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Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 057/2026, Ciudad de México, martes 10 de marzo de 2026 (Edición Matutina, 214 páginas)

10 de marzo de 2026 · Presidencia de la República; Secretaría de Marina; Secretaría de Hacienda y Crédito Público (CNBV, Indaabin); Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SENASICA); Secretaría de Salud; Secretaría de las Mujeres; Consejo de Salubridad General; Tribunal de Disciplina Judicial; Banco de México; INEGI; Instituto Nacional Electoral; Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.

No. de publicación: 057/2026 Ciudad de México, martes 10 de marzo de 2026 CONTENIDO Presidencia de la República Secretaría de Marina Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural Secretaría de Salud Secretaría de las Mujeres Consejo de Salubridad General Tribunal de Disciplina Judicial Banco de México Instituto Nacional de Estadística y Geografía Instituto Nacional Electoral Tribunal Federal de Justicia Administrativa Convocatorias para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público Avisos 2 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 INDICE PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Decreto por el que se establecen las características de tres monedas conmemorativas de la Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá. ................................... 5 Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 01-00-64 hectáreas del ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, a favor de Tren Maya, S.A. de C.V. ................................................................................................................... 8 SECRETARIA DE MARINA Aviso por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro del Servicio Portuario de Pilotaje, aplicables en diversos puertos de México. ..................................................... 17 Aviso por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de Infraestructura Portuaria, aplicables en diversos puertos de México. ............................................... 18 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Oficio mediante el cual se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de Hey Banco, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero. ............. 19 Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala. (R.F.I. 30-26732-4). ..................................................................................... 20 SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Segundo Convenio Modificatorio al Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los componentes de vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias, campañas fitozoosanitarias e inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2025, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Guerrero. ............................................ 23 SECRETARIA DE SALUD Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco. ......................................................................................................... 34 Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tamaulipas. .................................................................................................... 51 Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 3 SECRETARIA DE LAS MUJERES Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres de Tlaxcala, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Fomentando el crecimiento y liderazgo de las mujeres Tlaxcaltecas. ....................................................................................................................... 68 Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto Veracruzano de las Mujeres, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Por Amor a las Veracruzanas. .................................... 74 Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Yucatán, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Transformación y Fortalecimiento del Liderazgo de las Mujeres Yucatecas para un Renacimiento Maya con Igualdad y Libre de Violencias. ........................................................................................................................................ 80 Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Bienestar para las Mujeres en Zacatecas. ........................................................................................................................................ 86 CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL Acuerdo por el que se actualiza el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025. ............................................ 92 PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL Aclaración a la Certificación del Acuerdo General 10/2025 del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación, que tiene por objeto determinar las regiones judiciales de carácter administrativo para el trabajo y funciones del Órgano de Evaluación del Desempeño Judicial, publicado el 24 de febrero de 2026. ............................................................... 127 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. ........................................................................................................................ 128 Tasas de interés interbancarias de equilibrio. .................................................................................. 128 Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................ 128 Valor de la unidad de inversión. ....................................................................................................... 129 4 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA Índice nacional de precios al consumidor. ........................................................................................ 129 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Circular INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2026 por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las empresas productivas del Estado, a las entidades federativas, a los municipios, a los entes públicos de unas y otros, y a las personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cumplimiento dado a la sentencia definitiva de veintiocho de abril de dos mil veinticinco, dictada en el Juicio Contencioso Administrativo 16499/23-17-01-9, promovido por la persona moral Process Management and Solutions, Sociedad Anónima de Capital Variable, en la cual la Primera Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, declaró la nulidad de la resolución de treinta de junio de dos mil veintitrés, emitida en el procedimiento administrativo de sanción a proveedores INE/OIC/PSP/001/2022. .............................................................................. 130 Circular INE/OIC/UAJ/DJPC/002/2026 por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las empresas productivas del Estado, a las entidades federativas, a los municipios, a los entes públicos de unas y otros, y a las personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que deberán abstenerse de aceptar propuestas y/o celebrar contratos con el ciudadano Edgar Oswaldo Palomo Beltrán. ..................... 132 TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Extracto del Acuerdo G/JGA/36/2026, denominado “Cambio de domicilio de la Décimo Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México, con sede en la Ciudad de México”. .................................... 134 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................ 135 AVISOS Judiciales y generales. ..................................................................................................................... 189 El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 5 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DECRETO por el que se establecen las características de tres monedas conmemorativas de la Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS DE TRES MONEDAS CONMEMORATIVAS DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA 2026, ORGANIZADA POR MÉXICO-ESTADOS UNIDOS-CANADÁ Artículo Primero.- Se establecen las características de una moneda de oro puro conmemorativa de la Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, de conformidad con el inciso c)., del artículo 2º, de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que se señalan a continuación: I. Valor nominal: $25.00 (Veinticinco pesos 00/100 M.N.). II. Forma: Circular. III. Diámetro: 23 mm (Veintitrés milímetros). IV. Ley: 0.999 (Novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de oro puro. V. Peso: 7.776 g (Siete gramos, setecientos setenta y seis miligramos), equivalente a 1/4 (Un cuarto) de onza troy de oro puro. VI. Contenido: 1/4 (Un cuarto) de onza troy de oro puro. VII. Tolerancia en Ley: 0.001 (Un milésimo) en más. VIII. Tolerancia en peso: Por unidad: 0.0225 g (Veintidós y medio miligramos); por conjunto de mil piezas: 1/2 g (Medio gramo), ambas en más o en menos. IX. Canto: Estriado. X. Los cuños serán: Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, con la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” formando el semicírculo superior. El marco liso. Reverso: El diseño del motivo que se contenga en el reverso de la moneda a que se refiere este artículo, será el que, de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio del presente Decreto determine el Banco de México. Dicho motivo deberá relacionarse con la Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, e incluirá la denominación "$25" y la ceca de la Casa de Moneda de México "Mo". Artículo Segundo.- Se establecen las características de una moneda de plata pura conmemorativa de la Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, de conformidad con el inciso c)., del artículo 2º, de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que se señalan a continuación: I. Valor nominal: $10.00 (Diez pesos 00/100 M.N.). II. Forma: Circular. III. Diámetro: 40 mm (Cuarenta milímetros). 6 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 IV. Ley: 0.999 (Novecientos noventa y nueve milésimos) de plata pura. V. Peso: 31.103 g (Treinta y un gramos, ciento tres miligramos), equivalente a 1 (Una) onza troy de plata pura. VI. Contenido: 1 (Una) onza troy de plata pura. VII. Tolerancia en Ley: 0.001 (Un milésimo) en más o en menos. VIII. Tolerancia en peso: Por unidad: 0.175 g (Ciento setenta y cinco miligramos); por conjunto de mil piezas: 1 g (Un gramo), ambas en más o en menos. IX. Canto: Estriado. X. Los cuños serán: Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS" formando el semicírculo superior. El marco liso. Reverso: El diseño del motivo que se contenga en el reverso de la moneda a que se refiere este artículo, será el que, de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio del presente Decreto determine el Banco de México. Dicho motivo deberá relacionarse con la Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, e incluirá la denominación "$10" y la ceca de la Casa de Moneda de México "Mo". Artículo Tercero.- Se establecen las características de una moneda bimetálica conmemorativa de la Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, de conformidad con el inciso c)., del artículo 2º, de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que se señalan a continuación: I. Valor nominal: $20.00 (Veinte pesos 00/100 M.N.). II. Forma: Dodecagonal. III. Diámetro: 30.0 mm (Treinta milímetros). IV. Composición: La moneda será bimetálica y estará constituida por dos aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo perimétrico, que serán como sigue: 1. Parte central de la moneda: Aleación de alpaca plateada, que estará compuesta en los siguientes términos: a) Contenido: 65% (Sesenta y cinco por ciento) de cobre; 10% (Diez por ciento) de níquel, y 25% (Veinticinco por ciento) de zinc. b) Tolerancia en contenido: 1.5% (Uno, cinco décimos por ciento) por elemento, en más o en menos. c) Peso: 5.51 g (Cinco gramos, cincuenta y un centigramos). d) Tolerancia en peso por pieza: 0.22 g (Veintidós centigramos), en más o en menos. 2. Anillo perimétrico de la moneda: Aleación de bronce-aluminio, que estará integrada como sigue: a) Contenido: 92% (Noventa y dos por ciento) de cobre; 6% (Seis por ciento) de aluminio, y 2% (Dos por ciento) de níquel. b) Tolerancia en contenido: 1.5% (Uno, cinco décimos por ciento), por elemento, en más o en menos. c) Peso: 7.16 g (Siete gramos, dieciséis centigramos). d) Tolerancia en peso por pieza: 0.29 g (Veintinueve centigramos), en más o en menos. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 7 3. Peso total: Será la suma de los pesos de la parte central de la moneda y del anillo perimétrico de esta, que corresponderá a 12.67 g (Doce gramos, sesenta y siete centigramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.51 g (Cincuenta y un centigramos) en más o en menos. V. Los cuños serán: Anverso: El Escudo Nacional, con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS", formando el semicírculo superior. Reverso: El diseño del motivo que se contenga en el reverso de la moneda a que se refiere este artículo, será el que de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio del presente Decreto determine el Banco de México. Dicho motivo deberá relacionarse con la Copa Mundial de la FIFA 2026, organizada por México-Estados Unidos-Canadá, e incluirá la denominación "$20", los elementos de seguridad y la ceca de la Casa de Moneda de México "Mo". VI. Canto: Estriado discontinuo. VII. Elementos de Seguridad: Imagen latente y microtexto, en el reverso de la moneda, los cuales deberán estar relacionados con el motivo de la misma. Artículo Cuarto.- Corresponderá al Banco de México la titularidad de todos los derechos patrimoniales de autor y cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual derivados de los diseños y de la acuñación de las monedas a que se refiere el presente Decreto. Transitorios Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo.- A más tardar dentro de los noventa días naturales posteriores a la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, el Banco de México determinará los diseños de los motivos que se contendrán en el reverso de cada una de las monedas conmemorativas a que se refiere este Decreto. Tercero.- El Banco de México, previo a la acuñación de las monedas conmemorativas de la Copa Mundial de la FIFA 2026 organizada por México-Estados Unidos-Canadá, establecidas en los Decretos relativos a esa conmemoración emitidos por el Congreso de la Unión, podrá modificar los diseños que haya determinado para el reverso de cada una de las monedas cuando exista algún impedimento legal o técnico, o ambos. Cuarto.- Las monedas conmemorativas a que se refiere el presente Decreto podrán empezar a acuñarse a partir de los treinta días naturales posteriores a la fecha en que se determinen los diseños, conforme a lo señalado en el Segundo Transitorio de este Decreto. Quinto.- Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran a los diseños aprobados por el Banco de México, los cuales deberán ser acordes con las características esenciales de los motivos de las monedas conmemorativas señaladas en el presente Decreto. Ciudad de México, a 17 de febrero de 2026.- Dip. Kenia López Rabadán, Presidenta.- Sen. Laura Itzel Castillo Juárez, Presidenta.- Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Secretaria.- Sen. Lizeth Sánchez García, Secretaria.- Rúbricas." En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 05 de marzo de 2026.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación.- Rúbrica. 8 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 01-00-64 hectáreas del ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, a favor de Tren Maya, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafos primero y segundo, y 92 de la propia Constitución; 13, 29 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 93, fracciones I y VII, y 94 de la Ley Agraria, y 60, 61 y 75 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y RESULTANDO 1. Que, mediante resolución presidencial publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de 20 de julio de 1936, se dotó al poblado “Leona Vicario", Delegación de Cozumel, Territorio de Quintana Roo, la superficie de 63,840 hectáreas. Dicha resolución se ejecutó el 8 de julio de 1937; 2. Que, el Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, mediante decreto publicado en el DOF el 8 de octubre de 1974, reformó el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reconocer al estado de Quintana Roo como parte integrante de la federación; 3. Que, mediante asamblea general de ejidatarios de 15 de agosto de 1999, se determinó la delimitación, destino y asignación de las tierras del ejido “Leona Vicario", municipio de Benito Juárez, estado de Quintana Roo; 4. Que, el 1 de diciembre de 1999, el ejido “Leona Vicario", actualmente municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, se inscribió en el Padrón e Historial de Núcleos Agrarios del Registro Agrario Nacional (RAN) con el folio de ejidos y comunidades 23005002120071937R; 5. Que, el Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, mediante decreto número 342, de 5 de noviembre de 2015, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 6 de noviembre de 2015, creó el municipio de Puerto Morelos, con cabecera Municipal en la Ciudad de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, jurisdicción a la que pertenece actualmente el ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo; 6. Que, el ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, fue afectado por las siguientes acciones agrarias: Núm. Resolución Presidencial Publicación en el DOF Acción Superficie (hectáreas) 1. 14 de mayo de 1990 22 de mayo de 1990 Expropiación 585-57-65.85 2. 27 de julio de 1990 6 de agosto de 1990 Expropiación 835-27-64.06 3. 20 de agosto de 1993 26 de agosto de 1993 Expropiación 191-29-12.26 4. 22 de noviembre de 1993 8 de diciembre de 1993 Expropiación 167-10-14 5. 11 de septiembre de 1996 17 de septiembre de 1996 Expropiación 444-97-71 6. 18 de mayo de 2015 19 de mayo de 2015 Expropiación 8-50-96 7. 8 de marzo de 2024 8 de marzo de 2024 Expropiación 90-53-63 8. 24 de diciembre de 2025 29 de diciembre de 2025 Expropiación 01-60-57 9. 31 de diciembre de 2025 31 de diciembre de 2025 Expropiación 00-13-57 Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 9 7. Que, mediante escritura pública 98,727, de 5 de diciembre de 2018, otorgada ante el Licenciado Carlos Antonio Morales Montes de Oca, notario público 227 de Ciudad de México, se protocolizó el cambio de denominación de Fonatur Operadora Portuaria, S.A. de C.V., por el de FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V. En la cláusula CUARTA de la citada escritura pública consta, como parte de su objeto social: c) Tramitar todo tipo de asignaciones y permisos y ejecutar la construcción, operación, explotación, conservación y mantenimiento de vías férreas en el sureste de la República Mexicana. d) Tramitar todo tipo de asignaciones y permisos y prestar el servicio público de transporte ferroviario de pasajeros o de carga, por sí mismo mediante asignación o de manera conjunta con concesionarios. e) Tramitar todo tipo de asignaciones y permisos para prestar servicios auxiliares ferroviarios, así como todo tipo de servicios relacionados con la infraestructura ferroviaria. (...) g) Celebrar todo tipo de actos jurídicos por los cuales otorgue o reciba el uso y aprovechamiento de bienes muebles e inmuebles, así como el adquirirlos o enajenarlos, comprendidos en instalaciones turísticas o inmobiliarias de cualquier naturaleza, en cualquier destino turístico, polos de desarrollo turístico, Centros Integralmente Planeados, y en Centros Turísticos Sustentables del Fondo Nacional del Fomento al Turismo (FONATUR), en el sureste de la República Mexicana. 8. Que, mediante publicación en el DOF el 21 de abril de 2020, el Gobierno federal otorgó, por conducto de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a la empresa de participación estatal mayoritaria FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., la asignación para construir, operar y explotar la vía general de comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, la cual incluye la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, y los permisos para prestar los servicios auxiliares requeridos; 9. Que, FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., elaboró dictámenes técnicos de la viabilidad del Proyecto Tren Maya, en los que se concluye que es de primera necesidad contar con un servicio confiable, eficiente, cómodo y seguro que permita, por una parte, el transporte de mercancías y, por otra, movilizar a sus usuarios con altos estándares de calidad, acceso y cobertura en el área urbana y conurbada; 10. Que, los dictámenes antes referidos, acreditan que el Proyecto Tren Maya satisface el interés colectivo, e impulsa las actividades económicas del sur-sureste del país que garantizan el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad, comodidad, eficiencia, calidad e igualdad. Así mismo, la construcción del Tren Maya permitirá el desarrollo socioeconómico y turístico; reducirá los niveles de pobreza, y mejorará las condiciones de vida de quienes habitan y transitan por la zona; 11. Que, el Proyecto de Nación se fundamenta en los Cien Compromisos de gobierno para el periodo 2025-2030, los cuales son la base del Plan Nacional de Desarrollo (PND 2025-2030), publicado en el DOF el 15 de abril de 2025; en ellos se exponen 14 repúblicas, la XI, que se denomina República Próspera y Conectada, la cual contempla los compromisos números 76 y 77, mismos que se refieren a la “Construcción de línea del Tren Maya a Progreso” y a la “Implementación del transporte de carga en el Tren Maya”, respectivamente; 12. Que, el PND 2025-2030 contempla, en su Eje general 3 “Economía Moral y Trabajo”, las siguientes estrategias: Estrategia 3.7.2 Fomentar la construcción, modernización y conservación de la infraestructura de transporte para garantizar la movilidad de personas, bienes, servicios y turistas nacionales e internacionales, asegurando condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad. Estrategia 3.7.3 Desarrollar infraestructura ferroviaria para mejorar el transporte de pasajeros y carga mediante la expansión e integración de la red con un enfoque intermodal, fortaleciendo la integración territorial y ofreciendo un servicio económico, seguro, sostenible y eficiente. 10 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 13. Que, el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (PSEDATU) 2025-2030, publicado en el DOF el 1 de septiembre de 2025, establece en su Estrategia 2.3 “Promover políticas de movilidad sustentable, segura, accesible e incluyente, para mejorar la conectividad del territorio, la prosperidad de las regiones y el bienestar de las personas” y en su Línea de acción 2.3.1 “Coordinar la regularización y liberación del derecho de vía para la construcción de 3,000 km de líneas de tren de pasajeros, mediante procesos de gestión, acuerdos y actualización registral”; 14. Que, el Programa Sectorial de Defensa Nacional 2025-2030, publicado en el DOF el 1 de septiembre de 2025, establece en su Estrategia 6.1 “Coadyuvar en la construcción de infraestructura que tienda al desarrollo económico y social del país” y en sus Líneas de acción 6.1.1 y 6.1.2 “Colaborar en estudios preliminares, asesoramiento y construcción, para el desarrollo del sistema ferroviario del país, que permita mejorar la movilidad, fortalecer la integración regional y facilitar el traslado de pasajeros y carga en el territorio nacional” y “Participar en la materialización de la infraestructura ferroviaria del Tren Maya para mejorar el transporte de pasajeros y carga, mediante la expansión de la red con un enfoque intermodal, que permita fortalecer la integración territorial en el sureste de la República y su desarrollo social, respectivamente; 15. Que, mediante escritura pública número 20 de 3 de junio de 2022, otorgada ante la fe de la titular de la Notaría 153 del Estado de México, Claudia Gabriela Francóz Gárate, se hizo constar la constitución de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Tren Maya, S.A. de C.V., la cual tiene por objeto social: (...) prestar los servicios de transporte ferroviario, complementarios y comerciales relacionados con los mismos, en términos de las concesiones, permisos, licencias y autorizaciones, que en su caso, obtenga del Gobierno Federal, para llevar a cabo la construcción, operación y explotación del “Tren Maya”. Por lo que, para cumplir con su objeto social, Tren Maya, S.A. de C.V., puede realizar, entre otras acciones, lo siguiente: (...) II. Llevar a cabo la construcción, operación y explotación del “Tren Maya”, así como prestar los servicios auxiliares y públicos de transporte ferroviario de personas y carga, principalmente en los Estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, pudiendo extenderse en todo el territorio nacional; III. Realizar todas las acciones, estudios, proyectos, construcciones, adquisiciones, obras complementarias, sociales y de desarrollo inmobiliario que sean necesarias para la construcción del Sistema Ferroviario relacionado con el "Tren Maya" y los que se lleguen a crear en el territorio nacional, para el desarrollo regional, incluyendo todas aquellas actividades relacionadas con la adquisición de bienes por cualquier título, propiedad privada o cualquier modalidad de tenencia de la tierra; IV. El diseño, la construcción, ejecución, equipamiento, instalación, puesta en operación, financiación y transmisión de todo tipo de edificaciones, obras necesarias para tendido de vías, elevados sobre carril o cable, señalizaciones y enclavamientos, electrificación de ferrocarriles, así como su mantenimiento y reparación, ya sea en régimen de contratación pública o, privada, concesión o arrendamiento; (...) XII. En general, realizar y ejecutar todos los actos jurídicos que sean necesarios o convenientes para llevar a cabo su objeto social. 16. Que, mediante publicación en el DOF de 30 de mayo de 2023, el Gobierno federal otorgó, por conducto de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a la empresa de participación estatal mayoritaria Tren Maya, S.A. de C.V., la asignación para construir, operar y explotar la vía general de comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, la cual incluye los permisos para prestar los servicios auxiliares requeridos; 17. Que, por acuerdo publicado el 21 de septiembre de 2023 en el DOF, se emitieron los “Lineamientos para la entrega del Proyecto Tren Maya, que realizará el Fideicomiso denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) y FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V. a Tren Maya, S.A. de C.V.”; Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 11 18. Que, por decreto presidencial publicado el 1 de marzo de 2024 en el DOF, se determinó que FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., debe entregar el Proyecto Tren Maya a Tren Maya, S.A. de C.V., conforme a las disposiciones normativas aplicables; 19. Que, por acuerdo publicado en el DOF el 4 de agosto de 2025, se establecieron las acciones para dar continuidad y seguimiento a los derechos y obligaciones de Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V., por Tren Maya, S.A. de C.V., respecto de aquellos relacionados con el Proyecto Tren Maya, y por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo en los demás derechos, obligaciones y asuntos distintos a éstos; 20. Que, FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., es una empresa de participación estatal mayoritaria sectorizada a la Secretaría de Turismo y Tren Maya, S.A. de C.V., es una empresa de participación estatal mayoritaria sectorizada a la Secretaría de la Defensa Nacional, como se indica en la "Relación de las Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal", publicada en el DOF el 14 de agosto de 2025; 21. Que, el 29 de agosto de 2025 se publicó en el DOF la Resolución emitida por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, mediante la cual se autorizó la desincorporación por disolución y liquidación de la empresa de participación estatal mayoritaria denominada FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V.; 22. Que, el Programa Institucional Tren Maya, S.A. de C.V. 2025-2030, publicado el 14 de octubre de 2025 en el DOF, define los tres objetivos siguientes: “1.- Asegurar la rentabilidad del Tren Maya mediante la gestión eficiente de los servicios de transporte de pasajeros, carga, servicios complementarios y comerciales, para consolidar un sistema ferroviario que impulse el crecimiento económico del Sureste”; “2.- Garantizar un sistema de transporte ferroviario confiable, eficiente, seguro, con calidad e innovador con una conectividad intermodal integral, para fortalecer la logística, el comercio y la competitividad regional”, y “3.- Impulsar al Tren Maya como una empresa ferroviaria con responsabilidad ambiental y social, con respeto a los derechos humanos, para contribuir al bienestar, la movilidad sostenible y desarrollo del Sureste”; 23. Que, FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., y Tren Maya, S.A. de C.V., mediante oficio número FTM/EDVPP/1016/2024 del 29 de julio de 2024 solicitaron al entonces titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) la expropiación de la superficie de 01-00-42.45 hectáreas del ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, para destinarla a la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del proyecto Tren Maya y sus obras complementarias, correspondiente al Tramo 4 Izamal - Cancún; 24. Que, la entonces Dirección General de Ordenamiento de la Propiedad Rural, hoy Dirección General de Resoluciones Presidenciales y Expropiaciones (DGRPE) de la Sedatu, el 23 de septiembre de 2024, emitió acuerdo de instauración del procedimiento de expropiación con número de expediente DGOPR-DCE-DE/SOE-23QR/0170FONATUR TREN MAYA, S.A. DE C.V. y TREN MAYA, S.A. DE C.V/2024; 25. Que, el comisionado técnico del RAN y el comisionado agrario de la Sedatu rindieron el "informe de comisión de Trabajos Técnicos e Informativos de Expropiación", de 14 de noviembre de 2024, en el que se señala que la superficie real a expropiar al ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, es de 01-00-64 hectáreas de temporal de uso común, que se describen en los siguientes planos y cuadros de construcción: 12 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 13 14 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 PROYECCIÓN: UTM ZONA: 16 Superficie a expropiar de uso común: 01-00-64 hectáreas Superficie total a expropiar: 01-00-64 hectáreas 26. Que, el 18 de marzo de 2025, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) emitió dictamen valuatorio y anexo único, con número secuencial 04-25-119 y genérico G-42135-ZND, en el que determinó, con base en el valor comercial de la superficie a expropiar, que el monto total de indemnización asciende a $398,965.99 (trescientos noventa y ocho mil novecientos sesenta y cinco pesos 99/100 M.N.); 27. Que, la Dirección General de Ordenamiento Territorial y Urbano de la Sedatu, el 4 de abril de 2025, emitió la opinión técnica condicionada número SOTUV/DGOTU/009/YUC.QROO/FONATUR TM4/001/2025, respecto del procedimiento de expropiación a favor de Tren Maya, S.A. de C.V., que incluye la superficie de 01-00-64 hectáreas, relativas al ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo; Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 15 28. Que, al comisariado del ejido “Leona Vicario”, municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, se le notificó el 18 de junio de 2025 la solicitud de expropiación, el acuerdo de instauración, la superficie real a expropiar, el dictamen valuatorio y anexo único. Asimismo, se le informó que contaba con 10 días hábiles para que manifestara lo que a su interés conviniera. En dicho plazo no realizó manifestaciones; 29. Que, la DGRPE, el 2 de diciembre de 2025, emitió dictamen en el que determinó procedente la expropiación de la superficie a que se refiere el numeral 25, a favor de Tren Maya, S.A. de C.V., para destinarse a la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del Proyecto Tren Maya y sus obras complementarias, y CONSIDERANDO I. Que, de conformidad con los artículos 27, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 93, fracciones I, y VII y 94 de la Ley Agraria, y 75 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural (RLAMOPR), procede, mediante indemnización y previo decreto expedido por la persona titular del Ejecutivo Federal publicado en el DOF, la expropiación por causa de utilidad pública, como lo es la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del Proyecto Tren Maya y sus obras complementarias; II. Que, en los documentos señalados en los resultandos 1 y 3 del presente instrumento, indican que el ejido “Leona Vicario” se ubicaba en la Delegación de Cozumel, territorio de Quintana Roo y en el municipio de Benito Juárez, estado de Quintana Roo, respectivamente; sin embargo, de las publicaciones referidas en los resultandos 4 y 5, los datos actuales y correctos del ejido son “Leona Vicario”, ubicado en el municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, tal como consta en la inscripción del Registro Agrario Nacional y en el informe de comisión de Trabajos Técnicos e Informativos de Expropiación, por lo que el nombre del ejido y el municipio en el que se ubica debe identificarse como “Leona Vicario”, municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo; III. Que, la superficie de 01-00-64 hectáreas de terrenos de temporal de uso común del ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, se solicitó para destinarse a la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del Proyecto Tren Maya y sus obras complementarias, así como la prestación del servicio público de transporte de carga ferroviaria y de pasajeros. Como consecuencia, se acreditan las causas de utilidad pública del establecimiento, explotación o conservación de un servicio o función públicos, y de la construcción de puentes, carreteras, ferrocarriles y demás obras que faciliten el transporte, previstas en el artículo 93, fracciones I y VII, respectivamente, de la Ley Agraria; IV. Que, el Proyecto Tren Maya, al ser uno de los proyectos más importantes de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo nacional y extranjero, no sólo impulsará el transporte de pasajeros, sino que se consolidará como un importante medio de transporte de carga, para acelerar el comercio de la península, lo que facilitará el intercambio de mercancías con el resto del país y diversificará los puntos turísticos de la región para generar una derrama económica; cumpliendo así una doble funcionalidad que fortalecerá su papel como elemento clave para construir una República próspera y conectada, como parte de las estrategias 3.7.2. y 3.7.3 del Eje general 3 “Economía Moral y Trabajo” del PND 2025-2030; V. Que, con la construcción, modernización y conservación, así como el desarrollo de infraestructura del Tren Maya se generarán oportunidades laborales y se redistribuirá la riqueza a lo largo de la península; para dar protección y rehabilitación a las áreas naturales protegidas y a los sitios patrimoniales. De igual forma, el Tren Maya funcionará como corredor humanitario por medio del cual se entregarán apoyos alimentarios, médicos, etc. para los pueblos y las comunidades indígenas y afromexicanas del sureste mexicano; tendrá un flujo constante, y sólo por su conducto, se podrá llegar a dichos poblados de manera pronta y eficaz; su ubicación geográfica es fundamental para salvaguardar las costas y la zona fronteriza con Centroamérica; VI. Que, de diversos documentos contenidos en el expediente de expropiación número DGOPR-DCE-DE/SOE-23QR/0170FONATUR TREN MAYA, S.A. DE C.V. y TREN MAYA, S.A. DE C.V/2024, se advierte que la superficie que se solicitó expropiar al ejido “Leona Vicario", fue de 01-00-42.45 hectáreas; sin embargo, una vez realizados los trabajos técnicos, resultó que la superficie real es de 01-00-64 hectáreas de temporal de uso común, como consta en el informe de comisión de Trabajos Técnicos e Informativos de Expropiación ya referidos, motivo por el cual la superficie por expropiar al ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, debe ser de 01-00-64 hectáreas; VII. Que, se otorgó garantía de audiencia al órgano de representación del ejido “Leona Vicario”, municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, como se acredita con las constancias que obran en el expediente DGOPR-DCE-DE/SOE-23QR/0170FONATUR TREN MAYA, S.A. DE C.V. y TREN MAYA, S.A. DE C.V/2024, sin que en el plazo concedido realizara manifestaciones respecto del procedimiento expropiatorio materia del presente decreto; con lo anterior, se dio cumplimiento a los artículos 14 y 16 de la CPEUM y 65 del RLAMOPR; 16 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 VIII. Que, queda acreditado que se ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 94 de la Ley Agraria y 70 del RLAMOPR, ya que el Indaabin emitió dictamen valuatorio, el 18 de marzo de 2025, en el cual determinó que el monto de indemnización, con base al valor comercial de la superficie a expropiar, es de $398,965.99 (trescientos noventa y ocho mil novecientos sesenta y cinco pesos 99/100 M.N.). Con base en dicho avalúo, procede pagar la indemnización al ejido por las tierras de uso común, en la que debe considerarse el pago anticipado que, en su caso, se haya hecho, en la inteligencia de que los bienes objeto de la expropiación solo podrán ser ocupados de manera definitiva, mediante el pago que se efectúe al ejido o a las personas que acrediten tener derecho sobre las tierras de uso común en la proporción que corresponda; IX. Que, en caso de que los bienes expropiados se destinen a un fin distinto al señalado en el decreto respectivo, o si transcurrido un plazo de 5 años no se ha cumplido con la causa de utilidad pública, el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal podrá ejercer las acciones necesarias para reclamar la reversión parcial o total, según corresponda, de los bienes expropiados, y operar la incorporación de estos a su patrimonio; ello de conformidad con el artículo 97 de la Ley Agraria; X. Que, mediante decreto presidencial de 1 de marzo de 2024, como se señala en el resultando 18 del presente instrumento, se estipula que FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., debe entregar el Proyecto Tren Maya a Tren Maya, S.A. de C.V., conforme a lo dispuesto en las normas aplicables y a más tardar el 12 de septiembre de 2024, toda vez que ha transcurrido el tiempo especificado, el presente procedimiento culminará a favor de Tren Maya, S.A. de C.V., máxime que el 29 de agosto de 2025 se publicó en el DOF la resolución por la que se autorizó la desincorporación por disolución y liquidación de FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V; XI. Que, los pagos correspondientes a cargo de Tren Maya, S.A. de C.V., se realizarán del presupuesto autorizado con el que cuenta dicha entidad paraestatal, sin que se autoricen ampliaciones líquidas al presupuesto establecido; XII. Que, en términos de los artículos 93, 94 y 95 de la Ley Agraria y 60, 61, 63, 65, 67, 70, 72, 73, 74 y 75 del RLAMOPR, al haberse tramitado el procedimiento de expropiación ante la Sedatu, así como al haber justificado y acreditado las causas de utilidad pública, he tenido a bien expedir el siguiente DECRETO PRIMERO. Se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 01-00-64 hectáreas (una hectárea, sesenta y cuatro centiáreas), de terrenos de temporal de uso común del ejido “Leona Vicario", municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo, a favor de Tren Maya, S.A. de C.V., para destinarla a la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del Proyecto Tren Maya y sus obras complementarias. SEGUNDO. Queda a cargo de Tren Maya, S.A. de C.V., acreditar que se realizó el pago o en su caso, cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, respecto a la superficie a expropiar, por la cantidad señalada, en el avalúo emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, y en los términos señalados en el considerando VIII del presente decreto. TERCERO. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano procederá a la ejecución correspondiente, una vez que Tren Maya, S.A. de C.V., haya acreditado que se realizó el pago indemnizatorio señalado en el numeral anterior. TRANSITORIOS PRIMERO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. El presente decreto entrará en vigor y surtirá efectos el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. TERCERO. Inscríbase en el Registro Agrario Nacional, en el Registro Público de la Propiedad Federal y en el Registro Público de la Propiedad estatal o municipal correspondiente. CUARTO. Notifíquese y ejecútese en los términos de la normativa aplicable. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México a 05 de marzo de 2026.- Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo.- Rúbrica.- Secretario de la Defensa Nacional, Ricardo Trevilla Trejo.- Rúbrica.- Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Edna Elena Vega Rangel.- Rúbrica. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 17 SECRETARIA DE MARINA AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro del Servicio Portuario de Pilotaje, aplicables en diversos puertos de México. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría de Marina. MARÍA MARISA ABARCA HERNÁNDEZ, Capitán de Altura, Directora General de Puertos, con fundamento en los artículos 25, 27 y 90, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26, fracción IV, 30, fracciones XIV Bis, XIV Quáter y XXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o, 4o, fracción III, 16, fracciones II, VIII y XIV, 44 fracción I, 45, 59, 60 y 61, de la Ley de Puertos; 55, 56 y 57, fracciones III y IV, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1, 3, 12, 15, 17, 32, 35 y 36, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3 y 137, del Reglamento de la Ley de Puertos, 500, del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; Numeral II, 2.1, incisos e) y f), de la Regulación Tarifaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1999; y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 1, 3, fracción IX, 4 fracción III, inciso b), numeral 1, 15, 21 y 23, fracciones VIII y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y CONSIDERANDO Que la Secretaría de Marina, como Autoridad en materia de Puertos, tiene a su cargo las atribuciones conferidas por las leyes, Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos, de Puertos, así como los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, para el control de los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación y formas de administración, así como para la prestación de los servicios portuarios; Que la Secretaría de Marina, por conducto de la Dirección General de Puertos, tiene dentro de sus atribuciones, el establecer las bases de regulación tarifaria y de precios para el uso de determinados bienes en puertos, terminales, marinas y para la prestación de los servicios cuando no existan opciones portuarias o de otros modos de transporte que propicien un ambiente de competencia razonable; Que fueron recibidas diversas solicitudes en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de la Autoridad Marítima Nacional, para el ajuste de actualización a las bases de regulación tarifaria del servicio portuario de pilotaje, aplicables en diversos puertos de México, mismas que fueron autorizadas por la Dirección General de Puertos, y Que de conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos, las bases de regulación tarifaria entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: “AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS BASES DE REGULACIÓN TARIFARIA PARA EL COBRO DEL SERVICIO PORTUARIO DE PILOTAJE, APLICABLES EN DIVERSOS PUERTOS DE MÉXICO.” ÚNICO.- Se hace del conocimiento del público en general, que fueron actualizadas las bases de regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de pilotaje, aplicables en diversos puertos de México, mismas que pueden ser consultadas en la página electrónica siguiente: Prestador del servicio Servicio portuario Puerto Sindicato Nacional de Pilotos de Puerto www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/0988_2026.pdf Pilotaje Puertos de México TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Las bases de regulación tarifaria a que se refiere el presente aviso, entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Atentamente Ciudad de México, a 25 de febrero de 2026.- La Directora General de Puertos, Capitán de Altura María Marisa Abarca Hernández.- Rúbrica. 18 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de Infraestructura Portuaria, aplicables en diversos puertos de México. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría de Marina. MARÍA MARISA ABARCA HERNÁNDEZ, Capitán de Altura, Directora General de Puertos, con fundamento en los artículos 30, fracciones XIV Bis, XIV Quáter y XXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o, 4o, fracción III, 16, fracciones II y XIV, 40, fracción X, 59, 60 y 61, de la Ley de Puertos; 1, 3 y 137, del Reglamento de la Ley de Puertos; la Regulación Tarifaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1999; y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 1, 3, fracción IX, 4 fracción III, inciso b), numeral 1, 15 y 23, fracciones VIII y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y CONSIDERANDO Que la Secretaría de Marina, como Autoridad en materia de Puertos, tiene a su cargo las atribuciones conferidas por las leyes, Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos, de Puertos, así como los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, para el control de los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación y formas de administración, así como para la prestación de los servicios portuarios; Que la Secretaría de Marina, por conducto de la Dirección General de Puertos, tiene dentro de sus atribuciones, el establecer las bases de regulación tarifaria y de precios para el uso de determinados bienes en puertos, terminales, marinas y para la prestación de los servicios cuando no existan opciones portuarias o de otros modos de transporte que propicien un ambiente de competencia razonable; Que fueron recibidas diversas solicitudes en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de la Autoridad Marítima Nacional, para el ajuste de actualización de las bases de regulación tarifaria por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de México, mismas que fueron autorizadas por la Dirección General de Puertos, y Que de conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos, las bases de regulación tarifaria entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: “AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS BASES DE REGULACIÓN TARIFARIA PARA EL COBRO POR EL USO DE INFRAESTRUCTURA PORTUARIA, APLICABLES EN DIVERSOS PUERTOS DE MÉXICO.” ÚNICO.- Se hace del conocimiento del público en general, que fueron actualizadas las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de México, mismas que pueden ser consultadas en las páginas electrónicas siguientes: Prestador del servicio Puerto Administración del Sistema Portuario Nacional Tampico, S.A. de C.V. www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/0738_2026.pdf Tampico, Tamps. Administración del Sistema Portuario Nacional Progreso, S.A. de C.V. www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/0935_2026.pdf Las Coloradas, Yuc. Administración del Sistema Portuario Nacional Progreso, S.A. de C.V. www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/0936_2026.pdf Progreso, Yuc. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Las bases de regulación tarifaria a que se refiere el presente aviso, entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Atentamente Ciudad de México, a 25 de febrero de 2026.- La Directora General de Puertos, Capitán de Altura María Marisa Abarca Hernández.- Rúbrica. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 19 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de Hey Banco, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.- Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros E.- Oficio Núm.: 312-3/708807/2026.- Exp.: CNBV.3S.1.312 (16105). ASUNTO: SE MODIFICAN LOS TÉRMINOS DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DE ESA ENTIDAD. HEY BANCO, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE BANREGIO GRUPO FINANCIERO Calle Hidalgo Núm. 2404, Piso 49 Col. Obispado, Monterrey 64060 Nuevo León AT'N.: LIC. MANUEL GERARDO RIVERO ZAMBRANO Director General Mediante oficio 312-2/9715/2025 de fecha 4 de julio de 2025, esta Comisión aprobó a Hey Banco, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero (Hey Banco) la reforma a los artículos segundo, tercero y séptimo de sus estatutos sociales, a fin de: i) incorporar la operación y actividad para la distribución de fondos de inversión como parte de su objeto social y el desarrollo del mismo; y ii) contemplar un capital autorizado por la cantidad de $2,000’000,000.00 y precisar que su capital suscrito y pagado es por la suma de $1,400’000,000.00, en términos del proyecto de asamblea general extraordinaria de accionistas, que remitieron con el escrito presentado el 21 de mayo de 2025. Con oficio 312-3/708653/2026 de fecha 29 de enero de 2026, esta Comisión aprobó a Hey Banco la reforma al artículo Séptimo de sus estatutos sociales, con motivo del aumento de su capital social pagado por la cantidad de $93’029,430.00, para quedar en la suma total de $1,493’029,430.00, en términos del proyecto de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, que acompañaron con el escrito presentado el 29 de enero de 2026. Con escrito presentado el 27 de agosto de 2025, a través del correo electrónico VPSupervisionGIFB@cnbv.gob.mx y, en cumplimiento al requerimiento contenido en el oficio 312-2/9715/2025, Hey Banco presentó copia certificada de la escritura pública 51,200 de fecha 17 de julio de 2025, otorgada ante la fe del licenciado Héctor Mauricio Villegas Garza, notario público número 122 de la Ciudad de Monterrey e inscrita en el Registro Público de Comercio de esa misma ciudad el día 18 de agosto de 2025, en la que se formalizó la modificación estatutaria referida en el primer párrafo del presente oficio. Asimismo, con escrito presentado el 12 de febrero de 2026 través del correo electrónico VPSupervisionGIFB@cnbv.gob.mx y, en cumplimiento al requerimiento contenido en el oficio 312-3/708653/2026, Hey Banco presentó copia certificada de la escritura pública 52,408 de fecha 29 de enero de 2026, otorgada ante la fe del licenciado Héctor Mauricio Villegas Garza, notario público número 122 de la Ciudad de Monterrey e inscrita en el Registro Público de Comercio de esa misma ciudad el día 1o de febrero de 2026, en la que se formalizó la modificación estatutaria referida en el segundo párrafo del presente oficio. Por lo anterior, con fundamento en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), esta Comisión tiene a bien modificar la Base Quinta de la “Autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple a denominarse Hey Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero”, contenida en oficio P220/2023 emitido por esta misma autoridad el 11 de julio de 2023, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 2023, modificada por última vez mediante oficio 312-2/42939/2024 de fecha 21 de noviembre de 2024, y publicado en el citado Diario el 11 de diciembre de 2024, para quedar en los siguientes términos: 20 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 “… QUINTA.- El importe de su capital autorizado será de $2,000’000,000.00 (dos mil millones de pesos 00/100, moneda nacional), de los cuales, se encuentran suscritos y pagados $1,493’029,430.00 (mil cuatrocientos noventa y tres millones veintinueve mil cuatrocientos treinta pesos 00/100, moneda nacional). …” Asimismo, con fundamento en los artículos 8, último párrafo y 97 de la LIC y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se requiere a Hey Banco para que informe a esta autoridad la fecha de las publicaciones realizadas en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación de su domicilio social, del presente oficio de modificación, en un plazo de quince días hábiles contado a partir de la fecha de las referidas publicaciones, las cuales deberán tramitarse dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de recepción de este oficio. El presente oficio se emite con fundamento en los artículos 16, antepenúltimo párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 14, 19, fracción X, 21, fracciones I, inciso c), II y III y último párrafo, 44, fracciones I y IV y 64 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Atentamente Ciudad de México, a 2 de marzo de 2026.- Directora General de Autorizaciones al Sistema Financiero, Lic. Aurora de la Paz Torres Arroyo.- Rúbrica.- Directora General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros E, Lic. Gabriela Acevedo Mora.- Rúbrica. (R.- 573560) DECLARATORIA de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala. (R.F.I. 30-26732-4). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Folio: DSRDPF/AR/01/2026. DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA. (R.F.I. 30-26732-4). Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de 1992), 130, Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26 fracción VI y 31 fracción XXIX y XXX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 42, fracción V, 48, 78, 79 y 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3 fracción X, 6 fracción XLVII y 10 fracciones I y IV del Reglamento Interior del Instituto de Administración; y Primero del Acuerdo delegatorio, emitido por la entonces Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017, y Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 21 C O N S I D E R A N D O 1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público. 2.- Que la fracción II del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, antes de las reformas del 28 de enero de 1992, establece que “los templos destinados al culto público son propiedad de la Nación, representada por el Gobierno Federal, quien determinará los que deben continuar destinados a su objeto. Los templos que en lo sucesivo se erigieren para el culto público, serán propiedad de la Nación”; en este sentido el artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente, establece que estos bienes propiedad de la Nación mantendrán su actual situación jurídica. 3.- Que de acuerdo a los artículos 1°, 2º, 3° y 4° de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de la fracción II del Artículo 27 Constitucional, señala cuales son los bienes propiedad de la Nación, representada por el Gobierno Federal. 4.- Que, por su parte, el artículo 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales, disponen que están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles nacionalizados a que se refiere el Artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo aquéllos respecto de los cuales, a la fecha de entrada en vigor del presente ordenamiento, aún no se hubiere expedido la resolución judicial o la declaración administrativa correspondiente. 5.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su órgano administrativo desconcentrado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido la administración del inmueble federal identificado con el número de Registro Federal Inmobiliario 30-26732-4 y bajo el uso de la Asociación Religiosa denominada “EL CONCILIO NACIONAL DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS”, con número de Registro SGAR/164/93, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos en el cuadro siguiente: No. DSRDPF/AR RFI Denominación, Ubicación y Superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 01/2026 30-26732-4 "EBENEZER" Ubicado en Calle 24 de Febrero número 44, Pueblo Las Flores, 5 Poblados, C.P. 92748, Municipio de Álamo Temapache, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Superficie de 400.00 m2. NORTE PROPIEDAD PARTICULAR 20.00 SUR CALLE 24 DE FEBRERO 20.00 ESTE PROPIEDAD PARTICULAR 20.00 OESTE PROPIEDAD PARTICULAR 20.00 6.- Que, en razón de lo anterior, dicho inmueble se tiene identificado como inmueble federal y se encuentra controlado en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario señalado en el cuadro anterior. 7.- Que acorde a las consideraciones anteriores, el inmueble objeto de la presente Declaratoria es inmueble federal que se ajusta al supuesto previsto en el artículo 6, fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; por lo que con fecha 11 de febrero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo tendiente a emitir la presente Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación en términos del artículo 29, fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales. 22 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 8.- Que con fecha 25 de febrero de 2026, venció el término legal dispuesto para oponerse al procedimiento citado en el considerando anterior, por lo que al no haberse recibido manifestación de oposición alguna; a nombre y en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dependencia del Ejecutivo Federal encargada de declarar, cuando ello sea preciso, que un bien determinado está sujeto al régimen de dominio público de la Federación, por estar comprendido en algunas de las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales; he tenido a bien emitir la siguiente: D E C L A R A T O R I A PRIMERA. - Que el inmueble descrito en el considerando 5 del presente documento, se encuentra sujeto al régimen de dominio público de la Federación. SEGUNDA. - Que en razón de lo anterior dicho inmueble es inalienable, imprescriptible e inembargable, razón por la cual no se encuentra sujeto a prescripción positiva o negativa, ni es objeto de acciones reivindicatorias o interdictos posesorios por parte de terceros, por su naturaleza no pueden considerarse bienes vacantes para los efectos de los artículos 785 a 789 del Código Civil Federal. TERCERA. - La Asociación Religiosa denominada “EL CONCILIO NACIONAL DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS”, con número de Registro SGAR/164/93, usuaria del inmueble descrito en el considerando 5, de acuerdo al artículo 83 de la Ley General de Bienes Nacionales, está obligada a salvaguardar, conservar, mantener, restaurar y a coadyuvar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su órgano administrativo desconcentrado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en la integración de la información y documentación necesarias para obtener la resolución judicial o la declaración administrativa correspondiente respecto del inmueble nacionalizado, así como presentarlos a la propia Secretaría, la que determinará la vía procedente para tal efecto. CUARTA. – Aun cuando la Asociación Religiosa usuaria del inmueble deje de ocupar el inmueble objeto de la presente Declaratoria, y el mismo sea puesto a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y dicho Instituto lo recibiera para su administración, en términos del artículo 83 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales y 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, el inmueble relativo continuará sujeto al régimen de dominio público de la Federación. QUINTA. - Publíquese esta Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción III de la Ley General de Bienes Nacionales. SEXTA. - Inscríbase la presente Declaratoria como acto de certeza jurídica que acredita la naturaleza inmobiliaria federal respecto del inmueble objeto de la misma, tanto en el Registro Público de la Propiedad Federal como en el Registro Público de la Propiedad correspondiente al lugar de la ubicación del inmueble de que se trata, de conformidad con lo previsto por los artículos 42 fracción V, y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad. T R A N S I T O R I O ÚNICO. - La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México a los 26 días de febrero de 2026.- Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.- Elaboró: Lic. Giovanni Chávez Melo.- Rúbrica.- Validó: Mtra. Santa Lucia Martínez Diego.- Rúbrica.- Autorizó: Lic. José Andrés Weimersheimer Sandoval.- Rúbrica. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 23 SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL SEGUNDO Convenio Modificatorio al Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los componentes de vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias, campañas fitozoosanitarias e inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2025, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Guerrero. SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS, CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2025 DEL ESTADO DE GUERRERO SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS, CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2025, EN EL ESTADO DE GUERRERO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE “AGRICULTURA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ING. FRANCISCO JAVIER CALDERÓN ELIZALDE, DIRECTOR EN JEFE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL ING. ROBERTO ALVARADO MOLINA EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN Y ENLACE Y EL LIC. GREGORIO PORTILLO MENDOZA, EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE “AGRICULTURA” EN EL ESTADO DE GUERRERO, EN ADELANTE REFERIDOS RESPECTIVAMENTE COMO EL “SENASICA” Y LA “REPRESENTACIÓN”; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, EN ADELANTE EL “GOBIERNO DEL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL BIOL. ALEJANDRO ZEPEDA CASTORENA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES”, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Que el 6 de marzo de 2025 las “PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, la Productividad Agropecuaria y la Seguridad Alimentaria 2025-2027, en lo sucesivo identificado como el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación entre las “PARTES”, con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable, Productividad Agropecuaria y Seguridad Alimentaria en general; así como, las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Guerrero. II. Que en apego a las Cláusulas Tercera, Cuarta y Decimotercera del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, con fecha 31 de marzo de 2025, las “PARTES” suscribieron el Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2025, en lo subsecuente el “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, el cual tiene por objeto establecer las actividades planificadas de los proyectos o actividades a desarrollar de acuerdo a los conceptos autorizados mediante la aplicación de los recursos presupuestales establecidos para los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2025, en lo subsecuente referidos respectivamente como los “COMPONENTES” y el “PROGRAMA” determinados en el Anexo 11.1 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 en lo sucesivo el “DPEF”, conforme a su Artículo 32, así como en lo dispuesto en los artículos 1, 6, 8, 9, 13, 17, 18, 19, 22, 24, 26, 40 y demás relativos y aplicables de las Reglas de Operación del “PROGRAMA”, en lo subsecuente las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”, publicados respectivamente en el Diario Oficial de la Federación en lo subsecuente “DOF” los días 24 de diciembre de 2024 y 27 de enero de 2025. III. Que con fecha 16 de julio de 2025, las “PARTES” suscribieron el Convenio Modificatorio al Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio presupuestal 2025, en lo subsecuente el “CONVENIO MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”. 24 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 IV. En la Cláusula Segunda del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, modificada a través del instrumento señalado en el numeral que antecede relativa a la aportación de recursos, las “PARTES” acordaron lo siguiente: “APORTACIÓN DE RECURSOS. SEGUNDA. Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el “DPEF”, en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y en las demás disposiciones legales aplicables, “AGRICULTURA” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” acuerdan que para el ejercicio fiscal 2025, realizarán una aportación conjunta para la operación y ejecución de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA”, por un monto de hasta $72,641,108.00 (Setenta y dos millones seiscientos cuarenta y un mil ciento ocho Pesos 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente: 1. Hasta la cantidad de $69,531,508.00 (Sesenta y nueve millones quinientos treinta y un mil quinientos ocho Pesos 00/100 M.N.); correspondientes a la aportación federal a cargo de “AGRICULTURA”, con base en la suficiencia presupuestal prevista en el “DPEF”; y … … … … … … …” V. Las “PARTES” acordaron en la Cláusula Sexta del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, lo siguiente: “DE LAS MODIFICACIONES. SEXTA. - Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las “PARTES” y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, entre los representantes reconocidos de las “PARTES”, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción. VI. Que, en los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, las “PARTES” acordaron la siguiente distribución de recursos: Apéndice I Guerrero Recursos Convenidos Federación - Estado 2025 (Aportaciones en Pesos) DPEF 2025 De “AGRICULTURA” Del “GOBIERNO DEL ESTADO” Gran Total No. Total Programas y Componentes 69,531,508.00 3,109,600.00 72,641,108.00 De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2025. Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria De “AGRICULTURA” Del “GOBIERNO DEL ESTADO” Gran Total I Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias 5,864,471.00 0.00 5,864,471.00 II Campañas Fitozoosanitarias 54,861,679.00 3,109,600.00 57,971,279.00 III Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera 8,805,358.00 0.00 8,805,358.00 Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 25 Apéndice II Guerrero Calendario de Ejecución 2025 (Aportaciones en Pesos) DPEF 2025 Total Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre No. Total Programas y Componentes Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal 69,531,508.00 3,109,600.00 0.00 1,145,000.00 66,847,047.00 1,395,000.00 0.00 76,500.00 2,684,461.00 270,000.00 0.00 223,100.00 0.00 0.00 0.00 0.00 De conformidad con lo que establece la fracción IV del Artículo 6 del DPEF 2025. Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria 69,531,508.00 3,109,600.00 0.00 1,145,000.00 66,847,047.00 1,395,000.00 0.00 76,500.00 2,684,461.00 270,000.00 0.00 223,100.00 0.00 0.00 0.00 0.00 I Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias 5,864,471.00 0.00 0.00 0.00 5,864,471.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 II Campañas Fitozoosanitarias 54,861,679.00 3,109,600.00 0.00 1,145,000.00 52,177,218.00 1,395,000.00 0.00 76,500.00 2,684,461.00 270,000.00 0.00 223,100.00 0.00 0.00 0.00 0.00 III Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera 8,805,358.00 0.00 0.00 0.00 8,805,358.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación en el componente de Campañas Fitozoosanitarias 26 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Apéndice III Guerrero Cuadro de Montos y Metas 2025 Concentrado Presupuestal Componentes-Subcomponentes Total por Subcomponente Metas Físicas Federal Estatal Total Medida Cantidad I. Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias Subcomponentes: a) Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios 3,679,471.00 0.00 3,679,471.00 Proyecto 1 b) Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios 2,185,000.00 0.00 2,185,000.00 Proyecto 2 II. Componente Campañas Fitozoosanitarias Subcomponentes: a) Servicio fitosanitario para prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias 30,698,900.00 890,000.00 31,588,900.00 Proyecto 9 b) Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas 4,372,575.00 500,000.00 4,872,575.00 Proyecto 3 c) Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas 17,105,743.00 1,600,000.00 18,705,743.00 Proyecto 8 III. Componente Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera Subcomponente: a) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros 8,805,358.00 0.00 8,805,358.00 Proyecto 3 Subtotal /1 66,847,047.00 2,990,000.00 69,837,047.00 Proyectos 26 Gastos de Operación (hasta el 4.0%) /2 2,684,461.00 119,600.00 2,804,061.00 TOTAL 69,531,508.00 3,109,600.00 72,641,108.00 /1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada Componente, se establecerá en los Programas de Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Unidades Responsables del SENASICA; los que serán indicativos, por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables. /2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados en términos de lo dispuesto en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”. a) Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria 3,679,471.00 0.00 3,679,471.00 Proyecto 1 TOTAL 3,679,471.00 0.00 3,679,471.00 Proyectos 1 Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 27 b) Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades o Plagas en Animales Terrestres 1,255,858.00 0.00 1,255,858.00 Proyecto 1 2025 Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades o Plagas en Organismos Acuáticos 929,142.00 0.00 929,142.00 Proyecto 1 TOTAL 2,185,000.00 0.00 2,185,000.00 Proyectos 2 a) Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Servicio Fitosanitario 20,714,833.00 0.00 20,714,833.00 Proyecto 1 2025 Manejo Fitosanitario de cultivos básicos 3,022,332.00 0.00 3,022,332.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Moscas de la Fruta 3,249,510.00 0.00 3,249,510.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Plagas Reglamentadas del Aguacate 0.00 400,000.00 400,000.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Plagas de los Cítricos 2,038,647.00 0.00 2,038,647.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Plagas del Cafeto 1,138,575.00 0.00 1,138,575.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Langosta Centroamericana 477,681.00 0.00 477,681.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario de Hortalizas 57,322.00 0.00 57,322.00 Proyecto 1 2025 Plagas del cocotero 0.00 490,000.00 490,000.00 Proyecto 1 TOTAL 30,698,900.00 890,000.00 31,588,900.00 Proyectos 9 b) Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Peces y anfibios 1,893,293.00 500,000.00 2,393,293.00 Proyecto 1 2025 Crustáceos 1,529,500.00 0.00 1,529,500.00 Proyecto 1 2025 Moluscos 949,782.00 0.00 949,782.00 Proyecto 1 TOTAL 4,372,575.00 500,000.00 4,872,575.00 Proyectos 3 28 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 c) Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis) 9,254,547.00 0.00 9,254,547.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional contra la Brucelosis en los Animales 3,666,000.00 0.00 3,666,000.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional para la prevención y control de la rabia en bovinos y especies ganaderas 2,099,196.00 0.00 2,099,196.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional contra la Varroasis de las Abejas 500,000.00 400,000.00 900,000.00 Proyecto 1 2025 Influenza aviar 500,000.00 0.00 500,000.00 Proyecto 1 2025 Programa de eliminación de animales positivos, reactores, expuestos y sospechosos 36,000.00 0.00 36,000.00 Proyecto 1 2025 Operación de Puntos de Verificación Interna en Materia Zoosanitaria 1,050,000.00 0.00 1,050,000.00 Proyecto 1 2025 Saneamiento de Cuencas Lecheras 0.00 1,200,000.00 1,200,000.00 Proyecto 1 TOTAL 17,105,743.00 1,600,000.00 18,705,743.00 Proyectos 8 a) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Inocuidad Agrícola 3,035,000.00 0.00 3,035,000.00 Proyecto 1 2025 Inocuidad Pecuaria 3,135,358.00 0.00 3,135,358.00 Proyecto 1 2025 Inocuidad Acuícola y Pesquera 2,635,000.00 0.00 2,635,000.00 Proyecto 1 TOTAL 8,805,358.00 0.00 8,805,358.00 Proyectos 3 VII. Que por oficio No. SAGADEGRO/J/1158/2025, suscrito por el Biól. Alejandro Zepeda Castorena, Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Guerrero, hizo de conocimiento al “SENASICA” el retiro de recursos estatales por un importe de $3,109,600.00 (Tres millones ciento nueve mil seiscientos Pesos 00/100 M.N) para el Componente Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio Fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias, Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas y Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas, derivado de insuficiencia presupuestal. Con fundamento en lo señalado en la Cláusula Sexta del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, las “PARTES” están de acuerdo en suscribir el presente instrumento, con el objeto de modificar nuevamente la Cláusula Segunda y los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, para el Componente Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio Fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias, Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas y Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas, en razón del retiro de recursos estatales convenidos. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 29 DECLARACIONES I. DE LAS “PARTES” I. 1. Que es su voluntad el celebrar el presente Segundo Convenio Modificatorio a fin de modificar la Cláusula Segunda y los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, para el Componente Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias, Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas y Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas. I. 2. Que se reconocen recíprocamente la personalidad con que se ostentan y manifiestan que en la suscripción de este Segundo Convenio Modificatorio no existe vicio en el consentimiento que pudiera invalidarlo. Con base en los antecedentes y declaraciones anteriormente expuestas, las “PARTES” convienen en la celebración del presente Segundo Convenio Modificatorio al “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, de acuerdo con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. Las “PARTES” convienen en modificar la Cláusula Segunda del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, relativa a las “APORTACIÓN DE RECURSOS”, para quedar en los siguientes términos: “APORTACIÓN DE RECURSOS. SEGUNDA. Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el “DPEF”, en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y en las demás disposiciones legales aplicables, “AGRICULTURA” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” acuerdan que para el ejercicio fiscal 2025, el Gobierno Federal, realizará una aportación para la operación y ejecución de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA” por un monto de hasta $69,531,508.00 (Sesenta y nueve millones quinientos treinta y un mil quinientos ocho Pesos 00/100 M.N.), a cargo de “AGRICULTURA”, con base en la suficiencia presupuestal prevista en el “DPEF.” SEGUNDA. Las “PARTES” están de acuerdo en modificar mediante el presente instrumento, los APÉNDICES I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, en lo referente al Componente Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias, Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas y Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas, para quedar en los siguientes términos: Apéndice I Guerrero Recursos Convenidos Federación - Estado 2025 (Aportaciones en Pesos) DPEF 2025 De “AGRICULTURA” Del “GOBIERNO DEL ESTADO” Gran Total No. Total Programas y Componentes 69,531,508.00 0.00 69,531,508.00 De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2025. Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria De “AGRICULTURA” Del “GOBIERNO DEL ESTADO” Gran Total I Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias 5,864,471.00 0.00 5,864,471.00 II Campañas Fitozoosanitarias 54,861,679.00 0.00 54,861,679.00 III Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera 8,805,358.00 0.00 8,805,358.00 Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación. 30 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Apéndice II Guerrero Calendario de Ejecución 2025 (Aportaciones en Pesos) DPEF 2025 Total Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre No. Total Programas y Componentes Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal 69,531,508.00 0.00 0.00 0.00 66,847,047.00 0.00 0.00 0.00 2,684,461.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 De conformidad con lo que establece la fracción IV del Artículo 6 del DPEF 2025. Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria 69,531,508.00 0.00 0.00 0.00 66,847,047.00 0.00 0.00 0.00 2,684,461.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 I Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias 5,864,471.00 0.00 0.00 0.00 5,864,471.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 II Campañas Fitozoosanitarias 54,861,679.00 0.00 0.00 0.00 52,177,218.00 0.00 0.00 0.00 2,684,461.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 III Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera 8,805,358.00 0.00 0.00 0.00 8,805,358.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación en el componente de Campañas Fitozoosanitarias Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 31 Apéndice III Guerrero Cuadro de Montos y Metas 2025 Concentrado Presupuestal Componentes-Subcomponentes Total por Subcomponente Metas Físicas Federal Estatal Total Medida Cantidad I. Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias Subcomponentes: a) Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios 3,679,471.00 0.00 3,679,471.00 Proyecto 1 b) Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios 2,185,000.00 0.00 2,185,000.00 Proyecto 2 II. Componente Campañas Fitozoosanitarias Subcomponentes: a) Servicio fitosanitario para prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias 30,698,900.00 0.00 30,698,900.00 Proyecto 7 b) Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas 4,372,575.00 0.00 4,372,575.00 Proyecto 3 c) Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas 17,105,743.00 0.00 17,105,743.00 Proyecto 7 III. Componente Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera Subcomponente: a) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros 8,805,358.00 0.00 8,805,358.00 Proyecto 3 Subtotal /1 66,847,047.00 0.00 66,847,047.00 Proyectos 23 Gastos de Operación (hasta el 4.0%) /2 2,684,461.00 0.00 2,684,461.00 TOTAL 69,531,508.00 0.00 69,531,508.00 /1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada Componente, se establecerá en los Programas de Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Unidades Responsables del SENASICA; los que serán indicativos, por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables. /2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados en términos de lo dispuesto en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”. a) Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria 3,679,471.00 0.00 3,679,471.00 Proyecto 1 TOTAL 3,679,471.00 0.00 3,679,471.00 Proyectos 1 32 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 b) Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades o Plagas en Animales Terrestres 1,255,858.00 0.00 1,255,858.00 Proyecto 1 2025 Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades o Plagas en Organismos Acuáticos 929,142.00 0.00 929,142.00 Proyecto 1 TOTAL 2,185,000.00 0.00 2,185,000.00 Proyectos 2 a) Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Servicio Fitosanitario 20,714,833.00 0.00 20,714,833.00 Proyecto 1 2025 Manejo Fitosanitario de cultivos básicos 3,022,332.00 0.00 3,022,332.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Moscas de la Fruta 3,249,510.00 0.00 3,249,510.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Plagas de los Cítricos 2,038,647.00 0.00 2,038,647.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Plagas del Cafeto 1,138,575.00 0.00 1,138,575.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Langosta Centroamericana 477,681.00 0.00 477,681.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario de Hortalizas 57,322.00 0.00 57,322.00 Proyecto 1 TOTAL 30,698,900.00 0.00 30,698,900.00 Proyectos 7 b) Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Peces y anfibios 1,893,293.00 0.00 1,893,293.00 Proyecto 1 2025 Crustáceos 1,529,500.00 0.00 1,529,500.00 Proyecto 1 2025 Moluscos 949,782.00 0.00 949,782.00 Proyecto 1 TOTAL 4,372,575.00 0.00 4,372,575.00 Proyectos 3 c) Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis) 9,254,547.00 0.00 9,254,547.00 Proyecto 1 Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 33 2025 Campaña Nacional contra la Brucelosis en los Animales 3,666,000.00 0.00 3,666,000.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional para la prevención y control de la rabia en bovinos y especies ganaderas 2,099,196.00 0.00 2,099,196.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional contra la Varroasis de las Abejas 500,000.00 0.00 500,000.00 Proyecto 1 2025 Influenza aviar 500,000.00 0.00 500,000.00 Proyecto 1 2025 Programa de eliminación de animales positivos, reactores, expuestos y sospechosos 36,000.00 0.00 36,000.00 Proyecto 1 2025 Operación de Puntos de Verificación Interna en Materia Zoosanitaria 1,050,000.00 0.00 1,050,000.00 Proyecto 1 TOTAL 17,105,743.00 0.00 17,505,743.00 Proyectos 7 a) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Inocuidad Agrícola 3,035,000.00 0.00 3,035,000.00 Proyecto 1 2025 Inocuidad Pecuaria 3,135,358.00 0.00 3,135,358.00 Proyecto 1 2025 Inocuidad Acuícola y Pesquera 2,635,000.00 0.00 2,635,000.00 Proyecto 1 TOTAL 8,805,358.00 0.00 8,805,358.00 Proyectos 3 TERCERA. Las “PARTES” manifiestan que el presente Segundo Convenio Modificatorio, no implica una novación del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, al que se refiere el apartado de Antecedentes del presente Segundo Convenio Modificatorio, por lo que las estipulaciones pactadas, que no hayan sido modificadas mediante este instrumento, subsistirán y seguirán surtiendo sus efectos jurídicos, en los términos que se encuentran vigentes, con excepción de los puntos que se modifican en este instrumento jurídico. CUARTA. El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2025, en términos de lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”. Leído que fue y debidamente enteradas del contenido, alcance y fuerza legal del presente Segundo Convenio Modificatorio, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios de la voluntad, las “PARTES” lo firman y ratifican en todas sus partes, en cinco ejemplares originales, en la ciudad de Chilpancingo, Guerrero, a los 19 días del mes de diciembre del año 2025.- Por Agricultura: el Director en Jefe del SENASICA, Ing. Francisco Javier Calderón Elizalde.- Rúbrica.- El Titular de la Oficina de Representación de Agricultura en el Estado de Guerrero, Lic. Gregorio Portillo Mendoza.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Coordinación y Enlace del SENASICA, Ing. Roberto Alvarado Molina.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Guerrero: el Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, Biol. Alejandro Zepeda Castorena.- Rúbrica. 34 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 SECRETARIA DE SALUD SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco. 02-CM-SaNAS-TAB/2025 SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO ESTATAL”, REPRESENTADO POR EL DR. ALEJANDRO ANTONIO CALDERÓN ALIPI, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO Y EL L.C.P. JULIÁN ENRIQUE ROMERO OROPEZA, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “EL EJECUTIVO ESTATAL” celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “EL EJECUTIVO ESTATAL” que le permitan en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA” para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en “LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”. II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 35 III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “... que el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “EL EJECUTIVO ESTATAL”. IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a “EL EJECUTIVO ESTATAL” en términos de lo estipulado en el presente instrumento. DECLARACIONES I. “LAS PARTES” declaran que: I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento. II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3, 4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue: “SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “EL EJECUTIVO ESTATAL”, recursos federales con el carácter de subsidios, por la cantidad de $198,077,753.61 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 61/100 M.N.), para la realización de acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”. Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $75,773,378.16 (SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS 16/100 M.N.), se radicarán a la Secretaría de Administración y Finanzas de “EL EJECUTIVO ESTATAL”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”. ... ... ... ... ... ... ... ... ... Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “EL EJECUTIVO ESTATAL”, por un monto total de $122,304,375.44 (CIENTO VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 44/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco. 36 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 ... ... ... ... ... ... ...” “TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. ... ... ... ... 5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales, a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación, ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “EL EJECUTIVO ESTATAL”. “EL EJECUTIVO ESTATAL” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento. 6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a “EL EJECUTIVO ESTATAL”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados a “EL EJECUTIVO ESTATAL”. 7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales que sean transferidos a “EL EJECUTIVO ESTATAL”, así como en la entrega de los informes y documentación correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso de inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes. 8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “EL EJECUTIVO ESTATAL”. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 37 ANEXO 2 SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO POR CONDUCTO DE “EL EJECUTIVO ESTATAL”. Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 149,921.00 0.00 149,921.00 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda CS010 149,921.00 0.00 149,921.00 S u b t o t a l 3,622,047.00 0.00 3,622,047.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES SIN CAMBIOS 38 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 7 Enfermedades Cardiometabólicas* OB010 3,124,000.00 0.00 3,124,000.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS S u b t o t a l 20,217,304.00 0.00 20,217,304.00 Total U008 25,502,415.55 0.00 25,502,415.55 U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS Total 75,773,378.16 122,304,375.44 198,077,753.61 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones * - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 39 ANEXO 3 RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”. De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $75,773,378.16 (SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS 16/100 M.N.), los cuales se radicarán a la Secretaría de Administración y Finanzas de “EL EJECUTIVO ESTATAL”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario. Calendario (Pesos) MINISTRACIÓN Mes MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN Primera SIN CAMBIOS Segunda SIN CAMBIOS Tercera SIN CAMBIOS Cuarta Septiembre 3,273,921.00 GRAN TOTAL 75,773,378.16 Calendario Primera Ministración. Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario y Programa de Acción Específico. (Pesos) SIN CAMBIOS ... Calendario Segunda Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) SIN CAMBIOS Calendario Tercera Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) SIN CAMBIOS Calendario Cuarta Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud Atención a la Desnutrición Aguda P018 Septiembre 149,921.00 Total Atención a la Desnutrición Aguda 149,921.00 Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 149,921.00 TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 149,921.00 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES Enfermedades Cardiometabólicas Enfermedades Cardiometabólicas U008 Septiembre 3,124,000.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 3,124,000.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 3,124,000.00 TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 3,124,000.00 GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN 3,273,921.00 40 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 ANEXO 4 Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 2 Estilos de vida saludables SIN CAMBIOS 3 Indígenas SIN CAMBIOS 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos SIN CAMBIOS 5 Personas en Movilidad SIN CAMBIOS 6 SNSP SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 25301 Sin clave de compendio | ATLC Suplemento alimenticio 54,740.0000 1 54,740.00 0.00 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 26102 Sin clave de compendio | Gasolina para traslado ida y vuelta para el seguimiento de la estrategia 10,000.0000 3 30,000.00 0.00 TOTALES 3,185,580.00 3,948,627.55 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 41 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes SIN CAMBIOS 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos SIN CAMBIOS 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) SIN CAMBIOS 4 Emergencias en Salud SIN CAMBIOS 5 Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19) SIN CAMBIOS 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas SIN CAMBIOS 7 Enfermedades Cardiometabólicas* 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 33603 Sin clave de Compendio | Impresiones de PRONAM - VIAS CLINICAS CORAZONES MÉXICO 650,000.0000 1 0.00 650,000.00 42 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 33605 Sin clave de Compendio | Campaña de difusión de material digital en redes, radio y televisión 500,000.0000 1 0.00 500,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 25401 Sin clave de Compendio | Electrocardiógrafos para unidades de primer nivel 36,000.0000 34 0.00 1,224,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 54103 Sin clave de Compendio | vehículo tipo SUV 4 cil para Supervisión operativa con poliza de mantenimiento preventivo 750,000.0000 1 0.00 750,000.00 SUBTOTAL PROGRAMA 0.00 9,025,000.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales SIN CAMBIOS 10 Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas SIN CAMBIOS TOTALES 4,487,284.32 9,591,219.20 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 23,129,338.16 22,963,302.00 46,092,640.16 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones * - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 43 ANEXO 5 Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 2 Estilos de vida saludables SIN CAMBIOS 3 Indígenas SIN CAMBIOS 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos SIN CAMBIOS 5 Personas en Movilidad SIN CAMBIOS 6 SNSP SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 12101 Promotor de la salud | Promotor de la salud 21,727.0000 3 65,181.00 0.00 TOTALES 896,018.00 876,933.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 44 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 12,109,077.00 17,571,661.00 29,680,738.00 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 45 ANEXO 6 Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 46 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS GRAN TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Programa: Salud Sexual y Reproductiva Componente: Salud Materna Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas SIN CAMBIOS Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “EL EJECUTIVO ESTATAL” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico. K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS Programa: VIH y otras ITS Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo: Entidad Federativa Descripción Marca Modelo No. Serie CPU No. Serie Monitor Cantidad Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TTM CN41474ST7 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL20354XG CN41474STS 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL203551B CN41474STT 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034VR4 CN41474STZ 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034VTT CN41474STX 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034VTK CN41474STQ 1 Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 47 Entidad Federativa Descripción Marca Modelo No. Serie CPU No. Serie Monitor Cantidad Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024BM0 CN414816PB 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024F04 CN414816PK 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024F14 CN414816PP 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TVB CN41474STM 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034W2T CNC3381L94 1 Tabasco PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL20354XK CNC3440LJ0 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28193 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28191 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28190 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28173 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28171 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28170 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-06-19097 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-05-39421 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-06-04912 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-06-19615 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-06-17352 N/A 1 Tabasco NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-06-19114 N/A 1 Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021, conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico. La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General 48 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 ANEXO 7 Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1.7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 Resultado Número de NN con DAM y DAG que reciben tratamiento con ATLC Número de NN diagnosticados con DAM y DAG Mide la proporción de NN con DAM y DAG con tratamiento con ATLC 100 100 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 49 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes SIN CAMBIOS 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos SIN CAMBIOS 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) SIN CAMBIOS 4 Emergencias en Salud SIN CAMBIOS 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas SIN CAMBIOS 7 Enfermedades Cardiometabólicas SIN CAMBIOS 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales SIN CAMBIOS 10 Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas SIN CAMBIOS 50 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”. TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el “CONVENIO PRINCIPAL”. CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder. QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.- Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.- Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo Estatal: Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, Dr. Alejandro Antonio Calderón Alipi.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas, L.C.P. Julián Enrique Romero Oropeza.- Rúbrica. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 51 SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tamaulipas. 02-CM-SaNAS-TAMPS/2025 SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR. VICENTE JOEL HERNÁNDEZ NAVARRO, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL OPD SERVICIOS DE SALUD DE TAMAULIPAS Y EL DR. JESÚS LAVÍN VERÁSTEGUI, SECRETARIO DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA” para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en “LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”. II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”. 52 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO PRINCIPAL”, “LAS PARTES” acordaron lo que a la letra dice: “... que el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de “LA ENTIDAD”. IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento jurídico. DECLARACIONES I. “LAS PARTES” declaran que: I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento. II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3, 4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue: “SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el carácter de subsidios, por la cantidad de $177,309,801.48 (CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS UN PESOS 48/100 M.N.), para la realización de acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”. Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $66,024,390.42 (SESENTA Y SEIS MILLONES VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS 42/100 M.N.), se radicarán a la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”. ... ... ... ... ... ... ... ... ... Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de $111,285,411.06 (CIENTO ONCE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS ONCE PESOS 06/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 53 ... ... ... ... ... ... ...” “TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. ... ... ... ... ... 5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales, a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación, ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”. “LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento. 6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a “LA ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados a “LA ENTIDAD”. 7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso de inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes. 8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.” 54 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 ANEXO 2 SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”. Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 176,376.00 0.00 176,376.00 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda CS010 176,376.00 0.00 176,376.00 S u b t o t a l 2,952,952.00 0.00 2,952,952.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES SIN CAMBIOS Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 55 P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 7 Enfermedades Cardiometabólicas* OB010 2,764,000.00 0.00 2,764,000.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS S u b t o t a l 14,635,886.00 0.00 14,635,886.00 Total U008 20,967,223.60 0.00 20,967,223.60 U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS Total 66,024,390.42 111,285,411.06 177,309,801.48 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones * - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico 56 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 ANEXO 3 RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”. De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $66,024,390.42 (SESENTA Y SEIS MILLONES VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS 42/100 M.N.), los cuales se radicarán a la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario. Calendario (Pesos) MINISTRACIÓN Mes MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN Primera SIN CAMBIOS Segunda SIN CAMBIOS Tercera SIN CAMBIOS Cuarta Septiembre 2,940,376.00 GRAN TOTAL 66,024,390.42 Calendario Primera Ministración. Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario y Programa de Acción Específico. (Pesos) SIN CAMBIOS ... Calendario Segunda Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) SIN CAMBIOS Calendario Tercera Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) SIN CAMBIOS Calendario Cuarta Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud Atención a la Desnutrición Aguda P018 Septiembre 176,376.00 Total Atención a la Desnutrición Aguda 176,376.00 Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 176,376.00 TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 176,376.00 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES Enfermedades Cardiometabólicas Enfermedades Cardiometabólicas U008 Septiembre 2,764,000.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 2,764,000.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 2,764,000.00 TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 2,764,000.00 GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN 2,940,376.00 Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 57 ANEXO 4 Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 2 Estilos de vida saludables SIN CAMBIOS 3 Indígenas SIN CAMBIOS 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos SIN CAMBIOS 5 Personas en Movilidad SIN CAMBIOS 6 SNSP SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 25301 Sin clave de compendio | ATLC Suplemento alimenticio 86,940.0000 1 86,940.00 0.00 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 26102 Sin clave de compendio | Gasolina para traslado ida y vuelta para el seguimiento de la estrategia 10,000.0000 3 30,000.00 0.00 TOTALES 2,761,760.00 4,435,805.60 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 58 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes SIN CAMBIOS 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos SIN CAMBIOS 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) SIN CAMBIOS 4 Emergencias en Salud SIN CAMBIOS 5 Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19) SIN CAMBIOS 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas SIN CAMBIOS 7 Enfermedades Cardiometabólicas* 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 33603 Sin clave de Compendio | Impresiones de PRONAM - VIAS CLINICAS CORAZONES MÉXICO 650,000.0000 1 0.00 650,000.00 Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 59 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 33605 Sin clave de Compendio | Campaña de difusión de material digital en redes, radio y televisión 500,000.0000 1 0.00 500,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 25401 Sin clave de Compendio | Electrocardiógrafos para unidades de primer nivel 36,000.0000 24 0.00 864,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 54103 Sin clave de Compendio | vehículo tipo SUV 4 cil para Supervisión operativa con poliza de mantenimiento preventivo 750,000.0000 1 0.00 750,000.00 SUBTOTAL PROGRAMA 0.00 8,404,000.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales SIN CAMBIOS 10 Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas SIN CAMBIOS TOTALES 2,525,447.05 8,555,855.60 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 19,726,451.89 21,458,550.02 41,185,001.92 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones * - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General 60 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 ANEXO 5 Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 2 Estilos de vida saludables SIN CAMBIOS 3 Indígenas SIN CAMBIOS 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos SIN CAMBIOS 5 Personas en Movilidad SIN CAMBIOS 6 SNSP SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 12101 Promotor de la salud | Promotor de la salud 19,812.0000 3 59,436.00 0.00 TOTALES 1,551,800.00 534,924.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 61 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 13,068,147.50 11,771,241.00 24,839,388.50 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el “CONVENIO ESPECÍFICO” no tienen ajustes o alteraciones ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General 62 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 ANEXO 6 Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS GRAN TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 63 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Programa: Salud Sexual y Reproductiva Componente: Salud Materna Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas SIN CAMBIOS Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico. K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS Programa: VIH y otras ITS Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo: Entidad Federativa Descripción Marca Modelo No. Serie CPU No. Serie Monitor Cantidad Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024BN7 CN414816PT 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TP0 CN414816PV 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024DZX CN414816PY 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL20358YV CN41474VH3 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034W1Q CN41474VH1 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034VWN CN41474VGW 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024DXZ CN41474T4N 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TQ5 CN41474T4T 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024F3K CN41474VH2 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL20354JH CN41474Q9J 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2035258 CN41474Q8H 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024DZJ CN41474QBN 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024BPP CN414816PZ 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024BL5 CN414816PJ 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TTX CN414816PX 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TP6 CN41474QBH 1 64 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Entidad Federativa Descripción Marca Modelo No. Serie CPU No. Serie Monitor Cantidad Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TPK CN41474QB9 1 Tamaulipas PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL20352RR CN41474QB8 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28181 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28180 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28178 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28192 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28176 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28172 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-06-19140 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-21656 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-24140 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28096 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28095 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28094 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28092 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28091 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28090 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28089 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28088 N/A 1 Tamaulipas NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28086 N/A 1 Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021, conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico. La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 65 ANEXO 7 Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1.7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 Resultado Número de NN con DAM y DAG que reciben tratamiento con ATLC Número de NN diagnosticados con DAM y DAG Mide la proporción de NN con DAM y DAG con tratamiento con ATLC 100 100 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS 66 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes SIN CAMBIOS 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos SIN CAMBIOS 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) SIN CAMBIOS 4 Emergencias en Salud SIN CAMBIOS 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas SIN CAMBIOS 7 Enfermedades Cardiometabólicas SIN CAMBIOS 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales SIN CAMBIOS 10 Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas SIN CAMBIOS Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 67 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el “CONVENIO ESPECÍFICO” no tienen ajustes o alteraciones * - indicadores que se adicionan a los establecidos en el “CONVENIO ESPECÍFICO”. ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”. TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento jurídico no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el “CONVENIO PRINCIPAL”. CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder. QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.- Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.- Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Salud y Director General del OPD Servicios de Salud de Tamaulipas, Dr. Vicente Joel Hernández Navarro.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Dr. Jesus Lavin Verastegui.- Rúbrica. 68 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LAS MUJERES CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres de Tlaxcala, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Fomentando el crecimiento y liderazgo de las mujeres Tlaxcaltecas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CE/PAIBIM/TLAX/0028/2025 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DE TLAXCALA, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. ALMA NYDIA CANO RODRÍGUEZ, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 69 SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES”, declara que: I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o. fracción VII del RISM. I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM. I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al concepto 4300 denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que: II.1 Es una dependencia de la administración pública centralizada, creada de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 5 por el que se reforma el artículo 18, y se adicionan un Capítulo XVII BIS denominado” DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES”, los artículos 66 Bis y 66 Ter al TÍTULO TERCERO, todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, publicado en el Periódico Oficial No. Extraordinario, de fecha 19 septiembre de 2024. II.2 La C. Alma Nydia Cano Rodríguez, acredita su personalidad como Titular de la Secretaría de las Mujeres de Tlaxcala, mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Lorena Cuéllar Cisneros, Gobernadora de Tlaxcala, el 01 de enero de 2025, de conformidad con lo establecido en los artículos 70 fracción XXXV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y 5o. y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 18, y 66 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala. 70 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 II.3 Su objetivo es Formular, impulsar, conducir y evaluar la política pública, planes, programas y acciones encaminadas a la autonomía y el empoderamiento social, económico, político y cultural de las mujeres e implementar y fortalecer los mecanismos institucionales de promoción y cumplimiento de la política de igualdad sustantiva, mediante la aplicación del principio de transversalidad. II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que se indican. II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los Lineamientos del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente "CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos. II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Calle Andador Plaza de la Constitución, Número 3, Colonia Centro, Código Postal 90000, Tlaxcala, Tlaxcala, y con Registro Federal de Contribuyentes GET850101110. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres. III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida. III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus representantes para la suscripción del presente "CONVENIO". CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Fomentando el crecimiento y liderazgo de las mujeres Tlaxcaltecas", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA". SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente "CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta $21,243,419.00 (veintiún millones doscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos diecinueve pesos 00/100 M.N.). QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $21,243,419.00 (veintiún millones doscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos diecinueve pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Finanzas, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA". Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 71 SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del presente "CONVENIO". Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de conformidad con los Lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente "CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones en la materia. SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes. En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento de sus funciones. OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al "PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los Lineamientos del “PROGRAMA”. En ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la información que le sea requerida. Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su responsable del programa a la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como responsable del "PROYECTO", a su Titular, la C. Alma Nydia Cano Rodríguez, o la persona quien le sustituya en el cargo. En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del "PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento. NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los Lineamientos del "PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro llevado a cabo por las autoridades competentes. 72 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente "CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los Lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista en los Lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior. La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la "INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se realiza en medios físicos o digitales. De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autoras(es) del presente trabajo". Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos, actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su Reglamento. DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 73 "LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social”. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES". La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". “MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado solidario". Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de "LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO". La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al “PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO", "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres de Tlaxcala, Alma Nydia Cano Rodríguez.- Rúbrica. 74 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto Veracruzano de las Mujeres, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Por Amor a las Veracruzanas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CE/PAIBIM/VER/0029/2025 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADO POR LA ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN GENERAL, LA C. ZAIRA FABIOLA DEL TORO OLIVARES, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 75 SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES”, declara que: I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora, Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o. fracción VII del RISM. I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM. I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al concepto 4300 denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que: II.1 El Instituto Veracruzano de las Mujeres, es un organismo público descentralizado de la administración pública estatal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión, para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines, sectorizado a la oficina del titular de la Secretaría de Gobierno; fue creado mediante la Ley número 613 publicada en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el 09 de enero de 2007. II.2 La C. Zaira Fabiola Del Toro Olivares, acredita su personalidad como Encargada de la Dirección General del Instituto Veracruzano de las Mujeres, mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Norma Rocío Nahle García, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, el 01 de diciembre de 2024, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 fracción XIV y 50 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y 3o., 6o. fracción I y 8o. fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y manifiesta encontrarse debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con el 76 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Acta de la Cuarta Sesión Ordinaria del año 2024 de la Junta de Gobierno del Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Veracruzano de las Mujeres, de 23 de diciembre de 2024, en la que mediante ACUERDO JGO/05/04/2024 se aprueba por unanimidad la autorización a la Encargada de la Dirección General de dicho Instituto, para celebrar convenios, acuerdos y otros documentos jurídicos de colaboración con dependencias, entidades públicas y sectores social y privado, así como con fundamento en los artículos 8o., fracción XVIII y 17, fracción XIX de la Ley número 613 que Crea el Instituto Veracruzano de las Mujeres; 20, fracciones VI, XIII y XV del Reglamento Interno del citado Instituto. II.3 Su objetivo es reglamentar el funcionamiento, estructura y organización interna del Instituto Veracruzano de las Mujeres, así como el ejercicio y cumplimiento de las atribuciones y facultades que le confiere la ley que lo rige. II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que se indican. II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los Lineamientos del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente "CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos. II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Calle José María Mata, Número 2, Colonia Xalapa Enríquez Centro, Código Postal 91000, Xalapa Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres. III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida. III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus representantes para la suscripción del presente "CONVENIO". CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Por Amor a las Veracruzanas", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA". SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente "CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta $32,909,725.00 (treinta y dos millones novecientos nueve mil setecientos veinticinco pesos 00/100 M.N.). QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $32,909,725.00 (treinta y dos millones novecientos nueve mil setecientos veinticinco pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Finanzas y Planeación, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas y Planeación será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA". Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 77 Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno. SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen dentro de los rubros autorizados en los Lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del presente "CONVENIO". Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de conformidad con los Lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente "CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones en la materia. SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes. En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento de sus funciones. OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al "PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los Lineamientos del “PROGRAMA”. En ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la información que le sea requerida. Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su responsable del programa la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como responsable del "PROYECTO", a la Encargada de la Dirección General del Instituto Veracruzano de las Mujeres, la C. Zaira Fabiola Del Toro Olivares, o la persona quien le sustituya en el cargo. En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del "PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento. NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los Lineamientos del "PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro llevado a cabo por las autoridades competentes. 78 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente "CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista en los Lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior. La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la "INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se realiza en medios físicos o digitales. De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autoras(es) del presente trabajo". Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos, actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su Reglamento. DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 79 "LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social”. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES". La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". “MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado solidario". Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de "LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO". La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al “PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO", "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Encargada de la Dirección General del Instituto Veracruzano de las Mujeres, Zaira Fabiola del Toro Olivares.- Rúbrica. 80 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Yucatán, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Transformación y Fortalecimiento del Liderazgo de las Mujeres Yucatecas para un Renacimiento Maya con Igualdad y Libre de Violencias. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CE/PAIBIM/YUC/0030/2025 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE YUCATÁN, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. SISELY DEL ROSARIO BURGOS CANO, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 81 SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES”, declara que: I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora. Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o. fracción VII del RISM. I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM. I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al concepto 4300 denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico de Colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que: II.1 Es una dependencia de la Administración Pública Estatal Centralizada del Estado de Yucatán, creada de conformidad con lo establecido en el Decreto 5/2018, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, Año CXXI, No. 33,734, de fecha 23 de noviembre de 2018. II.2 La C. Sisely del Rosario Burgos Cano, acredita su personalidad como Titular de la Secretaría de las Mujeres de Yucatán, mediante nombramiento expedido a su favor por el Gobernador del Estado de Yucatán, el C. Joaquín Jesús Díaz Mena, el 01 de octubre de 2024, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 fracción III de la Constitución Política del Estado de Yucatán y 14 fracción IV del Código de la Administración Pública de Yucatán y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 22, fracción XXII, 23 párrafo primero, 24, 27 fracciones I, IV y XXVI y 47, quinquies, del Código de la Administración Pública de Yucatán y 597 fracción X del Reglamento del Código de Administración Pública del Estado de Yucatán. 82 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 II.3 Su objetivo es coordinar la elaboración y aplicación de las políticas públicas, programas y acciones para la igualdad entre mujeres y hombres y el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, así como proponer a las dependencias y entidades de la Administración Pública estatal políticas, programas y acciones en la materia; y coadyuvar en su aplicación, de conformidad con el artículo 47 quinquies, fracción I del Código de la Administración Pública de Yucatán. II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que se indican. II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente "CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos. II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Calle 59, Sin Número, Colonia Centro, Código Postal 97000, Mérida, Yucatán, y con Registro Federal de Contribuyentes SHA840512SX1. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres. III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida. III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus representantes para la suscripción del presente "CONVENIO". CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Transformación y Fortalecimiento del Liderazgo de las Mujeres Yucatecas para un Renacimiento Maya con Igualdad y Libre de Violencias", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los Lineamientos del "PROGRAMA". SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente "CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta $29,909,862.00 (veintinueve millones novecientos nueve mil ochocientos sesenta y dos pesos 00/100 M.N.). QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $29,909,862.00 (veintinueve millones novecientos nueve mil ochocientos sesenta y dos pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Administración y Finanzas, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Administración y Finanzas, será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA". Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 83 SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen dentro de los rubros autorizados en los Lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del presente "CONVENIO". Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de conformidad con los Lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente "CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones en la materia. SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes. En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento de sus funciones. OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al "PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los Lineamientos del “PROGRAMA”. En ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la información que le sea requerida. Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a la responsable del programa la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como responsable del "PROYECTO", a su titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Yucatán, la C. Sisely del Rosario Burgos Cano, o la persona quien le sustituya en el cargo. En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del "PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento. NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los Lineamientos del "PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro llevado a cabo por las autoridades competentes. 84 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente "CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior. La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la "INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se realiza en medios físicos o digitales. De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autoras(es) del presente trabajo". Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos, actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su Reglamento. DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 85 "LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social”. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES". La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". “MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado solidario". Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de "LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO". La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al “PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO", "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres del Estado de Yucatán, Sisely del Rosario Burgos Cano.- Rúbrica. 86 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Bienestar para las Mujeres en Zacatecas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CE/PAIBIM/ZAC/0031/2025 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. KARLA ISABEL GUARDADO OROPEZA, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 87 SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES”, declara que: I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o. fracción VII del RISM. I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM. I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al concepto 4300 denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico de Colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que: II.1 La Secretaría de las Mujeres, es una dependencia de la administración pública centralizada, creada mediante Decreto No. 378 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, Tomo CXXII, número 62, publicado en el Periódico Oficial Órgano del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, el 04 de agosto de 2012. II.2 La C. Karla Isabel Guardado Oropeza, acredita su personalidad como titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas, mediante nombramiento expedido a su favor por el Gobernador del Estado de Zacatecas, el C. David Monreal Ávila, el 23 de octubre de 2023, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO" de conformidad con lo establecido en los artículos 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 4o., 12, párrafo primero, 25, fracción XV y 40, fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas; 8o., fracciones I, VI y XL del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres. 88 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 II.3 Su objetivo es formular la política pública, planes, programas y acciones encaminadas al empoderamiento social, económico, político y cultural de las mujeres en el Estado, y someterla para su análisis y, en su caso, aprobación, de la Coordinación de Planeación del Estado y realizar acciones que promuevan y difundan los derechos humanos de las mujeres que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los tratados, convenciones y protocolos internacionales que hayan sido ratificados por el Estado Mexicano, así como la Constitución del Estado y las leyes que de estos emanen. II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que se indican. II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente "CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos. II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Boulevard Héroes de Chapultepec, Número 1902, Colonia Ciudad Gobierno, Código Postal 98160, Zacatecas, Zacatecas, y con Registro Federal de Contribuyentes SFI950101DU2. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres. III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida. III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus representantes para la suscripción del presente "CONVENIO". CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Bienestar para las Mujeres en Zacatecas", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA". SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente "CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta $22,528,694.00 (veintidós millones quinientos veintiocho mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.). QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $22,528,694.00 (veintidós millones quinientos veintiocho mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Finanzas misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA". Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 89 SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del presente "CONVENIO". Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente "CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones en la materia. SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes. En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento de sus funciones. OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al "PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la información que le sea requerida. Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a la persona responsable del programa a la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como responsable del "PROYECTO", a su titular, la C. Karla Isabel Guardado Oropeza, o la persona quien le sustituya en el cargo. En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del "PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento. NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del "PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro llevado a cabo por las autoridades competentes. 90 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente "CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los Lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista en los Lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior. La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto 7.7 de los Lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la "INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se realiza en medios físicos o digitales. De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autoras(es) del presente trabajo". Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos, actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su Reglamento. DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 91 "LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social”. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES". La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". “MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado solidario". Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de "LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO". La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al “PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO", "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres del Estado de Zacatecas, Karla Isabel Guardado Oropeza.- Rúbrica. 92 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL ACUERDO por el que se actualiza el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.- Consejo de Salubridad General. La Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, con fundamento en los artículos 4, párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1a y 3a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, fracción II, 17, fracción X y 28 de la Ley General de Salud; 12, fracciones XIII, XIV y XXIX, 15, 16, fracción I y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; 2, 4, 6, fracciones I y III, 17, fracciones IV y VIII, 21, 48 y 49 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, y CONSIDERANDO Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o, párrafo cuarto, reconoce el derecho humano que tiene toda persona a la protección de la salud, señalando que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud; establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, y definirá un Sistema de Salud para el Bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social; Que, de conformidad con los artículos 73, fracción XVI, bases 1a y 3a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 4o., fracción II,17, fracción X y 28 de la Ley General de Salud, el Consejo de Salubridad General depende directamente de la Presidencia de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, tiene el carácter de autoridad sanitaria, y le corresponde elaborar el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, al cual se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud y en el que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud, que hayan aprobado su seguridad, calidad y eficacia terapéutica; las actualizaciones a dicho Compendio, tendrán como objetivo la introducción de insumos para la salud y tecnologías innovadoras que contribuyan a mejorar la calidad en la prestación de los servicios y optimicen los recursos para la detección, prevención y atención de las enfermedades que afectan a la población; Que, en términos de lo señalado en los artículos 12 fracciones XIII, XIV y XXIX, 15, 16, fracción I y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; 4, 6, fracción I y 49 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, para elaborar, actualizar y difundir, en el Diario Oficial de la Federación, el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, el Consejo de Salubridad General se auxilia de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud; Que, en términos de lo dispuesto por el artículo 48 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, con fecha 26 de abril de 2025, la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se emite el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025; Que, la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en cumplimiento a los artículos 2, 4 y 6, fracciones I y III, 17 fracciones IV y VIII y 21 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en su Primera Sesión Ordinaria, celebrada el 13 de febrero 2026, dictaminó la procedencia de actualización del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, por lo que ha tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO Artículo Primero. Se adicionan en la Categoría de Medicamentos al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, los insumos que a continuación se mencionan: Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 93 Grupo Nº 16: Oncología DOSTARLIMAB Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.7236.00 SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula contiene: Dostarlimab 500 mg Caja de cartón con un frasco ámpula con 10 mL (500 mg/ 10 mL). En combinación con carboplatino y paclitaxel para el tratamiento de pacientes adultas con cáncer de endometrio (CE) primario avanzado o recurrente con deficiencia del sistema de reparación de apareamiento (dMMR) / inestabilidad de microsatélites alta (MSI-H) y que son candidatas a terapia sistémica. Infusión intravenosa Adultos: La dosis recomendada es de 500 mg cada 3 semanas en combinación con carboplatino y paclitaxel cada 3 semanas durante 6 ciclos, seguido de 1,000 mg en monoterapia cada 6 semanas para todos los ciclos posteriores. Generalidades Dostarlimab es un anticuerpo monoclonal humanizado isotipo IgG4 que se une a receptores PD-1 y bloquea las interacciones de unión con sus ligandos PD-L1 y PD-L2. La inhibición de la respuesta inmune mediada por la vía de PD-1 resulta en la inhibición de la función de células T como proliferación, producción de citocinas y actividad citotóxica. Dostarlimab potencia las respuestas de células T, incluyendo respuestas inmunitarias antitumorales, mediante el bloqueo de la unión de PD-1 a PD-L1 y PD-L2. Riesgo en el Embarazo D Reacciones adversas Puede presentarse Neumonitis, colitis, hepatitis, nefritis, hipofisitis, diabetes mellitus tipo 1, hipotiroidismo, hipertiroidismo y reacciones cutáneas graves inmunomediadas. Contraindicaciones y Precauciones Contraindicaciones: hipersensibilidad al principio activo o a cualquiera de los excipientes de la fórmula. Embarazo, lactancia y menores de 18 años. Precauciones generales: Reacciones adversas relacionadas con el sistema inmunitario. En pacientes tratados con anticuerpos que bloquean la vía de la PD-1/PD-L1, incluyendo dostarlimab pueden ocurrir reacciones adversas relacionadas con el sistema inmunitario suelen ocurrir reacciones adversas relacionadas con el sistema inmunitario, que pueden ser graves o mortales. La identificación y el manejo temprano de las reacciones adversas relacionadas con el sistema inmunitario son esenciales para garantizar el uso seguro de los anticuerpos que bloquean PD-1/PDL-1. Interacciones No se han realizado estudios de interacciones. Los anticuerpos monoclonales como dostarlimab no son sustratos de citocromo P450 o transportadores de principios activos. Dostarlimab no es una citocina y es poco probable que sea un modulador de citocinas. Además, no se espera que haya interacción farmacocinética de dostarlimab con principios activos de molécula pequeña. No existe evidencia de una interacción mediada por el aclaramiento no específico de la degradación del lisosoma para anticuerpos. 94 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Grupo N.º 6: Enfermedades Infecciosas y Parasitarias CABOTEGRAVIR (Vigilancia) Clave Descripción Indicaciones terapéuticas Vía de administración y Dosis 010.000.7237.00 Suspensión. Liberación prolongada Cada frasco ámpula con 3 mL contiene: Cabotegravir 600mg / 3mL Caja de cartón con un frasco ámpula con 3mL (600mg/3mL) e instructivo anexo para consumidor e instructivo anexo de uso dirigido al profesional de la salud Está indicado para la profilaxis previa a la exposición (PrEP) para reducir el riesgo de infección por VIH-1 adquirida sexualmente en adolescentes mayores de 12 años y adultos con un peso de al menos 35 kg en combinación con prácticas sexuales más seguras. Inyectable intramuscular. Dosis recomendada: Inyecciones iniciales (separadas por un mes): Iniciar las inyecciones en el Mes 1 y en el Mes 2. Inyecciones de continuación (separadas por dos meses): Dos meses después de la última inyección inicial y cada dos meses en adelante Generalidades Cabotegravir inhibe la integrasa del VIH uniéndose al sitio activo de la integrasa y bloqueando el paso de la transferencia de la cadena de integración del ácido desoxirribonucleico (ADN) retroviral, que es esencial para el ciclo de replicación del VIH. Riesgo en el Embarazo Hay datos limitados respecto al uso de cabotegravir en mujeres embarazadas, por lo que está contraindicado durante el embarazo Reacciones Adversas Muy comunes: Cefalea. Diarrea. Pirexia, Reacciones en el lugar de inyección (dolor y sensibilidad a la palpación, nódulo, induración). Incremento de las transaminasas. Comunes: Sueños anormales, Insomnio, Depresión. Mareo. Náuseas, Dolor abdominal, Flatulencias, Vómitos, Erupción, Mialgias.: Reacciones en el lugar de inyección (hinchazón, hematomas, eritema, calor, prurito, anestesia), Fatiga, Malestar. Poco Comunes: Hipersensibilidad. Intento de suicidio; ideación suicida (especialmente en usuarios con una enfermedad psiquiátrica preexistente), Reacciones vaso vágales (en respuesta a inyecciones). Hepatotoxicidad: Urticaria, Angioedema: Reacciones en el lugar de inyección (hematoma, decoloración, absceso. Aumento de peso. Muy raras: Síndrome de Stevens-Johnson, necrólisis epidérmica tóxica. Contraindicaciones y Precauciones CONTRAINDICACIONES: Cabotegravir inyectable de liberación prolongada está contraindicado en individuos: con un estatus de VIH-1 desconocido o positivo; con hipersensibilidad conocida a cabotegravir o a cualquiera de los excipientes de la formulación; recibiendo rifampicina, rifapentina, fenitoína, fenobarbital, carbamazepina u oxcarbazepina.; embarazo, lactancia, insuficiencia hepática grave y pacientes con insuficiencia renal grave que requieren diálisis. PRECAUCIONES: Cabotegravir se debe utilizar para la profilaxis preexposición como parte de una estrategia general para la prevención de la adquisición de la infección por el VIH-1, incluyendo el uso de otras medidas de prevención frente al VIH-1 (por ejemplo, conocimiento del estatus de VIH-1, realización de pruebas regulares para otras infecciones de transmisión sexual, uso de condón). Cabotegravir inyectable de liberación prolongada no siempre es efectivo en la prevención de la adquisición de la infección por VIH-1. Se desconoce el momento en el cual inicia la protección después de comenzar Cabotegravir inyectable de liberación prolongada. Cabotegravir inyectable de liberación prolongada solo se debe utilizar para reducir el riesgo de adquisición de la infección por VIH-1 en individuos VIH negativos confirmados. Si se presentan síntomas clínicos consistentes con una infección viral aguda y se sospecha exposición reciente (<1 mes) al VIH-1, se debe reconfirmar el estatus de VIH-1. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 95 Existe un riesgo potencial de desarrollar resistencia a Cabotegravir inyectable de liberación prolongada, si un individuo adquiere la infección por VIH-1 ya sea antes o durante o después de interrumpir su administración. Para minimizar este riesgo, es esencial reevaluar clínicamente a los individuos respecto al riesgo de adquisición de la infección por VIH y realizar pruebas frecuentes que confirmen el estatus negativo del VIH. Los individuos con sospecha o confirmación de VIH-1 deben comenzar inmediatamente el tratamiento antirretroviral. Concentraciones residuales de la inyección de cabotegravir pueden permanecer en la circulación sistémica de los individuos durante periodos prolongados de tiempo (hasta 12 meses o más), por tanto, los médicos deben considerar las características de liberación prolongada de Cabotegravir cuando se interrumpa la administración del medicamento. Interacciones Efecto de otros medicamentos en la farmacocinética de cabotegravir. Cabotegravir se metaboliza principalmente por la uridina difosfato glucuronosil transferasa (UGT) 1A1 y, en menor medida, por la UGT1A9. Se espera que los medicamentos que son potentes inductores de la UGT1A1 o la UGT1A9, disminuyan las concentraciones plasmáticas de cabotegravir provocando una falta de eficacia (Véase Contraindicaciones) Grupo N.º 14: Neurología DONANEMAB Clave Descripción Indicaciones terapéuticas Vía de administración y Dosis 010.000.7238.00 Solución inyectable. El frasco ámpula contiene: Donanemab1 350mg Vehículo cbp 20mL 1Anticuerpo monoclonal humanizado IgG1 de origen ADN recombinante expresado en células de ovario de hámster chino (CHO). Se incluye un volumen de sobrellenado de 0.60mL para permitir la entrega de 20mL. Tratamiento de la enfermedad de Alzheimer (EA) en pacientes adultos. El tratamiento debe iniciarse en pacientes con evidencia de patología beta amiloide y deterioro cognitivo leve o demencia leve. Vía intravenosa Donanemab 350mg Vehículo cbp 20mL La dosis recomendada es de 700mg cada 4 semanas durante las 3 primeras dosis, seguidas de 1,400mg cada 4 semanas hasta la eliminación de la placa amiloide cerebral o hasta 18 meses en los casos en que no sea posible monitorizar la eliminación de la placa amiloide con un método validado. Generalidades Donanemab es un anticuerpo monoclonal de inmunoglobulina gamma 1 (IgG1) dirigido contra la forma truncada N-terminal de beta-amiloide (N3Pg Aβ), una forma insoluble y modificada presente únicamente en las placas amiloides cerebrales. Donanemab se une a N3Pg Aβ y ayuda a la eliminación de la placa a través de la fagocitosis mediada por la microglía. Riesgo en el Embarazo C Reacciones Adversas Náusea, vómito, reacción relacionada a infusión, reacción anafiláctica, ARIA-E, ARIA-H, cefalea. Contraindicaciones y Precauciones Contraindicaciones: hipersensibilidad al principio activo o a cualquiera de sus componentes. Embarazo, lactancia y menores de 18 años. Precauciones: reacciones relacionadas con la infusión, incluyendo anafilaxia; anomalías de la imagen relacionadas con el amiloide (ARIA) incluyendo las relacionadas con edema amiloide/efusiones (ARIA-E también conocido como edema cerebral vasogénico) y anomalías de imagen relacionadas con hemorragia amiloide/deposición de hemosiderina (ARIA-H; incluye microhemorragia cerebral y siderosis cortical superficial). Realice una RM al inicio del tratamiento, antes de la segunda dosis, antes de aumentar la dosis y antes de la séptima dosis. Interacciones No se han realizado estudios formales de interacciones farmacológicas con Donanemab. No se esperan interacciones farmacocinéticas de medicamentos con base en las características de Donanemab. 96 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Artículo segundo. Se modifica en la Categoría de Medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, respecto de los insumos que a continuación se mencionan, estableciéndose de la siguiente manera (se identifican las modificaciones por estar en letras cursivas y subrayadas): Grupo Nº 16: Oncología PEMBROLIZUMAB Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.6153.00 SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula contiene: Pembrolizumab 100 mg Envase con un frasco ámpula con 4 mL de solución (100 mg/4 mL). Primera línea de tratamiento de pacientes con cáncer de pulmón de células no pequeñas (NSCLC por sus siglas en inglés) metastásico cuyos tumores expresen PD-L1 con puntuación de proporción de expresión tumoral (TPS) > 50% determinado por una prueba validada, sin aberraciones genómicas tumorales EGFR y ALK. Tratamiento de pacientes con carcinoma urotelial localmente avanzado o metastásico, que han recibido quimioterapia que contiene platino. En combinación con carboplatino y paclitaxel, está indicado para el tratamiento de primera línea de pacientes con NSCLC escamoso metastásico. En combinación con quimioterapia con pemetrexed y platino, está indicado para la primera línea de tratamiento de pacientes con NSCLC no escamoso, metastásico, sin aberraciones tumorales genómicas EGFR o ALK Como monoterapia, está indicado para el tratamiento adyuvante de adultos con melanoma en estadio III y compromiso de los ganglios linfáticos que se han sometido a una resección completa. En combinación con quimioterapia, está indicado para el tratamiento de pacientes con cáncer de mama triple negativo (TNBC, por las siglas en inglés, Triple-Negative Breast Cancer) localmente recurrente no resecable o metastásico cuyos tumores expresan PD-L1 (CPS ≥10) según lo determinado por una prueba validada. Intravenosa. Adultos: Dosis: 200 mg administrados como una infusión intravenosa durante 30 minutos cada 3 semanas ó 400 mg cada 6 semanas hasta la progresión de la enfermedad o toxicidad inaceptable. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 97 Está indicado para el tratamiento de pacientes con cáncer de mama triple negativo (TNBC, por las siglas en inglés, Triple-Negative Breast Cancer) de alto riesgo en estadio temprano en combinación con quimioterapia como tratamiento neoadyuvante y luego continuando como monoterapia como tratamiento adyuvante después de cirugía. Para el tratamiento neoadyuvante y adyuvante de TNBC de alto riesgo estadio temprano, las pacientes deben ser tratadas con Pembrolizumab neoadyuvante en combinación con quimioterapia por 8 dosis de 200 mg cada 3 semanas o 4 dosis de 400 mg cada 6 semanas o hasta progresión de la enfermedad que impida la cirugía definitiva o toxicidad inaceptable, seguido por tratamiento adyuvante de 200 mg de Pembrolizumab como monoterapia durante 9 dosis cada 3 semanas o 5 dosis de 400 mg cada 6 semanas o hasta recurrencia de la enfermedad o toxicidad inaceptable. Las pacientes que experimenten progresión de la enfermedad que impida la cirugía definitiva o con toxicidad inaceptable relacionada con Pembrolizumab como tratamiento neoadyuvante en combinación con quimioterapia no deben recibir monoterapia con Pembrolizumab como tratamiento adyuvante. Está indicado para el tratamiento de pacientes adultos y pediátricos con linfoma de Hodgkin clásico (cHL, por las siglas en inglés para classical Hodgkin Lymphoma) en recaída o refractario. Niños: Dosis: 2mg/kg (hasta un máximo de 200mg), administrada como una infusión intravenosa durante 30 minutos cada 3 semanas En combinación con quimioterapia basada en platino y fluoropirimidina, está indicado para la primera línea de tratamiento de pacientes con carcinoma de esófago o de la unión gastroesofágica HER2 negativo, localmente avanzado no resecable o metastásico. En combinación con quimioterapia con o sin bevacizumab está indicado para el tratamiento de pacientes con cáncer cervicouterino persistente, recurrente o metastásico cuyos tumores expresan PD-L1 (CPS ≥ 1) según lo determinado por una prueba validada. Está indicado para la primera línea de tratamiento de pacientes con cáncer colorrectal (CRC, por las siglas en inglés para colorectal cancer), con inestabilidad microsatelital alta (MSI-H, por las siglas en inglés, microsatellite instability-high) o por deficiencia en la reparación de errores de emparejamiento (dMMR, por las siglas en inglés para mismatch repair deficient) no resecable o metastásico. 98 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Está indicado para el tratamiento de pacientes adultos y pediátricos (de 12 años y mayores) con melanoma estadio IIB o IIC que se han sometido a una resección completa. En combinación con quimiorradioterapia (QRT o CRT, por las siglas en inglés para chemoradiotherapy), está indicado para el tratamiento de pacientes con cáncer cervicouterino en estadio III-IVA de FIGO 2014. Pembrolizumab, en combinación con quimioterapia que contiene fluoropirimidina y platino, para el tratamiento de primera línea de pacientes con adenocarcinoma gástrico o de la unión gastroesofágica (GEJ, por sus siglas en inglés para gastroesophageal junction) HER2 negativo, localmente avanzado, no resecable o metastásico. Generalidades Pembrolizumab es un anticuerpo monoclonal humanizado IgG4 de origen ADN recombinante expresado en células de ovario de hámster chino (CHO). Pembrolizumab posee una alta afinidad frente a PD-1, PD-1 es un receptor de control inmunológico que limita la actividad de los linfocitos T en los tejidos periféricos. La vía PD-1 es un punto de control inmunológico que puede estar comprometido por las células tumorales para inhibir la vigilancia inmunológica de las células T activas. Pembrolizumab ejerce un doble bloqueo del ligando de la vía PD-1, incluyendo PD-L1 y PD-L2, en células presentadoras de antígeno o tumorales. Al inhibir al receptor PD-1 para unirse a sus ligandos, Pembrolizumab reactiva los linfocitos T citotóxicos específicos para tumor en el microambiente tumoral y reactiva la inmunidad antitumoral. Riesgo en el Embarazo D Efectos adversos Puede presentarse Neumonitis, colitis, hepatitis, nefritis, hipofisitis, diabetes mellitus tipo 1, hipotiroidismo, hipertiroidismo y reacciones cutáneas graves inmunomediadas. Contraindicaciones y Precauciones Contraindicaciones: Hipersensibilidad al fármaco Precauciones: En pacientes que recibieron Pembrolizumab ocurrieron reacciones adversas inmunomediadas. En estudios clínicos, la mayoría de las reacciones adversas inmunomediadas fueron reversibles y manejables con interrupción de Pembrolizumab, administración de corticoesteroides y/o cuidados de soporte. Pueden ocurrir de manera simultánea reacciones adversas inmunomediadas que afecten a más de un sistema corporal, como, por ejemplo: Neumonitis inmunomediada, Colitis inmunomediada, Hepatitis inmunomediada, Nefritis inmunomediada, Endocrinopatías inmunomediadas Reacciones cutáneas graves inmunomediadas. Reacciones relacionadas con la infusión: se han reportado hipersensibilidad y anafilaxis. Interacciones No se han realizado estudios formales de interacciones medicamentosas farmacocinéticas. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 99 Grupo Nº 6: Enfermedades Infecciosas y Parasitarias DAPAGLIFLOZINA/ METFORMINA Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y dosis 010.000.7111.00 TABLETA Cada tableta contiene: Dapagliflozina propanodiol equivalente a 10mg de dapagliflozina Clorhidrato de metformina de liberación prolongada equivalente a 1000mg de metformina Caja con 28 tabletas Tratamiento de adultos con Diabetes Mellitus tipo 2 cuando el tratamiento tanto con dapagliflozina como metformina sea adecuado como terapia complementaria a dieta y ejercicio Para reducir el riesgo de muerte cardiovascular y hospitalización por insuficiencia cardíaca en adultos con insuficiencia cardíaca (NYHA clase II-IV) con reducción de fracción de eyección y con diabetes mellitus tipo 2 Oral Adultos: Una tableta 1 vez al día por la noche con los alimentos Generalidades Dapagliflozina es un inhibidor altamente potente, selectivo y reversible del cotransportador de sodio glucosa tipo 2 (iSGLT2) que mejora el control glucémico en pacientes con diabetes mellitus tipo 2 reduciendo la reabsorción de glucosa renal lo que conduce a la excreción urinaria del exceso de glucosa. Por su parte, metformina es un agente anti hiperglucémico que mejora la tolerancia a la glucosa en pacientes con Diabetes Mellitus tipo 2 y reduce la glucosa plasmática basal y postprandial. Metformina disminuye la producción de glucosa hepática, reduce la absorción intestinal de glucosa y mejora la sensibilidad a la insulina al incrementar la captación y el uso de glucosa. Riesgo en el Embarazo X Efectos adversos Infecciones genitales, infecciones de vías urinarias, cetoacidosis diabética, acidosis láctica, trastornos del gusto, síntomas gastrointestinales. Contraindicaciones y Precauciones Contraindicaciones: Insuficiencia renal grave (Tasa de filtración glomerular< 30mL/min/1.73m2), acidosis metabólica, antecedentes de hipersensibilidad a los fármacos o excipientes, embarazo y lactancia. Precauciones: Posible riesgo de acidosis láctica, se recomienda evaluar la función renal antes del inicio de tratamiento, y luego periódicamente de manera anual, o al menos 2 a cuatro veces al año en pacientes con función renal donde los niveles de tasa de filtración glomerular se aproximan a 45mL/min/1.73m2. Interacciones El metabolismo de dapagliflozina es mediado principalmente por la conjugación glucurónida dependiente de UGT1A9. El metabolismo principal, dapagliflozina 3-O glucurónido, no es un inhibidor del SGLT2. En los estudios in vitro, ni dapagliflozina ni dapagliflozina 3-O glucurónido inhibieron CYP 1ªA2, 2C9, 2C19, 2D6, 3ª4, ni indujeron CYP1A2, 2B6 o 3ª4. Por lo tanto, no se espera que dapagliflozina altere la depuración metabólica de medicamentos coadministrados que se metabolizan por medio de estas enzimas, y no se espera que los medicamentos que inhiben o inducen estas enzimas alteren la depuración metabólica de dapagliflozina. Los medicamentos catiónicos que se eliminan por secreción tubular renal teóricamente tienen el potencial para interactuar con metformina al competir por sistemas comunes de transporte tubular renal. Ciertos medicamentos tienden a producir hiperglucemia y pueden generar pérdida del control glucémico. Estos medicamentos incluyen las tiazidas y otros diuréticos, corticoesteroides, fenotiazinas, productos para la tiroides, estrógenos, anticonceptivos orales, fenitoína, ácido nicotínico, simpaticomiméticos, medicamentos bloqueadores de los canales de calcio, e isoniazida. Cuando dichos medicamentos se administran a un paciente que recibe metformina, se debe observar de cerca al paciente para evitar una pérdida de control de la glucosa en la sangre. Cuando dichos medicamentos se le retiran a un paciente que reciben metformina, debe observarse de cerca al paciente para evitar hipoglucemia. 100 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Grupo Nº 10: Hematología DAMOCTOCOG ALFA PEGOL Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Damoctocog alfa pegol 500 UI Tratamiento y profilaxis de hemorragias en pacientes tratados previamente (PTPs) de ≥7 a <12 años de edad con hemofilia A (deficiencia congénita de Factor VIII). Niños (de ≥7 a <12 años de edad) El régimen para profilaxis es el siguiente: 40-60 UI/kg dos veces por semana. La dosis inicial recomendada es: 60 UI/kg dos veces por semana Tratamiento a demanda: La dosis requerida de damoctocog alfa pegol es determinada usando la siguiente fórmula: Dosis requerida (UI) = peso corporal (kg) x elevación deseada del Factor VIII (en % normal o en UI/dL) x recíproco de la recuperación esperada/observada. La dosis necesaria para lograr la hemostasia depende del tipo y la severidad del episodio hemorrágico. Intravenosa. Pacientes ≥ 12 años de edad: Profilaxis: 45-60 UI/kg cada 5 días. Con base en las características clínicas de los pacientes, el régimen para profilaxis también puede ser uno de los siguientes: 60 UI/kg cada 7 días o, 30-40 UI/kg dos veces por semana Tratamiento a demanda: La dosis requerida de damoctocog alfa pegol es determinada usando la siguiente fórmula: Dosis requerida (UI) = peso corporal (kg) x elevación deseada del Factor VIII (en % normal o en UI/dL) x recíproco de la recuperación esperada/observada. La dosis necesaria para lograr la hemostasia depende del tipo y la severidad del episodio hemorrágico. 010.000.7082.00 Caja con frasco ámpula con 500 UI de polvo liofilizado, jeringa prellenada con 2.5 mL de diluyente, adaptador, set de infusión tipo mariposa y protector de aguja e instructivo SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Damoctocog alfa pegol 1000 UI 010.000.7083.00 Caja con frasco ámpula con 1000 UI de polvo liofilizado, jeringa prellenada con 2.5 mL de diluyente, adaptador, set de infusión tipo mariposa y protector de aguja e instructivo Tratamiento y profilaxis de hemorragias en pacientes tratados previamente (PTPs) ≥12 años de edad con hemofilia A (deficiencia congénita de Factor VIII). SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Damoctocog alfa pegol 2000 UI No está indicado para el tratamiento de la enfermedad de von Willebrand. 010.000.7084.00 Caja con frasco ámpula con 2000 UI de polvo liofilizado, jeringa prellenada con 2.5 mL de diluyente, adaptador, set de infusión tipo mariposa y protector de aguja e instructivo SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Damoctocog alfa pegol 3000 UI 010.000.7085.00 Caja con frasco ámpula con 3000 UI de polvo liofilizado, jeringa prellenada con 2.5 mL de diluyente, adaptador, set de infusión tipo mariposa y protector de aguja e instructivo Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 101 Generalidades Factor VIII recombinante de Vida Media Prolongada, PEGilado,que reemplaza temporalmente el Factor VIII de coagulación faltante necesario para la hemostasia efectiva en personas con hemofilia A congénita. La PEGilación en el dominio A3 reduce la depuración del Factor VIII, al tiempo que mantiene las funciones normales de la molécula del factor VIII recombinante (FVIIIr) con dominio B eliminado. Riesgo en el Embarazo C Con base en la incidencia poco frecuente de la hemofilia A en mujeres, no se dispone de experiencia relacionada con el uso de Factor VIII durante el embarazo y la lactancia. Por lo tanto, el Factor VIII debe utilizarse durante el embarazo y la lactancia únicamente si está claramente indicado. Reacciones adversas Cefalea, dolor abdominal, náuseas, vómito, reacciones en el lugar de la inyección, pirexia, hipersensibilidad, mareo, insomnio, tos, eritema, sarpullido. Contraindicaciones y Precauciones Contraindicaciones: Hipersensibilidad a la sustancia activa o a cualquiera de los excipientes. Reacciones alérgicas conocidas a la proteína de ratón o de hámster. Precauciones: El riesgo de desarrollar inhibidores se correlaciona con la exposición al Factor VIII —siendo más elevado dentro de los primeros 20 días de exposición— y con otros factores de tipo genético y ambiental. En raras ocasiones podrían desarrollarse inhibidores después de los primeros 100 días de exposición. Interacciones No se han reportado interacciones de los productos de Factor VIII de coagulación humano con otros medicamentos. Grupo Nº 16: Oncología PALBOCICLIB Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.6142.00 CÁPSULA O TABLETA Cada cápsula o tableta contiene: Palbociclib 75 mg Caja de cartón o frasco con 21 tabletas o cápsulas Tratamiento del cáncer de mama metastásico con receptores hormonales positivos y HER2 negativo en combinación con Fulvestrant en mujeres post- menopáusicas con falla al tratamiento previo con inhibidores de aromatasa no esteroideos. Tratamiento de cáncer de mama avanzado/metastásico con receptores hormonales positivos y HER2 negativo en combinación con Letrozol como terapia endocrina inicial en mujeres postmenopáusicas. Oral. Adultos: Una cápsula de 125 mg cada 24 horas, durante 3 semanas seguidas por 1 semana de descanso. Este régimen se repite hasta la progresión o falla al tratamiento. Las dosis se pueden disminuir a 100 mg o 75 mg con base en la seguridad y tolerabilidad individual. Cuando se administra concomitantemente con palbociclib, la dosis recomendada de fulvestrant es de 500 mg administrados por vía intramuscular en los días 1, 15, 29 y una vez al mes cada 28 días. Cuando se administra concomitantemente con palbociclib la dosis recomendada de letrozol es de 2.5 mg tomado por vía oral una vez al día continuamente durante el ciclo de 28 días. 010.000.6143.00 CÁPSULA O TABLETA Cada cápsula o tableta contiene: Palbociclib 100 mg Caja de cartón o frasco con 21 tabletas o cápsulas 010.000.6144.00 CÁPSULA O TABLETA Cada cápsula o tableta contiene: Palbociclib 125 mg Caja de cartón o frasco con 21 tabletas o cápsulas 102 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Generalidades Palbociclib es una molécula pequeña tomada oralmente y es un inhibidor altamente selectivo de las cinasas dependientes de ciclinas (CDK) 4 y 6. A través de la inhibición de CDK 4/6, Palbociclib redujo la proliferación celular bloqueando el avance de la célula desde la fase G1 a la fase S del ciclo celular para disminuir la progresión tumoral en pacientes con cáncer HER2- con receptores hormonales positivos. Riesgo en el Embarazo C Reacciones adversas Los efectos adversos más comunes (incidencia ≥10%) fueron neutropenia, leucopenia, fatiga, anemia, infección del tracto respiratorio superior, náuseas, estomatitis, alopecia, diarrea, trombocitopenia, disminución del apetito, vómitos, astenia, neuropatía periférica y epistaxis. Contraindicaciones y Precauciones Hipersensibilidad al Palbociclib o algún componente de la fórmula, en el embarazo y la lactancia, menores de 18 años. Monitoree el recuento completo de sangre antes del inicio de la terapia y al comienzo de cada ciclo, así como el día 14 de los dos primeros ciclos, y como se indica clínicamente para prevenir y manejar los casis de neutropenia. Vigilar los signos y síntomas y retener la dosificación según sea apropiado en caso de infecciones. Puede causar daño fetal. Aconsejar a los pacientes acerca del riesgo potencial para el feto y acerca de utilizar un método anticonceptivo eficaz. Interacciones Palbociclib es metabolizado primariamente por el CYP3A y la enzima sulfotransferasa (SULT) SUTL2A1. Los inhibidores del CYP3A incrementan las concentraciones plasmáticas de Palbociclib, por lo que su uso concomitante debe evitarse. Los inductores del CYP3A reducen las concentraciones plasmáticas de Palbociclib, por lo que el uso concomitante de inductores fuertes de CYP3A con Palbociclib debe evitarse. Artículo tercero. Se adicionan en la Categoría de Instrumental y Equipo Médico al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, los insumos que a continuación se mencionan: Nombre Genérico: RESONANCIA MAGNÉTICA DE 3.0 TESLAS Clave: 531.791.0083 Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas. Servicio(s): Imagenología. Indicaciones de uso y Descripción: Equipo para obtener imágenes diagnósticas, de cuerpo entero, mediante el uso de radiofrecuencias y campos magnéticos (3 Teslas). Generalmente es utilizada para obtener imágenes detalladas de tejidos blandos. 1. Equipo de resonancia magnética para uso diagnóstico médico de alta especialidad. 2. Magneto: 2.1 Campo magnético de intensidad 3.0 Teslas. 2.2 Homogeneidad del campo magnético (garantizada): 2.2.1 Menor o igual a 0.05 ppm dentro de un DSV de 20 cm. 2.2.2 Menor o igual a 1.4 ppm dentro de un DSV de 40 cm. 2.3 Campo de visión (FOV) de 50 cm x 50 cm x 50 cm o mayor. 2.4 Sistema de criogenia con tecnología de cero evaporación o sin recarga de helio durante la vida útil del imán (Zero boil-off o magneto sellado). 3. Gantry: 3.1 Apertura de 70 cm o mayor. 3.2 Iluminación ambiental ajustable en el túnel. 3.3 Sistema de intercomunicación bidireccional entre paciente y operador. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 103 4. Mesa de paciente: 4.1 Capacidad de carga 225 kg o mayor. 4.2 Altura mínima ajustable a 70 cm o menor. 5. Gradientes: 5.1 Amplitud máxima del gradiente 44 mT/m o mayor en cada eje (x, y, z). 5.2 Tasa de cambio del gradiente (Slew rate) 200 T/m/s o mayor en cada eje (x, y, z). 5.3 Sistema de adquisición con tecnología de RF multicanal con un mínimo de 64 canales independientes para recepción simultánea de señales o sistema de digitalización en la bobina. 5.4 Espesor mínimo de corte: 5.4.1 2-D: 0.5 mm o menor. 5.4.2 3-D: 0.1 mm o menor. 6. Bobinas o antenas para las siguientes regiones anatómicas (una por cada punto): 6.1 Cabeza - cuello (dedicada): 16 canales o mayor o 16 elementos o mayor. 6.2 Cráneo (dedicada): 32 canales o mayor o 32 elementos o mayor. 6.3 Columna completa: 32 canales o mayor o 32 elementos o mayor. 6.4 Mama (dedicada): 7 canales o mayor u 8 elementos o mayor. 6.5 Hombro (dedicada): 8 canales o mayor o 6 elementos o mayor. 6.6 Rodilla (dedicada): 12 canales o mayor o 16 elementos o mayor. 6.7 Muñeca - mano (dedicada): 12 canales o mayor o 6 elementos o mayor. 6.8 Pie - tobillo (dedicada): 8 canales o mayor u 8 elementos o mayor. 6.9 Tórax, torso o abdomen (dedicada): 24 canales o mayor o 32 elementos o mayor, con cobertura de al menos 50 cm. 6.10 Antena flexible chica de 4 canales o mayor. 6.11 Antena flexible mediana o grande de 4 canales o mayor o 16 elementos o mayor 6.12. Antena pediátrica (dedicada) de 8 canales o mayor o flexible de 16 elementos o mayor. 7. Programas, secuencias y/o técnicas de adquisición: 7.1 Programa o software o secuencia de corrección de movimiento aplicable a todo el cuerpo o diferentes regiones anatómicas. 7.2 Spin Echo en 3D. 7.3 Fast Spin Echo (FSE) o Turbo Spin Echo (TSE) o FastSE. 7.4 Imagen corporal con supresión de grasa. 7.5 Técnica Dixon. 7.6 Eco de gradiente 2D/3D: 7.6.1 Técnicas desviadas o multishot EPI. 7.6.2 Técnicas de rebobinado o single shot EPI. 7.6.3 SSFP o PSIF o 2D FFE o bFFE o FIESTA. 7.7 Recuperación de inversión (Inversion Recovery o IR). 7.8 Imagen de susceptibilidad magnética (SWI o SWAN o SWIP o FSBB o BSI). 7.9 Imagen de perfusión de cabeza sin medio de contraste (ASL o 3D ASL). 7.10 Imagen de perfusión de cuerpo. 7.11 Imagen de mama con supresión de grasa. 7.12 Angiografía por tiempo de vuelo (TOF) o Angiografía por RM sin realce de contraste (Inflow). 7.13 Contraste de transferencia de magnetización (CTM) o (MTC). 7.14 FLAIR o Dark Fluid o Fast Fair. 7.15 Imágenes paralelas (GRAPPA o SENSE o SPEEDER o ASSET o uCS). 7.16 Técnicas de aceleración tipo compressed sensing o multiband SPEEDER. 7.17 Protocolos dedicados para estudios dinámicos de mama. 7.18 Protocolos dedicados para musculoesquelético (MSK) y ortopedia. 104 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 7.19 Difusión (DWI, ADC). 7.20 Perfusión (TTP, MTT, CBV, CBF, Tmax, mapas de flujo). 7.21 Angiografía periférica con y sin medio de contraste. 7.22 Método de cuantificación de grasa. 7.23 Espectroscopia monovoxel (Single voxel) y multivoxel o CSI. 7.24 Paquete de protocolos de pediatría. 7.25 Sincronización de la adquisición de imagen con señales fisiológicas (respiración, ECG). 7.26 Imagen por tensor de difusión (DTI) y el análisis tractográfico. 7.27 Rastreo de cuerpo completo de 2 metros o mayor con corrección de movimiento. 7.28 Imagen BOLD en 3D (fMRI 3D o BOLD EPI 3D). 7.29 Corrección de movimiento para difusión multidisparo en cerebro (BLADE Diffusion, MUSE, MUTE 3D o Microview o ZOOM Diffusion o equivalente técnico). 7.30 Herramienta para adquisición y reconstrucción de imágenes por medio de Inteligencia Artificial (IA). 7.31 Programas cardiológicos: 7.31.1 Cine cardiaco. 7.31.2 Dark Blood y/o Black Blood. 7.31.3 Medición de volúmenes y flujos. 7.31.4 Análisis de movimiento de paredes. 7.31.5 Perfusión miocárdica. 7.31.6 Coronarias. 8. Estación de adquisición: 8.1 Monitor a color de 21 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 8.2 Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 512 GB o mayor. 8.3 Unidad DVD externa o integrada. 8.4 Capacidad de reconstrucción de 37,000 imágenes/ segundo o FTT/segundo o mayor en matriz de 256 x 256 con campo de visión completo. 8.5 Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 8.5.1 DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de CD/DVD. 8.5.2 DICOM Send. 8.5.3 DICOM Storage. 8.5.4 DICOM Print. 8.5.5 DICOM Query/retrieve. 8.5.6 DICOM Storage Commitment. 8.5.7 DICOM Worklist. 8.5.8 DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step). 8.6 Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 9. Estación de postprocesamiento: 9.1 Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor con matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 9.2 Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 1 TB o mayor. 9.3 Con capacidad de almacenar en CD o DVD. 9.4 Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de imágenes compatibles con DICOM. 9.5 Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 9.5.1 DICOM Media (viewer o removible). 9.5.2 DICOM Verification. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 105 9.5.3 DICOM Send. 9.5.4 DICOM Print. 9.5.5 DICOM Query/retrieve. 9.5.6 DICOM Storage. 9.5.7 DICOM Storage Commitment. 9.5.8 DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step). 9.6 Programas o paquetes de post proceso: 9.6.1 Espectroscopía (MRS). 9.6.2 Imágenes de perfusión. 9.6.3 Cardiológicos (análisis funcional y de viabilidad). 9.6.4 Tractografía (DTI). 9.6.5 Análisis dinámico de realce con contraste para mama. 9.6.6 Mapas paramétricos T2 para evaluación musculoesquelética y articular. 9.6.7 Análisis BOLD para estudios funcionales (fMRI). 9.6.8 Reconstrucciones multimodales. 9.7 Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 10. Inyector de medio de contraste diseñado para uso en procedimientos de resonancia magnética. 11. Fantoma para control de calidad. 12. Cojines y almohadillas para posicionamiento del paciente. 13. Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el sistema de resonancia magnética. 14. Juego de sujetadores ajustables, en diferentes tamaños, para posicionamiento del paciente. 15. Sistema de enfriamiento (chiller). 16. Camilla compatible con resonancia magnética. 17. Dos trípodes compatibles con resonancia magnética 18. Silla de ruedas compatible con resonancia magnética. 19. Sistema de circuito cerrado de televisión para vigilancia del paciente, compatible con resonancia magnética. 20. Sistema de entretenimiento para el paciente (audio y/o proyección de imágenes relajantes, compatible con resonancia magnética). Refacciones: Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Accesorios Opcionales: Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades. Se adquieren de manera adicional no se incluyen en el equipo. Las configuraciones, tipos y cantidades de opcionales deberán ser seleccionados de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades médicas. 1. Máquina de anestesia compatible con resonancia magnética. 2. Monitor de signos vitales con accesorios adulto/pediátrico compatible con resonancia magnética. 3. Arco detector de metales. Consumibles: Las cantidades serán determinadas de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades médicas, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Los siguientes consumibles se dotarán como mínimo para inicio de operación: 1. Veinte sets o kits de jeringas para el inyector. 2. Medio de contraste (quelato de gadolinio, concentración 0.5 mmol/ml, frasco de 15 ml) 250 piezas. 3. 100 discos DVD-R o 100 USB. 4. 100 Tapones para los oídos. 106 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Instalación. Operación. Mantenimiento * * * Eléctrica: La que maneje la unidad médica y 60 Hz, 3 fases. Jaula de Faraday, considerando las tomas de gases medicinales (oxígeno, aire). Cumplir con las dimensiones mínimas y características recomendadas por el fabricante. * Por personal especializado y de acuerdo al manual de operación. Se deberá de entregar el manual de operación o usuario en formato físico o digital al responsable del área o servicio. * * Garantía de al menos dos años en equipo principal y accesorios y recarga de helio en caso de ser necesario. Preventivo y correctivo por personal calificado. Durante el periodo de garantía, cuando aplique también se deberán de cubrir los mantenimientos correctivos en equipo principal y accesorios. Nombre Genérico: RESONANCIA MAGNÉTICA DE 1.5 TESLAS Clave: 531.791.0091 Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas. Servicio (s): Imagenología. Indicaciones de uso y Descripción: Equipo para obtener imágenes diagnósticas, de cuerpo entero, mediante el uso de radiofrecuencias y campos magnéticos (1.5 Teslas). Generalmente es utilizada para obtener imágenes detalladas de tejidos blandos. 1. Equipo de resonancia magnética para uso diagnóstico médico. 2. Magneto: 2.1 Campo magnético de intensidad 1.5 Teslas. 2.2 Homogeneidad del campo magnético (garantizada). 2.2.1 Menor o igual a 0.15 ppm dentro de un DSV de 20 cm. 2.2.2 Menor o igual a 1.0 ppm dentro de un DSV de 40 cm. 2.3 Campo de visión (FOV) de 50 cm x 50 cm x 50 cm o mayor. 2.4 Sistema de criogenia con tecnología de cero evaporación o sin recarga de helio durante la vida útil del imán (Zero boil-off o magneto sellado). 3. Gantry: 3.1 Apertura de 70 cm o mayor. 3.2 Iluminación ambiental ajustable en el túnel. 3.3 Sistema de intercomunicación bidireccional entre paciente y operador. 4. Mesa de paciente: 4.1 Capacidad de carga de 225 kg o mayor. 4.2 Ajuste de altura mínima de 70 cm o menor. 5. Gradientes: 5.1 Amplitud máxima del gradiente 44 mT/m o mayor en cada eje (x, y, z). 5.2 Tasa de cambio del gradiente (Slew rate) 120 T/m/s o mayor en cada eje (x, y, z). 5.3 Sistema de adquisición con tecnología de RF multicanal con un mínimo de 32 canales independientes para recepción simultánea de señales o sistema de digitalización en la bobina. 5.4 Espesor mínimo de corte. 2-D: 0.5 mm o menor. 3-D: 0.1 mm o menor. 6. Bobinas o antenas para las siguientes regiones anatómicas (una por cada punto): 6.1 Cabeza - cuello (dedicada): 16 canales o mayor o 16 elementos o mayor. 6.2 Columna completa: 32 canales o mayor o 32 elementos o mayor. 6.3 Mama (dedicada): 7 canales o mayor u 8 elementos o mayor. 6.4 Hombro (dedicada): 8 canales o mayor o 6 elementos o mayor. 6.5 Rodilla (dedicada): 12 canales o mayor o 16 elementos o mayor. 6.6 Muñeca - mano (dedicada): 12 canales o mayor o 6 elementos o mayor. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 107 6.7 Pie - tobillo (dedicada): 8 canales o mayor u 8 elementos o mayor. 6.8 Tórax, torso o abdomen (dedicada): 24 canales o mayor o 32 elementos o mayor, con cobertura de al menos 50 cm. 6.9 Antena flexible chica de 4 canales o mayor. 6.10 Antena flexible mediana o grande de 4 canales o mayor o 16 elementos o mayor. 6.11 Antena pediátrica (dedicada) de 8 canales o mayor o flexible de 16 elementos o mayor. 7. Programas, secuencias y/o técnicas de adquisición: 7.1 Programa o software o secuencia de corrección de movimiento aplicable a todo el cuerpo o diferentes regiones anatómicas. 7.2 Spin Echo en 3D. 7.3 Fast Spin Echo (FSE) o Turbo Spin Echo (TSE) o FastSE. 7.4 Imagen corporal con supresión de grasa. 7.5 Técnica Dixon. 7.6 Eco de gradiente 2D/3D: 7.6.1 Técnicas desviadas o multishot EPI. 7.6.2 Técnicas de rebobinado o single shot EPI. 7.6.3 SSFP o PSIF o 2D FFE o bFFE o FIESTA. 7.7 Recuperación de inversión (Inversion Recovery o IR). 7.8 Imagen de susceptibilidad magnética (SWI o SWAN o SWIP o FSBB o BSI). 7.9 Imagen de perfusión de cabeza sin medio de contraste (ASL o 3D ASL). 7.10 Imagen de perfusión de cuerpo. 7.11 Imagen de mama con supresión de grasa. 7.12 Angiografía por tiempo de vuelo (TOF) o Angiografía por RM sin realce de contraste (Inflow). 7.13 Contraste de transferencia de magnetización (CTM) o (MTC). 7.14 FLAIR o Dark Fluid o Fast Fair. 7.15 Imágenes paralelas (GRAPPA, SENSE, SPEEDER o ASSET o uCS). 7.16 Técnicas de aceleración tipo compressed sensing o multiband SPEEDER. 7.17 Protocolos dedicados para estudios dinámicos de mama. 7.18 Protocolos dedicados para musculoesquelético (MSK) y ortopedia. 7.19 Difusión (DWI, ADC). 7.20 Perfusión (TTP, MTT, CBV, CBF, Tmax, mapas de flujo). 7.21 Angiografía periférica con y sin medio de contraste. 7.22 Método de cuantificación de grasa. 7.23 Espectroscopia monovoxel (Single voxel) y multivoxel o CSI. 7.24 Paquete de protocolos de pediatría. 7.25 Sincronización de la adquisición de imagen con señales fisiológicas (respiración, ECG). 7.26 Imagen por tensor de difusión (DTI) y el análisis tractográfico. 7.27 Rastreo de cuerpo completo de 2 metros o mayor con corrección de movimiento. 7.28 Imagen BOLD en 3D (fMRI 3D o BOLD EPI 3D). 7.29 Corrección de movimiento para difusión multidisparo en cerebro (BLADE Diffusion, MUSE, MUTE 3D o Microview o ZOOM Diffusion o equivalente técnico). 7.30 Herramienta para adquisición y reconstrucción de imágenes por medio de Inteligencia Artificial (IA). 108 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 7.31 Programas cardiológicos: 7.31.1 Cine cardíaco. 7.31.2 Dark Blood y/o Black Blood. 7.31.3 Medición de volúmenes y flujos. 7.31.4 Análisis de movimiento de paredes. 7.31.5 Perfusión miocárdica. 7.31.6 Coronarias. 8. Estación de adquisición: 8.1 Monitor a color de 21 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 8.2 Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 512 GB o mayor. 8.3 Unidad DVD externa o integrada. 8.4 Capacidad de reconstrucción de 22,000 imágenes/ segundo o FTT/segundo o mayor en matriz de 256 x 256 con campo de visión completo. 8.5 Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 8.5.1 DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de CD/DVD. 8.5.2 DICOM Send. 8.5.3 DICOM Storage. 8.5.4 DICOM Print. 8.5.5 DICOM Query/retrieve. 8.5.6 DICOM Storage Commitment. 8.5.7 DICOM Worklist. 8.5.8 DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step). 8.6 Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 9. Estación de postprocesamiento: 9.1 Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor con matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 9.2 Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 1 TB o mayor. 9.3 Con capacidad de almacenar en CD o DVD. 9.4 Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de imágenes compatibles con DICOM. 9.5 Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 9.5.1 DICOM Media (viewer o removible). 9.5.2 DICOM Verification. 9.5.3 DICOM Send. 9.5.4 DICOM Print. 9.5.5 DICOM Query/retrieve. 9.5.6 DICOM Storage. 9.5.7 DICOM Storage Commitment. 9.5.8 DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step). 9.6 Programas o paquetes de post proceso: 9.6.1 Espectroscopia. 9.6.2 Imágenes de perfusión. 9.6.3 Cardiológicos (análisis funcional y de viabilidad). 9.6.4 Tractografía (DTI). 9.6.5 Análisis dinámico de realce con contraste para mama. 9.6.6 Mapas paramétricos T2 para evaluación musculoesquelética y articular (MSK). Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 109 9.6.7 Análisis BOLD para estudios funcionales (fMRI). 9.6.8 Reconstrucciones multimodales. 9.7 Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 10. Inyector de medio de contraste diseñado para uso en procedimientos de resonancia magnética. 11. Fantoma para control de calidad. 12. Cojines y almohadillas para posicionamiento del paciente. 13. Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el sistema de resonancia magnética. 14. Juego de sujetadores ajustables, en diferentes tamaños, para posicionamiento del paciente. 15. Sistema de enfriamiento (chiller). 16. Camilla compatible con resonancia magnética. 17. Dos trípodes compatibles con resonancia magnética 18. Silla de ruedas compatible con resonancia magnética. 19. Sistema de circuito cerrado de televisión para vigilancia del paciente, compatible con resonancia magnética. 20. Sistema de entretenimiento para el paciente (audio y/o proyección de imágenes relajantes, compatible con resonancia magnética). Refacciones: Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo Accesorios Opcionales: Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades. Se adquieren de manera adicional y no se incluyen en el equipo. Las configuraciones, tipos y cantidades de opcionales deberán ser seleccionados de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades médicas. 1. Máquina de anestesia compatible con resonancia magnética. 2. Monitor de signos vitales con accesorios adulto/pediátrico compatible con resonancia magnética. 3. Arco detector de metales. Consumibles: Las cantidades serán determinadas de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades médicas, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Los siguientes consumibles se dotarán como mínimo para inicio de operación: 1. Veinte sets o kits de jeringas para el inyector. 2. Medio de contraste (quelato de gadolinio, concentración 0.5 mmol/ml, frasco de 15 ml) 250 piezas. 3. 100 discos DVD-R o 100 USB. 4. 100 Tapones para los oídos. Instalación. Operación. Mantenimiento * * * Eléctrica: La que maneje la unidad médica y 60 Hz, 3 fases. Jaula de Faraday, considerando las tomas de gases medicinales (oxígeno, aire). Cumplir con las dimensiones mínimas y características recomendadas por el fabricante. * Por personal especializado y de acuerdo al manual de operación. Se deberá de entregar el manual de operación o usuario en formato físico o digital al responsable del área o servicio. * * Garantía de al menos dos años en equipo principal y accesorios y recarga de helio en caso de ser necesario. Preventivo y correctivo por personal calificado. Durante el periodo de garantía, cuando aplique también se deberán de cubrir los mantenimientos correctivos en equipo principal y accesorios. 110 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Artículo cuarto. Se modifica en la Categoría de Instrumental y Equipo Médico, el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, respecto del insumo que a continuación se menciona, estableciéndose de la siguiente manera (se identifican las modificaciones por estar en letras cursivas y subrayadas): Nombre Genérico: TOMÓGRAFO SIMULADOR Clave: 531.254.0169 Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas. Servicio(s): Imagenología. Indicaciones de uso y Descripción: Equipo de tomografía computarizada (TC) con hardware y software especializados para la simulación de tratamientos de radioterapia, debiendo asegurar la compatibilidad con los diferentes aceleradores lineales y/o braquiterapia. 1. Tomógrafo para la simulación compatible con el sistema de planificación del tratamiento de radioterapia. 2. Número mínimo de fila de detectores 64 o mayor. 3. Detector: 3.1. Campo de visión (FOV) estándar de 60 cm o mayor. 3.2. Cobertura en el eje Z (ancho del detector) de 38 mm o mayor. 3.3. Espesor del corte de 0.625 mm o menor. 3.4. Tiempo de rotación estándar para un giro de 360° de 0.35 segundos o menor. 4. Gantry: 4.1. Apertura de 80 cm o mayor. Sistema de intercomunicación con el paciente. 5. Tubo de rayos X: 5.1. Almacenamiento de calor en el ánodo de 7 MHU o mayor (sin equivalencias). 5.2. Tasa de disipación de calor de 780 kHU/min o mayor. 6. Generador de rayos X: 6.1. Potencia de salida de 70 kW o mayor. 6.2. Rango de voltaje de 80 kV o menor a 135 kV o mayor. 6.3. Rango de corriente de 15 mA o menor a 600 mA o mayor. 7. Mesa de paciente: 7.1. Cubierta, mesa o tablero, plano, de fibra de carbono, indexada (nota: el usuario verificará la compatibilidad, según marca y modelo de la mesa del acelerador lineal). 7.2. Capacidad de carga de 220 kg o mayor. 7.3. Longitud de escaneo sin tener que reposicionar al paciente durante el estudio de 150 cm o mayor. 7.4. Desplazamiento: Vertical 55 cm o menor hasta 85 cm o mayor. 7.5. Longitudinal 150 cm o mayor. 8. Reconstrucción de imágenes: 8.1. Reconstrucción de conjunto de cortes tridimensionales o 3D. 8.2. Campo de visión (FOV) de reconstrucción de 60 cm o mayor. 8.3. Matrices de reconstrucción de 512 x 512 o mayor. 8.4. Velocidad máxima de reconstrucción 40 (fps) imágenes/segundo o mayor. 8.5. Reconstrucción de imágenes multiplanares (MPR) en tiempo real. 8.6. Reconstrucción de imagen de máxima intensidad de proyección (MIP). 9. Estación de adquisición: 9.1. Monitor a color de 19 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de 1024 X 1024 o mayor. 9.2. Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 1 Tb o mayor. 9.3. Quemador de CD o DVD. 9.4. Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 9.4.1. DICOM Media (viewer o removible), 9.4.2. DICOM Print, 9.4.3. DICOM Query/retrieve, Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 111 9.4.4. DICOM Storage, 9.4.5. DICOM Storage Commitment, 9.4.6. DICOM Worklist, 9.4.7. DICOM MPPS, 9.4.8. DICOM RT 9.4.9. DICOM RDSR o de acuerdo a la nomenclatura del fabricante (Reporte de Estructurado de Dosis de Radiación). 9.5. Protocolos para pediatría. 9.6. Reducción de artefacto metálico. 9.7. Software para modulación y ahorro de dosis en tiempo real. 9.8. Algoritmos de reconstrucción iterativa de acuerdo a cada fabricante. 9.9. Sistema de sincronización 4D (nota: el usuario verificará la compatibilidad según marca y modelo del acelerador lineal) o Sistema de Radioterapia guiada por Imágenes de Superficie. Incluye Software y Hardware completos para su correcto funcionamiento para la opción seleccionada. 9.10. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 10. Estación de postprocesamiento: 10.1. Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor, con matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 10.2. Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de al menos 1 Tb. 10.3. Con capacidad de almacenar en CD o DVD. 10.4. Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de imágenes compatibles con DICOM. 10.5. Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 10.5.1. DICOM Media (viewer o removible), 10.5.2. DICOM Print, 10.5.3. DICOM Query/retrieve, 10.5.4. DICOM Storage, 10.5.5. DICOM Storage Commitment. 10.5.6. Software de contorneo basado en Inteligencia Artificial (IA). 10.5.7. Fusión de imágenes de Resonancia Magnética (RM) y Tomografía por Emisión de Positrones (PET-CT). 10.5.8. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 11. Sistema de posicionamiento láser: 11.1. Sistema de al menos tres láseres para simulación, de color verde o rojo, montados en gantry o externos (en piso, pared o techo). 11.2. Tamaño del patrón de haz proyectado de 1.5 mm o menor. 11.3. Precisión de posicionamiento menor a 0.5 mm. 12. Fantoma para control de calidad propio del equipo. 13. Fantoma de CT acreditado por ACR (American College of Radiology) o AAPM (American Association of Physicists in Medicine). 14. Inyector dual o de doble jeringa para medio de contraste, interfazado o sincronizado al equipo 15. Sistema de calentamiento (agua o aire) para elaboración de mallas termoplásticas. 16. Sistemas de fijación: 16.1. Dos (2) bases de fijación de fibra de carbono para cabeza, cuello y hombros, con dispositivo para la mesa de tratamiento que permita la extensión de la base. 16.2. Dos (2) bases de eje variable (con accesorios), que se puedan montar en las bases de fijación para angulación precisa de la cabeza, en posición prono y supina. 16.3. Dos (2) juegos de soportes para cabeza con 6 piezas por juego, los tamaños serán determinados por el área usuaria. 16.4. Dos (2) juegos de soporte de cabeza pediátrico (cuando aplique). 112 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 16.5. Dos (2) sistemas de tratamiento para abdomen y pelvis, posición supina y prono. 16.6. Dos (2) sistemas de fijación para extremidades. 16.7. Dos (2) soportes o posicionadores para pies. 16.8. Dos (2) soportes para rodillas. 16.9. Dos (2) posicionadores de piernas. 16.10. Dos (2) sistemas de fijación para tratamiento de mama y tórax en posición prona. 16.11. Dos (2) sistemas de fijación para tratamiento de mama y tórax, con extensiones laterales y manubrio o soportes. 16.12. Dos (2) sistemas compresores para restricción de respiración, rígido o flexible, compatible con la base de tratamiento. 16.13. Un (1) perchero móvil o fijo de almacenamiento para colchones de vacío con ganchos para colgar los colchones. 16.14. Racks modulares, estantes o muebles de almacenamiento de dimensiones adecuadas y suficientes para contener, los fijadores solicitados (De acuerdo a las necesidades y espacios del área usuaria, Se deberá verificar la existencia previa para evitar duplicidad y garantizar la disponibilidad de espacio físico). 17. Circuito cerrado de TV a color (con 2 cámaras con al menos una ajustable por el usuario y al menos un monitor a color). 18. Una (1) Bomba de vacío (sistema de compresión) de modo dual para colchones de vacío (110 V-127V), con manguera adaptadora. Refacciones: Las unidades médicas las seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Accesorios Opcionales: Las unidades médicas las seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Se adquieren de manera adicional y no se incluyen en el equipo. Las configuraciones, tipos y cantidades de opcionales deberán ser seleccionados de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades médicas. 1. Unidad de energía ininterrrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el equipo. 2. Sistemas de fijación específicos para radiocirugía intracraneal y/o extracraneal y/o robótica y/o con fuentes naturales. 3. Software para braquiterapia. Consumibles: Las unidades médicas seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo: 1. Máscaras termoplásticas. 2. Colchones de vacío para inmovilización, tamaños: chico, mediano, grande y cuerpo completo, con accesorios para fijarlos y/o marcarlos a la mesa. Cada unidad definirá los tamaños y cantidades. 3. Balines. 4. Medio de contraste (frascos de 200 ml, con concentración de 350/370 mg de yodo/ml). 5. Sets o kits de jeringas para el inyector. 6. Tinta. Instalación. Operación. Mantenimiento. * * Adecuaciones del área considerando los requerimientos de la guía mecánica, según corresponda. Cumplir con las dimensiones mínimas y características recomendadas por el fabricante. * * * Por personal especializado y de acuerdo al manual de operación. Se deberá de entregar el manual de operación o usuario en formato físico o digital al responsable del área o servicio. Capacitación en sitio, centro de referencia y/o entrenamiento a todo el personal involucrado en el área de radioterapia (médico, técnico, físicos e ingeniería biomédica), para el correcto uso de cada uno de los componentes de equipo. Considerando los diferentes turnos y perfiles de puesto en cada servicio. * * Preventivo. Póliza de garantía de al menos un año en equipo principal y accesorios. Correctivo por personal calificado. Durante el periodo de garantía, cuando aplique también se deberán de cubrir los mantenimientos correctivos en equipo principal y accesorios. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 113 Nombre Genérico: TOMÓGRAFO DE DIAGNÓSTICO PARA ALTA ESPECIALIDAD Clave: 531.254.0166 Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas. Servicio(s): Imagenología. Indicaciones de uso y Descripción: Equipo de tomografía computarizada diseñado para realizar estudios cardíacos y neurológicos avanzados, así como aplicaciones de alta especialidad para perfusión, estudios dinámicos y estudios avanzados de cardiología, oncología, neurología y pediatría. 1. Equipo de tomografía computarizada de diagnóstico para alta especialidad. 2. Número de fila de detectores de 256 o mayor o de 192 detectores o mayor para tecnologías con doble fuente o doble fila de detectores de 128 o mayor. 3. Detector: 3.1. Cobertura en el eje Z (ancho del detector) de 160 mm o mayor o 130 mm o mayor para tecnologías con doble fuente u 80 mm o mayor utilizando doble fila de detectores. 3.2. Campo de visión (FOV) estándar de 50 cm o mayor. 3.3. Espesor del corte de 0.625 mm o menor. 3.4. Tiempo de rotación estándar para un giro de 360° de 0.28 segundos o menor. 4. Gantry: 4.1. Apertura de 78 cm o mayor. 4.2. Sistema de intercomunicación con el paciente. 4.3. Alineación en 3 ejes con láser. 4.4. Pantalla integrada que despliegue los datos de operación. 5. Tubo de rayos X: 5.1. Almacenamiento de calor en el ánodo de 7 MHU o mayor. 5.2. Tasa de disipación de calor de 1000 kHU/min o mayor. 6. Generador de rayos X: 6.1. Potencia de salida de 100 kW o mayor. 6.2. Rango de voltaje de 80 kV o menor a 135 kV o mayor. 6.3. Rango de corriente de 20 mA o menor a 800 mA o mayor. 7. Mesa de paciente: 7.1. Capacidad de carga de 220 kg o mayor. 7.2. Longitud de escaneo durante el estudio de 180 cm o mayor. 7.3. Rango de movimiento: vertical de 50 cm o menor hasta 85 cm o mayor, longitudinal de 180 cm o mayor. 8. Reconstrucción de imágenes: 8.1. Reconstrucción de conjunto de cortes tridimensionales o 3D. 8.2. Campo de visión (FOV) de reconstrucción de 50 cm o mayor. 8.3. Matrices de reconstrucción de 1024 x 1024 o mayor. 8.4. Velocidad máxima de reconstrucción 60 (fps) imágenes/segundo o mayor. 8.5. Reconstrucción de imágenes multiplanares (MPR) en tiempo real. 8.6. Reconstrucción de imagen MIP y MinIP. 9. Estación de adquisición: 9.1. Monitor a color de 24 pulgadas o mayor o dos monitores de 19 pulgadas, matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 9.2. Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 1 TB o mayor. 9.3. Quemador de CD o DVD. 9.4. Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 9.4.1. DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de CD/DVD. 9.4.2. DICOM Print. 114 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 9.4.3. DICOM Query/retrieve. 9.4.4. DICOM Storage. 9.4.5. DICOM Storage Commitment. 9.4.6. DICOM Worklist. 9.4.7. DICOM MPPS. 9.5. Protocolos para pediatría. 9.6. Software para modulación y ahorro de dosis en tiempo real. 9.7. Software o protocolos para aplicaciones cardiacas. 9.8. Reducción de artefacto metálico. 9.9. Algoritmos de reconstrucción iterativa de acuerdo a cada fabricante. 9.10. Sincronización con ECG. 9.11. Seguimiento automático del medio de contraste o bolo en tiempo real. 9.12. Tecnología de adquisición de imágenes de doble energía (doble fuente o detector con doble capa o conmutación rápida de kV), aplicable para cuerpo completo. 9.13. Reconstrucción usando inteligencia artificial, algoritmo de red neuronal de aprendizaje profundo. 9.14. Tecnología de energía espectral. 9.15. Niveles de energía de 80 keV o menor a 135 keV o mayor. 9.16. Planificación, adquisición, revisión, procesamiento y evaluación de las imágenes de tomografía espectral: neuro, tórax, abdomen y músculo esquelético. 9.17. Resolución espacial de 21 lp/cm o mayor a 0% MTF o 16 lp/cm o mayor a 2% MTF. 9.18. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 10. Estación de postprocesamiento: 10.1. Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor de alta resolución, con matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 10.2. Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de al menos 2 TB. 10.3. Con capacidad de almacenar en CD o DVD. 10.4. Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de imágenes compatibles con DICOM. 10.5. Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 10.5.1. DICOM Media (viewer o removible). 10.5.2. DICOM Print. 10.5.3. DICOM Query/retrieve. 10.5.4. DICOM Storage. 10.5.5. DICOM RDSR o de acuerdo a la nomenclatura del fabricante (Reporte estructurado de dosis). 10.5.6. DICOM Storage Commitment. 10.6. Paquete para evaluación cardiológica (score de calcio, perfusión cardíaca, función ventricular, análisis de coronarias), que presente resultados en puntaje (score) de Agatston y volumétrico. 10.7. Valoración espacial de corazón en 4D o 3D en tiempo real. 10.8. Software TAVR. 10.9. Paquete para evaluación de perfusión cerebral. 10.10. Paquete para evaluación de perfusión de cuerpo o corporal. 10.11. Paquete para la remoción de estructuras óseas para análisis vascular. 10.12. Paquete para navegación endoscópica y colonoscopia virtual. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 115 10.13. Paquete para evaluación dental. 10.14. Paquete para análisis de volumen pulmonar y nódulos pulmonares. 10.15. Paquete o software de oncología o tumoración. 10.16. Fusión con las siguientes modalidades: resonancia magnética y medicina nuclear o PET-CT. 10.17. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 11. Fantoma para control de calidad. 12. Inyector de medio de contraste para tomografía computarizada de doble jeringa o dual. Refacciones: Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Accesorios Opcionales: Las unidades médicas seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo: 1. Mesa de paciente con capacidad de carga de 300 kg o mayor y rastreo de 200 cm o mayor. 2. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el equipo. 3. Espectral para cardiología. 4. Paquete de intervencionismo (CCT o Fluoro CT) con el hardware necesario (monitor, pedales o control). Consumibles: Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo: 1. Veinte sets o kits de jeringas para el inyector. 2. Medio de contraste (10 frascos de 200 ml, con concentración de 350 y/o 370 mg de yodo/ml). 3. 100 discos DVD-R o 100 USB. Instalación. Operación. Mantenimiento. * * Eléctrica: La que maneje la unidad médica y 60 Hz, tres fases. Cumplir con las dimensiones mínimas y características recomendadas por el fabricante. * * Personal especializado y de acuerdo al manual de operación. Se deberá de entregar el manual de operación o usuario en formato físico o digital al responsable del área o servicio. * * Preventivo. Póliza de garantía de al menos un año en equipo principal y accesorios. Correctivo por personal calificado. Durante el periodo de garantía, cuando aplique también se deberán de cubrir los mantenimientos correctivos en equipo principal y accesorios. Nombre Genérico: TOMÓGRAFO DE DIAGNÓSTICO AVANZADO Clave: 531.254.0167 Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas. Servicio(s): Imagenología. Indicaciones de uso y Descripción: Equipo de tomografía computarizada diseñado para realizar alto volumen de diagnósticos (alta productividad) en alguna(s) de las siguientes especialidades: cardiología, neurología, oncología, pediatría 1. Equipo de tomografía computarizada para diagnóstico avanzado. 2. Número de fila de detectores 64 o mayor y 128 cortes o mayor. 3. Detector: 3.1. Campo de visión (FOV) estándar de 50 cm o mayor. 3.2. Cobertura en el eje Z (ancho del detector) de 38 mm o mayor. 3.3. Espesor del corte de 0.625 mm o menor. 3.4. Tiempo de rotación estándar para un giro de 360° de 0.35 segundos o menor. 116 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 4. Gantry: 4.1. Angulación de ±30 grados o mayor y apertura de 70 centímetros o mayor. 4.2. Sistema de intercomunicación con el paciente. 5. Tubo de rayos X: 5.1. Almacenamiento de calor en el ánodo de 7 MHU o mayor. 5.2. Tasa de disipación de calor de 1000 kHU/min o mayor o un mínimo de 100 segundos de radiación continua. 6. Generador de rayos X: 6.1. Potencia de salida de 70 kW o mayor. 6.2. Rango de voltaje de 80 kV o menor a 135 kV o mayor. 6.3. Rango de corriente de 13 mA o menor a 600 mA o mayor. 7. Mesa de paciente: 7.1. Capacidad de carga de 200 kg o mayor. 7.2. Longitud de escaneo durante el estudio de 180 cm o mayor. 7.3. Rango de movimiento: vertical de 55 cm o menor hasta 88 cm o mayor, longitudinal de 180 cm o mayor. 8. Reconstrucción de imágenes: 8.1. Reconstrucción de conjunto de cortes tridimensionales o 3D. 8.2. Campo de visión (FOV) de reconstrucción de 50 cm o mayor. 8.3. Matrices de reconstrucción de 1024 x 1024 o mayor. 8.4. Velocidad máxima de reconstrucción de 45 (fps) imágenes/segundo o mayor. 8.5. Reconstrucción de imágenes multiplanares (MPR) en tiempo real. 8.6. Reconstrucción de imagen MIP y MinIP. 9. Estación de adquisición: 9.1. Monitor a color de 19 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 9.2. Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 900 GB o mayor. 9.3. Quemador de CD o DVD. 9.4. Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 9.4.1. DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de CD/DVD, 9.4.2. DICOM Print, 9.4.3. DICOM Query/retrieve, 9.4.4. DICOM Storage, 9.4.5. DICOM Storage Commitment, 9.4.6. DICOM Worklist, 9.4.7. DICOM MPPS. 9.5. Protocolos para pediatría. 9.6. Software para modulación y ahorro de dosis en tiempo real. 9.7. Sincronización con ECG. 9.8. Reducción de artefacto metálico. 9.9. Seguimiento automático del medio de contraste o bolo. 9.10. Algoritmos de reconstrucción iterativa de acuerdo a cada fabricante. 9.11. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 10. Estación de postprocesamiento: 10.1. Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor de alta resolución, con matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 10.2. Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de al menos 1 TB. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 117 10.3. Con capacidad de almacenar en CD o DVD. 10.4. Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de imágenes compatibles con DICOM. 10.5. Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 10.5.1. DICOM Media (viewer o removible), 10.5.2. DICOM Print, 10.5.3. DICOM Query/retrieve, 10.5.4. DICOM Storage, 10.5.5. DICOM RDSR o de acuerdo a la nomenclatura del fabricante (Reporte estructurado de dosis), 10.5.6. DICOM Storage Commitment. 10.6. Paquete para navegación endoscópica y colonoscopia virtual. 10.7. Paquete o software de oncología o tumoración. 10.8. Paquete de evaluación dental. 10.9. Paquete para evaluación pulmonar y nódulos pulmonares. 10.10. Paquete para la remoción de estructuras óseas para análisis vascular. 10.11. Paquete para evaluación de perfusión cerebral. 10.12. Software o protocolos para aplicaciones cardiacas. 10.13. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el equipo. 11. Fantoma para control de calidad. 12. Inyector de medio de contraste para tomografía computarizada de doble jeringa o dual. Refacciones: Las unidades médicas las seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Accesorios Opcionales: Las unidades médicas seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo: 1. Paquete para evaluación de imágenes espectrales o energía dual / doble energía. 2. Paquete de intervencionismo (CCT o Fluoro CT) con el hardware necesario (Monitor, pedales o control). 3. Mesa de paciente con capacidad de carga de 300 kg. 4. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el equipo. Consumibles: Las unidades médicas seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo: 1. Veinte sets o kits de jeringas para el inyector. 2. Medio de contraste (10 frascos de 200 ml, con concentración de 350 y/o 370 mg de yodo/ml). 3. 100 discos DVD-R o 100 USB. Instalación. Operación. Mantenimiento. * * Eléctrica: La que maneje la unidad médica y 60 Hz, tres fases. Cumplir con las dimensiones mínimas y características recomendadas por el fabricante. * * Personal especializado y de acuerdo al manual de operación. Se deberá de entregar el manual de operación o usuario en formato físico o digital al responsable del área o servicio. * * Preventivo. Póliza de garantía de al menos un año en equipo principal y accesorios. Correctivo por personal calificado. Durante el periodo de garantía, cuando aplique también se deberán de cubrir los mantenimientos correctivos en equipo principal y accesorios. 118 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Nombre Genérico: TOMÓGRAFO DE DIAGNÓSTICO GENERAL Clave: 531.254.0168 Especialidad(es): Médicas y Quirúrgicas. Servicio(s): Imagenología. Indicaciones de uso y Descripción: Equipo de tomografía computarizada diseñado para realizar exploraciones de rutina clínica (cabeza y cuello, columna, extremidades, tórax, abdomen, pelvis). 1. Equipo de tomografía computarizada para diagnóstico general. 2. Número de fila de detectores 64 o mayor o 128 cortes o mayor. 3. Detector: 3.1. Campo de visión (FOV) estándar de 50 cm o mayor. 3.2. Cobertura en el eje Z (ancho del detector) de 38 mm o mayor. 3.3. Espesor del corte de 0.625 mm o menor. 3.4. Tiempo de rotación estándar para un giro de 360° de 0.5 segundos o menor. 4. Gantry: 4.1. Angulación de ±30 grados o mayor y apertura de 70 centímetros o mayor. 4.2. Sistema de intercomunicación con el paciente. 5. Tubo de rayos X: 5.1. Almacenamiento de calor en el ánodo de 5 MHU o mayor. 5.2. Tasa de disipación de calor de 900 kHU/min o mayor. 6. Generador de rayos X: 6.1. Potencia de salida de 50 kW o mayor. 6.2. Rango de voltaje de 80 kV o menor a 135 kV o mayor. 6.3. Rango de corriente de 10 mA o menor a 400 mA o mayor. 7. Mesa de paciente: 7.1. Capacidad de carga de 200 kg o mayor. 7.2. Longitud de escaneo durante el estudio de 155 cm o mayor. 7.3. Rango de movimiento: vertical de 55 cm o menor hasta 90 cm o mayor, longitudinal de 155 cm o mayor. 8. Reconstrucción de imágenes: 8.1. Reconstrucción de conjunto de cortes tridimensionales o 3D. 8.2. Campo de visión (FOV) de reconstrucción de 50 cm o mayor. 8.3. Matrices de reconstrucción de 512 x 512 o mayor. 8.4. Velocidad máxima de reconstrucción de 20 (fps) imágenes/segundo o mayor. 8.5. Reconstrucción de imágenes multiplanares (MPR) en tiempo real. 8.6. Reconstrucción de imagen MIP y MinIP. 9. Estación de adquisición: 9.1. Monitor a color de 19 pulgadas o mayor, matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 9.2. Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de 900 GB o mayor. 9.3. Quemador de CD o DVD. 9.4. Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 9.4.1. DICOM Media (viewer o removible) o robot quemador de CD/DVD, 9.4.2. DICOM Print, 9.4.3. DICOM Query/retrieve, 9.4.4. DICOM Storage, 9.4.5. DICOM Storage Commitment, 9.4.6. DICOM Worklist. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 119 9.5. Protocolos para pediatría. 9.6. Reducción de artefacto metálico. 9.7. Software para modulación y ahorro de dosis en tiempo real. 9.8. Seguimiento automático del medio de contraste o bolo. 9.9. Algoritmos de reconstrucción iterativa de acuerdo a cada fabricante. 9.10. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 10. Estación de postprocesamiento: 10.1. Dos monitores con pantalla LCD a color de 19 pulgadas o mayor de alta resolución, con matriz de despliegue de 1024 x 1024 o mayor. 10.2. Capacidad de almacenaje de imágenes en disco duro de al menos 1 TB. 10.3. Con capacidad de almacenar en CD o DVD. 10.4. Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM de imágenes compatibles con DICOM. 10.5. Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 10.5.1. DICOM Media (viewer o removible), 10.5.2. DICOM Print, 10.5.3. DICOM Query/retrieve, 10.5.4. DICOM Storage, 10.5.5. DICOM RDSR o de acuerdo a la nomenclatura del fabricante (Reporte estructurado de dosis), 10.5.6. DICOM Storage Commitment. 10.6. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para el equipo de cómputo. 11. Fantoma para control de calidad. 12. Inyector de medio de contraste para tomografía computarizada de doble jeringa o dual. Refacciones: Las unidades médicas las seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Accesorios Opcionales: Las unidades médicas solicitarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo: 1. Paquete para la remoción de estructuras óseas para análisis vascular. 2. Paquete para navegación endoscópica y colonoscopia virtual. 3. Paquete para evaluación pulmonar y nódulos pulmonares. 4. Unidad de energía ininterrumpible (UPS) de al menos 10 minutos para todo el equipo. Consumibles: Las unidades médicas seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo: 1. Veinte sets o kits de jeringas para el inyector. 2. Medio de contraste (10 frascos de 200 ml, con concentración de 350 y/o 370 mg de yodo/ml). 3. 100 discos DVD-R o 100 USB. Instalación. Operación. Mantenimiento. * * Eléctrica: La que maneje la unidad médica y 60 Hz, tres fases. Cumplir con las dimensiones mínimas y características recomendadas por el fabricante. * * Personal especializado y de acuerdo al manual de operación. Se deberá de entregar el manual de operación o usuario en formato físico o digital al responsable del área o servicio. * * Preventivo. Póliza de garantía de al menos un año en equipo principal y accesorios. Correctivo por personal calificado. Durante el periodo de garantía, cuando aplique también se deberán de cubrir los mantenimientos correctivos en equipo principal y accesorios. 120 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Nombre Genérico: ANGIÓGRAFO MONOPLANAR Clave: 531.055.0062 Especialidad(es): médicas y quirúrgicas. Servicio(s): Hemodinámica y Neurología. Radiología Intervencionista, Cardiología Intervencionista, Neurointervencionismo. Indicaciones de uso y Descripción: Equipo diseñado para la obtención de imágenes vasculares diagnósticas y terapéuticas, con guía vascular intervencionista por medio de técnicas fluoroscópicas con rayos X en tiempo real. 1. Angiógrafo monoplanar con arco montado a piso o a techo. 2. Arco: 2.1. Rotación con proyección RAO de 117° o mayor con velocidad de 20°/s o mayor. 2.2. Rotación con proyección LAO de 105° o mayor con velocidad de 20°/s o mayor. 2.3. Angulación craneal de 55° o mayor y caudal de 45° o mayor (+55/-45°). 2.4. Distancia de la fuente a la imagen SID (Source-to-image distance) de 94 cm o menor a 119 cm o mayor. 3. Detector: 3.1. Tamaño: rectangular 29 x 39 cm o mayor (12 x 16 pulgadas) o cuadrado de 30 x 30 cm o mayor (12 x 12 pulgadas). 3.2. Resolución espacial (lp/mm) 2.0 o mayor. 3.3. Tamaño de pixel 200 µm o menor. 3.4. Profundidad de bit o digitalización de 14 o mayor. 4. Angiografía rotacional: 4.1. Adquisición de imagen de haz cónico (cone beam CT) y reconstrucción de imágenes de tomografía computarizada (TC) de acuerdo a la tecnología de cada fabricante. 5. Generador de rayos X: 5.1. Potencia de salida de 100 kW o mayor. 5.2. Rango de corriente de 20 mA o menor a 1000 mA o mayor. 5.3. Rango de voltaje radiográfico de 50 kV o menor a 125 kV o mayor. 5.4. Fluoroscopía pulsada de 3.75 pulsos/segundo (fps) o menor a 30 pulsos/segundo (fps) o mayor. 5.5. Corriente en modo fluorosocópico 320 mA o menor. 5.6. Rango de voltaje fluoroscópico en kV de 60 o menor a 120 o mayor. 5.7. Modo cine o bucle o cardio de 7.5 a 30 (fps) imágenes/segundo o mayor. 6. Tubo de Rayos X: 6.1. Almacenamiento de calor en el ánodo de 3 MHU o mayor. 6.2. Tasa de disipación de calor del ánodo de 300 kHU/min o mayor o 5.5 kW o mayor. 6.3. Al menos dos puntos focales: de 0.4 mm o menor; 0.8 mm o menor y en caso de un tercero de 1.0 mm o mayor. 7. Mesa: 7.1. Dimensiones de 250 cm o mayor x 45 cm o mayor. 7.2. Desplazamiento de la mesa: 7.2.1. Vertical de 80 cm o menor a 100 cm o mayor. 7.2.2. Lateral de ± 14 cm o mayor. 7.2.3. Longitudinal de 120 cm o mayor. 7.3. Capacidad de soporte de peso del paciente de 200 kg o mayor, más peso de accesorios y maniobras de RCP, 50 kg como mínimo. 8. Sistema de adquisición: 8.1. Al menos una pantalla plana LCD o TFT, en la sala de exploración para tiempo real y para imagen de referencia de 55 pulgadas o mayor, con luminiscencia de 400 cd/m2 o mayor, con suspensión a techo y al menos ocho entradas de video. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 121 8.2. Dos pantallas planas LCD o TFT de respaldo de 19 pulgadas o mayor o una pantalla dual con secciones de 19 pulgadas o mayor cada una; la(s) pantalla(s) en la misma suspensión de la pantalla principal o suspensión independiente. 8.3. Matriz de adquisición 1024 x 1024 o mayor. 8.4. Estándar de comunicación DICOM con los siguientes servicios habilitados para su uso: 8.4.1. DICOM Media (viewer o removible). 8.4.2. DICOM Print. 8.4.3. DICOM Query/retrieve. 8.4.4. DICOM Storage. 8.4.5. DICOM Storage Commitment. 8.4.6. DICOM Worklist. 8.5. Con monitoreo o despliegue de dosis en el monitor del sistema. 8.6. DSA y Road Map. 8.7. Angiografía o rastreo de adquisición rotacional con una velocidad de 40°/s o mayor. 8.8. Seguimiento del bolo para angiografía periférica. 8.9. Filtros de contorno o de compensación o de cuña. 8.10. Software para la ayuda de visualización del stent. 8.11. Fusión de imágenes o estudios DICOM para TC y RM. 8.12. Filtros de cobre para reducción de dosis o su equivalencia al cobre. 9. Estación de postprocesamiento: 9.1. Con dos pantallas planas LCD o TFT a color 19 pulgadas o mayor con luminiscencia de 330 cd/m2 o mayor en la sala de control. 9.2. Procesamiento e imágenes adquiridas en matriz de 1024 x 1024 a 14 bits o mayor. 9.3. Estándar de comunicación DICOM con las siguientes clases de servicio habilitadas para su uso: 9.3.1. DICOM Verification. 9.3.2. DICOM Send. 9.3.3. DICOM Query/retrieve. 9.3.4. DICOM Storage. 9.3.5. DICOM Storage Commitment. 9.3.6. DICOM Print Management. 9.3.7. DICOM Media Storage. 9.3.8. DICOM MPPS (Modality Performed Procedure Step). 9.3.9. DICOM Viewer. 9.4. Sistema de almacenamiento de imágenes (DVD o USB). 9.5. Software para almacenar estudios, incluyendo visor DICOM. 9.6. Con análisis cuantitativo de lesiones (QCA), análisis de ventrículo izquierdo (LVA), análisis cuantitativo vascular (QVA) con calibración automática y manual, tanto en el sistema de adquisición como en la estación de trabajo. 9.7. Software anti-artefacto de movimiento durante DSA en tiempo real o desplazamiento de pixeles o de acuerdo a la tecnología de cada fabricante. 9.8. Road-Mapping. 10. Sistema de poligrafía interfasado al equipo: 10.1. Cuatro entradas de presión invasiva con manejo en la misma consola del equipo. 10.2. Medición integrada de saturación de oxígeno (SpO2) y presión sanguínea no invasiva. 10.3. Frecuencia cardiaca. 10.4. Respiración/CO2. 10.5. Medición y cálculos integrados del gasto cardiaco. 10.6. ECG de 12 derivaciones. 122 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 10.7. Con 2 monitores a color de 19 pulgadas o mayor con tecnología LCD o TFT, 2 en el área de control y que se pueda visualizar en la pantalla del equipo principal. 10.8. Interfaz de medición de FFR. 10.9. Impresora láser. 11. Dos mamparas móviles de acrílico y una suspendida al techo en equivalencia a plomo. 12. Cortinas de plomo para la mesa. 13. Inyector de flujo variable de medios de contraste interfasado o sincronizado al equipo. 14. Sujetadores y banda de compresión. 15. Con unidad de energía ininterrumpida UPS que soporte todo el equipo a plena carga al menos 15 minutos. 16. Tapete de soporte lumbar o antifatiga. 17. Seis juegos o kit de protección radiológica que incluya chaleco, faldones, protector tiroideo y lentes. Las medidas se seleccionarán de acuerdo a las necesidades de la unidad médica. Refacciones: Las unidades médicas las seleccionarán, de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. Accesorios Opcionales: Se adquieren de manera adicional, no se incluyen en el equipo. Las configuraciones, tipos y cantidades de opcionales deberán ser seleccionados de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades médicas. 1. Radiología intervencionista y neurología: Software para embolización. Software para guía de agujas virtuales. Software para fusión de imágenes de TC, RM y PET con fluoroscopia en tiempo real. Software de reparación endovascular de aneurisma (EVAR). Software para análisis de flujo. Software para visualización de CO2. 2. Estructura cardiaca y pediatría: Software para reemplazo de válvula aórtica transcatéter (TAVI). Software para fusión de imágenes de fluoroscopia con técnicas de imagen avanzadas como ultrasonido y TC, en tiempo real y aplicaciones para cardiología estructural: mitraclip, cierre de orejuela y cardio- congénito. 3. De solicitar el software para fusión de imágenes de fluoroscopia con técnicas de imagen avanzadas como ultrasonido y TC, en tiempo real y aplicaciones para cardiología estructural: mitraclip, cierre de orejuela y cardio-congénito, se requiere ultrasonido compatible que incluya un transductor lineal y un transductor trans esofágico. 4. Electrofisiología: Software para segmentación estructural y fusión de imágenes de TC, RM y PET con fluoroscopia en tiempo real. Polígrafo para electrofisiología de 64 canales o mayor, interfasado al equipo y que se pueda visualizar en la pantalla del equipo principal. Interfaz con equipos de mapeo. Consumibles: Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades 1. Las cantidades serán determinadas de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades médicas, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. 2. Electrodos compatibles 200 piezas. 3. Consumibles necesarios para el inyector para 100 pacientes. 4. 100 DVD o 100 USB. 5. Papel u hojas para el polígrafo,1000 hojas. Instalación: Operación: Mantenimiento: * * Eléctrica: La que maneje la unidad médica y 60 Hz, 3 fases Cumplir con las dimensiones mínimas y características recomendadas por el fabricante.. * * Por personal especializado y de acuerdo al manual de operación. Se deberá de entregar el manual de operación o usuario en formato físico o digital al responsable del área o servicio. Capacitación en sitio al personal usuario para el correcto uso de cada uno de los componentes de equipo. Considerando los diferentes turnos y perfiles de puesto en cada servicio. * * Preventivo. Póliza de garantía de al menos un año en equipo principal y accesorios. Correctivo por personal calificado. Durante el periodo de garantía, cuando aplique también se deberán de cubrir los mantenimientos correctivos en equipo principal y accesorios. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 123 Artículo 5. Se adicionan en la Categoría de Osteosíntesis, Endoprótesis y Ayudas Funcionales al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, los insumos que a continuación se mencionan: SISTEMA DE DRENAJE PARA GLAUCOMA Fabricado con un polímero de SIBS [poli(estireno-bloque-isobutileno- bloque-estireno)] extremadamente flexible equipado con un tubo de 350 µm de diámetro externo y una luz de 70 µm. El dispositivo tiene aletas triangulares que impiden el desplazamiento del tubo hacia el interior de la cámara anterior (CA). Clave Descripción Indicaciones de uso 060.950.0304 El dispositivo está diseñado para implementarse debajo del espacio subconjuntival/tenoniano. El sistema de drenaje para glaucoma emplea un tubo para crear un conducto para el flujo del humor acuoso desde la cámara anterior del ojo hasta el pequeño canal formado bajo la conjuntiva y la cápsula de Tenon; el extremo frontal/proximal del tubo se extiende hacia la cámara anterior mientras que el extremo posterior/distal termina en el canal. El Sistema de drenaje para glaucoma reduce la presión intraocular al desviar físicamente el humor acuoso desde la cámara anterior de alta presión hasta el pequeño canal de baja presión. El dispositivo es esterilizado por óxido de etileno. Bandeja de plástico termoformada con domo de silicón dentro de doble sobre, sellados individualmente. Caja de cartón. El Sistema de drenaje para glaucoma está indicado para reducir la presión intraocular en los ojos de pacientes con glaucoma de ángulo abierto cuando la PIO no pueda ser controlada a pesar del tratamiento médico máximo tolerado y/o cuando la progresión del glaucoma justifique una intervención quirúrgica. ESTIMULADOR TRICAMERAL PARA RESINCRONIZACIÓN BIVENTRICULAR CON DESFIBRILADOR Cuerpo o carcasa de Titanio Clave Descripción Indicaciones de uso 060.604.0615 Dispositivo electrónico implantable para proporcionar terapia eléctrica de resincronización ventricular en pacientes con insuficiencia cardiaca. Consta de los siguientes elementos: generador de micropulsos eléctricos alimentado por batería; con control programable de voltaje, ancho de pulso, configuración de estimulación ventricular, retardo, AV y VV programable. Modos de estimulación, salida, sensibilidad, polaridad y periodos refractarios/cegamiento. Tres terminales independientes con cables aislados implantables por vía intravenosa para conectarse en: atrio derecho, ventrículo derecho y ventrículo izquierdo. Dispositivo programable con propiedades de marcapaso, estimulador biventricular y desfibrilador. Electrodos con fijación activa con tornillos uno para la aurícula y un electrodo de alto voltaje de fijación activa con conector DF4, Monobobina para el ventrículo derecho, electrodo del ventrículo izquierdo con sistema para pasar guía metálica (over the wire) con conector IS-4. Incluye sistema de liberación para el seno coronario (sistema de introductores para canular el seno coronario y/o subselectores, instrumento de corte). Introductor: dos introductores para vena subclavia (con técnica de peel off); Guías metálicas rectas y en “J” compatible con equipos de Resonancia Magnética Nuclear. Capacidad de monitoreo a distancia. Accesorios opcionales: guía metálica 0.014 pulgadas. Longitud mínima de 88 a 180 cm. Estimulación anti taquicárdica ventricular y resincronización de los ventrículos. Para el tratamiento automatizado de arritmias ventriculares que pueden ser mortales En el tratamiento de Insuficiencia cardiaca congestiva acompañada de asincronía ventricular 124 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 ESTIMULADOR TRICAMERAL PARA RESINCRONIZACION BIVENTRICULAR CON ACCESORIOS Cuerpo o Carcasa de Titanio Clave Descripción Indicaciones de uso 060.604.0623 Estimulador tricameral para resincronización biventricular. Dispositivo electrónico implantable para proporcionar terapia eléctrica de resincronización ventricular en pacientes con insuficiencia cardiaca. Consta de los siguientes elementos: Generador de micropulsos eléctricos alimentado por batería. Control programable de voltaje, ancho de pulso, configuración de estimulación ventricular, retardo, AV y VV programable. Modos de estimulación, salida, sensibilidad, polaridad y periodos refractarios/cegamiento. Herramienta dinamométrica, sensor de frecuencia cardiaca, tres terminales independientes con cables aislados implantables por vía intravenosa para conectarse en: atrio derecho, ventrículo derecho y ventrículo izquierdo. Dispositivo programable con propiedades de marcapaso y estimulador biventricular. Electrodos con fijación activa, con tornillos uno para la aurícula y uno para el ventrículo; Conector IS-1; Longitud: 50 a 60 cm; Guías metálicas rectas y en “J”. Electrodo del ventrículo izquierdo con sistema para pasar guía metálica sobre el electrodo (over the wire) con conector IS-4. Incluye sistema de liberación para el seno coronario (sistema de introductores para canular el seno coronario, y/o subselectores, instrumento de corte). Introductor: dos introductores para vena subclavia (con técnica de Peel Off). Compatible con equipos de Resonancia Magnética Nuclear. Capacidad de monitoreo a distancia. Accesorios opcionales: guía metálica 0.014 pulgadas, longitud mínima 180 cm. Estimulación anti taquicárdica ventricular y resincronización de los ventrículos. Para el tratamiento automatizado de arritmias ventriculares que pueden ser mortales. En el tratamiento de Insuficiencia cardiaca congestiva acompañada de asincronía ventricular. Artículo 6. Se modifica en la Categoría de Auxiliares de Diagnóstico, el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, respecto del insumo que a continuación se menciona, estableciéndose de la siguiente manera (se identifican las modificaciones por estar en letras cursivas y subrayadas): MEDIOS DE CONTRASTE CLAVE DESCRIPCIÓN ESPECIALIDAD O SERVICIO FUNCIÓN 070.592.0114 Solución inyectable Cada mL contiene: Sal disódica de ácido gadoxético 181,43 mg (equivalente a 0.25 mmol) Vehículo cbp 1 mL Envase con una jeringa de vidrio o de plástico de 10 mL Radiología e Imagen Agente de diagnóstico. Medio de contraste basado en gadolinio para la obtención de imágenes de RM del hígado ponderadas en T1. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 125 Generalidades El ácido gadoxético disódico (también conocido como gadoxetato de disodio o Gd-EOB-DTPA) es un medio de contraste paramagnético utilizado en resonancia magnética (RM), especialmente para estudios hepáticos. Su mecanismo de acción se basa en las siguientes características: 1. Complejo paramagnético: · Está compuesto por gadolinio (Gd³⁺) y un ligando llamado ácido etoxibencil-dietilentriamin-pentaacético (EOB-DTPA). · Este complejo acorta el tiempo de relajación T1 de los protones en los tejidos, lo que incrementa la intensidad de la señal en imágenes ponderadas en T1. 2. Acción bifásica: · Fase 1: Tras la inyección intravenosa, se distribuye rápidamente en el espacio extracelular. · Fase 2: Es captado selectivamente por los hepatocitos gracias a su parte lipofílica (etoxibencil), lo que permite una visualización específica del parénquima hepático. 3. Excreción dual: · Aproximadamente el 50% se elimina por vía renal y el otro 50% por vía hepatobiliar (bilis), lo que lo hace útil para evaluar tanto la función hepática como la excreción biliar. 4. Alta relaxividad hepática: · En el hígado, su relaxividad r1 es de 16,6 L/mmol/s (a 0,47 T), lo que proporciona un contraste significativamente mayor en el tejido hepático comparado con otros medios de contraste. Reacciones adversas Cefalea, nausea, sensación de calor, aumento de la presión arterial y mareo son las más frecuentes. 0.5% Contraindicaciones y Precauciones Contraindicaciones Ninguna Precauciones Hipersensibilidad: Especialmente se requiere una cuidadosa evaluación del riesgo/beneficio en los pacientes con hipersensibilidad conocida al ácido gadoxético. El riesgo de hipersensibilidad es mayor en caso de: · Reacción previa a medios de contraste · Antecedentes de asma bronquial · Antecedentes de trastornos alérgicos Artículo 7. Se adicionan en la Categoría de Material de Curación al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, los insumos que a continuación se mencionan: GENÉRICO CLAVE DESCRIPCIÓN ESPECIALIDAD O SERVICIO INDICACIONES DE USO CEPILLO DE CITOLOGÍA 060.165.1367 Catéter de 8 Fr, de doble luz con guía, con un pincel de citología de 2.1 mm. La luz de la guía sale del catéter por la punta distal y se utiliza para inyectar un medio de contraste o para introducir el catéter sobre una guía de 0.035 pulgadas. La luz del pincel también sale del catéter por la punta distal y se utiliza para introducir el pincel de citología. Cirugía general. Se utiliza para la recolección endoscópica de células en el tracto gastrointestinal o para la obtención de un colangiograma endoscópico del sistema biliar. 126 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Generalidades El contenido se suministra estéril mediante óxido de etileno. No usar si la barrera estéril está dañada. Para un solo uso. No reutilizar, reprocesar o reesterilizar. Reacciones adversas Entre otras complicaciones, pueden producirse las siguientes: Perforación, hematomas, pancreatitis, septicemia o infección, hemorragia, colangitis, reacción alérgica al medio de contraste. Contraindicaciones y Precauciones Las contraindicaciones de este dispositivo son las que se aplican a las intervenciones de colangiopancreatografía retrógrada endoscópica y esfinterotomía biliar endoscópica. Los cepillos de citología para usar con guía solo deben utilizarlos médicos ampliamente cualificados o bajo su supervisión para la realización de intervenciones endoscópicas en las vías biliares. Es necesario un conocimiento profundo de los principios técnicos, las aplicaciones clínicas y los riesgos asociados con la CPRE y la EBE antes de utilizar este dispositivo. Examine la posición del catéter empleando una inyección de contraste y radioscopia. El cepillo de citología para usar con guía está diseñado para su uso con endoscopios cuyo canal de trabajo tenga un diámetro angio de 2.8 mm. GENÉRICO CLAVE DESCRIPCIÓN ESPECIALIDAD O SERVICIO INDICACIONES DE USO NITROFURAZONA 060.697.0432 Pomada homogénea, de color amarillo limón, con olor característico a glicol, que contiene nitrofurazona al 0.2% como ingrediente activo. Caja con tarro con 453,6 g Pieza Material Quirúrgico y de curación Prevención de infecciones bacterianas en quemaduras, heridas, laceraciones, abrasiones, ulceras cutáneas Generalidades Es una pomada para proporcionar un mecanismo de contención en el paciente quemado posterior al aseso quirúrgico permite una cobertura temporal, su pH ácido inhibe el crecimiento bacteriano y estimula la angiogénesis. La aplicación en quemaduras y áreas cruentas impide que se adhieran los apósitos a las gasas. En el paciente sometido a injerto cutáneo importante es su aplicación, eso facilita que al revisar la integridad y ofrece una cubierta posterior al aseo quirúrgico o desbridamiento quirúrgico del injerto no se desprenda. El manejo de áreas cruentas, laceraciones o sitios denudados permite y ofrece una cubierta posterior al aseo quirúrgico o desbridamiento quirúrgico. Reacciones adversas Puede presentarse hipersensibilidad local o eccema, que cede al suspender el producto. Rara vez puede presentarse dermatitis por contacto. Contraindicaciones y Precauciones Personas hipersensibles a la nitrofurazona TRANSITORIO ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a 02 de marzo de 2026.- La Secretaria del Consejo de Salubridad General y Presidenta de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, Dra. Patricia Elena Clark Peralta.- Rúbrica. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 127 PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL ACLARACIÓN a la Certificación del Acuerdo General 10/2025 del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación, que tiene por objeto determinar las regiones judiciales de carácter administrativo para el trabajo y funciones del Órgano de Evaluación del Desempeño Judicial, publicado el 24 de febrero de 2026. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal de Disciplina Judicial.- Secretaría General de Acuerdos. ACLARACIÓN A LA CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO GENERAL 10/2025 DEL PLENO DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, QUE TIENE POR OBJETO DETERMINAR LAS REGIONES JUDICIALES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO PARA EL TRABAJO Y FUNCIONES DEL ÓRGANO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO JUDICIAL, PUBLICADO EL 24 DE FEBRERO DE 2026. En la sección única, página 430 dice: EL DOCTOR GONZALO MARTÍNEZ GARCÍA, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL, CON APOYO EN LOS ARTÍCULOS 68, FRACCIÓN XIV Y 79, FRACCIÓN XIV, DEL ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 22 DE NOVIEMBRE DE 2013; APLICABLE DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO DÉCIMO NOVENO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE DICIEMBRE DE 2024 CERTIFICA: Que este Acuerdo General 10/2025, del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación por el que se establece la estructura, organización y funcionamiento del Órgano de Evaluación del Desempeño Judicial, fue aprobado por el Pleno… Debe decir: EL DOCTOR GONZALO MARTÍNEZ GARCÍA, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL, CON APOYO EN LOS ARTÍCULOS 68, FRACCIÓN XIV Y 79, FRACCIÓN XIV, DEL ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 22 DE NOVIEMBRE DE 2013; APLICABLE DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO DÉCIMO NOVENO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE DICIEMBRE DE 2024 CERTIFICA: Que este Acuerdo General 10/2025 del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación, que tiene por objeto determinar las regiones judiciales de carácter administrativo para el trabajo y funciones del Órgano de Evaluación del Desempeño Judicial, fue aprobado por el Pleno… Atentamente Ciudad de México, a 02 de marzo de 2026.- Secretario General de Acuerdos, Doctor Gonzalo Martínez García.- Rúbrica. 128 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.7687 M.N. (diecisiete pesos con siete mil seiscientos ochenta y siete diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente, Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica. TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días obtenida el día de hoy, fue de 7.1679%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2100%; y a plazo de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2714%. Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica. TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 6.91 por ciento. Ciudad de México, a 6 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 129 VALOR de la unidad de inversión. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. VALOR DE LA UNIDAD DE INVERSIÓN El Banco de México, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero del Decreto que establece las obligaciones que podrán denominarse en unidades de inversión y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta; con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el artículo 20 Ter del referido Código, da a conocer el valor en pesos de la Unidad de Inversión, para los días del 11 al 25 de marzo de 2026. FECHA Valor (Pesos) 11-marzo-2026 8.737435 12-marzo-2026 8.739401 13-marzo-2026 8.741367 14-marzo-2026 8.743334 15-marzo-2026 8.745302 16-marzo-2026 8.747269 17-marzo-2026 8.749238 18-marzo-2026 8.751206 19-marzo-2026 8.753175 20-marzo-2026 8.755145 21-marzo-2026 8.757115 22-marzo-2026 8.759085 23-marzo-2026 8.761056 24-marzo-2026 8.763028 25-marzo-2026 8.764999 Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director de Análisis sobre Precios, Economía Regional e Información., Dr. Josué Fernando Cortés Espada.- Rúbrica.- Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA ÍNDICE nacional de precios al consumidor. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Estadística y Geografía. ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR Con fundamento en los artículos 59 fracción III, inciso a) de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de la Federación, y 29 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía corresponde al Instituto elaborar el Índice Nacional de Precios al Consumidor y publicar los mismos en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se da a conocer lo siguiente: Con base en la segunda quincena de julio de 2018=100 el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de febrero de 2026 es 144.307. Esta cifra representa una variación de 0.50 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de enero de 2026, que fue de 143.588. Los precios de los bienes y servicios más significativos por su incidencia sobre la inflación general durante el mes de febrero de 2026 fueron, al alza: Jitomate; Papa y otros tubérculos; Loncherías, fondas, torterías y taquerías; Vivienda propia; Tomate verde; Limón; Plátanos; Otros alimentos cocinados; Cigarrillos y Restaurantes y similares. Así como a la baja: Gas doméstico LP; Huevo; Pollo; Cebolla; Carne de cerdo; Desodorantes personales; Gasolina de bajo octanaje; Chile serrano; Frijol y Calabacita. En los próximos días del mes en curso, este Instituto hará la publicación prevista en el último párrafo del artículo 20-bis del Código Fiscal de la Federación. Por otra parte, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía da a conocer que el Índice Nacional de Precios al Consumidor quincenal con base en la segunda quincena de julio de 2018 = 100, correspondiente a la segunda quincena de febrero de 2026, es de 144.551. Este número representa una variación de 0.34 por ciento respecto al índice de la primera quincena de febrero de 2026, que fue de 144.064. Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía: Director General Adjunto de Índices de Precios, Lic. Jorge Alberto Reyes Moreno.- Rúbrica. 130 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2026 por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las empresas productivas del Estado, a las entidades federativas, a los municipios, a los entes públicos de unas y otros, y a las personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cumplimiento dado a la sentencia definitiva de veintiocho de abril de dos mil veinticinco, dictada en el Juicio Contencioso Administrativo 16499/23-17-01-9, promovido por la persona moral Process Management and Solutions, Sociedad Anónima de Capital Variable, en la cual la Primera Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, declaró la nulidad de la resolución de treinta de junio de dos mil veintitrés, emitida en el procedimiento administrativo de sanción a proveedores INE/OIC/PSP/001/2022. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Órgano Interno de Control.- Unidad de Asuntos Jurídicos.- Dirección Jurídica Procesal y Consultiva. CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2026 POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS MUNICIPIOS, A LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, Y A LAS PERSONAS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER FEDERAL CON AUTONOMÍA DERIVADA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EL CUMPLIMIENTO DADO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DE VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO, DICTADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 16499/23-17-01-9, PROMOVIDO POR LA PERSONA MORAL PROCESS MANAGEMENT AND SOLUTIONS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN LA CUAL LA PRIMERA SALA REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DECLARÓ LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN DE TREINTA DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRÉS, EMITIDA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A PROVEEDORES INE/OIC/PSP/001/2022. CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2026 DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS MUNICIPIOS, A LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, Y A LAS PERSONAS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER FEDERAL CON AUTONOMÍA DERIVADA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. P R E S E N T E S. Esta autoridad hace de su conocimiento que por sentencia de veintiocho de abril de dos mil veinticinco, la Primera Sala Regional en la Ciudad De México, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, emitió sentencia dentro del juicio de nulidad 16499/23-17-01-9, promovido por la empresa Process Management and Solutions, Sociedad Anónima de Capital Variable, por con conducto de su representante legal, en la cual se resolvió lo siguiente: “En mérito de lo expuesto y con fundamento en lo establecido por los artículos 49, 50, 51, fracción IV, 52 fracción II y 58-13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve: I.- La parte actora acreditó su pretensión, en consecuencia; II.- Se declara la nulidad lisa y llana de las resolución impugnada en el presente juicio, por los motivos y fundamentos expuestos en el presente fallo. (sic)” Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 131 Al respecto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, Base V, apartado A, párrafos segundo y octavo y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 487, apartados 1 y 6, así como 490, apartado 1, inciso v) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; en relación con los artículos 4, numeral 1, fracción VI, apartado A, 81 y 82 apartado 1, incisos ff) y nnn) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral; 77, primer párrafo, 78, primer párrafo, fracción III, 81 y 86 del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios; y los artículos 24, fracción I, inciso c), 30 incisos l) y aa), y 33 incisos i), p), v) y w) del Estatuto Orgánico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral1; en estricto cumplimiento a la referida sentencia, me permito comunicarles que dentro del procedimiento administrativo de sanción a proveedores INE/OIC/PSP/001/2022, del que deriva el juicio contencioso administrativo 16499/23-17-01-9, se emitió un acuerdo en fecha nueve de enero de dos mil veintiséis, a través del cual se dejó insubsistente la resolución administrativa de treinta de junio de dos mil veintitrés, dictada por el entonces Titular del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral; asimismo, se dejó sin efectos la CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/001/2023 de seis de julio de dos mil veintitrés, mediante la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación, las sanciones impuestas a la empresa Process Management and Solutions, Sociedad Anónima de Capital Variable consistentes en: MULTA por la cantidad de $272,445.00 (doscientos setenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.), equivalente a 100 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización elevado al mes de junio de dos mil veintiuno e INHABILITACIÓN por el término de SEIS MESES para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios, a que se refieren la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios, y las disposiciones aplicables a las demás personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.. Lo anterior en cumplimiento y para su debida observancia. Atentamente Ciudad de México, 24 de febrero de 2026.- Director Jurídico Procesal y Consultivo del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, Mtro. Pablo Casillas Jean.- Rúbrica. 1 Aprobado mediante Acuerdo General OIC-INE/11/2020 "Acuerdo General del Órgano Interno de Control del instituto Nacional Electoral por el que se expide el Estatuto Orgánico del Órgano interno de Control del instituto Nacional Electoral de 24 de diciembre de 2020, cuya entrada en vigor inició el 11 de enero de 2021, publicado el 24 de diciembre de 2020 en la Gaceta Electoral número 40, así como en el Diario Oficial de la Federación el 08 de enero de 2021 (Reformado mediante Acuerdo General OIC-INE/04/2024 de 14 de noviembre de 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2024, y Acuerdo General OIC-INE/08/2024 de 26 de diciembre de 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de marzo de 2025); aplicable al presente asunto de conformidad con el numeral SEXTO del Acuerdo General OIC-INE/06/2025 de 30 de mayo de 2025. 132 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/002/2026 por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las empresas productivas del Estado, a las entidades federativas, a los municipios, a los entes públicos de unas y otros, y a las personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que deberán abstenerse de aceptar propuestas y/o celebrar contratos con el ciudadano Edgar Oswaldo Palomo Beltrán. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Órgano Interno de Control.- Unidad de Asuntos Jurídicos.- Dirección Jurídica Procesal y Consultiva. CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/002/2026 POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS MUNICIPIOS, A LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, Y A LAS PERSONAS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER FEDERAL CON AUTONOMÍA DERIVADA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS Y/O CELEBRAR CONTRATOS CON EL CIUDADANO EDGAR OSWALDO PALOMO BELTRÁN. CIRCULAR INE/OIC/UAJ/DJPC/002/2026 DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, Y PERSONAS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER FEDERAL CON AUTONOMÍA DERIVADA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. P R E S E N T E S. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, Base V, apartado A, párrafos segundo y octavo y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 487, apartados 1 y 6, así como 490, apartado 1, inciso v) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; en relación con los artículos 4, numeral 1, fracción VI, apartado A, 81 y 82 apartado 1, incisos ff) y nnn) del Reglamento del Instituto Nacional Electoral; 167, 168, fracción I, 169 170,171 y 173, del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas; y los artículos 24, fracción I, inciso c) y 33, incisos i) p), v) y w), del Estatuto Orgánico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral1; y en cumplimiento al resolutivo QUINTO de la resolución de tres de diciembre de dos mil veinticinco que se dictó en el expediente INE/OIC/PSC/001/2024, mediante la cual se concluyó el procedimiento administrativo de sanción a contratistas instaurado en contra de la persona física Edgar Oswaldo Palomo Beltrán esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que, le fueron impuestas las sanciones consistentes en: MULTA por la cantidad de $32,571.00 (treinta y dos mil quinientos setenta y uno pesos 00/100 M.N.), equivalente a 10 (diez) veces el valor diario de la unidad de medida y actualización elevado al mes, con referencia a noviembre de dos mil veinticuatro, e INHABILITACIÓN por el plazo de UN MES para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos sobre las materias obras y servicios relacionados con las mismas, a que se refieren el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y las disposiciones aplicables a 1 Aprobado mediante Acuerdo General OIC-INE/11/2020 "Acuerdo General del Órgano Interno de Control del instituto Nacional Electoral por el que se expide el Estatuto Orgánico del Órgano interno de Control del instituto Nacional Electoral de 24 de diciembre de 2020, cuya entrada en vigor inició el 11 de enero de 2021, publicado el 24 de diciembre de 2020 en la Gaceta Electoral número 40, así como en el Diario Oficial de la Federación el 08 de enero de 2021 (Reformado mediante Acuerdo General OIC-INE/04/2024 de 14 de noviembre de 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2024, y Acuerdo General OIC-INE/08/2024 de 26 de diciembre de 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de marzo de 2025); aplicable al presente asunto de conformidad con el numeral SEXTO del Acuerdo General OIC-INE/06/2025 de 30 de mayo de 2025. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 133 las demás personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por lo que, a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de aceptar proposiciones o adjudicar contratos a dicha persona física, de manera directa o por interpósita persona. En virtud de lo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la persona física Edgar Oswaldo Palomo Beltrán no quedarán comprendidos en la aplicación de esta Circular. Las entidades federativas, los municipios, los entes públicos de unas y otros, y las personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios que contraten, utilicen total o parcialmente recursos públicos, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Una vez transcurrido el plazo señalado para la inhabilitación y pagada la multa impuesta, concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado en el presente medio de difusión. Lo anterior en cumplimiento y para su debida observancia. Atentamente Ciudad de México, 24 de febrero de 2026.- Director Jurídico Procesal y Consultivo del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, Mtro. Pablo Casillas Jean.- Rúbrica. AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes: Espacio Costo 4/8 de plana $11,372.00 1 plana $22,744.00 1 4/8 planas $34,116.00 2 planas $45,488.00 Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección “Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT 970701NN3. Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos recibos bancarios de pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago. El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT. Atentamente Diario Oficial de la Federación 134 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA EXTRACTO del Acuerdo G/JGA/36/2026, denominado “Cambio de domicilio de la Décimo Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México, con sede en la Ciudad de México”. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración. EXTRACTO DEL ACUERDO G/JGA/36/2026, DENOMINADO “CAMBIO DE DOMICILIO DE LA DÉCIMO CUARTA SALA REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO” Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21 y 23, fracciones II, V, XXVI y XXXIX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28 y 29 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración, en sesión extraordinaria celebrada el 05 de marzo de 2026, por unanimidad de cinco votos a favor, aprobó el Acuerdo G/JGA/36/2026, denominado “CAMBIO DE DOMICILIO DE LA DÉCIMO CUARTA SALA REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO”, cuyos puntos más relevantes son: “[...] PRIMERO.- A partir del 11 de marzo de 2026, la Décimo Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México, se ubicará en el Piso 1, del edificio ubicado en Avenida México número 710, Colonia San Jerónimo Lídice, Alcaldía Magdalena Contreras, Código Postal 10200, en la Ciudad de México. En aquellos juicios que se tramitan en la Décimo Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México, en los que se haya programado alguna diligencia en el edificio ubicado en Avenida Insurgentes Sur, número 881, Colonia Nápoles, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03810, de esta Ciudad de México; se hace del conocimiento de los interesados, que toda referencia a dicho inmueble, deberá entenderse como el domicilio señalado en el primer párrafo de este punto de acuerdo, a partir del 11 de marzo de 2026, y considerando la suspensión de plazos a que refiere el siguiente punto de acuerdo. SEGUNDO.- En tanto se realiza el cambio de domicilio de la Décimo Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México, se suspenden plazos y, por tanto, no correrán términos procesales en los expedientes radicados en dicha Sala, por el periodo comprendido del 11 al 18 de marzo de 2026. [...]” La versión íntegra de dicho Acuerdo puede ser consultada en las siguientes ligas electrónicas: https://www.tfja.gob.mx/pdf/secretaria_general_de_acuerdos/acuerdos_junta_gobierno/2026/G_JGA_36_2026.pdf www.dof.gob.mx/2026/TFJA/G_JGA_36_2026.pdf Firman el Magistrado José Ramón Amieva Gálvez, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y el Licenciado Luis Alberto García Guerrero, Secretario Técnico de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Ciudad de México, a 05 de marzo de 2026.- Rúbricas. (R.- 573573) AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes: Espacio Costo 4/8 de plana $11,372.00 1 plana $22,744.00 1 4/8 planas $34,116.00 2 planas $45,488.00 Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales, por concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026. Atentamente Diario Oficial de la Federación Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 135 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ. SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL número LA-07-113-007000998-N-74-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx Nombre del procedimiento. Servicios de mantenimiento correctivo para la diversa maquinaria de la Fca. de Tejido Plano Volumen a adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras MX. 6 de Marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones. 12 de Marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones. 24 de Marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de fallo. 10 de Abril de 2026 a las 1100 hs. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. CAMPO MILITAR NO. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”, EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 6 DE MARZO DE 2026. EL SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO COR. INF. E.M., GABRIEL GARCIA GARZA RUBRICA. (R.- 573591) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-N-176-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet: http://comprasmx.hacienda.gob.mx; No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-176-2026. Objeto de la Licitación. “Servicio de mantenimiento preventivo a gasolineras del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos” Volumen a Adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación en CompraNet. 3 de marzo de 2026. Visita a Instalaciones: Ninguna. Junta de Aclaraciones: 08:00 A.M., 10 Mar. 2026 Presentación y Apertura de Proposiciones: 08:00 A.M., 18 Mar. 2026 Fallo: 12:00 P.M., 8 Abr. 2026 LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026. EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES. TTE COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME RUBRICA. (R.- 573568) 136 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-177-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 2 de marzo al 6 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-177-2026 Objeto de la Licitación. Adquisición de insumos para el programa de armeros. Fecha de Publicación. 2/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 10/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 17/03/2026, 08:00 horas Fallo. 6/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573545) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-178-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 2 de marzo al 6 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-178-2026 Objeto de la Licitación. Mantenimiento preventivo del microscopio electrónico de barrido Fecha de Publicación. 2/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 10/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 17/03/2026, 08:00 horas Fallo. 6/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573549) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 137 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-179-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 2 de marzo al 6 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-179-2026 Objeto de la Licitación. Adquisición de herramientas e insumos para el mantenimiento de 4/o. escalon al armamento de las 12 RR.MM. Fecha de Publicación. 2/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 10/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 17/03/2026, 08:00 horas Fallo. 6/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573541) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-180-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 2 de marzo al 6 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-180-2026 Objeto de la Licitación. Mantenimiento de equipo industrial de la Coordinación de Servicios Periciales Y Ciencias Forenses Fecha de Publicación. 2/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 10/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 17/03/2026, 08:00 horas Fallo. 6/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573548) 138 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-188-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 4 de marzo al 8 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-188-2026 Objeto de la Licitación. Contratación de servicios para el mantenimiento preventivo y correctivo del simulador de entrenamiento para artillero de helicóptero ATS-UH60-LAT. Fecha de Publicación. 4/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 12/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 19/03/2026, 08:00 horas Fallo. 8/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573553) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-189-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 4 de marzo al 8 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-189-2026 Objeto de la Licitación. Mantenimiento a los instrumentos de espectrometría de infrarrojo acoplado a microscopio con transformadora de Fourier. Fecha de Publicación. 4/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 12/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 19/03/2026, 08:00 horas Fallo. 8/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573555) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 139 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-190-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 4 de marzo al 8 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-190-2026 Objeto de la Licitación. Servicio de mantenimiento menor stand de tiro. Fecha de Publicación. 4/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 12/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 19/03/2026, 08:00 horas Fallo. 8/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573554) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-175-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet: http://comprasmx.hacienda.gob.mx; No. de Licitación. LA-07-110-007000999-T-175-2026. Objeto de la Licitación. “Adquisición de material diverso para trabajos de conservación y presentación del parque vehicular de las unidades del servicio de transportes” Volumen a Adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación en CompraNet. 3 de marzo de 2026. Visita a Instalaciones: Ninguna. Junta de Aclaraciones: 08:00 A.M., 31 Mar. 2026 Presentación y Apertura de Proposiciones: 08:00 A.M., 10 Abr. 2026 Fallo: 12:00 P.M., 1 May. 2026 LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026. EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES. TTE COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME RUBRICA. (R.- 573536) 140 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISION NACIONAL DEL AGUA ORGANISMO DE CUENCA GOLFO NORTE RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001/2026 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya Convocatoria de participación contiene las instrucciones a los licitantes, mismas que estarán disponibles para consulta en las oficinas del Organismo de Cuenca Golfo Norte, sita en Libramiento Emilio Portes Gil No. 200, Col. Miguel Alemán, Cd. Victoria, Tamaulipas, C.P. 87030, teléfono: 01 834 1 20 00 02 y 01 834 1 20 00 06, o bien en Internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ Licitación Pública Nacional No. LA-16-B00-016B00034-N-4-2026 Objeto de la licitación Servicio de Vigilancia para los Inmuebles del Organismo de Cuenca Golfo Norte y la Dirección Local Querétaro. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraMX 5/03/2026 Visita a instalaciones Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Junta de aclaraciones 13/03/2026, 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 10:00 horas CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS, A 10 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR DE ADMINISTRACION DEL ORGANISMO DE CUENCA GOLFO NORTE ING. IZAI HERNANDEZ ARGUELLES RUBRICA. (R.- 573543) 027000 - SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-27-830- 027000002-N-5-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en https://www.gob.mx/buengobierno Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO DE ENLACES PARA LA INTERCONEXION DE REDES DE LA SABG Fecha y hora de publicación en Compras MX 04 de Marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Marzo de 2026 a las 09:30 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 20 de Marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de fallo 24 de Marzo de 2026 a las 16:30 4 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR DE PLANEACION Y ADQUISICIONES GERARDO CERVANTES RUIZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573528) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 141 COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS DIRECCION GENERAL DE PLANEACION Y ADMINISTRACION LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 3/2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en las Licitación Pública Electrónica Nacional LA-06- C00-006C00001-N-33-2026, cuya convocatoria contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, que las mismas se encuentra disponible para su consulta en: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/, a partir del 12 de febrero del año en curso y cuya información relevante es: No. de la Licitación No. LA-06-C00-006C00001-N-33-2026 Objeto de la licitación CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE DEL SISTEMA ADMINISTRADOR DE OFERTAS Y RESOLUCIONES (SAOR) Fecha de publicación en Compras MX 06/03/2026 Visita en sitio No aplica Junta de aclaraciones 13/03/2026 10:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026 10:00 hrs. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y ADMINISTRACION ALVARO GABRIEL VAZQUEZ ROBLES RUBRICA. (R.- 573606) AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en la licitación pública electrónica nacional, cuya convocatoria contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación LA-16-G00-016G00999-N-20-2026 Objeto de la Licitación Servicio integral de mantenimiento al inmueble, que administra la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) Volumen a adquirir Los detalles se indican en la propia convocatoria. Publicación en Compras MX 06 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 18 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Visita a instalaciones 13 de marzo de 2026 a la 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 25 de marzo de 2026 a las 11:00 horas Fallo 27 de marzo de 2026 a las 13:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS LIC. SABINO VAZQUEZ ARAUJO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573625) 142 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas de la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Subdirección de Adquisiciones, ubicada en el Edificio "B" del Centro Nacional de Metrología, que se localiza en el km 4,5 de la carretera a los Cués, C.P. 76246, Municipio El Marqués, Querétaro, teléfono (442) 211-05- 00, ext. 3175, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 9:00 a 17:00 horas y cuya información relevante es: Número de licitación LA-10-K2H-010K2H001-N-31-2026 Objeto de la licitación Servicio de Seguridad y Vigilancia para el CENAM Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 05/03/2026 Junta de aclaraciones 11/03/2026, 11:00 horas Visita a instalaciones 09/03/2026, 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 11:00 horas Fallo 25/03/2026, 11:00 horas Número de licitación LA-10-K2H-010K2H001-N-33-2026 Objeto de la licitación Servicio de mantenimiento en Areas Verdes del CENAM Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 05/03/2026 Junta de aclaraciones 11/03/2026, 15:00 horas Visita a instalaciones 09/03/2026, 15:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 15:00 horas Fallo 25/03/2026, 15:00 horas Número de licitación LA-10-K2H-010K2H001-N-34-2026 Objeto de la licitación Servicio de Mantenimiento Eléctrico en Media y Baja Tensión a las Instalaciones del CENAM Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 05/03/2026 Junta de aclaraciones 12/03/2026, 11:00 horas Visita a instalaciones 10/03/2026, 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 23/03/2026, 11:00 horas Fallo 26/03/2026, 11:00 horas Número de licitación LA-10-K2H-010K2H001-N-35-2026 Objeto de la licitación Servicio de Alimentación en las Instalaciones del CENAM Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 05/03/2026 Junta de aclaraciones 12/03/2026, 15:00 horas Visita a instalaciones 10/03/2026, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 23/03/2026, 15:00 horas Fallo 26/03/2026, 15:00 horas EL MARQUES, QUERETARO, A 5 DE MARZO DE 2026. CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES LIC. ROGELIO HERRERA TELLEZ RUBRICA. (R.- 573546) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 143 010K8V - INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en la licitación pública nacional cuya convocatoria contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/,cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Nacional, electrónica LA-10-K8V-010K8V001-N-20-2026 Objeto de la Licitación Servicio Integral para la Emisión de Boletos de Avión Nacionales e Internacionales Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 04/03/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 12/03/2026, 10:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 10:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 27/03/2026, 12:00 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. COORDINADORA DEPARTAMENTAL DE ADQUISICIONES LIC. MARIA SOFIA MALDONADO HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 573516) INSTITUTO MEXICANO DE INVESTIGACION EN PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES DIRECCION DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la siguiente Licitación Pública Nacional Electrónica número: LA-08-RJL-008RJL001-N-2-2026, cuya convocatoria que contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en: Av. Cuauhtémoc No. 1230, tercer piso, Colonia Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310, Benito Juárez, Ciudad de México, teléfono: (55) 3871-9500 ext. 55074, a partir del 24 de marzo al 10 de abril del año en curso en días hábiles de las 9:00 a 16:00 horas. Descripción de la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-08-RJL-008RJL001-N-2-2026 “SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA PARA LOS CENTROS DE INVESTIGACION ACUICOLA Y PESQUERA (CRIAPS) DEL IMIPAS 2026” con Reducción de Plazos Descripción de los servicios Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraMX 04/03/2026 Junta de aclaraciones 09/03/2026, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 17/03/2026, 10:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. LA TITULAR DE LA DIRECCION DE ADMINISTRACION LIC. RITA AYON RODRIGUEZ RUBRICA. (R.- 573534) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 144 CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS UNIDAD REGIONAL TIJUANA RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en la Licitación Pública, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-09-J0U-009J0U011-N-1-2026 Descripción de la licitación Contratación del “Servicio integral de limpieza en los muebles e inmuebles de los campamentos de conservación, del Fondo Nacional de Infraestructura, para la Unidad Regional Tijuana”. Con una vigencia del 01 de abril al 31 de diciembre del 2026. Volumen de licitación Se detalla en la convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 10/03/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 17/03/2026 a las 10:00 horas (Hora del Pacífico), en la sala de usos múltiples de la Unidad Regional Tijuana, ubicada en Km 9+500 Autopista Tijuana-Ensenada, Fraccionamiento Playas de Tijuana, Tijuana, B.C. C.P. 22506 Visita a instalaciones 12/03/2026 a las 9:00 horas (Hora del Pacífico), en Unidad Regional Tijuana de CAPUFE, ubicada en Km 9+500 autopista Tijuana-ensenada Fracc. playas de Tijuana C.P. 22506, Tijuana, Baja California. Fecha y hora para realizar la Presentación y apertura de proposiciones 24/03/2026 a las 10:00 horas (Hora del Pacífico), en la sala de usos múltiples de la Unidad Regional Tijuana, ubicada en Km 9+500 Autopista Tijuana-Ensenada, Fraccionamiento Playas de Tijuana, Tijuana, B.C. C.P. 22506 Fecha y hora para emitir el fallo 27/03/2026, a las 10:00 horas (Hora del Pacífico), en la sala de usos múltiples de la Unidad Regional Tijuana, ubicada en Km 9+500 Autopista Tijuana-Ensenada, Fraccionamiento Playas de Tijuana, Tijuana, B.C. C.P. 22506 TIJUANA, B.C., A 10 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADMINISTRACION DE LA UNIDAD REGIONAL TIJUANA LAE. ALEJANDRA IBARRA SERRATA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573539) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 145 CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS UNIDAD REGIONAL VERACRUZ RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-09-J0U-009J0U995-N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-09-J0U-009J0U995-N-2-2026 Descripción de la licitación Servicio de mantenimiento a equipos de aire acondicionado de la red CAPUFE, en resguardo de la Unidad Regional Veracruz. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 10/03/2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026, 12:00 PM Visita a instalaciones Sí hay visita Presentación y apertura de proposiciones 26/03/2026, 12:00 PM BOCA DEL RIO, VERACRUZ, A 10 DE MARZO DE 2026. GERENTE DE LA UNIDAD REGIONAL VERACRUZ LIC. HECTOR PEÑA MANZANO RUBRICA. (R.- 573577) CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones NACIONALES, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en el domicilio de la convocante en: Calle Sierra de la Rumorosa No. 321, Quinto piso, Fraccionamiento Lomas de Mazatlán, C.P. 82110, en Mazatlán Sinaloa, teléfono 7773292100 Ext. 4426 y 4432, en días hábiles de 9:00 a 15:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-09-J0U-009J0U993-N-4-2026 Objeto de la Licitación Servicio de Transporte de Personal para las Plazas de Cobro de la Red FONADIN, pertenecientes a la Unidad Regional Mazatlán de CAPUFE Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 10/03/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 13/03/2026, 12:00 hora centro. Fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No Aplica Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 12:00 hora centro. MAZATLAN, SINALOA, A 10 DE MARZO DE 2026. UNIDAD REGIONAL MAZATLAN SUBGERENTE DE ADMINISTRACION LIC. JOSE DE JESUS ZERMEÑO JIMENEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573622) 146 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 FINANCIERA PARA EL BIENESTAR GERENCIA DE ADQUISICIONES De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional, cuya convocatoria contiene las bases mediante la cual se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Centro TELECOMM I, Av. de las Telecomunicaciones s/n, Col. Leyes de Reforma, C.P. 09310, Alcaldía Iztapalapa, CDMX, del 06 al 31 de marzo de 2026, de las 8:30 a las 15:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. De Licitación LA-06-KCZ-006KCZ002-N-16-2026 Objeto de la Licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A LOS EQUIPOS ELECTROMECANICOS DE FINANCIERA PARA EL BIENESTAR Volumen del servicio a contratar Se detalla en la Convocatoria. Fecha de publicación en ComprasMX 06/marzo/2026 Fecha y hora para realizar la junta de aclaraciones 20/marzo/2026, a las 10:00 horas Fecha y hora para realizar la Presentación y apertura de proposiciones 27/ marzo/2026, a las 10:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 31/ marzo/2026, a las 12:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. GERENTA DE ADQUISICIONES C.P. JUANA BETANCOURT ESLAVA RUBRICA. (R.- 573579) 011L6I - COMISION NACIONAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-11-L6I-011L6I001- N-4-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO DE VIGILANCIA INTRAMUROS Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 25 de Febrero de 2026 a las 18:00 Fecha y hora de junta de aclaraciones 4 de Marzo de 2026 a las 13:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones 2 de Marzo de 2026 a las 16:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 10 de Marzo de 2026 a las 14:00 Fecha y hora de fallo 12 de Marzo de 2026 a las 11:00 25 DE FEBRERO DE 2026. SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACION LOURDES ALEJANDRA MARTINEZ SANCHEZ RUBRICA. (R.- 573561) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 147 HOSPITAL GENERAL DE MEXICO “DR. EDUARDO LICEAGA” SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en licitaciones públicas cuyas Convocatorias contienen las bases de participación se encuentra disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en las oficinas de la Subdirección de Recursos Materiales del Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga” ubicado en Dr. Balmis No. 148, Mezzanine, Col. Doctores, C.P. 06720, Alcaldía de Cuauhtémoc, en la Ciudad de México. Descripción de la licitación Número LA-12-NBD-012NBD001-N-45-2026 Relativa al Arrendamiento de un Equipo de Resonancia Magnética de 1.5 Teslas para el Servicio de Radiología e Imagen y Periféricos del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga” para el Ejercicio Fiscal 2026. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX 10/03/2026 Junta de aclaraciones 12/03/2026, 08:00 hrs. Visita a instalaciones No hay visita Presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 09:00 hrs. Fallo 24/03/2026, 13:00 hrs. LOS PROCEDIMIENTOS SE AUTORIZARON A PLAZOS RECORTADOS MEDIANTE EL OFICIO HGM-DG- DAF- 219-2026. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES MTRO. JESUS ANTONIO ALCARAZ GRANADOS RUBRICA. (R.- 573623) 051GYN - INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-51-GYN- 051GYN060-N-11-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Estroncio Esq. Con año de Juárez S/N, Colonia Agrícola 20 de Noviembre, C.P. 34227, Durango, Dgo., México, teléfono: (618) 817-85-43, los días lunes a viernes de las 09:30 a 15:30 Hrs.). Nombre del Procedimiento de contratación MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y REPARACION Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 10 de Marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de junta de aclaraciones 18 de Marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones No se realizará visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 25 de Marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de fallo 27 de Marzo de 2026 a las 13:00 6 DE MARZO DE 2026. SUBDELEGADA DE ADMINISTRACION LIC. DIANA MARIBEL TORRES TORRES FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573590) 148 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ISSSTE-DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES EN COAHUILA RESUMEN DE CONVOCATORIA MULTIPLE LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES La reducción al plazo de presentación y apertura de propuestas, fue autorizada por la LCDA. Elizabeth de la Torre Huerta, con cargo de Subdelegada de Administración el día 05 de enero del 2026 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales LA-51-GYN-051GYN008-N-10-2026, LA-51-GYN-051GYN008-N-11-2026, LA-51-GYN-051GYN008-N-12-2026 y LA-51-GYN-051GYN008-N-13- 2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Departamento de Recursos Materiales y Obras, ubicado en Gral. Andrés Saucedo No. 1368, Colonia Deportiva, C.P 25284, Saltillo, Coahuila de Zaragoza, teléfono: 01 844 4159262. Descripción de la licitación LA-51-GYN-051GYN008-N-10-2026 Servicios Médicos Subrogados de Especialización Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 10/03/2026, 00:00:00 horas Junta de aclaraciones 13/03/2026, 09:00:00 horas Visita a instalaciones Según bases de licitación Presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 09:00:00 horas Descripción de la licitación LA-51-GYN-051GYN008-N-11-2026 Servicio de Gas LP Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 10/03/2026, 00:00:00 horas Junta de aclaraciones 13/03/2026, 09:30:00 horas Visita a instalaciones Según bases de licitación Presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 10:00:00 horas Descripción de la licitación LA-51-GYN-051GYN008-N-12-2026 Servicio de Fumigación y Desinfección Patógena Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 10/03/2026, 00:00:00 horas Junta de aclaraciones 17/03/2026, 09:00:00 horas Visita a instalaciones Según bases de licitación Presentación y apertura de proposiciones 24/03/2026, 09:00:00 horas Descripción de la licitación LA-51-GYN-051GYN008-N-13-2026 Material de Curación Equipo de Venoclisis para Bombas de Infusión Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 17/03/2026, 09:30:00 horas Junta de aclaraciones Según bases de licitación Visita a instalaciones 24/03/2026, 10:00:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 17/03/2026, 09:30:00 horas SALTILLO, COAHUILA, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBDELEGADA DE ADMINISTRACION LCDA. ELIZABETH DE LA TORRE HUERTA RUBRICA. (R.- 573510) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 149 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I y II, 40 fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación cuya Convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX, misma que será gratuita o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Durango-México Km. 5, Col. 15 de octubre, C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y 129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas. No. Licitación LA-50-GYR-050GYR010-N-24-2026 Tipo PUBLICA NACIONAL Descripción de la licitación SERVICIO MEDICO DE SUBROGACION DE LECTURA DE DOSIMETROS DE LAS UNIDADES MEDICAS DE LA ZONA GOMEZ PALACIO Y ZONA DURANGO Volumen a adquirir MINIMO: 681 SERVICIOS MAXIMO: 1,703 SERVICIOS Fecha de publicación en Compras Mx 27 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 10 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 18 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS No. Licitación LA-50-GYR-050GYR010-N-27-2026 Tipo PUBLICA NACIONAL Descripción de la licitación SERVICIO DE TOMA DE MASTOGRAFIAS CON INTERPRETACION PARA LAS UNIDADES DE MEDICINA FAMILIAR EN LA ZONA DURANGO Y ZONA GOMEZ PALACIO Volumen a adquirir MINIMO: 5,120 SERVICIOS MAXIMO: 12,800 SERVICIOS Fecha de publicación en Compras Mx 27 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 10 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 18 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS No. Licitación LA-50-GYR-050GYR010-T-25-2026 Tipo PUBLICA INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE TRATADOS Descripción de la licitación ADQUISICION DE CONSUMIBLES PARA EL SERVICIO DE ESTOMATOLOGIA (GRUPOS DE SUMINISTRO: 379 y 537) Volumen a adquirir MAXIMO: 3,013 BIENES 150 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Fecha de publicación en Compras Mx 27 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 11 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 09 DE ABRIL DE 2026; 09:00 HORAS No. Licitación LA-50-GYR-050GYR010-T-26-2026 Tipo PUBLICA INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE TRATADOS Descripción de la licitación ADQUISICION DE CONSUMIBLES PARA LA UNIDAD DE TERAPIA ONCOLOGICA, (GRUPO DE SUMINISTRO: 379) Volumen a adquirir MAXIMO: 201 BIENES Fecha de publicación en Compras Mx 27 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 11 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 09 DE ABRIL DE 2026; 09:00 HORAS • Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado Compras MX. DURANGO, DGO., A 10 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO ING. LUIS ALBERTO DIAZ LEYVA RUBRICA. (R.- 573615) INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL OFICINA DE ADQUISICIONES DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL PUEBLA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 4 párrafo cuarto y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Fracción I, II 49, 50, 51, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 77, 79 y 90 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) los artículos 57, 58, 83, 84, 85, 86, 88, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 97, 98, 99, 100, 102, 103, 104, 106, 126 y 130 de su Reglamento, convoca a los interesados en participar de conformidad con lo siguiente: No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-37-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación “SERVICIO SUBROGADO DE MASTOGRAFIA DE TAMIZAJE EN UNIDADES MOVILES” PARA EL DIA SIGUIENTE DE LA EMISION DEL FALLO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a Adquirir 20,388 SERVICIOS Fecha de Publicación en Compras MX 10/03/2026 Junta de Aclaraciones. 18/03/2026 a las 16:30 Hrs. Visita a Instalaciones NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES Presentación y Apertura de Proposiciones 26/03/2026 a las 12:00 Hrs. No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-38-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación “SERVICIOS MEDICOS SUBROGADOS DE MEDICINA FISICA Y REHABILITACION PARA LA ZONA TEZIUTLAN” DEL DIA SIGUIENTE DE LA EMISION DEL FALLO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026 Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 151 Volumen a Adquirir 1,596 SERVICIOS Fecha de Publicación en Compras MX 10/03/2026 Junta de Aclaraciones. 18/03/2026 a las 16:00 Hrs. Visita a Instalaciones NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES Presentación y Apertura de Proposiciones 26/03/2026 a las 11:00 Hrs. No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-39-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación “CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA DE GARRAFON DEL OOAD ESTATAL PUEBLA”. Volumen a Adquirir 29,250 LITROS Fecha de Publicación en Compras MX 10/03/2026 Junta de Aclaraciones. 18/03/2026 a las 13:30 Hrs. Visita a Instalaciones NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES Presentación y Apertura de Proposiciones 25/03/2026 a las 11:00 Hrs. No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-40-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO, REPARACION Y AFILADO DE INSTRUMENTAL QUIRURGICO Volumen a Adquirir 7168 SERVICIOS Fecha de Publicación en Compras MX 10/03/2026 Junta de Aclaraciones. 18/03/2026 A LAS 12:30 HRS. Visita a Instalaciones NO HABRA VISITA A INSTALACIONES Presentación y Apertura de Proposiciones 26/03/2026 A LAS 13:00 HRS. No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-41-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación SERVICIO SUBROGADO DE LECTURA DE DOSIMETROS EN UNIDADES MEDICAS Y HOSPITALARIAS Volumen a Adquirir 3240 SERVICIOS Fecha de Publicación en Compras MX 10/03/2026 Junta de Aclaraciones. 18/03/2026 A LAS 14:30 HRS. Visita a Instalaciones NO HABRA VISITA A INSTALACIONES Presentación y Apertura de Proposiciones 25/03/2026 A LAS 12:00 HRS. Las bases establecidas en la convocatoria de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://comprasmx. buengobierno.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para consulta en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en calle 5 de Febrero Oriente Número 107, Colonia San Felipe Hueyotlipan, C.P. 72030, en la Ciudad de Puebla, Puebla, teléfono: 222 288-12-04, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 15:00 horas. Todos los eventos se llevarán a cabo en la Sala de Usos Múltiples de la Coordinación de Abastecimiento, y Equipamiento ubicada en Calle 5 de Febrero Oriente # 107 Colonia San Felipe Hueyotlipan, en la ciudad de Puebla, Puebla. PUEBLA, PUEBLA, A 10 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO MTRO. SERGIO RAUL DIAZ GARCIA RUBRICA. (R.- 573621) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 152 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 32, 33, 35 FRACCION I, 36, 39 FRACCION I, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67, 68 Y DEMAS APLICABLES EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), ASI COMO LOS ARTICULO 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129, 130 Y DEMAS APLICABLES DE SU REGLAMENTO, LAS POLITICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR069-N-40-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la Licitación SERVICIO DE TRANSPORTACION DE BIENES DE CONSUMO (FLETES) 2026 Volumen a Adquirir Máximo Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de Publicación en la Plataforma 5 de marzo del 2026, 10:00 a. m. Junta de Aclaraciones 12 de marzo del 2026, 10:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 20 de marzo del 2026, 10:00 a. m. Fecha de fallo original 6 de abril del 2026, 10:00 a. m. El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX. ATENTAMENTE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 10 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL OOAD ESTATAL CAMPECHE ING. FERNANDO JAVIER VIRGILIO ROMERO RUBRICA. (R.- 573609) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 153 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 32, 33, 35 FRACCION I, 36, 39 FRACCION I, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67, 68 Y DEMAS APLICABLES EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), ASI COMO LOS ARTICULO 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129, 130 Y DEMAS APLICABLES DE SU REGLAMENTO, LAS POLITICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR069-N-42-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la Licitación SERVICIO DE FUMIGACION PARA LAS UNIDADES MEDICAS Y NO MEDICAS DEL OOAD CAMPECHE, REGIMEN ORDINARIO, EJERCICIO 2026. Volumen a Adquirir Máximo Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de Publicación en la Plataforma 10 de marzo del 2026, 10:00 a. m. Junta de Aclaraciones 17 de marzo del 2026, 10:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 25 de marzo del 2026, 10:00 a. m. Fecha de fallo original 15 de abril del 2026, 10:00 a. m. No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR069-N-44-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la Licitación SERVICIO DE JARDINERIA PARA LAS UNIDADES MEDICAS Y NO MEDICAS DEL OOAD CAMPECHE, REGIMEN ORDINARIO, EJERCICIO 2026. Volumen a Adquirir Máximo Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de Publicación en la Plataforma 10 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Junta de Aclaraciones 17 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 25 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Fecha de fallo original 15 de abril del 2026, 11:00 a. m. No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR069-N-43-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la Licitación SERVICIO DE MUESTREO Y ANALISIS DE LABORATORIO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO Y RESIDUALES, DE LAS UNIDADES MEDICAS Y NO MEDICAS DEL OOAD CAMPECHE, REGIMEN ORDINARIO, EJERCICIO 2026. Volumen a Adquirir Máximo Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de Publicación en la Plataforma 10 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Junta de Aclaraciones 18 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 25 de marzo del 2026, 11:00 a. m. Fecha de fallo original 15 de abril del 2026, 11:00 a. m. El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX. ATENTAMENTE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 10 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL OOAD ESTATAL CAMPECHE ING. FERNANDO JAVIER VIRGILIO ROMERO RUBRICA. (R.- 573613) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 154 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA SUR DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con el artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 35 fracción I, 39 Fracción I, 40, 41, 42 segundo párrafo, 43, 44, 46, 47, 49, 51 tercer párrafo y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), 83, 86, 88, 92 y 99, de su Reglamento, las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya convocatoria que contiene las bases de participación, se encuentra disponible para su consulta en internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ y la misma será gratuita, o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en el Departamento de Conservación y Servicios Generales del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Sur del Distrito Federal, sita en Calzada de la Viga 1174, Torre C, Col. El Triunfo, Alcaldía Iztapalapa, C.P. 09430, Ciudad de México, Teléfono 55 56 34 99 10, extensión 27746, con horario de 9:00 a 16:00 horas. Número de licitación No. LA-50-GYR-050GYR974-N-47-2026 Carácter de la licitación Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Partida 1 Mantenimiento preventivo a dos bombas de vacío grado médico del Hospital General Regional 2, Partida 2 servicio de mantenimiento mayor a Calderas Myrggo 1 y 2, suministro e instalación de 2 tanques de precargado del Hospital General de Zona 32, partida 3 Trabajos de mantenimiento correctivo a equipos de casa de máquinas del Hospital General de Zona 8, Partida 4 Mantenimiento correctivo a casa de máquinas del Hospital General Regional 1, del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Sur del D.F. Volumen a adquirir 308 piezas, 7 equipos. Fecha de publicación en CompraNet 10 de marzo de 2026. Visita de instalaciones 13 de marzo 2026 de 09:00 a 16:00 Hrs. Junta de aclaraciones 18 de marzo de 2026 a las 10:30 Hrs. Presentación y apertura de proposiciones 26 de marzo de 2026 a las 10:30 Hrs. Para lo anterior los eventos se efectuarán en forma Electrónica en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas de acuerdo a las fechas y horarios estipulados y el personal que llevará los eventos se ubicará en la sala de juntas del Departamento de Conservación y Servicios Generales del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Sur del Distrito Federal, sita en Calzada de la Viga 1174, Torre C, Col. El Triunfo, Alcaldía Iztapalapa, C.P. 09430, Ciudad de México, Teléfono 55 56 34 99 10, extensión 27746, con un horario de 9:00 a 16:00 horas. • La visita de las instalaciones se encuentra disponible en la convocatoria. EN LA CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS MTRO. ANTONIO RODRIGUEZ VELAZQUEZ RUBRICA. (R.- 573614) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 155 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL BAJA CALIFORNIA SUR RESUMEN DE CONVOCATORIA 04-2026 El Instituto Mexicano del Seguro Social en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40 y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados a participar en las Licitaciones que se publican en el Resumen de Convocatoria 04-2026 de conformidad con lo siguiente: Número de licitación LA-50-GYR-050GYR030-N-59-2026 Carácter de la licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Arrendamiento de Equipo Médico para los hospitales HGZ No. 1 La Paz, UMAA no. 34 La Paz, Hgsz no. 26 Cabo San Lucas, Hgsz no. 38 San José del Cabo, Hgsz no. 2 Ciudad Constitución y Hgsz no. 5 Guerrero Negro (hospitales), en este Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Baja California Sur, con vigencia a partir del día siguiente de la notificación del acta de fallo al 31 de diciembre de 2026. Volumen a adquirir 250 equipos Fecha de Publicación en Compras Mx 10/03/2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026, 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas Presentación y apertura de proposiciones 27/03/2026, 11:00 horas Fallo 10/04/2026, 11:00 horas Número de licitación LA-50-GYR-050GYR030-N-65-2026 Carácter de la licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Servicio de suministro de Gas L.P., en cilindros y estacionario para Unidades Médicas y No Médicas del Organo de Operación de Administración Desconcentrada Regional Baja California Sur, con vigencia de contratación a partir del día siguiente de la notificación del acta de fallo al 31 de diciembre de 2026. Volumen a adquirir 299,510 litros / 1,050 kilos Fecha de Publicación en Compras Mx 10/03/2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas Presentación y apertura de proposiciones 27/03/2026, 10:00 horas Fallo 08/04/2026, 10:00 horas • Las bases de participación estarán disponibles para consulta pública en el portal de Internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ y son gratuitas. Se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento sita en Cuauhtémoc y Carranza Número 2415, Colonia La Rinconada, C.P. 23040, La Paz, Baja California Sur, teléfono: 612 125 6869, los días lunes a viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 13:00 horas. • Todos los eventos se llevarán a cabo a través de la plataforma Digital de Contrataciones Públicas de la Administración Pública Federal dirección https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A 10 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL BAJA CALIFORNIA SUR ING. MARIA FERNANDA RODRIGUEZ ORTEGA RUBRICA. (R.- 573608) 156 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL MORELOS JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO De conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 35 fracción I, 36, 37, 39 Fracción I y III inciso d), 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 83, 86, 87, 91, 92 y 96 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Pública Nacional Electrónica LA-50-GYR- 050GYR007-N-86-2026; y la Licitación Pública Internacional Abierta electrónica LA-50-GYR-050GYR007-I-87- 2026 cuya convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en Internet: comprasmx (buengobierno.gob.mx) y será gratuita o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Av. Plan de Ayala No. 1201 col. Ricardo Flores Magón; C.P. 62430, Cuernavaca, Morelos, teléfono y fax: (01 777) 3156422 y 3161265, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 14:00 horas. RESUMEN DE CONVOCATORIA: 04 Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR007-N-86-2026 Carácter de la Licitación PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA Descripción de la licitación “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS EN LOS INMUEBLES DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL MORELOS, EJERCICIO 2026” Volumen a adquirir SERVICIO: 1 Fecha de publicación en Comprasmx 10 DE MARZO DEL 2026 Junta de aclaraciones 13 DE MARZO DEL 2026 A LAS 09:00 AM Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 20 DE MARZO DEL 2026 A LAS 09:00 A.M. La reducción de plazos autorizada por el Lic. Jorge Luis Luna Ham Titular de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento en términos del oficio 189001150100/0280/2026 de la fecha del 17 de Febrero del 2026, con fundamento en el artículo 42 de la LAASSP Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR007-I-87-2026 Carácter de la Licitación PUBLICA INTERNACIONAL ABIERTA ELECTRONICA Descripción de la licitación “SUMINISTRO DE REFACCIONES, MATERIALES Y ACCESORIOS DE TODAS LAS ESPECIALIDADES PARA EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL MORELOS, EJERCICIO 2026.” Volumen a adquirir CANTIDAD MINIMA: 1,502 pzas. CANTIDAD MAXIMA: 3,753 pzas. Fecha de publicación en Comprasmx 10 DE MARZO DEL 2026 Junta de aclaraciones 17 DE MARZO DEL 2026 DEL 2026 A LAS 09:00 AM Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 24 DE MARZO DEL 2026 A LAS 09:30 A.M. La reducción de plazos autorizada por el Lic. Jorge Luis Luna Ham Titular de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento en términos del oficio 189001150100/0308/2026 de la fecha del 19 de Febrero del 2026, con fundamento en el artículo 42 de la LAASSP CUERNAVACA, MORELOS, A 10 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO LIC. JORGE LUIS LUNA HAM RUBRICA. (R.- 573612) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 157 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD “DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ”, CIUDAD DE MEXICO RESUMEN DE CONVOCATORIA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN EL CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LOS artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción I, 49, 50, 51, 52, 67, 68, 77, 78 y 79 PARRAFO TERCERO DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), CONVOCA A LOS INTERESADOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION PUBLICA QUE SE ENLISTA Y CUYA CONVOCATORIA SE ENCONTRARA DISPONIBLE PARA CONSULTA EN INTERNET: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Y SERA GRATUITA O BIEN SE PONDRA UN EJEMPLAR IMPRESO A DISPOSICION DE LOS INTERESADOS EXCLUSIVAMENTE PARA SU CONSULTA EN: AVENIDA COLECTOR 15, SIN NUMERO ESQUINA AVENIDA POLITECNICO NACIONAL, COLONIA MAGDALENA DE LAS SALINAS, ALCALDIA GUSTAVO A MADERO, CODIGO POSTAL 07760 CIUDAD DE MEXICO, TELEFONO 55 57 47 35 00 A PARTIR DEL MARTES 10 DE MARZO DE 2026 DE LAS 09:00 A LAS 14:00 HRS. NUMERO DE CONVOCATORIA LA-50-GYR-050GYR049-T-22-2026 CARACTER DE LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS DESCRIPCION DE LA LICITACION ADQUISICION DE MATERIAL DE OSTEOSINTESIS VOLUMEN A ADQUIRIR TOTAL DE PIEZAS: 217,056 FECHA DE LA PUBLICACION EN COMPRAS MX MARTES 10 DE MARZO 2026 JUNTA DE ACLARACIONES MIERCOLES 18 DE MARZO 2026 PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES VIERNES 27 DE MARZO 2026 • LA REDUCCION DE PLAZOS FUE AUTORIZADA POR LA DRA. FRYDA MEDINA RODRIGUEZ, DIRECTORA DE LA UMAE “DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ” CIUDAD DE MEXICO, EL DIA 02 DE MARZO DE 2026. • TODOS LOS EVENTOS SE LLEVARAN A CABO A TRAVES DE COMPRAS MX. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. “DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ”, CIUDAD DE MEXICO DIRECTORA DE LA UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD DRA. FRYDA MEDINA RODRIGUEZ RUBRICA. (R.- 573619) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 158 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD “DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ”, CIUDAD DE MEXICO RESUMEN DE CONVOCATORIA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN EL CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LOS artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción I, 49, 50, 51, 52, 67, 68, 77, 78 y 79 PARRAFO TERCERO DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), CONVOCA A LOS INTERESADOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION PUBLICA QUE SE ENLISTA Y CUYA CONVOCATORIA SE ENCONTRARA DISPONIBLE PARA CONSULTA EN INTERNET: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Y SERA GRATUITA O BIEN SE PONDRA UN EJEMPLAR IMPRESO A DISPOSICION DE LOS INTERESADOS EXCLUSIVAMENTE PARA SU CONSULTA EN: AVENIDA COLECTOR 15, SIN NUMERO ESQUINA AVENIDA POLITECNICO NACIONAL, COLONIA MAGDALENA DE LAS SALINAS, ALCALDIA GUSTAVO A MADERO, CODIGO POSTAL 07760 CIUDAD DE MEXICO, TELEFONO 55 57 47 35 00 A PARTIR DEL MARTES 10 DE MARZO DE 2026 DE LAS 09:00 A LAS 14:00 HRS. NUMERO DE CONVOCATORIA LA-50-GYR-050GYR049-T-23-2026 CARACTER DE LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS DESCRIPCION DE LA LICITACION ADQUISICION DE MATERIAL DE ENDOPROTESIS VOLUMEN A ADQUIRIR TOTAL DE PIEZAS: 35,119 FECHA DE LA PUBLICACION EN COMPRAS MX MARTES 10 DE MARZO 2026 JUNTA DE ACLARACIONES VIERNES 20 DE MARZO 2026 PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES LUNES 30 DE MARZO 2026 • LA REDUCCION DE PLAZOS FUE AUTORIZADA POR LA DRA. FRYDA MEDINA RODRIGUEZ, DIRECTORA DE LA UMAE “DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ” CIUDAD DE MEXICO, EL DIA 02 DE MARZO DE 2026. • TODOS LOS EVENTOS SE LLEVARAN A CABO A TRAVES DE COMPRAS MX. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. “DR. VICTORIO DE LA FUENTE NARVAEZ”, CIUDAD DE MEXICO DIRECTORA DE LA UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD DRA. FRYDA MEDINA RODRIGUEZ RUBRICA. (R.- 573620) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 159 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL GUANAJUATO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO En cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 37, 39 fracción I, 40, 41, 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación para la adquisición de bienes y contratación de servicios, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/contrataciones y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: calle Suecia esquina con calle España S/N, Colonia Los Paraísos, C.P. 37320, León, Guanajuato, teléfono: (477) 773 0580, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas. RESUMEN DE CONVOCATORIA 02-2026 Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-69-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de tapizado 2026 Volumen a adquirir 1,250 servicios Fecha de publicación en Compras MX 10 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 17/03/2026, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026, 10:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-70-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Mantenimiento y elaboración de Persianas y Cortinas 2026 Volumen a adquirir 1,130 servicios Fecha de publicación en Compras MX 10 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 17/03/2026, 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026, 11:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-71-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de lavado de cristales, estructuras y parasoles 2026 Volumen a adquirir 2,552 servicios Fecha de publicación en Compras MX 10 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 17/03/2026, 12:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026, 12:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-72-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de mantenimiento de Dosificadores de productos químicos de la Planta de lavado Regional León 2026 Volumen a adquirir 72 servicios Fecha de publicación en Compras MX 10 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 17/03/2026, 13:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026, 13:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-73-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de monitoreo y calibración de Cámaras de refrigeración en el Almacén general 2026 Volumen a adquirir 62 servicios Fecha de publicación en Compras MX 10 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 26/03/2026, 10:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-74-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Mantenimiento de Instrumental médico 2026 Volumen a adquirir 2,584 servicios 160 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Fecha de publicación en Compras MX 10 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026, 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026, 11:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-75-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de fotocopiado y duplicado 2026 Volumen a adquirir 503,550 servicios Fecha de publicación en Compras MX 10 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026, 12:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026, 12:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-76-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de mantenimiento de Compresores de aire de la Planta de lavado Regional León, HGSZ 20 y mantenimiento a Compresor grado médico de la UMF No. 59 Volumen a adquirir 16 servicios Fecha de publicación en Compras MX 10 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 11/03/2026, 13:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026, 13:00 horas Todos los eventos se llevarán a cabo a través a Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, en la dirección: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/contrataciones LEON, GUANAJUATO, A 10 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO LIC. NOHEMI PATRICIA RANGEL DIAZ RUBRICA. (R.- 573611) INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL NUEVO LEON COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO NUEVO LEON DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 83 de su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante sito en: Manuel L. Barragán número 4850, Norte, Colonia Hidalgo, Código Postal 64260, Monterrey, Nuevo León, con horario de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Internacional Bajo la Cobertura de Tratados (Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-T-27-2026 Objeto de la Licitación Contratación del Servicio Médico Integral para Procedimientos de Resección Transuretral Bipolar para el Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Nuevo León, a partir de la emisión del fallo hasta el 31 de julio de 2026. Volumen a adquirir • Mínimo: 500 servicios • Máximo: 600 servicios Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 161 Fecha de publicación en ComprasMX 24 de febrero del 2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 03 de marzo del 2026, a las 09:00 horas En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No aplica. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 10 de marzo de 2026, a las 10:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 12 de marzo de 2026, a las 12:00 horas Carácter, medio y No. de Licitación Nacional (Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-N-28- 2026 Objeto de la Licitación Adquisición de Productos para Medicina Magistral para el Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Nuevo León, a partir de la emisión del fallo hasta el 31 de diciembre de 2026. Volumen a adquirir • Mínimo: 1,013 piezas • Máximo: 2,501 piezas Fecha de publicación en ComprasMX 24 de febrero del 2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 04 de marzo del 2026, a las 09:00 horas En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No aplica. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 11 de marzo de 2026, a las 10:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 13 de marzo de 2026, a las 10:00 horas Carácter, medio y No. de Licitación Nacional (Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-N-29- 2026 Objeto de la Licitación Contratación del Servicio Subrogado de Prótesis Auditivas para el Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Nuevo León, a partir de la fecha de la emisión del fallo al 31 de diciembre de 2026. Volumen a adquirir • Mínimo: 18 servicios • Máximo: 36 servicios Fecha de publicación en ComprasMX 24 de febrero del 2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 04 de marzo del 2026, a las 10:00 horas En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No aplica. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 11 de marzo de 2026, a las 11:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 13 de marzo de 2026, a las 12:00 horas La reducción de plazos de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados (Electrónica) LA-50-GYR-050GYR035-T-27-2026, se autorizó el día 20 de febrero de 2026 por la que suscribe. MONTERREY, NUEVO LEON, A 10 DE MARZO DE 2026. JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS LIC. AZHTIRI LIZETH SILVA GARCIA RUBRICA. (R.- 573610) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 162 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción II, 40 fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones cuyas Convocatorias que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX, mismas que serán gratuitas o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Durango-México Km. 5, Col. 15 de octubre, C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y 129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas. No. Licitación LA-50-GYR-050GYR010-T-29-2026 Tipo LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE TRATADOS Descripción de la licitación ADQUISICION Y SUMINISTRO DE CONSUMIBLES (TONER) Volumen a adquirir MAXIMO: 2,116 PIEZAS Fecha de publicación en Compras Mx 02 DE MARZO DE 2026 Junta de aclaraciones 18 DE MARZO DE 2026; 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 13 DE ABRIL DE 2026; 09:00 HORAS • Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado Compras MX. DURANGO, DGO., A 10 DE MARZO DE 2026. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO LIC. JOSE MAGDALENO VARELA GUTIERREZ RUBRICA. (R.- 573616) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 163 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD HOSPITAL DE ESPECIALIDADES No. 2 LIC. LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA CENTRO MEDICO NACIONAL NOROESTE CD. OBREGON, SONORA DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35, Fracción I, 36, 39 fracción II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público 83, 86, 91 y 93 de su reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Relativa a la Adquisición de Consumibles de Equipo Médico, Grupo de Suministro 379 (PARTIDA 1.- AGUJAS PARA BIOPSIA RENAL, PARTIDA 2.- TERAPIA DE REEMPLAZO RENAL CONTINUA LENTA, PARTIDA 3.- AGUJAS PARA BIOPSIA DE PROSTATA, PARTIDA 4.- FRESAS CORTANTES PARA NEUROCIRUGIA). Para cubrir necesidades del año 2026, de la Unidad Médica: UMAE Hospital de Especialidades No. 2 del CMNN, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Prolongación Hidalgo y Huisaguay S/N, Colonia Bellavista, C.P. 85130, Cd. Obregón, Sonora, teléfono y fax: (01 644) 414-42-47, de Lunes a Viernes de las 8:00 a 16:00 horas. RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 014 Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR037-T-36-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Internacional Descripción de la licitación Adquisición de Consumibles de Equipo Médico, Grupo de Suministro 379 (PARTIDA 1.- AGUJAS PARA BIOPSIA RENAL, PARTIDA 2.- TERAPIA DE REEMPLAZO RENAL CONTINUA LENTA, PARTIDA 3.- AGUJAS PARA BIOPSIA DE PROSTATA, PARTIDA 4.- FRESAS CORTANTES PARA NEUROCIRUGIA) Volumen a adquirir MIN: 321 MAX: 789 PROCEDIMIENTOS APROXIMADAMENTE Fecha de publicación en Compras Mx 10 DE MARZO DE 2026 Junta de aclaraciones 13 DE MARZO DE 2026 A LAS 09:00 HORAS Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 25 DE MARZO DE 2026 A LAS 09:00 HORAS • LUGAR DONDE SE LLEVARAN A CABO LOS EVENTOS: Por medios Remotos de Comunicación Electrónica COMPRAS MX. Apertura de bóveda de Compras Mx en el Departamento de Abastecimiento del Hospital de Especialidades No. 2 de la UMAE Sonora, ubicado en calle prolongación Hidalgo y Huisaguay s/n, Colonia Bellavista, C.P. 85130, Ciudad Obregón, Sonora. • LA REDUCCION DE PLAZO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS, fue autorizado por la DRA. PATRICIA EMILIANA GARCIA RAMIREZ, con cargo de DIRECTORA GENERAL DE UMAE, el día 02 de Marzo de 2026. CAJEME, SONORA, A 10 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR ADMINISTRATIVO LIC. FRANCISCO JAVIER CASTILLO MOLINA RUBRICA. (R.- 573618) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 164 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-56-AYO-056AYO954-N-6-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación Nacional Electrónica No. LA-56-AYO-056AYO954-N-6-2026 Objeto de la Licitación. SERVICIO MEDICO INTEGRAL DE OSTEOSINTESIS Y ENDOPROTESIS PARA LOS HOSPITALES UNIDADES MEDICAS DE SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR IMSS BIENESTAR EN VERACRUZ Volumen a adquirir Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 06 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 10 de marzo de 2026 a las 10:00 horas. Visita a Instalaciones No aplica. Presentación y Apertura de Proposiciones 17 de marzo de 2026 a las 12:00 horas. Acto de Fallo 24 de marzo de 2026 a las 17:30 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573624) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 165 012M7F - INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRIA RAMON DE LA FUENTE MUÑIZ RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL número LA-12- M7F-012M7F001-N-8-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calzada México Xochimilco No. 101, Colonia San Lorenzo Huipulco, C.P. 14370, Tlalpan, Ciudad de México los días Lunes a Viernes de las 9:00 a 13:00 horas, teléfono: 55-4160-5012 y 55-4160-5015. No. de Licitación LA-12-M7F-012M7F001-N-8-2026 Nombre del Procedimiento de contratación ADQUISICION DE RADIOFARMACOS PARA MEDICINA NUCLEAR PARA EL INPRFM Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 10 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas Fecha y hora de la visita a las instalaciones NO HABRA VISITA A INSTALACIONES Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 20 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas Fecha y hora de fallo 26 de Marzo de 2026 a las 15:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES C.P. MARCO ANTONIO LOPEZ PORTILLO GONZALEZ RUBRICA. (R.- 573564) 012M7F - INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRIA RAMON DE LA FUENTE MUÑIZ RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL número LA-12- M7F-012M7F001-N-9-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calzada México Xochimilco No. 101, Colonia San Lorenzo Huipulco, C.P. 14370, Tlalpan, Ciudad de México los días Lunes a Viernes de las 9:00 a 13:00 horas, teléfono: 55-4160-5012 y 55-4160-5015. No. de Licitación LA-12-M7F-012M7F001-N-9-2026 Nombre del Procedimiento de contratación ADQUISICION DE GASES MEDICINALES PARA EL INPRFM Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 10 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Marzo de 2026 a las 14:00 horas Fecha y hora de la visita a las instalaciones 11 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 20 de Marzo de 2026 a las 14:00 horas Fecha y hora de fallo 25 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES C.P. MARCO ANTONIO LOPEZ PORTILLO GONZALEZ RUBRICA. (R.- 573567) 166 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 012M7F - INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRIA RAMON DE LA FUENTE MUÑIZ RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL número LA-12- M7F-012M7F001-N-10-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calzada México Xochimilco No. 101, Colonia San Lorenzo Huipulco, C.P. 14370, Tlalpan, Ciudad de México los días Lunes a Viernes de las 9:00 a 13:00 horas, teléfono: 55-4160-5012 y 55-4160-5015. No. de Licitación LA-12-M7F-012M7F001-N-10-2026 Nombre del Procedimiento de contratación ADQUISICION DE REACTIVOS CON EQUIPOS A PRESTAMO Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 10 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de la visita a las instalaciones 11 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 20 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de fallo 26 de Marzo de 2026 a las 12:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES C.P. MARCO ANTONIO LOPEZ PORTILLO GONZALEZ RUBRICA. (R.- 573566) INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGIA DEL AGUA SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA NUM. 02 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a las licitaciones públicas nacional e internacional electrónicas que contiene las bases mediante las cuales se desarrollarán los procedimientos, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponible para consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, o bien, en la Subdirección de Recursos Materiales del IMTA / Departamentos de Contratos y Adquisiciones, ubicado en Paseo Cuauhnáhuac No. 8532 - edificio 4, planta baja Colonia Progreso, C.P. 62550, Jiutepec, Morelos, teléfono: 3293600 EXT. 347 y 224, de lunes a viernes de las 10:00 a 14:00 horas, cuya información relevante es: Número de Licitación LPN ELECTRONICA A PLAZO RECORTADOS LA-16-RJE-016RJE001-N-5-2026 Objeto de la licitación SERVICIO DE GUARDA, CUSTODIA Y VIGILANCIA DE LAS INSTALACIONES DEL IMTA Fecha de publicación en Compras MX 04 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 09 de marzo de 2026 10:00 horas Visita al lugar de los servicios No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 17 de marzo de 2026 9:30 horas Fallo 18 de marzo de 2026 9:30 horas Con fundamento en el artículo 42 tercer párrafo de la LAASSP, el presente procedimiento se llevará a cabo con reducción de plazo a diez días contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en la Plataforma Compras MX. JIUTEPEC, MORELOS, A 4 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR DE RECURSOS FINANCIEROS C.P. IGNACIO TREJO HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 573532) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 167 INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGIA DEL AGUA SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA NUM. 03 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a las licitaciones públicas nacional e internacional electrónicas que contiene las bases mediante las cuales se desarrollarán los procedimientos, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponible para consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, o bien, en la Subdirección de Recursos Materiales del IMTA / Departamentos de Contratos y Adquisiciones, ubicado en Paseo Cuauhnáhuac No. 8532 - edificio 4, planta baja Colonia Progreso, C.P. 62550, Jiutepec, Morelos, teléfono: 3293600 EXT. 347 y 224, de lunes a viernes de las 10:00 a 14:00 horas, cuya información relevante es: Número de Licitación LPN ELECTRONICA A PLAZO RECORTADOS LA-16-RJE-016RJE001-N-6-2026 Objeto de la licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGIA DEL AGUA (IMTA) Fecha de publicación en Compras MX 04 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 09 de marzo de 2026 12:00 horas Visita al lugar de los servicios No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 17 de marzo de 2026 11:30 horas Fallo 18 de marzo de 2026 11:00 horas Con fundamento en el artículo 42 tercer párrafo de la LAASSP, el presente procedimiento se llevará a cabo con reducción de plazo a diez días contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en la Plataforma Compras MX. JIUTEPEC, MORELOS, A 4 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR DE RECURSOS FINANCIEROS C.P. IGNACIO TREJO HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 573531) 168 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO IMP- MODULO DE MATERIALES Y SERVICIOS EN VERACRUZ RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública electrónica de carácter nacional número LA-18-T0O- 018T0O002-N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en: Calle Ferrocarril No. 162, Colonia Aviación Vieja, C.P 93370, Poza Rica de Hidalgo, Veracruz de Ignacio de la Llave, los días Lunes a Viernes de las 09:00 a las 14:00. Descripción de la licitación Convocatoria a la licitación pública electrónica de carácter nacional para la contratación de Servicio de Vigilancia para las instalaciones del Instituto Mexicano del Petróleo en la Región Norte Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en la Plataforma Compras MX 05/03/2026 Visita a las instalaciones 09/03/2026, 10:00 horas Junta de aclaraciones 13/03/2026, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 10:00 horas POZA RICA, VERACRUZ, A 10 DE MARZO DE 2026. RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION NORTE LIC. ALEJANDRO MUÑOZ CANCHOLA RUBRICA. (R.- 573547) 013J3B - ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL MANZANILLO, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION MIXTA De conformidad con la LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, se convoca a los interesados a participar en la licitación Pública NACIONAL número LO-13-J3B-013J3B002- N-4-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en las oficinas de la Gerencia de Ingeniería, de la ASIPONA Manzanillo, en horario de 9:00 am a 6:00 p.m. Nombre del Procedimiento de contratación TRABAJOS DE MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA, ASIPONA MANZANILLO. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 05 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 13 de marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones 13 de marzo de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 20 de marzo de 2026 a las 10:00 PUERTO DE MANZANILLO, COL., A 5 DE MARZO DE 2026. JEFE DE DEPARTAMENTO TECNICO DE PROYECTOS LILIA JANETH BENAVIDES GARCIA RUBRICA. (R.- 573540) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 169 008VSS – ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA 09 LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-08-VSS-008VSS003-N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Calle 19 No. 441 entre calles 26 y 28, Colonia Ciudad Industrial, C.P. 97288 de la Ciudad de Mérida, Yucatán, los días del 02 al 12 de marzo de 2026, de 9:00 a 14:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación Servicio de transporte terrestres de personal de la Gerencia Regional Peninsular Y Unidades Operativas Campeche Y Chetumal De Alimentación Para El Bienestar, S.A. de C.V., viaje redondo a la ciudad de Acapulco, guerrero, correspondiente al ejercicio fiscal 2026 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 02 de marzo de 2026 Fecha y hora junta de aclaraciones 12 de marzo de 2026 a las 09:00 horas Fecha y hora visita a instalaciones No habrá visita Fecha de presentación y apertura de proposiciones 18 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de fallo 19 de marzo de 2026 a las 10:00 horas MERIDA, YUCATAN, A 2 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DEL DESPACHO DE LOS ASUNTOS DE LA GERENCIA DE COORDINACION Y SUPERVISION DE TERRITORIO, ADSCRITA A LA DIRECCION DE OPERACIONES DE ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. CON COMPETENCIA EN LA PENINSULA DE YUCATAN MTRO. SENEN VALDES VILLALOBOS RUBRICA. (R.- 573537) 008VSS - ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-08-VSS-008VSS005- N-4-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Insurgentes Sur, N° 3483, Planta Baja, Colonia Villa Olímpica Miguel Hidalgo, Código Postal 14020, Alcaldía de Tlalpan, Ciudad de México, teléfono: 01 (55) 52-29-07-00 ext. 65606 o 65608 y ext. 65628, en días hábiles del 12 al 24 de junio del año en curso de 10:00 a 15:00 horas, o podrán solicitarla a través de correo electrónico a las siguientes direcciones: carlosa@alimentacionbienestar.gob.mx;jcortes@alimentacionbienestar.gob.mx; y mgcarrillo@alimentacionbienestar.gob.mx Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO DE COMEDOR PARA LAS PERSONAS SERVIDORAS PUBLICAS DE OFICINAS CENTRALES Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en CompraNet 12 de febrero de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 17 de febrero de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones 18 de febrero de 2026 a las 09:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 23 de febrero de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de fallo 24 de febrero de 2026 a las 14:00 9 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES LIC. CARLOS DEMETRIO AGUILAR CASTILLO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573574) 170 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 008VSS - ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-08-VSS-008VSS005- N-5-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Insurgentes Sur, N° 3483, Planta Baja, Colonia Villa Olímpica Miguel Hidalgo, Código Postal 14020, Alcaldía de Tlalpan, Ciudad de México, teléfono: 01 (55) 52-29-07-00 ext. 65606 o 65608 y ext. 65628, en días hábiles del 12 al 25 de junio del año en curso de 10:00 a 15:00 horas, o podrán solicitarla a través de correo electrónico a las siguientes direcciones: carlosa@alimentacionbienestar.gob.mx;jcortes@alimentacionbienestar.gob.mx; y mgcarrillo@alimentacionbienestar.gob.mx Nombre del Procedimiento de contratación ARRENDAMIENTO DE SETS DE LABORATORIO, TRANSPORTADORES HELICOIDALES Y EQUIPOS Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en CompraNet 12 de febrero de 2026 a las 21:53 Fecha y hora de junta de aclaraciones 16 de febrero de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones N/A Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 23 de febrero de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de fallo 25 de febrero de 2026 a las 13:00 9 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES LIC. CARLOS DEMETRIO AGUILAR CASTILLO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573575) 008VSS - ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-08-VSS- 008VSS005-N-9-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Avenida Insurgentes Sur, N° 3483, Planta Baja, Colonia Villa Olímpica Miguel Hidalgo, Código Postal 14020, Alcaldía de Tlalpan, Ciudad de México, teléfono: 01 (55) 52-29-07-00 ext. 65606 o 65608 y ext. 65628, en días hábiles del 12 al 25 de junio del año en curso de 10:00 a 15:00 horas, o podrán solicitarla a través de correo electrónico a las siguientes direcciones: carlosa@alimentacionbienestar.gob.mx;jcortes@alimentacionbienestar.gob.mx; y mgcarrillo@alimentacionbienestar.gob.mx Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO INTEGRAL PARA LA REALIZACION DEL VIGESIMO QUINTO EVENTO NACIONAL DEPORTIVO Y CULTURAL DE ALIMENTACION PARA EL BIENESTAR, S.A. DE C.V., PARA EL EJERCICIO 2026 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en CompraNet 20 de febrero de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de junta de aclaraciones 24 de febrero de 2026 a las 10:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones N/A Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 02 de marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de fallo 04 de marzo de 2026 a las 11:00 9 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES LIC. CARLOS DEMETRIO AGUILAR CASTILLO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573576) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 171 AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, S.A. DE C.V. SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Internacional Abierta Electrónica No. LA-13-KDN-013KDN001- I-37-2026, la convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Gerencia Recursos Materiales sita en la oficina No. 69 del mezzanine Avenida Capitán Carlos León González, s/n, Colonia Peñón de los Baños, C.P. 15620, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, teléfono: 552482-2544, los días lunes a viernes, en el horario de 9:00 a 17:00 horas. El presente procedimiento se llevará a cabo por plazos recortados. Descripción de la licitación Adquisición de un Sistema Antidrones para el Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compranet 05/03/2026 Junta de Aclaraciones 11/03/2026 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 18/03/2026 12:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. GERENTE DE RECURSOS MATERIALES LIC. MARLENE HERNANDEZ HERNANDEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573578) 006HIU994 - FIDEICOMISO DE CAPITAL EMPRENDEDOR ADMINISTRACION Y ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y cuya información relevante es: No. de la Licitación LA-06-HIU-006HIU994-N-1-2026 Objeto de la Licitación PRESTACION DE SERVICIOS EN MATERIA CONTABLE Y FISCAL Volumen por adquirir Un servicio Fecha de Publicación en Compras MX 06-03-2026 Visita a las Instalaciones No hay visita a las instalaciones Junta de Aclaraciones 12-03-2026 a las 10:30 horas Apertura de proposiciones 23-03-2026 a las 10:31 horas Fecha y hora para emitir el Fallo 01-04-2026 a las 12:30 horas CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR DE CAPITAL EMPRENDEDOR LIC. TANIA ELIZABETH VAZQUEZ MORENO RUBRICA. (R.- 573607) 172 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 INNOVABIENESTAR DE MEXICO, S.A.P.I. DE C.V. GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública internacional abierta electrónica número LA-38-91A- 03891A003-N-5-2026 y LA-38-91A-03891A003-N-6-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Ciencia y Tecnología No. 790, Colonia Saltillo 400, C.P. 25290, Saltillo, Coahuila, teléfono: 844-4113200, de lunes a viernes en el horario de las 09:00 a 13:00 hrs. Descripción de la licitación Servicio de Vigilancia 2026 IBDMX Ciudad del Carmen, Camp. y Cunduacán, Tab. Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 10/03/2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026 09:00 horas Visita a instalaciones No se realizará visita de sitio Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026 09:00 horas Descripción de la licitación Servicio de Emision de Pasajes Aéreos Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 10/03/2026 Junta de aclaraciones 19/03/2026 09:00 horas Visita a instalaciones No se realizará visita de sitio Presentación y apertura de proposiciones 26/03/2026 09:00 horas SALTILLO, COAHUILA, A 10 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE PROYECTOS, RESPONSABLE DE LAS ACTIVIDADES, ATRIBUCIONES Y FACULTADES DE LA GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES C. FERNANDO TORRES CASILLAS RUBRICA. (R.- 573544) 03891I - EL COLEGIO DE MICHOACAN, A.C. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-38-91I-03891I999- N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien Martínez de Navarrete No. 505, Colonia Las Fuentes, C.P 59699, Zamora, Michoacán de Ocampo, teléfono: 3515157100 ext. 1831, los días Lunes a Viernes de las 8:00 a 15:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIOS DE VIGILANCIA PARA LA SEDE ZAMORA Y UNIDAD ACADEMICA DE LA PIEDAD DE EL COLEGIO DE MICHOACAN PARA EL EJERCICIO 2026 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 06 de Marzo de 2026 a las 09:30 Fecha y hora de junta de aclaraciones 17 de Marzo de 2026 a las 13:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones 17 de Marzo de 2026 a las 08:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 23 de Marzo de 2026 a las 09:00 Fecha y hora de fallo 25 de Marzo de 2026 a las 12:00 6 DE MARZO DE 2026. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES DE EL COLEGIO DE MICHOACAN, A.C. MARIO ALBERTO MORENO VILLEGAS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573626) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 173 FONDO DE GARANTIA Y FOMENTO PARA LA AGRICULTURA, GANADERIA Y AVICULTURA SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: Antigua Carretera a Pátzcuaro No. 8555, Colonia Ex hacienda de San José de la Huerta, C.P. 58342, Morelia, Michoacán, los días hábiles de lunes a viernes del año en curso, de las de 9:00 a 17:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. De Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-06-HBW-006HBW001-N-12-2026 Objeto de la Licitación SERVICIO DE TELEFONIA FIJA Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en Compras Mx 06/03/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 13/03/2026, 10:00:00 horas Fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones Fecha y hora para celebrar la presentación y apertura de proposiciones 23/03/2026, 10:00:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 01/04/2026, 16:00:00 horas MORELIA, MICHOACAN, A 6 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES KATHIA ACEVES GALVAN RUBRICA. (R.- 573599) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 82, Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2 fracción I, inciso c), 30 fracción I inciso a), 37 fracción I, 55 fracciones III y IV de las Disposiciones Generales en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de obras de la CFE, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria Nacional para la adquisición de bienes y servicios que se indican, de conformidad con lo siguiente: CFE-0700-CAAAN-0001-2026 Adquisición y servicio de instalación de silenciadores para la unidad 1 y 2 de la Central Turbogas Universidad Fecha de publicación en Micrositio: 05/03/2026 Sesión de Aclaraciones: 13/03/2026 09:00 horas Apertura Técnica: 26/03/2026 09:00 horas Resultado Técnico y Apertura Económica: 07/04/2026 09:00 horas Fallo 13/04/2026 09:00 horas El Area Contratante que publica la presente convocatoria es el Departamento Regional de Abastecimientos de la Comisión Federal de Electricidad de la Coordinación Regional de Producción Norte, cuyos contactos son: Lic. Christian Alberto Gutiérrez Guajardo y Lic. Carlos Manuel Kim Celis, con domicilio en Avenida Pablo A. González No. 650, Poniente, Colonia San Jerónimo, Monterrey Nuevo León, teléfono (81) 81513000 Ext. 71302, 71303, con los correos electrónicos: christian.gutierrezgu@cfe.mx y carlos.kim@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio. MONTERREY, NUEVO LEON, A 10 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE ABASTECIMIENTOS LIC. CHRISTIAN ALBERTO GUTIERREZ GUAJARDO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573589) 174 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 82, Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2 fracción I, inciso c), 30 fracción I inciso b), 37 fracción I, 55 fracciones III y IV de las Disposiciones Generales en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de obras de la CFE, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio para la adquisición de bienes que se indican, de conformidad con lo siguiente: CFE-0700-CAAAT-0004-2026 Adquisición de Compresor de Aire de Instrumentos de la Central Termoeléctrica Guadalupe Victoria Fecha de publicación en Micrositio: 05/03/2026 Sesión de Aclaraciones: 19/03/2026 09:00 horas Apertura Técnica: 15/04/2026 09:00 horas Resultado Técnico y Apertura Económica: 20/04/2026 09:00 horas Fallo 24/04/2026 09:00 horas El Area Contratante que publica la presente convocatoria es el Departamento Regional de Abastecimientos de la Comisión Federal de Electricidad de la Coordinación Regional de Producción Norte, cuyos contactos son: Lic. Christian Alberto Gutiérrez Guajardo y Lic. Carlos Manuel Kim Celis, con domicilio en Avenida Pablo A. González No. 650, Poniente, Colonia San Jerónimo, Monterrey Nuevo León, teléfono (81) 81513000 Ext. 71302, 71303, con los correos electrónicos: christian.gutierrezgu@cfe.mx y carlos.kim@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio. MONTERREY, NUEVO LEON, A 10 DE MARZO DE 2026. ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE ABASTECIMIENTOS LIC. CHRISTIAN ALBERTO GUTIERREZ GUAJARDO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573582) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2 fracción II, 30 fracción I inciso a), 31, 33 fracciones III, VII, y VIII, 37 fracción I y 55 fracción III de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones Generales): CFE-0001-CASAN-0006-2026 Servicio de Suministro de Combustible Menor a 92 Octanos y Diésel en oficinas divisionales y 10 zonas de Distribución Bajío 2026 Fecha de publicación en Micrositio: 4/03/2026 Sesión de Aclaraciones: 10/03/2026, 10:30 hrs Límite para presentación de ofertas: 18/03/2026, 12:30 hrs Apertura Técnica: 18/03/2026, 13:00 hrs Apertura Económica: 25/03/2026, 13:00 hrs Fallo 30/03/2026, 14:00 hrs El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones y del Departamento de Concursos, cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y el Lic. Daniel Miranda Velázquez, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487, con correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES RUBRICA. (R.- 573527) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 175 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 80 y 82 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2, fracción II, 30 fracción I, inciso b), 31, 37 fracción I a las Modificaciones a las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la CFE, se hace saber a los interesados la publicación de las Convocatorias al Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio, de conformidad con lo siguiente: Número del Concurso: CFE-0900-CAAAT-0006-2026 CFE-0900-CAAAT-0008-2026 CFE-0900-CAAAT-0011-2026 Descripción del concurso: Suministro de accesorios para la instalación y puesta en servicio de los transformadores de instrumentos de 400 KV de las unidades 3 y 5 para la Central Hidroeléctrica Belisario Domínguez Suministro e instalación de cargadores y banco de baterías de 250 V.C.D. para la Central Hidroeléctrica Belisario Domínguez “La Angostura Adquisición e instalación de electroducto para conexión del transformador auxiliar a tablero de media tensión de la unidad 1 de la Central Termoeléctrica Mérida II Fecha de publicación Micrositio de Concursos de CFE: 10 de marzo de 2026 10 de marzo de 2026 10 de marzo de 2026 Sesión de Aclaraciones: 14 de abril de 2026 a las 08:30 horas 12 de abril de 2026 a las 08:30 horas 13 de abril de 2026 a las 09:00 horas Límite para presentación de ofertas: 20 de abril de 2026 a las 07:30 horas 20 de abril de 2026 a las 08:00 horas 20 de abril de 2026 a las 08:30 horas Apertura Técnica: 20 de abril de 2026 a las 08:00 horas 20 de abril de 2026 a las 08:30 horas 20 de abril de 2026 a las 09:00 horas Apertura Económica: 28 de abril de 2026 a las 08:00 horas 29 de abril de 2026 a las 08:30 horas 28 de abril de 2026 a las 09:00 horas Fallo 06 de mayo de 2026 a las 08:00 horas 06 de mayo de 2026 a las 08:30 horas 05 de mayo de 2026 a las 09:00 horas El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Coordinación Regional de Producción Sureste, con clave 0900, a través del Departamento Regional de Abastecimientos, cuyo contacto es: la LMNI. Issis América Espino Ramírez, Jefa Departamento Regional de Abastecimientos E.F. de la Sede de la Coordinación Regional de Producción Sureste con Clave de Agente Contratante A190001, con domicilio en el Km. 7.5 Carretera Veracruz-Medellín, Dos Bocas, Veracruz, C.P. 94271, teléfono 2299898595, extensión: 77380 y 77381 con el correo electrónico: issis.espino@cfe.mx. CIUDAD DE VERACRUZ, VER., A 19 DE FEBRERO DE 2026. JEFA DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE ABASTECIMIENTOS E.F. LMNI. ISSIS AMERICA ESPINO RAMIREZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573443) 176 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80 y 82 la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2 fracción I, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones IV, VI y VII, 34, 37 fracción I, 54 y 55 fracciones II, III y IV de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad. CFE-0001-CAAAT-0020-2026 Adquisición, diseño, fabricación, desmontaje, instalación, pruebas, puesta en servicio y capacitación de dos sistemas de Control Electrohidráulico Digital (D-EHC) para Turbina de Vapor de dos Unidades de la Central Termoeléctrica Puerto Libertad Fecha de publicación en Micrositio: 4/03/2026 Sesión de Aclaraciones: 10/03/2026, 11:30 hrs Límite para presentación de ofertas: 13/04/2026, 9:30 hrs Apertura Técnica: 13/04/2026, 10:00 hrs Apertura Económica: 20/04/2026, 12:00 hrs Fallo 27/04/2026, 17:00 hrs El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyo contacto es: el Lic. Daniel Miranda Velázquez con Clave de Agente Contratante A1A0A08 con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487, con el correo electrónico: daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES RUBRICA. (R.- 573529) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (CFE), en las disposiciones 2, fracción I, 30, fracción I, inciso b), 31, 33, fracción I, lll, Vl y Vll, 34, 37, fracción l, 52 y 55, fracción III y IV de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas productivas subsidiarias, de conformidad con lo siguiente: Número del Concurso: CFE-0001-CAAAT-0021-2026 Descripción del Concurso: Adquisición de seccionadores para proyecto Metrorrey Fecha de publicación en Micrositio: 4/03/2026 Aclaración a los documentos del Concurso: 12/03/2026, 11:30 hrs Límite para presentación de ofertas: 13/04/2026, 10:30 hrs Apertura Técnica: 13/04/2026, 11:30 hrs Apertura Económica: 21/04/2026, 11:00 hrs Fallo: 28/04/2026, 13:00 hrs El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y la Lic. Raquel Magaña Rojas, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y raquel.magana@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de CFE ubicado en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en el Micrositio. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES RUBRICA. (R.- 573525) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 177 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD AVISO DE ADJUDICACION DE CONTRATO La Subgerencia de Adquisiciones, de la Gerencia de Abastecimientos, con domicilio en Río Ródano No. 14, Piso 4, Sala 401, colonia Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, proporciona la información correspondiente al fallo emitido Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio No. CFE-0001-CASAT-0002-2026, para el Servicio de Mantenimiento y Rehabilitación de TAP-PI Toshiba de 158 Mw y Componentes de la U2 de la C.T. Benito Juárez, se informa que el concursante adjudicado fue el siguiente: TURBOMAQUINAS, S.A. DE C.V., con domicilio en Boulevard Adolfo López Mateos No. 653, colonia Banquetes, Municipio La Piedad, Michoacán, C.P. 59350, para la partida 1 (única) por un importe total de $66,110,978.56 (sesenta y seis millones ciento diez mil novecientos setenta y ocho pesos 56/100 M.N.). El fallo se emitió el 20 de febrero de 2026. ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES RUBRICA. (R.- 573530) CFE COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION OCCIDENTE RESUMEN DE CONVOCATORIA CONCURSO ABIERTO INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS NUMERO CFE-0500-CAAAT-0006-2026 De conformidad con las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados número CFE-0500-CAAAT-0006-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet, en el Micrositio de Concursos de la CFE, en la siguiente liga: https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/concursos/, o bien en la Oficina Regional Compras, ubicada en Gabriele D’Annunzio 5001 Col. Jardines Vallarta, C.P. 45020, Zapopan, Jalisco. Número de concurso CFE-0500-CAAAT-0006-2026 Objeto del concurso Modernización del sistema de control de la Unidad 2, de la C.H. Leonardo Rodríguez Alcaine “El Cajón” Fecha de publicación 10 de marzo de 2026. Visita al sitio 18 de marzo de 2026 a las 10:00 horas. Sesión de aclaración 20 de marzo de 2026 a las 11:30 horas. Límite para presentación de Ofertas: 26 de marzo de 2026 a las 11:00 horas. Apertura de Ofertas Técnicas 26 de marzo de 2026 a las 11:15 horas. Apertura de Ofertas Económicas 31 de marzo de 2026 a las 11:00 horas. Fallo 08 de abril de 2026 a las 12:00 horas. ATENTAMENTE ZAPOPAN, JALISCO, A 10 DE MARZO DE 2026. JEFA DE OFICINA REGIONAL DE COMPRAS L.C.E. PERLA FABIOLA BALCAZAR MORALES FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573601) 178 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION CONVOCATORIA Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo 13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (la Ley); 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, (Disposiciones); y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2, de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, a nombre de Petróleos Mexicanos, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio número DEE-CAT-S-GCEE-100-97395-26-3 que tiene por objeto los “Servicios de seguridad y protección radiológica de soporte a los trabajos de la Gerencia de Servicios a Pozos”, de acuerdo con lo siguiente: Evento Fecha Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 20 de marzo de 2026 Presentación y Apertura de Propuestas Comercial y Técnicas (Primera Etapa) 06 de abril de 2026 Resultado de Evaluación Comercial y Técnica, y Apertura de Propuestas Económicas (Segunda Etapa) 16 de abril de 2026 Notificación del Resultado del Concurso 24 de abril de 2026 • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de Contrataciones” (SISCeP). • Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de Compras del Sector Público. • No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones, así como aquellas que se encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales. • La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. • Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de- contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCeP email2workspace- prod+PEMEX+WS5574141957+yuku@ansmtp.ariba.com • La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. • Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en carácter de Gerente de Contrataciones para Exploración y Extracción, podrá delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y representaciones. VILLAHERMOSA, TABASCO, A 10 DE MARZO DE 2026. CARLOS EDUARDO LOPEZ PEREZ GERENTE GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION, ADSCRITO A LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION DE LA SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO, DE CONFORMIDAD CON EL NOMBRAMIENTO DE FECHA 2 DE MARZO DE 2026 EMITIDO POR LA DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DE PETROLEOS MEXICANOS, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION 111, 229 FRACCION IV Y 322, DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN QUE PUEDE SER CONSULTADO, FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025. RUBRICA. (R.- 573580) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 179 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA PROCESOS INDUSTRIALES, TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA Petróleos Mexicanos, a través de la Gerencia de Contrataciones para Transformación Energética y Logística, adscrita a la Coordinación de Abastecimiento para Procesos Industriales, Transformación Energética y Logística dependiente de la Subdirección de Abastecimiento de la Dirección de Administración y Servicios, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 78 y 80 párrafos primero, segundo y tercero, y Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (Ley EPEPM), así como 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias (DGC), convoca a los interesados a participar en el: Concurso Abierto Electrónico de carácter Internacional bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que contienen capítulo de compras del sector público, con fundamento al numeral IV.7 segundo párrafo literal b. y IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, con número de procedimiento DPI-CAT-B-GCTEL-1-105000-45-26-1 cuyo objeto es la contratación relativa a la “Adquisición para el Suministro de Metildietanolamina MDEA Unidad Regeneradora de Amina Ura 1 para la Refinería Olmeca”, de acuerdo con lo siguiente: • Fechas relevantes del Procedimiento de Contratación de acuerdo con el siguiente cronograma: Evento Fechas Publicación de la convocatoria y bases de contratación. 10 de marzo de 2026 Límite para la recepción del Documento DA-1 “Manifiesto de interés en participar” Evento de aclaraciones de dudas hasta el 17 de marzo de 2026, 10:00 horas. Evento de presentación y apertura de propuestas técnica, comercial y económica hasta 30 de marzo de 2026, 10:00 horas. Recepción de aclaraciones de dudas a las bases 19 de marzo de 2026, 10:00 horas. Evento de aclaraciones de dudas a las bases 23 de marzo de 2026, 16:00 horas. Publicación versión final de las bases. 25 de marzo de 2026 Presentación y apertura de propuestas. 31 de marzo de 2026, 10:00 horas. • El procedimiento cuenta con oficio de reducción de plazos No. PM-DPI-SPP-GROLM-328-2026. • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el Sistema de Contrataciones Electrónicas de Pemex (SISCEP). • Los plazos, fechas y horarios aquí señalados, podrán ser modificados, haciéndolo del conocimiento de los interesados, a través de las actas derivadas de los eventos del procedimiento y comunicadas a los participantes a través del Portal de Internet de Petróleos Mexicanos (Portal) http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y en el SISCEP. • Para el presente procedimiento no se acepta que miembros de la familia de la Presidenta Constitucional, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo o particulares usen su nombre o hagan gestiones, realicen trámites o lleven a cabo negocios con el gobierno, en cumplimiento al comunicado de fecha 2 de octubre de 2024. • En términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública, los participantes podrán señalar en su propuesta los documentos que contengan información confidencial o reservada, siempre que tengan derecho de clasificar la información de conformidad con las disposiciones aplicables. • Para la substanciación del procedimiento de contratación, en mi carácter de Gerente de Contrataciones para Transformación Energética y Logística, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23, fracción III; 27, fracción VIII, numeral 1, inciso d), subinciso ii); 232, fracción IV y Cuarto Transitorio del Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado Petróleos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de mayo de dos mil veinticinco, el cual entró en vigor a partir del primero de junio de dos mil veinticinco y su modificación publicada mediante aviso el doce de septiembre de dos mil veinticinco en el citado medio de comunicación oficial; se hace constar que he delegado o podré delegar la suscripción de eventos de trámite, los cuales surtirán plenos efectos jurídicos. Por lo que, quien participe voluntariamente en el procedimiento de contratación acepta dichos términos e implícitamente estas representaciones. 180 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 • Pueden participar personas físicas o morales mexicanas o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tengan celebrado un tratado de libre comercio vigente con disposiciones en materia de compras del sector público y que no se encuentren impedidas en términos de los artículos 79 fracción VI de la Ley EPEPM, 10 de las DGC y 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. • Las Bases de Contratación estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal y en caso de estar interesados en participar, deberán remitir el Documento DA-1 en la fecha y hora establecida en el cronograma de eventos de las bases de contratación; mediante el cual expresen su interés en participar a la siguiente dirección electrónica: email2workspace- prod+PEMEX+WS5562835273+37l9@ansmtp.ariba.com, indicando el nombre de la empresa en el asunto del correo y marcando copia a las siguientes direcciones de correo electrónico: juan.bernardo.lutzow@pemex.com y joel.pablo.vera@pemex.com • El idioma en que las ofertas o las solicitudes de participación deberán presentarse es en español. • En las bases de contratación, se precisa la forma de participación en el procedimiento en la sección I numeral II. • La firma del contrato correspondiente se llevará a través de la plataforma de Firma Electrónica Avanzada, mediante la e.firma vigente que emite el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. EMITE: LIC. LUIS ENRIQUE MORENO HERNANDEZ GERENTE DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA CONFORME A LOS OFICIOS DAS-0795-2025 DE FECHA 01 DE JUNIO DE 2025 Y DAS-SA-CAPITEL-61-2025 DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2025 EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23, FRACCION III; 27, FRACCION VIII, NUMERAL 1, INCISO D), SUBINCISO II); 232, FRACCION IV Y CUARTO TRANSITORIO DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO PETROLEOS MEXICANOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL TREINTA DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO, EL CUAL ENTRO EN VIGOR A PARTIR DEL PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO Y SU MODIFICACION PUBLICADA MEDIANTE AVISO EL DOCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO EN EL CITADO MEDIO DE COMUNICACION OFICIAL RUBRICA. (R.- 573604) ORGANO DE ADMINISTRACION JUDICIAL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION SECRETARIA EJECUTIVA DE ADMINISTRACION DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL NUMERO OAJ/SEA/DGRM/LPN/012/2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en cumplimiento al artículo 42 y demás relativos y aplicables del Acuerdo General del Pleno del Organo de Administración Judicial en materia de Adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios del Poder Judicial de la Federación, se convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional que a continuación se indica, de conformidad con lo siguiente: No. de LPN Descripción General Periodo para presentación de escrito de participación OAJ/SEA/DGRM/LPN/012/2026 “ADQUISICION DE EQUIPOS DE DIGITALIZACION” 10 y 11 de marzo de 2026 Las partidas y la descripción de los bienes requeridos, así como las cantidades y unidad de medida se pueden verificar en el Anexo Técnico de las Bases de Licitación, disponibles en el portal del Organo de Administración Judicial en la página web www.oaj.gob.mx dentro de la sección de “Servicios”, en el apartado de “Licitaciones”, en las correspondientes a “Recursos Materiales y Servicios Generales”, pestaña “2026”, a partir del 10 de marzo de 2026. Junta de aclaraciones Acto de presentación y apertura de propuestas Sala de licitaciones de la Dirección General de Recursos Materiales el 17 de marzo de 2026, a las 11:00 horas. Sala de licitaciones de la Dirección General de Recursos Materiales el 19 de marzo de 2026 a las 11:00 horas. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 181 Requisitos para participar en la Licitación Pública Nacional conforme al Acuerdo General del Pleno del Organo de Administración Judicial en materia de Adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios del Poder Judicial de la Federación. 1. Las Bases de Licitación Pública Nacional estarán disponibles para consulta en las instalaciones de la Dirección de Adquisiciones, adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales, ubicada en Carretera Picacho Ajusco No. 170, piso 7, Ala “A”, Col. Jardines en la Montaña, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14210, teléfono 55 5449 9500 Exts. 2704, 2750 y 2758 durante los días 10 y 11 de marzo de 2026, en un horario de 10:00 a 14:30 y de 16:00 a 17:30 horas, y para su impresión en el portal del Organo de Administración Judicial en su página web www.oaj.gob.mx dentro de la sección de “Servicios”, en el apartado de “Licitaciones”, en las correspondientes a “Recursos Materiales y Servicios Generales”, pestaña “2026”. 2. Es obligatorio la presentación de escrito de interés en participar, el cual se podrá presentar únicamente durante los días 10 y 11 de marzo de 2026, en un horario de 10:00 a 14:30 y de 16:00 a 17:30 horas, firmando el acuse correspondiente a la recepción de las Bases de Licitación, por parte de la persona física o del representante de la persona moral o física que desee participar en el procedimiento de licitación. La presentación del escrito deberá realizarse, en las Oficinas de la Dirección de Adquisiciones, adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales, ubicada en Carretera Picacho Ajusco No. 170, piso 7, Ala “A”, Col. Jardines en la Montaña, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14210. En dicho escrito el interesado deberá presentar bajo protesta de decir de verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes: (I). Nombre de la persona física o razón social de la persona moral, así como el de su apoderado o representante legal, debiendo adjuntar copia simple de su identificación oficial vigente; (II). Registro Federal de Contribuyentes y comprobante de su domicilio fiscal; (III). Objeto social, datos de la escritura constitutiva y de la inscripción en el Registro Público de Propiedad y de Comercio de la persona moral, así como sus modificaciones; y nombre, razón o denominación social de socios y accionistas; (IV) Instrumento en el que constan las facultades del apoderado o representante, así como su identificación oficial vigente. En caso de enviar a un representante, deberá presentarse con la carta poder simple y la identificación oficial vigente. (V). Escrito en el que la persona física o el representante de la persona moral que desee participar en el procedimiento de licitación manifieste bajo protesta de decir verdad que no se encuentra ubicado en alguno de los supuestos de los artículos 43, fracción XXXIII y 102 del Acuerdo General del Pleno del Organo de Administración Judicial en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios del Poder Judicial de la Federación. 3. En caso de que el participante no se encuentre en condiciones de entregar de manera física su escrito de interés en participar, podrá enviarlo por medio electrónico al correo oaj_adquisiciones@oaj.gob.mx dentro del plazo establecido debidamente requisitada y adjuntando la documentación conforme a los incisos I al V antes mencionados, la omisión en la entrega en el envío de dicha documentación será motivo para no considerar su participación en el presente procedimiento. 4. Adicionalmente, será obligatorio presentar el escrito original al momento de entregar la propuesta en el Acto de presentación y apertura de propuestas acompañada de la documentación original o copia certificada para su cotejo. 5. Cabe destacar que la información proporcionada será cotejada y verificada con la documentación que los licitantes exhiban con su propuesta económica para acreditar su personalidad jurídica en cumplimiento al artículo 43 del General del Pleno del Organo de Administración Judicial en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios del Poder Judicial de la Federación. 6. En caso de participación conjunta, en términos de lo señalado en el numeral 2.2. de las Bases de Licitación, la presentación del escrito de interés al procedimiento deberá realizarse por cada uno de los Licitantes que conformen la participación conjunta. 7. Las propuestas deberán presentarse en idioma español; en el caso de presentar catálogos, folletos y documentos de las características técnicas, deberán de presentarse en idioma español, en su caso, en el idioma del país de origen de los bienes, acompañados de una traducción simple al español en papel membretado del licitante o del fabricante, de acuerdo con las Bases de Licitación. 8. El fallo se dará a conocer en el lugar y fecha que se indica en las Bases de Licitación. 9. Ninguna de las condiciones establecidas en la presente Convocatoria, las Bases de Licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas; asimismo, se hace del conocimiento de los interesados que la información aquí descrita es referencial, por lo que deberán apegarse a lo solicitado en las Bases de Licitación. 10. El acto de presentación y apertura de propuestas será videograbado, de conformidad a lo establecido en el artículo 51 del Acuerdo General del Pleno del Organo de Administración Judicial en materia de Adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios del Poder Judicial de la Federación. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. SECRETARIO EJECUTIVO DE ADMINISTRACION MTRO. JUAN CARLOS ZAMORA GARCIA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573593) 182 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 BANCO DE MEXICO RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA NACIONAL No. BM-SAIG-26-0265-1 Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de la Ley del Banco de México, en las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios; en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables, convoca a todos los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. BM-SAIG-26-0265-1, con el objeto de adquirir loza y utensilios para cocina y comedor para Oficina Central y Complejo Jalisco. El volumen de los bienes materia de licitación es el que se señala en los anexos de la convocatoria. Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación: a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 13 de marzo de 2026. b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 20 de marzo de 2026. c) Comunicación del fallo: A más tardar el 09 de abril de 2026. La convocatoria respectiva, fue publicada el día 04 de marzo de 2026, en el Portal de Contrataciones Banxico (POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/PortalProveedores/ CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. BANCO DE MEXICO SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO DE INMUEBLES Y GENERALES LIC. ISMAEL VELAZQUEZ TORRES FIRMA ELECTRONICA. ANALISTA DE CONTRATACIONES LIC. JOSE ALBERTO SEDANO VINCOURT FIRMA ELECTRONICA. Firmado electrónicamente en la Ciudad de México, mediante firma electrónica avanzada con fundamento en los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo, fracción VIII, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, y en los artículos 2, fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios. (R.- 573538) BANCO DE MEXICO RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SAFB-25-0997-2 Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de su Ley, en las Normas del Banco de México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables, convoca a todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SAFB- 25-0997-2 con el objeto de adquirir sistemas de extracción de aire y la contratación de los servicios para su instalación y puesta en marcha. El volumen de los bienes y servicios materia de licitación es de 14. Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación: a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 18 de marzo de 2026. b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 25 de marzo de 2026. c) Comunicación del fallo: A más tardar el 14 de abril de 2026. La convocatoria respectiva, fue publicada el día 05 de marzo de 2026, en el Portal de Contrataciones Banxico (POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/PortalProveedores/ CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. BANCO DE MEXICO SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO A FABRICA DE BILLETES ING. MANUEL FLORES ZARZA FIRMA ELECTRONICA. ANALISTA DE CONTRATACIONES DE LA OFICINA DE CONTRATACIONES PARA FABRICA DE BILLETES LIC. SERGIO IVAN RAMIREZ GOMEZ FIRMA ELECTRONICA. Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo del Acuerdo de Adscripción de sus Unidades Administrativas, y en los artículos 2, fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios. (R.- 573570) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 183 COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA: 09 En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional, mixta, que a continuación se indica: LPN-CNDH-09-26 Objeto de la licitación Servicio de seguridad y vigilancia para las regionales de la CNDH Volumen de licitación Se detalla en la convocatoria Fecha de publicación en: www.cndh.org.mx 10/03/2026 Junta de Aclaraciones 17/03/2026, 11:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones 24/03/2026, 11:00 horas. Fallo 27/03/2026, 12:00 horas. El texto de la convocatoria de la licitación se encuentra disponible para consulta y obtención gratuita a través de la página de internet de la Convocante cuya dirección electrónica es http://appweb.cndh.org.mx/contrataciones/, que corresponde al vínculo Unidad de Transparencia /Obligaciones de Transparencia / XIII Contrataciones / “Procedimientos de Adjudicación LAASSP y LOPYSRM”, o bien en la oficina de la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en: Boulevard Adolfo López Mateos número 1922, Piso 4, Colonia Tlacopac, C.P. 01049, Demarcación Territorial Alvaro Obregón, Ciudad de México, teléfono: 1719-2000 ext. 8005 y 8084, del 10 al 23 de marzo de 2026; con horario de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 71 y 90 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Y ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS LIC. RAFAEL ALBERTO CARMONA ARANA RUBRICA. (R.- 573602) AVISO Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación: • Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias. • Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles. • Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo, correctamente identificado. • Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original y copia simple. Consideraciones Adicionales: 1. En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF: • Acta constitutiva de la persona moral solicitante. • Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud acredite su cualidad de representante de la empresa. • Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF. 2. Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026. 3. No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las instituciones bancarias. 4. Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos. Atentamente Diario Oficial de la Federación DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 184 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN LA CIUDAD DE MEXICO CONVOCATORIA: 01 En observación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134, y de conformidad con el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios, se convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional presencial, para el servicio de limpieza en los inmuebles de las juntas local y distritales ejecutivas, módulos de atención ciudadana y bodega estatal del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, para el periodo del 01 de abril al 31 de diciembre de 2026, mediante contrato abierto de conformidad con lo siguiente: Licitación Pública Nacional Presencial No. de licitación Costo de las bases Junta de aclaraciones Visita a instalaciones Presentación de proposiciones y apertura técnica y económica LP-INE-JLEMX-01-2026 Sin costo 18/03/2026 10:00 horas 10 al 13, 17 al 19 y 23 al 24 de marzo de 2026 en un horario de 8:30 a 15:30 horas 25/03/2026 10:00 horas Licitación Descripción LP-INE-JLEMX-01-2026 Servicio de limpieza en los inmuebles de las juntas local y distritales ejecutivas, módulos de atención ciudadana y bodega estatal del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México. La convocatoria se encuentra disponible para obtención y consulta en la página del Instituto https://www.ine.mx/licitaciones-contrataciones-presenciales/, el acto de Junta de Aclaraciones y el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se llevarán a cabo de manera presencial en el salón de usos múltiples de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, en las horas y fechas citadas en la convocatoria. CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. VOCAL EJECUTIVO DONACIANO MUÑOZ LOYOLA RUBRICA. (R.- 573588) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 185 TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya Convocatoria contiene las bases de participación que se encuentran para consulta y disponibilidad en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien para consulta en la Subdirección de Procedimientos de Contratación de la Dirección de Adquisiciones del Tribunal, ubicada en Avenida México No. 710, quinto piso, Colonia San Jerónimo Lídice, C.P. 10200, Alcaldía La Magdalena Contreras, en la Ciudad de México, teléfono 50-03-70-00, ext. 4232, desde el día 4 de marzo de 2026 de 10:00 a 15:00 hrs., de Lunes a Viernes. No se utilizará ningún mecanismo de ofertas subsecuentes de descuentos. Convocatoria Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-32-412-032000001-N-66-2026 Descripción de la Convocatoria Servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales para el Tribunal Federal de Justicia Administrativa Servicio requerido Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 4 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones 13 de marzo de 2026, 10:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones 20 de marzo de 2026, 11:00 horas Fallo 25 de marzo de 2026, 17:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES LCDA. ARCELIA NUÑEZ JIMENEZ RUBRICA. (R.- 573517) AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MEXICO DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-25-C00-025C00001-N- 18-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación, se encuentra disponible para consulta en internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calle Agustín Delgado Número 58, Col. Tránsito, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06820, Ciudad de México. Descripción de la Licitación SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DESARMADA EN LAS UBICACIONES DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MEXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026. Volumen para adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria. Fecha de Publicación en Compras MX 06/03/2026 Visita a las instalaciones No Aplica Junta de Aclaraciones 11/03/2026 09:30 horas Acto de Presentación y apertura de proposiciones 17/03/2026 09:30 horas Acto de Fallo 17/03/2026 18:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 10 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION JUAN CARLOS CUMMINGS GARCIA RUBRICA. (R.- 573595) 186 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, FINANZAS Y PLANEACION ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con los Artículos 40, 41 y 42 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública descrita al final de este párrafo, cuya Convocatoria contiene las bases de participación la cual se encuentra disponible para consulta y obtención gratuita en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/ o bien en: Blvd. Panorámico Cubitos-La Paz N° 407, Col. Adolfo López Mateos, C.P. 42094, Pachuca de Soto, Hidalgo, Teléfono: (01771)7170225 ext. 3049, en días hábiles de lunes a viernes; con el siguiente horario: 9:00 horas a 16:30 horas. Licitación Pública Nacional LA-72-037-913055954-N-1-2026 Descripción de la licitación Materiales y Utiles De Oficina Volumen a adquirir Concepto Unico Fecha de publicación 10 de marzo de 2026 Periodo de obtención de bases Del 10 al 22 de marzo 2026 Junta de Aclaraciones 13/marzo/2026; 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 23/marzo/2026; 10:00 horas Fallo 25/marzo/2026; 09:00 horas Licitación Pública Nacional LA-72-037-913055954-N-2-2026 Descripción de la licitación Material de Limpieza Volumen a adquirir Concepto Unico Fecha de publicación 10 de marzo de 2026 Periodo de obtención de bases Del 10 al 22 de marzo 2026 Junta de Aclaraciones 13/marzo/2026; 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 23/marzo/2026; 12:00 horas Fallo 25/marzo/2026; 10:00 horas Licitación Pública Nacional LA-72-037-913055954-N-3-2026 Descripción de la licitación Blancos y Otros Productos Textiles, Excepto Prendas de Vestir Volumen a adquirir Concepto Unico Fecha de publicación 10 de marzo de 2026 Periodo de obtención de bases Del 10 al 22 de marzo 2026 Junta de Aclaraciones 13/marzo/2026; 14:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 23/marzo/2026; 14:00 horas Fallo 25/marzo/2026; 11:00 horas Licitación Pública Nacional LA-72-037-913055954-N-4-2026 Descripción de la licitación Material Eléctrico Volumen a adquirir Concepto Unico Fecha de publicación 10 de marzo de 2026 Periodo de obtención de bases Del 10 al 22 de marzo 2026 Junta de Aclaraciones 13/marzo/2026; 16:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 23/marzo/2026; 16:00 horas Fallo 25/marzo/2026; 12:00 horas PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A 10 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION, FINANZAS Y PLANEACION DE SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO M.A.P. SINUHE JORGE ALDRETE RUBRICA. (R.- 573592) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 187 GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION RESUMEN DE LA CONVOCATORIA La Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 1, 32, 34 y 44 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 27 segundo y cuarto párrafo y 33 del Reglamento de la citada Ley, convoca a los interesados en participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional a que hace referencia este resumen, cuya convocatoria se encuentra disponible para su consulta en la página https://www.oaxaca.gob.mx/administracion/licitaciones/, a partir de esta misma fecha, cuya información es: Número de Licitación: LPN-SA-DG-0006-03/2026 Objeto de la contratación Contratación de los servicios de mantenimiento y reparación de tres aeronaves, dos de ala fija y una de ala rotativa propiedad del Gobierno del Estado de Oaxaca, mediante la celebración de un contrato abierto, solicitado por la Dirección General del Hangar Oficial del Gobierno del Estado Junta de aclaraciones 12/03/2026 a las 14:00 horas Recepción y apertura de propuestas 17/03/2026 a las 14:00 horas Notificación de fallo A más tardar el 27/03/2026 Volumen a contratar Servicio ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. “EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ” TLALIXTAC DE CABRERA, OAXACA, A 10 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES LIC. SARA ZARATE SANTIAGO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573565) 085X17 - INSTITUTO DE CAPACITACION PARA EL TRABAJO DEL ESTADO DE SONORA (ICATSON) RESUMEN DE CONVOCATORIA CONV. 001 Licitación pública NACIONAL, con forma de participación ELECTRONICA de conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-85-X17-926027964-N-1-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Calle Paseo Río Sonora No. 173, Col. Proyecto Río Sonora, C.P. 83270, en Hermosillo, Sonora, teléfono 662-2109108, en horario de 9:00 a 14:00. Nombre del Procedimiento de contratación “SERVICIO DE SUMINISTRO Y CONTROL DE COMBUSTIBLES PARA VEHICULOS AUTOMOTORES TER Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 2 de Marzo de 2026 a las 17:03 Fecha y hora de junta de aclaraciones 11 de Marzo de 2026 a las 13:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18 de Marzo de 2026 a las 13:00 Fecha y hora de fallo 20 de Marzo de 2026 a las 13:00 10 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL LIC. MANUEL EDUARDO GALLEGOS SALGADO RUBRICA. (R.- 573551) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 188 SERVICIOS DE SALUD DE YUCATAN DIRECCION DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA 04 Los Servicios de Salud de Yucatán, por conducto de la Dirección de Administración, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados, a participar en las licitaciones que enseguida se enlistan cuya convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y será gratuita. Licitación Pública Nacional LA-90-Y95-931007985-N-17-26 Descripción de la licitación Relativa a la adjudicación del contrato para la prestación del servicio de vigilancia y limpieza para los Servicios de Salud de Yucatán. Volumen para adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en ComprasMX 10/03/2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026, 11:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026, 11:00 horas. Licitación Pública Nacional LA-90-Y95-931007985-N-19-26 Descripción de la licitación Relativa a la adjudicación de contratos para la adquisición de material de ortopedia (osteosíntesis y endoprótesis) para los hospitales de los Servicios de Salud de Yucatán Volumen para adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en ComprasMX 10/03/2026 Junta de aclaraciones 18/03/2026, 13:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 25/03/2026, 13:00 horas. MERIDA, YUC., A 10 DE MARZO DE 2026. SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE YUCATAN DRA. JUDITH ELENA ORTEGA CANTO RUBRICA. (R.- 573550) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 189 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan M8-OJ1 Juicio de Amparo 798/2024 EDICTO En los autos del juicio de amparo número 798/2024, promovido por Daisy Yolanda Sánchez Sánchez con el carácter de Procuradora Fiscal del Estado dependiente de la Secretaría de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado de Jalisco, actuando en representación de dicha Secretaría y de Miguel Ángel Ruvalcaba quien tiene el cargo de Director de Gastos de Operación y de Obra dependiente de la Secretaría en comento, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena emplazar por este medio a la tercera interesada México Fun, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, quien deberá presentarse por conducto de quien legalmente la represente para que, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a este Juzgado de Distrito para hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibida que de no hacerlo, se seguirá el procedimiento en sus en sus etapas, haciéndose las subsecuentes notificaciones por lista, que se fije en los estrados de este Juzgado, en términos de lo dispuesto en los artículos 26, fracción III, y 27, fracción III, de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la demanda de amparo. PARA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. Atentamente Zapopan, Jalisco, 09 de febrero de 2026. La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Lic. Cintli Libertad Gutiérrez Rayas Rúbrica. (R.- 573562) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México Juicio de Amparo 2135/2024 EDICTO. Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México. En el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, se encuentra radicado el juicio de amparo 2135/2024, promovido por José Luis del Valle Ojeda, por propio derechos, contra actos de la Junta Especial “H”, antes Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, en el juicio laboral 534/2003; sumario constitucional en el que con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación con el 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, de aplicación supletoria, por auto de quince de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar a juicio a los terceros interesados Servicios Administrativos Pegaso, S.C. y Deportivo ATL 1916, sociedad anónima de capital variable, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación, edictos a cargo del erario federal, en el entendido de que los referidos terceros interesados deberán comparecer a juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por apoderado y/o quien tenga facultades que pueda representarlos. Ciudad de México, trece de enero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México Estefania Carrillo Gómez Rúbrica. (R.- 572686) 190 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.P. 814/2025-IV, promovido por José Rafael Sánchez Guerra, contra la sentencia de veintiuno de mayo de dos mil veintiuno, pronunciada por el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca penal 88/2021, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a la parte tercera interesada Efa Soluciones Abogados, Sociedad Civil, por conducto de quien la represente, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a la parte tercera interesada Efa Soluciones Abogados, Sociedad Civil, por conducto de quien la represente, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse ante este tribunal, en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado. Atentamente Secretaria de Acuerdos Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona Rúbrica. (R.- 572436) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.P. 722/2025-II, promovido por Mario Alberto Castro Hernández, defensor particular Jocelyn Gabriela Jiménez Alonso, contra la sentencia de veintisiete de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca 115/2025, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a la tercera interesada Susana Moreno de León, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado. Atentamente Secretaria de Acuerdos Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona Rúbrica. (R.- 573104) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado Xalapa-Equez, Veracruz EDICTO. HIPOTECARIA NACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER En los autos del Juicio de Amparo número 345/2025-II-B, formado con motivo de la demanda de amparo promovido por Sofía Sosa Castellanos, en la que se señaló como acto reclamado “La omisión de dar respuesta a su solicitud de veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, presentada ante la autoridad responsable el cuatro de julio de dos mil veinticuatro y respecto a su ampliación de la demanda de amparo, respecto al acto reclamado consistente en: el oficio RPPX/2741/2024, de seis de junio de dos mil veinticinco, por el cual se le negó la cancelación del gravamen respecto del inmueble de su propiedad”, la Jueza Decimoquinta de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en esta Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 191 ciudad, ordenó emplazarlo por medio de EDICTOS, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN”, “EXCELSIOR” Y “DIARIO DE XALAPA”, así como los ESTRADOS de este órgano jurisdiccional, haciéndole saber que está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia simple de la demanda de amparo; que tiene expedito su derecho para comparecer a este órgano jurisdiccional a deducir sus derechos si a sus intereses conviene, dentro de un término de treinta días hábiles, contados del día siguiente al de la última publicación, si pasado este término, no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se seguirá el juicio, practicándole las siguientes notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista de acuerdos que se fijan en los estrados de este juzgado; de igual forma, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se celebrará el día TRECE DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS A LAS NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS. Atentamente Xalapa, Ver., a 09 de febrero de 2026. La Secretaria del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Veracruz Scarlett Serrano Ávila Rúbrica. (R.- 573090) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.C. 312/2025-II, promovido por Yolanda Nicolás Hernández y otros, contra la sentencia de ocho de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por la Primera Sala Colegiada Familiar de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca 536/2024, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a los terceros interesados, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a los terceros interesados Fabiola Nicolás Hernández y José Alfredo González López, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado. Atentamente Secretaria de Acuerdos Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona Rúbrica. (R.- 573107) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México EDICTO En los autos del juicio de amparo número 458/2025, promovido por Raúl Omar Avalos Lazo, contra actos de la Primera Sala Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, se ordenó emplazar por edictos a los terceros interesados de iniciales E.A.M.M.M. y G.G.R., el cual se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y se les concede un término de treinta días contados a partir de la última publicación para que comparezcan a juicio a hacer valer sus derechos y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por medio de lista. Atentamente Ciudad de México a 06 de febrero de 2026. Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México Lic. José Alberto Rodríguez Rivera Rúbrica. (R.- 573110) 192 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México EDICTO. Por auto de cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar a la tercera interesada José Ángel Mejía Segura, mediante edictos, publicados por tres veces, de siete en siete días, para que comparezca a este Juzgado dentro del término de treinta días a partir del siguiente al de la última publicación; quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo relativa al juicio de amparo 1921/2025, promovido por Eva Lissette Turrubiates Montalvo, por conducto de su apoderado legal Víctor Manuel Rodríguez Gutiérrez, contra actos de la Junta Especial Número Once de la Federal de Conciliación y Arbitraje; se le informa que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida de que no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, sin ulterior acuerdo, se le harán por medio de lista que se publica en este órgano jurisdiccional, conforme al artículo 26 de la Ley de Amparo. Atentamente Ciudad de México, a cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México Manuel Vizcarra Núñez Rúbrica. (R.- 513173) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO Juicio de amparo: D.P. 186/2025 Quejoso: CRISTO YOBANI Y/O YOVANI RAMÍREZ RAMOS Tercero interesado: PERSONA DE IDENTIDAD RESGUARDADA IDENTIFICADA CON LAS SIGLAS G.R.G. Se hace de su conocimiento que CRISTO YOBANI Y/O YOVANI RAMÍREZ RAMOS, promovió amparo directo contra la resolución de doce de diciembre de dos mil diecisiete, dictada en el toca de apelación 100/2017, por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México; y en virtud de que no fue posible emplazar al tercero interesado, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a juicio a la PERSONA DE IDENTIDAD RESGUARDADA IDENTIFICADA CON LAS SIGLAS G.R.G., por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndoles saber, que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le realizarán mediante lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe. Atentamente Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito Lic. Pablo García de Alba Tapia Rúbrica. (R.- 573174) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Juicio de Amparo Indirecto 141/2024 EDICTO. Al margen del escudo nacional que se advierte en la parte superior izquierda de esta foja y en la Ciudad de México, a los trece días del mes de febrero de dos mil veintiséis; dentro de los autos del juicio de amparo número 141/2024, promovido por JOSÉ ARMANDO AGUILAR COLIN, únicamente en su carácter de albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de MARIO LEOBARDO AGUILAR COLIN, también conocido como MARIO AGUILAR COLIN, contra actos del JUEZ Y ACTUARIO ADSCRITOS AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y OTRAS AUTORIDADES; no se cuenta con el domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazada la moral tercera interesada MAGOCHI INMOBILIARIA Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en consecuencia, se ha ordenado emplazarla por medio de edictos; ello, con fundamento en lo previsto por el artículo 315 del Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 193 Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo que se le hace de su conocimiento que queda a su disposición, en la Actuaría de este Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, copia simple de la demanda respectiva; asimismo, se le hace de su conocimiento que cuenta con un término de treinta días hábiles, que se computarán a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que comparezca ante este órgano de control constitucional ya sea de manera personal, o incluso, por escrito a hacer valer sus derechos si a su interés conviene y se sirva señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México; apercibido de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional. Atentamente Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Lic. Yamir Cruz Martínez Rúbrica. (R.- 573108) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas EDICTO A LA TERCERA INTERESADA MARICELA DÍAZ DÍAZ Se hace de su conocimiento que Carlos Montejo Díaz, promovió juicio de amparo directo en contra de la resolución de veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, dictada por la autoridad responsable Segunda Sala Regional Colegiada en Materia Penal, Zona 01, Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, en el toca 143-B-2P01/2017. Asimismo, la demanda fue registrada con el número de amparo directo 818/2025, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Lo que se comunica a usted para su emplazamiento al juicio de amparo, por lo que queda a su disposición en el Tribunal en cita una copia de la demanda, así también para que dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación, formule alegatos o promueva amparo adhesivo, si así conviniere a sus intereses. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco. El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito Luis Antonio Galeazzi Sol Rúbrica. (R.- 573209) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México EDICTOS En cumplimiento a lo ordenado en proveído de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, dictado en el juicio de amparo 901/2025-I, promovido por Eréndira Berenice López Gutiérrez, apoderada legal de la quejosa “COMPROMISO QUE SUMA VALOR, S.A.P.I. DE C.V., S.O.F.O.M., E.N.R.”, contra el acto del “Magistrado Unitario Licenciado Jorge Ponce Martínez, adscrito a la Novena Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México” y otra autoridad, consistente en la resolución de diez de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en el toca penal USA 236/2025; con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, se ordena el emplazamiento a juicio de la tercero interesada INMOBILIARIA RAYBACK S.A. DE C.V., por edictos, los cuales, se deberán publicar por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para el efecto de que comparezcan ante este Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, por sí, o por apoderado que pueda representarlo, en el término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición en la Secretaría correspondiente las copias de traslado; apercibido que en caso de no presentarse dentro del término establecido para ello, se tendrá por hecha la notificación en su entero perjuicio. Ciudad de México a, 9 de febrero de 2026. El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México Lic. Alejandro Lucero Hernández Rúbrica. (R.- 573250) 194 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito EDICTO En los autos del juicio de amparo número D.C. 321/2025 promovido por ZURICH FIANZAS MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su apoderado Jorge Alejandro Villavicencio Cuevas, contra actos de la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, se ordenó notificar por edictos a los terceros interesados GRUPO HIDRÁULICO ALAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; HÉCTOR ODÍN GUERRERO OROPEZA; y, SERGIO ARTURO SERRANO ASCENCIO, a quienes se les concede un término de treinta días contados a partir de la última publicación para que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad; apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicaran por medio de lista. Atentamente Ciudad de México, a 10 de febrero de 2026. Secretaria de Tribunal Lic. Murcia Justine Ruiz González Rúbrica. (R.- 573286) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México EDICTO Tercera Interesada Yazmín Mayuc Olvera Domínguez En el juicio de amparo 412/2025, promovido por JULIO CÉSAR CASTRO ÁLVAREZ, contra el acto que reclama a la Tercera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México y otra autoridad; al tener el carácter de tercera interesada y desconocerse su domicilio actual; por tanto, con fundamento en la fracción III, inciso b), párrafo segundo, del artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su emplazamiento al juicio mencionado por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, y se le hace saber que cuenta con el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrán hacerlo por conducto de su apoderado, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le practicaran por lista que se publica en este Juzgado de Distrito. Ciudad de México, a dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México María Fernanda Zaragoza Gómez Rúbrica. (R.- 573414) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito A.D.C. 390/2025 EDICTOS PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. JUICIO DE AMPARO DIRECTO 390/2025 QUEJOSA: CATDF, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO HUGO DE JESÚS PELAYO GARCÍA. En cumplimiento a lo ordenado por auto de veintiocho de enero de dos mil veintiséis, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, procédase a citar, notificar y emplazar al tercero interesado Hugo de Jesús Pelayo García, por medio de edictos los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 195 esta ciudad, haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá comparecer dentro del término de treinta días, contados del día siguiente al de la última publicación, ante este tribunal colegiado, a defender sus derechos, quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, copia de la demanda de amparo relativa al expediente A. D. C. 390/2025, promovido por CATDF, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, por conducto de su síndico Samuel Ricardo Egure Lascano, contra el acto que reclama de la Jueza Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, consistente en la sentencia dictada el dieciséis de mayo de dos mil veinticinco, en el expediente 3/2022, lo que se hace de su conocimiento, para los efectos legales a que haya lugar. Ciudad de México, a veintinueve de enero de dos mil veintiséis. El Secretario de Acuerdos Lic. Juan Carlos Díaz y Fuentes Rúbrica. (R.- 573175) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Sección Amparo EDICTO “En el juicio de amparo 1398/2025-4, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Iván Elihut Vizuet Reyes, contra actos que reclama del Juez Primero Penal en Materia de Ejecución de Sanciones Penales en el Estado de Hidalgo y otras autoridades; se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercero interesado Saúl Sánchez Agis, a quien se hace del conocimiento que en el índice de este Juzgado se encuentra radicado el juicio de amparo mencionado, en el que se señaló como acto reclamado: la orden de reaprehensión librada en la carpeta de ejecución 215/2017; resultando que asiste el carácter de tercero interesado a Saúl Sánchez Agis quien deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, sin necesidad de realizar ulterior acuerdo, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.” Atentamente Pachuca, Hidalgo, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Ana Elvia Pérez Zamudio Rúbrica. (R.- 573415) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de México Naucalpan de Juárez Diario Oficial EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez. A: treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. En el juicio de amparo 174/2023-V-B, promovido por Fernando Schwart Ruiz, se ordenó emplazar a la tercera interesada Flor Lucero Rebollar Arriola, representante del menor de identidad reservada con iniciales I.F.S.R, para que si a su interés conviene, comparezca a ejercer los derechos que le correspondan en el juicio de amparo citado, en el que se señaló como acto reclamado la resolución de veinte de enero de dos mil veintitrés, dictada en el toca de apelación 745/2022 del índice del Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Tlalnepantla, Estado de México. Se le hace de conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra fijada para las nueve horas con cincuenta minutos del tres de febrero de dos mil veintiséis, la cual se diferirá hasta en tanto el expediente esté debidamente integrado. Teniendo 30 días hábiles para comparecer a partir de la última publicación. Queda a su disposición copia de la demanda. El Secretario Giovanni Rodríguez Martínez Rúbrica. (R.- 573418) 196 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo EDICTO. Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Liliana Verónica Macías Martínez en el juicio de amparo número 299/2025-V-B, promovido por Carlos Alejandro Pérez García, José Inés Hernández Vargas, Jarol Fernando Moreno Altamirano, Juan Manuel Cruz Soto e Iván Oswaldo Ramírez Loza, contra actos de la Jueza Penal de Control adscrita al Primer Circuito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo, y otra autoridad., se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo a la tercera interesada Liliana Verónica Macías Martínez. Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, y se le hace del conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito, y se pública en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, y que si pasado ese término de treinta días no comparece, se seguirá el juicio 299/2025-V-B. Atentamente Pachuca de Soto, Hidalgo, treinta de diciembre de dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Allan González Hernández Rúbrica. (R.- 573420) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito Pachuca, Hgo. EDICTO TERCERAS INTERESADAS: ADRIANA AGUILAR MARTÍNEZ Y LILIA VANNESA CORONA MARTÍNEZ. En el lugar en que se encuentre, hago de su conocimiento lo siguiente: En acatamiento al acuerdo de quince de diciembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo directo penal 584/2025, del índice de este Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, en el Estado de Hidalgo, promovido por Julia Arteaga Sánchez, contra actos de la Sala Colegiada del Sistema Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, que se hace consistir en la resolución de trece de diciembre de dos mil veintitrés, dictada en el toca penal 179/2023; juicio de amparo en el cual fueron señaladas como terceras interesadas y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio actual, a fin de que se encuentren en aptitud de comparecer al juicio de amparo directo referido, a efecto de que se apersonen al mismo y además señalen domicilio dentro de la residencia de este órgano colegiado; apercibidas que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal colegiado, en el entendido que se dejan a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo, en la secretaría de este órgano jurisdiccional. Se hace de su conocimiento que deben presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación. Pachuca de Soto, Hidalgo, cinco de enero dos mil veintiséis. Secretario de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito Fernando Pérez Ortega Rúbrica. (R.- 573430) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco Puente Grande, Jal. EDICTO Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Puente Grande, Jal. En acatamiento al acuerdo de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, del juicio de amparo 326/2024-IV del índice del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, promovido por Thomas Benito Mercado Valencia, contra actos del Agente del Ministerio Público adscrito a la Agencia 04 de la Unidad de Investigación contra Robo de Vehículos de la Fiscalía Ejecutiva de Investigación Criminal del Estado de Jalisco y otras autoridades, de quienes reclamó la negativa de la devolución del vehículo marca Ford, tipo Focus Europa, modelo 2011, color blanco nieve, número de serie WF0AP3XH3B1130054, motor hecho en España, placas XWW123-A, del estado de Tlaxcala, decretado en la carpeta de investigación 40412/2023. Juicio de amparo en el cual José Salas Aguiñaga, fue señalado como tercero interesado y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 30, fracción II de la Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 197 Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, a efecto de que se apersone al mismo y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado; hágase del conocimiento que se fijaron las doce horas con treinta y cuatro minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiséis, para la audiencia constitucional. Se le informa que debe presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación. Atentamente Puente Grande, Jalisco, 04 de febrero de 2026. Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco Lic. José García Franco Rúbrica. (R.- 573182) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero, con sede en Acapulco EDICTO CITACIÓN PARA LA PERSONA INTERESADA -JURÍDICAMENTE-. Acapulco de Juárez, Guerrero, a once de febrero de dos mil veintiséis, en cumplimiento a lo ordenado el día de la fecha, en los autos de la declaratoria de abandono 19/2025, la Agente del Ministerio Público Federal, en relación a la carpeta de investigación FED/GRO/IGUA/0000463/2023, solicitó audiencia de declaratoria de abandono de un vehículo marca Chevrolet, tipo vehículo de pasajeros, modelo Chevy, color azul, con placas de circulación NRV-25-80, del Estado de México, con número de identificación vehicular 3G1SF2429XS214267, que corresponde a un vehículo de origen nacional, año modelo 1999 por lo que se señalaron las DIEZ HORAS DEL DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS, para celebrar la audiencia peticionada, la cual será presidida por el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, en la sala de audiencias de este Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero, sito en Boulevard de las Naciones número 640, colonia Granjas del Marqués, edificio C, tercer piso, código postal 39890, en esta ciudad; en el entendido que deberá comparecer identificado, por lo menos con treinta minutos de anticipación. Atentamente Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Guerrero Óscar Díaz Galindo Rúbrica. (R.- 573431) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez EDICTO: INGRID DANIELA ROQUE SÁNCHEZ (TERCERA INTERESADA) En el juicio de amparo directo 344/2024 promovido por Onésimo Blanco Vidal, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, contra el acto que reclamó a la Primera Sala Regional Colegiada en Materia Pernal, Zona 01 Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, con sede en esta ciudad; el acto reclamado es la sentencia de diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro, dictada en el toca penal 227-B-1P01/2016, en la que confirmó la sentencia emitida por el Juez de la causa penal 1411/2014, por el delito de abuso sexual; por tanto, de conformidad con el artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazarla mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado del siguiente al de la última publicación, ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos. Atentamente Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 11 de febrero de 2026. Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito María Fernanda Burguete Brindis Rúbrica. (R.- 573440) 198 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTO. JUICIO DE AMPARO 891/2024. Emplazamiento a los terceros interesados: Alberto Serrano López y Norma Gladys Estrada Novoa En el juicio de amparo 891/2024, del índice del juzgado al rubro citado, promovido por Edson Arturo Acosta Castelán, contra actos del Juez Décimo Tercero de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el que se reclama la resolución de veinticinco de junio de dos mil veinticuatro, a través de la cual, la autoridad responsable declaró infundado el recurso de revocación interpuesto en contra de la interlocutoria de quince de mayo anterior, en el expediente 117/2019. Debido a que no se pudo obtener un domicilio en donde localizar a Alberto Serrano López y Norma Gladys Estrada Novoa, por auto de quince de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazarlo por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, esto es, que entre cada una de las publicaciones mediarán seis días hábiles para que la siguiente publicación se realice el séptimo día hábil; por lo que se hace de su conocimiento que deberá presentarse a esta instancia constitucional dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación apercibido que de no hacerlo en dicho término y omita designar domicilio procesal en la jurisdicción de este juzgado, se le harán las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, por medio de lista. Atentamente Ciudad de México, quince de enero de dos mil veintiséis. La Secretaria Dalma Nayely Terrero Hernández Rúbrica. (R.- 572949) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco EDICTO En términos de los artículos 2º, 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se emplaza al tercero interesado Cristian Eduardo Quiñones Verduzco, en el juicio de amparo 1500/2024-III y su acumulado 1506/2024-III, promovido por el quejoso Jorge Azcárraga García, contra actos del Presidente de la Cuarta Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco y otras autoridades, consistentes en la orden de embargo sobre bienes de su propiedad y su correspondiente ejecución (remate, orden de adjudicación y/o, escrituración e inscripción a favor de terceros), así como el Ilegal emplazamiento en el juicio laboral 777/2022 y todo lo actuado en el mismo, por lo que se inició a trámite dicho juicio de amparo, del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco. En esa virtud y por desconocer su domicilio, se le emplaza a juicio por medio del presente edicto, a cuyo efecto la fotocopia de la demanda de amparo queda a su disposición en la secretaría y se le hace saber que: deberá presentarse ante este órgano judicial, dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, en el edificio X4, nivel 3, de la Ciudad Judicial, ubicada en Av. Periférico Poniente Manuel Gómez Morín número 7727, Fraccionamiento Cerro del Colli Cd. Judicial, municipio de Zapopan, Jalisco, a promover lo que a su interés estime pertinente. Deberá señalar domicilio en la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jalisco, para recibir notificaciones personales, apercibido de que incumplir, las ulteriores se le harán por medio de lista, que se fije en los estrados de este tribunal y, la audiencia constitucional se ha señalado para las nueve horas con cincuenta y cinco minutos del diez de marzo de dos mil veintiséis. Así lo proveyó y firma la Jueza María de los Ángeles Estrada Sedano, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, ante el secretario Víctor Francisco Chávez Romero, que autoriza y da fe. Atentamente Zapopan, Jalisco, a nueve de febrero de 2026. Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco Víctor Francisco Chávez Romero Rúbrica. (R.- 573099) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 199 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTOS. AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. Tercera Interesada (emplazamiento): María de la Luz Morales Mora. Presente: En los autos del juicio de amparo 1301/2025-V promovido por Raúl Prado Ontiveros, contra los actos que reclama del Juez Cuadragésimo Cuarto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, del Director General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México y del Actuario adscrito al Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, con residencia en Chimalhuacán, Estado de México; en auto de veintinueve de octubre de dos mil veinticinco, se admitió la demanda de amparo, y no obstante la investigación infructuosa del domicilio de la tercera interesada; en auto de tres de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó se le emplace por EDICTOS, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de este juzgado de distrito, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, y deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibida que para el caso de no hacerlo le surtirán efectos por medio de la lista que se fije en los estrados de este juzgado. Atentamente Ciudad de México, a diez de febrero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Licenciada Yuriko de los Santos Álvarez Rúbrica. (R.- 573109) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito Ciudad de México 12 EDICTO En el juicio de amparo directo D.C. 17/2026, promovido por Axel Gutiérrez Suárez, por conducto de su mandatario judicial Miguel Montes De Oca Graue, contra la sentencia definitiva de seis de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el toca 1053/2025/01, se dictó un auto que en síntesis ordena: “Ciudad de México, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. (…) con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, se ordena emplazar por medio de edictos a la parte tercera interesada Fraccionadora Cafetales, sociedad anónima de capital variable, a costa de la parte quejosa, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación nacional; (…) (…) Finalmente, en los edictos que se elaboren para emplazar a la parte tercera interesada Fraccionadora Cafetales, sociedad anónima de capital variable, hágasele saber que deberá acudir al juicio en un plazo de treinta días contados a partir del siguiente a la última publicación, una vez hecho lo anterior o transcurrido ese plazo, contará con el término de quince días para formular alegatos o presentar amparo adhesivo, ante este Tribunal Colegiado, lo anterior con fundamento en los artículos 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 181 de la Ley de Amparo. (…)” La Secretaria del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito Yazmín Giselle Osorio Lecona Rúbrica. (R.- 573241) 200 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Sección Amparo EDICTO "En el juicio de amparo 873/2025-4, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por José Eduardo Pérez Garrido, contra actos que reclama del Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado de Hidalgo; se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento de los terceros interesados 2) Odisa, Ingeniería Americana, S.A. de C.V. y 3) Odisa Concrete Equipment, S.A. de C.V., a quien se hace del conocimiento que en el índice de este Juzgado se encuentra radicado el juicio de amparo mencionado, en el que se señaló como acto reclamado: la resolución de ocho de abril de dos mil veinticinco, relativa a la aceptación de competencia dentro del expediente 499/2025; resultando que asiste el carácter de tercero interesado a 2) Odisa, Ingeniería Americana, S.A. de C.V. y 3) Odisa Concrete Equipment, S.A. de C.V., quien deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, sin necesidad de realizar ulterior acuerdo, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento." Atentamente Pachuca, Hidalgo, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Ana Elvia Pérez Zamudio Rúbrica. (R.- 573410) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo EDICTO. Juicio de Amparo 326/2025-VI-A. Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Francisco García Cruz y María Velázquez Pelayo (víctimas directas e indirectas), por si y en representación de Lizbeth García Velázquez, en el juicio de amparo número 326/2025- VI-A, promovido por Mariano Ángeles Cruz, por propio derecho, contra actos de la Sexta Sala Unitaria del Sistema Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo a los terceros interesados Francisco García Cruz y María Velázquez Pelayo (víctimas directas e indirectas), por si y en representación de Lizbeth García Velázquez. Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, para que comparezca a través de su representante legal, si a su interés conviniere, y se le hace de conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2º, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado de distrito, así como en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, y que si pasado ese plazo de treinta días no comparece, se seguirá el juicio 326/2025-VI-A. Atentamente Pachuca de Soto, Hidalgo, diecinueve de diciembre del dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Gustavo López Maldonado Rúbrica. (R.- 573424) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 201 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo EDICTO Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo. E D I C T O. Para emplazar a: Héctor Pérez H., en el juicio de amparo número 1590/2024- VII y su acumulado 1166/2025, promovido por José Vicente Elizalde Cortes, por propio derecho, contra actos de Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Hidalgo, se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo a la tercera interesada Héctor Pérez H. Queda en la Secretaría del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, copia de la demanda, para que comparezca si a sus intereses conviniere, y se le hace de conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2º, deberá presentarse al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, dentro del plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto. Asimismo, se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito, y que si pasado ese plazo de treinta días no comparece, se seguirá el juicio 1590/2024-VII y su acumulado 1166/2025. Atentamente Pachuca de Soto, Hidalgo, veinte de octubre del dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Andrés Vladimir Cantinca Hernández Rúbrica. (R.- 573427) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTOS AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTITRES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS. EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 1148/2024-VI, PROMOVIDO POR QUETZALLI QUIAHUITL HERNÁNDEZ CARRILLO, POR PROPIO DERECHO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO; CON FECHA VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO, SE DICTÓ UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR AL TERCERO INTERESADO JONATHAN MARTÍNEZ MARTÍNEZ, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, Y EN UN PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DÍAS CONTADOS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTÚE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICIÓN, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO Y DEMÁS ANEXOS EXHIBIDOS, APERCIBIDA QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARÁN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO ARTÍCULO 27, FRACCIÓN III, INCISO B) DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, POR AUTO DE VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, SE SEÑALARON LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA DIECISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACIÓN 202 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 SUCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALÓ COMO ACTO RECLAMADO: DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE DENOMINADA COMO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA PROMULGACION Y EXPEDICIÓN DE LOS ARTÍCULOS 61, 62 Y 73 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y DEL JUEZ TERCERO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, RECLAMO LOS PROVEÍDOS DE VEINTITRÉS DE AGOSTO Y NUEVE DE OCTUBRE, AMBOS DE DOS MIL VEINTICUATRO EN EL EXPEDIENTE 3153/2024. Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Lic. Jose Luis López Tlatenco Rúbrica. (R.- 573425) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en Boca del Río “2026, Año de Margarita Maza Parada” EDICTO TERCERO INTERESADO: 1. José Luis García Saldaña En los autos del juicio de amparo indirecto 1020/2025-II, del índice de este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, con sede en Boca del Río, Rosana García Saldaña, demandó el amparo y protección de la Justicia Federal contra actos de la 1. Sala Segunda Unitaria "A" en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, con sede en Xalapa y otra autoridad. De quienes reclama: la sentencia dictada en el toca 1039/2025 del orden cronológico de la Sala Unitaria "A" en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, en Xalapa, a través de la cual resolvió la apelación interpuesta por el hoy tercero interesado José Luis García Saldaña en contra de la porción emitida en la audiencia de veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, por la cual designó como albacea a la ahora quejosa Rosana García Saldaña en el expediente 726/2025 del índice del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Veracruz, Veracruz. Determinando modificar la determinación adoptada en dicha diligencia relativa a la designación de albacea. En proveído de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso b), párrafo segundo de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria -conforme al numeral 2 de la Ley de la materia-, se ordenó emplazar por este medio a la parte tercera interesada [1. José Luis García Saldaña]. A quien se le hace saber que puede apersonarse a juicio dentro del término de treinta días hábiles contado a partir del día siguiente al en que surta sus efectos la última publicación que se haga por edictos. Dejándose a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio, para los efectos legales a que haya lugar. En el entendido que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad o en la conurbada de Veracruz. Apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se realizarán por lista de acuerdos. Salvo que con posterioridad decida hacer el señalamiento respectivo para lo cual conserva expedito su derecho. Fenecido ese lapso, se citará a las partes a la celebración de la audiencia constitucional. Boca del Río, Veracruz, 04 de febrero de 2026. El Titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz Mario De la Medina Soto Firma Electrónica. El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz Juan Manuel Cárcamo Sánchez Firma Electrónica. (R.- 573557) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 203 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún Principal: 785/2025-I Fecha: 27 de febrero de 2026 EDICTO En el juicio de amparo 785/2025-I, promovido por Desarrollos Hidráulicos de Cancún, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Paul Andrew Rangel Merkley, se señaló como actos reclamados: “La falta de emplazamiento al juicio laboral 278/2017 del índice de la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje Número Uno en Benito Juárez, Quintana Roo, todo lo actuado en el referido juicio laboral, con posterioridad a su emplazamiento, incluyendo el laudo condenatorio ahí emitido, así como su ejecución entre ellos la emisión del oficio STYPS-JERNESTOCA1BJ-2122VII2025, dirigido a la institución financiera Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México y la orden de embargo y/o inmovilización de la cuenta bancaria 65504740765 de la institución financiera Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, a nombre de Desarrollos Hidráulicos de Cancún, Sociedad Anónima de Capital Variable, aquí quejosa, por la cantidad de $1,942,656.62 (Un millón novecientos cuenta y dos mil seiscientos cincuenta y seis pesos 62/100 moneda nacional), emitida en autos del juicio laboral 278/2017 del índice de la Junta Especial Número Uno en Benito Juárez, Quintana Roo.” ----------------------------------------------- En cumplimiento a lo ordenado en proveído de veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a la tercera interesada Guillermo Vidal Canul May, Cristina Guzmán Sánchez, y Nancy del Carmen Guzmán Sánchez; por medio de edictos a costa del quejoso, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el país, además de fijarse en la puerta de este órgano de control de la constitucionalidad, una copa íntegra del presente, por todo el tiempo del emplazamiento, de conformidad con el numeral 27, fracción III, Inciso b), segundo párrafo, de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley en la materia. Hágasele saber a los referidos tercero interesados, que deberán presentarse ante este juzgado dentro del término de TREINTA DÍAS hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los presentes edictos, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado, copia simple de la demanda de amparo, escrito de ampliaciones y del auto admisorio de once de agosto, dieciocho de agosto (auto de primera ampliación de demanda), cuatro de septiembre, (auto por el cual se reconoce a la parte tercera interesada), y veinticuatro de septiembre (auto admisorio de la segunda ampliación de demanda), todos de dos mil veinticinco, apercibidos que de no comparecer dentro del término señalado, las ulteriores notificaciones del presente juicio, aun las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fije en este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún. -------------------------------------------------------------------------------------- De igual forma, a fin de no incurrir en una violación a las leyes del procedimiento, conforme lo establece el artículo 117 de la Ley de Amparo, dese vista a los citados tercero interesados, con los informes justificados rendidos por las autoridades responsables, los cuales se tuvieron por recibidos con anterioridad a su emplazamiento, y con las constancias que integran el presente juicio, los cuales quedan a su disposición en la secretaría de este juzgado para que se imponga de su contenido; lo anterior para los efectos legales correspondientes. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Por último, hágasele saber a dichos tercero interesados, que la audiencia constitucional se encuentra señalada para tener verificativo a las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS [huso horario sureste] DEL VEINTITRÉS DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS.---------------------------------------------------------------------------- Atentamente Cancún, Quintana Roo, 27 de febrero de 2026. Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo Gloria Luz Reyes Rojo Rúbrica. Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo Karina Giovana Miranda Ballón Rúbrica. (R.- 573552) 204 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero Chilpancingo, Gro. EDICTO GUILLERMO SÁNCHEZ VÁLDEZ E IGNACIO CALDERÓN Y CHÁVEZ. P R E S E N T E. EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 79/2024, PROMOVIDO POR ANGELLY WENDY GONZÁLEZ FLORES, APODERADA LEGAL DE BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, CONTRA ACTOS DEL JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ABASOLO, CON SEDE EN OMETEPEC GUERRERO; LA JUEZA SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO, CON RESIDENCIA EN CHILPANCINGO, Y DOMICILIADO EN BOULEVARD VICENTE GUERRERO NO. 125, KM. 274, FRAC. LA CORTINA, C. P. 39090, ORDENÓ QUE SE PUBLICARA EL SIGUIENTE EDICTO, MISMO QUE A LA LETRA DICE: • “El once de enero de dos mil veinticuatro, ANGELLY WENDY GONZÁLEZ FLORES, con cédula profesional número seis millones novecientos cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y dos, en su carácter de mandataria general de pleitos y cobranzas de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S. A., INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, promovió juicio de amparo indirecto, solicitando el amparo y protección de la Justicia de la Unión en contra de las autoridades que señala como responsables de los actos que reclama, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 108 de la Ley de Amparo. • Señalando domicilio de su mandante y personas autorizadas para recibir notificaciones, así como la consulta vía electrónica del presente juicio en el Portal. • Asimismo, la citada apoderada legal, manifestó desconocer el domicilio de los terceros interesados GUILLERMO SANCHEZ VÁLDEZ E IGNACIO CALDERÓN Y CHAVEZ. • Señaló como autoridades responsables al JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA, DEL DISTRITO JUDICIAL DE ABASOLO OMETEPEC, GUERRERO, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE LOS BRAVO, GUERRERO, de los cuales señaló como actos reclamados los siguientes: ACTOS RECLAMADOS: “1.- El oficio 529/2023, de fecha veintidós de noviembre de dos mil veintitrés, remitido por el Juzgado Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Abasolo, derivado del juicio ejecutivo mercantil, promovido por Guillermo Sánchez Valdez, en contra de Ignacio Calderón y Chávez, bajo el expediente número C-73/2019-I, en el que hizo del conocimiento de mi mandante, que se hizo efectivo el apercibimiento decretado por auto del catorce de noviembre del año en curso, aplicándole una multa de doble pago por la cantidad de CUARENTA MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS y, se requirió de nueva cuenta a la institución para que, dentro del término de cuarenta y ocho horas, remitiera los dos cheques de caja por las cantidades de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS y VEINTE MILLONES NOVENTA Y UN MIL PESOS, que obran en la cuenta bancaria número 0551 3412 07 y el contrato de invasión 0051341207 y, en caso de no hacerlo se procedería al embargo de bienes y/o acciones de su propiedad que basten para garantizar el doble pago que le fue impuesto. 2.- El auto dictado el cinco de diciembre de dos mil veintitrés, en el expediente número C-73/2019-I, relativo al juicio ejecutivo mercantil, promovido por Guillermo Sánchez Valdez, en contra de Ignacio Calderón y Chávez, tramitado ante el Juzgado Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Abasolo Ometepec Guerrero, notificado personalmente el siete de diciembre de dos mil veintitrés. 3.- Y, todas las consecuencias que deriven de dicho acto reclamado. Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 205 Enseguida, narró los hechos y antecedentes que acontecieron, los cuales, se encuentran descritos en su escrito de demanda. Asimismo, en dicho ocurso solicitó la suspensión de oficio y de plano del acto reclamado, para posteriormente solicitar fecha y hora de audiencia constitucional. Seguidamente, la demanda de garantías, se admitió en proveído de veintidós de febrero del dos mil veinticuatro, solicitándose informe justificado a la autoridad responsable, se dio al agente del ministerio público la intervención legal que le compete. y en cumplimiento al artículo 19, del acuerdo general 76/2003, y numeral 8 ley federal de transparencia y acceso a la información gubernamental se le previno a la tercera perjudicada para que manifestara expresamente su oposición de que se publique su nombre y datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conllevaría a su aceptación y que la sentencia respectiva se publique con dichos datos. SE LES HACE SABER QUE DEBERÁN PRESENTARSE ANTE ESTE JUZGADO FEDERAL A DEDUCIR SUS DERECHOS DENTRO DE UN TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDOS QUE DE NO COMPARECER DENTRO DEL LAPSO INDICADO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, LE SURTIRÁN EFECTOS POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUEN EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO FEDERAL. Atentamente Chilpancingo, Gro., 17 de febrero de 2026. El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado Lic. Oliver Imperio Larumbe Bernal Rúbrica. (R.- 573563) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla San Andrés Cholula, Pue. EDICTO TERCERA INTERESADA Daniel Enrique Quintana Ruiz. En cumplimiento al auto de 1 de julio de 2025, dictado en el juicio 283/2025 del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por Business & Medios Sociedad Anónima de Capital Variable por conducto de su apoderado legal Alejandro Crispín Montiel Rodríguez, contra la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado y Actuario, reclamando la falta de emplazamiento y, como consecuencia todo lo actuado dentro del juicio laboral D-2/223/2019, se tuvo a Daniel Enrique Quintana Ruiz, como tercero interesado; y en términos de los artículos 27, III, b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, se le emplaza por edictos, para que si a su interés conviniere se apersone al juicio en este juzgado ubicado en Avenida Osa Menor, ochenta y dos, piso trece, ala sur, Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcáyotl, C.P. 72810, San Andrés Cholula, Puebla; dentro de 30 días, contados a partir del siguiente a la última publicación de edicto; si pasado ese plazo no comparece, las notificaciones se harán conforme del artículo 27, fracción III, b), de la Ley de Amparo; se le hace saber que se fijaron las doce horas del diez de febrero de dos mil veintiséis, para la audiencia constitucional. Queda a disposición en la Secretaría de este juzgado copia autorizada de la demanda y auto admisorio. Para su publicación por 3 veces de 7 en 7 días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República, se expide el presente, en San Andrés Cholula, Puebla, 23 de enero de 2026. Doy fe. Secretario del Juzgado Iván Armando Moreno García Rúbrica. (R.- 573569) 206 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 AVISOS GENERALES Estados Unidos Mexicanos Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno Subsecretaría Anticorrupción Coordinación General de Órganos Internos de Control Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria Área de Responsabilidades Expediente Administrativo No RES-1237/2024 NOTIFICACION POR EDICTO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 208, fracción II de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en relación con el artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, por este medio se practica la notificación por la cual se emplaza a la ciudadana CINTIA AIDÉE JAUREGUI SERRATOS, para que comparezca a las 13:30 horas, del décimo quinto (15) día hábil siguiente a aquel en que, se efectué la última publicación del presente edicto, al desahogo de la Audiencia Inicial correspondiente, que se realizará en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativo No. RES-1237/2024, ante la suscrita, en las oficinas que ocupa esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, ubicadas en Avenida Hidalgo número 77 Módulo IV, 5o. piso, Colonia Guerrero, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06300 en la Ciudad de México, para que manifieste lo que a su derecho convenga, respecto a la presuntamente falta administrativa, que se le atribuye en el desempeño de su cargo como Administrador Desconcentrado de Auditoría Fiscal adscrita a la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León 3 del Servicio de Administración Tributaria, como se detalla en el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa de fecha veinticinco (25) de julio de dos mil veinticuatro (2024), contenido en el oficio número 101-04-2024-06923, lo que podría infringir el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; asimismo, se le informa que en el momento de la audiencia, deberá ofrecer las pruebas que considere necesarias, que tiene derecho a la asistencia de un defensor y de no contar con él, le será nombrado uno de oficio por el Instituto Federal de Defensoría Pública del Consejo de la Judicatura Federal y, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de los estrados de esta Autoridad; queda a su disposición copia certificada del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, el acuerdo por el que se admite el mismo, el expediente de investigación, el oficio de emplazamiento de audiencia inicial número SABG/OICE00/AR/3449/2025 y demás constancias y pruebas ofrecidas por la autoridad investigadora; por último, se le informa que, podrá consultar el expediente de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas, en las oficinas que ocupa esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria. Ciudad de México, a 04 de marzo de 2026. La Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria Licenciada Sandra Beatriz Sepúlveda Zamudio Rúbrica. (R.- 573571) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 207 Estados Unidos Mexicanos Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno Subsecretaría Anticorrupción Coordinación General de Órganos Internos de Control Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria Área de Responsabilidades Expediente Administrativo No RES-1304/2024 NOTIFICACION POR EDICTO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 208, fracción II de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en relación con el artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, por este medio se practica la notificación por la cual se emplaza a la persona moral SE SUSTENTABLE, S.A. DE C.V., quien actuó a través de su representante legal la C. María Inés Suárez Suaste, para que comparezca a las 15:30 horas, del décimo quinto (15) día hábil siguiente a aquel en que, se efectué la última publicación del presente edicto, al desahogo de la Audiencia Inicial correspondiente, que se realizará en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativo No. RES-1304/2024, ante la suscrita, en las oficinas que ocupa esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, ubicadas en Avenida Hidalgo número 77 Módulo IV, 5o. piso, Colonia Guerrero, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06300 en la Ciudad de México, para que manifieste lo que a su derecho convenga, respecto a la presuntamente falta administrativa que se le atribuye, como se detalla en el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa de fecha veintidós (22) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), contenido en el oficio número 101-04-2024-07582, lo que podría infringir el artículo 69 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; asimismo, se le informa que en el momento de la audiencia, deberá ofrecer las pruebas que considere necesarias, que tiene derecho a la asistencia de un defensor y de no contar con él, le será nombrado uno de oficio por el Instituto Federal de Defensoría Pública del Consejo de la Judicatura Federal y, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de los estrados de esta Autoridad; queda a su disposición copia certificada del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, el acuerdo por el que se admite el mismo, el expediente de investigación, el oficio de emplazamiento de audiencia inicial número SABG/OICE00/AR/3873/2025 y demás constancias y pruebas ofrecidas por la autoridad investigadora; por último, se le informa que, podrá consultar el expediente de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas, en las oficinas que ocupa esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria. Ciudad de México, a 04 de marzo de 2026. La Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria Licenciada Sandra Beatriz Sepúlveda Zamudio Rúbrica. (R.- 573572) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Federal de Justicia Administrativa Sala Regional en Yucatán Expediente: 1540/20-16-01-8 Actora: Hydra Marine, S.A. de C.V. “EDICTO” CC. TRABAJADORES QUE LABORARON EN LA EMPRESA HYDRA MARINE, S.A. DE C.V., EN EL EJERCICIO FISCAL QUE CORRESPONDE AL PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016. En los autos del juicio contencioso administrativo federal número 1540/20-16-01-8, promovido por la actora HYDRA MARINE, S.A. DE C.V., en contra de la resolución 600-14-00-01-00-2020-01296, de 23 de septiembre de 2020, a través de la cual, la Administración Desconcentrada Jurídica de Campeche “1”, confirmó un crédito fiscal así como un reparto de utilidades por pagar, dictó acuerdo de fecha 22 de enero de 2026, ordenando emplazar a los terceros interesados al juicio citado por medio de edictos, por lo que, se les 208 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 hace saber que tienen un término de 30 días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto, para que comparezcan ante la Sala Regional en Yucatán de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ubicada en la calle 56-A Paseo de Montejo, número 483-B por calle 41, Mérida, Yucatán, justificando por derecho a intervenir en el asunto, así como también señalen correo electrónico, en caso contrario, se procederá a notificar el auto de inicio y los subsecuentes acuerdos por Boletín Jurisdiccional. Mérida, Yucatán, a 22 de enero de 2026. La Magistrada de la Segunda Ponencia Mtra. Graciela Vázquez Arellano Rúbrica. Secretario de Acuerdos Rigoberto Jesús Zapata González Rúbrica. (R.- 573232) Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a sus Ahorradores BANSEFI FID 10216 Con fundamento en los artículos 101, fracción II y 104, fracción V, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; la cláusula quinta, fracción II, inciso a) del Contrato Constitutivo; el capítulo IV del Reglamento Interior; así como lo establecido en el numeral 12 Funciones del Comité Técnico, apartado de “De las Cuotas a cargo de las Sociedades” de las Reglas de Integración y Funcionamiento del Comité Técnico; ese Órgano Colegiado celebró la octava sesión extraordinaria el 09 de diciembre del 2025, aprobó la “Metodología y bases para efectuar el cálculo de las cuotas ordinarias e intereses moratorios aplicables a las Sociedades Financieras Populares y Sociedades Financieras Comunitarias para el ejercicio 2026”; cuya autorización ha sido emitida por la Comisión Nacional Bancaria de Valores mediante el oficio 123/1103/2026 con fecha de recepción 26 de febrero de 2026, estableciéndose lo siguiente: De conformidad con la normatividad interna vigente, para la elaboración de la “Metodología y bases para efectuar el cálculo de las cuotas ordinarias e intereses moratorios aplicables a las Sociedades Financieras Populares y Sociedades Financieras Comunitarias para el ejercicio 2026”, se tomaron los siguientes criterios y referencias: I. Las sociedades financieras populares adheridas al Fondo de Protección están obligadas a pagar mensualmente las cuotas ordinarias, por un monto equivalente a la duodécima parte de 3 al millar, sobre los saldos insolutos al último día del mes que corresponda, respecto de los depósitos de dinero del mes de que se trate. II. Para cada sociedad financiera popular participante, se aplicará el factor mencionado en el numeral "I" anterior, al importe total de los depósitos que mantenga al cierre del último día de cada mes, incorporando el saldo de las cuentas de depósitos de exigibilidad inmediata, de ahorro en garantía y los depósitos a plazo. Mecanismo de cobro de cuotas: El cobro de las cuotas se realizará bajo el procedimiento siguiente: • Mecanismo de pago. - El pago se efectuará a través de depósito referenciado para cada una de las sociedades financieras populares participantes en el Fondo de Protección en la cuenta que el fiduciario mantiene en el Banco Santander bajo el número 65505224874 con el nombre “BANSEFI-FID 10216 APORTACIONES SOFIPOS”. • Fecha de pago. - Para las ordinarias deberá realizarse dentro del mes siguiente al que corresponda. • Cobro de intereses moratorios. - Será el resultado de multiplicar 2 veces la tasa anual de cetes de 28 días, que publique mensualmente el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, calculado diariamente a partir del incumplimiento, en forma mensualizada, corriendo a partir del día natural inmediato posterior al incumplimiento. Atentamente Ciudad de México a 03 de marzo del 2026. Gerente General del Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a sus Ahorradores (BANSEFI FID 10216) Lic. Enric Vidal Fritz Rúbrica. (R.- 573542) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 209 Estados Unidos Mexicanos Fiscalía General de la República Fiscalía Federal en el Estado de Oaxaca AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN CON SEDE EN EL MUNICIPIO DE MATÍAS ROMERO AVENDAÑO, ESTADO DE OAXACA Lic. Jaime Porfirio García Belio, Fiscal Federal en el Estado de Oaxaca, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 11, fracciones III y XV, y 27 de la Ley de la Fiscalía General de la República; 2° y 3°, fracción VI de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 5, fracción III, inciso g, sub-inciso xx, 7, fracción X, 8, 73 y 74 del Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República, y CONSIDERANDO Que para efecto de garantizar seguridad jurídica y brindar un servicio adecuado y correcto por parte de esta Fiscalía Federal, así como para todos los efectos legales y administrativos procedentes, es necesario hacer del conocimiento de la ciudadanía la nueva ubicación de las oficinas de la agencia del Ministerio Público que se señala, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO ÚNICO. La agencia del Ministerio Público de la Federación, con sede en el municipio de Matías Romero Avendaño, Oaxaca, perteneciente a esta Fiscalía Federal, a partir del 30 de enero de 2026 tiene su nuevo domicilio en la siguiente dirección: Carretera Transístmica, kilómetro 196, Colonia Guadalupe, C.P. 70307, Matías Romero Avendaño, Oaxaca. Lo anterior, a efecto de que la correspondencia, trámites, diligencias, notificaciones, citaciones y demás asuntos competencia de la Agencia referida se envíen y realicen en el domicilio antes mencionado. Publíquese el presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación. San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, a 17 de febrero de 2026. Fiscal Federal en el Estado de Oaxaca Lic. Jaime Porfirio García Belio Rúbrica. (R.- 573556) Comisión Federal de Electricidad Distribución División Baja California CONVOCATORIA LICITACIÓN PÚBLICA No. LPDBCA-0126 La Comisión Federal de Electricidad a través de Distribución División Baja California, en cumplimiento al Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad y las Políticas que Regulan la Disposición y Enajenación de los Bienes Muebles de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Filiales, convoca a las personas físicas y morales, a participar el día 26 de marzo de 2026 en la Licitación Pública No. LPDBCA-0126 para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican: Lote No. Cantidad, unidad de medida y Descripción Valor mínimo para venta $ (sin IVA) Depósito en garantía $ (sin IVA) 1 al 3 1,706,368.76 kilogramos – piezas – litros de diversos bienes muebles no útiles, correspondientes a: aceite quemado, cable cobre y forro de plástico autosoportado, cable cobre paralelo con forro, cable aluminio (AAC), cable aluminio (ACSR), desecho ferroso de segunda, desecho ferroso vehicular, medidores de energía eléctrica, postes de madera, postes de concreto, transformadores de distribución y potencia sin aceite, etc. (ANEXO 1). $5,311,289.20 $531,128.92 210 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Los bienes se localizan en diversos almacenes cuyas cantidades se detallan en el “ANEXO 1” y los domicilios en “ANEXO 2” de las Bases de la Licitación Pública. Los interesados podrán consultar y adquirir las Bases de la Licitación Pública del 09 de marzo 2026 al 25 de marzo 2026 en días hábiles, consultando la página electrónica de CFE: https://www.cfe.mx/concursoscontratos/ventabienes/pages/muebles.aspx y realizando el pago de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.) más IVA, mediante transferencia electrónica interbancaria a nombre de Comisión Federal de Electricidad; solicitando a los siguientes correos electrónicos angel.cordoba@cfe.mx, alejandra.cienfuegos@cfe.mx, bianca.bernal@cfe.mx y victor.sarabia@cfe.mx, referencia bancaria para realizar su pago, en horario local de 09:00 a 14:00 horas; previo a realizar el pago de las Bases deberá consultar la Lista de Licitantes Sancionados, disponible en la página electrónica de CFE: https://www.cfe.mx/concursoscontratos/ventabienes/pages/bienesmuebles.aspx, y una vez efectuado el pago enviar copia clara del comprobante de pago al Departamento Divisional de Almacenes, al correo victor.sarabia@cfe.mx, con copia a damaso.langarica@cfe.mx, bianca.bernal@cfe.mx, silenia.gutierrez@cfe.mx, agregando los datos del comprador correspondiente a: nombre, domicilio fiscal, teléfono y correo electrónico, folio de comprador de CFE (en su caso), anexando copia de Constancia de Situación Fiscal SAT, con fecha de expedición no mayor a un mes y copia de Identificación Oficial vigente (INE o Pasaporte), confirmando su recepción al teléfono 686-905-5024, ext. 16440, en horario local de 09:00 a 14:00 horas o acudir a las oficinas del Departamento de Almacenes con dirección en Boulevard Benito Juárez y Lázaro Cárdenas No. 2098, Colonia Residencias, C.P. 2180, Mexicali, Baja California, en horario local de 09:00 a 14:00 horas y presentar la misma documentación descrita para la opción por correo electrónico. En caso de que el interesado efectúe el pago de las Bases incompleto, fuera del periodo establecido para tal efecto o se encuentre en la Lista de Licitantes Sancionados para Participar en Procedimientos de Venta de Bienes, el importe respectivo no será reembolsado y no podrá participar en la Licitación Pública. La factura por el pago de las Bases será enviada al correo electrónico en el que se recibió su comprobante de pago. Las personas que hayan adquirido las Bases podrán realizar la inspección física de los bienes acudiendo a los lugares donde se localizan del 09 de marzo 2026 al 25 de marzo 2026 en días hábiles, en horario local de 09:00 a 14:00 horas, previa cita concertada. El Registro de Participantes y Recepción de la Documentación establecida en las Bases para participar en la Licitación Pública se efectuará el día 26 de marzo de 2026, en horario local de 09:30 a 10:00 horas, en el Aula “A” de la División de Distribución Baja California, con domicilio en Boulevard Benito Juárez y Lázaro Cárdenas No. 2098, Colonia Residencias, C.P. 2180, Mexicali, Baja California y de no presentar en este horario la documentación solicitada, ésta no se recibirá en horario distinto, en virtud de que al concluir el horario citado se iniciará la revisión de la misma en presencia del interesado. Los depósitos en garantía del sostenimiento de ofertas se constituirán mediante cheques de caja, expedidos por Institución de Banca y Crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por el importe establecido para cada uno de los lotes de bienes que se licitan (uno o varios cheques). El Acto de Presentación y Apertura de Ofertas será el día 26 de marzo de 2026, a las 12:00 horas, horario local o al concluir la revisión de documentos, en el Aula “A” de la División de Distribución Baja California, en el domicilio antes citado, en el entendido de que los interesados deberán cumplir con lo establecido en las Bases respectivas y en caso contrario no podrán participar en el Evento. El Acto de Fallo correspondiente se efectuará el día 26 de marzo de 2026, al término del Acto de Apertura de Ofertas, en la Sala antes citada. De no lograrse la venta de los bienes, una vez emitido el Fallo de la Licitación Pública, se procederá a la Subasta Ascendente de los lotes que resulten desiertos, en el mismo lugar y fecha, siendo postura legal la que cubra al menos el valor convocado de los bienes que se licitan. El retiro de los bienes se realizará en un plazo máximo de 40 días hábiles conforme a lo establecido en las Bases de la Licitación Pública. Atentamente Mexicali, Baja California a 09 de marzo de 2026. Responsable de la Gerencia Divisional de Distribución Baja California Ing. Gerardo Óscar Santiago Ruiz Rúbrica. (R.- 573511) Martes 10 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 211 Gobierno del Estado de México Secretaría de Salud Instituto de Salud del Estado de México OCTAVIO LÓPEZ ZAMITIZ, COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 28, 29, 30, 31 Y 32 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO; 1 FRACCIÓN V Y DEMÁS APLICABLES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 45 Y 47 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y 1, 29 Y 30 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO. C O N S I D E R A N DO Que la Coordinación de Administración y Finanzas, tiene entre sus funciones la de adquirir bienes y/o contratar servicios, de cualquier naturaleza en el ámbito de su competencia que requieran las diferentes Unidades Administrativas y Médicas del Instituto de Salud del Estado de México, con cargo total o parcial a recursos federales derivados de los convenios que se celebren con el Ejecutivo Federal. Que con el propósito de llevar a cabo los procedimientos adquisitivos de bienes y/o contratación de servicios con cargo a recursos federales competencia de la Coordinación de Administración y Finanzas; resulta necesario habilitar días y horas inhábiles, a fin de sustanciar dichos procedimientos dentro de los plazos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Por lo anterior, y en términos del artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, establece que los sábados y domingos y aquellos que se señalen en el calendario correspondiente, son días no laborables, en los cuales no se podrán realizar promociones y actuaciones, salvo que las autoridades administrativas ejerciten su facultad para habilitarlos, con el propósito, en este caso, de llevar a cabo la sustanciación de los procedimientos para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios hasta la suscripción de los contratos, así como para la formalización de los convenios modificatorios de adquisición de bienes y/o contratación de servicios por parte de las diversas áreas del Instituto de Salud del Estado de México; de igual manera, para la recepción de los bienes y/o servicios en los almacenes y en las unidades médicas y administrativas del Instituto de Salud del Estado de México. Por lo anterior expuesto, y con fundamento en las disposiciones legales invocadas he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN LOS DÍAS Y HORAS INHÁBILES COMPRENDIDOS DEL 07 DE MARZO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026, EN UN HORARIO DE 09:00 A 18:00 HORAS, PARA QUE LA COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y EL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, LLEVEN A CABO LA SUSTANCIACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, HASTA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONTRATOS, ASÍ COMO PARA LA FORMALIZACIÓN DE LOS CONVENIOS MODIFICATORIOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PARTE DE LAS DIVERSAS ÁREAS DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO; DE IGUAL MANERA, PARA LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS EN LOS ALMACENES Y UNIDADES MÉDICAS Y ADMINISTRATIVAS DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO, CON BASE EN LO SIGUIENTE: PRIMERO. - Se habilitan los días y horas inhábiles comprendidos del 07 de marzo al 31 de diciembre de 2026, en un horario de 09:00 a 18:00 horas, para que la Coordinación de Administración y Finanzas y el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto de Salud del Estado de México, lleven a cabo la sustanciación de los procedimientos para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios, hasta la suscripción de los contratos, así como para la formalización de los convenios modificatorios de adquisición de bienes y/o contratación de servicios por parte de las diversas áreas del Instituto de Salud del Estado de México; de igual manera, para la recepción de los bienes y/o servicios en los almacenes y unidades médicas y administrativas del Instituto de Salud del Estado de México, conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. SEGUNDO. - Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación. TERCERO. - El presente acuerdo surtirá sus efectos en los días habilitados los cuales se señalan en el punto primero. Dado en la Ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México a los cuatro días del mes de marzo de dos mil veintiséis. Coordinador de Administración y Finanzas Octavio López Zamitiz Rúbrica. (R.- 573558) DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 212 Auditoría Superior de la Federación Cámara de Diputados Unidad de Asuntos Jurídicos Dirección General de Substanciación “A” NOTIFICACIÓN POR EDICTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA AUDIENCIA INICIAL ALFONSO JAVIER ARREDONDO HUERTA, Director de Substanciación “A.1” de la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 79, 108 y 109, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, fracción III, 112, 113, 193, fracciones I, II y III, 194, 198, y 209, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118; en cumplimiento a los acuerdos del veintiuno, veintidós, veintisiete y veintinueve de enero de dos mil veintiséis, mediante los cuales se ordenó el emplazamiento por medio de edictos, en atención a que no fue posible la localización de los presuntos responsables en los domicilios proporcionados para tal efecto, sin que se cuente con mayores datos no obstante que se agotaron las diligencias necesarias para su localización; en razón de lo anterior, se les notifica el emplazamiento al Procedimiento de Responsabilidad Administrativa, iniciado en su contra por la Dirección General de Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación, por las infracciones que les imputa la hoy Dirección General de Investigación y Responsabilidades “A” de la Auditoría Superior de la Federación respecto de las faltas administrativas graves y los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves, que se encuentran descritas en los Informes de Presunta Responsabilidad Administrativa, por lo que, se les cita para que comparezcan personalmente o por conducto de su representante o apoderado legal, quien deberá acreditar su personalidad, ante el suscrito Director de Substanciación “A.1”, en la celebración de la audiencia inicial en la fecha y horario siguiente: PRESUNTO RESPONSABLE PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA FALTA ADMINISTRATIVA GRAVE Y/O ACTOS DE PARTICULARES VINCULADOS CON FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES FECHA HORA Daniel Armando Arias Soto, Director Administrativo del Colegio de Bachilleres de Tabasco DGSUB"A"/A.1/1964/10/2025 Abuso de funciones, prevista en el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas 29 de abril de 2026 09:00 Omar Rodríguez Aparicio, en su carácter de Gerente de Operación del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares DGSUB"A"/A.1/2026/11/2025 Abuso de funciones, prevista en el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas 29 de abril de 2026 10:00 Jesús García Torres en su carácter de Residente de Obra del Contrato Plurianual de Prestación de Servicios número AD-SRO-CONV-DCT-SPL-029-18 DGSUB"A"/A.1/2065/11/2025 Abuso de funciones, prevista en el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas 29 de abril de 2026 11:00 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 213 Humberto Pérez Piedra, en su carácter de Residente de Obra del Contrato Plurianual de Prestación de Servicios número AD-SRO-CONV-DCT-SPL-001-18 DGSUB"A"/A.1/2065/11/2025 Abuso de funciones, prevista en el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas 29 de abril de 2026 12:00 Miguel Ángel Stivalet Juárez, en su carácter de Residente de Obra del Contrato Plurianual de Prestación de Servicios número AD-SRO-CONV-DCAGI-SC-009-16 DGSUB"A"/A.1/2065/11/2025 Abuso de funciones, prevista en el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas 29 de abril de 2026 13:00 Jorge Alberto Juárez Domínguez, en su carácter de Coordinador de Control Financiero de la Subsecretaría de Egresos, Contabilidad y Tesorería de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Oaxaca DGSUB"A"/A.1/2112/12/2025 Abuso de funciones, prevista en el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas 29 de abril de 2026 14:00 Las citadas audiencias se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio “A” situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, para que rindan su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias para su defensa. Asimismo, se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse personalmente o ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor les será nombrado uno de oficio cuando así lo soliciten y, en el caso de las personas morales, cuando su representante tenga la facultad de delegar dicha representación. En virtud de lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 193 fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se ponen a su disposición, las copias certificadas del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, que contiene los elementos que establece el artículo 194 de dicho ordenamiento; así como del Acuerdo por el que se admite y de las constancias del Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa integrado por la hoy Dirección General de Investigación y Responsabilidades “A” de la Auditoría Superior de la Federación, de los procedimientos de mérito, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se les hace saber que en su audiencia inicial deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, apercibidos que de no hacerlo, las que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación. Si, pasado el término referido anteriormente, no comparecen a la audiencia inicial, por sí o por la persona que legalmente lo represente, se seguirá el procedimiento sin su comparecencia, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, que también se fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación, y que contendrán, en síntesis, la determinación que han de notificarse. Ciudad de México, a treinta de enero de dos mil veintiséis. El Director de Substanciación “A.1”, Dr. Alfonso Javier Arredondo Huerta.- Rúbrica. (R.- 572855) 214 DIARIO OFICIAL Martes 10 de marzo de 2026 Diario Oficial de la Federación Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Directorio Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos Claudia Sheinbaum Pardo Secretaria de Gobernación Rosa Icela Rodríguez Velázquez Subsecretario de Gobernación César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera Titular de la Unidad de Gobierno Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara Coordinador del Diario Oficial de la Federación Alejandro López González Cuotas por derecho de publicación: Oficinas ubicadas en: Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México. Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios. Página web: www.dof.gob.mx Esta edición consta de 214 páginas 1/8 de plana.................. $ 2,843.00 4/8 plana ...................... $ 11,372.00 1 plana ......................... $ 22,744.00