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Diario Oficial de la Federación, edición matutina del martes 17 de marzo de 2026 (No. de publicación 063/2026)

17 de marzo de 2026 · Varias (Secretaría de Energía/Comisión Nacional de Energía, Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, SEDATU, Secretaría de las Mujeres, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Banco de México, INEGI, Instituto Nacional Electoral, Secretaría de la Defensa Nacional y otros convocantes del sector público)

Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.

No. de publicación: 063/2026 Ciudad de México, martes 17 de marzo de 2026 CONTENIDO Secretaría de Energía Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Secretaría de las Mujeres Suprema Corte de Justicia de la Nación Banco de México Instituto Nacional de Estadística y Geografía Instituto Nacional Electoral Convocatorias para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público Avisos 2 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 INDICE PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ENERGIA Acuerdo por el que la Comisión Nacional de Energía expide el modelo de contrato para la interconexión, conexión o ambas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución para Centrales Eléctricas, Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica y Centros de Carga. ............................................................................................................................ 4 SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, a los municipios, a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y a los entes públicos de unas y otros, el cumplimiento dado a la sentencia definitiva de seis de octubre de dos mil veinticinco, dictada en el juicio de nulidad 16748/24-17-06-3, promovido por la empresa Gott Und Gluck, S.A. de C.V., por medio de la cual la Sexta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, declaró la nulidad de la resolución del veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, emitida dentro del procedimiento administrativo número SANC.0001/2023. ........................................................... 21 Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas públicas del Estado, a la Fiscalía General de la República, a las entidades federativas y sus municipios, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Lavandería y Tintorería de la Península, S.A. de C.V. ..................................................................... 22 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Declaratoria de causa de utilidad pública relativa a 19,674.431 m2 (diecinueve mil seiscientos setenta y cuatro punto cuatrocientos treinta y un metros cuadrados), correspondientes a 4 (cuatro) inmuebles de propiedad privada; en el Municipio de Huimanguillo en el Estado de Tabasco, que serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec. .......................... 24 SECRETARIA DE LAS MUJERES Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Morelos, que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos. ................................................. 28 Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Nayarit, que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados al Instituto para la Mujer Nayarita. ........................................................................................................ 32 Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Nuevo León, que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres de dicho estado. ............................................................................... 36 Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 3 Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Oaxaca, que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres de dicho estado. ..................................................................................... 40 PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 41/2025, así como el Voto Concurrente del señor Ministro Irving Espinosa Betanzo. ............................................................................................................................ 44 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. ........................................................................................................................ 58 Tasas de interés interbancarias de equilibrio. .................................................................................. 58 Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................ 58 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA Encadenamiento de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al mes de febrero de 2026. .................................................................................................................. 59 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Información relativa a saldos y productos financieros de fideicomisos en que participa el Instituto Nacional Electoral, que se proporciona en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con corte al 31 de diciembre de 2025 (Fideicomiso Fondo para el cumplimiento del Programa de Infraestructura Inmobiliaria y para la Atención Ciudadana y Mejoramiento de Módulos del Instituto Nacional Electoral). ............. 77 Información relativa a saldos y productos financieros de fideicomisos en que participa el Instituto Nacional Electoral, que se proporciona en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con corte al 31 de diciembre de 2025 (Fideicomiso Fondo para Atender el Pasivo Laboral del Instituto Nacional Electoral). ....... 77 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................ 78 AVISOS Judiciales y generales. ..................................................................................................................... 147 El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor. 4 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ENERGIA ACUERDO por el que la Comisión Nacional de Energía expide el modelo de contrato para la interconexión, conexión o ambas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución para Centrales Eléctricas, Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica y Centros de Carga. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional de Energía. JUAN CARLOS SOLÍS ÁVILA, Director General de la Comisión Nacional de Energía, con fundamento en los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafo sexto, 28, párrafos cuarto y noveno, y 90, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción I, 17, 26, fracción IX y 33, último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2, párrafo primero, 7, fracciones I, II, III, V y XXII, 8, fracciones IV y IX, 12, 14, párrafo primero y 16, fracciones VI, VII, X, XIX, XXIII y XXV de la Ley de la Comisión Nacional de Energía; 6, 7, 11, fracciones XV, XLIV y XLIX, 32, último párrafo de la Ley del Sector Eléctrico; 107 del Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico; 2, párrafo primero, apartado F, fracción III, 71, 77 y 78 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; 2, 7, 9, 12, fracciones IX y XI del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Energía; 7, primer párrafo, fracción II del Acuerdo número CT/1.SE/2-2025, Aprobación de las Reglas de Operación del Comité Técnico de la Comisión Nacional de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2025; así como al Acuerdo número CT/2.SE/2-2026 emitido por el Comité Técnico de la Comisión Nacional de Energía y, CONSIDERANDO Que, el artículo 25, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que, tratándose del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, la Nación debe llevar a cabo dichas actividades en términos de lo dispuesto por el párrafo sexto del artículo 27 de dicha Constitución. Que de conformidad con el artículo 27, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional en términos del artículo 28 constitucional. Además, las leyes deben determinar la forma en que los particulares pueden participar en las demás actividades de la industria eléctrica. Por su parte, el artículo 28, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que el Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir y supervisar la política energética del país, cuenta con las atribuciones para llevar a cabo la regulación técnica y económica, así como con la facultad sancionadora en materia energética y de hidrocarburos. Que el 18 de marzo de 2025, en cumplimiento al decreto de reforma constitucional en materia de simplificación orgánica del 20 de diciembre de 2024, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones y se expiden, entre otras leyes, la Ley de la Comisión Nacional de Energía (LCNE), con lo cual, se consuma la extinción de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), así como la creación de la Comisión Nacional de Energía (CNE) como un órgano administrativo desconcentrado, sectorizado a la Secretaría de Energía (SENER). Que de conformidad con los artículos 1, 2, fracción I, 17, 26, fracción IX y 33, último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, párrafo primero de la LCNE; 2, apartado F, fracción III y 71 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía y 2, párrafo primero del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Energía, la CNE es un órgano administrativo desconcentrado, de carácter técnico, que cuenta con independencia técnica, operativa, de gestión y de decisión; y tiene por objeto regular, supervisar e imponer sanciones en las actividades del sector energético de conformidad con las disposiciones aplicables en materia de planeación vinculante en el ámbito de su competencia. Asimismo, los transitorios Tercero y Séptimo de la LCNE establecen que, las referencias normativas a la extinta CRE se entienden hechas o conferidas a la SENER o a la CNE, conforme a las atribuciones, competencias y facultades que les correspondan, así como que todas las disposiciones, normas, lineamientos, políticas, criterios y demás normatividad emitida por la extinta CRE y la SENER continúan en vigor en lo que no se opongan a la referida Ley, sin perjuicio de que sean adecuadas, modificadas o sustituidas, en términos de las disposiciones de la referida Ley y las demás aplicables. Que en el artículo 2 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos se establecen los objetivos de la política en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, entre los que se encuentran, establecer las herramientas, instrumentos y acciones para promover las buenas prácticas regulatorias, así como establecer las obligaciones de las autoridades de los tres órdenes de gobierno para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la citada Ley. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 5 De igual forma, el artículo 6 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos establece que los sujetos obligados deben regir su actuar en apego, entre otros, a los principios de confianza ciudadana, certeza jurídica, simplificación, proporcionalidad, armonización regulatoria, interoperabilidad de sistemas institucionales, equivalencia funcional, mayor beneficio, utilidad social y accesibilidad, para el cumplimiento de los objetivos de dicha Ley. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 7, fracciones I y III y 8, fracción VII de la LCNE, la CNE tiene las atribuciones para emitir resoluciones, acuerdos, criterios de interpretación, directivas, bases y demás actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones; vigilar y supervisar su cumplimiento, así como promover el desarrollo ordenado, continuo y seguro de las actividades de generación de electricidad, los servicios públicos de transmisión y distribución de energía eléctrica y la comercialización de electricidad. Que el artículo 11, fracción XV de la Ley del Sector Eléctrico (LSE), establece que la CNE está facultada para expedir, entre otros, los modelos de contrato de interconexión de Centrales Eléctricas, conexión de Centros de Carga y los demás que se requieran. Que los artículos 48, párrafos tercero, fracción III y cuarto, y 49, último párrafo de la LSE, establecen que para la interconexión de las Centrales Eléctricas y conexión de los Centros de Carga, el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) está obligado a instruir a la Transportista o a la Distribuidora la celebración del contrato de interconexión o conexión, a solicitud del representante de la Central Eléctrica o del Centro de Carga, una vez definidas las características específicas de la infraestructura requerida o determinada la exención de estas, así como que las Reglas del Mercado deben especificar los plazos máximos para que el representante solicite la celebración de dicho contrato con base en las características específicas de la infraestructura requerida. Asimismo, que la Transportista o la Distribuidora y la solicitante están obligadas a celebrar los contratos de interconexión o conexión, con base en los modelos que emita la CNE, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la orden correspondiente por parte del CENACE. Que los artículos 22, fracción I, 32, fracción I y último párrafo, 34 y 37, fracción I de la LSE y 55, 56, 57 y 60 del Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico (RLSE) prevén como requisito para llevar a cabo las actividades previstas en dichos preceptos jurídicos, la celebración de los contratos de interconexión y conexión correspondientes. Que el artículo 107 del RLSE dispone que, en los contratos de interconexión y conexión celebrados por la Transportista o la Distribuidora, así como en los de Suministro Básico, se debe fijar como pena convencional, el pago mensual de una prestación para aquellos casos en que no se permita llevar a cabo la revisión de los Sistemas de Medición. Que en las Reglas del Mercado se establecen los lineamientos, requisitos y procesos que deben observarse para la suscripción del contrato de interconexión y conexión conforme al modelo de contrato correspondiente que se encuentre vigente a la fecha de suscripción. Que, en la Segunda Sesión Extraordinaria celebrada el 02 de marzo de 2026, el Comité Técnico de la CNE aprobó el Acuerdo número CT/2.SE/2-2026, mediante el cual se autoriza la emisión del presente instrumento. Que en el ejercicio de las facultades que el marco jurídico atribuye a la CNE, en apego a los objetivos y principios señalados en las consideraciones anteriores y con la finalidad de procurar la cobertura y seguridad en el suministro eléctrico nacional, así como coadyuvar en los objetivos de política energética, se considera necesario actualizar, expedir y simplificar los modelos de contrato de interconexión y conexión competencia de la CNE, ajustándolos al marco legal vigente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA EXPIDE EL MODELO DE CONTRATO PARA LA INTERCONEXIÓN, CONEXIÓN O AMBAS A LA RED NACIONAL DE TRANSMISIÓN O A LAS REDES GENERALES DE DISTRIBUCIÓN PARA CENTRALES ELÉCTRICAS, SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y CENTROS DE CARGA Artículo Primero. La Comisión Nacional de Energía expide el modelo de contrato para la interconexión, conexión o ambas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución para Centrales Eléctricas, Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica y Centros de Carga, para quedar como sigue: 6 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 MODELO DE CONTRATO PARA LA INTERCONEXIÓN, CONEXIÓN O AMBAS A LA RED NACIONAL DE TRANSMISIÓN O A LAS REDES GENERALES DE DISTRIBUCIÓN PARA CENTRALES ELÉCTRICAS, SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y CENTROS DE CARGA [Asignar número de contrato y numeración de páginas] CONTRATO DE [INTERCONEXIÓN /-/ CONEXIÓN] A [LA RED NACIONAL DE TRANSMISIÓN / LAS REDES GENERALES DE DISTRIBUCIÓN], EN LO SUCESIVO “EL CONTRATO”, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, DENOMINADA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD EN SU CARÁCTER DE [TRANSPORTISTA / DISTRIBUIDORA] EN LO SUCESIVO LA “[TRANSPORTISTA / DISTRIBUIDORA]”, REPRESENTADA POR _______________ EN SU CARÁCTER DE ______________ Y POR OTRA PARTE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA PERMISIONARIA DE GENERACIÓN O DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA ELÉCTRICA O DEL CENTRO DE CARGA O AMBOS] EN LO SUCESIVO “LA SOLICITANTE”, REPRESENTADA POR _________ EN SU CARÁCTER DE ______________, Y A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES CONOCE COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: DECLARACIONES I. Declara la [Transportista / Distribuidora] que: a) Conforme al artículo 27, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y al artículo 3, fracciones XIX, XX, XLVIII y LXIII de la Ley del Sector Eléctrico (LSE), es la Empresa Pública del Estado, denominada Comisión Federal de Electricidad (CFE), quien presta el Servicio Público de [Transmisión / Distribución] de Energía Eléctrica en su calidad de [Transportista / Distribuidora], en [la Red Nacional de Transmisión (RNT) / las Redes Generales de Distribución (RGD)] en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. b) La persona _________________, en su carácter de ________________ cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar el presente Contrato, lo cual se acredita con ___________, las cuales están vigentes en los términos en que fueron otorgadas de conformidad con lo establecido en el artículo 15, fracción XXII y Décimo Segundo Transitorio de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (LEPECFE) y se agrega al presente Contrato como Anexo A. c) Es responsable de los segmentos de [la RNT / las RGD] a su cargo y, opera sus redes conforme a las instrucciones del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), de conformidad con el artículo 44 de la LSE. [Agregar este inciso en caso de uso de medios electrónicos] d) Acepta celebrar el presente acto jurídico a través del uso de medios electrónicos y otorgar su consentimiento mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada. II. Declara la Solicitante que: a) [Opción 1. Persona física] Es una persona física con capacidad jurídica para contratar y obligarse en términos del presente Contrato identificándose con el documento oficial _____________, que se agrega al presente Contrato como Anexo B. [Acreditación de la representación de la opción 1. Persona física, en caso de requerirse] Actúa en su carácter de [Representante/Apoderado Legal] lo cual se acredita con la [escritura pública / póliza] No. __________ y se identifica con el documento oficial _____________, los cuales se agregan al presente Contrato como Anexo B. [Opción 2. Persona moral] Es una persona moral, constituida legalmente conforme a las leyes mexicanas, de acuerdo con la [escritura pública / póliza] No. __________, que se agrega al presente Contrato como Anexo B. [Acreditación de la representación de la opción 2. Persona moral] La persona _________________, en su carácter de ________________ cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar el presente Contrato, lo cual se acredita con el testimonio de la [escritura pública / póliza] No. __________, que se agrega al presente Contrato como Anexo B. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 7 [Opción 3. Gobierno Estatal, Municipal, de la Ciudad de México o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México] [El Estado / Municipio de __________ o La Ciudad de México / Alcaldía de la Ciudad de México ___________] es una [Entidad Federativa / Entidad Municipal / Demarcación Territorial] parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, constituida como una República, con gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, en los términos de lo establecido por los artículos 40, 43, así como [(para el caso de la Ciudad de México) 122 y] 115 de la CPEUM, que cuenta con personalidad jurídica y con facultades para manejar su patrimonio conforme a la ley y los artículos ___________ de la Constitución Política [del Estado ____________ / de la Ciudad de México]; La persona Titular del Poder Ejecutivo [Estatal / Municipal / de la Ciudad de México / de la Demarcación Territorial], se encuentra legalmente facultada para suscribir el presente instrumento, de conformidad con los artículos _____________ de la Constitución Política [del Estado _____________ / de la Ciudad de México], artículos __________ de la Ley Orgánica [del Poder Ejecutivo /y/ de la Administración Pública] [del Estado _____________ / de la Ciudad de México], y los artículos _________ de la Ley _______________. La persona _________ acredita su personalidad como Titular del Poder Ejecutivo de ____________ mediante ____________________, tal y como se desprende de la copia del citado documento, y que se agrega al presente Contrato como Anexo B. [Opción 4. Titular de la Entidad o Dependencia de la Administración Pública] La persona [Nombre de la Entidad o Dependencia de la Administración Pública], es una [Entidad / Dependencia] de la Administración Pública [Federal / Estatal / Municipal / de la Ciudad de México], en términos de lo establecido por los artículos ______, [del / de la (CPEUM o nombre de la Ley o instrumento de creación)]. La persona _________ acredita su personalidad como Representante Legal de la persona [Nombre de la Entidad o Dependencia de la Administración Pública] mediante _________________ y cuenta legalmente con las facultades para suscribir el presente instrumento, de conformidad con los artículos ______, [del / de la (Nombre del Reglamento Interior / Estatuto Orgánico o instrumento correspondiente)], que se agrega al presente Contrato como Anexo B. b) Cuenta con la documentación establecida en el numeral [12.1.3 (o el que lo sustituya)] del Manual de Interconexión y Conexión relativa a la suscripción del Contrato y cumple con los requisitos establecidos en las Reglas del Mercado. Documentación que se agrega al presente Contrato como Anexo C. [Agregar este párrafo en caso de permisionarias de generación o almacenamiento de energía eléctrica] Solicitó y obtuvo de la [Comisión Nacional de Energía (CNE) / extinta Comisión Reguladora de Energía (CRE)] el permiso de [generación / almacenamiento] de energía eléctrica número ______________, por un periodo de ____ años, mismo que se incorpora al presente Contrato como Anexo D. La capacidad autorizada en el permiso de [generación / almacenamiento] de energía eléctrica es de [_______ MW para la Central Eléctrica /y/ _______ MW para el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica]. [Agregar este párrafo en caso de generación exenta asociada a la Red Particular de los Centros de Carga que hayan celebrado o celebren un contrato de conexión a la Red Nacional de Transmisión] Solicitó incluir generación exenta conectada a la Red Particular del Centro de Carga por una Capacidad Instalada de _____ kW. c) Conoce el contenido de la LSE y su Reglamento, así como de las demás disposiciones aplicables al Contrato, y sus Anexos, los cuales se describen a continuación: Anexo A Documentación que acredita la representación legal para la celebración del presente Contrato por parte de la Empresa Pública del Estado, denominada Comisión Federal de Electricidad, en su carácter de [Transportista / Distribuidora]. Anexo B [Opción 1: Identificación oficial vigente de la persona física con fotografía y firma y, en su caso, documentación que acredita su representación o poder legal / Opción 2: Documentación que acredita la constitución y representación o poder legal para la celebración del presente Contrato por parte de la persona moral (la cual puede incluir actas 8 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 constitutivas, poderes notariales, pólizas otorgadas ante corredores públicos, e identificaciones oficiales vigentes con fotografía y firma) / Opción 3: Documentación que acredita la personalidad como Titular del Poder Ejecutivo (Estatal / Municipal / de la Ciudad de México / Demarcación Territorial) / Opción 4: Documentación que acredita la personalidad como Titular o representante del / de la (nombre de la Dependencia o Entidad de la Administración Pública)]. Anexo C Documentación asociada a la suscripción del Contrato conforme a la sección [12.1 (o la que la sustituya)] del Manual de Interconexión y Conexión, en cumplimiento con los requisitos establecidos en las Reglas del Mercado, así como la instrucción por parte del CENACE para su suscripción. Anexo D (en caso de que aplique) Permiso de [generación / almacenamiento] de energía eléctrica otorgado por la [CNE/CRE]. [Agregar este inciso en caso de uso de medios electrónicos] d) Acepta celebrar el presente acto jurídico a través del uso de medios electrónicos y otorgar su consentimiento mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada. III. Declaran y acuerdan las Partes que: a) Deben cumplir con la CPEUM, la LSE, en lo que resulte aplicable la LEPECFE y la Ley de la Comisión Nacional de Energía (LCNE), y sus Reglamentos, las Reglas del Mercado y las disposiciones administrativas de carácter general emitidas por la Secretaría de Energía y la CNE (entre las que se encuentran las que establecen las condiciones generales para la prestación del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y la regulación en materia de Eficiencia, Accesibilidad, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Seguridad y Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional), mejores prácticas del sector eléctrico y demás actos que de ellas emanen o se relacionen, y cualquier otra disposición jurídica que resulte aplicable o que sustituya o complemente a las anteriores. b) Suscriben en tiempo y forma el presente instrumento de conformidad con: i. El artículo 48 párrafos segundo, tercero, fracción III y cuarto de la LSE, [(Agregar el siguiente fundamento en caso de uso de medios electrónicos) así como los artículos 7 de la Ley de la Firma Electrónica Avanzada y 89, párrafo tercero y 89 bis del Código de Comercio,] y ii. La instrucción emitida por el CENACE incluida como parte del Anexo C. c) Deben acatar la orden que el CENACE realice para la [Interconexión /-/ Conexión] física de la instalación, de acuerdo con el programa de sincronización en no más de setenta y dos (72) horas siguientes a la notificación de la orden correspondiente, de conformidad con el artículo 48, párrafo cuarto, de la LSE. DEFINICIONES Además de las definiciones previstas en la LSE y su Reglamento, y en las Reglas del Mercado, para efectos del presente Contrato se entenderá por: Cambio de Ley: (i) la modificación, derogación, abrogación o interpretación por autoridad competente de cualquier ley o reglamento que afecte el cumplimiento del Contrato, de los convenios, adendas o sus Anexos, o (ii) la imposición por cualquier autoridad gubernamental después de la fecha de inicio de la vigencia del presente Contrato o sus Anexos, de cualquier condición o requerimiento no especificado en dicha fecha, el cual, en cualquier forma, establezca o modifique requerimientos que afecten substancialmente los servicios a prestarse al amparo del Contrato o sus Anexos, siempre y cuando dicho Cambio de Ley sea aplicable a este Contrato o a sus Anexos. DACGMA: Disposiciones administrativas de carácter general en materia de Aportaciones que emita la CNE, o el instrumento que las modifique o sustituya. LCNE: Ley de la Comisión Nacional de Energía. LEPECFE: Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad. LFPA: Ley Federal de Procedimiento Administrativo. LSE: Ley del Sector Eléctrico. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 9 Manual de Interconexión y Conexión: Manual para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 09 de febrero de 2018, el que lo modifique o sustituya. PAM: Programas de ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución. PLADESE: Plan de Desarrollo del Sector Eléctrico. Reglamento: Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico. RGD: Redes Generales de Distribución. RNT: Red Nacional de Transmisión. SEN: Sistema Eléctrico Nacional. CLÁUSULAS Primera. Objeto del Contrato. Asegurar la construcción de la infraestructura requerida para la [Interconexión /-/ Conexión] de [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga] con el SEN; realizar y mantener la [Interconexión /-/ Conexión] física entre [la RNT / las RGD] de la [Transportista / Distribuidora] y [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga] ubicada en [indicar domicilio o coordenadas de ser necesario], por una [Capacidad Instalada Neta de ________ MW /y/ Carga Contratada de ________ MW], a una tensión nominal de operación de ________ kV de la Solicitante, así como llevar a cabo las actividades operativas inherentes a la [Interconexión /-/ Conexión], durante la vigencia de este Contrato. El Punto de [Interconexión /-/ Conexión] es en ________________________________. [Agregar este párrafo en caso de generación exenta asociada a la Red Particular de los Centros de Carga que hayan celebrado o celebren un contrato de conexión a la Red Nacional de Transmisión] Lo anterior, incluyendo a la generación exenta conectada a la Red Particular del Centro de Carga por una Capacidad Instalada de _____ kW. Segunda. Vigencia. El presente Contrato surte sus efectos a partir de su firma [electrónica por medio de “NOMBRE DEL SISTEMA HABILITADO PARA TAL FIN”] y termina de forma automática cuando [posterior al desarrollo de la infraestructura requerida para la Interconexión /-/ Conexión /, en el caso de Centrales Eléctricas /y/ Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica, termine la vigencia del permiso de / generación o almacenamiento / de energía eléctrica asociado a la instalación /y/ en el caso de Centros de Carga, se cancele la conexión física] a que se refiere la Declaración II, inciso b) y la cláusula Primera del Contrato. Tercera. Terminación. Adicionalmente a lo previsto en la cláusula Segunda del Contrato, este puede darse por terminado por las causas siguientes: a) Cuando la Solicitante incurriere en contumacia conforme al artículo 184, segundo párrafo de la LSE y se determine la suspensión definitiva del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica; b) (Las fechas de este inciso deben ser congruentes con los programas de obras, fechas o plazos señalados en los permisos, convenios, programas, planes y/o solicitudes de interconexión y conexión o suministro) Por incumplimiento de la Solicitante respecto a la fecha estimada de inicio [fecha] y terminación [fecha] de la infraestructura requerida para la [Interconexión /-/ Conexión], si esta excede un período máximo de seis (6) meses adicionales a la fecha original o a la prórroga que al efecto se autorice por las autoridades competentes, conforme a la LFPA, la LSE y los instrumentos regulatorios que de ella derivan; c) Por voluntad de las Partes, siendo requisito que la notificación correspondiente se haga de manera fehaciente y con una anticipación mínima de seis (6) meses a la fecha en que se pretenda que surta efectos la terminación y se realice conforme a la normatividad aplicable; d) Por rescisión mediante aviso por escrito a su contraparte, notificándole de manera fehaciente con no menos de treinta (30) días hábiles de anticipación, por las siguientes causales: 10 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 I. Por incumplimiento de la Solicitante respecto de la Fecha Estimada de Operación [fecha] (dicha fecha debe ser congruente con los programas de obras, fechas o plazos señalados en los permisos, autorizaciones, registros, convenios, programas y/o solicitudes de interconexión y conexión o suministro) [de la Central Eléctrica /y/ del Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ del Centro de Carga], salvo que esta última sea prorrogada en términos de lo previsto en la cláusula Décima Segunda del presente Contrato; II. Por contravención a las disposiciones normativas previstas en la Declaración III, inciso a) del Contrato, siempre y cuando dicha contravención, según lo resuelva la CNE en el ámbito de sus atribuciones regulatorias, afecte sustancialmente lo establecido en este Contrato o sus Anexos; III. Por embargo, suspensión de pagos, quiebra, concurso mercantil, disolución o liquidación de la Solicitante; IV. En caso de que la Solicitante decida no realizar la infraestructura requerida en el Estudio de Instalaciones, o no las realice en la Fecha Estimada de Operación [de la Central Eléctrica /y/ del Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ del Centro de Carga], en cuyo caso, adicional a la rescisión, se debe proceder conforme a lo establecido en la cláusula Vigésima Sexta del Contrato; V. Cuando la Solicitante enajene o grave en cualquier forma el presente Contrato o alguno de los derechos que derivan del mismo, sin observar lo establecido en la cláusula Vigésima Cuarta del Contrato; VI. Por incapacidad jurídica, legal o judicial de la Solicitante o la [Transportista / Distribuidora], que le impida cumplir con las obligaciones derivadas de este Contrato, y VII. Por incumplimiento de alguna de las Partes a cualquier cláusula del presente Contrato, cuando se hayan agotado los mecanismos para la gestión de incumplimientos conforme a lo establecido en la cláusula Décima Octava del Contrato. Mientras no se termine el Contrato, por cualquiera de las causales antes referidas, cada Parte debe seguir cumpliendo con sus obligaciones respectivas al amparo de este, hasta la conclusión de su vigencia. Cuarta. Modificación. El presente instrumento puede ser modificado o adicionado de común acuerdo por las Partes, siempre y cuando no se altere la estructura del modelo de Contrato, mediante adendas o convenios modificatorios, los cuales surten efectos a partir de su suscripción y forman parte integrante del mismo. Aquellas modificaciones que impliquen cambios al modelo de contrato deben aprobarse por la CNE, de manera previa a su suscripción. Las adendas o convenios modificatorios que no impliquen una Modificación Técnica o deriven de la modificación u obtención de un nuevo permiso de generación o almacenamiento de energía eléctrica o no constituyan cambios al modelo de Contrato deben ser efectuadas entre la [Transportista / Distribuidora] y la Solicitante sin necesidad de aprobación o instrucción previa por parte de la CNE o el CENACE. En caso de que se realice una modificación al Contrato, se deben actualizar los Anexos y garantías correspondientes en plazos, monto o ambos, en función de la adenda o convenio modificatorio realizado. Quinta. Solicitudes de información y comunicaciones. La Solicitante debe enviar a la [Transportista / Distribuidora] la información que le solicite y, viceversa, a través de medios electrónicos establecidos “MEDIO HABILITADO PARA TAL FIN” por la [Transportista / Distribuidora], dicho medio de comunicación electrónica debe considerar lo establecido en los artículos 30, 35, fracción II y 69-C de la LFPA y 7, 12 y 13 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada. Cualquier comunicación o solicitud de las Partes que deba notificarse con motivo del presente Contrato debe hacerse a través de los medios electrónicos establecidos o, en caso de que no sea factible su utilización, por correo electrónico o por escrito, debiendo ser entregada por mensajero o mensajería contra acuse de recibo. A partir de la notificación por escrito o de medios electrónicos que expidan un acuse de recibo de la Parte que la reciba, Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 11 esta cuenta con un plazo de diez (10) días hábiles para contestar dicho requerimiento. En caso de que la Parte obligada a proporcionar la información, requiera un plazo mayor para contestar, debe manifestarlo, a través de los medios mencionados en las líneas que anteceden, justificando su solicitud de prórroga. Dicha prórroga no puede ser mayor a cinco (5) días hábiles. Los avisos escritos deben dirigirse a las Partes a través de sus coordinadores como a continuación se menciona: Si el aviso es para la Solicitante Dirección: ___________________________ ___________________________ Persona coordinadora y persona suplente: ___________________________ ___________________________ Correos electrónicos: ___________________________ ___________________________ Si el aviso es para la [Transportista / Distribuidora] Dirección: ___________________________________________ ___________________________________________ Persona coordinadora y persona suplente: ___________________________________________ ___________________________________________ Correos electrónicos: ___________________________________________ ___________________________________________ En caso de que cualquiera de las Partes desee cambiar de dirección, correo electrónico, persona coordinadora o suplente de esta, debe avisarlo a la otra diez (10) días hábiles previos al cambio. Sexta. Personas coordinadoras. Cada una de las Partes debe designar a una persona coordinadora y su correspondiente suplente, conforme a lo establecido en la cláusula Quinta de este Contrato, para llevar a cabo las actividades que se requieren para el cumplimento de este Contrato. Las personas coordinadoras tienen las siguientes funciones: a) Servir de vínculo entre las Partes para todos los asuntos relacionados con la instrumentación y operación del presente Contrato; b) Establecer procedimientos para intercambiar información con respecto al avance de la construcción y desarrollo de las instalaciones, el avance de las instalaciones en el [Punto de Interconexión /-/ Conexión], las pruebas y la Fecha Estimada de Operación; c) Acordar por escrito las características necesarias para las pruebas de desempeño de los sistemas de comunicación, protecciones y equipos relacionados con el Punto de [Interconexión /-/ Conexión] conforme a las características técnicas que haya definido el CENACE, y d) Organizar los grupos de trabajo que sean necesarios para desarrollar sus funciones de conformidad con el presente Contrato. Las personas coordinadoras no tienen facultades para modificar o eliminar ninguna de las disposiciones del presente Contrato. Todos los actos o decisiones de las personas coordinadoras deben constar en actas que se levanten al efecto, las cuales deben estar firmadas por la Parte que las hubiese designado y por dichas personas coordinadoras. Séptima. Confidencialidad de la información. La información, que con motivo de la celebración de este Contrato y sus Anexos obtenga una Parte acerca de la otra, no puede ser dada a conocer a terceros ni ser utilizada para fines distintos a los del Contrato, salvo autorización expresa y por escrito de la otra Parte. Por lo tanto, cada una de las Partes se obliga, en nombre de sus empresas filiales, directores, empleados y representantes, a mantener toda información que no sea del dominio público en estricta confidencialidad. 12 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Esta cláusula no resulta aplicable respecto de la información que: (i) le sea exigida por ley, reglamento, proceso jurisdiccional o administrativo o en relación con algún litigio o proceso contencioso del cual sea parte, en el entendido de que la Parte a la que le sea requerida dicha información debe dar aviso a la otra Parte manifestando tal circunstancia dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha en la que recibió la solicitud de la información, o (ii) revele a algún cesionario potencial respecto de la cesión de los derechos del Contrato o de los Anexos, siempre y cuando dicho cesionario potencial asuma las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula. No tiene carácter de confidencial la información mínima que, de acuerdo con la LSE, la legislación en materia de transparencia y las disposiciones emitidas por la SENER o la CNE en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, entre otras, debe hacerse pública por parte de la [Transportista / Distribuidora]. Octava. De la infraestructura requerida para la [Interconexión /-/ Conexión]. Las Partes acuerdan que para el desarrollo, construcción, cesión o [Interconexión /-/ Conexión] física de la infraestructura requerida para la [Interconexión /-/ Conexión] se debe observar lo establecido en el Manual de Interconexión y Conexión, las DACGMA y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y se obligan a cumplir puntualmente con lo señalado en las Declaraciones II, incisos b) y c), y III, inciso a), así como lo establecido en los Anexos del Contrato. Las Partes acuerdan que, para las Obras de Refuerzo, se debe observar lo establecido en la cláusula Décima del Contrato. Una vez que se concluya la construcción de toda la infraestructura requerida a la que hace referencia esta cláusula y que la o las Unidades de Inspección, conforme a lo señalado en el artículo 48, fracciones IV y V de la LSE, el Manual de Interconexión y Conexión, las DACGMA y en las Declaraciones II, incisos b) y c), y III, inciso a) de este Contrato, certifiquen, según corresponda, que las instalaciones para la [Interconexión /-/ Conexión] cumplen con lo requerido conforme al Anexo C del Contrato, las Normas Oficiales Mexicanas, especificaciones técnicas, características específicas de la infraestructura requerida y otros estándares aplicables, la [Transportista / Distribuidora] debe llevar a cabo la [Interconexión /-/ Conexión] física a que se refiere esta cláusula, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la notificación de la orden correspondiente por parte del CENACE, en términos de lo previsto en el artículo 48, párrafo cuarto de la LSE. Novena. Modificaciones del Punto de [Interconexión /-/ Conexión]. En caso de que la Solicitante requiera modificar alguna o algunas de sus características que haga necesario un cambio en la infraestructura de la RNT o las RGD referente a la ubicación o características del Punto de [Interconexión /-/ Conexión], la Solicitante debe proceder conforme a lo establecido en el Manual de Interconexión y Conexión, las DACGMA y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica. En caso de que [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga] ya se [encuentre(n) / interconectada(o) /-/ conectado] y se realicen modificaciones a la RNT o a las RGD como resultado de las obras del PLADESE y los PAM que impliquen modificaciones al Punto de [Interconexión /-/ Conexión], dichas obras se deben realizar sin cargo a la Solicitante. Décima. Obras de Refuerzo. Las Partes acuerdan que para el desarrollo, construcción, cesión o interconexión física de las Obras de Refuerzo requeridas para la [Interconexión /-/ Conexión] se debe observar lo establecido en el Manual de Interconexión y Conexión y las DACGMA. Asimismo, se obligan a cumplir puntualmente con lo señalado en las Declaraciones II, incisos b) y c), y III, inciso a), así como lo establecido en los Anexos del Contrato. Décima Primera. Instalación del Sistema de Medición. Comprende todo Sistema de Medición que debe ser instalado para la liquidación o facturación con cargo a la Solicitante, mismo que debe estar sujeto a las condiciones de diseño y operación, así como estar acorde a lo establecido por el CENACE de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Interconexión y Conexión, el Manual de Medición para Liquidaciones, el Manual de Requerimientos de Tecnologías de la Información y Comunicaciones para el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Mayorista, las disposiciones administrativas de Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 13 carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico y en las Declaraciones II, incisos b) y c), y III, inciso a) de este Contrato. Su instalación debe ser en el Punto de [Interconexión /-/ Conexión] que, para efecto de facturación o liquidación, se considera como Punto de entrega/recepción en concordancia con las Bases del Mercado Eléctrico y el Manual de Medición para Liquidaciones, conforme a lo establecido en las Reglas del Mercado y demás disposiciones jurídicas aplicables o debe estar ubicado conforme a los supuestos previstos en las demás disposiciones vigentes en la materia. Dicho Sistema de Medición debe ser de libre acceso para la [Transportista / Distribuidora] para revisiones, mantenimiento y, en su caso, toma de lecturas. La propiedad, uso y responsabilidades sobre los Sistemas de Medición para liquidación o facturación instalados se determina conforme a lo establecido en las Reglas del Mercado, las DACGMA y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico. El Sistema de Medición para liquidaciones se debe otorgar en comodato a la [Transportista / Distribuidora]. Décima Segunda. Prórrogas. El presente Contrato está sujeto a las condiciones originalmente previstas, por lo que las modificaciones que acuerden las Partes deben cumplir los respectivos procedimientos, el Manual de Interconexión y Conexión, la LFPA y demás disposiciones aplicables, por la naturaleza del objeto del presente Contrato. La Solicitante tiene como responsabilidad el cumplimiento de [las fechas de inicio y terminación de la infraestructura requerida para la Interconexión /-/ Conexión y / la Fecha Estimada de Operación de la Central Eléctrica /y/ del Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ del Centro de Carga], que debe ser congruente con lo establecido en las Declaraciones II, incisos b) y c), así como III, inciso a) de este Contrato. Si la Solicitante requiere de una prórroga mayor a seis (6) meses para [las fechas de inicio y terminación de la infraestructura requerida para la Interconexión /-/ Conexión y / la Fecha Estimada de Operación de la Central Eléctrica /y/ del Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ del Centro de Carga], esta se debe realizar conforme a la regulación aplicable solicitando [la modificación del permiso de generación / almacenamiento de energía eléctrica a la CNE o la prórroga correspondiente al Centro de Carga ante el CENACE]. Así mismo, la Solicitante debe seguir el procedimiento establecido en el Manual de Interconexión y Conexión para solicitar la validación de los estudios previamente emitidos a efecto de solicitar la prórroga correspondiente y determinar si la infraestructura requerida continúa siendo parte de la planeación original o pierde su condición original. En caso de que [la CNE otorgue la modificación del permiso de generación / almacenamiento de energía eléctrica o el CENACE otorgue la prórroga correspondiente al Centro de Carga], la Solicitante debe ampliar por el mismo plazo las garantías correspondientes a la infraestructura requerida para la [Interconexión /-/ Conexión] ante el CENACE. Si se requiere infraestructura adicional esta también debe ser incluida en la ampliación del monto de las garantías. Una vez agotados los pasos previos señalados en esta Cláusula, las Partes deben llevar a cabo la modificación a este Contrato, en lo relativo a las nuevas [fechas de inicio y terminación de la infraestructura requerida para la Interconexión /-/ Conexión /y/ la Fecha Estimada de Operación de la Central Eléctrica /y/ del Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ del Centro de Carga]. Por otra parte, la [Transportista / Distribuidora] debe informar a la Solicitante los motivos de los retrasos que se presenten en las actividades que sean de su competencia con respecto del plan de trabajo para la construcción de las obras. Si la Solicitante identifica que existen retrasos en el plan de trabajo para la construcción de las obras asociados a la [Transportista / Distribuidora] debe notificarlo a la CNE y al CENACE, adjuntando las pruebas fehacientes que justifiquen su dicho, para la coordinación y atención que resulte procedente. Décima Tercera. Terminación anticipada de las obras de [Interconexión /-/ Conexión]. Si la Solicitante termina anticipadamente las Obras de [Interconexión /-/ Conexión] y, por ende, solicita adelantar la Fecha Estimada de Operación, debe obtener la aprobación previa correspondiente del CENACE. 14 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Una vez obtenida la aprobación a la que se refiere el párrafo anterior, las Partes deben formalizar la adenda o convenio modificatorio correspondiente a este Contrato, en lo relativo a la nueva fecha para la finalización de la infraestructura requerida para la [Interconexión /-/ Conexión] y la Fecha Estimada de Operación. Décima Cuarta. Medición y Mantenimiento. La medición y mantenimiento debe estar sujeta a lo siguiente: a) Del Medidor para liquidación o facturación (MF). Las Partes acuerdan cumplir con lo indicado en las Bases del Mercado Eléctrico, el Manual de Interconexión y Conexión, el Manual de Medición para Liquidaciones, el Manual de Requerimientos de Tecnologías de la Información y Comunicaciones para el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Mayorista y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico o aquellas que las sustituyan. La Solicitante puede instalar y mantener a su propio cargo Sistemas de Medición de respaldo en el Punto de [Interconexión /-/ Conexión], cuando la infraestructura y el espacio disponible lo permitan, o en sus instalaciones, adicional al mencionado de liquidación o facturación, siempre y cuando cumpla con la normatividad, características y prácticas establecidas en las Bases del Mercado Eléctrico, el Manual de Interconexión y Conexión, el Manual de Medición para Liquidaciones, el Manual de Requerimientos de Tecnologías de la Información y Comunicaciones para el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Mayorista y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico o aquellas que las sustituyan. La [Transportista / Distribuidora] debe realizar la recuperación de las lecturas del Sistema de Medición que haya servido de base para la determinación de la cantidad de energía entregada/recibida en el Punto de [Interconexión /-/ Conexión], de acuerdo con lo establecido en las Bases del Mercado Eléctrico, el Manual de Interconexión y Conexión, el Manual de Medición para Liquidaciones, el Manual de Requerimientos de Tecnologías de la Información y Comunicaciones para el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Mayorista y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico o aquellas que las sustituyan, a efecto de informar al CENACE lo conducente; b) De los Medidores para Monitoreo. Las Partes se comprometen a cumplir con las Bases del Mercado Eléctrico, el Manual de Interconexión y Conexión, el Manual de Medición para Liquidaciones, el Manual de Requerimientos de Tecnologías de la Información y Comunicaciones para el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Mayorista y las disposiciones administrativas de carácter general en materia de Eficiencia, Accesibilidad, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Seguridad y Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional, en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico o aquellas que las sustituyan y con las instrucciones que emita el CENACE en la materia, y c) De la infraestructura de [Interconexión /-/ Conexión]. La operación y mantenimiento de las instalaciones comprendidas entre [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga] y el Punto de [Interconexión /-/ Conexión], es decir, las Obras Específicas son con cargo a la Solicitante y a su entera responsabilidad. La Solicitante puede acordar la contratación de los servicios de la [Transportista / Distribuidora] o de un tercero para el mantenimiento de la infraestructura construida entre [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga] y el Punto de [Interconexión /-/ Conexión]. En el caso de que, de común acuerdo entre las Partes, dicha infraestructura hubiere sido aportada o cedida por la Solicitante a la [Transportista / Distribuidora], de conformidad con las DACGMA o las disposiciones jurídicas aplicables en materia de cesión de Redes Particulares, la operación y mantenimiento corresponde a esta última. Décima Quinta. Notificaciones al CENACE. Las Partes deben mantener comunicación con el CENACE para la notificación de programas de mantenimiento rutinario o de emergencia que determinen en concordancia con lo establecido en la cláusula Décima Cuarta del Contrato. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 15 Si en el SEN se pronostica o se presenta un estado operativo de emergencia, el CENACE debe determinar las modificaciones o los ajustes necesarios a los programas de mantenimiento para garantizar la operación del SEN de acuerdo con lo establecido en las disposiciones administrativas de carácter general en materia de Eficiencia, Accesibilidad, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Seguridad y Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional emitidas por la CNE, las Bases del Mercado Eléctrico y el Manual de Programación de Salidas. Asimismo, tanto la Solicitante como la [Transportista / Distribuidora] deben informarse entre sí de todas las notificaciones que realicen al CENACE en relación con el Contrato. Décima Sexta. Procedimiento de Resolución de Controversias. Las Partes acuerdan que las controversias que se presenten entre la [Transportista / Distribuidora] y la Solicitante se deben sujetar a lo previsto en las Reglas del Mercado y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico. Décima Séptima. Otras responsabilidades. La [Transportista / Distribuidora] es responsable de sus propios actos u omisiones, por lo que conviene en mantener a la Solicitante libre de toda responsabilidad, en paz y a salvo de reclamaciones presentadas por terceros incluyendo a empleados de la [Transportista / Distribuidora], que deriven de actos u omisiones de la [Transportista / Distribuidora]. De igual manera, la Solicitante es responsable de sus propios actos u omisiones, por lo que conviene en mantener a la [Transportista / Distribuidora] libre de toda responsabilidad, en paz y a salvo de reclamaciones presentadas por terceros, incluyendo a operadores y personal de mantenimiento de la Solicitante o contratados por esta y a sus empleados, derivadas de actos u omisiones de la Solicitante. Décima Octava. Del incumplimiento de las obligaciones. Sin perjuicio de lo señalado en la cláusula Tercera, inciso d) del presente Contrato, la Parte que incumpla alguna de las obligaciones establecidas en el Contrato debe corregir su falta, sin exceder de un plazo de treinta (30) días naturales, contados a partir de la fecha en que la otra Parte le haya notificado dicho incumplimiento o de que la Parte en incumplimiento se lo informe. Si por la naturaleza del incumplimiento no fuera posible resolverlo en dicho plazo, la Parte en incumplimiento debe presentar un programa detallado de trabajo, dentro del referido plazo, para subsanarlo. Presentado el programa, la Parte en cumplimiento tiene diez (10) días naturales contados a partir de la recepción del programa, para aceptarlo o, en su caso, para identificar y notificar a la Parte en incumplimiento las objeciones específicas al mismo. De señalarse objeciones al programa, las Partes deben hacer su mejor esfuerzo para llegar a un acuerdo respecto de dichas objeciones y, en caso de no llegar a un acuerdo dentro de un plazo de quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha en que se hayan notificado las objeciones al programa, las Partes deben proceder de conformidad con lo establecido en la cláusula Décima Sexta del presente Contrato. No se considera incumplimiento el que derive de una causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor conforme a la cláusula Décima Novena del Contrato. En caso de darse el incumplimiento del artículo 48, penúltimo párrafo de la LSE, la Solicitante debe informar, a más tardar el día hábil siguiente a la fecha en que se actualice este supuesto, al CENACE y a la CNE, a fin de que esta última determine si existe causa justificada para ello y resolver al respecto. Décima Novena. Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Con excepción de las obligaciones pecuniarias, ninguna de las Partes es responsable por el incumplimiento de sus obligaciones al tenor del Contrato, siempre que, dicho incumplimiento o retraso sea originado por causas de Caso Fortuito o Fuerza Mayor entendiendo por éstos los hechos o acontecimientos del ser humano o de la naturaleza que no sean previsibles o, aun siendo previsibles, no puedan evitarse por las Partes con el uso de la debida diligencia. La Parte que lo sufra debe notificarlo y acreditarlo fehacientemente a la otra conforme a lo establecido en la cláusula Vigésima del Contrato. Para los efectos del presente Contrato, dentro del Caso Fortuito o Fuerza Mayor se debe incluir, en forma enunciativa mas no limitativa, lo siguiente: 16 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 a) Cualquier acción u omisión de cualquier autoridad gubernamental que impida o retrase el cumplimiento de las obligaciones de cualquiera de las Partes, siempre y cuando dicha acción u omisión no sea imputable a alguna de las Partes o causada por ella; b) Terremoto, explosión, fuego, inundación, huracán, y otros fenómenos meteorológicos, epidemias, disturbios civiles, huelgas que sean declaradas legalmente procedentes por las autoridades competentes, o cualquier hecho igualmente grave que impida el cumplimiento de las obligaciones, y c) Las condiciones operativas que se presenten en el SEN, la RNT o las RGD que impidan llevar a cabo alguna actividad en específico con la finalidad de preservar la Confiabilidad y Seguridad del SEN y que no sean atribuibles al CENACE, la Transportista, la Distribuidora o la Solicitante. La Parte cuyo cumplimiento de obligaciones se viere afectado por el Caso Fortuito o la Fuerza Mayor, debe: a) Realizar todos los esfuerzos a su alcance para reducir o eliminar los efectos del Caso Fortuito o la Fuerza Mayor respecto del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato; b) Notificar a la otra Parte cuando desaparezca el Caso Fortuito o la Fuerza Mayor en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha en la que se actualice este supuesto, y c) Reasumir de inmediato el cumplimiento de sus obligaciones en cuanto desaparezca el Caso Fortuito o la Fuerza Mayor. No se considera Caso Fortuito o Fuerza Mayor, en forma enunciativa mas no limitativa, lo siguiente: a) Cualquier acto, evento o condición que sea causado por la negligencia o acto intencionado de cualquiera de las Partes, subcontratista o proveedor de cualquiera de las Partes, de sus afiliadas u otra persona en relación con el cumplimiento de las obligaciones respectivas de las Partes en virtud de este Contrato; b) Cualquier acto, evento o condición que sea razonablemente previsible en la fecha de la formalización de este Contrato que una persona diligente puede haber esperado de forma razonable: (i) de tener en cuenta en dicha fecha de formalización, y (ii) que puede haber evitado o contra la cual se puede haber protegido utilizando esfuerzos comercialmente disponibles y razonables; c) Cambios en la condición financiera de cualquiera de las Partes, o cualquier proveedor o subcontratista que afecte la capacidad de cualquiera de las Partes para cumplir sus obligaciones respectivas; d) Cambios en la paridad cambiaria y en las condiciones del mercado; e) La entrega tardía de maquinaria, equipo, materiales y combustible u otras de naturaleza análoga; f) Deficiencias en la calidad de los materiales o equipos de [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga], o de los combustibles utilizados, y g) Aumento en el precio o costos de los materiales o equipos de [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga], o de los combustibles utilizados. Vigésima. Obligación de notificar el Caso Fortuito o Fuerza Mayor. En caso de que ocurra el Caso Fortuito o Fuerza Mayor, la Parte cuyo cumplimiento se ve afectado debe notificarlo a la otra Parte, en un plazo no mayor a diez (10) días naturales a partir de la fecha en que se presente el Caso Fortuito o Fuerza Mayor, así como a las entidades correspondientes conforme a la normativa aplicable. La notificación para la otra Parte debe contener: a) Una descripción completa del Caso Fortuito o Fuerza Mayor; Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 17 b) Pruebas documentales que de manera fehaciente demuestren la existencia del Caso Fortuito o Fuerza Mayor; c) El plazo durante el que se prevé que el Caso Fortuito o Fuerza Mayor continúe impidiendo el cumplimiento de las obligaciones de alguna de las Partes conforme a este Contrato; d) La obligación u obligaciones cuyo cumplimiento se ve afectado por el Caso Fortuito o Fuerza Mayor, y e) Las medidas a implementar por la Parte cuyo cumplimiento de obligaciones se hace imposible para remediar, eliminar o mitigar los efectos causados por el Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Si el Caso Fortuito o Fuerza Mayor impide el cumplimiento de las obligaciones de alguna de las Partes solo parcialmente, dicha Parte debe notificarlo de inmediato y continuar cumpliendo con todas las demás obligaciones que no se vean afectadas por el Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Vigésima Primera. Cesión de derechos. La [Transportista / Distribuidora] se obliga a no ceder a terceras personas, físicas o morales, los derechos y obligaciones que se deriven del presente Contrato, salvo lo previsto por la cláusula Vigésima Cuarta del Contrato. Vigésima Segunda. Interrupción de los Servicios. Los servicios objeto de este Contrato pueden suspenderse sin responsabilidad para la [Transportista / Distribuidora] cuando se pongan o puedan ponerse en riesgo las instalaciones de la RNT o las RGD, en caso de emergencia o de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, así como en los supuestos previstos en las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, conforme a lo establecido en el artículo 117 del Reglamento. Asimismo, los servicios objeto de este Contrato pueden suspenderse cuando se actualice alguno de los supuestos establecidos en el artículo 56 de la LSE. La [Transportista / Distribuidora] con las instrucciones del CENACE debe realizar el máximo esfuerzo técnico para normalizar las condiciones operativas en el menor tiempo posible, dentro del área de su responsabilidad. Por su parte la Solicitante debe proporcionar el apoyo necesario a la [Transportista / Distribuidora] de acuerdo con las instrucciones del CENACE, absteniéndose de realizar maniobra diferente alguna. Vigésima Tercera. Obligaciones fiscales. Cada una de las Partes debe hacer el pago de los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos, recargos, multas y cualquier cargo de naturaleza fiscal que le corresponda en los términos establecidos en la legislación tributaria aplicable. Por tanto, ninguna de las Partes está obligada a absorber ninguna obligación fiscal correspondiente a la otra Parte. Vigésima Cuarta. No Transferencia del Contrato. El presente Contrato y sus Anexos, así como los derechos y obligaciones que de ellos se derivan, no son susceptibles de ser transferidos por ninguna de las Partes, salvo por el caso de que se haya efectuado la transmisión total de los derechos derivados de los documentos mencionados en los incisos b) y c) de la Declaración II del Contrato y se formalice dicho acto entre las Partes. No obstante lo previsto en esta cláusula, en el caso de escisión, fusión o transformación de la [Transportista / Distribuidora] o de la Solicitante en una o varias entidades, los derechos y obligaciones derivados de este Contrato y sus Anexos pueden ser transferidos a la persona que acredite la legítima titularidad de estos. Vigésima Quinta. Totalidad del Contrato. Las Partes están de acuerdo en que el presente Contrato sustituye todos los contratos y convenios anteriores, escritos, orales y aquellos realizados por medios electrónicos autorizados, realizados entre las Partes en relación con el objeto del presente Contrato. Ningún contrato celebrado con anterioridad, ninguna negociación entre las Partes en el curso de sus transacciones, ni ninguna declaración de cualquier funcionario, empleado, apoderado o representante de cada una de las Partes, hecha con anterioridad a la celebración del presente Contrato, puede ser admitida en la interpretación de los términos y condiciones de este. 18 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Vigésima Sexta. Ejecución de las Garantías. En caso de que la Solicitante decida no realizar la infraestructura requerida, incluyendo en su caso las Obras de Refuerzo a la RNT o a las RGD o las obras, ampliaciones o modificaciones en el Punto de [Interconexión /-/ Conexión], no las realice en la fecha estimada de inicio y terminación de la infraestructura requerida, o incumpla con la Fecha Estimada de Operación y no se haya solicitado u otorgado la prórroga correspondiente, debe cubrir el monto que el CENACE haya determinado para la Solicitante, a través de la ejecución total o parcial de la garantía respectiva, en términos del Manual de Interconexión y Conexión, o se debe proceder conforme a lo señalado en el convenio de Aportaciones que, en su caso, haya suscrito. Vigésima Séptima. Penas Convencionales. De conformidad con lo establecido en el artículo 107 del Reglamento, las Partes acuerdan y aceptan que, para aquellos casos en que no se permita llevar a cabo la revisión de los Sistemas de Medición, se debe fijar como pena convencional el pago mensual de una prestación, establecida conforme a las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, durante el periodo en el que subsista esta condición. Vigésima Octava. Relación entre las Partes. Las Partes convienen en que ninguna de ellas adquiere, por virtud de la celebración del presente Contrato, responsabilidad laboral o civil alguna con respecto a los empleados o prestadores de servicios de la otra Parte, por lo que cada Parte conviene en mantener a la otra libre y a salvo y a indemnizarla por los daños y perjuicios que en su caso se le lleguen a causar, comprometiéndose a cooperar con la otra Parte en caso de que a esta se le pretenda imputar cualquier tipo de responsabilidad laboral o civil. La Solicitante es responsable por todos los permisos, impuestos, derechos, penalizaciones, sanciones y cualquier otro cargo o autorización que le corresponda, derivado del presente Contrato. Vigésima Novena. Cambio de Ley y actualización de documentos. En caso de que ocurriese un Cambio de Ley, las Partes acuerdan en celebrar el convenio modificatorio para realizar las modificaciones que sean necesarias a este Contrato y a sus Anexos para que se mantenga el equilibrio económico y sus estipulaciones con el menor cambio posible y se cumplan los objetivos, términos y condiciones pactados en los mismos, dichos cambios se deben someter a la CNE para su consideración y, en su caso, aprobación. Trigésima. Domicilios convencionales. Para los efectos que se deriven de la aplicación del presente Contrato, las Partes señalan como sus domicilios los siguientes: La [Transportista / Distribuidora]: __________________________, con domicilio en ___________ Col. _________, C.P. _____, [demarcación territorial / Municipio _________, (entidad federativa)]. La Solicitante: _________________________, con domicilio en ___________ Col. _________, C. P. _______, [demarcación territorial / Municipio _________, (entidad federativa)]. Cualquier cambio de domicilio de las Partes debe ser notificado a la otra, con acuse de recibo, con diez (10) días naturales de anticipación a la fecha en que se quiera que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las notificaciones se entienden válidamente hechas en los domicilios señalados. Trigésima Primera. Restricción. En ninguna circunstancia las Partes pueden dar en garantía los bienes del dominio público. Trigésima Segunda. Legislación aplicable. Todo lo no expresamente previsto en el presente Contrato se rige por la LSE, el Código de Comercio, la LEPECFE y, en su caso, sus reglamentos y, supletoriamente, por el Código Civil Federal, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y demás ordenamientos jurídicos aplicables, incluyendo los de carácter fiscal. En caso de controversia, las Partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales donde se ubique el respectivo [Punto de Interconexión /-/ Conexión], renunciando la [Transportista / Distribuidora] y la Solicitante desde ahora a la jurisdicción que le pudiere corresponder debido a su domicilio, presente o futuro. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 19 Una vez leído el presente Contrato y enteradas “Las Partes” de su contenido y alcances, lo firman [en ____ tantos / de manera electrónica por medio del “NOMBRE DEL SISTEMA HABILITADO PARA TAL FIN”] en [demarcación territorial / Municipio _________, (entidad federativa)], el [fecha]. POR: “LA [TRANSPORTISTA / DISTRIBUIDORA]” (Nombre, cargo y firma) (Nombre, cargo y firma) POR: “LA SOLICITANTE” (Nombre, cargo y firma) (Nombre, cargo y firma) Las firmas y antefirmas que anteceden corresponden al Contrato celebrado [electrónicamente en el “NOMBRE DEL SISTEMA HABILITADO PARA TAL FIN”] entre las Partes, el [fecha]. Artículo Segundo. El modelo de contrato para la interconexión, conexión o ambas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución para Centrales Eléctricas, Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica y Centros de Carga, es aplicable para: I. Centrales Eléctricas con un permiso de generación de energía eléctrica otorgado por la Comisión Nacional de Energía o por la extinta Comisión Reguladora de Energía, para su interconexión al Sistema Eléctrico Nacional; incluyendo aquellas que se encuentren bajo la figura de Autoconsumo o en la modalidad de cogeneración cuando estas pretendan sincronizarse con el Sistema Eléctrico Nacional; II. Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica con un permiso de almacenamiento de energía eléctrica otorgado por la Comisión Nacional de Energía, y III. Centros de Carga que se conecten o requieran infraestructura en la Red Nacional de Transmisión o las Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista; incluyendo a todos los Usuarios Calificados, así como aquellos que se encuentren registrados ante la Comisión Nacional de Energía como Usuarias de Autoconsumo. Asimismo, también aplica a todos los Centros de Carga que se conecten en las Redes Generales de Distribución con carga contratada mayor o igual a 1 MW aun cuando estos sean Usuarias de Suministro Básico. Los Centros de Carga que no actualicen el supuesto previsto en la fracción III, no requieren la suscripción de un contrato de conexión, no obstante, deben cumplir lo establecido en las disposiciones en materia de Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como de Suministro Eléctrico que resulten aplicables. Artículo Tercero. Para los supuestos aplicables a que hace referencia el artículo anterior, se establece lo siguiente: I. Si la instalación requiere sincronizarse al Sistema Eléctrico Nacional o inyectar energía eléctrica a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución, esta debe suscribir un contrato de interconexión; II. Si la instalación requiere retirar o consumir energía eléctrica desde la Red Nacional de Transmisión o las Redes Generales de Distribución, esta debe suscribir un contrato de conexión, y III. Si la instalación requiere realizar las actividades señaladas en las fracciones I y II a través del mismo punto de interconexión-conexión, esta debe suscribir un contrato de interconexión-conexión. En su caso, si posteriormente desea realizar solo una de las dos actividades, puede solicitar la modificación del contrato de interconexión-conexión por un contrato de conexión o un contrato de interconexión, según corresponda. 20 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 En todos los casos se debe contar con la instrucción del Centro Nacional de Control de Energía para la celebración del contrato respectivo. El Centro Nacional de Control de Energía puede instruir adendas o convenios modificatorios a los contratos respectivos derivado de la modificación u obtención de un nuevo permiso de generación o almacenamiento de energía eléctrica, por la modificación técnica de la instalación o cualquier otro supuesto previsto, conforme a las facultades que le otorga la Ley del Sector Eléctrico y demás ordenamientos jurídicos aplicables. Artículo Cuarto. Los contratos de interconexión, conexión e interconexión-conexión a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución, así como sus adendas o convenios modificatorios, pueden ser suscritos utilizando medios electrónicos o con la Firma Electrónica Avanzada, en cuyo caso estos se deben adecuar únicamente por lo que hace al uso de medios electrónicos, en términos de la Ley de la Firma Electrónica Avanzada y demás normatividad aplicable. Artículo Quinto. Las Centrales Eléctricas que pretendan operar bajo la figura de Generación Distribuida, con Capacidad Instalada menor a 0.7 MW, no requieren la suscripción de un contrato de interconexión conforme al modelo que se expide mediante el presente Acuerdo, para estos casos se debe suscribir un contrato de interconexión conforme al modelo expedido mediante las disposiciones administrativas de carácter general en materia de Generación Distribuida o aquel que lo sustituya. Derivado de lo anterior, no resulta procedente la interconexión de instalaciones de generación exenta a la Red Nacional de Transmisión cuando esta no se encuentre asociada a la Red Particular de los Centros de Carga que hayan celebrado o celebren un contrato de conexión a la Red Nacional de Transmisión. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entra en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Se abrogan los siguientes instrumentos normativos emitidos por la extinta Comisión Reguladora de Energía: I. Resolución Núm. RES/949/2015 por la que la Comisión Reguladora de Energía expide el modelo de contrato de interconexión de acceso abierto y no indebidamente discriminatorio para Centrales Eléctricas interconectadas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución, conforme al artículo 12, fracción XV de la Ley de la Industria Eléctrica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de febrero de 2016; II. Resolución Núm. RES/950/2015 por la que la Comisión Reguladora de Energía expide el modelo de contrato de conexión de acceso abierto y no indebidamente discriminatorio para centros de carga conectadas a tensiones mayores a 1 kV a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución, conforme al artículo 12, fracción XV de la Ley de la Industria Eléctrica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04 de febrero de 2016; III. Aclaración a la Cláusula Sexta, Octava, Décima Cuarta, Décima Quinta y Décima Octava de la Resolución Núm. RES/949/2015, mediante la cual se expide el modelo de contrato de interconexión de acceso abierto y no indebidamente discriminatorio para centrales eléctricas interconectadas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución, publicado el 3 de febrero de 2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04 de mayo de 2016, y IV. Aclaración a la Cláusula Sexta, Novena, Décima Cuarta, Décima Quinta y Vigésima Sexta de la Resolución Núm. RES/950/2015, mediante la cual se expide el modelo de contrato de conexión de acceso abierto y no debidamente discriminatorio para centros de carga conectados a tensiones mayores a 1kV a la red nacional de transmisión o a las redes generales de distribución, publicado el 4 de febrero de 2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04 de mayo de 2016. TERCERO. Para el caso de las Centrales Eléctricas bajo la figura de generación exenta asociadas a la Red Particular de los Centros de Carga que hayan celebrado o celebren un contrato de conexión a la Red Nacional de Transmisión, estas no deben inyectar energía eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional. El Centro de Carga es responsable de instalar los equipos de protección y seccionamiento necesarios en su Red Particular para cumplir con lo anterior, así como para garantizar la seguridad de las instalaciones. Ciudad de México, a 02 de marzo de 2026.- El Director General, Juan Carlos Solís Ávila.- Rúbrica. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 21 SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, a los municipios, a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y a los entes públicos de unas y otros, el cumplimiento dado a la sentencia definitiva de seis de octubre de dos mil veinticinco, dictada en el juicio de nulidad 16748/24-17-06-3, promovido por la empresa Gott Und Gluck, S.A. de C.V., por medio de la cual la Sexta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, declaró la nulidad de la resolución del veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, emitida dentro del procedimiento administrativo número SANC.0001/2023. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía.- Área de Responsabilidades.- Oficina de Representación en el Servicio Geológico Mexicano.- Expediente: SANC.0001/2023. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS MUNICIPIOS, A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y A LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, EL CUMPLIMIENTO DADO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DE SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, DICTADA EN EL JUICIO DE NULIDAD 16748/24-17-06-3, PROMOVIDO POR LA EMPRESA GOTT UND GLUCK, S.A. DE C.V., POR MEDIO DE LA CUAL LA SEXTA SALA REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DECLARÓ LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN DEL VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, EMITIDA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NÚMERO SANC.0001/2023. DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS P R E S E N T E S. Esta autoridad hace de su conocimiento que dentro del juicio contencioso administrativo 16748/24-17-06-3, la Sexta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por sentencia de seis de octubre de dos mil veinticinco, resolvió lo siguiente: “(...) RESULTADO 1°. PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA. Por escrito presentado ante la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, el 12 de julio de 2024, la C. MARCELA SEPÚLVEDA DÍAZ, en representación legal de GOTT UND GLUCK, S.A. DE C.V., compareció a demandar la nulidad de la resolución de fecha 22 de mayo de 2024, dictada en el expediente administrativo número SANC.0001/2023, emitida por la Titular del Área de Especialidad en Responsabilidades, en el Ramo Economía del Órgano Interno de Control Especializado en Responsabilidades de la Secretaría de la Función Pública, mediante la cual se le impuso la sanción económica consistente en una multa por la cantidad de $144,330.00 y la sanción administrativa consistente en una inhabilitación por tres meses para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (...) Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción IV, y 52, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es de resolverse y se resuelve: (...) 22 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 II.- Se declara la nulidad de la resolución impugnada cuyas características quedaron precisadas en el Resultando Primero de esta sentencia, por los motivos expresados en el último considerando de este fallo. ...” (sic) En ese sentido, en cumplimiento a lo determinado en la sentencia de mérito, se comunica que, dentro del procedimiento administrativo de sanción a licitantes, proveedores y/o contratistas número SANC. 0001/2023, se emitió un acuerdo en fecha treinta de enero dos mil veintiséis, por el que se dejó sin efectos la resolución del veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, mediante la cual se resolvió en definitiva el procedimiento en comento, por lo que ha quedado nula la resolución sancionadora, así como sus efectos. Atentamente Ciudad de México, a 10 de marzo de 2026.- Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, Maestra Marlene Eréndira Jardón Martínez.- Rúbrica. CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas públicas del Estado, a la Fiscalía General de la República, a las entidades federativas y sus municipios, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Lavandería y Tintorería de la Península, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente: PISI-A-NC-DS-0025/2024. CIRCULAR No. SABG/OICGYR/AR/1322/2026 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA LAVANDERÍA Y TINTORERÍA DE LA PENÍNSULA, S.A. DE C.V. DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO PRESENTES Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 11, 26, fracción I, 26 Bis, fracción II, 27, 28, fracción I, 34, 59, 60, fracción IV, 61 y 63 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 04 de enero del 2000, y sus modificaciones posteriores vigentes hasta el 16 de abril de 2025, conforme a lo previsto en los Transitorios Sexto y Séptimo del Decreto por el que se expide la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Austeridad Republicana; de la Ley de la Economía Social y Solidaria y de la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicado en el DOF el 16 de abril de 2025; 50, 114, fracción III y 115 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente a la fecha de los hechos, de conformidad con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el DOF el 18 de diciembre de 2025; 1, 2, 3, 13, 15, 19, 35, 36, 38, 50, 56, 60, párrafo tercero, 70, fracciones II y VI, 72 y 74 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 18, 26, fracción XIII, 37, fracciones XL y XLI, y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Transitorios Cuarto y Quinto del Decreto por el que Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 23 se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado el 28 de noviembre de 2024 en el DOF; 62, primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 2, apartado B, fracción I, inciso c), 69, fracción III, 72, 75, fracción XII, y Transitorio Sexto del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2024; 83, párrafos Primero, Segundo, Tercero, Sexto y Octavo del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet (ahora ComprasMX); 1, fracción LXXXVIII del Acuerdo por el que se determina la organización y coordinación de los Órganos Internos de Control y Unidades de Responsabilidades, y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo Tercero de la Resolución de fecha 23 de febrero de 2026, que se dictó en el expediente de sanción número PISI-A-NC-DS-0025/2024, en el que se concluyó el procedimiento administrativo incoado a la empresa LAVANDERÍA Y TINTORERÍA DE LA PENÍNSULA, S.A. DE C.V., determinándose imponerle las sanciones de INHABILITACIÓN POR EL PLAZO DE 1 (UN) AÑO para que por sí misma o a través de interpósita persona no pueda presentar propuestas ni celebrar contrato alguno de los regulados sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como la multa impuesta en el Resolutivo Segundo de la citada resolución. En ese sentido, conforme a lo dispuesto en el Resolutivo Quinto de la multicitada resolución, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el DOF, deberán abstenerse de recibir propuestas y/o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha empresa, de manera directa o a través de interpósita persona, por el plazo de 1 (UN) AÑO. En caso de que, el día que se cumpla el plazo de la inhabilitación, la empresa LAVANDERÍA Y TINTORERÍA DE LA PENÍNSULA, S.A. DE C.V., no haya pagado la multa impuesta antes citada, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, para lo cual, se acreditará que ha pagado la multa que se impuso, presentando ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno el documento probatorio del pago correspondiente, a fin de que se elimine el registro de la sancionada en el portal Compras MX (antes CompraNet), sin que sea necesaria la publicación de algún otro comunicado, conforme a lo previsto en los artículos 60, antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente a la fecha de los hechos, de conformidad con los Transitorios Sexto y Séptimo del Decreto por el que se expide la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Austeridad Republicana; de la Ley de Economía Social y Solidaria y de la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicado el 16 de abril de 2025 en el DOF, y 113 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente a la fecha de los hechos, en relación con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el DOF el 18 de diciembre de 2025. En virtud de lo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular, en términos del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente a la fecha de los hechos, en relación con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el DOF el 18 de diciembre de 2025. Las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deben cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Atentamente Ciudad de México, a 10 de marzo de 2026.- Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Alberto Mociñoz Gutiérrez.- Rúbrica. 24 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO DECLARATORIA de causa de utilidad pública relativa a 19,674.431 m2 (diecinueve mil seiscientos setenta y cuatro punto cuatrocientos treinta y un metros cuadrados), correspondientes a 4 (cuatro) inmuebles de propiedad privada; en el Municipio de Huimanguillo en el Estado de Tabasco, que serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. EDNA ELENA VEGA RANGEL, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 1o., 2o. fracción I, 26 y 41 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracción III Bis, 2o. y 3o. de la Ley de Expropiación; así como 1, 3, 5 y 6 fracción XXXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y CONSIDERANDO Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que "La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada" y que "Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización"; en tanto que el artículo 28 de la misma Constitución, en su párrafo cuarto, señala expresamente que "...los ferrocarriles tanto para transporte de pasajeros como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación"; Que la Ley de Expropiación es de interés público, y establece como causa de utilidad pública la "construcción de obras de infraestructura pública y la prestación de servicios públicos que requieran de bienes inmuebles y sus mejoras, derivada de concesión, de contrato o de cualquier acto jurídico celebrado en términos de las disposiciones legales aplicables" (artículo 1o. fracción III Bis); Que en el apartado “Objetivos y Estrategias” del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030; en el “Objetivo 3.7: Mejorar la movilidad de personas y mercancías en todo el territorio nacional y transfronterizo, incrementando la competitividad del país mediante la consolidación de una red intermodal de infraestructura para un transporte eficiente, sostenible y seguro”, en la “Estrategia 3.7.3”, se establece: “Desarrollar infraestructura ferroviaria para mejorar el transporte de pasajeros y carga mediante la expansión e integración de la red con un enfoque intermodal, fortaleciendo la integración territorial y ofreciendo un servicio económico, seguro, sostenible y eficiente.” Que, de conformidad al apartado “Objetivos y Estrategias” del referido Plan; en el “Objetivo 4.1: Fortalecer la seguridad y la soberanía energética, promoviendo la autosuficiencia con un enfoque sustentable que garantice el acceso equitativo a la energía y reduzca la dependencia del exterior”, en la “Estrategia 4.1.3”, se señala: “Mantener e incrementar la producción de hidrocarburos para reducir la dependencia externa y asegurar el abastecimiento energético.” Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (PSEDATU) 2025-2030, publicado en el DOF el 1 de septiembre de 2025, establece en su Estrategia 2.3 “Promover políticas de movilidad sustentable, segura, accesible e incluyente, para mejorar la conectividad del territorio, la prosperidad de las regiones y el bienestar de las personas”; Que el Programa Sectorial de Marina 2025-2030, publicado en el DOF el 8 de septiembre de 2025, establece en su Estrategia 3.5 “Fortalecer la red portuaria, aeroportuaria, ferroviaria y logística multimodal para mejorar la conectividad del país y contribuir al desarrollo nacional” y en sus Líneas de acción 3.5.2 y 3.5.5 “Desarrollar infraestructura de conexión entre los medios marítimo, ferroviario, carretero, aéreo y fluvial mediante sistemas de transporte multimodal integrados y nodos logísticos regionales” y “Consolidar el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec como plataforma logística multimodal que integre la prestación de servicios de las ASIPONAS de Coatzacoalcos, Salina Cruz, Dos Bocas y Puerto Chiapas, y su interconexión por conducto del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec”, respectivamente; Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 25 Que, de conformidad con el Programa Institucional del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec 2025-2030, aprobado mediante acuerdo publicado en el DOF el 29 de octubre de 2025, en su Estrategia 1.1 “Fortalecer la infraestructura, operación y mantenimiento de las Líneas Férreas del Ferrocarril Interoceánico, para alcanzar su modernización” y en su Línea de Acción 1.1.1 “Rehabilitar y promover el mantenimiento de la infraestructura férrea para garantizar seguridad operativa y mayor velocidad”; Que, el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, conectará la estación Chontalpa con la Refinería Olmeca en Dos Bocas, y no solo responde a una necesidad técnica de completar la red ferroviaria del Istmo de Tehuantepec, sino que constituye un elemento clave en la estrategia nacional de integración logística y aprovechamiento de infraestructura energética. La conexión ferroviaria directa de una instalación de la magnitud e importancia estratégica de la Refinería Olmeca con los principales puertos marítimos del Golfo de México y del Pacífico permite a la Federación optimizar el transporte de insumos y productos refinados, reducir significativamente los costos logísticos y mejorar la capacidad de respuesta ante las demandas del mercado interno y externo. Que Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V. elaboró dictámenes técnicos de viabilidad del Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, en los que se concluye que la consolidación de este corredor ferroviario incrementará la eficiencia en el manejo y distribución de combustibles, fortalecerá la soberanía energética y contribuirá al equilibrio de la balanza comercial mediante un mejor acceso a mercados internacionales. En términos sociales, la construcción y operación del Ramal Línea FA impulsará la generación de empleo directo e indirecto, dinamizará las economías locales a lo largo de su trazo y fomentará el establecimiento de polos de desarrollo industrial vinculados con la actividad portuaria y energética, asimismo, mejorará la infraestructura urbana, motivando el aumento de oportunidades para empresas locales y en la atracción de inversión privada y extranjera interesada en aprovechar las ventajas logísticas de la región; Que Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., es una empresa de participación estatal mayoritaria sectorizada en la Secretaría de Marina, como se desprende de la “Relación de las Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal”, publicada en el DOF el 14 de agosto de 2025, creada mediante escritura pública número 56,786 (cincuenta y seis mil, setecientos ochenta y seis) de fecha 19 de octubre de 1999, otorgada ante la fe del Notario Público número 19 de la Ciudad de México, Miguel Alessio Robles, la cual tiene por objeto social:  La operación, mantenimiento, explotación y, en su caso, construcción de vías generales de comunicación ferroviaria que le sean concesionados, inclusive aquellas que se encuentran dentro de patios y que resulten necesarias para la operación de dichas vías, así como de cualquiera de sus partes integrantes, incluyendo en forma enunciativa pero no limitativa, el derecho de vía, el derecho de paso, los centros de control de tráfico y las señales para la operación ferroviaria.  La prestación del servicio público de transporte ferroviario, utilizando para ello las vías generales de comunicación ferroviaria y cualquier tipo de servicios auxiliares que resulten necesarios para ello.  La prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga, incluyendo en forma enunciativa más no limitativa, el servicio de arrastre de vehículos de terceros, las instalaciones en las que se realice la recepción, almacenamiento, clasificación, consolidación y despacho de todo tipo de bienes.  La prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros, incluyendo la construcción, administración y mantenimiento de las instalaciones en donde se efectúe la salida y llegada de trenes, y el ascenso y descenso de pasajeros.  Construir, operar y explotar terminales e instalaciones para la prestación de los servicios auxiliares en los términos de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su Reglamento.  Prestar servicios de interconexión, otorgar derechos de arrastre y derechos de paso, así como explotar los que le sean prestados u otorgados.  Operar los servicios de vigilancia, así como el control de accesos y tránsito de personas, vehículos y bienes en las terminales ferroviarias que explote, sin perjuicio de las facultades de las autoridades competentes. 26 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026  La realización de todo tipo de estudios para la explotación de negocios relacionados con la prestación del servicio público de transporte ferroviario, así como la planeación, programación y ejecución de las acciones necesarias y convenientes para la promoción, operación y desarrollo de los servicios ferroviarios, a fin de lograr la mayor eficiencia y competitividad.  Adquirir en propiedad o en arrendamiento y disponer en cualquier forma de toda clase de bienes muebles, incluyendo en forma enunciativa más no limitativa, toda clase de equipo ferroviario, así como de los inmuebles que sean necesarios para la realización de su objeto social. (…) Que el 2 de mayo de 2000, se publicó en el DOF la Asignación que otorga el Gobierno Federal por conducto de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes en favor de Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., respecto de la vía general de comunicación ferroviaria del Istmo de Tehuantepec; Que el 23 de febrero de 2018 se publicó en el DOF una modificación al Título de Asignación otorgado en favor de la empresa de participación estatal mayoritaria Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., a través de las cual se incorpora la operación, mantenimiento, explotación y prestación del servicio público de transporte ferroviario en las líneas conocidas como “Chiapas” y “Mayab”, actualmente Líneas “FA” y “K”; Que el 20 de abril de 2023 se publicó en el DOF una modificación al Título de Asignación del Ferrocarril Interoceánico, a través de la cual se excluye de su asignación el Tramo correspondiente a la Línea FA, para pasar a formar parte de la Asignación de Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V.; Que el 23 de junio de 2023 se publicó en el DOF otra modificación al Título de Asignación en favor de la empresa de participación estatal mayoritaria Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., incorporando a dicha asignación la operación, explotación y prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y pasajeros en los tramos de las líneas "Z", "ZA" y "FA" que corren de Coatzacoalcos a Medias Aguas, de Hibueras a Minatitlán y de Coatzacoalcos a El Chapo, respectivamente, así como los bienes del dominio público que se encuentran en dichos tramos; Que Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., mediante oficios números FIT-DG-ATCS-650-2025 de 29 de octubre de 2025, FIT-DG-ATCS-656-2025 de 29 de octubre de 2025, FIT-DG-ATCS-844-2025 de 11 de noviembre de 2025, FIT-DG-ATCS-846-2025 de 11 de noviembre de 2025, FIT-DN-VMPC-044-2026 de 13 de febrero de 2026 y FIT-DN-VMPC-056-2026 de 26 de febrero de 2026, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano que, en el ámbito de sus funciones, competencias y en términos de las disposiciones aplicables vigentes, lleve a cabo las acciones que resulten necesarias para la adquisición a favor de la Federación, por conducto del solicitante, de aquellos inmuebles que se requieren para el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec; Que, esta Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a través de la Unidad de Asuntos Jurídicos, derivado de la información proporcionada por Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., integró el expediente de expropiación número SEDATU.1S.13.I110.UAJ.001.2026, en el cual constan las solicitudes y los dictámenes técnicos emitidos por Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., en los que se señalan los inmuebles materia de la presente declaratoria, y que son necesarios, para llevar a cabo la construcción de obras de infraestructura pública para el desarrollo del Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, que se realizarán en beneficio colectivo; Que, de las constancias que obran en el expediente de expropiación número SEDATU.1S.13.I110.UAJ.001.2026, se advierte que los bienes inmuebles tienen naturaleza jurídica de propiedad privada, y se sustenta el motivo de su inclusión en la presente declaratoria; Que, de los dictámenes técnicos elaborados por Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V. y que integran el expediente de expropiación número SEDATU.1S.13.I110.UAJ.001.2026, se acredita que el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, es una obra pública mediante la cual se prestará un servicio público que comprende supuestos económicos, sociales y sanitarios que benefician a la región, pues con ella atenderán necesidades sociales y económicas de la colectividad; Que, conforme a los dictámenes técnicos elaborados por Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., los inmuebles que se señalan en la presente declaratoria son apropiados e idóneos para la construcción y el funcionamiento integral del Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, por lo que resulta necesario expropiar los inmuebles de propiedad privada localizados en el municipio de Huimanguillo, estado de Tabasco; Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 27 Que, en el caso concreto, se cumple con la causa de utilidad pública prevista en el artículo 1o. fracción III Bis de la Ley de Expropiación, ya que se trata de la construcción de una obra de infraestructura pública, cuya finalidad es atender y satisfacer las necesidades de la población en general, ya que su ejecución generará beneficios estratégicos, permitiendo la integración física y operativa de la Refinería Olmeca con diversos puertos marítimos del Golfo de México y del Pacífico a través de la red ferroviaria del Istmo de Tehuantepec, favoreciendo el transporte multimodal y la reducción de costos logísticos e incrementando la competitividad comercial del país y el desarrollo económico regional, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030; Por todo lo anteriormente señalado, he tenido a bien expedir la siguiente: DECLARATORIA DE CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA RELATIVA A 19,674.431 M² (DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO PUNTO CUATROCIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS), CORRESPONDIENTES A 4 (CUATRO) INMUEBLES DE PROPIEDAD PRIVADA; EN EL MUNICIPIO DE HUIMANGUILLO EN EL ESTADO DE TABASCO, QUE SERÁN DESTINADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA RELACIONADAS CON EL PROYECTO RAMAL LÍNEA FA DEL FERROCARRIL DEL ISTMO DE TEHUANTEPEC, S.A. DE C.V., PERTENECIENTE AL CORREDOR INTEROCEÁNICO DEL ISTMO DE TEHUANTEPEC PRIMERO. Se declara de utilidad pública el desarrollo del Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec; en el municipio de Huimanguillo en el estado de Tabasco, que se materializará en la construcción de obras de infraestructura pública sobre los inmuebles que suman una superficie total de 19,674.431 m² (diecinueve mil seiscientos setenta y cuatro punto cuatrocientos treinta y un metros cuadrados), correspondientes a 4 (cuatro) inmuebles de propiedad privada detallados a continuación, requeridos para la construcción de dicha obra de infraestructura pública. Municipio de Huimanguillo, estado de Tabasco: No. Clave FIT Folio Real Superficie de afectación metros cuadrados 1. FAA-PR-27008-00070 420824 9,754.33 2. FAA-PR-27008-00075 420823 5,932.47 3. FAA-PR-27008-00289 378586 837.561 4. FAA-PR-27008-00040d 420844 3,150.07 Los planos topográficos de los referidos inmuebles y el expediente formado con motivo de la presente declaratoria, quedan a disposición de todas aquellas personas físicas o morales que acrediten y justifiquen un derecho o interés jurídico, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, ubicada en calle Carolina número 77, colonia Ciudad de los Deportes, Alcaldía Benito Juárez, código postal 03710, en la Ciudad de México, con horario de atención de 10:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes. SEGUNDO. Notifíquese personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorarse quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo establecido en el artículo 2o. fracción II de la Ley de Expropiación. TERCERO. Los interesados tendrán un plazo de quince días hábiles a partir de la notificación o de la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, lo que a su derecho e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes. CUARTO. Previo convenio con los propietarios de los predios involucrados en la presente Declaratoria, procédase a la ocupación inmediata de los mismos, de conformidad con el artículo 9 Bis fracción III de la Ley de Expropiación. Ciudad de México, a tres de marzo de dos mil veintiséis.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Edna Elena Vega Rangel.- Rúbrica. 28 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LAS MUJERES CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Morelos, que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CC/PAIBIM/MOR/0016/2025 CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR EL C. JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL, LA C. MARGARITA GONZÁLEZ SARAVIA CALDERÓN, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. JUAN SALGADO BRITO, LA SECRETARIA DE HACIENDA, LA C. MIRNA ZAVALA ZUÑIGA, Y LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, LA C. CLARISA GÓMEZ MANRIQUE, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 29 Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES” declara que: I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 1 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, Doctor Juan Jesús Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM. I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que: II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888, el Estado de Morelos es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2 La Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, la C. Margarita González Saravia Calderón, cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57, 70, fracciones XXVI y XLIII y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 2o. y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; y 51 fracción VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos. II.3 El Secretario de Gobierno el C. Juan Salgado Brito, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Margarita González Saravia Calderón, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, el 01 de octubre de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 3o., 9o. fracción II; 14 fracciones VIII y XXXVII, 15 y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 52, fracción XII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, así como los diversos 8o. y 9o. fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal. II.4 La Secretaria de Hacienda, la C. Mirna Zavala Zuñiga, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Margarita González Saravia Calderón, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, el 01 de octubre de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 3o., 9o., fracción III, 14 fracciones VIII y XXXVII, 15 y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 53, fracción VI, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos; y 2o., 13 y 14 fracciones IX, XIII, XIV y LVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo Estatal. II.5 La Secretaria de las Mujeres, la C. Clarisa Gómez Manrique, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Margarita González Saravia Calderón, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, el 01 de octubre de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 3, 9, fracción XV, 14 fracciones VIII y XXXVII, 15 y 36 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; y 2o., 7o. y 8o. fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal. 30 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Plaza de Armas, sin número, Colonia Cuernavaca Centro, Código Postal 62000, Cuernavaca, Morelos, y con Registro Federal de Contribuyentes GEM720601TW9. III. “LAS PARTES” declaran que: III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”. III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez. III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se establecen en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” a la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos beneficiada con el “PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, deberán transferirse a través de la Secretaría de Hacienda. SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica que para tal efecto proporcione la Secretaría de Hacienda de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Hacienda, misma que se compromete a transferir los recursos a la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la TESOFE. Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio. La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se apertura para tal efecto, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG. En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente “CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $19,111,893.00 (diecinueve millones ciento once mil ochocientos noventa y tres pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho entrega previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de “MUJERES”. CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO” será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus respectivas competencias. “MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera, Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 31 La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la Secretaria de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos, la C. Clarisa Gómez Manrique, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que realice “MUJERES”. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir a la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos beneficiada del “PROGRAMA” dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser devueltos por la Secretaría de Hacienda a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la solicitud efectuada por “MUJERES”. OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Hacienda, dentro de 8 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el reintegro a la TESOFE de la totalidad de los reintegros recibidos por parte de la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos beneficiada del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos de conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo. Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Hacienda deberá mantener activa la cuenta bancaria productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos beneficiada reciba el oficio de terminación o documento homólogo. La Secretaría de Hacienda podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente. NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de “LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su entrada en vigor, y las modificaciones que sufra. DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas solidarias”. DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación, formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernadora Constitucional, Margarita González Saravia Calderón.- Rúbrica.- Secretario de Gobierno, Juan Salgado Brito.- Rúbrica.- Secretaria de Hacienda, Mirna Zavala Zuñiga.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres, Clarisa Gómez Manrique.- Rúbrica. 32 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Nayarit, que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados al Instituto para la Mujer Nayarita. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CC/PAIBIM/NAY/0017/2025 CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR EL DOCTOR JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. MIGUEL ÁNGEL NAVARRO QUINTERO, ASISTIDO POR LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, LA C. ROCÍO ESTHER GONZÁLEZ GARCÍA, EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EL C. JULIO CESAR LOPEZ RUELAS, Y LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA MUJER NAYARITA, LA C. MARGARITA MORAN FLORES, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 33 Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES” declara que: I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, Doctor Juan Jesús Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM. I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que: II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. y 2o. de la Constitución política Del Estado Libre y Soberano de Nayarit, el Estado de Nayarit es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2 El Gobernador de Constitucional de Estado de Nayarit, el C. Miguel Ángel Navarro Quintero, cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 y 69 fracción XXXII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 2o., 4o. y 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit. II.3 La Secretaria General de Gobierno la C. Rocío Esther González García, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Miguel Ángel Navarro Quintero, Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit, el 22 de junio de 2023, y manifiesta encontrarse debidamente facultada para suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 1o. párrafo segundo, 30 fracción X, 31 fracción I y 32 fracciones LXIII y LXV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1o. párrafo segundo, 3o. y 4o. Fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría General del Gobierno del Estado de Nayarit. II.4 El Secretario de Administración y Finanzas, el C. Julio Cesar López Ruelas, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Miguel Ángel Navarro Quintero, Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit, el 19 de septiembre de 2021, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, 1o. párrafo segundo, 30 fracción X, 31 fracción II y 33 fracciones XL, XLIV y LXXXIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 2o., 4o. y 5o. fracción XLVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas. II.5 La Directora General del Instituto para la Mujer Nayarita, la C. Margarita Moran Flores, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Miguel Ángel Navarro Quintero, Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit, el 28 de septiembre de 2021, y manifiesta encontrarse debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1o., 3o. fracción I, 4o. fracción II y 8o. fracción IV del Decreto Número 8264, por el que se crea el Instituto para la Mujer Nayarita (INMUNAY), publicado en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, el 31 de diciembre de 2003, Tomo CLXXIII, número 108; y, 16 del Reglamento Interno del Instituto para la Mujer Nayarita. 34 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Avenida México, sin número, Colonia Centro, Código Postal 63000, Tepic, Nayarit, y con Registro Federal de Contribuyentes SAD091223KK7. III. “LAS PARTES” declaran que: III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”. III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez. III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se establecen en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” al Instituto para la Mujer Nayarita beneficiado con el “PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, deberán transferirse a través de la Secretaría de Administración y Finanzas. SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica que para tal efecto proporcione la Secretaría de Administración y Finanzas de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Administración y Finanzas, misma que se compromete a transferir los recursos al Instituto para la Mujer Nayarita, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la TESOFE. Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio. La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se apertura para tal efecto, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG. En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente “CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $19,072,801.00 (diecinueve millones setenta y dos mil ochocientos y un pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho entrega previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de “MUJERES”. CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO” será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus respectivas competencias. “MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera, Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 35 La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la Directora General del Instituto para la Mujer Nayarita, la C. Margarita Moran Flores, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que realice “MUJERES”. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir al Instituto para la Mujer Nayarita beneficiado del “PROGRAMA” dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser devueltos por la Secretaría de Administración y Finanzas a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la solicitud efectuada por “MUJERES”. OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Administración y Finanzas, dentro de 8 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el reintegro a la TESOFE de la totalidad de los reintegros recibidos por parte del Instituto para la Mujer Nayarita beneficiado del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos de conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo. Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Administración y Finanzas deberá mantener activa la cuenta bancaria productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que el Instituto para la Mujer Nayarita beneficiado reciba el oficio de terminación o documento homólogo. La Secretaría de Administración y Finanzas podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente. NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de “LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su entrada en vigor, y las modificaciones que sufra. DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas solidarias”. DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación, formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional, Miguel Ángel Navarro Quintero.- Rúbrica.- Secretaria General de Gobierno, Rocío Esther González García.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas, Julio Cesar López Ruelas.- Rúbrica.- Directora General del Instituto para la Mujer Nayarita, Margarita Moran Flores.- Rúbrica. 36 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Nuevo León, que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres de dicho estado. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CC/PAIBIM/NL/0018/2025 CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. JAVIER LUIS NAVARRO VELASCO, EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO, EL C. CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA, Y SECRETARIA DE LAS MUJERES, LA C. GRACIELA GUADALUPE BUCHANAN ORTEGA, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 37 Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES” declara que: I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 1 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, Doctor Juan Jesús Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM. I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que: II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o. y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el Estado de Nuevo León es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2 El Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda, cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63, 111, 124 y 125 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 2o. y 7o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León. II.3 El Secretario General de Gobierno el C. Javier Luis Navarro Velasco, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 4 de octubre de 2021, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 119, 124, párrafo primero, y 127 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 1o. párrafo segundo, 4o., 8o.,18, inciso A, fracción I y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; 1o., 10 y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno. II.4 El Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, el C. Carlos Alberto Garza Ibarra, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 14 de octubre de 2021, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 124 y 188 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4o., 18, apartado A, fracción III y 24, fracción XXXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; y, 2o. y 4o., fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado. II.5 La titular de Secretaría de las Mujeres, la C. Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 7 de junio de 2022, y manifiesta encontrarse debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4, 18, apartado C, fracción IV, 37, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; y, 1o., 10 y 11 fracciones XXVI, y XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres. 38 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Calle Mariano Escobedo Sur, número 333, piso Número 3, Colonia Monterrey Centro, Código Postal 64000, Monterrey, Nuevo León, y con Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA. III. “LAS PARTES” declaran que: III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”. III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez. III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se establecen en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” a Secretaría de las Mujeres beneficiada con el “PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, deberán transferirse a través de Secretaría de Finanzas y Tesorería General. SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica que para tal efecto proporcione la Secretaría de Finanzas y Tesorería General de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General, misma que se compromete a transferir los recursos a la Secretaría de las Mujeres, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la TESOFE. Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio. La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se apertura para tal efecto, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG. En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente “CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $20,263,700.00 (veinte millones doscientos sesenta y tres mil setecientos pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho entrega previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de “MUJERES”. CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO” será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus respectivas competencias. “MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera, Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 39 La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la titular de la Secretaría de las Mujeres, la C. Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que realice “MUJERES”. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir a la Secretaría de las Mujeres beneficiada del “PROGRAMA” dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser devueltos por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la solicitud efectuada por “MUJERES”. OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Finanzas y Tesorería General, dentro de 08 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el reintegro a la TESOFE de la totalidad de los reintegros recibidos por parte de la Secretaría de las Mujeres beneficiada del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos de conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo. Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Finanzas y Tesorería General deberá mantener activa la cuenta bancaria productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León beneficiada reciba el oficio de terminación o documento homólogo. La Secretaría de Finanzas y Tesorería General podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente. NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de “LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su entrada en vigor, y las modificaciones que sufra. DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas solidarias”. DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación, formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, Samuel Alejandro García Sepúlveda.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, Javier Luis Navarro Velasco.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega.- Rúbrica. 40 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Oaxaca, que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres de dicho estado. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CC/PAIBIM/OAX/0019/2025 CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR EL C. JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. SALOMÓN JARA CRUZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. JOSÉ DE JESÚS ROMERO LÓPEZ, EL SECRETARIO DE FINANZAS, EL C. FARID ACEVEDO LÓPEZ, Y POR LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, LA C. ANAHÍ MONSERRATT SARMIENTO PÉREZ, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres, para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 41 Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES” declara que: I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, el C. Juan Jesús Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM. I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que: II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. primer párrafo, 1o. primer párrafo, 26 y 27 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el Estado de Oaxaca es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2 El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el C. Salomón Jara Cruz, cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 y 79 fracciones XIX y XXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2o., 9o., y 15 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. II.3 El Secretario de Gobierno, el C. José de Jesús Romero López, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el 1 de diciembre de 2022, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3o. fracción I, 15 párrafo primero, 27 fracción I y 34 fracción XLVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 8o. y 9o. fracciones XIV y XLIV del Reglamento Interno de la Secretaría General de Gobierno. II.4 El Secretario de Finanzas, el C. Farid Acevedo López, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el 1 de diciembre de 2022, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3o. fracción I, 15 párrafo primero, 27 fracción XII y 45 fracciones LVI y LX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 2o., 5o., 6o. fracciones V y VI y 7o. fracciones III, IX XIV del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado. II.5 La Secretaria de las Mujeres, la C. Anahí Monserratt Sarmiento Pérez , acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el 8 de abril de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3o. fracción I, 15 párrafo primero, 27 fracción XVII y 46-C fracciones VI y VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 2o., 7o. y 8o. fracciones V y XXII del Reglamento Interno de la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña. 42 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Carretera Oaxaca Istmo, km 11.5 SN 7 Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, C.P. 68270, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, y con Registro Federal de Contribuyentes GEO621201KIA. III. “LAS PARTES” declaran que: III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”. III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez. III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se establecen en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” a la Secretaría de las Mujeres beneficiada con el “PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, deberán transferirse a través de la Secretaría de Finanzas. SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos referidos en la cláusula primera mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica que para tal efecto proporcione la Secretaría de Finanzas de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Finanzas, misma que se compromete a transferir los recursos a la Secretaría de las Mujeres, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la TESOFE. Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio. La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se apertura para tal efecto, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG. En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente “CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $42,129,936.00 (Cuarenta y dos millones ciento veintinueve mil novecientos treinta y seis pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho entrega previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de “MUJERES”. CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO” será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus respectivas competencias. “MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera, Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 43 La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la titular de la Secretaría de las Mujeres, la C. Anahí Monserratt Sarmiento Pérez, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que realice “MUJERES”. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir a la Secretaría de las Mujeres beneficiada del “PROGRAMA” dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser devueltos por la Secretaría de Finanzas a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la solicitud efectuada por “MUJERES”. OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Finanzas, dentro de 8 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el reintegro a la TESOFE de la totalidad de los reintegros recibidos por parte de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca beneficiada del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos de conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo. Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Finanzas deberá mantener activa la cuenta bancaria productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que la Secretaría de las Mujeres beneficiada reciba el oficio de terminación o documento homólogo. La Secretaría de Finanzas podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente. NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de “LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su entrada en vigor, y las modificaciones que sufra. DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas solidarias”. DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación, formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional, Salomón Jara Cruz.- Rúbrica.- Secretario de Gobierno, José de Jesús Romero López.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Farid Acevedo López.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres, Anahí Monserratt Sarmiento Pérez.- Rúbrica. 44 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 41/2025, así como el Voto Concurrente del señor Ministro Irving Espinosa Betanzo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 41/2025 PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS PONENTE: MINISTRO GIOVANNI AZAEL FIGUEROA MEJÍA SECRETARIO: OMAR CRUZ CAMACHO COLABORADOR: JOSÉ DE JESÚS ZAHUANTITLA BUJANOS ÍNDICE TEMÁTICO Hechos. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos somete a control de regularidad constitucional el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco. Apartado Criterio y decisión Págs. I. COMPETENCIA El Tribunal Pleno es competente para conocer del presente asunto. 7 II. PRECISIÓN DE LA NORMA IMPUGNADA El artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco. 7 III. OPORTUNIDAD El escrito inicial es oportuno. 8 IV. LEGITIMACIÓN El escrito inicial fue presentado por parte legitimada. 8 V. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO El proyecto desestima el argumento del Poder Legislativo local en el que señala no vulnerarse derechos humanos y constitucionales, ya que el análisis de la actualización de dichas violaciones que aduce la Comisión accionante en su demanda involucra el estudio de fondo del asunto. 13 VI ESTUDIO DE FONDO El artículo combatido es contrario al derecho de seguridad jurídica y al principio de legalidad, reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, ya que la norma controvertida incurre en una indeterminación que genera incertidumbre a las personas respecto a uno de los elementos que configuran el pago del derecho y que es relevante para la cuantificación de éste, esto es, respecto al hecho imponible o “el hecho” que el legislador local eligió como generador de ese derecho. Ello, porque causa incertidumbre respecto al tipo de servicio que presta el Estado, a cambio de la contraprestación, así como al tipo de uso o aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales que genera el cobro de la contribución denominada “derecho”. Por tanto, lo procedente es declarar su invalidez. 14 Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 45 VII EFECTOS Declaratoria de invalidez Se declara la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco. 26 Fecha a partir de la que surte efectos la declaratoria general de invalidez Las declaratorias de invalidez surtirán sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la presente ejecutoria al Congreso local. Tomando en cuenta que la declaratoria de invalidez recae en una disposición general de vigencia anual, se exhorta al Congreso local para abstenerse de incurrir en los mismos vicios de inconstitucionalidad detectados. 26 Notificación Deberá notificarse la presente sentencia al municipio involucrado. 26 VIII. DECISIÓN PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad. SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2025, adicionado mediante el Decreto Número 29826/LXIV/25, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Jalisco, en los términos precisados en el apartado VII de esta determinación. CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. 27 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 41/2025 PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS PONENTE: MINISTRO GIOVANNI AZAEL FIGUEROA MEJÍA SECRETARIO: OMAR CRUZ CAMACHO COLABORADOR: JOSÉ DE JESÚS ZAHUANTITLA BUJANOS Ciudad de México. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al día primero de diciembre de dos mil veinticinco, emite la siguiente: SENTENCIA Mediante la cual se resuelve la acción de inconstitucionalidad 41/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal 2025, publicado el veintisiete de febrero de dos mil veinticinco en el Periódico Oficial de esa entidad federativa. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA. 1. Presentación de la demanda. El treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (en adelante CNDH) presentó en el buzón judicial de la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto Tribunal, demanda de acción de inconstitucionalidad, en la que señaló como autoridades demandadas a los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Jalisco. 46 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 2. Conceptos de invalidez. En su escrito, la Comisión promovente hizo valer, esencialmente, lo siguiente:  Después de exponer lo que a su consideración comprenden los principios de seguridad jurídica y legalidad que se hacen extensivos al legislador, señala que éste último se encuentra obligado a establecer disposiciones claras y precisas que no den pauta a una aplicación arbitraria por parte de las autoridades, de tal manera que los gobernados tengan plena certeza sobre a quién se dirige la disposición, su contenido y su consecuencia. Refiere también la aplicabilidad de los principios de justicia tributaria a los derechos por servicios, como proporcionalidad y equidad tributaria. Señala que el cobro de un derecho “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales” no son acordes a las contribuciones denominadas “derechos por servicios”, porque dicho tributo debe responder al costo que le significa al Estado la prestación del servicio de que se trate, y guardar razonabilidad entre la tarifa y el costo erogado, esto es, deben ser proporcionales. Lo anterior añade la actora, porque en el caso concreto no se advierte cual es el servicio que efectivamente está prestando el Municipio a las personas sujetas del tributo. Ello, porque la norma establece que las personas extranjeras que se encuentren en el Municipio de Puerto Vallarta deberán pagar lo equivalente a 1.25 UMA, “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales”. Sin embargo, destaca la promovente que dicho elemento de la contribución es sumamente abierto e indeterminado, por lo que también vulnera el derecho de seguridad jurídica y el principio de legalidad. En este mismo tenor, agrega la accionante que se desconoce cuáles son los servicios, bienes y espacios públicos municipales a los que se refiere la norma combatida; pues, incluso, si fueran los siguientes: a) aquellos ya establecidos expresamente en la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, constituiría un cobro adicional a las personas extranjeras que se encuentren en el Municipio o b) aquellos servicios, bienes y espacios públicos que no generan ninguna contribución en términos de dicha ley, resultarían desproporcionales a los sujetos del tributo, porque se estaría imponiendo un valor por aquellos bienes y servicios que se encuentran libres de gravamen.  Por otro lado, aduce que la norma es violatoria del principio de equidad tributaria, ya que, tratándose del pago por servicios, el monto debe ser igual para todas las personas. Lo anterior, ya que se impone un pago adicional cuando sea una persona extranjera que use o aproveche los servicios, bienes y espacios públicos municipales a pesar de que ya hayan pagado una cuota respectiva. Por ende, alega que la norma admite que se paguen cuotas diversas por un mismo servicio, aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales, cuando la persona beneficiaria sea una persona extranjera. Lo que, desde la perspectiva de la Comisión, carece de justificación constitucional, ya que la distinción solo se basa en que el solicitante sea nacional o no. Por lo que la norma da un trato diferenciado e injustificado, ya que las personas extranjeras deben pagar más por un servicio con relación al resto. 3. Admisión y trámite. Por acuerdo de dos de abril de dos mil veinticinco, la entonces Ministra Presidenta formó y registró el expediente de la presente acción de inconstitucionalidad y ordenó su turno al Ministro instructor, quien, mediante acuerdo de veintiuno de abril de la misma anualidad, admitió el presente medio de control y realizó los requerimientos y trámites ordenados por ley. 4. Informe del Poder Legislativo del Estado de Jalisco. El órgano parlamentario local argumentó, en síntesis, lo siguiente:  La CNDH no cuenta con la legitimación para promover dicho medio de control, ya que se trata de una norma de carácter local, por lo que compete únicamente a la Comisión Estatal de Derechos Humanos.  La CNDH no cuenta con legitimación para impugnar normas de carácter fiscal, sino contra normas violatorias de derechos humanos.  No se vulneran los derechos humanos y constitucionales, puesto que no se emitió en contravención a los principios de legalidad tributaria. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 47  La expedición de la norma combatida tiene sustento en los artículos 71, 89, 101, 102, 104, 138, 145 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, así como en el artículo 28, fracción IV de la Constitución local, por lo que están sujetos a los lineamientos en materia hacendaria y de presupuestos.  La legalidad de la expedición de la norma controvertida no solo se encuentra por haber sido emitida con base en sus facultades, sino que la labor normativa se encuentra plenamente justificada cuando el objetivo es el mejoramiento de espacios y servicios públicos, lo que se traduce en un beneficio directo a la sociedad.  Contrario a lo señalado por la CNDH, el Congreso local desahogó un proceso amplio en el cual se llevaron a cabo cada una de las etapas del proceso legislativo y se cumplió cabalmente con los requisitos reflejándose en el artículo impugnado.  De la exposición de motivos se advierte que el artículo combatido tiene como objeto, mediante la implementación de una adhesión tributaria, favorecer los servicios públicos municipales, en beneficio social, así como el mejoramiento de la infraestructura que permita a los ciudadanos nacionales y extranjeros disfrutar de los beneficios de una ciudad turística de mejor nivel.  Si bien, conforme al artículo 31, fracción IV de la Constitución Federal, todos los mexicanos deberán de contribuir al gasto público, también se entiende que los extranjeros tendrán que contribuir en la medida de sus posibilidades.  Contrario lo que señala la CNDH, la contribución cumple con todos los elementos del tributo, siendo infundado que genere incertidumbre jurídica, pues se encuentran identificados quiénes son los que deberán realizar la contribución, en qué momento y la cantidad que les será aplicada.  No existe incertidumbre de cuáles servicios y qué tipo de estructura municipal será beneficiada con la contribución, pues basta con remitirnos a la exposición de motivos del decreto combatido para desestimar dicho argumento.  La contraprestación no debe entenderse en sentido de derecho privado, de manera que corresponda exactamente al valor del servicio prestado u otorgado, pues los servicios públicos se prestan en función al interés general, y secundariamente en función de los particulares, siendo accidental si éstos reciben o no el beneficio en lo individual; y  Además de que sería imposible plasmar en una ley una fórmula matemática que establezca el costo de cada compra y mejora que se realice para el beneficio social pretendido. Aunado a que no se deja en incertidumbre ni en arbitrariedad el manejo de los recursos obtenidos, ya que su finalidad se encuentra "en el mantenimiento y mejoramiento de los espacios públicos municipales, principalmente destinados a las actividades del turismo, así como para el mejoramiento de los servicios públicos municipales que presta el municipio...". Informe del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco. El Poder local argumentó, en síntesis, lo siguiente:  Que es un hecho cierto haber promulgado y publicado la norma impugnada.  Los actos que le competen al Poder Ejecutivo local en el procedimiento legislativo para la emisión de la norma impugnada los cumplió a cabalidad de conformidad con la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ambos del Estado de Jalisco. 5. Pedimento del Fiscal General de la República. En el presente asunto no formuló pedimento ni realizó manifestaciones. 6. Cierre de la instrucción. Habiéndose llevado a cabo el trámite legal correspondiente y al advertir que había concluido el plazo para formular alegatos, en acuerdo de diecinueve de agosto de dos mil veinticinco se declaró cerrada la instrucción del asunto a efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. 7. Returno. Mediante acuerdo de cuatro de septiembre de dos mil veinticinco, el Ministro Presidente ordenó turnar el presente asunto al Ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, para que funja como instructor, en atención a lo dispuesto en el artículo Sexto Transitorio del Acuerdo General 1/2025 (12a.) del Pleno de este Alto Tribunal, en el cual se establece que dicho Ministro conocerá de los asuntos turnados a la ponencia del Ministro en retiro Juan Luis González Alcántara Carrancá. 48 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 I. COMPETENCIA 8. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente acción de inconstitucionalidad, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Federal1 y 16, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación2, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veinte de diciembre de dos mil veinticuatro3; toda vez que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos plantea la posible contradicción entre una disposición de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta y la Constitución Federal. II. PRECISIÓN DE LA NORMA IMPUGNADA 9. Del escrito de demanda se advierte que la Comisión accionante impugna el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, adicionado mediante Decreto número 29826/LXIV/25, publicado el veintisiete de febrero de dos mil veinticinco en el Periódico Oficial de esa entidad federativa. III. OPORTUNIDAD 10. El artículo 60 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos4, dispone que el plazo para la presentación de la acción de inconstitucionalidad será de treinta días naturales y el cómputo respectivo deberá hacerse a partir del día siguiente al en que se hubiere publicado la norma sujeta a control de constitucionalidad en el correspondiente medio oficial. Asimismo, señala que, si el último día del plazo fuere inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente. 11. La norma controvertida se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco el jueves veintisiete de febrero de dos mil veinticinco; por tanto, el plazo de impugnación transcurrió del viernes veintiocho de febrero al sábado veintinueve de marzo de dos mil veinticinco. Consecuentemente, dado que la demanda de la acción de inconstitucionalidad se presentó el siguiente día hábil lunes treinta y uno de marzo del citado año, es que resulta oportuna su promoción. IV. LEGITIMACIÓN 12. De conformidad con el artículo 105, fracción II, inciso g), constitucional5, la promovente cuenta con legitimación para promover la acción de inconstitucionalidad porque plantea la posible contradicción entre una ley expedida por la legislatura estatal que, desde su perspectiva, transgrede distintos derechos humanos consagrados en la Constitución Federal. 13. El escrito inicial de la acción de inconstitucionalidad 41/2025 está firmado por María del Rosario Piedra Ibarra, quien demostró tener el carácter de Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos mediante acuerdo de designación correspondiente emitido el doce de noviembre de dos mil veinticuatro por el Presidente y la Secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. 1 Artículo 105.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes: [...] II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución. Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por: [...] g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas; [...]. 2 Artículo 16. La Suprema Corte de Justicia conocerá: I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; [...]. 3 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. “Artículo 16. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá: I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. [...].” 4 Artículo 60. El plazo para ejercitar la acción de inconstitucionalidad será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que la ley o tratado internacional impugnado sean publicados en el correspondiente medio oficial. Si el último día del plazo fuese inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente. En materia electoral, para el cómputo de los plazos, todos los días son hábiles. 5 Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes: [...] II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución. [...] g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas; [...]. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 49 14. La representación legal de la Presidenta de la referida Comisión está prevista en el artículo 15, fracciones I y XI, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como en el numeral 18 del Reglamento Interno de la misma Comisión.6 15. En consecuencia, al ser la Comisión Nacional de los Derechos Humanos un órgano legitimado para ejercer la acción de inconstitucionalidad en este supuesto y habiéndose promovido por quien cuenta con facultades para representar a dicho órgano, debe reconocerse la legitimación activa en este medio de control constitucional. 16. Sin que sea obstáculo, lo señalado por el Poder Legislativo del Estado de Jalisco, respecto a que la CNDH no cuenta con la legitimación para promover este medio de control, sino a la Comisión Estatal de Derechos Humanos de dicha entidad federativa al tratarse de una norma de carácter local. 17. Lo anterior porque, como ya quedó precisado, la CNDH cuenta con las facultades para instar este medio de regularidad constitucional, en virtud de que así lo prevé expresamente el artículo 105, fracción II, inciso g) de la Constitución Federal, al disponer que esa comisión puede promover acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas que, eventualmente pudieran estimarse violatorias de los derechos fundamentales contenidos en la Carta Magna. 18. En efecto, en el caso, la CNDH promueve la presente acción de inconstitucionalidad en contra de una norma local, a saber: el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta del Estado de Jalisco, el cual fue adicionado y aprobado por la legislatura de esa entidad federativa, ello en ejercicio de la potestad que le confiere el precepto constitucional en cita para impugnar normas generales con independencia del fuero al que correspondan (federal o local). 19. También debe desestimarse el diverso argumento formulado por el Poder Legislativo local, en el que señala que la CNDH carece de legitimación para solicitar la invalidez de normas de carácter tributario, debido a que sólo puede solicitar la invalidez de normas que vulneren derechos humanos. 20. Lo anterior es así, ya que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos cuenta con legitimación para impugnar normas de carácter tributario, mientras se alegue la violación a un derecho humano consagrado en la Constitución Federal y Tratados Internacionales de los que México sea parte, tal y como lo establece el artículo 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Federal.7 21. Tal como se advierte, el artículo antes referido condiciona la procedencia de la acción a que la CNDH denuncie la inconstitucionalidad de leyes federales o locales que vulneren los derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal y Tratados Internacionales de los que México sea parte, sin que de esa norma se desprenda algún límite o restricción que impida reconocer la legitimación de la referida comisión para promover la presente acción de inconstitucionalidad en contra de normas tributarias. 22. Por el contrario, desde la anterior integración, este Alto Tribunal ha sostenido en precedentes,8 que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos tiene legitimación para promover acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes de ingresos de las entidades federativas, pues este tipo de normas, al establecer diversos tributos, se encuentran sometidas a los principios de la materia fiscal, reconocidos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, como el de reserva de ley, legalidad, destino al gasto público, proporcionalidad y equidad, los cuales, enuncian las características que permiten construir un concepto jurídico de tributo o contribución con base en la Constitución Federal. 9 6 Artículo 15. El Presidente de la Comisión Nacional tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I. Ejercer la representación legal de la Comisión Nacional; [...] XI. Promover las acciones de inconstitucionalidad, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte, y [...]. Artículo 18. (Órgano Ejecutivo). La Presidencia es el órgano ejecutivo de la Comisión Nacional. Está a cargo de un presidente, al cual le corresponde ejercer, de acuerdo con lo establecido en la Ley, las funciones directivas de la Comisión Nacional y su representación legal. [...]. 7 De manera ilustrativa puede verse la acción de inconstitucionalidad 46/2023, por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa con reservas en cuanto a la legitimación, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Zaldívar Lelo de Larrea, Ríos Farjat, Laynez Potisek con reservas en cuanto a la legitimación, Pérez Dayán y Presidenta Piña Hernández, respecto de los apartados del I al V relativos, respectivamente, a la competencia, a la precisión de las normas impugnadas, a la oportunidad, a la legitimación y a las causales de improcedencia. 8 Por ejemplo, en las acciones de inconstitucionalidad 18/2018 y 27/2018, resueltas el cuatro de diciembre de dos mil dieciocho, ambas por mayoría de 6 votos de los Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, Luna Ramos, Zaldívar Lelo de Larrea, Pardo Rebolledo, Piña Hernández y Presidente Aguilar Morales, respecto a reconocer legitimación a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para promover la acción en contra de leyes de ingresos de las entidades federativas. Votaron en contra los Ministros Franco González Salas, Medina Mora I., Laynez Potisek y Pérez Dayán. 9 Similar consideración también fue sostenida en la acción de inconstitucionalidad 20/2021, por mayoría de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas con reserva de criterio, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Pérez Dayán y Presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando tercero, relativo a la legitimación. El señor Ministro Laynez Potisek votó en contra. 50 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 23. Además, se ha reconocido la legitimación activa a la CNDH, cuya función es la protección de los derechos humanos consagrados en la Constitución Federal y en los tratados internacionales de los que México sea parte. De igual manera, se ha sostenido que para tener por satisfecho el requisito de legitimación, no es necesario un estudio preliminar sobre la constitucionalidad de la norma controvertida, o bien, si aquella tutela o no derechos humanos, toda vez que dichas cuestiones se dirimen en el fondo del asunto. Por el contrario, basta que la accionante precise que la impugnación que lleva a cabo salvaguarda derechos humanos, máxime cuando como en el caso se destaca la vulneración a los principios de legalidad, seguridad jurídica, proporcionalidad y equidad tributarias10. Incluso, en la actual integración de esta Suprema Corte de Justicia se han analizado en este tipo de medios de regularidad constitucional diversas leyes de ingresos o de hacienda de distintos municipios en los que se cuestionan distintos pagos de derechos por diversos conceptos11. 24. Por estas razones, contrario a lo manifestado por la legislatura demandada, la CNDH está legitimada para impugnar el Decreto número 29826/LXIV/25 por el que se adiciona el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, publicado el veintisiete de febrero de dos mil veinticinco en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco. V. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO 25. El Poder Legislativo local señala que no se vulneran los derechos humanos y constitucionales, puesto que la norma impugnada no se emitió en contravención al principio de legalidad tributaria. 26. Tales argumentos deben desestimarse ya que el análisis de la actualización de las violaciones a derechos humanos y constitucionales que aduce la Comisión accionante en su demanda involucra el estudio de fondo del asunto.12 27. Al no hacerse valer algún otro motivo de improcedencia o sobreseimiento, sin que este Tribunal Pleno advierta, de oficio, que se actualice alguno, corresponde realizar el estudio de fondo de la acción de inconstitucionalidad. VI. ESTUDIO DE FONDO 28. En su primer concepto de invalidez, la Comisión accionante aduce, en esencia, que el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, el cual prevé un cobro de un derecho “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales”, es violatorio de las prerrogativas fundamentales de seguridad jurídica y legalidad. 29. Lo anterior, atento a que no se advierte cuál es el servicio específico que efectivamente está prestando el Municipio a las personas sujetas del tributo, es decir, la causa eficiente que lo genera. Ello, porque la norma establece que las personas extranjeras que ingresen al Municipio de Puerto Vallarta deberán pagar lo equivalente a 1.25 UMA, “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales”. Sin embargo, dicho elemento de la contribución es sumamente abierto e indeterminado, puesto que de su literalidad se desconoce cuáles son los servicios, bienes y espacios públicos municipales a los que se refiere la norma combatida. Incluso, si fueran los siguientes: a) aquellos ya establecidos expresamente en la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, constituye un cobro adicional a las personas extranjeras que se encuentren en el Municipio o b) aquellos servicios, bienes y espacios públicos que no generan ninguna contribución en términos de dicha ley; los mismos resultan desproporcionales para los sujetos del tributo, porque se estaría imponiendo un valor por aquellos bienes y servicios que se encuentran libres de gravamen. 10 Véase, entre otros, las acciones de inconstitucionalidad 72/2021 y acumulada 74/2021, resuelto en sesión de diez de octubre de dos mil veintidós; 258/2020, resuelto en sesión de treinta de mayo de dos mil veintitrés; 124/2020, resuelto en sesión de veintisiete de abril de dos mil veintiuno; 191/2020 y su acumulada 220/2020, resuelto en sesión de cuatro de noviembre de dos mil veintiuno; 20/2017, resuelto en sesión de trece de julio de dos mil veinte; 120/2017, resuelto en sesión de doce de noviembre de dos mil diecinueve; 121/2020 y su acumulada 125/2020, resuelto en la sesión de veintidós de abril de dos mil veintiuno; 41/2018 y su acumulada 42/2018, resuelto en sesión de veintiuno de abril de dos mil veinte; 51/2018, resuelto en sesión de veintidós de agosto de dos mil diecinueve; y 174/2020, resuelto en sesión de once abril de dos mil veintitrés. Incluso, a proporciones guardadas, en la acción de inconstitucionalidad 44/2025 y su acumulada 46/2025, resuelta en sesión pública de diecinueve de agosto de dos mil veinticinco, se reconoció legitimación a la CNDH para impugnar reformas a la Constitución Política del Estado de Yucatán en materia de reforma al Poder Judicial, simplemente porque expresó en su demanda los conceptos de invalidez y los motivos por los cuales estimó que los preceptos impugnados eran contrarios al derecho a la seguridad jurídica y al principio de legalidad, derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal. 11 Por lo menos véanse las siguientes 16 acciones de inconstitucionalidad 9, 19, 179 y 183 todas de 2024; así como 4, 5, 6, 7, 15, 17, 24, 26, 32, 42, 52 y 191 todas de 2025. 12 Se cita en apoyo la tesis P./J. 36/2004, de rubro y texto: “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. SI SE HACE VALER UNA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA QUE INVOLUCRA EL ESTUDIO DE FONDO, DEBERÁ DESESTIMARSE. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que las causales de improcedencia propuestas en los juicios de amparo deben ser claras e inobjetables, de lo que se desprende que si en una acción de inconstitucionalidad se hace valer una causal que involucra una argumentación íntimamente relacionada con el fondo del negocio, debe desestimarse y, de no operar otro motivo de improcedencia estudiar los conceptos de invalidez”. Consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XIX, junio de dos mil cuatro, página 865, registro digital 181395. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 51 30. Los argumentos planteados son esencialmente fundados. 31. Para explicar dicha conclusión, se expondrá (A) el parámetro de regularidad y la interpretación que esta Suprema Corte de Justicia ha hecho de los artículos 14 y 16 constitucionales, para (B) enseguida evaluar la norma sujeta a control de constitucionalidad. A. Parámetro de regularidad constitucional. 32. Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha entendido que los derechos de legalidad y seguridad jurídica, reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal son respetados por la ley cuando las normas que facultan a la autoridad permiten que las personas conozcan la consecuencia jurídica de sus actos y la actuación de la autoridad se encuentre limitada y no sea arbitraria. En sentido inverso, las normas contravienen esos derechos cuando no hay una regulación del supuesto normativo o cuando habiéndola esta es deficiente13. 33. El principio de seguridad jurídica tutela que el gobernado jamás quede en una situación de incertidumbre jurídica ni en un estado de indefensión, por lo que el contenido esencial de dicho principio radica en que el particular “sepa a qué atenerse” respecto de la regulación normativa y la actuación de la autoridad14. 34. El principio de seguridad jurídica no implica que la ley deba señalar de manera especial y precisa un procedimiento para cada relación entre la autoridad y los particulares, sino que debe contener los elementos mínimos para hacer valer el derecho del gobernado y evitar que la autoridad incurra en arbitrariedades15. 35. En la acción de inconstitucionalidad 300/2020, el Pleno sostuvo que el principio de seguridad jurídica, aplicado al ámbito legislativo, no exige que se defina cada una de las palabras y enunciados empleados en una norma, pero sí que los vocablos usados sean de uso común e indudable comprensión para los destinatarios de la disposición jurídica16, sin condicionar su constitucionalidad al hecho de que describan el significado de los vocablos utilizados en su redacción. 36. No obstante, para que ello suceda, es un imperativo que el legislador evite o disminuya la utilización de conceptos, expresiones, ideas o palabras que provoquen la imprecisión, oscuridad, ambigüedad, confusión o contradicción de las normas, ya que ello podría tener como resultado que los gobernados no tengan conocimiento de a qué atenerse o si, por el contrario, cumplen con los elementos fijados en la norma correspondiente para actuar de alguna manera precisa o ejercer determinado derecho. B. Análisis de la norma impugnada 37. El artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta tuvo su origen en la iniciativa presentada por el propio Presidente Municipal, teniendo como única finalidad la adición de dicho artículo. En la exposición de motivos, se señala que esta disposición se enmarca en el contexto de que el turismo genera un incremento en la demanda de los servicios públicos municipales, en la infraestructura, bienes y espacios públicos; y dado que el turismo extranjero no contribuye al gasto de estos, de manera enunciativa mas no limitativa, respecto a seguridad pública, salud, aseo público, saneamiento, servicio de agua y alcantarillado, de uso y aprovechamiento de infraestructura y espacios públicos y bienes del dominio público necesarios para satisfacer las necesidades del turista extranjero, se propuso adicionar una nueva contribución para que paguen una contraprestación por los servicios que reciben o de los que se benefician durante su visita. 38. Señalando que el destino de los recursos será para el mantenimiento y mejoramiento de los espacios públicos municipales destinados a las actividades del turismo, así como para el mejoramiento de los servicios públicos municipales, principalmente al sector turístico y de manera particular: el Centro Histórico, la Franja Turística, la Zona Romántica, la avenida del Ingreso, El Malecón; así como los proyectos de protección al medio ambiente y los proyectos para la sustentabilidad de la ciudad. 13 Tesis 2ª./J. 106/2017 (10ª), de rubro: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA. SU CONTRAVENCIÓN NO PUEDE DERIVAR DE LA DISTINTA REGULACIÓN DE DOS SUPUESTOS JURÍDICOS ESENCIALMENTE DIFERENTES. Décima Época, Segunda Sala, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 45, Agosto de 2017, Tomo II, página 793, registro digital 2014864. 14 Tesis 1ª./J. 139/2012 (10ª), de rubro: SEGURIDAD JURÍDICA EN MATERIA TRIBUTARIA. EN QUÉ CONSISTE. Décima Época, Primera Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro XVI, Enero de 2013, Tomo1, página 437, registro digital 2002649. 15 Tesis 2ª./J. 144/2006, de rubro: GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA. SUS ALCANCES. Novena Época, Segunda Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XXIV, Octubre de 2006, página 351, registro digital 174094. 16 Acción de inconstitucionalidad 300/2020, resuelta por el Pleno el 18 de enero de 2022. Ver párrafo 57. 52 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 39. A continuación, se transcribe un fragmento relevante de dicha exposición de motivos: “... si bien el turismo representa para los vallartenses un importante detonante económico, también el turismo representa un incremento en la demanda de los servicios públicos municipales, infraestructura, bienes y espacios públicos, tales como seguridad pública, salud, aseo público, saneamiento, agua potable, de mantenimiento y construcción de infraestructura urbana y espacios públicos, entre otros servicios y bienes del dominio público necesarios para satisfacer las necesidades del turista, lo cual necesariamente implica que el municipio ejerza el gasto público en una mayor medida en ese especifico sector. En ese sentido, que los recursos presupuestales que requiere el municipio de Puerto Vallarta para atender esas necesidades y afrontar eficientemente esa demanda, deben incrementarse lo que sin duda se logrará ampliando el marco normativo recaudatorio municipal, mediante la creación de nuevas contribuciones en los términos de Ley a ese sector, pues resulta proporcional y equitativa que el turista pague al municipio una contraprestación por esos servicios y bienes públicos de los que se beneficia. (...) 9.Es por lo anterior que, se propone establecer en la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2025 una nueva contribución municipal en el rubro de derechos, el cual consistirá en un derecho que pagarán las personas físicas turistas que ingresen al municipio como contraprestación por los servicios, bienes y espacios públicos municipales que usan y aprovechan durante su estancia, lo cual resulta proporcional y equitativo. Este nuevo derecho que ahora se propone sea adicionado, únicamente aplicará al turista extranjero, ya que el turista nacional de alguna manera ya contribuye al gasto público municipal al contribuir ante el fisco federal, estatal y municipal de acuerdo con el marco jurídico tributario del país. En tanto que las personas turistas extranjeras, si bien es cierto realizan una derrama económica importante para el municipio, no menos cierto lo es que no contribuyen a los gastos públicos municipales, de ahí que se justifica, es equitativa y proporcional, que paguen una contraprestación por los servicios que reciben o de los que se benefician del municipio durante su visita, enunciativamente mas no limitativamente de aseo público, servicio de agua y alcantarillado, seguridad pública, uso y aprovechamiento de infraestructura y espacios públicos, lo que, actualmente se garantizan de otros rubros de ingresos provenientes de contribuciones pagadas por los vallartenses o provenientes de participaciones federales, no del turismo extranjero. El destino de este derecho será para el mantenimiento y mejoramiento de los espacios públicos municipales destinados a las actividades del turismo, así como para el mejoramiento de los servicios públicos municipales que presta el municipio, principalmente al sector turístico y de manera particular el centro histórico, la franja turística, la zona romántica, la avenida del ingreso, el malecón, así como los proyectos de protección a medio ambiente y los proyectos para la sustentabilidad de la ciudad.” [El subrayado es nuestro] 40. El texto del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta sujeto a control, es el siguiente: “Artículo 80 Bis. - Las personas físicas extranjeras que ingresen al territorio que comprende el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, deberán pagar por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales, una cuota equivalente a 1.25 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización) la cual tendrá una vigencia de 365 días, a partir de la fecha de pago, mismo que será personal e intransferible El importe de la cuota que para este derecho se señala deberá ser cubierto a la Tesorería o Hacienda Municipal, por los medios que por acuerdo del Ayuntamiento se autorice y que se darán a conocer en los términos de Ley. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 53 Estarán exentos del pago de este derecho las niñas y niños extranjeros menores de 14 años de edad, las personas extranjeras con alguna discapacidad, guías de turistas, operadores de tours, personal de aerolíneas, cruceros, trabajadores del ramo turístico, así como las personas extranjeras que cuenten con residencia temporal o permanente en términos de la Ley de Migración. Las personas físicas extranjeras que tributan localmente mediante unidades económicas que generan empleo en el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, podrán solicitar el reembolso de este derecho a la Tesorería Municipal a través de los medios autorizados, hasta por el importe del pago de la cuota.” 41. Como se advierte, el artículo combatido establece una contribución que tiene la naturaleza jurídica de un “derecho” en términos del artículo 5° y 132, 133, 134, 135, 136 y 137 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco17, entendidos estos como las contraprestaciones establecidas en la ley, por los servicios que presta el Municipio en sus funciones de Derecho Público. 42. Ahora, el cobro que prevé está dirigido a las personas físicas extranjeras que ingresen al territorio que comprende el Municipio, “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales”. La cuota que se establece es de 1.25 UMA (unidad de medida y actualización), equivalente a $141.4218 (ciento cuarenta y un pesos 42/100), teniendo una vigencia de trescientos sesenta y cinco días, a partir de la fecha de pago, mismo que será personal e intransferible y que el pago deberá ser cubierto a la Tesorería o Hacienda Municipal. 43. Asimismo, establece que estarán exentos de este derecho las niñas y niños extranjeros menores de catorce años, las personas extranjeras con alguna discapacidad, guías de turistas, operadores de tours, personal de aerolíneas, cruceros, trabajadores del ramo turístico, así como las personas extranjeras que cuenten con residencia temporal o permanente. 44. Finalmente, tratándose de aquellas personas físicas extranjeras que tributan localmente mediante unidades económicas que generan empleo en el municipio, el artículo establece que podrán solicitar el reembolso de este derecho. 45. Ahora bien, la Comisión promovente aduce, entre otros argumentos, que el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, en su porción normativa “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales”, es violatorio de los derechos de seguridad jurídica y legalidad, porque no se advierte cuál es el servicio que efectivamente está prestando el Municipio a las personas sujetas del tributo, siendo que dicha porción normativa combatida es sumamente abierta e indeterminada, puesto que se desconoce cuáles son los servicios, bienes y espacios públicos municipales a los que se refiere la norma sujeta a control. 17 Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco Artículo. 5.- Son Derechos, las contraprestaciones establecidas en la Ley, por los servicios que presten los Municipios en sus funciones de derecho público. (...) TÍTULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 132.- Los ingresos que por concepto de derechos obtenga el Municipio, procederán de la prestación de los siguientes servicios: I. Licencias, permisos y registros; II. Inspección y vigilancia; III. Inspección sanitaria; IV. Aseo público; V. Agua y alcantarillado; VI. Rastro; VII. Registro civil; VIII. Certificaciones; IX. Seguridad pública y tránsito; y X. Derechos no especificados. Artículo 133.- Los derechos por la prestación de servicios que proporcionan las diversas dependencias del Ayuntamiento, se causarán en el momento en que el particular reciba la prestación del servicio o en el momento en que se provoque, por parte del Ayuntamiento, el gasto que deba ser remunerado por aquél, salvo el caso en que la disposición que fije el derecho señale cosa distinta. Artículo 134.- El importe de las tasas o cuotas que para cada derecho señalan las leyes de ingresos municipales, deberán ser cubiertos en la Tesorería Municipal o en el lugar que al efecto señale la misma. Artículo 135.- La dependencia o el servidor público que preste el servicio, por el cual se paguen los derechos, procederá a la realización del mismo, al presentarle el interesado el recibo oficial que acredite su pago ante la Tesorería Municipal; ningún otro comprobante justificará el pago correspondiente. Artículo 136.- El servidor público que preste algún servicio por el que se cause un derecho, en contravención a lo dispuesto en los artículos anteriores, será solidariamente responsable de su pago, sin perjuicio de las sanciones que procedan y la destitución de su cargo, sin responsabilidad para el Ayuntamiento. Artículo 137.- En caso de discrepancia acerca de la procedencia o cuantía del derecho, cuando de su pago dependa la prestación del servicio o el desarrollo de una actividad, la consignación del importe fijado por el Tesorero Municipal, en los términos establecidos por las leyes fiscales, dará lugar a la prestación de dicho servicio o al desarrollo de la actividad. 18 Cálculo efectuado de conformidad con el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que equivale a $113.14, consultable en https://www.inegi.org.mx/temas/uma/ 54 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 46. Este Tribunal Pleno estima que le asiste la razón a la accionante en cuanto a que la disposición analizada es contraria a los derechos de legalidad y seguridad jurídica, reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, ya que efectivamente la norma combatida incurre en una indeterminación que genera incertidumbre a las personas respecto a uno de los elementos que configuran el referido derecho y que es relevante para la cuantificación de éste, es decir, respecto a su hecho imponible o “el hecho” que el legislador local eligió como generador del tributo. Esto, porque causa incertidumbre respecto al tipo de servicio que presta el Estado, así como el tipo de uso o aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales que genera el cobro de la contribución denominada “derecho”. 47. Lo anterior es así, si se tiene en cuenta que dicho elemento del derecho es importante para la cuantificación de la cuota, y que al tratarse de una contraprestación por los servicios que presta el Municipio en su función de Derecho Público, cuya característica principal, es que constituye una actuación individualizada, concreta y determinada, con motivo de una relación singularizada entre el receptor y el ente estatal, lo que justifica su imposición y por ende, se exige que en la misma deba existir un razonable equilibrio entre la cuota y la prestación del servicio. 48. Al respecto, este Alto Tribunal en diversos precedentes como las acciones de inconstitucionalidad 93/202019, 51/202120, 33/202121, 75/202122, 77/202123 y 42/202224 ha sostenido que, para considerar constitucionales las normas que prevén las contribuciones denominadas derechos, las cuotas aplicables deben ser, entre otras cosas, acordes o proporcionales al costo de los servicios prestados y ser iguales para todos aquellos que reciban el mismo servicio. 49. En ese sentido, si la norma combatida prevé un cobro “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales”, sin especificar el tipo de servicio, así como el tipo de uso o aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales a que se refiere, se deja abierta la posibilidad de que sean las autoridades administrativas las que generen la configuración de ese derecho, pudiéndose referir a aquellos servicios o aprovechamientos de bienes o espacios públicos ya contemplados y regulados por las leyes fiscales del municipio, como podrían ser aquellos que no se encuentran regulados y son libres de gravamen.25 50. Lo anterior, sin que pase inadvertido lo señalado en la exposición de motivos, en el sentido de que el pago del referido derecho es por los servicios que prestan a los turistas extranjeros, como lo son, de manera enunciativa mas no limitativa: seguridad pública, salud, aseo público, saneamiento, servicio de agua y alcantarillado, de uso y aprovechamiento de infraestructura y espacios públicos y bienes del dominio público necesarios para satisfacer las necesidades del turista extranjero. 51. Ello, porque como ya se dijo, no queda preciso el objeto del cobro de ese derecho, ya que al tratarse de una contraprestación por los servicios que presta el Municipio en su función de Derecho Público, esta misma debe ser de manera individualizada, concreta, determinada y congruente con el costo que representa para la autoridad el servicio relativo, por lo que la indeterminación en que incurre la norma daría lugar a que por un mismo servicio se contribuya en cantidades diversas, ya que la cuota no puede contener elementos ajenos al servicio prestado. 52. En ese sentido, es evidente que al no especificarse el objeto del derecho que se pretende cobrar en la ley, conlleva la violación al principio de legalidad y, en consecuencia, al derecho de seguridad jurídica de las personas, en tanto que no tienen la certeza sobre el servicio por el que están pagando y que no está identificado por el legislador; por tanto, existe incertidumbre sobre el evento o circunstancia que da origen a la obligación tributaria, por ende imposibilita que los contribuyentes conozcan el objeto sobre el cual deben cumplir la obligación fiscal. 19 Resuelta el 29 de octubre de 2020, por unanimidad de once votos. 20 Resuelta el 4 de octubre de 2021, por mayoría de ocho votos. 21 Resuelta el 7 de octubre de 2021, por unanimidad de diez votos. 22 Resuelta el 18 de noviembre de 2021, por unanimidad de nueve votos. 23 Resuelta el 18 de noviembre de 2021, por mayoría de ocho votos. 24 Resuelta el 24 de octubre de 2022, por unanimidad de once. 25 Estos son entendidos como aquellos servicios y uso o aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales no regulados por la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco y la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco. Por ejemplo, el Malecón y disfrute de sus esculturas y uso del Mirador de la Cruz, entre otras. Las leyes fiscales municipales establecen ingresos, que por concepto de derechos obtiene los municipios. Por la prestación de los siguientes servicios: licencias y permisos de giros y anuncios; registros, inspección y vigilancia; servicio de sanidad; servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición de residuos; de los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de aguas residuales; del rastro; por los servicios que preste el registro civil; por la expedición de certificaciones; de los servicios de catastro; de las licencias de construcción, remodelación, reparación, regularización, ampliación y demolición; seguridad pública y tránsito, y accesorios de los derechos (recargos, multas, honorarios y gastos de ejecución, actualización de derechos y otros no especificados). Sobre los derechos por el uso, aprovechamiento, goce y custodia de bienes de dominio público, son los siguientes: del espacio público; de los estacionamientos; del uso, goce, aprovechamiento o explotación de otros bienes dominio público; de los cementerios de dominio público, y de los derechos no especificados. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 55 53. En otras palabras, la norma controvertida transgrede el principio de legalidad porque no indica mayores directrices para establecer con certeza el hecho imponible del derecho analizado, con relación a los costos que generaría la utilización de los conceptos que se prevén en la norma sujeta a control. Maxime cuando el órgano legislativo debe conceptualizar a qué servicios, bienes y espacios públicos se refiere, para evitar que las personas queden en total desacierto respecto a la contraprestación que tendrían que cubrir a la autoridad exactora. En este sentido, es claro para este Alto Tribunal que la falta de definición del objeto del cobro del derecho en análisis conlleva a la violación del principio de legalidad y seguridad jurídica, por establecer un derecho impreciso, abierto, ambiguo, pues no existen parámetros que nos revelen cual es el objeto que actualiza el tributo, es decir, si se trata de servicios de telefonía, de servicios de transporte, de servicios de luz, de agua, de basura, o bienes de dominio público como museos, monumentos, etcétera, o en que dimensiones podrían ser prestados a las personas extranjeras que se encuentran en territorio municipal. Ni mucho menos se advierte el costo aproximado que representaría para el municipio esas contraprestaciones tan amplias. 54. Al respecto, de manera ilustrativa este Alto Tribunal en diversos precedentes, como en la acción de inconstitucionalidad 47/2019 y su acumulada 49/201926, determinó declarar la invalidez de diversos artículos de leyes de ingresos de diversos municipios del Estado de Morelos, los cuales, entre otros, establecían —en términos generales y sin especificar— el pago de derechos por los servicios prestados en cumplimiento a la ley de información local27. Ello, por la indeterminación en que incurrían, ya que generaban incertidumbre a las personas respecto al tipo de servicio en concreto, puesto que, a juicio de la autoridad municipal, se podría requerir el pago por cualquier motivo, lo cual es excesivo o injustificado, resultando violatorio no solo del principio de gratuidad en su acceso, sino también del principio de legalidad. 55. Así, atendiendo a las consideraciones precisadas, y dado que la indeterminación impacta en la cuantificación del derecho, lo procedente es declarar la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco. 56. Finalmente, dada la conclusión alcanzada, este Pleno no considera necesario analizar el resto de los argumentos esgrimidos en los conceptos de invalidez, ante la declaratoria de invalidez de la norma combatida. Apoya esta determinación el criterio contenido en la jurisprudencia P./J. 37/2004, de rubro: “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. ESTUDIO INNECESARIO DE CONCEPTOS DE INVALIDEZ”. VII. EFECTOS 57. El artículo 73, en relación con los diversos 41, 43, 44 y 45 de la Ley Reglamentaria de la materia, señalan que las sentencias deben contener los alcances y efectos de estas, así como fijar con precisión los órganos obligados a cumplirla, las normas generales respecto de las cuales opere y todos aquellos elementos necesarios para su plena eficacia en el ámbito que corresponda. Además, se debe fijar la fecha a partir de la cual la sentencia producirá sus efectos. 58. Declaratoria de invalidez. En atención a las consideraciones desarrolladas en el apartado precedente, se declara la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco. 59. Fecha a partir de la cual surtirá efectos la declaratoria general de invalidez. Conforme a lo dispuesto por el artículo 45, párrafo primero, de la Ley Reglamentaria de la materia, esta sentencia y la declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la presente ejecutoria al Congreso del Estado de Jalisco. 26 Resuelto en sesión de veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve, bajo la ponencia de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Ubicado en el estudio de fondo, Apartado “OCTAVO. Las normas impugnadas violan los principios de gratuidad en materia de acceso a la información pública, legalidad y proporcionalidad “, subtema 4. Entrega de información por cualquier otro medio o servicio no especificado. foja 69 y 70. 27 Se aprobó por unanimidad de nueve votos de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández separándose de algunas consideraciones, Laynez Potisek en contra de algunas consideraciones, Pérez Dayán y Presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando octavo, denominado “Las normas impugnadas violan los principios de gratuidad en materia de acceso a la información pública, legalidad y proporcionalidad”, en sus partes 1, denominada “Información entregada en medios magnéticos o electrónicos proporcionados por el solicitante”, 2, denominada “Impresión por cada hoja”, 3, denominada “Reproducción de información entregada en medios magnéticos o electrónicos (disco compacto, disco versátil digital y disco de tres y media pulgadas)”, y 4, denominada “Entrega de información por cualquier otro medio o servicio no especificado”, consistentes, respectivamente, en declarar la invalidez de los artículos 27, numeral 4.3.17.02.01.03.000, de la Ley de Ingresos del Municipio de Amacuzac, 11, numerales 4.3.2.5.1.1, 4.3.2.5.1.2 y 4.3.2.5.1.3, y 13, numeral 4.3.4.1.1, de la Ley de Ingresos del Municipio de Atlatlahucan, 22, numerales 4.3.12.1, 4.3.12.2.1.1, 4.3.12.2.1.2 y 4.3.12.2.1.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Axochiapan, 13, numeral 4.3.4.2.1.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuernavaca, 19, numerales 4.3.9.4.2.2 y 4.3.9.4.2.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Huitzilac, 36, numerales 4.3.04.002.01.01, 4.3.04.002.01.02, 4.3.04.002.02.01, 4.3.04.002.02.02 y 4.3.04.002.02.03, de la Ley de Ingresos del Municipio de Jiutepec, 13, fracción II, inciso A), numerales 1, 2 y 3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Miacatlán, 26, fracción II, incisos A), B), C) y D), de la Ley de Ingresos del Municipio de Ocuituco, 46, fracción III, de la Ley de Ingresos del Municipio de Temixco, 22, numerales 4.3.12.1, 4.3.12.2.1.1, 4.3.12.2.1.2, 4.3.12.2.1.3 y 4.3.12.2.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Temoac, 20, numerales 4.4.3.4.1.1.1, 4.4.3.4.1.1.2, 4.4.3.4.1.1.3 y 4.4.3.4.1.1.7, de la Ley de Ingresos del Municipio de Yautepec de Zaragoza, 37, numeral 4.1.4.3.14.2, de la Ley de Ingresos del Municipio de Yecapixtla y 11, numeral 4.3.2.5.1.2, de la Ley de Ingresos del Municipio de Zacatepec, todas del Estado de Morelos, para el ejercicio fiscal 2019, publicadas en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” de dicha entidad federativa el veintinueve de marzo de dos mil diecinueve. Los señores Ministros Piña Hernández y Laynez Potisek anunciaron sendos votos concurrentes. 56 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 60. Exhorto al Poder Legislativo demandado. En virtud de que la declaratoria de invalidez es respecto de una disposición general de vigencia anual, se exhorta al Poder Legislativo del Estado de Jalisco para que, en posteriores medidas legislativas similares a la analizada en esta resolución, en el marco de su libertad configurativa y tomando en cuenta las consideraciones de esta sentencia, se abstenga de incurrir en el mismo vicio de inconstitucionalidad. 61. Notificación. Deberá notificarse la presente sentencia al municipio involucrado, por ser la autoridad encargada de la aplicación de la ley de ingresos cuya disposición fue invalidada. VIII. DECISIÓN 62. Por lo antes expuesto, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve: PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad. SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2025, adicionado mediante el Decreto Número 29826/LXIV/25, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Jalisco, en los términos precisados en el apartado VII de esta determinación. CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Notifíquese mediante oficio a las partes y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido. Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo apartándose de los párrafos del 31 al 36, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, consistente en declarar la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2025. El señor Ministro Espinosa Betanzo anunció voto concurrente. Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VII, relativo a los efectos, consistente en 1) determinar que la declaratoria de invalidez decretada surta a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Jalisco y 3) determinar que deberá notificarse la presente sentencia al municipio involucrado por ser la autoridad encargada de la aplicación de la ley de ingresos cuya disposición fue declarada inválida. Se aprobó por mayoría de siete votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VII, relativo a los efectos, consistente en 2) exhortar al Poder Legislativo del Estado de Jalisco para que, en posteriores medidas legislativas similares a la analizada en esta resolución, en el marco de su libertad configurativa y tomando en cuenta las consideraciones de esta sentencia, se abstenga de incurrir en el mismo vicio de inconstitucionalidad. Las señoras Ministras Esquivel Mossa y Batres Guadarrama votaron en contra. El señor Ministro Presidente Aguilar Ortiz declaró que el asunto se resolvió en los términos propuestos. Firman los Ministros Presidente y Ponente, junto con el Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe. Presidente, Ministro Hugo Aguilar Ortiz.- Firmado electrónicamente.- Ponente, Ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos, Licenciado Rafael Coello Cetina.- Firmado electrónicamente. DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de dieciocho fojas útiles, en las que se cuenta esta certificación, concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente de la sentencia emitida en la acción de inconstitucionalidad 41/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión del primero de diciembre de dos mil veinticinco. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.- Ciudad de México, a dieciséis de febrero de dos mil veintiséis.- Rúbrica. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 57 VOTO CONCURRENTE QUE FORMULA EL MINISTRO IRVING ESPINOSA BETANZO EN LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 41/2025. En sesión de 1 de diciembre, el Tribunal Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad mencionada al rubro. En dicha sesión se determinó por unanimidad de votos declarar la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal 2025; lo anterior, bajo la consideración de que la norma controvertida contempla el cobro de derechos a personas físicas extranjeras que ingresen al territorio municipal por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales, lo cual atenta contra el principio de legalidad y seguridad jurídica, al no establecer con precisión cual es el servicio en específico que se otorga a las personas, pues no se precisa la causa que genera el cobro, por lo que la falta de definición conlleva a la incertidumbre jurídica al no establecer los parámetros que revelen cual es el objeto que actualiza el tributo. Si bien voté a favor de la propuesta, considero pertinente manifestar que me aparto de la metodología adoptada en relación con el parámetro de regularidad constitucional establecida en los párrafos 32 a 36. Coincido con las consideraciones del proyecto, donde en esencia se resuelve que la norma impugnada es inconstitucional, por prever un cobro “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales”, sin especificar el tipo de servicio, así como el tipo de uso o aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales a que se refiere, dejando con ello, abierta la posibilidad de que sean las autoridades administrativas las que generen la configuración de ese derecho. No obstante, esa inconstitucionalidad, a mi juicio, se actualiza por contravenir el principio de legalidad tributaria, el cual exige que mediante un acto formal y materialmente legislativo se establezcan todos los elementos para realizar el cálculo de una contribución, fijándolos con la precisión necesaria a fin de que: 1) Se impida el comportamiento arbitrario o caprichoso de las autoridades que directa o indirectamente participen en su recaudación y; 2) Se genere certidumbre al gobernado sobre qué hecho o circunstancia se encuentra gravado; cómo se calculará la base del tributo; qué tasa o tarifa debe aplicarse; cómo, cuándo y dónde se realizará el entero respectivo y, en fin, todo aquello que le permita conocer qué cargas tributarias le corresponden en virtud de la situación jurídica en que se encuentra o pretenda ubicarse. Consecuencia de lo anterior, aunque comparto el sentido del proyecto, me aparto de las consideraciones que se sustentan en los párrafos 32 a 36, en tanto que al tratarse de contribuciones -derechos- su regularidad constitucional debió ser analizada a la luz del principio de legalidad tributaria consagrado en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal. Ministro, Irving Espinosa Betanzo.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos, Lic. Rafael Coello Cetina.- Firmado electrónicamente. DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de dos fojas útiles, en las que se cuenta esta certificación, cuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente del voto concurrente que formula el señor Ministro Irving Espinosa Betanzo, en relación con la sentencia del primero de diciembre de dos mil veinticinco, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad 41/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.- Ciudad de México, a dieciséis de febrero de dos mil veintiséis.- Rúbrica. 58 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.9218 M.N. (diecisiete pesos con nueve mil doscientos dieciocho diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente, Ciudad de México, a 13 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Luis Manuel Rivas Gómez.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González Olivo.- Rúbrica.- Subgerente de Análisis de Mercados, Lic. María Fernanda Baqueiro Castillo.- Rúbrica. TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2282%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2711%; y a plazo de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3336%. Ciudad de México, a 13 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Luis Manuel Rivas Gómez.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González Olivo.- Rúbrica.- Subgerente de Análisis de Mercados, Lic. María Fernanda Baqueiro Castillo.- Rúbrica. TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 6.97 por ciento. Ciudad de México, a 12 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Luis Manuel Rivas Gómez.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González Olivo.- Rúbrica.- Subgerente de Análisis de Mercados, Lic. María Fernanda Baqueiro Castillo.- Rúbrica. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 59 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA ENCADENAMIENTO de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al mes de febrero de 2026. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Estadística y Geografía. ENCADENAMIENTO DE PRODUCTOS DEL INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR, CORRESPONDIENTE AL MES DE FEBRERO DE 2026. Al respecto, hago de su conocimiento que de conformidad con los artículos 59 fracción III, inciso a) de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de la Federación, y 29 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y tomando en cuenta el cierre o ampliación de fuentes de información y la desaparición o ampliación de marcas, modelos, presentaciones o modalidades, este Instituto ha resuelto encadenar los productos y servicios cuyas claves de identificación y especificación se encuentran indicadas en el anexo de la presente publicación. Ha de señalarse que en los nuevos artículos se da a conocer el precio correspondiente al cierre del mes de febrero de 2026 como precio de referencia. Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía: Director General Adjunto de Índices de Precios, Lic. Jorge Alberto Reyes Moreno.- Rúbrica. ANEXO INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR ENCADENAMIENTOS Precio Clave Nueva especificación Promedio ($) Unidad Causa de sustitución Febrero 2026 01 003004 BIMBO, DE TRIGO, MULTIGRANO, LINAZA, C/5 BARRAS, CAJA DE 16 318.13 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 004028 GAMESA, DULCES, EMPERADOR, DE VAINILLA, CAJA DE 382 G 175.13 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 012013 BIMBO, PAN DULCE, DONAS AZUCARADAS, C/4 PZAS, PAQ DE 105 G 209.52 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 015018 TIA ROSA, TORTILLINAS, C/15 PZAS, BOLSA DE 382.5 G 78.43 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 018151 MP, COSTILLA, AGUJAS, A GRANEL 139.00 KG CAMBIO DE MARCA 01 023024 FUD, DE PAVO, PAQ DE 266 G 105.26 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 029001 SUNNY SEA, EN CONSERVA, OSTIONES, LATA DE 85 G 854.12 KG CAMBIO DE MARCA 01 032006 NESTLE, DESLACTOSADA, 1-3 AÑOS, LATA DE 1500 G 231.68 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 036006 CAPERUCITA, AMERICANO, PAQ DE 140 G 242.14 KG CAMBIO DE MARCA 01 040004 MI CAPRICHO, AÑEJO, COTIJA, PAQ DE 250 G 319.60 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 058023 LOMA VERDE, EN ALMIBAR, DURAZNOS EN MITADES, LATA DE 820 G 73.17 KG CAMBIO DE MARCA 01 060050 ITALIANA, A GRANEL 20.25 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 064002 VERDE VALLE, ANCHO, BOLSA DE 75 G 552.00 KG CAMBIO DE MARCA 01 071057 LECHUGA, ROMANA, POR PZA 22.50 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 080026 AJO, A GRANEL 132.50 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 090007 GERBER, PAPILLA, +12 MESES, COLADO, BOLSA DE 110 G 177.27 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 091007 FRENCH´S, MOSTAZA, CLASSIC, FCO DE 226 G 124.23 KG CAMBIO DE MARCA 01 098009 MCCORMICK, DESHIDRATADO, MANZANILLA, C/25 SOBRES, CAJA DE 30 23.10 CAJA CAMBIO DE MARCA 01 100022 MANZANITA SOL, REFRESCO, SABOR, MANZANA, BOTELLA DE 600 ML 26.67 LT CAMBIO DE MARCA 01 100045 COCA-COLA, REFRESCO, COLA, BOTELLA DE 1350 ML 22.22 LT CAMBIO DE PRESENTACION 01 102013 TANG, POLVO, SABOR NARANJA, SOBRE DE 13 G 7.00 SOBRE CAMBIO DE PRESENTACION 01 107009 LAGAR DE PROVENTUS, BLANCO, ALBARIÑO, BOTELLA DE 750 ML 818.43 LT CAMBIO DE MARCA 01 110008 LPC COLLECTION, BLUSA, 63% POLIESTER - 33% ALGODON - 4% ELA 649.00 PZA NUEVO MODELO 01 111026 FRUIT OF THE LOOM, TINES, PAQ DE 7 PARES, 97% POLIESTER - 3% 124.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 01 113008 CCP, TINES, PAQ DE 5 PARES, 70.4% ALGODON - 26.4% POLIESTER - 149.00 PAQ NUEVO MODELO 01 116003 MANGO MAN, PANTALON, 66% POLIESTER - 28% VISCOSA - 6% ELASTA 1999.00 PZA NUEVO MODELO 01 116012 CHEROKEE, PANTALON, 81% ALGODON - 17% POLIESTER - 2% ELASTANO 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 118008 LEVI´S, PANTALON, 58% ALGODON - 21% VISCOSA - 20% POLIESTER 629.00 PZA NUEVO MODELO 01 118012 CATAMARAN, PANTALON, 64% ALGODON - 30% POLIESTER - 6% ELASTA 699.00 PZA NUEVO MODELO 01 119002 VITOS, CHALECO, 100% ACRILICO 999.00 PZA NUEVO MODELO 01 119115 NITRO, SUDADERA, 100% POLIESTER 279.90 PZA NUEVO MODELO 01 119122 JULIO, CHAMARRA, 84% POLIESTER - 11% ELASTANO - 5% VISCOSA 2799.00 PZA NUEVO MODELO 01 119123 MXSTAZA, CHAMARRA, 100% POLIURETANO 449.90 PZA NUEVO MODELO 01 119137 CONTEMPO, CHAMARRA, 100% ALGODON 899.00 PZA NUEVO MODELO 01 119140 SIMORRA, SUETER, 75% ALGODON - 25% POLIESTER 1990.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 119173 REFILL, CHAMARRA, 77% ALGODON - 22% POLIESTER - 1% ELASTANO 449.00 PZA NUEVO MODELO 01 119188 CUIDADO CON EL PERRO MP, SUDADERA, 80% ALGODON - 20% POLIEST 449.00 PZA NUEVO MODELO 01 119199 CAT, CHAMARRA, 100% POLIESTER 1099.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 119214 REFILL, SUDADERA, 100% POLIESTER 399.00 PZA NUEVO MODELO 01 119270 NEXT AND CO, CHAMARRA, 100% POLIESTER 489.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 119284 CORINA, SUETER, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 130.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 01 120023 ZAGA, BOXER, PAQ DE 3 PZAS, 100% ALGODON 229.00 PAQ NUEVO MODELO 01 121018 ILUSION, BRASIER, 85% POLIAMIDA - 15% ELASTANO 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 121032 TANIA, BRASIER, 83% POLIESTER - 17% ELASTANO 450.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 122007 REFILL, P/NIÑO, TRUSA, PAQ DE 4 PZAS, 100% ALGODON 149.00 PAQ NUEVO MODELO 01 122059 BASIC CONCEPT, P/NIÑA, TOP BRASSIER, 100% POLIESTER 229.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 122101 HANES, P/NIÑO, BOXER TIPO TRUSA, PAQ DE 2, 100% ALGODON 149.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 01 123064 FANTASTIC, PANTALON, 98% ALGODON - 2% ELASTANO 179.90 PZA NUEVO MODELO 01 126006 VITOS, FALDA, 95% RAYON - 5% SPANDEX 840.65 PZA CAMBIO DE MARCA 01 126013 DUPLAN, SACO, 63% POLIESTER - 32% ELASTANO - 5% SPANDEX 1199.00 PZA NUEVO MODELO 01 126018 CHEROKEE, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 126023 FOLEY´S, FALDA, 100% POLIESTER 999.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 126025 CHARME, VESTIDO, 100% POLIESTER 1999.00 PZA CAMBIO DE MARCA 60 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 01 127012 THAT´S IT, FALDA, 100% VISCOSA 599.00 PZA NUEVO MODELO 01 128016 WEEKEND, PIJAMA, 100% VISCOSA 449.00 PZA NUEVO MODELO 01 128024 EVERLAST, PANTS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 128028 PUMA, PANTS, 65% POLIESTER - 16% LYOCELL - 13% POLIESTER - 6 1499.00 JGO CAMBIO DE MARCA 01 128033 CALVIN KLEIN, PIJAMA, 100% ALGODON 1479.08 PZA CAMBIO DE MARCA 01 128070 MOSSIMO, PANTS, 60% ALGODON - 40% POLIESTER 549.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 128074 LEFTIES MP, PIJAMA, 2 PZAS, 100% - ALGODON 349.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 128149 SPRINT, PANTS, 91% POLIESTER - 7% ELASTANO - 2% ELASTODIENO 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 129015 BEAUTY SECRET, PIJAMA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 279.00 PZA NUEVO MODELO 01 129021 LIFE STYLER, PIJAMA, 100% ALGODON 849.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 129024 MON AMOUR, PIJAMA, 100% ALGODON 229.90 PZA NUEVO MODELO 01 129071 NATALY PRIME, PANTS, 100% POLIESTER 260.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 129086 REFILL, PANTS, 82% POLIESTER - 13% VISCOSA - 5% ELASTANO 329.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 01 129121 LIFE STYLER, PIJAMA, 2 PZAS, 50% - ALGODON - 50% POLIESTER 899.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 129129 MAREL, PIJAMA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON 150.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 01 133010 FLEXI, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 1034.10 PAR NUEVO MODELO 01 135004 FLEXI, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1148.03 PAR NUEVO MODELO 01 135005 NINE WEST, ZAPATILLAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 1999.00 PAR NUEVO MODELO 01 136002 ELEFANTE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 832.15 PAR NUEVO MODELO 01 136012 COQUETA, ZAPATOS, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA 669.90 PAR NUEVO MODELO 01 136014 AUDAZ, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 524.00 PAR NUEVO MODELO 01 136021 GRAFITO, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 349.00 PAR NUEVO MODELO 01 137006 REEBOK, P/ADULTO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1199.00 PAR CAMBIO DE MARCA 01 137053 CHARLY, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 799.00 PAR CAMBIO DE MARCA 01 145003 PRECIO POR KG 18.87 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 145012 PRECIO POR KG 18.87 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 145049 PRECIO POR KG 18.87 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 147001 DINASTY, MATRIMONIAL, MOD AMERICA 18729.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 147010 CLASSIC, MATRIMONIAL, MOD 465615 4999.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 148006 RIVET, COMEDOR, 4 PZAS (4 SILLAS MILAN) 11990.00 JGO NUEVO MODELO 01 149003 LIBRERO, DE PARED, DE 60 X 40 X 190 CM, MOD MENARA 21490.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 149096 LOTTUS, SILLA, DE VINIPIEL, PATAS DE ACERO, CREMA, MOD ARGOS 2886.68 PZA CAMBIO DE MARCA 01 153006 HOMAGE, COLCHA, MAT, 100% POLIESTER, MOD 5013102521 999.00 PZA NUEVO MODELO 01 153022 LAURA ASHLEY, COLCHA, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD MADELEIN 2249.10 JGO CAMBIO DE MARCA 01 155049 SORRENTO, CORTINAS, TELA, 100% POLIESTER, 280 CM DE ANCHO 69.99 MT CAMBIO DE MARCA 01 157016 KOBLENZ, ASPIRADORA, MULTIUSOS, MOD WD-354 K2 990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 157035 KOBLENZ, ASPIRADORA, ALPHA, MOD KC-150 2590.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 157037 KOBLENZ, ASPIRADORA, MULTIUSOS, 5 GAL, MOD WD-5L2 1295.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 157045 MIDEA, HORNO ELECTRICO, DE 12 LT, MOD MMTB12MS2B 790.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 158006 MABE, 6 QUEM, 3 PARRILLAS DE HIERRO FUNDIDO, MOD EM7657CFISO 13999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 158014 MABE, 6 QUEM, 30”, CAPELO, MOD 7659CF152 SILVER 10995.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 159006 MIDEA, 0.7 PIES, CONTROL TOUCH, 6 PROGRAMAS, MOD MMDT07S2WB 3285.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 159008 SAMSUNG, 1.05 PIES, CROMADO, MOD 3-13634-M540-0-55 4899.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 160004 MABE, LAVADORA, 22 KG, AUT, 11 PROG ACERO MOD LMA72215WBABI 13529.18 UNIDAD NUEVO MODELO 01 161001 LG, 14 PIES, TOP MOUNT, MOD VT40BJM 17999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 164005 T-FAL, VAPOR C/ROCIO, SUELA CERAMICA, MOD FV2C80UO 1099.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 169001 MASTER CRAFF, LED, LUZ FRIA, DE 20 WATTS - 125 WATTS 74.90 PZA NUEVO MODELO 01 170057 HYPER TOUGH, ACCESORIOS, EXTENSION ELECTRICA, 5 MTS, 127 VOL 125.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 170059 IUSA, ACCESORIOS, EXTENSION, PZA DE 5 MT 92.00 PZA NUEVO MODELO 01 176019 ARIEL, EN POLVO, LIMPIEZA PROFUNDA, BOLSA DE 800 G 53.75 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 179001 BAYGON, INSECTICIDA, AEROSOL, PODER MORTAL, BOTE DE 400 ML 84.50 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 01 198008 FRECUENT, LENTES, DE CONTACTO, BLANDOS, MOD ALL DAY PLUS 1069.00 PAR NUEVO MODELO 01 201006 GINECOLOGO, HONORARIOS MEDICOS, PARTO NORMAL 18000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 01 203004 PARTO NORMAL, PARTICULAR, INCLUYE 1 NOCHE 30000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 01 206037 COMPACTO 361300.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206044 USOS MULTIPLES 1011900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206045 DE LUJO 899900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206048 USOS MULTIPLES 1340900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206049 DE LUJO 969900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206050 USOS MULTIPLES 799900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206052 DE LUJO 999900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206054 USOS MULTIPLES 892790.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206062 USOS MULTIPLES 559900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 207002 YAMAHA, URBANA, STREET, 5 VEL, MOD FZ-S 4.0 FI ABS, 2026 67999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 208015 BLITZ, INFANTILES, R-16, MOD REBEL MTB/BMX 2313.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 208016 HERVY DUTY, DE CARRERA, R-24, MTB, MOD BIC007 3399.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 208018 TREK, DE CARRERA, MOD MARLIN-6 2026 25999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 208023 TURBO, INFANTILES, R-20, MOD SIERRA SLITE-0000-26 8499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 209007 LTH, 42R, 12 V, MOD L-42R-500 2960.00 PZA NUEVO MODELO 01 222002 PRIMERA CLASE 824.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 223005 HUIPULCO - SANTO TOMAS AJUSCO, PRIMEROS 5 KM 8.50 VIAJE CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 223006 METRO CONSTITUCION - EJERCITO DE OTE, TARIFA UNICA 2.00 VIAJE CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 224005 MICROBUS, METRO TAXQUEÑA - STA CRUZ MEYEHUALCO, PR 7.50 VIAJE CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 224012 METRO GRAL ANAYA - MIXQUIC, MAS DE 12 KM 9.50 VIAJE CAMBIO DE MODALIDAD 01 225013 UBER, PRIVADO, PLAZA JUAREZ - PLAZA VAQUERITOS 227.45 VIAJE CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 230006 DAEWOO, ACCESORIOS, BOCINA, 2 X 6.5”, MOD DW1987 1399.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 230016 ROKU, VIDEO, DISP. P/STREAMING, MOD STICK PLUS 4K 1049.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 230021 J LAB, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD NEON 990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 230025 ROKU, VIDEO, DISP. P/STREAMING, STICK 4K, MOD ROK3820MX 1711.87 UNIDAD NUEVO MODELO 01 230043 LG, AUDIO, TEATRO EN CASA, DOLBY ATMOS 2.0, MOD S20A 2277.12 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 231001 HISENSE, 43”, PANTALLA QLED, SMART TV C/ALEXA, MOD QD6 9060.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 231008 SAMSUNG, 43”, SMART TV, CRYSTAL UHD, 4K, MOD UN43U8200FFXZX 8499.15 UNIDAD NUEVO MODELO 01 231012 HISENSE, 65”, 4K, ULED, MOD U7QG PRO 33999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 231031 LG, 55”, UHD, 4K, MOD 55UA 7500PSA4K 8495.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 231033 SAMSUNG, 65”, PANT PLANA, SMART TV, CRYSTAL, MOD UN65U8000F 11999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 238048 DJI, DRONE, CAMARA 4K, 19 MTS DE VUELO, MOD NEO 2 6749.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 238053 CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, REFLEX, LENTE18-55M MOD EOS R17 11499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 239001 EA, VIDEOJUEGO, NINTENDO SWITCH, SPORTS FC 26 1281.55 PZA CAMBIO DE MARCA 01 240005 EOLO TOYS, JUGUETE, PELUCHE HINCHABLE, MOD SPIDERMAN 449.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 242012 RUMING, ARTIFICIALES, FLORES, ORQUIDEA 58 CM 1399.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 01 245009 GIMNASIO, INDIVIDUAL, PASE POR DIA 149.00 CUOTA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 246028 ACT RECR, PARQUE DE DIV, AZTLAN PLUS, ACCESO ILIMITADO 600.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 247057 YAMAHA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, CLASICA, MOD C40 3610.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 247065 DREAMTECH, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ELECTRICA, MOD DT-GE01 3999.00 PZA NUEVO MODELO 01 253022 ERES, REVISTA, MENSUAL, ED TELEVISA 85.00 EJEMPL CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 254036 BIC, BOLIGRAFO, PUNTO FINO, PAQ C/4 PZAS, MOD CRISTAL 31.60 PAQ CAMBIO DE MARCA 01 255020 MAZATLAN, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS 9809.38 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 272002 CONAIR, ALACIADORA, CERAMICA Y MACADAMIA, MOD CS44ROES 699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 272007 REMINGTON, ALACIADORA, TRIPLE INFUSION, MOD 57740 1049.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 276012 NIVEA, AEROSOL, MEN, BLACK & WHITE, PZA DE 50 G 85.19 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 01 286011 TINTE, BALAYAJE, CORTO CARAMELO 2580.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 286012 PEDICURE, PROFUNDO 295.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 61 01 287004 CASIO, RELOJ, P/HOMBRE, VINTAGE, MOD LA680WGA-9VT 1449.00 PZA NUEVO MODELO 01 287026 JOYERIA, DIJE, MEDALLA ANGEL, ORO 14 K, CAV1274-DN 2849.85 PZA NUEVO MODELO 01 287029 JOYERIA, ANILLO, PARA DAMA, ORO 14 K ITA-069AN8 5200 4000.02 PZA NUEVO MODELO 01 288011 3 STIYK, BOLSA, DAMA, 100% VINIL, MOD 104696 899.00 PZA NUEVO MODELO 01 288028 EVEREST, MOCHILA, 100% POLIESTER, MOD 2045CR-AQ 219.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 288040 NINE WEST, BOLSA, 100% SINTETICO, MOD MARY MINI NGX148270 1699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 288044 H&CO, BOLSA, 100%, SINTETICA, NEGRO, MOD 7916 1599.00 PZA NUEVO MODELO 01 288051 HUSER, BOLSA, 100% POLIURETANO, MOD BOVOL05 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 288077 ROYAL SWISS, MOCHILA, ESCOLAR, MOD RSX00146 499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 02 084018 SKITTLES, DULCES, CARAMELOS, ORIGINAL, BOLSA DE 97.4 G 440.97 KG CAMBIO DE PRESENTACION 02 086007 MAGNUM, PALETA, MINI CLASICA, VAINILLA, PAQ DE 6 PZAS 330 ML 521.21 LT CAMBIO DE MARCA 02 099001 BE LIGHT, SABORIZADA, JAMAICA, BOTELLA DE 1.5 L (1500 ML) 14.33 LT CAMBIO DE MARCA 02 109001 L&M, C/FILTRO, ROJOS, CAJETILLA DE 25 PZAS 84.00 CAJETI CAMBIO DE MARCA 02 112008 OPTIMA MP, CALCETAS P/HOMBRE, PAQ DE 3 PARES, 75% ALGODON - 79.90 PAQ NUEVO MODELO 02 113010 BABY CREYSI, CALCETINES, PAQ DE 2 PARES, 83% ALGODON - 15.5% 129.00 PAQ NUEVO MODELO 02 122006 CALVIN KLEIN, P/NIÑO, TRUSA, PAQ DE 3 PZAS, 95% ALGODON - 5% 439.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 02 156003 HISENSE, MINISPLIT, 18000 BTUS, 220V, MOD ARU122VQW 15399.30 UNIDAD NUEVO MODELO 02 157002 PROELITE, ASPIRADORA, 12 V, MOD NM-CV201 384.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 02 158003 IEM, 4 QUEM, MOD EI5020BAPS1 4171.00 UNIDAD NUEVO MODELO 02 160002 MABE, LAVASECADORA, CTRO DE LAVADO, 24 KG, MOD MCL2440PSDG0 26499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 02 160009 ZMARTECH, LAVADORA, 18 KG, SEMIAUTOMATICA, MOD BWM180ZTON 4740.00 UNIDAD NUEVO MODELO 02 160011 HISENSE, LAVASECADORA, 16/10 KG, MOD WD5S1645BT 10998.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 02 161006 LG, 9 PIES, 2 PTAS, MOD GT32BP 8903.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 02 207004 ITALIKA, SCOOTER, WS150 SPORT, MOD 2026 25999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 02 208007 BENOTTO MP, DE MONTAÑA, R-29, 7 VEL, MOD IGNITION 5590.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 02 222009 PAQUETERIA 1122.00 SERV CAMBIO DE MARCA 02 231001 PHILIPS, 40”, LED FHD, MOD 40PFL6654 4490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 02 236003 SKY, TV DE PAGA, PREPAGO 269.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 02 238016 STEREN, CAMARA DE VIDEO, VIGILANCIA, 3 MP, MOD CCTV-219 999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 02 246001 CTRO NOCT, BEBIDA, WHISKY, BUCHANAN´S MASTER, COPA 220.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 02 254008 DIXON, LAPIZ, TICONDEROGA, NO 3, CAJA DE 12 PZAS 59.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 02 262003 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 20490.00 COSTO/ CAMBIO DE MODALIDAD 02 276003 DOVE, BARRA, MEN +CARE, ENERGY BOOST, PZA DE 45 G 79.70 PZA CAMBIO DE MARCA 03 002005 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHURRUMAIS FLAMIN, BOLSA 65 GR 261.54 KG CAMBIO DE PRESENTACION 03 032002 ALPURA, ENTERA, BOLSA DE 460 GR 203.15 KG CAMBIO DE MARCA 03 042003 NUTRIOLI, ACEITE, SOYA, BOTELLA DE 800 ML 47.63 LT CAMBIO DE PRESENTACION 03 058003 CORINA, EN ALMIBAR, DURAZNOS, MITADES, LATA DE 820 GR 60.00 KG CAMBIO DE MARCA 03 059009 VALLEY FOODS, O/FRUTAS, TAMARINDO, BOLSA DE 350 GR 156.86 KG CAMBIO DE MARCA 03 083002 BATICHOCO, EN POLVO, PAQ DE 350 GR 117.14 KG CAMBIO DE PRESENTACION 03 105005 SAUZA, REPOSADO, BOTELLA DE 1 L 335.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 03 118002 WEEKEND, PANTALON, 100% ALGODON 299.00 PZA NUEVO MODELO 03 118003 LEVIS, PANTALON, 98% ALGODON - 2% POLIESTER 599.00 PZA NUEVO MODELO 03 121013 OYSHO MP, PANTALETA, 3 PZAS, 95% ALGODON - 5% ELASTANO 599.00 PAQ NUEVO MODELO 03 135001 FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1199.00 PAR NUEVO MODELO 03 141001 CUOTAS DE VIGILANCIA, SERVICIO DE 40 HRS, COSTO MENSUAL 23644.63 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 03 147004 AMERICA, MATRIMONIAL, MOD IMPERIAL 5905.02 PZA NUEVO MODELO 03 148005 COMEDOR, 7 PZAS, (M-6S), MOD MARBELLA 15947.01 JGO CAMBIO DE MARCA 03 150001 MOBI, ALACENA, 2 CAJONES, 5 PUERTAS, MOD ROMA 5999.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 158001 KOBLENZ, 6 QUEM, 30”, VALLADOLID, GRIS, MOD EKE-505FINN 10690.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 163002 FLAVORSTONE, 3 VEL, VASO CRISTAL, MOD 137105 1399.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 03 165003 SM, CUCHARA, DE PELTRE, 36 CM, AZUL 25.00 PZA NUEVO MODELO 03 183008 SERV DOM, ASEO GRAL, 2 DIAS, PAGO SEMANAL 600.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 03 201003 GINECOLOGO, HONORARIOS, CESAREA, SALA ESTANDAR 23000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 03 207006 ITALIKA, URBANA, 149 CC, BLANCA, GPS, MOD DM150 2026 27999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 230004 SONY, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD MDR-ZX110 399.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 03 230010 DAEWOO, AUDIO, TEATRO EN CASA, BARRA DE SONIDO, MOD DW3280S 1649.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 231002 SAMSUNG, 50”, PANTALLA, CRYSTAL UHD 4K, MOD UN50U800F 8490.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 234001 MEGACABLE, INTERNET, 200 MEGAS, TV, TELEFONIA, DOMICILIADO 630.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 03 238001 DREAMTECH, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD CAM4K 1599.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 257004 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 2940.42 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 03 261004 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 2436.67 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 03 279001 GILLETTE, RASTRILLO, VENUS, PAQ DE 2 PZAS, EXTRASUAVE 126.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 03 287002 SAHARA, RELOJ, P/MUJER, MOD 737275 689.00 PZA CAMBIO DE MARCA 03 289001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1791.67 COST/M CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 008003 BOLILLO, FLEYMAN, ALMAGUER, POR PZA 10.90 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 04 032009 NESTLE, ENTERA, EN POLVO, BOLSA 460 GR 144.56 KG CAMBIO DE PRESENTACION 04 038005 FUD, MANCHEGO, 10 PZAS, DE 180 GR 223.89 KG CAMBIO DE MARCA 04 084007 BREMEN, CHOCOLATE, TABLETAS CHOCOLATE, CAJA CON 240 GR 491.67 KG CAMBIO DE MARCA 04 095003 CLAMATO, DE VERDURAS, TOMATE, CUBANO, BOTELLA DE 473 ML 61.79 LT CAMBIO DE MARCA 04 103003 DON PEDRO, RESERVA, BOTELLA DE 750 ML 273.33 LT CAMBIO DE PRESENTACION 04 117010 BERSHKA, PANTALON, 100% ALGODON, MOD MOM 549.00 PZA NUEVO MODELO 04 121007 OYSHO MP, PANTALETA, FORRO ALGODON, CUERPO 62% POLIAMIDA, 38% 799.00 PZA NUEVO MODELO 04 123009 MP, MAMELUCO, 100% ALGODON, MOD BBY 149.00 PZA NUEVO MODELO 04 128005 JERA MODA, PANTS, 95% POLIESTER - 5% SPANDEX, UNITALLA 120.00 PZA CAMBIO DE MARCA 04 135001 FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA, MOD 25913 1149.00 PAR NUEVO MODELO 04 148006 COMEDOR, MODELO NICKEL 4 SILLAS GRIS ZAZ 7539.00 JGO NUEVO MODELO 04 150006 MABE, CAMPANA EXTRACTORA, 80 CM ACERO INOX, MOD CM80I 2669.00 PZA NUEVO MODELO 04 151004 ARTEX, BASE P/COLCHON, KING SIZE, PINO SUPREMO, MOD EVORA 14309.09 PZA NUEVO MODELO 04 158002 KOBLENZ, 6 QUEM, CREMA CUR, GRIS CON NEGRO 8940.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 160005 SAMSUNG, LAVADORA, 20 KG, GRIS, MOD 7720 SG TC 10240.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 160007 LG, LAVADORA, INVERTER CARGA SUP 23KG, MOD WT23PBTX6A 14999.40 UNIDAD NUEVO MODELO 04 162014 TAURUS, CAFETERA, MOD VELVETCOFFEE 549.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 164002 DAEWOO, MOD DSI-9202 499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 168007 TOP CHOICE, CESTO, DE ROPA MOD RSXXI 1764-67 179.00 PZA NUEVO MODELO 04 173006 CLOROX, CLORO, BOTELLA DE 930 ML 18.17 LT CAMBIO DE PRESENTACION 04 183012 SERV DOM, ASEO GRAL, PAGO SEMANAL, ENTRADA POR SALIDA 1500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 196016 PIRIMIR, O/MED, UROL, 24 TABLETAS, 100 MG LAB SANFER 266.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 04 196024 EVRA, ANTICONCEP, CAJA CON 3 PARCHES, 6.00 MG, GEDEON RICHTE 483.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 04 201003 GINECOLOGO, PARTO NORMAL 12000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 04 207005 VENTO, URBANA, MOD 2026, RYDER 5.0, 190 CC, C/MALETERO 20999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 04 207007 TVS, URBANA, MOD 2026, 225 CC, FULL LED, FRENOS ABS 59990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 216013 AFINACION, SERV BASICO, 4 CILINDROS, MOD VERSA 2019 2200.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 216014 CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO, 4 LTS ACEITE, MOD VERSA 2019 925.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 216015 AJUSTE DE FRENOS, DELANTEROS, NISSAN NP300, MOD 2017 1500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 216016 CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO, 5 LT SINTETICO, NISSAN NP300 1500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 217002 REP DE MOTOR, GENERAL, NISSAN NP300, MOD 2017 3500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 230007 ALIENPRO, ACCESORIOS, BOCINA, POLAR NEGRO, 40000 W, 6.5 PULG 2799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 231009 LG, 55”, LED, SMART TV, 4K, MOD 55UA8000 8749.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 241004 VOIT, EQ Y ACC, GUANTES, PARA PORTERO 259.00 PAR CAMBIO DE MARCA 04 241007 WILSON, EQ Y ACC, RAQUETA, RAQUETA, TENIS-WR118410H 899.00 PZA NUEVO MODELO 04 241009 WILSON, EQ Y ACC, PELOTA, TENIS CAJA CARTON C/3 179.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 04 241017 PUMA, CALZADO, P/CORRER, MOD FLYER LITE 1099.00 PAR NUEVO MODELO 62 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 04 241018 CAPELLI SPORT, EQ Y ACC, PELOTA, DE EJERCICIOS 75 CM 449.00 PZA CAMBIO DE MARCA 04 242005 NATURALES, PLANTA, PANDURATA 1.74, 201064 1255.00 PZA NUEVO MODELO 04 246007 ACT RECR, BILLAR, POR HORA 150.00 HORA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 246008 ACT RECR, BOLICHE, POR HORA, 6 PX MAX, SIN ZAPATOS 640.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 247025 WALT DISNEY RECORDS, DESCARGA DE AUDIO, MUSICA, DUMBO, SOUND 150.00 SERV CAMBIO DE MARCA 04 250022 SALON DE FIESTAS, PAQ INFANTIL, 5HR, 80/PERS, NIÑERA 8500.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 04 250027 SALON DE FIESTAS, P/70 PER, 5 HR, MOBILIARIO, BRINCOLIN 3000.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 266004 RED BARON, CONGELADA, PEPERONI, PAQ DE 583 GR 170.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 04 269002 FRIJOLES, 500 GR 100.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 04 272010 DOSETTI, ALACIADORA, CERAMICA, MOD HP8023 499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 274001 ARM & HAMMER, CREMA DENTAL, COMPLETE CARE, TUBO DE 121 GR 759.50 KG CAMBIO DE PRESENTACION 04 276004 SPEED STICK, ROLL ON, BOTE DE 30 ML 30.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 04 281005 PRECISSIMO, PAPEL HIGIENICO, PAQ DE 4, DE 270 HOJAS DOBLES 18.90 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 04 288022 STARTRAVEL, MALETA, 20 PULGADAS, VERDE 1399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 04 288024 CHAMPION, MOCHILA, SB5013095860, NEGRA 499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 04 288025 PARK HANDBAGS, BOLSA, MOD SL616135 449.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 001002 VERDE VALLE, BLANCO, SUPER EXTRA, EXTRA, BOLSA DE 750 G 40.40 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 005003 LA PERLA, DE TRIGO, PAQ DE 907 G 22.05 KG CAMBIO DE MARCA 05 009003 BIMBO, P/HOT DOG, MEDIAS NOCHES, BOLSA DE 340 G 140.88 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 011002 FLOR DE PASTA, CONCHAS, BOLSA DE 200 G 30.00 KG CAMBIO DE MARCA 05 021001 ZWAN, DE PAVO, VIRGINIA, PREMIUM, PAQ DE 250 G 198.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 033012 MP, EVAPORADA, BOTE DE 250 ML 60.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 040001 MP, O/QUESOS, GOUDA, PAQ DE 600 G 220.00 KG CAMBIO DE MARCA 05 077001 LA COSTEÑA, ENVASADAS, CHICHAROS, LATA DE 220 G 54.55 KG CAMBIO DE MARCA 05 084020 KRANKY, CHOCOLATE, HOJUELAS DE MAIZ, BOLSA DE 53 G 377.36 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 090005 ENFAMIL, MATERNIZADA, CONFORT PRO, 0-12 MESES, LATA DE 800 G 948.75 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 099008 E PURA, NATURAL, BOTELLA DE 1 L 13.99 LT CAMBIO DE MARCA 05 101006 PREDATOR, ENERGIZANTE, GOLD STRIKE, LATA DE 473 ML 40.17 LT CAMBIO DE MARCA 05 101026 RED BULL, ENERGIZANTE, ORIGINAL, LATA DE 250 ML 180.00 LT CAMBIO DE MARCA 05 107002 SANGRE DE TORO, TINTO, RESERVA GARNACHA SYRAH, BOTELLA DE 75 579.99 LT CAMBIO DE PRESENTACION 05 112002 POLO CLUB, TINES, 74% POLIESTER - 21% ALGODON - 5% ELASTANO, 79.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 05 113001 ATLETICOS, CALCETAS, 3 PARES, 100% ALGODON 59.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 05 113005 WILSON, TINES, 100% POLIESTER, 3 PARES 99.00 PAQ NUEVO MODELO 05 113010 THATS´IT, CALCETINES, 5 PARES, 70% ALGODON - 25% POLIAMIDA 239.00 PAQ NUEVO MODELO 05 122029 SIMPLY BASIC, P/NIÑO, TRUSA, 100% ALGODON 18.93 PZA NUEVO MODELO 05 122038 MAIDENFORM GIRL, P/NIÑA, PANTALETA, 100% ALGODON 89.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 123016 MAGNETIC ME, MAMELUCO, 100% ALGODON 990.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 137002 SKECHERS, P/INFANTE, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 999.00 PAR NUEVO MODELO 05 137004 VANS, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 1099.00 PAR NUEVO MODELO 05 140004 PUERTA, POPLE, MOD MILAN 4175.00 PZA NUEVO MODELO 05 147009 SELTHER, MATRIMONIAL, MOD COOPPER GRIS 3990.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 148001 BUTZKE, COMEDOR, P/JARDIN, ALUMINIO, MOD MERKATARI 55912.00 JGO CAMBIO DE MARCA 05 150002 ALACENA, MULTIUSOS, MOD IRLANDA 6149.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 152001 BAZAR STORE, SALA, ESQUINERA, LINO NAC, MOD AQUILES 15999.00 JGO CAMBIO DE MARCA 05 152003 MUEBLERIA STANDARD, SALA, 2-1, MOD SEAT LUMMINI GRIS 24098.04 JGO NUEVO MODELO 05 154010 VIANNEY MP, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD CAMISETA CREAM 1199.00 JGO NUEVO MODELO 05 155012 CORTINAS, TELA, BLACKOUT 89.99 MT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 155022 CORTINAS, 100% POLIESTER, 1 PANEL 99.95 PZA CAMBIO DE MARCA 05 155028 GTC, BLANCOS, ALMOHADA, STANDAR, 46 X 61 CM, 100% POLIESTER 73.00 PZA NUEVO MODELO 05 162027 HKPRO, CAFETERA, COMBO, MOD HKSET3-24 1249.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 170006 KOBLENZ, EQUIPO, HIDROLAVADORA, MOD HL-145-V 1490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 172037 VALLEY FOO, PLATOS, ELITE, NO10, PAQ C/8 PZAS 129.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 194002 GELBECK, NATURISTA, CAPSULAS, 10 DE 25 MG, GEL PHARMA 110.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 05 197006 JALOMA, AGUA OXIGENADA, BOTE DE 112 ML 13.36 BOTE CAMBIO DE MARCA 05 203003 CESAREA, HAB SUITE ESTANDAR. INCLUYE MEDICAMENTOS Y HON 37950.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 206003 USOS MULTIPLES 613900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 206005 SUBCOMPACTO 490000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 206015 COMPACTO 434550.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 206016 USOS MULTIPLES 1394900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 206018 SUBCOMPACTO 586900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 207010 ITALIKA, CRUCERO, DE TRABAJO, MOD FT150TS2026 25427.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 210003 KENDA, RIN 16, MOD KR205 91V TI 205/55R16 1350.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 216007 SERV DE MANTENIMIENTO, NISSAN VERSA, PRIMERA, MOD 20-25 2520.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 05 230005 HKPRO, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD HKB150 1799.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 230012 HKPRO, ACCESORIOS, BOCINA, 9VCC, CONTROL REMOTO, MOD HKSB210 3694.50 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 230015 ALIEN PRO, ACCESORIOS, BOCINA, 40000W, RECARGABLE, MOD POLAR 2831.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 231002 SONY, 65”, PANTALLA, ULTRA UHD 4K, MOD XBR-65A8H/AUCM 39499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 231013 LG, 55”, 4K SMART TV, UHD AI UA75, MOD 55UA7500PSA 11299.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 241009 TEAM PRICE, CALZADO, P/CORRER, CORTE SINTETICO SUELA SINTETI 335.00 PAR CAMBIO DE MARCA 05 242008 NATURALES, ARREGLO, ROSAS, 12. 1200.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 242009 NATURALES, FLORES, DIVERSAS, C/3 ROSAS 180.00 JGO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 246014 ACT RECR, JGOS INFANT, SIN LIMITES, TODO EL DIA 150.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 05 246020 ACT RECR, PARQUE DE DIV, ENTRADA GENERAL 20.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 247012 FARINELLI, INSTR MUSICALES, GUITARRA, TRES EFECTOS, MOD FA 16500.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 247016 YAMAHA, INSTR MUSICALES, TECLADO, ID 9415 4990.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 247017 YAMAHA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, BAJO, ELECTRICO, ID 15594 12700.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 248007 CINEMEX, MIE, TRADICIONAL, ANTES DE LAS 4 PM, ADM ADULTO 70.00 BOLETO CAMBIO DE MODALIDAD 05 251009 ED PORRUA, PROF, DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO, FERNANDO HEF 320.00 EJEMPL NUEVO MODELO 05 259001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 6274.33 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 05 259002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1725.00 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 05 260006 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 2430.00 COST/M CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 261008 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 3193.17 COST/M CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 05 262008 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 25170.00 COST/A CAMBIO DE MODALIDAD 05 266004 COCINADA, GRANDE, LA CAPRICHOSA, POR PZA 329.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 05 272001 CONAIR, SECADORA, 1875W, MOD 289ES 467.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 281009 KLEENEX, PAÑUELOS, 90 PZAS, AROMAS, MANGO SANDIA 31.99 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 05 287018 JOYERIA, ANILLO, ORO 10K, MOD MARIPOSA C/P AR4-10 3291.97 PZA NUEVO MODELO 05 288023 SAMSONITE, MOCHILA, XENON 4.0, SLIM BRIEF BLACK 1999.00 PZA NUEVO MODELO 05 290002 ACTA, DE DEFUNCION, PARA UNA PERSONA SOLTERA 549.00 CUOTA CAMBIO DE MODALIDAD 06 031004 BACHOCO, BLANCO, PAQ DE 30 PZAS 92.15 PAQ CAMBIO DE MARCA 06 036002 LA VILLITA, AMERICANO, PAQ DE 180 G 193.89 KG CAMBIO DE MARCA 06 058005 SEMILLAS, ALMENDRAS, ENTERA, A GRANEL 215.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 06 077006 MONTE BLANCO, ENVASADAS, CHAMPIÑONES, LATA DE 1760 G 115.03 KG CAMBIO DE MARCA 06 088005 MAR BAHIA, SAL, DE MAR, BOLSA DE1 KG 24.10 KG CAMBIO DE MARCA 06 112004 SOCKS, CALCETINES, 70% VISCOSA - 25% POLIESTER - 3% ELASTANO 79.90 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 06 114001 WILSON, PLAYERA, 88% POLIAMIDA - 12% ELASTANO 232.00 PZA NUEVO MODELO 06 115001 REFILL, CAMISA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 299.00 PZA NUEVO MODELO 06 115003 BLUEY, PLAYERA, 100% ALGODON 129.00 PZA CAMBIO DE MARCA 06 115004 HOT WHEELS, PLAYERA, 100% ALGODON 149.00 PZA CAMBIO DE MARCA 06 118002 GEORGE, PANTALON, 37% ALGODON - 29% POLIESTER - 24% VISCOSA 249.00 PZA NUEVO MODELO 06 119036 JURASSIC, SUDADERA P/NIÑO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 219.00 PZA CAMBIO DE MARCA 06 122007 PIQUE NIQUE, P/NIÑO, TRUSA, TRUSA, BOXER, 100% ALGODON 371.47 PAQ NUEVO MODELO Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 63 06 124001 BM, TRAJE, 65% POLIESTER - 35% RAYON 4299.00 TRAJE CAMBIO DE MARCA 06 125003 PC, ESCOLAR, FILIPINA, PANTALON BLANCO 1450.00 JGO NUEVO MODELO 06 127003 GEORGE, FALDA, 99% POLIESTER - 1% ELASTANO 213.00 PZA NUEVO MODELO 06 129001 SECRET TREASURES, BATA, 100% ALGODON 399.00 PZA NUEVO MODELO 06 130004 TUCSON, SOMBRERO, MOD 20X 1000.00 PZA CAMBIO DE MARCA 06 137002 ADIDAS, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 1442.12 PAR NUEVO MODELO 06 153001 BHG, EDREDON, 233 X 243 CM, MATRIMONIAL, PZA, MOD 43599 1387.00 PZA CAMBIO DE MARCA 06 153002 STARHAUS, EDREDON, INDIVIDUAL, 100% POL, MOD GIRLY HEARTS 959.00 JGO NUEVO MODELO 06 155012 HOME MAISON, CORTINAS, 97 CM X 213 CM, JGO DE 2 PZA, MOD 31425 269.00 JGO CAMBIO DE MARCA 06 159003 LG, 1.1 PIES, TOUCH, MOD NOM-032-ENE-2013 3090.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 161001 WINIA, 14 PIES, MOD WRTM14GPGF 8490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 166002 T-FAL, SARTEN, DE 26 CM, TITANIUM, MOD 219397 418.00 PZA NUEVO MODELO 06 167001 BABISH, CRISTALERIA, REFRACTARIO, 22.3 CM, MOD 156447 369.00 PZA CAMBIO DE MARCA 06 193002 GLUCOPHAGE, MED P/DIAB, TABLETAS, 30 DE 750 MG, LAB MERCK 803.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 06 206001 SUBCOMPACTO 321700.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 206002 COMPACTO 699600.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 206005 COMPACTO 439490.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 206009 DE LUJO 1500030.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 206010 USOS MULTIPLES 452200.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 206011 SUBCOMPACTO 336700.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 206013 USOS MULTIPLES 935000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 208002 HUFFY, DE MONTAÑA, R26, MOD ROCKCREEK 3444.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 208004 NHL, DE MONTAÑA, R-29, 21 VEL, MOD CH1000458 7000.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 06 208006 NSPRICK, INFANTILES, R-20, MOD HZ100205 4000.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 06 208007 WINDSOR, URBANA, R26, MOD OLD TOWN 5000.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 06 230002 SKULLCANDY, ACCESORIOS, AUDIFONOS, RIFF 2, MOD S5PRW-P740 1023.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 230007 ENCODE, ACCESORIOS, BOCINA, 4” X 2, MOD ST-S59123 558.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 231002 HISENSE, 50”, PANTALLA, MINI LED, QLED, MOD 50OU6QV 7439.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 231003 TLC, 55”, SMART, UHD, 4K, MOD 213734 6899.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 247002 YAMAHA, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, SOPRANO, MOD YRS-24B 148.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 254008 SHARPIE, MARCADOR, ORIGINAL, 1 PZA, MOD 1825089 23.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 06 262004 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 6200.00 COST/A CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 06 268015 CANTINA, CERVEZA TECATE ROJA, BOTELLA DE 355 ML 50.00 SERV CAMBIO DE MARCA 06 281005 LEVEL PRO, PAÑUELOS, CAJA DE 85 PZAS 22.50 CAJA CAMBIO DE MARCA 07 004002 NABISCO, SALADAS, RITZ, CAJA DE 308 GR 131.95 KG CAMBIO DE PRESENTACION 07 028001 FILETE, DE TILAPIA, A GRANEL 134.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 07 115006 SCARLINO, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 139.99 PZA CAMBIO DE MARCA 07 115007 CHEROKEE, CAMISA, 60% ALGODON, 40% POLIESTER 249.00 PZA CAMBIO DE MARCA 07 115008 MARBEL, PLAYERA, 100% ALGODON 129.00 PZA CAMBIO DE MARCA 07 125008 STAR WEST, ESCOLAR, FALDA, TABLEADA, 100% POLIESTER 129.90 PZA CAMBIO DE MARCA 07 126001 CHEROKEE, VESTIDO, 100% VISCOSA 349.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 07 135002 MAP, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1299.00 PAR CAMBIO DE MARCA 07 153007 COBERTOR, MAT, 100% POLIESTER, MOD 88945 307.00 PZA NUEVO MODELO 07 155001 MAIN STAYS, TOALLAS, DE BAÑO, MOD PLAYA 120.00 PZA CAMBIO DE MARCA 07 159006 PANASONIC, 1.1 PIES, MOD SB646 4374.76 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 177002 SCRUB DADDY, FIBRA, AROMA LIMON, PZA 83.00 PZA CAMBIO DE MARCA 07 206001 USOS MULTIPLES 595769.00 UNIDAD NUEVO MODELO 07 206004 DE LUJO 833200.00 UNIDAD NUEVO MODELO 07 206006 SUBCOMPACTO 328612.00 UNIDAD NUEVO MODELO 07 206007 SUBCOMPACTO 344000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 07 206012 MINIVAN 510900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 07 207002 HONDA, URBANA, GL 150 CARGO, MOD 2026 39990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 207004 VENTO, URBANA, THUNDERSTAR 300, NEGRA, MOD 2026 43999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 222011 PRIMERA CLASE 966.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 07 230010 VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, PORTATIL, BLUETOOH, MOD VS-25 995.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 230013 GUESS, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD GUTWSP4EGK 836.96 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 236003 STAR TV, TV DE PAGA, PAQUETE COSMO, 106 CANALES, MENSUAL 369.00 SERV CAMBIO DE MARCA 07 241003 WILSON, EQ Y ACC, BALON, AMERICANO, MOD BLITZ 297.00 PZA CAMBIO DE MARCA 07 241005 EVERLAST, EQ Y ACC, GUANTES, BOX, 16 ONZAS, MOD XE2116 1474.00 PAR CAMBIO DE MARCA 08 002002 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, FRITOS, BOLSA DE 60 G 333.33 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 08 074002 SABRITAS, ADOBADAS, BOLSA DE 42 G 523.81 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 08 084005 SNAK CLUB, DULCES, GOMITAS, MANZANA, C/TAJIN, BOLSA DE 55 G 545.27 KG CAMBIO DE MARCA 08 090002 HEINZ, PAPILLA, FRUTAS MIXTAS, ETAPA 2, FCO DE 113 G 173.45 KG CAMBIO DE MARCA 08 095009 KERMATO, DE VERDURAS, BOTE DE 245 ML 65.31 LT CAMBIO DE MARCA 08 108005 MODELO, CLARA, DORADA, BOTELLA DE 355 ML 68.06 LT CAMBIO DE MARCA 08 118004 PIQUE NIQUE, PANTALON, 81% ALGODON - 16% POLIESTER - 3% ELAS 549.00 PZA CAMBIO DE MARCA 08 133009 MAXIMO, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 220.00 PAR NUEVO MODELO 08 157003 RECORD, HORNO ELECTRICO, MOD TY353BC 2199.00 UNIDAD NUEVO MODELO 08 157005 KOBLENZ, ASPIRADORA, MOD YCV-1300 1890.00 UNIDAD NUEVO MODELO 08 158001 WHIRLPOOL, 6 QUEM, ENC ELECT, C/HORNO, MOD WFR7000B 15299.00 UNIDAD NUEVO MODELO 08 158002 WHIRLPOOL, 6 QUEM, 30”, MOD WFR5050S 10499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 08 182005 VELADORAS MISTICAS, VELADORA, PARAFINA, MOD PEANUTS 29.99 PZA NUEVO MODELO 08 208003 MERCURIO, DE MONTAÑA, R26, 21 V, MOD DE ZTX 4999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 08 231006 SONY, 55”, PANTALLA LCD, 4K, MOD K-55S20M2 15383.00 UNIDAD NUEVO MODELO 08 241008 NITRO, EQ Y ACC, EJERCITADOR DE MANO, MOD WW200 99.90 PZA CAMBIO DE MARCA 08 247003 YAMAHA, INSTR MUSICALES, TECLADO, MOD PSR-E383 8119.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 08 262004 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 14720.00 COST/A CAMBIO DE MODALIDAD 08 283006 LUANIU, TAMPONES, ORGANICO, CAJA DE 12 PZAS 92.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 08 287001 GUESS, RELOJ, P/MUJER, PLATEADO AZUL, MOD GW0767L6 3489.00 PZA CAMBIO DE MARCA 08 287005 JLO, BISUTERIA, ARETES, MOD CORAZONES 283.36 PAR NUEVO MODELO 09 027009 CAMARON, CRUDO, S/CABEZA, MEDIANO 31, A GRANEL 220.00 KG NUEVO MODELO 09 035008 NATURE´S HEART, DE ALMENDRA, SIN AZUCAR, BOTE DE 946 ML 44.29 LT CAMBIO DE PRESENTACION 09 036003 KRAFT, AMERICANO, SINGLES, 8 REBANADAS, PAQ DE 144 G 318.75 KG CAMBIO DE MARCA 09 041008 LALA, L FERMENTADO, BIO 4, 5 PZAS DE 100 GR C/U, PAQ 500 G 99.80 KG CAMBIO DE MARCA 09 077004 MP, ENVASADAS, CHAMPIÑONES, REBANADOS, LATA 380 G 89.47 KG CAMBIO DE PRESENTACION 09 084006 RICOLINO, DULCES, PALETAS, DE MALVABISCO, DE 43.5 G 390.80 KG CAMBIO DE PRESENTACION 09 084020 VERO, DULCES, GOMITAS, PICAGOMAS MANGO, BOLSA DE 600 G 148.33 KG CAMBIO DE MARCA 09 094007 EL ALAMITO, ESPECIAS, PIMIENTA, MOLIDA, SOBRE DE 30 G 983.33 KG CAMBIO DE PRESENTACION 09 101024 RED BULL, ENERGIZANTE, LATA DE 250 ML 216.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 09 118009 GEORGE, SHORT, 60% POLIEST - 25% ALG - 10% VISC - 4% ELASTAN 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 09 122021 GIRL ATTITUDE, P/NIÑA, PANTALETAS, 7 PZAS, 100% ALGODON 199.00 PAQ NUEVO MODELO 09 123006 BABY COLORS, PAÑALERO, 2 PZAS, 100% ALGODON 149.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 09 126010 ZARA MP, VESTIDO, 100% POLIESTER 999.00 PZA NUEVO MODELO 09 126011 WEEKEND, VESTIDO, 100% VISCOZA 599.00 PZA NUEVO MODELO 09 127002 GIRLS ATTITUDE, VESTIDO, 100% POLIESTER 499.00 PZA NUEVO MODELO 09 128007 STAR WEST, PIJAMA, 100% POLIESTER 799.00 PZA NUEVO MODELO 09 148004 ROSBEL, ANTECOMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD BILLIE 29245.50 JGO CAMBIO DE MARCA 09 152001 ROMO, SALA, 3 PZAS (2-2-1), MOD ITALIA 9479.00 JGO NUEVO MODELO 09 152003 MARBY, SALA, 3 PZAS (3-2-1), CAFE, MOD MONTEVIDEO 18297.00 JGO NUEVO MODELO 09 156002 MABE, MINISPLIT, 1 TON, MOD MMT12CABWCA32BME 5554.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 157001 POWER XL, HORNO ELECTRICO, MOD TO67D5_1SPLA 2617.45 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 09 159008 PANASONIC, 1.1 PIES, MOD NN-SU55QSRPH 3399.00 UNIDAD NUEVO MODELO 64 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 09 159010 BLACK+DECKER, 1.1 PIES, MOD EM031MNN-X2 2799.90 UNIDAD NUEVO MODELO 09 160009 MABE, LAVADORA, 22 K, MOD LMH72205CBABO 11990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 161004 LG, 14 PIES, MOD VT40SWP 14637.50 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 09 163004 RECORD, 5 VEL, MOD HS-200D 1999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 09 163008 T-FAL, 2 VEL, MOD OPTIMIX 499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 09 164008 T-FAL, MOD FV1742 ECO MASTER 659.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 172002 REYMA, PLATOS, TERMICO LISO, NUM 8, DE 20 PZAS 23.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 09 183004 SERV DOM, ASEO GRAL, 2 DIAS A LA SEMANA, MENSUAL 3200.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 09 198004 MILTO, LENTES, MOD 20082945 1199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 09 208004 MERCURIO, DE MONTAÑA, R-29, MOD KAISER 2026 4950.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 216004 ALINEACION Y BALANCEO, POR COMPUTADORA, DELANTERAS 732.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 09 230005 MP, ACCESORIOS, BOCINA, MOD FLOW MAX 998.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 09 231001 DAEWOO, 40”, SMART TV, MOD DAW40HS 4999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 231009 GHIA, 40”, LED, MOD G40W25 4619.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 231011 HISENCE, 55”, SMART, 58A6NV 4K HD, MOD ATV5523KR 9790.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 238013 DREAMTECH, CAMARA FOTOGRAFICA, DE ACCION, MOD CAM5K 1599.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 239004 NINTENDO, CONSOLA, SWITCH, MOD MARIOKART WORLD 14890.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 09 254006 ZEBRA, BOLIGRAFO, 0.7 MM, MOD F301 88.00 PZA NUEVO MODELO 09 275004 NIVEA, BLOQUEADOR, SPORT, BOTE DE 200 ML 1495.00 LT CAMBIO DE MARCA 09 276002 AXE, AEROSOL, DE 152 ML 89.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 09 283006 KOTEX, PANTIPROTECTORES, LARGOS, DE 44 PZAS 37.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 09 288029 HAWKERS, LENTES OSCUROS, MOD HONR21BBTP 1019.00 PZA CAMBIO DE MARCA 09 291001 INHUMACION, SERV ESPERANZA, CAPILLA, CREMACION Y URNA 28900.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 10 016003 TOSTADAS LUCY, TOSTADAS, PAQ DE 200 GR 110.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 10 028003 BLANCO DEL NILO, FILETE, TILAPIA, BOLSA 1 KG 264.00 KG CAMBIO DE MARCA 10 038008 LALA, MANCHEGO, PAQ DE 250 GR 264.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 10 039008 SAN ROQUE, ASADERO, PIEZA DE 200 GR 215.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 10 041002 DANONE, P/BEBER, BOTE DE 220 GR 68.18 KG CAMBIO DE MARCA 10 049007 RED DELICIOUS, A GRANEL 47.00 KG CAMBIO DE MARCA 10 058001 CLEMENTE JACQUES, EN ALMIBAR, LATA DE 850 GR 87.06 KG CAMBIO DE MARCA 10 074006 BARCEL, CHIPS, JALAPEÑO, BOLSA DE 52 GR 384.62 KG CAMBIO DE PRESENTACION 10 077001 LA COSTEÑA, ENVASADAS, ELOTES, DORADO, LATA DE 195 GR 97.54 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 10 077008 VALLEY FOODS, CONGELADAS, MIXTAS, INVIERNO, BOLSA DE 500 GR 77.80 KG CAMBIO DE PRESENTACION 10 084021 PULPARINDO, DULCES, ENCHILADO, BOLSA 150 GR 323.33 KG CAMBIO DE PRESENTACION 10 086001 NESTLE, HELADO, VAINILLA BOTE DE 1 LT 70.10 LT CAMBIO DE MARCA 10 091004 MCCORMICK, MAYONESA, FCO DE 330 GR 143.94 KG CAMBIO DE PRESENTACION 10 095002 JUMEX, DE FRUTAS, MANZANA, BOTE DE 237 ML 54.85 LT CAMBIO DE PRESENTACION 10 102006 ZUKO, POLVO, SOBRE DE 13 GR 6.00 SOBRE CAMBIO DE PRESENTACION 10 102008 TANG, POLVO, SOBRE DE 13 GR 12.50 SOBRE CAMBIO DE PRESENTACION 10 105005 DON RAMON, REPOSADO, BOTELLA DE 750 ML 460.66 LT CAMBIO DE PRESENTACION 10 107003 SANTA DIGNA, ROSADO, BOTELLA DE 750 ML 364.00 LT CAMBIO DE MARCA 10 112004 ZARA MP, CALCETINES, PAQ C/3 PARES, 69% ALGODON - 15% POLIEST 399.00 PAQ NUEVO MODELO 10 114001 POLO CLUB, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 114006 SFERA, PLAYERA, 100% ALGODON 189.00 PZA NUEVO MODELO 10 122001 SPLENDID, P/NIÑA, CORPIÑO, PAQ C/2, 93% NAYLON - 7% SPANDEX 349.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 10 122003 SPLENDID, P/NIÑA, CORPIÑO, 65% NYLON - 30% POLIESTER - 5% S 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 124011 JBE, TRAJE, 80% POLIESTER - 20%VISCOSA 4099.00 TRAJE NUEVO MODELO 10 137002 HELLO K, P/INFANTE, NIÑA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 349.00 PAR CAMBIO DE MARCA 10 147002 CANADA, MATRIMONIAL, ERGOMAX 2490.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 152007 SALA, 3, 2, 1, MOD ALPES GRIS 10109.00 JGO NUEVO MODELO 10 153002 STRHAUS, COLCHA, 100% POLIESTER, KING SIZE, MOD ELLE KING 739.00 JGO CAMBIO DE MARCA 10 153003 HOMETRENDS, FRAZADA, 100% POLIESTER, MOD VARIOS 499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 153004 HAUS, EDREDON, 100% POLIESTER, MATRIMONIAL 2639.00 PZA NUEVO MODELO 10 165002 TRAMONTINA, CUCHILLO, 8 PULGADAS 105.00 PZA NUEVO MODELO 10 167007 GLASSIA, CRISTALERIA, VASOS, P/JUGO, PZA 15.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 183001 SERV DOM, PLANCHADO, ASEO GRAL, 2 DIAS P/SEMANA 500.00 SERV CAMBIO DE MARCA 10 206006 SUBCOMPACTO 344000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 10 207002 HONDA, URBANA, CARGO, 150 CC, 4 TIEMPOS, 5 VEL, MOD 2026 39990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 10 207006 BAJAJ, URBANA, PULSAR N250, 250 CC, FI-ABS UG, MOD 2026 68749.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 10 208001 BENOTTO, URBANA, R27.5, MOD HOOK 4999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 10 210001 UNIROYAL, RIN 16, 205/65, MOD TIGER PAW 2560.00 PZA NUEVO MODELO 10 210006 BF GOODRICH, RIN 15, 235/70, R15, MOD ADVANTAGE TURING 4493.84 PZA NUEVO MODELO 10 216008 AFINACION, PARA AVEO 2020 3000.00 SERV CAMBIO DE MARCA 10 217003 REP DE FRENOS, AVEO 2020 2800.00 SERV CAMBIO DE MARCA 10 226002 A DOMICILIO, VIAJE SENCILLO, POR SEMANA 220.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 10 230002 LG, ACCESORIOS, BOCINA, XBOOM, MOD STAGE301 6999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 10 247002 SCOOL, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD YRS-20B 49.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 248005 CINEPOLIS, ENTRE SEMANA, ADULTO, DESPUES DE LAS 2 PM 177.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 10 266003 RED BARON, CONGELADA, PZA DE 583 GR 291.60 KG CAMBIO DE PRESENTACION 10 269001 ARROZ, A GRANEL 68.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 10 272002 REMI NGTON, ALACIADORA, DIAMOND MODS9520 699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 10 274004 COLGATE, CREMA DENTAL, MAX FRESH, TUBO DE 170 ML 311.76 LT CAMBIO DE PRESENTACION 10 288020 MARIO MONTANA MP, BOLSA, CARTERA, AVESTRUZ, APIEZADA 400.00 PZA NUEVO MODELO 11 026004 CALMEX, SARDINA, EN SALSA DE TOMATE, LATA DE 425 G 107.06 KG CAMBIO DE MARCA 11 058004 KARATE, SEMILLAS, CACAHUATES, JAPONES, BOLSA DE 127 G 191.34 KG CAMBIO DE MARCA 11 079003 VERDE VALLE, LENTEJAS, BOLSA DE 500 G 63.85 KG CAMBIO DE MARCA 11 096002 LOS PORTALES DE CORDOBA, REGULAR, MEZCLADO C/AZUCAR, FCO DE 705.89 KG CAMBIO DE PRESENTACION 11 106010 400 CONEJOS, MEZCAL, REPOSADO, BOTELLA DE 700 ML 844.30 LT CAMBIO DE PRESENTACION 11 119016 LEVI´S, CHALECO, 100% POLIESTER 2899.00 PZA NUEVO MODELO 11 119061 STWD, SUDADERA, 58% ALGODON - 39% POLIESTER - 3% ELASTANO 849.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 119067 BERSHKA MP, SUDADERA, 70% ALGODON - 30% POLIESTER 1199.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 120011 JM, BOXER, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 45.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 129014 QUARRY MP, TOP, 70% ALGODON - 25% POLIESTER - 5% ELASTANO 129.90 PZA NUEVO MODELO 11 130053 HICKOK, CINTURON, 100% PIEL, REVERSIBLE, MOD 6737-9 499.00 PZA NUEVO MODELO 11 132001 TINTORERIA, PANTALON, PZA 60.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 134001 LA PAG, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 699.00 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 135006 FLORENZA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 369.00 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 136004 COQUETA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 819.00 PAR CAMBIO DE MARCA 11 137008 CHARLY, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 799.00 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 143006 RECOLECCION DE BASURA, LIMPIA CASA HABITACIONAL, PAGO A 973.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 150001 BANCO, METAL, NEGRO, MOD TAPATIA CHICAGO 699.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 155012 COZY, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 70% ALG - 30% POL, MOD GRANITO 119.90 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 155022 ANA VICTORIA, TOALLAS, DE BAÑO, 100% ALG, MOD CALIFORNIA 198.90 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 158001 LG, 5 QUEM, ENC ELECT, MOD LRGL5841S 24999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 11 175004 AIR WICK, AMBIENTAL, EN AEROSOL, LAVANDA, BOTE DE 300 ML 46.40 PZA CAMBIO DE MARCA 11 183009 SERV DOM, ASEO GRAL, 3 DIAS, PAGO POR SEMANA 750.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 195003 NATURES LIFE, CAPSULAS, ACEITE DE SEMILLAS DE LINAZA, BOTE D 295.00 FCO CAMBIO DE MARCA 11 206006 COMPACTO 499900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 11 206015 USOS MULTIPLES 950900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 11 207004 YAMAHA, DE PISTA, 6 VEL, V 4.0, MOD YZF-R15 2026 102499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 11 230011 PRO ELITE, AUDIO, ESTEREO, P/AUTO, MOD DMR-I222 699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 11 231005 LG, 48”, OLED, 4K UHD, MOD OLED48C5SPSA 27141.00 UNIDAD NUEVO MODELO Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 65 11 236005 AMAZON PRIME, STREAMING, SUSCRIPCION ANUAL 899.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 265012 LONCHERIA, MENU DEL DIA, SOPA, GUISADO Y AGUA 80.00 ORDEN CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 281009 REGIO, PAPEL HIGIENICO, ECO MAX, PAQ DE 4 ROLLOS DE 300 HOJA 27.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 11 281012 KLEENEX, PAÑUELOS, DESECHABLES, DOBLE HOJA, CAJA DE 90 PZAS 34.50 CAJA CAMBIO DE MARCA 11 284011 PRINSEL, ART DE TOCADOR, QUITA ESMALTE, BOTELLA DE 200 ML 33.00 PZA CAMBIO DE MARCA 11 287007 TISSOT, RELOJ, P/HOMBRE, QUARZO, EVERY TIME, MOD T1434101103 6850.00 PZA NUEVO MODELO 11 288019 WILSON, MOCHILA, 100% POLIESTER, MOD WLS 200 299.90 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 288031 GLORELI, MOCHILA, ESCOLAR, 100% ESCOLAR, MOD 73434 539.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 12 006011 SCHETTINO, PALOMERO, BOLSA DE 500 G 24.00 KG CAMBIO DE MARCA 12 015004 P/BURRITOS 8” BOLSA C/15 PZAS 57.50 BOLSA CAMBIO DE PRESENTACION 12 015009 DEL HOGAR, BOLSA C/12 PZAS, DE 312 G 57.69 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 015010 TIA ROSA, DE 382.5 G 83.40 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 017009 LOMO, TROZO, A GRANEL 119.90 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 029002 RESERVA DEL MAR, CAMARON SECO, CAJA DE 250 G 472.00 KG CAMBIO DE MARCA 12 033005 ALPURA, EVAPORADA, BOTE DE 340 ML 75.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 12 040002 KRAFT, AÑEJO, PAQ DE 226 G 446.90 KG CAMBIO DE MARCA 12 042006 NUTRIOLI, ACEITE, SOYA, BOTELLA DE 850 ML 54.09 LT CAMBIO DE MARCA 12 058006 MAFER, SEMILLAS, CACAHUATES, SAZONADOS, BOLSA DE 240 G 262.09 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 077002 BUFALO, ENVASADAS, ACEITUNAS, FCO DE 220 G 356.82 KG CAMBIO DE MARCA 12 079012 HABAS, A GRANEL 120.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 079014 GARBANZO, A GRANEL 35.50 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 084004 DE LA ROSA, CHOCOLATE, C/CACAHUATE, MININUGS BOLSA DE 360 G 166.39 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 084023 KISSES, CHOCOLATE, CON LECHE, BOLSA DE 190 G 457.90 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 086001 TAJIN, NIEVE, DE LIMON, BOTE DE 800 G 142.50 KG CAMBIO DE MARCA 12 099006 CRYSPURA, NATURAL, BOTELLA DE 1500 ML 9.00 LT CAMBIO DE MARCA 12 102006 ZUKO, POLVO, UVA, RINDE 2 L, SOBRE DE 13 G 8.79 SOBRE CAMBIO DE PRESENTACION 12 110004 PINK LOVE, BLUSA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 99.99 PZA CAMBIO DE MARCA 12 112004 RIDERS, TINES, 96.7% POLIESTER - 1.9% ELASTANO - 1.4% ELASTO 19.00 PAR NUEVO MODELO 12 115010 REFILL, CAMISA, 60% ALGODON - 40% POLIESTER 249.00 PZA NUEVO MODELO 12 116006 BASIC CONCEPTS, PANTALON, 70% POLIESTER - 29% VISCOSA - 1% E 449.00 PZA CAMBIO DE MARCA 12 117005 JENNIFER MOORE, PANTALON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 229.99 PZA NUEVO MODELO 12 124002 JBE, TRAJE, 80% POLIESTER - 18% VISCOSA - 2% ELASTANO 4299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 12 137001 CHARLY, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 999.00 PAR NUEVO MODELO 12 142001 POPULAR, SGS, TRATAMIENTO, IVA, BIMESTRE 421.46 CUOTA CAMBIO DE MODALIDAD 12 142002 ECONOMICA, SLP, TRATAMIENTO, IVA, BIMESTRE 685.20 CUOTA CAMBIO DE MODALIDAD 12 142003 CONSUMO 80 M3, DRENAJE, TRATAMIENTO, IVA, BIMESTRE 2731.88 CUOTA CAMBIO DE MODALIDAD 12 147003 RESTONIC, INDIVIDUAL, MOD RIO 5499.00 PZA NUEVO MODELO 12 152003 ENJ, SOFA CAMA, CONVERTI, MOD LOVE 9360.00 PZA NUEVO MODELO 12 160007 MIDEA, LAVADORA, 18 K, MOD MA512W18/T 13499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 12 166001 MAGEFESA, SARTEN, 26 CM, MOD DEEP GALAX 1099.00 PZA NUEVO MODELO 12 206004 DE LUJO 579450.00 UNIDAD NUEVO MODELO 12 206006 COMPACTO 913900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 12 207006 CARABELA, URBANA, 125 CC, MOD HUNTER CLUB-B, 2026 25544.00 UNIDAD NUEVO MODELO 12 208001 HUFFY, URBANA, R-26, MOD 26734M 2026 5499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 12 209001 ENERGIZER, MO 24R-530 2339.00 PZA NUEVO MODELO 12 230004 LG, ACCESORIOS, BOCINA, MOD S20A 2490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 12 230006 AIWA, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOTH, PORTATIL, MOD AWS720 4990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 12 241011 ADIDAS, EQ Y ACC, BALON, FUTBOL SOCCER, MOD 028 571.00 PZA CAMBIO DE MARCA 12 247023 KASPERSKY, DESCARGA DE SOFTWARE, ANTIVIRUS, STD, 3 DISPOSITI 799.00 UNIDAD CAMBIO DE MODALIDAD 12 259001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 726.67 COST/M CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 12 272007 CONAIR, RASURADORA, PRO METAL, MOD SHV270 2599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 12 273003 PONDS, ANGEL FACE BY, MAQUILLAJE POLVO, PZA DE 12 G 36.75 PZA CAMBIO DE MARCA 12 288025 KAMEL, BOLSA, DE MANO, 100% SINTETICO, MOD BANDOLERA 210.00 PZA CAMBIO DE MARCA 13 016002 COMPA´CHIS, TOTOPOS, PAQ DE 250 G 96.00 KG CAMBIO DE MARCA 13 042004 EL FARO, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 900 ML 38.89 LT CAMBIO DE MARCA 13 090003 GERBER, PAPILLA, MANGO, 2A ETAPA, FCO DE 100 G 126.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 13 093001 DEL FUERTE, PURE DE TOMATE, BOTE DE 210 G 48.10 KG CAMBIO DE MARCA 13 098002 LA PASTORA, DESHIDRATADO, CANELA, CAJA DE 20 SOBRES 28.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 13 103003 MARTELL, COGNAC, VSOP, BOTELLA DE 700 ML 1860.78 LT CAMBIO DE MARCA 13 105001 COMPADRE, REPOSADO, BOTELLA DE 250 ML 140.00 LT CAMBIO DE MARCA 13 109004 MARLBORO, C/FILTRO, ROJOS, CAJETILLA DE 14 PZAS 77.00 CAJETI CAMBIO DE MARCA 13 115008 DISNEY, PLAYERA, STITCH, 100% ALGODON 139.00 PZA CAMBIO DE MARCA 13 117002 CICLON JEANS, PANTALON, 98% ALGODON - 2% SPANDEX 379.99 PZA CAMBIO DE MARCA 13 118006 THAT'S IT, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 511.14 PZA CAMBIO DE MARCA 13 119014 TOMMY HILFIGER, SUDADERA, 100% ALGODON 3257.69 PZA CAMBIO DE MARCA 13 122004 REDSKY, P/NIÑA, CORPIÑO, 93% ALGODON - 7% ELASTANO 69.90 PZA CAMBIO DE MARCA 13 126001 OP, VESTIDO, 63% VISCOSA - 37% POLIESTER 349.00 PZA NUEVO MODELO 13 126004 CONNECTED APPAREL, VESTIDO, 100% POLIESTER 1442.17 PZA CAMBIO DE MARCA 13 126005 LIZ MINELLI MP, VESTIDO, 100% POLIESTER 1699.00 PZA NUEVO MODELO 13 127002 SECRETO BY MELY, PANTALON, 76% ALGODON - 22% POLIESTER - 2% 219.99 PZA CAMBIO DE MARCA 13 127006 SIMPLY BASIC, PANTALON, 93% ALGODON - 7% ELASTANO 85.00 PZA NUEVO MODELO 13 133001 SAHARA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 499.00 PAR NUEVO MODELO 13 133009 CROCS, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 1209.41 PAR CAMBIO DE MARCA 13 137007 GERMANI, P/INFANTE, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 380.00 PAR CAMBIO DE MARCA 13 152001 MELE, SOFA CAMA, MOD SIENA 6149.00 PZA CAMBIO DE MARCA 13 153009 VIANNEY MP, COLCHA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD BAMBU 949.00 PZA NUEVO MODELO 13 157010 BROTHER, MAQUINA DE COSER, DIGITAL, MOD CS7205 9542.17 UNIDAD NUEVO MODELO 13 163001 OSTER, 3 VEL, XTREME MIX PROFESSIONAL, MOD 2207901 3224.00 UNIDAD NUEVO MODELO 13 179003 OKO, INSECTICIDA, AEROSOL, MULTIUSOS, BOTE DE 230 ML 45.00 BOTE CAMBIO DE PRESENTACION 13 183002 SERV DOM, LAVADO, DOCENA DE ROPA 80.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 194001 JALOMA, NATURISTA, ARNICA EN GEL, TUBO DE 120 ML 54.00 TUBO CAMBIO DE MARCA 13 212005 AKRON, ACEITE, MULTIGRADO, SAE 25W-50, BOTE DE 946 ML 186.05 LT CAMBIO DE PRESENTACION 13 231005 HKPRO, 55”, SMART ROKU, MOD HKP55RUHD2 5499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 13 240001 MATTEL, JGO DE MESA, CARTAS, UNO NO MERCY 154.97 CAJA CAMBIO DE MARCA 13 246010 ACT RECR, JGOS INFANT, BRINCOLIN, POR HR 150.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 248001 CINEMEX, JUE, TRADICIONAL, A PARTIR DE LAS 3PM, ADM GRAL 66.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 248002 CINEMEX, MIE, TRADICIONAL, A PARTIR DE LAS 12 PM, ADM GRAL 65.50 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 268006 REST, CORTE NEW YORK, PAY DE QUESO Y CERVEZA 355 ML 512.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 14 089001 JELL•O, DE AGUA, SOBRE DE 25 G 580.00 KG CAMBIO DE MARCA 14 097001 BLASON, REGULAR, AMERICANO, BOLSA DE 1 KG 356.00 KG CAMBIO DE MARCA 14 100009 SIDRAL MUNDET, REFRESCO, SABOR, BOTELLA DE 600 ML 38.33 LT CAMBIO DE PRESENTACION 14 122020 SIMPLY BASIC, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 3 PZAS, 50% ALGODON 55.00 PAQ NUEVO MODELO 14 124007 CHAPS, TRAJE, 69% POLIESTER - 29% VISCOSA - 2% ELASTANO 4999.00 TRAJE CAMBIO DE MARCA 14 125004 TELA, SARGA ESCOLAR, 100% POLIESTER 49.99 MT NUEVO MODELO 14 153003 AEROPOSTALE, EDREDON, KING, JGO DE 3 PZAS, 100% POLIESTER 2499.00 JGO CAMBIO DE MARCA 14 173001 QUALITY DAY, CLORO, BOTELLA DE 900 ML 22.11 LT CAMBIO DE MARCA 14 190001 ILIADIN, DESCONGESTIVOS, SPRAY, ADULTO, 20 ML, LAB MERCK 194.00 FCO CAMBIO DE PRESENTACION 14 192003 BENADRYL, TABLETAS, CAJA DE 24 PZAS, 25 MG, LAB JANSSEN-CILA 205.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 14 208002 BENOTTO, DE MONTAÑA, R 27.5, 21 VEL, MOD BLACK EAGLE 11929.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 14 230007 ALIENPRO, ACCESORIOS, BOCINA, WOOFER 6.5”, MOD POLAR 2799.00 UNIDAD NUEVO MODELO 14 230012 JBL, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD TUNE 520 BT 999.00 PZA NUEVO MODELO 14 237002 AMAZON PRIME, PELICULA, STREAMING, JURASSIC WORLD, RENTA 60.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 66 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 14 251006 PEARSON, PREPA, FISICA 2, JOSIP SLISKO 370.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 14 291004 INHUMACION, PAQ BASICO 9880.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 15 009005 WEBERS, BLANCO, BOLSA DE 680 GR 70.04 KG CAMBIO DE MARCA 15 074002 ENCANTO, CONCHITAS, BOLSA DE 83 GR 216.87 KG CAMBIO DE PRESENTACION 15 126003 WILD FABLE, FALDA, 100% POLIESTER 49.99 PZA CAMBIO DE MARCA 15 127002 JANA QUEEN, VESTIDO, 100% POLIESTER 189.99 PZA CAMBIO DE MARCA 15 127003 POP MODA, FALDA, 100% POLIESTER 99.99 PZA CAMBIO DE MARCA 15 148003 HM, ANTECOMEDOR, 6 SILLAS, MESA, MOD LAGUNA 11299.99 JGO CAMBIO DE MARCA 15 153002 HOME NATURE, EDREDON, KING, JGO DE 3 PZAS, 100% MICROFIBRA 1779.00 JGO NUEVO MODELO 15 153006 ESSENTIALS HOME, EDREDON, KING SIZE, 100% POLIESTER 429.90 PZA NUEVO MODELO 15 153010 COLAP, FRAZADA, 1.80 X 2.20 MT, 100% POLIESTER, MOD 9627 349.00 PZA NUEVO MODELO 15 154001 BAMBOO TOUCH, MATRIMONIAL, 4 PZAS, BORDADA 249.90 JGO CAMBIO DE MARCA 15 155010 SPRING AIR, BLANCOS, ALMOHADA, KS, MOD BIORYTMI 854.10 PZA NUEVO MODELO 15 158001 MABE, 6 QUEM, C/HORNO, GRIS, MOD EM7654 7699.99 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 15 160004 MABE, LAVADORA, 13 KG, 2 TINAS, MOD LMDX3124 4699.99 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 15 161005 HKPRO, 7 PIES, MOD 7004696 5162.74 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 15 166004 TRAMONTINA, SARTEN, 28CM, MOD ANKARA NEGRO 149.00 PZA NUEVO MODELO 15 166005 TRAMONTINA, SARTEN, 24 CM, MOD ANKARA 159.00 JGO NUEVO MODELO 15 168001 PLASTIC TRENDS, CONTENEDOR, 17 LTS 79.00 PZA CAMBIO DE MARCA 15 192003 TEMPRA FEN, JARABE, PEDIATRICO, DE 100 ML, LAB RECKITT 259.00 FCO CAMBIO DE MARCA 15 196011 SOLDRIN, O/MED, OTICO, 10/25/20 MG, FCO DE 10 ML, LAB PISA 172.00 FCO CAMBIO DE PRESENTACION 15 208002 BENOTTO, INFANTILES, R16, MOD LYON 2599.00 UNIDAD NUEVO MODELO 15 210006 MAXTREK, RIN 14, 27/8.5/R14 LT 2332.00 PZA CAMBIO DE MARCA 15 230008 SELECT SOUND, ACCESORIOS, AUDIFONOS, INALAM, MOD BTH023N 519.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 15 238007 STEREN MP, CAMARA DE VIDEO, SUMERGIBLE, MOD CAM-500 1090.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 15 242011 HOME NATURE, OTROS, MACETA, MADERA, MOD 9163 2319.20 PZA CAMBIO DE MARCA 15 243006 BENEFUL, SECO P/PERRO, ADULTO, PAQ DE 10 KG 689.50 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 15 246002 CTRO NOCT, BEBIDA, TORRES 10, COPA 70.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 15 254006 EXPO, MARCADOR, P/PIZARRON, PAQ DE 2 PZAS, NEGRO 44.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 15 277004 GRISI, BARRA, NEUTRO, PZA DE 200 GR 156.60 KG CAMBIO DE MARCA 15 278002 AÑEJA, COLONIA, SANDALO, FCO DE 800 ML 292.00 FCO CAMBIO DE PRESENTACION 15 290002 ACTA, DE MATRIMONIO, COPIA CERTIFICADA, DIGITAL 201.00 CUOTA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 16 034004 ALPURA, ULTRAPASTEURIZADA, CLASICA, BOTE DE 1 L 36.00 LT CAMBIO DE MARCA 16 034005 LALA, SABORIZADA, YOMI, FRESA, BOTE DE 180 ML 77.78 LT CAMBIO DE PRESENTACION 16 036002 ALPURA, AMERICANO, PAQ DE 144 G 247.74 KG CAMBIO DE MARCA 16 096004 MP, REGULAR, C/AZUCAR, FCO DE 170 G 344.12 KG CAMBIO DE PRESENTACION 16 101009 VIVE100, ENERGIZANTE, ORIGINAL, BOTELLA DE 400 ML 40.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 16 114008 BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 48% ALGODON - 48% POLIESTER - 4% EL 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 16 126008 PUNTO ROMA, VESTIDO, 88% VISCOSA - 12% POLIAMIDA 1799.00 PZA NUEVO MODELO 16 127002 GEORGE, VESTIDO, 100% ALGODON 359.00 PZA NUEVO MODELO 16 128008 NAUTICA, BATA DE BAÑO, 100% ALGODON 2204.10 PZA NUEVO MODELO 16 129008 BLACK SECRET, MALLON, SPORT, 96% ALGODON - 4% ELASTANO 99.99 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 16 130014 SAHARA, CINTURON, 100% CUERO, MOD 2564 129.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 16 134001 FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1549.00 PAR CAMBIO DE MARCA 16 135007 VIA TERRA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 429.00 PAR CAMBIO DE MARCA 16 136006 LIGEROS SCHOOL, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 299.00 PAR CAMBIO DE MARCA 16 137005 DHILA, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 467.00 PAR CAMBIO DE MARCA 16 159003 MABE, 0.7 PIES, MOD HMM70SEJ 1595.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 16 162001 DAEWOO, VENTILADOR, PISO, 4 VEL, MOD DAC-5017N 1099.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 16 164004 DAEWOO, VAPOR, MOD DSI-9202 499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 16 166003 TRAMONTINA, SARTEN, HONDA, MOD FRIGIDEIRA 749.00 PZA CAMBIO DE MARCA 16 231003 VIOS, 70”, LED, 4K, UHD, MOD VI-70UCL1F5MX 10990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 16 238016 POCKET, CAMARA DE VIDEO, DEPORTIVA, MOD OSMO POCKET 3 9199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 16 261003 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 3916.67 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 16 262003 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 27500.00 COSTO/ CAMBIO DE MODALIDAD 16 276004 REXONA, BARRA, SEXY BOUQUET, PZA DE 45 G 69.00 PZA CAMBIO DE MARCA 16 288004 C&A MP, BOLSA, 100% POLIESTER, MOD 3117693 449.00 PZA NUEVO MODELO 17 005005 SOL DE ORO, DE TRIGO, PAQ DE 907 G 22.05 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 17 035003 MP, DE ALMENDRA, BOTE DE 1 L 35.00 LT CAMBIO DE MARCA 17 074001 TOTIS, PAP´S, CLASICAS, BOLSA DE 90 G 205.56 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 17 084009 RICOLINO, DULCES, PALETAS, PAYASO, PZA DE 43.5 G 20.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 17 094008 MOLINA, O/PRODUCTOS, VAINILLA, EL PAPANTLA, FCO DE 250 ML 111.60 LT CAMBIO DE MARCA 17 105001 100 AÑOS, REPOSADO, BOTELLA DE 650 ML 367.69 LT CAMBIO DE PRESENTACION 17 118004 JORDACHE, PANTALON, 73% ALGODON - 24% POLIESTER - 3% ELASTAN 199.00 PZA NUEVO MODELO 17 121006 SANTORY MP, BRASIER, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO 70.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 17 153008 HAUS, FRAZADA, 150 X 130 CM, 100% POL, MOD ESTANDAR 884.00 PZA NUEVO MODELO 17 181005 POETT, LIMPIADOR, C/CLOROX, BOTELLA DE 1800 ML 19.45 LT CAMBIO DE MARCA 17 185005 CEFALEXINA GI, CAPSULAS, 20 DE 500 MG, LAB AMSA 84.90 CAJA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 17 203003 CESAREA, PAQ C/HABITACION POR DIA, QUIROFANO, MAT QUIRU 9500.00 SERV ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 17 207001 ITALIKA, URBANA, 150Z, MOD 2026 33900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 17 230003 STF, ACCESORIOS, BOCINA, TORRE DE SONIDO, MOD ST-S49629 6056.13 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 17 231001 DAEWOO, 40”, QLED, SMART TV, ROKU, HD, MOD DAW40QFR 4395.00 UNIDAD NUEVO MODELO 17 236002 IZZI, TV DE PAGA, BASICO, TV+, 200 CANALES, PROM 12 MESES 286.50 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 17 238009 GOPRO, CAMARA FOTOGRAFICA, 27MP, MOD HERO13 BLACK 10499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 004005 MARINELA, DULCES, POLVORONES, MAXITUBO PAQ DE 310 GR 117.74 KG CAMBIO DE MARCA 18 006008 PRECISSIMO, POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 1 KG 35.90 KG CAMBIO DE MARCA 18 014003 A GRANEL 28.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 18 017027 CHULETA, MIXTA CERDO, A GRANEL 126.75 KG CAMBIO DE PRESENTACION 18 041007 YOPLAIT, P/BEBER, LICUADO YOGURT, NUEZ Y GRANOLA, BOTE 330 G 17.00 KG CAMBIO DE MARCA 18 043002 ESBRA, BOTE DE 800 GR 68.75 KG CAMBIO DE PRESENTACION 18 060007 ITALIANA, A GRANEL 40.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 18 091002 HELLMANN´S, MAYONESA, CLASICA, BOTE DE 390 GR 124.36 KG CAMBIO DE PRESENTACION 18 094007 MP, CONDIMENTOS, ADEREZO, RANCH, BOTE DE 500 ML 97.00 LT CAMBIO DE MARCA 18 102001 F DIAZ, JARABE, CONCENTRADO, MANGO, BOTE DE 1 LT 79.00 LT CAMBIO DE MARCA 18 114008 RIDERS, CAMISA, TIPO POLO, 100% POLIESTER 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 117007 CIMARRON, PANTALON, 74.7% ALGODON - 22% POLIESTER - 3.3% ELASTA 349.00 PZA NUEVO MODELO 18 118007 GERGE, PANTALON, 54% ALGODN - 24% VISCOS - 21% POLIESTER - 209.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 126012 ANNE KLEIN, VESTIDO, 100% LYOCELL 449.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 126016 CUIDADO CON EL PERRO MP, FALDA, 82% VISCOSA - 18% LINO 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 129004 DISNEY, CAMISON, STITCH, 100% ALGODON 249.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 135005 FLEXI, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 599.00 PAR CAMBIO DE MARCA 18 135006 NUNA, ZAPATILLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 869.00 PAR NUEVO MODELO 18 137006 CHARLY, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 799.00 PAR NUEVO MODELO 18 147006 AMERICA, MATRIMONIAL, CADIZ, MOD 390259 3999.00 PZA NUEVO MODELO 18 148003 SAMARA, COMEDOR, 7 PZAS (M-6SILLAS), MOD 539-014 17130.00 JGO CAMBIO DE MARCA 18 148005 TAPATIA, COMEDOR, 7 PZAS, (M-6 SILLAS), BANGLADESH, MOD 3555 9799.00 JGO CAMBIO DE MARCA 18 152001 ANTARA, SALA, OXFORD, 3 PZAS (2-1), MOD 005-314 9620.00 JGO CAMBIO DE MARCA 18 153006 MP, JGO DE CAMA, IND, 65% ALG - 35% LYOCE, MOD 799.00 PZA NUEVO MODELO 18 155004 LA JOSEFINA, TOALLAS, DE MANOS, 70 X 40 CM, 100% ALGODON 69.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 156003 HISENSE, ENFRIADOR, 1 TON, 115 V, MOD ART121KA 10249.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 159003 WHIRLPOOL, 1.1 PIES, MOD 980018409 3099.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 161001 HKPRO, 17 PIES, MOD HKRESBS23-17P 18399.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 67 18 162007 OSTER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD 1086996835 1583.10 UNIDAD NUEVO MODELO 18 162008 HAMPTON BAY, VENTILADOR, DE TECHO, DE 44”, MOD 205573 2757.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 162013 HONEYWELL, VENTILADOR, 3 VEL, MOD HHF540 1299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 166001 CINSA, OLLA, RECTA, C/TAPA, 22 CM, AZUL TURQUESA, MOD CLASIC 349.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 167002 CROWN BACCARA, LOZA, VAJILLA, CERAMICA, 16 PZAS, MOD 127908 999.00 JGO CAMBIO DE MARCA 18 167003 PYROREY, CRISTALERIA, REFRACTARIO, MOLDE, P/PAY, MOD5498 199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 183003 SERV DOM, ASEO GRAL, DIA/SEMANA 350.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 18 194002 TAFLAVIX, NATURISTA, 40 TABLETAS, LAB SALUD NATURAL 216.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 18 206007 COMPACTO 650900.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 207008 VENTO, TURISMO, AUTOM, 2.0, 170, MOD 2026 28990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 208002 VOLX, DE CARRERA, R - 22, MOD FXS 3699.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 208003 BENOTTO, DE CARRERA, R - 27.5, MOD HOOK 4999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 208009 NAHEL, URBANA, R-24, MOD SURF 2725.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 230002 JBL, ACCESORIOS, BOCINA, INALAMBRICA, MOD PARTYBOX 6849.00 UNIDAD CAMBIO DE PRESENTACION 18 230003 KAISER, ACCESORIOS, BOCINA, BAFLE, INALAMBRICA, MOD MSA7908MX 899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 231003 LG, 75”, TV NANO, LED, SMART, MOD 75NANO75SPA 27799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 237011 SPOTIFY, MUSICA, STREAMING, PLAN FAMILIAR, MENSUAL 199.00 RENTA CAMBIO DE MARCA 18 238018 CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD R50-RF-S18-45MM-F4.5 25949.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 239002 SONY, CONSOLA, PS5, 1 TB, MOD 981042574 13999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 239008 NINTENDO, CONSOLA, SWITCH 2, 256 GB, MOD 1177646331 13409.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 239009 SONY, CONSOLA, PS5, CFI-2115, 1TB 13999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 240002 LEGO, JGO DE MESA, BOTANICALS, CACTUS, CAJA DE 482 PZAS 598.99 CAJA NUEVO MODELO 18 241004 WILSON, EQ Y ACC, RODILLERAS, ABIERTA, PREMIUM, MOD AW101 245.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 18 250001 SALON DE FIESTAS, AVENTURE, 50 PERSONAS, P/EVENTO 19990.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 18 265006 TORTERIA, TORTA DE LA BARDA, Y REFRESCO DE 600 ML 105.00 ORDEN CAMBIO DE PRESENTACION 18 287003 SAMSUNG, RELOJ, P/HOMBRE, GALAXY WATCH 8, MOD 981039176 3749.00 PZA NUEVO MODELO 19 006001 LA COSTEÑA, POZOLERO, PRECOCIDO, LATA DE 820 GR 34.15 KG CAMBIO DE MARCA 19 018025 CORTES ESP, RIB EYE, SELECTO, A GRANEL 494.99 KG CAMBIO DE PRESENTACION 19 042004 NUTRIOLI, ACEITE, SOYA, BOTELLA DE 800 ML, 68.75 LT CAMBIO DE PRESENTACION 19 074002 SABRITAS, ORIGINAL, BOLSA DE 42 GR 547.62 KG CAMBIO DE PRESENTACION 19 077001 LA HUERTA, CONGELADAS, MIXTAS, 500 GR 104.18 KG CAMBIO DE PRESENTACION 19 084005 DE LA ROSA, CHOCOLATE, CHOCOLATE, CAJA C/10 PZAS 119.50 CAJA CAMBIO DE MARCA 19 084011 KINDER, CHOCOLATE, SORPRESA, 2 PZAS DE 40 GR, 20 GR C/U 1450.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 19 116002 YALE, PANTALON, 100% POLIESTER 429.90 PZA CAMBIO DE MARCA 19 126008 SAHARA, VESTIDO, 98% POLIESTER - 2% ELASTANO 499.00 PZA NUEVO MODELO 19 148001 HOME NATURE, ANTECOMEDOR, 5 PZAS (M-4S), MOD ILAN 43995.00 JGO CAMBIO DE MARCA 19 163002 OSTER, 6 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD BLSTOEG-CPB 1279.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 19 196015 TRADEA, O/MED, NEUROL, 10 MG, CAJA C/30 TABLETAS, LAB PHARMA 350.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 19 206004 SUBCOMPACTO 390990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 19 206007 COMPACTO 439490.00 UNIDAD NUEVO MODELO 19 206008 MINIVAN 997600.00 UNIDAD NUEVO MODELO 19 207003 MB, URBANA, XDV 175 CC, GT LINE, MOD 2026 66499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 19 207004 YAMAHA, CROSS, FZ-S 4.0 FI ABS, 2026 67999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 19 207005 CAN-AM, CUATRIMOTO, OUTLANDER, 500, MOD 2026 179900.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 19 236001 IZZI, TV DE PAGA, IZZI TV+, 200 CANALES, MENSUAL 299.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 20 082002 ZULCA, SUSTITUTO, MORENA C/STEVIA, BOLSA DE 500 GR 60.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 20 101001 VIVE100, ENERGIZANTE, EXT DE TE Y GUARANA, BOTELLA DE 600 ML 37.50 LT CAMBIO DE MARCA 20 113012 ATLETICOS, CALCETAS, 57%POLIESTER - 40% ALGODON - 3% OTRAS 59.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 20 117003 DAVINCHY, PANTALON, 68% VISCOSA - 27% POLIAMIDA - 5% ELASTAN 699.00 PZA NUEVO MODELO 20 121004 THATS IT, BRASIER, 92% POLIAMIDA - 5% ELASTANO - 3% FIBRA ME 399.00 PZA NUEVO MODELO 20 123006 BABY COLORS, PAÑALERO, PAQ 5 PZAS, 100% ALGODON 349.00 PAQ NUEVO MODELO 20 123007 BABY CREYSI, PAÑALERO, 100% ALGODON 119.90 PZA CAMBIO DE MARCA 20 129004 THAT´S IT, TRAJE DE BAÑO, 70% POLIAMIDA - 22% HILOS METALICO 899.00 PZA NUEVO MODELO 20 147002 AMERICA, INDIVIDUAL, MOD TIFFANY 6849.00 PZA NUEVO MODELO 20 153008 DISNEY BABY, COBERTOR, 80 CM X 1 M, 100% POLIESTER 134.91 PZA CAMBIO DE MARCA 20 163003 BLACK AND DECKER, 10 VEL, MOD BL1000BG 629.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 20 166001 VASCONIA, BATERIA, 12 PZAS, MOD ESENCIAL 1499.00 JGO CAMBIO DE MARCA 20 189003 AVAPENA, CAPSULAS, CAJA DE 20 PZAS DE 25 MG, LAB SANDOZ 291.47 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 20 206008 COMPACTO 950900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 20 207001 VENTO, URBANA, MOD. RYDER 190CC 2026 23499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 20 207002 ITALIKA, URBANA, FT150, MOD 2026 26499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 20 207003 VENTO, URBANA, XPLOR, 2.0, 190CC, MOD 2026 22985.19 UNIDAD NUEVO MODELO 20 230009 STF, ACCESORIOS, AUDIFONOS, TWS, 7 HRS, TIPO C, MOD ST-E12469 899.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 20 231007 PIONEER, 43”, GOOGLE TV, FDH 4K, SMART TV, MOD PLE-43G23UHD 7499.90 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 20 238004 DREAMTECH, CAMARA DE VIDEO, DE ACCION, RED 5K, MOD CAM270X 1999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 20 239001 UBISOFT, CONSOLA, DISCO, MARIO+RABBIDS, NINTENDO 1699.00 PZA NUEVO MODELO 20 246001 CTRO NOCT, BEBIDA, RON BACARDI BCO, BOT 980 ML, 5 MEZC 850.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 20 252002 DIANA, SUPERACION, EL CODIGO DEL HERO, EAUT WILLIAM H MCRAVE 228.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 20 274005 COLGATE, CREMA DENTAL, TUBO DE 50 ML 500.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 20 281002 FACIAL QUALITY, PAPEL HIGIENICO, PAQ DE 4 ROLLOS DE 320 HOJA 25.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 20 288012 HUSER FASHION, BOLSA, 100% POLIURETANO, MOD - 9596 1508.41 PZA CAMBIO DE MARCA 21 003004 KELLOGG´S, DE TRIGO, BARRA, SPECIAL K, CAJA DE 90 GR 261.11 KG CAMBIO DE PRESENTACION 21 018026 RANCHO DON FRANCIS, CORTES ESP, SIRLOIN, PALOMILLA, A GRANEL 289.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 21 021006 CHIMEX, DE PAVO, TRADICIONAL, A GRANEL 121.45 KG CAMBIO DE MARCA 21 028003 MP, FILETE, SALMON, A GRANEL 429.00 KG CAMBIO DE MARCA 21 029003 VIGILANTE, EN CONSERVA, MEJILLONES, PAQ 230 GR (2/115 GR) 560.87 KG CAMBIO DE MARCA 21 035005 MP, DE ALMENDRA, BOTE DE 946 ML 36.05 LT CAMBIO DE MARCA 21 039004 CAMELIA, ASADERO, A GRANEL 223.40 KG CAMBIO DE MARCA 21 110004 WILSON, PLAYERA, 94% POLIESTER - 6% ELASTANO 159.00 PZA CAMBIO DE MARCA 21 112006 PERRY ELLIS, CALCETINES, 3 PARES, 95% POLIESTER - 5% ELASTAN 149.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 21 115004 4FRIENDS, PLAYERA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON 69.99 PZA CAMBIO DE MARCA 21 116007 WALL STREET, PANTALON, 100% POLIESTER 349.00 PZA NUEVO MODELO 21 122013 SONATA, P/NIÑO, TRUSA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 19.99 PZA CAMBIO DE MARCA 21 123002 CARTER´S, MAMELUCO, 100% ALGODON 399.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 21 124001 DUTCH, TRAJE, 80% POLIESTER - 20% VISCOSA 5059.50 TRAJE NUEVO MODELO 21 126004 OCEAN PACIFIC, VESTIDO, 58% ALGODON - 42% POLIESTER 299.00 PZA NUEVO MODELO 21 134006 ADRIANO GIANETTI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 299.50 PAR CAMBIO DE MARCA 21 135003 BE SEXY, ZAPATILLAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 184.50 PAR CAMBIO DE MARCA 21 136001 GRAFITO, ZAPATOS, ESCOLAR, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 299.00 PAR CAMBIO DE MARCA 21 136005 SPRINKLES, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 249.50 PAR CAMBIO DE MARCA 21 141002 PLOMERO, INSTALACION DE BOILER 450.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 21 148005 COMEDOR, 6 PZAS (M-4S-1B) MOD ESTAMBUL 17999.00 JGO NUEVO MODELO 21 152004 ARTABAN, SALA, ESQUINERA, MOD ANTARA 12899.00 JGO CAMBIO DE MARCA 21 154003 COLAP, KING SIZE, 4 PZAS, 100% ALGODON, MOD 7360 532.90 JGO CAMBIO DE MARCA 21 155009 VIANNEY MP, CORTINAS, 100% POLIESTER, MOD BLACKOUT 610.50 JGO NUEVO MODELO 21 158001 MABE, 6 QUEM, 30”, MOD EM7 620 BA IS2 9499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 21 159002 GALANZ, 0.7 PIES, MOD GLCMSR0SVN 1790.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 21 161006 LG, 24 PIES, 2 PTAS, INVERTER, MOD GT24BS 19999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 21 172008 MP, GUANTES, CAJA CON 100 23.90 CAJA CAMBIO DE MARCA 21 178005 PRINCESA, BARRA, AZUL, VETEADO, PZA DE 350 GR 51.43 KG CAMBIO DE PRESENTACION 21 207001 ITALIKA, URBANA, MOD DS150 2026 24999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 21 207003 ITALIKA, URBANA, MOD DM200, 2025 31999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 68 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 21 209003 AUTO DRIVE, 450 AMPERES, MOD BCI 22F 1999.00 PZA NUEVO MODELO 21 230001 AIRPODS MAC, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD QC PASS 350.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 21 230002 VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOTH, FM, USB, MOD VS-25 1990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 21 230005 KAISER, ACCESORIOS, BOCINA, PORTATIL, 6.5”, MOD 7005 649.90 UNIDAD NUEVO MODELO 21 230007 EVL, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOTH, MOD EVL-BB-004 1199.00 UNIDAD NUEVO MODELO 21 230011 JBL, ACCESORIOS, BOCINA, MOD JBLGOES2BLKA 749.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 21 231001 TLC, 50”, PANTALLA, 4K, MOD QLED 7699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 21 231004 SAMSUNG, 32”, PANTALLA, SMART TV, HD, USB, MOD VTR 161 4099.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 21 272001 REMINGTON, SECADORA, DE CABELLO, MOD D3015 619.00 UNIDAD NUEVO MODELO 21 272003 BUYTITI, RASURADORA, INALAMBRICA, MOD MR-108 80.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 21 272004 REMINGTON, RASURADORA, MOD PF7200 656.50 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 21 288004 GEORGE, BOLSA, 100% POLIESTER 349.00 PZA NUEVO MODELO 22 124003 REACTION, SACO, 75% POLIESTER - 20% VISCOSA - 5% ELASTANO 3799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 22 137017 CAPIEL, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 210.00 PAR NUEVO MODELO 22 155010 VIANNEY MP, CORTINAS, JGO DE 2 PZAS, 100% POLIESTER, MOD MAR 569.00 JGO NUEVO MODELO 22 171002 ENERGIZER, AAA, ALCALINA, PAQ DE 4 PZAS 169.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 22 210004 ROVELO, RIN 15, 195/65, MOD HS407 1699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 22 230009 STF, ACCESORIOS, BOCINA, ALLURE, MOD ST-S12544 2998.99 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 22 238010 FUJIFILM, CAMARA FOTOGRAFICA, INSTAX, MINI LINK3, MOD 9500 3799.00 UNIDAD NUEVO MODELO 22 239005 ELECTRONIC ARTS, VIDEOJUEGO, PS5, BATTLEFIELD 6 1799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 22 241009 PUMA, EQ Y ACC, RODILLERAS, MOD 03099601 295.50 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 22 242011 NATURALES, ARREGLO, 12 ROSAS, S/MOD 250.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 22 247012 YAMAHA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ACUSTICA, MOD CM40 5499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 22 254002 IBOOK, CUADERNO, PROFESIONAL, RAYA, 100 HOJAS 42.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 22 254007 AZOR, BOLIGRAFO, PUNTO MEDIANO 7.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 22 260001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 8882.92 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 22 262004 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 39990.00 COSTO/ CAMBIO DE MODALIDAD 22 273005 MAYBELLINE, RIMEL, LASH SENSATIONAL, PZA DE 9.5 G 259.00 PZA CAMBIO DE MARCA 22 279003 PRESTOBARBA, RASTRILLO, ULTRA GRIP, PAQ DE 2 PZAS 28.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 22 280004 DIAPRO, ADULTO, MEDIANO, PAQ DE 10 PZAS 129.50 PAQ CAMBIO DE MARCA 23 004015 OREO, DULCES, PAQ DE 114 G 192.98 KG CAMBIO DE MARCA 23 030014 AGUASCALIENTES, CREMA, ENTERA, BOLSA DE 250 GR 88.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 23 032002 NESTLE, ENTERA, BOLSA DE 144 GR 263.89 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 084021 TURIN, CHOCOLATE, AMARGO, PZA DE 150 G 726.67 KG CAMBIO DE PRESENTACION 23 092003 CLEMENTE JACQUES, CATSUP, BOTELLA DE 454 G 66.08 KG CAMBIO DE PRESENTACION 23 106004 SMIRNOFF, VODKA, BOTELLA DE 750 ML 351.99 LT CAMBIO DE MARCA 23 107003 DOMECQ, BLANCO, XA, BOTELLA DE 750 ML 178.66 LT CAMBIO DE MARCA 23 107005 RICCADONNA, BLANCO, ESPUMOSO, BOTELLA DE 750 ML 462.66 LT CAMBIO DE MARCA 23 112005 HUMMO, TINES, PAQ DE 8 PARES, 98% POLIESTER - 2% ELASTANO 99.90 PAQ NUEVO MODELO 23 117008 BOY LONDON, PANTALON, 98% ALGODON - 2% ELASTANO 629.00 PZA NUEVO MODELO 23 118004 WILSON, BERMUDAS, 100% POLIESTER 99.00 PZA CAMBIO DE MARCA 23 120003 WILSON, TRUSA, PAQ DE 4 PZAS, 100% POLIESTER 229.90 PAQ NUEVO MODELO 23 122013 SKINY, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, 96% ALGODON - 4% ELASTANO 269.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 23 123002 CA DUCK, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 559.00 PZA CAMBIO DE MARCA 23 126001 PIERRE CARDIN, TRAJE, 100% POLIESTER 1448.00 PZA CAMBIO DE MARCA 23 126011 CONTEMPO, VESTIDO, 85% VISCOSA - 15% POLAMIDA 699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 23 126016 ZARA MP, SACO, 100% POLIESTER 1199.00 PZA NUEVO MODELO 23 127001 PIQUE NIQUE, VESTIDO, 100% VISCOSA 649.00 PZA CAMBIO DE MARCA 23 128004 NON STOP, PIJAMA, JGO 2 PZAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 429.00 JGO CAMBIO DE MARCA 23 137012 PUMA, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 999.00 PAR CAMBIO DE MARCA 23 164004 OSTER, DE VAPOR, MOD GCSTAC7602-13 899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 167011 HAUS, CRISTALERIA, COPAS, JGO DE 24 PZAS, MOD KARMADS83 1124.25 JGO NUEVO MODELO 23 208004 ROCKCREEK, DE MONTAÑA, ROD 26, 18 VEL, MOD HUFFY 3699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 23 208010 MERCURIO, INFANTILES, R20, MOD ZTX 3543.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 230003 VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, 15”, MOD VS-15 2390.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 23 230018 ROKU, VIDEO, DISP.P/STREAMING, MOD 3830X 1199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 23 231006 LG, 75”, SMART TV, MOD 4K UHD AI THINQ 14990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 239001 XBOX, VIDEOJUEGO, DISCO, EA SPORTS FC 26 XBOX SERIES X ONE 1449.00 PZA NUEVO MODELO 23 241001 PIRMA, CALZADO, FUTBOL, MOD 0501 891.00 PAR CAMBIO DE MARCA 23 241010 WILSON, EQ Y ACC, RAQUETA, TENIS, MOD WR118710H 899.00 PZA NUEVO MODELO 23 246003 ACT RECR, PARQUE DE DIV, JUEGOS BASICOS, 1 HORA 169.00 CUOTA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 246007 ACT RECR, BILLAR, POR HORA 35.00 HORA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 247013 BARROCA, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD SOPRANO 99.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 23 254002 KIUT, CUADERNO, PROFESIONAL, 160 HOJAS 283.50 PZA CAMBIO DE MARCA 23 254010 JEAN BOOK, CUADERNO, PROFESIONAL, 100 HOJAS 112.00 PZA CAMBIO DE MARCA 23 261001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1075.00 COST/M CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 261002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 725.00 COST/M CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 261003 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1166.67 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 23 261004 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 5708.33 COST/M CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 262002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 3520.00 COST/A CAMBIO DE MODALIDAD 23 262003 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 3900.00 COST/A CAMBIO DE MODALIDAD 23 262004 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 5200.00 COST/A CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 272005 CONAIR, ALACIADORA, MOD CS23BES 530.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 274001 PRO SELECTION, CREMA DENTAL, ACTIVATED, TUBO DE 100 ML 380.00 LT CAMBIO DE MARCA 23 287001 BULOVA, RELOJ, P/MUJER, MOD 96215 4477.05 PZA CAMBIO DE MARCA 23 287002 SKECHERS, RELOJ, P/MUJER, MOD 95437796 768.18 PZA NUEVO MODELO 23 288012 SPECIAL PRICE, BOLSA, HAREME, MOD 33179 399.90 PZA NUEVO MODELO 24 018023 SUKARNE, BISTEC, MILANESA, PAQ DE 500 GR 128.25 KG CAMBIO DE PRESENTACION 24 034001 ALPURA, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, BOTE DE 1 LT 37.50 LT CAMBIO DE PRESENTACION 24 064001 XIMENA, DE ARBOL, BOSA DE 100 GR 528.00 KG CAMBIO DE MARCA 24 092003 DEL MONTE, CATSUP, BOTELLA DE 320 GR 68.44 KG CAMBIO DE PRESENTACION 24 101017 MONSTER ENERGY, ENERGIZANTE, LATA DE 473 ML 91.97 LT CAMBIO DE MARCA 24 107003 RIUNITE, BLANCO, SAUVIGNON, BOTELLA DE 750 ML 207.99 LT CAMBIO DE MARCA 24 112001 HANES, TINES, PAQ C/4 PARES, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 139.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 24 115002 FUN CLUB, PLAYERA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 99.49 PZA CAMBIO DE MARCA 24 116002 CHEROKEE, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 449.00 PZA CAMBIO DE MARCA 24 117003 SECRETO, PANTALON, 76% ALGODON - 22% POLIESTER - 2% ELASTANO 249.99 PZA CAMBIO DE MARCA 24 120001 TEJEDOR, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 69.99 PZA CAMBIO DE MARCA 24 120005 MSM, BOXER, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 29.99 PZA CAMBIO DE MARCA 24 123002 FONY´S KIDS, TRAJE, 2 PZAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 119.99 TRAJE CAMBIO DE MARCA 24 126001 JENNIFER MOORE, FALDA, 78% VISCOSA - 18% POLIAMIDA - 4% ELAST 119.99 PZA CAMBIO DE MARCA 24 129005 AMOR, CAMISON, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO 129.99 PZA CAMBIO DE MARCA 24 129007 MP, TRAJE DE BAÑO, 93% NYLON - 7% ELASTANO 374.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 24 153001 HOME EXPRESSIONS, EDREDON, 100% POLIESTER, KS 899.00 PZA CAMBIO DE MARCA 24 153004 MS, EDRECOLCHA, 100% POLIESTER, MAT, MOD RAYAS 558.00 JGO CAMBIO DE MARCA 24 154002 HOMETRENDS, MATRIMONIAL, 230 HILOS, MOD LISO 651.00 JGO CAMBIO DE MARCA 24 161003 LG, 11 PIES, MOD GT35BP 11P 11249.00 UNIDAD NUEVO MODELO 24 167001 CRISA, CRISTALERIA, JARRA, CON 4 VASOS 299.00 JGO CAMBIO DE MARCA 24 167004 CROW BACCARA, LOZA, VAJILLA, 16 PZAS, PORCELANA 739.00 JGO CAMBIO DE MARCA 24 180002 PETALO, SERVILLETAS, PAQ DE 420 PZAS 51.90 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 24 182003 LA FAMA, VELA, PAQ DE 16 PZAS, NUM 25 79.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 24 186002 VICK 44, JARABE, FCO DE 120 ML, LAB PROCTER & GAMBLE 178.00 FCO CAMBIO DE MARCA Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 69 24 196001 DIANE, ANTICONCEP, TABLETAS, 21 DE 2/0.03 MG, LAB BAYER 733.00 CAJA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 24 200001 CUIDADO DENTAL, RESINA, HASTA 1 UNIDAD 1475.96 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 24 207003 VENTO, SCOOTER, MOD 2026, TERRA DS 170 25499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 24 230007 AIWA, ACCESORIOS, BOCINA, MOD AWS544BT 2739.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 24 231006 SONY, 55”, BRAVIA II LED 4K, MOD K-55S20CM2 12499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 24 239002 NINTENDO, VIDEOJUEGO, DISCO, SWITCH, SUPER MARIO BROS DE LUX 1399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 24 241005 NIKE, CALZADO, FUTBOL RAPIDO, MODFQ8313-446 1395.00 PAR NUEVO MODELO 24 241006 NIKE, EQ Y ACC, GUANTES, DE PORTERO, MODHQ0257-100 650.79 PAR NUEVO MODELO 24 254007 LEONCITO, COLORES, LARGOS 12 PZAS 36.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 24 268019 CAFETERIA, SANDWICH DE MILANESA Y REFRESCO DE LATA 128.00 ORDEN CAMBIO DE PRESENTACION 24 272002 CONAIR, ALACIADORA, MOD CS947RES 699.00 UNIDAD NUEVO MODELO 24 276001 REXONA, BARRA, PZA DE 45 GR 65.90 PZA CAMBIO DE MARCA 24 280003 TENA, ADULTO, PANTS COMFORT, GRANDE, PAQ DE 13 156.45 PAQ CAMBIO DE MARCA 24 283001 KOTEX, TOALLAS, UNIKA REGULAR, C/ALAS, PAQ DE 14 PZAS 30.60 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 25 003001 GRANVITA, DE AVENA, BOLSA DE 700 GR 35.00 KG CAMBIO DE MARCA 25 043003 RICOMER, BOTE DE 900 GR 82.22 KG CAMBIO DE MARCA 25 084004 CLORETS, DULCES, CHICLES, VAL-U-PAK, CAJA DE 36.4 GR 15.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 25 106008 EL MEZCALITO, LICOR, DE CAÑA, BOTELLA DE 440 ML 72.16 LT ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 25 110002 BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 249.00 PZA NUEVO MODELO 25 111002 CIRCULATION, TOBIMEDIAS, 86% POLIAMIDA - 14% ELASTANO 79.90 PAR CAMBIO DE MARCA 25 140003 INTERCERAMIC, PISO, SAVOY TRAVERTINO, CREMA, DE 60 X 1.20 M2 399.00 MT2 NUEVO MODELO 25 160003 WHIRLPOOL, LAVADORA, 22 KG, AUT, 12 CICLOS, MOD 8MWTW2224WJM 12849.00 UNIDAD NUEVO MODELO 25 166001 QUEEN SENSE, SARTEN, DE 5 PZAS, MOD JADE WOK 2499.00 JGO CAMBIO DE MARCA 25 176002 1-2-3, EN POLVO, 5 BENEFICIOS, BOLSA DE 1200 GR 23.33 KG CAMBIO DE PRESENTACION 25 182001 PRECISSIMO, VELADORA, VASO ECOLOGICO, MEDIANO 29.90 PZA CAMBIO DE MARCA 25 182005 NEVADA, VELADORA, VASO DE VIDRIO, LIMONERO, MEDIANO 15.50 PZA CAMBIO DE MARCA 25 206002 USOS MULTIPLES 822900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 25 206003 USOS MULTIPLES 251500.00 UNIDAD NUEVO MODELO 25 207003 VENTO, URBANA, LITHIUM, 190 CC, MOD 2026 21499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 25 207005 VELOCI, URBANA, BOXTER RT3, DE 200 CC, MOD 2026 21499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 25 216007 AFINACION, PRIMER SERVICIO, 5000 KM, CITY SPORT CVT, MO 2095.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 25 223002 RUTA LOS ANGELES, COL LAS AMERICAS 12.00 VIAJE CAMBIO DE MODALIDAD 25 230004 LG, ACCESORIOS, BOCINA, XBOOM, PORTATIL, MOD STAGE 301 4777.00 UNIDAD NUEVO MODELO 25 239003 SUPER MARIO BROS WONDER, VIDEOJUEGO, NINTENDO SWICH 1209.00 PZA CAMBIO DE MARCA 25 272002 CONAIR, SECADORA, CERAMICA C/INFUSION DE ALMENDRA, MOD 7067 699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 25 273004 POND´S, MAQUILLAJE POLVO, COMPACTO, 3 EN 1, PZA DE 12 GR 47.99 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 25 274004 GUM, HILO, DENTAL, C/MANGO, SABOR MENTA, DE 75 PCS 82.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 25 276003 AXE, AEROSOL, DARK TEMPTATION, BOTE DE 150 ML 86.00 PZA CAMBIO DE MARCA 25 278003 SECRET SCENTS, LOCION, TRUE LOVE, FCO DE 250 ML 74.00 FCO CAMBIO DE MARCA 26 006005 PALOMERO, BOLSA DE 1 K 20.00 KG CAMBIO DE MARCA 26 017009 CHULETA, NATURAL, A GRANEL 116.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 26 017012 LOMO, TROZO, A GRANEL 121.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 26 022003 EN PZAS, MUSLO Y PIERNA, A GRANEL 83.50 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 26 040003 MOJICA, O/QUESOS, CHEDDAR, RALLADO, BOLSA DE 200 G 299.50 KG CAMBIO DE PRESENTACION 26 043003 BOLSA DE 1 KG 58.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 26 094017 HITZEL, ESPECIAS, CLAVO, BOLSA DE 4 G 4.00 BOLSA CAMBIO DE MARCA 26 100009 COCA COLA, REFRESCO, COLA, BOTELLA DE 500 ML 45.80 LT CAMBIO DE PRESENTACION 26 105005 CENTENARIO, REPOSADO, BOTELLA DE 950 ML 389.46 LT CAMBIO DE PRESENTACION 26 107003 SANTO TOMAS, TINTO, CABERNET, BOTELLA DE 750 ML 519.99 LT CAMBIO DE MARCA 26 110007 C&A MP, PLAYERA, 100% ALGODON 139.00 PZA NUEVO MODELO 26 116004 INDIGO RAW, PANTALON, 95% ALGODON - 5% POLIESTER 249.99 PZA NUEVO MODELO 26 124004 CARVEN, TRAJE, 2 PZAS, 67% POLIESTER - 33% OTROS 3490.00 TRAJE CAMBIO DE MARCA 26 126010 MARESTY, VESTIDO, 100% ALGODON 229.99 PZA CAMBIO DE MARCA 26 127001 GEORGE, VESTIDO, 100% ALGODON 299.00 PZA NUEVO MODELO 26 133002 C&A MP, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 449.00 PAR NUEVO MODELO 26 160006 WHIRLPOOL, LAVADORA, 26 KG, MOD 8MWTW2654WRM 15999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 26 161009 MABE, 14 PIES, SILVER, MOD RME360FGMRQ0 15999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 26 163011 TAURUS, 7 VEL, DE 550 W, MOD GAUDI 621.11 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 26 165002 EKCO, CUCHILLO, DE COCINA, 7”, MOD SANTOKU 139.00 PZA NUEVO MODELO 26 187001 ADVIL, CAPSULAS, 12 DE 200 MG, LAB PFIZER 56.10 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 26 206001 COMPACTO 405900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 26 206005 USOS MULTIPLES 746400.00 UNIDAD NUEVO MODELO 26 206006 COMPACTO 509300.00 UNIDAD NUEVO MODELO 26 208005 GREEN PLUS, DE MONTAÑA, NIÑO, MOD MTB R16 2600.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 26 210006 OVATION, RIN 17, 215/60 R-17, MOD VI-286 HT 1750.00 PZA CAMBIO DE MARCA 26 230003 RADIOSHACK, ACCESORIOS, BOCINA, BT 5.0 RS, MOD 100179360 1129.00 UNIDAD NUEVO MODELO 26 230006 PIONEER, AUDIO, ESTEREO, PAQ C/BOCINAS, USB, MOD MXT-S3262BT 3299.00 UNIDAD NUEVO MODELO 26 231002 HISENSE, 32”, HD VIDA, MOD 32A4NV 3440.50 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 26 272002 TRUE CUT, RASURADORA, 17 PZAS, MOD HC91RES 699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 26 281001 FACIAL QUALITY, PAPEL HIGIENICO, 4 PZAS, 320 HOJAS DOBLES 25.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 27 029001 ALTAMAR, EN CONSERVA, CALAMARES, EN SALMUERA, LATA DE 425 G 247.05 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 27 046001 PRISCO, A GRANEL 85.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 27 077006 LA HUERTA, CONGELADAS, MIXTAS, CAMPESINA, BOLSA DE 500 G 140.70 KG CAMBIO DE MARCA 27 088002 RIKOPOLLO, DE POLLO, BOLSA DE 330 G 124.24 KG CAMBIO DE MARCA 27 093005 CAMPBELLS, CREMA, DE ELOTE, LATA DE 310 G 119.03 KG CAMBIO DE MARCA 27 101005 VOLT, ENERGIZANTE, YELLOW, LATA DE 473 ML 48.63 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 27 108008 BUD LIGHT, CLARA, LIGHT, LATA DE 330 ML 45.45 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 27 117005 18 FOREVER, PANTALON, 68% ALGODON - 29% POLIESTER - 3% ELAST 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 27 122023 BABY COLORS, P/NIÑA, PANTALETA, 100% ALGODON 129.00 PZA NUEVO MODELO 27 123003 BABY COLORS, MAMELUCO, PAQ C/7, 60% ALGODON - 40% POLIESTER 349.00 PAQ NUEVO MODELO 27 126001 BIOGRAFHY, VESTIDO, 100% POLIESTER 599.00 PZA NUEVO MODELO 27 127001 THAT´S IT, VESTIDO, 100% VISCOSA 749.00 PZA NUEVO MODELO 27 129006 EXTRA MODAS, PIJAMA, JGO DE 2 PZAS, 50% ALGODON - 50% LYCRA 450.00 JGO ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 27 206005 SUBCOMPACTO 340900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 27 206007 SUBCOMPACTO 480900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 27 208002 HUFFY, DE MONTAÑA, R-26, MOD 26734M 5499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 27 211010 WURTH, REFACCIONES, LIMPIAPARABRISAS, MOD 08480870 150.00 PZA CAMBIO DE MARCA 27 230009 HUAWEI, ACCESORIOS, AUDIFONOS, INALAMBRICOS, MOD 32011331 2799.00 UNIDAD NUEVO MODELO 27 239001 ELECTRONIC ARTS, VIDEOJUEGO, DISCO, XBOX ONE, MOD FC26 1799.00 PZA NUEVO MODELO 27 272005 REMINGTON, RASURADORA, MOD F26A 695.00 UNIDAD NUEVO MODELO 27 279001 SCHICK, RASTRILLO, XTREME 5, PLATINUM, PAQ DE 2 PZAS 50.00 PAQ NUEVO MODELO 27 287010 TODOMODA MP, BISUTERIA, ARETES, MOD ORO ZIRCONIA 129.90 JGO NUEVO MODELO 27 287014 TODOMODA MP, BISUTERIA, CADENA, C/DIJE Y ARETES, BAÑO EN OR 199.90 JGO NUEVO MODELO 27 288022 TODO MODA MP, MOCHILA, VARIOS COLORES, MOD MP T1B126306201 399.90 PZA NUEVO MODELO 28 005002 SELECTO, P/HOT CAKES, PAQ DE 800 G 32.50 KG CAMBIO DE MARCA 28 015003 TIA ROSA, BOLSA DE 15 PZAS, 382.5 GR 78.43 KG CAMBIO DE PRESENTACION 28 039001 ESMERALDA, OAXACA, LIGHT, PAQ DE 400 G 255.00 KG CAMBIO DE MARCA 28 043002 KEKEN MP, BOTE DE 800 ML 63.50 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 28 088003 SAL SOL, SAL, BOLSA DE 500 G 30.00 KG CAMBIO DE MARCA 28 134004 QUIRELLI, ZAPATOS, CORTE PIEL- SUELA SINTETICO 1399.00 PAR CAMBIO DE MARCA 28 162004 MP, VENTILADOR, DE PISO, MOD VF-20S 1498.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 28 167003 MP, LOZA, TAZAS, JGO DE 8 PZAS, MOD OSO FW25 418.00 JGO CAMBIO DE PRESENTACION 70 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 28 175002 GLADE, AMBIENTAL, AEROSOL, LAVANDA, BOTE DE 275 G 48.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 28 199005 ESPECIALISTA, PSIQUIATRA, CONSULTA, PRIMERA VEZ 1000.00 SERV ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 28 207004 ITALIKA, URBANA, 4 VEL, AT110RT, MOD 2026 19999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 28 210001 APLUS, RIN 14, 185/60, MOD CONFORT HP 950.00 PZA CAMBIO DE MARCA 28 237002 YOUTUBE, PELICULA, STREAMING, WICKED, RENTA 55.00 RENTA CAMBIO DE MODALIDAD 28 247001 YAMAHA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, MOD CX40 4614.54 PZA NUEVO MODELO 28 248002 CINEPOLIS, DOM, 3D, A PARTIR DE 12 PM, ADM GRAL 92.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 29 016001 SANISSIMO, TOSTADAS, SALMAS, HORNEADAS, PAQ DE 140 GR 270.72 KG CAMBIO DE PRESENTACION 29 044002 LALA, S/SAL, BARRA DE 90 GR 300.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 29 079001 VERDE VALLE, LENTEJAS, BOLSA DE 500 GR 62.80 KG CAMBIO DE MARCA 29 113005 D FRENDELI, TINES, 3 PZAS, 70% ALGODON - 30% OTROS 40.51 PAQ CAMBIO DE MARCA 29 113006 TOMAS, TINES, 3 PARES, 75% ALGODON - 25% OTROS 45.48 PAQ CAMBIO DE MARCA 29 117003 AERO STRONG, PANTALON, 52.7 ALGODON - 23.8 POLIESTER - 24.2 219.99 PZA CAMBIO DE MARCA 29 122007 MILANO MP, P/NIÑO, CAMISETA, 100% ALGODON 49.99 PZA CAMBIO DE MARCA 29 206003 USOS MULTIPLES 262700.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 29 206004 SUBCOMPACTO 339000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 29 211001 CHAMPION, REFACCIONES, BUJIAS, MOD BL15Y 32.00 JGO NUEVO MODELO 29 244002 ESTETICA, PERRO PEQUEÑO O MEDIANO 250.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 29 260001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1619.83 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 29 260002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1125.00 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 29 268005 REST, BUCKET, 8 PZAS, C/PURE, ENSALADA Y 4 BISQUETS 289.00 PAQ CAMBIO DE MODALIDAD 29 272005 GAMA, ALACIADORA, MOD KERATION ROSA 1299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 30 032005 NIDO, ENTERA, KINDER, 1-2 AÑOS, BOLSA DE 144 G 277.78 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 30 110003 CHEROKEE, BLUSA, 89% VISCOSA- 11% ELASTANO, MOD U11901 299.00 PZA NUEVO MODELO 30 122009 HANES, P/NIÑO, CAMISETA, DE 3 PZAS, 100% ALGODON 249.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 30 127002 CHEROKEE, PANTALON, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO, MOD V3740 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 30 163003 OSTER, 8 VEL, METALICA, MOD 465-13 1579.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 30 165001 ILKO, TABLA P/PICAR, DE BAMBU, 28 X 20 X 1.5 CM 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 30 170008 BELLOTA, HERRAMIENTA, DESARMADOR, MOD 08-24 55.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 30 177001 REYNERA, UTENSILIOS, ESCOBA, MAGNETICA 117.00 PZA CAMBIO DE MARCA 30 178003 MAESTRA LIMPIO, BARRA, CON BICARBONATO, DE 400 G 59.75 KG CAMBIO DE MARCA 30 230002 JBL, ACCESORIOS, BOCINA, MOD PARTYBOX ULTIMATE 24999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 30 230007 HKPRO, ACCESORIOS, AUDIFONOS, PROF 12, MOD HKSB165 1599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 30 231001 HISENSE, 40”, LED, HD, SMART TV, MOD 40A4NV 4059.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 30 231002 HKPRO, 43”, ROKU, MOD HKP43R02/R03 3986.69 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 30 231005 SAMSUNG, 55”, MOD UN55U800FFXZX 10999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 30 246001 HUITZILA, CTRO NOCT, BEBIDA, MEZCAL, COPA 40.00 SERV CAMBIO DE MARCA 30 276002 AXE, AEROSOL, BLACK, DE 210 ML 95.00 PZA CAMBIO DE MARCA 30 290003 PASAPORTE, VIGENCIA 3 AÑOS 2340.00 CUOTA CAMBIO DE MODALIDAD 31 110002 BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 199.00 PZA NUEVO MODELO 31 119017 GIOVANNI GALI, CHAMARRA, 100% POLIESTER 525.00 PZA CAMBIO DE MARCA 31 217003 REP DE FRENOS, 2 LLANTAS, AVEO, MOD 2022 1733.50 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 31 241003 VOIT, EQ Y ACC, GUANTES, MOD BASIC LINE 269.00 PAR CAMBIO DE MARCA 31 291004 INHUMACION, EQUIPO DE VELACION, ATAUD, MADERA, PREPARAC 12500.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 32 003005 MP, DE MAIZ, CAJA DE 450 GR 95.33 KG CAMBIO DE PRESENTACION 32 096003 PRECISSIMO, REGULAR, FCO DE 100 GR 589.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 32 098005 MCCORMICK, DESHIDRATADO, LIMON, CAJA DE 25 SOBRES DE 30 GR 24.50 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 32 105003 JOSE CUERVO, BLANCO, TRADICIONAL, BOTELLA DE 950 ML 504.20 LT CAMBIO DE MARCA 32 106001 STOLICHNAYA, VODKA, STOLI, BOTELLA DE 750 ML 465.32 LT CAMBIO DE MARCA 32 112001 WILSON, TINES, PAQ 5 PZAS, 97.2% POLIESTER - 2.8% OTROS 129.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 32 118003 BM, PANTALON, 75% ALGODON - 20% POLIESTER - 5% ELASTANO 149.00 PZA CAMBIO DE MARCA 32 118006 HUMO, PANTALON, 97% ALGODÓN - 3% ELASTANO 199.90 PZA CAMBIO DE MARCA 32 126005 LOVE POEM, FALDA, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO 495.00 PZA CAMBIO DE MARCA 32 126008 SAHARA, VESTIDO, 100% POLIESTER 329.00 PZA CAMBIO DE MARCA 32 126014 JENIFER MOORE, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 179.99 PZA CAMBIO DE MARCA 32 126016 PRIYA, VESTIDO, 100% VISCOSA 229.90 PZA CAMBIO DE MARCA 32 133003 SPORT, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 60.00 PAR ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 32 136002 BAMBINO, ZAPATOS, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA 449.00 PAR CAMBIO DE MARCA 32 150001 TAMAYO, ALACENA, MOD GIRASOL 5599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 32 154002 LILI, MATRIMONIAL, MOD ECONOMICO 314.50 JGO CAMBIO DE MARCA 32 159004 SAMSUNG, 0.8 PIES, MOD MS23K3513AWAX 2699.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 32 164002 OSTER, MOD GCSTAC7602013 659.00 UNIDAD NUEVO MODELO 32 180002 PETALO, SERVILLETAS, PAQ DE 220 PZAS 39.70 PAQ CAMBIO DE MARCA 32 188002 CORIATROS, TABLETAS, CAJA DE 28 DE 16 MG, SIEGFRIED RHEIN 1160.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 32 191001 TREDA, SUSPENSION, FCO DE 75 ML, LAB GRIMANN 239.00 FCO CAMBIO DE MARCA 32 197001 VENDALASTIC, VENDA, DE 2O CM X 5 MT 40.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 32 207001 ITALIKA, URBANA, MOD FT125 TS, 2025 27499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 32 207002 VENTO, URBANA, 190CC, MOD LITHIUM 2026 25349.00 UNIDAD NUEVO MODELO 32 208001 ZIGNA, DE MONTAÑA, R-26, MOD ILUM 5199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 32 230007 ROKU, VIDEO, STREAMING STICK, MOD 3840X 1199.00 UNIDAD NUEVO MODELO 32 231001 PIONEER, 32”, PANTALLA, MOD PLE32G23HD 4499.90 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 32 250004 SALON DE FIESTAS, 5 HRS, PAQ BAUTIZO 15500.00 PAQ CAMBIO DE MODALIDAD 32 252002 MUSA, LITERARIO, EL PERIQUILLO SARMIENTO, JOAQUIN FERNANDEZ 50.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 32 252004 REYNA VALERA, LITERARIO, LA SANTA BIBLIA, CRISTIANA 690.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 32 254005 SCRIBE, CUADERNO, COSIDO, CUADRO, 100 HOJAS 59.00 PZA NUEVO MODELO 32 274002 ORAL-B, CREMA DENTAL, DE TU BOCA CUIDADA, TUBO DE 70 GR 528.44 KG CAMBIO DE PRESENTACION 32 274004 ORAL B, CEPILLO, ADVANCED CRISSCROSS, 2 PZAS 91.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 32 281003 ELITE, PAÑUELOS, DOBLE HOJA CON AROMA, 90 PAÑUELOS 32.90 CAJA CAMBIO DE MARCA 32 283002 NATURELLA, TOALLAS, FLUJO ABUNDANTE, SIN ALAS, PAQ C/10 30.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 32 286004 DEPILACION, DE CEJA, CON CERA 80.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 32 288006 EVEREST, MOCHILA, MOD 1045K 245.00 PZA CAMBIO DE MARCA 33 007006 MAIZENA, FECULA DE MAIZ, PAQ DE 160 G 134.38 KG CAMBIO DE PRESENTACION 33 110002 CCP MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 189.00 PZA CAMBIO DE MARCA 33 113004 MAYORAL, CALCETINES, 100% ALGODON 189.00 PAR CAMBIO DE MARCA 33 122009 FRUIT OF THE LOOM, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 3 PZAS, 100% A 95.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 33 147001 SERTA, MATRIMONIAL, MOD ONE 4599.00 PZA NUEVO MODELO 33 159002 HAMILTON BEACH, 1.4 PIES, MOD D10034ASLRIII-J9E 3290.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 33 162007 DECAKILA, CAFETERA, 5 L, MOD KUKT024M 1190.00 UNIDAD NUEVO MODELO 33 168001 HELLO BABY, CUCHARA, PAQ DE 6 PZAS, MOD STT34964 30.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 33 196002 ALTRULINE, O/MED, PSIQ, TABLETAS, 28 DE 50 MG, LAB PFIZER 1652.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 33 207001 VENTO, URBANA, 300 CC, MOD TORNADO 300 2026 41990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 33 240002 JUGUETE, MUÑECO, MOD GORILA DE PLASTICO MEDIANO C/SONID 250.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 33 242010 NATURALES, FLORES, GERBERA, PZA 40.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 33 253005 OEM, PERIODICO, SEMANAL, SOL DE TULANCINGO 13.00 EJEMPL ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 33 277001 GRISI, BARRA, NEUTRO, PZA DE 100 G 250.00 KG CAMBIO DE MARCA 34 002003 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHEETOS, BOLSA DE 55 GR 368.18 KG CAMBIO DE PRESENTACION 34 004014 GAMESA, DULCES, CREMAX, PAQ DE 213 GR 154.93 KG CAMBIO DE MARCA 34 019002 BACHOCO, PROCESADAS, ALITAS PREPARADAS, ADOBADAS 118.00 KG CAMBIO DE MARCA 34 021004 FUD, DE PAVO, VIRGINIA, PAQ DE 290 GR 186.21 KG CAMBIO DE MARCA 34 022007 ENTERO, A GRANEL 60.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 34 025004 PROAN, TRIPAS, DELGADA, PAQ DE 500 GR 131.80 KG CAMBIO DE MARCA 34 034003 LALA, PASTEURIZADA, POR LT 30.00 LT ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 34 039004 BAFAR, OAXACA, A GRANEL 255.00 KG CAMBIO DE MARCA 34 111003 PRETTY, CALCETAS, 95% POLIAMIDA - 5% ELASTANO 29.90 PAR NUEVO MODELO 34 119009 CHEROKEE, CHAMARRA, 100% POLIESTER 899.00 PZA CAMBIO DE MARCA Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 71 34 119012 DOCKERS, SUDADERA, 66% ALGODON - 34% POLIESTER 1299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 34 124002 REACTION KENNETH COLE, SACO, 100% POLIESTER, MOD SVKR240401 3799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 34 126006 GEORGE, VESTIDO, 99% POLIESTER - 1% ELASTANO, MOD G026A02184 349.00 PZA NUEVO MODELO 34 129001 MP, CAMISON, P/DORMIR, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 229.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 34 148003 COMEDOR, MARMOL, 6 PZAS (M-4S-1B), MOD NEW DELHI 21693.00 JGO NUEVO MODELO 34 161002 TEKA, 15 PIES, PLATA GC 976, MOD TOP MOUT 15490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 34 169005 TIANLA, AHORRADOR, 15 WATS, LUZ BLANCA 30.00 PZA CAMBIO DE MARCA 34 172005 TECHPLAST, PLATOS, CHAROLA, UNICEL, 50 PZS 31.00 BOLSA CAMBIO DE MARCA 34 172010 ALUMEX, PAPEL, ALUMINIO, 1 ROLLO DE 50 MT 27.20 ROLLO CAMBIO DE MARCA 34 179002 RAID, INSECTICIDA, AEROSOL, CASA Y JARDIN, BOTE DE 400 ML 197.50 LT CAMBIO DE PRESENTACION 34 206005 USOS MULTIPLES 481900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 34 206006 USOS MULTIPLES 768900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 34 207002 BAJAJ, URBANA, MOD PULSAR N250 UG, 2026 74497.50 UNIDAD NUEVO MODELO 34 207003 VENTO, URBANA, THUNDERSTAR 300, 2026 43999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 34 207006 HERO, URBANA, MOD HUNK160R 47999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 34 240004 HASBRO, JGO DE MESA, MONOPOLY 649.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 34 252002 EMECE, LITERARIO, EL PRINCIPITO 148.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 34 272003 CONAIR, ALACIADORA, INFINITI PRO, MOD CS620ES 799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 34 272004 REVLON, SECADORA, MOD RVDR5034LA1H3, 1875W 365.00 UNIDAD NUEVO MODELO 34 276004 AXE, BARRA, BLACK, PZA DE 45 GR 63.50 PZA CAMBIO DE MARCA 35 039001 ASADERO, A GRANEL 170.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 003007 KELLOGG´S, DE MAIZ, CORN FLAKES, EL ORIGINAL, CAJA DE 185 G 159.46 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 012003 TIA ROSA, PASTELILLO, BIGOTES, PAQ DE 80 G 300.00 KG CAMBIO DE MARCA 36 015001 A GRANEL 39.90 KG CAMBIO DE MARCA 36 015004 BOLSA C/20 PZAS 45.00 BOLSA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 028020 SIERRA MADRE, FILETE, TILAPIA NATURAL, BOLSA DE 1 KG 230.06 KG CAMBIO DE MARCA 36 035007 XILOU, DE SOYA, EN POLVO, BOLSA DE 1 KG 105.00 KG CAMBIO DE MARCA 36 037005 LALA, COTAGGE, 100% LECHE, PAQ DE 350 G 197.14 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 039006 ASADERO, A GRANEL 189.00 KG CAMBIO DE MARCA 36 058004 PRECISSIMO, FRUTA SECA, UVA PASA, BOLSA DE 200 G 140.75 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 058008 LA SURTIDORA, FRUTA SECA, UVA PASA, BOLSA DE 100 G 225.00 KG CAMBIO DE MARCA 36 077004 LA COSTEÑA, ENVASADAS, ELOTES, LATA DE 220 G 56.82 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 086007 NESTLE, PALETA, MEGA, CLASICA, PZA DE 71.2 G 56.50 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 36 097004 GARAT, REGULAR, GOURMET, MEDIUM, BOLSA DE 454 G 385.46 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 104004 RON CASTILLO, AÑEJO, BOTELLA DE 1 L 139.00 LT CAMBIO DE MARCA 36 104006 CAPTAIN MORGAN, AÑEJO, SPICED RUM, BOTELLA DE 700 ML 298.58 LT CAMBIO DE MARCA 36 106003 PASSPORT, WHISKY, SELECTION, BOTELLA DE 1 L 339.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 36 110009 JORDACHE, BLUSA, 100% POLIESTER 269.00 PZA NUEVO MODELO 36 111012 WEEKEND, TINES, 6 PARES, 95% POLIESTER - 5% OTRAS FIBRAS 129.00 PAQ NUEVO MODELO 36 113006 WILSON, CALCETAS, 97% POLIESTER - 3% OTRAS FIBRAS, 3 PARES 59.99 PAQ CAMBIO DE MARCA 36 114002 GIAN FRANCO DUNNA, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 649.00 PZA CAMBIO DE MARCA 36 116013 AMERICAN FLY, PANTALON, 75% ALGODON - 23% POLIESTER - 2% ELA 329.90 PZA CAMBIO DE MARCA 36 117007 JORDACHE, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 349.00 PZA NUEVO MODELO 36 118008 RICHE GO, PANTALON, 94% ALGODON - 6% ELASTANO 199.99 PZA CAMBIO DE MARCA 36 119032 SHYLA, ABRIGO, 100% POLIESTER 1599.00 PZA CAMBIO DE MARCA 36 121011 SONATA, BOXER, 90% NYLON - 10% LYCRA 49.90 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 122027 HANES, P/NIÑO, TRUSA, 2 PZAS, 100% ALGODON 159.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 36 126004 MXSTAZA, TRAJE, 70% VISCOSA - 30% POLIAMIDA 379.90 TRAJE NUEVO MODELO 36 126007 CONTEMPO, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 599.00 PZA NUEVO MODELO 36 126009 VERTICHE MP, FALDA, 100% POLIESTER 326.31 PZA NUEVO MODELO 36 127010 JORDACHE, PANTALON, 80% ALGODON - 18% POLIAMIDA - 3% ELASTANO 349.00 PZA NUEVO MODELO 36 128007 NITRO SPORT, PANTS, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO 299.90 JGO CAMBIO DE MARCA 36 129003 NON STOP, PIJAMA, 51% POLIESTER - 49% ALGODON 359.00 JGO CAMBIO DE MARCA 36 136006 COQUETA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 679.00 PAR CAMBIO DE MARCA 36 137011 PUMA, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 1849.00 PAR CAMBIO DE MARCA 36 148004 COMEDOR, 6 PZAS (M-45S), MOD ESTAMBUL 17999.00 JGO NUEVO MODELO 36 151008 RAFAGA, RECAMARA, KS, 5 PZAS, MOD ZERMAT 18890.00 JGO CAMBIO DE MARCA 36 152002 SALA, 3 PZAS, LINO GRAFITO, MOD DIANA 16790.00 JGO CAMBIO DE MARCA 36 152007 CAVI, SALA, ESQUINERA, MOD SHIBA 10399.20 JGO CAMBIO DE MARCA 36 153001 STARHAUS, EDREDON, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD MATEO 739.00 PZA NUEVO MODELO 36 158007 WHIRLPOOL, 6 QUEM, 30”, PLATA MERCURY, MOD EM7646BSIS2 12610.43 UNIDAD NUEVO MODELO 36 159005 ASPIX, 1.1 PIES, CAP 30 L, MOD AX24MWO11NEJ 2599.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 159007 OSTER, 0.7 PIES, CAP 20 L, 700W, MOD OGGMEX2701 1795.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 36 160006 LG, SECADORA, BCA, 25 KG, MOD DT25WTGK 14599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 36 165002 EKCO, TABLA P/PICAR, MEDIANA 190.00 PZA CAMBIO DE MARCA 36 187004 VOLFENAC, POMADA, GEL, TUBO DE 100 G, LAB COLLINS 86.94 TUBO CAMBIO DE PRESENTACION 36 206012 USOS MULTIPLES 547900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 36 207003 ITALIKA, URBANA, TRABAJO, MOD FT125 21249.00 UNIDAD NUEVO MODELO 36 208001 MERCURIO, URBANA, R-20, MENTA, MOD EVERGREE 3899.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 36 208004 TRECK, DE CARRERA, R-29, 10 PASOS, MOD MARLIN 6, 2026 26000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 36 231007 TCL, 50”, QLED, LED, 4K, MOD SERIE Q5K 7495.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 36 260002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 533.33 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 36 261001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 2575.00 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 36 261002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 941.67 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 36 262002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 13406.00 COST/A CAMBIO DE MODALIDAD 36 262003 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 12000.00 COST/A CAMBIO DE MODALIDAD 36 266005 CIRCLE K, CONGELADA, PAQ DE 260 G 246.16 KG CAMBIO DE MARCA 36 287003 CASIO, RELOJ, P/HOMBRE, MOD F-91W, 735851 599.00 PZA NUEVO MODELO 36 287010 TOUS MP, RELOJ, P/MUJER, AUTOMATICO, MAQ EXPUESTA, DORADO 10500.00 PZA NUEVO MODELO 37 004003 NABISCO, SALADAS, RITZ, CAJA DE 356 G 141.85 KG CAMBIO DE MARCA 37 014002 A GRANEL 30.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 026007 EL DORADO, ATUN, EN ACEITE, LATA DE 130 G 107.69 KG CAMBIO DE PRESENTACION 37 026009 MAZATUN, ATUN, EN ACEITE, LATA DE 130 G 146.15 KG CAMBIO DE PRESENTACION 37 038009 CAPERUCITA, MANCHEGO, REBANADO, PAQ DE 400 G 247.50 KG CAMBIO DE MARCA 37 091001 BEST FOODS, MAYONESA, FCO DE 433 G 175.52 KG CAMBIO DE PRESENTACION 37 099008 JUMEX MIA, MINERAL, LATA DE 355 ML 42.25 LT CAMBIO DE MARCA 37 114006 GIANFRANCO DUNNA, CAMISA, 100% ALGODON 399.00 PZA NUEVO MODELO 37 115004 OCEAN PACIFIC, PLAYERA, 83% POLIESTER - 17% ELASTANO 199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 115007 M&O, PLAYERA, 100% ALGODON 49.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 37 115010 MARCO MARINE, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 169.99 PZA CAMBIO DE MARCA 37 116005 BOLERO, PANTALON, 100% ALGODON 299.90 PZA CAMBIO DE MARCA 37 117002 LULUMARI, PANTALON, 100% POLIAMIDA 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 118006 CIMARRON, PANTALON, 76.9% ALGODON -20% POLIESTER - 3.1% ELAS 259.00 PZA NUEVO MODELO 37 118010 BM JEANS, PANTALON, 75% ALGODON - 20% POLIESTER - 2% ELASTAN 199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 123015 NAUTICA, TRAJE, DE 2 PZAS, 100% ALGODON 299.00 TRAJE CAMBIO DE MARCA 37 127007 CARE BEARS, BLUSA, 100% ALGODON 149.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 137003 SNEAKERS, P/ADULTO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 899.00 PAR CAMBIO DE MARCA 37 147003 SEALY, MATRIMONIAL, PREMIUM FOAM, MOD AUDEN 5499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 148003 COLOSO, COMEDOR, 7 PZAS (1M-6S), MOD NIZA 4999.00 JGO CAMBIO DE MARCA 37 160002 ACROS, LAVADORA, 15 KG, MOD ALF1551EG 4299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 161004 MABE, 19 PIES, 2 PTAS, MOD RMS510IVMRM0 17790.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 163007 KITCHEN LAB, 8 VEL, MOD 1173530460 2299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 167003 DENMARK, LOZA, VAJILLA, JGO 12 PZAS, MOD 981041644 975.00 JGO CAMBIO DE MARCA 37 172012 REYMA, PLATOS, PAQ DE 50 PZAS, MOD 855 25.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 179004 RATICIDA, TRAMPA, MOD 28 X14 71.00 PZA CAMBIO DE MARCA 72 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 37 183010 SERV DOM, ASEO GENERAL, 6 DIAS A LA SEMANA 2400.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 188002 LODESTAR, TABLETAS, 30 DE 100 MG, LAB LIOMONT 1137.24 CAJA CAMBIO DE MARCA 37 195006 CENTRUM, CAPSULAS, SILVER 50, 30 PZAS, LAB HALEON 235.04 CAJA CAMBIO DE MARCA 37 198005 HARLEY DAVIDSON, LENTES, MOD HD50049 2979.00 PZA NUEVO MODELO 37 206005 USOS MULTIPLES 1136350.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 206006 SUBCOMPACTO 324000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 207007 SUZUKI, URBANA, HURACAN, 124 CC, MOD 2026 39999.99 UNIDAD NUEVO MODELO 37 208005 ALUBIKE, DE MONTAÑA, 8 VEL, R 29, MOD SIERRA 10999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 230007 JBL, AUDIO, TEATRO EN CASA, BARRA SONIDO 3.1, MOD SB580BLKAM 6299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 262001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 8900.00 COST/A CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 262002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 2800.00 COST/A CAMBIO DE MODALIDAD 37 273001 OLE, LAPIZ LABIAL, LIQUIDO, PZA DE 4 ML 99.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 276002 GILLETTE, AEROSOL, ACTIVE PROTEC, COOL WAVE, PZA DE 150 ML 84.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 280008 PAMPERS, INFANTE, GRANDE, OVERNIGHTS, PAQ DE 88 PZAS 949.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 37 281009 KLEENEX, PAÑUELOS, BOUTIQUE, CAJA DE 60 HOJAS 14.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 37 289001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 2098.33 COST/M CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 38 041003 NUTRI YOGURT, P/BEBER, DE FRESA, BOTE DE 210 G 54.76 KG CAMBIO DE PRESENTACION 38 042002 1-2-3, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 1 L 45.46 LT CAMBIO DE MARCA 38 107001 CARMEN, TINTO, MERLOT, BOTELLA DE 750 ML 265.33 LT CAMBIO DE MARCA 38 111001 SPORTLINE, TINES, PAQ DE 6 PZAS, 98% POLIESTER - 2% ELASTANO 159.00 PAQ NUEVO MODELO 38 117006 LOB MP, PANTALON, 100% POLIESTER 699.00 PZA NUEVO MODELO 38 118005 LEVIS, PANTALON, 79% ALGODON - 20% POLIESTER - 1% ELASTANO 549.00 PZA CAMBIO DE MARCA 38 119035 SILVER SPOON, CHALECO, 100% POLIURETANO 230.00 PZA NUEVO MODELO 38 120007 BLACK&BOXER, BOXER, 96% ALGODON - 4% ELASTANO 49.99 PZA CAMBIO DE MARCA 38 127002 GIRLS ATTITUDE, PANTALON, 100% ALGODON 359.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 38 135005 LADY ANACLETA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 349.00 PAR CAMBIO DE MARCA 38 147003 SLEEPCARE, MATRIMONIAL, MOD REVIVE LUX 2790.00 PZA CAMBIO DE MARCA 38 158007 ALFA MEX, 4 QUEM, PORCENALIZADA, MOD ESFR-0046 780.00 UNIDAD NUEVO MODELO 38 160008 MAYTAG, LAVADORA, 24 KG, MOD 7MMVW5035PW 14999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 38 166003 LAMEX, SARTEN, WOK, MOD 28 CM, AMARILLO 899.00 PZA CAMBIO DE MARCA 38 170008 PRETUL, HERRAMIENTA, PINZAS, DE ELECTRICISTA, MOD PEI7PX 130.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 38 177004 MODACLEAN, TEXTIL, TELA MULTIUSOS, 100% POLIESTER, MOD ECONO 9.99 PZA NUEVO MODELO 38 177006 ADELITA, UTENSILIOS, TRAPEADOR, MOD PABILO MEDIANO 55.00 PZA CAMBIO DE MARCA 38 178002 CORONA, BARRA, TRADICIONAL, BARRA DE 400 G 64.45 KG CAMBIO DE PRESENTACION 38 181006 MR MUSCULO, LIMPIADOR, COCINA, BOTE DE 650 ML 104.62 LT CAMBIO DE MARCA 38 188003 MICARDIS DUO, TABLETAS, 28 DE 40/5 MG, LAB BOEHRINGER 1879.96 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 38 197001 JALOMA, AGUA OXIGENADA, BOTE DE 448 ML 24.00 BOTE CAMBIO DE MARCA 38 206003 USOS MULTIPLES 498900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 38 241004 CLETO REYES, EQ Y ACC, GUANTES, DE PELEA MMA, MOD O2B34 1600.00 PAR CAMBIO DE MARCA 38 241005 ROKER, EQ Y ACC, PESAS, MANCUERNA, 8 LB, MOD MANW - 008 599.00 PZA CAMBIO DE MARCA 38 247002 LA SEVILLANA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, MOD UN-3CEQ 4869.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 38 260002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1887.50 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 38 261002 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1076.67 COST/M CAMBIO DE MODALIDAD 38 283002 TAMPAX, TAMPONES, REGULAR, PAQ DE 10 PZAS 54.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 38 287002 FOSSIL, RELOJ, P/HOMBRE, MOD FS6134 3979.50 PZA NUEVO MODELO 39 050004 CHINO, A GRANEL 30.55 KG CAMBIO DE PRESENTACION 39 074002 SABRITAS, AMARILLAS, BOLSA DE 42 GR 476.19 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 39 106005 JOHNNIE WALKER, WHISKY, RED, BOTELLA DE 700 ML 575.73 LT CAMBIO DE MARCA 39 110006 SANTORY, BLUSA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 100.00 PZA NUEVO MODELO 39 110008 BERSHKA, PLAYERA, 98% ALGODON - 2% ELASTANO, CUELLO REDONDO 179.00 PZA NUEVO MODELO 39 112006 ATLETICOS, CALCETINES, 75% ALGODON - 25% OTRAS FIBRAS 79.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 39 113003 FRUIT OF THE LOOM, CALCETINES, 100% FIBRAS RECUPERADAS 69.00 PAQ NUEVO MODELO 39 113008 ATLETICOS, TINES, 50% POLIESTER - 37% ALGODON - 13% OTROS 59.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 39 115008 HUMO, CAMISA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON, VARIOS MOD 179.90 PZA CAMBIO DE MARCA 39 118005 JNS, PANTALON, 80% ALGODON - 17% POLIESTER - 3% ELASTANO 599.00 PZA CAMBIO DE MARCA 39 119010 VITOS, SUETER, 100% ACRILICO 999.00 PZA NUEVO MODELO 39 119013 HUMO, SUETER, 50% VISCOSA - 28% POLIESTER - 22% POLIAMIDA 229.90 PZA CAMBIO DE MARCA 39 119014 K-SWISS, SUDADERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 39 119047 NIKE, SUDADERA, 100% ALGODON, CAPUCHA 949.00 PZA CAMBIO DE MARCA 39 120005 SOCCER, TRUSA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER, PAQ C/6 PZAS 149.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 39 122006 PUMA, P/NIÑO, TRUSA, PAQ 2 PZAS, 95% ALGODON - 5% ELASTANO 379.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 39 122007 FRUIT OF THE LOOM, P/NIÑO, TRUSA, 100% ALGODON, PAQ C/3 109.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 39 122014 MP, P/NIÑO, CAMISETA, 100% ALGODON, EST 34147 49.90 PZA NUEVO MODELO 39 122016 FRUIT OF THE LOOM, P/NIÑA, PANTALETAS, 100% ALGODON 95.00 PZA CAMBIO DE MARCA 39 122020 PRETTY, P/NIÑA, PANTALETAS, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO 59.90 PZA NUEVO MODELO 39 122026 MP, P/NIÑA, PANTALETAS, 100% ALGODON, MOD 14128 99.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 39 126007 MOSTAZA, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 149.90 PZA NUEVO MODELO 39 126008 SANTORY, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 120.00 PZA NUEVO MODELO 39 127007 FANTASTIC, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 99.90 PZA CAMBIO DE MARCA 39 127009 ZARA KIDS, PANTALON, 100% ALGODON 749.00 PZA NUEVO MODELO 39 128008 NITRO, PANTS, 50% POLIESTER - 50% ALGODON 219.90 PZA CAMBIO DE MARCA 39 128011 WILSON, PANTS, 100% POLIESTER, VARIOS MOD 249.00 PZA CAMBIO DE MARCA 39 129001 SANTORY, PIJAMA, 94% POLIESTER - 6% ELASTANO 190.00 PZA NUEVO MODELO 39 129009 MP, BATA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON, VARIOS MOD 229.00 PZA CAMBIO DE MARCA 39 135001 JOYCE, ZAPATOS, CORTE BOVINO - SUELA SINTETICA 2099.00 PAR NUEVO MODELO 39 136005 CLEO, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 285.00 PAR CAMBIO DE MARCA 39 137001 CHARLY, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 699.00 PAR CAMBIO DE MARCA 39 147003 MIMO, MATRIMONIAL, TOSCANO, ORTOPEDICO 3499.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 39 147004 VITTORIO BENZI, MATRIMONIAL, MOD MAXIMO 4500.00 PZA CAMBIO DE MARCA 39 149016 CASA DE LAS LOMAS, MESA, CARTAGENA NOGAL, 180 CM 41849.00 PZA CAMBIO DE MARCA 39 149029 MESA, BARCELONA BROWN, 150 CM 10377.80 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 39 151002 RECAMARA, KING SIZE, 5 PZAS, MOD HADAR PAROTA 12999.00 JGO NUEVO MODELO 39 151007 PLACENCIA, RECAMARA, ALFA, 6 PZAS 40798.50 PZA NUEVO MODELO 39 154006 ZARA HOME, QUEEN SIZE, 100% ALGODON PERCAL, COLORES 1199.00 PZA NUEVO MODELO 39 155019 COLAP, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON, 70 X 140 CM 162.50 PZA NUEVO MODELO 39 159002 LG, 1.5 PIES, MOD MS1536GISBBKFLA 4999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 39 161006 SAMSUNG, 27 PIES, 2 PUERTAS, MOD RS27T5200S9 30149.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 39 163004 T FAL, 14 VEL, 550 W, MOD INFINITY FORCE XL 1148.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 39 177003 REYNERA, UTENSILIOS, ESCOBA, BASIC 62.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 39 198003 NODO, LENTES, ARMAZON, GRADUACION, VARIOS MOD 999.00 PAR CAMBIO DE MARCA 39 206002 USOS MULTIPLES 899900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 39 206003 USOS MULTIPLES 413400.00 UNIDAD NUEVO MODELO 39 206005 USOS MULTIPLES 777900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 39 206006 MINIVAN 997600.00 UNIDAD NUEVO MODELO 39 206010 COMPACTO 847900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 39 208007 EQUALIZER, URBANA, R26, MOD FLORIDA 5995.00 UNIDAD NUEVO MODELO 39 210001 KUMHO, RIN 13, ECOWING, 175/70, R26 1100.00 PZA NUEVO MODELO 39 216013 SERV DE MANTENIMIENTO, Q3, 60 KM 7000.00 SERV ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 39 230002 STF, ACCESORIOS, BOCINA, 5”, ALTAVOZ, STUFFACTOR, M-S75169 1599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 39 230013 SELECT SOUND, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOTH, USB, M.BT2029 2999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 39 230014 STEREN, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD AUD-7410NE 249.00 UNIDAD NUEVO MODELO 39 230016 ALEXA, ACCESORIOS, ASIST VIRTUAL, ECHO SPOT, BV84J9 2019.00 UNIDAD NUEVO MODELO 39 231002 LG, 50”, LED, MOD 5OUA73OOPSB 7149.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 39 236003 HBO MAX, STREAMING, ESTANDAR, MENSUAL 239.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 39 240005 TONI TOY´S, JUGUETE, PISTOLA DE HIDROGEL, MOD Q-99503 530.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 73 39 246002 CTRO NOCT, BEBIDA, COCKTAIL, PROHIBICION 209.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 39 251010 CIENCIAS, SECUNDARIA, BIOLOGIA, CARLOS GUILLEN, ED SANTILLAN 330.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 39 272005 REVLON, SECADORA, 2 TEMPERATURAS, 2 VELOCIDADES, 1875 W 300.00 UNIDAD NUEVO MODELO 40 003005 DE MAIZ, A GRANEL 26.59 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 009004 BIMBO, P/HOT DOG, MEDIAS NOCHES, PAQ DE 340 G 135.29 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 015004 DEL HOGAR, BOLSA DE 300 G 60.00 KG CAMBIO DE MARCA 40 015006 DEL HOGAR, 15 PZAS, BOLSA DE 300 G 60.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 021008 GALICIA, DE PAVO, A GRANEL 108.08 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 40 024008 CAPISTRANO, DE CERDO, AHUMADO, PAQ DE 250 G 382.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 40 042001 VALLEY FOODS, ACEITE, OLIVA, BOTELLA DE 750 ML 229.33 LT CAMBIO DE MARCA 40 069004 LA SIERRA, ENTEROS, BAYOS, LATA DE 580 G 31.90 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 084005 DE LA ROSA, DULCES, ENCHILADO, PULPARINDO, PAQ DE 20 PZAS 42.23 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 085004 KARO, MIEL, JARABE DE MAPLE, BOTELLA DE 250 ML 148.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 094005 BARRILITO, CONDIMENTOS, VINAGRE, BOTELLA DE 750 ML 16.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 099007 PEÑAFIEL, MINERAL, BOTELLA DE 600 ML 28.26 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 100008 FANTA, REFRESCO, SABOR, NARANJA, BOTELLA DE 600 ML 31.67 LT CAMBIO DE MARCA 40 107001 TOLTEN BY CARMEN, TINTO, MERLOT, BOTELLA DE 750 ML 132.00 LT CAMBIO DE MARCA 40 111005 OYSHO, TINES, PAQ DE 2 PZAS, 72% ALGODON - 25% POLIESTER - 3 349.00 PAQ NUEVO MODELO 40 113011 CHARLY, CALCETAS, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO 89.00 PAR CAMBIO DE MARCA 40 116004 JBE, SHORT, 51% TENCEL - 49% ALGODON 849.00 PZA NUEVO MODELO 40 116007 YALE, PANTALON, 68% POLIESTER - 32% VISCOSA 499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 40 135006 ONENA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA, MOD 1114 1299.00 PAR NUEVO MODELO 40 140003 INTERCERAMIC, PISO, CERAMICO, BRUNEI, BEIGE 40 X 40 142.00 MT2 NUEVO MODELO 40 147001 RESTONIC, MATRIMONIAL, MOD PALMIRA 4999.00 PZA NUEVO MODELO 40 154005 VIANNEY MP, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD VIALIFRESH MATRRI 1099.00 JGO NUEVO MODELO 40 180004 DELSEY MAX, SERVILLETAS, PAQ DE 220 PZAS 27.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 181004 ENSUEÑO, SUAVIZANTE, BOTELLA DE 850 ML 25.61 LT CAMBIO DE PRESENTACION 40 183002 NIÑERA, 4 HORAS AL DIA, 5 DIAS POR SEMANA 1250.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 183004 SERV DOM, ASEO GRAL, UN DIA A LA SEMANA 500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 183011 SERV DOM, PLANCHADO, POR DOCENA 100.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 196021 YASMIN, ANTICONCEP, 21 COMPRIMIDOS, 3MG/0.03MG, LAB BAYER 555.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 40 206002 COMPACTO 394200.00 UNIDAD NUEVO MODELO 40 206011 DE LUJO 495990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 40 207002 VENTO, CRUCERO, CHOPPER, 300 CC, MOD 2026 67997.50 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 40 207003 BAJAJ, DE PISTA, PULSAR N250 UG FI, MOD 2026 91499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 40 207004 VELOCI, URBANA, BLACK HAWK RT, 200 CC, MOD 2026 24999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 40 207010 YAMAHA, URBANA, YB 125, MOD 2026 37999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 40 207012 VENTO, URBANA, LITHIUM, 190 CC, MOD 2026 26999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 40 210008 MICHELIN, RIN 17, 225/45, MOD PRIMACY 5 + PLUS 4730.00 PZA NUEVO MODELO 40 234001 INFINITUM, INTERNET, PAQ DE 100 MEGAS, PAGO MENSUAL 399.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 237006 YOUTUBE, MUSICA, STREAMING, PREMIUM, INDIVIDUAL, S/ANUNCIOS 159.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 240004 MATTEL, JGO DE MESA, UNO QUATRO 549.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 40 242001 RUNNING, ARTIFICIALES, ARBUSTOS, MOD EUCALIPTO 104 421.28 PZA CAMBIO DE MARCA 40 255004 IXTAPA, ARMADO, TERRESTRE, 3 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS 5903.75 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 259001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 8250.25 COST/M CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 262001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 7340.00 COSTO/ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 267001 PAQ AHORRES, GUARNICION Y REFRESCO 1.5 LT 165.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 40 269001 GUISADO, LASAÑA, DE CARNE, A GRANEL 475.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 40 274008 CREST, CREMA DENTAL, ANTICARIES, TUBO DE 75 ML 393.33 LT CAMBIO DE MARCA 40 275004 POND´S, FACIAL, CLARANT B3, BOTE DE 100 G 900.00 KG CAMBIO DE MARCA 40 279005 BIC, RASTRILLO, 3 HOJAS, SENSITIVE, P/DAMA, PAQ DE 2 PZAS 83.50 PAQ CAMBIO DE MARCA 40 281009 KLEENEX, PAÑUELOS, CAJA DE 90 PZAS 30.00 CAJA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 005006 PRECISSIMO, DE TRIGO, PAQ DE 1 KG 17.00 KG CAMBIO DE MARCA 41 012001 WONDER, PASTELILLO, CHOCOTORRO, PZA DE 50 G 500.00 KG CAMBIO DE MARCA 41 030006 LALA, CREMA, ENTERA, ORIGINAL, BOTE DE 426 G 110.33 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 41 069004 LA SIERRA, REFRITOS, NEGROS, BOLSA DE 430 G 32.56 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 092001 DEL MONTE, CATSUP, BOTELLA DE 320 G 54.13 KG CAMBIO DE PRESENTACION 41 115003 REFILL, CAMISA, 65% ALGODON - 35% POLIESTER 219.00 PZA NUEVO MODELO 41 118003 REFILL, PANTALON, 94% ALGODON - 6% POLIESTER 279.00 PZA NUEVO MODELO 41 164007 RECORD, CERAMICA, MOD 2712 699.00 UNIDAD NUEVO MODELO 41 167008 VASCONIA, CUBIERTOS, ESENCIAL, JGO DE 16 PZAS, MOD BLACK SHI 449.00 JGO CAMBIO DE MARCA 41 169004 ETCO, AHORRADOR, LED, 125 W, MOD 208626 31.50 PZA CAMBIO DE MARCA 41 204001 RENTA DE QUIROFANO, UNA HORA 2050.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 206001 SUBCOMPACTO 901190.00 UNIDAD NUEVO MODELO 41 206006 USOS MULTIPLES 733900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 41 207003 VENTO, SCOOTER, 170 CC, MOD SPIRIT ZX-2026 27999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 41 231002 TCL, 65”, QLED, 4K, GOOGLE TV, MOD 65Q5K 9991.64 UNIDAD NUEVO MODELO 41 231003 JVC, 60”, LED, UHD, ROKU, MOD SI60URF 9999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 41 231007 VIOS, 50”, LED, 4K, MOD VI-50T232 7899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 41 239010 EA SPORTS, VIDEOJUEGO, DISCO, PS5, MOD FC26 1799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 253005 MUY INTERESANTE, REVISTA, JUNIOR, MENSUAL, ED TELEVISA 69.00 EJEMPL CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 254004 KORES, COLORES, JUMBO, C/SACAPUNTAS, CAJA DE 12 PZAS 145.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 254008 BACO, PEGAMENTO, LAPIZ ADHESIVO, TUBO DE 9 GR 12.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 261004 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1225.83 COSTO/ CAMBIO DE MODALIDAD 41 262003 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 9520.00 COSTO/ CAMBIO DE MODALIDAD 41 262004 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 2610.00 COSTO/ CAMBIO DE MODALIDAD 41 284008 RICITOS DE ORO, P/BEBE, CREMA, MIEL Y ARGAN, BOTELLA DE 250 63.50 PZA CAMBIO DE MARCA 41 287010 BABY COLORS, JOYERIA, CADENA, 10 K, MOD ESPEJO 3699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 291001 CREMACION, ATAUD Y URNA, MOD PINO 9000.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 42 118001 OPTIMA MP, PANTALON, 63% ALGODON - 35% POLIESTER - 2% ELASTA 199.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 42 121005 BONSUAR, PANTALETA, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 39.99 PZA CAMBIO DE MARCA 42 122014 ROSE GIRL, P/NIÑA, BRASIER, 65% NYLON - 35% SPANDEX 36.00 PZA CAMBIO DE MARCA 42 135004 ANDREA MP, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 799.00 PAR NUEVO MODELO 42 152002 MARBY, SILLON, MOD MONTEVIDEO 4799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 42 166001 MONETA, SARTEN, 24 CM, MOD PRISMA 279.00 PZA CAMBIO DE MARCA 42 169005 IGOTO, LED, 50 WATTS, LUZ FRIA, MOD F-10550 77.82 PZA NUEVO MODELO 42 230005 STEREN MP, VIDEO, DISP.P/STREAMING, PROYECTOR, MOD 250 LM 2490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 42 230007 ROKU, VIDEO, DISP.P/STREAMING, EXPRESS, MADE EASY, MOD ROK3 847.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 42 247001 GILB, GUITARRA ACUSTICA, MOD SELECTA 1947 1950.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 42 250002 SHOW, PAQ 1, LUNA CRECIENTE, 2 ANIMADORAS, 5 JGOS, SONI 2800.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 42 265006 FONDA, MENU DEL DIA Y AGUA DE FRUTA 90.00 ORDEN CAMBIO DE MODALIDAD 42 288015 CHENSON, MOCHILA, MOD 0825 799.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 43 008005 BARRA, FRANCESA, PZA 9.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 43 010004 CONCHA, MEDIANA, PZA 8.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 43 027016 CAMARON, CRUDO, PACOTILLA, A GRANEL 215.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 43 028001 ENTERO, PARGO, MULATO, A GRANEL 180.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 43 041008 LALA, P/BEBER, DE FRESA, BOTE DE 220 G 86.36 KG CAMBIO DE PRESENTACION 43 077004 EL PURITANO, ENVASADAS, CHAMPIÑONES, LATA DE 200 G 79.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 43 099006 BONAFONT, SABORIZADA, LIMON, BOTELLA DE 1 L 23.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 43 116003 INDIGO RAW, PANTALON, 95% ALGODON - 5% POLIESTER 249.99 PZA NUEVO MODELO 43 117003 AERO STRONG, PANTALON, 75% ALGODON - 22% POLIESTER - 3% ELAS 229.99 PZA NUEVO MODELO 43 120010 NAUTICA, TRUSA, PAQ DE 3 PZAS, 77% POLIESTER - 18% ALGODON 719.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 43 123007 BABY OPTIMA, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 159.00 PZA CAMBIO DE MARCA 43 126004 EUPHORIA MP, VESTIDO, 100% POLIESTER 1520.00 PZA CAMBIO DE MARCA 43 158004 ACROS, 4 QUEM, MOD NAW1001 4590.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 74 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 43 161008 HISENSE, 20 PIES, MOD RS20N6WCX 13597.00 UNIDAD NUEVO MODELO 43 163009 HAMILTON BEACH, 4 VEL, MOD 58600 1899.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 43 167001 SNAPWARE, CRISTALERIA, REFRACTARIO, DE 950 ML, MOD 1109304 209.00 PZA NUEVO MODELO 43 175002 GLADE, AMBIENTAL, AEROSOL, ODISEA AZUL, PZA DE 275 ML 54.90 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 43 183011 SERV DOM, PLANCHADO, DOCENA 60.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 43 195003 BEDOYECTA+G, TABLETAS, CAJA DE 30 PZAS, LAB GROSSMAN 346.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 43 203002 CESAREA, CUARTO VIP, 2 DIAS 10976.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 43 207001 DINAMO, SCOOTER, ALIEN-R, 175 CC, MOD 2026 34590.00 UNIDAD NUEVO MODELO 43 207004 BAJAJ, URBANA, PULSAR NS160, MOD 2026 50499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 43 208007 TURBO, DE MONTAÑA, R-26, 21 VEL, MOD DEIMOS 11099.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 43 216006 ALINEACION Y BALANCEO, DELANTERA, MANO DE OBRA 475.00 SERV CAMBIO DE MARCA 43 241010 X10, EQ Y ACC, RAQUETA, PING PONG, PAQ DE 2 PZAS, MOD EVOTBL 349.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 43 246005 ACT RECR, JGOS INFANT, WHACK N WIN 31.00 JGO CAMBIO DE MODALIDAD 43 248003 CINEPOLIS, DOM, MACRO XE, A PARTIR DE LAS 12 PM, ADM GRAL 95.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 43 252003 PAIDOS, SUPERACION, HABITOS ATOMICOS, CLEAR JAMES 399.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 43 268013 CAFETERIA, CAFE AMERICANO CHICO, BAGUETTE ESPAÑOLA 161.00 ORDEN CAMBIO DE MODALIDAD 43 273005 LANCOME, RIMEL, HYPNOSE, DRAMA, EXTREME, PZA DE 8 ML 800.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 43 282011 PRORGANICS, CHAMPU, REESTRUCTURANT, JOJOBA, BOTELLA D 400 ML 132.50 LT CAMBIO DE MARCA 43 291002 INHUMACION, ATAUD MADERA, DOBLE TABLERO, SERV DE CARROZ 13000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 44 042004 CAPULLO, ACEITE, MIXTO, CANOLA, BOTELLA DE 750 ML 61.33 LT CAMBIO DE PRESENTACION 44 099002 BONAFONT, NATURAL, BOTELLA DE 1500 ML 10.00 LT CAMBIO DE MARCA 44 149007 HOUZER, CAJONERA, MDF LAMINADO, METALICO, 6/CAJONES DE TELA 1490.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 44 153005 FRAZADA, LIGERA, MATRIMONIAL 230.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 44 198001 RALPH LAUREN, LENTES, MICAS, POLICARBONATO, MUJER/OVALADO23 5200.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 44 207002 VENTO, URBANA, RYDER, 190CC, 2026 25499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 44 207004 VENTO, SCOOTER, MOD SPIRIT ZX 170CC, 2026 25999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 44 207005 VENTO, SCOOTER, RUDA, 170 CC, F4, MOD 2026 25999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 44 273001 I´M NATURAL, MAQUILLAJE POLVO, CANELA, PZA DE 9 G 40.00 PZA CAMBIO DE MARCA 44 287003 SKECHERS, RELOJ, P/MUJER, P/MUJER, DORADO, MOD SR 1178 E 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 45 001003 PRIMA, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 900 G 26.67 KG CAMBIO DE PRESENTACION 45 074001 PRINGLES, ORIGINAL, BOTE DE 35 G 628.57 KG CAMBIO DE PRESENTACION 45 077001 VALLEY FOODS, ENVASADAS, ELOTES, LATA DE 220 G 45.45 KG CAMBIO DE PRESENTACION 45 109002 FAROS, C/FILTRO, CAJETILLA DE 25 PZAS 63.00 CAJETI CAMBIO DE MARCA 45 118006 REFILL, PANTALON, 99% ALGODON - 1% ELASTANO 329.00 PZA NUEVO MODELO 45 135001 FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 999.00 PAR NUEVO MODELO 45 147002 SPRING AIR, MATRIMONIAL, MOD MONACO 6500.00 PZA CAMBIO DE MARCA 45 148005 IMANOL, COMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD SARTORI 37494.25 JGO CAMBIO DE MARCA 45 150003 SAMSUNG, CAMPANA EXTRACTORA, MOD NK30B3000US 3224.25 PZA CAMBIO DE MARCA 45 153005 STARHAUS, EDREDON, MAT, JGO DE 3 PZAS, 100% POLIESTER, MOD MA 739.00 JGO NUEVO MODELO 45 156003 SAMSUNG, MINISPLIT, 12000 BTUS, MOD AR50F12D1VHN 12599.25 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 45 163004 RECORD, 3 VEL, MOD PN-4655 999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 45 164001 DAEWOO, SUELA CERAMICA, MOD DSI-9204 799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 45 181001 ENSUEÑO, SUAVIZANTE, MAX, FRESCO VERANO, BOTELLA DE 850 ML 36.47 LT CAMBIO DE MARCA 45 231002 HKPRO, 55”, LED, SMART TV, MOD HKP55RUHD2 5999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 45 254005 NORMA, COLORES, CAJA DE 12 PZAS 105.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 45 291001 PAQ PREVISION, TRAMITES, EQ DE VELACION, ATAUD BASICO 9800.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 025002 SUKARNE, HIGADO, PAQ DE 500 GR 74.00 KG CAMBIO DE MARCA 46 077003 DEL MONTE, ENVASADAS, VERDURAS MIXTAS, LATA DE 400 GR 57.50 KG CAMBIO DE MARCA 46 111007 CRISTIANA, PANTIMEDIAS, 85% POLIAMIDA - 15% ELASTANO 53.00 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 112002 JORZAL, CALCETINES, 100% NYLON 35.00 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 112005 FANDELI, CALCETAS P/HOMBRE, PAQ DE 3 PARES, 80% ALGODON - 15% 46.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 113005 BBS, CALCETAS, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO 45.00 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 115002 COWBOY, CAMISA, 100% ALGODON 479.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 115003 STAR WEST, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 139.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 116002 CREACIONES ROVI, PANTALON, 100% POLIESTER 275.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 116004 WEST SILVER, PANTALON, 100% ALGODON 349.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 118001 AR SCHOOL, PANTALON, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 239.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 118003 GACELA, PANTALON, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 599.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 118010 RJ TEXANOS, PANTALON, 100% ALGODON 285.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 119002 REFILL, CHAMARRAS Y ABRIGOS, CHAMARRA, P/NIÑA, 100% POLIESTE 549.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 122001 KOKOWEI, P/NIÑO, TRUSA, 95% ALGODON - 3% ELASTANO 25.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 124001 OLD WEST, SACO, 100% POLIESTER 2495.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 124004 OLD WEST, TRAJE, 100% POLIESTER 1599.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 127002 VERZION, PANTALON, 100% ALGODON 345.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 127007 BERONNA, PANTALON, 75% ALGODON - 23% POLIESTER - 2% ELASTAN 189.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 130006 ELEGANTE WESTERN, CINTURON, 100% PIEL 595.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 153001 REGINA, COBERTOR, MAT, 100% PLIESTER, MOD SEDUCCION BLACK 759.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 46 158002 KOBLENZ, 6 QUEM, ACERO, MOD EKE-3131-ND-ICHIC 15499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 46 162006 OSTER, BATIDORA, 350 W, C/ACCESORIOS, MOD FPSTH851038 1488.50 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 46 169001 AKSI, LED, PAQ DE 2 PZAS, 9 W, MOD A9W-ECO-AK 39.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 46 177006 ARIKLEAN, TEXTIL, TELA MULTIUSOS, PAQ DE 6 PZAS, 35 X 35 CM 37.50 PAQ CAMBIO DE MARCA 46 178005 ARIEL, LIQUIDO, COLOR, BOTELLA DE 750 ML 47.87 LT CAMBIO DE PRESENTACION 46 210003 LAUFENN, RIN 14, 185/60, MOD LH41 1969.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 273005 MAYBELLINE, NEW YORK, DELINEADOR, TATTOO STUDIO, DE 1.1 GR 264.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 277004 EQUATE, BARRA, ALOE, PAQ DE 4 BARRAS, DE 110 GR C/U, 440 GR 74.04 KG CAMBIO DE MARCA 46 288002 SUPRA, MOCHILA, DE 15”, MOD WBT2587E 1089.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 288007 TREVEL REPUBLIC, MALETA, TELA, DE 24”, MOD SINCE 2024 1199.00 PZA NUEVO MODELO 47 017001 PIERNA, TROZO, A GRANEL 180.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 47 018009 CORTES ESP, FILETE, A GRANEL 290.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 47 018013 RETAZO, A GRANEL 160.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 47 093001 CAMPBELL`S, CREMA, DE ELOTE, LATA DE 430 G 113.95 KG CAMBIO DE PRESENTACION 47 100007 FRESCA, REFRESCO, SABOR, TORONJA, BOTELLA DE 600 ML 38.33 LT CAMBIO DE MARCA 47 100008 SANGRIA CASERA, REFRESCO, SABOR, BOTELLA DE 600 ML 35.00 LT CAMBIO DE MARCA 47 104005 MATUSALEM, SOLERA, CLASICO, 10 AÑOS, BOTELLA DE 750 ML 466.67 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 47 105003 SAUZA, REPOSADO, BOTELLA DE 700 ML 400.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 47 106005 ZAVERICH, VODKA, BOTELLA DE 1 L 110.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 47 115004 TOMMY HILFIGER, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 234.00 PZA CAMBIO DE MARCA 47 133004 STAHL, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 529.00 PAR CAMBIO DE MARCA 47 162003 OSTER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD 2217256 479.00 UNIDAD NUEVO MODELO 47 164003 OSTER, SUELA CERAMICA, MOD GCSTDPD8201-013 1299.00 UNIDAD NUEVO MODELO 47 183005 SERV DOM, ASEO GRAL, PAGO POR DIA 350.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 47 207003 ITALIKA, URBANA, T/M, 149 CC, 5 VEL, MOD FT150, 2026 26499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 47 208001 X RUSH, DE MONTAÑA, R 22, 1 VEL, MOD SPEED SINGLE 2890.00 UNIDAD NUEVO MODELO 47 225001 SITIO, TERMINAL - ENTRADA ZONA INDUSTRIAL 70.00 VIAJE CAMBIO DE MODALIDAD 47 244001 VETERINARIO, CONSULTA 250.00 SERV ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 48 001002 VERDE VALLE, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 900 G 40.00 KG CAMBIO DE MARCA 48 006004 SCHETTINO, PALOMERO, BOLSA DE 500 G 42.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 48 038002 LA VILLITA, MANCHEGO, A GRANEL 242.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 48 058006 BARCEL, SEMILLAS, CACAHUATES, GOLDEN NUTS, BOLSA DE 78 G 230.77 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 48 102004 NESTEA, POLVO, RINDE 2L, SOBRE DE 25 GR 10.00 SOBRE CAMBIO DE MARCA 48 103004 TERRY, SOLERA, CENTENARIO, BOTELLA DE 700 ML 621.43 LT CAMBIO DE MARCA 48 129003 LA EXPRESS, TOP, 97% POLIAMIDA - 3% ELASTANO 129.99 PZA CAMBIO DE MARCA 48 148003 ASHLEY, ANTECOMEDOR, 5 PZAS (M-4S), MOD AMY 20999.00 JGO CAMBIO DE MARCA 48 151003 GONCAD, LITERA, INDIVIDUAL, MOD SEVILLA 7690.00 PZA NUEVO MODELO 48 152004 ELITE ARTABAN, SOFA CAMA, MOD ALBORAN GRIS 12999.00 PZA CAMBIO DE MARCA Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 75 48 153008 BETTER HOMES & GARDENS, EDREDON, JGO DE 3 PZ, MOD BH3310031D 1790.00 JGO CAMBIO DE MARCA 48 205005 DE LABORATORIO, QUIMICA SANGUINEA, DE 6 ELEMENTOS 572.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 48 206008 SUBCOMPACTO 535900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 48 206009 SUBCOMPACTO 425600.00 UNIDAD NUEVO MODELO 48 206011 DE LUJO 837900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 48 210001 APLUS, RIN 13, 175/70, MOD COMFORT 800.00 PZA CAMBIO DE MARCA 48 225002 PRIVADO, PARQUE DE LAS PALAPAS - ULTRAMAR 63.56 VIAJE CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 48 230008 SKULLCANDY, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD S5PXY-L003 599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 49 094006 GAVILLA, CONDIMENTOS, ADEREZO, BALSAMICO, FCO DE 250 ML 372.00 LT CAMBIO DE MARCA 49 107003 CU4TRO SOLES, TINTO, ROBLE, CABERNET SAUVIGNON, BOTELLA DE 7 245.63 LT CAMBIO DE PRESENTACION 49 110001 FOLEY´S, BLUSA, 75% ALGODON - 20% POLIAMIDA - 5% ELASTANO 809.10 PZA CAMBIO DE MARCA 49 118007 REFILL, PANTALON, 70% ALGODON - 27% POLIESTER - 3% ELASTANO 279.00 PZA NUEVO MODELO 49 124005 WALL STREET, TRAJE, JGO DE 3 PZAS, 100% POLIESTER 999.00 TRAJE NUEVO MODELO 49 126001 C&A MP, SACO, CHALECO, 100% POLIESTER 549.00 PZA NUEVO MODELO 49 136005 RODISON, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 260.00 PAR CAMBIO DE MARCA 49 153003 MP, COLCHA, KS, JGO DE 3 PZAS, 54% POL, 46% VIS, 1250.00 PZA NUEVO MODELO 49 162008 HAMILTON BEACH, TOSTADOR, 2 REBANADAS, MOD 22997FG 499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 49 199004 CONSULTA, GENERAL 1000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 49 202001 HABITACION ST C/ALIMENTOS, POR DIA 1600.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 203001 PARTO NORMAL, HABITACION SENCILLA Y QUIROFANO 5500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 208001 HUFFY, URBANA, R-27.5, 7 VEL, MOD PARKSIDE 3699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 49 210002 KENDA, RIN 13, 175/70, MOD KR217 82H 994.61 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 234001 TELMEX, INTERNET, 100 MG, INCLUYE UNIVERSAL+ 399.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 260001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 1869.58 COSTO/ CAMBIO DE MODALIDAD 49 266003 COCINADA, ORIGINAL, FAVORITA, CARNES FRIAS, GRANDE 259.00 PZA CAMBIO DE MARCA 49 268007 CAFETERIA, CAPUCHINO DE 240 ML Y PASTEL DE CHOCOLATE AD 208.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 272002 REVLON, CEPILLO DE AIRE, ONE-STEP 2253 1250.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 50 018004 CORTES ESP, SIRLOIN, A GRANEL 390.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 50 018005 BISTEC, PULPA, A GRANEL, 260.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 50 018009 MOLIDA, POPULAR, A GRANEL 240.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 50 018033 BISTEC, DIEZMILLO, A GRANEL, 381.25 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 50 022002 EN PZAS, PECHUGA, S/HUESO, A GRANEL 180.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 50 023006 LONGMONT, DE PAVO, AHUMADO, PAQ DE 454 GR 210.94 KG CAMBIO DE MARCA 50 035003 GRAND BRAND, DE ALMENDRA, BOTE DE 1 LT 34.90 LT CAMBIO DE MARCA 50 058006 MP, EN ALMIBAR, COCTEL DE FRUTAS, LATA DE 820 GR 77.93 KG CAMBIO DE MARCA 50 058009 CORINA, EN ALMIBAR, COCTEL DE FRUTAS, 820 GR 63.41 KG CAMBIO DE MARCA 50 074001 PRINGLES, ADOBADA, BOTE DE 124 GR 426.61 KG CAMBIO DE PRESENTACION 50 082003 MP, ESTANDAR, BOLSA DE 900 GR 24.94 KG CAMBIO DE PRESENTACION 50 090005 NESTLE, MATERNIZADA, NAN, 0 A 6 MESES, LATA DE 800 GR 518.75 KG CAMBIO DE MARCA 50 104003 MATUSALEM, BLANCO, PLATINO, BOTELLA DE 750 ML 433.32 LT CAMBIO DE PRESENTACION 50 111006 VICTORIA, CALCETAS, 100% POLIESTER 55.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 50 117008 365 ESSENTIAL, PANTALON, 71% ALGODON - 25% POLIESTER - 4% OT 599.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 119018 DUPLAN PETITE, SUETER, 100% ACRILICO 1199.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 50 126006 LVYOU, FALDA, 100% POLIESTER 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 127005 CHERSI, VESTIDO, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 129001 BASIC CONCEPTS, CAMISON, 100% POLIESTER 299.00 PZA NUEVO MODELO 50 133005 CKLASS MP, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 409.00 PAR NUEVO MODELO 50 134004 HAD, BOTAS, CORTE SINTETICO - SUELA RANIL 319.00 PAR CAMBIO DE MARCA 50 136003 COLOSO, ZAPATOS, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA 899.00 PAR CAMBIO DE MARCA 50 147007 LUUNA, INDIVIDUAL, FIRME, MOD COOLING 13749.45 PZA CAMBIO DE MARCA 50 159001 SAMSUNG, 0.8 PIES, MOD MS23K3513AWAX 2781.72 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 50 171005 DURACELL, 9V, PZA 193.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 50 171007 PANASONIC, AA, 1 PZ 13.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 50 187002 ADVIL, CAPSULAS, CAJA DE 20 DE 400 MG, LAB PFIZER 221.59 CAJA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 50 188003 DIOVAN, TABLETAS, CAJA DE 30 DE 80 MG, LAB GABAME 1298.42 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 50 190002 TUSIGEN NF, EXPECTORANTES, JARABE, INFANTIL, LAB LIOMONT 126.00 FCO ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 50 197002 QUALITY DAY, CUBREBOCAS, KN 95, PAQ DE 3 PZAS 55.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 50 197004 DALUX, ALCOHOL, EN GEL, BOTELLA DE 500 ML 52.00 BOTE CAMBIO DE MARCA 50 206012 USOS MULTIPLES 1406900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 207002 VENTO, CROSS, ONYX, 250CC, MOD 2026 37999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 207004 YAMAHA, URBANA, MOD YBR125C EXPRESS 2026 38999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 207005 HONDA, URBANA, TWISTER CBF125, MOD 2026 37490.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 210003 FULLRUN, RIN 16, 205/55, MOD F6000 950.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 230007 VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, MOD VS-25 1990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 238004 GO PRO, CAMARA DE VIDEO, 13 BLACK, MOD CHDRB-134-RW 10899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 241006 NIKE, CALZADO, P/FUTBOL, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 2099.00 PAR NUEVO MODELO 50 252002 EL MUNDO DE SOFIA, LITERARIO, ED PATRIA 278.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 50 254004 ALFA, PEGAMENTO, BLANCO, BOTE DE 500 GR 50.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 255001 OBREGON-CANCUN, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 5 ESTRELLAS 11126.75 PAQ CAMBIO DE MODALIDAD 50 274002 HARM & HAMMER, CREMA DENTAL, SENSITIVE, TUBO DE 127 GR 748.03 KG CAMBIO DE MARCA 50 276003 OLD SPICE, ROLL ON, FRESH, PZA DE 50 ML 47.60 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 50 284004 JOHNSON´S, P/BEBE, TALCO, BOTE DE 200 GR 101.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 51 110001 COCOA MINT, BLUSA, 100% POLIESTER 269.90 PZA CAMBIO DE MARCA 51 112001 MC, TINES, 85% ALGODON - 15% SPANDEX 19.90 PAR CAMBIO DE MARCA 51 112003 EL CONTINENTAL, CALCETAS P/HOMBRE, 92% POLIAMIDA - 8% ELASTA 35.00 PAR CAMBIO DE MARCA 51 113006 TOMMAS, TINES, PAQ DE 3 PZAS, 75% ALGODON - 20% POLIAMIDA - 29.99 PAQ CAMBIO DE MARCA 51 117001 BLACK JNS, PANTALON, 100% ALGODON 198.90 PZA CAMBIO DE MARCA 51 119028 MARVEL, CHAMARRA P/NIÑO, 70% POLIESTER - 30% POLIURETANO 499.90 PZA CAMBIO DE MARCA 51 121003 BEAUTY SECRET, BRASIER, PAQ DE 3 PZAS, 90% POLIESTER - 10% E 329.00 PAQ NUEVO MODELO 51 122004 REFILL, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, PAQ DE 3 PZAS, 95% POLIESTER - 179.00 PAQ NUEVO MODELO 51 124003 WALL STREET, SACO, 100% POLIESTER 1049.00 PZA NUEVO MODELO 51 126001 ALMACENES MARIO, VESTIDO, 100% ALGODON 298.90 PZA CAMBIO DE MARCA 51 126003 JENNIFER MOORE, FALDA, 78% VISCOSA - 18% POLIAMIDA - 4% ELAS 119.99 PZA CAMBIO DE MARCA 51 126004 VERTICHE MP, FALDA, 100% POLIESTER 269.99 PZA NUEVO MODELO 51 126005 VERTICHE MP, VESTIDO, 100% POLESTER 149.99 PZA CAMBIO DE MARCA 51 127003 BARBIE, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 249.90 PZA CAMBIO DE MARCA 51 141002 CERRAJERO, DUPLICADO DE LLAVE NORMAL 25.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 51 153003 VIANNEY, EDREDON, MAT, 100% POL, MOD FLORALIA 519.00 PZA CAMBIO DE MARCA 51 154001 REYAN, MATRIMONIAL, JGO DE 4 PZAS, 100% ALG, MOD 97216 350.00 JGO CAMBIO DE MARCA 51 160005 KOBLENZ, LAVADORA, 23 KG, MOD LRK-2311A NADIA MAX 4099.00 UNIDAD NUEVO MODELO 51 164001 OSTER, MOD GCSTBS5051-013 434.00 UNIDAD NUEVO MODELO 51 170009 PRETUL, HERRAMIENTA, DESARMADOR, 4”, MOD DP-1/4X4BP 36.50 PZA NUEVO MODELO 51 183001 ASEO GENERAL, PAGO POR DIA 200.00 SERV CAMBIO DE MARCA 51 206001 USOS MULTIPLES 667900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 51 208005 BENOTTO, DE MONTAÑA, R-20, 18 VEL, MOD HOOK 4299.00 UNIDAD NUEVO MODELO 51 273003 POND´S, MAQUILLAJE POLVO, ANGEL FACE, CANELA, PZA DE 12 G 49.00 PZA CAMBIO DE MARCA 52 012005 BIMBO, PAN DULCE, MANTECADAS, VAINILLA, PAQ DE 188 G 170.21 KG CAMBIO DE PRESENTACION 52 044006 LALA, C/SAL, BARRA DE 90 G 288.89 KG CAMBIO DE MARCA 52 079001 PRECISSIMO, GARBANZO, BOLSA DE 500 G 39.80 KG CAMBIO DE PRESENTACION 52 088003 MP, DE POLLO, EN CUBOS, 12 PZAS, CAJA DE 132 G 140.15 KG CAMBIO DE MARCA 52 088004 RIKOMATE, DE POLLO, 3 CUBOS, BOLSA DE 33 G 151.52 KG CAMBIO DE MARCA 52 106003 JACK DANIEL´S, WHISKY, OLD NO 7, BOTELLA DE 700 ML 817.14 LT CAMBIO DE MARCA 52 109003 BENSON, C/FILTRO, CAJETILLA DE 20 PZAS 106.00 CAJETI CAMBIO DE MARCA 52 110001 LOB COLECCION MP, BLUSA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 299.00 PZA NUEVO MODELO 52 111005 CCP MP, TINES, PAQ DE 5 PARES, 50.5% POLIESTER - 43.6% ALGOD 149.00 PAQ NUEVO MODELO 76 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 52 113007 NEO CITY, CALCETAS, PAQ DE 6 PARES, 75% ALGODON - 20% POLIES 179.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 52 114001 LOB MP, CAMISA, 88% POLIESTER - 12% MODAL 799.00 PZA NUEVO MODELO 52 114002 UNDER SPORT, PLAYERA, 100% POLIESTER 119.00 PZA CAMBIO DE MARCA 52 115002 CUIDADO CON EL PERRO MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTE 119.00 PZA NUEVO MODELO 52 115007 MON CARAMEL, PLAYERA, 100% ALGODON 449.00 PZA NUEVO MODELO 52 115008 ZARA MP, PLAYERA, KIDS, 95% ALGODON - 5% ELASTANO 249.00 PZA NUEVO MODELO 52 117005 JULIO MP, PANTALON, 50% ALGODON - 47% POLIESTER - 3% ELASTAN 1399.00 PZA NUEVO MODELO 52 119035 STUDIO SI COLLECTION, CHALECO, 100% POLIAMIDA 280.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 52 122015 MSM, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO 29.99 PZA CAMBIO DE MARCA 52 122020 HANES, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 2 PZAS, 100% ALGODON 159.00 PAQ NUEVO MODELO 52 126002 STRADIVARIUS MP, VESTIDO, 76% VISCOSA - 21% POLIAMIDA - 3% E 749.00 PZA NUEVO MODELO 52 126004 ZARA MP, VESTIDO, 52% POLIESTER - 48% POLIAMIDA 999.00 PZA NUEVO MODELO 52 126007 ZARA MP, FALDA, 100% ALGODON 699.00 PZA NUEVO MODELO 52 127004 JUST FOR GIRL, FALDA, 84% POLIESTER - 11% ALGODON - 5% ELAST 119.99 PZA CAMBIO DE MARCA 52 127005 PINK VIOLET, VESTIDO, 100% POLIESTER 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 52 127006 BARBIE, VESTIDO, 95% ALGODON - 5% ELASTANO 699.00 PZA NUEVO MODELO 52 136002 GRAFITO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 499.00 PAR CAMBIO DE MARCA 52 137008 SPORTLINE, P/INFANTE, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 349.00 PAR CAMBIO DE MARCA 52 149016 MESA, CUBIERTA Y PEDESTAL, MOD TOLEDO 4 NOGAL 7588.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 52 153009 HOME NATURE, EDREDON, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD JUNGLE 3349.00 JGO CAMBIO DE MARCA 52 160002 MABE, LAVADORA, 20 KG, CARGA SUPERIOR, MOD LMA70214CAB0 10249.00 UNIDAD NUEVO MODELO 52 208003 VELOCI, URBANA, R20, MOD PHOENIX 2999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 52 230009 JBL, AUDIO, TEATRO EN CASA, BARRA DE SONIDO, MOD CINEMA SB51 3499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 52 231002 SAMSUNG, 65”, 4K UHD, SMART TV, MOD U8000FFXZX 12490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 52 231003 HISENSE, 43”, UHD 4K, SMART TV, MOD LH43BEFHVGFXZX 6599.00 UNIDAD NUEVO MODELO 52 231004 SAMSUNG, 50”, 4K, SMART, MOD LH50BEDHVGFXZX 7399.00 UNIDAD NUEVO MODELO 52 231005 SONY, 43”, 4K, SMAR TV, MOD K-43S20M2 9856.13 UNIDAD NUEVO MODELO 52 241003 SPALDING, EQ Y ACC, BALON, BASQUETBALL, NUM 7, MOD VARSITY B 379.00 PZA CAMBIO DE MARCA 52 262001 COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO 32960.00 COSTO/ CAMBIO DE MODALIDAD 52 263001 BARBACOA, DE BORREGO, A GRANEL 750.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 52 274002 ORAL-B, CREMA DENTAL, 3D WHITE, TUBO DE 67 ML 41.50 TUBO CAMBIO DE PRESENTACION 52 276006 NIVEA, AEROSOL, TONO NATURAL, BOTE DE 150 ML 90.40 PZA CAMBIO DE MARCA 52 278002 CLUB DE NUIT, AGUA DE PERFUME, CABALLERO, SILLAGE, FCO DE 10 959.00 FCO CAMBIO DE MARCA 52 286003 MANICURE, PAQ BASICO CON APLICACION DE GEL, P/DAMA 550.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 52 288016 FANNY, BOLSA, 100% PIEL, COLOR NEGRO, MOD NANCY 780.00 PZA NUEVO MODELO 53 077005 VALLEY FOODS, ENVASADAS, MIXTAS, CHICH/ZANAH, LATA DE 430 GR 47.67 KG CAMBIO DE MARCA 53 098001 THERBAL, DESHIDRATADO, LIMON, 20 SOBRES, CAJA DE 20 GR 12.99 CAJA CAMBIO DE MARCA 53 106001 BUCHANANS, WHISKY, DE LUXE, BOTELLA DE 750 ML 927.98 LT CAMBIO DE PRESENTACION 53 108004 PACIFICO, CLARA, PAQ DE 6 LATAS DE 410 ML C/U, 2460 ML 38.62 LT CAMBIO DE MARCA 53 111003 PUMA, TINES, 66% ALGODON - 34% OTROS 229.00 PAR CAMBIO DE MARCA 53 122022 HANES, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, PAQ DE 2 PZAS, 100% ALGODON 209.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 53 124005 CONTEMPO, TRAJE, 71% POLIESTER - 23% RAYON - 6% ELASTANO 2199.00 TRAJE NUEVO MODELO 53 127001 BASIC CONCEPT, VESTIDO, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 279.00 PZA CAMBIO DE MARCA 53 127007 REFILL, PANTALON, 100% POLIAMIDA 299.00 PZA NUEVO MODELO 53 129004 ADMAS, TRAJE DE BAÑO, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO 1359.00 PZA CAMBIO DE MARCA 53 133001 SEXY, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 469.00 PAR CAMBIO DE MARCA 53 133002 SWISS POLO, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 549.00 PAR NUEVO MODELO 53 133003 BEBE, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 449.00 PAR CAMBIO DE MARCA 53 133007 JENNIFER LOPEZ, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 449.00 PAR NUEVO MODELO 53 133008 18 FOREVER, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 449.00 PAR CAMBIO DE MARCA 53 135002 CLASBEN, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 499.00 PAR CAMBIO DE MARCA 53 136003 ELEFANTE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 742.88 PAR NUEVO MODELO 53 136005 COLEGIAL A22, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 177.00 PAR CAMBIO DE MARCA 53 140003 VITROMEX, PISO, STRADA, 45 X 45, MOD TERRA 219.75 CAJA CAMBIO DE MARCA 53 156003 MIRAGE, MINISPLIT, 1TON, 115 V, MOD SETCBF120K 5899.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 157002 CHEFMAN, HORNO ELECTRICO, 18 L, MOD RJ50SSM18MX PLATA 2699.10 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 159003 WHIRLPOOOL, 4 PIES, MOD WM3911D 4099.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 163003 T-FAL, 14 VEL, MOD LN8248NX 1199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 166002 JADECHEEF, SARTEN, 24 CM, MOD C035900 1049.13 PZA CAMBIO DE MARCA 53 166004 EKCO, SARTEN, ONE, 24 CM, MOD PHT AZUL 249.90 PZA NUEVO MODELO 53 180002 FRANCY, SERVILLETAS, PAQ DE 360 PZAS, HOJA SENCILLA 36.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 53 194001 NIKZON, NATURISTA, TABLETAS, 40, 2/8.3/40 MG, LAB GENOMMA 366.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 53 207004 ITALIKA, URBANA, MOD DM150 GPS 33499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 53 208001 NAHEL, DE MONTAÑA, R-16, MOD SURFF 2200.00 UNIDAD NUEVO MODELO 53 230009 STF, ACCESORIOS, BOCINA, ENCODE, INALAMBRICA, MOD STS59123 599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 238003 CANNON, CAMARA FOTOGRAFICA, REBEL T100, MOD EFS1855III 11799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 239009 NINTENDO, CONSOLA, SWITCH 0, MOD HEG-001 8999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 264001 LECHON, A GRANEL 195.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 53 266006 MP, CONGELADA, PAQ de 2, 334 GR 236.53 KG CAMBIO DE MARCA 53 273006 MAYBELLINE, RIMEL, THE FALSIES, PZA DE 9 ML 285.00 PZA CAMBIO DE MARCA 53 281003 FACIAL QUALITY, PAPEL HIGIENICO, PAQ 4 ROLLOS 320 HOJAS DOBL 25.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 53 284004 KLEEN BEBE, P/BEBE, TOALLITAS HUMEDAS, PAQ DE 120 PZAS 28.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 54 097001 CAFE DAVID, REGULAR, MOLIDO, ARABIGO, BOLSA 250 G 380.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 54 101002 POWERADE, ISOTONICA, SABOR MORA, BOTELLA DE 500 ML 50.00 LT CAMBIO DE MARCA 54 123001 MAYORAL, TRAJE, DE 3 PZAS, 99% ALGODON - 1% POLIESTER 679.00 TRAJE CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 133002 CARRAS, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 99.00 PAR ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 54 134004 SAVELLI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 2499.00 PAR CAMBIO DE MARCA 54 137004 REEBOOK, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 1399.00 PAR CAMBIO DE MARCA 54 141001 CERRAJERO, DUPLICADO DE LLAVE LARGA 30.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 141002 CUOTAS DE VIGILANCIA, PAGO QUINCENAL 2800.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 150002 MADESA, DESPENSERO, MADERA, MOD BLANCO 7899.00 PZA CAMBIO DE MARCA 54 150005 HEUMAN BRAND, BANCO, METAL, MOD OSLO FAUX 2474.00 PZA NUEVO MODELO 54 159002 OSTER, 1.1 PIES, MOD OGMM410112 2095.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 54 160004 KOBLENZ, LAVADORA, 19 KG, MOD LWM-19IIG 10199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 54 170016 PRETUL, HERRAMIENTA, PINZAS, DE CHOFER, MOD 22654 90.00 PZA CAMBIO DE MARCA 54 178002 MP, BARRA, AZUL, DE 300 GR 66.67 KG CAMBIO DE MARCA 54 183003 SERV DOM, ASEO GRAL, PAGO POR DIA 500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 206008 COMPACTO 529900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 54 206012 MINIVAN 999900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 54 207004 VENTO, URBANA, OVNI, 170CC, MOD 2026 32999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 54 230008 REDRAGON, ACCESORIOS, AUDIFONOS, ALAMBRICOS, MOD H120RGB 549.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 54 231001 HYUNDAI, 50”, ROKU TV, MOD HYLED5026 6999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 54 231006 LG, 43”, FHD LED, MOD 43LR671COSA 6049.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 54 238005 CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD R100 RF18 -45 MM 24 MP 15598.80 UNIDAD NUEVO MODELO 54 247007 MCAFEE, DESCARGA DE SOFTWARE, ANTIVIRUS, BASICA, ANUAL 619.90 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 274005 ORAL-B, CEPILLO, CLEAN, INDICATOR, PAQ DE 2 PZAS 60.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 54 288016 SUPERIOR, LENTES OSCUROS, MOD GOTA 3714 50.00 PZA CAMBIO DE MARCA 55 002003 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, DORITOS NACHOS, BOLSA DE 58 G 448.28 KG CAMBIO DE PRESENTACION 55 151006 ISSA, RECAMARA, 5 PZAS, KS, MOD REGENCY 43690.00 JGO NUEVO MODELO 55 157004 KOBLENZ, ASPIRADORA, SECO/MOJADO, MOD WD-9C212 2499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 55 207001 ITALIKA, CUATRIMOTO, MOD 2026 62999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 55 207002 MB MOTOS, CUATRIMOTO, GLOCK, 200GT, LINE, MOD 2026 69499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 55 239001 EA SPORT, VIDEOJUEGO, DISCO, XBOX, FC26 1799.00 PZA NUEVO MODELO 55 281003 PETALO, PAPEL HIGIENICO, RENDIMAX, 9 ROLLOS DE 400 HOJAS 89.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION ____________________________ Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 77 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL INFORMACIÓN relativa a saldos y productos financieros de fideicomisos en que participa el Instituto Nacional Electoral, que se proporciona en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con corte al 31 de diciembre de 2025 (Fideicomiso Fondo para el cumplimiento del Programa de Infraestructura Inmobiliaria y para la Atención Ciudadana y Mejoramiento de Módulos del Instituto Nacional Electoral). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral. INFORMACIÓN RELATIVA A SALDOS Y PRODUCTOS FINANCIEROS DE FIDEICOMISOS EN QUE PARTICIPA EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, QUE SE PROPORCIONA EN CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA. CONSIDERANDO PRIMERO.- Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en su artículo 12 que “Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación, los ingresos del periodo, incluyendo los rendimientos financieros; egresos; destino y saldo de los fideicomisos en los que participen, en los términos de las disposiciones generales aplicables”. SEGUNDO.- Que de conformidad con lo señalado en el supuesto normativo presupuestal federal en comento, el Instituto Nacional Electoral presenta la siguiente información: INFORME DEL FIDEICOMISO "FONDO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA Y PARA LA ATENCIÓN CIUDADANA Y MEJORAMIENTO DE MÓDULOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL” CON LA FIDUCIARIA BANCO NACIONAL DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y ARMADA, S.N.C., CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2025 Ciudad de México, a 03 de marzo de 2026.- Encargado de Despacho de la Dirección Ejecutiva de Administración, Jesús Octavio García González.- Rúbrica. INFORMACIÓN relativa a saldos y productos financieros de fideicomisos en que participa el Instituto Nacional Electoral, que se proporciona en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con corte al 31 de diciembre de 2025 (Fideicomiso Fondo para Atender el Pasivo Laboral del Instituto Nacional Electoral). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral. INFORMACIÓN RELATIVA A SALDOS Y PRODUCTOS FINANCIEROS DE FIDEICOMISOS EN QUE PARTICIPA EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, QUE SE PROPORCIONA EN CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA. CONSIDERANDO PRIMERO.- Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en su artículo 12 que “Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación, los ingresos del periodo, incluyendo los rendimientos financieros; egresos; destino y saldo de los fideicomisos en los que participen, en los términos de las disposiciones generales aplicables”. SEGUNDO.- Que de conformidad con lo señalado en el supuesto normativo presupuestal federal en comento, el Instituto Nacional Electoral presenta la siguiente información: INFORME DEL FIDEICOMISO "FONDO PARA ATENDER EL PASIVO LABORAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL” CON LA FIDUCIARIA BANCO NACIONAL DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y ARMADA, S.N.C., CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2025 Ciudad de México, a 03 de marzo de 2026.- Encargado de Despacho de la Dirección Ejecutiva de Administración, Jesús Octavio García González.- Rúbrica. 78 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES DIRECCION GENERAL DE BIENES INMUEBLES Y RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículo 86 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Av. Juárez número 20, Piso 10, Colonia Centro de la Ciudad de México Area 2, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06010, en días hábiles del año en curso de 9:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: Carácter medio y No. de Licitación Convocatoria a la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-05-613-005000999-N-26-2026. Objeto de la Licitación Servicio de mensajería y paquetería nacional e internacional correspondiente al ejercicio fiscal 2026. Volumen a adquirir Conforme a la Convocatoria Fecha de Publicación Compras Mx 17 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones 20 de marzo de 2026 a las 13:00 horas En su caso fecha y hora para realizar la visita a las instalaciones No aplica. Presentación y Apertura de Proposiciones 30 de marzo de 2026 a las 11:00 horas Fallo 31 de marzo de 2026 a las 13:30 horas CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES LIC. JOSE EDUARDO VAZQUEZ GONZALEZ RUBRICA. (R.- 573885) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE56-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 11 de marzo al 15 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-007000999-SAE57-2026 Objeto de la Licitación. Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria industrial de la III R.M. Fecha de Publicación. 11/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 19/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 26/03/2026, 08:00 horas Fallo. 15/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573780) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 79 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE60-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 12 de marzo al 16 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-007000999-SAE60-2026 Objeto de la Licitación. Mantenimiento preventivo y correctivo a albercas. Fecha de Publicación. 12/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 20/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 27/03/2026, 08:00 horas Fallo. 16/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573822) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE57-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 10 de marzo al 30 de marzo de 2026. No. de Licitación. LA-007000999-SAE57-2026 Objeto de la Licitación. Suscripción anual a una plataforma para la revisión de tesis del personal discente de nivel superior y posgrado del Sistema Educativo Militar. Fecha de Publicación. 10/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 13/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 20/03/2026, 08:00 horas Fallo. 30/03/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573744) 80 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE58-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 11 de marzo al 15 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-007000999-SAE58-2026 Objeto de la Licitación. Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria industrial de la IX R.M. Fecha de Publicación. 11/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 19/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 26/03/2026, 08:00 horas Fallo. 15/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573777) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE59-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 11 de marzo al 15 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-007000999-SAE59-2026 Objeto de la Licitación. Mantenimiento integral a equipos especializados del Grupo de Respuesta Emergencias Fecha de Publicación. 11/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 19/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 26/03/2026, 08:00 horas Fallo. 15/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573778) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 81 007000 - SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-138-007000995-N-56-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación Servicio especializado para la realización de estudios de pertinencia y efectividad de la Campaña Comunicacional de Difusión Interna “Igualdad entre mujeres y hombres”, versión “Sensibilización, erradicación de la violencia y discriminación de género”, 2026. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 6 de Marzo de 2026 a las 09:00 Fecha y hora de junta de aclaraciones 17 de Marzo de 2026 a las 09:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 23 de Marzo de 2026 a las 09:00 Fecha y hora de fallo 2 de Abril de 2026 a las 09:00 6 DE MARZO DE 2026. JEFE INTERINO DE LA SECCION DE CONTRATOS Y FINANZAS DE LA DIRECCION GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL YURI MATAMOROS VARGAS RUBRICA. (R.- 573784) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ. SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional número LA-07-113-007000998-N-53-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Nombre del Procedimiento de Adquisición Adquisición de piel y avíos para calzado. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 13 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 18 de marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de la visita a las instalaciones N/A Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 25 de marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de fallo 14 de abril de 2026 a las 1200 hs. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. CAMPO MILITAR No. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”, EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 13 DE MARZO DE 2026. EL SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO COR. INF. E.M. GABRIEL GARCIA GARZA RUBRICA. (R.- 573844) 82 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ. SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional número LA-07-113-007000998-N-55-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Nombre del Procedimiento de Adquisición Adquisición de químicos y colorantes para el teñido y estampado de telas. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 13 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 18 de marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de la visita a las instalaciones N/A Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 25 de marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de fallo 14 de abril de 2026 a las 1200 hs. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. CAMPO MILITAR No. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”, EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 13 DE MARZO DE 2026. EL SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO COR. INF. E.M. GABRIEL GARCIA GARZA RUBRICA. (R.- 573842) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ. SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional número LA-07-113-007000998-N-59-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Nombre del Procedimiento de Adquisición Adquisición de insumos para la fabricación de chalecos antibala. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 13 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 18 de marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de la visita a las instalaciones N/A Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 25 de marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de fallo 14 de abril de 2026 a las 1200 hs. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. CAMPO MILITAR NO. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”, EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 13 DE MARZO DE 2026. EL SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO COR. INF. E.M. GABRIEL GARCIA GARZA RUBRICA. (R.- 573846) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 83 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-205-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 10 de marzo al 9 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-205-2026 Objeto de la Licitación. Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria industrial de la II R.M. Fecha de Publicación. 10/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 18/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 25/03/2026, 08:00 horas Fallo. 9/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573747) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-206-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 10 de marzo al 9 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-206-2026 Objeto de la Licitación. Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria industrial de la XII R.M. Fecha de Publicación. 10/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 18/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 25/03/2026, 08:00 horas Fallo. 9/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573748) 84 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-207-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 10 de marzo al 9 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-207-2026 Objeto de la Licitación. Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria industrial de la XI R.M. Fecha de Publicación. 10/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 18/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 25/03/2026, 08:00 horas Fallo. 9/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573745) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA RESUMEN DE LA CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/. No. de licitación LA-07-110-007000999-T-150-2026. Objeto de la licitación. Contratación de servicios a componentes de helicópteros Bell 412. Fecha de publicación en Compras MX. 20 de febrero de 2026. Junta de Aclaraciones. 08:00 Hs., 26 Mar. 2026. Presentación y Apertura de Proposiciones. 09:00 Hs., 1 Abr. 2026. Fallo. 10:00 Hs., 21 Abr. 2026. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 12 MARZO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M. EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573820) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 85 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Internacional bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-186-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx. Descripción de la licitación. “Adquisición de Bienes Informáticos para Incrementar la Capacidad de Análisis de Datos”. Volumen a adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación en Compras MX. 3/3/2026, 12:00 horas. Junta de aclaraciones 7/4/2026, 08:00 horas. Visita a instalaciones. No hay visita a las instalaciones. Presentación y Apertura de Proposiciones. 17/4/2026, 09:00 horas. Fallo. 7/5/2026, 10:00 horas. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION DE ADQUISICIONES DE INFORMATICA Y TRANSMISIONES DIR. GRAL. ADMON. TTE. COR. OFTA. ALFREDO GABINO MARTINEZ BAÑOS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573750) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA (INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS) De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica (Internacional bajo la cobertura de tratados) No. LA-07-110-007000999-T-212-2026, cuya convocatoria contiene las bases respectivas. Objeto de la Licitación. Adquisición de medicamentos, para escalones sanitarios de 1/o., 2/o. y 3/er. nivel de atención médica, parte III. Volumen a Adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación 11 Mar. 2026. Visita a Instalaciones. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Junta de Aclaraciones. 08:00 horas, 19 Mar. 2026. Apertura de Proposiciones. 09:00 horas, 27 Mar. 2026. Notificación del Fallo. 12:00 horas, 16 Abr. 2026. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CD. MEX., A 11 DE MARZO DE 2026. LA SUBJEFA DE LA SEC. ADQS. SND. TTE. COR. ENFRA. CLAUDIA ALICIA BARRETO CHAVEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573782) 86 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA PREVENCION Y REINSERCION SOCIAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, número LA-36-D00-036D00999-N-31-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación, disponibles para consulta en Internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: Melchor Ocampo No. 171, Piso 4, Col. Tlaxpana, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11370, Ciudad de México, teléfono 51-28-41-00 ext. 18440, en días hábiles del 11 al 17 de marzo del 2026, de las 9:00 a 18:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación Servicio de traslado terrestre para las funciones de Prevención y Reinserción Social para el ejercicio fiscal 2026 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 11/03/2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 18/03/2026 a las 09:00 horas Fecha y hora de la visita a las instalaciones No se realizará visita a instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 24/03/2026 a las 10:00 horas Fallo 26/03/2026 a las 17:30 horas CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE ADQUISICIONES Y CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LIC. CARLOS IVAN SOLANO BECERRIL RUBRICA. (R.- 573762) SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISION NACIONAL DEL AGUA DIRECCION LOCAL AGUASCALIENTES RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitación Pública Nacional cuya convocatoria de participación contiene las Instrucciones a los Licitantes, mismas que estarán disponibles para consulta en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas de la Administración Federal Compras MX: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ Licitación Pública Nacional No. LA-16-B00-016B00996-N-3-2026 Referencia del Expediente de Contratación No. CNA-B40-2026-07-VIGILANCIA Objeto de la licitación Servicio Integral de Vigilancia a los Inmuebles de la Dirección Local Aguascalientes de la CONAGUA Fecha de publicación en Compras MX 17/03/2026 Junta de aclaraciones 23/03/2026, 16:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 26/03/2026, 16:00 horas • No se otorgará anticipo. • El procedimiento de la licitación serán en la modalidad de Electrónica, por lo que las propuestas podrán presentarse a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el Sistema Compras MX. AGUASCALIENTES, AGS., A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA LOCAL AGUASCALIENTES L.E. ROCIO REYES GAYTAN RUBRICA. (R.- 573872) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 87 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISION NACIONAL DEL AGUA SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION ORGANISMO DE CUENCA PACIFICO SUR RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001 En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública de carácter Nacional Electrónica, cuya información relevante es: Licitación Pública Nacional número LA-16-B00-016B00042-N-5-2026 Descripción de la licitación Servicio de vigilancia, seguridad y protección de los bienes muebles e inmuebles que forman parte del Organismo de Cuenca Pacífico Sur de la Comisión Nacional del Agua y del personal que labora dentro de sus instalaciones. Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 17/03/2026 Visita al lugar de los trabajos 17/03/2026 al 20/03/2026 de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 15:00 horas Junta de aclaraciones 24/03/2026 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 02/04/2026 10:00 horas Fallo Se dará a conocer en el acto de apertura Contrato La fecha estimada de inicio de los servicios es el 01 de mayo de 2026 y el término del mismo es el día 31 de diciembre de 2026 OAXACA DE JUAREZ, OAX., A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA DE ADMINISTRACION DEL ORGANISMO DE CUECA PACIFICO SUR LIC. LOURDES DIEGO CERVANTES FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573749) SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISION NACIONAL DEL AGUA DIRECCION LOCAL CAMPECHE CONVOCATORIA No. 001 RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-16-B00-016B00049-N-5-2026, cuya Convocatoria será publicada en Compras Mx el día 10 de marzo de 2026, conteniendo las bases de Convocatoria para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, los volúmenes a contratar se detallan en las Convocatorias. Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-16-B00-016B00049-N-5-2026 Descripción de la licitación SERVICIO DE VIGILANCIA A INMUEBLES 2026 Junta de aclaraciones 20/03/2026 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 27/03/2026 11:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR LOCAL M. EN D. VICTOR MANUEL GUILLERMO Y MALDONADO RUBRICA. (R.- 573746) 88 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CENTRO SICT TLAXCALA RESUMEN DE CONVOCATORIA NUMERO 001 De conformidad con el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-09-649- 009000971-N-2-2026 las bases de participación de la misma, están disponibles para consulta en la página de internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-09-649-009000971-N-2-2026 Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO DE MANTENIMIENTO VEHICULAR Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 17 de marzo de 2026 a las 15:00 Fecha y hora de junta de aclaraciones 20 de marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 01 de abril de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de fallo 8 de abril de 2026 a las 15:00 TLAXCALA, TLAX., A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SICT TLAXCALA ARQ. CUTBERTO BENITO CANO COYOTL RUBRICA. (R.- 573835) AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes: Espacio Costo 4/8 de plana $11,372.00 1 plana $22,744.00 1 4/8 planas $34,116.00 2 planas $45,488.00 Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección “Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT 970701NN3. Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago. El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT. Atentamente Diario Oficial de la Federación DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 89 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-15-412-015000999-N-366-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en copia de los textos publicados en Compras MX, para su consulta en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales ubicada en: Avenida Nuevo León No. 210, piso 3, Colonia Hipódromo, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06100, Ciudad de México, los días hábiles de lunes a viernes del año en curso en un horario de las 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 18:00 horas. Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-15-412-015000999-N-366-2026 Objeto de la licitación SERVICIO DE RESERVACION, EXPEDICION Y ENTREGA DE BOLETOS DE AVION PARA LA TRANSPORTACION AEREA NACIONAL DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2026 Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 11 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 19 de marzo de 2026 10:30 horas Presentación y apertura de proposiciones 26 de marzo de 2026 11:00 horas Ofertas Subsecuentes de Descuento Se dará a conocer a través de la plataforma Compras MX, posterior a la presentación y apertura de proposiciones. Acto de Fallo 27 de marzo de 2026 17:30 horas El servicio motivo de la licitación, se realizará conforme a las características, especificaciones y lugares estipulados en la convocatoria, y los eventos se llevarán a cabo conforme a las fechas, horas y lugares establecidos en ésta, y en el domicilio arriba señalado. CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES ISACELN ISALOREN PONCE RUBRICA. (R.- 573753) 90 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 055000 - AGENCIA DE TRANSFORMACION DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-55-500-055500001-N-5-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calle El Oro 17, colonia Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc, 06700, Ciudad de México, México, los días de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 hrs. y de 17:00 a 19:00 hrs. Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO DE RESERVACION, EXPEDICION Y ENTREGA DE PASAJES AEREOS PARA LA ATDT Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX Fecha y hora de junta de aclaraciones 18 de Marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 24 de Marzo de 2026 a las 13:00 Fecha y hora de fallo 27 de Marzo de 2026 a las 17:00 12 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES MTRO. DANIEL CHAVARRIA TEISSIER RUBRICA. (R.- 573801) INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS DIRECCION ADMINISTRATIVA SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, cuya información relevante es: Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-07-HXA-007HXA001-N-32-2026 Objeto de la Licitación Adquisición de Productos Alimenticios. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 13 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 20 de marzo de 2026, 09:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 30 de marzo de 2026, 10:00 horas Fallo 06 de abril de 2026, 09:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEX., A 17 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES M.A.P. ESTHER GUADALUPE ANTUNEZ MARTINEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573861) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 91 INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS SUBDIRECCION GENERAL DIRECCION ADMINISTRATIVA SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-07-HXA-007HXA001-N-33- 2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación y se encuentra disponible para consulta en Internet a través del link https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Industria Militar No. 1053 séptimo piso, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, de lunes a viernes hábiles en un horario de las 08:00 a 15:00 horas. Descripción de la Licitación Diversos servicios de licencias (2 Licencia de ETABS Ultimate V21,2 Licencias de SAFE v22 y Software Autodesk AEC Collection) Volumen por adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 12 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones 19 de marzo de 2026 a las 12:00 horas a través del Sistema Compras MX Visita a las Instalaciones No se requieren visitas Presentación y apertura de proposiciones 30 de marzo de 2026 a las 09:00 horas a través del Sistema Compras MX Fallo 10 de abril de 2026 a las 13:00 horas a través del Sistema Compras MX LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES M.A.P. ESTHER GUADALUPE ANTUNEZ MARTINEZ RUBRICA. (R.- 573790) INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS SUBDIRECCION GENERAL DIRECCION ADMINISTRATIVA SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-07-HXA-007HXA001-N-34- 2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación y se encuentra disponible para consulta en Internet a través del link https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Industria Militar No. 1053 séptimo piso, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, de lunes a viernes hábiles en un horario de las 08:00 a 15:00 horas. Descripción de la Licitación Servicios de Mantenimiento Preventivo del sistema de detección de humo, alarma y supresión de incendio con agente limpio a base de Gas FM-200. Volumen por adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 12 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones 19 de marzo de 2026 a las 10:00 horas a través de la Plataforma Compras MX Visita a las Instalaciones No se requieren visitas Presentación y apertura de proposiciones 30 de marzo de 2026 a las 11:00 horas a través de la Plataforma Compras MX Fallo 10 de abril de 2026 a las 10:00 horas a través de la Plataforma Compras MX LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES M.A.P. ESTHER GUADALUPE ANTUNEZ MARTINEZ RUBRICA. (R.- 573816) 92 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 013AYH - CORREDOR INTEROCEANICO DEL ISTMO DE TEHUANTEPEC RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-13-AYH- 013AYH999-N-3-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calzada de la Virgen 2799, Edificio D, colonia Culhuacán CTM V, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04480, CDMX en un horario de 8:00 a 17:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO DE RESERVACION, EXPEDICION Y ENTREGA DE BOLETOS DE TRANSPORTACION AEREA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 12 de Marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 17 de Marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 23 de Marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de fallo 25 de Marzo de 2026 a las 11:00 12 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION, FINANZAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION RAFAEL LAGRAVE BALBUENA RUBRICA. (R.- 573839) LOTERIA NACIONAL GERENCIA DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA Con fundamento en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la siguiente Licitación Pública Nacional Electrónica, en la que los licitantes podrán participar en forma electrónica: No. de Licitación LA-06-HJY-006HJY001-N-8-2026 Objeto de la Licitación “Servicio especializado con terceros en materia administrativa, financiera, jurídica e informática para Lotería Nacional” Volumen de Licitación Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX 13 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 18 de marzo a las 12:00 horas. Visita a Instalaciones No aplica. Presentación y Apertura de Proposiciones 24 de marzo de 2026 a las 13:00 horas. Fallo 30 de marzo de 2026 a las 17:00 horas. La Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/ o bien, en la Gerencia de Adquisiciones sita en Insurgentes Sur No. 1397 piso 6, Colonia Insurgentes Mixcoac, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03920, Ciudad de México, teléfono: 5554820000, los días de lunes a viernes de las 9:00 a 14:30 horas y de 16:30 a 17:30 horas. Los actos se llevarán a través del Sistema ComprasMX en la dirección electrónica https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE MARZO DE 2026. GERENTE DE ADQUISICIONES LIC. CARLOS ALBERTO GAMA MORALES RUBRICA. (R.- 573865) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 93 PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 04 A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en: Compras MX, o bien, en: Av. José Vasconcelos 208, piso 18, Col. Condesa, C.P. 06140, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono 55 5625-6810, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica LA-10-LAT-010LAT001-N-14-2026 Objeto de la Licitación “Servicio de mensajería y paquetería para la Procuraduría Federal del Consumidor” Volumen a adquirir Se detalla en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras Mx 11/marzo/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19/marzo/2026 a las 10:00 horas Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 26/marzo/2026 a las 11:00 horas Fecha y Hora para emitir el fallo 27/marzo/2026 a las 17:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y OBRA LCDO. ANGEL DE JESUS AGUILAR MARTINEZ RUBRICA. (R.- 573758) SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a participar en la licitación pública nacional electrónica que se describe a continuación, dicha Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Compras MX https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en Prolongación Uxmal No. 860 planta baja, Colonia Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310, Ciudad de México, teléfono: 553003-2200 ext. 1341 y 3126. Descripción de la licitación “Servicio de Red Privada Virtual” Número ComprasMX LA-12-NHK-012NHK003-N-11-2026 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX 13 de marzo de 2025 Fechas de consulta Del 13 al 17 de marzo de 2026 de las 9:00 a 18:00 hrs Junta de aclaraciones 18 de marzo de 2026 a las 10:30 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 25 de marzo de 2026 a las 10:30 hrs. CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES LIC. CUAUHTEMOC RUIZ TOLEDO RUBRICA. (R.- 573832) 94 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIAS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-14-P7R-014P7R001-N-17-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://upcp-compranet.hacienda.gob.mx/. Descripción de la licitación LA-14-P7R-014P7R001-N-17-2026 Contratación Abierta del Servicio de Gestión, Operación y Soporte Técnico del Sistema CREDERE y Sistemas Complementarios. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria. Fecha de publicación en COMPRANET 13/marzo/2026 Junta de aclaraciones 24/marzo/2026 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 31/marzo/2026 10:00 horas Acto de Fallo La fecha del fallo se dará a conocer en el acto de presentación y apertura de proposiciones. CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES MTRO. FERNANDO ZEPEDA DELGADILLO RUBRICA. (R.- 573850) COMISION NACIONAL DE VIVIENDA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-15-QCW-015QCW001-N-9-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en Licitaciones Públicas que, la Convocatoria a la Licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la Convocante en: Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 669, piso 3, Colonia Presidentes Ejidales 1ra. Sección, C.P. 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, teléfono (55) 9138-9991 extensiones 571 y 598, en días hábiles de 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica Objeto de la licitación Servicio de Soporte al Sistema GRP - SAP. Volumen adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria. Fecha de publicación en Compras Mx 13 de marzo del 2026. Junta de aclaraciones 19/03/2026 a las 14:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 27/03/2026 a las 17:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 30/03/2026 a las 12:00 horas. CD. DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS LIC. JULIETA CORTES FRAGOSO RUBRICA. (R.- 573840) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 95 COMISION NACIONAL DE VIVIENDA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA N° LA-15-QCW-015QCW001-N-10-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en Licitaciones Públicas que, la Convocatoria a la Licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la Convocante en: Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 669, piso 3, Colonia Presidentes Ejidales 1ra. Sección, C.P. 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, teléfono (55) 9138-9991 extensiones 571 y 598, en días hábiles de 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica Objeto de la licitación Servicio de reservación y expedición de pasajes aéreos nacionales de la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI). Volumen adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria. Fecha de publicación en Compras Mx 13 de marzo del 2026. Junta de aclaraciones 19/03/2026 a las 12:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 27/03/2026 a las 13:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 30/03/2026 a las 11:00 horas. CD. DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS LIC. JULIETA CORTES FRAGOSO RUBRICA. (R.- 573843) COMISION NACIONAL DE VIVIENDA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-15-QCW-015QCW001-N-11-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en Licitaciones Públicas que, la Convocatoria a la Licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la Convocante en: Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 669, piso 3, Colonia Presidentes Ejidales 1ra. Sección, C.P. 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, teléfono (55) 9138-9991 extensiones 571 y 598, en días hábiles de 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica Objeto de la licitación Servicio de seguridad de la información digital Volumen adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria. Fecha de publicación en Compras Mx 13 de marzo del 2026. Junta de aclaraciones 19/03/2026 a las 17:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 27/03/2026 a las 19:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 30/03/2026 a las 13:00 horas. CD. DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS LIC. JULIETA CORTES FRAGOSO RUBRICA. (R.- 573847) 96 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 COMISION NACIONAL DE VIVIENDA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA N° LA-15-QCW-015QCW001-N-12-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en Licitaciones Públicas que, la Convocatoria a la Licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la Convocante en: Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 669, piso 3, Colonia Presidentes Ejidales 1ra. Sección, C.P. 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, teléfono (55) 9138-9991 extensiones 571 y 598, en días hábiles de 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica Objeto de la licitación Servicio integral para la atención a diversas actividades de seguimiento, acompañamiento y actividades inherentes a los programas y proyectos de vivienda operados por la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI). Volumen adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria. Fecha de publicación en Compras Mx 13 de marzo del 2026. Junta de aclaraciones 19/03/2026 a las 10:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 27/03/2026 a las 10:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 30/03/2026 a las 10:00 horas. CD. DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS LIC. JULIETA CORTES FRAGOSO RUBRICA. (R.- 573849) 015QDV - INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-15-QDV-015QDV001-N-8-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calle Liverpool No. 80. Colonia Juárez, C.P. 06600, Acadia Cuauhtémoc, Ciudad de México en un horario de atención de 9:00 am a 19:00 pm. Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO DE RESERVACION Y EXPEDICION DE PASAJES AEREOS NACIONALES DEL INSUS Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 12 de Marzo de 2026 a las 12:22 Fecha y hora de junta de aclaraciones 18 de Marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 25 de Marzo de 2026 a las 09:00 Fecha y hora de fallo 27 de Marzo de 2026 a las 13:00 12 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS MARIEN DEL CARMEN CORRAL VARGAS RUBRICA. (R.- 573806) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 97 FONDO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA A REDUCCION DE PLAZOS En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 33, primer párrafo, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41 y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes en la materia, convoca a todos los interesados en participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica a reducción de plazos No. LA-51-GYN-051GYN999-N-6- 2026 para la adjudicación del contrato para la PRESTACION DEL SERVICIO DE ALMACENAJE, EMBALAJE DE BIENES MUEBLES Y DE CONSUMO, ASI COMO LA GUARDA Y CUSTODIA DE EXPEDIENTES DEL ARCHIVO FISICO Y SU TRANSPORTE, PROPIEDAD DE PENSIONISSSTE, cuya convocatoria que contiene las bases de la Licitación Pública Nacional Electrónica, se encuentra disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Boulevard Adolfo López Mateos #2157, Piso 5, Colonia Los Alpes, Demarcación Territorial Alvaro Obregón, C.P. 01010, Ciudad de México, Teléfono: 55-50-62-05-00, de Lunes a Viernes en días hábiles; en el horario de 9:00 a 14:00 y de 17:00 a 19:00 horas. Licitación Pública Nacional Electrónica LA-51-GYN-051GYN999-N-6-2026 PRESTACION DEL SERVICIO DE ALMACENAJE, EMBALAJE DE BIENES MUEBLES Y DE CONSUMO, ASI COMO LA GUARDA Y CUSTODIA DE EXPEDIENTES DEL ARCHIVO FISICO Y SU TRANSPORTE, PROPIEDAD DE PENSIONISSSTE Volumen para Adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en COMPRAS MX 17/03/2026 Junta de Aclaraciones 20/03/2026 Visita a las Instalaciones No hay Visita Presentación y Apertura de Proposiciones 27/03/2026 CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. JEFA DE SERVICIOS DE ADMINISTRACION LIC. ROSA MARIA HERNANDEZ MERINO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573854) 98 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO SUBDELEGACION DE ADMINISTRACION ESTADO DE MEXICO DEPARTAMENTO DE OBRAS Y SERVICIOS GENERALES CONVOCATORIA MULTIPLE 01 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Electrónicas que se relacionan a continuación, cuyas convocatorias que contienen los requisitos de participación, se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ a partir de esta fecha. Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-51-GYN-051GYN011-N-1-2026 Descripción de la licitación Lavado y planchado de ropa para el Hospital General Toluca Volumen de los trabajos 9 meses Fecha de publicación en CompraNet 17 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 20 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 27 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Fallo de la licitación 31 de marzo 2026 a las 12:00 horas Lugar de los eventos Departamento de Obras y Servicios Generales, Av. 1º de Mayo No. 1637, Zona Industrial; Toluca, Edo de México, C.P. 50071 Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-51-GYN-051GYN011-N-2-2026 Descripción de la licitación Suministro de oxígeno medicinal domiciliario- Ventilación Mecánica invasiva/no invasiva alta media y baja Volumen de los trabajos 9 meses Fecha de publicación en CompraNet 17 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 20 de marzo de 2026 a las 13:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 27 de marzo de 2026 a las 13:00 horas Fallo de la licitación 31 de marzo 2026 a las 12:30 horas Lugar de los eventos Departamento de Obras y Servicios Generales, Av. 1º de Mayo No. 1637, Zona Industrial; Toluca, Edo de México, C.P. 50071 Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-51-GYN-051GYN011-N-3-2026 Descripción de la licitación Servicio subrogado de cirugía oftalmológica para diferentes unidades médicas Volumen de los trabajos 9 meses Fecha de publicación en CompraNet 17 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 23 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 30 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Fallo de la licitación 31 de marzo 2026 a las 13:00 horas Lugar de los eventos Departamento de Obras y Servicios Generales, Av. 1º de Mayo No. 1637, Zona Industrial; Toluca, Edo de México, C.P. 50071 Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-51-GYN-051GYN011-N-4-2026 Descripción de la licitación Servicio subrogado de laboratorio clínico y gabinete para diferentes unidades médicas Volumen de los trabajos 9 meses Fecha de publicación en CompraNet 17 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 23 de marzo de 2026 a las 13:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 30 de marzo de 2026 a las 13:00 horas Fallo de la licitación 31 de marzo 2026 a las 13:30 horas Lugar de los eventos Departamento de Obras y Servicios Generales, Av. 1º de Mayo No. 1637, Zona Industrial; Toluca, Edo de México, C.P. 50071 TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE OBRAS Y SERVICIOS GENERALES LIC. OMAR REYES GUTIERREZ RUBRICA. (R.- 573800) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 99 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO REPRESENTACION ESTATAL MICHOACAN SUBDELEGACION DE ADMINISTRACION DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en la Licitación Pública que contiene las bases mediante las cuales de desarrollará el procedimiento para la contratación del “Subrogación de Servicios de Atención Médica y Otros Servicios”, “Servicio de Traslado de Pacientes para las Unidades Médicas del ISSSTE en el Estado de Michoacán”, “Servicios de Apoyo a Procesos, Actividades Extraordinarias y Otros”, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: http://compranet.gob.mx o bien, en el domicilio de la convocante sito en: Av. Francisco I. Madero Poniente No. 1212, Colonia Molino de Parras, C.P. 58010 Morelia, Michoacán, a partir de la publicación en CompraNet hasta la presentación y apertura de proposiciones, de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas y cuya información relevante es: No del Procedimiento Objeto de la Licitación Publicación en CompraNet Junta de Aclaraciones Presentación y apertura de proposiciones Acto de Fallo LA-51-GYN-051GYN074-N-135-2026 Subrogación de servicios de atención médica, y otros servicios. 17/03/2026 20/03/2026 (10:00) 27/03/2026 (10:00) 30/03/2026 (10:00) LA-51-GYN-051GYN074-N-136-2026 Servicio de traslado de pacientes 17/03/2026 20/03/2026 (12:00) 27/03/2026 (12:00) 30/03/2026 (12:00) LA-51-GYN-051GYN074-N-137-2026 Servicios de Apoyo a Procesos, Actividades Extraordinarias y Otros 17/03/2026 20/03/2026 (14:00) 27/03/2026 (14:00) 30/03/2026 (14:00) Las fechas y hora de las visitas a las instalaciones, se encuentran descritas en la Convocatoria que contienen las bases. MORELIA, MICHOACAN, A 9 DE MARZO DE 2026. SUBDELEGADA DE ADMINISTRACION MTRA. MA. CONCEPCION TORRES ZARAGOZA RUBRICA. (R.- 573765) 100 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD “CENTENARIO DE LA REVOLUCION MEXICANA” EMILIANO ZAPATA, MORELOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura de Tratados Electrónica a tiempos recortados para el ejercicio fiscal 2026, que a continuación se describe y cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, a partir del día 17 de marzo de 2026. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura de Tratados Electrónica a tiempos recortados No. LA-51-GYN-051GYN901-T-5-2026. Objeto de la Licitación Adjudicación de Contrato(s) Abierto(s) Relativo(s) a: Material de Ortopedia y Osteosíntesis para el Ejercicio Fiscal 2026. Volumen para adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria. Publicación en Compranet 17 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones 24 de marzo de 2026 a las 16:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 31 de marzo de 2026 a las 16:00 horas Fecha y hora para el fallo 06 de abril de 2026 a las 16:00 horas EMILIANO ZAPATA, MORELOS, A 17 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO LCDO. JAIME MARTINEZ BARCENAS RUBRICA. (R.- 573802) INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 32, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67 y demás aplicables en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), así como los artículo 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129 y demás aplicables de su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia. No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR069-N-45-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la Licitación ADQUISICION DE MATERIAL DIDACTICO, PARA EL PROGRAMA DE PROMOCION DE LA SALUD (PREVENIMSS) DEL OOAD CAMPECHE, REGIMEN ORDINARIO, EJERCICIO 2026. Volumen a Adquirir Máximo Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de Publicación en la Plataforma 17 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Junta de Aclaraciones 24 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 1 de abril del 2026, 11:00 a. m. Fecha de fallo original 16 de abril del 2026, 11:00 a. m. El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX. ATENTAMENTE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 17 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL OOAD ESTATAL CAMPECHE ING. FERNANDO JAVIER VIRGILIO ROMERO RUBRICA. (R.- 573852) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 101 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL NAYARIT JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO En observancia al artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46,47, 48 fracción II, 49, 66, 67, 68 y 69 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 83, 86, 91, 90, 92 y 93 de su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social y demás disposiciones aplicables en la materia, se convoca a los interesados en participar en los procesos de Licitación de conformidad con lo siguiente: RESUMEN DE CONVOCATORIA 07-2026 Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR005-N-22-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción de la Licitación SERVICIO MEDICO DE HEMODIALISIS SUBROGADA ZONA SUR1 ZONA NORTE 1 Volumen Adquirir Máximo: 24,000 servicios. Mínimo: 9,600 servicios. Fecha de Publicación en Compras MX 17 de marzo del 2026. Junta de Aclaraciones 25 de marzo de 2026 09:00 horas Visita a Instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y Apertura de Proposiciones 01 de abril de 2026 09:00 horas • Las convocatorias de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y será gratuita, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento cita en calle Retorno número 72, colonia Obrera, código postal 63120, en Tepic, Nayarit, teléfono (311) 258-08-08, los días de lunes a viernes, de 08:00 a 16:00 horas. • Los eventos se llevarán a cabo el día y hora que se especifica en las licitaciones, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en calle Retorno número 72, colonia Obrera, código postal 63120, en Tepic, Nayarit. TEPIC, NAY., A 17 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO ING. MARIO ESAU RAMIREZ NAVARRETE RUBRICA. (R.- 573859) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 102 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40 fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación cuya Convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX, mismas que serán gratuitas o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Durango-México Km. 5, Col. 15 de Octubre, C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y 129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas. No. Licitación LA-50-GYR-050GYR010-N-23-2026 Tipo LICITACION PUBLICA NACIONAL Descripción de la licitación ADQUISICION DE REFACCIONES Y ACCESORIOS DE CONSERVACION EN ZONAS DURANGO Y ZONA GOMEZ PALACIO Volumen a adquirir MINIMO: 8,634 BIENES MAXIMO: 2,116 BIENES Fecha de publicación en Compras Mx 05 DE MARZO DE 2026 Junta de aclaraciones 17 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 25 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS • Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado Compras MX. DURANGO, DGO., A 17 DE MARZO DE 2026. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO LIC. JOSE MAGDALENO VARELA GUTIERREZ RUBRICA. (R.- 573863) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 103 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DIRECCION DE ADMINISTRACION UNIDAD DE ADQUISICIONES COORDINACION DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS COORDINACION TECNICA DE ADQUISICION DE BIENES DE INVERSION Y ACTIVOS DIVISION DE CONTRATACION DE ACTIVOS Y LOGISTICA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 6 fracción IX, 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 66 y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social y demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones de conformidad con lo siguiente: RESUMEN DE CONVOCATORIA Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR019-N-28-2026 Carácter de la Licitación Nacional Electrónica Descripción de la Licitación Servicio para realizar el evento denominado “Clínicas y Función de Box un nocaut por tu salud IMSS 2026” Volumen a contratar 1 servicio Fecha de publicación en Compras MX 13 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 20 de marzo de 2026, 11:00 horas Visitas a las instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 30 de marzo de 2026, 11:00 horas Fallo 06 de abril de 2026, 14:00 horas • La convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para su consulta en la página de internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/; será gratuita o bien se pondrá el ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la División de Contratación de Activos y Logística, sita en la Calle de Durango Número 291, 5º Piso, Col. Roma Norte, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06700, Ciudad de México, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas. • Todos los eventos se realizarán, de manera electrónica en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas de la Administración Pública Federal denominada Compras MX. CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA DIVISION DE CONTRATACION DE ACTIVOS Y LOGISTICA LIC. BERTRAN HERNANDEZ CHAVEZ RUBRICA. (R.- 573868) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 104 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL TLAXCALA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los artículos 5, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracciones I, III, inciso d), 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción II, 49, 50, 51, 66, 67, 68 y 69 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), 83, 86, 90, 91, 92 y 93 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones que se relacionan a continuación y cuyas Convocatorias que contienen las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento con domicilio Libramiento Poniente I.P.N. s/n Diego Metepec, Tlaxcala, C.P. 90110. Con horario de atención de 09:00 a 17:00 hrs. de lunes a viernes, teléfonos (246) 468-0384 y (246) 468-0492. No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-N-31-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional 2026 Descripción de la Licitación SERVICIO SUBROGADO DE ENDOSCOPIA DE TUBO DIGESTIVO SUPERIOR Y COLANGIO PANCREATOGRAFIA RETROGRADA Volumen a adquirir 132 servicios Fecha de publicación en Compra Net 06 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 18 de marzo del 2026 a las 11:30 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 25 de marzo del 2026 a las 11:30 horas No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-N-32-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional 2026 Descripción de la Licitación SERVICIO MEDICO INTEGRAL PARA CENTROS DE EXCELENCIA OFTALMOLOGICA (SMI PARA CEO) Volumen a adquirir 167 servicios Fecha de publicación en Compra Net 06 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 18 de marzo del 2026 a las 10:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 25 de marzo del 2026 a las 10:00 horas No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-I-33-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Internacional Abierta 2026 Descripción de la Licitación ADQUISICION DE MATERIAL DE OSTEOSINTESIS Y ENDOPROTESIS, PARA EL EJERCICIO 2026 Volumen a adquirir 3138 piezas Fecha de publicación en Compra Net 06 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 19 de marzo del 2026 a las 11:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 27 de marzo del 2026 a las 11:00 horas DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 105 No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-N-34-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional 2026 Descripción de la Licitación ADQUISICION DE REFACCIONES E INSUMOS DE CONSERVACION (HERRAMIENTAS) PARA EL EJERCICIO 2026 Volumen a adquirir 2268 piezas Fecha de publicación en Compra Net 06 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 18 de marzo del 2026 a las 12:30 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 25 de marzo del 2026 a las 12:30 horas No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-N-35-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional 2026 Descripción de la Licitación ADQUISICION DE REFACCIONES E INSUMOS DE CONSERVACION (FERRETERIA) PARA EL EJERCICIO 2026 Volumen a adquirir 6843 piezas Fecha de publicación en Compra Net 06 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 18 de marzo del 2026 a las 12:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 25 de marzo del 2026 a las 12:00 horas No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-N-36-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional 2026 Descripción de la Licitación DOTACION DE ANTEOJOS O LENTES DE CONTACTO PARA TRABAJADORES, BENEFICIARIOS (HIJOS DE TRABAJADORES), JUBILADOS O PENSIONADOS Volumen a adquirir 404 piezas Fecha de publicación en Compra Net 06 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 12 de marzo del 2026 a las 13:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 26 de marzo del 2026 a las 13:00 horas No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-N-37-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional 2026 Descripción de la Licitación SERVICIO DE SUMINISTRO DE DIESEL PARA EL EJERCICIO 2026 Volumen a adquirir 189,207 Litros Fecha de publicación en Compra Net 06 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 12 de marzo del 2026 a las 13:30 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 23 de marzo del 2026 a las 13:30 horas TLAXCALA, TLAXCALA, A 17 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS ARQ. FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ LARA RUBRICA. (R.- 573864) 106 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL NUEVO LEON COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO NUEVO LEON DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 83 de su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante sito en: Manuel L. Barragán número 4850, Norte, Colonia Hidalgo, Código Postal 64260, Monterrey, Nuevo León, con horario de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Nacional (Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-N-31-2026 Objeto de la Licitación Adquisición de Alimentos Subrogados para Programas de Promoción a la Salud, Jornadas Nacionales de Salud, Capacitaciones, Eventos que convoque la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas, Supervisiones de Areas Normativas de Nivel Central y Actividades que refuercen el Clima Laboral (en seguimiento al Programa de Transformación de Clima Y Cultura Organizacional), para el Organo de Operación de Administración Desconcentrada Regional Nuevo León, para el periodo a partir de la emisión del fallo hasta el 31 de diciembre de 2026 Volumen a adquirir • Mínimo: 9,440 piezas • Máximo: 23,600 piezas Fecha de publicación en ComprasMX 05 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 13 de marzo del 2026, a las 09:00 horas En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No aplica. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 20 de marzo de 2026, a las 10:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 23 de marzo de 2026, a las 11:00 horas Carácter, medio y No. de Licitación Nacional (Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-N-32-2026 Objeto de la Licitación Arrendamiento de Equipo de Transporte, para el periodo a partir de la emisión del fallo hasta el 31 de diciembre de 2026 Volumen a adquirir • Mínimo: 172 servicios • Máximo: 430 servicios Fecha de publicación en ComprasMX 05 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 12 de marzo del 2026, a las 09:00 horas En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No aplica. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 20 de marzo de 2026, a las 11:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 23 de marzo de 2026, a las 12:00 horas Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 107 Carácter, medio y No. de Licitación Nacional (Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-N-33-2026 Objeto de la Licitación Adquisición de Bienes del Grupo 370 película plástica autoadherible de alto rendimiento para el Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Nuevo León 2026 Volumen a adquirir • 3,250 piezas Fecha de publicación en ComprasMX 05 de marzo del 2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 11 de marzo del 2026, a las 09:00 horas En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No aplica. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 18 de marzo de 2026, a las 10:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 20 de marzo de 2026, a las 12:00 horas La reducción de plazos de la Licitación Pública Nacional (Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-N-33-2026, se autorizó el día 03 de marzo de 2026 por la que suscribe. MONTERREY, NUEVO LEON, A 17 DE MARZO DE 2026. JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS LIC. AZHTIRI LIZETH SILVA GARCIA RUBRICA. (R.- 573853) INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD HOSPITAL DE ESPECIALIDADES No. 14 CENTRO MEDICO NACIONAL “ADOLFO RUIZ CORTINES” UMAE VERACRUZ DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I, II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 66, 67, 68, 70, 89, 90, y 96 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y demás relativos del Reglamento vigente de la propia Ley, y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas de conformidad con el siguiente: RESUMEN DE CONVOCATORIA 06/2026 Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR039-N-22-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Licitación Pública Electrónica Nacional para la Adquisición y Suministro De Medicina Magistral, para Equipo médico., para cubrir necesidades de la UMAE Veracruz, en el Ejercicio Fiscal 2026. (Primera Convocatoria). Volumen por adquirir Cantidad Mínima Cantidad Máxima 1,642,450 4,106,127 Fecha de publicación en Compras Mx 17 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 24 de marzo de 2026, 09:00 hrs. Visita a instalaciones No habrá visitas a las instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones 31 de marzo de 2026, 09:00 hrs. 108 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR039-T-23-2026 Carácter de la Licitación Pública Internacional Electrónica Descripción de la licitación Licitación Pública Electrónica Internacional para la contratación del Servicio Médico Integral para Procedimientos de Mínima Invasión, para cubrir necesidades de la UMAE Veracruz, en el Ejercicio Fiscal 2026. (Primera Convocatoria). Volumen por adquirir Cantidad Mínima Cantidad Máxima 504 1261 Fecha de publicación en Compras Mx 17 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 25 de marzo de 2026, 09:00 hrs. Visita a instalaciones No habrá visitas a las instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones 01 de abril de 2026, 09:00 hrs. Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR039-T-24-2026 Carácter de la Licitación Pública Internacional Electrónica Descripción de la licitación Licitación Pública Electrónica Internacional para la contratación del Servicio Médico Integral para Procedimientos de Cirugía de Mínima Invasión (Artroscopia), para cubrir necesidades de la UMAE Veracruz, En El Ejercicio Fiscal 2026. (Primera Convocatoria). Volumen por adquirir Cantidad Mínima Cantidad Máxima 154 387 Fecha de publicación en Compras Mx 17 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 26 de marzo de 2026, 09:00 hrs. Visita a instalaciones No habrá visitas a las instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones 06 de abril de 2026, 09:00 hrs. Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR039-T-25-2026 Carácter de la Licitación Pública Internacional Electrónica Descripción de la licitación Licitación Pública Electrónica Internacional para la contratación Servicio Médico Integral para Trasplantes, para cubrir necesidades de la UMAE Veracruz, en el Ejercicio Fiscal 2026. (Primera Convocatoria). Volumen por adquirir Cantidad Mínima Cantidad Máxima 80 200 Fecha de publicación en Compras Mx 17 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 27 de marzo de 2026, 09:00 hrs. Visita a instalaciones No habrá visitas a las instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones 07 de abril de 2026, 09:00 hrs. • La reducción de plazos la autoriza el Dr. Juan Carlos Corona de los Santos, Director Médico, firmado el día 04 de marzo de 2026. • Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en el Departamento de Abastecimiento de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Especialidades No. 14, Centro Médico Nacional “Adolfo Ruiz Cortines”, ubicada en Av. Cuauhtémoc sin número, esquina con la calle Cervantes y Padilla, colonia Formando Hogar, C.P. 91897, Veracruz, Veracruz, teléfono 2299341564, los días Lunes a Viernes, en el horario de 09:00 a 15:00 horas. H. VERACRUZ, VER., A 17 DE MARZO DE 2026. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO MTRO. VINICIO EDUARDO RAMON GUZMAN RUBRICA. (R.- 573856) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 109 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 32, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67, 68 y demás aplicables en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), así como los artículo 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129, 130 y demás aplicables de su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia. No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR069-N-47-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la Licitación Servicio de Traslado de Pacientes Críticamente Enfermos y/o para urgencias, en Ambulancia de Alta Tecnología para el OOAD Campeche, Régimen Ordinario para Ejercicio 2026. (2da vuelta) Volumen a Adquirir Máximo Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de Publicación en la Plataforma 12 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Junta de Aclaraciones 19 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 27 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Fecha de fallo original 13 de abril del 2026, 11:00 a. m. El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX. ATENTAMENTE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 17 DE MARZO DE 2026. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS LIC. ALBERTO ROMERO ROJAS RUBRICA. (R.- 573862) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 110 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL TAMAULIPAS JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y los artículos 35 fracción I, 37, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público así como el 83 de su Reglamento, y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas de conformidad con lo siguiente: RESUMEN DE CONVOCATORIA Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR018-N-58-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de recolección, transporte externo y disposición final de los residuos sólidos urbanos (RSU) y residuos de manejo especial (RME). Volumen a adquirir 2,600 servicios Fecha de publicación en Compras MX 17 de marzo del 2026 Junta de aclaraciones 25/03/2026, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 01/04/2026, 10:00 horas • Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en Carretera Nacional México-Laredo Km. 701 Número S/N, Colonia Conjunto IMSS- Victoria, C.P. 87028, Victoria, Tamaulipas, teléfono: 01 (834) 31 4 11 51, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 15:00 horas. • Todos los eventos se llevarán a cabo en: Sala de Juntas de la Jefatura de Servicios Administrativos, ubicado en: Carretera Nacional México-Laredo KM. 701 S/N, Conjunto IMSS-Victoria, C.P. 87028, Victoria, Tamaulipas. CD. VICTORIA, TAMAULIPAS, A 17 DE MARZO DE 2026. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS ING. JORGE GUADALUPE RODRIGUEZ OCHOA RUBRICA. (R.- 573858) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 111 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL OAXACA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA 09/2026 En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los artículos 6, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción I, 48 fracción II, 49, 50, 51, 66, 67, 68 y 69 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público ( LAASSP), 83, 86, 90, 91, 92 y 95 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones que se relaciona a continuación y cuya Convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en Internet: https://upcp-compranet.hacienda.gob.mx o en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento con domicilio en Boulevard Nuunita Nuu Yoo No. 1227, Cabecera Municipal de Sta. Cruz Xoxocotlán, C.P. 71230. Con horario de atención de 08:00 a 16:00 hrs. de lunes a viernes, teléfonos (951) 51 7 08 00 y (951) 517 15 15. No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR013-N-59-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional Descripción de la Licitación Servicio de Suministro de Agua Potable para Consumo Humano a través de Camiones tipo Cisterna (Pipas) con capacidad ce 10,000 y 20,000 litros a Unidades Médicas y no Médicas del OOAD Oaxaca del Instituto Mexicano del Seguro Social Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 3,122 Servicios Fecha de publicación en Compra Net 17 de marzo de 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 20 de marzo de 2026 a las 09:00 Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 27 de marzo de 2026 a las 09:00 La reducción de plazos fue autorizada por el Lic. Ernesto Antonio Hooper Arvizu, mismo que suscribe el día 06 de marzo de 2026. SANTA CRUZ XOXOCOTLAN, OAX., A 17 DE MARZO DE 2026. TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS LIC. ERNESTO ANTONIO HOOPER ARVIZU RUBRICA. (R.- 573867) 112 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL VERACRUZ SUR JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134 y a los Artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 67, 68 y 69 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como a los artículos 83, 86 y 87 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones cuya Convocatorias contienen las Bases de participación, que se encuentran disponibles para consulta en Internet: comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas. Resumen de Convocatoria No. 04 / 2026 ejercicio 2026 Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-N-88-2026 Carácter del Procedimiento Pública Nacional, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio subrogado de braquiterapia, Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1 Servicio Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 19 de marzo de 2026 08:00 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 27 de marzo de 2026 08:00 a.m. Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-N-89-2026 Carácter del Procedimiento Pública Nacional, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio subrogado de marcadores tumorales, Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1 Servicio, 218 Partidas Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 19 de marzo de 2026 08:30 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 27 de marzo de 2026 08:30 a.m. Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-N-90-2026 Carácter del Procedimiento Pública Nacional, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio subrogado de tomografía por emisión de positrones/tomografía computarizada (PET/TC), Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1 Servicio, 3 Estudios, 3 Unidades Médicas Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 19 de marzo de 2026 09:00 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 27 de marzo de 2026 09:00 a.m. Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-N-91-2026 Carácter del Procedimiento Pública Nacional, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio subrogado de servicios médicos de diagnóstico, Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1 Servicio Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 113 Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 19 de marzo de 2026 10:00 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 27 de marzo de 2026 10:00 a.m. Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-N-92-2026 Carácter del Procedimiento Pública Nacional, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio subrogado de medicina nuclear, Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1 Servicio Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 19 de marzo de 2026 10:30 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 27 de marzo de 2026 10:30 a.m. Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-N-93-2026 Carácter del Procedimiento Pública Nacional, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio subrogado de laboratorio para hospitales rurales del Instituto Mexicano del Seguro Social, Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1 Servicio, 35 Partidas Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 19 de marzo de 2026 11:00 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 27 de marzo de 2026 11:00 a.m. Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-N-94-2026 Carácter del Procedimiento Pública Nacional, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio subrogado de atención médica de especialidad, Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1 Servicio, 17 Especialidades, 3 Unidades Médicas Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 19 de marzo de 2026 11:30 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 27 de marzo de 2026 11:30 a.m. Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-T-95-2026 Carácter del Procedimiento Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio médico integral para la digitalización, post procesamiento, almacenamiento y distribución de la imagen (smi para dig), Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1 Servicio Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 24 de marzo de 2026 09:00 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 01 de abril de 2026 09:00 a.m. 114 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-N-96-2026 Carácter del Procedimiento Pública Nacional, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio subrogado de traslado colectivo de pacientes, Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1 Servicio, 5 zonas Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 24 de marzo de 2026 10:00 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 01 de abril de 2026 10:00 a.m. Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-T-97-2026 Carácter del Procedimiento Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, Electrónica Descripción del Procedimiento Adquisición de equipos de venoclisis con bomba de infusión, Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 4 partidas Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 24 de marzo de 2026 11:00 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 01 de abril de 2026 11:00 a.m. Número del Código del Procedimiento LA-50-GYR-050GYR022-N-98-2026 Carácter del Procedimiento Pública Nacional, Electrónica Descripción del Procedimiento Servicio de mantenimiento preventivo y/o correctivo a transformadores, subestaciones eléctricas y plantas de emergencia, Régimen Ordinario ejercicio 2026 Volumen a adquirir 2 Servicios, 87 equipos, 2 zonas Fecha de Publicación en Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX 17 de marzo de 2026 Fecha Junta de aclaraciones 24 de marzo de 2026 08:30 a.m. Fecha Visita a instalaciones institucionales No hay visitas a instalaciones Fecha Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas 01 de abril de 2026 08:30 a.m. La autorización de plazos recortados a las Licitaciones Públicas se realizaron mediante oficios números: 328001150100/0325/2026 (Equipos de venoclisis) de fecha 27 de enero del 2026 firmado por la Titular de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, Maestra Lorenza Bonilla Cervantes; 328001150100/0644/2026 (Braquiterapia); 328001150100/646/2026 (Marcadores tumorales); 328001150100/0641/2026 (Tomografía por emisión de positrones); 328001150100/0642/2026 (Servicios médicos de diagnóstico); 328001150100/0645/2026 (Medicina nuclear) de fecha 23 de febrero del 2026; 328001150100/741/2026 (Hospitales rurales) de fecha 03 de marzo del 2026; 328001150100/0640/2026 (Atención médica de especialidad) de fecha 23 de febrero del 2026 y 328001150100/0712/2026 (Digitalización) de fecha 02 de marzo del 2026, firmados por la Titular de la Jefatura de Servicios Administrativos, Maestra Lorenza Bonilla Cervantes. El evento se realizará, de manera electrónica en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: Compras MX. ORIZABA, VERACRUZ, A 17 DE MARZO DE 2026. TITULAR DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL VERACRUZ SUR DR. JORGE MARTINEZ TORRES RUBRICA. (R.- 573857) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 115 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL HIDALGO El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35, fracción I, 36, 39 fracciones I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como el 39, 42 y 44 de su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones Públicas de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR017-T-41-2026 Carácter de la Licitación Pública Internacional Electrónica Bajo Cobertura de Tratados Descripción de la Licitación ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS MEDICOS PARA EL OOAD HIDALGO 2026 Volumen a adquirir Mensualidades 288 Fecha de publicación en Compras MX 10/03/2026 Junta de Aclaraciones 17/03/2026 09:00 hrs. Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones. 25/03/2026 10:00 hrs. Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR017-N-42-2026 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la Licitación ADQUISICION Y DISTRIBUCION DE VIVERES PARA LA GUARDERIA ORDINARIA NO. 0001 CD. SAHAGUN Volumen a adquirir Víveres 9003 Fecha de publicación en Compras MX 10/03/2026 Junta de Aclaraciones 12/03/2026 09:00 hrs. Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones. 19/03/2026 11:00 hrs. • Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentra disponible para consulta en internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ y son gratuitas. • El Titular de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, autorizó la reducción del plazo de presentación de proposiciones el 05 de marzo de 2026. • Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a través de la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas Compras MX. PACHUCA DE SOTO, HGO., A 17 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO L.E.M. EMMANUEL HERNANDEZ GODINEZ RUBRICA. (R.- 573871) 116 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 32, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracción II, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67, 68 y demás aplicables en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), así como los artículo 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129, 130 y demás aplicables de su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia. No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR069-T-46-2026 Carácter de la Licitación Bajo la Cobertura de Tratados de Libre Comercio Descripción de la Licitación ADQUISICION DE TONER 2026 Volumen a Adquirir Máximo Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de Publicación en la Plataforma 17 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Junta de Aclaraciones 24 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 1 de abril del 2026, 11:00 a. m. Fecha de fallo original 16 de abril del 2026, 11:00 a. m. El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX. ATENTAMENTE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 17 DE MARZO DE 2026. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS LIC. ALBERTO ROMERO ROJAS RUBRICA. (R.- 573860) PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE SECRETARIA GENERAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40 y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación que se encuentran disponibles para su obtención en Internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx. No. de licitación LA-47-AYI-006AYI999-N-24-2026 Objeto de la licitación “SERVICIO DE VIGILANCIA PARA LAS INSTALACIONES DE OFICINAS CENTRALES, CENTRO Y NORTE DE MEXICO DE LA PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE (PRODECON)” Volumen a adquirir Servicio Fecha de publicación en Compras MX 13/03/2026 Fecha y hora de la junta de aclaraciones 17/03/2026, 13:00 hrs. Fecha y hora para la presentación y apertura de proposiciones 24/03/2026, 11:00 hrs. Fecha y hora para emitir el fallo 27/03/2026, 14:00 hrs. CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DE LA DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES LIC. ERIK ALCANTARA RUIZ RUBRICA. (R.- 573833) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 117 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-56-AYO-056AYO954-N-8-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación Nacional Electrónica No. LA-56-AYO-056AYO954-N-8-2026 Objeto de la Licitación. SERVICIO MEDICO SUBROGADO DE CENTRAL DE MEZCLAS ONCOLOGICAS Volumen a adquirir Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 12 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 17 de marzo de 2026 a las 10:00 horas. Visita a Instalaciones No aplica. Presentación y Apertura de Proposiciones 24 de marzo de 2026 a las 10:00 horas. Acto de Fallo 27 de marzo de 2026 a las 10:00 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573817) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 118 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) COORDINACION TECNICA DE CONTRATACION DE SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-56-AYO-056AYO955-N-33-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación: Nacional Electrónica No. LA-56-AYO-056AYO955-N-33-2026 Objeto de la Licitación: SERVICIO DE SUMINISTRO DE VIVERES PARA LOS HOSPITALES Y/O UNIDADES MEDICAS DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS- BIENESTAR) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026. (ABRIL-DICIEMBRE) Volumen por adquirir: Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX: 11 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones: 15 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Visita a Instalaciones: Conforme al Anexo Técnico Presentación y Apertura de Proposiciones: 22 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Acto de Fallo: 25 de marzo de 2026 a las 10:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACON DE CONTRATOS LIC. NAYELI SARAI HERNANDEZ AVALOS RUBRICA. (R.- 573795) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 119 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) COORDINACION TECNICA DE CONTRATACION DE SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-56-AYO-056AYO955-N-34-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación: Nacional Electrónica No. LA-56-AYO-056AYO955-N-34-2026 Objeto de la Licitación: SERVICIO DE RESERVACION, ADQUISICION, ENTREGA, RADICACION DE PASAJES DE TRANSPORTACION AEREA NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS Y PROFESIONALES DE SALUD DE SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS–BIENESTAR) Volumen por adquirir: Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX: 11 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones: 14 de marzo de 2026 a las 12:00 horas Visita a Instalaciones: Conforme al Anexo Técnico Presentación y Apertura de Proposiciones: 25 de marzo de 2026 a las 14:00 horas Acto de Fallo: 28 de marzo de 2026 a las 10:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACON DE CONTRATOS LIC. NAYELI SARAI HERNANDEZ AVALOS RUBRICA. (R.- 573799) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 120 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) COORDINACION TECNICA DE CONTRATACION DE SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-56-AYO-056AYO955-N-35-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación: Nacional Electrónica No. LA-56-AYO-056AYO955-N-35-2026 Objeto de la Licitación: SERVICIO DE PROVISION Y/O ELABORACION DE ALIMENTOS PREPARADOS PARA PACIENTES Y PERSONAL DE LOS HOSPITALES Y/O UNIDADES MEDICAS DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) PARA EL EJERCICIO 2026 (ABRIL-DICIEMBRE) Volumen por adquirir: Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX: 11 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones: 14 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Visita a Instalaciones: Conforme al Anexo Técnico Presentación y Apertura de Proposiciones: 21 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Acto de Fallo: 24 de marzo de 2026 a las 10:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACON DE CONTRATOS LIC. NAYELI SARAI HERNANDEZ AVALOS RUBRICA. (R.- 573797) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 121 ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V. GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS CONVOCATORIA: 3 LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública electrónica de carácter nacional LA-13-J3E-013J3E001-N-24-2026 cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/compras-mx o bien en: Avenida Marina Mercante No. 210, Piso 6, Col. Centro, Veracruz, Ver. C.P. 91700, teléfono: 01 (229) 923-2170 ext.72935, del 12 de marzo de 2026 hasta el 03 de abril de 2026 del año en curso de 09:00 a 18:00 horas. Descripción de la licitación “EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO, APLICACION DE PINTURA ANTICORROSIVA, INSTALACION Y/O REUBICACION DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO, ASI COMO EL SUMINISTRO DE MATERIALES Y REFACCIONES PARA EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO DE LA ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V.” Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 12/03/2026 a partir de las 12:00 horas Visita a las Instalaciones 13/03/2026, 10:00 horas Fecha y hora de junta de aclaraciones 17/03/2026, 12:00 horas Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 30/03/2026, 12:00 horas Fecha y hora de fallo 03/04/2026, 12:00 horas VERACRUZ, VER., A 11 DE MARZO DE 2026. GERENTE DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V. M.A.P. JUDITH PARRAZAL HERRERA RUBRICA. (R.- 573791) 122 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK- 007HZK999-N-14-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación “SERVICIO DE ARMADO, DESARMADO, REPARACION, INSPECCION Y OVERHAUL DE RUEDAS Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 9 de Marzo de 2026 a las 20:32 Fecha y hora de junta de aclaraciones 17 de Marzo de 2026 a las 10:30 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 24 de Marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de fallo 27 de Marzo de 2026 a las 16:00 10 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES MIREYA VEGA ROMERO RUBRICA. (R.- 573756) 008VSS - ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-08-VSS-008VSS011-N-4-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Periférico Manuel Gómez Morín No. 5401, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco, C.P. 45010, de 09:00 a 15:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE TRANSPORTE A DIESEL Y GASOLINA PARA ALMACENES RURALES, CENTRAL Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS DE LA UNIDAD OPERATIVA JALISCO COLIMA Y UNIDAD OPERATIVA NAYARIT DE ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S. A. DE C.V. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 11 de Marzo de 2026 a las 14:00 Fecha y hora de junta de aclaraciones 20 de Marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones 12 a 19 de Marzo de 09:00 a 15:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 30 de Marzo de 2026 a las 12:00 Fecha y hora de fallo 1 de Abril de 2026 a las 14:00 11 DE MARZO DE 2026. COMISIONADO PARA LA ATENCION DE LOS ASUNTOS COMPETENTES A LA GERENCIA REGIONAL OCCIDENTE DE CONFORMIDAD CON EL OFICIO DO/LTM/0015/2025 DE FECHA 16 DE ENERO DEL 2025, EMITIDO POR LA TITULAR PROVISIONAL DE LA DIRECCION DE OPERACIONES LIC. LIZETH TABLA MOYA VICTOR MANUEL MEJIA RODRIGUEZ RUBRICA. (R.- 573743) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 123 008VSS – ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-08-VSS-008VSS010-N-6-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://upcp- compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en las oficinas de la Coordinación de Administración y Finanzas de la Gerencia de la Regional, ubicada en Carretera México Toluca, Km. 53.5, Colonia Ex-Hacienda Doña Rosa, Municipio de Lerma de Villada, Estado de México, C.P. 52000, teléfono: 728 28 536 61 Ext. 70315, los días de lunes a viernes, en días hábiles a partir de la difusión de la convocatoria y hasta inclusive el día de la junta de aclaraciones, de las de 10 a 15 horas. Nombre del Procedimiento de contratación Servicio de Maniobras para Alimentación para el Bienestar S.A de C.V Gerencia Regional Metropolitana. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 12/Marzo/2026 00:00 horas Fecha y hora de junta de aclaraciones 20 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de la visita a las instalaciones 17 de Marzo de 2026 de las 09:00 a 16:00 horas Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 27 de Marzo de 2026 a las 10:00 LERMA DE VILLADA, ESTADO DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DE LA GERENCIA REGIONAL METROPOLITANA ELESBAN GUADARRAMA FLORES RUBRICA. (R.- 573771) ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. REGIONAL PUEBLA RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional número LA-08-VSS-008VSS006-N-10-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en el domicilio de la Convocante situado en Mártires de Río Blanco No. 7, Parque Industrial 5 de Mayo en la ciudad de Puebla, Pue. teléfono 555-229-0700 Ext. 71117, del 11 al 26 de marzo de 2026, días hábiles, en horario de 9:00 a 15:00 horas. No. de Licitación LA-08-VSS-008VSS006-N-10-2026 Objeto de la Licitación Servicio de maniobras de carga, descarga y traspaleo de granos, abarrotes, mercancías generales y armado de paquetes tipo “despensas” de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., Gerencia Regional puebla Volumen a adquirir Se considera una sola partida en la presente licitación, cuyos detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 11/03/2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026, 09:30 horas Visita a instalaciones 17/03/2026, 09:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 26/03/2026, 12:00 horas Notificación de fallo 07/04/2026, 12:00 horas PUEBLA, PUE., A 11 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA GERENCIA REGIONAL PUEBLA MTRO. FERNANDO SILVA TRISTE FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573763) 124 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 LECHE PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad al artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional número LA-08-VST-008VST977-N-21 - 2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación, se encuentran disponibles para consulta en la página de Internet: https://upcp-compras.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, ubicado calle Ricardo Torres No, 1, Fraccionamiento Lomas de Sotelo, Naucalpan de Juárez, Estado de México, C.P. 53390, teléfono (55) 52379100, Ext. 62139, 62140 y 64412 desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha establecida en las mismas, de lunes a viernes, de 9:30 a 16:00. LA-08-VST-008VST977-N-21-2026 Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación segunda vuelta para la contratación abierta del servicio de transporte y distribución de leche líquida en canastillas de polietileno de Leche para el Bienestar, S.A. de C.V. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en "Compras Mx” 12 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 20 de marzo de 2026, 10:00 Horas Apertura de proposiciones 27 de marzo de 2026, 10:00 Horas NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. LIDER DE PROYECTO DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS LIC. ALEJANDRO IZQUIERDO DEVORA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573823) 012NEF – LABORATORIOS DE BIOLOGICOS Y REACTIVOS DE MEXICO, S.A. DE C.V. “BIRMEX” RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública número LA-12-NEF-012NEF001-N-186-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en la página: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en el domicilio: Mariano Escobedo, No. 20, Colonia Popotla, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11400, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 17:00 horas. Nombre del Procedimiento Servicio Integral para la Administración y Operación de la Cadena de Suministro de Medicamentos, Material de Curación e Insumos para la Salud desde un Centro Nacional de Distribución a las Unidades de Atención Médica del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para los ejercicios 2026-2027 Fecha y hora de publicación en Compras MX 12 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 18 de marzo de 2026 10:00 horas Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 25 de marzo de 2026 10:00 horas Fecha y hora de fallo 30 de marzo de 2026 18:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DE LA GERENCIA DE ADQUISICIONES C. RAUL ARANDA CALDERON RUBRICA. (R.- 573807) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 125 012NEF – LABORATORIOS DE BIOLOGICOS Y REACTIVOS DE MEXICO, S.A. DE C.V. “BIRMEX” RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública número LA-12-NEF-012NEF001-N-185-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en la página: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en el domicilio: Mariano Escobedo, No. 20, Colonia Popotla, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11400, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 17:00 horas. Nombre del Procedimiento Servicio integral de logística, recepción, resguardo, administración de almacenamiento, distribución y recolección de bienes terapéuticos grupos 010, 020, 030, 040, 060, 070, 080 y demás insumos para la salud para el ejercicio fiscal 2026 Fecha y hora de publicación en Compras MX 12 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 19 de marzo 2026 10:00 horas Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 26 de marzo de 2026 10:00 horas Fecha y hora de fallo 31 de marzo de 2026 18:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DE LA GERENCIA DE ADQUISICIONES RAUL ARANDA CALDERON RUBRICA. (R.- 573808) BANCO NACIONAL DEL EJERCITO, FUERZA AEREA Y ARMADA, S.N.C. GERENCIA DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 85 de su Reglamento, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Av. Industria Militar No. 1055, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, teléfono 5626-0500 extensión 349, del 11 al 19 de marzo del 2026, de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00 horas, cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación LA-06-G1H-006G1H001-N-03-2026. Objeto de la Licitación Contratación del Servicio para la obtención de documentación oficial en el Registro Público y Civil. Volumen a adquirir Se detalla en la convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 11/03/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19/03/2026 08:30 horas Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 26/03/2026 10:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 06/04/2026 10:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. EL CAP. 1/o. F.A.A.M.A. E.M. RET. SUBDIR. DE RECS. MATS. CESAR ALEJANDRO ORTA LOPEZ RUBRICA. (R.- 573752) 126 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 CENTRO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO TECNOLOGICO EN ELECTROQUIMICA, S.C. DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que las convocatorias a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Parque Tecnológico Querétaro Sanfandila, C.P. 76703, Pedro Escobedo, Querétaro, los días de lunes a viernes de las 08:30 a 17:30 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación No. LA-38-90K-03890K001-N-7-2026 Objeto de la Licitación “ADQUISICION DE POLIZA DE SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL PARA CIDETEQ, 2026”. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX 17/03/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 20/03/2026 09:00 AM En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 31/03/2026 09:00 AM Fecha y hora para emitir el fallo 08/04/2026 09:00 AM Carácter, medio y No. de Licitación No. LA-38-90K-03890K001-N-8-2026 Objeto de la Licitación “SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAL DE CIDETEQ, 2026”. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX 17/03/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 20/03/2026 12:00 PM En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 31/03/2026 12:00 PM Fecha y hora para emitir el fallo 08/04/2026 12:00 PM Carácter, medio y No. de Licitación No. LA-38-90K-03890K001-N-9-2026 Objeto de la Licitación “SERVICIO DE VIGILANCIA EN LOS INMUEBLES DEL CIDETEQ, 2026”. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX 17/03/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 20/03/2026 02:00 PM En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 31/03/2026 04:00 PM Fecha y hora para emitir el fallo 08/04/2026 04:00 PM PEDRO ESCOBEDO, QRO., A 17 DE MARZO DE 2026. ENCARGADA DE DESPACHO DE LA DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS MTRA. BLANCA ESTELA FUENTES MARTINEZ RUBRICA. (R.- 573786) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 127 NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. DIRECCION DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya convocatoria que contiene las bases de participación, están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, conforme a lo siguiente: No. de la Licitación LA-06-HIU-006HIU001-N-20-2026 Descripción de la Licitación Contratación de Seguro de Vida Grupo para Empleados, Funcionarios, Jubilados y Ex Empleados de Nacional Financiera S.N.C. Volumen a Adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 13-marzo-2026 Visita a las Instalaciones Los detalles se determinan en la propia convocatoria Junta de Aclaraciones 18-marzo-2026 09:30 Hrs. Presentación y apertura de proposiciones 26-marzo-2026 11:00 Hrs. Fallo 31-marzo-2026 13:30 Hrs. CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE MARZO DE 2026. GERENTE DE ADQUISICIONES LIC. SANDRA SILVIA GOMEZ ELIZARRARAS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573830) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2 fracción I, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones VI y VII, 34, 37 fracción I y 55 fracción III de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones Generales): CFE-0001-CAAAT-0023-2026 Adquisición de montacargas Fecha de publicación en Micrositio: 12/03/2026 Sesión de Aclaraciones: 19/03/2026, 10:30 hrs Límite para presentación de ofertas: 21/04/2026, 12:30 hrs Apertura Técnica: 21/04/2026, 13:00 hrs Apertura Económica: 28/04/2026, 12:00 hrs Fallo 6/05/2026, 14:00 hrs El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones y del Departamento de Concursos, cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y el Lic. Daniel Miranda Velázquez, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487, con correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio. CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573796) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 128 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD COORDINACION NUCLEAR RESUMEN DE CONVOCATORIA CONCURSO ABIERTO DE CARACTER INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS CFE-0013-CAAAT-0004-2026 Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y Artículo 79 de la Ley de Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 30 fracción I, 31, y 37 fracción I de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones Generales): y sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2022. Se convoca a todos los interesados en participar en el Concurso Abierto de Carácter Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados No. CFE-0013-CAAAT- 0004-2026, cuya Convocatoria contiene el Pliego de Requisitos disponibles para consulta en la siguiente liga https://msc.cfe.mx., a partir de la fecha de su publicación en Micrositio de Concursos. No. de Concurso CFE-0013-CAAAT-0004-2026 Objeto de la Contratación Adquisición de Tarjetas Electrónicas para Secuenciadores de Cargas de los Generadores Diésel Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria y Pliego de Requisitos al Concurso Abierto. Fecha de publicación en Micrositio 13/03/2026 Sesión de aclaraciones 31/03/2026, 10:30 horas Apertura de Ofertas Técnicas 23/04/2026, 10:00 horas Resultado Técnico y Apertura de Ofertas Económicas 30/04/2026, 10:00 horas Notificación de Fallo 08/05/2026, 10:00 horas VERACRUZ, VER., A 17 DE MARZO DE 2026. CLAVE DE AGENTE CONTRATANTE A1A0D03 JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTOS EN FUNCIONES LIC. CARLOS ROBERTO SANDOVAL SANCHEZ RUBRICA. (R.- 573754) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 129 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD COORDINACION CORPORATIVA NUCLEAR RESUMEN DE CONVOCATORIA CONCURSO ABIERTO DE CARACTER INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS CFE-0013-CAAAT-0005-2026 Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y Artículo 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 30 fracción I, 31, y 37 fracción I de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones Generales): y sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2022. Se convoca a todos los interesados en participar en el Concurso Abierto de Carácter Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados No. CFE-0013-CAAAT- 0005-2026, cuya Convocatoria contiene el Pliego de Requisitos disponibles para consulta en la siguiente liga https://msc.cfe.mx., a partir de la fecha de su publicación en Micrositio de Concursos. No. de Concurso CFE-0013-CAAAT-0005-2026 Objeto de la Contratación Adquisición de resina mezclada para el sistema desmineralizador Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria y Pliego de Requisitos al Concurso Abierto. Fecha de publicación en Micrositio 13/03/2026 Sesión de aclaraciones 31/03/2026, 11:00 horas Apertura de Ofertas Técnicas 23/04/2026, 09:30 horas Resultado Técnico y Apertura de Ofertas Económicas 30/04/2026, 09:30 horas Notificación de Fallo 08/05/2026, 09:30 horas VERACRUZ, VER., A 17 DE MARZO DE 2026. CLAVE DE AGENTE CONTRATANTE A1A0D03 JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTOS EN FUNCIONES LIC. CARLOS ROBERTO SANDOVAL SANCHEZ RUBRICA. (R.- 573757) 130 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80, 82 la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad en las disposiciones 2 fracción I, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones I, III, VI y VII, 34, 37 fracción I, 52 y 55 fracciones III y IV de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de CFE, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria Nacional, de conformidad con lo siguiente: CFE-0001-CAAAT-0022-2026 ADQUISICION DE SUSTANCIAS QUIMICAS EMPLEADAS EN CENTRALES DE GENERACION DE LAS COORDINACIONES REGIONALES DE PRODUCCION. Fecha de publicación en Micrositio 11/03/2026 Sesión de Aclaraciones 18/03/2026, 10:00 hrs. Límite para presentación de ofertas 27/03/2026, 10:30 hrs. Apertura Técnica 27/03/2026, 11:00 hrs. Apertura Económica 9/04/2026, 11:00 hrs. Fallo 16/04/2026, 14:00 hrs. El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de CFE, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y el Lic. Daniel Miranda Velázquez, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en el Micrositio. CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573759) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD AVISO DE ADJUDICACION DE CONTRATO La Subgerencia de Adquisiciones, de la Gerencia de Abastecimientos, con domicilio en Río Ródano No. 14, Piso 4, Sala 401, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, proporciona la información correspondiente de los siguientes avisos de fallo emitidos de los Concursos Abiertos Internacionales Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio: No. CFE-0001-CAAAT-0109-2025, para la Adquisición de Servidores, informa que el Concursante Adjudicado fue: LINK X, S.A DE C.V., con domicilio en Calle. Blvd Manuel Avila Camacho, No. 2900, Piso. 4, Despacho 401, Col. Los Pirules, C.P. 54040, Municipio de Tlalnepantla de Baz, para la partida 1 (Unica) con un importe total de $10,308,645.60 M.N. (Diez millones trescientos ocho mil seiscientos cuarenta y cinco pesos 60/100 M.N.). El fallo se emitió el 9 de febrero de 2026. No. CFE-0001-CAAAT-0118-2025, para la Adquisición Consolidada de Equipo de Cómputo, informa que los Concursantes Adjudicados fueron: MAINBIT, S.A. DE C.V., con domicilio en Calle Romero de Terreros No. 804, Colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, para las partidas 2, 4, 6 y 7 con un importe total mínimo de $201,458,787.84 M.N. (doscientos un millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos ochenta y siete pesos 84/100 M.N.); BLACK ECCO TI, S.A. DE C.V., con domicilio en Privada de Corina 18, Colonia Del Carmen, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de México, para las partidas 1, 3, 5, 8 y 11 con un importe total mínimo de $118,880,431.15 M.N. (ciento dieciocho millones ochocientos ochenta mil cuatrocientos treinta y un pesos 15/100 M.N.). El fallo se emitió el 2 de marzo de 2026. ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES RUBRICA. (R.- 573792) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 131 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD AVISO MULTIPLE DE ADJUDICACION DE CONTRATO La Subgerencia de Adquisiciones, de la Gerencia de Abastecimientos, con domicilio en Río Ródano No. 14, Piso 4, Sala 401, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, proporciona la información correspondiente de los siguientes fallos emitidos de los Concursos Abiertos Internacionales Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio: No. CFE-0001-CAAAT-0119-2025, para la Adquisición de Apartarrayos para Líneas de Transmisión, informa que el concursante adjudicado fue: MAPPECC Materiales-Productos Poliméricos y Elementos de Construcción., S.A. DE C.V., con domicilio en Av. Estado de Puebla, No. 6 Bis, Col. Lázaro Cárdenas, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62080, para las partidas 1 a la 14 con un importe total de $279,306,346.34 M.N. (doscientos setenta y nueve millones, trescientos seis mil trescientos cuarenta y seis pesos 34/100 M.N.). El fallo se emitió el 20 de febrero de 2026. No. CFE-0001-CASAT-0041-2025, para el Soporte Especializado para Hardware, software y Aplicaciones EMS/SCADA, informa que el concursante adjudicado fue: Oferta Conjunta: Automatización y Tecnología Mexicana, S.A. de C.V. / Ultrasist, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Octavio Paz, No. 183, Col. Complejo Industrial Chihuahua, C.P. 31136, Municipio de Chihuahua-Chihuahua, para las partidas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 con un importe total de $51,340,551.70 USD (Cincuenta y un millones trescientos cuarenta mil quinientos cincuenta y un pesos 70/100 USD). El fallo se emitió el 15 de diciembre de 2025. No. CFE-0001-CAAAT-0120-2025, para la Adquisición de Equipo Operativo para Líneas de Transmisión, informa que los concursantes adjudicados fueron: EQUIPOS ELECTRICOS PARA ALTA TENSION, S.A. DE C.V., con domicilio en Calle. Sor Juana Inés de la Cruz, No. 301 Nte. Int. B, Col. Centro, C.P. 89000, Municipio de Tampico-Tamaulipas, para las partidas 2, 6 y 9 con un importe total de $53,579,958.54 M.N. (Cincuenta y tres millones quinientos setenta y nueve mil novecientos cincuenta y ocho pesos 54/100 M.N.); CORPORACION ELECTROMECANICA Y AISLADO INTEGRAL S.A. DE C.V., con domicilio en Calle. Pensilvania, No. 402, Col. Rincón de las Puentes, C.P. 66460. Municipio de San Nicolás de los Garza-Nuevo León, para las partidas 3 y 4 con un importe total de $10,290,368.82 M.N (Diez millones doscientos noventa mil trescientos sesenta y ocho pesos 82/100 M.N.); DAGDA POWER SOLUTIONS, S.A. DE C.V., con domicilio en Calle. Bahía de Todos los Santos, No. 97, Col. Verónica Anzures, C.P. 11300. Alcaldía. Miguel Hidalgo, para la partida 7 con un importe total de $57,275,708.88 M.N (Cincuenta y siete millones doscientos setenta y cinco mil setecientos ocho pesos 88/100 M.N.); OROPEZA INGENIEROS, S.A. DE C.V., con domicilio en Av. Manuel Avila Camacho, No. 3000, Col. Residencial Conjunto Patria, C.P. 45160. Municipio de Zapopan-Jalisco, para las partidas 1 y 5 con un importe total de $53,709,844.26 M.N (Cincuenta y tres millones setecientos nueve mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos 26/100 M.N.) y TEMESA ELECTRIFICACIONES, S.A. DE C.V., con domicilio en Calle. Chalco, No. 56, Col. Tlalnemex, C.P. 54070. Municipio de Tlalnepantla de Baz, para la partida 10 con un importe total de $17,558,460.00 M.N (Diecisiete millones quinientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta pesos 00/100 M.N.). El fallo se emitió el 24 de febrero de 2026. ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573768) 132 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD A RUEGO Y ENCARGO COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION NORTE RESUMEN DE CONVOCATORIA Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Disposiciones 30 fracción I inciso a), 33 fracción VII, 31, 37 fracción I y 55 fracción, III y IV de las Disposiciones Generales en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias y sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2022, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Nacional, cuya Convocatoria contiene el Pliego de Requisitos disponible para consulta en la siguiente dirección: https://msc.cfe.mx., a partir de la fecha de su publicación en Micrositio de Concursos, de conformidad con lo siguiente: Número de Procedimiento CFE-0700-CASAN-0008-2026 Objeto de la Contratación “Servicio de asistencia técnica para mantenimiento mayor de turbina de gas modelo Brown Boveri 11L para la Unidad 1 de la Central Turbogas Leona” Fecha de publicación en Micrositio 11/03/2026 Sesión de aclaraciones 13/03/2026 11:00 horas Apertura de Ofertas Técnicas 20/03/2026 10:30 horas Resultado Técnico y Apertura Ofertas Económicas 23/03/2026 10:30 horas Notificación de Fallo 25/03/2026 11:00 horas MONTERREY, NUEVO LEON, A 17 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DEL DESPACHO DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE CONTRATACION Y OBRA PUBLICA ING. JULIO ANTONIO GONZALEZ VILLARREAL FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573769) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD A RUEGO Y ENCARGO COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION NORTE RESUMEN DE CONVOCATORIA Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Disposiciones 30 fracción I inciso a), 33 fracción VII, 31, 37 fracción I y 55 fracción, III y IV de las Disposiciones Generales en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias y sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2022, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Nacional, cuya Convocatoria contiene el Pliego de Requisitos disponible para consulta en la siguiente dirección: https://msc.cfe.mx., a partir de la fecha de su publicación en Micrositio de Concursos, de conformidad con lo siguiente: Número de Procedimiento CFE-0700-CASAN-0010-2026 Objeto de la Contratación “Servicio de Transporte para el Personal de la Central Termoeléctrica Carbón II” Fecha de publicación en Micrositio 11/03/2026 Sesión de aclaraciones 13/03/2026 11:00 horas Apertura de Ofertas Técnicas 20/03/2026 09:00 horas Resultado Técnico y Apertura Ofertas Económicas 20/03/2026 13:00 horas Notificación de Fallo 20/03/2026 15:00 horas MONTERREY, NUEVO LEON, A 17 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DEL DESPACHO DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE CONTRATACION Y OBRA PUBLICA ING. JULIO ANTONIO GONZALEZ VILLARREAL FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573770) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 133 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA SERVICIOS DE SOPORTE Y CONTROL DE ALMACENES GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA SERVICIOS DE SOPORTE CONVOCATORIA Petróleos Mexicanos a través de la Gerencia de Contrataciones para Servicios de Soporte, adscrita a la Coordinación de Abastecimiento para Servicios de Soporte y Control de Almacenes dependiente de la Subdirección de Abastecimiento de la Dirección de Administración y Servicios, con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, capítulo 13 del Tratado entre Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) y sus correlativos de cualquier Tratado de libre Comercio (TLC) vigente con título o capítulo de Compras del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos, 78, 79 y 80 párrafos primero, segundo y tercero de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (LEPEPM) publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 18 de marzo del 2025, así como 13, 19, 20, 21, 22, 23 y 39 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias (DGC), vigentes en términos de lo establecido en el Artículo Décimo Primero Transitorio de la LEPEPM; así como con las facultades que le confieren los artículos 23 fracción III, 27 fracción VIII, numeral 1, inciso a) subinciso i) y 220 fracción IV y VI del Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos convoca a los interesados a participar en el: Concurso Abierto Electrónico Internacional bajo la cobertura del Tratado entre Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) y sus correlativos de cualquier Tratado de libre Comercio celebrados por los Estados Unidos Mexicanos que contengan capítulos de compras del Sector Público, para la Adquisición de Bienes número DAS-CAT-B-GCSS-MCHV-106329-1 cuyo objeto es la contratación de la “Sustitución y Rehabilitación Integral de elevadores en los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos”, de acuerdo con lo siguiente: • Fechas relevantes del procedimiento de contratación de acuerdo con el siguiente cronograma: Actos/Eventos Fecha/hora Publicación de las bases y Convocatoria 17/03/2026 Visita al sitio o instalaciones Del 20 al 24/03/2026 Evento de Aclaraciones de dudas a las bases 30/03/2026 Primer Evento presentación y apertura de proposiciones Primer evento 08/04/2026 a las 11:00 horas Segundo evento (comunicación de resultado de la evaluación comercial, técnica y económica, así como entrega de mecanismo de subasta 13/04/2026 a las 11:00 horas Desarrollo de subasta 15/04/2026 a las 11:00 horas Notificación del fallo/Resultado del concurso 17/04/2026 Fecha estimada para la Formalización del contrato Dentro de los 10 días hábiles siguientes de la publicación del fallo y del Resultado del Concurso • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el Sistema de Contrataciones electrónicas Pemex (SISCeP). • En términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025), los participantes podrán señalar en su propuesta los documentos que contengan información confidencial o reservada, siempre que tengan derecho de clasificar la información de conformidad con las disposiciones aplicables. • Unicamente pueden participar, personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tengan celebrado un Tratado de Libre Comercio vigente, con disposiciones en materia de compras del sector público, y que los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los países socios en los tratados, que no se encuentren impedidas en términos de los artículos 79 fracción VI de la LEPEPM, 10 de las DGC, así como en la Sección III, numeral III.2.6.2.3 de las Políticas y Lineamientos para el Desarrollo de la Debida Diligencia en Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, en materia de Etica e Integridad Corporativa, vigentes en términos de lo establecido en el Artículo Décimo Primero Transitorio de la LEPEPM. • No podrán participar en el presente concurso, las personas físicas o morales, que se encuentren impedidas en términos de la Ley, su reglamento y las Disposiciones como con aquellas que se encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o beneficiarios finales. • La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos con la finalidad que se les de el tratamiento correspondiente en términos de la Ley federal de Transparencia al acceso de información Pública y la Ley General de Transparencia y acceso a la Información Pública. 134 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 • Las bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de- contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx. • Para la entrega del Manifiesto de Interés en Participar, se deberá descargar el formato DA-1 Manifiesto de interés en participar de la liga en el Portal de Pemex que contiene la información de las bases de concurso: https://www.pemex.com/procura/procedimientos-de- contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex.aspx el cual deberá ser llenado con la información del participante y enviado como adjunto a la dirección de correo electrónico asociado al procedimiento de contratación en SISCEP: email2workspace-prod+PEMEX+WS5595430332+4tvp@ansmtp.ariba.com así como a los correos electrónicos sheila.ysset.magdaleno@pemex.com / gerardo.alberto.olvera@pemex.com / marisol.chavez@pemex.com indicando el nombre de su empresa en el asunto del correo sin acentos ni caracteres especiales. El correo no deberá sobrepasar los 5 megabytes (MB). • El idioma en el que se deberán presentar las propuestas es el español. • En las bases de concurso, en el apartado de Información a considerar en el concurso abierto y documentos que integran las Bases de contratación, se precisa la forma de participación en el procedimiento. • Para la substanciación del procedimiento de contratación, en mi carácter de Gerente de Contrataciones para Servicios de Soporte, con fundamento en las facultades previstas en los artículos 23 fracción III, 27 fracción VIII, numeral 1, inciso a) subinciso i) y 220 fracciones IV y VI del Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos, publicado en el DOF el 30 de mayo de 2025 y su modificación publicada en el DOF el 12 de septiembre de 2025, se podrá delegar la suscripción de actos de trámite, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en el procedimiento de contratación, acepta dichos términos y estas representaciones. CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. EMITE GERENTE DE CONTRATACIONES PARA SERVICIOS DE SOPORTE LIC. NORMA FLORES GARCES RUBRICA. (R.- 573793) PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA PROCESOS INDUSTRIALES, TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA Petróleos Mexicanos, a través de la Gerencia de Contrataciones para Transformación Energética y Logística, adscrita a la Coordinación de Abastecimiento para Procesos Industriales, Transformación Energética y Logística dependiente de la Subdirección de Abastecimiento de la Dirección de Administración y Servicios, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 78 y 80 párrafos primero, segundo y tercero, y Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (Ley EPEPM), así como 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias (DGC), convoca a los interesados a participar en él: Concurso Abierto Electrónico de carácter Internacional bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que contienen capítulo de compras del sector público, con fundamento al numeral IV.7 segundo párrafo literal b. y IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, con número de procedimiento DPI-CAT-B-GCTEL-3-106145-72-26-1 cuyo objeto es la contratación relativa a “Haz de tubos para enfriador de la Planta de Etileno Del Complejo Petroquímico Cangrejera”, de acuerdo con lo siguiente: • Fechas relevantes del Procedimiento de Contratación de acuerdo con el siguiente cronograma: Evento Fechas Publicación de la convocatoria y bases de contratación. 17 de marzo de 2026 Límite para la recepción del Documento DA-1 “Manifiesto de interés en participar” Evento de aclaraciones de dudas hasta el 23 de marzo de 2026, 12:00 horas. Evento de presentación y apertura de propuestas técnica, comercial y económica hasta 6 de abril de 2026, 10:00 horas. Recepción de aclaraciones de dudas a las bases 24 de marzo de 2026, 10:00 horas. Evento de aclaraciones de dudas a las bases 26 de marzo de 2026, 16:00 horas. Publicación versión final de las bases. 27 de marzo de 2026 Presentación y apertura de propuestas. 7 de abril de 2026, 10:00 horas. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 135 • El procedimiento cuenta con oficio de reducción de plazos No. PM-DPI-SPPS-GCPCAN-621-2026 • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el Sistema de Contrataciones Electrónicas de Pemex (SISCEP). • Los plazos, fechas y horarios aquí señalados, podrán ser modificados, haciéndolo del conocimiento de los interesados, a través de las actas derivadas de los eventos del procedimiento y comunicadas a los participantes a través del Portal de Internet de Petróleos Mexicanos (Portal) http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y en el SISCEP. • Para el presente procedimiento no se acepta que miembros de la familia de la Presidenta Constitucional, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo o particulares usen su nombre o hagan gestiones, realicen trámites o lleven a cabo negocios con el gobierno, en cumplimiento al comunicado de fecha 2 de octubre de 2024. • En términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública, los participantes podrán señalar en su propuesta los documentos que contengan información confidencial o reservada, siempre que tengan derecho de clasificar la información de conformidad con las disposiciones aplicables. • Para la substanciación del procedimiento de contratación, en mi carácter de Gerente de Contrataciones para Transformación Energética y Logística, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23, fracción III; 27, fracción VIII, numeral 1, inciso d), subinciso ii); 232, fracción IV y Cuarto Transitorio del Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado Petróleos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de mayo de dos mil veinticinco, el cual entró en vigor a partir del primero de junio de dos mil veinticinco y su modificación publicada mediante aviso el doce de septiembre de dos mil veinticinco en el citado medio de comunicación oficial; se hace constar que he delegado o podré delegar la suscripción de eventos de trámite, los cuales surtirán plenos efectos jurídicos. Por lo que, quien participe voluntariamente en el procedimiento de contratación acepta dichos términos e implícitamente estas representaciones. • Pueden participar personas físicas o morales mexicanas o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tengan celebrado un tratado de libre comercio vigente con disposiciones en materia de compras del sector público y que no se encuentren impedidas en términos de los artículos 79 fracción VI de la Ley EPEPM, 10 de las DGC y 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. • Las Bases de Contratación estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal y en caso de estar interesados en participar, deberán remitir el Documento DA-1 en la fecha y hora establecida en el cronograma de eventos de las bases de contratación; mediante el cual expresen su interés en participar a la siguiente dirección electrónica: email2workspace- prod+PEMEX+WS5592649718+nv84@ansmtp.ariba.com, indicando el nombre de la empresa en el asunto del correo y marcando copia a las siguientes direcciones de correo electrónico: elias.arturo.yquera@pemex.com y maria.guadalupe.saenz@pemex.com • El idioma en que las ofertas o las solicitudes de participación deberán presentarse es en español. • En las bases de contratación, se precisa la forma de participación en el procedimiento en la sección I numeral II. • La firma del contrato correspondiente se llevará a través de la plataforma de Firma Electrónica Avanzada, mediante la e.firma vigente que emite el Servicio de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. EMITE: LIC. LUIS ENRIQUE MORENO HERNANDEZ GERENTE DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA CONFORME A LOS OFICIOS DAS-0795-2025 DE FECHA 01 DE JUNIO DE 2025 Y DAS-SA-CAPITEL-61-2025 DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2025 EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23, FRACCION III; 27, FRACCION VIII, NUMERAL 1, INCISO D), SUBINCISO II); 232, FRACCION IV Y CUARTO TRANSITORIO DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO PETROLEOS MEXICANOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL TREINTA DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO, EL CUAL ENTRO EN VIGOR A PARTIR DEL PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO Y SU MODIFICACION PUBLICADA MEDIANTE AVISO EL DOCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO EN EL CITADO MEDIO DE COMUNICACION OFICIAL RUBRICA. (R.- 573831) DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 136 FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA UNIDAD ESPECIALIZADA DE RECURSOS, SERVICIOS E INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL NUMERO LA-49-830-049000975-N-18-2026 De conformidad con el ACUERDO A/OM/06/2025 por el que se emiten las Disposiciones en materia de recursos materiales, servicios generales y contrataciones públicas de la Fiscalía General de la República y el Acuerdo A/OM/08/2025 que prórroga la vigencia del primero, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Número LA-49-830-049000975-N-18-2026 cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Calle Río Elba No. 17, Piso 2, Col. Cuauhtémoc, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, Tel. (55) 5346-0000 Ext. 507775, de lunes a viernes; en un horario de 9:00 a 14:00 horas. Descripción de la licitación “Partida 1: Servicio de Conservación y Mantenimiento a Mobiliario de Oficina de las Unidades Administrativas de la Fiscalía General de la República en la Ciudad de México y Zona Metropolitana; Partida 2: Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Equipos de Administración de las Unidades Administrativas de la Fiscalía General de la República, en la Ciudad de México y Zona Metropolitana, así como al Inmueble denominado “La Muralla”. Volumen a adquirir El detalle de las partidas se determina en la convocatoria de la Licitación Pública Nacional Número LA-49-830-049000975-N-18-2026, conforme al Anexo Técnico. Fecha de Publicación en la Plataforma 17 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 20 de marzo de 2026 a las 10:30 hrs. Presentación y Apertura de Proposiciones 06 de abril de 2026 a las 10:30 hrs. Fallo 10 de abril de 2026 a las 14:00 hrs. ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. ADMINISTRADORA ESPECIALIZADA DE CONTRATACION DE SERVICIOS LCDA. ALMA ROSA MEDRANO DIAZ RUBRICA. (R.- 573776) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 137 FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA UNIDAD ESPECIALIZADA DE RECURSOS, SERVICIOS E INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL NUMERO LA-49-830-049000975-N-17-2026 De conformidad con el ACUERDO A/OM/06/2025 por el que se emiten las Disposiciones en materia de recursos materiales, servicios generales y contrataciones públicas de la Fiscalía General de la República y el Acuerdo A/OM/08/2025 que prórroga la vigencia del primero, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Número LA-49-830-049000975-N-17-2026 cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Calle Río Elba No. 17, Piso 2, Col. Cuauhtémoc, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, Tel. (55) 5346-0000 Ext. 507775, de lunes a viernes; en un horario de 9:00 a 14:00 horas. Descripción de la licitación “Servicio de Suministro de Agua Potable (Partida 1) y Agua Tratada (Partida 2) en pipa, a los Inmuebles de la Fiscalía General de la República a Nivel Central para el ejercicio 2026”. Volumen a adquirir El detalle de las partidas se determina en la convocatoria de la Licitación Pública Nacional Número LA-49-830- 049000975-N-17-2026, conforme al Anexo Técnico. Fecha de Publicación en la Plataforma 17 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 19 de marzo de 2026 a las 10:30 hrs. Presentación y Apertura de Proposiciones 01 de abril de 2026 a las 10:30 hrs. Fallo 08 de abril de 2026 a las 17:00 hrs. ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. ADMINISTRADORA ESPECIALIZADA DE CONTRATACION DE SERVICIOS LCDA. ALMA ROSA MEDRANO DIAZ RUBRICA. (R.- 573775) BANCO DE MEXICO RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SAIG-26-0656-1 Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de su Ley, en las Normas del Banco de México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables, convoca a todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SAIG-26- 0656-1 con el objeto de adquirir insumos, refacciones y material eléctrico, así como insumos para aire acondicionado para Oficina Central y Complejo Jalisco. El volumen de los bienes materia de licitación es el que se señala en el anexo "Cantidades, Características y Especificaciones". Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación: a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 24 de Marzo de 2026. b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 31 de Marzo de 2026. c) Comunicación del fallo: A más tardar el 20 de Abril de 2026. La convocatoria respectiva, fue publicada el día 11 de marzo de 2026, en el Portal de Contrataciones Banxico (POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/PortalProveedores/ CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. BANCO DE MEXICO SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO DE INMUEBLES Y GENERALES LIC. ISMAEL VELAZQUEZ TORRES FIRMA ELECTRONICA. ANALISTA DE CONTRATACIONES LIC. JOSE ALBERTO SEDANO VINCOURT FIRMA ELECTRONICA. Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo del Acuerdo de Adscripción de sus Unidades Administrativas, y en los artículos 2, fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios. 2026, Año de Margarita Maza Parada (R.- 573764) 138 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 COMISION NACIONAL ANTIMONOPOLIO COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES Y ARCHIVO LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 002/2026 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/. No. Licitación Pública: LA-10-K2I-010K2I002-N-11-2026 Descripción: Suministro de insumos alimenticios y alimentos preparados para el comedor institucional de la Comisión Nacional Antimonopolio Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX 12 de marzo de 2026 Visita a instalaciones A partir del 12/03/2026 y hasta el 26/03/2026 Junta de aclaraciones 19 de marzo de 2026 a las 09:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 27 de marzo de 2026 a las 10:00 hrs. Acto de fallo 07 de abril de 2026 a las 10:00 horas EN LA CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA DE SEGUIMIENTO DE CONTRATACIONES ANGELIA ROSALIA MENDEZ VALVERDE FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573821) AVISO Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación: • Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias. • Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles. • Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo, correctamente identificado. • Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original y copia simple. Consideraciones Adicionales: 1. En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF: • Acta constitutiva de la persona moral solicitante. • Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud acredite su cualidad de representante de la empresa. • Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF. 2. Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026. 3. No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las instituciones bancarias. 4. Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos. Atentamente Diario Oficial de la Federación DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 139 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y CONSERVACION LICITACION PUBLICA NACIONAL CONVOCATORIA No. 441.01.24.050.CN.LN.622.26.0041 En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y a las Políticas en Materia de Obra y Servicios Relacionados con la Misma en sus puntos 10, 12 y 13 y de conformidad con los Lineamientos que se Adoptarán para el Proceso de Adjudicación de las Obras y de los Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados en participar en la Licitación de carácter Nacional No. 441.01.24.050.CN.LN.622.26.0041, para la contratación de los “Trabajos de instalaciones para la nueva red hidráulica de agua tratada y red sanitaria de aguas negras Etapa 2, para la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales en la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Campo 1, ubicada en Av. 1° de Mayo s/n, Santa María Las Torres, C.P. 54740, Cuautitlán Izcalli, Estado de México.”, de conformidad con lo siguiente: No. de Licitación Obra Periodo Venta de Bases Acto de Presentación y Apertura de Propuestas Costo de las Bases Capital Contable Mínimo Requerido 441.01.24.050. CN.LN.622. 26.0041 Trabajos de instalaciones para la nueva red hidráulica de agua tratada y red sanitaria de aguas negras Etapa 2, para la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales en la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Campo 1, ubicada en Av. 1° de Mayo s/n, Santa María Las Torres, C.P. 54740, Cuautitlán Izcalli, Estado de México. Del 17 al 24 de marzo de 2026, en días hábiles de las 9:30 a las 14:30 horas y de las 17:30 a las 18:30 horas. 09 de abril de 2026 a las 11:00 horas previa reunión en la Plaza de acceso a la Dirección General de Obras y Conservación de la UNAM. $12,000.00 (doce mil pesos 00/100 M.N.) $4’000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) Dudas por escrito Visita de obra Junta de aclaraciones Plazo de Ejecución Fallo 26 de marzo de 2026 a las 11:00 horas. Entrega de dudas por escrito, con respaldo en archivo electrónico. 25 de marzo de 2026, a las 11:00 horas previa reunión en el acceso principal de la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Campo 1, ubicada en Av. 1° de Mayo s/n, Santa María Las Torres, C.P. 54740, Cuautitlán Izcalli, Estado de México. 26 de marzo de 2026 a las 11:00 horas previa reunión en la Plaza de acceso a la Dirección General de Obras y Conservación. Del 18 de mayo de 2026 al 17 de septiembre de 2026. El 16 de abril de 2026 a las 12:00 horas. Ubicación de la obra: Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Campo 1, ubicada en Av. 1° de Mayo s/n, Santa María Las Torres, C.P. 54740, Cuautitlán Izcalli, Estado de México. De los trabajos podrán subcontratarse las partes de estos que específicamente se indican en las bases de licitación. • Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en las oficinas de la Dirección General de Obras y Conservación de la UNAM, situada en Avenida Revolución núm. 2045, en Ciudad Universitaria, Alcaldía Coyoacán, código postal 04510, Ciudad de México, Tel., 55 5616-5539, 55 5622-2754, y 55 5622-2801, a partir de la fecha de publicación de esta licitación, y hasta el día 24 de marzo de 2026, en días hábiles de 09:30 a 14:30 horas y de las 17:30 a las 18:30 horas, asimismo, para consulta únicamente, en la dirección electrónica de Internet http://www.obras.unam.mx • Los porcentajes de los anticipos a otorgar serán: 10% del monto del contrato para trabajos preliminares y 20% para la compra y producción de insumos y/o equipos. • Todas las ofertas deberán ir acompañadas de una garantía de por lo menos el 5% del monto de las propuestas, sin incluir el IVA. La seriedad de las proposiciones deberá garantizarse mediante cheque de caja y/o certificado o fianza a favor de la Universidad Nacional Autónoma de México, cuya vigencia deberá quedar abierta, toda propuesta no acompañada de la garantía será desechada por la convocante. • La visita al sitio de la obra se efectuará el día 25 de marzo de 2026 a las 11:00 horas, previa reunión en el acceso principal de la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Campo 1, ubicada en Av. 1° de Mayo s/n, Santa María Las Torres, C.P. 54740, Cuautitlán Izcalli, Estado de México. • La junta de aclaraciones se llevará a cabo, en la Dirección General de Obras y Conservación ubicada en Av. Revolución No. 2045, Ciudad Universitaria, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, el día 26 de marzo de 2026 a las 11:00 horas. • El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español. DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 140 • Los requisitos previos a la venta de las bases que los interesados en licitar deberán acreditar, son los siguientes: - Solicitud de inscripción al concurso presentada por escrito, en papel membretado del interesado, dirigido a la convocante. - En caso de ser persona moral su legal constitución (Acta Constitutiva y protocolizaciones) y para personas físicas, su acta de nacimiento. Dichos documentos deberán ser presentados en original para su cotejo y copia. - Contar con poder suficiente para comprometer al licitante. - La capacidad financiera y capital contable mínimo que se requiere, comprobando el capital contable mínimo requerido de $ 4’000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N); mediante la presentación en original para su cotejo y copia de la última Declaración Anual para pago del I.S.R. 2025 o 2024, así como de los estados financieros auditados por Contador Público independiente a la empresa del último ejercicio anual (2025 o 2024), incluyendo el comparativo de razones financieras básicas con sus respectivos anexos analíticos, salvo en el caso de empresas de nueva creación las cuales deberán presentar estados financieros auditados por Contador Público independiente a la empresa de no más de dos meses de antigüedad, incluyendo razones financieras básicas y anexos analíticos, cédula de identificación fiscal y alta correspondiente en la SHCP. - Relación de contratos de obra en vigor que tenga celebrados con la Administración Pública o con particulares, señalando el importe contratado y el importe por ejercer, así como el avance físico. O en su caso, la indicación que no se cuenta con ninguno en vigor. - Relación de contratos de obra que haya celebrado con la Administración Pública o con particulares durante los últimos tres años, acreditando mediante copia simple de contratos, haber ejecutado trabajos similares al objeto de esta Licitación, comprobando documentalmente su cumplimiento a satisfacción de la contratante. O cuando menos los años de constitución de la empresa. Deberá comprobar a satisfacción de la convocante que cuenta con la experiencia y especialidad en los trabajos objeto de la presente licitación. - Documentación que compruebe su experiencia en trabajos similares en cuanto a superficie de trabajo y plazos de ejecución, especialmente en los últimos tres años, y su capacidad técnica mediante currículo de la empresa, en el que se compruebe la experiencia en obras similares, del personal técnico requerido; para la ejecución de la obra de que se trata; y así como su capacidad administrativa tanto de recursos humanos como de recursos materiales sugiriendo se anexen, organigramas y/o esquemas de operación que se emplearán para la ejecución de la obra objeto de la presente licitación (relación de altas del IMSS, contratos de personal, afiliación a agrupaciones obreras y sindicales, etc.) y la cédula profesional y currículum del superintendente de construcción. - Declarar bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en algún supuesto que le impida participar en el proceso de licitación en los términos del punto 18 de las Políticas en Materia de Obra y Servicios Relacionados con la Misma de la UNAM. • Los interesados en participar en la licitación para la contratación de los trabajos motivo de esta convocatoria, deberán cumplir con la experiencia y los requisitos solicitados en la convocatoria. No se limitará la participación de los contratistas que no estén inscritos en el registro de contratistas de la Dirección General de Obras y Conservación, procediendo posteriormente al registro de las empresas que así lo soliciten. • Las propuestas que se presenten deberán cotizarse en moneda nacional. • La adjudicación se sujetará a lo dispuesto por la Normatividad en Materia de Obra de la UNAM y supletoriamente en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como su Reglamento, el Código Civil Federal y el Código Federal de Procedimientos Civiles. • Si resulta que dos o más propuestas son solventes y, por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos de la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo importe sea el más bajo. • El tipo de contratación será a Precios Unitarios y Tiempo Determinado. • La comunicación del fallo se hará de acuerdo con lo que se señale en el acto de apertura de ofertas económicas, en junta pública o en forma personalizada a través de oficio. • Los licitantes en todos los casos otorgarán las facilidades necesarias a la convocante para verificar la veracidad de la documentación e información presentada. • El periodo de ejecución de la obra será del día 18 de mayo de 2026 al 17 de septiembre de 2026. Los licitantes elegibles que estén interesados podrán adquirir las bases y demás documentos de la licitación, mediante solicitud, por escrito a la oficina antes mencionada y el pago de un derecho no reembolsable de $12,000.00 (doce mil pesos 00/100 M.N.), en efectivo, cheque certificado o de caja a favor de la Universidad Nacional Autónoma de México. CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y CONSERVACION MTRO. JOSE GONZALO GUERRERO ZEPEDA RUBRICA. (R.- 573751) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 141 OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DIRECCION DE ADQUISICIONES LICITACION PUBLICA NACIONAL CONVOCATORIA NUMERO OM-CEE-039-2026 Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, las disposiciones de las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisiciones de Bienes y Prestación de Servicios, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de Septiembre del 2005 y demás disposiciones administrativas en vigor, se convoca a los interesados a participar en la licitación de carácter nacional que a continuación se identifica. Licitación Pública Nacional Número OM-CEE-039-2026 “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS AEROGENERADORES DEL PARQUE EOLICO LA RUMOROSA I” Fecha límite para adquirir bases Costo de las bases Junta de aclaraciones Presentación y apertura de proposiciones Fallo 1ra etapa 2da etapa 23/Mar/2026 Sin costo 23/Mar/2026 14:30 horas 30/Mar/2026 11:00 horas 1/Abr/2026 13:00 horas 6/Abr/2026 13:30 horas Paquete/ Partida DESCRIPCION CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA 1/1 Servicio de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo 1 Servicio 1/2 Servicio de cambio de aceite lubricante a multiplicadoras 1 Servicio 1/3 Servicio de revisión, diagnóstico y reparación de generador 1 Servicio DISPONIBILIDAD DE LAS BASES: Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet en el sitio: https://tramites.ebajacalifornia.gob.mx/Compras/Licitaciones, o en la Dirección de Adquisiciones de la Oficialía Mayor de Gobierno, sito en: Tercer piso del edificio del Poder Ejecutivo de Gobierno del Estado, Calz. Independencia #994, Centro Cívico de la ciudad de Mexicali, Baja California teléfono (686)5581000 ext. 8344, de lunes a viernes a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria y hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, en horario de 8:00 a 15:00 horas, siendo de exclusiva responsabilidad de los interesados adquirirlas en su debida oportunidad. COSTO DE LAS BASES DE LICITACION: Sin costo. VISITA A INSTALACIONES: No aplica. PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS: Ingresos propios de la Comisión Estatal de Energia. ACTOS DEL PROCEDIMIENTO: Todos los actos tendrán verificativo en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones en las fechas, horarios y domicilio ya citados. En cumplimiento a lo ordenado por la fracción IV del artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California se informa que el Acto de presentación y apertura de proposiciones en su segunda etapa será con propuesta a precio fijo. CONDICIONES PARA LA PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES: Además de la presentación personal se aceptará el envío de proposiciones por servicio postal o mensajería quedando bajo responsabilidad del licitante que estas sean entregadas con acuse de recibo en su debida oportunidad, no aplica la presentación por medios electrónicos. IDIOMA: Todo lo relacionado con la proposición deberá ser redactado en idioma Español. LUGAR Y PLAZO DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS: Los servicios objeto de la presente licitación deberán de entregarse en el lugar y plazo señalado en los numerales 4.2 y 4.3 de las bases de licitación. MONEDA: La moneda para la cotización en la propuesta económica será pesos mexicanos. CONDICIONES DE PAGO: De conformidad con lo establecido en el punto 4.5 de las bases de licitación. NO HABRA ANTICIPO. GARANTIA: El licitante adjudicado deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza conferida por el porcentaje que corresponda de acuerdo a las disposiciones contenidas en las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisición de Bienes y Servicios publicadas POE el día 23 de septiembre de 2005. OTRAS DISPOSICIONES: Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del Artículo 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. La autoridad competente para oír y recibir inconformidades es la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, conforme al Art. 69 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 17 DE MARZO DE 2026. PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO C. DAVID RAMSES CERVANTES AGUILAR RUBRICA. (R.- 573810) 142 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DIRECCION DE ADQUISICIONES LICITACION PUBLICA NACIONAL CONVOCATORIA NUMERO OM-CEA-047-2026 Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, las disposiciones de las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisiciones de Bienes y Prestación de Servicios, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de Septiembre del 2005 y demás disposiciones administrativas en vigor, se convoca a los interesados a participar en la licitación de carácter Nacional que a continuación se identifica. LICITACION PUBLICA NACIONAL No. OM-CEA-047-2026 “SUMINISTRO DE POLIZA DE SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DE LA CEA” Fecha límite para adquirir bases Costo de las bases Junta de aclaraciones Presentación y apertura de proposiciones Fallo 1ra etapa 2da etapa 24/marzo/2026 SIN COSTO 24/marzo/2026 12:00 horas 30/marzo/2026 12:00 horas 01/abril/2026 12:30 horas 06/abril/2026 14:00 horas PAQUETE DESCRIPCION CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA UNICO “SUMINISTRO DE POLIZA DE SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL” 1 POLIZA DISPONIBILIDAD DE LAS BASES: Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet en el sitio: https://trámites.ebajacalifornia.gob.mx/Compras/Licitaciones o en la Dirección de Adquisiciones de la Oficialía Mayor de Gobierno, sito en: Tercer piso del edificio del Poder Ejecutivo de Gobierno del Estado, Calz. Independencia #994, Centro Cívico de la ciudad de Mexicali, Baja California teléfono (686)5581010 ext. 1720, de lunes a viernes a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria y hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, en horario de 8:00 a 15:00 horas, siendo de exclusiva responsabilidad de los interesados adquirirlas en su debida oportunidad. COSTO DE LAS BASES DE LICITACION: Sin costo. PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS: Propios de la COMISION ESTATAL DEL AGUA DE BAJA CALIFORNIA. ACTOS DEL PROCEDIMIENTO: Los actos de junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones en sus dos etapas y fallo, tendrán verificativo en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones de la Oficialia Mayor de Gobierno en las fechas, horarios y domicilio ya citados. En cumplimiento a lo ordenado por la fracción IV del artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Baja California se informa que el acto de presentación y apertura de proposiciones en su segunda etapa será con propuesta a precio fijo. CONDICIONES PARA LA PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES: Además de la presentación personal se aceptará el envío de proposiciones por servicio postal o mensajería quedando bajo responsabilidad del licitante que estas sean entregadas con acuse de recibo en su debida oportunidad, no aplica la presentación por medios electrónicos. IDIOMA: Todo lo relacionado con la proposición deberá ser redactado en idioma Español. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA: la póliza objeto de la presente licitación deberá ser entregada en el domicilio y conforme al plazo descrito en los puntos 4.2 y 4.3 de las bases. MONEDA: La moneda para la cotización en la propuesta económica será pesos mexicanos. CONDICIONES DE PAGO: el pago se realizará dentro de los 30 días naturales siguientes a la recepción de la factura correspondiente. NO HABRA ANTICIPO. GARANTIAS: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, el “proveedor” es considerado institución de acreditada solvencia y por tanto no está obligado a constituir depósitos o fianzas legales. OTRAS DISPOSICIONES:Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del Artículo 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. La autoridad competente para oír y recibir inconformidades es la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, conforme al Art. 69 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 17 DE MARZO DE 2026. PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO C. DAVID RAMSES CERVANTES AGUILAR RUBRICA. (R.- 573834) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 143 067035 - UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIHUAHUA RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-67-035- 908047994-N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación POLIZA DE SEGURO DE VIDA COLECTIVO PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE BASE ACTIV Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX Fecha y hora de junta de aclaraciones 20 de Marzo de 2026 a las 08:12 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 27 de Marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de fallo 16 de Abril de 2026 a las 14:00 17 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DE DESPACHO DE LA COORDINACION DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS MARIANO TORRES VEGA RUBRICA. (R.- 573837) GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE COAHUILA RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 002 En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 35, 39 fracción I, 41, 42, 43, 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya convocatoria contiene las bases y anexos de participación disponibles para consulta en Internet: en la plataforma Digital Compras MX. Descripción de la Licitación LA-64-103-905017974-N-3-2026 (carácter Nacional) CONTRATACION DEL SERVICIO DE INTERNET PARA LOS DIFERENTES PLANTELES DE CECYTEC, EMSAD y DIRECCION GENERAL (4 PARTIDAS), PARA EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 13 DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE 2026. Fecha de Publicación en Compras MX y DOF 17/03/2026 Junta de Aclaraciones 20/03/2026 11:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones 27/03/2026 11:00 horas Fallo 30/03/2026 12:00 horas Fecha de Publicación DOF: Saltillo Coahuila de Zaragoza, a 17 de Marzo de 2026. DIRECTORA DE ADMINISTRACION INTEGRAL Y ASUNTOS JURIDICOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE COAHUILA L.D. Y C.P. GABRIELA LOPEZ VILLARREAL RUBRICA. (R.- 573814) 144 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 074T12 - UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE TECAMAC RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION PRESENCIAL De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-74-T12- 915105899-N-1-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en kilómetro 37.5 de la Carretera Federal México – Pachuca, Colonia Sierra Hermosa, Municipio de Tecámac, Estado de México de 9:30 a 17:00 horas, al correo: drm@uttecamac.edu.mx Nombre del Procedimiento de contratación: PARA LA ADQUISICION DE VALES DE DESPENSA 2026 Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en CompraNet: 17 de Marzo de 2026 a las 09:00 Fecha y hora de junta de aclaraciones: 23 de Marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones: No aplica Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones: 25 de Marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de fallo: 27 de Marzo de 2026 a las 11:00 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR DE ADMINISTRACION Y FINANZAS MTRO. FRANCISCO JAVIER MARTINEZ ESCOBAR RUBRICA. (R.- 573824) Diario Oficial de la Federación Conmutador: 55 50 93 32 00 Coordinación de Inserciones: Exts. 35078 y 35079 Coordinación de Licitaciones y Avisos Ext. 35084 Subdirección de Producción: Ext. 35007 Venta de ejemplares: Exts. 35125 y 35045 Servicios al público e informática Ext. 35012 Domicilio: Río Amazonas No. 62 Col. Cuauhtémoc C.P. 06500 Ciudad de México Horarios de Atención Inserciones en el Diario Oficial de la Federación: lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 145 GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION RESUMEN DE LA CONVOCATORIA La Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 1, 32, 34 y 44 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 27 segundo y cuarto párrafo y 33 del Reglamento de la citada Ley, convoca a los interesados en participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional a que hace referencia este resumen, cuya convocatoria se encuentra disponible para su consulta en la página https://www.oaxaca.gob.mx/administracion/licitaciones/, a partir de esta misma fecha, cuya información es: Número de Licitación: LPN-SA-DG-0007-03/2026 Objeto de la contratación Contratación de seguros para las aeronaves del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, adscritas a la Dirección General del Hangar Oficial del Gobierno del Estado, solicitado por la Dirección General del Hangar Oficial del Gobierno del Estado Junta de aclaraciones 19/03/2026 a las 11:00 horas Recepción y apertura de propuestas 24/03/2026 a las 11:00 horas Notificación de fallo A más tardar el 01/04/2026 Volumen a contratar Seguros Número de Licitación: LPN-SA-IE-0008-03/2026 Objeto de la contratación Contratación de pólizas de seguros de vida para el personal del Instituto de Estudios de Bachillerato del Estado de Oaxaca, solicitado por el Instituto de Estudios de Bachillerato del Estado de Oaxaca Junta de aclaraciones 19/03/2026 a las 12:00 horas Recepción y apertura de propuestas 24/03/2026 a las 12:00 horas Notificación de fallo A más tardar el 01/04/2026 Volumen a contratar Póliza Número de Licitación: LPN-SA-CE-0009-03/2026 Objeto de la contratación Contratación de servicios aéreos para combate especializado de incendios forestales mediante trabajos de operación múltiple del plan operativo estatal de manejo del fuego 2026, solicitado por la Comisión Estatal Forestal Junta de aclaraciones 19/03/2026 a las 13:00 horas Recepción y apertura de propuestas 24/03/2026 a las 13:00 horas Notificación de fallo A más tardar el 01/04/2026 Volumen a contratar Servicio ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. “EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ” TLALIXTAC DE CABRERA, OAXACA, A 17 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES LIC. SARA ZARATE SANTIAGO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573815) 146 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SINALOA COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y OBRAS RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 08/2026 En cumplimiento a lo establecido en los Artículos 41 y 42 párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se Convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional a Plazo Recortado LA-84-W56-925059988-N-9-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible en la página de internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx. No. De la licitación LA-84-W56-925059988-N-9-2026 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica a Plazo Recortado. Descripción del objeto de la licitación Kit de Instrumentos y Material de Limpieza Volumen a adquirir Los detalles se determinan en el Anexo “A” de la Convocatoria a la licitación Fecha de publicación 17 de Marzo de 2026 * Junta de aclaraciones 20 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas Visita a las instalaciones No habrá visita a las instalaciones. * Presentación y apertura de proposiciones 26 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas * Fallo 27 de Marzo de 2026 a las 11:00 horas * Todos los eventos antes señalados son considerados en la Zona horaria del Pacífico, y se llevarán a cabo en las oficinas que ocupa la Sala de Juntas de la Secretaría de Administración y Finanzas, ubicada en el Edificio 1 primer piso del Campus Rafael Buelna, Blvd. Miguel Tamayo Espinoza de los Monteros número 2358, Desarrollo Urbano 3 Ríos, C.P. 80020, Culiacán, Sinaloa ATENTAMENTE CULIACAN, SIN., A 17 DE MARZO DE 2026. PRESIDENTA DEL COMITE Y SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DRA. ELIZABETH CASTILLO CABRERA RUBRICA. (R.- 573804) GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA 002 DIFUNDIDO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA Con fundamento en los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículo 86 de su reglamento vigente, SE CONVOCA, a participar en la siguiente Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/. No. de licitación LA-91-Z74-932063953-N-1-2026 Descripción de licitación Adquisición de insumos para el “Programa Rescate Carretero” rehabilitación de la carretera Corrales - Estancia de Guadalupe - La Colorada, (6+360 al 11+370) en el municipio de Sombrerete, Zac. Para mejorar las vías de comunicación en el estado. Volumen a adquirir 2,307.55 m3 carpeta de concreto asfáltico 46,151.00 lts. de emulsión de rompimiento rápido Fecha de publicación en Compras MX 12/03/2026 Visita a instalaciones No aplica Junta de aclaraciones 20/03/2026, 08:15 horas Presentación y apertura de proposiciones 27/03/2026, 8:15 horas Fallo 06/04/2026, 13:00 horas ZACATECAS, ZAC., A 17 DE MARZO DE 2026. SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS I.S.C. MILDRET KARLA MONTES INCHAURREGUI FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573789) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 147 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.P. 814/2025-IV, promovido por José Rafael Sánchez Guerra, contra la sentencia de veintiuno de mayo de dos mil veintiuno, pronunciada por el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca penal 88/2021, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a la parte tercera interesada Efa Soluciones Abogados, Sociedad Civil, por conducto de quien la represente, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a la parte tercera interesada Efa Soluciones Abogados, Sociedad Civil, por conducto de quien la represente, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse ante este tribunal, en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado. Atentamente Secretaria de Acuerdos Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona Rúbrica. (R.- 572436) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.P. 722/2025-II, promovido por Mario Alberto Castro Hernández, defensor particular Jocelyn Gabriela Jiménez Alonso, contra la sentencia de veintisiete de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca 115/2025, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a la tercera interesada Susana Moreno de León, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado. Atentamente Secretaria de Acuerdos Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona Rúbrica. (R.- 573104) 148 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.C. 312/2025-II, promovido por Yolanda Nicolás Hernández y otros, contra la sentencia de ocho de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por la Primera Sala Colegiada Familiar de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca 536/2024, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a los terceros interesados, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a los terceros interesados Fabiola Nicolás Hernández y José Alfredo González López, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado. Atentamente Secretaria de Acuerdos Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona Rúbrica. (R.- 573107) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO Juicio de amparo: D.P. 186/2025 Quejoso: CRISTO YOBANI Y/O YOVANI RAMÍREZ RAMOS Tercero interesado: PERSONA DE IDENTIDAD RESGUARDADA IDENTIFICADA CON LAS SIGLAS G.R.G. Se hace de su conocimiento que CRISTO YOBANI Y/O YOVANI RAMÍREZ RAMOS, promovió amparo directo contra la resolución de doce de diciembre de dos mil diecisiete, dictada en el toca de apelación 100/2017, por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México; y en virtud de que no fue posible emplazar al tercero interesado, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a juicio a la PERSONA DE IDENTIDAD RESGUARDADA IDENTIFICADA CON LAS SIGLAS G.R.G., por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndoles saber, que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le realizarán mediante lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe. Atentamente Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito Lic. Pablo García de Alba Tapia Rúbrica. (R.- 573174) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito A.D.C. 390/2025 EDICTOS PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. JUICIO DE AMPARO DIRECTO 390/2025 QUEJOSA: CATDF, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO HUGO DE JESÚS PELAYO GARCÍA. En cumplimiento a lo ordenado por auto de veintiocho de enero de dos mil veintiséis, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, procédase a citar, notificar y emplazar al tercero interesado Hugo de Jesús Pelayo García, por medio de edictos los cuales se publicarán por tres veces, de siete Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 149 en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad, haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá comparecer dentro del término de treinta días, contados del día siguiente al de la última publicación, ante este tribunal colegiado, a defender sus derechos, quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, copia de la demanda de amparo relativa al expediente A. D. C. 390/2025, promovido por CATDF, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, por conducto de su síndico Samuel Ricardo Egure Lascano, contra el acto que reclama de la Jueza Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, consistente en la sentencia dictada el dieciséis de mayo de dos mil veinticinco, en el expediente 3/2022, lo que se hace de su conocimiento, para los efectos legales a que haya lugar. Ciudad de México, a veintinueve de enero de dos mil veintiséis. El Secretario de Acuerdos Lic. Juan Carlos Díaz y Fuentes Rúbrica. (R.- 573175) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula EDICTO Almacenes de Muebles Imperio, Sociedad Anónima de Capital Variable, persona moral tercera interesada en el juicio de amparo 792/2024 de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, promovido por Carmelo Cordero Cordero, contra los actos reclamados a la 1. Segunda Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla; se ha ordenado emplazar por edictos a la referida persona moral tercera interesada; que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excélsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del quejoso; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada y con el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia autorizada de la demanda de amparo, del auto admisorio y del acuerdo de esta data, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación. San Andrés Cholula, Puebla, veinticinco de julio de dos mil veinticinco. Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla Maribel Pereda Corvera Rúbrica. (R.- 573197) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas EDICTO A LA TERCERA INTERESADA MARICELA DÍAZ DÍAZ Se hace de su conocimiento que Carlos Montejo Díaz, promovió juicio de amparo directo en contra de la resolución de veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, dictada por la autoridad responsable Segunda Sala Regional Colegiada en Materia Penal, Zona 01, Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, en el toca 143-B-2P01/2017. Asimismo, la demanda fue registrada con el número de amparo directo 818/2025, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Lo que se comunica a usted para su emplazamiento al juicio de amparo, por lo que queda a su disposición en el Tribunal en cita una copia de la demanda, así también para que dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación, formule alegatos o promueva amparo adhesivo, si así conviniere a sus intereses. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco. El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito Luis Antonio Galeazzi Sol Rúbrica. (R.- 573209) 150 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan Mesa V-Secretario/a EDICTO: Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, En el juicio de amparo 549/2025-V, promovido por Janet Rubí Pedroza Preciado, por propio derecho, se ordena emplazar a la tercera interesada Janet Rubí Preciado Pedroza, haciéndosele saber que cuenta con treinta días, contados a partir de la última publicación de edictos, para que comparezca a este tribunal colegiado a defender sus derechos y señal domicilio en esta ciudad donde oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, las posteriores se le harán por lista que se fije en los estrados, lo anterior toda vez que la quejosa promovió demanda de amparo contra el embargo realizado en el inmueble ubicado en Boulevard Arvento número 727, departamento número 5, edificio 5, del condominio Huentitán, en Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, ordenado por el Juez Primero Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco en el juicio de origen 836/2019. La publicación del presente edicto es con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso c), párrafo segundo, de la Ley de Amparo. Zapopan, Jalisco, 29 de enero de 2026. Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Mariano Alejandro Molina Téllez Rúbrica. (R.- 573210) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco EDICTO: “En cumplimiento al auto de veintiocho de octubre de dos mil veinticinco, dictado por María Isabel Sánchez Conteras, Jueza Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, en el juicio de amparo 583/2025, promovido por Bárbara Joy Colbert y/o Bárbara Colbert, contra actos del Juez de lo Civil del Sexto Partido Judicial, con residencia en Ocotlán, Jalisco, se hace de su conocimiento que le resulta el carácter de tercero interesado a Boyd Dixon Pomarius y/o Boyd Pomarius, en términos del artículo 27, fracción III incisos b y c de la Ley de Amparo y 315 Código Federal Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se le mandó emplazar a juicio por edictos, para que, si a su interés conviniere, se apersone en el mismo, debiéndose presentar ante este Juzgado Federal, ubicado en Anillo Periférico Poniente Manuel Gómez Morín, número 7727, edificio X4, piso 4, fraccionamiento Ciudad Judicial, en la ciudad de Zapopan, Jalisco, a fin de deducir derechos dentro de término de treinta días, contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto; apercibido que de no comparecer en el lapso indicado, ulteriores notificaciones aún las de carácter personal se hará por lista que se publique en los estrados de este órgano de control constitucional. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo”. El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Óscar Daniel Núñez Guzmán Rúbrica. (R.- 573398) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula EDICTO En el juicio de amparo indirecto 331/2025, se ordenó emplazar por edictos a la parte tercera interesada “Acción Transport”, Sociedad Anónima de Capital Variable”, a través de su apoderado legal para pleitos y cobranzas Francisco José Sánchez Ceniceros, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación al diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y se hace de su conocimiento que Alfredo López Solís defensor público de las personas quejosas Juan José Hernández Pérez y Carlos Texcucano Galicia, promovió juicio de amparo indirecto contra actos del juez de distrito especializado en el sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal, Antonio Trujillo Ruiz, con sede en Puebla, el acto reclamado es la resolución de veintiocho de febrero de esta anualidad, emitida en la causa penal 23/2023, que determinó infundada la solicitud de cese de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta a las personas quejosas Juan José Hernández Pérez y Carlos Texcucano Galicia. Se le previene a parte tercera interesada en mención, para que comparezca por escrito Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 151 ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la última publicación y señale domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se le harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio; asimismo, se le hace saber que se encuentran señaladas las once horas con cuarenta minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se le informa que desde que sea emplazada, queda a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo Para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días hábiles. San Andrés Cholula, Puebla, tres de febrero de dos mil vientiséis. Jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla Grecia Alejandra Gómez-Lamadrid Cabello Rúbrica. (R.- 573198) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México EDICTO Tercera Interesada Yazmín Mayuc Olvera Domínguez En el juicio de amparo 412/2025, promovido por JULIO CÉSAR CASTRO ÁLVAREZ, contra el acto que reclama a la Tercera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México y otra autoridad; al tener el carácter de tercera interesada y desconocerse su domicilio actual; por tanto, con fundamento en la fracción III, inciso b), párrafo segundo, del artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su emplazamiento al juicio mencionado por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, y se le hace saber que cuenta con el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrán hacerlo por conducto de su apoderado, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le practicaran por lista que se publica en este Juzgado de Distrito. Ciudad de México, a dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México María Fernanda Zaragoza Gómez Rúbrica. (R.- 573414) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Sección Amparo EDICTO “En el juicio de amparo 1398/2025-4, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Iván Elihut Vizuet Reyes, contra actos que reclama del Juez Primero Penal en Materia de Ejecución de Sanciones Penales en el Estado de Hidalgo y otras autoridades; se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercero interesado Saúl Sánchez Agis, a quien se hace del conocimiento que en el índice de este Juzgado se encuentra radicado el juicio de amparo mencionado, en el que se señaló como acto reclamado: la orden de reaprehensión librada en la carpeta de ejecución 215/2017; resultando que asiste el carácter de tercero interesado a Saúl Sánchez Agis quien deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, sin necesidad de realizar ulterior acuerdo, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.” Atentamente Pachuca, Hidalgo, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Ana Elvia Pérez Zamudio Rúbrica. (R.- 573415) 152 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de México Naucalpan de Juárez Diario Oficial EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez. A: treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. En el juicio de amparo 174/2023-V-B, promovido por Fernando Schwart Ruiz, se ordenó emplazar a la tercera interesada Flor Lucero Rebollar Arriola, representante del menor de identidad reservada con iniciales I.F.S.R, para que si a su interés conviene, comparezca a ejercer los derechos que le correspondan en el juicio de amparo citado, en el que se señaló como acto reclamado la resolución de veinte de enero de dos mil veintitrés, dictada en el toca de apelación 745/2022 del índice del Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Tlalnepantla, Estado de México. Se le hace de conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra fijada para las nueve horas con cincuenta minutos del tres de febrero de dos mil veintiséis, la cual se diferirá hasta en tanto el expediente esté debidamente integrado. Teniendo 30 días hábiles para comparecer a partir de la última publicación. Queda a su disposición copia de la demanda. El Secretario Giovanni Rodríguez Martínez Rúbrica. (R.- 573418) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo EDICTO. Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Liliana Verónica Macías Martínez en el juicio de amparo número 299/2025-V-B, promovido por Carlos Alejandro Pérez García, José Inés Hernández Vargas, Jarol Fernando Moreno Altamirano, Juan Manuel Cruz Soto e Iván Oswaldo Ramírez Loza, contra actos de la Jueza Penal de Control adscrita al Primer Circuito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo, y otra autoridad., se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo a la tercera interesada Liliana Verónica Macías Martínez. Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, y se le hace del conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito, y se pública en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, y que si pasado ese término de treinta días no comparece, se seguirá el juicio 299/2025-V-B. Atentamente Pachuca de Soto, Hidalgo, treinta de diciembre de dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Allan González Hernández Rúbrica. (R.- 573420) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimocuarto de Distrito Cd. Victoria, Tam. EDICTO Humberto Guerrero Vega, y José Antonio Guerrero Vega. Domicilios ignorados. En el Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, se recibió demanda de amparo, promovida por Juventino Martínez Quiroz, la cual se radicó con el número 272/2025, contra la falta de emplazamiento y todo lo actuado, dentro del juicio sucesorio intestamentario número 836/2022, del índice del Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado de Tamaulipas, con residencia en esta ciudad. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 153 En consecuencia, y al desconocerse sus domicilios actuales este juzgado de distrito les corre traslado MEDIANTE EDICTOS, mismos que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, a fin de que acudan a defender sus intereses; además, de estar a su disposición copia simple de la demanda de amparo; asimismo, se hace de su conocimiento que tienen el término de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación y en caso de no acudir, se continuará el juicio y por su incomparecencia las subsecuentes notificaciones se les harán por lista de acuerdos que se publica en este Juzgado de Distrito. Ciudad Victoria, Tamaulipas, 16 de julio de 2025. El Juez del Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Tamaulipas José Guerrero Durán Rúbrica. (R.- 573215) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito Pachuca, Hgo. EDICTO TERCERAS INTERESADAS: ADRIANA AGUILAR MARTÍNEZ Y LILIA VANNESA CORONA MARTÍNEZ. En el lugar en que se encuentre, hago de su conocimiento lo siguiente: En acatamiento al acuerdo de quince de diciembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo directo penal 584/2025, del índice de este Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, en el Estado de Hidalgo, promovido por Julia Arteaga Sánchez, contra actos de la Sala Colegiada del Sistema Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, que se hace consistir en la resolución de trece de diciembre de dos mil veintitrés, dictada en el toca penal 179/2023; juicio de amparo en el cual fueron señaladas como terceras interesadas y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio actual, a fin de que se encuentren en aptitud de comparecer al juicio de amparo directo referido, a efecto de que se apersonen al mismo y además señalen domicilio dentro de la residencia de este órgano colegiado; apercibidas que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal colegiado, en el entendido que se dejan a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo, en la secretaría de este órgano jurisdiccional. Se hace de su conocimiento que deben presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación. Pachuca de Soto, Hidalgo, cinco de enero dos mil veintiséis. Secretario de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito Fernando Pérez Ortega Rúbrica. (R.- 573430) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez EDICTO: INGRID DANIELA ROQUE SÁNCHEZ (TERCERA INTERESADA) En el juicio de amparo directo 344/2024 promovido por Onésimo Blanco Vidal, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, contra el acto que reclamó a la Primera Sala Regional Colegiada en Materia Pernal, Zona 01 Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, con sede en esta ciudad; el acto reclamado es la sentencia de diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro, dictada en el toca penal 227-B-1P01/2016, en la que confirmó la sentencia emitida por el Juez de la causa penal 1411/2014, por el delito de abuso sexual; por tanto, de conformidad con el artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazarla mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado del siguiente al de la última publicación, ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos. Atentamente Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 11 de febrero de 2026. Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito María Fernanda Burguete Brindis Rúbrica. (R.- 573440) 154 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan M8-OJ1 Juicio de Amparo 798/2024 EDICTO En los autos del juicio de amparo número 798/2024, promovido por Daisy Yolanda Sánchez Sánchez con el carácter de Procuradora Fiscal del Estado dependiente de la Secretaría de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado de Jalisco, actuando en representación de dicha Secretaría y de Miguel Ángel Ruvalcaba quien tiene el cargo de Director de Gastos de Operación y de Obra dependiente de la Secretaría en comento, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena emplazar por este medio a la tercera interesada México Fun, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, quien deberá presentarse por conducto de quien legalmente la represente para que, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a este Juzgado de Distrito para hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibida que de no hacerlo, se seguirá el procedimiento en sus en sus etapas, haciéndose las subsecuentes notificaciones por lista, que se fije en los estrados de este Juzgado, en términos de lo dispuesto en los artículos 26, fracción III, y 27, fracción III, de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la demanda de amparo. PARA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. Atentamente Zapopan, Jalisco, 09 de febrero de 2026. La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Lic. Cintli Libertad Gutiérrez Rayas Rúbrica. (R.- 573562) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Décimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula EDICTO Para llamar a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de Declaración Especial de Ausencia de Miguel Ángel Cante Castro. En el lugar en que se encuentre hago saber a usted que: en los autos del juicio de Declaración Especial de Ausencia número 2138/2024, promovido por Juan Cante Castro, para que se determine la Ausencia de Miguel Ángel Cante Castro; por auto de veintitrés de enero de dos mil veintiséis, se ordenó llamar por edictos a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento para presentarse en el Juzgado Décimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, que se publicarán por tres ocasiones, con intervalos de una semana en el “Diario Oficial de la Federación”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas. San Andrés Cholula, Puebla, 17 de febrero de 2026. El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla Saith Paolo Hurtado Ramos Rúbrica. (E.- 000885) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito Querétaro, Qro. Amparo Directo Civil 817/2025 Para publicarse en el Diario Oficial de la Federación EDICTO: En el amparo directo civil 817/2025, promovido por José Antonio Pérez Feregrino, contra el acto reclamado a la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, consistente en la resolución de quince de octubre de dos mil veinticinco, dictada en el toca civil 4183/2025, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazar por medio de edictos a los terceros interesados GP Lubricantes y Filtros de Querétaro, Sociedad Anónima de Capital Variable y Gerardo Pérez Guerrero. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 155 Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico "El Universal", por ser uno de los de mayor circulación en la República. Se les hace saber que podrán comparecer al juicio de amparo de referencia; apercibidos que, de no hacerlo, éste seguirá su secuela procesal y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este Tribunal. Asimismo, se les informa que en la Secretaría de Acuerdos de este órgano jurisdiccional queda a su disposición copia simple de traslado de la demanda de amparo, y que cuentan con un plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, para comparecer y hacer valer lo que a su derecho convenga. Querétaro, Querétaro, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis. Magitrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito Luis Armando Pérez Topete Rúbrica. (R.- 573371) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito San Bartolo Coyotepec, Oaxaca EDICTO A Miguel Ángel Mijangos Pérez. En el juicio de amparo indirecto 688/2025, promovido por la adolescente M.F.M.M., al tener usted el carácter de tercero interesado y desconocerse su domicilio, por este medio, que se publicará por 3 veces de 7 en 7 días, en el Diario Oficial de la Federación y en 1 de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, se le emplaza para que si a su interés conviene se apersone a juicio en el plazo de 30 días contados del siguiente al de la última publicación, dejándose a su disposición en la Secretaría la copia de la demanda. San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, dieciséis de febrero de 2026. El Titular del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca Juez Emmanuel Hernández Alva Rúbrica. (R.- 573642) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco EDICTO: JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL ESTADO DE JALISCO. En el juicio de amparo indirecto 1223/2025, promovido por JOSE GUADALUPE HERNANDEZ FRANCO; se ordena emplazar a los terceros interesados ROSA CONTRERAS BARBOSA, LUIS ANTONIO HERNANDEZ CONTRERAS, LIZBETH MARISOL HERNANDEZ CONTRERAS Y YULI MAYTHE HERNANDEZ CONTRERAS, haciéndoseles saber que cuentan con TREINTA DÍAS, contados a partir de la última publicación de edictos, para que comparezcan ante este juzgado de Distrito a defender sus derechos y señale domicilio, en esta ciudad donde oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo, las posteriores, se le harán por lista que se fije en los estrados, lo anterior toda vez que el quejoso promovió demanda de amparo en contra el auto de dieciocho de junio de dos mil veinticinco entre otros, dictado por Juzgado Décimo de lo Familiar del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, en el juicio de origen 158/2025, de conformidad al artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Zapopan, Jalisco, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Alberto Oliveros Vega Rúbrica. (R.- 573650) 156 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan EDICTO Tercera Interesada: Cos Campestre, Sociedad Anónima de Capital Variable. En los autos del Juicio de Amparo Indirecto 780/2025, del índice de este Juzgado de Distrito, promovido por Sergio Huerta Robles, por propio derecho, contra actos de la Junta Especial Número Dieciocho de Conciliación y de Arbitraje en el Estado de Jalisco, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena emplazar por edictos a Cos Campestre, Sociedad Anónima de Capital Variable, publicándose por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “Excelsior”, por ser uno de los de mayor circulación a nivel nacional; queda a su disposición en este Juzgado, copia simple de la demanda de amparo; dígasele que cuenta con un plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación, para que ocurra a este Juzgado a hacer valer sus derechos; y que se señalaron las diez horas con ocho minutos del dos de marzo de dos mil veintiséis, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. En Zapopan, Jalisco, a veintinueve de enero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco Licenciada Ruth González de La Torre Rúbrica. (R.- 573401) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco EDICTO: JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL ESTADO DE JALISCO. En el juicio de amparo indirecto 1480/2025, promovido por FRANCIA ELIZABETH SEPULVEDA SALAZAR; se ordena emplazar a los terceros interesados RUTH AIDEE, CARLOS MIGUEL, SAMANTHA Y DAVID, todos de APELLIDOS SEPÚLVEDA SALAZAR, haciéndoseles saber que cuentan con TREINTA DÍAS, contados a partir de la última publicación de edictos, para que comparezcan ante este juzgado de Distrito a defender sus derechos y señale domicilio, en esta ciudad donde oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo, las posteriores, se le harán por lista que se fije en los estrados, lo anterior toda vez que el quejoso promovió demanda de amparo en contra la falta de emplazamiento y otro, por parte deL Juzgado Décimo de lo Familiar del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, en el juicio de origen 675/2025, de conformidad al artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Zapopan, Jalisco, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Alberto Oliveros Vega Rúbrica. (R.- 573653) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Sección Amparo EDICTO "En el juicio de amparo 873/2025-4, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por José Eduardo Pérez Garrido, contra actos que reclama del Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado de Hidalgo; se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento de los terceros interesados 2) Odisa, Ingeniería Americana, S.A. de C.V. y 3) Odisa Concrete Equipment, S.A. de C.V., a quien se hace del conocimiento que en el índice de este Juzgado se encuentra radicado el juicio de amparo mencionado, en el que se señaló como acto reclamado: la resolución de ocho de abril de dos mil veinticinco, relativa a la aceptación de competencia dentro del expediente 499/2025; resultando que asiste el carácter de tercero interesado a 2) Odisa, Ingeniería Americana, S.A. de C.V. y 3) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 157 Odisa Concrete Equipment, S.A. de C.V., quien deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, sin necesidad de realizar ulterior acuerdo, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento." Atentamente Pachuca, Hidalgo, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Ana Elvia Pérez Zamudio Rúbrica. (R.- 573410) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Décimo de Distrito Irapuato, Gto. EDICTO A: Griselda Rodríguez Silva. Publíquese por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, así como en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, y en el Tablero de Avisos de este tribunal federal, la notificación de la tercera interesada Griselda Rodríguez Silva, para que, si a su interés legal conviene, comparezca a defender sus derechos en el juicio de amparo 1191/2025, radicado en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en Irapuato, promovido por Jesús Torres Martínez, en su carácter de abogado de la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en representación del menor de edad de iniciales D.A.R.S, contra actos que reclama de la Novena Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato y otra autoridad, por lo que deberá comparecer ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente de la última publicación, para lo cual se deja a su disposición en la secretaría del juzgado copia autorizada de la demanda de amparo, auto admisorio de doce de septiembre de dos mil veinticinco y acuerdo de treinta de septiembre de dos mil veinticinco; asimismo, señalar domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, incluso las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal federal. Atentamente Irapuato, Guanajuato, diez de febrero de dos mil veintiséis. Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guanajuato Juan Raúl Medina Rodríguez Rúbrica. (R.- 573654) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan EDICTO En cumplimiento al proveído de diez de noviembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo 1704/2025, promovido por Kenia Yolanda Dávalos Vivanco, contra actos de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Jalisco, radicado en este Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, al ser señalada como tercera interesada Centro de la Columna Vertebral, Sociedad Anónima de Capital Variable, y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, inciso c, del artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, se hace del conocimiento de la tercero interesada que en la secretaría de acuerdos de este órgano jurisdiccional queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos para que comparezcan al presente juicio de amparo. Atentamente Zapopan, Jalisco, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco Marcos César Beltrán Ochoa Rúbrica. (R.- 573655) 158 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco EDICTO En cumplimiento al auto de once de febrero de dos mil veintiséis, dictado en juicio de amparo 656/2025, promovido por Patricia Mercado Sánchez, contra los actos que reclama del Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Culiacán, Sinaloa y otras autoridades, se emplaza a juicio a COPROM del Centro, Sociedad Anónima de Capital Variable, con el carácter de parte tercera interesada, mediante publicación de edictos con costo para el erario público en virtud de la insolvencia para cubrirlos por parte quejosa, de conformidad con el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, y el diverso 315 del Código Federal de Procedimiento Civiles, de aplicación supletoria. Queda a disposición, en secretaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de amparo. Se le concede plazo de treinta días, contados a partir de día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este Juzgado a hacer valer lo que a su interés convenga y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista. Se informa que se encuentran señaladas las DIEZ HORAS CON OCHO MINUTOS DEL DIECIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS, para la celebración de la audiencia constitucional. Atentamente Zapopan, Jalisco; 11 de febrero de 2026. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Gustavo Adolfo Pulido Peña Rúbrica. (R.- 573658) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero, con sede en Acapulco EDICTO CITACIÓN PARA LA PERSONA INTERESADA -JURÍDICAMENTE-. Acapulco de Juárez, Guerrero, a veintiséis de febrero de dos mil veintiséis, en cumplimiento a lo ordenado el día de la fecha, en los autos de la declaratoria de abandono 20/2025, la Agente del Ministerio Público Federal, en relación a la carpeta de investigación FED/GRO/IGUA/0000912/2023, solicitó audiencia de declaratoria de abandono del 1.- VEHÍCULO DE LA MARCA FORD, TIPO CAMIONETA MPV, MODELO EXPLORER, COLOR CAFÉ, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN NPF-92-24 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 1FMDU32X8VUC14750, CORRESPONDE A UN VEHÍCULO DE ORIGEN EXTRANJERO (E.U.A.), AÑO MODELO 1997, por lo que se señalaron las DIEZ HORAS DEL TRECE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS, para celebrar la audiencia peticionada, la cual será presidida por el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, en la sala de audiencias de este Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero, sito en Boulevard de las Naciones número 640, colonia Granjas del Marqués, edificio C, tercer piso, código postal 39890, en esta ciudad; en el entendido que deberá comparecer identificado, por lo menos con treinta minutos de anticipación. Atentamente Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero Óscar Díaz Galindo Rúbrica. (R.- 573659) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo EDICTO. Juicio de Amparo 326/2025-VI-A. Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Francisco García Cruz y María Velázquez Pelayo (víctimas directas e indirectas), por si y en representación de Lizbeth García Velázquez, en el juicio de amparo número 326/2025- VI-A, promovido por Mariano Ángeles Cruz, por propio derecho, contra actos de la Sexta Sala Unitaria del Sistema Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo a los terceros interesados Francisco García Cruz y María Velázquez Pelayo (víctimas directas e indirectas), por si y en representación de Lizbeth García Velázquez. Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, para que comparezca a través de su representante legal, si a su Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 159 interés conviniere, y se le hace de conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2º, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado de distrito, así como en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, y que si pasado ese plazo de treinta días no comparece, se seguirá el juicio 326/2025-VI-A. Atentamente Pachuca de Soto, Hidalgo, diecinueve de diciembre del dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Gustavo López Maldonado Rúbrica. (R.- 573424) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez EDICTO DIANA GABRIELA SOSA MAZARIEGOS TERCERA INTERESADA, EN EL LUGAR EN QUE SE ENCUENTREN. En el juicio de amparo 1060/2025, promovido por Juan Carlos Hernández Hernández, contra actos de la Junta Especial número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con residencia en esta ciudad, radicado este Juzgado, se dictó acuerdo en esta data, que ordenó emplazarlo a juicio por edictos, por desconocer su domicilio, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, en términos de los artículos 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; haciéndole saber que podrá presentarse dentro de treinta días hábiles contado a partir de la última publicación, por sí o apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones surtirán efectos por medio de lista en estrados de este Juzgado. Queda a su disposición la demanda de que se trata; asimismo, se informa que la audiencia constitucional se llevará a cabo a las nueve horas con cuarenta minutos del veinte de abril de dos mil veintiséis, misma que será diferida a efecto de respetar la publicación de los edictos, así como el plazo concedido al citado tercero interesado a fin de que se pueda a personar a juicio. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; veinte de enero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas Ana Luisa Wong López Rúbrica. (R.- 573661) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas EDICTO A LA TERCERA INTERESADA Concepción Candelaria Jiménez Monterrosa Se hace de su conocimiento que Dayli de los Santos Herrera Gutiérrez, promovió juicio de amparo directo en contra de la resolución de siete de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por la autoridad responsable Sala Regional Colegiada Mixta, Zona 03 San Cristóbal, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, con residencia en esa ciudad, en el toca penal 183-C-1P03/2024-JA. Asimismo, la demanda fue registrada con el número de amparo directo 204/2025, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Lo que se comunica a usted para su emplazamiento al juicio de amparo, por lo que queda a su disposición en el Tribunal en cita una copia de la demanda, así también para que dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación, formule alegatos o promueva amparo adhesivo, si así conviniere a sus intereses. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a once de febrero de dos mil veintiséis. El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito Luis Antonio Galeazzi Sol Rúbrica. (R.- 573663) 160 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo EDICTO Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Héctor Pérez H., en el juicio de amparo número 1590/2024- VII y su acumulado 1166/2025, promovido por José Vicente Elizalde Cortes, por propio derecho, contra actos de Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Hidalgo, se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo a la tercera interesada Héctor Pérez H. Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, para que comparezca si a sus intereses conviniere, y se le hace de conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2º, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto. Asimismo, se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito, y que si pasado ese plazo de treinta días no comparece, se seguirá el juicio 1590/2024-VII y su acumulado 1166/2025. Atentamente Pachuca de Soto, Hidalgo, veinte de octubre del dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Andrés Vladimir Cantinca Hernández Rúbrica. (R.- 573427) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Decimoséptimo de Distrito Xalapa, Veracruz EDICTO Tercero Interesado Martín Francois Salvatierra Mendoza. En el lugar en que se encuentre, le hago saber: En los autos del juicio de amparo 561/2025 promovido por Aranxa Garnica Oropeza, contra actos del Juez Cuarto Mercantil, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes y otra autoridad, radicado en este Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en Boulevard Culturas Veracruzanas número 120, colonia Reserva Territorial, código postal 91096, nivel tres, edificio "C", con residencia en esta ciudad, se le ha reconocido el carácter de tercero interesado y como se desconoce su domicilio actual, en acuerdo de tres de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazarlo por edictos que deberán publicarse por tres veces, de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, aplicado supletoriamente, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de los treinta días en este Juzgado de Distrito, contados a partir del siguiente al de la última publicación; apercibido que, de no hacerlo, las posteriores notificaciones, se le harán por lista de acuerdos que se fije en los estrados de este órgano jurisdiccional, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de Distrito copia simple de la demanda de amparo; asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional está prevista para las DOCE HORAS DEL VEINTISIETE DE MARZO DOS MIL VEINTISÉIS; de igual forma, se le hace saber que el acto reclamado por la parte quejosa en el juicio de amparo que se trata, se hace consistir en: La retención de fondos en la cuenta bancaria número 1539725547, que -dice- fue ordenada por el Juez Cuarto Mercantil, con residencia en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes, y ejecutada por BBVA MÉXICO, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA México. Atentamente Xalapa, Veracruz, tres de febrero de dos mil veintiséis. El Secretario del Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz Juan Pablo Suárez Lara Rúbrica. (R.- 573458) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 161 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México EDICTO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE DURANGO. Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el bien identificado como: Aeronave marca Cessna, modelo TU 206 G, número de serie U20606865, con motor de la marca continental, modelo TSIO 520 M (8), número de serie 520734, matrícula XB-JVG, lo siguiente: Que en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se radicó el expediente relativo al Juicio de Extinción de Dominio 5/2026 promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de la República, en contra de Carlos Gerardo Loera Aguirre, con el carácter de demandado, por considerar que no se acreditó la legitima procedencia de la aeronave referida. Las personas que se crean con derecho sobre el bien mueble señalado, deberán presentarse ante este Juzgado de Distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina número dos, acceso once, nivel de plaza, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de aseguramiento precautorio de la aeronave afecta. Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el diecisiete de febrero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México María Guadalupe Salcedo Prado Rúbrica. (E.- 000903) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México EDICTO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el numerario consistente en $3'400,000.00 (tres millones cuatrocientos mil pesos 00/100 moneda nacional), lo siguiente: Que en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se radicó el expediente relativo al juicio de extinción de dominio 42/2025 promovido por Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de la República, en contra de persona incierta en su calidad de demandada, y como personas afectadas a Karym Israel Campuzano Courtois y Aldair Geovanni Hernández Nájera, por considerar que no se acreditó la legitima procedencia del numerario en mención. Las personas que se crean con derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este Juzgado de Distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina número dos, acceso once, nivel de plaza, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, para acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de aseguramiento precautorio del numerario afecto. Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Angélica Muñoz Luna Rúbrica. (E.- 000911) 162 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco Puente Grande, Jal. EDICTO. Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Puente Grande, Jal. En el juicio de amparo 76/2024, promovido por Alejandro Rodríguez Márquez, contra los actos que reclama del Juzgado Tercero de Control, Enjuiciamiento y Justicia Integral para Adolescentes Especializado en Violencia contra las Mujeres del Primer Distrito Judicial con sede en el Centro de Justicia para las Mujeres de Guadalajara, Jalisco, consistente en la orden de aprehensión, se ordena el emplazamiento de la persona tercera interesada Norma Adriana Guzmán Laguna, por medio de edictos por ignorarse su domicilio, lo anterior, en términos del artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia; a efecto de que se apersone al mismo por sí o por representante legal dentro de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos en el presente juicio y señale domicilio para oír y recibir notificaciones la zona metropolitana de Guadalajara, Jalisco. Apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores y aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito; en el entendido, que queda a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado; hágase del conocimiento que se fijaron las diez horas con cincuenta y tres minutos del doce de marzo de dos mil veintiséis, para la audiencia constitucional. Atentamente Puente Grande, Jalisco, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis. La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito de en Materia Penal en el Estado de Jalisco Ileana Sofía Bonilla Torres Rúbrica. (R.- 573647) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Décimo de Distrito Irapuato, Gto. EDICTO A: - Operadora de Productos Frescos, sociedad anónima de capital variable. Publíquese por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, así como en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, y en el Tablero de Avisos de este tribunal federal, la notificación de la tercera interesada Operadora de Productos Frescos, sociedad anónima de capital variable, para que, si a su interés legal conviene, comparezca a defender sus derechos en el juicio de amparo 1147/2024, radicado en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en Irapuato, promovido por Ángel Alan Vaca García; contra actos que reclama del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Guanajuato (SATEG), por lo que deberá comparecer ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente de la última publicación, para lo cual se deja a su disposición en la secretaría del juzgado copia autorizada de la demanda de amparo y sus ampliaciones, auto admisorio de veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, acuerdos de veinte de marzo, veintiuno de mayo, tres de julio y veintitrés de septiembre, todos de dos mil veinticinco; asimismo, deberá señalar domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, incluso las de carácter personal, se les harán por medio de lista electrónica que se publica en la página de internet https://www.dgepj.cjf.gob.mx/paginas/serviciosTramites.htm?pageName=servicios%2FlistaAcuerdos.htm, así como en la que se fija en los estrados de este tribunal federal. Atentamente Irapuato, Guanajuato, diecisiete de febrero de dos mil veintiséis. Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guanajuato Juan Raúl Medina Rodríguez Rúbrica. (R.- 573651) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 163 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco Puente Grande, Jal. EDICTO. Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Puente Grande, Jal. En el juicio de amparo 442/2025, promovido por Mauricio Alejandro Acero Mena, contra los actos que reclama de los Magistrados Integrantes de la Sexta Sala en Materia Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, consistente en la resolución de treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, en el Toca penal 21/2025, se ordena el emplazamiento de la persona moral tercera interesada Distribuidora PM de Occidente, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos por ignorarse su domicilio, lo anterior, en términos del artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia; a efecto de que se apersone al mismo por sí o por representante legal dentro de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos en el presente juicio y señale domicilio para oír y recibir notificaciones la zona metropolitana de Guadalajara, Jalisco. Apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores y aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito; en el entendido, que queda a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado; hágase del conocimiento que se fijaron las diez horas con cuarenta y cuatro minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiséis, para la audiencia constitucional. Atentamente Puente Grande, Jalisco, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis. Secretario del Juzgado Tercero de Distrito de en Materia Penal en el Estado de Jalisco Humberto Manuel Elorza Torres Rúbrica. (R.- 573660) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Décimo de Distrito Chilpancingo, Gro. EDICTO En los autos del Juicio de Amparo número 99/2025, promovido por César Adrián Acevedo Castro, por conducto de su apoderado legal Jesús Montalván Ramírez, contra actos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, residente en esta ciudad, la Jueza Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo, (Paseo Alejandro Cervantes Delgado, número doscientos sesenta y ocho, colonia Hermenegildo Galeana), en acuerdo de veintisiete de enero de dos mil veintiséis, se ordenó que se publicara el siguiente edicto: Se hace del conocimiento a Operadora Alc., Sociedad de Relación Limitada de Capital Variable, o Julio César Gutiérrez Tello, que en términos del Artículo 5, Fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, le resulta el carácter de tercero interesado dentro del Juicio de Amparo Indirecto número 99/2025, promovido por César Adrián Acevedo Castro, por conducto de su apoderado legal Jesús Montalván Ramírez, contra actos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, residente en esta ciudad, expediente que corresponde al índice de este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia oficial en la ciudad de Chilpancingo; motivo por el cual se le hace saber que deberá presentarse ante este Juzgado Federal a deducir sus derechos dentro de un término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto; apercibido que de no comparecer dentro del lapso indicado, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, le surtirán efectos por medio de lista que se publique en los estrados de este órgano de control constitucional, asimismo que se encuentra señalada para las once horas del veintisiete de febrero de dos mil veintiséis, la audiencia constitucional en el juicio aludido. Atentamente Chilpancingo, Gro., enero 27, de 2026. El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado Lic. César Alejandro Bernal Alarcón Rúbrica. (R.- 573662) 164 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero Acapulco Sección de Amparo Acapulco, Gro EDICTO. “Tercero interesado Marcos Aguirre Ruiz” “En el lugar en que se encuentre hago saber a usted que: en los autos de Juicio Amparo Indirecto 77/2025, promovido por Jesús Francisco Arciniega Ponce y otro, por su propio derecho, contra actos del Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Tabares, y otras autoridades, en cumplimiento a los autos de veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco y trece de febrero de dos mil veintiséis, dictado por la Jueza Sexta Distrito Estado Guerrero, se hace conocimiento que le resulta el carácter de tercero interesado, en términos artículo 5°, fracción III, de ley de amparo y 209 fracción III, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente, se mandó emplazar por edictos a juicio, si a su interés conviniere se apersone, debiéndose presentar a este juzgado federal, ubicado Boulevard de las Naciones número 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, código postal 39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de término TREINTA DÍAS, a partir siguiente última publicación del presente edicto; apercibido de no comparecer en el lapso indicado, ulteriores notificaciones personales surtirán efectos por lista que se publique en estrados de este órgano control constitucional.” En la inteligencia que este juzgado ha señalado las diez horas con cinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiséis, la celebración de la audiencia constitucional, queda a disposición en secretaría del juzgado copia de la demanda amparo.” Para su publicación por tres veces, de tres en tres días hábiles en el Diario Oficial de la Federación, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a trece de febrero de dos mil veintiséis.- Doy fe. La Secretaria de Juzgado adscrita al Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero Lic. Marisol Rangel Patricio Rúbrica. (R.- 573664) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Juicio de Extinción de Dominio 7/2026 PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y, POR INTERNET, EN LA PÁGINA DE LA FISCALÍA. EDICTO AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. INSERTO: "Se comunica a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes muebles materia de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de seis de febrero de dos mil veintiséis, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio promovida por Ariana Guadalupe Camacho Muñoz, Jossie De La Cruz Bravo, César Hernández Ramírez y Carmen Itzel Rodríguez Rivera, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritas a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General de la República, en contra de Ana Bárbara Barajas Frías, así como de cualquier persona que aduzca tener la titularidad o un derecho sobre los bienes muebles materia del presente juicio (demandada), asimismo; señalando como persona afectada a cualquiera que tenga un derecho sobre los bienes muebles objeto de la acción de extinción de dominio; se registró con el número 7/2026, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones, son: A) la declaración judicial de que ha sido procedente la acción de Extinción de Dominio, respecto de los bienes muebles identificados como: 1. VEHÍCULO TRACTO CAMIÓN, MARCA KENWORTH, TIPO QUINTA RUEDA, COLOR BLANCO, Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 165 CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 64-BJ-6S DE CARGA DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 3WKDD40K7FF838942, DE ORIGEN NACIONAL MODELO 2015, 2. VEHÍCULO SEMIRREMOLQUE, MARCA REDMAN, TIPO TANQUE, COLOR BLANCO, PLACA DE CIRCULACIÓN 84UY9Z, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 3R9T323B5RC173666, DE ORIGEN NACIONAL, MODELO 2024, B) La declaración judicial de extinción de dominio consistente en la perdida, de los derechos de propiedad de los bienes que nos ocupa, a favor del Estado, por conducto del Gobierno de Federal, sin contraprestación ni compensación alguna para la parte demandada, para quien se ostente o comporte como tal, o para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente los citados bienes o considere tener algún derecho sobre estos, tal y como lo establece el artículo 3, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; C) Como consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales conducentes. Asimismo, en cumplimiento a los autos de SEIS Y TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, a cualquier persona que tenga un derecho sobre los vehículos objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación o en la Gaceta o en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro; y, por Internet, en la página de la Fiscalía; para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta del auto que admitió a trámite la demanda, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes materia de la acción de extinción de dominio; quienes deberán comparecer ante este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento de toda persona afectada, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta del auto que admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el presente acuerdo--- (…) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por, medio de edicto, a cualquier persona que tenga un derecho sobre los bienes objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República; esto es, en la página de internet http://www.gob.mx/fgr. Finalmente, se comunica a toda persona afectada, que, en caso de tener domicilio en alguna otra entidad federativa, se deja a su disposición el directorio de delegaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública, visible en la página: https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/sublnstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones. Lo anterior, para que en caso de así requerirlo, acudan a solicitar el servicio de asesoría jurídica. (…)” EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTICUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Karin Marín Jasso Rúbrica. (E.- 000902) 166 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Juicio de Extinción de Dominio 24/2025 PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y, POR INTERNET, EN LA PÁGINA DE LA FISCALÍA. EDICTO AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. INSERTO: "Se comunica a toda persona titular (demandada) o afectada que considere tener interés jurídico sobre el bien mueble materia de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de nueve de septiembre de dos mil veinticinco, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio promovida por Abigail Berruecos Pérez, Oscar Gerardo Rojas Tárano, Tania Margarita Álvarez Elguea y Jessica Montero Guzmán, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritas a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General de la República, en contra de cualquier persona que aduzca tener la titularidad o un derecho sobre el bien mueble materia del presente juicio, asimismo; señalando como persona afectada a cualquier persona que tenga derecho sobre el bien mueble objeto de la acción de extinción de dominio; se registró con el número 24/2025, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones, son: la declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio, respecto del bien consistente en un vehículo identificado como: Tractocamión marca Kenworth, tipo Quinta Rueda, modelo T800, con placas de circulación 99-WZ-3X, del Servicio Público Federal, número de identificación vehicular 3WKDD58E3BF327615, año 2011, la declaración judicial de extinción de dominio consistente en la pérdida de los derechos de propiedad del bien a favor del Estado, por conducto del Gobierno Federal, sin contraprestación ni compensación alguna para el demandado, para quien se ostente o comporte como tal, o para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente el citado bien; y, como consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales conducentes. Asimismo, en cumplimiento a los autos de NUEVE Y DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, a cualquier persona que tenga un derecho sobre el vehículo objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación o en la Gaceta o en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila; y, por Internet, en la página de la Fiscalía, para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta de la demanda y del presente auto, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a la demandada, así como a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el bien materia de la acción de extinción de dominio; quien deberá comparecer ante este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.--- Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 167 COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento que la demandada, así como a toda persona afectada, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta del auto que admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el presente acuerdo--- (...) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por, medio de edicto, a la demandada (incierta), así como a cualquier persona que tenga un derecho sobre el numerario objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República; esto es, en la página de internet http://www.gob.mx/fgr. Finalmente, se comunica a la parte demandada y la persona afectada, que en caso de tener domicilio en alguna otra entidad federativa, se deja a su disposición el directorio de delegaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública, visible en la página: https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.htm Lo anterior, para que en su caso de así requerirlo, acudan a solicitar el servicio de asesoría jurídica. (…)” EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A CUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Karin Marín Jasso Rúbrica. (E.- 000907) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Juicio de Extinción de Dominio 9/2026 PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O EN LA GACETA O EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y, POR INTERNET, EN LA PÁGINA DE LA FISCALÍA. EDICTO AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. INSERTO: "Se comunica a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes muebles materia de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de seis de febrero de dos mil veintiséis, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio promovida por Aline Yaneli Almanza Trejo, Cintia Isabel Núñez Gómez, Filiberta Pérez Tolentino, Rodrigo Ricardo Figueroa Reyes y José Luis Cruz Hernández, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritas a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía General de la República, en contra de Nelson Gabriel Williams García, y a Autotransporte de Carga Especializados Marvic, Sociedad Anónima de Capital Variable, asimismo; señalando como persona afectada a cualquiera que tenga un derecho sobre los bienes muebles objeto de la acción de extinción de dominio; se registró con el número 9/2026, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones son A. La declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio. respecto de los bienes consistentes en: - SEMIRREMOLQUE MARCA REDMAN, TIPO TANQUE, 168 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 32-UM-5X DE CARGA DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, CON NÚMERO DE SERIE: 3R9T453A7NC173751, VEHICULO DE ORIGEN NACIONAL Y CORRESPONDE A UN MODELO 2022.; - SEMIRREMOLQUE MARCA ATRO, TIPO TANQUE, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN: 76-UF-8A DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, CON NÚMERO DE SERIE: 3EL4YN324L6002449, VEHÍCULO DE ORIGEN NACIONAL Y CORRESPONDE A UN MODELO 2020; B. La declaración judicial de extinción de dominio, consistente en la pérdida de derechos de propiedad de los bienes que nos ocupan, a favor del Estado por conducto del Gobierno Federal, sin contraprestación ni compensación alguna para NELSÓN GABRIEL WILLIAMS GARCÍA Y AUTOTRANSPORTE DE CARGA ESPECIALIZADOS MARVIC, S.A. DE C.V., NI PARA CUALQUIER PERSONA QUE OSTENTE UN DERECHO SOBRE LOS MISMOS; Como consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales conducentes. Asimismo, en cumplimiento a los autos de SEIS Y TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, a cualquier persona que tenga un derecho sobre los vehículos objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación o en la Gaceta o en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro, Nuevo León y Tamaulipas; y, por Internet, en la página de la Fiscalía; para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta del auto que admitió a trámite la demanda, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes materia de la acción de extinción de dominio; quienes deberán comparecer ante este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento de toda persona afectada, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta del auto que admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el presente acuerdo--- (…) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por, medio de edicto, a cualquier persona que tenga un derecho sobre los bienes objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República, esto es, en la página de internet http://www.gob.mx/fgr. Finalmente, se comunica a toda persona afectada, que en caso de tener domicilio en alguna otra entidad federativa, se deja a su disposición el directorio de delegaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública, visible en la página: https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.htm Lo anterior, para que en caso de así requerirlo, acudan a solicitar el servicio de asesoría jurídica. (...)". EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Karin Marín Jasso Rúbrica. (E.- 000909) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 169 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Juicio de Extinción de Dominio 22/2024 PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, Y, POR INTERNET, EN LA PÁGINA DE LA FISCALÍA. EDICTO AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. INSERTO: "Se comunica a toda persona titular (demandada) que considere tener interés jurídico sobre el bien inmueble materia de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de diez de diciembre de dos mil veinticuatro, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio promovida por José Luis Ramos Salinas, Claudia Angélica García Jiménez y Jessica Montero Guzmán, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritas a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General de la República, en contra del demandado, Ricardo Alfonso Palma Salamanca o también conocido como Esteban Manuel Solís Tamayo, señalando como persona afectada a cualquier persona que tenga un derecho sobre el inmueble objeto de la acción de extinción de dominio; se registró con el número 22/2024, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones, son: la declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio, respecto del bien inmueble ubicado en el lote rústico número 4 (cuatro), ubicado en el predio rústico conocido como "La Luz" Municipio San Miguel de Allende, Estado de Guanajuato. La declaración judicial de extinción de dominio, consistente en la pérdida, a favor del Estado, por conducto del Gobierno Federal de los derechos de propiedad del bien inmueble ubicado en el lote rústico número 4 (cuatro), ubicado en el predio rústico conocido como "La Luz" Municipio San Miguel de Allende, Estado de Guanajuato, sin contraprestación ni compensación alguna para el demandado Ricardo Alfonso Palma Salamanca, quien utiliza la identidad o alias de Esteban Manuel Solís Tamayo, para quien se ostente o comporte como tal, o para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente el citado bien, tal y como lo establece el artículo 3 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Como consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, para los efectos legales conducentes. Asimismo, en cumplimiento al auto de CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, al demandado Ricardo Alfonso Palma Salamanca o también conocido como Esteban Manuel Solís Tamayo, en razón de los efectos universales del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, así como en la Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, y, por Internet, en la página de la Fiscalía, para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta de la demanda y del presente auto, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación al demandado; quien deberá comparecer ante este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento del demandado, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta del auto que admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el presente acuerdo--- (...) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por medio de edictos, al demandado, en razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República; esto es, en la página de internet http://www.gob.mx/fgr; (…)”. EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A ONCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Karin Marín Jasso Rúbrica. (E.- 000899) 170 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, calle Eduardo Molina No. 2, acceso 2, piso 1, Col. Del Parque, Ciudad de México, C.P. 15960 EDICTO EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS A ANTONIO ESTRADA CAMPOS Y AUTOTRANSPORTES Y/O TRANSPORTES HR SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO. En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que: en los autos del juicio de extinción de dominio 23/2025-V, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la República, y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 88 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en razón de los efectos universales del presente juicio, por acuerdo de veintidós de enero de dos mil veintiséis, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación o Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del respectivo, y por Internet, en la página de la Fiscalía, así como en los estrados de este juzgado, durante el tiempo que dure el emplazamiento; lo anterior, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a Antonio Estrada Campos y Autotransportes y/o Transportes Hr Sociedad Anónima De Capital Variable, sobre los bienes muebles materia de la acción de extinción de dominio, consistentes en: Tractocamión de la marca Freightliner, Tipo quinta rueda, color blanco, con placas de circulación 090-DJ-4 de carga de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, con número de serie 1FUJS6CG01PH45137, de origen extranjero, modelo 2021. Semirremolque marca Fravaz, tipo tanque, color blanco, con placas de circulación 434-AE-2 de autotransportes de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, con número de serie 3S9TF146XRF012002 de origen nacional, modelo 2024 y; Camioneta marca Chevrolet, línea S10, tipo pick-up, color azul con blanco, con placas de circulación MLK- 66-94 particulares para el Estado de México, con número de serie 1GCCS19RXP0167930, de origen extranjero, modelo 1993; Asegurados con motivo de la acción referida, dentro de la carpeta de investigación FED/QRO/SJR/00001554/2024; respecto de las cuales se reclama la pérdida de derechos sin contraprestación ni compensación para su dueño, propietario o poseedor, y para quien se ostente como tal, lo anterior, bajo el argumento de que fue obtenido como producto de los hechos ilícitos consistentes en delitos en materia de hidrocarburos. Por lo que, deberán presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y oponer las excepciones y defensas que tuviere; apercibido que de no hacerlo, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, por lo que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo, deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad para recibir las de carácter personal, con independencia que todas las demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista. Atentamente Ciudad de México, veintidós de enero de dos mil veintiséis. Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Juez Oziel Rosas Guarneros Rúbrica. (E.- 000900) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 171 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México EDICTO A TODA PERSONA QUE TENGA UN DERECHO EN EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO. EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 3/2026-III, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL PRIMER CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO. En el juicio de extinción de dominio 3/2026-III, la Juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, licenciada Ana Lilia Osorno Arroyo, ordenó en proveído de once de febrero de dos mil veintiséis, emplazar por medio de edictos a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el numerario materia de la acción de extinción de dominio, mismos que deberán publicarse por tres veces consecutivas tanto en el Diario Oficial de la Federación, el Periódico Oficial del Estado de Colima y por internet en la página de la Fiscalía General de la República, para hacerles saber que cuentan con el plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la publicación del último edicto, a fin de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia de la demanda y anexos en la secretaría de este juzgado. Asimismo, se hace constar que las partes en el juicio son: Actora: Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General de la República Demandado: Ulises Alejandres Ceja. Persona afectada: A toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el numerario materia de la acción de extinción de dominio. Las prestaciones sobre las cuales se ejerce la acción de extinción de dominio son: A) La declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio, respecto del DINERO EN EFECTIVO consistente en la cantidad de $335,016.50 (trescientos treinta y cinco mil dieciséis pesos 50/100 moneda nacional) más los rendimientos e intereses ordinarios y extraordinarios que se generen o pudieran generarse hasta en tanto el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP) lo administre y realice la aplicación de los recursos. B) La declaración judicial de extinción de dominio consistente en la pérdida a favor del Estado, por conducto del Gobierno Federal, de los derechos de propiedad del bien referido anteriormente, sin contraprestación ni compensación alguna para el demandado Ulises Alejandres Ceja, o para quien se ostente con algún derecho sobre el bien litigioso. C) Como consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales conducentes. El bien sobre el cual se ejerce la acción de extinción de dominio es: Numerario por la cantidad de $335,016.50 (trescientos treinta y cinco mil dieciséis pesos 50/100 moneda nacional) Ciudad de México, a trece de febrero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Jannete López Rojano Rúbrica. (E.- 000905) 172 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, calle Eduardo Molina No. 2, acceso 2, piso 1, Col. Del Parque, Ciudad de México, C.P. 15960 EDICTO EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS A CUALQUIER PERSONA AFECTADA QUE CONSIDERE TENER UN DERECHO SOBRE LOS BIENES MUEBLES OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO. En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que: en los autos del juicio de extinción de dominio 3/2026-III, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación, adscritos a Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, de la Fiscalía General de la República; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 88 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en razón de los efectos universales del presente juicio, por acuerdo de trece de enero de dos mil veintiséis, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación o Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del respectivo, y por Internet, en la página de la Fiscalía, así como en los estrados de este juzgado, durante el tiempo que dure el emplazamiento; lo anterior, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes materia de la acción de extinción de dominio, consistentes en: VEHÍCULO NO. VIN PLACA 1 Semirremolque marca Truxton, tipo semirremolque (S2 tanque cilíndrico) color gris 3A9TA39P1MC249254 94-UJ-7H 2 Semirremolque marca Carmex, tipo semirremolque (S3 tanque cilíndrico) color gris 3A9DM3428LG019368 91-UJ-9H 3 Semirremolque marca Truxton, tipo semirremolque (S3 tanque cilíndrico) color gris 3A9TA49T0MC249121 98-UJ-9H 4 Semirremolque marca Truxton, tipo semirremolque (S3 tanque cilíndrico) color gris 3A9TA49TXMC249420 13-UJ-3H 5 Tracto camión marca Kenworth (T3 6x4) línea T680 color rojo 3WKYD40X3MF519984 30-AP-5X 6 Semirremolque marca Truxton, tipo semirremolque (S3 tanque cilíndrico) color gris 3A9TA44T5MC249073 32-UL-4T 7 Semirremolque marca Truxton, tipo (S2 tanque) color gris 3A9TA39P8MC249252 92-UJ-7H 8 Semirremolque marca Truxton, tanque color gris 3A9TA39P5MC249225 20-UJ-5F 9 Semirremolque marca Carmex, Trailers. (S2 tanque) color gris 3A9DM4832MG019585 70-UJ-8E 10 Semirremolque marca Truxton (S2 tanque) color gris 3A9TA39P5PC249861 89-UJ-9H 11 Semirremolque marca (Truxton, S2 tanque) dos ejes color gris 3A9TA39P1LM249795 49-UJ-3H 12 Semirremolque marca (Truxton, S2 tanque) color gris con vivos negro y verde 3A9TA39P2MC249229 16-UJ-5F 13 Semirremolque marca (Truxton, S2 tanque) color gris con vivos en negro y verde 3A9TA39P9MC249387 44-UJ-2H 14 Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque) color gris con vivos en color negro y verde 3A9TA39P6LM249162 10-UJ-9H Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 173 15 Tractocamión marca Kenworth (T3 6x4) línea LT680 color rojo 3WKYD40X1MF519983 11-AP-5X 16 Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque color gris con vivos en color negro 3A9TA39P4LM249791 58-UH-3V 17 Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque) color gris con vivos en color negro 3A9TA39PXMC249379 SIN PLACA 18 Semirremolque marca Truxton, (S3 tanque) color gris con vivos en color negro y verde 3A9TA49TXMC249417 73-UJ-2J 19 Semirremolque marca Carmex, Trailers. (S3 tanque) color gris con vivos color negro y verde 3A9DM4834MG019300 46-UH-6V 20 Tractocamión marca Kenworth (T3 6x4) línea T680 color rojo 3WKYD40X5MF518822 69-AP-8M 21 Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque) color gris con vivos en color negro y verde 3A9TA39PXMC249253 93-UJ-7H 22 Semirremolque marca Carmex Trailers (S3 tanque) color gris con vivos color negro 3A9DM4839MG019258 41-UH-6V 23 Semirremolque marca Carmex Trailers (S3 tanque) color gris con vivos color negro y verde 3A9DM4833MG019126 15-UH-4V 24 Semirremolque marca Imersh (S2 tanque) color blanco con vivos en color negro y verde 3A9J13623KU198055 54-UJ-9H 25 Semirremolque marca Imersh (S2 tanque) color blanco con vivos en color negro y verde 3A9J13620KU198045 09-UG-7F 26 Tractocamión marca International (T3 6x4) línea Prostar color blanco 3HSDJAPT7LN858296 96-AM-55 27 Semirremolque marca Truxton, tipo (S2 tanque) color gris 3A9TA39P7LM249591 10-UH-3P 28 Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque) color gris con vivos en color negro y verde 3A9TA39P6LM249579 23-UH-3P 29 Semirremolque marca Carmex Trailers (S3 tanque) color gris con vivos color negro 3A9DM483XLG019865 07-UH-3P 30 Semirremolque marca Truxton, color gris 3A9TA39PXLM249231 46-UG-1X 31 Semirremolque marca Truxton. (S2 tanque) color gris con vivos en color negro y verde 3A9TA39P0LM249223 68-UG-1X De los cuales se reclama la pérdida de derechos sin contraprestación ni compensación para su dueño, propietario o poseedor, y para quien se ostente como tal; lo anterior, bajo el argumento de que fue objeto de la comisión del delito por encontrarse relacionado como producto del hecho ilícito de posesión de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos. Por lo que, deberá presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y oponer las excepciones y defensas que tuviere; apercibida que de no hacerlo, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, por lo que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, con independencia que todas las demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista. Atentamente Ciudad de México, trece de enero de dos mil veintiséis. Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Juez Oziel Rosas Guarneros Rúbrica. (E.- 000913) 174 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México Juzgado Vigésimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito EDICTOS a las personas que puedan considerarse perjudicadas respecto a la inmatriculación del inmueble identificado como CALLE ENRIQUETA CAMARILLO MANZANA QUINCE, LOTE QUINCE, COLONIA LA ERA, ALCALDÍA IZTAPALAPA, CÓDIGO POSTAL 09720, CUIDAD DE MÉXICO, este predio anteriormente se conocía como "LAS PEÑAS O LA ERA” UBICADO ENTRE LAS CALLES LUCIO BLANCO Y MORELOS, EN SANTA CRUZ MEYEHUALCO DELEGACIÓN DE IZTAPALAPA DISTRITO FEDERAL. En los autos de las Diligencias de JURISDICCION VOLUNTARIA promovido por ANDRES DAZA LEON, DAVID ANTONIO DAZA LEON, DAISY ESTEPHANY DAZA LEON, expediente número 406/2025. El C. Juez Vigésimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, por autos de fechas veintinueve de agosto del año dos mil veinticinco, treinta de enero y veinticuatro de febrero del año dos mil veintiséis, con fundamento en los artículos 1o, 2o, 122 fracción III, 255 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, el cual ordeno edictos: CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTINUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO Con el registro de demanda con Código QR, escrito inicial y anexos que remite la Oficialía de Partes Común para Juzgados y Salas del Poder Judicial de la Ciudad de México, y toda vez que, por razón de turno le correspondió conocer del presente asunto a éste juzgado, como se desprende también del registro con código QR al reverso de la foja uno del escrito inicial y de la lista de asuntos nuevos que remite dicha dependencia, asignó a éste órgano jurisdiccional LAS DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, promovido por ANDRES DAZA LEON, DAVID ANTONIO DAZA LEON, DEISY ESTEFANY DAZA LEON con el número de expediente 406/2025. Conste. CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTINUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO Por exhibido un escrito de demanda, un contrato de compraventa, una copia simple de estado de cuenta, una copia simple de plano, una copia certificada de plano por TESORERIA, un instrumento notarial número treinta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos, una constancia de registro de cedula profesional, mismos que se mandan guardar en el seguro del Juzgado. Se le tiene por exhibido cinco juegos de copias simples para correr los traslados correspondientes. Se le tiene a ANDRES DAZA LEON, DAVID ANTONIO DAZA LEON, DEISY ESTEFANY DAZA LEON promoviendo diligencias DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA las que se admiten a trámite con fundamento en lo dispuesto el que se admite a trámite de conformidad con los artículos 1o, 2o, 122 fracción III, 255 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, en consecuencia, cítese por medio de edictos que se publicarán por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación, en el Boletín Judicial, en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, Sección Boletín Registral, y en el periódico “DIARIO DE MEXICO”, a las personas que puedan considerarse perjudicadas respecto a la inmatriculación del inmueble identificado como CALLE ENRIQUETA CAMARILLO MANZANA QUINCE. LOTE QUINCE, COLONIA LA ERA, ALCALDÍA IZTAPALAPA, CÓDIGO POSTAL 09720, CUIDAD DE MÉXICO, este predio anteriormente se conocía como "LAS PEÑAS O LA ERA” UBICADO ENTRE LAS CALLES LUCIO BLANCO Y MORELOS, EN SANTA CRUZ MEYEHUALCO DELEGACIÓN DE IZTAPALAPA DISTRITO FEDERAL. Además por conducto del actuario adscrito a este Juzgado, fíjese un anuncio, cuya elaboración será a cuenta de la actora, en proporciones visibles en la parte externa del inmueble de que se trata, el cual deberá contener el nombre de la promovente, informando a las personas que puedan considerarse perjudicadas, a los vecinos y al público en general, la existencia del presente procedimiento de inmatriculación judicial respecto al inmueble referido en líneas anteriores, debiendo permanecer en el inmueble durante todo el tiempo que dure el trámite judicial de este juicio. Hecho lo anterior, con las copias simples exhibidas, córrase traslado a FERNANDO DAZA VALENCIA, persona de quien se obtuvo la posesión, así como a los colindantes MARÍA LEÓN CASTRO, JOSÉ RAYMUNDO OLIVA GONZÁLEZ Y ALBERTO DAZA VALENCIApara que produzcan su contestación; al DELEGADO DE LA SECRETARÍA DE LA REFORMA AGRARIA EN EL DISTRITO FEDERAL, para que manifieste si el inmueble a inmatricular se encuentra o no afecto al régimen ejidal o comunal, y a la DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL, DE LA SECRETARÍA DE LA Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 175 FUNCIÓN PÚBLICA, para que exprese si el predio es o no de propiedad federal; concediéndoles a todos los nombrados para tal efecto, el término de NUEVE DÍAS y para tal efecto elabórese la cédula correspondiente y hecho que sea túrnese al C. Secretario Actuario con las copias simples exhibidas debidamente selladas y cotejadas, córrasele traslado, a efecto de hacerle saber los hechos contenidos en el escrito inicial. Por señalado como domicilio procesal para oír y recibir notificaciones el que se apunta, y en términos del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles, se tiene por autorizados a los Licenciados en Derecho que se apuntan, quienes deberán acreditar encontrarse legalmente autorizados para ejercer la profesión de abogado o licenciado en derecho en la primera diligencia en que intervengan, con el apercibimiento que de no hacerlo, perderán las facultades a que se refiere el precitado numeral en perjuicio de su autorizante, y únicamente quedarán como autorizados para oír y recibir notificaciones e imponerse de los propios autos y solo para estos últimos efectos se tiene por autorizada a la persona que se menciona. Asimismo, dese la intervención correspondiente AL C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO de la adscripción para que en igual término exponga lo que a su representación social corresponda En tanto a las pruebas ofrecidas, sin lugar a tenerlas por ofrecidas las mismas, toda vez que la Jurisdicción Voluntaria únicamente se contempla una simple notificación de las manifestaciones de quien hace valer las mismas y estas sean notificadas a quien van dirigidas mas no así para el desahogo de pruebas. Hecho que sea lo anterior, expídasele copias certificadas de todo lo actuado, previo pago que por derechos se haga en la Plataforma Integral de Cobro, y se encuentre vigente, previa toma de razón y recibo que obre en autos para constancia, una vez concluidas las presentes diligencias devuélvanse los documentos exhibidos, por conducto de las personas autorizadas para tales fines…………………………”……………………………………………………………………………………………… OTRO AUTO: …………….”………En la Ciudad de México, a treinta de enero de dos mil veintiséis ……………………. - - - A sus autos el escrito de DAVID ANTONIO DAZA LEON, promovente por su propio derecho, visto su contenido se tiene por hechas sus manifestaciones, y como lo solicita, PROCEDA LA PERSONA DE TURNO A ELABORAR LA CEDULA DE NOTIFICACION Y LOS EDICTOS ordenados en auto de fecha veintinueve de agosto de dos mil veinticinco, y hecho que sea TÚRNESE AL ACTUARIO DE LA ADSCRIPCIÓN, junto con las copias simples de traslado exhibidas debidamente selladas, cotejadas y foliadas, para que proceda dar cumplimiento al auto mencionado, en sus términos. Y póngase a disposición del promovente los Edictos ordenados para su publicación……….”………………………………………………………………………………… Otro auto: En la Ciudad de México, a veinticuatro de febrero del dos mil veintiséis. Agréguese a sus autos el escrito de cuenta de DAVID ANTONIO DAZA LEÓN representante común del promovente por su propio derecho, nueve traslados del escrito de cuenta del presentado el día seis de febrero del año en curso, se le tiene haciendo las manifestaciones que hace valer, corrigiendo el error ortográfico en el nombre de la promovente, debiendo quedar como “DAISY ESTEPHANY DAZA LEÓN”, se hace la aclaración para los efectos legales a que haya lugar. En esa tesitura, corríjase la carátula y libro de gobierno, asimismo gírese oficio a la OFICIALIA DE PARTES COMUN PARA JUZGADOS Y SALAS DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, por medio del correo institucional liliana.robles@tsjcdmx.gob.mx, que al efecto se lleva, para que se sirva corregir en su base de datos el cambio del nombre de la promovente ANDRES DAZA LEON, DAVID ANTONIO DAZA LEON y DAISY ESTEPHANY DAZA LEÓN.……………………………………………………………………………”………………………………………… PUBLICACIONES QUE DEBERÁN REALIZARSE POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, BOLETIN JUDICIAL, GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, SECCION BOLETIN REGISTRAL y EN EL PERIODICO DIARIO DE MEXICO. Ciudad de México, a 3 de marzo del año 2026. La C. Secretaria de Acuerdos “B” del Juzgado Vigésimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito Lic. Luz Mariana Granados Gutierrez Rúbrica. (R.- 573692) 176 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTOS AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTITRES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS. EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 1148/2024-VI, PROMOVIDO POR QUETZALLI QUIAHUITL HERNÁNDEZ CARRILLO, POR PROPIO DERECHO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO; CON FECHA VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO, SE DICTÓ UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR AL TERCERO INTERESADO JONATHAN MARTÍNEZ MARTÍNEZ, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, Y EN UN PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DÍAS CONTADOS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTÚE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICIÓN, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO Y DEMÁS ANEXOS EXHIBIDOS, APERCIBIDA QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARÁN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO ARTÍCULO 27, FRACCIÓN III, INCISO B) DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, POR AUTO DE VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, SE SEÑALARON LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA DIECISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACIÓN SUCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALÓ COMO ACTO RECLAMADO: DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE DENOMINADA COMO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA PROMULGACION Y EXPEDICIÓN DE LOS ARTÍCULOS 61, 62 Y 73 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y DEL JUEZ TERCERO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, RECLAMO LOS PROVEÍDOS DE VEINTITRÉS DE AGOSTO Y NUEVE DE OCTUBRE, AMBOS DE DOS MIL VEINTICUATRO EN EL EXPEDIENTE 3153/2024. Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Lic. Jose Luis López Tlatenco Rúbrica. (R.- 573425) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en Boca del Río “2026, Año de Margarita Maza Parada” EDICTO TERCERO INTERESADO: 1. José Luis García Saldaña En los autos del juicio de amparo indirecto 1020/2025-II, del índice de este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, con sede en Boca del Río, Rosana García Saldaña, demandó el amparo y protección de la Justicia Federal contra actos de la 1. Sala Segunda Unitaria "A" en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, con sede en Xalapa y otra autoridad. De quienes reclama: la sentencia Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 177 dictada en el toca 1039/2025 del orden cronológico de la Sala Unitaria "A" en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, en Xalapa, a través de la cual resolvió la apelación interpuesta por el hoy tercero interesado José Luis García Saldaña en contra de la porción emitida en la audiencia de veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, por la cual designó como albacea a la ahora quejosa Rosana García Saldaña en el expediente 726/2025 del índice del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Veracruz, Veracruz. Determinando modificar la determinación adoptada en dicha diligencia relativa a la designación de albacea. En proveído de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso b), párrafo segundo de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria -conforme al numeral 2 de la Ley de la materia-, se ordenó emplazar por este medio a la parte tercera interesada [1. José Luis García Saldaña]. A quien se le hace saber que puede apersonarse a juicio dentro del término de treinta días hábiles contado a partir del día siguiente al en que surta sus efectos la última publicación que se haga por edictos. Dejándose a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio, para los efectos legales a que haya lugar. En el entendido que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad o en la conurbada de Veracruz. Apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se realizarán por lista de acuerdos. Salvo que con posterioridad decida hacer el señalamiento respectivo para lo cual conserva expedito su derecho. Fenecido ese lapso, se citará a las partes a la celebración de la audiencia constitucional. Boca del Río, Veracruz, 04 de febrero de 2026. El Titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz Mario De la Medina Soto Firma Electrónica. El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz Juan Manuel Cárcamo Sánchez Firma Electrónica. (R.- 573557) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México EDICTO A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE UN VEHÍCULO IDENTIFICADO COMO SEMIRREMOLQUE MARCA GALLEGOS, TIPO TANQUE CILÍNDRICO, COLOR GRIS, PLACA DE CIRCULACIÓN 45-UN-4U DEL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL, NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR (NIV) 3C92T4037CG693676, CORRESPONDE A UN VEHÍCULO AÑO MODELO 2012, ESTE ES DE ORIGEN NACIONAL. En auto de catorce de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de extinción de dominio 33/2025, se admitió a trámite el juicio promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía General de la República, en contra de Esweidy López Luna, en su calidad de demandada; de conformidad con el artículo 86 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de que comparezca a juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto del vehículo identificado como Semirremolque marca Gallegos, tipo tanque cilíndrico, color gris, placa de circulación 45-UN-4U del Servicio Público Federal, número de identificación vehicular (NIV) 3C92T4037CG693676, corresponde a un vehículo año modelo 2012, este es de origen nacional, del cual se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentra vinculado con el hecho ilícito de sustracción ilícita de hidrocarburos, previsto y sancionado por el artículo 8, fracción l, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos; vehículo que se encuentra asegurado por el fiscal federal investigador, así como por este órgano jurisdiccional. 178 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito en: acceso 11, nivel plaza, del Edificio Sede de San Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina calle Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15960, Ciudad de México, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Ciudad de México, diecisiete de octubre de dos mil veinticinco. Secretaria adscrita al Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Angélica Muñoz Luna Rúbrica. (E.- 000906) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, calle Eduardo Molina No. 2, acceso 2, piso 1, Col. Del Parque, Ciudad de México C.P. 15960 EDICTO EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS A CUALQUIER PERSONA AFECTADA QUE CONSIDERE TENER UN DERECHO SOBRE EL BIEN MUEBLE (DINERO EN EFECTIVO) OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO. En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que: En los autos del juicio de extinción de dominio 27/2025-III, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 88 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en razón de los efectos universales del presente juicio, por acuerdo de catorce de octubre de dos mil veinticinco, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación o Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del respectivo, y por Internet, en la página de la Fiscalía, así como en los estrados de este juzgado, durante el tiempo que dure el emplazamiento; lo anterior, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el numerario consistente en $2'499,000.00 (dos millones cuatrocientos noventa y nueve mil pesos 00/100 moneda nacional), materia de la acción de extinción de dominio; respecto del cual se reclama la pérdida de derechos sin contraprestación ni compensación para su dueño, propietario o poseedor, y para quien se ostente como tal; lo anterior, bajo el argumento de que fue objeto de la comisión del delito por encontrarse relacionado con el hecho ilícito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Por lo que, deberá presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y oponer las excepciones y defensas que tuviere; apercibida que de no hacerlo, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, por lo que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, con independencia que todas las demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista. Atentamente Ciudad de México, catorce de octubre de dos mil veinticinco. Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Juez Oziel Rosas Guarneros Rúbrica. (E.- 000912) Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 179 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR TRES VECES CONSECUTIVAS; Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. EDICTO AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 35/2025-V. Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el vehículo asegurado consistente en: Camión, Marca Volvo, L250, Tipo Pipa, Color Blanco, con placas de circulación LD-42-378, del Estado de México, con número de identificación vehicular YV2E4CCA42B324176, Origen extranjero, Año-Modelo 2002. Que en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se radicó el expediente 35/2025-V, relativo al Juicio de Extinción de Dominio, promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación, adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, respecto de dicho vehículo, en contra de la parte demandada Raúl Reséndiz Reséndiz. Las personas que crean tener derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este Juzgado de Distrito, ubicado en el Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina, Número Dos, Acceso Dos, Nivel Uno, Colonia del Parque, C.P. 15960, Ciudad de México, dentro del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar del aseguramiento del vehículo materia de extinción. Expedido en la Ciudad de México, a treinta de enero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Maribel Castañeda Pérez Rúbrica. (E.- 000901) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, POR TRES VECES CONSECUTIVAS; Y, EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. EDICTO AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 22/2024- IV. Se comunica a Aradh Ángel Villareal, sobre el bien mueble (numerario), consistente en: $35,180.00 (treinta y cinco mil ciento ochenta y tres dólares americanos 00/100 U.S.D.) 180 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Que en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se radicó el expediente 22/2024-IV, relativo al Juicio de Extinción de Dominio promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de la República, respecto a dicho bien mueble, señalando como parte demandada a la moral Cira Ingeniería, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable y como parte afectada Aradh Ángel Villareal. La parte afectada, deberá presentarse ante este Juzgado de Distrito, ubicado en el Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina, Número Dos, Acceso Dos, Nivel Uno, Colonia del Parque, C-.P. 15960, Ciudad de México, dentro del plazo de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto a efecto de contestar la demanda, ofrecer las pruebas pertinentes y generales, expresar lo que a su derecho convenga. Además, se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar del aseguramiento del numerario, materia de extinción. Expedido en la Ciudad de México, a trece de febrero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Claudia Elena Arroyo Sotelo Rúbrica. (E.- 000904) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México EDICTO EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS A CUALQUIER PERSONA AFECTADA QUE CONSIDERE TENER UN DERECHO SOBRE EL BIEN IMUEBLE OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO. En el lugar en que se encuentre, hago saber a usted que en los autos del juicio de extinción de dominio 9/2026-III, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, promovido por agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 88 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, por acuerdo de dieciocho de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación o Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del respectivo, y por Internet, en la página de la Fiscalía, así como en los estrados de este juzgado, durante el tiempo que dure el emplazamiento; lo anterior, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico en el "INMUEBLE UBICADO EN CALLE PROGRESO, ESQUINA CON PRIVADA UNIVERSIDAD, BARRIO DE SAN NICOLAS, SAN PABLO DEL MONTE, TLAXCALA, UBICADO EN LAS COORDENADAS GEOGRÁFICAS APROXIMADAS 19.134510, -98144332 Y/O SU EQUIVALENTE DE 19”08'04.2"N 98"08'39.6"W., COMPUESTO POR DOS LOTES IDENTIFICADOS CON ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 5049 VOLUMEN 74, DE 12 DE MAYO DE 1999, PASADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO 1 DEL ESTADO DE TLAXCALA Y ESCRITURA 772, VOLUMEN 9, DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2019, PASADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PÚBLICO 2 DEL ESTADO DE TLAXCALA", materia de la acción de extinción de dominio; respecto del cual se reclama la pérdida de derechos sin contraprestación ni compensación para su dueño, propietario o poseedor, y para quien se ostente como tal; lo anterior, bajo el argumento de que fue producto del hecho ilícito en materia de hidrocarburos. Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 181 Por lo que, deberá presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y oponer las excepciones y defensas que tuviere; apercibida que de no hacerlo, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, por lo que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, con independencia que todas las demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista. Atentamente Ciudad de México, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Juez Oziel Rosas Guarneros Rúbrica. (E.- 000908) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México EDICTO A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE LOS SIGUIENTES BIENES: 1. INMUEBLE UBICADO EN CALLE EMILIO PORTES GIL, MUY CERCA DEL CAMINO DE REFORMA A DOS BOCAS, ENTRE CALZADA DE CIRCUNVALACIÓN, COMALCALCO, ESTADO DE TABASCO, TAMBIÉN IDENTIFICADO COMO CASA UBICADA EN CALLE REVOLUCIÓN, ESQUINA CON CALLE EMILIO PORTES GIL DE LA COLONIA MORELOS, COMALCALCO, TABASCO. 2. INMUEBLE UBICADO EN CALLE EMILIO PORTES GIL NÚMERO 405, COLONIA MORELOS, CÓDIGO POSTAL 86389, COMALCALCO, ESTADO DE TABASCO, TAMBIÉN IDENTIFICADO COMO OFICINAS UBICADAS EN CALLE EMILIO PORTES GIL, COLONIA MORELOS DE LA CIUDAD DE COMALCALCO, TABASCO. 3. BODEGA UBICADA EN CAMINO REFORMA-DOS BOCAS, ORIENTE 3RA SECCIÓN, COMALCALCO, ESTADO DE TABASCO, TAMBIÉN IDENTIFICADO COMO BASE UBICADA EN LA RANCHERÍA ORIENTE, 3RA SECCIÓN, DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO. En auto de 13 de febrero de 2026, dictado en el juicio de extinción de dominio 39/2025, se admitió a trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía General de la República contra Juan Carlos Ovando Ovando, Violeta Hernández León (en su calidad de codemandados), Karla Ovando Hernández y Brayhan Ovando Hernández (en su calidad de personas afectadas); de conformidad con el artículo 86 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de que comparezca a juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto de los referidos inmuebles de los cuales se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentra vinculado con el hecho ilícito en materia de hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 9, fracción II, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburo, los cuales se encuentran asegurados por la Fiscal Federal investigadora, así como por este órgano jurisdiccional. Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 3, planta baja, del edificio sede San Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga; en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia para correr el traslado de las pruebas ofrecidas por la accionante. Ciudad de México 13 de febrero de 2026. Secretaria adscrita al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Esmeralda Ramírez López Rúbrica. (E.- 000910) 182 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en la Ciudad de Querétaro, Querétaro Av. Fray Luis de León No 2880, edificio A, 5o piso, Centro Sur, Santiago de Querétaro, C.P. 76090 EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Hamsa Dalrod Group Sociedad Anónima de Capital Variable EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA OCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, DICTADO POR EL MAGISTRADO PRESIDENTE DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO, EN EL AMPARO DIRECTO CIVIL NUMERO 399/2025, PROMOVIDO POR RUBÉN OSORNIO URIBE, CONTRA ACTOS DE LA JUEZ PROVISIONAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADO EN ORALIDAD MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE QUERÉTARO, SE LE HACE DEL CONOCIMIENTO QUE LE RESULTA EL CARÁCTER DE PARTE TERCERA INTERESADA, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 5°, FRACCIÓN III, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO Y CON APOYO EN LOS DIVERSOS 27, FRACCIÓN III, INCISO B) DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACIÓN SUPLETORIA A LA PRIMER LEGISLACIÓN EN CITA POR DISPOSICIÓN EXPRESA DE SU ARTICULO 2°, SE LE MANDÓ EMPLAZAR POR MEDIO DE LOS PRESENTES EDICTOS A ESTE JUICIO, PARA QUE SI A SU INTERÉS CONVINIERE SE APERSONE AL MISMO A TRAVÉS DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE, DEBIÉNDOSE PRESENTAR ANTE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO, UBICADO EN AV. FRAY LUIS DE LEÓN No 2880, EDIFICIO A, 5° PISO, CENTRO SUR, SANTIAGO DE QUERETARO, A DEDUCIR SUS DERECHOS DENTRO DE UN TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDA QUE DE NO COMPARECER DENTRO DEL LAPSO INDICADO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARÁCTER PERSONAL LE SURTIRÁN EFECTOS POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUE EN LOS ESTRADOS DE ESTE ÓRGANO COLEGIADO. PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA MEXICANA, SE EXPIDE LA PRESENTE EN LA CIUDAD DE QUERÉTARO, QUERÉTARO, SIENDO EL DÍA DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS.- DOY FE. Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito Carlos Alberto Leal González Rúbrica. (R.- 573755) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito EDICTOS En los autos del juicio de amparo directo D.C. 677/2025-13, promovido por NUEVA WALMART DE MÉXICO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos de la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, que hace consistir en la resolución de veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en el toca 723/2025/01; se dictó el auto de presidencia cuatro de febrero de dos mil veintiséis, en el que se ordenó emplazar a las terceras interesadas COTUCE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y VERÓNICA SANTOYO VENTURA, por medio de edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “El Sol de México", a fin de que comparezcan a este juicio a defender sus derechos en el término de treinta días, contado a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación, en términos del artículo 181 de la Ley de Amparo; por lo que quedan a su disposición, en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal Colegiado, copia simple de la demanda de garantías, apercibidas Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 183 que de no apersonarse por sí o por conducto de quien legalmente las represente, en el juicio de amparo, las ulteriores notificaciones aún aquellas de carácter personal, se harán por lista electrónica, en términos de lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo. Ciudad de México, veintitrés de febrero de dos mil veintiséis. Secretaria de Acuerdos del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito Lic. Lucero Ramírez Márquez Rúbrica. (R.- 573669) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito Zapopan, Jalisco EDICTOS En el Amparo Directo 820/2025, del índice del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, promovido por SAÚL HERNÁNDEZ NUÑO, reclamando de la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, la resolución dictada el treinta de septiembre de dos mil veinticinco, en el toca 150/2025; se ordenó emplazar por edictos al tercero interesado DANIEL ENRIQUE REYNOSO DÍAZ; quien deberá comparecer a este tribunal, a deducir sus derechos, dentro del plazo de treinta días hábiles, contado a partir del siguiente al de la última de las tres publicaciones, apercibido que de no hacerlo, las notificaciones ulteriores, incluso las de carácter personal, se harán por medio de lista; quedan copias de la demanda a su disposición en este órgano federal. Para su publicación en días hábiles, por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial de la Federación. Zapopan, Jalisco, doce de febrero de dos mil veintiséis. Secretaria del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, ubicado en Anillo Periférico Poniente 7727, edificio XB, piso 6, Fraccionamiento Ciudad Judicial, en el Municipio de Zapopan, Jalisco, C.P. 45010 Lic. Aída Azucena Castañeda Franco Rúbrica. (R.- 573767) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero Acapulco Sección de Amparo Acapulco, Gro. EDICTO. “Tercero interesado Asesoría Profesional en Electrónica, Sociedad Anónima de Capital Variable y/o DELL” “En cumplimiento a los autos de diez de diciembre de dos mil veinticinco y doce de enero de dos mil veintiséis, dictado por la Jueza Sexta Distrito Estado Guerrero, en Juicio Amparo 1185/2025, promovido por Jaime Pérez Román, por su propio derecho, con actos de la Junta Especial Número Cuarenta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, se hace conocimiento que le resulta el carácter de tercero interesado, en términos artículo 5°, fracción III, de ley de amparo y 209 fracción III, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente, se mandó emplazar por edictos a juicio, si a su interés conviniere se apersone, debiéndose presentar este juzgado federal, ubicado Boulevard de las Naciones número 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, código postal 39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de término TREINTA DÍAS, a partir siguiente última publicación del presente edicto; apercibido de no comparecer lapso indicado, ulteriores notificaciones personales surtirán efectos por lista que se publique en estrados de este órgano control constitucional.” En la inteligencia que este juzgado ha señalado las diez horas del veinte de marzo de dos mil veintiséis, celebración audiencia constitucional, queda disposición en secretaría juzgado copia demanda amparo.” Para su publicación por tres veces, de tres en tres días hábiles en el Diario Oficial de la Federación, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, al doce de febrero de dos mil veintiséis.- Doy fe. La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero Lic. Diana Laura González Ramírez Rúbrica. (R.- 573667) 184 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en el Estado San Luis Potosí EDICTO En el juicio de amparo indirecto 1009/2024, promovido por Ricardo de Jesús Martínez Delgado, apoderado legal de Guillermo Cepeda Rodríguez, contra actos del Juez Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, y otras autoridades; se ordenó emplazar a la parte tercero interesada Financiera Trinitas, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, al referido juicio para que comparezca a defender sus derechos a la audiencia constitucional señalada para las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DE DOS MIL VEINTISÉIS, haciéndole saber que el acto reclamado consiste en el embargo realizado en el juicio ejecutivo mercantil 63/2018, del índice del juzgado responsable, respecto del inmueble ubicado en Avenida Horizontes Ibéricos número 125, fraccionamiento Horizontes Residencial (Privanzas II), en esta ciudad, y sus consecuencias. Para publicarse conforme al acuerdo de dieciséis de enero de dos mil veintiséis, por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición en la secretaría del juzgado copia de la demanda; se le previene para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, dentro del término de tres días siguientes a que fenezcan los treinta días que se le conceden, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes comunicaciones que deban ser personales les serán practicadas por medio de lista que se publique en los estrados de este juzgado. San Luis Potosí, San Luis Potosí, 11 de febrero de 2026. Juez Segundo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, con residencia en la ciudad del mismo nombre Gabriela Romero Rangel Rúbrica. (R.- 573760) AVISOS GENERALES Estados Unidos Mexicanos Tribunal Federal de Justicia Administrativa Tercera Sala Regional en Coahuila y Auxiliar -Ordinario Tradicional- Expediente: 627/23-22-01-9 Actor: Inmobiliaria Las Yukas, S.A. de C.V. EDICTO En el expediente del juicio de nulidad 627/23-22-01-9, se desprende que esta juzgadora admitió la demanda en la vía ordinaria promovida por el C. Ricardo Karam Ahuad, en representación legal de la persona moral denominada Inmobiliaria las Yukas, S.A. de C.V., en contra de la resolución con número de oficio 500-23-00-06-01-2023-12355, emitida por el Titular de la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Durango “1”, del Servicio de Administración Tributaria, mediante la cual le determina un crédito fiscal, así como un reparto de utilidades. Ahora bien, de la resolución impugnada se advierte que la autoridad le determinó a la demandante un reparto adicional de utilidades, lo que implica la existencia de un derecho a favor de los trabajadores y con ello Martes 17 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 185 podría generarse la intervención de terceros interesados, acorde a lo dispuesto por el artículo 3o fracción III, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; por lo que, en ese sentido, deberá llamarse a juicio, a quienes son señalados por la actora como terceros interesados, a los CC. ANA GABRIELA BARRÓN CAMPUZANO, MARTÍN GONZÁLEZ GONZÁLEZ, PEDRO IBARRA SAUCEDO, EDICTOR LABRADOR ZAPATA, RAMIRO LABRADOR ZAPATA, ALEJANDRO IBARRA MARRUFO, HUMBERTO ANTONIO IBARRA TELLES, JUAN JOEL RAZO OLIVAS Y JOSÉ SIMENTAL DE LEÓN, los cuales fueron corroborados como trabajadores de la moral hoy actora durante el ejercicio revisado por la autoridad demandada, por el Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Durango del Instituto Mexicano del Seguro Social, la Gerencia de Recaudación Fiscal en la Delegación Regional en Durango del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Procuradora Federal de la Defensa del Trabajo en el Estado de Durango, previos requerimientos formulados por esta Sala; para que se apersonen a juicio en su calidad de terceros interesados, en un plazo de 30 días hábiles contados a partir de que surta efectos la notificación del presente acuerdo, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; asimismo, se le requiere a los trabajadores al servicio de la parte actora, para que en el momento en que se apersonen en el presente juicio, señale correo electrónico para recibir los avisos que alude el numeral 65 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, con el apercibimiento que de no hacerlo, se declarará precluido su derecho para tal efecto y que las siguientes notificaciones se realizarán directamente por Boletín Jurisdiccional. Para su publicación tres veces, de siete días en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación dentro de la República Mexicana, de conformidad con lo establecido en el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la materia contenciosa administrativa de conformidad con el artículo 1º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Atentamente Torreón, Coahuila de Zaragoza, a 5 de enero de 2026. Magistrada Instructora Titular de la Tercera Ponencia de la Tercera Sala Regional en Coahuila y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Magistrada Irma Cervantes Villarreal Rúbrica. (R.- 573766) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Federal de Justicia Administrativa Sala Regional en Yucatán Expediente: 691/23-16-01-8 Actora: Comercializadora de Productos Saludables GHEMM, S.A. de C.V. "EDICTO” CC. TRABAJADORES QUE LABORARON EN LA EMPRESA COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS SALUDABLES GHEMM, S.A. DE C.V., EN LOS EJERCICIOS FISCALES QUE CORRESPONDEN A LOS PERIODOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE LOS AÑOS 2015 Y 2016. En los autos del juicio contencioso administrativo federal número 691/23-16-01-8, promovido por la actora COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS SALUDABLES GHEMM, S.A. DE C.V., en contra de la resolución número 600-73-00-0800-2023-2752, del 27 de abril de 2023, a través de la cual, la Administración Desconcentrada Jurídica del Distrito Federal “3”, confirmó un crédito fiscal entre el cual determinó un reparto de utilidades por pagar, dictó acuerdo de fecha 22 de octubre de 2025, ordenando emplazar a los terceros interesados al juicio citado por medio de edictos, por lo que, se les hace saber que tienen un término de 30 días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto, para que comparezcan ante la Sala Regional en Yucatán de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ubicada en la calle 56-A Paseo de Montejo, número 483-B por calle 41, Mérida, Yucatán, justificando por derecho a intervenir en el asunto, así como también señalen correo electrónico, en caso contrario, se procederá a notificar el auto de inicio y los subsecuentes acuerdos por Boletín Jurisdiccional. Mérida, Yucatán, a 24 de febrero de 2026. La Magistrada de la Segunda Ponencia Mtra. Graciela Vázquez Arellano Rúbrica. Secretario de Acuerdos Rigoberto Jesús Zapata González Rúbrica. (R.- 573732) 186 DIARIO OFICIAL Martes 17 de marzo de 2026 Diario Oficial de la Federación Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Directorio Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos Claudia Sheinbaum Pardo Secretaria de Gobernación Rosa Icela Rodríguez Velázquez Subsecretario de Gobernación César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera Titular de la Unidad de Gobierno Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara Coordinador del Diario Oficial de la Federación Alejandro López González Cuotas por derecho de publicación: Oficinas ubicadas en: Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México. Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios. Página web: www.dof.gob.mx Esta edición consta de 186 páginas 1/8 de plana.................. $ 2,843.00 4/8 plana ...................... $ 11,372.00 1 plana ......................... $ 22,744.00