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Diario Oficial de la Federación, edición matutina del jueves 5 de marzo de 2026 (No. de publicación 054/2026)

5 de marzo de 2026 · Poder Ejecutivo Federal (Secretaría de Economía/CENAM, Secretaría de Salud, Secretaría de Turismo/FONATUR, Secretaría de las Mujeres, IMPI, Sistema Nacional DIF) y Organismos Autónomos (Banco de México, Tribunal Federal de Justicia Administrativa)

Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.

No. de publicación: 054/2026 Ciudad de México, jueves 5 de marzo de 2026 CONTENIDO Secretaría de Economía Secretaría de Salud Secretaría de Turismo Secretaría de las Mujeres Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia Banco de México Tribunal Federal de Justicia Administrativa Convocatorias para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público Avisos 2 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 INDICE PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación, digitalización y mejora administrativa para trámites y servicios que se realizan ante el Centro Nacional de Metrología. .... 4 SECRETARIA DE SALUD Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Quintana Roo. ................................................................................................. 10 Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de San Luis Potosí. .............................................................................................. 26 SECRETARIA DE TURISMO Programa Institucional 2026-2030 del Fondo Nacional de Fomento al Turismo. ............................. 42 SECRETARIA DE LAS MUJERES Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto Estatal de las Mujeres del Estado de Durango, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Fortalecimiento del Apoyo Integral a las Mujeres en Durango. ............................................................................................................... 68 Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de la Mujer del Estado de Guerrero, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Transformando el Futuro de Guerrero, por el Derecho de las Mujeres para Vivir en Igualdad y Libres de Violencia. ............................................. 74 Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Ruta Violeta Nuevo León. ............... 80 Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Mujeres Oaxaqueñas Tejiendo Bienestar. ....... 85 INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Publicación de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica “Árbol de la Vida de Metepec”. ....................................................................................... 91 Publicación de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica “Vino de Agave Monteleón de Nuevo León”. ................................................................. 92 Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 3 SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. ............................................................. 94 Acuerdo por el que la persona titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes delega indistintamente en las personas titulares de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección de Medidas de Protección las facultades que se indican. ................................................ 99 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. ........................................................................................................................ 102 Tasas de interés interbancarias de equilibrio. .................................................................................. 102 Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................ 102 Equivalencia de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de febrero de 2026. .................................................................................... 103 TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Acuerdo SRGII/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala Regional en Guanajuato II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de fuerza mayor. .................................................................................................................................... 106 Acuerdo SRHGO/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala Regional en Hidalgo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de fuerza mayor. .................................................................................................................... 106 Acuerdo SRQ/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales y plazo en la Sala Regional en Querétaro por causas de fuerza mayor. ............................................. 107 Acuerdo SRQA/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales y plazos en la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar por causas de fuerza mayor. ................... 108 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................ 109 AVISOS Judiciales y generales. ..................................................................................................................... 156 El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor. 4 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación, digitalización y mejora administrativa para trámites y servicios que se realizan ante el Centro Nacional de Metrología. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Centro Nacional de Metrología. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN, DIGITALIZACIÓN Y MEJORA ADMINISTRATIVA PARA TRÁMITES Y SERVICIOS QUE SE REALIZAN ANTE EL CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA. M. en C. Arquímedes Ruiz Orozco, Director General del Centro Nacional de Metrología, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 25, párrafo último de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 104, 105, 109 y 111 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 14, 17, 22 fracción I y 59 fracciones I, V, VIII, IX, XII y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 5, 6 fracción III, 8, 9, fracción XII, 10 fracciones III, V, IX, X y XIV, 19, 20, fracción IV, 24, 51, 74 y 75 de la Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos. CONSIDERANDO Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que a fin de contribuir al desarrollo y bienestar de las personas, grupos, comunidades y sectores sociales y económicos, las autoridades de todos los órdenes de gobierno deberán implementar políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que establezca la ley nacional en la materia. Que el Centro Nacional de Metrología (CENAM), de conformidad con el artículo 104 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Economía, líder en la ciencia de las mediciones, con el objetivo de llevar a cabo investigación científica y desarrollo tecnológico en metrología y sus aplicaciones, para contribuir al bienestar de la sociedad y al desarrollo económico incluyente y en el artículo 105, expresamente se le confieren las atribuciones como la de fungir como Instituto Nacional de Metrología y coordinador del sistema de metrología, en conjunto con la Secretaría de Economía. Que el CENAM, ofrece soluciones innovadoras y servicios basados en el conocimiento científico y el desarrollo tecnológico que inciden positivamente en el comercio, la competitividad industrial, la calidad de vida y el bienestar de la población, con equidad y transparencia. Que el artículo 6 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, establece que las dependencias, órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deben reducir al mínimo las gestiones burocráticas para la prestación de trámites y servicios, buscando que las regulaciones que expidan para estos efectos generen el mayor beneficio posible para las personas, con apego a los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, proporcionalidad, publicidad y transparencia, entre otros. Que de conformidad con los artículos 8 y 10 fracción IX de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es la Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización, y tiene entre otras, la atribución de realizar propuestas de simplificación y digitalización de Trámites y Servicios a los Sujetos Obligados; así como coordinar y supervisar su implementación. Que para facilitar el acceso y la obtención de trámites y servicios, las dependencias, órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, no solicitarán documentos que ellas mismas expidan; asumirán la mayor carga regulatoria; no solicitarán copias simples para la gestión de trámites o servicios; eliminarán requisitos innecesarios; reducirán los plazos de respuesta de los trámites o servicios; sustituirán permisos por avisos, cuando proceda; se fusionarán los trámites que guarden relación entre ellos y se crearán flujos simultáneos que faciliten y generen el menor de los procesos para las personas usuarias, con apego a los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, proporcionalidad, publicidad y transparencia, entre otros. Que son objetivos de la política de simplificación administrativa, modernizar los trámites y servicios, mismos que podrán ser simplificados mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión correspondiente y en observancia al artículo 24 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos la simplificación podrá ser conforme a la habilitación de herramientas electrónicas para la presentación de Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 5 trámites y servicios, el establecimiento de plazos de respuesta menores a los máximos previstos, extender la vigencia de las resoluciones otorgadas por los sujetos obligados, eliminar requisitos y costos burocráticos de cualquier tipo e Implementar cualquier otra acción de mejora, simplificación y digitalización de los trámites y servicios de su competencia. Por lo anterior, y con la finalidad de implementar las acciones de simplificación establecidas en la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos y con base en las atribuciones conferidas por el marco normativo referido, se expide el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN, DIGITALIZACIÓN Y MEJORA ADMINISTRATIVA PARA TRÁMITES Y SERVICIOS QUE SE REALIZAN ANTE EL CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA ARTÍCULO PRIMERO. - Se actualiza la denominación de los siguientes trámites: No. Homoclave Nombre del trámite Nombre actualizado 1 CENAM-00-013 Solicitud de cotización para cursos empresariales Cotización para cursos empresariales 2 CENAM-00-002 Solicitud de cotización para asesorías en metrología Cotización para asesorías en metrología 3 CENAM-00-007 Solicitud de cotización para estadía y entrenamiento en metrología Cotización para estadía y entrenamiento en metrología 4 CENAM-00-003 Solicitud de cotización para el programa de materiales de referencia trazables certificados Cotización para el programa de materiales de referencia trazables certificados 5 CENAM-00-010 Solicitud de cotización para análisis de alta confiabilidad Cotización para análisis de alta confiabilidad 6 CENAM-00-011 Solicitud de cotización para evaluación técnica de laboratorio Cotización para evaluación técnica de laboratorio 7 CENAM-00-001 Solicitud de cotización para calibración de instrumento y patrones de medición Cotización para calibración de instrumento y patrones de medición 8 CENAM-2020-013-002-A Aprobación de modelo de instrumento de medición sujetos a Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal Cotización de aprobación de modelo de instrumento de medición sujetos a Normas Oficiales Mexicanas de Metrología legal. 9 CENAM-2020-013-003-A Autorización de trazabilidad de las mediciones hacia patrones internacionales o extranjeros de medida. Cotización de Autorización de trazabilidad de las mediciones hacia patrones internacionales o extranjeros de medida. 10 CENAM-00-004 Venta de materiales de referencia certificados en línea Cotización para venta de materiales de referencia certificados en línea ARTÍCULO SEGUNDO.- Se suprime la obligación de presentar los requisitos de los trámites que se enlistan a continuación, no obstante, la información indispensable antes referida, será requisitada en los formularios electrónicos correspondientes. No Homoclave del trámite Nombre Se implementan las siguientes acciones de simplificación Requisitos obligatorios después de la mejora implementada 1 CENAM-00-013 Cotización para cursos empresariales 1. Datos del Solicitante: Se requiere correo electrónico del solicitante, los datos del nombre y teléfono son opcionales. 2. Dirección donde se realizará el servicio. 3. Datos del servicio: Curso o temas de interés, objetivo, nivel académico de los participantes y número de asistentes. 1. Formulario. 6 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 2 CENAM-00-002 Cotización para asesorías en metrología 1. Datos del Solicitante: Nombre, correo electrónico y teléfono del solicitante. 2. Datos del servicio. 1. Formulario. 3 CENAM-00-007 Cotización para estadía y entrenamiento en metrología 1. Datos del Solicitante: Nombre, teléfono y correo electrónico del solicitante. 2. Descripción del servicio: Necesidad de capacitación, nivel académico de los participantes, número de asistentes. 3. Dirección donde se realizará el servicio. 1. Formulario. 4 CENAM-00-003 Cotización para el programa de materiales de referencia trazables certificados 1. Datos del servicio Descripción del servicio solicitado 2. Datos del Solicitante 1. Formulario. 5 CENAM-00-010 Cotización para análisis de alta confiabilidad 1. Descripción del servicio: Área de interés, descripción del análisis requerido, y presentación y tamaño de la muestra 2. Datos del Solicitante: Nombre, correo electrónico y teléfono del solicitante. 1. Formulario. 6 CENAM-00-011 Cotización para evaluación técnica de laboratorio 1. Datos del Solicitante: Se requiere conocer la información nominal para los resultados del servicio. 1. Formulario. 7 CENAM-00-001 Cotización para calibración de instrumento y patrones de medición 1. Descripción sobre el o los equipos del solicitante que se desea calibrar. 2. Dirección donde se realizará el servicio: Se requiere conocer la información nominal para los resultados del servicio. 3. Datos del Solicitante: Se requiere correo electrónico del solicitante, nombre y teléfono son opcionales. 1. Formulario. 8 CENAM-00-14 Cotización para evaluación de la conformidad para modelos o prototipos de sistemas de medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos. 1. Descripción del servicio solicitado: Seleccionar el o los servicios de verificación que requiere. 2. Descripción del equipo Familia o modelo del dispensario. 1. Formulario. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 7 3. Datos del Solicitante: Nombre, correo electrónico y teléfono del solicitante. 4. Datos para emisión de factura. 5. Dirección donde se realizará el servicio. 9 CENAM-00-012 Inscripción a ensayos de aptitud técnica 1. Datos del Solicitante Nombre: correo electrónico y teléfono. 2. Datos del servicio: Nombre del ensayo al que desea inscribirse. 1. Formulario. 10 CENAM-00-006 Inscripción a cursos programados en metrología 1. Datos del servicio: Nombre del curso al que desea inscribirse. 2. Registro de participante: Nombre y correo electrónico del participante. 3. Datos para emisión de factura. 4. Datos del Solicitante: Correo electrónico y teléfono del solicitante. 1. Formulario. 11 CENAM-00-004 Cotización para venta de materiales de referencia certificados en línea 1. Datos para emisión de factura. 2. Descripción del material de referencia certificado. 1. Formulario. 12 CENAM-2020- 013-002-A Cotización de aprobación de modelo de instrumento de medición sujetos a Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal 1. Acreditación legal de personas morales (Acta Constitutiva o RUPA) o CURP (en el caso de personas físicas). Copias: 1 2. Poder notarial Poder notarial del Representante legal o RUPA Copias: 1 3. Identificación oficial (INE o pasaporte vigente) Identificación Oficial del Representante legal Copias: 1 4. Informe de Cumplimiento con la(s) Norma(s) Oficial(es) Mexicana(s) de Metrología Legal aplicable(s), que haya sido emitido por un Organismo de Evaluación de la Conformidad acreditado y aprobado o por el Centro Nacional de Metrología Copias: 1 1. Formulario. 2. Acreditación de la personalidad y/o representación: a) Identificación oficial (INE, Pasaporte o CURP) de la persona solicitante o del representante legal en su caso; b) Acta constitutiva o RUPA en el caso de personas morales; c) Poder notarial o RUPA. 3. Informe de Cumplimiento con la(s) Norma(s) Oficial(es) Mexicana(s) de Metrología Legal aplicable(s), emitido por un Organismo de Evaluación de la Conformidad acreditado y aprobado o por el Centro Nacional de Metrología. 8 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 5. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, en el que se declare, que los instrumentos para medir de los cuales se solicita la aprobación del modelo no han sido comercializados en el territorio nacional. Copias: 1 6. Manifiesto bajo protesta de decir verdad que el instrumento presentado para el proceso de Aprobación de Modelo es representativo de los requisitos establecidos en la(s) Norma(s) Oficial(es) Mexicana(s) de metrología legal Copias: 1 7. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que el modelo de instrumento presentado para obtener su aprobación de modelo no infringe disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Copias: 1 8. Comprobante de Pago del trámite. Copias: 1 13 CENAM-2020- 013-003-A Cotización de autorización de trazabilidad de las mediciones hacia patrones internacionales o extranjeros de medida. 1. Acta constitutiva Acreditación legal de personas morales (Acta Constitutiva o RUPA) o CURP (en el caso de personas físicas) Copias: 1 2. Poder notarial Poder notarial del Representante Legal o RUPA (solo en el caso de personas morales) Copias: 1 3. Identificación oficial (INE o pasaporte vigente) Identificación Oficial del Representante legal o persona física (IFE, INE o Pasaporte Vigente) Copias: 1 1. Formulario. 2. Acreditación de la personalidad y/o representación: d) Identificación oficial (INE, Pasaporte o CURP) de la persona solicitante o del representante legal en su caso; e) Acta constitutiva o RUPA en el caso de personas morales; f) Poder notarial o RUPA. 3. Para instrumentos de medición, certificado o informe de calibración que contenga la información indicada en los apartados 7.8.2.1 y 7.8.4.1 de la norma ISO/IEC 17025:2017 Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 9 4. Para instrumentos de medición, certificado o informe de calibración que contenga la información indicada en los apartados 7.8.2.1 y 7.8.4.1 de la norma ISO/IEC 17025:2017 Copias: 1 5. Comprobante de Pago del trámite. ARTÍCULO TERCERO. – Se reducen los plazos de respuesta de los siguientes trámites: No. Homoclave Nombre del trámite Reducción de tiempo Antes Ahora 1 CENAM-2020-013-002-A Cotización de aprobación de modelo de instrumento de medición sujetos a Normas Oficiales Mexicanas de Metrología legal. 30 días hábiles 10 días hábiles 2 CENAM-2020-013-003-A Cotización de autorización de trazabilidad de las mediciones hacia patrones internacionales o extranjeros de medida. 30 días hábiles 10 días hábiles ARTÍCULO CUARTO. - Los servicios contenidos en el Artículo Segundo del presente acuerdo podrán ser solicitados a través de la página oficial del Centro Nacional de Metrología, misma que podrá ser visualizada mediante la siguiente dirección electrónica https://www.gob.mx/cenam, en el apartado “Servicios que brinda el CENAM”, llenando el formulario electrónico correspondiente y en su caso, adjuntando la documentación anexa que se requiera. ARTÍCULO QUINTO.- El Centro Nacional de Metrología implementará Llave MX como inicio de sesión único y con la finalidad de autenticar la identidad de las personas físicas o morales que soliciten los trámites y servicios que se realicen ante esta institución, a través de sus canales digitales habilitados para ese efecto, de conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos para la implementación y operación de "Llave MX", así como en el artículo 16, fracción X de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Los trámites, servicios o procedimientos administrativos ingresados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo se resolverán conforme a la normatividad aplicable vigente al momento de su presentación. TERCERO. De conformidad con el presente Acuerdo, el Centro Nacional de Metrología, no solicitará requisitos adicionales a los previstos en este, ni documentación que obre en sus archivos físicos o electrónicos o copias simples. CUARTO. El Centro Nacional de Metrología deberá realizar las adecuaciones necesarias a los instrumentos normativos vinculados al presente Acuerdo dentro del plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor del mismo. QUINTO. El Centro Nacional de Metrología actualizará la información de los trámites y servicios enunciados en este Acuerdo en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, de conformidad con los artículos 53 y 54 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos. Municipio El Marqués, Qro., 24 de febrero de 2026.- Director General del Centro Nacional de Metrología, Mtro. Arquímedes Ruiz Orozco.- Rúbrica. 10 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SECRETARIA DE SALUD SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Quintana Roo. 02-CM-SaNAS-QROO/2025 SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL LIC. FLAVIO CARLOS ROSADO, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD Y LA LIC. MARTHA PARROQUÍN PÉREZ, SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA” para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en “LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”. II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”. III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “… que el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 11 a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”. IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento. DECLARACIONES I. “LAS PARTES” declaran que: I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento. II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3, 4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue: “SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el carácter de subsidios, por la cantidad de $136,502,974.67 (CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 67/100 M.N.), para la realización de acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”. Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $62,666,146.19 (SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS PESOS 19/100 M.N.), se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Planeación de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”. … … … … … … … … … Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de $73,836,828.48 (SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO PESOS 48/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud. 12 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 … … … … … … …” “TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. … … … … … 5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales, a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación, ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”. “LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento. 6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a “LA ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados a “LA ENTIDAD”. 7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso de inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes. 8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.” Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 13 ANEXO 2 SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”. Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 127,381.00 0.00 127,381.00 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda CS010 127,381.00 0.00 127,381.00 S u b t o t a l 923,793.00 0.00 923,793.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES SIN CAMBIOS 14 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 7 Enfermedades Cardiometabólicas* OB010 7,116,000.00 0.00 7,116,000.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS S u b t o t a l 22,396,312.00 0.00 22,396,312.00 Total U008 26,136,269.42 0.00 26,136,269.42 U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS Total 62,666,146.19 73,836,828.48 136,502,974.67 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones * - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 15 ANEXO 3 RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”. De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $62,666,146.19 (SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS PESOS 19/100 M.N.), los cuales se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Planeación de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario. Calendario (Pesos) MINISTRACIÓN Mes MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN Primera SIN CAMBIOS Segunda SIN CAMBIOS Tercera SIN CAMBIOS Cuarta Septiembre 7,243,381.00 GRAN TOTAL 62,666,146.19 Calendario Primera Ministración. Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario y Programa de Acción Específico. (Pesos) SIN CAMBIOS … Calendario Segunda Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) SIN CAMBIOS Calendario Tercera Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) SIN CAMBIOS Calendario Cuarta Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud Atención a la Desnutrición Aguda P018 Septiembre 127,381.00 Total Atención a la Desnutrición Aguda 127,381.00 Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 127,381.00 TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 127,381.00 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES Enfermedades Cardiometabólicas Enfermedades Cardiometabólicas U008 Septiembre 7,116,000.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 7,116,000.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 7,116,000.00 TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 7,116,000.00 GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN 7,243,381.00 16 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 ANEXO 4 Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 2 Estilos de vida saludables SIN CAMBIOS 3 Indígenas SIN CAMBIOS 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos SIN CAMBIOS 5 Personas en Movilidad SIN CAMBIOS 6 SNSP SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 25301 Sin clave de compendio | ATLC Suplemento alimenticio 32,200.0000 1 32,200.00 0.00 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 26102 Sin clave de compendio | Gasolina para traslado ida y vuelta para el seguimiento de la estrategia 10,000.0000 3 30,000.00 0.00 TOTALES 788,660.00 2,543,616.42 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 17 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes SIN CAMBIOS 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos SIN CAMBIOS 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) SIN CAMBIOS 4 Emergencias en Salud SIN CAMBIOS 5 Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19) SIN CAMBIOS 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas SIN CAMBIOS 7 Enfermedades Cardiometabólicas* 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 33603 Sin clave de Compendio | Impresiones de PRONAM - VIAS CLINICAS CORAZONES MÉXICO 650,000.0000 1 0.00 650,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 33605 Sin clave de Compendio | Campaña de difusión de material digital en redes, radio y televisión 500,000.0000 1 0.00 500,000.00 18 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 33401 Sin clave de Compendio | Capacitaciones regionales Programa de Enfermedades Cardiometabolicas (PAE,SICSAM,PRONAM) 5,000,000.0000 1 0.00 5,000,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 25401 Sin clave de Compendio | Electrocardiógrafos para unidades de primer nivel 36,000.0000 6 0.00 216,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 54103 Sin clave de Compendio | vehículo tipo SUV 4 cil para Supervisión operativa con poliza de mantenimiento preventivo 750,000.0000 1 0.00 750,000.00 SUBTOTAL PROGRAMA 0.00 12,681,000.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales SIN CAMBIOS 10 Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas SIN CAMBIOS TOTALES 5,050,812.00 12,854,744.80 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 18,236,372.34 22,180,798.35 40,417,170.69 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones * - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 19 ANEXO 5 Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 2 Estilos de vida saludables SIN CAMBIOS 3 Indígenas SIN CAMBIOS 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos SIN CAMBIOS 5 Personas en Movilidad SIN CAMBIOS 6 SNSP SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 12101 Promotor de la salud | Promotor de la salud 21,727.0000 3 65,181.00 0.00 TOTALES 650,084.00 681,390.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 20 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 8,784,716.50 13,464,259.00 22,248,975.50 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 21 ANEXO 6 Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS GRAN TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 22 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Programa: Salud Sexual y Reproductiva Componente: Salud Materna Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas SIN CAMBIOS Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico. K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS Programa: VIH y otras ITS Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo: Entidad Federativa Descripción Marca Modelo No. Serie CPU No. Serie Monitor Cantidad Quintana Roo PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TRX CN41474VFF 1 Quintana Roo PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TQ9 CN41474SYN 1 Quintana Roo PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TPJ CN41474VN5 1 Quintana Roo PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TNG CN41474VND 1 Quintana Roo PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TRH CN41474SHJ 1 Quintana Roo PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2034TRY CN41474SYM 1 Quintana Roo NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-21077 N/A 1 Quintana Roo NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-21076 N/A 1 Quintana Roo NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-21075 N/A 1 Quintana Roo NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-21073 N/A 1 Quintana Roo NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-21072 N/A 1 Quintana Roo NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-21071 N/A 1 Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021, conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico. La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 23 ANEXO 7 Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1.7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 Resultado Número de NN con DAM y DAG que reciben tratamiento con ATLC Número de NN diagnosticados con DAM y DAG Mide la proporción de NN con DAM y DAG con tratamiento con ATLC 100 100 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS 24 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes SIN CAMBIOS 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos SIN CAMBIOS 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) SIN CAMBIOS 4 Emergencias en Salud SIN CAMBIOS 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas SIN CAMBIOS 7 Enfermedades Cardiometabólicas SIN CAMBIOS 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales SIN CAMBIOS 10 Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas SIN CAMBIOS Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 25 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”. TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el “CONVENIO PRINCIPAL”. CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder. QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.- Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.- Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Salud y Director General de los Servicios Estatales de Salud, Lic. Flavio Carlos Rosado.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas y Planeación, Lic. Martha Parroquín Pérez.- Rúbrica. 26 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de San Luis Potosí. 02-CM-SaNAS-SLP/2025 SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR LA DRA. ELIZABETH DÁVILA CHÁVEZ, DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD Y LA LIC. ARIANA GARCÍA VIDAL, SECRETARIO DE FINANZAS A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA” para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en “LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”. II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”. III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “… que el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 27 a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”. IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento. DECLARACIONES I. “LAS PARTES” declaran que: I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento. II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3, 4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue: “SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el carácter de subsidios, por la cantidad de $158,462,230.18 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA PESOS 18/100 M.N.), para la realización de acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”. Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $62,109,855.74 (SESENTA Y DOS MILLONES CIENTO NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 74/100), se radicarán a la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”. … … … … … … … … … Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de $96,352,374.44 (NOVENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO 44/100 M.N.), serán entregados directamente a los Servicios de Salud de San Luis Potosí. 28 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 … … … … … … …” “TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. … … … … … 5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales, a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación, ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”. “LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento. 6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a “LA ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados a “LA ENTIDAD”. 7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso de inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes. 8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.” Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 29 ANEXO 2 SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”. Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 224,676.00 0.00 224,676.00 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 3 Indígenas SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda CS010 224,676.00 0.00 224,676.00 S u b t o t a l 2,521,540.00 0.00 2,521,540.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES SIN CAMBIOS 30 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 7 Enfermedades Cardiometabólicas* OB010 2,404,000.00 0.00 2,404,000.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS S u b t o t a l 14,020,886.00 0.00 14,020,886.00 Total U008 19,357,193.65 0.00 19,357,193.65 U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL SIN CAMBIOS Total 62,109,855.74 96,352,374.44 158,462,230.18 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones * - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 31 ANEXO 3 RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”. De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $62,109,855.74 (SESENTA Y DOS MILLONES CIENTO NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 74/100), los cuales se radicarán a la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario. Calendario (Pesos) MINISTRACIÓN Mes MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN Primera SIN CAMBIOS Segunda SIN CAMBIOS Tercera SIN CAMBIOS Cuarta Septiembre 2,628,676.00 GRAN TOTAL 62,109,855.74 Calendario Primera Ministración. Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario y Programa de Acción Específico. (Pesos) SIN CAMBIOS … Calendario Segunda Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) SIN CAMBIOS Calendario Tercera Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) SIN CAMBIOS Calendario Cuarta Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud Atención a la Desnutrición Aguda P018 Septiembre 224,676.00 Total Atención a la Desnutrición Aguda 224,676.00 Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 224,676.00 TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 224,676.00 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES Enfermedades Cardiometabólicas Enfermedades Cardiometabólicas U008 Septiembre 2,404,000.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 2,404,000.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 2,404,000.00 TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 2,404,000.00 GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN 2,628,676.00 32 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 ANEXO 4 Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 2 Estilos de vida saludables SIN CAMBIOS 3 Indígenas SIN CAMBIOS 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos SIN CAMBIOS 5 Personas en Movilidad SIN CAMBIOS 6 SNSP SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 25301 Sin clave de compendio | ATLC Suplemento alimenticio 135,240.0000 1 135,240.00 0.00 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 26102 Sin clave de compendio | Gasolina para traslado ida y vuelta para el seguimiento de la estrategia 10,000.0000 3 30,000.00 0.00 TOTALES 2,069,280.00 4,273,019.65 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 33 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes SIN CAMBIOS 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos SIN CAMBIOS 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) SIN CAMBIOS 4 Emergencias en Salud SIN CAMBIOS 5 Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19) SIN CAMBIOS 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas SIN CAMBIOS 7 Enfermedades Cardiometabólicas* 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 33603 Sin clave de Compendio | Impresiones de PRONAM - VIAS CLINICAS CORAZONES MÉXICO 650,000.0000 1 0.00 650,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 33605 Sin clave de Compendio | Campaña de difusión de material digital en redes, radio y televisión 500,000.0000 1 0.00 500,000.00 34 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 25401 Sin clave de Compendio | Electrocardiógrafos para unidades de primer nivel 36,000.0000 14 0.00 504,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 54103 Sin clave de Compendio | vehículo tipo SUV 4 cil para Supervisión operativa con poliza de mantenimiento preventivo 750,000.0000 1 0.00 750,000.00 SUBTOTAL PROGRAMA 0.00 7,789,000.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales SIN CAMBIOS 10 Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas SIN CAMBIOS TOTALES 7,884,600.00 7,875,872.40 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 24,574,685.84 19,345,399.40 43,920,085.24 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones * - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 35 ANEXO 5 Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios SIN CAMBIOS 2 Estilos de vida saludables SIN CAMBIOS 3 Indígenas SIN CAMBIOS 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos SIN CAMBIOS 5 Personas en Movilidad SIN CAMBIOS 6 SNSP SIN CAMBIOS 7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 12101 Promotor de la salud | Promotor de la salud 19,812.0000 3 59,436.00 0.00 TOTALES 1,016,876.00 498,672.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS 36 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES SIN CAMBIOS GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 7,061,378.50 11,128,392.00 18,189,770.50 NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 37 ANEXO 6 Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS GRAN TOTAL (PESOS) SIN CAMBIOS 38 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Programa: Salud Sexual y Reproductiva Componente: Salud Materna Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas SIN CAMBIOS Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico. K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS Programa: VIH y otras ITS Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo: Entidad Federativa Descripción Marca Modelo No. Serie CPU No. Serie Monitor Cantidad San Luis Potosí PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024BHR CN41474P6W 1 San Luis Potosí PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024YBJ CN41474Q8Y 1 San Luis Potosí PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024F0B CN41474Q9D 1 San Luis Potosí PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2024Y7M CN41480DCR 1 San Luis Potosí PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2035CK1 CN41480D89 1 San Luis Potosí PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA HP PRODESK 400 G7 SFF MXL2035CK4 CN41480D78 1 San Luis Potosí NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28101 N/A 1 San Luis Potosí NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28100 N/A 1 San Luis Potosí NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28099 N/A 1 San Luis Potosí NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28226 N/A 1 San Luis Potosí NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28213 N/A 1 San Luis Potosí NOBREAK TIPO I KOBLENZ 5516 USB/R 21-04-28194 N/A 1 Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021, conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico. La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 39 ANEXO 7 Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1.7 Atención a la Desnutrición Aguda 7.1.1 Resultado Número de NN con DAM y DAG que reciben tratamiento con ATLC Número de NN diagnosticados con DAM y DAG Mide la proporción de NN con DAM y DAG con tratamiento con ATLC 100 100 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS 40 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes SIN CAMBIOS 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos SIN CAMBIOS 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) SIN CAMBIOS 4 Emergencias en Salud SIN CAMBIOS 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas SIN CAMBIOS 7 Enfermedades Cardiometabólicas SIN CAMBIOS 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento SIN CAMBIOS 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales SIN CAMBIOS 10 Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas SIN CAMBIOS Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 41 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL SIN CAMBIOS NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”. TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el “CONVENIO PRINCIPAL”. CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder. QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.- Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.- Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Directora General de los Servicios Estatales de Salud, Dra. Elizabeth Dávila Chávez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Lic. Ariana García Vidal.- Rúbrica. 42 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SECRETARIA DE TURISMO PROGRAMA Institucional 2026-2030 del Fondo Nacional de Fomento al Turismo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Turismo.- Secretaría de Turismo.- Fondo Nacional de Fomento al Turismo. PROGRAMA INSTITUCIONAL 2026-2030 DEL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO 1.- Índice 2.- Señalamiento del origen de los recursos del programa 3.- Siglas y acrónimos 4.- Fundamento normativo 5.- Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 6.- Objetivos 7.- Estrategias y líneas de acción 8.- Indicadores y metas 9.- Referencias 2.- Señalamiento del origen de los recursos del programa La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo. 3.- Siglas y acrónimos AFAC Agencia Federal de Aviación Civil. ANP Áreas Naturales Protegidas. CIP Centro Integralmente Planeado. CENAPRED Centro Nacional de Prevención de Desastres. CONAPO Consejo Nacional de Población. DATATUR Sistema Nacional de Estadística Turística. DTCS Destinos Turísticos Comunitarios Sustentables. FONATUR Fondo Nacional de Fomento al Turismo. IMCO Instituto Mexicano para la Competitividad, A.C. INAH Instituto Nacional de Antropología e Historia. INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía. MIPyMES Micro, pequeñas y medianas empresas. ODS Objetivos de Desarrollo Sostenible. OIM Organización Internacional para las Migraciones. ONU Organización de las Naciones Unidas. ONU Turismo Organización Mundial del Turismo PAPTUR Programa de Asesoría y Fortalecimiento de Proyectos. PATEM Programa de Asistencia Técnica para la Planeación Turística de Estados, Municipios, Dependencias y otras Entidades Públicas. PIB Producto Interno Bruto. PND Plan Nacional de Desarrollo. PROSECTUR Programa Sectorial de Turismo. PTI Proyecto Turístico Integral. RAT Resultados de la Actividad Turística. SECTUR Secretaría de Turismo. UNESCO Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 43 4.- Fundamento normativo El Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR es el documento rector de actuación de fomento al turismo que integra el Sistema Nacional de Planeación Democrática para el Desarrollo Nacional, que se fundamenta en el siguiente marco normativo. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos El FONATUR, a través de su programa institucional promoverá y garantizará los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte; además, contribuirá al desarrollo nacional integral y sustentable, fomentando la competitividad, el crecimiento económico, el empleo y una distribución justa de la riqueza, con pleno respeto a la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, de acuerdo con los artículos 1º y 25 constitucionales. En cumplimiento del artículo 26, apartado A, el FONATUR se alinea al Sistema Nacional de Planeación Democrática del Desarrollo y se sujeta al PND y al PROSECTUR, en términos del artículo 90 constitucional. Ley General de Turismo El FONATUR, como entidad sectorizada a la SECTUR, contribuirá a la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística y de los recursos turísticos, así como a la promoción del financiamiento de las inversiones privadas y sociales de conformidad con los artículos 42 y 44. Ley de Planeación De acuerdo con su artículo 2°, la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género. El FONATUR, como entidad paraestatal tiene la obligación de elaborar su programa institucional tal como lo establece el artículo 17, fracción II de esta Ley. En este sentido, su Dirección de Gestión Estratégica y Enlace Institucional, es la responsable de coordinar la integración, publicación, ejecución, seguimiento y rendición de cuentas del Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal El FONATUR, en su carácter de fideicomiso público, entidad de la administración pública paraestatal, debe conducir sus actividades en forma programada, con base en las políticas que, para el logro de los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo establezca el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 3°, 9°, 48, 49 y 50. Ley Federal de Austeridad Republicana El FONATUR está sujeto a las medidas de austeridad que deberá observar el ejercicio del gasto público federal y coadyuvar a que los recursos económicos de que se dispongan se administren con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez, de acuerdo con su artículo 1°. Ley Federal de las Entidades Paraestatales El FONATUR estableció en su Programa Institucional 2026-2030 los objetivos, metas, así como las bases para evaluar sus acciones; también, define las estrategias y prioridades en su carácter de entidad paraestatal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46, 47, 48 y 49. De igual manera, su formulación y aprobación por parte de la Dirección General y su Órgano de Gobierno, respectivamente, atiende los artículos 58 y 59. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria El FONATUR, como ejecutor de gasto, atiende las disposiciones aplicables a la programación y presupuestación del gasto público, en términos de los artículos 2° y 24. Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 El PND 2025-2030 enuncia las prioridades nacionales, los ejes, objetivos y estrategias que se deberán seguir en la presente administración y que recoge las aspiraciones y demandas de la sociedad. En ese sentido, el Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR, se enfoca en contribuir a los propósitos de los Ejes Generales 2: Desarrollo con bienestar y humanismo, y 3: Economía Moral y Trabajo del PND 2025-2030. Programa Sectorial de Turismo 2025-2030 Este programa se alinea con los siguientes objetivos del PROSECTUR: 1. Fomentar el desarrollo regional y comunitario en áreas menos desarrolladas; 2. Promover la atracción de inversiones en infraestructura turística en estados y municipios; 4. Incrementar la competitividad e innovación en el sector turístico y 5. Promover la sostenibilidad en destinos y productos turísticos en el territorio nacional, así como a sus estrategias y líneas de acción. 44 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 DECRETO por el que se crea la Comisión Intersecretarial para la atención, reconstrucción y recuperación económica de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, en el Estado de Guerrero, dentro del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2025. Es el instrumento por el cual se coordinan las acciones del FONATUR, como responsable del CIP Acapulco-Coyuca y miembro de la comisión intersecretarial, con otros participantes para la ejecución del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”, mediante acciones destinadas a la reconstrucción y regeneración económica y turística tras los daños causados por los fenómenos meteorológicos “Otis” y “John”. Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU El FONATUR, a través de las acciones planteadas en su programa institucional, busca contribuir a los ODS 8. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos y 9. Construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación. 5.- Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo Diagnóstico de la situación actual El turismo en México ha sido históricamente una industria clave en el desarrollo de la economía nacional, demostrando ser una herramienta esencial para promover el crecimiento económico y social del país, en este sentido, el sector turístico en los últimos 18 años ha tenido una participación promedio de 8.5% en el PIB nacional a pesar de la crisis sanitaria en el año 2020 cuyo aporte bajó a 6.9% y que, en tan sólo dos años, creció a 8.4% (SECTUR, 2024). Fuente: Elaboración propia con información de DATATUR. Sin embargo, existen varios desafíos importantes en el sector, como la concentración de turistas en destinos tradicionales, en 2025 el 62.4% de turistas extranjeros tuvo como destino centros turísticos de sol y playa (SECTUR, 2025). Esto provoca una distribución poco equitativa de los beneficios del turismo, afectando principalmente a las comunidades locales. Asimismo, el turismo mexicano enfrenta una creciente competencia internacional, derivada del fortalecimiento de otros destinos turísticos que buscan ofrecer cada vez más experiencias diversificadas, así como infraestructura de calidad, lo que representa un reto importante para México al adaptarse y diferenciarse en un mercado altamente competitivo. En 2006, México se posicionó en la posición número 8 de entre los principales destinos en el mundo en función de la llegada de turistas, recibiendo 21.4 millones, seis años después, en 2012 bajó a la posición número 13; sin embargo, su preferencia ante el turismo internacional aumentó para colocarse, en 2018, en la posición número 7 y, para 2024, en el puesto número 6 recibiendo 45 millones de turistas (SECTUR, 2025). Además, el sector turístico nacional es vulnerable ante contingencias externas, como fenómenos naturales o crisis sanitarias, que pueden afectar significativamente su estabilidad; al respecto, el porcentaje de la ocupación hotelera bajó más de la mitad por las restricciones sanitarias a nivel nacional en los años 2019 y 2020, pasando de 60.3% a 26.3%, respectivamente (SECTUR, 2021). De acuerdo con el PROSECTUR 2025-2030 y el Plan México - Ramo 21 Turismo, la política turística de la actual administración busca contribuir a la prosperidad compartida, la igualdad sustantiva y el bienestar, considerando el cuidado ambiental, en alineación con los principios del Humanismo Mexicano. Por su parte, el FONATUR está comprometido con la justicia social, la inclusión y el bienestar de las comunidades, integrando el respeto al medio ambiente como un eje central en el desarrollo de proyectos turísticos que beneficien tanto a los habitantes locales como a quienes visitan el destino. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 45 El Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR plantea contribuir a la política turística nacional a través de la atención de las siguientes problemáticas identificadas: Diversificación limitada y débil planeación de productos y destinos turísticos sostenibles e incluyentes a nivel nacional De acuerdo con ONU Turismo, en 2024, se registró la llegada de 45 millones de turistas internacionales al país, lo que representó un incremento del 7.4% en comparación con 2023, con lo cual, México se mantuvo como el sexto país más visitado a nivel mundial y el segundo del continente americano (SECTUR, 2025). No obstante, el sector turístico nacional enfrenta un reto significativo para reforzar la posición de México como un país competitivo a nivel mundial, al responder a la creciente demanda turística global de experiencias innovadoras, auténticas y responsables. Si bien, México es un país con una gran riqueza cultural; cuenta con 36 sitios y 12 prácticas y expresiones culturales reconocidas por la UNESCO (2025) como patrimonio de la humanidad, 195 zonas arqueológicas (Instituto Nacional de Antropología e Historia, 2025) y 177 Pueblos Mágicos (México Desconocido, 2025); las políticas de inversión pública en el sector turístico de los modelos de crecimiento económico previos a la Cuarta Transformación, se orientaron principalmente al desarrollo de grandes proyectos, beneficiando solo a unos pocos y dejando a las MIPyMES, así como a las comunidades locales al margen de los beneficios del turismo. Esto propició la creación de grandes complejos de alojamiento y restauración en los principales centros turísticos, sin impulsar la generación de servicios integrales que fortalecieran las cadenas de valor para incentivar una distribución más equitativa de los ingresos generados por la actividad turística entre las comunidades locales. Durante el sexenio anterior, el Gobierno de México implementó un nuevo modelo turístico basado en un desarrollo regional inclusivo y con bienestar, con el propósito de revertir esta tendencia. A través de estas estrategias, se avanzó en el reconocimiento de nuevos destinos con potencial y en la incorporación de las comunidades locales al diseño y operación de experiencias turísticas más allá del modelo tradicional de sol y playa, incluyendo segmentos como el turismo cultural, de naturaleza y comunitario. A pesar de los avances en esta dirección, actualmente la oferta turística de nuestro país aún presenta una limitada diversificación en pocos destinos, generando saturación y una competencia desigual entre regiones, limitando el crecimiento económico equilibrado y sustentable del sector turístico. Tan solo en 2023, el 48% de la oferta de cuartos de alojamiento del país, se localizó en las entidades federativas de Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Quintana Roo y Veracruz (SECTUR, 2024); asimismo, durante enero-julio de 2025, el 92% de llegadas de turistas internacionales del país se concentró en los aeropuertos de Cancún, Ciudad de México, Los Cabos, Puerto Vallarta, Guadalajara, Monterrey, Tulum y Silao, de acuerdo con los RAT de la SECTUR (2025). Fuente: Elaboración propia con información de DATATUR. 46 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Un factor detrás de esta limitación es la débil coordinación y colaboración entre los distintos entes responsables de la planeación de productos y destinos turísticos sostenibles e incluyentes. Esta falta de inclusión reduce la diversidad y autenticidad de las experiencias turísticas ofertadas, el fortalecimiento de capacidades técnicas locales y la apropiación social de los proyectos turísticos. Como consecuencia directa de dicha planeación deficiente, se tiene el impacto negativo en la capacidad del turismo para generar beneficios económicos y sociales significativos y equitativos en las comunidades receptoras. Este impacto es particularmente evidente en las MIPyMES, quienes a pesar de constituir alrededor del 99.89% del tejido empresarial del sector, según el Censo Económico 2024 (INEGI, 2024), y representar el componente más dinámico y cercano a las comunidades, no logran insertarse plenamente en las cadenas de valor turísticas. Asimismo, de acuerdo con este Censo, las MIPyMES turísticas del país presentan una tasa de rentabilidad promedio del 27.81%, en contraste con el 44.08% de rentabilidad promedio que alcanzan las grandes empresas de este sector (INEGI, 2024). Fuente: Elaboración propia con información del INEGI (Censo Económico 2024). Nota: Para el cálculo de la Tasa de rentabilidad promedio, el INEGI divide los ingresos por suministro de bienes y servicios entre la suma de los gastos por consumo de bienes y servicios más las remuneraciones menos 1, multiplicado por 100 La capacidad del sector turístico para responder a los crecientes retos ambientales y sociales, así como a las demandas de un turismo sostenible más responsable e inclusivo, se puede ver reducida sin una visión integral y sostenible en su planeación. Además, de generar destinos con alta vulnerabilidad, que pueden sufrir impactos negativos a mediano y largo plazo, afectando la competitividad y la reputación del país como destino turístico. En contraste, un destino verdaderamente sostenible es aquel que logra equilibrar la llegada de turistas sin comprometer la calidad de vida de su población ni deteriorar sus recursos naturales o culturales. Las limitadas capacidades técnicas de los actores públicos y privados del sector turístico también afectan la calidad de los procesos de planeación turística en el país. Sin una adecuada aplicación de criterios técnicos especializados, resulta difícil diseñar destinos turísticos que armonicen el desarrollo económico con la conservación ambiental y la inclusión social. Esta brecha técnica se agrava por la escasez de estudios especializados y actualizados que evalúen aspectos clave como el potencial turístico, la capacidad de carga ambiental, las dinámicas sociales y culturales, las cambiantes demandas del mercado y los riesgos asociados al cambio climático, entre otras amenazas. Lo anterior, se traduce en el desarrollo de destinos turísticos poco planeados, que no consideran adecuadamente criterios de sostenibilidad e inclusión, provocando tensiones sociales derivadas de la exclusión de comunidades locales. Además, la generación de beneficios socioeconómicos amplios y duraderos, sin criterios inclusivos y sostenibles pueden afectar la competitividad y la reputación internacional de México como un destino comprometido con un turismo responsable; ya que, de acuerdo con el Índice de Desarrollo de Viajes y Turismo 2024, el cual es una herramienta para medir los factores y políticas que posibilitan el desarrollo sostenible y resiliente del sector en cada país, México obtuvo una puntuación de 3.42 en el factor de impacto socioeconómico y 4.51 en el factor de sustentabilidad ambiental, ocupando en la clasificación general el puesto 38, seis posiciones menos en comparación con 2019 (Foro Económico Mundial, 2024). Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 47 Fuente: Elaboración propia con información del Foro Económico Mundial con datos disponibles de 2028 y 2023. Por otra parte, el FONATUR posee una cartera de bienes, integrada a junio de 2025, por un total de 890 inmuebles disponibles para comercializar, distribuidos en los destinos turísticos de Loreto, Nopoló y Los Cabos en Baja California Sur; Ixtapa en Guerrero; Bahías de Huatulco en Oaxaca; Cancún y Cozumel en Quintana Roo, y Litibú en Nayarit. No obstante, si estos no son promovidos adecuadamente para su comercialización, no permiten atraer inversión ni generar encadenamientos productivos locales. Esta situación se presenta en destinos donde los incentivos y esquemas de atracción de inversión muchas veces son limitados y sus procesos complejos. Adicionalmente, el FONATUR cuenta con diversas unidades de negocio: el RV Park Palma Linda, el paradero de autobuses Las Garzas y el campo de golf Palma Linda, ubicados en Ixtapa; el Club de Golf Acapulco, en Guerrero; el campo de golf Tangolunda y el Hotel Quinta Real, en Oaxaca; así como el campo de golf Litibú, en Nayarit. Sin embargo, estas unidades de negocio, de las cuales el 57% de estas son operadas por terceros, no han logrado beneficios económicos sustanciales para el FONATUR, ya que, aunque resultan rentables para los operadores privados, su diseño contractual y condiciones jurídicas no permiten que el valor generado se traduzca en ingresos proporcionales para la entidad. Muestra de lo anterior, es que, en el periodo comprendido entre enero a agosto de 2025, los campos de Golf Litibú y Palma Real, solo generaron en promedio para el FONATUR, el 11.68% del total de los ingresos obtenidos por la operación. Esta situación, obliga al FONATUR a destinar recursos presupuestales para cubrir costos operativos y de mantenimiento, lo que resulta contradictorio con el objetivo de que estas unidades funcionen como palancas de desarrollo económico y turístico. Máxime, que se tienen los elementos para que esto no sea así. La persistencia de estas causas ha derivado en una serie de efectos negativos tanto para el FONATUR como para la política turística nacional. Al no maximizar el potencial económico, social y ambiental de estos activos, se desaprovechan oportunidades clave para fortalecer destinos turísticos que aún requieren de inversión estratégica y administración adecuada para su desarrollo equilibrado, lo cual es fundamental para aumentar la competitividad de la oferta turística del país. Bajo este contexto, algunas unidades comienzan a mostrar signos de desgaste físico, ya que aproximadamente el 75% de ellas presentan al menos un componente en su infraestructura que requiere ser reparado, lo que ha generado pérdida de atractivo para los turistas de los destinos en los que se ubican con una disminución de afluencia del 5%. En conjunto, estos elementos obstaculizan la misión del FONATUR de fungir como un agente estratégico para la planeación y fomento de destinos turísticos con visión de largo plazo, inclusión social y respeto al medio ambiente. Para atender lo anterior, el FONATUR plantea en el presente programa institucional como primer objetivo, impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional para así diversificar la oferta turística nacional, además de maximizar y equilibrar los beneficios socioeconómicos del sector turístico. Para ello, es imprescindible asegurar la planeación turística bajo criterios de sostenibilidad e inclusión, promoviendo la participación de las MIPyMES y las comunidades locales, principalmente en los 27 destinos turísticos comunitarios sustentables potenciales (SECTUR, 2025), como se presenta a continuación: 48 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Tabla 1 Destinos Turísticos Comunitarios Sustentables por Región Región Habitantes Unidades económicas turísticas DTCS Campeche Tesoro de México 581,782 1,840 2 Costa-Soconuso 966,666 1,314 2 Huasteca Potosina 715,754 4,843 1 Los Tuxtlas-Catemaco 245,566 1,388 2 Meseta Comiteca 285,460 2,239 1 Meseta Purépecha 1,041,677 5,518 2 Palenque-Selva Lacandona 638,916 2,035 2 Quintana Roo Centro 123,155 545 1 Región Kumiai 3,629,284 1,295 2 Región Seri 945,385 4,357 1 Sierra de Juárez 463,093 3,603 1 Sierra Madre Occidental 167,676 357 1 Sierra Norte de Puebla 1,280,399 9,377 2 Tehuacán-Cuicatlán-Mixteca Alta 961,944 8,289 3 Yucatán Comunitario 2,199,387 19,694 4 Totales 14,246,144 66,694 27 Fuente: Elaboración propia con datos de la SECTUR. A través de un enfoque estratégico, que considere dentro de sus prioridades la participación de las comunidades y el fortalecimiento de las capacidades técnicas, será posible consolidar destinos más justos y productivos que contribuyan al desarrollo económico y territorial equitativo, así como a la sostenibilidad ambiental y social del turismo en México. La generación de estudios técnicos especializados es fundamental para avanzar hacia una planificación turística efectiva que fomente destinos diversificados, sostenibles e incluyentes. En este sentido, es necesario impulsar la colaboración entre instituciones públicas y privadas, empresarios locales y las comunidades, con el fin de contar con bases sólidas que garanticen un desarrollo turístico integral a largo plazo. Asimismo, para atraer inversión en los destinos turísticos donde el FONATUR tiene injerencia, es indispensable implementar una estrategia que fortalezca la capacidad institucional del FONATUR para gestionar de forma eficiente sus bienes inmuebles y unidades de negocio, considerando la promoción y fomento adecuados para la venta de inmuebles públicos, la transparencia en los procesos de comercialización de dichos bienes y el fortalecimiento de la capacidad operativa de la entidad para administrar y escalar sus unidades de negocio. En este sentido, es necesario incorporar esquemas innovadores de comercialización, revisar y rediseñar los modelos de operación vigentes y establecer mecanismos efectivos de evaluación y supervisión contractual de las unidades de negocio. La atención oportuna a los aspectos jurídicos, administrativos y financieros permitirá mejorar su desempeño, aumentar su rentabilidad institucional y consolidarlas como catalizadores de desarrollo regional. La aplicación de estas medidas permitirá generar condiciones para que las unidades de negocio y bienes inmobiliarios de propiedad pública se posicionen adecuadamente como oportunidades de desarrollo turístico. Con ello, se busca que estos activos contribuyan de manera efectiva a la consolidación de destinos turísticos, detonen mayor inversión con efecto multiplicador y recuperen su valor económico, operativo y estratégico para el país. El CIP Acapulco-Coyuca presenta un desarrollo turístico no sostenible, con baja resiliencia frente a riesgos y escasa inclusión social A pesar de que Acapulco, es un destino turístico de renombre y la planicie costera de Coyuca de Benítez, ha orientado su economía local hacia el turismo, ambos destinos enfrentan serias dificultades en términos de sostenibilidad. El crecimiento y desarrollo del sector turístico no han estado acompañados de un enfoque integral que asegure su viabilidad a largo plazo. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 49 Históricamente, la actividad turística desarrollada en estos municipios ha estado orientada hacia modelos tradicionales de inversión privada, centrados en el desarrollo de infraestructura turística de gran escala y en la atracción de turistas nacionales e internacionales, sin una integración efectiva de las comunidades locales, principalmente en Coyuca de Benítez. Esta limitada inclusión social, se manifiesta en la escasa participación de la población en la planeación y gestión de los proyectos turísticos, generando una desconexión entre la vocación turística del territorio y las necesidades y capacidades de sus habitantes, lo que ha perpetuado condiciones de desigualdad y exclusión social. Fuente: Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas del INEGI. Como resultado, la población local de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez cada vez se ve menos beneficiada por este sector. El turismo informal sin la creación de planes de negocio claros ni estrategias de inclusión social ha ganado terreno, lo que ha ocasionado que muchas actividades se realicen sin regulación y con poca capacidad para generar ingresos. Según la Medición de la Economía Informal realizada por el INEGI (2024), entre 2022 y 2023 los propietarios de emprendimientos turísticos informales a nivel nacional registraron una disminución en la variación porcentual de menos 5.6% en el superávit bruto de operación, el cual representa sus ingresos netos, después de cubrir el pago de los insumos de operación y la remuneración a empleados. Fuente: Elaboración propia con información preliminar del INEGI. 50 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Las comunidades enfrentan bajos niveles de ingreso, pocas oportunidades de empleo digno y un limitado desarrollo de capacidades locales. Asimismo, la percepción de que el turismo no contribuye de manera significativa al bienestar colectivo ha debilitado el tejido social y reducido el sentido de pertenencia hacia los proyectos turísticos. A lo anterior, se suma la oportunidad de mejorar la planificación territorial y urbana, pues se ha observado un desarrollo desordenado en Acapulco de Juárez y en Coyuca de Benítez, dando lugar a un crecimiento de la ciudad sin considerar adecuadamente las capacidades de los servicios básicos, el mantenimiento a la infraestructura urbana y turística, la preservación del entorno natural y la calidad de vida de sus habitantes. En 2023, la ciudad de Acapulco obtuvo un nivel de competitividad media baja en el subíndice de Sociedad y Medio Ambiente del Índice de Competitividad Urbana 2023 elaborado por el IMCO (2024), siendo este índice, una herramienta que refleja la capacidad de la ciudad para ofrecer una alta calidad de vida y relacionarse de manera sostenible con los recursos naturales. Además, los servicios básicos, como el suministro de agua potable, la recolección de residuos y el saneamiento, presentan deficiencias, reflejando un nivel de desempeño general medio en el Índice de Competitividad Urbana 2023 (IMCO, 2024), que afectan tanto a sus habitantes como a los turistas que arriban al destino que, tan solo en 2023, fueron más de 6 millones en Acapulco (SECTUR, 2024); asimismo, según el Índice de marginación a nivel municipal, para el año 2020, el grado de marginación en el municipio Coyuca de Benítez es alto en contraste con Acapulco que se clasifica como bajo grado de marginación (CONAPO, 2021). En consecuencia, el desarrollo urbano desordenado, ha repercutido negativamente en la imagen de la región como destino turístico. Las construcciones irregulares, así como las zonas no urbanizadas o mal gestionadas, transmiten una impresión de abandono y desorden, generando una percepción negativa y de inseguridad en los turistas y en la población local. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana del INEGI, de 2022 a 2025, entre el 75% y 84% de la población local de Acapulco consideró que vivir en su ciudad era inseguro (INEGI, 2025); tan solo en mayo de 2025, los principales delitos en Acapulco fueron extorsión, narcomenudeo, robo a vehículos y lesiones; mientras que, en Coyuca de Benítez fueron homicidio, extorsión, narcomenudeo, robo a vehículos y lesiones (Semáforo Delictivo, 2025). Fuente: Semáforo Delictivo. Además, el CIP Acapulco-Coyuca enfrenta el desafío de mejorar su infraestructura para no perder competitividad frente a otros destinos turísticos que han logrado mantener una imagen más organizada, limpia y atractiva, con servicios básicos de calidad, lo cual se ha visto reflejado en el decremento de llegada de turistas, que entre 2022 y 2023 tuvo una variación del menos 14.3% y entre 2023 y 2024 del menos 35.3% (SECTUR, 2024). Lo anterior, se vuelve particularmente relevante ya que el CIP Acapulco-Coyuca presenta una alta exposición a fenómenos hidrometeorológicos como huracanes, tormentas tropicales e inundaciones costeras, contando con un total de 35 declaratorias de riesgo entre 2014 y 2024 (CENAPRED, 2025). La degradación progresiva de barreras naturales de protección como manglares, dunas costeras y humedales, y la necesidad de criterios adecuados de adaptación al cambio climático en la infraestructura, incrementa los niveles de riesgo ante eventos de alta intensidad como fueron los huracanes Otis, en octubre de 2023, y John, en septiembre de 2024, que tuvieron efectos particularmente devastadores en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 51 El impacto del huracán Otis se estimó por 61 mil 527.7 millones de pesos, con afectaciones a 358 mil 162 viviendas y 812 mil personas, lo que representó el 95% de la población de estos municipios (CENAPRED, 2025); mientras que, el huracán John, ocasionó pérdidas económicas por 50 mil millones de pesos y afectó a más de 128 mil personas y 40 mil viviendas en Acapulco (H. Ayuntamiento Constitucional de Acapulco de Juárez, 2024) y más de 200 familias en Coyuca de Benítez (H. Ayuntamiento de Coyuca de Benítez, 2025); paralelamente, la infraestructura pública sufrió daños estructurales que limitan la prestación de servicios básicos y afectan tanto la calidad de vida de la población como la competitividad turística de estos destinos, comprometiendo la recuperación de la sostenibilidad ambiental y socioeconómica de la región. La actividad turística en Acapulco y Coyuca de Benítez disminuyó considerablemente; tan solo en Acapulco, el huracán Otis afectó al 80% de la infraestructura turística (CENAPRED, 2025), y cuando los hoteleros de la zona habían logrado recuperar un aproximado del 57% de las habitaciones que tenían previo a este evento meteorológico, el paso del huracán John pospuso su reapertura (H. Ayuntamiento Constitucional de Acapulco de Juárez, 2024), lo cual se vio reflejado con la variación de menos 18% del promedio diario de los cuartos disponibles y de menos 28.5% en el total de cuartos ocupados entre 2023 y 2024, de acuerdo con el Reporte Anual 2024 de la Ocupación Hotelera en los 70 destinos principales monitoreados en DATATUR (SECTUR, 2024), lo que conllevó a consecuencias graves para la economía y la población. Fuente: Elaboración propia con información de DATATUR. Adicionalmente, estos huracanes provocaron la pérdida de vegetación, erosión de playas, alteración de cuerpos lagunares y salinización de suelos; que tan solo del huracán Otis, se estimó que el 30% de la vegetación de estos municipios sufrió algún daño, perturbando una superficie de 21 mil 236 hectáreas de vegetación en Acapulco de Juárez y 13 mil 372 hectáreas en Coyuca de Benítez (CENAPRED, 2025). La dimensión de los daños y la urgencia de recuperación propiciaron la necesidad de establecer mecanismos institucionales entre los tres órdenes de gobierno que no solo atendieran la emergencia, sino que también impulsaran un modelo de desarrollo sostenible y resiliente. En este contexto, a partir de 2024, el Gobierno de México lleva a cabo la implementación del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”, el cual contempla acciones orientadas a la reconstrucción y regeneración económica y turística de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, en el estado de Guerrero. En enero de 2025, el Gobierno del Estado de Guerrero solicitó intervención federal en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez para dar atención a las afectaciones ocasionadas por los huracanes Otis y John; por lo que, el 15 de enero de 2025, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero, el Decreto que delimitó el polígono de intervención para la implementación de estrategias coordinadas entre la SECTUR y el FONATUR en colaboración con otras entidades y dependencias de los tres órdenes de gobierno para el desarrollo del CIP Acapulco-Coyuca, como un instrumento estratégico e innovador para la reactivación económica y social de este destino turístico. Asimismo, el 24 de enero de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se creó la Comisión Intersecretarial con el fin de coordinar las acciones para la ejecución del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”. El CIP Acapulco-Coyuca abarca un total de 3 mil 510.23 hectáreas y se divide en tres polígonos: Acapulco, con una superficie de 2 mil 580.74 hectáreas; Pie de la Cuesta con 144.79 hectáreas y Coyuca con 784.70 hectáreas (Gobierno del Estado de Guerrero, 2025). 52 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Fuente: Elaboración propia. Bajo ese contexto, el Objetivo 2 del Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR, se centra en revitalizar uno de los destinos turísticos más emblemáticos de México, a través de la transformación del CIP Acapulco-Coyuca en un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo, lo que representa un reto diferente para el FONATUR, a diferencia de los demás CIP desarrollados por la entidad, en donde el desarrollo turístico de esos destinos comenzó desde cero. Lo anterior, a partir de dos realidades distintas. Por un lado, Acapulco, un destino consolidado pero deteriorado por la masificación turística, ha sufrido problemas de infraestructura, seguridad y afectaciones ambientales, en gran parte debido a la deficiente planeación urbana y turística sostenible. Por otro lado, Coyuca de Benítez, por su cercanía estratégica con Acapulco de Juárez, ofrece una alternativa para promover un modelo de turismo enfocado en la naturaleza, más ordenado y consciente, evitando la masificación. Esta combinación permite que el CIP Acapulco-Coyuca busque equilibrar la regeneración urbana y turística en Acapulco de Juárez, mientras fomenta un desarrollo sostenible en Coyuca de Benítez, creando un referente para otros destinos turísticos consolidados en México. Para la consecución de este objetivo, a través de la estrategia impulsada por el Gobierno de México y la SECTUR, el Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”, se implementarán acciones en colaboración con entidades y dependencias de los tres órdenes de gobierno para atender los principales retos que enfrenta el CIP Acapulco-Coyuca, con el propósito de impulsar un desarrollo turístico sostenible, resiliente e inclusivo, y de fortalecer el atractivo del destino. En este marco, se realizarán trabajos de conservación y mantenimiento, que incluyen la mejora del sistema de recolección y procesamiento de residuos sólidos que se generan diariamente en la ciudad. Asimismo, se llevará a cabo la rehabilitación de accesos públicos a las playas, incorporando iluminación, señalización y servicios básicos para mejorar la seguridad y accesibilidad de estos espacios. De igual forma, se contempla la recuperación de la infraestructura urbana y turística mediante acciones como el mantenimiento del drenaje, la instalación de semáforos y elementos viales, así como la implementación de programas de reforestación, entre otras. Considerando como pilar fundamental la participación de la sociedad en las acciones que contempla este objetivo, el FONATUR promoverá la concertación social de los proyectos de obra mediante mecanismos de participación ciudadana que permitan involucrar a las comunidades en la definición y ejecución de las intervenciones que se realicen en el CIP Acapulco–Coyuca. Esta estrategia busca fortalecer la legitimidad de las acciones emprendidas y asegurar que respondan a las necesidades reales del territorio y sus habitantes. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 53 Asimismo, se gestionarán los instrumentos normativos necesarios para facilitar el desarrollo y la reconstrucción integral del corredor turístico Acapulco de Juárez–Coyuca de Benítez, asegurando que el marco legal y regulatorio esté alineado con los objetivos de sostenibilidad, resiliencia e inclusión social. Como parte del sustento técnico de estas acciones, se elaborarán estudios especializados en planeación estratégica, movilidad y turismo que permitirán orientar la toma de decisiones y aportar a la recuperación integral de este destino, lo que favorecerá un entorno más ordenado, funcional y atractivo para la población local y los turistas nacionales e internacionales que año con año lo visitan. Proyectos estratégicos Para contribuir en la atención de las problemáticas identificadas en el diagnóstico y lograr el cumplimiento de los dos objetivos planteados en el Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR, así como en alineación a los proyectos turísticos del país establecidos en el PROSECTUR; la entidad considera la implementación de los siguientes proyectos estratégicos: Proyectos estratégicos 2025-2030 Estrategia de Turismo Comunitario como motor del desarrollo regional. Estrategia para la ejecución del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”. Contribución al Modelo de Desarrollo del Segundo Piso de la Cuarta Transformación El programa institucional busca contribuir al objetivo de impulsar un crecimiento económico inclusivo, sostenible y en armonía con la protección de los recursos naturales, tal como lo establece el modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Cuarta Transformación, en donde se busca que el crecimiento económico pueda ir de la mano con el bienestar de las personas, considerándolo como un componente esencial del desarrollo. En este sentido, el FONATUR se alinea con este modelo al impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional; así como posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino sostenible, resiliente y socialmente inclusivo. Para lograr estos objetivos, se trabajará en la creación de estrategias de desarrollo turístico que no solo busquen maximizar los beneficios económicos, sino que, bajo una dimensión de responsabilidad social, también se concilie el crecimiento con el bienestar de la población y la preservación del entorno natural, redistribuyendo los beneficios de la actividad turística de manera equitativa entre las comunidades locales y regiones del país. Consideración de los principios del Humanismo Mexicano El desarrollo y bienestar con cuidado al medio ambiente, es uno de los principios fundamentales del Humanismo Mexicano, entendiendo que éste solo será verdaderamente integral si se preservan los recursos naturales para las futuras generaciones. El FONATUR, toma dicho principio como una premisa fundamental en el diseño e implementación de este programa institucional, por lo que los proyectos impulsados integrarán la gestión responsable de los recursos naturales, fomentando su uso eficiente y promoviendo prácticas turísticas que respeten la biodiversidad y el equilibrio ecológico. De igual manera, bajo el principio de prosperidad compartida, se llevarán a cabo estrategias y acciones que procuren la inclusión de las comunidades en las cadenas de valor del turismo, de manera que las MIPyMES y los actores locales sean factores clave en la creación de los productos turísticos del país, lo que permitirá un desarrollo económico comunitario y regional que contribuya a elevar el bienestar de la población. El FONATUR refuerza su compromiso con un modelo de desarrollo turístico que sea capaz de equilibrar el crecimiento económico con el bienestar social y la protección de los recursos naturales, en alineación con los principios del Humanismo Mexicano. Visión de largo plazo 2030 Para el año 2030, como resultado de las acciones gubernamentales orientadas a fortalecer la competitividad de nuevos destinos y a integrar a las MIPyMES en las cadenas de valor del sector, nuestro país contará con un modelo de desarrollo turístico más equitativo y diversificado, alcanzando la meta 6 del Plan México - Ramo 21 Turismo, de consolidar las vocaciones turísticas regionales y diversificar la oferta desarrollando nuevos segmentos turísticos. El FONATUR se habrá consolidado como un actor estratégico para el desarrollo turístico nacional, impulsando proyectos que respetan los aspectos socioculturales y ambientales, promoviendo un turismo sostenible e incluyente; además, sus bienes inmobiliarios habrán sido estratégicamente aprovechados para atraer inversiones responsables bajo esquemas eficientes que aseguran rendimientos sostenibles para el Estado y para las regiones en las que se localizan. 54 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Por otra parte, el CIP Acapulco-Coyuca se consolidará como un modelo nacional de recuperación resiliente y desarrollo turístico sostenible, resultado de una planeación integral con inversión pública estratégica y la participación de las comunidades locales. Gracias a la intervención del FONATUR, el territorio afectado por los huracanes Otis y John habrá superado sus condiciones de vulnerabilidad a través de infraestructura adaptada, con servicios básicos modernizados, redes de movilidad y soluciones de saneamiento eficaces. Además, como resultado de estas acciones, se contribuirá al cumplimiento de la meta 4 del Plan México - Ramo 21 Turismo, de promover la mejora de infraestructura turística. El turismo en el CIP Acapulco-Coyuca habrá evolucionado hacia un modelo más equilibrado e inclusivo. Las comunidades locales participarán activamente en la toma de decisiones y en la gestión de proyectos turísticos, con acceso a asesorías y financiamiento que les permitan integrarse plenamente a la cadena de valor, lo que habrá contribuido a la generación de empleos dignos y a la reducción de la desigualdad social y económica. Con una mejora sustancial en las capacidades técnicas e institucionales, la planificación de destinos turísticos se habrá profesionalizado, basada en estudios técnicos especializados y bajo criterios ambientales, sociales y económicos. México habrá reafirmado su reputación como un destino comprometido con la sostenibilidad y la inclusión en el turismo. 2050 En 2050, México será reconocido a nivel internacional como un referente en desarrollo turístico sostenible, con una oferta diversificada y fortalecida que equilibra la conservación de sus ecosistemas con la inclusión social y el crecimiento económico regional. Con la contribución del FONATUR durante las décadas previas, el país contará con destinos turísticos integrados, resilientes y competitivos, donde las comunidades locales participan activamente en la toma de decisiones y se benefician plenamente del turismo, reduciendo las brechas de desarrollo entre los destinos consolidados y el resto del país. El CIP Acapulco-Coyuca será un destino turístico resiliente y plenamente integrado al bienestar de sus comunidades. A lo largo de 25 años de planificación estratégica y acción coordinada, la región habrá arraigado un modelo turístico que prioriza la conservación del entorno natural con el desarrollo económico local, garantizando equidad, sostenibilidad y calidad de vida para sus habitantes. El sector turístico en México considerará a Acapulco-Coyuca como un pilar del desarrollo sostenible de largo plazo, que contribuya de manera significativa a la mitigación del cambio climático, a la protección del patrimonio natural y cultural, y a la cohesión social para beneficio de la población mexicana. 6.- Objetivos El FONATUR desde hace más de 50 años ha participado en el desarrollo del sector turístico a través de la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística, por medio de la creación de los CIP Cancún, Los Cabos, Ixtapa, Loreto, Huatulco y de los PTI Litibú y Cozumel, conforme a la demanda turística y en función de las prioridades de cada administración, enfocados en la concentración de infraestructura y servicios turísticos en pocos destinos y regiones, provocando así limitantes para un desarrollo económico y social equilibrado. Actualmente, la política turística del país planteada en el PROSECTUR 2025-2030 y el Plan México – Ramo 21 Turismo, tienen como propósito diversificar la oferta turística del país más allá de los destinos de sol y playa, involucrando a las comunidades y fomentando el desarrollo equilibrado de las regiones mediante un enfoque de turismo inclusivo. Asimismo, de acuerdo con los principios rectores de la ONU y la ONU Turismo (2025), anteriormente Organización Mundial del Turismo, las inversiones turísticas sostenibles deben derivar de políticas sectoriales que promuevan un enfoque colaborativo con las comunidades locales y considerarles actores activos, evitando limitar su participación en la toma de decisiones. Es por lo que, el FONATUR adquiere una dimensión de responsabilidad social, reorientando sus acciones para un desarrollo turístico más equitativo, inclusivo y sostenible en destinos con potencial, a fin de conciliar el crecimiento con el bienestar de la población y redistribuir sus beneficios de manera equitativa. En consecuencia, para que el FONATUR alcance sus metas y contribuya en la atención de las problemáticas del sector turístico nacional en el ámbito de su competencia, el programa institucional plantea los siguientes objetivos: Objetivos del Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR 1. Impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional. 2. Posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 55 6.1 Relevancia del Objetivo 1: Impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional. A pesar de que México es reconocido a nivel mundial como uno de los países con mayor diversidad cultural, geográfica y natural, y con una gran riqueza de atractivos turísticos que abarcan desde zonas arqueológicas y ciudades coloniales hasta ecosistemas únicos, el turismo en el país continúa concentrado en un número limitado de destinos. La mayoría de los turistas, particularmente los turistas internacionales, siguen eligiendo los mismos destinos tradicionales, principalmente aquellos relacionados con el segmento de sol y playa. Un ejemplo de lo anterior se observa en las cifras registradas durante enero a junio de 2025, periodo en el cual los aeropuertos internacionales de Cancún, Los Cabos y Puerto Vallarta concentraron el 63% del total de turistas extranjeros que ingresaron a México por vía aérea (SECTUR, 2025). Este dato revela no solo una marcada preferencia por estos destinos, también, la necesidad de fortalecer otras regiones del país que poseen un enorme potencial aún sin aprovechar adecuadamente. Fuente: Elaboración propia con información de AFAC y DATATUR. Nota: El rubro “Otros” incluye al resto de aeropuertos del país. A este problema, se suman las limitadas capacidades institucionales de los gobiernos municipales y estatales en materia de planeación turística, lo que dificulta el impulso al desarrollo regional mediante la consolidación y mejora de otros destinos alternativos. Además de que, las comunidades locales y las MIPyMES carecen de las habilidades y conocimientos técnicos necesarios para elaborar planes de negocio que les permitan desarrollar proyectos turísticos viables, lo cual se ve reflejado en su rentabilidad, que de acuerdo con el Censo Económico 2024, en 2023 las microempresas turísticas del país tuvieron una rentabilidad del 39.61%, las pequeñas el 27.31% y las medianas empresas el 19.15%, en comparación con el 44.08% de las grandes empresas turísticas del país (INEGI, 2024). A lo anterior, se suman problemáticas relacionadas con el ordenamiento territorial y el incumplimiento de la normatividad en materia de uso de suelo en diversas construcciones. Entre las principales irregularidades, se encuentran los cambios en las alturas permitidas, el aumento no autorizado en la capacidad de cuartos o viviendas, y la edificación en zonas con restricciones. Estas prácticas no solo deterioran la imagen urbana y arquitectónica de los desarrollos, sino que también generan un efecto multiplicador de incumplimientos afectando la sostenibilidad del destino y la experiencia de los turistas. Con la asistencia técnica que el FONATUR brindará a los gobiernos de las entidades federativas y municipales, así como a dependencias y otras entidades públicas a través del PATEM, se permitirá la elaboración de instrumentos de planeación turística para el desarrollo y fortalecimiento de destinos sostenibles e incluyentes, lo que contribuirá directamente al crecimiento económico regional. Asimismo, mediante el PAPTUR, la asesoría especializada del FONATUR para fortalecer la competitividad de proyectos productivos del sector turístico, así como su contribución en la implementación del programa de turismo comunitario coordinado por la SECTUR, facilitará la integración de la población local en las cadenas de valor del turismo, aprovechando su potencial bajo un enfoque sostenible y asegurando una distribución más equitativa de los beneficios que esta actividad genera. 56 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Sin estas acciones, la concentración turística en unos pocos destinos del país continuará limitando las oportunidades de desarrollo en otras regiones con potencial, aunado al riesgo de mantener la exclusión de las comunidades y MIPyMES del aprovechamiento económico del turismo en destinos consolidados. Cuenta de lo anterior es que, de acuerdo con los resultados de la medición de la pobreza multidimensional, en las seis entidades federativas con mayor actividad turística en México (Quintana Roo, Baja California Sur, Ciudad de México, Jalisco, Nayarit y Sinaloa), más de 4 millones 700 mil personas se encontraban en situación de pobreza en 2024 (INEGI, 2025). Fuente: Elaboración propia con información del INEGI. Asimismo, es relevante atraer inversión en destinos turísticos consolidados para potenciar su desarrollo económico, mejorar su infraestructura y fortalecer su competitividad a nivel nacional e internacional. Para ello, el FONATUR contribuirá a dicho fin mediante la comercialización de bienes inmuebles en destinos como Huatulco, Cancún, Los Cabos, Ixtapa, Nayarit y Loreto, a través de procedimientos de venta ágiles y transparentes que otorguen certeza jurídica a los inversionistas. Además, se garantizará el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de construcción de los lotes comercializados, lo que permitirá su desarrollo en apego a la normatividad vigente, así como a criterios arquitectónicos, ambientales y de imagen urbana, considerando las particularidades de cada sitio. Con estas acciones, se fortalecerán los destinos turísticos con la generación de empleo, el incremento de oportunidades de vivienda y la diversificación de la oferta de productos turísticos. Asimismo, es fundamental diseñar e implementar modelos operativos, contractuales y financieros que permitan la autosuficiencia de las unidades de negocio del FONATUR, bajo un marco de supervisión institucional. Estos mecanismos se orientarán a optimizar el uso del patrimonio con fines turísticos y sociales, promoviendo una gestión eficiente, sostenible y alineada con el desarrollo económico local de los destinos en los que operan. No avanzar en esta dirección, perpetuaría la dependencia financiera, limitaría el impacto social y económico de las unidades de negocio y comprometería la viabilidad a largo plazo de los proyectos del FONATUR, afectando negativamente tanto al patrimonio público como al desarrollo regional. Por otra parte, es de suma importancia que los destinos turísticos de México cuenten con infraestructura urbana y turística en óptimas condiciones, ya que, gracias al mejoramiento de la imagen urbana en los destinos turísticos existentes, también se fomenta el desarrollo regional equilibrado y aumenta su competitividad, tal como señala el PROSECTUR 2025-2030. Un ejemplo de lo anterior es el PTI Litibú, un destino estratégico con desarrollos como hoteles, residencias y campo de golf. Sin embargo, el clima de la región, caracterizado por alta humedad, lluvias intensas y salinidad costera, ha provocado un desgaste acelerado, afectando su funcionamiento e incrementando los costos de conservación y mantenimiento hasta en un 42% entre 2023 y 2024. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 57 Para enfrentar estos desafíos, se requiere el uso de materiales resistentes a la corrosión, sistemas de drenaje eficientes y acciones sostenibles, como la reforestación con especies nativas y sobre todo una planeación estratégica que tenga como eje articulador el entorno geográfico e histórico del lugar, para que en lugar que sea un problema, contribuya a resaltar el patrimonio existente. En este sentido, el FONATUR implementará estrategias específicas y gestionará los permisos y autorizaciones ambientales requeridos, con el objetivo de hacer frente a las condiciones climáticas, prolongando su vida útil y consolidando su atractivo turístico. La relevancia de lo anterior recae en que, de no intervenir oportunamente, la degradación de la infraestructura podría limitar la competitividad de este destino, reduciendo su afluencia turística y el dinamismo económico. Con lo anterior, se contribuirá directamente al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Cuarta Transformación y al Plan México planteados por el Gobierno de México, al impulsar un turismo más diverso, equitativo, sustentable, sostenible e incluyente y frenando la concentración histórica del turismo en unos pocos destinos de sol y playa. A través de las estrategias y líneas de acción que comprenden este objetivo, se promoverá una distribución más justa de los beneficios turísticos, integrando a las comunidades y MIPyMES en las cadenas de valor, en línea con los principios de justicia social y economía para el bienestar. 6.2 Relevancia del Objetivo 2: Posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo. La infraestructura de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez sufrió un impacto devastador e histórico con el paso del huracán Otis, considerado por el Centro de Huracanes del Pacífico Central, dependiente de la Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica, como un fenómeno sin precedentes en esta parte del país (Centro de Huracanes del Pacífico Central, 2024). Los daños ocasionados por este huracán incluyen la afectación de aproximadamente 250 mil viviendas, de las cuales, cerca de 50 mil resultaron totalmente destruidas (OIM, 2024). Además, en el mes posterior al desastre se removieron más de 220 mil toneladas de escombros de las vías públicas. A esta situación, se suman daños adicionales en las viviendas provocados por el huracán John. La magnitud y el alcance de los daños ocasionados por estos huracanes en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez han superado las capacidades técnicas y financieras locales para garantizar la correcta prestación de servicios públicos. Entre los principales retos destacan la rehabilitación y mantenimiento de vialidades principales y secundarias, la restauración de infraestructura turística y urbana estratégica, la limpieza y conservación de áreas verdes, playas y espacios públicos, así como la recuperación y mejora de los sistemas de alumbrado, saneamiento y tratamiento de aguas residuales. Estas afectaciones se presentan en un momento crítico para ambas zonas, donde históricamente la economía ha dependido del turismo, aportando este sector entre el 17% y 24% al PIB municipal de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez durante 2018 a 2022 (SECTUR, 2023) y que, debido a estos eventos meteorológicos, la oferta turística en Acapulco disminuyó considerablemente, con una reducción de 3 mil 867 cuartos disponibles (promedio diario entre 2023 y 2024), lo que refleja una variación de menos 18%, mientras que el total de cuartos ocupados presentó una disminución del 28.5% (SECTUR, 2024). Fuente: Elaboración propia con información preliminar de DATATUR. 58 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 La emergencia ha impactado severamente a trabajadores y comunidades, quienes requieren de intervenciones rápidas y eficaces para restaurar las condiciones necesarias para el desarrollo social y económico del área que conforma al CIP Acapulco-Coyuca. Este destino presenta una alta vulnerabilidad socioambiental, agravada por una planeación urbana que ha provocado un crecimiento desordenado y una deficiente provisión de servicios básicos como agua potable, drenaje, electricidad y recolección de residuos. Esta situación demanda con urgencia un modelo integral de desarrollo que contribuya a la recuperación del destino, el ordenamiento territorial y la diversificación de la oferta turística, con el objetivo de fortalecer su resiliencia y sostenibilidad. Adicionalmente, el CIP Acapulco-Coyuca enfrenta deficiencias en el transporte público, debido a la limitada conectividad entre zonas turísticas, así como la oportunidad de mejorar la seguridad vial y accesibilidad, lo que ha afectado la calidad de vida de los habitantes y la experiencia de los turistas. Por otro lado, en la ciudad y puerto de Acapulco, áreas clave como el Zócalo, colonias populares y tramos de la Costera Miguel Alemán, enfrentan una iluminación deficiente, situación que influye en la percepción de seguridad del destino, ya que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana, a junio de 2025 alrededor del 83% de la población local se siente insegura en la ciudad de Acapulco (INEGI, 2025). Mientras que, el municipio de Coyuca se encuentra en un alto grado de marginación, de acuerdo con el Índice de marginación a nivel municipal 2020 (CONAPO, 2021); además, las comunidades cercanas a la laguna y las zonas rurales enfrentan una carencia aún mayor de alumbrado público, limitando las actividades nocturnas y el atractivo turístico del CIP. Puerto Marqués representa otro punto crítico, pues esta zona, con una población de 2 mil 733 habitantes en 471 hectáreas, incluyendo 74 hectáreas de manglar en la Laguna Negra, presenta alta vulnerabilidad ante inundaciones y una infraestructura turística deficiente, lo que reduce su desarrollo y pone en riesgo a su población y ecosistemas. Los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez son zonas altamente vulnerables a desastres naturales, con 68 declaratorias de desastre, emergencia y contingencia climatológica entre 2000 y 2024 por sismos, fenómenos hidrometeorológicos y desastres diversos (CENAPRED, 2025), ambos municipios enfrentan amenazas geológicas (sismos, derrumbes, hundimientos) e hidrometeorológicas (ciclones, lluvias intensas, sequías e inundaciones). Fuente: Elaboración propia con información de CENAPRED. En suma, el CIP Acapulco-Coyuca, enfrenta problemas ambientales que afectan su imagen y competitividad, entre ellos, una alta contaminación de cuerpos de agua por el deficiente tratamiento de aguas residuales, lo que genera riesgos sanitarios, ecológicos y económicos. Además, la recolección y tratamiento deficientes de residuos sólidos ha propiciado la proliferación de tiraderos clandestinos. Las lluvias intensas arrastran residuos a las playas, contaminando el entorno y perjudicando la experiencia turística. Estos desafíos comprometen la salud pública, degradan el entorno y afectan directamente la economía local. Adicionalmente, las ANP dentro del CIP, como El Veladero, Roqueta, Puerto Marqués, Laguna de Coyuca y Tres Palos, que suman más de 22 mil 700 hectáreas, ofrecen una gran oportunidad para impulsar un turismo de bajo impacto, que diversifique la oferta actual y fortalezca las economías locales mediante modelos sostenibles, en coordinación con los sujetos de derecho público que concurren en las mismas. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 59 En la planicie costera de Coyuca de Benítez, la economía local ha girado hacia el turismo, pero sin la infraestructura ni las regulaciones necesarias para garantizar un desarrollo sostenible. Es de destacar que esta región enfrenta elevados niveles de pobreza: el 27.3% de la población vive en pobreza extrema, y el 38.3% en pobreza moderada (INEGI, 2025) y no existen instrumentos de planeación que orienten su desarrollo turístico, lo que impide aprovechar adecuadamente su riqueza. Lo anterior, a pesar de contar con un importante potencial para el turismo de naturaleza y cultura, como la laguna de Coyuca, las ramadas gastronómicas a orillas del río, y la producción local de sal, dulces y artesanías. Finalmente, todas estas problemáticas son consecuencia de un desarrollo urbano improvisado y desordenado que ha degradado los espacios urbanos, afectando tanto la calidad de vida de los habitantes como la percepción de la ciudad por parte de los visitantes. Para posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo tras el paso de los huracanes Otis y John, resulta fundamental promover su bienestar y desarrollo mediante la creación de condiciones que impulsen una mayor derrama económica. Para lograrlo, es necesario elevar la calidad y competitividad del sector turístico, promover su ordenamiento y transformación, así como fomentar la inversión pública, privada y social en esta actividad. Ante esta situación, el Gobierno de México y la SECTUR, a través del PROSECTUR 2025-2030, plantean como estrategia la implementación del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo” en colaboración con los tres órdenes de gobierno, como un instrumento estratégico e innovador para la reactivación económica y social de este destino turístico. En este sentido, el FONATUR ha asumido nuevas responsabilidades orientadas a la conservación y mantenimiento del entorno urbano y natural del CIP, que incluyen la rehabilitación de la infraestructura, la modernización urbana y la mejora de servicios básicos como el agua potable, el saneamiento y la electricidad. Además, las estrategias y líneas de acción de este objetivo están enfocadas a impulsar un ordenamiento urbano y turístico incluyente y participativo, donde se fomente la integración de todos los sectores de la sociedad en la toma de decisiones, generando proyectos que contribuyan al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Cuarta Transformación propuesto por el Gobierno de México al promover un crecimiento equitativo y sostenible que prioriza el bienestar social y ambiental. De no intervenir oportunamente, las consecuencias serían cada vez más graves. La acumulación descontrolada de residuos continuaría afectando la salud pública y el medio ambiente, mientras que la degradación de la infraestructura turística y de servicios básicos seguirían mermando la competitividad del destino. Esto provocaría una reducción en la llegada de visitantes, afectando directamente a la economía local y generando un círculo vicioso de deterioro, marginación y pérdida de oportunidades. Por lo anterior, las acciones contempladas por el FONATUR reflejan el compromiso del Gobierno de México con un desarrollo armónico que no solo atiende las necesidades de las comunidades afectadas por fenómenos como los huracanes, sino que también genera nuevas oportunidades para todos los sectores sociales, creando un círculo virtuoso de bienestar y prosperidad, en línea con los principios del Humanismo Mexicano. 6.3 Vinculación del Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR al Programa Sectorial de Turismo 2025-2030. El Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR se encuentra alineado con los Ejes Generales 2: Desarrollo con bienestar y humanismo y 3: Economía moral y trabajo del Plan Nacional de Desarrollo. Asimismo, en vinculación con el Plan México - Ramo 21 Turismo, este programa contribuirá a las metas 4 y 6 referentes a la promoción de la mejora de infraestructura turística, la consolidación de las vocaciones turísticas regionales y la diversificación de la oferta. A continuación, se presenta la alineación entre los objetivos que orientan este programa y los objetivos y estrategias establecidos en el PROSECTUR 2025-2030, para impulsar el desarrollo del turismo en nuestro país. 60 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Objetivos del Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR Objetivos del PROSECTUR 2025-2030 Estrategias del PROSECTUR 2025-2030 Objetivo 1. Impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional. Objetivo 1. Fomentar el desarrollo regional y comunitario en áreas menos desarrolladas. Estrategia 1.1 Fomentar el desarrollo del turismo comunitario, sostenible e inclusivo para favorecer la generación de bienestar y la distribución equitativa de los beneficios. Estrategia 1.2 Impulsar el desarrollo de nuevos productos turísticos en regiones con menor desarrollo para incrementar la actividad turística comunitaria. Estrategia 1.7 Fomentar el desarrollo turístico en zonas con alto potencial turístico para contribuir al crecimiento económico y regional. Objetivo 2. Promover la atracción de inversiones en infraestructura turística en estados y municipios. Estrategia 2.4 Fomentar el emprendimiento y la creación de empresas turísticas para contribuir al desarrollo social, turístico y económico. Objetivo 4. Incrementar la competitividad e innovación en el sector turístico. Estrategia 4.3 Diversificar e innovar la oferta de productos y destinos turísticos sostenibles e incluyentes con el fin de fomentar el bienestar económico y social de las comunidades locales. Objetivo 5. Promover la sostenibilidad en destinos y productos turísticos en el territorio nacional. Estrategia 5.2 Promover la coordinación y generación de alianzas públicas – privadas, de cooperación nacional e internacional para impulsar la sostenibilidad económica en el turismo. Estrategia 5.3 Promover el desarrollo turístico que fomente la participación social en la gestión y los beneficios del turismo. Objetivo 2. Posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo Objetivo 1. Fomentar el desarrollo regional y comunitario en áreas menos desarrolladas Estrategia 1.1 Fomentar el desarrollo del turismo comunitario, sostenible e inclusivo para favorecer la generación de bienestar y la distribución equitativa de los beneficios Estrategia 1.7 Fomentar el desarrollo turístico en zonas con alto potencial turístico para contribuir al crecimiento económico y regional Objetivo 2. Promover la atracción de inversiones en infraestructura turística en estados y municipios. Estrategia 2.2 Impulsar alianzas público-privadas y esquemas de financiamiento mixto para el desarrollo de infraestructura y proyectos turísticos estratégicos en estados y municipios con potencial, a fin de ampliar la cobertura territorial de la inversión turística y contribuir al crecimiento regional equilibrado. Objetivo 4. Incrementar la competitividad e innovación en el sector turístico Estrategia 4.3 Diversificar e innovar la oferta de productos y destinos turísticos sostenibles e incluyentes con el fin de fomentar el bienestar económico y social de las comunidades locales Objetivo 5. Promover la sostenibilidad en destinos y productos turísticos en el territorio nacional. Estrategia 5.2 Promover la coordinación y generación de alianzas públicas – privadas, de cooperación nacional e internacional para impulsar la sostenibilidad económica en el turismo. Estrategia 5.3 Promover el desarrollo turístico que fomente la participación social en la gestión y los beneficios del turismo. Estrategia 5.5 Fomentar la prevención, mitigación, preparación y alerta de riesgos en zonas turísticas, con el propósito de reducir la vulnerabilidad de los destinos y proteger la integridad de visitantes y comunidades receptoras. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 61 7.- Estrategias y líneas de acción Las estrategias y líneas de acción del Programa Institucional 2026-2030 de FONATUR constituyen la ruta para consolidar un modelo de desarrollo turístico más equilibrado, sostenible e incluyente en México. Estas acciones, derivadas de dos objetivos fundamentales, responden a la necesidad de diversificar y planear productos y destinos turísticos, así como de transformar el CIP Acapulco-Coyuca en un referente nacional de sostenibilidad, resiliencia e inclusión social. El Objetivo 1 se orienta a impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional. Para ello, se fortalecerá la planeación turística con la participación de las comunidades y las MIPyMES, lo cual, no solo busca ampliar la oferta turística, sino también maximizar los beneficios sociales y económicos del turismo, promoviendo un modelo más justo y equitativo. Por su parte, el Objetivo 2 se enfoca en consolidar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente e inclusivo, a través de un enfoque integral que promueve el bienestar social, la recuperación económica y la protección del entorno natural. Para lograrlo, se impulsará el ordenamiento urbano y turístico, la rehabilitación y modernización de la infraestructura y la mejora de los servicios públicos esenciales, con la participación de la sociedad en la toma de decisiones, a fin de garantizar proyectos pertinentes, sostenibles y alineados con las necesidades locales. En este marco, el Programa Institucional 2026-2030 del FONATUR busca contribuir activamente en la atención de retos estructurales del desarrollo turístico, como la concentración territorial del turismo, la desigualdad en la distribución de beneficios, y la vulnerabilidad ambiental y social de los destinos, en concordancia con el propósito de consolidar un sector turístico capaz de generar bienestar para las comunidades, atraer inversión estratégica y fortalecer la posición de México como un destino líder a nivel global, establecido en el PROSECTUR 2025-2030. Objetivo 1. Impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional. Estrategia 1.1 Posicionar a las comunidades y MIPyMES como protagonistas en el desarrollo del turismo para asegurar una distribución más equitativa de sus beneficios. Líneas de acción 1.1.1 Brindar acompañamiento a comunidades y MIPyMES en la integración de los planes de negocio de sus productos o servicios turísticos mediante asesoría técnica y acciones de fortalecimiento. 1.1.2 Fomentar el desarrollo de productos o servicios turísticos de comunidades y MIPyMES a través de la orientación para el acceso a fuentes de financiamiento o de inversión, así como a programas gubernamentales. 1.1.3 Participar en la implementación del programa de turismo comunitario en coordinación con la SECTUR. 1.1.4 Establecer las bases para la elaboración de estudios de planeación turística mediante mesas de coordinación y convenios de colaboración con estados, municipios y entidades públicas vinculadas al desarrollo turístico sostenible e incluyente. 1.1.5 Impulsar la inclusión social en el diseño de proyectos estratégicos de desarrollo turístico mediante visitas técnicas y mesas de trabajo con comunidades, gobiernos locales y actores del sector turístico. 1.1.6 Brindar asistencia técnica en materia de planeación turística a los estados, municipios, comunidades y demás actores interesados en el sector turístico. Estrategia 1.2 Crear y consolidar destinos turísticos diversificados bajo un enfoque sostenible e incluyente mediante alianzas entre los sectores a fin de lograr un desarrollo integral. Líneas de acción 1.2.1 Identificar áreas con potencial de desarrollo para abrir nuevos segmentos de mercado que permita ampliar la oferta de destinos turísticos que incluyan zonas poco conocidas y promuevan la cultura local. 1.2.2 Fomentar la elaboración y actualización de instrumentos de planeación urbana en destinos turísticos, mediante diagnósticos territoriales, participación interinstitucional y la aplicación del marco normativo vigente. 1.2.3 Elaborar estudios técnicos especializados de planeación estratégica y movilidad urbana sostenible para el desarrollo de destinos turísticos en colaboración con los tres órdenes de gobierno. 62 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Líneas de acción 1.2.4 Colaborar en el desarrollo de infraestructura urbana en destinos turísticos mediante la elaboración de estudios y proyectos de ingeniería. 1.2.5 Contribuir al desarrollo planeado y armónico de destinos turísticos a través de estudios y proyectos ejecutivos de planes maestros específicos, de diseño urbano y arquitectura. 1.2.6 Promover obras de infraestructura y urbanización, incluyendo edificaciones e instalaciones en centros de desarrollo turístico que permitan la oferta de servicios. 1.2.7 Mejorar la calidad de la infraestructura urbana en destinos turísticos mediante la ejecución de programas de conservación y mantenimiento. 1.2.8 Obtener las autorizaciones y certificaciones en materia ambiental necesarias a fin de aprovechar adecuadamente el patrimonio natural de destinos con vocación turística y favorecer el desarrollo turístico responsable y equilibrado. Estrategia 1.3 Comercializar los bienes inmuebles del FONATUR para fomentar la inversión en destinos turísticos y el desarrollo regional. Líneas de acción 1.3.1 Actualizar la oferta comercial del FONATUR mediante la gestión de altas y bajas de lotes en el inventario, así como la determinación de precios de venta de los bienes inmuebles. 1.3.2 Implementar campañas de promoción y procedimientos de venta ágiles y transparentes para la comercialización de los bienes inmuebles del FONATUR. 1.3.3 Vigilar el cumplimiento de obligaciones contractuales derivadas de operaciones de comercialización mediante la revisión de proyectos arquitectónicos e inspecciones físicas. Estrategia 1.4 Dirigir eficaz y eficientemente las inversiones patrimoniales del FONATUR a fin de optimizar su administración y operación. Líneas de acción 1.4.1 Diseñar e implementar modelos y mecanismos operativos, contractuales y financieros que hagan autosuficientes a las unidades de negocio, bajo supervisión institucional. 1.4.2 Ejecutar planes de seguimiento integral, junto con mecanismos de regularización y aprovechamiento a fideicomisos en los que el FONATUR participe, para garantizar certeza jurídica, contable y operativa. 1.4.3 Redefinir los esquemas de coinversión y arrendamiento con base en criterios de viabilidad financiera y beneficio institucional, a fin de garantizar certeza jurídica, financiera y contable. Objetivo 2. Posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo. Estrategia 2.1 Impulsar la planeación y el ordenamiento turístico en el CIP Acapulco-Coyuca para garantizar un crecimiento equilibrado y sostenible. Líneas de acción 2.1.1 Fomentar el desarrollo sostenible del turismo en el CIP Acapulco-Coyuca, mediante la elaboración de estudios de planeación turística. 2.1.2 Atender las problemáticas urbanas del CIP Acapulco-Coyuca, a través de la generación de estudios técnicos especializados de planeación estratégica y movilidad urbana, en colaboración con los tres órdenes de gobierno. 2.1.3 Contribuir al ordenamiento urbano y turístico sostenible del CIP Acapulco-Coyuca, mediante la generación de los instrumentos normativos necesarios. 2.1.4 Impulsar el turismo responsable y sostenible en el CIP Acapulco-Coyuca mediante el adecuado aprovechamiento de los recursos naturales. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 63 Estrategia 2.2 Fortalecer la infraestructura urbana y turística del CIP Acapulco-Coyuca para impulsar el desarrollo del turismo y mejorar su resiliencia frente a fenómenos naturales. Líneas de acción 2.2.1 Elaborar estudios y proyectos de ingeniería que permitan el adecuado desarrollo de la infraestructura urbana y turística del CIP Acapulco-Coyuca. 2.2.2 Elaborar estudios y proyectos ejecutivos de planes maestros específicos, de diseño urbano y arquitectura para mejorar la funcionalidad de la infraestructura urbana y turística del CIP Acapulco-Coyuca. 2.2.3 Rehabilitar y construir infraestructura urbana y de movilidad en el CIP Acapulco-Coyuca, a través de la colaboración con los tres órdenes de gobierno para la ejecución de obras públicas que impulsen la actividad turística. 2.2.4 Obtener las autorizaciones en materia de impacto ambiental necesarias para la rehabilitación o construcción de infraestructura urbana y turística en el CIP Acapulco-Coyuca. 2.2.5 Mantener la infraestructura urbana y turística del CIP Acapulco-Coyuca en condiciones óptimas a través de trabajos continuos de conservación y mantenimiento. Estrategia 2.3 Integrar a las comunidades locales y las MIPyMES en el desarrollo de la actividad turística en el CIP Acapulco-Coyuca para que obtengan beneficios directos del turismo. Líneas de acción 2.3.1 Impulsar la concertación social en las acciones y proyectos que ejecute el FONATUR en el CIP Acapulco-Coyuca, a través de mecanismos efectivos de participación ciudadana en coordinación con los tres niveles de gobierno. 2.3.2 Fortalecer la participación de las comunidades locales y MIPyMES en las cadenas de producción y redes de valor turístico en el CIP Acapulco-Coyuca, a través de capacitación, asesoría especializada y acciones de fortalecimiento de proyectos. 2.3.3 Impulsar el desarrollo de productos y servicios turísticos de MIPyMES y comunidades locales en el CIP Acapulco- Coyuca, mediante la orientación para el acceso a fuentes de financiamiento o inversión, así como a programas gubernamentales. 2.3.4 Fomentar la colaboración entre los sectores social, público y privado a través de la suscripción de convenios, acuerdos de concertación y otros instrumentos jurídicos necesarios. 8.- Indicadores y metas Con el propósito de proporcionar a la ciudadanía parámetros claros y accesibles que reflejen la efectividad de las acciones emprendidas para lograr el cumplimiento de los objetivos establecidos en el presente programa institucional, se definieron dos indicadores estratégicos. El primero está directamente vinculado al Objetivo 1 de impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional. Este indicador permite monitorear el crecimiento y la diversificación de los servicios turísticos disponibles en el país, mostrando la capacidad del sector para responder a las nuevas demandas del turismo nacional e internacional, bajo criterios de sostenibilidad e inclusión. Por su parte, el segundo indicador se relaciona con el Objetivo 2 sobre posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo. A través de este indicador, se pretende evaluar el comportamiento anual de la afluencia turística al destino, lo que permite inferir en su nivel de competitividad y atractivo en el mercado, como resultado de las estrategias implementadas para mejorar la resiliencia y sostenibilidad de su infraestructura urbana y turística y la inclusión social en el destino. Ambos indicadores ofrecen una visión integral del progreso hacia un modelo de turismo más equilibrado, resiliente y con beneficios sociales distribuidos de manera equitativa, alineado con los principios rectores del desarrollo turístico que promueve el PROSECTUR 2025-2030. 64 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Indicador 1: Tasa de variación porcentual de la oferta de servicios turísticos nacional ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Tasa promedio anual de la variación de la oferta de servicios turísticos. Objetivo 1. Impulsar el turismo comunitario y el desarrollo de productos y destinos turísticos sostenibles a nivel nacional. Definición o descripción Este indicador mide el cambio porcentual anual promedio en el sexenio en la cantidad de servicios turísticos disponibles en el país. Su propósito es dar seguimiento al crecimiento y diversificación de la oferta turística nacional, reflejando la capacidad del sector para ampliar y adaptar sus productos a las nuevas demandas de los visitantes nacionales e internacionales, bajo criterios de sostenibilidad e inclusión. Derecho asociado Derecho al crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza. Apoyo e impulso a las empresas de los sectores social y privado de la economía. Proveer las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional. Nivel de desagregación Nacional. Periodicidad o frecuencia de medición Anual. Acumulado o periódico Periódico. Disponibilidad de la información Septiembre del año siguiente. Unidad de medida Porcentaje. Periodo de recolección de los datos Enero-diciembre. Tendencia esperada Ascendente. Unidad responsable de reportar el avance FONATUR. Método de cálculo Donde: : Tasa de variación porcentual anual promedio de oferta de servicios turísticos a nivel nacional en el sexenio. N: Año más reciente del que se tengan datos. AB: Año base. : Suma de las tasas de variación porcentual anual en el sexenio a partir de 2026. : Número total de años considerados para el cálculo. Observaciones El procedimiento para la obtención del método de cálculo, es el siguiente: 1. Se calcula la tasa de variación porcentual anual (TVPA) de la oferta turística cada año. 2. Se suman las tasas de variación porcentual anuales desde 2026 hasta el último año disponible (N). 3. Se divide la suma entre el número de años considerados (N–AB) Nota: Históricamente el Compendio Estadístico de Turismo en México se publica en septiembre. Sin embargo, ha habido ocasiones en que por diversos factores se retrasa su publicación. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Suma de las tasas de variación porcentual anual en el sexenio Valor variable 1 16.27 Fuente de información variable 1 Oferta de Servicios Turísticos, DATATUR. Nombre variable 2 Número total de años considerados para el cálculo Valor variable 2 6 Fuente de información variable 2 Oferta de Servicios Turísticos, DATATUR. Sustitución en método de cálculo VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 2.71 El valor de la línea base corresponde al promedio de la tasa de variación anual promedio de 2018 a 2024, de acuerdo con la disponibilidad de la información. Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 3 El valor de la meta 2030 corresponde al promedio de la tasa de variación anual promedio de 2026 a 2030, de acuerdo con la disponibilidad de la información. SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 3.28 2.56 2.89 2.71 2.49 2.34 2.71 ND METAS 2026 2027 2028 2029 2030 2.5 2.5 3 3 3 Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 65 Indicador 2: Tasa de variación porcentual de llegadas de turistas a Acapulco ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Tasa de variación porcentual de llegadas de turistas a Acapulco. Objetivo 2. Posicionar al CIP Acapulco-Coyuca como un destino turístico sostenible, resiliente y socialmente inclusivo. Definición o descripción Este indicador mide el cambio porcentual anual en el número total de turistas que llegan a Acapulco, considerando tanto turismo nacional como internacional. Permite evaluar la evolución en la afluencia turística al destino y sirve como una medida del atractivo, competitividad y percepción del destino en el mercado turístico. Derecho asociado Derecho al crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza. Nivel de desagregación Acapulco de Juárez. Periodicidad o frecuencia de medición Anual. Acumulado o periódico Periódico. Disponibilidad de la información Diciembre del año siguiente. Unidad de medida Porcentaje. Periodo de recolección de los datos Enero-diciembre. Tendencia esperada Ascendente. Unidad responsable de reportar el avance FONATUR. Método de cálculo TVPLTA = ((LTAt/LTA_(t-1))-1) * 100 Donde: TVPLTA: Tasa de variación porcentual de llegadas de turistas a Acapulco LTAt: Llegadas de turistas a Acapulco en el año t LTA_(t-1): Llegadas de turistas a Acapulco en el año inmediato anterior al año t Observaciones Sin observaciones. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Llegadas de turistas a Acapulco en el año t. Valor variable 1 4,303,695 Fuente de información variable 1 Compendio Estadístico del Turismo, DATATUR. Nombre variable 2 Llegadas de turistas a Acapulco en el año inmediato anterior al año t. Valor variable 2 6,744,481 Fuente de información variable 2 Compendio Estadístico del Turismo, DATATUR. Sustitución en método de cálculo TVPOSTN = ((4,303,695/6,744,481)-1) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor -36.18 El valor de la línea base corresponde a la tasa de variación de 2024 con respecto a 2023, de acuerdo con la disponibilidad de la información. Año 2025 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 16.4 El valor de la meta 2030 corresponde a la tasa de variación esperada de 2029 con respecto a 2028, de acuerdo con la disponibilidad de la información. SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 14.73 0.78 4.11 -54.07 66.13 49.92 -13.06 -36.18 METAS 2026 2027 2028 2029 2030 8 8 8 8 8 66 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 9. Referencias CENAPRED. (Junio de 2025). CENAPRED. Obtenido de https://www.cenapred.gob.mx/es/Publicaciones/archivos/517- IMPACTO_SOCIOECONOMICO_2023.PDF CENAPRED. (2025). 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Obtenido de https://periodicooficial.guerrero.gob.mx/wpcontent/uploads/2025/01/P.O-EXTRAORDINARIO-15- ENERO-2025.pdf H. Ayuntamiento Constitucional de Acapulco de Juárez. (2024). Plan Municipal de Desarrollo 2025-2027. Acapulco de Juárez, Guerrero, México. Obtenido de https://acapulco.gob.mx/transparencia/wp- content/uploads/marcojuridico/planes/PLAN_MUNICIPAL_DE_DESARROLLO_2025-2027.pdf?01 H. Ayuntamiento de Coyuca de Benítez. (2025). Plan Municipal de Desarrollo 2025-2027. Coyuca de Benítez, Guerrero, México. Obtenido de https://congresogro.com/assets/maHObpCJxoA4T3UFYzUeDilzDtrZHzAxRu52NaUN.pdf IMCO. (2024). Índice de Competitividad Urbana 2024. Resultados por Ciudad. Instituto Mexicano para la Competitividad. México: Imco Staff. 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Obtenido de Las listas del PCI y el Registro de Buenas Prácticas de Salvaguardia: https://ich.unesco.org/es/listas?text=&region[]=06&country[]=00143&multinational=3#tabs Ciudad de México, a 4 de febrero de 2026.- Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, Sebastián Ramírez Mendoza.- Rúbrica. 68 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LAS MUJERES CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto Estatal de las Mujeres del Estado de Durango, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Fortalecimiento del Apoyo Integral a las Mujeres en Durango. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CE/PAIBIM/DGO/0009/2025 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO ESTATAL DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LA C. ALEJANDRA ELIZABETH TERRONES OCHOA, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025, “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 69 Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES”, declara que: I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o, del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2 Su titular, Minerva Citlali Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o. fracción VII del RISM. I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV; y 18 del RISM. I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300 denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este convenio de colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que: II.1 Que mediante el decreto 298 de fecha 25 de Diciembre de 2014 se abroga la Ley que crea el Instituto de la Mujer Duranguense y se expide la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres como un Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía de gestión y el cual tendrá su domicilio en la capital del Estado, según lo expuesto por el artículo 2 de la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres, publicado en el Periódico Oficial No. 103 del Estado de Durango de fecha 25 de Diciembre del 2014 70 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 II.2 La C. Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa, acredita su personalidad como Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres, mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Esteban Alejandro Villegas Villarreal, Gobernador del Estado de Durango, el 15 de octubre de 2024, de conformidad con lo establecido en los artículos 98 fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango y 17 de la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; 4o., 47 y 53 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; 2o., y 19 fracciones XI y XVIII de la Ley del Instituto Estatal de la Mujeres; y, 4o. fracción II, 12 y 13 fracciones II, X y XXI del Reglamento Interior del Instituto Estatal de la Mujeres. II.3 Su objetivo es promover políticas y acciones que permitan garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en los ámbitos educativo, laboral, político, económico y social, de conformidad con el artículo 4o. de la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres. II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que se indican. II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente "CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos. II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Zaragoza, Número 528 Sur, Colonia Victoria de Durango Centro, Código Postal 34000, municipio de Victoria de Durango, Estado de Durango, y con Registro Federal de Contribuyentes IMD000618EA6. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres. III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida. III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus representantes para la suscripción del presente "CONVENIO". CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado " Fortalecimiento del Apoyo Integral a las Mujeres en Durango”, en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA". SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente "CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta $24,068,105.00 (veinticuatro millones sesenta y ocho mil ciento cinco pesos 00/100 M.N.). QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $24,068,105.00 (veinticuatro millones sesenta y ocho mil ciento cinco pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Finanzas y de Administración, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas y de Administración será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA". Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 71 Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno. SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del presente "CONVENIO". Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente "CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones en la materia. SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes. En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento de sus funciones. OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al "PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la información que le sea requerida. Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como responsable del "PROYECTO", a su Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres, la C. Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa, o la persona quien le sustituya en el cargo. En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del "PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento. NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del "PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro llevado a cabo por las autoridades competentes. 72 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente "CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior. La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la "INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se realiza en medios físicos o digitales. De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autoras(es) del presente trabajo". Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos, actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su Reglamento. DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 73 "LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social”. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES". La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". “MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado solidario". Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de "LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO". La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al “PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO", "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de dos mil veinticinco en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres, Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa.- Rúbrica. 74 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de la Mujer del Estado de Guerrero, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Transformando el Futuro de Guerrero, por el Derecho de las Mujeres para Vivir en Igualdad y Libres de Violencia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CE/PAIBIM/GRO/0011/2025 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARIA DE LA MUJER DEL ESTADO DE GUERRERO, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADO LA C. VIOLETA PINO GIRÓN, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025, “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 75 SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES”, declara que: I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o. fracción VII del RISM. I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción IV, numeral 8; 5º. fracciones I y XIV; y 18 del RISM. I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300 denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este convenio de colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que: II.1 Es una dependencia de la administración pública centralizada, creada de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero, año CIII, edición no. 90, alcance I, de fecha viernes 11 de noviembre de 2022. II.2 La C. Violeta Pino Girón, acredita su personalidad como Secretaria de la Mujer del Estado de Guerrero, mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Evelyn Cecia Salgado Pineda, la Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, el 15 de octubre de 2021, de conformidad con lo establecido en los artículos 91 fracción XV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242 y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos 87 y 88 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4o., 9o., 14, 22 apartado A, fracción XV y 37 fracciones XIII, XVI y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242 y 53 fracciones XI y XIII de la Ley Número 553 de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado Libre y Soberano de Guerrero. 76 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 II.3 Su objetivo es proponer, promover, impulsar y evaluar políticas, planes, programas y medidas encaminadas a incorporar la perspectiva de género, con un criterio transversal en toda la administración pública estatal, a fin de eliminar todo tipo de discriminación que obstaculice la igualdad, el acceso a las oportunidades y el desarrollo de las mujeres; de establecer y ejecutar las políticas y acciones que favorezcan el bienestar y la incorporación de la mujer al desarrollo integral del estado, de conformidad con el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242. II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que se indican. II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente "CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos. II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Boulevard Rene Juárez Cisneros, Número 62, Colonia Ciudad de los Servicios, Código Postal 39074, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, y con Registro Federal de Contribuyentes SFA830301521. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres. III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida. III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus representantes para la suscripción del presente "CONVENIO". CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Transformando el Futuro de Guerrero, por el Derecho de las Mujeres para Vivir en Igualdad y Libres de Violencia", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA". SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente "CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta $24,831,724.00 (veinticuatro millones ochocientos treinta y un mil setecientos veinticuatro pesos 00/100 M.N.). QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $24,831,724.00 (veinticuatro millones ochocientos treinta y un mil setecientos veinticuatro pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Finanzas y Administración, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas y Administración será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA". Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno. SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 77 los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del presente "CONVENIO". Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente "CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones en la materia. SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes. En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento de sus funciones. OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al "PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la información que le sea requerida. Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como responsable del "PROYECTO", a la Secretaría de la Mujer del Estado de Guerrero, la C. Violeta Pino Girón, o la persona quien le sustituya en el cargo. En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del "PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento. NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del "PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro llevado a cabo por las autoridades competentes. DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente "CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las 78 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior. La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la "INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se realiza en medios físicos o digitales. De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autoras(es) del presente trabajo". Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos, actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su Reglamento. DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 79 "LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social”. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES". La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". “MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado solidario". Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de "LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO". La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al “PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO", "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de la Mujer del Estado de Guerrero, Violeta Pino Girón.- Rúbrica. 80 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Ruta Violeta Nuevo León. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CE/PAIBIM/NL/0018/2025 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. GRACIELA GUADALUPE BUCHANAN ORTEGA, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 81 Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES”, declara que: I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal LOAPF y 1o, del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2 Su titular, Minerva Citlali Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025.; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o. fracción VII del RISM. I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV; y 18 del RISM. I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300 denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este convenio de colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que: II.1 Es una dependencia de la Administración Pública del Estado de Nuevo León, creada de conformidad con el Decreto número 006 por el que se expide la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Nuevo León, publicado en Periódico Oficial #121, el 02 de octubre de 2021. II.2 La C. Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, acredita su personalidad como titular de la Secretaría de las Mujeres, mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 7 de junio de 2022, de conformidad con lo establecido en los artículos 124 y 125 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 3o. párrafo segundo y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4, 18, apartado C, fracción IV, 37, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; y, 1o., 10 y 11 fracciones XXVI, y XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres. II.3 Su objetivo es formular, coordinar e instrumentar la política del estado, planes y programas que garanticen el goce, promoción y difusión de los derechos de las mujeres, y de prevenir y atender las violencias de género en el estado, de conformidad con el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León. II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que se indican. II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente "CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos. II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Calle Mariano Escobedo Sur, Número 333, Piso número 3, Colonia Monterrey Centro, C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León, y con Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres. 82 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida. III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus representantes para la suscripción del presente "CONVENIO". CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Ruta Violeta Nuevo León", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA". SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente "CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta $20,263,700.00 (veinte millones doscientos sesenta y tres mil setecientos pesos 00/100 M.N.). QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $20,263,700.00 (veinte millones doscientos sesenta y tres mil setecientos pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA". Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno. SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del presente "CONVENIO". Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente "CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones en la materia. SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes. En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento de sus funciones. OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al "PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la información que le sea requerida. Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 83 La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como responsable del "PROYECTO", a la titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, la C. Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, o la persona quien le sustituya en el cargo. En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del "PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento. NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del "PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro llevado a cabo por las autoridades competentes. DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente "CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior. La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la "INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se realiza en medios físicos o digitales. De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autoras(es) del presente trabajo". Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos, actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los 84 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su Reglamento. DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. "LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social”. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES". La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". “MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado solidario". Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de "LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO". La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al “PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO", "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega.- Rúbrica. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 85 CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca, para contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Mujeres Oaxaqueñas Tejiendo Bienestar. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. CE/PAIBIM/OAX/0019/2025 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADO, LA C. ANAHÍ MONSERRATT SARMIENTO PÉREZ, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres. SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencias. TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados. En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM). CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”. QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías. SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. 86 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento, están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO. Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES”, declara que: I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM. I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o. fracción VII del RISM. I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV; y 18 del RISM. I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300 denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico de Colaboración, en lo sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que: II.1 Es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, creada de conformidad con lo establecido en el decreto número 2054 mediante el cual se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, publicado en Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, el 17 de octubre de 2016. II.2 La C. Anahí Monserratt Sarmiento Pérez, acredita su personalidad como titular de la Secretaría de las Mujeres, mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el 8 de abril de 2024, y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente “CONVENIO”, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3o. fracción I, 27 fracción XVII y 46-C fracciones VI y VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 8o. fracción XXII del Reglamento Interno de la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 87 II.3 Su objetivo es guiar la incorporación de la perspectiva de género en la administración pública estatal, mediante la institucionalización de normas, planes y proyectos orientados a eliminar la desigualdad de género y garantizar a las mujeres el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos y sociales; proponer, promover, ejecutar, impulsar y evaluar periódica y sistemáticamente las políticas, planes, programas y medidas encaminadas a incorporar la perspectiva de género, con un criterio transversal en todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, a fin de impulsar la igualdad sustantiva, el acceso a las oportunidades y el desarrollo de las mujeres, de conformidad con el artículo 46-C fracciones I y II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que se indican. II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente "CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos. II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Carretera Oaxaca Istmo K.M. 11.5, Número interior 7, Código Postal 68270, Tlalixtac de Carera, Oaxaca, y con Registro Federal de Contribuyentes GEO621201KIA. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres. III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida. III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus representantes para la suscripción del presente "CONVENIO". CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Mujeres Oaxaqueñas Tejiendo Bienestar", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA". SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias de apoyo. TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente "CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025. CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta $42,129,936.00 (cuarenta y dos millones ciento veintinueve mil novecientos treinta y seis pesos 00/100 M.N.). QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $42,129,936.00 (cuarenta y dos millones ciento veintinueve mil novecientos treinta y seis pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Finanzas, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Finanzas será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA". Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno. SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de 88 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del presente "CONVENIO". Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente "CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones en la materia. SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes. En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento de sus funciones. OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al "PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la información que le sea requerida. Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o la persona quien le sustituya en dicho cargo. La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como responsable del "PROYECTO", a su Titular la Secretaria de las Mujeres, la C. Anahí Monserratt Sarmiento Pérez, o la persona quien le sustituya en el cargo. En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del "PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento. NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del "PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro llevado a cabo por las autoridades competentes. DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente "CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 89 actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del "PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior. La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la "INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se realiza en medios físicos o digitales. De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autoras(es) del presente trabajo". Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos, actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de su Reglamento. DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia. En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al “PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que, en su caso, correspondan. 90 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 "LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social”. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES". La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". “MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5 de los Lineamientos del “PROGRAMA”. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado solidario". Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de "LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO". La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al “PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA". DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo. DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO", "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo. Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres, Anahí Monserratt Sarmiento Pérez.- Rúbrica. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 91 INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL PUBLICACIÓN de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica “Árbol de la Vida de Metepec”. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. PUBLICACIÓN DE DATOS RELACIONADOS CON LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN A LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA “ÁRBOL DE LA VIDA DE METEPEC” I.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se efectúa la publicación de los datos a que se refiere el citado artículo 281 respecto de la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica “Árbol de la Vida de Metepec”, presentada por el Mtro. Agustín Herrera Pérez, en su calidad de Director General del Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México, mediante escrito recibido en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial el 18 de noviembre de 2025, así como el alcance presentado el 9 de febrero de 2026, en los siguientes términos: 1. Nombre del solicitante. Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México, representado por el Mtro. Agustín Herrera Pérez. 2.- Nombre de la Indicación Geográfica. “Árbol de la Vida de Metepec”. 3.- Descripción del producto o productos que ésta abarca. Se define al "Árbol de la Vida de Metepec" como una pieza artesanal tridimensional de carácter escultórico, elaborada principalmente en barro, moldeada y decorada de manera manual, que constituye una manifestación cultural tradicional del municipio de Metepec, Estado de México. Se caracteriza por una estructura vertical que integra una base, un tronco central y ramificaciones, sobre las cuales se disponen figuras moldeadas individualmente, representando escenas, personajes y elementos simbólicos vinculados a narrativas de carácter religioso, histórico, cultural, social o contemporáneo. 4.- El lugar o lugares de extracción, producción o elaboración de productos a proteger, la delimitación de la zona geográfica. Se establece como región geográfica protegida y exclusiva al municipio de Metepec, ubicado dentro del Estado de México, a unos 45 kilómetros al oeste de la Ciudad de México. Limita al norte con los municipios de Toluca y Mexicaltzingo, al sur con los municipios de Chapultepec y Mexicaltzingo, al este con el municipio de Toluca y al oeste con el municipio de Calimaya, lo que constituye el primer nivel de delimitación.  Coordenadas geográficas: Se localiza entre los paralelos 19°15’14” al norte y 19°12’53” al sur de latitud; al este 99°30´45” y al oeste 99°36´17” de longitud, con una altitud que va de los 2 mil 500 a los 2 mil 804 metros sobre el nivel del mar. 5. El domicilio en el que se encontrará abierto para consulta pública el expediente de la solicitud de declaración y en el que se recibirán los documentos relacionados con la misma. El expediente se encuentra disponible para su consulta en el archivo de la Dirección Divisional de Marcas del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ubicado en Arenal No. 550, Pueblo Santa María Tepepan, Alcaldía de Xochimilco, Ciudad de México, C.P. 16020, con un horario de atención al público de 9:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes y en el mismo domicilio e idéntico horario, se recibirán los documentos relacionados con la solicitud a que se refiere la presente publicación. II. La presente publicación no prejuzga ni constituye un pronunciamiento del Instituto sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud presentada y se efectúa para que cualquier tercero que justifique su interés, presente su oposición por escrito a ésta y formule observaciones u objeciones respecto al cumplimiento de lo establecido en los artículos 271 y 275 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, acompañando las pruebas respectivas, así como del comprobante de pago de la tarifa correspondiente, dentro de un plazo improrrogable de dos meses, contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en los términos del artículo 282 de la Ley en cita. El presente se signa con fundamento en los artículos 1, 2, fracción I; 4; 5, fracción I; 6, 8, 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 3o., fracción II; 4o.; 5o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, así como 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico. Ciudad de México, a 12 de febrero de 2026.- El Director General, Santiago Nieto Castillo.- Rúbrica. (R.- 573372) 92 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 PUBLICACIÓN de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica “Vino de Agave Monteleón de Nuevo León”. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. PUBLICACIÓN DE DATOS RELACIONADOS CON LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN A LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA “VINO DE AGAVE MONTELEÓN DE NUEVO LEÓN” I.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se efectúa la publicación de los datos a que se refiere el citado artículo 281 respecto de la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica “Vino de Agave Monteleón de Nuevo León”, presentada por la Mtra. Betsabé Rocha Nieto, en su calidad de Secretaria de Economía del Estado de Nuevo León, mediante escrito recibido en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial el 12 de febrero de 2026, en los siguientes términos: 1.- Nombre del solicitante. Secretaría de Economía del Estado de Nuevo León, representada por la Mtra. Betsabé Rocha Nieto. 2.- Nombre de la Indicación Geográfica. “Vino de Agave Monteleón de Nuevo León”. 3.- Descripción del producto o productos que ésta abarca. Se transcribe la parte conducente de la solicitud presentada por la Mtra. Betsabé Rocha Nieto. El Vino de Agave Monteleón de Nuevo León, es una bebida espirituosa, destilada de la cocción y fermentación del corazón (piña) del agave, surge de la identidad geográfica e histórica del territorio donde crece el agave silvestre utilizado para su elaboración. El Vino de Agave Monteleón de Nuevo León, es una bebida obtenida por destilación de mostos fermentados en alambique, elaborados con azúcares extraídos de especies de agaves específicos. En el caso particular del Vino de Agave Monteleón de Nuevo León, los productores emplean las especies A. gentryi, A. montana, A. salmiana y A. asperrima. Esta exclusividad en el uso de dichas especies garantiza la conformidad con los lineamientos establecidos por la legislación aplicable, previniendo posibles conflictos territoriales o normativos en torno al origen botánico del producto. 4.- El lugar o lugares de extracción, producción o elaboración de productos a proteger, la delimitación de la zona geográfica. La zona geográfica de producción y elaboración del “Vino de Agave Monteleón de Nuevo León”, estará integrada por los municipios de Bustamante, Santiago, Iturbide y Aramberri, en el Estado de Nuevo León. - Bustamante: Colinda al norte con Lampazos de Naranjo y el estado de Coahuila, al sur y al oeste con Mina y al este con Villaldama. Las coordenadas de ubicación son las siguientes: Longitud 100°41'45.60" W 100°26'16.80" W, latitud 26°25'54.84" N 26°42'39.24" N. - Santiago: Se ubica en el centro del estado de Nuevo León, entre las coordenadas longitud 100°31'51.60" W 100°01'51.60" W, latitud 25°13'25.68" N 25°31'16.32" N. Limita al noroeste con el municipio de Santa Catarina, al norte con el de Monterrey, al noreste con Cadereyta Jiménez, al sureste con Allende, al sur con Montemorelos y Rayones y al oeste y sureste con el municipio de Arteaga en el estado de Coahuila. - Iturbide: Se ubica al sureste del Estado de Nuevo León, en plena Sierra Madre Oriental. Limita al norte con el municipio de Galeana, al sur con el de Aramberri, al este con Linares y el municipio tamaulipeco de Villa Mainero, y al oeste con Galeana, entre las coordenadas longitud 99°59'47.04" W 99°42'37.08" W, latitud 24°23'24.72" N 24°53'52.80" N. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 93 - Aramberri: Se encuentra al sur del estado y limita al norte con el municipio de Iturbide, al norte y noroeste con el municipio de Galeana, al oeste y suroeste con Doctor Arroyo y al sur con General Zaragoza. Al este hace frontera con el estado de Tamaulipas, limitando de norte a sur con el municipio de Mainero, el municipio de Villagrán y el municipio de Hidalgo, entre las coordenadas longitud 100°12'57.60" W 99°34'15.24" W, latitud 23°56'22.20" N 24°30'24.12" N. 5.- El domicilio en el que se encontrará abierto para consulta pública el expediente de la solicitud de declaración y en el que se recibirán los documentos relacionados con la misma. El expediente se encuentra disponible para su consulta en el archivo de la Dirección Divisional de Marcas del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ubicado en Arenal No. 550, Pueblo Santa María Tepepan, Alcaldía de Xochimilco, Ciudad de México, C.P. 16020, con un horario de atención al público de 9:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes y en el mismo domicilio e idéntico horario, se recibirán los documentos relacionados con la solicitud a que se refiere la presente publicación. II.- La presente publicación no prejuzga ni constituye un pronunciamiento del Instituto sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud presentada y se efectúa para que cualquier tercero que justifique su interés, presente su oposición por escrito a ésta y formule observaciones u objeciones respecto al cumplimiento de lo establecido en los artículos 271 y 275 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, acompañando las pruebas respectivas, así como del comprobante de pago de la tarifa correspondiente, dentro de un plazo improrrogable de dos meses, contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en los términos del artículo 282 de la Ley en cita. El presente se signa con fundamento en los artículos 1, 2, fracción I; 4; 5, fracción I; 6, 8, 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 3o., fracción II; 4o.; 5o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, así como 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico. Ciudad de México, a 13 de febrero de 2026.- El Director General, Santiago Nieto Castillo.- Rúbrica. (R.- 573373) AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes: Espacio Costo 4/8 de plana $11,372.00 1 plana $22,744.00 1 4/8 planas $34,116.00 2 planas $45,488.00 Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección “Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT 970701NN3. Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos recibos bancarios de pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago. El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT. Atentamente Diario Oficial de la Federación 94 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA MTRA. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA PÉREZ, Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, con fundamento en lo establecido por los artículos 1° y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción V, 167 y 172 de la Ley General de Salud; 1, 5, 6, fracción III, 19, 20, fracción IV, 24, 51 y 74 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos; 4, 15-A, 19 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3, fracción III y 4 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 1, 9, 22 inciso d) y 27 de la Ley de Asistencia Social; 1, 2, fracción III, 10, fracciones XV y XXXVIII del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2024; CONSIDERANDO Que el artículo 25, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de las autoridades de implementar políticas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites y servicios. Que la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos dispone la reducción de costos burocráticos bajo los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, simplificación, accesibilidad, publicidad y transparencia, y que su artículo 24 prevé la simplificación de trámites y servicios mediante acuerdos generales que habiliten medios digitales, reduzcan plazos de respuesta, extiendan vigencias y eliminen requisitos y cargas administrativas. Que el artículo 24 de la citada ley prevé que los trámites y servicios previstos en leyes, reglamentos, manuales, lineamientos o cualquier otra disposición, podrán ser simplificados mediante acuerdos generales que emitan las personas titulares de los sujetos obligados en la esfera de su competencia y tendrán por objeto habilitar el uso de herramientas o medios digitales, para realizar trámites o servicios, establecer plazos de respuesta menores a los máximos previstos, extender la vigencia de las resoluciones, eliminar requisitos y costos burocráticos de cualquier otra acción de mejora. Que el artículo 2, fracción V, de la Ley General de Salud establece como finalidad del derecho a la protección de la salud el acceso eficaz y oportuno a los servicios de salud y de asistencia social; asimismo, que los artículos 167, 174, 178 y 389 Bis 2 del mismo ordenamiento regulan la asistencia social, la atención integral a las personas con discapacidad, la operación de programas y establecimientos de rehabilitación, así como la expedición del certificado de discapacidad, en concordancia con la legislación vigente y los tratados internacionales aplicables. Que el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social reconoce el derecho a la asistencia social de personas y familias en situación de vulnerabilidad. Que el artículo 9, fracciones VII y IX, de la Ley de Asistencia Social atribuye al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia la formación de personal profesional en asistencia social y la coordinación con las entidades federativas para la prestación y promoción de dichos servicios. Que el artículo 10 de la Ley de Asistencia Social establece el derecho a recibir servicios de asistencia social de calidad, con oportunidad, confidencialidad y sin discriminación. Que los artículos 22, inciso d), 27 y 28, incisos p) y d), de la Ley de Asistencia Social disponen que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia es un organismo público descentralizado, integrante del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada, con funciones de profesionalización del personal y de prestación de servicios de asistencia jurídica y social a personas en situación de vulnerabilidad, incluidas las personas con discapacidad. Que, de conformidad con el artículo 28 bis fracción XV del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social tiene entre sus facultades administrar y operar la Entidad de Certificación y Evaluación manteniendo su acreditación ante el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER). Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 95 Que los artículos 1, 10 y 17 de los Lineamientos de Operación del Programa de Credencial Nacional para Personas con Discapacidad regulan el proceso de afiliación, la expedición del certificado de discapacidad y el otorgamiento de la Credencial Nacional para Personas con Discapacidad como medio de identificación con reconocimiento nacional y beneficios asociados. Que el artículo 28 bis fracción IX, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia confiere a la persona titular de la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social la atribución de coordinar la operación del Campus Virtual DIF. Por lo anterior, y con el propósito de implementar acciones de simplificación administrativa, se expide el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA ARTÍCULO PRIMERO.- Se elimina la obligación de presentar los requisitos en los trámites siguientes: No. Homoclave Nombre del trámite Requisitos eliminados 1 DIF-2020-036-009-A Certificación en Estándares de Competencia de Asistencia Social 1. Fotografías del solicitante. 2. Acta de nacimiento. 3. Clave Única de Registro de Población (CURP). 2 DIF-2019-036-003-A Solicitud para Asesoría Jurídica en Materia Familiar. 1. Identificación oficial (INE o pasaporte vigente). 3 DIF-2020-036-006-A Credencial Nacional para Personas con Discapacidad. 1. Acta de nacimiento. 2. Certificado de discapacidad. 3. Clave Única de Registro de Población (CURP). 4. Comprobante de domicilio. 4 DIF-2020-036-014-A Cita de valoración médica para personas con discapacidad o en riesgo potencial de presentarla. 1. Clave Única de Registro de Población (CURP). 2. Comprobante de domicilio. 5 DIF-2020-036-010-A Certificado de discapacidad. 1. Clave Única de Registro de Población (CURP). 2. Comprobante de domicilio. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se establecen los requisitos de los trámites señalados en el artículo que antecede, así como sus homoclaves actualizadas: No. Homoclave anterior Homoclave actualizada Nombre del trámite Requisitos después de la simplificación 1 DIF-2020-036-009-A DIF-2020-036-009 Certificación en Estándares de Competencia de Asistencia Social. 1. Formato digital requisitado para dar de alta el proceso de la persona interesada. 2. Identificación oficial que contenga CURP. 3. Credencial del trabajo o carta laboral de institución de Asistencia Social (en los casos que aplique). 2 DIF-2019-036-003-A DIF-2019-036-003 Solicitud para Asesoría Jurídica en Materia Familiar. 1. Formato de Solicitud de Asesoría Jurídica de 1ª Vez. 3 DIF-2020-036-006-A DIF-2020-036-006 Credencial Nacional para Personas con Discapacidad. 1. Identificación oficial. En caso de no ser usuarios del SNDIF, además deberá presentar: 2. Certificado de discapacidad. Para personas extranjeras, documento de identidad vigente expedida por el país de origen, tarjeta de visitante o residente, o pasaporte. 96 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 No. Homoclave anterior Homoclave actualizada Nombre del trámite Requisitos después de la simplificación 4 DIF-2020-036-014-A DIF-2020-036-014 Cita de valoración médica para personas con discapacidad o en riesgo potencial de presentarla. 1. Identificación oficial. 5 DIF-2020-036-011-A DIF-2020-036-011 Inscripción al Campus Virtual del SNDIF. 1. Requisitar formulario. 6 DIF-2020-036-010-A DIF-2020-036-010 Certificado de discapacidad 1. Identificación oficial. 2. Valoraciones médico-clínicas previas. ARTÍCULO TERCERO.- Se implementa la reducción de tiempo de resolución para los siguientes trámites: No. Homoclave Nombre del trámite Reducción de tiempo Antes Ahora 1 DIF-2020-036-009 Certificación en Estándares de Competencia de Asistencia Social. 6 meses 3 meses ARTÍCULO CUARTO.- El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia no solicitará documentación emitida por el mismo, copias simples, ni requisitos adicionales a los establecidos en el presente Acuerdo. ARTÍCULO QUINTO.- Las personas solicitantes deberán requisitar los campos identificados como obligatorios en el formato de solicitud al tratarse de información indispensable para la debida sustanciación y evaluación de los trámites, el cual será dado a conocer en el portal oficial del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. ARTÍCULO SEXTO.- Se crea el formato denominado “SOLICITUD DE ASESORÍA JURÍDICA DE 1ª VEZ” para la presentación del trámite “Solicitud para Asesoría Jurídica en Materia Familiar” con homoclave DIF-2019-036-003, el cual se adjunta como Anexo Único al presente acuerdo. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los veinte días hábiles posteriores al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación. TERCERO. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia modificará la información que resulte necesaria en las fichas de trámites inscritos en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios en un plazo de quince días hábiles posteriores a su entrada en vigor, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos. CUARTO. Las autoridades competentes deberán realizar, dentro del plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, las adecuaciones necesarias a la normatividad interna, a los procedimientos administrativos, sistemas de registro y a cualquier otro mecanismo que resulte aplicable, con el objeto de asegurar su correcta implementación. QUINTO. El contenido del presente Acuerdo deberá difundirse en las áreas que integren el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia para su correcta aplicación. Se expide en la Ciudad de México, el 25 de febrero del dos mil veintiséis.- Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Mtra. María del Rocío García Pérez.- Rúbrica. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 97 98 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 ______________________________ Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 99 ACUERDO por el que la persona titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes delega indistintamente en las personas titulares de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección de Medidas de Protección las facultades que se indican. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DELEGA INDISTINTAMENTE EN LAS PERSONAS TITULARES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REPRESENTACIÓN JURÍDICA Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE LA DIRECCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN LAS FACULTADES QUE SE INDICAN. Lcda. Fabiola María Salas Ambriz, Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., párrafo tercero y 4o., párrafos undécimo y vigésimo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, fracción VII, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 53 del Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 13, párrafo segundo, 14, fracción XXX, 17, fracción VI, y 23, párrafo tercero del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado el 30 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, y CONSIDERANDO Que el artículo 1o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que todas las autoridades del país están obligadas a proteger, garantizar, respetar y promover los derechos humanos, a partir de la aplicación de los principios de progresividad, universalidad, interdependencia e indivisibilidad; y que, en casos de posibles violaciones a los derechos humanos, deben adoptarse medidas para su prevención, investigación, sanción y reparación. Que el artículo 4o., párrafo undécimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos, y que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral; el párrafo vigésimo tercero del precepto referido dispone que toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencias, y que el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños. Que el artículo 122, fracción VII, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que corresponde a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes ordenar la aplicación de medidas urgentes de protección especial. Que el artículo 53 del Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, dispone que la Procuraduría Federal al ordenar la aplicación de medidas urgentes de protección especial, previstas en la fracción VII del artículo 122 de la Ley, podrá solicitar el auxilio y colaboración de las instituciones policiales competentes, y deberá notificar de inmediato al Ministerio Público de la Federación la emisión de dichas medidas. Que el párrafo segundo del artículo 53 del Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que la persona Titular de la Procuraduría Federal podrá delegar la facultad a que se refiere dicho artículo mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Que el artículo 13, párrafo segundo, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, dispone que la persona Titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes puede ser auxiliada por las personas titulares de las Direcciones Generales, Direcciones de Área y por el demás personal que resulte necesario y que le esté adscrito conforme a su estructura orgánica vigente; asimismo, el artículo 14, fracción XXX, del citado Estatuto le confiere la facultad de delegar, mediante oficio, en el personal subalterno las facultades y atribuciones que tenga encomendadas, mismas que deberán constar por escrito. 100 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Que el artículo 17, fracción VI, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, establece que corresponde a la Procuradora o Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes solicitar al Ministerio Público competente o, en su caso, ordenar la imposición de medidas urgentes de protección especiales idóneas. Que el artículo 23, párrafo tercero, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, que, en el desempeño de sus funciones, las personas titulares de las Direcciones Generales serán auxiliadas por las personas servidoras públicas adscritas a las Direcciones y por el demás personal que sea necesario y que les esté adscrito conforme a la estructura orgánica vigente. Que el artículo 31, fracción VI, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, reconoce que la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes está adscrita a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, y que dentro de sus facultades se encuentra la de solicitar al Ministerio Público o, en su caso, ordenar la imposición de medidas urgentes de protección especiales idóneas cuando existe un riesgo inminente contra la vida, integridad o libertad de niñas, niños y adolescentes. Que la fracción XXIV al artículo 31 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, establece que la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes contará con las demás atribuciones que le confiera la persona Titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como las que se señalen en el Estatuto y otras disposiciones. Que el Manual de Organización Específico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado el 12 de abril de 2024, en el Diario Oficial de la Federación, establece que la Dirección de Medidas de Protección está adscrita a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y que dentro de sus funciones se encuentra la relativa al seguimiento de las solicitudes de medidas urgentes de protección especial. Que, para la mejor distribución y desarrollo de las atribuciones que competen a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, de conformidad con el mandato constitucional y legal, con el fin de atender de manera eficiente la gestión administrativa, reducir los tiempos de atención para emitir las medidas urgentes de protección especial en los casos que resulten necesarias para garantizar el interés superior de la niñez, es necesario adoptar medidas para atender de forma expedita los asuntos que tienen encomendados, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DELEGA INDISTINTAMENTE EN LAS PERSONAS TITULARES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REPRESENTACIÓN JURÍDICA Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE LA DIRECCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN LAS FACULTADES QUE SE INDICAN PRIMERO. Se delega indistintamente en las personas Titulares de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección de Medidas de Protección la facultad para ordenar la aplicación de medidas urgentes de protección especial, conforme a lo dispuesto por los artículos 122, fracciones VI y VII, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y 53 del Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. SEGUNDO. Las personas Titulares de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección de Medidas de Protección, en ejercicio de la facultad delegada, deberán, según sea el caso: I. Dictar, de manera fundada y motivada, las medidas urgentes de protección especial previstas por el artículo 122, fracción VI, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y que resulten necesarias para gestionar el riesgo que se actualice en contra de la vida, integridad o libertad de las personas menores de edad, de acuerdo con las características de cada caso en particular, velando en todo momento por el interés superior de la niñez; Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 101 II. Solicitar, cuando sea necesario, el auxilio y colaboración de las instituciones policiales competentes para la aplicación de las medidas urgentes de protección especial; III. Notificar inmediatamente al Ministerio Público de la Federación la emisión de las medidas urgentes de protección especial, para los efectos legales a que haya lugar; IV. Notificar dentro de las veinticuatro horas siguientes a la imposición de la medida urgente de protección especial, al órgano jurisdiccional competente, para que este se pronuncie sobre la cancelación, ratificación o modificación de la medida que se encuentre vigente; V. Dar seguimiento a la revisión que realice el órgano jurisdiccional competente, con el propósito de interponer los medios de defensa que en todo caso resulten necesarios, con el auxilio de la Dirección de Asesoría y Representación Jurídica de Niñas, Niños y Adolescentes; VI. Informar a la persona titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes sobre las medidas urgentes de protección especial ordenadas, de manera semanal; VII. Llevar un registro único y permanentemente actualizado de todas las medidas urgentes de protección especial ordenadas; y VIII. Rendir los informes que le sean solicitados por la persona titular de la Procuraduría Federal para la adecuada supervisión del ejercicio de la facultad delegada. En los casos en los que las medidas urgentes de protección especial sean dictadas de forma directa por la persona titular de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la persona titular de la Dirección de Medidas de Protección auxiliará en su tramitación, registro, seguimiento, notificación y en todo aquello que resulte necesario para su efectiva aplicación y cumplimiento. TERCERO. La persona titular de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes dispondrá todas las medidas administrativas necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo, auxiliándose del personal que sea necesario y que les esté adscrito conforme a la estructura orgánica vigente. CUARTO. En ausencia temporal de las personas titulares de la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección de Medidas de Protección, las facultades delegadas podrán ser ejercidas por quien legalmente las sustituya, de conformidad con el artículo 41 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. QUINTO. La delegación de funciones contenida en el presente Acuerdo se otorga sin prejuicio de su ejercicio directo por parte de la persona Titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. SEXTO. Las personas servidoras públicas señaladas, no recibirán remuneración adicional por el ejercicio de las facultades que se le delegan. SÉPTIMO. La persona Titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes podrá modificar o revocar la presente delegación en cualquier momento, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación. TRANSITORIO ÚNICO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, con la finalidad de que surta sus efectos el día de su publicación. Ciudad de México, a 10 de febrero de 2026.- Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Lcda. Fabiola María Salas Ambriz.- Rúbrica. 102 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.5445 M.N. (diecisiete pesos con cinco mil cuatrocientos cuarenta y cinco diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente, Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica. TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2584%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3016%; y a plazo de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3646%. Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica. TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 7.00 por ciento. Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 103 EQUIVALENCIA de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de febrero de 2026. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. EQUIVALENCIA DE LAS MONEDAS DE DIVERSOS PAÍSES CON EL DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, CORRESPONDIENTE AL MES DE FEBRERO DE 2026 El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o., 10, 14 Bis, 17 y 19 del Reglamento Interior del Banco de México, así como Segundo, fracciones VI y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México y de conformidad con lo señalado en el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación, da a conocer para efectos fiscales la cotización de las monedas de diversos países contra el dólar de los EE.UU.A., observada en los mercados internacionales. Las monedas de los países que se listan corresponden: i) a los principales socios comerciales de México, tanto en exportaciones como en importaciones, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)1*, ii) a las divisas más operadas en el mercado de cambios a nivel mundial, de conformidad con la encuesta oficial publicada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS)2** y iii) a las divisas solicitadas a este Instituto Central para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. País 1/ Moneda Equivalencia de la moneda extranjera feb-2026 en dólares de los E.E.U.U.A Arabia Saudita Riyal 0.26660 Argelia Dinar 0.00770 Argentina Peso 0.00070 Australia Dólar 0.71255 Bahamas Dólar 1.00000 Barbados Dólar 0.50000 Belice Dólar 0.50000 Bermuda Dólar 1.00000 Bolivia Boliviano 0.14570 Brasil Real 0.19490 Canadá Dólar 0.73300 Chile Peso 0.00114 China Yuan continental 0.14570 China Yuan extracontinental 2/ 0.14570 Colombia Peso 3/ 0.26608 Corea del Sur Won 3/ 0.69470 Costa Rica Colón 0.00212 Cuba Peso 0.04170 1* Conforme a los datos publicados por el INEGI se consideró el promedio de las importaciones y exportaciones de México de los últimos cinco años. 2** De acuerdo a la Encuesta Trienal de Bancos Centrales realizada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS) durante abril de 2025 y publicada en septiembre del mismo año. 104 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 País 1/ Moneda Equivalencia de la moneda extranjera feb-2026 en dólares de los E.E.U.U.A Dinamarca Corona 0.15803 Ecuador Dólar 1.00000 Egipto Libra 0.02090 El Salvador Colón 0.11430 Emiratos Árabes Unidos Dirham 0.27230 Estados Unidos de América Dólar 1.00000 Federación Rusa Rublo 0.01296 Fiyi Dólar 0.45560 Filipinas Peso 0.01734 Gran Bretaña Libra esterlina 1.34470 Guatemala Quetzal 0.13050 Guyana Dólar 0.00478 Honduras Lempira 0.03770 Hong Kong Dólar 0.12784 Hungría Florín 0.00313 India Rupia 0.01099 Indonesia Rupia 3/ 0.05956 Irak Dinar 0.00076 Israel Shekel 0.31897 Jamaica Dólar 0.00645 Japón Yen 0.00641 Kenia Chelín 0.00780 Kuwait Dinar 3.26140 Malasia Ringgit 0.25690 Marruecos Dirham 0.10920 Nicaragua Córdoba 0.02720 Nigeria Naira 0.00073 Noruega Corona 0.10510 Nueva Zelanda Dólar 0.59990 Panamá Balboa 1.00000 Paraguay Guaraní 3/ 0.15510 Perú Sol 0.29802 Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 105 País 1/ Moneda Equivalencia de la moneda extranjera feb-2026 en dólares de los E.E.U.U.A Polonia Esloti 0.27990 Puerto Rico Dólar 1.00000 Rep. Checa Corona 0.04874 Rep. de Sudáfrica Rand 0.06283 Rep. Dominicana Peso 0.01674 Rumania Leu 0.23170 Singapur Dólar 0.79050 Suecia Corona 0.11079 Suiza Franco 1.30060 Tailandia Baht 0.03223 Taiwán Nuevo dólar 0.03202 Trinidad y Tobago Dólar 0.14870 Turquía Lira 0.02275 Ucrania Hryvnia 0.02320 Unión Monetaria Europea Euro 4/ 1.18070 Uruguay Peso 0.02600 Venezuela Bolívar digital 5/ 0.00243 Vietnam Dong 3/ 0.03838 Derecho Especial de Giro DEG 1.37477 1/ El nombre con el que se mencionan los países no necesariamente coincide con su nombre oficial y se listan sin perjuicio del reconocimiento que en su caso se les otorgue como país independiente. 2/ Corresponde al tipo de cambio cuya cotización es realizada fuera de China continental. 3/ El tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas. 4/ Los países que utilizan el euro como moneda son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Portugal. 5/ A partir del 1 de octubre de 2021 el bolívar soberano fue sustituido por el bolívar digital. Para cotizaciones anteriores a esta fecha, el tipo de cambio está expresado en dólares por millón de unidades domésticas. Ciudad de México, a 27 de febrero de 2026.- BANCO DE MEXICO: Gerente de Operaciones Internacionales, Ximena Alfarache Morales.- Rúbrica.- Gerente de Instrumentación de Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Internacionales y Metales, Héctor Aureliano Esquivel Urdaneta.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones Internacionales, Lic. Luis Murray Arriaga.- Rúbrica. 106 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA ACUERDO SRGII/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala Regional en Guanajuato II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de fuerza mayor. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Sala Regional en Guanajuato II.- SRGII/01/2026. SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES EN LA SALA REGIONAL EN GUANAJUATO II DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR Silao de la Victoria, Guanajuato, a veintidós de febrero de dos mil veintiséis. Con fundamento en los artículos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo segundo transitorio, párrafo segundo, del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos legales, en materia de homologación normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2025, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; primero y segundo del Acuerdo SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, por el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los numerales 33, fracciones V y XII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con motivo de los bloqueos en diversos municipios que corresponden a la jurisdicción de esta Sala, a fin de salvaguardar la seguridad e integridad de las personas servidoras públicas de la Sala, litigantes y personal externo; se ACUERDA Primero. Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Guanajuato II de este Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal. Segundo. Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por conducto de la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos. Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes de esta Sala Regional en Guanajuato II. CÚMPLASE. Así lo proveyó y firma el Magistrado Presidente de esta Sala Regional en Guanajuato II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante la Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe. Magistrado Presidente de la Sala Regional en Guanajuato II, Magistrado Octavio Augusto Ernesto Prieto Gallardo.- Rúbrica.- Secretaria de Acuerdos, Licenciada Nancy Ortiz de la Rosa.- Rúbrica. (R.- 573325) ACUERDO SRHGO/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala Regional en Hidalgo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de fuerza mayor. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Sala Regional en Hidalgo.- SRHGO/01/2026. SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES EN LA SALA REGIONAL EN HIDALGO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, a veintitrés de febrero de dos mil veintiséis. De conformidad con los artículos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en relación con el diverso 1° de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo; primero y segundo del Acuerdo Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 107 SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, dictado por el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2018; así como los numerales 33, fracciones V y XII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y 58, fracción IX del Reglamento Interior de este Tribunal; por causas de fuerza mayor, a fin de velar por la seguridad del personal que labora en este órgano jurisdiccional, y de los usuarios tras los hechos ocurridos el día de ayer en el país; se ACUERDA Primero. Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Hidalgo de este Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal. Segundo. Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por conducto de la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos. Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes de esta Sala Regional en Hidalgo. CÚMPLASE. Así lo proveyó y firma la Magistrada Presidenta de esta Sala Regional en Hidalgo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe. Magistrada Presidenta de la Sala Regional en Hidalgo, Magistrada Beatriz Salgado Hernández.- Rúbrica.- Secretario de Acuerdos, Licenciado Gustavo Villanueva Coronilla.- Rúbrica. (R.- 573323) ACUERDO SRQ/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales y plazo en la Sala Regional en Querétaro por causas de fuerza mayor. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Sala Regional en Querétaro.- SRQ/01/2026. SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES Y PLAZO POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR Querétaro, Querétaro, a veintitrés de febrero de dos mil veintiséis.- Con fundamento en los artículos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo segundo transitorio párrafo segundo, del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos legales, en materia de homologación normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2025, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; primero y segundo del Acuerdo SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, emitido por el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como los numerales 33, fracciones V y XII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 57 y 58 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con motivo de los hechos acontecidos el día domingo veintidós de febrero de dos mil veintiséis y a los sucesos difundidos a nivel nacional derivados del mismo, cuya incidencia ha provocado hechos violentos en diversas entidades de la República Mexicana que han puesto en peligro la vida, la integridad y seguridad de las personas, en concordancia con el “Aviso de suspensión de labores, plazos y términos”, adoptado por el Coordinador de Tribunales Laborales Federales de Asuntos Individuales, el Coordinador de Personas Juzgadoras de Distrito y el Coordinador de Magistraturas, todos del Vigésimo Segundo Circuito del Poder Judicial de la Federación, con sede en la Ciudad de Querétaro, por el cual determinan suspender labores de dichos órganos jurisdiccionales el día veintitrés de febrero del año en curso; y en virtud del ambiente de incertidumbre y con el objeto de proteger la seguridad e integridad de los usuarios de los servicios de la Sala Regional en Querétaro del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como de las personas servidoras públicas de la Sala y personal externo, se: 108 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 ACUERDA Primero.- Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Querétaro de este Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal. Segundo.- Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por conducto de la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos, para que se continúe con los trámites que correspondan de conformidad con el Acuerdo SS/6/2018, e infórmese, al Magistrado Integrante de la Junta de Gobierno y Administración de este Tribunal y Visitador de esta Sala. Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes, en el tablero de avisos y en la puerta de acceso de esta Sala Regional en Querétaro. CÚMPLASE.- Así lo proveyó y firma el Presidente de la Sala Regional en Querétaro del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe. La Presidente de la Sala Regional en Querétaro, Magistrada Magdalena Judith Muñoz Ledo Belmonte.- Rúbrica.- Secretario de Acuerdos, Lic. Noemi Rocha Aguado.- Rúbrica. (R.- 573322) ACUERDO SRQA/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales y plazos en la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar por causas de fuerza mayor. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar.- SRQA/01/2026. SUSPENSION DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES Y PLAZOS POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo a veintitrés de febrero de dos mil veintiséis. Con fundamento en los artículos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo segundo transitorio párrafo segundo, del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos legales, en materia de homologación normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2025, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; primero y segundo del Acuerdo SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, emitido por el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como los numerales 33, fracciones V y XII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 57 y 58 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con motivo de los hechos acontecidos el día domingo veintidós de febrero de dos mil veintiséis, relativos a los bloqueos en las calles y carreteras en el Estado de Quintana Roo, en concordancia con el aviso de suspensión de plazos y términos procesales adoptado por la Coordinación de Juezas y Jueces de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún y de Juezas y Jueces de Distrito de los Tribunales Laborales Federales en Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, por el cual determinan suspender labores de dichos órganos jurisdiccionales el día veintitrés de febrero del año en curso; y en virtud del ambiente de incertidumbre y con el objeto de proteger la seguridad e integridad de los usuarios de los servicios de la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como de las personas servidoras públicas de la Sala y personal externo, se: ACUERDA Primero.- Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar de este Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal. Segundo.- Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por conducto de la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos, para que se continúe con los trámites que correspondan de conformidad con el Acuerdo SS/6/2018, e infórmese, al Magistrado Integrante de la Junta de Gobierno y Administración de este Tribunal y Visitador de esta Sala. Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes, en el tablero de avisos y en la puerta de acceso de esta Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar. CÚMPLASE.- Así lo proveyó y firma el Presidente de la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe. Presidente de la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar, Magistrado Manuel Carapia Ortiz.- Rúbrica.- Secretario de Acuerdos, Lic. Pedro Alfredo Duarte Albarran.- Rúbrica. (R.- 573319) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 109 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE FCAS. VEST. Y EQ. SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL número LA-07-113-007000998-N-52-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx Nombre del procedimiento. Servicios de mantenimiento para la diversa maquinaria de la Fca. de teñido, estampado y acabados. Volumen a adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras MX. 2 de Marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones. 11 de Marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones. 20 de Marzo de 2026 a las 0800 hs. Fecha y hora de fallo. 9 de Abril de 2026 a las 1100 hs. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. CAMPO MILITAR No. 1-E, “GRAL. DIV. D.E.M. FELIX GALVAN LOPEZ”, EL VERGEL, IZTAPALAPA, CD. DE MEX., A 2 DE MARZO DE 2026. EL DIRECTOR GENERAL DE FABRICAS DE VESTUARIO Y EQUIPO GRAL. BGDA. E.M., RUBEN ZAMUDIO MATIAS RUBRICA. (R.- 573438) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA RESUMEN DE LA CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/. No. de licitación LA-07-110-007000999-N-152-2026. Objeto de la licitación. Contratación de servicios para componentes de aviones F-5E/F. Fecha de publicación en Compras MX. 23 de febrero de 2026. Junta de Aclaraciones. 08:00 Hs., 5 Mar. 2026. Presentación y Apertura de Proposiciones. 09:00 Hs., 12 Mar. 2026. Fallo. 10:00 Hs., 01 Abr. 2026. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 25 FEBRERO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M. EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573366) 110 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Nacional No. LA-07-110-007000999- N-167-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx. Descripción de la licitación. “Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Hardware y Software del Sistema de Administración del Espacio Aéreo (A.M.S.), Instalado en la 1/a. Escuadrilla de Control de Comunicaciones”. Volumen a adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación en CompraNet. 26/2/2026, 12:00 horas. Junta de aclaraciones 10/3/2026, 08:00 horas. Visita a instalaciones. No hay visita a las instalaciones. Presentación y Apertura de Proposiciones. 17/3/2026, 09:00 horas. Fallo. 27/3/2026, 10:00 horas. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 26 DE FEBRERO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION DE ADQUISICIONES DE INFORMATICA Y TRANSMISIONES DIR. GRAL. ADMON. TTE. COR. OFTA. ALFREDO GABINO MARTINEZ BAÑOS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573379) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Nacional No. LA-07-110-007000999- N-173-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx. Descripción de la licitación. “Servicio de Fotocopiado e Impresión para las UU.DD. e II. del Ejto., F.A. y G.N.” (Plurianual Especial). Volumen a adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación en CompraNet. 27/2/2026, 12:00 horas. Junta de aclaraciones 4/3/2026, 08:00 horas. Visita a instalaciones. No hay visita a las instalaciones. Presentación y Apertura de Proposiciones. 10/3/2026, 09:00 horas. Fallo. 30/3/2026, 10:00 horas. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 27 DE FEBRERO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION DE ADQUISICIONES DE INFORMATICA Y TRANSMISIONES DIR. GRAL. ADMON. TTE. COR. OFTA. ALFREDO GABINO MARTINEZ BAÑOS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573382) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 111 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-181-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 3 de marzo al 7 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-181-2026 Objeto de la Licitación. Mantenimiento para máquinas. Fecha de Publicación. 3/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 11/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 18/03/2026, 08:00 horas Fallo. 7/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE DE LA SECCION ESTEBAN ALBERTO SANTIAGO LORENZO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573502) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-182-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 3 de marzo al 7 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-182-2026 Objeto de la Licitación. Mantenimiento preventivo a los equipos de cromatografía de gases acoplado a espectrofotómetro de masas. Fecha de Publicación. 3/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 11/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 18/03/2026, 08:00 horas Fallo. 7/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE DE LA SECCION ESTEBAN ALBERTO SANTIAGO LORENZO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573498) 112 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-183-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 3 de marzo al 7 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-183-2026 Objeto de la Licitación. Mantenimiento preventivo del analizador de drogas por inmunoensayo. Fecha de Publicación. 3/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 11/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 18/03/2026, 08:00 horas Fallo. 7/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE DE LA SECCION ESTEBAN ALBERTO SANTIAGO LORENZO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573494) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-184-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 55 5387 5212 del 3 de marzo al 7 de abril de 2026. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-184-2026 Objeto de la Licitación. Mantenimiento preventivo y correctivo para los equipos para los refrigeradores de los laboratorios de criminalística forense. Fecha de Publicación. 3/03/2026. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 11/03/2026, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 18/03/2026, 08:00 horas Fallo. 7/04/2026, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE DE LA SECCION ESTEBAN ALBERTO SANTIAGO LORENZO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573501) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 113 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-156-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet: http://comprasmx.hacienda.gob.mx; No. de Licitación. LA-07-110-007000999-T-156-2026. Objeto de la Licitación. “Adquisición de refacciones para el mantenimiento preventivo y correctivo de Camionetas Chevrolet Cheyenne” (2/a Vuelta). Volumen a Adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación en CompraNet. 25 de febrero de 2026. Visita a Instalaciones: Ninguna. Junta de Aclaraciones: 08:00 A.M., 26 Mar. 2026 Presentación y Apertura de Proposiciones: 08:00 A.M., 7 Abr. 2026 Fallo: 12:00 P.M., 22 Abr. 2026 LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 25 DE FEBRERO DE 2026. EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES. TTE COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME RUBRICA. (R.- 573429) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 86 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-161-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet: http://comprasmx.hacienda.gob.mx; No. de Licitación. LA-07-110-007000999-T-161-2026. Objeto de la Licitación. “Adquisición de refacciones específicas para el mantenimiento de los vehículos blindados” (T.P.V. SANDCAT, DN-XI y DN-XII). Volumen a Adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación en CompraNet. 27 de febrero de 2026. Visita a Instalaciones: Ninguna. Junta de Aclaraciones: 08:00 A.M., 26 Mar. 2026 Presentación y Apertura de Proposiciones: 08:00 A.M., 8 Abr. 2026 Fallo: 12:00 P.M., 23 Abr. 2026 LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 27 DE FEBRERO DE 2026. EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES. TTE COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME RUBRICA. (R.- 573434) 114 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Internacional bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-166-2026, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx. Descripción de la licitación. “Adquisición de Refacciones para Accesorios de Equipos de Radiocomunicación Táctica en HF”. Volumen a adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación en Compras MX. 26/2/2026, 12:00 horas. Junta de aclaraciones 1/4/2026, 08:00 horas. Visita a instalaciones. No hay visita a las instalaciones. Presentación y Apertura de Proposiciones. 14/4/2026, 09:00 horas. Fallo. 29/4/2026, 10:00 horas. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 26 DE FEBRERO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION DE ADQUISICIONES DE INFORMATICA Y TRANSMISIONES DIR. GRAL. ADMON. TTE. COR. OFTA. ALFREDO GABINO MARTINEZ BAÑOS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573377) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION AVISO DE FALLO LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS No. LA-07-110-007000999-T-73-2026 La Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración con domicilio en avenida Industria Militar sin número, esquina con Boulevard Manuel Avila Camacho, colonia Lomas de Sotelo C.P 11200, alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, informa que el 29 de diciembre del 2025 se emitió el fallo del procedimiento de Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-73-2026, para la “Adquisición de refaccionamiento para el mantenimiento de los helicópteros UH-60M”, donde se adjudicó al siguiente Licitante: Empresa. Domicilio. Partidas adjudicadas. Monto adjudicado con I.V.A. “Gler Dealers S.A. de C.V.” Ejido San Andrés 61, Col. Francisco Villa, Mpio. Tlalnepantla de Baz, Edo. Méx., C.P. 54059 7, 8, 10, 12, 31, 32 y 34 318,429.28 U.S.D. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M. TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M. JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573447) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 115 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION AVISO DE FALLO LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS No. LA-07-110-007000999-T-78-2026 La Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración con domicilio en avenida Industria Militar sin número, esquina con Boulevard Manuel Avila Camacho, colonia Lomas de Sotelo C.P 11200, alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, informa que el 19 de enero del 2026 se emitió el fallo del procedimiento de Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-78-2026, para la “Adquisición de refaccionamiento para el mantenimiento de aviones Cessna 182S”, donde se adjudicó a los siguientes Licitantes: No. Empresa. Domicilio. Partidas adjudicadas. Monto adjudicado con I.V.A. 1 “Partes Aéreas Concord, S.A.” Av. Santos Dumont 207, Col. Aviación Civil, Alc. Venustiano Carranza, Cd. Méx., C.P. 15740. 2, 3, 8, 11 a la 20, 22, 24, 27, 30, 31, 33, 34, 37 a la 42, 45 a la 48, 54 a la 57, 59, 60, 66, 68 a la 70, 72 a la 74, 77 a la 79, 82, 84, 93 a la 95, 97, 98, 103 a la 106, 116 a la 123, 131, 143 a la 146, 150, 152 a la 154, 156 a la 164, 166 a la 168, 170, 172, 173, 177, 179, 181, 182, 184, 186, 187, 192, 194, 196, 199, 201, 203 a la 207, 209, 210, 213 a la 215, 218, 220, 222, 229, 232, 235, 241, 244 a la 250, 255, 256 y 258 661,982.77 U.S.D. 2 “Personas y Paquetes por Aire, S.A. de C.V.” Av. Américas, piso 6, interior 2, exterior: 1619, Col. Providencia 1/a Sección, Mpio. Guadalajara, Jal. C.P. 44630. 44 y 252 $1’224,675.96 M.N. 3 “Sarayu Comercial, S.A. de C.V.” Relaciones Exteriores No. 39, Departamento 101, Col. Federal, Alc. Venustiano Carranza, Cd. Méx C.P. 15700. 1, 4 a la 7, 9, 10, 23, 25, 26, 29, 35, 36, 43, 49 a la 53, 58, 61 a la 65, 71, 75, 76, 80, 81, 83, 85 a la 92, 96, 99 a la 102, 107 a la 113, 115, 124 a la 130, 132 a la 142, 149, 151, 155, 165, 169, 171, 174 a la 176, 178, 180, 183, 185, 188 a la 190, 193, 195, 197, 198, 200, 202, 208, 211, 212, 216, 221, 223, 224, 226 a la 228, 230, 231, 233, 234, 236 a la 238, 240, 243, 251, 253, 254 y 257 571,363.99 U.S.D. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M. TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M. JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573449) 116 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION AVISO DE FALLO LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS No. LA-07-110-007000999-T-80-2026 La Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración con domicilio en avenida Industria Militar sin número, esquina con Boulevard Manuel Avila Camacho, colonia Lomas de Sotelo C.P 11200, alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, informa que el 19 de enero del 2026 se emitió el fallo del procedimiento de Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-80-2026, para el “Refaccionamiento para el sistema de fractura (Canopy), de los aviones T-6C+”, donde se adjudicó a los siguientes Licitantes: No. Empresa. Domicilio. Partidas adjudicadas. Monto adjudicado con I.V.A. 1 “Gler Dealers S.A. de C.V.” Ejido San Andrés 61, Col. Francisco Villa, Mpio. Tlalnepantla de Baz, Edo. Méx., C.P. 54059 1, 3, 4, 8, 9 y 11 28,428.18 2 “Partes Aéreas Concord, S.A.” Santos Dumont, No. 207, Col. Aviación Civil, Alc. Venustiano Carranza, C.P. 15740, Ciudad de México. 2, 5 a la 7, 10, 12 y 13 10,128.90 SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M. TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M. JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573450) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION AVISO DE FALLO LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS No. LA-07-110-007000999-T-707-2025 La Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración con domicilio en avenida Industria Militar sin número, esquina con Boulevard Manuel Avila Camacho, colonia Lomas de Sotelo C.P 11200, alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México, informa que con fecha 20 de enero del 2026 se emitió el fallo del procedimiento de Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-00700999-T-707-2025, para la “Contratación de servicios a componentes del avión Boeing PT-17 STEARMAN”, el cual se declaró desierto, de conformidad a lo estipulado en los artículos 51 y 58 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de su reglamento respectivamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M. TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M. JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573448) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 117 SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA PREVENCION Y REINSERCION SOCIAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, número LA-36-D00-036D00999-N-26-2026, cuya Convocatoria contiene las bases de participación, disponibles para consulta en Internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: Melchor Ocampo No. 171, Piso 4, Col. Tlaxpana, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11370, Ciudad de México, teléfono 51-28-41-00 ext. 18440, en días hábiles del 03 al 17 de marzo del 2026, de las 9:00 a 18:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo al parque vehicular multimarca de Prevención y Reinserción social (PRS) para el ejercicio fiscal 2026 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en CompraNet 03/03/2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 11/03/2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de la visita a las instalaciones No se realizará visita a instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18/03/2026 a las 10:00 horas Fallo 23/03/2026 a las 17:30 horas CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE ADQUISICIONES Y CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LIC. CARLOS IVAN SOLANO BECERRIL RUBRICA. (R.- 573472) SECRETARIA DE ECONOMIA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y ARCHIVO RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/, o bien, en Boulevard Adolfo López Mateos Número 3025, Piso 4, Colonia, San Jerónimo Aculco, C.P. 10400, Demarcación Territorial La Magdalena Contreras, Ciudad de México, teléfono: 5629-9500 Ext. 27312, de lunes a viernes (días hábiles); con el siguiente horario: 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: RESUMEN DE CONVOCATORIA 04-2026 Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Nacional No. Interno de Control LPN-004-2026 Objeto de la Licitación SERVICIO DE MENSAJERIA Y PAQUETERIA NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA SECRETARIA DE ECONOMIA 2026 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 03/marzo/2026 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 11/marzo/2026 a las 10:00 Horas Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 18/marzo/2026 a las 11:00 Horas Fecha y hora para emitir el fallo 20/marzo/2026 a las 13:00 Horas CIUDAD DE MEXICO, A 2 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA DE LICITACIONES PUBLICAS LIC. TERESITA DE JESUS AGUILAR MONTERO RUBRICA. (R.- 573457) 118 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 016F00 - COMISION NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-16-F00- 016F00002-N-4-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx / o bien en Avenida Mayapán Sur, Lote 1, Supermanzana 21, Manzana 4, Cancún, Benito Juárez, Quintana Roo, C.P. 77505, teléfonos: (998) 892 16 48, de lunes a viernes de las 09:00 a 18:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación Servicios de Mantenimiento y Conservación de Vehículos Terrestres y Marítimos de las Areas Naturales Protegidas de la Dirección Regional Península de Yucatán y Caribe Mexicano. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en CompraNet 02 de Marzo de 2026 a las 09:00 Fecha y hora de junta de aclaraciones 05 de Marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 12 de Marzo de 2026 a las 12:00 Fecha y hora de fallo 13 de Marzo de 2026 a las 12:00 CANCUN, BENITO JUAREZ, QUINTANA ROO, A 2 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA REGIONAL HERIBERTO MARTINEZ LOPEZ RUBRICA. (R.- 573444) COMISION NACIONAL DEL AGUA ORGANISMO DE CUENCA AGUAS DEL VALLE DE MEXICO DIRECCION DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de Carácter Nacional No. LA-16-B00- 016B00013-N-16-2026, la Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta en Internet en la página https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en las Oficinas del Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México, sita en Avenida Río Churubusco No. 650, Piso 3, Colonia Carlos A. Zapata Vela, Demarcación Territorial Iztacalco, Código Postal 08040, Ciudad de México, teléfono: 58044300, extensiones 3865 y 3716, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas. LA-16-B00-016B00013-N-16-2026 Objeto de la Licitación Suministro de Cloro Líquido Anhidro en Cilindros de 907 Kg. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria Fecha de publicación D.O.F. 05 de marzo de 2026 Fecha de publicación en CompraNet 05 de marzo de 2026 Visita No aplica Junta de aclaraciones 13 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 20 de marzo de 2026 a las 11:00 horas Fallo 24 de marzo de 2026 a las 13:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR DE ADMINISTRACION D.I. JOSE ALEJANDRO CANSECO FLORES RUBRICA. (R.- 573475) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 119 COMISION NACIONAL DEL AGUA ORGANISMO DE CUENCA LERMA SANTIAGO PACIFICO DIRECCION DE ADMINISTRACION RESUMENES DE CONVOCATORIAS NUMERO 01 LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones públicas nacionales electrónicas números LA-16-B00-016B00005-N-4-2026 y LA-16-B00-016B00005-N-5-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/ o bien en: Av. Federalismo Norte Núm. 275 - 2do. Piso, Colonia Centro, C.P. 44100, Guadalajara, Jalisco, teléfono: (33) 3268 0200 ext. 1000, 1001 y 1130, de lunes a viernes del año en curso, de las 9:00 a las 14:00 horas. No. de licitación LA-16-B00-016B00005-N-4-2026 Descripción de la licitación MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A VEHICULOS DE LA CONAGUA OCLSP Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 26/02/2026 Junta de aclaraciones 03/03/2026, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 09/03/2026, 10:00 horas Fallo 13/03/2026, 16:30 horas No. de licitación LA-16-B00-016B00005-N-5-2026 Descripción de la licitación SERVICIO DE VIGILANCIA A LOS INMUEBLES DEL ORGANISMO DE CUENCA LERMA SANTIAGO PACIFICO Y DIRECCIONES LOCALES Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 26/02/2026 Junta de aclaraciones 03/03/2026, 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 09/03/2026, 12:00 horas Fallo 13/03/2026, 17:30 horas GUADALAJARA, JALISCO, A 26 DE FEBRERO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO DE CUENCA LERMA SANTIAGO PACIFICO LIC. GUSTAVO ERNESTO FIGUEROA CUEVAS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573367) 120 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 048E00 - INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional número LO-48-E00-048E00994- N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Av. Juárez 101, Piso 18, Col. Centro, C.P. 06040, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, de lunes a viernes en horario de atención de 10:00 a 18:00 hrs. Nombre del Procedimiento de contratación TRABAJOS DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE LA FACHADA EXTERIOR, SUSTITUCION DE PISOS INTERIORES, ATENCION DE SALONES Y TRABAJOS COMPLEMENTARIOS EN EL MUSEO NACIONAL DE LA ESTAMPA. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 3 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 6 de marzo de 2026 a las 11:00 hrs Fecha y hora de la visita a las instalaciones 5 de marzo de 2026 a las 11:00 hrs Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 13 de marzo de 2026 a las 11:00 hrs Fecha y hora de fallo 18 de marzo de 2026 a las 17:00 hrs 3 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE OBRA PUBLICA Y MANTENIMIENTO ARQ. ALEJANDRO MARTINEZ JAIME FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573507) 048E00 - INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional número LO-48-E00-048E00994- N-3-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Av. Juárez 101, Piso 18, Col. Centro, C.P. 06040, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, de lunes a viernes en horario de atención de 10:00 a 18:00 hrs. Nombre del Procedimiento de contratación TRABAJOS DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE LOS MUROS COLINDANTES DEL ATRIO DEL TEMPLO Y DEL LUCERNARIO, ASI COMO MANTENIMIENTO A MODULOS SANITARIOS EN EL MUSEO LABORATORIO ARTE ALAMEDA. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 3 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 6 de marzo de 2026 a las 13:00 hrs Fecha y hora de la visita a las instalaciones 5 de marzo de 2026 a las 12:00 hrs Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 13 de marzo de 2026 a las 17:00 hrs Fecha y hora de fallo 19 de marzo de 2026 a las 17:00 hrs 3 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE OBRA PUBLICA Y MANTENIMIENTO ARQ. ALEJANDRO MARTINEZ JAIME FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573508) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 121 INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS DIRECCION ADMINISTRATIVA SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: http://compranet.hacienda.gob.mx, o bien, en el domicilio de la convocante en: Avenida Industria Militar N° 1053, Colonia Lomas de Sotelo C.P. 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, el día 5 de marzo del año en curso de las 08:00 a 16:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Internacional Electrónica LA-07-HXA-007HXA001-I-22-2026. Objeto de la Licitación Adquisición de Materiales, Accesorios y Suministros Médicos. Volumen a adquirir Detalles en la propia convocatoria. Fecha de publicación en la Plataforma Digital Compras MX 5/Marzo/2026. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 18/Marzo/2025, 9:00 horas. En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No Aplica. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 25/Marzo/2026, 10:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 14/Abril/2026, 10:00 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES M.A.P. ESTHER GUADALUPE ANTUNEZ MARTINEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573455) AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes: Espacio Costo 4/8 de plana $11,372.00 1 plana $22,744.00 1 4/8 planas $34,116.00 2 planas $45,488.00 Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección “Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT 970701NN3. Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago. El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT. Atentamente Diario Oficial de la Federación DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 122 COLEGIO DE BACHILLERES UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DIRECCION DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y BIENES DEPARTAMENTO DE COMPRAS RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Electrónicas, que se detallan a continuación y cuya convocatoria se encuentra disponible para consulta a partir del día 5 de marzo de 2026 en la dirección electrónica: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Licitación Pública Nacional Electrónica LA-11-L5N-011L5N002-N-18-2026 Descripción de la Licitación Prestación del Servicio de Uso de Licenciamiento de Microsoft, Enrollment For Education Solutions (EES) Fecha de Publicación en CompraNet 5 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones 13 de marzo de 2026, 11:00 hrs. Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y Apertura de Proposiciones 20 de marzo de 2026, 11:00 hrs. Fallo 27 de marzo de 2026, 12:00 hrs. Licitación Pública Nacional Electrónica LA-11-L5N-011L5N002-N-19-2026 Descripción de la Licitación Prestación del Servicio de Seguros de Vida Institucionales y de Retiro. Fecha de Publicación en CompraNet 5 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones 13 de marzo de 2026, 13:00 hrs. Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y Apertura de Proposiciones 20 de marzo de 2026, 13:00 hrs. Fallo 26 de marzo de 2026, 12:00 hrs. CIUDAD DE MEXICO, A 2 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS ROBERTO CARLOS CARVAJAL DUARTE RUBRICA. (R.- 573470) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 123 INSTITUTO NACIONAL PARA LA EDUCACION DE LOS ADULTOS UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en la convocatoria a la Licitación Pública Nacional, que contiene la convocatoria mediante la cual se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante: Francisco Márquez No. 160, 1er. piso, Col. Condesa, C.P. 06140, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono: 555241-2700 Ext. 22601, de lunes a viernes; horario: 09:00 a 15:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica LA-11-MDA-011MDA001-N-12-2026. Objeto de la Licitación CONTRATACION ABIERTA PARA LA ADQUISICION Y SUMINISTRO DE MATERIALES DIDACTICOS, DE IMPRESION Y REPRODUCCION. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 03/03/2026 Fecha y hora para la Junta de Aclaraciones 11/03/2026, 9:00 horas. Fecha y hora para la Presentación y Apertura de Proposiciones 19/03/2026, 11:00 horas. Fecha y hora para emitir el Fallo 24/03/2026, 11:00 horas. ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS RODRIGO MENENDEZ ROLDAN RUBRICA. (R.- 573453) 051GYN - INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS número LA-51-GYN-051GYN036-T-12-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación PRODUCTOS QUIMICOS BASICOS, MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 05 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 26 de Marzo de 2026 a las 11:00 Fecha y hora de fallo 6 de Abril de 2026 a las 11:00 5 DE MARZO DE 2026. JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES LILIANA LUCINA VELAZQUEZ GARCIA RUBRICA. (R.- 573406) 124 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO SUBDELEGACION DE ADMINISTRACION DELEGACION CAMPECHE RESUMEN DE CONVOCATORIA 001 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Electrónicas, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación, mismas que estarán disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la jefatura del Departamento de Recursos Materiales y Obras del ISSSTE, sita, en calle Ricardo Castillo Oliver No. 29 entre Av. María Lavalle Urbina y Calle Francisco Field Jurado, Fraccionamiento Ah Kim Pech, C.P. 24010, Colonia San Francisco, primer torre “A” San Francisco de Campeche, Campeche, teléfono: (01-981 lada)-81-6-82-65, de las 9:00 a 17:00 horas. Licitación Pública Nacional Electrónica LA-51-GYN-051GYN029-N-7-2026 Descripción de la Licitación. Adjudicación al Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Vehículos Terrestres Pertenecientes a la Representación Estatal Campeche para el Ejercicio 2026. Fecha de Publicación de ComprasMx. 5 de marzo del 2026 Volumen a adquirir. Lo establecido en la convocatoria Junta de Aclaraciones. 17 de marzo del 2026, 9:00 hrs. Apertura de proposiciones. 23 de marzo del 2026, 9:00 hrs. Fallo. 25 de marzo del 2026, 9:00 hrs. Licitación Pública Nacional Electrónica LA-51-GYN-051GYN029-N-8-2026 Descripción de la Licitación. Servicio de Desinfección y Fumigación en Representación Estatal Campeche, para el Ejercicio 2026 Fecha de Publicación de ComprasMX. 5 de marzo del 2026 Volumen a adquirir. Lo establecido en la convocatoria Junta de Aclaraciones. 17 de marzo del 2026, 9:30 hrs. Apertura de proposiciones. 23 de marzo del 2026, 9:30 hrs. Fallo. 25 de marzo del 2026, 9:30 hrs. Licitación Pública Nacional Electrónica LA-51-GYN-051GYN029-N-9-2026 Descripción de la Licitación. Servicio de Recolección de Productos Biológicos Infecciosos RPBI en la Representación Estatal Campeche, para el Ejercicio 2026 Fecha de Publicación de ComprasMX. 5 de marzo del 2026 Volumen a adquirir. Lo establecido en la convocatoria Junta de Aclaraciones. 17 de marzo del 2026, 10:00 hrs. Apertura de proposiciones. 23 de marzo del 2026, 10:00 hrs. Fallo. 25 de marzo del 2026, 10:00 hrs. Licitación Pública Nacional Electrónica LA-51-GYN-051GYN029-N-10-2026 Descripción de la Licitación. Adquisición de Material Eléctrico, Metálicos para la construcción, herramientas menores, refacciones a edificios, material complementarios y materiales y otros artículos para la construcción en la Representación Estatal Campeche, para el Ejercicio 2026 Fecha de Publicación de ComprasMX. 5 de marzo del 2026 Volumen a adquirir. Lo establecido en la convocatoria Junta de Aclaraciones. 17 de marzo del 2026, 10:30 hrs. Apertura de proposiciones. 23 de marzo del 2026, 10:30 hrs. Fallo. 25 de marzo del 2026, 10:30 hrs. ATENTAMENTE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 5 DE MARZO DE 2026. SUBDELEGADO DE ADMINISTRACION MTRO. JOSE ANTONIO CARRANCO GOMEZ RUBRICA. (R.- 573462) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 125 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO REPRESENTACION ESTATAL DE SONORA DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 002 En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en la Licitaciones Públicas Electrónicas Nacionales e Internacionales, cuya convocatoria se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en las oficinas de la Representación Estatal de Sonora, del ISSSTE, sita en Paseo de la Cultura y Comonfort, Edificio México, Colonia Villa de Seris, Hermosillo, Sonora, código postal 83280, teléfono 662 108- 0140, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. La publiación en el D.O.F. será el día 05 de marzo de 2026, de conformidad con lo siguiente: Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-51-GYN-051GYN051-N-39-2026 Objeto de la licitación ADQUISICION Y SUMINISTRO DE DIESEL INDUSTRIAL BAJO EN AZUFRE, PARA CALDERAS Y PLANTAS DE ENERGIA ELECTRICA PARA UNIDADES MEDICAS Publicación Compras MX 27 de Febrero de 2026 Visita a instalaciones No aplica Junta de aclaraciones 05 de Marzo de 2026, 09:00 hrs. Apertura de proposiciones 16 de marzo de 2026, 09:00 hrs. Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-51-GYN-051GYN051-N-40-2026 Objeto de la licitación SERVICIO DE TRASLADO DE ENFERMOS Y HERIDOS POR AMBULANCIA AEREA PARA LA REPRESENTACION ESTATAL DEL ISSSTE EN SONORA Publicación Compras MX 27 de Febrero de 2026 Visita a instalaciones A partir de la publicación Junta de aclaraciones 05 de Marzo de 2026, 10:00 hrs. Apertura de proposiciones 16 de marzo de 2026, 10:00 hrs. Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-51-GYN-051GYN051-N-42-2026 Objeto de la licitación SERVICIO DE RECOLECCION, TRASLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICO- INFECCIOSOS DE LA REPRESENTACION ESTATAL EN SONORA Publicación Compras MX 05 de Marzo de 2026 Visita a instalaciones A partir de la publicación Junta de aclaraciones 12 de marzo de 2026, 09:00 hrs. Apertura de proposiciones 20 de marzo de 2026, 09:00 hrs. En lo que se refiere al volumen de los Servicios y las adquisiciones los detalles se determinan en la propia convocatoria, mediante el Sistema CompraNET. Los interesados en participar deberán enviar sus propuestas única y exclusivamente a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, por tratarse de licitaciones electrónicas, se aplicará los plazos recortados. HERMOSILLO, SONORA, MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. JEFE DE RECURSOS MATERIALES DEL ISSSTE EN SONORA ING. JOSE EDUARDO CHAIDEZ LOYA RUBRICA. (R.- 573473) 126 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO HOSPITAL REGIONAL B VERACRUZ ALTA ESPECIALIDAD ISSSTE SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA- CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Avenida Salvador Díaz Mirón S/N esquina Sayula, Fraccionamiento Moderno, C.P. 91918, en la ciudad de Veracruz, Veracruz, teléfono 01(229) 9370804, los días de lunes a viernes del año en curso de las 9:00 a 17:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación LA-51-GYN-051GYN880-N-47-2026 Objeto de la Licitación MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MEDICOS; Y MATERIAL DE CURACION DE ALTA ESPECIALIDAD (OFTALMOLOGIA) Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de Publicación en Compras MX 05 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 10 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Visita a Instalaciones No habrá visita instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 23 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Fallo 27 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Carácter, medio y No. de Licitación LA-51-GYN-051GYN880-N-48-2026 Objeto de la Licitación MATERIAL DE CURACION DE ALTA ESPECIALIDAD (DENTRO Y FUERA DEL CUADRO BASICO) Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de Publicación en Compras MX 05 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 10 de marzo de 2026 a las 12:00 horas Visita a Instalaciones No habrá visita instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 23 de marzo de 2026 a las 12:00 horas Fallo 27 de marzo de 2026 a las 12:00 horas Carácter, medio y No. de Licitación LA-51-GYN-051GYN880-N-49-2026 Objeto de la Licitación MATERIAL DE CURACION (DENTRO Y FUERA DEL CUADRO BASICO) Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de Publicación en Compras MX 05 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 10 de marzo de 2026 a las 14:00 horas Visita a Instalaciones No habrá visita instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 23 de marzo de 2026 a las 14:00 horas Fallo 27 de marzo de 2026 a las 14:00 horas VERACRUZ, VERACRUZ, A 20 DE FEBRERO DE 2026. HOSPITAL REGIONAL B VERACRUZ ALTA ESPECIALIDAD ISSSTE SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVO LCDA. LIZBETH MIRAMON LOMBARDINI RUBRICA. (R.- 573451) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 127 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CHIAPAS OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA 002/2026 El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos 35 Fracción I, 36, 39 Fracción III inciso c), 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 66, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 86 de su Reglamento y demás correlativos; las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social vigentes y demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Internacional Abierta, correspondiente al ejercicio 2026, de conformidad con lo siguiente: Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-I-11-2026 Carácter de la licitación Internacional Abierta Descripción de la licitación u objeto Adquisición de consumibles de equipo médico para bombas de infusión con equipo en comodato, del Régimen Ordinario, para el ejercicio 2026. Volumen a adquirir 22,060 piezas. Fecha de publicación en Compras MX 05/03/2026 Visita a instalaciones No hay visitas Junta de aclaraciones 10/03/2026 09:00 a.m. Presentación y apertura de proposiciones 16/03/2026 12:00 p.m. Fecha y Hora del Fallo: 20/03/2026 01:00 p.m. • Las bases establecidas en la convocatoria se encuentran disponibles para consulta en internet a través de la página: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y de manera impresa se pone a disposición de los interesados exclusivamente para consulta en las instalaciones de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Costera y anillo periférico Sin Número, Colonia Centro, C.P. 30700, Tapachula, Chiapas, los días Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horas. • La reducción al plazo de Presentación y Apertura de Propuestas de las Licitaciones, fue autorizado por el Ingeniero Guillermo Alberto Avendaño Arzate, Titular de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, en términos del Artículo 40 Fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el día 18 de Febrero de 2026. • Los eventos se realizarán en la Sala de Juntas de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Costera y anillo periférico Sin Número, Colonia Centro, C.P. 30700, Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas. TAPACHULA DE CORDOVA Y ORDOÑEZ, CHIAPAS, A 5 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO ING. GUILLERMO ALBERTO AVENDAÑO ARZATE RUBRICA. (R.- 573480) 128 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DIRECCION DE ADMINISTRACION UNIDAD DE ADQUISICIONES COORDINACION DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS COORDINACION TECNICA DE ADQUISICION DE BIENES DE INVERSION Y ACTIVOS DIVISION DE CONTRATACION DE ACTIVOS Y LOGISTICA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 6 fracción IX, 33, 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 66 y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones de conformidad con lo siguiente: RESUMENES DE CONVOCATORIAS Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR019-N-11-2026 Carácter de la Licitación Nacional Electrónica Descripción de la Licitación “Servicio para realizar el evento denominado Clínica de Básquetbol por la Salud IMSS 2026" Volumen a contratar 1 servicio Fecha de publicación en Compras MX 03 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 06 de marzo de 2026, 10:00 Horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 20 de marzo de 2026, 11:00 Horas Fallo 30 de marzo de 2026, 14:00 Horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR019-N-21-2026 Carácter de la Licitación Nacional Electrónica Descripción de la Licitación “Servicio de impresión de diversas publicaciones del Programa Editorial PrevenIMSS" Volumen a contratar 1 servicio Fecha de publicación en Compras MX 03 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 10 de marzo de 2026, 10:00 Horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 19 de marzo de 2026, 11:00 Horas Fallo 31 de marzo de 2026, 13:00 Horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR019-N-23-2026 Carácter de la Licitación Nacional Electrónica Descripción de la Licitación Servicio para realizar el evento denominado “Clínica y Función de Lucha Libre IMSS 2026” Volumen a contratar 1 servicio Fecha de publicación en Compras MX 03 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 10 de marzo de 2026, 10:30 Horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 19 de marzo de 2026, 12:00 Horas Fallo 27 de marzo de 2026, 17:00 Horas • Las convocatorias que contienen las bases de participación se encuentran disponibles para su consulta en la página de internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/; serán gratuitas o bien se pondrán los ejemplares impresos a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la División de Contratación de Activos y Logística, sita en la Calle de Durango Número 291, 5º Piso, Col. Roma Norte, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06700, Ciudad de México, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas. • Todos los eventos se realizarán, de manera electrónica en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas de la Administración Pública Federal denominada Compras MX. CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA DIVISION DE CONTRATACION DE ACTIVOS Y LOGISTICA LIC. BERTRAN HERNANDEZ CHAVEZ RUBRICA. (R.- 573479) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 129 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL TLAXCALA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los artículos 5, 33, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción II, 49, 50, 51, 66, 67, 68 y 69 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), 83, 86, 90, 91, 92 y 93 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones que se relacionan a continuación y cuya Convocatoria que contienen las bases de participación está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento con domicilio Libramiento Poniente I.P.N. s/n Diego Metepec, Tlaxcala, C.P. 90110. Con horario de atención de 09:00 a 17:00 hrs. de lunes a viernes, teléfonos (246) 468-0384 y (246) 468-0492. No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-N-28-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional 2026 Descripción de la Licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A PLANTAS DE EMERGENCIA PARA EL EJERCICIO 2026 Volumen a adquirir 69 servicios Fecha de publicación en Compra Net 24 de febrero del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 03 de marzo del 2026 a las 11:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 11 de marzo del 2026 a las 11:00 horas No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-N-29-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional 2026 Descripción de la Licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS DE REFRIGERACION Y AIRE ACONDICIONADO, PARA REGIMEN ORDINARIO EJERCICIO 2026 Volumen a adquirir 212 servicios Fecha de publicación en Compra Net 24 de febrero del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 03 de marzo del 2026 a las 13:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 11 de marzo del 2026 a las 13:00 horas No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR041-N-27-2026 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional 2026 Descripción de la Licitación ADQUISICION DE REFACCIONES E INSUMOS DE CONSERVACION (EQUIPO MEDICO) PARA EL EJERCICIO 2026 Volumen a adquirir 5247 piezas Fecha de publicación en Compra Net 24 de febrero del 2026 Fecha y hora para celebrar la Junta de Aclaraciones 04 de marzo del 2026 a las 12:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y Apertura de Proposiciones 11 de marzo del 2026 a las 12:00 horas TLAXCALA, TLAXCALA, A 5 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS ARQ. FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ LARA RUBRICA. (R.- 573478) 130 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL COORDINACION DE UNIDADES MEDICAS DE ALTA ESPECIALIDAD UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD HOSPITAL DE ONCOLOGIA CENTRO MEDICO NACIONAL SIGLO XXI RESUMEN DE LAS CONVOCATORIAS El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracciones I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 66, 67 y 79 demás correlativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados, a participar en la licitación que enseguida se enlista cuya convocatoria que contienen las bases de participación estará disponible para consulta en internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ 1. Licitación Pública Nacional LA-50-GYR-050GYR051-N-14-2026 Nombre del Procedimiento de contratación Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Equipos Médicos de la División de Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento de la UMAE Hospital de Oncología C.M.N. Siglo XXI Volumen a contratar 272 servicios Fecha de publicación en Compras MX 2 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 10 de marzo de 2026 10:00 Horas Presentación y apertura de propuestas 17 de marzo de 2026 9:00 Horas Fecha y hora de Fallo 19 de marzo de 2026 14:00 Horas 2. Licitación Pública Nacional LA-50-GYR-050GYR051-N-15-2026 Nombre del Procedimiento de contratación Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Equipos Médicos de la División de Cirugía de la UMAE Hospital de Oncología C.M.N. Siglo XXI Volumen a contratar 70 servicios Fecha de publicación en Compras Mx 2 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 10 de marzo de 2026 10:00 Horas Presentación y apertura de propuestas 17 de marzo de 2026 10:00 Horas Fecha y hora de Fallo 23 de marzo de 2026 14:00 Horas 3. Licitación Pública Nacional LA-50-GYR-050GYR051-N-16-2026 Nombre del Procedimiento de contratación Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Equipos Médicos de la División de Consulta Externa y Hospitalización de la UMAE Hospital de Oncología C.M.N. Siglo XXI Volumen a contratar 261 servicios Fecha de publicación en Compras Mx 2 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 10 de marzo de 2026 10:00 Horas Presentación y apertura de propuestas 17 de marzo de 2026 11:00 Horas Fecha y hora de Fallo 25 de marzo de 2026 14:00 Horas 4. Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados LA-50-GYR-050GYR051-T-17-2025, Nombre del Procedimiento de contratación Adquisición de Insumos y Reactivos de Inmunohistoquímica y Biología Molecular para el Servicio de Laboratorio de Anatomía Patológica Volumen a contratar 577 piezas Fecha de publicación en Compras Mx 2 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 31 de marzo de 2026 10:00 Horas Presentación y apertura de propuestas 13 de abril de 2026 10:00 Horas Fecha y hora de Fallo 22 de abril de 2026 14:00 Horas Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 131 5. Licitación Pública Nacional LA-50-GYR-050GYR051-N-18-2026 Nombre del Procedimiento de contratación Servicio subrogado de estudios de Tomografía por Emisión de Positrones/Tomografía Computada (PET/CT) para pacientes de la UMAE Hospital Oncología C. M. N. Siglo XXI Volumen a contratar 744 servicios Fecha de publicación en Compras MX 2 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 10 de marzo de 2026 10:00 Horas Presentación y apertura de propuestas 17 de marzo de 2026 12:00 Horas Fecha y hora de Fallo 24 de marzo de 2026 14:00 Horas •La convocatoria de la licitación, se encuentra disponible para su consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y serán gratuitas, o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados, exclusivamente para su consulta en la Unidad Médica de Alta Especialidad Hospital de Oncología del Centro Médico Nacional Siglo XXI, sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 330, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, CP. 06720, Ciudad de México, teléfono 55-56-27 69-00 ext. 22649, de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas. •El evento se llevará a cabo a través de la Plataforma Integral Compras MX, en la Oficina de Adquisiciones del Departamento de Abastecimiento de la UMAE Hospital de Oncología, ubicado en Av. Cuauhtémoc #330, Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720, Ciudad de México, teléfono 55-56-27-69-00 ext. 22649. CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR MEDICO DE LA UMAE HOSPITAL DE ONCOLOGIA DR. EDGAR RODRIGUEZ ANTEZANA RUBRICA. (R.- 573484) INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL OFICINA DE ADQUISICIONES DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL PUEBLA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 4, cuarto párrafo y el 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Fracción I, II, 49, 50, 51, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 79 y 90 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y demás correlativos de su Reglamento, convoca a los interesados en participar de conformidad con lo siguiente: No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-29-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación “CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE DIESEL INDUSTRIAL BAJO EN AZUFRE PARA UNIDADES HOSPITALARIAS Y PLANTA DE LAVADO DEL OOAD ESTATAL PUEBLA”. Volumen a Adquirir 1,640,000 LITROS Fecha de Publicación en ComprasMX 05/03/2026 Junta de Aclaraciones. 11/03/2026 a las 10:00 Hrs. Visita a Instalaciones NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES Presentación y Apertura de Proposiciones 18/03/2026 a las 10:00 Hrs. No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-30-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación “CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE GAS LP PARA UNIDADES MEDICAS Y NO MEDICAS DEL OOAD ESTATAL PUEBLA” Volumen a Adquirir 958,000 Litros Fecha de Publicación en ComprasMX 05/03/2026 132 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones. 12/03/2026 a las 10:00 Hrs. Visita a Instalaciones NO HABRA VISITAS A INSTALACIONES Presentación y Apertura de Proposiciones 19/03/2026 a las 10:00 Hrs. No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-31-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación “SERVICIO CONTROL DE FAUNA NOCIVA (FUMIGACION), EN DIFERENTES UNIDADES, PARA EL EJERCICIO 2026” Volumen a Adquirir 243,220 METROS CUADRADOS Fecha de Publicación en ComprasMX 05/03/2026 Junta de Aclaraciones. 12/03/2026 a las 11:00 Hrs. Visita a Instalaciones SI. LUGAR Y HORA DE VISITA A INSTALACIONES CONFORME A NUMERAL 3.2 DE LAS BASES. Presentación y Apertura de Proposiciones 19/03/2026 a las 14:30 Hrs. No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-32-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación “SERVICIO DE MONITOREO A SISTEMAS DE ALARMAS CONTRA INCENDIO EN DIFERENTES UNIDADES, PARA EL EJERCICIO 2026” Volumen a Adquirir 36 SERVICIOS Fecha de Publicación en ComprasMX 05/03/2026 Junta de Aclaraciones. 13/03/2026 a las 11:00 Hrs. Visita a Instalaciones SI. LUGAR Y HORA DE VISITA A INSTALACIONES CONFORME A NUMERAL 3.2 DE LAS BASES. Presentación y Apertura de Proposiciones 23/03/2026 a las 12:00 Hrs. No. De la Licitación LA-50-GYR-050GYR006-N-33-2026 Carácter de la Licitación NACIONAL Descripción Objeto de la Licitación “SERVICIO DE ATENCION INTEGRAL DE HOSPITALIZACION PSIQUIATRICA SUBROGADA, PARA EL EJERCICIO 2026” Volumen a Adquirir 5,590 SERVICIOS Fecha de Publicación en ComprasMX 05/03/2026 Junta de Aclaraciones. 11/03/2026 a las 13:00 Hrs. Visita a Instalaciones SI. LUGAR Y HORA DE VISITA A INSTALACIONES CONFORME A NUMERAL 3.2 DE LAS BASES. Presentación y Apertura de Proposiciones 20/03/2026 a las 12:00 Hrs. La reducción de plazos de la convocatoria es autorizada por el Mtro. Sergio Raúl Díaz García, Titular de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Puebla el día 19 de febrero del 2026. Las bases establecidas en la convocatoria de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://comprasmx. buengobierno.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para consulta en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en calle 5 de Febrero Oriente Número 107, Colonia San Felipe Hueyotlipán, C.P. 72030, en la Ciudad de Puebla, Puebla, teléfono: 222 288-12-04, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 15:00 horas. Todos los eventos se llevarán a cabo en la Sala de Usos Múltiples de la Coordinación de Abastecimiento, y Equipamiento ubicada en Calle 5 de Febrero Oriente # 107 Colonia San Felipe Hueyotlipán, en la ciudad de Puebla, Puebla. PUEBLA, PUEBLA, A 5 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO MTRO. SERGIO RAUL DIAZ GARCIA RUBRICA. (R.- 573481) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 133 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CAMPECHE JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 32, 33, 35 FRACCION I, 36, 39 FRACCION I, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 56, 65, 67, 68 Y DEMAS APLICABLES EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO (LAASSP), ASI COMO LOS ARTICULO 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 105, 106, 129, 130 Y DEMAS APLICABLES DE SU REGLAMENTO, LAS POLITICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA No. de Licitación LA-50-GYR-050GYR069-N-38-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la Licitación SERVICIO DE MANIOBRAS Y ACARREOS PARA CUBRIR LA NECESIDAD PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DEL 2026 REGIMEN ORDINARIO Volumen a Adquirir Máximo Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de Publicación en la Plataforma 5 de marzo del 2026, 10:00 a. m. Junta de Aclaraciones 12 de marzo del 2026, 10:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 20 de marzo del 2026, 10:00 a. m. Fecha de fallo original 6 de abril del 2026, 10:00 a. m. El evento se realizará de manera electrónica en la Plataforma Compras MX. ATENTAMENTE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 5 DE MARZO DE 2026. COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL OOAD ESTATAL CAMPECHE ING. FERNANDO JAVIER VIRGILIO ROMERO RUBRICA. (R.- 573477) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 134 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL TAMAULIPAS JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y los artículos 35 fracción I, 37, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público así como el 83 de su Reglamento, y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas de conformidad con lo siguiente: RESUMEN DE CONVOCATORIA Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR018-N-51-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Adquisición de pintura. Volumen a adquirir 429 piezas Fecha de publicación en Compras MX 5 de marzo del 2026 Junta de aclaraciones 10/03/2026, 10:30 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 17/03/2026, 10:30 horas • Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en Carretera Nacional México-Laredo Km. 701 Número S/N, Colonia Conjunto IMSS- Victoria, C.P. 87028, Victoria, Tamaulipas, teléfono: 01 (834) 31 4 11 51, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 15:00 horas. • Todos los eventos se llevarán a cabo en: Sala de Juntas de la Jefatura de Servicios Administrativos, ubicado en: Carretera Nacional México-Laredo KM. 701 S/N, Conjunto IMSS-Victoria, C.P. 87028, Victoria, Tamaulipas. • La reducción de plazo de presentación y apertura de propuestas fue autorizada por el Ing. Jorge Guadalupe Rodríguez Ochoa, Jefe del Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicio, el día 23 de febrero del 2026. CD. VICTORIA, TAMAULIPAS, A 5 DE MARZO DE 2026. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS ING. JORGE GUADALUPE RODRIGUEZ OCHOA RUBRICA. (R.- 573474) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 135 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL QUERETARO RESUMEN DE CONVOCATORIA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción II, 49, 50, 51, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 83 y 84 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) 45, 47, 46, 57, 58, 83, 86, 88, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 99, 100, 102, 103, 104, 106, 126, 129, 130, 136, 141, 142, 143, 144 y 145 de su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a los interesados a participar en la Convocatoria que contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para consulta en: Av. Mezquital No. 6, Colonia San Pablo, C.P. 76130, Querétaro, Querétaro, teléfono: 01 (442) 2 10 10 63 y fax 01 (442) 2 10 10 64, los días lunes a viernes del año en curso de las de 8:00 a 16:00 horas. Se convoca a los interesados en participar en la licitación de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR075-T-43-2026 Carácter de Licitación INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS Descripción de la licitación ADQUISICION DE BIENES DE CONSUMO PARA EQUIPO MEDICO Volumen a adquirir 13452 PIEZAS Fecha de publicación en Compras MX 18 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 24 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 10 DE MARZO DE 2026 15:00 HORAS Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR075-N-44-2026 Carácter de Licitación NACIONAL Descripción de la licitación SERVICIO PROCESO E INTERPRETACION DE PIEZAS DE ANATOMIA PATOLOGICA 2026 Volumen a adquirir 4,062 SERVICIOS Fecha de publicación en Compras MX 18 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 24 DE FEBRERO DE 2026 12:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 06 DE MARZO DE 2026 12:00 HORAS Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR075-N-45-2026 Carácter de Licitación NACIONAL Descripción de la licitación SERVICIO DE APARATOS DE ORTESIS Y PROTESIS 2026 Volumen a adquirir 137 SERVICIOS Fecha de publicación en Compras MX 18 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 24 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 09 DE MARZO DE 2026 09:00 HORAS Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR075-N-46-2026 Carácter de Licitación NACIONAL Descripción de la licitación SERVICIO SUBROGADO DE ESTUDIOS DE AUXILIARES DE DIAGNOSTICO DEL SERVICIO DE CARDIOLOGIA 2026 Volumen a adquirir 361 SERVICIOS Fecha de publicación en Compras MX 18 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 24 DE FEBRERO DE 2026 10:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 06 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR075-T-47-2026 Carácter de Licitación INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS Descripción de la licitación ARRENDAMIENTO DE EQUIPAMIENTO DE ANESTESIA 136 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Volumen a adquirir 12 SERVICIOS Fecha de publicación en Compras MX 18 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 24 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 03 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR075-T-48-2026 Carácter de Licitación INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS Descripción de la licitación ADQUISICION DE BIENES DE CONSUMO PARA TERAPIA DE REEMPLAZO RENAL CONTINUO Volumen a adquirir 656 PIEZAS Fecha de publicación en Compras MX 19 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 25 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 11 DE MARZO DE 2026 15:00 HORAS Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR075-T-49-2026 Carácter de Licitación INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS Descripción de la licitación ADQUISICION DE BIENES DE CONSUMO PARA TAMIZ CARDIOLOGICO NEONATAL Volumen a adquirir 374 PIEZAS Fecha de publicación en Compras MX 20 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 26 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 12 DE MARZO DE 2026 15:00 HORAS Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR075- T-50-2026 Carácter de Licitación INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS Descripción de la licitación ARRENDAMIENTO DE EQUIPAMIENTO HGR 1 Volumen a adquirir 20 SERVICIOS Fecha de publicación en Compras MX 19 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 25 DE FEBRERO DE 2026 10:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 04 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR075- T-51-2026 Carácter de Licitación INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS Descripción de la licitación ADQUISICION DE BIENES DE CONSUMO PARA MONITOR DE SIGNOS VITALES WELCH ALLYN Volumen a adquirir 2518 PIEZAS Fecha de publicación en Compras MX 19 DE FEBRERO DE 2026 Junta de aclaraciones 26 DE FEBRERO DE 2026 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 05 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS • Los eventos se realizarán a través de la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas denominada Compras MX, en el Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Av. Mezquital No. 6, Col. San Pablo, C.P. 76130 Querétaro, Qro. • La reducción de plazos de la Licitación pública Internacional bajo la cobertura de tratados No. LA-50- GYR-050GYR075-T-43-2026, LA-50-GYR-050GYR075-T-47-2026, LA-50-GYR-050GYR075-T-48-2026, LA-50-GYR-050GYR075-T-49-2026, LA-50-GYR-050GYR075-T-50-2026 Y LA-50-GYR-050GYR075-T- 51-2026, fueron autorizadas por el L.A. J Guadalupe Monroy Resendiz, Titular de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, el día 17 de Febrero del 2026, respectivamente. QUERETARO, QRO., A 5 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS LIC. JOSE ALEJANDRO URBINA DOMINGUEZ RUBRICA. (R.- 573483) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 137 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-56-AYO-056AYO954-N-4-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación Nacional Electrónica No. LA-56-AYO-056AYO954-N-4-2026 Objeto de la Licitación. SERVICIO MEDICO SUBROGADO DE PRUEBAS DE HISTOCOMPATIBILIDAD Y PRUEBAS ESPECIFICAS PARA PROGRAMAS DE TRASPLANTE RENAL, PARA EL ESTADO DE MICHOACAN. Volumen a adquirir Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 03 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 06 de marzo de 2026 a las 10:00 horas. Visita a Instalaciones Conforme al Anexo técnico Presentación y Apertura de Proposiciones 13 de marzo de 2026 a las 12:00 horas. Acto de Fallo 18 de marzo de 2026 a las 17:30 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573495) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 138 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-56-AYO-056AYO954-N-5-2026 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40,41, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 y 86 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación Nacional Electrónica No. LA-56-AYO-056AYO954-N-5-2026 Objeto de la Licitación. SERVICIO MEDICO INTEGRAL DE TERAPIA DE CIERRE ASISTIDO POR VACIO PARA EL ESTADO DE MICHOACAN Volumen a adquirir Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 03 de marzo de 2026. Junta de Aclaraciones 12 de marzo de 2026 a las 13:00 horas. Visita a Instalaciones Conforme al Anexo técnico Presentación y Apertura de Proposiciones 19 de marzo de 2026 a las 12:00 horas. Acto de Fallo 26 de marzo de 2026 a las 13:00 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573499) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 139 008IZC - COLEGIO DE POSTGRADUADOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-08-IZC-008IZC999-N-6-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Km. 36.5 de la Carretera Federal México-Texcoco, Montecillo, Texcoco, Estado de México, C.P. 56264 de lunes a Viernes de 09:00 a 17:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO DE LICENCIAMIENTO MICROSOFT 2026- 2028 PARA EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 03 de Marzo de 2026. Fecha y hora de junta de aclaraciones 6 de Marzo de 2026 a las 09:00 horas Fecha y hora de la visita a las instalaciones No aplica Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 13 de Marzo de 2026 a las 10:00 horas Fecha y hora de fallo 16 de Marzo de 2026 a las 13:00 horas 3 DE MARZO DE 2026. SECRETARIO ADMINISTRATIVO MARCO ANTONIO ACASTENCO LOPEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573378) ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V. GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS CONVOCATORIA: 2 LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública electrónica de carácter nacional LA-13-J3E-013J3E001-N- 19-2026 cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/compras-mx o bien en: Avenida Marina Mercante No. 210, Piso 6, Col. Centro, Veracruz, Ver. C.P. 91700, teléfono: 01 (229) 923-2170 ext.72935, del 27 de febrero de 2026 hasta el 20 de marzo de 2026 del año en curso de 09:00 a 18:00 horas. Descripción de la licitación “SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y OPTIMIZACION DEL SISTEMA DE SUPRESION CONTRA INCENDIOS DE LA ADMINISTRACION DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V.” Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 27/02/2026 a partir de las 12:00 horas Visita a las Instalaciones 02/03/2026, 10:00 horas Fecha y hora de junta de aclaraciones 04/03/2026, 16:00 horas Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 16/03/2026, 12:00 horas Fecha y hora de fallo 20/03/2026, 12:00 horas VERACRUZ, VER., A 27 DE FEBRERO DE 2026. GERENTE DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL VERACRUZ, S.A. DE C.V. M.A.P. JUDITH PARRAZAL HERRERA RUBRICA. (R.- 573375) 140 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 CENTROS DE INTEGRACION JUVENIL, A.C. SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica que se describe más adelante, cuya convocatoria que contienen las bases de participación y estarán disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien en: Avenida San Jerónimo número 372, 4° piso, Colonia Jardines del Pedregal, C.P. 01900, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, teléfono: 55-59-99-49-49 ext. 1415, 1410, 1408, los días del 02 al 12 de marzo de 2026 de las 10:00 a las 14:00 horas, la cual se llevará a cabo a plazos recortados en la publicación de la convocatoria y la realización del acto de presentación y apertura de proposiciones, autorizadas por la Subdirección de Adquisiciones y Servicios. Licitación pública nacional número LA-12-M7K-012M7K001-N-6-2026 Descripción de la licitación Servicio Integral de Vigilancia Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 02/03/2026 Junta de aclaraciones 05/03/2026, 10:30 horas Visita a instalaciones No hay visitas Presentación y apertura de proposiciones 12/03/2026, 10:30 horas CIUDAD DE MEXICO, A 2 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTOR DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS LIC. LUIS GUILLERMO RUIZ LOPEZ RUBRICA. (R.- 573392) 012NEF – LABORATORIOS DE BIOLOGICOS Y REACTIVOS DE MEXICO, S.A. DE C.V. “BIRMEX” RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública número LA-12-NEF-012NEF001-N-139-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en la página: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en el domicilio: Mariano Escobedo, No. 20, Colonia Popotla, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11400, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 17:00 horas. Nombre del Procedimiento Servicio de logística de distribución a último kilómetro de medicamentos y material de curación, (grupos terapéuticos 010, 020, 030, 040, 060, 070 y 080) para establecimientos de salud de servicios de salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar por región para el ejercicio fiscal 2026. Fecha y hora de publicación en Compras MX 02 de marzo de 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 06 de marzo de 2026 10:00 horas Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 13 de marzo de 2026 10:00 horas Fecha y hora de fallo 18 de marzo de 2026 18:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 2 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS LIC. MARISOL RAMIREZ SERRALDE RUBRICA. (R.- 573433) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 141 006G1C - BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, S.N.C. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-06-G1C-006G1C001-N-22-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante ubicado en la Av. Javier Barros Sierra N° 515, Piso 1, Col. Lomas de Santa Fe, Alc. Alvaro Obregón, C.P. 01219, Ciudad de México, teléfono: (55) 5270 1200 Ext. 1387, de lunes a viernes de las 09:00 a las 18:00 horas Nombre del Procedimiento de contratación Continuidad multiservicios administrados de centro de datos (MACD) Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 03 de marzo del 2026 Fecha y hora de junta de aclaraciones 10 de marzo de 2026 a las 11:00 hrs. Fecha y hora de la visita a las instalaciones No hay visita Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18 de marzo del 2026 a las 11:00 hrs. Fecha y hora de fallo 25 de marzo de 2026 a las 17:00 hrs. 5 DE MARZO DE 2026. GERENTE EJECUTIVA DE ADQUISICIONES KARLA DE TUYA GARCIA RUBRICA. (R.- 573476) CENTRO DE INVESTIGACION Y DOCENCIA ECONOMICAS, A.C. RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001 LICITACIONES PUBLICAS ELECTRONICAS NACIONALES De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación que se describe más adelante, cuya Convocatoria está disponible para consulta en Internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx o bien en: Carretera México-Toluca 3655, Col. Lomas de Santa Fe, C.P. 01210, Alvaro Obregón, Ciudad de México, teléfono: (55) 5727-9800 ext. 6181 y 6182 a partir del 06 de marzo del año en curso de lunes a viernes de las 10:00 a 16:00 horas. Licitación pública nacional número LA-38-90M-03890M001-N-7-2026 Descripción de la licitación Servicio de seguridad y vigilancia intramuros de las instalaciones del CIDE,A.C., sede santa fe CDMX Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 02/03/2026 Junta de aclaraciones 10/03/2026, 09:00 horas Visita a instalaciones No aplica Presentación y apertura de proposiciones 17/03/2026, 10:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES LIC. PEDRO GALINDO LOPEZ RUBRICA. (R.- 573370) 142 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS DEL NOROESTE, S.C. CIBNOR-SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Número LA-38-90O-03890O002-N- 29-2026; cuya convocatoria contiene las bases de participación y se encuentran disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Km. 1 Carretera a San Juan de la Costa, No. s/n, Colonia El Comitán, C.P 23201, La Paz, Baja California Sur, teléfono: 6121238484 ext. 3263, los días hábiles de lunes a viernes en un horario de las 08:00 a 15:00 horas. Descripción de la licitación Seguro de vida institucional Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en la Plataforma de compras MX 05/03/2026 Junta de aclaraciones 13/03/2026, 11:30 horas Visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 20/03/2026, 11:30 horas LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A 5 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DR. ALFREDO ORTEGA RUBIO RUBRICA. (R.- 573461) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2 fracción I, 30 fracción I, inciso b), 31, 33 fracciones IV y VI, 37 fracción I y 55 fracciones III y IV de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones Generales): Número del Concurso: CFE-0001-CAAAT-0018-2026 Descripción del concurso: Repuestos para bombas de los sistemas de RFW/N23 y COND/N21 Fecha de publicación en Micrositio: 3/3/2026 Sesión de Aclaraciones: 9/3/2026, 10:00 hrs Límite para presentación de ofertas: 19/3/2026, 13:00 hrs Apertura Técnica: 19/3/2026, 13:30 hrs Fallo 7/4/2026, 14:00 hrs El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyo contacto son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez con Clave de Agente Contratante A1A0A40 y Lic. Daniel Miranda Velázquez con Clave de Agente Contratante A1A0A08 con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, con los correos electrónicos: arturo.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en MSC. CIUDAD DE MEXICO, A 5 MARZO DE 2026. GERENTE DE ABASTECIMIENTOS MTRO. GERARDO OCTAVIO VELA Y CANEDA RUBRICA. (R.- 573482) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 143 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD CONVOCATORIA Comisión Federal de Electricidad a través del Departamento de Compras de la División de Distribución Sureste, cuyo domicilio es Manuel Alvarez Bravo No. 600 Fracc. Colinas de la Soledad, C.P. 68020, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Artículo 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, así como en las Disposiciones 30 fracción I inciso b), 31 y 37 fracción I de las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias, convoca a todas las personas que cumplan con los Pliegos de Requisitos localizados en la liga https://msc.cfe.mx, a participar en el siguiente concurso: 1.- Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio No CFE-0100-CAAAT-0004-2026 “Equipo y Herramienta para el Control Prioritario Aislado Sobre Aislado en la División Sureste”, el siguiente calendario describe las etapas del procedimiento, así como la fecha, hora y lugar de las actividades: ACTIVIDAD FECHA 1. Disponibilidad del pliego de requisitos en el Micrositio de Concursos de CFE. 03 de marzo de 2026 2. Límite para la presentación de aclaraciones a los documentos del concurso 06 de marzo de 2026 09:00 horas 3. Aclaración a los documentos del concurso 09 de marzo de 2026 09:00 horas 4. Límite para la presentación de ofertas de los concursantes e información requerida. 17 de marzo de 2026 09:59 horas 5. Apertura de ofertas técnicas. 17 de marzo de 2026 10:00 horas 6. Resultado técnico y apertura de ofertas económicas. 23 de marzo de 2026 10:00 horas 7. Fallo. 27 de marzo de 2026 14:00 horas Los interesados podrán contactar a la convocante a través del teléfono (951) 502 0350 extensiones 11510, 11512 y 11518 y a los correos electrónicos ricardo.ramirezz@cfe.mx, erikyuarith.morales@cfe.mx y juan.cruzm@cfe.mx. OAXACA DE JUAREZ, OAXACA, A 3 DE MARZO DE 2026. CLAVE DE AGENTE CONTRATANTE A110045 JEFE DEL DEPARTAMENTO DE COMPRAS DIVISIONAL E.F. ING. JESUS CERVANTES MEZA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573509) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 144 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 80 y 82 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2, fracción II, 30 fracción I, inciso b), 31, 37 fracción I a la Modificación a las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la CFE, se hace saber a los interesados la publicación de las Convocatorias al Concurso Abierto Internacional bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio, de conformidad con lo siguiente: Número del Concurso: CFE-0900-CAAAT-0007-2026 CFE-0900-CAAAT-0012-2026 Descripción del concurso: Adquisición, instalación y puesta en servicio de cargador y banco de baterías 250 VCD para la Central Ciclo Combinado Felipe Carrillo Puerto Toberas de 1era y 2da etapa para la turbina de gas modelo MS 5001N de la unidad 3 de la Central Turbogas Carmen Fecha de publicación Micrositio de Concursos de CFE: 05 de marzo de 2026 05 de marzo de 2026 Sesión de Aclaraciones: 07 de abril de 2026 a las 08:00 horas 08 de abril de 2026 a las 10:00 horas Límite para presentación de ofertas: 14 de abril de 2026 a las 07:30 horas 15 de abril de 2026 a las 08:30 horas Apertura Técnica: 14 de abril de 2026 a las 08:00 horas 15 de abril de 2026 a las 09:00 horas Apertura Económica: 23 de abril de 2026 a las 08:00 horas 24 de abril de 2026 a las 10:00 horas Fallo 30 de abril de 2026 a las 08:00 horas 04 de mayo de 2026 a las 10:00 horas El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Coordinación Regional de Producción Sureste, con clave 0900, a través del Departamento Regional de Abastecimientos, cuyo contacto es: la LMNI. Issis América Espino Ramírez, Jefa Departamento Regional de Abastecimientos E.F. de la Sede de la Coordinación Regional de Producción Sureste con Clave de Agente Contratante A190001, con domicilio en el Km. 7.5 Carretera Veracruz-Medellín, Dos Bocas, Veracruz, C.P. 94271, teléfono 2299898595, extensión: 77380 y 77381 con el correo electrónico: issis.espino@cfe.mx. CIUDAD DE VERACRUZ, VER., A 5 DE MARZO DE 2026. JEFA DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE ABASTECIMIENTOS E.F. LMNI. ISSIS AMERICA ESPINO RAMIREZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573445) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 145 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (CFE), en las disposiciones 2 fracción I, inciso a), 30 fracción I, inciso b), 31, 33 fracciones VI y VII, 34, 37 fracción I, 54 y 55 fracciones II, III y IV de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas productivas subsidiarias, de conformidad con lo siguiente: Número del Concurso: CFE-0001-CAAAT-0019-2026 Descripción del Concurso: Suministro de módulo de elementos sujetos a presión del Evaporador de Alta Presión de los recuperadores de calor 1 y 2 del proceso Ciclo Combinado de la Central Felipe Carrillo Puerto Fecha de publicación en Micrositio: 03/03/2026 Aclaración a los documentos del Concurso: 09/03/2026, 11:30 hrs Límite para presentación de ofertas: 17/03/2026, 10:00 hrs Apertura Técnica: 17/03/2026, 11:00 hrs Apertura Económica: 24/03/2026, 12:00 hrs Fallo: 07/04/2026, 13:00 hrs El Área Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y la Lic. Raquel Magaña Rojas, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y raquel.magana@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de CFE ubicado en el sitio: https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en el Micrositio. CIUDAD DE MÉXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. GERENTE DE ABASTECIMIENTOS MTRO. GERARDO OCTAVIO VELA Y CANEDA RUBRICA. (R.- 573487) PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA PROCESOS INDUSTRIALES, TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA Petróleos Mexicanos, a través de la Gerencia de Contrataciones para Transformación Energética y Logística, adscrita a la Coordinación de Abastecimiento para Procesos Industriales, Transformación Energética y Logística dependiente de la Subdirección de Abastecimiento de la Dirección de Administración y Servicios, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 78 y 80 párrafos primero, segundo y tercero, y Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (Ley EPEPM), así como 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias (DGC), convoca a los interesados a participar en el: Concurso Abierto Electrónico de carácter Internacional bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que contienen capítulo de compras del sector público, con fundamento al numeral IV.7 segundo párrafo literal b. y IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, con número de procedimiento: DPI-CAT-B-GCTEL-3-105947-47-26-1, cuyo objeto es la contratación relativa a la: “Adquisición de Catalizador para Torre de Carbón 101-D”, de acuerdo con lo siguiente: • Fechas relevantes del Procedimiento de Contratación de acuerdo con el siguiente cronograma: Evento Fechas Publicación de la convocatoria y bases de contratación. 5 de marzo de 2026. Límite para la recepción del Documento DA-1 “Manifiesto de interés en participar”. Evento de aclaraciones de dudas hasta el 09 de marzo de 2026, 16:00 horas. Evento de presentación y apertura de propuestas técnica, comercial y económica hasta 20 de marzo de 2026, 10:00 horas. Recepción de aclaraciones de dudas a las bases. 10 de marzo de 2026, 10:00 horas. 146 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Evento de aclaraciones de dudas a las bases. 12 de marzo de 2026, 16:00 horas. Publicación versión final de las bases. 13 de marzo de 2026. Presentación y apertura de propuestas. 23 de marzo de 2026, 10:00 horas. • El procedimiento cuenta con oficio de reducción de plazos No. PM-DPI-SPPS-GCPCOS-146-2026. • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el Sistema de Contrataciones Electrónicas de Pemex (SISCEP). • Los plazos, fechas y horarios aquí señalados, podrán ser modificados, haciéndolo del conocimiento de los interesados, a través de las actas derivadas de los eventos del procedimiento y comunicadas a los participantes a través del Portal de Internet de Petróleos Mexicanos (Portal) http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y en el SISCEP. • Para el presente procedimiento no se acepta que miembros de la familia de la Presidenta Constitucional, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo o particulares usen su nombre o hagan gestiones, realicen trámites o lleven a cabo negocios con el gobierno, en cumplimiento al comunicado de fecha 2 de octubre de 2024. • En términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública, los participantes podrán señalar en su propuesta los documentos que contengan información confidencial o reservada, siempre que tengan derecho de clasificar la información de conformidad con las disposiciones aplicables. • Para la substanciación del procedimiento de contratación, en mi carácter de Gerente de Contrataciones para Transformación Energética y Logística, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23, fracción III; 27, fracción VIII, numeral 1, inciso d), subinciso ii); 232, fracción IV y Cuarto Transitorio del Estatuto Orgánico de la Empresa Pública del Estado Petróleos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de mayo de dos mil veinticinco, el cual entró en vigor a partir del primero de junio de dos mil veinticinco y su modificación publicada mediante aviso el doce de septiembre de dos mil veinticinco en el citado medio de comunicación oficial; se hace constar que he delegado o podré delegar la suscripción de eventos de trámite, los cuales surtirán plenos efectos jurídicos. Por lo que, quien participe voluntariamente en el procedimiento de contratación acepta dichos términos e implícitamente estas representaciones. • Pueden participar personas físicas o morales mexicanas o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tengan celebrado un tratado de libre comercio vigente con disposiciones en materia de compras del sector público y que no se encuentren impedidas en términos de los artículos 79 fracción VI de la Ley EPEPM, 10 de las DGC y 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. • Las Bases de Contratación estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal y en caso de estar interesados en participar, deberán remitir el Documento DA-1 en la fecha y hora establecida en el cronograma de eventos de las bases de contratación; mediante el cual expresen su interés en participar a la siguiente dirección electrónica: email2workspace- prod+PEMEX+WS5567533499+qbp3@ansmtp.ariba.com; indicando el nombre de la empresa en el asunto del correo y marcando copia a las siguientes direcciones de correo electrónico: aaron.solis@pemex.com y maria.guadalupe.saenz@pemex.com • El idioma en que las ofertas o las solicitudes de participación deberán presentarse es en español. • En las bases de contratación, se precisa la forma de participación en el procedimiento en la sección I numeral II. • La firma del contrato correspondiente se llevará a través de la plataforma de Firma Electrónica Avanzada, mediante la e.firma vigente que emite el Servicio de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. EMITE: LIC. LUIS ENRIQUE MORENO HERNANDEZ GERENTE DE CONTRATACIONES PARA TRANSFORMACION ENERGETICA Y LOGISTICA CONFORME A LOS OFICIOS DAS-0795-2025 DE FECHA 01 DE JUNIO DE 2025 Y DAS-SA-CAPITEL-61-2025 DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2025. EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23, FRACCION III; 27, FRACCION VIII, NUMERAL 1, INCISO D), SUBINCISO II); 232, FRACCION IV Y CUARTO TRANSITORIO DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO PETROLEOS MEXICANOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL TREINTA DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO, EL CUAL ENTRO EN VIGOR A PARTIR DEL PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO Y SU MODIFICACION PUBLICADA MEDIANTE AVISO EL DOCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO EN EL CITADO MEDIO DE COMUNICACION OFICIAL RUBRICA. (R.- 573463) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 147 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA CONVOCATORIA Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo 13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos; 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio con plazo reducido No. DEE-CAT-B-GCMCYLM-823-102794-25-2 que tiene por objeto la “Adquisición de compresores para la recarga de equipos de aire autónomo para las centrales contraincendio de PEP”, de acuerdo con lo siguiente: Evento Fecha Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 17 de marzo de 2026 Presentación y Apertura de Propuestas 07 de abril de 2026, a las 09:00 horas Notificación del Resultado del Concurso 30 de abril de 2026 • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de Contrataciones” (SISCEP). • Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de Compras del Sector Público y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los países socios en tratados. • No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones así como con aquellas que se encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales. • La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. • Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de- contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCEP email2workspace- prod+PEMEX+WS5567211676+86dg@ansmtp.ariba.com. • La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. • Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en el carácter de Gerenta de Contrataciones para Mantenimiento, Confiabilidad y Logística Marina, de la Coordinación de Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos conforme al fundamento indicado más adelante, podrá delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y representaciones. CD. DEL CARMEN, CAMPECHE, A 5 DE MARZO DE 2026. MARIA ISABEL SEGOVIA MAGAÑA GERENTA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA DESIGNADA MEDIANTE OFICIO DAS-0791-2025 CON EFECTO A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2025, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION III Y 228 FRACCION IV DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN DONDE ESTE PUEDE SER CONSULTADO, FUERON PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS, LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573363) 148 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 BANCO DE MEXICO RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL EN MATERIA DE OBRA INMOBILIARIA No. BM-SAIG-CO-26-0007-2 Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de la Ley del Banco de México, en las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en las demás disposiciones aplicables, convoca a todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL EN MATERIA DE OBRA INMOBILIARIA No. BM-SAIG-CO-26-0007-2, para la realización de la obra relativa a la adecuación de instalaciones para flujo pluvial en la Planta Complementaria, incluyendo el suministro de los bienes, así como de los materiales e insumos que se requieran para su realización. El volumen de obra materia de licitación es el que se señala en los anexos de la convocatoria. Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación: a) Visita al sitio de la obra: 09 de marzo de 2026. b) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 17 de marzo de 2026. c) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 24 de marzo de 2026. d) Comunicación del fallo: A más tardar el 23 de abril de 2026. La convocatoria respectiva, fue publicada el día 03 de marzo de 2026, en el Portal de Contrataciones Banxico (POC Banxico) ubicado en la página de internet del Banco: https://www.banxico.org.mx/PortalProveedores/. CIUDAD DE MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. BANCO DE MEXICO SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO DE INMUEBLES Y GENERALES LIC. ISMAEL VELAZQUEZ TORRES FIRMA ELECTRONICA. ANALISTA DE LICITACIONES ASHLEY MICHELLE ZAPATA ALMARAZ FIRMA ELECTRONICA. Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, párrafos primero, segundo y tercero, 10, 27 Bis, fracción I, y demás aplicables del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo, fracción VIII, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, así como 2, fracción IX, y 7, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma. 2026, Año de Margarita Maza Parada. (R.- 573459) INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA NOTA ACLARATORIA AL AVISO DE FALLO PUBLICADO EL 02 DE DICIEMBRE DE 2025, CON REGISTRO R.- 571057 DICE: … * Licitación Pública Internacional Electrónica Abierta a la Participación de Cualquier Interesado, Celebrada Bajo la Cobertura de los Tratados Internacionales No. LA-40-100-040100992-T-28-2025, para la adquisición, instalación, programación y puesta en operación de pantallas digitales para comunicación interna, con circuito para programación en red, da a conocer el nombre y domicilio legal del licitante ganador: CRC de México, SA de CV, Calle Lic. Antonio Del Moral No. 45, Colonia Nueva Chapultepec, C.P. 58280, Morelia, Michoacán, partida única, con un monto antes de I.V.A. de $6,653,778.45; fallo que se dio a conocer el día 10 de octubre de 2025. DEBE DECIR: … * Licitación Pública Internacional Electrónica Abierta a la Participación de Cualquier Interesado, Celebrada Bajo la Cobertura de los Tratados Internacionales No. LA-40-100-040100992-T-28-2025, para la adquisición, desinstalación, instalación y puesta en operación de un sistema de control de acceso y asistencia de personal, da a conocer el nombre y domicilio legal del licitante ganador: CRC de México, SA de CV, Calle Lic. Antonio Del Moral No. 45, Colonia Nueva Chapultepec, C.P. 58280, Morelia, Michoacán, partida única, con un monto antes de I.V.A. de $6,653,778.45; fallo que se dio a conocer el día 10 de octubre de 2025. ATENTAMENTE AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES, MEXICO, A 5 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR DE ADQUISICIONES DEL INEGI CELSO BAILON DIAZ RUBRICA. (R.- 573460) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 149 OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DIRECCION DE ADQUISICIONES LICITACION PUBLICA NACIONAL CONVOCATORIA NUMERO OM-ISESALUD-038-2026 Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, las disposiciones de las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisiciones de Bienes y Prestación de Servicios, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de Septiembre del 2005 y demás disposiciones administrativas en vigor, se convoca a los interesados a participar en la licitación de carácter Nacional que a continuación se identifica. LICITACION PUBLICA NACIONAL No. OM-ISESALUD-038-2026 “SUMINISTRO DE POLIZA DE SEGURO VEHICULAR PARA EL ISESALUD” Fecha límite para adquirir bases Costo de las bases Junta de aclaraciones Presentación y apertura de proposiciones Fallo 1ra etapa 2da etapa 11/marzo/2026 $2,200.00 M.N. 11/marzo/2026 13:30 horas 17/marzo/2026 10:00 horas 20/marzo/2026 13:30 horas 24/marzo/2026 13:00 horas PARTIDA DESCRIPCION CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA UNICA SUMINISTRO DE POLIZA DE SEGURO VEHICULAR PARA EL ISESALUD 1 POLIZA DISPONIBILIDAD DE LAS BASES: Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet en el sitio: https://trámites.ebajacalifornia.gob.mx/Compras/Licitaciones o en la Dirección de Adquisiciones de la Oficialía Mayor de Gobierno, sito en: Tercer piso del edificio del Poder Ejecutivo de Gobierno del Estado, Calz. Independencia #994, Centro Cívico de la ciudad de Mexicali, Baja California teléfono (686)5581010 ext. 1720, de lunes a viernes a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria y hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, en horario de 8:00 a 15:00 horas, siendo de exclusiva responsabilidad de los interesados adquirirlas en su debida oportunidad. COSTO DE LAS BASES DE LICITACION: 2,200.00 pesos M.N., mediante depósito en clabe: 021020040720024628 del Banco: HSBC MEXICO, S.A. a nombre del: INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (ISESALUD).PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS: Estatal para el INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (ISESALUD). ACTOS DEL PROCEDIMIENTO: Los actos de junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones en sus dos etapas y fallo, tendrán verificativo en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones de la Oficialia Mayor de Gobierno en las fechas, horarios y domicilio ya citados. En cumplimiento a lo ordenado por la fracción IV del artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Baja California se informa que el acto de presentación y apertura de proposiciones en su segunda etapa será con propuesta a precio fijo. CONDICIONES PARA LA PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES: Además de la presentación personal se aceptará el envío de proposiciones por servicio postal o mensajería quedando bajo responsabilidad del licitante que estas sean entregadas con acuse de recibo en su debida oportunidad, no aplica la presentación por medios electrónicos. IDIOMA: Todo lo relacionado con la proposición deberá ser redactado en idioma Español. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA: la póliza objeto de la presente licitación deberá ser entregada en el domicilio y conforme al plazo descrito en los puntos 4.2 y 4.3 de las bases. MONEDA: La moneda para la cotización en la propuesta económica será pesos mexicanos. CONDICIONES DE PAGO: el pago se realizará dentro de los 30 días naturales siguientes a la recepción de la factura correspondiente. NO HABRA ANTICIPO. GARANTIAS: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, el “proveedor” es considerado institución de acreditada solvencia y por tanto no está obligado a constituir depósitos o fianzas legales. OTRAS DISPOSICIONES:Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del Artículo 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. La autoridad competente para oír y recibir inconformidades es la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, conforme al Art. 69 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 5 DE MARZO DE 2026. PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO C. DAVID RAMSES CERVANTES AGUILAR RUBRICA. (R.- 573454) 150 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DIRECCION DE ADQUISICIONES LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA LA-61-N87-902002994-N-3-2026 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica de carácter Nacional número LA-61-N87-902002994-N-3-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/compras-mx y https://trámites.ebajacalifornia.gob.mx/Compras/Licitaciones, o bien, en la Dirección de Adquisiciones de Oficialía Mayor de Gobierno ubicada en el Tercer Piso del Edificio del Poder Ejecutivo con domicilio en Calzada Independencia número 994, Centro Cívico, C.P. 21000, Mexicali, Baja California, teléfono (686) 558- 1010, extensión 1607, los días de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. Descripción de la licitación Póliza del seguro de vida para el personal del Colegio de Bachilleres del Estado de Baja California. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 05 de marzo de 2026 Junta de aclaraciones 10 de marzo de 2026, 09:30 horas (huso horario Baja California) Presentación y apertura de proposiciones 20 de marzo de 2026, 10:00 horas (huso horario Baja California) Fallo 25 de marzo de 2026, 13:00 horas (huso horario Baja California) MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 5 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA DE ADQUISICIONES DE OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA PERLA MARIA VELARDE BARRAGAN RUBRICA. (R.- 573468) INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica número LA-61-O06-902052984-n-1-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Coordinación de Adquisiciones del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales del Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California ubicado en Ave. Pioneros 1005 palacio Federal Centro Cívico 3er piso Mexicali, B.C. Tel 686 5595800 ext. 4558. Descripción de la licitación SERVICIO INTEGRAL DE PRUEBAS DE BANCO DE SANGRE PARA UNIDADES TRANSFERIDAS AL IMSS- BIENESTAR-BC Fecha de publicación en Compras MX 03 de marzo de 2026 Junta de Aclaraciones 06 de marzo de 2026 a las 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 18 de marzo de 2026 a las 10:00 horas Fallo 20 de marzo de 2026 a las 12:00 horas ATENTAMENTE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 3 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACION LIC. LAURA ARMIDA ARCE OCHOA RUBRICA. (R.- 573467) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 151 INSTITUTO CAMPECHANO RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA CON PLAZO RECORTADO De conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica con plazo recortado número LA-63-O48-904064994-N-3-2026, cuya convocatoria que contiene los requisitos de participación estarán disponibles para su consulta en la página de internet https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, o bien, en calle 10 por 65, número 357, colonia Centro, C.P. 24000, San Francisco de Campeche, Campeche, de lunes a viernes, en un horario de 8:30 a 14:00 horas. Descripción de la licitación: Adquisición de vales de combustible para el Instituto Campechano Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compranet 2023: 05/03/2026 Junta de Aclaraciones: 10/04/2026, 10:30 horas Visita a instalaciones: N/A Presentación y apertura de proposiciones: 16/03/2026, 13:00 horas Acta de fallo 17/03/2026, 10:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 5 DE MARZO DE 2026. DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION LIC. JORGE ENRIQUE PEREZ CAMACHO RUBRICA. (R.- 573466) 065105 – COMISION DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y ALCANTARILLADO DE MANZANILLO LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION PRESENCIAL De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública NACIONAL LAE-CAPDAM- 10-2026 CON REGISTRO EN COMPRANET LA-65-105-806007991-N-01-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Blvd Miguel de la Madrid 12575, Península de Santiago, C.P. 28867, Manzanillo, Colima, teléfonos: 314 331 1630, los días lunes a viernes de las 9:00 a 15:00 horas. Descripción de la licitación SUMINISTRO DE HIPOCLORITO DE SODIO AL 13%, GAS CLORO AL 99.9% Y CONTENEDORES PARA GAS CLORO Fecha de Publicación en Compranet 05 DE MARZO 2026 Junta de Aclaraciones 13 DE MARZO A LAS 10:00 HORAS Apertura de Proposiciones 23 DE MARZO A LAS 11:00 HORAS MANZANILLO, COLIMA, A 27 DE FEBRERO DE 2026. DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA COMISION DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y ALCANTARILLADO DE MANZANILLO LICDA. BRENDA BERENICE VICARIO GARCIA RUBRICA. (R.- 573374) 152 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 065P16- COORDINACION DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DEL ESTADO DE COLIMA RESUMEN DE CONVOCATORIA No. LA-65-P16-906025990-N-1-2026 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-65-P16-906025990-N-1-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación, que están disponibles para consulta en las oficinas de la Subdirección de Recursos Materiales de la C.S.E.E.C. sita en Av. Gonzalo de Sandoval No. 760, Colonia Las Víboras, C.P. 28040, Colima, Colima; teléfono (01)312 31 6-15-00 ext. 31600, los días lunes a viernes de las 9:00 a 15:00 horas o bien en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Nombre del Procedimiento de contratación Adjudicación de contrato abierto a precio fijo para la adquisición de insumos de los Centros de Desarrollo Infantil en Proceso de Regularización y Centros Comunitarios de Atención a la Primera Infancia. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en ComprasMX 05/03/2026 Fecha y hora de la visita a las instalaciones No hay visitas a las instalaciones. Fecha y hora de junta de aclaraciones 13/03/26, 12:00 horas Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 23/03/26, 12:00 horas Fecha y hora de fallo 24/03/26, 12:00 horas COLIMA, COLIMA, A 5 DE MARZO DE 2026. DIRECTORA GENERAL DE LA COORDINACION DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DEL ESTADO DE COLIMA LCDA. KATIA PAOLA VAZQUEZ SOLORZANO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 573471) GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACAN ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y MOVILIDAD DEL ESTADO DE MICHOACAN RESUMEN DE LLAMADO A LA LICITACION (001) LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA En observancia a lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24, 26 fracción I, 27 fracción I; 30 fracción I, 31, 32 y 33 segundo párrafo y 46 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, 31 segundo párrafo y 34 de su Reglamento, y demás disposiciones legales vigentes en la materia, se convoca a los interesados en participar en el siguiente procedimiento licitatorio, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para su obtención en Internet en la dirección https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien para su consulta, en La Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad, sita en Calle Escarcha #272, Fracc. Prados del Campestre, C.P. 58297, Morelia, Michoacán, con teléfonos lada (443)-314-0175, los días hábiles de lunes a viernes a partir de la fecha de su publicación, y hasta el día 13 de marzo de 2026 para las licitaciones números LO-75-003- 075003001-N-1-2026, LO-75-003-075003001-N-2-2026, LO-75-003-075003001-N-3-2026, LO-75-003- 075003001-N-4-2026 y LO-75-003-075003001-N-5-2026 en horario de 09:00 a 13:00 horas. Número de Licitación LO-75-003-075003001-N-1-2026 Fecha de publicación en Compras MX 05 DE MARZO DE 2026 Descripción de la Licitación GERENCIA TECNICA PARA IMPLEMENTACION DE LA ETAPA 1 DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA METROPOLITANA DE MORELIA, MICHOACAN Volumen de la Obra LOS DETALLES SE DETERMINAN EN LA CONVOCATORIA. Visita al sitio de los Trabajos NO SE REALIZARA VISITA Presentación y apertura de proposiciones 18 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS. Junta de Aclaraciones 09 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS. Emisión del Fallo 27 DE MARZO DE 2026 12:00 HORAS. Firma del Contrato 06 DE ABRIL DE 2026 10:00 HORAS. Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 153 Número de Licitación LO-75-003-075003001-N-2-2026 Fecha de publicación en Compras MX 05 DE MARZO DE 2026 Descripción de la Licitación SUPERVISION EXTERNA PARA LA CONSTRUCCION DE LA ETAPA 1 DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA METROPOLITANA DE MORELIA, MICHOACAN Volumen de la Obra LOS DETALLES SE DETERMINAN EN LA CONVOCATORIA. Visita al sitio de los Trabajos 09 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS. Presentación y apertura de proposiciones 18 DE MARZO DE 2026 11:00 HORAS. Junta de Aclaraciones 11 DE MARZO DE 2026 11:00 HORAS. Emisión del Fallo 27 DE MARZO DE 2026 13:00 HORAS. Firma del Contrato 06 DE ABRIL DE 2026 11:00 HORAS. Número de Licitación LO-75-003-075003001-N-3-2026 Fecha de publicación en Compras MX 05 DE MARZO DE 2026 Descripción de la Licitación PROYECTO INTEGRAL PARA LA CONSTRUCCION DEL TRAMO 1 DE LA ETAPA 1 DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA METROPOLITANA DE MORELIA, MICHOACAN COMPRENDIDO DEL KM 0+805.153 AL 1+500 Volumen de la Obra LOS DETALLES SE DETERMINAN EN LA CONVOCATORIA. Visita al sitio de los Trabajos 09 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS. Presentación y apertura de proposiciones 17 DE MARZO DE 2026 10:00 HORAS. Junta de Aclaraciones 11 DE MARZO DE 2026 12:00 HORAS. Emisión del Fallo 30 DE MARZO DE 2026 12:00 HORAS. Firma del Contrato 06 DE ABRIL DE 2026 12:00 HORAS. Número de Licitación LO-75-003-075003001-N-4-2026 Fecha de publicación en Compras MX 05 DE MARZO DE 2026 Descripción de la Licitación PROYECTO INTEGRAL PARA LA CONSTRUCCION DEL TRAMO 2 DE LA ETAPA 1 DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA METROPOLITANA DE MORELIA, MICHOACAN COMPRENDIDO DEL KM 1+500 AL 7+375 Volumen de la Obra LOS DETALLES SE DETERMINAN EN LA CONVOCATORIA. Visita al sitio de los Trabajos 09 DE MARZO DE 2026 11:00 HORAS. Presentación y apertura de proposiciones 17 DE MARZO DE 2026 11:00 HORAS. Junta de Aclaraciones 11 DE MARZO DE 2026 13:00 HORAS. Emisión del Fallo 30 DE MARZO DE 2026 12:00 HORAS. Firma del Contrato 06 DE ABRIL DE 2026 13:00 HORAS. Número de Licitación LO-75-003-075003001-N-5-2026 Fecha de publicación en Compras MX 05 DE MARZO DE 2026 Descripción de la Licitación PROYECTO INTEGRAL PARA LA CONSTRUCCION DEL TRAMO 3 DE LA ETAPA 1 DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE EN LA ZONA METROPOLITANA DE MORELIA, MICHOACAN COMPRENDIDO DEL KM 7+375 AL 13+848.96 Volumen de la Obra LOS DETALLES SE DETERMINAN EN LA CONVOCATORIA. Visita al sitio de los Trabajos 09 DE MARZO DE 2026 12:00 HORAS. Presentación y apertura de proposiciones 17 DE MARZO DE 2026 12:00 HORAS. Junta de Aclaraciones 11 DE MARZO DE 2026 14:00 HORAS. Emisión del Fallo 30 DE MARZO DE 2026 13:00 HORAS. Firma del Contrato 06 DE ABRIL DE 2026 14:00 HORAS. Los eventos se realizarán en las fechas y horarios indicados en la columna respectiva, en la sala de juntas de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad Estado De Michoacán, ubicada en el domicilio arriba señalado, con excepción de la visita de sitio de los trabajos, la cual se llevará a cabo con base a lo establecido en la cláusula primera de la Convocatoria. MORELIA, MICHOACAN, A 5 DE MARZO DE 2026. SUBDIRECTORA DE LICITACIONES ARQ. GLORIA ESTHER RAMIREZ GIL RUBRICA. (R.- 573385) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 154 MUNICIPIO DE SALINA CRUZ, OAXACA CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL NUMERO MSC/079/R28/LPN/002/2026 En cumplimiento a los establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1,32 fracción II y último párrafo, 34 y 44 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, 27 segundo y cuarto párrafo y 33 de su reglamento, y a lo establecido en las Políticas, Bases y Lineamientos en matera de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios del Municipio de Salina Cruz, Oaxaca; se CONVOCA a las Personas Físicas y Morales con objeto social o actividad preponderante que estén relacionadas con el objeto del concurso, con domicilio fiscal dentro de los Estados Unidos Mexicanos preferentemente y que se encuentren al corriente con sus obligaciones fiscales, interesadas en la formulación de propuestas, relacionadas con la siguiente modalidad de contratación: No. DE LICITACION JUNTA DE ACLARACIONES PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS EMISION DE DICTAMEN TECNICO - ECONOMICO EMISION DEL FALLO MSC/079/R28/LPN/002/2026 16/03/2026 12:00 horas. 23/03/2026 12:00 horas 24/03/2026 12:00 horas 25/03/2026 12:00 horas OBJETO: ADQUISICION DE UN AUTOBUS MODELO 2027 CON CAPACIDAD DE 40 PLAZAS. Las bases y los anexos de la presente convocatoria se pueden consultar en el Portal Institucional de la convocante en https://salina-cruz.gob.mx/licitación-pública/ y también se podrán solicitar mediante el correo: dir.adqui.licitaciones@gmail.com a partir de esta fecha. Así mismo, se comunica que la sede designada para realizar los actos de Junta de Aclaraciones será en la sala de usos múltiples del Palacio Municipal de Salina Cruz, Oaxaca ubicado en la calle Acapulco S/N, colonia Centro, Salina Cruz, Oaxaca, C.P. 70600, de acuerdo a lo establecido en fecha, hora y lugar de los eventos del procedimiento de las bases. ATENTAMENTE “EL RESPETO AL DERECHO AJENO, ES LA PAZ” SALINA CRUZ, TEHUANTEPEC, OAXACA, A 24 DE FEBRERO DE 2026. PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALINA CRUZ, OAXACA ARQ. DANIEL MENDEZ SOSA RUBRICA. (R.- 573452) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 155 SERVICIOS DE SALUD DE YUCATAN DIRECCION DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA 03 Los Servicios de Salud de Yucatán, por conducto de la Dirección de Administración, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 35 fracción I, 36, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados, a participar en las licitaciones que enseguida se enlistan cuya convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y será gratuita. Licitación Pública Nacional LA-90-Y95-931007985-N-16-26 Descripción de la licitación Relativa a la adjudicación de contrato abierto para la adquisición de “productos alimenticios perecederos y no perecederos”, para los hospitales y centros de salud de los Servicios de Salud de Yucatán. Volumen para adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en ComprasMX 05/03/2026 Junta de aclaraciones 11/03/2026, 09:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 17/03/2026, 09:00 horas. MERIDA, YUC., A 5 DE MARZO DE 2026. SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE YUCATAN DRA. JUDITH ELENA ORTEGA CANTO RUBRICA. (R.- 573376) AVISO Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación: • Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias. • Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles. • Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo, correctamente identificado. • Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original y copia simple. Consideraciones Adicionales: 1. En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF: • Acta constitutiva de la persona moral solicitante. • Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud acredite su cualidad de representante de la empresa. • Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF. 2. Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026. 3. No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las instituciones bancarias. 4. Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos. Atentamente Diario Oficial de la Federación 156 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl EDICTO Al C. Marcelino Lara Mendoza En cumplimiento a lo señalado en proveído de treinta y uno de octubre de dos mil veinticinco, dictado en los autos del juicio de amparo indirecto 1653/2023, promovido por Leandro Mondragón Bautista, contra actos del Juez Quincuagésimo Segundo de lo Civil de la Ciudad de México, se ordena emplazar a usted como tercero interesada mediante edictos, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, para que comparezca a deducir sus derechos, en el término de treinta días, contado a partir del día siguiente al en que se efectúe la última publicación; apercibiéndole que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado de Distrito; se les notifica que la audiencia constitucional tendrá verificativo a las nueve horas con cuarenta y dos minutos del treinta de enero de dos mil veintiséis, además se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo. Atentamente La Secretaria del Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México Lic. Karen Montserrat Santos Guzmán Rúbrica. (R.- 572684) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas EDICTO Por ignorarse el domicilio de la parte tercero interesada, con fundamento en el artículo 209, fracción II, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, la Juez Segundo de Distrito en el estado de Zacatecas, ordenó emplazar por edictos al tercero interesado Manuel de Jesús Salamanca Villagrana, haciéndole saber que en este Juzgado, se ventila juicio de amparo 1842/2025-II, promovido por Jesús Salamanca Villagrana, por conducto de su apoderado Leobardo Campos Rincón, contra los actos que hizo consistir en la sentencia de 28 de febrero de 2020, emitida en el juicio agrario 423/2019 y el registro e inscripción del certificado parcelario 000001059617 a favor del tercero interesado, actos reclamados al Tribunal Unitario Agrario Distrito Uno del Estado de Zacatecas y al Representante del Registro Agrario Nacional en Zacatecas; se le previene para que comparezca en el término de treinta días, que contará a partir del siguiente de la última publicación, apercibido que de no hacerlo, ni imponerse de los autos, las siguientes notificaciones se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado. Se publicarán por tres veces de siete en siete días en días hábiles, en el “Diario Oficial”; y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República (Reforma). Atentamente Zacatecas, Zacatecas, 04 de noviembre de 2025. La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas Lic. Hilda Patricia Gaytán de la Torre Rúbrica. (R.- 572840) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 157 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México EDICTO Terceros Interesados Marcos Josué García Garduño José Alberto Esquivel García En el juicio de amparo 338/2025, promovido por MARIO MANRIQUE MORA, contra los actos que reclama del Juez Trigésimo Tercero Penal de la Ciudad de México; al tener el carácter de terceros interesados y desconocerse su domicilio actual; por tanto, con fundamento en la fracción III, inciso b), párrafo segundo, del artículo 27 de la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio mencionado por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, y se les hace saber que cuentan con el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrán hacerlo por conducto de su apoderado, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se les practicaran por lista que se publica en este Juzgado de Distrito. Ciudad de México, a dieciséis de enero de dos mil veintiséis. Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México Anayatzin Citlalli Álvarez Ramírez Rúbrica. (R.- 572961) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Decimoséptimo de Distrito Xalapa, Veracruz EDICTO Tercero interesado, José Luis Ramírez Badillo, le hago saber: En el juicio de amparo 766/2025, radicado en este Juzgado de Distrito, promovido por Miguel Pérez García, contra actos del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil del Distrito Judicial de Xalapa, Veracruz, tiene usted el carácter de tercero interesado y se ordenó emplazarlo por edictos; por lo que, deberá presentarse dentro de los 30 días contados a partir del siguiente al de la última publicación; de no hacerlo, las posteriores notificaciones se le harán por lista. Queda a su disposición copia simple de la demanda. Se informa que la audiencia constitucional está prevista para las 12:50 hrs. del 09 de febrero de 2026, y que el acto reclamado es el emplazamiento dentro del juicio ordinario civil 591/2023. Atentamente Xalapa, Veracruz, 23 de enero de 2026. La Secretaria Ana María Villafán Tirado Rúbrica. (R.- 572973) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México EDICTO 1.- GRUPO CMDTA MEX, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE; Y 2.- CMDTA MEX, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. En los autos del juicio de amparo 3024/2025-IV, promovido por JESÚS GRIMALDO GARCÍA, contra actos de la SÉPTIMO TRIBUNAL LABORAL DE ASUNTOS INDIVIDUALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, radicado en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, se les ha señalado como terceros interesados y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado por auto de diecinueve de enero de dos mil veintiséis, notificarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo 158 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentra a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia de la demanda de amparo y auto admisorio, haciéndoles saber que cuentan con un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hacer valer sus derechos; así también, se les informa que deberán señalar domicilios para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista en la que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de éste órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 29, de la Ley de Amparo vigente. Ciudad de México, a 12 de junio de 2025. El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México Licenciado Roberto López Guadarrama Rúbrica. (R.- 572695) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México EDICTO En los autos del juicio de amparo número 399/2025, promovido por Edgar Emmanuel Tlaxcalteca Ignacio contra actos del Juez Décimo Octavo Penal en la Ciudad de México, se ordenó emplazar por edictos a las terceras interesadas de identidad reservada de iniciales J.R.I. y C.H.S.G., y se les concede un término de treinta días contado a partir de la última publicación para que comparezcan a juicio a hacer valer sus derechos y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidas que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por medio de lista. Atentamente Ciudad de México, a 12 de febrero de 2026. Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México María Carolina Ruíz López Rúbrica. (R.- 573106) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula EDICTO Almacenes de Muebles Imperio, Sociedad Anónima de Capital Variable, persona moral tercera interesada en el juicio de amparo 792/2024 de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, promovido por Carmelo Cordero Cordero, contra los actos reclamados a la 1. Segunda Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla; se ha ordenado emplazar por edictos a la referida persona moral tercera interesada; que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excélsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del quejoso; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada y con el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia autorizada de la demanda de amparo, del auto admisorio y del acuerdo de esta data, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación. San Andrés Cholula, Puebla, veinticinco de julio de dos mil veinticinco. Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla Maribel Pereda Corvera Rúbrica. (R.- 573197) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 159 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Pue. EDICTO Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla. En el juicio de amparo 385/2025, de este Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por Magali Cortés Morales, en su carácter de albacea provisional de la sucesión intestamentaria a bienes de Tomás Téllez Vázquez, contra actos del Juez Décimo Especializado en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Puebla, y otras autoridades, se ha señalado como persona tercera interesada, entre otras, a Sergio Alberto Espinoza Y Centurión, y como se desconoce su domicilio, se ha ordenado emplazarla por medio de edictos, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en cualquiera de los siguientes diarios “Excelsior” o “Reforma”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, sito en edifico sede del Poder Judicial de la Federación, Avenida Osa Menor 82, piso 13, ala Norte, Ciudad Judicial Siglo XXI, San Andrés Cholula, Puebla, copia simple de la demanda y auto admisorio haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados del siguiente al de la última publicación. San Andrés Cholula, Puebla, diecinueve de enero de dos mil veintiséis. Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla Joaquín Ramírez Guzmán Rúbrica. (R.- 572801) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en la Ciudad de México D.C. 607/2025 Diario Oficial de la Federación EDICTO Se notifica a: • María Julia Franco Ubeda de Martínez. • Méndez Eduardo Celayeta Wolff. • María Dolores del Cueto. • Elena Buelna viuda de Méndez. • Fernando Méndez Bulna. • Pilar Ajustes de Azanza. Que en los autos del cuaderno de amparo directo 607/2025, promovido por Luis Arturo Jaso Lara, por derecho propio, contra la sentencia de veintinueve de agosto de dos mil veinticinco, pronunciada por la Novena Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el toca 725/2025/1, se ordenó emplazar a ustedes por medio de edictos, por virtud de ignorarse su domicilio, y en su carácter de terceros interesados, la interposición del juicio de amparo directo ante el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, a fin de que acuda ante la citada autoridad federal dentro de un término máximo de treinta días en defensa de sus intereses contados a partir del día siguiente a la última publicación, una vez hecho lo anterior o transcurrido ese plazo, se continuará con el procedimiento, lo anterior con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, dejando a su disposición en la secretaría de acuerdos del referido tribunal las copias simples correspondientes. Ciudad de México, a veintisiete de enero de dos mil veintiséis. Secretaria de Acuerdos del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito Lic. Michelle Morales Hernández Rúbrica. (R.- 572802) 160 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado 2do. de Distrito Pachuca, Hidalgo Juicio de Amparo Indirecto 1572/2025-2 EDICTO En el juicio de amparo 1572/2025-2, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Rodrigo García Salgado, en representación de Corporativo Inmobiliario SR & R, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos que reclama del Juez Tercero Civil y Familiar de Tula, Hidalgo, se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento de la tercero interesada Perforadora Azteca, Sociedad Anónima de Capital Variable, a quien se hace de su conocimiento que ante este Juzgado se encuentra radicado el juicio de amparo arriba indicado, en el que se reclama la emisión y ejecución de una orden de desposesión dictada en el juicio mercantil 1477/2016 del Juzgado Tercero Civil y Familiar de Tula, Hidalgo, de trescientos setenta y nueve inmuebles, todos del fraccionamiento Ladera, Barrio de Tinajas, Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, por ello, se le hace saber que deberá presentarse ante este Juzgado Federal sito en Boulevard Luis Donaldo Colosio número 1209, Reserva Aquiles Serdán, Fraccionamiento Colosio I, primera etapa, Edificio "B", 2°. Piso, Palacio de Justicia Federal, código postal 42084, Pachuca de Soto, Hidalgo, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a deducir los derechos que a su representación correspondan, en el entendido que deberá identificarse con alguno de los siguientes documentos: Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Cédula Profesional, Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el gobierno federal, estatal, municipal o de la Ciudad de México que tenga impresa la Clave Única de Registro de Población, Certificado de Matrícula Consular, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, Licencia de conducir vigente, permiso para conducir vigente en el caso de menores de edad; Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores; y tratándose de extranjeros el documento migratorio vigente que corresponda, bajo apercibimiento que de no señalar domicilio, se seguirá el presente juicio, haciéndose las ulteriores notificaciones por lista que se fijará en este Juzgado. Pachuca de Soto, Hidalgo, 16 de febrero de 2026. Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Guadalupe Soledad Martínez Vega Rúbrica. (R.- 573079) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula EDICTO En el juicio de amparo indirecto 331/2025, se ordenó emplazar por edictos a la parte tercera interesada “Acción Transport”, Sociedad Anónima de Capital Variable”, a través de su apoderado legal para pleitos y cobranzas Francisco José Sánchez Ceniceros, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación al diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y se hace de su conocimiento que Alfredo López Solís defensor público de las personas quejosas Juan José Hernández Pérez y Carlos Texcucano Galicia, promovió juicio de amparo indirecto contra actos del juez de distrito especializado en el sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal, Antonio Trujillo Ruiz, con sede en Puebla, el acto reclamado es la resolución de veintiocho de febrero de esta anualidad, emitida en la causa penal 23/2023, que determinó infundada la solicitud de cese de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta a las personas quejosas Juan José Hernández Pérez y Carlos Texcucano Galicia. Se le previene a parte tercera interesada en mención, para que comparezca por escrito ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la última publicación y señale domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se le harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio; asimismo, se le hace saber que se encuentran señaladas las once horas con cuarenta minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se le informa que desde que sea emplazada, queda a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo Para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días hábiles. San Andrés Cholula, Puebla, tres de febrero de dos mil vientiséis. Jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla Grecia Alejandra Gómez-Lamadrid Cabello Rúbrica. (R.- 573198) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 161 Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún EDICTO Emplazamiento a: Construcción y Edificación Viga Luz, Sociedad Anónima de Capital Variable. Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio laboral 26/2025, promovido por Boas Samuel Manache Contreras, por su propio derecho, en donde en esencia, reclama indemnización constitucional, así como el pago de diversas prestaciones del despido, del que dice, fue objeto. Se ordenó emplazar al demandado por medio de edictos que serán publicados dos veces, con un lapso de tres días entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico diario de mayor circulación nacional, en un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo, en la página de internet de la Dirección General de Gestión Judicial y en el boletín judicial de este Tribunal Laboral, haciéndole saber que deberá presentarse ante este tribunal, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por propio derecho o por conducto de su apoderado, para que en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 873-A de la Ley Federal del Trabajo, requiérasele para que, dentro del plazo de quince días hábiles, dé contestación a la demanda, ofrezca pruebas, pudiendo objetar las de la parte actora, apercibida que, de no hacerlo, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo aquellas que sean contrarias a lo dispuesto por la ley, así como por perdido su derecho a ofrecer pruebas y, en su caso, a formular reconvención.Asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la sede de este Tribunal, esto es, la ciudad de Cancún, Quintana Roo, apercibida que, de no hacerlo, las notificaciones personales se realizarán por boletín. Doy fe. Cancún, Quintana Roo, 3 de febrero de 2026. Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún María de Jesús Gordián Cuautle Rúbrica. (R.- 573213) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito Querétaro, Qro. Amparo Directo Civil 817/2025 Para publicarse en el Diario Oficial de la Federación EDICTO: En el amparo directo civil 817/2025, promovido por José Antonio Pérez Feregrino, contra el acto reclamado a la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, consistente en la resolución de quince de octubre de dos mil veinticinco, dictada en el toca civil 4183/2025, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazar por medio de edictos a los terceros interesados GP Lubricantes y Filtros de Querétaro, Sociedad Anónima de Capital Variable y Gerardo Pérez Guerrero. Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico "El Universal", por ser uno de los de mayor circulación en la República. Se les hace saber que podrán comparecer al juicio de amparo de referencia; apercibidos que, de no hacerlo, éste seguirá su secuela procesal y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este Tribunal. Asimismo, se les informa que en la Secretaría de Acuerdos de este órgano jurisdiccional queda a su disposición copia simple de traslado de la demanda de amparo, y que cuentan con un plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, para comparecer y hacer valer lo que a su derecho convenga. Querétaro, Querétaro, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis. Magitrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito Luis Armando Pérez Topete Rúbrica. (R.- 573371) 162 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México “2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab” EDICTO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LÉON Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el numerario consistente en un millón setecientos cuarenta mil pesos, lo siguiente: Que en el Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se radicó el expediente 14/2024-II-1, relativo al juicio de extinción de dominio promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la República, respecto de dicho numerario, en contra de Gregory Scholom con el carácter de demandado, por considerar que no se acreditó su legitima procedencia. Las personas que se crean con derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este juzgado de distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina número dos, acceso tres, nivel planta baja, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de ratificación de aseguramiento precautorio del numerario afecto. Expedido en tres tantos en la Ciudad de México, el dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro. Secretario adscrito al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Ángel Alejandro Martínez Pérez Rúbrica. (E.- 000894) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas, con sede en Ciudad Victoria Procedimiento Ordinario Laboral 137/2025 EDICTO PARA EMPLAZAR A TSC Servicios Profesionales en Administración Sociedad Anónima de Capital Variable en los autos del procedimiento ordinario 137/2025 que se tramita ante este Tribunal; se demandó la indemnización constitucional y salarios vencidos, entre otras. Demanda que fue admitida a trámite por auto de veintiocho de agosto de dos mil veinticinco, ordenándose la substanciación de ley. Ahora, a través del mismo proveído se ordenó llamar al presente controvertido como demandado a la persona moral de referencia y ante la imposibilidad de emplazarla en el domicilio obtenido de la investigación del mismo, por auto de veinte de enero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a la aludida moral por medio de edictos que se publicarán, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, por dos veces con un lapso de tres días hábiles entre uno y otro, a fin de que dentro del término de quince días hábiles acuda al local que ocupa este tribunal a manifestar lo que a su derecho convenga dentro del procedimiento citado al rubro, acredite su personalidad y ofrezca las pruebas que a su interés corresponda de conformidad con el numeral 780, en relación con el diverso 873-A, ambos de la Ley Obrera, con copias suficientes para las partes, apercibida que de no hacer manifestación alguna dentro del plazo que le fue concedido, se entenderá que no tiene interés jurídico en el asunto, se tendrá por perdido su derecho a ofrecer pruebas y quedará sujeta al resultado del juicio, en términos de lo previsto por el artículo 873-D, de la Ley Federal del Trabajo. Asimismo, con fundamento en el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo, se requiere al demandado para que en su primer escrito que presente ante este Tribunal, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia del presente órgano jurisdiccional, apercibido que, de no hacerlo, las notificaciones personales que les correspondan se harán por boletín; con la aclaración de que la notificación realizada de esta forma (edicto) Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 163 surte sus efectos a partir del día siguiente de la última publicación. Quedando a disposición del citado demandado, en las oficinas que ocupa este Tribunal, sito en Venustiano Carranza número 22, esquina con Carrera Torres número 601, colonia Centro, código postal 87000, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, las copias de traslado de la demanda y documentos anexos para su debida instrucción, así como los demás proveídos y documentos precisados en el auto de veintiocho de agosto de dos mil veinticinco. Ciudad Victoria, Tamaulipas, a veinte de enero de dos mil veintiséis. Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas, con sede en Ciudad Victoria Juana Idalia Castillo Medrano Rúbrica. (R.- 572968) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito Cancún, Q. Roo EDICTO En los autos del juicio de amparo 918/2025-V-1, promovido por APOYO ECONÓMICO FAMILIAR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, por conducto de su apoderado legal GABRIEL ENRIQUE CHABLE PECH, contra los actos que reclama del Presidente de la Junta Especial Número Uno de Conciliación y Arbitraje, de esta ciudad, consistentes en la entrega y orden de pago del billete de depósito exhibido por concepto de subsistencia económica de la parte actora en el juicio laboral 717/2023, en favor de su apoderado; en cumplimiento a lo ordenado en proveído de quince de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar por esta vía al tercero interesado Antonio Sánchez Maldonado. Hágasele saber al referido tercero interesado, que deberá presentarse ante este juzgado dentro del término de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los presentes edictos, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado, copia del traslado de la demanda, apercibido que de no comparecer dentro del término señalado las ulteriores notificaciones del presente juicio, aun las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fije en los estrados del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo. Expidiéndose el presente edicto para su publicación por tres veces de siete en siete días y ser efectuadas en días hábiles; en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 239 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y el artículo 27, Fracción III, Inciso c), segundo párrafo, de la Ley de Amparo. La publicación de los edictos deberá realizarse en el día séptimo después de cada publicación, (es decir procurando que entre cada divulgación hayan pasado seis días); y que las publicaciones citadas, sean en un día hábil. Por último, hágasele saber a dicho tercero interesado que la audiencia constitucional se encuentra fijada para tener verificativo a las diez horas con cuarenta minutos del once de febrero de dos mil veintiséis. Atentamente Cancún, Quintana Roo, a 15 de diciembre de 2025. Secretario Encargado del Despacho del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo, por licencia de la Titular de este Órgano Jurisdiccional, en términos del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que Reglamenta la Carrera Judicial, y por autorización de la Comisión de Carrera Judicial del Órgano de Administración Judicial Jorge Alejandro García Jarero Rúbrica. (R.- 573009) 164 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México EDICTO A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE UN TRACTOCAMIÓN MARCA MACK, TIPO QUINTA RUEDA, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 57-AV-1H DE CARGA, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 1M1AW07Y5EM041481, VEHÍCULO DE ORIGEN EXTRANJERO Y CORRESPONDIENTE A UN AÑO MODELO 2014. En auto de ocho de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de extinción de dominio 34/2025, se admitió a trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía General de la República, en contra de Erika Talón Argüelles y Luxemborg México Fuel Group, Sociedad Anónima de Capital Variable, en su calidad de codemandados; de conformidad con el artículo 86 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de que comparezca a juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto del vehículo Tractocamión marca Mack, tipo quinta rueda, color blanco, con placas de circulación 57-AV-1H de carga, con número de identificación vehicular 1M1AW07Y5EM041481, vehículo de origen extranjero y correspondiente a un año modelo 2014, del cual se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentra vinculado con el hecho ilícito de sustracción ilícita de hidrocarburos, previsto y sancionado por el artículo 8 fracción I, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, vehículo el cual se encuentra asegurado por el Fiscal Federal Investigador, así como por este órgano jurisdiccional. Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 11, nivel plaza, del edificio sede San Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Ciudad de México Dieciséis de octubre de dos mil veinticinco. Secretario adscrito al Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México José Jaime Castellanos Rosas Rúbrica. (E.- 000893) AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes: 1/8 de plana $ 2,843.00 2/8 de plana $ 5,686.00 3/8 de plana $ 8,529.00 4/8 de plana $ 11,372.00 6/8 de plana $ 17,058.00 1 plana $ 22,744.00 1 4/8 planas $ 34,116.00 2 planas $ 45,488.00 Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales por concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026. Atentamente Diario Oficial de la Federación Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 165 AVISOS GENERALES Estados Unidos Mexicanos Secretaría de Economía Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual Subdirección Divisional de Infracciones Administrativas en Materia de Comercio Coordinación Departamental de Resoluciones en Infracciones en Materia de Comercio Constructora MC 187, S.A. de C.V. Vs. Luis Girault Martínez del Río Exped.: I.M.C.2700/2024(I-301)30696 Folio: 42820 Luis Girault Martínez del Río NOTIFICACION POR EDICTOS Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual, el día 18 de diciembre de 2024, con folio de entrada 30696, José Francisco Platos Ortega, apoderado de Constructora MC 187, S.A. de C.V., solicitó la declaración administrativa de Infracción en Materia de Comercio, prevista en las fracciones I y X del artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor en contra de LUIS GIRAULT MARTÍNEZ DEL RÍO, en relación con las obras arquitectónicas identificadas con los números de certificados 03-2010-020311294900-01, 03-2010-020213571200-01, 03-2010-020213584900-01, 03-2010-020311144500-01, 03-2010-020311164900-01, 03-2010-020311184000- 01, 03-2010-020311203400-01 y 03-2010-020311243400-01, mismo que mediante oficio 7500, de fecha 11 de marzo de 2025, fue admitido. Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 234 de la Ley Federal del Derecho de Autor; 3, 328, 336, 367 fracción IV, 369, 370 y Transitorio Tercero de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a LUIS GIRAULT MARTÍNEZ DEL RÍO, parte demandada en procedimiento citado a rubro, el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contemplado en el artículo 336 fracción II de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga; apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el plazo señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Atentamente 19 de diciembre de 2025. El Coordinador Departamental de Resoluciones en Infracciones en Materia de Comercio Lic. Mariano González Franco Rúbrica. (R.- 573412) 166 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Estados Unidos Mexicanos Fiscalía General de la República Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud NOTIFICACIÓN POR EDICTO SE NOTIFICA AL PROPIETARIO Y/O REPRESENTANTE LEGAL Y/O QUIEN TENGA INTERÉS JURÍDICO, que en fecha 25 veinticinco de mayo de 2007 dos mil siete, se decretó el aseguramiento precautorio en la averiguación previa A.P. PGR/SIEDO/UEIDCS/063/2005 del siguiente inmueble: predio y construcción ubicado en lote III de la carretera Costera Guitarrón (escénica), fraccionamiento Palya Guitarrón, C.P. 00880, Acapulco, Guerrero. Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Fiscalia Especializada en Investigación de Delitos Contra la Salud., ubicada en Avenida Paseo de la Reforma, número 75, segundo piso, Colonia Guerrero, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, lugar en donde se ponen a su disposición las constancias conducentes al citado aseguramiento; así mismo se les apercibe que en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de noventa días naturales, que señala el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, a partir de la presente notificación, dichos bienes causaran abandono del Gobierno Federal para los fines legales de administración, destino y, en su caso, uso por las instituciones competentes en materia de procuración de justicia, conforme al marco normativo aplicable y a las disposiciones administrativas de recepción y destino de bienes federales. Atentamente Ciudad de México, a 23 de febrero de 2026. Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a la Fiscalía Especial en Investigación de Delitos contra la Salud Mtra. Janis Vázquez Castillo Rúbrica. (R.- 573369) Estados Unidos Mexicanos Secretaría de Economía Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual Subdirección Divisional de Infracciones Administrativas en Materia de Comercio Coordinación Departamental de Visitas de Inspección en Infracciones en Materia de Comercio Constructora MC 187 S.A. de C.V. Vs. Mercedes Girault Martínez del Río y/o propietaria y/o encargada y/o responsable de los sitios de Internet; https://www.giraultdesarrollos.com/ y https://mx.linkedin.com/company/girault-desarrollos Exped.: I.M.C.2699/2024(I-300)30695 Folio: 42818 Mercedes Girault Martinez del Rio y/o propietaria y/o encargada y/o responsable de los sitios de Internet; https://www.giraultdesarrollos.com/ y https://mx.linkedin.com/company/girault-desarrollos NOTIFICACION POR EDICTOS Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual, el día 18 de diciembre de 2024, con folio de entrada 030695, José Francisco Platos Ortega, apoderado de Constructora MC 187, S.A. de C.V., solicitó la declaración administrativa de Infracción en Materia de Comercio, prevista en las fracciones I y X del artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor en contra de MERCEDES GIRAULT MARTINEZ DEL RIO Y/O PROPIETARIA Y/O ENCARGADA Y/O RESPONSABLE DE LOS SITIOS DE INTERNET; HTTPS://WWW.GIRAULTDESARROLLOS.COM/ Y HTTPS://MX.LINKEDIN.COM/COMPANY/GIRAULT-DESARROLLOS, en relación con las obras arquitectonicas identificadas con los números de certificados 03-2010-020311294900-01, 03-2010- 020213571200-01, 03-2010-020213584900-01, 03-2010-020311144500-01, 03-2010-020311164900-01, 03-2010-020311184000-01, 03-2010-020311203400-01 y 03-2010-020311243400-01, mismo que mediante oficio 7404, de fecha 11 de marzo de 2025, fue admitido. Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 336, 367 fracción IV, 369 y 370 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a MERCEDES GIRAULT MARTINEZ DEL RIO Y/O PROPIETARIA Y/O ENCARGADA Y/O RESPONSABLE DE LOS SITIOS DE INTERNET; HTTPS://WWW.GIRAULTDESARROLLOS.COM/ Y HTTPS://MX.LINKEDIN.COM/COMPANY/GIRAULT-DESARROLLOS, parte demandada en procedimiento Jueves 5 de marzo de 2026 DIARIO OFICIAL 167 citado a rubro, el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contemplado en el artículo 336 fracción II de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga; apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el plazo señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Atentamente 19 de diciembre de 2025. La Coordinadora Departamental de Visitas de Inspección de Infracciones en Materia de Comercio Lic. Roselia García Torres Rúbrica. (R.- 573417) Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V. AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA ÚNICA EN EL ESTADO DE YUCATÁN PERMISO G/21625/DIS/2018 Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de distribución de gas natural en la Zona Geográfica Única ubicada en el Estado de Yucatán, la lista de tarifas máximas aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación. Lista de tarifas máximas – pesos de diciembre de 2025 Cargos tarifarios Unidades Residencial Comercial/ Industrial 1 Industrial 2 Industrial 3 Rangos de consumo (GJ/Mes) 0.00 - Infinito 0.00 - 1,500.00 1,500.01 - 10,000.00 10,000.01 - Infinito Cargo por servicio Pesos/Mes 24.0922 124.9585 458.1116 5,528.0371 Distribución con comercialización1 Pesos/GJ 110.2200 70.9325 0.0000 0.0000 Distribución simple Cargo por capacidad Pesos/GJ 107.6482 69.2774 18.9072 25.0503 Cargo por uso Pesos/GJ 2.5718 1.6551 0.4540 0.5980 1/ Aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta 5 000 Gigajoules por año. Cifras expresadas en pesos de diciembre de 2025. Otros cargos regulados – pesos de diciembre de 2025 Cargos tarifarios Unidades Residencial Comercial/ Industrial 1 Industrial 2 Industrial 3 Rangos de consumo (GJ/Mes) 0.00 - Infinito 0.00 - 1,500.00 1,500.01 - 10,000.00 10,000.01 - Infinito Conexión estándar2 Pesos/Acto 4,237.0240 8,308.8233 31,332.8010 80,040.4803 Conexión no estándar Pesos/Metro 708.8022 1,287.7431 2,170.7668 2,913.2481 Desconexión/Reconexión Pesos/Acto 160.6766 376.4615 589.6258 791.2976 2/ Conjunto de tuberías, válvulas, medidores y accesorios apropiados para la conducción y entrega del gas desde las líneas del sistema de distribución hasta las instalaciones de aprovechamiento de los usuarios, con una longitud de hasta 30 metros. Cifras expresadas en pesos de diciembre de 2025. Torreón, Coahuila., a 18 de febrero de 2026. Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. Representante Legal Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio Rúbrica. (R.- 573423) 168 DIARIO OFICIAL Jueves 5 de marzo de 2026 Diario Oficial de la Federación Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Directorio Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos Claudia Sheinbaum Pardo Secretaria de Gobernación Rosa Icela Rodríguez Velázquez Subsecretario de Gobernación César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera Titular de la Unidad de Gobierno Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara Coordinador del Diario Oficial de la Federación Alejandro López González Cuotas por derecho de publicación: Oficinas ubicadas en: Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México. Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios. Página web: www.dof.gob.mx Esta edición consta de 168 páginas 1/8 de plana.................. $ 2,843.00 4/8 plana ...................... $ 11,372.00 1 plana ......................... $ 22,744.00