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Análisis del DOF · 6 de marzo de 2026

Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 055/2026, Ciudad de México, viernes 6 de marzo de 2026 (Edición Matutina)

Tipo de documento: Edición del Diario Oficial de la Federación (compilación de Acuerdos, Oficios, Resoluciones, Circulares, Convenios, Avisos y Sentencia)

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Estadísticas

0 Hallazgos
0 Categorías de riesgo
0 Vacíos regulatorios
0 Menciones explícitas de IA
0 Menciones implícitas de IA

Metadatos

Fecha de publicación
6 de marzo de 2026
Dependencia emisora
Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Secretaría de Economía; Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Secretaría de Cultura (INDAUTOR); Secretaría de las Mujeres; Instituto Mexicano del Seguro Social; Banco de México; Instituto Nacional Electoral; Tribunal Federal de Justicia Administrativa; Tribunal Superior Agrario
Sector
Multisectorial (Fiscal/Combustibles, Comercio Exterior/Antidumping, Anticorrupción/Contrataciones Públicas, Trabajo/Empleo, Cultura/Derecho de Autor, Igualdad de Género, Seguridad Social, Banca Central, Electoral/TIC, Justicia Administrativa, Agrario)
Ámbito de aplicación
Federal
Severidad máxima
Ninguno
Veredicto de revisión
bueno

Síntesis ejecutiva

Esta edición del Diario Oficial de la Federación del 6 de marzo de 2026 es una compilación administrativa de rutina que reúne instrumentos de varias dependencias: tres Acuerdos de la SHCP sobre porcentajes y montos de estímulos fiscales al IEPS de combustibles (incluyendo regiones fronterizas), dos Oficios del SAT que comunican listados de contribuyentes en el contexto del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; una Resolución final de la Secretaría de Economía que prorroga por cinco años la cuota compensatoria antidumping a las ollas de presión de aluminio originarias de China; una Circular de inhabilitación de un proveedor; una modificación a las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo (tablas presupuestales); un Acuerdo de la Secretaría de Cultura (INDAUTOR) que suspende el sistema informático INDARELIN y habilita la atención por correo electrónico; cuatro Convenios de colaboración de la Secretaría de las Mujeres con entidades federativas; un aviso de suplencia del IMSS; tipos de cambio y tasas del Banco de México; dos extractos de Acuerdos del INE que actualizan manuales de procesos de gobierno y gestión de TIC; designaciones, adscripciones y suplencias del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; una sentencia del Tribunal Superior Agrario sobre restitución de tierras comunales; y la sección de Avisos judiciales y generales (edictos). Tras la lectura íntegra del documento (11,366 líneas), no se identificó ninguna mención explícita ni aplicación implícita de inteligencia artificial, aprendizaje automático, sistemas algorítmicos de decisión, perfilamiento, reconocimiento biométrico, vigilancia masiva, contenido sintético, ni automatización de decisiones sobre personas. Los componentes tecnológicos presentes son de naturaleza puramente administrativa y de digitalización básica, sin capacidad de inferencia ni de toma de decisiones automatizada: el sistema INDARELIN del INDAUTOR es una ventanilla en línea de captura de trámites que, además, se está suspendiendo para volver al correo electrónico; la plataforma Compras MX (antes CompraNet) opera como un directorio de proveedores sancionados; los manuales de Gobierno y Gestión de TIC del INE son instrumentos genéricos de gestión por procesos sin referencia a algoritmos o analítica avanzada; y las consultas a registros públicos (PHINA del Registro Agrario Nacional, Balanza Comercial, bases de la ANAM) son cruces y consultas documentales tradicionales. En consecuencia, no existen riesgos regulatorios de IA ni gaps regulatorios de IA significativos derivados de esta edición. El documento se cataloga con nivel de riesgo 'Ninguno'. Se recomienda únicamente monitoreo pasivo: si en el futuro la digitalización de trámites del INDAUTOR, la plataforma de contrataciones Compras MX o los modelos de gobierno de TIC del INE incorporaran componentes de analítica automatizada, detección de patrones o decisiones algorítmicas, ello debería ser objeto de un análisis específico de riesgos de IA.

Contexto mexicano

Consideraciones especiales

  • Aunque esta edición no presenta riesgos de IA, varias dependencias citadas (SAT, INE, INDAUTOR, Secretaría Anticorrupción) operan sistemas de información y plataformas digitales (Buzón Tributario, Compras MX/CompraNet, INDARELIN, modelos de gobierno de TIC) que constituyen la infraestructura sobre la cual, en futuras disposiciones, podría incorporarse analítica avanzada o IA; conviene vigilar esa evolución dado el limitado marco regulatorio mexicano de protección de datos y decisiones automatizadas.
  • El procedimiento del artículo 69-B del CFF (listados de empresas con operaciones presuntamente inexistentes) es un dominio donde, a futuro, el SAT podría aplicar detección automatizada de patrones; en esta edición, sin embargo, las determinaciones son resultado de procedimientos administrativos y resoluciones jurisdiccionales individualizadas, sin evidencia de automatización algorítmica.
  • La suspensión del sistema INDARELIN y el retorno temporal al correo electrónico refleja la fragilidad de la infraestructura digital gubernamental en México, lo que es relevante para cualquier estrategia futura de automatización de servicios públicos.

Capacidad de implementación

No aplica para riesgos de IA en esta edición, al no haberse identificado hallazgos. En términos generales, la capacidad institucional mexicana para supervisar sistemas algorítmicos es incipiente; las dependencias presentes en este DOF (SAT, INE, INDAUTOR, IMSS) carecen de marcos específicos de auditoría algorítmica, lo que sería relevante únicamente si en el futuro estos sistemas incorporaran IA.

Precedentes relevantes

  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (aplicable a los registros y plataformas digitales mencionados).
  • Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento (marco de los trámites del INDAUTOR/sistema INDARELIN).
  • Código Fiscal de la Federación, artículo 69-B (procedimiento de presunción de inexistencia de operaciones).
  • Ley de Comercio Exterior y Acuerdo Antidumping de la OMC (marco de la resolución de cuota compensatoria de la Secretaría de Economía).

Hallazgos

Este documento no presenta hallazgos de IA.