Análisis del DOF · 15 de diciembre de 2025
Diario Oficial de la Federación, edición matutina del lunes 15 de diciembre de 2025 (No. de publicación 337/2025), que incluye, entre otros, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional
Tipo de documento: Edición Matutina del DOF (compendio: Decretos, Reglamento, Circulares, Resolución, Convenios, Programa, Acuerdos, Reglas, Sentencia y Avisos)
Estadísticas
Metadatos
Categorías de riesgo presentes
Justificación de urgencia
El Decreto que reforma el Reglamento Interior de la SEDENA expande y reorganiza capacidades de inteligencia, vigilancia del espacio aéreo, procesamiento de información de seguridad nacional y seguridad pública, e información geoespacial, además de consolidar la operación de la Guardia Nacional bajo mando militar (incluida una Subjefatura de Investigación e Inteligencia y una Subjefatura de Seguridad Pública). Estas funciones constituyen el dominio donde la IA y la analítica masiva de datos se despliegan típicamente sin nombrarse, con riesgo Muy Alto de vigilancia autoritaria (R9) e invasión de privacidad (R3) sobre población civil, en un contexto de militarización de la seguridad pública y débil control civil. El documento no establece ninguna salvaguarda tecnológica, de transparencia, de supervisión humana ni de protección de datos.
Síntesis ejecutiva
La edición matutina del DOF del 15 de diciembre de 2025 reúne instrumentos heterogéneos: decretos presidenciales (injerencia sindical, reforma al Reglamento Interior de la SEDENA, reconocimiento de tierras a la Comunidad Indígena de Mala Noche y expropiación para el Tren Maya), circulares de seguros y fianzas (CNSF), una resolución antidumping/antisubvención sobre pierna y espaldilla de cerdo, convenios de SADER e IMSS-BIENESTAR, un acuerdo de simplificación de trámites de aviación civil (AFAC), el Programa Institucional del CETI 2025-2030, acuerdos y avisos de Salud, las Reglas del Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, una sentencia de la SCJN (Controversia Constitucional 119/2025, sobre competencia federal en hidrocarburos y energía eléctrica), notificaciones de Banco de México e INEGI, y avisos judiciales y generales. Ninguno menciona explícitamente 'inteligencia artificial', 'algoritmo' o tecnologías afines. El hallazgo más relevante es implícito y se concentra en el Decreto que reforma el Reglamento Interior de la SEDENA. Esta reforma reorganiza y amplía funciones de inteligencia y vigilancia: facultades de 'generación, operación, procesamiento y utilización de información en materia de seguridad nacional y seguridad pública', una nueva Subjefatura de Investigación e Inteligencia y una Subjefatura de Seguridad Pública en la estructura de la Guardia Nacional (ahora organizada, administrada y operada por la SEDENA), un Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo con detección, identificación y seguimiento de trazas, y sistemas de información geoespacial militar. Estas son precisamente las áreas donde la IA, la analítica masiva de datos, el análisis predictivo y la visión por computadora se aplican sin nombrarse, generando riesgos Muy Altos de vigilancia autoritaria (R9) e invasión de privacidad (R3). El Programa del CETI presenta un gap menor (R1/R2) por posibles evaluaciones diagnósticas y orientación vocacional automatizadas, y los acuerdos de simplificación y digitalización de trámites (AFAC y Centro Nacional de Trasplantes), coordinados por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, configuran un gap potencial débil (R7) por la eventual automatización de servicios públicos. Se recomienda regular el uso de IA y analítica de datos en las funciones de inteligencia, seguridad pública y vigilancia aérea militar, exigiendo supervisión humana, control judicial, auditoría independiente, evaluación de impacto en derechos humanos y transparencia, así como restablecer contrapesos civiles sobre las capacidades técnicas de la SEDENA y la Guardia Nacional. El resto de los documentos (seguros, antidumping, expropiación, igualdad de género, sentencia de la SCJN, Banxico/INEGI) no presenta riesgos de IA significativos.
Contexto mexicano
Consideraciones especiales
- Creciente militarización de la seguridad pública: la reforma consolida que la SEDENA organice, administre y opere la Guardia Nacional e integre funciones de inteligencia y seguridad pública en el fuero militar, debilitando el control civil sobre capacidades de vigilancia que pueden apoyarse en IA.
- Antecedentes de espionaje estatal (caso Pegasus contra periodistas y personas defensoras de derechos humanos) que elevan el riesgo de uso indebido de herramientas de vigilancia automatizada.
- Capacidad institucional limitada para auditar técnicamente sistemas de inteligencia, defensa aérea y análisis geoespacial, y para distinguir entre detección automatizada y decisión humana.
- Desigualdad digital que podría amplificarse si la digitalización educativa (CETI) y de trámites incorpora sistemas algorítmicos opacos sin salvaguardas de equidad.
- Marco de protección de datos personales y de seguridad nacional con excepciones amplias y enforcement débil frente a corporaciones de seguridad.
Capacidad de implementación
Baja en el ámbito de seguridad nacional e inteligencia militar. La reorganización concentra capacidades en la SEDENA con reservas legales de seguridad que dificultan la fiscalización por el INAI, el Congreso y la sociedad civil. No existe un órgano técnico independiente con mandato y recursos para auditar el uso de IA/analítica de datos en inteligencia, vigilancia aérea o análisis geoespacial. En el ámbito educativo (CETI) la capacidad de supervisión de eventuales sistemas algorítmicos también es limitada.
Precedentes relevantes
- Ley de Seguridad Nacional y Ley de la Guardia Nacional (marco de las funciones de inteligencia y seguridad pública reorganizadas en el reglamento).
- Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (límites al tratamiento de datos por entes públicos, incluida la seguridad).
- Jurisprudencia de la SCJN y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre vigilancia, intervención de comunicaciones y necesidad de control judicial y proporcionalidad.
- Caso Pegasus (uso de software de vigilancia por dependencias mexicanas, incluida la SEDENA) como precedente de abuso de capacidades de inteligencia.
- Reformas constitucionales de 2024-2025 que adscriben la Guardia Nacional a la SEDENA, marco directo de esta reforma reglamentaria.
Hallazgos
Hallazgos detectados por el análisis. Expande cada uno para ver el fragmento original y las recomendaciones.
Seguridad Nacional e Inteligencia Militar Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Muy Alta
Dominio regulatorio
Seguridad Nacional e Inteligencia Militar
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Disponer la generación, operación, procesamiento y utilización de información en materia de seguridad nacional para advertir riesgos y prevenir amenazas que contribuyan a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, para el cumplimiento de sus misiones; Análisis de relevancia
1) RELEVANCIA PARA IA: La facultad de 'generación, operación, procesamiento y utilización de información en materia de seguridad nacional' para 'advertir riesgos y prevenir amenazas' describe funciones de inteligencia y análisis predictivo que, en cualquier fuerza armada moderna, se apoyan crecientemente en analítica masiva de datos, minería de datos y algoritmos de aprendizaje automático (análisis de patrones, alertamiento temprano, fusión de bases de datos). El reglamento no nombra IA, pero el ciclo 'generar-procesar-utilizar información' a escala nacional es precisamente el dominio donde la IA se inserta sin mención explícita. 2) RIESGOS: R9 (vigilancia autoritaria) por el potencial de análisis masivo de actividad de personas, opositores o disidentes bajo el paraguas de 'amenazas', sin controles judiciales ni parlamentarios específicos; R3 (privacidad) por el procesamiento masivo de datos personales sin consentimiento ni salvaguardas. 3) GAPS: no hay límites a las técnicas algorítmicas empleadas, ni auditoría externa, ni evaluación de impacto en derechos humanos, ni mecanismos de transparencia o impugnación. 4) CONTEXTO MEXICANO: la creciente militarización de la seguridad pública (la SEDENA ahora organiza, administra y opera la Guardia Nacional) concentra capacidades de inteligencia en una institución castrense con escaso control civil y antecedentes de espionaje (caso Pegasus contra periodistas y defensores).
Recomendaciones
- Establecer en la Ley de Seguridad Nacional y reglamentos secundarios controles específicos sobre el uso de IA/analítica de datos en inteligencia militar, incluyendo prohibición de vigilancia sin orden judicial
- Exigir auditorías independientes y evaluaciones de impacto en derechos humanos antes de desplegar sistemas automatizados de análisis de información de seguridad nacional
- Crear supervisión parlamentaria efectiva y mecanismos de transparencia (con las reservas legítimas de seguridad) sobre las capacidades técnicas de procesamiento de información de la SEDENA y la Guardia Nacional
Categorías de riesgo
Inteligencia y Seguridad Pública (Guardia Nacional militarizada) Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Muy Alta
Dominio regulatorio
Inteligencia y Seguridad Pública (Guardia Nacional militarizada)
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Subjefatura de Investigación e Inteligencia, y Análisis de relevancia
1) RELEVANCIA PARA IA: La creación de una 'Subjefatura de Investigación e Inteligencia' dentro de la Jefatura General de Coordinación Policial de la Guardia Nacional, junto con la nueva 'Subjefatura de Seguridad Pública' (Art. 19 IV Bis) y la facultad de 'proponer y supervisar la generación, operación, procesamiento y utilización de información en materia de seguridad nacional y seguridad pública' (Art. 18, fracción XXI Ter), institucionaliza funciones de inteligencia policial-militar. La inteligencia policial moderna se apoya en análisis predictivo de criminalidad (predictive policing), reconocimiento facial/biométrico, geolocalización e integración de bases de datos: tecnologías de IA que el reglamento no menciona ni regula. 2) RIESGOS: R9 por análisis predictivo y vigilancia poblacional realizados por una corporación de seguridad pública bajo mando militar; R3 por tratamiento masivo de datos personales de civiles. 3) GAPS: la norma habilita capacidades de inteligencia sobre población civil sin establecer salvaguardas tecnológicas, límites al perfilamiento ni controles de privacidad. 4) CONTEXTO MEXICANO: la adscripción operativa de la Guardia Nacional a la SEDENA (Art. 10, fracciones XXVIII-XXXI) traslada la inteligencia de seguridad pública al fuero militar, debilitando el control civil y aumentando el riesgo de uso de herramientas de vigilancia automatizada contra protesta social y disidencia.
Recomendaciones
- Prohibir expresamente el uso de análisis predictivo de criminalidad y reconocimiento biométrico masivo por la Guardia Nacional sin marco legal específico, control judicial y evaluación de sesgos
- Regular el tratamiento de datos personales en labores de inteligencia de seguridad pública conforme a estándares del INAI y jurisprudencia interamericana
- Restablecer controles civiles y de transparencia sobre las funciones de inteligencia de la Guardia Nacional ahora bajo mando de la SEDENA
Categorías de riesgo
Defensa Aérea y Vigilancia del Espacio Aéreo Implícito - Tecnología Alta
Dominio regulatorio
Defensa Aérea y Vigilancia del Espacio Aéreo
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Realizar las acciones de alertamiento, interceptación aérea, identificación, seguimiento de trazas de interés y asistencia de aeronaves en emergencia en el Espacio Aéreo Mexicano; Análisis de relevancia
1) RELEVANCIA PARA IA: La creación del Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, con funciones de 'alertamiento, interceptación aérea, identificación, seguimiento de trazas de interés' y de 'operar los medios de detección, identificación e interceptación', describe un sistema de vigilancia y mando-control aéreo. Estos sistemas (detección radar, fusión de sensores, identificación y seguimiento automático de trazas, apoyo a decisiones de interceptación) incorporan de forma estándar algoritmos de clasificación, seguimiento (tracking) y priorización que son tecnologías de IA/automatización. La decisión de 'alertamiento' e 'interceptación' aérea puede involucrar el uso de la fuerza, lo que la acerca a sistemas de apoyo a decisiones críticas. 2) RIESGOS: R9 (vigilancia/capacidad coercitiva del Estado en el espacio aéreo) y R3 (seguimiento de aeronaves y, potencialmente, de personas). De manera secundaria, la automatización de decisiones de interceptación se relaciona con riesgos de error (R1) y de supervisión humana insuficiente. 3) GAPS: no se establecen requisitos de supervisión humana significativa ('human-in-the-loop') en decisiones de alertamiento e interceptación, ni protocolos de verificación. 4) CONTEXTO MEXICANO: capacidad institucional limitada para auditar sistemas técnicos de defensa aérea y ausencia de marco que distinga entre detección automatizada y decisión humana en el uso de la fuerza.
Recomendaciones
- Exigir supervisión humana calificada y trazable en toda decisión de alertamiento e interceptación aérea, prohibiendo automatización total del uso de la fuerza
- Establecer protocolos de verificación, registro y auditoría de los sistemas de detección, identificación y seguimiento de trazas
- Garantizar que el tratamiento de datos derivado de la vigilancia del espacio aéreo respete límites de privacidad y finalidad
Categorías de riesgo
Información Geoespacial y Sistemas de Información Militar Implícito - Tecnología Media
Dominio regulatorio
Información Geoespacial y Sistemas de Información Militar
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Desarrollar y administrar el sistema de información geoespacial militar; Análisis de relevancia
1) RELEVANCIA PARA IA: El 'sistema de información geoespacial militar' y la facultad de 'elaborar, mantener actualizada y administrar la información geoespacial del territorio nacional' (Art. 54) implican plataformas de teledetección, análisis de imágenes satelitales/aéreas y procesamiento geoespacial, dominios donde la IA (visión por computadora, clasificación automática de imágenes, detección de cambios) es hoy tecnología corriente. La Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (Art. 78 Quinquies) concentra el desarrollo y administración de 'los sistemas de información de la Secretaría', incluida la seguridad informática. 2) RIESGOS: R3 y R9 por la integración de capacidades geoespaciales con funciones de inteligencia y seguridad nacional, que permiten monitoreo territorial y de personas sin marco que limite usos secundarios. 3) GAPS: ausencia de regulación sobre el uso de IA en análisis geoespacial militar y sobre la integración de estos datos con sistemas de inteligencia. 4) CONTEXTO MEXICANO: expansión de capacidades técnicas castrenses sin contrapesos civiles ni transparencia.
Recomendaciones
- Documentar y someter a control normativo el uso de IA (visión por computadora, análisis de imágenes) en los sistemas de información geoespacial militar
- Establecer límites de finalidad y de integración con sistemas de inteligencia para evitar vigilancia territorial indebida de población civil
- Promover marcos de gobernanza de datos con participación de autoridades civiles competentes
Categorías de riesgo
Educación Técnica Superior (CETI) - Ingreso y Trayectorias Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Media
Dominio regulatorio
Educación Técnica Superior (CETI) - Ingreso y Trayectorias
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Para garantizar un proceso de ingreso ágil, inclusivo y transparente, se diseñarán convocatorias diversificadas y evaluaciones diagnósticas orientadas a identificar el potencial de cada aspirante. Análisis de relevancia
1) RELEVANCIA PARA IA: El Programa del CETI plantea 'evaluaciones diagnósticas orientadas a identificar el potencial de cada aspirante', 'orientación vocacional personalizada' y educación a distancia; ofrece además carreras como 'Automatización y Robótica' y 'Diseño Electrónico y Sistemas Inteligentes'. La evaluación y selección educativa, la orientación vocacional 'personalizada' y las plataformas de educación a distancia son dominios donde se introducen herramientas algorítmicas (scoring de aspirantes, analítica de aprendizaje, sistemas de recomendación). El documento no menciona IA, por lo que se trata de un gap potencial (implícito débil). 2) RIESGOS: R2 (sesgo) si futuras evaluaciones diagnósticas o de orientación se automatizan y reproducen desigualdades (el propio Programa reconoce brechas de género y baja matrícula femenina en áreas tecnológicas); R1 (error) por automatización de decisiones académicas sin supervisión. 3) GAPS: el Programa no prevé criterios de equidad ni auditoría para eventuales herramientas algorítmicas de admisión u orientación. 4) CONTEXTO MEXICANO: desigualdad digital y brechas de acceso que podrían amplificarse si la digitalización educativa incorpora sistemas opacos.
Recomendaciones
- Si las evaluaciones diagnósticas u orientación vocacional se automatizan, exigir transparencia, supervisión humana y análisis de sesgo con perspectiva de género e inclusión
- Garantizar mecanismos de revisión y apelación frente a decisiones automatizadas de ingreso o permanencia
- Incorporar criterios de equidad algorítmica en cualquier plataforma de educación a distancia o analítica de aprendizaje del CETI
Categorías de riesgo
Gobierno Digital y Simplificación de Trámites (mejora regulatoria) Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Media
Dominio regulatorio
Gobierno Digital y Simplificación de Trámites (mejora regulatoria)
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno deberán implementar políticas públicas de
simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y
fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que establezca la ley nacional en Análisis de relevancia
1) RELEVANCIA PARA IA: Esta edición del DOF contiene un patrón recurrente de mandato de 'simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios' coordinado por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (nueva Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización), con migración al 'Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios' (Acuerdos de la AFAC y del Centro Nacional de Trasplantes). 'Transformación digital', 'digitalización de trámites' y 'capacidades tecnológicas públicas' son eufemismos burocráticos que la taxonomía señala como posibles vías de automatización (R7) e incorporación futura de IA. Hoy el contenido se limita a eliminar trámites, sustituir escritos por formularios en línea y portales únicos, sin describir motores algorítmicos ni decisiones automatizadas; por ello el hallazgo es un gap potencial débil (implícito débil), de carácter prospectivo. 2) RIESGOS: R7 (desplazamiento laboral) si la digitalización y los portales únicos derivan en automatización de tareas administrativas y reducción de plazas en ventanillas, en un contexto de modernización del aparato público. 3) GAPS: no se prevén salvaguardas sobre automatización de servicios públicos, supervisión humana en resoluciones digitalizadas, ni evaluación de impacto laboral o de accesibilidad para población con baja conectividad. 4) CONTEXTO MEXICANO: brecha digital y desigualdad de acceso que pueden excluir a usuarios sin medios electrónicos, y centralización de la digitalización gubernamental en una sola agencia.
Recomendaciones
- Documentar si la digitalización de trámites del Portal Ciudadano Único incorpora o incorporará clasificación, validación o resolución automatizada, y en su caso exigir supervisión humana y trazabilidad
- Evaluar el impacto laboral y de accesibilidad de la digitalización de servicios públicos, garantizando canales presenciales para población con baja conectividad
- Establecer criterios de transparencia y gobernanza para cualquier componente algorítmico que se integre a la transformación digital de la Administración Pública Federal
Categorías de riesgo