Texto original
Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 057/2026, Ciudad de México, martes 10 de marzo de 2026 (Edición Matutina, 214 páginas)
10 de marzo de 2026 · Presidencia de la República; Secretaría de Marina; Secretaría de Hacienda y Crédito Público (CNBV, Indaabin); Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SENASICA); Secretaría de Salud; Secretaría de las Mujeres; Consejo de Salubridad General; Tribunal de Disciplina Judicial; Banco de México; INEGI; Instituto Nacional Electoral; Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.
No. de publicación: 057/2026
Ciudad de México, martes 10 de marzo de 2026
CONTENIDO
Presidencia de la República
Secretaría de Marina
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Secretaría de Salud
Secretaría de las Mujeres
Consejo de Salubridad General
Tribunal de Disciplina Judicial
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Instituto Nacional Electoral
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
2
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
INDICE
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Decreto por el que se establecen las características de tres monedas conmemorativas de la Copa
Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá. ...................................
5
Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 01-00-64 hectáreas
del ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, a favor de
Tren Maya, S.A. de C.V. ...................................................................................................................
8
SECRETARIA DE MARINA
Aviso por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro del Servicio
Portuario de Pilotaje, aplicables en diversos puertos de México. .....................................................
17
Aviso por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de
Infraestructura Portuaria, aplicables en diversos puertos de México. ...............................................
18
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Oficio mediante el cual se modifican los términos de la autorización para la organización y
operación de Hey Banco, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero. .............
19
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble
Federal que se señala. (R.F.I. 30-26732-4). .....................................................................................
20
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Segundo Convenio Modificatorio al Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los
componentes de vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias,
campañas fitozoosanitarias e inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de
Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2025, que celebran la
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Guerrero. ............................................
23
SECRETARIA DE SALUD
Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de
transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar
acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de Tabasco. .........................................................................................................
34
Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de
transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar
acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de Tamaulipas. ....................................................................................................
51
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
3
SECRETARIA DE LAS MUJERES
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría
de las Mujeres de Tlaxcala, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las
mujeres, a través del Proyecto denominado Fomentando el crecimiento y liderazgo de las
mujeres Tlaxcaltecas. .......................................................................................................................
68
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto
Veracruzano de las Mujeres, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las
mujeres, a través del Proyecto denominado Por Amor a las Veracruzanas. ....................................
74
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría
de las Mujeres del Estado de Yucatán, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Transformación y Fortalecimiento
del Liderazgo de las Mujeres Yucatecas para un Renacimiento Maya con Igualdad y Libre de
Violencias. ........................................................................................................................................
80
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría
de las Mujeres del Estado de Zacatecas, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Bienestar para las Mujeres en
Zacatecas. ........................................................................................................................................
86
CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL
Acuerdo por el que se actualiza el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025. ............................................
92
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
Aclaración a la Certificación del Acuerdo General 10/2025 del Pleno del Tribunal de Disciplina
Judicial del Poder Judicial de la Federación, que tiene por objeto determinar las regiones
judiciales de carácter administrativo para el trabajo y funciones del Órgano de Evaluación del
Desempeño Judicial, publicado el 24 de febrero de 2026. ...............................................................
127
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
128
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
128
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
128
Valor de la unidad de inversión. .......................................................................................................
129
4
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
Índice nacional de precios al consumidor. ........................................................................................
129
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Circular INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2026 por la que se comunica a las dependencias y entidades de
la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las empresas
productivas del Estado, a las entidades federativas, a los municipios, a los entes públicos de unas
y otros, y a las personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cumplimiento dado a la sentencia
definitiva de veintiocho de abril de dos mil veinticinco, dictada en el Juicio Contencioso
Administrativo 16499/23-17-01-9, promovido por la persona moral Process Management and
Solutions, Sociedad Anónima de Capital Variable, en la cual la Primera Sala Regional en la
Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, declaró la nulidad de la
resolución de treinta de junio de dos mil veintitrés, emitida en el procedimiento administrativo de
sanción a proveedores INE/OIC/PSP/001/2022. ..............................................................................
130
Circular INE/OIC/UAJ/DJPC/002/2026 por la que se comunica a las dependencias y entidades de
la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las empresas
productivas del Estado, a las entidades federativas, a los municipios, a los entes públicos de unas
y otros, y a las personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que deberán abstenerse de aceptar
propuestas y/o celebrar contratos con el ciudadano Edgar Oswaldo Palomo Beltrán. .....................
132
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Extracto del Acuerdo G/JGA/36/2026, denominado “Cambio de domicilio de la Décimo Cuarta
Sala Regional en la Ciudad de México, con sede en la Ciudad de México”. ....................................
134
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS,
OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................
135
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
189
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
5
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
DECRETO por el que se establecen las características de tres monedas conmemorativas de la Copa Mundial de la
FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS DE TRES MONEDAS CONMEMORATIVAS DE LA COPA MUNDIAL
DE LA FIFA 2026, ORGANIZADA POR MÉXICO-ESTADOS UNIDOS-CANADÁ
Artículo Primero.- Se establecen las características de una moneda de oro puro conmemorativa de la
Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, de conformidad
con el inciso c)., del artículo 2º, de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características
que se señalan a continuación:
I.
Valor nominal: $25.00 (Veinticinco pesos 00/100 M.N.).
II.
Forma: Circular.
III.
Diámetro: 23 mm (Veintitrés milímetros).
IV.
Ley: 0.999 (Novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de oro puro.
V.
Peso: 7.776 g (Siete gramos, setecientos setenta y seis miligramos), equivalente a 1/4 (Un cuarto)
de onza troy de oro puro.
VI.
Contenido: 1/4 (Un cuarto) de onza troy de oro puro.
VII.
Tolerancia en Ley: 0.001 (Un milésimo) en más.
VIII.
Tolerancia en peso: Por unidad: 0.0225 g (Veintidós y medio miligramos); por conjunto de mil
piezas: 1/2 g (Medio gramo), ambas en más o en menos.
IX.
Canto: Estriado.
X.
Los cuños serán:
Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, con la leyenda “ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS” formando el semicírculo superior. El marco liso.
Reverso: El diseño del motivo que se contenga en el reverso de la moneda a que se refiere este
artículo, será el que, de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio del presente Decreto
determine el Banco de México. Dicho motivo deberá relacionarse con la Copa Mundial
de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, e incluirá la denominación "$25"
y la ceca de la Casa de Moneda de México "Mo".
Artículo Segundo.- Se establecen las características de una moneda de plata pura conmemorativa de la
Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, de conformidad
con el inciso c)., del artículo 2º, de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características
que se señalan a continuación:
I.
Valor nominal: $10.00 (Diez pesos 00/100 M.N.).
II.
Forma: Circular.
III.
Diámetro: 40 mm (Cuarenta milímetros).
6
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
IV.
Ley: 0.999 (Novecientos noventa y nueve milésimos) de plata pura.
V.
Peso: 31.103 g (Treinta y un gramos, ciento tres miligramos), equivalente a 1 (Una) onza troy de
plata pura.
VI.
Contenido: 1 (Una) onza troy de plata pura.
VII.
Tolerancia en Ley: 0.001 (Un milésimo) en más o en menos.
VIII.
Tolerancia en peso: Por unidad: 0.175 g (Ciento setenta y cinco miligramos); por conjunto de mil
piezas: 1 g (Un gramo), ambas en más o en menos.
IX.
Canto: Estriado.
X.
Los cuños serán:
Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, con la leyenda "ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS" formando el semicírculo superior. El marco liso.
Reverso: El diseño del motivo que se contenga en el reverso de la moneda a que se refiere este
artículo, será el que, de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio del presente Decreto
determine el Banco de México. Dicho motivo deberá relacionarse con la Copa Mundial de la FIFA
2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, e incluirá la denominación "$10" y la ceca
de la Casa de Moneda de México "Mo".
Artículo Tercero.- Se establecen las características de una moneda bimetálica conmemorativa de la Copa
Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, de conformidad con el inciso c).,
del artículo 2º, de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que se señalan a
continuación:
I.
Valor nominal: $20.00 (Veinte pesos 00/100 M.N.).
II.
Forma: Dodecagonal.
III.
Diámetro: 30.0 mm (Treinta milímetros).
IV.
Composición: La moneda será bimetálica y estará constituida por dos aleaciones, una para su
parte central y otra para su anillo perimétrico, que serán como sigue:
1.
Parte central de la moneda: Aleación de alpaca plateada, que estará compuesta en los
siguientes términos:
a)
Contenido: 65% (Sesenta y cinco por ciento) de cobre; 10% (Diez por ciento) de níquel,
y 25% (Veinticinco por ciento) de zinc.
b)
Tolerancia en contenido: 1.5% (Uno, cinco décimos por ciento) por elemento, en más o
en menos.
c)
Peso: 5.51 g (Cinco gramos, cincuenta y un centigramos).
d)
Tolerancia en peso por pieza: 0.22 g (Veintidós centigramos), en más o en menos.
2.
Anillo perimétrico de la moneda: Aleación de bronce-aluminio, que estará integrada como
sigue:
a)
Contenido: 92% (Noventa y dos por ciento) de cobre; 6% (Seis por ciento) de aluminio,
y 2% (Dos por ciento) de níquel.
b)
Tolerancia en contenido: 1.5% (Uno, cinco décimos por ciento), por elemento, en más
o en menos.
c)
Peso: 7.16 g (Siete gramos, dieciséis centigramos).
d)
Tolerancia en peso por pieza: 0.29 g (Veintinueve centigramos), en más o en menos.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
7
3.
Peso total: Será la suma de los pesos de la parte central de la moneda y del anillo
perimétrico de esta, que corresponderá a 12.67 g (Doce gramos, sesenta y siete
centigramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.51 g (Cincuenta y un centigramos)
en más o en menos.
V.
Los cuños serán:
Anverso: El Escudo Nacional, con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS", formando el
semicírculo superior.
Reverso: El diseño del motivo que se contenga en el reverso de la moneda a que se refiere este
artículo, será el que de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio del presente Decreto
determine el Banco de México. Dicho motivo deberá relacionarse con la Copa Mundial
de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, e incluirá la denominación "$20",
los elementos de seguridad y la ceca de la Casa de Moneda de México "Mo".
VI.
Canto: Estriado discontinuo.
VII.
Elementos de Seguridad: Imagen latente y microtexto, en el reverso de la moneda, los cuales
deberán estar relacionados con el motivo de la misma.
Artículo Cuarto.- Corresponderá al Banco de México la titularidad de todos los derechos patrimoniales de
autor y cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual derivados de los diseños y de la acuñación
de las monedas a que se refiere el presente Decreto.
Transitorios
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Segundo.- A más tardar dentro de los noventa días naturales posteriores a la publicación del presente
Decreto en el Diario Oficial de la Federación, el Banco de México determinará los diseños de los motivos que
se contendrán en el reverso de cada una de las monedas conmemorativas a que se refiere este Decreto.
Tercero.- El Banco de México, previo a la acuñación de las monedas conmemorativas de la Copa Mundial
de la FIFA 2026 organizada por México-Estados Unidos-Canadá, establecidas en los Decretos relativos a esa
conmemoración emitidos por el Congreso de la Unión, podrá modificar los diseños que haya determinado para
el reverso de cada una de las monedas cuando exista algún impedimento legal o técnico, o ambos.
Cuarto.- Las monedas conmemorativas a que se refiere el presente Decreto podrán empezar a acuñarse
a partir de los treinta días naturales posteriores a la fecha en que se determinen los diseños, conforme a lo
señalado en el Segundo Transitorio de este Decreto.
Quinto.- Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran a
los diseños aprobados por el Banco de México, los cuales deberán ser acordes con las características
esenciales de los motivos de las monedas conmemorativas señaladas en el presente Decreto.
Ciudad de México, a 17 de febrero de 2026.- Dip. Kenia López Rabadán, Presidenta.- Sen. Laura Itzel
Castillo Juárez, Presidenta.- Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Secretaria.- Sen. Lizeth Sánchez
García, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 05 de marzo de 2026.- Claudia Sheinbaum Pardo,
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria
de Gobernación.- Rúbrica.
8
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 01-00-64 hectáreas del ejido
“Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, a favor de Tren Maya, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad
que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con
fundamento en los artículos 27, párrafos primero y segundo, y 92 de la propia Constitución; 13, 29 y 41 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 93, fracciones I y VII, y 94 de la Ley Agraria, y 60, 61 y 75
del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y
RESULTANDO
1. Que, mediante resolución presidencial publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de 20 de
julio de 1936, se dotó al poblado “Leona Vicario", Delegación de Cozumel, Territorio de Quintana Roo, la
superficie de 63,840 hectáreas. Dicha resolución se ejecutó el 8 de julio de 1937;
2. Que, el Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, mediante decreto publicado en el DOF el 8 de
octubre de 1974, reformó el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para
reconocer al estado de Quintana Roo como parte integrante de la federación;
3. Que, mediante asamblea general de ejidatarios de 15 de agosto de 1999, se determinó la delimitación,
destino y asignación de las tierras del ejido “Leona Vicario", municipio de Benito Juárez,
estado de Quintana Roo;
4. Que, el 1 de diciembre de 1999, el ejido “Leona Vicario", actualmente municipio de Puerto Morelos,
estado de Quintana Roo, se inscribió en el Padrón e Historial de Núcleos Agrarios del Registro Agrario
Nacional (RAN) con el folio de ejidos y comunidades 23005002120071937R;
5. Que, el Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, mediante decreto
número 342, de 5 de noviembre de 2015, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 6 de noviembre de
2015, creó el municipio de Puerto Morelos, con cabecera Municipal en la Ciudad de Puerto Morelos,
estado de Quintana Roo, jurisdicción a la que pertenece actualmente el ejido “Leona Vicario", municipio de
Puerto Morelos, estado de Quintana Roo;
6. Que, el ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, fue afectado por
las siguientes acciones agrarias:
Núm.
Resolución Presidencial
Publicación en el DOF
Acción
Superficie
(hectáreas)
1.
14 de mayo de 1990
22 de mayo de 1990
Expropiación
585-57-65.85
2.
27 de julio de 1990
6 de agosto de 1990
Expropiación
835-27-64.06
3.
20 de agosto de 1993
26 de agosto de 1993
Expropiación
191-29-12.26
4.
22 de noviembre de 1993
8 de diciembre de 1993
Expropiación
167-10-14
5.
11 de septiembre de 1996
17 de septiembre de 1996
Expropiación
444-97-71
6.
18 de mayo de 2015
19 de mayo de 2015
Expropiación
8-50-96
7.
8 de marzo de 2024
8 de marzo de 2024
Expropiación
90-53-63
8.
24 de diciembre de 2025
29 de diciembre de 2025
Expropiación
01-60-57
9.
31 de diciembre de 2025
31 de diciembre de 2025
Expropiación
00-13-57
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
9
7. Que, mediante escritura pública 98,727, de 5 de diciembre de 2018, otorgada ante el Licenciado Carlos
Antonio Morales Montes de Oca, notario público 227 de Ciudad de México, se protocolizó el cambio de
denominación de Fonatur Operadora Portuaria, S.A. de C.V., por el de FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V. En
la cláusula CUARTA de la citada escritura pública consta, como parte de su objeto social:
c) Tramitar todo tipo de asignaciones y permisos y ejecutar la construcción, operación,
explotación, conservación y mantenimiento de vías férreas en el sureste de la República
Mexicana.
d) Tramitar todo tipo de asignaciones y permisos y prestar el servicio público de
transporte ferroviario de pasajeros o de carga, por sí mismo mediante asignación o de
manera conjunta con concesionarios.
e) Tramitar todo tipo de asignaciones y permisos para prestar servicios auxiliares
ferroviarios, así como todo tipo de servicios relacionados con la infraestructura
ferroviaria.
(...)
g) Celebrar todo tipo de actos jurídicos por los cuales otorgue o reciba el uso y
aprovechamiento de bienes muebles e inmuebles, así como el adquirirlos o enajenarlos,
comprendidos en instalaciones turísticas o inmobiliarias de cualquier naturaleza, en
cualquier destino turístico, polos de desarrollo turístico, Centros Integralmente
Planeados, y en Centros Turísticos Sustentables del Fondo Nacional del Fomento al
Turismo (FONATUR), en el sureste de la República Mexicana.
8. Que, mediante publicación en el DOF el 21 de abril de 2020, el Gobierno federal otorgó, por conducto
de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a la empresa de participación estatal mayoritaria
FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., la asignación para construir, operar y explotar la vía general de
comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, la cual incluye la prestación del servicio público
de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, y los permisos para prestar los servicios
auxiliares requeridos;
9. Que, FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., elaboró dictámenes técnicos de la viabilidad del Proyecto
Tren Maya, en los que se concluye que es de primera necesidad contar con un servicio confiable, eficiente,
cómodo y seguro que permita, por una parte, el transporte de mercancías y, por otra, movilizar a sus usuarios
con altos estándares de calidad, acceso y cobertura en el área urbana y conurbada;
10. Que, los dictámenes antes referidos, acreditan que el Proyecto Tren Maya satisface el interés
colectivo, e impulsa las actividades económicas del sur-sureste del país que garantizan el derecho a la
movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad, comodidad, eficiencia, calidad e igualdad. Así mismo, la
construcción del Tren Maya permitirá el desarrollo socioeconómico y turístico; reducirá los niveles de pobreza,
y mejorará las condiciones de vida de quienes habitan y transitan por la zona;
11. Que, el Proyecto de Nación se fundamenta en los Cien Compromisos de gobierno para el periodo
2025-2030, los cuales son la base del Plan Nacional de Desarrollo (PND 2025-2030), publicado en el DOF el
15 de abril de 2025; en ellos se exponen 14 repúblicas, la XI, que se denomina República Próspera y
Conectada, la cual contempla los compromisos números 76 y 77, mismos que se refieren a la “Construcción
de línea del Tren Maya a Progreso” y a la “Implementación del transporte de carga en el Tren Maya”,
respectivamente;
12. Que, el PND 2025-2030 contempla, en su Eje general 3 “Economía Moral y Trabajo”, las siguientes
estrategias:
Estrategia 3.7.2 Fomentar la construcción, modernización y conservación de la
infraestructura de transporte para garantizar la movilidad de personas, bienes, servicios
y turistas nacionales e internacionales, asegurando condiciones de seguridad vial,
accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.
Estrategia 3.7.3 Desarrollar infraestructura ferroviaria para mejorar el transporte de
pasajeros y carga mediante la expansión e integración de la red con un enfoque
intermodal, fortaleciendo la integración territorial y ofreciendo un servicio económico,
seguro, sostenible y eficiente.
10
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
13. Que, el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (PSEDATU) 2025-2030,
publicado en el DOF el 1 de septiembre de 2025, establece en su Estrategia 2.3 “Promover políticas de
movilidad sustentable, segura, accesible e incluyente, para mejorar la conectividad del territorio, la
prosperidad de las regiones y el bienestar de las personas” y en su Línea de acción 2.3.1 “Coordinar
la regularización y liberación del derecho de vía para la construcción de 3,000 km de líneas de tren de
pasajeros, mediante procesos de gestión, acuerdos y actualización registral”;
14. Que, el Programa Sectorial de Defensa Nacional 2025-2030, publicado en el DOF el 1 de septiembre
de 2025, establece en su Estrategia 6.1 “Coadyuvar en la construcción de infraestructura que tienda al
desarrollo económico y social del país” y en sus Líneas de acción 6.1.1 y 6.1.2 “Colaborar en estudios
preliminares, asesoramiento y construcción, para el desarrollo del sistema ferroviario del país, que permita
mejorar la movilidad, fortalecer la integración regional y facilitar el traslado de pasajeros y carga en el territorio
nacional” y “Participar en la materialización de la infraestructura ferroviaria del Tren Maya para mejorar el
transporte de pasajeros y carga, mediante la expansión de la red con un enfoque intermodal, que permita
fortalecer la integración territorial en el sureste de la República y su desarrollo social, respectivamente;
15. Que, mediante escritura pública número 20 de 3 de junio de 2022, otorgada ante la fe de la titular de la
Notaría 153 del Estado de México, Claudia Gabriela Francóz Gárate, se hizo constar la constitución de la
Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Tren Maya, S.A. de C.V., la cual tiene por objeto social:
(...) prestar los servicios de transporte ferroviario, complementarios y comerciales
relacionados con los mismos, en términos de las concesiones, permisos, licencias y
autorizaciones, que en su caso, obtenga del Gobierno Federal, para llevar a cabo la
construcción, operación y explotación del “Tren Maya”.
Por lo que, para cumplir con su objeto social, Tren Maya, S.A. de C.V., puede realizar, entre otras
acciones, lo siguiente:
(...)
II.
Llevar a cabo la construcción, operación y explotación del “Tren Maya”, así como
prestar los servicios auxiliares y públicos de transporte ferroviario de personas y carga,
principalmente en los Estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana
Roo, pudiendo extenderse en todo el territorio nacional;
III.
Realizar todas las acciones, estudios, proyectos, construcciones, adquisiciones,
obras complementarias, sociales y de desarrollo inmobiliario que sean necesarias para
la construcción del Sistema Ferroviario relacionado con el "Tren Maya" y los que se
lleguen a crear en el territorio nacional, para el desarrollo regional, incluyendo todas
aquellas actividades relacionadas con la adquisición de bienes por cualquier título,
propiedad privada o cualquier modalidad de tenencia de la tierra;
IV. El diseño, la construcción, ejecución, equipamiento, instalación, puesta en
operación, financiación y transmisión de todo tipo de edificaciones, obras necesarias
para tendido de vías, elevados sobre carril o cable, señalizaciones y enclavamientos,
electrificación de ferrocarriles, así como su mantenimiento y reparación, ya sea en
régimen de contratación pública o, privada, concesión o arrendamiento;
(...)
XII. En general, realizar y ejecutar todos los actos jurídicos que sean necesarios o
convenientes para llevar a cabo su objeto social.
16. Que, mediante publicación en el DOF de 30 de mayo de 2023, el Gobierno federal otorgó, por
conducto de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a la empresa de participación
estatal mayoritaria Tren Maya, S.A. de C.V., la asignación para construir, operar y explotar la vía general de
comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, la prestación del servicio público de transporte ferroviario de
carga y de pasajeros, la cual incluye los permisos para prestar los servicios auxiliares requeridos;
17. Que, por acuerdo publicado el 21 de septiembre de 2023 en el DOF, se emitieron los “Lineamientos
para la entrega del Proyecto Tren Maya, que realizará el Fideicomiso denominado Fondo Nacional de
Fomento al Turismo (FONATUR) y FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V. a Tren Maya, S.A. de C.V.”;
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
11
18. Que, por decreto presidencial publicado el 1 de marzo de 2024 en el DOF, se determinó que
FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., debe entregar el Proyecto Tren Maya a Tren Maya, S.A. de C.V.,
conforme a las disposiciones normativas aplicables;
19. Que, por acuerdo publicado en el DOF el 4 de agosto de 2025, se establecieron las acciones para dar
continuidad y seguimiento a los derechos y obligaciones de Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V., por Tren Maya,
S.A. de C.V., respecto de aquellos relacionados con el Proyecto Tren Maya, y por el Fondo Nacional de
Fomento al Turismo en los demás derechos, obligaciones y asuntos distintos a éstos;
20. Que, FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., es una empresa de participación estatal mayoritaria
sectorizada a la Secretaría de Turismo y Tren Maya, S.A. de C.V., es una empresa de participación estatal
mayoritaria sectorizada a la Secretaría de la Defensa Nacional, como se indica en la "Relación de las
Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal", publicada en el DOF el 14 de agosto de 2025;
21. Que, el 29 de agosto de 2025 se publicó en el DOF la Resolución emitida por el Secretario de
Hacienda y Crédito Público, mediante la cual se autorizó la desincorporación por disolución y liquidación de la
empresa de participación estatal mayoritaria denominada FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V.;
22. Que, el Programa Institucional Tren Maya, S.A. de C.V. 2025-2030, publicado el 14 de octubre de 2025
en el DOF, define los tres objetivos siguientes: “1.- Asegurar la rentabilidad del Tren Maya mediante la gestión
eficiente de los servicios de transporte de pasajeros, carga, servicios complementarios y comerciales, para
consolidar un sistema ferroviario que impulse el crecimiento económico del Sureste”; “2.- Garantizar un
sistema de transporte ferroviario confiable, eficiente, seguro, con calidad e innovador con una conectividad
intermodal integral, para fortalecer la logística, el comercio y la competitividad regional”, y “3.- Impulsar al Tren
Maya como una empresa ferroviaria con responsabilidad ambiental y social, con respeto a los derechos
humanos, para contribuir al bienestar, la movilidad sostenible y desarrollo del Sureste”;
23. Que, FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., y Tren Maya, S.A. de C.V., mediante oficio número
FTM/EDVPP/1016/2024 del 29 de julio de 2024 solicitaron al entonces titular de la Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) la expropiación de la superficie de 01-00-42.45 hectáreas del ejido
“Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, para destinarla a la construcción de
obras de infraestructura ferroviaria, operación del proyecto Tren Maya y sus obras complementarias,
correspondiente al Tramo 4 Izamal - Cancún;
24. Que, la entonces Dirección General de Ordenamiento de la Propiedad Rural, hoy Dirección General de
Resoluciones Presidenciales y Expropiaciones (DGRPE) de la Sedatu, el 23 de septiembre de 2024, emitió
acuerdo
de
instauración
del
procedimiento
de
expropiación
con
número
de
expediente
DGOPR-DCE-DE/SOE-23QR/0170FONATUR TREN MAYA, S.A. DE C.V. y TREN MAYA, S.A. DE C.V/2024;
25. Que, el comisionado técnico del RAN y el comisionado agrario de la Sedatu rindieron el "informe de
comisión de Trabajos Técnicos e Informativos de Expropiación", de 14 de noviembre de 2024, en el que se
señala que la superficie real a expropiar al ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de
Quintana Roo, es de 01-00-64 hectáreas de temporal de uso común, que se describen en los siguientes
planos y cuadros de construcción:
12
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
13
14
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
PROYECCIÓN: UTM ZONA: 16
Superficie a expropiar de uso común: 01-00-64 hectáreas
Superficie total a expropiar: 01-00-64 hectáreas
26. Que, el 18 de marzo de 2025, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin)
emitió dictamen valuatorio y anexo único, con número secuencial 04-25-119 y genérico G-42135-ZND, en el
que determinó, con base en el valor comercial de la superficie a expropiar, que el monto total de
indemnización asciende a $398,965.99 (trescientos noventa y ocho mil novecientos sesenta y cinco pesos
99/100 M.N.);
27. Que, la Dirección General de Ordenamiento Territorial y Urbano de la Sedatu, el 4 de abril de 2025,
emitió la opinión técnica condicionada número SOTUV/DGOTU/009/YUC.QROO/FONATUR TM4/001/2025,
respecto del procedimiento de expropiación a favor de Tren Maya, S.A. de C.V., que incluye la superficie de
01-00-64 hectáreas, relativas al ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo;
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
15
28. Que, al comisariado del ejido “Leona Vicario”, municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo,
se le notificó el 18 de junio de 2025 la solicitud de expropiación, el acuerdo de instauración, la superficie real a
expropiar, el dictamen valuatorio y anexo único. Asimismo, se le informó que contaba con 10 días hábiles para
que manifestara lo que a su interés conviniera. En dicho plazo no realizó manifestaciones;
29. Que, la DGRPE, el 2 de diciembre de 2025, emitió dictamen en el que determinó procedente la
expropiación de la superficie a que se refiere el numeral 25, a favor de Tren Maya, S.A. de C.V., para
destinarse a la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del Proyecto Tren Maya y sus
obras complementarias, y
CONSIDERANDO
I. Que, de conformidad con los artículos 27, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 93, fracciones I, y VII y 94 de la Ley Agraria, y 75 del Reglamento de la
Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural (RLAMOPR), procede, mediante
indemnización y previo decreto expedido por la persona titular del Ejecutivo Federal publicado en el DOF, la
expropiación por causa de utilidad pública, como lo es la construcción de obras de infraestructura ferroviaria,
operación del Proyecto Tren Maya y sus obras complementarias;
II. Que, en los documentos señalados en los resultandos 1 y 3 del presente instrumento, indican que el
ejido “Leona Vicario” se ubicaba en la Delegación de Cozumel, territorio de Quintana Roo y en el municipio de
Benito Juárez, estado de Quintana Roo, respectivamente; sin embargo, de las publicaciones referidas en los
resultandos 4 y 5, los datos actuales y correctos del ejido son “Leona Vicario”, ubicado en el municipio de
Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, tal como consta en la inscripción del Registro Agrario Nacional y en
el informe de comisión de Trabajos Técnicos e Informativos de Expropiación, por lo que el nombre del ejido y
el municipio en el que se ubica debe identificarse como “Leona Vicario”, municipio de Puerto Morelos, estado
de Quintana Roo;
III. Que, la superficie de 01-00-64 hectáreas de terrenos de temporal de uso común del ejido
“Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, se solicitó para destinarse a la
construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del Proyecto Tren Maya y sus obras
complementarias, así como la prestación del servicio público de transporte de carga ferroviaria y de pasajeros.
Como consecuencia, se acreditan las causas de utilidad pública del establecimiento, explotación o
conservación de un servicio o función públicos, y de la construcción de puentes, carreteras, ferrocarriles y
demás obras que faciliten el transporte, previstas en el artículo 93, fracciones I y VII, respectivamente, de la
Ley Agraria;
IV. Que, el Proyecto Tren Maya, al ser uno de los proyectos más importantes de infraestructura, desarrollo
socioeconómico y turismo nacional y extranjero, no sólo impulsará el transporte de pasajeros, sino que se
consolidará como un importante medio de transporte de carga, para acelerar el comercio de la península, lo
que facilitará el intercambio de mercancías con el resto del país y diversificará los puntos turísticos de la
región para generar una derrama económica; cumpliendo así una doble funcionalidad que fortalecerá su papel
como elemento clave para construir una República próspera y conectada, como parte de las estrategias 3.7.2.
y 3.7.3 del Eje general 3 “Economía Moral y Trabajo” del PND 2025-2030;
V. Que, con la construcción, modernización y conservación, así como el desarrollo de infraestructura del
Tren Maya se generarán oportunidades laborales y se redistribuirá la riqueza a lo largo de la península; para
dar protección y rehabilitación a las áreas naturales protegidas y a los sitios patrimoniales. De igual forma, el
Tren Maya funcionará como corredor humanitario por medio del cual se entregarán apoyos alimentarios,
médicos, etc. para los pueblos y las comunidades indígenas y afromexicanas del sureste mexicano; tendrá un
flujo constante, y sólo por su conducto, se podrá llegar a dichos poblados de manera pronta y eficaz; su
ubicación geográfica es fundamental para salvaguardar las costas y la zona fronteriza con Centroamérica;
VI.
Que,
de
diversos
documentos
contenidos
en
el
expediente
de
expropiación
número
DGOPR-DCE-DE/SOE-23QR/0170FONATUR TREN MAYA, S.A. DE C.V. y TREN MAYA, S.A. DE C.V/2024,
se advierte que la superficie que se solicitó expropiar al ejido “Leona Vicario", fue de 01-00-42.45 hectáreas;
sin embargo, una vez realizados los trabajos técnicos, resultó que la superficie real es de 01-00-64 hectáreas
de temporal de uso común, como consta en el informe de comisión de Trabajos Técnicos e Informativos de
Expropiación ya referidos, motivo por el cual la superficie por expropiar al ejido “Leona Vicario", municipio de
Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, debe ser de 01-00-64 hectáreas;
VII. Que, se otorgó garantía de audiencia al órgano de representación del ejido “Leona Vicario”, municipio
de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, como se acredita con las constancias que obran en el
expediente DGOPR-DCE-DE/SOE-23QR/0170FONATUR TREN MAYA, S.A. DE C.V. y TREN MAYA,
S.A. DE C.V/2024, sin que en el plazo concedido realizara manifestaciones respecto del procedimiento
expropiatorio materia del presente decreto; con lo anterior, se dio cumplimiento a los artículos 14 y 16 de la
CPEUM y 65 del RLAMOPR;
16
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
VIII. Que, queda acreditado que se ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 94 de la Ley Agraria y 70
del RLAMOPR, ya que el Indaabin emitió dictamen valuatorio, el 18 de marzo de 2025, en el cual determinó
que el monto de indemnización, con base al valor comercial de la superficie a expropiar, es de $398,965.99
(trescientos noventa y ocho mil novecientos sesenta y cinco pesos 99/100 M.N.). Con base en dicho avalúo,
procede pagar la indemnización al ejido por las tierras de uso común, en la que debe considerarse el pago
anticipado que, en su caso, se haya hecho, en la inteligencia de que los bienes objeto de la expropiación solo
podrán ser ocupados de manera definitiva, mediante el pago que se efectúe al ejido o a las personas que
acrediten tener derecho sobre las tierras de uso común en la proporción que corresponda;
IX. Que, en caso de que los bienes expropiados se destinen a un fin distinto al señalado en el decreto
respectivo, o si transcurrido un plazo de 5 años no se ha cumplido con la causa de utilidad pública, el
Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal podrá ejercer las acciones necesarias para reclamar la
reversión parcial o total, según corresponda, de los bienes expropiados, y operar la incorporación de estos a
su patrimonio; ello de conformidad con el artículo 97 de la Ley Agraria;
X. Que, mediante decreto presidencial de 1 de marzo de 2024, como se señala en el resultando 18 del
presente instrumento, se estipula que FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., debe entregar el Proyecto Tren
Maya a Tren Maya, S.A. de C.V., conforme a lo dispuesto en las normas aplicables y a más tardar el 12 de
septiembre de 2024, toda vez que ha transcurrido el tiempo especificado, el presente procedimiento culminará
a favor de Tren Maya, S.A. de C.V., máxime que el 29 de agosto de 2025 se publicó en el DOF la resolución
por la que se autorizó la desincorporación por disolución y liquidación de FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V;
XI. Que, los pagos correspondientes a cargo de Tren Maya, S.A. de C.V., se realizarán del presupuesto
autorizado con el que cuenta dicha entidad paraestatal, sin que se autoricen ampliaciones líquidas al
presupuesto establecido;
XII. Que, en términos de los artículos 93, 94 y 95 de la Ley Agraria y 60, 61, 63, 65, 67, 70, 72, 73, 74 y 75
del RLAMOPR, al haberse tramitado el procedimiento de expropiación ante la Sedatu, así como al haber
justificado y acreditado las causas de utilidad pública, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
PRIMERO. Se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 01-00-64 hectáreas (una hectárea,
sesenta y cuatro centiáreas), de terrenos de temporal de uso común del ejido “Leona Vicario", municipio de
Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, a favor de Tren Maya, S.A. de C.V., para destinarla a la
construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del Proyecto Tren Maya y sus obras
complementarias.
SEGUNDO. Queda a cargo de Tren Maya, S.A. de C.V., acreditar que se realizó el pago o en su caso,
cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a
quienes acrediten su legítimo derecho, respecto a la superficie a expropiar, por la cantidad señalada, en el
avalúo emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, y en los términos señalados
en el considerando VIII del presente decreto.
TERCERO. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano procederá a la ejecución
correspondiente, una vez que Tren Maya, S.A. de C.V., haya acreditado que se realizó el pago indemnizatorio
señalado en el numeral anterior.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. El presente decreto entrará en vigor y surtirá efectos el día de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
TERCERO. Inscríbase en el Registro Agrario Nacional, en el Registro Público de la Propiedad Federal y
en el Registro Público de la Propiedad estatal o municipal correspondiente.
CUARTO. Notifíquese y ejecútese en los términos de la normativa aplicable.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México a 05 de marzo de 2026.-
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo.- Rúbrica.- Secretario de la
Defensa Nacional, Ricardo Trevilla Trejo.- Rúbrica.- Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
Edna Elena Vega Rangel.- Rúbrica.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
17
SECRETARIA DE MARINA
AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro del Servicio Portuario de
Pilotaje, aplicables en diversos puertos de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría
de Marina.
MARÍA MARISA ABARCA HERNÁNDEZ, Capitán de Altura, Directora General de Puertos, con
fundamento en los artículos 25, 27 y 90, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26,
fracción IV, 30, fracciones XIV Bis, XIV Quáter y XXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 1o, 4o, fracción III, 16, fracciones II, VIII y XIV, 44 fracción I, 45, 59, 60 y 61, de la Ley de Puertos;
55, 56 y 57, fracciones III y IV, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1, 3, 12, 15, 17, 32, 35 y 36,
de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3 y 137, del Reglamento de la Ley de Puertos, 500, del
Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; Numeral II, 2.1, incisos e) y f), de la Regulación
Tarifaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1999; y en ejercicio de las
facultades que me confieren los artículos 1, 3, fracción IX, 4 fracción III, inciso b), numeral 1, 15, 21 y 23,
fracciones VIII y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Marina, como Autoridad en materia de Puertos, tiene a su cargo las atribuciones
conferidas por las leyes, Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio
Marítimos, de Puertos, así como los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, para el
control de los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento,
explotación, operación y formas de administración, así como para la prestación de los servicios portuarios;
Que la Secretaría de Marina, por conducto de la Dirección General de Puertos, tiene dentro de sus
atribuciones, el establecer las bases de regulación tarifaria y de precios para el uso de determinados bienes
en puertos, terminales, marinas y para la prestación de los servicios cuando no existan opciones portuarias o
de otros modos de transporte que propicien un ambiente de competencia razonable;
Que fueron recibidas diversas solicitudes en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de la
Autoridad Marítima Nacional, para el ajuste de actualización a las bases de regulación tarifaria del servicio
portuario de pilotaje, aplicables en diversos puertos de México, mismas que fueron autorizadas por la
Dirección General de Puertos, y
Que de conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos, las bases de regulación
tarifaria entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de
la Federación, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
“AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS BASES DE REGULACIÓN TARIFARIA PARA EL COBRO
DEL SERVICIO PORTUARIO DE PILOTAJE, APLICABLES EN DIVERSOS PUERTOS DE MÉXICO.”
ÚNICO.- Se hace del conocimiento del público en general, que fueron actualizadas las bases de
regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de pilotaje, aplicables en diversos puertos de México,
mismas que pueden ser consultadas en la página electrónica siguiente:
Prestador del servicio
Servicio portuario
Puerto
Sindicato Nacional de Pilotos de Puerto
www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/0988_2026.pdf
Pilotaje
Puertos de México
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
SEGUNDO.- Las bases de regulación tarifaria a que se refiere el presente aviso, entrarán en vigor a partir
de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 25 de febrero de 2026.- La Directora General de Puertos, Capitán de Altura María
Marisa Abarca Hernández.- Rúbrica.
18
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de Infraestructura
Portuaria, aplicables en diversos puertos de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría
de Marina.
MARÍA MARISA ABARCA HERNÁNDEZ, Capitán de Altura, Directora General de Puertos, con
fundamento en los artículos 30, fracciones XIV Bis, XIV Quáter y XXVII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 1o, 4o, fracción III, 16, fracciones II y XIV, 40, fracción X, 59, 60 y 61, de
la Ley de Puertos; 1, 3 y 137, del Reglamento de la Ley de Puertos; la Regulación Tarifaria, publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1999; y en ejercicio de las facultades que me confieren
los artículos 1, 3, fracción IX, 4 fracción III, inciso b), numeral 1, 15 y 23, fracciones VIII y XVI, del Reglamento
Interior de la Secretaría de Marina, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Marina, como Autoridad en materia de Puertos, tiene a su cargo las atribuciones
conferidas por las leyes, Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio
Marítimos, de Puertos, así como los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, para el
control de los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento,
explotación, operación y formas de administración, así como para la prestación de los servicios portuarios;
Que la Secretaría de Marina, por conducto de la Dirección General de Puertos, tiene dentro de sus
atribuciones, el establecer las bases de regulación tarifaria y de precios para el uso de determinados bienes
en puertos, terminales, marinas y para la prestación de los servicios cuando no existan opciones portuarias o
de otros modos de transporte que propicien un ambiente de competencia razonable;
Que fueron recibidas diversas solicitudes en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de la
Autoridad Marítima Nacional, para el ajuste de actualización de las bases de regulación tarifaria por el uso de
infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de México, mismas que fueron autorizadas por la
Dirección General de Puertos, y
Que de conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos, las bases de regulación
tarifaria entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de
la Federación, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
“AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS BASES DE REGULACIÓN TARIFARIA PARA
EL COBRO POR EL USO DE INFRAESTRUCTURA PORTUARIA, APLICABLES
EN DIVERSOS PUERTOS DE MÉXICO.”
ÚNICO.- Se hace del conocimiento del público en general, que fueron actualizadas las bases de
regulación tarifaria para el cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de
México, mismas que pueden ser consultadas en las páginas electrónicas siguientes:
Prestador del servicio
Puerto
Administración del Sistema Portuario Nacional Tampico, S.A. de C.V.
www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/0738_2026.pdf
Tampico, Tamps.
Administración del Sistema Portuario Nacional Progreso, S.A. de C.V.
www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/0935_2026.pdf
Las Coloradas, Yuc.
Administración del Sistema Portuario Nacional Progreso, S.A. de C.V.
www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/0936_2026.pdf
Progreso, Yuc.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
SEGUNDO.- Las bases de regulación tarifaria a que se refiere el presente aviso, entrarán en vigor a partir
de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 25 de febrero de 2026.- La Directora General de Puertos, Capitán de Altura María
Marisa Abarca Hernández.- Rúbrica.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
19
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de Hey
Banco, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.-
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e
Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros E.-
Oficio Núm.: 312-3/708807/2026.- Exp.: CNBV.3S.1.312 (16105).
ASUNTO: SE MODIFICAN LOS TÉRMINOS DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN
DE ESA ENTIDAD.
HEY BANCO, S.A.
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE
BANREGIO GRUPO FINANCIERO
Calle Hidalgo Núm. 2404, Piso 49
Col. Obispado, Monterrey
64060 Nuevo León
AT'N.:
LIC. MANUEL GERARDO RIVERO ZAMBRANO
Director General
Mediante oficio 312-2/9715/2025 de fecha 4 de julio de 2025, esta Comisión aprobó a Hey Banco, S.A.
Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero (Hey Banco) la reforma a los artículos segundo,
tercero y séptimo de sus estatutos sociales, a fin de: i) incorporar la operación y actividad para la distribución
de fondos de inversión como parte de su objeto social y el desarrollo del mismo; y ii) contemplar un capital
autorizado por la cantidad de $2,000’000,000.00 y precisar que su capital suscrito y pagado es por la suma de
$1,400’000,000.00, en términos del proyecto de asamblea general extraordinaria de accionistas, que
remitieron con el escrito presentado el 21 de mayo de 2025.
Con oficio 312-3/708653/2026 de fecha 29 de enero de 2026, esta Comisión aprobó a Hey Banco la
reforma al artículo Séptimo de sus estatutos sociales, con motivo del aumento de su capital social pagado por
la cantidad de $93’029,430.00, para quedar en la suma total de $1,493’029,430.00, en términos del proyecto
de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, que acompañaron con el escrito presentado el 29
de enero de 2026.
Con
escrito
presentado
el
27
de
agosto
de
2025,
a
través
del
correo
electrónico
VPSupervisionGIFB@cnbv.gob.mx
y,
en
cumplimiento
al
requerimiento
contenido
en
el
oficio
312-2/9715/2025, Hey Banco presentó copia certificada de la escritura pública 51,200 de fecha 17 de julio de
2025, otorgada ante la fe del licenciado Héctor Mauricio Villegas Garza, notario público número 122 de la
Ciudad de Monterrey e inscrita en el Registro Público de Comercio de esa misma ciudad el día 18 de agosto
de 2025, en la que se formalizó la modificación estatutaria referida en el primer párrafo del presente oficio.
Asimismo, con escrito presentado el 12 de febrero de 2026 través del correo electrónico
VPSupervisionGIFB@cnbv.gob.mx
y,
en
cumplimiento
al
requerimiento
contenido
en
el
oficio
312-3/708653/2026, Hey Banco presentó copia certificada de la escritura pública 52,408 de fecha 29 de
enero de 2026, otorgada ante la fe del licenciado Héctor Mauricio Villegas Garza, notario público número 122
de la Ciudad de Monterrey e inscrita en el Registro Público de Comercio de esa misma ciudad el día 1o de
febrero de 2026, en la que se formalizó la modificación estatutaria referida en el segundo párrafo del presente
oficio.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC),
esta Comisión tiene a bien modificar la Base Quinta de la “Autorización para la organización y operación de
una institución de banca múltiple a denominarse Hey Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio
Grupo Financiero”, contenida en oficio P220/2023 emitido por esta misma autoridad el 11 de julio de 2023,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 2023, modificada por última vez mediante oficio
312-2/42939/2024 de fecha 21 de noviembre de 2024, y publicado en el citado Diario el 11 de diciembre de
2024, para quedar en los siguientes términos:
20
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
“…
QUINTA.- El importe de su capital autorizado será de $2,000’000,000.00 (dos mil millones
de pesos 00/100, moneda nacional), de los cuales, se encuentran suscritos y pagados
$1,493’029,430.00 (mil cuatrocientos noventa y tres millones veintinueve mil cuatrocientos
treinta pesos 00/100, moneda nacional).
…”
Asimismo, con fundamento en los artículos 8, último párrafo y 97 de la LIC y 19 de la Ley de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, se requiere a Hey Banco para que informe a esta autoridad la fecha de las
publicaciones realizadas en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación de su
domicilio social, del presente oficio de modificación, en un plazo de quince días hábiles contado a partir de la
fecha de las referidas publicaciones, las cuales deberán tramitarse dentro de los quince días hábiles
posteriores a la fecha de recepción de este oficio.
El presente oficio se emite con fundamento en los artículos 16, antepenúltimo párrafo de la Ley de la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 14, 19, fracción X, 21, fracciones I, inciso c), II y III y último párrafo,
44, fracciones I y IV y 64 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Atentamente
Ciudad de México, a 2 de marzo de 2026.- Directora General de Autorizaciones al Sistema Financiero,
Lic. Aurora de la Paz Torres Arroyo.- Rúbrica.- Directora General de Supervisión de Grupos e Intermediarios
Financieros E, Lic. Gabriela Acevedo Mora.- Rúbrica.
(R.- 573560)
DECLARATORIA de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal
que se señala. (R.F.I. 30-26732-4).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda
y
Crédito
Público.-
Instituto
de
Administración
y
Avalúos
de
Bienes
Nacionales.-
Folio: DSRDPF/AR/01/2026.
DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DEL
INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA. (R.F.I. 30-26732-4).
Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal
del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 27 fracción II (antes
de la reforma del 28 de enero de 1992), 130, Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26 fracción VI y 31 fracción XXIX y XXX, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 42,
fracción V, 48, 78, 79 y 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales;
4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3
fracción X, 6 fracción XLVII y 10 fracciones I y IV del Reglamento Interior del Instituto de Administración; y
Primero del Acuerdo delegatorio, emitido por la entonces Presidente del Instituto de Administración y Avalúos
de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017, y
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
21
C O N S I D E R A N D O
1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la
propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde
originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad
privada las modalidades que dicte el interés público.
2.- Que la fracción II del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, antes de
las reformas del 28 de enero de 1992, establece que “los templos destinados al culto público son propiedad de
la Nación, representada por el Gobierno Federal, quien determinará los que deben continuar destinados a su
objeto. Los templos que en lo sucesivo se erigieren para el culto público, serán propiedad de la Nación”; en
este sentido el artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos vigente, establece que estos bienes propiedad de la Nación mantendrán su actual situación
jurídica.
3.- Que de acuerdo a los artículos 1°, 2º, 3° y 4° de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de
la fracción II del Artículo 27 Constitucional, señala cuales son los bienes propiedad de la Nación, representada
por el Gobierno Federal.
4.- Que, por su parte, el artículo 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales,
disponen que están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles nacionalizados a
que se refiere el Artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, incluyendo aquéllos respecto de los cuales, a la fecha de entrada en vigor del presente
ordenamiento, aún no se hubiere expedido la resolución judicial o la declaración administrativa
correspondiente.
5.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su órgano administrativo desconcentrado
Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido la administración del inmueble federal
identificado con el número de Registro Federal Inmobiliario 30-26732-4 y bajo el uso de la Asociación
Religiosa denominada “EL CONCILIO NACIONAL DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS”, con número de Registro
SGAR/164/93, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos en el cuadro
siguiente:
No.
DSRDPF/AR
RFI
Denominación, Ubicación y
Superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
01/2026
30-26732-4
"EBENEZER"
Ubicado en Calle 24 de Febrero
número 44, Pueblo Las Flores, 5
Poblados, C.P. 92748, Municipio de
Álamo Temapache, Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave.
Superficie de 400.00 m2.
NORTE
PROPIEDAD PARTICULAR
20.00
SUR
CALLE 24 DE FEBRERO
20.00
ESTE
PROPIEDAD PARTICULAR
20.00
OESTE
PROPIEDAD PARTICULAR
20.00
6.- Que, en razón de lo anterior, dicho inmueble se tiene identificado como inmueble federal y se
encuentra controlado en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, con el
Registro Federal Inmobiliario señalado en el cuadro anterior.
7.- Que acorde a las consideraciones anteriores, el inmueble objeto de la presente Declaratoria es
inmueble federal que se ajusta al supuesto previsto en el artículo 6, fracción V de la Ley General de Bienes
Nacionales; por lo que con fecha 11 de febrero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la
notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo tendiente a emitir
la presente Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación en términos del artículo
29, fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales.
22
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
8.- Que con fecha 25 de febrero de 2026, venció el término legal dispuesto para oponerse al procedimiento
citado en el considerando anterior, por lo que al no haberse recibido manifestación de oposición alguna; a
nombre y en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dependencia del Ejecutivo
Federal encargada de declarar, cuando ello sea preciso, que un bien determinado está sujeto al régimen de
dominio público de la Federación, por estar comprendido en algunas de las disposiciones de la Ley General
de Bienes Nacionales; he tenido a bien emitir la siguiente:
D E C L A R A T O R I A
PRIMERA. - Que el inmueble descrito en el considerando 5 del presente documento, se encuentra sujeto
al régimen de dominio público de la Federación.
SEGUNDA. - Que en razón de lo anterior dicho inmueble es inalienable, imprescriptible e inembargable,
razón por la cual no se encuentra sujeto a prescripción positiva o negativa, ni es objeto de acciones
reivindicatorias o interdictos posesorios por parte de terceros, por su naturaleza no pueden considerarse
bienes vacantes para los efectos de los artículos 785 a 789 del Código Civil Federal.
TERCERA. - La Asociación Religiosa denominada “EL CONCILIO NACIONAL DE LAS ASAMBLEAS DE
DIOS”, con número de Registro SGAR/164/93, usuaria del inmueble descrito en el considerando 5, de
acuerdo al artículo 83 de la Ley General de Bienes Nacionales, está obligada a salvaguardar, conservar,
mantener, restaurar y a coadyuvar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su órgano
administrativo desconcentrado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en la integración
de la información y documentación necesarias para obtener la resolución judicial o la declaración
administrativa correspondiente respecto del inmueble nacionalizado, así como presentarlos a la propia
Secretaría, la que determinará la vía procedente para tal efecto.
CUARTA. – Aun cuando la Asociación Religiosa usuaria del inmueble deje de ocupar el inmueble objeto
de la presente Declaratoria, y el mismo sea puesto a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público por conducto del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y dicho Instituto lo
recibiera para su administración, en términos del artículo 83 fracción V de la Ley General de Bienes
Nacionales y 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, el inmueble relativo continuará sujeto al
régimen de dominio público de la Federación.
QUINTA. - Publíquese esta Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en
términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción III de la Ley General de Bienes Nacionales.
SEXTA. - Inscríbase la presente Declaratoria como acto de certeza jurídica que acredita la naturaleza
inmobiliaria federal respecto del inmueble objeto de la misma, tanto en el Registro Público de la Propiedad
Federal como en el Registro Público de la Propiedad correspondiente al lugar de la ubicación del inmueble de
que se trata, de conformidad con lo previsto por los artículos 42 fracción V, y 48 de la Ley General de Bienes
Nacionales, para efectos de publicidad.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. - La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Ciudad de México a los 26 días de febrero de 2026.- Director General de Administración del Patrimonio
Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.- Elaboró: Lic. Giovanni Chávez Melo.-
Rúbrica.- Validó: Mtra. Santa Lucia Martínez Diego.- Rúbrica.- Autorizó: Lic. José Andrés Weimersheimer
Sandoval.- Rúbrica.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
23
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los componentes de
vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias, campañas fitozoosanitarias e inocuidad
agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio
presupuestal 2025, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Guerrero.
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS
COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS,
CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA
DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2025 DEL ESTADO DE GUERRERO
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS
COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS,
CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA
DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2025, EN EL ESTADO DE
GUERRERO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA
DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE “AGRICULTURA”, REPRESENTADA EN ESTE
ACTO POR EL ING. FRANCISCO JAVIER CALDERÓN ELIZALDE, DIRECTOR EN JEFE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL ING. ROBERTO
ALVARADO MOLINA EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN Y ENLACE
Y EL LIC. GREGORIO PORTILLO MENDOZA, EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN
DE “AGRICULTURA” EN EL ESTADO DE GUERRERO, EN ADELANTE REFERIDOS RESPECTIVAMENTE COMO EL
“SENASICA” Y LA “REPRESENTACIÓN”; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE GUERRERO, EN ADELANTE EL “GOBIERNO DEL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL BIOL.
ALEJANDRO ZEPEDA CASTORENA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
DESARROLLO RURAL; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES”, CON EL
OBJETO DE ESTABLECER LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES
SEÑALADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.
Que el 6 de marzo de 2025 las “PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación para el Desarrollo
Rural Sustentable, la Productividad Agropecuaria y la Seguridad Alimentaria 2025-2027, en lo
sucesivo identificado como el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, cuyo objeto consiste en establecer
las bases de coordinación entre las “PARTES”, con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y
acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable, Productividad Agropecuaria y Seguridad
Alimentaria en general; así como, las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario
se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Guerrero.
II.
Que en apego a las Cláusulas Tercera, Cuarta y Decimotercera del “CONVENIO DE
COORDINACIÓN”, con fecha 31 de marzo de 2025, las “PARTES” suscribieron el Anexo Técnico de
Ejecución para la operación de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y
Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola
y Pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal
2025, en lo subsecuente el “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, el cual tiene por objeto establecer
las actividades planificadas de los proyectos o actividades a desarrollar de acuerdo a los conceptos
autorizados mediante la aplicación de los recursos presupuestales establecidos para los
Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas
Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e
Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2025,
en lo subsecuente referidos respectivamente como los “COMPONENTES” y el “PROGRAMA”
determinados en el Anexo 11.1 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el
ejercicio fiscal 2025 en lo sucesivo el “DPEF”, conforme a su Artículo 32, así como en lo dispuesto en
los artículos 1, 6, 8, 9, 13, 17, 18, 19, 22, 24, 26, 40 y demás relativos y aplicables de las Reglas de
Operación del “PROGRAMA”, en lo subsecuente las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”,
publicados respectivamente en el Diario Oficial de la Federación en lo subsecuente “DOF” los días 24
de diciembre de 2024 y 27 de enero de 2025.
III.
Que con fecha 16 de julio de 2025, las “PARTES” suscribieron el Convenio Modificatorio al Anexo
Técnico de Ejecución para la operación de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas
y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria,
Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio presupuestal 2025, en lo subsecuente el “CONVENIO
MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”.
24
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
IV.
En la Cláusula Segunda del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, modificada a través del
instrumento señalado en el numeral que antecede relativa a la aportación de recursos, las “PARTES”
acordaron lo siguiente:
“APORTACIÓN DE RECURSOS.
SEGUNDA. Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en
el “DPEF”, en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y en las demás
disposiciones legales aplicables, “AGRICULTURA” y el “GOBIERNO DEL ESTADO”
acuerdan que para el ejercicio fiscal 2025, realizarán una aportación conjunta para la
operación y ejecución de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA”, por un monto de
hasta $72,641,108.00 (Setenta y dos millones seiscientos cuarenta y un mil ciento
ocho Pesos 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente:
1.
Hasta la cantidad de $69,531,508.00 (Sesenta y nueve millones quinientos
treinta y un mil quinientos ocho Pesos 00/100 M.N.); correspondientes a la
aportación federal a cargo de “AGRICULTURA”, con base en la suficiencia
presupuestal prevista en el “DPEF”; y
…
…
…
…
…
…
…”
V.
Las “PARTES” acordaron en la Cláusula Sexta del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, lo
siguiente:
“DE LAS MODIFICACIONES.
SEXTA. - Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución y,
en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común
acuerdo entre las “PARTES” y se harán constar por escrito mediante Convenio
Modificatorio que al efecto se celebre, entre los representantes reconocidos de las
“PARTES”, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
VI.
Que, en los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, las “PARTES” acordaron la
siguiente distribución de recursos:
Apéndice I
Guerrero
Recursos Convenidos Federación - Estado 2025
(Aportaciones en Pesos)
DPEF 2025
De “AGRICULTURA”
Del “GOBIERNO
DEL ESTADO”
Gran Total
No.
Total Programas y Componentes
69,531,508.00
3,109,600.00
72,641,108.00
De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2025.
Programa de Sanidad e Inocuidad
Agroalimentaria
De “AGRICULTURA”
Del “GOBIERNO
DEL ESTADO”
Gran Total
I
Vigilancia Epidemiológica de Plagas y
Enfermedades Fitozoosanitarias
5,864,471.00
0.00
5,864,471.00
II
Campañas Fitozoosanitarias
54,861,679.00
3,109,600.00
57,971,279.00
III
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y
Pesquera
8,805,358.00
0.00
8,805,358.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
25
Apéndice II
Guerrero
Calendario de Ejecución 2025
(Aportaciones en Pesos)
DPEF 2025
Total
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
No.
Total Programas y Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
69,531,508.00
3,109,600.00
0.00
1,145,000.00
66,847,047.00
1,395,000.00
0.00
76,500.00
2,684,461.00
270,000.00
0.00
223,100.00
0.00
0.00
0.00
0.00
De conformidad con lo que establece la fracción IV del Artículo 6 del DPEF 2025.
Programa de Sanidad e Inocuidad
Agroalimentaria
69,531,508.00
3,109,600.00
0.00
1,145,000.00
66,847,047.00
1,395,000.00
0.00
76,500.00
2,684,461.00
270,000.00
0.00
223,100.00
0.00
0.00
0.00
0.00
I
Vigilancia Epidemiológica de Plagas y
Enfermedades Fitozoosanitarias
5,864,471.00
0.00
0.00
0.00
5,864,471.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
II
Campañas Fitozoosanitarias
54,861,679.00
3,109,600.00
0.00
1,145,000.00
52,177,218.00
1,395,000.00
0.00
76,500.00
2,684,461.00
270,000.00
0.00
223,100.00
0.00
0.00
0.00
0.00
III
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y
Pesquera
8,805,358.00
0.00
0.00
0.00
8,805,358.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación en el componente de Campañas Fitozoosanitarias
26
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Apéndice III
Guerrero
Cuadro de Montos y Metas 2025
Concentrado Presupuestal
Componentes-Subcomponentes
Total por Subcomponente
Metas Físicas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
I. Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias
Subcomponentes:
a) Vigilancia epidemiológica de riesgos
fitosanitarios
3,679,471.00
0.00
3,679,471.00
Proyecto
1
b) Vigilancia epidemiológica de riesgos
zoosanitarios
2,185,000.00
0.00
2,185,000.00
Proyecto
2
II. Componente Campañas Fitozoosanitarias
Subcomponentes:
a) Servicio fitosanitario para prevención,
control
o
erradicación
de
plagas
fitosanitarias
30,698,900.00
890,000.00
31,588,900.00
Proyecto
9
b) Prevención y control de enfermedades
en organismos acuícolas
4,372,575.00
500,000.00
4,872,575.00
Proyecto
3
c) Prevención, control o erradicación de
plagas
y
enfermedades
zoosanitarias
reglamentadas
17,105,743.00
1,600,000.00
18,705,743.00
Proyecto
8
III. Componente Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
Subcomponente:
a) Sistemas de Reducción de Riesgos de
Contaminación y Buenas Prácticas en la
producción agrícola, pecuaria, acuícola y
pesquera, y procesamiento primario de
productos acuícolas y pesqueros
8,805,358.00
0.00
8,805,358.00
Proyecto
3
Subtotal /1
66,847,047.00
2,990,000.00
69,837,047.00 Proyectos
26
Gastos de Operación (hasta el 4.0%) /2
2,684,461.00
119,600.00
2,804,061.00
TOTAL
69,531,508.00
3,109,600.00
72,641,108.00
/1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada Componente, se establecerá en los Programas de
Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Unidades Responsables del SENASICA; los que serán indicativos,
por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo
por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales
modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
/2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados en términos de lo dispuesto en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”.
a) Vigilancia epidemiológica de riesgos
fitosanitarios
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025
Vigilancia
Epidemiológica
Fitosanitaria
3,679,471.00
0.00
3,679,471.00
Proyecto
1
TOTAL
3,679,471.00
0.00
3,679,471.00 Proyectos
1
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
27
b) Vigilancia epidemiológica de riesgos
zoosanitarios
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Vigilancia Epidemiológica de las
Enfermedades o Plagas en Animales
Terrestres
1,255,858.00
0.00
1,255,858.00
Proyecto
1
2025 Vigilancia Epidemiológica de las
Enfermedades o Plagas en Organismos
Acuáticos
929,142.00
0.00
929,142.00
Proyecto
1
TOTAL
2,185,000.00
0.00
2,185,000.00 Proyectos
2
a)
Servicio
fitosanitario
para
la
prevención, control o erradicación de
plagas fitosanitarias
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Servicio Fitosanitario
20,714,833.00
0.00
20,714,833.00
Proyecto
1
2025 Manejo Fitosanitario de cultivos
básicos
3,022,332.00
0.00
3,022,332.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Moscas de la Fruta
3,249,510.00
0.00
3,249,510.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Plagas Reglamentadas del
Aguacate
0.00
400,000.00
400,000.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Plagas de los Cítricos
2,038,647.00
0.00
2,038,647.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Plagas del Cafeto
1,138,575.00
0.00
1,138,575.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Langosta Centroamericana
477,681.00
0.00
477,681.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario de
Hortalizas
57,322.00
0.00
57,322.00
Proyecto
1
2025 Plagas del cocotero
0.00
490,000.00
490,000.00
Proyecto
1
TOTAL
30,698,900.00
890,000.00
31,588,900.00 Proyectos
9
b)
Prevención
y
control
de
enfermedades
en
organismos
acuícolas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Peces y anfibios
1,893,293.00
500,000.00
2,393,293.00
Proyecto
1
2025 Crustáceos
1,529,500.00
0.00
1,529,500.00
Proyecto
1
2025 Moluscos
949,782.00
0.00
949,782.00
Proyecto
1
TOTAL
4,372,575.00
500,000.00
4,872,575.00 Proyectos
3
28
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
c) Prevención, control o erradicación
de
plagas
y
enfermedades
zoosanitarias reglamentadas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025
Campaña
Nacional
contra
la
Tuberculosis
Bovina
(Mycobacterium
bovis)
9,254,547.00
0.00
9,254,547.00
Proyecto
1
2025
Campaña
Nacional
contra
la
Brucelosis en los Animales
3,666,000.00
0.00
3,666,000.00
Proyecto
1
2025
Campaña
Nacional
para
la
prevención y control de la rabia en
bovinos y especies ganaderas
2,099,196.00
0.00
2,099,196.00
Proyecto
1
2025
Campaña
Nacional
contra
la
Varroasis de las Abejas
500,000.00
400,000.00
900,000.00
Proyecto
1
2025 Influenza aviar
500,000.00
0.00
500,000.00
Proyecto
1
2025
Programa
de
eliminación
de
animales positivos, reactores, expuestos y
sospechosos
36,000.00
0.00
36,000.00
Proyecto
1
2025 Operación de Puntos de Verificación
Interna en Materia Zoosanitaria
1,050,000.00
0.00
1,050,000.00
Proyecto
1
2025 Saneamiento de Cuencas Lecheras
0.00
1,200,000.00
1,200,000.00
Proyecto
1
TOTAL
17,105,743.00
1,600,000.00
18,705,743.00 Proyectos
8
a) Sistemas de Reducción de Riesgos
de Contaminación y Buenas Prácticas
en la producción agrícola, pecuaria,
acuícola y pesquera, y procesamiento
primario de productos acuícolas y
pesqueros
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Inocuidad Agrícola
3,035,000.00
0.00
3,035,000.00
Proyecto
1
2025 Inocuidad Pecuaria
3,135,358.00
0.00
3,135,358.00
Proyecto
1
2025 Inocuidad Acuícola y Pesquera
2,635,000.00
0.00
2,635,000.00
Proyecto
1
TOTAL
8,805,358.00
0.00
8,805,358.00 Proyectos
3
VII. Que por oficio No. SAGADEGRO/J/1158/2025, suscrito por el Biól. Alejandro Zepeda Castorena,
Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Guerrero, hizo de
conocimiento al “SENASICA” el retiro de recursos estatales por un importe de $3,109,600.00 (Tres millones
ciento nueve mil seiscientos Pesos 00/100 M.N) para el Componente Campañas Fitozoosanitarias,
Subcomponentes Servicio Fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias,
Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas y Prevención, control o erradicación de
plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas, derivado de insuficiencia presupuestal.
Con fundamento en lo señalado en la Cláusula Sexta del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, las
“PARTES” están de acuerdo en suscribir el presente instrumento, con el objeto de modificar nuevamente la
Cláusula Segunda y los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, para el Componente
Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio Fitosanitario para la prevención, control o
erradicación de plagas fitosanitarias, Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas y
Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas, en razón del retiro
de recursos estatales convenidos.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
29
DECLARACIONES
I.
DE LAS “PARTES”
I. 1.
Que es su voluntad el celebrar el presente Segundo Convenio Modificatorio a fin de modificar
la Cláusula Segunda y los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, para el
Componente Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio fitosanitario para la
prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias, Prevención y control de
enfermedades en organismos acuícolas y Prevención, control o erradicación de plagas y
enfermedades zoosanitarias reglamentadas.
I. 2.
Que se reconocen recíprocamente la personalidad con que se ostentan y manifiestan que en la
suscripción de este Segundo Convenio Modificatorio no existe vicio en el consentimiento que
pudiera invalidarlo.
Con base en los antecedentes y declaraciones anteriormente expuestas, las “PARTES” convienen en la
celebración del presente Segundo Convenio Modificatorio al “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, de
acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. Las “PARTES” convienen en modificar la Cláusula Segunda del “ANEXO TÉCNICO DE
EJECUCIÓN”, relativa a las “APORTACIÓN DE RECURSOS”, para quedar en los siguientes términos:
“APORTACIÓN DE RECURSOS.
SEGUNDA. Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el
“DPEF”, en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y en las demás disposiciones
legales aplicables, “AGRICULTURA” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” acuerdan que para
el ejercicio fiscal 2025, el Gobierno Federal, realizará una aportación para la operación y
ejecución de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA” por un monto de hasta
$69,531,508.00 (Sesenta y nueve millones quinientos treinta y un mil quinientos ocho
Pesos 00/100 M.N.), a cargo de “AGRICULTURA”, con base en la suficiencia presupuestal
prevista en el “DPEF.”
SEGUNDA. Las “PARTES” están de acuerdo en modificar mediante el presente instrumento, los
APÉNDICES I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, en lo referente al Componente Campañas
Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas
fitosanitarias, Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas y Prevención, control o
erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas, para quedar en los siguientes términos:
Apéndice I
Guerrero
Recursos Convenidos Federación - Estado 2025
(Aportaciones en Pesos)
DPEF 2025
De “AGRICULTURA”
Del “GOBIERNO
DEL ESTADO”
Gran Total
No.
Total Programas y Componentes
69,531,508.00
0.00
69,531,508.00
De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2025.
Programa de Sanidad e Inocuidad
Agroalimentaria
De “AGRICULTURA”
Del “GOBIERNO
DEL ESTADO”
Gran Total
I
Vigilancia Epidemiológica de Plagas y
Enfermedades Fitozoosanitarias
5,864,471.00
0.00
5,864,471.00
II
Campañas Fitozoosanitarias
54,861,679.00
0.00
54,861,679.00
III
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y
Pesquera
8,805,358.00
0.00
8,805,358.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación.
30
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Apéndice II
Guerrero
Calendario de Ejecución 2025
(Aportaciones en Pesos)
DPEF 2025
Total
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
No.
Total Programas y Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
69,531,508.00
0.00
0.00
0.00
66,847,047.00
0.00
0.00
0.00
2,684,461.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
De conformidad con lo que establece la fracción IV del Artículo 6 del DPEF 2025.
Programa de Sanidad e Inocuidad
Agroalimentaria
69,531,508.00
0.00
0.00
0.00
66,847,047.00
0.00
0.00
0.00
2,684,461.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
I
Vigilancia Epidemiológica de Plagas y
Enfermedades Fitozoosanitarias
5,864,471.00
0.00
0.00
0.00
5,864,471.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
II
Campañas Fitozoosanitarias
54,861,679.00
0.00
0.00
0.00
52,177,218.00
0.00
0.00
0.00
2,684,461.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
III
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y
Pesquera
8,805,358.00
0.00
0.00
0.00
8,805,358.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación en el componente de Campañas Fitozoosanitarias
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
31
Apéndice III
Guerrero
Cuadro de Montos y Metas 2025
Concentrado Presupuestal
Componentes-Subcomponentes
Total por Subcomponente
Metas Físicas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
I. Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias
Subcomponentes:
a) Vigilancia epidemiológica de riesgos
fitosanitarios
3,679,471.00
0.00
3,679,471.00
Proyecto
1
b) Vigilancia epidemiológica de riesgos
zoosanitarios
2,185,000.00
0.00
2,185,000.00
Proyecto
2
II. Componente Campañas Fitozoosanitarias
Subcomponentes:
a) Servicio fitosanitario para prevención,
control
o
erradicación
de
plagas
fitosanitarias
30,698,900.00
0.00
30,698,900.00
Proyecto
7
b) Prevención y control de enfermedades
en organismos acuícolas
4,372,575.00
0.00
4,372,575.00
Proyecto
3
c) Prevención, control o erradicación de
plagas
y
enfermedades
zoosanitarias
reglamentadas
17,105,743.00
0.00
17,105,743.00
Proyecto
7
III. Componente Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
Subcomponente:
a) Sistemas de Reducción de Riesgos de
Contaminación y Buenas Prácticas en la
producción agrícola, pecuaria, acuícola y
pesquera, y procesamiento primario de
productos acuícolas y pesqueros
8,805,358.00
0.00
8,805,358.00
Proyecto
3
Subtotal /1
66,847,047.00
0.00
66,847,047.00
Proyectos
23
Gastos de Operación (hasta el 4.0%) /2
2,684,461.00
0.00
2,684,461.00
TOTAL
69,531,508.00
0.00
69,531,508.00
/1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada Componente, se establecerá en los Programas de
Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Unidades Responsables del SENASICA; los que serán indicativos,
por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo
por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales
modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
/2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados en términos de lo dispuesto en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”.
a) Vigilancia epidemiológica de riesgos
fitosanitarios
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025
Vigilancia
Epidemiológica
Fitosanitaria
3,679,471.00
0.00
3,679,471.00
Proyecto
1
TOTAL
3,679,471.00
0.00
3,679,471.00
Proyectos
1
32
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
b) Vigilancia epidemiológica de riesgos
zoosanitarios
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Vigilancia Epidemiológica de las
Enfermedades o Plagas en Animales
Terrestres
1,255,858.00
0.00
1,255,858.00
Proyecto
1
2025 Vigilancia Epidemiológica de las
Enfermedades o Plagas en Organismos
Acuáticos
929,142.00
0.00
929,142.00
Proyecto
1
TOTAL
2,185,000.00
0.00
2,185,000.00
Proyectos
2
a)
Servicio
fitosanitario
para
la
prevención, control o erradicación de
plagas fitosanitarias
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Servicio Fitosanitario
20,714,833.00
0.00
20,714,833.00
Proyecto
1
2025 Manejo Fitosanitario de cultivos
básicos
3,022,332.00
0.00
3,022,332.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Moscas de la Fruta
3,249,510.00
0.00
3,249,510.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Plagas de los Cítricos
2,038,647.00
0.00
2,038,647.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Plagas del Cafeto
1,138,575.00
0.00
1,138,575.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Langosta Centroamericana
477,681.00
0.00
477,681.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario de
Hortalizas
57,322.00
0.00
57,322.00
Proyecto
1
TOTAL
30,698,900.00
0.00
30,698,900.00
Proyectos
7
b)
Prevención
y
control
de
enfermedades
en
organismos
acuícolas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Peces y anfibios
1,893,293.00
0.00
1,893,293.00
Proyecto
1
2025 Crustáceos
1,529,500.00
0.00
1,529,500.00
Proyecto
1
2025 Moluscos
949,782.00
0.00
949,782.00
Proyecto
1
TOTAL
4,372,575.00
0.00
4,372,575.00
Proyectos
3
c) Prevención, control o erradicación
de
plagas
y
enfermedades
zoosanitarias reglamentadas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025
Campaña
Nacional
contra
la
Tuberculosis
Bovina
(Mycobacterium
bovis)
9,254,547.00
0.00
9,254,547.00
Proyecto
1
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
33
2025
Campaña
Nacional
contra
la
Brucelosis en los Animales
3,666,000.00
0.00
3,666,000.00
Proyecto
1
2025
Campaña
Nacional
para
la
prevención y control de la rabia en
bovinos y especies ganaderas
2,099,196.00
0.00
2,099,196.00
Proyecto
1
2025
Campaña
Nacional
contra
la
Varroasis de las Abejas
500,000.00
0.00
500,000.00
Proyecto
1
2025 Influenza aviar
500,000.00
0.00
500,000.00
Proyecto
1
2025
Programa
de
eliminación
de
animales positivos, reactores, expuestos y
sospechosos
36,000.00
0.00
36,000.00
Proyecto
1
2025 Operación de Puntos de Verificación
Interna en Materia Zoosanitaria
1,050,000.00
0.00
1,050,000.00
Proyecto
1
TOTAL
17,105,743.00
0.00
17,505,743.00
Proyectos
7
a) Sistemas de Reducción de Riesgos
de Contaminación y Buenas Prácticas
en la producción agrícola, pecuaria,
acuícola y pesquera, y procesamiento
primario de productos acuícolas y
pesqueros
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Inocuidad Agrícola
3,035,000.00
0.00
3,035,000.00
Proyecto
1
2025 Inocuidad Pecuaria
3,135,358.00
0.00
3,135,358.00
Proyecto
1
2025 Inocuidad Acuícola y Pesquera
2,635,000.00
0.00
2,635,000.00
Proyecto
1
TOTAL
8,805,358.00
0.00
8,805,358.00
Proyectos
3
TERCERA. Las “PARTES” manifiestan que el presente Segundo Convenio Modificatorio, no implica una
novación del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, al que se refiere el apartado de Antecedentes del
presente Segundo Convenio Modificatorio, por lo que las estipulaciones pactadas, que no hayan sido
modificadas mediante este instrumento, subsistirán y seguirán surtiendo sus efectos jurídicos, en los términos
que se encuentran vigentes, con excepción de los puntos que se modifican en este instrumento jurídico.
CUARTA. El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y
cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2025, en términos de lo establecido en los
artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175 y 176 de su Reglamento y
demás disposiciones de la materia, así como del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”.
Leído que fue y debidamente enteradas del contenido, alcance y fuerza legal del presente Segundo
Convenio Modificatorio, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento
no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios de la voluntad, las “PARTES” lo firman y
ratifican en todas sus partes, en cinco ejemplares originales, en la ciudad de Chilpancingo, Guerrero, a los 19
días del mes de diciembre del año 2025.- Por Agricultura: el Director en Jefe del SENASICA, Ing. Francisco
Javier Calderón Elizalde.- Rúbrica.- El Titular de la Oficina de Representación de Agricultura en el Estado de
Guerrero, Lic. Gregorio Portillo Mendoza.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Coordinación y Enlace del
SENASICA, Ing. Roberto Alvarado Molina.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Guerrero: el Secretario
de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, Biol. Alejandro Zepeda Castorena.- Rúbrica.
34
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
SECRETARIA DE SALUD
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de
insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en
las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco.
02-CM-SaNAS-TAB/2025
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA
REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE
MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE
SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL
DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA PARA LA PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES;
EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; EL DR.
JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ
VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA
DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA
INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO
NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
TABASCO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO ESTATAL”, REPRESENTADO POR EL
DR. ALEJANDRO ANTONIO CALDERÓN ALIPI, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS
DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO Y EL L.C.P. JULIÁN ENRIQUE ROMERO OROPEZA, SECRETARIO DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ
“LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “EL EJECUTIVO ESTATAL” celebraron el
CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y
MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN
MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y
recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “EL EJECUTIVO ESTATAL” que le permitan
en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con
“LA SECRETARÍA” para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el
MAS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros
establecidos en “LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del
SNSP, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR
ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de
modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7;
así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
35
III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “... que el presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego
a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el
órgano de difusión oficial de “EL EJECUTIVO ESTATAL”.
IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de
ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados
a “EL EJECUTIVO ESTATAL” en términos de lo estipulado en el presente instrumento.
DECLARACIONES
I. “LAS PARTES” declaran que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los
términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos
primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3,
4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
“SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “EL EJECUTIVO ESTATAL”, recursos federales
con el carácter de subsidios, por la cantidad de $198,077,753.61 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES
SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 61/100 M.N.), para la realización de
acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el
cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $75,773,378.16 (SETENTA Y CINCO
MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS
16/100 M.N.), se radicarán a la Secretaría de Administración y Finanzas de “EL EJECUTIVO ESTATAL”, en la
cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por
escrito a “LA SECRETARÍA”.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “EL EJECUTIVO ESTATAL”, por un monto
total de $122,304,375.44 (CIENTO VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y CINCO PESOS 44/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y
Dirección General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco.
36
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
...
...
...
...
...
...
...”
“TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. ...
...
...
...
5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a
“EL EJECUTIVO ESTATAL”.
“EL EJECUTIVO ESTATAL” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo
a lo establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original
comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la
Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente,
a “EL EJECUTIVO ESTATAL”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones
establecidas en el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas
de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos
Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar
el seguimiento a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos
federales suministrados a “EL EJECUTIVO ESTATAL”.
7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales
que sean transferidos a “EL EJECUTIVO ESTATAL”, así como en la entrega de los informes y documentación
correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo
223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de
suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso de
inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes.
8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional,
en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados
responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx,
en adelante “Portal SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con
“EL EJECUTIVO ESTATAL”.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
37
ANEXO 2
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO POR CONDUCTO DE “EL EJECUTIVO ESTATAL”.
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública
E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
149,921.00
0.00
149,921.00
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
CS010
149,921.00
0.00
149,921.00
S u b t o t a l
3,622,047.00
0.00
3,622,047.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
SIN CAMBIOS
38
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
OB010
3,124,000.00
0.00
3,124,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
S u b t o t a l
20,217,304.00
0.00
20,217,304.00
Total U008
25,502,415.55
0.00
25,502,415.55
U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
Total
75,773,378.16
122,304,375.44
198,077,753.61
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
39
ANEXO 3
RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”.
De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el
cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará
los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $75,773,378.16 (SETENTA Y CINCO
MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS
16/100 M.N.), los cuales se radicarán a la Secretaría de Administración y Finanzas de “EL EJECUTIVO
ESTATAL”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe
ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario.
Calendario
(Pesos)
MINISTRACIÓN
Mes
MONTO HASTA EL QUE
ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN
Primera
SIN CAMBIOS
Segunda
SIN CAMBIOS
Tercera
SIN CAMBIOS
Cuarta
Septiembre
3,273,921.00
GRAN TOTAL
75,773,378.16
Calendario Primera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario y Programa de
Acción Específico.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
...
Calendario Segunda Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Tercera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Cuarta Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Atención a la Desnutrición Aguda
P018 Septiembre
149,921.00
Total Atención a la Desnutrición Aguda
149,921.00
Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
149,921.00
TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
149,921.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Enfermedades Cardiometabólicas
Enfermedades Cardiometabólicas
U008 Septiembre
3,124,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
3,124,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
3,124,000.00
TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
3,124,000.00
GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN
3,273,921.00
40
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud
-
Laboratorios
de
Comunicación
de
Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
25301
Sin clave de compendio | ATLC Suplemento
alimenticio
54,740.0000
1
54,740.00
0.00
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
26102
Sin clave de compendio | Gasolina para traslado ida y
vuelta para el seguimiento de la estrategia
10,000.0000
3
30,000.00
0.00
TOTALES
3,185,580.00
3,948,627.55
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
41
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
33603
Sin clave de Compendio | Impresiones de PRONAM -
VIAS CLINICAS CORAZONES MÉXICO
650,000.0000
1
0.00
650,000.00
42
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
33605
Sin clave de Compendio | Campaña de difusión de
material digital en redes, radio y televisión
500,000.0000
1
0.00
500,000.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
25401
Sin clave de Compendio | Electrocardiógrafos para
unidades de primer nivel
36,000.0000
34
0.00
1,224,000.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
54103
Sin clave de Compendio | vehículo tipo SUV 4 cil para
Supervisión operativa con poliza de mantenimiento
preventivo
750,000.0000
1
0.00
750,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
9,025,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
TOTALES
4,487,284.32
9,591,219.20
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
23,129,338.16
22,963,302.00
46,092,640.16
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
43
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud
-
Laboratorios
de
Comunicación
de
Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
12101
Promotor de la salud | Promotor de la salud
21,727.0000
3
65,181.00
0.00
TOTALES
896,018.00
876,933.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
44
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
12,109,077.00
17,571,661.00
29,680,738.00
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
45
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
46
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas
SIN CAMBIOS
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “EL EJECUTIVO ESTATAL” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente
instrumento jurídico.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
Programa: VIH y otras ITS
Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo:
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TTM
CN41474ST7
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL20354XG
CN41474STS
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL203551B
CN41474STT
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034VR4
CN41474STZ
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034VTT
CN41474STX
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034VTK
CN41474STQ
1
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
47
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024BM0
CN414816PB
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024F04
CN414816PK
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024F14
CN414816PP
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TVB
CN41474STM
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034W2T
CNC3381L94
1
Tabasco
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL20354XK
CNC3440LJ0
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28193
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28191
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28190
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28173
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28171
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28170
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-06-19097
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-05-39421
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-06-04912
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-06-19615
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-06-17352
N/A
1
Tabasco
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-06-19114
N/A
1
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021,
conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del
presente instrumento jurídico.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
48
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.7
Atención
a
la
Desnutrición Aguda
7.1.1
Resultado
Número de NN con DAM y DAG
que reciben tratamiento con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN con
DAM y DAG con tratamiento con
ATLC
100
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
49
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas
SIN CAMBIOS
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
50
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”.
TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el
“CONVENIO PRINCIPAL”.
CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal
vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que,
en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del
mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.-
Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.-
Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora
General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de
Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control
del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia,
Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.-
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo Estatal: Secretario de Salud y Director
General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, Dr. Alejandro Antonio Calderón Alipi.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas, L.C.P. Julián
Enrique Romero Oropeza.- Rúbrica.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
51
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de
insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en
las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tamaulipas.
02-CM-SaNAS-TAMPS/2025
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA
REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE
MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE
SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL
DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL
DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA;
EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ
VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA
DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA
INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO
NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
TAMAULIPAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL
DR. VICENTE JOEL HERNÁNDEZ NAVARRO, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL OPD SERVICIOS
DE SALUD DE TAMAULIPAS Y EL DR. JESÚS LAVÍN VERÁSTEGUI, SECRETARIO DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL
ESTADO, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A
LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD
PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos
presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los
artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”
para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR,
que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos
en “LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP,
documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR
ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de
modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7;
así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”.
52
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, “LAS PARTES” acordaron lo que a la letra dice: “... que el presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego
a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el
Órgano de Difusión Oficial de “LA ENTIDAD”.
IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de
ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados
a “LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento jurídico.
DECLARACIONES
I. “LAS PARTES” declaran que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los
términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos
primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3,
4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
“SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el
carácter de subsidios, por la cantidad de $177,309,801.48 (CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES
TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS UN PESOS 48/100 M.N.), para la realización de acciones en
materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento
de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $66,024,390.42 (SESENTA Y SEIS
MILLONES VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS 42/100 M.N.), se radicarán a la
Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca
para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de
$111,285,411.06 (CIENTO ONCE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS
ONCE PESOS 06/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
53
...
...
...
...
...
...
...”
“TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. ...
...
...
...
...
5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo
establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original
comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la
Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente,
a “LA ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en
el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y
Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento
a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales
suministrados a “LA ENTIDAD”.
7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales
que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación
correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo
223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de
suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso de
inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes.
8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en
coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables
de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante
“Portal SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.”
54
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
ANEXO 2
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública
E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
176,376.00
0.00
176,376.00
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
CS010
176,376.00
0.00
176,376.00
S u b t o t a l
2,952,952.00
0.00
2,952,952.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
SIN CAMBIOS
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
55
P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
OB010
2,764,000.00
0.00
2,764,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
S u b t o t a l
14,635,886.00
0.00
14,635,886.00
Total U008
20,967,223.60
0.00
20,967,223.60
U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
Total
66,024,390.42
111,285,411.06
177,309,801.48
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
56
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
ANEXO 3
RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”.
De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el
cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto,
ministrará los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $66,024,390.42 (SESENTA Y SEIS
MILLONES VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS 42/100 M.N.), los cuales se radicarán
a la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta
establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al
siguiente calendario.
Calendario
(Pesos)
MINISTRACIÓN
Mes
MONTO HASTA EL QUE
ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN
Primera
SIN CAMBIOS
Segunda
SIN CAMBIOS
Tercera
SIN CAMBIOS
Cuarta
Septiembre
2,940,376.00
GRAN TOTAL
66,024,390.42
Calendario Primera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario y Programa de
Acción Específico.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
...
Calendario Segunda Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Tercera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Cuarta Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Atención a la Desnutrición Aguda
P018 Septiembre
176,376.00
Total Atención a la Desnutrición Aguda
176,376.00
Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
176,376.00
TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
176,376.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Enfermedades Cardiometabólicas
Enfermedades Cardiometabólicas
U008 Septiembre
2,764,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
2,764,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
2,764,000.00
TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
2,764,000.00
GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN
2,940,376.00
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
57
ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud
-
Laboratorios
de
Comunicación
de
Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
25301
Sin clave de compendio | ATLC Suplemento
alimenticio
86,940.0000
1
86,940.00
0.00
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
26102
Sin clave de compendio | Gasolina para traslado ida y
vuelta para el seguimiento de la estrategia
10,000.0000
3
30,000.00
0.00
TOTALES
2,761,760.00
4,435,805.60
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
58
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
33603
Sin clave de Compendio | Impresiones de PRONAM -
VIAS CLINICAS CORAZONES MÉXICO
650,000.0000
1
0.00
650,000.00
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
59
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
33605
Sin clave de Compendio | Campaña de difusión de
material digital en redes, radio y televisión
500,000.0000
1
0.00
500,000.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
25401
Sin clave de Compendio | Electrocardiógrafos para
unidades de primer nivel
36,000.0000
24
0.00
864,000.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
54103
Sin clave de Compendio | vehículo tipo SUV 4 cil para
Supervisión operativa con poliza de mantenimiento
preventivo
750,000.0000
1
0.00
750,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
8,404,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
TOTALES
2,525,447.05
8,555,855.60
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
19,726,451.89
21,458,550.02
41,185,001.92
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
60
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud
-
Laboratorios
de
Comunicación
de
Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
12101
Promotor de la salud | Promotor de la salud
19,812.0000
3
59,436.00
0.00
TOTALES
1,551,800.00
534,924.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
61
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
13,068,147.50
11,771,241.00
24,839,388.50
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el “CONVENIO ESPECÍFICO” no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
62
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
63
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas
SIN CAMBIOS
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
Programa: VIH y otras ITS
Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo:
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024BN7
CN414816PT
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TP0
CN414816PV
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024DZX
CN414816PY
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL20358YV
CN41474VH3
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034W1Q
CN41474VH1
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034VWN
CN41474VGW
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024DXZ
CN41474T4N
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TQ5
CN41474T4T
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024F3K
CN41474VH2
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL20354JH
CN41474Q9J
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2035258
CN41474Q8H
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024DZJ
CN41474QBN
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024BPP
CN414816PZ
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024BL5
CN414816PJ
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TTX
CN414816PX
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TP6
CN41474QBH
1
64
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TPK
CN41474QB9
1
Tamaulipas
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL20352RR
CN41474QB8
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28181
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28180
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28178
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28192
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28176
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28172
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-06-19140
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21656
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-24140
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28096
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28095
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28094
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28092
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28091
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28090
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28089
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28088
N/A
1
Tamaulipas
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28086
N/A
1
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021,
conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del
presente instrumento jurídico.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
65
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.7
Atención
a
la
Desnutrición Aguda
7.1.1
Resultado
Número de NN con DAM y DAG
que reciben tratamiento con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN con
DAM y DAG con tratamiento con
ATLC
100
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
66
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas
SIN CAMBIOS
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
67
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
NOTA:
“SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el “CONVENIO ESPECÍFICO” no tienen ajustes o alteraciones
* - indicadores que se adicionan a los establecidos en el “CONVENIO ESPECÍFICO”.
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”.
TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento jurídico no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el
“CONVENIO PRINCIPAL”.
CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal
vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que,
en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del
mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.-
Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.-
Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora
General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de
Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control
del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia,
Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.-
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Salud y Director General
del OPD Servicios de Salud de Tamaulipas, Dr. Vicente Joel Hernández Navarro.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Dr. Jesus Lavin Verastegui.- Rúbrica.
68
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LAS MUJERES
CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres
de Tlaxcala, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto
denominado Fomentando el crecimiento y liderazgo de las mujeres Tlaxcaltecas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/TLAX/0028/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DE TLAXCALA, EN LO
SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. ALMA NYDIA CANO
RODRÍGUEZ, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
69
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero
de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Es una dependencia de la administración pública centralizada, creada de conformidad con lo
establecido en el Decreto No. 5 por el que se reforma el artículo 18, y se adicionan un Capítulo XVII BIS
denominado” DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES”, los artículos 66 Bis y 66 Ter al TÍTULO TERCERO,
todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, publicado en el Periódico
Oficial No. Extraordinario, de fecha 19 septiembre de 2024.
II.2 La C. Alma Nydia Cano Rodríguez, acredita su personalidad como Titular de la Secretaría de las
Mujeres de Tlaxcala, mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Lorena Cuéllar Cisneros,
Gobernadora de Tlaxcala, el 01 de enero de 2025, de conformidad con lo establecido en los artículos 70
fracción XXXV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y 5o. y 10 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala y manifiesta tener plenas atribuciones para la
suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar
el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos 67 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 18, y 66 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de Tlaxcala.
70
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
II.3 Su objetivo es Formular, impulsar, conducir y evaluar la política pública, planes, programas y acciones
encaminadas a la autonomía y el empoderamiento social, económico, político y cultural de las mujeres e
implementar y fortalecer los mecanismos institucionales de promoción y cumplimiento de la política de
igualdad sustantiva, mediante la aplicación del principio de transversalidad.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los Lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Calle Andador Plaza
de la Constitución, Número 3, Colonia Centro, Código Postal 90000, Tlaxcala, Tlaxcala, y con Registro
Federal de Contribuyentes GET850101110.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Fomentando el crecimiento
y liderazgo de las mujeres Tlaxcaltecas", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos
del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$21,243,419.00 (veintiún millones doscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos diecinueve pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $21,243,419.00 (veintiún millones doscientos
cuarenta y tres mil cuatrocientos diecinueve pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la
Secretaría de Finanzas, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas
será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe
la "INSTANCIA EJECUTORA".
Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
71
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los Lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los Lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su responsable del
programa a la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a su Titular, la C. Alma Nydia Cano Rodríguez, o la persona quien le sustituya
en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los Lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los Lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
72
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los Lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la
fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código
Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del
"PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los Lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por
parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del
"PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se
efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto
7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su
Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
73
"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el
"PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos
del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del
"PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado
solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la
interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo
acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en
la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la
Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres,
Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres de Tlaxcala,
Alma Nydia Cano Rodríguez.- Rúbrica.
74
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto Veracruzano de
las Mujeres, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto
denominado Por Amor a las Veracruzanas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/VER/0029/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES, EN LO
SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADO POR LA ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN GENERAL, LA
C. ZAIRA FABIOLA DEL TORO OLIVARES, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE
SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
75
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora, Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero
de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 El Instituto Veracruzano de las Mujeres, es un organismo público descentralizado de la administración
pública estatal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión, para el
cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines, sectorizado a la oficina del titular de la Secretaría de
Gobierno; fue creado mediante la Ley número 613 publicada en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el 09 de enero de 2007.
II.2 La C. Zaira Fabiola Del Toro Olivares, acredita su personalidad como Encargada de la Dirección
General del Instituto Veracruzano de las Mujeres, mediante nombramiento expedido a su favor por la
C. Norma Rocío Nahle García, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Veracruz de
Ignacio de la Llave, el 01 de diciembre de 2024, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 fracción
XIV y 50 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y 3o., 6o.
fracción I y 8o. fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
y manifiesta encontrarse debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con el
76
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Acta de la Cuarta Sesión Ordinaria del año 2024 de la Junta de Gobierno del Organismo Público
Descentralizado denominado Instituto Veracruzano de las Mujeres, de 23 de diciembre de 2024, en la que
mediante ACUERDO JGO/05/04/2024 se aprueba por unanimidad la autorización a la Encargada de la
Dirección General de dicho Instituto, para celebrar convenios, acuerdos y otros documentos jurídicos de
colaboración con dependencias, entidades públicas y sectores social y privado, así como con fundamento en
los artículos 8o., fracción XVIII y 17, fracción XIX de la Ley número 613 que Crea el Instituto Veracruzano de
las Mujeres; 20, fracciones VI, XIII y XV del Reglamento Interno del citado Instituto.
II.3 Su objetivo es reglamentar el funcionamiento, estructura y organización interna del Instituto
Veracruzano de las Mujeres, así como el ejercicio y cumplimiento de las atribuciones y facultades que le
confiere la ley que lo rige.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los Lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Calle José María
Mata, Número 2, Colonia Xalapa Enríquez Centro, Código Postal 91000, Xalapa Enríquez, Veracruz de
Ignacio de la Llave.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Por Amor a las
Veracruzanas", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$32,909,725.00 (treinta y dos millones novecientos nueve mil setecientos veinticinco pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $32,909,725.00 (treinta y dos millones novecientos
nueve mil setecientos veinticinco pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de
Finanzas y Planeación, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas y
Planeación será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal
efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA".
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
77
Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los Lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los Lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los Lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su responsable del
programa la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a la Encargada de la Dirección General del Instituto Veracruzano de las
Mujeres, la C. Zaira Fabiola Del Toro Olivares, o la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los Lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
78
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la
fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código
Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del
"PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los Lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por
parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del
"PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se
efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto
7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su
Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
79
"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en
el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos
del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los Lineamientos del
"PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado
solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la
interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo
acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en
la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la
Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres,
Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Encargada de la Dirección General del
Instituto Veracruzano de las Mujeres, Zaira Fabiola del Toro Olivares.- Rúbrica.
80
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres
del Estado de Yucatán, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del
Proyecto denominado Transformación y Fortalecimiento del Liderazgo de las Mujeres Yucatecas para un
Renacimiento Maya con Igualdad y Libre de Violencias.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/YUC/0030/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE
YUCATÁN, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. SISELY DEL
ROSARIO BURGOS CANO, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS
SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
81
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora. Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero
de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico de Colaboración, en lo
sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José
Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de
Contribuyentes SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Es una dependencia de la Administración Pública Estatal Centralizada del Estado de Yucatán, creada
de conformidad con lo establecido en el Decreto 5/2018, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado
de Yucatán, Año CXXI, No. 33,734, de fecha 23 de noviembre de 2018.
II.2 La C. Sisely del Rosario Burgos Cano, acredita su personalidad como Titular de la Secretaría de las
Mujeres de Yucatán, mediante nombramiento expedido a su favor por el Gobernador del Estado de Yucatán,
el C. Joaquín Jesús Díaz Mena, el 01 de octubre de 2024, de conformidad con lo establecido en los artículos
55 fracción III de la Constitución Política del Estado de Yucatán y 14 fracción IV del Código de la
Administración Pública de Yucatán y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos
jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de
conformidad con lo establecido en los artículos 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 22,
fracción XXII, 23 párrafo primero, 24, 27 fracciones I, IV y XXVI y 47, quinquies, del Código de la
Administración Pública de Yucatán y 597 fracción X del Reglamento del Código de Administración Pública del
Estado de Yucatán.
82
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
II.3 Su objetivo es coordinar la elaboración y aplicación de las políticas públicas, programas y acciones
para la igualdad entre mujeres y hombres y el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, así como
proponer a las dependencias y entidades de la Administración Pública estatal políticas, programas y acciones
en la materia; y coadyuvar en su aplicación, de conformidad con el artículo 47 quinquies, fracción I del Código
de la Administración Pública de Yucatán.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Calle 59, Sin
Número, Colonia Centro, Código Postal 97000, Mérida, Yucatán, y con Registro Federal de Contribuyentes
SHA840512SX1.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Transformación y
Fortalecimiento del Liderazgo de las Mujeres Yucatecas para un Renacimiento Maya con Igualdad y Libre de
Violencias", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los Lineamientos del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$29,909,862.00 (veintinueve millones novecientos nueve mil ochocientos sesenta y dos pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $29,909,862.00 (veintinueve millones novecientos
nueve mil ochocientos sesenta y dos pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría
de Administración y Finanzas, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de
Administración y Finanzas, será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria
que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA".
Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
83
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los Lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los Lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los Lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a la responsable del
programa la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a su titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Yucatán, la C. Sisely
del Rosario Burgos Cano, o la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los Lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los Lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
84
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la
fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código
Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del
"PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por
parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del
"PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se
efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto
7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su
Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
85
"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en
el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del
"PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los Lineamientos del
"PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado
solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la
interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo
acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en
la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la
Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres,
Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres del Estado de
Yucatán, Sisely del Rosario Burgos Cano.- Rúbrica.
86
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres
del Estado de Zacatecas, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del
Proyecto denominado Bienestar para las Mujeres en Zacatecas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/ZAC/0031/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE
ZACATECAS, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. KARLA
ISABEL GUARDADO OROPEZA, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN
A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
87
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y
XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero
de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico de Colaboración, en lo
sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José
Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de
Contribuyentes SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 La Secretaría de las Mujeres, es una dependencia de la administración pública centralizada, creada
mediante Decreto No. 378 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, Tomo
CXXII, número 62, publicado en el Periódico Oficial Órgano del Gobierno Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Zacatecas, el 04 de agosto de 2012.
II.2 La C. Karla Isabel Guardado Oropeza, acredita su personalidad como titular de la Secretaría de las
Mujeres del Estado de Zacatecas, mediante nombramiento expedido a su favor por el Gobernador del Estado
de Zacatecas, el C. David Monreal Ávila, el 23 de octubre de 2023, de conformidad con lo establecido en los
artículos 82 fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y manifiesta
tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que
se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO" de conformidad con lo establecido en los
artículos 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 4o., 12, párrafo primero, 25,
fracción XV y 40, fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas; 8o.,
fracciones I, VI y XL del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres.
88
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
II.3 Su objetivo es formular la política pública, planes, programas y acciones encaminadas al
empoderamiento social, económico, político y cultural de las mujeres en el Estado, y someterla para su
análisis y, en su caso, aprobación, de la Coordinación de Planeación del Estado y realizar acciones que
promuevan y difundan los derechos humanos de las mujeres que reconoce la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, así como los tratados, convenciones y protocolos internacionales que hayan sido
ratificados por el Estado Mexicano, así como la Constitución del Estado y las leyes que de estos emanen.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Boulevard Héroes de
Chapultepec, Número 1902, Colonia Ciudad Gobierno, Código Postal 98160, Zacatecas, Zacatecas, y con
Registro Federal de Contribuyentes SFI950101DU2.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Bienestar para las Mujeres
en Zacatecas", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$22,528,694.00 (veintidós millones quinientos veintiocho mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $22,528,694.00 (veintidós millones quinientos
veintiocho mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la
Secretaría de Finanzas misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas
será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe
la "INSTANCIA EJECUTORA".
Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
89
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a la persona responsable
del programa a la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a su titular, la C. Karla Isabel Guardado Oropeza, o la persona quien le
sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
90
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los Lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la
fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código
Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del
"PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los Lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por
parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del
"PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se
efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto
7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de
su Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
91
"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en
el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos
del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del
"PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado
solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la
interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo
acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en
la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la
Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres,
Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres del Estado de
Zacatecas, Karla Isabel Guardado Oropeza.- Rúbrica.
92
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL
ACUERDO por el que se actualiza el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de
Salud.- Consejo de Salubridad General.
La Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, con fundamento en los artículos 4,
párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1a y 3a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
4, fracción II, 17, fracción X y 28 de la Ley General de Salud; 12, fracciones XIII, XIV y XXIX, 15, 16, fracción I
y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; 2, 4, 6, fracciones I y III, 17, fracciones IV y
VIII, 21, 48 y 49 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de
Insumos para la Salud, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o, párrafo cuarto, reconoce
el derecho humano que tiene toda persona a la protección de la salud, señalando que la ley definirá las bases
y modalidades para el acceso a los servicios de salud; establecerá la concurrencia de la Federación y las
entidades federativas en materia de salubridad general, y definirá un Sistema de Salud para el Bienestar, con
el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención
integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social;
Que, de conformidad con los artículos 73, fracción XVI, bases 1a y 3a de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 4o., fracción II,17, fracción X y 28 de la Ley General de Salud, el Consejo de
Salubridad General depende directamente de la Presidencia de la República, sin intervención de ninguna
Secretaría de Estado, tiene el carácter de autoridad sanitaria, y le corresponde elaborar el Compendio
Nacional de Insumos para la Salud, al cual se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de
Salud y en el que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud, que hayan aprobado
su seguridad, calidad y eficacia terapéutica; las actualizaciones a dicho Compendio, tendrán como objetivo la
introducción de insumos para la salud y tecnologías innovadoras que contribuyan a mejorar la calidad en la
prestación de los servicios y optimicen los recursos para la detección, prevención y atención de las
enfermedades que afectan a la población;
Que, en términos de lo señalado en los artículos 12 fracciones XIII, XIV y XXIX, 15, 16, fracción I y 17 del
Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; 4, 6, fracción I y 49 de las Normas de Organización y
Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, para elaborar, actualizar y
difundir, en el Diario Oficial de la Federación, el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, el Consejo de
Salubridad General se auxilia de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud;
Que, en términos de lo dispuesto por el artículo 48 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la
Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, con fecha 26 de abril de 2025, la Comisión del
Compendio Nacional de Insumos para la Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el
que se emite el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025;
Que, la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en cumplimiento a los artículos 2, 4 y
6, fracciones I y III, 17 fracciones IV y VIII y 21 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la
Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en su Primera Sesión Ordinaria, celebrada el 13
de febrero 2026, dictaminó la procedencia de actualización del Compendio Nacional de Insumos para la
Salud, por lo que ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
Artículo Primero. Se adicionan en la Categoría de Medicamentos al Compendio Nacional de Insumos
para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, los insumos que a
continuación se mencionan:
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
93
Grupo Nº 16: Oncología
DOSTARLIMAB
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
010.000.7236.00
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada
frasco
ámpula
contiene:
Dostarlimab 500 mg
Caja de cartón con un frasco
ámpula con 10 mL (500 mg/
10 mL).
En
combinación
con
carboplatino y paclitaxel para el
tratamiento de pacientes adultas
con cáncer de endometrio (CE)
primario avanzado o recurrente
con deficiencia del sistema de
reparación
de
apareamiento
(dMMR)
/
inestabilidad
de
microsatélites alta (MSI-H) y que
son
candidatas
a
terapia
sistémica.
Infusión intravenosa
Adultos:
La dosis recomendada es de 500
mg
cada
3
semanas
en
combinación con carboplatino y
paclitaxel cada 3 semanas durante
6 ciclos, seguido de 1,000 mg en
monoterapia cada 6 semanas para
todos los ciclos posteriores.
Generalidades
Dostarlimab es un anticuerpo monoclonal humanizado isotipo IgG4 que se une a receptores PD-1 y bloquea las
interacciones de unión con sus ligandos PD-L1 y PD-L2. La inhibición de la respuesta inmune mediada por la vía de PD-1
resulta en la inhibición de la función de células T como proliferación, producción de citocinas y actividad citotóxica.
Dostarlimab potencia las respuestas de células T, incluyendo respuestas inmunitarias antitumorales, mediante el bloqueo de
la unión de PD-1 a PD-L1 y PD-L2.
Riesgo en el Embarazo
D
Reacciones adversas
Puede presentarse Neumonitis, colitis, hepatitis, nefritis, hipofisitis, diabetes mellitus tipo 1, hipotiroidismo, hipertiroidismo y
reacciones cutáneas graves inmunomediadas.
Contraindicaciones y
Precauciones
Contraindicaciones: hipersensibilidad al principio activo o a cualquiera de los excipientes de la fórmula. Embarazo, lactancia
y menores de 18 años.
Precauciones generales: Reacciones adversas relacionadas con el sistema inmunitario. En pacientes tratados con
anticuerpos que bloquean la vía de la PD-1/PD-L1, incluyendo dostarlimab pueden ocurrir reacciones adversas relacionadas
con el sistema inmunitario suelen ocurrir reacciones adversas relacionadas con el sistema inmunitario, que pueden ser
graves o mortales. La identificación y el manejo temprano de las reacciones adversas relacionadas con el sistema
inmunitario son esenciales para garantizar el uso seguro de los anticuerpos que bloquean PD-1/PDL-1.
Interacciones
No se han realizado estudios de interacciones. Los anticuerpos monoclonales como dostarlimab no son sustratos de
citocromo P450 o transportadores de principios activos. Dostarlimab no es una citocina y es poco probable que sea un
modulador de citocinas. Además, no se espera que haya interacción farmacocinética de dostarlimab con principios activos
de molécula pequeña. No existe evidencia de una interacción mediada por el aclaramiento no específico de la degradación
del lisosoma para anticuerpos.
94
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Grupo N.º 6: Enfermedades Infecciosas y Parasitarias
CABOTEGRAVIR (Vigilancia)
Clave
Descripción
Indicaciones terapéuticas
Vía de administración y Dosis
010.000.7237.00
Suspensión.
Liberación prolongada
Cada frasco ámpula con
3 mL contiene:
Cabotegravir 600mg / 3mL
Caja de cartón con un frasco
ámpula
con
3mL
(600mg/3mL) e instructivo
anexo para consumidor e
instructivo anexo de uso
dirigido al profesional de la
salud
Está
indicado
para
la
profilaxis
previa
a
la
exposición
(PrEP)
para
reducir el riesgo de infección
por
VIH-1
adquirida
sexualmente
en
adolescentes mayores de 12
años y adultos con un peso
de al menos 35 kg en
combinación con prácticas
sexuales más seguras.
Inyectable intramuscular.
Dosis recomendada:
Inyecciones iniciales (separadas por un
mes): Iniciar las inyecciones en el
Mes 1 y en el Mes 2.
Inyecciones
de
continuación
(separadas por dos meses): Dos
meses después de la última inyección
inicial y cada dos meses en adelante
Generalidades
Cabotegravir inhibe la integrasa del VIH uniéndose al sitio activo de la integrasa y bloqueando el paso de la transferencia de
la cadena de integración del ácido desoxirribonucleico (ADN) retroviral, que es esencial para el ciclo de replicación del VIH.
Riesgo en el Embarazo
Hay datos limitados respecto al uso de cabotegravir en mujeres embarazadas, por lo que está contraindicado durante el
embarazo
Reacciones Adversas
Muy comunes: Cefalea. Diarrea. Pirexia, Reacciones en el lugar de inyección (dolor y sensibilidad a la palpación, nódulo,
induración). Incremento de las transaminasas.
Comunes: Sueños anormales, Insomnio, Depresión. Mareo. Náuseas, Dolor abdominal, Flatulencias, Vómitos, Erupción,
Mialgias.: Reacciones en el lugar de inyección (hinchazón, hematomas, eritema, calor, prurito, anestesia), Fatiga, Malestar.
Poco Comunes: Hipersensibilidad. Intento de suicidio; ideación suicida (especialmente en usuarios con una enfermedad
psiquiátrica preexistente), Reacciones vaso vágales (en respuesta a inyecciones). Hepatotoxicidad: Urticaria, Angioedema:
Reacciones en el lugar de inyección (hematoma, decoloración, absceso. Aumento de peso.
Muy raras: Síndrome de Stevens-Johnson, necrólisis epidérmica tóxica.
Contraindicaciones y
Precauciones
CONTRAINDICACIONES:
Cabotegravir inyectable de liberación prolongada está contraindicado en individuos: con un estatus de VIH-1 desconocido o
positivo; con hipersensibilidad conocida a cabotegravir o a cualquiera de los excipientes de la formulación; recibiendo
rifampicina, rifapentina, fenitoína, fenobarbital, carbamazepina u oxcarbazepina.; embarazo, lactancia, insuficiencia hepática
grave y pacientes con insuficiencia renal grave que requieren diálisis.
PRECAUCIONES:
Cabotegravir se debe utilizar para la profilaxis preexposición como parte de una estrategia general para la prevención de la
adquisición de la infección por el VIH-1, incluyendo el uso de otras medidas de prevención frente al VIH-1 (por ejemplo,
conocimiento del estatus de VIH-1, realización de pruebas regulares para otras infecciones de transmisión sexual, uso de
condón).
Cabotegravir inyectable de liberación prolongada no siempre es efectivo en la prevención de la adquisición de la infección
por VIH-1. Se desconoce el momento en el cual inicia la protección después de comenzar Cabotegravir inyectable de
liberación prolongada.
Cabotegravir inyectable de liberación prolongada solo se debe utilizar para reducir el riesgo de adquisición de la infección
por VIH-1 en individuos VIH negativos confirmados.
Si se presentan síntomas clínicos consistentes con una infección viral aguda y se sospecha exposición reciente (<1 mes) al
VIH-1, se debe reconfirmar el estatus de VIH-1.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
95
Existe un riesgo potencial de desarrollar resistencia a Cabotegravir inyectable de liberación prolongada, si un individuo
adquiere la infección por VIH-1 ya sea antes o durante o después de interrumpir su administración. Para minimizar este
riesgo, es esencial reevaluar clínicamente a los individuos respecto al riesgo de adquisición de la infección por VIH y realizar
pruebas frecuentes que confirmen el estatus negativo del VIH. Los individuos con sospecha o confirmación de VIH-1 deben
comenzar inmediatamente el tratamiento antirretroviral.
Concentraciones residuales de la inyección de cabotegravir pueden permanecer en la circulación sistémica de los individuos
durante periodos prolongados de tiempo (hasta 12 meses o más), por tanto, los médicos deben considerar las
características de liberación prolongada de Cabotegravir cuando se interrumpa la administración del medicamento.
Interacciones
Efecto de otros medicamentos en la farmacocinética de cabotegravir. Cabotegravir se metaboliza principalmente por la
uridina difosfato glucuronosil transferasa (UGT) 1A1 y, en menor medida, por la UGT1A9. Se espera que los medicamentos
que son potentes inductores de la UGT1A1 o la UGT1A9, disminuyan las concentraciones plasmáticas de cabotegravir
provocando una falta de eficacia (Véase Contraindicaciones)
Grupo N.º 14: Neurología
DONANEMAB
Clave
Descripción
Indicaciones terapéuticas
Vía de administración y Dosis
010.000.7238.00
Solución inyectable.
El frasco ámpula contiene:
Donanemab1 350mg
Vehículo cbp 20mL
1Anticuerpo
monoclonal
humanizado IgG1 de origen
ADN
recombinante
expresado en células de
ovario
de
hámster
chino
(CHO).
Se incluye un volumen de
sobrellenado de 0.60mL para
permitir la entrega de 20mL.
Tratamiento
de
la
enfermedad
de
Alzheimer
(EA) en pacientes adultos.
El tratamiento debe iniciarse
en pacientes con evidencia
de patología beta amiloide y
deterioro cognitivo leve o
demencia leve.
Vía intravenosa
Donanemab 350mg
Vehículo cbp 20mL
La dosis recomendada es de 700mg
cada 4 semanas durante las 3 primeras
dosis, seguidas de 1,400mg cada 4
semanas hasta la eliminación de la
placa amiloide cerebral o hasta 18
meses en los casos en que no sea
posible monitorizar la eliminación de la
placa amiloide con un método validado.
Generalidades
Donanemab es un anticuerpo monoclonal de inmunoglobulina gamma 1 (IgG1) dirigido contra la forma truncada N-terminal
de beta-amiloide (N3Pg Aβ), una forma insoluble y modificada presente únicamente en las placas amiloides cerebrales.
Donanemab se une a N3Pg Aβ y ayuda a la eliminación de la placa a través de la fagocitosis mediada por la microglía.
Riesgo en el Embarazo
C
Reacciones Adversas
Náusea, vómito, reacción relacionada a infusión, reacción anafiláctica, ARIA-E, ARIA-H, cefalea.
Contraindicaciones y
Precauciones
Contraindicaciones: hipersensibilidad al principio activo o a cualquiera de sus componentes. Embarazo, lactancia y menores
de 18 años.
Precauciones: reacciones relacionadas con la infusión, incluyendo anafilaxia; anomalías de la imagen relacionadas con el
amiloide (ARIA) incluyendo las relacionadas con edema amiloide/efusiones (ARIA-E también conocido como edema
cerebral vasogénico) y anomalías de imagen relacionadas con hemorragia amiloide/deposición de hemosiderina (ARIA-H;
incluye microhemorragia cerebral y siderosis cortical superficial). Realice una RM al inicio del tratamiento, antes de la
segunda dosis, antes de aumentar la dosis y antes de la séptima dosis.
Interacciones
No se han realizado estudios formales de interacciones farmacológicas con Donanemab. No se esperan interacciones
farmacocinéticas de medicamentos con base en las características de Donanemab.
96
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Artículo segundo. Se modifica en la Categoría de Medicamentos del Compendio Nacional de Insumos
para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, respecto de los insumos
que a continuación se mencionan, estableciéndose de la siguiente manera (se identifican las
modificaciones por estar en letras cursivas y subrayadas):
Grupo Nº 16: Oncología
PEMBROLIZUMAB
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
010.000.6153.00
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada
frasco
ámpula
contiene:
Pembrolizumab 100 mg
Envase con un frasco
ámpula con 4 mL de
solución (100 mg/4 mL).
Primera línea de tratamiento de
pacientes con cáncer de pulmón
de células no pequeñas (NSCLC
por
sus
siglas
en
inglés)
metastásico
cuyos
tumores
expresen PD-L1 con puntuación
de
proporción
de
expresión
tumoral (TPS) > 50% determinado
por una prueba validada, sin
aberraciones genómicas tumorales
EGFR y ALK.
Tratamiento de pacientes con
carcinoma
urotelial
localmente
avanzado o metastásico, que han
recibido
quimioterapia
que
contiene platino.
En combinación con carboplatino y
paclitaxel, está indicado para el
tratamiento de primera línea de
pacientes con NSCLC escamoso
metastásico.
En combinación con quimioterapia
con pemetrexed y platino, está
indicado para la primera línea de
tratamiento
de
pacientes
con
NSCLC
no
escamoso,
metastásico,
sin
aberraciones
tumorales genómicas EGFR o ALK
Como monoterapia, está indicado
para el tratamiento adyuvante de
adultos con melanoma en estadio
III y compromiso de los ganglios
linfáticos que se han sometido a
una resección completa.
En combinación con quimioterapia,
está indicado para el tratamiento
de pacientes con cáncer de mama
triple negativo (TNBC, por las
siglas en inglés, Triple-Negative
Breast
Cancer)
localmente
recurrente
no
resecable
o
metastásico
cuyos
tumores
expresan PD-L1 (CPS ≥10) según
lo determinado por una prueba
validada.
Intravenosa.
Adultos:
Dosis:
200 mg administrados como una
infusión
intravenosa
durante
30 minutos cada 3 semanas ó
400 mg cada 6 semanas hasta la
progresión de la enfermedad o
toxicidad inaceptable.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
97
Está indicado para el tratamiento
de pacientes con cáncer de mama
triple negativo (TNBC, por las
siglas en inglés, Triple-Negative
Breast Cancer) de alto riesgo en
estadio temprano en combinación
con
quimioterapia
como
tratamiento neoadyuvante y luego
continuando como monoterapia
como
tratamiento
adyuvante
después de cirugía.
Para el tratamiento neoadyuvante y
adyuvante de TNBC de alto riesgo
estadio
temprano,
las
pacientes
deben
ser
tratadas
con
Pembrolizumab
neoadyuvante
en
combinación con quimioterapia por 8
dosis de 200 mg cada 3 semanas o
4 dosis de 400 mg cada 6 semanas
o hasta progresión de la enfermedad
que impida la cirugía definitiva o
toxicidad inaceptable, seguido por
tratamiento adyuvante de 200 mg de
Pembrolizumab como monoterapia
durante 9 dosis cada 3 semanas
o 5 dosis de 400 mg cada 6
semanas o hasta recurrencia de la
enfermedad o toxicidad inaceptable.
Las pacientes que experimenten
progresión de la enfermedad que
impida la cirugía definitiva o con
toxicidad
inaceptable
relacionada
con
Pembrolizumab
como
tratamiento
neoadyuvante
en
combinación con quimioterapia no
deben
recibir
monoterapia
con
Pembrolizumab
como
tratamiento
adyuvante.
Está indicado para el tratamiento
de pacientes adultos y pediátricos
con linfoma de Hodgkin clásico
(cHL, por las siglas en inglés para
classical Hodgkin Lymphoma) en
recaída o refractario.
Niños:
Dosis:
2mg/kg
(hasta
un
máximo
de
200mg), administrada como una
infusión
intravenosa
durante
30
minutos cada 3 semanas
En combinación con quimioterapia
basada
en
platino
y
fluoropirimidina, está indicado para
la primera línea de tratamiento de
pacientes
con
carcinoma
de
esófago
o
de
la
unión
gastroesofágica HER2 negativo,
localmente avanzado no resecable
o metastásico.
En combinación con quimioterapia
con
o
sin
bevacizumab
está
indicado para el tratamiento de
pacientes
con
cáncer
cervicouterino
persistente,
recurrente o metastásico cuyos
tumores expresan PD-L1 (CPS
≥ 1) según lo determinado por una
prueba validada.
Está indicado para la primera línea
de tratamiento de pacientes con
cáncer colorrectal (CRC, por las
siglas en inglés para colorectal
cancer),
con
inestabilidad
microsatelital alta (MSI-H, por las
siglas en inglés, microsatellite
instability-high) o por deficiencia
en la reparación de errores de
emparejamiento (dMMR, por las
siglas en inglés para mismatch
repair deficient) no resecable o
metastásico.
98
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Está indicado para el tratamiento
de pacientes adultos y pediátricos
(de 12 años y mayores) con
melanoma estadio IIB o IIC que se
han sometido a una resección
completa.
En
combinación
con
quimiorradioterapia (QRT o CRT,
por las siglas en inglés para
chemoradiotherapy), está indicado
para el tratamiento de pacientes
con
cáncer
cervicouterino
en
estadio III-IVA de FIGO 2014.
Pembrolizumab,
en
combinación con quimioterapia
que contiene fluoropirimidina y
platino, para el tratamiento de
primera línea de pacientes con
adenocarcinoma gástrico o de la
unión gastroesofágica (GEJ, por
sus
siglas
en
inglés
para
gastroesophageal
junction)
HER2
negativo,
localmente
avanzado,
no
resecable
o
metastásico.
Generalidades
Pembrolizumab es un anticuerpo monoclonal humanizado IgG4 de origen ADN recombinante expresado en células de
ovario de hámster chino (CHO). Pembrolizumab posee una alta afinidad frente a PD-1, PD-1 es un receptor de control
inmunológico que limita la actividad de los linfocitos T en los tejidos periféricos. La vía PD-1 es un punto de control
inmunológico que puede estar comprometido por las células tumorales para inhibir la vigilancia inmunológica de las células
T activas. Pembrolizumab ejerce un doble bloqueo del ligando de la vía PD-1, incluyendo PD-L1 y PD-L2, en células
presentadoras de antígeno o tumorales. Al inhibir al receptor PD-1 para unirse a sus ligandos, Pembrolizumab reactiva los
linfocitos T citotóxicos específicos para tumor en el microambiente tumoral y reactiva la inmunidad antitumoral.
Riesgo en el Embarazo
D
Efectos adversos
Puede presentarse Neumonitis, colitis, hepatitis, nefritis, hipofisitis, diabetes mellitus tipo 1, hipotiroidismo, hipertiroidismo y
reacciones cutáneas graves inmunomediadas.
Contraindicaciones y
Precauciones
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al fármaco
Precauciones: En pacientes que recibieron Pembrolizumab ocurrieron reacciones adversas inmunomediadas. En estudios
clínicos, la mayoría de las reacciones adversas inmunomediadas fueron reversibles y manejables con interrupción de
Pembrolizumab, administración de corticoesteroides y/o cuidados de soporte. Pueden ocurrir de manera simultánea
reacciones adversas inmunomediadas que afecten a más de un sistema corporal, como, por ejemplo: Neumonitis
inmunomediada,
Colitis
inmunomediada,
Hepatitis
inmunomediada,
Nefritis
inmunomediada,
Endocrinopatías
inmunomediadas Reacciones cutáneas graves inmunomediadas.
Reacciones relacionadas con la infusión: se han reportado hipersensibilidad y anafilaxis.
Interacciones
No se han realizado estudios formales de interacciones medicamentosas farmacocinéticas.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
99
Grupo Nº 6: Enfermedades Infecciosas y Parasitarias
DAPAGLIFLOZINA/ METFORMINA
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y dosis
010.000.7111.00
TABLETA
Cada tableta contiene:
Dapagliflozina
propanodiol
equivalente
a
10mg
de
dapagliflozina
Clorhidrato de metformina
de
liberación
prolongada
equivalente a 1000mg de
metformina
Caja con 28 tabletas
Tratamiento
de
adultos
con
Diabetes Mellitus tipo 2 cuando el
tratamiento
tanto
con
dapagliflozina como metformina
sea
adecuado
como
terapia
complementaria
a
dieta
y
ejercicio
Para
reducir
el
riesgo
de
muerte
cardiovascular
y
hospitalización
por
insuficiencia
cardíaca
en
adultos
con
insuficiencia
cardíaca (NYHA clase II-IV) con
reducción
de
fracción
de
eyección
y
con
diabetes
mellitus tipo 2
Oral
Adultos:
Una tableta 1 vez al día por la noche
con los alimentos
Generalidades
Dapagliflozina es un inhibidor altamente potente, selectivo y reversible del cotransportador de sodio glucosa tipo 2 (iSGLT2)
que mejora el control glucémico en pacientes con diabetes mellitus tipo 2 reduciendo la reabsorción de glucosa renal lo que
conduce a la excreción urinaria del exceso de glucosa.
Por su parte, metformina es un agente anti hiperglucémico que mejora la tolerancia a la glucosa en pacientes con Diabetes
Mellitus tipo 2 y reduce la glucosa plasmática basal y postprandial. Metformina disminuye la producción de glucosa hepática,
reduce la absorción intestinal de glucosa y mejora la sensibilidad a la insulina al incrementar la captación y el uso de
glucosa.
Riesgo en el Embarazo
X
Efectos adversos
Infecciones genitales, infecciones de vías urinarias, cetoacidosis diabética, acidosis láctica, trastornos del gusto, síntomas
gastrointestinales.
Contraindicaciones y
Precauciones
Contraindicaciones: Insuficiencia renal grave (Tasa de filtración glomerular< 30mL/min/1.73m2), acidosis metabólica,
antecedentes de hipersensibilidad a los fármacos o excipientes, embarazo y lactancia.
Precauciones: Posible riesgo de acidosis láctica, se recomienda evaluar la función renal antes del inicio de tratamiento, y
luego periódicamente de manera anual, o al menos 2 a cuatro veces al año en pacientes con función renal donde los niveles
de tasa de filtración glomerular se aproximan a 45mL/min/1.73m2.
Interacciones
El metabolismo de dapagliflozina es mediado principalmente por la conjugación glucurónida dependiente de UGT1A9. El
metabolismo principal, dapagliflozina 3-O glucurónido, no es un inhibidor del SGLT2. En los estudios in vitro, ni
dapagliflozina ni dapagliflozina 3-O glucurónido inhibieron CYP 1ªA2, 2C9, 2C19, 2D6, 3ª4, ni indujeron CYP1A2, 2B6 o 3ª4.
Por lo tanto, no se espera que dapagliflozina altere la depuración metabólica de medicamentos coadministrados que se
metabolizan por medio de estas enzimas, y no se espera que los medicamentos que inhiben o inducen estas enzimas
alteren la depuración metabólica de dapagliflozina.
Los medicamentos catiónicos que se eliminan por secreción tubular renal teóricamente tienen el potencial para interactuar
con metformina al competir por sistemas comunes de transporte tubular renal. Ciertos medicamentos tienden a producir
hiperglucemia y pueden generar pérdida del control glucémico. Estos medicamentos incluyen las tiazidas y otros diuréticos,
corticoesteroides, fenotiazinas, productos para la tiroides, estrógenos, anticonceptivos orales, fenitoína, ácido nicotínico,
simpaticomiméticos, medicamentos bloqueadores de los canales de calcio, e isoniazida. Cuando dichos medicamentos se
administran a un paciente que recibe metformina, se debe observar de cerca al paciente para evitar una pérdida de control
de la glucosa en la sangre. Cuando dichos medicamentos se le retiran a un paciente que reciben metformina, debe
observarse de cerca al paciente para evitar hipoglucemia.
100
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Grupo Nº 10: Hematología
DAMOCTOCOG ALFA PEGOL
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada frasco ámpula con
liofilizado contiene:
Damoctocog
alfa
pegol
500 UI
Tratamiento y profilaxis
de
hemorragias
en
pacientes
tratados
previamente (PTPs) de
≥7 a <12 años de edad
con
hemofilia
A
(deficiencia congénita de
Factor VIII).
Niños (de ≥7 a <12 años de edad)
El régimen para profilaxis es el
siguiente:
40-60 UI/kg dos veces por semana. La
dosis inicial recomendada es: 60
UI/kg dos veces por semana
Tratamiento a demanda:
La dosis requerida de damoctocog
alfa pegol es determinada usando la
siguiente fórmula:
Dosis requerida (UI) = peso corporal
(kg) x elevación deseada del Factor
VIII (en % normal o en UI/dL) x
recíproco
de
la
recuperación
esperada/observada.
La dosis necesaria para lograr la
hemostasia depende del tipo y la
severidad del episodio hemorrágico.
Intravenosa.
Pacientes ≥ 12 años de edad:
Profilaxis:
45-60 UI/kg cada 5 días.
Con base en las características clínicas
de los pacientes, el régimen para
profilaxis también puede ser uno de los
siguientes:
60 UI/kg cada 7 días o,
30-40 UI/kg dos veces por semana
Tratamiento a demanda:
La dosis requerida de damoctocog
alfa pegol es determinada usando la
siguiente fórmula:
Dosis requerida (UI) = peso corporal
(kg) x elevación deseada del Factor
VIII (en % normal o en UI/dL) x
recíproco
de
la
recuperación
esperada/observada.
La dosis necesaria para lograr la
hemostasia depende del tipo y la
severidad del episodio hemorrágico.
010.000.7082.00
Caja con frasco ámpula
con
500
UI
de
polvo
liofilizado,
jeringa
prellenada con 2.5 mL de
diluyente, adaptador, set
de infusión tipo mariposa y
protector
de
aguja
e
instructivo
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada frasco ámpula con
liofilizado contiene:
Damoctocog
alfa
pegol
1000 UI
010.000.7083.00
Caja con frasco ámpula
con 1000 UI de polvo
liofilizado,
jeringa
prellenada con 2.5 mL de
diluyente, adaptador, set
de infusión tipo mariposa y
protector
de
aguja
e
instructivo
Tratamiento y profilaxis
de
hemorragias
en
pacientes
tratados
previamente (PTPs) ≥12
años
de
edad
con
hemofilia A (deficiencia
congénita de Factor VIII).
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada frasco ámpula con
liofilizado contiene:
Damoctocog
alfa
pegol
2000 UI
No está indicado para el
tratamiento
de
la
enfermedad
de
von
Willebrand.
010.000.7084.00
Caja con frasco ámpula
con 2000 UI de polvo
liofilizado,
jeringa
prellenada con 2.5 mL de
diluyente, adaptador, set
de infusión tipo mariposa y
protector
de
aguja
e
instructivo
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada frasco ámpula con
liofilizado contiene:
Damoctocog
alfa
pegol
3000 UI
010.000.7085.00
Caja con frasco ámpula
con 3000 UI de polvo
liofilizado,
jeringa
prellenada con 2.5 mL de
diluyente, adaptador, set
de infusión tipo mariposa y
protector
de
aguja
e
instructivo
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
101
Generalidades
Factor VIII recombinante de Vida Media Prolongada, PEGilado,que reemplaza temporalmente el Factor VIII de coagulación
faltante necesario para la hemostasia efectiva en personas con hemofilia A congénita. La PEGilación en el dominio A3
reduce la depuración del Factor VIII, al tiempo que mantiene las funciones normales de la molécula del factor VIII
recombinante (FVIIIr) con dominio B eliminado.
Riesgo en el Embarazo
C
Con base en la incidencia poco frecuente de la hemofilia A en mujeres, no se dispone de experiencia relacionada con el uso
de Factor VIII durante el embarazo y la lactancia. Por lo tanto, el Factor VIII debe utilizarse durante el embarazo y la
lactancia únicamente si está claramente indicado.
Reacciones adversas
Cefalea, dolor abdominal, náuseas, vómito, reacciones en el lugar de la inyección, pirexia, hipersensibilidad, mareo,
insomnio, tos, eritema, sarpullido.
Contraindicaciones y
Precauciones
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a la sustancia activa o a cualquiera de los excipientes. Reacciones alérgicas
conocidas a la proteína de ratón o de hámster.
Precauciones: El riesgo de desarrollar inhibidores se correlaciona con la exposición al Factor VIII —siendo más elevado
dentro de los primeros 20 días de exposición— y con otros factores de tipo genético y ambiental. En raras ocasiones
podrían desarrollarse inhibidores después de los primeros 100 días de exposición.
Interacciones
No se han reportado interacciones de los productos de Factor VIII de coagulación humano con otros medicamentos.
Grupo Nº 16: Oncología
PALBOCICLIB
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
010.000.6142.00
CÁPSULA O TABLETA
Cada cápsula o tableta
contiene:
Palbociclib 75 mg
Caja de cartón o frasco
con
21
tabletas
o
cápsulas
Tratamiento del cáncer de mama
metastásico
con
receptores
hormonales positivos y HER2
negativo
en
combinación
con
Fulvestrant
en
mujeres
post-
menopáusicas
con
falla
al
tratamiento previo con inhibidores
de aromatasa no esteroideos.
Tratamiento de cáncer de mama
avanzado/metastásico
con
receptores hormonales positivos y
HER2 negativo en combinación
con
Letrozol
como
terapia
endocrina
inicial
en
mujeres
postmenopáusicas.
Oral.
Adultos:
Una cápsula de 125 mg cada 24
horas, durante 3 semanas seguidas
por 1 semana de descanso.
Este régimen se repite hasta la
progresión o falla al tratamiento.
Las dosis se pueden disminuir a
100 mg o 75 mg con base en la
seguridad y tolerabilidad individual.
Cuando
se
administra
concomitantemente con palbociclib,
la dosis recomendada de fulvestrant
es de 500 mg administrados por vía
intramuscular en los días 1, 15, 29 y
una vez al mes cada 28 días.
Cuando
se
administra
concomitantemente con palbociclib
la dosis recomendada de letrozol es
de 2.5 mg tomado por vía oral una
vez al día continuamente durante el
ciclo de 28 días.
010.000.6143.00
CÁPSULA O TABLETA
Cada cápsula o tableta
contiene:
Palbociclib 100 mg
Caja de cartón o frasco
con
21
tabletas
o
cápsulas
010.000.6144.00
CÁPSULA O TABLETA
Cada cápsula o tableta
contiene:
Palbociclib 125 mg
Caja de cartón o frasco
con
21
tabletas
o
cápsulas
102
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Generalidades
Palbociclib es una molécula pequeña tomada oralmente y es un inhibidor altamente selectivo de las cinasas dependientes
de ciclinas (CDK) 4 y 6. A través de la inhibición de CDK 4/6, Palbociclib redujo la proliferación celular bloqueando el avance
de la célula desde la fase G1 a la fase S del ciclo celular para disminuir la progresión tumoral en pacientes con cáncer
HER2- con receptores hormonales positivos.
Riesgo en el Embarazo
C
Reacciones adversas
Los efectos adversos más comunes (incidencia ≥10%) fueron neutropenia, leucopenia, fatiga, anemia, infección del tracto
respiratorio superior, náuseas, estomatitis, alopecia, diarrea, trombocitopenia, disminución del apetito, vómitos, astenia,
neuropatía periférica y epistaxis.
Contraindicaciones y
Precauciones
Hipersensibilidad al Palbociclib o algún componente de la fórmula, en el embarazo y la lactancia, menores de 18 años.
Monitoree el recuento completo de sangre antes del inicio de la terapia y al comienzo de cada ciclo, así como el día 14 de
los dos primeros ciclos, y como se indica clínicamente para prevenir y manejar los casis de neutropenia. Vigilar los signos y
síntomas y retener la dosificación según sea apropiado en caso de infecciones. Puede causar daño fetal. Aconsejar a los
pacientes acerca del riesgo potencial para el feto y acerca de utilizar un método anticonceptivo eficaz.
Interacciones
Palbociclib es metabolizado primariamente por el CYP3A y la enzima sulfotransferasa (SULT) SUTL2A1. Los inhibidores del
CYP3A incrementan las concentraciones plasmáticas de Palbociclib, por lo que su uso concomitante debe evitarse. Los
inductores del CYP3A reducen las concentraciones plasmáticas de Palbociclib, por lo que el uso concomitante de inductores
fuertes de CYP3A con Palbociclib debe evitarse.
Artículo tercero. Se adicionan en la Categoría de Instrumental y Equipo Médico al Compendio
Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, los
insumos que a continuación se mencionan:
Nombre Genérico:
RESONANCIA MAGNÉTICA DE 3.0 TESLAS
Clave: 531.791.0083
Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas.
Servicio(s): Imagenología.
Indicaciones de uso y
Descripción:
Equipo para obtener imágenes diagnósticas, de cuerpo entero, mediante el uso de
radiofrecuencias y campos magnéticos (3 Teslas). Generalmente es utilizada para obtener
imágenes detalladas de tejidos blandos.
1.
Equipo de resonancia magnética para uso diagnóstico médico de alta especialidad.
2.
Magneto:
2.1
Campo magnético de intensidad 3.0 Teslas.
2.2
Homogeneidad del campo magnético (garantizada):
2.2.1
Menor o igual a 0.05 ppm dentro de un DSV de 20 cm.
2.2.2
Menor o igual a 1.4 ppm dentro de un DSV de 40 cm.
2.3
Campo de visión (FOV) de 50 cm x 50 cm x 50 cm o mayor.
2.4
Sistema de criogenia con tecnología de cero evaporación o sin recarga de
helio durante la vida útil del imán (Zero boil-off o magneto sellado).
3.
Gantry:
3.1
Apertura de 70 cm o mayor.
3.2
Iluminación ambiental ajustable en el túnel.
3.3
Sistema de intercomunicación bidireccional entre paciente y operador.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
103
4.
Mesa de paciente:
4.1
Capacidad de carga 225 kg o mayor.
4.2
Altura mínima ajustable a 70 cm o menor.
5.
Gradientes:
5.1
Amplitud máxima del gradiente 44 mT/m o mayor en cada eje (x, y, z).
5.2
Tasa de cambio del gradiente (Slew rate) 200 T/m/s o mayor en cada eje (x,
y, z).
5.3
Sistema de adquisición con tecnología de RF multicanal con un mínimo de 64
canales independientes para recepción simultánea de señales o sistema de
digitalización en la bobina.
5.4
Espesor mínimo de corte:
5.4.1
2-D: 0.5 mm o menor.
5.4.2
3-D: 0.1 mm o menor.
6.
Bobinas o antenas para las siguientes regiones anatómicas (una por cada punto):
6.1
Cabeza - cuello (dedicada): 16 canales o mayor o 16 elementos o mayor.
6.2
Cráneo (dedicada): 32 canales o mayor o 32 elementos o mayor.
6.3
Columna completa: 32 canales o mayor o 32 elementos o mayor.
6.4
Mama (dedicada): 7 canales o mayor u 8 elementos o mayor.
6.5
Hombro (dedicada): 8 canales o mayor o 6 elementos o mayor.
6.6
Rodilla (dedicada): 12 canales o mayor o 16 elementos o mayor.
6.7
Muñeca - mano (dedicada): 12 canales o mayor o 6 elementos o mayor.
6.8
Pie - tobillo (dedicada): 8 canales o mayor u 8 elementos o mayor.
6.9
Tórax, torso o abdomen (dedicada): 24 canales o mayor o 32 elementos o
mayor, con cobertura de al menos 50 cm.
6.10 Antena flexible chica de 4 canales o mayor.
6.11 Antena flexible mediana o grande de 4 canales o mayor o 16 elementos o
mayor
6.12. Antena pediátrica (dedicada) de 8 canales o mayor o flexible de 16 elementos
o mayor.
7.
Programas, secuencias y/o técnicas de adquisición:
7.1
Programa o software o secuencia de corrección de movimiento aplicable a
todo el cuerpo o diferentes regiones anatómicas.
7.2
Spin Echo en 3D.
7.3
Fast Spin Echo (FSE) o Turbo Spin Echo (TSE) o FastSE.
7.4
Imagen corporal con supresión de grasa.
7.5
Técnica Dixon.
7.6
Eco de gradiente 2D/3D:
7.6.1
Técnicas desviadas o multishot EPI.
7.6.2
Técnicas de rebobinado o single shot EPI.
7.6.3
SSFP o PSIF o 2D FFE o bFFE o FIESTA.
7.7
Recuperación de inversión (Inversion Recovery o IR).
7.8
Imagen de susceptibilidad magnética (SWI o SWAN o SWIP o FSBB o BSI).
7.9
Imagen de perfusión de cabeza sin medio de contraste (ASL o 3D ASL).
7.10 Imagen de perfusión de cuerpo.
7.11 Imagen de mama con supresión de grasa.
7.12 Angiografía por tiempo de vuelo (TOF) o Angiografía por RM sin realce de
contraste (Inflow).
7.13 Contraste de transferencia de magnetización (CTM) o (MTC).
7.14 FLAIR o Dark Fluid o Fast Fair.
7.15 Imágenes paralelas (GRAPPA o SENSE o SPEEDER o ASSET o uCS).
7.16 Técnicas de aceleración tipo compressed sensing o multiband SPEEDER.
7.17 Protocolos dedicados para estudios dinámicos de mama.
7.18 Protocolos dedicados para musculoesquelético (MSK) y ortopedia.
104
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
7.19 Difusión (DWI, ADC).
7.20 Perfusión (TTP, MTT, CBV, CBF, Tmax, mapas de flujo).
7.21 Angiografía periférica con y sin medio de contraste.
7.22 Método de cuantificación de grasa.
7.23 Espectroscopia monovoxel (Single voxel) y multivoxel o CSI.
7.24 Paquete de protocolos de pediatría.
7.25 Sincronización de la adquisición de imagen con señales fisiológicas
(respiración, ECG).
7.26 Imagen por tensor de difusión (DTI) y el análisis tractográfico.
7.27 Rastreo de cuerpo completo de 2 metros o mayor con corrección de
movimiento.
7.28 Imagen BOLD en 3D (fMRI 3D o BOLD EPI 3D).
7.29 Corrección de movimiento para difusión multidisparo en cerebro (BLADE
Diffusion, MUSE, MUTE 3D o Microview o ZOOM Diffusion o equivalente
técnico).
7.30 Herramienta para adquisición y reconstrucción de imágenes por medio de
Inteligencia Artificial (IA).
7.31 Programas cardiológicos:
7.31.1 Cine cardiaco.
7.31.2 Dark Blood y/o Black Blood.
7.31.3 Medición de volúmenes y flujos.
7.31.4 Análisis de movimiento de paredes.
7.31.5 Perfusión miocárdica.
7.31.6 Coronarias.
8.
Estación de adquisición:
8.1
Monitor a color de 21 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de 1024 x 1024
o mayor.
8.2
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 512 GB o mayor.
8.3
Unidad DVD externa o integrada.
8.4
Capacidad de reconstrucción de 37,000 imágenes/ segundo o FTT/segundo o
mayor en matriz de 256 x 256 con campo de visión completo.
8.5
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados
para su uso:
8.5.1
DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de CD/DVD.
8.5.2
DICOM Send.
8.5.3
DICOM Storage.
8.5.4
DICOM Print.
8.5.5
DICOM Query/retrieve.
8.5.6
DICOM Storage Commitment.
8.5.7
DICOM Worklist.
8.5.8
DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step).
8.6
Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el
equipo de cómputo.
9.
Estación de postprocesamiento:
9.1
Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor con matriz
de despliegue de 1024 x 1024 o mayor.
9.2
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 1 TB o mayor.
9.3
Con capacidad de almacenar en CD o DVD.
9.4
Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de imágenes
compatibles con DICOM.
9.5
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados
para su uso:
9.5.1
DICOM Media (viewer o removible).
9.5.2
DICOM Verification.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
105
9.5.3
DICOM Send.
9.5.4
DICOM Print.
9.5.5
DICOM Query/retrieve.
9.5.6
DICOM Storage.
9.5.7
DICOM Storage Commitment.
9.5.8
DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step).
9.6
Programas o paquetes de post proceso:
9.6.1
Espectroscopía (MRS).
9.6.2
Imágenes de perfusión.
9.6.3
Cardiológicos (análisis funcional y de viabilidad).
9.6.4
Tractografía (DTI).
9.6.5
Análisis dinámico de realce con contraste para mama.
9.6.6
Mapas paramétricos T2 para evaluación musculoesquelética y
articular.
9.6.7
Análisis BOLD para estudios funcionales (fMRI).
9.6.8
Reconstrucciones multimodales.
9.7
Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el
equipo de cómputo.
10.
Inyector de medio de contraste diseñado para uso en procedimientos de resonancia
magnética.
11.
Fantoma para control de calidad.
12.
Cojines y almohadillas para posicionamiento del paciente.
13.
Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el
sistema de resonancia magnética.
14.
Juego de sujetadores ajustables, en diferentes tamaños, para posicionamiento del
paciente.
15.
Sistema de enfriamiento (chiller).
16.
Camilla compatible con resonancia magnética.
17.
Dos trípodes compatibles con resonancia magnética
18.
Silla de ruedas compatible con resonancia magnética.
19.
Sistema de circuito cerrado de televisión para vigilancia del paciente, compatible
con resonancia magnética.
20.
Sistema de entretenimiento para el paciente (audio y/o proyección de imágenes
relajantes, compatible con resonancia magnética).
Refacciones:
Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo.
Accesorios Opcionales:
Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades. Se adquieren de
manera adicional no se incluyen en el equipo. Las configuraciones, tipos y cantidades de
opcionales deberán ser seleccionados de acuerdo a las necesidades operativas de las
unidades médicas.
1.
Máquina de anestesia compatible con resonancia magnética.
2.
Monitor de signos vitales con accesorios adulto/pediátrico compatible con
resonancia magnética.
3.
Arco detector de metales.
Consumibles:
Las cantidades serán determinadas de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades
médicas, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo.
Los siguientes consumibles se dotarán como mínimo para inicio de operación:
1.
Veinte sets o kits de jeringas para el inyector.
2.
Medio de contraste (quelato de gadolinio, concentración 0.5 mmol/ml, frasco de
15 ml) 250 piezas.
3.
100 discos DVD-R o 100 USB.
4.
100 Tapones para los oídos.
106
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Instalación.
Operación.
Mantenimiento
*
*
*
Eléctrica: La que maneje la unidad médica
y 60 Hz, 3 fases.
Jaula de Faraday, considerando las tomas
de gases medicinales (oxígeno, aire).
Cumplir con las dimensiones mínimas y
características
recomendadas
por
el
fabricante.
*
Por personal especializado y de
acuerdo al manual de operación.
Se deberá de entregar el manual
de
operación
o
usuario
en
formato
físico
o
digital
al
responsable del área o servicio.
*
*
Garantía de al menos dos años
en
equipo
principal
y
accesorios y recarga de helio
en caso de ser necesario.
Preventivo y correctivo por
personal calificado. Durante el
periodo de garantía, cuando
aplique también se deberán de
cubrir
los
mantenimientos
correctivos en equipo principal
y accesorios.
Nombre Genérico:
RESONANCIA MAGNÉTICA DE 1.5 TESLAS
Clave: 531.791.0091
Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas.
Servicio (s): Imagenología.
Indicaciones de uso y
Descripción:
Equipo para obtener imágenes diagnósticas, de cuerpo entero, mediante el uso de
radiofrecuencias y campos magnéticos (1.5 Teslas). Generalmente es utilizada para obtener
imágenes detalladas de tejidos blandos.
1.
Equipo de resonancia magnética para uso diagnóstico médico.
2.
Magneto:
2.1
Campo magnético de intensidad 1.5 Teslas.
2.2
Homogeneidad del campo magnético (garantizada).
2.2.1
Menor o igual a 0.15 ppm dentro de un DSV de 20 cm.
2.2.2
Menor o igual a 1.0 ppm dentro de un DSV de 40 cm.
2.3
Campo de visión (FOV) de 50 cm x 50 cm x 50 cm o mayor.
2.4
Sistema de criogenia con tecnología de cero evaporación o sin recarga de helio
durante la vida útil del imán (Zero boil-off o magneto sellado).
3.
Gantry:
3.1
Apertura de 70 cm o mayor.
3.2
Iluminación ambiental ajustable en el túnel.
3.3
Sistema de intercomunicación bidireccional entre paciente y operador.
4.
Mesa de paciente:
4.1
Capacidad de carga de 225 kg o mayor.
4.2
Ajuste de altura mínima de 70 cm o menor.
5.
Gradientes:
5.1
Amplitud máxima del gradiente 44 mT/m o mayor en cada eje (x, y, z).
5.2
Tasa de cambio del gradiente (Slew rate) 120 T/m/s o mayor en cada eje
(x, y, z).
5.3
Sistema de adquisición con tecnología de RF multicanal con un mínimo de 32
canales independientes para recepción simultánea de señales o sistema de
digitalización en la bobina.
5.4
Espesor mínimo de corte. 2-D: 0.5 mm o menor. 3-D: 0.1 mm o menor.
6.
Bobinas o antenas para las siguientes regiones anatómicas (una por cada punto):
6.1
Cabeza - cuello (dedicada): 16 canales o mayor o 16 elementos o mayor.
6.2
Columna completa: 32 canales o mayor o 32 elementos o mayor.
6.3
Mama (dedicada): 7 canales o mayor u 8 elementos o mayor.
6.4
Hombro (dedicada): 8 canales o mayor o 6 elementos o mayor.
6.5
Rodilla (dedicada): 12 canales o mayor o 16 elementos o mayor.
6.6
Muñeca - mano (dedicada): 12 canales o mayor o 6 elementos o mayor.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
107
6.7
Pie - tobillo (dedicada): 8 canales o mayor u 8 elementos o mayor.
6.8
Tórax, torso o abdomen (dedicada): 24 canales o mayor o 32 elementos o
mayor, con cobertura de al menos 50 cm.
6.9
Antena flexible chica de 4 canales o mayor.
6.10 Antena flexible mediana o grande de 4 canales o mayor o 16 elementos o
mayor.
6.11 Antena pediátrica (dedicada) de 8 canales o mayor o flexible de 16 elementos o
mayor.
7.
Programas, secuencias y/o técnicas de adquisición:
7.1
Programa o software o secuencia de corrección de movimiento aplicable a todo
el cuerpo o diferentes regiones anatómicas.
7.2
Spin Echo en 3D.
7.3
Fast Spin Echo (FSE) o Turbo Spin Echo (TSE) o FastSE.
7.4
Imagen corporal con supresión de grasa.
7.5
Técnica Dixon.
7.6
Eco de gradiente 2D/3D:
7.6.1
Técnicas desviadas o multishot EPI.
7.6.2
Técnicas de rebobinado o single shot EPI.
7.6.3
SSFP o PSIF o 2D FFE o bFFE o FIESTA.
7.7
Recuperación de inversión (Inversion Recovery o IR).
7.8
Imagen de susceptibilidad magnética (SWI o SWAN o SWIP o FSBB o BSI).
7.9
Imagen de perfusión de cabeza sin medio de contraste (ASL o 3D ASL).
7.10 Imagen de perfusión de cuerpo.
7.11 Imagen de mama con supresión de grasa.
7.12 Angiografía por tiempo de vuelo (TOF) o Angiografía por RM sin realce de
contraste (Inflow).
7.13 Contraste de transferencia de magnetización (CTM) o (MTC).
7.14 FLAIR o Dark Fluid o Fast Fair.
7.15 Imágenes paralelas (GRAPPA, SENSE, SPEEDER o ASSET o uCS).
7.16 Técnicas de aceleración tipo compressed sensing o multiband SPEEDER.
7.17 Protocolos dedicados para estudios dinámicos de mama.
7.18 Protocolos dedicados para musculoesquelético (MSK) y ortopedia.
7.19 Difusión (DWI, ADC).
7.20 Perfusión (TTP, MTT, CBV, CBF, Tmax, mapas de flujo).
7.21 Angiografía periférica con y sin medio de contraste.
7.22 Método de cuantificación de grasa.
7.23 Espectroscopia monovoxel (Single voxel) y multivoxel o CSI.
7.24 Paquete de protocolos de pediatría.
7.25 Sincronización de la adquisición de imagen con señales fisiológicas
(respiración, ECG).
7.26 Imagen por tensor de difusión (DTI) y el análisis tractográfico.
7.27 Rastreo de cuerpo completo de 2 metros o mayor con corrección de
movimiento.
7.28 Imagen BOLD en 3D (fMRI 3D o BOLD EPI 3D).
7.29 Corrección de movimiento para difusión multidisparo en cerebro (BLADE
Diffusion, MUSE, MUTE 3D o Microview o ZOOM Diffusion o equivalente
técnico).
7.30 Herramienta para adquisición y reconstrucción de imágenes por medio de
Inteligencia Artificial (IA).
108
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
7.31 Programas cardiológicos:
7.31.1 Cine cardíaco.
7.31.2 Dark Blood y/o Black Blood.
7.31.3 Medición de volúmenes y flujos.
7.31.4 Análisis de movimiento de paredes.
7.31.5 Perfusión miocárdica.
7.31.6 Coronarias.
8.
Estación de adquisición:
8.1
Monitor a color de 21 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de 1024 x 1024 o
mayor.
8.2
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 512 GB o mayor.
8.3
Unidad DVD externa o integrada.
8.4
Capacidad de reconstrucción de 22,000 imágenes/ segundo o FTT/segundo o
mayor en matriz de 256 x 256 con campo de visión completo.
8.5
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para
su uso:
8.5.1
DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de CD/DVD.
8.5.2
DICOM Send.
8.5.3
DICOM Storage.
8.5.4
DICOM Print.
8.5.5
DICOM Query/retrieve.
8.5.6
DICOM Storage Commitment.
8.5.7
DICOM Worklist.
8.5.8
DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step).
8.6
Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el
equipo de cómputo.
9.
Estación de postprocesamiento:
9.1
Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor con matriz de
despliegue de 1024 x 1024 o mayor.
9.2
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 1 TB o mayor.
9.3
Con capacidad de almacenar en CD o DVD.
9.4
Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de imágenes
compatibles con DICOM.
9.5
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para
su uso:
9.5.1
DICOM Media (viewer o removible).
9.5.2
DICOM Verification.
9.5.3
DICOM Send.
9.5.4
DICOM Print.
9.5.5
DICOM Query/retrieve.
9.5.6
DICOM Storage.
9.5.7
DICOM Storage Commitment.
9.5.8
DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step).
9.6
Programas o paquetes de post proceso:
9.6.1
Espectroscopia.
9.6.2
Imágenes de perfusión.
9.6.3
Cardiológicos (análisis funcional y de viabilidad).
9.6.4
Tractografía (DTI).
9.6.5
Análisis dinámico de realce con contraste para mama.
9.6.6
Mapas paramétricos T2 para evaluación musculoesquelética y articular
(MSK).
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
109
9.6.7
Análisis BOLD para estudios funcionales (fMRI).
9.6.8
Reconstrucciones multimodales.
9.7
Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el
equipo de cómputo.
10.
Inyector de medio de contraste diseñado para uso en procedimientos de resonancia
magnética.
11.
Fantoma para control de calidad.
12.
Cojines y almohadillas para posicionamiento del paciente.
13.
Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el
sistema de resonancia magnética.
14.
Juego de sujetadores ajustables, en diferentes tamaños, para posicionamiento del
paciente.
15.
Sistema de enfriamiento (chiller).
16.
Camilla compatible con resonancia magnética.
17.
Dos trípodes compatibles con resonancia magnética
18.
Silla de ruedas compatible con resonancia magnética.
19.
Sistema de circuito cerrado de televisión para vigilancia del paciente, compatible con
resonancia magnética.
20.
Sistema de entretenimiento para el paciente (audio y/o proyección de imágenes
relajantes, compatible con resonancia magnética).
Refacciones:
Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo
Accesorios
Opcionales:
Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades. Se adquieren de
manera adicional y no se incluyen en el equipo. Las configuraciones, tipos y cantidades de
opcionales deberán ser seleccionados de acuerdo a las necesidades operativas de las
unidades médicas.
1.
Máquina de anestesia compatible con resonancia magnética.
2.
Monitor de signos vitales con accesorios adulto/pediátrico compatible con resonancia
magnética.
3.
Arco detector de metales.
Consumibles:
Las cantidades serán determinadas de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades
médicas, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo.
Los siguientes consumibles se dotarán como mínimo para inicio de operación:
1.
Veinte sets o kits de jeringas para el inyector.
2.
Medio de contraste (quelato de gadolinio, concentración 0.5 mmol/ml, frasco de 15 ml)
250 piezas.
3.
100 discos DVD-R o 100 USB.
4.
100 Tapones para los oídos.
Instalación.
Operación.
Mantenimiento
*
*
*
Eléctrica: La que maneje la unidad
médica y 60 Hz, 3 fases.
Jaula de Faraday, considerando las
tomas de gases medicinales (oxígeno,
aire).
Cumplir con las dimensiones mínimas y
características
recomendadas
por
el
fabricante.
*
Por personal especializado y de
acuerdo al manual de operación. Se
deberá de entregar el manual de
operación o usuario en formato físico
o digital al responsable del área o
servicio.
*
*
Garantía de al menos dos
años en equipo principal y
accesorios y recarga de
helio
en
caso
de
ser
necesario.
Preventivo y correctivo por
personal calificado. Durante
el
periodo
de
garantía,
cuando aplique también se
deberán
de
cubrir
los
mantenimientos correctivos
en
equipo
principal
y
accesorios.
110
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Artículo cuarto. Se modifica en la Categoría de Instrumental y Equipo Médico, el Compendio Nacional
de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, respecto del
insumo que a continuación se menciona, estableciéndose de la siguiente manera (se identifican las
modificaciones por estar en letras cursivas y subrayadas):
Nombre Genérico:
TOMÓGRAFO SIMULADOR
Clave: 531.254.0169
Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas.
Servicio(s): Imagenología.
Indicaciones de uso y
Descripción:
Equipo de tomografía computarizada (TC) con hardware y software especializados para la
simulación de tratamientos de radioterapia, debiendo asegurar la compatibilidad con los
diferentes aceleradores lineales y/o braquiterapia.
1.
Tomógrafo para la simulación compatible con el sistema de planificación del
tratamiento de radioterapia.
2.
Número mínimo de fila de detectores 64 o mayor.
3.
Detector:
3.1.
Campo de visión (FOV) estándar de 60 cm o mayor.
3.2.
Cobertura en el eje Z (ancho del detector) de 38 mm o mayor.
3.3.
Espesor del corte de 0.625 mm o menor.
3.4.
Tiempo de rotación estándar para un giro de 360° de 0.35 segundos o
menor.
4.
Gantry:
4.1.
Apertura de 80 cm o mayor. Sistema de intercomunicación con el
paciente.
5.
Tubo de rayos X:
5.1.
Almacenamiento de calor en el ánodo de 7 MHU o mayor
(sin equivalencias).
5.2.
Tasa de disipación de calor de 780 kHU/min o mayor.
6.
Generador de rayos X:
6.1.
Potencia de salida de 70 kW o mayor.
6.2.
Rango de voltaje de 80 kV o menor a 135 kV o mayor.
6.3.
Rango de corriente de 15 mA o menor a 600 mA o mayor.
7.
Mesa de paciente:
7.1.
Cubierta, mesa o tablero, plano, de fibra de carbono, indexada (nota: el
usuario verificará la compatibilidad, según marca y modelo de la mesa
del acelerador lineal).
7.2.
Capacidad de carga de 220 kg o mayor.
7.3.
Longitud de escaneo sin tener que reposicionar al paciente durante el
estudio de 150 cm o mayor.
7.4.
Desplazamiento: Vertical 55 cm o menor hasta 85 cm o mayor.
7.5.
Longitudinal 150 cm o mayor.
8.
Reconstrucción de imágenes:
8.1.
Reconstrucción de conjunto de cortes tridimensionales o 3D.
8.2.
Campo de visión (FOV) de reconstrucción de 60 cm o mayor.
8.3.
Matrices de reconstrucción de 512 x 512 o mayor.
8.4.
Velocidad máxima de reconstrucción 40 (fps) imágenes/segundo o
mayor.
8.5.
Reconstrucción de imágenes multiplanares (MPR) en tiempo real.
8.6.
Reconstrucción de imagen de máxima intensidad de proyección (MIP).
9.
Estación de adquisición:
9.1.
Monitor a color de 19 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de 1024 X
1024 o mayor.
9.2.
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 1 Tb o mayor.
9.3.
Quemador de CD o DVD.
9.4.
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios
habilitados para su uso:
9.4.1.
DICOM Media (viewer o removible),
9.4.2.
DICOM Print,
9.4.3.
DICOM Query/retrieve,
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
111
9.4.4.
DICOM Storage,
9.4.5.
DICOM Storage Commitment,
9.4.6.
DICOM Worklist,
9.4.7.
DICOM MPPS,
9.4.8.
DICOM RT
9.4.9.
DICOM RDSR o de acuerdo a la nomenclatura del fabricante
(Reporte de Estructurado de Dosis de Radiación).
9.5.
Protocolos para pediatría.
9.6.
Reducción de artefacto metálico.
9.7.
Software para modulación y ahorro de dosis en tiempo real.
9.8.
Algoritmos de reconstrucción iterativa de acuerdo a cada fabricante.
9.9.
Sistema de sincronización 4D (nota: el usuario verificará la compatibilidad
según marca y modelo del acelerador lineal) o Sistema de Radioterapia
guiada por Imágenes de Superficie. Incluye Software y Hardware
completos para su correcto funcionamiento para la opción seleccionada.
9.10.
Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el
equipo de cómputo.
10.
Estación de postprocesamiento:
10.1.
Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor, con
matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor.
10.2.
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de al menos 1 Tb.
10.3.
Con capacidad de almacenar en CD o DVD.
10.4.
Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de imágenes
compatibles con DICOM.
10.5.
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios
habilitados para su uso:
10.5.1. DICOM Media (viewer o removible),
10.5.2. DICOM Print,
10.5.3. DICOM Query/retrieve,
10.5.4. DICOM Storage,
10.5.5. DICOM Storage Commitment.
10.5.6. Software de contorneo basado en Inteligencia Artificial (IA).
10.5.7. Fusión de imágenes de Resonancia Magnética (RM) y
Tomografía por Emisión de Positrones (PET-CT).
10.5.8. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos
para el equipo de cómputo.
11.
Sistema de posicionamiento láser:
11.1.
Sistema de al menos tres láseres para simulación, de color verde o rojo,
montados en gantry o externos (en piso, pared o techo).
11.2.
Tamaño del patrón de haz proyectado de 1.5 mm o menor.
11.3.
Precisión de posicionamiento menor a 0.5 mm.
12.
Fantoma para control de calidad propio del equipo.
13.
Fantoma de CT acreditado por ACR (American College of Radiology) o AAPM
(American Association of Physicists in Medicine).
14.
Inyector dual o de doble jeringa para medio de contraste, interfazado o
sincronizado al equipo
15.
Sistema de calentamiento (agua o aire) para elaboración de mallas
termoplásticas.
16.
Sistemas de fijación:
16.1.
Dos (2) bases de fijación de fibra de carbono para cabeza, cuello y
hombros, con dispositivo para la mesa de tratamiento que permita la
extensión de la base.
16.2.
Dos (2) bases de eje variable (con accesorios), que se puedan montar en
las bases de fijación para angulación precisa de la cabeza, en posición
prono y supina.
16.3.
Dos (2) juegos de soportes para cabeza con 6 piezas por juego, los
tamaños serán determinados por el área usuaria.
16.4.
Dos (2) juegos de soporte de cabeza pediátrico (cuando aplique).
112
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
16.5.
Dos (2) sistemas de tratamiento para abdomen y pelvis, posición supina
y prono.
16.6.
Dos (2) sistemas de fijación para extremidades.
16.7.
Dos (2) soportes o posicionadores para pies.
16.8.
Dos (2) soportes para rodillas.
16.9.
Dos (2) posicionadores de piernas.
16.10. Dos (2) sistemas de fijación para tratamiento de mama y tórax en
posición prona.
16.11. Dos (2) sistemas de fijación para tratamiento de mama y tórax, con
extensiones laterales y manubrio o soportes.
16.12. Dos (2) sistemas compresores para restricción de respiración, rígido o
flexible, compatible con la base de tratamiento.
16.13. Un (1) perchero móvil o fijo de almacenamiento para colchones de vacío
con ganchos para colgar los colchones.
16.14. Racks modulares, estantes o muebles de almacenamiento de
dimensiones adecuadas y suficientes para contener, los fijadores
solicitados (De acuerdo a las necesidades y espacios del área usuaria,
Se deberá verificar la existencia previa para evitar duplicidad y garantizar
la disponibilidad de espacio físico).
17.
Circuito cerrado de TV a color (con 2 cámaras con al menos una ajustable por el
usuario y al menos un monitor a color).
18.
Una (1) Bomba de vacío (sistema de compresión) de modo dual para colchones
de vacío (110 V-127V), con manguera adaptadora.
Refacciones:
Las unidades médicas las seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo.
Accesorios Opcionales:
Las unidades médicas las seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Se adquieren de manera adicional y no
se incluyen en el equipo. Las configuraciones, tipos y cantidades de opcionales deberán ser
seleccionados de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades médicas.
1.
Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el
equipo.
2.
Sistemas de fijación específicos para radiocirugía intracraneal y/o extracraneal
y/o robótica y/o con fuentes naturales.
3.
Software para braquiterapia.
Consumibles:
Las unidades médicas seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo:
1.
Máscaras termoplásticas.
2.
Colchones de vacío para inmovilización, tamaños: chico, mediano, grande y
cuerpo completo, con accesorios para fijarlos y/o marcarlos a la mesa. Cada
unidad definirá los tamaños y cantidades.
3.
Balines.
4.
Medio de contraste (frascos de 200 ml, con concentración de 350/370 mg de
yodo/ml).
5.
Sets o kits de jeringas para el inyector.
6.
Tinta.
Instalación.
Operación.
Mantenimiento.
*
*
Adecuaciones
del
área
considerando los requerimientos de
la
guía
mecánica,
según
corresponda.
Cumplir
con
las
dimensiones
mínimas
y
características
recomendadas por el fabricante.
*
*
*
Por personal especializado y de
acuerdo al manual de operación.
Se deberá de entregar el manual de
operación o usuario en formato físico
o digital al responsable del área o
servicio.
Capacitación en sitio, centro de
referencia y/o entrenamiento a todo el
personal involucrado en el área de
radioterapia (médico, técnico, físicos
e ingeniería biomédica), para el
correcto uso de cada uno de los
componentes
de
equipo.
Considerando los diferentes turnos y
perfiles de puesto en cada servicio.
*
*
Preventivo. Póliza de garantía
de al menos un año en equipo
principal y accesorios.
Correctivo
por
personal
calificado. Durante el periodo
de garantía, cuando aplique
también se deberán de cubrir
los
mantenimientos
correctivos en equipo principal
y accesorios.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
113
Nombre Genérico:
TOMÓGRAFO DE DIAGNÓSTICO PARA ALTA ESPECIALIDAD
Clave: 531.254.0166
Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas.
Servicio(s): Imagenología.
Indicaciones de uso y
Descripción:
Equipo de tomografía computarizada diseñado para realizar estudios cardíacos y
neurológicos avanzados, así como aplicaciones de alta especialidad para perfusión,
estudios dinámicos y estudios avanzados de cardiología, oncología, neurología y
pediatría.
1.
Equipo de tomografía computarizada de diagnóstico para alta especialidad.
2.
Número de fila de detectores de 256 o mayor o de 192 detectores o mayor
para tecnologías con doble fuente o doble fila de detectores de 128 o mayor.
3.
Detector:
3.1.
Cobertura en el eje Z (ancho del detector) de 160 mm o mayor o 130
mm o mayor para tecnologías con doble fuente u 80 mm o mayor
utilizando doble fila de detectores.
3.2.
Campo de visión (FOV) estándar de 50 cm o mayor.
3.3.
Espesor del corte de 0.625 mm o menor.
3.4.
Tiempo de rotación estándar para un giro de 360° de 0.28 segundos
o menor.
4.
Gantry:
4.1.
Apertura de 78 cm o mayor.
4.2.
Sistema de intercomunicación con el paciente.
4.3.
Alineación en 3 ejes con láser.
4.4.
Pantalla integrada que despliegue los datos de operación.
5.
Tubo de rayos X:
5.1.
Almacenamiento de calor en el ánodo de 7 MHU o mayor.
5.2.
Tasa de disipación de calor de 1000 kHU/min o mayor.
6.
Generador de rayos X:
6.1.
Potencia de salida de 100 kW o mayor.
6.2.
Rango de voltaje de 80 kV o menor a 135 kV o mayor.
6.3.
Rango de corriente de 20 mA o menor a 800 mA o mayor.
7.
Mesa de paciente:
7.1.
Capacidad de carga de 220 kg o mayor.
7.2.
Longitud de escaneo durante el estudio de 180 cm o mayor.
7.3.
Rango de movimiento: vertical de 50 cm o menor hasta 85 cm o
mayor, longitudinal de 180 cm o mayor.
8.
Reconstrucción de imágenes:
8.1.
Reconstrucción de conjunto de cortes tridimensionales o 3D.
8.2.
Campo de visión (FOV) de reconstrucción de 50 cm o mayor.
8.3.
Matrices de reconstrucción de 1024 x 1024 o mayor.
8.4.
Velocidad máxima de reconstrucción 60 (fps) imágenes/segundo o
mayor.
8.5.
Reconstrucción de imágenes multiplanares (MPR) en tiempo real.
8.6.
Reconstrucción de imagen MIP y MinIP.
9.
Estación de adquisición:
9.1.
Monitor a color de 24 pulgadas o mayor o dos monitores de 19
pulgadas, matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor.
9.2.
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 1 TB o
mayor.
9.3.
Quemador de CD o DVD.
9.4.
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios
habilitados para su uso:
9.4.1.
DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de
CD/DVD.
9.4.2.
DICOM Print.
114
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
9.4.3.
DICOM Query/retrieve.
9.4.4.
DICOM Storage.
9.4.5.
DICOM Storage Commitment.
9.4.6.
DICOM Worklist.
9.4.7.
DICOM MPPS.
9.5.
Protocolos para pediatría.
9.6.
Software para modulación y ahorro de dosis en tiempo real.
9.7.
Software o protocolos para aplicaciones cardiacas.
9.8.
Reducción de artefacto metálico.
9.9.
Algoritmos de reconstrucción iterativa de acuerdo a cada fabricante.
9.10.
Sincronización con ECG.
9.11.
Seguimiento automático del medio de contraste o bolo en tiempo real.
9.12.
Tecnología de adquisición de imágenes de doble energía (doble
fuente o detector con doble capa o conmutación rápida de kV),
aplicable para cuerpo completo.
9.13.
Reconstrucción usando inteligencia artificial, algoritmo de red
neuronal de aprendizaje profundo.
9.14.
Tecnología de energía espectral.
9.15.
Niveles de energía de 80 keV o menor a 135 keV o mayor.
9.16.
Planificación, adquisición, revisión, procesamiento y evaluación de
las imágenes de tomografía espectral: neuro, tórax, abdomen y
músculo esquelético.
9.17.
Resolución espacial de 21 lp/cm o mayor a 0% MTF o 16 lp/cm o
mayor a 2% MTF.
9.18.
Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos
para el equipo de cómputo.
10.
Estación de postprocesamiento:
10.1.
Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor de
alta resolución, con matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor.
10.2.
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de al menos
2 TB.
10.3.
Con capacidad de almacenar en CD o DVD.
10.4.
Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de
imágenes compatibles con DICOM.
10.5.
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios
habilitados para su uso:
10.5.1. DICOM Media (viewer o removible).
10.5.2. DICOM Print.
10.5.3. DICOM Query/retrieve.
10.5.4. DICOM Storage.
10.5.5. DICOM RDSR o de acuerdo a la nomenclatura del fabricante
(Reporte estructurado de dosis).
10.5.6. DICOM Storage Commitment.
10.6.
Paquete para evaluación cardiológica (score de calcio, perfusión
cardíaca, función ventricular, análisis de coronarias), que presente
resultados en puntaje (score) de Agatston y volumétrico.
10.7.
Valoración espacial de corazón en 4D o 3D en tiempo real.
10.8.
Software TAVR.
10.9.
Paquete para evaluación de perfusión cerebral.
10.10. Paquete para evaluación de perfusión de cuerpo o corporal.
10.11. Paquete para la remoción de estructuras óseas para análisis
vascular.
10.12. Paquete para navegación endoscópica y colonoscopia virtual.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
115
10.13. Paquete para evaluación dental.
10.14. Paquete para análisis de volumen pulmonar y nódulos pulmonares.
10.15. Paquete o software de oncología o tumoración.
10.16. Fusión con las siguientes modalidades: resonancia magnética y
medicina nuclear o PET-CT.
10.17. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos
para el equipo de cómputo.
11.
Fantoma para control de calidad.
12.
Inyector de medio de contraste para tomografía computarizada de doble
jeringa o dual.
Refacciones:
Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo.
Accesorios Opcionales:
Las unidades médicas seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo:
1.
Mesa de paciente con capacidad de carga de 300 kg o mayor y rastreo de
200 cm o mayor.
2.
Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el
equipo.
3.
Espectral para cardiología.
4.
Paquete de intervencionismo (CCT o Fluoro CT) con el hardware necesario
(monitor, pedales o control).
Consumibles:
Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo:
1.
Veinte sets o kits de jeringas para el inyector.
2.
Medio de contraste (10 frascos de 200 ml, con concentración de 350 y/o 370
mg de yodo/ml).
3.
100 discos DVD-R o 100 USB.
Instalación.
Operación.
Mantenimiento.
*
*
Eléctrica: La que maneje la unidad
médica y 60 Hz, tres fases.
Cumplir con las dimensiones mínimas y
características recomendadas por el
fabricante.
*
*
Personal
especializado
y
de
acuerdo al manual de operación.
Se deberá de entregar el manual
de operación o usuario en formato
físico o digital al responsable del
área o servicio.
*
*
Preventivo. Póliza de garantía
de al menos un año en equipo
principal y accesorios.
Correctivo
por
personal
calificado. Durante el periodo de
garantía,
cuando
aplique
también se deberán de cubrir
los mantenimientos correctivos
en
equipo
principal
y
accesorios.
Nombre Genérico:
TOMÓGRAFO DE DIAGNÓSTICO AVANZADO
Clave: 531.254.0167
Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas.
Servicio(s): Imagenología.
Indicaciones de uso y
Descripción:
Equipo de tomografía computarizada diseñado para realizar alto volumen de
diagnósticos (alta productividad) en alguna(s) de las siguientes especialidades:
cardiología, neurología, oncología, pediatría
1.
Equipo de tomografía computarizada para diagnóstico avanzado.
2.
Número de fila de detectores 64 o mayor y 128 cortes o mayor.
3.
Detector:
3.1.
Campo de visión (FOV) estándar de 50 cm o mayor.
3.2.
Cobertura en el eje Z (ancho del detector) de 38 mm o mayor.
3.3.
Espesor del corte de 0.625 mm o menor.
3.4.
Tiempo de rotación estándar para un giro de 360° de 0.35 segundos
o menor.
116
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
4.
Gantry:
4.1.
Angulación de ±30 grados o mayor y apertura de 70 centímetros o
mayor.
4.2.
Sistema de intercomunicación con el paciente.
5.
Tubo de rayos X:
5.1.
Almacenamiento de calor en el ánodo de 7 MHU o mayor.
5.2.
Tasa de disipación de calor de 1000 kHU/min o mayor o un mínimo
de 100 segundos de radiación continua.
6.
Generador de rayos X:
6.1.
Potencia de salida de 70 kW o mayor.
6.2.
Rango de voltaje de 80 kV o menor a 135 kV o mayor.
6.3.
Rango de corriente de 13 mA o menor a 600 mA o mayor.
7.
Mesa de paciente:
7.1.
Capacidad de carga de 200 kg o mayor.
7.2.
Longitud de escaneo durante el estudio de 180 cm o mayor.
7.3.
Rango de movimiento: vertical de 55 cm o menor hasta 88 cm o
mayor, longitudinal de 180 cm o mayor.
8.
Reconstrucción de imágenes:
8.1.
Reconstrucción de conjunto de cortes tridimensionales o 3D.
8.2.
Campo de visión (FOV) de reconstrucción de 50 cm o mayor.
8.3.
Matrices de reconstrucción de 1024 x 1024 o mayor.
8.4.
Velocidad máxima de reconstrucción de 45 (fps) imágenes/segundo o
mayor.
8.5.
Reconstrucción de imágenes multiplanares (MPR) en tiempo real.
8.6.
Reconstrucción de imagen MIP y MinIP.
9.
Estación de adquisición:
9.1.
Monitor a color de 19 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de
1024 x 1024 o mayor.
9.2.
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 900 GB o
mayor.
9.3.
Quemador de CD o DVD.
9.4.
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios
habilitados para su uso:
9.4.1.
DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de
CD/DVD,
9.4.2.
DICOM Print,
9.4.3.
DICOM Query/retrieve,
9.4.4.
DICOM Storage,
9.4.5.
DICOM Storage Commitment,
9.4.6.
DICOM Worklist,
9.4.7.
DICOM MPPS.
9.5.
Protocolos para pediatría.
9.6.
Software para modulación y ahorro de dosis en tiempo real.
9.7.
Sincronización con ECG.
9.8.
Reducción de artefacto metálico.
9.9.
Seguimiento automático del medio de contraste o bolo.
9.10.
Algoritmos de reconstrucción iterativa de acuerdo a cada fabricante.
9.11.
Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos
para el equipo de cómputo.
10.
Estación de postprocesamiento:
10.1.
Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor de
alta resolución, con matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor.
10.2.
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de al menos
1 TB.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
117
10.3.
Con capacidad de almacenar en CD o DVD.
10.4.
Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de
imágenes compatibles con DICOM.
10.5.
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios
habilitados para su uso:
10.5.1. DICOM Media (viewer o removible),
10.5.2. DICOM Print,
10.5.3. DICOM Query/retrieve,
10.5.4. DICOM Storage,
10.5.5. DICOM RDSR o de acuerdo a la nomenclatura del fabricante
(Reporte estructurado de dosis),
10.5.6. DICOM Storage Commitment.
10.6.
Paquete para navegación endoscópica y colonoscopia virtual.
10.7.
Paquete o software de oncología o tumoración.
10.8.
Paquete de evaluación dental.
10.9.
Paquete para evaluación pulmonar y nódulos pulmonares.
10.10. Paquete para la remoción de estructuras óseas para análisis
vascular.
10.11. Paquete para evaluación de perfusión cerebral.
10.12. Software o protocolos para aplicaciones cardiacas.
10.13. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos
para todo el equipo.
11.
Fantoma para control de calidad.
12.
Inyector de medio de contraste para tomografía computarizada de doble
jeringa o dual.
Refacciones:
Las unidades médicas las seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo.
Accesorios Opcionales:
Las unidades médicas seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo:
1.
Paquete para evaluación de imágenes espectrales o energía dual / doble
energía.
2.
Paquete de intervencionismo (CCT o Fluoro CT) con el hardware necesario
(Monitor, pedales o control).
3.
Mesa de paciente con capacidad de carga de 300 kg.
4.
Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el
equipo.
Consumibles:
Las unidades médicas seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo:
1.
Veinte sets o kits de jeringas para el inyector.
2.
Medio de contraste (10 frascos de 200 ml, con concentración de 350 y/o 370
mg de yodo/ml).
3.
100 discos DVD-R o 100 USB.
Instalación.
Operación.
Mantenimiento.
*
*
Eléctrica: La que maneje la unidad
médica y 60 Hz, tres fases.
Cumplir con las dimensiones mínimas y
características recomendadas por el
fabricante.
*
*
Personal
especializado
y
de
acuerdo al manual de operación.
Se deberá de entregar el manual
de operación o usuario en formato
físico o digital al responsable del
área o servicio.
*
*
Preventivo. Póliza de garantía de
al menos un año en equipo
principal y accesorios.
Correctivo por personal calificado.
Durante el periodo de garantía,
cuando
aplique
también
se
deberán
de
cubrir
los
mantenimientos
correctivos
en
equipo principal y accesorios.
118
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Nombre Genérico:
TOMÓGRAFO DE DIAGNÓSTICO GENERAL
Clave: 531.254.0168
Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas.
Servicio(s): Imagenología.
Indicaciones
de
uso
y
Descripción:
Equipo de tomografía computarizada diseñado para realizar exploraciones de rutina
clínica (cabeza y cuello, columna, extremidades, tórax, abdomen, pelvis).
1.
Equipo de tomografía computarizada para diagnóstico general.
2.
Número de fila de detectores 64 o mayor o 128 cortes o mayor.
3.
Detector:
3.1.
Campo de visión (FOV) estándar de 50 cm o mayor.
3.2.
Cobertura en el eje Z (ancho del detector) de 38 mm o mayor.
3.3.
Espesor del corte de 0.625 mm o menor.
3.4.
Tiempo de rotación estándar para un giro de 360° de 0.5 segundos o
menor.
4.
Gantry:
4.1.
Angulación de ±30 grados o mayor y apertura de 70 centímetros o
mayor.
4.2.
Sistema de intercomunicación con el paciente.
5.
Tubo de rayos X:
5.1.
Almacenamiento de calor en el ánodo de 5 MHU o mayor.
5.2.
Tasa de disipación de calor de 900 kHU/min o mayor.
6.
Generador de rayos X:
6.1.
Potencia de salida de 50 kW o mayor.
6.2.
Rango de voltaje de 80 kV o menor a 135 kV o mayor.
6.3.
Rango de corriente de 10 mA o menor a 400 mA o mayor.
7.
Mesa de paciente:
7.1.
Capacidad de carga de 200 kg o mayor.
7.2.
Longitud de escaneo durante el estudio de 155 cm o mayor.
7.3.
Rango de movimiento: vertical de 55 cm o menor hasta 90 cm o
mayor, longitudinal de 155 cm o mayor.
8.
Reconstrucción de imágenes:
8.1.
Reconstrucción de conjunto de cortes tridimensionales o 3D.
8.2.
Campo de visión (FOV) de reconstrucción de 50 cm o mayor.
8.3.
Matrices de reconstrucción de 512 x 512 o mayor.
8.4.
Velocidad máxima de reconstrucción de 20 (fps) imágenes/segundo o
mayor.
8.5.
Reconstrucción de imágenes multiplanares (MPR) en tiempo real.
8.6.
Reconstrucción de imagen MIP y MinIP.
9.
Estación de adquisición:
9.1.
Monitor a color de 19 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de
1024 x 1024 o mayor.
9.2.
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 900 GB o
mayor.
9.3.
Quemador de CD o DVD.
9.4.
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios
habilitados para su uso:
9.4.1.
DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de
CD/DVD,
9.4.2.
DICOM Print,
9.4.3.
DICOM Query/retrieve,
9.4.4.
DICOM Storage,
9.4.5.
DICOM Storage Commitment,
9.4.6.
DICOM Worklist.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
119
9.5.
Protocolos para pediatría.
9.6.
Reducción de artefacto metálico.
9.7.
Software para modulación y ahorro de dosis en tiempo real.
9.8.
Seguimiento automático del medio de contraste o bolo.
9.9.
Algoritmos de reconstrucción iterativa de acuerdo a cada fabricante.
9.10.
Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos
para el equipo de cómputo.
10.
Estación de postprocesamiento:
10.1.
Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor de
alta resolución, con matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor.
10.2.
Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de al menos 1
TB.
10.3.
Con capacidad de almacenar en CD o DVD.
10.4.
Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de
imágenes compatibles con DICOM.
10.5.
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios
habilitados para su uso:
10.5.1. DICOM Media (viewer o removible),
10.5.2. DICOM Print,
10.5.3. DICOM Query/retrieve,
10.5.4. DICOM Storage,
10.5.5. DICOM RDSR o de acuerdo a la nomenclatura del fabricante
(Reporte estructurado de dosis),
10.5.6. DICOM Storage Commitment.
10.6.
Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos
para el equipo de cómputo.
11.
Fantoma para control de calidad.
12.
Inyector de medio de contraste para tomografía computarizada de doble
jeringa o dual.
Refacciones:
Las unidades médicas las seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando
su compatibilidad con la marca y modelo del equipo.
Accesorios Opcionales:
Las unidades médicas solicitarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo:
1.
Paquete para la remoción de estructuras óseas para análisis vascular.
2.
Paquete para navegación endoscópica y colonoscopia virtual.
3.
Paquete para evaluación pulmonar y nódulos pulmonares.
4.
Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el
equipo.
Consumibles:
Las unidades médicas seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando su
compatibilidad con la marca y modelo del equipo:
1.
Veinte sets o kits de jeringas para el inyector.
2.
Medio de contraste (10 frascos de 200 ml, con concentración de 350 y/o 370
mg de yodo/ml).
3.
100 discos DVD-R o 100 USB.
Instalación.
Operación.
Mantenimiento.
*
*
Eléctrica: La que maneje la unidad
médica y 60 Hz, tres fases.
Cumplir con las dimensiones mínimas
y características recomendadas por el
fabricante.
*
*
Personal especializado y de acuerdo
al manual de operación.
Se deberá de entregar el manual de
operación o usuario en formato físico
o digital al responsable del área o
servicio.
*
*
Preventivo. Póliza de garantía
de al menos un año en equipo
principal y accesorios.
Correctivo
por
personal
calificado. Durante el periodo de
garantía,
cuando
aplique
también se deberán de cubrir
los mantenimientos correctivos
en
equipo
principal
y
accesorios.
120
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Nombre Genérico:
ANGIÓGRAFO MONOPLANAR
Clave: 531.055.0062
Especialidad(es): médicas y quirúrgicas.
Servicio(s):
Hemodinámica
y
Neurología.
Radiología Intervencionista, Cardiología
Intervencionista, Neurointervencionismo.
Indicaciones de uso y
Descripción:
Equipo diseñado para la obtención de imágenes vasculares diagnósticas y terapéuticas,
con guía vascular intervencionista por medio de técnicas fluoroscópicas con rayos X en
tiempo real.
1.
Angiógrafo monoplanar con arco montado a piso o a techo.
2.
Arco:
2.1.
Rotación con proyección RAO de 117° o mayor con velocidad de
20°/s o mayor.
2.2.
Rotación con proyección LAO de 105° o mayor con velocidad de
20°/s o mayor.
2.3.
Angulación craneal de 55° o mayor y caudal de 45° o mayor
(+55/-45°).
2.4.
Distancia de la fuente a la imagen SID (Source-to-image distance)
de 94 cm o menor a 119 cm o mayor.
3.
Detector:
3.1.
Tamaño: rectangular 29 x 39 cm o mayor (12 x 16 pulgadas) o
cuadrado de 30 x 30 cm o mayor (12 x 12 pulgadas).
3.2.
Resolución espacial (lp/mm) 2.0 o mayor.
3.3.
Tamaño de pixel 200 µm o menor.
3.4.
Profundidad de bit o digitalización de 14 o mayor.
4.
Angiografía rotacional:
4.1.
Adquisición de imagen de haz cónico (cone beam CT) y
reconstrucción de imágenes de tomografía computarizada (TC) de
acuerdo a la tecnología de cada fabricante.
5.
Generador de rayos X:
5.1.
Potencia de salida de 100 kW o mayor.
5.2.
Rango de corriente de 20 mA o menor a 1000 mA o mayor.
5.3.
Rango de voltaje radiográfico de 50 kV o menor a 125 kV o mayor.
5.4.
Fluoroscopía pulsada de 3.75 pulsos/segundo (fps) o menor a 30
pulsos/segundo (fps) o mayor.
5.5.
Corriente en modo fluorosocópico 320 mA o menor.
5.6.
Rango de voltaje fluoroscópico en kV de 60 o menor a 120 o mayor.
5.7.
Modo cine o bucle o cardio de 7.5 a 30 (fps) imágenes/segundo o
mayor.
6.
Tubo de Rayos X:
6.1.
Almacenamiento de calor en el ánodo de 3 MHU o mayor.
6.2.
Tasa de disipación de calor del ánodo de 300 kHU/min o mayor o 5.5
kW o mayor.
6.3.
Al menos dos puntos focales: de 0.4 mm o menor; 0.8 mm o menor y
en caso de un tercero de 1.0 mm o mayor.
7.
Mesa:
7.1.
Dimensiones de 250 cm o mayor x 45 cm o mayor.
7.2.
Desplazamiento de la mesa:
7.2.1.
Vertical de 80 cm o menor a 100 cm o mayor.
7.2.2.
Lateral de ± 14 cm o mayor.
7.2.3.
Longitudinal de 120 cm o mayor.
7.3.
Capacidad de soporte de peso del paciente de 200 kg o mayor, más
peso de accesorios y maniobras de RCP, 50 kg como mínimo.
8.
Sistema de adquisición:
8.1.
Al menos una pantalla plana LCD o TFT, en la sala de exploración
para tiempo real y para imagen de referencia de 55 pulgadas o
mayor, con luminiscencia de 400 cd/m2 o mayor, con suspensión a
techo y al menos ocho entradas de video.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
121
8.2.
Dos pantallas planas LCD o TFT de respaldo de 19 pulgadas o mayor
o una pantalla dual con secciones de 19 pulgadas o mayor cada una;
la(s) pantalla(s) en la misma suspensión de la pantalla principal o
suspensión independiente.
8.3.
Matriz de adquisición 1024 x 1024 o mayor.
8.4.
Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios
habilitados para su uso:
8.4.1.
DICOM Media (viewer o removible).
8.4.2.
DICOM Print.
8.4.3.
DICOM Query/retrieve.
8.4.4.
DICOM Storage.
8.4.5.
DICOM Storage Commitment.
8.4.6.
DICOM Worklist.
8.5.
Con monitoreo o despliegue de dosis en el monitor del sistema.
8.6.
DSA y Road Map.
8.7.
Angiografía o rastreo de adquisición rotacional con una velocidad de
40°/s o mayor.
8.8.
Seguimiento del bolo para angiografía periférica.
8.9.
Filtros de contorno o de compensación o de cuña.
8.10.
Software para la ayuda de visualización del stent.
8.11.
Fusión de imágenes o estudios DICOM para TC y RM.
8.12.
Filtros de cobre para reducción de dosis o su equivalencia al cobre.
9.
Estación de postprocesamiento:
9.1.
Con dos pantallas planas LCD o TFT a color 19 pulgadas o mayor
con luminiscencia de 330 cd/m2 o mayor en la sala de control.
9.2.
Procesamiento e imágenes adquiridas en matriz de 1024 x 1024 a 14
bits o mayor.
9.3.
Estándar de comunicación DICOM con las siguientes clases de
servicio habilitadas para su uso:
9.3.1.
DICOM Verification.
9.3.2.
DICOM Send.
9.3.3.
DICOM Query/retrieve.
9.3.4.
DICOM Storage.
9.3.5.
DICOM Storage Commitment.
9.3.6.
DICOM Print Management.
9.3.7.
DICOM Media Storage.
9.3.8.
DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step).
9.3.9.
DICOM Viewer.
9.4.
Sistema de almacenamiento de imágenes (DVD o USB).
9.5.
Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM.
9.6.
Con análisis cuantitativo de lesiones (QCA), análisis de ventrículo
izquierdo (LVA), análisis cuantitativo vascular (QVA) con calibración
automática y manual, tanto en el sistema de adquisición como en la
estación de trabajo.
9.7.
Software anti-artefacto de movimiento durante DSA en tiempo real o
desplazamiento de pixeles o de acuerdo a la tecnología de cada
fabricante.
9.8.
Road-Mapping.
10.
Sistema de poligrafía interfasado al equipo:
10.1.
Cuatro entradas de presión invasiva con manejo en la misma consola
del equipo.
10.2.
Medición integrada de saturación de oxígeno (SpO2) y presión
sanguínea no invasiva.
10.3.
Frecuencia cardiaca.
10.4.
Respiración/CO2.
10.5.
Medición y cálculos integrados del gasto cardiaco.
10.6.
ECG de 12 derivaciones.
122
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
10.7.
Con 2 monitores a color de 19 pulgadas o mayor con tecnología LCD
o TFT, 2 en el área de control y que se pueda visualizar en la pantalla
del equipo principal.
10.8.
Interfaz de medición de FFR.
10.9.
Impresora láser.
11.
Dos mamparas móviles de acrílico y una suspendida al techo en equivalencia
a plomo.
12.
Cortinas de plomo para la mesa.
13.
Inyector de flujo variable de medios de contraste interfasado o sincronizado al
equipo.
14.
Sujetadores y banda de compresión.
15.
Con unidad de energía ininterrumpida UPS que soporte todo el equipo a
plena carga al menos 15 minutos.
16.
Tapete de soporte lumbar o antifatiga.
17.
Seis juegos o kit de protección radiológica que incluya chaleco, faldones,
protector tiroideo y lentes. Las medidas se seleccionarán de acuerdo a las
necesidades de la unidad médica.
Refacciones:
Las unidades médicas las seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando
su compatibilidad con la marca y modelo del equipo.
Accesorios Opcionales:
Se adquieren de manera adicional, no se incluyen en el equipo. Las configuraciones,
tipos y cantidades de opcionales deberán ser seleccionados de acuerdo a las
necesidades operativas de las unidades médicas.
1.
Radiología intervencionista y neurología: Software para embolización.
Software para guía de agujas virtuales. Software para fusión de imágenes de
TC, RM y PET con fluoroscopia en tiempo real. Software de reparación
endovascular de aneurisma (EVAR). Software para análisis de flujo. Software
para visualización de CO2.
2.
Estructura cardiaca y pediatría: Software para reemplazo de válvula aórtica
transcatéter (TAVI). Software para fusión de imágenes de fluoroscopia con
técnicas de imagen avanzadas como ultrasonido y TC, en tiempo real y
aplicaciones para cardiología estructural: mitraclip, cierre de orejuela y cardio-
congénito.
3.
De solicitar el software para fusión de imágenes de fluoroscopia con técnicas
de imagen avanzadas como ultrasonido y TC, en tiempo real y aplicaciones
para cardiología estructural: mitraclip, cierre de orejuela y cardio-congénito,
se requiere ultrasonido compatible que incluya un transductor lineal y un
transductor trans esofágico.
4.
Electrofisiología: Software para segmentación estructural y fusión de
imágenes de TC, RM y PET con fluoroscopia en tiempo real. Polígrafo para
electrofisiología de 64 canales o mayor, interfasado al equipo y que se pueda
visualizar en la pantalla del equipo principal. Interfaz con equipos de mapeo.
Consumibles:
Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades
1.
Las cantidades serán determinadas de acuerdo a las necesidades operativas
de las unidades médicas, asegurando su compatibilidad con la marca y
modelo del equipo.
2.
Electrodos compatibles 200 piezas.
3.
Consumibles necesarios para el inyector para 100 pacientes.
4.
100 DVD o 100 USB.
5.
Papel u hojas para el polígrafo,1000 hojas.
Instalación:
Operación:
Mantenimiento:
*
*
Eléctrica: La que maneje la unidad
médica y 60 Hz, 3 fases
Cumplir
con
las
dimensiones
mínimas
y
características
recomendadas por el fabricante..
*
*
Por personal especializado y de
acuerdo al manual de operación.
Se deberá de entregar el manual
de operación o usuario en formato
físico o digital al responsable del
área o servicio.
Capacitación en sitio al personal
usuario para el correcto uso de
cada uno de los componentes de
equipo.
Considerando
los
diferentes turnos y perfiles de
puesto en cada servicio.
*
*
Preventivo. Póliza de garantía de al
menos un año en equipo principal y
accesorios.
Correctivo por personal calificado.
Durante el periodo de garantía,
cuando aplique también se deberán
de
cubrir
los
mantenimientos
correctivos en equipo principal y
accesorios.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
123
Artículo 5. Se adicionan en la Categoría de Osteosíntesis, Endoprótesis y Ayudas Funcionales al
Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril
de 2025, los insumos que a continuación se mencionan:
SISTEMA DE DRENAJE PARA GLAUCOMA
Fabricado con un polímero de SIBS [poli(estireno-bloque-isobutileno-
bloque-estireno)] extremadamente flexible equipado con un tubo de
350 µm de diámetro externo y una luz de 70 µm. El dispositivo tiene
aletas triangulares que impiden el desplazamiento del tubo hacia el
interior de la cámara anterior (CA).
Clave
Descripción
Indicaciones de uso
060.950.0304
El dispositivo está diseñado para implementarse debajo del
espacio subconjuntival/tenoniano.
El sistema de drenaje para glaucoma emplea un tubo para
crear un conducto para el flujo del humor acuoso desde la
cámara anterior del ojo hasta el pequeño canal formado bajo
la conjuntiva y la cápsula de Tenon; el extremo
frontal/proximal del tubo se extiende hacia la cámara anterior
mientras que el extremo posterior/distal termina en el canal.
El Sistema de drenaje para glaucoma reduce la presión
intraocular al desviar físicamente el humor acuoso desde la
cámara anterior de alta presión hasta el pequeño canal de
baja presión.
El dispositivo es esterilizado por óxido de etileno.
Bandeja de plástico termoformada con domo de silicón
dentro de doble sobre, sellados individualmente.
Caja de cartón.
El
Sistema
de
drenaje
para
glaucoma
está
indicado
para
reducir la presión intraocular en
los
ojos
de
pacientes
con
glaucoma
de
ángulo
abierto
cuando la PIO no pueda ser
controlada a pesar del tratamiento
médico
máximo
tolerado
y/o
cuando
la
progresión
del
glaucoma
justifique
una
intervención quirúrgica.
ESTIMULADOR
TRICAMERAL
PARA
RESINCRONIZACIÓN
BIVENTRICULAR
CON
DESFIBRILADOR
Cuerpo o carcasa de Titanio
Clave
Descripción
Indicaciones de uso
060.604.0615
Dispositivo
electrónico
implantable
para
proporcionar terapia eléctrica de resincronización
ventricular
en
pacientes
con
insuficiencia
cardiaca.
Consta de los siguientes elementos: generador
de micropulsos eléctricos alimentado por batería;
con control programable de voltaje, ancho de
pulso, configuración de estimulación ventricular,
retardo, AV y VV programable.
Modos de estimulación, salida, sensibilidad,
polaridad y periodos refractarios/cegamiento.
Tres terminales independientes con cables
aislados implantables por vía intravenosa para
conectarse en: atrio derecho, ventrículo derecho
y ventrículo izquierdo.
Dispositivo programable con propiedades de
marcapaso,
estimulador
biventricular
y
desfibrilador.
Electrodos con fijación activa con tornillos uno
para la aurícula y un electrodo de alto voltaje de
fijación activa con conector DF4, Monobobina
para
el
ventrículo
derecho,
electrodo
del
ventrículo izquierdo con sistema para pasar guía
metálica (over the wire) con conector IS-4.
Incluye sistema de liberación para el seno
coronario (sistema de introductores para canular
el seno coronario y/o subselectores, instrumento
de corte).
Introductor:
dos
introductores
para
vena
subclavia (con técnica de peel off); Guías
metálicas rectas y en “J” compatible con equipos
de Resonancia Magnética Nuclear.
Capacidad de monitoreo a distancia.
Accesorios opcionales: guía metálica 0.014
pulgadas. Longitud mínima de 88 a 180 cm.
Estimulación
anti
taquicárdica
ventricular
y
resincronización de los ventrículos.
Para el tratamiento automatizado de arritmias
ventriculares que pueden ser mortales
En el tratamiento de Insuficiencia cardiaca
congestiva acompañada de asincronía ventricular
124
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
ESTIMULADOR
TRICAMERAL
PARA
RESINCRONIZACION BIVENTRICULAR CON
ACCESORIOS
Cuerpo o Carcasa de Titanio
Clave
Descripción
Indicaciones de uso
060.604.0623
Estimulador tricameral para resincronización
biventricular. Dispositivo electrónico implantable
para
proporcionar
terapia
eléctrica
de
resincronización ventricular en pacientes con
insuficiencia cardiaca.
Consta de los siguientes elementos:
Generador de micropulsos eléctricos alimentado
por batería.
Control programable de voltaje, ancho de pulso,
configuración
de
estimulación
ventricular,
retardo, AV y VV programable.
Modos de estimulación, salida, sensibilidad,
polaridad y
periodos refractarios/cegamiento.
Herramienta
dinamométrica,
sensor
de
frecuencia
cardiaca,
tres
terminales
independientes con cables aislados implantables
por vía intravenosa para conectarse en: atrio
derecho,
ventrículo
derecho
y
ventrículo
izquierdo.
Dispositivo programable con propiedades de
marcapaso y estimulador biventricular.
Electrodos con fijación activa, con tornillos uno
para la aurícula y uno para el ventrículo;
Conector IS-1; Longitud: 50 a 60 cm; Guías
metálicas rectas y en “J”.
Electrodo del ventrículo izquierdo con sistema
para pasar guía metálica sobre el electrodo (over
the
wire)
con
conector
IS-4.
Incluye sistema de liberación para el seno
coronario (sistema de introductores para canular
el seno coronario, y/o subselectores, instrumento
de corte).
Introductor:
dos
introductores
para
vena
subclavia (con técnica de Peel Off).
Compatible
con
equipos
de
Resonancia
Magnética Nuclear.
Capacidad de monitoreo a distancia.
Accesorios opcionales: guía metálica 0.014
pulgadas, longitud mínima 180 cm.
Estimulación
anti
taquicárdica
ventricular
y
resincronización de los ventrículos.
Para el tratamiento automatizado de arritmias
ventriculares que pueden ser mortales.
En el tratamiento de Insuficiencia cardiaca
congestiva acompañada de asincronía ventricular.
Artículo 6. Se modifica en la Categoría de Auxiliares de Diagnóstico, el Compendio Nacional de
Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, respecto del
insumo que a continuación se menciona, estableciéndose de la siguiente manera (se identifican las
modificaciones por estar en letras cursivas y subrayadas):
MEDIOS DE CONTRASTE
CLAVE
DESCRIPCIÓN
ESPECIALIDAD O SERVICIO
FUNCIÓN
070.592.0114
Solución inyectable Cada mL
contiene:
Sal
disódica
de
ácido
gadoxético
181,43
mg
(equivalente a 0.25 mmol)
Vehículo cbp 1 mL
Envase con una jeringa de
vidrio o de plástico de 10 mL
Radiología e Imagen
Agente de diagnóstico.
Medio
de
contraste
basado
en
gadolinio
para
la
obtención
de
imágenes
de
RM
del
hígado
ponderadas en T1.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
125
Generalidades
El ácido gadoxético disódico (también conocido como gadoxetato de disodio o Gd-EOB-DTPA) es un medio de contraste
paramagnético utilizado en resonancia magnética (RM), especialmente para estudios hepáticos. Su mecanismo de acción
se basa en las siguientes características:
1. Complejo paramagnético:
·
Está compuesto por gadolinio (Gd³⁺) y un ligando llamado ácido etoxibencil-dietilentriamin-pentaacético
(EOB-DTPA).
·
Este complejo acorta el tiempo de relajación T1 de los protones en los tejidos, lo que incrementa la intensidad de
la señal en imágenes ponderadas en T1.
2. Acción bifásica:
·
Fase 1: Tras la inyección intravenosa, se distribuye rápidamente en el espacio extracelular.
·
Fase 2: Es captado selectivamente por los hepatocitos gracias a su parte lipofílica (etoxibencil), lo que permite
una visualización específica del parénquima hepático.
3. Excreción dual:
·
Aproximadamente el 50% se elimina por vía renal y el otro 50% por vía hepatobiliar (bilis), lo que lo hace útil para
evaluar tanto la función hepática como la excreción biliar.
4. Alta relaxividad hepática:
·
En el hígado, su relaxividad r1 es de 16,6 L/mmol/s (a 0,47 T), lo que proporciona un contraste significativamente
mayor en el tejido hepático comparado con otros medios de contraste.
Reacciones adversas
Cefalea, nausea, sensación de calor, aumento de la presión arterial y mareo son las más frecuentes. 0.5%
Contraindicaciones y
Precauciones
Contraindicaciones
Ninguna
Precauciones
Hipersensibilidad: Especialmente se requiere una cuidadosa evaluación del riesgo/beneficio en los pacientes con
hipersensibilidad conocida al ácido gadoxético.
El riesgo de hipersensibilidad es mayor en caso de:
·
Reacción previa a medios de contraste
·
Antecedentes de asma bronquial
·
Antecedentes de trastornos alérgicos
Artículo 7. Se adicionan en la Categoría de Material de Curación al Compendio Nacional de Insumos
para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, los insumos que a
continuación se mencionan:
GENÉRICO
CLAVE
DESCRIPCIÓN
ESPECIALIDAD O
SERVICIO
INDICACIONES DE
USO
CEPILLO DE
CITOLOGÍA
060.165.1367
Catéter de 8 Fr, de doble luz con
guía, con un pincel de citología de
2.1 mm.
La luz de la guía sale del catéter
por la punta distal y se utiliza para
inyectar un medio de contraste o
para introducir el catéter sobre una
guía de 0.035 pulgadas. La luz del
pincel también sale del catéter por
la punta distal y se utiliza para
introducir el pincel de citología.
Cirugía general.
Se utiliza para la
recolección
endoscópica
de
células en el tracto
gastrointestinal
o
para la obtención de
un
colangiograma
endoscópico
del
sistema biliar.
126
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Generalidades
El contenido se suministra estéril mediante óxido de etileno. No usar si la barrera estéril está dañada. Para un solo uso. No
reutilizar, reprocesar o reesterilizar.
Reacciones adversas
Entre otras complicaciones, pueden producirse las siguientes: Perforación, hematomas, pancreatitis, septicemia o infección,
hemorragia, colangitis, reacción alérgica al medio de contraste.
Contraindicaciones y Precauciones
Las contraindicaciones de este dispositivo son las que se aplican a las intervenciones de colangiopancreatografía retrógrada
endoscópica y esfinterotomía biliar endoscópica.
Los cepillos de citología para usar con guía solo deben utilizarlos médicos ampliamente cualificados o bajo su supervisión
para la realización de intervenciones endoscópicas en las vías biliares. Es necesario un conocimiento profundo de los
principios técnicos, las aplicaciones clínicas y los riesgos asociados con la CPRE y la EBE antes de utilizar este dispositivo.
Examine la posición del catéter empleando una inyección de contraste y radioscopia. El cepillo de citología para usar con
guía está diseñado para su uso con endoscopios cuyo canal de trabajo tenga un diámetro angio de 2.8 mm.
GENÉRICO
CLAVE
DESCRIPCIÓN
ESPECIALIDAD O
SERVICIO
INDICACIONES DE USO
NITROFURAZONA
060.697.0432
Pomada
homogénea,
de
color amarillo limón, con olor
característico a glicol, que
contiene
nitrofurazona
al
0.2%
como
ingrediente
activo.
Caja con tarro con 453,6 g
Pieza
Material Quirúrgico
y de curación
Prevención de infecciones
bacterianas
en
quemaduras,
heridas,
laceraciones, abrasiones,
ulceras cutáneas
Generalidades
Es una pomada para proporcionar un mecanismo de contención en el paciente quemado posterior al aseso quirúrgico
permite una cobertura temporal, su pH ácido inhibe el crecimiento bacteriano y estimula la angiogénesis. La aplicación en
quemaduras y áreas cruentas impide que se adhieran los apósitos a las gasas. En el paciente sometido a injerto cutáneo
importante es su aplicación, eso facilita que al revisar la integridad y ofrece una cubierta posterior al aseo quirúrgico o
desbridamiento quirúrgico del injerto no se desprenda. El manejo de áreas cruentas, laceraciones o sitios denudados
permite y ofrece una cubierta posterior al aseo quirúrgico o desbridamiento quirúrgico.
Reacciones adversas
Puede presentarse hipersensibilidad local o eccema, que cede al suspender el producto. Rara vez puede presentarse
dermatitis por contacto.
Contraindicaciones y
Precauciones
Personas hipersensibles a la nitrofurazona
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 02 de marzo de 2026.- La Secretaria del Consejo de Salubridad General y
Presidenta de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, Dra. Patricia Elena Clark
Peralta.- Rúbrica.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
127
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
ACLARACIÓN a la Certificación del Acuerdo General 10/2025 del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del
Poder Judicial de la Federación, que tiene por objeto determinar las regiones judiciales de carácter administrativo
para el trabajo y funciones del Órgano de Evaluación del Desempeño Judicial, publicado el 24 de febrero de 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal de Disciplina
Judicial.- Secretaría General de Acuerdos.
ACLARACIÓN A LA CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO GENERAL 10/2025 DEL PLENO DEL TRIBUNAL DE
DISCIPLINA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, QUE TIENE POR OBJETO DETERMINAR LAS
REGIONES JUDICIALES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO PARA EL TRABAJO Y FUNCIONES DEL ÓRGANO DE
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO JUDICIAL, PUBLICADO EL 24 DE FEBRERO DE 2026.
En la sección única, página 430 dice:
EL DOCTOR GONZALO MARTÍNEZ GARCÍA, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DEL
TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL, CON APOYO EN LOS ARTÍCULOS 68, FRACCIÓN XIV Y 79,
FRACCIÓN XIV, DEL ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL,
QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, PUBLICADO EN
EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 22 DE NOVIEMBRE DE 2013; APLICABLE DE
CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO DÉCIMO NOVENO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE
DICIEMBRE DE 2024 CERTIFICA: Que este Acuerdo General 10/2025, del Pleno del Tribunal de Disciplina
Judicial del Poder Judicial de la Federación por el que se establece la estructura, organización y
funcionamiento del Órgano de Evaluación del Desempeño Judicial, fue aprobado por el Pleno…
Debe decir:
EL DOCTOR GONZALO MARTÍNEZ GARCÍA, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DEL
TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL, CON APOYO EN LOS ARTÍCULOS 68, FRACCIÓN XIV Y 79,
FRACCIÓN XIV, DEL ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL,
QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, PUBLICADO EN
EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 22 DE NOVIEMBRE DE 2013; APLICABLE DE
CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO DÉCIMO NOVENO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE
DICIEMBRE DE 2024 CERTIFICA: Que este Acuerdo General 10/2025 del Pleno del Tribunal de Disciplina
Judicial del Poder Judicial de la Federación, que tiene por objeto determinar las regiones judiciales de carácter
administrativo para el trabajo y funciones del Órgano de Evaluación del Desempeño Judicial, fue aprobado por
el Pleno…
Atentamente
Ciudad de México, a 02 de marzo de 2026.- Secretario General de Acuerdos, Doctor Gonzalo Martínez
García.- Rúbrica.
128
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de
México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo
de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.7687 M.N. (diecisiete pesos con siete mil seiscientos ochenta y
siete diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik
Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez
Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días
obtenida el día de hoy, fue de 7.1679%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2100%; y a plazo
de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2714%.
Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik
Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez
Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda
nacional determinada el día de hoy, fue de 6.91 por ciento.
Ciudad de México, a 6 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik
Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez
Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
129
VALOR de la unidad de inversión.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
VALOR DE LA UNIDAD DE INVERSIÓN
El Banco de México, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero del Decreto que establece las
obligaciones que podrán denominarse en unidades de inversión y reforma y adiciona diversas disposiciones
del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta; con fundamento en los artículos
8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el artículo 20 Ter del referido
Código, da a conocer el valor en pesos de la Unidad de Inversión, para los días del 11 al 25 de marzo
de 2026.
FECHA
Valor
(Pesos)
11-marzo-2026
8.737435
12-marzo-2026
8.739401
13-marzo-2026
8.741367
14-marzo-2026
8.743334
15-marzo-2026
8.745302
16-marzo-2026
8.747269
17-marzo-2026
8.749238
18-marzo-2026
8.751206
19-marzo-2026
8.753175
20-marzo-2026
8.755145
21-marzo-2026
8.757115
22-marzo-2026
8.759085
23-marzo-2026
8.761056
24-marzo-2026
8.763028
25-marzo-2026
8.764999
Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director de Análisis sobre Precios,
Economía Regional e Información., Dr. Josué Fernando Cortés Espada.- Rúbrica.- Director General
Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
ÍNDICE nacional de precios al consumidor.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
Con fundamento en los artículos 59 fracción III, inciso a) de la Ley del Sistema Nacional de Información
Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de la Federación, y 29 fracción X del Reglamento
Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía corresponde al Instituto elaborar el Índice Nacional de
Precios al Consumidor y publicar los mismos en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se da a conocer
lo siguiente:
Con base en la segunda quincena de julio de 2018=100 el Índice Nacional de Precios al Consumidor del
mes de febrero de 2026 es 144.307. Esta cifra representa una variación de 0.50 por ciento respecto del índice
correspondiente al mes de enero de 2026, que fue de 143.588.
Los precios de los bienes y servicios más significativos por su incidencia sobre la inflación general durante
el mes de febrero de 2026 fueron, al alza: Jitomate; Papa y otros tubérculos; Loncherías, fondas, torterías y
taquerías; Vivienda propia; Tomate verde; Limón; Plátanos; Otros alimentos cocinados; Cigarrillos
y Restaurantes y similares. Así como a la baja: Gas doméstico LP; Huevo; Pollo; Cebolla; Carne de cerdo;
Desodorantes personales; Gasolina de bajo octanaje; Chile serrano; Frijol y Calabacita.
En los próximos días del mes en curso, este Instituto hará la publicación prevista en el último párrafo del
artículo 20-bis del Código Fiscal de la Federación.
Por otra parte, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía da a conocer que el Índice Nacional de
Precios al Consumidor quincenal con base en la segunda quincena de julio de 2018 = 100, correspondiente a
la segunda quincena de febrero de 2026, es de 144.551. Este número representa una variación de 0.34 por
ciento respecto al índice de la primera quincena de febrero de 2026, que fue de 144.064.
Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía: Director General
Adjunto de Índices de Precios, Lic. Jorge Alberto Reyes Moreno.- Rúbrica.
130
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2026 por la que se comunica a las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las empresas productivas del Estado, a las
entidades federativas, a los municipios, a los entes públicos de unas y otros, y a las personas de derecho público de
carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el
cumplimiento dado a la sentencia definitiva de veintiocho de abril de dos mil veinticinco, dictada en el Juicio
Contencioso Administrativo 16499/23-17-01-9, promovido por la persona moral Process Management and
Solutions, Sociedad Anónima de Capital Variable, en la cual la Primera Sala Regional en la Ciudad de México del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, declaró la nulidad de la resolución de treinta de junio de dos mil
veintitrés, emitida en el procedimiento administrativo de sanción a proveedores INE/OIC/PSP/001/2022.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Órgano Interno de Control.- Unidad de Asuntos
Jurídicos.- Dirección Jurídica Procesal y Consultiva.
CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2026 POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS EMPRESAS
PRODUCTIVAS DEL ESTADO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS MUNICIPIOS, A LOS ENTES PÚBLICOS DE
UNAS Y OTROS, Y A LAS PERSONAS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER FEDERAL CON AUTONOMÍA
DERIVADA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EL CUMPLIMIENTO DADO A
LA SENTENCIA DEFINITIVA DE VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO, DICTADA EN EL JUICIO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 16499/23-17-01-9, PROMOVIDO POR LA PERSONA MORAL PROCESS
MANAGEMENT AND SOLUTIONS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN LA CUAL LA PRIMERA SALA
REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DECLARÓ LA
NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN DE TREINTA DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRÉS, EMITIDA EN EL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A PROVEEDORES INE/OIC/PSP/001/2022.
CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2026
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS
MUNICIPIOS, A LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, Y A LAS PERSONAS DE DERECHO PÚBLICO DE
CARÁCTER FEDERAL CON AUTONOMÍA DERIVADA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS.
P R E S E N T E S.
Esta autoridad hace de su conocimiento que por sentencia de veintiocho de abril de dos mil
veinticinco, la Primera Sala Regional en la Ciudad De México, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa,
emitió sentencia dentro del juicio de nulidad 16499/23-17-01-9, promovido por la empresa Process
Management and Solutions, Sociedad Anónima de Capital Variable, por con conducto de su
representante legal, en la cual se resolvió lo siguiente:
“En mérito de lo expuesto y con fundamento en lo establecido por los artículos 49, 50, 51, fracción IV,
52 fracción II y 58-13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve:
I.- La parte actora acreditó su pretensión, en consecuencia;
II.- Se declara la nulidad lisa y llana de las resolución impugnada en el presente juicio, por los
motivos y fundamentos expuestos en el presente fallo. (sic)”
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
131
Al respecto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, Base V, apartado A, párrafos segundo y
octavo y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 487, apartados 1 y 6, así como
490, apartado 1, inciso v) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; en relación con los
artículos 4, numeral 1, fracción VI, apartado A, 81 y 82 apartado 1, incisos ff) y nnn) del Reglamento Interior
del Instituto Nacional Electoral; 77, primer párrafo, 78, primer párrafo, fracción III, 81 y 86 del Reglamento del
Instituto Nacional Electoral en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios; y los
artículos 24, fracción I, inciso c), 30 incisos l) y aa), y 33 incisos i), p), v) y w) del Estatuto Orgánico del Órgano
Interno de Control del Instituto Nacional Electoral1; en estricto cumplimiento a la referida sentencia, me permito
comunicarles que dentro del procedimiento administrativo de sanción a proveedores INE/OIC/PSP/001/2022,
del que deriva el juicio contencioso administrativo 16499/23-17-01-9, se emitió un acuerdo en fecha nueve de
enero de dos mil veintiséis, a través del cual se dejó insubsistente la resolución administrativa de treinta de
junio de dos mil veintitrés, dictada por el entonces Titular del Órgano Interno de Control del Instituto
Nacional Electoral; asimismo, se dejó sin efectos la CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2023 de seis de julio
de dos mil veintitrés, mediante la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación, las sanciones impuestas
a la empresa Process Management and Solutions, Sociedad Anónima de Capital Variable consistentes
en: MULTA por la cantidad de $272,445.00 (doscientos setenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y cinco
pesos 00/100 M.N.), equivalente a 100 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización elevado al
mes de junio de dos mil veintiuno e INHABILITACIÓN por el término de SEIS MESES para participar de
manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos sobre las
materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios, a que se refieren la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de
Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios, y las disposiciones aplicables a las demás
personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos..
Lo anterior en cumplimiento y para su debida observancia.
Atentamente
Ciudad de México, 24 de febrero de 2026.- Director Jurídico Procesal y Consultivo del Órgano Interno de
Control del Instituto Nacional Electoral, Mtro. Pablo Casillas Jean.- Rúbrica.
1 Aprobado mediante Acuerdo General OIC-INE/11/2020 "Acuerdo General del Órgano Interno de Control del instituto Nacional Electoral por
el que se expide el Estatuto Orgánico del Órgano interno de Control del instituto Nacional Electoral de 24 de diciembre de 2020, cuya entrada
en vigor inició el 11 de enero de 2021, publicado el 24 de diciembre de 2020 en la Gaceta Electoral número 40, así como en el Diario Oficial
de la Federación el 08 de enero de 2021 (Reformado mediante Acuerdo General OIC-INE/04/2024 de 14 de noviembre de 2024, publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2024, y Acuerdo General OIC-INE/08/2024 de 26 de diciembre de 2024, publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 05 de marzo de 2025); aplicable al presente asunto de conformidad con el numeral SEXTO del Acuerdo
General OIC-INE/06/2025 de 30 de mayo de 2025.
132
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/002/2026 por la que se comunica a las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las empresas productivas del Estado, a las
entidades federativas, a los municipios, a los entes públicos de unas y otros, y a las personas de derecho público de
carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que deberán
abstenerse de aceptar propuestas y/o celebrar contratos con el ciudadano Edgar Oswaldo Palomo Beltrán.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Órgano Interno de Control.- Unidad de Asuntos
Jurídicos.- Dirección Jurídica Procesal y Consultiva.
CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/002/2026 POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS EMPRESAS
PRODUCTIVAS DEL ESTADO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS MUNICIPIOS, A LOS ENTES PÚBLICOS DE
UNAS Y OTROS, Y A LAS PERSONAS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER FEDERAL CON AUTONOMÍA
DERIVADA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, QUE DEBERÁN
ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS Y/O CELEBRAR CONTRATOS CON EL CIUDADANO EDGAR OSWALDO
PALOMO BELTRÁN.
CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/002/2026
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, FISCALÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, ENTES
PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, Y PERSONAS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER FEDERAL CON
AUTONOMÍA DERIVADA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
P R E S E N T E S.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, Base V, apartado A, párrafos segundo y octavo y 134
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 487, apartados 1 y 6, así como 490,
apartado 1, inciso v) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; en relación con los
artículos 4, numeral 1, fracción VI, apartado A, 81 y 82 apartado 1, incisos ff) y nnn) del Reglamento del
Instituto Nacional Electoral; 167, 168, fracción I, 169 170,171 y 173, del Reglamento del Instituto Nacional
Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas; y los artículos 24, fracción I,
inciso c) y 33, incisos i) p), v) y w), del Estatuto Orgánico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional
Electoral1; y en cumplimiento al resolutivo QUINTO de la resolución de tres de diciembre de dos mil
veinticinco que se dictó en el expediente INE/OIC/PSC/001/2024, mediante la cual se concluyó el
procedimiento administrativo de sanción a contratistas instaurado en contra de la persona física Edgar
Oswaldo Palomo Beltrán esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que, le fueron impuestas las
sanciones consistentes en: MULTA por la cantidad de $32,571.00 (treinta y dos mil quinientos setenta y uno
pesos 00/100 M.N.), equivalente a 10 (diez) veces el valor diario de la unidad de medida y actualización
elevado al mes, con referencia a noviembre de dos mil veinticuatro, e INHABILITACIÓN por el plazo de UN
MES para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o
celebrar contratos sobre las materias obras y servicios relacionados con las mismas, a que se refieren
el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y las disposiciones aplicables a
1 Aprobado mediante Acuerdo General OIC-INE/11/2020 "Acuerdo General del Órgano Interno de Control del instituto Nacional Electoral por
el que se expide el Estatuto Orgánico del Órgano interno de Control del instituto Nacional Electoral de 24 de diciembre de 2020, cuya entrada
en vigor inició el 11 de enero de 2021, publicado el 24 de diciembre de 2020 en la Gaceta Electoral número 40, así como en el Diario Oficial
de la Federación el 08 de enero de 2021 (Reformado mediante Acuerdo General OIC-INE/04/2024 de 14 de noviembre de 2024, publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2024, y Acuerdo General OIC-INE/08/2024 de 26 de diciembre de 2024, publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 05 de marzo de 2025); aplicable al presente asunto de conformidad con el numeral SEXTO del Acuerdo
General OIC-INE/06/2025 de 30 de mayo de 2025.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
133
las demás personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; por lo que, a partir del día siguiente al en que se publique la presente
Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de aceptar proposiciones o adjudicar
contratos a dicha persona física, de manera directa o por interpósita persona.
En virtud de lo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la
persona física Edgar Oswaldo Palomo Beltrán no quedarán comprendidos en la aplicación de esta Circular.
Las entidades federativas, los municipios, los entes públicos de unas y otros, y las personas de derecho
público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y
servicios que contraten, utilicen total o parcialmente recursos públicos, conforme a los convenios que celebren
con el Ejecutivo Federal.
Una vez transcurrido el plazo señalado para la inhabilitación y pagada la multa impuesta, concluirán los
efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado en el presente medio de
difusión.
Lo anterior en cumplimiento y para su debida observancia.
Atentamente
Ciudad de México, 24 de febrero de 2026.- Director Jurídico Procesal y Consultivo del Órgano Interno de
Control del Instituto Nacional Electoral, Mtro. Pablo Casillas Jean.- Rúbrica.
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
Espacio
Costo
4/8 de plana
$11,372.00
1 plana
$22,744.00
1 4/8 planas
$34,116.00
2 planas
$45,488.00
Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la
Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de
ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección
“Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT
970701NN3.
Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos recibos bancarios de pago de
contribuciones, productos y aprovechamientos federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago.
El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
134
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
EXTRACTO del Acuerdo G/JGA/36/2026, denominado “Cambio de domicilio de la Décimo Cuarta Sala Regional
en la Ciudad de México, con sede en la Ciudad de México”.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
EXTRACTO DEL ACUERDO G/JGA/36/2026, DENOMINADO “CAMBIO DE DOMICILIO DE LA DÉCIMO CUARTA
SALA REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO”
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21 y 23, fracciones II, V, XXVI y XXXIX, de la Ley
Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28 y 29 del Reglamento
Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración, en sesión
extraordinaria celebrada el 05 de marzo de 2026, por unanimidad de cinco votos a favor, aprobó el
Acuerdo G/JGA/36/2026, denominado “CAMBIO DE DOMICILIO DE LA DÉCIMO CUARTA SALA
REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO”, cuyos puntos más
relevantes son:
“[...]
PRIMERO.- A partir del 11 de marzo de 2026, la Décimo Cuarta Sala Regional en la Ciudad
de México, se ubicará en el Piso 1, del edificio ubicado en Avenida México número 710,
Colonia San Jerónimo Lídice, Alcaldía Magdalena Contreras, Código Postal 10200, en la
Ciudad de México.
En aquellos juicios que se tramitan en la Décimo Cuarta Sala Regional en la Ciudad de
México, en los que se haya programado alguna diligencia en el edificio ubicado en Avenida
Insurgentes Sur, número 881, Colonia Nápoles, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal
03810, de esta Ciudad de México; se hace del conocimiento de los interesados, que toda
referencia a dicho inmueble, deberá entenderse como el domicilio señalado en el primer
párrafo de este punto de acuerdo, a partir del 11 de marzo de 2026, y considerando la
suspensión de plazos a que refiere el siguiente punto de acuerdo.
SEGUNDO.- En tanto se realiza el cambio de domicilio de la Décimo Cuarta Sala Regional
en la Ciudad de México, se suspenden plazos y, por tanto, no correrán términos procesales
en los expedientes radicados en dicha Sala, por el periodo comprendido del 11 al 18 de
marzo de 2026.
[...]”
La versión íntegra de dicho Acuerdo puede ser consultada en las siguientes ligas electrónicas:
https://www.tfja.gob.mx/pdf/secretaria_general_de_acuerdos/acuerdos_junta_gobierno/2026/G_JGA_36_2026.pdf
www.dof.gob.mx/2026/TFJA/G_JGA_36_2026.pdf
Firman el Magistrado José Ramón Amieva Gálvez, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración
del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y el Licenciado Luis Alberto García Guerrero, Secretario
Técnico de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Ciudad de
México, a 05 de marzo de 2026.- Rúbricas.
(R.- 573573)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
Espacio
Costo
4/8 de plana
$11,372.00
1 plana
$22,744.00
1 4/8 planas
$34,116.00
2 planas
$45,488.00
Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales, por concepto
de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no
podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un
servicio en 2026.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
135
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ.
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
número LA-07-113-007000998-N-74-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles
para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx
Nombre del procedimiento.
Servicios de mantenimiento correctivo para la diversa
maquinaria de la Fca. de Tejido Plano
Volumen a adquirir.
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras MX.
6 de Marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones.
12 de Marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de presentación y apertura
de proposiciones.
24 de Marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de fallo.
10 de Abril de 2026 a las 1100 hs.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
CAMPO MILITAR NO. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”,
EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 6 DE MARZO DE 2026.
EL SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO
COR. INF. E.M., GABRIEL GARCIA GARZA
RUBRICA.
(R.- 573591)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública
Electrónica internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-N-176-2026, cuya
convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet:
http://comprasmx.hacienda.gob.mx;
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-176-2026.
Objeto de la Licitación.
“Servicio de mantenimiento preventivo a gasolineras del
Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos”
Volumen a Adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación en CompraNet.
3 de marzo de 2026.
Visita a Instalaciones:
Ninguna.
Junta de Aclaraciones:
08:00 A.M., 10 Mar. 2026
Presentación y Apertura de Proposiciones:
08:00 A.M., 18 Mar. 2026
Fallo:
12:00 P.M., 8 Abr. 2026
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES.
TTE COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME
RUBRICA.
(R.- 573568)
136
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-177-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 2 de marzo al 6 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-177-2026
Objeto de la Licitación.
Adquisición de insumos para el programa de armeros.
Fecha de Publicación.
2/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
10/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
17/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
6/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573545)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-178-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 2 de marzo al 6 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-178-2026
Objeto de la Licitación.
Mantenimiento preventivo del microscopio electrónico de
barrido
Fecha de Publicación.
2/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
10/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
17/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
6/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573549)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
137
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-179-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 2 de marzo al 6 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-179-2026
Objeto de la Licitación.
Adquisición de herramientas e insumos para el
mantenimiento de 4/o. escalon al armamento de las
12 RR.MM.
Fecha de Publicación.
2/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
10/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
17/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
6/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573541)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-180-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 2 de marzo al 6 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-180-2026
Objeto de la Licitación.
Mantenimiento de equipo industrial de la Coordinación de
Servicios Periciales Y Ciencias Forenses
Fecha de Publicación.
2/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
10/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
17/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
6/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573548)
138
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-188-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 4 de marzo al 8 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-188-2026
Objeto de la Licitación.
Contratación
de
servicios
para
el
mantenimiento
preventivo y correctivo del simulador de entrenamiento
para artillero de helicóptero ATS-UH60-LAT.
Fecha de Publicación.
4/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
12/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
19/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
8/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573553)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-189-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 4 de marzo al 8 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-189-2026
Objeto de la Licitación.
Mantenimiento a los instrumentos de espectrometría de
infrarrojo acoplado a microscopio con transformadora
de Fourier.
Fecha de Publicación.
4/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
12/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
19/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
8/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573555)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
139
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-190-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 4 de marzo al 8 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-190-2026
Objeto de la Licitación.
Servicio de mantenimiento menor stand de tiro.
Fecha de Publicación.
4/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
12/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
19/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
8/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573554)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación
Pública Electrónica internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-175-2026, cuya
convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet:
http://comprasmx.hacienda.gob.mx;
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-T-175-2026.
Objeto de la Licitación.
“Adquisición de material diverso para trabajos de
conservación y presentación del parque vehicular de las
unidades del servicio de transportes”
Volumen a Adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación en CompraNet.
3 de marzo de 2026.
Visita a Instalaciones:
Ninguna.
Junta de Aclaraciones:
08:00 A.M., 31 Mar. 2026
Presentación y Apertura de Proposiciones:
08:00 A.M., 10 Abr. 2026
Fallo:
12:00 P.M., 1 May. 2026
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES.
TTE COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME
RUBRICA.
(R.- 573536)
140
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISION NACIONAL DEL AGUA
ORGANISMO DE CUENCA GOLFO NORTE
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001/2026
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya Convocatoria de participación
contiene las instrucciones a los licitantes, mismas que estarán disponibles para consulta en las oficinas del
Organismo de Cuenca Golfo Norte, sita en Libramiento Emilio Portes Gil No. 200, Col. Miguel Alemán, Cd.
Victoria, Tamaulipas, C.P. 87030, teléfono: 01 834 1 20 00 02 y 01 834 1 20 00 06, o bien en Internet:
https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/
Licitación Pública Nacional No. LA-16-B00-016B00034-N-4-2026
Objeto de la licitación
Servicio de Vigilancia para los Inmuebles del Organismo
de Cuenca Golfo Norte y la Dirección Local Querétaro.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraMX
5/03/2026
Visita a instalaciones
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Junta de aclaraciones
13/03/2026, 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
20/03/2026, 10:00 horas
CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS, A 10 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR DE ADMINISTRACION DEL ORGANISMO DE CUENCA GOLFO NORTE
ING. IZAI HERNANDEZ ARGUELLES
RUBRICA.
(R.- 573543)
027000 - SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-27-830-
027000002-N-5-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en https://www.gob.mx/buengobierno
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO DE ENLACES PARA LA INTERCONEXION
DE REDES DE LA SABG
Fecha y hora de publicación en Compras MX
04 de Marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Marzo de 2026 a las 09:30
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
20 de Marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de fallo
24 de Marzo de 2026 a las 16:30
4 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR DE PLANEACION Y ADQUISICIONES
GERARDO CERVANTES RUIZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573528)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
141
COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS
DIRECCION GENERAL DE PLANEACION Y ADMINISTRACION
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 3/2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en las Licitación Pública Electrónica Nacional LA-06-
C00-006C00001-N-33-2026, cuya convocatoria contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el
procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico,
que las mismas se encuentra disponible para su consulta en: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/, a
partir del 12 de febrero del año en curso y cuya información relevante es:
No. de la Licitación
No. LA-06-C00-006C00001-N-33-2026
Objeto de la licitación
CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
Y SOPORTE DEL SISTEMA ADMINISTRADOR DE
OFERTAS Y RESOLUCIONES (SAOR)
Fecha de publicación en Compras MX
06/03/2026
Visita en sitio
No aplica
Junta de aclaraciones
13/03/2026 10:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones
20/03/2026 10:00 hrs.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y ADMINISTRACION
ALVARO GABRIEL VAZQUEZ ROBLES
RUBRICA.
(R.- 573606)
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL
Y DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE
DEL SECTOR HIDROCARBUROS
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en la licitación pública electrónica nacional, cuya
convocatoria contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
LA-16-G00-016G00999-N-20-2026
Objeto de la Licitación
Servicio integral de mantenimiento al inmueble, que
administra la Agencia Nacional de Seguridad Industrial
y de Protección al Medio Ambiente del Sector
Hidrocarburos (ASEA)
Volumen a adquirir
Los detalles se indican en la propia convocatoria.
Publicación en Compras MX
06 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
18 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Visita a instalaciones
13 de marzo de 2026 a la 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
25 de marzo de 2026 a las 11:00 horas
Fallo
27 de marzo de 2026 a las 13:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
LIC. SABINO VAZQUEZ ARAUJO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573625)
142
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA
DE CARACTER NACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas de la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su
consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en:
Subdirección de Adquisiciones, ubicada en el Edificio "B" del Centro Nacional de Metrología, que se localiza
en el km 4,5 de la carretera a los Cués, C.P. 76246, Municipio El Marqués, Querétaro, teléfono (442) 211-05-
00, ext. 3175, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 9:00 a 17:00 horas y cuya información
relevante es:
Número de licitación
LA-10-K2H-010K2H001-N-31-2026
Objeto de la licitación
Servicio de Seguridad y Vigilancia para el CENAM
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
05/03/2026
Junta de aclaraciones
11/03/2026, 11:00 horas
Visita a instalaciones
09/03/2026, 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
20/03/2026, 11:00 horas
Fallo
25/03/2026, 11:00 horas
Número de licitación
LA-10-K2H-010K2H001-N-33-2026
Objeto de la licitación
Servicio de mantenimiento en Areas Verdes del CENAM
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
05/03/2026
Junta de aclaraciones
11/03/2026, 15:00 horas
Visita a instalaciones
09/03/2026, 15:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
20/03/2026, 15:00 horas
Fallo
25/03/2026, 15:00 horas
Número de licitación
LA-10-K2H-010K2H001-N-34-2026
Objeto de la licitación
Servicio de Mantenimiento Eléctrico en Media y Baja
Tensión a las Instalaciones del CENAM
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
05/03/2026
Junta de aclaraciones
12/03/2026, 11:00 horas
Visita a instalaciones
10/03/2026, 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
23/03/2026, 11:00 horas
Fallo
26/03/2026, 11:00 horas
Número de licitación
LA-10-K2H-010K2H001-N-35-2026
Objeto de la licitación
Servicio de Alimentación en las Instalaciones del CENAM
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
05/03/2026
Junta de aclaraciones
12/03/2026, 15:00 horas
Visita a instalaciones
10/03/2026, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
23/03/2026, 15:00 horas
Fallo
26/03/2026, 15:00 horas
EL MARQUES, QUERETARO, A 5 DE MARZO DE 2026.
CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA
SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES
LIC. ROGELIO HERRERA TELLEZ
RUBRICA.
(R.- 573546)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
143
010K8V - INSTITUTO MEXICANO DE
LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en la licitación pública nacional cuya convocatoria
contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los
requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/,cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Nacional, electrónica LA-10-K8V-010K8V001-N-20-2026
Objeto de la Licitación
Servicio Integral para la Emisión de Boletos de Avión
Nacionales e Internacionales
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
04/03/2026
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
12/03/2026, 10:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
20/03/2026, 10:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
27/03/2026, 12:00 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
COORDINADORA DEPARTAMENTAL DE ADQUISICIONES
LIC. MARIA SOFIA MALDONADO HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 573516)
INSTITUTO MEXICANO DE INVESTIGACION
EN PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
DIRECCION DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se
convoca a los interesados a participar en la siguiente Licitación Pública Nacional Electrónica número:
LA-08-RJL-008RJL001-N-2-2026, cuya convocatoria que contienen las bases de participación disponibles
para consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en: Av. Cuauhtémoc No. 1230, tercer
piso, Colonia Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310, Benito Juárez, Ciudad de México, teléfono: (55) 3871-9500
ext. 55074, a partir del 24 de marzo al 10 de abril del año en curso en días hábiles de las 9:00 a 16:00 horas.
Descripción de la Licitación Pública
Nacional Electrónica número
LA-08-RJL-008RJL001-N-2-2026
“SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA PARA LOS
CENTROS
DE
INVESTIGACION
ACUICOLA
Y
PESQUERA
(CRIAPS)
DEL
IMIPAS
2026”
con
Reducción de Plazos
Descripción de los servicios
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraMX
04/03/2026
Junta de aclaraciones
09/03/2026, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
17/03/2026, 10:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
LA TITULAR DE LA DIRECCION DE ADMINISTRACION
LIC. RITA AYON RODRIGUEZ
RUBRICA.
(R.- 573534)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
144
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
UNIDAD REGIONAL TIJUANA
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar
en la Licitación Pública, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los
requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica Número
LA-09-J0U-009J0U011-N-1-2026
Descripción de la licitación
Contratación del “Servicio integral de limpieza en los muebles e inmuebles de los campamentos de
conservación, del Fondo Nacional de Infraestructura, para la Unidad Regional Tijuana”. Con una
vigencia del 01 de abril al 31 de diciembre del 2026.
Volumen de licitación
Se detalla en la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
10/03/2026
Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones
17/03/2026 a las 10:00 horas (Hora del Pacífico), en la sala de usos múltiples de la Unidad Regional
Tijuana, ubicada en Km 9+500 Autopista Tijuana-Ensenada, Fraccionamiento Playas de Tijuana,
Tijuana, B.C. C.P. 22506
Visita a instalaciones
12/03/2026 a las 9:00 horas (Hora del Pacífico), en Unidad Regional Tijuana de CAPUFE, ubicada en
Km 9+500 autopista Tijuana-ensenada Fracc. playas de Tijuana C.P. 22506, Tijuana, Baja California.
Fecha y hora para realizar la Presentación y apertura
de proposiciones
24/03/2026 a las 10:00 horas (Hora del Pacífico), en la sala de usos múltiples de la Unidad Regional
Tijuana, ubicada en Km 9+500 Autopista Tijuana-Ensenada, Fraccionamiento Playas de Tijuana,
Tijuana, B.C. C.P. 22506
Fecha y hora para emitir el fallo
27/03/2026, a las 10:00 horas (Hora del Pacífico), en la sala de usos múltiples de la Unidad Regional
Tijuana, ubicada en Km 9+500 Autopista Tijuana-Ensenada, Fraccionamiento Playas de Tijuana,
Tijuana, B.C. C.P. 22506
TIJUANA, B.C., A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADMINISTRACION DE LA UNIDAD REGIONAL TIJUANA
LAE. ALEJANDRA IBARRA SERRATA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573539)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
145
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE
INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
UNIDAD REGIONAL VERACRUZ
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-09-J0U-009J0U995-N-2-2026,
cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-09-J0U-009J0U995-N-2-2026
Descripción de la licitación
Servicio
de
mantenimiento
a
equipos
de
aire
acondicionado de la red CAPUFE, en resguardo de la
Unidad Regional Veracruz.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
10/03/2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026, 12:00 PM
Visita a instalaciones
Sí hay visita
Presentación y apertura de proposiciones
26/03/2026, 12:00 PM
BOCA DEL RIO, VERACRUZ, A 10 DE MARZO DE 2026.
GERENTE DE LA UNIDAD REGIONAL VERACRUZ
LIC. HECTOR PEÑA MANZANO
RUBRICA.
(R.- 573577)
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE
INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones NACIONALES, cuya Convocatoria
que
contiene
las
bases
de
participación
disponibles
para
consulta
en
Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en el domicilio de la convocante en: Calle Sierra de la
Rumorosa No. 321, Quinto piso, Fraccionamiento Lomas de Mazatlán, C.P. 82110, en Mazatlán Sinaloa,
teléfono 7773292100 Ext. 4426 y 4432, en días hábiles de 9:00 a 15:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
número LA-09-J0U-009J0U993-N-4-2026
Objeto de la Licitación
Servicio de Transporte de Personal para las Plazas de
Cobro de la Red FONADIN, pertenecientes a la Unidad
Regional Mazatlán de CAPUFE
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
10/03/2026
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
13/03/2026, 12:00 hora centro.
Fecha y hora para realizar
la visita a instalaciones
No Aplica
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
20/03/2026, 12:00 hora centro.
MAZATLAN, SINALOA, A 10 DE MARZO DE 2026.
UNIDAD REGIONAL MAZATLAN
SUBGERENTE DE ADMINISTRACION
LIC. JOSE DE JESUS ZERMEÑO JIMENEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573622)
146
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
FINANCIERA PARA EL BIENESTAR
GERENCIA DE ADQUISICIONES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional, cuya
convocatoria contiene las bases mediante la cual se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de
los requisitos de participación y modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Centro TELECOMM I,
Av. de las Telecomunicaciones s/n, Col. Leyes de Reforma, C.P. 09310, Alcaldía Iztapalapa, CDMX, del 06 al
31 de marzo de 2026, de las 8:30 a las 15:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas y cuya información
relevante es:
Carácter, medio y No. De Licitación
LA-06-KCZ-006KCZ002-N-16-2026
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Y
CORRECTIVO
A
LOS
EQUIPOS
ELECTROMECANICOS DE FINANCIERA PARA
EL BIENESTAR
Volumen del servicio a contratar
Se detalla en la Convocatoria.
Fecha de publicación en ComprasMX
06/marzo/2026
Fecha y hora para realizar la junta de aclaraciones
20/marzo/2026, a las 10:00 horas
Fecha y hora para realizar la Presentación
y apertura de proposiciones
27/ marzo/2026, a las 10:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
31/ marzo/2026, a las 12:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
GERENTA DE ADQUISICIONES
C.P. JUANA BETANCOURT ESLAVA
RUBRICA.
(R.- 573579)
011L6I - COMISION NACIONAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-11-L6I-011L6I001-
N-4-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO DE VIGILANCIA INTRAMUROS
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
25 de Febrero de 2026 a las 18:00
Fecha y hora de junta de aclaraciones
4 de Marzo de 2026 a las 13:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
2 de Marzo de 2026 a las 16:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
10 de Marzo de 2026 a las 14:00
Fecha y hora de fallo
12 de Marzo de 2026 a las 11:00
25 DE FEBRERO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACION
LOURDES ALEJANDRA MARTINEZ SANCHEZ
RUBRICA.
(R.- 573561)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
147
HOSPITAL GENERAL DE MEXICO “DR. EDUARDO LICEAGA”
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en licitaciones públicas cuyas Convocatorias contienen las bases de participación se
encuentra disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en las oficinas
de la Subdirección de Recursos Materiales del Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga” ubicado en
Dr. Balmis No. 148, Mezzanine, Col. Doctores, C.P. 06720, Alcaldía de Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.
Descripción de la licitación
Número LA-12-NBD-012NBD001-N-45-2026 Relativa al
Arrendamiento de un Equipo de Resonancia Magnética
de 1.5 Teslas para el Servicio de Radiología e Imagen y
Periféricos del Hospital General de México “Dr. Eduardo
Liceaga” para el Ejercicio Fiscal 2026.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX
10/03/2026
Junta de aclaraciones
12/03/2026, 08:00 hrs.
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y apertura de proposiciones
20/03/2026, 09:00 hrs.
Fallo
24/03/2026, 13:00 hrs.
LOS PROCEDIMIENTOS SE AUTORIZARON A PLAZOS RECORTADOS MEDIANTE EL OFICIO HGM-DG-
DAF- 219-2026.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES
MTRO. JESUS ANTONIO ALCARAZ GRANADOS
RUBRICA.
(R.- 573623)
051GYN - INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-51-GYN-
051GYN060-N-11-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Estroncio Esq. Con año de Juárez S/N,
Colonia Agrícola 20 de Noviembre, C.P. 34227, Durango, Dgo., México, teléfono: (618) 817-85-43, los días
lunes a viernes de las 09:30 a 15:30 Hrs.).
Nombre del Procedimiento de contratación
MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION
Y REPARACION
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
10 de Marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de junta de aclaraciones
18 de Marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No se realizará visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
25 de Marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de fallo
27 de Marzo de 2026 a las 13:00
6 DE MARZO DE 2026.
SUBDELEGADA DE ADMINISTRACION
LIC. DIANA MARIBEL TORRES TORRES
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573590)
148
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
ISSSTE-DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES EN COAHUILA
RESUMEN DE CONVOCATORIA MULTIPLE
LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES
La reducción al plazo de presentación y apertura de propuestas, fue autorizada por la LCDA. Elizabeth de la
Torre Huerta, con cargo de Subdelegada de Administración el día 05 de enero del 2026
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales LA-51-GYN-051GYN008-N-10-2026,
LA-51-GYN-051GYN008-N-11-2026, LA-51-GYN-051GYN008-N-12-2026 y LA-51-GYN-051GYN008-N-13-
2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Departamento de Recursos Materiales y Obras,
ubicado en Gral. Andrés Saucedo No. 1368, Colonia Deportiva, C.P 25284, Saltillo, Coahuila de Zaragoza,
teléfono: 01 844 4159262.
Descripción de la licitación
LA-51-GYN-051GYN008-N-10-2026 Servicios Médicos
Subrogados de Especialización
Volumen de licitación
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
10/03/2026, 00:00:00 horas
Junta de aclaraciones
13/03/2026, 09:00:00 horas
Visita a instalaciones
Según bases de licitación
Presentación y apertura de proposiciones
20/03/2026, 09:00:00 horas
Descripción de la licitación
LA-51-GYN-051GYN008-N-11-2026 Servicio de Gas LP
Volumen de licitación
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
10/03/2026, 00:00:00 horas
Junta de aclaraciones
13/03/2026, 09:30:00 horas
Visita a instalaciones
Según bases de licitación
Presentación y apertura de proposiciones
20/03/2026, 10:00:00 horas
Descripción de la licitación
LA-51-GYN-051GYN008-N-12-2026
Servicio
de
Fumigación y Desinfección Patógena
Volumen de licitación
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
10/03/2026, 00:00:00 horas
Junta de aclaraciones
17/03/2026, 09:00:00 horas
Visita a instalaciones
Según bases de licitación
Presentación y apertura de proposiciones
24/03/2026, 09:00:00 horas
Descripción de la licitación
LA-51-GYN-051GYN008-N-13-2026 Material de Curación
Equipo de Venoclisis para Bombas de Infusión
Volumen de licitación
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
17/03/2026, 09:30:00 horas
Junta de aclaraciones
Según bases de licitación
Visita a instalaciones
24/03/2026, 10:00:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
17/03/2026, 09:30:00 horas
SALTILLO, COAHUILA, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBDELEGADA DE ADMINISTRACION
LCDA. ELIZABETH DE LA TORRE HUERTA
RUBRICA.
(R.- 573510)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
149
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de
conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I y II, 40 fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47,
48, 49, 50, 51, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación cuya Convocatoria que contiene las bases de participación está
disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX,
misma que será gratuita o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados
exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera
Durango-México Km. 5, Col. 15 de octubre, C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y
129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.
No. Licitación
LA-50-GYR-050GYR010-N-24-2026
Tipo
PUBLICA NACIONAL
Descripción de la licitación
SERVICIO MEDICO DE SUBROGACION DE LECTURA
DE DOSIMETROS DE LAS UNIDADES MEDICAS DE LA
ZONA GOMEZ PALACIO Y ZONA DURANGO
Volumen a adquirir
MINIMO: 681 SERVICIOS
MAXIMO: 1,703 SERVICIOS
Fecha de publicación en Compras Mx
27 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
10 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
18 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS
No. Licitación
LA-50-GYR-050GYR010-N-27-2026
Tipo
PUBLICA NACIONAL
Descripción de la licitación
SERVICIO DE TOMA DE MASTOGRAFIAS CON
INTERPRETACION
PARA
LAS
UNIDADES
DE
MEDICINA FAMILIAR EN LA ZONA DURANGO Y ZONA
GOMEZ PALACIO
Volumen a adquirir
MINIMO: 5,120 SERVICIOS
MAXIMO: 12,800 SERVICIOS
Fecha de publicación en Compras Mx
27 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
10 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
18 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS
No. Licitación
LA-50-GYR-050GYR010-T-25-2026
Tipo
PUBLICA INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE
TRATADOS
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE CONSUMIBLES PARA EL SERVICIO
DE ESTOMATOLOGIA (GRUPOS DE SUMINISTRO:
379 y 537)
Volumen a adquirir
MAXIMO: 3,013 BIENES
150
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Fecha de publicación en Compras Mx
27 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
11 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
09 DE ABRIL DE 2026; 09:00 HORAS
No. Licitación
LA-50-GYR-050GYR010-T-26-2026
Tipo
PUBLICA INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE
TRATADOS
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE CONSUMIBLES PARA LA UNIDAD
DE
TERAPIA
ONCOLOGICA,
(GRUPO
DE
SUMINISTRO: 379)
Volumen a adquirir
MAXIMO: 201 BIENES
Fecha de publicación en Compras Mx
27 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
11 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
09 DE ABRIL DE 2026; 09:00 HORAS
•
Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema
electrónico de información pública gubernamental denominado Compras MX.
DURANGO, DGO., A 10 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL ORGANO DE OPERACION
ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
ING. LUIS ALBERTO DIAZ LEYVA
RUBRICA.
(R.- 573615)
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
OFICINA DE ADQUISICIONES DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA ESTATAL PUEBLA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 4 párrafo cuarto y 134
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 35 fracción I,
36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Fracción I, II 49, 50, 51, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 77,
79 y 90 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) los artículos 57,
58, 83, 84, 85, 86, 88, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 97, 98, 99, 100, 102, 103, 104, 106, 126 y 130 de su
Reglamento, convoca a los interesados en participar de conformidad con lo siguiente:
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-37-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
“SERVICIO SUBROGADO DE MASTOGRAFIA DE
TAMIZAJE EN UNIDADES MOVILES” PARA EL DIA
SIGUIENTE DE LA EMISION DEL FALLO AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2026.
Volumen a Adquirir
20,388 SERVICIOS
Fecha de Publicación en Compras MX
10/03/2026
Junta de Aclaraciones.
18/03/2026 a las 16:30 Hrs.
Visita a Instalaciones
NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES
Presentación y Apertura de Proposiciones
26/03/2026 a las 12:00 Hrs.
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-38-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
“SERVICIOS MEDICOS SUBROGADOS DE MEDICINA
FISICA
Y
REHABILITACION
PARA
LA
ZONA
TEZIUTLAN” DEL DIA SIGUIENTE DE LA EMISION DEL
FALLO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
151
Volumen a Adquirir
1,596 SERVICIOS
Fecha de Publicación en Compras MX
10/03/2026
Junta de Aclaraciones.
18/03/2026 a las 16:00 Hrs.
Visita a Instalaciones
NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES
Presentación y Apertura de Proposiciones
26/03/2026 a las 11:00 Hrs.
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-39-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
“CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE
AGUA DE GARRAFON DEL OOAD ESTATAL PUEBLA”.
Volumen a Adquirir
29,250 LITROS
Fecha de Publicación en Compras MX
10/03/2026
Junta de Aclaraciones.
18/03/2026 a las 13:30 Hrs.
Visita a Instalaciones
NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES
Presentación y Apertura de Proposiciones
25/03/2026 a las 11:00 Hrs.
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-40-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
SERVICIO DE MANTENIMIENTO, REPARACION Y
AFILADO DE INSTRUMENTAL QUIRURGICO
Volumen a Adquirir
7168 SERVICIOS
Fecha de Publicación en Compras MX
10/03/2026
Junta de Aclaraciones.
18/03/2026 A LAS 12:30 HRS.
Visita a Instalaciones
NO HABRA VISITA A INSTALACIONES
Presentación y Apertura de Proposiciones
26/03/2026 A LAS 13:00 HRS.
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-41-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
SERVICIO
SUBROGADO
DE
LECTURA
DE
DOSIMETROS
EN
UNIDADES
MEDICAS
Y
HOSPITALARIAS
Volumen a Adquirir
3240 SERVICIOS
Fecha de Publicación en Compras MX
10/03/2026
Junta de Aclaraciones.
18/03/2026 A LAS 14:30 HRS.
Visita a Instalaciones
NO HABRA VISITA A INSTALACIONES
Presentación y Apertura de Proposiciones
25/03/2026 A LAS 12:00 HRS.
Las bases establecidas en la convocatoria de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta en
Internet: http://comprasmx. buengobierno.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a
disposición de los interesados exclusivamente para consulta en la Coordinación de Abastecimiento
y Equipamiento, ubicada en calle 5 de Febrero Oriente Número 107, Colonia San Felipe Hueyotlipan,
C.P. 72030, en la Ciudad de Puebla, Puebla, teléfono: 222 288-12-04, los días Lunes a Viernes; con el
siguiente horario: 9:00 a 15:00 horas.
Todos los eventos se llevarán a cabo en la Sala de Usos Múltiples de la Coordinación de Abastecimiento, y
Equipamiento ubicada en Calle 5 de Febrero Oriente # 107 Colonia San Felipe Hueyotlipan, en la ciudad de
Puebla, Puebla.
PUEBLA, PUEBLA, A 10 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
MTRO. SERGIO RAUL DIAZ GARCIA
RUBRICA.
(R.- 573621)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
152
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 32, 33, 35 FRACCION I, 36, 39 FRACCION I, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50,
51, 55, 56, 65, 67, 68 Y DEMAS APLICABLES EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), ASI COMO
LOS ARTICULO 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129, 130 Y DEMAS APLICABLES DE SU REGLAMENTO, LAS
POLITICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS Y DEMAS DISPOSICIONES
APLICABLES EN LA MATERIA
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR069-N-40-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la Licitación
SERVICIO DE TRANSPORTACION DE BIENES DE CONSUMO (FLETES) 2026
Volumen a Adquirir Máximo
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de Publicación en la Plataforma
5 de marzo del 2026, 10:00 a. m.
Junta de Aclaraciones
12 de marzo del 2026, 10:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
20 de marzo del 2026, 10:00 a. m.
Fecha de fallo original
6 de abril del 2026, 10:00 a. m.
El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX.
ATENTAMENTE
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 10 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL OOAD ESTATAL CAMPECHE
ING. FERNANDO JAVIER VIRGILIO ROMERO
RUBRICA.
(R.- 573609)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
153
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL
ARTICULO 134, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE
CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 32, 33, 35 FRACCION I, 36, 39 FRACCION I, 40, 41, 43, 44, 45, 46,
47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67, 68 Y DEMAS APLICABLES EN LA LEY DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), ASI COMO LOS ARTICULO 83, 84,
85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129, 130 Y DEMAS
APLICABLES DE SU REGLAMENTO, LAS POLITICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS Y DEMAS DISPOSICIONES
APLICABLES EN LA MATERIA
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR069-N-42-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la Licitación
SERVICIO DE FUMIGACION PARA LAS UNIDADES
MEDICAS Y NO MEDICAS DEL OOAD CAMPECHE,
REGIMEN ORDINARIO, EJERCICIO 2026.
Volumen a Adquirir Máximo
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de Publicación en la Plataforma
10 de marzo del 2026, 10:00 a. m.
Junta de Aclaraciones
17 de marzo del 2026, 10:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
25 de marzo del 2026, 10:00 a. m.
Fecha de fallo original
15 de abril del 2026, 10:00 a. m.
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR069-N-44-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la Licitación
SERVICIO DE JARDINERIA PARA LAS UNIDADES
MEDICAS Y NO MEDICAS DEL OOAD CAMPECHE,
REGIMEN ORDINARIO, EJERCICIO 2026.
Volumen a Adquirir Máximo
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de Publicación en la Plataforma
10 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Junta de Aclaraciones
17 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
25 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Fecha de fallo original
15 de abril del 2026, 11:00 a. m.
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR069-N-43-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la Licitación
SERVICIO
DE
MUESTREO
Y
ANALISIS
DE
LABORATORIO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO
Y RESIDUALES, DE LAS UNIDADES MEDICAS Y NO
MEDICAS
DEL
OOAD
CAMPECHE,
REGIMEN
ORDINARIO, EJERCICIO 2026.
Volumen a Adquirir Máximo
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de Publicación en la Plataforma
10 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Junta de Aclaraciones
18 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
25 de marzo del 2026, 11:00 a. m.
Fecha de fallo original
15 de abril del 2026, 11:00 a. m.
El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX.
ATENTAMENTE
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 10 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL OOAD ESTATAL CAMPECHE
ING. FERNANDO JAVIER VIRGILIO ROMERO
RUBRICA.
(R.- 573613)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
154
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA SUR DEL DISTRITO FEDERAL
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con el artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 35 fracción I, 39 Fracción I, 40, 41,
42 segundo párrafo, 43, 44, 46, 47, 49, 51 tercer párrafo y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), 83, 86, 88, 92 y 99,
de su Reglamento, las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, convoca a los interesados en participar
en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya convocatoria que contiene las bases de participación, se encuentra disponible para su consulta en internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ y la misma será gratuita, o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su
consulta en el Departamento de Conservación y Servicios Generales del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Sur del Distrito Federal,
sita en Calzada de la Viga 1174, Torre C, Col. El Triunfo, Alcaldía Iztapalapa, C.P. 09430, Ciudad de México, Teléfono 55 56 34 99 10, extensión 27746, con horario de
9:00 a 16:00 horas.
Número de licitación
No. LA-50-GYR-050GYR974-N-47-2026
Carácter de la licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación
Partida 1 Mantenimiento preventivo a dos bombas de vacío grado médico del Hospital General Regional 2, Partida
2 servicio de mantenimiento mayor a Calderas Myrggo 1 y 2, suministro e instalación de 2 tanques de precargado
del Hospital General de Zona 32, partida 3 Trabajos de mantenimiento correctivo a equipos de casa de máquinas
del Hospital General de Zona 8, Partida 4 Mantenimiento correctivo a casa de máquinas del Hospital General
Regional 1, del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Sur del D.F.
Volumen a adquirir
308 piezas, 7 equipos.
Fecha de publicación en CompraNet
10 de marzo de 2026.
Visita de instalaciones
13 de marzo 2026 de 09:00 a 16:00 Hrs.
Junta de aclaraciones
18 de marzo de 2026 a las 10:30 Hrs.
Presentación y apertura de proposiciones
26 de marzo de 2026 a las 10:30 Hrs.
Para lo anterior los eventos se efectuarán en forma Electrónica en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas de acuerdo a las fechas y horarios estipulados y el
personal que llevará los eventos se ubicará en la sala de juntas del Departamento de Conservación y Servicios Generales del Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Sur del Distrito Federal, sita en Calzada de la Viga 1174, Torre C, Col. El Triunfo, Alcaldía Iztapalapa, C.P. 09430, Ciudad de México,
Teléfono 55 56 34 99 10, extensión 27746, con un horario de 9:00 a 16:00 horas.
•
La visita de las instalaciones se encuentra disponible en la convocatoria.
EN LA CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
MTRO. ANTONIO RODRIGUEZ VELAZQUEZ
RUBRICA.
(R.- 573614)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
155
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
REGIONAL BAJA CALIFORNIA SUR
RESUMEN DE CONVOCATORIA 04-2026
El Instituto Mexicano del Seguro Social en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40 y 41 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados a participar en las
Licitaciones que se publican en el Resumen de Convocatoria 04-2026 de conformidad con lo siguiente:
Número de licitación
LA-50-GYR-050GYR030-N-59-2026
Carácter de la licitación
Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación
Arrendamiento de Equipo Médico para los hospitales HGZ
No. 1 La Paz, UMAA no. 34 La Paz, Hgsz no. 26 Cabo San
Lucas, Hgsz no. 38 San José del Cabo, Hgsz no. 2 Ciudad
Constitución y Hgsz no. 5 Guerrero Negro (hospitales), en este
Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional
Baja California Sur, con vigencia a partir del día siguiente de la
notificación del acta de fallo al 31 de diciembre de 2026.
Volumen a adquirir
250 equipos
Fecha de Publicación en Compras Mx
10/03/2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026, 11:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas
Presentación y apertura de
proposiciones
27/03/2026, 11:00 horas
Fallo
10/04/2026, 11:00 horas
Número de licitación
LA-50-GYR-050GYR030-N-65-2026
Carácter de la licitación
Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación
Servicio de suministro de Gas L.P., en cilindros y estacionario
para Unidades Médicas y No Médicas del Organo de Operación
de Administración Desconcentrada Regional Baja California
Sur, con vigencia de contratación a partir del día siguiente de la
notificación del acta de fallo al 31 de diciembre de 2026.
Volumen a adquirir
299,510 litros / 1,050 kilos
Fecha de Publicación en Compras Mx
10/03/2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026, 10:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas
Presentación y apertura de
proposiciones
27/03/2026, 10:00 horas
Fallo
08/04/2026, 10:00 horas
•
Las bases de participación estarán disponibles para consulta pública en el portal de Internet
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ y son gratuitas. Se pondrá un ejemplar impreso a disposición
de los interesados exclusivamente para su consulta en: la Coordinación de Abastecimiento y
Equipamiento sita en Cuauhtémoc y Carranza Número 2415, Colonia La Rinconada, C.P. 23040, La Paz,
Baja California Sur, teléfono: 612 125 6869, los días lunes a viernes; con el siguiente horario: 9:00 a
13:00 horas.
•
Todos los eventos se llevarán a cabo a través de la plataforma Digital de Contrataciones Públicas de la
Administración Pública Federal dirección https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A 10 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL ORGANO DE
OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL BAJA CALIFORNIA SUR
ING. MARIA FERNANDA RODRIGUEZ ORTEGA
RUBRICA.
(R.- 573608)
156
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL MORELOS
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
De conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 35 fracción
I, 36, 37, 39 Fracción I y III inciso d), 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 68 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 83, 86, 87, 91, 92 y 96 de su Reglamento, se
convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Pública Nacional Electrónica LA-50-GYR-
050GYR007-N-86-2026; y la Licitación Pública Internacional Abierta electrónica LA-50-GYR-050GYR007-I-87-
2026 cuya convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en Internet:
comprasmx (buengobierno.gob.mx) y será gratuita o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los
interesados exclusivamente para su consulta en: Av. Plan de Ayala No. 1201 col. Ricardo Flores Magón;
C.P. 62430, Cuernavaca, Morelos, teléfono y fax: (01 777) 3156422 y 3161265, de Lunes a Viernes de las
9:00 a 14:00 horas.
RESUMEN DE CONVOCATORIA: 04
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR007-N-86-2026
Carácter de la Licitación
PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
Descripción de la licitación
“SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS EN LOS
INMUEBLES
DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
ESTATAL
MORELOS, EJERCICIO 2026”
Volumen a adquirir
SERVICIO: 1
Fecha de publicación en Comprasmx
10 DE MARZO DEL 2026
Junta de aclaraciones
13 DE MARZO DEL 2026 A LAS 09:00 AM
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
20 DE MARZO DEL 2026 A LAS 09:00 A.M.
La reducción de plazos autorizada por el Lic. Jorge Luis Luna Ham Titular de la Coordinación de
Abastecimiento y Equipamiento en términos del oficio 189001150100/0280/2026 de la fecha del 17 de Febrero
del 2026, con fundamento en el artículo 42 de la LAASSP
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR007-I-87-2026
Carácter de la Licitación
PUBLICA INTERNACIONAL ABIERTA ELECTRONICA
Descripción de la licitación
“SUMINISTRO DE REFACCIONES, MATERIALES Y
ACCESORIOS DE TODAS LAS ESPECIALIDADES
PARA EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA ESTATAL MORELOS, EJERCICIO
2026.”
Volumen a adquirir
CANTIDAD MINIMA: 1,502 pzas.
CANTIDAD MAXIMA: 3,753 pzas.
Fecha de publicación en Comprasmx
10 DE MARZO DEL 2026
Junta de aclaraciones
17 DE MARZO DEL 2026 DEL 2026 A LAS 09:00 AM
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
24 DE MARZO DEL 2026 A LAS 09:30 A.M.
La reducción de plazos autorizada por el Lic. Jorge Luis Luna Ham Titular de la Coordinación de
Abastecimiento y Equipamiento en términos del oficio 189001150100/0308/2026 de la fecha del 19 de Febrero
del 2026, con fundamento en el artículo 42 de la LAASSP
CUERNAVACA, MORELOS, A 10 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO
LIC. JORGE LUIS LUNA HAM
RUBRICA.
(R.- 573612)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
157
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD “DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ”, CIUDAD DE MEXICO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN EL CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LOS artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción I, 49, 50, 51,
52, 67, 68, 77, 78 y 79 PARRAFO TERCERO DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), CONVOCA
A LOS INTERESADOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION PUBLICA QUE SE ENLISTA Y CUYA CONVOCATORIA SE ENCONTRARA DISPONIBLE PARA
CONSULTA EN INTERNET: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Y SERA GRATUITA O BIEN SE PONDRA UN EJEMPLAR IMPRESO A DISPOSICION DE LOS
INTERESADOS EXCLUSIVAMENTE PARA SU CONSULTA EN: AVENIDA COLECTOR 15, SIN NUMERO ESQUINA AVENIDA POLITECNICO NACIONAL,
COLONIA MAGDALENA DE LAS SALINAS, ALCALDIA GUSTAVO A MADERO, CODIGO POSTAL 07760 CIUDAD DE MEXICO, TELEFONO 55 57 47 35 00 A
PARTIR DEL MARTES 10 DE MARZO DE 2026 DE LAS 09:00 A LAS 14:00 HRS.
NUMERO DE CONVOCATORIA
LA-50-GYR-050GYR049-T-22-2026
CARACTER DE LA LICITACION
PUBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
DESCRIPCION DE LA LICITACION
ADQUISICION DE MATERIAL DE OSTEOSINTESIS
VOLUMEN A ADQUIRIR
TOTAL DE PIEZAS: 217,056
FECHA DE LA PUBLICACION EN COMPRAS MX
MARTES 10 DE MARZO 2026
JUNTA DE ACLARACIONES
MIERCOLES 18 DE MARZO 2026
PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES
VIERNES 27 DE MARZO 2026
•
LA REDUCCION DE PLAZOS FUE AUTORIZADA POR LA DRA. FRYDA MEDINA RODRIGUEZ, DIRECTORA DE LA UMAE “DR. VICTORIO DE LA FUENTE
NARVAEZ” CIUDAD DE MEXICO, EL DIA 02 DE MARZO DE 2026.
•
TODOS LOS EVENTOS SE LLEVARAN A CABO A TRAVES DE COMPRAS MX.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
“DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ”, CIUDAD DE MEXICO
DIRECTORA DE LA UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD
DRA. FRYDA MEDINA RODRIGUEZ
RUBRICA.
(R.- 573619)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
158
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD “DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ”, CIUDAD DE MEXICO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN EL CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LOS artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción I, 49, 50, 51,
52, 67, 68, 77, 78 y 79 PARRAFO TERCERO DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), CONVOCA
A LOS INTERESADOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION PUBLICA QUE SE ENLISTA Y CUYA CONVOCATORIA SE ENCONTRARA DISPONIBLE PARA
CONSULTA EN INTERNET: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Y SERA GRATUITA O BIEN SE PONDRA UN EJEMPLAR IMPRESO A DISPOSICION DE LOS
INTERESADOS EXCLUSIVAMENTE PARA SU CONSULTA EN: AVENIDA COLECTOR 15, SIN NUMERO ESQUINA AVENIDA POLITECNICO NACIONAL,
COLONIA MAGDALENA DE LAS SALINAS, ALCALDIA GUSTAVO A MADERO, CODIGO POSTAL 07760 CIUDAD DE MEXICO, TELEFONO 55 57 47 35 00 A
PARTIR DEL MARTES 10 DE MARZO DE 2026 DE LAS 09:00 A LAS 14:00 HRS.
NUMERO DE CONVOCATORIA
LA-50-GYR-050GYR049-T-23-2026
CARACTER DE LA LICITACION
PUBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
DESCRIPCION DE LA LICITACION
ADQUISICION DE MATERIAL DE ENDOPROTESIS
VOLUMEN A ADQUIRIR
TOTAL DE PIEZAS: 35,119
FECHA DE LA PUBLICACION EN COMPRAS MX
MARTES 10 DE MARZO 2026
JUNTA DE ACLARACIONES
VIERNES 20 DE MARZO 2026
PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES
LUNES 30 DE MARZO 2026
•
LA REDUCCION DE PLAZOS FUE AUTORIZADA POR LA DRA. FRYDA MEDINA RODRIGUEZ, DIRECTORA DE LA UMAE “DR. VICTORIO DE LA FUENTE
NARVAEZ” CIUDAD DE MEXICO, EL DIA 02 DE MARZO DE 2026.
•
TODOS LOS EVENTOS SE LLEVARAN A CABO A TRAVES DE COMPRAS MX.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
“DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ”, CIUDAD DE MEXICO
DIRECTORA DE LA UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD
DRA. FRYDA MEDINA RODRIGUEZ
RUBRICA.
(R.- 573620)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
159
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
ESTATAL GUANAJUATO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
En cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 37, 39 fracción I, 40, 41, 45 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación para la
adquisición de bienes y contratación de servicios, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación
están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/contrataciones y serán
gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta
en: calle Suecia esquina con calle España S/N, Colonia Los Paraísos, C.P. 37320, León, Guanajuato,
teléfono: (477) 773 0580, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas.
RESUMEN DE CONVOCATORIA 02-2026
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-69-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de tapizado 2026
Volumen a adquirir
1,250 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
10 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
17/03/2026, 10:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026, 10:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-70-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Mantenimiento y elaboración de Persianas y Cortinas 2026
Volumen a adquirir
1,130 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
10 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
17/03/2026, 11:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026, 11:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-71-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de lavado de cristales, estructuras y parasoles
2026
Volumen a adquirir
2,552 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
10 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
17/03/2026, 12:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026, 12:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-72-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de mantenimiento de Dosificadores de productos
químicos de la Planta de lavado Regional León 2026
Volumen a adquirir
72 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
10 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
17/03/2026, 13:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026, 13:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-73-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de monitoreo y calibración de Cámaras de
refrigeración en el Almacén general 2026
Volumen a adquirir
62 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
10 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026, 10:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
26/03/2026, 10:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-74-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Mantenimiento de Instrumental médico 2026
Volumen a adquirir
2,584 servicios
160
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Fecha de publicación en Compras MX
10 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026, 11:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026, 11:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-75-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de fotocopiado y duplicado 2026
Volumen a adquirir
503,550 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
10 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026, 12:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026, 12:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-76-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de mantenimiento de Compresores de aire de la
Planta
de
lavado
Regional
León,
HGSZ
20
y
mantenimiento a Compresor grado médico de la UMF
No. 59
Volumen a adquirir
16 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
10 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
11/03/2026, 13:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026, 13:00 horas
Todos los eventos se llevarán a cabo a través a Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, en la dirección:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/contrataciones
LEON, GUANAJUATO, A 10 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
LIC. NOHEMI PATRICIA RANGEL DIAZ
RUBRICA.
(R.- 573611)
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL NUEVO LEON
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO NUEVO LEON
DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 68 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 83 de su Reglamento y las
Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del
Instituto Mexicano del Seguro Social, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la
convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran
disponibles para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la
convocante sito en: Manuel L. Barragán número 4850, Norte, Colonia Hidalgo, Código Postal 64260,
Monterrey, Nuevo León, con horario de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Internacional
Bajo
la
Cobertura
de
Tratados
(Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-T-27-2026
Objeto de la Licitación
Contratación
del
Servicio
Médico
Integral
para
Procedimientos de Resección Transuretral Bipolar para el
Organo de Operación Administrativa Desconcentrada
Regional Nuevo León, a partir de la emisión del fallo hasta
el 31 de julio de 2026.
Volumen a adquirir
•
Mínimo: 500 servicios
•
Máximo: 600 servicios
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
161
Fecha de publicación en ComprasMX
24 de febrero del 2026
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
03 de marzo del 2026, a las 09:00 horas
En su caso, fecha y hora para
realizar la visita a instalaciones
No aplica.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
10 de marzo de 2026, a las 10:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
12 de marzo de 2026, a las 12:00 horas
Carácter, medio y No. de Licitación
Nacional
(Electrónica)
LA-50-GYR-050GYR035-N-28-
2026
Objeto de la Licitación
Adquisición de Productos para Medicina Magistral para el
Organo de Operación Administrativa Desconcentrada
Regional Nuevo León, a partir de la emisión del fallo hasta
el 31 de diciembre de 2026.
Volumen a adquirir
•
Mínimo: 1,013 piezas
•
Máximo: 2,501 piezas
Fecha de publicación en ComprasMX
24 de febrero del 2026
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
04 de marzo del 2026, a las 09:00 horas
En su caso, fecha y hora para
realizar la visita a instalaciones
No aplica.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
11 de marzo de 2026, a las 10:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
13 de marzo de 2026, a las 10:00 horas
Carácter, medio y No. de Licitación
Nacional
(Electrónica)
LA-50-GYR-050GYR035-N-29-
2026
Objeto de la Licitación
Contratación del Servicio Subrogado de Prótesis Auditivas
para
el
Organo
de
Operación
Administrativa
Desconcentrada Regional Nuevo León, a partir de la fecha
de la emisión del fallo al 31 de diciembre de 2026.
Volumen a adquirir
•
Mínimo: 18 servicios
•
Máximo: 36 servicios
Fecha de publicación en ComprasMX
24 de febrero del 2026
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
04 de marzo del 2026, a las 10:00 horas
En su caso, fecha y hora para
realizar la visita a instalaciones
No aplica.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
11 de marzo de 2026, a las 11:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
13 de marzo de 2026, a las 12:00 horas
La reducción de plazos de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados (Electrónica)
LA-50-GYR-050GYR035-T-27-2026, se autorizó el día 20 de febrero de 2026 por la que suscribe.
MONTERREY, NUEVO LEON, A 10 DE MARZO DE 2026.
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
LIC. AZHTIRI LIZETH SILVA GARCIA
RUBRICA.
(R.- 573610)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
162
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción II,
40 fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitaciones cuyas Convocatorias que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX, mismas que serán gratuitas o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los
interesados exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Durango-México Km. 5, Col. 15 de octubre,
C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y 129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.
No. Licitación
LA-50-GYR-050GYR010-T-29-2026
Tipo
LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE TRATADOS
Descripción de la licitación
ADQUISICION Y SUMINISTRO DE CONSUMIBLES (TONER)
Volumen a adquirir
MAXIMO: 2,116 PIEZAS
Fecha de publicación en Compras Mx
02 DE MARZO DE 2026
Junta de aclaraciones
18 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
13 DE ABRIL DE 2026; 09:00 HORAS
•
Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema electrónico de información pública gubernamental
denominado Compras MX.
DURANGO, DGO., A 10 DE MARZO DE 2026.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
LIC. JOSE MAGDALENO VARELA GUTIERREZ
RUBRICA.
(R.- 573616)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
163
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL
UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES No. 2
LIC. LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA
CENTRO MEDICO NACIONAL NOROESTE
CD. OBREGON, SONORA
DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35, Fracción I, 36, 39 fracción II, 40,
41, 42, 43, 44, 45, 46 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público 83, 86, 91 y 93 de su reglamento, se convoca a los interesados a
participar en la Relativa a la Adquisición de Consumibles de Equipo Médico, Grupo de Suministro 379 (PARTIDA 1.- AGUJAS PARA BIOPSIA RENAL,
PARTIDA 2.- TERAPIA DE REEMPLAZO RENAL CONTINUA LENTA, PARTIDA 3.- AGUJAS PARA BIOPSIA DE PROSTATA, PARTIDA 4.- FRESAS
CORTANTES PARA NEUROCIRUGIA). Para cubrir necesidades del año 2026, de la Unidad Médica: UMAE Hospital de Especialidades No. 2 del CMNN, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas o bien
se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Prolongación Hidalgo y Huisaguay S/N, Colonia Bellavista, C.P.
85130, Cd. Obregón, Sonora, teléfono y fax: (01 644) 414-42-47, de Lunes a Viernes de las 8:00 a 16:00 horas.
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 014
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR037-T-36-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Internacional
Descripción de la licitación
Adquisición de Consumibles de Equipo Médico, Grupo de Suministro 379 (PARTIDA 1.- AGUJAS PARA BIOPSIA
RENAL, PARTIDA 2.- TERAPIA DE REEMPLAZO RENAL CONTINUA LENTA, PARTIDA 3.- AGUJAS PARA
BIOPSIA DE PROSTATA, PARTIDA 4.- FRESAS CORTANTES PARA NEUROCIRUGIA)
Volumen a adquirir
MIN: 321 MAX: 789 PROCEDIMIENTOS APROXIMADAMENTE
Fecha de publicación en Compras Mx
10 DE MARZO DE 2026
Junta de aclaraciones
13 DE MARZO DE 2026 A LAS 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
25 DE MARZO DE 2026 A LAS 09:00 HORAS
•
LUGAR DONDE SE LLEVARAN A CABO LOS EVENTOS: Por medios Remotos de Comunicación Electrónica COMPRAS MX. Apertura de bóveda de Compras
Mx en el Departamento de Abastecimiento del Hospital de Especialidades No. 2 de la UMAE Sonora, ubicado en calle prolongación Hidalgo y Huisaguay s/n,
Colonia Bellavista, C.P. 85130, Ciudad Obregón, Sonora.
•
LA REDUCCION DE PLAZO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS, fue autorizado por la DRA. PATRICIA EMILIANA GARCIA RAMIREZ, con
cargo de DIRECTORA GENERAL DE UMAE, el día 02 de Marzo de 2026.
CAJEME, SONORA, A 10 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR ADMINISTRATIVO
LIC. FRANCISCO JAVIER CASTILLO MOLINA
RUBRICA.
(R.- 573618)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
164
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-56-AYO-056AYO954-N-6-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 48, 49,
y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de
los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los
interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento,
así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y cuya información relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación
Nacional Electrónica
No. LA-56-AYO-056AYO954-N-6-2026
Objeto de la Licitación.
SERVICIO MEDICO INTEGRAL DE OSTEOSINTESIS Y ENDOPROTESIS PARA LOS HOSPITALES
UNIDADES MEDICAS DE SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
PARA EL BIENESTAR IMSS BIENESTAR EN VERACRUZ
Volumen a adquirir
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
06 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
10 de marzo de 2026 a las 10:00 horas.
Visita a Instalaciones
No aplica.
Presentación y Apertura de Proposiciones
17 de marzo de 2026 a las 12:00 horas.
Acto de Fallo
24 de marzo de 2026 a las 17:30 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD
Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES
LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573624)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
165
012M7F - INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRIA
RAMON DE LA FUENTE MUÑIZ
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL número LA-12-
M7F-012M7F001-N-8-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calzada México Xochimilco No. 101,
Colonia San Lorenzo Huipulco, C.P. 14370, Tlalpan, Ciudad de México los días Lunes a Viernes de las 9:00 a
13:00 horas, teléfono: 55-4160-5012 y 55-4160-5015.
No. de Licitación
LA-12-M7F-012M7F001-N-8-2026
Nombre del Procedimiento de contratación
ADQUISICION
DE
RADIOFARMACOS
PARA
MEDICINA NUCLEAR PARA EL INPRFM
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
10 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
NO HABRA VISITA A INSTALACIONES
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
20 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas
Fecha y hora de fallo
26 de Marzo de 2026 a las 15:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES
C.P. MARCO ANTONIO LOPEZ PORTILLO GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 573564)
012M7F - INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRIA
RAMON DE LA FUENTE MUÑIZ
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL número LA-12-
M7F-012M7F001-N-9-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calzada México Xochimilco No. 101,
Colonia San Lorenzo Huipulco, C.P. 14370, Tlalpan, Ciudad de México los días Lunes a Viernes de las 9:00 a
13:00 horas, teléfono: 55-4160-5012 y 55-4160-5015.
No. de Licitación
LA-12-M7F-012M7F001-N-9-2026
Nombre del Procedimiento de contratación
ADQUISICION DE GASES MEDICINALES PARA EL
INPRFM
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
10 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Marzo de 2026 a las 14:00 horas
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
11 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
20 de Marzo de 2026 a las 14:00 horas
Fecha y hora de fallo
25 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES
C.P. MARCO ANTONIO LOPEZ PORTILLO GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 573567)
166
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
012M7F - INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRIA
RAMON DE LA FUENTE MUÑIZ
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL número LA-12-
M7F-012M7F001-N-10-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calzada México Xochimilco No. 101,
Colonia San Lorenzo Huipulco, C.P. 14370, Tlalpan, Ciudad de México los días Lunes a Viernes de las 9:00 a
13:00 horas, teléfono: 55-4160-5012 y 55-4160-5015.
No. de Licitación
LA-12-M7F-012M7F001-N-10-2026
Nombre del Procedimiento de contratación
ADQUISICION DE REACTIVOS CON EQUIPOS A
PRESTAMO
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
10 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
11 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
20 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de fallo
26 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES
C.P. MARCO ANTONIO LOPEZ PORTILLO GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 573566)
INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGIA DEL AGUA
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA NUM. 02
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a las
licitaciones públicas nacional e internacional electrónicas que contiene las bases mediante las cuales se
desarrollarán los procedimientos, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de
contrato específico, se encuentran disponible para consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, o
bien, en la Subdirección de Recursos Materiales del IMTA / Departamentos de Contratos y Adquisiciones,
ubicado en Paseo Cuauhnáhuac No. 8532 - edificio 4, planta baja Colonia Progreso, C.P. 62550, Jiutepec,
Morelos, teléfono: 3293600 EXT. 347 y 224, de lunes a viernes de las 10:00 a 14:00 horas, cuya información
relevante es:
Número de Licitación
LPN ELECTRONICA A PLAZO RECORTADOS
LA-16-RJE-016RJE001-N-5-2026
Objeto de la licitación
SERVICIO DE GUARDA, CUSTODIA Y VIGILANCIA DE
LAS INSTALACIONES DEL IMTA
Fecha de publicación en Compras MX
04 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
09 de marzo de 2026 10:00 horas
Visita al lugar de los servicios
No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
17 de marzo de 2026 9:30 horas
Fallo
18 de marzo de 2026 9:30 horas
Con fundamento en el artículo 42 tercer párrafo de la LAASSP, el presente procedimiento se llevará a cabo
con reducción de plazo a diez días contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en la
Plataforma Compras MX.
JIUTEPEC, MORELOS, A 4 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS FINANCIEROS
C.P. IGNACIO TREJO HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 573532)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
167
INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGIA DEL AGUA
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA NUM. 03
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar
en licitaciones públicas, que la convocatoria a las licitaciones públicas nacional e internacional electrónicas que contiene las bases mediante las cuales se
desarrollarán los procedimientos, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponible para consulta
en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, o bien, en la Subdirección de Recursos Materiales del IMTA / Departamentos de Contratos y Adquisiciones, ubicado en
Paseo Cuauhnáhuac No. 8532 - edificio 4, planta baja Colonia Progreso, C.P. 62550, Jiutepec, Morelos, teléfono: 3293600 EXT. 347 y 224, de lunes a viernes de las
10:00 a 14:00 horas, cuya información relevante es:
Número de Licitación
LPN ELECTRONICA A PLAZO RECORTADOS
LA-16-RJE-016RJE001-N-6-2026
Objeto de la licitación
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
EN LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGIA DEL AGUA (IMTA)
Fecha de publicación en Compras MX
04 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
09 de marzo de 2026 12:00 horas
Visita al lugar de los servicios
No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
17 de marzo de 2026 11:30 horas
Fallo
18 de marzo de 2026 11:00 horas
Con fundamento en el artículo 42 tercer párrafo de la LAASSP, el presente procedimiento se llevará a cabo con reducción de plazo a diez días contados a partir de la
fecha de publicación de la convocatoria en la Plataforma Compras MX.
JIUTEPEC, MORELOS, A 4 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS FINANCIEROS
C.P. IGNACIO TREJO HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 573531)
168
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO
IMP- MODULO DE MATERIALES Y SERVICIOS EN VERACRUZ
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública electrónica de carácter nacional número LA-18-T0O-
018T0O002-N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles
para consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en: Calle Ferrocarril No. 162, Colonia
Aviación Vieja, C.P 93370, Poza Rica de Hidalgo, Veracruz de Ignacio de la Llave, los días Lunes a Viernes
de las 09:00 a las 14:00.
Descripción de la licitación
Convocatoria a la licitación pública electrónica de carácter
nacional para la contratación de Servicio de Vigilancia
para las instalaciones del Instituto Mexicano del
Petróleo en la Región Norte
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en la Plataforma
Compras MX
05/03/2026
Visita a las instalaciones
09/03/2026, 10:00 horas
Junta de aclaraciones
13/03/2026, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
20/03/2026, 10:00 horas
POZA RICA, VERACRUZ, A 10 DE MARZO DE 2026.
RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION NORTE
LIC. ALEJANDRO MUÑOZ CANCHOLA
RUBRICA.
(R.- 573547)
013J3B - ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL MANZANILLO, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION MIXTA
De conformidad con la LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS,
se convoca a los interesados a participar en la licitación Pública NACIONAL número LO-13-J3B-013J3B002-
N-4-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en las oficinas de la Gerencia de Ingeniería, de la ASIPONA
Manzanillo, en horario de 9:00 am a 6:00 p.m.
Nombre del Procedimiento de contratación
TRABAJOS
DE
MANTENIMIENTO
DE
LA
INFRAESTRUCTURA
PORTUARIA,
ASIPONA
MANZANILLO.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
05 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
13 de marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
13 de marzo de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
20 de marzo de 2026 a las 10:00
PUERTO DE MANZANILLO, COL., A 5 DE MARZO DE 2026.
JEFE DE DEPARTAMENTO TECNICO DE PROYECTOS
LILIA JANETH BENAVIDES GARCIA
RUBRICA.
(R.- 573540)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
169
008VSS – ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA 09
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-08-VSS-008VSS003-N-2-2026, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Calle 19 No. 441 entre calles 26 y 28, Colonia Ciudad
Industrial, C.P. 97288 de la Ciudad de Mérida, Yucatán, los días del 02 al 12 de marzo de 2026, de 9:00 a
14:00 horas.
Nombre del Procedimiento
de contratación
Servicio de transporte terrestres de personal de la Gerencia
Regional Peninsular Y Unidades Operativas Campeche Y
Chetumal De Alimentación Para El Bienestar, S.A. de C.V.,
viaje
redondo
a
la
ciudad
de
Acapulco,
guerrero,
correspondiente al ejercicio fiscal 2026
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
02 de marzo de 2026
Fecha y hora junta de aclaraciones
12 de marzo de 2026 a las 09:00 horas
Fecha y hora visita a instalaciones
No habrá visita
Fecha de presentación y apertura
de proposiciones
18 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de fallo
19 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
MERIDA, YUCATAN, A 2 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DEL DESPACHO DE LOS ASUNTOS DE LA GERENCIA DE COORDINACION Y
SUPERVISION DE TERRITORIO, ADSCRITA A LA DIRECCION DE OPERACIONES DE ALIMENTACION
PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. CON COMPETENCIA EN LA PENINSULA DE YUCATAN
MTRO. SENEN VALDES VILLALOBOS
RUBRICA.
(R.- 573537)
008VSS - ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-08-VSS-008VSS005-
N-4-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Insurgentes Sur, N° 3483, Planta
Baja, Colonia Villa Olímpica Miguel Hidalgo, Código Postal 14020, Alcaldía de Tlalpan, Ciudad de México,
teléfono: 01 (55) 52-29-07-00 ext. 65606 o 65608 y ext. 65628, en días hábiles del 12 al 24 de junio del
año en curso de 10:00 a 15:00 horas, o podrán solicitarla a través de correo electrónico a las siguientes
direcciones:
carlosa@alimentacionbienestar.gob.mx;jcortes@alimentacionbienestar.gob.mx;
y
mgcarrillo@alimentacionbienestar.gob.mx
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO DE COMEDOR PARA LAS PERSONAS
SERVIDORAS PUBLICAS DE OFICINAS CENTRALES
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en CompraNet
12 de febrero de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
17 de febrero de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
18 de febrero de 2026 a las 09:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
23 de febrero de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de fallo
24 de febrero de 2026 a las 14:00
9 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
LIC. CARLOS DEMETRIO AGUILAR CASTILLO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573574)
170
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
008VSS - ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-08-VSS-008VSS005-
N-5-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Insurgentes Sur, N° 3483, Planta Baja, Colonia
Villa Olímpica Miguel Hidalgo, Código Postal 14020, Alcaldía de Tlalpan, Ciudad de México, teléfono: 01 (55)
52-29-07-00 ext. 65606 o 65608 y ext. 65628, en días hábiles del 12 al 25 de junio del año en curso de 10:00
a 15:00 horas, o podrán solicitarla a través de correo electrónico a las siguientes direcciones:
carlosa@alimentacionbienestar.gob.mx;jcortes@alimentacionbienestar.gob.mx;
y
mgcarrillo@alimentacionbienestar.gob.mx
Nombre del Procedimiento de contratación
ARRENDAMIENTO DE SETS DE LABORATORIO,
TRANSPORTADORES HELICOIDALES Y EQUIPOS
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en CompraNet
12 de febrero de 2026 a las 21:53
Fecha y hora de junta de aclaraciones
16 de febrero de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
N/A
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
23 de febrero de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de fallo
25 de febrero de 2026 a las 13:00
9 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
LIC. CARLOS DEMETRIO AGUILAR CASTILLO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573575)
008VSS - ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-08-VSS-
008VSS005-N-9-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Insurgentes Sur, N° 3483, Planta
Baja, Colonia Villa Olímpica Miguel Hidalgo, Código Postal 14020, Alcaldía de Tlalpan, Ciudad de México,
teléfono: 01 (55) 52-29-07-00 ext. 65606 o 65608 y ext. 65628, en días hábiles del 12 al 25 de junio del año en
curso de 10:00 a 15:00 horas, o podrán solicitarla a través de correo electrónico a las siguientes direcciones:
carlosa@alimentacionbienestar.gob.mx;jcortes@alimentacionbienestar.gob.mx;
y
mgcarrillo@alimentacionbienestar.gob.mx
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO INTEGRAL PARA LA REALIZACION DEL
VIGESIMO QUINTO EVENTO NACIONAL DEPORTIVO
Y
CULTURAL
DE
ALIMENTACION
PARA
EL
BIENESTAR, S.A. DE C.V., PARA EL EJERCICIO 2026
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en CompraNet
20 de febrero de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de junta de aclaraciones
24 de febrero de 2026 a las 10:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
N/A
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
02 de marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de fallo
04 de marzo de 2026 a las 11:00
9 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
LIC. CARLOS DEMETRIO AGUILAR CASTILLO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573576)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
171
AEROPUERTO INTERNACIONAL DE
LA CIUDAD DE MEXICO, S.A. DE C.V.
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Internacional Abierta Electrónica No. LA-13-KDN-013KDN001-
I-37-2026, la convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Gerencia Recursos Materiales sita en la oficina
No. 69 del mezzanine Avenida Capitán Carlos León González, s/n, Colonia Peñón de los Baños, C.P. 15620,
Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, teléfono: 552482-2544, los días lunes a viernes, en el
horario de 9:00 a 17:00 horas. El presente procedimiento se llevará a cabo por plazos recortados.
Descripción de la licitación
Adquisición de un Sistema Antidrones para el Aeropuerto
Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compranet
05/03/2026
Junta de Aclaraciones
11/03/2026 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
18/03/2026 12:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
GERENTE DE RECURSOS MATERIALES
LIC. MARLENE HERNANDEZ HERNANDEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573578)
006HIU994 - FIDEICOMISO DE CAPITAL EMPRENDEDOR
ADMINISTRACION Y ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar que la convocatoria a la licitación que contiene las
bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de
participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y cuya información relevante es:
No. de la Licitación
LA-06-HIU-006HIU994-N-1-2026
Objeto de la Licitación
PRESTACION
DE
SERVICIOS
EN
MATERIA
CONTABLE Y FISCAL
Volumen por adquirir
Un servicio
Fecha de Publicación en Compras MX
06-03-2026
Visita a las Instalaciones
No hay visita a las instalaciones
Junta de Aclaraciones
12-03-2026 a las 10:30 horas
Apertura de proposiciones
23-03-2026 a las 10:31 horas
Fecha y hora para emitir el Fallo
01-04-2026 a las 12:30 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR DE CAPITAL EMPRENDEDOR
LIC. TANIA ELIZABETH VAZQUEZ MORENO
RUBRICA.
(R.- 573607)
172
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
INNOVABIENESTAR DE MEXICO, S.A.P.I. DE C.V.
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública internacional abierta electrónica número LA-38-91A-
03891A003-N-5-2026 y LA-38-91A-03891A003-N-6-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de
participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en:
Ciencia y Tecnología No. 790, Colonia Saltillo 400, C.P. 25290, Saltillo, Coahuila, teléfono: 844-4113200, de
lunes a viernes en el horario de las 09:00 a 13:00 hrs.
Descripción de la licitación
Servicio de Vigilancia 2026 IBDMX Ciudad del Carmen,
Camp. y Cunduacán, Tab.
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
10/03/2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026 09:00 horas
Visita a instalaciones
No se realizará visita de sitio
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026 09:00 horas
Descripción de la licitación
Servicio de Emision de Pasajes Aéreos
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
10/03/2026
Junta de aclaraciones
19/03/2026 09:00 horas
Visita a instalaciones
No se realizará visita de sitio
Presentación y apertura de proposiciones
26/03/2026 09:00 horas
SALTILLO, COAHUILA, A 10 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE PROYECTOS, RESPONSABLE DE LAS ACTIVIDADES,
ATRIBUCIONES Y FACULTADES DE LA GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
C. FERNANDO TORRES CASILLAS
RUBRICA.
(R.- 573544)
03891I - EL COLEGIO DE MICHOACAN, A.C.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-38-91I-03891I999-
N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien Martínez de Navarrete No. 505, Colonia Las Fuentes,
C.P 59699, Zamora, Michoacán de Ocampo, teléfono: 3515157100 ext. 1831, los días Lunes a Viernes de las
8:00 a 15:00 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIOS DE VIGILANCIA PARA LA SEDE ZAMORA
Y UNIDAD ACADEMICA DE LA PIEDAD DE EL
COLEGIO DE MICHOACAN PARA EL EJERCICIO 2026
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación
en Compras MX
06 de Marzo de 2026 a las 09:30
Fecha y hora de junta de aclaraciones
17 de Marzo de 2026 a las 13:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
17 de Marzo de 2026 a las 08:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
23 de Marzo de 2026 a las 09:00
Fecha y hora de fallo
25 de Marzo de 2026 a las 12:00
6 DE MARZO DE 2026.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES DE EL COLEGIO DE MICHOACAN, A.C.
MARIO ALBERTO MORENO VILLEGAS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573626)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
173
FONDO DE GARANTIA Y FOMENTO PARA LA
AGRICULTURA, GANADERIA Y AVICULTURA
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: Antigua Carretera a
Pátzcuaro No. 8555, Colonia Ex hacienda de San José de la Huerta, C.P. 58342, Morelia, Michoacán, los días
hábiles de lunes a viernes del año en curso, de las de 9:00 a 17:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. De Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
No. LA-06-HBW-006HBW001-N-12-2026
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE TELEFONIA FIJA
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en Compras Mx
06/03/2026
Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones
13/03/2026, 10:00:00 horas
Fecha y hora para realizar la visita a instalaciones
No habrá visita a las instalaciones
Fecha y hora para celebrar la presentación
y apertura de proposiciones
23/03/2026, 10:00:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
01/04/2026, 16:00:00 horas
MORELIA, MICHOACAN, A 6 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES
KATHIA ACEVES GALVAN
RUBRICA.
(R.- 573599)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 82,
Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en
las disposiciones 2 fracción I, inciso c), 30 fracción I inciso a), 37 fracción I, 55 fracciones III y IV de las
Disposiciones Generales en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución
de obras de la CFE, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria Nacional para la
adquisición de bienes y servicios que se indican, de conformidad con lo siguiente:
CFE-0700-CAAAN-0001-2026
Adquisición y servicio de instalación de silenciadores para la unidad 1 y 2 de la Central Turbogas
Universidad
Fecha de publicación en Micrositio:
05/03/2026
Sesión de Aclaraciones:
13/03/2026 09:00 horas
Apertura Técnica:
26/03/2026 09:00 horas
Resultado Técnico y Apertura Económica:
07/04/2026 09:00 horas
Fallo
13/04/2026 09:00 horas
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es el Departamento Regional de Abastecimientos de
la Comisión Federal de Electricidad de la Coordinación Regional de Producción Norte, cuyos contactos son:
Lic. Christian Alberto Gutiérrez Guajardo y Lic. Carlos Manuel Kim Celis, con domicilio en Avenida Pablo A.
González No. 650, Poniente, Colonia San Jerónimo, Monterrey Nuevo León, teléfono (81) 81513000
Ext. 71302, 71303, con los correos electrónicos: christian.gutierrezgu@cfe.mx y carlos.kim@cfe.mx.
Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos
de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación
en Micrositio.
MONTERREY, NUEVO LEON, A 10 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE ABASTECIMIENTOS
LIC. CHRISTIAN ALBERTO GUTIERREZ GUAJARDO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573589)
174
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 82,
Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en
las disposiciones 2 fracción I, inciso c), 30 fracción I inciso b), 37 fracción I, 55 fracciones III y IV de las
Disposiciones Generales en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución
de obras de la CFE, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria Internacional Bajo la
Cobertura de los Tratados de Libre Comercio para la adquisición de bienes que se indican, de conformidad
con lo siguiente:
CFE-0700-CAAAT-0004-2026
Adquisición de Compresor de Aire de Instrumentos de la Central Termoeléctrica Guadalupe Victoria
Fecha de publicación en Micrositio:
05/03/2026
Sesión de Aclaraciones:
19/03/2026 09:00 horas
Apertura Técnica:
15/04/2026 09:00 horas
Resultado Técnico y Apertura Económica:
20/04/2026 09:00 horas
Fallo
24/04/2026 09:00 horas
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es el Departamento Regional de Abastecimientos de
la Comisión Federal de Electricidad de la Coordinación Regional de Producción Norte, cuyos contactos son:
Lic. Christian Alberto Gutiérrez Guajardo y Lic. Carlos Manuel Kim Celis, con domicilio en Avenida Pablo A.
González No. 650, Poniente, Colonia San Jerónimo, Monterrey Nuevo León, teléfono (81) 81513000
Ext. 71302, 71303, con los correos electrónicos: christian.gutierrezgu@cfe.mx y carlos.kim@cfe.mx.
Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos
de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación
en Micrositio.
MONTERREY, NUEVO LEON, A 10 DE MARZO DE 2026.
ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE ABASTECIMIENTOS
LIC. CHRISTIAN ALBERTO GUTIERREZ GUAJARDO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573582)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80
y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2
fracción II, 30 fracción I inciso a), 31, 33 fracciones III, VII, y VIII, 37 fracción I y 55 fracción III de las
Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución
de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo
Disposiciones Generales):
CFE-0001-CASAN-0006-2026
Servicio de Suministro de Combustible Menor a 92 Octanos y Diésel en oficinas divisionales
y 10 zonas de Distribución Bajío 2026
Fecha de publicación en Micrositio:
4/03/2026
Sesión de Aclaraciones:
10/03/2026, 10:30 hrs
Límite para presentación de ofertas:
18/03/2026, 12:30 hrs
Apertura Técnica:
18/03/2026, 13:00 hrs
Apertura Económica:
25/03/2026, 13:00 hrs
Fallo
30/03/2026, 14:00 hrs
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE con
clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones y del Departamento de Concursos, cuyos contactos
son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y el Lic. Daniel Miranda Velázquez, con domicilio en Río Ródano No.
14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext.
83487, con correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán
obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio
https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
RUBRICA.
(R.- 573527)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
175
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 80 y 82 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, en las
disposiciones 2, fracción II, 30 fracción I, inciso b), 31, 37 fracción I a las Modificaciones a las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos,
contratación de servicios y ejecución de obras de la CFE, se hace saber a los interesados la publicación de las Convocatorias al Concurso Abierto Internacional Bajo la
Cobertura de los Tratados de Libre Comercio, de conformidad con lo siguiente:
Número del Concurso:
CFE-0900-CAAAT-0006-2026
CFE-0900-CAAAT-0008-2026
CFE-0900-CAAAT-0011-2026
Descripción del concurso:
Suministro de accesorios para la
instalación y puesta en servicio de los
transformadores de instrumentos de
400 KV de las unidades 3 y 5 para la
Central
Hidroeléctrica
Belisario
Domínguez
Suministro e instalación de cargadores y
banco de baterías de 250 V.C.D. para la
Central
Hidroeléctrica
Belisario
Domínguez “La Angostura
Adquisición
e
instalación
de
electroducto
para
conexión
del
transformador auxiliar a tablero de
media tensión de la unidad 1 de la
Central Termoeléctrica Mérida II
Fecha de publicación Micrositio
de Concursos de CFE:
10 de marzo de 2026
10 de marzo de 2026
10 de marzo de 2026
Sesión de Aclaraciones:
14 de abril de 2026 a las 08:30 horas
12 de abril de 2026 a las 08:30 horas
13 de abril de 2026 a las 09:00 horas
Límite para presentación
de ofertas:
20 de abril de 2026 a las 07:30 horas
20 de abril de 2026 a las 08:00 horas
20 de abril de 2026 a las 08:30 horas
Apertura Técnica:
20 de abril de 2026 a las 08:00 horas
20 de abril de 2026 a las 08:30 horas
20 de abril de 2026 a las 09:00 horas
Apertura Económica:
28 de abril de 2026 a las 08:00 horas
29 de abril de 2026 a las 08:30 horas
28 de abril de 2026 a las 09:00 horas
Fallo
06 de mayo de 2026 a las 08:00 horas
06 de mayo de 2026 a las 08:30 horas
05 de mayo de 2026 a las 09:00 horas
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Coordinación Regional de Producción Sureste, con clave 0900, a través del Departamento
Regional de Abastecimientos, cuyo contacto es: la LMNI. Issis América Espino Ramírez, Jefa Departamento Regional de Abastecimientos E.F. de la Sede de la
Coordinación Regional de Producción Sureste con Clave de Agente Contratante A190001, con domicilio en el Km. 7.5 Carretera Veracruz-Medellín, Dos Bocas,
Veracruz, C.P. 94271, teléfono 2299898595, extensión: 77380 y 77381 con el correo electrónico: issis.espino@cfe.mx.
CIUDAD DE VERACRUZ, VER., A 19 DE FEBRERO DE 2026.
JEFA DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE ABASTECIMIENTOS E.F.
LMNI. ISSIS AMERICA ESPINO RAMIREZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573443)
176
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80
y 82 la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2
fracción I, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones IV, VI y VII, 34, 37 fracción I, 54 y 55 fracciones II, III y IV
de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y
ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad.
CFE-0001-CAAAT-0020-2026
Adquisición, diseño, fabricación, desmontaje, instalación, pruebas, puesta en servicio y
capacitación de dos sistemas de Control Electrohidráulico Digital (D-EHC) para Turbina de Vapor
de dos Unidades de la Central Termoeléctrica Puerto Libertad
Fecha de publicación en Micrositio:
4/03/2026
Sesión de Aclaraciones:
10/03/2026, 11:30 hrs
Límite para presentación de ofertas:
13/04/2026, 9:30 hrs
Apertura Técnica:
13/04/2026, 10:00 hrs
Apertura Económica:
20/04/2026, 12:00 hrs
Fallo
27/04/2026, 17:00 hrs
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con
clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyo contacto es: el Lic. Daniel Miranda Velázquez
con Clave de Agente Contratante A1A0A08 con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía
Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487, con el correo electrónico:
daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del
Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la
fecha de publicación en Micrositio.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
RUBRICA.
(R.- 573529)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80
y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (CFE), en las
disposiciones 2, fracción I, 30, fracción I, inciso b), 31, 33, fracción I, lll, Vl y Vll, 34, 37, fracción l, 52 y 55,
fracción III y IV de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de
servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas productivas
subsidiarias, de conformidad con lo siguiente:
Número del Concurso:
CFE-0001-CAAAT-0021-2026
Descripción del Concurso:
Adquisición de seccionadores para proyecto Metrorrey
Fecha de publicación en Micrositio:
4/03/2026
Aclaración a los documentos del Concurso:
12/03/2026, 11:30 hrs
Límite para presentación de ofertas:
13/04/2026, 10:30 hrs
Apertura Técnica:
13/04/2026, 11:30 hrs
Apertura Económica:
21/04/2026, 11:00 hrs
Fallo:
28/04/2026, 13:00 hrs
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con
clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía
Sánchez y la Lic. Raquel Magaña Rojas, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402,
Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los
correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y raquel.magana@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la
Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de CFE ubicado en el sitio
https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en el Micrositio.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
RUBRICA.
(R.- 573525)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
177
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
AVISO DE ADJUDICACION DE CONTRATO
La Subgerencia de Adquisiciones, de la Gerencia de Abastecimientos, con domicilio en Río Ródano No. 14,
Piso 4, Sala 401, colonia Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, proporciona la
información correspondiente al fallo emitido Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados
de Libre Comercio No. CFE-0001-CASAT-0002-2026, para el Servicio de Mantenimiento y Rehabilitación de
TAP-PI Toshiba de 158 Mw y Componentes de la U2 de la C.T. Benito Juárez, se informa que el concursante
adjudicado fue el siguiente: TURBOMAQUINAS, S.A. DE C.V., con domicilio en Boulevard Adolfo López
Mateos No. 653, colonia Banquetes, Municipio La Piedad, Michoacán, C.P. 59350, para la partida 1 (única)
por un importe total de $66,110,978.56 (sesenta y seis millones ciento diez mil novecientos setenta y ocho
pesos 56/100 M.N.). El fallo se emitió el 20 de febrero de 2026.
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
RUBRICA.
(R.- 573530)
CFE COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION OCCIDENTE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
CONCURSO ABIERTO INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS
NUMERO CFE-0500-CAAAT-0006-2026
De conformidad con las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación
de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas
Subsidiarias, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura
de los Tratados número CFE-0500-CAAAT-0006-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de
participación se encuentran disponibles para consulta en Internet, en el Micrositio de Concursos de la CFE, en
la siguiente liga: https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/concursos/, o bien en la Oficina Regional Compras,
ubicada en Gabriele D’Annunzio 5001 Col. Jardines Vallarta, C.P. 45020, Zapopan, Jalisco.
Número de concurso
CFE-0500-CAAAT-0006-2026
Objeto del concurso
Modernización del sistema de control de la Unidad 2, de
la C.H. Leonardo Rodríguez Alcaine “El Cajón”
Fecha de publicación
10 de marzo de 2026.
Visita al sitio
18 de marzo de 2026 a las 10:00 horas.
Sesión de aclaración
20 de marzo de 2026 a las 11:30 horas.
Límite para presentación de Ofertas:
26 de marzo de 2026 a las 11:00 horas.
Apertura de Ofertas Técnicas
26 de marzo de 2026 a las 11:15 horas.
Apertura de Ofertas Económicas
31 de marzo de 2026 a las 11:00 horas.
Fallo
08 de abril de 2026 a las 12:00 horas.
ATENTAMENTE
ZAPOPAN, JALISCO, A 10 DE MARZO DE 2026.
JEFA DE OFICINA REGIONAL DE COMPRAS
L.C.E. PERLA FABIOLA BALCAZAR MORALES
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573601)
178
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
CONVOCATORIA
Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo
13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y
sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del
Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos (la Ley); 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para
Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, (Disposiciones); y Numerales IV.7 inciso b),
IV.12.2, de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, a nombre de Petróleos Mexicanos, se convoca a
los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados
de Libre Comercio número DEE-CAT-S-GCEE-100-97395-26-3 que tiene por objeto los “Servicios de
seguridad y protección radiológica de soporte a los trabajos de la Gerencia de Servicios a Pozos”,
de acuerdo con lo siguiente:
Evento
Fecha
Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación
20 de marzo de 2026
Presentación y Apertura de Propuestas Comercial y Técnicas (Primera Etapa)
06 de abril de 2026
Resultado de Evaluación Comercial y Técnica, y Apertura de Propuestas
Económicas (Segunda Etapa)
16 de abril de 2026
Notificación del Resultado del Concurso
24 de abril de 2026
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de
Contrataciones” (SISCeP).
•
Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de
países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en
materia de Compras del Sector Público.
•
No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren
impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones, así como aquellas que se
encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de
personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales.
•
La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos
con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública.
•
Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria
en
el
Portal
de
Internet
http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-
contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx.
Los
interesados
en
participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para
participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCeP email2workspace-
prod+PEMEX+WS5574141957+yuku@ansmtp.ariba.com
•
La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex,
mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración
Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente.
•
Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en carácter de Gerente de
Contrataciones para Exploración y Extracción, podrá delegar la suscripción de documentos y actos de
trámite del procedimiento de contratación, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe
voluntariamente en él, acepta dichos términos y representaciones.
VILLAHERMOSA, TABASCO, A 10 DE MARZO DE 2026.
CARLOS EDUARDO LOPEZ PEREZ
GERENTE
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION, ADSCRITO A LA
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION DE LA SUBDIRECCION
DE ABASTECIMIENTO, DE CONFORMIDAD CON EL NOMBRAMIENTO DE FECHA 2 DE MARZO DE 2026
EMITIDO POR LA DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DE PETROLEOS MEXICANOS, Y EN
EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION 111, 229
FRACCION IV Y 322, DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO,
PETROLEOS MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES
ELECTRONICAS EN QUE PUEDE SER CONSULTADO, FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025.
RUBRICA.
(R.- 573580)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
179
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA PROCESOS INDUSTRIALES,
TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA
Petróleos Mexicanos, a través de la Gerencia de Contrataciones para Transformación Energética y Logística,
adscrita a la Coordinación de Abastecimiento para Procesos Industriales, Transformación Energética y
Logística dependiente de la Subdirección de Abastecimiento de la Dirección de Administración y Servicios,
con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 78 y 80
párrafos primero, segundo y tercero, y Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos (Ley EPEPM), así como 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de
Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias (DGC), convoca a los
interesados a participar en el:
Concurso Abierto Electrónico de carácter Internacional bajo la Cobertura de los Tratados de Libre
Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que contienen capítulo de compras del sector
público, con fundamento al numeral IV.7 segundo párrafo literal b. y IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos
para Abastecimiento, con número de procedimiento DPI-CAT-B-GCTEL-1-105000-45-26-1 cuyo objeto es la
contratación relativa a la “Adquisición para el Suministro de Metildietanolamina MDEA Unidad
Regeneradora de Amina Ura 1 para la Refinería Olmeca”, de acuerdo con lo siguiente:
•
Fechas relevantes del Procedimiento de Contratación de acuerdo con el siguiente cronograma:
Evento
Fechas
Publicación de la convocatoria y bases de contratación.
10 de marzo de 2026
Límite para la recepción del Documento DA-1
“Manifiesto de interés en participar”
Evento de aclaraciones de dudas hasta
el 17 de marzo de 2026, 10:00 horas.
Evento de presentación y apertura de
propuestas técnica, comercial y económica
hasta 30 de marzo de 2026, 10:00 horas.
Recepción de aclaraciones de dudas a las bases
19 de marzo de 2026, 10:00 horas.
Evento de aclaraciones de dudas a las bases
23 de marzo de 2026, 16:00 horas.
Publicación versión final de las bases.
25 de marzo de 2026
Presentación y apertura de propuestas.
31 de marzo de 2026, 10:00 horas.
•
El procedimiento cuenta con oficio de reducción de plazos No. PM-DPI-SPP-GROLM-328-2026.
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el Sistema de Contrataciones
Electrónicas de Pemex (SISCEP).
•
Los plazos, fechas y horarios aquí señalados, podrán ser modificados, haciéndolo del conocimiento de los
interesados, a través de las actas derivadas de los eventos del procedimiento y comunicadas a los
participantes
a
través
del
Portal
de
Internet
de
Petróleos
Mexicanos
(Portal)
http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y
en el SISCEP.
•
Para el presente procedimiento no se acepta que miembros de la familia de la Presidenta Constitucional,
Doctora Claudia Sheinbaum Pardo o particulares usen su nombre o hagan gestiones, realicen trámites o
lleven a cabo negocios con el gobierno, en cumplimiento al comunicado de fecha 2 de octubre de 2024.
•
En términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública, los participantes
podrán señalar en su propuesta los documentos que contengan información confidencial o reservada,
siempre que tengan derecho de clasificar la información de conformidad con las disposiciones aplicables.
•
Para la substanciación del procedimiento de contratación, en mi carácter de Gerente de Contrataciones
para Transformación Energética y Logística, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23,
fracción III; 27, fracción VIII, numeral 1, inciso d), subinciso ii); 232, fracción IV y Cuarto Transitorio del
Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado Petróleos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el treinta de mayo de dos mil veinticinco, el cual entró en vigor a partir del primero de
junio de dos mil veinticinco y su modificación publicada mediante aviso el doce de septiembre de dos mil
veinticinco en el citado medio de comunicación oficial; se hace constar que he delegado o podré delegar
la suscripción de eventos de trámite, los cuales surtirán plenos efectos jurídicos. Por lo que, quien
participe voluntariamente en el procedimiento de contratación acepta dichos términos e implícitamente
estas representaciones.
180
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
•
Pueden participar personas físicas o morales mexicanas o extranjeras de países con los que los Estados
Unidos Mexicanos tengan celebrado un tratado de libre comercio vigente con disposiciones en materia de
compras del sector público y que no se encuentren impedidas en términos de los artículos 79 fracción VI
de la Ley EPEPM, 10 de las DGC y 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
•
Las Bases de Contratación estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria en el Portal y en caso de estar interesados en participar, deberán remitir el Documento DA-1
en la fecha y hora establecida en el cronograma de eventos de las bases de contratación; mediante el
cual expresen su interés en participar a la siguiente dirección electrónica: email2workspace-
prod+PEMEX+WS5562835273+37l9@ansmtp.ariba.com, indicando el nombre de la empresa en el
asunto del correo y marcando copia a las siguientes direcciones de correo electrónico:
juan.bernardo.lutzow@pemex.com y joel.pablo.vera@pemex.com
•
El idioma en que las ofertas o las solicitudes de participación deberán presentarse es en español.
•
En las bases de contratación, se precisa la forma de participación en el procedimiento en la sección I
numeral II.
•
La firma del contrato correspondiente se llevará a través de la plataforma de Firma Electrónica Avanzada,
mediante la e.firma vigente que emite el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes
deberán asegurarse de contar con ella oportunamente.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
EMITE:
LIC. LUIS ENRIQUE MORENO HERNANDEZ
GERENTE DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA
CONFORME A LOS OFICIOS DAS-0795-2025 DE FECHA 01 DE JUNIO DE 2025
Y DAS-SA-CAPITEL-61-2025 DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2025
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23, FRACCION III; 27,
FRACCION VIII, NUMERAL 1, INCISO D), SUBINCISO II); 232, FRACCION IV Y CUARTO TRANSITORIO
DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO PETROLEOS MEXICANOS,
PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL TREINTA DE MAYO DE DOS MIL
VEINTICINCO, EL CUAL ENTRO EN VIGOR A PARTIR DEL PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL
VEINTICINCO Y SU MODIFICACION PUBLICADA MEDIANTE AVISO EL DOCE DE SEPTIEMBRE
DE DOS MIL VEINTICINCO EN EL CITADO MEDIO DE COMUNICACION OFICIAL
RUBRICA.
(R.- 573604)
ORGANO DE ADMINISTRACION JUDICIAL
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
SECRETARIA EJECUTIVA DE ADMINISTRACION
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL NUMERO OAJ/SEA/DGRM/LPN/012/2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y en cumplimiento al artículo 42 y demás relativos y aplicables del Acuerdo General del Pleno del
Organo de Administración Judicial en materia de Adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de
servicios del Poder Judicial de la Federación, se convoca a los interesados en participar en la Licitación
Pública Nacional que a continuación se indica, de conformidad con lo siguiente:
No. de LPN
Descripción General
Periodo para presentación de
escrito de participación
OAJ/SEA/DGRM/LPN/012/2026
“ADQUISICION DE EQUIPOS
DE DIGITALIZACION”
10 y 11 de marzo de 2026
Las partidas y la descripción de los bienes requeridos, así como las cantidades y unidad de medida se pueden
verificar en el Anexo Técnico de las Bases de Licitación, disponibles en el portal del Organo de Administración
Judicial en la página web www.oaj.gob.mx dentro de la sección de “Servicios”, en el apartado de
“Licitaciones”, en las correspondientes a “Recursos Materiales y Servicios Generales”, pestaña “2026”, a partir
del 10 de marzo de 2026.
Junta de aclaraciones
Acto de presentación y apertura de propuestas
Sala de licitaciones de la Dirección General de
Recursos Materiales el 17 de marzo de 2026,
a las 11:00 horas.
Sala de licitaciones de la Dirección General de
Recursos Materiales el 19 de marzo de 2026
a las 11:00 horas.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
181
Requisitos para participar en la Licitación Pública Nacional conforme al Acuerdo General del Pleno del
Organo de Administración Judicial en materia de Adquisiciones, arrendamientos de bienes y
prestación de servicios del Poder Judicial de la Federación.
1.
Las Bases de Licitación Pública Nacional estarán disponibles para consulta en las instalaciones de la
Dirección de Adquisiciones, adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales, ubicada en Carretera
Picacho Ajusco No. 170, piso 7, Ala “A”, Col. Jardines en la Montaña, Demarcación Territorial Tlalpan,
Ciudad de México, C.P. 14210, teléfono 55 5449 9500 Exts. 2704, 2750 y 2758 durante los días 10 y 11
de marzo de 2026, en un horario de 10:00 a 14:30 y de 16:00 a 17:30 horas, y para su impresión en el
portal del Organo de Administración Judicial en su página web www.oaj.gob.mx dentro de la sección de
“Servicios”, en el apartado de “Licitaciones”, en las correspondientes a “Recursos Materiales y Servicios
Generales”, pestaña “2026”.
2.
Es obligatorio la presentación de escrito de interés en participar, el cual se podrá presentar únicamente
durante los días 10 y 11 de marzo de 2026, en un horario de 10:00 a 14:30 y de 16:00 a 17:30 horas,
firmando el acuse correspondiente a la recepción de las Bases de Licitación, por parte de la persona
física o del representante de la persona moral o física que desee participar en el procedimiento de
licitación. La presentación del escrito deberá realizarse, en las Oficinas de la Dirección de Adquisiciones,
adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales, ubicada en Carretera Picacho Ajusco No. 170,
piso 7, Ala “A”, Col. Jardines en la Montaña, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México,
C.P. 14210. En dicho escrito el interesado deberá presentar bajo protesta de decir de verdad, que cuenta
con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los
datos siguientes: (I). Nombre de la persona física o razón social de la persona moral, así como el de su
apoderado o representante legal, debiendo adjuntar copia simple de su identificación oficial vigente;
(II). Registro Federal de Contribuyentes y comprobante de su domicilio fiscal; (III). Objeto social, datos de
la escritura constitutiva y de la inscripción en el Registro Público de Propiedad y de Comercio de la
persona moral, así como sus modificaciones; y nombre, razón o denominación social de socios y
accionistas; (IV) Instrumento en el que constan las facultades del apoderado o representante, así como
su identificación oficial vigente. En caso de enviar a un representante, deberá presentarse con la carta
poder simple y la identificación oficial vigente. (V). Escrito en el que la persona física o el representante
de la persona moral que desee participar en el procedimiento de licitación manifieste bajo protesta de
decir verdad que no se encuentra ubicado en alguno de los supuestos de los artículos 43, fracción XXXIII
y 102 del Acuerdo General del Pleno del Organo de Administración Judicial en materia de adquisiciones,
arrendamientos de bienes y prestación de servicios del Poder Judicial de la Federación.
3.
En caso de que el participante no se encuentre en condiciones de entregar de manera física su escrito de
interés en participar, podrá enviarlo por medio electrónico al correo oaj_adquisiciones@oaj.gob.mx dentro
del plazo establecido debidamente requisitada y adjuntando la documentación conforme a los incisos I al
V antes mencionados, la omisión en la entrega en el envío de dicha documentación será motivo para no
considerar su participación en el presente procedimiento.
4.
Adicionalmente, será obligatorio presentar el escrito original al momento de entregar la propuesta en el
Acto de presentación y apertura de propuestas acompañada de la documentación original o copia
certificada para su cotejo.
5.
Cabe destacar que la información proporcionada será cotejada y verificada con la documentación que los
licitantes exhiban con su propuesta económica para acreditar su personalidad jurídica en cumplimiento al
artículo 43 del General del Pleno del Organo de Administración Judicial en materia de adquisiciones,
arrendamientos de bienes y prestación de servicios del Poder Judicial de la Federación.
6.
En caso de participación conjunta, en términos de lo señalado en el numeral 2.2. de las Bases de
Licitación, la presentación del escrito de interés al procedimiento deberá realizarse por cada uno de los
Licitantes que conformen la participación conjunta.
7.
Las propuestas deberán presentarse en idioma español; en el caso de presentar catálogos, folletos y
documentos de las características técnicas, deberán de presentarse en idioma español, en su caso, en el
idioma del país de origen de los bienes, acompañados de una traducción simple al español en papel
membretado del licitante o del fabricante, de acuerdo con las Bases de Licitación.
8.
El fallo se dará a conocer en el lugar y fecha que se indica en las Bases de Licitación.
9.
Ninguna de las condiciones establecidas en la presente Convocatoria, las Bases de Licitación, así como
las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas; asimismo, se hace del conocimiento
de los interesados que la información aquí descrita es referencial, por lo que deberán apegarse a lo
solicitado en las Bases de Licitación.
10. El acto de presentación y apertura de propuestas será videograbado, de conformidad a lo establecido en
el artículo 51 del Acuerdo General del Pleno del Organo de Administración Judicial en materia de
Adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios del Poder Judicial de la Federación.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SECRETARIO EJECUTIVO DE ADMINISTRACION
MTRO. JUAN CARLOS ZAMORA GARCIA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573593)
182
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
BANCO DE MEXICO
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA NACIONAL
No. BM-SAIG-26-0265-1
Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de la Ley del Banco de México, en las Normas
del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de
servicios; en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás
disposiciones aplicables, convoca a todos los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional
No. BM-SAIG-26-0265-1, con el objeto de adquirir loza y utensilios para cocina y comedor para Oficina
Central y Complejo Jalisco. El volumen de los bienes materia de licitación es el que se señala en los anexos
de la convocatoria.
Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación:
a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 13 de marzo de 2026.
b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 20 de marzo de 2026.
c) Comunicación del fallo: A más tardar el 09 de abril de 2026.
La convocatoria respectiva, fue publicada el día 04 de marzo de 2026, en el Portal de Contrataciones Banxico
(POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/PortalProveedores/
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
BANCO DE MEXICO
SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO
DE INMUEBLES Y GENERALES
LIC. ISMAEL VELAZQUEZ TORRES
FIRMA ELECTRONICA.
ANALISTA DE
CONTRATACIONES
LIC. JOSE ALBERTO SEDANO VINCOURT
FIRMA ELECTRONICA.
Firmado electrónicamente en la Ciudad de México, mediante firma electrónica avanzada con fundamento en
los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo, fracción VIII, del Acuerdo
de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, y en los artículos 2, fracción IX y 6,
primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes
muebles, así como de servicios.
(R.- 573538)
BANCO DE MEXICO
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
No. BM-SAFB-25-0997-2
Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de su Ley, en las Normas del Banco de
México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables,
convoca a todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SAFB-
25-0997-2 con el objeto de adquirir sistemas de extracción de aire y la contratación de los servicios para su
instalación y puesta en marcha. El volumen de los bienes y servicios materia de licitación es de 14.
Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación:
a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 18 de marzo de 2026.
b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 25 de marzo de 2026.
c) Comunicación del fallo: A más tardar el 14 de abril de 2026.
La convocatoria respectiva, fue publicada el día 05 de marzo de 2026, en el Portal de Contrataciones Banxico
(POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/PortalProveedores/
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
BANCO DE MEXICO
SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO
A FABRICA DE BILLETES
ING. MANUEL FLORES ZARZA
FIRMA ELECTRONICA.
ANALISTA DE CONTRATACIONES DE LA OFICINA DE
CONTRATACIONES PARA FABRICA DE BILLETES
LIC. SERGIO IVAN RAMIREZ GOMEZ
FIRMA ELECTRONICA.
Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco
de México; Segundo del Acuerdo de Adscripción de sus Unidades Administrativas, y en los artículos 2,
fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y
arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios.
(R.- 573570)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
183
COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
DIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA: 09
En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad
con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a
participar en la licitación pública nacional, mixta, que a continuación se indica: LPN-CNDH-09-26
Objeto de la licitación
Servicio de seguridad y vigilancia para las regionales
de la CNDH
Volumen de licitación
Se detalla en la convocatoria
Fecha de publicación en: www.cndh.org.mx
10/03/2026
Junta de Aclaraciones
17/03/2026, 11:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones
24/03/2026, 11:00 horas.
Fallo
27/03/2026, 12:00 horas.
El texto de la convocatoria de la licitación se encuentra disponible para consulta y obtención gratuita a través
de
la
página
de
internet
de
la
Convocante
cuya
dirección
electrónica
es
http://appweb.cndh.org.mx/contrataciones/,
que
corresponde
al
vínculo
Unidad
de
Transparencia
/Obligaciones de Transparencia / XIII Contrataciones / “Procedimientos de Adjudicación LAASSP y
LOPYSRM”, o bien en la oficina de la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en: Boulevard Adolfo López
Mateos número 1922, Piso 4, Colonia Tlacopac, C.P. 01049, Demarcación Territorial Alvaro Obregón, Ciudad
de México, teléfono: 1719-2000 ext. 8005 y 8084, del 10 al 23 de marzo de 2026; con horario de 09:00 a 14:00
horas en días hábiles. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos
71 y 90 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Y ENCARGADO
DEL DESPACHO DE LA DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
LIC. RAFAEL ALBERTO CARMONA ARANA
RUBRICA.
(R.- 573602)
AVISO
Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación:
•
Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del
documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias.
•
Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y
firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
•
Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo,
correctamente identificado.
•
Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales
realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico
e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000.
El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de
personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original
y copia simple.
Consideraciones Adicionales:
1.
En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán
presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF:
•
Acta constitutiva de la persona moral solicitante.
•
Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud
acredite su cualidad de representante de la empresa.
•
Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o
representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF.
2.
Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio
fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados
en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026.
3.
No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta
adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de
las instituciones bancarias.
4.
Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
184
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN LA CIUDAD DE MEXICO
CONVOCATORIA: 01
En observación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134, y de conformidad con el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en
materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios, se convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional presencial, para el
servicio de limpieza en los inmuebles de las juntas local y distritales ejecutivas, módulos de atención ciudadana y bodega estatal del Instituto Nacional Electoral en la
Ciudad de México, para el periodo del 01 de abril al 31 de diciembre de 2026, mediante contrato abierto de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública Nacional Presencial
No. de licitación
Costo de
las bases
Junta de aclaraciones
Visita a instalaciones
Presentación de proposiciones y
apertura técnica y económica
LP-INE-JLEMX-01-2026
Sin costo
18/03/2026
10:00 horas
10 al 13, 17 al 19 y 23 al 24 de marzo de 2026
en un horario de 8:30 a 15:30 horas
25/03/2026
10:00 horas
Licitación
Descripción
LP-INE-JLEMX-01-2026
Servicio de limpieza en los inmuebles de las juntas local y distritales ejecutivas, módulos de atención ciudadana y bodega estatal
del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México.
La convocatoria se encuentra disponible para obtención y consulta en la página del Instituto https://www.ine.mx/licitaciones-contrataciones-presenciales/, el acto de
Junta de Aclaraciones y el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se llevarán a cabo de manera presencial en el salón de usos múltiples de la Junta Local
Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, en las horas y fechas citadas en la convocatoria.
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
VOCAL EJECUTIVO
DONACIANO MUÑOZ LOYOLA
RUBRICA.
(R.- 573588)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
185
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya Convocatoria contiene las
bases de participación que se encuentran para consulta y disponibilidad en la página de Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien para consulta en la Subdirección de Procedimientos de
Contratación de la Dirección de Adquisiciones del Tribunal, ubicada en Avenida México No. 710, quinto piso,
Colonia San Jerónimo Lídice, C.P. 10200, Alcaldía La Magdalena Contreras, en la Ciudad de México, teléfono
50-03-70-00, ext. 4232, desde el día 4 de marzo de 2026 de 10:00 a 15:00 hrs., de Lunes a Viernes. No se
utilizará ningún mecanismo de ofertas subsecuentes de descuentos.
Convocatoria Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-32-412-032000001-N-66-2026
Descripción de la Convocatoria
Servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales para
el Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Servicio requerido
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
4 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones
13 de marzo de 2026, 10:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones
20 de marzo de 2026, 11:00 horas
Fallo
25 de marzo de 2026, 17:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LCDA. ARCELIA NUÑEZ JIMENEZ
RUBRICA.
(R.- 573517)
AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MEXICO
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-25-C00-025C00001-N-
18-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación, se encuentra disponible para consulta en
internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calle Agustín Delgado Número 58, Col. Tránsito,
Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06820, Ciudad de México.
Descripción de la Licitación
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DESARMADA
EN LAS UBICACIONES DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA
FEDERAL EN LA CIUDAD DE MEXICO PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2026.
Volumen para adquirir
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria.
Fecha de Publicación en Compras MX
06/03/2026
Visita a las instalaciones
No Aplica
Junta de Aclaraciones
11/03/2026 09:30 horas
Acto de Presentación y
apertura de proposiciones
17/03/2026 09:30 horas
Acto de Fallo
17/03/2026 18:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION
JUAN CARLOS CUMMINGS GARCIA
RUBRICA.
(R.- 573595)
186
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO
SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, FINANZAS Y PLANEACION
ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con los Artículos 40, 41 y 42 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública descrita al
final de este párrafo, cuya Convocatoria contiene las bases de participación la cual se encuentra disponible
para consulta y obtención gratuita en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/ o bien
en: Blvd. Panorámico Cubitos-La Paz N° 407, Col. Adolfo López Mateos, C.P. 42094, Pachuca de Soto,
Hidalgo, Teléfono: (01771)7170225 ext. 3049, en días hábiles de lunes a viernes; con el siguiente horario:
9:00 horas a 16:30 horas.
Licitación Pública Nacional LA-72-037-913055954-N-1-2026
Descripción de la licitación
Materiales y Utiles De Oficina
Volumen a adquirir
Concepto Unico
Fecha de publicación
10 de marzo de 2026
Periodo de obtención de bases
Del 10 al 22 de marzo 2026
Junta de Aclaraciones
13/marzo/2026; 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
23/marzo/2026; 10:00 horas
Fallo
25/marzo/2026; 09:00 horas
Licitación Pública Nacional LA-72-037-913055954-N-2-2026
Descripción de la licitación
Material de Limpieza
Volumen a adquirir
Concepto Unico
Fecha de publicación
10 de marzo de 2026
Periodo de obtención de bases
Del 10 al 22 de marzo 2026
Junta de Aclaraciones
13/marzo/2026; 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
23/marzo/2026; 12:00 horas
Fallo
25/marzo/2026; 10:00 horas
Licitación Pública Nacional LA-72-037-913055954-N-3-2026
Descripción de la licitación
Blancos y Otros Productos Textiles, Excepto Prendas
de Vestir
Volumen a adquirir
Concepto Unico
Fecha de publicación
10 de marzo de 2026
Periodo de obtención de bases
Del 10 al 22 de marzo 2026
Junta de Aclaraciones
13/marzo/2026; 14:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
23/marzo/2026; 14:00 horas
Fallo
25/marzo/2026; 11:00 horas
Licitación Pública Nacional LA-72-037-913055954-N-4-2026
Descripción de la licitación
Material Eléctrico
Volumen a adquirir
Concepto Unico
Fecha de publicación
10 de marzo de 2026
Periodo de obtención de bases
Del 10 al 22 de marzo 2026
Junta de Aclaraciones
13/marzo/2026; 16:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
23/marzo/2026; 16:00 horas
Fallo
25/marzo/2026; 12:00 horas
PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A 10 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION, FINANZAS
Y PLANEACION DE SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO
M.A.P. SINUHE JORGE ALDRETE
RUBRICA.
(R.- 573592)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
187
GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA
DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
La Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración, en cumplimiento a lo establecido en
los artículos 1, 32, 34 y 44 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 27 segundo y cuarto
párrafo y 33 del Reglamento de la citada Ley, convoca a los interesados en participar en el procedimiento de
Licitación Pública Nacional a que hace referencia este resumen, cuya convocatoria se encuentra disponible
para su consulta en la página https://www.oaxaca.gob.mx/administracion/licitaciones/, a partir de esta misma
fecha, cuya información es:
Número de Licitación: LPN-SA-DG-0006-03/2026
Objeto de la contratación
Contratación de los servicios de mantenimiento y
reparación de tres aeronaves, dos de ala fija y una de ala
rotativa propiedad del Gobierno del Estado de Oaxaca,
mediante la celebración de un contrato abierto, solicitado
por la Dirección General del Hangar Oficial del Gobierno
del Estado
Junta de aclaraciones
12/03/2026 a las 14:00 horas
Recepción y apertura de propuestas
17/03/2026 a las 14:00 horas
Notificación de fallo
A más tardar el 27/03/2026
Volumen a contratar
Servicio
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
“EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
TLALIXTAC DE CABRERA, OAXACA, A 10 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES
LIC. SARA ZARATE SANTIAGO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573565)
085X17 - INSTITUTO DE CAPACITACION PARA
EL TRABAJO DEL ESTADO DE SONORA
(ICATSON)
RESUMEN DE CONVOCATORIA CONV. 001
Licitación pública NACIONAL, con forma de participación ELECTRONICA de conformidad con la LEY DE
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los
interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-85-X17-926027964-N-1-2026, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calle Paseo Río Sonora No. 173, Col. Proyecto Río
Sonora, C.P. 83270, en Hermosillo, Sonora, teléfono 662-2109108, en horario de 9:00 a 14:00.
Nombre del Procedimiento de contratación
“SERVICIO DE SUMINISTRO Y CONTROL DE
COMBUSTIBLES PARA VEHICULOS AUTOMOTORES
TER
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
2 de Marzo de 2026 a las 17:03
Fecha y hora de junta de aclaraciones
11 de Marzo de 2026 a las 13:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
18 de Marzo de 2026 a las 13:00
Fecha y hora de fallo
20 de Marzo de 2026 a las 13:00
10 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL
LIC. MANUEL EDUARDO GALLEGOS SALGADO
RUBRICA.
(R.- 573551)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
188
SERVICIOS DE SALUD DE YUCATAN
DIRECCION DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA 04
Los Servicios de Salud de Yucatán, por conducto de la Dirección de Administración, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los
interesados, a participar en las licitaciones que enseguida se enlistan cuya convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y será gratuita.
Licitación Pública Nacional LA-90-Y95-931007985-N-17-26
Descripción de la licitación
Relativa a la adjudicación del contrato para la prestación del servicio de vigilancia y limpieza para
los Servicios de Salud de Yucatán.
Volumen para adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en ComprasMX
10/03/2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026, 11:00 horas.
Visita a instalaciones
No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026, 11:00 horas.
Licitación Pública Nacional LA-90-Y95-931007985-N-19-26
Descripción de la licitación
Relativa a la adjudicación de contratos para la adquisición de material de ortopedia (osteosíntesis
y endoprótesis) para los hospitales de los Servicios de Salud de Yucatán
Volumen para adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en ComprasMX
10/03/2026
Junta de aclaraciones
18/03/2026, 13:00 horas.
Visita a instalaciones
No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones
25/03/2026, 13:00 horas.
MERIDA, YUC., A 10 DE MARZO DE 2026.
SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE YUCATAN
DRA. JUDITH ELENA ORTEGA CANTO
RUBRICA.
(R.- 573550)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
189
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan
M8-OJ1
Juicio de Amparo 798/2024
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 798/2024, promovido por Daisy Yolanda Sánchez Sánchez con
el carácter de Procuradora Fiscal del Estado dependiente de la Secretaría de la Hacienda Pública del
Gobierno del Estado de Jalisco, actuando en representación de dicha Secretaría y de Miguel Ángel Ruvalcaba
quien tiene el cargo de Director de Gastos de Operación y de Obra dependiente de la Secretaría en comento,
con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la
Ley de Amparo, se ordena emplazar por este medio a la tercera interesada México Fun, Sociedad de
Responsabilidad Limitada de Capital Variable, quien deberá presentarse por conducto de quien legalmente la
represente para que, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última
publicación, a este Juzgado de Distrito para hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibida que de
no hacerlo, se seguirá el procedimiento en sus en sus etapas, haciéndose las subsecuentes notificaciones por
lista, que se fije en los estrados de este Juzgado, en términos de lo dispuesto en los artículos 26, fracción III, y
27, fracción III, de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la
demanda de amparo.
PARA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN.
Atentamente
Zapopan, Jalisco, 09 de febrero de 2026.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Cintli Libertad Gutiérrez Rayas
Rúbrica.
(R.- 573562)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Juicio de Amparo 2135/2024
EDICTO.
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México.
En el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, se encuentra radicado el
juicio de amparo 2135/2024, promovido por José Luis del Valle Ojeda, por propio derechos, contra actos de la
Junta Especial “H”, antes Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, en el
juicio laboral 534/2003; sumario constitucional en el que con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso
c), de la Ley de Amparo, en relación con el 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares,
de aplicación supletoria, por auto de quince de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar a juicio a
los terceros interesados Servicios Administrativos Pegaso, S.C. y Deportivo ATL 1916, sociedad anónima de
capital variable, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles en
el Diario Oficial de la Federación, edictos a cargo del erario federal, en el entendido de que los referidos
terceros interesados deberán comparecer a juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del
siguiente al de la última publicación, por apoderado y/o quien tenga facultades que pueda representarlos.
Ciudad de México, trece de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Estefania Carrillo Gómez
Rúbrica.
(R.- 572686)
190
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 814/2025-IV, promovido por José Rafael Sánchez Guerra,
contra la sentencia de veintiuno de mayo de dos mil veintiuno, pronunciada por el Primer Tribunal de
Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca penal
88/2021, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a la parte tercera interesada Efa Soluciones
Abogados, Sociedad Civil, por conducto de quien la represente, con fundamento en el artículo 27,
fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a la parte tercera interesada Efa Soluciones Abogados,
Sociedad Civil, por conducto de quien la represente, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días
naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse ante este
tribunal, en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación;
apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter
personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 572436)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 722/2025-II, promovido por Mario Alberto Castro Hernández,
defensor particular Jocelyn Gabriela Jiménez Alonso, contra la sentencia de veintisiete de junio de dos mil
veinticinco, dictada por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de México, en los autos del toca 115/2025, de su índice, en virtud de que no se ha
emplazado a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de
Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente,
emplácese a juicio a la tercera interesada Susana Moreno de León, publicándose por TRES veces, de SIETE
en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación
en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá
presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación;
apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal
se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 573104)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado
Xalapa-Equez, Veracruz
EDICTO.
HIPOTECARIA NACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA
DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER
En los autos del Juicio de Amparo número 345/2025-II-B, formado con motivo de la demanda de
amparo promovido por Sofía Sosa Castellanos, en la que se señaló como acto reclamado “La omisión
de dar respuesta a su solicitud de veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, presentada ante la
autoridad responsable el cuatro de julio de dos mil veinticuatro y respecto a su ampliación de la
demanda de amparo, respecto al acto reclamado consistente en: el oficio RPPX/2741/2024, de seis de
junio de dos mil veinticinco, por el cual se le negó la cancelación del gravamen respecto del inmueble
de su propiedad”, la Jueza Decimoquinta de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en esta
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
191
ciudad, ordenó emplazarlo por medio de EDICTOS, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete
días, en el “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN”, “EXCELSIOR” Y “DIARIO DE XALAPA”, así como los
ESTRADOS de este órgano jurisdiccional, haciéndole saber que está a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado la copia simple de la demanda de amparo; que tiene expedito su derecho para comparecer a este
órgano jurisdiccional a deducir sus derechos si a sus intereses conviene, dentro de un término de treinta
días hábiles, contados del día siguiente al de la última publicación, si pasado este término, no comparece por
sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se seguirá el juicio, practicándole las siguientes
notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista de acuerdos que se fijan en los estrados de
este juzgado; de igual forma, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se celebrará el día
TRECE DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS A LAS NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS.
Atentamente
Xalapa, Ver., a 09 de febrero de 2026.
La Secretaria del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Veracruz
Scarlett Serrano Ávila
Rúbrica.
(R.- 573090)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.C. 312/2025-II, promovido por Yolanda Nicolás Hernández y
otros, contra la sentencia de ocho de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por la Primera Sala Colegiada
Familiar de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca 536/2024,
de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a los terceros interesados, con fundamento en el artículo
27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a los terceros interesados Fabiola Nicolás Hernández y
José Alfredo González López, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario
Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado
edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA
DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este
juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija
en los estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 573107)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 458/2025, promovido por Raúl Omar Avalos Lazo, contra actos
de la Primera Sala Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, se ordenó emplazar por edictos a
los terceros interesados de iniciales E.A.M.M.M. y G.G.R., el cual se publicará por tres veces de siete en siete
días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y se
les concede un término de treinta días contados a partir de la última publicación para que comparezcan a
juicio a hacer valer sus derechos y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad,
apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por
medio de lista.
Atentamente
Ciudad de México a 06 de febrero de 2026.
Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Lic. José Alberto Rodríguez Rivera
Rúbrica.
(R.- 573110)
192
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
EDICTO.
Por auto de cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar a la tercera interesada José
Ángel Mejía Segura, mediante edictos, publicados por tres veces, de siete en siete días, para que comparezca
a este Juzgado dentro del término de treinta días a partir del siguiente al de la última publicación; quedando a
su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo relativa al juicio de amparo
1921/2025, promovido por Eva Lissette Turrubiates Montalvo, por conducto de su apoderado legal Víctor
Manuel Rodríguez Gutiérrez, contra actos de la Junta Especial Número Once de la Federal de Conciliación y
Arbitraje; se le informa que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida
de que no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, sin ulterior acuerdo, se le harán por medio
de lista que se publica en este órgano jurisdiccional, conforme al artículo 26 de la Ley de Amparo.
Atentamente
Ciudad de México, a cuatro de diciembre de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Manuel Vizcarra Núñez
Rúbrica.
(R.- 513173)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
Juicio de amparo: D.P. 186/2025
Quejoso: CRISTO YOBANI Y/O YOVANI RAMÍREZ RAMOS
Tercero interesado: PERSONA DE IDENTIDAD RESGUARDADA IDENTIFICADA CON LAS SIGLAS
G.R.G.
Se hace de su conocimiento que CRISTO YOBANI Y/O YOVANI RAMÍREZ RAMOS, promovió amparo
directo contra la resolución de doce de diciembre de dos mil diecisiete, dictada en el toca de apelación
100/2017, por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de México; y en virtud de que no fue posible emplazar al tercero interesado, con
fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a juicio a la PERSONA DE IDENTIDAD RESGUARDADA
IDENTIFICADA CON LAS SIGLAS G.R.G., por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE
días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana; haciéndoles saber, que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a
partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibido que de no comparecer en este
juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le realizarán mediante lista que se fija
en los estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe.
Atentamente
Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito
Lic. Pablo García de Alba Tapia
Rúbrica.
(R.- 573174)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Juicio de Amparo Indirecto 141/2024
EDICTO.
Al margen del escudo nacional que se advierte en la parte superior izquierda de esta foja y en la Ciudad de
México, a los trece días del mes de febrero de dos mil veintiséis; dentro de los autos del juicio de amparo
número 141/2024, promovido por JOSÉ ARMANDO AGUILAR COLIN, únicamente en su carácter de albacea
de la sucesión intestamentaria a bienes de MARIO LEOBARDO AGUILAR COLIN, también conocido como
MARIO AGUILAR COLIN, contra actos del JUEZ Y ACTUARIO ADSCRITOS AL JUZGADO PRIMERO DE LO
CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y OTRAS AUTORIDADES; no
se cuenta con el domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazada la moral tercera interesada
MAGOCHI INMOBILIARIA Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en consecuencia,
se ha ordenado emplazarla por medio de edictos; ello, con fundamento en lo previsto por el artículo 315 del
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
193
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo que se le hace
de su conocimiento que queda a su disposición, en la Actuaría de este Juzgado Sexto de Distrito en Materia
Civil en la Ciudad de México, copia simple de la demanda respectiva; asimismo, se le hace de su
conocimiento que cuenta con un término de treinta días hábiles, que se computarán a partir de la última
publicación de los edictos de mérito, para que comparezca ante este órgano de control constitucional ya sea
de manera personal, o incluso, por escrito a hacer valer sus derechos si a su interés conviene y se sirva
señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México; apercibido de que en caso de no
hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos
que se publica en este órgano jurisdiccional.
Atentamente
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Yamir Cruz Martínez
Rúbrica.
(R.- 573108)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
A LA TERCERA INTERESADA MARICELA DÍAZ DÍAZ
Se hace de su conocimiento que Carlos Montejo Díaz, promovió juicio de amparo directo en contra de la
resolución de veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, dictada por la autoridad responsable Segunda Sala
Regional Colegiada en Materia Penal, Zona 01, Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con
residencia en esta ciudad, en el toca 143-B-2P01/2017. Asimismo, la demanda fue registrada con el número
de amparo directo 818/2025, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del
Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Lo que se comunica a usted para su
emplazamiento al juicio de amparo, por lo que queda a su disposición en el Tribunal en cita una copia de la
demanda, así también para que dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente
al en que surta efectos la notificación, formule alegatos o promueva amparo adhesivo, si así conviniere
a sus intereses.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito
Luis Antonio Galeazzi Sol
Rúbrica.
(R.- 573209)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTOS
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, dictado en el juicio
de amparo 901/2025-I, promovido por Eréndira Berenice López Gutiérrez, apoderada legal de la quejosa
“COMPROMISO QUE SUMA VALOR, S.A.P.I. DE C.V., S.O.F.O.M., E.N.R.”, contra el acto del “Magistrado
Unitario Licenciado Jorge Ponce Martínez, adscrito a la Novena Sala Penal del Tribunal Superior de
Justicia de la Ciudad de México” y otra autoridad, consistente en la resolución de diez de septiembre de
dos mil veinticinco, dictada en el toca penal USA 236/2025; con fundamento en el artículo 27, fracción III,
inciso b), de la Ley de Amparo, se ordena el emplazamiento a juicio de la tercero interesada INMOBILIARIA
RAYBACK S.A. DE C.V., por edictos, los cuales, se deberán publicar por tres veces de siete en siete días en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para el
efecto de que comparezcan ante este Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México,
por sí, o por apoderado que pueda representarlo, en el término de treinta días contados a partir del día
siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición en la Secretaría correspondiente las copias de
traslado; apercibido que en caso de no presentarse dentro del término establecido para ello, se tendrá por
hecha la notificación en su entero perjuicio.
Ciudad de México a, 9 de febrero de 2026.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Lic. Alejandro Lucero Hernández
Rúbrica.
(R.- 573250)
194
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número D.C. 321/2025 promovido por ZURICH FIANZAS MÉXICO,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su apoderado Jorge Alejandro
Villavicencio Cuevas, contra actos de la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad
de México, se ordenó notificar por edictos a los terceros interesados GRUPO HIDRÁULICO ALAS,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; HÉCTOR ODÍN GUERRERO OROPEZA; y, SERGIO
ARTURO SERRANO ASCENCIO, a quienes se les concede un término de treinta días contados a partir de la
última publicación para que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señalen domicilio para oír y
recibir notificaciones en esta ciudad; apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de
carácter personal, se practicaran por medio de lista.
Atentamente
Ciudad de México, a 10 de febrero de 2026.
Secretaria de Tribunal
Lic. Murcia Justine Ruiz González
Rúbrica.
(R.- 573286)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
Tercera Interesada
Yazmín Mayuc Olvera Domínguez
En el juicio de amparo 412/2025, promovido por JULIO CÉSAR CASTRO ÁLVAREZ, contra el acto que
reclama a la Tercera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México y
otra autoridad; al tener el carácter de tercera interesada y desconocerse su domicilio actual; por tanto, con
fundamento en la fracción III, inciso b), párrafo segundo, del artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su
emplazamiento al juicio mencionado por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, y se le hace saber
que cuenta con el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos para que
ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrán hacerlo por conducto de su apoderado,
apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le practicaran por lista que se publica en este
Juzgado de Distrito.
Ciudad de México, a dieciséis de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
María Fernanda Zaragoza Gómez
Rúbrica.
(R.- 573414)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
A.D.C. 390/2025
EDICTOS
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
JUICIO DE AMPARO DIRECTO 390/2025
QUEJOSA: CATDF, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.
EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO HUGO DE JESÚS PELAYO GARCÍA.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de veintiocho de enero de dos mil veintiséis, y con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, procédase a citar, notificar y emplazar al tercero interesado
Hugo de Jesús Pelayo García, por medio de edictos los cuales se publicarán por tres veces, de siete
en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
195
esta ciudad, haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá comparecer dentro del término
de treinta días, contados del día siguiente al de la última publicación, ante este tribunal colegiado, a
defender sus derechos, quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal,
copia de la demanda de amparo relativa al expediente A. D. C. 390/2025, promovido por CATDF,
Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, por conducto de su síndico Samuel
Ricardo Egure Lascano, contra el acto que reclama de la Jueza Décimo Tercero de Distrito en Materia
Civil en la Ciudad de México, consistente en la sentencia dictada el dieciséis de mayo de dos mil
veinticinco, en el expediente 3/2022, lo que se hace de su conocimiento, para los efectos legales a que
haya lugar.
Ciudad de México, a veintinueve de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Juan Carlos Díaz y Fuentes
Rúbrica.
(R.- 573175)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
“En el juicio de amparo 1398/2025-4, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo,
promovido por Iván Elihut Vizuet Reyes, contra actos que reclama del Juez Primero Penal en Materia de
Ejecución de Sanciones Penales en el Estado de Hidalgo y otras autoridades; se dictó acuerdo por el que se
ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercero interesado Saúl Sánchez
Agis, a quien se hace del conocimiento que en el índice de este Juzgado se encuentra radicado el juicio de
amparo mencionado, en el que se señaló como acto reclamado: la orden de reaprehensión librada en la
carpeta de ejecución 215/2017; resultando que asiste el carácter de tercero interesado a Saúl Sánchez Agis
quien deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última
publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en
la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el
apercibimiento que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, sin
necesidad de realizar ulterior acuerdo, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste
órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por
todo el tiempo de emplazamiento.”
Atentamente
Pachuca, Hidalgo, veintisiete de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Ana Elvia Pérez Zamudio
Rúbrica.
(R.- 573415)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de México
Naucalpan de Juárez
Diario Oficial
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la
Federación, Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de
Juárez. A: treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. En el juicio de amparo 174/2023-V-B, promovido
por Fernando Schwart Ruiz, se ordenó emplazar a la tercera interesada Flor Lucero Rebollar Arriola,
representante del menor de identidad reservada con iniciales I.F.S.R, para que si a su interés conviene,
comparezca a ejercer los derechos que le correspondan en el juicio de amparo citado, en el que se señaló
como acto reclamado la resolución de veinte de enero de dos mil veintitrés, dictada en el toca de apelación
745/2022 del índice del Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Tlalnepantla, Estado de México.
Se le hace de conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra fijada para las nueve horas con
cincuenta minutos del tres de febrero de dos mil veintiséis, la cual se diferirá hasta en tanto el expediente esté
debidamente integrado. Teniendo 30 días hábiles para comparecer a partir de la última publicación.
Queda a su disposición copia de la demanda.
El Secretario
Giovanni Rodríguez Martínez
Rúbrica.
(R.- 573418)
196
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
EDICTO.
Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de
Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Liliana Verónica Macías Martínez en el juicio de amparo número
299/2025-V-B, promovido por Carlos Alejandro Pérez García, José Inés Hernández Vargas, Jarol
Fernando Moreno Altamirano, Juan Manuel Cruz Soto e Iván Oswaldo Ramírez Loza, contra actos de la
Jueza Penal de Control adscrita al Primer Circuito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo, y otra
autoridad., se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso c) de
la Ley de Amparo a la tercera interesada Liliana Verónica Macías Martínez. Queda en la Secretaría del
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, y se le hace del conocimiento que
de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la
Ley de Amparo, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo
de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se le
requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones,
aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de
Distrito, y se pública en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, y que si pasado ese término
de treinta días no comparece, se seguirá el juicio 299/2025-V-B.
Atentamente
Pachuca de Soto, Hidalgo, treinta de diciembre de dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Allan González Hernández
Rúbrica.
(R.- 573420)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Pachuca, Hgo.
EDICTO
TERCERAS INTERESADAS: ADRIANA AGUILAR MARTÍNEZ Y LILIA VANNESA CORONA MARTÍNEZ.
En el lugar en que se encuentre, hago de su conocimiento lo siguiente:
En acatamiento al acuerdo de quince de diciembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo
directo penal 584/2025, del índice de este Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, en el
Estado de Hidalgo, promovido por Julia Arteaga Sánchez, contra actos de la Sala Colegiada del Sistema
Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, que se hace consistir en la
resolución de trece de diciembre de dos mil veintitrés, dictada en el toca penal 179/2023; juicio de amparo en
el cual fueron señaladas como terceras interesadas y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por
ignorarse su domicilio actual, a fin de que se encuentren en aptitud de comparecer al juicio de amparo directo
referido, a efecto de que se apersonen al mismo y además señalen domicilio dentro de la residencia de este
órgano colegiado; apercibidas que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter
personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal colegiado, en el entendido
que se dejan a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo, en la secretaría de este órgano
jurisdiccional. Se hace de su conocimiento que deben presentarse dentro del término de treinta días, contado
a partir del siguiente al de la última publicación.
Pachuca de Soto, Hidalgo, cinco de enero dos mil veintiséis.
Secretario de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Fernando Pérez Ortega
Rúbrica.
(R.- 573430)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Puente Grande, Jal.
EDICTO
Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Segundo de
Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Puente Grande, Jal.
En acatamiento al acuerdo de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, del juicio de amparo 326/2024-IV del
índice del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, promovido por Thomas
Benito Mercado Valencia, contra actos del Agente del Ministerio Público adscrito a la Agencia 04 de la Unidad
de Investigación contra Robo de Vehículos de la Fiscalía Ejecutiva de Investigación Criminal del Estado de
Jalisco y otras autoridades, de quienes reclamó la negativa de la devolución del vehículo marca Ford, tipo
Focus Europa, modelo 2011, color blanco nieve, número de serie WF0AP3XH3B1130054, motor hecho en
España, placas XWW123-A, del estado de Tlaxcala, decretado en la carpeta de investigación 40412/2023.
Juicio de amparo en el cual José Salas Aguiñaga, fue señalado como tercero interesado y se ordena su
emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 30, fracción II de la
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
197
Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la
materia, a efecto de que se apersone al mismo y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta
ciudad, apercibido que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se le harán por medio
de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito, en el entendido que se deja a su disposición la
copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado; hágase del
conocimiento que se fijaron las doce horas con treinta y cuatro minutos del veinticinco de febrero de dos mil
veintiséis, para la audiencia constitucional. Se le informa que debe presentarse dentro del término de treinta
días, contado a partir del siguiente al de la última publicación.
Atentamente
Puente Grande, Jalisco, 04 de febrero de 2026.
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Lic. José García Franco
Rúbrica.
(R.- 573182)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero,
con sede en Acapulco
EDICTO
CITACIÓN PARA LA PERSONA INTERESADA -JURÍDICAMENTE-.
Acapulco de Juárez, Guerrero, a once de febrero de dos mil veintiséis, en cumplimiento a lo ordenado el
día de la fecha, en los autos de la declaratoria de abandono 19/2025, la Agente del Ministerio Público Federal,
en relación a la carpeta de investigación FED/GRO/IGUA/0000463/2023, solicitó audiencia de declaratoria de
abandono de un vehículo marca Chevrolet, tipo vehículo de pasajeros, modelo Chevy, color azul, con placas
de
circulación
NRV-25-80,
del
Estado
de
México,
con
número
de
identificación
vehicular
3G1SF2429XS214267, que corresponde a un vehículo de origen nacional, año modelo 1999 por lo que se
señalaron las DIEZ HORAS DEL DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS, para celebrar la audiencia
peticionada, la cual será presidida por el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, en la
sala de audiencias de este Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero, sito en Boulevard de
las Naciones número 640, colonia Granjas del Marqués, edificio C, tercer piso, código postal 39890, en esta
ciudad; en el entendido que deberá comparecer identificado, por lo menos con treinta minutos de anticipación.
Atentamente
Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero
Óscar Díaz Galindo
Rúbrica.
(R.- 573431)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez
EDICTO:
INGRID DANIELA ROQUE SÁNCHEZ (TERCERA INTERESADA)
En el juicio de amparo directo 344/2024 promovido por Onésimo Blanco Vidal, solicitó el amparo y
protección de la Justicia Federal, contra el acto que reclamó a la Primera Sala Regional Colegiada en Materia
Pernal, Zona 01 Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, con sede en esta ciudad; el
acto reclamado es la sentencia de diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro, dictada en el toca penal
227-B-1P01/2016, en la que confirmó la sentencia emitida por el Juez de la causa penal 1411/2014, por el
delito de abuso sexual; por tanto, de conformidad con el artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo, en
relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena
emplazarla mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario
Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciéndole saber que deberá
presentarse dentro del término de treinta días, contado del siguiente al de la última publicación, ante este
Tribunal Colegiado a defender sus derechos.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 11 de febrero de 2026.
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito
María Fernanda Burguete Brindis
Rúbrica.
(R.- 573440)
198
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO.
JUICIO DE AMPARO 891/2024.
Emplazamiento a los terceros interesados:
Alberto Serrano López y Norma Gladys Estrada Novoa
En el juicio de amparo 891/2024, del índice del juzgado al rubro citado, promovido por Edson Arturo
Acosta Castelán, contra actos del Juez Décimo Tercero de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la
Ciudad de México, en el que se reclama la resolución de veinticinco de junio de dos mil veinticuatro, a través
de la cual, la autoridad responsable declaró infundado el recurso de revocación interpuesto en contra de la
interlocutoria de quince de mayo anterior, en el expediente 117/2019.
Debido a que no se pudo obtener un domicilio en donde localizar a Alberto Serrano López y Norma Gladys
Estrada Novoa, por auto de quince de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazarlo por medio de
edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y
en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, esto es, que entre cada una de las
publicaciones mediarán seis días hábiles para que la siguiente publicación se realice el séptimo día hábil; por
lo que se hace de su conocimiento que deberá presentarse a esta instancia constitucional dentro del plazo de
treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación apercibido que de no hacerlo en
dicho término y omita designar domicilio procesal en la jurisdicción de este juzgado, se le harán las ulteriores
notificaciones aún las de carácter personal, por medio de lista.
Atentamente
Ciudad de México, quince de enero de dos mil veintiséis.
La Secretaria
Dalma Nayely Terrero Hernández
Rúbrica.
(R.- 572949)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco
EDICTO
En términos de los artículos 2º, 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se emplaza al tercero interesado Cristian Eduardo Quiñones
Verduzco, en el juicio de amparo 1500/2024-III y su acumulado 1506/2024-III, promovido por el quejoso
Jorge Azcárraga García, contra actos del Presidente de la Cuarta Junta Especial de la Local de Conciliación y
Arbitraje del Estado de Jalisco y otras autoridades, consistentes en la orden de embargo sobre bienes de su
propiedad y su correspondiente ejecución (remate, orden de adjudicación y/o, escrituración e inscripción
a favor de terceros), así como el Ilegal emplazamiento en el juicio laboral 777/2022 y todo lo actuado en el
mismo, por lo que se inició a trámite dicho juicio de amparo, del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en
Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco.
En esa virtud y por desconocer su domicilio, se le emplaza a juicio por medio del presente edicto, a cuyo
efecto la fotocopia de la demanda de amparo queda a su disposición en la secretaría y se le hace saber que:
deberá presentarse ante este órgano judicial, dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente
al de la última publicación de este edicto, en el edificio X4, nivel 3, de la Ciudad Judicial, ubicada en Av.
Periférico Poniente Manuel Gómez Morín número 7727, Fraccionamiento Cerro del Colli Cd. Judicial,
municipio de Zapopan, Jalisco, a promover lo que a su interés estime pertinente.
Deberá señalar domicilio en la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jalisco, para recibir notificaciones
personales, apercibido de que incumplir, las ulteriores se le harán por medio de lista, que se fije en los
estrados de este tribunal y, la audiencia constitucional se ha señalado para las nueve horas con cincuenta y
cinco minutos del diez de marzo de dos mil veintiséis.
Así lo proveyó y firma la Jueza María de los Ángeles Estrada Sedano, titular del Juzgado Séptimo de
Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, ante el secretario Víctor Francisco Chávez Romero,
que autoriza y da fe.
Atentamente
Zapopan, Jalisco, a nueve de febrero de 2026.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco
Víctor Francisco Chávez Romero
Rúbrica.
(R.- 573099)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
199
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS.
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL
EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
Tercera Interesada (emplazamiento): María de la Luz Morales Mora.
Presente:
En los autos del juicio de amparo 1301/2025-V promovido por Raúl Prado Ontiveros, contra los actos que
reclama del Juez Cuadragésimo Cuarto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad
de México, del Director General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de
México y del Actuario adscrito al Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial
de Nezahualcóyotl, con residencia en Chimalhuacán, Estado de México; en auto de veintinueve de
octubre de dos mil veinticinco, se admitió la demanda de amparo, y no obstante la investigación infructuosa
del domicilio de la tercera interesada; en auto de tres de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó se le
emplace por EDICTOS, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de este juzgado de distrito,
dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, y deberá
señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibida que para el caso de no hacerlo le
surtirán efectos por medio de la lista que se fije en los estrados de este juzgado.
Atentamente
Ciudad de México, a diez de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Licenciada Yuriko de los Santos Álvarez
Rúbrica.
(R.- 573109)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Ciudad de México
12
EDICTO
En el juicio de amparo directo D.C. 17/2026, promovido por Axel Gutiérrez Suárez, por conducto de su
mandatario judicial Miguel Montes De Oca Graue, contra la sentencia definitiva de seis de noviembre de dos
mil veinticinco, dictada por la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el
toca 1053/2025/01, se dictó un auto que en síntesis ordena:
“Ciudad de México, veintisiete de enero de dos mil veintiséis.
(…)
con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, se ordena emplazar por
medio de edictos a la parte tercera interesada Fraccionadora Cafetales, sociedad anónima de capital variable,
a costa de la parte quejosa, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario
Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación nacional; (…)
(…)
Finalmente, en los edictos que se elaboren para emplazar a la parte tercera interesada Fraccionadora
Cafetales, sociedad anónima de capital variable, hágasele saber que deberá acudir al juicio en un plazo de
treinta días contados a partir del siguiente a la última publicación, una vez hecho lo anterior o transcurrido ese
plazo, contará con el término de quince días para formular alegatos o presentar amparo adhesivo, ante este
Tribunal Colegiado, lo anterior con fundamento en los artículos 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles y 181 de la Ley de Amparo.
(…)”
La Secretaria del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Yazmín Giselle Osorio Lecona
Rúbrica.
(R.- 573241)
200
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
"En el juicio de amparo 873/2025-4, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo,
promovido por José Eduardo Pérez Garrido, contra actos que reclama del Tribunal Laboral del Poder Judicial
del Estado de Hidalgo; se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el
emplazamiento de los terceros interesados 2) Odisa, Ingeniería Americana, S.A. de C.V. y 3) Odisa Concrete
Equipment, S.A. de C.V., a quien se hace del conocimiento que en el índice de este Juzgado se encuentra
radicado el juicio de amparo mencionado, en el que se señaló como acto reclamado: la resolución de ocho de
abril de dos mil veinticinco, relativa a la aceptación de competencia dentro del expediente 499/2025;
resultando que asiste el carácter de tercero interesado a 2) Odisa, Ingeniería Americana, S.A. de C.V. y 3)
Odisa Concrete Equipment, S.A. de C.V., quien deberá presentarse dentro del término de treinta días,
contados a partir del día siguiente al de la última publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer
los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir
notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las subsecuentes
notificaciones, aún las de carácter personal, sin necesidad de realizar ulterior acuerdo, se le harán por medio
de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este
Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento."
Atentamente
Pachuca, Hidalgo, veintisiete de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Ana Elvia Pérez Zamudio
Rúbrica.
(R.- 573410)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
EDICTO.
Juicio de Amparo 326/2025-VI-A.
Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de
Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Francisco García Cruz y María Velázquez Pelayo (víctimas directas e
indirectas), por si y en representación de Lizbeth García Velázquez, en el juicio de amparo número 326/2025-
VI-A, promovido por Mariano Ángeles Cruz, por propio derecho, contra actos de la Sexta Sala Unitaria del
Sistema Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, se ordenó emplazar
por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo a los terceros
interesados Francisco García Cruz y María Velázquez Pelayo (víctimas directas e indirectas), por si y en
representación de Lizbeth García Velázquez. Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el
Estado de Hidalgo, copia de la demanda, para que comparezca a través de su representante legal, si a su
interés conviniere, y se le hace de conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2º,
deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo de treinta días
contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se le requiere para
que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de
carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado de distrito, así
como en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, y que si pasado ese plazo de treinta días
no comparece, se seguirá el juicio 326/2025-VI-A.
Atentamente
Pachuca de Soto, Hidalgo, diecinueve de diciembre del dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Gustavo López Maldonado
Rúbrica.
(R.- 573424)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
201
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
EDICTO
Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de
Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Héctor Pérez H., en el juicio de amparo número 1590/2024- VII y su
acumulado 1166/2025, promovido por José Vicente Elizalde Cortes, por propio derecho, contra actos de Junta
Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Hidalgo, se ordenó emplazar por medio de edictos como lo
establece el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo a la tercera interesada Héctor Pérez H.
Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, para
que comparezca si a sus intereses conviniere, y se le hace de conocimiento que de conformidad con el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por
disposición expresa de su numeral 2º, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de
Hidalgo, dentro del plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del
presente edicto.
Asimismo, se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los
estrados de este Juzgado de Distrito, y que si pasado ese plazo de treinta días no comparece, se seguirá el
juicio 1590/2024-VII y su acumulado 1166/2025.
Atentamente
Pachuca de Soto, Hidalgo, veinte de octubre del dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Andrés Vladimir Cantinca Hernández
Rúbrica.
(R.- 573427)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A
VEINTITRES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 1148/2024-VI, PROMOVIDO POR QUETZALLI
QUIAHUITL HERNÁNDEZ CARRILLO, POR PROPIO DERECHO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ TERCERO
DE PRIMERA INSTANCIA FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CONGRESO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO; CON FECHA VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO, SE DICTÓ UN AUTO POR EL
QUE SE ORDENA EMPLAZAR AL TERCERO INTERESADO JONATHAN MARTÍNEZ MARTÍNEZ, POR
MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, Y EN UN PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTA
CIUDAD, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO
DE TREINTA DÍAS CONTADOS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTÚE LA ÚLTIMA
PUBLICACIÓN, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICIÓN, COPIA SIMPLE DE LA
DEMANDA DE AMPARO Y DEMÁS ANEXOS EXHIBIDOS, APERCIBIDA QUE DE NO APERSONARSE AL
PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARÁN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO
ARTÍCULO 27, FRACCIÓN III, INCISO B) DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, POR AUTO DE VEINTE DE
FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, SE SEÑALARON LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL
DÍA DIECISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA
CONSTITUCIONAL. EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACIÓN
202
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
SUCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALÓ COMO ACTO
RECLAMADO:
DE
LA
AUTORIDAD
RESPONSABLE
DENOMINADA
COMO
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
LA PROMULGACION Y EXPEDICIÓN DE LOS ARTÍCULOS 61, 62 Y 73 DEL CODIGO DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y DEL JUEZ TERCERO FAMILIAR DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, RECLAMO LOS PROVEÍDOS DE
VEINTITRÉS DE AGOSTO Y NUEVE DE OCTUBRE, AMBOS DE DOS MIL VEINTICUATRO EN EL
EXPEDIENTE 3153/2024.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Jose Luis López Tlatenco
Rúbrica.
(R.- 573425)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz,
sito en Boca del Río
“2026, Año de Margarita Maza Parada”
EDICTO
TERCERO INTERESADO:
1. José Luis García Saldaña
En los autos del juicio de amparo indirecto 1020/2025-II, del índice de este Juzgado Quinto de Distrito en
el Estado de Veracruz, con sede en Boca del Río, Rosana García Saldaña, demandó el amparo y protección
de la Justicia Federal contra actos de la 1. Sala Segunda Unitaria "A" en Materia Civil del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de Veracruz, con sede en Xalapa y otra autoridad. De quienes reclama: la sentencia
dictada en el toca 1039/2025 del orden cronológico de la Sala Unitaria "A" en Materia Civil del Tribunal
Superior de Justicia del Estado de Veracruz, en Xalapa, a través de la cual resolvió la apelación interpuesta
por el hoy tercero interesado José Luis García Saldaña en contra de la porción emitida en la audiencia de
veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, por la cual designó como albacea a la ahora quejosa
Rosana García Saldaña en el expediente 726/2025 del índice del Juzgado Cuarto de Primera Instancia
de Veracruz, Veracruz. Determinando modificar la determinación adoptada en dicha diligencia relativa a la
designación de albacea.
En proveído de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, con fundamento en los artículos 27, fracción III,
inciso b), párrafo segundo de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria -conforme al numeral 2 de la Ley de la materia-, se ordenó emplazar por este medio a la
parte tercera interesada [1. José Luis García Saldaña]. A quien se le hace saber que puede apersonarse a
juicio dentro del término de treinta días hábiles contado a partir del día siguiente al en que surta sus
efectos la última publicación que se haga por edictos. Dejándose a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio, para los efectos legales a que haya
lugar. En el entendido que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad o en
la conurbada de Veracruz. Apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter
personal, se realizarán por lista de acuerdos. Salvo que con posterioridad decida hacer el señalamiento
respectivo para lo cual conserva expedito su derecho. Fenecido ese lapso, se citará a las partes a la
celebración de la audiencia constitucional.
Boca del Río, Veracruz, 04 de febrero de 2026.
El Titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz
Mario De la Medina Soto
Firma Electrónica.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz
Juan Manuel Cárcamo Sánchez
Firma Electrónica.
(R.- 573557)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
203
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo,
con residencia en Cancún
Principal: 785/2025-I
Fecha: 27 de febrero de 2026
EDICTO
En el juicio de amparo 785/2025-I, promovido por Desarrollos Hidráulicos de Cancún, Sociedad
Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Paul Andrew Rangel Merkley, se señaló
como actos reclamados: “La falta de emplazamiento al juicio laboral 278/2017 del índice de la Junta Especial
de Conciliación y Arbitraje Número Uno en Benito Juárez, Quintana Roo, todo lo actuado en el referido juicio
laboral, con posterioridad a su emplazamiento, incluyendo el laudo condenatorio ahí emitido, así como su
ejecución entre ellos la emisión del oficio STYPS-JERNESTOCA1BJ-2122VII2025, dirigido a la institución
financiera Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero
Santander México y la orden de embargo y/o inmovilización de la cuenta bancaria 65504740765 de la
institución financiera Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo
Financiero Santander México, a nombre de Desarrollos Hidráulicos de Cancún, Sociedad Anónima de
Capital Variable, aquí quejosa, por la cantidad de $1,942,656.62 (Un millón novecientos cuenta y dos mil
seiscientos cincuenta y seis pesos 62/100 moneda nacional), emitida en autos del juicio laboral 278/2017 del
índice de la Junta Especial Número Uno en Benito Juárez, Quintana Roo.” -----------------------------------------------
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó
emplazar a la tercera interesada Guillermo Vidal Canul May, Cristina Guzmán Sánchez, y Nancy del
Carmen Guzmán Sánchez; por medio de edictos a costa del quejoso, que se publicarán por tres veces, de
siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en uno de los periódicos diarios de mayor
circulación en el país, además de fijarse en la puerta de este órgano de control de la constitucionalidad, una
copa íntegra del presente, por todo el tiempo del emplazamiento, de conformidad con el numeral 27, fracción
III, Inciso b), segundo párrafo, de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley en la materia. Hágasele saber a los referidos tercero
interesados, que deberán presentarse ante este juzgado dentro del término de TREINTA DÍAS hábiles
contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los presentes edictos, quedando a su
disposición en la secretaría de este juzgado, copia simple de la demanda de amparo, escrito de ampliaciones
y del auto admisorio de once de agosto, dieciocho de agosto (auto de primera ampliación de demanda),
cuatro de septiembre, (auto por el cual se reconoce a la parte tercera interesada), y veinticuatro de
septiembre (auto admisorio de la segunda ampliación de demanda), todos de dos mil veinticinco, apercibidos
que de no comparecer dentro del término señalado, las ulteriores notificaciones del presente juicio, aun las de
carácter personal se le harán por medio de lista que se fije en este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado
de Quintana Roo, con residencia en Cancún. --------------------------------------------------------------------------------------
De igual forma, a fin de no incurrir en una violación a las leyes del procedimiento, conforme lo establece el
artículo 117 de la Ley de Amparo, dese vista a los citados tercero interesados, con los informes justificados
rendidos por las autoridades responsables, los cuales se tuvieron por recibidos con anterioridad
a su emplazamiento, y con las constancias que integran el presente juicio, los cuales quedan a su
disposición en la secretaría de este juzgado para que se imponga de su contenido; lo anterior para los efectos
legales correspondientes. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Por último, hágasele saber a dichos tercero interesados, que la audiencia constitucional se encuentra
señalada para tener verificativo a las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS [huso horario sureste] DEL
VEINTITRÉS DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS.----------------------------------------------------------------------------
Atentamente
Cancún, Quintana Roo, 27 de febrero de 2026.
Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo
Gloria Luz Reyes Rojo
Rúbrica.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo
Karina Giovana Miranda Ballón
Rúbrica.
(R.- 573552)
204
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero
Chilpancingo, Gro.
EDICTO
GUILLERMO SÁNCHEZ VÁLDEZ E IGNACIO CALDERÓN Y CHÁVEZ.
P R E S E N T E.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 79/2024, PROMOVIDO POR ANGELLY WENDY GONZÁLEZ
FLORES, APODERADA LEGAL DE BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA,
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, CONTRA ACTOS DEL JUEZ
MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ABASOLO, CON SEDE EN OMETEPEC
GUERRERO; LA JUEZA SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO, CON RESIDENCIA
EN CHILPANCINGO, Y DOMICILIADO EN BOULEVARD VICENTE GUERRERO NO. 125, KM. 274,
FRAC. LA CORTINA, C. P. 39090, ORDENÓ QUE SE PUBLICARA EL SIGUIENTE EDICTO, MISMO QUE A
LA LETRA DICE:
•
“El once de enero de dos mil veinticuatro, ANGELLY WENDY GONZÁLEZ FLORES, con cédula
profesional número seis millones novecientos cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y dos, en su carácter
de mandataria general de pleitos y cobranzas de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S. A., INSTITUCIÓN DE
BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, promovió juicio de amparo indirecto, solicitando el
amparo y protección de la Justicia de la Unión en contra de las autoridades que señala como responsables de
los actos que reclama, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 108 de la Ley de Amparo.
•
Señalando domicilio de su mandante y personas autorizadas para recibir notificaciones, así como la
consulta vía electrónica del presente juicio en el Portal.
•
Asimismo, la citada apoderada legal, manifestó desconocer el domicilio de los terceros interesados
GUILLERMO SANCHEZ VÁLDEZ E IGNACIO CALDERÓN Y CHAVEZ.
•
Señaló como autoridades responsables al JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA, DEL DISTRITO
JUDICIAL DE ABASOLO OMETEPEC, GUERRERO, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN
MATERIA CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE LOS BRAVO, GUERRERO, de los cuales señaló como actos
reclamados los siguientes:
ACTOS RECLAMADOS:
“1.- El oficio 529/2023, de fecha veintidós de noviembre de dos mil veintitrés, remitido por el Juzgado Mixto
de Primera Instancia del Distrito Judicial de Abasolo, derivado del juicio ejecutivo mercantil, promovido por
Guillermo Sánchez Valdez, en contra de Ignacio Calderón y Chávez, bajo el expediente número C-73/2019-I,
en el que hizo del conocimiento de mi mandante, que se hizo efectivo el apercibimiento decretado por auto del
catorce de noviembre del año en curso, aplicándole una multa de doble pago por la cantidad de CUARENTA
MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS y, se requirió de nueva cuenta a la institución
para que, dentro del término de cuarenta y ocho horas, remitiera los dos cheques de caja por las cantidades
de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS y VEINTE MILLONES NOVENTA Y UN MIL PESOS, que
obran en la cuenta bancaria número 0551 3412 07 y el contrato de invasión 0051341207 y, en caso de no
hacerlo se procedería al embargo de bienes y/o acciones de su propiedad que basten para garantizar el doble
pago que le fue impuesto.
2.- El auto dictado el cinco de diciembre de dos mil veintitrés, en el expediente número C-73/2019-I,
relativo al juicio ejecutivo mercantil, promovido por Guillermo Sánchez Valdez, en contra de Ignacio Calderón
y Chávez, tramitado ante el Juzgado Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Abasolo Ometepec
Guerrero, notificado personalmente el siete de diciembre de dos mil veintitrés.
3.- Y, todas las consecuencias que deriven de dicho acto reclamado.
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
205
Enseguida, narró los hechos y antecedentes que acontecieron, los cuales, se encuentran descritos en su
escrito de demanda.
Asimismo, en dicho ocurso solicitó la suspensión de oficio y de plano del acto reclamado, para
posteriormente solicitar fecha y hora de audiencia constitucional.
Seguidamente, la demanda de garantías, se admitió en proveído de veintidós de febrero del dos mil
veinticuatro, solicitándose informe justificado a la autoridad responsable, se dio al agente del ministerio público
la intervención legal que le compete. y en cumplimiento al artículo 19, del acuerdo general 76/2003, y numeral
8 ley federal de transparencia y acceso a la información gubernamental se le previno a la tercera perjudicada
para que manifestara expresamente su oposición de que se publique su nombre y datos personales, en la
inteligencia de que la falta de oposición conllevaría a su aceptación y que la sentencia respectiva se publique
con dichos datos.
SE LES HACE SABER QUE DEBERÁN PRESENTARSE ANTE ESTE JUZGADO FEDERAL A DEDUCIR
SUS DERECHOS DENTRO DE UN TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE
AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDOS QUE DE NO COMPARECER
DENTRO DEL LAPSO INDICADO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARÁCTER
PERSONAL, LE SURTIRÁN EFECTOS POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUEN EN LOS ESTRADOS
DE ESTE JUZGADO FEDERAL.
Atentamente
Chilpancingo, Gro., 17 de febrero de 2026.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado
Lic. Oliver Imperio Larumbe Bernal
Rúbrica.
(R.- 573563)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
San Andrés Cholula, Pue.
EDICTO
TERCERA INTERESADA
Daniel Enrique Quintana Ruiz.
En cumplimiento al auto de 1 de julio de 2025, dictado en el juicio 283/2025 del Juzgado Sexto de Distrito
en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla,
promovido por Business & Medios Sociedad Anónima de Capital Variable por conducto de su apoderado
legal Alejandro Crispín Montiel Rodríguez, contra la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación
y Arbitraje del Estado y Actuario, reclamando la falta de emplazamiento y, como consecuencia todo lo actuado
dentro del juicio laboral D-2/223/2019, se tuvo a Daniel Enrique Quintana Ruiz, como tercero interesado; y
en términos de los artículos 27, III, b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente, se le emplaza por edictos, para que si a su interés conviniere se apersone
al juicio en este juzgado ubicado en Avenida Osa Menor, ochenta y dos, piso trece, ala sur, Ciudad Judicial
Siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcáyotl, C.P. 72810, San Andrés Cholula, Puebla; dentro de 30 días,
contados a partir del siguiente a la última publicación de edicto; si pasado ese plazo no comparece, las
notificaciones se harán conforme del artículo 27, fracción III, b), de la Ley de Amparo; se le hace saber que se
fijaron las doce horas del diez de febrero de dos mil veintiséis, para la audiencia constitucional. Queda a
disposición en la Secretaría de este juzgado copia autorizada de la demanda y auto admisorio.
Para su publicación por 3 veces de 7 en 7 días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de
mayor circulación en la República, se expide el presente, en San Andrés Cholula, Puebla, 23 de enero
de 2026. Doy fe.
Secretario del Juzgado
Iván Armando Moreno García
Rúbrica.
(R.- 573569)
206
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Subsecretaría Anticorrupción
Coordinación General de Órganos Internos de Control
Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria
Área de Responsabilidades
Expediente Administrativo No RES-1237/2024
NOTIFICACION POR EDICTO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 208, fracción II de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, en relación con el artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, por este medio se practica la notificación por la cual se
emplaza a la ciudadana CINTIA AIDÉE JAUREGUI SERRATOS, para que comparezca a las 13:30 horas,
del décimo quinto (15) día hábil siguiente a aquel en que, se efectué la última publicación del presente edicto,
al desahogo de la Audiencia Inicial correspondiente, que se realizará en el Procedimiento de Responsabilidad
Administrativo No. RES-1237/2024, ante la suscrita, en las oficinas que ocupa esta Área de
Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, ubicadas en
Avenida Hidalgo número 77 Módulo IV, 5o. piso, Colonia Guerrero, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P.
06300 en la Ciudad de México, para que manifieste lo que a su derecho convenga, respecto a la
presuntamente falta administrativa, que se le atribuye en el desempeño de su cargo como Administrador
Desconcentrado de Auditoría Fiscal adscrita a la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo
León 3 del Servicio de Administración Tributaria, como se detalla en el Informe de Presunta Responsabilidad
Administrativa de fecha veinticinco (25) de julio de dos mil veinticuatro (2024), contenido en el oficio
número 101-04-2024-06923, lo que podría infringir el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas; asimismo, se le informa que en el momento de la audiencia, deberá ofrecer las pruebas que
considere necesarias, que tiene derecho a la asistencia de un defensor y de no contar con él, le será
nombrado uno de oficio por el Instituto Federal de Defensoría Pública del Consejo de la Judicatura Federal y,
que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria a la materia deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de
México, de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se llevarán a cabo a
través de los estrados de esta Autoridad; queda a su disposición copia certificada del Informe de Presunta
Responsabilidad Administrativa, el acuerdo por el que se admite el mismo, el expediente de investigación, el
oficio de emplazamiento de audiencia inicial número SABG/OICE00/AR/3449/2025 y demás constancias y
pruebas ofrecidas por la autoridad investigadora; por último, se le informa que, podrá consultar el expediente
de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas, en las oficinas que ocupa esta Área de Responsabilidades del
Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria.
Ciudad de México, a 04 de marzo de 2026.
La Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno
de Control en el Servicio de Administración Tributaria
Licenciada Sandra Beatriz Sepúlveda Zamudio
Rúbrica.
(R.- 573571)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
207
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Subsecretaría Anticorrupción
Coordinación General de Órganos Internos de Control
Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria
Área de Responsabilidades
Expediente Administrativo No RES-1304/2024
NOTIFICACION POR EDICTO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 208, fracción II de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, en relación con el artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, por este medio se practica la notificación por la cual se
emplaza a la persona moral SE SUSTENTABLE, S.A. DE C.V., quien actuó a través de su representante
legal la C. María Inés Suárez Suaste, para que comparezca a las 15:30 horas, del décimo quinto (15) día
hábil siguiente a aquel en que, se efectué la última publicación del presente edicto, al desahogo de la
Audiencia Inicial correspondiente, que se realizará en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativo
No. RES-1304/2024, ante la suscrita, en las oficinas que ocupa esta Área de Responsabilidades del Órgano
Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, ubicadas en Avenida Hidalgo número 77
Módulo IV, 5o. piso, Colonia Guerrero, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06300 en la Ciudad de
México, para que manifieste lo que a su derecho convenga, respecto a la presuntamente falta administrativa
que se le atribuye, como se detalla en el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa de fecha
veintidós (22) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), contenido en el oficio número 101-04-2024-07582,
lo que podría infringir el artículo 69 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; asimismo, se le
informa que en el momento de la audiencia, deberá ofrecer las pruebas que considere necesarias, que tiene
derecho a la asistencia de un defensor y de no contar con él, le será nombrado uno de oficio por el Instituto
Federal de Defensoría Pública del Consejo de la Judicatura Federal y, que de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia deberá
señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, de no hacerlo, las subsecuentes
notificaciones aún las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de los estrados de esta Autoridad;
queda a su disposición copia certificada del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, el acuerdo
por el que se admite el mismo, el expediente de investigación, el oficio de emplazamiento de audiencia inicial
número SABG/OICE00/AR/3873/2025 y demás constancias y pruebas ofrecidas por la autoridad
investigadora; por último, se le informa que, podrá consultar el expediente de lunes a viernes de 9:00 a 14:30
horas, en las oficinas que ocupa esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio
de Administración Tributaria.
Ciudad de México, a 04 de marzo de 2026.
La Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno
de Control en el Servicio de Administración Tributaria
Licenciada Sandra Beatriz Sepúlveda Zamudio
Rúbrica.
(R.- 573572)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Regional en Yucatán
Expediente: 1540/20-16-01-8
Actora: Hydra Marine, S.A. de C.V.
“EDICTO”
CC. TRABAJADORES QUE LABORARON EN LA EMPRESA HYDRA MARINE, S.A. DE C.V., EN EL
EJERCICIO FISCAL QUE CORRESPONDE AL PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE
2016. En los autos del juicio contencioso administrativo federal número 1540/20-16-01-8, promovido por la
actora HYDRA MARINE, S.A. DE C.V., en contra de la resolución 600-14-00-01-00-2020-01296, de 23 de
septiembre de 2020, a través de la cual, la Administración Desconcentrada Jurídica de Campeche “1”,
confirmó un crédito fiscal así como un reparto de utilidades por pagar, dictó acuerdo de fecha 22 de enero de
2026, ordenando emplazar a los terceros interesados al juicio citado por medio de edictos, por lo que, se les
208
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
hace saber que tienen un término de 30 días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación
del Edicto, para que comparezcan ante la Sala Regional en Yucatán de este Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, ubicada en la calle 56-A Paseo de Montejo, número 483-B por calle 41, Mérida, Yucatán,
justificando por derecho a intervenir en el asunto, así como también señalen correo electrónico, en caso
contrario, se procederá a notificar el auto de inicio y los subsecuentes acuerdos por Boletín Jurisdiccional.
Mérida, Yucatán, a 22 de enero de 2026.
La Magistrada de la Segunda Ponencia
Mtra. Graciela Vázquez Arellano
Rúbrica.
Secretario de Acuerdos
Rigoberto Jesús Zapata González
Rúbrica.
(R.- 573232)
Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a sus Ahorradores
BANSEFI FID 10216
Con fundamento en los artículos 101, fracción II y 104, fracción V, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular;
la cláusula quinta, fracción II, inciso a) del Contrato Constitutivo; el capítulo IV del Reglamento Interior; así
como lo establecido en el numeral 12 Funciones del Comité Técnico, apartado de “De las Cuotas a cargo de
las Sociedades” de las Reglas de Integración y Funcionamiento del Comité Técnico; ese Órgano Colegiado
celebró la octava sesión extraordinaria el 09 de diciembre del 2025, aprobó la “Metodología y bases para
efectuar el cálculo de las cuotas ordinarias e intereses moratorios aplicables a las Sociedades Financieras
Populares y Sociedades Financieras Comunitarias para el ejercicio 2026”; cuya autorización ha sido emitida
por la Comisión Nacional Bancaria de Valores mediante el oficio 123/1103/2026 con fecha de recepción 26 de
febrero de 2026, estableciéndose lo siguiente:
De conformidad con la normatividad interna vigente, para la elaboración de la “Metodología y bases para
efectuar el cálculo de las cuotas ordinarias e intereses moratorios aplicables a las Sociedades
Financieras Populares y Sociedades Financieras Comunitarias para el ejercicio 2026”, se tomaron los
siguientes criterios y referencias:
I.
Las sociedades financieras populares adheridas al Fondo de Protección están obligadas a pagar
mensualmente las cuotas ordinarias, por un monto equivalente a la duodécima parte de 3 al millar, sobre los
saldos insolutos al último día del mes que corresponda, respecto de los depósitos de dinero del mes
de que se trate.
II.
Para cada sociedad financiera popular participante, se aplicará el factor mencionado en el numeral "I"
anterior, al importe total de los depósitos que mantenga al cierre del último día de cada mes, incorporando el
saldo de las cuentas de depósitos de exigibilidad inmediata, de ahorro en garantía y los depósitos a plazo.
Mecanismo de cobro de cuotas:
El cobro de las cuotas se realizará bajo el procedimiento siguiente:
•
Mecanismo de pago. - El pago se efectuará a través de depósito referenciado para cada una de las
sociedades financieras populares participantes en el Fondo de Protección en la cuenta que el fiduciario
mantiene en el Banco Santander bajo el número 65505224874 con el nombre “BANSEFI-FID 10216
APORTACIONES SOFIPOS”.
•
Fecha de pago. - Para las ordinarias deberá realizarse dentro del mes siguiente al que corresponda.
•
Cobro de intereses moratorios. - Será el resultado de multiplicar 2 veces la tasa anual de cetes de
28 días, que publique mensualmente el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, calculado
diariamente a partir del incumplimiento, en forma mensualizada, corriendo a partir del día natural inmediato
posterior al incumplimiento.
Atentamente
Ciudad de México a 03 de marzo del 2026.
Gerente General del Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares
y de Protección a sus Ahorradores (BANSEFI FID 10216)
Lic. Enric Vidal Fritz
Rúbrica.
(R.- 573542)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
209
Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de Oaxaca
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA AGENCIA
DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN CON SEDE EN EL MUNICIPIO DE
MATÍAS ROMERO AVENDAÑO, ESTADO DE OAXACA
Lic. Jaime Porfirio García Belio, Fiscal Federal en el Estado de Oaxaca, con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 21 y 102, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 11,
fracciones III y XV, y 27 de la Ley de la Fiscalía General de la República; 2° y 3°, fracción VI de la Ley del
Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 5, fracción III, inciso g, sub-inciso xx, 7, fracción
X, 8, 73 y 74 del Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República, y
CONSIDERANDO
Que para efecto de garantizar seguridad jurídica y brindar un servicio adecuado y correcto por parte de
esta Fiscalía Federal, así como para todos los efectos legales y administrativos procedentes, es necesario
hacer del conocimiento de la ciudadanía la nueva ubicación de las oficinas de la agencia del Ministerio Público
que se señala, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO
ÚNICO. La agencia del Ministerio Público de la Federación, con sede en el municipio de Matías Romero
Avendaño, Oaxaca, perteneciente a esta Fiscalía Federal, a partir del 30 de enero de 2026 tiene su nuevo
domicilio en la siguiente dirección: Carretera Transístmica, kilómetro 196, Colonia Guadalupe, C.P. 70307,
Matías Romero Avendaño, Oaxaca.
Lo anterior, a efecto de que la correspondencia, trámites, diligencias, notificaciones, citaciones y demás
asuntos competencia de la Agencia referida se envíen y realicen en el domicilio antes mencionado.
Publíquese el presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación.
San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, a 17 de febrero de 2026.
Fiscal Federal en el Estado de Oaxaca
Lic. Jaime Porfirio García Belio
Rúbrica.
(R.- 573556)
Comisión Federal de Electricidad
Distribución División Baja California
CONVOCATORIA
LICITACIÓN PÚBLICA No. LPDBCA-0126
La Comisión Federal de Electricidad a través de Distribución División Baja California, en cumplimiento al
Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad y las Políticas que
Regulan la Disposición y Enajenación de los Bienes Muebles de la Comisión Federal de Electricidad y sus
Empresas Filiales, convoca a las personas físicas y morales, a participar el día 26 de marzo de 2026 en la
Licitación Pública No. LPDBCA-0126 para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se
indican:
Lote
No.
Cantidad, unidad de medida y Descripción
Valor mínimo
para venta $
(sin IVA)
Depósito
en garantía $
(sin IVA)
1 al 3
1,706,368.76 kilogramos – piezas – litros de diversos
bienes muebles no útiles, correspondientes a: aceite
quemado, cable cobre y forro de plástico autosoportado,
cable cobre paralelo con forro, cable aluminio (AAC),
cable aluminio (ACSR), desecho ferroso de segunda,
desecho ferroso vehicular, medidores de energía eléctrica,
postes de madera, postes de concreto, transformadores
de distribución y potencia sin aceite, etc. (ANEXO 1).
$5,311,289.20
$531,128.92
210
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Los bienes se localizan en diversos almacenes cuyas cantidades se detallan en el “ANEXO 1” y los
domicilios en “ANEXO 2” de las Bases de la Licitación Pública. Los interesados podrán consultar y adquirir
las Bases de la Licitación Pública del 09 de marzo 2026 al 25 de marzo 2026 en días hábiles, consultando la
página electrónica de CFE: https://www.cfe.mx/concursoscontratos/ventabienes/pages/muebles.aspx y
realizando el pago de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.) más IVA, mediante transferencia electrónica
interbancaria a nombre de Comisión Federal de Electricidad; solicitando a los siguientes correos electrónicos
angel.cordoba@cfe.mx, alejandra.cienfuegos@cfe.mx, bianca.bernal@cfe.mx y victor.sarabia@cfe.mx,
referencia bancaria para realizar su pago, en horario local de 09:00 a 14:00 horas; previo a realizar el pago de
las Bases deberá consultar la Lista de Licitantes Sancionados, disponible en la página electrónica de CFE:
https://www.cfe.mx/concursoscontratos/ventabienes/pages/bienesmuebles.aspx, y una vez efectuado el pago
enviar copia clara del comprobante de pago al Departamento Divisional de Almacenes, al correo
victor.sarabia@cfe.mx,
con
copia
a
damaso.langarica@cfe.mx,
bianca.bernal@cfe.mx,
silenia.gutierrez@cfe.mx, agregando los datos del comprador correspondiente a: nombre, domicilio fiscal,
teléfono y correo electrónico, folio de comprador de CFE (en su caso), anexando copia de Constancia de
Situación Fiscal SAT, con fecha de expedición no mayor a un mes y copia de Identificación Oficial vigente
(INE o Pasaporte), confirmando su recepción al teléfono 686-905-5024, ext. 16440, en horario local de 09:00 a
14:00 horas o acudir a las oficinas del Departamento de Almacenes con dirección en Boulevard Benito Juárez
y Lázaro Cárdenas No. 2098, Colonia Residencias, C.P. 2180, Mexicali, Baja California, en horario local de
09:00 a 14:00 horas y presentar la misma documentación descrita para la opción por correo electrónico. En
caso de que el interesado efectúe el pago de las Bases incompleto, fuera del periodo establecido para tal
efecto o se encuentre en la Lista de Licitantes Sancionados para Participar en Procedimientos de Venta de
Bienes, el importe respectivo no será reembolsado y no podrá participar en la Licitación Pública. La factura por
el pago de las Bases será enviada al correo electrónico en el que se recibió su comprobante de pago.
Las personas que hayan adquirido las Bases podrán realizar la inspección física de los bienes
acudiendo a los lugares donde se localizan del 09 de marzo 2026 al 25 de marzo 2026 en días hábiles, en
horario local de 09:00 a 14:00 horas, previa cita concertada. El Registro de Participantes y Recepción de
la Documentación establecida en las Bases para participar en la Licitación Pública se efectuará el día 26 de
marzo de 2026, en horario local de 09:30 a 10:00 horas, en el Aula “A” de la División de Distribución Baja
California, con domicilio en Boulevard Benito Juárez y Lázaro Cárdenas No. 2098, Colonia
Residencias, C.P. 2180, Mexicali, Baja California y de no presentar en este horario la documentación
solicitada, ésta no se recibirá en horario distinto, en virtud de que al concluir el horario citado se iniciará la
revisión de la misma en presencia del interesado.
Los depósitos en garantía del sostenimiento de ofertas se constituirán mediante cheques de caja,
expedidos por Institución de Banca y Crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por el importe
establecido para cada uno de los lotes de bienes que se licitan (uno o varios cheques). El Acto de
Presentación y Apertura de Ofertas será el día 26 de marzo de 2026, a las 12:00 horas, horario local o al
concluir la revisión de documentos, en el Aula “A” de la División de Distribución Baja California, en el
domicilio antes citado, en el entendido de que los interesados deberán cumplir con lo establecido en las Bases
respectivas y en caso contrario no podrán participar en el Evento. El Acto de Fallo correspondiente se
efectuará el día 26 de marzo de 2026, al término del Acto de Apertura de Ofertas, en la Sala antes citada. De
no lograrse la venta de los bienes, una vez emitido el Fallo de la Licitación Pública, se procederá a la
Subasta Ascendente de los lotes que resulten desiertos, en el mismo lugar y fecha, siendo postura legal la
que cubra al menos el valor convocado de los bienes que se licitan. El retiro de los bienes se realizará en
un plazo máximo de 40 días hábiles conforme a lo establecido en las Bases de la Licitación Pública.
Atentamente
Mexicali, Baja California a 09 de marzo de 2026.
Responsable de la Gerencia Divisional de Distribución Baja California
Ing. Gerardo Óscar Santiago Ruiz
Rúbrica.
(R.- 573511)
Martes 10 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
211
Gobierno del Estado de México
Secretaría de Salud
Instituto de Salud del Estado de México
OCTAVIO LÓPEZ ZAMITIZ, COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INSTITUTO DE
SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 134
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 28, 29, 30, 31 Y 32 DE
LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO; 1 FRACCIÓN V Y DEMÁS APLICABLES
DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, 78 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 45 Y 47 DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y 1, 29 Y 30 DEL
REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO.
C O N S I D E R A N DO
Que la Coordinación de Administración y Finanzas, tiene entre sus funciones la de adquirir bienes y/o
contratar servicios, de cualquier naturaleza en el ámbito de su competencia que requieran las diferentes
Unidades Administrativas y Médicas del Instituto de Salud del Estado de México, con cargo total o parcial a
recursos federales derivados de los convenios que se celebren con el Ejecutivo Federal.
Que con el propósito de llevar a cabo los procedimientos adquisitivos de bienes y/o contratación de
servicios con cargo a recursos federales competencia de la Coordinación de Administración y Finanzas;
resulta necesario habilitar días y horas inhábiles, a fin de sustanciar dichos procedimientos dentro de los
plazos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su
Reglamento y demás normatividad aplicable.
Por lo anterior, y en términos del artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de
México, establece que los sábados y domingos y aquellos que se señalen en el calendario correspondiente,
son días no laborables, en los cuales no se podrán realizar promociones y actuaciones, salvo que las
autoridades administrativas ejerciten su facultad para habilitarlos, con el propósito, en este caso, de llevar a
cabo la sustanciación de los procedimientos para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios hasta
la suscripción de los contratos, así como para la formalización de los convenios modificatorios de adquisición
de bienes y/o contratación de servicios por parte de las diversas áreas del Instituto de Salud del Estado de
México; de igual manera, para la recepción de los bienes y/o servicios en los almacenes y en las unidades
médicas y administrativas del Instituto de Salud del Estado de México.
Por lo anterior expuesto, y con fundamento en las disposiciones legales invocadas he tenido a bien emitir
el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN LOS DÍAS Y HORAS INHÁBILES COMPRENDIDOS DEL 07
DE MARZO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026, EN UN HORARIO DE 09:00 A 18:00 HORAS, PARA QUE LA
COORDINACIÓN
DE
ADMINISTRACIÓN
Y
FINANZAS
Y
EL
COMITÉ
DE
ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, LLEVEN A
CABO LA SUSTANCIACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, HASTA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONTRATOS, ASÍ COMO PARA
LA FORMALIZACIÓN DE LOS CONVENIOS MODIFICATORIOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PARTE DE LAS DIVERSAS ÁREAS DEL INSTITUTO DE SALUD
DEL ESTADO DE MÉXICO; DE IGUAL MANERA, PARA LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y/O
SERVICIOS EN LOS ALMACENES Y UNIDADES MÉDICAS Y ADMINISTRATIVAS DEL INSTITUTO DE
SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO, CON BASE
EN LO SIGUIENTE:
PRIMERO. - Se habilitan los días y horas inhábiles comprendidos del 07 de marzo al 31 de diciembre de
2026, en un horario de 09:00 a 18:00 horas, para que la Coordinación de Administración y Finanzas y el
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto de Salud del Estado de México, lleven a
cabo la sustanciación de los procedimientos para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios, hasta
la suscripción de los contratos, así como para la formalización de los convenios modificatorios de adquisición
de bienes y/o contratación de servicios por parte de las diversas áreas del Instituto de Salud del Estado de
México; de igual manera, para la recepción de los bienes y/o servicios en los almacenes y unidades médicas y
administrativas del Instituto de Salud del Estado de México, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
SEGUNDO. - Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
TERCERO. - El presente acuerdo surtirá sus efectos en los días habilitados los cuales se señalan
en el punto primero.
Dado en la Ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México a los cuatro días del mes de marzo
de dos mil veintiséis.
Coordinador de Administración y Finanzas
Octavio López Zamitiz
Rúbrica.
(R.- 573558)
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
212
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Substanciación “A”
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA AUDIENCIA INICIAL
ALFONSO JAVIER ARREDONDO HUERTA, Director de Substanciación “A.1” de la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de
la Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 79, 108 y 109, fracción III, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 9, fracción III, 112, 113, 193, fracciones I, II y III, 194, 198, y 209, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez
es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118; en cumplimiento a los acuerdos del veintiuno, veintidós, veintisiete y
veintinueve de enero de dos mil veintiséis, mediante los cuales se ordenó el emplazamiento por medio de edictos, en atención a que no fue posible la localización de
los presuntos responsables en los domicilios proporcionados para tal efecto, sin que se cuente con mayores datos no obstante que se agotaron las diligencias
necesarias para su localización; en razón de lo anterior, se les notifica el emplazamiento al Procedimiento de Responsabilidad Administrativa, iniciado en su contra por
la Dirección General de Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación, por las infracciones que les imputa la hoy Dirección General de Investigación y
Responsabilidades “A” de la Auditoría Superior de la Federación respecto de las faltas administrativas graves y los actos de particulares vinculados con faltas
administrativas graves, que se encuentran descritas en los Informes de Presunta Responsabilidad Administrativa, por lo que, se les cita para que comparezcan
personalmente o por conducto de su representante o apoderado legal, quien deberá acreditar su personalidad, ante el suscrito Director de Substanciación “A.1”, en la
celebración de la audiencia inicial en la fecha y horario siguiente:
PRESUNTO RESPONSABLE
PROCEDIMIENTO DE
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
FALTA ADMINISTRATIVA GRAVE
Y/O ACTOS DE PARTICULARES
VINCULADOS CON FALTAS
ADMINISTRATIVAS GRAVES
FECHA
HORA
Daniel Armando Arias Soto,
Director Administrativo del Colegio
de Bachilleres de Tabasco
DGSUB"A"/A.1/1964/10/2025
Abuso de funciones, prevista en el
artículo 57 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas
29 de abril de 2026
09:00
Omar Rodríguez Aparicio, en su carácter de
Gerente de Operación del Fideicomiso Fondo
Nacional de Habitaciones Populares
DGSUB"A"/A.1/2026/11/2025
Abuso de funciones, prevista en el
artículo 57 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas
29 de abril de 2026
10:00
Jesús García Torres en su carácter de
Residente de Obra del Contrato Plurianual
de Prestación de Servicios número
AD-SRO-CONV-DCT-SPL-029-18
DGSUB"A"/A.1/2065/11/2025
Abuso de funciones, prevista en el
artículo 57 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas
29 de abril de 2026
11:00
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
213
Humberto Pérez Piedra, en su carácter de
Residente de Obra del Contrato Plurianual
de Prestación de Servicios número
AD-SRO-CONV-DCT-SPL-001-18
DGSUB"A"/A.1/2065/11/2025
Abuso de funciones, prevista en el
artículo 57 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas
29 de abril de 2026
12:00
Miguel Ángel Stivalet Juárez, en su carácter
de Residente de Obra del Contrato Plurianual
de Prestación de Servicios número
AD-SRO-CONV-DCAGI-SC-009-16
DGSUB"A"/A.1/2065/11/2025
Abuso de funciones, prevista en el
artículo 57 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas
29 de abril de 2026
13:00
Jorge Alberto Juárez Domínguez, en su
carácter de Coordinador de Control Financiero
de la Subsecretaría de Egresos, Contabilidad
y Tesorería de la Secretaría de Finanzas
del Gobierno del Estado de Oaxaca
DGSUB"A"/A.1/2112/12/2025
Abuso de funciones, prevista en el
artículo 57 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas
29 de abril de 2026
14:00
Las citadas audiencias se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría
Superior de la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio “A” situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P.
14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, para que rindan su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias
para su defensa. Asimismo, se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse
personalmente o ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor les será nombrado uno de oficio cuando así lo soliciten y, en el
caso de las personas morales, cuando su representante tenga la facultad de delegar dicha representación. En virtud de lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto en
el artículo 193 fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se ponen a su disposición, las copias certificadas del Informe de Presunta
Responsabilidad Administrativa, que contiene los elementos que establece el artículo 194 de dicho ordenamiento; así como del Acuerdo por el que se admite y de las
constancias del Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa integrado por la hoy Dirección General de Investigación y Responsabilidades “A” de la
Auditoría Superior de la Federación, de los procedimientos de mérito, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las
18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se les hace
saber que en su audiencia inicial deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación,
apercibidos que de no hacerlo, las que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los
estrados de la Auditoría Superior de la Federación. Si, pasado el término referido anteriormente, no comparecen a la audiencia inicial, por sí o por la persona que
legalmente lo represente, se seguirá el procedimiento sin su comparecencia, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, que también se fijará en los
estrados de la Auditoría Superior de la Federación, y que contendrán, en síntesis, la determinación que han de notificarse. Ciudad de México, a treinta de enero de dos
mil veintiséis. El Director de Substanciación “A.1”, Dr. Alfonso Javier Arredondo Huerta.- Rúbrica.
(R.- 572855)
214
DIARIO OFICIAL
Martes 10 de marzo de 2026
Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera
Titular de la Unidad de Gobierno
Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara
Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
Cuotas por derecho de publicación:
Oficinas ubicadas en:
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios.
Página web: www.dof.gob.mx
Esta edición consta de 214 páginas
1/8 de plana..................
$
2,843.00
4/8 plana ......................
$ 11,372.00
1 plana .........................
$ 22,744.00