Texto original
Diario Oficial de la Federación, edición matutina del jueves 5 de marzo de 2026 (No. de publicación 054/2026)
5 de marzo de 2026 · Poder Ejecutivo Federal (Secretaría de Economía/CENAM, Secretaría de Salud, Secretaría de Turismo/FONATUR, Secretaría de las Mujeres, IMPI, Sistema Nacional DIF) y Organismos Autónomos (Banco de México, Tribunal Federal de Justicia Administrativa)
Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.
No. de publicación: 054/2026
Ciudad de México, jueves 5 de marzo de 2026
CONTENIDO
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Secretaría de Turismo
Secretaría de las Mujeres
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
Banco de México
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
2
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
INDICE
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE ECONOMIA
Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación, digitalización y mejora
administrativa para trámites y servicios que se realizan ante el Centro Nacional de Metrología. ....
4
SECRETARIA DE SALUD
Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de
transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar
acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de Quintana Roo. .................................................................................................
10
Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de
transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar
acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de San Luis Potosí. ..............................................................................................
26
SECRETARIA DE TURISMO
Programa Institucional 2026-2030 del Fondo Nacional de Fomento al Turismo. .............................
42
SECRETARIA DE LAS MUJERES
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto
Estatal de las Mujeres del Estado de Durango, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Fortalecimiento del Apoyo Integral
a las Mujeres en Durango. ...............................................................................................................
68
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría
de la Mujer del Estado de Guerrero, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva
de las mujeres, a través del Proyecto denominado Transformando el Futuro de Guerrero, por el
Derecho de las Mujeres para Vivir en Igualdad y Libres de Violencia. .............................................
74
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría
de las Mujeres del Estado de Nuevo León, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Ruta Violeta Nuevo León. ...............
80
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría
de las Mujeres del Estado de Oaxaca, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva
de las mujeres, a través del Proyecto denominado Mujeres Oaxaqueñas Tejiendo Bienestar. .......
85
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Publicación de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación
Geográfica “Árbol de la Vida de Metepec”. .......................................................................................
91
Publicación de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación
Geográfica “Vino de Agave Monteleón de Nuevo León”. .................................................................
92
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
3
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante el
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. .............................................................
94
Acuerdo por el que la persona titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes delega indistintamente en las personas titulares de la Dirección General de
Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la
Dirección de Medidas de Protección las facultades que se indican. ................................................
99
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
102
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
102
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
102
Equivalencia de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América,
correspondiente al mes de febrero de 2026. ....................................................................................
103
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Acuerdo SRGII/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales
en la Sala Regional en Guanajuato II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de
fuerza mayor. ....................................................................................................................................
106
Acuerdo SRHGO/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades
jurisdiccionales en la Sala Regional en Hidalgo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por
causa de fuerza mayor. ....................................................................................................................
106
Acuerdo SRQ/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales y
plazo en la Sala Regional en Querétaro por causas de fuerza mayor. .............................................
107
Acuerdo SRQA/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales
y plazos en la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar por causas de fuerza mayor. ...................
108
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS,
OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................
109
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
156
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
4
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE ECONOMIA
ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación, digitalización y mejora administrativa para
trámites y servicios que se realizan ante el Centro Nacional de Metrología.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.-
Centro Nacional de Metrología.
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN, DIGITALIZACIÓN Y MEJORA
ADMINISTRATIVA PARA TRÁMITES Y SERVICIOS QUE SE REALIZAN ANTE EL CENTRO NACIONAL DE
METROLOGÍA.
M. en C. Arquímedes Ruiz Orozco, Director General del Centro Nacional de Metrología, con fundamento
en lo dispuesto por el artículo 25, párrafo último de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
los artículos 104, 105, 109 y 111 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 4 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo; 1, 2, 14, 17, 22 fracción I y 59 fracciones I, V, VIII, IX, XII y XIV de la Ley
Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 5, 6 fracción III, 8, 9, fracción XII, 10 fracciones III, V, IX, X y XIV,
19, 20, fracción IV, 24, 51, 74 y 75 de la Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos.
CONSIDERANDO
Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
establece que a fin de contribuir al desarrollo y bienestar de las personas, grupos, comunidades y sectores
sociales y económicos, las autoridades de todos los órdenes de gobierno deberán implementar políticas
públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias,
desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que establezca la ley
nacional en la materia.
Que el Centro Nacional de Metrología (CENAM), de conformidad con el artículo 104 de la Ley de
Infraestructura de la Calidad, es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio,
sectorizado a la Secretaría de Economía, líder en la ciencia de las mediciones, con el objetivo de llevar a cabo
investigación científica y desarrollo tecnológico en metrología y sus aplicaciones, para contribuir al bienestar
de la sociedad y al desarrollo económico incluyente y en el artículo 105, expresamente se le confieren las
atribuciones como la de fungir como Instituto Nacional de Metrología y coordinador del sistema de metrología,
en conjunto con la Secretaría de Economía.
Que el CENAM, ofrece soluciones innovadoras y servicios basados en el conocimiento científico y el
desarrollo tecnológico que inciden positivamente en el comercio, la competitividad industrial, la calidad de vida
y el bienestar de la población, con equidad y transparencia.
Que el artículo 6 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, establece que las dependencias,
órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal
y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deben reducir al mínimo las gestiones burocráticas para
la prestación de trámites y servicios, buscando que las regulaciones que expidan para estos efectos generen
el mayor beneficio posible para las personas, con apego a los principios de certeza jurídica, confianza
ciudadana, proporcionalidad, publicidad y transparencia, entre otros.
Que de conformidad con los artículos 8 y 10 fracción IX de la Ley Nacional para Eliminar Trámites
Burocráticos, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es la Autoridad Nacional de
Simplificación y Digitalización, y tiene entre otras, la atribución de realizar propuestas de simplificación y
digitalización de Trámites y Servicios a los Sujetos Obligados; así como coordinar y supervisar su
implementación.
Que para facilitar el acceso y la obtención de trámites y servicios, las dependencias, órganos
administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, no solicitarán documentos
que ellas mismas expidan; asumirán la mayor carga regulatoria; no solicitarán copias simples para la gestión
de trámites o servicios; eliminarán requisitos innecesarios; reducirán los plazos de respuesta de los trámites o
servicios; sustituirán permisos por avisos, cuando proceda; se fusionarán los trámites que guarden relación
entre ellos y se crearán flujos simultáneos que faciliten y generen el menor de los procesos para las personas
usuarias, con apego a los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, proporcionalidad, publicidad y
transparencia, entre otros.
Que son objetivos de la política de simplificación administrativa, modernizar los trámites y servicios,
mismos que podrán ser simplificados mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión
correspondiente y en observancia al artículo 24 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos la
simplificación podrá ser conforme a la habilitación de herramientas electrónicas para la presentación de
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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trámites y servicios, el establecimiento de plazos de respuesta menores a los máximos previstos, extender la
vigencia de las resoluciones otorgadas por los sujetos obligados, eliminar requisitos y costos burocráticos de
cualquier tipo e Implementar cualquier otra acción de mejora, simplificación y digitalización de los trámites y
servicios de su competencia.
Por lo anterior, y con la finalidad de implementar las acciones de simplificación establecidas en la Ley
Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos y con base en las atribuciones conferidas por el marco
normativo referido, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN, DIGITALIZACIÓN
Y MEJORA ADMINISTRATIVA PARA TRÁMITES Y SERVICIOS QUE SE REALIZAN
ANTE EL CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA
ARTÍCULO PRIMERO. - Se actualiza la denominación de los siguientes trámites:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Nombre actualizado
1
CENAM-00-013
Solicitud de cotización para cursos
empresariales
Cotización para cursos empresariales
2
CENAM-00-002
Solicitud de cotización para asesorías
en metrología
Cotización para asesorías en metrología
3
CENAM-00-007
Solicitud de cotización para estadía y
entrenamiento en metrología
Cotización para estadía y entrenamiento
en metrología
4
CENAM-00-003
Solicitud de cotización para el programa
de materiales de referencia trazables
certificados
Cotización
para
el
programa
de
materiales
de
referencia
trazables
certificados
5
CENAM-00-010
Solicitud de cotización para análisis de
alta confiabilidad
Cotización
para
análisis
de
alta
confiabilidad
6
CENAM-00-011
Solicitud de cotización para evaluación
técnica de laboratorio
Cotización para evaluación técnica de
laboratorio
7
CENAM-00-001
Solicitud de cotización para calibración
de instrumento y patrones de medición
Cotización
para
calibración
de
instrumento y patrones de medición
8
CENAM-2020-013-002-A
Aprobación de modelo de instrumento
de medición sujetos a Normas Oficiales
Mexicanas de metrología legal
Cotización de aprobación de modelo de
instrumento de medición sujetos a
Normas
Oficiales
Mexicanas
de
Metrología legal.
9
CENAM-2020-013-003-A
Autorización de trazabilidad de las
mediciones
hacia
patrones
internacionales o extranjeros de medida.
Cotización
de
Autorización
de
trazabilidad de las mediciones hacia
patrones internacionales o extranjeros
de medida.
10
CENAM-00-004
Venta de materiales de referencia
certificados en línea
Cotización para venta de materiales de
referencia certificados en línea
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se suprime la obligación de presentar los requisitos de los trámites que se
enlistan a continuación, no obstante, la información indispensable antes referida, será requisitada en los
formularios electrónicos correspondientes.
No
Homoclave del
trámite
Nombre
Se implementan las
siguientes acciones de
simplificación
Requisitos obligatorios después de
la mejora implementada
1
CENAM-00-013
Cotización para cursos
empresariales
1. Datos del Solicitante:
Se requiere correo electrónico
del solicitante, los datos del
nombre
y
teléfono
son
opcionales.
2.
Dirección
donde
se
realizará el servicio.
3. Datos del servicio:
Curso o temas de interés,
objetivo, nivel académico de
los participantes y número de
asistentes.
1.
Formulario.
6
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
2
CENAM-00-002
Cotización
para
asesorías en metrología
1. Datos del Solicitante:
Nombre, correo electrónico y
teléfono del solicitante.
2. Datos del servicio.
1.
Formulario.
3
CENAM-00-007
Cotización para estadía
y
entrenamiento
en
metrología
1. Datos del Solicitante:
Nombre, teléfono y correo
electrónico del solicitante.
2. Descripción del servicio:
Necesidad de capacitación,
nivel
académico
de
los
participantes,
número
de
asistentes.
3.
Dirección
donde
se
realizará el servicio.
1.
Formulario.
4
CENAM-00-003
Cotización
para
el
programa de materiales
de referencia trazables
certificados
1. Datos del servicio
Descripción
del
servicio
solicitado
2. Datos del Solicitante
1.
Formulario.
5
CENAM-00-010
Cotización para análisis
de alta confiabilidad
1. Descripción del servicio:
Área de interés, descripción
del
análisis
requerido,
y
presentación y tamaño de la
muestra
2. Datos del Solicitante:
Nombre, correo electrónico y
teléfono del solicitante.
1.
Formulario.
6
CENAM-00-011
Cotización
para
evaluación técnica de
laboratorio
1. Datos del Solicitante:
Se
requiere
conocer
la
información nominal para los
resultados del servicio.
1.
Formulario.
7
CENAM-00-001
Cotización
para
calibración
de
instrumento y patrones
de medición
1. Descripción sobre el o los
equipos del solicitante que se
desea calibrar.
2.
Dirección
donde
se
realizará el servicio:
Se
requiere
conocer
la
información nominal para los
resultados del servicio.
3. Datos del Solicitante:
Se requiere correo electrónico
del
solicitante,
nombre
y
teléfono son opcionales.
1.
Formulario.
8
CENAM-00-14
Cotización
para
evaluación
de
la
conformidad
para
modelos o prototipos de
sistemas de medición y
despacho de gasolina y
otros
combustibles
líquidos.
1. Descripción del servicio
solicitado:
Seleccionar el o los servicios
de verificación que requiere.
2. Descripción del equipo
Familia
o
modelo
del
dispensario.
1.
Formulario.
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
7
3. Datos del Solicitante:
Nombre, correo electrónico y
teléfono del solicitante.
4. Datos para emisión de
factura.
5.
Dirección
donde
se
realizará el servicio.
9
CENAM-00-012
Inscripción a ensayos
de aptitud técnica
1. Datos del Solicitante
Nombre: correo electrónico y
teléfono.
2. Datos del servicio:
Nombre del ensayo al que
desea inscribirse.
1.
Formulario.
10
CENAM-00-006
Inscripción
a
cursos
programados
en
metrología
1. Datos del servicio:
Nombre del curso al que
desea inscribirse.
2. Registro de participante:
Nombre y correo electrónico
del participante.
3. Datos para emisión de
factura.
4. Datos del Solicitante:
Correo electrónico y teléfono
del solicitante.
1.
Formulario.
11
CENAM-00-004
Cotización para venta
de
materiales
de
referencia
certificados
en línea
1. Datos para emisión de
factura.
2. Descripción del material de
referencia certificado.
1.
Formulario.
12
CENAM-2020-
013-002-A
Cotización
de
aprobación de modelo
de
instrumento
de
medición
sujetos
a
Normas
Oficiales
Mexicanas
de
metrología legal
1.
Acreditación
legal
de
personas
morales
(Acta
Constitutiva o RUPA) o CURP
(en el caso de personas
físicas).
Copias: 1
2. Poder notarial
Poder
notarial
del
Representante legal o RUPA
Copias: 1
3. Identificación oficial (INE o
pasaporte vigente)
Identificación
Oficial
del
Representante legal
Copias: 1
4. Informe de Cumplimiento
con la(s) Norma(s) Oficial(es)
Mexicana(s)
de
Metrología
Legal aplicable(s), que haya
sido emitido por un Organismo
de
Evaluación
de
la
Conformidad
acreditado
y
aprobado o por el Centro
Nacional de Metrología
Copias: 1
1. Formulario.
2. Acreditación de la personalidad y/o
representación:
a)
Identificación oficial (INE,
Pasaporte o CURP) de la
persona solicitante o del
representante legal en su
caso;
b)
Acta constitutiva o RUPA
en el caso de personas
morales;
c)
Poder notarial o RUPA.
3. Informe de Cumplimiento con la(s)
Norma(s) Oficial(es) Mexicana(s) de
Metrología Legal aplicable(s), emitido
por un Organismo de Evaluación de la
Conformidad acreditado y aprobado o
por el Centro Nacional de Metrología.
8
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
5. Manifiesto bajo protesta de
decir verdad, en el que se
declare, que los instrumentos
para medir de los cuales se
solicita
la
aprobación
del
modelo
no
han
sido
comercializados en el territorio
nacional.
Copias: 1
6. Manifiesto bajo protesta de
decir
verdad
que
el
instrumento presentado para
el proceso de Aprobación de
Modelo es representativo de
los requisitos establecidos en
la(s)
Norma(s)
Oficial(es)
Mexicana(s)
de
metrología
legal
Copias: 1
7. Manifiesto bajo protesta de
decir verdad, que el modelo
de
instrumento
presentado
para obtener su aprobación de
modelo
no
infringe
disposiciones
de
la
Ley
Federal de Protección a la
Propiedad Industrial.
Copias: 1
8. Comprobante de Pago del
trámite.
Copias: 1
13
CENAM-2020-
013-003-A
Cotización
de
autorización
de
trazabilidad
de
las
mediciones
hacia
patrones
internacionales
o
extranjeros de medida.
1. Acta constitutiva
Acreditación
legal
de
personas
morales
(Acta
Constitutiva o RUPA) o CURP
(en el caso de personas
físicas)
Copias: 1
2. Poder notarial
Poder
notarial
del
Representante Legal o RUPA
(solo en el caso de personas
morales)
Copias: 1
3. Identificación oficial (INE o
pasaporte vigente)
Identificación
Oficial
del
Representante
legal
o
persona física (IFE, INE o
Pasaporte Vigente)
Copias: 1
1. Formulario.
2. Acreditación de la personalidad y/o
representación:
d)
Identificación oficial (INE,
Pasaporte o CURP) de la
persona solicitante o del
representante legal en su
caso;
e)
Acta constitutiva o RUPA
en el caso de personas
morales;
f)
Poder notarial o RUPA.
3. Para instrumentos de medición,
certificado o informe de calibración
que contenga la información indicada
en los apartados 7.8.2.1 y 7.8.4.1 de
la norma ISO/IEC 17025:2017
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
9
4.
Para
instrumentos
de
medición, certificado o informe
de calibración que contenga la
información indicada en los
apartados 7.8.2.1 y 7.8.4.1 de
la norma ISO/IEC 17025:2017
Copias: 1
5. Comprobante de Pago del
trámite.
ARTÍCULO TERCERO. – Se reducen los plazos de respuesta de los siguientes trámites:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Reducción de tiempo
Antes
Ahora
1
CENAM-2020-013-002-A
Cotización
de
aprobación
de
modelo
de
instrumento
de
medición
sujetos
a
Normas
Oficiales Mexicanas de Metrología legal.
30 días hábiles 10
días
hábiles
2
CENAM-2020-013-003-A
Cotización de autorización de trazabilidad de las
mediciones
hacia
patrones
internacionales
o
extranjeros de medida.
30 días hábiles 10
días
hábiles
ARTÍCULO CUARTO. - Los servicios contenidos en el Artículo Segundo del presente acuerdo podrán ser
solicitados a través de la página oficial del Centro Nacional de Metrología, misma que podrá ser visualizada
mediante la siguiente dirección electrónica https://www.gob.mx/cenam, en el apartado “Servicios que brinda el
CENAM”, llenando el formulario electrónico correspondiente y en su caso, adjuntando la documentación
anexa que se requiera.
ARTÍCULO QUINTO.- El Centro Nacional de Metrología implementará Llave MX como inicio de sesión
único y con la finalidad de autenticar la identidad de las personas físicas o morales que soliciten los trámites y
servicios que se realicen ante esta institución, a través de sus canales digitales habilitados para ese efecto, de
conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos para la implementación y operación de "Llave MX", así
como en el artículo 16, fracción X de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Los trámites, servicios o procedimientos administrativos ingresados con anterioridad a la
entrada en vigor del presente Acuerdo se resolverán conforme a la normatividad aplicable vigente al momento
de su presentación.
TERCERO. De conformidad con el presente Acuerdo, el Centro Nacional de Metrología, no solicitará
requisitos adicionales a los previstos en este, ni documentación que obre en sus archivos físicos o
electrónicos o copias simples.
CUARTO. El Centro Nacional de Metrología deberá realizar las adecuaciones necesarias a los
instrumentos normativos vinculados al presente Acuerdo dentro del plazo máximo de un año contado a partir
de la entrada en vigor del mismo.
QUINTO. El Centro Nacional de Metrología actualizará la información de los trámites y servicios
enunciados en este Acuerdo en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, de conformidad con los
artículos 53 y 54 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
Municipio El Marqués, Qro., 24 de febrero de 2026.- Director General del Centro Nacional de Metrología,
Mtro. Arquímedes Ruiz Orozco.- Rúbrica.
10
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SECRETARIA DE SALUD
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de
insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en
las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Quintana Roo.
02-CM-SaNAS-QROO/2025
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA
REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE
MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE
SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL
DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES;
EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; EL
DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ
VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES;
LA DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA
INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO
NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
QUINTANA ROO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL
LIC. FLAVIO CARLOS ROSADO, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS ESTATALES
DE SALUD Y LA LIC. MARTHA PARROQUÍN PÉREZ, SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN A LAS QUE AL
ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD
PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos
presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los
artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”
para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR,
que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en
“LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento
que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR
ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de
modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7;
así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”.
III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “… que el presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego
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11
a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el
órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad
de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a
“LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento.
DECLARACIONES
I. “LAS PARTES” declaran que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los
términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos
primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3,
4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
“SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el
carácter de subsidios, por la cantidad de $136,502,974.67 (CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES
QUINIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 67/100 M.N.), para la realización de
acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el
cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $62,666,146.19 (SESENTA Y DOS
MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS PESOS 19/100 M.N.),
se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Planeación de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria
productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a
“LA SECRETARÍA”.
…
…
…
…
…
…
…
…
…
Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de
$73,836,828.48 (SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS
VEINTIOCHO PESOS 48/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y Dirección
General de los Servicios Estatales de Salud.
12
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Jueves 5 de marzo de 2026
…
…
…
…
…
…
…”
“TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. …
…
…
…
…
5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo
establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original
comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la
Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente,
a “LA ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en
el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y
Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento
a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales
suministrados a “LA ENTIDAD”.
7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales
que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación
correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el
artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en
aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando
aviso de inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes.
8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en
coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables
de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante
“Portal SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.”
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13
ANEXO 2
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública
E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
127,381.00
0.00
127,381.00
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
CS010
127,381.00
0.00
127,381.00
S u b t o t a l
923,793.00
0.00
923,793.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
SIN CAMBIOS
14
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P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
OB010
7,116,000.00
0.00
7,116,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
S u b t o t a l
22,396,312.00
0.00
22,396,312.00
Total U008
26,136,269.42
0.00
26,136,269.42
U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
Total
62,666,146.19
73,836,828.48
136,502,974.67
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
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15
ANEXO 3
RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”.
De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el
cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará
los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $62,666,146.19 (SESENTA Y DOS MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS PESOS 19/100 M.N.), los cuales
se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Planeación de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria
productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito
a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario.
Calendario
(Pesos)
MINISTRACIÓN
Mes
MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ
LA MINISTRACIÓN
Primera
SIN CAMBIOS
Segunda
SIN CAMBIOS
Tercera
SIN CAMBIOS
Cuarta
Septiembre
7,243,381.00
GRAN TOTAL
62,666,146.19
Calendario Primera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario
y Programa de Acción Específico.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
…
Calendario Segunda Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Tercera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Cuarta Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Atención a la Desnutrición Aguda
P018 Septiembre
127,381.00
Total Atención a la Desnutrición Aguda
127,381.00
Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
127,381.00
TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
127,381.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Enfermedades Cardiometabólicas
Enfermedades Cardiometabólicas
U008 Septiembre
7,116,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
7,116,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
7,116,000.00
TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7,116,000.00
GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN
7,243,381.00
16
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ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia Social en Salud -
Laboratorios de Comunicación de Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
25301
Sin clave de compendio | ATLC Suplemento
alimenticio
32,200.0000
1
32,200.00
0.00
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
26102
Sin clave de compendio | Gasolina para traslado ida
y vuelta para el seguimiento de la estrategia
10,000.0000
3
30,000.00
0.00
TOTALES
788,660.00
2,543,616.42
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
Jueves 5 de marzo de 2026
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17
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
33603
Sin clave de Compendio | Impresiones de
PRONAM - VIAS CLINICAS CORAZONES
MÉXICO
650,000.0000
1
0.00
650,000.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
33605
Sin clave de Compendio | Campaña de difusión de
material digital en redes, radio y televisión
500,000.0000
1
0.00
500,000.00
18
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
33401
Sin clave de Compendio | Capacitaciones
regionales Programa de Enfermedades
Cardiometabolicas (PAE,SICSAM,PRONAM)
5,000,000.0000
1
0.00
5,000,000.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
25401
Sin clave de Compendio | Electrocardiógrafos para
unidades de primer nivel
36,000.0000
6
0.00
216,000.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
54103
Sin clave de Compendio | vehículo tipo SUV 4 cil
para Supervisión operativa con poliza de
mantenimiento preventivo
750,000.0000
1
0.00
750,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
12,681,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
TOTALES
5,050,812.00
12,854,744.80
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
18,236,372.34
22,180,798.35
40,417,170.69
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
19
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia Social en Salud -
Laboratorios de Comunicación de Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
12101
Promotor de la salud | Promotor de la salud
21,727.0000
3
65,181.00
0.00
TOTALES
650,084.00
681,390.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
20
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
8,784,716.50
13,464,259.00
22,248,975.50
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
21
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
22
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas
SIN CAMBIOS
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
Programa: VIH y otras ITS
Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo:
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Quintana Roo
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TRX
CN41474VFF
1
Quintana Roo
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TQ9
CN41474SYN
1
Quintana Roo
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TPJ
CN41474VN5
1
Quintana Roo
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TNG
CN41474VND
1
Quintana Roo
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TRH
CN41474SHJ
1
Quintana Roo
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TRY
CN41474SYM
1
Quintana Roo
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21077
N/A
1
Quintana Roo
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21076
N/A
1
Quintana Roo
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21075
N/A
1
Quintana Roo
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21073
N/A
1
Quintana Roo
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21072
N/A
1
Quintana Roo
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21071
N/A
1
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021,
conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del
presente instrumento jurídico.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
23
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
Resultado
Número de NN con DAM y DAG
que reciben tratamiento con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN con DAM
y DAG con tratamiento con ATLC
100
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
24
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas
SIN CAMBIOS
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
25
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”.
TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el
“CONVENIO PRINCIPAL”.
CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal
vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que,
en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del
mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.-
Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.-
Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora
General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de
Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control
del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia,
Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.-
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Salud y Director General
de los Servicios Estatales de Salud, Lic. Flavio Carlos Rosado.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas y Planeación, Lic. Martha Parroquín Pérez.- Rúbrica.
26
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de
insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en
las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de San Luis Potosí.
02-CM-SaNAS-SLP/2025
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA
REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE
MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE
SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL
DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES;
EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; EL
DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ
VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES;
LA DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA
INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO
NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”,
REPRESENTADO POR LA DRA. ELIZABETH DÁVILA CHÁVEZ, DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS
ESTATALES DE SALUD Y LA LIC. ARIANA GARCÍA VIDAL, SECRETARIO DE FINANZAS A LAS QUE AL ACTUAR DE
MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES
Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD
PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos
presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los
artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”
para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR,
que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en
“LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento
que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR
ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de
modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7;
así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”.
III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “… que el presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
27
a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el
órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad
de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados
a “LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento.
DECLARACIONES
I. “LAS PARTES” declaran que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los
términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos
primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3,
4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
“SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el
carácter de subsidios, por la cantidad de $158,462,230.18 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA PESOS 18/100 M.N.), para la realización
de acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para
el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $62,109,855.74 (SESENTA Y DOS
MILLONES CIENTO NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 74/100), se radicarán a la
Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca
para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”.
…
…
…
…
…
…
…
…
…
Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de
$96,352,374.44 (NOVENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y CUATRO 44/100 M.N.), serán entregados directamente a los Servicios de Salud de
San Luis Potosí.
28
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
…
…
…
…
…
…
…”
“TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. …
…
…
…
…
5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo
establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original
comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la
Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente,
a “LA ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en
el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y
Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento
a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales
suministrados a “LA ENTIDAD”.
7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales
que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación
correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el
artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en
aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando
aviso de inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes.
8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en
coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables
de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante
“Portal SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.”
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
29
ANEXO 2
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública
E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
224,676.00
0.00
224,676.00
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
CS010
224,676.00
0.00
224,676.00
S u b t o t a l
2,521,540.00
0.00
2,521,540.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
SIN CAMBIOS
30
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
OB010
2,404,000.00
0.00
2,404,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
S u b t o t a l
14,020,886.00
0.00
14,020,886.00
Total U008
19,357,193.65
0.00
19,357,193.65
U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
Total
62,109,855.74
96,352,374.44
158,462,230.18
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
31
ANEXO 3
RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”.
De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el
cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará
los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $62,109,855.74 (SESENTA Y DOS MILLONES
CIENTO NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 74/100), los cuales se radicarán a la
Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca
para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente
calendario.
Calendario
(Pesos)
MINISTRACIÓN
Mes
MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ
LA MINISTRACIÓN
Primera
SIN CAMBIOS
Segunda
SIN CAMBIOS
Tercera
SIN CAMBIOS
Cuarta
Septiembre
2,628,676.00
GRAN TOTAL
62,109,855.74
Calendario Primera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario
y Programa de Acción Específico.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
…
Calendario Segunda Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Tercera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Cuarta Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Atención a la Desnutrición Aguda
P018 Septiembre
224,676.00
Total Atención a la Desnutrición Aguda
224,676.00
Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
224,676.00
TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
224,676.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Enfermedades Cardiometabólicas
Enfermedades Cardiometabólicas
U008 Septiembre
2,404,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
2,404,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
2,404,000.00
TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
2,404,000.00
GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN
2,628,676.00
32
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia Social en Salud -
Laboratorios de Comunicación de Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
25301
Sin clave de compendio | ATLC Suplemento
alimenticio
135,240.0000
1
135,240.00
0.00
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
26102
Sin clave de compendio | Gasolina para traslado ida
y vuelta para el seguimiento de la estrategia
10,000.0000
3
30,000.00
0.00
TOTALES
2,069,280.00
4,273,019.65
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
33
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
33603
Sin clave de Compendio | Impresiones de PRONAM
- VIAS CLINICAS CORAZONES MÉXICO
650,000.0000
1
0.00
650,000.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
33605
Sin clave de Compendio | Campaña de difusión de
material digital en redes, radio y televisión
500,000.0000
1
0.00
500,000.00
34
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
25401
Sin clave de Compendio | Electrocardiógrafos para
unidades de primer nivel
36,000.0000
14
0.00
504,000.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
3.1.2
54103
Sin clave de Compendio | vehículo tipo SUV 4 cil
para Supervisión operativa con poliza de
mantenimiento preventivo
750,000.0000
1
0.00
750,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
7,789,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
TOTALES
7,884,600.00
7,875,872.40
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
24,574,685.84
19,345,399.40
43,920,085.24
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
35
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia Social en Salud -
Laboratorios de Comunicación de Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
12101
Promotor de la salud | Promotor de la salud
19,812.0000
3
59,436.00
0.00
TOTALES
1,016,876.00
498,672.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
36
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
7,061,378.50
11,128,392.00
18,189,770.50
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
37
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
38
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas
SIN CAMBIOS
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
Programa: VIH y otras ITS
Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo:
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
San Luis Potosí
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024BHR
CN41474P6W
1
San Luis Potosí
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024YBJ
CN41474Q8Y
1
San Luis Potosí
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024F0B
CN41474Q9D
1
San Luis Potosí
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024Y7M
CN41480DCR
1
San Luis Potosí
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2035CK1
CN41480D89
1
San Luis Potosí
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2035CK4
CN41480D78
1
San Luis Potosí
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28101
N/A
1
San Luis Potosí
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28100
N/A
1
San Luis Potosí
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28099
N/A
1
San Luis Potosí
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28226
N/A
1
San Luis Potosí
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28213
N/A
1
San Luis Potosí
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28194
N/A
1
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021,
conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del
presente instrumento jurídico.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
39
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
Resultado
Número de NN con DAM y DAG
que reciben tratamiento con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN con DAM
y DAG con tratamiento con ATLC
100
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
40
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas
SIN CAMBIOS
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
41
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
SIN CAMBIOS
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”.
TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el
“CONVENIO PRINCIPAL”.
CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal
vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que,
en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del
mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.-
Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.-
Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora
General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de
Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control
del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia,
Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.-
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Directora General de los Servicios
Estatales de Salud, Dra. Elizabeth Dávila Chávez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Lic. Ariana García Vidal.- Rúbrica.
42
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SECRETARIA DE TURISMO
PROGRAMA Institucional 2026-2030 del Fondo Nacional de Fomento al Turismo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Turismo.- Secretaría de
Turismo.- Fondo Nacional de Fomento al Turismo.
PROGRAMA INSTITUCIONAL 2026-2030 DEL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO
1.- Índice
2.- Señalamiento del origen de los recursos del programa
3.- Siglas y acrónimos
4.- Fundamento normativo
5.- Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
6.- Objetivos
7.- Estrategias y líneas de acción
8.- Indicadores y metas
9.- Referencias
2.- Señalamiento del origen de los recursos del programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a
sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la
instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se
realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo.
3.- Siglas y acrónimos
AFAC
Agencia Federal de Aviación Civil.
ANP
Áreas Naturales Protegidas.
CIP
Centro Integralmente Planeado.
CENAPRED
Centro Nacional de Prevención de Desastres.
CONAPO
Consejo Nacional de Población.
DATATUR
Sistema Nacional de Estadística Turística.
DTCS
Destinos Turísticos Comunitarios Sustentables.
FONATUR
Fondo Nacional de Fomento al Turismo.
IMCO
Instituto Mexicano para la Competitividad, A.C.
INAH
Instituto Nacional de Antropología e Historia.
INEGI
Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
MIPyMES
Micro, pequeñas y medianas empresas.
ODS
Objetivos de Desarrollo Sostenible.
OIM
Organización Internacional para las Migraciones.
ONU
Organización de las Naciones Unidas.
ONU Turismo
Organización Mundial del Turismo
PAPTUR
Programa de Asesoría y Fortalecimiento de Proyectos.
PATEM
Programa de Asistencia Técnica para la Planeación Turística de Estados, Municipios,
Dependencias y otras Entidades Públicas.
PIB
Producto Interno Bruto.
PND
Plan Nacional de Desarrollo.
PROSECTUR
Programa Sectorial de Turismo.
PTI
Proyecto Turístico Integral.
RAT
Resultados de la Actividad Turística.
SECTUR
Secretaría de Turismo.
UNESCO
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
43
4.- Fundamento normativo
El Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR es el documento rector de actuación de fomento al
turismo que integra el Sistema Nacional de Planeación Democrática para el Desarrollo Nacional, que se
fundamenta en el siguiente marco normativo.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
El FONATUR, a través de su programa institucional promoverá y garantizará los derechos humanos
reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte;
además, contribuirá al desarrollo nacional integral y sustentable, fomentando la competitividad, el crecimiento
económico, el empleo y una distribución justa de la riqueza, con pleno respeto a la libertad y la dignidad de los
individuos, grupos y clases sociales, de acuerdo con los artículos 1º y 25 constitucionales.
En cumplimiento del artículo 26, apartado A, el FONATUR se alinea al Sistema Nacional de Planeación
Democrática del Desarrollo y se sujeta al PND y al PROSECTUR, en términos del artículo 90 constitucional.
Ley General de Turismo
El FONATUR, como entidad sectorizada a la SECTUR, contribuirá a la planeación, programación, fomento
y desarrollo de la actividad turística y de los recursos turísticos, así como a la promoción del financiamiento de
las inversiones privadas y sociales de conformidad con los artículos 42 y 44.
Ley de Planeación
De acuerdo con su artículo 2°, la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz
desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y
sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género.
El FONATUR, como entidad paraestatal tiene la obligación de elaborar su programa institucional tal como
lo establece el artículo 17, fracción II de esta Ley. En este sentido, su Dirección de Gestión Estratégica y
Enlace Institucional, es la responsable de coordinar la integración, publicación, ejecución, seguimiento y
rendición de cuentas del Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
El FONATUR, en su carácter de fideicomiso público, entidad de la administración pública paraestatal, debe
conducir sus actividades en forma programada, con base en las políticas que, para el logro de los objetivos y
prioridades de la planeación nacional del desarrollo establezca el Ejecutivo Federal, en términos de los
artículos 3°, 9°, 48, 49 y 50.
Ley Federal de Austeridad Republicana
El FONATUR está sujeto a las medidas de austeridad que deberá observar el ejercicio del gasto público
federal y coadyuvar a que los recursos económicos de que se dispongan se administren con eficacia,
eficiencia, economía, transparencia y honradez, de acuerdo con su artículo 1°.
Ley Federal de las Entidades Paraestatales
El FONATUR estableció en su Programa Institucional 2026-2030 los objetivos, metas, así como las bases
para evaluar sus acciones; también, define las estrategias y prioridades en su carácter de entidad paraestatal,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46, 47, 48 y 49. De igual manera, su formulación y
aprobación por parte de la Dirección General y su Órgano de Gobierno, respectivamente, atiende los artículos
58 y 59.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
El FONATUR, como ejecutor de gasto, atiende las disposiciones aplicables a la programación y
presupuestación del gasto público, en términos de los artículos 2° y 24.
Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030
El PND 2025-2030 enuncia las prioridades nacionales, los ejes, objetivos y estrategias que se deberán
seguir en la presente administración y que recoge las aspiraciones y demandas de la sociedad. En ese
sentido, el Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR, se enfoca en contribuir a los propósitos de los
Ejes Generales 2: Desarrollo con bienestar y humanismo, y 3: Economía Moral y Trabajo del PND 2025-2030.
Programa Sectorial de Turismo 2025-2030
Este programa se alinea con los siguientes objetivos del PROSECTUR: 1. Fomentar el desarrollo regional
y comunitario en áreas menos desarrolladas; 2. Promover la atracción de inversiones en infraestructura
turística en estados y municipios; 4. Incrementar la competitividad e innovación en el sector turístico
y 5. Promover la sostenibilidad en destinos y productos turísticos en el territorio nacional, así como a sus
estrategias y líneas de acción.
44
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
DECRETO por el que se crea la Comisión Intersecretarial para la atención, reconstrucción y
recuperación económica de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, en el Estado
de Guerrero, dentro del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2025.
Es el instrumento por el cual se coordinan las acciones del FONATUR, como responsable del CIP
Acapulco-Coyuca y miembro de la comisión intersecretarial, con otros participantes para la ejecución del
Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”, mediante acciones destinadas a
la reconstrucción y regeneración económica y turística tras los daños causados por los fenómenos
meteorológicos “Otis” y “John”.
Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU
El FONATUR, a través de las acciones planteadas en su programa institucional, busca contribuir a los
ODS 8. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el
trabajo decente para todos y 9. Construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y
sostenible y fomentar la innovación.
5.- Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
Diagnóstico de la situación actual
El turismo en México ha sido históricamente una industria clave en el desarrollo de la economía nacional,
demostrando ser una herramienta esencial para promover el crecimiento económico y social del país, en este
sentido, el sector turístico en los últimos 18 años ha tenido una participación promedio de 8.5% en el PIB
nacional a pesar de la crisis sanitaria en el año 2020 cuyo aporte bajó a 6.9% y que, en tan sólo dos años,
creció a 8.4% (SECTUR, 2024).
Fuente: Elaboración propia con información de DATATUR.
Sin embargo, existen varios desafíos importantes en el sector, como la concentración de turistas en
destinos tradicionales, en 2025 el 62.4% de turistas extranjeros tuvo como destino centros turísticos de sol y
playa (SECTUR, 2025). Esto provoca una distribución poco equitativa de los beneficios del turismo, afectando
principalmente a las comunidades locales.
Asimismo, el turismo mexicano enfrenta una creciente competencia internacional, derivada del
fortalecimiento de otros destinos turísticos que buscan ofrecer cada vez más experiencias diversificadas,
así como infraestructura de calidad, lo que representa un reto importante para México al adaptarse y
diferenciarse en un mercado altamente competitivo. En 2006, México se posicionó en la posición número 8
de entre los principales destinos en el mundo en función de la llegada de turistas, recibiendo 21.4 millones,
seis años después, en 2012 bajó a la posición número 13; sin embargo, su preferencia ante el turismo
internacional aumentó para colocarse, en 2018, en la posición número 7 y, para 2024, en el puesto número 6
recibiendo 45 millones de turistas (SECTUR, 2025).
Además, el sector turístico nacional es vulnerable ante contingencias externas, como fenómenos
naturales o crisis sanitarias, que pueden afectar significativamente su estabilidad; al respecto, el porcentaje
de la ocupación hotelera bajó más de la mitad por las restricciones sanitarias a nivel nacional en los años
2019 y 2020, pasando de 60.3% a 26.3%, respectivamente (SECTUR, 2021).
De acuerdo con el PROSECTUR 2025-2030 y el Plan México - Ramo 21 Turismo, la política turística de la
actual administración busca contribuir a la prosperidad compartida, la igualdad sustantiva y el bienestar,
considerando el cuidado ambiental, en alineación con los principios del Humanismo Mexicano. Por su parte, el
FONATUR está comprometido con la justicia social, la inclusión y el bienestar de las comunidades, integrando
el respeto al medio ambiente como un eje central en el desarrollo de proyectos turísticos que beneficien tanto
a los habitantes locales como a quienes visitan el destino.
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
45
El Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR plantea contribuir a la política turística nacional a
través de la atención de las siguientes problemáticas identificadas:
Diversificación limitada y débil planeación de productos y destinos turísticos sostenibles e
incluyentes a nivel nacional
De acuerdo con ONU Turismo, en 2024, se registró la llegada de 45 millones de turistas internacionales al
país, lo que representó un incremento del 7.4% en comparación con 2023, con lo cual, México se mantuvo
como el sexto país más visitado a nivel mundial y el segundo del continente americano (SECTUR, 2025). No
obstante, el sector turístico nacional enfrenta un reto significativo para reforzar la posición de México como un
país competitivo a nivel mundial, al responder a la creciente demanda turística global de experiencias
innovadoras, auténticas y responsables.
Si bien, México es un país con una gran riqueza cultural; cuenta con 36 sitios y 12 prácticas y expresiones
culturales reconocidas por la UNESCO (2025) como patrimonio de la humanidad, 195 zonas arqueológicas
(Instituto Nacional de Antropología e Historia, 2025) y 177 Pueblos Mágicos (México Desconocido, 2025); las
políticas de inversión pública en el sector turístico de los modelos de crecimiento económico previos a la
Cuarta Transformación, se orientaron principalmente al desarrollo de grandes proyectos, beneficiando
solo a unos pocos y dejando a las MIPyMES, así como a las comunidades locales al margen de los
beneficios del turismo.
Esto propició la creación de grandes complejos de alojamiento y restauración en los principales centros
turísticos, sin impulsar la generación de servicios integrales que fortalecieran las cadenas de valor para
incentivar una distribución más equitativa de los ingresos generados por la actividad turística entre las
comunidades locales.
Durante el sexenio anterior, el Gobierno de México implementó un nuevo modelo turístico basado en un
desarrollo regional inclusivo y con bienestar, con el propósito de revertir esta tendencia. A través de estas
estrategias, se avanzó en el reconocimiento de nuevos destinos con potencial y en la incorporación de las
comunidades locales al diseño y operación de experiencias turísticas más allá del modelo tradicional de sol y
playa, incluyendo segmentos como el turismo cultural, de naturaleza y comunitario.
A pesar de los avances en esta dirección, actualmente la oferta turística de nuestro país aún presenta una
limitada diversificación en pocos destinos, generando saturación y una competencia desigual entre
regiones, limitando el crecimiento económico equilibrado y sustentable del sector turístico. Tan solo en 2023,
el 48% de la oferta de cuartos de alojamiento del país, se localizó en las entidades federativas de Ciudad de
México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Quintana Roo y Veracruz (SECTUR, 2024); asimismo,
durante enero-julio de 2025, el 92% de llegadas de turistas internacionales del país se concentró en los
aeropuertos de Cancún, Ciudad de México, Los Cabos, Puerto Vallarta, Guadalajara, Monterrey, Tulum y
Silao, de acuerdo con los RAT de la SECTUR (2025).
Fuente: Elaboración propia con información de DATATUR.
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Un factor detrás de esta limitación es la débil coordinación y colaboración entre los distintos entes
responsables de la planeación de productos y destinos turísticos sostenibles e incluyentes. Esta falta
de inclusión reduce la diversidad y autenticidad de las experiencias turísticas ofertadas, el fortalecimiento de
capacidades técnicas locales y la apropiación social de los proyectos turísticos.
Como consecuencia directa de dicha planeación deficiente, se tiene el impacto negativo en la capacidad
del turismo para generar beneficios económicos y sociales significativos y equitativos en las comunidades
receptoras. Este impacto es particularmente evidente en las MIPyMES, quienes a pesar de constituir
alrededor del 99.89% del tejido empresarial del sector, según el Censo Económico 2024 (INEGI, 2024), y
representar el componente más dinámico y cercano a las comunidades, no logran insertarse plenamente en
las cadenas de valor turísticas. Asimismo, de acuerdo con este Censo, las MIPyMES turísticas del país
presentan una tasa de rentabilidad promedio del 27.81%, en contraste con el 44.08% de rentabilidad promedio
que alcanzan las grandes empresas de este sector (INEGI, 2024).
Fuente: Elaboración propia con información del INEGI (Censo Económico 2024).
Nota: Para el cálculo de la Tasa de rentabilidad promedio, el INEGI divide los ingresos por suministro de bienes y servicios
entre la suma de los gastos por consumo de bienes y servicios más las remuneraciones
menos 1, multiplicado por 100
La capacidad del sector turístico para responder a los crecientes retos ambientales y sociales, así como a
las demandas de un turismo sostenible más responsable e inclusivo, se puede ver reducida sin una visión
integral y sostenible en su planeación. Además, de generar destinos con alta vulnerabilidad, que pueden sufrir
impactos negativos a mediano y largo plazo, afectando la competitividad y la reputación del país como destino
turístico. En contraste, un destino verdaderamente sostenible es aquel que logra equilibrar la llegada de
turistas sin comprometer la calidad de vida de su población ni deteriorar sus recursos naturales o culturales.
Las limitadas capacidades técnicas de los actores públicos y privados del sector turístico también afectan
la calidad de los procesos de planeación turística en el país. Sin una adecuada aplicación de criterios técnicos
especializados, resulta difícil diseñar destinos turísticos que armonicen el desarrollo económico con la
conservación ambiental y la inclusión social. Esta brecha técnica se agrava por la escasez de estudios
especializados y actualizados que evalúen aspectos clave como el potencial turístico, la capacidad de carga
ambiental, las dinámicas sociales y culturales, las cambiantes demandas del mercado y los riesgos asociados
al cambio climático, entre otras amenazas.
Lo anterior, se traduce en el desarrollo de destinos turísticos poco planeados, que no consideran
adecuadamente criterios de sostenibilidad e inclusión, provocando tensiones sociales derivadas de la
exclusión de comunidades locales.
Además, la generación de beneficios socioeconómicos amplios y duraderos, sin criterios inclusivos y
sostenibles pueden afectar la competitividad y la reputación internacional de México como un destino
comprometido con un turismo responsable; ya que, de acuerdo con el Índice de Desarrollo de Viajes y
Turismo 2024, el cual es una herramienta para medir los factores y políticas que posibilitan el desarrollo
sostenible y resiliente del sector en cada país, México obtuvo una puntuación de 3.42 en el factor de impacto
socioeconómico y 4.51 en el factor de sustentabilidad ambiental, ocupando en la clasificación general el
puesto 38, seis posiciones menos en comparación con 2019 (Foro Económico Mundial, 2024).
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Fuente: Elaboración propia con información del Foro Económico Mundial con datos disponibles de 2028 y 2023.
Por otra parte, el FONATUR posee una cartera de bienes, integrada a junio de 2025, por un total de 890
inmuebles disponibles para comercializar, distribuidos en los destinos turísticos de Loreto, Nopoló y Los
Cabos en Baja California Sur; Ixtapa en Guerrero; Bahías de Huatulco en Oaxaca; Cancún y Cozumel en
Quintana Roo, y Litibú en Nayarit.
No obstante, si estos no son promovidos adecuadamente para su comercialización, no permiten atraer
inversión ni generar encadenamientos productivos locales. Esta situación se presenta en destinos donde los
incentivos y esquemas de atracción de inversión muchas veces son limitados y sus procesos complejos.
Adicionalmente, el FONATUR cuenta con diversas unidades de negocio: el RV Park Palma Linda, el
paradero de autobuses Las Garzas y el campo de golf Palma Linda, ubicados en Ixtapa; el Club de Golf
Acapulco, en Guerrero; el campo de golf Tangolunda y el Hotel Quinta Real, en Oaxaca; así como el campo
de golf Litibú, en Nayarit.
Sin embargo, estas unidades de negocio, de las cuales el 57% de estas son operadas por terceros, no han
logrado beneficios económicos sustanciales para el FONATUR, ya que, aunque resultan rentables para los
operadores privados, su diseño contractual y condiciones jurídicas no permiten que el valor generado se
traduzca en ingresos proporcionales para la entidad. Muestra de lo anterior, es que, en el periodo
comprendido entre enero a agosto de 2025, los campos de Golf Litibú y Palma Real, solo generaron en
promedio para el FONATUR, el 11.68% del total de los ingresos obtenidos por la operación.
Esta situación, obliga al FONATUR a destinar recursos presupuestales para cubrir costos operativos y de
mantenimiento, lo que resulta contradictorio con el objetivo de que estas unidades funcionen como palancas
de desarrollo económico y turístico. Máxime, que se tienen los elementos para que esto no sea así.
La persistencia de estas causas ha derivado en una serie de efectos negativos tanto para el FONATUR
como para la política turística nacional. Al no maximizar el potencial económico, social y ambiental de estos
activos, se desaprovechan oportunidades clave para fortalecer destinos turísticos que aún requieren de
inversión estratégica y administración adecuada para su desarrollo equilibrado, lo cual es fundamental para
aumentar la competitividad de la oferta turística del país. Bajo este contexto, algunas unidades comienzan a
mostrar signos de desgaste físico, ya que aproximadamente el 75% de ellas presentan al menos un
componente en su infraestructura que requiere ser reparado, lo que ha generado pérdida de atractivo para los
turistas de los destinos en los que se ubican con una disminución de afluencia del 5%.
En conjunto, estos elementos obstaculizan la misión del FONATUR de fungir como un agente estratégico
para la planeación y fomento de destinos turísticos con visión de largo plazo, inclusión social y respeto al
medio ambiente.
Para atender lo anterior, el FONATUR plantea en el presente programa institucional como primer objetivo,
impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional
para así diversificar la oferta turística nacional, además de maximizar y equilibrar los beneficios
socioeconómicos del sector turístico. Para ello, es imprescindible asegurar la planeación turística bajo criterios
de sostenibilidad e inclusión, promoviendo la participación de las MIPyMES y las comunidades locales,
principalmente en los 27 destinos turísticos comunitarios sustentables potenciales (SECTUR, 2025), como se
presenta a continuación:
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Tabla 1 Destinos Turísticos Comunitarios Sustentables por Región
Región
Habitantes
Unidades económicas turísticas
DTCS
Campeche Tesoro de México
581,782
1,840
2
Costa-Soconuso
966,666
1,314
2
Huasteca Potosina
715,754
4,843
1
Los Tuxtlas-Catemaco
245,566
1,388
2
Meseta Comiteca
285,460
2,239
1
Meseta Purépecha
1,041,677
5,518
2
Palenque-Selva Lacandona
638,916
2,035
2
Quintana Roo Centro
123,155
545
1
Región Kumiai
3,629,284
1,295
2
Región Seri
945,385
4,357
1
Sierra de Juárez
463,093
3,603
1
Sierra Madre Occidental
167,676
357
1
Sierra Norte de Puebla
1,280,399
9,377
2
Tehuacán-Cuicatlán-Mixteca Alta
961,944
8,289
3
Yucatán Comunitario
2,199,387
19,694
4
Totales
14,246,144
66,694
27
Fuente: Elaboración propia con datos de la SECTUR.
A través de un enfoque estratégico, que considere dentro de sus prioridades la participación de las
comunidades y el fortalecimiento de las capacidades técnicas, será posible consolidar destinos más justos y
productivos que contribuyan al desarrollo económico y territorial equitativo, así como a la sostenibilidad
ambiental y social del turismo en México.
La generación de estudios técnicos especializados es fundamental para avanzar hacia una planificación
turística efectiva que fomente destinos diversificados, sostenibles e incluyentes. En este sentido, es necesario
impulsar la colaboración entre instituciones públicas y privadas, empresarios locales y las comunidades, con
el fin de contar con bases sólidas que garanticen un desarrollo turístico integral a largo plazo.
Asimismo, para atraer inversión en los destinos turísticos donde el FONATUR tiene injerencia, es
indispensable implementar una estrategia que fortalezca la capacidad institucional del FONATUR para
gestionar de forma eficiente sus bienes inmuebles y unidades de negocio, considerando la promoción y
fomento adecuados para la venta de inmuebles públicos, la transparencia en los procesos de comercialización
de dichos bienes y el fortalecimiento de la capacidad operativa de la entidad para administrar y escalar sus
unidades de negocio.
En este sentido, es necesario incorporar esquemas innovadores de comercialización, revisar y rediseñar
los modelos de operación vigentes y establecer mecanismos efectivos de evaluación y supervisión contractual
de las unidades de negocio. La atención oportuna a los aspectos jurídicos, administrativos y financieros
permitirá mejorar su desempeño, aumentar su rentabilidad institucional y consolidarlas como catalizadores de
desarrollo regional.
La aplicación de estas medidas permitirá generar condiciones para que las unidades de negocio y bienes
inmobiliarios de propiedad pública se posicionen adecuadamente como oportunidades de desarrollo turístico.
Con ello, se busca que estos activos contribuyan de manera efectiva a la consolidación de destinos turísticos,
detonen mayor inversión con efecto multiplicador y recuperen su valor económico, operativo y estratégico para
el país.
El CIP Acapulco-Coyuca presenta un desarrollo turístico no sostenible, con baja resiliencia frente a
riesgos y escasa inclusión social
A pesar de que Acapulco, es un destino turístico de renombre y la planicie costera de Coyuca de Benítez,
ha orientado su economía local hacia el turismo, ambos destinos enfrentan serias dificultades en términos de
sostenibilidad. El crecimiento y desarrollo del sector turístico no han estado acompañados de un enfoque
integral que asegure su viabilidad a largo plazo.
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Históricamente, la actividad turística desarrollada en estos municipios ha estado orientada hacia modelos
tradicionales de inversión privada, centrados en el desarrollo de infraestructura turística de gran escala y en la
atracción de turistas nacionales e internacionales, sin una integración efectiva de las comunidades locales,
principalmente en Coyuca de Benítez. Esta limitada inclusión social, se manifiesta en la escasa participación
de la población en la planeación y gestión de los proyectos turísticos, generando una desconexión entre la
vocación turística del territorio y las necesidades y capacidades de sus habitantes, lo que ha perpetuado
condiciones de desigualdad y exclusión social.
Fuente: Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas del INEGI.
Como resultado, la población local de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez cada vez se ve menos
beneficiada por este sector. El turismo informal sin la creación de planes de negocio claros ni estrategias de
inclusión social ha ganado terreno, lo que ha ocasionado que muchas actividades se realicen sin regulación y
con poca capacidad para generar ingresos. Según la Medición de la Economía Informal realizada por el INEGI
(2024), entre 2022 y 2023 los propietarios de emprendimientos turísticos informales a nivel nacional
registraron una disminución en la variación porcentual de menos 5.6% en el superávit bruto de operación, el
cual representa sus ingresos netos, después de cubrir el pago de los insumos de operación y la remuneración
a empleados.
Fuente: Elaboración propia con información preliminar del INEGI.
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Las comunidades enfrentan bajos niveles de ingreso, pocas oportunidades de empleo digno y un limitado
desarrollo de capacidades locales. Asimismo, la percepción de que el turismo no contribuye de manera
significativa al bienestar colectivo ha debilitado el tejido social y reducido el sentido de pertenencia hacia los
proyectos turísticos.
A lo anterior, se suma la oportunidad de mejorar la planificación territorial y urbana, pues se ha observado
un desarrollo desordenado en Acapulco de Juárez y en Coyuca de Benítez, dando lugar a un crecimiento de
la ciudad sin considerar adecuadamente las capacidades de los servicios básicos, el mantenimiento a la
infraestructura urbana y turística, la preservación del entorno natural y la calidad de vida de sus habitantes. En
2023, la ciudad de Acapulco obtuvo un nivel de competitividad media baja en el subíndice de Sociedad y
Medio Ambiente del Índice de Competitividad Urbana 2023 elaborado por el IMCO (2024), siendo este índice,
una herramienta que refleja la capacidad de la ciudad para ofrecer una alta calidad de vida y relacionarse de
manera sostenible con los recursos naturales.
Además, los servicios básicos, como el suministro de agua potable, la recolección de residuos y el
saneamiento, presentan deficiencias, reflejando un nivel de desempeño general medio en el Índice de
Competitividad Urbana 2023 (IMCO, 2024), que afectan tanto a sus habitantes como a los turistas que arriban
al destino que, tan solo en 2023, fueron más de 6 millones en Acapulco (SECTUR, 2024); asimismo, según el
Índice de marginación a nivel municipal, para el año 2020, el grado de marginación en el municipio Coyuca de
Benítez es alto en contraste con Acapulco que se clasifica como bajo grado de marginación (CONAPO, 2021).
En consecuencia, el desarrollo urbano desordenado, ha repercutido negativamente en la imagen de la
región como destino turístico. Las construcciones irregulares, así como las zonas no urbanizadas o mal
gestionadas, transmiten una impresión de abandono y desorden, generando una percepción negativa y de
inseguridad en los turistas y en la población local. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública
Urbana del INEGI, de 2022 a 2025, entre el 75% y 84% de la población local de Acapulco consideró que vivir
en su ciudad era inseguro (INEGI, 2025); tan solo en mayo de 2025, los principales delitos en Acapulco fueron
extorsión, narcomenudeo, robo a vehículos y lesiones; mientras que, en Coyuca de Benítez fueron homicidio,
extorsión, narcomenudeo, robo a vehículos y lesiones (Semáforo Delictivo, 2025).
Fuente: Semáforo Delictivo.
Además, el CIP Acapulco-Coyuca enfrenta el desafío de mejorar su infraestructura para no perder
competitividad frente a otros destinos turísticos que han logrado mantener una imagen más organizada, limpia
y atractiva, con servicios básicos de calidad, lo cual se ha visto reflejado en el decremento de llegada de
turistas, que entre 2022 y 2023 tuvo una variación del menos 14.3% y entre 2023 y 2024 del menos 35.3%
(SECTUR, 2024).
Lo anterior, se vuelve particularmente relevante ya que el CIP Acapulco-Coyuca presenta una alta
exposición a fenómenos hidrometeorológicos como huracanes, tormentas tropicales e inundaciones costeras,
contando con un total de 35 declaratorias de riesgo entre 2014 y 2024 (CENAPRED, 2025). La degradación
progresiva de barreras naturales de protección como manglares, dunas costeras y humedales, y la necesidad
de criterios adecuados de adaptación al cambio climático en la infraestructura, incrementa los niveles de
riesgo ante eventos de alta intensidad como fueron los huracanes Otis, en octubre de 2023, y John, en
septiembre de 2024, que tuvieron efectos particularmente devastadores en los municipios de Acapulco de
Juárez y Coyuca de Benítez.
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El impacto del huracán Otis se estimó por 61 mil 527.7 millones de pesos, con afectaciones a 358 mil 162
viviendas y 812 mil personas, lo que representó el 95% de la población de estos municipios (CENAPRED,
2025); mientras que, el huracán John, ocasionó pérdidas económicas por 50 mil millones de pesos y afectó a
más de 128 mil personas y 40 mil viviendas en Acapulco (H. Ayuntamiento Constitucional de Acapulco de
Juárez, 2024) y más de 200 familias en Coyuca de Benítez (H. Ayuntamiento de Coyuca de Benítez, 2025);
paralelamente, la infraestructura pública sufrió daños estructurales que limitan la prestación de servicios
básicos y afectan tanto la calidad de vida de la población como la competitividad turística de estos destinos,
comprometiendo la recuperación de la sostenibilidad ambiental y socioeconómica de la región.
La actividad turística en Acapulco y Coyuca de Benítez disminuyó considerablemente; tan solo en
Acapulco, el huracán Otis afectó al 80% de la infraestructura turística (CENAPRED, 2025), y cuando los
hoteleros de la zona habían logrado recuperar un aproximado del 57% de las habitaciones que tenían previo a
este evento meteorológico, el paso del huracán John pospuso su reapertura (H. Ayuntamiento Constitucional
de Acapulco de Juárez, 2024), lo cual se vio reflejado con la variación de menos 18% del promedio diario de
los cuartos disponibles y de menos 28.5% en el total de cuartos ocupados entre 2023 y 2024, de acuerdo con
el Reporte Anual 2024 de la Ocupación Hotelera en los 70 destinos principales monitoreados en DATATUR
(SECTUR, 2024), lo que conllevó a consecuencias graves para la economía y la población.
Fuente: Elaboración propia con información de DATATUR.
Adicionalmente, estos huracanes provocaron la pérdida de vegetación, erosión de playas, alteración de
cuerpos lagunares y salinización de suelos; que tan solo del huracán Otis, se estimó que el 30% de la
vegetación de estos municipios sufrió algún daño, perturbando una superficie de 21 mil 236 hectáreas de
vegetación en Acapulco de Juárez y 13 mil 372 hectáreas en Coyuca de Benítez (CENAPRED, 2025).
La dimensión de los daños y la urgencia de recuperación propiciaron la necesidad de establecer
mecanismos institucionales entre los tres órdenes de gobierno que no solo atendieran la emergencia, sino que
también impulsaran un modelo de desarrollo sostenible y resiliente. En este contexto, a partir de 2024, el
Gobierno de México lleva a cabo la implementación del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco
se Transforma Contigo”, el cual contempla acciones orientadas a la reconstrucción y regeneración económica
y turística de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, en el estado de Guerrero.
En enero de 2025, el Gobierno del Estado de Guerrero solicitó intervención federal en los municipios de
Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez para dar atención a las afectaciones ocasionadas por los huracanes
Otis y John; por lo que, el 15 de enero de 2025, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guerrero, el Decreto que delimitó el polígono de intervención para la implementación de estrategias
coordinadas entre la SECTUR y el FONATUR en colaboración con otras entidades y dependencias de los tres
órdenes de gobierno para el desarrollo del CIP Acapulco-Coyuca, como un instrumento estratégico e
innovador para la reactivación económica y social de este destino turístico. Asimismo, el 24 de enero de 2025,
se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se creó la Comisión Intersecretarial con el
fin de coordinar las acciones para la ejecución del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se
Transforma Contigo”.
El CIP Acapulco-Coyuca abarca un total de 3 mil 510.23 hectáreas y se divide en tres polígonos:
Acapulco, con una superficie de 2 mil 580.74 hectáreas; Pie de la Cuesta con 144.79 hectáreas y Coyuca con
784.70 hectáreas (Gobierno del Estado de Guerrero, 2025).
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Fuente: Elaboración propia.
Bajo ese contexto, el Objetivo 2 del Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR, se centra en
revitalizar uno de los destinos turísticos más emblemáticos de México, a través de la transformación del CIP
Acapulco-Coyuca en un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo, lo que representa un
reto diferente para el FONATUR, a diferencia de los demás CIP desarrollados por la entidad, en donde el
desarrollo turístico de esos destinos comenzó desde cero.
Lo anterior, a partir de dos realidades distintas. Por un lado, Acapulco, un destino consolidado pero
deteriorado por la masificación turística, ha sufrido problemas de infraestructura, seguridad y afectaciones
ambientales, en gran parte debido a la deficiente planeación urbana y turística sostenible.
Por otro lado, Coyuca de Benítez, por su cercanía estratégica con Acapulco de Juárez, ofrece una
alternativa para promover un modelo de turismo enfocado en la naturaleza, más ordenado y consciente,
evitando la masificación. Esta combinación permite que el CIP Acapulco-Coyuca busque equilibrar la
regeneración urbana y turística en Acapulco de Juárez, mientras fomenta un desarrollo sostenible en Coyuca
de Benítez, creando un referente para otros destinos turísticos consolidados en México.
Para la consecución de este objetivo, a través de la estrategia impulsada por el Gobierno de México y la
SECTUR, el Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”, se implementarán
acciones en colaboración con entidades y dependencias de los tres órdenes de gobierno para atender los
principales retos que enfrenta el CIP Acapulco-Coyuca, con el propósito de impulsar un desarrollo turístico
sostenible, resiliente e inclusivo, y de fortalecer el atractivo del destino. En este marco, se realizarán trabajos
de conservación y mantenimiento, que incluyen la mejora del sistema de recolección y procesamiento de
residuos sólidos que se generan diariamente en la ciudad.
Asimismo, se llevará a cabo la rehabilitación de accesos públicos a las playas, incorporando iluminación,
señalización y servicios básicos para mejorar la seguridad y accesibilidad de estos espacios. De igual forma,
se contempla la recuperación de la infraestructura urbana y turística mediante acciones como el
mantenimiento del drenaje, la instalación de semáforos y elementos viales, así como la implementación de
programas de reforestación, entre otras.
Considerando como pilar fundamental la participación de la sociedad en las acciones que contempla este
objetivo, el FONATUR promoverá la concertación social de los proyectos de obra mediante mecanismos de
participación ciudadana que permitan involucrar a las comunidades en la definición y ejecución de las
intervenciones que se realicen en el CIP Acapulco–Coyuca. Esta estrategia busca fortalecer la legitimidad de
las acciones emprendidas y asegurar que respondan a las necesidades reales del territorio y sus habitantes.
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Asimismo, se gestionarán los instrumentos normativos necesarios para facilitar el desarrollo y la
reconstrucción integral del corredor turístico Acapulco de Juárez–Coyuca de Benítez, asegurando que el
marco legal y regulatorio esté alineado con los objetivos de sostenibilidad, resiliencia e inclusión social.
Como parte del sustento técnico de estas acciones, se elaborarán estudios especializados en planeación
estratégica, movilidad y turismo que permitirán orientar la toma de decisiones y aportar a la recuperación
integral de este destino, lo que favorecerá un entorno más ordenado, funcional y atractivo para la población
local y los turistas nacionales e internacionales que año con año lo visitan.
Proyectos estratégicos
Para contribuir en la atención de las problemáticas identificadas en el diagnóstico y lograr el cumplimiento
de los dos objetivos planteados en el Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR, así como en
alineación a los proyectos turísticos del país establecidos en el PROSECTUR; la entidad considera la
implementación de los siguientes proyectos estratégicos:
Proyectos estratégicos 2025-2030
Estrategia de Turismo Comunitario como motor del desarrollo regional.
Estrategia para la ejecución del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”.
Contribución al Modelo de Desarrollo del Segundo Piso de la Cuarta Transformación
El programa institucional busca contribuir al objetivo de impulsar un crecimiento económico inclusivo,
sostenible y en armonía con la protección de los recursos naturales, tal como lo establece el modelo de
desarrollo del Segundo Piso de la Cuarta Transformación, en donde se busca que el crecimiento económico
pueda ir de la mano con el bienestar de las personas, considerándolo como un componente esencial del
desarrollo.
En este sentido, el FONATUR se alinea con este modelo al impulsar el turismo comunitario y el desarrollo
de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional; así como posicionar al CIP Acapulco-Coyuca
como un destino sostenible, resiliente y socialmente inclusivo. Para lograr estos objetivos, se trabajará en la
creación de estrategias de desarrollo turístico que no solo busquen maximizar los beneficios económicos, sino
que, bajo una dimensión de responsabilidad social, también se concilie el crecimiento con el bienestar de la
población y la preservación del entorno natural, redistribuyendo los beneficios de la actividad turística de
manera equitativa entre las comunidades locales y regiones del país.
Consideración de los principios del Humanismo Mexicano
El desarrollo y bienestar con cuidado al medio ambiente, es uno de los principios fundamentales del
Humanismo Mexicano, entendiendo que éste solo será verdaderamente integral si se preservan los recursos
naturales para las futuras generaciones.
El FONATUR, toma dicho principio como una premisa fundamental en el diseño e implementación de este
programa institucional, por lo que los proyectos impulsados integrarán la gestión responsable de los recursos
naturales, fomentando su uso eficiente y promoviendo prácticas turísticas que respeten la biodiversidad y el
equilibrio ecológico.
De igual manera, bajo el principio de prosperidad compartida, se llevarán a cabo estrategias y acciones
que procuren la inclusión de las comunidades en las cadenas de valor del turismo, de manera que las
MIPyMES y los actores locales sean factores clave en la creación de los productos turísticos del país, lo que
permitirá un desarrollo económico comunitario y regional que contribuya a elevar el bienestar de la población.
El FONATUR refuerza su compromiso con un modelo de desarrollo turístico que sea capaz de equilibrar el
crecimiento económico con el bienestar social y la protección de los recursos naturales, en alineación con los
principios del Humanismo Mexicano.
Visión de largo plazo
2030
Para el año 2030, como resultado de las acciones gubernamentales orientadas a fortalecer la
competitividad de nuevos destinos y a integrar a las MIPyMES en las cadenas de valor del sector, nuestro
país contará con un modelo de desarrollo turístico más equitativo y diversificado, alcanzando la meta 6 del
Plan México - Ramo 21 Turismo, de consolidar las vocaciones turísticas regionales y diversificar la
oferta desarrollando nuevos segmentos turísticos.
El FONATUR se habrá consolidado como un actor estratégico para el desarrollo turístico nacional,
impulsando proyectos que respetan los aspectos socioculturales y ambientales, promoviendo un turismo
sostenible e incluyente; además, sus bienes inmobiliarios habrán sido estratégicamente aprovechados para
atraer inversiones responsables bajo esquemas eficientes que aseguran rendimientos sostenibles para el
Estado y para las regiones en las que se localizan.
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Por otra parte, el CIP Acapulco-Coyuca se consolidará como un modelo nacional de recuperación
resiliente y desarrollo turístico sostenible, resultado de una planeación integral con inversión pública
estratégica y la participación de las comunidades locales. Gracias a la intervención del FONATUR, el territorio
afectado por los huracanes Otis y John habrá superado sus condiciones de vulnerabilidad a través
de infraestructura adaptada, con servicios básicos modernizados, redes de movilidad y soluciones de
saneamiento eficaces. Además, como resultado de estas acciones, se contribuirá al cumplimiento de la meta
4 del Plan México - Ramo 21 Turismo, de promover la mejora de infraestructura turística.
El turismo en el CIP Acapulco-Coyuca habrá evolucionado hacia un modelo más equilibrado e inclusivo.
Las comunidades locales participarán activamente en la toma de decisiones y en la gestión de proyectos
turísticos, con acceso a asesorías y financiamiento que les permitan integrarse plenamente a la cadena de
valor, lo que habrá contribuido a la generación de empleos dignos y a la reducción de la desigualdad social y
económica.
Con una mejora sustancial en las capacidades técnicas e institucionales, la planificación de destinos
turísticos se habrá profesionalizado, basada en estudios técnicos especializados y bajo criterios ambientales,
sociales y económicos. México habrá reafirmado su reputación como un destino comprometido con la
sostenibilidad y la inclusión en el turismo.
2050
En 2050, México será reconocido a nivel internacional como un referente en desarrollo turístico sostenible,
con una oferta diversificada y fortalecida que equilibra la conservación de sus ecosistemas con la inclusión
social y el crecimiento económico regional. Con la contribución del FONATUR durante las décadas previas, el
país contará con destinos turísticos integrados, resilientes y competitivos, donde las comunidades locales
participan activamente en la toma de decisiones y se benefician plenamente del turismo, reduciendo las
brechas de desarrollo entre los destinos consolidados y el resto del país.
El CIP Acapulco-Coyuca será un destino turístico resiliente y plenamente integrado al bienestar de sus
comunidades. A lo largo de 25 años de planificación estratégica y acción coordinada, la región habrá
arraigado un modelo turístico que prioriza la conservación del entorno natural con el desarrollo económico
local, garantizando equidad, sostenibilidad y calidad de vida para sus habitantes.
El sector turístico en México considerará a Acapulco-Coyuca como un pilar del desarrollo sostenible de
largo plazo, que contribuya de manera significativa a la mitigación del cambio climático, a la protección del
patrimonio natural y cultural, y a la cohesión social para beneficio de la población mexicana.
6.- Objetivos
El FONATUR desde hace más de 50 años ha participado en el desarrollo del sector turístico a través de la
planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística, por medio de la creación de los CIP
Cancún, Los Cabos, Ixtapa, Loreto, Huatulco y de los PTI Litibú y Cozumel, conforme a la demanda turística y
en función de las prioridades de cada administración, enfocados en la concentración de infraestructura
y servicios turísticos en pocos destinos y regiones, provocando así limitantes para un desarrollo económico y
social equilibrado.
Actualmente, la política turística del país planteada en el PROSECTUR 2025-2030 y el Plan México –
Ramo 21 Turismo, tienen como propósito diversificar la oferta turística del país más allá de los destinos de sol
y playa, involucrando a las comunidades y fomentando el desarrollo equilibrado de las regiones mediante un
enfoque de turismo inclusivo.
Asimismo, de acuerdo con los principios rectores de la ONU y la ONU Turismo (2025), anteriormente
Organización Mundial del Turismo, las inversiones turísticas sostenibles deben derivar de políticas sectoriales
que promuevan un enfoque colaborativo con las comunidades locales y considerarles actores activos,
evitando limitar su participación en la toma de decisiones.
Es por lo que, el FONATUR adquiere una dimensión de responsabilidad social, reorientando sus acciones
para un desarrollo turístico más equitativo, inclusivo y sostenible en destinos con potencial, a fin de conciliar el
crecimiento con el bienestar de la población y redistribuir sus beneficios de manera equitativa.
En consecuencia, para que el FONATUR alcance sus metas y contribuya en la atención de las
problemáticas del sector turístico nacional en el ámbito de su competencia, el programa institucional plantea
los siguientes objetivos:
Objetivos del Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR
1.
Impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional.
2.
Posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo.
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6.1 Relevancia del Objetivo 1: Impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y
destinos turísticos sostenibles a nivel nacional.
A pesar de que México es reconocido a nivel mundial como uno de los países con mayor diversidad
cultural, geográfica y natural, y con una gran riqueza de atractivos turísticos que abarcan desde zonas
arqueológicas y ciudades coloniales hasta ecosistemas únicos, el turismo en el país continúa concentrado en
un número limitado de destinos. La mayoría de los turistas, particularmente los turistas internacionales, siguen
eligiendo los mismos destinos tradicionales, principalmente aquellos relacionados con el segmento de sol y
playa.
Un ejemplo de lo anterior se observa en las cifras registradas durante enero a junio de 2025, periodo en el
cual los aeropuertos internacionales de Cancún, Los Cabos y Puerto Vallarta concentraron el 63% del total
de turistas extranjeros que ingresaron a México por vía aérea (SECTUR, 2025). Este dato revela no solo
una marcada preferencia por estos destinos, también, la necesidad de fortalecer otras regiones del país que
poseen un enorme potencial aún sin aprovechar adecuadamente.
Fuente: Elaboración propia con información de AFAC y DATATUR.
Nota: El rubro “Otros” incluye al resto de aeropuertos del país.
A este problema, se suman las limitadas capacidades institucionales de los gobiernos municipales y
estatales en materia de planeación turística, lo que dificulta el impulso al desarrollo regional mediante la
consolidación y mejora de otros destinos alternativos. Además de que, las comunidades locales y las
MIPyMES carecen de las habilidades y conocimientos técnicos necesarios para elaborar planes de negocio
que les permitan desarrollar proyectos turísticos viables, lo cual se ve reflejado en su rentabilidad, que de
acuerdo con el Censo Económico 2024, en 2023 las microempresas turísticas del país tuvieron una
rentabilidad del 39.61%, las pequeñas el 27.31% y las medianas empresas el 19.15%, en comparación con el
44.08% de las grandes empresas turísticas del país (INEGI, 2024).
A lo anterior, se suman problemáticas relacionadas con el ordenamiento territorial y el incumplimiento de la
normatividad en materia de uso de suelo en diversas construcciones. Entre las principales irregularidades, se
encuentran los cambios en las alturas permitidas, el aumento no autorizado en la capacidad de cuartos o
viviendas, y la edificación en zonas con restricciones. Estas prácticas no solo deterioran la imagen urbana y
arquitectónica de los desarrollos, sino que también generan un efecto multiplicador de incumplimientos
afectando la sostenibilidad del destino y la experiencia de los turistas.
Con la asistencia técnica que el FONATUR brindará a los gobiernos de las entidades federativas y
municipales, así como a dependencias y otras entidades públicas a través del PATEM, se permitirá la
elaboración de instrumentos de planeación turística para el desarrollo y fortalecimiento de destinos sostenibles
e incluyentes, lo que contribuirá directamente al crecimiento económico regional.
Asimismo, mediante el PAPTUR, la asesoría especializada del FONATUR para fortalecer la competitividad
de proyectos productivos del sector turístico, así como su contribución en la implementación del programa de
turismo comunitario coordinado por la SECTUR, facilitará la integración de la población local en las cadenas
de valor del turismo, aprovechando su potencial bajo un enfoque sostenible y asegurando una distribución
más equitativa de los beneficios que esta actividad genera.
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Sin estas acciones, la concentración turística en unos pocos destinos del país continuará limitando las
oportunidades de desarrollo en otras regiones con potencial, aunado al riesgo de mantener la exclusión de las
comunidades y MIPyMES del aprovechamiento económico del turismo en destinos consolidados. Cuenta de lo
anterior es que, de acuerdo con los resultados de la medición de la pobreza multidimensional, en las seis
entidades federativas con mayor actividad turística en México (Quintana Roo, Baja California Sur, Ciudad de
México, Jalisco, Nayarit y Sinaloa), más de 4 millones 700 mil personas se encontraban en situación
de pobreza en 2024 (INEGI, 2025).
Fuente: Elaboración propia con información del INEGI.
Asimismo, es relevante atraer inversión en destinos turísticos consolidados para potenciar su desarrollo
económico, mejorar su infraestructura y fortalecer su competitividad a nivel nacional e internacional. Para ello,
el FONATUR contribuirá a dicho fin mediante la comercialización de bienes inmuebles en destinos como
Huatulco, Cancún, Los Cabos, Ixtapa, Nayarit y Loreto, a través de procedimientos de venta ágiles y
transparentes que otorguen certeza jurídica a los inversionistas.
Además, se garantizará el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de construcción de los lotes
comercializados, lo que permitirá su desarrollo en apego a la normatividad vigente, así como a criterios
arquitectónicos, ambientales y de imagen urbana, considerando las particularidades de cada sitio. Con estas
acciones, se fortalecerán los destinos turísticos con la generación de empleo, el incremento de oportunidades
de vivienda y la diversificación de la oferta de productos turísticos.
Asimismo, es fundamental diseñar e implementar modelos operativos, contractuales y financieros que
permitan la autosuficiencia de las unidades de negocio del FONATUR, bajo un marco de supervisión
institucional. Estos mecanismos se orientarán a optimizar el uso del patrimonio con fines turísticos y sociales,
promoviendo una gestión eficiente, sostenible y alineada con el desarrollo económico local de los destinos en
los que operan.
No avanzar en esta dirección, perpetuaría la dependencia financiera, limitaría el impacto social y
económico de las unidades de negocio y comprometería la viabilidad a largo plazo de los proyectos del
FONATUR, afectando negativamente tanto al patrimonio público como al desarrollo regional.
Por otra parte, es de suma importancia que los destinos turísticos de México cuenten con infraestructura
urbana y turística en óptimas condiciones, ya que, gracias al mejoramiento de la imagen urbana en los
destinos turísticos existentes, también se fomenta el desarrollo regional equilibrado y aumenta su
competitividad, tal como señala el PROSECTUR 2025-2030. Un ejemplo de lo anterior es el PTI Litibú, un
destino estratégico con desarrollos como hoteles, residencias y campo de golf. Sin embargo, el clima de la
región, caracterizado por alta humedad, lluvias intensas y salinidad costera, ha provocado un desgaste
acelerado, afectando su funcionamiento e incrementando los costos de conservación y mantenimiento hasta
en un 42% entre 2023 y 2024.
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Para enfrentar estos desafíos, se requiere el uso de materiales resistentes a la corrosión, sistemas de
drenaje eficientes y acciones sostenibles, como la reforestación con especies nativas y sobre todo una
planeación estratégica que tenga como eje articulador el entorno geográfico e histórico del lugar, para que en
lugar que sea un problema, contribuya a resaltar el patrimonio existente.
En este sentido, el FONATUR implementará estrategias específicas y gestionará los permisos y
autorizaciones ambientales requeridos, con el objetivo de hacer frente a las condiciones climáticas,
prolongando su vida útil y consolidando su atractivo turístico. La relevancia de lo anterior recae en que, de no
intervenir oportunamente, la degradación de la infraestructura podría limitar la competitividad de este destino,
reduciendo su afluencia turística y el dinamismo económico.
Con lo anterior, se contribuirá directamente al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Cuarta
Transformación y al Plan México planteados por el Gobierno de México, al impulsar un turismo más diverso,
equitativo, sustentable, sostenible e incluyente y frenando la concentración histórica del turismo en unos
pocos destinos de sol y playa. A través de las estrategias y líneas de acción que comprenden este objetivo, se
promoverá una distribución más justa de los beneficios turísticos, integrando a las comunidades y MIPyMES
en las cadenas de valor, en línea con los principios de justicia social y economía para el bienestar.
6.2 Relevancia del Objetivo 2: Posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico
sostenible, resiliente y socialmente inclusivo.
La infraestructura de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez sufrió un impacto devastador e histórico
con el paso del huracán Otis, considerado por el Centro de Huracanes del Pacífico Central, dependiente de la
Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica, como un fenómeno sin precedentes en esta parte
del país (Centro de Huracanes del Pacífico Central, 2024). Los daños ocasionados por este huracán incluyen
la afectación de aproximadamente 250 mil viviendas, de las cuales, cerca de 50 mil resultaron totalmente
destruidas (OIM, 2024). Además, en el mes posterior al desastre se removieron más de 220 mil toneladas de
escombros de las vías públicas. A esta situación, se suman daños adicionales en las viviendas provocados
por el huracán John.
La magnitud y el alcance de los daños ocasionados por estos huracanes en los municipios de Acapulco de
Juárez y Coyuca de Benítez han superado las capacidades técnicas y financieras locales para garantizar la
correcta prestación de servicios públicos. Entre los principales retos destacan la rehabilitación y
mantenimiento de vialidades principales y secundarias, la restauración de infraestructura turística y urbana
estratégica, la limpieza y conservación de áreas verdes, playas y espacios públicos, así como la recuperación
y mejora de los sistemas de alumbrado, saneamiento y tratamiento de aguas residuales.
Estas afectaciones se presentan en un momento crítico para ambas zonas, donde históricamente la
economía ha dependido del turismo, aportando este sector entre el 17% y 24% al PIB municipal de Acapulco
de Juárez y Coyuca de Benítez durante 2018 a 2022 (SECTUR, 2023) y que, debido a estos eventos
meteorológicos, la oferta turística en Acapulco disminuyó considerablemente, con una reducción de 3 mil 867
cuartos disponibles (promedio diario entre 2023 y 2024), lo que refleja una variación de menos 18%, mientras
que el total de cuartos ocupados presentó una disminución del 28.5% (SECTUR, 2024).
Fuente: Elaboración propia con información preliminar de DATATUR.
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La emergencia ha impactado severamente a trabajadores y comunidades, quienes requieren de
intervenciones rápidas y eficaces para restaurar las condiciones necesarias para el desarrollo social y
económico del área que conforma al CIP Acapulco-Coyuca.
Este destino presenta una alta vulnerabilidad socioambiental, agravada por una planeación urbana que ha
provocado un crecimiento desordenado y una deficiente provisión de servicios básicos como agua potable,
drenaje, electricidad y recolección de residuos. Esta situación demanda con urgencia un modelo integral de
desarrollo que contribuya a la recuperación del destino, el ordenamiento territorial y la diversificación de la
oferta turística, con el objetivo de fortalecer su resiliencia y sostenibilidad.
Adicionalmente, el CIP Acapulco-Coyuca enfrenta deficiencias en el transporte público, debido a la
limitada conectividad entre zonas turísticas, así como la oportunidad de mejorar la seguridad vial y
accesibilidad, lo que ha afectado la calidad de vida de los habitantes y la experiencia de los turistas.
Por otro lado, en la ciudad y puerto de Acapulco, áreas clave como el Zócalo, colonias populares y tramos
de la Costera Miguel Alemán, enfrentan una iluminación deficiente, situación que influye en la percepción de
seguridad del destino, ya que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana, a junio de
2025 alrededor del 83% de la población local se siente insegura en la ciudad de Acapulco (INEGI, 2025).
Mientras que, el municipio de Coyuca se encuentra en un alto grado de marginación, de acuerdo con el Índice
de marginación a nivel municipal 2020 (CONAPO, 2021); además, las comunidades cercanas a la laguna y las
zonas rurales enfrentan una carencia aún mayor de alumbrado público, limitando las actividades nocturnas y
el atractivo turístico del CIP.
Puerto Marqués representa otro punto crítico, pues esta zona, con una población de 2 mil 733 habitantes
en 471 hectáreas, incluyendo 74 hectáreas de manglar en la Laguna Negra, presenta alta vulnerabilidad ante
inundaciones y una infraestructura turística deficiente, lo que reduce su desarrollo y pone en riesgo a su
población y ecosistemas.
Los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez son zonas altamente vulnerables a desastres
naturales, con 68 declaratorias de desastre, emergencia y contingencia climatológica entre 2000 y 2024 por
sismos, fenómenos hidrometeorológicos y desastres diversos (CENAPRED, 2025), ambos municipios
enfrentan amenazas geológicas (sismos, derrumbes, hundimientos) e hidrometeorológicas (ciclones, lluvias
intensas, sequías e inundaciones).
Fuente: Elaboración propia con información de CENAPRED.
En suma, el CIP Acapulco-Coyuca, enfrenta problemas ambientales que afectan su imagen y
competitividad, entre ellos, una alta contaminación de cuerpos de agua por el deficiente tratamiento de aguas
residuales, lo que genera riesgos sanitarios, ecológicos y económicos. Además, la recolección y tratamiento
deficientes de residuos sólidos ha propiciado la proliferación de tiraderos clandestinos. Las lluvias intensas
arrastran residuos a las playas, contaminando el entorno y perjudicando la experiencia turística. Estos
desafíos comprometen la salud pública, degradan el entorno y afectan directamente la economía local.
Adicionalmente, las ANP dentro del CIP, como El Veladero, Roqueta, Puerto Marqués, Laguna de Coyuca
y Tres Palos, que suman más de 22 mil 700 hectáreas, ofrecen una gran oportunidad para impulsar un
turismo de bajo impacto, que diversifique la oferta actual y fortalezca las economías locales mediante modelos
sostenibles, en coordinación con los sujetos de derecho público que concurren en las mismas.
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En la planicie costera de Coyuca de Benítez, la economía local ha girado hacia el turismo, pero sin la
infraestructura ni las regulaciones necesarias para garantizar un desarrollo sostenible. Es de destacar que
esta región enfrenta elevados niveles de pobreza: el 27.3% de la población vive en pobreza extrema, y el
38.3% en pobreza moderada (INEGI, 2025) y no existen instrumentos de planeación que orienten su
desarrollo turístico, lo que impide aprovechar adecuadamente su riqueza.
Lo anterior, a pesar de contar con un importante potencial para el turismo de naturaleza y cultura, como la
laguna de Coyuca, las ramadas gastronómicas a orillas del río, y la producción local de sal, dulces y
artesanías.
Finalmente, todas estas problemáticas son consecuencia de un desarrollo urbano improvisado y
desordenado que ha degradado los espacios urbanos, afectando tanto la calidad de vida de los habitantes
como la percepción de la ciudad por parte de los visitantes.
Para posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente
inclusivo tras el paso de los huracanes Otis y John, resulta fundamental promover su bienestar y desarrollo
mediante la creación de condiciones que impulsen una mayor derrama económica. Para lograrlo, es necesario
elevar la calidad y competitividad del sector turístico, promover su ordenamiento y transformación, así como
fomentar la inversión pública, privada y social en esta actividad.
Ante esta situación, el Gobierno de México y la SECTUR, a través del PROSECTUR 2025-2030, plantean
como estrategia la implementación del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma
Contigo” en colaboración con los tres órdenes de gobierno, como un instrumento estratégico e innovador para
la reactivación económica y social de este destino turístico.
En este sentido, el FONATUR ha asumido nuevas responsabilidades orientadas a la conservación y
mantenimiento del entorno urbano y natural del CIP, que incluyen la rehabilitación de la infraestructura, la
modernización urbana y la mejora de servicios básicos como el agua potable, el saneamiento y la electricidad.
Además, las estrategias y líneas de acción de este objetivo están enfocadas a impulsar un ordenamiento
urbano y turístico incluyente y participativo, donde se fomente la integración de todos los sectores de la
sociedad en la toma de decisiones, generando proyectos que contribuyan al modelo de desarrollo del
Segundo Piso de la Cuarta Transformación propuesto por el Gobierno de México al promover un crecimiento
equitativo y sostenible que prioriza el bienestar social y ambiental.
De no intervenir oportunamente, las consecuencias serían cada vez más graves. La acumulación
descontrolada de residuos continuaría afectando la salud pública y el medio ambiente, mientras que la
degradación de la infraestructura turística y de servicios básicos seguirían mermando la competitividad del
destino. Esto provocaría una reducción en la llegada de visitantes, afectando directamente a la economía local
y generando un círculo vicioso de deterioro, marginación y pérdida de oportunidades.
Por lo anterior, las acciones contempladas por el FONATUR reflejan el compromiso del Gobierno de
México con un desarrollo armónico que no solo atiende las necesidades de las comunidades afectadas por
fenómenos como los huracanes, sino que también genera nuevas oportunidades para todos los sectores
sociales, creando un círculo virtuoso de bienestar y prosperidad, en línea con los principios del Humanismo
Mexicano.
6.3 Vinculación del Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR al Programa Sectorial de
Turismo 2025-2030.
El Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR se encuentra alineado con los Ejes Generales 2:
Desarrollo con bienestar y humanismo y 3: Economía moral y trabajo del Plan Nacional de Desarrollo.
Asimismo, en vinculación con el Plan México - Ramo 21 Turismo, este programa contribuirá a las metas 4 y 6
referentes a la promoción de la mejora de infraestructura turística, la consolidación de las vocaciones
turísticas regionales y la diversificación de la oferta.
A continuación, se presenta la alineación entre los objetivos que orientan este programa y los objetivos y
estrategias establecidos en el PROSECTUR 2025-2030, para impulsar el desarrollo del turismo
en nuestro país.
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Objetivos del Programa
Institucional 2026-2030 del
FONATUR
Objetivos del
PROSECTUR 2025-2030
Estrategias del
PROSECTUR 2025-2030
Objetivo 1. Impulsar el turismo
comunitario y el desarrollo de
productos y destinos turísticos
sostenibles a nivel nacional.
Objetivo 1. Fomentar el
desarrollo regional y
comunitario en áreas menos
desarrolladas.
Estrategia 1.1 Fomentar el desarrollo del turismo
comunitario, sostenible e inclusivo para favorecer la
generación de bienestar y la distribución equitativa de
los beneficios.
Estrategia 1.2 Impulsar el desarrollo de nuevos
productos turísticos en regiones con menor desarrollo
para incrementar la actividad turística comunitaria.
Estrategia 1.7 Fomentar el desarrollo turístico en
zonas con alto potencial turístico para contribuir al
crecimiento económico y regional.
Objetivo 2. Promover la
atracción de inversiones en
infraestructura turística en
estados y municipios.
Estrategia 2.4 Fomentar el emprendimiento y la
creación de empresas turísticas para contribuir al
desarrollo social, turístico y económico.
Objetivo 4. Incrementar la
competitividad e innovación en
el sector turístico.
Estrategia 4.3 Diversificar e innovar la oferta de
productos y destinos turísticos sostenibles e
incluyentes con el fin de fomentar el bienestar
económico y social de las comunidades locales.
Objetivo 5. Promover la
sostenibilidad en destinos y
productos turísticos en el
territorio nacional.
Estrategia 5.2 Promover la coordinación y
generación de alianzas públicas – privadas, de
cooperación nacional e internacional para impulsar la
sostenibilidad económica en el turismo.
Estrategia 5.3 Promover el desarrollo turístico que
fomente la participación social en la gestión y los
beneficios del turismo.
Objetivo 2. Posicionar al CIP
Acapulco-Coyuca como un
destino turístico sostenible,
resiliente y socialmente inclusivo
Objetivo 1. Fomentar el
desarrollo regional y
comunitario en áreas menos
desarrolladas
Estrategia 1.1 Fomentar el desarrollo del turismo
comunitario, sostenible e inclusivo para favorecer la
generación de bienestar y la distribución equitativa de
los beneficios
Estrategia 1.7 Fomentar el desarrollo turístico en
zonas con alto potencial turístico para contribuir al
crecimiento económico y regional
Objetivo 2. Promover la
atracción de inversiones en
infraestructura turística en
estados y municipios.
Estrategia 2.2 Impulsar alianzas público-privadas y
esquemas de financiamiento mixto para el desarrollo
de infraestructura y proyectos turísticos estratégicos
en estados y municipios con potencial, a fin de
ampliar la cobertura territorial de la inversión turística
y contribuir al crecimiento regional equilibrado.
Objetivo 4. Incrementar la
competitividad e innovación en
el sector turístico
Estrategia 4.3 Diversificar e innovar la oferta de
productos y destinos turísticos sostenibles e
incluyentes con el fin de fomentar el bienestar
económico y social de las comunidades locales
Objetivo 5. Promover la
sostenibilidad en destinos y
productos turísticos en el
territorio nacional.
Estrategia 5.2 Promover la coordinación y
generación de alianzas públicas – privadas, de
cooperación nacional e internacional para impulsar la
sostenibilidad económica en el turismo.
Estrategia 5.3 Promover el desarrollo turístico que
fomente la participación social en la gestión y los
beneficios del turismo.
Estrategia 5.5 Fomentar la prevención, mitigación,
preparación y alerta de riesgos en zonas turísticas,
con el propósito de reducir la vulnerabilidad de los
destinos y proteger la integridad de visitantes y
comunidades receptoras.
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7.- Estrategias y líneas de acción
Las estrategias y líneas de acción del Programa Institucional 2026-2030 de FONATUR constituyen la ruta
para consolidar un modelo de desarrollo turístico más equilibrado, sostenible e incluyente en México. Estas
acciones, derivadas de dos objetivos fundamentales, responden a la necesidad de diversificar y planear
productos y destinos turísticos, así como de transformar el CIP Acapulco-Coyuca en un referente nacional de
sostenibilidad, resiliencia e inclusión social.
El Objetivo 1 se orienta a impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos
sostenibles a nivel nacional. Para ello, se fortalecerá la planeación turística con la participación de las
comunidades y las MIPyMES, lo cual, no solo busca ampliar la oferta turística, sino también maximizar los
beneficios sociales y económicos del turismo, promoviendo un modelo más justo y equitativo.
Por su parte, el Objetivo 2 se enfoca en consolidar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico
sostenible, resiliente e inclusivo, a través de un enfoque integral que promueve el bienestar social, la
recuperación económica y la protección del entorno natural. Para lograrlo, se impulsará el ordenamiento
urbano y turístico, la rehabilitación y modernización de la infraestructura y la mejora de los servicios públicos
esenciales, con la participación de la sociedad en la toma de decisiones, a fin de garantizar proyectos
pertinentes, sostenibles y alineados con las necesidades locales.
En este marco, el Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR busca contribuir activamente en la
atención de retos estructurales del desarrollo turístico, como la concentración territorial del turismo, la
desigualdad en la distribución de beneficios, y la vulnerabilidad ambiental y social de los destinos, en
concordancia con el propósito de consolidar un sector turístico capaz de generar bienestar para las
comunidades, atraer inversión estratégica y fortalecer la posición de México como un destino líder a nivel
global, establecido en el PROSECTUR 2025-2030.
Objetivo 1. Impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos
sostenibles a nivel nacional.
Estrategia 1.1 Posicionar a las comunidades y MIPyMES como protagonistas en el desarrollo del
turismo para asegurar una distribución más equitativa de sus beneficios.
Líneas de acción
1.1.1 Brindar acompañamiento a comunidades y MIPyMES en la integración de los planes de negocio de sus productos o
servicios turísticos mediante asesoría técnica y acciones de fortalecimiento.
1.1.2 Fomentar el desarrollo de productos o servicios turísticos de comunidades y MIPyMES a través de la orientación para
el acceso a fuentes de financiamiento o de inversión, así como a programas gubernamentales.
1.1.3 Participar en la implementación del programa de turismo comunitario en coordinación con la SECTUR.
1.1.4 Establecer las bases para la elaboración de estudios de planeación turística mediante mesas de coordinación y
convenios de colaboración con estados, municipios y entidades públicas vinculadas al desarrollo turístico sostenible e
incluyente.
1.1.5 Impulsar la inclusión social en el diseño de proyectos estratégicos de desarrollo turístico mediante visitas técnicas y
mesas de trabajo con comunidades, gobiernos locales y actores del sector turístico.
1.1.6 Brindar asistencia técnica en materia de planeación turística a los estados, municipios, comunidades y demás actores
interesados en el sector turístico.
Estrategia 1.2 Crear y consolidar destinos turísticos diversificados bajo un enfoque sostenible e
incluyente mediante alianzas entre los sectores a fin de lograr un desarrollo integral.
Líneas de acción
1.2.1 Identificar áreas con potencial de desarrollo para abrir nuevos segmentos de mercado que permita ampliar la oferta de
destinos turísticos que incluyan zonas poco conocidas y promuevan la cultura local.
1.2.2 Fomentar la elaboración y actualización de instrumentos de planeación urbana en destinos turísticos, mediante
diagnósticos territoriales, participación interinstitucional y la aplicación del marco normativo vigente.
1.2.3 Elaborar estudios técnicos especializados de planeación estratégica y movilidad urbana sostenible para el desarrollo
de destinos turísticos en colaboración con los tres órdenes de gobierno.
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Líneas de acción
1.2.4 Colaborar en el desarrollo de infraestructura urbana en destinos turísticos mediante la elaboración de estudios y
proyectos de ingeniería.
1.2.5 Contribuir al desarrollo planeado y armónico de destinos turísticos a través de estudios y proyectos ejecutivos de
planes maestros específicos, de diseño urbano y arquitectura.
1.2.6 Promover obras de infraestructura y urbanización, incluyendo edificaciones e instalaciones en centros de desarrollo
turístico que permitan la oferta de servicios.
1.2.7 Mejorar la calidad de la infraestructura urbana en destinos turísticos mediante la ejecución de programas de
conservación y mantenimiento.
1.2.8 Obtener las autorizaciones y certificaciones en materia ambiental necesarias a fin de aprovechar adecuadamente el
patrimonio natural de destinos con vocación turística y favorecer el desarrollo turístico responsable y equilibrado.
Estrategia 1.3 Comercializar los bienes inmuebles del FONATUR para fomentar la inversión en
destinos turísticos y el desarrollo regional.
Líneas de acción
1.3.1 Actualizar la oferta comercial del FONATUR mediante la gestión de altas y bajas de lotes en el inventario, así como la
determinación de precios de venta de los bienes inmuebles.
1.3.2 Implementar campañas de promoción y procedimientos de venta ágiles y transparentes para la comercialización de los
bienes inmuebles del FONATUR.
1.3.3 Vigilar el cumplimiento de obligaciones contractuales derivadas de operaciones de comercialización mediante la
revisión de proyectos arquitectónicos e inspecciones físicas.
Estrategia 1.4 Dirigir eficaz y eficientemente las inversiones patrimoniales del FONATUR a fin de
optimizar su administración y operación.
Líneas de acción
1.4.1 Diseñar e implementar modelos y mecanismos operativos, contractuales y financieros que hagan autosuficientes a las
unidades de negocio, bajo supervisión institucional.
1.4.2 Ejecutar planes de seguimiento integral, junto con mecanismos de regularización y aprovechamiento a fideicomisos en
los que el FONATUR participe, para garantizar certeza jurídica, contable y operativa.
1.4.3 Redefinir los esquemas de coinversión y arrendamiento con base en criterios de viabilidad financiera y beneficio
institucional, a fin de garantizar certeza jurídica, financiera y contable.
Objetivo 2. Posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y
socialmente inclusivo.
Estrategia 2.1 Impulsar la planeación y el ordenamiento turístico en el CIP Acapulco-Coyuca para
garantizar un crecimiento equilibrado y sostenible.
Líneas de acción
2.1.1 Fomentar el desarrollo sostenible del turismo en el CIP Acapulco-Coyuca, mediante la elaboración de estudios de
planeación turística.
2.1.2 Atender las problemáticas urbanas del CIP Acapulco-Coyuca, a través de la generación de estudios técnicos
especializados de planeación estratégica y movilidad urbana, en colaboración con los tres órdenes de gobierno.
2.1.3 Contribuir al ordenamiento urbano y turístico sostenible del CIP Acapulco-Coyuca, mediante la generación de los
instrumentos normativos necesarios.
2.1.4 Impulsar el turismo responsable y sostenible en el CIP Acapulco-Coyuca mediante el adecuado aprovechamiento de
los recursos naturales.
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Estrategia 2.2 Fortalecer la infraestructura urbana y turística del CIP Acapulco-Coyuca para
impulsar el desarrollo del turismo y mejorar su resiliencia frente a fenómenos naturales.
Líneas de acción
2.2.1 Elaborar estudios y proyectos de ingeniería que permitan el adecuado desarrollo de la infraestructura urbana y
turística del CIP Acapulco-Coyuca.
2.2.2 Elaborar estudios y proyectos ejecutivos de planes maestros específicos, de diseño urbano y arquitectura para mejorar
la funcionalidad de la infraestructura urbana y turística del CIP Acapulco-Coyuca.
2.2.3 Rehabilitar y construir infraestructura urbana y de movilidad en el CIP Acapulco-Coyuca, a través de la colaboración
con los tres órdenes de gobierno para la ejecución de obras públicas que impulsen la actividad turística.
2.2.4 Obtener las autorizaciones en materia de impacto ambiental necesarias para la rehabilitación o construcción de
infraestructura urbana y turística en el CIP Acapulco-Coyuca.
2.2.5 Mantener la infraestructura urbana y turística del CIP Acapulco-Coyuca en condiciones óptimas a través de trabajos
continuos de conservación y mantenimiento.
Estrategia 2.3 Integrar a las comunidades locales y las MIPyMES en el desarrollo de la actividad
turística en el CIP Acapulco-Coyuca para que obtengan beneficios directos del turismo.
Líneas de acción
2.3.1 Impulsar la concertación social en las acciones y proyectos que ejecute el FONATUR en el CIP Acapulco-Coyuca, a
través de mecanismos efectivos de participación ciudadana en coordinación con los tres niveles de gobierno.
2.3.2 Fortalecer la participación de las comunidades locales y MIPyMES en las cadenas de producción y redes de valor
turístico en el CIP Acapulco-Coyuca, a través de capacitación, asesoría especializada y acciones de fortalecimiento de
proyectos.
2.3.3 Impulsar el desarrollo de productos y servicios turísticos de MIPyMES y comunidades locales en el CIP Acapulco-
Coyuca, mediante la orientación para el acceso a fuentes de financiamiento o inversión, así como a programas
gubernamentales.
2.3.4 Fomentar la colaboración entre los sectores social, público y privado a través de la suscripción de convenios, acuerdos
de concertación y otros instrumentos jurídicos necesarios.
8.- Indicadores y metas
Con el propósito de proporcionar a la ciudadanía parámetros claros y accesibles que reflejen la efectividad
de las acciones emprendidas para lograr el cumplimiento de los objetivos establecidos en el presente
programa institucional, se definieron dos indicadores estratégicos.
El primero está directamente vinculado al Objetivo 1 de impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de
productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional. Este indicador permite monitorear el crecimiento y
la diversificación de los servicios turísticos disponibles en el país, mostrando la capacidad del sector para
responder a las nuevas demandas del turismo nacional e internacional, bajo criterios de sostenibilidad e
inclusión.
Por su parte, el segundo indicador se relaciona con el Objetivo 2 sobre posicionar al CIP Acapulco-Coyuca
como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo. A través de este indicador, se pretende
evaluar el comportamiento anual de la afluencia turística al destino, lo que permite inferir en su nivel de
competitividad y atractivo en el mercado, como resultado de las estrategias implementadas para mejorar la
resiliencia y sostenibilidad de su infraestructura urbana y turística y la inclusión social en el destino.
Ambos indicadores ofrecen una visión integral del progreso hacia un modelo de turismo más equilibrado,
resiliente y con beneficios sociales distribuidos de manera equitativa, alineado con los principios rectores del
desarrollo turístico que promueve el PROSECTUR 2025-2030.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
Indicador 1: Tasa de variación porcentual de la oferta de servicios turísticos nacional
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Tasa promedio anual de la variación de la oferta de servicios turísticos.
Objetivo
1. Impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional.
Definición o
descripción
Este indicador mide el cambio porcentual anual promedio en el sexenio en la cantidad de servicios turísticos
disponibles en el país. Su propósito es dar seguimiento al crecimiento y diversificación de la oferta turística nacional,
reflejando la capacidad del sector para ampliar y adaptar sus productos a las nuevas demandas de los visitantes
nacionales e internacionales, bajo criterios de sostenibilidad e inclusión.
Derecho asociado
Derecho al crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza.
Apoyo e impulso a las empresas de los sectores social y privado de la economía.
Proveer las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional.
Nivel de
desagregación
Nacional.
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual.
Acumulado o
periódico
Periódico.
Disponibilidad de la
información
Septiembre del año siguiente.
Unidad de medida
Porcentaje.
Periodo de
recolección de los
datos
Enero-diciembre.
Tendencia
esperada
Ascendente.
Unidad responsable
de reportar el avance
FONATUR.
Método de cálculo
Donde:
: Tasa de variación porcentual anual promedio de oferta de servicios turísticos a nivel
nacional en el sexenio.
N: Año más reciente del que se tengan datos.
AB: Año base.
: Suma de las tasas de variación porcentual anual en el sexenio a partir de 2026.
: Número total de años considerados para el cálculo.
Observaciones
El procedimiento para la obtención del método de cálculo, es el siguiente:
1. Se calcula la tasa de variación porcentual anual (TVPA) de la oferta turística cada año.
2. Se suman las tasas de variación porcentual anuales desde 2026 hasta el último año disponible (N).
3. Se divide la suma entre el número de años considerados (N–AB)
Nota: Históricamente el Compendio Estadístico de Turismo en México se publica en septiembre. Sin embargo, ha
habido ocasiones en que por diversos factores se retrasa su publicación.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Suma de las tasas de
variación porcentual
anual en el sexenio
Valor variable 1
16.27
Fuente de
información
variable 1
Oferta de Servicios
Turísticos,
DATATUR.
Nombre variable 2
Número total de años
considerados para el
cálculo
Valor variable 2
6
Fuente de
información
variable 2
Oferta de Servicios
Turísticos,
DATATUR.
Sustitución en
método de cálculo
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
2.71
El valor de la línea base corresponde al promedio de la tasa de variación anual
promedio de 2018 a 2024, de acuerdo con la disponibilidad de la información.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
3
El valor de la meta 2030 corresponde al promedio de la tasa de variación anual
promedio de 2026 a 2030, de acuerdo con la disponibilidad de la información.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
3.28
2.56
2.89
2.71
2.49
2.34
2.71
ND
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
2.5
2.5
3
3
3
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
65
Indicador 2: Tasa de variación porcentual de llegadas de turistas a Acapulco
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Tasa de variación porcentual de llegadas de turistas a Acapulco.
Objetivo
2. Posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo.
Definición o
descripción
Este indicador mide el cambio porcentual anual en el número total de turistas que llegan a Acapulco, considerando
tanto turismo nacional como internacional. Permite evaluar la evolución en la afluencia turística al destino y sirve como
una medida del atractivo, competitividad y percepción del destino en el mercado turístico.
Derecho asociado
Derecho al crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza.
Nivel de
desagregación
Acapulco de Juárez.
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual.
Acumulado o
periódico
Periódico.
Disponibilidad de
la información
Diciembre del año siguiente.
Unidad de medida
Porcentaje.
Periodo de
recolección de los
datos
Enero-diciembre.
Tendencia
esperada
Ascendente.
Unidad
responsable de
reportar el avance
FONATUR.
Método de cálculo
TVPLTA = ((LTAt/LTA_(t-1))-1) * 100
Donde:
TVPLTA: Tasa de variación porcentual de llegadas de turistas a Acapulco
LTAt: Llegadas de turistas a Acapulco en el año t
LTA_(t-1): Llegadas de turistas a Acapulco en el año inmediato anterior al año t
Observaciones
Sin observaciones.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Llegadas de turistas a
Acapulco en el año t.
Valor variable 1
4,303,695
Fuente de
información
variable 1
Compendio
Estadístico del
Turismo, DATATUR.
Nombre variable 2
Llegadas de turistas a
Acapulco en el año
inmediato anterior al
año t.
Valor variable 2
6,744,481
Fuente de
información
variable 2
Compendio
Estadístico del
Turismo, DATATUR.
Sustitución en
método de cálculo
TVPOSTN = ((4,303,695/6,744,481)-1) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
-36.18
El valor de la línea base corresponde a la tasa de variación de 2024
con respecto a 2023, de acuerdo con la disponibilidad de la
información.
Año
2025
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
16.4
El valor de la meta 2030 corresponde a la tasa de variación
esperada de 2029 con respecto a 2028, de acuerdo con la
disponibilidad de la información.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
14.73
0.78
4.11
-54.07
66.13
49.92
-13.06
-36.18
METAS
2026
2027
2028
2029
2030
8
8
8
8
8
66
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
9. Referencias
CENAPRED.
(Junio
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intervención en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez ambos del Estado de
Guerrero, para la implementación de acciones coordinadas entre la SECTUR, el FONATUR, los
gobiernos locales. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero. Obtenido de
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26_0900%20%C3%8Dndice%20de%20Competitividad%20Urbana%202024/Documentos%20de%2
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https://www.inegi.org.mx/programas/ce/2024/#tabulados
INEGI. (2024). Medición de la Economía Informal. Sistema de Cuentas Nacionales de México. Obtenido de
INEGI:
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INEGI. (2025). Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas. Obtenido de INEGI:
https://www.inegi.org.mx/app/mapa/denue/default.aspx
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Estadística y Geografía: https://www.inegi.org.mx/desarrollosocial/pm/
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
67
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Urbana
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https://pueblosmagicos.mexicodesconocido.com.mx/
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la
Actividad
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(RAT).
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SECTUR. (2023). EL PIB TURÍSTICO ESTATAL Y MUNICIPAL 2018-2022 EN MÉXICO. Obtenido de
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https://datatur.sectur.gob.mx/Documentos%20compartidos/PIB_Turistico_Estatal_y_Municipal_201
8-2022_.zip
SECTUR. (2024). Actividad Hotelera: Porcentaje de Ocupación en Establecimientos de Hospedaje de
Categoría
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Obtenido
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https://www.datatur.sectur.gob.mx/Documentos%20Publicaciones/2024_Semana_52.pdf
SECTUR. (Mayo de 2024). EL PIB TURÍSTICO ESTATAL Y MUNICIPAL 2018-2022 EN MÉXICO.
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SECTUR.
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Oferta
de
servicios
turísticos.
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SECTUR. (2024). Reporte anual 2024 de la Ocupación Hotelera en los 70 destinos principales
monitoreados
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DATATUR: https://www.datatur.sectur.gob.mx/SitePages/Visitantes%20por%20Nacionalidad.aspx
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del mundo en 2024. Comunicado 115/2025. Obtenido de https://www.gob.mx/sectur/articulos/onu-
turismo-mexico-ratifica-su-posicion-como-sexto-pais-mas-visitado-del-mundo-en-2024
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SECTUR.
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Resultados
de
la
Actividad
Turística
(RAT).
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SECTUR. (2025). Turismo Comunitario. Ciudad de México.
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https://whc.unesco.org/es/list/?iso=mx&search=&
UNESCO. (2025). Patrimonio Cultural Inmaterial. Obtenido de Las listas del PCI y el Registro de Buenas
Prácticas
de
Salvaguardia:
https://ich.unesco.org/es/listas?text=®ion[]=06&country[]=00143&multinational=3#tabs
Ciudad de México, a 4 de febrero de 2026.- Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo,
Sebastián Ramírez Mendoza.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LAS MUJERES
CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto Estatal de las
Mujeres del Estado de Durango, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a
través del Proyecto denominado Fortalecimiento del Apoyo Integral a las Mujeres en Durango.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/DGO/0009/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO ESTATAL DE LAS MUJERES, EN LO
SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LA C. ALEJANDRA
ELIZABETH TERRONES OCHOA, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN
A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio
del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025, “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
69
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables,
en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones
generales aplicables.
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o, del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlali Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV; y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este convenio de colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Que mediante el decreto 298 de fecha 25 de Diciembre de 2014 se abroga la Ley que crea el Instituto
de la Mujer Duranguense y se expide la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres como un Organismo Público
Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía de gestión y el cual tendrá su
domicilio en la capital del Estado, según lo expuesto por el artículo 2 de la Ley del Instituto Estatal de las
Mujeres, publicado en el Periódico Oficial No. 103 del Estado de Durango de fecha 25 de Diciembre del 2014
70
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
II.2 La C. Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa, acredita su personalidad como Directora General del
Instituto Estatal de las Mujeres, mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Esteban Alejandro
Villegas Villarreal, Gobernador del Estado de Durango, el 15 de octubre de 2024, de conformidad con lo
establecido en los artículos 98 fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango
y 17 de la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de
instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente
"CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos 99 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Durango; 4o., 47 y 53 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Durango; 2o., y 19 fracciones XI y XVIII de la Ley del Instituto Estatal de la Mujeres; y, 4o. fracción II, 12 y 13
fracciones II, X y XXI del Reglamento Interior del Instituto Estatal de la Mujeres.
II.3 Su objetivo es promover políticas y acciones que permitan garantizar la igualdad sustantiva entre
mujeres y hombres, en los ámbitos educativo, laboral, político, económico y social, de conformidad con el
artículo 4o. de la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Zaragoza,
Número 528 Sur, Colonia Victoria de Durango Centro, Código Postal 34000, municipio de Victoria de Durango,
Estado de Durango, y con Registro Federal de Contribuyentes IMD000618EA6.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado " Fortalecimiento del Apoyo
Integral a las Mujeres en Durango”, en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos
del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$24,068,105.00 (veinticuatro millones sesenta y ocho mil ciento cinco pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $24,068,105.00 (veinticuatro millones sesenta y ocho
mil ciento cinco pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Finanzas y de
Administración, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas
y de Administración será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para
tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA".
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Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o
la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a su Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres, la C. Alejandra
Elizabeth Terrones Ochoa, o la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
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DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración,
hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del
Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades
del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma
prevista en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por
parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones
y recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que
se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el
punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de
su Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
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"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para
el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el
"PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada
del presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del
"PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones
legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u
obligado solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto
de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de
mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan
en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento
de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres,
Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Directora General del Instituto Estatal de
las Mujeres, Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa.- Rúbrica.
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CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de la Mujer del
Estado de Guerrero, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través
del Proyecto denominado Transformando el Futuro de Guerrero, por el Derecho de las Mujeres para Vivir en
Igualdad y Libres de Violencia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/GRO/0011/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARIA DE LA MUJER DEL ESTADO DE
GUERRERO, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADO LA C. VIOLETA PINO GIRÓN,
QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo
4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho
a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025, “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables,
en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones
generales aplicables.
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SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5º. fracciones I y XIV; y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este convenio de colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Es una dependencia de la administración pública centralizada, creada de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242, publicada
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero, año CIII, edición no. 90, alcance I, de fecha
viernes 11 de noviembre de 2022.
II.2 La C. Violeta Pino Girón, acredita su personalidad como Secretaria de la Mujer del Estado de
Guerrero, mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Evelyn Cecia Salgado Pineda, la
Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, el 15 de octubre de 2021, de conformidad con
lo establecido en los artículos 91 fracción XV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Guerrero y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242 y
manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas,
por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en
los artículos 87 y 88 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4o., 9o., 14, 22
apartado A, fracción XV y 37 fracciones XIII, XVI y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Guerrero Número 242 y 53 fracciones XI y XIII de la Ley Número 553 de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia del Estado Libre y Soberano de Guerrero.
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II.3 Su objetivo es proponer, promover, impulsar y evaluar políticas, planes, programas y medidas
encaminadas a incorporar la perspectiva de género, con un criterio transversal en toda la administración
pública estatal, a fin de eliminar todo tipo de discriminación que obstaculice la igualdad, el acceso a las
oportunidades y el desarrollo de las mujeres; de establecer y ejecutar las políticas y acciones que favorezcan
el bienestar y la incorporación de la mujer al desarrollo integral del estado, de conformidad con el artículo 37
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Boulevard Rene
Juárez Cisneros, Número 62, Colonia Ciudad de los Servicios, Código Postal 39074, Chilpancingo de los
Bravo, Guerrero, y con Registro Federal de Contribuyentes SFA830301521.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Transformando el Futuro de
Guerrero, por el Derecho de las Mujeres para Vivir en Igualdad y Libres de Violencia", en lo sucesivo el
"PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$24,831,724.00 (veinticuatro millones ochocientos treinta y un mil setecientos veinticuatro pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $24,831,724.00 (veinticuatro millones ochocientos
treinta y un mil setecientos veinticuatro pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría
de Finanzas y Administración, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de
Finanzas y Administración será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria
que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA".
Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
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los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o
la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a la Secretaría de la Mujer del Estado de Guerrero, la C. Violeta Pino Girón, o
la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
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actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración,
hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del
Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos
por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que
se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el
punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de
su Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
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"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para
el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el
"PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos
del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del
"PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones
legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u
obligado solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto
de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de
mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan
en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril
de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de
la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General
de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, Marta Clara Ferreyra
Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de la Mujer del Estado de Guerrero, Violeta Pino
Girón.- Rúbrica.
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CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres
del Estado de Nuevo León, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del
Proyecto denominado Ruta Violeta Nuevo León.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/NL/0018/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA
"INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. GRACIELA GUADALUPE BUCHANAN ORTEGA,
QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables,
en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones
generales aplicables.
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
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Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal LOAPF y 1o, del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlali Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025.; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV; y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este convenio de colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Es una dependencia de la Administración Pública del Estado de Nuevo León, creada de conformidad
con el Decreto número 006 por el que se expide la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Nuevo León, publicado en Periódico Oficial #121, el 02 de octubre de 2021.
II.2 La C. Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, acredita su personalidad como titular de la Secretaría de
las Mujeres, mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda,
Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 7 de junio de 2022, de conformidad con lo
establecido en los artículos 124 y 125 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Nuevo León; 3o. párrafo segundo y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado
de Nuevo León y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con
instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de conformidad
con lo establecido en los artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León;
4, 18, apartado C, fracción IV, 37, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo
León; y, 1o., 10 y 11 fracciones XXVI, y XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres.
II.3 Su objetivo es formular, coordinar e instrumentar la política del estado, planes y programas que
garanticen el goce, promoción y difusión de los derechos de las mujeres, y de prevenir y atender las violencias
de género en el estado, de conformidad con el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
para el Estado de Nuevo León.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Calle Mariano
Escobedo Sur, Número 333, Piso número 3, Colonia Monterrey Centro, C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León, y
con Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
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III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Ruta Violeta Nuevo León",
en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$20,263,700.00 (veinte millones doscientos sesenta y tres mil setecientos pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $20,263,700.00 (veinte millones doscientos sesenta
y tres mil setecientos pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Finanzas y
Tesorería General del Estado, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de
Finanzas y Tesorería General del Estado será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la
cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA".
Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o
la persona quien le sustituya en dicho cargo.
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La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a la titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, la
C. Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, o la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10
(diez) días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de
cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta
la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del
Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta
de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos
por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que
se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el
punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
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productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de
su Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para
el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el
"PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos
del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del
"PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones
legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u
obligado solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente,
a finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto
de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de
mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan
en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento,
Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos
Estratégicos en las Entidades Federativas, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia
Ejecutora: Secretaria de las Mujeres, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega.- Rúbrica.
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CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres
del Estado de Oaxaca, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del
Proyecto denominado Mujeres Oaxaqueñas Tejiendo Bienestar.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/OAX/0019/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA
"INSTANCIA
EJECUTORA",
REPRESENTADO,
LA
C.
ANAHÍ
MONSERRATT
SARMIENTO
PÉREZ,
QUE
CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables,
en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones
generales aplicables.
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SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV; y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico de Colaboración, en lo
sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José
Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de
Contribuyentes SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, creada de conformidad con lo
establecido en el decreto número 2054 mediante el cual se reforman, adicionan y derogan, diversas
disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, publicado en Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Oaxaca, el 17 de octubre de 2016.
II.2 La C. Anahí Monserratt Sarmiento Pérez, acredita su personalidad como titular de la Secretaría de las
Mujeres, mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Salomón Jara Cruz, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el 8 de abril de 2024, y manifiesta tener plenas
atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra
facultada para firmar el presente “CONVENIO”, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3o. fracción I, 27 fracción XVII y 46-C fracciones
VI y VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 8o. fracción XXII del Reglamento
Interno de la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña.
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II.3 Su objetivo es guiar la incorporación de la perspectiva de género en la administración pública estatal,
mediante la institucionalización de normas, planes y proyectos orientados a eliminar la desigualdad de género
y garantizar a las mujeres el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos y sociales; proponer,
promover, ejecutar, impulsar y evaluar periódica y sistemáticamente las políticas, planes, programas y
medidas encaminadas a incorporar la perspectiva de género, con un criterio transversal en todas las
Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, a fin de impulsar la igualdad sustantiva, el
acceso a las oportunidades y el desarrollo de las mujeres, de conformidad con el artículo 46-C fracciones I y II
de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Carretera Oaxaca
Istmo K.M. 11.5, Número interior 7, Código Postal 68270, Tlalixtac de Carera, Oaxaca, y con Registro Federal
de Contribuyentes GEO621201KIA.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Mujeres Oaxaqueñas
Tejiendo Bienestar", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$42,129,936.00 (cuarenta y dos millones ciento veintinueve mil novecientos treinta y seis pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $42,129,936.00 (cuarenta y dos millones ciento
veintinueve mil novecientos treinta y seis pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la
Secretaría de Finanzas, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas
será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe
la "INSTANCIA EJECUTORA".
Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
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los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o
la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a su Titular la Secretaria de las Mujeres, la C. Anahí Monserratt Sarmiento
Pérez, o la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de
cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
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actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta
la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del
Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades
del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma
prevista en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos
por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se
efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el
punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita
la "INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su
Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
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"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en
el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del
"PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del
"PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones
legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u
obligado solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto
de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de
mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en
la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento
de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres,
Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres, Anahí
Monserratt Sarmiento Pérez.- Rúbrica.
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INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica
“Árbol de la Vida de Metepec”.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de
Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
PUBLICACIÓN DE DATOS RELACIONADOS CON LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN A LA
INDICACIÓN GEOGRÁFICA “ÁRBOL DE LA VIDA DE METEPEC”
I.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la
Propiedad Industrial, se efectúa la publicación de los datos a que se refiere el citado artículo 281 respecto de
la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica “Árbol de la Vida de Metepec”, presentada
por el Mtro. Agustín Herrera Pérez, en su calidad de Director General del Instituto de Investigación y Fomento
de las Artesanías del Estado de México, mediante escrito recibido en el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial el 18 de noviembre de 2025, así como el alcance presentado el 9 de febrero de 2026, en los
siguientes términos:
1. Nombre del solicitante.
Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México, representado por el Mtro.
Agustín Herrera Pérez.
2.- Nombre de la Indicación Geográfica.
“Árbol de la Vida de Metepec”.
3.- Descripción del producto o productos que ésta abarca.
Se define al "Árbol de la Vida de Metepec" como una pieza artesanal tridimensional de carácter
escultórico, elaborada principalmente en barro, moldeada y decorada de manera manual, que constituye una
manifestación cultural tradicional del municipio de Metepec, Estado de México. Se caracteriza por una
estructura vertical que integra una base, un tronco central y ramificaciones, sobre las cuales se disponen
figuras moldeadas individualmente, representando escenas, personajes y elementos simbólicos vinculados a
narrativas de carácter religioso, histórico, cultural, social o contemporáneo.
4.- El lugar o lugares de extracción, producción o elaboración de productos a proteger, la
delimitación de la zona geográfica.
Se establece como región geográfica protegida y exclusiva al municipio de Metepec, ubicado dentro del
Estado de México, a unos 45 kilómetros al oeste de la Ciudad de México. Limita al norte con los municipios de
Toluca y Mexicaltzingo, al sur con los municipios de Chapultepec y Mexicaltzingo, al este con el municipio de
Toluca y al oeste con el municipio de Calimaya, lo que constituye el primer nivel de delimitación.
Coordenadas geográficas: Se localiza entre los paralelos 19°15’14” al norte y 19°12’53” al sur de
latitud; al este 99°30´45” y al oeste 99°36´17” de longitud, con una altitud que va de los 2 mil 500 a los
2 mil 804 metros sobre el nivel del mar.
5. El domicilio en el que se encontrará abierto para consulta pública el expediente de la solicitud de
declaración y en el que se recibirán los documentos relacionados con la misma.
El expediente se encuentra disponible para su consulta en el archivo de la Dirección Divisional de Marcas
del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ubicado en Arenal No. 550, Pueblo Santa María Tepepan,
Alcaldía de Xochimilco, Ciudad de México, C.P. 16020, con un horario de atención al público de 9:00 a 16:00
horas, de lunes a viernes y en el mismo domicilio e idéntico horario, se recibirán los documentos relacionados
con la solicitud a que se refiere la presente publicación.
II. La presente publicación no prejuzga ni constituye un pronunciamiento del Instituto sobre la procedencia
o improcedencia de la solicitud presentada y se efectúa para que cualquier tercero que justifique su interés,
presente su oposición por escrito a ésta y formule observaciones u objeciones respecto al cumplimiento de lo
establecido en los artículos 271 y 275 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, acompañando
las pruebas respectivas, así como del comprobante de pago de la tarifa correspondiente, dentro de un plazo
improrrogable de dos meses, contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en los
términos del artículo 282 de la Ley en cita.
El presente se signa con fundamento en los artículos 1, 2, fracción I; 4; 5, fracción I; 6, 8, 275 y 281 de la
Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 3o., fracción II; 4o.; 5o. y 6o. BIS del Reglamento
del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, así como 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., fracción II, y 10 de su
Estatuto Orgánico.
Ciudad de México, a 12 de febrero de 2026.- El Director General, Santiago Nieto Castillo.- Rúbrica.
(R.- 573372)
92
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
PUBLICACIÓN de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica
“Vino de Agave Monteleón de Nuevo León”.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de
Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
PUBLICACIÓN DE DATOS RELACIONADOS CON LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN A LA
INDICACIÓN GEOGRÁFICA “VINO DE AGAVE MONTELEÓN DE NUEVO LEÓN”
I.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la
Propiedad Industrial, se efectúa la publicación de los datos a que se refiere el citado artículo 281 respecto de
la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica “Vino de Agave Monteleón de Nuevo
León”, presentada por la Mtra. Betsabé Rocha Nieto, en su calidad de Secretaria de Economía del Estado de
Nuevo León, mediante escrito recibido en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial el 12 de febrero
de 2026, en los siguientes términos:
1.- Nombre del solicitante.
Secretaría de Economía del Estado de Nuevo León, representada por la Mtra. Betsabé Rocha Nieto.
2.- Nombre de la Indicación Geográfica.
“Vino de Agave Monteleón de Nuevo León”.
3.- Descripción del producto o productos que ésta abarca.
Se transcribe la parte conducente de la solicitud presentada por la Mtra. Betsabé Rocha Nieto.
El Vino de Agave Monteleón de Nuevo León, es una bebida espirituosa, destilada de la cocción y
fermentación del corazón (piña) del agave, surge de la identidad geográfica e histórica del territorio donde
crece el agave silvestre utilizado para su elaboración.
El Vino de Agave Monteleón de Nuevo León, es una bebida obtenida por destilación de mostos
fermentados en alambique, elaborados con azúcares extraídos de especies de agaves específicos. En el caso
particular del Vino de Agave Monteleón de Nuevo León, los productores emplean las especies A. gentryi, A.
montana, A. salmiana y A. asperrima. Esta exclusividad en el uso de dichas especies garantiza la conformidad
con los lineamientos establecidos por la legislación aplicable, previniendo posibles conflictos territoriales o
normativos en torno al origen botánico del producto.
4.- El lugar o lugares de extracción, producción o elaboración de productos a proteger, la
delimitación de la zona geográfica.
La zona geográfica de producción y elaboración del “Vino de Agave Monteleón de Nuevo León”, estará
integrada por los municipios de Bustamante, Santiago, Iturbide y Aramberri, en el Estado de Nuevo León.
-
Bustamante: Colinda al norte con Lampazos de Naranjo y el estado de Coahuila, al sur y al oeste
con Mina y al este con Villaldama. Las coordenadas de ubicación son las siguientes: Longitud
100°41'45.60" W 100°26'16.80" W, latitud 26°25'54.84" N 26°42'39.24" N.
-
Santiago: Se ubica en el centro del estado de Nuevo León, entre las coordenadas longitud
100°31'51.60" W 100°01'51.60" W, latitud 25°13'25.68" N 25°31'16.32" N.
Limita al noroeste con el municipio de Santa Catarina, al norte con el de Monterrey, al noreste con
Cadereyta Jiménez, al sureste con Allende, al sur con Montemorelos y Rayones y al oeste y sureste
con el municipio de Arteaga en el estado de Coahuila.
-
Iturbide: Se ubica al sureste del Estado de Nuevo León, en plena Sierra Madre Oriental. Limita al
norte con el municipio de Galeana, al sur con el de Aramberri, al este con Linares y el municipio
tamaulipeco de Villa Mainero, y al oeste con Galeana, entre las coordenadas longitud 99°59'47.04" W
99°42'37.08" W, latitud 24°23'24.72" N 24°53'52.80" N.
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
93
-
Aramberri: Se encuentra al sur del estado y limita al norte con el municipio de Iturbide, al norte y
noroeste con el municipio de Galeana, al oeste y suroeste con Doctor Arroyo y al sur con General
Zaragoza. Al este hace frontera con el estado de Tamaulipas, limitando de norte a sur con el
municipio de Mainero, el municipio de Villagrán y el municipio de Hidalgo, entre las coordenadas
longitud 100°12'57.60" W 99°34'15.24" W, latitud 23°56'22.20" N 24°30'24.12" N.
5.- El domicilio en el que se encontrará abierto para consulta pública el expediente de la solicitud
de declaración y en el que se recibirán los documentos relacionados con la misma.
El expediente se encuentra disponible para su consulta en el archivo de la Dirección Divisional de Marcas
del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ubicado en Arenal No. 550, Pueblo Santa María Tepepan,
Alcaldía de Xochimilco, Ciudad de México, C.P. 16020, con un horario de atención al público de 9:00 a 16:00
horas, de lunes a viernes y en el mismo domicilio e idéntico horario, se recibirán los documentos relacionados
con la solicitud a que se refiere la presente publicación.
II.- La presente publicación no prejuzga ni constituye un pronunciamiento del Instituto sobre la procedencia
o improcedencia de la solicitud presentada y se efectúa para que cualquier tercero que justifique su interés,
presente su oposición por escrito a ésta y formule observaciones u objeciones respecto al cumplimiento de lo
establecido en los artículos 271 y 275 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, acompañando
las pruebas respectivas, así como del comprobante de pago de la tarifa correspondiente, dentro de un plazo
improrrogable de dos meses, contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en los
términos del artículo 282 de la Ley en cita.
El presente se signa con fundamento en los artículos 1, 2, fracción I; 4; 5, fracción I; 6, 8, 275 y 281 de la
Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 3o., fracción II; 4o.; 5o. y 6o. BIS del Reglamento
del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, así como 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., fracción II, y 10 de su
Estatuto Orgánico.
Ciudad de México, a 13 de febrero de 2026.- El Director General, Santiago Nieto Castillo.- Rúbrica.
(R.- 573373)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
Espacio
Costo
4/8 de plana
$11,372.00
1 plana
$22,744.00
1 4/8 planas
$34,116.00
2 planas
$45,488.00
Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la
Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de
ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección
“Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT
970701NN3.
Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos recibos bancarios de pago de
contribuciones, productos y aprovechamientos federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago.
El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
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DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA
ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante el Sistema
Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de
Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES QUE SE REALIZAN
ANTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
MTRA. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA PÉREZ, Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la
Familia, con fundamento en lo establecido por los artículos 1° y 4° de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 2 fracción V, 167 y 172 de la Ley General de Salud; 1, 5, 6, fracción III, 19, 20, fracción IV,
24, 51 y 74 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos; 4, 15-A, 19 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo; 3, fracción III y 4 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas
Gubernamentales; 1, 9, 22 inciso d) y 27 de la Ley de Asistencia Social; 1, 2, fracción III, 10, fracciones XV y
XXXVIII del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2024;
CONSIDERANDO
Que el artículo 25, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece
la obligación de las autoridades de implementar políticas de mejora regulatoria para la simplificación de
regulaciones, trámites y servicios.
Que la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos dispone la reducción de costos burocráticos bajo
los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, simplificación, accesibilidad, publicidad y
transparencia, y que su artículo 24 prevé la simplificación de trámites y servicios mediante acuerdos generales
que habiliten medios digitales, reduzcan plazos de respuesta, extiendan vigencias y eliminen requisitos y
cargas administrativas.
Que el artículo 24 de la citada ley prevé que los trámites y servicios previstos en leyes, reglamentos,
manuales, lineamientos o cualquier otra disposición, podrán ser simplificados mediante acuerdos generales
que emitan las personas titulares de los sujetos obligados en la esfera de su competencia y tendrán por objeto
habilitar el uso de herramientas o medios digitales, para realizar trámites o servicios, establecer plazos de
respuesta menores a los máximos previstos, extender la vigencia de las resoluciones, eliminar requisitos y
costos burocráticos de cualquier otra acción de mejora.
Que el artículo 2, fracción V, de la Ley General de Salud establece como finalidad del derecho a la
protección de la salud el acceso eficaz y oportuno a los servicios de salud y de asistencia social; asimismo,
que los artículos 167, 174, 178 y 389 Bis 2 del mismo ordenamiento regulan la asistencia social, la atención
integral a las personas con discapacidad, la operación de programas y establecimientos de rehabilitación, así
como la expedición del certificado de discapacidad, en concordancia con la legislación vigente y los tratados
internacionales aplicables.
Que el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social reconoce el derecho a la asistencia social de personas y
familias en situación de vulnerabilidad.
Que el artículo 9, fracciones VII y IX, de la Ley de Asistencia Social atribuye al Sistema Nacional para el
Desarrollo Integral de la Familia la formación de personal profesional en asistencia social y la coordinación
con las entidades federativas para la prestación y promoción de dichos servicios.
Que el artículo 10 de la Ley de Asistencia Social establece el derecho a recibir servicios de asistencia
social de calidad, con oportunidad, confidencialidad y sin discriminación.
Que los artículos 22, inciso d), 27 y 28, incisos p) y d), de la Ley de Asistencia Social disponen que el
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia es un organismo público descentralizado, integrante
del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada, con funciones de profesionalización del personal
y de prestación de servicios de asistencia jurídica y social a personas en situación de vulnerabilidad, incluidas
las personas con discapacidad.
Que, de conformidad con el artículo 28 bis fracción XV del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el
Desarrollo Integral de la Familia, la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social tiene entre
sus facultades administrar y operar la Entidad de Certificación y Evaluación manteniendo su acreditación ante
el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER).
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
95
Que los artículos 1, 10 y 17 de los Lineamientos de Operación del Programa de Credencial Nacional para
Personas con Discapacidad regulan el proceso de afiliación, la expedición del certificado de discapacidad y el
otorgamiento de la Credencial Nacional para Personas con Discapacidad como medio de identificación con
reconocimiento nacional y beneficios asociados.
Que el artículo 28 bis fracción IX, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de
la Familia confiere a la persona titular de la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social la
atribución de coordinar la operación del Campus Virtual DIF.
Por lo anterior, y con el propósito de implementar acciones de simplificación administrativa, se expide
el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES QUE SE
REALIZAN ANTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se elimina la obligación de presentar los requisitos en los trámites siguientes:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Requisitos eliminados
1
DIF-2020-036-009-A
Certificación en Estándares de
Competencia
de
Asistencia
Social
1.
Fotografías del solicitante.
2.
Acta de nacimiento.
3.
Clave Única de Registro de Población (CURP).
2
DIF-2019-036-003-A
Solicitud para Asesoría Jurídica
en Materia Familiar.
1.
Identificación oficial (INE o pasaporte vigente).
3
DIF-2020-036-006-A
Credencial
Nacional
para
Personas con Discapacidad.
1.
Acta de nacimiento.
2.
Certificado de discapacidad.
3.
Clave Única de Registro de Población (CURP).
4.
Comprobante de domicilio.
4
DIF-2020-036-014-A
Cita de valoración médica para
personas con discapacidad o en
riesgo potencial de presentarla.
1.
Clave Única de Registro de Población (CURP).
2.
Comprobante de domicilio.
5
DIF-2020-036-010-A
Certificado de discapacidad.
1.
Clave Única de Registro de Población (CURP).
2.
Comprobante de domicilio.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se establecen los requisitos de los trámites señalados en el artículo que
antecede, así como sus homoclaves actualizadas:
No.
Homoclave anterior
Homoclave
actualizada
Nombre del trámite
Requisitos después de la simplificación
1
DIF-2020-036-009-A
DIF-2020-036-009
Certificación
en
Estándares
de
Competencia
de
Asistencia Social.
1.
Formato digital requisitado para
dar de alta el proceso de la
persona interesada.
2.
Identificación oficial que contenga
CURP.
3.
Credencial del trabajo o carta
laboral de institución de Asistencia
Social (en los casos que aplique).
2
DIF-2019-036-003-A
DIF-2019-036-003
Solicitud para Asesoría
Jurídica
en
Materia
Familiar.
1.
Formato de Solicitud de Asesoría
Jurídica de 1ª Vez.
3
DIF-2020-036-006-A
DIF-2020-036-006
Credencial
Nacional
para
Personas
con
Discapacidad.
1.
Identificación oficial.
En caso de no ser usuarios del SNDIF,
además deberá presentar:
2.
Certificado de discapacidad.
Para personas extranjeras, documento de
identidad vigente expedida por el país de
origen, tarjeta de visitante o residente, o
pasaporte.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
No.
Homoclave anterior
Homoclave
actualizada
Nombre del trámite
Requisitos después de la simplificación
4
DIF-2020-036-014-A
DIF-2020-036-014
Cita
de
valoración
médica para personas
con discapacidad o en
riesgo
potencial
de
presentarla.
1.
Identificación oficial.
5
DIF-2020-036-011-A
DIF-2020-036-011
Inscripción al Campus
Virtual del SNDIF.
1.
Requisitar formulario.
6
DIF-2020-036-010-A
DIF-2020-036-010
Certificado
de
discapacidad
1.
Identificación oficial.
2.
Valoraciones
médico-clínicas
previas.
ARTÍCULO TERCERO.- Se implementa la reducción de tiempo de resolución para los siguientes trámites:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Reducción de tiempo
Antes
Ahora
1
DIF-2020-036-009
Certificación en Estándares de Competencia de Asistencia Social.
6 meses
3 meses
ARTÍCULO CUARTO.- El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia no solicitará
documentación emitida por el mismo, copias simples, ni requisitos adicionales a los establecidos en el
presente Acuerdo.
ARTÍCULO QUINTO.- Las personas solicitantes deberán requisitar los campos identificados como
obligatorios en el formato de solicitud al tratarse de información indispensable para la debida sustanciación y
evaluación de los trámites, el cual será dado a conocer en el portal oficial del Sistema Nacional para el
Desarrollo Integral de la Familia.
ARTÍCULO SEXTO.- Se crea el formato denominado “SOLICITUD DE ASESORÍA JURÍDICA DE 1ª VEZ”
para la presentación del trámite “Solicitud para Asesoría Jurídica en Materia Familiar” con homoclave
DIF-2019-036-003, el cual se adjunta como Anexo Único al presente acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los veinte días hábiles posteriores al de su publicación
en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo se resolverán
de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
TERCERO. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia modificará la información que
resulte necesaria en las fichas de trámites inscritos en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios en
un plazo de quince días hábiles posteriores a su entrada en vigor, de conformidad con lo establecido en los
artículos 53 y 54 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
CUARTO. Las autoridades competentes deberán realizar, dentro del plazo máximo de un año contado
a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, las adecuaciones necesarias a la normatividad interna, a
los procedimientos administrativos, sistemas de registro y a cualquier otro mecanismo que resulte aplicable,
con el objeto de asegurar su correcta implementación.
QUINTO. El contenido del presente Acuerdo deberá difundirse en las áreas que integren el Sistema
Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia para su correcta aplicación.
Se expide en la Ciudad de México, el 25 de febrero del dos mil veintiséis.- Titular del Sistema Nacional
para el Desarrollo Integral de la Familia, Mtra. María del Rocío García Pérez.- Rúbrica.
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______________________________
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ACUERDO por el que la persona titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
delega indistintamente en las personas titulares de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución
de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección de Medidas de Protección las facultades que
se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de
Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN DE NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES DELEGA INDISTINTAMENTE EN LAS PERSONAS TITULARES DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE REPRESENTACIÓN JURÍDICA Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Y DE LA DIRECCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.
Lcda. Fabiola María Salas Ambriz, Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes,
con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., párrafo tercero y 4o., párrafos undécimo y vigésimo
tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, fracción VII, de la Ley General de
los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 53 del Reglamento de la Ley General de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes; 13, párrafo segundo, 14, fracción XXX, 17, fracción VI, y 23, párrafo tercero del
Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado el 30 de diciembre
de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 1o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone
que todas las autoridades del país están obligadas a proteger, garantizar, respetar y promover los derechos
humanos, a partir de la aplicación de los principios de progresividad, universalidad, interdependencia e
indivisibilidad; y que, en casos de posibles violaciones a los derechos humanos, deben adoptarse medidas
para su prevención, investigación, sanción y reparación.
Que el artículo 4o., párrafo undécimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
establece que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del
interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos, y que los niños y las niñas tienen
derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su
desarrollo integral; el párrafo vigésimo tercero del precepto referido dispone que toda persona tiene derecho a
vivir una vida libre de violencias, y que el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres,
adolescentes, niñas y niños.
Que el artículo 122, fracción VII, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,
establece que corresponde a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes ordenar
la aplicación de medidas urgentes de protección especial.
Que el artículo 53 del Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,
dispone que la Procuraduría Federal al ordenar la aplicación de medidas urgentes de protección especial,
previstas en la fracción VII del artículo 122 de la Ley, podrá solicitar el auxilio y colaboración de las
instituciones policiales competentes, y deberá notificar de inmediato al Ministerio Público de la Federación
la emisión de dichas medidas.
Que el párrafo segundo del artículo 53 del Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes, establece que la persona Titular de la Procuraduría Federal podrá delegar la facultad a que
se refiere dicho artículo mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Que el artículo 13, párrafo segundo, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral
de la Familia, dispone que la persona Titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes puede ser auxiliada por las personas titulares de las Direcciones Generales, Direcciones de
Área y por el demás personal que resulte necesario y que le esté adscrito conforme a su estructura orgánica
vigente; asimismo, el artículo 14, fracción XXX, del citado Estatuto le confiere la facultad de delegar, mediante
oficio, en el personal subalterno las facultades y atribuciones que tenga encomendadas, mismas que deberán
constar por escrito.
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Que el artículo 17, fracción VI, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la
Familia, establece que corresponde a la Procuradora o Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes solicitar al Ministerio Público competente o, en su caso, ordenar la imposición de medidas
urgentes de protección especiales idóneas.
Que el artículo 23, párrafo tercero, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral
de la Familia, que, en el desempeño de sus funciones, las personas titulares de las Direcciones Generales
serán auxiliadas por las personas servidoras públicas adscritas a las Direcciones y por el demás personal que
sea necesario y que les esté adscrito conforme a la estructura orgánica vigente.
Que el artículo 31, fracción VI, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la
Familia, reconoce que la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes está adscrita a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, y
que dentro de sus facultades se encuentra la de solicitar al Ministerio Público o, en su caso, ordenar la
imposición de medidas urgentes de protección especiales idóneas cuando existe un riesgo inminente contra
la vida, integridad o libertad de niñas, niños y adolescentes.
Que la fracción XXIV al artículo 31 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral
de la Familia, establece que la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes contará con las demás atribuciones que le confiera la persona Titular de la
Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como las que se señalen en
el Estatuto y otras disposiciones.
Que el Manual de Organización Específico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia,
publicado el 12 de abril de 2024, en el Diario Oficial de la Federación, establece que la Dirección de Medidas
de Protección está adscrita a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes, y que dentro de sus funciones se encuentra la relativa al seguimiento de las
solicitudes de medidas urgentes de protección especial.
Que, para la mejor distribución y desarrollo de las atribuciones que competen a la Procuraduría Federal de
Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, de conformidad con el mandato constitucional y legal, con el fin
de atender de manera eficiente la gestión administrativa, reducir los tiempos de atención para emitir las
medidas urgentes de protección especial en los casos que resulten necesarias para garantizar el interés
superior de la niñez, es necesario adoptar medidas para atender de forma expedita los asuntos que tienen
encomendados, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE
PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DELEGA INDISTINTAMENTE EN LAS
PERSONAS TITULARES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REPRESENTACIÓN JURÍDICA Y
RESTITUCIÓN DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE LA DIRECCIÓN
DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN LAS FACULTADES QUE SE INDICAN
PRIMERO. Se delega indistintamente en las personas Titulares de la Dirección General de
Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección
de Medidas de Protección la facultad para ordenar la aplicación de medidas urgentes de protección especial,
conforme a lo dispuesto por los artículos 122, fracciones VI y VII, de la Ley General de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes; y 53 del Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes.
SEGUNDO. Las personas Titulares de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección de Medidas de Protección, en ejercicio de la
facultad delegada, deberán, según sea el caso:
I. Dictar, de manera fundada y motivada, las medidas urgentes de protección especial previstas por el
artículo 122, fracción VI, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y que resulten
necesarias para gestionar el riesgo que se actualice en contra de la vida, integridad o libertad de las personas
menores de edad, de acuerdo con las características de cada caso en particular, velando en todo momento
por el interés superior de la niñez;
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II. Solicitar, cuando sea necesario, el auxilio y colaboración de las instituciones policiales competentes
para la aplicación de las medidas urgentes de protección especial;
III. Notificar inmediatamente al Ministerio Público de la Federación la emisión de las medidas urgentes de
protección especial, para los efectos legales a que haya lugar;
IV. Notificar dentro de las veinticuatro horas siguientes a la imposición de la medida urgente de protección
especial, al órgano jurisdiccional competente, para que este se pronuncie sobre la cancelación, ratificación o
modificación de la medida que se encuentre vigente;
V. Dar seguimiento a la revisión que realice el órgano jurisdiccional competente, con el propósito de
interponer los medios de defensa que en todo caso resulten necesarios, con el auxilio de la Dirección
de Asesoría y Representación Jurídica de Niñas, Niños y Adolescentes;
VI. Informar a la persona titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
sobre las medidas urgentes de protección especial ordenadas, de manera semanal;
VII. Llevar un registro único y permanentemente actualizado de todas las medidas urgentes de protección
especial ordenadas; y
VIII. Rendir los informes que le sean solicitados por la persona titular de la Procuraduría Federal para la
adecuada supervisión del ejercicio de la facultad delegada.
En los casos en los que las medidas urgentes de protección especial sean dictadas de forma directa por la
persona titular de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes, la persona titular de la Dirección de Medidas de Protección auxiliará en su tramitación,
registro, seguimiento, notificación y en todo aquello que resulte necesario para su efectiva aplicación
y cumplimiento.
TERCERO. La persona titular de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes dispondrá todas las medidas administrativas necesarias para dar
cumplimiento al presente Acuerdo, auxiliándose del personal que sea necesario y que les esté adscrito
conforme a la estructura orgánica vigente.
CUARTO. En ausencia temporal de las personas titulares de la Dirección General de Representación
Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección de Medidas de
Protección, las facultades delegadas podrán ser ejercidas por quien legalmente las sustituya, de conformidad
con el artículo 41 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
QUINTO. La delegación de funciones contenida en el presente Acuerdo se otorga sin prejuicio de su
ejercicio directo por parte de la persona Titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños
y Adolescentes.
SEXTO. Las personas servidoras públicas señaladas, no recibirán remuneración adicional por el ejercicio
de las facultades que se le delegan.
SÉPTIMO. La persona Titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
podrá modificar o revocar la presente delegación en cualquier momento, mediante acuerdo publicado en el
Diario Oficial de la Federación.
TRANSITORIO
ÚNICO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, con la finalidad de que surta
sus efectos el día de su publicación.
Ciudad de México, a 10 de febrero de 2026.- Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Lcda. Fabiola María Salas
Ambriz.- Rúbrica.
102
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de
México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo
de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.5445 M.N. (diecisiete pesos con cinco mil cuatrocientos cuarenta
y cinco diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik
Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez
Guerra.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días
obtenida el día de hoy, fue de 7.2584%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3016%; y a plazo
de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3646%.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik
Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez
Guerra.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda
nacional determinada el día de hoy, fue de 7.00 por ciento.
Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik
Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez
Guerra.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica.
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
103
EQUIVALENCIA de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América,
correspondiente al mes de febrero de 2026.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
EQUIVALENCIA DE LAS MONEDAS DE DIVERSOS PAÍSES CON EL DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, CORRESPONDIENTE AL MES DE FEBRERO DE 2026
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o., 10, 14 Bis, 17 y 19 del Reglamento Interior del
Banco de México, así como Segundo, fracciones VI y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades
Administrativas del Banco de México y de conformidad con lo señalado en el artículo 20 del Código Fiscal de
la Federación, da a conocer para efectos fiscales la cotización de las monedas de diversos países contra el
dólar de los EE.UU.A., observada en los mercados internacionales.
Las monedas de los países que se listan corresponden: i) a los principales socios comerciales de México,
tanto en exportaciones como en importaciones, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía
(INEGI)1*, ii) a las divisas más operadas en el mercado de cambios a nivel mundial, de conformidad con la
encuesta oficial publicada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS)2** y iii) a las divisas solicitadas a este
Instituto Central para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
País 1/
Moneda
Equivalencia de la
moneda extranjera
feb-2026
en dólares de los
E.E.U.U.A
Arabia Saudita
Riyal
0.26660
Argelia
Dinar
0.00770
Argentina
Peso
0.00070
Australia
Dólar
0.71255
Bahamas
Dólar
1.00000
Barbados
Dólar
0.50000
Belice
Dólar
0.50000
Bermuda
Dólar
1.00000
Bolivia
Boliviano
0.14570
Brasil
Real
0.19490
Canadá
Dólar
0.73300
Chile
Peso
0.00114
China
Yuan continental
0.14570
China
Yuan extracontinental 2/
0.14570
Colombia
Peso 3/
0.26608
Corea del Sur
Won 3/
0.69470
Costa Rica
Colón
0.00212
Cuba
Peso
0.04170
1* Conforme a los datos publicados por el INEGI se consideró el promedio de las importaciones y exportaciones de México de los últimos
cinco años.
2** De acuerdo a la Encuesta Trienal de Bancos Centrales realizada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS) durante abril de 2025 y
publicada en septiembre del mismo año.
104
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
País 1/
Moneda
Equivalencia de la
moneda extranjera
feb-2026
en dólares de los
E.E.U.U.A
Dinamarca
Corona
0.15803
Ecuador
Dólar
1.00000
Egipto
Libra
0.02090
El Salvador
Colón
0.11430
Emiratos Árabes Unidos
Dirham
0.27230
Estados Unidos de América
Dólar
1.00000
Federación Rusa
Rublo
0.01296
Fiyi
Dólar
0.45560
Filipinas
Peso
0.01734
Gran Bretaña
Libra esterlina
1.34470
Guatemala
Quetzal
0.13050
Guyana
Dólar
0.00478
Honduras
Lempira
0.03770
Hong Kong
Dólar
0.12784
Hungría
Florín
0.00313
India
Rupia
0.01099
Indonesia
Rupia 3/
0.05956
Irak
Dinar
0.00076
Israel
Shekel
0.31897
Jamaica
Dólar
0.00645
Japón
Yen
0.00641
Kenia
Chelín
0.00780
Kuwait
Dinar
3.26140
Malasia
Ringgit
0.25690
Marruecos
Dirham
0.10920
Nicaragua
Córdoba
0.02720
Nigeria
Naira
0.00073
Noruega
Corona
0.10510
Nueva Zelanda
Dólar
0.59990
Panamá
Balboa
1.00000
Paraguay
Guaraní 3/
0.15510
Perú
Sol
0.29802
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
105
País 1/
Moneda
Equivalencia de la
moneda extranjera
feb-2026
en dólares de los
E.E.U.U.A
Polonia
Esloti
0.27990
Puerto Rico
Dólar
1.00000
Rep. Checa
Corona
0.04874
Rep. de Sudáfrica
Rand
0.06283
Rep. Dominicana
Peso
0.01674
Rumania
Leu
0.23170
Singapur
Dólar
0.79050
Suecia
Corona
0.11079
Suiza
Franco
1.30060
Tailandia
Baht
0.03223
Taiwán
Nuevo dólar
0.03202
Trinidad y Tobago
Dólar
0.14870
Turquía
Lira
0.02275
Ucrania
Hryvnia
0.02320
Unión Monetaria Europea
Euro 4/
1.18070
Uruguay
Peso
0.02600
Venezuela
Bolívar digital 5/
0.00243
Vietnam
Dong 3/
0.03838
Derecho Especial de Giro
DEG
1.37477
1/ El nombre con el que se mencionan los países no necesariamente coincide con su nombre oficial y se
listan sin perjuicio del reconocimiento que en su caso se les otorgue como país independiente.
2/ Corresponde al tipo de cambio cuya cotización es realizada fuera de China continental.
3/ El tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas.
4/ Los países que utilizan el euro como moneda son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia,
Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania,
Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Portugal.
5/ A partir del 1 de octubre de 2021 el bolívar soberano fue sustituido por el bolívar digital. Para
cotizaciones anteriores a esta fecha, el tipo de cambio está expresado en dólares por millón de unidades
domésticas.
Ciudad de México, a 27 de febrero de 2026.- BANCO DE MEXICO: Gerente de Operaciones
Internacionales, Ximena Alfarache Morales.- Rúbrica.- Gerente de Instrumentación de Operaciones,
Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Internacionales y Metales, Héctor
Aureliano Esquivel Urdaneta.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones Internacionales,
Lic. Luis Murray Arriaga.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
ACUERDO SRGII/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala
Regional en Guanajuato II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de fuerza mayor.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Sala Regional en Guanajuato II.- SRGII/01/2026.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES EN LA SALA REGIONAL EN GUANAJUATO II DEL
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR
Silao de la Victoria, Guanajuato, a veintidós de febrero de dos mil veintiséis. Con fundamento en los
artículos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo segundo transitorio, párrafo segundo, del
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos legales, en materia de
homologación normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2025, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto
por el artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; primero y segundo del
Acuerdo SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas
Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, por el Pleno General de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los numerales 33, fracciones V y XII, de la Ley Orgánica
del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con motivo de los bloqueos en diversos municipios que
corresponden a la jurisdicción de esta Sala, a fin de salvaguardar la seguridad e integridad de las personas
servidoras públicas de la Sala, litigantes y personal externo; se
ACUERDA
Primero. Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Guanajuato II de este
Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la
normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Segundo. Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por conducto de
la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos.
Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes de
esta Sala Regional en Guanajuato II.
CÚMPLASE. Así lo proveyó y firma el Magistrado Presidente de esta Sala Regional en Guanajuato II del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante la Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.
Magistrado Presidente de la Sala Regional en Guanajuato II, Magistrado Octavio Augusto Ernesto Prieto
Gallardo.- Rúbrica.- Secretaria de Acuerdos, Licenciada Nancy Ortiz de la Rosa.- Rúbrica.
(R.- 573325)
ACUERDO SRHGO/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala
Regional en Hidalgo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de fuerza mayor.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Sala Regional en Hidalgo.- SRHGO/01/2026.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES EN LA SALA REGIONAL EN HIDALGO DEL TRIBUNAL
FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR
Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, a veintitrés de febrero de dos mil veintiséis. De conformidad
con los artículos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en relación con el
diverso 1° de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo; primero y segundo del Acuerdo
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
107
SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas Regionales
por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, dictado por el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2018; así
como los numerales 33, fracciones V y XII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa,
y 58, fracción IX del Reglamento Interior de este Tribunal; por causas de fuerza mayor, a fin de velar por la
seguridad del personal que labora en este órgano jurisdiccional, y de los usuarios tras los hechos ocurridos el
día de ayer en el país; se
ACUERDA
Primero. Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Hidalgo de este Tribunal,
el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la
normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Segundo. Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por conducto de
la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos.
Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes de
esta Sala Regional en Hidalgo.
CÚMPLASE. Así lo proveyó y firma la Magistrada Presidenta de esta Sala Regional en Hidalgo del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.
Magistrada Presidenta de la Sala Regional en Hidalgo, Magistrada Beatriz Salgado Hernández.-
Rúbrica.- Secretario de Acuerdos, Licenciado Gustavo Villanueva Coronilla.- Rúbrica.
(R.- 573323)
ACUERDO SRQ/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales y plazo en la Sala
Regional en Querétaro por causas de fuerza mayor.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Sala Regional en Querétaro.- SRQ/01/2026.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES Y PLAZO POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR
Querétaro, Querétaro, a veintitrés de febrero de dos mil veintiséis.- Con fundamento en los artículos
365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo segundo transitorio párrafo segundo, del Decreto
por el que se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos legales, en materia de
homologación normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2025, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto
por el artículo 1º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; primero y segundo del
Acuerdo SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas
Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, emitido por el Pleno General de la Sala Superior
del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como los numerales 33, fracciones V y XII de la Ley
Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 57 y 58 del Reglamento Interior del Tribunal Federal
de Justicia Administrativa, con motivo de los hechos acontecidos el día domingo veintidós de febrero de dos
mil veintiséis y a los sucesos difundidos a nivel nacional derivados del mismo, cuya incidencia ha provocado
hechos violentos en diversas entidades de la República Mexicana que han puesto en peligro la vida, la
integridad y seguridad de las personas, en concordancia con el “Aviso de suspensión de labores, plazos y
términos”, adoptado por el Coordinador de Tribunales Laborales Federales de Asuntos Individuales, el
Coordinador de Personas Juzgadoras de Distrito y el Coordinador de Magistraturas, todos del Vigésimo
Segundo Circuito del Poder Judicial de la Federación, con sede en la Ciudad de Querétaro, por el cual
determinan suspender labores de dichos órganos jurisdiccionales el día veintitrés de febrero del año en curso;
y en virtud del ambiente de incertidumbre y con el objeto de proteger la seguridad e integridad de los usuarios
de los servicios de la Sala Regional en Querétaro del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como de
las personas servidoras públicas de la Sala y personal externo, se:
108
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
ACUERDA
Primero.- Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Querétaro de este
Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la
normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Segundo.- Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por conducto de
la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos, para que se continúe con los trámites que
correspondan de conformidad con el Acuerdo SS/6/2018, e infórmese, al Magistrado Integrante de la Junta de
Gobierno y Administración de este Tribunal y Visitador de esta Sala.
Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes, en el
tablero de avisos y en la puerta de acceso de esta Sala Regional en Querétaro.
CÚMPLASE.- Así lo proveyó y firma el Presidente de la Sala Regional en Querétaro del Tribunal Federal
de Justicia Administrativa, ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.
La Presidente de la Sala Regional en Querétaro, Magistrada Magdalena Judith Muñoz Ledo Belmonte.-
Rúbrica.- Secretario de Acuerdos, Lic. Noemi Rocha Aguado.- Rúbrica.
(R.- 573322)
ACUERDO SRQA/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales y plazos en la
Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar por causas de fuerza mayor.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar.- SRQA/01/2026.
SUSPENSION DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES Y PLAZOS POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR
Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo a veintitrés de febrero de dos mil veintiséis. Con
fundamento en los artículos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo segundo transitorio
párrafo segundo, del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos
legales, en materia de homologación normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y
Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2025, de aplicación
supletoria conforme a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo; primero y segundo del Acuerdo SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la
suspensión de labores en las Salas Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, emitido por
el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como los numerales
33, fracciones V y XII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 57 y 58 del
Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con motivo de los hechos acontecidos el
día domingo veintidós de febrero de dos mil veintiséis, relativos a los bloqueos en las calles y carreteras
en el Estado de Quintana Roo, en concordancia con el aviso de suspensión de plazos y términos procesales
adoptado por la Coordinación de Juezas y Jueces de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en
Cancún y de Juezas y Jueces de Distrito de los Tribunales Laborales Federales en Asuntos Individuales en el
Estado de Quintana Roo, por el cual determinan suspender labores de dichos órganos jurisdiccionales el día
veintitrés de febrero del año en curso; y en virtud del ambiente de incertidumbre y con el objeto de proteger la
seguridad e integridad de los usuarios de los servicios de la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como de las personas servidoras públicas de la Sala y
personal externo, se:
ACUERDA
Primero.- Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar
de este Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos
en la normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Segundo.- Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por conducto de
la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos, para que se continúe con los trámites que
correspondan de conformidad con el Acuerdo SS/6/2018, e infórmese, al Magistrado Integrante de la Junta de
Gobierno y Administración de este Tribunal y Visitador de esta Sala.
Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes, en el
tablero de avisos y en la puerta de acceso de esta Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar.
CÚMPLASE.- Así lo proveyó y firma el Presidente de la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.
Presidente de la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar, Magistrado Manuel Carapia Ortiz.- Rúbrica.-
Secretario de Acuerdos, Lic. Pedro Alfredo Duarte Albarran.- Rúbrica.
(R.- 573319)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
109
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ.
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
número LA-07-113-007000998-N-52-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles
para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx
Nombre del procedimiento.
Servicios de mantenimiento para la diversa maquinaria
de la Fca. de teñido, estampado y acabados.
Volumen a adquirir.
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras MX.
2 de Marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones.
11 de Marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones.
20 de Marzo de 2026 a las 0800 hs.
Fecha y hora de fallo.
9 de Abril de 2026 a las 1100 hs.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
CAMPO MILITAR No. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”,
EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 2 DE MARZO DE 2026.
EL DIRECTOR GENERAL DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO
GRAL. BGDA. E.M., RUBEN ZAMUDIO MATIAS
RUBRICA.
(R.- 573438)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional, cuya convocatoria contiene las bases
de participación disponibles para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/.
No. de licitación
LA-07-110-007000999-N-152-2026.
Objeto de la licitación.
Contratación de servicios para componentes de aviones
F-5E/F.
Fecha de publicación en Compras MX.
23 de febrero de 2026.
Junta de Aclaraciones.
08:00 Hs., 5 Mar. 2026.
Presentación y Apertura de Proposiciones.
09:00 Hs., 12 Mar. 2026.
Fallo.
10:00 Hs., 01 Abr. 2026.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 25 FEBRERO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M.
EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573366)
110
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Nacional No. LA-07-110-007000999-
N-167-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet:
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx.
Descripción de la licitación.
“Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo
para
Hardware
y
Software
del
Sistema
de
Administración del Espacio Aéreo (A.M.S.), Instalado
en la 1/a. Escuadrilla de Control de Comunicaciones”.
Volumen a adquirir.
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación en CompraNet.
26/2/2026, 12:00 horas.
Junta de aclaraciones
10/3/2026, 08:00 horas.
Visita a instalaciones.
No hay visita a las instalaciones.
Presentación y Apertura de Proposiciones.
17/3/2026, 09:00 horas.
Fallo.
27/3/2026, 10:00 horas.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 26 DE FEBRERO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION DE ADQUISICIONES DE INFORMATICA
Y TRANSMISIONES DIR. GRAL. ADMON.
TTE. COR. OFTA. ALFREDO GABINO MARTINEZ BAÑOS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573379)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Nacional No. LA-07-110-007000999-
N-173-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet:
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx.
Descripción de la licitación.
“Servicio de Fotocopiado e Impresión para las
UU.DD. e II. del Ejto., F.A. y G.N.” (Plurianual
Especial).
Volumen a adquirir.
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación en CompraNet.
27/2/2026, 12:00 horas.
Junta de aclaraciones
4/3/2026, 08:00 horas.
Visita a instalaciones.
No hay visita a las instalaciones.
Presentación y Apertura de Proposiciones.
10/3/2026, 09:00 horas.
Fallo.
30/3/2026, 10:00 horas.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 27 DE FEBRERO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION DE ADQUISICIONES DE INFORMATICA
Y TRANSMISIONES DIR. GRAL. ADMON.
TTE. COR. OFTA. ALFREDO GABINO MARTINEZ BAÑOS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573382)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
111
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-181-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 3 de marzo al 7 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-181-2026
Objeto de la Licitación.
Mantenimiento para máquinas.
Fecha de Publicación.
3/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
11/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
18/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
7/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE DE LA SECCION
ESTEBAN ALBERTO SANTIAGO LORENZO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573502)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-182-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 3 de marzo al 7 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-182-2026
Objeto de la Licitación.
Mantenimiento preventivo a los equipos de cromatografía
de gases acoplado a espectrofotómetro de masas.
Fecha de Publicación.
3/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
11/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
18/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
7/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE DE LA SECCION
ESTEBAN ALBERTO SANTIAGO LORENZO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573498)
112
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-183-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 3 de marzo al 7 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-183-2026
Objeto de la Licitación.
Mantenimiento preventivo del analizador de drogas
por inmunoensayo.
Fecha de Publicación.
3/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
11/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
18/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
7/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE DE LA SECCION
ESTEBAN ALBERTO SANTIAGO LORENZO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573494)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-184-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila
Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México
Teléfonos: 55 5387 5212 del 3 de marzo al 7 de abril de 2026.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-184-2026
Objeto de la Licitación.
Mantenimiento preventivo y correctivo para los
equipos para los refrigeradores de los laboratorios de
criminalística forense.
Fecha de Publicación.
3/03/2026.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
11/03/2026, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
18/03/2026, 08:00 horas
Fallo.
7/04/2026, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE DE LA SECCION
ESTEBAN ALBERTO SANTIAGO LORENZO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573501)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
113
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación
Pública Electrónica internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-156-2026, cuya
convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet:
http://comprasmx.hacienda.gob.mx;
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-T-156-2026.
Objeto de la Licitación.
“Adquisición de refacciones para el mantenimiento
preventivo
y
correctivo
de
Camionetas
Chevrolet
Cheyenne” (2/a Vuelta).
Volumen a Adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación en CompraNet.
25 de febrero de 2026.
Visita a Instalaciones:
Ninguna.
Junta de Aclaraciones:
08:00 A.M., 26 Mar. 2026
Presentación y Apertura de Proposiciones:
08:00 A.M., 7 Abr. 2026
Fallo:
12:00 P.M., 22 Abr. 2026
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 25 DE FEBRERO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES.
TTE COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME
RUBRICA.
(R.- 573429)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación
Pública Electrónica internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-161-2026, cuya
convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet:
http://comprasmx.hacienda.gob.mx;
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-T-161-2026.
Objeto de la Licitación.
“Adquisición
de
refacciones
específicas
para
el
mantenimiento de los vehículos blindados” (T.P.V.
SANDCAT, DN-XI y DN-XII).
Volumen a Adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación en CompraNet.
27 de febrero de 2026.
Visita a Instalaciones:
Ninguna.
Junta de Aclaraciones:
08:00 A.M., 26 Mar. 2026
Presentación y Apertura de Proposiciones:
08:00 A.M., 8 Abr. 2026
Fallo:
12:00 P.M., 23 Abr. 2026
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 27 DE FEBRERO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES.
TTE COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME
RUBRICA.
(R.- 573434)
114
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER INTERNACIONAL
BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Internacional bajo la Cobertura de
Tratados No. LA-07-110-007000999-T-166-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación
disponibles para su consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx.
Descripción de la licitación.
“Adquisición de Refacciones para Accesorios de
Equipos de Radiocomunicación Táctica en HF”.
Volumen a adquirir.
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación en Compras MX.
26/2/2026, 12:00 horas.
Junta de aclaraciones
1/4/2026, 08:00 horas.
Visita a instalaciones.
No hay visita a las instalaciones.
Presentación y Apertura de Proposiciones.
14/4/2026, 09:00 horas.
Fallo.
29/4/2026, 10:00 horas.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 26 DE FEBRERO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION DE ADQUISICIONES DE
INFORMATICA Y TRANSMISIONES DIR. GRAL. ADMON.
TTE. COR. OFTA. ALFREDO GABINO MARTINEZ BAÑOS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573377)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
AVISO DE FALLO
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
No. LA-07-110-007000999-T-73-2026
La Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración con domicilio en avenida
Industria Militar sin número, esquina con Boulevard Manuel Avila Camacho, colonia Lomas de Sotelo
C.P 11200, alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, informa que el 29 de diciembre del 2025 se emitió el
fallo del procedimiento de Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados
No. LA-07-110-007000999-T-73-2026, para la “Adquisición de refaccionamiento para el mantenimiento de los
helicópteros UH-60M”, donde se adjudicó al siguiente Licitante:
Empresa.
Domicilio.
Partidas
adjudicadas.
Monto adjudicado
con I.V.A.
“Gler Dealers S.A. de C.V.”
Ejido San Andrés 61, Col. Francisco
Villa, Mpio. Tlalnepantla de Baz,
Edo. Méx., C.P. 54059
7, 8, 10, 12,
31, 32 y 34
318,429.28 U.S.D.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M.
TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M. JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573447)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
115
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
AVISO DE FALLO
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
No. LA-07-110-007000999-T-78-2026
La Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración con domicilio en avenida Industria Militar sin número, esquina con Boulevard Manuel Avila
Camacho, colonia Lomas de Sotelo C.P 11200, alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, informa que el 19 de enero del 2026 se emitió el fallo del procedimiento de
Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-78-2026, para la “Adquisición de refaccionamiento para el
mantenimiento de aviones Cessna 182S”, donde se adjudicó a los siguientes Licitantes:
No.
Empresa.
Domicilio.
Partidas adjudicadas.
Monto adjudicado
con I.V.A.
1
“Partes Aéreas
Concord, S.A.”
Av. Santos Dumont 207,
Col. Aviación Civil, Alc.
Venustiano Carranza, Cd.
Méx., C.P. 15740.
2, 3, 8, 11 a la 20, 22, 24, 27, 30, 31, 33, 34, 37 a la 42, 45 a la 48, 54 a
la 57, 59, 60, 66, 68 a la 70, 72 a la 74, 77 a la 79, 82, 84, 93 a la 95,
97, 98, 103 a la 106, 116 a la 123, 131, 143 a la 146, 150, 152 a la 154,
156 a la 164, 166 a la 168, 170, 172, 173, 177, 179, 181, 182, 184, 186,
187, 192, 194, 196, 199, 201, 203 a la 207, 209, 210, 213 a la 215, 218,
220, 222, 229, 232, 235, 241, 244 a la 250, 255, 256 y 258
661,982.77 U.S.D.
2
“Personas y Paquetes
por Aire, S.A. de C.V.”
Av. Américas, piso 6, interior 2,
exterior: 1619, Col. Providencia
1/a Sección, Mpio.
Guadalajara, Jal. C.P. 44630.
44 y 252
$1’224,675.96 M.N.
3
“Sarayu Comercial,
S.A. de C.V.”
Relaciones Exteriores No. 39,
Departamento 101, Col.
Federal, Alc. Venustiano
Carranza, Cd. Méx C.P. 15700.
1, 4 a la 7, 9, 10, 23, 25, 26, 29, 35, 36, 43, 49 a la 53, 58, 61 a la 65,
71, 75, 76, 80, 81, 83, 85 a la 92, 96, 99 a la 102, 107 a la 113, 115,
124 a la 130, 132 a la 142, 149, 151, 155, 165, 169, 171, 174 a la 176,
178, 180, 183, 185, 188 a la 190, 193, 195, 197, 198, 200, 202, 208,
211, 212, 216, 221, 223, 224, 226 a la 228, 230, 231, 233, 234, 236
a la 238, 240, 243, 251, 253, 254 y 257
571,363.99 U.S.D.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M.
TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M. JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573449)
116
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
AVISO DE FALLO
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
No. LA-07-110-007000999-T-80-2026
La Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración con domicilio en avenida
Industria Militar sin número, esquina con Boulevard Manuel Avila Camacho, colonia Lomas de Sotelo
C.P 11200, alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, informa que el 19 de enero del 2026 se emitió
el fallo del procedimiento de Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados
No. LA-07-110-007000999-T-80-2026, para el “Refaccionamiento para el sistema de fractura (Canopy),
de los aviones T-6C+”, donde se adjudicó a los siguientes Licitantes:
No.
Empresa.
Domicilio.
Partidas
adjudicadas.
Monto
adjudicado
con I.V.A.
1
“Gler Dealers
S.A. de C.V.”
Ejido San Andrés 61, Col. Francisco Villa,
Mpio. Tlalnepantla de Baz, Edo. Méx.,
C.P. 54059
1, 3, 4, 8, 9 y
11
28,428.18
2
“Partes Aéreas
Concord, S.A.”
Santos Dumont, No. 207, Col. Aviación
Civil, Alc. Venustiano Carranza,
C.P. 15740, Ciudad de México.
2, 5 a la 7, 10,
12 y 13
10,128.90
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M.
TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M. JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573450)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
AVISO DE FALLO
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
No. LA-07-110-007000999-T-707-2025
La Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración con domicilio en avenida
Industria Militar sin número, esquina con Boulevard Manuel Avila Camacho, colonia Lomas de Sotelo
C.P 11200, alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México, informa que con fecha 20 de enero del 2026 se emitió
el fallo del procedimiento de Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados
No. LA-07-110-00700999-T-707-2025, para la “Contratación de servicios a componentes del avión Boeing
PT-17 STEARMAN”, el cual se declaró desierto, de conformidad a lo estipulado en los artículos 51 y 58 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de su reglamento respectivamente.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M.
TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M. JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573448)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
117
SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
PREVENCION Y REINSERCION SOCIAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, número
LA-36-D00-036D00999-N-26-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación, disponibles para
consulta en Internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en:
Melchor Ocampo No. 171, Piso 4, Col. Tlaxpana, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11370, Ciudad de México,
teléfono 51-28-41-00 ext. 18440, en días hábiles del 03 al 17 de marzo del 2026, de las 9:00 a 18:00 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo al
parque vehicular multimarca de Prevención y Reinserción
social (PRS) para el ejercicio fiscal 2026
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en CompraNet
03/03/2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
11/03/2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No se realizará visita a instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
18/03/2026 a las 10:00 horas
Fallo
23/03/2026 a las 17:30 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE ADQUISICIONES Y CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
LIC. CARLOS IVAN SOLANO BECERRIL
RUBRICA.
(R.- 573472)
SECRETARIA DE ECONOMIA
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y ARCHIVO
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/, o bien, en Boulevard Adolfo López Mateos
Número 3025, Piso 4, Colonia, San Jerónimo Aculco, C.P. 10400, Demarcación Territorial La Magdalena
Contreras, Ciudad de México, teléfono: 5629-9500 Ext. 27312, de lunes a viernes (días hábiles);
con el siguiente horario: 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es:
RESUMEN DE CONVOCATORIA 04-2026
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Nacional No. Interno de Control
LPN-004-2026
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE MENSAJERIA Y PAQUETERIA
NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA
SECRETARIA DE ECONOMIA 2026
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la Convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
03/marzo/2026
Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones
11/marzo/2026 a las 10:00 Horas
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
18/marzo/2026 a las 11:00 Horas
Fecha y hora para emitir el fallo
20/marzo/2026 a las 13:00 Horas
CIUDAD DE MEXICO, A 2 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE LICITACIONES PUBLICAS
LIC. TERESITA DE JESUS AGUILAR MONTERO
RUBRICA.
(R.- 573457)
118
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
016F00 - COMISION NACIONAL DE
AREAS NATURALES PROTEGIDAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-16-F00-
016F00002-N-4-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx / o bien en Avenida Mayapán Sur, Lote 1,
Supermanzana 21, Manzana 4, Cancún, Benito Juárez, Quintana Roo, C.P. 77505, teléfonos: (998) 892 16
48, de lunes a viernes de las 09:00 a 18:00 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
Servicios
de
Mantenimiento
y
Conservación
de
Vehículos Terrestres y Marítimos de las Areas Naturales
Protegidas de la Dirección Regional Península de
Yucatán y Caribe Mexicano.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en CompraNet
02 de Marzo de 2026 a las 09:00
Fecha y hora de junta de aclaraciones
05 de Marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
12 de Marzo de 2026 a las 12:00
Fecha y hora de fallo
13 de Marzo de 2026 a las 12:00
CANCUN, BENITO JUAREZ, QUINTANA ROO, A 2 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA REGIONAL
HERIBERTO MARTINEZ LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 573444)
COMISION NACIONAL DEL AGUA
ORGANISMO DE CUENCA AGUAS DEL VALLE DE MEXICO
DIRECCION DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Nacional No. LA-16-B00-
016B00013-N-16-2026, la Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para
consulta en Internet en la página https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en las Oficinas del
Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México, sita en Avenida Río Churubusco No. 650, Piso 3, Colonia
Carlos A. Zapata Vela, Demarcación Territorial Iztacalco, Código Postal 08040, Ciudad de México, teléfono:
58044300, extensiones 3865 y 3716, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.
LA-16-B00-016B00013-N-16-2026
Objeto de la Licitación
Suministro de Cloro Líquido Anhidro en Cilindros de
907 Kg.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la Convocatoria
Fecha de publicación D.O.F.
05 de marzo de 2026
Fecha de publicación en CompraNet
05 de marzo de 2026
Visita
No aplica
Junta de aclaraciones
13 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
20 de marzo de 2026 a las 11:00 horas
Fallo
24 de marzo de 2026 a las 13:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR DE ADMINISTRACION
D.I. JOSE ALEJANDRO CANSECO FLORES
RUBRICA.
(R.- 573475)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
119
COMISION NACIONAL DEL AGUA
ORGANISMO DE CUENCA LERMA SANTIAGO PACIFICO
DIRECCION DE ADMINISTRACION
RESUMENES DE CONVOCATORIAS NUMERO 01
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones públicas
nacionales electrónicas números LA-16-B00-016B00005-N-4-2026 y LA-16-B00-016B00005-N-5-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación
disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/ o bien en: Av. Federalismo Norte Núm. 275 - 2do. Piso, Colonia Centro,
C.P. 44100, Guadalajara, Jalisco, teléfono: (33) 3268 0200 ext. 1000, 1001 y 1130, de lunes a viernes del año en curso, de las 9:00 a las 14:00 horas.
No. de licitación
LA-16-B00-016B00005-N-4-2026
Descripción de la licitación
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A VEHICULOS DE LA CONAGUA OCLSP
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
26/02/2026
Junta de aclaraciones
03/03/2026, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
09/03/2026, 10:00 horas
Fallo
13/03/2026, 16:30 horas
No. de licitación
LA-16-B00-016B00005-N-5-2026
Descripción de la licitación
SERVICIO DE VIGILANCIA A LOS INMUEBLES DEL ORGANISMO DE CUENCA LERMA SANTIAGO PACIFICO
Y DIRECCIONES LOCALES
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
26/02/2026
Junta de aclaraciones
03/03/2026, 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
09/03/2026, 12:00 horas
Fallo
13/03/2026, 17:30 horas
GUADALAJARA, JALISCO, A 26 DE FEBRERO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO DE CUENCA LERMA SANTIAGO PACIFICO
LIC. GUSTAVO ERNESTO FIGUEROA CUEVAS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573367)
120
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
048E00 - INSTITUTO NACIONAL DE
BELLAS ARTES Y LITERATURA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS,
se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional número LO-48-E00-048E00994-
N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Av. Juárez 101, Piso 18, Col. Centro, C.P. 06040,
Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, de lunes a viernes en horario de atención de 10:00 a 18:00 hrs.
Nombre del Procedimiento de contratación
TRABAJOS DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO
DE LA FACHADA EXTERIOR, SUSTITUCION DE
PISOS INTERIORES, ATENCION DE SALONES Y
TRABAJOS COMPLEMENTARIOS EN EL MUSEO
NACIONAL DE LA ESTAMPA.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
3 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
6 de marzo de 2026 a las 11:00 hrs
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
5 de marzo de 2026 a las 11:00 hrs
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
13 de marzo de 2026 a las 11:00 hrs
Fecha y hora de fallo
18 de marzo de 2026 a las 17:00 hrs
3 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE OBRA PUBLICA Y MANTENIMIENTO
ARQ. ALEJANDRO MARTINEZ JAIME
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573507)
048E00 - INSTITUTO NACIONAL DE
BELLAS ARTES Y LITERATURA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS,
se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional número LO-48-E00-048E00994-
N-3-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Av. Juárez 101, Piso 18, Col. Centro, C.P. 06040, Alcaldía
Cuauhtémoc, CDMX, de lunes a viernes en horario de atención de 10:00 a 18:00 hrs.
Nombre del Procedimiento de contratación
TRABAJOS DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO
DE LOS MUROS COLINDANTES DEL ATRIO DEL
TEMPLO
Y
DEL
LUCERNARIO,
ASI
COMO
MANTENIMIENTO A MODULOS SANITARIOS EN EL
MUSEO LABORATORIO ARTE ALAMEDA.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX 3 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
6 de marzo de 2026 a las 13:00 hrs
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
5 de marzo de 2026 a las 12:00 hrs
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
13 de marzo de 2026 a las 17:00 hrs
Fecha y hora de fallo
19 de marzo de 2026 a las 17:00 hrs
3 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE OBRA PUBLICA Y MANTENIMIENTO
ARQ. ALEJANDRO MARTINEZ JAIME
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573508)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
121
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA
LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS
DIRECCION ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en: http://compranet.hacienda.gob.mx, o bien, en el domicilio de la convocante en: Avenida Industria Militar
N° 1053, Colonia Lomas de Sotelo C.P. 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, el día 5 de marzo
del año en curso de las 08:00 a 16:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Internacional Electrónica
LA-07-HXA-007HXA001-I-22-2026.
Objeto de la Licitación
Adquisición de Materiales, Accesorios y
Suministros Médicos.
Volumen a adquirir
Detalles en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en la Plataforma
Digital Compras MX
5/Marzo/2026.
Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones
18/Marzo/2025, 9:00 horas.
En su caso, fecha y hora para
realizar la visita a instalaciones
No Aplica.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
25/Marzo/2026, 10:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
14/Abril/2026, 10:00 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES
M.A.P. ESTHER GUADALUPE ANTUNEZ MARTINEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573455)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
Espacio
Costo
4/8 de plana
$11,372.00
1 plana
$22,744.00
1 4/8 planas
$34,116.00
2 planas
$45,488.00
Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la
Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de
ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección
“Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT
970701NN3.
Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos Recibos Bancarios de Pago de
Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago.
El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
122
COLEGIO DE BACHILLERES
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
DIRECCION DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y BIENES
DEPARTAMENTO DE COMPRAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas
Nacionales Electrónicas, que se detallan a continuación y cuya convocatoria se encuentra disponible para consulta a partir del día 5 de marzo de 2026 en la dirección
electrónica: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-11-L5N-011L5N002-N-18-2026
Descripción de la Licitación
Prestación del Servicio de Uso de Licenciamiento de Microsoft, Enrollment For Education Solutions (EES)
Fecha de Publicación en CompraNet
5 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones
13 de marzo de 2026, 11:00 hrs.
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y Apertura de Proposiciones
20 de marzo de 2026, 11:00 hrs.
Fallo
27 de marzo de 2026, 12:00 hrs.
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-11-L5N-011L5N002-N-19-2026
Descripción de la Licitación
Prestación del Servicio de Seguros de Vida Institucionales y de Retiro.
Fecha de Publicación en CompraNet
5 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones
13 de marzo de 2026, 13:00 hrs.
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y Apertura de Proposiciones
20 de marzo de 2026, 13:00 hrs.
Fallo
26 de marzo de 2026, 12:00 hrs.
CIUDAD DE MEXICO, A 2 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
ROBERTO CARLOS CARVAJAL DUARTE
RUBRICA.
(R.- 573470)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
123
INSTITUTO NACIONAL PARA LA EDUCACION DE LOS ADULTOS
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en la convocatoria a la Licitación Pública Nacional,
que contiene la convocatoria mediante la cual se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los
requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en:
https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante: Francisco
Márquez No. 160, 1er. piso, Col. Condesa, C.P. 06140, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono:
555241-2700 Ext. 22601, de lunes a viernes; horario: 09:00 a 15:00 horas, y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
LA-11-MDA-011MDA001-N-12-2026.
Objeto de la Licitación
CONTRATACION ABIERTA PARA LA ADQUISICION Y
SUMINISTRO DE MATERIALES DIDACTICOS, DE
IMPRESION Y REPRODUCCION.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
03/03/2026
Fecha y hora para la Junta de Aclaraciones
11/03/2026, 9:00 horas.
Fecha y hora para la Presentación
y Apertura de Proposiciones
19/03/2026, 11:00 horas.
Fecha y hora para emitir el Fallo
24/03/2026, 11:00 horas.
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
RODRIGO MENENDEZ ROLDAN
RUBRICA.
(R.- 573453)
051GYN - INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE
TRATADOS, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA
DE TRATADOS número LA-51-GYN-051GYN036-T-12-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de
participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en
(descripción domicilio), (horario de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
PRODUCTOS QUIMICOS BASICOS, MATERIALES,
ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
05 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
26 de Marzo de 2026 a las 11:00
Fecha y hora de fallo
6 de Abril de 2026 a las 11:00
5 DE MARZO DE 2026.
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
LILIANA LUCINA VELAZQUEZ GARCIA
RUBRICA.
(R.- 573406)
124
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
SUBDELEGACION DE ADMINISTRACION DELEGACION CAMPECHE
RESUMEN DE CONVOCATORIA 001
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Electrónicas, cuya Convocatoria que
contiene las bases de participación, mismas que estarán disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la jefatura del Departamento de Recursos Materiales y
Obras del ISSSTE, sita, en calle Ricardo Castillo Oliver No. 29 entre Av. María Lavalle Urbina y Calle
Francisco Field Jurado, Fraccionamiento Ah Kim Pech, C.P. 24010, Colonia San Francisco, primer torre “A”
San Francisco de Campeche, Campeche, teléfono: (01-981 lada)-81-6-82-65, de las 9:00 a 17:00 horas.
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-51-GYN-051GYN029-N-7-2026
Descripción de la Licitación.
Adjudicación al Servicio de Mantenimiento Preventivo y
Correctivo de Vehículos Terrestres Pertenecientes a la
Representación Estatal Campeche para el Ejercicio 2026.
Fecha de Publicación de ComprasMx.
5 de marzo del 2026
Volumen a adquirir.
Lo establecido en la convocatoria
Junta de Aclaraciones.
17 de marzo del 2026, 9:00 hrs.
Apertura de proposiciones.
23 de marzo del 2026, 9:00 hrs.
Fallo.
25 de marzo del 2026, 9:00 hrs.
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-51-GYN-051GYN029-N-8-2026
Descripción de la Licitación.
Servicio de Desinfección y Fumigación en Representación
Estatal Campeche, para el Ejercicio 2026
Fecha de Publicación de ComprasMX.
5 de marzo del 2026
Volumen a adquirir.
Lo establecido en la convocatoria
Junta de Aclaraciones.
17 de marzo del 2026, 9:30 hrs.
Apertura de proposiciones.
23 de marzo del 2026, 9:30 hrs.
Fallo.
25 de marzo del 2026, 9:30 hrs.
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-51-GYN-051GYN029-N-9-2026
Descripción de la Licitación.
Servicio de Recolección de Productos Biológicos Infecciosos
RPBI en la Representación Estatal Campeche, para el
Ejercicio 2026
Fecha de Publicación de ComprasMX.
5 de marzo del 2026
Volumen a adquirir.
Lo establecido en la convocatoria
Junta de Aclaraciones.
17 de marzo del 2026, 10:00 hrs.
Apertura de proposiciones.
23 de marzo del 2026, 10:00 hrs.
Fallo.
25 de marzo del 2026, 10:00 hrs.
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-51-GYN-051GYN029-N-10-2026
Descripción de la Licitación.
Adquisición de Material
Eléctrico, Metálicos para la
construcción, herramientas menores, refacciones a edificios,
material complementarios y materiales y otros artículos para
la construcción en la Representación Estatal Campeche,
para el Ejercicio 2026
Fecha de Publicación de ComprasMX.
5 de marzo del 2026
Volumen a adquirir.
Lo establecido en la convocatoria
Junta de Aclaraciones.
17 de marzo del 2026, 10:30 hrs.
Apertura de proposiciones.
23 de marzo del 2026, 10:30 hrs.
Fallo.
25 de marzo del 2026, 10:30 hrs.
ATENTAMENTE
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 5 DE MARZO DE 2026.
SUBDELEGADO DE ADMINISTRACION
MTRO. JOSE ANTONIO CARRANCO GOMEZ
RUBRICA.
(R.- 573462)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
125
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
REPRESENTACION ESTATAL DE SONORA
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 002
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de
conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados en participar en la Licitaciones Públicas Electrónicas Nacionales e Internacionales, cuya
convocatoria se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o
bien, en las oficinas de la Representación Estatal de Sonora, del ISSSTE, sita en Paseo de la Cultura y
Comonfort, Edificio México, Colonia Villa de Seris, Hermosillo, Sonora, código postal 83280, teléfono 662 108-
0140, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. La publiación en el D.O.F. será el día 05 de marzo de 2026,
de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-51-GYN-051GYN051-N-39-2026
Objeto de la licitación
ADQUISICION Y SUMINISTRO DE DIESEL INDUSTRIAL BAJO EN
AZUFRE, PARA CALDERAS Y PLANTAS DE ENERGIA ELECTRICA
PARA UNIDADES MEDICAS
Publicación Compras MX
27 de Febrero de 2026
Visita a instalaciones
No aplica
Junta de aclaraciones
05 de Marzo de 2026, 09:00 hrs.
Apertura de proposiciones
16 de marzo de 2026, 09:00 hrs.
Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-51-GYN-051GYN051-N-40-2026
Objeto de la licitación
SERVICIO DE TRASLADO DE ENFERMOS Y HERIDOS POR
AMBULANCIA AEREA PARA LA REPRESENTACION ESTATAL DEL
ISSSTE EN SONORA
Publicación Compras MX
27 de Febrero de 2026
Visita a instalaciones
A partir de la publicación
Junta de aclaraciones
05 de Marzo de 2026, 10:00 hrs.
Apertura de proposiciones
16 de marzo de 2026, 10:00 hrs.
Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-51-GYN-051GYN051-N-42-2026
Objeto de la licitación
SERVICIO DE RECOLECCION, TRASLADO, TRATAMIENTO Y
DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICO-
INFECCIOSOS DE LA REPRESENTACION ESTATAL EN SONORA
Publicación Compras MX
05 de Marzo de 2026
Visita a instalaciones
A partir de la publicación
Junta de aclaraciones
12 de marzo de 2026, 09:00 hrs.
Apertura de proposiciones
20 de marzo de 2026, 09:00 hrs.
En lo que se refiere al volumen de los Servicios y las adquisiciones los detalles se determinan en la propia
convocatoria, mediante el Sistema CompraNET. Los interesados en participar deberán enviar sus propuestas
única y exclusivamente a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, por tratarse
de licitaciones electrónicas, se aplicará los plazos recortados.
HERMOSILLO, SONORA, MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
JEFE DE RECURSOS MATERIALES DEL ISSSTE EN SONORA
ING. JOSE EDUARDO CHAIDEZ LOYA
RUBRICA.
(R.- 573473)
126
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
HOSPITAL REGIONAL B VERACRUZ ALTA ESPECIALIDAD ISSSTE
SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA- CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Avenida Salvador
Díaz Mirón S/N esquina Sayula, Fraccionamiento Moderno, C.P. 91918, en la ciudad de Veracruz,
Veracruz, teléfono 01(229) 9370804, los días de lunes a viernes del año en curso de las 9:00 a 17:00 horas y
cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
LA-51-GYN-051GYN880-N-47-2026
Objeto de la Licitación
MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
MEDICOS; Y MATERIAL DE CURACION DE ALTA
ESPECIALIDAD (OFTALMOLOGIA)
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de Publicación en Compras MX
05 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
10 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Visita a Instalaciones
No habrá visita instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
23 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fallo
27 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Carácter, medio y No. de Licitación
LA-51-GYN-051GYN880-N-48-2026
Objeto de la Licitación
MATERIAL DE CURACION DE ALTA ESPECIALIDAD
(DENTRO Y FUERA DEL CUADRO BASICO)
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de Publicación en Compras MX
05 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
10 de marzo de 2026 a las 12:00 horas
Visita a Instalaciones
No habrá visita instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
23 de marzo de 2026 a las 12:00 horas
Fallo
27 de marzo de 2026 a las 12:00 horas
Carácter, medio y No. de Licitación
LA-51-GYN-051GYN880-N-49-2026
Objeto de la Licitación
MATERIAL DE CURACION (DENTRO Y FUERA DEL
CUADRO BASICO)
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de Publicación en Compras MX
05 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
10 de marzo de 2026 a las 14:00 horas
Visita a Instalaciones
No habrá visita instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
23 de marzo de 2026 a las 14:00 horas
Fallo
27 de marzo de 2026 a las 14:00 horas
VERACRUZ, VERACRUZ, A 20 DE FEBRERO DE 2026.
HOSPITAL REGIONAL B VERACRUZ ALTA ESPECIALIDAD ISSSTE
SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVO
LCDA. LIZBETH MIRAMON LOMBARDINI
RUBRICA.
(R.- 573451)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
127
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CHIAPAS
OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA 002/2026
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de
conformidad con los Artículos 35 Fracción I, 36, 39 Fracción III inciso c), 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 66, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 86 de su Reglamento y demás correlativos; las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social vigentes y demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a los interesados
en participar en la Licitación Pública Internacional Abierta, correspondiente al ejercicio 2026, de conformidad con lo siguiente:
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-I-11-2026
Carácter de la licitación
Internacional Abierta
Descripción de la licitación u objeto
Adquisición de consumibles de equipo médico para bombas de infusión con equipo en comodato, del Régimen
Ordinario, para el ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
22,060 piezas.
Fecha de publicación en Compras MX
05/03/2026
Visita a instalaciones
No hay visitas
Junta de aclaraciones
10/03/2026 09:00 a.m.
Presentación y apertura de proposiciones
16/03/2026 12:00 p.m.
Fecha y Hora del Fallo:
20/03/2026 01:00 p.m.
•
Las bases establecidas en la convocatoria se encuentran disponibles para consulta en internet a través de la página: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/,
y de manera impresa se pone a disposición de los interesados exclusivamente para consulta en las instalaciones de la Coordinación de Abastecimiento y
Equipamiento, ubicada en Carretera Costera y anillo periférico Sin Número, Colonia Centro, C.P. 30700, Tapachula, Chiapas, los días Lunes a Viernes de 9:00 a
15:00 horas.
•
La reducción al plazo de Presentación y Apertura de Propuestas de las Licitaciones, fue autorizado por el Ingeniero Guillermo Alberto Avendaño Arzate, Titular de
la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, en términos del Artículo 40 Fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, el día 18 de Febrero de 2026.
•
Los eventos se realizarán en la Sala de Juntas de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Costera y anillo periférico Sin Número,
Colonia Centro, C.P. 30700, Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas.
TAPACHULA DE CORDOVA Y ORDOÑEZ, CHIAPAS, A 5 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
ING. GUILLERMO ALBERTO AVENDAÑO ARZATE
RUBRICA.
(R.- 573480)
128
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DIRECCION DE ADMINISTRACION
UNIDAD DE ADQUISICIONES
COORDINACION DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
COORDINACION TECNICA DE ADQUISICION DE BIENES DE INVERSION Y ACTIVOS
DIVISION DE CONTRATACION DE ACTIVOS Y LOGISTICA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 6 fracción IX, 33, 35 fracción I, 36, 37, 39
fracción I, 40, 41, 66 y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su
Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y
demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones de
conformidad con lo siguiente:
RESUMENES DE CONVOCATORIAS
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR019-N-11-2026
Carácter de la Licitación
Nacional Electrónica
Descripción de la Licitación
“Servicio para realizar el evento denominado Clínica
de Básquetbol por la Salud IMSS 2026"
Volumen a contratar
1 servicio
Fecha de publicación en Compras MX
03 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
06 de marzo de 2026, 10:00 Horas
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
20 de marzo de 2026, 11:00 Horas
Fallo
30 de marzo de 2026, 14:00 Horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR019-N-21-2026
Carácter de la Licitación
Nacional Electrónica
Descripción de la Licitación
“Servicio de impresión de diversas publicaciones del
Programa Editorial PrevenIMSS"
Volumen a contratar
1 servicio
Fecha de publicación en Compras MX
03 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
10 de marzo de 2026, 10:00 Horas
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
19 de marzo de 2026, 11:00 Horas
Fallo
31 de marzo de 2026, 13:00 Horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR019-N-23-2026
Carácter de la Licitación
Nacional Electrónica
Descripción de la Licitación
Servicio para realizar el evento denominado “Clínica
y Función de Lucha Libre IMSS 2026”
Volumen a contratar
1 servicio
Fecha de publicación en Compras MX
03 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
10 de marzo de 2026, 10:30 Horas
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
19 de marzo de 2026, 12:00 Horas
Fallo
27 de marzo de 2026, 17:00 Horas
•
Las convocatorias que contienen las bases de participación se encuentran disponibles para su consulta
en la página de internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/; serán gratuitas o bien se pondrán los
ejemplares impresos a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la División de
Contratación de Activos y Logística, sita en la Calle de Durango Número 291, 5º Piso, Col. Roma Norte,
Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06700, Ciudad de México, de Lunes a Viernes de las 9:00 a
15:00 horas.
•
Todos los eventos se realizarán, de manera electrónica en la Plataforma Digital de Contrataciones
Públicas de la Administración Pública Federal denominada Compras MX.
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA DIVISION DE CONTRATACION DE ACTIVOS Y LOGISTICA
LIC. BERTRAN HERNANDEZ CHAVEZ
RUBRICA.
(R.- 573479)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
129
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL TLAXCALA
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de
conformidad con los artículos 5, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción II,
49, 50, 51, 66, 67, 68 y 69 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público (LAASSP), 83, 86, 90, 91, 92 y 93 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en las
licitaciones que se relacionan a continuación y cuya Convocatoria que contienen las bases de participación
está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o en la Coordinación de
Abastecimiento y Equipamiento con domicilio Libramiento Poniente I.P.N. s/n Diego Metepec, Tlaxcala,
C.P. 90110. Con horario de atención de 09:00 a 17:00 hrs. de lunes a viernes, teléfonos (246) 468-0384 y
(246) 468-0492.
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-N-28-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional 2026
Descripción de la Licitación
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO A PLANTAS DE EMERGENCIA PARA EL
EJERCICIO 2026
Volumen a adquirir
69 servicios
Fecha de publicación en Compra Net
24 de febrero del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de
Aclaraciones
03 de marzo del 2026 a las 11:00 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
11 de marzo del 2026 a las 11:00 horas
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-N-29-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional 2026
Descripción de la Licitación
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO A EQUIPOS DE REFRIGERACION Y
AIRE ACONDICIONADO, PARA REGIMEN ORDINARIO
EJERCICIO 2026
Volumen a adquirir
212 servicios
Fecha de publicación en Compra Net
24 de febrero del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de
Aclaraciones
03 de marzo del 2026 a las 13:00 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
11 de marzo del 2026 a las 13:00 horas
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR041-N-27-2026
Carácter de la Licitación
Licitación Pública Nacional 2026
Descripción de la Licitación
ADQUISICION DE REFACCIONES E INSUMOS DE
CONSERVACION
(EQUIPO
MEDICO)
PARA
EL
EJERCICIO 2026
Volumen a adquirir
5247 piezas
Fecha de publicación en Compra Net
24 de febrero del 2026
Fecha y hora para celebrar la Junta de
Aclaraciones
04 de marzo del 2026 a las 12:00 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y Apertura de Proposiciones
11 de marzo del 2026 a las 12:00 horas
TLAXCALA, TLAXCALA, A 5 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
ARQ. FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ LARA
RUBRICA.
(R.- 573478)
130
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
COORDINACION DE UNIDADES MEDICAS DE ALTA ESPECIALIDAD
UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD HOSPITAL DE ONCOLOGIA
CENTRO MEDICO NACIONAL SIGLO XXI
RESUMEN DE LAS CONVOCATORIAS
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el Artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39
fracciones I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 66, 67 y 79 demás correlativos de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados, a participar en la
licitación que enseguida se enlista cuya convocatoria que contienen las bases de participación estará
disponible para consulta en internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
1.
Licitación Pública Nacional LA-50-GYR-050GYR051-N-14-2026
Nombre del Procedimiento
de contratación
Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Equipos
Médicos de la División de Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento
de la UMAE Hospital de Oncología C.M.N. Siglo XXI
Volumen a contratar
272 servicios
Fecha de publicación en
Compras MX
2 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
10 de marzo de 2026
10:00 Horas
Presentación y apertura de
propuestas
17 de marzo de 2026
9:00 Horas
Fecha y hora de Fallo
19 de marzo de 2026
14:00 Horas
2.
Licitación Pública Nacional LA-50-GYR-050GYR051-N-15-2026
Nombre del Procedimiento
de contratación
Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Equipos
Médicos de la División de Cirugía de la UMAE Hospital de Oncología
C.M.N. Siglo XXI
Volumen a contratar
70 servicios
Fecha de publicación en
Compras Mx
2 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
10 de marzo de 2026
10:00 Horas
Presentación y apertura de
propuestas
17 de marzo de 2026
10:00 Horas
Fecha y hora de Fallo
23 de marzo de 2026
14:00 Horas
3.
Licitación Pública Nacional LA-50-GYR-050GYR051-N-16-2026
Nombre del Procedimiento
de contratación
Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Equipos
Médicos de la División de Consulta Externa y Hospitalización de la
UMAE Hospital de Oncología C.M.N. Siglo XXI
Volumen a contratar
261 servicios
Fecha de publicación en
Compras
Mx
2 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
10 de marzo de 2026
10:00 Horas
Presentación y apertura de
propuestas
17 de marzo de 2026
11:00 Horas
Fecha y hora de Fallo
25 de marzo de 2026
14:00 Horas
4.
Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados LA-50-GYR-050GYR051-T-17-2025,
Nombre del Procedimiento
de contratación
Adquisición de Insumos y Reactivos de Inmunohistoquímica y
Biología Molecular para el Servicio de Laboratorio de Anatomía
Patológica
Volumen a contratar
577 piezas
Fecha de publicación en
Compras
Mx
2 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
31 de marzo de 2026
10:00 Horas
Presentación y apertura de
propuestas
13 de abril de 2026
10:00 Horas
Fecha y hora de Fallo
22 de abril de 2026
14:00 Horas
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
131
5.
Licitación Pública Nacional LA-50-GYR-050GYR051-N-18-2026
Nombre del Procedimiento
de contratación
Servicio subrogado de estudios de Tomografía por Emisión de
Positrones/Tomografía Computada (PET/CT) para pacientes de la
UMAE Hospital Oncología C. M. N. Siglo XXI
Volumen a contratar
744 servicios
Fecha de publicación en
Compras MX
2 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
10 de marzo de 2026
10:00 Horas
Presentación y apertura de
propuestas
17 de marzo de 2026
12:00 Horas
Fecha y hora de Fallo
24 de marzo de 2026
14:00 Horas
•La convocatoria de la licitación, se encuentra disponible para su consulta en la página de Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y serán gratuitas, o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición
de los interesados, exclusivamente para su consulta en la Unidad Médica de Alta Especialidad Hospital de
Oncología del Centro Médico Nacional Siglo XXI, sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 330, Colonia Doctores,
Alcaldía Cuauhtémoc, CP. 06720, Ciudad de México, teléfono 55-56-27 69-00 ext. 22649, de lunes a viernes,
de 09:00 a 14:00 horas.
•El evento se llevará a cabo a través de la Plataforma Integral Compras MX, en la Oficina de Adquisiciones del
Departamento de Abastecimiento de la UMAE Hospital de Oncología, ubicado en Av. Cuauhtémoc #330,
Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720, Ciudad de México, teléfono 55-56-27-69-00 ext. 22649.
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR MEDICO DE LA UMAE HOSPITAL DE ONCOLOGIA
DR. EDGAR RODRIGUEZ ANTEZANA
RUBRICA.
(R.- 573484)
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
OFICINA DE ADQUISICIONES DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA ESTATAL PUEBLA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 4, cuarto párrafo y el
134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 35
fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Fracción I, II, 49, 50, 51, 65, 66, 67, 68, 69, 70,
71, 79 y 90 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y demás
correlativos de su Reglamento, convoca a los interesados en participar de conformidad con lo siguiente:
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-29-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
“CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE
DIESEL
INDUSTRIAL
BAJO
EN
AZUFRE
PARA
UNIDADES HOSPITALARIAS Y PLANTA DE LAVADO
DEL OOAD ESTATAL PUEBLA”.
Volumen a Adquirir
1,640,000 LITROS
Fecha de Publicación en ComprasMX
05/03/2026
Junta de Aclaraciones.
11/03/2026 a las 10:00 Hrs.
Visita a Instalaciones
NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES
Presentación y Apertura de Proposiciones
18/03/2026 a las 10:00 Hrs.
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-30-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
“CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE
GAS LP PARA UNIDADES MEDICAS Y NO MEDICAS
DEL OOAD ESTATAL PUEBLA”
Volumen a Adquirir
958,000 Litros
Fecha de Publicación en ComprasMX
05/03/2026
132
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones.
12/03/2026 a las 10:00 Hrs.
Visita a Instalaciones
NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES
Presentación y Apertura de Proposiciones
19/03/2026 a las 10:00 Hrs.
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-31-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
“SERVICIO
CONTROL
DE
FAUNA
NOCIVA
(FUMIGACION), EN DIFERENTES
UNIDADES, PARA EL EJERCICIO 2026”
Volumen a Adquirir
243,220 METROS CUADRADOS
Fecha de Publicación en ComprasMX
05/03/2026
Junta de Aclaraciones.
12/03/2026 a las 11:00 Hrs.
Visita a Instalaciones
SI. LUGAR Y HORA DE VISITA A INSTALACIONES
CONFORME A NUMERAL 3.2 DE LAS BASES.
Presentación y Apertura de Proposiciones
19/03/2026 a las 14:30 Hrs.
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-32-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
“SERVICIO
DE
MONITOREO
A
SISTEMAS
DE
ALARMAS CONTRA INCENDIO EN DIFERENTES
UNIDADES, PARA EL EJERCICIO 2026”
Volumen a Adquirir
36 SERVICIOS
Fecha de Publicación en ComprasMX
05/03/2026
Junta de Aclaraciones.
13/03/2026 a las 11:00 Hrs.
Visita a Instalaciones
SI. LUGAR Y HORA DE VISITA A INSTALACIONES
CONFORME A NUMERAL 3.2 DE LAS BASES.
Presentación y Apertura de Proposiciones
23/03/2026 a las 12:00 Hrs.
No. De la Licitación
LA-50-GYR-050GYR006-N-33-2026
Carácter de la Licitación
NACIONAL
Descripción Objeto de la Licitación
“SERVICIO
DE
ATENCION
INTEGRAL
DE
HOSPITALIZACION
PSIQUIATRICA
SUBROGADA,
PARA EL EJERCICIO 2026”
Volumen a Adquirir
5,590 SERVICIOS
Fecha de Publicación en ComprasMX
05/03/2026
Junta de Aclaraciones.
11/03/2026 a las 13:00 Hrs.
Visita a Instalaciones
SI. LUGAR Y HORA DE VISITA A INSTALACIONES
CONFORME A NUMERAL 3.2 DE LAS BASES.
Presentación y Apertura de Proposiciones
20/03/2026 a las 12:00 Hrs.
La reducción de plazos de la convocatoria es autorizada por el Mtro. Sergio Raúl Díaz García, Titular de la
Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada
Estatal Puebla el día 19 de febrero del 2026.
Las bases establecidas en la convocatoria de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta en
Internet: http://comprasmx. buengobierno.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a
disposición de los interesados exclusivamente para consulta en la Coordinación de Abastecimiento y
Equipamiento, ubicada en calle 5 de Febrero Oriente Número 107, Colonia San Felipe Hueyotlipán, C.P.
72030, en la Ciudad de Puebla, Puebla, teléfono: 222 288-12-04, los días Lunes a Viernes; con el siguiente
horario: 9:00 a 15:00 horas.
Todos los eventos se llevarán a cabo en la Sala de Usos Múltiples de la Coordinación de Abastecimiento, y
Equipamiento ubicada en Calle 5 de Febrero Oriente # 107 Colonia San Felipe Hueyotlipán, en la ciudad de
Puebla, Puebla.
PUEBLA, PUEBLA, A 5 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
MTRO. SERGIO RAUL DIAZ GARCIA
RUBRICA.
(R.- 573481)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
133
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 32, 33, 35 FRACCION I, 36, 39 FRACCION I, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50,
51, 55, 56, 65, 67, 68 Y DEMAS APLICABLES EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), ASI COMO
LOS ARTICULO 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129, 130 Y DEMAS APLICABLES DE SU REGLAMENTO, LAS
POLITICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS Y DEMAS DISPOSICIONES
APLICABLES EN LA MATERIA
No. de Licitación
LA-50-GYR-050GYR069-N-38-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la Licitación
SERVICIO DE MANIOBRAS Y ACARREOS PARA CUBRIR LA NECESIDAD PARA EL SEGUNDO
SEMESTRE DEL 2026 REGIMEN ORDINARIO
Volumen a Adquirir Máximo
Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de Publicación en la Plataforma
5 de marzo del 2026, 10:00 a. m.
Junta de Aclaraciones
12 de marzo del 2026, 10:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
20 de marzo del 2026, 10:00 a. m.
Fecha de fallo original
6 de abril del 2026, 10:00 a. m.
El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX.
ATENTAMENTE
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 5 DE MARZO DE 2026.
COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL OOAD ESTATAL CAMPECHE
ING. FERNANDO JAVIER VIRGILIO ROMERO
RUBRICA.
(R.- 573477)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
134
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
REGIONAL TAMAULIPAS
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y los artículos 35 fracción I, 37, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 45 y 46 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público así como el 83 de su Reglamento, y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas de conformidad con lo siguiente:
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR018-N-51-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Adquisición de pintura.
Volumen a adquirir
429 piezas
Fecha de publicación en Compras MX
5 de marzo del 2026
Junta de aclaraciones
10/03/2026, 10:30 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
17/03/2026, 10:30 horas
•
Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán
gratuitas, o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en Carretera Nacional México-Laredo Km. 701
Número S/N, Colonia Conjunto IMSS- Victoria, C.P. 87028, Victoria, Tamaulipas, teléfono: 01 (834) 31 4 11 51, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario:
9:00 a 15:00 horas.
•
Todos los eventos se llevarán a cabo en: Sala de Juntas de la Jefatura de Servicios Administrativos, ubicado en: Carretera Nacional México-Laredo KM. 701 S/N,
Conjunto IMSS-Victoria, C.P. 87028, Victoria, Tamaulipas.
•
La reducción de plazo de presentación y apertura de propuestas fue autorizada por el Ing. Jorge Guadalupe Rodríguez Ochoa, Jefe del Departamento de
Adquisición de Bienes y Contratación de Servicio, el día 23 de febrero del 2026.
CD. VICTORIA, TAMAULIPAS, A 5 DE MARZO DE 2026.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
ING. JORGE GUADALUPE RODRIGUEZ OCHOA
RUBRICA.
(R.- 573474)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
135
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL QUERETARO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I y II, 40, 41, 42, 43,
44, 45, 46, 47, 48 fracción II, 49, 50, 51, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 83 y 84 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) 45, 47, 46, 57, 58, 83, 86, 88, 90, 91,
92, 93, 94, 95, 99, 100, 102, 103, 104, 106, 126, 129, 130, 136, 141, 142, 143, 144 y 145 de su Reglamento,
las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y
demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a los interesados a participar en la Convocatoria
que
contienen
las
bases
de
participación
disponibles
para
consulta
en
Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición
de los interesados exclusivamente para consulta en: Av. Mezquital No. 6, Colonia San Pablo, C.P. 76130,
Querétaro, Querétaro, teléfono: 01 (442) 2 10 10 63 y fax 01 (442) 2 10 10 64, los días lunes a viernes del año
en curso de las de 8:00 a 16:00 horas. Se convoca a los interesados en participar en la licitación de
conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR075-T-43-2026
Carácter de Licitación
INTERNACIONAL
BAJO
LA
COBERTURA
DE
TRATADOS
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE BIENES DE CONSUMO PARA
EQUIPO MEDICO
Volumen a adquirir
13452 PIEZAS
Fecha de publicación en Compras MX
18 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
24 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
10 DE MARZO DE 2026 15:00 HORAS
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR075-N-44-2026
Carácter de Licitación
NACIONAL
Descripción de la licitación
SERVICIO PROCESO E INTERPRETACION DE PIEZAS
DE ANATOMIA PATOLOGICA 2026
Volumen a adquirir
4,062 SERVICIOS
Fecha de publicación en Compras MX
18 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
24 DE FEBRERO DE 2026 12:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
06 DE MARZO DE 2026 12:00 HORAS
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR075-N-45-2026
Carácter de Licitación
NACIONAL
Descripción de la licitación
SERVICIO DE APARATOS DE ORTESIS Y PROTESIS
2026
Volumen a adquirir
137 SERVICIOS
Fecha de publicación en Compras MX
18 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
24 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
09 DE MARZO DE 2026 09:00 HORAS
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR075-N-46-2026
Carácter de Licitación
NACIONAL
Descripción de la licitación
SERVICIO
SUBROGADO
DE
ESTUDIOS
DE
AUXILIARES DE DIAGNOSTICO DEL SERVICIO DE
CARDIOLOGIA 2026
Volumen a adquirir
361 SERVICIOS
Fecha de publicación en Compras MX
18 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
24 DE FEBRERO DE 2026 10:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
06 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR075-T-47-2026
Carácter de Licitación
INTERNACIONAL
BAJO
LA
COBERTURA
DE
TRATADOS
Descripción de la licitación
ARRENDAMIENTO DE EQUIPAMIENTO DE ANESTESIA
136
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
Volumen a adquirir
12 SERVICIOS
Fecha de publicación en Compras MX
18 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
24 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
03 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR075-T-48-2026
Carácter de Licitación
INTERNACIONAL
BAJO
LA
COBERTURA
DE
TRATADOS
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE BIENES DE CONSUMO PARA
TERAPIA DE REEMPLAZO RENAL CONTINUO
Volumen a adquirir
656 PIEZAS
Fecha de publicación en Compras MX
19 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
25 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
11 DE MARZO DE 2026 15:00 HORAS
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR075-T-49-2026
Carácter de Licitación
INTERNACIONAL
BAJO
LA
COBERTURA
DE
TRATADOS
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE BIENES DE CONSUMO PARA TAMIZ
CARDIOLOGICO NEONATAL
Volumen a adquirir
374 PIEZAS
Fecha de publicación en Compras MX
20 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
26 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
12 DE MARZO DE 2026 15:00 HORAS
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR075- T-50-2026
Carácter de Licitación
INTERNACIONAL
BAJO
LA
COBERTURA
DE
TRATADOS
Descripción de la licitación
ARRENDAMIENTO DE EQUIPAMIENTO HGR 1
Volumen a adquirir
20 SERVICIOS
Fecha de publicación en Compras MX
19 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
25 DE FEBRERO DE 2026 10:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
04 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR075- T-51-2026
Carácter de Licitación
INTERNACIONAL
BAJO
LA
COBERTURA
DE
TRATADOS
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE BIENES DE CONSUMO PARA
MONITOR DE SIGNOS VITALES WELCH ALLYN
Volumen a adquirir
2518 PIEZAS
Fecha de publicación en Compras MX
19 DE FEBRERO DE 2026
Junta de aclaraciones
26 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones
05 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS
•
Los eventos se realizarán a través de la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas denominada
Compras MX, en el Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios de la
Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Av. Mezquital No. 6, Col. San Pablo,
C.P. 76130 Querétaro, Qro.
•
La reducción de plazos de la Licitación pública Internacional bajo la cobertura de tratados No. LA-50-
GYR-050GYR075-T-43-2026, LA-50-GYR-050GYR075-T-47-2026, LA-50-GYR-050GYR075-T-48-2026,
LA-50-GYR-050GYR075-T-49-2026, LA-50-GYR-050GYR075-T-50-2026 Y LA-50-GYR-050GYR075-T-
51-2026, fueron autorizadas por el L.A. J Guadalupe Monroy Resendiz, Titular de la Coordinación de
Abastecimiento y Equipamiento, el día 17 de Febrero del 2026, respectivamente.
QUERETARO, QRO., A 5 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
LIC. JOSE ALEJANDRO URBINA DOMINGUEZ
RUBRICA.
(R.- 573483)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
137
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-56-AYO-056AYO954-N-4-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 48, 49,
y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico
de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa
a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento,
así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación
Territorial Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya
información relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación
Nacional Electrónica
No. LA-56-AYO-056AYO954-N-4-2026
Objeto de la Licitación.
SERVICIO MEDICO SUBROGADO DE PRUEBAS DE HISTOCOMPATIBILIDAD Y PRUEBAS ESPECIFICAS
PARA PROGRAMAS DE TRASPLANTE RENAL, PARA EL ESTADO DE MICHOACAN.
Volumen a adquirir
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
03 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
06 de marzo de 2026 a las 10:00 horas.
Visita a Instalaciones
Conforme al Anexo técnico
Presentación y Apertura de Proposiciones
13 de marzo de 2026 a las 12:00 horas.
Acto de Fallo
18 de marzo de 2026 a las 17:30 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD
Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES
LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573495)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
138
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-56-AYO-056AYO954-N-5-2026
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40,41, 44, 45, 46, 48, 49, y
50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico
de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa
a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento,
así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación
Territorial Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya
información relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación
Nacional Electrónica
No. LA-56-AYO-056AYO954-N-5-2026
Objeto de la Licitación.
SERVICIO MEDICO INTEGRAL DE TERAPIA DE CIERRE ASISTIDO POR VACIO PARA EL ESTADO
DE MICHOACAN
Volumen a adquirir
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
03 de marzo de 2026.
Junta de Aclaraciones
12 de marzo de 2026 a las 13:00 horas.
Visita a Instalaciones
Conforme al Anexo técnico
Presentación y Apertura de Proposiciones
19 de marzo de 2026 a las 12:00 horas.
Acto de Fallo
26 de marzo de 2026 a las 13:00 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD
Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES
LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573499)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
139
008IZC - COLEGIO DE POSTGRADUADOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De
conformidad
con
la
LEY
DE
ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS
Y
SERVICIOS
DEL
SECTOR
PUBLICO,
se
convoca
a
los
interesados
a
participar
en
la
licitación
NACIONAL
número LA-08-IZC-008IZC999-N-6-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación
disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Km. 36.5 de la
Carretera Federal México-Texcoco, Montecillo, Texcoco, Estado de México, C.P. 56264 de lunes a Viernes
de 09:00 a 17:00 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO DE LICENCIAMIENTO MICROSOFT 2026-
2028 PARA EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
03 de Marzo de 2026.
Fecha y hora de junta de aclaraciones
6 de Marzo de 2026 a las 09:00 horas
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No aplica
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
13 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fecha y hora de fallo
16 de Marzo de 2026 a las 13:00 horas
3 DE MARZO DE 2026.
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
MARCO ANTONIO ACASTENCO LOPEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573378)
ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V.
GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
CONVOCATORIA: 2
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la licitación pública electrónica de carácter nacional LA-13-J3E-013J3E001-N-
19-2026 cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/compras-mx o bien en: Avenida Marina Mercante No. 210,
Piso 6, Col. Centro, Veracruz, Ver. C.P. 91700, teléfono: 01 (229) 923-2170 ext.72935, del 27 de febrero de
2026 hasta el 20 de marzo de 2026 del año en curso de 09:00 a 18:00 horas.
Descripción de la licitación
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y OPTIMIZACION
DEL SISTEMA DE SUPRESION CONTRA INCENDIOS
DE LA ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V.”
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
27/02/2026 a partir de las 12:00 horas
Visita a las Instalaciones
02/03/2026, 10:00 horas
Fecha y hora de junta de aclaraciones
04/03/2026, 16:00 horas
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
16/03/2026, 12:00 horas
Fecha y hora de fallo
20/03/2026, 12:00 horas
VERACRUZ, VER., A 27 DE FEBRERO DE 2026.
GERENTE DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DEL SISTEMA
PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V.
M.A.P. JUDITH PARRAZAL HERRERA
RUBRICA.
(R.- 573375)
140
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
CENTROS DE INTEGRACION JUVENIL, A.C.
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica que se describe más adelante, cuya
convocatoria que contienen las bases de participación y estarán disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien en: Avenida San Jerónimo número 372, 4° piso, Colonia
Jardines del Pedregal, C.P. 01900, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, teléfono: 55-59-99-49-49
ext. 1415, 1410, 1408, los días del 02 al 12 de marzo de 2026 de las 10:00 a las 14:00 horas, la cual se
llevará a cabo a plazos recortados en la publicación de la convocatoria y la realización del acto de
presentación y apertura de proposiciones, autorizadas por la Subdirección de Adquisiciones y Servicios.
Licitación pública nacional número LA-12-M7K-012M7K001-N-6-2026
Descripción de la licitación
Servicio Integral de Vigilancia
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
02/03/2026
Junta de aclaraciones
05/03/2026, 10:30 horas
Visita a instalaciones
No hay visitas
Presentación y apertura de proposiciones
12/03/2026, 10:30 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 2 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS
LIC. LUIS GUILLERMO RUIZ LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 573392)
012NEF – LABORATORIOS DE BIOLOGICOS Y
REACTIVOS DE MEXICO, S.A. DE C.V. “BIRMEX”
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública número LA-12-NEF-012NEF001-N-139-2026, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en la página:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en el domicilio: Mariano Escobedo, No. 20, Colonia Popotla,
Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11400, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 17:00 horas.
Nombre del Procedimiento
Servicio de logística de distribución a último kilómetro
de medicamentos y material de curación, (grupos
terapéuticos 010, 020, 030, 040, 060, 070 y 080) para
establecimientos de salud de servicios de salud del
Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar
por región para el ejercicio fiscal 2026.
Fecha y hora de publicación en Compras MX
02 de marzo de 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
06 de marzo de 2026 10:00 horas
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
13 de marzo de 2026 10:00 horas
Fecha y hora de fallo
18 de marzo de 2026 18:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 2 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
LIC. MARISOL RAMIREZ SERRALDE
RUBRICA.
(R.- 573433)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
141
006G1C - BANCO NACIONAL DE OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, S.N.C.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De
conformidad
con
la
LEY
DE
ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS
Y
SERVICIOS
DEL
SECTOR
PUBLICO,
se
convoca
a
los
interesados
a
participar
en
la
licitación
NACIONAL
número LA-06-G1C-006G1C001-N-22-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación
disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la
convocante ubicado en la Av. Javier Barros Sierra N° 515, Piso 1, Col. Lomas de Santa Fe,
Alc. Alvaro Obregón, C.P. 01219, Ciudad de México, teléfono: (55) 5270 1200 Ext. 1387, de lunes a viernes de
las 09:00 a las 18:00 horas
Nombre del Procedimiento de contratación
Continuidad multiservicios administrados de centro de
datos (MACD)
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
03 de marzo del 2026
Fecha y hora de junta de aclaraciones
10 de marzo de 2026 a las 11:00 hrs.
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No hay visita
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
18 de marzo del 2026 a las 11:00 hrs.
Fecha y hora de fallo
25 de marzo de 2026 a las 17:00 hrs.
5 DE MARZO DE 2026.
GERENTE EJECUTIVA DE ADQUISICIONES
KARLA DE TUYA GARCIA
RUBRICA.
(R.- 573476)
CENTRO DE INVESTIGACION Y DOCENCIA ECONOMICAS, A.C.
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001
LICITACIONES PUBLICAS ELECTRONICAS NACIONALES
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación que se describe más adelante, cuya Convocatoria está disponible para
consulta en Internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx o bien en: Carretera México-Toluca 3655,
Col. Lomas de Santa Fe, C.P. 01210, Alvaro Obregón, Ciudad de México, teléfono: (55) 5727-9800 ext. 6181
y 6182 a partir del 06 de marzo del año en curso de lunes a viernes de las 10:00 a 16:00 horas.
Licitación pública nacional número LA-38-90M-03890M001-N-7-2026
Descripción de la licitación
Servicio de seguridad y vigilancia intramuros de las
instalaciones del CIDE,A.C., sede santa fe CDMX
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
02/03/2026
Junta de aclaraciones
10/03/2026, 09:00 horas
Visita a instalaciones
No aplica
Presentación y apertura de proposiciones
17/03/2026, 10:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LIC. PEDRO GALINDO LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 573370)
142
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS
DEL NOROESTE, S.C.
CIBNOR-SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Número LA-38-90O-03890O002-N-
29-2026; cuya convocatoria contiene las bases de participación y se encuentran disponible para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Km. 1 Carretera a San Juan de la Costa, No. s/n,
Colonia El Comitán, C.P 23201, La Paz, Baja California Sur, teléfono: 6121238484 ext. 3263, los días hábiles
de lunes a viernes en un horario de las 08:00 a 15:00 horas.
Descripción de la licitación
Seguro de vida institucional
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en la
Plataforma de compras MX
05/03/2026
Junta de aclaraciones
13/03/2026, 11:30 horas
Visita a instalaciones
No habrá visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
20/03/2026, 11:30 horas
LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A 5 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL
DR. ALFREDO ORTEGA RUBIO
RUBRICA.
(R.- 573461)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80
y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2
fracción I, 30 fracción I, inciso b), 31, 33 fracciones IV y VI, 37 fracción I y 55 fracciones III y IV de las
Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución
de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo
Disposiciones Generales):
Número del Concurso:
CFE-0001-CAAAT-0018-2026
Descripción del concurso:
Repuestos para bombas de los sistemas de RFW/N23 y
COND/N21
Fecha de publicación en Micrositio:
3/3/2026
Sesión de Aclaraciones:
9/3/2026, 10:00 hrs
Límite para presentación de ofertas:
19/3/2026, 13:00 hrs
Apertura Técnica:
19/3/2026, 13:30 hrs
Fallo
7/4/2026, 14:00 hrs
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con
clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyo contacto son: el Mtro. José Arturo Mejía
Sánchez con Clave de Agente Contratante A1A0A40 y Lic. Daniel Miranda Velázquez con Clave de Agente
Contratante A1A0A08 con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc,
C.P. 06500, Ciudad de México, con los correos electrónicos: arturo.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx,
teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos,
a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/,
a partir de la fecha de publicación en MSC.
CIUDAD DE MEXICO, A 5 MARZO DE 2026.
GERENTE DE ABASTECIMIENTOS
MTRO. GERARDO OCTAVIO VELA Y CANEDA
RUBRICA.
(R.- 573482)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
143
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
CONVOCATORIA
Comisión Federal de Electricidad a través del Departamento de Compras de la División de Distribución Sureste, cuyo domicilio es Manuel Alvarez Bravo No. 600 Fracc.
Colinas de la Soledad, C.P. 68020, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el
Artículo 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, así como en las Disposiciones 30 fracción I inciso b), 31 y 37 fracción I
de las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y
sus Empresas Productivas Subsidiarias, convoca a todas las personas que cumplan con los Pliegos de Requisitos localizados en la liga https://msc.cfe.mx, a participar
en el siguiente concurso:
1.- Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio No CFE-0100-CAAAT-0004-2026 “Equipo y Herramienta para el
Control Prioritario Aislado Sobre Aislado en la División Sureste”, el siguiente calendario describe las etapas del procedimiento, así como la fecha, hora y lugar de
las actividades:
ACTIVIDAD
FECHA
1.
Disponibilidad del pliego de requisitos en el Micrositio de Concursos de CFE.
03 de marzo de 2026
2.
Límite para la presentación de aclaraciones a los documentos del concurso
06 de marzo de 2026
09:00 horas
3.
Aclaración a los documentos del concurso
09 de marzo de 2026
09:00 horas
4.
Límite para la presentación de ofertas de los concursantes e información requerida.
17 de marzo de 2026
09:59 horas
5.
Apertura de ofertas técnicas.
17 de marzo de 2026
10:00 horas
6.
Resultado técnico y apertura de ofertas económicas.
23 de marzo de 2026
10:00 horas
7.
Fallo.
27 de marzo de 2026
14:00 horas
Los interesados podrán contactar a la convocante a través del teléfono (951) 502 0350 extensiones 11510, 11512 y 11518 y a los correos electrónicos
ricardo.ramirezz@cfe.mx, erikyuarith.morales@cfe.mx y juan.cruzm@cfe.mx.
OAXACA DE JUAREZ, OAXACA, A 3 DE MARZO DE 2026.
CLAVE DE AGENTE CONTRATANTE A110045
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE COMPRAS DIVISIONAL E.F.
ING. JESUS CERVANTES MEZA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573509)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
144
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 80 y 82 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, en las
disposiciones 2, fracción II, 30 fracción I, inciso b), 31, 37 fracción I a la Modificación a las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos,
contratación de servicios y ejecución de obras de la CFE, se hace saber a los interesados la publicación de las Convocatorias al Concurso Abierto Internacional bajo la
Cobertura de los Tratados de Libre Comercio, de conformidad con lo siguiente:
Número del Concurso:
CFE-0900-CAAAT-0007-2026
CFE-0900-CAAAT-0012-2026
Descripción del concurso:
Adquisición, instalación y puesta en servicio de
cargador y banco de baterías 250 VCD para la Central
Ciclo Combinado Felipe Carrillo Puerto
Toberas de 1era y 2da etapa para la turbina de gas modelo
MS 5001N de la unidad 3 de la Central Turbogas Carmen
Fecha de publicación Micrositio
de Concursos de CFE:
05 de marzo de 2026
05 de marzo de 2026
Sesión de Aclaraciones:
07 de abril de 2026 a las 08:00 horas
08 de abril de 2026 a las 10:00 horas
Límite para presentación de ofertas:
14 de abril de 2026 a las 07:30 horas
15 de abril de 2026 a las 08:30 horas
Apertura Técnica:
14 de abril de 2026 a las 08:00 horas
15 de abril de 2026 a las 09:00 horas
Apertura Económica:
23 de abril de 2026 a las 08:00 horas
24 de abril de 2026 a las 10:00 horas
Fallo
30 de abril de 2026 a las 08:00 horas
04 de mayo de 2026 a las 10:00 horas
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Coordinación Regional de Producción Sureste, con clave 0900, a través del Departamento
Regional de Abastecimientos, cuyo contacto es: la LMNI. Issis América Espino Ramírez, Jefa Departamento Regional de Abastecimientos E.F. de la Sede de la
Coordinación Regional de Producción Sureste con Clave de Agente Contratante A190001, con domicilio en el Km. 7.5 Carretera Veracruz-Medellín, Dos Bocas,
Veracruz, C.P. 94271, teléfono 2299898595, extensión: 77380 y 77381 con el correo electrónico: issis.espino@cfe.mx.
CIUDAD DE VERACRUZ, VER., A 5 DE MARZO DE 2026.
JEFA DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE ABASTECIMIENTOS E.F.
LMNI. ISSIS AMERICA ESPINO RAMIREZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573445)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
145
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80
y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (CFE), en las
disposiciones 2 fracción I, inciso a), 30 fracción I, inciso b), 31, 33 fracciones VI y VII, 34, 37 fracción I, 54 y 55
fracciones II, III y IV de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos,
contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas
productivas subsidiarias, de conformidad con lo siguiente:
Número del Concurso:
CFE-0001-CAAAT-0019-2026
Descripción del Concurso:
Suministro de módulo de elementos sujetos a presión del
Evaporador de Alta Presión de los recuperadores de calor 1 y 2
del proceso Ciclo Combinado de la Central Felipe Carrillo Puerto
Fecha de publicación en Micrositio:
03/03/2026
Aclaración a los documentos
del Concurso:
09/03/2026, 11:30 hrs
Límite para presentación de ofertas:
17/03/2026, 10:00 hrs
Apertura Técnica:
17/03/2026, 11:00 hrs
Apertura Económica:
24/03/2026, 12:00 hrs
Fallo:
07/04/2026, 13:00 hrs
El Área Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE,
con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía
Sánchez y la Lic. Raquel Magaña Rojas, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía
Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los correos
electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y raquel.magana@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria
y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de CFE ubicado en el sitio:
https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en el Micrositio.
CIUDAD DE MÉXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
GERENTE DE ABASTECIMIENTOS
MTRO. GERARDO OCTAVIO VELA Y CANEDA
RUBRICA.
(R.- 573487)
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA PROCESOS INDUSTRIALES, TRANSFORMACION
ENERGETICA Y LOGISTICA
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA
Petróleos Mexicanos, a través de la Gerencia de Contrataciones para Transformación Energética y Logística,
adscrita a la Coordinación de Abastecimiento para Procesos Industriales, Transformación Energética y
Logística dependiente de la Subdirección de Abastecimiento de la Dirección de Administración y Servicios,
con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 78 y 80
párrafos primero, segundo y tercero, y Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos (Ley EPEPM), así como 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de
Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias (DGC), convoca a los
interesados a participar en el:
Concurso Abierto Electrónico de carácter Internacional bajo la Cobertura de los Tratados de Libre
Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que contienen capítulo de compras del sector
público, con fundamento al numeral IV.7 segundo párrafo literal b. y IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos
para Abastecimiento, con número de procedimiento: DPI-CAT-B-GCTEL-3-105947-47-26-1, cuyo objeto es la
contratación relativa a la: “Adquisición de Catalizador para Torre de Carbón 101-D”, de acuerdo con lo
siguiente:
•
Fechas relevantes del Procedimiento de Contratación de acuerdo con el siguiente cronograma:
Evento
Fechas
Publicación de la convocatoria y bases de
contratación.
5 de marzo de 2026.
Límite para la recepción del Documento DA-1
“Manifiesto de interés en participar”.
Evento de aclaraciones de dudas hasta el 09
de marzo de 2026, 16:00 horas.
Evento de presentación y apertura de propuestas
técnica, comercial y económica hasta 20 de marzo
de 2026, 10:00 horas.
Recepción de aclaraciones de dudas a las bases.
10 de marzo de 2026, 10:00 horas.
146
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
Evento de aclaraciones de dudas a las bases.
12 de marzo de 2026, 16:00 horas.
Publicación versión final de las bases.
13 de marzo de 2026.
Presentación y apertura de propuestas.
23 de marzo de 2026, 10:00 horas.
•
El procedimiento cuenta con oficio de reducción de plazos No. PM-DPI-SPPS-GCPCOS-146-2026.
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el Sistema de Contrataciones
Electrónicas de Pemex (SISCEP).
•
Los plazos, fechas y horarios aquí señalados, podrán ser modificados, haciéndolo del conocimiento de los
interesados, a través de las actas derivadas de los eventos del procedimiento y comunicadas a los
participantes
a
través
del
Portal
de
Internet
de
Petróleos
Mexicanos
(Portal)
http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y
en el SISCEP.
•
Para el presente procedimiento no se acepta que miembros de la familia de la Presidenta Constitucional,
Doctora Claudia Sheinbaum Pardo o particulares usen su nombre o hagan gestiones, realicen trámites o
lleven a cabo negocios con el gobierno, en cumplimiento al comunicado de fecha 2 de octubre de 2024.
•
En términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública, los participantes
podrán señalar en su propuesta los documentos que contengan información confidencial o reservada,
siempre que tengan derecho de clasificar la información de conformidad con las disposiciones aplicables.
•
Para la substanciación del procedimiento de contratación, en mi carácter de Gerente de Contrataciones
para Transformación Energética y Logística, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23,
fracción III; 27, fracción VIII, numeral 1, inciso d), subinciso ii); 232, fracción IV y Cuarto Transitorio del
Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado Petróleos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el treinta de mayo de dos mil veinticinco, el cual entró en vigor a partir del primero de
junio de dos mil veinticinco y su modificación publicada mediante aviso el doce de septiembre de dos mil
veinticinco en el citado medio de comunicación oficial; se hace constar que he delegado o podré delegar
la suscripción de eventos de trámite, los cuales surtirán plenos efectos jurídicos. Por lo que, quien
participe voluntariamente en el procedimiento de contratación acepta dichos términos e implícitamente
estas representaciones.
•
Pueden participar personas físicas o morales mexicanas o extranjeras de países con los que los Estados
Unidos Mexicanos tengan celebrado un tratado de libre comercio vigente con disposiciones en materia de
compras del sector público y que no se encuentren impedidas en términos de los artículos 79 fracción VI
de la Ley EPEPM, 10 de las DGC y 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
•
Las Bases de Contratación estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria en el Portal y en caso de estar interesados en participar, deberán remitir el Documento DA-1
en la fecha y hora establecida en el cronograma de eventos de las bases de contratación; mediante el
cual expresen su interés en participar a la siguiente dirección electrónica: email2workspace-
prod+PEMEX+WS5567533499+qbp3@ansmtp.ariba.com; indicando el nombre de la empresa en el
asunto del correo y marcando copia a las siguientes direcciones de correo electrónico:
aaron.solis@pemex.com y maria.guadalupe.saenz@pemex.com
•
El idioma en que las ofertas o las solicitudes de participación deberán presentarse es en español.
•
En las bases de contratación, se precisa la forma de participación en el procedimiento en la sección I
numeral II.
•
La firma del contrato correspondiente se llevará a través de la plataforma de Firma Electrónica Avanzada,
mediante la e.firma vigente que emite el Servicio de Administración Tributaria, por lo que los participantes
deberán asegurarse de contar con ella oportunamente.
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
EMITE:
LIC. LUIS ENRIQUE MORENO HERNANDEZ
GERENTE DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA
CONFORME A LOS OFICIOS DAS-0795-2025 DE FECHA 01 DE JUNIO DE 2025
Y DAS-SA-CAPITEL-61-2025 DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2025.
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23, FRACCION III; 27,
FRACCION VIII, NUMERAL 1, INCISO D), SUBINCISO II); 232, FRACCION IV Y CUARTO TRANSITORIO
DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO PETROLEOS MEXICANOS,
PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL TREINTA DE MAYO DE DOS MIL
VEINTICINCO, EL CUAL ENTRO EN VIGOR A PARTIR DEL PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL
VEINTICINCO Y SU MODIFICACION PUBLICADA MEDIANTE AVISO EL DOCE DE SEPTIEMBRE
DE DOS MIL VEINTICINCO EN EL CITADO MEDIO DE COMUNICACION OFICIAL
RUBRICA.
(R.- 573463)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
147
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA
CONVOCATORIA
Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo
13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y
sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del
Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos; 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos
Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2 de las Políticas y
Lineamientos para Abastecimiento, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto
Electrónico Internacional bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio con plazo reducido
No. DEE-CAT-B-GCMCYLM-823-102794-25-2 que tiene por objeto la “Adquisición de compresores para la
recarga de equipos de aire autónomo para las centrales contraincendio de PEP”, de acuerdo
con lo siguiente:
Evento
Fecha
Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases
de Contratación
17 de marzo de 2026
Presentación y Apertura de Propuestas
07 de abril de 2026, a las 09:00 horas
Notificación del Resultado del Concurso
30 de abril de 2026
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de
Contrataciones” (SISCEP).
•
Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de
países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en
materia de Compras del Sector Público y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los
países socios en tratados.
•
No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren
impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones así como con aquellas que se
encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de
personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales.
•
La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos
con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública.
•
Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria
en
el
Portal
de
Internet
http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-
contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx.
Los
interesados
en
participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para
participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCEP email2workspace-
prod+PEMEX+WS5567211676+86dg@ansmtp.ariba.com.
•
La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex,
mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración
Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente.
•
Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en el carácter de Gerenta
de Contrataciones para Mantenimiento, Confiabilidad y Logística Marina, de la Coordinación de
Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección
de Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos conforme al fundamento indicado más adelante,
podrá delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de
modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos
términos y representaciones.
CD. DEL CARMEN, CAMPECHE, A 5 DE MARZO DE 2026.
MARIA ISABEL SEGOVIA MAGAÑA
GERENTA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA
DESIGNADA MEDIANTE OFICIO DAS-0791-2025 CON EFECTO A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2025,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION III Y 228
FRACCION IV DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS
MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS
EN DONDE ESTE PUEDE SER CONSULTADO, FUERON PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL
DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE
HAN SIDO REVOCADAS, LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573363)
148
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
BANCO DE MEXICO
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL
EN MATERIA DE OBRA INMOBILIARIA No. BM-SAIG-CO-26-0007-2
Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de la Ley del Banco de México, en las Normas
del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, en la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en las demás disposiciones aplicables, convoca a
todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL EN MATERIA DE OBRA
INMOBILIARIA No. BM-SAIG-CO-26-0007-2, para la realización de la obra relativa a la adecuación de
instalaciones para flujo pluvial en la Planta Complementaria, incluyendo el suministro de los bienes, así como
de los materiales e insumos que se requieran para su realización. El volumen de obra materia de licitación es
el que se señala en los anexos de la convocatoria.
Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación:
a) Visita al sitio de la obra: 09 de marzo de 2026.
b) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 17 de marzo de 2026.
c) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 24 de marzo de 2026.
d) Comunicación del fallo: A más tardar el 23 de abril de 2026.
La convocatoria respectiva, fue publicada el día 03 de marzo de 2026, en el Portal de Contrataciones Banxico
(POC Banxico) ubicado en la página de internet del Banco: https://www.banxico.org.mx/PortalProveedores/.
CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
BANCO DE MEXICO
SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO
DE INMUEBLES Y GENERALES
LIC. ISMAEL VELAZQUEZ TORRES
FIRMA ELECTRONICA.
ANALISTA DE LICITACIONES
ASHLEY MICHELLE ZAPATA ALMARAZ
FIRMA ELECTRONICA.
Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, párrafos primero, segundo y tercero, 10, 27 Bis,
fracción I, y demás aplicables del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo, fracción VIII, del
Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, así como 2, fracción IX, y 7,
primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados
con la misma. 2026, Año de Margarita Maza Parada.
(R.- 573459)
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
NOTA ACLARATORIA AL AVISO DE FALLO PUBLICADO
EL 02 DE DICIEMBRE DE 2025, CON REGISTRO R.- 571057
DICE:
…
* Licitación Pública Internacional Electrónica Abierta a la Participación de Cualquier Interesado, Celebrada
Bajo la Cobertura de los Tratados Internacionales No. LA-40-100-040100992-T-28-2025, para la adquisición,
instalación, programación y puesta en operación de pantallas digitales para comunicación interna, con circuito
para programación en red, da a conocer el nombre y domicilio legal del licitante ganador: CRC de México, SA
de CV, Calle Lic. Antonio Del Moral No. 45, Colonia Nueva Chapultepec, C.P. 58280, Morelia, Michoacán,
partida única, con un monto antes de I.V.A. de $6,653,778.45; fallo que se dio a conocer el día 10 de octubre
de 2025.
DEBE DECIR:
…
* Licitación Pública Internacional Electrónica Abierta a la Participación de Cualquier Interesado, Celebrada
Bajo la Cobertura de los Tratados Internacionales No. LA-40-100-040100992-T-28-2025, para la adquisición,
desinstalación, instalación y puesta en operación de un sistema de control de acceso y asistencia de personal,
da a conocer el nombre y domicilio legal del licitante ganador: CRC de México, SA de CV, Calle Lic. Antonio
Del Moral No. 45, Colonia Nueva Chapultepec, C.P. 58280, Morelia, Michoacán, partida única, con un monto
antes de I.V.A. de $6,653,778.45; fallo que se dio a conocer el día 10 de octubre de 2025.
ATENTAMENTE
AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES, MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR DE ADQUISICIONES DEL INEGI
CELSO BAILON DIAZ
RUBRICA.
(R.- 573460)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
149
OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO
DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
DIRECCION DE ADQUISICIONES
LICITACION PUBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA NUMERO OM-ISESALUD-038-2026
Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Baja California; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, el
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, las
disposiciones de las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisiciones de
Bienes y Prestación de Servicios, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de
Septiembre del 2005 y demás disposiciones administrativas en vigor, se convoca a los interesados a participar
en la licitación de carácter Nacional que a continuación se identifica.
LICITACION PUBLICA NACIONAL No. OM-ISESALUD-038-2026
“SUMINISTRO DE POLIZA DE SEGURO VEHICULAR PARA EL ISESALUD”
Fecha límite
para adquirir
bases
Costo de las
bases
Junta de
aclaraciones
Presentación y apertura
de proposiciones
Fallo
1ra etapa
2da etapa
11/marzo/2026
$2,200.00 M.N.
11/marzo/2026
13:30 horas
17/marzo/2026
10:00 horas
20/marzo/2026
13:30 horas
24/marzo/2026
13:00 horas
PARTIDA
DESCRIPCION
CANTIDAD
UNIDAD DE MEDIDA
UNICA
SUMINISTRO DE POLIZA DE SEGURO
VEHICULAR PARA EL ISESALUD
1
POLIZA
DISPONIBILIDAD DE LAS BASES: Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en
Internet en el sitio: https://trámites.ebajacalifornia.gob.mx/Compras/Licitaciones o en la Dirección de
Adquisiciones de la Oficialía Mayor de Gobierno, sito en: Tercer piso del edificio del Poder Ejecutivo de
Gobierno del Estado, Calz. Independencia #994, Centro Cívico de la ciudad de Mexicali, Baja California
teléfono (686)5581010 ext. 1720, de lunes a viernes a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria y
hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, en horario de 8:00 a
15:00 horas, siendo de exclusiva responsabilidad de los interesados adquirirlas en su debida oportunidad.
COSTO DE LAS BASES DE LICITACION: 2,200.00 pesos M.N., mediante depósito en clabe:
021020040720024628 del Banco: HSBC MEXICO, S.A. a nombre del: INSTITUTO DE SERVICIOS DE
SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (ISESALUD).PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS:
Estatal para el INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
(ISESALUD). ACTOS DEL PROCEDIMIENTO: Los actos de junta de aclaraciones, presentación y apertura de
proposiciones en sus dos etapas y fallo, tendrán verificativo en la Sala de Juntas de la Dirección de
Adquisiciones de la Oficialia Mayor de Gobierno en las fechas, horarios y domicilio ya citados. En
cumplimiento a lo ordenado por la fracción IV del artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Estado de Baja California se informa que el acto de presentación y apertura de proposiciones en
su segunda etapa será con propuesta a precio fijo. CONDICIONES PARA LA PRESENTACION DE LAS
PROPOSICIONES: Además de la presentación personal se aceptará el envío de proposiciones por servicio
postal o mensajería quedando bajo responsabilidad del licitante que estas sean entregadas con acuse de
recibo en su debida oportunidad, no aplica la presentación por medios electrónicos. IDIOMA: Todo lo
relacionado con la proposición deberá ser redactado en idioma Español. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA: la
póliza objeto de la presente licitación deberá ser entregada en el domicilio y conforme al plazo descrito en los
puntos 4.2 y 4.3 de las bases. MONEDA: La moneda para la cotización en la propuesta económica será pesos
mexicanos. CONDICIONES DE PAGO: el pago se realizará dentro de los 30 días naturales siguientes a la
recepción de la factura correspondiente. NO HABRA ANTICIPO. GARANTIAS: De acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 15 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, el “proveedor” es considerado institución de
acreditada solvencia y por tanto no está obligado a constituir depósitos o fianzas legales. OTRAS
DISPOSICIONES:Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las
proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. No podrán participar las personas que se
encuentren en los supuestos del Artículo 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el
Estado de Baja California. La autoridad competente para oír y recibir inconformidades es la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, conforme al Art. 69 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
para el Estado de Baja California.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 5 DE MARZO DE 2026.
PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL PODER
EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO
C. DAVID RAMSES CERVANTES AGUILAR
RUBRICA.
(R.- 573454)
150
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO
DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
DIRECCION DE ADQUISICIONES
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA LA-61-N87-902002994-N-3-2026
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de carácter Nacional número
LA-61-N87-902002994-N-3-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles
para
consulta
en
Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/compras-mx
y
https://trámites.ebajacalifornia.gob.mx/Compras/Licitaciones, o bien, en la Dirección de Adquisiciones de
Oficialía Mayor de Gobierno ubicada en el Tercer Piso del Edificio del Poder Ejecutivo con domicilio en
Calzada Independencia número 994, Centro Cívico, C.P. 21000, Mexicali, Baja California, teléfono (686) 558-
1010, extensión 1607, los días de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Descripción de la licitación
Póliza del seguro de vida para el personal del Colegio de Bachilleres
del Estado de Baja California.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación
en Compras MX
05 de marzo de 2026
Junta de aclaraciones
10 de marzo de 2026, 09:30 horas (huso horario Baja California)
Presentación y apertura
de proposiciones
20 de marzo de 2026, 10:00 horas (huso horario Baja California)
Fallo
25 de marzo de 2026, 13:00 horas (huso horario Baja California)
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 5 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA DE ADQUISICIONES DE OFICIALIA MAYOR
DE GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
PERLA MARIA VELARDE BARRAGAN
RUBRICA.
(R.- 573468)
INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD PUBLICA
DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica número LA-61-O06-902052984-n-1-2026,
cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Coordinación de Adquisiciones del Departamento de
Recursos Materiales y Servicios Generales del Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja
California ubicado en Ave. Pioneros 1005 palacio Federal Centro Cívico 3er piso Mexicali, B.C.
Tel 686 5595800 ext. 4558.
Descripción de la licitación
SERVICIO INTEGRAL DE PRUEBAS DE BANCO DE
SANGRE PARA UNIDADES TRANSFERIDAS AL IMSS-
BIENESTAR-BC
Fecha de publicación en Compras MX
03 de marzo de 2026
Junta de Aclaraciones
06 de marzo de 2026 a las 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
18 de marzo de 2026 a las 10:00 horas
Fallo
20 de marzo de 2026 a las 12:00 horas
ATENTAMENTE
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 3 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACION
LIC. LAURA ARMIDA ARCE OCHOA
RUBRICA.
(R.- 573467)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
151
INSTITUTO CAMPECHANO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA CON PLAZO RECORTADO
De conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica con plazo recortado
número LA-63-O48-904064994-N-3-2026, cuya convocatoria que contiene los requisitos de participación
estarán disponibles para su consulta en la página de internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, o bien,
en calle 10 por 65, número 357, colonia Centro, C.P. 24000, San Francisco de Campeche, Campeche, de
lunes a viernes, en un horario de 8:30 a 14:00 horas.
Descripción de la licitación:
Adquisición de vales de combustible para el Instituto
Campechano
Volumen a adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compranet 2023:
05/03/2026
Junta de Aclaraciones:
10/04/2026, 10:30 horas
Visita a instalaciones:
N/A
Presentación y apertura de proposiciones:
16/03/2026, 13:00 horas
Acta de fallo
17/03/2026, 10:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 5 DE MARZO DE 2026.
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION
LIC. JORGE ENRIQUE PEREZ CAMACHO
RUBRICA.
(R.- 573466)
065105 – COMISION DE AGUA POTABLE, DRENAJE
Y ALCANTARILLADO DE MANZANILLO
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION PRESENCIAL
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública NACIONAL LAE-CAPDAM-
10-2026 CON REGISTRO EN COMPRANET LA-65-105-806007991-N-01-2026, cuya Convocatoria
que
contiene
las
bases
de
participación
disponibles
para
consulta
en
Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Blvd Miguel de la Madrid 12575, Península de Santiago,
C.P. 28867, Manzanillo, Colima, teléfonos: 314 331 1630, los días lunes a viernes de las 9:00 a 15:00 horas.
Descripción de la licitación
SUMINISTRO DE HIPOCLORITO DE SODIO AL
13%, GAS CLORO AL 99.9% Y CONTENEDORES
PARA GAS CLORO
Fecha de Publicación en Compranet
05 DE MARZO 2026
Junta de Aclaraciones
13 DE MARZO A LAS 10:00 HORAS
Apertura de Proposiciones
23 DE MARZO A LAS 11:00 HORAS
MANZANILLO, COLIMA, A 27 DE FEBRERO DE 2026.
DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA COMISION DE AGUA POTABLE,
DRENAJE Y ALCANTARILLADO DE MANZANILLO
LICDA. BRENDA BERENICE VICARIO GARCIA
RUBRICA.
(R.- 573374)
152
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
065P16- COORDINACION DE LOS SERVICIOS
EDUCATIVOS DEL ESTADO DE COLIMA
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. LA-65-P16-906025990-N-1-2026
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-65-P16-906025990-N-1-2026,
cuya Convocatoria que contiene las bases de participación, que están disponibles para consulta en las
oficinas de la Subdirección de Recursos Materiales de la C.S.E.E.C. sita en Av. Gonzalo de Sandoval No. 760,
Colonia Las Víboras, C.P. 28040, Colima, Colima; teléfono (01)312 31 6-15-00 ext. 31600, los días lunes a
viernes de las 9:00 a 15:00 horas o bien en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
Nombre del Procedimiento de contratación
Adjudicación de contrato abierto a precio fijo para la
adquisición de insumos de los Centros de Desarrollo
Infantil en Proceso de Regularización y Centros
Comunitarios de Atención a la Primera Infancia.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en ComprasMX
05/03/2026
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No hay visitas a las instalaciones.
Fecha y hora de junta de aclaraciones
13/03/26, 12:00 horas
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
23/03/26, 12:00 horas
Fecha y hora de fallo
24/03/26, 12:00 horas
COLIMA, COLIMA, A 5 DE MARZO DE 2026.
DIRECTORA GENERAL DE LA COORDINACION DE LOS
SERVICIOS EDUCATIVOS DEL ESTADO DE COLIMA
LCDA. KATIA PAOLA VAZQUEZ SOLORZANO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 573471)
GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACAN
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y MOVILIDAD DEL ESTADO DE MICHOACAN
RESUMEN DE LLAMADO A LA LICITACION (001)
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
En observancia a lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
24, 26 fracción I, 27 fracción I; 30 fracción I, 31, 32 y 33 segundo párrafo y 46 de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, 31 segundo párrafo y 34 de su Reglamento, y demás disposiciones
legales vigentes en la materia, se convoca a los interesados en participar en el siguiente procedimiento
licitatorio, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para su
obtención en Internet en la dirección https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien para su consulta, en La
Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad, sita en Calle Escarcha #272, Fracc. Prados del Campestre, C.P.
58297, Morelia, Michoacán, con teléfonos lada (443)-314-0175, los días hábiles de lunes a viernes a partir de
la fecha de su publicación, y hasta el día 13 de marzo de 2026 para las licitaciones números LO-75-003-
075003001-N-1-2026,
LO-75-003-075003001-N-2-2026,
LO-75-003-075003001-N-3-2026,
LO-75-003-
075003001-N-4-2026 y LO-75-003-075003001-N-5-2026 en horario de 09:00 a 13:00 horas.
Número de
Licitación
LO-75-003-075003001-N-1-2026
Fecha de publicación
en Compras MX
05 DE MARZO DE
2026
Descripción
de la Licitación
GERENCIA TECNICA PARA IMPLEMENTACION DE LA ETAPA 1 DEL SISTEMA
INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA METROPOLITANA DE MORELIA,
MICHOACAN
Volumen
de la Obra
LOS
DETALLES
SE
DETERMINAN
EN
LA
CONVOCATORIA.
Visita al sitio de los
Trabajos
NO SE REALIZARA
VISITA
Presentación
y apertura de
proposiciones
18 DE MARZO DE 2026
10:00 HORAS.
Junta de
Aclaraciones
09 DE MARZO DE
2026
10:00 HORAS.
Emisión del Fallo
27 DE MARZO DE 2026
12:00 HORAS.
Firma del Contrato
06 DE ABRIL DE 2026
10:00 HORAS.
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
153
Número de
Licitación
LO-75-003-075003001-N-2-2026
Fecha de publicación
en Compras MX
05 DE MARZO DE
2026
Descripción
de la Licitación
SUPERVISION EXTERNA PARA LA CONSTRUCCION DE LA ETAPA 1 DEL
SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA METROPOLITANA DE
MORELIA, MICHOACAN
Volumen
de la Obra
LOS
DETALLES
SE
DETERMINAN
EN
LA
CONVOCATORIA.
Visita al sitio de los
Trabajos
09 DE MARZO DE
2026 10:00 HORAS.
Presentación
y apertura de
proposiciones
18 DE MARZO DE 2026
11:00 HORAS.
Junta de
Aclaraciones
11 DE MARZO DE
2026
11:00 HORAS.
Emisión del Fallo
27 DE MARZO DE 2026
13:00 HORAS.
Firma del Contrato
06 DE ABRIL DE 2026
11:00 HORAS.
Número de
Licitación
LO-75-003-075003001-N-3-2026
Fecha de publicación
en Compras MX
05 DE MARZO DE
2026
Descripción
de la Licitación
PROYECTO INTEGRAL PARA LA CONSTRUCCION DEL TRAMO 1 DE LA
ETAPA 1 DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA
METROPOLITANA DE MORELIA, MICHOACAN COMPRENDIDO DEL KM
0+805.153 AL 1+500
Volumen
de la Obra
LOS
DETALLES
SE
DETERMINAN
EN
LA
CONVOCATORIA.
Visita al sitio de los
Trabajos
09 DE MARZO DE
2026 10:00 HORAS.
Presentación
y apertura de
proposiciones
17 DE MARZO DE 2026
10:00 HORAS.
Junta de
Aclaraciones
11 DE MARZO DE
2026
12:00 HORAS.
Emisión del Fallo
30 DE MARZO DE 2026
12:00 HORAS.
Firma del Contrato
06 DE ABRIL DE 2026
12:00 HORAS.
Número de
Licitación
LO-75-003-075003001-N-4-2026
Fecha de publicación
en Compras MX
05 DE MARZO DE
2026
Descripción
de la Licitación
PROYECTO INTEGRAL PARA LA CONSTRUCCION DEL TRAMO 2 DE LA
ETAPA 1 DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA
METROPOLITANA DE MORELIA, MICHOACAN COMPRENDIDO DEL KM 1+500
AL 7+375
Volumen
de la Obra
LOS
DETALLES
SE
DETERMINAN
EN
LA
CONVOCATORIA.
Visita al sitio de los
Trabajos
09 DE MARZO DE
2026 11:00 HORAS.
Presentación
y apertura de
proposiciones
17 DE MARZO DE 2026
11:00 HORAS.
Junta de
Aclaraciones
11 DE MARZO DE
2026
13:00 HORAS.
Emisión del Fallo
30 DE MARZO DE 2026
12:00 HORAS.
Firma del Contrato
06 DE ABRIL DE 2026
13:00 HORAS.
Número de
Licitación
LO-75-003-075003001-N-5-2026
Fecha de publicación
en Compras MX
05 DE MARZO DE
2026
Descripción
de la Licitación
PROYECTO INTEGRAL PARA LA CONSTRUCCION DEL TRAMO 3 DE LA
ETAPA 1 DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA
METROPOLITANA DE MORELIA, MICHOACAN COMPRENDIDO DEL KM 7+375
AL 13+848.96
Volumen
de la Obra
LOS
DETALLES
SE
DETERMINAN
EN
LA
CONVOCATORIA.
Visita al sitio de los
Trabajos
09 DE MARZO DE
2026 12:00 HORAS.
Presentación
y apertura de
proposiciones
17 DE MARZO DE 2026
12:00 HORAS.
Junta de
Aclaraciones
11 DE MARZO DE
2026
14:00 HORAS.
Emisión del Fallo
30 DE MARZO DE 2026
13:00 HORAS.
Firma del Contrato
06 DE ABRIL DE 2026
14:00 HORAS.
Los eventos se realizarán en las fechas y horarios indicados en la columna respectiva, en la sala de juntas de
la Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad Estado De Michoacán, ubicada en el domicilio arriba señalado,
con excepción de la visita de sitio de los trabajos, la cual se llevará a cabo con base a lo establecido en la
cláusula primera de la Convocatoria.
MORELIA, MICHOACAN, A 5 DE MARZO DE 2026.
SUBDIRECTORA DE LICITACIONES
ARQ. GLORIA ESTHER RAMIREZ GIL
RUBRICA.
(R.- 573385)
DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
154
MUNICIPIO DE SALINA CRUZ, OAXACA
CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL NUMERO MSC/079/R28/LPN/002/2026
En cumplimiento a los establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 137 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca; 1,32 fracción II y último párrafo, 34 y 44 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración
de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, 27 segundo y cuarto párrafo y 33 de su reglamento, y a lo establecido en las Políticas, Bases y Lineamientos
en matera de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios del Municipio de Salina Cruz, Oaxaca; se CONVOCA a las Personas Físicas y Morales con
objeto social o actividad preponderante que estén relacionadas con el objeto del concurso, con domicilio fiscal dentro de los Estados Unidos Mexicanos
preferentemente y que se encuentren al corriente con sus obligaciones fiscales, interesadas en la formulación de propuestas, relacionadas con la siguiente modalidad
de contratación:
No. DE LICITACION
JUNTA DE
ACLARACIONES
PRESENTACION Y APERTURA
DE PROPUESTAS
EMISION DE DICTAMEN
TECNICO - ECONOMICO
EMISION DEL FALLO
MSC/079/R28/LPN/002/2026
16/03/2026
12:00 horas.
23/03/2026
12:00 horas
24/03/2026
12:00 horas
25/03/2026
12:00 horas
OBJETO: ADQUISICION DE UN AUTOBUS MODELO 2027 CON CAPACIDAD DE 40 PLAZAS.
Las bases y los anexos de la presente convocatoria se pueden consultar en el Portal Institucional de la convocante en https://salina-cruz.gob.mx/licitación-pública/ y
también se podrán solicitar mediante el correo: dir.adqui.licitaciones@gmail.com a partir de esta fecha. Así mismo, se comunica que la sede designada para realizar
los actos de Junta de Aclaraciones será en la sala de usos múltiples del Palacio Municipal de Salina Cruz, Oaxaca ubicado en la calle Acapulco S/N, colonia Centro,
Salina Cruz, Oaxaca, C.P. 70600, de acuerdo a lo establecido en fecha, hora y lugar de los eventos del procedimiento de las bases.
ATENTAMENTE
“EL RESPETO AL DERECHO AJENO, ES LA PAZ”
SALINA CRUZ, TEHUANTEPEC, OAXACA, A 24 DE FEBRERO DE 2026.
PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALINA CRUZ, OAXACA
ARQ. DANIEL MENDEZ SOSA
RUBRICA.
(R.- 573452)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
155
SERVICIOS DE SALUD DE YUCATAN
DIRECCION DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA 03
Los Servicios de Salud de Yucatán, por conducto de la Dirección de Administración, con fundamento
en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 35 fracción I, 36, 39
fracción I, 40, 41, 42, 43, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
convoca a los interesados, a participar en las licitaciones que enseguida se enlistan cuya convocatoria
que
contiene
las
bases
de
participación
estarán
disponibles
para
consulta
en
Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y será gratuita.
Licitación Pública Nacional LA-90-Y95-931007985-N-16-26
Descripción de la licitación
Relativa a la adjudicación de contrato abierto para la
adquisición de “productos alimenticios perecederos
y no perecederos”, para los hospitales y centros de
salud de los Servicios de Salud de Yucatán.
Volumen para adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en ComprasMX
05/03/2026
Junta de aclaraciones
11/03/2026, 09:00 horas.
Visita a instalaciones
No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones
17/03/2026, 09:00 horas.
MERIDA, YUC., A 5 DE MARZO DE 2026.
SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE YUCATAN
DRA. JUDITH ELENA ORTEGA CANTO
RUBRICA.
(R.- 573376)
AVISO
Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación:
•
Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del
documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias.
•
Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y
firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
•
Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo,
correctamente identificado.
•
Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales
realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico
e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000.
El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de
personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original
y copia simple.
Consideraciones Adicionales:
1.
En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán
presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF:
•
Acta constitutiva de la persona moral solicitante.
•
Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud
acredite su cualidad de representante de la empresa.
•
Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o
representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF.
2.
Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio
fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados
en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026.
3.
No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta
adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de
las instituciones bancarias.
4.
Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
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DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl
EDICTO
Al C. Marcelino Lara Mendoza
En cumplimiento a lo señalado en proveído de treinta y uno de octubre de dos mil veinticinco, dictado en
los autos del juicio de amparo indirecto 1653/2023, promovido por Leandro Mondragón Bautista, contra actos
del Juez Quincuagésimo Segundo de lo Civil de la Ciudad de México, se ordena emplazar a usted como
tercero interesada mediante edictos, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, para que
comparezca a deducir sus derechos, en el término de treinta días, contado a partir del día siguiente al en que
se efectúe la última publicación; apercibiéndole que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le practicarán mediante lista que se fije en el
tablero de avisos de este Juzgado de Distrito; se les notifica que la audiencia constitucional tendrá verificativo
a las nueve horas con cuarenta y dos minutos del treinta de enero de dos mil veintiséis, además se encuentra
a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo.
Atentamente
La Secretaria del Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México
Lic. Karen Montserrat Santos Guzmán
Rúbrica.
(R.- 572684)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
EDICTO
Por ignorarse el domicilio de la parte tercero interesada, con fundamento en el artículo 209, fracción II, del
Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, la
Juez Segundo de Distrito en el estado de Zacatecas, ordenó emplazar por edictos al tercero interesado
Manuel de Jesús Salamanca Villagrana, haciéndole saber que en este Juzgado, se ventila juicio de amparo
1842/2025-II, promovido por Jesús Salamanca Villagrana, por conducto de su apoderado Leobardo Campos
Rincón, contra los actos que hizo consistir en la sentencia de 28 de febrero de 2020, emitida en el juicio
agrario 423/2019 y el registro e inscripción del certificado parcelario 000001059617 a favor del tercero
interesado, actos reclamados al Tribunal Unitario Agrario Distrito Uno del Estado de Zacatecas y al
Representante del Registro Agrario Nacional en Zacatecas; se le previene para que comparezca en el
término de treinta días, que contará a partir del siguiente de la última publicación, apercibido que de no
hacerlo, ni imponerse de los autos, las siguientes notificaciones se le harán por medio de lista que se fije en
los estrados de este Juzgado.
Se publicarán por tres veces de siete en siete días en días hábiles, en el “Diario Oficial”; y en uno de los
periódicos diarios de mayor circulación en la República (Reforma).
Atentamente
Zacatecas, Zacatecas, 04 de noviembre de 2025.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
Lic. Hilda Patricia Gaytán de la Torre
Rúbrica.
(R.- 572840)
Jueves 5 de marzo de 2026
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
Terceros Interesados
Marcos Josué García Garduño
José Alberto Esquivel García
En el juicio de amparo 338/2025, promovido por MARIO MANRIQUE MORA, contra los actos que reclama
del Juez Trigésimo Tercero Penal de la Ciudad de México; al tener el carácter de terceros interesados y
desconocerse su domicilio actual; por tanto, con fundamento en la fracción III, inciso b), párrafo segundo, del
artículo 27 de la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio mencionado por edictos, los que se
publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación nacional, y se les hace saber que cuentan con el término de treinta días, contados a
partir de la última publicación de tales edictos para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual
podrán hacerlo por conducto de su apoderado, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se
les practicaran por lista que se publica en este Juzgado de Distrito.
Ciudad de México, a dieciséis de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Anayatzin Citlalli Álvarez Ramírez
Rúbrica.
(R.- 572961)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Decimoséptimo de Distrito
Xalapa, Veracruz
EDICTO
Tercero interesado, José Luis Ramírez Badillo, le hago saber: En el juicio de amparo 766/2025, radicado
en este Juzgado de Distrito, promovido por Miguel Pérez García, contra actos del Juzgado Primero de Primera
Instancia Civil del Distrito Judicial de Xalapa, Veracruz, tiene usted el carácter de tercero interesado y se
ordenó emplazarlo por edictos; por lo que, deberá presentarse dentro de los 30 días contados a partir del
siguiente al de la última publicación; de no hacerlo, las posteriores notificaciones se le harán por lista. Queda
a su disposición copia simple de la demanda. Se informa que la audiencia constitucional está prevista para las
12:50 hrs. del 09 de febrero de 2026, y que el acto reclamado es el emplazamiento dentro del juicio ordinario
civil 591/2023.
Atentamente
Xalapa, Veracruz, 23 de enero de 2026.
La Secretaria
Ana María Villafán Tirado
Rúbrica.
(R.- 572973)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
EDICTO
1.- GRUPO CMDTA MEX, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE; Y
2.- CMDTA MEX, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del juicio de amparo 3024/2025-IV, promovido por JESÚS GRIMALDO GARCÍA, contra
actos de la SÉPTIMO TRIBUNAL LABORAL DE ASUNTOS INDIVIDUALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
radicado en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, se les ha señalado
como terceros interesados y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado por auto de diecinueve
de enero de dos mil veintiséis, notificarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en
siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación en
la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo
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Jueves 5 de marzo de 2026
y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentra a su disposición en la
Actuaría de este Juzgado, copia de la demanda de amparo y auto admisorio, haciéndoles saber que cuentan
con un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para
apersonarse en el juicio de referencia, y hacer valer sus derechos; así también, se les informa que deberán
señalar domicilios para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las
subsecuentes, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista en la que se publican los
acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de éste órgano jurisdiccional, según lo dispone el
artículo 29, de la Ley de Amparo vigente.
Ciudad de México, a 12 de junio de 2025.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Licenciado Roberto López Guadarrama
Rúbrica.
(R.- 572695)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 399/2025, promovido por Edgar Emmanuel Tlaxcalteca Ignacio
contra actos del Juez Décimo Octavo Penal en la Ciudad de México, se ordenó emplazar por edictos a las
terceras interesadas de identidad reservada de iniciales J.R.I. y C.H.S.G., y se les concede un término de
treinta días contado a partir de la última publicación para que comparezcan a juicio a hacer valer sus derechos
y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidas que de no hacerlo, las
ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por medio de lista.
Atentamente
Ciudad de México, a 12 de febrero de 2026.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
María Carolina Ruíz López
Rúbrica.
(R.- 573106)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO
Almacenes de Muebles Imperio, Sociedad Anónima de Capital Variable, persona moral tercera interesada
en el juicio de amparo 792/2024 de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
promovido por Carmelo Cordero Cordero, contra los actos reclamados a la 1. Segunda Sala en Materia Penal
del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla; se ha ordenado emplazar por edictos a la referida
persona moral tercera interesada; que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario
Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excélsior”, “El Financiero” o
“El Universal”, a elección del quejoso; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción III, inciso c)
de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley
citada y con el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las
disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales. Queda a disposición en la
actuaría de este juzgado copia autorizada de la demanda de amparo, del auto admisorio y del acuerdo de esta
data, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del
siguiente al de la última publicación.
San Andrés Cholula, Puebla, veinticinco de julio de dos mil veinticinco.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Maribel Pereda Corvera
Rúbrica.
(R.- 573197)
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Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales
San Andrés Cholula, Pue.
EDICTO
Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Octavo de Distrito en Materia
de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con
residencia en San Andrés Cholula, Puebla.
En el juicio de amparo 385/2025, de este Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por Magali Cortés
Morales, en su carácter de albacea provisional de la sucesión intestamentaria a bienes de Tomás Téllez
Vázquez, contra actos del Juez Décimo Especializado en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Puebla,
y otras autoridades, se ha señalado como persona tercera interesada, entre otras, a Sergio Alberto Espinoza
Y Centurión, y como se desconoce su domicilio, se ha ordenado emplazarla por medio de edictos, los cuales
se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en cualquiera de los
siguientes diarios “Excelsior” o “Reforma”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III,
inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria.
Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, sito en edifico sede del Poder Judicial de la
Federación, Avenida Osa Menor 82, piso 13, ala Norte, Ciudad Judicial Siglo XXI, San Andrés Cholula,
Puebla, copia simple de la demanda y auto admisorio haciéndole saber que deberá presentarse dentro del
término de treinta días contados del siguiente al de la última publicación.
San Andrés Cholula, Puebla, diecinueve de enero de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
Joaquín Ramírez Guzmán
Rúbrica.
(R.- 572801)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en la Ciudad de México
D.C. 607/2025
Diario Oficial de la Federación
EDICTO
Se notifica a:
• María Julia Franco Ubeda de Martínez.
• Méndez Eduardo Celayeta Wolff.
• María Dolores del Cueto.
• Elena Buelna viuda de Méndez.
• Fernando Méndez Bulna.
• Pilar Ajustes de Azanza.
Que en los autos del cuaderno de amparo directo 607/2025, promovido por Luis Arturo Jaso Lara, por
derecho propio, contra la sentencia de veintinueve de agosto de dos mil veinticinco, pronunciada por la
Novena Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el toca 725/2025/1, se
ordenó emplazar a ustedes por medio de edictos, por virtud de ignorarse su domicilio, y en su carácter de
terceros interesados, la interposición del juicio de amparo directo ante el Décimo Primer Tribunal Colegiado
en Materia Civil del Primer Circuito, a fin de que acuda ante la citada autoridad federal dentro de un término
máximo de treinta días en defensa de sus intereses contados a partir del día siguiente a la última publicación,
una vez hecho lo anterior o transcurrido ese plazo, se continuará con el procedimiento, lo anterior con
fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, dejando a su disposición en la
secretaría de acuerdos del referido tribunal las copias simples correspondientes.
Ciudad de México, a veintisiete de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria de Acuerdos del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Michelle Morales Hernández
Rúbrica.
(R.- 572802)
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado 2do. de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Juicio de Amparo Indirecto 1572/2025-2
EDICTO
En el juicio de amparo 1572/2025-2, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de
Hidalgo, promovido por Rodrigo García Salgado, en representación de Corporativo Inmobiliario SR & R,
Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos que reclama del Juez Tercero Civil y Familiar de Tula,
Hidalgo, se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento
de la tercero interesada Perforadora Azteca, Sociedad Anónima de Capital Variable, a quien se hace de su
conocimiento que ante este Juzgado se encuentra radicado el juicio de amparo arriba indicado, en el que se
reclama la emisión y ejecución de una orden de desposesión dictada en el juicio mercantil 1477/2016 del
Juzgado Tercero Civil y Familiar de Tula, Hidalgo, de trescientos setenta y nueve inmuebles, todos del
fraccionamiento Ladera, Barrio de Tinajas, Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, por ello, se le hace saber que
deberá presentarse ante este Juzgado Federal sito en Boulevard Luis Donaldo Colosio número 1209, Reserva
Aquiles Serdán, Fraccionamiento Colosio I, primera etapa, Edificio "B", 2°. Piso, Palacio de Justicia Federal,
código postal 42084, Pachuca de Soto, Hidalgo, dentro del término de treinta días, contados a partir del día
siguiente al de la última publicación a deducir los derechos que a su representación correspondan, en el
entendido que deberá identificarse con alguno de los siguientes documentos: Credencial de Elector,
Pasaporte, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Cédula Profesional, Identificación oficial vigente con fotografía
y firma, expedida por el gobierno federal, estatal, municipal o de la Ciudad de México que tenga impresa la
Clave Única de Registro de Población, Certificado de Matrícula Consular, expedido por la Secretaría de
Relaciones Exteriores, Licencia de conducir vigente, permiso para conducir vigente en el caso de menores de
edad; Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores; y tratándose de extranjeros el
documento migratorio vigente que corresponda, bajo apercibimiento que de no señalar domicilio, se seguirá el
presente juicio, haciéndose las ulteriores notificaciones por lista que se fijará en este Juzgado.
Pachuca de Soto, Hidalgo, 16 de febrero de 2026.
Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Guadalupe Soledad Martínez Vega
Rúbrica.
(R.- 573079)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO
En el juicio de amparo indirecto 331/2025, se ordenó emplazar por edictos a la parte tercera interesada
“Acción Transport”, Sociedad Anónima de Capital Variable”, a través de su apoderado legal para pleitos y
cobranzas Francisco José Sánchez Ceniceros, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27,
fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación al diverso 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles; y se hace de su conocimiento que Alfredo López Solís defensor público de las personas quejosas
Juan José Hernández Pérez y Carlos Texcucano Galicia, promovió juicio de amparo indirecto contra actos del
juez de distrito especializado en el sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal, Antonio
Trujillo Ruiz, con sede en Puebla, el acto reclamado es la resolución de veintiocho de febrero de esta
anualidad, emitida en la causa penal 23/2023, que determinó infundada la solicitud de cese de la medida
cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta a las personas quejosas Juan José Hernández Pérez y Carlos
Texcucano Galicia. Se le previene a parte tercera interesada en mención, para que comparezca por escrito
ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la última
publicación y señale domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula,
San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de
carácter personal, se le harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo
seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto
admisorio; asimismo, se le hace saber que se encuentran señaladas las once horas con cuarenta minutos del
cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de
amparo; se le informa que desde que sea emplazada, queda a su vista los informes justificados y constancias
que se han recibido en este juicio, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo Para su publicación
en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete
días hábiles.
San Andrés Cholula, Puebla, tres de febrero de dos mil vientiséis.
Jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Grecia Alejandra Gómez-Lamadrid Cabello
Rúbrica.
(R.- 573198)
Jueves 5 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
161
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo,
con sede en Cancún
EDICTO
Emplazamiento a: Construcción y Edificación Viga Luz, Sociedad Anónima de Capital Variable.
Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio laboral 26/2025, promovido por Boas
Samuel Manache Contreras, por su propio derecho, en donde en esencia, reclama indemnización
constitucional, así como el pago de diversas prestaciones del despido, del que dice, fue objeto. Se ordenó
emplazar al demandado por medio de edictos que serán publicados dos veces, con un lapso de tres días
entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico diario de mayor circulación nacional, en
un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo, en la página de internet de la Dirección
General de Gestión Judicial y en el boletín judicial de este Tribunal Laboral, haciéndole saber que deberá
presentarse ante este tribunal, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
última publicación, por propio derecho o por conducto de su apoderado, para que en su caso, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 873-A de la Ley Federal del Trabajo, requiérasele para que, dentro del plazo de
quince días hábiles, dé contestación a la demanda, ofrezca pruebas, pudiendo objetar las de la parte actora,
apercibida que, de no hacerlo, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo aquellas que
sean contrarias a lo dispuesto por la ley, así como por perdido su derecho a ofrecer pruebas y, en su caso, a
formular reconvención.Asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la sede
de este Tribunal, esto es, la ciudad de Cancún, Quintana Roo, apercibida que, de no hacerlo, las
notificaciones personales se realizarán por boletín. Doy fe.
Cancún, Quintana Roo, 3 de febrero de 2026.
Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún
María de Jesús Gordián Cuautle
Rúbrica.
(R.- 573213)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito
Querétaro, Qro.
Amparo Directo Civil 817/2025
Para publicarse en el Diario Oficial de la Federación
EDICTO:
En el amparo directo civil 817/2025, promovido por José Antonio Pérez Feregrino, contra el acto
reclamado a la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, consistente
en la resolución de quince de octubre de dos mil veinticinco, dictada en el toca civil 4183/2025, con
fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazar por medio de edictos
a los terceros interesados GP Lubricantes y Filtros de Querétaro, Sociedad Anónima de Capital Variable
y Gerardo Pérez Guerrero.
Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación
y en el periódico "El Universal", por ser uno de los de mayor circulación en la República.
Se les hace saber que podrán comparecer al juicio de amparo de referencia; apercibidos que, de no
hacerlo, éste seguirá su secuela procesal y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se
les practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este Tribunal.
Asimismo, se les informa que en la Secretaría de Acuerdos de este órgano jurisdiccional queda
a su disposición copia simple de traslado de la demanda de amparo, y que cuentan con un plazo de
treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, para comparecer y hacer valer lo que a su
derecho convenga.
Querétaro, Querétaro, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis.
Magitrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materias
Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito
Luis Armando Pérez Topete
Rúbrica.
(R.- 573371)
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DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
“2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab”
EDICTO
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LA GACETA O PERIÓDICO
OFICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LÉON Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE
LA REPÚBLICA.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el numerario consistente en un millón setecientos
cuarenta mil pesos, lo siguiente:
Que en el Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la
Ciudad de México, se radicó el expediente 14/2024-II-1, relativo al juicio de extinción de dominio promovido
por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción
de Dominio de la Fiscalía General de la República, respecto de dicho numerario, en contra de Gregory
Scholom con el carácter de demandado, por considerar que no se acreditó su legitima procedencia.
Las personas que se crean con derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este juzgado
de distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina
número dos, acceso tres, nivel planta baja, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro
del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a
acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de ratificación de aseguramiento
precautorio del numerario afecto.
Expedido en tres tantos en la Ciudad de México, el dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro.
Secretario adscrito al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Ángel Alejandro Martínez Pérez
Rúbrica.
(E.- 000894)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas,
con sede en Ciudad Victoria
Procedimiento Ordinario Laboral 137/2025
EDICTO
PARA EMPLAZAR A TSC Servicios Profesionales en Administración Sociedad Anónima de Capital
Variable en los autos del procedimiento ordinario 137/2025 que se tramita ante este Tribunal; se demandó la
indemnización constitucional y salarios vencidos, entre otras. Demanda que fue admitida a trámite por auto de
veintiocho de agosto de dos mil veinticinco, ordenándose la substanciación de ley. Ahora, a través del mismo
proveído se ordenó llamar al presente controvertido como demandado a la persona moral de referencia y ante
la imposibilidad de emplazarla en el domicilio obtenido de la investigación del mismo, por auto de veinte de
enero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a la aludida moral por medio de edictos que se publicarán, en
el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, por dos veces con un lapso de tres
días hábiles entre uno y otro, a fin de que dentro del término de quince días hábiles acuda al local que ocupa
este tribunal a manifestar lo que a su derecho convenga dentro del procedimiento citado al rubro, acredite su
personalidad y ofrezca las pruebas que a su interés corresponda de conformidad con el numeral 780, en
relación con el diverso 873-A, ambos de la Ley Obrera, con copias suficientes para las partes, apercibida que
de no hacer manifestación alguna dentro del plazo que le fue concedido, se entenderá que no tiene interés
jurídico en el asunto, se tendrá por perdido su derecho a ofrecer pruebas y quedará sujeta al resultado del
juicio, en términos de lo previsto por el artículo 873-D, de la Ley Federal del Trabajo. Asimismo, con
fundamento en el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo, se requiere al demandado para que en su primer
escrito que presente ante este Tribunal, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de
residencia del presente órgano jurisdiccional, apercibido que, de no hacerlo, las notificaciones personales que
les correspondan se harán por boletín; con la aclaración de que la notificación realizada de esta forma (edicto)
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163
surte sus efectos a partir del día siguiente de la última publicación. Quedando a disposición del citado
demandado, en las oficinas que ocupa este Tribunal, sito en Venustiano Carranza número 22, esquina con
Carrera Torres número 601, colonia Centro, código postal 87000, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, las copias
de traslado de la demanda y documentos anexos para su debida instrucción, así como los demás proveídos y
documentos precisados en el auto de veintiocho de agosto de dos mil veinticinco.
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a veinte de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
en el Estado de Tamaulipas, con sede en Ciudad Victoria
Juana Idalia Castillo Medrano
Rúbrica.
(R.- 572968)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Cancún, Q. Roo
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 918/2025-V-1, promovido por APOYO ECONÓMICO FAMILIAR,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE,
ENTIDAD NO REGULADA, por conducto de su apoderado legal GABRIEL ENRIQUE CHABLE PECH, contra
los actos que reclama del Presidente de la Junta Especial Número Uno de Conciliación y Arbitraje, de esta
ciudad, consistentes en la entrega y orden de pago del billete de depósito exhibido por concepto de
subsistencia económica de la parte actora en el juicio laboral 717/2023, en favor de su apoderado; en
cumplimiento a lo ordenado en proveído de quince de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar
por esta vía al tercero interesado Antonio Sánchez Maldonado.
Hágasele saber al referido tercero interesado, que deberá presentarse ante este juzgado dentro del
término de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los presentes
edictos, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado, copia del traslado de la demanda,
apercibido que de no comparecer dentro del término señalado las ulteriores notificaciones del presente juicio,
aun las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fije en los estrados del Juzgado Tercero de
Distrito en el Estado de Quintana Roo.
Expidiéndose el presente edicto para su publicación por tres veces de siete en siete días y ser
efectuadas en días hábiles; en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en la República Mexicana; lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 239 del
Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y el artículo 27, Fracción III, Inciso c),
segundo párrafo, de la Ley de Amparo.
La publicación de los edictos deberá realizarse en el día séptimo después de cada publicación,
(es decir procurando que entre cada divulgación hayan pasado seis días); y que las publicaciones citadas,
sean en un día hábil.
Por último, hágasele saber a dicho tercero interesado que la audiencia constitucional se encuentra fijada
para tener verificativo a las diez horas con cuarenta minutos del once de febrero de dos mil veintiséis.
Atentamente
Cancún, Quintana Roo, a 15 de diciembre de 2025.
Secretario Encargado del Despacho del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo,
por licencia de la Titular de este Órgano Jurisdiccional, en términos del artículo 41 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial de la Federación, conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del Acuerdo General
del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que Reglamenta la Carrera Judicial, y por autorización
de la Comisión de Carrera Judicial del Órgano de Administración Judicial
Jorge Alejandro García Jarero
Rúbrica.
(R.- 573009)
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA
PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE UN TRACTOCAMIÓN
MARCA MACK, TIPO QUINTA RUEDA, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 57-AV-1H
DE CARGA, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 1M1AW07Y5EM041481, VEHÍCULO DE
ORIGEN EXTRANJERO Y CORRESPONDIENTE A UN AÑO MODELO 2014.
En auto de ocho de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de extinción de dominio 34/2025, se
admitió a trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la
Fiscalía General de la República, en contra de Erika Talón Argüelles y Luxemborg México Fuel Group,
Sociedad Anónima de Capital Variable, en su calidad de codemandados; de conformidad con el artículo 86 de
la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de que comparezca a
juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de
los derechos de propiedad y/o posesión respecto del vehículo Tractocamión marca Mack, tipo quinta rueda,
color blanco, con placas de circulación 57-AV-1H de carga, con número de identificación vehicular
1M1AW07Y5EM041481, vehículo de origen extranjero y correspondiente a un año modelo 2014, del cual se
presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentra vinculado con el hecho ilícito de
sustracción ilícita de hidrocarburos, previsto y sancionado por el artículo 8 fracción I, de la Ley Federal
para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, vehículo el cual se encuentra
asegurado por el Fiscal Federal Investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 11, nivel plaza, del edificio sede San
Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza,
código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya
surtido efectos la publicación del último edicto a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga.
Ciudad de México
Dieciséis de octubre de dos mil veinticinco.
Secretario adscrito al Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
José Jaime Castellanos Rosas
Rúbrica.
(E.- 000893)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
1/8
de plana
$ 2,843.00
2/8
de plana
$ 5,686.00
3/8
de plana
$ 8,529.00
4/8
de plana
$ 11,372.00
6/8
de plana
$ 17,058.00
1
plana
$ 22,744.00
1 4/8
planas
$ 34,116.00
2
planas
$ 45,488.00
Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales por
concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo
que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación
de un servicio en 2026.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
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AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Infracciones Administrativas en Materia de Comercio
Coordinación Departamental de Resoluciones en Infracciones en Materia de Comercio
Constructora MC 187, S.A. de C.V.
Vs.
Luis Girault Martínez del Río
Exped.: I.M.C.2700/2024(I-301)30696
Folio: 42820
Luis Girault Martínez del Río
NOTIFICACION POR EDICTOS
Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección Divisional de Protección a la
Propiedad Intelectual, el día 18 de diciembre de 2024, con folio de entrada 30696, José Francisco Platos
Ortega, apoderado de Constructora MC 187, S.A. de C.V., solicitó la declaración administrativa de Infracción
en Materia de Comercio, prevista en las fracciones I y X del artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de
Autor en contra de LUIS GIRAULT MARTÍNEZ DEL RÍO, en relación con las obras arquitectónicas
identificadas con los números de certificados 03-2010-020311294900-01, 03-2010-020213571200-01,
03-2010-020213584900-01, 03-2010-020311144500-01, 03-2010-020311164900-01, 03-2010-020311184000-
01, 03-2010-020311203400-01 y 03-2010-020311243400-01, mismo que mediante oficio 7500, de fecha 11 de
marzo de 2025, fue admitido.
Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 234 de la Ley Federal del Derecho de Autor; 3, 328, 336,
367 fracción IV, 369, 370 y Transitorio Tercero de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este
Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a LUIS GIRAULT MARTÍNEZ DEL
RÍO, parte demandada en procedimiento citado a rubro, el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contemplado en el
artículo 336 fracción II de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, contado a partir del día
siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en
que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga; apercibido que de
no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el plazo señalado, este Instituto emitirá la resolución
administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a
la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en
el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley
Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Atentamente
19 de diciembre de 2025.
El Coordinador Departamental de Resoluciones en Infracciones en Materia de Comercio
Lic. Mariano González Franco
Rúbrica.
(R.- 573412)
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Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada
Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
SE NOTIFICA AL PROPIETARIO Y/O REPRESENTANTE LEGAL Y/O QUIEN TENGA INTERÉS
JURÍDICO, que en fecha 25 veinticinco de mayo de 2007 dos mil siete, se decretó el aseguramiento
precautorio en la averiguación previa A.P. PGR/SIEDO/UEIDCS/063/2005 del siguiente inmueble: predio y
construcción ubicado en lote III de la carretera Costera Guitarrón (escénica), fraccionamiento Palya
Guitarrón, C.P. 00880, Acapulco, Guerrero. Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho
convenga en las oficinas que ocupa esta Fiscalia Especializada en Investigación de Delitos Contra la Salud.,
ubicada en Avenida Paseo de la Reforma, número 75, segundo piso, Colonia Guerrero, alcaldía Cuauhtémoc,
Ciudad de México, lugar en donde se ponen a su disposición las constancias conducentes al citado
aseguramiento; así mismo se les apercibe que en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga en el
plazo de noventa días naturales, que señala el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales,
a partir de la presente notificación, dichos bienes causaran abandono del Gobierno Federal para los fines
legales de administración, destino y, en su caso, uso por las instituciones competentes en materia de
procuración de justicia, conforme al marco normativo aplicable y a las disposiciones administrativas
de recepción y destino de bienes federales.
Atentamente
Ciudad de México, a 23 de febrero de 2026.
Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrita a la Fiscalía Especial en Investigación de Delitos contra la Salud
Mtra. Janis Vázquez Castillo
Rúbrica.
(R.- 573369)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Infracciones Administrativas en Materia de Comercio
Coordinación Departamental de Visitas de Inspección en Infracciones en Materia de Comercio
Constructora MC 187 S.A. de C.V.
Vs.
Mercedes Girault Martínez del Río y/o propietaria y/o encargada y/o responsable de los sitios de Internet;
https://www.giraultdesarrollos.com/ y https://mx.linkedin.com/company/girault-desarrollos
Exped.: I.M.C.2699/2024(I-300)30695
Folio: 42818
Mercedes Girault Martinez del Rio y/o propietaria y/o encargada y/o responsable de los sitios de Internet;
https://www.giraultdesarrollos.com/ y https://mx.linkedin.com/company/girault-desarrollos
NOTIFICACION POR EDICTOS
Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección Divisional de Protección a la
Propiedad Intelectual, el día 18 de diciembre de 2024, con folio de entrada 030695, José Francisco Platos
Ortega, apoderado de Constructora MC 187, S.A. de C.V., solicitó la declaración administrativa de Infracción
en Materia de Comercio, prevista en las fracciones I y X del artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de
Autor en contra de MERCEDES GIRAULT MARTINEZ DEL RIO Y/O PROPIETARIA Y/O ENCARGADA Y/O
RESPONSABLE DE LOS SITIOS DE INTERNET; HTTPS://WWW.GIRAULTDESARROLLOS.COM/ Y
HTTPS://MX.LINKEDIN.COM/COMPANY/GIRAULT-DESARROLLOS,
en
relación
con
las
obras
arquitectonicas identificadas con los números de certificados 03-2010-020311294900-01, 03-2010-
020213571200-01,
03-2010-020213584900-01,
03-2010-020311144500-01,
03-2010-020311164900-01,
03-2010-020311184000-01, 03-2010-020311203400-01 y 03-2010-020311243400-01, mismo que mediante
oficio 7404, de fecha 11 de marzo de 2025, fue admitido.
Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 336, 367 fracción IV, 369 y 370 de la Ley Federal de
Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa,
concediéndole a MERCEDES GIRAULT MARTINEZ DEL RIO Y/O PROPIETARIA Y/O ENCARGADA Y/O
RESPONSABLE DE LOS SITIOS DE INTERNET; HTTPS://WWW.GIRAULTDESARROLLOS.COM/ Y
HTTPS://MX.LINKEDIN.COM/COMPANY/GIRAULT-DESARROLLOS, parte demandada en procedimiento
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DIARIO OFICIAL
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citado a rubro, el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contemplado en el artículo 336 fracción II de la Ley Federal
de Protección a la Propiedad Industrial, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta
publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su
contra y manifieste lo que a su derecho convenga; apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez
transcurrido el plazo señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo
establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en
el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley
Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Atentamente
19 de diciembre de 2025.
La Coordinadora Departamental de Visitas de Inspección de Infracciones en Materia de Comercio
Lic. Roselia García Torres
Rúbrica.
(R.- 573417)
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V.
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN
DE GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA ÚNICA EN EL ESTADO DE YUCATÁN
PERMISO G/21625/DIS/2018
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial
Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la
Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural
DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de
distribución de gas natural en la Zona Geográfica Única ubicada en el Estado de Yucatán, la lista de tarifas
máximas aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de
la presente publicación.
Lista de tarifas máximas – pesos de diciembre de 2025
Cargos tarifarios
Unidades
Residencial
Comercial/
Industrial 1
Industrial 2
Industrial 3
Rangos de consumo
(GJ/Mes)
0.00 -
Infinito
0.00 -
1,500.00
1,500.01 -
10,000.00
10,000.01 -
Infinito
Cargo por servicio
Pesos/Mes
24.0922
124.9585
458.1116
5,528.0371
Distribución con
comercialización1
Pesos/GJ
110.2200
70.9325
0.0000
0.0000
Distribución simple
Cargo por capacidad
Pesos/GJ
107.6482
69.2774
18.9072
25.0503
Cargo por uso
Pesos/GJ
2.5718
1.6551
0.4540
0.5980
1/ Aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta 5 000 Gigajoules por año.
Cifras expresadas en pesos de diciembre de 2025.
Otros cargos regulados – pesos de diciembre de 2025
Cargos tarifarios
Unidades
Residencial
Comercial/
Industrial 1
Industrial 2
Industrial 3
Rangos de consumo
(GJ/Mes)
0.00 -
Infinito
0.00 -
1,500.00
1,500.01 -
10,000.00
10,000.01 -
Infinito
Conexión estándar2
Pesos/Acto
4,237.0240
8,308.8233
31,332.8010
80,040.4803
Conexión no estándar
Pesos/Metro
708.8022
1,287.7431
2,170.7668
2,913.2481
Desconexión/Reconexión
Pesos/Acto
160.6766
376.4615
589.6258
791.2976
2/ Conjunto de tuberías, válvulas, medidores y accesorios apropiados para la conducción y entrega del gas
desde las líneas del sistema de distribución hasta las instalaciones de aprovechamiento de los usuarios, con
una longitud de hasta 30 metros.
Cifras expresadas en pesos de diciembre de 2025.
Torreón, Coahuila., a 18 de febrero de 2026.
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
Representante Legal
Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio
Rúbrica.
(R.- 573423)
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DIARIO OFICIAL
Jueves 5 de marzo de 2026
Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera
Titular de la Unidad de Gobierno
Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara
Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
Cuotas por derecho de publicación:
Oficinas ubicadas en:
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios.
Página web: www.dof.gob.mx
Esta edición consta de 168 páginas
1/8 de plana..................
$
2,843.00
4/8 plana ......................
$ 11,372.00
1 plana .........................
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