Análisis del DOF · 26 de enero de 2026
Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 021/2026, lunes 26 de enero de 2026 (Matutina). Incluye: Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (SIPRED'2025); Aviso de Subasta Electrónica del FONATUR; Convenios Modificatorios de la Secretaría de las Mujeres (Refugios); Sentencia de la SCJN en la Controversia Constitucional 30/2025; Tipos de cambio y tasas del Banco de México; Acuerdo INE/CG1503/2025 sobre vigencia de Credenciales para Votar; Extractos de Acuerdos del TFJA; y Avisos
Tipo de documento: Edición del Diario Oficial de la Federación (compilación: Anexo de Resolución Miscelánea Fiscal, Avisos, Convenios, Sentencia, Acuerdos)
Estadísticas
Metadatos
Categorías de riesgo presentes
Síntesis ejecutiva
Esta edición matutina del DOF (26 de enero de 2026) es predominantemente administrativa y fiscal. Más del 95% de su extensión corresponde al Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026: los instructivos del SIPRED'2025, un sistema de captura y validación basada en reglas (sobre Excel) para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros. Este sistema NO emplea inteligencia artificial, analítica avanzada ni toma de decisiones automatizada sobre personas; se trata de validaciones determinísticas, firma electrónica (e.firma), encriptación y catálogos. Las restantes secciones tampoco contienen IA: un aviso de cancelación de subasta del FONATUR; convenios de subsidio de la Secretaría de las Mujeres para refugios; una sentencia de la SCJN sobre un conflicto competencial Federación-Municipio en licencias de construcción para energía solar/eólica; tipos de cambio, tasas y lista de sistemas de pagos del Banco de México; un acuerdo del INE que extiende la vigencia de Credenciales para Votar para el Proceso Electoral Local 2025-2026 de Coahuila; y extractos de adscripción/suplencia de magistrados del TFJA. No se identifican menciones explícitas de IA. El único hallazgo, de evidencia implícita de fuerza media y severidad Alta, está en la Nota Aclaratoria del convenio con Sonora: el desarrollo de un 'sistema de monitoreo de muertes violentas de niñas, adolescentes y mujeres' operado por una Unidad de Análisis y Contexto (UAC) de la Fiscalía. Releído en su contexto, el cronograma financia desarrollo de software para integrar ese sistema con los sistemas existentes de la Fiscalía, la incorporación de variables y módulos analíticos, la 'identificación de casos de posible riesgo de feminicidio' y la clasificación de carpetas de investigación, con captura en el BANAVIM. Por tratarse de un dominio crítico (procuración de justicia y feminicidio) con datos personales sensibles, integración de bases de datos y lenguaje de identificación/priorización de riesgo, el hallazgo activa riesgos de privacidad (R3), sesgo (R2), vigilancia/integración estatal de datos (R9) y falta de supervisión sobre clasificaciones (R1). El convenio no establece salvaguardas de datos personales, supervisión humana ni gobernanza algorítmica, lo que constituye un gap regulatorio relevante. Se recomienda monitorear con prioridad la evolución del sistema de la UAC, documentar si incorpora analítica/predicción automatizada, y reforzar la protección de datos personales sensibles de víctimas y la supervisión humana en los instrumentos de subsidio. El resto de la edición (SIPRED'2025, FONATUR, SCJN, Banxico, INE, TFJA, Avisos) no presenta riesgos regulatorios de IA.
Contexto mexicano
Consideraciones especiales
- El grueso del documento (SIPRED'2025) es infraestructura tecnológica de cumplimiento fiscal basada en reglas; no es IA, pero refleja la creciente digitalización tributaria del SAT, ámbito donde a futuro podrían incorporarse modelos de detección de inconsistencias o riesgo (que sí ameritarían supervisión).
- El 'sistema de monitoreo de muertes violentas de niñas, adolescentes y mujeres' opera sobre datos extremadamente sensibles (feminicidios, víctimas) en un país con alta incidencia de violencia de género y capacidad institucional desigual entre entidades federativas para proteger datos personales.
- El Padrón Electoral y la Lista Nominal del INE (referidos en el acuerdo de credenciales) son uno de los mayores registros biométricos y de datos personales del país; aunque este acuerdo es meramente administrativo (extensión de vigencia), el ecosistema subyacente es de alto interés para futuros usos de identidad digital y verificación.
- Tras la desaparición del INAI, la supervisión de protección de datos personales se encuentra en transición institucional, lo que aumenta el riesgo de que sistemas de datos sensibles (como el de monitoreo de feminicidios) operen sin auditoría externa robusta.
Capacidad de implementación
Media-Baja. La mayoría de los instrumentos de esta edición son administrativos/fiscales sin componente de IA, por lo que no demandan enforcement de gobernanza algorítmica. Para el único sistema de datos sensibles identificado (monitoreo de muertes violentas de mujeres), la capacidad de supervisión es limitada por la transición institucional en materia de datos personales y por la heterogénea capacidad técnica de las entidades federativas que operan los refugios y registros.
Precedentes relevantes
- Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (principios de finalidad, minimización y datos sensibles).
- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM).
- Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), Libro Cuarto, sobre el Registro Federal de Electores y la Credencial para Votar.
- Controversia Constitucional 30/2025 (SCJN) y jurisprudencia sobre competencia exclusiva de la Federación en materia de energía eléctrica frente a facultades municipales de uso de suelo.
Hallazgos
Hallazgos detectados por el análisis. Expande cada uno para ver el fragmento original y las recomendaciones.
Justicia Penal / Procuración de Justicia (Fiscalía) / Violencia de Género y Feminicidio / Sistemas de información y análisis de datos sensibles Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Alta
Dominio regulatorio
Justicia Penal / Procuración de Justicia (Fiscalía) / Violencia de Género y Feminicidio / Sistemas de información y análisis de datos sensibles
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Incorporación de variables al sistema de la UAC para el desarrollo de los 4 módulos pendientes del sistema de monitoreo de muertes violentas de niñas, adolescentes y mujeres. Análisis de relevancia
1) RELEVANCIA PARA IA: El documento de la edición es, en su enorme mayoría, el Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (instructivos del SIPRED'2025), un sistema de captura/validación de estados financieros basado en reglas determinísticas en Excel, sin IA, analítica avanzada ni decisiones automatizadas sobre personas; las demás secciones (FONATUR, SCJN sobre energía, Banxico, INE sobre vigencia de credenciales, TFJA, Avisos) tampoco contienen IA. El elemento sustantivo de riesgo es, dentro de la Nota Aclaratoria del convenio con Sonora, el desarrollo de un 'sistema de monitoreo de muertes violentas de niñas, adolescentes y mujeres' operado por una 'UAC' (Unidad de Análisis y Contexto) de la Fiscalía. Releído en su contexto, NO es un mero registro pasivo: el cronograma financia (i) 'desarrollo de software' para 'Establecimiento de comunicación entre el sistema desarrollado y el existente en la Fiscalía General de Justicia del Estado' (integración/interoperabilidad de bases de datos), (ii) 'Incorporación de variables al sistema de la UAC' y 'desarrollo de los 4 módulos pendientes', (iii) 'Identificación y/o canalización de víctimas indirectas, y casos de posible riesgo de feminicidio' (lenguaje de identificación/priorización de riesgo) y (iv) 'Revisión y clasificación de carpetas de investigación' por analistas en criminología, con captura en el BANAVIM. Estas características (incorporación de variables, módulos analíticos, identificación de 'riesgo de feminicidio', integración de bases de datos en una Fiscalía) son indicadores fuertes de un sistema de análisis/clasificación de datos que puede incorporar —o evolucionar hacia— analítica predictiva, aunque el texto no use la palabra 'IA'. 2) RIESGOS: R3 (privacidad) por concentración e integración de datos personales SENSIBLES de víctimas de feminicidio/violencia (incluido cruce con sistemas de la Fiscalía y BANAVIM) sin que el convenio prevea finalidad limitada, minimización, control de acceso ni plazos de conservación; R2 (sesgo) porque la clasificación de carpetas y la 'identificación de casos de posible riesgo de feminicidio' puede priorizar o desatender casos de forma sesgada (errores con consecuencias sobre la vida y el debido proceso); R9 (vigilancia/integración estatal) porque se trata de un sistema de 'monitoreo' con integración de bases de datos en un órgano de procuración de justicia, con potencial de análisis predictivo sobre personas; R1 (malfunctions/falta de supervisión) por la clasificación y el flagging de 'riesgo' sin que se documenten controles de calidad, validación humana ni mecanismos de impugnación. 3) GAP REGULATORIO: el instrumento jurídico (convenio/Nota Aclaratoria) no establece salvaguardas de datos personales sensibles, evaluación de impacto, gobernanza algorítmica, auditoría ni supervisión humana de las clasificaciones/priorizaciones. 4) NIVEL DE EVIDENCIA: implícito de fuerza media (no hay confirmación explícita de modelos de ML), pero el dominio es crítico (procuración de justicia + feminicidio + datos sensibles de menores y mujeres), lo que conforme a la Regla de Contexto Crítico eleva la severidad a Alta. 5) CONTEXTO MEXICANO: alta incidencia de feminicidio, capacidad técnica heterogénea entre fiscalías estatales y transición institucional en protección de datos (tras la desaparición del INAI) aumentan el riesgo de operación sin auditoría externa.
Recomendaciones
- Documentar la arquitectura del 'sistema de monitoreo de muertes violentas de niñas, adolescentes y mujeres' (UAC) y de su interoperabilidad con los sistemas de la Fiscalía y el BANAVIM, precisando si incorpora analítica, clasificación o predicción automatizada de 'riesgo de feminicidio', para determinar el régimen regulatorio aplicable.
- Incluir en los convenios y lineamientos cláusulas de protección de datos personales sensibles de víctimas (finalidad, minimización, control de acceso, plazos de conservación, prohibición de uso secundario) conforme a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
- Exigir supervisión humana calificada y mecanismos de revisión/impugnación sobre cualquier clasificación de carpetas o identificación de 'casos de posible riesgo de feminicidio', evitando que la priorización automatizada determine por sí sola la atención de casos.
- Realizar evaluación de impacto en protección de datos y análisis de sesgo antes de ampliar los módulos del sistema, con auditoría independiente dada la sensibilidad del dominio (procuración de justicia y feminicidio).