.- Examinar el contenido, elementos probatorios y marco normativo de los
asuntos turnados, a fin de identificar aquellos casos en que deba abstenerse de iniciar
el procedimiento de responsabilidad administrativa, o de imponer sanciones a las
personas servidoras públicas y, en su caso, revisar el proyecto de acuerdo
correspondiente para validación de la Dirección de Responsabilidades.
Función 3.- Participar en la substanciación de los recursos de inconformidad que se
promuevan en contra de la determinación de abstenerse de iniciar el procedimiento de
responsabilidad administrativa o de imponer sanciones y enviar a revisión de la
Dirección de Responsabilidades el proyecto correspondiente.
Función 4.- Revisar los proyectos relacionados con la substanciación de los
procedimientos de responsabilidad administrativa por faltas administrativas graves y
faltas de particulares, proponer a la Dirección de Responsabilidades las fechas de
emplazamiento a la audiencia inicial y corroborar la debida integración del expediente
para su envío al Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Función 5.- Integrar las documentales, e información para la substanciación de los
recursos de reclamación que le sean turnados para dar cuenta del acto recurrido al
Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Función 6.- Elaborar los proyectos de resolución que deriven de la substanciación de
recursos de revocación que hayan interpuesto las personas servidoras públicas en
contra de la imposición de sanciones administrativas para someterlos a revisión de la
Dirección de Responsabilidades.
Función 7.- Substanciar los recursos de revisión que se promuevan en contra de las
resoluciones dictadas en los procedimientos de inconformidad y reclamaciones en
términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de
la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y someter a revisión
de la Dirección de Responsabilidades los proyectos de resolución que le correspondan.
Función 8.- Coadyuvar en la substanciación de los procedimientos de responsabilidades
administrativas no graves que le sean asignados, revisar la propuesta del
emplazamiento de la audiencia inicial y formular o complementar las resoluciones de su
competencia para someterlas a aprobación de sus superiores en jerarquía.
Función 9.- Participar en las conciliaciones que le sean instruidas, en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios
relacionados con las mismas, a fin de integrar la información que su titular requiera para
conocer los elementos comunes para la conciliación de los intereses de las partes y, en
su caso, contribuir a la elaboración del convenio que corresponda.
Función 10.- Participar en la substanciación de las inconformidades y reclamaciones
que se interpongan en contra de las personas servidoras públicas por actos que
contravengan
los
ordenamientos
en
materia
de
adquisiciones
de
bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas,
excepto las que deba conocer la Dirección General de Controversias y Sanciones en
Contrataciones Públicas, y elaborar los proyectos de resolución que correspondan.
Función 11.- Ejecutar las intervenciones previstas los artículos 76 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 94 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a las que se le designe, con el fin de
revisar la legalidad de los actos relacionados con las inconformidades que se
promuevan contra los actos de los procedimientos de licitación pública o invitación a
cuando menos tres personas e informar a la Dirección de Responsabilidades sus
observaciones.
296
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 12.- Ejecutar la substanciación de los procedimientos administrativos de
sanción a personas físicas y morales por infracciones a los ordenamientos en materia
de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, servicios
relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones públicas, con el
objeto de preparar el proyecto de resolución e integrar el informe que deberá remitirse a
la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.
Función 13.- Analizar la información de su competencia, para proponer la defensa
jurídica de las resoluciones del Organo Interno de Control, que la persona titular del
Area de Responsabilidades, realice en representación ante las autoridades
jurisdiccionales.
Función 14.- Integrar la información y proyectos que se requieran para las diligencias
relacionadas con las denuncias y querellas que la persona titular del Area de
Responsabilidades interponga ante el Ministerio Público en representación de la
Secretaría; así como contribuir con la asesoría y seguimiento del procedimiento penal
donde se reconozca la calidad de víctima de la Secretaría, para la defensa de sus
intereses.
Función 15.- Registrar en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados de la
Administración Pública Federal, las sanciones que correspondan a los asuntos a su
cargo, para lo que podrá acceder a los repositorios y sistemas de información que
determine la Secretaría.
Función 16.- Elaborar los proyectos de medidas cautelares para evitar el ocultamiento o
destrucción de pruebas, la obstaculización del desarrollo del proceso administrativo e
impedir los efectos perjudiciales derivados de presuntas faltas administrativas, así como
la elaboración de proyectos de imposición de medidas de apremio que se estimen
necesarias, para hacer cumplir las determinaciones de la persona titular del Area de
Responsabilidades.
Función 17.- Analizar los procedimientos de responsabilidad administrativa e identificar
aquellos en que sea procedente la acumulación de expedientes, así como los casos en
que se adviertan causales de improcedencia o sobreseimiento a fin de informar a la
Dirección de Responsabilidades y realizar las gestiones que en cada caso
correspondan.
Función 18.- Elaborar los proyectos de sentencias interlocutorias para resolver los
incidentes en los procedimientos y enviarlos a validación de la Dirección de
Responsabilidades.
Función 19.- Realizar por sí, o con apoyo del personal a su cargo, las diligencias del
procedimiento de responsabilidad administrativa.
Función 20.- Elaborar los proyectos de las actuaciones (notificaciones, oficios, exhortos,
acuerdos) que procedan para la ejecución de las sanciones por faltas administrativas no
graves que se impongan a las personas servidoras públicas.
Función 21.- Registrar los asuntos que ingresen al Area de Responsabilidades y que le
sean turnados, a fin de dar puntual seguimiento a los mismos.
Función 22.- Proponer la parte que le corresponda del Programa Anual de Trabajo y
Evaluación para remitirlo a la Dirección de Responsabilidades.
Función 23.- Elaborar los proyectos de certificación de copias de los documentos que se
encuentren en los archivos de su respectiva área, para presentar a validación de la
persona superior jerárquica.
Función 24.- Revisar propuestas de medios alternativos de solución de controversias en
al ámbito de su competencia, a fin de presentarse a consideración de la persona Titular
del Area de Responsabilidades.
Función 25.- Elaborar los proyectos de requerimientos de información dirigidos a las
unidades administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad de
asignación, a fin de integrar los elementos con los que se atiendan las atribuciones.
Función 26.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
297
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE INFORMACION ESTRATEGICA DE PERSONAL B
27-213-1-M1C015P-0000036-E-C-M
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N11
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Gestión para
los Servidores Públicos al Servicio
de la Sociedad
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Establecer mecanismos de vinculación intra e interinstitucional para la
operación del Registro de personas servidoras públicas de la Administración Pública
Federal (RUSP) con el fin de fortalecer la gestión de los sistemas que administra la
Dirección de Información Estratégica de Personal.
Función 2.- Elaborar criterios técnicos, protocolos, metodologías, guías, instructivos o
demás instrumentos análogos que se requieran relativos al Registro de personas
servidoras públicas de la Administración Pública Federal (RUSP) que permitan
responder a las exigencias sociales para el combate de la corrupción y la impunidad, de
conformidad con sus funciones.
Función 3.- Colaborar en las investigaciones, estudios o análisis que sean necesarios
con base en la información contenida en el Registro de personas servidoras públicas de
la Administración Pública Federal (RUSP) para la atención de los asuntos de su
competencia.
Función 4.- Supervisar la asesoría que el personal de la Dirección de Información
Estratégica de Personal proporciona a las Instituciones sobre la operación del Registro
de personas servidoras públicas de la Administración Pública Federal (RUSP) con la
finalidad de que éstas integren la información de manera correcta.
Función 5.- Participar en la propuesta de mecanismos, procedimientos y parámetros de
validación de la información que permitan detectar áreas de oportunidad, prevenir
deficiencias e implementar medidas correctivas para la operación del Registro de
personas servidoras públicas de la Administración Pública Federal.
298
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 6.- Proponer a la Dirección de Información Estratégica de Personal los criterios
y requisitos técnicos para atender las consultas de las instituciones sobre aspectos
relacionados con el Registro de personas servidoras públicas de la Administración
Pública Federal (RUSP) y planeación de recursos humanos.
Función 7.- Extraer la información histórica de las personas servidoras públicas que no
se encuentran activas para la expedición de la hoja RUSP y cumplir con las
disposiciones aplicables.
Función 8.- Apoyar en la elaboración de herramientas para la extracción y análisis de
información del Registro de personas servidoras públicas de la Administración Pública
Federal (RUSP) de acuerdo a las necesidades de la Dirección General de Gestión para
los Servidores Públicos al Servicio de la Sociedad y la Dirección de Información
Estratégica de Personal.
Función 9.- Diseñar estándares y procesos de obtención de información para medir y
evaluar
el
comportamiento
de
las
políticas
y
estrategias
en
materia
de
profesionalización de los recursos humanos de la Administración Pública Federal.
Función 10.- Proponer a la Dirección de Información Estratégica de Personal los
mecanismos de medición y seguimiento de los subsistemas del Servicio Profesional de
Carrera en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Función 11.- Proponer a la Dirección de Información Estratégica de Personal los
indicadores del Programa Operativo Anual referente a los subsistemas del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Función 12.- Cumplir con las funciones que le atribuyan las leyes, reglamentos y demás
disposiciones jurídicas aplicables, las que les sean delegadas mediante acuerdo
publicado en el Diario Oficial de la Federación, así como aquellas que les encomienden
sus superiores/as jerárquicos/as.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Comerciales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Política y Gestión Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Educación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Antropología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Industrial
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Administración
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Educación y Humanidades
Historia
Educación y Humanidades
Matemáticas
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
299
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Economía del Cambia
Tecnológico
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Tecnológicas
Tecnología de los Ordenadores
Ciencias Tecnológicas
Tecnologías de Información y
Comunicaciones
Psicología
Psicología Industrial
Psicología
Psicología General
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-420-1-M1C015P-0000961-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O33
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Revisar la integración de los expedientes de denuncias que se le hayan
turnado, en los que se formulen actos u omisiones que puedan constituir faltas
administrativas o faltas de particulares, incluidos los que se deriven de actos de
fiscalización y los realizados por otras instancias fiscalizadoras, para verificar que
cuenten con la documentación y elementos necesarios para su tramitación y análisis.
Función 2.- Analizar los expedientes de denuncias que se formulen por infracciones que
puedan haber cometido personas físicas o morales a los ordenamientos en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, servicios
relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones públicas, para
identificar y establecer si cuenta o no con elementos que adviertan una presunta
responsabilidad e informar a su superior en jerarquía.
Función 3.- Coadyuvar en las investigaciones que se determinen de oficio, por denuncia
o con motivo de actos de fiscalización incluidos los realizados por otras autoridades
fiscalizadoras, las investigaciones de faltas administrativas, así como de faltas de
particulares, que le instruya su superior en jerarquía, para integrar los documentos e
información que permitan identificar la existencia o inexistencia de actos u omisiones
que la ley señale como faltas administrativas.
Función 4.- Participar en las investigaciones que le hayan sido asignadas, relativas a
infracciones cometidas por personas físicas o morales a los ordenamientos en materia
de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios; de obras públicas, servicios
relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones públicas, con
excepción de aquellas que deba conocer la Dirección General de Controversias y
Sanciones en Contrataciones Públicas; e integrar la documentación que permita
identificar los hechos que podrían dar indicios de la existencia o inexistencia de actos u
omisiones que la ley señale como falta administrativa.
300
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 5.- Coadyuvar con el análisis de las evoluciones patrimoniales y desarrollar los
informes o bases de datos que para tal caso sean requeridos, que permitan identificar
diferencias en el incremento patrimonial que no sea acorde con los ingresos de la
persona servidora pública.
Función 6.- Elaborar los citatorios que deban emitirse a las personas servidoras
públicas que puedan tener conocimiento de hechos relacionados con faltas
administrativas y someterlos a revisión de la Subdirección de Denuncias e
Investigaciones.
Función 7.- Identificar las irregularidades en los procedimientos de adjudicación de
contratos de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios y obras públicas y
servicios relacionados con las mismas, que trámite el ente público de la Administración
Pública Federal que corresponda e informar a su superior en jerarquía la naturaleza de
la irregularidad y las propuestas de corrección.
Función 8.- Integrar los expedientes de inconformidades que se promuevan en contra
de actos relacionados con la operación del servicio profesional de carrera para
identificar si existió un incumplimiento por parte de las personas servidoras públicas
involucradas y emitir sus comentarios y observaciones para el proyecto de
determinación.
Función 9.- Integrar las determinaciones preliminares que el Comité Técnico de
Profesionalización haya realizado sobre el incumplimiento reiterado e injustificado
de obligaciones por parte de las personas servidoras públicas de carrera, en términos
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y los
informes que para tales efectos se hayan remitido, con el objeto de identificar las
deficiencias en el procedimiento o en la integración del expediente, que deban
informarse en la valoración que se emita.
Función 10.- Ejecutar la verificación de las declaraciones de situación patrimonial y de
intereses, así como en la constancia de presentación de declaración fiscal de las
personas servidoras públicas, y, en su caso, expedir la certificación con la anotación
correspondiente en el Sistema de Evolución Patrimonial; a fin de identificar casos que
pudieran presentar incongruencias entre ingresos y egresos, o posibles conflictos de
intereses en la actuación de los servidores públicos y asistir en la determinación
de inicio de la investigación de faltas administrativas cuando existan anomalías.
Función 11.- Elaborar las solicitudes que deberán enviarse para requerir a los
declarantes y a las autoridades competentes, la información que se requiera para
verificar la evolución patrimonial de los declarantes, de sus cónyuges, concubinas o
concubinarios y de sus dependientes económicos directos.
Función 12.- Analizar los procedimientos que se inicien, incluido el de conclusión y
archivo de expediente y, en su caso, el informe de presunta responsabilidad
administrativa, y proponer a la Subdirección de Denuncias e Investigaciones, los
elementos técnicos y normativos para el proyecto de determinación.
Función 13.- Elaborar los proyectos de solicitud que se remitirán a la autoridad
substanciadora o resolutora, para la aplicación de medidas cautelares necesarias que
permitan la conducción de sus investigaciones.
Función 14.- Elaborar propuestas de recomendaciones en materia de mejoras cuando
resulte procedente, a partir de la información que se obtenga de las investigaciones que
se realizan o cuando exista recurrencia de quejas en un trámite o servicio de su
competencia, y presentarlas a la Subdirección de Denuncias e Investigaciones.
Función 15.- Recibir las impugnaciones que se promuevan en contra de las
calificaciones a las faltas administrativas no graves e integrar los elementos y
documentación necesaria para colaborar con los proyectos de informes que justifiquen
dichas impugnaciones.
Función 16.- Recopilar la información que se requiera para la elaboración de
promociones de los recursos que sean otorgados en materia de responsabilidad
administrativa a la autoridad investigadora, a fin de integrar los proyectos
correspondientes.
Función 17.- Recopilar la información para la elaboración de los proyectos e integración
de documentación que se requiera en las diligencias ante el Ministerio Público y en el
procedimiento penal donde se reconozca la calidad de víctima u ofendida de la
Secretaría, con motivo de la competencia del Area de Denuncias, y que puedan ser
constitutivos de delitos, a fin de apoyar en la atención y seguimiento de los mismos
hasta su resolución definitiva.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
301
Función 18.- Integrar los formatos e información que se requiera para la ejecución de
visitas de verificación y en su caso, elaborar, las documentales y el acta circunstanciada
para revisión y firma de la persona servidora pública que funja como verificador.
Función 19.- Auxiliar con la elaboración de requerimientos a las unidades
administrativas para el ejercicio de sus funciones en el ámbito de competencia del Area
de Denuncias e Investigaciones; para lo que podrá acceder a los repositorios, a los
programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información
de las dependencias, órganos desconcentrados o entidades de la Administración
Pública Federal.
Función 20.- Recopilar informes y documentación de los procedimientos de
investigación en materia de responsabilidad administrativa y de contrataciones públicas,
a fin de entregarlos a la Dirección General de Investigación de Faltas Administrativas y
a la General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.
Función 21.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias de
los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área.
Función 22.- Registrar los asuntos que ingresen al Area de Denuncias e Investigaciones
que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los mismos.
Función 23.- Participar en las investigaciones, mediante operativos que encomienden
autoridades superiores, para verificar el cumplimiento de las obligaciones que impone la
Ley General de Responsabilidades Administrativas a los servidores públicos adscritos a
las dependencias, órganos administrativos desconcentrados o entidades que sean
competencia del Organo Interno de Control al que esté adscrito.
Función 24.- Desarrollar las propuestas de las partes del proyecto del Programa Anual
de Trabajo y de Evaluación relativas al área de adscripción, a fin de generar la
propuesta para aprobación de su jefe inmediato.
Función 25.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Bioquímica
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Civil
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Química
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
302
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Ingeniería y Tecnología
Informática Administrativa
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Industrial
Ingeniería y Tecnología
Urbanismo
Ciencias Agropecuarias
Agronomía
Ciencias Agropecuarias
Biología
Ciencias Agropecuarias
Ciencias Forestales
Ciencias Agropecuarias
Desarrollo Agropecuario
Ciencias Agropecuarias
Ecología
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-420-1-M1C015P-0001084-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O33
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Revisar la integración de los expedientes de denuncias que se le hayan
turnado, en los que se formulen actos u omisiones que puedan constituir faltas
administrativas o faltas de particulares, incluidos los que se deriven de actos de
fiscalización y los realizados por otras instancias fiscalizadoras, para verificar que
cuenten con la documentación y elementos necesarios para su tramitación y análisis.
Función 2.- Analizar los expedientes de denuncias que se formulen por infracciones que
puedan haber cometido personas físicas o morales a los ordenamientos en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, servicios
relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones públicas, para
identificar y establecer si cuenta o no con elementos que adviertan una presunta
responsabilidad e informar a su superior en jerarquía.
Función 3.- Coadyuvar en las investigaciones que se determinen de oficio, por denuncia
o con motivo de actos de fiscalización incluidos los realizados por otras autoridades
fiscalizadoras, las investigaciones de faltas administrativas, así como de faltas de
particulares, que le instruya su superior en jerarquía, para integrar los documentos e
información que permitan identificar la existencia o inexistencia de actos u omisiones
que la ley señale como faltas administrativas.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
303
Función 4.- Participar en las investigaciones que le hayan sido asignadas, relativas a
infracciones cometidas por personas físicas o morales a los ordenamientos en materia
de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios; de obras públicas, servicios
relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones públicas, con
excepción de aquellas que deba conocer la Dirección General de Controversias y
Sanciones en Contrataciones Públicas; e integrar la documentación que permita
identificar los hechos que podrían dar indicios de la existencia o inexistencia de actos u
omisiones que la ley señale como falta administrativa.
Función 5.- Coadyuvar con el análisis de las evoluciones patrimoniales y desarrollar los
informes o bases de datos que para tal caso sean requeridos, que permitan identificar
diferencias en el incremento patrimonial que no sea acorde con los ingresos de la
persona servidora pública.
Función 6.- Elaborar los citatorios que deban emitirse a las personas servidoras
públicas que puedan tener conocimiento de hechos relacionados con faltas
administrativas y someterlos a revisión de la Subdirección de Denuncias e
Investigaciones.
Función 7.- Identificar las irregularidades en los procedimientos de adjudicación de
contratos de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios y obras públicas y
servicios relacionados con las mismas, que trámite el ente público de la Administración
Pública Federal que corresponda e informar a su superior en jerarquía la naturaleza de
la irregularidad y las propuestas de corrección.
Función 8.- Integrar los expedientes de inconformidades que se promuevan en contra
de actos relacionados con la operación del servicio profesional de carrera para
identificar si existió un incumplimiento por parte de las personas servidoras públicas
involucradas y emitir sus comentarios y observaciones para el proyecto de
determinación.
Función 9.- Integrar las determinaciones preliminares que el Comité Técnico de
Profesionalización haya realizado sobre el incumplimiento reiterado e injustificado
de obligaciones por parte de las personas servidoras públicas de carrera, en términos
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y los
informes que para tales efectos se hayan remitido, con el objeto de identificar las
deficiencias en el procedimiento o en la integración del expediente, que deban
informarse en la valoración que se emita.
Función 10.- Ejecutar la verificación de las declaraciones de situación patrimonial y de
intereses, así como en la constancia de presentación de declaración fiscal de las
personas servidoras públicas, y, en su caso, expedir la certificación con la anotación
correspondiente en el Sistema de Evolución Patrimonial; a fin de identificar casos que
pudieran presentar incongruencias entre ingresos y egresos, o posibles conflictos de
intereses en la actuación de los servidores públicos y asistir en la determinación
de inicio de la investigación de faltas administrativas cuando existan anomalías.
Función 11.- Elaborar las solicitudes que deberán enviarse para requerir a los
declarantes y a las autoridades competentes, la información que se requiera para
verificar la evolución patrimonial de los declarantes, de sus cónyuges, concubinas o
concubinarios y de sus dependientes económicos directos.
Función 12.- Analizar los procedimientos que se inicien, incluido el de conclusión y
archivo de expediente y, en su caso, el informe de presunta responsabilidad
administrativa, y proponer a la Subdirección de Denuncias e Investigaciones, los
elementos técnicos y normativos para el proyecto de determinación.
Función 13.- Elaborar los proyectos de solicitud que se remitirán a la autoridad
substanciadora o resolutora, para la aplicación de medidas cautelares necesarias que
permitan la conducción de sus investigaciones.
Función 14.- Elaborar propuestas de recomendaciones en materia de mejoras cuando
resulte procedente, a partir de la información que se obtenga de las investigaciones que
se realizan o cuando exista recurrencia de quejas en un trámite o servicio de su
competencia, y presentarlas a la Subdirección de Denuncias e Investigaciones.
Función 15.- Recibir las impugnaciones que se promuevan en contra de las
calificaciones a las faltas administrativas no graves e integrar los elementos y
documentación necesaria para colaborar con los proyectos de informes que justifiquen
dichas impugnaciones.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 16.- Recopilar la información que se requiera para la elaboración de
promociones de los recursos que sean otorgados en materia de responsabilidad
administrativa a la autoridad investigadora, a fin de integrar los proyectos
correspondientes.
Función 17.- Recopilar la información para la elaboración de los proyectos e integración
de documentación que se requiera en las diligencias ante el Ministerio Público y en el
procedimiento penal donde se reconozca la calidad de víctima u ofendida de la
Secretaría, con motivo de la competencia del Area de Denuncias, y que puedan ser
constitutivos de delitos, a fin de apoyar en la atención y seguimiento de los mismos
hasta su resolución definitiva.
Función 18.- Integrar los formatos e información que se requiera para la ejecución de
visitas de verificación y en su caso, elaborar, las documentales y el acta circunstanciada
para revisión y firma de la persona servidora pública que funja como verificador.
Función 19.- Auxiliar con la elaboración de requerimientos a las unidades
administrativas para el ejercicio de sus funciones en el ámbito de competencia del Area
de Denuncias e Investigaciones; para lo que podrá acceder a los repositorios, a los
programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información
de las dependencias, órganos desconcentrados o entidades de la Administración
Pública Federal.
Función 20.- Recopilar informes y documentación de los procedimientos de
investigación en materia de responsabilidad administrativa y de contrataciones públicas,
a fin de entregarlos a la Dirección General de Investigación de Faltas Administrativas y
a la General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.
Función 21.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias de
los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área.
Función 22.- Registrar los asuntos que ingresen al Area de Denuncias e Investigaciones
que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los mismos.
Función 23.- Participar en las investigaciones, mediante operativos que encomienden
autoridades superiores, para verificar el cumplimiento de las obligaciones que impone la
Ley General de Responsabilidades Administrativas a los servidores públicos adscritos a
las dependencias, órganos administrativos desconcentrados o entidades que sean
competencia del Organo Interno de Control al que esté adscrito.
Función 24.- Desarrollar las propuestas de las partes del proyecto del Programa Anual
de Trabajo y de Evaluación relativas al área de adscripción, a fin de generar la
propuesta para aprobación de su jefe inmediato.
Función 25.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Antropología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Arquitectura
Ciencias Sociales y
Administrativas
Artes
Ciencias Sociales y
Administrativas
Biblioteconomía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Educación
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
305
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Turismo
Ciencias Sociales y
Administrativas
Archivonomía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Conservación y Restauración de
Bienes Culturales Muebles
Ciencias Sociales y
Administrativas
Arqueología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comercio Internacional
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Artes
Educación y Humanidades
Educación
Educación y Humanidades
Humanidades
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
306
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE AUDITORIA
27-420-1-M1C015P-0001113-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O33
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Desarrollar propuestas de las partes que correspondan del Programa Anual
de Trabajo y de Evaluación relativas, así como del Programa Anual de Fiscalización
relativas al control interno y evaluación de la gestión pública que realice el área de
adscripción y remitirlas a su superior en jerarquía.
Función 2.- Ejecutar las acciones necesarias para llevar a cabo las intervenciones en
materia de control interno, analizar la información presentada por el ente público de la
Administración Pública Federal de su competencia y preparar los informes que
correspondan.
Función 3.- Analizar la información recibida como parte del procedimiento de
intervención en materia de control interno que se le haya designado, preparar los
papeles de trabajo, bases de datos y documentos que se requieran para presentar a su
superior en jerarquía el proyecto de informe de resultados y la sugerencia de acciones
preventivas y correctivas.
Función 4.- Integrar la información derivada de los actos de fiscalización que le hayan
sido asignados, ordenarla y realizar las solicitudes de información complementaría, que
le permitan identificar si existen irregularidades que deban ser informadas, para lo cual
podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios, a los programas de cómputo,
a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información y demás medios con
que cuente el ente para el ejercicio de sus atribuciones.
Función 5.- Elaborar los papeles de trabajo, bases de datos y organizar los archivos que
se requieran, con de fin de preparar los resultados que incluyan las medidas preventivas
y correctivas que apoyen el logro oportuno, confiable, completo, eficiente y eficaz de
las metas y objetivos de las unidades auditadas; así como para la integración de los
informes de resultados de los actos de fiscalización al ente público de la Administración
Pública Federal que sea de su competencia y ponerlos a consideración de la persona
superior en jerarquía.
Función 6.- Elaborar los oficios de seguimiento respecto a la aplicación de medidas
preventivas y correctivas que hayan derivado de actos de fiscalización a su cargo,
registrar los avances correspondientes y remitirlos a la Subdirección de Auditoría.
Función 7.- Integrar todos los elementos que se estimen necesarios para la elaboración
del informe de presuntas irregularidades, faltas administrativas de personas servidoras
públicas o faltas de particulares, derivadas de actos de fiscalización y ponerlos a
consideración de la Subdirección de Auditoría.
Función 8.- Ejecutar las recomendaciones que el Sistema Nacional Anticorrupción haya
realizado a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que les sea asignada,
previa valoración y determinación de sus superiores en jerarquía, a fin de adoptar
medidas para el fortalecimiento de su desempeño, control interno, fiscalización y
evaluación de la gestión pública e informar aquellas que hayan quedado a su cargo.
Función 9.- Ejecutar las acciones de fiscalización, vigilancia y seguimiento,
encaminadas a determinar el cumplimiento de los ordenamientos en materia de
austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada,
fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato determinado.
Función 10.- Apoyar en el análisis de la planeación, establecimiento, conducción y
aplicación de la política general de contrataciones públicas, incluidas las relacionadas
con adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, y obra pública, el ente de
la Administración Pública Federal asignado, a través de la información obtenida con las
unidades administrativas y por medio de los repositorios a los que tenga acceso para
identificar posibles medidas que contribuyan al fortalecimiento institucional en la
administración de recursos.
Función 11.- Apoyar con el registro de los asuntos que ingresen al Area de Auditoría y
que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los mismos.
Función 12.- Recopilar la información relacionada con las sesiones de los comités y
subcomités en materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras
públicas, y servicios relacionados con las mismas, o cualquier otro que sea de su
competencia en la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, con el propósito de
integrar las carpetas de la sesión cuando así se le requiera y dar seguimiento a los
asuntos tratados en dichas sesiones.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
307
Función 13.- Analizar la información relacionada con las juntas de aclaraciones,
presentación y apertura de proposiciones, notificación del fallo, y demás actos
relacionados con los procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos
tres personas, que celebre la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, con el
propósito de aportar los elementos con los que se identifique el cumplimiento a las
disposiciones normativas y si los procedimientos permiten las mejores condiciones
disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad.
Función 14.- Asistir en la elaboración de los diagnósticos sobre el cumplimiento de
normas y procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y
arrendamientos de bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad que
se realice a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de aportar los
elementos que permitan la determinación del cumplimiento de los principios de
legalidad, transparencia, austeridad, economía, eficacia y eficiencia.
Función 15.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias de
los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin
de integrar los proyectos correspondientes.
Función 16.- Integrar los elementos e información que se requieran en materia de actos
de fiscalización y seguimiento de observaciones, para elaborar los proyectos de
requerimiento de información que se formulen a las unidades administrativas de la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada.
Función 17.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de los
objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
308
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-420-1-M1C015P-0001065-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O32
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$35,416.00 (Treinta y cinco mil cuatrocientos dieciséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Revisar la integración de los expedientes de denuncias que se le hayan
turnado, en los que se formulen actos u omisiones que puedan constituir faltas
administrativas o faltas de particulares, incluidos los que se deriven de actos de
fiscalización y los realizados por otras instancias fiscalizadoras, para verificar que
cuenten con la documentación y elementos necesarios para su tramitación y análisis.
Función 2.- Analizar los expedientes de denuncias que se formulen por infracciones que
puedan haber cometido personas físicas o morales a los ordenamientos en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, servicios
relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones públicas, para
identificar y establecer si cuenta o no con elementos que adviertan una presunta
responsabilidad e informar a su superior en jerarquía.
Función 3.- Coadyuvar en las investigaciones que se determinen de oficio, por denuncia
o con motivo de actos de fiscalización incluidos los realizados por otras autoridades
fiscalizadoras, las investigaciones de faltas administrativas, así como de faltas de
particulares, que le instruya su superior en jerarquía, para integrar los documentos e
información que permitan identificar la existencia o inexistencia de actos u omisiones
que la ley señale como faltas administrativas.
Función 4.- Participar en las investigaciones que le hayan sido asignadas, relativas a
infracciones cometidas por personas físicas o morales a los ordenamientos en materia
de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios; de obras públicas, servicios
relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones públicas, con
excepción de aquellas que deba conocer la Dirección General de Controversias y
Sanciones en Contrataciones Públicas; e integrar la documentación que permita
identificar los hechos que podrían dar indicios de la existencia o inexistencia de actos u
omisiones que la ley señale como falta administrativa.
Función 5.- Coadyuvar con el análisis de las evoluciones patrimoniales y desarrollar los
informes o bases de datos que para tal caso sean requeridos, que permitan identificar
diferencias en el incremento patrimonial que no sea acorde con los ingresos de la
persona servidora pública.
Función 6.- Elaborar los citatorios que deban emitirse a las personas servidoras
públicas que puedan tener conocimiento de hechos relacionados con faltas
administrativas y someterlos a revisión de la Subdirección de Denuncias e
Investigaciones.
Función 7.- Identificar las irregularidades en los procedimientos de adjudicación de
contratos de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios y Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, que trámite el ente público de la Administración
Pública Federal que corresponda e informar a su superior en jerarquía la naturaleza de
la irregularidad y las propuestas de corrección.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
309
Función 8.- Integrar los expedientes de inconformidades que se promuevan en contra
de actos relacionados con la operación del servicio profesional de carrera para
identificar si existió un incumplimiento por parte de las personas servidoras públicas
involucradas y emitir sus comentarios y observaciones para el proyecto de
determinación.
Función 9.- Integrar las determinaciones preliminares que el Comité Técnico de
Profesionalización haya realizado sobre el incumplimiento reiterado e injustificado
de obligaciones por parte de las personas servidoras públicas de carrera, en términos
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y los
informes que para tales efectos se hayan remitido, con el objeto de identificar las
deficiencias en el procedimiento o en la integración del expediente, que deban
informarse en la valoración que se emita.
Función 10.- Ejecutar la verificación de las declaraciones de situación patrimonial y de
intereses, así como en la constancia de presentación de declaración fiscal de las
personas servidoras públicas, y, en su caso, expedir la certificación con la anotación
correspondiente en el Sistema de Evolución Patrimonial; a fin de identificar casos que
pudieran presentar incongruencias entre ingresos y egresos, o posibles conflictos de
intereses en la actuación de los servidores públicos y asistir en la determinación
de inicio de la investigación de faltas administrativas cuando existan anomalías.
Función 11.- Elaborar las solicitudes que deberán enviarse para requerir a los
declarantes y a las autoridades competentes, la información que se requiera para
verificar la evolución patrimonial de los declarantes, de sus cónyuges, concubinas o
concubinarios y de sus dependientes económicos directos.
Función 12.- Analizar los procedimientos que se inicien, incluido el de conclusión y
archivo de expediente y, en su caso, el informe de presunta responsabilidad
administrativa, y proponer a la Subdirección de Denuncias e Investigaciones, los
elementos técnicos y normativos para el proyecto de determinación.
Función 13.- Elaborar los proyectos de solicitud que se remitirán a la autoridad
substanciadora o resolutora, para la aplicación de medidas cautelares necesarias que
permitan la conducción de sus investigaciones.
Función 14.- Elaborar propuestas de recomendaciones en materia de mejoras cuando
resulte procedente, a partir de la información que se obtenga de las investigaciones que
se realizan o cuando exista recurrencia de quejas en un trámite o servicio de su
competencia, y presentarlas a la Subdirección de Denuncias e Investigaciones.
Función 15.- Recibir las impugnaciones que se promuevan en contra de las
calificaciones a las faltas administrativas no graves e integrar los elementos y
documentación necesaria para colaborar con los proyectos de informes que justifiquen
dichas impugnaciones.
Función 16.- Recopilar la información que se requiera para la elaboración de
promociones de los recursos que sean otorgados en materia de responsabilidad
administrativa a la autoridad investigadora, a fin de integrar los proyectos
correspondientes.
Función 17.- Recopilar la información para la elaboración de los proyectos e integración
de documentación que se requiera en las diligencias ante el Ministerio Público y en el
procedimiento penal donde se reconozca la calidad de víctima u ofendida de la
Secretaría, con motivo de la competencia del Area de Denuncias, y que puedan ser
constitutivos de delitos, a fin de apoyar en la atención y seguimiento de los mismos
hasta su resolución definitiva.
Función 18.- Integrar los formatos e información que se requiera para la ejecución de
visitas de verificación y en su caso, elaborar, las documentales y el acta circunstanciada
para revisión y firma de la persona servidora pública que funja como verificador.
Función 19.- Auxiliar con la elaboración de requerimientos a las unidades
administrativas para el ejercicio de sus funciones en el ámbito de competencia del Area
de Denuncias e Investigaciones; para lo que podrá acceder a los repositorios, a los
programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información
de las dependencias, órganos desconcentrados o entidades de la Administración
Pública Federal.
310
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 20.- Recopilar informes y documentación de los procedimientos de
investigación en materia de responsabilidad administrativa y de contrataciones públicas,
a fin de entregarlos a la Dirección General de Investigación de Faltas Administrativas y
a la General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.
Función 21.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias de
los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área.
Función 22.- Registrar los asuntos que ingresen al Area de Denuncias e Investigaciones
que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los mismos.
Función 23.- Participar en las investigaciones, mediante operativos que encomienden
autoridades superiores, para verificar el cumplimiento de las obligaciones que impone la
Ley General de Responsabilidades Administrativas a los servidores públicos adscritos a
las dependencias, órganos administrativos desconcentrados o entidades que sean
competencia del Organo Interno de Control al que esté adscrito.
Función 24.- Desarrollar las propuestas de las partes del proyecto del Programa Anual
de Trabajo y de Evaluación relativas al área de adscripción, a fin de generar la
propuesta para aprobación de su jefe inmediato.
Función 25.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
311
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE AUDITORIA
27-420-1-M1C014P-0000797-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O23
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Desarrollar propuestas de las partes que correspondan del Programa Anual
de Trabajo y de Evaluación relativas, así como del Programa Anual de Fiscalización
relativas al control interno y evaluación de la gestión pública que realice el área de
adscripción y remitirlas a su superior en jerarquía.
Función 2.- Ejecutar las acciones necesarias para llevar a cabo las intervenciones en
materia de control interno, analizar la información presentada por el ente público de la
Administración Pública Federal de su competencia y preparar los informes que
correspondan.
Función 3.- Analizar la información recibida como parte del procedimiento de
intervención en materia de control interno que se le haya designado, preparar los
papeles de trabajo, bases de datos y documentos que se requieran para presentar a su
superior en jerarquía el proyecto de informe de resultados y la sugerencia de acciones
preventivas y correctivas.
Función 4.- Integrar la información derivada de los actos de fiscalización que le hayan
sido asignados, ordenarla y realizar las solicitudes de información complementaría, que
le permitan identificar si existen irregularidades que deban ser informadas, para lo cual
podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios, a los programas de cómputo,
a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información y demás medios con
que cuente el ente para el ejercicio de sus atribuciones.
Función 5.- Elaborar los papeles de trabajo, bases de datos y organizar los archivos que
se requieran, con de fin de preparar los resultados que incluyan las medidas preventivas
y correctivas que apoyen el logro oportuno, confiable, completo, eficiente y eficaz de
las metas y objetivos de las unidades auditadas; así como para la integración de los
informes de resultados de los actos de fiscalización al ente público de la Administración
Pública Federal que sea de su competencia y ponerlos a consideración de la persona
superior en jerarquía.
Función 6.- Elaborar los oficios de seguimiento respecto a la aplicación de medidas
preventivas y correctivas que hayan derivado de actos de fiscalización a su cargo,
registrar los avances correspondientes y remitirlos a la Subdirección de Auditoría.
Función 7.- Integrar todos los elementos que se estimen necesarios para para la
elaboración del informe de presuntas irregularidades, faltas administrativas de personas
servidores públicas o faltas de particulares, derivadas de actos de fiscalización y
ponerlos a consideración de la Subdirección de Auditoría.
Función 8.- Ejecutar las recomendaciones que el Sistema Nacional Anticorrupción haya
realizado a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que les sea asignada,
previa valoración y determinación de sus superiores en jerarquía, a fin de adoptar
medidas para el fortalecimiento de su desempeño, control interno, fiscalización y
evaluación de la gestión pública e informar aquellas que hayan quedado a su cargo.
Función 9.- Ejecutar las acciones de fiscalización, vigilancia y seguimiento,
encaminadas a determinar el cumplimiento de los ordenamientos en materia de
austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada,
fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato determinado.
Función 10.- Apoyar en el análisis de la planeación, establecimiento, conducción y
aplicación de la política general de contrataciones públicas, incluidas las relacionadas
con adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, y obra pública, el ente de la
Administración Pública Federal asignado, a través de la información obtenida con
las unidades administrativas y por medio de los repositorios a los que tenga acceso
para identificar posibles medidas que contribuyan al fortalecimiento institucional en la
administración de recursos.
Función 11.- Apoyar con el registro de los asuntos que ingresen al Area de Auditoría y
que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los mismos.
312
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 12.- Recopilar la información relacionada con las sesiones de los comités y
subcomités en materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras
públicas, y servicios relacionados con las mismas, o cualquier otro que sea de su
competencia en la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, con el propósito de
integrar las carpetas de la sesión cuando así se le requiera y dar seguimiento a los
asuntos tratados en dichas sesiones.
Función 13.- Analizar la información relacionada con las juntas de aclaraciones,
presentación y apertura de proposiciones, notificación del fallo, y demás actos
relacionados con los procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos
tres personas, que celebre la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, con el
propósito de aportar los elementos con los que se identifique el cumplimiento a las
disposiciones normativas y si los procedimientos permiten las mejores condiciones
disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad.
Función 14.- Asistir en la elaboración de los diagnósticos sobre el cumplimiento de
normas y procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y
arrendamientos de bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad que
se realice a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de aportar los
elementos que permitan la determinación del cumplimiento de los principios de
legalidad, transparencia, austeridad, economía, eficacia y eficiencia.
Función 15.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias
de los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin de
integrar los proyectos correspondientes.
Función 16.- Integrar los elementos e información que se requieran en materia de actos
de fiscalización y seguimiento de observaciones, para elaborar los proyectos de
requerimiento de información que se formulen a las unidades administrativas de la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada.
Función 17.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por
las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Biología
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Naturales y Exactas
Química
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Industriales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Bioquímica
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias de la Salud
Farmacobiología
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
313
Ciencias de la Salud
Medicina
Ciencias de la Salud
Nutrición
Ciencias de la Salud
Biomédicas
Ciencias de la Salud
Química
Ciencias de la Salud
Salud
Ciencias de la Salud
Administración de la Salud
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION Y SEGUIMIENTO
27-830-1-M1C014P-0000069-E-C-Y
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O23
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Documentar la ejecución de las políticas en materia de seguridad y
protección civil preventivas para promover mejoras con el fin de proteger la vida, la
salud, la integridad física de las personas, los bienes materiales, la información de
la Secretaría, brindar atención a las personas con discapacidad y preservar el orden.
Función 2.- Documentar el uso de los auxiliares tecnológicos en coordinación con la
Dirección General de Tecnologías de Información, en los ámbitos de seguridad,
protección civil y monitoreo, con el fin de fortalecer la operación de los sistemas
especializados de seguridad de la SABG.
Función 3.- Documentar la administrar del personal de seguridad de la SABG, así como
a los subrogados y voluntarios de protección civil, con el objetivo de asegurar la
seguridad de las instalaciones y personal de la Secretaría.
Función 4.- Registrar la prestación de los servicios de atención médica pre hospitalaria
a las personas que se encuentren en las instalaciones de la Secretaría, con el fin de
registrar que la atención sea de calidad, proteger a los profesionales de la salud, se
cumpla con los requisitos legales y mejorar la eficiencia y la eficacia de los servicios.
314
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Función 5.- Documentar la participación de la Dirección de Seguridad y Protección Civil
en la integración y operación permanente de la Comisión Auxiliar de Seguridad y salud
en el Trabajo de la Secretaría, así como la atención de las observaciones con el objeto
del registro y seguimiento adecuado de las actividades, decisiones y contribuciones de
la Dirección en el funcionamiento continuo de la Comisión.
Función 6.- Documentar la implementación de las medidas de seguridad en las
instalaciones de la Secretaría con el objetivo de registrar los eventos, prevenir
amenazas y promover la mejora continua de las medidas de seguridad.
Función 7.- Documentar el proyecto del programa de Protección Civil, el cual formará
parte del Programa Estratégico de la Dirección General, con la finalidad de proteger la
vida, la salud y la integridad física de las personas, así como los bienes materiales
y la información de la Secretaría.
Función 8.- Documentar conjunto de medidas, acciones y protocolos establecidos para
la protección civil, con el fin de tener claridad, coherencia y disponibilidad de
información crucial que permita seguir y mejorar los procedimientos necesarios para
proteger y preservar la vida, la salud, los bienes y el medio ambiente de la Secretaría.
Función 9.- Documentar la elaboración y de ser el caso la ejecución de los Planes de
Continuidad de Operaciones de las distintas Unidades, con el fin del registro y mejora
de los mismos.
Función 10.- Documentar la participación de la actuación del Director de Seguridad y
Protección Civil en los diversos órganos colegiados de los que forma parte la SABG a
nivel federal y local, y otras autoridades, para dar cumplimiento a las disposiciones en
materia de Protección Civil en inmuebles de la Administración Pública Federal.
Función 11.- Documentar las medidas de prevención, detección y respuesta en
colaboración con la Unidad de Asuntos Jurídicos, ante cualquier incidente de
sustracción o daño de bienes muebles e inmuebles de la Secretaría, con el propósito
del análisis y mejora continua.
Función 12.- Responder los diversos requerimientos en las materias de Transparencia y
Acceso a la Información, Sistema Nacional de Archivos y de los distintos órganos
fiscalizadores, con el objeto de que se atiendan de forma oportuna y conforme a la
normatividad vigente, en materia del departamento de administración y seguimiento.
Función 13.- Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad con
las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas que le encomienden los/las
superiores/as jerárquicos/as.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia
Laboral:
Mínimo 9 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o
Administrativo
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
315
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE ALMACEN
27-830-1-M1C014P-0000090-E-C-N
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O23
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Operar el Sistema Government Resources Planning (GRP) en relación con
las transacciones y el control de almacén, responsabilidades a cargo de la Dirección de
Abastecimiento y Contratos, el objetivo es mantener la plataforma digital con
información veraz y confiable.
Función 2.- Realizar la atención a las solicitudes de servicios hechas a través del Centro
de Atención a Usuarios (CAU) cumpliendo con los estándares de calidad establecidos,
con el objetivo de satisfacer plenamente los requerimientos de las Unidades
Administrativas de la Secretaría.
Función 3.- Apoyar la elaboración de la actualización de la normatividad interna en
relación con las transacciones y el control de almacén, aplicables a la Dirección General
de Recursos Materiales y Servicios Generales, con el fin de mantenerla
permanentemente en concordancia con el marco legal y normativo que debe observarse
en la realización de las funciones asignadas.
Función 4.- Apoyar la participación de la Dirección de Abastecimiento y Contratos en los
subcomités, actuando como área técnica al revisar las convocatorias de procesos
licitatorios relacionados con los bienes suministrados por el almacén. Esto permitirá
iniciar los procedimientos de contratación de manera eficiente.
Función 5.-Integrar las necesidades de los bienes que proporciona el almacén para que
se consolide en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la
Secretaría.
Función 6.- Realizar la baja, retiro, reasignación o desincorporación de bienes de
mobiliario enviados por las Unidades Administrativas de conformidad a la normativa y
procedimientos relativos al almacén, con el propósito de mantener el patrimonio de la
Secretaría en buen estado y contar con los recursos necesarios para cumplir con sus
objetivos.
Función 7.- Operar la asignación de los implementos o medios para el desarrollo de las
actividades que realiza la Secretaría, con el fin de tener confiabilidad y veracidad de la
información
de
los
bienes
instrumentales
asignados
a
través
del
formato
correspondiente.
Función 8.- Inventariar anualmente los bienes de consumo del almacén, con el fin de
tener una imagen precisa de los activos, control del gasto e integrar la información en la
Cuenta Pública de la Secretaría.
Función 9.- Elaborar las actas administrativas por la destrucción, extravío o robo de
bienes muebles instrumentales y dar seguimiento a la reposición de los bienes
correspondientes, con el objetivo de tener un control adecuado en el almacén, de las
altas y bajas de los bienes muebles.
Función 10.- Responder los diversos requerimientos en las materias de Transparencia y
Acceso a la Información, Sistema Nacional de Archivos y de los distintos órganos
fiscalizadores, con el objeto de que se atiendan de forma oportuna y conforme a la
normatividad vigente, en materia de Almacén.
Función 11.- Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad con
las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas que le encomienden los/las
superiores/as jerárquicos/as.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ingeniería y Tecnología
Administración
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
316
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE CONTROL DE GESTION
27-420-1-M1C014P-0000697-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O21
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$27,795.00 (Veintisiete mil setecientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Revisar que la gestión de la comunicación oficial de los OIC a su cargo, las
oficinas de representación, y las unidades de responsabilidades, que reciba la Unidad
de Vigilancia, se realice a través de los repositorios de información y sistemas de
información que para tales fines determine la Secretaría, garantizando la
confidencialidad de los asuntos cuando así se requiera.
Función 2.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Función 3.- Apoyar en la verificación de los asuntos correspondientes a los Organos
Internos de Control a su cargo, a las oficinas de representación, y a las unidades de
responsabilidades, para su atención en el ámbito de sus respectivas competencias.
Función 4.- Registrar o asignar, según sea el caso, los asuntos que sean remitidos a la
Unidad a través del control de gestión para su atención en tiempo y forma.
Función 5.- Realizar la clasificación y digitalización de la documentación para su
registro.
Función 6.- Apoyar en el registro de la documentación recibida por la Unidad, en el
Sistema de Control de Gestión, para su trámite.
Función 7.- Apoyar en la clasificación y captura de la documentación que ingresa en la
Unidad de Vigilancia en el tiempo establecido para ello, para su entrega a las unidades
correspondientes.
Función 8.- Organizar y revisar que la documentación de la Unidad de Vigilancia que se
enviará al Centro de Información Documental (CIDOC) cumpla los requerimientos
establecidos en la Ley General de Archivos y demás ordenamientos afines, para
proceder a su baja o transferencia dentro de los plazos establecidos.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
317
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Periodismo
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comercio Internacional
Ciencias Sociales y
Administrativas
Política y Gestión Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias y Técnicas de la
Comunicación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación y Periodismo
Educación y Humanidades
Computación e Informática
Educación y Humanidades
Humanidades
Ingeniería y Tecnología
Administración
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Finanzas
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Actividad Económica
318
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Pedagogía
Teoría y Métodos Educativos
Pedagogía
Organización y Planificación de
la Educación
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
ENLACE ADMINISTRATIVO(A) DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-420-1-E1C007P-0000473-E-C-S
27-420-1-E1C007P-0000595-E-C-S
27-420-1-E1C007P-0000628-E-C-S
Número de
vacantes
Tres (3)
Nivel Administrativo
P11
Enlace
Remuneración
bruta mensual
$14,270.00 (Catorce mil doscientos setenta pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de Organos
Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Registrar los expedientes de denuncias que se le hayan turnado, en los que
se formulen actos u omisiones que puedan constituir faltas administrativas o faltas de
particulares para colaborar con la revisión de su integración o solicitud de elementos
faltantes.
Función 2.- Apoyar en las investigaciones, mediante operativos que encomienden
autoridades superiores, del cumplimiento de las obligaciones que impone la Ley
General de Responsabilidades Administrativas a los servidores públicos adscritos a las
dependencias, órganos administrativos desconcentrados o entidades que sean
competencia del Organo Interno de Control al que esté adscrito con la finalidad de
agilizar el proceso.
Función 3.- Realizar las acciones de carácter administrativo relacionadas con los
citatorios dirigidos a las personas servidoras públicas en el proceso de investigación, así
como con los requerimientos de información y documentación a los particulares que
sean sujetos de investigación; a fin de participar en el cumplimiento de las funciones del
Area de Denuncias e Investigaciones.
Función 4.- Realizar las gestiones administrativas que se requieran para auxiliar en la
integración y atención de los expedientes relacionados con inconformidades en materia
del servicio profesional de carrera; para lo cual podrá acceder a los repositorios y
sistemas de información que para tales efectos determine la Secretaría, previa
instrucción de su superior en jerarquía.
Función 5.- Realizar las acciones de carácter administrativos relacionadas con los
requerimientos de información dirigidos a los declarantes y a las autoridades
competentes; a fin de participar en la verificación de la evolución patrimonial.
Función 6.- Apoyar en la integración de información relacionada con la elaboración de
proyectos de acuerdos que se derive de los procedimientos del Area de Denuncias, a fin
de contribuir con el cumplimiento de sus funciones.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
319
Función 7.- Identificar los elementos para la elaboración de las recomendaciones en
materia de mejoras cuando resulte procedente, a partir de la información que se
obtenga de las investigaciones que se realizan o cuando exista recurrencia de quejas
en un trámite o servicio de su competencia, para implementar mejoras en la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada, fideicomiso público no
paraestatal, mandato o contrato determinado.
Función 8.- Apoyar con las actividades administrativas que le sean encomendadas,
relacionadas con las impugnaciones que se reciban en contra de la calificación de faltas
administrativas no graves, para contribuir con la presentación de los expedientes ante el
Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Función 9.- Apoyar la elaboración de las documentales y gestiones vinculadas con la
ejecución de las visitas de verificación, a fin de contribuir con el cumplimiento de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo.
Función 10.- Realizar las acciones de carácter administrativo relacionadas con los
requerimientos de información dirigidos a las unidades administrativas de la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad que le sea asignada; a fin de participar
en el proceso de investigación; para lo que podrá acceder a los repositorios, a los
programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información
de las dependencias, órganos desconcentrados o entidades de la Administración
Pública Federal, cuando le instruyan sus superiores en jerarquía.
Función 11.- Apoyar en las actividades administrativas, para la reproducción de
documentales que se requieran, para la certificación de documentos del área
de adscripción.
Función 12.- Integrar información del área de adscripción, para elaborar propuesta de
las partes de los proyectos del Plan Anual de Trabajo y de Evaluación relativas al Area
de adscripción.
Función 13.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad con
las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas por las
personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el cumplimiento de
los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán
cubrir los(las)
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia
Laboral:
Mínimo 2 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Sociales
Archivonomía y Control
Documental
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
320
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
BASES DE PARTICIPACIÓN
1a. REQUISITOS DE PARTICIPACION.
Podrán participar los(las) ciudadanos(as) que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos
para el puesto y los establecidos en las presentes bases de participación. Asimismo, se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales señalados en el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
1. Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar,
2. No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso,
3. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público,
4. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro(a) de algún culto, y
5. No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal o
administrativo
De igual forma, se deberán presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso.
Precisando que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, no podrán participar los(las) ciudadanos(as) que se encuentren en alguno
de los supuestos siguientes:
1. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra
la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
2. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Por lo que, cualquier persona que se encuentre en alguno o ambos supuestos precisados, no podrá ser
nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
En la aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los
derechos de las personas, y lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
En virtud de lo anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional, el color de piel, la
cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica,
la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua,
las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las
responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo, para la pertenencia
al servicio.
2a. DOCUMENTACION REQUERIDA.
La Revisión y Evaluación de Documentos, específicamente en lo relativo al perfil del puesto, se llevará a cabo
conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos por esta Secretaría
disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (Trabajaen).
Cuando le sea solicitado, los(las) candidatos(as) deberán presentar y/o enviar escaneados en formato PDF,
en carpeta comprimida los documentos originales o copias certificadas legibles, en la forma, fecha y hora que
se establezcan tanto en las presentes Bases de Participación como en el mensaje que al efecto reciban en su
Centro de mensajes de Trabajaen.
Los documentos escaneados se entregarán por medios electrónicos en carpeta comprimida nombrándola con
el folio de participación y nombre completo de la persona candidata, la cual deberá contar con las siguientes
características:
- Escaneado individual de cada documento original en formato PDF, en resolución media, preferentemente a
color.
- No se aceptarán fotografías de documentos guardadas en formato PDF.
- Si el documento tiene información por ambos lados, el escaneo debe incluir ambas caras.
- Debe ser perfectamente legible y visualizarse completo.
- Idéntico al documento original.
No será válida, y será motivo de descarte, la entrega de cualquier documento o archivo electrónico que no
cumpla con las características indicadas en el párrafo anterior. La documentación requerida, que se enlista a
continuación, deberá entregarse en el orden siguiente:
1.- Carta de Aceptación, disponible para descarga en la liga electrónica que se le indique en el mensaje de
invitación, la cual deberá llenar y firmar.
2.- Documento de Bienvenida de Trabajaen, como comprobante del folio asignado por dicho portal electrónico
para participar en el concurso de que se trate.
3.- Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para votar vigente o pasaporte
vigente. Cabe señalar que, si la credencial para votar no se encuentra vigente en términos de los criterios
establecidos por el Instituto Nacional Electoral, NO será aceptada como medio de identificación oficial.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
321
4.- Acta de nacimiento y/o documento migratorio, que le permita a la persona candidata, si fuera el caso, la
ocupación legal del puesto de que se trate.
5.- Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
- En los casos en que el requisito académico sea nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), el mismo
se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso,
mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en los
términos de las disposiciones aplicables.
Asimismo, se aceptará Maestría o Doctorado en el nivel terminado y/o pasante en las áreas académicas
definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún título o cédula
profesional de nivel licenciatura registrado en la Secretaría de Educación Pública y que se encuentre
contenido en alguna de las áreas de conocimientos relacionadas en el Catálogo de Carreras de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
- Se tendrá por cubierta la calidad de “Terminado o Pasante”, presentando: Carta de Pasante expedida por la
institución educativa de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, o el documento oficial con el
que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
- Se tendrá por cubierta la calidad de “Titulado”, presentando: Título o Cédula Profesional expedidos por las
autoridades competentes, según el nivel de estudios solicitado, con excepción de nivel “Preparatoria o
Bachillerato”, para el cual se aceptará el Certificado de terminación de estudios emitido por la institución
educativa.
El CTS determinó que para efectos de acreditar el nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), NO se
aceptará la constancia o acta de presentación y/o acreditación del examen profesional, ni cualquier otro
documento similar para acreditar que la expedición del título y/o cédula profesional se encuentran en trámite.
(El CTS, determinará los casos en los que aceptará los documentos con los que se podrá acreditar el nivel
licenciatura con grado de avance Titulado(a), así como el plazo por el cual se aceptarán). En el caso de haber
realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Lo anterior de conformidad con el
artículo 221 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal.
- Para los casos en que el requisito académico señale "Carrera Técnica o Comercial con secundaria
terminada”, o “Carrera Técnica o Comercial con Preparatoria terminada o Normal terminada”, con grado de
avance Titulado, se deberá presentar además del Título o la Cédula profesional registrados por la Secretaría
de Educación Pública, el certificado de Secundaria o el certificado de Preparatoria, o de nivel medio superior o
de Normal Terminada, según corresponda.
- Para los casos que el puesto requiera “Carrera Técnica o Comercial” y en el campo de carrera genérica se
indique “No aplica”, se aceptará, según el grado de avance requerido: el certificado de estudios completos o el
Título o cédula profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública del nivel técnico, incluyendo
licenciatura, maestría o doctorado, obtenido en cualquier carrera genérica de las que se señalan en el
Catálogo de Carrera de Trabajaen.
6.- Currículum Vítae (CV) actualizado, máximo 4 cuartillas (distinto al de Trabajaen), que contenga además
datos de referencias laborales comprobables por cada uno de los empleos señalados, en los que se detallen
claramente las funciones desempeñadas y el periodo de ocupación de cada puesto, para lo cual deberá
utilizar el formato de CV disponible en la liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-de-puestos-vacantes-en-la-
sabg?state=published, en la sección Formatos para Revisión documental.
La información de este CV deberá coincidir con los datos registrados en el currículum de Trabajaen.
7.- Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descarga en la liga electrónica que se le indique en
el mensaje de invitación, el cual deberá llenar y firmar en caso de cumplir con los requisitos enunciados en el
mismo, manifestando:
a) Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar, No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso,
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto, No estar inhabilitado(a) para el servicio público,
y que la documentación presentada es auténtica.
b) Que no haya participado en un programa de separación que le impida reingresar a la Administración
Pública Federal, en los términos de dicho programa.
c) No encontrarse en alguno de los supuestos señalados en el artículo 38 fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
d) No existe alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses.
e) No forma parte de algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra institución.
f) No presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o desempeña otro empleo, cargo o
comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía, Organo Constitucional Autónomo
de carácter estatal o federal.
322
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
8.- Cédula de Identificación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual contiene
el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
9.- Clave Unica de Registro de Población (CURP).
10.- Presentar las constancias con las que acredite su Experiencia. Para acreditar las áreas y años de
experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso, se considerarán las evidencias que acrediten la
fecha de inicio y la fecha de término de los puestos que manifestó en su currículum registrado en Trabajaen al
momento de su inscripción, ya que la revisión se hará con base en dicho currículum y sólo se considerarán los
empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil del puesto sujeto a concurso, por
lo que deberá presentar para cada empleo los documentos que comprueben el periodo laborado, desde su
inicio hasta su fin, y la razón social que señale dicho comprobante deberá coincidir con la denominación de la
empresa o institución para la cual laboró, para lo cual se aceptarán una o varias constancias de las que se
citan a continuación:
a) Hojas únicas de servicios con firmas y sello de la institución que la expide.
b) Constancias de nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o bien con la
Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
c) Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
d)
Constancia
de
semanas
cotizadas
del
IMSS
con
cadena
original
y
sello
digital.
(http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02025a).
e) Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la relación laboral,
en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
f) Cartas o convenio Finiquito, en el que se indique día, mes y año tanto del ingreso como de la baja,
puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas y sello del emisor.
g) Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios, los cuales
deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado, funciones realizadas y firmas
autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de terminación anticipada deberá anexar la
constancia respectiva.
h) Documento denominado: "Constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y
subsidio para el empleo", o "Constancia de retenciones" emitidas por el SAT, mismas que deberán indicar
periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor, en caso de ser electrónico deberá de contener
cadena original y sello digital.
i) Recibos de pago en papel membretado u oficial, con datos de la institución o empresa que otorga el pago,
nombre del candidato, puesto y periodo de pago. Para comprobar el tiempo laborado con recibos de pago
deberá presentar al menos 6 recibos por cada año laborado o 3 si la relación laboral fue menor.
Dichos recibos deberán comprobar el inicio y el fin del año o de la relación laboral, por lo que sólo se
computarán para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que indiquen los recibos.
j) Constancia Laboral, en papel membretado u oficial, que señale la fecha de expedición, nombre completo del
(de la) candidato(a), día, mes y año de ingreso y baja, indicando puesto(s) y funciones desempeñadas, con
firma y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y
teléfonos de la institución o empresa. No se aceptarán cartas de recomendación, ni cartas de renuncia al
puesto como constancias para acreditar la experiencia laboral requerida.
k) Carta como Becario(a) en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición, nombre completo
del(de la) candidato(a), día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones desempeñadas, con firma y
cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos
de la institución o empresa. Sólo se aceptará hasta por un máximo de 1 año.
l) Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, acompañada del Historial que contiene la información de la capacitación, el cual
podrá
obtener
accediendo
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado de “Mi historial”.
m) Liberación de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se haya
realizado o por la Institución educativa que la haya liberado y con las cuales se acrediten las áreas generales
de experiencia, sólo se acreditarán 6 meses para servicio social y hasta 6 meses para prácticas profesionales.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y término del empleo que pretende comprobar no
serán válidos, por lo que no se computarán para el cálculo de los años con los que se acredite el cumplimiento
del perfil del puesto de que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan fungido
como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido en forma
unilateral por el propio trabajador, así como algún otro documento que no esté enlistado arriba, para acreditar
la experiencia laboral requerida.
Asimismo, toda documentación emitida en idioma diferente al español, deberá acompañarse de la traducción
respectiva, firmada por la persona candidata.
11.- Presentar las constancias con las que acredite su Mérito.
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DIARIO OFICIAL
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Para la valoración del Mérito podrá presentar los documentos que lo comprueben tales como:
a) Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera
titulares, y se calificarán de acuerdo con las Calificaciones obtenidas en las evaluaciones de desempeño
anual. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del
desempeño anual, por lo que podrá presentar su hoja resumen de la última evaluación de desempeño, que
contiene la calificación final de desempeño obtenida, misma que deberá de estar firmada y sellada por la
dependencia donde fue evaluada, o en su defecto podrá presentar la información de evaluaciones de
desempeño que obtenga desde Rhnet. Para obtener las calificaciones de la evaluación de desempeño desde
RHnet deberá ingresar con su usuario y contraseña al portal www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección
de Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir
el listado de calificaciones, luego dar clic en “Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el
resumen. En caso de no poder imprimir su evaluación desde RHnet, deberá dirigirse a su área de Recursos
Humanos, para obtener ayuda.
b) Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera
titulares, y se califica a través del promedio de la calificación de las acciones de capacitación obtenidas por el
servidor público de carrera Titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que podrá presentar las
constancias respectivas, o bien la hoja resumen de su última evaluación de desempeño, que contiene la
calificación de la capacitación recibida, misma que deberá de estar firmada y sellada por la institución.
c) Resultados del proceso de certificación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera titulares,
y se calificará de acuerdo con las capacidades profesionales certificadas, a través del número de capacidades
profesionales certificadas vigentes logradas por las personas servidoras públicas de carrera titulares en
puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera, para lo cual podrán entregar las constancias emitidas por
la institución donde se señalen las capacidades certificadas y su vigencia. En caso de haberse certificado
como persona servidora pública de carrera y no contar con su constancia, deberá solicitarla en el área de
Recursos Humanos de su dependencia.
d) Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas candidatas en su labor o campo de
trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su
área de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron beneficio a la ciudadanía, por lo que podrá
presentar las constancias respectivas como: certificación en capacidades profesionales distintas a las
consideradas para el SPC, publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionadas con su
campo de experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo político o religioso.
e) Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión o
actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten alguno o varios de los siguientes
supuestos: fungir como presidente(a), vicepresidente(a) o integrante fundador(a) de asociaciones u
organizaciones no gubernamentales (científicas, de investigación, gremiales, estudiantiles o de
profesionistas), recibir un título honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado por universidades o
instituciones de educación superior, o por graduarse con mención honorífica o con alguna distinción.
En ningún caso se considerarán distinciones de tipo político o religioso.
f) Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado a la persona candidata por
agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado, debido a la consecución de algún mérito o servicio en
su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten la
obtención de un reconocimiento o premio otorgado a nombre de la persona candidata, reconocimiento por
colaboración, ponencias o trabajos de investigación, a nombre de la persona candidata, en congresos,
coloquios o equivalentes, reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público, primer, segundo o
tercer lugar, que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los
concursos del SPC. En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político, religioso o
que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o equivalente.
g) Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores resultados, que sobresalen en
una profesión, ajena al campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma, por lo que podrá
presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado académico obtenido en el extranjero, con
reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de Educación Pública (SEP), patente a nombre de la
persona candidata, servicio o misión realizada en el extranjero, derechos de autor por obras publicadas a
nombre de la persona candidata, servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento
de donativos). En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
h) Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el perfil del
puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o del grado máximo de estudios,
concluido con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel de estudio y al grado de avance
requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por lo que podrá presentar constancias de Diplomados,
constancias de terminación de estudios, Título o cédula profesional de nivel licenciatura, especialidad,
maestría o doctorado.
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i) Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua —en este caso, una de las 68 lenguas
indígenas reconocidas por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI)―, a la capacidad de usarla
apropiadamente en determinadas situaciones sociales. En virtud de lo anterior, se considerará como un
comprobante, cada uno de los siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que señala que es
hablante de una lengua indígena nacional. - Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida
por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia acreditada por esta misma
institución (con un resultado regular o bueno). - Acreditación o documento equivalente a cursos, no menores a
220 horas, que avalen, al menos, un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes.
-Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles,
mapas, videos, audios, etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente
su autoría. -Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido
parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas indígenas.
-Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la interpretación o la atención en lengua
indígena, o bien, mediante una traducción).
Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI o por alguna otra
instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado excelente). -Publicaciones en gacetas, revistas,
prensa o libros, en alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que
se trate. En la presentación de estas publicaciones se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
-Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de
lenguas indígenas (oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.)
En la presentación de estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
j) Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana. Acto voluntario, al
tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la identificación
propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente, se calificará de acuerdo con la
manifestación que realice la persona candidata en la revisión documental durante el concurso, identificando
por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a
la que se autoadscriba.
k) Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento de mérito que
la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia
establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona
candidata que compruebe que al momento de la publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
l) Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas que, a pesar de presentar una
discapacidad, cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la
descripción y perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que se autoreconozca como
persona con discapacidad. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción
de su discapacidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo de descarte del concurso que la
persona candidata:
• No se presente a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que le sean señalados a
través de su centro de mensajes de Trabajaen.
• No presente los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la forma, fecha, hora y lugar
que se le indique, a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
• Que se encuentre en alguno de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática, la constancia o solicitud
de expedición o reexpedición de duplicados, o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de
cualquiera de los documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquiera de los datos registrados por los(las) aspirantes en
Trabajaen o de la documentación mencionada ya sea durante la revisión documental, o en cualquier etapa del
proceso, o de No exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean requeridos,
será motivo de descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección
y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno mantiene una política de igualdad de oportunidades libre de
discriminación por razones de edad, género, cultura, condición económica, origen étnico, apariencia física,
características genéticas, embarazo, preferencias sexuales, condiciones de salud, discapacidad, religión,
estado civil, o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana, en atención a lo cual en ningún
caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de VIH/SIDA, para participar en el concurso y en su caso
para llevar a cabo la contratación.
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3a. REGISTRO DE CANDIDATOS(AS).
La inscripción o el registro de los(las) candidatos(as) a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta Convocatoria en la página de Trabajaen, la cual asignará a los(las) candidatos(as) un
número de folio de participación para el concurso una vez que los(las) mismos(as) hayan aceptado sujetarse a
las presentes bases, y que servirá para formalizar la inscripción al concurso de la plaza de que se trate y de
identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista que haga el Comité Técnico
de Selección, lo anterior, con el fin de asegurar el anonimato de los(las) candidatos(as).
Al momento de que los y las candidatos(as) registren su participación el Sistema de Trabajaen, se realizará de
forma automática la revisión curricular, asignando un folio de participación en aquellos casos en que la
información capturada en su Currículum sea compatible con el perfil del puesto vacante o un folio de rechazo
que lo descartará del concurso.
Para continuar en concurso se deberán acreditar cada una de las etapas y demás requisitos establecidos en
la presente convocatoria.
4a. DESARROLLO DEL CONCURSO.
El concurso se conducirá de acuerdo al siguiente calendario, la Dirección de Ingreso de Personal podrá
modificar dentro de los plazos establecidos, el lugar, fecha y hora programados para desahogar cada etapa y
subetapa, por lo que se recomienda dar seguimiento a los mensajes que se generen con tal motivo a través
del Centro de mensajes de Trabajaen. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de
selección se realizará, preferentemente, en las mismas fechas y horarios a todos(as) los(las) candidatos(as)
que continúen en el concurso a fin de garantizar la igualdad de oportunidades.
Calendario del concurso:
Fase o Etapa
Fecha o Plazo
Publicación del Concurso
29 de abril de 2026
Registro de candidatos(as) y Revisión curricular
Del 29 de abril de 2026 al 14 de mayo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El CTS no autorizó la reactivación de folios por
causas imputables a los(las) aspirantes
Exámenes de Conocimientos
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Evaluación de Habilidades
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Revisión Documental
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Determinación
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se informará a todos(as) los(las) candidatos(as) a
través de los mismos medios.
5a. TEMARIOS.
Los temarios que deben estudiar para los Exámenes de Conocimientos se encuentran disponibles en la
página electrónica de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en las siguientes ligas:
Para el Examen de Conocimientos Técnicos deberá consultar:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-de-puestos-vacantes-en-la-
sabg?state=published
Las dudas relacionadas se atenderán en los teléfonos que aparecen en la base número 13a. de las presentes
Bases de participación.
Para el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal deberá consultar:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Las dudas relacionadas se atenderán por la Unidad de Políticas para el Servicio Público en los medios
señalados en la base número 13a. de las presentes Bases de participación.
Las guías de estudio para las Evaluaciones de Habilidades se encuentran disponibles con el nombre de
“Guía de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades” en Trabajaen con la liga:
https://www.trabajaen.gob.mx/menuini/js_paginad.jsp
6a. EVALUACIONES.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno comunicará a cada candidato(a), la fecha, hora y lugar en que
deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a
través de su Centro de mensajes en Trabajaen. El mensaje de invitación para participar en dichas
evaluaciones se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación de conformidad con lo señalado en el
artículo 254 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal.
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En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de
tolerancia para el inicio del examen y/o evaluaciones considerando como hora referencial la que indiquen los
equipos de cómputo de la Dirección de Ingreso de Personal. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por
ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el examen y/o las
evaluaciones si el o la participante no presenta la documentación requerida.
Sin excepción alguna, serán motivo de descarte, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o
para la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, además de los que se señalen en cada etapa del
procedimiento, los siguientes supuestos: cuando el(la) candidato(a) no se presente en la fecha, lugar y hora
señaladas en el mensaje de invitación que reciba por medio de su centro de mensajes del portal de
Trabajaen, cuando el(la) candidato(a) se presente sin los documentos solicitados en dicho mensaje o no estén
legibles o estén incompletos o cortados, cuando se presente una vez transcurrido el tiempo de tolerancia
señalado en el mensaje de invitación, abandone la sala antes de concluir la evaluación correspondiente, se le
sorprenda consultando apuntes, tomando fotografías o audios de cualquier tipo o reproduciendo por cualquier
vía el contenido de la evaluación de que se trate, o bien, no acredite la etapa correspondiente.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes etapas:
ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y EVALUACIONES DE HABILIDADES
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala
de 0 a 100, obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten el examen de
conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de
conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una
escala de 0 a 100, un resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse
en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal, será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados aprobatorios de cada examen tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en
que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de conocimientos técnicos del puesto, la persona candidata deberá solicitar el
reconocimiento
de
la
vigencia
a
través
de
la
cuenta
de
correo
electrónico:
reclutamiento@buengobierno.gob.mx a más tardar un día posterior al cierre de inscripciones del concurso que
corresponda, siempre y cuando se trate del mismo puesto, temario y bibliografía.
En caso de no contar con una respuesta respecto a la solicitud correspondiente previo al inicio de la subetapa
de examen de conocimientos técnicos, los(las) aspirantes que hubiesen solicitado el reflejo de los resultados
obtenidos con anterioridad, deberán presentarse a la evaluación el mismo día que el resto de los(las)
participantes, lo anterior, con la finalidad de dar cumplimiento con el artículo 18 fracción II, del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, los(las)
candidatos(as) podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado igual o
superior a 70 puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se verá reflejado de forma
automática en el portal de Trabajaen.
Los resultados aprobatorios del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de un año, los resultados no aprobatorios tendrán
vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal.
Al inscribirse a un concurso y obtener un folio de participación, el sistema verificará aquellos resultados
vigentes que correspondan al examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y a
las habilidades, estas últimas en caso de coincidir con las registradas en el concurso al que se va a inscribir, y
el sistema reflejará los resultados vigentes. De conformidad con el artículo 265 del ACUERDO por el que se
establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
que a la letra señala: “En los casos en que el CTS determine la revisión de exámenes, ésta sólo podrá
efectuarse con respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o
procedimientos utilizados, sin que ello implique la entrega de los reactivos ni de las opciones de respuesta.
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En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación”, al respecto y en
caso de que un(una) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos técnicos del puesto o del
examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal ésta deberá ser solicitada a través
de un escrito firmado autógrafamente, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la
publicación de los resultados en la página de Trabajaen. El escrito de solicitud de revisión de examen
de conocimientos deberá precisar para cuál de los exámenes requiere la revisión y deberá contener el folio de
participación, nombre, correo electrónico y firma de la persona candidata y ser dirigido al(a la) Secretario(a)
Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y se entregará en Oficialía de Partes de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, en la siguiente dirección: Av. Insurgentes Sur 1735, Planta Baja,
Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Alvaro Obregón, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, de
lunes a viernes.
Una vez que la persona Secretaria Técnica reciba la solicitud, verificará que cumpla con lo requerido en el
párrafo anterior, de no ser así, se comunicará a la persona candidata que la solicitud no fue procedente.
En caso de que la solicitud cumpla con los requisitos aquí señalados, el(la) Secretario(a) Técnico(a)
convocará al CTS para que sesione dentro de los 5 días hábiles posteriores a su recepción en la Secretaría
Técnica, dando respuesta a la persona solicitante a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
Es importante señalar que en al artículo 265 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, arriba señalado, únicamente
se hará dicha revisión en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos
o procedimientos utilizados, no podrán entregarse los reactivos ni las opciones de respuesta, en ningún caso
procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
Las herramientas que esta Dependencia aplicará para las evaluaciones de habilidades, serán las
proporcionadas por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno. Los resultados aprobatorios (70 puntos), tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la
fecha en que se den a conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual los(las) candidatos(as) podrán
participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando
correspondan a las mismas habilidades a evaluar y hayan sido aplicadas a través de las herramientas
proporcionadas por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno. Los resultados obtenidos no serán motivo de descarte, salvo el hecho de no presentarse en la
fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
Los resultados no aprobatorios de las evaluaciones de habilidades aplicadas en los procesos de selección
tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado de las evaluaciones.
ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO:
La Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito se desahogará bajo un esquema mixto:
presencial y a distancia, por lo que en un primer momento el(la) candidato(a) deberá enviar digitalizados en
formato PDF y en carpeta comprimida, mediante la utilización de tecnologías de información y comunicación
los documentos requeridos en la 2a. base de participación de esta Convocatoria, de conformidad con el
mensaje de invitación que reciba a través de su centro de mensajes de Trabajaen, posteriormente deberá
acudir en la fecha, lugar y hora señalados en dicho mensaje de invitación, donde deberá presentar para cotejo
los originales de los documentos enviados y firmar las cédulas de evaluación correspondientes a la etapa.
Será motivo de descarte cuando el(la) candidato(a) NO proporcione la documentación requerida en la forma,
fecha y horario establecido en el mensaje de invitación que se emita a través de Trabajaen para tal efecto, NO
presentarse en la fecha, lugar y hora que sea citado para concluir con la Etapa, que se encuentre en alguno
de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como la NO presentación del original de cualquiera de los documentos que se describen en
esta Convocatoria cuando le sea requerido, incluido el hecho de que la carrera específica con la que se
pretenda acreditar la carrera genérica del puesto en concurso no se encuentre contenida en el Catálogo
de Carreras que en la fecha de la revisión documental consulte en Trabajaen el personal de la Dirección de
Ingreso de Personal, así como no acreditar las áreas de experiencia requeridas en el perfil del puesto.
Los resultados obtenidos serán considerados en el Sistema de Puntuación General.
Esta Etapa se acreditará conforme a la metodología establecida por la Unidad de Políticas para el Servicio
Público para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, que podrá consultar en
www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
De conformidad con dicha Metodología, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia
serán los siguientes:
• Orden en los puestos desempeñados.
• Duración en los puestos desempeñados.
• Experiencia en el sector público.
• Experiencia en el sector privado.
• Experiencia en el sector social.
• Nivel de responsabilidad.
• Nivel de remuneración.
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• Relevancia de funciones o de las actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante.
• En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
• Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como servidor(a) público(a) de carrera titular.
• Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
• Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad
de servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
• Logros.
• Distinciones.
• Reconocimientos o premios.
• Actividad destacada en lo individual.
• Otros estudios.
• Habla de Lengua Indígena.
• Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
• Perspectiva de juventudes.
• Persona con discapacidad.
Para constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en Trabajaen, y aquella que se
muestre para acreditar cualquier etapa, la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, en los
casos que lo considere pertinente, podrá solicitar referencias, realizar consultas y cruce de información con
los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades correspondientes. En los casos
en que no se acredite su autenticidad se descartará al(a la) candidato(a), o en su caso se dejará sin efecto el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la cual se reserva el derecho de ejercer las acciones legales
procedentes.
En observancia del principio de igualdad de oportunidades no procederá la reprogramación de las fechas para
la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de los(las) candidatos(as).
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de candidatos(as) con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa
de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación establecidos en la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, sustentadas en las Disposiciones generales en materia de
recursos humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
De conformidad con las reglas de valoración establecidas por el Comité Técnico de Profesionalización,
pasarán a la etapa de Entrevista, los(las) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al
orden de prelación registrado, cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo
con el orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar, y la totalidad
de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se
continuarían entrevistando, será de tres y sólo se entrevistarían en caso de NO contar al menos con un(una)
finalista de entre los(las) tres candidatos(as) ya entrevistados(as).
De conformidad con el artículo 272 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección podrá
sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, a través de videoconferencia, en cuyo caso, las
entrevistas se desahogarán a distancia para los miembros de CTS y de manera presencial para los(las)
candidatos(as), para lo cual deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se indiquen, de acuerdo con el
mensaje de invitación que reciban a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
El Comité Técnico de Selección, para verificar si reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto
sujeto a concurso, a través de preguntas y mediante las respuestas que proporcione el(la) candidato(a)
identificará las evidencias que le permitan en un primer momento considerarlo finalista y en un segundo
momento, incluso determinarle ganador(a) del concurso.
El Comité Técnico de Selección considerará en la Entrevista el criterio CERP, el cual es un modelo basado en
competencias que contempla los siguientes elementos:
• Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento.
• Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones.
• Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
• Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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La entrevista permitirá la interacción de cada uno de las y los miembros del Comité Técnico de Selección con
la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y conocimientos
vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso, considerando con los
elementos arriba señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las personas candidatas y
quedarán plasmadas en el reporte individual.
Se considerarán finalistas a los(las) candidatos(as) que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
considerados(as) aptos(as) para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 40, fracción II de su Reglamento.
ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación, declarando:
a) Ganador(a) del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, a la de mayor Calificación Definitiva. El(la) Presidente(a) del CTS, superior(a) jerárquico(a)
del puesto en concurso podrá, por una sola vez y bajo su estricta responsabilidad, vetar durante la
determinación al (a la) finalista seleccionado(a) por los(las) demás integrantes del Comité Técnico de
Selección para ocupar el puesto, fundando y motivando debidamente su determinación en el acta
correspondiente, en cuyo caso el Comité Técnico de Selección elegirá a la persona que ocupará el puesto de
entre los(las) restantes finalistas.
b) Al (a la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
Es importante señalar que la puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en las
etapas del concurso señaladas en la Base 7a. Reglas de valoración general y sistema de puntuación, de las
Bases de participación de la presente convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido
hasta antes de la entrevista, que servirá para establecer el orden en el que pasarán a entrevista las personas
candidatas, la Determinación que llevará a cabo el CTS se realizará con base en la calificación definitiva
obtenida por cada finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en
etapas previas, por si solas no significan que el CTS, deba considerar ganador(a) al(a la) candidato(a) que
pase en los primeros lugares a la entrevista, sino al finalista con el puntaje total más alto.
La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso
de existir, los(las) finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes de
la dependencia, los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones
de la propia determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por el(la) Presidente(a).
El acta correspondiente podrá consultarse en el la Plataforma Nacional de Transparencia, dentro del apartado
“CONCURSOS PARA OCUPAR CARGOS PUBLICOS”, dicha información se actualiza de forma trimestral.
7a. REGLAS DE VALORACION GENERAL Y SISTEMA DE PUNTUACION.
El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por
aquellos(as) con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el Sistema de
Puntuación General aprobado por el Comité Técnico de Profesionalización.
Sistema de Puntuación General
Etapa
Puntos
II. Examen de Conocimientos Técnicos y Examen de Conocimientos Generales de la APF
30
II. Evaluación de Habilidades (dos evaluaciones)
Valor de ponderación 50% para cada evaluación
20
III. Evaluación de Experiencia
10
III. Valoración de Mérito
10
IV. Entrevistas
30
Total
100
8a. PUBLICACION DE RESULTADOS.
Los resultados del concurso, serán publicados en el portal electrónico de Trabajaen.
La Dirección General de Recursos Humanos y Organización difundirá en Trabajaen, en orden de prelación de
mayor a menor e identificando a las y los finalistas del concurso, la calificación definitiva de cada candidato(a)
la cual podrá consultarse en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, dar clic en “Información y búsqueda
de Concursos”, luego en “Información sobre Concursos”, colocar el número de folio de participación en la
sección derecha denominada “Seguimiento de un Concurso por Folio de Concursante” y dar clic en enviar.
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DIARIO OFICIAL
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9a. RESERVA DE CANDIDATOS(AS).
Los(las) candidatos(as) entrevistados(as) por los(las) miembros del Comité Técnico de Selección que no
resulten ganadores(as) del concurso y obtengan el puntaje mínimo de 70 en el Sistema de Puntuación
General, se integrarán a la reserva de Candidatos(as) de la rama de cargo y rango concursado de que se
trate, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso en cuestión.
Los(las) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la reserva de candidatos(as) y tomando en cuenta la clasificación de puestos y
ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría Anticorrupción
y Buen Gobierno, a participar en concursos bajo la modalidad de Convocatoria dirigida a la reserva de
aspirantes cuando así lo prevenga el Comité Técnico de Selección.
10a. DECLARACION DE CONCURSO DESIERTO.
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto el concurso
por las siguientes causas:
I. Porque ninguno(a) candidato(a) se presente al concurso,
II. Porque ninguno(a) de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo un(una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado(a) o bien, no obtenga
la mayoría de los votos de los(las) integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva Convocatoria.
11a. CANCELACION DE CONCURSO.
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de la plaza en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie la orden de una autoridad competente, exista resolución o disposición legal expresa que
restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o
II. Cuando el puesto de que se trate se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a
alguna persona, o
III. Cuando el CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo de Puestos, el puesto en cuestión.
12a. PRINCIPIOS DEL CONCURSO.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a lo previsto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, su Reglamento y en las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
13a. RESOLUCION DE DUDAS.
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los(las) candidatos(as) formulen con relación
a la plaza y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento@buengobierno.gob.mx o bien el número telefónico (55) 2000 3000 Extensiones 5232, 539,
5407 y 5345 con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx
14a. INCONFORMIDADES.
Los(las) concursantes podrán presentar su inconformidad ante el Area de Denuncias e Investigaciones del
Organo Interno de Control de esta Secretaría, en Av. Insurgentes Sur 3211, Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán,
04530 Ciudad de México, CDMX, en un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, en
términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y
su Reglamento.
15a. RECURSO DE REVOCACION.
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los(las) interesados(as) estarán en aptitud jurídica
de interponer mediante escrito un Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones situadas Av. Insurgentes Sur 3211,
Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán, 04530 Ciudad de México, CDMX, en horario de las 09:00 a las 15:00 horas
en días hábiles, lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio
Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
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DIARIO OFICIAL
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16a. PROCEDIMIENTO PARA LA REACTIVACION DE FOLIOS.
En caso de que el descarte de un folio se deba a errores del Sistema o de captura u omisiones por parte del
personal de esta Secretaría, dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o se detecte el
descarte, se enviarán al Comité los soportes documentales.
El Comité Técnico de Selección de esta Secretaría, podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier
etapa del concurso la reactivación o no de folios, conforme a lo siguiente:
a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o detectado el descarte de un folio, en un
horario de 09:00 a 18:00 hrs, de lunes a viernes, los(las) interesados(as) podrán enviar su solicitud de
reactivación al correo electrónico: reclutamiento@buengobierno.gob.mx, siempre y cuando las causas
del descarte no sean imputables a los(las) propios(as) aspirantes.
b) Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, el Comité Técnico de
Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición.
Los(las) aspirantes que requieran la aclaración de dudas sobre la reactivación de un folio, deberán enviar un
correo a la cuenta reclutamiento@buengobierno.gob.mx, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha en
que se les informe acerca de la reactivación o no de un folio.
La reactivación de folios NO procederá cuando:
I. El(la) aspirante cancele voluntaria o involuntariamente su participación en el concurso o capture información
falsa, imprecisa, incompleta o errónea en sus datos curriculares,
II. En la Revisión Curricular, el Sistema descarte al(a la) aspirante por existir errores, deficiencias o falta de
coincidencias entre la información asentada en su currículum y los requisitos establecidos en el perfil
del puesto al que pretenda aplicar, y
III. Exista duplicidad de registros en Trabajaen.
Cualquier caso no previsto será resuelto por el Comité Técnico de Selección dentro de los 5 días hábiles
siguientes al día en que se tenga conocimiento del mismo.
17a. DISPOSICIONES GENERALES.
En los portales www.dof.gob.mx y www.trabajaen.gob.mx, podrán consultarse la Convocatoria, los detalles
sobre el concurso y el puesto vacante. Los(las) aspirantes se responsabilizarán de los traslados y gastos
erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente
Convocatoria sin responsabilidad alguna a cargo de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), el(la)
ganador(a) deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia, de no ser así se
considerará como renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir de entre los(las) finalistas,
al(a la) siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60, fracción I y 75,
fracciones I y VII, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como en las inconformidades
y los recursos de revocación serán considerados confidenciales, aun después de concluidos éstos, en todo
caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y
distribución de datos personales que resulten aplicables.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección
en sesión extraordinaria dentro de los siguientes 15 días hábiles a partir de la fecha en que se tenga
conocimiento del hecho y conforme a las disposiciones aplicables.
Todos los comunicados relacionados con la presente convocatoria se enviarán a través de la plataforma
Trabajaen, por lo que el día, hora y lugar en la que se deberán presentar las y los candidatos a las etapas del
procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos, será notificado a través de su centro de
mensajes del portal de Trabajaen con al menos dos días hábiles de anticipación, por lo que es
responsabilidad de las y los participantes dar seguimiento a dicho portal.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, firma el Secretario Técnico y Subdirector de Ingreso
Lic. Isaac Valverde González
Rúbrica.
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Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 033
El Comité Técnico de Selección (CTS) de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno con fundamento
en los artículos 21, 22, 25, 26, 28, 37 y 75 fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en
la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 de su Reglamento, así como en los artículos
241 al 243, 246, 247 y 253 al 290 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, se emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada del siguiente
puesto vacante:
Denominación
del Puesto
ANALISTA DE RELACIONES LABORALES
27-820-1-E1C009P-0000158-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
P21
Enlace
Remuneración
bruta mensual
$ 17,681.00.00 (Diecisiete mil seiscientos ochenta y un pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Recursos
Humanos y Organización
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Consultar las disposiciones normativas que correspondan, con la finalidad
de apoyar en la formulación de las solicitudes de información.
Función 2.- Dar respuesta en tiempo y forma en la plataforma electrónica destinada a
la recepción de solicitudes de acceso a la información turnadas a la DGRH, para su
debida atención y seguimiento.
Función 3.- Elaborar de oficios, notas, proyectos de bases, convenios y demás
instrumentos jurídicos que resulten necesarios para la adecuada administración del
personal.
Función 4.- Revisar la información que proporcionen las áreas para dar respuesta a
solicitudes de acceso a la información, con la finalidad de identificar aquella de
carácter público, reservado y/o confidencial, para la adopción de las medidas
normativas a que haya lugar, así elaborar las versiones públicas que correspondan.
Función 5.- Realizar gestiones administrativas respecto al tema de obligaciones
de transparencia comunes, competencia de la DGRHO, así como en la actualización
de la información contenida en el SIPOT y enviar al área de tecnologías de
información
los
currículum
públicos
para
obtener
los
hipervínculos
que
deberán cargarse en el SIPOT respecto a información curricular, a fin de cumplir con
la norma.
Función 6.- Realizar la revisión, integración y captura de información proporcionada
por las Unidades Administrativas de los procedimientos específicos derivados del
análisis, a fin de dar cumplimiento a los criterios técnicos establecidos.
Función 7.- Dar seguimiento de la plataforma electrónica destinada a la recepción de
solicitudes de acceso a la información turnadas a la DGRH, así como mantener el
seguimiento de las solicitudes turnadas a las áreas, a fin de que la respuesta final se
envíe en tiempo y forma a la Unidad de Transparencia de la Secretaría.
Función 8.- Clasificar, integrar, registrar y controlar los expedientes de personal
de la Secretaría, para mantener actualizados los expedientes del personal de
la Secretaría.
Función 9.- Cumplir con las demás atribuciones que le asigne el Reglamento Interior y
otros ordenamientos.
Función 10.- Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad
con las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas que le encomienden
los/las superiores/as jerárquicos/as.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia
Laboral:
Mínimo 1 año de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o
Administrativo
Ciencias Sociales
Archivonomía y Control
Documental
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Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
BASES DE PARTICIPACIÓN
1a. REQUISITOS DE PARTICIPACION.
Podrán participar los(las) ciudadanos(as) que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos
para el puesto y los establecidos en las presentes bases de participación. Asimismo, se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales señalados en el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
1. Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar,
2. No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso,
3. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público,
4. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro(a) de algún culto, y
5. No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal o
administrativo
De igual forma, se deberán presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso.
Precisando que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, no podrán participar los(las) ciudadanos(as) que se encuentren en alguno
de los supuestos siguientes:
1. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra
la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
2. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Por lo que, cualquier persona que se encuentre en alguno o ambos supuestos precisados, no podrá ser
nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
En la aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los
derechos de las personas, y lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
En virtud de lo anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional, el color de piel, la
cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica,
la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las
opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar,
las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo, para la
pertenencia al servicio.
2a. DOCUMENTACION REQUERIDA.
La Revisión y Evaluación de Documentos, específicamente en lo relativo al perfil del puesto, se llevará a cabo
conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos por esta Secretaría
disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (Trabajaen).
Cuando le sea solicitado, los(las) candidatos(as) deberán presentar y/o enviar escaneados en formato PDF,
en carpeta comprimida los documentos originales o copias certificadas legibles, en la forma, fecha y hora que
se establezcan tanto en las presentes Bases de Participación como en el mensaje que al efecto reciban en su
Centro de mensajes de Trabajaen.
Los documentos escaneados se entregarán por medios electrónicos en carpeta comprimida nombrándola con
el folio de participación y nombre completo de la persona candidata, la cual deberá contar con las siguientes
características:
- Escaneado individual de cada documento original en formato PDF, en resolución media, preferentemente
a color.
- No se aceptarán fotografías de documentos guardadas en formato PDF.
- Si el documento tiene información por ambos lados, el escaneo debe incluir ambas caras.
- Debe ser perfectamente legible y visualizarse completo.
- Idéntico al documento original.
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No será válida, y será motivo de descarte, la entrega de cualquier documento o archivo electrónico que no
cumpla con las características indicadas en el párrafo anterior. La documentación requerida, que se enlista a
continuación, deberá entregarse en el orden siguiente:
1.- Carta de Aceptación, disponible para descarga en la liga electrónica que se le indique en el mensaje de
invitación, la cual deberá llenar y firmar.
2.- Documento de Bienvenida de Trabajaen, como comprobante del folio asignado por dicho portal electrónico
para participar en el concurso de que se trate.
3.- Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para votar vigente o pasaporte
vigente. Cabe señalar que, si la credencial para votar no se encuentra vigente en términos de los criterios
establecidos por el Instituto Nacional Electoral, NO será aceptada como medio de identificación oficial.
4.- Acta de nacimiento y/o documento migratorio, que le permita a la persona candidata, si fuera el caso, la
ocupación legal del puesto de que se trate.
5.- Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
- En los casos en que el requisito académico sea nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), el mismo
se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso,
mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en los
términos de las disposiciones aplicables.
Asimismo, se aceptará Maestría o Doctorado en el nivel terminado y/o pasante en las áreas académicas
definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún título o cédula
profesional de nivel licenciatura registrado en la Secretaría de Educación Pública y que se encuentre
contenido en alguna de las áreas de conocimientos relacionadas en el Catálogo de Carreras de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
- Se tendrá por cubierta la calidad de “Terminado o Pasante”, presentando: Carta de Pasante expedida por la
institución educativa de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, o el documento oficial con el
que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
- Se tendrá por cubierta la calidad de “Titulado”, presentando: Título o Cédula Profesional expedidos por las
autoridades competentes, según el nivel de estudios solicitado, con excepción de nivel “Preparatoria o
Bachillerato”, para el cual se aceptará el Certificado de terminación de estudios emitido por la institución
educativa.
El CTS determinó que para efectos de acreditar el nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), NO se
aceptará la constancia o acta de presentación y/o acreditación del examen profesional, ni cualquier otro
documento similar para acreditar que la expedición del título y/o cédula profesional se encuentran en trámite.
(El CTS, determinará los casos en los que aceptará los documentos con los que se podrá acreditar el nivel
licenciatura con grado de avance Titulado(a), así como el plazo por el cual se aceptarán). En el caso de haber
realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Lo anterior de conformidad con el
artículo 221 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal.
- Para los casos en que el requisito académico señale "Carrera Técnica o Comercial con secundaria
terminada”, o “Carrera Técnica o Comercial con Preparatoria terminada o Normal terminada”, con grado de
avance Titulado, se deberá presentar además del Título o la Cédula profesional registrados por la Secretaría
de Educación Pública, el certificado de Secundaria o el certificado de Preparatoria, o de nivel medio superior o
de Normal Terminada, según corresponda.
- Para los casos que el puesto requiera “Carrera Técnica o Comercial” y en el campo de carrera genérica se
indique “No aplica”, se aceptará, según el grado de avance requerido: el certificado de estudios completos o el
Título o cédula profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública del nivel técnico, incluyendo
licenciatura, maestría o doctorado, obtenido en cualquier carrera genérica de las que se señalan en el
Catálogo de Carrera de Trabajaen.
6.- Currículum Vítae (CV) actualizado, máximo 4 cuartillas (distinto al de Trabajaen), que contenga además
datos de referencias laborales comprobables por cada uno de los empleos señalados, en los que se detallen
claramente las funciones desempeñadas y el periodo de ocupación de cada puesto, para lo cual deberá
utilizar el formato de CV disponible en la liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-de-puestos-vacantes-en-la-
sabg?state=published, en la sección Formatos para Revisión documental.
La información de este CV deberá coincidir con los datos registrados en el currículum de Trabajaen.
7.- Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descarga en la liga electrónica que se le indique en
el mensaje de invitación, el cual deberá llenar y firmar en caso de cumplir con los requisitos enunciados en el
mismo, manifestando:
a) Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar, No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso,
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto, No estar inhabilitado(a) para el servicio público,
y que la documentación presentada es auténtica.
b) Que no haya participado en un programa de separación que le impida reingresar a la Administración
Pública Federal, en los términos de dicho programa.
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c) No encontrarse en alguno de los supuestos señalados en el artículo 38 fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
d) No existe alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses.
e) No forma parte de algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra institución.
f) No presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o desempeña otro empleo, cargo o
comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía, Organo Constitucional Autónomo
de carácter estatal o federal.
8.- Cédula de Identificación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual contiene
el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
9.- Clave Unica de Registro de Población (CURP).
10.- Presentar las constancias con las que acredite su Experiencia. Para acreditar las áreas y años de
experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso, se considerarán las evidencias que acrediten la
fecha de inicio y la fecha de término de los puestos que manifestó en su currículum registrado en Trabajaen al
momento de su inscripción, ya que la revisión se hará con base en dicho currículum y sólo se considerarán los
empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil del puesto sujeto a concurso, por
lo que deberá presentar para cada empleo los documentos que comprueben el periodo laborado, desde su
inicio hasta su fin, y la razón social que señale dicho comprobante deberá coincidir con la denominación
de la empresa o institución para la cual laboró, para lo cual se aceptarán una o varias constancias de las que
se citan a continuación:
a) Hojas únicas de servicios con firmas y sello de la institución que la expide.
b) Constancias de nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o bien con la
Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
c) Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
d)
Constancia
de
semanas
cotizadas
del
IMSS
con
cadena
original
y
sello
digital.
(http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02025a).
e) Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la relación laboral,
en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
f) Cartas o convenio Finiquito, en el que se indique día, mes y año tanto del ingreso como de la baja,
puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas y sello del emisor.
g) Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios, los cuales
deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado, funciones realizadas y firmas
autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de terminación anticipada deberá anexar la
constancia respectiva.
h) Documento denominado: "Constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y
subsidio para el empleo", o "Constancia de retenciones" emitidas por el SAT, mismas que deberán indicar
periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor, en caso de ser electrónico deberá de contener
cadena original y sello digital.
i) Recibos de pago en papel membretado u oficial, con datos de la institución o empresa que otorga el pago,
nombre del candidato, puesto y periodo de pago. Para comprobar el tiempo laborado con recibos de pago
deberá presentar al menos 6 recibos por cada año laborado o 3 si la relación laboral fue menor.
Dichos recibos deberán comprobar el inicio y el fin del año o de la relación laboral, por lo que sólo se
computarán para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que indiquen los recibos.
j) Constancia Laboral, en papel membretado u oficial, que señale la fecha de expedición, nombre completo del
(de la) candidato(a), día, mes y año de ingreso y baja, indicando puesto(s) y funciones desempeñadas, con
firma y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y
teléfonos de la institución o empresa. No se aceptarán cartas de recomendación, ni cartas de renuncia al
puesto como constancias para acreditar la experiencia laboral requerida.
k) Carta como Becario(a) en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición, nombre completo
del(de la) candidato(a), día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones desempeñadas, con firma y
cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos
de la institución o empresa. Sólo se aceptará hasta por un máximo de 1 año.
l) Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría del Trabajo y
Previsión
Social,
acompañada
del
Historial
que
contiene
la
información
de
la
capacitación,
el
cual
podrá
obtener
accediendo
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado de “Mi historial”.
m) Liberación de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se haya
realizado o por la Institución educativa que la haya liberado y con las cuales se acrediten las áreas generales
de experiencia, sólo se acreditarán 6 meses para servicio social y hasta 6 meses para prácticas profesionales.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y término del empleo que pretende comprobar no
serán válidos, por lo que no se computarán para el cálculo de los años con los que se acredite el cumplimiento
del perfil del puesto de que se trate.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan fungido
como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido en forma
unilateral por el propio trabajador, así como algún otro documento que no esté enlistado arriba, para acreditar
la experiencia laboral requerida.
Asimismo, toda documentación emitida en idioma diferente al español, deberá acompañarse de la traducción
respectiva, firmada por la persona candidata.
11.- Presentar las constancias con las que acredite su Mérito.
Para la valoración del Mérito podrá presentar los documentos que lo comprueben tales como:
a) Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera
titulares, y se calificarán de acuerdo con las Calificaciones obtenidas en las evaluaciones de desempeño
anual. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del
desempeño anual, por lo que podrá presentar su hoja resumen de la última evaluación de desempeño, que
contiene la calificación final de desempeño obtenida, misma que deberá de estar firmada y sellada por la
dependencia donde fue evaluada, o en su defecto podrá presentar la información de evaluaciones de
desempeño que obtenga desde Rhnet. Para obtener las calificaciones de la evaluación de desempeño
desde RHnet deberá ingresar con su usuario y contraseña al portal www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección
de Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir
el listado de calificaciones, luego dar clic en “Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el
resumen. En caso de no poder imprimir su evaluación desde RHnet, deberá dirigirse a su área de Recursos
Humanos, para obtener ayuda.
b) Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera
titulares, y se califica a través del promedio de la calificación de las acciones de capacitación obtenidas por el
servidor público de carrera Titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que podrá presentar las
constancias respectivas, o bien la hoja resumen de su última evaluación de desempeño, que contiene la
calificación de la capacitación recibida, misma que deberá de estar firmada y sellada por la institución.
c) Resultados del proceso de certificación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera titulares,
y se calificará de acuerdo con las capacidades profesionales certificadas, a través del número de capacidades
profesionales certificadas vigentes logradas por las personas servidoras públicas de carrera titulares en
puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera, para lo cual podrán entregar las constancias emitidas por
la institución donde se señalen las capacidades certificadas y su vigencia. En caso de haberse certificado
como persona servidora pública de carrera y no contar con su constancia, deberá solicitarla en el área de
Recursos Humanos de su dependencia.
d) Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas candidatas en su labor o campo de
trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su
área de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron beneficio a la ciudadanía, por lo que podrá
presentar las constancias respectivas como: certificación en capacidades profesionales distintas a las
consideradas para el SPC, publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionadas con su
campo de experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo político o religioso.
e) Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión o
actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten alguno o varios de los siguientes
supuestos: fungir como presidente(a), vicepresidente(a) o integrante fundador(a) de asociaciones u
organizaciones no gubernamentales (científicas, de investigación, gremiales, estudiantiles o de
profesionistas), recibir un título honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado por universidades o
instituciones de educación superior, o por graduarse con mención honorífica o con alguna distinción.
En ningún caso se considerarán distinciones de tipo político o religioso.
f) Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado a la persona candidata por
agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado, debido a la consecución de algún mérito o servicio en
su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten la
obtención de un reconocimiento o premio otorgado a nombre de la persona candidata, reconocimiento por
colaboración, ponencias o trabajos de investigación, a nombre de la persona candidata, en congresos,
coloquios o equivalentes, reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público, primer, segundo o
tercer lugar, que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los
concursos del SPC. En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político, religioso o
que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o equivalente.
g) Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores resultados, que sobresalen en
una profesión, ajena al campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma, por lo que podrá
presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado académico obtenido en el extranjero, con
reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de Educación Pública (SEP), patente a nombre de la
persona candidata, servicio o misión realizada en el extranjero, derechos de autor por obras publicadas a
nombre de la persona candidata, servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento
de donativos). En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
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DIARIO OFICIAL
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h) Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el perfil del
puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o del grado máximo de estudios,
concluido con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel de estudio y al grado de avance
requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por lo que podrá presentar constancias de Diplomados,
constancias de terminación de estudios, Título o cédula profesional de nivel licenciatura, especialidad,
maestría o doctorado.
i) Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua —en este caso, una de las 68 lenguas
indígenas reconocidas por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI)―, a la capacidad de usarla
apropiadamente en determinadas situaciones sociales. En virtud de lo anterior, se considerará como un
comprobante, cada uno de los siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que señala que es
hablante de una lengua indígena nacional. - Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida
por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia acreditada por esta misma
institución (con un resultado regular o bueno). - Acreditación o documento equivalente a cursos, no menores a
220 horas, que avalen, al menos, un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes.
-Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles,
mapas, videos, audios, etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente
su autoría. -Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido
parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas indígenas.
-Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la interpretación o la atención en lengua
indígena, o bien, mediante una traducción).
Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI o por alguna otra
instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado excelente). -Publicaciones en gacetas, revistas,
prensa o libros, en alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que
se trate. En la presentación de estas publicaciones se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
-Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de
lenguas indígenas (oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.)
En la presentación de estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
j) Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana. Acto voluntario, al
tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la identificación
propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente, se calificará de acuerdo con la
manifestación que realice la persona candidata en la revisión documental durante el concurso, identificando
por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a
la que se autoadscriba.
k) Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento de mérito que
la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia
establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona
candidata que compruebe que al momento de la publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
l) Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas que, a pesar de presentar una
discapacidad, cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la
descripción y perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que se autoreconozca como
persona con discapacidad. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción
de su discapacidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo de descarte del concurso que la
persona candidata:
• No se presente a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que le sean señalados a
través de su centro de mensajes de Trabajaen.
• No presente los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la forma, fecha, hora y lugar
que se le indique, a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
• Que se encuentre en alguno de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática, la constancia o solicitud
de expedición o reexpedición de duplicados, o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de
cualquiera de los documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquiera de los datos registrados por los(las) aspirantes en
Trabajaen o de la documentación mencionada ya sea durante la revisión documental, o en cualquier etapa del
proceso, o de No exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean requeridos,
será motivo de descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección
y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
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La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno mantiene una política de igualdad de oportunidades libre de
discriminación por razones de edad, género, cultura, condición económica, origen étnico, apariencia física,
características genéticas, embarazo, preferencias sexuales, condiciones de salud, discapacidad, religión,
estado civil, o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana, en atención a lo cual en ningún
caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de VIH/SIDA, para participar en el concurso y en su caso
para llevar a cabo la contratación.
3a. REGISTRO DE CANDIDATOS(AS).
La inscripción o el registro de los(las) candidatos(as) a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta Convocatoria en la página de Trabajaen, la cual asignará a los(las) candidatos(as) un
número de folio de participación para el concurso una vez que los(las) mismos(as) hayan aceptado sujetarse a
las presentes bases, y que servirá para formalizar la inscripción al concurso de la plaza de que se trate y de
identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista que haga el Comité Técnico
de Selección, lo anterior, con el fin de asegurar el anonimato de los(las) candidatos(as).
Al momento de que los y las candidatos(as) registren su participación el Sistema de Trabajaen, se realizará de
forma automática la revisión curricular, asignando un folio de participación en aquellos casos en que la
información capturada en su Currículum sea compatible con el perfil del puesto vacante o un folio de rechazo
que lo descartará del concurso.
Para continuar en concurso se deberán acreditar cada una de las etapas y demás requisitos establecidos en
la presente convocatoria.
4a. DESARROLLO DEL CONCURSO.
El concurso se conducirá de acuerdo al siguiente calendario, la Dirección de Ingreso de Personal podrá
modificar dentro de los plazos establecidos, el lugar, fecha y hora programados para desahogar cada etapa y
subetapa, por lo que se recomienda dar seguimiento a los mensajes que se generen con tal motivo a través
del Centro de mensajes de Trabajaen. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de
selección se realizará, preferentemente, en las mismas fechas y horarios a todos(as) los(las) candidatos(as)
que continúen en el concurso a fin de garantizar la igualdad de oportunidades.
Calendario del concurso:
Fase o Etapa
Fecha o Plazo
Publicación del Concurso
29 de abril de 2026
Registro de candidatos(as) y Revisión curricular
Del 29 de abril de 2026 al 14 de mayo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El CTS no autorizó la reactivación de folios por
causas imputables a los(las) aspirantes
Exámenes de Conocimientos
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Evaluación de Habilidades
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Revisión Documental
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Determinación
del 15 de mayo de 2026 al 27 de julio de 2026
Si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se informará a todos(as) los(las) candidatos(as) a
través de los mismos medios.
5a. TEMARIOS.
Los temarios que deben estudiar para los Exámenes de Conocimientos se encuentran disponibles en la
página electrónica de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en las siguientes ligas:
Para el Examen de Conocimientos Técnicos deberá consultar:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-de-puestos-vacantes-en-la-
sabg?state=published
Las dudas relacionadas se atenderán en los teléfonos que aparecen en la base número 13a. de las presentes
Bases de participación.
Para el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal deberá consultar:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Las dudas relacionadas se atenderán por la Unidad de Políticas para el Servicio Público en los medios
señalados en la base número 13a. de las presentes Bases de participación.
Las guías de estudio para las Evaluaciones de Habilidades se encuentran disponibles con el nombre de
“Guía de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades” en Trabajaen con la liga:
https://www.trabajaen.gob.mx/menuini/js_paginad.jsp
6a. EVALUACIONES.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno comunicará a cada candidato(a), la fecha, hora y lugar en que
deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a
través de su Centro de mensajes en Trabajaen. El mensaje de invitación para participar en dichas
evaluaciones se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación de conformidad con lo señalado en el
artículo 254 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal.
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DIARIO OFICIAL
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En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de
tolerancia para el inicio del examen y/o evaluaciones considerando como hora referencial la que indiquen los
equipos de cómputo de la Dirección de Ingreso de Personal. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por
ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el examen y/o las
evaluaciones si él o la participante no presenta la documentación requerida.
Sin excepción alguna, serán motivo de descarte, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o
para la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, además de los que se señalen en cada etapa del
procedimiento, los siguientes supuestos: cuando el(la) candidato(a) no se presente en la fecha, lugar y hora
señaladas en el mensaje de invitación que reciba por medio de su centro de mensajes del portal de
Trabajaen, cuando el(la) candidato(a) se presente sin los documentos solicitados en dicho mensaje o no estén
legibles o estén incompletos o cortados, cuando se presente una vez transcurrido el tiempo de tolerancia
señalado en el mensaje de invitación, abandone la sala antes de concluir la evaluación correspondiente, se le
sorprenda consultando apuntes, tomando fotografías o audios de cualquier tipo o reproduciendo por cualquier
vía el contenido de la evaluación de que se trate, o bien, no acredite la etapa correspondiente.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes etapas:
ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y EVALUACIONES DE HABILIDADES
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala
de 0 a 100, obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten el examen de
conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de
conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una
escala de 0 a 100, un resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse
en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal, será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados aprobatorios de cada examen tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en
que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de conocimientos técnicos del puesto, la persona candidata deberá solicitar el
reconocimiento
de
la
vigencia
a
través
de
la
cuenta
de
correo
electrónico:
reclutamiento@buengobierno.gob.mx a más tardar un día posterior al cierre de inscripciones del concurso que
corresponda, siempre y cuando se trate del mismo puesto, temario y bibliografía.
En caso de no contar con una respuesta respecto a la solicitud correspondiente previo al inicio de la subetapa
de examen de conocimientos técnicos, los(las) aspirantes que hubiesen solicitado el reflejo de los resultados
obtenidos con anterioridad, deberán presentarse a la evaluación el mismo día que el resto de los(las)
participantes, lo anterior, con la finalidad de dar cumplimiento con el artículo 18 fracción II, del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, los(las)
candidatos(as) podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado igual o
superior a 70 puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se verá reflejado de forma
automática en el portal de Trabajaen.
Los resultados aprobatorios del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de un año, los resultados no aprobatorios tendrán
vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal.
Al inscribirse a un concurso y obtener un folio de participación, el sistema verificará aquellos resultados
vigentes que correspondan al examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y a
las habilidades, éstas últimas en caso de coincidir con las registradas en el concurso al que se va a inscribir, y
el sistema reflejará los resultados vigentes. De conformidad con el artículo 265 del ACUERDO por el que se
establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
que a la letra señala: “En los casos en que el CTS determine la revisión de exámenes, ésta sólo podrá
efectuarse con respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o
procedimientos utilizados, sin que ello implique la entrega de los reactivos ni de las opciones de respuesta.
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En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación”, al respecto y en
caso de que un(una) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos técnicos del puesto o del
examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal ésta deberá ser solicitada a través
de un escrito firmado autógrafamente, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la
publicación de los resultados en la página de Trabajaen. El escrito de solicitud de revisión de examen
de conocimientos deberá precisar para cuál de los exámenes requiere la revisión y deberá contener el folio de
participación, nombre, correo electrónico y firma de la persona candidata y ser dirigido al(a la) Secretario(a)
Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y se entregará en Oficialía de Partes de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, en la siguiente dirección: Av. Insurgentes Sur 1735, Planta Baja,
Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Alvaro Obregón, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, de
lunes a viernes.
Una vez que la persona Secretaría Técnica reciba la solicitud, verificará que cumpla con lo requerido en el
párrafo anterior, de no ser así, se comunicará a la persona candidata que la solicitud no fue procedente.
En caso de que la solicitud cumpla con los requisitos aquí señalados, el(la) Secretario(a) Técnico(a)
convocará al CTS para que sesione dentro de los 5 días hábiles posteriores a su recepción en la Secretaría
Técnica, dando respuesta a la persona solicitante a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
Es importante señalar que en al artículo 265 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, arriba señalado, únicamente
se hará dicha revisión en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos
o procedimientos utilizados, no podrán entregarse los reactivos ni las opciones de respuesta, en ningún caso
procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
Las herramientas que esta Dependencia aplicará para las evaluaciones de habilidades, serán las
proporcionadas por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno. Los resultados aprobatorios (70 puntos), tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la
fecha en que se den a conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual los(las) candidatos(as) podrán
participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando
correspondan a las mismas habilidades a evaluar y hayan sido aplicadas a través de las herramientas
proporcionadas por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno. Los resultados obtenidos no serán motivo de descarte, salvo el hecho de no presentarse en la
fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
Los resultados no aprobatorios de las evaluaciones de habilidades aplicadas en los procesos de selección
tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado de las evaluaciones.
ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO:
La Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito se desahogará bajo un esquema mixto:
presencial y a distancia, por lo que en un primer momento el(la) candidato(a) deberá enviar digitalizados en
formato PDF y en carpeta comprimida, mediante la utilización de tecnologías de información y comunicación
los documentos requeridos en la 2a. base de participación de esta Convocatoria, de conformidad con el
mensaje de invitación que reciba a través de su centro de mensajes de Trabajaen, posteriormente deberá
acudir en la fecha, lugar y hora señalados en dicho mensaje de invitación, donde deberá presentar para cotejo
los originales de los documentos enviados y firmar las cédulas de evaluación correspondientes a la etapa.
Será motivo de descarte cuando el(la) candidato(a) NO proporcione la documentación requerida en la forma,
fecha y horario establecido en el mensaje de invitación que se emita a través de Trabajaen para tal efecto, NO
presentarse en la fecha, lugar y hora que sea citado para concluir con la Etapa, que se encuentre en alguno
de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como la NO presentación del original de cualquiera de los documentos que se describen en
esta Convocatoria cuando le sea requerido, incluido el hecho de que la carrera específica con la que se
pretenda acreditar la carrera genérica del puesto en concurso no se encuentre contenida en el Catálogo de
Carreras que en la fecha de la revisión documental consulte en Trabajaen el personal de la Dirección
de Ingreso de Personal, así como no acreditar las áreas de experiencia requeridas en el perfil del puesto.
Los resultados obtenidos serán considerados en el Sistema de Puntuación General.
Esta Etapa se acreditará conforme a la metodología establecida por la Unidad de Políticas para el Servicio
Público para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, que podrá consultar en
www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
De conformidad con dicha Metodología, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia
serán los siguientes:
• Orden en los puestos desempeñados.
• Duración en los puestos desempeñados.
• Experiencia en el sector público.
• Experiencia en el sector privado.
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• Experiencia en el sector social.
• Nivel de responsabilidad.
• Nivel de remuneración.
• Relevancia de funciones o de las actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante.
• En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
• Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como servidor(a) público(a) de carrera titular.
• Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
• Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad
de servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
• Logros.
• Distinciones.
• Reconocimientos o premios.
• Actividad destacada en lo individual.
• Otros estudios.
• Habla de Lengua Indígena.
• Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
• Perspectiva de juventudes.
• Persona con discapacidad.
Para constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en Trabajaen, y aquella que se
muestre para acreditar cualquier etapa, la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, en los
casos que lo considere pertinente, podrá solicitar referencias, realizar consultas y cruce de información con
los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades correspondientes. En los casos
en que no se acredite su autenticidad se descartará al(a la) candidato(a), o en su caso se dejará sin efecto el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la cual se reserva el derecho de ejercer las acciones legales
procedentes.
En observancia del principio de igualdad de oportunidades no procederá la reprogramación de las fechas para
la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de los(las) candidatos(as).
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de candidatos(as) con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa
de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación establecidos en la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, sustentadas en las Disposiciones generales en materia de
recursos humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
De conformidad con las reglas de valoración establecidas por el Comité Técnico de Profesionalización,
pasarán a la etapa de Entrevista, los(las) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al
orden de prelación registrado, cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo
con el orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar, y la totalidad
de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se
continuarían entrevistando, será de tres y sólo se entrevistarían en caso de NO contar al menos con un(una)
finalista de entre los(las) tres candidatos(as) ya entrevistados(as).
De conformidad con el artículo 272 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección podrá
sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, a través de videoconferencia, en cuyo caso, las
entrevistas se desahogarán a distancia para los miembros de CTS y de manera presencial para los(las)
candidatos(as), para lo cual deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se indiquen, de acuerdo con el
mensaje de invitación que reciban a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
El Comité Técnico de Selección, para verificar si reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto
sujeto a concurso, a través de preguntas y mediante las respuestas que proporcione el(la) candidato(a)
identificará las evidencias que le permitan en un primer momento considerarlo finalista y en un segundo
momento, incluso determinarle ganador(a) del concurso.
El Comité Técnico de Selección considerará en la Entrevista el criterio CERP, el cual es un modelo basado en
competencias que contempla los siguientes elementos:
• Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento.
• Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones.
• Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
• Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
La entrevista permitirá la interacción de cada uno de las y los miembros del Comité Técnico de Selección con
la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y conocimientos
vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso, considerando con los
elementos arriba señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las personas candidatas y
quedarán plasmadas en el reporte individual.
Se considerarán finalistas a los(las) candidatos(as) que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
considerados(as) aptos(as) para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 40, fracción II de su Reglamento.
ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación, declarando:
a) Ganador(a) del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, a la de mayor Calificación Definitiva. El(la) Presidente(a) del CTS, superior(a) jerárquico(a)
del puesto en concurso podrá, por una sola vez y bajo su estricta responsabilidad, vetar durante la
determinación al (a la) finalista seleccionado(a) por los(las) demás integrantes del Comité Técnico de
Selección para ocupar el puesto, fundando y motivando debidamente su determinación en el acta
correspondiente, en cuyo caso el Comité Técnico de Selección elegirá a la persona que ocupará el puesto de
entre los(las) restantes finalistas.
b) Al (a la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
Es importante señalar que la puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en las
etapas del concurso señaladas en la Base 7a. Reglas de valoración general y sistema de puntuación, de
las Bases de participación de la presente convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido
hasta antes de la entrevista, que servirá para establecer el orden en el que pasarán a entrevista las personas
candidatas, la Determinación que llevará a cabo el CTS se realizará con base en la calificación definitiva
obtenida por cada finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en
etapas previas, por si solas no significan que el CTS, deba considerar ganador(a) al(a la) candidato(a) que
pase en los primeros lugares a la entrevista, sino al finalista con el puntaje total más alto.
La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso de
existir, los(las) finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes de la
dependencia, los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones
de la propia determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por el(la) Presidente(a).
El acta correspondiente podrá consultarse en el la Plataforma Nacional de Transparencia, dentro del apartado
“CONCURSOS PARA OCUPAR CARGOS PUBLICOS”, dicha información se actualiza de forma trimestral.
7a. REGLAS DE VALORACION GENERAL Y SISTEMA DE PUNTUACION.
El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por
aquéllos(as) con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el Sistema de
Puntuación General aprobado por el Comité Técnico de Profesionalización.
Sistema de Puntuación General
Etapa
Puntos
II. Examen de Conocimientos Técnicos y Examen de
Conocimientos Generales de la APF
30
II. Evaluación de Habilidades (dos evaluaciones)
Valor de ponderación 50% para cada evaluación
20
III. Evaluación de Experiencia
10
III. Valoración de Mérito
10
IV. Entrevistas
30
Total
100
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DIARIO OFICIAL
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8a. PUBLICACION DE RESULTADOS.
Los resultados del concurso, serán publicados en el portal electrónico de Trabajaen.
La Dirección General de Recursos Humanos y Organización difundirá en Trabajaen, en orden de prelación de
mayor a menor e identificando a las y los finalistas del concurso, la calificación definitiva de cada candidato(a)
la cual podrá consultarse en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, dar clic en “Información y búsqueda
de Concursos”, luego en “Información sobre Concursos”, colocar el número de folio de participación en la
sección derecha denominada “Seguimiento de un Concurso por Folio de Concursante” y dar clic en enviar.
9a. RESERVA DE CANDIDATOS(AS).
Los(las) candidatos(as) entrevistados(as) por los(las) miembros del Comité Técnico de Selección que no
resulten ganadores(as) del concurso y obtengan el puntaje mínimo de 70 en el Sistema de Puntuación
General, se integrarán a la reserva de Candidatos(as) de la rama de cargo y rango concursado de que se
trate, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso en cuestión.
Los(las) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la reserva de candidatos(as) y tomando en cuenta la clasificación de puestos y
ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría Anticorrupción
y Buen Gobierno, a participar en concursos bajo la modalidad de Convocatoria dirigida a la reserva de
aspirantes cuando así lo prevenga el Comité Técnico de Selección.
10a. DECLARACION DE CONCURSO DESIERTO.
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto el concurso
por las siguientes causas:
I. Porque ninguno(a) candidato(a) se presente al concurso,
II. Porque ninguno(a) de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo un(una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado(a) o bien, no obtenga
la mayoría de los votos de los(las) integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva Convocatoria.
11a. CANCELACION DE CONCURSO.
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de la plaza en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie la orden de una autoridad competente, exista resolución o disposición legal expresa que
restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o
II. Cuando el puesto de que se trate se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a
alguna persona, o
III. Cuando el CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo de Puestos, el puesto en cuestión.
12a. PRINCIPIOS DEL CONCURSO.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a lo previsto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, su Reglamento y en las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
13a. RESOLUCION DE DUDAS.
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los(las) candidatos(as) formulen con relación
a la plaza y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento@buengobierno.gob.mx o bien el número telefónico (55) 2000 3000 Extensiones 5232, 539,
5407 y 5345 con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx
14a. INCONFORMIDADES.
Los(las) concursantes podrán presentar su inconformidad ante el Area de Denuncias e Investigaciones del
Organo Interno de Control de esta Secretaría, en Av. Insurgentes Sur 3211, Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán,
04530 Ciudad de México, CDMX, en un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, en
términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y
su Reglamento.
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DIARIO OFICIAL
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15a. RECURSO DE REVOCACION.
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los(las) interesados(as) estarán en aptitud jurídica
de interponer mediante escrito un Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones situadas Av. Insurgentes Sur 3211,
Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán, 04530 Ciudad de México, CDMX, en horario de las 09:00 a las 15:00 horas
en días hábiles, lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio
Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
16a. PROCEDIMIENTO PARA LA REACTIVACION DE FOLIOS.
En caso de que el descarte de un folio se deba a errores del Sistema o de captura u omisiones por parte del
personal de esta Secretaría, dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o se detecte el
descarte, se enviarán al Comité los soportes documentales.
El Comité Técnico de Selección de esta Secretaría, podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier
etapa del concurso la reactivación o no de folios, conforme a lo siguiente:
a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o detectado el descarte de un folio, en un
horario de 09:00 a 18:00 hrs, de lunes a viernes, los(las) interesados(as) podrán enviar su solicitud de
reactivación al correo electrónico: reclutamiento@buengobierno.gob.mx, siempre y cuando las causas
del descarte no sean imputables a los(las) propios(as) aspirantes.
b) Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, el Comité Técnico de
Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición.
Los(las) aspirantes que requieran la aclaración de dudas sobre la reactivación de un folio, deberán enviar un
correo a la cuenta reclutamiento@buengobierno.gob.mx, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha en
que se les informe acerca de la reactivación o no de un folio.
La reactivación de folios NO procederá cuando:
I. El(la) aspirante cancele voluntaria o involuntariamente su participación en el concurso o capture información
falsa, imprecisa, incompleta o errónea en sus datos curriculares,
II. En la Revisión Curricular, el Sistema descarte al(a la) aspirante por existir errores, deficiencias o falta de
coincidencias entre la información asentada en su currículum y los requisitos establecidos en el perfil del
puesto al que pretenda aplicar, y
III. Exista duplicidad de registros en Trabajaen.
Cualquier caso no previsto será resuelto por el Comité Técnico de Selección dentro de los 5 días hábiles
siguientes al día en que se tenga conocimiento del mismo.
17a. DISPOSICIONES GENERALES.
En los portales www.dof.gob.mx y www.trabajaen.gob.mx, podrán consultarse la Convocatoria, los detalles
sobre el concurso y el puesto vacante. Los(las) aspirantes se responsabilizarán de los traslados y gastos
erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente
Convocatoria sin responsabilidad alguna a cargo de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), el(la)
ganador(a) deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia, de no ser así se
considerará como renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir de entre los(las) finalistas,
al(a la) siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60, fracción I y 75,
fracciones I y VII, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como en las inconformidades
y los recursos de revocación serán considerados confidenciales, aun después de concluidos éstos, en todo
caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y
distribución de datos personales que resulten aplicables.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección
en sesión extraordinaria dentro de los siguientes 15 días hábiles a partir de la fecha en que se tenga
conocimiento del hecho y conforme a las disposiciones aplicables.
Todos los comunicados relacionados con la presente convocatoria se enviarán a través de la plataforma
Trabajaen, por lo que el día, hora y lugar en la que se deberán presentar las y los candidatos a las etapas del
procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos, será notificado a través de su centro
de mensajes del portal de Trabajaen con al menos dos días hábiles de anticipación, por lo que es
responsabilidad de las y los participantes dar seguimiento a dicho portal.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, firma la Secretaria Técnica y
Subdirectora de Desarrollo de Sistemas Informáticos
Mtra. Dánae Yolanda Molina Espinosa
Rúbrica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
345
Secretaría de Educación Pública
CONVOCATORIA 18/2026
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Educación Pública con fundamento en los
artículos 21, 22, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal; y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40, 92 y Tercero Transitorio de su Reglamento,
así como en los artículos 241 al 247 y del 253 al 293 de las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal:
CONVOCATORIA
Dirigida a quienes deseen ingresar al Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
en la Secretaría de Educación Pública del concurso para ocupar los siguientes puestos vacantes:
Nombre del Puesto
SUBDIRECCION DE INSTITUCIONES PARTICULARES
DE EDUCACION SUPERIOR
Nivel
Administrativo
11-415-1-M1C015P-0000146-E-C-F (N11)
Subdirección de Area
Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General de Acreditación,
Incorporación y Revalidación
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Formular criterios a partir de la interpretación de las disposiciones oficiales en
materia de RVOE, mediante el desarrollo de los trabajos de análisis,
integración y revisión de la normatividad establecida al efecto, para evaluar las
implicaciones y su aplicación en la sustanciación de procedimientos.
2.
Consolidar los proyectos de resolución a los trámites relacionados con el
RVOE del tipo superior, mediante la revisión de los documentos que integran
las solicitudes presentadas, para dar atención a los particulares que pretenden
impartir servicios educativos con validez oficial.
3.
Generar los dictámenes relacionados con las solicitudes de RVOE del tipo
superior de particulares que cuenten con acuerdos o decretos específicos, con
la finalidad de resolver sus trámites con apego a las disposiciones en la
materia.
4.
Coordinar la implementación de los programas de trabajo que se desprendan
de los procesos de supervisión e inspección; así como de las medidas
correctivas y/o sanciones a instituciones particulares que cuentan con RVOE
que hayan incumplido las disposiciones oficiales, a través de la sustanciación
de procedimientos, con la finalidad de vigilar que la impartición de los servicios
educativos reúna las condiciones normativas que posibiliten su continuidad.
5.
Coordinar los procesos relacionados con la verificación de las instalaciones
propuestas por los particulares para la impartición de servicios educativos, a
través de programación de visitas o revisión de información digital, con la
finalidad de obtener los elementos que permitan determinar si reúnen las
condiciones especificadas en la normativa vigente para la obtención del RVOE.
6.
Implementar los mecanismos y líneas específicas de acción orientadas a la
fiscalización de las Instituciones particulares con RVOE, a través de
inspecciones físicas o remotas, a efecto de comprobar que cumplan con las
disposiciones oficiales en la impartición de los servicios educativos.
7.
Concentrar la información de los planes de estudio del tipo superior que
cuentan con RVOE, de solicitudes con resultados no favorables y de planes de
estudio retirado, con la finalidad de mantener actualizados los registros objeto
de consulta.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Economía, Educación, Ciencias Políticas
y Administración Pública, Computación e Informática, Derecho,
Administración.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Ingeniería.
Grado de avance escolar: Licenciatura o profesional, titulado.
Deberá presentar Título o Cédula Profesional.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Experiencia
Laboral
Mínimo 5 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Ciencia Política.
Area de Experiencia: Administración Pública.
Campo de Experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia: Derecho y Legislación Nacionales.
Campo de Experiencia: Pedagogía.
Area de Experiencia: Organización y Planificación de la
Educación.
Campo de Experiencia: Matemáticas.
Area de Experiencia: Ciencia de los Ordenadores.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Metodología de la Investigación.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con
las funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías
en la siguiente liga: https://www.gob.mx/sep/acciones-
y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-
2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de
referencia en materia de Conocimientos sobre la
Administración Pública Federal” se encuentra en la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DEL PROGRAMA
DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
Nivel
Administrativo
11-711-1-M1C014P-0000522-E-C-I (O11)
Jefatura de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (Veintiséis mil cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General de Recursos Humanos
y Organización
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Actualizar los Catálogos y Tabuladores de las unidades responsables del
Sector Central, por el sistema SP (Módulo de Servicios Personales) del Portal
de Aplicaciones de la SHCP.
2.
Tramitar y dar seguimiento en la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito
Público), a las solicitudes presentadas en materia de Servicios Personales
(conversiones,
reubicaciones,
cancelaciones)
para
su
autorización
correspondiente.
3.
Transmitir las adecuaciones presupuestarias de las unidades responsables, por
el sistema "MAP" (Módulo de Adecuaciones Presupuestarias) de la SHCP, con
el fin de obtener su autorización respectiva.
4.
Actualizar en el SICOP (Sistema de Contabilidad y Presupuesto) las
adecuaciones presupuestarias.
5.
Informar a las áreas solicitantes, sobre la autorización o cancelación de los
movimientos en materia de Servicios Personales.
6.
Informar a las áreas solicitantes, sobre las afectaciones presupuestarias
autorizadas a fin de procurar el ejercicio oportuno de los recursos.
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DIARIO OFICIAL
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Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Ciencias Políticas y
Administración
Pública,
Economía,
Contaduría,
Finanzas,
Educación.
Area General: Ciencias Naturales y Exactas.
Carreras Genéricas: Astronomía, Contaduría, Matemáticas-
Actuaría.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Computación e Informática.
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas: Educación.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional, Titulado
(a). Deberá Presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia
Laboral
Mínimo 3 años de experiencia en:
Grupo de Experiencia: Matemáticas.
Area General: Estadística.
Grupo de Experiencia: Ciencia Política.
Area General: Administración Pública.
Grupo de Experiencia: Ciencias Económicas.
Area General: Contabilidad.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Programación y Presupuesto.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con
las funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías
en la siguiente liga: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-
2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia
en materia de Conocimientos sobre la Administración
Pública Federal” se encuentra en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
Ninguno.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
BASES DE PARTICIPACION PARA LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 18/2026,
DIRIGIDA A TODO (A) INTERESADO (A) QUE DESEE INGRESAR AL SISTEMA DEL SERVICIO
PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA
REQUISITOS DE
PARTICIPACION
Podrán participar los(las) ciudadanos(as) que reúnan los requisitos de escolaridad
y experiencia previstos para el puesto y los establecidos en las presentes bases
de participación. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los
siguientes requisitos legales: Ser ciudadano (a) mexicano (a) en pleno ejercicio de
sus derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria permita la función a
desarrollar; No haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito
doloso; Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro (a) de algún culto y No estar
inhabilitado (a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento
legal; No ser declarada como persona deudora alimentaria morosa; en caso de
verse favorecido con el resultado del concurso, a partir de su ingreso No
desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal y
en caso contrario, contar con el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo;
que la documentación presentada como original sea auténtica, asumiendo la
responsabilidad legal y administrativa en caso de no ser así, y; presentar y
acreditar las evaluaciones que se indican para el caso.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
El requisito referido a tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el
servicio público (fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la administración Pública Federal), se tendrá por acreditado cuando el
aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez
que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo. En apego al artículo 36 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, el Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de prelación
de los candidatos, elegirá de los aspirantes que pasan a la etapa de entrevista a
los que considere aptos para el puesto de conformidad con los criterios de
evaluación de las entrevistas (los que acrediten o superen el puntaje mínimo
de aptitud), los cuales serán considerados como finalistas.
DOCUMENTACION
REQUERIDA
(En caso de
acreditar
Evaluaciones)
La Revisión y Evaluación de documentos, específicamente en lo relativo al perfil
del puesto, se llevará a cabo conforme los catálogos de carreras, de campos y
áreas de experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (TrabajaEn).
Los y las aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia
certificada y escaneada en Memoria U.S.B. o en C.D. en formato PDF, los
siguientes documentos en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje
que al efecto reciban con al menos, dos días hábiles de anticipación, por vía
electrónica:
1. Currículum vítae actualizado, detallado y firmado.
2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
3. Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto para
el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel licenciatura o
postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula Profesional
correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en trámite
(con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el documento que avale
dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del examen
profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa donde
establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios y la tira
de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil del puesto establezca
como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se tendrá que presentar el
documento oficial que así lo acredite, como puede ser la Carta de Pasante o
documento (oficio y tira de materias) donde establezca que la persona cubrió el
total de créditos del nivel de estudios correspondiente. En el caso de contar con
estudios en el extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de
validez o reconocimiento oficial expedido por la autoridad competente. Los y las
aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la escolaridad y
área de conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso, con uno de
mayor grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado, según el
caso, en las áreas académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y
cuando, la persona que concursa cuente con algún título o cédula profesional de
nivel Licenciatura registrado en la SEP, otorgándose en la Valoración del Mérito el
puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se realizará
a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o
Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la Secretaría de
Educación Pública.
4. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar con fotografía o pasaporte o cartilla militar).
5. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento
oficial donde se identifique el RFC. En caso de que el RFC, incluyendo homoclave,
registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el que aparece en
el documento de alta del SAT o el documento oficial que se presente, será motivo
de descarte del aspirante en el concurso correspondiente.
6. Cartilla militar liberada, o en su caso, comprobante de que presta el servicio
militar. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no aplica este requisito.
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DIARIO OFICIAL
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7. Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: será obligatorio demostrar mediante la presentación de
cartas de la empresa en hoja membretada y debidamente firmada, en la que
se indique la fecha de ingreso, puesto ocupado o funciones, así como fecha
de baja o, recibos de pago; alta en instituciones de seguridad social; contrato
laboral; hojas de servicio; declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios;
etc.), en las áreas que requiera el perfil del puesto en concurso.
8. Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente, sólo en
caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.
9. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con pena
privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio
público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún culto, de
que la documentación presentada es auténtica, de no tener sentencia firme por
la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la
libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia
familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual;
por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus
modalidades y tipos. Por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
(Art. 38 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el
DOF 29-05-2023), no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro
voluntario, en el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa
de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a
lo dispuesto en la normatividad aplicable. Este formato le será proporcionado
en la Etapa III del procedimiento, por la Secretaría de Educación Pública a
través de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y
Evaluación.
10. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (pantalla inicial de bienvenida de su página personal de TrabajaEn) y la
impresión de la invitación que recibe vía TrabajaEn.
La Secretaría de Educación Pública se reserva el derecho de solicitar en cualquier
momento o etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten: los
datos registrados en el sistema www.trabajaen.gob.mx por los y las aspirantes
para fines de la revisión curricular, el cumplimiento a los requisitos al perfil del
puesto y a la documentación señalada en los numerales de esta sección. De no
acreditar la existencia y/o autenticidad de la documentación mencionada, será
motivo de descarte del concurso y si fuera el caso, se dejará sin efectos el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin
responsabilidad para la Secretaría de Educación Pública, la cual, a su vez, se
reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. En ningún caso,
la Secretaría de Educación Pública solicitará prueba de no gravidez y de
VIH (SIDA); así como el reclutamiento y selección se realizará en igualdad de
oportunidades, sin discriminación por edad, discapacidad, color de piel,
cultura, sexo, condición económica, apariencia física, características
genéticas, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o
filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares
o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana.
Una vez acreditadas las etapas conducentes, y en su caso, la persona candidata
demuestra el hablar una Lengua Indígena, contar con autoadscripción a un pueblo
o comunidad indígena o afrodescendiente/afromexicana y, mantenerse en su
momento dentro del parámetro de Juventudes (hasta los 29 años), o es una
persona con discapacidad, serán considerados en cada supuesto en el que se
encuentre una persona concursante, para la Valoración del Mérito; lo anterior, con
el objetivo implementar medidas para prevenir la discriminación y garantizar una
real igualdad de oportunidades, como resultado de la apertura de la concepción
del mérito en vista al nuevo modelo de profesionalización del servicio público de la
APF como uno de los principales motores de cambio y transformación de un
gobierno incluyente, democrático y sensible a la realidad social; de conformidad
con los artículos 231, 232, 259 y del 266 al 270 del ACUERDO por el que se
establecen las Disposiciones Generales en Materia de Recursos Humanos de la
Administración Pública Federal.
350
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
REGISTRO DE
ASPIRANTES
La inscripción o el registro de los y las aspirantes al concurso se realizará del 29
de abril al 14 de mayo de 2026, a través del portal www.trabajaen.gob.mx, el cual
asignará un folio al aspirante que cubra los requisitos del concurso para
identificarlo durante el desarrollo del mismo, asegurando así el anonimato de los
aspirantes.
Al momento en que la persona registre su participación a un concurso a través de
www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo en forma automática la revisión
curricular, asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo
descartará del concurso. La revisión curricular efectuada a través de
www.trabajaen.gob.mx, se desarrollará, sin perjuicio de la revisión y evaluación de
la documentación que los y las candidatas deberán presentar para acreditar que
cumplen con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la convocatoria.
Cuando la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno detecte más de un folio de un aspirante en
TrabajaEn, realizará las acciones necesarias para que prevalezca únicamente el
registro que coincida con la CURP y la documentación presentada por el usuario,
quien elegirá ante dicha Unidad el folio que deberá prevalecer en TrabajaEn.
En caso de que se detecten más de una inscripción a un mismo concurso por un
(a) candidato (a), se descartará del concurso.
** Sin excepción en cada Etapa se deberá asistir con Identificación oficial,
documento que visualice el RFC, Folio de participación asignado por el
sistema de TrabajaEn (página de bienvenida), así como copia de la invitación
de la plaza a concursar. Todo aspirante deberá traer su usuario y contraseña
de acceso al sistema de TrabajaEn para la aplicación del Examen de
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal (APF)**
DESARROLLO DEL
CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica; sin
embargo, ésta puede estar sujeta a cambios, incluyendo el orden de aplicación de
cada etapa, debido a variables que afectan el desarrollo del concurso como
pueden ser entre otras: Disponibilidad de las herramientas de evaluación, cantidad
de participantes, verificación del perfil de los participantes, disponibilidad de salas
y equipo informático para la aplicación de las evaluaciones; problemas de
comunicación electrónica del sistema de esta dependencia y del sistema de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG); dificultad de acceso al Módulo
generador de exámenes de la (SABG), por parte del aspirante, al no contar o no
recordar su usuario y contraseña; tiempo de respuesta de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno para proporcionar la información que le concierne
del concurso correspondiente o que se le requiera por motivos de consulta,
desbloqueo o rehabilitación; por fenómenos naturales; marchas manifestaciones
que impacten en el cierre de las instalaciones, verificación de reactivos, y;
disponibilidad de agenda de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
El orden de aplicación de la Subetapa de Exámenes de Conocimientos y de la
Evaluación de Habilidades, contemplados en la Etapa II del procedimiento de
reclutamiento y selección, podrá ser variable, por las razones antes mencionadas.
La realización de cada etapa del concurso se comunicará a los y las aspirantes
con 48 horas hábiles de anticipación como mínimo, por medio del contador de
mensajes del sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se recomienda la
consulta permanente del referido sistema.
ACTIVIDAD
FECHA O PLAZO
Publicación del Concurso:
29 de abril de 2026
Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada, a
través
de
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx
(Registro de aspirantes).
Del 29 de abril al
14 de mayo de 2026
Etapa II: Evaluación dividida en tres temas (con doble
descarte):
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos que
constará
de
dos
Evaluaciones,
la
primera
correspondiente
al
Examen
de
Conocimientos
Técnicos
del
puesto,
cuya
calificación
mínima
aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin
decimales; obtener una calificación menor es motivo de
descarte.
Del 19 de mayo al
27 de julio de 2026
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
351
Las
personas
que
acrediten
el
Examen
de
Conocimientos Técnicos podrán realizar la segunda
Evaluación
correspondiente
al
Examen
de
Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, esta calificación se promediará con la
del Examen de Conocimientos Técnicos del puesto para
obtener la calificación de la subetapa, cuyo mínimo
aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin
decimales, un resultado menor a éste será motivo de
descarte, así como el hecho de que no se presente en la
fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de
TrabajaEn.
Evaluación de Habilidades. El resultado de las
Evaluaciones de Habilidades no es motivo de descarte;
sin embargo, el no presentarlas sí es motivo de
descarte.
Las
Evaluaciones
de
Habilidades
se
conformarán por preguntas y se complementarán con
pruebas psicométricas. Las guías de estudio para las
Evaluaciones de Habilidades se encuentran disponibles
con el nombre de “Guía de Estudio para las
Evaluaciones de Habilidades” en TrabajaEn con la liga:
https://trabajaen.gob.mx - Documentos e Información
Relevante - Guía de Estudio para las Evaluaciones de
Habilidades.
Etapa III: Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito; así como la revisión documental.
Esta etapa se llevará a cabo de forma presencial con
una logística y medidas de prevención establecidas.n
Del 19 de mayo al
27 de julio de 2026
Etapa IV: Entrevista por el Comité Técnico de
Selección.
El resultado acumulado de las etapas II (Exámenes de
Conocimientos, Habilidades y psicométricos) y III
(Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito,
así como revisión documental) con una puntuación
menor a 50, son motivo de descarte.
Esta etapa del proceso se llevará a cabo de manera
presencial para el(la) aspirante, garantizando los
principios rectores del Sistema del Servicio Profesional
de Carrera; evitando que alguno(a) de ellos(ellas) no
cuente con los recursos informáticos para realizarla, de
esta manera se asegura que a ningún aspirante se le
dificulte su participación.
Para los integrantes del Comité de Selección (CTS), el
proceso de la entrevista y determinación se desahogará
a distancia vía remota, programándose previamente
conforme a la agenda del Comité y de forma escalonada
la lista de los aspirantes finalistas.
El CTS, para verificar si la persona candidata reúne el
perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, en un
primer momento considerarán al(la) finalista y en un
segundo momento, determinarán al (la)ganador(a) del
concurso.
Del 19 de mayo al
27 de julio de 2026
Etapa V: Determinación
Esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el
proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación.
Del 19 de mayo al
27 de julio de 2026
Nota: Si la realización de las etapas II, III, IV y V se registran en un solo periodo
de tiempo como es el caso, es porque se considera el inicio y término en que
deberá llevarse a cabo todo el proceso del concurso (90 días naturales),
Por determinación de la SABG.
La fecha puntual de aplicación en cada etapa se dará a conocer a los (las)
candidatos (as), con mínimo 48 horas de anticipación a través de su contador de
mensajes de TrabajaEn.
352
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
TEMARIOS Y GUIAS
Los temarios referentes a los exámenes de Conocimientos se encuentran
disponibles en las siguientes ligas electrónicas:
Técnico del Puesto:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-
profesional-de-carrera-2025
General de la APF:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-
generales-apf/
Adicionalmente se podrán consultar en la Convocatoria que se publica en
TrabajaEn.
Las guías para la Evaluación de las Habilidades serán las consideradas
para las capacidades profesionales/directivas que se encontrarán disponibles para
su consulta en la página electrónica:
https://trabajaen.gob.mx - Documentos e Información Relevante - Guía de
Estudio para las Evaluaciones de Habilidades.
PRESENTACION DE
EVALUACIONES
La Secretaría de Educación Pública comunicará la fecha, hora y lugar en que los y
las aspirantes deberán presentarse para la aplicación de la Subetapa de
Exámenes de Conocimientos que constará de dos Evaluaciones, la primera
correspondiente al Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, cuya
calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin decimales
(A través del Sistema Armstrong), obtener una calificación menor es motivo de
descarte; las personas que acrediten el Examen de Conocimientos Técnicos del
Puesto podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen
de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (a través de la
herramienta proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno), cuya calificación se promediará con
la del Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto para obtener la calificación
de la Subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin
decimales, un resultado menor a éste será motivo de descarte; y las Evaluaciones
de Habilidades (incluyendo las Evaluaciones Psicométricas), estas últimas, a
través del sistema Armstrong. En dichas comunicaciones, se especificará la
duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el
inicio del Examen y/o Evaluaciones. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia,
por ningún motivo se aplicará el Examen y/o Evaluaciones. Asimismo, no se
aplicará el Examen y/o las Evaluaciones si el o la participante no presenta la
documentación requerida por la dependencia.
Los resultados aprobatorios obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la página de
TrabajaEn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
La aplicación del resultado aprobatorio de la Evaluación de Conocimientos
Técnicos obtenido en el concurso anterior de la misma plaza, el sistema RHnet lo
registra automáticamente si aplica el mismo temario y bibliografía, En caso de que
el sistema no registrara la calificación aprobatoria de la Evaluación de
Conocimientos Técnicos anterior, el (la) participante deberá solicitar su
consideración por escrito (oficio, o correo electrónico) al Comité Técnico de
Selección, a través de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y
Evaluación, antes del inicio de la nueva aplicación de dicho examen.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal (APF), los (las) candidatos (as) podrán participar en otros
concursos e inclusive de otras Dependencias, sin tener que sujetarse nuevamente
al Examen de Conocimientos de la APF, cuando hayan obtenido un resultado igual
o superior a 70 puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se
verá reflejado de forma automática en el portal de TrabajaEn y no podrá renunciar
al resultado aprobatorio con la finalidad de mejorarlo, éste permanecerá vigente
durante un año contado a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a
través de la página de TrabajaEn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. Los resultados no aprobatorios obtenidos en este
examen, tendrán una vigencia de dos días, contado a partir de la fecha en que se
den a conocer éstos a través de la página de TrabajaEn.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
353
Los resultados obtenidos en la Evaluación de Habilidades, no serán motivo de
descarte y tendrán vigencia de un año con calificación igual o superior a 70, a
partir de la fecha en que se den a conocer a través de la página electrónica
TrabajaEn, tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en otros
concursos de la SEP, sin tener que sujetarse a la evaluación, siempre y cuando se
trate de la misma habilidad y que haya sido evaluada a través de la herramienta
proporcionada por la SEP.
Las personas que hayan sido evaluadas en sus habilidades con herramientas
distintas a las administradas por la SEP, deberán realizar las evaluaciones, ya que
las calificaciones que hayan obtenido mediante otro mecanismo quedan sin
efectos.
REVISION DE
EXAMENES
En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente, determine la
revisión de exámenes de Conocimientos Técnicos y de Habilidades, ésta sólo
podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de
evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega
de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la
revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
Las dudas relacionadas con el Temario y Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal (APF), deberán dirigirse a la Unidad de Políticas
para
el
Servicio
Público,
a
la
cuenta
de
correo
electrónico:
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
REGLAS DE
VALORACION
1.- Número de Evaluación de Conocimientos: 2
2.- Número de Evaluaciones de Habilidades: 2
3.- Número de Evaluaciones Psicométricas: 2
4.- Calificación mínima aprobatoria en la Evaluación de Conocimientos Técnicos:
80 sobre 100
5.- El resultado del Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y del Examen de Conocimientos Técnicos serán sumados con el
objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de exámenes de Conocimientos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70; conforme a la Nueva
Metodología de Aplicación de los Exámenes de Conocimientos, Evaluación de la
Experiencia y la Valoración del Mérito para el Ingreso al Servicio Profesional de
Carrera.
6.- Evaluaciones de Habilidades: No será motivo de descarte el resultado que
obtenga la (el) aspirante.
7.- Número de especialistas que auxiliarán al Comité Técnico de Selección en la
etapa de entrevistas: Se tendrán tres especialistas, uno por cada Titular del
Comité Técnico de Selección, si este último lo establece en las sesiones
de Instalación y Planeación de Entrevista y Determinación.
8.- Número mínimo de candidatos (as) a entrevistar: 3, si el universo lo permite;
en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a todos; en caso de
que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta 10 participantes en
orden de prelación.
9.- Número de candidatos (as) que se continuarán entrevistando, en caso de no
contar con al menos un (a) finalista de los primeros 3 entrevistados: 3, si el
universo lo permite; en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a
todos (as); en caso de que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta
10 participantes en orden de prelación.
10.- Puntaje mínimo de aptitud (para pasar a la etapa de determinación):
80 sobre 100.
11.- Criterios a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a
partir de evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia
obtenida (ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida
(cantidad de ejemplos), y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los
requisitos del puesto.
12.- El (la) ganador (a) del concurso: el finalista (pasa a la etapa de
determinación) que obtenga la calificación más alta en el proceso
de selección, es decir, al de mayor Calificación (puntaje) Definitiva.
354
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
El proceso de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular;
II) Evaluaciones: Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, Examen de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (APF) y
Evaluaciones de Habilidades (incluyendo las Evaluaciones Psicométricas);
III) Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión
Documental; IV) Entrevista, y V) Determinación.
La Etapa I del proceso de selección (revisión curricular) tiene como propósito
determinar si la persona continua en el concurso, por lo que su acreditación no
otorgará puntaje alguno.
Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán distribuidos
únicamente entre las etapas II (Exámenes de Conocimientos Técnicos
y Conocimientos Generales de la APF, Evaluaciones de Habilidades y
Psicométricos, las dos últimas sólo como referencia); III (Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión Documental), y;
IV (Entrevista), del procedimiento de selección, quedando de la siguiente manera:
ETAPA
SUB-ETAPA
PUNTOS
II. Exámenes de Conocimientos y
Evaluaciones de Habilidades.
1° Examen de
Conocimientos Técnicos.
30
2° Examen de
Conocimientos Generales
de la APF.
Evaluación de Habilidades
(sin descarte).
10
III Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito, así como
Revisión Documental.
Evaluación de la
Experiencia laboral.
20
Valoración del Mérito.
10
IV Entrevista.
El resultado acumulado de las etapas
II (Evaluación de Conocimientos y
Evaluación
de
Habilidades,
Psicométricas) y III (Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito,
así como Revisión Documental) con
una puntuación menor a 50, son
motivo de descarte.
No aplica.
30
Total de puntos:
100 puntos
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
Para efectos de continuar en el concurso, los (las) aspirantes deberán aprobar
las evaluaciones precedentes, excepto la de habilidades que incluyen las
evaluaciones psicométricas, en virtud de que el resultado de éstas no es motivo de
descarte, a menos que el (la) participante no se presente a su aplicación; de igual
manera si el (la) participante no acude a la cita que se le invite, o no apruebe las
evaluaciones de conocimientos y la revisión documental será motivo de descarte.
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos Evaluaciones,
la primera correspondiente al Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto,
cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin
decimales; una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que
acrediten el Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, podrán realizar la
segunda Evaluación correspondiente al Examen de Conocimientos Generales en
la Administración Pública Federal (APF), cuya calificación se promediará con la del
Examen de Conocimientos Técnicos para obtener la calificación de la Subetapa,
cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un
resultado menor a éste será motivo de descarte, así como el hecho de no
presentarse en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de TrabajaEn.
Las Evaluaciones de Habilidades, cuyo resultado no será motivo de descarte,
que se aplicarán serán las siguientes, considerando que se conformarán por
preguntas y se complementarán con pruebas psicométricas:
Enlace: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Jefatura de Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Subdirección de Area: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Dirección de Area: Liderazgo y Negociación.
Coordinación Sectorial: Liderazgo y Negociación.
Dirección General: Visión Estratégica y Liderazgo.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
355
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como revisión
documental.
El resultado que arroje la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así
como revisión documental, no será motivo de descarte, sin embargo, es
necesario que el (la) aspirante reúna el requisito de área y años de
experiencia laboral, y; áreas y nivel de escolaridad que establece el perfil del
puesto en concurso, así como la documentación personal básica que se le
requiera, en caso contrario será motivo de descarte. La Evaluación y
Valoración mencionadas, le dan la posibilidad al (la) aspirante de obtener puntos,
que sumados a los obtenidos en la Etapa II del proceso de selección que
contempla Evaluación de Conocimientos (Técnicos y de Conocimientos Generales
de la APF, y Evaluaciones de Habilidades y Psicométricas), le ayudan para
ubicarlo en un mejor lugar de prelación dentro del concurso. El máximo de puntos
que pueden obtener en la Etapa III son: 20 puntos en la Evaluación de la
Experiencia y 10 puntos en la Valoración del Mérito. Para la obtención de los
puntos mencionados, es imprescindible presentar en original o copia
certificada para su validación, un archivo por documento, por ambos lados,
en formato PDF y escala a 100%, en archivo electrónico e identificado con el
nombre del puesto, y folio del concurso, organizada en una carpeta para
cada etapa: Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como
Revisión Documental.
NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS ORIGINALES INVARIABLEMENTE
DEBEN COINCIDIR CON LOS DIGITALIZADOS, LA FALTA DEL ARCHIVO
ELECTRONICO O DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL O
COPIA DIGITALIZADA SERA MOTIVO DE DESCARTE. La evidencia
documental que acredite el nivel de cumplimiento en cada uno de los
elementos que se califican.
En la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como revisión
documental, se calificarán los siguientes elementos:
1.- Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el nivel
jerárquico en la trayectoria laboral del (la) candidato (a) (último puesto
desempeñado o que está desempeñando) en relación al puesto en concurso.
Las personas que cuenten únicamente con una sola experiencia en un cargo o
puesto no serán evaluadas en este rubro, al no existir un parámetro objetivo para
realizar la comparación.
2.- Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados del (la) candidato (a). De manera
específica, a través del número de años promedio por cargo o puesto que posea.
3.- Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Público. De manera
específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Público.
4.- Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Privado. De manera
específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Privado.
5.- Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con la existencia o
experiencia en el Sector Social.
6.- Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de
respuesta seleccionada por el (la) aspirante, entre las 5 posibles opciones
establecidas en el formato de evaluación, respecto a su trayectoria profesional.
Las opciones son las siguientes:
a) He desempeñado puestos donde he desarrollado una serie de actividades
sencillas y similares entre sí.
b) He desarrollado puestos que requieran coordinar una serie de funciones y
actividades similares y relacionadas entre sí.
c) He desempeñado puestos que requieran coordinar una serie de funciones de
naturaleza diferente.
d) He desempeñado puestos que requieran dirigir un área con funciones de
naturaleza diferente.
e) He desempeñado puestos que requieran dirigir diversas áreas que contribuían
al desarrollo de los planes estratégicos de una o varias unidades administrativas o
de negocio.
356
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
7.- Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración bruta
mensual en la trayectoria laboral del (la) candidato (a). De manera específica,
comparando la remuneración bruta mensual del puesto actual (en su caso el
último) y la del puesto en concurso.
8.- Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las
del puesto vacante. - Se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la Rama
de Cargo o puesto en el currículum vítae del candidato registrado por el (la) propio
(a) candidato (a) en www.trabajaen.gob.mx con la rama de cargo o puesto vacante
en concurso.
9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
- Se calificará de acuerdo con la permanencia en el puesto o puestos inmediatos
inferiores al de la vacante. De manera específica, a través del número de años
acumulados en dichos puestos.
Otros elementos que establezcan en la Unidad de Política de Recursos Humanos
de la Administración Pública Federal o CTP, previa aprobación de la Unidad
conforme a las particulares de la dependencia.
Para obtener el puntaje referido a la Evaluación de la Experiencia, el (la)
aspirante deberá presentar la documentación que avale el cumplimiento a
cada elemento, la cual puede ser entre otras: carta original de la empresa en
hoja membretada; hoja de servicios; contrato laboral; recibos de pago; alta y
baja en instituciones de seguridad social, etc. La documentación deberá
especificar claramente el estatus del elemento sobre el cual desea obtener
puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó y el tiempo de
permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las funciones y
actividades realizadas en los puestos ocupados. La Dirección General de
Recursos Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio
Profesional de Carrera, Control y Evaluación, para constar la autenticidad de
la información y documentación presentada por el (la) aspirante, en su
totalidad o de manera selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de
información en los registros públicos o acudir directamente con las
instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se
acredite la autenticidad será motivo de descarte del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Los (las) aspirantes serán calificados (as) en el orden en los puestos
desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten con una sola experiencia,
cargo o puesto previos.
•
A todos los (las) aspirantes se les calificarán los elementos 2 al 8.
•
Quienes ocupen o hayan ocupado uno o más de los cargos o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante, serán calificados en el elemento 9.
•
La calificación final se obtendrá del promedio entre la calificación de cada uno
de los elementos entre el total de elementos considerados.
En la Valoración del Mérito se calificarán los siguientes elementos:
1.- Resultados de la Evaluación del Desempeño. - Se considerarán de
acuerdo con las calificaciones de los servidores públicos de carrera
titulares, obtenidas en las Evaluaciones de Desempeño Anual. De manera
específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en la última
Evaluación del Desempeño Anual. Para obtener las calificaciones de la
Evaluación de Desempeño desde RHnet, deberá ingresar con su usuario y
contraseña al portal www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de Evaluación
del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis Evaluaciones del
Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego dar clic en
“Ver Resumen” de la última Evaluación del Desempeño e imprimir el
resumen. En caso de no poder imprimir su Evaluación desde RHnet, deberá
dirigirse a su área de Recursos Humanos, para obtener ayuda.
2.- Resultados de las acciones de capacitación. - Se calificarán de acuerdo con
las calificaciones de las acciones de capacitación. De manera específica, a través
del promedio de las calificaciones obtenidas por el servidor público de carrera
titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el ejercicio fiscal
inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones de capacitación para el
servidor público de carrera titular, no será calificado en este elemento.
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DIARIO OFICIAL
357
3.- Resultados de procesos de certificación. - Se calificarán de acuerdo con las
capacidades profesionales certificadas. De manera específica, a través del número
de capacidades profesionales certificadas vigentes logradas por los servidores
públicos de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional de
Carrera.
4.- Logros.- Se refieren al alcance de un objetivo relevante del (la) candidato (a)
en su labor o en campo de trabajo; a través de aportaciones que mejoraron,
facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de trabajo; o bien,
mediante el logro de metas estratégicas que aportaron un beneficio a la
ciudadanía, sin: generar presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o
afectar negativamente los objetivos de otra área, unidad responsable o de
negocios, por lo que podrán presentar las constancias respectivas como:
certificaciones en competencias laborales o en Habilidades Profesionales
distintas a las del Servicio Profesional de Carrera, publicación especializada
(gacetas revistas, prensa o libros) relacionadas con su campo de experiencia.
* La Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación,
responsable del Subsistema de Ingreso, se reserva el derecho a revisar las
constancias mostradas en este rubro y su congruencia con el campo-área de
trabajo que hayan permitido o que permitan la mejora, optimización y/o
fortalecimiento de metas estratégicas, funciones del área y del perfil del
puesto, así como el cumplimiento de objetivos por parte de la persona
aspirante en el ámbito laboral o que con ello exista un aporte a la ciudadanía
de forma integral y no aislada. En ningún caso se consideran logros de tipo
político o religioso.
5.- Distinciones. - Se refieren al honor o trato especial concedido a una persona
por su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán
a través del número de distinciones obtenidas. En virtud de lo anterior, se
considerará como una distinción, las siguientes:
•
Fungir como presidente (a), vicepresidente (a) o miembro fundador (a)
de Asociaciones u Organizaciones no Gubernamentales (Científicas, de
Investigación, Gremiales, Estudiantiles o de Profesionistas).
•
Título Grado Académico Honoris Causa otorgado por Universidades o
Instituciones de Educación Superior.
•
Graduación con Honores o con Distinción.
En ningún caso se considerarán distinciones del tipo político o religioso.
6.- Reconocimientos o premios. - Se refieren a la recompensa o galardón
otorgado por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado por algún
mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual. De manera
específica, se calificarán a través del número de reconocimientos o premios
obtenidos. En virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o
premio, los siguientes:
•
Premio otorgado a nombre del (la) aspirante.
•
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a
nombre del (la) aspirante en congresos, coloquios o equivalentes.
•
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público.
•
Primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos y
abiertos.
En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político,
religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria,
sorteo o equivalente.
7.- Actividad destacada en lo individual. - Se refiere a la obtención de los
mejores resultados, sobresaliendo en una profesión o actividad individual o ajena a
su campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma. De manera
específica, se calificará a través del número de actividades destacadas en lo
individual comprobadas. En virtud de lo anterior, se considerarán como actividades
destacadas, las siguientes:
•
Título o grado académico en el extranjero con reconocimiento de validez
oficial por la Secretaría de Educación Pública (apostillado).
•
Patentes a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios o misiones en el extranjero.
•
Derechos de autor a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios de voluntariado, altruismo o filantropía (No incluye donativos).
•
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y
Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno.
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DIARIO OFICIAL
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En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
Es de importancia mencionar, que los documentos y/o constancias
presentadas de los elementos enumerados del 2 al 7, sólo serán
considerados en una sola ocasión y para un solo elemento.
8.- Otros estudios. - Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a
los requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica,
a través del estudio o grado máximo de estudios concluido reconocido por la
autoridad competente, que sea adicional al nivel de estudio y grado de avance
al requerido en el perfil del puesto vacante en concurso.
Los (as) aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la
escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso,
con uno de mayor grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado,
según el caso, otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje asignado para
el nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los (as) aspirantes, se realizará a
través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o
Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la SEP.
9.- Habla de Lengua Indígena. - Las lenguas indígenas nacionales son aquellas
que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del
establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes de otros
pueblos Indoamericanos, igualmente preexistentes que se han arraigado en el
territorio nacional con posterioridad y que se reconocen por poseer un conjunto
ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de
comunicación.
Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una lengua, en este caso, una
de las 68 lenguas indígenas, se refiere a la capacidad de usarla apropiadamente
en determinadas situaciones sociales. A su vez, esta capacidad se puede evaluar
en 4 Habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o comprender, leer y
escribir en distintos contextos.
Las competencias traductoras son los conocimientos, habilidades y actitudes que
se movilizan para poner en operación procesos de trasvase de información de una
lengua a otra, ya sea de manera oral o escrita, pero con una pertinencia cultural y
lingüística.
De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes
obtenidos por el candidato.
En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los
siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1
•
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen,
donde se señale que es hablante de una lengua indígena nacional.
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada por
esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
•
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas que
avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus
variantes.
•
Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías,
folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etc.)
En la presentación de estos materiales, se deberá acreditar fehacientemente
su autoría.
•
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
•
Certificado de competencia laboral (en estándares relacionados con la
interpretación, atención en lengua indígena o traducción). Otros que al efecto
establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional
de Carrera de la Administración Pública Federal.
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DIARIO OFICIAL
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Nivel 2
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada por
esta misma Institución (con resultado excelente).
•
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena
o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que se trate.
En
la
presentación
de
estas
publicaciones,
se
deberá
acreditar
fehacientemente su autoría.
•
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador
bilingüe y/o traductor de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etc.).
En la presentación de estas evidencias, se deberá acreditar fehacientemente su
autoría. Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano
y Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
10.- Auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicana. La denominación del presente elemento deriva
de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la auto adscripción a
un pueblo o una comunidad indígena o afrodescendiente/ afromexicana es el acto
voluntario mediante el cual personas o comunidades, que tienen un vínculo
cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo y, que deciden identificarse
como integrantes de un pueblo o comunidad indígena reconocido por el Estado.
La auto adscripción es una manifestación de identidad y pertenencia cultural.
El Mérito que se valora, conforme a este elemento, se relaciona directamente con
el cumplimiento de los requisitos de escolaridad y de experiencia de los perfiles de
puesto en concurso; los cuales representan el esfuerzo de la población objetivo
ante aquellas barreras del sector —económicas, políticas, culturales y sociales―,
que pueden presentarse en el desarrollo profesional de la persona candidata que
se auto adscribe.
La auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente
se calificará de acuerdo con la manifestación que realice, por su parte, la persona
candidata que así lo manifieste, en la revisión documental durante el concurso.
11.- Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se
considera como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera
profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia establecidos
previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
12.- Persona con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar
de presentar una discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión
de las Personas con Discapacidad (LGIPD), cumplan con los requisitos de
escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil
del puesto en concurso. La persona participante deberá identificar por escrito de
declaración, la descripción de su discapacidad.
Para obtener el puntaje referido a la Valoración de Mérito, se deberá
presentar la documentación que avale el cumplimiento de los elementos
correspondientes.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento
sobre el cual desea obtener puntos. La Dirección General de Recursos
Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio Profesional de
Carrera, Control y Evaluación, para constatar la autenticidad de la
información y documentación presentada por el (la) aspirante, en su
totalidad o de manera selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de
información en los registros públicos o acudir directamente con las
instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se
acredite la autenticidad será motivo de descarte del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Todos los (as) candidatos (as) que sean servidores (as) públicos (as) de
carrera titulares, sin excepción, serán calificados en los elementos 1 a 3.
•
Todos los (as) candidatos (as), sin excepción, serán calificados en los
elementos 4 a 8.
•
Todos los (as) candidatos (as), podrán en su caso, ser considerados para
calificar los elementos 9, 10, 11, y 12, si se cuenta con el soporte.
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DIARIO OFICIAL
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La calificación final se obtendrá, del promedio que considera el resultado de
cada uno de los elementos, entre el total de estos.
Los resultados obtenidos en las subetapas de la Etapa III, serán considerados en
el sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de los (as) candidatos
(as).
Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de determinación) a quienes acrediten
al menos el Puntaje Mínimo de Aptitud que es 80.
Si hay empate, el Comité Técnico de Selección resolverá el resultado del concurso
de acuerdo con lo señalado en el numeral 281 del Acuerdo citado en el primer
párrafo de esta convocatoria.
Los (as) aspirantes que pasen a la etapa de determinación como aptos (as) para
cubrir el puesto y no resulten ganadores (as) en el concurso, serán considerados
(as) finalistas en la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se
trate en la Secretaría de Educación Pública, durante un año contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho,
quedan en posibilidad de ser convocados (as), en ese periodo y de acuerdo con la
clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de
Profesionalización de la Secretaría de Educación Pública, a nuevos concursos
destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique.
Cuando el (la) ganador (a) del concurso tenga el carácter de servidor (a) público
(a) de carrera titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado,
toda vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de
haber cumplido la obligación que le señala fracción VI del artículo 11 de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. (Guardar
reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos que
conozca, en términos de la ley de la materia).
REVISION
DOCUMENTAL
Para poder acreditar la revisión documental, es indispensable presentar la
totalidad de la siguiente documentación en original o copia certificada y
escaneada en Memoria U.S.B. o en C.D. en formato PDF, en caso contrario se
le descartará del concurso:
•
Currículum Vítae detallando periodo en cada puesto y funciones realizadas
(no el registrado en Trabajaen), firmado en todas las hojas con tinta azul, sin
engargolar. Entregar 1 copia.
•
La constancia de no inhabilitación para el desempeño del empleo, cargo
o comisión (será proporcionada por la SEP).
•
Comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, teléfono fijo, gas natural o
estacionario).
•
Impresión
del
folio
asignado
por
el
Portal
www.trabajaen.gob.mx
(carátula inicial de la página personal) para el concurso e impresión de la
invitación que recibe por TrabajaEn. Entregar 1 copia.
•
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
Entregar 1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula
Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en
trámite (con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el documento
que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del
examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa
donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de
estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil
del puesto establezca como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se
tendrá que presentar el documento oficial que así lo acredite, como puede ser
la Carta de Pasante o documento (oficio y tira de materias) donde establezca
que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios
correspondiente. En el caso de contar con estudios en el extranjero, se
deberá presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento
oficial expedido por la SEP.
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DIARIO OFICIAL
361
Los y las aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la
escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del puesto en
concurso, con uno de mayor grado como es la especialidad, la maestría o
el doctorado, en las áreas académicas definidas en el perfil del puesto,
siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún título o
cédula profesional de nivel licenciatura registrado en la Secretaría de
Educación Pública (SEP) y que se encuentre contenido en algunas de las
áreas de conocimientos relacionados con el catálogo de carreras de
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG), otorgándose en la
Valoración del Mérito el puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por
dicho perfil.
•
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se
realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula
Profesional o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que
emita la SEP. Entregar 1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente,
sólo en caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.
Entregar 1 copia.
•
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: carta de la empresa en hoja membretada donde se indique
la fecha de ingreso, puestos ocupados y fecha de baja; recibo de pago; alta
en instituciones de seguridad social; contrato laboral; hojas de servicio;
declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en las áreas
que requiera el perfil del puesto en concurso.
•
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar con
fotografía o pasaporte o cartilla militar). Entregar 1 copia.
•
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento
oficial donde se identifique dicho RFC. En caso de que el RFC, incluyendo
homoclave, registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el
que aparece en el documento de alta del SAT o el documento oficial que se
presente, será motivo de descarte del aspirante en el concurso
correspondiente.
•
Cartilla militar liberada. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no
aplica este requisito.
•
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con
pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el
servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de
algún culto, de que la documentación presentada es auténtica, de no tener
sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal
desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o
doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las
mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Por ser declarada persona deudora alimentaria morosa. (Agregado el 06 de
septiembre de 2023, por la reforma y adición al art. 38 de la Constitución de
los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF 29-05-2023).
Este formato le será proporcionado por la Secretaría de Educación Pública
durante la revisión documental, de no haber sido beneficiado (a) por algún
programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública
Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
Entregar original.
La revisión documental se realizará en la dirección, día y hora que se señale en el
mensaje enviado al aspirante a través de trabajaEn.
PUBLICACION DE
RESULTADOS
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de
folio asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del sitio
web: http://www.trabajaen.gob.mx
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
CANCELACION DE
CONCURSOS
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso en los supuestos
siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición
legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate; II) El puesto de
que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso,
para restituir en sus derechos a alguna persona, y; III) El CTP determine que se
modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
DECLARACION
DE CONCURSO
DESIERTO
De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de
Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un
concurso por las siguientes causas:
I Porque ningún candidato se presente al concurso;
II Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para
ser considerado finalista, o
III Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado,
o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico
de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
REACTIVACION
DE FOLIOS
En caso de aplicar la reactivación de folios rechazados en la Etapa I Revisión
Curricular, a partir de la fecha de descarte el (la) aspirante tendrá 2 días
hábiles para enviar su petición de reactivación de folio dirigido al Secretario
(a) Técnico (a) del Comité Técnico de Selección, a través del correo
electrónico:
ingreso_sep@nube.sep.gob.mx.
La
solicitud
se
hará
del
conocimiento al resto de los (las) integrantes del Comité Técnico de Selección, a
través del Encargado (a) del Subsistema de Ingreso, vía correo electrónico o vía
telefónica para su análisis y en su caso, para su autorización. El plazo de
resolución del Comité será a más tardar en 72 horas. La determinación del Comité
Técnico de Selección respecto a la solicitud de reactivación se hará del
conocimiento del interesado (a), a través del Encargado (a) del Subsistema de
Ingreso por correo electrónico.
Dicha solicitud deberá describir y anexar lo siguiente:
•
Manifestar la Justificación del por qué considera que se debe reactivar el folio
dirigido al Secretario (a) Técnico (a) del Comité de Selección solicitando el
análisis y en su caso aprobación de la reactivación.
•
Pantallas impresas del portal personal en www.trabajaen.gob.mx donde se
observará las causales del rechazo y la fecha del mensaje.
•
Currículo que describa los periodos de permanencia, día, mes, año, en cada
una de sus experiencias laborales, así como las funciones que desempeñó(a),
•
Copia de los documentos que acrediten el nivel escolar requerido (Título o
cédula profesional)
•
Copia de los documentos que acrediten su experiencia laboral, los cuales
deberán especificar: fecha de expedición, nombre completo del (la)
candidato(a), día, mes, año de ingreso y baja, indicando los puestos y
funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona que autoriza,
membretado con domicilio y teléfono de la Institución o empresa.
•
Dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición.
La reactivación de folios será improcedente cuando ésta se deba a:
•
La renuncia por parte del o la aspirante.
•
La duplicidad de registros de inscripción.
Una vez transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes de
reactivación.
Nota: En caso de ser autorizada la solicitud de reactivación, el sistema
www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todos los y las
participantes en el concurso.
En relación a los descartes de aspirantes por errores imputables al Operador de
Ingreso en las etapas de evaluación, entrevista y estatus del concurso, esta
dependencia podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar dicho
folio, dando aviso a los (as) aspirantes que siguen participando en la etapa
correspondiente.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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PRINCIPIOS DEL
CONCURSO
El concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección
a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Los casos no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional de
Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el Comité
Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en el concurso que
identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al Secretario (a) Técnico
(a) de dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes dos días hábiles, quien lo
someterá para su análisis y resolución al resto de los o las integrantes. El plazo
para dar una resolución dependerá de la complejidad y gravedad del caso
reportado, por lo que el Comité puede detener el desarrollo del concurso hasta que
tenga una resolución. El Comité Técnico de Selección se asegurará que
la resolución al caso reportado se apegue a los principios mencionados y a la
normatividad aplicable.
DISPOSICIONES
GENERALES
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2.
Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de
la presente convocatoria.
4.
Los y las concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Quejas del Organo Interno de Control en la dependencia, ubicada en
Av. Universidad No. 1074, Piso 3, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez,
Ciudad de México, C.P. 03330. La inconformidad deberá presentarse por
escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se
presentó el acto motivo de la inconformidad, en términos de lo dispuesto por
el artículo 69 fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 93 al 96 de su Reglamento. Area de Quejas,
Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control de la SEP.
Los y las aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Quinto piso Ala Norte, Colonia Guadalupe Inn, Alvaro Obregón,
C.P. 01020, Ciudad de México. El recurso de revocación deberá interponerse
dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente en que se
haga del conocimiento el nombre del aspirante que obtuvo la calificación más
alta en el procedimiento de selección, en los términos que establecen los
artículos del 76 al 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 97 al 98 de su Reglamento, dirigido
a la Unidad de Asuntos Jurídicos, de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno.
5.
Durante el desarrollo y aplicación de las etapas II y IV no se permitirá el uso
de teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD,
memorias portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras,
lentes de sol (oscuros), gorra, así como cualquier otro dispositivo, libro
o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o
almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se
autorice o requiera de utilización como medio de apoyo para el examen y/o
evaluaciones.
RESOLUCION
DE DUDAS Y
ATENCION A
USUARIOS
Con la finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas
que los aspirantes formulen con relación al presente concurso, la Secretaría
de
Educación
Pública
pone
a
la
orden
los
correos
electrónicos:
ingreso_sep@nube.sep.gob.mx y teresa.nunez@nube.sep.gob.mx, así como
el número telefónico: 3600 2511 con las extensiones: 59822, 59961, 59962, en un
horario de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 y 16:30 a 18:00 hrs.
México, Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Educación Pública
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección,
Secretaria Técnica
Teresa M. Núñez Zavaleta
Firma Electrónica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Secretaría de Educación Pública
CONVOCATORIA 19/2026
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Educación Pública con fundamento en los
artículos 21, 22, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal; y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40, 92 y Tercero Transitorio de su Reglamento,
así como en los artículos 241 al 247 y del 253 al 293 de las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal:
CONVOCATORIA
Dirigida a quienes deseen ingresar al
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal en la
Secretaría de Educación Pública del concurso para ocupar los siguientes puestos vacantes:
Nombre del
Puesto
SUBDIRECCION DE MATEMATICAS SECUNDARIA
Nivel
Administrativo
11-312-1-M1C015P-0000283-E-C-F (N11)
Subdirección de Area
Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General de Desarrollo Curricular
Sede
Ciudad de
México
Funciones
Principales:
1.
Desarrollar proyectos de lineamientos y criterios pedagógicos para orientar el plan
de estudio y los programas de matemáticas de la educación secundaria.
2.
Coordinar el desarrollo de acciones técnico-pedagógicas para la elaboración y
actualización de la propuesta del plan y programas de estudio para la enseñanza
de matemáticas secundaria a fin de apoyar los procesos de enseñanza, estudio
y aprendizaje en este nivel.
3.
Coordinar acciones para la definición y/o modificaciones de métodos, procesos y
enfoques pedagógicos de los programas para el estudio de matemáticas en la
educación secundaria.
4.
Analizar y valorar la información generada en diversas instituciones para mejorar y
enriquecer el enfoque pedagógico, contenidos y orientaciones metodológicas para
la enseñanza de las matemáticas en la educación secundaria.
5.
Coordinar, en un marco de excelencia, equidad, inclusión y diversidad, la definición
y modificaciones del plan y programas de estudio, métodos, procesos y enfoques
pedagógicos de los programas de estudio de matemáticas en la educación
secundaria; lo anterior, previa consulta con las Unidades Administrativas
competentes de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y las autoridades
educativas locales e instancias especializadas en el sector educativo, para
considerar las opiniones expertas.
6.
Proponer algunos criterios que permitan generar líneas para el seguimiento y
evaluación referida a la aplicación de los programas de matemáticas en
educación secundaria.
7.
Coordinar el desarrollo de propuestas para asesorar a las autoridades educativas
locales sobre el modelo educativo que atiende el carácter regional, local, contextual
y situacional de los procesos de enseñanza y aprendizaje de matemáticas en la
educación secundaria.
8.
Coordinar la elaboración de propuestas de difusión para las familias, tutoras,
tutores y la sociedad en general, sobre información para la comprensión de los
propósitos del programa y enfoque de matemáticas en la educación secundaria.
9.
Coordinar la integración de propuestas de proyectos de investigación para mejorar
la enseñanza y el aprendizaje de las matemáticas en la educación secundaria.
10. Integrar las adecuaciones curriculares para la enseñanza y el aprendizaje de
matemáticas en la educación secundaria, para atender a grupos vulnerables,
derivadas del trabajo conjunto con las Entidades y Unidades Administrativas
competentes de la SEP.
11. Coordinar el análisis y la integración de las propuestas emanadas de consultas con
instituciones de educación, personal docente, familias, tutoras, tutores y la sociedad
en general, para mejorar y enriquecer el enfoque pedagógico y los contenidos de la
asignatura de matemáticas en la educación secundaria.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
365
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Educación.
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas: Matemáticas, Educación.
Area General: Ciencias Naturales y Exactas.
Carreras Genéricas: Física, Matemáticas - Actuaría.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional, Titulado (a).
Deberá Presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia
Laboral
Mínimo 5 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Lógica.
Area de Experiencia: Lógica Deductiva.
Campo de Experiencia: Psicología.
Area de Experiencia: Psicopedagogía, Psicología del Niño y del
Adolescente.
Campo de Experiencia: Pedagogía.
Area de Experiencia: Teoría y Métodos Educativos, Organización y
Planificación de la Educación, Preparación y Empleo de Profesores.
Campo de Experiencia: Matemáticas.
Area
de
Experiencia:
Algebra,
Geometría,
Probabilidad,
Estadística.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Inducción a la Secretaría de Educación Pública.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://miniodas.buengobierno.gob.mx/uprhportal/docume
nts/temario/TEMARIO%20DEL%20EXAMEN%20DE%20CON
OCIMIENTOS%20GENERALES%20DE%20LA%20ADMNINIS
TRACI%C3%93N%20P%C3%9ABLICA%20FEDERAL.docx?r
ef=upsp.buengobierno.gob.mx.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE MATEMATICAS SECUNDARIA
Nivel
Administrativo
11-312-1-M1C014P-0000296-E-C-F (O11)
Jefatura de departamento
Número de
vacantes
una
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (veintiséis mil cinco pesos 00/100 m.n.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General de Desarrollo Curricular.
Sede
Ciudad de
México
Funciones
Principales:
1.
Proponer diferentes elementos disciplinares que permitan la elaboración del plan de
estudio y los programas paran la enseñanza de matemáticas en la escuela
secundaria.
2.
Proponer adecuaciones curriculares al plan de estudio y los programas de
matemáticas en la educación secundaria a fin de atender las demandas educativas
de las y los estudiantes del nivel secundaria.
3.
Desarrollar propuestas para la definición de métodos, procesos y enfoques
pedagógicos para la enseñanza de matemáticas en la escuela secundaria,
atendiendo los lineamientos generales que emita la Comisión Nacional para la
Mejora Continua para el análisis y seguimiento de la educación básica del país.
366
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
4.
Proponer modificaciones en el plan y programas de estudio de matemáticas
considerando
la
opinión
de
las
unidades
y
órganos
administrativos
desconcentrados competentes, así como las autoridades educativas locales en un
marco de excelencia, equidad y diversidad para su actualización permanente.
5.
Proponer algunas líneas que permitan generar el seguimiento y evaluación
para la correcta aplicación en el aula de la asignatura de matemáticas
en educación secundaria.
6.
Proponer contenidos para llevar a cabo propuestas para la asesoría a las
autoridades educativas locales sobre el modelo educativo que atiende el carácter
regional, local, contextual y situacional de los procesos de enseñanza y aprendizaje
de matemáticas en la educación secundaria.
7.
Elaborar propuestas de difusión dirigidas a las familias, tutoras, tutores y sociedad
en general, sobre información para la comprensión de los propósitos del programa
y enfoque de matemáticas en la educación secundaria.
8.
Proponer temas para el desarrollo de proyectos de investigación para la enseñanza
y el aprendizaje de matemáticas en la educación secundaria.
9.
Proponer
adecuaciones
curriculares
a
los
programas
de
matemáticas
en la educación secundaria destinados a grupos vulnerables para contribuir
a su inclusión.
10. Analizar y considerar la información obtenida en consultas a instituciones
educativas, personal docente, familias, tutoras, tutores y la sociedad en general,
para mejorar y enriquecer el enfoque pedagógico y los contenidos de matemáticas
en la educación secundaria.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Educación, Comunicación, Psicología.
Area General: Ciencias Naturales y Exactas.
Carreras Genéricas: Física, Matemáticas - Actuaría.
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas: Educación, Matemáticas.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional; Titulado (a).
Deberá presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia
Laboral
Mínimo 3 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Lógica.
Area de Experiencia: Lógica Deductiva.
Campo de Experiencia: Psicología.
Area
de
Experiencia:
Psicología
Industrial,
Evaluación
y
Diagnóstico en Psicología, Psicología Experimental, Asesoramiento
y Orientación, Psicología del Niño y del Adolescente.
Campo de Experiencia: Pedagogía.
Area de Experiencia: Teoría y Métodos Educativos, Organización y
Planificación de la Educación, Preparación y Empleo de Profesores.
Campo de Experiencia: Matemáticas.
Area
de
Experiencia:
Algebra,
Geometría,
Probabilidad,
Estadística.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Inducción a la Secretaría de Educación Pública.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://miniodas.buengobierno.gob.mx/uprhportal/docume
nts/temario/TEMARIO%20DEL%20EXAMEN%20DE%20CON
OCIMIENTOS%20GENERALES%20DE%20LA%20ADMNINIS
TRACI%C3%93N%20P%C3%9ABLICA%20FEDERAL.docx?r
ef=upsp.buengobierno.gob.mx.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
367
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE OPERACION DEL PAGO DGETA, DGB,
DGCFT, DGECTM Y AREAS DEL SUBSECRETARIO
Nivel
Administrativo
11-711-1-M1C014P-0000480-E-C-M (O11)
Jefatura de Departamento
Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (Veintiséis mil cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General de Recursos Humanos
y Organización
Sede
Ciudad de
México
Funciones
Principales:
1.
Supervisar y comprobar las percepciones y deducciones del pago de
remuneraciones de la nómina ordinaria y adicional de acuerdo con los lineamientos
y normatividad vigente para el pago de remuneraciones.
2.
Revisar y determinar el cálculo previo de las quincenas, para la emisión de
la nómina.
3.
Atender las reclamaciones de pagos que presente la DGB, DGETA, DGECYTM,
DGCFT y áreas del Subsecretario.
4.
Analizar y determinar la procedencia de las solicitudes de reclamación de adeudos
por inconsistencias y omisiones de pago de remuneraciones al personal.
5.
Elaborar la liquidación de los pagos solicitados en los informes individuales
de datos para liquidación, con base al manual de normas para la administración de
recursos humanos de la Secretaría de Educación Pública.
6.
Revisar y dar el visto bueno a las pre nóminas que se generen de la captura
de los pagos solicitados para la emisión de la nómina.
7.
Coordinar con la Subdirección de Informática, la corrección de las inconsistencias
que se detecten en la revisión de las pre nóminas y nóminas ordinarias y
adicionales, referente al cálculo de las percepciones-deducciones aplicadas en el
pago de remuneraciones.
8.
Efectuar los cálculos correspondientes para el fincamiento de responsabilidades a
los trabajadores detectados con pagos en demasía o cobros indebidos, y tramitar
su aplicación.
9.
Realizar la integración de la documentación soporte de las nóminas para la glosa
del pago de remuneraciones.
10. Efectuar la glosa de las nóminas con base a las políticas, normas y procedimientos
establecidos.
11. Ordenar, relacionar y entregar al área de archivo las nóminas ordinarias y
adicionales, glosadas, los formatos únicos de personal y la documentación soporte
de los diferentes trámites para su registro, conservación y custodia.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Contaduría, Administración, Economía,
Ciencias Políticas y Administración Pública.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Ingeniería.
Grado de avance escolar: Técnico Superior Universitario, Titulado.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia: Dirección y Desarrollo de Recursos
Humanos.
Campo de Experiencia: Ciencia Política.
Area de Experiencia: Administración Pública.
Evaluación de
Habilidades
1.
Trabajo en Equipo.
2.
Orientación a Resultados.
Recursos Humanos – Relaciones Laborales
Administración de Personal y Remuneraciones.
368
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://miniodas.buengobierno.gob.mx/uprhportal/docume
nts/temario/TEMARIO%20DEL%20EXAMEN%20DE%20CON
OCIMIENTOS%20GENERALES%20DE%20LA%20ADMNINIS
TRACI%C3%93N%20P%C3%9ABLICA%20FEDERAL.docx?r
ef=upsp.buengobierno.gob.mx.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ANALISIS CUALITATIVO
Nivel
Administrativo
11-411-1-M1C014P-0000037-E-C-G (O11)
Jefatura de Departamento
Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (Veintiséis mil cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General de Planeación, Programación y
Estadística Educativa
Sede
Ciudad de
México
Funciones
Principales:
1.
Revisar los informes sectoriales e información estadística educativa existente
publicada anualmente por la unidad responsable.
2.
Comprobar el análisis del contenido y verificación e interpretación de datos de los
informes
sectoriales,
y
demás
documentos
que
contengan
estadísticas,
indicadores, pronósticos e información del sector educativo, para proporcionar
información precisa y exacta.
3.
Supervisar el análisis de encuestas para la obtención de información estadística del
sector educativo, con el fin de complementar dicha información en los sistemas
de la unidad responsable.
4.
Analizar la información obtenida por medio de investigaciones, complementando
información que no es captada por los sistemas de información de la unidad
responsable.
5.
Establecer sistemas manuales y computacionales del procesamiento: captura,
validación, explotación y análisis estadístico, de la información de los estudios por
encuesta, para verificar su exactitud y calidad.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras
Genéricas:
Economía,
Administración,
Derecho,
Geografía.
Area General: Ciencias Naturales y Exactas.
Carreras Genéricas: Matemáticas – Actuaría.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional, Terminado o
Pasante.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia: Derecho y Legislación Nacionales.
Campo de Experiencia: Matemáticas.
Area de Experiencia: Estadística.
Campo de Experiencia: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia: Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo,
Economía Sectorial.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
369
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Metodología de la Investigación.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://miniodas.buengobierno.gob.mx/uprhportal/docume
nts/temario/TEMARIO%20DEL%20EXAMEN%20DE%20CON
OCIMIENTOS%20GENERALES%20DE%20LA%20ADMNINIS
TRACI%C3%93N%20P%C3%9ABLICA%20FEDERAL.docx?r
ef=upsp.buengobierno.gob.mx.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
BASES DE PARTICIPACION PARA LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 19/2026, DIRIGIDA
A TODO (A) INTERESADO (A) QUE DESEE INGRESAR AL SISTEMA DEL SERVICIO PROFESIONAL
DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA
REQUISITOS DE
PARTICIPACION
Podrán participar los(las) ciudadanos(as) que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto y los establecidos en las presentes bases de
participación. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes
requisitos legales: Ser ciudadano (a) mexicano (a) en pleno ejercicio de sus
derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar;
No haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro (a) de algún culto y No estar
inhabilitado (a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento
legal; No ser declarada como persona deudora alimentaria morosa; en caso de
verse favorecido con el resultado del concurso, a partir de su ingreso
No desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal
y en caso contrario, contar con el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo;
que la documentación presentada como original sea auténtica, asumiendo la
responsabilidad legal y administrativa en caso de no ser así, y; presentar y acreditar
las evaluaciones que se indican para el caso.
El requisito referido a tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el
servicio público (fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la administración Pública Federal), se tendrá por acreditado cuando el
aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez
que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo. En apego al artículo 36 del Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
el Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de prelación de los candidatos,
elegirá de los aspirantes que pasan a la etapa de entrevista a los que considere
aptos para el puesto de conformidad con los criterios de evaluación de las
entrevistas (los que acrediten o superen el puntaje mínimo de aptitud), los cuales
serán considerados como finalistas.
370
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
DOCUMENTACION
REQUERIDA
(En caso de
acreditar
Evaluaciones)
La Revisión y Evaluación de documentos, específicamente en lo relativo al perfil del
puesto, se llevará a cabo conforme los catálogos de carreras, de campos y áreas
de experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (TrabajaEn). Los y las
aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia
certificada y escaneada en Memoria U.S.B. o en C.D. en formato PDF, los
siguientes documentos en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que
al efecto reciban con al menos, dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica:
1.
Currículum vítae actualizado, detallado y firmado.
2.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
3.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula
Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en
trámite (con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el documento
que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del
examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa
donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de
estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil
del puesto establezca como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante,
se tendrá que presentar el documento oficial que así lo acredite, como puede
ser la Carta de Pasante o documento (oficio y tira de materias) donde
establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios
correspondiente. En el caso de contar con estudios en el extranjero, se deberá
presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial
expedido por la autoridad competente. Los y las aspirantes podrán cubrir el
requisito de nivel de estudios de la escolaridad y área de conocimiento que
establece el perfil del puesto en concurso, con uno de mayor grado como es
la especialidad, la maestría o el doctorado, según el caso, en las áreas
académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la persona
que concursa cuente con algún título o cédula profesional de nivel Licenciatura
registrado en la SEP, otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje
asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se
realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional
o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la
Secretaría de Educación Pública.
4.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar con fotografía o pasaporte o cartilla militar).
5.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento
oficial donde se identifique el RFC. En caso de que el RFC, incluyendo
homoclave, registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida
con el que aparece en el documento de alta del SAT o el documento
oficial que se presente, será motivo de descarte del aspirante en el concurso
correspondiente.
6.
Cartilla militar liberada, o en su caso, comprobante de que presta el servicio
militar. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no aplica este requisito.
7.
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: será obligatorio demostrar mediante la presentación de
cartas de la empresa en hoja membretada y debidamente firmada, en la
que se indique la fecha de ingreso, puesto ocupado o funciones, así
como fecha de baja o, recibos de pago; alta en instituciones de seguridad
social; contrato laboral; hojas de servicio; declaraciones fiscales; contratos;
recibos de honorarios; etc.), en las áreas que requiera el perfil del puesto
en concurso.
8.
Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente, sólo
en caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
371
9.
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con
pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el
servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún
culto, de que la documentación presentada es auténtica, de no tener sentencia
firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad
corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en
razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada
persona deudora alimentaria morosa. (Art. 38 de la Constitución de los Estados
Unidos Mexicanos, publicado en el DOF 29-05-2023), no haber sido
beneficiado (a) por algún programa de retiro voluntario, en el caso de aquellas
personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la
Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en
la normatividad aplicable. Este formato le será proporcionado en la Etapa III
del procedimiento, por la Secretaría de Educación Pública a través de la
Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación.
10. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (pantalla inicial de bienvenida de su página personal de TrabajaEn) y
la impresión de la invitación que recibe vía TrabajaEn.
La Secretaría de Educación Pública se reserva el derecho de solicitar en cualquier
momento o etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten: los
datos registrados en el sistema www.trabajaen.gob.mx por los y las aspirantes para
fines de la revisión curricular, el cumplimiento a los requisitos al perfil del puesto y a
la documentación señalada en los numerales de esta sección. De no acreditar la
existencia y/o autenticidad de la documentación mencionada, será motivo
de descarte del concurso y si fuera el caso, se dejará sin efectos el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad
para la Secretaría de Educación Pública, la cual, a su vez, se reserva el derecho de
ejercitar las acciones legales procedentes. En ningún caso, la Secretaría
de Educación Pública solicitará prueba de no gravidez y de VIH (SIDA); así
como el reclutamiento y selección se realizará en igualdad de oportunidades,
sin discriminación por edad, discapacidad, color de piel, cultura, sexo,
condición económica, apariencia física, características genéticas, embarazo,
lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado
civil, situación familiar, responsabilidades familiares o por cualquier otro
motivo que atente contra la dignidad humana.
Una vez acreditadas las etapas conducentes, y en su caso, la persona candidata
demuestra el hablar una Lengua Indígena, contar con autoadscripción a un pueblo
o comunidad indígena o afrodescendiente/afromexicana y, mantenerse en su
momento dentro del parámetro de Juventudes (hasta los 29 años), o es una
persona con discapacidad, serán considerados en cada supuesto en el que se
encuentre una persona concursante, para la Valoración del Mérito; lo anterior, con
el objetivo implementar medidas para prevenir la discriminación y garantizar una
real igualdad de oportunidades, como resultado de la apertura de la concepción del
mérito en vista al nuevo modelo de profesionalización del servicio público de la APF
como uno de los principales motores de cambio y transformación de un gobierno
incluyente, democrático y sensible a la realidad social; de conformidad con los
artículos 231, 232, 259 y del 266 al 270 del ACUERDO por el que se establecen
las Disposiciones Generales en Materia de Recursos Humanos de la Administración
Pública Federal.
REGISTRO DE
ASPIRANTES
La inscripción o el registro de los y las aspirantes al concurso se realizará del 29 de
abril al 14 de mayo de 2026, a través del portal www.trabajaen.gob.mx, el cual
asignará un folio al aspirante que cubra los requisitos del concurso para identificarlo
durante el desarrollo del mismo, asegurando así el anonimato de los aspirantes.
Al momento en que la persona registre su participación a un concurso a través de
www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular,
asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo descartará del
concurso. La revisión curricular efectuada a través de www.trabajaen.gob.mx, se
desarrollará, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que los y
las candidatas deberán presentar para acreditar que cumplen con todos y cada uno
de los requisitos establecidos en la convocatoria.
372
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Cuando la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno detecte más de un folio de un aspirante en
TrabajaEn, realizará las acciones necesarias para que prevalezca únicamente el
registro que coincida con la CURP y la documentación presentada por el usuario,
quien elegirá ante dicha Unidad el folio que deberá prevalecer en TrabajaEn.
En caso de que se detecten más de una inscripción a un mismo concurso por un (a)
candidato (a), se descartará del concurso.
** Sin excepción en cada Etapa se deberá asistir con Identificación oficial,
documento que visualice el RFC, Folio de participación asignado por el
sistema de TrabajaEn (página de bienvenida), así como copia de la invitación
de la plaza a concursar. Todo aspirante deberá traer su usuario y contraseña
de acceso al sistema de TrabajaEn para la aplicación del Examen de
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal (APF)**
DESARROLLO
DEL CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica; sin embargo,
ésta puede estar sujeta a cambios, incluyendo el orden de aplicación de cada
etapa, debido a variables que afectan el desarrollo del concurso como pueden ser
entre otras: Disponibilidad de las herramientas de evaluación, cantidad de
participantes, verificación del perfil de los participantes, disponibilidad de salas y
equipo informático para la aplicación de las evaluaciones; problemas de
comunicación electrónica del sistema de esta dependencia y del sistema de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG); dificultad de acceso al Módulo
generador de exámenes de la (SABG), por parte del aspirante, al no contar o no
recordar su usuario y contraseña; tiempo de respuesta de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno para proporcionar la información que le concierne
del concurso correspondiente o que se le requiera por motivos de consulta,
desbloqueo o rehabilitación; por fenómenos naturales; marchas manifestaciones
que impacten en el cierre de las instalaciones, verificación de reactivos, y;
disponibilidad de agenda de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
El orden de aplicación de la Subetapa de Exámenes de Conocimientos y de la
Evaluación de Habilidades, contemplados en la Etapa II del procedimiento de
reclutamiento y selección, podrá ser variable, por las razones antes mencionadas.
La realización de cada etapa del concurso se comunicará a los y las aspirantes con
48 horas hábiles de anticipación como mínimo, por medio del contador de mensajes
del sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se recomienda la consulta
permanente del referido sistema.
ACTIVIDAD
FECHA O PLAZO
Publicación del Concurso:
29 de abril de 2026
Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada, a través
de la herramienta www.trabajaen.gob.mx (Registro de
aspirantes).
Del 29 de abril al 14
de mayo de 2026
Etapa II: Evaluación dividida en tres temas (con doble
descarte):
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos que constará
de dos Evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de Conocimientos Técnicos del puesto, cuya
calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala de
0 a 100 sin decimales; obtener una calificación menor es
motivo de descarte. Las personas que acrediten el Examen
de Conocimientos Técnicos podrán realizar la segunda
Evaluación correspondiente al Examen de Conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal, esta
calificación se promediará con la del Examen de
Conocimientos Técnicos del puesto para obtener la
calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de
70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado
menor a éste será motivo de descarte, así como el hecho
de que no se presente en la fecha, lugar y hora señalados
en el mensaje de TrabajaEn.
Del 19 de mayo al
27 de julio de 2026
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
373
Evaluación
de
Habilidades.
El
resultado
de
las
Evaluaciones de Habilidades no es motivo de descarte; sin
embargo, el no presentarlas sí es motivo de descarte.
Las Evaluaciones de Habilidades se conformarán por
preguntas
y
se
complementarán
con
pruebas
psicométricas. Las guías de estudio para las Evaluaciones
de Habilidades se encuentran disponibles con el nombre de
“Guía de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades” en
TrabajaEn
con
la
liga:
https://trabajaen.gob.mx
- Documentos e Información Relevante - Guía de Estudio
para las Evaluaciones de Habilidades.
Etapa III: Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito; así como la revisión documental.
Esta etapa se llevará a cabo de forma presencial con una
logística y medidas de prevención establecidas.
Del 19 de mayo al
27 de julio de 2026
Etapa IV: Entrevista por el Comité Técnico de Selección.
El resultado acumulado de las etapas II (Exámenes de
Conocimientos,
Habilidades
y
psicométricos)
y
III
(Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así
como revisión documental) con una puntuación menor a 50,
son motivo de descarte.
Esta etapa del proceso se llevará a cabo de manera
presencial para el(la) aspirante, garantizando los principios
rectores del Sistema del Servicio Profesional de Carrera;
evitando que alguno(a) de ellos(ellas) no cuente con los
recursos informáticos para realizarla, de esta manera se
asegura que a ningún aspirante se le dificulte su
participación.
Para los integrantes del Comité de Selección (CTS), el
proceso de la entrevista y determinación se desahogará a
distancia
vía
remota,
programándose
previamente
conforme a la agenda del Comité y de forma escalonada la
lista de los aspirantes finalistas.
El CTS, para verificar si la persona candidata reúne el perfil
y los requisitos para desempeñar el puesto, en un primer
momento considerarán al(la) finalista y en un segundo
momento, determinarán al (la)ganador(a) del concurso.
Del 19 de mayo al
27 de julio de 2026
Etapa V: Determinación
Esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el
proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación.
Del 19 de mayo al
27 de julio de 2026
Nota: Si la realización de las etapas II, III, IV y V se registran en un sólo periodo de
tiempo como es el caso, es porque se considera el inicio y término en que deberá
llevarse a cabo todo el proceso del concurso (90 días naturales), Por determinación
de la SABG.
La fecha puntual de aplicación en cada etapa se dará a conocer a los (las)
candidatos (as), con mínimo 48 horas de anticipación a través de su contador de
mensajes de TrabajaEn.
TEMARIOS Y
GUIAS
Los temarios referentes a los exámenes de Conocimientos se encuentran
disponibles en las siguientes ligas electrónicas:
Técnico del Puesto:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-
de-carrera-2025
General de la APF:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-
apf/
Adicionalmente se podrán consultar en la Convocatoria que se publica en
TrabajaEn.
Las guías para la Evaluación de las Habilidades serán las consideradas para
las capacidades profesionales/directivas que se encontrarán disponibles para su
consulta en la página electrónica:
https://trabajaen.gob.mx - Documentos e Información Relevante - Guía de
Estudio para las Evaluaciones de Habilidades.
374
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
PRESENTACION
DE
EVALUACIONES
La Secretaría de Educación Pública comunicará la fecha, hora y lugar en que los y
las aspirantes deberán presentarse para la aplicación de la Subetapa de Exámenes
de Conocimientos que constará de dos Evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, cuya calificación mínima
aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin decimales (A través del Sistema
Armstrong), obtener una calificación menor es motivo de descarte; las personas que
acrediten el Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto podrán realizar la
segunda evaluación correspondiente al Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal (a través de la herramienta proporcionada por la
Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno), cuya calificación se promediará con la del Examen de Conocimientos
Técnicos del Puesto para obtener la calificación de la Subetapa, cuyo mínimo
aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado menor a
éste será motivo de descarte; y las Evaluaciones de Habilidades (incluyendo las
Evaluaciones Psicométricas), estas últimas, a través del sistema Armstrong.
En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada
aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del Examen y/o
Evaluaciones. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por ningún motivo se
aplicará el Examen y/o Evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el Examen
y/o las Evaluaciones si él o la participante no presenta la documentación requerida
por la dependencia.
Los resultados aprobatorios obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la página de
TrabajaEn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
La aplicación del resultado aprobatorio de la Evaluación de Conocimientos Técnicos
obtenido en el concurso anterior de la misma plaza, el sistema RHnet lo registra
automáticamente si aplica el mismo temario y bibliografía, En caso de que el
sistema no registrara la calificación aprobatoria de la Evaluación de Conocimientos
Técnicos anterior, el (la) participante deberá solicitar su consideración por escrito
(oficio, o correo electrónico) al Comité Técnico de Selección, a través de la
Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación, antes del inicio
de la nueva aplicación de dicho examen.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal (APF), los (las) candidatos (as) podrán participar en otros concursos e
inclusive de otras Dependencias, sin tener que sujetarse nuevamente al Examen de
Conocimientos de la APF, cuando hayan obtenido un resultado igual o superior a 70
puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se verá reflejado de
forma automática en el portal de TrabajaEn y no podrá renunciar al resultado
aprobatorio con la finalidad de mejorarlo, éste permanecerá vigente durante un año
contado a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la página de
TrabajaEn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Los resultados no aprobatorios obtenidos en este examen, tendrán una vigencia de
dos días, contado a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la
página de TrabajaEn.
Los resultados obtenidos en la Evaluación de Habilidades, no serán motivo de
descarte y tendrán vigencia de un año con calificación igual o superior a 70, a partir
de la fecha en que se den a conocer a través de la página electrónica TrabajaEn,
tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en otros concursos de la
SEP, sin tener que sujetarse a la evaluación, siempre y cuando se trate de la misma
habilidad y que haya sido evaluada a través de la herramienta proporcionada
por la SEP.
Las personas que hayan sido evaluadas en sus habilidades con herramientas
distintas a las administradas por la SEP, deberán realizar las evaluaciones, ya que
las calificaciones que hayan obtenido mediante otro mecanismo quedan sin efectos.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
375
REVISION DE
EXAMENES
En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente, determine la
revisión de exámenes de Conocimientos Técnicos y de Habilidades, ésta sólo podrá
efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación,
métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni
las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del
contenido o los criterios de evaluación.
Las dudas relacionadas con el Temario y Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal (APF), deberán dirigirse a la Unidad
de Políticas para el Servicio Público, a la cuenta de correo electrónico:
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
REGLAS DE
VALORACION
1.- Número de Evaluación de Conocimientos: 2
2.- Número de Evaluaciones de Habilidades: 2
3.- Número de Evaluaciones Psicométricas: 2
4.- Calificación mínima aprobatoria en la Evaluación de Conocimientos Técnicos:
80 sobre 100
5.- El resultado del Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y del Examen de Conocimientos Técnicos serán sumados con el
objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de exámenes de Conocimientos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70; conforme a la Nueva
Metodología de Aplicación de los Exámenes de Conocimientos, Evaluación de la
Experiencia y la Valoración del Mérito para el Ingreso al Servicio Profesional
de Carrera.
6.- Evaluaciones de Habilidades: No será motivo de descarte el resultado que
obtenga la (el) aspirante.
7.- Número de especialistas que auxiliarán al Comité Técnico de Selección en la
etapa de entrevistas: Se tendrán tres especialistas, uno por cada Titular del
Comité Técnico de Selección, si éste último lo establece en las sesiones de
Instalación y Planeación de Entrevista y Determinación.
8.- Número mínimo de candidatos (as) a entrevistar: 3, si el universo lo permite;
en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a todos; en caso de que
el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta 10 participantes en orden de
prelación.
9.- Número de candidatos (as) que se continuarán entrevistando, en caso de no
contar con al menos un (a) finalista de los primeros 3 entrevistados: 3, si el
universo lo permite; en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a
todos (as); en caso de que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta
10 participantes en orden de prelación.
10.- Puntaje mínimo de aptitud (para pasar a la etapa de determinación):
80 sobre 100.
11.- Criterios a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a
partir de evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia
obtenida (ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida
(cantidad de ejemplos), y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los
requisitos del puesto.
12.- El (la) ganador (a) del concurso: el finalista (pasa a la etapa de
determinación) que obtenga la calificación más alta en el proceso
de selección, es decir, al de mayor Calificación (puntaje) Definitiva.
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
El proceso de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular;
II) Evaluaciones: Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, Examen de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (APF) y
Evaluaciones de Habilidades (incluyendo las Evaluaciones Psicométricas);
III) Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión
Documental; IV) Entrevista, y V) Determinación.
La Etapa I del proceso de selección (revisión curricular) tiene como propósito
determinar si la persona continua en el concurso, por lo que su acreditación no
otorgará puntaje alguno.
Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán distribuidos
únicamente entre las etapas II (Exámenes de Conocimientos Técnicos
y Conocimientos Generales de la APF, Evaluaciones de Habilidades y
Psicométricos, las dos últimas sólo como referencia); III (Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión Documental), y;
IV (Entrevista), del procedimiento de selección, quedando de la siguiente manera:
376
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
ETAPA
SUB-ETAPA
PUNTOS
II. Exámenes de Conocimientos y
Evaluaciones de Habilidades.
1° Examen de Conocimientos
Técnicos.
30
2° Examen de Conocimientos
Generales de la APF.
Evaluación de Habilidades
(sin descarte).
10
III Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito, así como
Revisión Documental.
Evaluación de la
Experiencia laboral.
20
Valoración del Mérito.
10
IV Entrevista.
El resultado acumulado de las
etapas
II
(Evaluación
de
Conocimientos y Evaluación de
Habilidades, Psicométricas) y III
(Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito, así como
Revisión
Documental)
con
una
puntuación menor a 50, son motivo
de descarte.
No aplica.
30
Total de puntos:
100 puntos
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
Para efectos de continuar en el concurso, los (las) aspirantes deberán aprobar las
evaluaciones precedentes, excepto la de habilidades que incluyen las evaluaciones
psicométricas, en virtud de que el resultado de éstas no es motivo de descarte, a
menos que el (la) participante no se presente a su aplicación; de igual manera si el
(la) participante no acude a la cita que se le invite, o no apruebe las evaluaciones
de conocimientos y la revisión documental será motivo de descarte.
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos Evaluaciones,
la primera correspondiente al Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, cuya
calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin decimales;
una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten el
Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, podrán realizar la segunda
Evaluación correspondiente al Examen de Conocimientos Generales en la
Administración Pública Federal (APF), cuya calificación se promediará con la del
Examen de Conocimientos Técnicos para obtener la calificación de la Subetapa,
cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un
resultado menor a éste será motivo de descarte, así como el hecho de no
presentarse en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de TrabajaEn.
Las Evaluaciones de Habilidades, cuyo resultado no será motivo de descarte, que
se aplicarán serán las siguientes, considerando que se conformarán por preguntas
y se complementarán con pruebas psicométricas:
Enlace: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Jefatura de Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Subdirección de Area: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Dirección de Area: Liderazgo y Negociación.
Coordinación Sectorial: Liderazgo y Negociación.
Dirección General: Visión Estratégica y Liderazgo.
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como revisión
documental.
El resultado que arroje la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así
como revisión documental, no será motivo de descarte, sin embargo, es
necesario que el (la) aspirante reúna el requisito de área y años de
experiencia laboral, y; áreas y nivel de escolaridad que establece el perfil del
puesto en concurso, así como la documentación personal básica
que se le requiera, en caso contrario será motivo de descarte. La Evaluación y
Valoración mencionadas, le dan la posibilidad al (la) aspirante de obtener puntos,
que sumados a los obtenidos en la Etapa II del proceso de selección que
contempla
Evaluación
de
Conocimientos
(Técnicos
y
de
Conocimientos
Generales de la APF, y Evaluaciones de Habilidades y Psicométricas),
le ayudan para ubicarlo en un mejor lugar de prelación dentro del concurso.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
377
El máximo de puntos que pueden obtener en la Etapa III son: 20 puntos en la
Evaluación de la Experiencia y 10 puntos en la Valoración del Mérito. Para la
obtención de los puntos mencionados, es imprescindible presentar en
original o copia certificada para su validación, un archivo por documento, por
ambos lados, en formato PDF y escala a 100%, en archivo electrónico e
identificado con el nombre del puesto, y folio del concurso, organizada en una
carpeta para cada etapa: Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito,
así como Revisión Documental.
NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS ORIGINALES INVARIABLEMENTE DEBEN
COINCIDIR
CON
LOS
DIGITALIZADOS,
LA
FALTA
DEL
ARCHIVO
ELECTRONICO O DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL O
COPIA
DIGITALIZADA
SERA
MOTIVO
DE
DESCARTE.
La
evidencia
documental que acredite el nivel de cumplimiento en cada uno de los
elementos que se califican.
En la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como revisión
documental, se calificarán los siguientes elementos:
1.- Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el nivel
jerárquico en la trayectoria laboral del (la) candidato (a) (último puesto
desempeñado o que está desempeñando) en relación al puesto en concurso.
Las personas que cuenten únicamente con una sola experiencia en un cargo o
puesto no serán evaluadas en este rubro, al no existir un parámetro objetivo
para realizar la comparación.
2.- Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados del (la) candidato (a).
De manera específica, a través del número de años promedio por cargo o
puesto que posea.
3.- Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Público.
De manera específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Público.
4.- Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Privado.
De manera específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Privado.
5.- Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con la existencia
o experiencia en el Sector Social.
6.- Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de
respuesta seleccionada por el (la) aspirante, entre las 5 posibles opciones
establecidas en el formato de evaluación, respecto a su trayectoria profesional.
Las opciones son las siguientes:
a)
He desempeñado puestos donde he desarrollado una serie de actividades
sencillas y similares entre sí.
b) He desarrollado puestos que requieran coordinar una serie de funciones y
actividades similares y relacionadas entre sí.
c)
He desempeñado puestos que requieran coordinar una serie de funciones
de naturaleza diferente.
d) He desempeñado puestos que requieran dirigir un área con funciones de
naturaleza diferente.
e)
He desempeñado puestos que requieran dirigir diversas áreas que
contribuían al desarrollo de los planes estratégicos de una o varias
unidades administrativas o de negocio.
7.- Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración bruta
mensual en la trayectoria laboral del (la) candidato (a). De manera específica,
comparando la remuneración bruta mensual del puesto actual (en su caso el
último) y la del puesto en concurso.
8.- Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las
del puesto vacante. - Se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la
Rama de Cargo o puesto en el currículum vítae del candidato registrado por el
(la) propio (a) candidato (a) en www.trabajaen.gob.mx con la rama de cargo o
puesto vacante en concurso.
9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
- Se calificará de acuerdo con la permanencia en el puesto o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica, a través del
número de años acumulados en dichos puestos.
378
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Otros elementos que establezcan en la Unidad de Política de Recursos Humanos
de la Administración Pública Federal o CTP, previa aprobación de la Unidad
conforme a las particulares de la dependencia.
Para obtener el puntaje referido a la Evaluación de la Experiencia, el (la)
aspirante deberá presentar la documentación que avale el cumplimiento a
cada elemento, la cual puede ser entre otras: carta original de la empresa en
hoja membretada; hoja de servicios; contrato laboral; recibos de pago; alta y
baja en instituciones de seguridad social, etc. La documentación deberá
especificar claramente el estatus del elemento sobre el cual desea obtener
puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó y el tiempo de
permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las funciones y
actividades realizadas en los puestos ocupados. La Dirección General de
Recursos Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio
Profesional de Carrera, Control y Evaluación, para constar la autenticidad de
la información y documentación presentada por el (la) aspirante, en su
totalidad o de manera selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de
información en los registros públicos o acudir directamente con las
instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se
acredite la autenticidad será motivo de descarte del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Los (las) aspirantes serán calificados (as) en el orden en los puestos
desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten con una sola experiencia,
cargo o puesto previos.
•
A todos los (las) aspirantes se les calificarán los elementos 2 al 8.
•
Quienes ocupen o hayan ocupado uno o más de los cargos o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante, serán calificados en el elemento 9.
•
La calificación final se obtendrá del promedio entre la calificación de cada uno
de los elementos entre el total de elementos considerados.
En la Valoración del Mérito se calificarán los siguientes elementos:
1.- Resultados de la Evaluación del Desempeño. - Se considerarán de
acuerdo con las calificaciones de los servidores públicos de carrera
titulares, obtenidas en las Evaluaciones de Desempeño Anual. De manera
específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en la última
Evaluación del Desempeño Anual. Para obtener las calificaciones de la
Evaluación de Desempeño desde RHnet, deberá ingresar con su usuario y
contraseña al portal www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de
Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta
Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir el listado de calificaciones,
luego dar clic en “Ver Resumen” de la última Evaluación del Desempeño
e imprimir el resumen. En caso de no poder imprimir su Evaluación
desde RHnet, deberá dirigirse a su área de Recursos Humanos, para
obtener ayuda.
2.- Resultados de las acciones de capacitación. - Se calificarán de acuerdo con
las calificaciones de las acciones de capacitación. De manera específica, a
través del promedio de las calificaciones obtenidas por el servidor público de
carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el
ejercicio fiscal inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones
de capacitación para el servidor público de carrera titular, no será calificado en
este elemento.
3.- Resultados de procesos de certificación. - Se calificarán de acuerdo con las
capacidades profesionales certificadas. De manera específica, a través del
número de capacidades profesionales certificadas vigentes logradas por los
servidores públicos de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio
Profesional de Carrera.
4.- Logros.- Se refieren al alcance de un objetivo relevante del (la) candidato (a)
en su labor o en campo de trabajo; a través de aportaciones que mejoraron,
facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de trabajo; o
bien, mediante el logro de metas estratégicas que aportaron un beneficio a la
ciudadanía, sin: generar presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
379
afectar negativamente los objetivos de otra área, unidad responsable o de
negocios, por lo que podrán presentar las constancias respectivas como:
certificaciones en competencias laborales o en Habilidades Profesionales
distintas a las del Servicio Profesional de Carrera, publicación especializada
(gacetas revistas, prensa o libros) relacionadas con su campo de experiencia.
* La Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación,
responsable del Subsistema de Ingreso, se reserva el derecho a revisar las
constancias mostradas en este rubro y su congruencia con el campo-área
de trabajo que hayan permitido o que permitan la mejora, optimización y/o
fortalecimiento de metas estratégicas, funciones del área y del perfil del
puesto, así como el cumplimiento de objetivos por parte de la persona
aspirante en el ámbito laboral o que con ello exista un aporte a la
ciudadanía de forma integral y no aislada. En ningún caso se consideran
logros de tipo político o religioso.
5.- Distinciones. - Se refieren al honor o trato especial concedido a una persona
por su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se
calificarán a través del número de distinciones obtenidas. En virtud de lo
anterior, se considerará como una distinción, las siguientes:
•
Fungir como presidente (a), vicepresidente (a) o miembro fundador (a)
de Asociaciones u Organizaciones no Gubernamentales (Científicas, de
Investigación, Gremiales, Estudiantiles o de Profesionistas).
•
Título Grado Académico Honoris Causa otorgado por Universidades o
Instituciones de Educación Superior.
•
Graduación con Honores o con Distinción.
En ningún caso se considerarán distinciones del tipo político o religioso.
6.
Reconocimientos o premios. - Se refieren a la recompensa o galardón
otorgado por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado por algún
mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual. De manera
específica, se calificarán a través del número de reconocimientos o premios
obtenidos. En virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o
premio, los siguientes:
•
Premio otorgado a nombre del (la) aspirante.
•
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación
a nombre del (la) aspirante en congresos, coloquios o equivalentes.
•
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público.
•
Primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos
y abiertos.
En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político,
religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria,
sorteo o equivalente.
7.
Actividad destacada en lo individual. - Se refiere a la obtención de los
mejores resultados, sobresaliendo en una profesión o actividad individual o
ajena a su campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma.
De manera específica, se calificará a través del número de actividades
destacadas en lo individual comprobadas. En virtud de lo anterior, se
considerarán como actividades destacadas, las siguientes:
•
Título o grado académico en el extranjero con reconocimiento de validez
oficial por la Secretaría de Educación Pública (apostillado).
•
Patentes a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios o misiones en el extranjero.
•
Derechos de autor a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios de voluntariado, altruismo o filantropía (No incluye donativos).
•
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo
Humano y Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría Anticorrupción
y Buen Gobierno.
En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político
o religioso.
Es de importancia mencionar, que los documentos y/o constancias
presentadas de los elementos enumerados del 2 al 7, sólo serán
considerados en una sola ocasión y para un sólo elemento.
380
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
8.
Otros estudios. - Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a
los requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera
específica, a través del estudio o grado máximo de estudios concluido
reconocido por la autoridad competente, que sea adicional al nivel de
estudio y grado de avance al requerido en el perfil del puesto vacante
en concurso.
Los (as) aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la
escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del puesto en
concurso, con uno de mayor grado como es la especialidad, la maestría o
el doctorado, según el caso, otorgándose en la Valoración del Mérito el
puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los (as) aspirantes, se
realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional
o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la SEP.
9.
Habla de Lengua Indígena. - Las lenguas indígenas nacionales son aquellas
que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del
establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes
de otros pueblos Indoamericanos, igualmente preexistentes que se han
arraigado en el territorio nacional con posterioridad y que se reconocen por
poseer un conjunto ordenado y sistemático de formas orales funcionales y
simbólicas de comunicación.
Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una lengua, en este caso,
una de las 68 lenguas indígenas, se refiere a la capacidad de usarla
apropiadamente en determinadas situaciones sociales. A su vez, esta
capacidad se puede evaluar en 4 Habilidades básicas del lenguaje: hablar,
escuchar o comprender, leer y escribir en distintos contextos.
Las competencias traductoras son los conocimientos, habilidades y actitudes
que se movilizan para poner en operación procesos de trasvase de información
de una lengua a otra, ya sea de manera oral o escrita, pero con una pertinencia
cultural y lingüística.
De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes
obtenidos por el candidato.
En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los
siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1
•
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen,
donde se señale que es hablante de una lengua indígena nacional.
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada
por esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
•
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas
que avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o
sus variantes.
•
Materiales
elaborados
en
lenguas
indígenas
(material
didáctico,
infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etc.)
En
la
presentación
de
estos
materiales,
se
deberá
acreditar
fehacientemente su autoría.
•
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
•
Certificado de competencia laboral (en estándares relacionados con la
interpretación, atención en lengua indígena o traducción). Otros que al
efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio
Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
Nivel 2
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada
por esta misma Institución (con resultado excelente).
•
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua
indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del
que se trate. En la presentación de estas publicaciones, se deberá
acreditar fehacientemente su autoría.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
381
•
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete,
mediador bilingüe y/o traductor de lenguas indígenas (oficios de
notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etc.).
En
la
presentación
de
estas
evidencias,
se
deberá
acreditar
fehacientemente su autoría. Otros que al efecto establezca la Dirección
General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera de la
Administración Pública Federal.
10. Auto
adscripción
a
un
pueblo
o
a
una
comunidad
indígena,
afrodescendiente o afromexicana. La denominación del presente elemento
deriva de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la auto
adscripción a un pueblo o una comunidad indígena o afrodescendiente/
afromexicana es el acto voluntario mediante el cual personas o comunidades,
que tienen un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo y, que
deciden identificarse como integrantes de un pueblo o comunidad indígena
reconocido por el Estado. La auto adscripción es una manifestación de
identidad y pertenencia cultural.
El Mérito que se valora, conforme a este elemento, se relaciona directamente
con el cumplimiento de los requisitos de escolaridad y de experiencia de los
perfiles de puesto en concurso; los cuales representan el esfuerzo de la
población objetivo ante aquellas barreras del sector —económicas, políticas,
culturales y sociales―, que pueden presentarse en el desarrollo profesional de
la persona candidata que se auto adscribe.
La auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena o
afrodescendiente se calificará de acuerdo con la manifestación que realice, por
su parte, la persona candidata que así lo manifieste, en la revisión documental
durante el concurso.
11.- Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera
como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera
profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia establecidos
previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
12.- Persona con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar de
presentar una discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión
de las Personas con Discapacidad (LGIPD), cumplan con los requisitos de
escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil
del puesto en concurso. La persona participante deberá identificar por escrito
de declaración, la descripción de su discapacidad.
Para obtener el puntaje referido a la Valoración de Mérito, se deberá presentar
la documentación que avale el cumplimiento de los elementos
correspondientes.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento
sobre el cual desea obtener puntos. La Dirección General de Recursos
Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio Profesional de
Carrera, Control y Evaluación, para constatar la autenticidad de la información
y documentación presentada por el (la) aspirante, en su totalidad o de manera
selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de información en los registros
públicos
o
acudir
directamente
con
las
instancias
y
autoridades
correspondientes. En los casos en que no se acredite la autenticidad será
motivo de descarte del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Todos los (as) candidatos (as) que sean servidores (as) públicos (as)
de carrera titulares, sin excepción, serán calificados en los elementos 1 a 3.
•
Todos los (as) candidatos (as), sin excepción, serán calificados en los
elementos 4 a 8.
•
Todos los (as) candidatos (as), podrán en su caso, ser considerados para
calificar los elementos 9, 10, 11, y 12, si se cuenta con el soporte.
382
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
La calificación final se obtendrá, del promedio que considera el resultado
de cada uno de los elementos, entre el total de estos.
Los resultados obtenidos en las subetapas de la Etapa III, serán considerados en el
sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de los (as) candidatos (as).
Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de determinación) a quienes acrediten
al menos el Puntaje Mínimo de Aptitud que es 80.
Si hay empate, el Comité Técnico de Selección resolverá el resultado del concurso
de acuerdo con lo señalado en el numeral 281 del Acuerdo citado en el primer
párrafo de esta convocatoria.
Los (as) aspirantes que pasen a la etapa de determinación como aptos (as) para
cubrir el puesto y no resulten ganadores (as) en el concurso, serán considerados
(as) finalistas en la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se
trate en la Secretaría de Educación Pública, durante un año contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho,
quedan en posibilidad de ser convocados (as), en ese periodo y de acuerdo con la
clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de
Profesionalización de la Secretaría de Educación Pública, a nuevos concursos
destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique.
Cuando el (la) ganador (a) del concurso tenga el carácter de servidor (a) público (a)
de carrera titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda
vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de haber
cumplido la obligación que le señala fracción VI del artículo 11 de la Ley del
Servicio
Profesional
de
Carrera
en
la
Administración
Pública
Federal.
(Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos
que conozca, en términos de la ley de la materia).
REVISION
DOCUMENTAL
Para poder acreditar la revisión documental, es indispensable presentar la totalidad
de la siguiente documentación en original o copia certificada y escaneada en
Memoria U.S.B. o en C.D. en formato PDF, en caso contrario se le descartará
del concurso:
•
Currículum Vítae detallando periodo en cada puesto y funciones realizadas
(no el registrado en Trabajaen), firmado en todas las hojas con tinta azul,
sin engargolar. Entregar 1 copia.
•
La constancia de no inhabilitación para el desempeño del empleo, cargo
o comisión (será proporcionada por la SEP).
•
Comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, teléfono fijo, gas natural o
estacionario).
•
Impresión
del
folio
asignado
por
el
Portal
www.trabajaen.gob.mx
(carátula inicial de la página personal) para el concurso e impresión de la
invitación que recibe por TrabajaEn. Entregar 1 copia.
•
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda. Entregar
1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula
Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en
trámite (con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el documento
que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del
examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa
donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de
estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil del
puesto establezca como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se
tendrá que presentar el documento oficial que así lo acredite, como puede ser
la Carta de Pasante o documento (oficio y tira de materias) donde establezca
que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios correspondiente.
En el caso de contar con estudios en el extranjero, se deberá presentar
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por
la SEP. Los y las aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de
estudios de la escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del
puesto en concurso, con uno de mayor grado como es la especialidad,
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
383
la maestría o el doctorado, en las áreas académicas definidas en el perfil
del puesto, siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún
título o cédula profesional de nivel licenciatura registrado en la Secretaría
de Educación Pública (SEP) y que se encuentre contenido en algunas de
las áreas de conocimientos relacionados con el catálogo de carreras de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG), otorgándose en la
Valoración del Mérito el puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por
dicho perfil.
•
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se
realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional
o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la SEP.
Entregar 1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente, sólo
en caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso. Entregar
1 copia.
•
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: carta de la empresa en hoja membretada donde se indique la
fecha de ingreso, puestos ocupados y fecha de baja; recibo de pago; alta en
instituciones de seguridad social; contrato laboral; hojas de servicio;
declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en las áreas que
requiera el perfil del puesto en concurso.
•
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar con
fotografía o pasaporte o cartilla militar). Entregar 1 copia.
•
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento
oficial donde se identifique dicho RFC. En caso de que el RFC, incluyendo
homoclave, registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el
que aparece en el documento de alta del SAT o el documento oficial que se
presente,
será
motivo
de
descarte
del
aspirante
en
el
concurso
correspondiente.
•
Cartilla militar liberada. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no
aplica este requisito.
•
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con
pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el
servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún
culto, de que la documentación presentada es auténtica, de no tener sentencia
firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad
corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en
razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada
persona deudora alimentaria morosa. (Agregado el 06 de septiembre de 2023,
por la reforma y adición al art. 38 de la Constitución de los Estados Unidos
Mexicanos, publicado en el DOF 29-05-2023). Este formato le será
proporcionado por la Secretaría de Educación Pública durante la revisión
documental, de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro
voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un
programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso
estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable. Entregar original.
La revisión documental se realizará en la dirección, día y hora que se señale en el
mensaje enviado al aspirante a través de trabajaEn.
PUBLICACION DE
RESULTADOS
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de
folio asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del sitio
web: http://www.trabajaen.gob.mx
CANCELACION
DE CONCURSOS
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso en los supuestos
siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición
legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate; II) El puesto de
que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para
restituir en sus derechos a alguna persona, y; III) El CTP determine que se modifica
o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
384
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
DECLARACION
DE CONCURSO
DESIERTO
De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección
podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso por
las siguientes causas:
I Porque ningún candidato se presente al concurso;
II Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para
ser considerado finalista, o
III Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o
bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico
de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
REACTIVACION
DE FOLIOS
En caso de aplicar la reactivación de folios rechazados en la Etapa I Revisión
Curricular, a partir de la fecha de descarte el (la) aspirante tendrá 2 días hábiles
para enviar su petición de reactivación de folio dirigido al Secretario (a)
Técnico (a) del Comité Técnico de Selección, a través del correo electrónico:
ingreso_sep@nube.sep.gob.mx. La solicitud se hará del conocimiento al resto de
los (las) integrantes del Comité Técnico de Selección, a través del Encargado (a)
del Subsistema de Ingreso, vía correo electrónico o vía telefónica para su análisis y
en su caso, para su autorización. El plazo de resolución del Comité será a más
tardar en 72 horas. La determinación del Comité Técnico de Selección respecto a la
solicitud de reactivación se hará del conocimiento del interesado (a), a través del
Encargado (a) del Subsistema de Ingreso por correo electrónico.
Dicha solicitud deberá describir y anexar lo siguiente:
•
Manifestar la Justificación del por qué considera que se debe reactivar el folio
dirigido al Secretario (a) Técnico (a) del Comité de Selección solicitando el
análisis y en su caso aprobación de la reactivación.
•
Pantallas impresas del portal personal en www.trabajaen.gob.mx donde se
observará las causales del rechazo y la fecha del mensaje.
•
Currículo que describa los periodos de permanencia, día, mes, año, en cada
una de sus experiencias laborales, así como las funciones que desempeñó(a),
•
Copia de los documentos que acrediten el nivel escolar requerido (Título o
cédula profesional)
•
Copia de los documentos que acrediten su experiencia laboral, los cuales
deberán especificar: fecha de expedición, nombre completo del (la)
candidato(a), día, mes, año de ingreso y baja, indicando los puestos y
funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona que autoriza,
membretado con domicilio y teléfono de la Institución o empresa.
•
Dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición.
La reactivación de folios será improcedente cuando ésta se deba a:
•
La renuncia por parte del o la aspirante.
•
La duplicidad de registros de inscripción.
Una vez transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes de
reactivación.
Nota: En caso de ser autorizada la solicitud de reactivación, el sistema
www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todos los y las
participantes en el concurso.
En relación a los descartes de aspirantes por errores imputables al Operador de
Ingreso en las etapas de evaluación, entrevista y estatus del concurso, esta
dependencia podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar dicho
folio, dando aviso a los (as) aspirantes que siguen participando en la etapa
correspondiente.
PRINCIPIOS DEL
CONCURSO
El concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección a
las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
385
Los casos no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional de
Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el Comité
Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en el concurso que
identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al Secretario (a) Técnico (a)
de dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes dos días hábiles, quien lo
someterá para su análisis y resolución al resto de los o las integrantes. El plazo
para dar una resolución dependerá de la complejidad y gravedad del caso
reportado, por lo que el Comité puede detener el desarrollo del concurso hasta que
tenga una resolución. El Comité Técnico de Selección se asegurará que
la resolución al caso reportado se apegue a los principios mencionados y a la
normatividad aplicable.
DISPOSICIONES
GENERALES
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2.
Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
4.
Los y las concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Quejas del Organo Interno de Control en la dependencia, ubicada en
Av. Universidad No. 1074, Piso 3, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez,
Ciudad de México, C.P. 03330. La inconformidad deberá presentarse por
escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó
el acto motivo de la inconformidad, en términos de lo dispuesto por el artículo
69 fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y 93 al 96 de su Reglamento. Area de Quejas, Denuncias e
Investigaciones del Organo Interno de Control de la SEP.
Los y las aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Quinto piso Ala Norte, Colonia Guadalupe Inn, Alvaro Obregón,
C.P. 01020, Ciudad de México. El recurso de revocación deberá interponerse
dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente en que se
haga del conocimiento el nombre del aspirante que obtuvo la calificación más
alta en el procedimiento de selección, en los términos que establecen los
artículos del 76 al 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en
la Administración Pública Federal y 97 al 98 de su Reglamento, dirigido a la
Unidad de Asuntos Jurídicos, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
5.
Durante el desarrollo y aplicación de las etapas II y IV no se permitirá el uso de
teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD, memorias
portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras, lentes de sol
(oscuros), gorra, así como cualquier otro dispositivo, libro o documento que
posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las
evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o requiera
de utilización como medio de apoyo para el examen y/o evaluaciones.
RESOLUCION
DE DUDAS Y
ATENCION A
USUARIOS
Con la finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas que los
aspirantes formulen con relación al presente concurso, la Secretaría de Educación
Pública pone a la orden los correos electrónicos: ingreso_sep@nube.sep.gob.mx
y teresa.nunez@nube.sep.gob.mx, así como el número telefónico: 3600 2511
con las extensiones: 59822, 59961, 59962, en un horario de lunes a viernes de
09:00 a 15:00 y 16:30 a 18:00 hrs.
México, Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Educación Pública
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección,
Secretaria Técnica
Teresa M. Núñez Zavaleta
Firma Electrónica.
386
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Secretaría de Salud
NOTA ACLARATORIA
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA SSA/CENSIA/2026/01
La Secretaría de Salud, por acuerdo del Comité Técnico de Selección del Centro Nacional para la Salud
de la Infancia y la Adolescencia, atendiendo lo establecido en los artículos 2, 28, párrafo segundo, 29 y 74,
segundo párrafo de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 4, 17, 18,
29, 31, 32 y 42 párrafo primero del Reglamento de la referida Ley; 180, 226, 230, 234, 241, 242, 243, y 247
del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, última reforma publicada el 19 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial de la
Federación: así como privilegiar la observancia y los principios rectores del Sistema del Servicio Profesional
de Carrera, emite la siguiente Nota Aclaratoria en la que se informa de las adecuaciones en los apartados de
las Bases de Participación: “Desarrollo de los Concursos y Presentación de Evaluaciones”, “Entrevista”,
“Disposiciones Generales “ “Citatorios” y “Temarios”, para la plaza vacante “SUBDIRECCION TECNICA DE
SALUD DE LA INFANCIA”, con código del maestro de puestos 12-R00-1-M1C015P-0000033-E-C-T,
contemplada en la Convocatoria Pública y Abierta No. SSA/CENSIA/2026/01; publicada el día miércoles 01 de
abril de 2026 en el Diario Oficial de la Federación y en la plataforma de Trabajaen, como se indica a
continuación:
DICE
DEBE DECIR
Desarrollo de
los
Concursos y
Presentación
de
Evaluaciones
De conformidad con lo establecido en los
artículos
34
del
Reglamento
de
la
LSPCAPF y el 253 de las citadas
Disposiciones,
el
procedimiento
de
selección se desahogará conforme a lo
previsto en el citado Reglamento, lo
establecido en las reglas de valoración y
en el sistema de puntuación general
determinados por el CTP, comprendiendo
las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de
Conocimientos
y
Evaluaciones
de
Habilidades;
III.
Evaluación
de
la
Experiencia y Valoración del Mérito; IV.
Entrevistas y V. Determinación”.
El o los concurso(s) se conducirá(n) de
acuerdo con el calendario propuesto por la
Dirección General de Recursos Humanos y
Organización de esta Secretaría (CENTRO
NACIONAL PARA LA SALUD DE LA
INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA). En
razón
del
número
de
las
personas
candidatas que participen en cada una de
las Etapas, podrán estar sujetos a cambios
sin previo aviso, el orden de las mismas, el
lugar, la fecha y hora programados para
desahogarlas; por lo que, se recomienda
dar seguimiento al mensaje de invitación
que reciba por medio de su centro de
mensajes del portal de Trabajaen.
La
aplicación
de
las
evaluaciones
consideradas en el proceso de selección
se realizará, en las mismas fechas y
horarios
para
todas
las
personas
candidatas participantes en cada concurso,
a fin de garantizar el principio de equidad
del Sistema del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública
Federal (SSPCAPF).
De conformidad con lo establecido en los
artículos
34
del
Reglamento
de
la
LSPCAPF y el 253 de las citadas
Disposiciones,
el
procedimiento
de
selección se desahogará conforme a lo
previsto en el citado Reglamento, lo
establecido en las reglas de valoración y
en el sistema de puntuación general
determinados por el CTP, comprendiendo
las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de
Conocimientos
y
Evaluaciones
de
Habilidades;
III.
Evaluación
de
la
Experiencia y Valoración del Mérito; IV.
Entrevistas y V. Determinación”.
El o los concurso(s) se conducirá(n) de
acuerdo con el calendario propuesto por
por la Dirección General de Recursos
Humanos
y
Organización
de
esta
Secretaría y la Centro Nacional para la
Salud de la Infancia y la Adolescencia.
En razón del número de las personas
candidatas que participen en cada una de
las Etapas, podrán estar sujetos a cambios
sin previo aviso, el orden de las mismas, el
lugar, la fecha y hora programados para
desahogarlas; por lo que, se recomienda
dar seguimiento al mensaje de invitación
que reciba por medio de su centro de
mensajes del portal de Trabajaen.
La
aplicación
de
las
evaluaciones
consideradas en el proceso de selección
se realizará en las mismas fechas y
horarios
para
todas
las
personas
candidatas participantes en cada concurso,
a fin de garantizar el principio de equidad
del Sistema del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública
Federal (SSPCAPF).
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
387
Por último; quienes por decisión propia
registren su participación para dos o más
concursos en esta Secretaría y las etapas
de éstos sean programados el mismo día,
hora y lugar; con la finalidad de hacer
prevalecer el principio de imparcialidad del
Sistema
del
Servicio
Profesional
de
Carrera en la Administración Pública
Federal, deberán elegir el concurso por el
cual continuará su participación, ya que
una vez iniciada la sesión, por ningún
motivo
se
aplicarán
exámenes
y/o
evaluaciones después de transcurrido el
tiempo de tolerancia de la etapa en
proceso, razón por la cual, no podrá
aplicarse más de una evaluación de
manera simultánea.
Por último; quienes por decisión propia
registren su participación para dos o más
concursos en esta Secretaría y las etapas
de éstos sean programados el mismo día,
hora y lugar; con la finalidad de hacer
prevalecer el principio de imparcialidad del
Sistema
del
Servicio
Profesional
de
Carrera en la Administración Pública
Federal, deberán elegir el concurso por el
cual continuará su participación, ya que
una vez iniciada la sesión, por ningún
motivo
se
aplicarán
exámenes
y/o
evaluaciones después de transcurrido el
tiempo de tolerancia de la etapa en
proceso, razón por la cual, no podrá
aplicarse más de una evaluación de
manera simultánea.
Etapa
Fecha o plazo
Etapa
Fecha o plazo
Publicación
de
convocatoria
01 de abril de 2026
Publicación
de
convocatoria
01 de abril de 2026
Registro de aspirantes
(en
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 01 al 16 de abril de
2026
Registro
de
aspirantes
(en
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 01 al 16 de abril de
2026
Revisión curricular (por la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 01 al 16 de abril de
2026
Revisión curricular (por la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 01 al 16 de abril de
2026
Examen
de
conocimientos técnicos
A partir del 22 de abril de
2026
Examen
de
conocimientos técnicos
A partir del 22 de abril de
2026
Examen
de
conocimientos generales
de
la
Administración
Pública Federal
A partir del 23 de abril de
2026
Examen
de
conocimientos generales
de
la
Administración
Pública Federal
A partir del 23 de abril de
2026
Examen de habilidades
(capacidades
gerenciales)
A partir del 24 de abril de
2026
Examen de habilidades
(capacidades
gerenciales)
A partir del 24 de abril de
2026
Evaluación
de
la
Experiencia y del Mérito
A partir del 27 de abril de
2026
Evaluación
de
la
Experiencia y del Mérito
A partir del 27 de abril de
2026
Entrevista con el Comité
Técnico de Selección
A partir del 28 de abril de
2026
Entrevista con el Comité
Técnico de Selección
A partir del 28 de abril de
2026
Determinación
del
candidato/a ganador/a
A partir del 28 de abril de
2026
Determinación
del
candidato/a ganador/a
A partir del 28 de abril de
2026
Si se presenta alguna situación no prevista
en estas Bases de Participación, se
informará a todas las personas candidatas,
a través de los mismos medios y será
resuelto por el CTS correspondiente.
La
Dirección
General
de
Recursos
Humanos
y
Organización
de
esta
Secretaría, comunicará a cada persona
candidata, la fecha, hora y lugar en que
deberá presentarse para la aplicación de
las evaluaciones de cada una de las
etapas del proceso de selección, a través
de su centro de mensajes en Trabajaen. El
mensaje de invitación para participar en
dichas evaluaciones se enviará con al
menos dos días hábiles de anticipación de
conformidad con lo señalado en el artículo
La
Dirección
General
de
Recursos
Humanos
y
Organización
de
esta
Secretaría, comunicará a cada persona
candidata, la fecha, hora y lugar en que
deberá presentarse para la aplicación de
las evaluaciones de cada una de las
etapas del proceso de selección, a través
de su centro de mensajes en Trabajaen. El
mensaje de invitación para participar en
dichas evaluaciones se enviará con al
menos dos días hábiles de anticipación de
conformidad con lo señalado en el artículo
388
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
254 de las Disposiciones; por lo que, se
recomienda
dar
seguimiento
a
los
mensajes que se generen con tal motivo a
través de Trabajaen.
Para cada una de las pruebas es necesario
presentarse con su comprobante de folio
asignado
por
el
portal
www.trabajaen.gob.mx
y
dos
identificaciones vigentes, una para ingresar
a las instalaciones y la segunda a sala de
evaluaciones.
Serán
motivo
de
descarte,
sin
responsabilidad
para
este
CTS
de
(CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD
DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA),
además de lo que se señale en cada etapa
del
procedimiento,
en
los
siguientes
supuestos: cuando la persona candidata no
se presente en la fecha, lugar y hora
señaladas en el mensaje de invitación que
reciba por medio de su centro de mensajes
del portal de Trabajaen; cuando la persona
candidata se presente sin los documentos
solicitados en el mensaje previo a está o
no estén legibles o estén incompletos o
cortados los documentos presentados;
abandone la sala antes de concluir la
evaluación
correspondiente,
se
le
sorprenda consultando apuntes, tomando
fotografías o audios de cualquier tipo o
reproduciendo
por
cualquier
vía
el
contenido de la evaluación de que se trate,
o
bien,
no
acredite
la
etapa
correspondiente.
Previamente
a
la
aplicación
de
las
evaluaciones:
La
Dirección
General
de
Recursos
Humanos y Organización a través del área
correspondiente, higienizará el aula en
donde se aplicarán las evaluaciones de
conocimientos
técnicos,
conocimientos
generales de la Administración Pública
Federal y habilidades gerenciales (mesas,
computadoras, etcétera.).
Para el ingreso de las personas candidatas
al aula de evaluaciones.
a). - Una vez dentro del aula y previa
higienización de las mismas, las personas
candidatas
deberán
depositar
sus
pertenencias personales en el lugar que les
sea indicado por el aplicador de las
evaluaciones (bolsos, portafolios, carpetas,
cuadernos, celular, etc.).
b). - Sobre el escritorio no deberá
depositarse ningún papel o documento que
pudiera ser vía de contagio (apuntes,
cuadernos, guías, celular, etc.).
Al término de cada evaluación y egreso del
aula.
254 de las Disposiciones; por lo que, se
recomienda
dar
seguimiento
a
los
mensajes que se generen con tal motivo a
través de Trabajaen.
Para cada una de las pruebas es necesario
presentarse con su comprobante de folio
asignado
por
el
portal
www.trabajaen.gob.mx
y
dos
identificaciones vigentes, una para ingresar
a las instalaciones y la segunda a sala de
evaluaciones.
Serán
motivo
de
descarte,
sin
responsabilidad para este CTS del Centro
Nacional para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, además de lo que se señale
en cada etapa del procedimiento, en los
siguientes supuestos: cuando la persona
candidata no se presente en la fecha, lugar
y hora señaladas en el mensaje de
invitación que reciba por medio de su
centro
de
mensajes
del
portal
de
Trabajaen; cuando la persona candidata se
presente sin los documentos solicitados en
el mensaje previo a está o no estén
legibles o estén incompletos o cortados los
documentos presentados; abandone la
sala antes de concluir la evaluación
correspondiente,
se
le
sorprenda
consultando apuntes, tomando fotografías
o audios de cualquier tipo o reproduciendo
por cualquier vía el contenido de la
evaluación de que se trate, o bien, no
acredite la etapa correspondiente.
Si se presenta alguna situación no
prevista
en
estas
Bases
de
Participación, se informará a todas las
personas candidatas, a través de los
mismos medios y será resuelto por el
CTS correspondiente.
Para
el
ingreso
de
las
personas
candidatas al aula de evaluaciones.
a). - Una vez dentro del aula y previa
higienización de las mismas, las personas
candidatas
deberán
depositar
sus
pertenencias personales en el lugar que les
sea indicado por el aplicador de las
evaluaciones (bolsos, portafolios, carpetas,
cuadernos, celular, etc.).
b). - Sobre el escritorio no deberá
depositarse ningún papel o documento que
pudiera ser vía de contagio (apuntes,
cuadernos, guías, celular, etc.).
I.
ETAPA
DE
EXAMENES
DE
CONOCIMIENTOS
La
subetapa
de
Exámenes
de
Conocimientos
constará
de
dos
evaluaciones,
la
primera
correspondiente
al
Examen
de
conocimientos técnicos del puesto en
concurso,
cuya
calificación
mínima
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
389
a Las evaluaciones de conocimientos
técnicos y de habilidades gerenciales, se
llevarán a cabo mediante la herramienta
informática denominada Generador de
Exámenes de la Secretaría de Salud
(GEXSSA).
Los
resultados
obtenidos
en
las
evaluaciones
de
las
habilidades
gerenciales con fines de ingreso realizadas
con la herramienta GEXSSA, tendrán una
vigencia de un año a partir de la fecha de
su
aplicación
y
serán
consideradas
exclusivamente
para
otros
concursos
convocados por esta Secretaría, así como
sus
Organos
Administrativos
Desconcentrados; siempre y cuando el
resultado
obtenido
por
la
persona
candidata, sea una calificación igual o
superior a 70 puntos.
La ponderación de la suma del examen de
conocimientos
técnicos
y
el
de
conocimientos
generales
de
la
Administración Pública Federal, tendrán
una calificación mínima aprobatoria de 60.
En caso de no acreditar la puntuación
mínima requerida será motivo de descarte.
Los resultados aprobatorios del Examen de
conocimientos general de la Administración
Pública Federal tendrán una vigencia de un
año, contado a partir de la fecha en que se
den a conocer éstos a través de Trabajaen,
de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 35 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal.
Las
evaluaciones
de
conocimientos
técnicos y de habilidades gerenciales, se
llevarán a cabo mediante la herramienta
informática denominada Generador de
Exámenes de la Secretaría de Salud
(GEXSSA).
Los
resultados
obtenidos
en
las
evaluaciones
de
las
habilidades
gerenciales con fines de ingreso realizadas
con las herramientas del Sector Central de
la
Secretaría
de
Salud,
denominada
Generador de Examenes de la Secretaría
de Salud (GEXSSA), así como de sus
Organos Desconcentrados, tendrán una
vigencia de un año a partir de la fecha de
su
aplicación
y
serán
considerados
exclusivamente
para
otros
concursos
convocados por el Sector Central de la
Secretaría de Salud, así como de sus
Organos Desconcentrados.
Para la validación de la vigencia de un año
de
los
resultados
obtenidos
en
las
evaluaciones
de
las
Habilidades
Gerenciales
(GEXSSA),
la
persona
candidata deberá tener la calificación
aprobatoria deberá ser igual o superior
a 70 puntos en una escala de 0 a 100 sin
decímales; el resultado de la evaluación
se obtendrá del total de aciertos sobre
el número de reactivos que conforman
el examen; en caso de no acreditar la
puntuación
mínima
requerida,
será
motivo de descarte.
Las personas candidatas que acrediten
el examen de conocimientos técnicos
podrán realizar la segunda evaluación,
correspondiente
al
examen
de
conocimientos
generales
de
la
Administración Pública Federal, cuya
calificación se promediará con la del
examen de conocimientos técnicos para
obtener la calificación de la subetapa,
cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en
una escala de 0 a 100 puntos, sin
decimales, un resultado menor a este
será motivo de descarte, así como el
hecho de no presentarse en la fecha,
lugar y hora señalados en el mensaje de
Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta
Dependencia aplicará para el “Examen
de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal”, será a
través
del
módulo
generador
de
exámenes
de
la
Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados aprobatorios del examen de
conocimientos
generales
de
la
Administración Pública Federal, tendrá una
vigencia de un año, contado a partir de la
fecha en que se den a conocer éstos a
través del Trabajaen, de conformidad con
lo
dispuesto
en
el
artículo
35
del
Reglamento de la LSPCAPF.
Las
evaluaciones
de
conocimientos
técnicos y de habilidades gerenciales, se
llevarán a cabo mediante la herramienta
informática denominada Generador de
Exámenes de la Secretaría de Salud
(GEXSSA).
Los
resultados
obtenidos
en
las
evaluaciones
de
las
habilidades
gerenciales con fines de ingreso realizadas
con la herramienta GEXSSA, tendrán una
vigencia de un año a partir de la fecha de
su
aplicación
y
serán
consideradas
exclusivamente
para
otros
concursos
convocados por esta Secretaría, así como
sus
Organos
Administrativos
Desconcentrados; siempre y cuando el
resultado
obtenido por la
persona
candidata, sea una calificación igual o
superior a 70 puntos.
390
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
mínima aprobatoria igual o superior a 70.
Los resultados de la evaluación de
conocimientos técnicos tendrán vigencia de
un año, en relación con el puesto sujeto a
concurso y siempre que no cambie el
temario
con
el
cual
se
evaluó
el
conocimiento, por lo que, en caso de existir
diferencia entre los temarios, no se podrán
considerar
dichos
resultados
en
las
evaluaciones
del
concurso
de
esta
convocatoria.
Para hacer legítima la revalidación antes
mencionada, la persona candidata deberá
solicitarlo
por
escrito
en
el
periodo
establecido para el registro de las personas
candidatas al concurso, el escrito deberá
ser dirigido al Secretario Técnico del
Comité
Técnico
de
Selección
correspondiente.
En los casos de las personas candidatas a
ocupar
puestos
convocados
por
la
Dirección General de Recursos Humanos y
Organización, que tuviesen vigentes los
resultados de habilidades evaluadas con
herramientas diferentes a “las herramientas
para evaluación de habilidades gerenciales
con fines de ingreso y/o permanencia para
las personas candidatas y servidoras
públicas sujetos al sistema del Servicio
Profesional de Carrera”, validadas para el
Sector Central de la Secretaría de Salud,
así
como
de
sus
Organos
Desconcentrados, dichos resultados no
podrán ser reconocidos para efectos de los
concursos de esta Secretaría de Salud aun
tratándose de habilidades con el mismo
nombre y/o nivel de dominio.
Los resultados de los exámenes y de las
evaluaciones aplicadas en este proceso de
selección no serán considerados para fines
de Certificación de Capacidades.
La evaluación de experiencia y valoración
del mérito se realizará el mismo día en que
se realice la revisión documental de
conformidad con lo establecido en las
Metodologías
de
Aplicación
de
los
Exámenes de conocimientos, Evaluación
de la Experiencia y la Valoración del Mérito
para el ingreso al Servicio Profesional de
Carrera, publicada por la Dirección General
de
Desarrollo
Humano
y
Servicio
Profesional de Carrera de la Administración
Pública Federal.
El requisito establecido en la fracción III del
artículo 21 de la Ley se tendrán por
acreditado cuando la persona candidata
sea considerado finalista por los Comités
Tecnicos de Selección, toda vez que tal
Los resultados de la
evaluación de
conocimientos técnicos tendrán vigencia de
un año, en relación con el puesto sujeto a
concurso, siempre que no cambie el
temario y bibliografía con el cual se evaluó
el conocimiento; por lo que, en caso de
existir diferencia entre los temarios, no se
podrán considerar dichos resultados en las
evaluaciones de los concursos de esta
convocatoria.
Para hacer legítima la revalidación antes
mencionada, la persona candidata deberá
solicitarlo
por
escrito
en
el
periodo
establecido para el registro al concurso de
interés. El escrito deberá ser dirigido a la
persona
titular
que
funja
como
Secretario
Técnico
del
CTS
correspondiente.
En los casos de las personas candidatas a
ocupar puestos convocados por el Centro
Nacional para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, que tuviesen vigentes los
resultados de habilidades evaluadas
con
herramientas
diferentes
a
la
herramienta
informática
denominada
“GEXSSA”,
dichos
resultados
no
podrán ser reconocidos para efectos de
los concursos de esta Secretaría de
Salud, aun tratándose de habilidades
con el mismo nombre y/o nivel de
dominio.
Los resultados de los exámenes y de las
evaluaciones aplicadas en este proceso de
selección no serán considerados para fines
de Certificación de Capacidades.
II. ETAPA DE EVALUACION DE LA
EXPERIENCIA Y VALORACION DEL
MERITO
Los
miembros
del
Comité
han
determinado solicitar a las personas
candidatas
inscritas
en
el/los
concurso(s) contenido(s) en la presente
Convocatoria,
la
acreditación
documental del total de la información
expresada en el CV de Trabajaen, misma
que deberán presentarse únicamente el
día y la hora señalado en el mensaje
enviado
al
correo
electrónico
de
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
391
circunstancia implica ser apto para el
desempeño del puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador de este; lo
anterior de conformidad del articulo 290 de
las Disposiciones.
Para cada una de las pruebas es necesario
presentarse con su comprobante con su
comprobante de folio asignado en el portal
www.trabajaen.gob.mx
y
dos
identificaciones vigentes, una para ingresar
a las instalaciones y a la sala de
evaluaciones.
El concurso se conducirá de acuerdo a la
programación antes indicada; sin embargo,
previo acuerdo de cada Comité Técnico de
Selección, y una vez realizadas las
notificaciones
correspondientes
a
las
personas candidatas a través de los
portales www.trabajaen.gob.mx,
http://www.dgrh.salud.gob.mx/spc_principal
.php, y https://www.gob.mx/salud/censia
podrán modificarse las fechas indicadas
cuando así resulte necesario o en razón
del número de las personas candidatas
que se registren, o por algún impedimento
no previsto.
Trabajaen, por la Dirección General de
Recursos Humanos y Organización de
esta Secretaría.
Para efectos del desahogo de la etapa y
entrega
de
la
puntuación
de
la
evaluación
de
la
experiencia,
únicamente se considerarán los puestos
y
el
tiempo
en
las
empresas
o
instituciones
que
las
personas
candidatas
lo
acrediten
documentalmente,
para
lo
cual
se
determina
que
se
aceptarán
como
comprobantes, lo establecido en el
numeral 6 del apartado “Documentación
Requerida”.
Respecto
a
la
evaluación
de
la
experiencia y valoración del mérito, se
señala que los Elementos propuestos
dentro
de
las
Metodologías
de
Aplicación; que no se enuncian, se debe
a que se consideran los mecanismos de
evaluación señalados en estas.
La
evaluación
de
experiencia
y
valoración del mérito se realizará el
mismo día en que se realice la revisión
documental de conformidad con lo
establecido en las Metodologías de
Aplicación.
El requisito establecido en la fracción III
del artículo 21 de la Ley, se tendrá por
acreditado cuando la persona candidata
sea considerado persona finalista por el
CTS, toda vez que tal circunstancia
implica ser apto para el desempeño del
puesto en concurso y susceptible de
resultar persona ganadora de este; lo
anterior de conformidad del artículo 282
de las Disposiciones.
Para la evaluación de la experiencia, se
calificarán los siguientes Elementos:
•Elemento 1. Orden en los puestos
desempeñados,
•Elemento 2. Duración en los puestos
desempeñados,
• Elemento 3. Experiencia en el sector
público,
• Elemento 4. Experiencia en el sector
privado,
• Elemento 5. Experiencia en el sector
social,
• Elemento 6. Nivel de responsabilidad,
• Elemento 7. Nivel de remuneración,
•Elemento 8.Relevancia de funciones o
actividades desempeñadas en relación
con las del puesto vacante; (NO SE
EVALUARA PARA LAS PLAZAS QUE
CONTIENEN ASTERISCO *)
• Elemento 9. en su caso, experiencia en
392
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
puestos inmediatos inferiores al de la
vacante.
Nota: Las personas candidatas serán
calificadas en el orden de los puestos
desempeñados, salvo cuando cuenten
con una sola experiencia, cargo o
puesto previos.
A todas las personas candidatas se les
deberá calificar con respecto a los
elementos contenidos del numeral 2 al
numeral 8.
Las personas candidatas que ocupen o
que hayan ocupado uno o más de los
cargos o puestos inmediatos inferiores
al de la vacante, serán calificados con la
consideración
establecida
en
el
numeral 9.
Para
la
valoración
del
mérito,
se
calificarán los siguientes elementos:
• Elemento 1. Resultado de la evaluación
del desempeño.
•
Elemento
2.
Resultados
de
las
acciones de capacitación;
• Elemento 3. Resultados de procesos
de certificación;
• Elemento 4. Logros;
• Elemento 5. Distinciones;
•
Elemento
6.
Reconocimientos
o
premios;
• Elemento 7. Actividad destacada en lo
individual;
• Elemento 8. Otros estudios,
• Elemento 9. Habla de lengua indígena.
• Elemento 10. Autoadscripción a un
pueblo o a una comunidad indígena
afrodescendiente o afromexicana;
•
Elemento
11.
Perspectiva
de
juventudes, y
•
Elemento
12.
Persona
con
discapacidad.
Nota: Todas las personas candidatas
que sean personas Servidoras Públicas
de Carrera Titulares, sin excepción,
serán calificadas en los elementos del 1
al 3 y todas las personas candidatas, sin
excepción, serán calificadas en los
elementos del 4 al 12.
En lo que respecta a la evaluación de la
experiencia se determinó lo siguiente:
En lo que respecta al Elemento 5 -
Experiencia en Sector Social: Además
de
las
ya
establecidas
en
las
Metodologías
de
Aplicación,
se
considerarán
los
empleos
desempeñados
en
Organización
no
gubernamental (ONG), Voluntariados,
Asociaciones
Civiles
(A.C.),
Cooperativas y Sindicatos.
El
Elemento
6
-
Nivel
de
Responsabilidad: la respuesta de la
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
393
persona candidata deberá cruzarse con
el CV de Trabajaen, que se entrega
firmado bajo protesta de decir verdad.
En lo que respecta a la valoración del
mérito se determinó, lo siguiente:
Elemento
1
-
“Resultado
de
la
evaluación
del
desempeño.
-
Se
calificará
de
acuerdo
con
las
calificaciones
de
las
personas
servidoras públicas de carrera titulares,
obtenidas
en
las
evaluaciones
de
desempeño anual.
Elemento 2 - Resultados de las acciones
de capacitación. Se calificarán a través
del promedio de las calificaciones
obtenidas por la persona servidora
pública de carrera titular en las acciones
de capacitación del ejercicio fiscal
anterior. En caso de que en el ejercicio
fiscal inmediato anterior no se hubieran
autorizado acciones de capacitación, las
personas candidatas deberán entregar
escrito de la dependencia que así lo
acredite, para no ser evaluados en este
elemento al no existir un parámetro
objetivo para realizar la comparación.
Elemento 3 - Resultados de procesos de
certificación: este elemento deberán
acreditarlo las personas candidatas con
su pantalla RHnet; en la cual, se marca
el número de capacidades profesionales
certificadas vigentes, obtenidas por las
personas servidoras públicas de carrera
titulares.
Elemento
6
-
Reconocimientos
o
premios: únicamente se aceptarán los
documentos
de
instancias
con
reconocimiento oficial y con membrete
y/o sello a nombre de la persona
candidata, además de otro medio oficial
para la verificación de la autenticidad
del documento.
Elemento 7 - Actividad destacada en lo
individual: se considerará la docencia,
además de las que se proponen en las
Metodologías de Aplicación, siempre y
cuando la persona candidata presente la
constancia expedida por la institución
educativa en la que impartió clases y se
señale en ésta la(s) materia(s).
Elemento 9 - Habla de lengua indígena.
Se
evaluará
en
cuatro
habilidades
básicas del lenguaje: 1) hablar, 2)
escuchar o comprender, 3) leer y 4)
escribir.
394
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Para la acreditación de las habilidades
anteriormente referidas, se calificarán a
través del número de comprobantes,
tomando como referencia los siguientes
niveles:
Nivel 1:
I.
Carta u oficio expedido por la
autoridad comunitaria de su lugar
de origen, que señale que es
hablante de una lengua indígena
nacional.
II.
Acreditación
de
competencias
comunicativas generales expedida
por el Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas (INALI) o alguna otra
instancia acreditada por esta misma
institución (con resultado regular o
bueno).
III. Acreditación
o
documento
equivalente a cursos no menores a
220 horas, que avalen, al menos, un
nivel básico en alguna de las
lenguas indígenas o sus variantes.
IV. Materiales elaborados en lenguas
indígenas
(material
didáctico,
infografías,
folletos,
manuales,
carteles, mapas, videos, audios,
etcétera.). En la presentación de
estos materiales se deberá acreditar
fehacientemente su autoría.
V. Acreditación
o
documento
equivalente que demuestre que la
persona participante es o ha sido
parte de procesos de formación
como intérprete, mediadora bilingüe
o traductora de lenguas indígenas.
VI. Certificado de competencia laboral
(con estándares relacionados a la
interpretación o la atención en
lengua; o bien, mediante una o
traducción).
Nivel 2:
I.
Acreditación
de
competencias
comunicativas generales expedida
por el INALI o por alguna otra
instancia,
acreditada
por
esta
misma institución (con resultado
excelente).
II.
Publicaciones en gacetas, revistas,
prensa o libros en alguna lengua
indígena
o
sus
variantes,
independientemente del campo de
estudio del que se trate. En la
presentación
de
estas
publicaciones se deberá acreditar
fehacientemente su autoría.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
395
III. Evidencias de trabajo que avalen su
experiencia
como
intérprete,
mediador(a)
bilingüe
y/o
traductor(a) de lenguas indígenas
(oficios
de
notificación,
textos
traducidos,
reconocimientos
de
participación,
etcétera.)
En
la
presentación de estas evidencias se
deberá acreditar fehacientemente
su autoría.
Elemento 10.- Autoadscripción a un
pueblo
o
comunidad
indígena
o
afrodescendiente o afromexicana; se
calificará
con
100
a
la
persona
candidata
que
manifieste
autoadscribirse a un pueblo o a una
comunidad indígena o afromexicana y
deberá
identificar
por
escrito
de
declaración
de
autoadscripción,
el
nombre
del
pueblo
o
comunidad
indígena o afromexicana a la que se
autoadscriba.
Elemento
11.-
Perspectiva
de
juventudes. Se calificará con 100 a la
persona candidata deberá comprobar
que su edad no sobrepase los 30 años
al momento de la publicación del
concurso.
Por último, Elemento 12- Personas con
Discapacidad. Se calificará con 100 a la
persona
candidata
que
se
autoreconozca
como
persona
con
discapacidad. La persona participante
deberá
identificar
por
escrito
de
declaración,
la
descripción
de
su
discapacidad.
Entrevista
La
Dirección
General
de
Recursos
Humanos
y
Organización
de
esta
Secretaría, programará cada entrevista y
convocará a las personas candidatas,
mediante el envío de un correo electrónico
el centro de mensajes del portal de
Trabajaen, citando conforme al orden de
prelación y el número establecido por cada
Comité Técnico de Selección.
Las personas candidatas deberán:
a)
Acreditar
su
participación
con
identificación
oficial:
“INE,
Cédula
Profesional, en su caso, Cartilla Militar,
y/o
Pasaporte”
y
su
Hoja
de
Bienvenida emitida por el TrabajaEn.
Los
resultados
obtenidos
en
los
diversos
exámenes
y
evaluaciones
serán considerados para elaborar el
listado de personas candidatas, a fin de
determinar el orden de prelación para la
etapa de Entrevista, de conformidad con
las Reglas de Valoración y el Sistema de
Puntuación
establecidos
en
la
Secretaría de Salud, de conformidad
con lo previsto en el artículo 271 de las
Disposiciones.
La
Dirección
General
de
Recursos
Humanos
y
Organización
de
esta
Secretaría, programará cada entrevista y
convocará a las personas candidatas,
mediante el envío de un correo electrónico
el centro de mensajes del portal de
Trabajaen, citando conforme al orden de
prelación y el número establecido por cada
Comité Técnico de Selección.
Las personas candidatas deberán:
a)
Acreditar
su
participación
con
identificación
oficial:
“INE,
Cédula
Profesional, en su caso, Cartilla Militar,
y/o
Pasaporte”
y
su
Hoja
de
Bienvenida emitida por el TrabajaEn.
396
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
b)
Seguir
las
indicaciones
hasta
el
término de la entrevista, de lo contrario
será motivo de descarte.
La etapa de Entrevista tiene la finalidad
que el Comité respectivo, profundice en la
valoración de las capacidades de cada
persona candidata, de conformidad a los
criterios de evaluación establecidos en la
Convocatoria y en el Trabajaen.
El Comité correspondiente sesionará, por
medios
electrónicos,
a
través
de
videoconferencia,
en
cuyo
caso,
la
entrevista se desahogará a distancia y las
personas
candidatas
deberán
estar
presentes en las instalaciones de la
Dirección General de Recursos Humanos y
Organización
de
esta
Secretaría,
de
conformidad con el artículo 272 de las
Disposiciones.
Las
personas
integrantes
del
CTS
correspondiente, para la evaluación de la
entrevista
considerarán
los
criterios
siguientes:
- Contexto, situación o tarea (favorable o
adverso);
- Estrategia o acción (simple o compleja);
- Resultado (sin impacto o con impacto), y
-
Participación
(protagónica
o
como
miembro de equipo)
Los miembros del respectivo Comité,
calificarán en una escala de 0 a100 a cada
persona candidata, para cada uno de los
criterios de evaluación correspondientes.
En caso de que los miembros del CTS, lo
acuerden podrán auxiliarse para desahogar
la etapa de entrevista con máximo tres
personas especialistas, uno por cada
miembro, y se notificará a las personas
candidatas, en el mensaje de invitación
que reciba en el centro de mensajes del
portal Trabajaen, mediante el cual se le cite
a esta evaluación.
Cuando el perfil del puesto requiera el
dominio de un idioma en el nivel avanzado,
en esta etapa se podrá realizar al menos
una pregunta a cada persona candidata en
el idioma requerido.
b)
Seguir
las
indicaciones
hasta
el
término de la entrevista, de lo contrario
será motivo de descarte.
La etapa de Entrevista tiene la finalidad de
que el Comité respectivo, profundice en la
valoración de las capacidades de cada
persona candidata, de conformidad a los
criterios de evaluación establecidos en la
Convocatoria y en Trabajaen.
El Comité correspondiente sesionará, por
medios
electrónicos,
a
través
de
videoconferencia,
en
cuyo
caso,
la
entrevista se desahogará a distancia y las
personas
candidatas
deberán
estar
presentes en las instalaciones de la
Dirección General de Recursos Humanos y
Organización
de
esta
Secretaría,
de
conformidad con el artículo 272 de las
Disposiciones.
Las
personas
integrantes
del
CTS
correspondiente, para la evaluación de la
entrevista
considerarán
los
criterios
siguientes:
- Contexto, situación o tarea (favorable o
adverso);
- Estrategia o acción (simple o compleja);
- Resultado (sin impacto o con impacto), y
-
Participación
(protagónica
o
como
miembro de equipo)
Los miembros del respectivo Comité,
calificarán en una escala de 0 a 100 a cada
persona candidata, para cada uno de los
criterios de evaluación correspondientes.
En caso de que los miembros del CTS, lo
acuerden podrán auxiliarse para desahogar
la etapa de entrevista con máximo tres
personas especialistas, uno por cada
miembro, y se notificará a las personas
candidatas, en el mensaje de invitación
que reciba en el centro de mensajes del
portal Trabajaen, mediante el cual se le cite
a esta evaluación.
Cuando el perfil del puesto requiera el
dominio de un idioma en el nivel avanzado,
en esta etapa se podrá realizar al menos
una pregunta a cada persona candidata en
el idioma requerido.
Disposiciones
Generales
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx
podrán consultarse los detalles sobre
el concurso y los puestos vacantes.
2. Los datos personales de las personas
candidatas son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx
podrán consultarse los detalles sobre
los concursos y los puestos vacantes.
2. Los datos personales de las personas
candidatas son confidenciales aun
después de concluidos los concursos.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
397
3. Cada
persona
candidata
se
responsabilizará de los traslados y
gastos erogados como consecuencia
de su participación en actividades
relacionadas
con
motivo
de
la
presente convocatoria.
4. Las
personas
candidatas
podrán
presentar inconformidad y recurso de
revocación ante el Area de Denuncias
e Investigaciones del Organo Interno
de Control en la Secretaría de Salud
de esta Dependencia, en Av. Marina
Nacional #60, piso 9, Col. Tacuba,
Demarcación
Territorial
Miguel
Hidalgo, C.P. 11410. Teléfono 2000
3100 ext. 53123, en términos de lo
dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional
de
Carrera
en
la
Administración Pública Federal y su
Reglamento, y ante la Unidad de
Asuntos Jurídicos de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, en
Insurgentes
Sur 1735 2do. piso,
Colonia Guadalupe Inn. Demarcación
Territorial Alvaro Obregón, C.P. 01020,
Ciudad de México, en términos de lo
dispuesto por el Reglamento Interior
de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno
5. En los casos en que los Comités
Técnicos de Selección determinen la
revisión de exámenes, ésta sólo podrá
efectuarse respecto de la correcta
aplicación de las herramientas de
evaluación, métodos o procedimientos
utilizados sin que implique la entrega
de los reactivos ni las opciones de
respuesta. En ningún caso procederá
la revisión respecto del contenido o los
criterios de evaluación. Dicha revisión
deberá
solicitarse
mediante
el
procedimiento de una inconformidad.
6. Cualquier aspecto o caso no previsto
en la presente Convocatoria será
resuelto por el Comité Técnico de
Selección correspondiente, conforme a
las
disposiciones
aplicables,
privilegiando la observancia de los
principios rectores del sistema, dentro
de los 10 días hábiles siguientes en
que se presentó, con la salvedad de
que para aquellos casos en los que el
Comité
Técnico
de
Selección
requieran de consultas, autorización u
otros ante entidades reguladoras, la
resolución de dichos aspectos quedará
sujeta al tiempo de respuesta y las
determinaciones de las instancias
competentes.
7. Cuando el ganador de un concurso
tenga el carácter de persona Servidora
Pública de Carrera Titular, para poder
ser nombrada en el puesto sujeto a
concurso, deberá presentar ante la
3. Cada
persona
candidata
se
responsabilizará de los traslados y
gastos erogados como consecuencia
de su participación en actividades
relacionadas
con
motivo
de
la
presente convocatoria.
4. Las
personas
candidatas
podrán
presentar inconformidad ante el Area
de Denuncias e Investigaciones del
Organo Interno de Control en la
Secretaría de Salud, ubicado en Av.
Marina Nacional #60, piso 9, Col.
Tacuba,
Demarcación
Territorial
Miguel Hidalgo, C.P. 11410. Teléfono
2000 3100 ext. 53123, en términos de
lo dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional
de
Carrera
en
la
Administración Pública Federal y su
Reglamento, y ante la Unidad de
Asuntos Jurídicos de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, en
Insurgentes Sur 1735, 2do. piso,
Colonia Guadalupe Inn. Demarcación
Territorial Alvaro Obregón, C.P. 01020,
Ciudad de México, en términos de lo
dispuesto por el Reglamento Interior
de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno.
5.
En los casos en que el/los CTS
determine(n)
la
revisión
de
exámenes, ésta sólo podrá efectuarse
respecto de la correcta aplicación de
las
herramientas
de
evaluación,
métodos o procedimientos utilizados
sin que implique la entrega de los
reactivos ni las opciones de respuesta,
en ningún caso procederá la revisión
respecto del contenido o los criterios
de evaluación. Dicha revisión deberá
solicitarse mediante el procedimiento
de una inconformidad.
6.
Cualquier aspecto o caso no previsto
en la presente convocatoria será
resuelto por el CTS correspondiente,
conforme
a
las
disposiciones
aplicables, privilegiando la observancia
de los principios rectores del sistema,
dentro
de
los
10
días
hábiles
siguientes en que se presentó, con la
salvedad de que para aquellos casos
en los que el Comité requiera de
realizar consultas, autorización u otros
ante
entidades
reguladoras,
la
resolución de dichos aspectos quedará
sujeta al tiempo de respuesta y las
determinaciones de las instancias
competentes.
7.
Cuando la persona ganadora de un
concurso tenga el carácter de persona
Servidora Pública de Carrera Titular,
para poder ser nombrada en el puesto
sujeto a concurso, deberá presentar
398
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Dirección
General
de
Recursos
Humanos y Organización, en un lapso
no mayor a cinco días naturales,
posteriores a la notificación de los
resultados del concurso a través de su
cuenta de Trabajaen, el documento
que acredite haberse separado de su
cargo
toda
vez
que
no
puede
permanecer activa en ambos puestos,
asimismo,
deberá
acreditar
haber
cumplido la obligación que señala el
artículo 11, fracción VIII de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. Lo
anterior tiene sustento en lo dispuesto
en el oficio No. SSFP/408.3/077/2008,
del 28 de febrero de 2008.
8. Los Comités Técnicos de Selección de
esta Dependencia informan, en caso
de que alguna persona candidata
solicite una revisión del examen de
conocimientos
técnicos,
deberá
presentar
su
solicitud
dirigida
al
Comité de la plaza en concurso,
firmada
y
escaneada
al
correo
ingresospc@salud.gob.mx
y
viviana.barron@salud.gob.mx
teniendo como plazo los dos días
hábiles siguientes a la fecha de
aplicación
de
la
evaluación.
Así
mismo, se hace del conocimiento que
la revisión de exámenes, sólo podrá
efectuarse respecto de la correcta
aplicación
de
las
herramientas,
métodos o procedimientos utilizados,
sin que implique la entrega de los
reactivos ni las opciones de respuesta.
En ningún caso procederá la revisión
respecto del contenido o los criterios
de evaluación de conformidad en el
artículo 273 de las Disposiciones.
9. Por ningún motivo se permitirá la
aplicación de evaluaciones a las
personas candidatas que se presenten
fuera de los horarios establecidos para
tales efectos.
10. En este proceso de reclutamiento y
selección, esta dependencia no solicita
como requisito para el ingreso el
examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
ante la Dirección General de Recursos
Humanos y Organización de esta
Secretaría, en un lapso no mayor a
cinco días naturales, posteriores a la
notificación de los resultados del
concurso a través de su cuenta del
Trabajaen, el documento que acredite
haberse separado de su cargo toda
vez que no puede permanecer activo
en ambos puestos, asimismo, deberá
acreditar haber cumplido la obligación
que señala el artículo 11, fracción VIII
de la LSPCAPF, lo anterior tiene
sustento en lo dispuesto en el oficio
NO. SSFP/408.3/077/2008, del 28 de
febrero de 2008.
8.
El/Los
Comité(s)
Técnico(s)
de
Selección
de
este
Centro
informa(n), en caso de que alguna
persona candidata solicite una revisión
del
examen
de
conocimientos
técnicos, deberá presentar su solicitud
dirigida al Comité de la plaza en
concurso, firmada y escaneada a los
correos ingresospc@salud.gob.mx y
viviana.barron@salud.gob.mx teniendo
como
plazo
dos
días
hábiles
siguientes a la fecha de aplicación de
la evaluación. Así mismo, se hace del
conocimiento
que
la
revisión
de
exámenes,
sólo
podrá
efectuarse
respecto de la correcta aplicación de
las
herramientas,
métodos
o
procedimientos utilizados, sin que
implique la entrega de los reactivos ni
las opciones de respuesta. En ningún
caso procederá la revisión respecto
del contenido o los criterios de
evaluación de conformidad en el
artículo 265 de las Disposiciones.
9.
Por ningún motivo, se permitirá la
aplicación de evaluaciones a las
personas candidatas que se presenten
fuera de los horarios establecidos para
tales efectos.
10. En este proceso de reclutamiento y
selección, esta Secretaría no solicita
como requisito para el ingreso, el
examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
399
Citatorios
La
Dirección
General
de
Recursos
Humanos y Organización y el Centro
Nacional para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, comunicará a las personas
candidatas la fecha, hora y lugar en que
deberán presentarse para la aplicación de
las evaluación de conocimientos, examen
de
conocimientos
generales
de
la
Administración
PúblicaFederal,
de
habilidades, recepción de la información
para el envío de los documentales para el
cotejo documental, evaluación del mérito y
valoración de la experiencia, así como la
entrevista ante el Comité Técnico de
Selección
respectivo,
mediante
correo
electrónico identificando su número de folio
asignado por Trabajaen, a través del
portalwww.trabajaen.gob.mx con al menos
2 días hábiles de anticipación a la fecha en
que deberá presentarse. El no asistir en la
fecha, hora y lugar señalados, será motivo
de descarte del concurso de que se trate.
Las etapas anteriores se desahogarán
en las instalaciones de Marina Nacional
No. 60, Pisos 5, 7 y 14, Colonia Tacuba,
Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11410
(inclusive
para
los/las
aspirantes
registrados/as en el extranjero). En caso
de que alguna de las etapas del
concurso debiera ser desahogada en
otro domicilio, será notificada a través
del portal www.trabajaen.gob.mx vía
correo
electrónico
a
las
personas
candidatas con mínimo dos días de
anticipación.
En dichas comunicaciones, se especificará
la duración aproximada de cada aplicación,
así como el tiempo de tolerancia con el que
contarán las personas candidatas.
Las personas candidatas deberán asistir
puntualmente a sus evaluaciones o de lo
contrario no se permitirá la aplicación de
evaluación alguna y serán descartados del
proceso de concurso que se trate.
El Centro Nacional para la Salud de la
Infancia y la Adolescencia (CENSIA),
comunicará a las personas candidatas la
fecha, hora y lugar en que deberán
presentarse
a
la
aplicación
de
las
evaluación de conocimientos, examen de
conocimientos
generales
de
la
Administración
Pública
Federal,
evaluaciones de habilidades, recepción de
la información para el envío de los
documentales para la revisión documental,
evaluación de la experiencia y valoración
del mérito, así como la entrevista ante el
respectivo
Comité,
mediante
correo
electrónico identificando su número de folio
asignado por el Trabajaen, a través del
portal www.trabajaen.gob.mx con al menos
2 días hábiles de anticipación a la fecha de
cada evaluación; el no asistir en la fecha,
hora y lugar señalados, será motivo de
descarte del concurso de que se trate.
Las etapas anteriores se desahogarán en
las
instalaciones
de
esta
Secretaría,
ubicadas en Av. Marina Nacional No. 60,
pisos 5 y 7 Colonia Tacuba, Demarcación
Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11410
(inclusive para las personas candidatas
registradas en el extranjero). En caso de
que alguna de las etapas de los concursos
debieran ser desahogada en otro domicilio,
será
notificada
a
través
del
portal
www.trabajaen.gob.mx
vía
correo
electrónico a las personas candidatas con
mínimo dos días de anticipación.
En dichas comunicaciones, se especificará
la duración aproximada de cada aplicación,
así como el tiempo de tolerancia con el que
contarán las personas candidatas.
Las personas candidatas deberán asistir
puntualmente a sus evaluaciones o de lo
contrario no se permitirá el acceso a la
aplicación
de
la
evaluación
correspondiente y serán descartados del
proceso de selección del concurso que se
trate.
Temarios
Los
temarios
y
la
bibliografía
correspondiente
para
el
examen
de
conocimientos técnicos que se indique en
la convocatoria se difundirán en la páginas
electrónicas de la Dirección General de
Recursos Humanos y Organización y el
Centro Nacional para la Salud de la
Infancia
y
la
Adolescencia,
en
las
siguientes
ligas
Los
temarios
y
la
bibliografía
correspondientes para los exámenes de
conocimientos técnicos que se indique en
la convocatoria, se difundirán en la página
electrónica de la Dirección General de
Recursos Humanos y Organización de
esta Secretaría de Salud, así como en la
página electrónica del Centro Nacional
para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, en las siguientes ligas:
400
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
http://www.dgrh.salud.gob.mx/spc_principal
.php y https://www.gob.mx/salud/censia a
partir de la fecha de la publicación de la
convocatoria en el Diario Oficial de la
Federación. Los Temarios y la bibliografía
correspondientes para los exámenes de
conocimientos
generales
de
la
Administración Pública Federal que se
indique en la convocatoria se encuentran
publicados en la página de Trabajaen en el
apartado de “Documentos e información
Relevante”, y disponible en la siguiente liga
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-
examen-conocimientos-generales-apf/ Los
temarios, bibliografía y en su caso, guías
de estudio para las evaluaciones de las
habilidades gerenciales, se encuentran
disponibles para su consulta en la página
electrónica de la Dirección General de
Recursos Humanos y Organización, en la
siguiente
liga
https://www.salud.gob.mx/unidades/dgrh/sp
c/temariosHG.php
La
evaluación
de
las
habilidades
gerenciales, se aplicarán de conformidad al
nivel de dominio señalado en el perfil de
puesto.
Para
acreditar
las
Subetapas
de
Evaluación de la Experiencia y Valoración
del Mérito será necesario consultar las
Metodologías de Aplicación de los
Exámenes
de
conocimientos,
Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito para el ingreso al
Servicio
Profesional
de
Carrera,
disponible
en
la
plataforma
de
www.trabajaen.gob.mx en el apartado de
“Documentación e Información Relevante”.
http://www.dgrh.salud.gob.mx/spc_principal
.php
y
https://www.gob.mx/salud/censia/document
os/convocatoria-pública-abierta-censia-
2026, a partir de la fecha de la publicación
de la convocatoria en el Diario Oficial de la
Federación.
Los
temarios
y
la
bibliografía
correspondientes para los exámenes de
Conocimientos
Generales
de
la
Administración Pública Federal que se
indique en la convocatoria, se encuentran
publicados en la página del Trabajaen en el
aparatado de “Documentos e Información
Relevante”, y disponible en la siguiente liga
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-
examen-conocimientos-generales-apf/
Los temarios y las bibliografías, de estudio
para las evaluaciones de las habilidades
gerenciales, se encuentran disponibles
para su consulta en la página electrónica
de la Dirección General de Recursos
Humanos
y
Organización
de
esta
Secretaría,
en
la
siguiente
liga
https://www.salud.gob.mx/unidades/dgrh/sp
c/temariosHG.php
La
evaluación
de
las
habilidades
gerenciales, se aplicarán de conformidad al
nivel de dominio señalado en el perfil de
puesto.
Para
acreditar
las
Subetapas
de
Evaluación de la Experiencia y Valoración
del Mérito será necesario consultar las
Metodologías de Aplicación, disponible en
la plataforma de www.trabajaen.gob.mx en
el
apartado
de
“Documentación
e
información relevante”.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
El Comité Técnico de Selección
del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Salud
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, el Secretario Técnico del CENSIA
Subdirector de Regulación del Servicio Profesional de Carrera
Lic. Fernando Pérez Rocio
Rúbrica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
401
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 476
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con fundamento en los
artículos 21, 22, 23, 24, 25 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 5, 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39 y 40 de su Reglamento, 220,
221, 227, 229, 230, 231, 238, 241, 242, 243, 246, 247, 254, 259, 262, 265, 272 y 293 del ACUERDO por el
que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, emiten la siguiente CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que
desee ingresar al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal para
ocupar las cuatro plazas siguientes:
Denominación
PROFESIONAL DICTAMINADOR(A) DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS EN
ANALISIS JURIDICO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
Grupo, Grado y
Nivel del Puesto
P12
Número de vacantes
1 (UNA)
Remuneración
Mensual Bruta
$14,598.00 (CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.)
Código de puesto
14-117-1-E1C007P-0000086-E-C-A
Sede o residencia
CIUDAD DE MEXICO
Ubicación
Boulevard Adolfo López Mateos, número 1968, Colonia Los Alpes,
Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México. C.P. 01010.
FUNCIONES PRINCIPALES
1.- Recibir y firmar la relación de los expedientes, revisar y valorar las actuaciones que lo integran; acta de
inspección, notificaciones y documentación anexa, para elaborar los proyectos de dictaminación técnico
jurídico.
2.- Acordar con la o el superior inmediato los lineamientos y criterios que permitan eficientar el
procedimiento administrativo sancionador, para la elaboración de los dictámenes técnico-jurídicos.
3.- Elaborar proyectos de acuerdo de improcedencia, emplazamientos, resoluciones, acuerdo de trámite y
de archivo de expediente, para cumplir con la normatividad aplicable.
4.- Analizar las actuaciones que conforman el expediente, para tener la certeza de que el proyecto que
elabore sea correcto.
5.- Revisar, rubricar y turnar los proyectos de las actuaciones del procedimiento administrativo sancionador
que elabore, para revisión y aprobación de la o el superior inmediato.
PERFIL Y REQUISITOS
Escolaridad
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
AREA DE ESTUDIO
CARRERA GENERICA
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia
Un año en el área siguiente:
Campo de Experiencia
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Conocimientos
•
Inspección Laboral - Lenguaje Ciudadano: Lenguaje Claro
•
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal
Habilidades
•
Orientación a Resultados
Idiomas
•
No aplica
Otros
•
No aplica
Denominación
PROFESIONAL EJECUTIVO(A) DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS
DE RECURSOS MATERIALES
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Grupo, Grado y
Nivel del Puesto
P13
Número de vacantes
1 (UNA)
Remuneración
Mensual Bruta
$16,059.00 (DIECISEIS MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.)
Código de puesto
14-512-1-E1C008P-0000132-E-C-N
Sede o residencia
CIUDAD DE MEXICO
Ubicación
Boulevard Adolfo López Mateos, número 1968, Colonia Los Alpes,
Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México. C.P. 01010.
402
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
FUNCIONES PRINCIPALES
1.- Apoyar en la preparación de diseño e impresión del material que solicitan las diferentes áreas de la
dependencia, con la finalidad de que se realicen conforme al Manual de Identidad Institucional.
2.- Analizar el contenido de la documentación emitida por las Unidades Administrativas, con el propósito
de elaborar los oficios de respuesta para que sean remitidos en tiempo y forma.
3.- Apoyar en la elaboración de los anexos técnicos y en los procedimientos de licitación, con la finalidad de
solicitar la contratación de los servicios ante las instancias correspondientes.
4.- Analizar las facturas que se reciben en el área de adscripción, con la finalidad de realizar las
observaciones correspondientes para su atención.
PERFIL Y REQUISITOS
Escolaridad
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
AREA DE ESTUDIO
CARRERA GENERICA
No aplica
No aplica
Experiencia
Un año en cualquiera de las áreas siguientes:
CAMPO DE EXPERIENCIA
AREA DE EXPERIENCIA
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Ciencia Política
Administración Pública
Conocimientos
•
Herramientas de Cómputo (Conocimiento) - Lenguaje Ciudadano: Lenguaje Claro
•
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal
Habilidades
•
Orientación a Resultados
Idiomas
•
No aplica
Otros
•
No aplica
Denominación
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS INTERNACIONALES
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
Grupo, Grado y
Nivel del Puesto
O11
Número de vacantes
1 (UNA)
Remuneración
Mensual Bruta
$26,005.00 (VEINTISEIS MIL CINCO PESOS 00/100 M.N.)
Código de puesto
14-117-1-M1C014P-0000075-E-C-P
Sede o residencia
CIUDAD DE MEXICO
Ubicación
Boulevard Adolfo López Mateos, número 1968, Colonia Los Alpes,
Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México. C.P. 01010.
FUNCIONES PRINCIPALES
1.- Preparar los proyectos de opinión, relacionados con formularios de memoria de cumplimiento de
convenios de la Organización Internacional del Trabajo.
2.- Recopilar la información que se requiera para la elaboración de los proyectos de opinión, relacionados
con formularios de memoria de cumplimiento de convenios de la Organización Internacional del Trabajo.
3.- Preparar los proyectos de opinión relacionados con los proyectos de informes de carácter jurídico que
se elaboren para atender las quejas interpuestas por las Organizaciones Sindicales ante la Organización
Internacional del Trabajo.
4.- Recopilar la información que se requiera para la elaboración de los proyectos de opinión, relacionados
con los proyectos de informes de carácter jurídico que se elaboren para atender las quejas interpuestas por
las organizaciones sindicales ante la Organización Internacional del Trabajo.
5.- Elaborar los proyectos de respuesta a las solicitudes de información que se envían a la Dirección
General de Asuntos Jurídicos (DGAJ).
6.- Ejecutar las acciones que deben realizarse, para la atención de las reuniones del Comité de Información
de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
7.- Elaborar los proyectos de resolución que emita el Comité de información de la STPS.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
403
PERFIL Y REQUISITOS
Escolaridad
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Titulado/a
AREA DE ESTUDIO
CARRERA GENERICA
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia
Dos años en cualquiera de las áreas siguientes:
CAMPO DE EXPERIENCIA
AREA DE EXPERIENCIA
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Conocimientos
•
Actuación Jurídica de la Autoridad Administrativa - Lenguaje Ciudadano:
Lenguaje Claro
•
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal
Habilidades
•
Orientación a Resultados
Idiomas
•
No aplica
Otros
•
No aplica
Denominación
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE APOYO A LA TRANSPARENCIA E
INFORMACION PUBLICA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
Grupo, Grado y
Nivel del Puesto
O11
Número de vacantes
1 (UNA)
Remuneración
Mensual Bruta
$26,005.00 (VEINTISEIS MIL CINCO PESOS 00/100 M.N.)
Código de puesto
14-117-1-M1C014P-0000105-E-C-T
Sede o residencia
CIUDAD DE MEXICO
Ubicación
Boulevard Adolfo López Mateos, número 1968, Colonia Los Alpes,
Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México. C.P. 01010.
FUNCIONES PRINCIPALES
1.- Programar y ejecutar las actividades derivadas de las obligaciones de transparencia de la Secretaría,
para que las y los usuarios tengan acceso a la información a través de procedimientos sencillos y
expeditos.
2.- Implementar los criterios de organización, conservación y baja documental de la información pública que
se generen en la Secretaría para su consulta y análisis.
3.- Elaborar el compendio de la información pública de la Secretaría, de acuerdo con el tipo de clasificación
e integrarla en un archivo histórico para posteriores consultas y análisis de información.
4.- Integrar los expedientes relacionados con quejas, solicitudes de acceso a la información y solicitudes de
orientación para su control y evaluación.
5.- Cargar la información pública en el portal de internet de la Secretaría para su consulta y análisis.
6.- Orientar a las y los usuarios en relación con los servicios que presta la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social respecto de la actuación de las y los prestadores de servicios en el sector a fin de
asegurar el derecho de acceso a la información pública.
7.- Realizar un control de las quejas que presenten los usuarios de los servicios que presta la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social respecto a la actuación de las y los prestadores de servicios en el sector
para su análisis y posterior evaluación.
PERFIL Y REQUISITOS
Escolaridad
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
AREA DE ESTUDIO
CARRERA GENERICA
No aplica
No aplica
Experiencia
Dos años en el área siguiente:
CAMPO DE EXPERIENCIA
AREA DE EXPERIENCIA
Ciencia Política
Opinión Pública
Conocimientos
•
Atención Ciudadana en la Administración Pública Federal - Lenguaje Ciudadano:
Lenguaje Claro
•
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal
Habilidades
•
Orientación a Resultados
Idiomas
•
No aplica
Otros
•
No aplica
404
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
BASES DE PARTICIPACION
1° Principios del concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose al desarrollo del proceso
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), al Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (RLSPCAPF), al
ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal (ACUERDO) y a la determinación de cada Comité Técnico de Selección.
2° Requisitos de participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto.
Se deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos legales siguientes:
Ser ciudadana/o mexicana/o en pleno ejercicio de sus derechos o extranjera/o cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciada/o con pena privativa de libertad por delito doloso;
tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico,
ni ser ministra/o de algún culto, no estar inhabilitada/o para el servicio público y no encontrarse con algún otro
impedimento legal.
De conformidad con el artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
queda restringida la participación de aquellas personas que se ubiquen en los supuestos siguientes:
Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la
libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, así como estar declarada como persona deudora
alimentaria morosa.
3° Etapas del concurso
El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo con las fechas establecidas a continuación:
Etapas
Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria
29 de abril de 2026
Registro de Aspirantes en www.trabajaen.gob.mx
Hasta el 14 de mayo de 2026
I. Revisión curricular en www.trabajaen.gob.mx
Al momento del registro de aspirantes
Recepción de Petición de Reactivación
Hasta el 18 de mayo de 2026
II. Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades
A partir del 19 de mayo de 2026
III. Evaluación de la experiencia y valoración del mérito
(revisión documental)
A partir del 19 de mayo de 2026
IV. Entrevistas
A partir del 19 de mayo de 2026
V. Determinación de la persona ganadora
Hasta el 27 de julio de 2026
Debido al número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, las fechas indicadas podrán estar
sujetas a cambio sin previo aviso.
Se comunicará a cada aspirante, la fecha, hora, lugar y documentos que deberá presentar para la aplicación
de cada una de las etapas del concurso, a través del portal de Trabajaen en su servicio de mensajería; en el
entendido que de no presentarse será motivo de descarte del concurso. La invitación se enviará con al menos
dos días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista.
La aplicación de los exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades, así como el cotejo
documental de todos los concursos, se llevarán a cabo en la Ciudad de México, en las instalaciones de la
Dirección del Servicio Profesional de Carrera (DSPC) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS),
el día y la hora que se informe a las personas candidatas a través de los mensajes electrónicos que serán
enviados a su cuenta en el portal de Trabajaen.
Las personas candidatas para la etapa de entrevistas deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se les
indique para tal efecto, a través de los mensajes que serán enviados a su cuenta en el portal de Trabajaen.
En todas las etapas, las personas candidatas deberán considerar las previsiones necesarias de tiempo e
imprevistos para su traslado, ya que la tolerancia máxima respecto a la hora en la que se tenga programado el
inicio de cada etapa será de quince minutos considerando la hora oficial para la Ciudad de México, misma que
se encuentra ajustada en los equipos de cómputo del área de Ingreso. Transcurrido dicho término, no se
permitirá el acceso quedando inmediatamente descartadas del concurso.
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DIARIO OFICIAL
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De acuerdo al principio de igualdad de oportunidades a petición de las personas candidatas no procederá la
reprogramación de las fechas para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso.
En caso de que la persona candidata se encuentre inscrita en varios concursos y esté citada a otra etapa del
proceso en el mismo día y horario, la persona candidata decidirá a que concurso se presenta.
Cuando una persona no cumpla con algún requisito establecido en la convocatoria, no podrá continuar
participando en el proceso de selección, se notificará el motivo de la eliminación de su participación y el
fundamento de esta determinación.
4° Registro de aspirantes y revisión curricular
En términos del artículo 259 del ACUERDO, la revisión curricular se llevará a cabo de forma automática al
momento en que las personas candidatas registren su participación a un concurso a través del sistema
informático determinado (portal de Trabajaen), el cual asignará un folio de participación al aceptar las
condiciones del concurso, que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlas durante el desarrollo
del proceso de selección, con el fin de asegurar así el anonimato de las personas aspirantes o, en su caso, un
folio de rechazo que las descartará del concurso.
Cada aspirante interesado en concursar los puestos vacantes deberá dar lectura al documento “Condiciones
de Uso y Restricciones de Registro del portal Trabajaen” el cual se encuentra ubicado en la dirección
electrónica www.trabajaen.gob.mx en el rubro denominado “Documentos e Información Relevante”.
La revisión curricular a través de Trabajaen se llevará a cabo, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la
documentación que cada aspirante deberá presentar para acreditar que cumple con los requisitos
establecidos en la convocatoria.
5° Reactivación de folios
Una vez que haya concluido el periodo de registro de aspirantes, y en caso de haber obtenido un folio de
rechazo, tendrán 2 días hábiles para enviar su escrito de solicitud de reactivación de folio dirigido al Comité
Técnico de Selección de la plaza que quieren concursar, la solicitud deberá enviarse de forma escaneada
al correo electrónico spc_ingreso@stps.gob.mx de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera de la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (STPS)
El escrito deberá firmarse e incluir la justificación por la que solicita la reactivación de folio, señalando la
dirección electrónica donde recibirá respuesta a su petición, la cual, será evaluada y resuelta por el Comité
Técnico de Selección.
Al escrito de solicitud, se anexarán los siguientes documentos escaneados de forma legible:
•
Identificación oficial donde se observe su firma.
•
Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe el número de folio de rechazo.
•
Documentos que comprueben fehacientemente la experiencia laboral requerida en el perfil del puesto,
inicio y término de cada puesto.
•
Documentos que comprueben fehacientemente el nivel de estudios requerido en el perfil del puesto.
•
Currículum vítae en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, la fecha de inicio y término de cada
registro laboral, el nombre del puesto, así como las funciones desempeñadas en cada puesto.
La reactivación de folio será procedente cuando a juicio de las y los integrantes del Comité Técnico de
Selección se acredite lo siguiente:
1. Errores en la captura de información de los datos académicos.
2. Errores en la captura de información de los datos laborales.
La reactivación de folio no será procedente cuando:
1. La persona aspirante cancele su participación en el concurso.
2. Exista duplicidad de registros en Trabajaen.
Cuando la DGRH advierta la duplicidad de registros en Trabajaen con motivo de un concurso, el CTS
procederá al descarte del aspirante.
No se considerarán las solicitudes de reactivación de folios recibidas una vez concluido el periodo establecido
para este fin, señalado en esta convocatoria.
El proceso para dar respuesta a las solicitudes de reactivación de folios se llevará a cabo sin perjuicio de la
etapa de evaluación de la experiencia y valoración del mérito de las personas candidatas
(Revisión Documental), en la cual, cada aspirante deberá presentar para su cotejo la documentación original
que se establezca en las bases de participación de esta convocatoria.
6° Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades
La calificación mínima aprobatoria del examen de conocimientos técnicos de esta dependencia será igual o
superior a 70 puntos, con vigencia de un año, tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en
otros concursos de esta Secretaría sin tener que sujetarse al examen, siempre y cuando se trate de la misma
capacidad técnica, herramienta, temario y que hayan sido evaluadas a través de las herramientas
proporcionadas por la STPS.
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Para evaluar el idioma extranjero para las vacantes que por su descripción y perfil del puesto lo soliciten; en la
etapa de exámenes de conocimientos, la persona aspirante deberá presentar en original y copia simple el
documento que lo compruebe, mismo que le otorgará el 100 de calificación; de no presentar el documento, se
le otorgará 0 de calificación. Ambas calificaciones se promediarán y el resultado obtenido se registrará
en Trabajaen.
Las personas candidatas que obtengan en el examen de conocimientos técnicos una calificación menor a 70
puntos serán descartadas del o de los concursos en los que se encuentren participando al momento del
registro de la calificación, siempre y cuando se trate de la misma capacidad técnica, herramienta, temario y
que hayan sido evaluadas a través de las herramientas proporcionadas por la STPS.
Cuando las personas candidatas aprueben el examen de conocimientos técnicos de esta dependencia,
continuarán con la aplicación del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal
administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG). Este examen, se realizará en el
módulo generador de exámenes administrado por la SABG, para autorizar esta aplicación la persona
candidata deberá capturar la contraseña de su cuenta de Trabajaen, la calificación se establecerá en una
escala de 0 sobre 100 sin decimales. La calificación mínima aprobatoria del examen será igual o superior a 70
puntos.
El resultado del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y el resultado del
examen de conocimientos técnicos de esta dependencia serán sumados y promediados, con el objetivo de
obtener los puntos de la Subetapa.
Una vez realizado el promedio total de la subetapa de conocimientos, cuando no se alcance la calificación
mínima de 70 de una escala de 0 sobre 100 sin decimales, se descartará del concurso, conservando la
vigencia del o los exámenes acreditados. En caso de obtener un promedio de 70 o más continuará
con la evaluación de habilidades.
Los resultados obtenidos en la evaluación de habilidades no serán motivo de descarte y tendrán vigencia de
un año con calificación igual o superior a 70, a partir de la fecha en que se den a conocer a través de la
página electrónica Trabajaen, tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en otros concursos
de esta Secretaría sin tener que sujetarse a la evaluación, siempre y cuando se trate de la misma habilidad,
herramienta, temario y que hayan sido evaluadas a través de las herramientas proporcionadas por la STPS.
Estas servirán para determinar el orden de prelación de las personas candidatas que se sujetarán a
entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones serán considerados en el Sistema de Puntuación
General, es decir, se les otorgará un puntaje.
Los resultados de exámenes de conocimientos y habilidades se verán reflejados en una escala de 0 a 100
puntos sin decimales.
Las personas candidatas que hayan sido evaluadas en sus habilidades con herramientas distintas a las
administradas por la STPS, deberán realizar las evaluaciones, ya que las calificaciones que hayan obtenido
mediante otro mecanismo quedan sin efectos.
Los resultados no aprobatorios de los exámenes de conocimientos y de las evaluaciones de habilidades
aplicadas en los procesos de selección tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del registro
de los resultados en el portal Trabajaen. Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado de las
evaluaciones.
A partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en el
portal www.trabajaen.gob.mx, los temarios para los exámenes de conocimientos y evaluaciones de
habilidades se encontrarán a su disposición en Trabajaen y en la página electrónica de la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social: https://www.stps.gob.mx/Administración-SPC/Public/Index.aspx en el apartado
Convocatorias, Notas Aclaratorias a las convocatorias y Temarios de estudio.
Para el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, el temario está a su
disposición
en
Trabajaen,
en
el
apartado
“Documentos
e
Información
Relevante”
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
En el supuesto de que la persona candidata considere que no se aplicaron correctamente las herramientas de
evaluación, tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para presentar por escrito su solicitud ante el Comité
Técnico de Selección.
De conformidad con el artículo 265 del ACUERDO, en los casos en que el CTS determine la revisión de
exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación,
métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de
respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
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7° Evaluación de la experiencia y valoración del mérito (revisión documental)
Documentación requerida:
Las personas candidatas deberán presentar sin excepción alguna los documentos enlistados en esta sección,
con la finalidad de verificar su identidad, que estén fehacientemente acreditados los requisitos legales y los
establecidos en esta convocatoria, para ello deberá presentar los documentos en original legible o copia
certificada sólo para su cotejo, y copia simple tamaño carta para su entrega al área de ingreso:
•
Impresión del documento de bienvenida del portal Trabajaen, como comprobante del número de folio de
nueve dígitos y del folio asignado por el portal para el concurso de que se trate, se debe presentar en
todas las etapas con la finalidad de acreditar su identidad.
•
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar del Instituto
Nacional Electoral, pasaporte, cartilla del servicio militar o credenciales expedidas por instituciones
oficiales. El original se debe presentar en todas las etapas con la finalidad de acreditar su identidad.
•
Currículum vítae de Trabajaen detallando funciones específicas, campos y áreas de experiencia, puesto
ocupado y periodo en el cual laboró (mes y año) para acreditar los años de experiencia solicitados para el
puesto por el cual concursa y que manifestó en su momento en el currículum registrado en Trabajaen.
•
Currículum vítae, formato de Excel descargable de la página de la STPS dentro del apartado, “Formatos
para revisión documental”: https://www.stps.gob.mx/Administración-SPC/Public/Index.aspx
•
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
En el caso de que el grado de avance, en el nivel de estudios del puesto, requiera titulada/o: se acreditará con
el título y/o cédula profesional que aparezca registrado en la página de internet del Registro Nacional de
Profesionistas de la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
En ningún caso se aceptará la constancia o acta de presentación y/o acreditación del examen profesional, ni
cualquier otro documento con el que se pretenda acreditar que la expedición del título y/o cédula profesional
se encuentra en trámite.
En el caso de contar con estudios en el extranjero, deberán presentar la documentación oficial que acredite
la autorización por parte de las autoridades educativas nacionales (Dirección General de Profesiones de la
Secretaría de Educación Pública, Area de Revalidación de Estudios en el Extranjero) para el ejercicio de su
profesión o grado académico adicional a su profesión.
En el caso de que el grado de avance requerido sea de pasante, se aceptará el documento oficial emitido por
la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública que lo acredite como tal, bajo la
normatividad vigente.
En el caso de que el grado de avance en el nivel de estudios del puesto requiera carrera terminada, se
aceptará certificado, historial académico sellado o carta de terminación de estudios que acredite haber
cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado, los cuales deberán contener: sello y/o firma
del área correspondiente de la institución educativa reconocida por la SEP.
Para los puestos cuyo perfil indique secundaria, preparatoria o bachillerato y técnico superior universitario
deberá presentar certificado; se considerará cubierto el perfil, si la persona candidata demuestra mediante
documento oficial, que contenga sello y/o firma del área correspondiente de la institución educativa reconocida
por la SEP, que cuenta con un nivel igual o superior al requerido, sin necesidad de presentar copia del
certificado de secundaria, preparatoria o bachillerato o técnico superior universitario.
•
Acta de nacimiento, en el caso de personas extranjeras documento migratorio o tarjeta de residente
vigente que le permita la función a desarrollar.
•
Cédula de identificación fiscal o Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emitido por el Servicio de
Administración Tributaria (SAT). Deberá coincidir con los datos registrados por la persona candidata en el
sistema Trabajaen.
•
Clave Unica de Registro de Población (CURP). Deberá coincidir con los datos registrados por la persona
candidata en el portal de Trabajaen.
Es responsabilidad de las personas candidatas mantener actualizados los datos personales y
curriculares, los cuales serán utilizados por el sistema Trabajaen durante la operación del proceso del
Subsistema de Ingreso del Servicio Profesional de Carrera.
•
Manifestación bajo protesta de decir verdad de ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus
derechos o persona extranjera cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciada/o con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de las
funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser persona ministra de algún
culto; no ser persona inhabilitada para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento
legal; que la documentación presentada es auténtica; que no tiene conflicto de intereses para su
contratación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social u otra Institución; si es parte de algún juicio
de cualquier naturaleza en contra de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social u otra Institución; en
caso de desempeñar otro empleo en la Administración Pública Federal si tiene compatibilidad de
empleos, si ha sido incorporada/o a los programas especiales de retiro voluntario; si tiene familiares
dentro del 4º grado de consanguinidad en la STPS; si ha sido beneficiada/o con el pago de una
indemnización por la terminación de su relación laboral en cualquier dependencia del sector.
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Asimismo, deberá manifestar si tiene sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia
familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra
las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y si ha sido declarada como
persona deudora alimentaria morosa, de encontrarse en alguno de estos supuestos, se restringe su
participación en el concurso o concursos, por lo que será motivo de descarte.
Las personas candidatas deberán descargar el formato manifestación bajo protesta de decir verdad en
https://www.stps.gob.mx/Administración-SPC/Public/Index.aspx dentro del apartado, “Formatos para revisión
documental” para su llenado y entrega durante la etapa de Evaluación de la experiencia y valoración del
mérito (revisión documental).
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal se tendrá por acreditado cuando la persona candidata sea considerada
finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica ser apta/o para el
desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador/a del mismo, lo anterior, conforme al
último párrafo del artículo 220 del ACUERDO.
En caso de que se haya apegado a un programa de retiro voluntario, o haya sido beneficiada/o con el pago de
una indemnización por la terminación de su relación laboral en la Administración Pública Federal, su ingreso
estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
Cabe señalar que, si se detecta que alguno de los datos proporcionados no es verídico, será motivo de
descarte.
•
Descargar “Carta protesta de no ser Servidor Público de Carrera Titular o Eventual de primer
nivel de ingreso”: https://www.stps.gob.mx/Administración-SPC/Public/Index.aspx dentro del apartado,
“Formatos para revisión documental”.
•
Documentos comprobatorios para evaluar la experiencia laboral adquirida por las personas candidatas en
los sectores público, privado y/o social se aceptarán: hojas únicas de servicios, constancias de servicios,
constancias de nombramiento, cartas finiquito, constancias de alta y baja, contratos de servicios
profesionales por honorarios, altas y bajas al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado (ISSSTE), expediente electrónico del ISSSTE, altas y bajas al Instituto Mexicano
del Seguro Social (IMSS), constancia electrónica del IMSS de semanas cotizadas del asegurado, hoja de
periodos cotizados del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM),
recibos de pago con los que se comprueben los años laborados, declaraciones del impuesto sobre la
renta, declaraciones patrimoniales, actas constitutivas de empresas, poderes notariales, constancias
laborales en hojas membretadas con dirección, números telefónicos, firma y sello, en el que se indique
nombre completo de la persona candidata, periodo laborado, puesto(s) y funciones desempeñadas. Sólo
se contabilizará el periodo o periodos que compruebe.
Asimismo, se aceptará la constancia de capacitación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro; el
documento de liberación del servicio social; carta, oficio o constancia de término de servicio social y/o
prácticas profesionales y/o persona becaria emitidos por las Instituciones en las que se hayan realizado.
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral cartas de recomendación.
•
Para la verificación de las referencias laborales la persona candidata deberá llenar en el formato
denominado referencias laborales, cuando menos una referencia comprobable del o de los empleos con
los que se acrediten los años y áreas de experiencia requeridos para el puesto que se concurse.
Descargar
formato
“Referencias
Laborales”
en
https://www.stps.gob.mx/Administración-
SPC/Public/Index.aspx dentro del apartado, “Formatos para revisión documental”.
•
Constancias con las cuales la persona candidata acredite los méritos con los que cuenta, de acuerdo con
las Metodologías de Aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia y la
valoración del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera emitida por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno que se encuentran a su disposición en la página
electrónica
www.trabajaen.gob.mx
en
“Documentos
e
Información
Relevante”
o
en
https://www.stps.gob.mx/Administración-SPC/Public/Index.aspx
en
el
apartado
Metodologías
de
aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración del mérito
para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera.
•
Las personas servidoras públicas de carrera titulares, podrán presentar su última evaluación del
desempeño anual, misma que será considerada dentro de la valoración del mérito, de manera específica,
a través de los puntos de la calificación obtenida.
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Con base en la revisión y análisis de los documentos que presenten las personas candidatas, la
DGRH evaluará en la primera subetapa la experiencia y en la segunda el mérito. Los resultados obtenidos en
estas subetapas serán considerados en el Sistema de Puntuación General, sin implicar el descarte de las
personas candidatas.
Para los puestos de Enlace se asignará puntaje único de 100 en la subetapa evaluación de experiencia,
etapa III.
Cuando la DGRH detecte más de una inscripción a un mismo concurso por una persona candidata, se
notificará al CTS para que sea descartado del concurso.
Será motivo de descarte el no presentar para su cotejo el original o cualquiera de los documentos requeridos
en estas bases de participación. Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia
fotostática de los documentos descritos, ni el acta levantada con motivo de robo, destrucción o extravío o
constancia de que el documento se encuentra en trámite.
Cuando no se acredite la autenticidad de la información registrada o de la documentación presentada por la
persona candidata, para acreditar la evaluación de la experiencia, así como el perfil del puesto,
se le descartará y se ejercerán las acciones procedentes.
Las personas candidatas que al final de la etapa III, cuenten con menos de 45 puntos en una escala de 0 a
100 sin decimales no serán consideradas para la etapa de entrevistas, por lo que serán descartadas, toda vez
que no obtendrían los 75 puntos que se requieren para acreditar el puntaje mínimo de calificación que
establece el artículo 230, fracción VII del ACUERDO, las reglas de valoración general y el sistema de
puntuación general.
Asimismo, se hace del conocimiento de las personas candidatas, que esta Secretaría no realiza ningún tipo de
discriminación y no solicita como requisito de contratación para la ocupación de sus puestos, prueba médica,
examen o certificado de no-gravidez, de VIH/SIDA o de cualquier otra naturaleza.
8° Entrevistas
Las personas candidatas que al final de la etapa III, cuenten con al menos 45 puntos en una escala de 0 a 100
sin decimales, serán consideradas para elaborar el listado de personas candidatas, a fin de determinar el
orden de prelación para la etapa de Entrevistas, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de
Puntuación establecidos por la STPS.
El Comité Técnico de Profesionalización, de conformidad con las reglas de valoración establecidas acordó
que pasarán a la etapa de Entrevistas, en primera sesión las seis personas candidatas con puntuaciones más
altas en estricto apego al orden de prelación registrado, cuando el universo lo permita. El número de personas
candidatas que se continuarían entrevistando, será de seis y sólo se entrevistarían en caso de no contar al
menos con una persona finalista de entre las seis personas candidatas ya entrevistadas en la primera sesión.
Las entrevistas podrán realizarse a través de medios electrónicos de comunicación, siempre que se
compruebe fehacientemente la identidad de la persona candidata a evaluar.
En esta etapa el Comité Técnico de Selección, para verificar si la o las personas candidatas reúnen el perfil y
los requisitos para desempeñar el puesto sujeto a concurso, identificará a través de preguntas y mediante las
respuestas que proporcione la persona candidata, las evidencias que le permitan determinar si es el caso en
un primer momento considerarlo finalista y en un segundo momento, incluso determinarle persona ganadora
del concurso.
El Comité Técnico de Selección considerará en la etapa de Entrevistas el criterio CERP, el cual contempla los
siguientes elementos:
Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento.
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones.
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento.
La entrevista permitirá la interacción de cada una de las personas integrantes del Comité Técnico de
Selección con la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y
conocimientos vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso,
considerando los elementos arriba señalados y las preguntas serán las mismas para cada una de las
personas candidatas entrevistadas. Cada integrante calificará a cada persona candidata, en una escala de 0 a
100 sin decimales y se promediará para obtener los puntos de esta etapa.
Se considerarán finalistas y aptas para el desempeño de sus funciones en el servicio público, a las personas
candidatas que obtengan un mínimo de 75 puntos en una escala de 0 a 100 sin decimales, el cual resultará de
la suma de los resultados obtenidos en las etapas del procedimiento de selección, conforme al sistema
de puntuación general.
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9°Determinación y reserva de aspirantes
Se determinará persona ganadora del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en
el proceso de selección, es decir, la de mayor calificación definitiva.
La persona finalista con la siguiente mayor calificación definitiva podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que, por causas ajenas a la dependencia, la persona ganadora señalada en el
párrafo anterior:
a) Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
b) No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada.
La persona candidata que decline a la ocupación de la plaza, siempre y cuando no se haya dado de alta en
esta Secretaría, deberá comunicarlo al Comité Técnico de Selección de la plaza que concursó, para que se
analice si es el caso, la ocupación de la plaza por la persona finalista con la siguiente mayor calificación
definitiva.
Las personas candidatas entrevistadas por las personas integrantes del Comité Técnico de Selección que no
resulten ganadoras del concurso y obtengan el puntaje mínimo de calificación de 75 puntos, se integrarán a la
reserva de personas aspirantes de la rama de cargo de que se trate.
La permanencia en la reserva tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la publicación de los
resultados del concurso correspondiente. La reserva sólo podrá ser considerada para procesos de selección
en esta Secretaría.
10° Declaración de concurso desierto
De conformidad con el artículo 40 del RLSPCAPF, el Comité Técnico de Selección podrá, considerando las
circunstancias del caso, declarar desierto un concurso:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna persona candidata obtenga el puntaje mínimo de aptitud para ser considerada finalista,
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos de las y los integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria.
11° Cancelación del concurso
El Comité Técnico de Profesionalización y/o de Selección podrán cancelar el concurso de las plazas en los
supuestos siguientes:
a)
Cuando medie orden de autoridad competente, exista resolución o disposición legal expresa que restrinja
la ocupación del puesto de que se trate o,
b)
El puesto de que se trate se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado para restituir en sus derechos a alguna
persona o,
c)
Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo el
puesto en cuestión.
12° Reglas de valoración
Con fundamento en los artículos 229 y 230 del ACUERDO, mediante Acuerdo CTPSTPS.03/1ªE/2026
autorizado por el Comité Técnico de Profesionalización de esta STPS en su 1ª. Sesión Extraordinaria del 20
de enero 2026, autorizó las reglas de valoración siguientes:
a)
Autorizar como mínimo dos y máximo tres exámenes de conocimientos y para el caso de habilidades una
evaluación como mínimo y dos como máximo; en la convocatoria del puesto de la vacante concursada se
precisarán la denominación de los mismos.
b)
La calificación mínima aprobatoria para los exámenes de conocimientos, determinados por esta
dependencia, para todos los rangos será de 70 puntos en una escala de 0 sobre 100 sin decimales.
En lo que respecta al examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal
administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la calificación mínima aprobatoria será 70
y se establecerá en una escala de 0 sobre 100 sin decimales.
El valor ponderado del o de los exámenes de conocimientos determinados por esta dependencia será del
50% y del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal será de 50%, para
obtener un total de 100%.
El resultado del o de los exámenes de conocimientos determinados por esta dependencia y el resultado
del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal administrado por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos de
la Subetapa de Exámenes de conocimientos. El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70, en
caso de ser menor a 70, el sistema procederá al descarte.
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DIARIO OFICIAL
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c)
Las herramientas que se aplicarán para las evaluaciones de habilidades serán las desarrolladas por esta
dependencia.
Las evaluaciones de habilidades no serán motivo de descarte, por lo que la calificación se reflejará en
una escala de 0 a 100 puntos sin decimales, sin embargo, la calificación obtenida sumará en el sistema
puntos. La calificación mínima aprobatoria es de 70 puntos.
-Se promediarán las calificaciones de los exámenes de conocimientos y de habilidades para efecto de
tener una sola calificación en cada una de las subetapas respectivas.
-Los resultados aprobatorios tendrán vigencia de un año, tiempo en el cual las personas candidatas
podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse al o los exámenes de conocimientos y
evaluación de habilidades, siempre y cuando estos sean los mismos.
d)
El Comité Técnico de Selección, cuando así lo establezca, podrá contar con la participación de un
especialista que auxilie al CTS para desarrollar la etapa de entrevistas.
e)
El número de personas candidatas a entrevistar, será de seis. En el supuesto de que el número de
personas candidatas que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34 del
Reglamento sea menor al establecido, se deberán entrevistar a todas.
f)
En caso de no contar con una persona finalista, se continuarán entrevistando a las siguientes seis
personas candidatas, conforme a lo previsto en el artículo 36 del Reglamento.
g)
El puntaje mínimo para ser considerada persona finalista y apta para el desempeño de las funciones en el
servicio público, será de 75 en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales.
h)
Los Comités Técnicos de Selección para la evaluación de las entrevistas observarán el criterio CERP,
que contempla los elementos de Contexto, Estrategia, Resultado y Participación.
i)
Los Comités Técnicos de Selección, sí podrán determinar méritos particulares, previa aprobación de la
Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
13° Sistema de puntuación
Con fundamento en los artículos 229 y 231 del ACUERDO, mediante Acuerdo CTPSTPS.04/1ªE/2026
autorizado por el Comité Técnico de Profesionalización de esta STPS en su 1ª. Sesión Extraordinaria del 20
de enero 2026, autorizó el sistema de puntuación general para aplicarse a los concursos de esta Secretaría:
Etapa
Subetapa
Enlace
Jefatura de
Departamento
Subdirección
Dirección
de Area
Dirección
General
II
Exámenes de
Conocimientos
25
25
25
25
25
Evaluación de
Habilidades
15
15
15
15
15
III
Evaluación de
Experiencia
10
15
15
15
15
Valoración del
Mérito
20
15
15
15
15
IV
Entrevistas
30
30
30
30
30
Total
100
100
100
100
100
14° Publicación de resultados
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal de
www.trabajaen.gob.mx, identificándose a cada persona aspirante con su número de folio asignado para el
concurso.
De conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 243 del ACUERDO, las convocatorias a los concursos
públicos y abiertos en cualquiera de sus modalidades estarán disponibles en la página de Internet de la
dependencia en tanto concluye el procedimiento de selección correspondiente.
15° Disposiciones generales
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos
vacantes.
2.
El Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social es responsable
de determinar las reglas de valoración y sistema de puntuación aplicables a los procesos de selección,
con apego a lo establecido en las disposiciones aplicables.
412
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
3.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como en las
inconformidades y los recursos de revocación serán considerados confidenciales, aun después de
concluidos éstos, en todo caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección,
tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales que resulten aplicables.
4.
Cada persona aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de
su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.
5.
Las personas candidatas podrán interponer inconformidades mediante escrito presentado ante el Organo
Interno de Control en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ubicado en Avenida Félix Cuevas 301,
7º piso, Colonia del Valle Sur, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, de lunes a viernes,
con horario de 9:00 a 15:00 horas, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, o a través de correo certificado o por
mensajería en la dirección antes mencionada; así como por correo electrónico a la dirección electrónica
despachotoic@stps.gob.mx.
6.
Las personas concursantes podrán interponer recurso de revocación mediante escrito ante la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Avenida Insurgentes Sur No. 1735, Col. Guadalupe Inn,
C.P. 01020, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, en términos de lo dispuesto por la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, así como
mediante correo certificado o mensajería.
7.
En el centro de evaluación no se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, relojes
inteligentes, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como discos duros, discos grabables y
memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras, así como cualquier otro dispositivo, libro o
documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones,
salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o se requiera su utilización como medio de apoyo
para la evaluación.
8.
En caso de que la persona candidata por requerimiento del perfil del puesto a concursar tenga que
realizar el examen técnico de “Estadística aplicada en el ámbito laboral”, se le permitirá el uso de
calculadora, o en su caso, en el momento de aplicación se le dará acceso a la calculadora del equipo en
que realice la prueba.
9.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de persona servidora pública de carrera para
poder ser nombrada en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que
acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activa en ambos puestos, así como de
haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo 10 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
10. Las personas aspirantes deberán considerar que, en caso de ser persona ganadora de alguno de estos
concursos, podrán ser sujetas a cambio de residencia y/o ubicación diferente a la publicada en esta
convocatoria.
11. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección, conforme a las disposiciones vigentes.
12. El lenguaje empleado en esta convocatoria no busca generar ninguna distinción, ni marcar diferencias
entre género, por lo que las referencias o alusiones hechas en la redacción representan a todas las
personas.
Resolución de dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las personas aspirantes formulen con relación
a los puestos y los procesos de los concursos, se ha implementado el número telefónico (55) 3000 2200
extensiones 64306, 63080, 65014 y 62942 de lunes a viernes en un horario de atención de 09:00 a 15:00
horas; 64311, 62319, 64327, 62513 y 63053 de lunes a viernes en un horario de atención de 9:00
a 18:00 horas.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
Los Comités Técnicos de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, suscribe la Subdirectora de Administración
de Servicios al Personal de la Dirección General de Recursos Humanos
y Secretaría Técnica de los Comités Técnicos de Selección
Lisette Martínez Soriano
Firma Electrónica.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
413
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 477
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con fundamento en los
artículos 21, 22, 23, 24, 25 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 5, 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39 y 40 de su Reglamento, 220,
221, 227, 229, 230, 231, 238, 241, 242, 243, 246, 247, 254, 259, 262, 265, 272 y 293 del ACUERDO por el
que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, emiten la siguiente CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que
desee ingresar al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal para
ocupar la plaza siguiente:
Denominación
PROFESIONAL DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS
DE EVALUACION DEL DESEMPEÑO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Grupo, Grado y
Nivel del
Puesto
P12
Número de vacantes
1 (UNA)
Remuneración
Mensual Bruta
$ 14,598.00 (CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.)
Código de
puesto
14-510-1-E1C007P-0000497-E-C-M
Sede o residencia
CIUDAD DE MEXICO
Ubicación
Boulevard Adolfo López Mateos, número 1968, Colonia Los Alpes,
Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México. C.P. 01010.
FUNCIONES PRINCIPALES
1.- Auxiliar a la Jefatura de Evaluación del Desempeño a realizar el programa de difusión, para llevar a
cabo el proceso de evaluación del desempeño.
2.- Comunicar los lineamientos metodológicos y los instrumentos de evaluación del desempeño en la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), así como, asesorar a las y los servidores públicos en
cuestionamientos relacionados con la evaluación del desempeño, para esclarecer las áreas de
oportunidad.
3.- Transmitir información a las y los servidores públicos en lo referente a la evaluación del desempeño,
conforme a los lineamientos emitidos en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG), para
cumplir con el objetivo pactado.
4.- Apoyar a la Jefatura de Evaluación del Desempeño a la preparación de la logística, para el programa de
evaluación del desempeño, así como, en el apoyo del diseño del material didáctico relacionado con los
lineamientos metodológicos de la evaluación del desempeño, para presentarlo a las y los coordinadores
administrativos de las Unidades Administrativas de la STPS.
5.- Analizar y archivar la compilación de datos de los resultados obtenidos en la evaluación del desempeño,
para disponer de un soporte documental.
6.- Auxiliar en el proyecto de otorgamiento de reconocimientos, incentivos y estímulos al desempeño
destacado a favor de las y los servidores públicos de la STPS, con la finalidad de promover la cultura del
desempeño, la responsabilidad en el logro de los objetivos institucionales, el desarrollo y motivación
del personal y la adecuada orientación y dirección de los mandos superiores.
7.- Auxiliar en la evaluación del desempeño de las y los servidores públicos eventuales, a efecto de que
cumplan con los requisitos, para obtener la titularidad con base en la normatividad aplicable a este proceso.
8.- Recibir y analizar las cedulas de evaluación y apoyo en el envío para la integración de los expedientes
de las y los servidores públicos evaluados, con el propósito de contar con la información documental en
forma oportuna.
PERFIL Y REQUISITOS
Escolaridad
Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
AREA DE ESTUDIO
CARRERA GENERICA
No aplica
No aplica
Experiencia
Tres años en las áreas siguientes:
Campo de Experiencia
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Ciencia Política
Administración Pública
Conocimientos
•
Herramientas de Cómputo (Conocimiento) - Lenguaje Ciudadano: Lenguaje Claro
•
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal
Habilidades
•
Orientación a Resultados
Idiomas
•
No aplica
Otros
•
Disponibilidad para viajar
414
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
BASES DE PARTICIPACION
1° Principios del concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose al desarrollo del proceso de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), al Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (RLSPCAPF),
al ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal (ACUERDO) y a la determinación de cada Comité Técnico de Selección.
2° Requisitos de participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto.
Se deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos legales siguientes:
Ser ciudadana/o mexicana/o en pleno ejercicio de sus derechos o extranjera/o cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciada/o con pena privativa de libertad por delito doloso;
tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico,
ni ser ministra/o de algún culto, no estar inhabilitada/o para el servicio público y no encontrarse con algún otro
impedimento legal.
De conformidad con el artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
queda restringida la participación de aquellas personas que se ubiquen en los supuestos siguientes:
Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la
libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, así como estar declarada como persona deudora
alimentaria morosa.
3° Etapas del concurso
El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo con las fechas establecidas a continuación:
Etapas
Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria
29 de abril de 2026
Registro de Aspirantes en www.trabajaen.gob.mx
Hasta el 14 de mayo de 2026
I. Revisión curricular en www.trabajaen.gob.mx
Al momento del registro de aspirantes
II. Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades
A partir del 15 de mayo de 2026
III. Evaluación de la experiencia y valoración del mérito
(revisión documental)
A partir del 15 de mayo de 2026
IV. Entrevistas
A partir del 15 de mayo de 2026
V. Determinación de la persona ganadora
Hasta el 27 de julio de 2026
Debido al número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, las fechas indicadas podrán estar
sujetas a cambio sin previo aviso.
Se comunicará a cada aspirante, la fecha, hora, lugar y documentos que deberá presentar para la aplicación
de cada una de las etapas del concurso, a través del portal de Trabajaen en su servicio de mensajería; en el
entendido que de no presentarse será motivo de descarte del concurso. La invitación se enviará con al menos
dos días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista.
La aplicación de los exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades, así como el cotejo
documental de todos los concursos, se llevarán a cabo en la Ciudad de México, en las instalaciones de la
Dirección del Servicio Profesional de Carrera (DSPC) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS),
el día y la hora que se informe a las personas candidatas a través de los mensajes electrónicos que serán
enviados a su cuenta en el portal de Trabajaen.
Las personas candidatas para la etapa de entrevistas deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se les
indique para tal efecto, a través de los mensajes que serán enviados a su cuenta en el portal de Trabajaen.
En todas las etapas, las personas candidatas deberán considerar las previsiones necesarias de tiempo e
imprevistos para su traslado, ya que la tolerancia máxima respecto a la hora en la que se tenga programado el
inicio de cada etapa será de quince minutos considerando la hora oficial para la Ciudad de México, misma que
se encuentra ajustada en los equipos de cómputo del área de Ingreso. Transcurrido dicho término, no se
permitirá el acceso quedando inmediatamente descartadas del concurso.
De acuerdo al principio de igualdad de oportunidades a petición de las personas candidatas no procederá la
reprogramación de las fechas para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso.
En caso de que la persona candidata se encuentre inscrita en varios concursos y esté citada a otra etapa del
proceso en el mismo día y horario, la persona candidata decidirá a que concurso se presenta.
Cuando una persona no cumpla con algún requisito establecido en la convocatoria, no podrá continuar
participando en el proceso de selección, se notificará el motivo de la eliminación de su participación y el
fundamento de esta determinación.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
415
4° Registro de aspirantes y revisión curricular
En términos del artículo 259 del ACUERDO, la revisión curricular se llevará a cabo de forma automática al
momento en que las personas candidatas registren su participación a un concurso a través del sistema
informático determinado (portal de Trabajaen), el cual asignará un folio de participación al aceptar las
condiciones del concurso, que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlas durante el desarrollo
del proceso de selección, con el fin de asegurar así el anonimato de las personas aspirantes o, en su caso, un
folio de rechazo que las descartará del concurso.
Cada aspirante interesado en concursar los puestos vacantes deberá dar lectura al documento “Condiciones
de Uso y Restricciones de Registro del portal Trabajaen” el cual se encuentra ubicado en la dirección
electrónica www.trabajaen.gob.mx en el rubro denominado “Documentos e Información Relevante”.
La revisión curricular a través de Trabajaen se llevará a cabo, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la
documentación que cada aspirante deberá presentar para acreditar que cumple con los requisitos
establecidos en la convocatoria.
5° Reactivación de folios
Para la plaza considerada en esta convocatoria, el Comité Técnico de Selección no autorizó el proceso de
reactivación de folios.
6° Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades
La calificación mínima aprobatoria del examen de conocimientos técnicos de esta dependencia será igual o
superior a 70 puntos, con vigencia de un año, tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en
otros concursos de esta Secretaría sin tener que sujetarse al examen, siempre y cuando se trate de la misma
capacidad técnica, herramienta, temario y que hayan sido evaluadas a través de las herramientas
proporcionadas por la STPS.
Para evaluar el idioma extranjero para las vacantes que por su descripción y perfil del puesto lo soliciten; en la
etapa de exámenes de conocimientos, la persona aspirante deberá presentar en original y copia simple el
documento que lo compruebe, mismo que le otorgará el 100 de calificación; de no presentar el documento, se
le otorgará 0 de calificación. Ambas calificaciones se promediarán y el resultado obtenido se registrará en
Trabajaen.
Las personas candidatas que obtengan en el examen de conocimientos técnicos una calificación menor a 70
puntos serán descartadas del o de los concursos en los que se encuentren participando al momento del
registro de la calificación, siempre y cuando se trate de la misma capacidad técnica, herramienta, temario y
que hayan sido evaluadas a través de las herramientas proporcionadas por la STPS.
Cuando las personas candidatas aprueben el examen de conocimientos técnicos de esta dependencia,
continuarán con la aplicación del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal
administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG). Este examen, se realizará en el
módulo generador de exámenes administrado por la SABG, para autorizar esta aplicación la persona
candidata deberá capturar la contraseña de su cuenta de Trabajaen, la calificación se establecerá en una
escala de 0 sobre 100 sin decimales. La calificación mínima aprobatoria del examen será igual o superior a 70
puntos.
El resultado del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y el resultado del
examen de conocimientos técnicos de esta dependencia serán sumados y promediados, con el objetivo de
obtener los puntos de la Subetapa.
Una vez realizado el promedio total de la subetapa de conocimientos, cuando no se alcance la calificación
mínima de 70 de una escala de 0 sobre 100 sin decimales, se descartará del concurso, conservando
la vigencia del o los exámenes acreditados. En caso de obtener un promedio de 70 o más continuará con la
evaluación de habilidades.
Los resultados obtenidos en la evaluación de habilidades no serán motivo de descarte y tendrán vigencia de
un año con calificación igual o superior a 70, a partir de la fecha en que se den a conocer a través de la
página electrónica Trabajaen, tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en otros concursos
de esta Secretaría sin tener que sujetarse a la evaluación, siempre y cuando se trate de la misma habilidad,
herramienta, temario y que hayan sido evaluadas a través de las herramientas proporcionadas por la STPS.
Estas servirán para determinar el orden de prelación de las personas candidatas que se sujetarán a
entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones serán considerados en el Sistema de Puntuación
General, es decir, se les otorgará un puntaje.
Los resultados de exámenes de conocimientos y habilidades se verán reflejados en una escala de 0 a 100
puntos sin decimales.
Las personas candidatas que hayan sido evaluadas en sus habilidades con herramientas distintas a las
administradas por la STPS, deberán realizar las evaluaciones, ya que las calificaciones que hayan obtenido
mediante otro mecanismo quedan sin efectos.
Los resultados no aprobatorios de los exámenes de conocimientos y de las evaluaciones de habilidades
aplicadas en los procesos de selección tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del registro
de los resultados en el portal Trabajaen. Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado de las
evaluaciones.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
A partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en el
portal www.trabajaen.gob.mx, los temarios para los exámenes de conocimientos y evaluaciones de
habilidades se encontrarán a su disposición en Trabajaen y en la página electrónica de la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social: https://www.stps.gob.mx/Administracion-SPC/Public/Index.aspx en el apartado
Convocatorias, Notas Aclaratorias a las convocatorias y Temarios de estudio.
Para el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, el temario está a su
disposición
en
Trabajaen,
en
el
apartado
“Documentos
e
Información
Relevante”
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
En el supuesto de que la persona candidata considere que no se aplicaron correctamente las herramientas de
evaluación, tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para presentar por escrito su solicitud ante el Comité
Técnico de Selección.
De conformidad con el artículo 265 del ACUERDO, en los casos en que el CTS determine la revisión de
exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación,
métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de
respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
7° Evaluación de la experiencia y valoración del mérito (revisión documental)
Documentación requerida:
Las personas candidatas deberán presentar sin excepción alguna los documentos enlistados en esta sección,
con la finalidad de verificar su identidad, que estén fehacientemente acreditados los requisitos legales y los
establecidos en esta convocatoria, para ello deberá presentar los documentos en original legible o copia
certificada sólo para su cotejo, y copia simple tamaño carta para su entrega al área de ingreso:
•
Impresión del documento de bienvenida del portal Trabajaen, como comprobante del número de folio de
nueve dígitos y del folio asignado por el portal para el concurso de que se trate, se debe presentar en
todas las etapas con la finalidad de acreditar su identidad.
•
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar del Instituto
Nacional Electoral, pasaporte, cartilla del servicio militar o credenciales expedidas por instituciones
oficiales. El original se debe presentar en todas las etapas con la finalidad de acreditar su identidad.
•
Currículum vítae de Trabajaen detallando funciones específicas, campos y áreas de experiencia, puesto
ocupado y periodo en el cual laboró (mes y año) para acreditar los años de experiencia solicitados para el
puesto por el cual concursa y que manifestó en su momento en el currículum registrado en Trabajaen.
•
Currículum vítae, formato de Excel descargable de la página de la STPS dentro del apartado,
“Formatos para revisión documental”: https://www.stps.gob.mx/Administracion-SPC/Public/Index.aspx
•
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
En el caso de que el grado de avance, en el nivel de estudios del puesto, requiera titulada/o: se acreditará
con el título y/o cédula profesional que aparezca registrado en la página de internet del Registro Nacional
de Profesionistas de la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
En ningún caso se aceptará la constancia o acta de presentación y/o acreditación del examen profesional,
ni cualquier otro documento con el que se pretenda acreditar que la expedición del título y/o cédula
profesional se encuentra en trámite.
En el caso de contar con estudios en el extranjero, deberán presentar la documentación oficial que
acredite la autorización por parte de las autoridades educativas nacionales (Dirección General de
Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, Area de Revalidación de Estudios en el Extranjero)
para el ejercicio de su profesión o grado académico adicional a su profesión.
En el caso de que el grado de avance requerido sea de pasante, se aceptará el documento oficial emitido
por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública que lo acredite como tal,
bajo la normatividad vigente.
En el caso de que el grado de avance en el nivel de estudios del puesto requiera carrera terminada, se
aceptará certificado, historial académico sellado o carta de terminación de estudios que acredite haber
cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado, los cuales deberán contener: sello y/o
firma del área correspondiente de la institución educativa reconocida por la SEP.
Para los puestos cuyo perfil indique secundaria, preparatoria o bachillerato y técnico superior universitario
deberá presentar certificado; se considerará cubierto el perfil, si la persona candidata demuestra
mediante documento oficial, que contenga sello y/o firma del área correspondiente de la institución
educativa reconocida por la SEP, que cuenta con un nivel igual o superior al requerido, sin necesidad de
presentar copia del certificado de secundaria, preparatoria o bachillerato o técnico superior universitario.
•
Acta de nacimiento, en el caso de personas extranjeras documento migratorio o tarjeta de residente
vigente que le permita la función a desarrollar.
•
Cédula de identificación fiscal o Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emitido por el Servicio de
Administración Tributaria (SAT). Deberá coincidir con los datos registrados por la persona candidata en el
sistema Trabajaen.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
417
•
Clave Unica de Registro de Población (CURP). Deberá coincidir con los datos registrados por la persona
candidata en el portal de Trabajaen.
Es responsabilidad de las personas candidatas mantener actualizados los datos personales y
curriculares, los cuales serán utilizados por el sistema Trabajaen durante la operación del proceso del
Subsistema de Ingreso del Servicio Profesional de Carrera.
•
Manifestación bajo protesta de decir verdad de ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus
derechos o persona extranjera cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciada/o con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de las
funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser persona ministra de algún
culto; no ser persona inhabilitada para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento
legal; que la documentación presentada es auténtica; que no tiene conflicto de intereses para su
contratación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social u otra Institución; si es parte de algún juicio
de cualquier naturaleza en contra de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social u otra Institución; en
caso de desempeñar otro empleo en la Administración Pública Federal si tiene compatibilidad de
empleos, si ha sido incorporada/o a los programas especiales de retiro voluntario; si tiene familiares
dentro del 4º grado de consanguinidad en la STPS; si ha sido beneficiada/o con el pago de una
indemnización por la terminación de su relación laboral en cualquier dependencia del sector.
Asimismo, deberá manifestar si tiene sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y
la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por
violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia
política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y si ha sido
declarada como persona deudora alimentaria morosa, de encontrarse en alguno de estos supuestos, se
restringe su participación en el concurso o concursos, por lo que será motivo de descarte.
Las personas candidatas deberán descargar el formato manifestación bajo protesta de decir verdad en
https://www.stps.gob.mx/Administracion-SPC/Public/Index.aspx dentro del apartado, “Formatos para
revisión documental” para su llenado y entrega durante la etapa de Evaluación de la experiencia y
valoración del mérito (revisión documental).
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal se tendrá por acreditado cuando la persona candidata sea considerada
finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica ser apta/o para el
desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador/a del mismo, lo anterior, conforme
al último párrafo del artículo 220 del ACUERDO.
En caso de que se haya apegado a un programa de retiro voluntario, o haya sido beneficiada/o con el
pago de una indemnización por la terminación de su relación laboral en la Administración Pública Federal,
su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
Cabe señalar que, si se detecta que alguno de los datos proporcionados no es verídico, será motivo de
descarte.
•
Descargar “Carta protesta de no ser Servidor Público de Carrera Titular o Eventual de primer
nivel de ingreso”: https://www.stps.gob.mx/Administracion-SPC/Public/Index.aspx dentro del apartado,
“Formatos para revisión documental”.
•
Documentos comprobatorios para evaluar la experiencia laboral adquirida por las personas candidatas en
los sectores público, privado y/o social se aceptarán: hojas únicas de servicios, constancias de servicios,
constancias de nombramiento, cartas finiquito, constancias de alta y baja, contratos de servicios
profesionales por honorarios, altas y bajas al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado (ISSSTE), expediente electrónico del ISSSTE, altas y bajas al Instituto Mexicano
del Seguro Social (IMSS), constancia electrónica del IMSS de semanas cotizadas del asegurado, hoja de
periodos cotizados del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM),
recibos de pago con los que se comprueben los años laborados, declaraciones del impuesto sobre la
renta, declaraciones patrimoniales, actas constitutivas de empresas, poderes notariales, constancias
laborales en hojas membretadas con dirección, números telefónicos, firma y sello, en el que se indique
nombre completo de la persona candidata, periodo laborado, puesto(s) y funciones desempeñadas. Sólo
se contabilizará el periodo o periodos que compruebe.
Asimismo, se aceptará la constancia de capacitación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro; el
documento de liberación del servicio social; carta, oficio o constancia de término de servicio social y/o
prácticas profesionales y/o persona becaria emitidos por las Instituciones en las que se hayan realizado.
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral cartas de recomendación.
•
Para la verificación de las referencias laborales la persona candidata deberá llenar en el formato
denominado referencias laborales, cuando menos una referencia comprobable del o de los empleos con
los que se acrediten los años y áreas de experiencia requeridos para el puesto que se concurse.
Descargar
formato
“Referencias
Laborales”
en
https://www.stps.gob.mx/Administracion-
SPC/Public/Index.aspx dentro del apartado, “Formatos para revisión documental”.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
•
Constancias con las cuales la persona candidata acredite los méritos con los que cuenta, de acuerdo con
las Metodologías de Aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia
y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera emitida por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno que se encuentran a su disposición en la página
electrónica
www.trabajaen.gob.mx
en
“Documentos
e
Información
Relevante”
o
en
https://www.stps.gob.mx/Administracion-SPC/Public/Index.aspx
en
el
apartado
Metodologías
de aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración del mérito
para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera.
•
Las personas servidoras públicas de carrera titulares, podrán presentar su última evaluación del
desempeño anual, misma que será considerada dentro de la valoración del mérito, de manera específica,
a través de los puntos de la calificación obtenida.
Con base en la revisión y análisis de los documentos que presenten las personas candidatas, la DGRH
evaluará en la primera subetapa la experiencia y en la segunda el mérito. Los resultados obtenidos en estas
subetapas serán considerados en el Sistema de Puntuación General, sin implicar el descarte de las personas
candidatas.
Para los puestos de Enlace se asignará puntaje único de 100 en la subetapa evaluación de experiencia, etapa
III.
Cuando la DGRH detecte más de una inscripción a un mismo concurso por una persona candidata, se
notificará al CTS para que sea descartado del concurso.
Será motivo de descarte el no presentar para su cotejo el original o cualquiera de los documentos requeridos
en estas bases de participación. Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia
fotostática de los documentos descritos, ni el acta levantada con motivo de robo, destrucción o extravío o
constancia de que el documento se encuentra en trámite.
Cuando no se acredite la autenticidad de la información registrada o de la documentación presentada por la
persona candidata, para acreditar la evaluación de la experiencia, así como el perfil del puesto,
se le descartará y se ejercerán las acciones procedentes.
Las personas candidatas que al final de la etapa III, cuenten con menos de 45 puntos en una escala de 0 a
100 sin decimales no serán consideradas para la etapa de entrevistas, por lo que serán descartadas, toda vez
que no obtendrían los 75 puntos que se requieren para acreditar el puntaje mínimo de calificación que
establece el artículo 230, fracción VII del ACUERDO, las reglas de valoración general y el sistema de
puntuación general.
Asimismo, se hace del conocimiento de las personas candidatas, que esta Secretaría no realiza ningún tipo de
discriminación y no solicita como requisito de contratación para la ocupación de sus puestos, prueba médica,
examen o certificado de no-gravidez, de VIH/SIDA o de cualquier otra naturaleza.
8° Entrevistas
Las personas candidatas que al final de la etapa III, cuenten con al menos 45 puntos en una escala de 0 a 100
sin decimales, serán consideradas para elaborar el listado de personas candidatas, a fin de determinar el
orden de prelación para la etapa de Entrevistas, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de
Puntuación establecidos por la STPS.
El Comité Técnico de Profesionalización, de conformidad con las reglas de valoración establecidas acordó
que pasarán a la etapa de Entrevistas, en primera sesión las seis personas candidatas con puntuaciones más
altas en estricto apego al orden de prelación registrado, cuando el universo lo permita. El número de personas
candidatas que se continuarían entrevistando, será de seis y sólo se entrevistarían en caso de no contar al
menos con una persona finalista de entre las seis personas candidatas ya entrevistadas en la primera sesión.
Las entrevistas podrán realizarse a través de medios electrónicos de comunicación, siempre que se
compruebe fehacientemente la identidad de la persona candidata a evaluar.
En esta etapa el Comité Técnico de Selección, para verificar si la o las personas candidatas reúnen el perfil y
los requisitos para desempeñar el puesto sujeto a concurso, identificará a través de preguntas y mediante las
respuestas que proporcione la persona candidata, las evidencias que le permitan determinar si es el caso en
un primer momento considerarlo finalista y en un segundo momento, incluso determinarle persona ganadora
del concurso.
El Comité Técnico de Selección considerará en la etapa de Entrevistas el criterio CERP, el cual contempla los
siguientes elementos:
Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento.
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones.
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento.
La entrevista permitirá la interacción de cada una de las personas integrantes del Comité Técnico de
Selección con la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y
conocimientos vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso,
considerando los elementos arriba señalados y las preguntas serán las mismas para cada una de las
personas candidatas entrevistadas. Cada integrante calificará a cada persona candidata, en una escala de 0 a
100 sin decimales y se promediará para obtener los puntos de esta etapa.
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DIARIO OFICIAL
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Se considerarán finalistas y aptas para el desempeño de sus funciones en el servicio público, a las personas
candidatas que obtengan un mínimo de 75 puntos en una escala de 0 a 100 sin decimales, el cual resultará de
la suma de los resultados obtenidos en las etapas del procedimiento de selección, conforme al sistema
de puntuación general.
9°Determinación y reserva de aspirantes
Se determinará persona ganadora del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en
el proceso de selección, es decir, la de mayor calificación definitiva.
La persona finalista con la siguiente mayor calificación definitiva podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que, por causas ajenas a la dependencia, la persona ganadora señalada en el
párrafo anterior:
a) Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
b) No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada.
La persona candidata que decline a la ocupación de la plaza, siempre y cuando no se haya dado de alta en
esta Secretaría, deberá comunicarlo al Comité Técnico de Selección de la plaza que concursó, para que se
analice si es el caso, la ocupación de la plaza por la persona finalista con la siguiente mayor calificación
definitiva.
Las personas candidatas entrevistadas por las personas integrantes del Comité Técnico de Selección que no
resulten ganadoras del concurso y obtengan el puntaje mínimo de calificación de 75 puntos, se integrarán a la
reserva de personas aspirantes de la rama de cargo de que se trate.
La permanencia en la reserva tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la publicación de los
resultados del concurso correspondiente. La reserva sólo podrá ser considerada para procesos de selección
en esta Secretaría.
10° Declaración de concurso desierto
De conformidad con el artículo 40 del RLSPCAPF, el Comité Técnico de Selección podrá, considerando las
circunstancias del caso, declarar desierto un concurso:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna persona candidata obtenga el puntaje mínimo de aptitud para ser considerada finalista,
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos de las y los integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria.
11° Cancelación del concurso
El Comité Técnico de Profesionalización y/o de Selección podrán cancelar el concurso de las plazas en los
supuestos siguientes:
a)
Cuando medie orden de autoridad competente, exista resolución o disposición legal expresa que restrinja
la ocupación del puesto de que se trate o,
b)
El puesto de que se trate se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado para restituir en sus derechos a alguna
persona o,
c)
Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo el
puesto en cuestión.
12° Reglas de valoración
Con fundamento en los artículos 229 y 230 del ACUERDO, mediante Acuerdo CTPSTPS.03/1ªE/2026
autorizado por el Comité Técnico de Profesionalización de esta STPS en su 1ª. Sesión Extraordinaria del 20
de enero 2026, autorizó las reglas de valoración siguientes:
a)
Autorizar como mínimo dos y máximo tres exámenes de conocimientos y para el caso de habilidades una
evaluación como mínimo y dos como máximo; en la convocatoria del puesto de la vacante concursada se
precisarán la denominación de los mismos.
b)
La calificación mínima aprobatoria para los exámenes de conocimientos, determinados por esta
dependencia, para todos los rangos será de 70 puntos en una escala de 0 sobre 100 sin decimales.
En lo que respecta al examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal
administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la calificación mínima aprobatoria será 70
y se establecerá en una escala de 0 sobre 100 sin decimales.
El valor ponderado del o de los exámenes de conocimientos determinados por esta dependencia será del
50% y del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal será de 50%, para
obtener un total de 100%.
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El resultado del o de los exámenes de conocimientos determinados por esta dependencia y el resultado
del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal administrado por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos
de la Subetapa de Exámenes de conocimientos. El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70,
en caso de ser menor a 70, el sistema procederá al descarte.
c)
Las herramientas que se aplicarán para las evaluaciones de habilidades serán las desarrolladas por esta
dependencia.
Las evaluaciones de habilidades no serán motivo de descarte, por lo que la calificación se reflejará en
una escala de 0 a 100 puntos sin decimales, sin embargo, la calificación obtenida sumará en el sistema
puntos. La calificación mínima aprobatoria es de 70 puntos.
-
Se promediarán las calificaciones de los exámenes de conocimientos y de habilidades para efecto de
tener una sola calificación en cada una de las subetapas respectivas.
-
Los resultados aprobatorios tendrán vigencia de un año, tiempo en el cual las personas candidatas
podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse al o los exámenes de conocimientos y
evaluación de habilidades, siempre y cuando estos sean los mismos.
d)
El Comité Técnico de Selección, cuando así lo establezca, podrá contar con la participación de un
especialista que auxilie al CTS para desarrollar la etapa de entrevistas.
e)
El número de personas candidatas a entrevistar, será de seis. En el supuesto de que el número de
personas candidatas que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34
del Reglamento sea menor al establecido, se deberán entrevistar a todas.
f)
En caso de no contar con una persona finalista, se continuarán entrevistando a las siguientes seis
personas candidatas, conforme a lo previsto en el artículo 36 del Reglamento.
g)
El puntaje mínimo para ser considerada persona finalista y apta para el desempeño de las funciones en el
servicio público, será de 75 en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales.
h)
Los Comités Técnicos de Selección para la evaluación de las entrevistas observarán el criterio CERP,
que contempla los elementos de Contexto, Estrategia, Resultado y Participación.
i)
Los Comités Técnicos de Selección, sí podrán determinar méritos particulares, previa aprobación de la
Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
13° Sistema de puntuación
Con fundamento en los artículos 229 y 231 del ACUERDO, mediante Acuerdo CTPSTPS.04/1ªE/2026
autorizado por el Comité Técnico de Profesionalización de esta STPS en su 1ª. Sesión Extraordinaria del 20
de enero 2026, autorizó el sistema de puntuación general para aplicarse a los concursos de esta Secretaría:
Etapa
Subetapa
Enlace
Jefatura de
Departamento
Subdirección
Dirección
de Area
Dirección
General
II
Exámenes de
Conocimientos
25
25
25
25
25
Evaluación de
Habilidades
15
15
15
15
15
III
Evaluación de
Experiencia
10
15
15
15
15
Valoración del Mérito
20
15
15
15
15
IV
Entrevistas
30
30
30
30
30
Total
100
100
100
100
100
14° Publicación de resultados
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal de
www.trabajaen.gob.mx, identificándose a cada persona aspirante con su número de folio asignado para el
concurso.
De conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 243 del ACUERDO, las convocatorias a los concursos
públicos y abiertos en cualquiera de sus modalidades estarán disponibles en la página de Internet de la
dependencia en tanto concluye el procedimiento de selección correspondiente.
15° Disposiciones generales
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos
vacantes.
2.
El Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social es responsable
de determinar las reglas de valoración y sistema de puntuación aplicables a los procesos de selección,
con apego a lo establecido en las disposiciones aplicables.
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DIARIO OFICIAL
421
3.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como en las
inconformidades y los recursos de revocación serán considerados confidenciales, aun después de
concluidos éstos, en todo caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección,
tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales que resulten aplicables.
4.
Cada persona aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de
su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.
5.
Las personas candidatas podrán interponer inconformidades mediante escrito presentado ante el Organo
Interno de Control en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ubicado en Avenida Félix Cuevas 301,
7º piso, Colonia del Valle Sur, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, de lunes a viernes,
con horario de 9:00 a 15:00 horas, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, o a través de correo certificado o por
mensajería en la dirección antes mencionada; así como por correo electrónico a la dirección electrónica
despachotoic@stps.gob.mx.
6.
Las personas concursantes podrán interponer recurso de revocación mediante escrito ante la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Avenida Insurgentes Sur No. 1735, Col. Guadalupe Inn,
C.P. 01020, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, en términos de lo dispuesto por la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, así como
mediante correo certificado o mensajería.
7.
En el centro de evaluación No se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, relojes
inteligentes, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como discos duros, discos grabables y
memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras, así como cualquier otro dispositivo, libro o
documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones,
salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o se requiera su utilización como medio de apoyo
para la evaluación.
8.
En caso de que la persona candidata por requerimiento del perfil del puesto a concursar tenga que
realizar el examen técnico de “Estadística aplicada en el ámbito laboral”, se le permitirá el uso de
calculadora, o en su caso, en el momento de aplicación se le dará acceso a la calculadora del equipo en
que realice la prueba.
9.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de persona servidora pública de carrera para
poder ser nombrada en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que
acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activa en ambos puestos, así como de
haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo 10 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
10. Las personas aspirantes deberán considerar que, en caso de ser persona ganadora de alguno de estos
concursos, podrán ser sujetas a cambio de residencia y/o ubicación diferente a la publicada en esta
convocatoria.
11. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección, conforme a las disposiciones vigentes.
12. El lenguaje empleado en esta convocatoria no busca generar ninguna distinción, ni marcar diferencias
entre género, por lo que las referencias o alusiones hechas en la redacción representan a todas las
personas.
Resolución de dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las personas aspirantes formulen con relación
a los puestos y los procesos de los concursos, se ha implementado el número telefónico (55) 3000 2200
extensiones 64306, 63080, 65014 y 62942 de lunes a viernes en un horario de atención de 09:00 a 15:00
horas; 64311, 62319, 64327, 62513 y 63053 de lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a
18:00 horas.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, suscribe el Subdirector de Seguimiento y Control Operativo de
la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y Secretario Técnico de los Comités
Técnicos de Selección para las plazas de la Dirección General de Recursos Humanos
Felipe Ortiz de Zárate Plaza
Firma Electrónica.
422
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Secretaría de Cultura
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 106
El Comité Técnico de Selección (CTS) de la Secretaría de Cultura con fundamento en los artículos 21, 25,
26, 28 y 75, fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal (LSPCAPF) y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, y 40 Tercero y Séptimo Transitorios de su
Reglamento (RLSPCAPF), y los numerales 241 al 293 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 19 de diciembre de 2025 (Acuerdo), así como por acuerdo del Comités Técnicos de
Selección de la Secretaría de Cultura, se emite la siguiente comunicado:
Estimado Aspirante:
Se comunica con relación a la Convocatoria Pública y Abierta número 106 de esta Secretaría, publicada
en el Diario Oficial de la Federación, el 04 de marzo de 2026, el Comité Técnico de Selección ha determinado
la cancelación del concurso 109908 del puesto de Subdirección de Adquisiciones y su publicación, lo anterior
debido a que dicho puesto está en la categoría libre designación en cumplimiento del artículo 20 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, lo que hace incompatible su permanencia dentro de un
proceso de concurso público del Servicio Profesional de Carrera.
Ofrecemos una disculpa por cualquier inconveniente que esta situación haya podido ocasionar y
agradecemos su comprensión al respecto.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Cultura
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección
Secretario del Comité Técnico de Selección
Edgar Felipe Sánchez de la Rosa
Rúbrica.
AVISO
Se informa que para la inserción de documentos en el Diario Oficial de la Federación, se deberán cubrir los
siguientes requisitos:
•
Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación
del documento, fundando y motivando su petición conforme a la normatividad aplicable, con dos
copias legibles.
•
Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y
firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
•
Archivo electrónico del documento a publicar contenido en un solo archivo, correctamente identificado.
•
Las hojas deben estar numeradas y no debe contener tablas dentro de celdas.
Todos los documentos originales, entregados al Diario Oficial de la Federación, quedarán resguardados en
sus archivos.
Las solicitudes de publicación de licitaciones para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y
Servicios, así como los Concursos a Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera, se podrán tramitar
a través de la herramienta “Solicitud de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a
través de medios remotos”, para lo cual además de presentar en archivo electrónico el documento a publicar,
el pago correspondiente (sólo en convocatorias para licitaciones públicas) y la e.firma de la autoridad emisora
del documento, deberá contar con el usuario y contraseña que proporciona la Coordinación del Diario Oficial
de la Federación.
Por ningún motivo se dará trámite a las solicitudes que no cumplan los requisitos antes señalados.
Teléfonos: 55 50 93 32 00 y 55 51 28 00 00, extensiones 35068 y 35082.
ATENTAMENTE
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
423
Instituto Politécnico Nacional
Los Comités Técnicos de Selección del Instituto Politécnico Nacional con fundamento en los artículos 21,
26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2006; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis,
37, 38, 39, 40 de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007,
así como del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del mismo,
publicado el 4 de enero de 2024 y; artículos 241, 242, 243, 244, 246 y 247 del Acuerdo por el que se
establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA 6/2026
Dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera
para ocupar las siguientes plazas vacantes del
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
Nombre del
Puesto
JEFE (A) DE DIVISION DE SERVICIOS TECNICOS
Nivel
Administrativo
11-B00-2-M1C017P-0001844-E-C-D (N33)
Subdirector (a) de Area
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$64,854.00 (Sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección de Cómputo y Comunicaciones
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Coordinar y supervisar la formulación de normas, políticas y proyectos que
mejoren la operación y utilización de los sistemas de apoyo a la infraestructura de
cómputo y telecomunicaciones del Instituto, así como la aplicación y el
cumplimiento de las normas y lineamientos establecidos al respecto.
2.
Programar, organizar y controlar el desarrollo de estudios y proyectos de
viabilidad, compatibilidad y rentabilidad para la adquisición de equipos y
contratación de servicios de mantenimiento que modernicen y mantengan en
óptimas condiciones de operación los sistemas de apoyo que soportan la
operación de la infraestructura informática del Instituto, así como de hardware y
dispositivos de cómputo para la actualización, reparación y mantenimiento de los
equipos personales y periféricos, conforme a la normatividad vigente.
3.
Organizar, dar seguimiento y valorar el desarrollo de las acciones y resultados del
Programa Institucional de Desarrollo Informático en materia de sistemas de apoyo,
actualización y mantenimiento de computadoras.
4.
Organizar y controlar las asesorías y el soporte técnico que soliciten las unidades
académicas y administrativas, en materia de mantenimiento preventivo y
correctivo de equipo de cómputo y sistemas de apoyo.
5.
Programar, controlar y supervisar el desarrollo e implementación de planes de
contingencia para minimizar las fallas críticas en los sistemas de apoyo de la red
institucional de cómputo y telecomunicaciones, así como de actualización y
reciclamiento de equipo de cómputo para optimizar su utilización.
6.
Organizar y supervisar la detección de las necesidades para la formulación y
aplicación del programa de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos e
instalaciones de la Dirección, incluyendo aquellas áreas que se encuentran
ubicadas en otras unidades pero que están integradas al sistema de cómputo y
comunicaciones.
7.
Programar y organizar el análisis de las propuestas para la adquisición y/o
contratación de los bienes y servicios de apoyo a la infraestructura de cómputo y
comunicaciones, solicitados por las unidades responsables del Instituto.
8.
Programar y organizar la supervisión del cumplimiento de las acciones efectuadas
por las compañías contratadas para brindar mantenimiento a la infraestructura de
apoyo que soporta los equipos de cómputo y comunicaciones internos de la
Dirección, así como la entrega de los reportes técnicos que se generen al área
administrativa para lo conducente.
9.
Coordinar, organizar y supervisar la implementación de los programas de higiene
y seguridad y de protección civil, de acuerdo con la normatividad establecida.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
10. Coordinar, organizar y supervisar el apoyo logístico que se requiera para la
realización de los eventos que organice la Dirección, así como los de las unidades
responsables que se lleven a cabo en las instalaciones de la misma.
11. Programar y organizar la consolidación de la información y la elaboración de la
estadística de su competencia, e informar a la Dirección acerca del desarrollo y los
resultados de sus funciones.
12. Organizar y controlar la participación de la División y sus departamentos en la
formulación del anteproyecto del Programa Presupuesto y los programas
Operativo Anual, Estratégico de Desarrollo de Mediano Plazo e informes de
autoevaluación de la Dirección, así como en los seguimientos respectivos en el
ámbito de su competencia.
13. Atender las demás funciones que se le confieran conforme a su competencia.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas:
−
Computación e Informática.
−
Eléctrica y Electrónica.
−
Ingeniería.
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas:
−
Computación e Informática.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado.
Experiencia
Laboral
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Tecnológicas
Area de Experiencia:
−
Tecnología Electrónica.
−
Ingeniería y Tecnología Eléctricas.
−
Tecnología Industrial.
−
Tecnología de los Ordenadores.
−
Tecnologías de Información y Comunicaciones.
−
Tecnología de las Telecomunicaciones.
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Capacidades de
Desarrollo
Administrativo
y Calidad
1.
Orientación a Resultados en el Instituto Politécnico Nacional
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
Capacidades o
Competencias
1.
Orientación a resultados en el Instituto Politécnico Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que se publica en TrabajaEn y en las páginas
del Instituto Politécnico Nacional: http://www.ipn.mx y http://www.dch.ipn.mx
Nombre del
Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE EJERCICIO DE DEPENDENCIAS Y
EXCEDENTES
Nivel
Administrativo
11-B00-2-M1C015P-0002057-E-C-O (O33)
Jefe (a) de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección de Recursos Financieros
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Participar en la elaboración de las propuestas de normas, políticas, programas,
estrategias, objetivos y metas en el ámbito de su competencia.
2.
Verificar la emisión y tramitación oportuna de la suministración de recursos
presupuestales ante la Secretaría de Educación Pública, en la materia de su
competencia.
3.
Conciliar mensualmente el presupuesto autorizado, modificado y tramitado con la
Secretaría de Educación Pública y la Dirección de Programación y Presupuesto
del Instituto, y con la División de Registro y Control de Operaciones de esta
Dirección el presupuesto ejercido.
4.
Conciliar mensualmente el estado presupuestal con cada UAA´s de su
competencia y, en su caso, aclarar o corregir las partidas que marquen diferencia.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
425
5.
Atender la consulta de las UAA´s de su competencia del Instituto y del Sistema
Presupuestal sobre la interpretación y aplicación de partidas, normas y
lineamientos internos y externos.
6.
Coordinar y registrar la información de tipo presupuestal que requieran las
unidades académicas y administrativas de su competencia.
7.
Establecer los mecanismos e instrumentos necesarios para el registro y control
adecuado del presupuesto autorizado a las unidades académicas y administrativas
de su competencia.
8.
Vigilar el registro y control del techo financiero asignado a cada una de las UAA´s
de su competencia.
9.
Vigilar el registro y control de los oficios de afectación presupuestal de las
ampliaciones, reducciones o transferencias de recursos del Instituto, tanto internos
como externos.
10. Coordinar y vigilar el registro de los compromisos de pago derivados de convenios
y contratos que impliquen alguna erogación para el Instituto, en el Sistema Integral
de Administración Financiera Institucional.
11. Coordinar y supervisar en el ámbito de su competencia, la información que
requiera trimestralmente la Secretaría de Administración relativa a las acciones
realizadas por la División de Control y Ejercicio del Presupuesto.
12. Proporcionar la información que solicita la Dirección de Información Institucional
para el cumplimiento de los requerimientos de la Comisión Interna de
Administración y del Comité de Control y Desempeño Institucional.
13. Elaborar mensualmente los informes consolidados del presupuesto autorizado
modificado previa conciliación con los registros contables efectuados por la
División de Registro y Control de Operaciones, con base en la información
obtenida mediante el Sistema Integral de Administración Financiera Institucional.
14. Analizar la documentación comprobatoria que presentan las unidades politécnicas,
para la recuperación de gastos relativos al ejercicio de su presupuesto federal e
ingresos excedentes.
15. Generar las fichas de pago para su entrega a los proveedores y prestadores de
servicios, para que se lleve a cabo su canje por el cheque correspondiente en la
División de Programación y Control de Pagos.
16. Controlar por medio de órdenes de pago las revolvencias de los fondos fijos y
gastos a comprobar asignados a las unidades académicas y administrativas de su
competencia.
17. Asesorar a las unidades politécnicas del Instituto en la interpretación y aplicación
de las políticas y normas en materia de ejercicio del presupuesto.
18. Elaborar con base en el presupuesto autorizado por la Dirección de Programación
y Presupuesto, las órdenes de pago del presupuesto que se ejerce en manejo
central y remitirlas a la División de Programación y Control de Pagos, para su
pago.
19. Participar, en su ámbito de competencia, en la atención de las auditorías
realizadas por los órganos fiscalizadores internos y externos, tanto a la Dirección
de Recursos Financieros, como a las diversas UAA´s de este Instituto.
20. Revisar los convenios y contratos que representen alguna erogación presupuestal
para el Instituto, conforme a las políticas, normas y lineamientos para la
presupuestación, ejercicio y control de los recursos financieros.
21. Elaborar e integrar los reportes, estadísticas y la información correspondiente al
ejercicio del presupuesto de las unidades académicas y administrativas de su
competencia.
22. Participar, en su ámbito de competencia, en la formulación y seguimiento de los
programas Estratégico de Desarrollo de Mediano Plazo, Operativo Anual
y los reportes para el Sistema Institucional de Información, así como en los
seguimientos respectivos.
23. Elaborar e integrar los reportes y estadísticas acerca del desarrollo y los
resultados de las funciones y programas a su cargo, así como proporcionar, en el
ámbito de su competencia, la información que le sea solicitada en el marco de la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
24. Atender las demás funciones que se le confieran conforme a su competencia.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas:
−
Administración.
−
Contaduría.
−
Economía.
−
Finanzas.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia:
−
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales.
−
Contabilidad.
−
Auditoría.
−
Actividad Económica.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia:
−
Administración Pública.
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Capacidades
de Desarrollo
Administrativo
y Calidad
1.
Orientación a Resultados en el Instituto Politécnico Nacional
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
Capacidades o
Competencias
1.
Orientación a resultados en el Instituto Politécnico Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que se publica en TrabajaEn y en las páginas
del Instituto Politécnico Nacional: http://www.ipn.mx y http://www.dch.ipn.mx
BASES DE PARTICIPACION PARA LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 6/2026, DIRIGIDA
A TODA PERSONA INTERESADA QUE DESEE INGRESAR AL SISTEMA DEL SERVICIO
PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
REQUISITOS DE
PARTICIPACION
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto. En su caso el grado académico de
licenciatura, únicamente podrá ser sustituible por especialidad, maestría,
doctorado u otro grado académico afín al perfil de puesto, debiendo presentar
el documento oficial que así lo acredite. Adicionalmente se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en
pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la
función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad
por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio
público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto y no
estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro
impedimento legal. Además, de no encontrarse en alguno de los supuestos al que
hace referencia la fracción VII del Artículo 38 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, referentes a:
•
Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en
razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
•
Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
De encontrarse en alguno de esos supuestos, la persona no podrá ser registrada
como candidata(o), ni ser nombrada(o) para empleo, cargo o comisión en el
servicio público.
En caso de verse favorecido(a) con el resultado del concurso, a partir de su ingreso
no desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal
y en caso contrario, contar con el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo;
que la documentación presentada como original sea auténtica, en caso de no ser
así, asumirá la responsabilidad legal y administrativa; y presentar y acreditar las
evaluaciones que se indican para el caso.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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El requisito referido a tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el
servicio público (fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera), se tendrá por acreditado cuando la persona aspirante sea considerada
finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica
ser apta para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar
ganador(a) del mismo. En concordancia al artículo 36 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera, el Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden
de prelación de las personas candidatas, elegirá de las personas aspirantes que
pasan a la etapa de entrevista a quienes considere aptas para el puesto, de
conformidad con los criterios de evaluación de las entrevistas quienes acrediten o
superen el puntaje mínimo de calificación, quienes serán consideradas como
finalistas.
En el caso de trabajadores(as) que se hayan apegado a un Programa de Retiro
Voluntario o Separación Voluntaria en la Administración Pública Federal, su ingreso
estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida por la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público. Las personas interesadas deberán cumplir lo
estipulado en los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar un cargo,
empleo o comisión del servicio público, publicado en el Diario Oficial de la
Federación en su última reforma del 31 de diciembre del 2024, particularmente en
lo relacionado con la fracción VII adicionada al artículo 38 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice:
Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: …
VII. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y
la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como
candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo,
cargo o comisión en el servicio público.
DOCUMENTACION
REQUERIDA
Las personas aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o
copia certificada, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y hora
establecidos en el mensaje que al efecto reciban con cuando menos dos días
hábiles de anticipación por vía electrónica:
1.
Currículum Vítae registrado en TrabajaEn, firmado con tinta azul en un tanto.
2.
Currículum Vítae actualizado con fotografía, detallado y firmado con tinta azul,
en cuatro tantos.
3.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
4.
Clave Unica de Registro de Población (CURP) con antigüedad no mayor a diez
días hábiles a la fecha de revisión.
5.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por el perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o posgrado titulado, se deberá presentar el Título o la Cédula
Profesional correspondiente. En el caso de contar con estudios en el
extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
Los y las aspirantes podrán cubrir escolaridades de nivel Licenciatura
con el Título o Cédula Profesional de Especialidad, Maestría y/o
Doctorado en las áreas de estudio y carreras que establece el perfil del puesto
en concurso, de acuerdo a la normatividad aplicable.
6.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar expedida por el Instituto Nacional Electoral con fotografía o pasaporte).
7.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT). En caso de que el
RFC registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el que
aparece en el documento de alta del SAT o la Constancia de Situación Fiscal,
será motivo de descarte de la persona participante en el concurso
correspondiente.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
8.
Cartilla militar liberada. Requisito exclusivo y obligatorio para hombres con
edad igual o menor de 40 años, de acuerdo con el artículo Cuarto de la Ley del
Servicio Militar vigente, en donde se establece que sus obligaciones militares
terminan el 31 de diciembre del año en que cumplan los 40 años de edad.
9.
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto. Para obtener el puntaje de la evaluación de la experiencia, la persona
candidata deberá presentar la información manifestada en su currículum de
TrabajaEn con el que se inscribió, por lo que deberá comprobar cada periodo
laborado, desde su inicio hasta su fin, para lo cual se aceptarán una o varias
constancias de las que se citan a continuación:
•
Recibos de pago originales, o en su caso, con firma digital.
•
Hojas únicas de servicios selladas y firmadas, o en su caso, con firma
digital.
•
Constancias de servicios selladas y firmadas.
•
Constancias de nombramientos firmadas.
•
Cartas finiquito firmadas.
•
Constancias de baja selladas y firmadas.
•
Contratos de servicios profesionales por honorarios (en este caso la
persona candidata deberá presentar los recibos que soporten el periodo
laborado desde su inicio hasta su fin),
•
Altas o bajas al IMSS o del ISSSTE selladas y firmadas.
•
Declaraciones del impuesto sobre la renta, Constancias de sueldos,
salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo,
o Constancia de retenciones emitidas por el SAT, donde se indique el
periodo laborado, firmadas y selladas, en caso de ser electrónico deberá
de contener cadena original y sello digital.
•
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos, firma y sello, mismas que deberán contener: nombre
completo de la persona participante, periodo laborado indicando inicio y
fin, percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas;
•
Carta, oficio o constancia de liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la institución educativa que se lo requirió,
indicando la institución donde prestó el servicio social y/o prácticas
profesionales y el periodo, con las cuales se acrediten las áreas generales
de experiencia y hasta un año de experiencia,
•
Cartas, oficio o constancia que acrediten experiencia como becario hasta
por un máximo de 6 meses.
•
Expediente electrónico único emitido por el Sistema Nacional de Afiliación
y Vigencia de Derechos (ISSSTE) con antigüedad no mayor a diez días
hábiles a la fecha de revisión, conteniendo firma digital. La persona
candidata deberá presentar evidencia soporte.
•
Reporte de semanas cotizadas del asegurado del Instituto Mexicano del
Seguro Social, con antigüedad no mayor a diez días hábiles a la fecha de
revisión, con firma digital. La persona candidata deberá presentar
evidencia soporte.
No se aceptarán cartas de recomendación. Asimismo, toda documentación
emitida en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá
acompañarse de la traducción oficial respectiva.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre
el cual desea obtener puntos, señalar los puestos que ocupó y el tiempo de
permanencia en cada uno de ellos; señalar las funciones y actividades
realizadas en los puestos ocupados.
10. Cartas de protesta (proporcionadas por el Instituto Politécnico Nacional).
Las personas participantes firmarán la protesta de decir verdad de:
a)
Cumplir con lo dispuesto por en el artículo 21 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
b)
De no haber sido beneficiado (a) por algún programa de Retiro Voluntario
en la Administración Pública Federal o en alguno de sus órganos
desconcentrados.
c)
Si se encuentra en algún supuesto indicado en el numeral IV del Artículo
71 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025.
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DIARIO OFICIAL
429
d)
No se encuentran en los supuestos establecidos en el artículo 38 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual
previamente se realizará una revisión en los sitios de consulta oficiales y,
en caso de encontrarse en el supuesto será motivo de descarte.
Estas Cartas serán proporcionadas en la Etapa de Revisión Documental.
11. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (pantalla inicial de su página personal de TrabajaEn) y la impresión
de la invitación que recibe vía TrabajaEn.
El Instituto Politécnico Nacional se reserva el derecho de solicitar en cualquier
momento o etapa del proceso, la documentación o referencias adicionales que
acrediten los datos registrados en el sistema www.trabajaen.gob.mx por las
personas aspirantes para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los
requisitos; de no acreditarse su existencia o autenticidad se le descalificará o, en su
caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el
nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para el Instituto Politécnico
Nacional, la cual a su vez, se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales
procedentes. En ningún caso, el Instituto Politécnico Nacional solicitará prueba de
no gravidez, VIH (SIDA) o cualquier otro tipo de enfermedad o padecimiento.
REGISTRO DE
ASPIRANTES
El registro de las personas aspirantes al concurso se realizará de acuerdo con la
programación señalada en el calendario del concurso, a través del portal
www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará un folio a la persona aspirante que cubra
los requisitos del concurso para identificarlo durante el desarrollo del mismo,
asegurando así el anonimato de las personas aspirantes.
Al momento en que la persona registre su participación a un concurso a través de
www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular,
asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo descartará del
concurso. La revisión curricular efectuada a través de www.trabajaen.gob.mx se
llevará a cabo, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que las
personas candidatas deberán presentar para acreditar que cumplen con todos y
cada uno de los requisitos establecidos en la convocatoria.
DESARROLLO
DEL CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica, sin embargo,
ésta puede estar sujeta a cambios, debido a causas de fuerza mayor (determinadas
por el Comité Técnico de Selección). La realización de cada etapa del concurso se
comunicará a las personas aspirantes con dos días hábiles de anticipación como
mínimo a la fecha y hora prevista al efecto, por medio del Contador de Mensajes del
sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se recomienda la consulta permanente
del referido sistema.
CALENDARIO DEL
CONCURSO
ACTIVIDAD
FECHA O PLAZO
Publicación
29 de abril de 2026
Registro de aspirantes por medio de la herramienta
www.trabajaen.gob.mx
Del 29 de abril al 13 de
mayo de 2026
Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada a
través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx
Del 29 de abril al 13 de
mayo de 2026
Etapa II: Exámenes de conocimientos, evaluaciones
de habilidades y evaluaciones psicométricas.
18 de mayo al 27 de julio
de 2026
Etapa III: Evaluación de la experiencia y valoración
del mérito, así como revisión documental.
18 de mayo al 27 de julio
de 2026
Etapa IV: Entrevista
18 de mayo al 27 de julio
de 2026
Etapa V: Determinación
18 de mayo al 27 de julio
de 2026
Nota: Las fechas programadas para estas etapas están sujetas a cambios, previo
aviso
a
las
personas
participantes
inscritas
a
través
del
portal
www.trabajaen.gob.mx, por medio de su cuenta personal, dichos cambios pueden
darse en atención de alguna de las siguientes situaciones: avance que presente el
proceso de evaluaciones; el número de aspirantes que se registran; la
disponibilidad de espacios para la aplicación de las evaluaciones; la disponibilidad
de equipo de cómputo y/o problemas técnicos del mismo; bloqueo al acceso de las
instalaciones; suspensión parcial o total del proceso debido a disposición oficial;
agenda de quienes integran el Comité Técnico de Selección y situaciones de
emergencia como fenómeno natural y/o problema de salud, entre otros que afecten
el
desarrollo
del
concurso.
Las
fechas
que
aparecen
en
el
portal
www.trabajaen.gob.mx respecto a las etapas II, III, IV y V, corresponden a la fecha
terminal de la misma, ya que el sistema que administra la Secretaría Anticorrupción
y Buen Gobierno así lo considera.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
TEMARIOS Y
GUIAS
Los temarios referentes al examen de conocimientos se encuentran a disposición
de las personas aspirantes en las páginas electrónicas del Instituto Politécnico
Nacional
http://www.ipn.mx
y
https://www.ipn.mx/dch/
y
en
el
portal
www.trabajaen.gob.mx, a partir de la fecha de publicación de la presente
convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Las guías para la evaluación de las habilidades serán las consideradas para las
Habilidades Gerenciales/Directivas que se encontrarán disponibles para su consulta
en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
PRESENTACION
DE
EVALUACIONES
El Instituto Politécnico Nacional, a través del Contador de Mensajes del sistema
www.trabajaen.gob.mx, comunicará la fecha, lugar (especificando el acceso por el
cual deberán ingresar, en caso de acudir a otra entrada, no se garantiza el ingreso
a las instalaciones, sin responsabilidad para el Instituto) y hora en que las personas
aspirantes deberán presentarse para la aplicación de los exámenes de
conocimientos, las evaluaciones de habilidades y las evaluaciones psicométricas,
evaluación de la experiencia, valoración del mérito, así como la entrevista, a través
del sistema TrabajaEn. La falta de aplicación de cualquiera de las evaluaciones
representará motivo de descarte. En estos comunicados, se especificará la
duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el
inicio del examen y/o evaluaciones. Una vez transcurrido el tiempo de tolerancia,
por ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones, lo que implicará el
descarte de la persona candidata.
Nota: Para poder realizar el examen de conocimientos, es necesario presentar
identificación oficial vigente con fotografía (INE, Pasaporte), y en formato impreso
los siguientes documentos: Pantalla de Bienvenida de TrabajaEn donde se
encuentran su nombre, su número de folio de 9 dígitos (registro de TrabajaEn) y su
folio de participación que le fue asignado por el sistema para éste concurso;
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) emitido por el SAT; Clave Unica de
Registro de Población (CURP actualizado 2026) emitido por SEGOB, en caso de no
presentarlos o que presenten inconsistencias será causa de descarte inmediato y
no se permitirá realizar la evaluación, ni continuar con el proceso de selección.
Los resultados aprobatorios de los exámenes y de las evaluaciones aplicadas en
los procesos de selección tendrán vigencia de un año. La vigencia de los resultados
del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y la
evaluación de habilidades es de un año, contado a partir de su acreditación, toda
vez que se trata de la misma evaluación en todos los concursos del Servicio
Profesional de Carrera en el Instituto Politécnico Nacional, tiempo en el cual la
persona aspirante podrá:
a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de
habilidades, y
b) Hacer valer dichos resultados en esos concursos con las capacidades
(habilidades) requeridas en el perfil del puesto (es decir, sean idénticas a las ya
acreditadas).
La aplicación del resultado aprobatorio (examen de conocimientos y evaluación de
habilidades) obtenido en el concurso anterior el sistema lo registra automáticamente
(en el caso del examen de conocimientos sólo si se aplica el mismo temario), en
caso contrario deberá solicitarse en forma escrita (oficio, fax o correo electrónico)
al Comité Técnico de Selección, antes del inicio de la aplicación del examen y/o de
la evaluación de habilidades.
REVISION DE
EXAMENES
En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente determine la
revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación
de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que
implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. Esta revisión
aplicará dentro de las 48 horas posteriores a la publicación de los resultados de los
exámenes y/o evaluaciones. En ningún caso procederá la revisión respecto del
contenido o los criterios de evaluación.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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REGLAS DE
VALORACION
1.- Número de exámenes de conocimientos: La subetapa de Exámenes de
Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
examen de conocimientos técnicos (CT) del puesto y la segunda al examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal (CG).
2.- Número de evaluaciones de habilidades: 1.
3.- Calificación mínima aprobatoria del examen de conocimientos técnicos: 70
puntos; esta calificación se sumará a la calificación obtenida en el examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y se deberá de
obtener un promedio mínimo de 70 puntos para pasar a la siguiente etapa.
4.- Descarte en las evaluaciones de habilidades: Para la subetapa de evaluación de
habilidades se valorarán las capacidades y conocimientos que ostenta la persona
participante para dirigir y gestionar el logro de objetivos y llevar a cabo
determinadas actividades, será cuantificable de acuerdo a la cantidad de reactivos
que contempla herramienta empleada, por lo que el resultado servirá sólo como
referencia para el CTS y no será motivo de descarte, siempre y cuando la persona
participante acuda al lugar de aplicación en la fecha y horario indicado en el
mensaje de invitación y realice la totalidad de la evaluación, en caso contrario, se
procederá con su descarte sin perjuicio para el Instituto.
5.- Número mínimo de candidatos(as) a entrevistar: 3 participantes, si el universo lo
permite; en caso de que no se cuente con al menos un (a) finalista entre la primera
terna, el Comité Técnico de Selección procederá a integrar otro grupo igual de
participantes, realizando esta acción sucesivamente hasta que el universo lo
permita o se declare ganador(a).
6.- Número de candidatos(as) que se continuarán entrevistando, en caso de no
contar con al menos un(a) finalista de los primeros 3 entrevistados: 3 participantes,
si el universo lo permite, en caso de que no se cuente con al menos un(a) finalista
entre la primera terna, el Comité Técnico de Selección procederá a integrar otro
grupo igual de participantes, realizando esta acción sucesivamente hasta que el
universo lo permita o se declare ganador(a).
7.- Puntaje mínimo de calificación (para pasar a la etapa de determinación): 70
8.- Criterio a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a partir de
evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia obtenida
(ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida (cantidad de
ejemplos), y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los requisitos del puesto.
9.- El(la) ganador(a) del concurso: el(la) finalista (pasa a la etapa de determinación)
que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de
mayor Calificación (puntaje) Definitiva.
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
El proceso de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular; II) Exámenes
de conocimientos (conocimientos técnicos -CT- y generales de la Administración
Pública Federal -CG-) y Subetapa de evaluación de habilidades, así como la
Subetapa de evaluaciones psicométricas; III) Evaluación de la experiencia
y valoración del mérito de las personas participantes, IV) Entrevista, y
V) Determinación.
La etapa I del proceso de selección (revisión curricular) tiene como propósito
determinar si la persona participante continua en el concurso, por lo que su
acreditación no otorgará puntaje alguno.
Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán distribuidos
únicamente entre las etapas II (Exámenes de conocimientos y evaluaciones de
habilidades), III (Evaluación de la experiencia y valoración del mérito) y
IV (Entrevistas) del proceso de selección, quedando de la siguiente manera:
ETAPA
SUBETAPA
PUNTAJE
MAXIMO
II Exámenes de Conocimientos
CT, CG,
Evaluaciones de Habilidades y
Evaluaciones Psicométricas
Exámenes de conocimientos
CT/CG
30
Evaluaciones de habilidades
15
Evaluaciones psicométricas
N/A
III Evaluaciones de la experiencia
y valoración del mérito
Evaluación de la experiencia
15
Valoración del mérito
15
IV Entrevistas
Entrevistas
25
Total:
100
432
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Para efectos de continuar en el concurso, las personas aspirantes deberán aprobar
las evaluaciones precedentes. Será motivo de descarte si la persona participante no
aprueba cualquiera de los dos exámenes de conocimiento.
El examen de conocimientos técnicos (CT) constará de al menos 50 reactivos,
cuyas respuestas serán de opción múltiple. La calificación mínima aprobatoria es de
70 sobre 100 y ésta se obtendrá considerando la cantidad de aciertos sobre el total
de reactivos aplicados, si no se obtiene la calificación mínima aprobatoria será
motivo de descarte.
Las personas candidatas que acrediten el examen CT realizarán la segunda
evaluación, el Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal (CG) que constará de los reactivos que establezca la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno. El temario se puede consultar en la página:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Para presentar esta evaluación será indispensable que las personas participantes
cuenten con la contraseña de acceso a su cuenta de correo de TrabajaEn, ya que
sólo con ésta podrán ingresar al examen, de lo contrario no presentarán esta
evaluación, y será motivo de descarte.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal y conocimientos técnicos será de 50% cada uno,
para obtener un total de 100%, debiendo obtener entre los dos exámenes un
promedio mínimo de 70 puntos.
Las evaluaciones de habilidades que se aplicarán serán las siguientes:
•
Jefe (a) de Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
•
Jefe (a) de División: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
La etapa de evaluaciones psicométricas permitirá conocer las características de la
persona participante, tales como: Inteligencia, confiabilidad, valores y personalidad,
entre muchas otras. Los instrumentos de medición psicométrica son herramientas
estandarizadas y de carácter objetivo que ayudan a pronosticar conductas de la
persona participante ante determinadas situaciones y actividades propias del cargo,
será empleada para la entrevista y su resultado será sólo referencial para el CTS,
por lo que no cuentan con puntaje, mismas que deberán ser concluidas en su
totalidad en el lugar de aplicación, en la fecha y horario señalado en el mensaje de
invitación, en caso contrario, se procederá con su descarte sin perjuicio para el
instituto así como también a la persona aspirante que no realice la prueba
programada, aun cuando acuda y registre su asistencia.
Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de las personas participantes.
En esta etapa se evaluarán los conocimientos y habilidades generados a través del
tiempo, considerando entre otros elementos, el orden y duración en los puestos
desempeñados, experiencia en el sector público, privado o sector social; así mismo
en la evaluación del Mérito, se valorarán las capacidades de las personas
participantes a ingresar al sistema; de las personas Servidoras Públicas de Carrera
Titulares con base en los conocimientos, habilidades, experiencia y logros
alcanzados.
Está etapa se realizará conforme a la “Metodología de aplicación de los exámenes
de conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración del mérito para el
ingreso al Servicio Profesional de Carrera” emitida por la Secretaría Anticorrupción
y Buen Gobierno y difundida en el portal de www.trabajaen.gob.mx.
Cumplimiento del perfil del puesto. - Las personas que participen en los concursos
de ingreso, deberán exhibir la documentación original con la que acrediten el
cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil (escolaridad y años de
experiencia) descrito en la Convocatoria publicada en el Diario Oficial de la
Federación, tomando como base la información que la persona participante indicó
en su currículum registrado en el portal de www.trabajaen.gob.mx, con el que se
inscriba al concurso, se verificará la escolaridad conforme al Catálogo de Carreras
difundido en el portal de www.trabajaen.gob.mx. El incumplimiento del perfil será
motivo de descarte.
En la evaluación de la experiencia; las personas que participen en los concursos de
ingreso, deberán exhibir la documentación original con la que comprueben la
información de estos rubros, que incorporaron en su currículum del portal
www.trabajaen.gob.mx con el que pasaron la etapa I, y se calificarán los siguientes
elementos:
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
433
1.- Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el nivel
jerárquico en la trayectoria laboral de la persona candidata. De manera
específica, debe compararse el nivel jerárquico entre el cargo o puesto actual
(en su caso, el último) y el cargo o puesto inmediato anterior. Las personas que
cuenten únicamente con una sola experiencia, cargo o puesto no serán
evaluadas en este elemento, al no existir un parámetro objetivo para realizar la
comparación.
2.- Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados por la persona candidata.
De manera específica, a través del número de años promedio por cargo o
puesto que posea, el cual se obtendrá de dividir el número de años de
experiencia comprobados entre el número de cargos o puestos comprobados.
3.- Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia de la persona candidata en los puestos o cargos ocupados en
dicho sector económico. De manera específica, a través del tiempo acumulado
por cada persona candidata en el sector público.
4.- Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia de la persona candidata en los puestos o cargos ocupados en el
sector económico. De manera específica, a través del tiempo acumulado por
cada persona candidata en el sector privado.
5.- Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con la existencia o
no de experiencia en dicho sector, por parte de la persona candidata.
6.- Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de
respuesta seleccionada por la persona candidata, de entre las cinco posibles
opciones indicadas en las Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación
General Aplicables en el Proceso de Selección aprobadas por el Comité
Técnico de Profesionalización (CTP) del IPN y establecidas en la Metodología
de aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia
y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera y el
formato de evaluación, respecto a su trayectoria profesional. Las opciones son
las siguientes:
a.
He desempeñado puestos en los que he desarrollado una serie de
actividades sencillas y similares entre sí.
b)
He desempeñado puestos que requerían coordinar una serie de funciones
y actividades similares y relacionadas entre sí.
c)
He desempeñado puestos que requerían coordinar una serie de funciones
de naturaleza diferente.
d)
He desempeñado puestos que requerían dirigir un área con funciones de
naturaleza diferente.
e)
He desempeñado puestos que requerían dirigir diversas áreas, que
contribuían al desarrollo de los planes estratégicos de una o varias
unidades administrativas o de negocio.
7.- Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración bruta
mensual, en la trayectoria laboral de la persona candidata. De manera
específica, comparando la remuneración bruta mensual de su puesto actual
(en su caso, el último) y la del puesto vacante en concurso.
8.- Relevancia de funciones o de las actividades desempeñadas, en relación
con las del puesto vacante. - Se calificará de acuerdo con la coincidencia
entre la rama de cargo o puesto indicado en el currículum vítae de la persona
candidata, registrado por en el portal www.trabajaen.gob.mx, contra la rama de
cargo o puesto de la vacante en concurso.
9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
- Se calificará de acuerdo con la permanencia de la persona candidata en el
puesto o puestos inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica,
a través del número de años acumulados por la persona candidata en dichos
puestos.
Otros elementos que la Unidad de Políticas para el Servicio Público (UPSP) de la
Administración Pública Federal o el CTP establezcan, previa aprobación
de la UPSP; conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán
representar hasta el 25% del resultado de esta subetapa.
434
DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
Para obtener el puntaje de la evaluación de la experiencia, la persona candidata
deberá presentar la información manifestada en su currículum registrado en el
portal www.trabajaen.gob.mx con el que se inscribió, por lo que deberá comprobar
cada periodo laborado, desde su inicio hasta su fin, para lo cual se aceptarán una o
varias constancias de las que se citan a continuación:
-
Recibos de pago originales, o en su caso, con firma digital.
-
Hojas únicas de servicios selladas y firmadas, o en su caso, con firma digital.
-
Constancias de servicios selladas y firmadas.
-
Constancias de nombramientos firmadas.
-
Cartas finiquito firmadas.
-
Constancias de baja selladas y firmadas.
-
Contratos de servicios profesionales por honorarios (en este caso la persona
candidata deberá presentar los recibos que soporten el periodo laborado desde
su inicio hasta su fin).
-
Altas o bajas al IMSS o del ISSSTE selladas y firmadas.
-
Declaraciones del impuesto sobre la renta, Constancias de sueldos, salarios,
conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo, o
Constancia de retenciones emitidas por el SAT, donde se indique el periodo
laborado, firmadas y selladas, en caso de ser electrónico deberá de contener
cadena original y sello digital.
-
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos, firma y sello, mismas que deberán contener: nombre
completo de la persona participante, periodo laborado indicando inicio y fin,
percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas;
-
Carta, oficio o constancia de liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la institución educativa que se lo requirió, indicando
la institución donde prestó el servicio social y/o prácticas profesionales y el
periodo, con las cuales se acrediten las áreas generales de experiencia y hasta
un año de experiencia,
-
Cartas, oficio o constancia que acrediten experiencia como Becario hasta por
un máximo de 6 meses.
-
Expediente electrónico único emitido por el Sistema Nacional de Afiliación y
Vigencia de Derechos (ISSSTE) con antigüedad no mayor a diez días hábiles a
la fecha de revisión, conteniendo firma digital. La persona candidata deberá
presentar evidencia soporte.
-
Reporte de semanas cotizadas del asegurado del Instituto Mexicano del
Seguro Social, con antigüedad no mayor a diez días hábiles a la fecha
de revisión, con firma digital. La persona candidata deberá presentar evidencia
soporte.
No se aceptarán cartas de recomendación. Asimismo, toda documentación emitida
en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá
acompañarse de la traducción oficial respectiva.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre el
cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó
y el tiempo de permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las funciones
y actividades realizadas en los puestos ocupados.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Las personas candidatas serán calificadas en el orden en los puestos
desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten con una sola experiencia,
cargo o puesto previos.
•
A todas las personas candidatas se les calificarán los elementos 2 al 8.
•
Las personas candidatas participantes que ocupen o hayan ocupado uno o
más de los cargos o puestos inmediatos inferiores al de la vacante serán
calificadas con la consideración establecida en el elemento 9.
En la valoración del mérito las personas que participen en los concursos de
ingreso, deberán exhibir la documentación original con la que comprueben la
información de estos rubros y se calificarán los siguientes elementos:
1.- Resultados de las evaluaciones del desempeño. Se calificarán de acuerdo
con las calificaciones, de las personas servidoras públicas de carrera titulares,
obtenidas en las evaluaciones de desempeño anual. De manera específica, a
través de los puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del
desempeño anual.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
435
2.- Resultados de las acciones de capacitación. Se califican con base en las
acciones señaladas a continuación. De manera específica, a través del
promedio de las calificaciones obtenidas por la persona servidora pública
de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el
ejercicio fiscal inmediato anterior no se hubieran autorizado acciones de
capacitación para la persona servidora pública de carrera titular, éste no será
calificado en este elemento.
3.- Resultados de procesos de certificación. Se calificarán de acuerdo con las
capacidades profesionales certificadas. De manera específica, a través
del número de capacidades profesionales certificadas vigentes, obtenidas por
las personas servidoras públicas de carrera titulares en puestos sujetos al
Servicio Profesional de Carrera.
4.- Logros. Se refieren al alcance de un objetivo relevante de la persona
candidata en su labor o campo de trabajo; a través de aportaciones que
mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de
trabajo; o bien, mediante el logro de metas estratégicas que aportaron un
beneficio a la ciudadanía, sin generar presiones presupuestales adicionales, ni
perjudicar o afectar negativamente los objetivos de otra área, unidad
responsable o de negocios.
De manera específica, se calificarán a través del número de logros obtenidos
por la persona candidata. En virtud de lo anterior, se considerarán como logros,
los siguientes:
a)
Certificación en capacidades profesionales distintas a las consideradas
para el SPC;
b)
Publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionadas
con su campo de experiencia;
c)
Otros que al efecto establezca la UPSP.
d)
En ningún caso deberán considerarse logros de tipo político o religioso.
5.- Distinciones. Se refiere al honor o al trato especial concedido a una persona
por su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se
calificarán a través del número de distinciones obtenidas por la persona
candidata.
En virtud de lo anterior, se considerará como una distinción, las siguientes:
a)
Fungir como presidente(a), vicepresidente(a) o integrante fundador(a)
de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de
investigación, gremiales, estudiantiles o de profesionistas).
b)
Recibir un título honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado
por universidades o instituciones de educación superior.
c)
Por graduarse con mención honorífica o con alguna distinción;
d)
otras que, al efecto, establezca la UPSP.
e)
En ningún caso deberán considerarse distinciones de tipo político o
religioso.
6.- Reconocimientos y premios. Se refieren a la recompensa o al galardón
otorgado a la persona candidata por agradecimiento o por reconocimiento al
esfuerzo realizado, debido a la consecución de algún mérito o servicio en su
labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a
través del número de reconocimientos o premios obtenidos por la persona
candidata.
En virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o premio,
los siguientes:
a)
Premio otorgado a nombre de la persona candidata;
b)
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a
nombre de la persona candidata; en congresos, coloquios o equivalentes;
c)
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público;
d)
Primer, segundo o tercer lugar, que haya sido obtenido en competencias o
certámenes públicos y abiertos distintos a los concursos del SPC;
e)
Otros que al efecto establezca la UPSP.
f)
En ningún caso deberán considerarse reconocimientos o premios de tipo
político, religioso. o que sean resultado de la suerte, a través de una
selección aleatoria, sorteo o equivalente.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
7.- Actividad destacada en lo individual. Se refiere a la obtención de los
mejores resultados, que sobresalen en una profesión o actividad individual,
ajena al campo de trabajo del resto de quienes participan en la misma.
De manera específica, se calificará a través del número de actividades
destacadas en lo individual, comprobadas por la persona candidata.
En virtud de lo anterior, se considerarán como una actividad destacada en lo
individual, las siguientes:
a)
Título o grado académico obtenido en el extranjero con reconocimiento de
validez oficial por la Secretaría de Educación Pública (SEP);
b)
Patente a nombre de la persona candidata;
c)
Servicio o misión realizada en el extranjero;
d)
Derechos de autor por obras publicadas a nombre de la persona
candidata;
e)
Servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el
otorgamiento de donativos);
f)
Otros que al efecto establezca la UPSP.
g)
En ningún caso deberán considerarse actividades destacadas de tipo
político o religioso.
8.- Otros estudios. Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los
requeridos en el perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica,
a través del estudio o del grado máximo de estudios, concluido y con
reconocimiento de validez oficial que sea adicional al nivel de estudio y al
grado de avance requerido en el perfil del puesto vacante en concurso.
9.- Habla de lengua indígena. Las lenguas indígenas nacionales son aquellas
que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del
establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes
de otros pueblos Indoamericanos, igualmente preexistentes, que se han
arraigado en el territorio nacional, con posterioridad y que se reconocen por
poseer un conjunto ordenado y sistemático de formas orales funcionales y
simbólicas de comunicación.
Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una lengua, -en este caso,
una de las 68 lenguas indígenas-, se refiere a la capacidad de usarla
apropiadamente en determinadas situaciones sociales. A su vez, esta
capacidad se puede evaluar en cuatro habilidades básicas del lenguaje: hablar,
escuchar o comprender, leer y escribir en distintos contextos.
Las competencias traductoras son los conocimientos, habilidades y actitudes
que se movilizan para poner en operación procesos de “trasvase” de
información de una lengua a otra; ya sea de manera oral o escrita, pero con
una pertinencia cultural y lingüística.
De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes
obtenidos por la persona candidata. En virtud de lo anterior, se considerará
como un comprobante, cada uno de los siguientes, tomando como referencia
los niveles 1 y 2:
Nivel 1
1.
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen,
que señala que es hablante de una lengua indígena nacional.
2.
Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia
acreditada por esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
3.
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas
que avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o
sus variantes.
4.
Materiales
elaborados
en
lenguas
indígenas
(material
didáctico,
infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, entre
otros). En la presentación de estos materiales, se deberá acreditar
fehacientemente su autoría.
5.
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
6.
Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados con la
interpretación o a la atención en lengua indígena; o bien mediante una
traducción)
7.
Otros que al efecto establezca la UPSP.
Miércoles 29 de abril de 2026
DIARIO OFICIAL
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Nivel 2
1.
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia
acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente)
2.
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua
indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del
que se trate. En la presentación de estas publicaciones, se deberá
acreditar fehacientemente su autoría.
3.
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete,
mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de lenguas indígenas (oficios de
notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera).
En
la
presentación
de
estas
evidencias
se
deberá
acreditar
fehacientemente su autoría.
4.
Otros que al efecto establezca la UPSP.
10.-
Autoadscripción
a
un
pueblo
o
comunidad
indígena,
afrodescendiente o afromexicana. La denominación del presente elemento
deriva de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la
autoadscripción a un pueblo o una comunidad indígena o afrodescendiente/
afromexicana es el acto voluntario mediante el cual personas o comunidades,
que tienen un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo y, que
deciden identificarse como integrantes de un pueblo o comunidad indígena
reconocido por el Estado. La autoadscripción es una manifestación de
identidad y pertenencia cultural.
El mérito que se valora, conforme a este elemento, se relaciona directamente
con el cumplimiento de los requisitos de escolaridad y de experiencia de los
perfiles de puesto en concurso; los cuales representan el esfuerzo de la
población objetivo ante aquellas barreras del sector —económicas, políticas,
culturales y sociales―, que pueden presentarse en el desarrollo profesional de
la persona candidata que se autoadscribe. En virtud de lo anterior, se
considerará como comprobante, la manifestación por escrito de declaración de
autoadscripción, indicando el nombre del pueblo o comunidad indígena o
afromexicana a la que se autoadscriba, la persona candidata.
11.- Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera
como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera
profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia establecidos
previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso. En virtud
de lo anterior, se calificará, si la persona candidata comprueba que al momento
de la publicación del concurso su edad no sobrepasa los 30 años.
12.- Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar
de presentar una discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión
de las Personas con Discapacidad (LGIPD), cumplan con los requisitos de
escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil
del puesto en concurso. En virtud de lo anterior, se considerará como
comprobante escrito de declaración, en el que la persona participante describa
su discapacidad conforme a la LGIPD.
Otros elementos que se establezcan en la UPSP o en el CTP, previa aprobación de
la UPSP, conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán
representar hasta el 25% del resultado de esta subetapa.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre el
cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 1, calificación obtenida en la
evaluación del desempeño y firma del evaluador.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Todas las personas candidatas que sean personas servidoras públicas de
carrera titulares, sin excepción, serán calificadas en los elementos 1 al 3.
•
Todas las personas candidatas, sin excepción, serán calificadas en los
elementos 4 al 12.
Los resultados obtenidos en las subetapas de la Etapa III serán considerados en el
sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de las personas candidatas.
Firma de cartas de protesta. Las personas participantes firmarán la protesta de
decir verdad de:
1.
Cumplir con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
2.
De no haber sido beneficiado (a) por algún programa de Retiro Voluntario en la
Administración Pública Federal o en alguno de sus órganos desconcentrados.
3.
Ser Servidor(a) Público(a) de Carrera Titular.
4.
Si se encuentra en algún supuesto indicado en la fracción IV del artículo 71 del
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales en materia
de recursos humanos de la Administración Pública Federal.
5.
No se encuentran en los supuestos establecidos en el artículo 38 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual
previamente se realizará una revisión en los sitios de consulta oficiales y, en
caso de encontrarse en el supuesto será motivo de descarte.
Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de determinación) a quienes acrediten
el Puntaje Mínimo de Calificación que es 70 puntos.
Si hay empate, el Comité Técnico de Selección resolverá el resultado del concurso
de acuerdo a lo señalado en el artículo 281 del Acuerdo por el que se establecen
las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre
de 2025 así como sus subsecuentes actualizaciones.
Las personas aspirantes que pasen a la etapa de determinación como aptos para
cubrir el puesto y no resulten ganadoras en el concurso, serán consideradas
finalistas en la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate
en el Instituto Politécnico Nacional durante un año contado a partir de la publicación
de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho, quedan en
posibilidad de ser convocadas, en ese periodo y de acuerdo a la clasificación de
puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de Profesionalización
del Instituto Politécnico Nacional, a nuevos concursos destinados a tal rama de
cargo o puesto, según aplique.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de servidor (a) público
(a) de carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda
vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de haber
cumplido la obligación que le señala fracción VI del artículo 11 de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. (Guardar
reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos que
conozca, en términos de la ley de la materia).
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquier de los datos registrados
por las personas participantes en TrabajaEn o de la documentación mencionada ya
sea durante la revisión documental, o en cualquier etapa del proceso; o de NO
exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean
requeridos, o bien, encontrarse en los supuestos que señala fracción VII del artículo
38 de la Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanos, será motivo de
descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso
de selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para el
Instituto Politécnico Nacional, el cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones
legales procedentes.
REVISION
DOCUMENTAL
Para poder acreditar la revisión documental, es indispensable presentar la totalidad
de la siguiente documentación en original y de forma electrónica, digitalizada
legiblemente y almacenada en dispositivo USB o disco duro portátil, en una
sola carpeta en específico indicando su número de folio asignado y el número
de concurso, en caso contrario se le descartará del concurso:
•
Currículum Vítae registrado en TrabajaEn. firmado en todas las hojas con tinta
azul, sin engargolar. Entregar 1 tanto.
•
Currículum Vítae máximo tres cuartillas, actualizado, con fotografía y números
telefónicos de los empleos registrados incluyendo el actual, en los que se
detallen claramente, funciones específicas, puesto ocupado y periodo en el
cual laboró: para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y
que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn,
firmado en todas las hojas con tinta azul, sin engargolar. Entregar 4 tantos.
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DIARIO OFICIAL
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•
Para obtener el puntaje de la evaluación de la experiencia, la persona
candidata deberá presentar la información manifestada en su currículum de
TrabajaEn con el que se inscribió, por lo que deberá comprobar cada periodo
laborado, desde su inicio hasta su fin, para lo cual se aceptarán una o varias
constancias de las que se citan a continuación:
-
Recibos de pago originales, o en su caso, con firma digital.
-
Hojas únicas de servicios selladas y firmadas, o en su caso, con firma
digital.
-
Constancias de servicios selladas y firmadas.
-
Constancias de nombramientos firmadas.
-
Cartas finiquito firmadas.
-
Constancias de baja selladas y firmadas.
-
Contratos de servicios profesionales por honorarios (en este caso la
persona candidata deberá presentar los recibos que soporten el periodo
laborado desde su inicio hasta su fin),
-
Altas o bajas al IMSS o del ISSSTE selladas y firmadas.
-
Declaraciones del impuesto sobre la renta, Constancias de sueldos,
salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo,
o Constancia de retenciones emitidas por el SAT, donde se indique el
periodo laborado, firmadas y selladas, en caso de ser electrónico deberá
de contener cadena original y sello digital.
-
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos, firma y sello, mismas que deberán contener: nombre
completo de la persona participante, periodo laborado indicando inicio y
fin, percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas.
-
Carta, oficio o constancia de liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la institución educativa que se lo requirió,
indicando la institución donde prestó el servicio social y/o prácticas
profesionales y el periodo, con las cuales se acrediten las áreas generales
de experiencia y hasta un año de experiencia.
-
Cartas, oficio o constancia que acrediten experiencia como Becario hasta
por un máximo de 6 meses.
-
Expediente electrónico único emitido por el Sistema Nacional de Afiliación
y Vigencia de Derechos (ISSSTE) con antigüedad no mayor a diez días
hábiles a la fecha de revisión, conteniendo firma digital. La persona
candidata deberá presentar evidencia soporte.
-
Reporte de semanas cotizadas del asegurado del Instituto Mexicano del
Seguro Social, con antigüedad no mayor a diez días hábiles a la fecha
de revisión, con firma digital. La persona candidata deberá presentar
evidencia soporte.
No se aceptarán cartas de recomendación. Asimismo, toda documentación
emitida en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá
acompañarse de la traducción oficial respectiva.
1.
Impresión del folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx
(carátula inicial de la página personal) para el concurso e impresión de la
invitación que recibe por TrabajaEn. Entregar 1 copia.
2.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
3.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por el perfil del
puesto para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera
nivel licenciatura o posgrado titulado, se deberá presentar el Título o la
Cédula Profesional correspondiente. En el caso de contar con estudios en
el extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez
o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
Los y las aspirantes podrán cubrir escolaridades de nivel Licenciatura con
el Título o Cédula Profesional de Especialidad, Maestría y/o Doctorado en
las áreas de estudio y carreras que establece el perfil del puesto
en concurso, de acuerdo a la normatividad aplicable.
4.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar
expedida por Instituto Nacional Electoral con fotografía o pasaporte).
5.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT). En caso de
que el RFC, incluyendo homoclave, registrado en la página personal
de TrabajaEn no coincida con el que aparece en el documento de alta del
SAT o en la Constancia de Situación Fiscal que se presente, podrá ser
motivo de descarte del aspirante en el concurso correspondiente.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 29 de abril de 2026
6.
Clave Unica de Registro de Población (CURP) con antigüedad no mayor a
diez días hábiles a la fecha de revisión.
7.
Cartilla Militar liberada. Requisito exclusivo y obligatorio para hombres con
edad igual o menor de 40 años, de acuerdo con el artículo 4º. de la Ley del
Servicio Militar vigente, en donde se establece que sus obligaciones
militares terminan el 31 de diciembre del año en que cumplan los 40 años
de edad.
8.
Carta bajo protesta de decir verdad. Las personas participantes firmarán la
protesta de decir verdad de: Cumplir con lo dispuesto por en el artículo 21
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal; de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de Retiro
Voluntario en la Administración Pública Federal o en alguno de sus
órganos desconcentrados; si se encuentra en algún supuesto indicado en
el inciso IV del Artículo 71 del Acuerdo por el que se establecen las
disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal.; y no se encuentran en los supuestos
establecidos en el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, para lo cual previamente se realizará una revisión en
los sitios de consulta oficiales y, en caso de encontrarse en el supuesto
será motivo de descarte.
•
La persona candidata que no acredite esta etapa, será descartada del
concurso.
La revisión documental se realizará en la dirección, día y hora que se señale en el
mensaje enviado a la persona aspirante a través de TrabajaEn. No se aceptarán
documentos en otro día o momento distinto al indicado en el mensaje que se
les envía a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx; si no se cuenta con la
documentación requerida en la hora y día señalados para las etapas de
examen
de
conocimientos
y
revisión
documental,
será
descartado
inmediatamente del concurso, la información digitalizada deberá estar
integrada en una sola carpeta, una vez descargada y regresado el dispositivo
no se podrá volver a insertar y buscar la información que falte, no obstante
que haya acreditado las etapas previas.
PUBLICACION DE
RESULTADOS
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose a la persona con su número de
folio asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del portal:
http://www.trabajaen.gob.mx
CANCELACION DE
CONCURSOS
El Comité Técnico de Selección (CTS) podrá cancelar el concurso en los supuestos
siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición
legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate; II) El puesto de
que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para
restituir en sus derechos a alguna persona, y; III) El CTP determine que se modifica
o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
DECLARACION DE
CONCURSO
DESIERTO
De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección
podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso por
las siguientes causas:
I.
Porque ningún candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado finalista;
III. Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado
o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité
Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
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DIARIO OFICIAL
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REACTIVACION
DE FOLIOS
PROCEDIMIENTO
1. La persona aspirante deberá presentar su escrito de petición de reactivación de
folio dirigido a quien funja como Secretario(a) Técnico (a) del Comité Técnico de
Selección, con domicilio Av. Miguel Othón de Mendizábal s/n, esq. Miguel Bernard,
Col. Residencial La Escalera, Alcaldía Gustavo A. Madero. C.P. 07738 Edificio de la
Secretaría de Administración, Primer piso, Unidad Profesional “Adolfo López
Mateos”, Ciudad de México, Tel.: 55 5729-6000 Ext. 51007, 51071 y 51354 de
09:00 a 16:00 horas, a través del Departamento de Personal de Mando.
Se deberá anexar al escrito la documentación que se indica:
1.1 Justificación del por qué considera que se debe reactivar el folio, dirigido a
quien funja como Secretario(a) Técnico(a) del Comité de Selección, solicitando el
análisis y en su caso aprobación de la reactivación.
1.2 Impresión de la pantalla del apartado “Mis Mensajes”, donde se señala fecha y
hora de envío del Aviso de Rechazo.
1.3 Impresión del mensaje de rechazo emitido por el Sistema de TrabajaEn.
1.4 Impresión de su currículum registrado en TrabajaEn con el cual se le asignó el
folio de rechazo.
1.5 Impresión de su currículum de TrabajaEn con la corrección en el rubro que se
menciona en el mensaje de rechazo.
1.6 Cuando el rechazo sea por motivo de la Experiencia, deberá anexar los
documentos en original y copia que comprueben fehacientemente la experiencia
laboral manifestada en su currículum corregido de TrabajaEn.
1.7 Cuando el rechazo sea por motivo de la Escolaridad, deberá anexar los
documentos en original y copia, mismos que se encuentran establecidos
en las bases de la Convocatoria, en el rubro de Documentación Requerida.
1.8 Domicilio, número telefónico y dirección electrónica para recibir la respuesta a
su petición.
2. La solicitud se hará del conocimiento al resto de las personas que integran el
Comité Técnico de Selección, a través del Encargado(a) del Subsistema de
Ingreso, vía correo electrónico para su análisis y, en su caso, para su autorización.
Dicho escrito deberá incluir los anexos indicados en el numeral 1.
3. El sistema www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todas las
personas participantes en el concurso.
La aprobación de reactivación de folios será por mayoría de votos bajo
responsabilidad del Comité Técnico de Selección, instrumentando en el acta
correspondiente fundamento, motivación y documentos que justifiquen la
reactivación.
La Dirección de Capital Humano podrá, si así lo determina, constatar la autenticidad
de la información y documentación incorporada en TrabajaEn, de conformidad con
lo establecido en el artículo 266, 2do. párrafo del Acuerdo por el que se establecen
las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal.
El procedimiento tiene como propósito reactivar el folio de la persona aspirante
rechazada cuando así lo resuelva e instruya el Comité Técnico de Selección (CTS),
por lo que será posible identificar al aspirante, cuyo folio solicitó reactivar el Comité
Técnico de Selección, con un nuevo número de folio de concurso.
PLAZOS
•
La persona aspirante tendrá 2 días hábiles para presentar su escrito de
petición de reactivación de folio, a partir de la fecha de descarte.
•
La reactivación de folios rechazados, será a partir de la fecha de descarte.
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•
El plazo de resolución del Comité Técnico de Selección será a más tardar en 3
días hábiles a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud de
reactivación de folios. La determinación del Comité Técnico de Selección
respecto a la solicitud de reactivación se hará del conocimiento de la persona
interesada vía correo electrónico, a través del Encargado (a) del Subsistema de
Ingreso.
SUPUESTOS
La reactivación de folios no será procedente cuando:
a) La persona aspirante cancele su participación en el concurso o renuncie al
proceso.
b) Exista duplicidad de registros de inscripción en TrabajaEn.
c) La persona aspirante se encuentre en los supuestos de la fracción VII del
artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reactivación de folios se realizará a través del Módulo de Reactivación de Folios
en RHnet.
Una vez transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes de
reactivación.
El IPN podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar dicho folio,
dando aviso a las personas aspirantes que siguen participando en la etapa
correspondiente.
PRINCIPIOS DEL
CONCURSO
El concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección a
las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Los casos no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional de
Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el Comité
Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en el concurso que
identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al Secretario(a) Técnico(a)
de dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes dos días hábiles, quien lo
someterá para su análisis y resolución al resto de los o las integrantes. El plazo
para dar una resolución dependerá de la complejidad y gravedad del caso
reportado, por lo que el Comité puede detener el desarrollo del concurso hasta que
tenga una resolución. El Comité Técnico de Selección se asegurará que
la resolución al caso reportado se apegue a los principios mencionados y a la
normatividad aplicable.
DISPOSICIONES
GENERALES
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2.
Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
Las personas concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la dependencia,
en Avenida Universidad número 1074, Colonia Xoco, C.P. 03330, Alcaldía
Benito Juárez, Ciudad de México de 09:00 a 18:00 horas. La inconformidad
deberá presentarse por escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la
fecha en que se presentó el acto motivo de la inconformidad, en términos de lo
dispuesto por el artículo 69 fracción X de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, y 93 al 96 de su Reglamento.
Portal https://www.oic.ipn.mx/manuales-oic/infografia-quejas.html
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4.
Las personas aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Col. Guadalupe Inn, Ciudad de México, en los términos que
establecen los artículos 97 y 98 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, dirigido al Titular
de la Unidad de Asuntos Jurídicos.
5.
Durante el desarrollo y aplicación de la etapa II, III y IV no se permitirá el uso
de teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD,
memorias portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras, así
como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar,
reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones, salvo que
en las bases de la convocatoria se autorice o requiera de utilización como
medio de apoyo para la evaluación.
Como medidas de seguridad y cuidado sanitario, se recomienda a las
personas participantes:
•
Portar cubrebocas durante todo el tiempo que se encuentre en las
instalaciones del Instituto Politécnico Nacional.
•
Aplicar gel antibacterial.
•
Acudir sin compañía, a menos que requiera asistencia, ya que no se
cuenta con salas de espera.
En caso de no acatar las indicaciones antes enunciadas, la DCH se
reserva el derecho de tomar las medidas que considere necesarias, a fin
de salvaguardar la salud y seguridad de todas las personas participantes,
así como personal del IPN.
La Dirección de Capital Humano informa que la Secretaría de Administración se
encuentra trabajando bajo los lineamientos de la Norma ISO 37001:2016 Sistema
de Gestión Antisoborno, al participar en esta convocatoria, usted acepta que
cumplirá y se apegará a lo establecido en la Política Antisoborno y en general con
los Lineamientos del Sistema de Gestión Antisoborno, así como la normatividad
aplicable vigente en la materia.
Si usted desea conocer más información acerca de la Política Antisoborno y/o
Sistema
de
Gestión
Antisoborno
de
la
Secretaría
de
Administración,
puede
ingresar
al
portal
de
esta
Secretaría
a
través
de
la
liga
https://www.ipn.mx/secadmin/certificación-ISO/politicas-sgi.html
RESOLUCION DE
DUDAS Y
ATENCION A
USUARIOS
Con la finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas que los o
las aspirantes formulen con relación a los presentes concursos, el Instituto
Politécnico Nacional pone a la orden el correo electrónico: ingreso_dch@ipn.mx y el
número telefónico: 55 5729 6000 con las extensiones: 51007, 51071 y 51354, en un
horario de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas a través del Departamento de
Personal de Mando.
Asimismo, se les hace una cordial invitación para consultar el Manual
de
Usuario
de
TrabajaEn,
a
través
del
portal:
http://www.trabajaen.gob.mx/Descargas/ManualUsuario.pdf, a efecto de que en la
revisión curricular no sea descartado por errores u omisiones.
NOTA: EL PERIODO VACACIONAL COMPRENDE DEL 20 DE JULIO AL 07 DE
AGOSTO DE 2026, POR LO QUE LA ATENCION AL PUBLICO SE REANUDARA
EL DIA 10 DE AGOSTO DE 2026.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2026.
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Politécnico Nacional
“La Técnica al Servicio de la Patria”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, la Secretaria Técnica
Jefa de Departamento de Desarrollo y Soporte Informático de la Dirección de Capital Humano
Mtra. Socorro Juárez Contreras
Firma Electrónica.
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Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera
Titular de la Unidad de Gobierno
Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara
Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
Cuotas por derecho de publicación:
Oficinas ubicadas en:
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios.
Página web: www.dof.gob.mx
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