Texto original
Diario Oficial de la Federación, edición matutina del martes 17 de marzo de 2026 (No. de publicación 063/2026)
17 de marzo de 2026 · Varias (Secretaría de Energía/Comisión Nacional de Energía, Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, SEDATU, Secretaría de las Mujeres, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Banco de México, INEGI, Instituto Nacional Electoral, Secretaría de la Defensa Nacional y otros convocantes del sector público)
Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.
No. de publicación: 063/2026
Ciudad de México, martes 17 de marzo de 2026
CONTENIDO
Secretaría de Energía
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de las Mujeres
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Instituto Nacional Electoral
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
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DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
INDICE
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE ENERGIA
Acuerdo por el que la Comisión Nacional de Energía expide el modelo de contrato para la
interconexión, conexión o ambas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de
Distribución para Centrales Eléctricas, Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica y
Centros de Carga. ............................................................................................................................
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SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, a las entidades federativas, a los municipios, a las demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México, y a los entes públicos de unas y otros, el cumplimiento dado a la sentencia
definitiva de seis de octubre de dos mil veinticinco, dictada en el juicio de nulidad
16748/24-17-06-3, promovido por la empresa Gott Und Gluck, S.A. de C.V., por medio de la cual
la Sexta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa,
declaró la nulidad de la resolución del veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, emitida dentro
del procedimiento administrativo número SANC.0001/2023. ...........................................................
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Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, a las empresas públicas del Estado, a la Fiscalía General de la República, a las
entidades federativas y sus municipios, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad
de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa
Lavandería y Tintorería de la Península, S.A. de C.V. .....................................................................
22
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
Declaratoria de causa de utilidad pública relativa a 19,674.431 m2 (diecinueve mil seiscientos
setenta y cuatro punto cuatrocientos treinta y un metros cuadrados), correspondientes
a 4 (cuatro) inmuebles de propiedad privada; en el Municipio de Huimanguillo en el Estado de
Tabasco, que serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública
relacionadas con el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec,
S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec. ..........................
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SECRETARIA DE LAS MUJERES
Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Morelos, que
tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la
Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos. .................................................
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Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Nayarit, que
tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados al
Instituto para la Mujer Nayarita. ........................................................................................................
32
Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Nuevo León,
que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados
a la Secretaría de las Mujeres de dicho estado. ...............................................................................
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Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Oaxaca, que
tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la
Secretaría de las Mujeres de dicho estado. .....................................................................................
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PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la
Acción de Inconstitucionalidad 41/2025, así como el Voto Concurrente del señor Ministro Irving
Espinosa Betanzo. ............................................................................................................................
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ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
58
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
58
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
58
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
Encadenamiento de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al
mes de febrero de 2026. ..................................................................................................................
59
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Información relativa a saldos y productos financieros de fideicomisos en que participa el Instituto
Nacional Electoral, que se proporciona en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo
12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con corte al 31 de diciembre
de 2025 (Fideicomiso Fondo para el cumplimiento del Programa de Infraestructura Inmobiliaria y
para la Atención Ciudadana y Mejoramiento de Módulos del Instituto Nacional Electoral). .............
77
Información relativa a saldos y productos financieros de fideicomisos en que participa el Instituto
Nacional Electoral, que se proporciona en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo
12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con corte al 31 de diciembre
de 2025 (Fideicomiso Fondo para Atender el Pasivo Laboral del Instituto Nacional Electoral). .......
77
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS,
OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................
78
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
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El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
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DIARIO OFICIAL
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PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE ENERGIA
ACUERDO por el que la Comisión Nacional de Energía expide el modelo de contrato para la interconexión,
conexión o ambas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución para Centrales
Eléctricas, Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica y Centros de Carga.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional
de Energía.
JUAN CARLOS SOLÍS ÁVILA, Director General de la Comisión Nacional de Energía, con fundamento en
los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafo sexto, 28, párrafos cuarto y noveno, y 90, primer párrafo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción I, 17, 26, fracción IX y 33, último párrafo de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2,
párrafo primero, 7, fracciones I, II, III, V y XXII, 8, fracciones IV y IX, 12, 14, párrafo primero y 16, fracciones
VI, VII, X, XIX, XXIII y XXV de la Ley de la Comisión Nacional de Energía; 6, 7, 11, fracciones XV, XLIV y
XLIX, 32, último párrafo de la Ley del Sector Eléctrico; 107 del Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico; 2,
párrafo primero, apartado F, fracción III, 71, 77 y 78 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; 2, 7,
9, 12, fracciones IX y XI del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Energía; 7, primer párrafo,
fracción II del Acuerdo número CT/1.SE/2-2025, Aprobación de las Reglas de Operación del Comité Técnico
de la Comisión Nacional de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2025; así
como al Acuerdo número CT/2.SE/2-2026 emitido por el Comité Técnico de la Comisión Nacional de Energía y,
CONSIDERANDO
Que, el artículo 25, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece
que, tratándose del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, la Nación debe llevar a
cabo dichas actividades en términos de lo dispuesto por el párrafo sexto del artículo 27 de dicha Constitución.
Que de conformidad con el artículo 27, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional
en términos del artículo 28 constitucional. Además, las leyes deben determinar la forma en que los
particulares pueden participar en las demás actividades de la industria eléctrica.
Por su parte, el artículo 28, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
señala que el Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir y supervisar la
política energética del país, cuenta con las atribuciones para llevar a cabo la regulación técnica y económica,
así como con la facultad sancionadora en materia energética y de hidrocarburos.
Que el 18 de marzo de 2025, en cumplimiento al decreto de reforma constitucional en materia de
simplificación orgánica del 20 de diciembre de 2024, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF)
el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones y se expiden, entre otras leyes,
la Ley de la Comisión Nacional de Energía (LCNE), con lo cual, se consuma la extinción de la Comisión
Reguladora de Energía (CRE), así como la creación de la Comisión Nacional de Energía (CNE) como un
órgano administrativo desconcentrado, sectorizado a la Secretaría de Energía (SENER).
Que de conformidad con los artículos 1, 2, fracción I, 17, 26, fracción IX y 33, último párrafo de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, párrafo primero de la LCNE; 2, apartado F, fracción III y 71
del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía y 2, párrafo primero del Reglamento Interior de la
Comisión Nacional de Energía, la CNE es un órgano administrativo desconcentrado, de carácter técnico, que
cuenta con independencia técnica, operativa, de gestión y de decisión; y tiene por objeto regular, supervisar e
imponer sanciones en las actividades del sector energético de conformidad con las disposiciones aplicables
en materia de planeación vinculante en el ámbito de su competencia.
Asimismo, los transitorios Tercero y Séptimo de la LCNE establecen que, las referencias normativas a la
extinta CRE se entienden hechas o conferidas a la SENER o a la CNE, conforme a las atribuciones,
competencias y facultades que les correspondan, así como que todas las disposiciones, normas,
lineamientos, políticas, criterios y demás normatividad emitida por la extinta CRE y la SENER continúan en
vigor en lo que no se opongan a la referida Ley, sin perjuicio de que sean adecuadas, modificadas o
sustituidas, en términos de las disposiciones de la referida Ley y las demás aplicables.
Que en el artículo 2 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos se establecen los objetivos de
la política en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, entre los que se
encuentran, establecer las herramientas, instrumentos y acciones para promover las buenas prácticas
regulatorias, así como establecer las obligaciones de las autoridades de los tres órdenes de gobierno para
garantizar el cumplimiento de los objetivos de la citada Ley.
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De igual forma, el artículo 6 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos establece que los
sujetos obligados deben regir su actuar en apego, entre otros, a los principios de confianza ciudadana, certeza
jurídica,
simplificación,
proporcionalidad,
armonización
regulatoria,
interoperabilidad
de
sistemas
institucionales, equivalencia funcional, mayor beneficio, utilidad social y accesibilidad, para el cumplimiento de
los objetivos de dicha Ley.
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 7, fracciones I y III y 8, fracción VII de la LCNE, la
CNE tiene las atribuciones para emitir resoluciones, acuerdos, criterios de interpretación, directivas, bases y
demás actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones; vigilar y supervisar su
cumplimiento, así como promover el desarrollo ordenado, continuo y seguro de las actividades de generación
de electricidad, los servicios públicos de transmisión y distribución de energía eléctrica y la comercialización
de electricidad.
Que el artículo 11, fracción XV de la Ley del Sector Eléctrico (LSE), establece que la CNE está facultada
para expedir, entre otros, los modelos de contrato de interconexión de Centrales Eléctricas, conexión de
Centros de Carga y los demás que se requieran.
Que los artículos 48, párrafos tercero, fracción III y cuarto, y 49, último párrafo de la LSE, establecen que
para la interconexión de las Centrales Eléctricas y conexión de los Centros de Carga, el Centro Nacional de
Control de Energía (CENACE) está obligado a instruir a la Transportista o a la Distribuidora la celebración del
contrato de interconexión o conexión, a solicitud del representante de la Central Eléctrica o del Centro de
Carga, una vez definidas las características específicas de la infraestructura requerida o determinada la
exención de estas, así como que las Reglas del Mercado deben especificar los plazos máximos para que el
representante solicite la celebración de dicho contrato con base en las características específicas de la
infraestructura requerida. Asimismo, que la Transportista o la Distribuidora y la solicitante están obligadas
a celebrar los contratos de interconexión o conexión, con base en los modelos que emita la CNE, dentro de
los diez días hábiles siguientes a la notificación de la orden correspondiente por parte del CENACE.
Que los artículos 22, fracción I, 32, fracción I y último párrafo, 34 y 37, fracción I de la LSE y 55, 56, 57 y
60 del Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico (RLSE) prevén como requisito para llevar a cabo las
actividades previstas en dichos preceptos jurídicos, la celebración de los contratos de interconexión y
conexión correspondientes.
Que el artículo 107 del RLSE dispone que, en los contratos de interconexión y conexión celebrados por la
Transportista o la Distribuidora, así como en los de Suministro Básico, se debe fijar como pena convencional,
el pago mensual de una prestación para aquellos casos en que no se permita llevar a cabo la revisión de los
Sistemas de Medición.
Que en las Reglas del Mercado se establecen los lineamientos, requisitos y procesos que deben
observarse para la suscripción del contrato de interconexión y conexión conforme al modelo de contrato
correspondiente que se encuentre vigente a la fecha de suscripción.
Que, en la Segunda Sesión Extraordinaria celebrada el 02 de marzo de 2026, el Comité Técnico de la
CNE aprobó el Acuerdo número CT/2.SE/2-2026, mediante el cual se autoriza la emisión del presente
instrumento.
Que en el ejercicio de las facultades que el marco jurídico atribuye a la CNE, en apego a los objetivos y
principios señalados en las consideraciones anteriores y con la finalidad de procurar la cobertura y seguridad
en el suministro eléctrico nacional, así como coadyuvar en los objetivos de política energética, se considera
necesario actualizar, expedir y simplificar los modelos de contrato de interconexión y conexión competencia
de la CNE, ajustándolos al marco legal vigente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA EXPIDE EL MODELO DE CONTRATO
PARA LA INTERCONEXIÓN, CONEXIÓN O AMBAS A LA RED NACIONAL DE TRANSMISIÓN O A LAS
REDES GENERALES DE DISTRIBUCIÓN PARA CENTRALES ELÉCTRICAS, SISTEMAS DE
ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y CENTROS DE CARGA
Artículo Primero. La Comisión Nacional de Energía expide el modelo de contrato para la interconexión,
conexión o ambas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución para Centrales
Eléctricas, Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica y Centros de Carga, para quedar como sigue:
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MODELO DE CONTRATO PARA LA INTERCONEXIÓN, CONEXIÓN O AMBAS A LA RED
NACIONAL DE TRANSMISIÓN O A LAS REDES GENERALES DE DISTRIBUCIÓN PARA
CENTRALES ELÉCTRICAS, SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y
CENTROS DE CARGA
[Asignar número de contrato y numeración de páginas]
CONTRATO DE [INTERCONEXIÓN /-/ CONEXIÓN] A [LA RED NACIONAL DE TRANSMISIÓN / LAS
REDES GENERALES DE DISTRIBUCIÓN], EN LO SUCESIVO “EL CONTRATO”, QUE CELEBRAN
POR UNA PARTE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, DENOMINADA COMISIÓN FEDERAL DE
ELECTRICIDAD EN SU CARÁCTER DE [TRANSPORTISTA / DISTRIBUIDORA] EN LO SUCESIVO
LA “[TRANSPORTISTA / DISTRIBUIDORA]”, REPRESENTADA POR _______________ EN SU
CARÁCTER DE ______________ Y POR OTRA PARTE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN
SOCIAL DE LA PERMISIONARIA DE GENERACIÓN O DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA
ELÉCTRICA O DEL CENTRO DE CARGA O AMBOS] EN LO SUCESIVO “LA SOLICITANTE”,
REPRESENTADA POR _________ EN SU CARÁCTER DE ______________, Y A QUIENES EN LO
SUCESIVO SE LES CONOCE COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. Declara la [Transportista / Distribuidora] que:
a) Conforme al artículo 27, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos (CPEUM) y al artículo 3, fracciones XIX, XX, XLVIII y LXIII de la Ley del Sector
Eléctrico (LSE), es la Empresa Pública del Estado, denominada Comisión Federal de
Electricidad (CFE), quien presta el Servicio Público de [Transmisión / Distribución]
de Energía Eléctrica en su calidad de [Transportista / Distribuidora], en [la Red Nacional de
Transmisión (RNT) / las Redes Generales de Distribución (RGD)] en términos de las
disposiciones jurídicas aplicables.
b) La persona _________________, en su carácter de ________________ cuenta con las
facultades legales suficientes para celebrar el presente Contrato, lo cual se acredita con
___________, las cuales están vigentes en los términos en que fueron otorgadas de
conformidad con lo establecido en el artículo 15, fracción XXII y Décimo Segundo
Transitorio de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
(LEPECFE) y se agrega al presente Contrato como Anexo A.
c) Es responsable de los segmentos de [la RNT / las RGD] a su cargo y, opera sus redes
conforme a las instrucciones del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), de
conformidad con el artículo 44 de la LSE.
[Agregar este inciso en caso de uso de medios electrónicos]
d) Acepta celebrar el presente acto jurídico a través del uso de medios electrónicos y
otorgar su consentimiento mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada.
II. Declara la Solicitante que:
a) [Opción 1. Persona física] Es una persona física con capacidad jurídica para contratar y
obligarse en términos del presente Contrato identificándose con el documento oficial
_____________, que se agrega al presente Contrato como Anexo B.
[Acreditación de la representación de la opción 1. Persona física, en caso de requerirse]
Actúa en su carácter de [Representante/Apoderado Legal] lo cual se acredita con la
[escritura pública / póliza] No. __________ y se identifica con el documento oficial
_____________, los cuales se agregan al presente Contrato como Anexo B.
[Opción 2. Persona moral] Es una persona moral, constituida legalmente conforme a las
leyes mexicanas, de acuerdo con la [escritura pública / póliza] No. __________, que se
agrega al presente Contrato como Anexo B.
[Acreditación de la representación de la opción 2. Persona moral] La persona
_________________, en su carácter de ________________ cuenta con las facultades
legales suficientes para celebrar el presente Contrato, lo cual se acredita con el testimonio
de la [escritura pública / póliza] No. __________, que se agrega al presente Contrato como
Anexo B.
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[Opción 3. Gobierno Estatal, Municipal, de la Ciudad de México o de las demarcaciones
territoriales de la Ciudad de México] [El Estado / Municipio de __________ o La Ciudad de
México / Alcaldía de la Ciudad de México ___________] es una [Entidad Federativa /
Entidad Municipal / Demarcación Territorial] parte integrante de los Estados Unidos
Mexicanos, constituida como una República, con gobierno republicano, representativo,
democrático, laico y popular, en los términos de lo establecido por los artículos 40, 43, así
como [(para el caso de la Ciudad de México) 122 y] 115 de la CPEUM, que cuenta con
personalidad jurídica y con facultades para manejar su patrimonio conforme a la ley y los
artículos ___________ de la Constitución Política [del Estado ____________ / de la Ciudad
de México];
La persona Titular del Poder Ejecutivo [Estatal / Municipal / de la Ciudad de México / de la
Demarcación Territorial], se encuentra legalmente facultada para suscribir el presente
instrumento, de conformidad con los artículos _____________ de la Constitución Política
[del Estado _____________ / de la Ciudad de México], artículos __________ de la Ley
Orgánica [del Poder Ejecutivo /y/ de la Administración Pública] [del Estado _____________
/ de la Ciudad de México], y los artículos _________ de la Ley _______________.
La persona _________ acredita su personalidad como Titular del Poder Ejecutivo de
____________ mediante ____________________, tal y como se desprende de la copia del
citado documento, y que se agrega al presente Contrato como Anexo B.
[Opción 4. Titular de la Entidad o Dependencia de la Administración Pública] La persona
[Nombre de la Entidad o Dependencia de la Administración Pública], es una [Entidad /
Dependencia] de la Administración Pública [Federal / Estatal / Municipal / de la Ciudad de
México], en términos de lo establecido por los artículos ______, [del / de la (CPEUM o
nombre de la Ley o instrumento de creación)].
La persona _________ acredita su personalidad como Representante Legal de la persona
[Nombre de la Entidad o Dependencia de la Administración Pública] mediante
_________________ y cuenta legalmente con las facultades para suscribir el presente
instrumento, de conformidad con los artículos ______, [del / de la (Nombre del Reglamento
Interior / Estatuto Orgánico o instrumento correspondiente)], que se agrega al presente
Contrato como Anexo B.
b) Cuenta con la documentación establecida en el numeral [12.1.3 (o el que lo sustituya)]
del Manual de Interconexión y Conexión relativa a la suscripción del Contrato y cumple
con los requisitos establecidos en las Reglas del Mercado. Documentación que se agrega al
presente Contrato como Anexo C.
[Agregar este párrafo en caso de permisionarias de generación o almacenamiento de
energía eléctrica] Solicitó y obtuvo de la [Comisión Nacional de Energía (CNE) / extinta
Comisión Reguladora de Energía (CRE)] el permiso de [generación / almacenamiento] de
energía eléctrica número ______________, por un periodo de ____ años, mismo que se
incorpora al presente Contrato como Anexo D. La capacidad autorizada en el permiso de
[generación / almacenamiento] de energía eléctrica es de [_______ MW para la Central
Eléctrica /y/ _______ MW para el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica].
[Agregar este párrafo en caso de generación exenta asociada a la Red Particular de los
Centros de Carga que hayan celebrado o celebren un contrato de conexión a la
Red Nacional de Transmisión] Solicitó incluir generación exenta conectada a la Red
Particular del Centro de Carga por una Capacidad Instalada de _____ kW.
c) Conoce el contenido de la LSE y su Reglamento, así como de las demás disposiciones
aplicables al Contrato, y sus Anexos, los cuales se describen a continuación:
Anexo A Documentación que acredita la representación legal para la celebración del
presente Contrato por parte de la Empresa Pública del Estado, denominada Comisión
Federal de Electricidad, en su carácter de [Transportista / Distribuidora].
Anexo B [Opción 1: Identificación oficial vigente de la persona física con fotografía y firma y,
en su caso, documentación que acredita su representación o poder legal / Opción 2:
Documentación que acredita la constitución y representación o poder legal para la
celebración del presente Contrato por parte de la persona moral (la cual puede incluir actas
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constitutivas, poderes notariales, pólizas otorgadas ante corredores públicos, e
identificaciones oficiales vigentes con fotografía y firma) / Opción 3: Documentación que
acredita la personalidad como Titular del Poder Ejecutivo (Estatal / Municipal / de la Ciudad
de México / Demarcación Territorial) / Opción 4: Documentación que acredita la
personalidad como Titular o representante del / de la (nombre de la Dependencia o Entidad
de la Administración Pública)].
Anexo C Documentación asociada a la suscripción del Contrato conforme a la sección
[12.1 (o la que la sustituya)] del Manual de Interconexión y Conexión, en cumplimiento
con los requisitos establecidos en las Reglas del Mercado, así como la instrucción por parte
del CENACE para su suscripción.
Anexo D (en caso de que aplique) Permiso de [generación / almacenamiento] de energía
eléctrica otorgado por la [CNE/CRE].
[Agregar este inciso en caso de uso de medios electrónicos]
d) Acepta celebrar el presente acto jurídico a través del uso de medios electrónicos y
otorgar su consentimiento mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada.
III. Declaran y acuerdan las Partes que:
a) Deben cumplir con la CPEUM, la LSE, en lo que resulte aplicable la LEPECFE y la Ley
de la Comisión Nacional de Energía (LCNE), y sus Reglamentos, las Reglas del Mercado y
las disposiciones administrativas de carácter general emitidas por la Secretaría de Energía
y la CNE (entre las que se encuentran las que establecen las condiciones generales para la
prestación del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y la
regulación en materia de Eficiencia, Accesibilidad, Calidad, Confiabilidad, Continuidad,
Seguridad y Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional), mejores prácticas del sector
eléctrico y demás actos que de ellas emanen o se relacionen, y cualquier otra disposición
jurídica que resulte aplicable o que sustituya o complemente a las anteriores.
b) Suscriben en tiempo y forma el presente instrumento de conformidad con:
i. El artículo 48 párrafos segundo, tercero, fracción III y cuarto de la LSE, [(Agregar el
siguiente fundamento en caso de uso de medios electrónicos) así como los artículos 7 de la
Ley de la Firma Electrónica Avanzada y 89, párrafo tercero y 89 bis del Código de
Comercio,] y
ii. La instrucción emitida por el CENACE incluida como parte del Anexo C.
c) Deben acatar la orden que el CENACE realice para la [Interconexión /-/ Conexión]
física de la instalación, de acuerdo con el programa de sincronización en no más de setenta
y dos (72) horas siguientes a la notificación de la orden correspondiente, de conformidad
con el artículo 48, párrafo cuarto, de la LSE.
DEFINICIONES
Además de las definiciones previstas en la LSE y su Reglamento, y en las Reglas del
Mercado, para efectos del presente Contrato se entenderá por:
Cambio de Ley: (i) la modificación, derogación, abrogación o interpretación por autoridad
competente de cualquier ley o reglamento que afecte el cumplimiento del Contrato, de los
convenios, adendas o sus Anexos, o (ii) la imposición por cualquier autoridad
gubernamental después de la fecha de inicio de la vigencia del presente Contrato o sus
Anexos, de cualquier condición o requerimiento no especificado en dicha fecha, el cual, en
cualquier forma, establezca o modifique requerimientos que afecten substancialmente los
servicios a prestarse al amparo del Contrato o sus Anexos, siempre y cuando dicho
Cambio de Ley sea aplicable a este Contrato o a sus Anexos.
DACGMA: Disposiciones administrativas de carácter general en materia de Aportaciones
que emita la CNE, o el instrumento que las modifique o sustituya.
LCNE: Ley de la Comisión Nacional de Energía.
LEPECFE: Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad.
LFPA: Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
LSE: Ley del Sector Eléctrico.
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Manual de Interconexión y Conexión: Manual para la Interconexión de Centrales
Eléctricas y Conexión de Centros de Carga, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 09 de febrero de 2018, el que lo modifique o sustituya.
PAM: Programas de ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y las
Redes Generales de Distribución.
PLADESE: Plan de Desarrollo del Sector Eléctrico.
Reglamento: Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico.
RGD: Redes Generales de Distribución.
RNT: Red Nacional de Transmisión.
SEN: Sistema Eléctrico Nacional.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Contrato. Asegurar la construcción de la infraestructura requerida para
la [Interconexión /-/ Conexión] de [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de
Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga] con el SEN; realizar y
mantener la [Interconexión /-/ Conexión] física entre [la RNT / las RGD] de la
[Transportista / Distribuidora] y [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento
de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga] ubicada en [indicar domicilio o coordenadas
de ser necesario], por una [Capacidad Instalada Neta de ________ MW /y/ Carga
Contratada de ________ MW], a una tensión nominal de operación de ________ kV de la
Solicitante, así como llevar a cabo las actividades operativas inherentes a la
[Interconexión /-/ Conexión], durante la vigencia de este Contrato. El Punto de
[Interconexión /-/ Conexión] es en ________________________________.
[Agregar este párrafo en caso de generación exenta asociada a la Red Particular de los
Centros de Carga que hayan celebrado o celebren un contrato de conexión a la Red
Nacional de Transmisión] Lo anterior, incluyendo a la generación exenta conectada a la Red
Particular del Centro de Carga por una Capacidad Instalada de _____ kW.
Segunda. Vigencia. El presente Contrato surte sus efectos a partir de su firma [electrónica
por medio de “NOMBRE DEL SISTEMA HABILITADO PARA TAL FIN”] y termina de forma
automática cuando [posterior al desarrollo de la infraestructura requerida para la
Interconexión /-/ Conexión /, en el caso de Centrales Eléctricas /y/ Sistemas de
Almacenamiento de Energía Eléctrica, termine la vigencia del permiso de / generación o
almacenamiento / de energía eléctrica asociado a la instalación /y/ en el caso de Centros de
Carga, se cancele la conexión física] a que se refiere la Declaración II, inciso b) y la cláusula
Primera del Contrato.
Tercera. Terminación. Adicionalmente a lo previsto en la cláusula Segunda del Contrato,
este puede darse por terminado por las causas siguientes:
a) Cuando la Solicitante incurriere en contumacia conforme al artículo 184, segundo
párrafo de la LSE y se determine la suspensión definitiva del Servicio Público de
Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica;
b) (Las fechas de este inciso deben ser congruentes con los programas de obras, fechas o
plazos señalados en los permisos, convenios, programas, planes y/o solicitudes de
interconexión y conexión o suministro) Por incumplimiento de la Solicitante respecto a la
fecha estimada de inicio [fecha] y terminación [fecha] de la infraestructura requerida para la
[Interconexión /-/ Conexión], si esta excede un período máximo de seis (6) meses
adicionales a la fecha original o a la prórroga que al efecto se autorice por las autoridades
competentes, conforme a la LFPA, la LSE y los instrumentos regulatorios que de ella
derivan;
c) Por voluntad de las Partes, siendo requisito que la notificación correspondiente se haga
de manera fehaciente y con una anticipación mínima de seis (6) meses a la fecha en que se
pretenda que surta efectos la terminación y se realice conforme a la normatividad aplicable;
d) Por rescisión mediante aviso por escrito a su contraparte, notificándole de manera
fehaciente con no menos de treinta (30) días hábiles de anticipación, por las siguientes
causales:
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I. Por incumplimiento de la Solicitante respecto de la Fecha Estimada de Operación [fecha]
(dicha fecha debe ser congruente con los programas de obras, fechas o plazos señalados
en los permisos, autorizaciones, registros, convenios, programas y/o solicitudes de
interconexión y conexión o suministro) [de la Central Eléctrica /y/ del Sistema de
Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ del Centro de Carga], salvo que esta última sea
prorrogada en términos de lo previsto en la cláusula Décima Segunda del presente
Contrato;
II. Por contravención a las disposiciones normativas previstas en la Declaración III, inciso a)
del Contrato, siempre y cuando dicha contravención, según lo resuelva la CNE en el ámbito
de sus atribuciones regulatorias, afecte sustancialmente lo establecido en este Contrato o
sus Anexos;
III. Por embargo, suspensión de pagos, quiebra, concurso mercantil, disolución o liquidación
de la Solicitante;
IV. En caso de que la Solicitante decida no realizar la infraestructura requerida en el
Estudio de Instalaciones, o no las realice en la Fecha Estimada de Operación [de la
Central Eléctrica /y/ del Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ del Centro de
Carga], en cuyo caso, adicional a la rescisión, se debe proceder conforme a lo establecido
en la cláusula Vigésima Sexta del Contrato;
V. Cuando la Solicitante enajene o grave en cualquier forma el presente Contrato o alguno
de los derechos que derivan del mismo, sin observar lo establecido en la cláusula Vigésima
Cuarta del Contrato;
VI. Por incapacidad jurídica, legal o judicial de la Solicitante o la [Transportista /
Distribuidora], que le impida cumplir con las obligaciones derivadas de este Contrato, y
VII. Por incumplimiento de alguna de las Partes a cualquier cláusula del presente Contrato,
cuando se hayan agotado los mecanismos para la gestión de incumplimientos conforme a lo
establecido en la cláusula Décima Octava del Contrato.
Mientras no se termine el Contrato, por cualquiera de las causales antes referidas, cada
Parte debe seguir cumpliendo con sus obligaciones respectivas al amparo de este, hasta la
conclusión de su vigencia.
Cuarta. Modificación. El presente instrumento puede ser modificado o adicionado de
común acuerdo por las Partes, siempre y cuando no se altere la estructura del modelo
de Contrato, mediante adendas o convenios modificatorios, los cuales surten efectos a
partir de su suscripción y forman parte integrante del mismo. Aquellas modificaciones que
impliquen cambios al modelo de contrato deben aprobarse por la CNE, de manera previa a
su suscripción.
Las adendas o convenios modificatorios que no impliquen una Modificación Técnica
o deriven de la modificación u obtención de un nuevo permiso de generación o
almacenamiento de energía eléctrica o no constituyan cambios al modelo de Contrato
deben ser efectuadas entre la [Transportista / Distribuidora] y la Solicitante sin
necesidad de aprobación o instrucción previa por parte de la CNE o el CENACE.
En caso de que se realice una modificación al Contrato, se deben actualizar los Anexos y
garantías correspondientes en plazos, monto o ambos, en función de la adenda o convenio
modificatorio realizado.
Quinta. Solicitudes de información y comunicaciones. La Solicitante debe enviar a la
[Transportista / Distribuidora] la información que le solicite y, viceversa, a través de
medios electrónicos establecidos “MEDIO HABILITADO PARA TAL FIN” por la
[Transportista / Distribuidora], dicho medio de comunicación electrónica debe considerar
lo establecido en los artículos 30, 35, fracción II y 69-C de la LFPA y 7, 12 y 13 de la Ley de
Firma Electrónica Avanzada.
Cualquier comunicación o solicitud de las Partes que deba notificarse con motivo del
presente Contrato debe hacerse a través de los medios electrónicos establecidos o, en
caso de que no sea factible su utilización, por correo electrónico o por escrito, debiendo ser
entregada por mensajero o mensajería contra acuse de recibo. A partir de la notificación por
escrito o de medios electrónicos que expidan un acuse de recibo de la Parte que la reciba,
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esta cuenta con un plazo de diez (10) días hábiles para contestar dicho requerimiento. En
caso de que la Parte obligada a proporcionar la información, requiera un plazo mayor para
contestar, debe manifestarlo, a través de los medios mencionados en las líneas que
anteceden, justificando su solicitud de prórroga. Dicha prórroga no puede ser mayor a cinco
(5) días hábiles.
Los avisos escritos deben dirigirse a las Partes a través de sus coordinadores como a
continuación se menciona:
Si el aviso es para la Solicitante
Dirección:
___________________________
___________________________
Persona coordinadora y persona
suplente:
___________________________
___________________________
Correos electrónicos:
___________________________
___________________________
Si el aviso es para la [Transportista / Distribuidora]
Dirección:
___________________________________________
___________________________________________
Persona coordinadora y persona suplente:
___________________________________________
___________________________________________
Correos electrónicos:
___________________________________________
___________________________________________
En caso de que cualquiera de las Partes desee cambiar de dirección, correo electrónico,
persona coordinadora o suplente de esta, debe avisarlo a la otra diez (10) días hábiles
previos al cambio.
Sexta. Personas coordinadoras. Cada una de las Partes debe designar a una persona
coordinadora y su correspondiente suplente, conforme a lo establecido en la cláusula Quinta
de este Contrato, para llevar a cabo las actividades que se requieren para el cumplimento
de este Contrato.
Las personas coordinadoras tienen las siguientes funciones:
a) Servir de vínculo entre las Partes para todos los asuntos relacionados con la
instrumentación y operación del presente Contrato;
b) Establecer procedimientos para intercambiar información con respecto al avance de la
construcción y desarrollo de las instalaciones, el avance de las instalaciones en el [Punto
de Interconexión /-/ Conexión], las pruebas y la Fecha Estimada de Operación;
c) Acordar por escrito las características necesarias para las pruebas de desempeño de los
sistemas de comunicación, protecciones y equipos relacionados con el Punto de
[Interconexión /-/ Conexión] conforme a las características técnicas que haya definido el
CENACE, y
d) Organizar los grupos de trabajo que sean necesarios para desarrollar sus funciones de
conformidad con el presente Contrato.
Las personas coordinadoras no tienen facultades para modificar o eliminar ninguna de las
disposiciones del presente Contrato. Todos los actos o decisiones de las personas
coordinadoras deben constar en actas que se levanten al efecto, las cuales deben estar
firmadas por la Parte que las hubiese designado y por dichas personas coordinadoras.
Séptima. Confidencialidad de la información. La información, que con motivo de la
celebración de este Contrato y sus Anexos obtenga una Parte acerca de la otra, no puede
ser dada a conocer a terceros ni ser utilizada para fines distintos a los del Contrato, salvo
autorización expresa y por escrito de la otra Parte. Por lo tanto, cada una de las Partes se
obliga, en nombre de sus empresas filiales, directores, empleados y representantes, a
mantener toda información que no sea del dominio público en estricta confidencialidad.
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Esta cláusula no resulta aplicable respecto de la información que: (i) le sea exigida por ley,
reglamento, proceso jurisdiccional o administrativo o en relación con algún litigio o proceso
contencioso del cual sea parte, en el entendido de que la Parte a la que le sea requerida
dicha información debe dar aviso a la otra Parte manifestando tal circunstancia dentro de
los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha en la que recibió la solicitud de la
información, o (ii) revele a algún cesionario potencial respecto de la cesión de los derechos
del Contrato o de los Anexos, siempre y cuando dicho cesionario potencial asuma las
obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula. No tiene carácter de
confidencial la información mínima que, de acuerdo con la LSE, la legislación en materia de
transparencia y las disposiciones emitidas por la SENER o la CNE en materia del Servicio
Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, entre otras, debe hacerse
pública por parte de la [Transportista / Distribuidora].
Octava. De la infraestructura requerida para la [Interconexión /-/ Conexión]. Las Partes
acuerdan que para el desarrollo, construcción, cesión o [Interconexión /-/ Conexión] física
de la infraestructura requerida para la [Interconexión /-/ Conexión] se debe observar lo
establecido en el Manual de Interconexión y Conexión, las DACGMA y las disposiciones
administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y
Distribución de Energía Eléctrica y se obligan a cumplir puntualmente con lo señalado en las
Declaraciones II, incisos b) y c), y III, inciso a), así como lo establecido en los Anexos del
Contrato.
Las Partes acuerdan que, para las Obras de Refuerzo, se debe observar lo establecido en
la cláusula Décima del Contrato.
Una vez que se concluya la construcción de toda la infraestructura requerida a la que hace
referencia esta cláusula y que la o las Unidades de Inspección, conforme a lo señalado en el
artículo 48, fracciones IV y V de la LSE, el Manual de Interconexión y Conexión, las
DACGMA y en las Declaraciones II, incisos b) y c), y III, inciso a) de este Contrato,
certifiquen, según corresponda, que las instalaciones para la [Interconexión /-/ Conexión]
cumplen con lo requerido conforme al Anexo C del Contrato, las Normas Oficiales
Mexicanas, especificaciones técnicas, características específicas de la infraestructura
requerida y otros estándares aplicables, la [Transportista / Distribuidora] debe llevar a
cabo la [Interconexión /-/ Conexión] física a que se refiere esta cláusula, dentro de las
setenta y dos (72) horas siguientes a la notificación de la orden correspondiente por parte
del CENACE, en términos de lo previsto en el artículo 48, párrafo cuarto de la LSE.
Novena. Modificaciones del Punto de [Interconexión /-/ Conexión]. En caso de que la
Solicitante requiera modificar alguna o algunas de sus características que haga necesario
un cambio en la infraestructura de la RNT o las RGD referente a la ubicación o
características del Punto de [Interconexión /-/ Conexión], la Solicitante debe proceder
conforme a lo establecido en el Manual de Interconexión y Conexión, las DACGMA y las
disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de
Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica.
En caso de que [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento de Energía
Eléctrica /y/ el Centro de Carga] ya se [encuentre(n) / interconectada(o) /-/ conectado] y
se realicen modificaciones a la RNT o a las RGD como resultado de las obras del
PLADESE y los PAM que impliquen modificaciones al Punto de [Interconexión /-/
Conexión], dichas obras se deben realizar sin cargo a la Solicitante.
Décima. Obras de Refuerzo. Las Partes acuerdan que para el desarrollo, construcción,
cesión o interconexión física de las Obras de Refuerzo requeridas para la [Interconexión /-/
Conexión] se debe observar lo establecido en el Manual de Interconexión y Conexión y
las DACGMA. Asimismo, se obligan a cumplir puntualmente con lo señalado en las
Declaraciones II, incisos b) y c), y III, inciso a), así como lo establecido en los Anexos del
Contrato.
Décima Primera. Instalación del Sistema de Medición. Comprende todo Sistema de
Medición que debe ser instalado para la liquidación o facturación con cargo a la Solicitante,
mismo que debe estar sujeto a las condiciones de diseño y operación, así como estar
acorde a lo establecido por el CENACE de conformidad con lo dispuesto en el Manual de
Interconexión y Conexión, el Manual de Medición para Liquidaciones, el Manual de
Requerimientos de Tecnologías de la Información y Comunicaciones para el Sistema
Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Mayorista, las disposiciones administrativas de
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carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía
Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico y en las Declaraciones II,
incisos b) y c), y III, inciso a) de este Contrato. Su instalación debe ser en el Punto de
[Interconexión /-/ Conexión] que, para efecto de facturación o liquidación, se considera
como Punto de entrega/recepción en concordancia con las Bases del Mercado Eléctrico y
el Manual de Medición para Liquidaciones, conforme a lo establecido en las Reglas del
Mercado y demás disposiciones jurídicas aplicables o debe estar ubicado conforme a los
supuestos previstos en las demás disposiciones vigentes en la materia. Dicho Sistema de
Medición debe ser de libre acceso para la [Transportista / Distribuidora] para revisiones,
mantenimiento y, en su caso, toma de lecturas.
La propiedad, uso y responsabilidades sobre los Sistemas de Medición para liquidación o
facturación instalados se determina conforme a lo establecido en las Reglas del Mercado,
las DACGMA y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio
Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de
Suministro Eléctrico. El Sistema de Medición para liquidaciones se debe otorgar en
comodato a la [Transportista / Distribuidora].
Décima Segunda. Prórrogas. El presente Contrato está sujeto a las condiciones
originalmente previstas, por lo que las modificaciones que acuerden las Partes deben
cumplir los respectivos procedimientos, el Manual de Interconexión y Conexión, la LFPA
y demás disposiciones aplicables, por la naturaleza del objeto del presente Contrato.
La Solicitante tiene como responsabilidad el cumplimiento de [las fechas de inicio y
terminación de la infraestructura requerida para la Interconexión /-/ Conexión y / la Fecha
Estimada de Operación de la Central Eléctrica /y/ del Sistema de Almacenamiento de
Energía Eléctrica /y/ del Centro de Carga], que debe ser congruente con lo establecido en
las Declaraciones II, incisos b) y c), así como III, inciso a) de este Contrato. Si la
Solicitante requiere de una prórroga mayor a seis (6) meses para [las fechas de inicio y
terminación de la infraestructura requerida para la Interconexión /-/ Conexión y / la Fecha
Estimada de Operación de la Central Eléctrica /y/ del Sistema de Almacenamiento de
Energía Eléctrica /y/ del Centro de Carga], esta se debe realizar conforme a la regulación
aplicable solicitando [la modificación del permiso de generación / almacenamiento de
energía eléctrica a la CNE o la prórroga correspondiente al Centro de Carga ante el
CENACE].
Así mismo, la Solicitante debe seguir el procedimiento establecido en el Manual de
Interconexión y Conexión para solicitar la validación de los estudios previamente emitidos
a efecto de solicitar la prórroga correspondiente y determinar si la infraestructura requerida
continúa siendo parte de la planeación original o pierde su condición original.
En caso de que [la CNE otorgue la modificación del permiso de generación /
almacenamiento de energía eléctrica o el CENACE otorgue la prórroga correspondiente al
Centro de Carga], la Solicitante debe ampliar por el mismo plazo las garantías
correspondientes a la infraestructura requerida para la [Interconexión /-/ Conexión] ante el
CENACE. Si se requiere infraestructura adicional esta también debe ser incluida en la
ampliación del monto de las garantías.
Una vez agotados los pasos previos señalados en esta Cláusula, las Partes deben llevar a
cabo la modificación a este Contrato, en lo relativo a las nuevas [fechas de inicio y
terminación de la infraestructura requerida para la Interconexión /-/ Conexión /y/ la Fecha
Estimada de Operación de la Central Eléctrica /y/ del Sistema de Almacenamiento de
Energía Eléctrica /y/ del Centro de Carga].
Por otra parte, la [Transportista / Distribuidora] debe informar a la Solicitante los motivos
de los retrasos que se presenten en las actividades que sean de su competencia con
respecto del plan de trabajo para la construcción de las obras.
Si la Solicitante identifica que existen retrasos en el plan de trabajo para la construcción de
las obras asociados a la [Transportista / Distribuidora] debe notificarlo a la CNE y al
CENACE, adjuntando las pruebas fehacientes que justifiquen su dicho, para la coordinación
y atención que resulte procedente.
Décima Tercera. Terminación anticipada de las obras de [Interconexión /-/ Conexión].
Si la Solicitante termina anticipadamente las Obras de [Interconexión /-/ Conexión] y, por
ende, solicita adelantar la Fecha Estimada de Operación, debe obtener la aprobación previa
correspondiente del CENACE.
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Una vez obtenida la aprobación a la que se refiere el párrafo anterior, las Partes deben
formalizar la adenda o convenio modificatorio correspondiente a este Contrato, en lo
relativo a la nueva fecha para la finalización de la infraestructura requerida para la
[Interconexión /-/ Conexión] y la Fecha Estimada de Operación.
Décima Cuarta. Medición y Mantenimiento. La medición y mantenimiento debe estar
sujeta a lo siguiente:
a) Del Medidor para liquidación o facturación (MF). Las Partes acuerdan cumplir con lo
indicado en las Bases del Mercado Eléctrico, el Manual de Interconexión y Conexión, el
Manual de Medición para Liquidaciones, el Manual de Requerimientos de Tecnologías de la
Información y Comunicaciones para el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico
Mayorista y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio
Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de
Suministro Eléctrico o aquellas que las sustituyan.
La Solicitante puede instalar y mantener a su propio cargo Sistemas de Medición de
respaldo en el Punto de [Interconexión /-/ Conexión], cuando la infraestructura y el
espacio disponible lo permitan, o en sus instalaciones, adicional al mencionado de
liquidación o facturación, siempre y cuando cumpla con la normatividad, características y
prácticas establecidas en las Bases del Mercado Eléctrico, el Manual de Interconexión y
Conexión, el Manual de Medición para Liquidaciones, el Manual de Requerimientos de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones para el Sistema Eléctrico Nacional y el
Mercado Eléctrico Mayorista y las disposiciones administrativas de carácter general en
materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como
aquellas en materia de Suministro Eléctrico o aquellas que las sustituyan.
La [Transportista / Distribuidora] debe realizar la recuperación de las lecturas del Sistema
de Medición que haya servido de base para la determinación de la cantidad de energía
entregada/recibida en el Punto de [Interconexión /-/ Conexión], de acuerdo con lo
establecido en las Bases del Mercado Eléctrico, el Manual de Interconexión y Conexión,
el Manual de Medición para Liquidaciones, el Manual de Requerimientos de Tecnologías de
la Información y Comunicaciones para el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico
Mayorista y las disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio
Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de
Suministro Eléctrico o aquellas que las sustituyan, a efecto de informar al CENACE lo
conducente;
b) De los Medidores para Monitoreo. Las Partes se comprometen a cumplir con las Bases
del Mercado Eléctrico, el Manual de Interconexión y Conexión, el Manual de Medición
para Liquidaciones, el Manual de Requerimientos de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones para el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Mayorista y las
disposiciones administrativas de carácter general en materia de Eficiencia, Accesibilidad,
Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Seguridad y Sostenibilidad del Sistema Eléctrico
Nacional, en materia del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía
Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico o aquellas que las sustituyan
y con las instrucciones que emita el CENACE en la materia, y
c) De la infraestructura de [Interconexión /-/ Conexión]. La operación y mantenimiento
de las instalaciones comprendidas entre [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de
Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga] y el Punto de [Interconexión
/-/ Conexión], es decir, las Obras Específicas son con cargo a la Solicitante y a su entera
responsabilidad. La Solicitante puede acordar la contratación de los servicios de la
[Transportista / Distribuidora] o de un tercero para el mantenimiento de la infraestructura
construida entre [la Central Eléctrica /y/ el Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica
/y/ el Centro de Carga] y el Punto de [Interconexión /-/ Conexión]. En el caso de que, de
común acuerdo entre las Partes, dicha infraestructura hubiere sido aportada o cedida por la
Solicitante a la [Transportista / Distribuidora], de conformidad con las DACGMA o las
disposiciones jurídicas aplicables en materia de cesión de Redes Particulares, la operación
y mantenimiento corresponde a esta última.
Décima Quinta. Notificaciones al CENACE. Las Partes deben mantener comunicación
con el CENACE para la notificación de programas de mantenimiento rutinario o de
emergencia que determinen en concordancia con lo establecido en la cláusula Décima
Cuarta del Contrato.
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Si en el SEN se pronostica o se presenta un estado operativo de emergencia, el CENACE
debe determinar las modificaciones o los ajustes necesarios a los programas de
mantenimiento para garantizar la operación del SEN de acuerdo con lo establecido en las
disposiciones administrativas de carácter general en materia de Eficiencia, Accesibilidad,
Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Seguridad y Sostenibilidad del Sistema Eléctrico
Nacional emitidas por la CNE, las Bases del Mercado Eléctrico y el Manual de
Programación de Salidas.
Asimismo, tanto la Solicitante como la [Transportista / Distribuidora] deben informarse
entre sí de todas las notificaciones que realicen al CENACE en relación con el Contrato.
Décima Sexta. Procedimiento de Resolución de Controversias. Las Partes acuerdan
que las controversias que se presenten entre la [Transportista / Distribuidora] y la
Solicitante se deben sujetar a lo previsto en las Reglas del Mercado y las disposiciones
administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de Transmisión y
Distribución de Energía Eléctrica, así como aquellas en materia de Suministro Eléctrico.
Décima Séptima. Otras responsabilidades. La [Transportista / Distribuidora] es
responsable de sus propios actos u omisiones, por lo que conviene en mantener a la
Solicitante libre de toda responsabilidad, en paz y a salvo de reclamaciones presentadas
por terceros incluyendo a empleados de la [Transportista / Distribuidora], que deriven de
actos u omisiones de la [Transportista / Distribuidora]. De igual manera, la Solicitante es
responsable de sus propios actos u omisiones, por lo que conviene en mantener a la
[Transportista / Distribuidora] libre de toda responsabilidad, en paz y a salvo de
reclamaciones presentadas por terceros, incluyendo a operadores y personal de
mantenimiento de la Solicitante o contratados por esta y a sus empleados, derivadas de
actos u omisiones de la Solicitante.
Décima Octava. Del incumplimiento de las obligaciones. Sin perjuicio de lo señalado en
la cláusula Tercera, inciso d) del presente Contrato, la Parte que incumpla alguna de las
obligaciones establecidas en el Contrato debe corregir su falta, sin exceder de un plazo de
treinta (30) días naturales, contados a partir de la fecha en que la otra Parte le haya
notificado dicho incumplimiento o de que la Parte en incumplimiento se lo informe. Si por la
naturaleza del incumplimiento no fuera posible resolverlo en dicho plazo, la Parte en
incumplimiento debe presentar un programa detallado de trabajo, dentro del referido plazo,
para subsanarlo. Presentado el programa, la Parte en cumplimiento tiene diez (10) días
naturales contados a partir de la recepción del programa, para aceptarlo o, en su caso, para
identificar y notificar a la Parte en incumplimiento las objeciones específicas al mismo. De
señalarse objeciones al programa, las Partes deben hacer su mejor esfuerzo para llegar a
un acuerdo respecto de dichas objeciones y, en caso de no llegar a un acuerdo dentro de un
plazo de quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha en que se hayan notificado
las objeciones al programa, las Partes deben proceder de conformidad con lo establecido
en la cláusula Décima Sexta del presente Contrato.
No se considera incumplimiento el que derive de una causa de Caso Fortuito o Fuerza
Mayor conforme a la cláusula Décima Novena del Contrato.
En caso de darse el incumplimiento del artículo 48, penúltimo párrafo de la LSE, la
Solicitante debe informar, a más tardar el día hábil siguiente a la fecha en que se actualice
este supuesto, al CENACE y a la CNE, a fin de que esta última determine si existe causa
justificada para ello y resolver al respecto.
Décima Novena. Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Con excepción de las obligaciones
pecuniarias, ninguna de las Partes es responsable por el incumplimiento de sus
obligaciones al tenor del Contrato, siempre que, dicho incumplimiento o retraso sea
originado por causas de Caso Fortuito o Fuerza Mayor entendiendo por éstos los hechos o
acontecimientos del ser humano o de la naturaleza que no sean previsibles o, aun siendo
previsibles, no puedan evitarse por las Partes con el uso de la debida diligencia. La Parte
que lo sufra debe notificarlo y acreditarlo fehacientemente a la otra conforme a lo
establecido en la cláusula Vigésima del Contrato.
Para los efectos del presente Contrato, dentro del Caso Fortuito o Fuerza Mayor se debe
incluir, en forma enunciativa mas no limitativa, lo siguiente:
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a) Cualquier acción u omisión de cualquier autoridad gubernamental que impida o retrase el
cumplimiento de las obligaciones de cualquiera de las Partes, siempre y cuando dicha
acción u omisión no sea imputable a alguna de las Partes o causada por ella;
b) Terremoto, explosión, fuego, inundación, huracán, y otros fenómenos meteorológicos,
epidemias, disturbios civiles, huelgas que sean declaradas legalmente procedentes por las
autoridades competentes, o cualquier hecho igualmente grave que impida el cumplimiento
de las obligaciones, y
c) Las condiciones operativas que se presenten en el SEN, la RNT o las RGD que impidan
llevar a cabo alguna actividad en específico con la finalidad de preservar la Confiabilidad y
Seguridad del SEN y que no sean atribuibles al CENACE, la Transportista, la
Distribuidora o la Solicitante.
La Parte cuyo cumplimiento de obligaciones se viere afectado por el Caso Fortuito o la
Fuerza Mayor, debe:
a) Realizar todos los esfuerzos a su alcance para reducir o eliminar los efectos del Caso
Fortuito o la Fuerza Mayor respecto del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del
presente Contrato;
b) Notificar a la otra Parte cuando desaparezca el Caso Fortuito o la Fuerza Mayor en un
plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha en la que se actualice
este supuesto, y
c) Reasumir de inmediato el cumplimiento de sus obligaciones en cuanto desaparezca el
Caso Fortuito o la Fuerza Mayor.
No se considera Caso Fortuito o Fuerza Mayor, en forma enunciativa mas no limitativa, lo
siguiente:
a) Cualquier acto, evento o condición que sea causado por la negligencia o acto
intencionado de cualquiera de las Partes, subcontratista o proveedor de cualquiera de las
Partes, de sus afiliadas u otra persona en relación con el cumplimiento de las obligaciones
respectivas de las Partes en virtud de este Contrato;
b) Cualquier acto, evento o condición que sea razonablemente previsible en la fecha de la
formalización de este Contrato que una persona diligente puede haber esperado de forma
razonable: (i) de tener en cuenta en dicha fecha de formalización, y (ii) que puede haber
evitado o contra la cual se puede haber protegido utilizando esfuerzos comercialmente
disponibles y razonables;
c) Cambios en la condición financiera de cualquiera de las Partes, o cualquier proveedor o
subcontratista que afecte la capacidad de cualquiera de las Partes para cumplir sus
obligaciones respectivas;
d) Cambios en la paridad cambiaria y en las condiciones del mercado;
e) La entrega tardía de maquinaria, equipo, materiales y combustible u otras de naturaleza
análoga;
f) Deficiencias en la calidad de los materiales o equipos de [la Central Eléctrica /y/ el
Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga], o de los
combustibles utilizados, y
g) Aumento en el precio o costos de los materiales o equipos de [la Central Eléctrica /y/ el
Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica /y/ el Centro de Carga], o de los
combustibles utilizados.
Vigésima. Obligación de notificar el Caso Fortuito o Fuerza Mayor. En caso de que
ocurra el Caso Fortuito o Fuerza Mayor, la Parte cuyo cumplimiento se ve afectado debe
notificarlo a la otra Parte, en un plazo no mayor a diez (10) días naturales a partir de la
fecha en que se presente el Caso Fortuito o Fuerza Mayor, así como a las entidades
correspondientes conforme a la normativa aplicable. La notificación para la otra Parte debe
contener:
a) Una descripción completa del Caso Fortuito o Fuerza Mayor;
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b) Pruebas documentales que de manera fehaciente demuestren la existencia del Caso
Fortuito o Fuerza Mayor;
c) El plazo durante el que se prevé que el Caso Fortuito o Fuerza Mayor continúe
impidiendo el cumplimiento de las obligaciones de alguna de las Partes conforme a este
Contrato;
d) La obligación u obligaciones cuyo cumplimiento se ve afectado por el Caso Fortuito o
Fuerza Mayor, y
e) Las medidas a implementar por la Parte cuyo cumplimiento de obligaciones se hace
imposible para remediar, eliminar o mitigar los efectos causados por el Caso Fortuito o
Fuerza Mayor.
Si el Caso Fortuito o Fuerza Mayor impide el cumplimiento de las obligaciones de alguna de
las Partes solo parcialmente, dicha Parte debe notificarlo de inmediato y continuar
cumpliendo con todas las demás obligaciones que no se vean afectadas por el Caso
Fortuito o Fuerza Mayor.
Vigésima Primera. Cesión de derechos. La [Transportista / Distribuidora] se obliga a no
ceder a terceras personas, físicas o morales, los derechos y obligaciones que se deriven del
presente Contrato, salvo lo previsto por la cláusula Vigésima Cuarta del Contrato.
Vigésima Segunda. Interrupción de los Servicios. Los servicios objeto de este Contrato
pueden suspenderse sin responsabilidad para la [Transportista / Distribuidora] cuando se
pongan o puedan ponerse en riesgo las instalaciones de la RNT o las RGD, en caso de
emergencia o de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, así como en los supuestos previstos en las
disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de
Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, conforme a lo establecido en el artículo 117
del Reglamento. Asimismo, los servicios objeto de este Contrato pueden suspenderse
cuando se actualice alguno de los supuestos establecidos en el artículo 56 de la LSE.
La [Transportista / Distribuidora] con las instrucciones del CENACE debe realizar el
máximo esfuerzo técnico para normalizar las condiciones operativas en el menor tiempo
posible, dentro del área de su responsabilidad. Por su parte la Solicitante debe
proporcionar el apoyo necesario a la [Transportista / Distribuidora] de acuerdo con las
instrucciones del CENACE, absteniéndose de realizar maniobra diferente alguna.
Vigésima Tercera. Obligaciones fiscales. Cada una de las Partes debe hacer el pago de
los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos, recargos, multas y cualquier cargo
de naturaleza fiscal que le corresponda en los términos establecidos en la legislación
tributaria aplicable. Por tanto, ninguna de las Partes está obligada a absorber ninguna
obligación fiscal correspondiente a la otra Parte.
Vigésima Cuarta. No Transferencia del Contrato. El presente Contrato y sus Anexos, así
como los derechos y obligaciones que de ellos se derivan, no son susceptibles de ser
transferidos por ninguna de las Partes, salvo por el caso de que se haya efectuado la
transmisión total de los derechos derivados de los documentos mencionados en los incisos
b) y c) de la Declaración II del Contrato y se formalice dicho acto entre las Partes.
No obstante lo previsto en esta cláusula, en el caso de escisión, fusión o transformación de
la [Transportista / Distribuidora] o de la Solicitante en una o varias entidades, los
derechos y obligaciones derivados de este Contrato y sus Anexos pueden ser transferidos
a la persona que acredite la legítima titularidad de estos.
Vigésima Quinta. Totalidad del Contrato. Las Partes están de acuerdo en que el presente
Contrato sustituye todos los contratos y convenios anteriores, escritos, orales y aquellos
realizados por medios electrónicos autorizados, realizados entre las Partes en relación con
el objeto del presente Contrato. Ningún contrato celebrado con anterioridad, ninguna
negociación entre las Partes en el curso de sus transacciones, ni ninguna declaración de
cualquier funcionario, empleado, apoderado o representante de cada una de las Partes,
hecha con anterioridad a la celebración del presente Contrato, puede ser admitida en la
interpretación de los términos y condiciones de este.
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Vigésima Sexta. Ejecución de las Garantías. En caso de que la Solicitante decida no
realizar la infraestructura requerida, incluyendo en su caso las Obras de Refuerzo a la RNT
o a las RGD o las obras, ampliaciones o modificaciones en el Punto de [Interconexión /-/
Conexión], no las realice en la fecha estimada de inicio y terminación de la infraestructura
requerida, o incumpla con la Fecha Estimada de Operación y no se haya solicitado u
otorgado la prórroga correspondiente, debe cubrir el monto que el CENACE haya
determinado para la Solicitante, a través de la ejecución total o parcial de la garantía
respectiva, en términos del Manual de Interconexión y Conexión, o se debe proceder
conforme a lo señalado en el convenio de Aportaciones que, en su caso, haya suscrito.
Vigésima Séptima. Penas Convencionales. De conformidad con lo establecido en el
artículo 107 del Reglamento, las Partes acuerdan y aceptan que, para aquellos casos en
que no se permita llevar a cabo la revisión de los Sistemas de Medición, se debe fijar como
pena convencional el pago mensual de una prestación, establecida conforme a las
disposiciones administrativas de carácter general en materia del Servicio Público de
Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, durante el periodo en el que subsista esta
condición.
Vigésima Octava. Relación entre las Partes. Las Partes convienen en que ninguna de
ellas adquiere, por virtud de la celebración del presente Contrato, responsabilidad laboral
o civil alguna con respecto a los empleados o prestadores de servicios de la otra Parte, por
lo que cada Parte conviene en mantener a la otra libre y a salvo y a indemnizarla por los
daños y perjuicios que en su caso se le lleguen a causar, comprometiéndose a cooperar con
la otra Parte en caso de que a esta se le pretenda imputar cualquier tipo de responsabilidad
laboral o civil.
La Solicitante es responsable por todos los permisos, impuestos, derechos, penalizaciones,
sanciones y cualquier otro cargo o autorización que le corresponda, derivado del presente
Contrato.
Vigésima Novena. Cambio de Ley y actualización de documentos. En caso de que
ocurriese un Cambio de Ley, las Partes acuerdan en celebrar el convenio modificatorio
para realizar las modificaciones que sean necesarias a este Contrato y a sus Anexos para
que se mantenga el equilibrio económico y sus estipulaciones con el menor cambio posible
y se cumplan los objetivos, términos y condiciones pactados en los mismos, dichos cambios
se deben someter a la CNE para su consideración y, en su caso, aprobación.
Trigésima. Domicilios convencionales. Para los efectos que se deriven de la aplicación
del presente Contrato, las Partes señalan como sus domicilios los siguientes:
La [Transportista / Distribuidora]: __________________________, con domicilio en
___________ Col. _________, C.P. _____, [demarcación territorial / Municipio _________,
(entidad federativa)].
La Solicitante: _________________________, con domicilio en ___________ Col.
_________, C. P. _______, [demarcación territorial / Municipio _________, (entidad
federativa)].
Cualquier cambio de domicilio de las Partes debe ser notificado a la otra, con acuse de
recibo, con diez (10) días naturales de anticipación a la fecha en que se quiera que surta
efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las notificaciones se entienden válidamente
hechas en los domicilios señalados.
Trigésima Primera. Restricción. En ninguna circunstancia las Partes pueden dar en
garantía los bienes del dominio público.
Trigésima Segunda. Legislación aplicable. Todo lo no expresamente previsto en el
presente Contrato se rige por la LSE, el Código de Comercio, la LEPECFE y, en su caso,
sus reglamentos y, supletoriamente, por el Código Civil Federal, el Código Nacional de
Procedimientos Civiles y Familiares y demás ordenamientos jurídicos aplicables,
incluyendo los de carácter fiscal. En caso de controversia, las Partes se someten a la
jurisdicción de los tribunales federales donde se ubique el respectivo [Punto de
Interconexión /-/ Conexión], renunciando la [Transportista / Distribuidora] y la
Solicitante desde ahora a la jurisdicción que le pudiere corresponder debido a su domicilio,
presente o futuro.
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Una vez leído el presente Contrato y enteradas “Las Partes” de su contenido y alcances,
lo firman [en ____ tantos / de manera electrónica por medio del “NOMBRE DEL SISTEMA
HABILITADO PARA TAL FIN”] en [demarcación territorial / Municipio _________, (entidad
federativa)], el [fecha].
POR:
“LA [TRANSPORTISTA / DISTRIBUIDORA]”
(Nombre, cargo y firma)
(Nombre, cargo y firma)
POR:
“LA SOLICITANTE”
(Nombre, cargo y firma)
(Nombre, cargo y firma)
Las
firmas
y
antefirmas
que
anteceden
corresponden
al
Contrato
celebrado
[electrónicamente en el “NOMBRE DEL SISTEMA HABILITADO PARA TAL FIN”] entre las
Partes, el [fecha].
Artículo Segundo. El modelo de contrato para la interconexión, conexión o ambas a la Red Nacional de
Transmisión o a las Redes Generales de Distribución para Centrales Eléctricas, Sistemas de Almacenamiento
de Energía Eléctrica y Centros de Carga, es aplicable para:
I. Centrales Eléctricas con un permiso de generación de energía eléctrica otorgado por la Comisión
Nacional de Energía o por la extinta Comisión Reguladora de Energía, para su interconexión al Sistema
Eléctrico Nacional; incluyendo aquellas que se encuentren bajo la figura de Autoconsumo o en la modalidad
de cogeneración cuando estas pretendan sincronizarse con el Sistema Eléctrico Nacional;
II. Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica con un permiso de almacenamiento de energía
eléctrica otorgado por la Comisión Nacional de Energía, y
III. Centros de Carga que se conecten o requieran infraestructura en la Red Nacional de Transmisión o las
Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista; incluyendo a todos los
Usuarios Calificados, así como aquellos que se encuentren registrados ante la Comisión Nacional de Energía
como Usuarias de Autoconsumo. Asimismo, también aplica a todos los Centros de Carga que se conecten en
las Redes Generales de Distribución con carga contratada mayor o igual a 1 MW aun cuando estos sean
Usuarias de Suministro Básico.
Los Centros de Carga que no actualicen el supuesto previsto en la fracción III, no requieren la suscripción
de un contrato de conexión, no obstante, deben cumplir lo establecido en las disposiciones en materia de
Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como de Suministro Eléctrico que
resulten aplicables.
Artículo Tercero. Para los supuestos aplicables a que hace referencia el artículo anterior, se establece lo
siguiente:
I. Si la instalación requiere sincronizarse al Sistema Eléctrico Nacional o inyectar energía eléctrica a la Red
Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución, esta debe suscribir un contrato de
interconexión;
II. Si la instalación requiere retirar o consumir energía eléctrica desde la Red Nacional de Transmisión o
las Redes Generales de Distribución, esta debe suscribir un contrato de conexión, y
III. Si la instalación requiere realizar las actividades señaladas en las fracciones I y II a través del mismo
punto de interconexión-conexión, esta debe suscribir un contrato de interconexión-conexión. En su caso, si
posteriormente desea realizar solo una de las dos actividades, puede solicitar la modificación del contrato de
interconexión-conexión por un contrato de conexión o un contrato de interconexión, según corresponda.
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DIARIO OFICIAL
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En todos los casos se debe contar con la instrucción del Centro Nacional de Control de Energía para la
celebración del contrato respectivo. El Centro Nacional de Control de Energía puede instruir adendas o
convenios modificatorios a los contratos respectivos derivado de la modificación u obtención de un nuevo
permiso de generación o almacenamiento de energía eléctrica, por la modificación técnica de la instalación o
cualquier otro supuesto previsto, conforme a las facultades que le otorga la Ley del Sector Eléctrico y demás
ordenamientos jurídicos aplicables.
Artículo Cuarto. Los contratos de interconexión, conexión e interconexión-conexión a la Red Nacional de
Transmisión o a las Redes Generales de Distribución, así como sus adendas o convenios modificatorios,
pueden ser suscritos utilizando medios electrónicos o con la Firma Electrónica Avanzada, en cuyo caso estos
se deben adecuar únicamente por lo que hace al uso de medios electrónicos, en términos de la Ley de la
Firma Electrónica Avanzada y demás normatividad aplicable.
Artículo Quinto. Las Centrales Eléctricas que pretendan operar bajo la figura de Generación Distribuida,
con Capacidad Instalada menor a 0.7 MW, no requieren la suscripción de un contrato de interconexión
conforme al modelo que se expide mediante el presente Acuerdo, para estos casos se debe suscribir un
contrato de interconexión conforme al modelo expedido mediante las disposiciones administrativas de carácter
general en materia de Generación Distribuida o aquel que lo sustituya. Derivado de lo anterior, no resulta
procedente la interconexión de instalaciones de generación exenta a la Red Nacional de Transmisión cuando
esta no se encuentre asociada a la Red Particular de los Centros de Carga que hayan celebrado o celebren
un contrato de conexión a la Red Nacional de Transmisión.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entra en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se abrogan los siguientes instrumentos normativos emitidos por la extinta Comisión
Reguladora de Energía:
I. Resolución Núm. RES/949/2015 por la que la Comisión Reguladora de Energía expide el modelo de
contrato de interconexión de acceso abierto y no indebidamente discriminatorio para Centrales Eléctricas
interconectadas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución, conforme al
artículo 12, fracción XV de la Ley de la Industria Eléctrica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03
de febrero de 2016;
II. Resolución Núm. RES/950/2015 por la que la Comisión Reguladora de Energía expide el modelo de
contrato de conexión de acceso abierto y no indebidamente discriminatorio para centros de carga conectadas
a tensiones mayores a 1 kV a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución,
conforme al artículo 12, fracción XV de la Ley de la Industria Eléctrica, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 04 de febrero de 2016;
III. Aclaración a la Cláusula Sexta, Octava, Décima Cuarta, Décima Quinta y Décima Octava de la
Resolución Núm. RES/949/2015, mediante la cual se expide el modelo de contrato de interconexión de
acceso abierto y no indebidamente discriminatorio para centrales eléctricas interconectadas a la Red Nacional
de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución, publicado el 3 de febrero de 2016, publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 04 de mayo de 2016, y
IV. Aclaración a la Cláusula Sexta, Novena, Décima Cuarta, Décima Quinta y Vigésima Sexta de la
Resolución Núm. RES/950/2015, mediante la cual se expide el modelo de contrato de conexión de acceso
abierto y no debidamente discriminatorio para centros de carga conectados a tensiones mayores a 1kV a la
red nacional de transmisión o a las redes generales de distribución, publicado el 4 de febrero de 2016,
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04 de mayo de 2016.
TERCERO. Para el caso de las Centrales Eléctricas bajo la figura de generación exenta asociadas a la
Red Particular de los Centros de Carga que hayan celebrado o celebren un contrato de conexión a la Red
Nacional de Transmisión, estas no deben inyectar energía eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional. El Centro
de Carga es responsable de instalar los equipos de protección y seccionamiento necesarios en su Red
Particular para cumplir con lo anterior, así como para garantizar la seguridad de las instalaciones.
Ciudad de México, a 02 de marzo de 2026.- El Director General, Juan Carlos Solís Ávila.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las
entidades federativas, a los municipios, a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y a los entes
públicos de unas y otros, el cumplimiento dado a la sentencia definitiva de seis de octubre de dos mil veinticinco,
dictada en el juicio de nulidad 16748/24-17-06-3, promovido por la empresa Gott Und Gluck, S.A. de C.V., por
medio de la cual la Sexta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa,
declaró la nulidad de la resolución del veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, emitida dentro del procedimiento
administrativo número SANC.0001/2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía.- Área de
Responsabilidades.- Oficina de Representación en el Servicio Geológico Mexicano.- Expediente:
SANC.0001/2023.
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS MUNICIPIOS, A LAS DEMARCACIONES
TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y A LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, EL CUMPLIMIENTO
DADO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DE SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, DICTADA EN EL JUICIO DE
NULIDAD 16748/24-17-06-3, PROMOVIDO POR LA EMPRESA GOTT UND GLUCK, S.A. DE C.V., POR MEDIO DE LA
CUAL LA SEXTA SALA REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA
ADMINISTRATIVA, DECLARÓ LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN DEL VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL
VEINTICUATRO, EMITIDA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NÚMERO SANC.0001/2023.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS,
DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, Y ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS
P R E S E N T E S.
Esta autoridad hace de su conocimiento que dentro del juicio contencioso administrativo
16748/24-17-06-3, la Sexta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, por sentencia de seis de octubre de dos mil veinticinco, resolvió lo siguiente:
“(...)
RESULTADO
1°. PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA. Por escrito presentado ante la Oficialía de
Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, el 12 de julio
de 2024, la C. MARCELA SEPÚLVEDA DÍAZ, en representación legal de GOTT UND
GLUCK, S.A. DE C.V., compareció a demandar la nulidad de la resolución de fecha 22
de mayo de 2024, dictada en el expediente administrativo número SANC.0001/2023,
emitida por la Titular del Área de Especialidad en Responsabilidades, en el Ramo
Economía del Órgano Interno de Control Especializado en Responsabilidades de la
Secretaría de la Función Pública, mediante la cual se le impuso la sanción económica
consistente en una multa por la cantidad de $144,330.00 y la sanción administrativa
consistente en una inhabilitación por tres meses para participar de manera directa o por
interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados
por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
(...)
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción IV,
y 52, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es de
resolverse y se resuelve:
(...)
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II.- Se declara la nulidad de la resolución impugnada cuyas características quedaron
precisadas en el Resultando Primero de esta sentencia, por los motivos expresados en
el último considerando de este fallo.
...” (sic)
En ese sentido, en cumplimiento a lo determinado en la sentencia de mérito, se comunica que, dentro del
procedimiento administrativo de sanción a licitantes, proveedores y/o contratistas número SANC. 0001/2023,
se emitió un acuerdo en fecha treinta de enero dos mil veintiséis, por el que se dejó sin efectos la resolución
del veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, mediante la cual se resolvió en definitiva el procedimiento en
comento, por lo que ha quedado nula la resolución sancionadora, así como sus efectos.
Atentamente
Ciudad de México, a 10 de marzo de 2026.- Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de
Control en la Secretaría de Economía, Maestra Marlene Eréndira Jardón Martínez.- Rúbrica.
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las
empresas públicas del Estado, a la Fiscalía General de la República, a las entidades federativas y sus municipios,
así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o
celebrar contratos con la empresa Lavandería y Tintorería de la Península, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área
de Responsabilidades.- Expediente: PISI-A-NC-DS-0025/2024.
CIRCULAR No. SABG/OICGYR/AR/1322/2026
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA
CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON
LA EMPRESA LAVANDERÍA Y TINTORERÍA DE LA PENÍNSULA, S.A. DE C.V.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO,
FISCALÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA,
ENTIDADES
FEDERATIVAS
Y
SUS
MUNICIPIOS,
ASÍ
COMO
LAS
DEMARCACIONES
TERRITORIALES
DE
LA
CIUDAD
DE MÉXICO
PRESENTES
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 2, 11, 26, fracción I, 26 Bis, fracción II, 27, 28, fracción I, 34, 59, 60, fracción IV, 61 y 63 de
la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicada en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 04 de enero del 2000, y sus modificaciones posteriores vigentes hasta el 16 de abril de
2025, conforme a lo previsto en los Transitorios Sexto y Séptimo del Decreto por el que se expide la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y, se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley Federal de Austeridad Republicana; de la Ley de la Economía Social y Solidaria y de
la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicado en el DOF el 16 de abril de 2025; 50, 114, fracción III y
115 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente a la
fecha de los hechos, de conformidad con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que se expide el
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el DOF
el 18 de diciembre de 2025; 1, 2, 3, 13, 15, 19, 35, 36, 38, 50, 56, 60, párrafo tercero, 70, fracciones II y VI, 72
y 74 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 18, 26, fracción XIII, 37, fracciones XL y XLI, y 44
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Transitorios Cuarto y Quinto del Decreto por el que
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se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, publicado el 28 de noviembre de 2024 en el DOF; 62, primer párrafo de la Ley Federal de Entidades
Paraestatales; 1, 2, apartado B, fracción I, inciso c), 69, fracción III, 72, 75, fracción XII, y Transitorio Sexto del
Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno publicado en el DOF el 31 de diciembre
de 2024; 83, párrafos Primero, Segundo, Tercero, Sexto y Octavo del Reglamento Interior del Instituto
Mexicano del Seguro Social; el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar
para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet
(ahora ComprasMX); 1, fracción LXXXVIII del Acuerdo por el que se determina la organización y coordinación
de los Órganos Internos de Control y Unidades de Responsabilidades, y en cumplimiento a lo ordenado en el
Resolutivo Tercero de la Resolución de fecha 23 de febrero de 2026, que se dictó en el expediente de
sanción número PISI-A-NC-DS-0025/2024, en el que se concluyó el procedimiento administrativo incoado a la
empresa LAVANDERÍA Y TINTORERÍA DE LA PENÍNSULA, S.A. DE C.V., determinándose imponerle las
sanciones de INHABILITACIÓN POR EL PLAZO DE 1 (UN) AÑO para que por sí misma o a través de
interpósita persona no pueda presentar propuestas ni celebrar contrato alguno de los regulados sobre las
materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas,
así como la multa impuesta en el Resolutivo Segundo de la citada resolución.
En ese sentido, conforme a lo dispuesto en el Resolutivo Quinto de la multicitada resolución, esta
autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al que se publique la presente
Circular en el DOF, deberán abstenerse de recibir propuestas y/o celebrar contrato alguno sobre las materias
de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con
dicha empresa, de manera directa o a través de interpósita persona, por el plazo de 1 (UN) AÑO.
En caso de que, el día que se cumpla el plazo de la inhabilitación, la empresa LAVANDERÍA Y
TINTORERÍA DE LA PENÍNSULA, S.A. DE C.V., no haya pagado la multa impuesta antes citada, la
inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, para lo cual, se acreditará
que ha pagado la multa que se impuso, presentando ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno el
documento probatorio del pago correspondiente, a fin de que se elimine el registro de la sancionada en el
portal Compras MX (antes CompraNet), sin que sea necesaria la publicación de algún otro comunicado,
conforme a lo previsto en los artículos 60, antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público vigente a la fecha de los hechos, de conformidad con los Transitorios Sexto y
Séptimo del Decreto por el que se expide la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público y, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Austeridad
Republicana; de la Ley de Economía Social y Solidaria y de la Ley General de Sociedades Cooperativas,
publicado el 16 de abril de 2025 en el DOF, y 113 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público vigente a la fecha de los hechos, en relación con el Transitorio Décimo Tercero
del Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, publicado en el DOF el 18 de diciembre de 2025.
En virtud de lo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la
mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular, en términos del
artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
vigente a la fecha de los hechos, en relación con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que se
expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado
en el DOF el 18 de diciembre de 2025.
Las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deben
cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la
obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios
que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a 10 de marzo de 2026.- Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de
Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Alberto Mociñoz Gutiérrez.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO
DECLARATORIA de causa de utilidad pública relativa a 19,674.431 m2 (diecinueve mil seiscientos setenta y
cuatro punto cuatrocientos treinta y un metros cuadrados), correspondientes a 4 (cuatro) inmuebles de propiedad
privada; en el Municipio de Huimanguillo en el Estado de Tabasco, que serán destinados para la construcción de
obras de infraestructura pública relacionadas con el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de
Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.-
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
EDNA ELENA VEGA RANGEL, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en
lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la
facultad que me confieren los artículos 1o., 2o. fracción I, 26 y 41 fracción XXIV de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal; 1o. fracción III Bis, 2o. y 3o. de la Ley de Expropiación; así como 1, 3, 5 y 6
fracción XXXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que
"La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde
originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los
particulares, constituyendo la propiedad privada" y que "Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de
utilidad pública y mediante indemnización"; en tanto que el artículo 28 de la misma Constitución, en su párrafo
cuarto, señala expresamente que "...los ferrocarriles tanto para transporte de pasajeros como de carga, son
áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al
ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación";
Que la Ley de Expropiación es de interés público, y establece como causa de utilidad pública la
"construcción de obras de infraestructura pública y la prestación de servicios públicos que requieran de bienes
inmuebles y sus mejoras, derivada de concesión, de contrato o de cualquier acto jurídico celebrado en
términos de las disposiciones legales aplicables" (artículo 1o. fracción III Bis);
Que en el apartado “Objetivos y Estrategias” del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030; en el “Objetivo
3.7: Mejorar la movilidad de personas y mercancías en todo el territorio nacional y transfronterizo,
incrementando la competitividad del país mediante la consolidación de una red intermodal de infraestructura
para un transporte eficiente, sostenible y seguro”, en la “Estrategia 3.7.3”, se establece:
“Desarrollar infraestructura ferroviaria para mejorar el transporte de pasajeros y carga
mediante la expansión e integración de la red con un enfoque intermodal, fortaleciendo la
integración territorial y ofreciendo un servicio económico, seguro, sostenible y eficiente.”
Que, de conformidad al apartado “Objetivos y Estrategias” del referido Plan; en el “Objetivo 4.1: Fortalecer
la seguridad y la soberanía energética, promoviendo la autosuficiencia con un enfoque sustentable
que garantice el acceso equitativo a la energía y reduzca la dependencia del exterior”, en la “Estrategia 4.1.3”,
se señala:
“Mantener e incrementar la producción de hidrocarburos para reducir la dependencia externa
y asegurar el abastecimiento energético.”
Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (PSEDATU) 2025-2030, publicado
en el DOF el 1 de septiembre de 2025, establece en su Estrategia 2.3 “Promover políticas de movilidad
sustentable, segura, accesible e incluyente, para mejorar la conectividad del territorio, la prosperidad de las
regiones y el bienestar de las personas”;
Que el Programa Sectorial de Marina 2025-2030, publicado en el DOF el 8 de septiembre de 2025,
establece en su Estrategia 3.5 “Fortalecer la red portuaria, aeroportuaria, ferroviaria y logística multimodal
para mejorar la conectividad del país y contribuir al desarrollo nacional” y en sus Líneas de acción 3.5.2 y
3.5.5 “Desarrollar infraestructura de conexión entre los medios marítimo, ferroviario, carretero, aéreo y fluvial
mediante sistemas de transporte multimodal integrados y nodos logísticos regionales” y “Consolidar el
Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec como plataforma logística multimodal que integre
la prestación de servicios de las ASIPONAS de Coatzacoalcos, Salina Cruz, Dos Bocas y Puerto Chiapas, y
su interconexión por conducto del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec”, respectivamente;
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Que, de conformidad con el Programa Institucional del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec 2025-2030,
aprobado mediante acuerdo publicado en el DOF el 29 de octubre de 2025, en su Estrategia 1.1 “Fortalecer la
infraestructura, operación y mantenimiento de las Líneas Férreas del Ferrocarril Interoceánico, para alcanzar
su modernización” y en su Línea de Acción 1.1.1 “Rehabilitar y promover el mantenimiento de la
infraestructura férrea para garantizar seguridad operativa y mayor velocidad”;
Que, el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al
Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, conectará la estación Chontalpa con la Refinería Olmeca
en Dos Bocas, y no solo responde a una necesidad técnica de completar la red ferroviaria del Istmo de
Tehuantepec, sino que constituye un elemento clave en la estrategia nacional de integración logística y
aprovechamiento de infraestructura energética. La conexión ferroviaria directa de una instalación de la
magnitud e importancia estratégica de la Refinería Olmeca con los principales puertos marítimos del Golfo de
México y del Pacífico permite a la Federación optimizar el transporte de insumos y productos refinados,
reducir significativamente los costos logísticos y mejorar la capacidad de respuesta ante las demandas del
mercado interno y externo.
Que Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V. elaboró dictámenes técnicos de viabilidad del
Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor
Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, en los que se concluye que la consolidación de este corredor
ferroviario incrementará la eficiencia en el manejo y distribución de combustibles, fortalecerá la soberanía
energética y contribuirá al equilibrio de la balanza comercial mediante un mejor acceso a mercados
internacionales. En términos sociales, la construcción y operación del Ramal Línea FA impulsará la
generación de empleo directo e indirecto, dinamizará las economías locales a lo largo de su trazo y fomentará
el establecimiento de polos de desarrollo industrial vinculados con la actividad portuaria y energética,
asimismo, mejorará la infraestructura urbana, motivando el aumento de oportunidades para empresas
locales y en la atracción de inversión privada y extranjera interesada en aprovechar las ventajas logísticas de
la región;
Que Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., es una empresa de participación estatal
mayoritaria sectorizada en la Secretaría de Marina, como se desprende de la “Relación de las Entidades
Paraestatales de la Administración Pública Federal”, publicada en el DOF el 14 de agosto de 2025, creada
mediante escritura pública número 56,786 (cincuenta y seis mil, setecientos ochenta y seis) de fecha 19 de
octubre de 1999, otorgada ante la fe del Notario Público número 19 de la Ciudad de México, Miguel Alessio
Robles, la cual tiene por objeto social:
La operación, mantenimiento, explotación y, en su caso, construcción de vías generales
de comunicación ferroviaria que le sean concesionados, inclusive aquellas que se
encuentran dentro de patios y que resulten necesarias para la operación de dichas vías,
así como de cualquiera de sus partes integrantes, incluyendo en forma enunciativa pero
no limitativa, el derecho de vía, el derecho de paso, los centros de control de tráfico y las
señales para la operación ferroviaria.
La prestación del servicio público de transporte ferroviario, utilizando para ello las vías
generales de comunicación ferroviaria y cualquier tipo de servicios auxiliares que
resulten necesarios para ello.
La prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga, incluyendo en forma
enunciativa más no limitativa, el servicio de arrastre de vehículos de terceros, las
instalaciones en las que se realice la recepción, almacenamiento, clasificación,
consolidación y despacho de todo tipo de bienes.
La prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros, incluyendo la
construcción, administración y mantenimiento de las instalaciones en donde se efectúe
la salida y llegada de trenes, y el ascenso y descenso de pasajeros.
Construir, operar y explotar terminales e instalaciones para la prestación de los
servicios auxiliares en los términos de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario
y su Reglamento.
Prestar servicios de interconexión, otorgar derechos de arrastre y derechos de paso, así
como explotar los que le sean prestados u otorgados.
Operar los servicios de vigilancia, así como el control de accesos y tránsito de personas,
vehículos y bienes en las terminales ferroviarias que explote, sin perjuicio de las
facultades de las autoridades competentes.
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La realización de todo tipo de estudios para la explotación de negocios relacionados con
la prestación del servicio público de transporte ferroviario, así como la planeación,
programación y ejecución de las acciones necesarias y convenientes para la promoción,
operación y desarrollo de los servicios ferroviarios, a fin de lograr la mayor eficiencia
y competitividad.
Adquirir en propiedad o en arrendamiento y disponer en cualquier forma de toda clase
de bienes muebles, incluyendo en forma enunciativa más no limitativa, toda clase de
equipo ferroviario, así como de los inmuebles que sean necesarios para la realización
de su objeto social.
(…)
Que el 2 de mayo de 2000, se publicó en el DOF la Asignación que otorga el Gobierno Federal por
conducto de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes en favor de Ferrocarril del Istmo de
Tehuantepec, S.A. de C.V., respecto de la vía general de comunicación ferroviaria del Istmo de Tehuantepec;
Que el 23 de febrero de 2018 se publicó en el DOF una modificación al Título de Asignación otorgado en
favor de la empresa de participación estatal mayoritaria Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., a
través de las cual se incorpora la operación, mantenimiento, explotación y prestación del servicio público de
transporte ferroviario en las líneas conocidas como “Chiapas” y “Mayab”, actualmente Líneas “FA” y “K”;
Que el 20 de abril de 2023 se publicó en el DOF una modificación al Título de Asignación del Ferrocarril
Interoceánico, a través de la cual se excluye de su asignación el Tramo correspondiente a la Línea FA, para
pasar a formar parte de la Asignación de Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V.;
Que el 23 de junio de 2023 se publicó en el DOF otra modificación al Título de Asignación en favor de la
empresa de participación estatal mayoritaria Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., incorporando
a dicha asignación la operación, explotación y prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga
y pasajeros en los tramos de las líneas "Z", "ZA" y "FA" que corren de Coatzacoalcos a Medias Aguas, de
Hibueras a Minatitlán y de Coatzacoalcos a El Chapo, respectivamente, así como los bienes del dominio
público que se encuentran en dichos tramos;
Que
Ferrocarril
del
Istmo
de
Tehuantepec,
S.A.
de
C.V.,
mediante
oficios
números
FIT-DG-ATCS-650-2025 de 29 de octubre de 2025, FIT-DG-ATCS-656-2025 de 29 de octubre de 2025,
FIT-DG-ATCS-844-2025 de 11 de noviembre de 2025, FIT-DG-ATCS-846-2025 de 11 de noviembre de
2025, FIT-DN-VMPC-044-2026 de 13 de febrero de 2026 y FIT-DN-VMPC-056-2026 de 26 de febrero
de 2026, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano que, en el ámbito de sus funciones,
competencias y en términos de las disposiciones aplicables vigentes, lleve a cabo las acciones que resulten
necesarias para la adquisición a favor de la Federación, por conducto del solicitante, de aquellos inmuebles
que se requieren para el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V.,
perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec;
Que, esta Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a través de la Unidad de Asuntos
Jurídicos, derivado de la información proporcionada por Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V.,
integró el expediente de expropiación número SEDATU.1S.13.I110.UAJ.001.2026, en el cual constan las
solicitudes y los dictámenes técnicos emitidos por Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., en los
que se señalan los inmuebles materia de la presente declaratoria, y que son necesarios, para llevar a cabo la
construcción de obras de infraestructura pública para el desarrollo del Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril
del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec,
que se realizarán en beneficio colectivo;
Que,
de
las
constancias
que
obran
en
el
expediente
de
expropiación
número
SEDATU.1S.13.I110.UAJ.001.2026, se advierte que los bienes inmuebles tienen naturaleza jurídica de
propiedad privada, y se sustenta el motivo de su inclusión en la presente declaratoria;
Que, de los dictámenes técnicos elaborados por Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V. y que
integran el expediente de expropiación número SEDATU.1S.13.I110.UAJ.001.2026, se acredita que el
Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor
Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, es una obra pública mediante la cual se prestará un servicio público
que comprende supuestos económicos, sociales y sanitarios que benefician a la región, pues con ella
atenderán necesidades sociales y económicas de la colectividad;
Que, conforme a los dictámenes técnicos elaborados por Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec,
S.A. de C.V., los inmuebles que se señalan en la presente declaratoria son apropiados e idóneos para la
construcción y el funcionamiento integral del Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de
Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, por lo que
resulta necesario expropiar los inmuebles de propiedad privada localizados en el municipio de Huimanguillo,
estado de Tabasco;
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Que, en el caso concreto, se cumple con la causa de utilidad pública prevista en el artículo 1o.
fracción III Bis de la Ley de Expropiación, ya que se trata de la construcción de una obra de infraestructura
pública, cuya finalidad es atender y satisfacer las necesidades de la población en general, ya que su ejecución
generará beneficios estratégicos, permitiendo la integración física y operativa de la Refinería Olmeca con
diversos puertos marítimos del Golfo de México y del Pacífico a través de la red ferroviaria del Istmo de
Tehuantepec, favoreciendo el transporte multimodal y la reducción de costos logísticos e incrementando la
competitividad comercial del país y el desarrollo económico regional, en concordancia con el Plan Nacional de
Desarrollo 2025-2030;
Por todo lo anteriormente señalado, he tenido a bien expedir la siguiente:
DECLARATORIA DE CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA RELATIVA A 19,674.431 M² (DIECINUEVE
MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO PUNTO CUATROCIENTOS TREINTA Y UN METROS
CUADRADOS), CORRESPONDIENTES A 4 (CUATRO) INMUEBLES DE PROPIEDAD PRIVADA;
EN EL MUNICIPIO DE HUIMANGUILLO EN EL ESTADO DE TABASCO, QUE SERÁN DESTINADOS
PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA RELACIONADAS CON EL
PROYECTO RAMAL LÍNEA FA DEL FERROCARRIL DEL ISTMO DE TEHUANTEPEC, S.A. DE C.V.,
PERTENECIENTE AL CORREDOR INTEROCEÁNICO DEL ISTMO DE TEHUANTEPEC
PRIMERO. Se declara de utilidad pública el desarrollo del Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del
Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec; en el
municipio de Huimanguillo en el estado de Tabasco, que se materializará en la construcción de obras de
infraestructura pública sobre los inmuebles que suman una superficie total de 19,674.431 m² (diecinueve mil
seiscientos setenta y cuatro punto cuatrocientos treinta y un metros cuadrados), correspondientes a 4 (cuatro)
inmuebles de propiedad privada detallados a continuación, requeridos para la construcción de dicha obra de
infraestructura pública.
Municipio de Huimanguillo, estado de Tabasco:
No.
Clave FIT
Folio Real
Superficie de afectación
metros cuadrados
1.
FAA-PR-27008-00070
420824
9,754.33
2.
FAA-PR-27008-00075
420823
5,932.47
3.
FAA-PR-27008-00289
378586
837.561
4.
FAA-PR-27008-00040d
420844
3,150.07
Los planos topográficos de los referidos inmuebles y el expediente formado con motivo de la presente
declaratoria, quedan a disposición de todas aquellas personas físicas o morales que acrediten y justifiquen
un derecho o interés jurídico, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario,
Territorial y Urbano, ubicada en calle Carolina número 77, colonia Ciudad de los Deportes, Alcaldía Benito
Juárez, código postal 03710, en la Ciudad de México, con horario de atención de 10:00 a 15:00 horas, de
lunes a viernes.
SEGUNDO. Notifíquese personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de
ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorarse quiénes son los titulares o bien
se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la
Federación, conforme a lo establecido en el artículo 2o. fracción II de la Ley de Expropiación.
TERCERO. Los interesados tendrán un plazo de quince días hábiles a partir de la notificación o de la
segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante
la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, lo que a su derecho
e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes.
CUARTO. Previo convenio con los propietarios de los predios involucrados en la presente Declaratoria,
procédase a la ocupación inmediata de los mismos, de conformidad con el artículo 9 Bis fracción III de la Ley
de Expropiación.
Ciudad de México, a tres de marzo de dos mil veintiséis.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y
Urbano, Edna Elena Vega Rangel.- Rúbrica.
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SECRETARIA DE LAS MUJERES
CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Morelos, que tiene como
objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres del
Poder Ejecutivo Estatal de Morelos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría
de las Mujeres.
CC/PAIBIM/MOR/0016/2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO
SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR
EL C. JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA PARTE, EL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA EN
ESTE ACTO POR LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL, LA C. MARGARITA GONZÁLEZ SARAVIA CALDERÓN,
ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. JUAN SALGADO BRITO, LA SECRETARIA DE HACIENDA, LA
C. MIRNA ZAVALA ZUÑIGA, Y LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, LA C. CLARISA GÓMEZ MANRIQUE, A QUIENES
ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo
4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho
a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
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Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES” declara que:
I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 1 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente
instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y
XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, Doctor Juan Jesús
Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM.
I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del
año de 1888, el Estado de Morelos es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con
territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano,
representativo y popular.
II.2 La Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, la C. Margarita González
Saravia Calderón, cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 57, 70, fracciones XXVI y XLIII y 71 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 2o. y 19 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; y 51 fracción VII de la Ley de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos.
II.3 El Secretario de Gobierno el C. Juan Salgado Brito, acredita su personalidad mediante nombramiento
expedido a su favor por la C. Margarita González Saravia Calderón, Gobernadora Constitucional del Estado
Libre y Soberano de Morelos, el 01 de octubre de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para
suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 3o., 9o. fracción II; 14
fracciones VIII y XXXVII, 15 y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano
de Morelos; 52, fracción XII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado
de Morelos, así como los diversos 8o. y 9o. fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno
del Poder Ejecutivo Estatal.
II.4 La Secretaria de Hacienda, la C. Mirna Zavala Zuñiga, acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por la C. Margarita González Saravia Calderón, Gobernadora
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, el 01 de octubre de 2024, y manifiesta encontrarse
debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos
74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 3o.,
9o., fracción III, 14 fracciones VIII y XXXVII, 15 y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado Libre y Soberano de Morelos; 53, fracción VI, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia para el Estado de Morelos; y 2o., 13 y 14 fracciones IX, XIII, XIV y LVI del Reglamento Interior de la
Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo Estatal.
II.5 La Secretaria de las Mujeres, la C. Clarisa Gómez Manrique, acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por la C. Margarita González Saravia Calderón, Gobernadora
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, el 01 de octubre de 2024, y manifiesta encontrarse
debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos
74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 3, 9,
fracción XV, 14 fracciones VIII y XXXVII, 15 y 36 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado Libre y Soberano de Morelos; y 2o., 7o. y 8o. fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría
de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal.
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II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Plaza de Armas, sin
número, Colonia Cuernavaca Centro, Código Postal 62000, Cuernavaca, Morelos, y con Registro Federal de
Contribuyentes GEM720601TW9.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus
representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”.
III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no
media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del
consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se
establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada
dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” a la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo
Estatal de Morelos beneficiada con el “PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, deberán transferirse a través de la Secretaría de Hacienda.
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que
impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo.
TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos
referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica
que para tal efecto proporcione la Secretaría de Hacienda de conformidad con el artículo 69 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos
beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Hacienda,
misma que se compromete a transferir los recursos a la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal
de Morelos, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la
TESOFE.
Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán
sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se apertura para tal efecto, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG.
En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente
“CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que
realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG.
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales
se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del
presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $19,111,893.00 (diecinueve millones ciento once mil
ochocientos noventa y tres pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho
entrega previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de
“MUJERES”.
CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO”
será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el
seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las
personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
“MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera,
Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
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La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la Secretaria de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de
Morelos, la C. Clarisa Gómez Manrique, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes,
en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías
y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las
diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que
realice “MUJERES”.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir a la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de
Morelos beneficiada del “PROGRAMA” dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo,
deberán ser devueltos por la Secretaría de Hacienda a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días
hábiles contados a partir de la solicitud efectuada por “MUJERES”.
OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Hacienda,
dentro de 8 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el reintegro a la TESOFE de
la totalidad de los reintegros recibidos por parte de la Secretaría de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal
de Morelos beneficiada del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos
obtenidos de conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo.
Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Hacienda deberá mantener activa la cuenta bancaria
productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que la Secretaría de las
Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos beneficiada reciba el oficio de terminación o documento
homólogo.
La Secretaría de Hacienda podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del
“PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente.
NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los
Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de
“LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su
entrada en vigor, y las modificaciones que sufra.
DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas
solidarias”.
DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el
presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación,
formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo.
DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación
y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula
anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles
por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo
de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández
Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús
Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernadora Constitucional, Margarita González
Saravia Calderón.- Rúbrica.- Secretario de Gobierno, Juan Salgado Brito.- Rúbrica.- Secretaria de
Hacienda, Mirna Zavala Zuñiga.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres, Clarisa Gómez Manrique.- Rúbrica.
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CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Nayarit, que tiene como
objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados al Instituto para la Mujer
Nayarita.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría
de las Mujeres.
CC/PAIBIM/NAY/0017/2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO
SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR
EL DOCTOR JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA
PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA
EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. MIGUEL ÁNGEL NAVARRO QUINTERO, ASISTIDO
POR LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, LA C. ROCÍO ESTHER GONZÁLEZ GARCÍA, EL SECRETARIO DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EL C. JULIO CESAR LOPEZ RUELAS, Y LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO
PARA LA MUJER NAYARITA, LA C. MARGARITA MORAN FLORES, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA
SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo
4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho
a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
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Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES” declara que:
I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, Doctor Juan Jesús
Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM.
I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1o. y 2o. de la Constitución política Del Estado Libre y Soberano de Nayarit, el Estado de
Nayarit es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y
soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2 El Gobernador de Constitucional de Estado de Nayarit, el C. Miguel Ángel Navarro Quintero, cuenta
con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 61 y 69 fracción XXXII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 2o., 4o. y
26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.
II.3 La Secretaria General de Gobierno la C. Rocío Esther González García, acredita su personalidad
mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Miguel Ángel Navarro Quintero, Gobernador
Constitucional del Estado de Nayarit, el 22 de junio de 2023, y manifiesta encontrarse debidamente facultada
para suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 1o. párrafo segundo, 30 fracción X, 31 fracción I y 32
fracciones LXIII y LXV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1o. párrafo segundo, 3o.
y 4o. Fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría General del Gobierno del Estado de Nayarit.
II.4 El Secretario de Administración y Finanzas, el C. Julio Cesar López Ruelas, acredita su personalidad
mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Miguel Ángel Navarro Quintero, Gobernador
Constitucional del Estado de Nayarit, el 19 de septiembre de 2021, y manifiesta encontrarse debidamente
facultado para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, 1o. párrafo segundo, 30 fracción X, 31 fracción II
y 33 fracciones XL, XLIV y LXXXIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 2o., 4o. y
5o. fracción XLVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas.
II.5 La Directora General del Instituto para la Mujer Nayarita, la C. Margarita Moran Flores, acredita su
personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Miguel Ángel Navarro Quintero,
Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit, el 28 de septiembre de 2021, y manifiesta encontrarse
debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos
1o., 3o. fracción I, 4o. fracción II y 8o. fracción IV del Decreto Número 8264, por el que se crea el Instituto para
la Mujer Nayarita (INMUNAY), publicado en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, el
31 de diciembre de 2003, Tomo CLXXIII, número 108; y, 16 del Reglamento Interno del Instituto para la Mujer
Nayarita.
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II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Avenida México, sin
número, Colonia Centro, Código Postal 63000, Tepic, Nayarit, y con Registro Federal de Contribuyentes
SAD091223KK7.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus
representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”.
III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no
media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del
consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se
establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada
dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” al Instituto para la Mujer Nayarita beneficiado con el
“PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,
deberán transferirse a través de la Secretaría de Administración y Finanzas.
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que
impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo.
TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos
referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica
que para tal efecto proporcione la Secretaría de Administración y Finanzas de conformidad con el artículo 69
de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos
beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de
Administración y Finanzas, misma que se compromete a transferir los recursos al Instituto para la Mujer
Nayarita, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la
TESOFE.
Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán
sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se apertura para tal efecto, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG.
En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente
“CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que
realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG.
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales
se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del
presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $19,072,801.00 (diecinueve millones setenta y dos mil
ochocientos y un pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho entrega
previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de
“MUJERES”.
CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO”
será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el
seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las
personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
“MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera,
Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
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La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la Directora General del Instituto para la Mujer Nayarita, la C.
Margarita Moran Flores, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes,
en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías
y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las
diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que
realice “MUJERES”.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir al Instituto para la Mujer Nayarita beneficiado del “PROGRAMA”
dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser devueltos por la Secretaría de
Administración y Finanzas a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de
la solicitud efectuada por “MUJERES”.
OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de
Administración y Finanzas, dentro de 8 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar
el reintegro a la TESOFE de la totalidad de los reintegros recibidos por parte del Instituto para la Mujer
Nayarita beneficiado del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos
de conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo.
Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Administración y Finanzas deberá mantener activa la cuenta
bancaria productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que el Instituto para la
Mujer Nayarita beneficiado reciba el oficio de terminación o documento homólogo.
La Secretaría de Administración y Finanzas podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de
los recursos del “PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública
correspondiente.
NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los
Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de
“LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su
entrada en vigor, y las modificaciones que sufra.
DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas
solidarias”.
DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el
presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación,
formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo.
DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación
y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula
anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles
por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo
de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández
Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús
Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional, Miguel Ángel Navarro
Quintero.- Rúbrica.- Secretaria General de Gobierno, Rocío Esther González García.- Rúbrica.- Secretario
de Administración y Finanzas, Julio Cesar López Ruelas.- Rúbrica.- Directora General del Instituto para la
Mujer Nayarita, Margarita Moran Flores.- Rúbrica.
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CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Nuevo León, que tiene como
objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres de
dicho estado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría
de las Mujeres.
CC/PAIBIM/NL/0018/2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO
SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR
JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA PARTE, EL
GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA EN
ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA,
ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. JAVIER LUIS NAVARRO VELASCO, EL
SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO, EL C. CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA, Y
SECRETARIA DE LAS MUJERES, LA C. GRACIELA GUADALUPE BUCHANAN ORTEGA, A QUIENES ACTUANDO DE
MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo
4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho
a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
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Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES” declara que:
I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 1 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente
instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y
XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, Doctor Juan Jesús
Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM.
I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1o., 2o. y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el
Estado de Nuevo León es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y
población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano,
representativo y popular.
II.2 El Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda,
cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 63, 111, 124 y 125 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Nuevo León; 2o. y 7o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León.
II.3 El Secretario General de Gobierno el C. Javier Luis Navarro Velasco, acredita su personalidad
mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador
Constitucional del Estado de Nuevo León, el 4 de octubre de 2021, y manifiesta encontrarse debidamente
facultado para suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 119, 124,
párrafo primero, y 127 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 1o. párrafo
segundo, 4o., 8o.,18, inciso A, fracción I y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado
de Nuevo León; 1o., 10 y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4 El Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, el C. Carlos Alberto Garza Ibarra, acredita
su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda,
Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 14 de octubre de 2021, y manifiesta encontrarse
debidamente facultado para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos
124 y 188 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4o., 18, apartado A,
fracción III y 24, fracción XXXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo
León; y, 2o. y 4o., fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del
Estado.
II.5 La titular de Secretaría de las Mujeres, la C. Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, acredita su
personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda,
Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 7 de junio de 2022, y manifiesta encontrarse
debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos
124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4, 18, apartado C, fracción IV, 37,
de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; y, 1o., 10 y 11 fracciones
XXVI, y XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres.
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II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Calle Mariano
Escobedo Sur, número 333, piso Número 3, Colonia Monterrey Centro, Código Postal 64000, Monterrey,
Nuevo León, y con Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus
representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”.
III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no
media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del
consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se
establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada
dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” a Secretaría de las Mujeres beneficiada con el
“PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,
deberán transferirse a través de Secretaría de Finanzas y Tesorería General.
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que
impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo.
TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos
referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica
que para tal efecto proporcione la Secretaría de Finanzas y Tesorería General de conformidad con el artículo
69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos
beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Finanzas y
Tesorería General, misma que se compromete a transferir los recursos a la Secretaría de las Mujeres, en un
plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la TESOFE.
Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán
sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se apertura para tal efecto, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG.
En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente
“CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que
realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG.
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales
se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del
presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $20,263,700.00 (veinte millones doscientos sesenta y tres mil
setecientos pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho entrega
previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de
“MUJERES”.
CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO”
será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el
seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las
personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
“MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera,
Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
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La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la titular de la Secretaría de las Mujeres, la C. Graciela Guadalupe
Buchanan Ortega, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes,
en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías
y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las
diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que
realice “MUJERES”.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir a la Secretaría de las Mujeres beneficiada del “PROGRAMA”
dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser devueltos por la Secretaría de
Finanzas y Tesorería General a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir
de la solicitud efectuada por “MUJERES”.
OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Finanzas y
Tesorería General, dentro de 08 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el
reintegro a la TESOFE de la totalidad de los reintegros recibidos por parte de la Secretaría de las Mujeres
beneficiada del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos de
conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo.
Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Finanzas y Tesorería General deberá mantener activa
la cuenta bancaria productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que la
Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León beneficiada reciba el oficio de terminación o documento
homólogo.
La Secretaría de Finanzas y Tesorería General podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo
de los recursos del “PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública
correspondiente.
NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los
Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de
“LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su
entrada en vigor, y las modificaciones que sufra.
DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas
solidarias”.
DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el
presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación,
formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo.
DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación
y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula
anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles
por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo
de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández
Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús
Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León,
Samuel Alejandro García Sepúlveda.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, Javier Luis Navarro
Velasco.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra.-
Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega.- Rúbrica.
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CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Oaxaca, que tiene como
objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres de
dicho estado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría
de las Mujeres.
CC/PAIBIM/OAX/0019/2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO
SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR
EL C. JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA PARTE, EL
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. SALOMÓN JARA CRUZ,
ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. JOSÉ DE JESÚS ROMERO LÓPEZ, EL SECRETARIO DE
FINANZAS, EL C. FARID ACEVEDO LÓPEZ, Y POR LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, LA C. ANAHÍ MONSERRATT
SARMIENTO PÉREZ, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE
SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo
4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho
a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres, para el ejercicio fiscal 2025,
en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
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Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES” declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, el C. Juan Jesús
Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM.
I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1o. primer párrafo, 1o. primer párrafo, 26 y 27 Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca, el Estado de Oaxaca es una Entidad Federativa que es parte integrante de la
Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como
gobierno republicano, representativo y popular.
II.2 El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el C. Salomón Jara Cruz,
cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 66 y 79 fracciones XIX y XXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca; 2o., 9o., y 15 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de
Oaxaca.
II.3 El Secretario de Gobierno, el C. José de Jesús Romero López, acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por el C. Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca, el 1 de diciembre de 2022, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para
suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 y 84 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3o. fracción I, 15 párrafo primero, 27 fracción I y 34 fracción
XLVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 8o. y 9o. fracciones XIV y XLIV del
Reglamento Interno de la Secretaría General de Gobierno.
II.4 El Secretario de Finanzas, el C. Farid Acevedo López, acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por el C. Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca, el 1 de diciembre de 2022, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para la
firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 y 84 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3o. fracción I, 15 párrafo primero, 27 fracción XII y 45
fracciones LVI y LX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 2o., 5o., 6o. fracciones V y
VI y 7o. fracciones III, IX XIV del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del
Estado.
II.5 La Secretaria de las Mujeres, la C. Anahí Monserratt Sarmiento Pérez , acredita su personalidad
mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el 8 de abril de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultada
para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 y 84 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3o. fracción I, 15 párrafo primero, 27 fracción
XVII y 46-C fracciones VI y VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 2o., 7o. y 8o.
fracciones V y XXII del Reglamento Interno de la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña.
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II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Carretera Oaxaca
Istmo, km 11.5 SN 7 Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, C.P. 68270, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, y con Registro
Federal de Contribuyentes GEO621201KIA.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus
representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”.
III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no
media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del
consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se
establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada
dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” a la Secretaría de las Mujeres beneficiada con el
“PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,
deberán transferirse a través de la Secretaría de Finanzas.
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que
impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo.
TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos
referidos en la cláusula primera mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica
que para tal efecto proporcione la Secretaría de Finanzas de conformidad con el artículo 69 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos
beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Finanzas,
misma que se compromete a transferir los recursos a la Secretaría de las Mujeres, en un plazo no mayor a
quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la TESOFE.
Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán
sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se apertura para tal efecto, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG.
En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente
“CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que
realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG.
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales
se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del
presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $42,129,936.00 (Cuarenta y dos millones ciento veintinueve
mil novecientos treinta y seis pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho
entrega previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de
“MUJERES”.
CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO”
será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el
seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las
personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
“MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera,
Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
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La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la titular de la Secretaría de las Mujeres, la C. Anahí Monserratt
Sarmiento Pérez, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes,
en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías
y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las
diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que
realice “MUJERES”.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir a la Secretaría de las Mujeres beneficiada del “PROGRAMA”
dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser devueltos por la Secretaría de
Finanzas a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la solicitud
efectuada por “MUJERES”.
OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Finanzas,
dentro de 8 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el reintegro a la TESOFE de
la totalidad de los reintegros recibidos por parte de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca
beneficiada del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos de
conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo.
Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Finanzas deberá mantener activa la cuenta bancaria
productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que la Secretaría de las
Mujeres beneficiada reciba el oficio de terminación o documento homólogo.
La Secretaría de Finanzas podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del
“PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente.
NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los
Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de
“LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su
entrada en vigor, y las modificaciones que sufra.
DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas
solidarias”.
DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el
presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación,
formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo.
DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación
y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula
anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles
por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo
de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández
Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús
Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional, Salomón Jara Cruz.-
Rúbrica.- Secretario de Gobierno, José de Jesús Romero López.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Farid
Acevedo López.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres, Anahí Monserratt Sarmiento Pérez.- Rúbrica.
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PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de
Inconstitucionalidad 41/2025, así como el Voto Concurrente del señor Ministro Irving Espinosa Betanzo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia
de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 41/2025
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
PONENTE: MINISTRO GIOVANNI AZAEL FIGUEROA MEJÍA
SECRETARIO: OMAR CRUZ CAMACHO
COLABORADOR: JOSÉ DE JESÚS ZAHUANTITLA BUJANOS
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos somete a control de regularidad constitucional
el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio
fiscal dos mil veinticinco.
Apartado
Criterio y decisión
Págs.
I.
COMPETENCIA
El Tribunal Pleno es competente para conocer del
presente asunto.
7
II.
PRECISIÓN DE LA NORMA IMPUGNADA
El artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del
Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco,
para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco.
7
III.
OPORTUNIDAD
El escrito inicial es oportuno.
8
IV.
LEGITIMACIÓN
El escrito inicial fue presentado por parte legitimada.
8
V.
CAUSAS
DE
IMPROCEDENCIA
Y
SOBRESEIMIENTO
El proyecto desestima el argumento del Poder
Legislativo local en el que señala no vulnerarse
derechos humanos y constitucionales, ya que el
análisis de la actualización de dichas violaciones
que aduce la Comisión accionante en su demanda
involucra el estudio de fondo del asunto.
13
VI
ESTUDIO DE FONDO
El artículo combatido es contrario al derecho de
seguridad jurídica y al principio de legalidad,
reconocidos en los artículos 14 y 16 de la
Constitución Federal, ya que la norma controvertida
incurre
en
una
indeterminación
que
genera
incertidumbre a las personas respecto a uno de los
elementos que configuran el pago del derecho y
que es relevante para la cuantificación de éste, esto
es, respecto al hecho imponible o “el hecho” que el
legislador local eligió como generador de ese
derecho. Ello, porque causa incertidumbre respecto
al tipo de servicio que presta el Estado, a cambio de
la contraprestación, así como al tipo de uso o
aprovechamiento de bienes o espacios públicos
municipales que genera el cobro de la contribución
denominada “derecho”.
Por tanto, lo procedente es declarar su invalidez.
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VII
EFECTOS
Declaratoria de invalidez
Se declara la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley
de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta,
Estado de Jalisco.
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Fecha a partir de la que surte efectos la
declaratoria general de invalidez
Las declaratorias de invalidez surtirán sus efectos a
partir de la notificación de los puntos resolutivos de
la presente ejecutoria al Congreso local.
Tomando en cuenta que la declaratoria de invalidez
recae en una disposición general de vigencia anual,
se exhorta al Congreso local para abstenerse de
incurrir en los mismos vicios de inconstitucionalidad
detectados.
26
Notificación
Deberá
notificarse
la
presente
sentencia
al
municipio involucrado.
26
VIII.
DECISIÓN
PRIMERO. Es procedente y fundada la presente
acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 80
Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto
Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2025,
adicionado
mediante
el
Decreto
Número
29826/LXIV/25, publicado en el Periódico Oficial de
dicha entidad federativa el veintisiete de febrero de
dos mil veinticinco.
TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada
surtirá sus efectos a partir de la notificación de
estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de
Jalisco, en los términos precisados en el apartado
VII de esta determinación.
CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario
Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del
Estado de Jalisco, así como en el Semanario
Judicial de la Federación y su Gaceta.
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ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
41/2025
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL
DE LOS DERECHOS HUMANOS
PONENTE: MINISTRO GIOVANNI AZAEL FIGUEROA MEJÍA
SECRETARIO: OMAR CRUZ CAMACHO
COLABORADOR: JOSÉ DE JESÚS ZAHUANTITLA BUJANOS
Ciudad de México. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión
correspondiente al día primero de diciembre de dos mil veinticinco, emite la siguiente:
SENTENCIA
Mediante la cual se resuelve la acción de inconstitucionalidad 41/2025, promovida por la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos en contra del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio
de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal 2025, publicado el veintisiete de febrero de
dos mil veinticinco en el Periódico Oficial de esa entidad federativa.
ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA.
1.
Presentación de la demanda. El treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, la Comisión Nacional
de los Derechos Humanos (en adelante CNDH) presentó en el buzón judicial de la Oficina de
Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto Tribunal, demanda de acción de
inconstitucionalidad, en la que señaló como autoridades demandadas a los Poderes Legislativo y
Ejecutivo del Estado de Jalisco.
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2.
Conceptos de invalidez. En su escrito, la Comisión promovente hizo valer, esencialmente,
lo siguiente:
Después de exponer lo que a su consideración comprenden los principios de seguridad
jurídica y legalidad que se hacen extensivos al legislador, señala que éste último se encuentra
obligado a establecer disposiciones claras y precisas que no den pauta a una aplicación
arbitraria por parte de las autoridades, de tal manera que los gobernados tengan plena
certeza sobre a quién se dirige la disposición, su contenido y su consecuencia. Refiere
también la aplicabilidad de los principios de justicia tributaria a los derechos por servicios,
como proporcionalidad y equidad tributaria. Señala que el cobro de un derecho “por concepto
de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales” no son
acordes a las contribuciones denominadas “derechos por servicios”, porque dicho tributo debe
responder al costo que le significa al Estado la prestación del servicio de que se trate, y
guardar razonabilidad entre la tarifa y el costo erogado, esto es, deben ser proporcionales.
Lo anterior añade la actora, porque en el caso concreto no se advierte cual es el servicio que
efectivamente está prestando el Municipio a las personas sujetas del tributo. Ello, porque la
norma establece que las personas extranjeras que se encuentren en el Municipio de Puerto
Vallarta deberán pagar lo equivalente a 1.25 UMA, “por concepto de uso o aprovechamiento
de servicios, bienes y espacios públicos municipales”. Sin embargo, destaca la promovente
que dicho elemento de la contribución es sumamente abierto e indeterminado, por lo que
también vulnera el derecho de seguridad jurídica y el principio de legalidad.
En este mismo tenor, agrega la accionante que se desconoce cuáles son los servicios, bienes
y espacios públicos municipales a los que se refiere la norma combatida; pues, incluso, si
fueran los siguientes: a) aquellos ya establecidos expresamente en la Ley de Ingresos del
Municipio de Puerto Vallarta, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, constituiría un cobro
adicional a las personas extranjeras que se encuentren en el Municipio o b) aquellos servicios,
bienes y espacios públicos que no generan ninguna contribución en términos de dicha ley,
resultarían desproporcionales a los sujetos del tributo, porque se estaría imponiendo un valor
por aquellos bienes y servicios que se encuentran libres de gravamen.
Por otro lado, aduce que la norma es violatoria del principio de equidad tributaria, ya que,
tratándose del pago por servicios, el monto debe ser igual para todas las personas. Lo
anterior, ya que se impone un pago adicional cuando sea una persona extranjera que use o
aproveche los servicios, bienes y espacios públicos municipales a pesar de que ya hayan
pagado una cuota respectiva. Por ende, alega que la norma admite que se paguen cuotas
diversas por un mismo servicio, aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales,
cuando la persona beneficiaria sea una persona extranjera. Lo que, desde la perspectiva de la
Comisión, carece de justificación constitucional, ya que la distinción solo se basa en que el
solicitante sea nacional o no. Por lo que la norma da un trato diferenciado e injustificado, ya
que las personas extranjeras deben pagar más por un servicio con relación al resto.
3.
Admisión y trámite. Por acuerdo de dos de abril de dos mil veinticinco, la entonces Ministra
Presidenta formó y registró el expediente de la presente acción de inconstitucionalidad y ordenó su
turno al Ministro instructor, quien, mediante acuerdo de veintiuno de abril de la misma anualidad,
admitió el presente medio de control y realizó los requerimientos y trámites ordenados por ley.
4.
Informe del Poder Legislativo del Estado de Jalisco. El órgano parlamentario local argumentó, en
síntesis, lo siguiente:
La CNDH no cuenta con la legitimación para promover dicho medio de control, ya que se trata
de una norma de carácter local, por lo que compete únicamente a la Comisión Estatal de
Derechos Humanos.
La CNDH no cuenta con legitimación para impugnar normas de carácter fiscal, sino contra
normas violatorias de derechos humanos.
No se vulneran los derechos humanos y constitucionales, puesto que no se emitió en
contravención a los principios de legalidad tributaria.
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La expedición de la norma combatida tiene sustento en los artículos 71, 89, 101, 102, 104,
138, 145 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, así como en el
artículo 28, fracción IV de la Constitución local, por lo que están sujetos a los lineamientos en
materia hacendaria y de presupuestos.
La legalidad de la expedición de la norma controvertida no solo se encuentra por haber sido
emitida con base en sus facultades, sino que la labor normativa se encuentra plenamente
justificada cuando el objetivo es el mejoramiento de espacios y servicios públicos, lo que se
traduce en un beneficio directo a la sociedad.
Contrario a lo señalado por la CNDH, el Congreso local desahogó un proceso amplio en el
cual se llevaron a cabo cada una de las etapas del proceso legislativo y se cumplió
cabalmente con los requisitos reflejándose en el artículo impugnado.
De la exposición de motivos se advierte que el artículo combatido tiene como objeto, mediante
la implementación de una adhesión tributaria, favorecer los servicios públicos municipales, en
beneficio social, así como el mejoramiento de la infraestructura que permita a los ciudadanos
nacionales y extranjeros disfrutar de los beneficios de una ciudad turística de mejor nivel.
Si bien, conforme al artículo 31, fracción IV de la Constitución Federal, todos los mexicanos
deberán de contribuir al gasto público, también se entiende que los extranjeros tendrán que
contribuir en la medida de sus posibilidades.
Contrario lo que señala la CNDH, la contribución cumple con todos los elementos del tributo,
siendo infundado que genere incertidumbre jurídica, pues se encuentran identificados quiénes
son los que deberán realizar la contribución, en qué momento y la cantidad que les será
aplicada.
No existe incertidumbre de cuáles servicios y qué tipo de estructura municipal será
beneficiada con la contribución, pues basta con remitirnos a la exposición de motivos del
decreto combatido para desestimar dicho argumento.
La contraprestación no debe entenderse en sentido de derecho privado, de manera que
corresponda exactamente al valor del servicio prestado u otorgado, pues los servicios
públicos se prestan en función al interés general, y secundariamente en función de los
particulares, siendo accidental si éstos reciben o no el beneficio en lo individual; y
Además de que sería imposible plasmar en una ley una fórmula matemática que establezca el
costo de cada compra y mejora que se realice para el beneficio social pretendido. Aunado a
que no se deja en incertidumbre ni en arbitrariedad el manejo de los recursos obtenidos, ya
que su finalidad se encuentra "en el mantenimiento y mejoramiento de los espacios públicos
municipales, principalmente destinados a las actividades del turismo, así como para el
mejoramiento de los servicios públicos municipales que presta el municipio...".
Informe del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco. El Poder local argumentó, en síntesis, lo
siguiente:
Que es un hecho cierto haber promulgado y publicado la norma impugnada.
Los actos que le competen al Poder Ejecutivo local en el procedimiento legislativo para la
emisión de la norma impugnada los cumplió a cabalidad de conformidad con la Constitución y
la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ambos del Estado de Jalisco.
5.
Pedimento del Fiscal General de la República. En el presente asunto no formuló pedimento ni
realizó manifestaciones.
6.
Cierre de la instrucción. Habiéndose llevado a cabo el trámite legal correspondiente y al advertir que
había concluido el plazo para formular alegatos, en acuerdo de diecinueve de agosto de dos mil
veinticinco se declaró cerrada la instrucción del asunto a efecto de elaborar el proyecto de resolución
correspondiente.
7.
Returno. Mediante acuerdo de cuatro de septiembre de dos mil veinticinco, el Ministro Presidente
ordenó turnar el presente asunto al Ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, para que funja como
instructor, en atención a lo dispuesto en el artículo Sexto Transitorio del Acuerdo General 1/2025 (12a.)
del Pleno de este Alto Tribunal, en el cual se establece que dicho Ministro conocerá de los asuntos
turnados a la ponencia del Ministro en retiro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
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I. COMPETENCIA
8.
El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la
presente acción de inconstitucionalidad, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 105,
fracción II, inciso g), de la Constitución Federal1 y 16, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación2, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veinte de diciembre de dos mil
veinticuatro3; toda vez que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos plantea la posible
contradicción entre una disposición de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta y la
Constitución Federal.
II. PRECISIÓN DE LA NORMA IMPUGNADA
9.
Del escrito de demanda se advierte que la Comisión accionante impugna el artículo 80 Bis de la Ley de
Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco,
adicionado mediante Decreto número 29826/LXIV/25, publicado el veintisiete de febrero de dos mil
veinticinco en el Periódico Oficial de esa entidad federativa.
III. OPORTUNIDAD
10.
El artículo 60 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos4, dispone que el plazo para la presentación de la acción de
inconstitucionalidad será de treinta días naturales y el cómputo respectivo deberá hacerse a partir del
día siguiente al en que se hubiere publicado la norma sujeta a control de constitucionalidad en el
correspondiente medio oficial. Asimismo, señala que, si el último día del plazo fuere inhábil, la
demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente.
11.
La norma controvertida se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco el jueves veintisiete de
febrero de dos mil veinticinco; por tanto, el plazo de impugnación transcurrió del viernes veintiocho de
febrero al sábado veintinueve de marzo de dos mil veinticinco. Consecuentemente, dado que la
demanda de la acción de inconstitucionalidad se presentó el siguiente día hábil lunes treinta y uno de
marzo del citado año, es que resulta oportuna su promoción.
IV. LEGITIMACIÓN
12.
De conformidad con el artículo 105, fracción II, inciso g), constitucional5, la promovente cuenta con
legitimación para promover la acción de inconstitucionalidad porque plantea la posible contradicción
entre una ley expedida por la legislatura estatal que, desde su perspectiva, transgrede distintos
derechos humanos consagrados en la Constitución Federal.
13.
El escrito inicial de la acción de inconstitucionalidad 41/2025 está firmado por María del Rosario Piedra
Ibarra, quien demostró tener el carácter de Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos mediante acuerdo de designación correspondiente emitido el doce de noviembre de dos mil
veinticuatro por el Presidente y la Secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del
Congreso de la Unión.
1 Artículo 105.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos
siguientes: [...]
II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta
Constitución.
Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma,
por: [...]
g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de
tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos
consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de
los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas; [...].
2 Artículo 16. La Suprema Corte de Justicia conocerá:
I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; [...].
3 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
“Artículo 16. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá:
I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. [...].”
4 Artículo 60. El plazo para ejercitar la acción de inconstitucionalidad será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la
fecha en que la ley o tratado internacional impugnado sean publicados en el correspondiente medio oficial. Si el último día del plazo fuese
inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente.
En materia electoral, para el cómputo de los plazos, todos los días son hábiles.
5 Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos
siguientes: [...]
II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta
Constitución. [...]
g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de
tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos
consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de
los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas; [...].
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14.
La representación legal de la Presidenta de la referida Comisión está prevista en el artículo 15,
fracciones I y XI, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como en el numeral
18 del Reglamento Interno de la misma Comisión.6
15.
En consecuencia, al ser la Comisión Nacional de los Derechos Humanos un órgano legitimado para
ejercer la acción de inconstitucionalidad en este supuesto y habiéndose promovido por quien cuenta
con facultades para representar a dicho órgano, debe reconocerse la legitimación activa en este medio
de control constitucional.
16.
Sin que sea obstáculo, lo señalado por el Poder Legislativo del Estado de Jalisco, respecto a que la
CNDH no cuenta con la legitimación para promover este medio de control, sino a la Comisión Estatal
de Derechos Humanos de dicha entidad federativa al tratarse de una norma de carácter local.
17.
Lo anterior porque, como ya quedó precisado, la CNDH cuenta con las facultades para instar este
medio de regularidad constitucional, en virtud de que así lo prevé expresamente el artículo 105,
fracción II, inciso g) de la Constitución Federal, al disponer que esa comisión puede promover acciones
de inconstitucionalidad en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas que,
eventualmente pudieran estimarse violatorias de los derechos fundamentales contenidos en la Carta
Magna.
18.
En efecto, en el caso, la CNDH promueve la presente acción de inconstitucionalidad en contra de una
norma local, a saber: el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta del
Estado de Jalisco, el cual fue adicionado y aprobado por la legislatura de esa entidad federativa, ello
en ejercicio de la potestad que le confiere el precepto constitucional en cita para impugnar normas
generales con independencia del fuero al que correspondan (federal o local).
19.
También debe desestimarse el diverso argumento formulado por el Poder Legislativo local, en el que
señala que la CNDH carece de legitimación para solicitar la invalidez de normas de carácter tributario,
debido a que sólo puede solicitar la invalidez de normas que vulneren derechos humanos.
20.
Lo anterior es así, ya que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos cuenta con legitimación
para impugnar normas de carácter tributario, mientras se alegue la violación a un derecho humano
consagrado en la Constitución Federal y Tratados Internacionales de los que México sea parte, tal y
como lo establece el artículo 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Federal.7
21.
Tal como se advierte, el artículo antes referido condiciona la procedencia de la acción a que la CNDH
denuncie la inconstitucionalidad de leyes federales o locales que vulneren los derechos humanos
reconocidos en la Constitución Federal y Tratados Internacionales de los que México sea parte, sin que
de esa norma se desprenda algún límite o restricción que impida reconocer la legitimación de la
referida comisión para promover la presente acción de inconstitucionalidad en contra de normas
tributarias.
22.
Por el contrario, desde la anterior integración, este Alto Tribunal ha sostenido en precedentes,8 que la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos tiene legitimación para promover acciones de
inconstitucionalidad en contra de leyes de ingresos de las entidades federativas, pues este tipo de
normas, al establecer diversos tributos, se encuentran sometidas a los principios de la materia fiscal,
reconocidos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, como el de reserva de ley,
legalidad, destino al gasto público, proporcionalidad y equidad, los cuales, enuncian las características
que permiten construir un concepto jurídico de tributo o contribución con base en la Constitución
Federal. 9
6 Artículo 15. El Presidente de la Comisión Nacional tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I. Ejercer la representación legal de la Comisión Nacional; [...]
XI. Promover las acciones de inconstitucionalidad, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados
internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos
reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte, y [...].
Artículo 18. (Órgano Ejecutivo). La Presidencia es el órgano ejecutivo de la Comisión Nacional. Está a cargo de un presidente, al cual le
corresponde ejercer, de acuerdo con lo establecido en la Ley, las funciones directivas de la Comisión Nacional y su representación legal. [...].
7 De manera ilustrativa puede verse la acción de inconstitucionalidad 46/2023, por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de
los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa con reservas en cuanto a la legitimación, Ortiz
Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Zaldívar Lelo de Larrea, Ríos Farjat, Laynez Potisek con reservas en cuanto a la legitimación, Pérez
Dayán y Presidenta Piña Hernández, respecto de los apartados del I al V relativos, respectivamente, a la competencia, a la precisión de las
normas impugnadas, a la oportunidad, a la legitimación y a las causales de improcedencia.
8 Por ejemplo, en las acciones de inconstitucionalidad 18/2018 y 27/2018, resueltas el cuatro de diciembre de dos mil dieciocho, ambas por
mayoría de 6 votos de los Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, Luna Ramos, Zaldívar Lelo de Larrea, Pardo Rebolledo, Piña Hernández y
Presidente Aguilar Morales, respecto a reconocer legitimación a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para promover la acción en
contra de leyes de ingresos de las entidades federativas. Votaron en contra los Ministros Franco González Salas, Medina Mora I., Laynez
Potisek y Pérez Dayán.
9 Similar consideración también fue sostenida en la acción de inconstitucionalidad 20/2021, por mayoría de diez votos de las señoras
Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas con reserva
de criterio, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Pérez Dayán y Presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del
considerando tercero, relativo a la legitimación. El señor Ministro Laynez Potisek votó en contra.
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23.
Además, se ha reconocido la legitimación activa a la CNDH, cuya función es la protección de los
derechos humanos consagrados en la Constitución Federal y en los tratados internacionales de los que
México sea parte. De igual manera, se ha sostenido que para tener por satisfecho el requisito de
legitimación, no es necesario un estudio preliminar sobre la constitucionalidad de la norma
controvertida, o bien, si aquella tutela o no derechos humanos, toda vez que dichas cuestiones se
dirimen en el fondo del asunto. Por el contrario, basta que la accionante precise que la impugnación
que lleva a cabo salvaguarda derechos humanos, máxime cuando como en el caso se destaca la
vulneración a los principios de legalidad, seguridad jurídica, proporcionalidad y equidad tributarias10.
Incluso, en la actual integración de esta Suprema Corte de Justicia se han analizado en este tipo de
medios de regularidad constitucional diversas leyes de ingresos o de hacienda de distintos municipios
en los que se cuestionan distintos pagos de derechos por diversos conceptos11.
24.
Por estas razones, contrario a lo manifestado por la legislatura demandada, la CNDH está legitimada
para impugnar el Decreto número 29826/LXIV/25 por el que se adiciona el artículo 80 Bis de la Ley de
Ingresos de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, publicado el veintisiete de febrero de dos mil veinticinco
en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco.
V. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO
25.
El Poder Legislativo local señala que no se vulneran los derechos humanos y constitucionales, puesto
que la norma impugnada no se emitió en contravención al principio de legalidad tributaria.
26.
Tales argumentos deben desestimarse ya que el análisis de la actualización de las violaciones a
derechos humanos y constitucionales que aduce la Comisión accionante en su demanda involucra el
estudio de fondo del asunto.12
27.
Al no hacerse valer algún otro motivo de improcedencia o sobreseimiento, sin que este Tribunal Pleno
advierta, de oficio, que se actualice alguno, corresponde realizar el estudio de fondo de la acción de
inconstitucionalidad.
VI. ESTUDIO DE FONDO
28.
En su primer concepto de invalidez, la Comisión accionante aduce, en esencia, que el artículo 80 Bis
de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, el cual prevé un cobro de un derecho “por
concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales”, es violatorio
de las prerrogativas fundamentales de seguridad jurídica y legalidad.
29.
Lo anterior, atento a que no se advierte cuál es el servicio específico que efectivamente está prestando
el Municipio a las personas sujetas del tributo, es decir, la causa eficiente que lo genera. Ello, porque la
norma establece que las personas extranjeras que ingresen al Municipio de Puerto Vallarta deberán
pagar lo equivalente a 1.25 UMA, “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y
espacios públicos municipales”. Sin embargo, dicho elemento de la contribución es sumamente abierto
e indeterminado, puesto que de su literalidad se desconoce cuáles son los servicios, bienes y espacios
públicos municipales a los que se refiere la norma combatida. Incluso, si fueran los siguientes: a)
aquellos ya establecidos expresamente en la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, para el
ejercicio fiscal dos mil veinticinco, constituye un cobro adicional a las personas extranjeras que se
encuentren en el Municipio o b) aquellos servicios, bienes y espacios públicos que no generan ninguna
contribución en términos de dicha ley; los mismos resultan desproporcionales para los sujetos del
tributo, porque se estaría imponiendo un valor por aquellos bienes y servicios que se encuentran libres
de gravamen.
10 Véase, entre otros, las acciones de inconstitucionalidad 72/2021 y acumulada 74/2021, resuelto en sesión de diez de octubre de dos mil
veintidós; 258/2020, resuelto en sesión de treinta de mayo de dos mil veintitrés; 124/2020, resuelto en sesión de veintisiete de abril de dos mil
veintiuno; 191/2020 y su acumulada 220/2020, resuelto en sesión de cuatro de noviembre de dos mil veintiuno; 20/2017, resuelto en sesión
de trece de julio de dos mil veinte; 120/2017, resuelto en sesión de doce de noviembre de dos mil diecinueve; 121/2020 y su acumulada
125/2020, resuelto en la sesión de veintidós de abril de dos mil veintiuno; 41/2018 y su acumulada 42/2018, resuelto en sesión de veintiuno
de abril de dos mil veinte; 51/2018, resuelto en sesión de veintidós de agosto de dos mil diecinueve; y 174/2020, resuelto en sesión de once
abril de dos mil veintitrés. Incluso, a proporciones guardadas, en la acción de inconstitucionalidad 44/2025 y su acumulada 46/2025, resuelta
en sesión pública de diecinueve de agosto de dos mil veinticinco, se reconoció legitimación a la CNDH para impugnar reformas a la
Constitución Política del Estado de Yucatán en materia de reforma al Poder Judicial, simplemente porque expresó en su demanda los
conceptos de invalidez y los motivos por los cuales estimó que los preceptos impugnados eran contrarios al derecho a la seguridad jurídica y
al principio de legalidad, derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal.
11 Por lo menos véanse las siguientes 16 acciones de inconstitucionalidad 9, 19, 179 y 183 todas de 2024; así como 4, 5, 6, 7, 15, 17, 24, 26,
32, 42, 52 y 191 todas de 2025.
12 Se cita en apoyo la tesis P./J. 36/2004, de rubro y texto: “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. SI SE HACE VALER UNA CAUSAL DE
IMPROCEDENCIA QUE INVOLUCRA EL ESTUDIO DE FONDO, DEBERÁ DESESTIMARSE. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha
sostenido que las causales de improcedencia propuestas en los juicios de amparo deben ser claras e inobjetables, de lo que se desprende
que si en una acción de inconstitucionalidad se hace valer una causal que involucra una argumentación íntimamente relacionada con el fondo
del negocio, debe desestimarse y, de no operar otro motivo de improcedencia estudiar los conceptos de invalidez”. Consultable en el
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XIX, junio de dos mil cuatro, página 865, registro digital 181395.
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30.
Los argumentos planteados son esencialmente fundados.
31.
Para explicar dicha conclusión, se expondrá (A) el parámetro de regularidad y la interpretación que
esta Suprema Corte de Justicia ha hecho de los artículos 14 y 16 constitucionales, para (B) enseguida
evaluar la norma sujeta a control de constitucionalidad.
A. Parámetro de regularidad constitucional.
32.
Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha entendido que los derechos de legalidad y seguridad
jurídica, reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal son respetados por la ley
cuando las normas que facultan a la autoridad permiten que las personas conozcan la consecuencia
jurídica de sus actos y la actuación de la autoridad se encuentre limitada y no sea arbitraria. En sentido
inverso, las normas contravienen esos derechos cuando no hay una regulación del supuesto normativo
o cuando habiéndola esta es deficiente13.
33.
El principio de seguridad jurídica tutela que el gobernado jamás quede en una situación de
incertidumbre jurídica ni en un estado de indefensión, por lo que el contenido esencial de dicho
principio radica en que el particular “sepa a qué atenerse” respecto de la regulación normativa y la
actuación de la autoridad14.
34.
El principio de seguridad jurídica no implica que la ley deba señalar de manera especial y precisa un
procedimiento para cada relación entre la autoridad y los particulares, sino que debe contener los
elementos mínimos para hacer valer el derecho del gobernado y evitar que la autoridad incurra en
arbitrariedades15.
35.
En la acción de inconstitucionalidad 300/2020, el Pleno sostuvo que el principio de seguridad jurídica,
aplicado al ámbito legislativo, no exige que se defina cada una de las palabras y enunciados
empleados en una norma, pero sí que los vocablos usados sean de uso común e indudable
comprensión para los destinatarios de la disposición jurídica16, sin condicionar su constitucionalidad al
hecho de que describan el significado de los vocablos utilizados en su redacción.
36.
No obstante, para que ello suceda, es un imperativo que el legislador evite o disminuya la utilización de
conceptos, expresiones, ideas o palabras que provoquen la imprecisión, oscuridad, ambigüedad,
confusión o contradicción de las normas, ya que ello podría tener como resultado que los gobernados
no tengan conocimiento de a qué atenerse o si, por el contrario, cumplen con los elementos fijados en
la norma correspondiente para actuar de alguna manera precisa o ejercer determinado derecho.
B. Análisis de la norma impugnada
37.
El artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta tuvo su origen en la iniciativa
presentada por el propio Presidente Municipal, teniendo como única finalidad la adición de dicho
artículo. En la exposición de motivos, se señala que esta disposición se enmarca en el contexto de que
el turismo genera un incremento en la demanda de los servicios públicos municipales, en la
infraestructura, bienes y espacios públicos; y dado que el turismo extranjero no contribuye al gasto de
estos, de manera enunciativa mas no limitativa, respecto a seguridad pública, salud, aseo público,
saneamiento, servicio de agua y alcantarillado, de uso y aprovechamiento de infraestructura y espacios
públicos y bienes del dominio público necesarios para satisfacer las necesidades del turista extranjero,
se propuso adicionar una nueva contribución para que paguen una contraprestación por los servicios
que reciben o de los que se benefician durante su visita.
38.
Señalando que el destino de los recursos será para el mantenimiento y mejoramiento de los espacios
públicos municipales destinados a las actividades del turismo, así como para el mejoramiento de los
servicios públicos municipales, principalmente al sector turístico y de manera particular: el Centro
Histórico, la Franja Turística, la Zona Romántica, la avenida del Ingreso, El Malecón; así como los
proyectos de protección al medio ambiente y los proyectos para la sustentabilidad de la ciudad.
13 Tesis 2ª./J. 106/2017 (10ª), de rubro: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA. SU
CONTRAVENCIÓN NO PUEDE DERIVAR DE LA DISTINTA REGULACIÓN DE DOS SUPUESTOS JURÍDICOS ESENCIALMENTE
DIFERENTES. Décima Época, Segunda Sala, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 45, Agosto de 2017, Tomo II, página
793, registro digital 2014864.
14 Tesis 1ª./J. 139/2012 (10ª), de rubro: SEGURIDAD JURÍDICA EN MATERIA TRIBUTARIA. EN QUÉ CONSISTE. Décima Época, Primera
Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro XVI, Enero de 2013, Tomo1, página 437, registro digital 2002649.
15 Tesis 2ª./J. 144/2006, de rubro: GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA. SUS ALCANCES. Novena Época, Segunda Sala, Semanario
Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XXIV, Octubre de 2006, página 351, registro digital 174094.
16 Acción de inconstitucionalidad 300/2020, resuelta por el Pleno el 18 de enero de 2022. Ver párrafo 57.
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39.
A continuación, se transcribe un fragmento relevante de dicha exposición de motivos:
“... si bien el turismo representa para los vallartenses un importante detonante
económico, también el turismo representa un incremento en la demanda de los servicios
públicos municipales, infraestructura, bienes y espacios públicos, tales como seguridad
pública, salud, aseo público, saneamiento, agua potable, de mantenimiento y
construcción de infraestructura urbana y espacios públicos, entre otros servicios y bienes
del dominio público necesarios para satisfacer las necesidades del turista, lo cual
necesariamente implica que el municipio ejerza el gasto público en una mayor medida
en ese especifico sector.
En ese sentido, que los recursos presupuestales que requiere el municipio de Puerto
Vallarta para atender esas necesidades y afrontar eficientemente esa demanda, deben
incrementarse lo que sin duda se logrará ampliando el marco normativo recaudatorio
municipal, mediante la creación de nuevas contribuciones en los términos de Ley a ese
sector, pues resulta proporcional y equitativa que el turista pague al municipio una
contraprestación por esos servicios y bienes públicos de los que se beneficia.
(...)
9.Es por lo anterior que, se propone establecer en la Ley de Ingresos del Municipio de
Puerto Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2025 una nueva contribución municipal
en el rubro de derechos, el cual consistirá en un derecho que pagarán las personas
físicas turistas que ingresen al municipio como contraprestación por los servicios, bienes
y espacios públicos municipales que usan y aprovechan durante su estancia, lo cual
resulta proporcional y equitativo.
Este nuevo derecho que ahora se propone sea adicionado, únicamente aplicará al
turista extranjero, ya que el turista nacional de alguna manera ya contribuye al gasto
público municipal al contribuir ante el fisco federal, estatal y municipal de acuerdo con el
marco jurídico tributario del país.
En tanto que las personas turistas extranjeras, si bien es cierto realizan una derrama
económica importante para el municipio, no menos cierto lo es que no contribuyen a los
gastos públicos municipales, de ahí que se justifica, es equitativa y proporcional, que
paguen una contraprestación por los servicios que reciben o de los que se benefician del
municipio durante su visita, enunciativamente mas no limitativamente de aseo público,
servicio de agua y alcantarillado, seguridad pública, uso y aprovechamiento de
infraestructura y espacios públicos, lo que, actualmente se garantizan de otros rubros de
ingresos provenientes de contribuciones pagadas por los vallartenses o provenientes de
participaciones federales, no del turismo extranjero.
El destino de este derecho será para el mantenimiento y mejoramiento de los espacios
públicos municipales destinados a las actividades del turismo, así como para el
mejoramiento de los servicios públicos municipales que presta el municipio,
principalmente al sector turístico y de manera particular el centro histórico, la franja
turística, la zona romántica, la avenida del ingreso, el malecón, así como los proyectos
de protección a medio ambiente y los proyectos para la sustentabilidad de la ciudad.”
[El subrayado es nuestro]
40.
El texto del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta sujeto a control, es el
siguiente:
“Artículo 80 Bis. - Las personas físicas extranjeras que ingresen al territorio que
comprende el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, deberán pagar por concepto de uso
o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales, una cuota
equivalente a 1.25 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización) la cual tendrá una
vigencia de 365 días, a partir de la fecha de pago, mismo que será personal e
intransferible
El importe de la cuota que para este derecho se señala deberá ser cubierto a la
Tesorería o Hacienda Municipal, por los medios que por acuerdo del Ayuntamiento se
autorice y que se darán a conocer en los términos de Ley.
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Estarán exentos del pago de este derecho las niñas y niños extranjeros menores de 14
años de edad, las personas extranjeras con alguna discapacidad, guías de turistas,
operadores de tours, personal de aerolíneas, cruceros, trabajadores del ramo turístico,
así como las personas extranjeras que cuenten con residencia temporal o permanente
en términos de la Ley de Migración.
Las personas físicas extranjeras que tributan localmente mediante unidades económicas
que generan empleo en el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, podrán solicitar el
reembolso de este derecho a la Tesorería Municipal a través de los medios autorizados,
hasta por el importe del pago de la cuota.”
41.
Como se advierte, el artículo combatido establece una contribución que tiene la naturaleza jurídica de
un “derecho” en términos del artículo 5° y 132, 133, 134, 135, 136 y 137 de la Ley de Hacienda
Municipal del Estado de Jalisco17, entendidos estos como las contraprestaciones establecidas en la
ley, por los servicios que presta el Municipio en sus funciones de Derecho Público.
42.
Ahora, el cobro que prevé está dirigido a las personas físicas extranjeras que ingresen al territorio
que comprende el Municipio, “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y
espacios públicos municipales”. La cuota que se establece es de 1.25 UMA (unidad de medida y
actualización), equivalente a $141.4218 (ciento cuarenta y un pesos 42/100), teniendo una vigencia de
trescientos sesenta y cinco días, a partir de la fecha de pago, mismo que será personal e intransferible
y que el pago deberá ser cubierto a la Tesorería o Hacienda Municipal.
43.
Asimismo, establece que estarán exentos de este derecho las niñas y niños extranjeros menores de
catorce años, las personas extranjeras con alguna discapacidad, guías de turistas, operadores de
tours, personal de aerolíneas, cruceros, trabajadores del ramo turístico, así como las personas
extranjeras que cuenten con residencia temporal o permanente.
44.
Finalmente, tratándose de aquellas personas físicas extranjeras que tributan localmente mediante
unidades económicas que generan empleo en el municipio, el artículo establece que podrán solicitar el
reembolso de este derecho.
45.
Ahora bien, la Comisión promovente aduce, entre otros argumentos, que el artículo 80 Bis de la Ley de
Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, en su porción normativa “por concepto de uso o
aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales”, es violatorio de los derechos
de seguridad jurídica y legalidad, porque no se advierte cuál es el servicio que efectivamente está
prestando el Municipio a las personas sujetas del tributo, siendo que dicha porción normativa
combatida es sumamente abierta e indeterminada, puesto que se desconoce cuáles son los servicios,
bienes y espacios públicos municipales a los que se refiere la norma sujeta a control.
17 Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco
Artículo. 5.- Son Derechos, las contraprestaciones establecidas en la Ley, por los servicios que presten los Municipios en sus funciones de
derecho público.
(...)
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS DERECHOS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 132.- Los ingresos que por concepto de derechos obtenga el Municipio, procederán de la prestación de los siguientes servicios:
I. Licencias, permisos y registros;
II. Inspección y vigilancia;
III. Inspección sanitaria;
IV. Aseo público;
V. Agua y alcantarillado;
VI. Rastro;
VII. Registro civil;
VIII. Certificaciones;
IX. Seguridad pública y tránsito; y
X. Derechos no especificados.
Artículo 133.- Los derechos por la prestación de servicios que proporcionan las diversas dependencias del Ayuntamiento, se causarán en el
momento en que el particular reciba la prestación del servicio o en el momento en que se provoque, por parte del Ayuntamiento, el gasto que
deba ser remunerado por aquél, salvo el caso en que la disposición que fije el derecho señale cosa distinta.
Artículo 134.- El importe de las tasas o cuotas que para cada derecho señalan las leyes de ingresos municipales, deberán ser cubiertos en la
Tesorería Municipal o en el lugar que al efecto señale la misma.
Artículo 135.- La dependencia o el servidor público que preste el servicio, por el cual se paguen los derechos, procederá a la realización del
mismo, al presentarle el interesado el recibo oficial que acredite su pago ante la Tesorería Municipal; ningún otro comprobante justificará el
pago correspondiente.
Artículo 136.- El servidor público que preste algún servicio por el que se cause un derecho, en contravención a lo dispuesto en los artículos
anteriores, será solidariamente responsable de su pago, sin perjuicio de las sanciones que procedan y la destitución de su cargo, sin
responsabilidad para el Ayuntamiento.
Artículo 137.- En caso de discrepancia acerca de la procedencia o cuantía del derecho, cuando de su pago dependa la prestación del
servicio o el desarrollo de una actividad, la consignación del importe fijado por el Tesorero Municipal, en los términos establecidos por las
leyes fiscales, dará lugar a la prestación de dicho servicio o al desarrollo de la actividad.
18 Cálculo efectuado de conformidad con el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que equivale a $113.14, consultable en
https://www.inegi.org.mx/temas/uma/
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46.
Este Tribunal Pleno estima que le asiste la razón a la accionante en cuanto a que la disposición
analizada es contraria a los derechos de legalidad y seguridad jurídica, reconocidos en los artículos 14
y 16 de la Constitución Federal, ya que efectivamente la norma combatida incurre en una
indeterminación que genera incertidumbre a las personas respecto a uno de los elementos que
configuran el referido derecho y que es relevante para la cuantificación de éste, es decir, respecto a su
hecho imponible o “el hecho” que el legislador local eligió como generador del tributo. Esto, porque
causa incertidumbre respecto al tipo de servicio que presta el Estado, así como el tipo de uso o
aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales que genera el cobro de la contribución
denominada “derecho”.
47.
Lo anterior es así, si se tiene en cuenta que dicho elemento del derecho es importante para la
cuantificación de la cuota, y que al tratarse de una contraprestación por los servicios que presta el
Municipio en su función de Derecho Público, cuya característica principal, es que constituye una
actuación individualizada, concreta y determinada, con motivo de una relación singularizada entre el
receptor y el ente estatal, lo que justifica su imposición y por ende, se exige que en la misma deba
existir un razonable equilibrio entre la cuota y la prestación del servicio.
48.
Al respecto, este Alto Tribunal en diversos precedentes como las acciones de inconstitucionalidad
93/202019, 51/202120, 33/202121, 75/202122, 77/202123 y 42/202224 ha sostenido que, para considerar
constitucionales las normas que prevén las contribuciones denominadas derechos, las cuotas
aplicables deben ser, entre otras cosas, acordes o proporcionales al costo de los servicios prestados y
ser iguales para todos aquellos que reciban el mismo servicio.
49.
En ese sentido, si la norma combatida prevé un cobro “por concepto de uso o aprovechamiento de
servicios, bienes y espacios públicos municipales”, sin especificar el tipo de servicio, así como el tipo
de uso o aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales a que se refiere, se deja abierta
la posibilidad de que sean las autoridades administrativas las que generen la configuración de ese
derecho, pudiéndose referir a aquellos servicios o aprovechamientos de bienes o espacios públicos ya
contemplados y regulados por las leyes fiscales del municipio, como podrían ser aquellos que no se
encuentran regulados y son libres de gravamen.25
50.
Lo anterior, sin que pase inadvertido lo señalado en la exposición de motivos, en el sentido de que el
pago del referido derecho es por los servicios que prestan a los turistas extranjeros, como lo son, de
manera enunciativa mas no limitativa: seguridad pública, salud, aseo público, saneamiento, servicio de
agua y alcantarillado, de uso y aprovechamiento de infraestructura y espacios públicos y bienes del
dominio público necesarios para satisfacer las necesidades del turista extranjero.
51.
Ello, porque como ya se dijo, no queda preciso el objeto del cobro de ese derecho, ya que al tratarse
de una contraprestación por los servicios que presta el Municipio en su función de Derecho Público,
esta misma debe ser de manera individualizada, concreta, determinada y congruente con el costo que
representa para la autoridad el servicio relativo, por lo que la indeterminación en que incurre la norma
daría lugar a que por un mismo servicio se contribuya en cantidades diversas, ya que la cuota no
puede contener elementos ajenos al servicio prestado.
52.
En ese sentido, es evidente que al no especificarse el objeto del derecho que se pretende cobrar en la
ley, conlleva la violación al principio de legalidad y, en consecuencia, al derecho de seguridad jurídica
de las personas, en tanto que no tienen la certeza sobre el servicio por el que están pagando y que no
está identificado por el legislador; por tanto, existe incertidumbre sobre el evento o circunstancia que
da origen a la obligación tributaria, por ende imposibilita que los contribuyentes conozcan el objeto
sobre el cual deben cumplir la obligación fiscal.
19 Resuelta el 29 de octubre de 2020, por unanimidad de once votos.
20 Resuelta el 4 de octubre de 2021, por mayoría de ocho votos.
21 Resuelta el 7 de octubre de 2021, por unanimidad de diez votos.
22 Resuelta el 18 de noviembre de 2021, por unanimidad de nueve votos.
23 Resuelta el 18 de noviembre de 2021, por mayoría de ocho votos.
24 Resuelta el 24 de octubre de 2022, por unanimidad de once.
25 Estos son entendidos como aquellos servicios y uso o aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales no regulados por la Ley
de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco y la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco.
Por ejemplo, el Malecón y disfrute de sus esculturas y uso del Mirador de la Cruz, entre otras.
Las leyes fiscales municipales establecen ingresos, que por concepto de derechos obtiene los municipios. Por la prestación de los siguientes
servicios: licencias y permisos de giros y anuncios; registros, inspección y vigilancia; servicio de sanidad; servicios de limpia, recolección,
traslado, tratamiento y disposición de residuos; de los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición
final de aguas residuales; del rastro; por los servicios que preste el registro civil; por la expedición de certificaciones; de los servicios de
catastro; de las licencias de construcción, remodelación, reparación, regularización, ampliación y demolición; seguridad pública y tránsito, y
accesorios de los derechos (recargos, multas, honorarios y gastos de ejecución, actualización de derechos y otros no especificados).
Sobre los derechos por el uso, aprovechamiento, goce y custodia de bienes de dominio público, son los siguientes: del espacio público; de los
estacionamientos; del uso, goce, aprovechamiento o explotación de otros bienes dominio público; de los cementerios de dominio público, y de
los derechos no especificados.
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53.
En otras palabras, la norma controvertida transgrede el principio de legalidad porque no indica mayores
directrices para establecer con certeza el hecho imponible del derecho analizado, con relación a los
costos que generaría la utilización de los conceptos que se prevén en la norma sujeta a control.
Maxime cuando el órgano legislativo debe conceptualizar a qué servicios, bienes y espacios públicos
se refiere, para evitar que las personas queden en total desacierto respecto a la contraprestación que
tendrían que cubrir a la autoridad exactora. En este sentido, es claro para este Alto Tribunal que la falta
de definición del objeto del cobro del derecho en análisis conlleva a la violación del principio de
legalidad y seguridad jurídica, por establecer un derecho impreciso, abierto, ambiguo, pues no existen
parámetros que nos revelen cual es el objeto que actualiza el tributo, es decir, si se trata de servicios
de telefonía, de servicios de transporte, de servicios de luz, de agua, de basura, o bienes de dominio
público como museos, monumentos, etcétera, o en que dimensiones podrían ser prestados a las
personas extranjeras que se encuentran en territorio municipal. Ni mucho menos se advierte el costo
aproximado que representaría para el municipio esas contraprestaciones tan amplias.
54.
Al respecto, de manera ilustrativa este Alto Tribunal en diversos precedentes, como en la acción de
inconstitucionalidad 47/2019 y su acumulada 49/201926, determinó declarar la invalidez de diversos
artículos de leyes de ingresos de diversos municipios del Estado de Morelos, los cuales, entre otros,
establecían —en términos generales y sin especificar— el pago de derechos por los servicios
prestados en cumplimiento a la ley de información local27. Ello, por la indeterminación en que incurrían,
ya que generaban incertidumbre a las personas respecto al tipo de servicio en concreto, puesto que, a
juicio de la autoridad municipal, se podría requerir el pago por cualquier motivo, lo cual es excesivo o
injustificado, resultando violatorio no solo del principio de gratuidad en su acceso, sino también del
principio de legalidad.
55.
Así, atendiendo a las consideraciones precisadas, y dado que la indeterminación impacta en la
cuantificación del derecho, lo procedente es declarar la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de
Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco.
56.
Finalmente, dada la conclusión alcanzada, este Pleno no considera necesario analizar el resto de los
argumentos esgrimidos en los conceptos de invalidez, ante la declaratoria de invalidez de la norma
combatida. Apoya esta determinación el criterio contenido en la jurisprudencia P./J. 37/2004, de rubro:
“ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. ESTUDIO INNECESARIO DE CONCEPTOS DE
INVALIDEZ”.
VII. EFECTOS
57.
El artículo 73, en relación con los diversos 41, 43, 44 y 45 de la Ley Reglamentaria de la materia,
señalan que las sentencias deben contener los alcances y efectos de estas, así como fijar con
precisión los órganos obligados a cumplirla, las normas generales respecto de las cuales opere y todos
aquellos elementos necesarios para su plena eficacia en el ámbito que corresponda. Además, se debe
fijar la fecha a partir de la cual la sentencia producirá sus efectos.
58.
Declaratoria de invalidez. En atención a las consideraciones desarrolladas en el apartado
precedente, se declara la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto
Vallarta, Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco.
59.
Fecha a partir de la cual surtirá efectos la declaratoria general de invalidez. Conforme a lo
dispuesto por el artículo 45, párrafo primero, de la Ley Reglamentaria de la materia, esta sentencia y la
declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos
resolutivos de la presente ejecutoria al Congreso del Estado de Jalisco.
26 Resuelto en sesión de veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve, bajo la ponencia de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Ubicado en el
estudio de fondo, Apartado “OCTAVO. Las normas impugnadas violan los principios de gratuidad en materia de acceso a la información
pública, legalidad y proporcionalidad “, subtema 4. Entrega de información por cualquier otro medio o servicio no especificado. foja 69 y 70.
27 Se aprobó por unanimidad de nueve votos de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar
Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández separándose de algunas consideraciones, Laynez Potisek en contra de algunas consideraciones,
Pérez Dayán y Presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando octavo, denominado “Las normas impugnadas violan los
principios de gratuidad en materia de acceso a la información pública, legalidad y proporcionalidad”, en sus partes 1, denominada
“Información entregada en medios magnéticos o electrónicos proporcionados por el solicitante”, 2, denominada “Impresión por cada hoja”, 3,
denominada “Reproducción de información entregada en medios magnéticos o electrónicos (disco compacto, disco versátil digital y disco de
tres y media pulgadas)”, y 4, denominada “Entrega de información por cualquier otro medio o servicio no especificado”, consistentes,
respectivamente, en declarar la invalidez de los artículos 27, numeral 4.3.17.02.01.03.000, de la Ley de Ingresos del Municipio de Amacuzac,
11, numerales 4.3.2.5.1.1, 4.3.2.5.1.2 y 4.3.2.5.1.3, y 13, numeral 4.3.4.1.1, de la Ley de Ingresos del Municipio de Atlatlahucan, 22,
numerales 4.3.12.1, 4.3.12.2.1.1, 4.3.12.2.1.2 y 4.3.12.2.1.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Axochiapan, 13, numeral 4.3.4.2.1.3, de
la Ley de Ingresos del Municipio de Cuernavaca, 19, numerales 4.3.9.4.2.2 y 4.3.9.4.2.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Huitzilac, 36,
numerales 4.3.04.002.01.01, 4.3.04.002.01.02, 4.3.04.002.02.01, 4.3.04.002.02.02 y 4.3.04.002.02.03, de la Ley de Ingresos del Municipio de
Jiutepec, 13, fracción II, inciso A), numerales 1, 2 y 3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Miacatlán, 26, fracción II, incisos A), B), C) y D),
de la Ley de Ingresos del Municipio de Ocuituco, 46, fracción III, de la Ley de Ingresos del Municipio de Temixco, 22, numerales 4.3.12.1,
4.3.12.2.1.1, 4.3.12.2.1.2, 4.3.12.2.1.3 y 4.3.12.2.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Temoac, 20, numerales 4.4.3.4.1.1.1, 4.4.3.4.1.1.2,
4.4.3.4.1.1.3 y 4.4.3.4.1.1.7, de la Ley de Ingresos del Municipio de Yautepec de Zaragoza, 37, numeral 4.1.4.3.14.2, de la Ley de Ingresos
del Municipio de Yecapixtla y 11, numeral 4.3.2.5.1.2, de la Ley de Ingresos del Municipio de Zacatepec, todas del Estado de Morelos, para el
ejercicio fiscal 2019, publicadas en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” de dicha entidad federativa el veintinueve de marzo de dos mil
diecinueve. Los señores Ministros Piña Hernández y Laynez Potisek anunciaron sendos votos concurrentes.
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60.
Exhorto al Poder Legislativo demandado. En virtud de que la declaratoria de invalidez es respecto
de una disposición general de vigencia anual, se exhorta al Poder Legislativo del Estado de Jalisco
para que, en posteriores medidas legislativas similares a la analizada en esta resolución, en el marco
de su libertad configurativa y tomando en cuenta las consideraciones de esta sentencia, se abstenga
de incurrir en el mismo vicio de inconstitucionalidad.
61.
Notificación. Deberá notificarse la presente sentencia al municipio involucrado, por ser la autoridad
encargada de la aplicación de la ley de ingresos cuya disposición fue invalidada.
VIII. DECISIÓN
62.
Por lo antes expuesto, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve:
PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto
Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2025, adicionado mediante el Decreto Número 29826/LXIV/25,
publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintisiete de febrero de dos mil
veinticinco.
TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de
estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Jalisco, en los términos precisados en el apartado
VII de esta determinación.
CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del
Estado de Jalisco, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Notifíquese mediante oficio a las partes y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto
concluido.
Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo apartándose de los párrafos del 31 al 36, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres
Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del
apartado VI, relativo al estudio de fondo, consistente en declarar la invalidez del artículo 80 Bis de la
Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2025. El señor
Ministro Espinosa Betanzo anunció voto concurrente.
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero
García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VII, relativo a los efectos, consistente
en 1) determinar que la declaratoria de invalidez decretada surta a partir de la notificación de los
puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Jalisco y 3) determinar que deberá
notificarse la presente sentencia al municipio involucrado por ser la autoridad encargada de la
aplicación de la ley de ingresos cuya disposición fue declarada inválida.
Se aprobó por mayoría de siete votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo,
Ríos González, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del
apartado VII, relativo a los efectos, consistente en 2) exhortar al Poder Legislativo del Estado de
Jalisco para que, en posteriores medidas legislativas similares a la analizada en esta resolución, en el
marco de su libertad configurativa y tomando en cuenta las consideraciones de esta sentencia, se
abstenga de incurrir en el mismo vicio de inconstitucionalidad. Las señoras Ministras Esquivel Mossa y
Batres Guadarrama votaron en contra.
El señor Ministro Presidente Aguilar Ortiz declaró que el asunto se resolvió en los términos propuestos.
Firman los Ministros Presidente y Ponente, junto con el Secretario General de Acuerdos que autoriza
y da fe.
Presidente, Ministro Hugo Aguilar Ortiz.- Firmado electrónicamente.- Ponente, Ministro Giovanni Azael
Figueroa Mejía.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos, Licenciado Rafael Coello
Cetina.- Firmado electrónicamente.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de dieciocho fojas útiles, en las que se
cuenta esta certificación, concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente de la
sentencia emitida en la acción de inconstitucionalidad 41/2025, promovida por la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión del
primero de diciembre de dos mil veinticinco. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial
de la Federación.- Ciudad de México, a dieciséis de febrero de dos mil veintiséis.- Rúbrica.
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
57
VOTO CONCURRENTE
QUE
FORMULA
EL
MINISTRO
IRVING
ESPINOSA
BETANZO
EN
LA
ACCIÓN
DE
INCONSTITUCIONALIDAD 41/2025.
En sesión de 1 de diciembre, el Tribunal Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la
acción de inconstitucionalidad mencionada al rubro. En dicha sesión se determinó por unanimidad de votos
declarar la invalidez del artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de
Jalisco, para el ejercicio fiscal 2025; lo anterior, bajo la consideración de que la norma controvertida contempla
el cobro de derechos a personas físicas extranjeras que ingresen al territorio municipal por concepto de uso o
aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales, lo cual atenta contra el principio de
legalidad y seguridad jurídica, al no establecer con precisión cual es el servicio en específico que se otorga a
las personas, pues no se precisa la causa que genera el cobro, por lo que la falta de definición conlleva a la
incertidumbre jurídica al no establecer los parámetros que revelen cual es el objeto que actualiza el tributo.
Si bien voté a favor de la propuesta, considero pertinente manifestar que me aparto de la metodología
adoptada en relación con el parámetro de regularidad constitucional establecida en los párrafos 32 a 36.
Coincido con las consideraciones del proyecto, donde en esencia se resuelve que la norma impugnada es
inconstitucional, por prever un cobro “por concepto de uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios
públicos municipales”, sin especificar el tipo de servicio, así como el tipo de uso o aprovechamiento de bienes
o espacios públicos municipales a que se refiere, dejando con ello, abierta la posibilidad de que sean las
autoridades administrativas las que generen la configuración de ese derecho.
No obstante, esa inconstitucionalidad, a mi juicio, se actualiza por contravenir el principio de legalidad
tributaria, el cual exige que mediante un acto formal y materialmente legislativo se establezcan todos los
elementos para realizar el cálculo de una contribución, fijándolos con la precisión necesaria a fin de que:
1) Se impida el comportamiento arbitrario o caprichoso de las autoridades que directa o indirectamente
participen en su recaudación y;
2) Se genere certidumbre al gobernado sobre qué hecho o circunstancia se encuentra gravado; cómo
se calculará la base del tributo; qué tasa o tarifa debe aplicarse; cómo, cuándo y dónde se realizará el entero
respectivo y, en fin, todo aquello que le permita conocer qué cargas tributarias le corresponden en virtud de la
situación jurídica en que se encuentra o pretenda ubicarse.
Consecuencia de lo anterior, aunque comparto el sentido del proyecto, me aparto de las consideraciones
que se sustentan en los párrafos 32 a 36, en tanto que al tratarse de contribuciones -derechos- su regularidad
constitucional debió ser analizada a la luz del principio de legalidad tributaria consagrado en el artículo 31,
fracción IV, de la Constitución Federal.
Ministro, Irving Espinosa Betanzo.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos,
Lic. Rafael Coello Cetina.- Firmado electrónicamente.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de dos fojas útiles, en las que se cuenta
esta certificación, cuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente del voto concurrente que
formula el señor Ministro Irving Espinosa Betanzo, en relación con la sentencia del primero de diciembre de
dos mil veinticinco, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de
inconstitucionalidad 41/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Se certifica con
la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.- Ciudad de México, a dieciséis de febrero
de dos mil veintiséis.- Rúbrica.
58
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de
México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo
de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.9218 M.N. (diecisiete pesos con nueve mil doscientos dieciocho
diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 13 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Disposiciones de Banca
Central, Lic. Luis Manuel Rivas Gómez.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne
Ramos Ruiz.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González
Olivo.- Rúbrica.- Subgerente de Análisis de Mercados, Lic. María Fernanda Baqueiro Castillo.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días
obtenida el día de hoy, fue de 7.2282%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2711%; y a plazo
de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3336%.
Ciudad de México, a 13 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Disposiciones de Banca
Central, Lic. Luis Manuel Rivas Gómez.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne
Ramos Ruiz.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González
Olivo.- Rúbrica.- Subgerente de Análisis de Mercados, Lic. María Fernanda Baqueiro Castillo.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda
nacional determinada el día de hoy, fue de 6.97 por ciento.
Ciudad de México, a 12 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Disposiciones de Banca
Central, Lic. Luis Manuel Rivas Gómez.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne
Ramos Ruiz.- Rúbrica.- Subgerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Lic. Mariel González
Olivo.- Rúbrica.- Subgerente de Análisis de Mercados, Lic. María Fernanda Baqueiro Castillo.- Rúbrica.
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
59
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
ENCADENAMIENTO de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al mes de
febrero de 2026.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
ENCADENAMIENTO
DE
PRODUCTOS
DEL
INDICE
NACIONAL
DE
PRECIOS
AL
CONSUMIDOR,
CORRESPONDIENTE AL MES DE FEBRERO DE 2026.
Al respecto, hago de su conocimiento que de conformidad con los artículos 59 fracción III, inciso a) de la
Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de
la Federación, y 29 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y
tomando en cuenta el cierre o ampliación de fuentes de información y la desaparición o ampliación de marcas,
modelos, presentaciones o modalidades, este Instituto ha resuelto encadenar los productos y servicios cuyas
claves de identificación y especificación se encuentran indicadas en el anexo de la presente publicación. Ha
de señalarse que en los nuevos artículos se da a conocer el precio correspondiente al cierre del mes de
febrero de 2026 como precio de referencia.
Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía: Director General
Adjunto de Índices de Precios, Lic. Jorge Alberto Reyes Moreno.- Rúbrica.
ANEXO
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
ENCADENAMIENTOS
Precio
Clave
Nueva especificación
Promedio ($)
Unidad
Causa de sustitución
Febrero 2026
01 003004
BIMBO, DE TRIGO, MULTIGRANO, LINAZA, C/5 BARRAS, CAJA DE 16
318.13
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 004028
GAMESA, DULCES, EMPERADOR, DE VAINILLA, CAJA DE 382 G
175.13
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 012013
BIMBO, PAN DULCE, DONAS AZUCARADAS, C/4 PZAS, PAQ DE 105 G
209.52
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 015018
TIA ROSA, TORTILLINAS, C/15 PZAS, BOLSA DE 382.5 G
78.43
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 018151
MP, COSTILLA, AGUJAS, A GRANEL
139.00
KG
CAMBIO DE MARCA
01 023024
FUD, DE PAVO, PAQ DE 266 G
105.26
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 029001
SUNNY SEA, EN CONSERVA, OSTIONES, LATA DE 85 G
854.12
KG
CAMBIO DE MARCA
01 032006
NESTLE, DESLACTOSADA, 1-3 AÑOS, LATA DE 1500 G
231.68
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 036006
CAPERUCITA, AMERICANO, PAQ DE 140 G
242.14
KG
CAMBIO DE MARCA
01 040004
MI CAPRICHO, AÑEJO, COTIJA, PAQ DE 250 G
319.60
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 058023
LOMA VERDE, EN ALMIBAR, DURAZNOS EN MITADES, LATA DE 820 G
73.17
KG
CAMBIO DE MARCA
01 060050
ITALIANA, A GRANEL
20.25
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 064002
VERDE VALLE, ANCHO, BOLSA DE 75 G
552.00
KG
CAMBIO DE MARCA
01 071057
LECHUGA, ROMANA, POR PZA
22.50
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 080026
AJO, A GRANEL
132.50
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 090007
GERBER, PAPILLA, +12 MESES, COLADO, BOLSA DE 110 G
177.27
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 091007
FRENCH´S, MOSTAZA, CLASSIC, FCO DE 226 G
124.23
KG
CAMBIO DE MARCA
01 098009
MCCORMICK, DESHIDRATADO, MANZANILLA, C/25 SOBRES, CAJA DE 30
23.10
CAJA
CAMBIO DE MARCA
01 100022
MANZANITA SOL, REFRESCO, SABOR, MANZANA, BOTELLA DE 600 ML
26.67
LT
CAMBIO DE MARCA
01 100045
COCA-COLA, REFRESCO, COLA, BOTELLA DE 1350 ML
22.22
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
01 102013
TANG, POLVO, SABOR NARANJA, SOBRE DE 13 G
7.00
SOBRE
CAMBIO DE PRESENTACION
01 107009
LAGAR DE PROVENTUS, BLANCO, ALBARIÑO, BOTELLA DE 750 ML
818.43
LT
CAMBIO DE MARCA
01 110008
LPC COLLECTION, BLUSA, 63% POLIESTER - 33% ALGODON - 4% ELA
649.00
PZA
NUEVO MODELO
01 111026
FRUIT OF THE LOOM, TINES, PAQ DE 7 PARES, 97% POLIESTER - 3%
124.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
01 113008
CCP, TINES, PAQ DE 5 PARES, 70.4% ALGODON - 26.4% POLIESTER -
149.00
PAQ
NUEVO MODELO
01 116003
MANGO MAN, PANTALON, 66% POLIESTER - 28% VISCOSA - 6% ELASTA
1999.00
PZA
NUEVO MODELO
01 116012
CHEROKEE, PANTALON, 81% ALGODON - 17% POLIESTER - 2% ELASTANO
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 118008
LEVI´S, PANTALON, 58% ALGODON - 21% VISCOSA - 20% POLIESTER
629.00
PZA
NUEVO MODELO
01 118012
CATAMARAN, PANTALON, 64% ALGODON - 30% POLIESTER - 6% ELASTA
699.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119002
VITOS, CHALECO, 100% ACRILICO
999.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119115
NITRO, SUDADERA, 100% POLIESTER
279.90
PZA
NUEVO MODELO
01 119122
JULIO, CHAMARRA, 84% POLIESTER - 11% ELASTANO - 5% VISCOSA
2799.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119123
MXSTAZA, CHAMARRA, 100% POLIURETANO
449.90
PZA
NUEVO MODELO
01 119137
CONTEMPO, CHAMARRA, 100% ALGODON
899.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119140
SIMORRA, SUETER, 75% ALGODON - 25% POLIESTER
1990.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 119173
REFILL, CHAMARRA, 77% ALGODON - 22% POLIESTER - 1% ELASTANO
449.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119188
CUIDADO CON EL PERRO MP, SUDADERA, 80% ALGODON - 20% POLIEST
449.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119199
CAT, CHAMARRA, 100% POLIESTER
1099.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 119214
REFILL, SUDADERA, 100% POLIESTER
399.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119270
NEXT AND CO, CHAMARRA, 100% POLIESTER
489.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 119284
CORINA, SUETER, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
130.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
01 120023
ZAGA, BOXER, PAQ DE 3 PZAS, 100% ALGODON
229.00
PAQ
NUEVO MODELO
01 121018
ILUSION, BRASIER, 85% POLIAMIDA - 15% ELASTANO
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 121032
TANIA, BRASIER, 83% POLIESTER - 17% ELASTANO
450.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 122007
REFILL, P/NIÑO, TRUSA, PAQ DE 4 PZAS, 100% ALGODON
149.00
PAQ
NUEVO MODELO
01 122059
BASIC CONCEPT, P/NIÑA, TOP BRASSIER, 100% POLIESTER
229.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 122101
HANES, P/NIÑO, BOXER TIPO TRUSA, PAQ DE 2, 100% ALGODON
149.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
01 123064
FANTASTIC, PANTALON, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
179.90
PZA
NUEVO MODELO
01 126006
VITOS, FALDA, 95% RAYON - 5% SPANDEX
840.65
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 126013
DUPLAN, SACO, 63% POLIESTER - 32% ELASTANO - 5% SPANDEX
1199.00
PZA
NUEVO MODELO
01 126018
CHEROKEE, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 126023
FOLEY´S, FALDA, 100% POLIESTER
999.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 126025
CHARME, VESTIDO, 100% POLIESTER
1999.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
60
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
01 127012
THAT´S IT, FALDA, 100% VISCOSA
599.00
PZA
NUEVO MODELO
01 128016
WEEKEND, PIJAMA, 100% VISCOSA
449.00
PZA
NUEVO MODELO
01 128024
EVERLAST, PANTS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 128028
PUMA, PANTS, 65% POLIESTER - 16% LYOCELL - 13% POLIESTER - 6
1499.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
01 128033
CALVIN KLEIN, PIJAMA, 100% ALGODON
1479.08
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 128070
MOSSIMO, PANTS, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
549.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 128074
LEFTIES MP, PIJAMA, 2 PZAS, 100% - ALGODON
349.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 128149
SPRINT, PANTS, 91% POLIESTER - 7% ELASTANO - 2% ELASTODIENO
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 129015
BEAUTY SECRET, PIJAMA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
279.00
PZA
NUEVO MODELO
01 129021
LIFE STYLER, PIJAMA, 100% ALGODON
849.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 129024
MON AMOUR, PIJAMA, 100% ALGODON
229.90
PZA
NUEVO MODELO
01 129071
NATALY PRIME, PANTS, 100% POLIESTER
260.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 129086
REFILL, PANTS, 82% POLIESTER - 13% VISCOSA - 5% ELASTANO
329.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
01 129121
LIFE STYLER, PIJAMA, 2 PZAS, 50% - ALGODON - 50% POLIESTER
899.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 129129
MAREL, PIJAMA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON
150.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
01 133010
FLEXI, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
1034.10
PAR
NUEVO MODELO
01 135004
FLEXI, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1148.03
PAR
NUEVO MODELO
01 135005
NINE WEST, ZAPATILLAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
1999.00
PAR
NUEVO MODELO
01 136002
ELEFANTE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
832.15
PAR
NUEVO MODELO
01 136012
COQUETA, ZAPATOS, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA
669.90
PAR
NUEVO MODELO
01 136014
AUDAZ, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
524.00
PAR
NUEVO MODELO
01 136021
GRAFITO, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
349.00
PAR
NUEVO MODELO
01 137006
REEBOK, P/ADULTO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1199.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
01 137053
CHARLY, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
799.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
01 145003
PRECIO POR KG
18.87
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 145012
PRECIO POR KG
18.87
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 145049
PRECIO POR KG
18.87
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 147001
DINASTY, MATRIMONIAL, MOD AMERICA
18729.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 147010
CLASSIC, MATRIMONIAL, MOD 465615
4999.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 148006
RIVET, COMEDOR, 4 PZAS (4 SILLAS MILAN)
11990.00
JGO
NUEVO MODELO
01 149003
LIBRERO, DE PARED, DE 60 X 40 X 190 CM, MOD MENARA
21490.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 149096
LOTTUS, SILLA, DE VINIPIEL, PATAS DE ACERO, CREMA, MOD ARGOS
2886.68
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 153006
HOMAGE, COLCHA, MAT, 100% POLIESTER, MOD 5013102521
999.00
PZA
NUEVO MODELO
01 153022
LAURA ASHLEY, COLCHA, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD MADELEIN
2249.10
JGO
CAMBIO DE MARCA
01 155049
SORRENTO, CORTINAS, TELA, 100% POLIESTER, 280 CM DE ANCHO
69.99
MT
CAMBIO DE MARCA
01 157016
KOBLENZ, ASPIRADORA, MULTIUSOS, MOD WD-354 K2
990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 157035
KOBLENZ, ASPIRADORA, ALPHA, MOD KC-150
2590.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 157037
KOBLENZ, ASPIRADORA, MULTIUSOS, 5 GAL, MOD WD-5L2
1295.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 157045
MIDEA, HORNO ELECTRICO, DE 12 LT, MOD MMTB12MS2B
790.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 158006
MABE, 6 QUEM, 3 PARRILLAS DE HIERRO FUNDIDO, MOD EM7657CFISO
13999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 158014
MABE, 6 QUEM, 30”, CAPELO, MOD 7659CF152 SILVER
10995.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 159006
MIDEA, 0.7 PIES, CONTROL TOUCH, 6 PROGRAMAS, MOD MMDT07S2WB
3285.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 159008
SAMSUNG, 1.05 PIES, CROMADO, MOD 3-13634-M540-0-55
4899.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 160004
MABE, LAVADORA, 22 KG, AUT, 11 PROG ACERO MOD LMA72215WBABI
13529.18
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 161001
LG, 14 PIES, TOP MOUNT, MOD VT40BJM
17999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 164005
T-FAL, VAPOR C/ROCIO, SUELA CERAMICA, MOD FV2C80UO
1099.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 169001
MASTER CRAFF, LED, LUZ FRIA, DE 20 WATTS - 125 WATTS
74.90
PZA
NUEVO MODELO
01 170057
HYPER TOUGH, ACCESORIOS, EXTENSION ELECTRICA, 5 MTS, 127 VOL
125.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 170059
IUSA, ACCESORIOS, EXTENSION, PZA DE 5 MT
92.00
PZA
NUEVO MODELO
01 176019
ARIEL, EN POLVO, LIMPIEZA PROFUNDA, BOLSA DE 800 G
53.75
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 179001
BAYGON, INSECTICIDA, AEROSOL, PODER MORTAL, BOTE DE 400 ML
84.50
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
01 198008
FRECUENT, LENTES, DE CONTACTO, BLANDOS, MOD ALL DAY PLUS
1069.00
PAR
NUEVO MODELO
01 201006
GINECOLOGO, HONORARIOS MEDICOS, PARTO NORMAL
18000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
01 203004
PARTO NORMAL, PARTICULAR, INCLUYE 1 NOCHE
30000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
01 206037
COMPACTO
361300.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206044
USOS MULTIPLES
1011900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206045
DE LUJO
899900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206048
USOS MULTIPLES
1340900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206049
DE LUJO
969900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206050
USOS MULTIPLES
799900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206052
DE LUJO
999900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206054
USOS MULTIPLES
892790.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206062
USOS MULTIPLES
559900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 207002
YAMAHA, URBANA, STREET, 5 VEL, MOD FZ-S 4.0 FI ABS, 2026
67999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 208015
BLITZ, INFANTILES, R-16, MOD REBEL MTB/BMX
2313.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 208016
HERVY DUTY, DE CARRERA, R-24, MTB, MOD BIC007
3399.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 208018
TREK, DE CARRERA, MOD MARLIN-6 2026
25999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 208023
TURBO, INFANTILES, R-20, MOD SIERRA SLITE-0000-26
8499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 209007
LTH, 42R, 12 V, MOD L-42R-500
2960.00
PZA
NUEVO MODELO
01 222002
PRIMERA CLASE
824.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 223005
HUIPULCO - SANTO TOMAS AJUSCO, PRIMEROS 5 KM
8.50
VIAJE
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 223006
METRO CONSTITUCION - EJERCITO DE OTE, TARIFA UNICA
2.00
VIAJE
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 224005
MICROBUS, METRO TAXQUEÑA - STA CRUZ MEYEHUALCO, PR
7.50
VIAJE
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 224012
METRO GRAL ANAYA - MIXQUIC, MAS DE 12 KM
9.50
VIAJE
CAMBIO DE MODALIDAD
01 225013
UBER, PRIVADO, PLAZA JUAREZ - PLAZA VAQUERITOS
227.45
VIAJE
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 230006
DAEWOO, ACCESORIOS, BOCINA, 2 X 6.5”, MOD DW1987
1399.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 230016
ROKU, VIDEO, DISP. P/STREAMING, MOD STICK PLUS 4K
1049.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 230021
J LAB, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD NEON
990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 230025
ROKU, VIDEO, DISP. P/STREAMING, STICK 4K, MOD ROK3820MX
1711.87
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 230043
LG, AUDIO, TEATRO EN CASA, DOLBY ATMOS 2.0, MOD S20A
2277.12
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 231001
HISENSE, 43”, PANTALLA QLED, SMART TV C/ALEXA, MOD QD6
9060.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 231008
SAMSUNG, 43”, SMART TV, CRYSTAL UHD, 4K, MOD UN43U8200FFXZX
8499.15
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 231012
HISENSE, 65”, 4K, ULED, MOD U7QG PRO
33999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 231031
LG, 55”, UHD, 4K, MOD 55UA 7500PSA4K
8495.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 231033
SAMSUNG, 65”, PANT PLANA, SMART TV, CRYSTAL, MOD UN65U8000F
11999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 238048
DJI, DRONE, CAMARA 4K, 19 MTS DE VUELO, MOD NEO 2
6749.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 238053
CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, REFLEX, LENTE18-55M MOD EOS R17
11499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 239001
EA, VIDEOJUEGO, NINTENDO SWITCH, SPORTS FC 26
1281.55
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 240005
EOLO TOYS, JUGUETE, PELUCHE HINCHABLE, MOD SPIDERMAN
449.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 242012
RUMING, ARTIFICIALES, FLORES, ORQUIDEA 58 CM
1399.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
01 245009
GIMNASIO, INDIVIDUAL, PASE POR DIA
149.00
CUOTA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 246028
ACT RECR, PARQUE DE DIV, AZTLAN PLUS, ACCESO ILIMITADO
600.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 247057
YAMAHA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, CLASICA, MOD C40
3610.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 247065
DREAMTECH, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ELECTRICA, MOD DT-GE01
3999.00
PZA
NUEVO MODELO
01 253022
ERES, REVISTA, MENSUAL, ED TELEVISA
85.00
EJEMPL
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 254036
BIC, BOLIGRAFO, PUNTO FINO, PAQ C/4 PZAS, MOD CRISTAL
31.60
PAQ
CAMBIO DE MARCA
01 255020
MAZATLAN, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS
9809.38
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 272002
CONAIR, ALACIADORA, CERAMICA Y MACADAMIA, MOD CS44ROES
699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 272007
REMINGTON, ALACIADORA, TRIPLE INFUSION, MOD 57740
1049.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 276012
NIVEA, AEROSOL, MEN, BLACK & WHITE, PZA DE 50 G
85.19
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
01 286011
TINTE, BALAYAJE, CORTO CARAMELO
2580.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 286012
PEDICURE, PROFUNDO
295.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
61
01 287004
CASIO, RELOJ, P/HOMBRE, VINTAGE, MOD LA680WGA-9VT
1449.00
PZA
NUEVO MODELO
01 287026
JOYERIA, DIJE, MEDALLA ANGEL, ORO 14 K, CAV1274-DN
2849.85
PZA
NUEVO MODELO
01 287029
JOYERIA, ANILLO, PARA DAMA, ORO 14 K ITA-069AN8 5200
4000.02
PZA
NUEVO MODELO
01 288011
3 STIYK, BOLSA, DAMA, 100% VINIL, MOD 104696
899.00
PZA
NUEVO MODELO
01 288028
EVEREST, MOCHILA, 100% POLIESTER, MOD 2045CR-AQ
219.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 288040
NINE WEST, BOLSA, 100% SINTETICO, MOD MARY MINI NGX148270
1699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 288044
H&CO, BOLSA, 100%, SINTETICA, NEGRO, MOD 7916
1599.00
PZA
NUEVO MODELO
01 288051
HUSER, BOLSA, 100% POLIURETANO, MOD BOVOL05
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 288077
ROYAL SWISS, MOCHILA, ESCOLAR, MOD RSX00146
499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
02 084018
SKITTLES, DULCES, CARAMELOS, ORIGINAL, BOLSA DE 97.4 G
440.97
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
02 086007
MAGNUM, PALETA, MINI CLASICA, VAINILLA, PAQ DE 6 PZAS 330 ML
521.21
LT
CAMBIO DE MARCA
02 099001
BE LIGHT, SABORIZADA, JAMAICA, BOTELLA DE 1.5 L (1500 ML)
14.33
LT
CAMBIO DE MARCA
02 109001
L&M, C/FILTRO, ROJOS, CAJETILLA DE 25 PZAS
84.00
CAJETI
CAMBIO DE MARCA
02 112008
OPTIMA MP, CALCETAS P/HOMBRE, PAQ DE 3 PARES, 75% ALGODON -
79.90
PAQ
NUEVO MODELO
02 113010
BABY CREYSI, CALCETINES, PAQ DE 2 PARES, 83% ALGODON - 15.5%
129.00
PAQ
NUEVO MODELO
02 122006
CALVIN KLEIN, P/NIÑO, TRUSA, PAQ DE 3 PZAS, 95% ALGODON - 5%
439.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
02 156003
HISENSE, MINISPLIT, 18000 BTUS, 220V, MOD ARU122VQW
15399.30
UNIDAD
NUEVO MODELO
02 157002
PROELITE, ASPIRADORA, 12 V, MOD NM-CV201
384.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
02 158003
IEM, 4 QUEM, MOD EI5020BAPS1
4171.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
02 160002
MABE, LAVASECADORA, CTRO DE LAVADO, 24 KG, MOD MCL2440PSDG0
26499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
02 160009
ZMARTECH, LAVADORA, 18 KG, SEMIAUTOMATICA, MOD BWM180ZTON
4740.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
02 160011
HISENSE, LAVASECADORA, 16/10 KG, MOD WD5S1645BT
10998.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
02 161006
LG, 9 PIES, 2 PTAS, MOD GT32BP
8903.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
02 207004
ITALIKA, SCOOTER, WS150 SPORT, MOD 2026
25999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
02 208007
BENOTTO MP, DE MONTAÑA, R-29, 7 VEL, MOD IGNITION
5590.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
02 222009
PAQUETERIA
1122.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
02 231001
PHILIPS, 40”, LED FHD, MOD 40PFL6654
4490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
02 236003
SKY, TV DE PAGA, PREPAGO
269.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
02 238016
STEREN, CAMARA DE VIDEO, VIGILANCIA, 3 MP, MOD CCTV-219
999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
02 246001
CTRO NOCT, BEBIDA, WHISKY, BUCHANAN´S MASTER, COPA
220.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
02 254008
DIXON, LAPIZ, TICONDEROGA, NO 3, CAJA DE 12 PZAS
59.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
02 262003
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
20490.00
COSTO/
CAMBIO DE MODALIDAD
02 276003
DOVE, BARRA, MEN +CARE, ENERGY BOOST, PZA DE 45 G
79.70
PZA
CAMBIO DE MARCA
03 002005
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHURRUMAIS FLAMIN, BOLSA 65 GR
261.54
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
03 032002
ALPURA, ENTERA, BOLSA DE 460 GR
203.15
KG
CAMBIO DE MARCA
03 042003
NUTRIOLI, ACEITE, SOYA, BOTELLA DE 800 ML
47.63
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
03 058003
CORINA, EN ALMIBAR, DURAZNOS, MITADES, LATA DE 820 GR
60.00
KG
CAMBIO DE MARCA
03 059009
VALLEY FOODS, O/FRUTAS, TAMARINDO, BOLSA DE 350 GR
156.86
KG
CAMBIO DE MARCA
03 083002
BATICHOCO, EN POLVO, PAQ DE 350 GR
117.14
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
03 105005
SAUZA, REPOSADO, BOTELLA DE 1 L
335.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
03 118002
WEEKEND, PANTALON, 100% ALGODON
299.00
PZA
NUEVO MODELO
03 118003
LEVIS, PANTALON, 98% ALGODON - 2% POLIESTER
599.00
PZA
NUEVO MODELO
03 121013
OYSHO MP, PANTALETA, 3 PZAS, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
599.00
PAQ
NUEVO MODELO
03 135001
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1199.00
PAR
NUEVO MODELO
03 141001
CUOTAS DE VIGILANCIA, SERVICIO DE 40 HRS, COSTO MENSUAL
23644.63
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
03 147004
AMERICA, MATRIMONIAL, MOD IMPERIAL
5905.02
PZA
NUEVO MODELO
03 148005
COMEDOR, 7 PZAS, (M-6S), MOD MARBELLA
15947.01
JGO
CAMBIO DE MARCA
03 150001
MOBI, ALACENA, 2 CAJONES, 5 PUERTAS, MOD ROMA
5999.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 158001
KOBLENZ, 6 QUEM, 30”, VALLADOLID, GRIS, MOD EKE-505FINN
10690.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 163002
FLAVORSTONE, 3 VEL, VASO CRISTAL, MOD 137105
1399.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
03 165003
SM, CUCHARA, DE PELTRE, 36 CM, AZUL
25.00
PZA
NUEVO MODELO
03 183008
SERV DOM, ASEO GRAL, 2 DIAS, PAGO SEMANAL
600.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
03 201003
GINECOLOGO, HONORARIOS, CESAREA, SALA ESTANDAR
23000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
03 207006
ITALIKA, URBANA, 149 CC, BLANCA, GPS, MOD DM150 2026
27999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 230004
SONY, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD MDR-ZX110
399.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
03 230010
DAEWOO, AUDIO, TEATRO EN CASA, BARRA DE SONIDO, MOD DW3280S
1649.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 231002
SAMSUNG, 50”, PANTALLA, CRYSTAL UHD 4K, MOD UN50U800F
8490.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 234001
MEGACABLE, INTERNET, 200 MEGAS, TV, TELEFONIA, DOMICILIADO
630.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
03 238001
DREAMTECH, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD CAM4K
1599.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 257004
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
2940.42
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
03 261004
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
2436.67
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
03 279001
GILLETTE, RASTRILLO, VENUS, PAQ DE 2 PZAS, EXTRASUAVE
126.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
03 287002
SAHARA, RELOJ, P/MUJER, MOD 737275
689.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
03 289001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1791.67
COST/M
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 008003
BOLILLO, FLEYMAN, ALMAGUER, POR PZA
10.90
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
04 032009
NESTLE, ENTERA, EN POLVO, BOLSA 460 GR
144.56
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
04 038005
FUD, MANCHEGO, 10 PZAS, DE 180 GR
223.89
KG
CAMBIO DE MARCA
04 084007
BREMEN, CHOCOLATE, TABLETAS CHOCOLATE, CAJA CON 240 GR
491.67
KG
CAMBIO DE MARCA
04 095003
CLAMATO, DE VERDURAS, TOMATE, CUBANO, BOTELLA DE 473 ML
61.79
LT
CAMBIO DE MARCA
04 103003
DON PEDRO, RESERVA, BOTELLA DE 750 ML
273.33
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
04 117010
BERSHKA, PANTALON, 100% ALGODON, MOD MOM
549.00
PZA
NUEVO MODELO
04 121007
OYSHO MP, PANTALETA, FORRO ALGODON, CUERPO 62% POLIAMIDA, 38%
799.00
PZA
NUEVO MODELO
04 123009
MP, MAMELUCO, 100% ALGODON, MOD BBY
149.00
PZA
NUEVO MODELO
04 128005
JERA MODA, PANTS, 95% POLIESTER - 5% SPANDEX, UNITALLA
120.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 135001
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA, MOD 25913
1149.00
PAR
NUEVO MODELO
04 148006
COMEDOR, MODELO NICKEL 4 SILLAS GRIS ZAZ
7539.00
JGO
NUEVO MODELO
04 150006
MABE, CAMPANA EXTRACTORA, 80 CM ACERO INOX, MOD CM80I
2669.00
PZA
NUEVO MODELO
04 151004
ARTEX, BASE P/COLCHON, KING SIZE, PINO SUPREMO, MOD EVORA
14309.09
PZA
NUEVO MODELO
04 158002
KOBLENZ, 6 QUEM, CREMA CUR, GRIS CON NEGRO
8940.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 160005
SAMSUNG, LAVADORA, 20 KG, GRIS, MOD 7720 SG TC
10240.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 160007
LG, LAVADORA, INVERTER CARGA SUP 23KG, MOD WT23PBTX6A
14999.40
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 162014
TAURUS, CAFETERA, MOD VELVETCOFFEE
549.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 164002
DAEWOO, MOD DSI-9202
499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 168007
TOP CHOICE, CESTO, DE ROPA MOD RSXXI 1764-67
179.00
PZA
NUEVO MODELO
04 173006
CLOROX, CLORO, BOTELLA DE 930 ML
18.17
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
04 183012
SERV DOM, ASEO GRAL, PAGO SEMANAL, ENTRADA POR SALIDA
1500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 196016
PIRIMIR, O/MED, UROL, 24 TABLETAS, 100 MG LAB SANFER
266.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
04 196024
EVRA, ANTICONCEP, CAJA CON 3 PARCHES, 6.00 MG, GEDEON RICHTE
483.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
04 201003
GINECOLOGO, PARTO NORMAL
12000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
04 207005
VENTO, URBANA, MOD 2026, RYDER 5.0, 190 CC, C/MALETERO
20999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 207007
TVS, URBANA, MOD 2026, 225 CC, FULL LED, FRENOS ABS
59990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 216013
AFINACION, SERV BASICO, 4 CILINDROS, MOD VERSA 2019
2200.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 216014
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO, 4 LTS ACEITE, MOD VERSA 2019
925.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 216015
AJUSTE DE FRENOS, DELANTEROS, NISSAN NP300, MOD 2017
1500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 216016
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO, 5 LT SINTETICO, NISSAN NP300
1500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 217002
REP DE MOTOR, GENERAL, NISSAN NP300, MOD 2017
3500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 230007
ALIENPRO, ACCESORIOS, BOCINA, POLAR NEGRO, 40000 W, 6.5 PULG
2799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 231009
LG, 55”, LED, SMART TV, 4K, MOD 55UA8000
8749.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 241004
VOIT, EQ Y ACC, GUANTES, PARA PORTERO
259.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
04 241007
WILSON, EQ Y ACC, RAQUETA, RAQUETA, TENIS-WR118410H
899.00
PZA
NUEVO MODELO
04 241009
WILSON, EQ Y ACC, PELOTA, TENIS CAJA CARTON C/3
179.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
04 241017
PUMA, CALZADO, P/CORRER, MOD FLYER LITE
1099.00
PAR
NUEVO MODELO
62
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
04 241018
CAPELLI SPORT, EQ Y ACC, PELOTA, DE EJERCICIOS 75 CM
449.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 242005
NATURALES, PLANTA, PANDURATA 1.74, 201064
1255.00
PZA
NUEVO MODELO
04 246007
ACT RECR, BILLAR, POR HORA
150.00
HORA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 246008
ACT RECR, BOLICHE, POR HORA, 6 PX MAX, SIN ZAPATOS
640.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 247025
WALT DISNEY RECORDS, DESCARGA DE AUDIO, MUSICA, DUMBO, SOUND
150.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
04 250022
SALON DE FIESTAS, PAQ INFANTIL, 5HR, 80/PERS, NIÑERA
8500.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
04 250027
SALON DE FIESTAS, P/70 PER, 5 HR, MOBILIARIO, BRINCOLIN
3000.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 266004
RED BARON, CONGELADA, PEPERONI, PAQ DE 583 GR
170.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
04 269002
FRIJOLES, 500 GR
100.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
04 272010
DOSETTI, ALACIADORA, CERAMICA, MOD HP8023
499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 274001
ARM & HAMMER, CREMA DENTAL, COMPLETE CARE, TUBO DE 121 GR
759.50
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
04 276004
SPEED STICK, ROLL ON, BOTE DE 30 ML
30.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
04 281005
PRECISSIMO, PAPEL HIGIENICO, PAQ DE 4, DE 270 HOJAS DOBLES
18.90
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
04 288022
STARTRAVEL, MALETA, 20 PULGADAS, VERDE
1399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 288024
CHAMPION, MOCHILA, SB5013095860, NEGRA
499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 288025
PARK HANDBAGS, BOLSA, MOD SL616135
449.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 001002
VERDE VALLE, BLANCO, SUPER EXTRA, EXTRA, BOLSA DE 750 G
40.40
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 005003
LA PERLA, DE TRIGO, PAQ DE 907 G
22.05
KG
CAMBIO DE MARCA
05 009003
BIMBO, P/HOT DOG, MEDIAS NOCHES, BOLSA DE 340 G
140.88
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 011002
FLOR DE PASTA, CONCHAS, BOLSA DE 200 G
30.00
KG
CAMBIO DE MARCA
05 021001
ZWAN, DE PAVO, VIRGINIA, PREMIUM, PAQ DE 250 G
198.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 033012
MP, EVAPORADA, BOTE DE 250 ML
60.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 040001
MP, O/QUESOS, GOUDA, PAQ DE 600 G
220.00
KG
CAMBIO DE MARCA
05 077001
LA COSTEÑA, ENVASADAS, CHICHAROS, LATA DE 220 G
54.55
KG
CAMBIO DE MARCA
05 084020
KRANKY, CHOCOLATE, HOJUELAS DE MAIZ, BOLSA DE 53 G
377.36
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 090005
ENFAMIL, MATERNIZADA, CONFORT PRO, 0-12 MESES, LATA DE 800 G
948.75
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 099008
E PURA, NATURAL, BOTELLA DE 1 L
13.99
LT
CAMBIO DE MARCA
05 101006
PREDATOR, ENERGIZANTE, GOLD STRIKE, LATA DE 473 ML
40.17
LT
CAMBIO DE MARCA
05 101026
RED BULL, ENERGIZANTE, ORIGINAL, LATA DE 250 ML
180.00
LT
CAMBIO DE MARCA
05 107002
SANGRE DE TORO, TINTO, RESERVA GARNACHA SYRAH, BOTELLA DE 75
579.99
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
05 112002
POLO CLUB, TINES, 74% POLIESTER - 21% ALGODON - 5% ELASTANO,
79.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
05 113001
ATLETICOS, CALCETAS, 3 PARES, 100% ALGODON
59.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
05 113005
WILSON, TINES, 100% POLIESTER, 3 PARES
99.00
PAQ
NUEVO MODELO
05 113010
THATS´IT, CALCETINES, 5 PARES, 70% ALGODON - 25% POLIAMIDA
239.00
PAQ
NUEVO MODELO
05 122029
SIMPLY BASIC, P/NIÑO, TRUSA, 100% ALGODON
18.93
PZA
NUEVO MODELO
05 122038
MAIDENFORM GIRL, P/NIÑA, PANTALETA, 100% ALGODON
89.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 123016
MAGNETIC ME, MAMELUCO, 100% ALGODON
990.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 137002
SKECHERS, P/INFANTE, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
999.00
PAR
NUEVO MODELO
05 137004
VANS, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
1099.00
PAR
NUEVO MODELO
05 140004
PUERTA, POPLE, MOD MILAN
4175.00
PZA
NUEVO MODELO
05 147009
SELTHER, MATRIMONIAL, MOD COOPPER GRIS
3990.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 148001
BUTZKE, COMEDOR, P/JARDIN, ALUMINIO, MOD MERKATARI
55912.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
05 150002
ALACENA, MULTIUSOS, MOD IRLANDA
6149.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 152001
BAZAR STORE, SALA, ESQUINERA, LINO NAC, MOD AQUILES
15999.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
05 152003
MUEBLERIA STANDARD, SALA, 2-1, MOD SEAT LUMMINI GRIS
24098.04
JGO
NUEVO MODELO
05 154010
VIANNEY MP, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD CAMISETA CREAM
1199.00
JGO
NUEVO MODELO
05 155012
CORTINAS, TELA, BLACKOUT
89.99
MT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 155022
CORTINAS, 100% POLIESTER, 1 PANEL
99.95
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 155028
GTC, BLANCOS, ALMOHADA, STANDAR, 46 X 61 CM, 100% POLIESTER
73.00
PZA
NUEVO MODELO
05 162027
HKPRO, CAFETERA, COMBO, MOD HKSET3-24
1249.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 170006
KOBLENZ, EQUIPO, HIDROLAVADORA, MOD HL-145-V
1490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 172037
VALLEY FOO, PLATOS, ELITE, NO10, PAQ C/8 PZAS
129.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 194002
GELBECK, NATURISTA, CAPSULAS, 10 DE 25 MG, GEL PHARMA
110.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
05 197006
JALOMA, AGUA OXIGENADA, BOTE DE 112 ML
13.36
BOTE
CAMBIO DE MARCA
05 203003
CESAREA, HAB SUITE ESTANDAR. INCLUYE MEDICAMENTOS Y HON
37950.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 206003
USOS MULTIPLES
613900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 206005
SUBCOMPACTO
490000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 206015
COMPACTO
434550.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 206016
USOS MULTIPLES
1394900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 206018
SUBCOMPACTO
586900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 207010
ITALIKA, CRUCERO, DE TRABAJO, MOD FT150TS2026
25427.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 210003
KENDA, RIN 16, MOD KR205 91V TI 205/55R16
1350.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 216007
SERV DE MANTENIMIENTO, NISSAN VERSA, PRIMERA, MOD 20-25
2520.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
05 230005
HKPRO, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD HKB150
1799.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 230012
HKPRO, ACCESORIOS, BOCINA, 9VCC, CONTROL REMOTO, MOD HKSB210
3694.50
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 230015
ALIEN PRO, ACCESORIOS, BOCINA, 40000W, RECARGABLE, MOD POLAR
2831.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 231002
SONY, 65”, PANTALLA, ULTRA UHD 4K, MOD XBR-65A8H/AUCM
39499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 231013
LG, 55”, 4K SMART TV, UHD AI UA75, MOD 55UA7500PSA
11299.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 241009
TEAM PRICE, CALZADO, P/CORRER, CORTE SINTETICO SUELA SINTETI
335.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
05 242008
NATURALES, ARREGLO, ROSAS, 12.
1200.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 242009
NATURALES, FLORES, DIVERSAS, C/3 ROSAS
180.00
JGO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 246014
ACT RECR, JGOS INFANT, SIN LIMITES, TODO EL DIA
150.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
05 246020
ACT RECR, PARQUE DE DIV, ENTRADA GENERAL
20.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 247012
FARINELLI, INSTR MUSICALES, GUITARRA, TRES EFECTOS, MOD FA
16500.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 247016
YAMAHA, INSTR MUSICALES, TECLADO, ID 9415
4990.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 247017
YAMAHA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, BAJO, ELECTRICO, ID 15594
12700.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 248007
CINEMEX, MIE, TRADICIONAL, ANTES DE LAS 4 PM, ADM ADULTO
70.00
BOLETO
CAMBIO DE MODALIDAD
05 251009
ED PORRUA, PROF, DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO, FERNANDO HEF
320.00
EJEMPL
NUEVO MODELO
05 259001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
6274.33
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
05 259002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1725.00
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
05 260006
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
2430.00
COST/M
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 261008
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
3193.17
COST/M
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
05 262008
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
25170.00
COST/A
CAMBIO DE MODALIDAD
05 266004
COCINADA, GRANDE, LA CAPRICHOSA, POR PZA
329.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
05 272001
CONAIR, SECADORA, 1875W, MOD 289ES
467.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 281009
KLEENEX, PAÑUELOS, 90 PZAS, AROMAS, MANGO SANDIA
31.99
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
05 287018
JOYERIA, ANILLO, ORO 10K, MOD MARIPOSA C/P AR4-10
3291.97
PZA
NUEVO MODELO
05 288023
SAMSONITE, MOCHILA, XENON 4.0, SLIM BRIEF BLACK
1999.00
PZA
NUEVO MODELO
05 290002
ACTA, DE DEFUNCION, PARA UNA PERSONA SOLTERA
549.00
CUOTA
CAMBIO DE MODALIDAD
06 031004
BACHOCO, BLANCO, PAQ DE 30 PZAS
92.15
PAQ
CAMBIO DE MARCA
06 036002
LA VILLITA, AMERICANO, PAQ DE 180 G
193.89
KG
CAMBIO DE MARCA
06 058005
SEMILLAS, ALMENDRAS, ENTERA, A GRANEL
215.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
06 077006
MONTE BLANCO, ENVASADAS, CHAMPIÑONES, LATA DE 1760 G
115.03
KG
CAMBIO DE MARCA
06 088005
MAR BAHIA, SAL, DE MAR, BOLSA DE1 KG
24.10
KG
CAMBIO DE MARCA
06 112004
SOCKS, CALCETINES, 70% VISCOSA - 25% POLIESTER - 3% ELASTANO
79.90
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
06 114001
WILSON, PLAYERA, 88% POLIAMIDA - 12% ELASTANO
232.00
PZA
NUEVO MODELO
06 115001
REFILL, CAMISA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
299.00
PZA
NUEVO MODELO
06 115003
BLUEY, PLAYERA, 100% ALGODON
129.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 115004
HOT WHEELS, PLAYERA, 100% ALGODON
149.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 118002
GEORGE, PANTALON, 37% ALGODON - 29% POLIESTER - 24% VISCOSA
249.00
PZA
NUEVO MODELO
06 119036
JURASSIC, SUDADERA P/NIÑO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
219.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 122007
PIQUE NIQUE, P/NIÑO, TRUSA, TRUSA, BOXER, 100% ALGODON
371.47
PAQ
NUEVO MODELO
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
63
06 124001
BM, TRAJE, 65% POLIESTER - 35% RAYON
4299.00
TRAJE
CAMBIO DE MARCA
06 125003
PC, ESCOLAR, FILIPINA, PANTALON BLANCO
1450.00
JGO
NUEVO MODELO
06 127003
GEORGE, FALDA, 99% POLIESTER - 1% ELASTANO
213.00
PZA
NUEVO MODELO
06 129001
SECRET TREASURES, BATA, 100% ALGODON
399.00
PZA
NUEVO MODELO
06 130004
TUCSON, SOMBRERO, MOD 20X
1000.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 137002
ADIDAS, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
1442.12
PAR
NUEVO MODELO
06 153001
BHG, EDREDON, 233 X 243 CM, MATRIMONIAL, PZA, MOD 43599
1387.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 153002
STARHAUS, EDREDON, INDIVIDUAL, 100% POL, MOD GIRLY HEARTS
959.00
JGO
NUEVO MODELO
06 155012
HOME MAISON, CORTINAS, 97 CM X 213 CM, JGO DE 2 PZA, MOD 31425
269.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
06 159003
LG, 1.1 PIES, TOUCH, MOD NOM-032-ENE-2013
3090.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 161001
WINIA, 14 PIES, MOD WRTM14GPGF
8490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 166002
T-FAL, SARTEN, DE 26 CM, TITANIUM, MOD 219397
418.00
PZA
NUEVO MODELO
06 167001
BABISH, CRISTALERIA, REFRACTARIO, 22.3 CM, MOD 156447
369.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 193002
GLUCOPHAGE, MED P/DIAB, TABLETAS, 30 DE 750 MG, LAB MERCK
803.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
06 206001
SUBCOMPACTO
321700.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 206002
COMPACTO
699600.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 206005
COMPACTO
439490.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 206009
DE LUJO
1500030.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 206010
USOS MULTIPLES
452200.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 206011
SUBCOMPACTO
336700.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 206013
USOS MULTIPLES
935000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 208002
HUFFY, DE MONTAÑA, R26, MOD ROCKCREEK
3444.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 208004
NHL, DE MONTAÑA, R-29, 21 VEL, MOD CH1000458
7000.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
06 208006
NSPRICK, INFANTILES, R-20, MOD HZ100205
4000.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
06 208007
WINDSOR, URBANA, R26, MOD OLD TOWN
5000.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
06 230002
SKULLCANDY, ACCESORIOS, AUDIFONOS, RIFF 2, MOD S5PRW-P740
1023.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 230007
ENCODE, ACCESORIOS, BOCINA, 4” X 2, MOD ST-S59123
558.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 231002
HISENSE, 50”, PANTALLA, MINI LED, QLED, MOD 50OU6QV
7439.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 231003
TLC, 55”, SMART, UHD, 4K, MOD 213734
6899.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 247002
YAMAHA, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, SOPRANO, MOD YRS-24B
148.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 254008
SHARPIE, MARCADOR, ORIGINAL, 1 PZA, MOD 1825089
23.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
06 262004
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
6200.00
COST/A
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
06 268015
CANTINA, CERVEZA TECATE ROJA, BOTELLA DE 355 ML
50.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
06 281005
LEVEL PRO, PAÑUELOS, CAJA DE 85 PZAS
22.50
CAJA
CAMBIO DE MARCA
07 004002
NABISCO, SALADAS, RITZ, CAJA DE 308 GR
131.95
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
07 028001
FILETE, DE TILAPIA, A GRANEL
134.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
07 115006
SCARLINO, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
139.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 115007
CHEROKEE, CAMISA, 60% ALGODON, 40% POLIESTER
249.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 115008
MARBEL, PLAYERA, 100% ALGODON
129.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 125008
STAR WEST, ESCOLAR, FALDA, TABLEADA, 100% POLIESTER
129.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 126001
CHEROKEE, VESTIDO, 100% VISCOSA
349.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
07 135002
MAP, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1299.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
07 153007
COBERTOR, MAT, 100% POLIESTER, MOD 88945
307.00
PZA
NUEVO MODELO
07 155001
MAIN STAYS, TOALLAS, DE BAÑO, MOD PLAYA
120.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 159006
PANASONIC, 1.1 PIES, MOD SB646
4374.76
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 177002
SCRUB DADDY, FIBRA, AROMA LIMON, PZA
83.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 206001
USOS MULTIPLES
595769.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
07 206004
DE LUJO
833200.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
07 206006
SUBCOMPACTO
328612.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
07 206007
SUBCOMPACTO
344000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
07 206012
MINIVAN
510900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
07 207002
HONDA, URBANA, GL 150 CARGO, MOD 2026
39990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 207004
VENTO, URBANA, THUNDERSTAR 300, NEGRA, MOD 2026
43999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 222011
PRIMERA CLASE
966.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
07 230010
VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, PORTATIL, BLUETOOH, MOD VS-25
995.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 230013
GUESS, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD GUTWSP4EGK
836.96
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 236003
STAR TV, TV DE PAGA, PAQUETE COSMO, 106 CANALES, MENSUAL
369.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
07 241003
WILSON, EQ Y ACC, BALON, AMERICANO, MOD BLITZ
297.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 241005
EVERLAST, EQ Y ACC, GUANTES, BOX, 16 ONZAS, MOD XE2116
1474.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
08 002002
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, FRITOS, BOLSA DE 60 G
333.33
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
08 074002
SABRITAS, ADOBADAS, BOLSA DE 42 G
523.81
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
08 084005
SNAK CLUB, DULCES, GOMITAS, MANZANA, C/TAJIN, BOLSA DE 55 G
545.27
KG
CAMBIO DE MARCA
08 090002
HEINZ, PAPILLA, FRUTAS MIXTAS, ETAPA 2, FCO DE 113 G
173.45
KG
CAMBIO DE MARCA
08 095009
KERMATO, DE VERDURAS, BOTE DE 245 ML
65.31
LT
CAMBIO DE MARCA
08 108005
MODELO, CLARA, DORADA, BOTELLA DE 355 ML
68.06
LT
CAMBIO DE MARCA
08 118004
PIQUE NIQUE, PANTALON, 81% ALGODON - 16% POLIESTER - 3% ELAS
549.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
08 133009
MAXIMO, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
220.00
PAR
NUEVO MODELO
08 157003
RECORD, HORNO ELECTRICO, MOD TY353BC
2199.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
08 157005
KOBLENZ, ASPIRADORA, MOD YCV-1300
1890.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
08 158001
WHIRLPOOL, 6 QUEM, ENC ELECT, C/HORNO, MOD WFR7000B
15299.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
08 158002
WHIRLPOOL, 6 QUEM, 30”, MOD WFR5050S
10499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
08 182005
VELADORAS MISTICAS, VELADORA, PARAFINA, MOD PEANUTS
29.99
PZA
NUEVO MODELO
08 208003
MERCURIO, DE MONTAÑA, R26, 21 V, MOD DE ZTX
4999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
08 231006
SONY, 55”, PANTALLA LCD, 4K, MOD K-55S20M2
15383.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
08 241008
NITRO, EQ Y ACC, EJERCITADOR DE MANO, MOD WW200
99.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
08 247003
YAMAHA, INSTR MUSICALES, TECLADO, MOD PSR-E383
8119.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
08 262004
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
14720.00
COST/A
CAMBIO DE MODALIDAD
08 283006
LUANIU, TAMPONES, ORGANICO, CAJA DE 12 PZAS
92.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
08 287001
GUESS, RELOJ, P/MUJER, PLATEADO AZUL, MOD GW0767L6
3489.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
08 287005
JLO, BISUTERIA, ARETES, MOD CORAZONES
283.36
PAR
NUEVO MODELO
09 027009
CAMARON, CRUDO, S/CABEZA, MEDIANO 31, A GRANEL
220.00
KG
NUEVO MODELO
09 035008
NATURE´S HEART, DE ALMENDRA, SIN AZUCAR, BOTE DE 946 ML
44.29
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
09 036003
KRAFT, AMERICANO, SINGLES, 8 REBANADAS, PAQ DE 144 G
318.75
KG
CAMBIO DE MARCA
09 041008
LALA, L FERMENTADO, BIO 4, 5 PZAS DE 100 GR C/U, PAQ 500 G
99.80
KG
CAMBIO DE MARCA
09 077004
MP, ENVASADAS, CHAMPIÑONES, REBANADOS, LATA 380 G
89.47
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
09 084006
RICOLINO, DULCES, PALETAS, DE MALVABISCO, DE 43.5 G
390.80
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
09 084020
VERO, DULCES, GOMITAS, PICAGOMAS MANGO, BOLSA DE 600 G
148.33
KG
CAMBIO DE MARCA
09 094007
EL ALAMITO, ESPECIAS, PIMIENTA, MOLIDA, SOBRE DE 30 G
983.33
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
09 101024
RED BULL, ENERGIZANTE, LATA DE 250 ML
216.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
09 118009
GEORGE, SHORT, 60% POLIEST - 25% ALG - 10% VISC - 4% ELASTAN
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
09 122021
GIRL ATTITUDE, P/NIÑA, PANTALETAS, 7 PZAS, 100% ALGODON
199.00
PAQ
NUEVO MODELO
09 123006
BABY COLORS, PAÑALERO, 2 PZAS, 100% ALGODON
149.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
09 126010
ZARA MP, VESTIDO, 100% POLIESTER
999.00
PZA
NUEVO MODELO
09 126011
WEEKEND, VESTIDO, 100% VISCOZA
599.00
PZA
NUEVO MODELO
09 127002
GIRLS ATTITUDE, VESTIDO, 100% POLIESTER
499.00
PZA
NUEVO MODELO
09 128007
STAR WEST, PIJAMA, 100% POLIESTER
799.00
PZA
NUEVO MODELO
09 148004
ROSBEL, ANTECOMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD BILLIE
29245.50
JGO
CAMBIO DE MARCA
09 152001
ROMO, SALA, 3 PZAS (2-2-1), MOD ITALIA
9479.00
JGO
NUEVO MODELO
09 152003
MARBY, SALA, 3 PZAS (3-2-1), CAFE, MOD MONTEVIDEO
18297.00
JGO
NUEVO MODELO
09 156002
MABE, MINISPLIT, 1 TON, MOD MMT12CABWCA32BME
5554.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 157001
POWER XL, HORNO ELECTRICO, MOD TO67D5_1SPLA
2617.45
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
09 159008
PANASONIC, 1.1 PIES, MOD NN-SU55QSRPH
3399.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
64
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
09 159010
BLACK+DECKER, 1.1 PIES, MOD EM031MNN-X2
2799.90
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 160009
MABE, LAVADORA, 22 K, MOD LMH72205CBABO
11990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 161004
LG, 14 PIES, MOD VT40SWP
14637.50
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
09 163004
RECORD, 5 VEL, MOD HS-200D
1999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
09 163008
T-FAL, 2 VEL, MOD OPTIMIX
499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
09 164008
T-FAL, MOD FV1742 ECO MASTER
659.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 172002
REYMA, PLATOS, TERMICO LISO, NUM 8, DE 20 PZAS
23.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
09 183004
SERV DOM, ASEO GRAL, 2 DIAS A LA SEMANA, MENSUAL
3200.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
09 198004
MILTO, LENTES, MOD 20082945
1199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
09 208004
MERCURIO, DE MONTAÑA, R-29, MOD KAISER 2026
4950.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 216004
ALINEACION Y BALANCEO, POR COMPUTADORA, DELANTERAS
732.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
09 230005
MP, ACCESORIOS, BOCINA, MOD FLOW MAX
998.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
09 231001
DAEWOO, 40”, SMART TV, MOD DAW40HS
4999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 231009
GHIA, 40”, LED, MOD G40W25
4619.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 231011
HISENCE, 55”, SMART, 58A6NV 4K HD, MOD ATV5523KR
9790.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 238013
DREAMTECH, CAMARA FOTOGRAFICA, DE ACCION, MOD CAM5K
1599.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 239004
NINTENDO, CONSOLA, SWITCH, MOD MARIOKART WORLD
14890.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
09 254006
ZEBRA, BOLIGRAFO, 0.7 MM, MOD F301
88.00
PZA
NUEVO MODELO
09 275004
NIVEA, BLOQUEADOR, SPORT, BOTE DE 200 ML
1495.00
LT
CAMBIO DE MARCA
09 276002
AXE, AEROSOL, DE 152 ML
89.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
09 283006
KOTEX, PANTIPROTECTORES, LARGOS, DE 44 PZAS
37.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
09 288029
HAWKERS, LENTES OSCUROS, MOD HONR21BBTP
1019.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
09 291001
INHUMACION, SERV ESPERANZA, CAPILLA, CREMACION Y URNA
28900.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
10 016003
TOSTADAS LUCY, TOSTADAS, PAQ DE 200 GR
110.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
10 028003
BLANCO DEL NILO, FILETE, TILAPIA, BOLSA 1 KG
264.00
KG
CAMBIO DE MARCA
10 038008
LALA, MANCHEGO, PAQ DE 250 GR
264.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
10 039008
SAN ROQUE, ASADERO, PIEZA DE 200 GR
215.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
10 041002
DANONE, P/BEBER, BOTE DE 220 GR
68.18
KG
CAMBIO DE MARCA
10 049007
RED DELICIOUS, A GRANEL
47.00
KG
CAMBIO DE MARCA
10 058001
CLEMENTE JACQUES, EN ALMIBAR, LATA DE 850 GR
87.06
KG
CAMBIO DE MARCA
10 074006
BARCEL, CHIPS, JALAPEÑO, BOLSA DE 52 GR
384.62
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
10 077001
LA COSTEÑA, ENVASADAS, ELOTES, DORADO, LATA DE 195 GR
97.54
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
10 077008
VALLEY FOODS, CONGELADAS, MIXTAS, INVIERNO, BOLSA DE 500 GR
77.80
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
10 084021
PULPARINDO, DULCES, ENCHILADO, BOLSA 150 GR
323.33
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
10 086001
NESTLE, HELADO, VAINILLA BOTE DE 1 LT
70.10
LT
CAMBIO DE MARCA
10 091004
MCCORMICK, MAYONESA, FCO DE 330 GR
143.94
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
10 095002
JUMEX, DE FRUTAS, MANZANA, BOTE DE 237 ML
54.85
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
10 102006
ZUKO, POLVO, SOBRE DE 13 GR
6.00
SOBRE
CAMBIO DE PRESENTACION
10 102008
TANG, POLVO, SOBRE DE 13 GR
12.50
SOBRE
CAMBIO DE PRESENTACION
10 105005
DON RAMON, REPOSADO, BOTELLA DE 750 ML
460.66
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
10 107003
SANTA DIGNA, ROSADO, BOTELLA DE 750 ML
364.00
LT
CAMBIO DE MARCA
10 112004
ZARA MP, CALCETINES, PAQ C/3 PARES, 69% ALGODON - 15% POLIEST
399.00
PAQ
NUEVO MODELO
10 114001
POLO CLUB, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 114006
SFERA, PLAYERA, 100% ALGODON
189.00
PZA
NUEVO MODELO
10 122001
SPLENDID, P/NIÑA, CORPIÑO, PAQ C/2, 93% NAYLON - 7% SPANDEX
349.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
10 122003
SPLENDID, P/NIÑA, CORPIÑO, 65% NYLON - 30% POLIESTER - 5% S
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 124011
JBE, TRAJE, 80% POLIESTER - 20%VISCOSA
4099.00
TRAJE
NUEVO MODELO
10 137002
HELLO K, P/INFANTE, NIÑA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
349.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
10 147002
CANADA, MATRIMONIAL, ERGOMAX
2490.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 152007
SALA, 3, 2, 1, MOD ALPES GRIS
10109.00
JGO
NUEVO MODELO
10 153002
STRHAUS, COLCHA, 100% POLIESTER, KING SIZE, MOD ELLE KING
739.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
10 153003
HOMETRENDS, FRAZADA, 100% POLIESTER, MOD VARIOS
499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 153004
HAUS, EDREDON, 100% POLIESTER, MATRIMONIAL
2639.00
PZA
NUEVO MODELO
10 165002
TRAMONTINA, CUCHILLO, 8 PULGADAS
105.00
PZA
NUEVO MODELO
10 167007
GLASSIA, CRISTALERIA, VASOS, P/JUGO, PZA
15.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 183001
SERV DOM, PLANCHADO, ASEO GRAL, 2 DIAS P/SEMANA
500.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
10 206006
SUBCOMPACTO
344000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
10 207002
HONDA, URBANA, CARGO, 150 CC, 4 TIEMPOS, 5 VEL, MOD 2026
39990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
10 207006
BAJAJ, URBANA, PULSAR N250, 250 CC, FI-ABS UG, MOD 2026
68749.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
10 208001
BENOTTO, URBANA, R27.5, MOD HOOK
4999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
10 210001
UNIROYAL, RIN 16, 205/65, MOD TIGER PAW
2560.00
PZA
NUEVO MODELO
10 210006
BF GOODRICH, RIN 15, 235/70, R15, MOD ADVANTAGE TURING
4493.84
PZA
NUEVO MODELO
10 216008
AFINACION, PARA AVEO 2020
3000.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
10 217003
REP DE FRENOS, AVEO 2020
2800.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
10 226002
A DOMICILIO, VIAJE SENCILLO, POR SEMANA
220.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
10 230002
LG, ACCESORIOS, BOCINA, XBOOM, MOD STAGE301
6999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
10 247002
SCOOL, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD YRS-20B
49.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 248005
CINEPOLIS, ENTRE SEMANA, ADULTO, DESPUES DE LAS 2 PM
177.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
10 266003
RED BARON, CONGELADA, PZA DE 583 GR
291.60
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
10 269001
ARROZ, A GRANEL
68.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
10 272002
REMI NGTON, ALACIADORA, DIAMOND MODS9520
699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
10 274004
COLGATE, CREMA DENTAL, MAX FRESH, TUBO DE 170 ML
311.76
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
10 288020
MARIO MONTANA MP, BOLSA, CARTERA, AVESTRUZ, APIEZADA
400.00
PZA
NUEVO MODELO
11 026004
CALMEX, SARDINA, EN SALSA DE TOMATE, LATA DE 425 G
107.06
KG
CAMBIO DE MARCA
11 058004
KARATE, SEMILLAS, CACAHUATES, JAPONES, BOLSA DE 127 G
191.34
KG
CAMBIO DE MARCA
11 079003
VERDE VALLE, LENTEJAS, BOLSA DE 500 G
63.85
KG
CAMBIO DE MARCA
11 096002
LOS PORTALES DE CORDOBA, REGULAR, MEZCLADO C/AZUCAR, FCO DE
705.89
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
11 106010
400 CONEJOS, MEZCAL, REPOSADO, BOTELLA DE 700 ML
844.30
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
11 119016
LEVI´S, CHALECO, 100% POLIESTER
2899.00
PZA
NUEVO MODELO
11 119061
STWD, SUDADERA, 58% ALGODON - 39% POLIESTER - 3% ELASTANO
849.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 119067
BERSHKA MP, SUDADERA, 70% ALGODON - 30% POLIESTER
1199.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 120011
JM, BOXER, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
45.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 129014
QUARRY MP, TOP, 70% ALGODON - 25% POLIESTER - 5% ELASTANO
129.90
PZA
NUEVO MODELO
11 130053
HICKOK, CINTURON, 100% PIEL, REVERSIBLE, MOD 6737-9
499.00
PZA
NUEVO MODELO
11 132001
TINTORERIA, PANTALON, PZA
60.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 134001
LA PAG, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
699.00
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 135006
FLORENZA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
369.00
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 136004
COQUETA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
819.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
11 137008
CHARLY, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
799.00
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 143006
RECOLECCION DE BASURA, LIMPIA CASA HABITACIONAL, PAGO A
973.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 150001
BANCO, METAL, NEGRO, MOD TAPATIA CHICAGO
699.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 155012
COZY, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 70% ALG - 30% POL, MOD GRANITO
119.90
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 155022
ANA VICTORIA, TOALLAS, DE BAÑO, 100% ALG, MOD CALIFORNIA
198.90
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 158001
LG, 5 QUEM, ENC ELECT, MOD LRGL5841S
24999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
11 175004
AIR WICK, AMBIENTAL, EN AEROSOL, LAVANDA, BOTE DE 300 ML
46.40
PZA
CAMBIO DE MARCA
11 183009
SERV DOM, ASEO GRAL, 3 DIAS, PAGO POR SEMANA
750.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 195003
NATURES LIFE, CAPSULAS, ACEITE DE SEMILLAS DE LINAZA, BOTE D
295.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
11 206006
COMPACTO
499900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
11 206015
USOS MULTIPLES
950900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
11 207004
YAMAHA, DE PISTA, 6 VEL, V 4.0, MOD YZF-R15 2026
102499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
11 230011
PRO ELITE, AUDIO, ESTEREO, P/AUTO, MOD DMR-I222
699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
11 231005
LG, 48”, OLED, 4K UHD, MOD OLED48C5SPSA
27141.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
65
11 236005
AMAZON PRIME, STREAMING, SUSCRIPCION ANUAL
899.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 265012
LONCHERIA, MENU DEL DIA, SOPA, GUISADO Y AGUA
80.00
ORDEN
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 281009
REGIO, PAPEL HIGIENICO, ECO MAX, PAQ DE 4 ROLLOS DE 300 HOJA
27.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
11 281012
KLEENEX, PAÑUELOS, DESECHABLES, DOBLE HOJA, CAJA DE 90 PZAS
34.50
CAJA
CAMBIO DE MARCA
11 284011
PRINSEL, ART DE TOCADOR, QUITA ESMALTE, BOTELLA DE 200 ML
33.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
11 287007
TISSOT, RELOJ, P/HOMBRE, QUARZO, EVERY TIME, MOD T1434101103
6850.00
PZA
NUEVO MODELO
11 288019
WILSON, MOCHILA, 100% POLIESTER, MOD WLS 200
299.90
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 288031
GLORELI, MOCHILA, ESCOLAR, 100% ESCOLAR, MOD 73434
539.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
12 006011
SCHETTINO, PALOMERO, BOLSA DE 500 G
24.00
KG
CAMBIO DE MARCA
12 015004
P/BURRITOS 8” BOLSA C/15 PZAS
57.50
BOLSA
CAMBIO DE PRESENTACION
12 015009
DEL HOGAR, BOLSA C/12 PZAS, DE 312 G
57.69
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 015010
TIA ROSA, DE 382.5 G
83.40
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 017009
LOMO, TROZO, A GRANEL
119.90
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 029002
RESERVA DEL MAR, CAMARON SECO, CAJA DE 250 G
472.00
KG
CAMBIO DE MARCA
12 033005
ALPURA, EVAPORADA, BOTE DE 340 ML
75.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
12 040002
KRAFT, AÑEJO, PAQ DE 226 G
446.90
KG
CAMBIO DE MARCA
12 042006
NUTRIOLI, ACEITE, SOYA, BOTELLA DE 850 ML
54.09
LT
CAMBIO DE MARCA
12 058006
MAFER, SEMILLAS, CACAHUATES, SAZONADOS, BOLSA DE 240 G
262.09
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 077002
BUFALO, ENVASADAS, ACEITUNAS, FCO DE 220 G
356.82
KG
CAMBIO DE MARCA
12 079012
HABAS, A GRANEL
120.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 079014
GARBANZO, A GRANEL
35.50
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 084004
DE LA ROSA, CHOCOLATE, C/CACAHUATE, MININUGS BOLSA DE 360 G
166.39
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 084023
KISSES, CHOCOLATE, CON LECHE, BOLSA DE 190 G
457.90
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 086001
TAJIN, NIEVE, DE LIMON, BOTE DE 800 G
142.50
KG
CAMBIO DE MARCA
12 099006
CRYSPURA, NATURAL, BOTELLA DE 1500 ML
9.00
LT
CAMBIO DE MARCA
12 102006
ZUKO, POLVO, UVA, RINDE 2 L, SOBRE DE 13 G
8.79
SOBRE
CAMBIO DE PRESENTACION
12 110004
PINK LOVE, BLUSA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
99.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 112004
RIDERS, TINES, 96.7% POLIESTER - 1.9% ELASTANO - 1.4% ELASTO
19.00
PAR
NUEVO MODELO
12 115010
REFILL, CAMISA, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
249.00
PZA
NUEVO MODELO
12 116006
BASIC CONCEPTS, PANTALON, 70% POLIESTER - 29% VISCOSA - 1% E
449.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 117005
JENNIFER MOORE, PANTALON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
229.99
PZA
NUEVO MODELO
12 124002
JBE, TRAJE, 80% POLIESTER - 18% VISCOSA - 2% ELASTANO
4299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 137001
CHARLY, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
999.00
PAR
NUEVO MODELO
12 142001
POPULAR, SGS, TRATAMIENTO, IVA, BIMESTRE
421.46
CUOTA
CAMBIO DE MODALIDAD
12 142002
ECONOMICA, SLP, TRATAMIENTO, IVA, BIMESTRE
685.20
CUOTA
CAMBIO DE MODALIDAD
12 142003
CONSUMO 80 M3, DRENAJE, TRATAMIENTO, IVA, BIMESTRE
2731.88
CUOTA
CAMBIO DE MODALIDAD
12 147003
RESTONIC, INDIVIDUAL, MOD RIO
5499.00
PZA
NUEVO MODELO
12 152003
ENJ, SOFA CAMA, CONVERTI, MOD LOVE
9360.00
PZA
NUEVO MODELO
12 160007
MIDEA, LAVADORA, 18 K, MOD MA512W18/T
13499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
12 166001
MAGEFESA, SARTEN, 26 CM, MOD DEEP GALAX
1099.00
PZA
NUEVO MODELO
12 206004
DE LUJO
579450.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
12 206006
COMPACTO
913900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
12 207006
CARABELA, URBANA, 125 CC, MOD HUNTER CLUB-B, 2026
25544.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
12 208001
HUFFY, URBANA, R-26, MOD 26734M 2026
5499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
12 209001
ENERGIZER, MO 24R-530
2339.00
PZA
NUEVO MODELO
12 230004
LG, ACCESORIOS, BOCINA, MOD S20A
2490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
12 230006
AIWA, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOTH, PORTATIL, MOD AWS720
4990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
12 241011
ADIDAS, EQ Y ACC, BALON, FUTBOL SOCCER, MOD 028
571.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 247023
KASPERSKY, DESCARGA DE SOFTWARE, ANTIVIRUS, STD, 3 DISPOSITI
799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
12 259001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
726.67
COST/M
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
12 272007
CONAIR, RASURADORA, PRO METAL, MOD SHV270
2599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
12 273003
PONDS, ANGEL FACE BY, MAQUILLAJE POLVO, PZA DE 12 G
36.75
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 288025
KAMEL, BOLSA, DE MANO, 100% SINTETICO, MOD BANDOLERA
210.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 016002
COMPA´CHIS, TOTOPOS, PAQ DE 250 G
96.00
KG
CAMBIO DE MARCA
13 042004
EL FARO, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 900 ML
38.89
LT
CAMBIO DE MARCA
13 090003
GERBER, PAPILLA, MANGO, 2A ETAPA, FCO DE 100 G
126.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
13 093001
DEL FUERTE, PURE DE TOMATE, BOTE DE 210 G
48.10
KG
CAMBIO DE MARCA
13 098002
LA PASTORA, DESHIDRATADO, CANELA, CAJA DE 20 SOBRES
28.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
13 103003
MARTELL, COGNAC, VSOP, BOTELLA DE 700 ML
1860.78
LT
CAMBIO DE MARCA
13 105001
COMPADRE, REPOSADO, BOTELLA DE 250 ML
140.00
LT
CAMBIO DE MARCA
13 109004
MARLBORO, C/FILTRO, ROJOS, CAJETILLA DE 14 PZAS
77.00
CAJETI
CAMBIO DE MARCA
13 115008
DISNEY, PLAYERA, STITCH, 100% ALGODON
139.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 117002
CICLON JEANS, PANTALON, 98% ALGODON - 2% SPANDEX
379.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 118006
THAT'S IT, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
511.14
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 119014
TOMMY HILFIGER, SUDADERA, 100% ALGODON
3257.69
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 122004
REDSKY, P/NIÑA, CORPIÑO, 93% ALGODON - 7% ELASTANO
69.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 126001
OP, VESTIDO, 63% VISCOSA - 37% POLIESTER
349.00
PZA
NUEVO MODELO
13 126004
CONNECTED APPAREL, VESTIDO, 100% POLIESTER
1442.17
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 126005
LIZ MINELLI MP, VESTIDO, 100% POLIESTER
1699.00
PZA
NUEVO MODELO
13 127002
SECRETO BY MELY, PANTALON, 76% ALGODON - 22% POLIESTER - 2%
219.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 127006
SIMPLY BASIC, PANTALON, 93% ALGODON - 7% ELASTANO
85.00
PZA
NUEVO MODELO
13 133001
SAHARA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
499.00
PAR
NUEVO MODELO
13 133009
CROCS, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
1209.41
PAR
CAMBIO DE MARCA
13 137007
GERMANI, P/INFANTE, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
380.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
13 152001
MELE, SOFA CAMA, MOD SIENA
6149.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 153009
VIANNEY MP, COLCHA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD BAMBU
949.00
PZA
NUEVO MODELO
13 157010
BROTHER, MAQUINA DE COSER, DIGITAL, MOD CS7205
9542.17
UNIDAD
NUEVO MODELO
13 163001
OSTER, 3 VEL, XTREME MIX PROFESSIONAL, MOD 2207901
3224.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
13 179003
OKO, INSECTICIDA, AEROSOL, MULTIUSOS, BOTE DE 230 ML
45.00
BOTE
CAMBIO DE PRESENTACION
13 183002
SERV DOM, LAVADO, DOCENA DE ROPA
80.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 194001
JALOMA, NATURISTA, ARNICA EN GEL, TUBO DE 120 ML
54.00
TUBO
CAMBIO DE MARCA
13 212005
AKRON, ACEITE, MULTIGRADO, SAE 25W-50, BOTE DE 946 ML
186.05
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
13 231005
HKPRO, 55”, SMART ROKU, MOD HKP55RUHD2
5499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
13 240001
MATTEL, JGO DE MESA, CARTAS, UNO NO MERCY
154.97
CAJA
CAMBIO DE MARCA
13 246010
ACT RECR, JGOS INFANT, BRINCOLIN, POR HR
150.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 248001
CINEMEX, JUE, TRADICIONAL, A PARTIR DE LAS 3PM, ADM GRAL
66.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 248002
CINEMEX, MIE, TRADICIONAL, A PARTIR DE LAS 12 PM, ADM GRAL
65.50
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 268006
REST, CORTE NEW YORK, PAY DE QUESO Y CERVEZA 355 ML
512.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
14 089001
JELL•O, DE AGUA, SOBRE DE 25 G
580.00
KG
CAMBIO DE MARCA
14 097001
BLASON, REGULAR, AMERICANO, BOLSA DE 1 KG
356.00
KG
CAMBIO DE MARCA
14 100009
SIDRAL MUNDET, REFRESCO, SABOR, BOTELLA DE 600 ML
38.33
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
14 122020
SIMPLY BASIC, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 3 PZAS, 50% ALGODON
55.00
PAQ
NUEVO MODELO
14 124007
CHAPS, TRAJE, 69% POLIESTER - 29% VISCOSA - 2% ELASTANO
4999.00
TRAJE
CAMBIO DE MARCA
14 125004
TELA, SARGA ESCOLAR, 100% POLIESTER
49.99
MT
NUEVO MODELO
14 153003
AEROPOSTALE, EDREDON, KING, JGO DE 3 PZAS, 100% POLIESTER
2499.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
14 173001
QUALITY DAY, CLORO, BOTELLA DE 900 ML
22.11
LT
CAMBIO DE MARCA
14 190001
ILIADIN, DESCONGESTIVOS, SPRAY, ADULTO, 20 ML, LAB MERCK
194.00
FCO
CAMBIO DE PRESENTACION
14 192003
BENADRYL, TABLETAS, CAJA DE 24 PZAS, 25 MG, LAB JANSSEN-CILA
205.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
14 208002
BENOTTO, DE MONTAÑA, R 27.5, 21 VEL, MOD BLACK EAGLE
11929.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
14 230007
ALIENPRO, ACCESORIOS, BOCINA, WOOFER 6.5”, MOD POLAR
2799.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
14 230012
JBL, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD TUNE 520 BT
999.00
PZA
NUEVO MODELO
14 237002
AMAZON PRIME, PELICULA, STREAMING, JURASSIC WORLD, RENTA
60.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
66
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
14 251006
PEARSON, PREPA, FISICA 2, JOSIP SLISKO
370.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
14 291004
INHUMACION, PAQ BASICO
9880.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
15 009005
WEBERS, BLANCO, BOLSA DE 680 GR
70.04
KG
CAMBIO DE MARCA
15 074002
ENCANTO, CONCHITAS, BOLSA DE 83 GR
216.87
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
15 126003
WILD FABLE, FALDA, 100% POLIESTER
49.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 127002
JANA QUEEN, VESTIDO, 100% POLIESTER
189.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 127003
POP MODA, FALDA, 100% POLIESTER
99.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 148003
HM, ANTECOMEDOR, 6 SILLAS, MESA, MOD LAGUNA
11299.99
JGO
CAMBIO DE MARCA
15 153002
HOME NATURE, EDREDON, KING, JGO DE 3 PZAS, 100% MICROFIBRA
1779.00
JGO
NUEVO MODELO
15 153006
ESSENTIALS HOME, EDREDON, KING SIZE, 100% POLIESTER
429.90
PZA
NUEVO MODELO
15 153010
COLAP, FRAZADA, 1.80 X 2.20 MT, 100% POLIESTER, MOD 9627
349.00
PZA
NUEVO MODELO
15 154001
BAMBOO TOUCH, MATRIMONIAL, 4 PZAS, BORDADA
249.90
JGO
CAMBIO DE MARCA
15 155010
SPRING AIR, BLANCOS, ALMOHADA, KS, MOD BIORYTMI
854.10
PZA
NUEVO MODELO
15 158001
MABE, 6 QUEM, C/HORNO, GRIS, MOD EM7654
7699.99
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
15 160004
MABE, LAVADORA, 13 KG, 2 TINAS, MOD LMDX3124
4699.99
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
15 161005
HKPRO, 7 PIES, MOD 7004696
5162.74
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
15 166004
TRAMONTINA, SARTEN, 28CM, MOD ANKARA NEGRO
149.00
PZA
NUEVO MODELO
15 166005
TRAMONTINA, SARTEN, 24 CM, MOD ANKARA
159.00
JGO
NUEVO MODELO
15 168001
PLASTIC TRENDS, CONTENEDOR, 17 LTS
79.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 192003
TEMPRA FEN, JARABE, PEDIATRICO, DE 100 ML, LAB RECKITT
259.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
15 196011
SOLDRIN, O/MED, OTICO, 10/25/20 MG, FCO DE 10 ML, LAB PISA
172.00
FCO
CAMBIO DE PRESENTACION
15 208002
BENOTTO, INFANTILES, R16, MOD LYON
2599.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
15 210006
MAXTREK, RIN 14, 27/8.5/R14 LT
2332.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 230008
SELECT SOUND, ACCESORIOS, AUDIFONOS, INALAM, MOD BTH023N
519.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
15 238007
STEREN MP, CAMARA DE VIDEO, SUMERGIBLE, MOD CAM-500
1090.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
15 242011
HOME NATURE, OTROS, MACETA, MADERA, MOD 9163
2319.20
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 243006
BENEFUL, SECO P/PERRO, ADULTO, PAQ DE 10 KG
689.50
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
15 246002
CTRO NOCT, BEBIDA, TORRES 10, COPA
70.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
15 254006
EXPO, MARCADOR, P/PIZARRON, PAQ DE 2 PZAS, NEGRO
44.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
15 277004
GRISI, BARRA, NEUTRO, PZA DE 200 GR
156.60
KG
CAMBIO DE MARCA
15 278002
AÑEJA, COLONIA, SANDALO, FCO DE 800 ML
292.00
FCO
CAMBIO DE PRESENTACION
15 290002
ACTA, DE MATRIMONIO, COPIA CERTIFICADA, DIGITAL
201.00
CUOTA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
16 034004
ALPURA, ULTRAPASTEURIZADA, CLASICA, BOTE DE 1 L
36.00
LT
CAMBIO DE MARCA
16 034005
LALA, SABORIZADA, YOMI, FRESA, BOTE DE 180 ML
77.78
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
16 036002
ALPURA, AMERICANO, PAQ DE 144 G
247.74
KG
CAMBIO DE MARCA
16 096004
MP, REGULAR, C/AZUCAR, FCO DE 170 G
344.12
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
16 101009
VIVE100, ENERGIZANTE, ORIGINAL, BOTELLA DE 400 ML
40.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
16 114008
BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 48% ALGODON - 48% POLIESTER - 4% EL
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
16 126008
PUNTO ROMA, VESTIDO, 88% VISCOSA - 12% POLIAMIDA
1799.00
PZA
NUEVO MODELO
16 127002
GEORGE, VESTIDO, 100% ALGODON
359.00
PZA
NUEVO MODELO
16 128008
NAUTICA, BATA DE BAÑO, 100% ALGODON
2204.10
PZA
NUEVO MODELO
16 129008
BLACK SECRET, MALLON, SPORT, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
99.99
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
16 130014
SAHARA, CINTURON, 100% CUERO, MOD 2564
129.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
16 134001
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1549.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
16 135007
VIA TERRA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
429.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
16 136006
LIGEROS SCHOOL, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
299.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
16 137005
DHILA, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
467.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
16 159003
MABE, 0.7 PIES, MOD HMM70SEJ
1595.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
16 162001
DAEWOO, VENTILADOR, PISO, 4 VEL, MOD DAC-5017N
1099.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
16 164004
DAEWOO, VAPOR, MOD DSI-9202
499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
16 166003
TRAMONTINA, SARTEN, HONDA, MOD FRIGIDEIRA
749.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
16 231003
VIOS, 70”, LED, 4K, UHD, MOD VI-70UCL1F5MX
10990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
16 238016
POCKET, CAMARA DE VIDEO, DEPORTIVA, MOD OSMO POCKET 3
9199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
16 261003
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
3916.67
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
16 262003
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
27500.00
COSTO/
CAMBIO DE MODALIDAD
16 276004
REXONA, BARRA, SEXY BOUQUET, PZA DE 45 G
69.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
16 288004
C&A MP, BOLSA, 100% POLIESTER, MOD 3117693
449.00
PZA
NUEVO MODELO
17 005005
SOL DE ORO, DE TRIGO, PAQ DE 907 G
22.05
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
17 035003
MP, DE ALMENDRA, BOTE DE 1 L
35.00
LT
CAMBIO DE MARCA
17 074001
TOTIS, PAP´S, CLASICAS, BOLSA DE 90 G
205.56
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
17 084009
RICOLINO, DULCES, PALETAS, PAYASO, PZA DE 43.5 G
20.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
17 094008
MOLINA, O/PRODUCTOS, VAINILLA, EL PAPANTLA, FCO DE 250 ML
111.60
LT
CAMBIO DE MARCA
17 105001
100 AÑOS, REPOSADO, BOTELLA DE 650 ML
367.69
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
17 118004
JORDACHE, PANTALON, 73% ALGODON - 24% POLIESTER - 3% ELASTAN
199.00
PZA
NUEVO MODELO
17 121006
SANTORY MP, BRASIER, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO
70.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
17 153008
HAUS, FRAZADA, 150 X 130 CM, 100% POL, MOD ESTANDAR
884.00
PZA
NUEVO MODELO
17 181005
POETT, LIMPIADOR, C/CLOROX, BOTELLA DE 1800 ML
19.45
LT
CAMBIO DE MARCA
17 185005
CEFALEXINA GI, CAPSULAS, 20 DE 500 MG, LAB AMSA
84.90
CAJA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
17 203003
CESAREA, PAQ C/HABITACION POR DIA, QUIROFANO, MAT QUIRU
9500.00
SERV
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
17 207001
ITALIKA, URBANA, 150Z, MOD 2026
33900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
17 230003
STF, ACCESORIOS, BOCINA, TORRE DE SONIDO, MOD ST-S49629
6056.13
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
17 231001
DAEWOO, 40”, QLED, SMART TV, ROKU, HD, MOD DAW40QFR
4395.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
17 236002
IZZI, TV DE PAGA, BASICO, TV+, 200 CANALES, PROM 12 MESES
286.50
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
17 238009
GOPRO, CAMARA FOTOGRAFICA, 27MP, MOD HERO13 BLACK
10499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 004005
MARINELA, DULCES, POLVORONES, MAXITUBO PAQ DE 310 GR
117.74
KG
CAMBIO DE MARCA
18 006008
PRECISSIMO, POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 1 KG
35.90
KG
CAMBIO DE MARCA
18 014003
A GRANEL
28.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
18 017027
CHULETA, MIXTA CERDO, A GRANEL
126.75
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
18 041007
YOPLAIT, P/BEBER, LICUADO YOGURT, NUEZ Y GRANOLA, BOTE 330 G
17.00
KG
CAMBIO DE MARCA
18 043002
ESBRA, BOTE DE 800 GR
68.75
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
18 060007
ITALIANA, A GRANEL
40.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
18 091002
HELLMANN´S, MAYONESA, CLASICA, BOTE DE 390 GR
124.36
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
18 094007
MP, CONDIMENTOS, ADEREZO, RANCH, BOTE DE 500 ML
97.00
LT
CAMBIO DE MARCA
18 102001
F DIAZ, JARABE, CONCENTRADO, MANGO, BOTE DE 1 LT
79.00
LT
CAMBIO DE MARCA
18 114008
RIDERS, CAMISA, TIPO POLO, 100% POLIESTER
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 117007
CIMARRON, PANTALON, 74.7% ALGODON - 22% POLIESTER - 3.3% ELASTA
349.00
PZA
NUEVO MODELO
18 118007
GERGE, PANTALON, 54% ALGODN - 24% VISCOS - 21% POLIESTER -
209.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 126012
ANNE KLEIN, VESTIDO, 100% LYOCELL
449.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 126016
CUIDADO CON EL PERRO MP, FALDA, 82% VISCOSA - 18% LINO
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 129004
DISNEY, CAMISON, STITCH, 100% ALGODON
249.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 135005
FLEXI, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
599.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
18 135006
NUNA, ZAPATILLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
869.00
PAR
NUEVO MODELO
18 137006
CHARLY, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
799.00
PAR
NUEVO MODELO
18 147006
AMERICA, MATRIMONIAL, CADIZ, MOD 390259
3999.00
PZA
NUEVO MODELO
18 148003
SAMARA, COMEDOR, 7 PZAS (M-6SILLAS), MOD 539-014
17130.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
18 148005
TAPATIA, COMEDOR, 7 PZAS, (M-6 SILLAS), BANGLADESH, MOD 3555
9799.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
18 152001
ANTARA, SALA, OXFORD, 3 PZAS (2-1), MOD 005-314
9620.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
18 153006
MP, JGO DE CAMA, IND, 65% ALG - 35% LYOCE, MOD
799.00
PZA
NUEVO MODELO
18 155004
LA JOSEFINA, TOALLAS, DE MANOS, 70 X 40 CM, 100% ALGODON
69.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 156003
HISENSE, ENFRIADOR, 1 TON, 115 V, MOD ART121KA
10249.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 159003
WHIRLPOOL, 1.1 PIES, MOD 980018409
3099.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 161001
HKPRO, 17 PIES, MOD HKRESBS23-17P
18399.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
67
18 162007
OSTER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD 1086996835
1583.10
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 162008
HAMPTON BAY, VENTILADOR, DE TECHO, DE 44”, MOD 205573
2757.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 162013
HONEYWELL, VENTILADOR, 3 VEL, MOD HHF540
1299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 166001
CINSA, OLLA, RECTA, C/TAPA, 22 CM, AZUL TURQUESA, MOD CLASIC
349.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 167002
CROWN BACCARA, LOZA, VAJILLA, CERAMICA, 16 PZAS, MOD 127908
999.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
18 167003
PYROREY, CRISTALERIA, REFRACTARIO, MOLDE, P/PAY, MOD5498
199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 183003
SERV DOM, ASEO GRAL, DIA/SEMANA
350.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
18 194002
TAFLAVIX, NATURISTA, 40 TABLETAS, LAB SALUD NATURAL
216.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
18 206007
COMPACTO
650900.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 207008
VENTO, TURISMO, AUTOM, 2.0, 170, MOD 2026
28990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 208002
VOLX, DE CARRERA, R - 22, MOD FXS
3699.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 208003
BENOTTO, DE CARRERA, R - 27.5, MOD HOOK
4999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 208009
NAHEL, URBANA, R-24, MOD SURF
2725.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 230002
JBL, ACCESORIOS, BOCINA, INALAMBRICA, MOD PARTYBOX
6849.00
UNIDAD
CAMBIO DE PRESENTACION
18 230003
KAISER, ACCESORIOS, BOCINA, BAFLE, INALAMBRICA, MOD MSA7908MX
899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 231003
LG, 75”, TV NANO, LED, SMART, MOD 75NANO75SPA
27799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 237011
SPOTIFY, MUSICA, STREAMING, PLAN FAMILIAR, MENSUAL
199.00
RENTA
CAMBIO DE MARCA
18 238018
CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD R50-RF-S18-45MM-F4.5
25949.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 239002
SONY, CONSOLA, PS5, 1 TB, MOD 981042574
13999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 239008
NINTENDO, CONSOLA, SWITCH 2, 256 GB, MOD 1177646331
13409.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 239009
SONY, CONSOLA, PS5, CFI-2115, 1TB
13999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 240002
LEGO, JGO DE MESA, BOTANICALS, CACTUS, CAJA DE 482 PZAS
598.99
CAJA
NUEVO MODELO
18 241004
WILSON, EQ Y ACC, RODILLERAS, ABIERTA, PREMIUM, MOD AW101
245.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
18 250001
SALON DE FIESTAS, AVENTURE, 50 PERSONAS, P/EVENTO
19990.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
18 265006
TORTERIA, TORTA DE LA BARDA, Y REFRESCO DE 600 ML
105.00
ORDEN
CAMBIO DE PRESENTACION
18 287003
SAMSUNG, RELOJ, P/HOMBRE, GALAXY WATCH 8, MOD 981039176
3749.00
PZA
NUEVO MODELO
19 006001
LA COSTEÑA, POZOLERO, PRECOCIDO, LATA DE 820 GR
34.15
KG
CAMBIO DE MARCA
19 018025
CORTES ESP, RIB EYE, SELECTO, A GRANEL
494.99
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
19 042004
NUTRIOLI, ACEITE, SOYA, BOTELLA DE 800 ML,
68.75
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
19 074002
SABRITAS, ORIGINAL, BOLSA DE 42 GR
547.62
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
19 077001
LA HUERTA, CONGELADAS, MIXTAS, 500 GR
104.18
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
19 084005
DE LA ROSA, CHOCOLATE, CHOCOLATE, CAJA C/10 PZAS
119.50
CAJA
CAMBIO DE MARCA
19 084011
KINDER, CHOCOLATE, SORPRESA, 2 PZAS DE 40 GR, 20 GR C/U
1450.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
19 116002
YALE, PANTALON, 100% POLIESTER
429.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
19 126008
SAHARA, VESTIDO, 98% POLIESTER - 2% ELASTANO
499.00
PZA
NUEVO MODELO
19 148001
HOME NATURE, ANTECOMEDOR, 5 PZAS (M-4S), MOD ILAN
43995.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
19 163002
OSTER, 6 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD BLSTOEG-CPB
1279.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
19 196015
TRADEA, O/MED, NEUROL, 10 MG, CAJA C/30 TABLETAS, LAB PHARMA
350.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
19 206004
SUBCOMPACTO
390990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
19 206007
COMPACTO
439490.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
19 206008
MINIVAN
997600.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
19 207003
MB, URBANA, XDV 175 CC, GT LINE, MOD 2026
66499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
19 207004
YAMAHA, CROSS, FZ-S 4.0 FI ABS, 2026
67999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
19 207005
CAN-AM, CUATRIMOTO, OUTLANDER, 500, MOD 2026
179900.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
19 236001
IZZI, TV DE PAGA, IZZI TV+, 200 CANALES, MENSUAL
299.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
20 082002
ZULCA, SUSTITUTO, MORENA C/STEVIA, BOLSA DE 500 GR
60.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
20 101001
VIVE100, ENERGIZANTE, EXT DE TE Y GUARANA, BOTELLA DE 600 ML
37.50
LT
CAMBIO DE MARCA
20 113012
ATLETICOS, CALCETAS, 57%POLIESTER - 40% ALGODON - 3% OTRAS
59.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
20 117003
DAVINCHY, PANTALON, 68% VISCOSA - 27% POLIAMIDA - 5% ELASTAN
699.00
PZA
NUEVO MODELO
20 121004
THATS IT, BRASIER, 92% POLIAMIDA - 5% ELASTANO - 3% FIBRA ME
399.00
PZA
NUEVO MODELO
20 123006
BABY COLORS, PAÑALERO, PAQ 5 PZAS, 100% ALGODON
349.00
PAQ
NUEVO MODELO
20 123007
BABY CREYSI, PAÑALERO, 100% ALGODON
119.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
20 129004
THAT´S IT, TRAJE DE BAÑO, 70% POLIAMIDA - 22% HILOS METALICO
899.00
PZA
NUEVO MODELO
20 147002
AMERICA, INDIVIDUAL, MOD TIFFANY
6849.00
PZA
NUEVO MODELO
20 153008
DISNEY BABY, COBERTOR, 80 CM X 1 M, 100% POLIESTER
134.91
PZA
CAMBIO DE MARCA
20 163003
BLACK AND DECKER, 10 VEL, MOD BL1000BG
629.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
20 166001
VASCONIA, BATERIA, 12 PZAS, MOD ESENCIAL
1499.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
20 189003
AVAPENA, CAPSULAS, CAJA DE 20 PZAS DE 25 MG, LAB SANDOZ
291.47
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
20 206008
COMPACTO
950900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
20 207001
VENTO, URBANA, MOD. RYDER 190CC 2026
23499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
20 207002
ITALIKA, URBANA, FT150, MOD 2026
26499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
20 207003
VENTO, URBANA, XPLOR, 2.0, 190CC, MOD 2026
22985.19
UNIDAD
NUEVO MODELO
20 230009
STF, ACCESORIOS, AUDIFONOS, TWS, 7 HRS, TIPO C, MOD ST-E12469
899.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
20 231007
PIONEER, 43”, GOOGLE TV, FDH 4K, SMART TV, MOD PLE-43G23UHD
7499.90
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
20 238004
DREAMTECH, CAMARA DE VIDEO, DE ACCION, RED 5K, MOD CAM270X
1999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
20 239001
UBISOFT, CONSOLA, DISCO, MARIO+RABBIDS, NINTENDO
1699.00
PZA
NUEVO MODELO
20 246001
CTRO NOCT, BEBIDA, RON BACARDI BCO, BOT 980 ML, 5 MEZC
850.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
20 252002
DIANA, SUPERACION, EL CODIGO DEL HERO, EAUT WILLIAM H MCRAVE
228.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
20 274005
COLGATE, CREMA DENTAL, TUBO DE 50 ML
500.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
20 281002
FACIAL QUALITY, PAPEL HIGIENICO, PAQ DE 4 ROLLOS DE 320 HOJA
25.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
20 288012
HUSER FASHION, BOLSA, 100% POLIURETANO, MOD - 9596
1508.41
PZA
CAMBIO DE MARCA
21 003004
KELLOGG´S, DE TRIGO, BARRA, SPECIAL K, CAJA DE 90 GR
261.11
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
21 018026
RANCHO DON FRANCIS, CORTES ESP, SIRLOIN, PALOMILLA, A GRANEL
289.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
21 021006
CHIMEX, DE PAVO, TRADICIONAL, A GRANEL
121.45
KG
CAMBIO DE MARCA
21 028003
MP, FILETE, SALMON, A GRANEL
429.00
KG
CAMBIO DE MARCA
21 029003
VIGILANTE, EN CONSERVA, MEJILLONES, PAQ 230 GR (2/115 GR)
560.87
KG
CAMBIO DE MARCA
21 035005
MP, DE ALMENDRA, BOTE DE 946 ML
36.05
LT
CAMBIO DE MARCA
21 039004
CAMELIA, ASADERO, A GRANEL
223.40
KG
CAMBIO DE MARCA
21 110004
WILSON, PLAYERA, 94% POLIESTER - 6% ELASTANO
159.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
21 112006
PERRY ELLIS, CALCETINES, 3 PARES, 95% POLIESTER - 5% ELASTAN
149.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
21 115004
4FRIENDS, PLAYERA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
69.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
21 116007
WALL STREET, PANTALON, 100% POLIESTER
349.00
PZA
NUEVO MODELO
21 122013
SONATA, P/NIÑO, TRUSA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
19.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
21 123002
CARTER´S, MAMELUCO, 100% ALGODON
399.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
21 124001
DUTCH, TRAJE, 80% POLIESTER - 20% VISCOSA
5059.50
TRAJE
NUEVO MODELO
21 126004
OCEAN PACIFIC, VESTIDO, 58% ALGODON - 42% POLIESTER
299.00
PZA
NUEVO MODELO
21 134006
ADRIANO GIANETTI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
299.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
21 135003
BE SEXY, ZAPATILLAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
184.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
21 136001
GRAFITO, ZAPATOS, ESCOLAR, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
299.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
21 136005
SPRINKLES, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
249.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
21 141002
PLOMERO, INSTALACION DE BOILER
450.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
21 148005
COMEDOR, 6 PZAS (M-4S-1B) MOD ESTAMBUL
17999.00
JGO
NUEVO MODELO
21 152004
ARTABAN, SALA, ESQUINERA, MOD ANTARA
12899.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
21 154003
COLAP, KING SIZE, 4 PZAS, 100% ALGODON, MOD 7360
532.90
JGO
CAMBIO DE MARCA
21 155009
VIANNEY MP, CORTINAS, 100% POLIESTER, MOD BLACKOUT
610.50
JGO
NUEVO MODELO
21 158001
MABE, 6 QUEM, 30”, MOD EM7 620 BA IS2
9499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 159002
GALANZ, 0.7 PIES, MOD GLCMSR0SVN
1790.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
21 161006
LG, 24 PIES, 2 PTAS, INVERTER, MOD GT24BS
19999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 172008
MP, GUANTES, CAJA CON 100
23.90
CAJA
CAMBIO DE MARCA
21 178005
PRINCESA, BARRA, AZUL, VETEADO, PZA DE 350 GR
51.43
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
21 207001
ITALIKA, URBANA, MOD DS150 2026
24999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 207003
ITALIKA, URBANA, MOD DM200, 2025
31999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
68
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
21 209003
AUTO DRIVE, 450 AMPERES, MOD BCI 22F
1999.00
PZA
NUEVO MODELO
21 230001
AIRPODS MAC, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD QC PASS
350.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
21 230002
VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOTH, FM, USB, MOD VS-25
1990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
21 230005
KAISER, ACCESORIOS, BOCINA, PORTATIL, 6.5”, MOD 7005
649.90
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 230007
EVL, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOTH, MOD EVL-BB-004
1199.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 230011
JBL, ACCESORIOS, BOCINA, MOD JBLGOES2BLKA
749.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
21 231001
TLC, 50”, PANTALLA, 4K, MOD QLED
7699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
21 231004
SAMSUNG, 32”, PANTALLA, SMART TV, HD, USB, MOD VTR 161
4099.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
21 272001
REMINGTON, SECADORA, DE CABELLO, MOD D3015
619.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 272003
BUYTITI, RASURADORA, INALAMBRICA, MOD MR-108
80.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
21 272004
REMINGTON, RASURADORA, MOD PF7200
656.50
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
21 288004
GEORGE, BOLSA, 100% POLIESTER
349.00
PZA
NUEVO MODELO
22 124003
REACTION, SACO, 75% POLIESTER - 20% VISCOSA - 5% ELASTANO
3799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
22 137017
CAPIEL, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
210.00
PAR
NUEVO MODELO
22 155010
VIANNEY MP, CORTINAS, JGO DE 2 PZAS, 100% POLIESTER, MOD MAR
569.00
JGO
NUEVO MODELO
22 171002
ENERGIZER, AAA, ALCALINA, PAQ DE 4 PZAS
169.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
22 210004
ROVELO, RIN 15, 195/65, MOD HS407
1699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
22 230009
STF, ACCESORIOS, BOCINA, ALLURE, MOD ST-S12544
2998.99
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
22 238010
FUJIFILM, CAMARA FOTOGRAFICA, INSTAX, MINI LINK3, MOD 9500
3799.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
22 239005
ELECTRONIC ARTS, VIDEOJUEGO, PS5, BATTLEFIELD 6
1799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
22 241009
PUMA, EQ Y ACC, RODILLERAS, MOD 03099601
295.50
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
22 242011
NATURALES, ARREGLO, 12 ROSAS, S/MOD
250.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
22 247012
YAMAHA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ACUSTICA, MOD CM40
5499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
22 254002
IBOOK, CUADERNO, PROFESIONAL, RAYA, 100 HOJAS
42.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
22 254007
AZOR, BOLIGRAFO, PUNTO MEDIANO
7.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
22 260001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
8882.92
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
22 262004
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
39990.00
COSTO/
CAMBIO DE MODALIDAD
22 273005
MAYBELLINE, RIMEL, LASH SENSATIONAL, PZA DE 9.5 G
259.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
22 279003
PRESTOBARBA, RASTRILLO, ULTRA GRIP, PAQ DE 2 PZAS
28.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
22 280004
DIAPRO, ADULTO, MEDIANO, PAQ DE 10 PZAS
129.50
PAQ
CAMBIO DE MARCA
23 004015
OREO, DULCES, PAQ DE 114 G
192.98
KG
CAMBIO DE MARCA
23 030014
AGUASCALIENTES, CREMA, ENTERA, BOLSA DE 250 GR
88.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
23 032002
NESTLE, ENTERA, BOLSA DE 144 GR
263.89
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 084021
TURIN, CHOCOLATE, AMARGO, PZA DE 150 G
726.67
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
23 092003
CLEMENTE JACQUES, CATSUP, BOTELLA DE 454 G
66.08
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
23 106004
SMIRNOFF, VODKA, BOTELLA DE 750 ML
351.99
LT
CAMBIO DE MARCA
23 107003
DOMECQ, BLANCO, XA, BOTELLA DE 750 ML
178.66
LT
CAMBIO DE MARCA
23 107005
RICCADONNA, BLANCO, ESPUMOSO, BOTELLA DE 750 ML
462.66
LT
CAMBIO DE MARCA
23 112005
HUMMO, TINES, PAQ DE 8 PARES, 98% POLIESTER - 2% ELASTANO
99.90
PAQ
NUEVO MODELO
23 117008
BOY LONDON, PANTALON, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
629.00
PZA
NUEVO MODELO
23 118004
WILSON, BERMUDAS, 100% POLIESTER
99.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 120003
WILSON, TRUSA, PAQ DE 4 PZAS, 100% POLIESTER
229.90
PAQ
NUEVO MODELO
23 122013
SKINY, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
269.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
23 123002
CA DUCK, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
559.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 126001
PIERRE CARDIN, TRAJE, 100% POLIESTER
1448.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 126011
CONTEMPO, VESTIDO, 85% VISCOSA - 15% POLAMIDA
699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 126016
ZARA MP, SACO, 100% POLIESTER
1199.00
PZA
NUEVO MODELO
23 127001
PIQUE NIQUE, VESTIDO, 100% VISCOSA
649.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 128004
NON STOP, PIJAMA, JGO 2 PZAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
429.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
23 137012
PUMA, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
999.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
23 164004
OSTER, DE VAPOR, MOD GCSTAC7602-13
899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 167011
HAUS, CRISTALERIA, COPAS, JGO DE 24 PZAS, MOD KARMADS83
1124.25
JGO
NUEVO MODELO
23 208004
ROCKCREEK, DE MONTAÑA, ROD 26, 18 VEL, MOD HUFFY
3699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
23 208010
MERCURIO, INFANTILES, R20, MOD ZTX
3543.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 230003
VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, 15”, MOD VS-15
2390.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
23 230018
ROKU, VIDEO, DISP.P/STREAMING, MOD 3830X
1199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
23 231006
LG, 75”, SMART TV, MOD 4K UHD AI THINQ
14990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 239001
XBOX, VIDEOJUEGO, DISCO, EA SPORTS FC 26 XBOX SERIES X ONE
1449.00
PZA
NUEVO MODELO
23 241001
PIRMA, CALZADO, FUTBOL, MOD 0501
891.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
23 241010
WILSON, EQ Y ACC, RAQUETA, TENIS, MOD WR118710H
899.00
PZA
NUEVO MODELO
23 246003
ACT RECR, PARQUE DE DIV, JUEGOS BASICOS, 1 HORA
169.00
CUOTA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 246007
ACT RECR, BILLAR, POR HORA
35.00
HORA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 247013
BARROCA, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD SOPRANO
99.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
23 254002
KIUT, CUADERNO, PROFESIONAL, 160 HOJAS
283.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 254010
JEAN BOOK, CUADERNO, PROFESIONAL, 100 HOJAS
112.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 261001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1075.00
COST/M
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 261002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
725.00
COST/M
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 261003
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1166.67
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
23 261004
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
5708.33
COST/M
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 262002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
3520.00
COST/A
CAMBIO DE MODALIDAD
23 262003
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
3900.00
COST/A
CAMBIO DE MODALIDAD
23 262004
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
5200.00
COST/A
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 272005
CONAIR, ALACIADORA, MOD CS23BES
530.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 274001
PRO SELECTION, CREMA DENTAL, ACTIVATED, TUBO DE 100 ML
380.00
LT
CAMBIO DE MARCA
23 287001
BULOVA, RELOJ, P/MUJER, MOD 96215
4477.05
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 287002
SKECHERS, RELOJ, P/MUJER, MOD 95437796
768.18
PZA
NUEVO MODELO
23 288012
SPECIAL PRICE, BOLSA, HAREME, MOD 33179
399.90
PZA
NUEVO MODELO
24 018023
SUKARNE, BISTEC, MILANESA, PAQ DE 500 GR
128.25
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
24 034001
ALPURA, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, BOTE DE 1 LT
37.50
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
24 064001
XIMENA, DE ARBOL, BOSA DE 100 GR
528.00
KG
CAMBIO DE MARCA
24 092003
DEL MONTE, CATSUP, BOTELLA DE 320 GR
68.44
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
24 101017
MONSTER ENERGY, ENERGIZANTE, LATA DE 473 ML
91.97
LT
CAMBIO DE MARCA
24 107003
RIUNITE, BLANCO, SAUVIGNON, BOTELLA DE 750 ML
207.99
LT
CAMBIO DE MARCA
24 112001
HANES, TINES, PAQ C/4 PARES, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
139.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
24 115002
FUN CLUB, PLAYERA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
99.49
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 116002
CHEROKEE, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
449.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 117003
SECRETO, PANTALON, 76% ALGODON - 22% POLIESTER - 2% ELASTANO
249.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 120001
TEJEDOR, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
69.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 120005
MSM, BOXER, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
29.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 123002
FONY´S KIDS, TRAJE, 2 PZAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
119.99
TRAJE
CAMBIO DE MARCA
24 126001
JENNIFER MOORE, FALDA, 78% VISCOSA - 18% POLIAMIDA - 4% ELAST
119.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 129005
AMOR, CAMISON, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO
129.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 129007
MP, TRAJE DE BAÑO, 93% NYLON - 7% ELASTANO
374.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
24 153001
HOME EXPRESSIONS, EDREDON, 100% POLIESTER, KS
899.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 153004
MS, EDRECOLCHA, 100% POLIESTER, MAT, MOD RAYAS
558.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
24 154002
HOMETRENDS, MATRIMONIAL, 230 HILOS, MOD LISO
651.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
24 161003
LG, 11 PIES, MOD GT35BP 11P
11249.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
24 167001
CRISA, CRISTALERIA, JARRA, CON 4 VASOS
299.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
24 167004
CROW BACCARA, LOZA, VAJILLA, 16 PZAS, PORCELANA
739.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
24 180002
PETALO, SERVILLETAS, PAQ DE 420 PZAS
51.90
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
24 182003
LA FAMA, VELA, PAQ DE 16 PZAS, NUM 25
79.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
24 186002
VICK 44, JARABE, FCO DE 120 ML, LAB PROCTER & GAMBLE
178.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
69
24 196001
DIANE, ANTICONCEP, TABLETAS, 21 DE 2/0.03 MG, LAB BAYER
733.00
CAJA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
24 200001
CUIDADO DENTAL, RESINA, HASTA 1 UNIDAD
1475.96
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
24 207003
VENTO, SCOOTER, MOD 2026, TERRA DS 170
25499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
24 230007
AIWA, ACCESORIOS, BOCINA, MOD AWS544BT
2739.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
24 231006
SONY, 55”, BRAVIA II LED 4K, MOD K-55S20CM2
12499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
24 239002
NINTENDO, VIDEOJUEGO, DISCO, SWITCH, SUPER MARIO BROS DE LUX
1399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 241005
NIKE, CALZADO, FUTBOL RAPIDO, MODFQ8313-446
1395.00
PAR
NUEVO MODELO
24 241006
NIKE, EQ Y ACC, GUANTES, DE PORTERO, MODHQ0257-100
650.79
PAR
NUEVO MODELO
24 254007
LEONCITO, COLORES, LARGOS 12 PZAS
36.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
24 268019
CAFETERIA, SANDWICH DE MILANESA Y REFRESCO DE LATA
128.00
ORDEN
CAMBIO DE PRESENTACION
24 272002
CONAIR, ALACIADORA, MOD CS947RES
699.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
24 276001
REXONA, BARRA, PZA DE 45 GR
65.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 280003
TENA, ADULTO, PANTS COMFORT, GRANDE, PAQ DE 13
156.45
PAQ
CAMBIO DE MARCA
24 283001
KOTEX, TOALLAS, UNIKA REGULAR, C/ALAS, PAQ DE 14 PZAS
30.60
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
25 003001
GRANVITA, DE AVENA, BOLSA DE 700 GR
35.00
KG
CAMBIO DE MARCA
25 043003
RICOMER, BOTE DE 900 GR
82.22
KG
CAMBIO DE MARCA
25 084004
CLORETS, DULCES, CHICLES, VAL-U-PAK, CAJA DE 36.4 GR
15.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
25 106008
EL MEZCALITO, LICOR, DE CAÑA, BOTELLA DE 440 ML
72.16
LT
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
25 110002
BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
249.00
PZA
NUEVO MODELO
25 111002
CIRCULATION, TOBIMEDIAS, 86% POLIAMIDA - 14% ELASTANO
79.90
PAR
CAMBIO DE MARCA
25 140003
INTERCERAMIC, PISO, SAVOY TRAVERTINO, CREMA, DE 60 X 1.20 M2
399.00
MT2
NUEVO MODELO
25 160003
WHIRLPOOL, LAVADORA, 22 KG, AUT, 12 CICLOS, MOD 8MWTW2224WJM
12849.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
25 166001
QUEEN SENSE, SARTEN, DE 5 PZAS, MOD JADE WOK
2499.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
25 176002
1-2-3, EN POLVO, 5 BENEFICIOS, BOLSA DE 1200 GR
23.33
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
25 182001
PRECISSIMO, VELADORA, VASO ECOLOGICO, MEDIANO
29.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
25 182005
NEVADA, VELADORA, VASO DE VIDRIO, LIMONERO, MEDIANO
15.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
25 206002
USOS MULTIPLES
822900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
25 206003
USOS MULTIPLES
251500.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
25 207003
VENTO, URBANA, LITHIUM, 190 CC, MOD 2026
21499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
25 207005
VELOCI, URBANA, BOXTER RT3, DE 200 CC, MOD 2026
21499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
25 216007
AFINACION, PRIMER SERVICIO, 5000 KM, CITY SPORT CVT, MO
2095.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
25 223002
RUTA LOS ANGELES, COL LAS AMERICAS
12.00
VIAJE
CAMBIO DE MODALIDAD
25 230004
LG, ACCESORIOS, BOCINA, XBOOM, PORTATIL, MOD STAGE 301
4777.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
25 239003
SUPER MARIO BROS WONDER, VIDEOJUEGO, NINTENDO SWICH
1209.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
25 272002
CONAIR, SECADORA, CERAMICA C/INFUSION DE ALMENDRA, MOD 7067
699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
25 273004
POND´S, MAQUILLAJE POLVO, COMPACTO, 3 EN 1, PZA DE 12 GR
47.99
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
25 274004
GUM, HILO, DENTAL, C/MANGO, SABOR MENTA, DE 75 PCS
82.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
25 276003
AXE, AEROSOL, DARK TEMPTATION, BOTE DE 150 ML
86.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
25 278003
SECRET SCENTS, LOCION, TRUE LOVE, FCO DE 250 ML
74.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
26 006005
PALOMERO, BOLSA DE 1 K
20.00
KG
CAMBIO DE MARCA
26 017009
CHULETA, NATURAL, A GRANEL
116.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
26 017012
LOMO, TROZO, A GRANEL
121.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
26 022003
EN PZAS, MUSLO Y PIERNA, A GRANEL
83.50
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
26 040003
MOJICA, O/QUESOS, CHEDDAR, RALLADO, BOLSA DE 200 G
299.50
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
26 043003
BOLSA DE 1 KG
58.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
26 094017
HITZEL, ESPECIAS, CLAVO, BOLSA DE 4 G
4.00
BOLSA
CAMBIO DE MARCA
26 100009
COCA COLA, REFRESCO, COLA, BOTELLA DE 500 ML
45.80
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
26 105005
CENTENARIO, REPOSADO, BOTELLA DE 950 ML
389.46
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
26 107003
SANTO TOMAS, TINTO, CABERNET, BOTELLA DE 750 ML
519.99
LT
CAMBIO DE MARCA
26 110007
C&A MP, PLAYERA, 100% ALGODON
139.00
PZA
NUEVO MODELO
26 116004
INDIGO RAW, PANTALON, 95% ALGODON - 5% POLIESTER
249.99
PZA
NUEVO MODELO
26 124004
CARVEN, TRAJE, 2 PZAS, 67% POLIESTER - 33% OTROS
3490.00
TRAJE
CAMBIO DE MARCA
26 126010
MARESTY, VESTIDO, 100% ALGODON
229.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
26 127001
GEORGE, VESTIDO, 100% ALGODON
299.00
PZA
NUEVO MODELO
26 133002
C&A MP, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
449.00
PAR
NUEVO MODELO
26 160006
WHIRLPOOL, LAVADORA, 26 KG, MOD 8MWTW2654WRM
15999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
26 161009
MABE, 14 PIES, SILVER, MOD RME360FGMRQ0
15999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
26 163011
TAURUS, 7 VEL, DE 550 W, MOD GAUDI
621.11
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
26 165002
EKCO, CUCHILLO, DE COCINA, 7”, MOD SANTOKU
139.00
PZA
NUEVO MODELO
26 187001
ADVIL, CAPSULAS, 12 DE 200 MG, LAB PFIZER
56.10
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
26 206001
COMPACTO
405900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
26 206005
USOS MULTIPLES
746400.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
26 206006
COMPACTO
509300.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
26 208005
GREEN PLUS, DE MONTAÑA, NIÑO, MOD MTB R16
2600.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
26 210006
OVATION, RIN 17, 215/60 R-17, MOD VI-286 HT
1750.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
26 230003
RADIOSHACK, ACCESORIOS, BOCINA, BT 5.0 RS, MOD 100179360
1129.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
26 230006
PIONEER, AUDIO, ESTEREO, PAQ C/BOCINAS, USB, MOD MXT-S3262BT
3299.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
26 231002
HISENSE, 32”, HD VIDA, MOD 32A4NV
3440.50
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
26 272002
TRUE CUT, RASURADORA, 17 PZAS, MOD HC91RES
699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
26 281001
FACIAL QUALITY, PAPEL HIGIENICO, 4 PZAS, 320 HOJAS DOBLES
25.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
27 029001
ALTAMAR, EN CONSERVA, CALAMARES, EN SALMUERA, LATA DE 425 G
247.05
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
27 046001
PRISCO, A GRANEL
85.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
27 077006
LA HUERTA, CONGELADAS, MIXTAS, CAMPESINA, BOLSA DE 500 G
140.70
KG
CAMBIO DE MARCA
27 088002
RIKOPOLLO, DE POLLO, BOLSA DE 330 G
124.24
KG
CAMBIO DE MARCA
27 093005
CAMPBELLS, CREMA, DE ELOTE, LATA DE 310 G
119.03
KG
CAMBIO DE MARCA
27 101005
VOLT, ENERGIZANTE, YELLOW, LATA DE 473 ML
48.63
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
27 108008
BUD LIGHT, CLARA, LIGHT, LATA DE 330 ML
45.45
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
27 117005
18 FOREVER, PANTALON, 68% ALGODON - 29% POLIESTER - 3% ELAST
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 122023
BABY COLORS, P/NIÑA, PANTALETA, 100% ALGODON
129.00
PZA
NUEVO MODELO
27 123003
BABY COLORS, MAMELUCO, PAQ C/7, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
349.00
PAQ
NUEVO MODELO
27 126001
BIOGRAFHY, VESTIDO, 100% POLIESTER
599.00
PZA
NUEVO MODELO
27 127001
THAT´S IT, VESTIDO, 100% VISCOSA
749.00
PZA
NUEVO MODELO
27 129006
EXTRA MODAS, PIJAMA, JGO DE 2 PZAS, 50% ALGODON - 50% LYCRA
450.00
JGO
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
27 206005
SUBCOMPACTO
340900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
27 206007
SUBCOMPACTO
480900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
27 208002
HUFFY, DE MONTAÑA, R-26, MOD 26734M
5499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
27 211010
WURTH, REFACCIONES, LIMPIAPARABRISAS, MOD 08480870
150.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 230009
HUAWEI, ACCESORIOS, AUDIFONOS, INALAMBRICOS, MOD 32011331
2799.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
27 239001
ELECTRONIC ARTS, VIDEOJUEGO, DISCO, XBOX ONE, MOD FC26
1799.00
PZA
NUEVO MODELO
27 272005
REMINGTON, RASURADORA, MOD F26A
695.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
27 279001
SCHICK, RASTRILLO, XTREME 5, PLATINUM, PAQ DE 2 PZAS
50.00
PAQ
NUEVO MODELO
27 287010
TODOMODA MP, BISUTERIA, ARETES, MOD ORO ZIRCONIA
129.90
JGO
NUEVO MODELO
27 287014
TODOMODA MP, BISUTERIA, CADENA, C/DIJE Y ARETES, BAÑO EN OR
199.90
JGO
NUEVO MODELO
27 288022
TODO MODA MP, MOCHILA, VARIOS COLORES, MOD MP T1B126306201
399.90
PZA
NUEVO MODELO
28 005002
SELECTO, P/HOT CAKES, PAQ DE 800 G
32.50
KG
CAMBIO DE MARCA
28 015003
TIA ROSA, BOLSA DE 15 PZAS, 382.5 GR
78.43
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
28 039001
ESMERALDA, OAXACA, LIGHT, PAQ DE 400 G
255.00
KG
CAMBIO DE MARCA
28 043002
KEKEN MP, BOTE DE 800 ML
63.50
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
28 088003
SAL SOL, SAL, BOLSA DE 500 G
30.00
KG
CAMBIO DE MARCA
28 134004
QUIRELLI, ZAPATOS, CORTE PIEL- SUELA SINTETICO
1399.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
28 162004
MP, VENTILADOR, DE PISO, MOD VF-20S
1498.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
28 167003
MP, LOZA, TAZAS, JGO DE 8 PZAS, MOD OSO FW25
418.00
JGO
CAMBIO DE PRESENTACION
70
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
28 175002
GLADE, AMBIENTAL, AEROSOL, LAVANDA, BOTE DE 275 G
48.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
28 199005
ESPECIALISTA, PSIQUIATRA, CONSULTA, PRIMERA VEZ
1000.00
SERV
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
28 207004
ITALIKA, URBANA, 4 VEL, AT110RT, MOD 2026
19999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
28 210001
APLUS, RIN 14, 185/60, MOD CONFORT HP
950.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
28 237002
YOUTUBE, PELICULA, STREAMING, WICKED, RENTA
55.00
RENTA
CAMBIO DE MODALIDAD
28 247001
YAMAHA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, MOD CX40
4614.54
PZA
NUEVO MODELO
28 248002
CINEPOLIS, DOM, 3D, A PARTIR DE 12 PM, ADM GRAL
92.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
29 016001
SANISSIMO, TOSTADAS, SALMAS, HORNEADAS, PAQ DE 140 GR
270.72
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
29 044002
LALA, S/SAL, BARRA DE 90 GR
300.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
29 079001
VERDE VALLE, LENTEJAS, BOLSA DE 500 GR
62.80
KG
CAMBIO DE MARCA
29 113005
D FRENDELI, TINES, 3 PZAS, 70% ALGODON - 30% OTROS
40.51
PAQ
CAMBIO DE MARCA
29 113006
TOMAS, TINES, 3 PARES, 75% ALGODON - 25% OTROS
45.48
PAQ
CAMBIO DE MARCA
29 117003
AERO STRONG, PANTALON, 52.7 ALGODON - 23.8 POLIESTER - 24.2
219.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
29 122007
MILANO MP, P/NIÑO, CAMISETA, 100% ALGODON
49.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
29 206003
USOS MULTIPLES
262700.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
29 206004
SUBCOMPACTO
339000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
29 211001
CHAMPION, REFACCIONES, BUJIAS, MOD BL15Y
32.00
JGO
NUEVO MODELO
29 244002
ESTETICA, PERRO PEQUEÑO O MEDIANO
250.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
29 260001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1619.83
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
29 260002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1125.00
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
29 268005
REST, BUCKET, 8 PZAS, C/PURE, ENSALADA Y 4 BISQUETS
289.00
PAQ
CAMBIO DE MODALIDAD
29 272005
GAMA, ALACIADORA, MOD KERATION ROSA
1299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
30 032005
NIDO, ENTERA, KINDER, 1-2 AÑOS, BOLSA DE 144 G
277.78
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
30 110003
CHEROKEE, BLUSA, 89% VISCOSA- 11% ELASTANO, MOD U11901
299.00
PZA
NUEVO MODELO
30 122009
HANES, P/NIÑO, CAMISETA, DE 3 PZAS, 100% ALGODON
249.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
30 127002
CHEROKEE, PANTALON, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO, MOD V3740
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
30 163003
OSTER, 8 VEL, METALICA, MOD 465-13
1579.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
30 165001
ILKO, TABLA P/PICAR, DE BAMBU, 28 X 20 X 1.5 CM
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
30 170008
BELLOTA, HERRAMIENTA, DESARMADOR, MOD 08-24
55.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
30 177001
REYNERA, UTENSILIOS, ESCOBA, MAGNETICA
117.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
30 178003
MAESTRA LIMPIO, BARRA, CON BICARBONATO, DE 400 G
59.75
KG
CAMBIO DE MARCA
30 230002
JBL, ACCESORIOS, BOCINA, MOD PARTYBOX ULTIMATE
24999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
30 230007
HKPRO, ACCESORIOS, AUDIFONOS, PROF 12, MOD HKSB165
1599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
30 231001
HISENSE, 40”, LED, HD, SMART TV, MOD 40A4NV
4059.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
30 231002
HKPRO, 43”, ROKU, MOD HKP43R02/R03
3986.69
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
30 231005
SAMSUNG, 55”, MOD UN55U800FFXZX
10999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
30 246001
HUITZILA, CTRO NOCT, BEBIDA, MEZCAL, COPA
40.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
30 276002
AXE, AEROSOL, BLACK, DE 210 ML
95.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
30 290003
PASAPORTE, VIGENCIA 3 AÑOS
2340.00
CUOTA
CAMBIO DE MODALIDAD
31 110002
BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
199.00
PZA
NUEVO MODELO
31 119017
GIOVANNI GALI, CHAMARRA, 100% POLIESTER
525.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
31 217003
REP DE FRENOS, 2 LLANTAS, AVEO, MOD 2022
1733.50
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
31 241003
VOIT, EQ Y ACC, GUANTES, MOD BASIC LINE
269.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
31 291004
INHUMACION, EQUIPO DE VELACION, ATAUD, MADERA, PREPARAC
12500.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
32 003005
MP, DE MAIZ, CAJA DE 450 GR
95.33
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
32 096003
PRECISSIMO, REGULAR, FCO DE 100 GR
589.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
32 098005
MCCORMICK, DESHIDRATADO, LIMON, CAJA DE 25 SOBRES DE 30 GR
24.50
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
32 105003
JOSE CUERVO, BLANCO, TRADICIONAL, BOTELLA DE 950 ML
504.20
LT
CAMBIO DE MARCA
32 106001
STOLICHNAYA, VODKA, STOLI, BOTELLA DE 750 ML
465.32
LT
CAMBIO DE MARCA
32 112001
WILSON, TINES, PAQ 5 PZAS, 97.2% POLIESTER - 2.8% OTROS
129.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
32 118003
BM, PANTALON, 75% ALGODON - 20% POLIESTER - 5% ELASTANO
149.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 118006
HUMO, PANTALON, 97% ALGODÓN - 3% ELASTANO
199.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 126005
LOVE POEM, FALDA, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO
495.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 126008
SAHARA, VESTIDO, 100% POLIESTER
329.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 126014
JENIFER MOORE, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
179.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 126016
PRIYA, VESTIDO, 100% VISCOSA
229.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 133003
SPORT, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
60.00
PAR
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
32 136002
BAMBINO, ZAPATOS, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA
449.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
32 150001
TAMAYO, ALACENA, MOD GIRASOL
5599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
32 154002
LILI, MATRIMONIAL, MOD ECONOMICO
314.50
JGO
CAMBIO DE MARCA
32 159004
SAMSUNG, 0.8 PIES, MOD MS23K3513AWAX
2699.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
32 164002
OSTER, MOD GCSTAC7602013
659.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
32 180002
PETALO, SERVILLETAS, PAQ DE 220 PZAS
39.70
PAQ
CAMBIO DE MARCA
32 188002
CORIATROS, TABLETAS, CAJA DE 28 DE 16 MG, SIEGFRIED RHEIN
1160.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
32 191001
TREDA, SUSPENSION, FCO DE 75 ML, LAB GRIMANN
239.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
32 197001
VENDALASTIC, VENDA, DE 2O CM X 5 MT
40.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
32 207001
ITALIKA, URBANA, MOD FT125 TS, 2025
27499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
32 207002
VENTO, URBANA, 190CC, MOD LITHIUM 2026
25349.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
32 208001
ZIGNA, DE MONTAÑA, R-26, MOD ILUM
5199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
32 230007
ROKU, VIDEO, STREAMING STICK, MOD 3840X
1199.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
32 231001
PIONEER, 32”, PANTALLA, MOD PLE32G23HD
4499.90
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
32 250004
SALON DE FIESTAS, 5 HRS, PAQ BAUTIZO
15500.00
PAQ
CAMBIO DE MODALIDAD
32 252002
MUSA, LITERARIO, EL PERIQUILLO SARMIENTO, JOAQUIN FERNANDEZ
50.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
32 252004
REYNA VALERA, LITERARIO, LA SANTA BIBLIA, CRISTIANA
690.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
32 254005
SCRIBE, CUADERNO, COSIDO, CUADRO, 100 HOJAS
59.00
PZA
NUEVO MODELO
32 274002
ORAL-B, CREMA DENTAL, DE TU BOCA CUIDADA, TUBO DE 70 GR
528.44
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
32 274004
ORAL B, CEPILLO, ADVANCED CRISSCROSS, 2 PZAS
91.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
32 281003
ELITE, PAÑUELOS, DOBLE HOJA CON AROMA, 90 PAÑUELOS
32.90
CAJA
CAMBIO DE MARCA
32 283002
NATURELLA, TOALLAS, FLUJO ABUNDANTE, SIN ALAS, PAQ C/10
30.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
32 286004
DEPILACION, DE CEJA, CON CERA
80.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
32 288006
EVEREST, MOCHILA, MOD 1045K
245.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
33 007006
MAIZENA, FECULA DE MAIZ, PAQ DE 160 G
134.38
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
33 110002
CCP MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
189.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
33 113004
MAYORAL, CALCETINES, 100% ALGODON
189.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
33 122009
FRUIT OF THE LOOM, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 3 PZAS, 100% A
95.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
33 147001
SERTA, MATRIMONIAL, MOD ONE
4599.00
PZA
NUEVO MODELO
33 159002
HAMILTON BEACH, 1.4 PIES, MOD D10034ASLRIII-J9E
3290.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
33 162007
DECAKILA, CAFETERA, 5 L, MOD KUKT024M
1190.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
33 168001
HELLO BABY, CUCHARA, PAQ DE 6 PZAS, MOD STT34964
30.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
33 196002
ALTRULINE, O/MED, PSIQ, TABLETAS, 28 DE 50 MG, LAB PFIZER
1652.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
33 207001
VENTO, URBANA, 300 CC, MOD TORNADO 300 2026
41990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
33 240002
JUGUETE, MUÑECO, MOD GORILA DE PLASTICO MEDIANO C/SONID
250.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
33 242010
NATURALES, FLORES, GERBERA, PZA
40.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
33 253005
OEM, PERIODICO, SEMANAL, SOL DE TULANCINGO
13.00
EJEMPL
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
33 277001
GRISI, BARRA, NEUTRO, PZA DE 100 G
250.00
KG
CAMBIO DE MARCA
34 002003
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHEETOS, BOLSA DE 55 GR
368.18
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
34 004014
GAMESA, DULCES, CREMAX, PAQ DE 213 GR
154.93
KG
CAMBIO DE MARCA
34 019002
BACHOCO, PROCESADAS, ALITAS PREPARADAS, ADOBADAS
118.00
KG
CAMBIO DE MARCA
34 021004
FUD, DE PAVO, VIRGINIA, PAQ DE 290 GR
186.21
KG
CAMBIO DE MARCA
34 022007
ENTERO, A GRANEL
60.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
34 025004
PROAN, TRIPAS, DELGADA, PAQ DE 500 GR
131.80
KG
CAMBIO DE MARCA
34 034003
LALA, PASTEURIZADA, POR LT
30.00
LT
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
34 039004
BAFAR, OAXACA, A GRANEL
255.00
KG
CAMBIO DE MARCA
34 111003
PRETTY, CALCETAS, 95% POLIAMIDA - 5% ELASTANO
29.90
PAR
NUEVO MODELO
34 119009
CHEROKEE, CHAMARRA, 100% POLIESTER
899.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
71
34 119012
DOCKERS, SUDADERA, 66% ALGODON - 34% POLIESTER
1299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
34 124002
REACTION KENNETH COLE, SACO, 100% POLIESTER, MOD SVKR240401
3799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
34 126006
GEORGE, VESTIDO, 99% POLIESTER - 1% ELASTANO, MOD G026A02184
349.00
PZA
NUEVO MODELO
34 129001
MP, CAMISON, P/DORMIR, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
229.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
34 148003
COMEDOR, MARMOL, 6 PZAS (M-4S-1B), MOD NEW DELHI
21693.00
JGO
NUEVO MODELO
34 161002
TEKA, 15 PIES, PLATA GC 976, MOD TOP MOUT
15490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
34 169005
TIANLA, AHORRADOR, 15 WATS, LUZ BLANCA
30.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
34 172005
TECHPLAST, PLATOS, CHAROLA, UNICEL, 50 PZS
31.00
BOLSA
CAMBIO DE MARCA
34 172010
ALUMEX, PAPEL, ALUMINIO, 1 ROLLO DE 50 MT
27.20
ROLLO
CAMBIO DE MARCA
34 179002
RAID, INSECTICIDA, AEROSOL, CASA Y JARDIN, BOTE DE 400 ML
197.50
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
34 206005
USOS MULTIPLES
481900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
34 206006
USOS MULTIPLES
768900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
34 207002
BAJAJ, URBANA, MOD PULSAR N250 UG, 2026
74497.50
UNIDAD
NUEVO MODELO
34 207003
VENTO, URBANA, THUNDERSTAR 300, 2026
43999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
34 207006
HERO, URBANA, MOD HUNK160R
47999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
34 240004
HASBRO, JGO DE MESA, MONOPOLY
649.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
34 252002
EMECE, LITERARIO, EL PRINCIPITO
148.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
34 272003
CONAIR, ALACIADORA, INFINITI PRO, MOD CS620ES
799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
34 272004
REVLON, SECADORA, MOD RVDR5034LA1H3, 1875W
365.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
34 276004
AXE, BARRA, BLACK, PZA DE 45 GR
63.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
35 039001
ASADERO, A GRANEL
170.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 003007
KELLOGG´S, DE MAIZ, CORN FLAKES, EL ORIGINAL, CAJA DE 185 G
159.46
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 012003
TIA ROSA, PASTELILLO, BIGOTES, PAQ DE 80 G
300.00
KG
CAMBIO DE MARCA
36 015001
A GRANEL
39.90
KG
CAMBIO DE MARCA
36 015004
BOLSA C/20 PZAS
45.00
BOLSA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 028020
SIERRA MADRE, FILETE, TILAPIA NATURAL, BOLSA DE 1 KG
230.06
KG
CAMBIO DE MARCA
36 035007
XILOU, DE SOYA, EN POLVO, BOLSA DE 1 KG
105.00
KG
CAMBIO DE MARCA
36 037005
LALA, COTAGGE, 100% LECHE, PAQ DE 350 G
197.14
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 039006
ASADERO, A GRANEL
189.00
KG
CAMBIO DE MARCA
36 058004
PRECISSIMO, FRUTA SECA, UVA PASA, BOLSA DE 200 G
140.75
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 058008
LA SURTIDORA, FRUTA SECA, UVA PASA, BOLSA DE 100 G
225.00
KG
CAMBIO DE MARCA
36 077004
LA COSTEÑA, ENVASADAS, ELOTES, LATA DE 220 G
56.82
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 086007
NESTLE, PALETA, MEGA, CLASICA, PZA DE 71.2 G
56.50
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
36 097004
GARAT, REGULAR, GOURMET, MEDIUM, BOLSA DE 454 G
385.46
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 104004
RON CASTILLO, AÑEJO, BOTELLA DE 1 L
139.00
LT
CAMBIO DE MARCA
36 104006
CAPTAIN MORGAN, AÑEJO, SPICED RUM, BOTELLA DE 700 ML
298.58
LT
CAMBIO DE MARCA
36 106003
PASSPORT, WHISKY, SELECTION, BOTELLA DE 1 L
339.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
36 110009
JORDACHE, BLUSA, 100% POLIESTER
269.00
PZA
NUEVO MODELO
36 111012
WEEKEND, TINES, 6 PARES, 95% POLIESTER - 5% OTRAS FIBRAS
129.00
PAQ
NUEVO MODELO
36 113006
WILSON, CALCETAS, 97% POLIESTER - 3% OTRAS FIBRAS, 3 PARES
59.99
PAQ
CAMBIO DE MARCA
36 114002
GIAN FRANCO DUNNA, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
649.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 116013
AMERICAN FLY, PANTALON, 75% ALGODON - 23% POLIESTER - 2% ELA
329.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 117007
JORDACHE, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
349.00
PZA
NUEVO MODELO
36 118008
RICHE GO, PANTALON, 94% ALGODON - 6% ELASTANO
199.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 119032
SHYLA, ABRIGO, 100% POLIESTER
1599.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 121011
SONATA, BOXER, 90% NYLON - 10% LYCRA
49.90
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 122027
HANES, P/NIÑO, TRUSA, 2 PZAS, 100% ALGODON
159.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
36 126004
MXSTAZA, TRAJE, 70% VISCOSA - 30% POLIAMIDA
379.90
TRAJE
NUEVO MODELO
36 126007
CONTEMPO, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
599.00
PZA
NUEVO MODELO
36 126009
VERTICHE MP, FALDA, 100% POLIESTER
326.31
PZA
NUEVO MODELO
36 127010
JORDACHE, PANTALON, 80% ALGODON - 18% POLIAMIDA - 3% ELASTANO
349.00
PZA
NUEVO MODELO
36 128007
NITRO SPORT, PANTS, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO
299.90
JGO
CAMBIO DE MARCA
36 129003
NON STOP, PIJAMA, 51% POLIESTER - 49% ALGODON
359.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
36 136006
COQUETA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
679.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
36 137011
PUMA, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
1849.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
36 148004
COMEDOR, 6 PZAS (M-45S), MOD ESTAMBUL
17999.00
JGO
NUEVO MODELO
36 151008
RAFAGA, RECAMARA, KS, 5 PZAS, MOD ZERMAT
18890.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
36 152002
SALA, 3 PZAS, LINO GRAFITO, MOD DIANA
16790.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
36 152007
CAVI, SALA, ESQUINERA, MOD SHIBA
10399.20
JGO
CAMBIO DE MARCA
36 153001
STARHAUS, EDREDON, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD MATEO
739.00
PZA
NUEVO MODELO
36 158007
WHIRLPOOL, 6 QUEM, 30”, PLATA MERCURY, MOD EM7646BSIS2
12610.43
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 159005
ASPIX, 1.1 PIES, CAP 30 L, MOD AX24MWO11NEJ
2599.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 159007
OSTER, 0.7 PIES, CAP 20 L, 700W, MOD OGGMEX2701
1795.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
36 160006
LG, SECADORA, BCA, 25 KG, MOD DT25WTGK
14599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
36 165002
EKCO, TABLA P/PICAR, MEDIANA
190.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 187004
VOLFENAC, POMADA, GEL, TUBO DE 100 G, LAB COLLINS
86.94
TUBO
CAMBIO DE PRESENTACION
36 206012
USOS MULTIPLES
547900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 207003
ITALIKA, URBANA, TRABAJO, MOD FT125
21249.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 208001
MERCURIO, URBANA, R-20, MENTA, MOD EVERGREE
3899.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
36 208004
TRECK, DE CARRERA, R-29, 10 PASOS, MOD MARLIN 6, 2026
26000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 231007
TCL, 50”, QLED, LED, 4K, MOD SERIE Q5K
7495.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
36 260002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
533.33
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
36 261001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
2575.00
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
36 261002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
941.67
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
36 262002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
13406.00
COST/A
CAMBIO DE MODALIDAD
36 262003
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
12000.00
COST/A
CAMBIO DE MODALIDAD
36 266005
CIRCLE K, CONGELADA, PAQ DE 260 G
246.16
KG
CAMBIO DE MARCA
36 287003
CASIO, RELOJ, P/HOMBRE, MOD F-91W, 735851
599.00
PZA
NUEVO MODELO
36 287010
TOUS MP, RELOJ, P/MUJER, AUTOMATICO, MAQ EXPUESTA, DORADO
10500.00
PZA
NUEVO MODELO
37 004003
NABISCO, SALADAS, RITZ, CAJA DE 356 G
141.85
KG
CAMBIO DE MARCA
37 014002
A GRANEL
30.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 026007
EL DORADO, ATUN, EN ACEITE, LATA DE 130 G
107.69
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
37 026009
MAZATUN, ATUN, EN ACEITE, LATA DE 130 G
146.15
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
37 038009
CAPERUCITA, MANCHEGO, REBANADO, PAQ DE 400 G
247.50
KG
CAMBIO DE MARCA
37 091001
BEST FOODS, MAYONESA, FCO DE 433 G
175.52
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
37 099008
JUMEX MIA, MINERAL, LATA DE 355 ML
42.25
LT
CAMBIO DE MARCA
37 114006
GIANFRANCO DUNNA, CAMISA, 100% ALGODON
399.00
PZA
NUEVO MODELO
37 115004
OCEAN PACIFIC, PLAYERA, 83% POLIESTER - 17% ELASTANO
199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 115007
M&O, PLAYERA, 100% ALGODON
49.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
37 115010
MARCO MARINE, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
169.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 116005
BOLERO, PANTALON, 100% ALGODON
299.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 117002
LULUMARI, PANTALON, 100% POLIAMIDA
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 118006
CIMARRON, PANTALON, 76.9% ALGODON -20% POLIESTER - 3.1% ELAS
259.00
PZA
NUEVO MODELO
37 118010
BM JEANS, PANTALON, 75% ALGODON - 20% POLIESTER - 2% ELASTAN
199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 123015
NAUTICA, TRAJE, DE 2 PZAS, 100% ALGODON
299.00
TRAJE
CAMBIO DE MARCA
37 127007
CARE BEARS, BLUSA, 100% ALGODON
149.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 137003
SNEAKERS, P/ADULTO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
899.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
37 147003
SEALY, MATRIMONIAL, PREMIUM FOAM, MOD AUDEN
5499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 148003
COLOSO, COMEDOR, 7 PZAS (1M-6S), MOD NIZA
4999.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
37 160002
ACROS, LAVADORA, 15 KG, MOD ALF1551EG
4299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 161004
MABE, 19 PIES, 2 PTAS, MOD RMS510IVMRM0
17790.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 163007
KITCHEN LAB, 8 VEL, MOD 1173530460
2299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 167003
DENMARK, LOZA, VAJILLA, JGO 12 PZAS, MOD 981041644
975.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
37 172012
REYMA, PLATOS, PAQ DE 50 PZAS, MOD 855
25.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 179004
RATICIDA, TRAMPA, MOD 28 X14
71.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
72
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
37 183010
SERV DOM, ASEO GENERAL, 6 DIAS A LA SEMANA
2400.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 188002
LODESTAR, TABLETAS, 30 DE 100 MG, LAB LIOMONT
1137.24
CAJA
CAMBIO DE MARCA
37 195006
CENTRUM, CAPSULAS, SILVER 50, 30 PZAS, LAB HALEON
235.04
CAJA
CAMBIO DE MARCA
37 198005
HARLEY DAVIDSON, LENTES, MOD HD50049
2979.00
PZA
NUEVO MODELO
37 206005
USOS MULTIPLES
1136350.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 206006
SUBCOMPACTO
324000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 207007
SUZUKI, URBANA, HURACAN, 124 CC, MOD 2026
39999.99
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 208005
ALUBIKE, DE MONTAÑA, 8 VEL, R 29, MOD SIERRA
10999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 230007
JBL, AUDIO, TEATRO EN CASA, BARRA SONIDO 3.1, MOD SB580BLKAM
6299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 262001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
8900.00
COST/A
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 262002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
2800.00
COST/A
CAMBIO DE MODALIDAD
37 273001
OLE, LAPIZ LABIAL, LIQUIDO, PZA DE 4 ML
99.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 276002
GILLETTE, AEROSOL, ACTIVE PROTEC, COOL WAVE, PZA DE 150 ML
84.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 280008
PAMPERS, INFANTE, GRANDE, OVERNIGHTS, PAQ DE 88 PZAS
949.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
37 281009
KLEENEX, PAÑUELOS, BOUTIQUE, CAJA DE 60 HOJAS
14.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
37 289001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
2098.33
COST/M
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
38 041003
NUTRI YOGURT, P/BEBER, DE FRESA, BOTE DE 210 G
54.76
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
38 042002
1-2-3, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 1 L
45.46
LT
CAMBIO DE MARCA
38 107001
CARMEN, TINTO, MERLOT, BOTELLA DE 750 ML
265.33
LT
CAMBIO DE MARCA
38 111001
SPORTLINE, TINES, PAQ DE 6 PZAS, 98% POLIESTER - 2% ELASTANO
159.00
PAQ
NUEVO MODELO
38 117006
LOB MP, PANTALON, 100% POLIESTER
699.00
PZA
NUEVO MODELO
38 118005
LEVIS, PANTALON, 79% ALGODON - 20% POLIESTER - 1% ELASTANO
549.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 119035
SILVER SPOON, CHALECO, 100% POLIURETANO
230.00
PZA
NUEVO MODELO
38 120007
BLACK&BOXER, BOXER, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
49.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 127002
GIRLS ATTITUDE, PANTALON, 100% ALGODON
359.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
38 135005
LADY ANACLETA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
349.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
38 147003
SLEEPCARE, MATRIMONIAL, MOD REVIVE LUX
2790.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 158007
ALFA MEX, 4 QUEM, PORCENALIZADA, MOD ESFR-0046
780.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
38 160008
MAYTAG, LAVADORA, 24 KG, MOD 7MMVW5035PW
14999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
38 166003
LAMEX, SARTEN, WOK, MOD 28 CM, AMARILLO
899.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 170008
PRETUL, HERRAMIENTA, PINZAS, DE ELECTRICISTA, MOD PEI7PX
130.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
38 177004
MODACLEAN, TEXTIL, TELA MULTIUSOS, 100% POLIESTER, MOD ECONO
9.99
PZA
NUEVO MODELO
38 177006
ADELITA, UTENSILIOS, TRAPEADOR, MOD PABILO MEDIANO
55.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 178002
CORONA, BARRA, TRADICIONAL, BARRA DE 400 G
64.45
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
38 181006
MR MUSCULO, LIMPIADOR, COCINA, BOTE DE 650 ML
104.62
LT
CAMBIO DE MARCA
38 188003
MICARDIS DUO, TABLETAS, 28 DE 40/5 MG, LAB BOEHRINGER
1879.96
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
38 197001
JALOMA, AGUA OXIGENADA, BOTE DE 448 ML
24.00
BOTE
CAMBIO DE MARCA
38 206003
USOS MULTIPLES
498900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
38 241004
CLETO REYES, EQ Y ACC, GUANTES, DE PELEA MMA, MOD O2B34
1600.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
38 241005
ROKER, EQ Y ACC, PESAS, MANCUERNA, 8 LB, MOD MANW - 008
599.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 247002
LA SEVILLANA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, MOD UN-3CEQ
4869.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
38 260002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1887.50
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
38 261002
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1076.67
COST/M
CAMBIO DE MODALIDAD
38 283002
TAMPAX, TAMPONES, REGULAR, PAQ DE 10 PZAS
54.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
38 287002
FOSSIL, RELOJ, P/HOMBRE, MOD FS6134
3979.50
PZA
NUEVO MODELO
39 050004
CHINO, A GRANEL
30.55
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
39 074002
SABRITAS, AMARILLAS, BOLSA DE 42 GR
476.19
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
39 106005
JOHNNIE WALKER, WHISKY, RED, BOTELLA DE 700 ML
575.73
LT
CAMBIO DE MARCA
39 110006
SANTORY, BLUSA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
100.00
PZA
NUEVO MODELO
39 110008
BERSHKA, PLAYERA, 98% ALGODON - 2% ELASTANO, CUELLO REDONDO
179.00
PZA
NUEVO MODELO
39 112006
ATLETICOS, CALCETINES, 75% ALGODON - 25% OTRAS FIBRAS
79.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
39 113003
FRUIT OF THE LOOM, CALCETINES, 100% FIBRAS RECUPERADAS
69.00
PAQ
NUEVO MODELO
39 113008
ATLETICOS, TINES, 50% POLIESTER - 37% ALGODON - 13% OTROS
59.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
39 115008
HUMO, CAMISA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON, VARIOS MOD
179.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 118005
JNS, PANTALON, 80% ALGODON - 17% POLIESTER - 3% ELASTANO
599.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 119010
VITOS, SUETER, 100% ACRILICO
999.00
PZA
NUEVO MODELO
39 119013
HUMO, SUETER, 50% VISCOSA - 28% POLIESTER - 22% POLIAMIDA
229.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 119014
K-SWISS, SUDADERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 119047
NIKE, SUDADERA, 100% ALGODON, CAPUCHA
949.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 120005
SOCCER, TRUSA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER, PAQ C/6 PZAS
149.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
39 122006
PUMA, P/NIÑO, TRUSA, PAQ 2 PZAS, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
379.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
39 122007
FRUIT OF THE LOOM, P/NIÑO, TRUSA, 100% ALGODON, PAQ C/3
109.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
39 122014
MP, P/NIÑO, CAMISETA, 100% ALGODON, EST 34147
49.90
PZA
NUEVO MODELO
39 122016
FRUIT OF THE LOOM, P/NIÑA, PANTALETAS, 100% ALGODON
95.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 122020
PRETTY, P/NIÑA, PANTALETAS, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO
59.90
PZA
NUEVO MODELO
39 122026
MP, P/NIÑA, PANTALETAS, 100% ALGODON, MOD 14128
99.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
39 126007
MOSTAZA, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
149.90
PZA
NUEVO MODELO
39 126008
SANTORY, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
120.00
PZA
NUEVO MODELO
39 127007
FANTASTIC, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
99.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 127009
ZARA KIDS, PANTALON, 100% ALGODON
749.00
PZA
NUEVO MODELO
39 128008
NITRO, PANTS, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
219.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 128011
WILSON, PANTS, 100% POLIESTER, VARIOS MOD
249.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 129001
SANTORY, PIJAMA, 94% POLIESTER - 6% ELASTANO
190.00
PZA
NUEVO MODELO
39 129009
MP, BATA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON, VARIOS MOD
229.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 135001
JOYCE, ZAPATOS, CORTE BOVINO - SUELA SINTETICA
2099.00
PAR
NUEVO MODELO
39 136005
CLEO, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
285.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
39 137001
CHARLY, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
699.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
39 147003
MIMO, MATRIMONIAL, TOSCANO, ORTOPEDICO
3499.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
39 147004
VITTORIO BENZI, MATRIMONIAL, MOD MAXIMO
4500.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 149016
CASA DE LAS LOMAS, MESA, CARTAGENA NOGAL, 180 CM
41849.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
39 149029
MESA, BARCELONA BROWN, 150 CM
10377.80
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
39 151002
RECAMARA, KING SIZE, 5 PZAS, MOD HADAR PAROTA
12999.00
JGO
NUEVO MODELO
39 151007
PLACENCIA, RECAMARA, ALFA, 6 PZAS
40798.50
PZA
NUEVO MODELO
39 154006
ZARA HOME, QUEEN SIZE, 100% ALGODON PERCAL, COLORES
1199.00
PZA
NUEVO MODELO
39 155019
COLAP, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON, 70 X 140 CM
162.50
PZA
NUEVO MODELO
39 159002
LG, 1.5 PIES, MOD MS1536GISBBKFLA
4999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
39 161006
SAMSUNG, 27 PIES, 2 PUERTAS, MOD RS27T5200S9
30149.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
39 163004
T FAL, 14 VEL, 550 W, MOD INFINITY FORCE XL
1148.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
39 177003
REYNERA, UTENSILIOS, ESCOBA, BASIC
62.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
39 198003
NODO, LENTES, ARMAZON, GRADUACION, VARIOS MOD
999.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
39 206002
USOS MULTIPLES
899900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
39 206003
USOS MULTIPLES
413400.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
39 206005
USOS MULTIPLES
777900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
39 206006
MINIVAN
997600.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
39 206010
COMPACTO
847900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
39 208007
EQUALIZER, URBANA, R26, MOD FLORIDA
5995.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
39 210001
KUMHO, RIN 13, ECOWING, 175/70, R26
1100.00
PZA
NUEVO MODELO
39 216013
SERV DE MANTENIMIENTO, Q3, 60 KM
7000.00
SERV
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
39 230002
STF, ACCESORIOS, BOCINA, 5”, ALTAVOZ, STUFFACTOR, M-S75169
1599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
39 230013
SELECT SOUND, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOTH, USB, M.BT2029
2999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
39 230014
STEREN, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD AUD-7410NE
249.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
39 230016
ALEXA, ACCESORIOS, ASIST VIRTUAL, ECHO SPOT, BV84J9
2019.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
39 231002
LG, 50”, LED, MOD 5OUA73OOPSB
7149.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
39 236003
HBO MAX, STREAMING, ESTANDAR, MENSUAL
239.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
39 240005
TONI TOY´S, JUGUETE, PISTOLA DE HIDROGEL, MOD Q-99503
530.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
73
39 246002
CTRO NOCT, BEBIDA, COCKTAIL, PROHIBICION
209.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
39 251010
CIENCIAS, SECUNDARIA, BIOLOGIA, CARLOS GUILLEN, ED SANTILLAN
330.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
39 272005
REVLON, SECADORA, 2 TEMPERATURAS, 2 VELOCIDADES, 1875 W
300.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
40 003005
DE MAIZ, A GRANEL
26.59
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 009004
BIMBO, P/HOT DOG, MEDIAS NOCHES, PAQ DE 340 G
135.29
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 015004
DEL HOGAR, BOLSA DE 300 G
60.00
KG
CAMBIO DE MARCA
40 015006
DEL HOGAR, 15 PZAS, BOLSA DE 300 G
60.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 021008
GALICIA, DE PAVO, A GRANEL
108.08
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
40 024008
CAPISTRANO, DE CERDO, AHUMADO, PAQ DE 250 G
382.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
40 042001
VALLEY FOODS, ACEITE, OLIVA, BOTELLA DE 750 ML
229.33
LT
CAMBIO DE MARCA
40 069004
LA SIERRA, ENTEROS, BAYOS, LATA DE 580 G
31.90
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 084005
DE LA ROSA, DULCES, ENCHILADO, PULPARINDO, PAQ DE 20 PZAS
42.23
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 085004
KARO, MIEL, JARABE DE MAPLE, BOTELLA DE 250 ML
148.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 094005
BARRILITO, CONDIMENTOS, VINAGRE, BOTELLA DE 750 ML
16.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 099007
PEÑAFIEL, MINERAL, BOTELLA DE 600 ML
28.26
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 100008
FANTA, REFRESCO, SABOR, NARANJA, BOTELLA DE 600 ML
31.67
LT
CAMBIO DE MARCA
40 107001
TOLTEN BY CARMEN, TINTO, MERLOT, BOTELLA DE 750 ML
132.00
LT
CAMBIO DE MARCA
40 111005
OYSHO, TINES, PAQ DE 2 PZAS, 72% ALGODON - 25% POLIESTER - 3
349.00
PAQ
NUEVO MODELO
40 113011
CHARLY, CALCETAS, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO
89.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
40 116004
JBE, SHORT, 51% TENCEL - 49% ALGODON
849.00
PZA
NUEVO MODELO
40 116007
YALE, PANTALON, 68% POLIESTER - 32% VISCOSA
499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
40 135006
ONENA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA, MOD 1114
1299.00
PAR
NUEVO MODELO
40 140003
INTERCERAMIC, PISO, CERAMICO, BRUNEI, BEIGE 40 X 40
142.00
MT2
NUEVO MODELO
40 147001
RESTONIC, MATRIMONIAL, MOD PALMIRA
4999.00
PZA
NUEVO MODELO
40 154005
VIANNEY MP, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD VIALIFRESH MATRRI
1099.00
JGO
NUEVO MODELO
40 180004
DELSEY MAX, SERVILLETAS, PAQ DE 220 PZAS
27.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 181004
ENSUEÑO, SUAVIZANTE, BOTELLA DE 850 ML
25.61
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
40 183002
NIÑERA, 4 HORAS AL DIA, 5 DIAS POR SEMANA
1250.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 183004
SERV DOM, ASEO GRAL, UN DIA A LA SEMANA
500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 183011
SERV DOM, PLANCHADO, POR DOCENA
100.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 196021
YASMIN, ANTICONCEP, 21 COMPRIMIDOS, 3MG/0.03MG, LAB BAYER
555.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
40 206002
COMPACTO
394200.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
40 206011
DE LUJO
495990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
40 207002
VENTO, CRUCERO, CHOPPER, 300 CC, MOD 2026
67997.50
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
40 207003
BAJAJ, DE PISTA, PULSAR N250 UG FI, MOD 2026
91499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
40 207004
VELOCI, URBANA, BLACK HAWK RT, 200 CC, MOD 2026
24999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
40 207010
YAMAHA, URBANA, YB 125, MOD 2026
37999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
40 207012
VENTO, URBANA, LITHIUM, 190 CC, MOD 2026
26999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
40 210008
MICHELIN, RIN 17, 225/45, MOD PRIMACY 5 + PLUS
4730.00
PZA
NUEVO MODELO
40 234001
INFINITUM, INTERNET, PAQ DE 100 MEGAS, PAGO MENSUAL
399.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 237006
YOUTUBE, MUSICA, STREAMING, PREMIUM, INDIVIDUAL, S/ANUNCIOS
159.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 240004
MATTEL, JGO DE MESA, UNO QUATRO
549.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
40 242001
RUNNING, ARTIFICIALES, ARBUSTOS, MOD EUCALIPTO 104
421.28
PZA
CAMBIO DE MARCA
40 255004
IXTAPA, ARMADO, TERRESTRE, 3 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS
5903.75
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 259001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
8250.25
COST/M
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 262001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
7340.00
COSTO/
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 267001
PAQ AHORRES, GUARNICION Y REFRESCO 1.5 LT
165.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
40 269001
GUISADO, LASAÑA, DE CARNE, A GRANEL
475.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
40 274008
CREST, CREMA DENTAL, ANTICARIES, TUBO DE 75 ML
393.33
LT
CAMBIO DE MARCA
40 275004
POND´S, FACIAL, CLARANT B3, BOTE DE 100 G
900.00
KG
CAMBIO DE MARCA
40 279005
BIC, RASTRILLO, 3 HOJAS, SENSITIVE, P/DAMA, PAQ DE 2 PZAS
83.50
PAQ
CAMBIO DE MARCA
40 281009
KLEENEX, PAÑUELOS, CAJA DE 90 PZAS
30.00
CAJA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 005006
PRECISSIMO, DE TRIGO, PAQ DE 1 KG
17.00
KG
CAMBIO DE MARCA
41 012001
WONDER, PASTELILLO, CHOCOTORRO, PZA DE 50 G
500.00
KG
CAMBIO DE MARCA
41 030006
LALA, CREMA, ENTERA, ORIGINAL, BOTE DE 426 G
110.33
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
41 069004
LA SIERRA, REFRITOS, NEGROS, BOLSA DE 430 G
32.56
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 092001
DEL MONTE, CATSUP, BOTELLA DE 320 G
54.13
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
41 115003
REFILL, CAMISA, 65% ALGODON - 35% POLIESTER
219.00
PZA
NUEVO MODELO
41 118003
REFILL, PANTALON, 94% ALGODON - 6% POLIESTER
279.00
PZA
NUEVO MODELO
41 164007
RECORD, CERAMICA, MOD 2712
699.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
41 167008
VASCONIA, CUBIERTOS, ESENCIAL, JGO DE 16 PZAS, MOD BLACK SHI
449.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
41 169004
ETCO, AHORRADOR, LED, 125 W, MOD 208626
31.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 204001
RENTA DE QUIROFANO, UNA HORA
2050.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 206001
SUBCOMPACTO
901190.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
41 206006
USOS MULTIPLES
733900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
41 207003
VENTO, SCOOTER, 170 CC, MOD SPIRIT ZX-2026
27999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
41 231002
TCL, 65”, QLED, 4K, GOOGLE TV, MOD 65Q5K
9991.64
UNIDAD
NUEVO MODELO
41 231003
JVC, 60”, LED, UHD, ROKU, MOD SI60URF
9999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
41 231007
VIOS, 50”, LED, 4K, MOD VI-50T232
7899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
41 239010
EA SPORTS, VIDEOJUEGO, DISCO, PS5, MOD FC26
1799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 253005
MUY INTERESANTE, REVISTA, JUNIOR, MENSUAL, ED TELEVISA
69.00
EJEMPL
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 254004
KORES, COLORES, JUMBO, C/SACAPUNTAS, CAJA DE 12 PZAS
145.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 254008
BACO, PEGAMENTO, LAPIZ ADHESIVO, TUBO DE 9 GR
12.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 261004
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1225.83
COSTO/
CAMBIO DE MODALIDAD
41 262003
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
9520.00
COSTO/
CAMBIO DE MODALIDAD
41 262004
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
2610.00
COSTO/
CAMBIO DE MODALIDAD
41 284008
RICITOS DE ORO, P/BEBE, CREMA, MIEL Y ARGAN, BOTELLA DE 250
63.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 287010
BABY COLORS, JOYERIA, CADENA, 10 K, MOD ESPEJO
3699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 291001
CREMACION, ATAUD Y URNA, MOD PINO
9000.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
42 118001
OPTIMA MP, PANTALON, 63% ALGODON - 35% POLIESTER - 2% ELASTA
199.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
42 121005
BONSUAR, PANTALETA, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
39.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 122014
ROSE GIRL, P/NIÑA, BRASIER, 65% NYLON - 35% SPANDEX
36.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 135004
ANDREA MP, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
799.00
PAR
NUEVO MODELO
42 152002
MARBY, SILLON, MOD MONTEVIDEO
4799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 166001
MONETA, SARTEN, 24 CM, MOD PRISMA
279.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 169005
IGOTO, LED, 50 WATTS, LUZ FRIA, MOD F-10550
77.82
PZA
NUEVO MODELO
42 230005
STEREN MP, VIDEO, DISP.P/STREAMING, PROYECTOR, MOD 250 LM
2490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
42 230007
ROKU, VIDEO, DISP.P/STREAMING, EXPRESS, MADE EASY, MOD ROK3
847.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
42 247001
GILB, GUITARRA ACUSTICA, MOD SELECTA 1947
1950.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
42 250002
SHOW, PAQ 1, LUNA CRECIENTE, 2 ANIMADORAS, 5 JGOS, SONI
2800.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
42 265006
FONDA, MENU DEL DIA Y AGUA DE FRUTA
90.00
ORDEN
CAMBIO DE MODALIDAD
42 288015
CHENSON, MOCHILA, MOD 0825
799.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
43 008005
BARRA, FRANCESA, PZA
9.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
43 010004
CONCHA, MEDIANA, PZA
8.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
43 027016
CAMARON, CRUDO, PACOTILLA, A GRANEL
215.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
43 028001
ENTERO, PARGO, MULATO, A GRANEL
180.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
43 041008
LALA, P/BEBER, DE FRESA, BOTE DE 220 G
86.36
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
43 077004
EL PURITANO, ENVASADAS, CHAMPIÑONES, LATA DE 200 G
79.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
43 099006
BONAFONT, SABORIZADA, LIMON, BOTELLA DE 1 L
23.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
43 116003
INDIGO RAW, PANTALON, 95% ALGODON - 5% POLIESTER
249.99
PZA
NUEVO MODELO
43 117003
AERO STRONG, PANTALON, 75% ALGODON - 22% POLIESTER - 3% ELAS
229.99
PZA
NUEVO MODELO
43 120010
NAUTICA, TRUSA, PAQ DE 3 PZAS, 77% POLIESTER - 18% ALGODON
719.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
43 123007
BABY OPTIMA, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
159.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 126004
EUPHORIA MP, VESTIDO, 100% POLIESTER
1520.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 158004
ACROS, 4 QUEM, MOD NAW1001
4590.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
74
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
43 161008
HISENSE, 20 PIES, MOD RS20N6WCX
13597.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
43 163009
HAMILTON BEACH, 4 VEL, MOD 58600
1899.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
43 167001
SNAPWARE, CRISTALERIA, REFRACTARIO, DE 950 ML, MOD 1109304
209.00
PZA
NUEVO MODELO
43 175002
GLADE, AMBIENTAL, AEROSOL, ODISEA AZUL, PZA DE 275 ML
54.90
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
43 183011
SERV DOM, PLANCHADO, DOCENA
60.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
43 195003
BEDOYECTA+G, TABLETAS, CAJA DE 30 PZAS, LAB GROSSMAN
346.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
43 203002
CESAREA, CUARTO VIP, 2 DIAS
10976.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
43 207001
DINAMO, SCOOTER, ALIEN-R, 175 CC, MOD 2026
34590.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
43 207004
BAJAJ, URBANA, PULSAR NS160, MOD 2026
50499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
43 208007
TURBO, DE MONTAÑA, R-26, 21 VEL, MOD DEIMOS
11099.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
43 216006
ALINEACION Y BALANCEO, DELANTERA, MANO DE OBRA
475.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
43 241010
X10, EQ Y ACC, RAQUETA, PING PONG, PAQ DE 2 PZAS, MOD EVOTBL
349.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
43 246005
ACT RECR, JGOS INFANT, WHACK N WIN
31.00
JGO
CAMBIO DE MODALIDAD
43 248003
CINEPOLIS, DOM, MACRO XE, A PARTIR DE LAS 12 PM, ADM GRAL
95.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
43 252003
PAIDOS, SUPERACION, HABITOS ATOMICOS, CLEAR JAMES
399.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
43 268013
CAFETERIA, CAFE AMERICANO CHICO, BAGUETTE ESPAÑOLA
161.00
ORDEN
CAMBIO DE MODALIDAD
43 273005
LANCOME, RIMEL, HYPNOSE, DRAMA, EXTREME, PZA DE 8 ML
800.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
43 282011
PRORGANICS, CHAMPU, REESTRUCTURANT, JOJOBA, BOTELLA D 400 ML
132.50
LT
CAMBIO DE MARCA
43 291002
INHUMACION, ATAUD MADERA, DOBLE TABLERO, SERV DE CARROZ
13000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
44 042004
CAPULLO, ACEITE, MIXTO, CANOLA, BOTELLA DE 750 ML
61.33
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
44 099002
BONAFONT, NATURAL, BOTELLA DE 1500 ML
10.00
LT
CAMBIO DE MARCA
44 149007
HOUZER, CAJONERA, MDF LAMINADO, METALICO, 6/CAJONES DE TELA
1490.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
44 153005
FRAZADA, LIGERA, MATRIMONIAL
230.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
44 198001
RALPH LAUREN, LENTES, MICAS, POLICARBONATO, MUJER/OVALADO23
5200.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
44 207002
VENTO, URBANA, RYDER, 190CC, 2026
25499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
44 207004
VENTO, SCOOTER, MOD SPIRIT ZX 170CC, 2026
25999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
44 207005
VENTO, SCOOTER, RUDA, 170 CC, F4, MOD 2026
25999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
44 273001
I´M NATURAL, MAQUILLAJE POLVO, CANELA, PZA DE 9 G
40.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
44 287003
SKECHERS, RELOJ, P/MUJER, P/MUJER, DORADO, MOD SR 1178 E
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
45 001003
PRIMA, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 900 G
26.67
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
45 074001
PRINGLES, ORIGINAL, BOTE DE 35 G
628.57
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
45 077001
VALLEY FOODS, ENVASADAS, ELOTES, LATA DE 220 G
45.45
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
45 109002
FAROS, C/FILTRO, CAJETILLA DE 25 PZAS
63.00
CAJETI
CAMBIO DE MARCA
45 118006
REFILL, PANTALON, 99% ALGODON - 1% ELASTANO
329.00
PZA
NUEVO MODELO
45 135001
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
999.00
PAR
NUEVO MODELO
45 147002
SPRING AIR, MATRIMONIAL, MOD MONACO
6500.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
45 148005
IMANOL, COMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD SARTORI
37494.25
JGO
CAMBIO DE MARCA
45 150003
SAMSUNG, CAMPANA EXTRACTORA, MOD NK30B3000US
3224.25
PZA
CAMBIO DE MARCA
45 153005
STARHAUS, EDREDON, MAT, JGO DE 3 PZAS, 100% POLIESTER, MOD MA
739.00
JGO
NUEVO MODELO
45 156003
SAMSUNG, MINISPLIT, 12000 BTUS, MOD AR50F12D1VHN
12599.25
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
45 163004
RECORD, 3 VEL, MOD PN-4655
999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
45 164001
DAEWOO, SUELA CERAMICA, MOD DSI-9204
799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
45 181001
ENSUEÑO, SUAVIZANTE, MAX, FRESCO VERANO, BOTELLA DE 850 ML
36.47
LT
CAMBIO DE MARCA
45 231002
HKPRO, 55”, LED, SMART TV, MOD HKP55RUHD2
5999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
45 254005
NORMA, COLORES, CAJA DE 12 PZAS
105.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
45 291001
PAQ PREVISION, TRAMITES, EQ DE VELACION, ATAUD BASICO
9800.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 025002
SUKARNE, HIGADO, PAQ DE 500 GR
74.00
KG
CAMBIO DE MARCA
46 077003
DEL MONTE, ENVASADAS, VERDURAS MIXTAS, LATA DE 400 GR
57.50
KG
CAMBIO DE MARCA
46 111007
CRISTIANA, PANTIMEDIAS, 85% POLIAMIDA - 15% ELASTANO
53.00
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 112002
JORZAL, CALCETINES, 100% NYLON
35.00
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 112005
FANDELI, CALCETAS P/HOMBRE, PAQ DE 3 PARES, 80% ALGODON - 15%
46.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 113005
BBS, CALCETAS, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO
45.00
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 115002
COWBOY, CAMISA, 100% ALGODON
479.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 115003
STAR WEST, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
139.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 116002
CREACIONES ROVI, PANTALON, 100% POLIESTER
275.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 116004
WEST SILVER, PANTALON, 100% ALGODON
349.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 118001
AR SCHOOL, PANTALON, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
239.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 118003
GACELA, PANTALON, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
599.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 118010
RJ TEXANOS, PANTALON, 100% ALGODON
285.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 119002
REFILL, CHAMARRAS Y ABRIGOS, CHAMARRA, P/NIÑA, 100% POLIESTE
549.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 122001
KOKOWEI, P/NIÑO, TRUSA, 95% ALGODON - 3% ELASTANO
25.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 124001
OLD WEST, SACO, 100% POLIESTER
2495.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 124004
OLD WEST, TRAJE, 100% POLIESTER
1599.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 127002
VERZION, PANTALON, 100% ALGODON
345.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 127007
BERONNA, PANTALON, 75% ALGODON - 23% POLIESTER - 2% ELASTAN
189.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 130006
ELEGANTE WESTERN, CINTURON, 100% PIEL
595.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 153001
REGINA, COBERTOR, MAT, 100% PLIESTER, MOD SEDUCCION BLACK
759.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
46 158002
KOBLENZ, 6 QUEM, ACERO, MOD EKE-3131-ND-ICHIC
15499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
46 162006
OSTER, BATIDORA, 350 W, C/ACCESORIOS, MOD FPSTH851038
1488.50
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
46 169001
AKSI, LED, PAQ DE 2 PZAS, 9 W, MOD A9W-ECO-AK
39.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
46 177006
ARIKLEAN, TEXTIL, TELA MULTIUSOS, PAQ DE 6 PZAS, 35 X 35 CM
37.50
PAQ
CAMBIO DE MARCA
46 178005
ARIEL, LIQUIDO, COLOR, BOTELLA DE 750 ML
47.87
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
46 210003
LAUFENN, RIN 14, 185/60, MOD LH41
1969.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 273005
MAYBELLINE, NEW YORK, DELINEADOR, TATTOO STUDIO, DE 1.1 GR
264.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 277004
EQUATE, BARRA, ALOE, PAQ DE 4 BARRAS, DE 110 GR C/U, 440 GR
74.04
KG
CAMBIO DE MARCA
46 288002
SUPRA, MOCHILA, DE 15”, MOD WBT2587E
1089.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 288007
TREVEL REPUBLIC, MALETA, TELA, DE 24”, MOD SINCE 2024
1199.00
PZA
NUEVO MODELO
47 017001
PIERNA, TROZO, A GRANEL
180.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
47 018009
CORTES ESP, FILETE, A GRANEL
290.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
47 018013
RETAZO, A GRANEL
160.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
47 093001
CAMPBELL`S, CREMA, DE ELOTE, LATA DE 430 G
113.95
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
47 100007
FRESCA, REFRESCO, SABOR, TORONJA, BOTELLA DE 600 ML
38.33
LT
CAMBIO DE MARCA
47 100008
SANGRIA CASERA, REFRESCO, SABOR, BOTELLA DE 600 ML
35.00
LT
CAMBIO DE MARCA
47 104005
MATUSALEM, SOLERA, CLASICO, 10 AÑOS, BOTELLA DE 750 ML
466.67
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
47 105003
SAUZA, REPOSADO, BOTELLA DE 700 ML
400.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
47 106005
ZAVERICH, VODKA, BOTELLA DE 1 L
110.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
47 115004
TOMMY HILFIGER, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
234.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
47 133004
STAHL, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
529.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
47 162003
OSTER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD 2217256
479.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
47 164003
OSTER, SUELA CERAMICA, MOD GCSTDPD8201-013
1299.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
47 183005
SERV DOM, ASEO GRAL, PAGO POR DIA
350.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
47 207003
ITALIKA, URBANA, T/M, 149 CC, 5 VEL, MOD FT150, 2026
26499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
47 208001
X RUSH, DE MONTAÑA, R 22, 1 VEL, MOD SPEED SINGLE
2890.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
47 225001
SITIO, TERMINAL - ENTRADA ZONA INDUSTRIAL
70.00
VIAJE
CAMBIO DE MODALIDAD
47 244001
VETERINARIO, CONSULTA
250.00
SERV
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
48 001002
VERDE VALLE, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 900 G
40.00
KG
CAMBIO DE MARCA
48 006004
SCHETTINO, PALOMERO, BOLSA DE 500 G
42.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
48 038002
LA VILLITA, MANCHEGO, A GRANEL
242.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
48 058006
BARCEL, SEMILLAS, CACAHUATES, GOLDEN NUTS, BOLSA DE 78 G
230.77
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
48 102004
NESTEA, POLVO, RINDE 2L, SOBRE DE 25 GR
10.00
SOBRE
CAMBIO DE MARCA
48 103004
TERRY, SOLERA, CENTENARIO, BOTELLA DE 700 ML
621.43
LT
CAMBIO DE MARCA
48 129003
LA EXPRESS, TOP, 97% POLIAMIDA - 3% ELASTANO
129.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
48 148003
ASHLEY, ANTECOMEDOR, 5 PZAS (M-4S), MOD AMY
20999.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
48 151003
GONCAD, LITERA, INDIVIDUAL, MOD SEVILLA
7690.00
PZA
NUEVO MODELO
48 152004
ELITE ARTABAN, SOFA CAMA, MOD ALBORAN GRIS
12999.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
75
48 153008
BETTER HOMES & GARDENS, EDREDON, JGO DE 3 PZ, MOD BH3310031D
1790.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
48 205005
DE LABORATORIO, QUIMICA SANGUINEA, DE 6 ELEMENTOS
572.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
48 206008
SUBCOMPACTO
535900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
48 206009
SUBCOMPACTO
425600.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
48 206011
DE LUJO
837900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
48 210001
APLUS, RIN 13, 175/70, MOD COMFORT
800.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
48 225002
PRIVADO, PARQUE DE LAS PALAPAS - ULTRAMAR
63.56
VIAJE
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
48 230008
SKULLCANDY, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD S5PXY-L003
599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
49 094006
GAVILLA, CONDIMENTOS, ADEREZO, BALSAMICO, FCO DE 250 ML
372.00
LT
CAMBIO DE MARCA
49 107003
CU4TRO SOLES, TINTO, ROBLE, CABERNET SAUVIGNON, BOTELLA DE 7
245.63
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
49 110001
FOLEY´S, BLUSA, 75% ALGODON - 20% POLIAMIDA - 5% ELASTANO
809.10
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 118007
REFILL, PANTALON, 70% ALGODON - 27% POLIESTER - 3% ELASTANO
279.00
PZA
NUEVO MODELO
49 124005
WALL STREET, TRAJE, JGO DE 3 PZAS, 100% POLIESTER
999.00
TRAJE
NUEVO MODELO
49 126001
C&A MP, SACO, CHALECO, 100% POLIESTER
549.00
PZA
NUEVO MODELO
49 136005
RODISON, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
260.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
49 153003
MP, COLCHA, KS, JGO DE 3 PZAS, 54% POL, 46% VIS,
1250.00
PZA
NUEVO MODELO
49 162008
HAMILTON BEACH, TOSTADOR, 2 REBANADAS, MOD 22997FG
499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
49 199004
CONSULTA, GENERAL
1000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
49 202001
HABITACION ST C/ALIMENTOS, POR DIA
1600.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 203001
PARTO NORMAL, HABITACION SENCILLA Y QUIROFANO
5500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 208001
HUFFY, URBANA, R-27.5, 7 VEL, MOD PARKSIDE
3699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
49 210002
KENDA, RIN 13, 175/70, MOD KR217 82H
994.61
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 234001
TELMEX, INTERNET, 100 MG, INCLUYE UNIVERSAL+
399.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 260001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
1869.58
COSTO/
CAMBIO DE MODALIDAD
49 266003
COCINADA, ORIGINAL, FAVORITA, CARNES FRIAS, GRANDE
259.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 268007
CAFETERIA, CAPUCHINO DE 240 ML Y PASTEL DE CHOCOLATE AD
208.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 272002
REVLON, CEPILLO DE AIRE, ONE-STEP 2253
1250.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
50 018004
CORTES ESP, SIRLOIN, A GRANEL
390.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
50 018005
BISTEC, PULPA, A GRANEL,
260.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
50 018009
MOLIDA, POPULAR, A GRANEL
240.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
50 018033
BISTEC, DIEZMILLO, A GRANEL,
381.25
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
50 022002
EN PZAS, PECHUGA, S/HUESO, A GRANEL
180.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
50 023006
LONGMONT, DE PAVO, AHUMADO, PAQ DE 454 GR
210.94
KG
CAMBIO DE MARCA
50 035003
GRAND BRAND, DE ALMENDRA, BOTE DE 1 LT
34.90
LT
CAMBIO DE MARCA
50 058006
MP, EN ALMIBAR, COCTEL DE FRUTAS, LATA DE 820 GR
77.93
KG
CAMBIO DE MARCA
50 058009
CORINA, EN ALMIBAR, COCTEL DE FRUTAS, 820 GR
63.41
KG
CAMBIO DE MARCA
50 074001
PRINGLES, ADOBADA, BOTE DE 124 GR
426.61
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
50 082003
MP, ESTANDAR, BOLSA DE 900 GR
24.94
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
50 090005
NESTLE, MATERNIZADA, NAN, 0 A 6 MESES, LATA DE 800 GR
518.75
KG
CAMBIO DE MARCA
50 104003
MATUSALEM, BLANCO, PLATINO, BOTELLA DE 750 ML
433.32
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
50 111006
VICTORIA, CALCETAS, 100% POLIESTER
55.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
50 117008
365 ESSENTIAL, PANTALON, 71% ALGODON - 25% POLIESTER - 4% OT
599.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 119018
DUPLAN PETITE, SUETER, 100% ACRILICO
1199.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
50 126006
LVYOU, FALDA, 100% POLIESTER
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 127005
CHERSI, VESTIDO, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 129001
BASIC CONCEPTS, CAMISON, 100% POLIESTER
299.00
PZA
NUEVO MODELO
50 133005
CKLASS MP, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
409.00
PAR
NUEVO MODELO
50 134004
HAD, BOTAS, CORTE SINTETICO - SUELA RANIL
319.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
50 136003
COLOSO, ZAPATOS, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA
899.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
50 147007
LUUNA, INDIVIDUAL, FIRME, MOD COOLING
13749.45
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 159001
SAMSUNG, 0.8 PIES, MOD MS23K3513AWAX
2781.72
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
50 171005
DURACELL, 9V, PZA
193.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
50 171007
PANASONIC, AA, 1 PZ
13.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
50 187002
ADVIL, CAPSULAS, CAJA DE 20 DE 400 MG, LAB PFIZER
221.59
CAJA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
50 188003
DIOVAN, TABLETAS, CAJA DE 30 DE 80 MG, LAB GABAME
1298.42
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
50 190002
TUSIGEN NF, EXPECTORANTES, JARABE, INFANTIL, LAB LIOMONT
126.00
FCO
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
50 197002
QUALITY DAY, CUBREBOCAS, KN 95, PAQ DE 3 PZAS
55.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
50 197004
DALUX, ALCOHOL, EN GEL, BOTELLA DE 500 ML
52.00
BOTE
CAMBIO DE MARCA
50 206012
USOS MULTIPLES
1406900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 207002
VENTO, CROSS, ONYX, 250CC, MOD 2026
37999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 207004
YAMAHA, URBANA, MOD YBR125C EXPRESS 2026
38999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 207005
HONDA, URBANA, TWISTER CBF125, MOD 2026
37490.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 210003
FULLRUN, RIN 16, 205/55, MOD F6000
950.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 230007
VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, MOD VS-25
1990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 238004
GO PRO, CAMARA DE VIDEO, 13 BLACK, MOD CHDRB-134-RW
10899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 241006
NIKE, CALZADO, P/FUTBOL, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
2099.00
PAR
NUEVO MODELO
50 252002
EL MUNDO DE SOFIA, LITERARIO, ED PATRIA
278.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
50 254004
ALFA, PEGAMENTO, BLANCO, BOTE DE 500 GR
50.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 255001
OBREGON-CANCUN, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 5 ESTRELLAS
11126.75
PAQ
CAMBIO DE MODALIDAD
50 274002
HARM & HAMMER, CREMA DENTAL, SENSITIVE, TUBO DE 127 GR
748.03
KG
CAMBIO DE MARCA
50 276003
OLD SPICE, ROLL ON, FRESH, PZA DE 50 ML
47.60
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
50 284004
JOHNSON´S, P/BEBE, TALCO, BOTE DE 200 GR
101.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
51 110001
COCOA MINT, BLUSA, 100% POLIESTER
269.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 112001
MC, TINES, 85% ALGODON - 15% SPANDEX
19.90
PAR
CAMBIO DE MARCA
51 112003
EL CONTINENTAL, CALCETAS P/HOMBRE, 92% POLIAMIDA - 8% ELASTA
35.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
51 113006
TOMMAS, TINES, PAQ DE 3 PZAS, 75% ALGODON - 20% POLIAMIDA -
29.99
PAQ
CAMBIO DE MARCA
51 117001
BLACK JNS, PANTALON, 100% ALGODON
198.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 119028
MARVEL, CHAMARRA P/NIÑO, 70% POLIESTER - 30% POLIURETANO
499.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 121003
BEAUTY SECRET, BRASIER, PAQ DE 3 PZAS, 90% POLIESTER - 10% E
329.00
PAQ
NUEVO MODELO
51 122004
REFILL, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, PAQ DE 3 PZAS, 95% POLIESTER -
179.00
PAQ
NUEVO MODELO
51 124003
WALL STREET, SACO, 100% POLIESTER
1049.00
PZA
NUEVO MODELO
51 126001
ALMACENES MARIO, VESTIDO, 100% ALGODON
298.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 126003
JENNIFER MOORE, FALDA, 78% VISCOSA - 18% POLIAMIDA - 4% ELAS
119.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 126004
VERTICHE MP, FALDA, 100% POLIESTER
269.99
PZA
NUEVO MODELO
51 126005
VERTICHE MP, VESTIDO, 100% POLESTER
149.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 127003
BARBIE, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
249.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 141002
CERRAJERO, DUPLICADO DE LLAVE NORMAL
25.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
51 153003
VIANNEY, EDREDON, MAT, 100% POL, MOD FLORALIA
519.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 154001
REYAN, MATRIMONIAL, JGO DE 4 PZAS, 100% ALG, MOD 97216
350.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
51 160005
KOBLENZ, LAVADORA, 23 KG, MOD LRK-2311A NADIA MAX
4099.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
51 164001
OSTER, MOD GCSTBS5051-013
434.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
51 170009
PRETUL, HERRAMIENTA, DESARMADOR, 4”, MOD DP-1/4X4BP
36.50
PZA
NUEVO MODELO
51 183001
ASEO GENERAL, PAGO POR DIA
200.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
51 206001
USOS MULTIPLES
667900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
51 208005
BENOTTO, DE MONTAÑA, R-20, 18 VEL, MOD HOOK
4299.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
51 273003
POND´S, MAQUILLAJE POLVO, ANGEL FACE, CANELA, PZA DE 12 G
49.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
52 012005
BIMBO, PAN DULCE, MANTECADAS, VAINILLA, PAQ DE 188 G
170.21
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
52 044006
LALA, C/SAL, BARRA DE 90 G
288.89
KG
CAMBIO DE MARCA
52 079001
PRECISSIMO, GARBANZO, BOLSA DE 500 G
39.80
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
52 088003
MP, DE POLLO, EN CUBOS, 12 PZAS, CAJA DE 132 G
140.15
KG
CAMBIO DE MARCA
52 088004
RIKOMATE, DE POLLO, 3 CUBOS, BOLSA DE 33 G
151.52
KG
CAMBIO DE MARCA
52 106003
JACK DANIEL´S, WHISKY, OLD NO 7, BOTELLA DE 700 ML
817.14
LT
CAMBIO DE MARCA
52 109003
BENSON, C/FILTRO, CAJETILLA DE 20 PZAS
106.00
CAJETI
CAMBIO DE MARCA
52 110001
LOB COLECCION MP, BLUSA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
299.00
PZA
NUEVO MODELO
52 111005
CCP MP, TINES, PAQ DE 5 PARES, 50.5% POLIESTER - 43.6% ALGOD
149.00
PAQ
NUEVO MODELO
76
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
52 113007
NEO CITY, CALCETAS, PAQ DE 6 PARES, 75% ALGODON - 20% POLIES
179.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
52 114001
LOB MP, CAMISA, 88% POLIESTER - 12% MODAL
799.00
PZA
NUEVO MODELO
52 114002
UNDER SPORT, PLAYERA, 100% POLIESTER
119.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
52 115002
CUIDADO CON EL PERRO MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTE
119.00
PZA
NUEVO MODELO
52 115007
MON CARAMEL, PLAYERA, 100% ALGODON
449.00
PZA
NUEVO MODELO
52 115008
ZARA MP, PLAYERA, KIDS, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
249.00
PZA
NUEVO MODELO
52 117005
JULIO MP, PANTALON, 50% ALGODON - 47% POLIESTER - 3% ELASTAN
1399.00
PZA
NUEVO MODELO
52 119035
STUDIO SI COLLECTION, CHALECO, 100% POLIAMIDA
280.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
52 122015
MSM, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO
29.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
52 122020
HANES, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 2 PZAS, 100% ALGODON
159.00
PAQ
NUEVO MODELO
52 126002
STRADIVARIUS MP, VESTIDO, 76% VISCOSA - 21% POLIAMIDA - 3% E
749.00
PZA
NUEVO MODELO
52 126004
ZARA MP, VESTIDO, 52% POLIESTER - 48% POLIAMIDA
999.00
PZA
NUEVO MODELO
52 126007
ZARA MP, FALDA, 100% ALGODON
699.00
PZA
NUEVO MODELO
52 127004
JUST FOR GIRL, FALDA, 84% POLIESTER - 11% ALGODON - 5% ELAST
119.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
52 127005
PINK VIOLET, VESTIDO, 100% POLIESTER
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
52 127006
BARBIE, VESTIDO, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
699.00
PZA
NUEVO MODELO
52 136002
GRAFITO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
499.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
52 137008
SPORTLINE, P/INFANTE, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
349.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
52 149016
MESA, CUBIERTA Y PEDESTAL, MOD TOLEDO 4 NOGAL
7588.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
52 153009
HOME NATURE, EDREDON, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD JUNGLE
3349.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
52 160002
MABE, LAVADORA, 20 KG, CARGA SUPERIOR, MOD LMA70214CAB0
10249.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 208003
VELOCI, URBANA, R20, MOD PHOENIX
2999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
52 230009
JBL, AUDIO, TEATRO EN CASA, BARRA DE SONIDO, MOD CINEMA SB51
3499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
52 231002
SAMSUNG, 65”, 4K UHD, SMART TV, MOD U8000FFXZX
12490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
52 231003
HISENSE, 43”, UHD 4K, SMART TV, MOD LH43BEFHVGFXZX
6599.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 231004
SAMSUNG, 50”, 4K, SMART, MOD LH50BEDHVGFXZX
7399.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 231005
SONY, 43”, 4K, SMAR TV, MOD K-43S20M2
9856.13
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 241003
SPALDING, EQ Y ACC, BALON, BASQUETBALL, NUM 7, MOD VARSITY B
379.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
52 262001
COLEGIATURAS, INSCRIPCION Y OTRAS CUOTAS PARA UN CICLO
32960.00
COSTO/
CAMBIO DE MODALIDAD
52 263001
BARBACOA, DE BORREGO, A GRANEL
750.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
52 274002
ORAL-B, CREMA DENTAL, 3D WHITE, TUBO DE 67 ML
41.50
TUBO
CAMBIO DE PRESENTACION
52 276006
NIVEA, AEROSOL, TONO NATURAL, BOTE DE 150 ML
90.40
PZA
CAMBIO DE MARCA
52 278002
CLUB DE NUIT, AGUA DE PERFUME, CABALLERO, SILLAGE, FCO DE 10
959.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
52 286003
MANICURE, PAQ BASICO CON APLICACION DE GEL, P/DAMA
550.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
52 288016
FANNY, BOLSA, 100% PIEL, COLOR NEGRO, MOD NANCY
780.00
PZA
NUEVO MODELO
53 077005
VALLEY FOODS, ENVASADAS, MIXTAS, CHICH/ZANAH, LATA DE 430 GR
47.67
KG
CAMBIO DE MARCA
53 098001
THERBAL, DESHIDRATADO, LIMON, 20 SOBRES, CAJA DE 20 GR
12.99
CAJA
CAMBIO DE MARCA
53 106001
BUCHANANS, WHISKY, DE LUXE, BOTELLA DE 750 ML
927.98
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
53 108004
PACIFICO, CLARA, PAQ DE 6 LATAS DE 410 ML C/U, 2460 ML
38.62
LT
CAMBIO DE MARCA
53 111003
PUMA, TINES, 66% ALGODON - 34% OTROS
229.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
53 122022
HANES, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, PAQ DE 2 PZAS, 100% ALGODON
209.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
53 124005
CONTEMPO, TRAJE, 71% POLIESTER - 23% RAYON - 6% ELASTANO
2199.00
TRAJE
NUEVO MODELO
53 127001
BASIC CONCEPT, VESTIDO, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
279.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
53 127007
REFILL, PANTALON, 100% POLIAMIDA
299.00
PZA
NUEVO MODELO
53 129004
ADMAS, TRAJE DE BAÑO, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO
1359.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
53 133001
SEXY, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
469.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
53 133002
SWISS POLO, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
549.00
PAR
NUEVO MODELO
53 133003
BEBE, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
449.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
53 133007
JENNIFER LOPEZ, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
449.00
PAR
NUEVO MODELO
53 133008
18 FOREVER, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
449.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
53 135002
CLASBEN, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
499.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
53 136003
ELEFANTE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
742.88
PAR
NUEVO MODELO
53 136005
COLEGIAL A22, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
177.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
53 140003
VITROMEX, PISO, STRADA, 45 X 45, MOD TERRA
219.75
CAJA
CAMBIO DE MARCA
53 156003
MIRAGE, MINISPLIT, 1TON, 115 V, MOD SETCBF120K
5899.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 157002
CHEFMAN, HORNO ELECTRICO, 18 L, MOD RJ50SSM18MX PLATA
2699.10
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 159003
WHIRLPOOOL, 4 PIES, MOD WM3911D
4099.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 163003
T-FAL, 14 VEL, MOD LN8248NX
1199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 166002
JADECHEEF, SARTEN, 24 CM, MOD C035900
1049.13
PZA
CAMBIO DE MARCA
53 166004
EKCO, SARTEN, ONE, 24 CM, MOD PHT AZUL
249.90
PZA
NUEVO MODELO
53 180002
FRANCY, SERVILLETAS, PAQ DE 360 PZAS, HOJA SENCILLA
36.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
53 194001
NIKZON, NATURISTA, TABLETAS, 40, 2/8.3/40 MG, LAB GENOMMA
366.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
53 207004
ITALIKA, URBANA, MOD DM150 GPS
33499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
53 208001
NAHEL, DE MONTAÑA, R-16, MOD SURFF
2200.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
53 230009
STF, ACCESORIOS, BOCINA, ENCODE, INALAMBRICA, MOD STS59123
599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 238003
CANNON, CAMARA FOTOGRAFICA, REBEL T100, MOD EFS1855III
11799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 239009
NINTENDO, CONSOLA, SWITCH 0, MOD HEG-001
8999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 264001
LECHON, A GRANEL
195.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
53 266006
MP, CONGELADA, PAQ de 2, 334 GR
236.53
KG
CAMBIO DE MARCA
53 273006
MAYBELLINE, RIMEL, THE FALSIES, PZA DE 9 ML
285.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
53 281003
FACIAL QUALITY, PAPEL HIGIENICO, PAQ 4 ROLLOS 320 HOJAS DOBL
25.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
53 284004
KLEEN BEBE, P/BEBE, TOALLITAS HUMEDAS, PAQ DE 120 PZAS
28.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
54 097001
CAFE DAVID, REGULAR, MOLIDO, ARABIGO, BOLSA 250 G
380.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
54 101002
POWERADE, ISOTONICA, SABOR MORA, BOTELLA DE 500 ML
50.00
LT
CAMBIO DE MARCA
54 123001
MAYORAL, TRAJE, DE 3 PZAS, 99% ALGODON - 1% POLIESTER
679.00
TRAJE
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 133002
CARRAS, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
99.00
PAR
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
54 134004
SAVELLI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
2499.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
54 137004
REEBOOK, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
1399.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
54 141001
CERRAJERO, DUPLICADO DE LLAVE LARGA
30.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 141002
CUOTAS DE VIGILANCIA, PAGO QUINCENAL
2800.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 150002
MADESA, DESPENSERO, MADERA, MOD BLANCO
7899.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
54 150005
HEUMAN BRAND, BANCO, METAL, MOD OSLO FAUX
2474.00
PZA
NUEVO MODELO
54 159002
OSTER, 1.1 PIES, MOD OGMM410112
2095.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
54 160004
KOBLENZ, LAVADORA, 19 KG, MOD LWM-19IIG
10199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
54 170016
PRETUL, HERRAMIENTA, PINZAS, DE CHOFER, MOD 22654
90.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
54 178002
MP, BARRA, AZUL, DE 300 GR
66.67
KG
CAMBIO DE MARCA
54 183003
SERV DOM, ASEO GRAL, PAGO POR DIA
500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 206008
COMPACTO
529900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
54 206012
MINIVAN
999900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
54 207004
VENTO, URBANA, OVNI, 170CC, MOD 2026
32999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
54 230008
REDRAGON, ACCESORIOS, AUDIFONOS, ALAMBRICOS, MOD H120RGB
549.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
54 231001
HYUNDAI, 50”, ROKU TV, MOD HYLED5026
6999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
54 231006
LG, 43”, FHD LED, MOD 43LR671COSA
6049.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
54 238005
CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD R100 RF18 -45 MM 24 MP
15598.80
UNIDAD
NUEVO MODELO
54 247007
MCAFEE, DESCARGA DE SOFTWARE, ANTIVIRUS, BASICA, ANUAL
619.90
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 274005
ORAL-B, CEPILLO, CLEAN, INDICATOR, PAQ DE 2 PZAS
60.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
54 288016
SUPERIOR, LENTES OSCUROS, MOD GOTA 3714
50.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
55 002003
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, DORITOS NACHOS, BOLSA DE 58 G
448.28
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
55 151006
ISSA, RECAMARA, 5 PZAS, KS, MOD REGENCY
43690.00
JGO
NUEVO MODELO
55 157004
KOBLENZ, ASPIRADORA, SECO/MOJADO, MOD WD-9C212
2499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
55 207001
ITALIKA, CUATRIMOTO, MOD 2026
62999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
55 207002
MB MOTOS, CUATRIMOTO, GLOCK, 200GT, LINE, MOD 2026
69499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
55 239001
EA SPORT, VIDEOJUEGO, DISCO, XBOX, FC26
1799.00
PZA
NUEVO MODELO
55 281003
PETALO, PAPEL HIGIENICO, RENDIMAX, 9 ROLLOS DE 400 HOJAS
89.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
____________________________
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
77
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
INFORMACIÓN relativa a saldos y productos financieros de fideicomisos en que participa el Instituto Nacional
Electoral, que se proporciona en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con corte al 31 de diciembre de 2025 (Fideicomiso Fondo para el
cumplimiento del Programa de Infraestructura Inmobiliaria y para la Atención Ciudadana y Mejoramiento de
Módulos del Instituto Nacional Electoral).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.
INFORMACIÓN RELATIVA A SALDOS Y PRODUCTOS FINANCIEROS DE FIDEICOMISOS EN QUE PARTICIPA
EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, QUE SE PROPORCIONA EN CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en su artículo 12
que “Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos deberán publicar en el Diario Oficial de
la Federación, los ingresos del periodo, incluyendo los rendimientos financieros; egresos; destino y saldo
de los fideicomisos en los que participen, en los términos de las disposiciones generales aplicables”.
SEGUNDO.- Que de conformidad con lo señalado en el supuesto normativo presupuestal federal en
comento, el Instituto Nacional Electoral presenta la siguiente información:
INFORME DEL FIDEICOMISO "FONDO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA
DE INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA Y PARA LA ATENCIÓN CIUDADANA
Y MEJORAMIENTO DE MÓDULOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL”
CON LA FIDUCIARIA BANCO NACIONAL DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA
Y ARMADA, S.N.C., CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2025
Ciudad de México, a 03 de marzo de 2026.- Encargado de Despacho de la Dirección Ejecutiva de
Administración, Jesús Octavio García González.- Rúbrica.
INFORMACIÓN relativa a saldos y productos financieros de fideicomisos en que participa el Instituto Nacional
Electoral, que se proporciona en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con corte al 31 de diciembre de 2025 (Fideicomiso Fondo para
Atender el Pasivo Laboral del Instituto Nacional Electoral).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.
INFORMACIÓN RELATIVA A SALDOS Y PRODUCTOS FINANCIEROS DE FIDEICOMISOS EN QUE PARTICIPA
EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, QUE SE PROPORCIONA EN CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en su artículo 12
que “Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos deberán publicar en el Diario Oficial de
la Federación, los ingresos del periodo, incluyendo los rendimientos financieros; egresos; destino y saldo
de los fideicomisos en los que participen, en los términos de las disposiciones generales aplicables”.
SEGUNDO.- Que de conformidad con lo señalado en el supuesto normativo presupuestal federal en
comento, el Instituto Nacional Electoral presenta la siguiente información:
INFORME DEL FIDEICOMISO "FONDO PARA ATENDER EL PASIVO LABORAL DEL
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL” CON LA FIDUCIARIA BANCO NACIONAL DEL EJÉRCITO,
FUERZA AÉREA Y ARMADA, S.N.C., CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2025
Ciudad de México, a 03 de marzo de 2026.- Encargado de Despacho de la Dirección Ejecutiva de
Administración, Jesús Octavio García González.- Rúbrica.
78
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
DIRECCION GENERAL DE BIENES INMUEBLES Y RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y artículo 86 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que
contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los
requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Av. Juárez número 20,
Piso 10, Colonia Centro de la Ciudad de México Area 2, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal
06010, en días hábiles del año en curso de 9:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter medio y No. de Licitación
Convocatoria a la Licitación Pública Electrónica
Nacional No. LA-05-613-005000999-N-26-2026.
Objeto de la Licitación
Servicio de mensajería y paquetería nacional e
internacional correspondiente al ejercicio fiscal 2026.
Volumen a adquirir
Conforme a la Convocatoria
Fecha de Publicación Compras Mx
17 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones
20 de marzo de 2026 a las 13:00 horas
En su caso fecha y hora para
realizar la visita a las instalaciones
No aplica.
Presentación y Apertura de Proposiciones
30 de marzo de 2026 a las 11:00 horas
Fallo
31 de marzo de 2026 a las 13:30 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES
LIC. JOSE EDUARDO VAZQUEZ GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 573885)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE56-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 11 de marzo al 15 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-007000999-SAE57-2026
Objeto de la Licitación.
Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria
industrial de la III R.M.
Fecha de Publicación.
11/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
19/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
26/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
15/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573780)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
79
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE60-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 12 de marzo al 16 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-007000999-SAE60-2026
Objeto de la Licitación.
Mantenimiento preventivo y correctivo a albercas.
Fecha de Publicación.
12/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
20/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
27/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
16/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573822)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE57-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 10 de marzo al 30 de marzo de 2026.
No. de Licitación.
LA-007000999-SAE57-2026
Objeto de la Licitación.
Suscripción anual a una plataforma para la revisión de
tesis del personal discente de nivel superior y posgrado
del Sistema Educativo Militar.
Fecha de Publicación.
10/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
13/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
20/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
30/03/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573744)
80
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE58-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 11 de marzo al 15 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-007000999-SAE58-2026
Objeto de la Licitación.
Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria
industrial de la IX R.M.
Fecha de Publicación.
11/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
19/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
26/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
15/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573777)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-007000999-SAE59-2026 cuya
convocatoria
contiene
las
bases
de
participación
disponibles
para
su
consulta
en
Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 11 de marzo al 15 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-007000999-SAE59-2026
Objeto de la Licitación.
Mantenimiento integral a equipos especializados del
Grupo de Respuesta Emergencias
Fecha de Publicación.
11/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
19/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
26/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
15/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573778)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
81
007000 - SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De
conformidad
con
la
LEY
DE
ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS
Y
SERVICIOS
DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL
número LA-07-138-007000995-N-56-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación
disponibles
para
consulta
en
Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
o
bien
en
(descripción domicilio), (horario de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
Servicio especializado para la realización de estudios
de
pertinencia
y
efectividad
de
la
Campaña
Comunicacional de Difusión Interna “Igualdad entre
mujeres
y
hombres”,
versión
“Sensibilización,
erradicación de la violencia y discriminación de
género”, 2026.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
6 de Marzo de 2026 a las 09:00
Fecha y hora de junta de aclaraciones
17 de Marzo de 2026 a las 09:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación y apertura de
proposiciones
23 de Marzo de 2026 a las 09:00
Fecha y hora de fallo
2 de Abril de 2026 a las 09:00
6 DE MARZO DE 2026.
JEFE INTERINO DE LA SECCION DE CONTRATOS Y FINANZAS
DE LA DIRECCION GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL
YURI MATAMOROS VARGAS
RUBRICA.
(R.- 573784)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ.
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional número
LA-07-113-007000998-N-53-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
Nombre del Procedimiento de Adquisición
Adquisición de piel y avíos para calzado.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
13 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
18 de marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
N/A
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
25 de marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de fallo
14 de abril de 2026 a las 1200 hs.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
CAMPO MILITAR No. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”,
EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 13 DE MARZO DE 2026.
EL SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION
GENERAL DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO
COR. INF. E.M. GABRIEL GARCIA GARZA
RUBRICA.
(R.- 573844)
82
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ.
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional número
LA-07-113-007000998-N-55-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
Nombre del Procedimiento de Adquisición
Adquisición de químicos y colorantes para el teñido
y estampado de telas.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
13 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
18 de marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
N/A
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
25 de marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de fallo
14 de abril de 2026 a las 1200 hs.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
CAMPO MILITAR No. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”,
EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 13 DE MARZO DE 2026.
EL SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION
GENERAL DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO
COR. INF. E.M. GABRIEL GARCIA GARZA
RUBRICA.
(R.- 573842)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ.
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional
número LA-07-113-007000998-N-59-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles
para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
Nombre del Procedimiento de Adquisición
Adquisición de insumos para la fabricación de
chalecos antibala.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
13 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
18 de marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
N/A
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
25 de marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de fallo
14 de abril de 2026 a las 1200 hs.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
CAMPO MILITAR NO. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”,
EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 13 DE MARZO DE 2026.
EL SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL
DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO
COR. INF. E.M. GABRIEL GARCIA GARZA
RUBRICA.
(R.- 573846)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
83
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-205-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 10 de marzo al 9 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-205-2026
Objeto de la Licitación.
Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria
industrial de la II R.M.
Fecha de Publicación.
10/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
18/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
25/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
9/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573747)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-206-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 10 de marzo al 9 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-206-2026
Objeto de la Licitación.
Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria
industrial de la XII R.M.
Fecha de Publicación.
10/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
18/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
25/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
9/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573748)
84
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-207-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 10 de marzo al 9 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-207-2026
Objeto de la Licitación.
Servicio de mantenimiento a equipos y maquinaria
industrial de la XI R.M.
Fecha de Publicación.
10/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
18/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
25/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
9/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573745)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados,
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/.
No. de licitación
LA-07-110-007000999-T-150-2026.
Objeto de la licitación.
Contratación de servicios a componentes de helicópteros
Bell 412.
Fecha de publicación en Compras MX.
20 de febrero de 2026.
Junta de Aclaraciones.
08:00 Hs., 26 Mar. 2026.
Presentación y Apertura de Proposiciones.
09:00 Hs., 1 Abr. 2026.
Fallo.
10:00 Hs., 21 Abr. 2026.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 12 MARZO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M.
EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573820)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
85
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER INTERNACIONAL
BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Internacional bajo la Cobertura de
Tratados No. LA-07-110-007000999-T-186-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación
disponibles para su consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx.
Descripción de la licitación.
“Adquisición
de
Bienes
Informáticos
para
Incrementar la Capacidad de Análisis de Datos”.
Volumen a adquirir.
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación en Compras MX.
3/3/2026, 12:00 horas.
Junta de aclaraciones
7/4/2026, 08:00 horas.
Visita a instalaciones.
No hay visita a las instalaciones.
Presentación y Apertura de Proposiciones.
17/4/2026, 09:00 horas.
Fallo.
7/5/2026, 10:00 horas.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION DE ADQUISICIONES DE INFORMATICA
Y TRANSMISIONES DIR. GRAL. ADMON.
TTE. COR. OFTA. ALFREDO GABINO MARTINEZ BAÑOS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573750)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA (INTERNACIONAL
BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS)
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica (Internacional bajo la cobertura de tratados)
No. LA-07-110-007000999-T-212-2026, cuya convocatoria contiene las bases respectivas.
Objeto de la Licitación.
Adquisición de medicamentos, para escalones sanitarios de 1/o., 2/o.
y 3/er. nivel de atención médica, parte III.
Volumen a Adquirir.
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación
11 Mar. 2026.
Visita a Instalaciones.
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Junta de Aclaraciones.
08:00 horas, 19 Mar. 2026.
Apertura de Proposiciones.
09:00 horas, 27 Mar. 2026.
Notificación del Fallo.
12:00 horas, 16 Abr. 2026.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CD. MEX., A 11 DE MARZO DE 2026.
LA SUBJEFA DE LA SEC. ADQS. SND.
TTE. COR. ENFRA. CLAUDIA ALICIA BARRETO CHAVEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573782)
86
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
PREVENCION Y REINSERCION SOCIAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, número
LA-36-D00-036D00999-N-31-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación, disponibles para
consulta en Internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en:
Melchor Ocampo No. 171, Piso 4, Col. Tlaxpana, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11370, Ciudad de México,
teléfono 51-28-41-00 ext. 18440, en días hábiles del 11 al 17 de marzo del 2026, de las 9:00 a 18:00 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
Servicio de traslado terrestre para las funciones de
Prevención y Reinserción Social para el ejercicio fiscal
2026
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
11/03/2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
18/03/2026 a las 09:00 horas
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No se realizará visita a instalaciones
Fecha y hora de presentación y apertura de
proposiciones
24/03/2026 a las 10:00 horas
Fallo
26/03/2026 a las 17:30 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE ADQUISICIONES Y CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
LIC. CARLOS IVAN SOLANO BECERRIL
RUBRICA.
(R.- 573762)
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISION NACIONAL DEL AGUA
DIRECCION LOCAL AGUASCALIENTES
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitación Pública Nacional cuya convocatoria de participación contiene las
Instrucciones a los Licitantes, mismas que estarán disponibles para consulta en la Plataforma Digital de
Contrataciones Públicas de la Administración Federal Compras MX:
https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/
Licitación Pública Nacional No. LA-16-B00-016B00996-N-3-2026
Referencia del Expediente de Contratación No. CNA-B40-2026-07-VIGILANCIA
Objeto de la licitación
Servicio Integral de Vigilancia a los Inmuebles de la
Dirección Local Aguascalientes de la CONAGUA
Fecha de publicación en Compras MX
17/03/2026
Junta de aclaraciones
23/03/2026, 16:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
26/03/2026, 16:00 horas
•
No se otorgará anticipo.
•
El procedimiento de la licitación serán en la modalidad de Electrónica, por lo que las propuestas podrán
presentarse a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el Sistema Compras MX.
AGUASCALIENTES, AGS., A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA LOCAL AGUASCALIENTES
L.E. ROCIO REYES GAYTAN
RUBRICA.
(R.- 573872)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
87
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISION NACIONAL DEL AGUA
SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
ORGANISMO DE CUENCA PACIFICO SUR
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su
Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública de carácter Nacional
Electrónica, cuya información relevante es:
Licitación Pública Nacional número LA-16-B00-016B00042-N-5-2026
Descripción de la licitación
Servicio de vigilancia, seguridad y protección de los bienes
muebles e inmuebles que forman parte del Organismo de
Cuenca Pacífico Sur de la Comisión Nacional del Agua y del
personal que labora dentro de sus instalaciones.
Volumen de licitación
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet
17/03/2026
Visita al lugar de los trabajos
17/03/2026 al 20/03/2026 de lunes a viernes en un horario de
09:00 a 15:00 horas
Junta de aclaraciones
24/03/2026 12:00 horas
Presentación y apertura
de proposiciones
02/04/2026 10:00 horas
Fallo
Se dará a conocer en el acto de apertura
Contrato
La fecha estimada de inicio de los servicios es el 01 de mayo de
2026 y el término del mismo es el día 31 de diciembre de 2026
OAXACA DE JUAREZ, OAX., A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA DE ADMINISTRACION DEL ORGANISMO DE CUECA PACIFICO SUR
LIC. LOURDES DIEGO CERVANTES
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573749)
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISION NACIONAL DEL AGUA
DIRECCION LOCAL CAMPECHE
CONVOCATORIA No. 001
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a
participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-16-B00-016B00049-N-5-2026, cuya
Convocatoria será publicada en Compras Mx el día 10 de marzo de 2026, conteniendo las bases de
Convocatoria para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, los volúmenes a
contratar se detallan en las Convocatorias.
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-16-B00-016B00049-N-5-2026
Descripción de la licitación
SERVICIO DE VIGILANCIA A INMUEBLES 2026
Junta de aclaraciones
20/03/2026 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
27/03/2026 11:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR LOCAL
M. EN D. VICTOR MANUEL GUILLERMO Y MALDONADO
RUBRICA.
(R.- 573746)
88
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA,
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CENTRO SICT TLAXCALA
RESUMEN DE CONVOCATORIA NUMERO 001
De conformidad con el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-09-649-
009000971-N-2-2026 las bases de participación de la misma, están disponibles para consulta en la página de
internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-09-649-009000971-N-2-2026
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO DE MANTENIMIENTO VEHICULAR
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
17 de marzo de 2026 a las 15:00
Fecha y hora de junta de aclaraciones
20 de marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
01 de abril de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de fallo
8 de abril de 2026 a las 15:00
TLAXCALA, TLAX., A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SICT TLAXCALA
ARQ. CUTBERTO BENITO CANO COYOTL
RUBRICA.
(R.- 573835)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
Espacio
Costo
4/8 de plana
$11,372.00
1 plana
$22,744.00
1 4/8 planas
$34,116.00
2 planas
$45,488.00
Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la
Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de
ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección
“Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT
970701NN3.
Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos Recibos Bancarios de Pago de
Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago.
El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
89
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-15-412-015000999-N-366-2026, cuya
Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en copia de los textos
publicados en Compras MX, para su consulta en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales ubicada en: Avenida Nuevo León
No. 210, piso 3, Colonia Hipódromo, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06100, Ciudad de México, los días hábiles de lunes a viernes del año en curso en un horario de las
09:00 a 15:00 y de 17:00 a 18:00 horas.
Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-15-412-015000999-N-366-2026
Objeto de la licitación
SERVICIO DE RESERVACION, EXPEDICION Y ENTREGA DE BOLETOS DE AVION PARA LA
TRANSPORTACION AEREA NACIONAL DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA SECRETARIA DE
DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2026
Volumen de licitación
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
11 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
19 de marzo de 2026 10:30 horas
Presentación y apertura de proposiciones
26 de marzo de 2026 11:00 horas
Ofertas Subsecuentes de Descuento
Se dará a conocer a través de la plataforma Compras MX, posterior a la presentación y apertura de proposiciones.
Acto de Fallo
27 de marzo de 2026 17:30 horas
El servicio motivo de la licitación, se realizará conforme a las características, especificaciones y lugares estipulados en la convocatoria, y los eventos se llevarán a cabo
conforme a las fechas, horas y lugares establecidos en ésta, y en el domicilio arriba señalado.
CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
ISACELN ISALOREN PONCE
RUBRICA.
(R.- 573753)
90
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
055000 - AGENCIA DE TRANSFORMACION
DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De
conformidad
con
la
LEY
DE
ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS
Y
SERVICIOS
DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL
número LA-55-500-055500001-N-5-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación
disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calle El Oro 17,
colonia Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc, 06700, Ciudad de México, México, los días de lunes a viernes de
09:00 a 15:00 hrs. y de 17:00 a 19:00 hrs.
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO DE RESERVACION, EXPEDICION Y
ENTREGA DE PASAJES AEREOS PARA LA ATDT
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
Fecha y hora de junta de aclaraciones
18 de Marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
24 de Marzo de 2026 a las 13:00
Fecha y hora de fallo
27 de Marzo de 2026 a las 17:00
12 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
MTRO. DANIEL CHAVARRIA TEISSIER
RUBRICA.
(R.- 573801)
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA
LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS
DIRECCION ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, cuya información relevante es:
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-07-HXA-007HXA001-N-32-2026
Objeto de la Licitación
Adquisición de Productos Alimenticios.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
13 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
20 de marzo de 2026, 09:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
30 de marzo de 2026, 10:00 horas
Fallo
06 de abril de 2026, 09:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEX., A 17 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES
M.A.P. ESTHER GUADALUPE ANTUNEZ MARTINEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573861)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
91
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA
LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS
SUBDIRECCION GENERAL
DIRECCION ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-07-HXA-007HXA001-N-33-
2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación y se encuentra disponible para consulta en
Internet a través del link https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Industria Militar No. 1053
séptimo piso, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, de lunes a
viernes hábiles en un horario de las 08:00 a 15:00 horas.
Descripción de la Licitación
Diversos servicios de licencias (2 Licencia de ETABS Ultimate V21,2
Licencias de SAFE v22 y Software Autodesk AEC Collection)
Volumen por adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación
en Compras MX
12 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones
19 de marzo de 2026 a las 12:00 horas a través del Sistema Compras MX
Visita a las Instalaciones
No se requieren visitas
Presentación y apertura
de proposiciones
30 de marzo de 2026 a las 09:00 horas a través del Sistema Compras MX
Fallo
10 de abril de 2026 a las 13:00 horas a través del Sistema Compras MX
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES
M.A.P. ESTHER GUADALUPE ANTUNEZ MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 573790)
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA
LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS
SUBDIRECCION GENERAL
DIRECCION ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-07-HXA-007HXA001-N-34-
2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación y se encuentra disponible para consulta en
Internet a través del link https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Industria Militar No.
1053 séptimo piso, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, de
lunes a viernes hábiles en un horario de las 08:00 a 15:00 horas.
Descripción de la Licitación
Servicios de Mantenimiento Preventivo del sistema de
detección de humo, alarma y supresión de incendio
con agente limpio a base de Gas FM-200.
Volumen por adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
12 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones
19 de marzo de 2026 a las 10:00 horas a través de la
Plataforma Compras MX
Visita a las Instalaciones
No se requieren visitas
Presentación y apertura de proposiciones
30 de marzo de 2026 a las 11:00 horas a través de la
Plataforma Compras MX
Fallo
10 de abril de 2026 a las 10:00 horas a través de la
Plataforma Compras MX
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES
M.A.P. ESTHER GUADALUPE ANTUNEZ MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 573816)
92
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
013AYH - CORREDOR INTEROCEANICO
DEL ISTMO DE TEHUANTEPEC
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-13-AYH-
013AYH999-N-3-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calzada de la Virgen 2799, Edificio D, colonia
Culhuacán CTM V, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04480, CDMX en un horario de 8:00 a 17:00 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO DE RESERVACION, EXPEDICION Y
ENTREGA DE BOLETOS DE TRANSPORTACION
AEREA
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
12 de Marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
17 de Marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
23 de Marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de fallo
25 de Marzo de 2026 a las 11:00
12 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION, FINANZAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
RAFAEL LAGRAVE BALBUENA
RUBRICA.
(R.- 573839)
LOTERIA NACIONAL
GERENCIA DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Con fundamento en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
se convoca a los interesados a participar en la siguiente Licitación Pública Nacional Electrónica, en la que los
licitantes podrán participar en forma electrónica:
No. de Licitación
LA-06-HJY-006HJY001-N-8-2026
Objeto de la Licitación
“Servicio
especializado
con
terceros
en
materia
administrativa, financiera, jurídica e informática para
Lotería Nacional”
Volumen de Licitación
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX
13 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
18 de marzo a las 12:00 horas.
Visita a Instalaciones
No aplica.
Presentación y Apertura de Proposiciones
24 de marzo de 2026 a las 13:00 horas.
Fallo
30 de marzo de 2026 a las 17:00 horas.
La Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para su consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/ o bien, en la Gerencia de Adquisiciones sita en
Insurgentes Sur No. 1397 piso 6, Colonia Insurgentes Mixcoac, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03920,
Ciudad de México, teléfono: 5554820000, los días de lunes a viernes de las 9:00 a 14:30 horas y de 16:30 a
17:30 horas. Los actos se llevarán a través del Sistema ComprasMX en la dirección electrónica
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE MARZO DE 2026.
GERENTE DE ADQUISICIONES
LIC. CARLOS ALBERTO GAMA MORALES
RUBRICA.
(R.- 573865)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
93
PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 04 A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en:
Compras MX, o bien, en: Av. José Vasconcelos 208, piso 18, Col. Condesa, C.P. 06140, Demarcación
Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono 55 5625-6810, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas
y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
LA-10-LAT-010LAT001-N-14-2026
Objeto de la Licitación
“Servicio de mensajería y paquetería para la Procuraduría
Federal del Consumidor”
Volumen a adquirir
Se detalla en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compras Mx
11/marzo/2026
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
19/marzo/2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
26/marzo/2026 a las 11:00 horas
Fecha y Hora para emitir el fallo
27/marzo/2026 a las 17:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y OBRA
LCDO. ANGEL DE JESUS AGUILAR MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 573758)
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a
participar en la licitación pública nacional electrónica que se describe a continuación, dicha Convocatoria
contiene
las
bases
de
participación
disponibles
para
consulta
en
Compras
MX
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en Prolongación Uxmal No. 860
planta baja, Colonia Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310, Ciudad de México, teléfono: 553003-2200 ext. 1341 y
3126.
Descripción de la licitación
“Servicio de Red Privada Virtual”
Número ComprasMX
LA-12-NHK-012NHK003-N-11-2026
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX
13 de marzo de 2025
Fechas de consulta
Del 13 al 17 de marzo de 2026 de las 9:00 a 18:00 hrs
Junta de aclaraciones
18 de marzo de 2026 a las 10:30 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones
25 de marzo de 2026 a las 10:30 hrs.
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LIC. CUAUHTEMOC RUIZ TOLEDO
RUBRICA.
(R.- 573832)
94
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA
EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES
SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional
No. LA-14-P7R-014P7R001-N-17-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se
encuentran disponibles para consulta en Internet: https://upcp-compranet.hacienda.gob.mx/.
Descripción de la licitación
LA-14-P7R-014P7R001-N-17-2026
Contratación Abierta del Servicio de Gestión, Operación y
Soporte Técnico del Sistema CREDERE y Sistemas
Complementarios.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria.
Fecha de publicación en COMPRANET
13/marzo/2026
Junta de aclaraciones
24/marzo/2026 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
31/marzo/2026 10:00 horas
Acto de Fallo
La fecha del fallo se dará a conocer en el acto de
presentación y apertura de proposiciones.
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
MTRO. FERNANDO ZEPEDA DELGADILLO
RUBRICA.
(R.- 573850)
COMISION NACIONAL DE VIVIENDA
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-15-QCW-015QCW001-N-9-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en Licitaciones Públicas que, la Convocatoria
a la Licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la
descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para
su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la Convocante en:
Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 669, piso 3, Colonia Presidentes Ejidales 1ra. Sección,
C.P. 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, teléfono (55) 9138-9991 extensiones 571 y 598, en días
hábiles de 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
Objeto de la licitación
Servicio de Soporte al Sistema GRP - SAP.
Volumen adquirir
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria.
Fecha de publicación en Compras Mx
13 de marzo del 2026.
Junta de aclaraciones
19/03/2026 a las 14:00 horas.
Visita a instalaciones
No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones
27/03/2026 a las 17:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
30/03/2026 a las 12:00 horas.
CD. DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
LIC. JULIETA CORTES FRAGOSO
RUBRICA.
(R.- 573840)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
95
COMISION NACIONAL DE VIVIENDA
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL
ELECTRONICA N° LA-15-QCW-015QCW001-N-10-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en Licitaciones Públicas que, la Convocatoria a la
Licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la
descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para
su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la Convocante en:
Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 669, piso 3, Colonia Presidentes Ejidales 1ra. Sección,
C.P. 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, teléfono (55) 9138-9991 extensiones 571 y 598, en días
hábiles de 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
Objeto de la licitación
Servicio de reservación y expedición de pasajes aéreos
nacionales de la Comisión Nacional de Vivienda
(CONAVI).
Volumen adquirir
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria.
Fecha de publicación en Compras Mx
13 de marzo del 2026.
Junta de aclaraciones
19/03/2026 a las 12:00 horas.
Visita a instalaciones
No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones
27/03/2026 a las 13:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
30/03/2026 a las 11:00 horas.
CD. DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
LIC. JULIETA CORTES FRAGOSO
RUBRICA.
(R.- 573843)
COMISION NACIONAL DE VIVIENDA
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL
ELECTRONICA No. LA-15-QCW-015QCW001-N-11-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en Licitaciones Públicas que, la Convocatoria a la
Licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la
descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para
su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la Convocante en:
Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 669, piso 3, Colonia Presidentes Ejidales 1ra. Sección,
C.P. 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, teléfono (55) 9138-9991 extensiones 571 y 598, en días
hábiles de 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
Objeto de la licitación
Servicio de seguridad de la información digital
Volumen adquirir
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria.
Fecha de publicación en Compras Mx
13 de marzo del 2026.
Junta de aclaraciones
19/03/2026 a las 17:00 horas.
Visita a instalaciones
No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones
27/03/2026 a las 19:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
30/03/2026 a las 13:00 horas.
CD. DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
LIC. JULIETA CORTES FRAGOSO
RUBRICA.
(R.- 573847)
96
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
COMISION NACIONAL DE VIVIENDA
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL
ELECTRONICA N° LA-15-QCW-015QCW001-N-12-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en Licitaciones Públicas que, la Convocatoria a la
Licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la
descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para
su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la Convocante en:
Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 669, piso 3, Colonia Presidentes Ejidales 1ra. Sección,
C.P. 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, teléfono (55) 9138-9991 extensiones 571 y 598, en días
hábiles de 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
Objeto de la licitación
Servicio integral para la atención a diversas actividades de
seguimiento, acompañamiento y actividades inherentes a
los programas y proyectos de vivienda operados por la
Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI).
Volumen adquirir
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria.
Fecha de publicación en Compras Mx
13 de marzo del 2026.
Junta de aclaraciones
19/03/2026 a las 10:00 horas.
Visita a instalaciones
No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones
27/03/2026 a las 10:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
30/03/2026 a las 10:00 horas.
CD. DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
LIC. JULIETA CORTES FRAGOSO
RUBRICA.
(R.- 573849)
015QDV - INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De
conformidad
con
la
LEY
DE
ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS
Y
SERVICIOS
DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL
número LA-15-QDV-015QDV001-N-8-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación
disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calle Liverpool
No. 80. Colonia Juárez, C.P. 06600, Acadia Cuauhtémoc, Ciudad de México en un horario de atención de 9:00
am a 19:00 pm.
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO DE RESERVACION Y EXPEDICION DE
PASAJES AEREOS NACIONALES DEL INSUS
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
12 de Marzo de 2026 a las 12:22
Fecha y hora de junta de aclaraciones
18 de Marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
25 de Marzo de 2026 a las 09:00
Fecha y hora de fallo
27 de Marzo de 2026 a las 13:00
12 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
MARIEN DEL CARMEN CORRAL VARGAS
RUBRICA.
(R.- 573806)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
97
FONDO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA A REDUCCION DE PLAZOS
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 33, primer párrafo, 35 fracción I, 36, 39
fracción I, 40, 41 y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes en la materia,
convoca a todos los interesados en participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica a reducción de plazos No. LA-51-GYN-051GYN999-N-6-
2026 para la adjudicación del contrato para la PRESTACION DEL SERVICIO DE ALMACENAJE, EMBALAJE DE BIENES MUEBLES Y DE CONSUMO, ASI COMO
LA GUARDA Y CUSTODIA DE EXPEDIENTES DEL ARCHIVO FISICO Y SU TRANSPORTE, PROPIEDAD DE PENSIONISSSTE, cuya convocatoria que contiene
las bases de la Licitación Pública Nacional Electrónica, se encuentra disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en:
Boulevard Adolfo López Mateos #2157, Piso 5, Colonia Los Alpes, Demarcación Territorial Alvaro Obregón, C.P. 01010, Ciudad de México, Teléfono: 55-50-62-05-00,
de Lunes a Viernes en días hábiles; en el horario de 9:00 a 14:00 y de 17:00 a 19:00 horas.
Licitación Pública Nacional Electrónica
LA-51-GYN-051GYN999-N-6-2026
PRESTACION DEL SERVICIO DE ALMACENAJE, EMBALAJE DE BIENES MUEBLES Y DE CONSUMO,
ASI COMO LA GUARDA Y CUSTODIA DE EXPEDIENTES DEL ARCHIVO FISICO Y SU TRANSPORTE,
PROPIEDAD DE PENSIONISSSTE
Volumen para Adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en COMPRAS MX
17/03/2026
Junta de Aclaraciones
20/03/2026
Visita a las Instalaciones
No hay Visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
27/03/2026
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
JEFA DE SERVICIOS DE ADMINISTRACION
LIC. ROSA MARIA HERNANDEZ MERINO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573854)
98
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
SUBDELEGACION DE ADMINISTRACION
ESTADO DE MEXICO
DEPARTAMENTO DE OBRAS Y SERVICIOS GENERALES
CONVOCATORIA MULTIPLE 01
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Electrónicas que se relacionan a continuación,
cuyas convocatorias que contienen los requisitos de participación, se encuentran disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ a partir de esta fecha.
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-51-GYN-051GYN011-N-1-2026
Descripción de la licitación
Lavado y planchado de ropa para el Hospital General
Toluca
Volumen de los trabajos
9 meses
Fecha de publicación en CompraNet
17 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
20 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
27 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fallo de la licitación
31 de marzo 2026 a las 12:00 horas
Lugar de los eventos
Departamento de Obras y Servicios Generales, Av. 1º de
Mayo No. 1637, Zona Industrial; Toluca, Edo de México,
C.P. 50071
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-51-GYN-051GYN011-N-2-2026
Descripción de la licitación
Suministro de oxígeno medicinal domiciliario- Ventilación
Mecánica invasiva/no invasiva alta media y baja
Volumen de los trabajos
9 meses
Fecha de publicación en CompraNet
17 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
20 de marzo de 2026 a las 13:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
27 de marzo de 2026 a las 13:00 horas
Fallo de la licitación
31 de marzo 2026 a las 12:30 horas
Lugar de los eventos
Departamento de Obras y Servicios Generales, Av. 1º de
Mayo No. 1637, Zona Industrial; Toluca, Edo de México,
C.P. 50071
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-51-GYN-051GYN011-N-3-2026
Descripción de la licitación
Servicio
subrogado
de
cirugía
oftalmológica
para
diferentes unidades médicas
Volumen de los trabajos
9 meses
Fecha de publicación en CompraNet
17 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
23 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
30 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fallo de la licitación
31 de marzo 2026 a las 13:00 horas
Lugar de los eventos
Departamento de Obras y Servicios Generales, Av. 1º de
Mayo No. 1637, Zona Industrial; Toluca, Edo de México,
C.P. 50071
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-51-GYN-051GYN011-N-4-2026
Descripción de la licitación
Servicio subrogado de laboratorio clínico y gabinete para
diferentes unidades médicas
Volumen de los trabajos
9 meses
Fecha de publicación en CompraNet
17 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
23 de marzo de 2026 a las 13:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
30 de marzo de 2026 a las 13:00 horas
Fallo de la licitación
31 de marzo 2026 a las 13:30 horas
Lugar de los eventos
Departamento de Obras y Servicios Generales, Av. 1º de
Mayo No. 1637, Zona Industrial; Toluca, Edo de México,
C.P. 50071
TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE OBRAS Y SERVICIOS GENERALES
LIC. OMAR REYES GUTIERREZ
RUBRICA.
(R.- 573800)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
99
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
REPRESENTACION ESTATAL MICHOACAN
SUBDELEGACION DE ADMINISTRACION
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar
en la Licitación Pública que contiene las bases mediante las cuales de desarrollará el procedimiento para la contratación del “Subrogación de Servicios de Atención
Médica y Otros Servicios”, “Servicio de Traslado de Pacientes para las Unidades Médicas del ISSSTE en el Estado de Michoacán”, “Servicios de Apoyo a
Procesos, Actividades Extraordinarias y Otros”, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra
disponible para su consulta en: http://compranet.gob.mx o bien, en el domicilio de la convocante sito en: Av. Francisco I. Madero Poniente No. 1212, Colonia Molino de
Parras, C.P. 58010 Morelia, Michoacán, a partir de la publicación en CompraNet hasta la presentación y apertura de proposiciones, de lunes a viernes de 09:00 a
15:00 horas y cuya información relevante es:
No del Procedimiento
Objeto de la Licitación
Publicación en
CompraNet
Junta de
Aclaraciones
Presentación y apertura
de proposiciones
Acto de
Fallo
LA-51-GYN-051GYN074-N-135-2026
Subrogación de servicios de
atención médica, y otros servicios.
17/03/2026
20/03/2026
(10:00)
27/03/2026
(10:00)
30/03/2026
(10:00)
LA-51-GYN-051GYN074-N-136-2026
Servicio de traslado de pacientes
17/03/2026
20/03/2026
(12:00)
27/03/2026
(12:00)
30/03/2026
(12:00)
LA-51-GYN-051GYN074-N-137-2026
Servicios de Apoyo a Procesos,
Actividades Extraordinarias y Otros
17/03/2026
20/03/2026
(14:00)
27/03/2026
(14:00)
30/03/2026
(14:00)
Las fechas y hora de las visitas a las instalaciones, se encuentran descritas en la Convocatoria que contienen las bases.
MORELIA, MICHOACAN, A 9 DE MARZO DE 2026.
SUBDELEGADA DE ADMINISTRACION
MTRA. MA. CONCEPCION TORRES ZARAGOZA
RUBRICA.
(R.- 573765)
100
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD
“CENTENARIO DE LA REVOLUCION MEXICANA”
EMILIANO ZAPATA, MORELOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura de Tratados Electrónica
a tiempos recortados para el ejercicio fiscal 2026, que a continuación se describe y cuya convocatoria
que
contiene
las
bases
de
participación
se
encuentra
disponible
para
su
consulta
en:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, a partir del día 17 de marzo de 2026.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura
de Tratados Electrónica a tiempos recortados
No. LA-51-GYN-051GYN901-T-5-2026.
Objeto de la Licitación
Adjudicación de Contrato(s) Abierto(s) Relativo(s) a:
Material de Ortopedia y Osteosíntesis para el
Ejercicio Fiscal 2026.
Volumen para adquirir
Los detalles se determinan en la convocatoria.
Publicación en Compranet
17 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones
24 de marzo de 2026 a las 16:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
31 de marzo de 2026 a las 16:00 horas
Fecha y hora para el fallo
06 de abril de 2026 a las 16:00 horas
EMILIANO ZAPATA, MORELOS, A 17 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO
LCDO. JAIME MARTINEZ BARCENAS
RUBRICA.
(R.- 573802)
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 32, 33, 35 fracción I, 36, 39
fracción I, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67 y demás aplicables en la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), así como los artículo 83, 84, 85, 86,
87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129 y demás aplicables de su
Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia.
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR069-N-45-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la Licitación
ADQUISICION DE MATERIAL DIDACTICO, PARA EL
PROGRAMA
DE
PROMOCION
DE
LA
SALUD
(PREVENIMSS) DEL OOAD CAMPECHE, REGIMEN
ORDINARIO, EJERCICIO 2026.
Volumen a Adquirir Máximo
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de Publicación en la Plataforma
17 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Junta de Aclaraciones
24 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
1 de abril del 2026, 11:00 a. m.
Fecha de fallo original
16 de abril del 2026, 11:00 a. m.
El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX.
ATENTAMENTE
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 17 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL OOAD ESTATAL CAMPECHE
ING. FERNANDO JAVIER VIRGILIO ROMERO
RUBRICA.
(R.- 573852)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
101
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL NAYARIT
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
En observancia al artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40,
41, 42, 43, 44, 45, 46,47, 48 fracción II, 49, 66, 67, 68 y 69 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 83, 86, 91, 90, 92 y 93
de su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social y demás
disposiciones aplicables en la materia, se convoca a los interesados en participar en los procesos de Licitación de conformidad con lo siguiente:
RESUMEN DE CONVOCATORIA 07-2026
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR005-N-22-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción de la Licitación
SERVICIO MEDICO DE HEMODIALISIS SUBROGADA ZONA SUR1 ZONA NORTE 1
Volumen Adquirir
Máximo: 24,000 servicios.
Mínimo: 9,600 servicios.
Fecha de Publicación en Compras MX
17 de marzo del 2026.
Junta de Aclaraciones
25 de marzo de 2026 09:00 horas
Visita a Instalaciones
No habrá visita a instalaciones
Presentación y Apertura de Proposiciones
01 de abril de 2026 09:00 horas
•
Las convocatorias de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y será gratuita, o bien se
pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento cita en calle
Retorno número 72, colonia Obrera, código postal 63120, en Tepic, Nayarit, teléfono (311) 258-08-08, los días de lunes a viernes, de 08:00 a 16:00 horas.
•
Los eventos se llevarán a cabo el día y hora que se especifica en las licitaciones, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en calle Retorno
número 72, colonia Obrera, código postal 63120, en Tepic, Nayarit.
TEPIC, NAY., A 17 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
ING. MARIO ESAU RAMIREZ NAVARRETE
RUBRICA.
(R.- 573859)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
102
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40
fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a
participar
en
la
Licitación
cuya
Convocatoria
que
contiene
las
bases
de
participación
están
disponibles
para
consulta
en
Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX, mismas que serán gratuitas o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los
interesados exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Durango-México Km. 5, Col. 15 de Octubre,
C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y 129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.
No. Licitación
LA-50-GYR-050GYR010-N-23-2026
Tipo
LICITACION PUBLICA NACIONAL
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE REFACCIONES Y ACCESORIOS DE CONSERVACION EN ZONAS DURANGO Y
ZONA GOMEZ PALACIO
Volumen a adquirir
MINIMO: 8,634 BIENES
MAXIMO: 2,116 BIENES
Fecha de publicación en Compras Mx
05 DE MARZO DE 2026
Junta de aclaraciones
17 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
25 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS
•
Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema electrónico de información pública gubernamental
denominado Compras MX.
DURANGO, DGO., A 17 DE MARZO DE 2026.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
LIC. JOSE MAGDALENO VARELA GUTIERREZ
RUBRICA.
(R.- 573863)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
103
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DIRECCION DE ADMINISTRACION
UNIDAD DE ADQUISICIONES
COORDINACION DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
COORDINACION TECNICA DE ADQUISICION DE BIENES DE INVERSION Y ACTIVOS
DIVISION DE CONTRATACION DE ACTIVOS Y LOGISTICA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos
6 fracción IX, 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 66 y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, las
Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social y demás disposiciones aplicables en
la materia, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones de conformidad con lo siguiente:
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR019-N-28-2026
Carácter de la Licitación
Nacional Electrónica
Descripción de la Licitación
Servicio para realizar el evento denominado “Clínicas y Función de Box un nocaut por tu salud IMSS 2026”
Volumen a contratar
1 servicio
Fecha de publicación en Compras MX
13 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
20 de marzo de 2026, 11:00 horas
Visitas a las instalaciones
No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
30 de marzo de 2026, 11:00 horas
Fallo
06 de abril de 2026, 14:00 horas
•
La
convocatoria
que
contiene
las
bases
de
participación
se
encuentra
disponible
para
su
consulta
en
la
página
de
internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/; será gratuita o bien se pondrá el ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en
la División de Contratación de Activos y Logística, sita en la Calle de Durango Número 291, 5º Piso, Col. Roma Norte, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P.
06700, Ciudad de México, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas.
•
Todos los eventos se realizarán, de manera electrónica en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas de la Administración Pública Federal denominada
Compras MX.
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA DIVISION DE CONTRATACION DE ACTIVOS Y LOGISTICA
LIC. BERTRAN HERNANDEZ CHAVEZ
RUBRICA.
(R.- 573868)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
104
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL TLAXCALA
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los artículos 5, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracciones
I, III, inciso d), 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción II, 49, 50, 51, 66, 67, 68 y 69 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público (LAASSP), 83, 86, 90, 91, 92 y 93 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones que se relacionan a continuación y cuyas
Convocatorias que contienen las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o en la Coordinación de
Abastecimiento y Equipamiento con domicilio Libramiento Poniente I.P.N. s/n Diego Metepec, Tlaxcala, C.P. 90110. Con horario de atención de 09:00 a 17:00 hrs. de
lunes a viernes, teléfonos (246) 468-0384 y (246) 468-0492.
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-N-31-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional 2026
Descripción de la Licitación
SERVICIO SUBROGADO DE ENDOSCOPIA DE TUBO DIGESTIVO SUPERIOR Y COLANGIO
PANCREATOGRAFIA RETROGRADA
Volumen a adquirir
132 servicios
Fecha de publicación en Compra Net
06 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones
18 de marzo del 2026 a las 11:30 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
25 de marzo del 2026 a las 11:30 horas
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-N-32-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional 2026
Descripción de la Licitación
SERVICIO MEDICO INTEGRAL PARA CENTROS DE EXCELENCIA OFTALMOLOGICA (SMI PARA
CEO)
Volumen a adquirir
167 servicios
Fecha de publicación en Compra Net
06 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones
18 de marzo del 2026 a las 10:00 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
25 de marzo del 2026 a las 10:00 horas
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-I-33-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Internacional Abierta 2026
Descripción de la Licitación
ADQUISICION DE MATERIAL DE OSTEOSINTESIS Y ENDOPROTESIS, PARA EL EJERCICIO 2026
Volumen a adquirir
3138 piezas
Fecha de publicación en Compra Net
06 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones
19 de marzo del 2026 a las 11:00 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
27 de marzo del 2026 a las 11:00 horas
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
105
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-N-34-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional 2026
Descripción de la Licitación
ADQUISICION DE REFACCIONES E INSUMOS DE CONSERVACION (HERRAMIENTAS) PARA EL
EJERCICIO 2026
Volumen a adquirir
2268 piezas
Fecha de publicación en Compra Net
06 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones
18 de marzo del 2026 a las 12:30 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
25 de marzo del 2026 a las 12:30 horas
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-N-35-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional 2026
Descripción de la Licitación
ADQUISICION DE REFACCIONES E INSUMOS DE CONSERVACION (FERRETERIA) PARA EL
EJERCICIO 2026
Volumen a adquirir
6843 piezas
Fecha de publicación en Compra Net
06 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones
18 de marzo del 2026 a las 12:00 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
25 de marzo del 2026 a las 12:00 horas
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-N-36-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional 2026
Descripción de la Licitación
DOTACION DE ANTEOJOS O LENTES DE CONTACTO PARA TRABAJADORES, BENEFICIARIOS
(HIJOS DE TRABAJADORES), JUBILADOS O PENSIONADOS
Volumen a adquirir
404 piezas
Fecha de publicación en Compra Net
06 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones
12 de marzo del 2026 a las 13:00 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
26 de marzo del 2026 a las 13:00 horas
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-N-37-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional 2026
Descripción de la Licitación
SERVICIO DE SUMINISTRO DE DIESEL PARA EL EJERCICIO 2026
Volumen a adquirir
189,207 Litros
Fecha de publicación en Compra Net
06 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones
12 de marzo del 2026 a las 13:30 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
23 de marzo del 2026 a las 13:30 horas
TLAXCALA, TLAXCALA, A 17 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
ARQ. FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ LARA
RUBRICA.
(R.- 573864)
106
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL NUEVO LEON
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO NUEVO LEON
DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 68 de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 83 de su Reglamento y las
Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del
Instituto Mexicano del Seguro Social, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la
convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran
disponibles para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la
convocante sito en: Manuel L. Barragán número 4850, Norte, Colonia Hidalgo, Código Postal 64260,
Monterrey, Nuevo León, con horario de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Nacional (Electrónica)
LA-50-GYR-050GYR035-N-31-2026
Objeto de la Licitación
Adquisición de Alimentos Subrogados para Programas de
Promoción a la Salud, Jornadas Nacionales de Salud,
Capacitaciones, Eventos que convoque la Jefatura de
Servicios de Prestaciones Médicas, Supervisiones de
Areas Normativas de Nivel Central y Actividades que
refuercen el Clima Laboral (en seguimiento al Programa de
Transformación de Clima Y Cultura Organizacional), para
el
Organo
de
Operación
de
Administración
Desconcentrada Regional Nuevo León, para el periodo a
partir de la emisión del fallo hasta el 31 de diciembre de
2026
Volumen a adquirir
•
Mínimo: 9,440 piezas
•
Máximo: 23,600 piezas
Fecha de publicación en ComprasMX
05 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
13 de marzo del 2026, a las 09:00 horas
En su caso, fecha y hora para
realizar la visita a instalaciones
No aplica.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
20 de marzo de 2026, a las 10:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
23 de marzo de 2026, a las 11:00 horas
Carácter, medio y No. de Licitación
Nacional (Electrónica)
LA-50-GYR-050GYR035-N-32-2026
Objeto de la Licitación
Arrendamiento de Equipo de Transporte, para el periodo a
partir de la emisión del fallo hasta el 31 de diciembre de
2026
Volumen a adquirir
•
Mínimo: 172 servicios
•
Máximo: 430 servicios
Fecha de publicación en ComprasMX
05 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
12 de marzo del 2026, a las 09:00 horas
En su caso, fecha y hora para
realizar la visita a instalaciones
No aplica.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
20 de marzo de 2026, a las 11:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
23 de marzo de 2026, a las 12:00 horas
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
107
Carácter, medio y No. de Licitación
Nacional (Electrónica)
LA-50-GYR-050GYR035-N-33-2026
Objeto de la Licitación
Adquisición de Bienes del Grupo 370 película plástica
autoadherible de alto rendimiento para el Organo de
Operación Administrativa Desconcentrada Regional Nuevo
León 2026
Volumen a adquirir
•
3,250 piezas
Fecha de publicación en ComprasMX
05 de marzo del 2026
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
11 de marzo del 2026, a las 09:00 horas
En su caso, fecha y hora para
realizar la visita a instalaciones
No aplica.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
18 de marzo de 2026, a las 10:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
20 de marzo de 2026, a las 12:00 horas
La reducción de plazos de la Licitación Pública Nacional (Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-N-33-2026, se
autorizó el día 03 de marzo de 2026 por la que suscribe.
MONTERREY, NUEVO LEON, A 17 DE MARZO DE 2026.
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
LIC. AZHTIRI LIZETH SILVA GARCIA
RUBRICA.
(R.- 573853)
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES No. 14
CENTRO MEDICO NACIONAL “ADOLFO RUIZ CORTINES”
UMAE VERACRUZ
DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I, II, 40, 41, 42, 43, 44,
45, 46, 47, 48, 49, 50, 66, 67, 68, 70, 89, 90, y 96 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, y demás relativos del Reglamento vigente de la propia Ley, y las Políticas, Bases y
Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios convoca a los interesados en
participar en las licitaciones públicas de conformidad con el siguiente:
RESUMEN DE CONVOCATORIA 06/2026
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR039-N-22-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación
Licitación Pública Electrónica Nacional para la Adquisición
y Suministro De Medicina Magistral, para Equipo médico.,
para cubrir necesidades de la UMAE Veracruz, en el
Ejercicio Fiscal 2026. (Primera Convocatoria).
Volumen por adquirir
Cantidad Mínima
Cantidad Máxima
1,642,450
4,106,127
Fecha de publicación en Compras Mx
17 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
24 de marzo de 2026, 09:00 hrs.
Visita a instalaciones
No habrá visitas a las instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones
31 de marzo de 2026, 09:00 hrs.
108
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR039-T-23-2026
Carácter de la Licitación
Pública Internacional Electrónica
Descripción de la licitación
Licitación
Pública
Electrónica
Internacional
para
la
contratación
del
Servicio
Médico
Integral
para
Procedimientos
de
Mínima
Invasión,
para
cubrir
necesidades de la UMAE Veracruz, en el Ejercicio Fiscal
2026. (Primera Convocatoria).
Volumen por adquirir
Cantidad Mínima
Cantidad Máxima
504
1261
Fecha de publicación en Compras Mx
17 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
25 de marzo de 2026, 09:00 hrs.
Visita a instalaciones
No habrá visitas a las instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones
01 de abril de 2026, 09:00 hrs.
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR039-T-24-2026
Carácter de la Licitación
Pública Internacional Electrónica
Descripción de la licitación
Licitación
Pública
Electrónica
Internacional
para
la
contratación
del
Servicio
Médico
Integral
para
Procedimientos
de
Cirugía
de
Mínima
Invasión
(Artroscopia), para cubrir necesidades de la UMAE
Veracruz,
En
El
Ejercicio
Fiscal
2026.
(Primera
Convocatoria).
Volumen por adquirir
Cantidad Mínima
Cantidad Máxima
154
387
Fecha de publicación en Compras Mx
17 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
26 de marzo de 2026, 09:00 hrs.
Visita a instalaciones
No habrá visitas a las instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones
06 de abril de 2026, 09:00 hrs.
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR039-T-25-2026
Carácter de la Licitación
Pública Internacional Electrónica
Descripción de la licitación
Licitación
Pública
Electrónica
Internacional
para
la
contratación Servicio Médico Integral para Trasplantes,
para cubrir necesidades de la UMAE Veracruz, en el
Ejercicio Fiscal 2026. (Primera Convocatoria).
Volumen por adquirir
Cantidad Mínima
Cantidad Máxima
80
200
Fecha de publicación en Compras Mx
17 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
27 de marzo de 2026, 09:00 hrs.
Visita a instalaciones
No habrá visitas a las instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones
07 de abril de 2026, 09:00 hrs.
•
La reducción de plazos la autoriza el Dr. Juan Carlos Corona de los Santos, Director Médico, firmado el
día 04 de marzo de 2026.
•
Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar
impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en el Departamento de
Abastecimiento de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Especialidades No. 14, Centro
Médico Nacional “Adolfo Ruiz Cortines”, ubicada en Av. Cuauhtémoc sin número, esquina con la calle
Cervantes y Padilla, colonia Formando Hogar, C.P. 91897, Veracruz, Veracruz, teléfono 2299341564, los
días Lunes a Viernes, en el horario de 09:00 a 15:00 horas.
H. VERACRUZ, VER., A 17 DE MARZO DE 2026.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO
MTRO. VINICIO EDUARDO RAMON GUZMAN
RUBRICA.
(R.- 573856)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
109
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de
conformidad con los artículos 32, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67, 68 y demás aplicables en la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), así como los artículo 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103,
104, 105, 106, 129, 130 y demás aplicables de su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia.
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR069-N-47-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la Licitación
Servicio de Traslado de Pacientes Críticamente Enfermos y/o para urgencias, en Ambulancia de Alta Tecnología
para el OOAD Campeche, Régimen Ordinario para Ejercicio 2026. (2da vuelta)
Volumen a Adquirir Máximo
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de Publicación en la Plataforma
12 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Junta de Aclaraciones
19 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
27 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Fecha de fallo original
13 de abril del 2026, 11:00 a. m.
El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX.
ATENTAMENTE
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 17 DE MARZO DE 2026.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
LIC. ALBERTO ROMERO ROJAS
RUBRICA.
(R.- 573862)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
110
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
REGIONAL TAMAULIPAS
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y los artículos 35 fracción I, 37, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 45 y 46 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público así como el 83 de su Reglamento, y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas de conformidad con lo siguiente:
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR018-N-58-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de recolección, transporte externo y disposición final de los residuos sólidos urbanos (RSU) y residuos de
manejo especial (RME).
Volumen a adquirir
2,600 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
17 de marzo del 2026
Junta de aclaraciones
25/03/2026, 10:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
01/04/2026, 10:00 horas
•
Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán
gratuitas, o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en Carretera Nacional México-Laredo Km. 701
Número S/N, Colonia Conjunto IMSS- Victoria, C.P. 87028, Victoria, Tamaulipas, teléfono: 01 (834) 31 4 11 51, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario:
9:00 a 15:00 horas.
•
Todos los eventos se llevarán a cabo en: Sala de Juntas de la Jefatura de Servicios Administrativos, ubicado en: Carretera Nacional México-Laredo KM. 701 S/N,
Conjunto IMSS-Victoria, C.P. 87028, Victoria, Tamaulipas.
CD. VICTORIA, TAMAULIPAS, A 17 DE MARZO DE 2026.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
ING. JORGE GUADALUPE RODRIGUEZ OCHOA
RUBRICA.
(R.- 573858)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
111
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL OAXACA
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA 09/2026
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los artículos 6, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracción I,
40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción I, 48 fracción II, 49, 50, 51, 66, 67, 68 y 69 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público ( LAASSP), 83, 86, 90, 91, 92 y 95 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones que se relaciona a continuación y cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en Internet: https://upcp-compranet.hacienda.gob.mx o en la Coordinación de
Abastecimiento y Equipamiento con domicilio en Boulevard Nuunita Nuu Yoo No. 1227, Cabecera Municipal de Sta. Cruz Xoxocotlán, C.P. 71230. Con horario
de atención de 08:00 a 16:00 hrs. de lunes a viernes, teléfonos (951) 51 7 08 00 y (951) 517 15 15.
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR013-N-59-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional
Descripción de la Licitación
Servicio de Suministro de Agua Potable para Consumo Humano a través de Camiones tipo
Cisterna (Pipas) con capacidad ce 10,000 y 20,000 litros a Unidades Médicas y no Médicas del
OOAD Oaxaca del Instituto Mexicano del Seguro Social Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
3,122 Servicios
Fecha de publicación en Compra Net
17 de marzo de 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones
20 de marzo de 2026 a las 09:00
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
27 de marzo de 2026 a las 09:00
La reducción de plazos fue autorizada por el Lic. Ernesto Antonio Hooper Arvizu, mismo que suscribe el día 06 de marzo de 2026.
SANTA CRUZ XOXOCOTLAN, OAX., A 17 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
LIC. ERNESTO ANTONIO HOOPER ARVIZU
RUBRICA.
(R.- 573867)
112
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL VERACRUZ SUR
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134 y a los Artículos
35 fracción I, 36, 39 fracción I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 67, 68 y 69 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como a los artículos 83, 86 y 87 de su
Reglamento, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones cuya Convocatorias contienen las
Bases
de
participación,
que
se
encuentran
disponibles
para
consulta
en
Internet:
comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas.
Resumen de Convocatoria No. 04 / 2026 ejercicio 2026
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-N-88-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Nacional, Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio subrogado de braquiterapia, Régimen Ordinario
ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1 Servicio
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
19 de marzo de 2026 08:00 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
27 de marzo de 2026 08:00 a.m.
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-N-89-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Nacional, Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio subrogado de marcadores tumorales, Régimen
Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1 Servicio, 218 Partidas
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
19 de marzo de 2026 08:30 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
27 de marzo de 2026 08:30 a.m.
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-N-90-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Nacional, Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio subrogado de tomografía por emisión de
positrones/tomografía computarizada (PET/TC), Régimen
Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1 Servicio, 3 Estudios, 3 Unidades Médicas
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
19 de marzo de 2026 09:00 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
27 de marzo de 2026 09:00 a.m.
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-N-91-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Nacional, Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio subrogado de servicios médicos de diagnóstico,
Régimen Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1 Servicio
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
113
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
19 de marzo de 2026 10:00 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
27 de marzo de 2026 10:00 a.m.
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-N-92-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Nacional, Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio subrogado de medicina nuclear, Régimen
Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1 Servicio
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
19 de marzo de 2026 10:30 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
27 de marzo de 2026 10:30 a.m.
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-N-93-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Nacional, Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio subrogado de laboratorio para hospitales rurales
del Instituto Mexicano del Seguro Social, Régimen
Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1 Servicio, 35 Partidas
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
19 de marzo de 2026 11:00 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
27 de marzo de 2026 11:00 a.m.
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-N-94-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Nacional, Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio subrogado de atención médica de especialidad,
Régimen Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1 Servicio, 17 Especialidades, 3 Unidades Médicas
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
19 de marzo de 2026 11:30 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
27 de marzo de 2026 11:30 a.m.
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-T-95-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados,
Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio médico integral para la digitalización, post
procesamiento, almacenamiento y distribución de la
imagen (smi para dig), Régimen Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1 Servicio
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
24 de marzo de 2026 09:00 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
01 de abril de 2026 09:00 a.m.
114
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-N-96-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Nacional, Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio subrogado de traslado colectivo de pacientes,
Régimen Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1 Servicio, 5 zonas
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
24 de marzo de 2026 10:00 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
01 de abril de 2026 10:00 a.m.
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-T-97-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados,
Electrónica
Descripción del Procedimiento
Adquisición de equipos de venoclisis con bomba de
infusión, Régimen Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
4 partidas
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
24 de marzo de 2026 11:00 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
01 de abril de 2026 11:00 a.m.
Número del Código del Procedimiento
LA-50-GYR-050GYR022-N-98-2026
Carácter del Procedimiento
Pública Nacional, Electrónica
Descripción del Procedimiento
Servicio de mantenimiento preventivo y/o correctivo a
transformadores, subestaciones eléctricas y plantas de
emergencia, Régimen Ordinario ejercicio 2026
Volumen a adquirir
2 Servicios, 87 equipos, 2 zonas
Fecha de Publicación en Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas: Compras MX
17 de marzo de 2026
Fecha Junta de aclaraciones
24 de marzo de 2026 08:30 a.m.
Fecha Visita a instalaciones institucionales
No hay visitas a instalaciones
Fecha Presentación y Apertura de
Proposiciones Técnicas y Económicas
01 de abril de 2026 08:30 a.m.
La autorización de plazos recortados a las Licitaciones Públicas se realizaron mediante oficios números:
328001150100/0325/2026 (Equipos de venoclisis) de fecha 27 de enero del 2026 firmado por la Titular de la
Coordinación
de
Abastecimiento
y
Equipamiento,
Maestra
Lorenza
Bonilla
Cervantes;
328001150100/0644/2026
(Braquiterapia);
328001150100/646/2026
(Marcadores
tumorales);
328001150100/0641/2026 (Tomografía por emisión de positrones); 328001150100/0642/2026 (Servicios
médicos de diagnóstico); 328001150100/0645/2026 (Medicina nuclear) de fecha 23 de febrero del 2026;
328001150100/741/2026 (Hospitales rurales) de fecha 03 de marzo del 2026; 328001150100/0640/2026
(Atención médica de especialidad) de fecha 23 de febrero del 2026 y 328001150100/0712/2026
(Digitalización) de fecha 02 de marzo del 2026, firmados por la Titular de la Jefatura de Servicios
Administrativos, Maestra Lorenza Bonilla Cervantes.
El evento se realizará, de manera electrónica en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas:
Compras MX.
ORIZABA, VERACRUZ, A 17 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA REGIONAL VERACRUZ SUR
DR. JORGE MARTINEZ TORRES
RUBRICA.
(R.- 573857)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
115
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL HIDALGO
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos
35, fracción I, 36, 39 fracciones I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, así
como el 39, 42 y 44 de su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del
Seguro Social, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones Públicas de conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR017-T-41-2026
Carácter de la Licitación
Pública Internacional Electrónica Bajo Cobertura de Tratados
Descripción de la Licitación
ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS MEDICOS PARA EL OOAD HIDALGO 2026
Volumen a adquirir
Mensualidades 288
Fecha de publicación en Compras MX
10/03/2026
Junta de Aclaraciones
17/03/2026 09:00 hrs.
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones.
25/03/2026 10:00 hrs.
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR017-N-42-2026
Carácter de la Licitación
Pública Nacional Electrónica
Descripción de la Licitación
ADQUISICION Y DISTRIBUCION DE VIVERES PARA LA GUARDERIA ORDINARIA NO. 0001 CD. SAHAGUN
Volumen a adquirir
Víveres 9003
Fecha de publicación en Compras MX
10/03/2026
Junta de Aclaraciones
12/03/2026 09:00 hrs.
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones.
19/03/2026 11:00 hrs.
•
Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentra disponible para consulta en internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ y son
gratuitas.
•
El Titular de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, autorizó la reducción del plazo de presentación de proposiciones el 05 de marzo de 2026.
•
Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de La Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a través de la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas Compras MX.
PACHUCA DE SOTO, HGO., A 17 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
L.E.M. EMMANUEL HERNANDEZ GODINEZ
RUBRICA.
(R.- 573871)
116
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 32, 33, 35 fracción I, 36, 39
fracción II, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67, 68 y demás aplicables en la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), así como los artículo 83, 84, 85, 86,
87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129, 130 y demás aplicables de su
Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia.
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR069-T-46-2026
Carácter de la Licitación
Bajo la Cobertura de Tratados de Libre Comercio
Descripción de la Licitación
ADQUISICION DE TONER 2026
Volumen a Adquirir Máximo
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de Publicación en la Plataforma
17 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Junta de Aclaraciones
24 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
1 de abril del 2026, 11:00 a. m.
Fecha de fallo original
16 de abril del 2026, 11:00 a. m.
El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX.
ATENTAMENTE
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 17 DE MARZO DE 2026.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
LIC. ALBERTO ROMERO ROJAS
RUBRICA.
(R.- 573860)
PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE
SECRETARIA GENERAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33, 35
fracción I, 36, 39 fracción I, 40 y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
83 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional,
cuya Convocatoria que contiene las bases de participación que se encuentran disponibles para su obtención
en Internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx.
No. de licitación
LA-47-AYI-006AYI999-N-24-2026
Objeto de la licitación
“SERVICIO DE VIGILANCIA PARA LAS INSTALACIONES
DE OFICINAS CENTRALES, CENTRO Y NORTE DE
MEXICO DE LA PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL
CONTRIBUYENTE (PRODECON)”
Volumen a adquirir
Servicio
Fecha de publicación en Compras MX
13/03/2026
Fecha y hora de la junta de aclaraciones
17/03/2026, 13:00 hrs.
Fecha y hora para la presentación
y apertura de proposiciones
24/03/2026, 11:00 hrs.
Fecha y hora para emitir el fallo
27/03/2026, 14:00 hrs.
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DE LA DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
LIC. ERIK ALCANTARA RUIZ
RUBRICA.
(R.- 573833)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
117
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-56-AYO-056AYO954-N-8-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 48, 49,
y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de
los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los
interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y cuya información relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación
Nacional Electrónica
No. LA-56-AYO-056AYO954-N-8-2026
Objeto de la Licitación.
SERVICIO MEDICO SUBROGADO DE CENTRAL DE MEZCLAS ONCOLOGICAS
Volumen a adquirir
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
12 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
17 de marzo de 2026 a las 10:00 horas.
Visita a Instalaciones
No aplica.
Presentación y Apertura de Proposiciones
24 de marzo de 2026 a las 10:00 horas.
Acto de Fallo
27 de marzo de 2026 a las 10:00 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD
Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES
LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573817)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
118
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
COORDINACION TECNICA DE CONTRATACION DE SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-56-AYO-056AYO955-N-33-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 44, 45, 46,
48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, y otras disposiciones aplicables en la materia; se
informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el
procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro
Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información
relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación:
Nacional Electrónica
No. LA-56-AYO-056AYO955-N-33-2026
Objeto de la Licitación:
SERVICIO DE SUMINISTRO DE VIVERES PARA LOS HOSPITALES Y/O UNIDADES MEDICAS DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-
BIENESTAR) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026. (ABRIL-DICIEMBRE)
Volumen por adquirir:
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX:
11 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones:
15 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Visita a Instalaciones:
Conforme al Anexo Técnico
Presentación y Apertura de Proposiciones:
22 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Acto de Fallo:
25 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACON DE CONTRATOS
LIC. NAYELI SARAI HERNANDEZ AVALOS
RUBRICA.
(R.- 573795)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
119
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
COORDINACION TECNICA DE CONTRATACION DE SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-56-AYO-056AYO955-N-34-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 44, 45, 46,
48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, y otras disposiciones aplicables en la materia; se
informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el
procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro
Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información
relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación:
Nacional Electrónica
No. LA-56-AYO-056AYO955-N-34-2026
Objeto de la Licitación:
SERVICIO
DE
RESERVACION,
ADQUISICION,
ENTREGA,
RADICACION
DE
PASAJES
DE
TRANSPORTACION AEREA NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS Y
PROFESIONALES DE SALUD DE SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS–BIENESTAR)
Volumen por adquirir:
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX:
11 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones:
14 de marzo de 2026 a las 12:00 horas
Visita a Instalaciones:
Conforme al Anexo Técnico
Presentación y Apertura de Proposiciones:
25 de marzo de 2026 a las 14:00 horas
Acto de Fallo:
28 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACON DE CONTRATOS
LIC. NAYELI SARAI HERNANDEZ AVALOS
RUBRICA.
(R.- 573799)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
120
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
COORDINACION TECNICA DE CONTRATACION DE SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-56-AYO-056AYO955-N-35-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 44, 45, 46,
48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, y otras disposiciones aplicables en la materia; se
informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el
procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro
Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información
relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación:
Nacional Electrónica
No. LA-56-AYO-056AYO955-N-35-2026
Objeto de la Licitación:
SERVICIO DE PROVISION Y/O ELABORACION DE ALIMENTOS PREPARADOS PARA PACIENTES Y
PERSONAL DE LOS HOSPITALES Y/O UNIDADES MEDICAS DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) PARA EL
EJERCICIO 2026 (ABRIL-DICIEMBRE)
Volumen por adquirir:
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX:
11 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones:
14 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Visita a Instalaciones:
Conforme al Anexo Técnico
Presentación y Apertura de Proposiciones:
21 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Acto de Fallo:
24 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACON DE CONTRATOS
LIC. NAYELI SARAI HERNANDEZ AVALOS
RUBRICA.
(R.- 573797)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
121
ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V.
GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
CONVOCATORIA: 3
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública
electrónica de carácter nacional LA-13-J3E-013J3E001-N-24-2026 cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta
en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/compras-mx o bien en: Avenida Marina Mercante No. 210, Piso 6, Col. Centro, Veracruz, Ver. C.P. 91700,
teléfono: 01 (229) 923-2170 ext.72935, del 12 de marzo de 2026 hasta el 03 de abril de 2026 del año en curso de 09:00 a 18:00 horas.
Descripción de la licitación
“EL
SERVICIO
DE
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO,
CORRECTIVO,
APLICACION
DE
PINTURA
ANTICORROSIVA, INSTALACION Y/O REUBICACION DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO, ASI COMO
EL SUMINISTRO DE MATERIALES Y REFACCIONES PARA EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO DE LA
ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V.”
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
12/03/2026 a partir de las 12:00 horas
Visita a las Instalaciones
13/03/2026, 10:00 horas
Fecha y hora de junta de aclaraciones
17/03/2026, 12:00 horas
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
30/03/2026, 12:00 horas
Fecha y hora de fallo
03/04/2026, 12:00 horas
VERACRUZ, VER., A 11 DE MARZO DE 2026.
GERENTE DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V.
M.A.P. JUDITH PARRAZAL HERRERA
RUBRICA.
(R.- 573791)
122
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK-
007HZK999-N-14-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
“SERVICIO
DE
ARMADO,
DESARMADO,
REPARACION, INSPECCION Y OVERHAUL DE
RUEDAS
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
9 de Marzo de 2026 a las 20:32
Fecha y hora de junta de aclaraciones
17 de Marzo de 2026 a las 10:30
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
24 de Marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de fallo
27 de Marzo de 2026 a las 16:00
10 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES
MIREYA VEGA ROMERO
RUBRICA.
(R.- 573756)
008VSS - ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO,
se
convoca
a
los
interesados
a
participar
en
la
licitación
NACIONAL
número
LA-08-VSS-008VSS011-N-4-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles
para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Periférico Manuel Gómez Morín
No. 5401, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco, C.P. 45010, de 09:00 a 15:00 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE
EQUIPO DE TRANSPORTE A DIESEL Y GASOLINA
PARA
ALMACENES
RURALES,
CENTRAL
Y
OFICINAS
ADMINISTRATIVAS
DE
LA
UNIDAD
OPERATIVA
JALISCO
COLIMA
Y
UNIDAD
OPERATIVA NAYARIT DE ALIMENTACION PARA EL
BIENESTAR, S. A. DE C.V.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
11 de Marzo de 2026 a las 14:00
Fecha y hora de junta de aclaraciones
20 de Marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
12 a 19 de Marzo de 09:00 a 15:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
30 de Marzo de 2026 a las 12:00
Fecha y hora de fallo
1 de Abril de 2026 a las 14:00
11 DE MARZO DE 2026.
COMISIONADO PARA LA ATENCION DE LOS ASUNTOS COMPETENTES A LA
GERENCIA REGIONAL OCCIDENTE DE CONFORMIDAD CON EL OFICIO DO/LTM/0015/2025
DE FECHA 16 DE ENERO DEL 2025, EMITIDO POR LA TITULAR PROVISIONAL DE LA DIRECCION
DE OPERACIONES LIC. LIZETH TABLA MOYA
VICTOR MANUEL MEJIA RODRIGUEZ
RUBRICA.
(R.- 573743)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
123
008VSS – ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-08-VSS-008VSS010-N-6-2026, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://upcp-
compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en las oficinas de la Coordinación de Administración y Finanzas de la
Gerencia de la Regional, ubicada en Carretera México Toluca, Km. 53.5, Colonia Ex-Hacienda Doña Rosa,
Municipio de Lerma de Villada, Estado de México, C.P. 52000, teléfono: 728 28 536 61 Ext. 70315, los días de
lunes a viernes, en días hábiles a partir de la difusión de la convocatoria y hasta inclusive el día de la junta de
aclaraciones, de las de 10 a 15 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
Servicio de Maniobras para Alimentación para el
Bienestar S.A de C.V Gerencia Regional Metropolitana.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
12/Marzo/2026 00:00 horas
Fecha y hora de junta de aclaraciones
20 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
17 de Marzo de 2026 de las 09:00 a 16:00 horas
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
27 de Marzo de 2026 a las 10:00
LERMA DE VILLADA, ESTADO DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DE LA GERENCIA REGIONAL METROPOLITANA
ELESBAN GUADARRAMA FLORES
RUBRICA.
(R.- 573771)
ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V.
REGIONAL PUEBLA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la licitación pública nacional número LA-08-VSS-008VSS006-N-10-2026,
cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en el domicilio de la Convocante situado en Mártires de Río
Blanco No. 7, Parque Industrial 5 de Mayo en la ciudad de Puebla, Pue. teléfono 555-229-0700 Ext. 71117,
del 11 al 26 de marzo de 2026, días hábiles, en horario de 9:00 a 15:00 horas.
No. de Licitación
LA-08-VSS-008VSS006-N-10-2026
Objeto de la Licitación
Servicio de maniobras de carga, descarga y traspaleo de
granos, abarrotes, mercancías generales y armado de
paquetes tipo “despensas” de Alimentación para el
Bienestar, S.A. de C.V., Gerencia Regional puebla
Volumen a adquirir
Se considera una sola partida en la presente licitación,
cuyos detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
11/03/2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026, 09:30 horas
Visita a instalaciones
17/03/2026, 09:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
26/03/2026, 12:00 horas
Notificación de fallo
07/04/2026, 12:00 horas
PUEBLA, PUE., A 11 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA GERENCIA REGIONAL PUEBLA
MTRO. FERNANDO SILVA TRISTE
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573763)
124
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
LECHE PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V.
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad al artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional número LA-08-VST-008VST977-N-21 -
2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación, se encuentran disponibles para consulta en
la página de Internet: https://upcp-compras.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el Departamento de Adquisición
de Bienes y Contratación de Servicios, ubicado calle Ricardo Torres No, 1, Fraccionamiento Lomas de Sotelo,
Naucalpan de Juárez, Estado de México, C.P. 53390, teléfono (55) 52379100, Ext. 62139, 62140 y 64412
desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha establecida en las mismas, de lunes a
viernes, de 9:30 a 16:00.
LA-08-VST-008VST977-N-21-2026
Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación
segunda vuelta para la contratación abierta del servicio
de transporte y distribución de leche líquida en canastillas
de polietileno de Leche para el Bienestar, S.A. de C.V.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en "Compras Mx”
12 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
20 de marzo de 2026, 10:00 Horas
Apertura de proposiciones
27 de marzo de 2026, 10:00 Horas
NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
LIDER DE PROYECTO DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION
DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
LIC. ALEJANDRO IZQUIERDO DEVORA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573823)
012NEF – LABORATORIOS DE BIOLOGICOS Y
REACTIVOS DE MEXICO, S.A. DE C.V. “BIRMEX”
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública número LA-12-NEF-012NEF001-N-186-2026, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en la página:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en el domicilio: Mariano Escobedo, No. 20, Colonia Popotla,
Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11400, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 17:00 horas.
Nombre del Procedimiento
Servicio Integral para la Administración y Operación
de la Cadena de Suministro de Medicamentos,
Material de Curación e Insumos para la Salud desde
un Centro Nacional de Distribución a las Unidades
de Atención Médica del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
para los ejercicios 2026-2027
Fecha y hora de publicación en Compras MX
12 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
18 de marzo de 2026 10:00 horas
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
25 de marzo de 2026 10:00 horas
Fecha y hora de fallo
30 de marzo de 2026 18:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DE LA GERENCIA DE ADQUISICIONES
C. RAUL ARANDA CALDERON
RUBRICA.
(R.- 573807)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
125
012NEF – LABORATORIOS DE BIOLOGICOS Y
REACTIVOS DE MEXICO, S.A. DE C.V. “BIRMEX”
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública número LA-12-NEF-012NEF001-N-185-2026,
cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en la página:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en el domicilio: Mariano Escobedo, No. 20, Colonia Popotla,
Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11400, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 17:00 horas.
Nombre del Procedimiento
Servicio integral de logística, recepción, resguardo,
administración de almacenamiento, distribución y
recolección de bienes terapéuticos grupos 010, 020,
030, 040, 060, 070, 080 y demás insumos para la
salud para el ejercicio fiscal 2026
Fecha y hora de publicación en Compras MX
12 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
19 de marzo 2026 10:00 horas
Fecha y hora de presentación y apertura de
proposiciones
26 de marzo de 2026 10:00 horas
Fecha y hora de fallo
31 de marzo de 2026 18:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 12 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DE LA GERENCIA DE ADQUISICIONES
RAUL ARANDA CALDERON
RUBRICA.
(R.- 573808)
BANCO NACIONAL DEL EJERCITO,
FUERZA AEREA Y ARMADA, S.N.C.
GERENCIA DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y 85 de su Reglamento, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que
la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra
disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Av. Industria Militar
No. 1055, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México,
teléfono 5626-0500 extensión 349, del 11 al 19 de marzo del 2026, de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00
horas, cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
LA-06-G1H-006G1H001-N-03-2026.
Objeto de la Licitación
Contratación
del
Servicio
para
la
obtención
de
documentación oficial en el Registro Público y Civil.
Volumen a adquirir
Se detalla en la convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet
11/03/2026
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
19/03/2026 08:30 horas
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
26/03/2026 10:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
06/04/2026 10:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
EL CAP. 1/o. F.A.A.M.A. E.M. RET. SUBDIR. DE RECS. MATS.
CESAR ALEJANDRO ORTA LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 573752)
126
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
CENTRO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
TECNOLOGICO EN ELECTROQUIMICA, S.C.
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que las convocatorias a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su
consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Parque
Tecnológico Querétaro Sanfandila, C.P. 76703, Pedro Escobedo, Querétaro, los días de lunes a viernes de las
08:30 a 17:30 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
No. LA-38-90K-03890K001-N-7-2026
Objeto de la Licitación
“ADQUISICION DE POLIZA DE SEGURO DE VIDA
INSTITUCIONAL PARA CIDETEQ, 2026”.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX
17/03/2026
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
20/03/2026 09:00 AM
En su caso, fecha y hora para realizar la
visita a instalaciones
No hay visita a las instalaciones
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
31/03/2026 09:00 AM
Fecha y hora para emitir el fallo
08/04/2026 09:00 AM
Carácter, medio y No. de Licitación
No. LA-38-90K-03890K001-N-8-2026
Objeto de la Licitación
“SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAL DE
CIDETEQ, 2026”.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX
17/03/2026
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
20/03/2026 12:00 PM
En su caso, fecha y hora para realizar la
visita a instalaciones
No hay visita a las instalaciones
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
31/03/2026 12:00 PM
Fecha y hora para emitir el fallo
08/04/2026 12:00 PM
Carácter, medio y No. de Licitación
No. LA-38-90K-03890K001-N-9-2026
Objeto de la Licitación
“SERVICIO DE VIGILANCIA EN LOS INMUEBLES DEL
CIDETEQ, 2026”.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX
17/03/2026
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
20/03/2026 02:00 PM
En su caso, fecha y hora para realizar la
visita a instalaciones
No hay visita a las instalaciones
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
31/03/2026 04:00 PM
Fecha y hora para emitir el fallo
08/04/2026 04:00 PM
PEDRO ESCOBEDO, QRO., A 17 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADA DE DESPACHO DE LA DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
MTRA. BLANCA ESTELA FUENTES MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 573786)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
127
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
DIRECCION DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados en participar en Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya convocatoria que contiene las bases
de participación, están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx,
conforme a lo siguiente:
No. de la Licitación
LA-06-HIU-006HIU001-N-20-2026
Descripción de la Licitación
Contratación de Seguro de Vida Grupo para Empleados,
Funcionarios, Jubilados y Ex Empleados de Nacional
Financiera S.N.C.
Volumen a Adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
13-marzo-2026
Visita a las Instalaciones
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Junta de Aclaraciones
18-marzo-2026 09:30 Hrs.
Presentación y apertura de proposiciones
26-marzo-2026 11:00 Hrs.
Fallo
31-marzo-2026 13:30 Hrs.
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE MARZO DE 2026.
GERENTE DE ADQUISICIONES
LIC. SANDRA SILVIA GOMEZ ELIZARRARAS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573830)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80
y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2
fracción I, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones VI y VII, 34, 37 fracción I y 55 fracción III de las
Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución
de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo
Disposiciones Generales):
CFE-0001-CAAAT-0023-2026
Adquisición de montacargas
Fecha de publicación en Micrositio:
12/03/2026
Sesión de Aclaraciones:
19/03/2026, 10:30 hrs
Límite para presentación de ofertas:
21/04/2026, 12:30 hrs
Apertura Técnica:
21/04/2026, 13:00 hrs
Apertura Económica:
28/04/2026, 12:00 hrs
Fallo
6/05/2026, 14:00 hrs
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE con
clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones y del Departamento de Concursos, cuyos contactos
son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y el Lic. Daniel Miranda Velázquez, con domicilio en Río Ródano
No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400
ext. 83487, con correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán
obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio
https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio.
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573796)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
128
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
COORDINACION NUCLEAR
RESUMEN DE CONVOCATORIA
CONCURSO ABIERTO DE CARACTER INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS
CFE-0013-CAAAT-0004-2026
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y Artículo 79 de la Ley de Comisión Federal de Electricidad, en las
disposiciones 30 fracción I, 31, y 37 fracción I de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de
obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones Generales): y sus modificaciones publicadas en
el Diario Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2022.
Se convoca a todos los interesados en participar en el Concurso Abierto de Carácter Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados No. CFE-0013-CAAAT-
0004-2026, cuya Convocatoria contiene el Pliego de Requisitos disponibles para consulta en la siguiente liga https://msc.cfe.mx., a partir de la fecha de su publicación
en Micrositio de Concursos.
No. de Concurso
CFE-0013-CAAAT-0004-2026
Objeto de la Contratación
Adquisición de Tarjetas Electrónicas para Secuenciadores de Cargas de los Generadores Diésel
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la Convocatoria y Pliego de Requisitos al Concurso Abierto.
Fecha de publicación en Micrositio
13/03/2026
Sesión de aclaraciones
31/03/2026, 10:30 horas
Apertura de Ofertas Técnicas
23/04/2026, 10:00 horas
Resultado Técnico y Apertura de Ofertas Económicas
30/04/2026, 10:00 horas
Notificación de Fallo
08/05/2026, 10:00 horas
VERACRUZ, VER., A 17 DE MARZO DE 2026.
CLAVE DE AGENTE CONTRATANTE A1A0D03
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTOS EN FUNCIONES
LIC. CARLOS ROBERTO SANDOVAL SANCHEZ
RUBRICA.
(R.- 573754)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
129
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
COORDINACION CORPORATIVA NUCLEAR
RESUMEN DE CONVOCATORIA
CONCURSO ABIERTO DE CARACTER INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS
CFE-0013-CAAAT-0005-2026
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y Artículo 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión
Federal de Electricidad, en las disposiciones 30 fracción I, 31, y 37 fracción I de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos,
contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones
Generales): y sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2022.
Se convoca a todos los interesados en participar en el Concurso Abierto de Carácter Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados No. CFE-0013-CAAAT-
0005-2026, cuya Convocatoria contiene el Pliego de Requisitos disponibles para consulta en la siguiente liga https://msc.cfe.mx., a partir de la fecha de su publicación
en Micrositio de Concursos.
No. de Concurso
CFE-0013-CAAAT-0005-2026
Objeto de la Contratación
Adquisición de resina mezclada para el sistema desmineralizador
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la Convocatoria y Pliego de Requisitos al Concurso Abierto.
Fecha de publicación en Micrositio
13/03/2026
Sesión de aclaraciones
31/03/2026, 11:00 horas
Apertura de Ofertas Técnicas
23/04/2026, 09:30 horas
Resultado Técnico y Apertura de Ofertas Económicas
30/04/2026, 09:30 horas
Notificación de Fallo
08/05/2026, 09:30 horas
VERACRUZ, VER., A 17 DE MARZO DE 2026.
CLAVE DE AGENTE CONTRATANTE A1A0D03
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTOS EN FUNCIONES
LIC. CARLOS ROBERTO SANDOVAL SANCHEZ
RUBRICA.
(R.- 573757)
130
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80,
82 la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad en las disposiciones 2 fracción
I, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones I, III, VI y VII, 34, 37 fracción I, 52 y 55 fracciones III y IV de las
Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución
de obras de CFE, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria Nacional, de conformidad
con lo siguiente:
CFE-0001-CAAAT-0022-2026 ADQUISICION DE SUSTANCIAS QUIMICAS EMPLEADAS EN
CENTRALES DE GENERACION DE LAS COORDINACIONES REGIONALES DE PRODUCCION.
Fecha de publicación en Micrositio
11/03/2026
Sesión de Aclaraciones
18/03/2026, 10:00 hrs.
Límite para presentación de ofertas
27/03/2026, 10:30 hrs.
Apertura Técnica
27/03/2026, 11:00 hrs.
Apertura Económica
9/04/2026, 11:00 hrs.
Fallo
16/04/2026, 14:00 hrs.
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de CFE, a través
de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y el Lic. Daniel
Miranda Velázquez, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500,
Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los correos electrónicos:
jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de
Requisitos,
a
través
del
Micrositio
de
Concursos
de
CFE
en
el
sitio
https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en el Micrositio.
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573759)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
AVISO DE ADJUDICACION DE CONTRATO
La Subgerencia de Adquisiciones, de la Gerencia de Abastecimientos, con domicilio en Río Ródano No. 14,
Piso 4, Sala 401, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, proporciona la información
correspondiente de los siguientes avisos de fallo emitidos de los Concursos Abiertos Internacionales Bajo la
Cobertura de los Tratados de Libre Comercio:
No. CFE-0001-CAAAT-0109-2025, para la Adquisición de Servidores, informa que el Concursante Adjudicado
fue: LINK X, S.A DE C.V., con domicilio en Calle. Blvd Manuel Avila Camacho, No. 2900, Piso. 4, Despacho
401, Col. Los Pirules, C.P. 54040, Municipio de Tlalnepantla de Baz, para la partida 1 (Unica) con un importe
total de $10,308,645.60 M.N. (Diez millones trescientos ocho mil seiscientos cuarenta y cinco pesos 60/100
M.N.). El fallo se emitió el 9 de febrero de 2026.
No. CFE-0001-CAAAT-0118-2025, para la Adquisición Consolidada de Equipo de Cómputo, informa que los
Concursantes Adjudicados fueron: MAINBIT, S.A. DE C.V., con domicilio en Calle Romero de Terreros
No. 804, Colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, para las partidas 2, 4, 6 y 7
con un importe total mínimo de $201,458,787.84 M.N. (doscientos un millones cuatrocientos cincuenta y ocho
mil setecientos ochenta y siete pesos 84/100 M.N.); BLACK ECCO TI, S.A. DE C.V., con domicilio en Privada
de Corina 18, Colonia Del Carmen, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de México, para las partidas 1, 3,
5, 8 y 11 con un importe total mínimo de $118,880,431.15 M.N. (ciento dieciocho millones ochocientos
ochenta mil cuatrocientos treinta y un pesos 15/100 M.N.). El fallo se emitió el 2 de marzo de 2026.
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
RUBRICA.
(R.- 573792)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
131
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
AVISO MULTIPLE DE ADJUDICACION DE CONTRATO
La Subgerencia de Adquisiciones, de la Gerencia de Abastecimientos, con domicilio en Río Ródano No. 14, Piso 4, Sala 401, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500,
Ciudad de México, proporciona la información correspondiente de los siguientes fallos emitidos de los Concursos Abiertos Internacionales Bajo la Cobertura de los
Tratados de Libre Comercio:
No. CFE-0001-CAAAT-0119-2025, para la Adquisición de Apartarrayos para Líneas de Transmisión, informa que el concursante adjudicado fue: MAPPECC
Materiales-Productos Poliméricos y Elementos de Construcción., S.A. DE C.V., con domicilio en Av. Estado de Puebla, No. 6 Bis, Col. Lázaro Cárdenas,
Cuernavaca, Morelos, C.P. 62080, para las partidas 1 a la 14 con un importe total de $279,306,346.34 M.N. (doscientos setenta y nueve millones, trescientos seis mil
trescientos cuarenta y seis pesos 34/100 M.N.). El fallo se emitió el 20 de febrero de 2026.
No. CFE-0001-CASAT-0041-2025, para el Soporte Especializado para Hardware, software y Aplicaciones EMS/SCADA, informa que el concursante adjudicado fue:
Oferta Conjunta: Automatización y Tecnología Mexicana, S.A. de C.V. / Ultrasist, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Octavio Paz, No. 183, Col. Complejo Industrial
Chihuahua, C.P. 31136, Municipio de Chihuahua-Chihuahua, para las partidas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 con un importe total de $51,340,551.70 USD (Cincuenta y un
millones trescientos cuarenta mil quinientos cincuenta y un pesos 70/100 USD). El fallo se emitió el 15 de diciembre de 2025.
No. CFE-0001-CAAAT-0120-2025, para la Adquisición de Equipo Operativo para Líneas de Transmisión, informa que los concursantes adjudicados fueron: EQUIPOS
ELECTRICOS PARA ALTA TENSION, S.A. DE C.V., con domicilio en Calle. Sor Juana Inés de la Cruz, No. 301 Nte. Int. B, Col. Centro, C.P. 89000, Municipio de
Tampico-Tamaulipas, para las partidas 2, 6 y 9 con un importe total de $53,579,958.54 M.N. (Cincuenta y tres millones quinientos setenta y nueve mil novecientos
cincuenta y ocho pesos 54/100 M.N.); CORPORACION ELECTROMECANICA Y AISLADO INTEGRAL S.A. DE C.V., con domicilio en Calle. Pensilvania, No. 402,
Col. Rincón de las Puentes, C.P. 66460. Municipio de San Nicolás de los Garza-Nuevo León, para las partidas 3 y 4 con un importe total de $10,290,368.82 M.N
(Diez millones doscientos noventa mil trescientos sesenta y ocho pesos 82/100 M.N.); DAGDA POWER SOLUTIONS, S.A. DE C.V., con domicilio en Calle. Bahía de
Todos los Santos, No. 97, Col. Verónica Anzures, C.P. 11300. Alcaldía. Miguel Hidalgo, para la partida 7 con un importe total de $57,275,708.88 M.N (Cincuenta y
siete millones doscientos setenta y cinco mil setecientos ocho pesos 88/100 M.N.); OROPEZA INGENIEROS, S.A. DE C.V., con domicilio en Av. Manuel Avila
Camacho, No. 3000, Col. Residencial Conjunto Patria, C.P. 45160. Municipio de Zapopan-Jalisco, para las partidas 1 y 5 con un importe total de $53,709,844.26 M.N
(Cincuenta y tres millones setecientos nueve mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos 26/100 M.N.) y TEMESA ELECTRIFICACIONES, S.A. DE C.V., con domicilio en
Calle. Chalco, No. 56, Col. Tlalnemex, C.P. 54070. Municipio de Tlalnepantla de Baz, para la partida 10 con un importe total de $17,558,460.00 M.N (Diecisiete
millones quinientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta pesos 00/100 M.N.). El fallo se emitió el 24 de febrero de 2026.
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573768)
132
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD A RUEGO Y ENCARGO
COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION NORTE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Disposiciones
30 fracción I inciso a), 33 fracción VII, 31, 37 fracción I y 55 fracción, III y IV de las Disposiciones Generales en
materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión
Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias y sus modificaciones publicadas en el Diario
Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2022, se convoca a los interesados a participar en el Concurso
Abierto Nacional, cuya Convocatoria contiene el Pliego de Requisitos disponible para consulta en la siguiente
dirección: https://msc.cfe.mx., a partir de la fecha de su publicación en Micrositio de Concursos, de
conformidad con lo siguiente:
Número de Procedimiento
CFE-0700-CASAN-0008-2026
Objeto de la Contratación
“Servicio de asistencia técnica para mantenimiento mayor de
turbina de gas modelo Brown Boveri 11L para la Unidad 1 de la
Central Turbogas Leona”
Fecha de publicación en Micrositio
11/03/2026
Sesión de aclaraciones
13/03/2026 11:00 horas
Apertura de Ofertas Técnicas
20/03/2026 10:30 horas
Resultado Técnico y Apertura
Ofertas Económicas
23/03/2026 10:30 horas
Notificación de Fallo
25/03/2026 11:00 horas
MONTERREY, NUEVO LEON, A 17 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DEL DESPACHO DEL DEPARTAMENTO
REGIONAL DE CONTRATACION Y OBRA PUBLICA
ING. JULIO ANTONIO GONZALEZ VILLARREAL
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573769)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD A RUEGO Y ENCARGO
COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION NORTE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Disposiciones
30 fracción I inciso a), 33 fracción VII, 31, 37 fracción I y 55 fracción, III y IV de las Disposiciones Generales en
materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión
Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias y sus modificaciones publicadas en el Diario
Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2022, se convoca a los interesados a participar en el Concurso
Abierto Nacional, cuya Convocatoria contiene el Pliego de Requisitos disponible para consulta en la siguiente
dirección: https://msc.cfe.mx., a partir de la fecha de su publicación en Micrositio de Concursos, de
conformidad con lo siguiente:
Número de Procedimiento
CFE-0700-CASAN-0010-2026
Objeto de la Contratación
“Servicio de Transporte para el Personal de la Central
Termoeléctrica Carbón II”
Fecha de publicación en Micrositio
11/03/2026
Sesión de aclaraciones
13/03/2026 11:00 horas
Apertura de Ofertas Técnicas
20/03/2026 09:00 horas
Resultado Técnico y Apertura
Ofertas Económicas
20/03/2026 13:00 horas
Notificación de Fallo
20/03/2026 15:00 horas
MONTERREY, NUEVO LEON, A 17 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DEL DESPACHO DEL DEPARTAMENTO
REGIONAL DE CONTRATACION Y OBRA PUBLICA
ING. JULIO ANTONIO GONZALEZ VILLARREAL
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573770)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
133
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA SERVICIOS DE SOPORTE Y CONTROL DE ALMACENES
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA SERVICIOS DE SOPORTE
CONVOCATORIA
Petróleos Mexicanos a través de la Gerencia de Contrataciones para Servicios de Soporte, adscrita a la
Coordinación de Abastecimiento para Servicios de Soporte y Control de Almacenes dependiente de la
Subdirección de Abastecimiento de la Dirección de Administración y Servicios, con fundamento en los
Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, capítulo 13 del Tratado entre
Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) y sus correlativos de
cualquier Tratado de libre Comercio (TLC) vigente con título o capítulo de Compras del Sector Público
celebrados por los Estados Unidos Mexicanos, 78, 79 y 80 párrafos primero, segundo y tercero de la Ley de la
Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (LEPEPM) publicada en el Diario Oficial de la Federación
(DOF) el 18 de marzo del 2025, así como 13, 19, 20, 21, 22, 23 y 39 de las Disposiciones Generales de
Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias (DGC), vigentes en términos
de lo establecido en el Artículo Décimo Primero Transitorio de la LEPEPM; así como con las facultades que le
confieren los artículos 23 fracción III, 27 fracción VIII, numeral 1, inciso a) subinciso i) y 220 fracción IV y VI
del Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos convoca a los interesados a
participar en el:
Concurso Abierto Electrónico Internacional bajo la cobertura del Tratado entre Estados Unidos Mexicanos,
Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) y sus correlativos de cualquier Tratado de libre Comercio
celebrados por los Estados Unidos Mexicanos que contengan capítulos de compras del Sector Público, para
la Adquisición de Bienes número DAS-CAT-B-GCSS-MCHV-106329-1 cuyo objeto es la contratación de la
“Sustitución y Rehabilitación Integral de elevadores en los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos”, de
acuerdo con lo siguiente:
•
Fechas relevantes del procedimiento de contratación de acuerdo con el siguiente cronograma:
Actos/Eventos
Fecha/hora
Publicación de las bases y Convocatoria
17/03/2026
Visita al sitio o instalaciones
Del 20 al 24/03/2026
Evento de Aclaraciones de dudas a las bases
30/03/2026
Primer Evento presentación y apertura
de proposiciones Primer evento
08/04/2026 a las 11:00 horas
Segundo evento (comunicación de resultado de la
evaluación comercial, técnica y económica,
así como entrega de mecanismo de subasta
13/04/2026 a las 11:00 horas
Desarrollo de subasta
15/04/2026 a las 11:00 horas
Notificación del fallo/Resultado del concurso
17/04/2026
Fecha estimada para la Formalización del contrato
Dentro de los 10 días hábiles siguientes de la
publicación del fallo y del Resultado del Concurso
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el Sistema de Contrataciones
electrónicas Pemex (SISCeP).
•
En términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (publicada en el DOF
el 20 de marzo de 2025), los participantes podrán señalar en su propuesta los documentos que
contengan información confidencial o reservada, siempre que tengan derecho de clasificar la información
de conformidad con las disposiciones aplicables.
•
Unicamente pueden participar, personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de
países con los que los Estados Unidos Mexicanos tengan celebrado un Tratado de Libre Comercio
vigente, con disposiciones en materia de compras del sector público, y que los bienes a adquirir sean de
origen nacional u originarios de los países socios en los tratados, que no se encuentren impedidas en
términos de los artículos 79 fracción VI de la LEPEPM, 10 de las DGC, así como en la Sección III,
numeral III.2.6.2.3 de las Políticas y Lineamientos para el Desarrollo de la Debida Diligencia en Petróleos
Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, en materia de Etica
e Integridad Corporativa, vigentes en términos de lo establecido en el Artículo Décimo Primero Transitorio
de la LEPEPM.
•
No podrán participar en el presente concurso, las personas físicas o morales, que se encuentren
impedidas en términos de la Ley, su reglamento y las Disposiciones como con aquellas que se
encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de
personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o beneficiarios finales.
•
La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos
con la finalidad que se les de el tratamiento correspondiente en términos de la Ley federal de
Transparencia al acceso de información Pública y la Ley General de Transparencia y acceso a la
Información Pública.
134
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
•
Las bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria
en
el
Portal
http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-
contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx.
•
Para la entrega del Manifiesto de Interés en Participar, se deberá descargar el formato DA-1 Manifiesto
de interés en participar de la liga en el Portal de Pemex que contiene la información de las bases de
concurso:
https://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-
contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex.aspx el cual deberá ser llenado con la información del
participante y enviado como adjunto a la dirección de correo electrónico asociado al procedimiento de
contratación en SISCEP: email2workspace-prod+PEMEX+WS5595430332+4tvp@ansmtp.ariba.com así
como
a
los
correos
electrónicos
sheila.ysset.magdaleno@pemex.com
/
gerardo.alberto.olvera@pemex.com / marisol.chavez@pemex.com indicando el nombre de su empresa
en el asunto del correo sin acentos ni caracteres especiales. El correo no deberá sobrepasar los 5
megabytes (MB).
•
El idioma en el que se deberán presentar las propuestas es el español.
•
En las bases de concurso, en el apartado de Información a considerar en el concurso abierto y
documentos que integran las Bases de contratación, se precisa la forma de participación en el
procedimiento.
•
Para la substanciación del procedimiento de contratación, en mi carácter de Gerente de Contrataciones
para Servicios de Soporte, con fundamento en las facultades previstas en los artículos 23 fracción III, 27
fracción VIII, numeral 1, inciso a) subinciso i) y 220 fracciones IV y VI del Estatuto Orgánico de la
Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos, publicado en el DOF el 30 de mayo de 2025 y su
modificación publicada en el DOF el 12 de septiembre de 2025, se podrá delegar la suscripción de actos
de trámite, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en el
procedimiento de contratación, acepta dichos términos y estas representaciones.
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
EMITE
GERENTE DE CONTRATACIONES PARA SERVICIOS DE SOPORTE
LIC. NORMA FLORES GARCES
RUBRICA.
(R.- 573793)
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA PROCESOS INDUSTRIALES,
TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA
Petróleos Mexicanos, a través de la Gerencia de Contrataciones para Transformación Energética y Logística,
adscrita a la Coordinación de Abastecimiento para Procesos Industriales, Transformación Energética y
Logística dependiente de la Subdirección de Abastecimiento de la Dirección de Administración y Servicios,
con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 78 y 80
párrafos primero, segundo y tercero, y Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos (Ley EPEPM), así como 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de
Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias (DGC), convoca a los
interesados a participar en él:
Concurso Abierto Electrónico de carácter Internacional bajo la Cobertura de los Tratados de Libre
Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que contienen capítulo de compras del sector
público, con fundamento al numeral IV.7 segundo párrafo literal b. y IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos
para Abastecimiento, con número de procedimiento DPI-CAT-B-GCTEL-3-106145-72-26-1 cuyo objeto es la
contratación relativa a “Haz de tubos para enfriador de la Planta de Etileno Del Complejo Petroquímico
Cangrejera”, de acuerdo con lo siguiente:
•
Fechas relevantes del Procedimiento de Contratación de acuerdo con el siguiente cronograma:
Evento
Fechas
Publicación de la convocatoria y bases de contratación.
17 de marzo de 2026
Límite para la recepción del Documento DA-1
“Manifiesto de interés en participar”
Evento de aclaraciones de dudas hasta
el 23 de marzo de 2026, 12:00 horas.
Evento de presentación y apertura de
propuestas técnica, comercial y económica
hasta 6 de abril de 2026, 10:00 horas.
Recepción de aclaraciones de dudas a las bases
24 de marzo de 2026, 10:00 horas.
Evento de aclaraciones de dudas a las bases
26 de marzo de 2026, 16:00 horas.
Publicación versión final de las bases.
27 de marzo de 2026
Presentación y apertura de propuestas.
7 de abril de 2026, 10:00 horas.
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
135
•
El procedimiento cuenta con oficio de reducción de plazos No. PM-DPI-SPPS-GCPCAN-621-2026
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el Sistema de Contrataciones
Electrónicas de Pemex (SISCEP).
•
Los plazos, fechas y horarios aquí señalados, podrán ser modificados, haciéndolo del conocimiento de los
interesados, a través de las actas derivadas de los eventos del procedimiento y comunicadas a los
participantes
a
través
del
Portal
de
Internet
de
Petróleos
Mexicanos
(Portal)
http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y
en el SISCEP.
•
Para el presente procedimiento no se acepta que miembros de la familia de la Presidenta Constitucional,
Doctora Claudia Sheinbaum Pardo o particulares usen su nombre o hagan gestiones, realicen trámites o
lleven a cabo negocios con el gobierno, en cumplimiento al comunicado de fecha 2 de octubre de 2024.
•
En términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública, los participantes
podrán señalar en su propuesta los documentos que contengan información confidencial o reservada,
siempre que tengan derecho de clasificar la información de conformidad con las disposiciones aplicables.
•
Para la substanciación del procedimiento de contratación, en mi carácter de Gerente de Contrataciones
para Transformación Energética y Logística, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23,
fracción III; 27, fracción VIII, numeral 1, inciso d), subinciso ii); 232, fracción IV y Cuarto Transitorio del
Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado Petróleos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el treinta de mayo de dos mil veinticinco, el cual entró en vigor a partir del primero de
junio de dos mil veinticinco y su modificación publicada mediante aviso el doce de septiembre de dos mil
veinticinco en el citado medio de comunicación oficial; se hace constar que he delegado o podré delegar
la suscripción de eventos de trámite, los cuales surtirán plenos efectos jurídicos. Por lo que, quien
participe voluntariamente en el procedimiento de contratación acepta dichos términos e implícitamente
estas representaciones.
•
Pueden participar personas físicas o morales mexicanas o extranjeras de países con los que los Estados
Unidos Mexicanos tengan celebrado un tratado de libre comercio vigente con disposiciones en materia de
compras del sector público y que no se encuentren impedidas en términos de los artículos 79 fracción VI
de la Ley EPEPM, 10 de las DGC y 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
•
Las Bases de Contratación estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria en el Portal y en caso de estar interesados en participar, deberán remitir el Documento DA-1
en la fecha y hora establecida en el cronograma de eventos de las bases de contratación; mediante el
cual expresen su interés en participar a la siguiente dirección electrónica: email2workspace-
prod+PEMEX+WS5592649718+nv84@ansmtp.ariba.com, indicando el nombre de la empresa en el
asunto del correo y marcando copia a las siguientes direcciones de correo electrónico:
elias.arturo.yquera@pemex.com y maria.guadalupe.saenz@pemex.com
•
El idioma en que las ofertas o las solicitudes de participación deberán presentarse es en español.
•
En las bases de contratación, se precisa la forma de participación en el procedimiento en la sección I
numeral II.
•
La firma del contrato correspondiente se llevará a través de la plataforma de Firma Electrónica Avanzada,
mediante la e.firma vigente que emite el Servicio de Administración Tributaria, por lo que los participantes
deberán asegurarse de contar con ella oportunamente.
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
EMITE:
LIC. LUIS ENRIQUE MORENO HERNANDEZ
GERENTE DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA
CONFORME A LOS OFICIOS DAS-0795-2025 DE FECHA 01 DE JUNIO DE 2025
Y DAS-SA-CAPITEL-61-2025 DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2025
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23, FRACCION III; 27,
FRACCION VIII, NUMERAL 1, INCISO D), SUBINCISO II); 232, FRACCION IV Y CUARTO TRANSITORIO
DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO PETROLEOS MEXICANOS,
PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL TREINTA DE MAYO DE DOS MIL
VEINTICINCO, EL CUAL ENTRO EN VIGOR A PARTIR DEL PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL
VEINTICINCO Y SU MODIFICACION PUBLICADA MEDIANTE AVISO EL DOCE DE SEPTIEMBRE
DE DOS MIL VEINTICINCO EN EL CITADO MEDIO DE COMUNICACION OFICIAL
RUBRICA.
(R.- 573831)
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
136
FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
UNIDAD ESPECIALIZADA DE RECURSOS, SERVICIOS E INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
NUMERO LA-49-830-049000975-N-18-2026
De conformidad con el ACUERDO A/OM/06/2025 por el que se emiten las Disposiciones en materia de recursos materiales, servicios generales y contrataciones
públicas de la Fiscalía General de la República y el Acuerdo A/OM/08/2025 que prórroga la vigencia del primero, se convoca a los interesados a participar en la
Licitación Pública Nacional Número LA-49-830-049000975-N-18-2026 cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Calle Río Elba No. 17, Piso 2, Col. Cuauhtémoc, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06500, Ciudad de México, Tel. (55) 5346-0000 Ext. 507775, de lunes a viernes; en un horario de 9:00 a 14:00 horas.
Descripción de la licitación
“Partida 1: Servicio de Conservación y Mantenimiento a Mobiliario de Oficina de las Unidades
Administrativas de la Fiscalía General de la República en la Ciudad de México y Zona Metropolitana;
Partida 2: Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Equipos de Administración de las
Unidades Administrativas de la Fiscalía General de la República, en la Ciudad de México y Zona
Metropolitana, así como al Inmueble denominado “La Muralla”.
Volumen a adquirir
El detalle de las partidas se determina en la convocatoria de la Licitación Pública Nacional Número
LA-49-830-049000975-N-18-2026, conforme al Anexo Técnico.
Fecha de Publicación en la Plataforma
17 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
20 de marzo de 2026 a las 10:30 hrs.
Presentación y Apertura de Proposiciones
06 de abril de 2026 a las 10:30 hrs.
Fallo
10 de abril de 2026 a las 14:00 hrs.
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
ADMINISTRADORA ESPECIALIZADA DE CONTRATACION DE SERVICIOS
LCDA. ALMA ROSA MEDRANO DIAZ
RUBRICA.
(R.- 573776)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
137
FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
UNIDAD ESPECIALIZADA DE RECURSOS, SERVICIOS E INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
NUMERO LA-49-830-049000975-N-17-2026
De conformidad con el ACUERDO A/OM/06/2025 por el que se emiten las Disposiciones en materia de
recursos materiales, servicios generales y contrataciones públicas de la Fiscalía General de la República y el
Acuerdo A/OM/08/2025 que prórroga la vigencia del primero, se convoca a los interesados a participar
en
la
Licitación
Pública
Nacional
Número
LA-49-830-049000975-N-17-2026
cuya
convocatoria
que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Calle Río Elba No. 17, Piso 2, Col. Cuauhtémoc,
Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, Tel. (55) 5346-0000 Ext. 507775, de
lunes a viernes; en un horario de 9:00 a 14:00 horas.
Descripción de la licitación
“Servicio de Suministro de Agua Potable (Partida 1) y
Agua Tratada (Partida 2) en pipa, a los Inmuebles de la
Fiscalía General de la República a Nivel Central para el
ejercicio 2026”.
Volumen a adquirir
El detalle de las partidas se determina en la convocatoria
de la Licitación Pública Nacional Número LA-49-830-
049000975-N-17-2026, conforme al Anexo Técnico.
Fecha de Publicación en la Plataforma
17 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
19 de marzo de 2026 a las 10:30 hrs.
Presentación y Apertura de Proposiciones
01 de abril de 2026 a las 10:30 hrs.
Fallo
08 de abril de 2026 a las 17:00 hrs.
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
ADMINISTRADORA ESPECIALIZADA DE CONTRATACION DE SERVICIOS
LCDA. ALMA ROSA MEDRANO DIAZ
RUBRICA.
(R.- 573775)
BANCO DE MEXICO
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
No. BM-SAIG-26-0656-1
Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de su Ley, en las Normas del Banco de
México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables,
convoca a todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SAIG-26-
0656-1 con el objeto de adquirir insumos, refacciones y material eléctrico, así como insumos para aire
acondicionado para Oficina Central y Complejo Jalisco. El volumen de los bienes materia de licitación es el
que se señala en el anexo "Cantidades, Características y Especificaciones".
Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación:
a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 24 de Marzo de 2026.
b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 31 de Marzo de 2026.
c) Comunicación del fallo: A más tardar el 20 de Abril de 2026.
La convocatoria respectiva, fue publicada el día 11 de marzo de 2026, en el Portal de Contrataciones Banxico
(POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/PortalProveedores/
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
BANCO DE MEXICO
SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO
DE INMUEBLES Y GENERALES
LIC. ISMAEL VELAZQUEZ TORRES
FIRMA ELECTRONICA.
ANALISTA DE CONTRATACIONES
LIC. JOSE ALBERTO SEDANO VINCOURT
FIRMA ELECTRONICA.
Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco
de México; Segundo del Acuerdo de Adscripción de sus Unidades Administrativas, y en los artículos 2,
fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y
arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios. 2026, Año de Margarita Maza Parada
(R.- 573764)
138
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
COMISION NACIONAL ANTIMONOPOLIO
COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES Y ARCHIVO
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 002/2026
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL, cuya convocatoria contiene las bases de
participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/.
No. Licitación Pública:
LA-10-K2I-010K2I002-N-11-2026
Descripción:
Suministro
de
insumos
alimenticios
y
alimentos
preparados para el comedor institucional de la Comisión
Nacional Antimonopolio
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX
12 de marzo de 2026
Visita a instalaciones
A partir del 12/03/2026 y hasta el 26/03/2026
Junta de aclaraciones
19 de marzo de 2026 a las 09:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones
27 de marzo de 2026 a las 10:00 hrs.
Acto de fallo
07 de abril de 2026 a las 10:00 horas
EN LA CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE SEGUIMIENTO DE CONTRATACIONES
ANGELIA ROSALIA MENDEZ VALVERDE
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573821)
AVISO
Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación:
•
Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del
documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias.
•
Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y
firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
•
Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo,
correctamente identificado.
•
Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales
realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico
e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000.
El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de
personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original
y copia simple.
Consideraciones Adicionales:
1.
En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán
presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF:
•
Acta constitutiva de la persona moral solicitante.
•
Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud
acredite su cualidad de representante de la empresa.
•
Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o
representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF.
2.
Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio
fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados
en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026.
3.
No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta
adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de
las instituciones bancarias.
4.
Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
139
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y CONSERVACION
LICITACION PUBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA No. 441.01.24.050.CN.LN.622.26.0041
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y a las Políticas en Materia de Obra y Servicios Relacionados con la
Misma en sus puntos 10, 12 y 13 y de conformidad con los Lineamientos que se Adoptarán para el Proceso de Adjudicación de las Obras y de los Servicios
Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados en participar en la Licitación de carácter Nacional No. 441.01.24.050.CN.LN.622.26.0041, para la
contratación de los “Trabajos de instalaciones para la nueva red hidráulica de agua tratada y red sanitaria de aguas negras Etapa 2, para la Planta de
Tratamiento de Aguas Residuales en la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Campo 1, ubicada en Av. 1° de Mayo s/n, Santa María Las Torres,
C.P. 54740, Cuautitlán Izcalli, Estado de México.”, de conformidad con lo siguiente:
No. de
Licitación
Obra
Periodo Venta
de Bases
Acto de Presentación y
Apertura de Propuestas
Costo de
las Bases
Capital Contable
Mínimo Requerido
441.01.24.050.
CN.LN.622.
26.0041
Trabajos de instalaciones para la nueva red
hidráulica de agua tratada y red sanitaria de aguas
negras Etapa 2, para la Planta de Tratamiento de
Aguas Residuales en la Facultad de Estudios
Superiores Cuautitlán, Campo 1, ubicada en Av. 1°
de Mayo s/n, Santa María Las Torres, C.P. 54740,
Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
Del 17 al 24 de
marzo de 2026,
en días hábiles
de las 9:30 a las
14:30 horas y de
las 17:30 a las
18:30 horas.
09 de abril de 2026
a las 11:00 horas
previa reunión en la Plaza
de acceso a la Dirección
General de Obras y
Conservación de la UNAM.
$12,000.00
(doce mil pesos
00/100 M.N.)
$4’000,000.00
(cuatro millones de
pesos 00/100 M.N.)
Dudas por escrito
Visita de obra
Junta de aclaraciones
Plazo de Ejecución
Fallo
26 de marzo de 2026
a las 11:00 horas.
Entrega de dudas por escrito, con
respaldo en archivo electrónico.
25 de marzo de 2026, a las 11:00 horas
previa reunión en el acceso principal de la
Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán,
Campo 1, ubicada en Av. 1° de Mayo s/n,
Santa María Las Torres, C.P. 54740,
Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
26 de marzo de 2026
a las 11:00 horas
previa reunión en la Plaza
de acceso a la Dirección
General de Obras y
Conservación.
Del 18 de mayo
de 2026 al 17 de
septiembre de 2026.
El 16 de abril de 2026
a las 12:00 horas.
Ubicación de la obra: Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Campo 1, ubicada en Av. 1° de Mayo s/n, Santa María Las Torres, C.P. 54740, Cuautitlán Izcalli,
Estado de México.
De los trabajos podrán subcontratarse las partes de estos que específicamente se indican en las bases de licitación.
•
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en las oficinas de la Dirección General de Obras y Conservación de la UNAM, situada
en Avenida Revolución núm. 2045, en Ciudad Universitaria, Alcaldía Coyoacán, código postal 04510, Ciudad de México, Tel., 55 5616-5539, 55 5622-2754, y 55
5622-2801, a partir de la fecha de publicación de esta licitación, y hasta el día 24 de marzo de 2026, en días hábiles de 09:30 a 14:30 horas y de las 17:30 a las
18:30 horas, asimismo, para consulta únicamente, en la dirección electrónica de Internet http://www.obras.unam.mx
•
Los porcentajes de los anticipos a otorgar serán: 10% del monto del contrato para trabajos preliminares y 20% para la compra y producción de insumos y/o
equipos.
•
Todas las ofertas deberán ir acompañadas de una garantía de por lo menos el 5% del monto de las propuestas, sin incluir el IVA. La seriedad de las proposiciones
deberá garantizarse mediante cheque de caja y/o certificado o fianza a favor de la Universidad Nacional Autónoma de México, cuya vigencia deberá quedar
abierta, toda propuesta no acompañada de la garantía será desechada por la convocante.
•
La visita al sitio de la obra se efectuará el día 25 de marzo de 2026 a las 11:00 horas, previa reunión en el acceso principal de la Facultad de Estudios Superiores
Cuautitlán, Campo 1, ubicada en Av. 1° de Mayo s/n, Santa María Las Torres, C.P. 54740, Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
•
La junta de aclaraciones se llevará a cabo, en la Dirección General de Obras y Conservación ubicada en Av. Revolución No. 2045, Ciudad Universitaria, Alcaldía
Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, el día 26 de marzo de 2026 a las 11:00 horas.
•
El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
140
•
Los requisitos previos a la venta de las bases que los interesados en licitar deberán acreditar, son los siguientes:
-
Solicitud de inscripción al concurso presentada por escrito, en papel membretado del interesado, dirigido a la convocante.
-
En caso de ser persona moral su legal constitución (Acta Constitutiva y protocolizaciones) y para personas físicas, su acta de nacimiento. Dichos documentos
deberán ser presentados en original para su cotejo y copia.
-
Contar con poder suficiente para comprometer al licitante.
-
La capacidad financiera y capital contable mínimo que se requiere, comprobando el capital contable mínimo requerido de $ 4’000,000.00 (cuatro millones de pesos
00/100 M.N); mediante la presentación en original para su cotejo y copia de la última Declaración Anual para pago del I.S.R. 2025 o 2024, así como de los estados
financieros auditados por Contador Público independiente a la empresa del último ejercicio anual (2025 o 2024), incluyendo el comparativo de razones financieras
básicas con sus respectivos anexos analíticos, salvo en el caso de empresas de nueva creación las cuales deberán presentar estados financieros auditados por
Contador Público independiente a la empresa de no más de dos meses de antigüedad, incluyendo razones financieras básicas y anexos analíticos, cédula de
identificación fiscal y alta correspondiente en la SHCP.
-
Relación de contratos de obra en vigor que tenga celebrados con la Administración Pública o con particulares, señalando el importe contratado y el importe por
ejercer, así como el avance físico. O en su caso, la indicación que no se cuenta con ninguno en vigor.
-
Relación de contratos de obra que haya celebrado con la Administración Pública o con particulares durante los últimos tres años, acreditando mediante copia
simple de contratos, haber ejecutado trabajos similares al objeto de esta Licitación, comprobando documentalmente su cumplimiento a satisfacción de la
contratante. O cuando menos los años de constitución de la empresa. Deberá comprobar a satisfacción de la convocante que cuenta con la experiencia y
especialidad en los trabajos objeto de la presente licitación.
-
Documentación que compruebe su experiencia en trabajos similares en cuanto a superficie de trabajo y plazos de ejecución, especialmente en los últimos tres
años, y su capacidad técnica mediante currículo de la empresa, en el que se compruebe la experiencia en obras similares, del personal técnico requerido; para la
ejecución de la obra de que se trata; y así como su capacidad administrativa tanto de recursos humanos como de recursos materiales sugiriendo se anexen,
organigramas y/o esquemas de operación que se emplearán para la ejecución de la obra objeto de la presente licitación (relación de altas del IMSS, contratos de
personal, afiliación a agrupaciones obreras y sindicales, etc.) y la cédula profesional y currículum del superintendente de construcción.
-
Declarar bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en algún supuesto que le impida participar en el proceso de licitación en los términos del punto 18 de
las Políticas en Materia de Obra y Servicios Relacionados con la Misma de la UNAM.
•
Los interesados en participar en la licitación para la contratación de los trabajos motivo de esta convocatoria, deberán cumplir con la experiencia y los requisitos
solicitados en la convocatoria. No se limitará la participación de los contratistas que no estén inscritos en el registro de contratistas de la Dirección General de
Obras y Conservación, procediendo posteriormente al registro de las empresas que así lo soliciten.
•
Las propuestas que se presenten deberán cotizarse en moneda nacional.
•
La adjudicación se sujetará a lo dispuesto por la Normatividad en Materia de Obra de la UNAM y supletoriamente en la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas, así como su Reglamento, el Código Civil Federal y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
•
Si resulta que dos o más propuestas son solventes y, por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos de la convocante, el contrato se adjudicará a quien
presente la proposición cuyo importe sea el más bajo.
•
El tipo de contratación será a Precios Unitarios y Tiempo Determinado.
•
La comunicación del fallo se hará de acuerdo con lo que se señale en el acto de apertura de ofertas económicas, en junta pública o en forma personalizada a
través de oficio.
•
Los licitantes en todos los casos otorgarán las facilidades necesarias a la convocante para verificar la veracidad de la documentación e información presentada.
•
El periodo de ejecución de la obra será del día 18 de mayo de 2026 al 17 de septiembre de 2026.
Los licitantes elegibles que estén interesados podrán adquirir las bases y demás documentos de la licitación, mediante solicitud, por escrito a la oficina antes
mencionada y el pago de un derecho no reembolsable de $12,000.00 (doce mil pesos 00/100 M.N.), en efectivo, cheque certificado o de caja a favor de la Universidad
Nacional Autónoma de México.
CIUDAD DE MEXICO, A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y CONSERVACION
MTRO. JOSE GONZALO GUERRERO ZEPEDA
RUBRICA.
(R.- 573751)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
141
OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO
DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
DIRECCION DE ADQUISICIONES
LICITACION PUBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA NUMERO OM-CEE-039-2026
Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Baja California; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California,
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, las
disposiciones de las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisiciones de
Bienes y Prestación de Servicios, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de
Septiembre del 2005 y demás disposiciones administrativas en vigor, se convoca a los interesados a participar
en la licitación de carácter nacional que a continuación se identifica.
Licitación Pública Nacional Número OM-CEE-039-2026
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS AEROGENERADORES
DEL PARQUE EOLICO LA RUMOROSA I”
Fecha límite
para adquirir
bases
Costo de
las bases
Junta de
aclaraciones
Presentación y apertura
de proposiciones
Fallo
1ra etapa
2da etapa
23/Mar/2026
Sin costo
23/Mar/2026
14:30 horas
30/Mar/2026
11:00 horas
1/Abr/2026
13:00 horas
6/Abr/2026
13:30 horas
Paquete/
Partida
DESCRIPCION
CANTIDAD
UNIDAD DE
MEDIDA
1/1
Servicio de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo
1
Servicio
1/2
Servicio de cambio de aceite lubricante a multiplicadoras
1
Servicio
1/3
Servicio de revisión, diagnóstico y reparación de generador
1
Servicio
DISPONIBILIDAD DE LAS BASES: Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en
Internet en el sitio: https://tramites.ebajacalifornia.gob.mx/Compras/Licitaciones, o en la Dirección de
Adquisiciones de la Oficialía Mayor de Gobierno, sito en: Tercer piso del edificio del Poder Ejecutivo de
Gobierno del Estado, Calz. Independencia #994, Centro Cívico de la ciudad de Mexicali, Baja California
teléfono (686)5581000 ext. 8344, de lunes a viernes a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria y
hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, en horario de 8:00 a
15:00 horas, siendo de exclusiva responsabilidad de los interesados adquirirlas en su debida oportunidad.
COSTO DE LAS BASES DE LICITACION: Sin costo. VISITA A INSTALACIONES: No aplica. PROCEDENCIA
DE LOS RECURSOS: Ingresos propios de la Comisión Estatal de Energia. ACTOS DEL PROCEDIMIENTO:
Todos los actos tendrán verificativo en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones en las fechas,
horarios y domicilio ya citados. En cumplimiento a lo ordenado por la fracción IV del artículo 26 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California se informa que el Acto de
presentación y apertura de proposiciones en su segunda etapa será con propuesta a precio fijo.
CONDICIONES PARA LA PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES: Además de la presentación personal
se aceptará el envío de proposiciones por servicio postal o mensajería quedando bajo responsabilidad del
licitante que estas sean entregadas con acuse de recibo en su debida oportunidad, no aplica la presentación
por medios electrónicos. IDIOMA: Todo lo relacionado con la proposición deberá ser redactado en idioma
Español. LUGAR Y PLAZO DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS: Los servicios objeto de la presente
licitación deberán de entregarse en el lugar y plazo señalado en los numerales 4.2 y 4.3 de las bases de
licitación. MONEDA: La moneda para la cotización en la propuesta económica será pesos mexicanos.
CONDICIONES DE PAGO: De conformidad con lo establecido en el punto 4.5 de las bases de licitación. NO
HABRA ANTICIPO. GARANTIA: El licitante adjudicado deberá garantizar el cumplimiento del contrato
mediante fianza conferida por el porcentaje que corresponda de acuerdo a las disposiciones contenidas en las
Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisición de Bienes y Servicios
publicadas POE el día 23 de septiembre de 2005. OTRAS DISPOSICIONES: Ninguna de las condiciones
contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser
negociadas. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del Artículo 49 de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. La autoridad competente para
oír y recibir inconformidades es la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, conforme al Art. 69 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 17 DE MARZO DE 2026.
PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL PODER
EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO
C. DAVID RAMSES CERVANTES AGUILAR
RUBRICA.
(R.- 573810)
142
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO
DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
DIRECCION DE ADQUISICIONES
LICITACION PUBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA NUMERO OM-CEA-047-2026
Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Baja California; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, el
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, las
disposiciones de las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisiciones de
Bienes y Prestación de Servicios, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de
Septiembre del 2005 y demás disposiciones administrativas en vigor, se convoca a los interesados a participar
en la licitación de carácter Nacional que a continuación se identifica.
LICITACION PUBLICA NACIONAL No. OM-CEA-047-2026
“SUMINISTRO DE POLIZA DE SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DE LA CEA”
Fecha límite
para adquirir
bases
Costo de
las bases
Junta de
aclaraciones
Presentación y apertura de
proposiciones
Fallo
1ra etapa
2da etapa
24/marzo/2026
SIN COSTO
24/marzo/2026
12:00 horas
30/marzo/2026
12:00 horas
01/abril/2026
12:30 horas
06/abril/2026
14:00 horas
PAQUETE
DESCRIPCION
CANTIDAD
UNIDAD DE
MEDIDA
UNICO
“SUMINISTRO DE POLIZA DE SEGURO DE VIDA
PARA EL PERSONAL”
1
POLIZA
DISPONIBILIDAD DE LAS BASES: Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en
Internet en el sitio: https://trámites.ebajacalifornia.gob.mx/Compras/Licitaciones o en la Dirección de
Adquisiciones de la Oficialía Mayor de Gobierno, sito en: Tercer piso del edificio del Poder Ejecutivo de
Gobierno del Estado, Calz. Independencia #994, Centro Cívico de la ciudad de Mexicali, Baja California
teléfono (686)5581010 ext. 1720, de lunes a viernes a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria y
hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, en horario de 8:00 a
15:00 horas, siendo de exclusiva responsabilidad de los interesados adquirirlas en su debida oportunidad.
COSTO DE LAS BASES DE LICITACION: Sin costo. PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS: Propios de la
COMISION ESTATAL DEL AGUA DE BAJA CALIFORNIA. ACTOS DEL PROCEDIMIENTO: Los actos de
junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones en sus dos etapas y fallo, tendrán verificativo
en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones de la Oficialia Mayor de Gobierno en las fechas,
horarios y domicilio ya citados. En cumplimiento a lo ordenado por la fracción IV del artículo 26 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Baja California se informa que el acto de
presentación y apertura de proposiciones en su segunda etapa será con propuesta a precio fijo.
CONDICIONES PARA LA PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES: Además de la presentación personal
se aceptará el envío de proposiciones por servicio postal o mensajería quedando bajo responsabilidad del
licitante que estas sean entregadas con acuse de recibo en su debida oportunidad, no aplica la presentación
por medios electrónicos. IDIOMA: Todo lo relacionado con la proposición deberá ser redactado en idioma
Español. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA: la póliza objeto de la presente licitación deberá ser entregada en
el domicilio y conforme al plazo descrito en los puntos 4.2 y 4.3 de las bases. MONEDA: La moneda para la
cotización en la propuesta económica será pesos mexicanos. CONDICIONES DE PAGO: el pago se realizará
dentro de los 30 días naturales siguientes a la recepción de la factura correspondiente. NO HABRA
ANTICIPO. GARANTIAS: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Instituciones de Seguros y
Fianzas, el “proveedor” es considerado institución de acreditada solvencia y por tanto no está obligado a
constituir depósitos o fianzas legales. OTRAS DISPOSICIONES:Ninguna de las condiciones contenidas en las
bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. No
podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del Artículo 49 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. La autoridad competente para oír y recibir
inconformidades es la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, conforme al Art. 69 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 17 DE MARZO DE 2026.
PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y
OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO
C. DAVID RAMSES CERVANTES AGUILAR
RUBRICA.
(R.- 573834)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
143
067035 - UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIHUAHUA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-67-035-
908047994-N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
POLIZA DE SEGURO DE VIDA COLECTIVO PARA EL
PERSONAL ADMINISTRATIVO DE BASE ACTIV
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
Fecha y hora de junta de aclaraciones
20 de Marzo de 2026 a las 08:12
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
27 de Marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de fallo
16 de Abril de 2026 a las 14:00
17 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DE DESPACHO DE LA COORDINACION DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS
MARIANO TORRES VEGA
RUBRICA.
(R.- 573837)
GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA
COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE COAHUILA
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 002
En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad
con los artículos 35, 39 fracción I, 41, 42, 43, 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya
convocatoria contiene las bases y anexos de participación disponibles para consulta en Internet: en la
plataforma Digital Compras MX.
Descripción de la Licitación
LA-64-103-905017974-N-3-2026
(carácter Nacional)
CONTRATACION DEL SERVICIO DE INTERNET
PARA LOS DIFERENTES PLANTELES DE CECYTEC,
EMSAD y DIRECCION GENERAL (4 PARTIDAS),
PARA EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 13 DE
ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE 2026.
Fecha de Publicación en Compras MX y DOF
17/03/2026
Junta de Aclaraciones
20/03/2026 11:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones
27/03/2026 11:00 horas
Fallo
30/03/2026 12:00 horas
Fecha de Publicación DOF: Saltillo Coahuila de Zaragoza, a 17 de Marzo de 2026.
DIRECTORA DE ADMINISTRACION INTEGRAL Y ASUNTOS JURIDICOS DEL COLEGIO DE
ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE COAHUILA
L.D. Y C.P. GABRIELA LOPEZ VILLARREAL
RUBRICA.
(R.- 573814)
144
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
074T12 - UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE TECAMAC
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION PRESENCIAL
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-74-T12-
915105899-N-1-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en
Internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en kilómetro 37.5 de la Carretera Federal
México – Pachuca, Colonia Sierra Hermosa, Municipio de Tecámac, Estado de México de 9:30 a 17:00 horas,
al correo: drm@uttecamac.edu.mx
Nombre del Procedimiento de contratación: PARA LA ADQUISICION DE VALES DE DESPENSA 2026
Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en CompraNet: 17 de Marzo de 2026 a las 09:00
Fecha y hora de junta de aclaraciones: 23 de Marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones: No aplica
Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones: 25 de Marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de fallo: 27 de Marzo de 2026 a las 11:00
17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
MTRO. FRANCISCO JAVIER MARTINEZ ESCOBAR
RUBRICA.
(R.- 573824)
Diario Oficial de la Federación
Conmutador:
55 50 93 32 00
Coordinación de Inserciones:
Exts. 35078 y 35079
Coordinación de Licitaciones y Avisos
Ext. 35084
Subdirección de Producción:
Ext. 35007
Venta de ejemplares:
Exts. 35125 y 35045
Servicios al público e informática
Ext. 35012
Domicilio:
Río Amazonas No. 62
Col. Cuauhtémoc
C.P. 06500
Ciudad de México
Horarios de Atención
Inserciones en el Diario Oficial de la Federación:
lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
145
GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA
DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
La Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 1, 32, 34 y 44 de la Ley de Adquisiciones,
Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 27 segundo y cuarto párrafo y 33 del
Reglamento de la citada Ley, convoca a los interesados en participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional a que hace referencia este resumen,
cuya convocatoria se encuentra disponible para su consulta en la página https://www.oaxaca.gob.mx/administracion/licitaciones/, a partir de esta misma fecha, cuya
información es:
Número de Licitación: LPN-SA-DG-0007-03/2026
Objeto de la contratación
Contratación de seguros para las aeronaves del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, adscritas a la Dirección
General del Hangar Oficial del Gobierno del Estado, solicitado por la Dirección General del Hangar Oficial del
Gobierno del Estado
Junta de aclaraciones
19/03/2026 a las 11:00 horas
Recepción y apertura de propuestas
24/03/2026 a las 11:00 horas
Notificación de fallo
A más tardar el 01/04/2026
Volumen a contratar
Seguros
Número de Licitación: LPN-SA-IE-0008-03/2026
Objeto de la contratación
Contratación de pólizas de seguros de vida para el personal del Instituto de Estudios de Bachillerato del Estado de
Oaxaca, solicitado por el Instituto de Estudios de Bachillerato del Estado de Oaxaca
Junta de aclaraciones
19/03/2026 a las 12:00 horas
Recepción y apertura de propuestas
24/03/2026 a las 12:00 horas
Notificación de fallo
A más tardar el 01/04/2026
Volumen a contratar
Póliza
Número de Licitación: LPN-SA-CE-0009-03/2026
Objeto de la contratación
Contratación de servicios aéreos para combate especializado de incendios forestales mediante trabajos de
operación múltiple del plan operativo estatal de manejo del fuego 2026, solicitado por la Comisión Estatal Forestal
Junta de aclaraciones
19/03/2026 a las 13:00 horas
Recepción y apertura de propuestas
24/03/2026 a las 13:00 horas
Notificación de fallo
A más tardar el 01/04/2026
Volumen a contratar
Servicio
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
“EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
TLALIXTAC DE CABRERA, OAXACA, A 17 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES
LIC. SARA ZARATE SANTIAGO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573815)
146
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SINALOA
COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y OBRAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 08/2026
En cumplimiento a lo establecido en los Artículos 41 y 42 párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se Convoca a los interesados a participar en la
Licitación Pública Nacional a Plazo Recortado LA-84-W56-925059988-N-9-2026, cuya convocatoria
que contiene las bases de participación se encuentra disponible en la página de internet
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx.
No. De la licitación
LA-84-W56-925059988-N-9-2026
Carácter de la Licitación
Pública Nacional Electrónica a Plazo Recortado.
Descripción del objeto de la licitación
Kit de Instrumentos y Material de Limpieza
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en el Anexo “A” de la
Convocatoria a la licitación
Fecha de publicación
17 de Marzo de 2026
* Junta de aclaraciones
20 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
Visita a las instalaciones
No habrá visita a las instalaciones.
* Presentación y apertura de proposiciones
26 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
* Fallo
27 de Marzo de 2026 a las 11:00 horas
* Todos los eventos antes señalados son considerados en la Zona horaria del Pacífico, y se llevarán a cabo
en las oficinas que ocupa la Sala de Juntas de la Secretaría de Administración y Finanzas, ubicada en el
Edificio 1 primer piso del Campus Rafael Buelna, Blvd. Miguel Tamayo Espinoza de los Monteros número
2358, Desarrollo Urbano 3 Ríos, C.P. 80020, Culiacán, Sinaloa
ATENTAMENTE
CULIACAN, SIN., A 17 DE MARZO DE 2026.
PRESIDENTA DEL COMITE Y SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
DRA. ELIZABETH CASTILLO CABRERA
RUBRICA.
(R.- 573804)
GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA 002
DIFUNDIDO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
Con fundamento en los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I y 41 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículo 86 de su reglamento vigente, SE CONVOCA,
a participar en la siguiente Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya convocatoria contiene las bases de
participación disponibles para consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/.
No. de licitación
LA-91-Z74-932063953-N-1-2026
Descripción de licitación
Adquisición de insumos para el “Programa Rescate
Carretero” rehabilitación de la carretera Corrales -
Estancia de Guadalupe - La Colorada, (6+360 al 11+370)
en el municipio de Sombrerete, Zac. Para mejorar las
vías de comunicación en el estado.
Volumen a adquirir
2,307.55 m3 carpeta de concreto asfáltico
46,151.00 lts. de emulsión de rompimiento rápido
Fecha de publicación en Compras MX
12/03/2026
Visita a instalaciones
No aplica
Junta de aclaraciones
20/03/2026, 08:15 horas
Presentación y apertura de proposiciones
27/03/2026, 8:15 horas
Fallo
06/04/2026, 13:00 horas
ZACATECAS, ZAC., A 17 DE MARZO DE 2026.
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
I.S.C. MILDRET KARLA MONTES INCHAURREGUI
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573789)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
147
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 814/2025-IV, promovido por José Rafael Sánchez Guerra,
contra la sentencia de veintiuno de mayo de dos mil veintiuno, pronunciada por el Primer Tribunal de
Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca penal
88/2021, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a la parte tercera interesada Efa Soluciones
Abogados, Sociedad Civil, por conducto de quien la represente, con fundamento en el artículo 27,
fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a la parte tercera interesada Efa Soluciones Abogados,
Sociedad Civil, por conducto de quien la represente, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días
naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse ante este
tribunal, en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación;
apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter
personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 572436)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 722/2025-II, promovido por Mario Alberto Castro Hernández,
defensor particular Jocelyn Gabriela Jiménez Alonso, contra la sentencia de veintisiete de junio de dos mil
veinticinco, dictada por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de México, en los autos del toca 115/2025, de su índice, en virtud de que no se ha
emplazado a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de
Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente,
emplácese a juicio a la tercera interesada Susana Moreno de León, publicándose por TRES veces, de SIETE
en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación
en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá
presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación;
apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal
se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 573104)
148
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.C. 312/2025-II, promovido por Yolanda Nicolás Hernández y
otros, contra la sentencia de ocho de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por la Primera Sala Colegiada
Familiar de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca 536/2024,
de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a los terceros interesados, con fundamento en el artículo
27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a los terceros interesados Fabiola Nicolás Hernández y
José Alfredo González López, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario
Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado
edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA
DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este
juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija
en los estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 573107)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
Juicio de amparo: D.P. 186/2025
Quejoso: CRISTO YOBANI Y/O YOVANI RAMÍREZ RAMOS
Tercero interesado: PERSONA DE IDENTIDAD RESGUARDADA IDENTIFICADA CON LAS SIGLAS
G.R.G.
Se hace de su conocimiento que CRISTO YOBANI Y/O YOVANI RAMÍREZ RAMOS, promovió amparo
directo contra la resolución de doce de diciembre de dos mil diecisiete, dictada en el toca de apelación
100/2017, por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de México; y en virtud de que no fue posible emplazar al tercero interesado, con
fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a juicio a la PERSONA DE IDENTIDAD RESGUARDADA
IDENTIFICADA CON LAS SIGLAS G.R.G., por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE
días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana; haciéndoles saber, que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a
partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibido que de no comparecer en este
juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le realizarán mediante lista que se fija
en los estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe.
Atentamente
Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito
Lic. Pablo García de Alba Tapia
Rúbrica.
(R.- 573174)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
A.D.C. 390/2025
EDICTOS
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
JUICIO DE AMPARO DIRECTO 390/2025
QUEJOSA: CATDF, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.
EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO HUGO DE JESÚS PELAYO GARCÍA.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de veintiocho de enero de dos mil veintiséis, y con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, procédase a citar, notificar y emplazar al tercero interesado
Hugo de Jesús Pelayo García, por medio de edictos los cuales se publicarán por tres veces, de siete
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
149
en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en
esta ciudad, haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá comparecer dentro del término
de treinta días, contados del día siguiente al de la última publicación, ante este tribunal colegiado, a
defender sus derechos, quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal,
copia de la demanda de amparo relativa al expediente A. D. C. 390/2025, promovido por CATDF,
Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, por conducto de su síndico Samuel
Ricardo Egure Lascano, contra el acto que reclama de la Jueza Décimo Tercero de Distrito en Materia
Civil en la Ciudad de México, consistente en la sentencia dictada el dieciséis de mayo de dos mil
veinticinco, en el expediente 3/2022, lo que se hace de su conocimiento, para los efectos legales a que
haya lugar.
Ciudad de México, a veintinueve de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Juan Carlos Díaz y Fuentes
Rúbrica.
(R.- 573175)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO
Almacenes de Muebles Imperio, Sociedad Anónima de Capital Variable, persona moral tercera interesada
en el juicio de amparo 792/2024 de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
promovido por Carmelo Cordero Cordero, contra los actos reclamados a la 1. Segunda Sala en Materia Penal
del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla; se ha ordenado emplazar por edictos a la referida
persona moral tercera interesada; que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario
Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excélsior”, “El Financiero” o
“El Universal”, a elección del quejoso; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción III, inciso c)
de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley
citada y con el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las
disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales. Queda a disposición en la
actuaría de este juzgado copia autorizada de la demanda de amparo, del auto admisorio y del acuerdo de esta
data, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del
siguiente al de la última publicación.
San Andrés Cholula, Puebla, veinticinco de julio de dos mil veinticinco.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Maribel Pereda Corvera
Rúbrica.
(R.- 573197)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
A LA TERCERA INTERESADA MARICELA DÍAZ DÍAZ
Se hace de su conocimiento que Carlos Montejo Díaz, promovió juicio de amparo directo en contra de la
resolución de veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, dictada por la autoridad responsable Segunda Sala
Regional Colegiada en Materia Penal, Zona 01, Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con
residencia en esta ciudad, en el toca 143-B-2P01/2017. Asimismo, la demanda fue registrada con el número
de amparo directo 818/2025, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del
Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Lo que se comunica a usted para su
emplazamiento al juicio de amparo, por lo que queda a su disposición en el Tribunal en cita una copia de la
demanda, así también para que dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente
al en que surta efectos la notificación, formule alegatos o promueva amparo adhesivo, si así conviniere
a sus intereses.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito
Luis Antonio Galeazzi Sol
Rúbrica.
(R.- 573209)
150
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
Mesa V-Secretario/a
EDICTO:
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, En el juicio de amparo 549/2025-V,
promovido por Janet Rubí Pedroza Preciado, por propio derecho, se ordena emplazar a la tercera interesada
Janet Rubí Preciado Pedroza, haciéndosele saber que cuenta con treinta días, contados a partir de la última
publicación de edictos, para que comparezca a este tribunal colegiado a defender sus derechos y señal
domicilio en esta ciudad donde oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, las posteriores se le
harán por lista que se fije en los estrados, lo anterior toda vez que la quejosa promovió demanda de amparo
contra el embargo realizado en el inmueble ubicado en Boulevard Arvento número 727, departamento número
5, edificio 5, del condominio Huentitán, en Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, ordenado por el Juez Primero Civil
del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco en el juicio de origen 836/2019. La publicación del presente
edicto es con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso c), párrafo segundo, de la Ley de Amparo.
Zapopan, Jalisco, 29 de enero de 2026.
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Mariano Alejandro Molina Téllez
Rúbrica.
(R.- 573210)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
EDICTO:
“En cumplimiento al auto de veintiocho de octubre de dos mil veinticinco, dictado por María Isabel Sánchez
Conteras, Jueza Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, en el juicio de amparo 583/2025,
promovido por Bárbara Joy Colbert y/o Bárbara Colbert, contra actos del Juez de lo Civil del Sexto Partido
Judicial, con residencia en Ocotlán, Jalisco, se hace de su conocimiento que le resulta el carácter de tercero
interesado a Boyd Dixon Pomarius y/o Boyd Pomarius, en términos del artículo 27, fracción III incisos b y c de
la Ley de Amparo y 315 Código Federal Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se le mandó
emplazar a juicio por edictos, para que, si a su interés conviniere, se apersone en el mismo, debiéndose
presentar ante este Juzgado Federal, ubicado en Anillo Periférico Poniente Manuel Gómez Morín, número
7727, edificio X4, piso 4, fraccionamiento Ciudad Judicial, en la ciudad de Zapopan, Jalisco, a fin de deducir
derechos dentro de término de treinta días, contados a partir del día siguiente a la última publicación del
presente edicto; apercibido que de no comparecer en el lapso indicado, ulteriores notificaciones aún las de
carácter personal se hará por lista que se publique en los estrados de este órgano de control constitucional.
Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo”.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Óscar Daniel Núñez Guzmán
Rúbrica.
(R.- 573398)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO
En el juicio de amparo indirecto 331/2025, se ordenó emplazar por edictos a la parte tercera interesada
“Acción Transport”, Sociedad Anónima de Capital Variable”, a través de su apoderado legal para pleitos y
cobranzas Francisco José Sánchez Ceniceros, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27,
fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación al diverso 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles; y se hace de su conocimiento que Alfredo López Solís defensor público de las personas quejosas
Juan José Hernández Pérez y Carlos Texcucano Galicia, promovió juicio de amparo indirecto contra actos del
juez de distrito especializado en el sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal, Antonio
Trujillo Ruiz, con sede en Puebla, el acto reclamado es la resolución de veintiocho de febrero de esta
anualidad, emitida en la causa penal 23/2023, que determinó infundada la solicitud de cese de la medida
cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta a las personas quejosas Juan José Hernández Pérez y Carlos
Texcucano Galicia. Se le previene a parte tercera interesada en mención, para que comparezca por escrito
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
151
ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la última
publicación y señale domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula,
San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de
carácter personal, se le harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo
seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto
admisorio; asimismo, se le hace saber que se encuentran señaladas las once horas con cuarenta minutos del
cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de
amparo; se le informa que desde que sea emplazada, queda a su vista los informes justificados y constancias
que se han recibido en este juicio, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo Para su publicación
en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete
días hábiles.
San Andrés Cholula, Puebla, tres de febrero de dos mil vientiséis.
Jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Grecia Alejandra Gómez-Lamadrid Cabello
Rúbrica.
(R.- 573198)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
Tercera Interesada
Yazmín Mayuc Olvera Domínguez
En el juicio de amparo 412/2025, promovido por JULIO CÉSAR CASTRO ÁLVAREZ, contra el acto que
reclama a la Tercera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México y
otra autoridad; al tener el carácter de tercera interesada y desconocerse su domicilio actual; por tanto, con
fundamento en la fracción III, inciso b), párrafo segundo, del artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su
emplazamiento al juicio mencionado por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, y se le hace saber
que cuenta con el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos para que
ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrán hacerlo por conducto de su apoderado,
apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le practicaran por lista que se publica en este
Juzgado de Distrito.
Ciudad de México, a dieciséis de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
María Fernanda Zaragoza Gómez
Rúbrica.
(R.- 573414)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
“En el juicio de amparo 1398/2025-4, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo,
promovido por Iván Elihut Vizuet Reyes, contra actos que reclama del Juez Primero Penal en Materia de
Ejecución de Sanciones Penales en el Estado de Hidalgo y otras autoridades; se dictó acuerdo por el que se
ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercero interesado Saúl Sánchez
Agis, a quien se hace del conocimiento que en el índice de este Juzgado se encuentra radicado el juicio de
amparo mencionado, en el que se señaló como acto reclamado: la orden de reaprehensión librada en la
carpeta de ejecución 215/2017; resultando que asiste el carácter de tercero interesado a Saúl Sánchez Agis
quien deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última
publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en
la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el
apercibimiento que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, sin
necesidad de realizar ulterior acuerdo, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste
órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por
todo el tiempo de emplazamiento.”
Atentamente
Pachuca, Hidalgo, veintisiete de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Ana Elvia Pérez Zamudio
Rúbrica.
(R.- 573415)
152
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de México
Naucalpan de Juárez
Diario Oficial
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la
Federación, Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de
Juárez. A: treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. En el juicio de amparo 174/2023-V-B, promovido
por Fernando Schwart Ruiz, se ordenó emplazar a la tercera interesada Flor Lucero Rebollar Arriola,
representante del menor de identidad reservada con iniciales I.F.S.R, para que si a su interés conviene,
comparezca a ejercer los derechos que le correspondan en el juicio de amparo citado, en el que se señaló
como acto reclamado la resolución de veinte de enero de dos mil veintitrés, dictada en el toca de apelación
745/2022 del índice del Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Tlalnepantla, Estado de México.
Se le hace de conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra fijada para las nueve horas con
cincuenta minutos del tres de febrero de dos mil veintiséis, la cual se diferirá hasta en tanto el expediente esté
debidamente integrado. Teniendo 30 días hábiles para comparecer a partir de la última publicación.
Queda a su disposición copia de la demanda.
El Secretario
Giovanni Rodríguez Martínez
Rúbrica.
(R.- 573418)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
EDICTO.
Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de
Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Liliana Verónica Macías Martínez en el juicio de amparo número
299/2025-V-B, promovido por Carlos Alejandro Pérez García, José Inés Hernández Vargas, Jarol
Fernando Moreno Altamirano, Juan Manuel Cruz Soto e Iván Oswaldo Ramírez Loza, contra actos de la
Jueza Penal de Control adscrita al Primer Circuito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo, y otra
autoridad., se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso c) de
la Ley de Amparo a la tercera interesada Liliana Verónica Macías Martínez. Queda en la Secretaría del
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, y se le hace del conocimiento que
de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la
Ley de Amparo, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo
de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se le
requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones,
aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de
Distrito, y se pública en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, y que si pasado ese término
de treinta días no comparece, se seguirá el juicio 299/2025-V-B.
Atentamente
Pachuca de Soto, Hidalgo, treinta de diciembre de dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Allan González Hernández
Rúbrica.
(R.- 573420)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimocuarto de Distrito
Cd. Victoria, Tam.
EDICTO
Humberto Guerrero Vega, y
José Antonio Guerrero Vega.
Domicilios ignorados.
En el Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Ciudad Victoria,
Tamaulipas, se recibió demanda de amparo, promovida por Juventino Martínez Quiroz, la cual se radicó con
el número 272/2025, contra la falta de emplazamiento y todo lo actuado, dentro del juicio sucesorio
intestamentario número 836/2022, del índice del Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del
Primer Distrito Judicial en el Estado de Tamaulipas, con residencia en esta ciudad.
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
153
En consecuencia, y al desconocerse sus domicilios actuales este juzgado de distrito les corre traslado
MEDIANTE EDICTOS, mismos que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, a fin de que acudan a
defender sus intereses; además, de estar a su disposición copia simple de la demanda de amparo; asimismo,
se hace de su conocimiento que tienen el término de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al
de la última publicación y en caso de no acudir, se continuará el juicio y por su incomparecencia las
subsecuentes notificaciones se les harán por lista de acuerdos que se publica en este Juzgado de Distrito.
Ciudad Victoria, Tamaulipas, 16 de julio de 2025.
El Juez del Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Tamaulipas
José Guerrero Durán
Rúbrica.
(R.- 573215)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Pachuca, Hgo.
EDICTO
TERCERAS INTERESADAS: ADRIANA AGUILAR MARTÍNEZ Y LILIA VANNESA CORONA MARTÍNEZ.
En el lugar en que se encuentre, hago de su conocimiento lo siguiente:
En acatamiento al acuerdo de quince de diciembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo
directo penal 584/2025, del índice de este Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, en el
Estado de Hidalgo, promovido por Julia Arteaga Sánchez, contra actos de la Sala Colegiada del Sistema
Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, que se hace consistir en la
resolución de trece de diciembre de dos mil veintitrés, dictada en el toca penal 179/2023; juicio de amparo en
el cual fueron señaladas como terceras interesadas y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por
ignorarse su domicilio actual, a fin de que se encuentren en aptitud de comparecer al juicio de amparo directo
referido, a efecto de que se apersonen al mismo y además señalen domicilio dentro de la residencia de este
órgano colegiado; apercibidas que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter
personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal colegiado, en el entendido
que se dejan a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo, en la secretaría de este órgano
jurisdiccional. Se hace de su conocimiento que deben presentarse dentro del término de treinta días, contado
a partir del siguiente al de la última publicación.
Pachuca de Soto, Hidalgo, cinco de enero dos mil veintiséis.
Secretario de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Fernando Pérez Ortega
Rúbrica.
(R.- 573430)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez
EDICTO:
INGRID DANIELA ROQUE SÁNCHEZ (TERCERA INTERESADA)
En el juicio de amparo directo 344/2024 promovido por Onésimo Blanco Vidal, solicitó el amparo y
protección de la Justicia Federal, contra el acto que reclamó a la Primera Sala Regional Colegiada en Materia
Pernal, Zona 01 Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, con sede en esta ciudad; el
acto reclamado es la sentencia de diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro, dictada en el toca penal
227-B-1P01/2016, en la que confirmó la sentencia emitida por el Juez de la causa penal 1411/2014, por el
delito de abuso sexual; por tanto, de conformidad con el artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo, en
relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena
emplazarla mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario
Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciéndole saber que deberá
presentarse dentro del término de treinta días, contado del siguiente al de la última publicación, ante este
Tribunal Colegiado a defender sus derechos.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 11 de febrero de 2026.
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito
María Fernanda Burguete Brindis
Rúbrica.
(R.- 573440)
154
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan
M8-OJ1
Juicio de Amparo 798/2024
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 798/2024, promovido por Daisy Yolanda Sánchez Sánchez con
el carácter de Procuradora Fiscal del Estado dependiente de la Secretaría de la Hacienda Pública del
Gobierno del Estado de Jalisco, actuando en representación de dicha Secretaría y de Miguel Ángel Ruvalcaba
quien tiene el cargo de Director de Gastos de Operación y de Obra dependiente de la Secretaría en comento,
con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la
Ley de Amparo, se ordena emplazar por este medio a la tercera interesada México Fun, Sociedad de
Responsabilidad Limitada de Capital Variable, quien deberá presentarse por conducto de quien legalmente la
represente para que, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última
publicación, a este Juzgado de Distrito para hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibida que de
no hacerlo, se seguirá el procedimiento en sus en sus etapas, haciéndose las subsecuentes notificaciones por
lista, que se fije en los estrados de este Juzgado, en términos de lo dispuesto en los artículos 26, fracción III, y
27, fracción III, de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la
demanda de amparo.
PARA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN.
Atentamente
Zapopan, Jalisco, 09 de febrero de 2026.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Cintli Libertad Gutiérrez Rayas
Rúbrica.
(R.- 573562)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo
y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO
Para llamar a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de Declaración Especial de
Ausencia de Miguel Ángel Cante Castro.
En el lugar en que se encuentre hago saber a usted que: en los autos del juicio de Declaración Especial de
Ausencia número 2138/2024, promovido por Juan Cante Castro, para que se determine la Ausencia de Miguel
Ángel Cante Castro; por auto de veintitrés de enero de dos mil veintiséis, se ordenó llamar por edictos a
cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento para presentarse en el Juzgado Décimo de
Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de
Puebla, que se publicarán por tres ocasiones, con intervalos de una semana en el “Diario Oficial de la
Federación”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley Federal de Declaración
Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas.
San Andrés Cholula, Puebla, 17 de febrero de 2026.
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
Saith Paolo Hurtado Ramos
Rúbrica.
(E.- 000885)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito
Querétaro, Qro.
Amparo Directo Civil 817/2025
Para publicarse en el Diario Oficial de la Federación
EDICTO:
En el amparo directo civil 817/2025, promovido por José Antonio Pérez Feregrino, contra el acto
reclamado a la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, consistente
en la resolución de quince de octubre de dos mil veinticinco, dictada en el toca civil 4183/2025, con
fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazar por medio de edictos
a los terceros interesados GP Lubricantes y Filtros de Querétaro, Sociedad Anónima de Capital Variable
y Gerardo Pérez Guerrero.
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
155
Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación
y en el periódico "El Universal", por ser uno de los de mayor circulación en la República.
Se les hace saber que podrán comparecer al juicio de amparo de referencia; apercibidos que, de no
hacerlo, éste seguirá su secuela procesal y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se
les practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este Tribunal.
Asimismo, se les informa que en la Secretaría de Acuerdos de este órgano jurisdiccional queda
a su disposición copia simple de traslado de la demanda de amparo, y que cuentan con un plazo de
treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, para comparecer y hacer valer lo que a su
derecho convenga.
Querétaro, Querétaro, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis.
Magitrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materias
Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito
Luis Armando Pérez Topete
Rúbrica.
(R.- 573371)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
San Bartolo Coyotepec, Oaxaca
EDICTO
A Miguel Ángel Mijangos Pérez.
En el juicio de amparo indirecto 688/2025, promovido por la adolescente M.F.M.M., al tener usted el
carácter de tercero interesado y desconocerse su domicilio, por este medio, que se publicará por 3 veces de 7
en 7 días, en el Diario Oficial de la Federación y en 1 de los diarios de mayor circulación en la República
Mexicana, se le emplaza para que si a su interés conviene se apersone a juicio en el plazo de 30 días
contados del siguiente al de la última publicación, dejándose a su disposición en la Secretaría la copia de la
demanda.
San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, dieciséis de febrero de 2026.
El Titular del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca
Juez Emmanuel Hernández Alva
Rúbrica.
(R.- 573642)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
EDICTO:
JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL ESTADO DE JALISCO. En el juicio de
amparo indirecto 1223/2025, promovido por JOSE GUADALUPE HERNANDEZ FRANCO; se ordena
emplazar a los terceros interesados ROSA CONTRERAS BARBOSA, LUIS ANTONIO HERNANDEZ
CONTRERAS, LIZBETH MARISOL HERNANDEZ CONTRERAS Y YULI MAYTHE HERNANDEZ
CONTRERAS, haciéndoseles saber que cuentan con TREINTA DÍAS, contados a partir de la última
publicación de edictos, para que comparezcan ante este juzgado de Distrito a defender sus derechos y señale
domicilio, en esta ciudad donde oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo, las posteriores, se
le harán por lista que se fije en los estrados, lo anterior toda vez que el quejoso promovió demanda de amparo
en contra el auto de dieciocho de junio de dos mil veinticinco entre otros, dictado por Juzgado Décimo de lo
Familiar del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, en el juicio de origen 158/2025, de conformidad al
artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Zapopan, Jalisco, veintiuno de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Alberto Oliveros Vega
Rúbrica.
(R.- 573650)
156
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
EDICTO
Tercera Interesada: Cos Campestre, Sociedad Anónima de Capital Variable.
En los autos del Juicio de Amparo Indirecto 780/2025, del índice de este Juzgado de Distrito, promovido
por Sergio Huerta Robles, por propio derecho, contra actos de la Junta Especial Número Dieciocho de
Conciliación y de Arbitraje en el Estado de Jalisco, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso c), de
la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado
supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena emplazar por edictos a Cos Campestre, Sociedad Anónima de
Capital Variable, publicándose por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en
el periódico “Excelsior”, por ser uno de los de mayor circulación a nivel nacional; queda a su disposición en
este Juzgado, copia simple de la demanda de amparo; dígasele que cuenta con un plazo de treinta días,
contados a partir de la última publicación, para que ocurra a este Juzgado a hacer valer sus derechos; y que
se señalaron las diez horas con ocho minutos del dos de marzo de dos mil veintiséis, para que tenga
verificativo la audiencia constitucional.
En Zapopan, Jalisco, a veintinueve de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco
Licenciada Ruth González de La Torre
Rúbrica.
(R.- 573401)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
EDICTO:
JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL ESTADO DE JALISCO. En el juicio de
amparo indirecto 1480/2025, promovido por FRANCIA ELIZABETH SEPULVEDA SALAZAR; se ordena
emplazar a los terceros interesados RUTH AIDEE, CARLOS MIGUEL, SAMANTHA Y DAVID, todos de
APELLIDOS SEPÚLVEDA SALAZAR, haciéndoseles saber que cuentan con TREINTA DÍAS, contados a
partir de la última publicación de edictos, para que comparezcan ante este juzgado de Distrito a defender sus
derechos y señale domicilio, en esta ciudad donde oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo,
las posteriores, se le harán por lista que se fije en los estrados, lo anterior toda vez que el quejoso promovió
demanda de amparo en contra la falta de emplazamiento y otro, por parte deL Juzgado Décimo de lo Familiar
del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, en el juicio de origen 675/2025, de conformidad al artículo
27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Zapopan, Jalisco, veintiuno de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Alberto Oliveros Vega
Rúbrica.
(R.- 573653)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
"En el juicio de amparo 873/2025-4, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo,
promovido por José Eduardo Pérez Garrido, contra actos que reclama del Tribunal Laboral del Poder Judicial
del Estado de Hidalgo; se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el
emplazamiento de los terceros interesados 2) Odisa, Ingeniería Americana, S.A. de C.V. y 3) Odisa Concrete
Equipment, S.A. de C.V., a quien se hace del conocimiento que en el índice de este Juzgado se encuentra
radicado el juicio de amparo mencionado, en el que se señaló como acto reclamado: la resolución de ocho de
abril de dos mil veinticinco, relativa a la aceptación de competencia dentro del expediente 499/2025;
resultando que asiste el carácter de tercero interesado a 2) Odisa, Ingeniería Americana, S.A. de C.V. y 3)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
157
Odisa Concrete Equipment, S.A. de C.V., quien deberá presentarse dentro del término de treinta días,
contados a partir del día siguiente al de la última publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer
los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir
notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las subsecuentes
notificaciones, aún las de carácter personal, sin necesidad de realizar ulterior acuerdo, se le harán por medio
de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este
Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento."
Atentamente
Pachuca, Hidalgo, veintisiete de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Ana Elvia Pérez Zamudio
Rúbrica.
(R.- 573410)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo de Distrito
Irapuato, Gto.
EDICTO
A: Griselda Rodríguez Silva.
Publíquese por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, así
como en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, y en el Tablero de Avisos de
este tribunal federal, la notificación de la tercera interesada Griselda Rodríguez Silva, para que, si a su interés
legal conviene, comparezca a defender sus derechos en el juicio de amparo 1191/2025, radicado en el
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en Irapuato, promovido por Jesús
Torres Martínez, en su carácter de abogado de la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes del Estado de Guanajuato, en representación del menor de edad de iniciales D.A.R.S, contra
actos que reclama de la Novena Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato y otra
autoridad, por lo que deberá comparecer ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contados
a partir del siguiente de la última publicación, para lo cual se deja a su disposición en la secretaría del juzgado
copia autorizada de la demanda de amparo, auto admisorio de doce de septiembre de dos mil veinticinco y
acuerdo de treinta de septiembre de dos mil veinticinco; asimismo, señalar domicilio para recibir notificaciones
en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, incluso las de carácter personal, se le harán
por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal federal.
Atentamente
Irapuato, Guanajuato, diez de febrero de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
Juan Raúl Medina Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 573654)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
EDICTO
En cumplimiento al proveído de diez de noviembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo
1704/2025, promovido por Kenia Yolanda Dávalos Vivanco, contra actos de la Junta Especial Número Uno de
la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Jalisco, radicado en este Juzgado Segundo de Distrito en
Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, al ser señalada como tercera interesada Centro de la Columna
Vertebral, Sociedad Anónima de Capital Variable, y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la
fracción III, inciso c, del artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su emplazamiento al juicio de mérito por
edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación
y en un periódico de circulación nacional, se hace del conocimiento de la tercero interesada que en la
secretaría de acuerdos de este órgano jurisdiccional queda a su disposición copia simple de la demanda de
amparo y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales
edictos para que comparezcan al presente juicio de amparo.
Atentamente
Zapopan, Jalisco, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco
Marcos César Beltrán Ochoa
Rúbrica.
(R.- 573655)
158
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
EDICTO
En cumplimiento al auto de once de febrero de dos mil veintiséis, dictado en juicio de amparo 656/2025,
promovido por Patricia Mercado Sánchez, contra los actos que reclama del Juez Cuarto de Primera Instancia
del Ramo Civil del Distrito Judicial de Culiacán, Sinaloa y otras autoridades, se emplaza a juicio a COPROM
del Centro, Sociedad Anónima de Capital Variable, con el carácter de parte tercera interesada, mediante
publicación de edictos con costo para el erario público en virtud de la insolvencia para cubrirlos por parte
quejosa, de conformidad con el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, y el diverso 315 del
Código Federal de Procedimiento Civiles, de aplicación supletoria. Queda a disposición, en secretaría de este
Juzgado, copia simple de la demanda de amparo. Se le concede plazo de treinta días, contados a partir de día
siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este Juzgado a hacer valer lo que
a su interés convenga y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se le apercibe que de
incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista.
Se informa que se encuentran señaladas las DIEZ HORAS CON OCHO MINUTOS DEL DIECIOCHO DE
FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente
Zapopan, Jalisco; 11 de febrero de 2026.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Gustavo Adolfo Pulido Peña
Rúbrica.
(R.- 573658)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero,
con sede en Acapulco
EDICTO
CITACIÓN PARA LA PERSONA INTERESADA -JURÍDICAMENTE-.
Acapulco de Juárez, Guerrero, a veintiséis de febrero de dos mil veintiséis, en cumplimiento a lo ordenado
el día de la fecha, en los autos de la declaratoria de abandono 20/2025, la Agente del Ministerio Público
Federal, en relación a la carpeta de investigación FED/GRO/IGUA/0000912/2023, solicitó audiencia de
declaratoria de abandono del 1.- VEHÍCULO DE LA MARCA FORD, TIPO CAMIONETA MPV, MODELO
EXPLORER, COLOR CAFÉ, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN NPF-92-24 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 1FMDU32X8VUC14750, CORRESPONDE A UN VEHÍCULO
DE ORIGEN EXTRANJERO (E.U.A.), AÑO MODELO 1997, por lo que se señalaron las DIEZ HORAS DEL
TRECE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS, para celebrar la audiencia peticionada, la cual será presidida
por el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, en la sala de audiencias de este Centro
de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero, sito en Boulevard de las Naciones número 640,
colonia Granjas del Marqués, edificio C, tercer piso, código postal 39890, en esta ciudad; en el entendido que
deberá comparecer identificado, por lo menos con treinta minutos de anticipación.
Atentamente
Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero
Óscar Díaz Galindo
Rúbrica.
(R.- 573659)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
EDICTO.
Juicio de Amparo 326/2025-VI-A.
Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de
Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Francisco García Cruz y María Velázquez Pelayo (víctimas directas e
indirectas), por si y en representación de Lizbeth García Velázquez, en el juicio de amparo número 326/2025-
VI-A, promovido por Mariano Ángeles Cruz, por propio derecho, contra actos de la Sexta Sala Unitaria del
Sistema Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, se ordenó emplazar
por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo a los terceros
interesados Francisco García Cruz y María Velázquez Pelayo (víctimas directas e indirectas), por si y en
representación de Lizbeth García Velázquez. Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el
Estado de Hidalgo, copia de la demanda, para que comparezca a través de su representante legal, si a su
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
159
interés conviniere, y se le hace de conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2º,
deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo de treinta días
contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se le requiere para
que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de
carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado de distrito, así
como en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, y que si pasado ese plazo de treinta días
no comparece, se seguirá el juicio 326/2025-VI-A.
Atentamente
Pachuca de Soto, Hidalgo, diecinueve de diciembre del dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Gustavo López Maldonado
Rúbrica.
(R.- 573424)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez
EDICTO
DIANA GABRIELA SOSA MAZARIEGOS TERCERA
INTERESADA, EN EL LUGAR EN QUE SE ENCUENTREN.
En el juicio de amparo 1060/2025, promovido por Juan Carlos Hernández Hernández, contra actos de la
Junta Especial número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con residencia en esta ciudad,
radicado este Juzgado, se dictó acuerdo en esta data, que ordenó emplazarlo a juicio por edictos, por
desconocer su domicilio, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, en términos de los
artículos 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles;
haciéndole saber que podrá presentarse dentro de treinta días hábiles contado a partir de la última
publicación, por sí o apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones surtirán efectos por
medio de lista en estrados de este Juzgado. Queda a su disposición la demanda de que se trata; asimismo, se
informa que la audiencia constitucional se llevará a cabo a las nueve horas con cuarenta minutos del veinte de
abril de dos mil veintiséis, misma que será diferida a efecto de respetar la publicación de los edictos, así como
el plazo concedido al citado tercero interesado a fin de que se pueda a personar a juicio.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; veinte de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas
Ana Luisa Wong López
Rúbrica.
(R.- 573661)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
A LA TERCERA INTERESADA Concepción Candelaria Jiménez Monterrosa
Se hace de su conocimiento que Dayli de los Santos Herrera Gutiérrez, promovió juicio de amparo directo
en contra de la resolución de siete de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por la autoridad responsable
Sala Regional Colegiada Mixta, Zona 03 San Cristóbal, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Chiapas, con residencia en esa ciudad, en el toca penal 183-C-1P03/2024-JA. Asimismo, la demanda fue
registrada con el número de amparo directo 204/2025, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias
Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Lo que se comunica a usted
para su emplazamiento al juicio de amparo, por lo que queda a su disposición en el Tribunal en cita una copia
de la demanda, así también para que dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente al
en que surta efectos la notificación, formule alegatos o promueva amparo adhesivo, si así conviniere a sus
intereses.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a once de febrero de dos mil veintiséis.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito
Luis Antonio Galeazzi Sol
Rúbrica.
(R.- 573663)
160
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
EDICTO
Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de
Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Héctor Pérez H., en el juicio de amparo número 1590/2024- VII y su
acumulado 1166/2025, promovido por José Vicente Elizalde Cortes, por propio derecho, contra actos de Junta
Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Hidalgo, se ordenó emplazar por medio de edictos como lo
establece el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo a la tercera interesada Héctor Pérez H.
Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, para
que comparezca si a sus intereses conviniere, y se le hace de conocimiento que de conformidad con el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por
disposición expresa de su numeral 2º, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de
Hidalgo, dentro del plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del
presente edicto.
Asimismo, se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los
estrados de este Juzgado de Distrito, y que si pasado ese plazo de treinta días no comparece, se seguirá el
juicio 1590/2024-VII y su acumulado 1166/2025.
Atentamente
Pachuca de Soto, Hidalgo, veinte de octubre del dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Andrés Vladimir Cantinca Hernández
Rúbrica.
(R.- 573427)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Decimoséptimo de Distrito
Xalapa, Veracruz
EDICTO
Tercero Interesado Martín Francois Salvatierra Mendoza.
En el lugar en que se encuentre, le hago saber:
En los autos del juicio de amparo 561/2025 promovido por Aranxa Garnica Oropeza, contra actos del Juez
Cuarto Mercantil, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes y otra autoridad, radicado en este
Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en Boulevard Culturas Veracruzanas
número 120, colonia Reserva Territorial, código postal 91096, nivel tres, edificio "C", con residencia en esta
ciudad, se le ha reconocido el carácter de tercero interesado y como se desconoce su domicilio actual, en
acuerdo de tres de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazarlo por edictos que deberán publicarse por
tres veces, de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y
Familiares, aplicado supletoriamente, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de los treinta días en
este Juzgado de Distrito, contados a partir del siguiente al de la última publicación; apercibido que, de no
hacerlo, las posteriores notificaciones, se le harán por lista de acuerdos que se fije en los estrados de este
órgano jurisdiccional, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de Distrito copia simple de
la demanda de amparo; asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional está prevista
para las DOCE HORAS DEL VEINTISIETE DE MARZO DOS MIL VEINTISÉIS; de igual forma, se le hace
saber que el acto reclamado por la parte quejosa en el juicio de amparo que se trata, se hace consistir en:
La retención de fondos en la cuenta bancaria número 1539725547, que -dice- fue ordenada por el Juez
Cuarto Mercantil, con residencia en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes, y ejecutada por BBVA
MÉXICO, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA México.
Atentamente
Xalapa, Veracruz, tres de febrero de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz
Juan Pablo Suárez Lara
Rúbrica.
(R.- 573458)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
161
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL PORTAL DE INTERNET
DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
DE DURANGO.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el bien identificado como: Aeronave marca
Cessna, modelo TU 206 G, número de serie U20606865, con motor de la marca continental, modelo TSIO 520
M (8), número de serie 520734, matrícula XB-JVG, lo siguiente:
Que en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la
Ciudad de México, se radicó el expediente relativo al Juicio de Extinción de Dominio 5/2026 promovido por
los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de
Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de la República,
en contra de Carlos Gerardo Loera Aguirre, con el carácter de demandado, por considerar que no se acreditó
la legitima procedencia de la aeronave referida.
Las personas que se crean con derecho sobre el bien mueble señalado, deberán presentarse ante este
Juzgado de Distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo
Molina número dos, acceso once, nivel de plaza, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México,
dentro del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto,
a acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de aseguramiento precautorio de la
aeronave afecta.
Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el diecisiete de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con
competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
María Guadalupe Salcedo Prado
Rúbrica.
(E.- 000903)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LA GACETA O PERIÓDICO
OFICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el numerario consistente en $3'400,000.00
(tres millones cuatrocientos mil pesos 00/100 moneda nacional), lo siguiente:
Que en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en
la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la
Ciudad de México, se radicó el expediente relativo al juicio de extinción de dominio 42/2025 promovido por
Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de
Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de la República,
en contra de persona incierta en su calidad de demandada, y como personas afectadas a Karym Israel
Campuzano Courtois y Aldair Geovanni Hernández Nájera, por considerar que no se acreditó la legitima
procedencia del numerario en mención.
Las personas que se crean con derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este Juzgado
de Distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina
número dos, acceso once, nivel de plaza, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro
del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, para
acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de aseguramiento precautorio del
numerario afecto.
Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el cuatro de diciembre de dos mil veinticinco.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con sede en la Ciudad de México
Angélica Muñoz Luna
Rúbrica.
(E.- 000911)
162
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Puente Grande, Jal.
EDICTO.
Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Tercero de
Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Puente Grande, Jal.
En el juicio de amparo 76/2024, promovido por Alejandro Rodríguez Márquez, contra los actos que
reclama del Juzgado Tercero de Control, Enjuiciamiento y Justicia Integral para Adolescentes Especializado
en Violencia contra las Mujeres del Primer Distrito Judicial con sede en el Centro de Justicia para las Mujeres
de Guadalajara, Jalisco, consistente en la orden de aprehensión, se ordena el emplazamiento de la persona
tercera interesada Norma Adriana Guzmán Laguna, por medio de edictos por ignorarse su domicilio, lo
anterior, en términos del artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia; a efecto de que se apersone al mismo
por sí o por representante legal dentro de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última
publicación, para hacer valer sus derechos en el presente juicio y señale domicilio para oír y recibir
notificaciones la zona metropolitana de Guadalajara, Jalisco.
Apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores y aún las de carácter personal, se le harán por medio de
lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito; en el entendido, que queda a su disposición la
copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado; hágase del
conocimiento que se fijaron las diez horas con cincuenta y tres minutos del doce de marzo de dos mil
veintiséis, para la audiencia constitucional.
Atentamente
Puente Grande, Jalisco, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito de en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Ileana Sofía Bonilla Torres
Rúbrica.
(R.- 573647)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo de Distrito
Irapuato, Gto.
EDICTO
A: - Operadora de Productos Frescos, sociedad anónima de capital variable.
Publíquese por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, así
como en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, y en el Tablero de Avisos de
este tribunal federal, la notificación de la tercera interesada Operadora de Productos Frescos, sociedad
anónima de capital variable, para que, si a su interés legal conviene, comparezca a defender sus derechos en
el juicio de amparo 1147/2024, radicado en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con
residencia en Irapuato, promovido por Ángel Alan Vaca García; contra actos que reclama del Servicio de
Administración Tributaria del Estado de Guanajuato (SATEG), por lo que deberá comparecer ante este
tribunal federal, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente de la última publicación, para
lo cual se deja a su disposición en la secretaría del juzgado copia autorizada de la demanda de amparo y sus
ampliaciones, auto admisorio de veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, acuerdos de veinte de marzo,
veintiuno de mayo, tres de julio y veintitrés de septiembre, todos de dos mil veinticinco; asimismo, deberá
señalar domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes,
incluso las de carácter personal, se les harán por medio de lista electrónica que se publica en la página de
internet
https://www.dgepj.cjf.gob.mx/paginas/serviciosTramites.htm?pageName=servicios%2FlistaAcuerdos.htm, así
como en la que se fija en los estrados de este tribunal federal.
Atentamente
Irapuato, Guanajuato, diecisiete de febrero de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
Juan Raúl Medina Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 573651)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
163
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Puente Grande, Jal.
EDICTO.
Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Tercero de
Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Puente Grande, Jal.
En el juicio de amparo 442/2025, promovido por Mauricio Alejandro Acero Mena, contra los actos que
reclama de los Magistrados Integrantes de la Sexta Sala en Materia Penal del Supremo Tribunal de Justicia
del Estado de Jalisco, consistente en la resolución de treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, en el Toca
penal 21/2025, se ordena el emplazamiento de la persona moral tercera interesada Distribuidora PM de
Occidente, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos por ignorarse su domicilio, lo anterior,
en términos del artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia; a efecto de que se apersone al mismo por sí o por
representante legal dentro de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para
hacer valer sus derechos en el presente juicio y señale domicilio para oír y recibir notificaciones la zona
metropolitana de Guadalajara, Jalisco.
Apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores y aún las de carácter personal, se le harán por medio de
lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito; en el entendido, que queda a su disposición la
copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado; hágase del
conocimiento que se fijaron las diez horas con cuarenta y cuatro minutos del diecisiete de marzo de dos mil
veintiséis, para la audiencia constitucional.
Atentamente
Puente Grande, Jalisco, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito de en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Humberto Manuel Elorza Torres
Rúbrica.
(R.- 573660)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo de Distrito
Chilpancingo, Gro.
EDICTO
En los autos del Juicio de Amparo número 99/2025, promovido por César Adrián Acevedo Castro, por
conducto de su apoderado legal Jesús Montalván Ramírez, contra actos de la Junta Local de Conciliación y
Arbitraje, residente en esta ciudad, la Jueza Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en
Chilpancingo, (Paseo Alejandro Cervantes Delgado, número doscientos sesenta y ocho, colonia Hermenegildo
Galeana), en acuerdo de veintisiete de enero de dos mil veintiséis, se ordenó que se publicara el siguiente
edicto:
Se hace del conocimiento a Operadora Alc., Sociedad de Relación Limitada de Capital Variable, o Julio
César Gutiérrez Tello, que en términos del Artículo 5, Fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, le resulta el
carácter de tercero interesado dentro del Juicio de Amparo Indirecto número 99/2025, promovido por César
Adrián Acevedo Castro, por conducto de su apoderado legal Jesús Montalván Ramírez, contra actos de la
Junta Local de Conciliación y Arbitraje, residente en esta ciudad, expediente que corresponde al índice de
este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia oficial en la ciudad de
Chilpancingo; motivo por el cual se le hace saber que deberá presentarse ante este Juzgado Federal a
deducir sus derechos dentro de un término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última
publicación del presente edicto; apercibido que de no comparecer dentro del lapso indicado, las ulteriores
notificaciones aún las de carácter personal, le surtirán efectos por medio de lista que se publique en los
estrados de este órgano de control constitucional, asimismo que se encuentra señalada para las once horas
del veintisiete de febrero de dos mil veintiséis, la audiencia constitucional en el juicio aludido.
Atentamente
Chilpancingo, Gro., enero 27, de 2026.
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
Lic. César Alejandro Bernal Alarcón
Rúbrica.
(R.- 573662)
164
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
Sección de Amparo
Acapulco, Gro
EDICTO.
“Tercero interesado Marcos Aguirre Ruiz”
“En el lugar en que se encuentre hago saber a usted que: en los autos de Juicio Amparo Indirecto
77/2025, promovido por Jesús Francisco Arciniega Ponce y otro, por su propio derecho, contra actos del
Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Tabares, y otras autoridades, en
cumplimiento a los autos de veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco y trece de febrero de dos mil
veintiséis, dictado por la Jueza Sexta Distrito Estado Guerrero, se hace conocimiento que le resulta el carácter
de tercero interesado, en términos artículo 5°, fracción III, de ley de amparo y 209 fracción III, del Código
Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente, se mandó emplazar por edictos a
juicio, si a su interés conviniere se apersone, debiéndose presentar a este juzgado federal, ubicado Boulevard
de las Naciones número 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, código postal
39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de término TREINTA DÍAS, a partir siguiente última
publicación del presente edicto; apercibido de no comparecer en el lapso indicado, ulteriores notificaciones
personales surtirán efectos por lista que se publique en estrados de este órgano control constitucional.”
En la inteligencia que este juzgado ha señalado las diez horas con cinco minutos del dieciocho de febrero de
dos mil veintiséis, la celebración de la audiencia constitucional, queda a disposición en secretaría del juzgado
copia de la demanda amparo.” Para su publicación por tres veces, de tres en tres días hábiles en el Diario
Oficial de la Federación, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a trece de febrero de dos
mil veintiséis.- Doy fe.
La Secretaria de Juzgado adscrita al Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. Marisol Rangel Patricio
Rúbrica.
(R.- 573664)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Juicio de Extinción de Dominio 7/2026
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O EN EL PERIÓDICO
OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y, POR INTERNET, EN LA PÁGINA DE LA
FISCALÍA.
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
INSERTO: "Se comunica a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes
muebles materia de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de
Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales
Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de seis de
febrero de dos mil veintiséis, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio promovida por
Ariana Guadalupe Camacho Muñoz, Jossie De La Cruz Bravo, César Hernández Ramírez y Carmen Itzel
Rodríguez Rivera, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritas a la Fiscalía Especial en Materia
de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General
de la República, en contra de Ana Bárbara Barajas Frías, así como de cualquier persona que aduzca tener la
titularidad o un derecho sobre los bienes muebles materia del presente juicio (demandada), asimismo;
señalando como persona afectada a cualquiera que tenga un derecho sobre los bienes muebles objeto de la
acción de extinción de dominio; se registró con el número 7/2026, en la cual se ejerce la acción de extinción
de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones, son: A) la declaración judicial de
que ha sido procedente la acción de Extinción de Dominio, respecto de los bienes muebles identificados
como: 1. VEHÍCULO TRACTO CAMIÓN, MARCA KENWORTH, TIPO QUINTA RUEDA, COLOR BLANCO,
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
165
CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 64-BJ-6S DE CARGA DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y
TRANSPORTES, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 3WKDD40K7FF838942, DE ORIGEN
NACIONAL MODELO 2015, 2. VEHÍCULO SEMIRREMOLQUE, MARCA REDMAN, TIPO TANQUE, COLOR
BLANCO, PLACA DE CIRCULACIÓN 84UY9Z, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR
3R9T323B5RC173666, DE ORIGEN NACIONAL, MODELO 2024, B) La declaración judicial de extinción de
dominio consistente en la perdida, de los derechos de propiedad de los bienes que nos ocupa, a favor del
Estado, por conducto del Gobierno de Federal, sin contraprestación ni compensación alguna para la parte
demandada, para quien se ostente o comporte como tal, o para quien, por cualquier circunstancia, posea o
detente los citados bienes o considere tener algún derecho sobre estos, tal y como lo establece el artículo 3,
de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; C) Como consecuencia de lo anterior, una vez que cause
ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver
al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales conducentes. Asimismo, en cumplimiento a los autos
de SEIS Y TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la
Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de
edictos, a cualquier persona que tenga un derecho sobre los vehículos objeto de la acción de
extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, los cuales deberán
publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación o en la Gaceta o en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro; y, por Internet, en la página de la Fiscalía; para
lo cual se procederá a realizar una relación sucinta del auto que admitió a trámite la demanda, a fin de hacer
accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico
sobre los bienes materia de la acción de extinción de dominio; quienes deberán comparecer ante este
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República
Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la
Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo
Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960,
dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la
publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento de toda
persona afectada, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de
este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta
del auto que admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el
presente acuerdo--- (…) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por, medio de edicto, a
cualquier persona que tenga un derecho sobre los bienes objeto de la acción de extinción de dominio, en
razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el portal de
internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República; esto es, en la página de internet
http://www.gob.mx/fgr.
Finalmente, se comunica a toda persona afectada, que, en caso de tener domicilio en alguna otra entidad
federativa, se deja a su disposición el directorio de delegaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública,
visible en la página:
https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/sublnstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.
Lo anterior, para que en caso de así requerirlo, acudan a solicitar el servicio de asesoría jurídica. (…)”
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTICUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Karin Marín Jasso
Rúbrica.
(E.- 000902)
166
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Juicio de Extinción de Dominio 24/2025
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O EN EL PERIÓDICO
OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y, POR INTERNET, EN LA PÁGINA DE LA
FISCALÍA.
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
INSERTO: "Se comunica a toda persona titular (demandada) o afectada que considere tener interés
jurídico sobre el bien mueble materia de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de
Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en
Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de
nueve de septiembre de dos mil veinticinco, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio
promovida por Abigail Berruecos Pérez, Oscar Gerardo Rojas Tárano, Tania Margarita Álvarez Elguea y
Jessica Montero Guzmán, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritas a la Fiscalía Especial en
Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía
General de la República, en contra de cualquier persona que aduzca tener la titularidad o un derecho sobre el
bien mueble materia del presente juicio, asimismo; señalando como persona afectada a cualquier persona que
tenga derecho sobre el bien mueble objeto de la acción de extinción de dominio; se registró con el número
24/2025, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora),
cuyas pretensiones, son: la declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio,
respecto del bien consistente en un vehículo identificado como: Tractocamión marca Kenworth, tipo
Quinta Rueda, modelo T800, con placas de circulación 99-WZ-3X, del Servicio Público Federal, número
de identificación vehicular 3WKDD58E3BF327615, año 2011, la declaración judicial de extinción de
dominio consistente en la pérdida de los derechos de propiedad del bien a favor del Estado, por conducto del
Gobierno Federal, sin contraprestación ni compensación alguna para el demandado, para quien se ostente o
comporte como tal, o para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente el citado bien; y, como
consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente
asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales
conducentes. Asimismo, en cumplimiento a los autos de NUEVE Y DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS
MIL VEINTICINCO, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se
ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, a cualquier persona que tenga un
derecho sobre el vehículo objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos
universales del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario
Oficial de la Federación o en la Gaceta o en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila; y,
por Internet, en la página de la Fiscalía, para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta de la
demanda y del presente auto, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a la demandada,
así como a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el bien materia de la acción de
extinción de dominio; quien deberá comparecer ante este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de
Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales
Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del
Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía
Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles
siguientes, contado a partir cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de
dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.---
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
167
COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento que la demandada, así como a toda persona afectada,
que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.---.
ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta del auto que
admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el presente
acuerdo--- (...) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.Asimismo, la parte
actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por, medio de edicto, a la demandada (incierta),
así como a cualquier persona que tenga un derecho sobre el numerario objeto de la acción de extinción de
dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el
portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República; esto es, en la página de
internet http://www.gob.mx/fgr.
Finalmente, se comunica a la parte demandada y la persona afectada, que en caso de tener domicilio en
alguna otra entidad federativa, se deja a su disposición el directorio de delegaciones del Instituto Federal de
Defensoría Pública, visible en la página:
https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.htm
Lo anterior, para que en su caso de así requerirlo, acudan a solicitar el servicio de asesoría jurídica.
(…)”
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A CUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con competencia
en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con residencia en la Ciudad de México
Karin Marín Jasso
Rúbrica.
(E.- 000907)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Juicio de Extinción de Dominio 9/2026
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O EN LA GACETA O EN EL
PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y, POR INTERNET, EN LA
PÁGINA DE LA FISCALÍA.
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
INSERTO: "Se comunica a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes
muebles materia de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de
Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales
Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de seis de
febrero de dos mil veintiséis, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio promovida por Aline
Yaneli Almanza Trejo, Cintia Isabel Núñez Gómez, Filiberta Pérez Tolentino, Rodrigo Ricardo Figueroa
Reyes y José Luis Cruz Hernández, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritas a la Fiscalía
Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía General de la República, en contra
de Nelson Gabriel Williams García, y a Autotransporte de Carga Especializados Marvic, Sociedad
Anónima de Capital Variable, asimismo; señalando como persona afectada a cualquiera que tenga un
derecho sobre los bienes muebles objeto de la acción de extinción de dominio; se registró con el número
9/2026, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora),
cuyas pretensiones son A. La declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de
dominio. respecto de los bienes consistentes en: - SEMIRREMOLQUE MARCA REDMAN, TIPO TANQUE,
168
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 32-UM-5X DE CARGA DE LA SECRETARIA DE
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, CON NÚMERO DE SERIE: 3R9T453A7NC173751, VEHICULO DE
ORIGEN NACIONAL Y CORRESPONDE A UN MODELO 2022.; - SEMIRREMOLQUE MARCA ATRO, TIPO
TANQUE, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN: 76-UF-8A DE LA SECRETARÍA DE
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, CON NÚMERO DE SERIE: 3EL4YN324L6002449, VEHÍCULO DE
ORIGEN NACIONAL Y CORRESPONDE A UN MODELO 2020; B. La declaración judicial de extinción de
dominio, consistente en la pérdida de derechos de propiedad de los bienes que nos ocupan, a favor del
Estado por conducto del Gobierno Federal, sin contraprestación ni compensación alguna para NELSÓN
GABRIEL WILLIAMS GARCÍA Y AUTOTRANSPORTE DE CARGA ESPECIALIZADOS MARVIC, S.A. DE
C.V., NI PARA CUALQUIER PERSONA QUE OSTENTE UN DERECHO SOBRE LOS MISMOS; Como
consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente
asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales
conducentes. Asimismo, en cumplimiento a los autos de SEIS Y TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL
VEINTISÉIS, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se
ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, a cualquier persona que tenga un
derecho sobre los vehículos objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos
universales del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario
Oficial de la Federación o en la Gaceta o en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro,
Nuevo León y Tamaulipas; y, por Internet, en la página de la Fiscalía; para lo cual se procederá a realizar
una relación sucinta del auto que admitió a trámite la demanda, a fin de hacer accesible el conocimiento de la
notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes materia de la
acción de extinción de dominio; quienes deberán comparecer ante este Juzgado Sexto de Distrito en
Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializado en
Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, ubicado en
Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque,
Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días
hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a
efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho
convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento de toda persona afectada, que las copias
de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.---. ESTRADOS.
Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta del auto que admitió a trámite la
demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el presente acuerdo--- (…) PORTAL DE
INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Asimismo, la parte actora, deberá llevar a
cabo la publicación de la notificación por, medio de edicto, a cualquier persona que tenga un derecho sobre
los bienes objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio,
a través del sitio especial habilitado en el portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de
la República, esto es, en la página de internet http://www.gob.mx/fgr.
Finalmente, se comunica a toda persona afectada, que en caso de tener domicilio en alguna otra entidad
federativa, se deja a su disposición el directorio de delegaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública,
visible en la página:
https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.htm
Lo anterior, para que en caso de así requerirlo, acudan a solicitar el servicio de asesoría jurídica. (...)".
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con competencia en la
República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con residencia en la Ciudad de México
Karin Marín Jasso
Rúbrica.
(E.- 000909)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
169
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Juicio de Extinción de Dominio 22/2024
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA
O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, Y, POR INTERNET, EN LA
PÁGINA DE LA FISCALÍA.
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
INSERTO: "Se comunica a toda persona titular (demandada) que considere tener interés jurídico sobre el
bien inmueble materia de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia
de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales
Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de diez de
diciembre de dos mil veinticuatro, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio promovida por
José Luis Ramos Salinas, Claudia Angélica García Jiménez y Jessica Montero Guzmán, Agentes del
Ministerio Público de la Federación adscritas a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio,
dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General de la República, en
contra del demandado, Ricardo Alfonso Palma Salamanca o también conocido como Esteban Manuel Solís
Tamayo, señalando como persona afectada a cualquier persona que tenga un derecho sobre el inmueble
objeto de la acción de extinción de dominio; se registró con el número 22/2024, en la cual se ejerce la acción
de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones, son: la declaración
judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio, respecto del bien inmueble ubicado en el
lote rústico número 4 (cuatro), ubicado en el predio rústico conocido como "La Luz" Municipio San Miguel de
Allende, Estado de Guanajuato. La declaración judicial de extinción de dominio, consistente en la pérdida, a
favor del Estado, por conducto del Gobierno Federal de los derechos de propiedad del bien inmueble ubicado
en el lote rústico número 4 (cuatro), ubicado en el predio rústico conocido como "La Luz" Municipio San Miguel
de Allende, Estado de Guanajuato, sin contraprestación ni compensación alguna para el demandado Ricardo
Alfonso Palma Salamanca, quien utiliza la identidad o alias de Esteban Manuel Solís Tamayo, para quien se
ostente o comporte como tal, o para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente el citado bien, tal y
como lo establece el artículo 3 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Como consecuencia de lo anterior,
una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento oficio al
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, para los efectos legales conducentes.
Asimismo, en cumplimiento al auto de CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, con
fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el
emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, al demandado Ricardo Alfonso Palma
Salamanca o también conocido como Esteban Manuel Solís Tamayo, en razón de los efectos universales
del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la
Federación, así como en la Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, y, por Internet,
en la página de la Fiscalía, para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta de la demanda y del
presente auto, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación al demandado; quien deberá
comparecer ante este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia
en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con
residencia en la Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San
Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código
postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya
surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su
interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del
conocimiento del demandado, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la
Secretaría de este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una
reproducción sucinta del auto que admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento
ordenado en el presente acuerdo--- (...) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA. Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por medio de
edictos, al demandado, en razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial
habilitado en el portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República; esto es, en
la página de internet http://www.gob.mx/fgr; (…)”.
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A ONCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia
en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Karin Marín Jasso
Rúbrica.
(E.- 000899)
170
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, calle Eduardo Molina No. 2,
acceso 2, piso 1, Col. Del Parque, Ciudad de México, C.P. 15960
EDICTO
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS A ANTONIO ESTRADA CAMPOS Y AUTOTRANSPORTES Y/O
TRANSPORTES HR SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE SOBRE LOS BIENES
PATRIMONIALES OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que: en los autos del juicio de extinción de
dominio 23/2025-V, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con
Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con sede en la Ciudad de México, promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos
a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la República, y, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 88 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y 315
del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en razón de los efectos universales del
presente juicio, por acuerdo de veintidós de enero de dos mil veintiséis, se ordenó su emplazamiento por
medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la
Federación o Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del respectivo, y por Internet, en la página de la Fiscalía,
así como en los estrados de este juzgado, durante el tiempo que dure el emplazamiento; lo anterior, a fin de
hacer accesible el conocimiento de la notificación a Antonio Estrada Campos y Autotransportes y/o
Transportes Hr Sociedad Anónima De Capital Variable, sobre los bienes muebles materia de la acción de
extinción de dominio, consistentes en:
Tractocamión de la marca Freightliner, Tipo quinta rueda, color blanco, con placas de circulación 090-DJ-4
de carga de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, con número de serie 1FUJS6CG01PH45137, de
origen extranjero, modelo 2021.
Semirremolque marca Fravaz, tipo tanque, color blanco, con placas de circulación 434-AE-2 de
autotransportes
de
la
Secretaria
de
Comunicaciones
y
Transportes,
con
número
de
serie
3S9TF146XRF012002 de origen nacional, modelo 2024 y;
Camioneta marca Chevrolet, línea S10, tipo pick-up, color azul con blanco, con placas de circulación MLK-
66-94 particulares para el Estado de México, con número de serie 1GCCS19RXP0167930, de origen
extranjero, modelo 1993;
Asegurados
con
motivo
de
la
acción
referida,
dentro
de
la
carpeta
de
investigación
FED/QRO/SJR/00001554/2024; respecto de las cuales se reclama la pérdida de derechos sin
contraprestación ni compensación para su dueño, propietario o poseedor, y para quien se ostente como tal, lo
anterior, bajo el argumento de que fue obtenido como producto de los hechos ilícitos consistentes en delitos
en materia de hidrocarburos.
Por lo que, deberán presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES,
contados a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar
contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y oponer las excepciones y defensas que
tuviere; apercibido que de no hacerlo, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, por lo que las
copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo,
deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad para recibir las de carácter personal,
con independencia que todas las demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista.
Atentamente
Ciudad de México, veintidós de enero de dos mil veintiséis.
Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia
en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con residencia en la Ciudad de México
Juez Oziel Rosas Guarneros
Rúbrica.
(E.- 000900)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
171
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A TODA PERSONA QUE TENGA UN DERECHO EN EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN
DE DOMINIO.
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 3/2026-III, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE
EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN
JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL PRIMER CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
En el juicio de extinción de dominio 3/2026-III, la Juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, licenciada Ana Lilia Osorno Arroyo, ordenó en proveído de
once de febrero de dos mil veintiséis, emplazar por medio de edictos a toda persona afectada que considere
tener interés jurídico sobre el numerario materia de la acción de extinción de dominio, mismos que deberán
publicarse por tres veces consecutivas tanto en el Diario Oficial de la Federación, el Periódico Oficial del
Estado de Colima y por internet en la página de la Fiscalía General de la República, para hacerles saber
que cuentan con el plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la
publicación del último edicto, a fin de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia de la demanda y anexos en la
secretaría de este juzgado.
Asimismo, se hace constar que las partes en el juicio son:
Actora: Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de
Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General de
la República
Demandado: Ulises Alejandres Ceja.
Persona afectada: A toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el numerario
materia de la acción de extinción de dominio.
Las prestaciones sobre las cuales se ejerce la acción de extinción de dominio son:
A)
La declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio, respecto del
DINERO EN EFECTIVO consistente en la cantidad de $335,016.50 (trescientos treinta y cinco mil dieciséis
pesos 50/100 moneda nacional) más los rendimientos e intereses ordinarios y extraordinarios que se generen
o pudieran generarse hasta en tanto el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP) lo administre y
realice la aplicación de los recursos.
B)
La declaración judicial de extinción de dominio consistente en la pérdida a favor del Estado, por
conducto del Gobierno Federal, de los derechos de propiedad del bien referido anteriormente, sin
contraprestación ni compensación alguna para el demandado Ulises Alejandres Ceja, o para quien se ostente
con algún derecho sobre el bien litigioso.
C)
Como consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse
en el presente asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los
efectos legales conducentes.
El bien sobre el cual se ejerce la acción de extinción de dominio es:
Numerario por la cantidad de $335,016.50 (trescientos treinta y cinco mil dieciséis pesos 50/100
moneda nacional)
Ciudad de México, a trece de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con sede en la Ciudad de México
Jannete López Rojano
Rúbrica.
(E.- 000905)
172
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con sede en la Ciudad de México
Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, calle Eduardo Molina No. 2,
acceso 2, piso 1, Col. Del Parque, Ciudad de México, C.P. 15960
EDICTO
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS
A CUALQUIER PERSONA AFECTADA QUE CONSIDERE TENER UN DERECHO SOBRE LOS BIENES
MUEBLES OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que: en los autos del juicio de extinción de
dominio 3/2026-III, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con
Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con sede en la Ciudad de México, promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación,
adscritos a Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, de la Fiscalía General de la República; y, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 88 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y 315
del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en razón de los efectos universales del
presente juicio, por acuerdo de trece de enero de dos mil veintiséis, se ordenó su emplazamiento por
medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación o
Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del respectivo, y por Internet, en la página de la Fiscalía, así como en
los estrados de este juzgado, durante el tiempo que dure el emplazamiento; lo anterior, a fin de hacer
accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico
sobre los bienes materia de la acción de extinción de dominio, consistentes en:
VEHÍCULO
NO. VIN
PLACA
1
Semirremolque marca Truxton, tipo semirremolque
(S2 tanque cilíndrico) color gris
3A9TA39P1MC249254
94-UJ-7H
2
Semirremolque marca Carmex, tipo semirremolque
(S3 tanque cilíndrico) color gris
3A9DM3428LG019368
91-UJ-9H
3
Semirremolque marca Truxton, tipo semirremolque
(S3 tanque cilíndrico) color gris
3A9TA49T0MC249121
98-UJ-9H
4
Semirremolque marca Truxton, tipo semirremolque
(S3 tanque cilíndrico) color gris
3A9TA49TXMC249420
13-UJ-3H
5
Tracto camión marca Kenworth (T3 6x4) línea
T680 color rojo
3WKYD40X3MF519984
30-AP-5X
6
Semirremolque marca Truxton, tipo semirremolque
(S3 tanque cilíndrico) color gris
3A9TA44T5MC249073
32-UL-4T
7
Semirremolque marca Truxton, tipo (S2 tanque)
color gris
3A9TA39P8MC249252
92-UJ-7H
8
Semirremolque marca Truxton, tanque color gris
3A9TA39P5MC249225
20-UJ-5F
9
Semirremolque marca Carmex, Trailers. (S2
tanque) color gris
3A9DM4832MG019585
70-UJ-8E
10
Semirremolque marca Truxton (S2 tanque) color
gris
3A9TA39P5PC249861
89-UJ-9H
11
Semirremolque marca (Truxton, S2 tanque) dos
ejes color gris
3A9TA39P1LM249795
49-UJ-3H
12
Semirremolque marca (Truxton, S2 tanque) color
gris con vivos negro y verde
3A9TA39P2MC249229
16-UJ-5F
13
Semirremolque marca (Truxton, S2 tanque) color
gris con vivos en negro y verde
3A9TA39P9MC249387
44-UJ-2H
14
Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque) color
gris con vivos en color negro y verde
3A9TA39P6LM249162
10-UJ-9H
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
173
15
Tractocamión marca Kenworth (T3 6x4) línea
LT680 color rojo
3WKYD40X1MF519983
11-AP-5X
16
Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque color
gris con vivos en color negro
3A9TA39P4LM249791
58-UH-3V
17
Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque) color
gris con vivos en color negro
3A9TA39PXMC249379
SIN PLACA
18
Semirremolque marca Truxton, (S3 tanque) color
gris con vivos en color negro y verde
3A9TA49TXMC249417
73-UJ-2J
19
Semirremolque marca Carmex, Trailers. (S3
tanque) color gris con vivos color negro y verde
3A9DM4834MG019300
46-UH-6V
20
Tractocamión marca Kenworth (T3 6x4) línea T680
color rojo
3WKYD40X5MF518822
69-AP-8M
21
Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque) color
gris con vivos en color negro y verde
3A9TA39PXMC249253
93-UJ-7H
22
Semirremolque marca Carmex Trailers (S3 tanque)
color gris con vivos color negro
3A9DM4839MG019258
41-UH-6V
23
Semirremolque marca Carmex Trailers (S3 tanque)
color gris con vivos color negro y verde
3A9DM4833MG019126
15-UH-4V
24
Semirremolque marca Imersh (S2 tanque) color
blanco con vivos en color negro y verde
3A9J13623KU198055
54-UJ-9H
25
Semirremolque marca Imersh (S2 tanque) color
blanco con vivos en color negro y verde
3A9J13620KU198045
09-UG-7F
26
Tractocamión marca International (T3 6x4) línea
Prostar color blanco
3HSDJAPT7LN858296
96-AM-55
27
Semirremolque marca Truxton, tipo (S2 tanque)
color gris
3A9TA39P7LM249591
10-UH-3P
28
Semirremolque marca Truxton, (S2 tanque) color
gris con vivos en color negro y verde
3A9TA39P6LM249579
23-UH-3P
29
Semirremolque marca Carmex Trailers (S3 tanque)
color gris con vivos color negro
3A9DM483XLG019865
07-UH-3P
30
Semirremolque marca Truxton, color gris
3A9TA39PXLM249231
46-UG-1X
31
Semirremolque marca Truxton. (S2 tanque) color
gris con vivos en color negro y verde
3A9TA39P0LM249223
68-UG-1X
De los cuales se reclama la pérdida de derechos sin contraprestación ni compensación para su dueño,
propietario o poseedor, y para quien se ostente como tal; lo anterior, bajo el argumento de que fue objeto de la
comisión del delito por encontrarse relacionado como producto del hecho ilícito de posesión de
hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios,
contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos.
Por lo que, deberá presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES,
contados a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar
contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y oponer las excepciones y defensas que
tuviere; apercibida que de no hacerlo, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, por lo que las
copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo,
deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, con independencia que todas las
demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista.
Atentamente
Ciudad de México, trece de enero de dos mil veintiséis.
Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República
Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con residencia en la Ciudad de México
Juez Oziel Rosas Guarneros
Rúbrica.
(E.- 000913)
174
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Juzgado Vigésimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito
EDICTOS a las personas que puedan considerarse perjudicadas respecto a la inmatriculación del
inmueble identificado como CALLE ENRIQUETA CAMARILLO MANZANA QUINCE, LOTE QUINCE,
COLONIA LA ERA, ALCALDÍA IZTAPALAPA, CÓDIGO POSTAL 09720, CUIDAD DE MÉXICO, este predio
anteriormente se conocía como "LAS PEÑAS O LA ERA” UBICADO ENTRE LAS CALLES LUCIO
BLANCO Y MORELOS, EN SANTA CRUZ MEYEHUALCO DELEGACIÓN DE IZTAPALAPA DISTRITO
FEDERAL.
En los autos de las Diligencias de JURISDICCION VOLUNTARIA promovido por ANDRES DAZA LEON,
DAVID ANTONIO DAZA LEON, DAISY ESTEPHANY DAZA LEON, expediente número 406/2025. El C. Juez
Vigésimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, por autos de fechas veintinueve de
agosto del año dos mil veinticinco, treinta de enero y veinticuatro de febrero del año dos mil veintiséis,
con fundamento en los artículos 1o, 2o, 122 fracción III, 255 y demás relativos del Código de Procedimientos
Civiles, el cual ordeno edictos:
CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTINUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO
Con el registro de demanda con Código QR, escrito inicial y anexos que remite la Oficialía de Partes
Común para Juzgados y Salas del Poder Judicial de la Ciudad de México, y toda vez que, por razón de turno
le correspondió conocer del presente asunto a éste juzgado, como se desprende también del registro con
código QR al reverso de la foja uno del escrito inicial y de la lista de asuntos nuevos que remite dicha
dependencia, asignó a éste órgano jurisdiccional LAS DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA,
promovido por ANDRES DAZA LEON, DAVID ANTONIO DAZA LEON, DEISY ESTEFANY DAZA LEON con
el número de expediente 406/2025. Conste.
CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTINUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO
Por exhibido un escrito de demanda, un contrato de compraventa, una copia simple de estado de cuenta,
una copia simple de plano, una copia certificada de plano por TESORERIA, un instrumento notarial número
treinta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos, una constancia de registro de cedula profesional, mismos que
se mandan guardar en el seguro del Juzgado. Se le tiene por exhibido cinco juegos de copias simples para
correr los traslados correspondientes.
Se le tiene a ANDRES DAZA LEON, DAVID ANTONIO DAZA LEON, DEISY ESTEFANY DAZA LEON
promoviendo diligencias DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA las que se admiten a trámite con fundamento en
lo dispuesto el que se admite a trámite de conformidad con los artículos 1o, 2o, 122 fracción III, 255 y demás
relativos del Código de Procedimientos Civiles, en consecuencia, cítese por medio de edictos que se
publicarán por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación, en el Boletín Judicial, en la Gaceta Oficial del
Gobierno del Distrito Federal, Sección Boletín Registral, y en el periódico “DIARIO DE MEXICO”, a las
personas que puedan considerarse perjudicadas respecto a la inmatriculación del inmueble identificado como
CALLE ENRIQUETA CAMARILLO MANZANA QUINCE. LOTE QUINCE, COLONIA LA ERA, ALCALDÍA
IZTAPALAPA, CÓDIGO POSTAL 09720, CUIDAD DE MÉXICO, este predio anteriormente se conocía como
"LAS PEÑAS O LA ERA” UBICADO ENTRE LAS CALLES LUCIO BLANCO Y MORELOS, EN SANTA CRUZ
MEYEHUALCO DELEGACIÓN DE IZTAPALAPA DISTRITO FEDERAL. Además por conducto del actuario
adscrito a este Juzgado, fíjese un anuncio, cuya elaboración será a cuenta de la actora, en proporciones
visibles en la parte externa del inmueble de que se trata, el cual deberá contener el nombre de la promovente,
informando a las personas que puedan considerarse perjudicadas, a los vecinos y al público en general, la
existencia del presente procedimiento de inmatriculación judicial respecto al inmueble referido en líneas
anteriores, debiendo permanecer en el inmueble durante todo el tiempo que dure el trámite judicial de este
juicio. Hecho lo anterior, con las copias simples exhibidas, córrase traslado a FERNANDO DAZA VALENCIA,
persona de quien se obtuvo la posesión, así como a los colindantes MARÍA LEÓN CASTRO, JOSÉ
RAYMUNDO OLIVA GONZÁLEZ Y ALBERTO DAZA VALENCIApara que produzcan su contestación; al
DELEGADO DE LA SECRETARÍA DE LA REFORMA AGRARIA EN EL DISTRITO FEDERAL, para que
manifieste si el inmueble a inmatricular se encuentra o no afecto al régimen ejidal o comunal, y a la
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL, DE LA SECRETARÍA DE LA
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
175
FUNCIÓN PÚBLICA, para que exprese si el predio es o no de propiedad federal; concediéndoles a
todos los nombrados para tal efecto, el término de NUEVE DÍAS y para tal efecto elabórese la cédula
correspondiente y hecho que sea túrnese al C. Secretario Actuario con las copias simples exhibidas
debidamente selladas y cotejadas, córrasele traslado, a efecto de hacerle saber los hechos contenidos en el
escrito inicial.
Por señalado como domicilio procesal para oír y recibir notificaciones el que se apunta, y en términos del
artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles, se tiene por autorizados a los Licenciados en Derecho que
se apuntan, quienes deberán acreditar encontrarse legalmente autorizados para ejercer la profesión de
abogado o licenciado en derecho en la primera diligencia en que intervengan, con el apercibimiento
que de no hacerlo, perderán las facultades a que se refiere el precitado numeral en perjuicio de su
autorizante, y únicamente quedarán como autorizados para oír y recibir notificaciones e imponerse de
los propios autos y solo para estos últimos efectos se tiene por autorizada a la persona que se menciona.
Asimismo, dese la intervención correspondiente AL C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO de la
adscripción para que en igual término exponga lo que a su representación social corresponda
En tanto a las pruebas ofrecidas, sin lugar a tenerlas por ofrecidas las mismas, toda vez que la
Jurisdicción Voluntaria únicamente se contempla una simple notificación de las manifestaciones de quien hace
valer las mismas y estas sean notificadas a quien van dirigidas mas no así para el desahogo de pruebas.
Hecho
que
sea
lo
anterior,
expídasele
copias
certificadas
de
todo
lo
actuado,
previo
pago que por derechos se haga en la Plataforma Integral de Cobro, y se encuentre vigente,
previa toma de razón y recibo que obre en autos para constancia, una vez concluidas las presentes
diligencias devuélvanse los documentos exhibidos, por conducto de las personas autorizadas para tales
fines…………………………”………………………………………………………………………………………………
OTRO AUTO:
…………….”………En la Ciudad de México, a treinta de enero de dos mil veintiséis …………………….
- - - A sus autos el escrito de DAVID ANTONIO DAZA LEON, promovente por su propio derecho, visto su
contenido se tiene por hechas sus manifestaciones, y como lo solicita, PROCEDA LA PERSONA DE TURNO
A ELABORAR LA CEDULA DE NOTIFICACION Y LOS EDICTOS ordenados en auto de fecha veintinueve
de agosto de dos mil veinticinco, y hecho que sea TÚRNESE AL ACTUARIO DE LA ADSCRIPCIÓN, junto con
las copias simples de traslado exhibidas debidamente selladas, cotejadas y foliadas, para que proceda dar
cumplimiento al auto mencionado, en sus términos. Y póngase a disposición del promovente los Edictos
ordenados para su publicación……….”…………………………………………………………………………………
Otro auto:
En la Ciudad de México, a veinticuatro de febrero del dos mil veintiséis.
Agréguese a sus autos el escrito de cuenta de DAVID ANTONIO DAZA LEÓN representante común del
promovente por su propio derecho, nueve traslados del escrito de cuenta del presentado el día seis de febrero
del año en curso, se le tiene haciendo las manifestaciones que hace valer, corrigiendo el error ortográfico en
el nombre de la promovente, debiendo quedar como “DAISY ESTEPHANY DAZA LEÓN”, se hace la
aclaración para los efectos legales a que haya lugar. En esa tesitura, corríjase la carátula y libro de gobierno,
asimismo gírese oficio a la OFICIALIA DE PARTES COMUN PARA JUZGADOS Y SALAS DEL PODER
JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, por medio del correo institucional liliana.robles@tsjcdmx.gob.mx,
que al efecto se lleva, para que se sirva corregir en su base de datos el cambio del nombre
de la promovente ANDRES DAZA LEON, DAVID ANTONIO DAZA LEON y DAISY ESTEPHANY DAZA
LEÓN.……………………………………………………………………………”…………………………………………
PUBLICACIONES QUE DEBERÁN REALIZARSE POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION, BOLETIN JUDICIAL, GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL,
SECCION BOLETIN REGISTRAL y EN EL PERIODICO DIARIO DE MEXICO.
Ciudad de México, a 3 de marzo del año 2026.
La C. Secretaria de Acuerdos “B” del Juzgado Vigésimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito
Lic. Luz Mariana Granados Gutierrez
Rúbrica.
(R.- 573692)
176
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A
VEINTITRES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 1148/2024-VI, PROMOVIDO POR QUETZALLI
QUIAHUITL HERNÁNDEZ CARRILLO, POR PROPIO DERECHO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ TERCERO
DE PRIMERA INSTANCIA FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CONGRESO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO; CON FECHA VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO, SE DICTÓ UN AUTO POR EL
QUE SE ORDENA EMPLAZAR AL TERCERO INTERESADO JONATHAN MARTÍNEZ MARTÍNEZ, POR
MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, Y EN UN PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTA
CIUDAD, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO
DE TREINTA DÍAS CONTADOS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTÚE LA ÚLTIMA
PUBLICACIÓN, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICIÓN, COPIA SIMPLE DE LA
DEMANDA DE AMPARO Y DEMÁS ANEXOS EXHIBIDOS, APERCIBIDA QUE DE NO APERSONARSE AL
PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARÁN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO
ARTÍCULO 27, FRACCIÓN III, INCISO B) DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, POR AUTO DE VEINTE DE
FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, SE SEÑALARON LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL
DÍA DIECISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA
CONSTITUCIONAL. EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACIÓN
SUCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALÓ COMO ACTO
RECLAMADO:
DE
LA
AUTORIDAD
RESPONSABLE
DENOMINADA
COMO
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
LA PROMULGACION Y EXPEDICIÓN DE LOS ARTÍCULOS 61, 62 Y 73 DEL CODIGO DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y DEL JUEZ TERCERO FAMILIAR DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, RECLAMO LOS PROVEÍDOS DE
VEINTITRÉS DE AGOSTO Y NUEVE DE OCTUBRE, AMBOS DE DOS MIL VEINTICUATRO EN EL
EXPEDIENTE 3153/2024.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Jose Luis López Tlatenco
Rúbrica.
(R.- 573425)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz,
sito en Boca del Río
“2026, Año de Margarita Maza Parada”
EDICTO
TERCERO INTERESADO:
1. José Luis García Saldaña
En los autos del juicio de amparo indirecto 1020/2025-II, del índice de este Juzgado Quinto de Distrito en
el Estado de Veracruz, con sede en Boca del Río, Rosana García Saldaña, demandó el amparo y protección
de la Justicia Federal contra actos de la 1. Sala Segunda Unitaria "A" en Materia Civil del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de Veracruz, con sede en Xalapa y otra autoridad. De quienes reclama: la sentencia
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
177
dictada en el toca 1039/2025 del orden cronológico de la Sala Unitaria "A" en Materia Civil del Tribunal
Superior de Justicia del Estado de Veracruz, en Xalapa, a través de la cual resolvió la apelación interpuesta
por el hoy tercero interesado José Luis García Saldaña en contra de la porción emitida en la audiencia de
veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, por la cual designó como albacea a la ahora quejosa
Rosana García Saldaña en el expediente 726/2025 del índice del Juzgado Cuarto de Primera Instancia
de Veracruz, Veracruz. Determinando modificar la determinación adoptada en dicha diligencia relativa a la
designación de albacea.
En proveído de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, con fundamento en los artículos 27, fracción III,
inciso b), párrafo segundo de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria -conforme al numeral 2 de la Ley de la materia-, se ordenó emplazar por este medio a la
parte tercera interesada [1. José Luis García Saldaña]. A quien se le hace saber que puede apersonarse a
juicio dentro del término de treinta días hábiles contado a partir del día siguiente al en que surta sus
efectos la última publicación que se haga por edictos. Dejándose a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio, para los efectos legales a que haya
lugar. En el entendido que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad o en
la conurbada de Veracruz. Apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter
personal, se realizarán por lista de acuerdos. Salvo que con posterioridad decida hacer el señalamiento
respectivo para lo cual conserva expedito su derecho. Fenecido ese lapso, se citará a las partes a la
celebración de la audiencia constitucional.
Boca del Río, Veracruz, 04 de febrero de 2026.
El Titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz
Mario De la Medina Soto
Firma Electrónica.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz
Juan Manuel Cárcamo Sánchez
Firma Electrónica.
(R.- 573557)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA
PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE UN VEHÍCULO
IDENTIFICADO COMO SEMIRREMOLQUE MARCA GALLEGOS, TIPO TANQUE CILÍNDRICO, COLOR
GRIS, PLACA DE CIRCULACIÓN 45-UN-4U DEL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL, NÚMERO DE
IDENTIFICACIÓN VEHICULAR (NIV) 3C92T4037CG693676, CORRESPONDE A UN VEHÍCULO AÑO
MODELO 2012, ESTE ES DE ORIGEN NACIONAL.
En auto de catorce de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de extinción de dominio 33/2025,
se admitió a trámite el juicio promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la
Fiscalía General de la República, en contra de Esweidy López Luna, en su calidad de demandada; de
conformidad con el artículo 86 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente
edicto a efecto de que comparezca a juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente
en la pérdida a favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto del vehículo identificado
como Semirremolque marca Gallegos, tipo tanque cilíndrico, color gris, placa de circulación 45-UN-4U del
Servicio Público Federal, número de identificación vehicular (NIV) 3C92T4037CG693676, corresponde a un
vehículo año modelo 2012, este es de origen nacional, del cual se presume que su origen no es de legítima
procedencia, ya que se encuentra vinculado con el hecho ilícito de sustracción ilícita de hidrocarburos,
previsto y sancionado por el artículo 8, fracción l, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos
Cometidos en Materia de Hidrocarburos; vehículo que se encuentra asegurado por el fiscal federal
investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
178
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito en: acceso 11, nivel plaza, del Edificio Sede de
San Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina calle Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano
Carranza, código postal 15960, Ciudad de México, dentro del término de treinta días hábiles siguientes,
contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la
demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Ciudad de México, diecisiete de octubre de dos mil veinticinco.
Secretaria adscrita al Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Angélica Muñoz Luna
Rúbrica.
(E.- 000906)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con sede en la Ciudad de México
Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, calle Eduardo Molina No. 2,
acceso 2, piso 1, Col. Del Parque, Ciudad de México C.P. 15960
EDICTO
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS
A CUALQUIER PERSONA AFECTADA QUE CONSIDERE TENER UN DERECHO SOBRE EL BIEN
MUEBLE (DINERO EN EFECTIVO) OBJETO DE LA ACCIÓN DE
EXTINCIÓN DE DOMINIO.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que: En los autos del juicio de extinción de
dominio 27/2025-III, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con
Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con sede en la Ciudad de México, promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos
a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
86, 88 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
de aplicación supletoria, en razón de los efectos universales del presente juicio, por acuerdo de catorce de
octubre de dos mil veinticinco, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse
por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación o Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del
respectivo, y por Internet, en la página de la Fiscalía, así como en los estrados de este juzgado, durante el
tiempo que dure el emplazamiento; lo anterior, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a
toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el numerario consistente en $2'499,000.00
(dos millones cuatrocientos noventa y nueve mil pesos 00/100 moneda nacional), materia de la acción de
extinción de dominio; respecto del cual se reclama la pérdida de derechos sin contraprestación ni
compensación para su dueño, propietario o poseedor, y para quien se ostente como tal; lo anterior, bajo el
argumento de que fue objeto de la comisión del delito por encontrarse relacionado con el hecho ilícito de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Por lo que, deberá presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES,
contados a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar
contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y oponer las excepciones y defensas que
tuviere; apercibida que de no hacerlo, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, por lo que las
copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo,
deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, con independencia que todas las
demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista.
Atentamente
Ciudad de México, catorce de octubre de dos mil veinticinco.
Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República
Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con residencia en la Ciudad de México
Juez Oziel Rosas Guarneros
Rúbrica.
(E.- 000912)
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
179
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA
O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR TRES VECES
CONSECUTIVAS; Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE:
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 35/2025-V.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el vehículo asegurado consistente en:
Camión, Marca Volvo, L250, Tipo Pipa, Color Blanco, con placas de circulación LD-42-378, del
Estado de México, con número de identificación vehicular YV2E4CCA42B324176, Origen extranjero,
Año-Modelo 2002.
Que en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la
Ciudad de México, se radicó el expediente 35/2025-V, relativo al Juicio de Extinción de Dominio, promovido
por los Agentes del Ministerio Público de la Federación, adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de
Extinción de Dominio, respecto de dicho vehículo, en contra de la parte demandada Raúl Reséndiz
Reséndiz.
Las personas que crean tener derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este Juzgado de
Distrito, ubicado en el Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina,
Número Dos, Acceso Dos, Nivel Uno, Colonia del Parque, C.P. 15960, Ciudad de México, dentro del
término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a acreditar
su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar del aseguramiento del vehículo materia
de extinción.
Expedido en la Ciudad de México, a treinta de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia
en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con sede en la Ciudad de México
Maribel Castañeda Pérez
Rúbrica.
(E.- 000901)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA
O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, POR TRES VECES
CONSECUTIVAS; Y, EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 22/2024- IV.
Se comunica a Aradh Ángel Villareal, sobre el bien mueble (numerario), consistente en:
$35,180.00 (treinta y cinco mil ciento ochenta y tres dólares americanos 00/100 U.S.D.)
180
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Que en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en
la Ciudad de México, se radicó el expediente 22/2024-IV, relativo al Juicio de Extinción de Dominio
promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia
de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía
General de la República, respecto a dicho bien mueble, señalando como parte demandada a la
moral Cira Ingeniería, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable y como parte afectada
Aradh Ángel Villareal.
La parte afectada, deberá presentarse ante este Juzgado de Distrito, ubicado en el Edificio sede del
Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina, Número Dos, Acceso Dos, Nivel Uno,
Colonia del Parque, C-.P. 15960, Ciudad de México, dentro del plazo de treinta días hábiles, contado a
partir del día siguiente a la publicación del último edicto a efecto de contestar la demanda, ofrecer las
pruebas pertinentes y generales, expresar lo que a su derecho convenga.
Además, se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar del aseguramiento del
numerario, materia de extinción.
Expedido en la Ciudad de México, a trece de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia
en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Claudia Elena Arroyo Sotelo
Rúbrica.
(E.- 000904)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS
A CUALQUIER PERSONA AFECTADA QUE CONSIDERE TENER UN DERECHO
SOBRE EL BIEN IMUEBLE OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a usted que en los autos del juicio de extinción de dominio
9/2026-III, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia
en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la
Ciudad de México, promovido por agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía
Especial en Materia de Extinción de Dominio; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 88 y 89
de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, por acuerdo de dieciocho de febrero de dos mil veintiséis, se
ordenó su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el
Diario Oficial de la Federación o Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del respectivo, y por Internet, en la
página de la Fiscalía, así como en los estrados de este juzgado, durante el tiempo que dure el emplazamiento;
lo anterior, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere
tener interés jurídico en el "INMUEBLE UBICADO EN CALLE PROGRESO, ESQUINA CON PRIVADA
UNIVERSIDAD, BARRIO DE SAN NICOLAS, SAN PABLO DEL MONTE, TLAXCALA, UBICADO EN LAS
COORDENADAS GEOGRÁFICAS APROXIMADAS 19.134510, -98144332 Y/O SU EQUIVALENTE DE
19”08'04.2"N 98"08'39.6"W., COMPUESTO POR DOS LOTES IDENTIFICADOS CON ESCRITURA PÚBLICA
NÚMERO 5049 VOLUMEN 74, DE 12 DE MAYO DE 1999, PASADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO
1 DEL ESTADO DE TLAXCALA Y ESCRITURA 772, VOLUMEN 9, DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE DE
2019, PASADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PÚBLICO 2 DEL ESTADO DE TLAXCALA", materia de la acción
de extinción de dominio; respecto del cual se reclama la pérdida de derechos sin contraprestación ni
compensación para su dueño, propietario o poseedor, y para quien se ostente como tal; lo anterior, bajo el
argumento de que fue producto del hecho ilícito en materia de hidrocarburos.
Martes 17 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
181
Por lo que, deberá presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES,
contados a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar
contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y oponer las excepciones y defensas que
tuviere; apercibida que de no hacerlo, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, por lo que las
copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo,
deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, con independencia que todas las
demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista.
Atentamente
Ciudad de México, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis.
Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República
Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con residencia en la Ciudad de México
Juez Oziel Rosas Guarneros
Rúbrica.
(E.- 000908)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA
PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE LOS SIGUIENTES BIENES:
1. INMUEBLE UBICADO EN CALLE EMILIO PORTES GIL, MUY CERCA DEL CAMINO DE REFORMA A
DOS BOCAS, ENTRE CALZADA DE CIRCUNVALACIÓN, COMALCALCO, ESTADO DE TABASCO,
TAMBIÉN IDENTIFICADO COMO CASA UBICADA EN CALLE REVOLUCIÓN, ESQUINA CON CALLE
EMILIO PORTES GIL DE LA COLONIA MORELOS, COMALCALCO, TABASCO.
2. INMUEBLE UBICADO EN CALLE EMILIO PORTES GIL NÚMERO 405, COLONIA MORELOS,
CÓDIGO POSTAL 86389, COMALCALCO, ESTADO DE TABASCO, TAMBIÉN IDENTIFICADO COMO
OFICINAS UBICADAS EN CALLE EMILIO PORTES GIL, COLONIA MORELOS DE LA CIUDAD DE
COMALCALCO, TABASCO.
3. BODEGA UBICADA EN CAMINO REFORMA-DOS BOCAS, ORIENTE 3RA SECCIÓN, COMALCALCO,
ESTADO DE TABASCO, TAMBIÉN IDENTIFICADO COMO BASE UBICADA EN LA RANCHERÍA ORIENTE,
3RA SECCIÓN, DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO.
En auto de 13 de febrero de 2026, dictado en el juicio de extinción de dominio 39/2025, se admitió a
trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía
General de la República contra Juan Carlos Ovando Ovando, Violeta Hernández León (en su calidad de
codemandados), Karla Ovando Hernández y Brayhan Ovando Hernández (en su calidad de personas
afectadas); de conformidad con el artículo 86 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar
el presente edicto a efecto de que comparezca a juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico
consistente en la pérdida a favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto de los
referidos inmuebles de los cuales se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se
encuentra vinculado con el hecho ilícito en materia de hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 9,
fracción II, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburo, los cuales se
encuentran asegurados por la Fiscal Federal investigadora, así como por este órgano jurisdiccional.
Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 3, planta baja, del edificio sede San
Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza,
código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya
surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga; en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia para
correr el traslado de las pruebas ofrecidas por la accionante.
Ciudad de México 13 de febrero de 2026.
Secretaria adscrita al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con residencia en la Ciudad de México
Esmeralda Ramírez López
Rúbrica.
(E.- 000910)
182
DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito,
con residencia en la Ciudad de Querétaro, Querétaro
Av. Fray Luis de León No 2880, edificio A, 5o piso, Centro Sur, Santiago de Querétaro, C.P. 76090
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
Hamsa Dalrod Group Sociedad Anónima de Capital Variable
EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA OCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO,
DICTADO POR EL MAGISTRADO PRESIDENTE DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS
ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO, EN EL AMPARO DIRECTO CIVIL
NUMERO 399/2025, PROMOVIDO POR RUBÉN OSORNIO URIBE, CONTRA ACTOS DE LA JUEZ
PROVISIONAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADO EN ORALIDAD
MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE QUERÉTARO, SE LE HACE DEL CONOCIMIENTO QUE LE
RESULTA EL CARÁCTER DE PARTE TERCERA INTERESADA, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR
EL ARTICULO 5°, FRACCIÓN III, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO Y CON APOYO EN LOS DIVERSOS
27, FRACCIÓN III, INCISO B) DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CÓDIGO FEDERAL DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACIÓN SUPLETORIA A LA PRIMER LEGISLACIÓN EN CITA POR
DISPOSICIÓN EXPRESA DE SU ARTICULO 2°, SE LE MANDÓ EMPLAZAR POR MEDIO DE LOS
PRESENTES EDICTOS A ESTE JUICIO, PARA QUE SI A SU INTERÉS CONVINIERE SE APERSONE AL
MISMO A TRAVÉS DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE, DEBIÉNDOSE PRESENTAR ANTE ESTE
TRIBUNAL COLEGIADO, UBICADO EN AV. FRAY LUIS DE LEÓN No 2880, EDIFICIO A, 5° PISO, CENTRO
SUR, SANTIAGO DE QUERETARO, A DEDUCIR SUS DERECHOS DENTRO DE UN TÉRMINO DE
TREINTA DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL
PRESENTE EDICTO; APERCIBIDA QUE DE NO COMPARECER DENTRO DEL LAPSO INDICADO, LAS
ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARÁCTER PERSONAL LE SURTIRÁN EFECTOS POR
MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUE EN LOS ESTRADOS DE ESTE ÓRGANO COLEGIADO.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN Y EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA MEXICANA, SE
EXPIDE LA PRESENTE EN LA CIUDAD DE QUERÉTARO, QUERÉTARO, SIENDO EL DÍA DIECISIETE DE
FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS.- DOY FE.
Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias
Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito
Carlos Alberto Leal González
Rúbrica.
(R.- 573755)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTOS
En los autos del juicio de amparo directo D.C. 677/2025-13, promovido por NUEVA WALMART DE
MÉXICO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos de la
Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, que hace consistir en la
resolución de veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en el toca 723/2025/01; se dictó el
auto de presidencia cuatro de febrero de dos mil veintiséis, en el que se ordenó emplazar a las terceras
interesadas COTUCE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y VERÓNICA SANTOYO
VENTURA, por medio de edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial
de la Federación y en el periódico “El Sol de México", a fin de que comparezcan a este juicio a defender sus
derechos en el término de treinta días, contado a partir del siguiente al en que se efectúe la última
publicación, en términos del artículo 181 de la Ley de Amparo; por lo que quedan a su disposición, en la
Secretaría de Acuerdos de este Tribunal Colegiado, copia simple de la demanda de garantías, apercibidas
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DIARIO OFICIAL
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que de no apersonarse por sí o por conducto de quien legalmente las represente, en el juicio de amparo, las
ulteriores notificaciones aún aquellas de carácter personal, se harán por lista electrónica, en términos de lo
dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo.
Ciudad de México, veintitrés de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria de Acuerdos del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Lucero Ramírez Márquez
Rúbrica.
(R.- 573669)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Zapopan, Jalisco
EDICTOS
En el Amparo Directo 820/2025, del índice del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer
Circuito, promovido por SAÚL HERNÁNDEZ NUÑO, reclamando de la Tercera Sala del Supremo Tribunal de
Justicia del Estado, la resolución dictada el treinta de septiembre de dos mil veinticinco, en el toca 150/2025;
se ordenó emplazar por edictos al tercero interesado DANIEL ENRIQUE REYNOSO DÍAZ; quien deberá
comparecer a este tribunal, a deducir sus derechos, dentro del plazo de treinta días hábiles, contado a partir
del siguiente al de la última de las tres publicaciones, apercibido que de no hacerlo, las notificaciones
ulteriores, incluso las de carácter personal, se harán por medio de lista; quedan copias de la demanda a su
disposición en este órgano federal.
Para su publicación en días hábiles, por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial de la
Federación.
Zapopan, Jalisco, doce de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito,
ubicado en Anillo Periférico Poniente 7727, edificio XB, piso 6, Fraccionamiento
Ciudad Judicial, en el Municipio de Zapopan, Jalisco, C.P. 45010
Lic. Aída Azucena Castañeda Franco
Rúbrica.
(R.- 573767)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
Sección de Amparo
Acapulco, Gro.
EDICTO.
“Tercero interesado Asesoría Profesional en Electrónica, Sociedad Anónima de Capital Variable y/o
DELL”
“En cumplimiento a los autos de diez de diciembre de dos mil veinticinco y doce de enero de dos mil
veintiséis, dictado por la Jueza Sexta Distrito Estado Guerrero, en Juicio Amparo 1185/2025, promovido por
Jaime Pérez Román, por su propio derecho, con actos de la Junta Especial Número Cuarenta y Tres de la
Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, se hace conocimiento que le resulta el carácter
de tercero interesado, en términos artículo 5°, fracción III, de ley de amparo y 209 fracción III, del Código
Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente, se mandó emplazar por edictos a
juicio, si a su interés conviniere se apersone, debiéndose presentar este juzgado federal, ubicado Boulevard
de las Naciones número 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, código postal
39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de término TREINTA DÍAS, a partir siguiente última
publicación del presente edicto; apercibido de no comparecer lapso indicado, ulteriores notificaciones
personales surtirán efectos por lista que se publique en estrados de este órgano control constitucional.”
En la inteligencia que este juzgado ha señalado las diez horas del veinte de marzo de dos mil veintiséis,
celebración audiencia constitucional, queda disposición en secretaría juzgado copia demanda amparo.”
Para su publicación por tres veces, de tres en tres días hábiles en el Diario Oficial de la Federación, se expide
la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, al doce de febrero de dos mil veintiséis.- Doy fe.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. Diana Laura González Ramírez
Rúbrica.
(R.- 573667)
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DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
San Luis Potosí
EDICTO
En el juicio de amparo indirecto 1009/2024, promovido por Ricardo de Jesús Martínez Delgado, apoderado
legal de Guillermo Cepeda Rodríguez, contra actos del Juez Tercero de Distrito en el Estado de San Luis
Potosí, y otras autoridades; se ordenó emplazar a la parte tercero interesada Financiera Trinitas, Sociedad
Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, al referido juicio
para que comparezca a defender sus derechos a la audiencia constitucional señalada para las DIEZ HORAS
CON CUARENTA MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DE DOS MIL VEINTISÉIS, haciéndole saber que el
acto reclamado consiste en el embargo realizado en el juicio ejecutivo mercantil 63/2018, del índice del
juzgado responsable, respecto del inmueble ubicado en Avenida Horizontes Ibéricos número 125,
fraccionamiento Horizontes Residencial (Privanzas II), en esta ciudad, y sus consecuencias. Para publicarse
conforme al acuerdo de dieciséis de enero de dos mil veintiséis, por tres veces de siete en siete días, en el
Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana
haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al
de la última publicación, quedando a su disposición en la secretaría del juzgado copia de la demanda; se le
previene para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, dentro del término de tres
días siguientes a que fenezcan los treinta días que se le conceden, apercibido que de no hacerlo, las
subsecuentes comunicaciones que deban ser personales les serán practicadas por medio de lista que se
publique en los estrados de este juzgado.
San Luis Potosí, San Luis Potosí, 11 de febrero de 2026.
Juez Segundo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí,
con residencia en la ciudad del mismo nombre
Gabriela Romero Rangel
Rúbrica.
(R.- 573760)
AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tercera Sala Regional en Coahuila y Auxiliar
-Ordinario Tradicional-
Expediente: 627/23-22-01-9
Actor: Inmobiliaria Las Yukas, S.A. de C.V.
EDICTO
En el expediente del juicio de nulidad 627/23-22-01-9, se desprende que esta juzgadora admitió la
demanda en la vía ordinaria promovida por el C. Ricardo Karam Ahuad, en representación legal de la persona
moral denominada Inmobiliaria las Yukas, S.A. de C.V., en contra de la resolución con número de oficio
500-23-00-06-01-2023-12355, emitida por el Titular de la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal
de Durango “1”, del Servicio de Administración Tributaria, mediante la cual le determina un crédito fiscal, así
como un reparto de utilidades.
Ahora bien, de la resolución impugnada se advierte que la autoridad le determinó a la demandante un
reparto adicional de utilidades, lo que implica la existencia de un derecho a favor de los trabajadores y con ello
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DIARIO OFICIAL
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podría generarse la intervención de terceros interesados, acorde a lo dispuesto por el artículo 3o fracción III,
de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; por lo que, en ese sentido, deberá llamarse a
juicio, a quienes son señalados por la actora como terceros interesados, a los CC. ANA GABRIELA BARRÓN
CAMPUZANO, MARTÍN GONZÁLEZ GONZÁLEZ, PEDRO IBARRA SAUCEDO, EDICTOR LABRADOR
ZAPATA, RAMIRO LABRADOR ZAPATA, ALEJANDRO IBARRA MARRUFO, HUMBERTO ANTONIO
IBARRA TELLES, JUAN JOEL RAZO OLIVAS Y JOSÉ SIMENTAL DE LEÓN, los cuales fueron
corroborados como trabajadores de la moral hoy actora durante el ejercicio revisado por la autoridad
demandada, por el Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Durango del Instituto
Mexicano del Seguro Social, la Gerencia de Recaudación Fiscal en la Delegación Regional en Durango del
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Procuradora Federal de la Defensa del
Trabajo en el Estado de Durango, previos requerimientos formulados por esta Sala; para que se apersonen a
juicio en su calidad de terceros interesados, en un plazo de 30 días hábiles contados a partir de que surta
efectos la notificación del presente acuerdo, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 18 de la
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; asimismo, se le requiere a los trabajadores al
servicio de la parte actora, para que en el momento en que se apersonen en el presente juicio, señale correo
electrónico para recibir los avisos que alude el numeral 65 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, con el apercibimiento que de no hacerlo, se declarará precluido su derecho para tal efecto y
que las siguientes notificaciones se realizarán directamente por Boletín Jurisdiccional.
Para su publicación tres veces, de siete días en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno
de los periódicos de mayor circulación dentro de la República Mexicana, de conformidad con lo establecido en
el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la materia
contenciosa administrativa de conformidad con el artículo 1º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, en relación con el artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Atentamente
Torreón, Coahuila de Zaragoza, a 5 de enero de 2026.
Magistrada Instructora Titular de la Tercera Ponencia de la Tercera Sala Regional
en Coahuila y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Magistrada Irma Cervantes Villarreal
Rúbrica.
(R.- 573766)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Regional en Yucatán
Expediente: 691/23-16-01-8
Actora: Comercializadora de Productos
Saludables GHEMM, S.A. de C.V.
"EDICTO”
CC. TRABAJADORES QUE LABORARON EN LA EMPRESA COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS
SALUDABLES GHEMM, S.A. DE C.V., EN LOS EJERCICIOS FISCALES QUE CORRESPONDEN A LOS
PERIODOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE LOS AÑOS 2015 Y 2016.
En los autos del juicio contencioso administrativo federal número 691/23-16-01-8, promovido por la actora
COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS SALUDABLES GHEMM, S.A. DE C.V., en contra de la resolución
número 600-73-00-0800-2023-2752, del 27 de abril de 2023, a través de la cual, la Administración
Desconcentrada Jurídica del Distrito Federal “3”, confirmó un crédito fiscal entre el cual determinó un reparto
de utilidades por pagar, dictó acuerdo de fecha 22 de octubre de 2025, ordenando emplazar a los terceros
interesados al juicio citado por medio de edictos, por lo que, se les hace saber que tienen un término de 30
días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto, para que comparezcan ante la
Sala Regional en Yucatán de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ubicada en la calle 56-A Paseo
de Montejo, número 483-B por calle 41, Mérida, Yucatán, justificando por derecho a intervenir en el asunto,
así como también señalen correo electrónico, en caso contrario, se procederá a notificar el auto de inicio y los
subsecuentes acuerdos por Boletín Jurisdiccional.
Mérida, Yucatán, a 24 de febrero de 2026.
La Magistrada de la Segunda Ponencia
Mtra. Graciela Vázquez Arellano
Rúbrica.
Secretario de Acuerdos
Rigoberto Jesús Zapata González
Rúbrica.
(R.- 573732)
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DIARIO OFICIAL
Martes 17 de marzo de 2026
Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera
Titular de la Unidad de Gobierno
Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara
Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
Cuotas por derecho de publicación:
Oficinas ubicadas en:
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios.
Página web: www.dof.gob.mx
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