Texto original
Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 053/2026, Ciudad de México, miércoles 4 de marzo de 2026 (Edición Matutina)
4 de marzo de 2026 · Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; Secretaría de Salud; Secretaría de las Mujeres; ISSSTE; Suprema Corte de Justicia de la Nación; Banco de México; Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.
No. de publicación: 053/2026
Ciudad de México, miércoles 4 de marzo de 2026
CONTENIDO
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Secretaría de Salud
Secretaría de las Mujeres
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Avisos
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
INDICE
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Convenio Marco de Coordinación de Acciones a fin de establecer las bases para liberar el
derecho de vía necesario para la construcción de la obra de infraestructura de transporte
ferroviario de pasajeros denominada Saltillo-Nuevo Laredo, que celebran la Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, el Estado de Nuevo León y los municipios
de García, Santa Catarina, San Pedro Garza García, Monterrey, San Nicolás de los Garza,
General Escobedo, El Carmen, Salinas Victoria, Villaldama, Bustamante, Lampazos de Naranjo
y Anáhuac. ........................................................................................................................................
4
SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, empresas públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y
sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán
abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Centro de Estudios
Prital, S.C. ........................................................................................................................................
18
Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, empresas públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y
sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán
abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Proveedora Integral de
Empresas, S.A. de C.V. ....................................................................................................................
19
SECRETARIA DE SALUD
Acuerdo por el que se delegan en la persona titular de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico
las facultades que se indican en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios
del sector público. .............................................................................................................................
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Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de
transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar
acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de Puebla. ............................................................................................................
23
Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de
transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar
acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de Querétaro. .......................................................................................................
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SECRETARIA DE LAS MUJERES
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría
de las Mujeres del Estado de México, que tiene como objeto contribuir al adelanto, bienestar e
Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Garantizando la Igualdad
de Oportunidades y Acceso a Derechos, por el Poder de Servir a las Mujeres en el Estado
de México. ........................................................................................................................................
53
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría
de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, que tiene como objeto
contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto
denominado Acciones para Impulsar la Igualdad, Autonomía y Bienestar de las Mujeres
Michoacanas, Fortaleciendo Redes Solidarias para una Vida Libre de Violencia. ...........................
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DIARIO OFICIAL
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Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría
de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos, que tiene como objeto contribuir al
adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado
Mujeres Libres Transformando Vidas en su Territorio. .....................................................................
65
Convenio Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto para
la Mujer Nayarita, que tiene como objeto contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva
de las mujeres, a través del Proyecto denominado Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) en el Estado de Nayarit 2025. ...................................................
71
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES
DEL ESTADO
Aviso General por el que se da a conocer el cambio de domicilio de la Representación Regional,
Zona Poniente, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
(ISSSTE), en la Ciudad de México. ..................................................................................................
77
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la
Controversia Constitucional 126/2025, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra María
Estela Ríos González. ......................................................................................................................
78
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
100
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
100
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
100
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Acuerdo SRG/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales
en la Sala Regional en Guerrero. .....................................................................................................
101
Acuerdo MCRM/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales
en las Salas Regionales en Veracruz del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de
fuerza mayor. ....................................................................................................................................
101
Acuerdo SREMI/1/2026 por el que se da a conocer la suspensión de labores el 23 de febrero de
2026 en las Salas Regionales en el Estado de México I del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, por causa de fuerza mayor y seguridad. ..................................................................
102
Acuerdo SRG I/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales
en la Sala Regional en Guanajuato I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de
fuerza mayor. ....................................................................................................................................
103
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
104
Convocatorias para concursos de plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. .......................................................................................................
133
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
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PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA,
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CONVENIO Marco de Coordinación de Acciones a fin de establecer las bases para liberar el derecho de vía
necesario para la construcción de la obra de infraestructura de transporte ferroviario de pasajeros denominada
Saltillo-Nuevo Laredo, que celebran la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, el Estado
de Nuevo León y los municipios de García, Santa Catarina, San Pedro Garza García, Monterrey, San Nicolás de
los Garza, General Escobedo, El Carmen, Salinas Victoria, Villaldama, Bustamante, Lampazos de Naranjo
y Anáhuac.
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN DE ACCIONES A FIN DE ESTABLECER LAS BASES PARA LIBERAR EL
DERECHO DE VÍA NECESARIO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
FERROVIARIO DE PASAJEROS DENOMINADA “SALTILLO – NUEVO LAREDO", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL
EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y
TRANSPORTES, EN LO SUCESIVO “LA SICT", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO ING. JESÚS
ANTONIO ESTEVA MEDINA, ASISTIDO POR EL MTRO. NÉSTOR NÚÑEZ LÓPEZ, TITULAR DE LA UNIDAD DE
VINCULACIÓN INSTITUCIONAL Y PATRIMONIO DE LA “SICT”; EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE NUEVO LEÓN, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL
LIC. SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA, GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL DR. HERNÁN
MANUEL VILLARREAL RODRÍGUEZ, SECRETARIO DE MOVILIDAD Y PLANEACIÓN URBANA DE NUEVO LEÓN Y LOS
MUNICIPIOS, EN ADELANTE DENOMINADOS EN CONJUNTO COMO “LOS MUNICIPIOS”: GARCÍA, REPRESENTADO
POR MANUEL GUERRA CAVAZOS, PRESIDENTE MUNICIPAL; SANTA CATARINA, REPRESENTADO POR JESÚS
ÁNGEL NAVA RIVERA, PRESIDENTE MUNICIPAL; SAN PEDRO GARZA GARCÍA, REPRESENTADO POR MAURICIO
FERNÁNDEZ GARZA, PRESIDENTE MUNICIPAL; MONTERREY, REPRESENTADO POR ADRIÁN DE LA GARZA
SANTOS, PRESIDENTE MUNICIPAL; SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, REPRESENTADO POR DANIEL CARRILLO
MARTÍNEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL; GENERAL ESCOBEDO, REPRESENTADO POR ANDRÉS CONCEPCIÓN MIJES
LLOVERA, PRESIDENTE MUNICIPAL; EL CARMEN, REPRESENTADO POR GERARDO ALFONSO DE LA MASA
VILLAREAL, PRESIDENTE MUNICIPAL; SALINAS VICTORIA, REPRESENTADO POR RAÚL CANTÚ DE LA GARZA,
PRESIDENTE MUNICIPAL; VILLALDAMA, REPRESENTADO POR LUIS EDUARDO SEPÚLVEDA DE LEÓN,
PRESIDENTE MUNICIPAL; BUSTAMANTE, REPRESENTADO POR MARIO ALFONSO RESENDEZ GARZA,
PRESIDENTE MUNICIPAL; LAMPAZOS DE NARANJO, REPRESENTADO POR ADRIANA DEYANIRA MARTÍNEZ
ZUÑIGA, PRESIDENTA MUNICIPAL; Y ANÁHUAC, REPRESENTADO POR JUAN MANUEL MORTÓN GONZÁLEZ,
PRESIDENTE MUNICIPAL; A QUIENES DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES", AL
TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. El pasado 30 de octubre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que
se reforma el párrafo cuarto y se adiciona un párrafo quinto al artículo 28 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de vías y transporte ferroviario, por el que se reconoce el carácter de
área prioritaria al transporte ferroviario de pasajeros.
2. En términos de lo establecido en el artículo 3ro. de la Ley de Planeación, se entiende por planeación
nacional de desarrollo, la ordenación racional y sistemática de acciones que, con base al ejercicio de las
atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social,
política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, así como de
ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y desarrollo urbano, tiene como propósito
la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la ley establecen.
3. El artículo 33 de la Ley de Planeación prevé, entre otros puntos, que el Ejecutivo Federal podrá convenir
con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la
coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del
desarrollo; coadyuven en el ámbito de sus respectivas competencias, a la consecución de los objetivos de la
planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los estados, se planeen de
manera conjunta, considerándose en todos los casos la participación que corresponda a los municipios y
demarcaciones territoriales.
4. Uno de los compromisos del gobierno federal en el periodo de 2024 - 2030, es la obra de infraestructura
de transporte ferroviario de pasajeros denominada “SALTILLO – NUEVO LAREDO ", constituyendo a ésta
obra de infraestructura como un proyecto prioritario en el desarrollo de nuestro país.
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5. En este contexto, “LA SICT” tiene a su cargo la rectoría del Sector Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, a fin de dar cumplimiento a los objetivos de la política económica de la actual administración,
tiene previsto llevar a cabo las acciones necesarias con la activa coordinación de otras dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal y demás órdenes de gobierno involucrados, a fin de establecer
las bases para liberar el derecho de vía necesario para la construcción de las obras de infraestructura
ferroviaria como son el tren “SALTILLO – NUEVO LAREDO ".
6. En términos de los artículos 2o., fracción III y 3o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte
Federal, el derecho de vía es la franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación,
ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación, cuya anchura
y dimensiones fija “LA SICT”.
7. Por lo expuesto, "LAS PARTES" tienen el interés mutuo de coordinar diversas acciones para llevar a
cabo la liberación del derecho de vía y adquisición de predios para la construcción del tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO", mejorar la conectividad e infraestructura para los habitantes del Estado
de Nuevo León. En ese tenor, "LAS PARTES" han decidido celebrar el presente Convenio Marco de
Coordinación de Acciones al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
a. DE “LA SICT”
a.1 Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o, 2o, fracción I, y 26 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, de conformidad con el
artículo 36 fracciones I, VII y VIII de dicha Ley, las de formular y conducir las políticas y programas
para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo con las necesidades del país, así como
construir las vías férreas, patios y terminales de carácter federal para el establecimiento y explotación de
ferrocarriles, y la vigilancia técnica de su funcionamiento y operación, regular y vigilar la administración
del sistema ferroviario.
a.2 Que el Ing. Jesús Antonio Esteva Medina, en su carácter de Secretario de "LA SICT”, cuenta con las
facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente convenio, según se desprende de lo
previsto en el artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones
y Transportes.
a.3 Que el Mtro. Néstor Núñez López, Titular de la Unidad de Vinculación Institucional y Patrimonio,
cuenta con las facultades necesarias para asistir en la suscripción del presente Convenio Marco de
Coordinación de Acciones, en términos de lo dispuesto por el artículo 10, fracción X del Reglamento Interior
de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
a.4 Para efectos del presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones, señala como domicilio el
ubicado en Avenida de los Insurgentes Sur 1089, C.P. 03720, Colonia Noche Buena, Alcaldía Benito Juárez,
Ciudad de México.
b. DE “LA ENTIDAD FEDERATIVA":
b.1 Que el Estado de Nuevo León es una Entidad Libre y Soberana que forma parte integrante de
la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42, fracción I, 43, 115 y 116 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1 de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de Nuevo León.
b.2 Que el Dr. Samuel Alejandro García Sepúlveda, en su carácter de Gobernador del Estado de Nuevo
León está facultado para conducir la Administración Pública Estatal, así como para representar al Estado de
Nuevo León de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 124 y 125 fracción XI de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, por lo que cuenta con facultades suficientes y necesarias para
celebrar el presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones.
b.3 Que el Dr. Hernán Manuel Villarreal Rodríguez, en su carácter de Secretario de Movilidad y Planeación
Urbana del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, asiste al Gobernador del Estado en la suscripción del
presente instrumento jurídico.
b.4 Para todos los efectos derivados del presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones, señala
como domicilio el ubicado Washington No. 2000, Col. Obrera. C.P. 64010, Monterrey, N.L.
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c. DE “LOS MUNICIPIOS”:
c.1 Que el municipio es la base de la organización territorial del Estado de Nuevo León, y posee
personalidad jurídica y patrimonio propios, y goza de autonomía plena para gobernar y administrar los asuntos
propios de la comunidad en términos de los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; y 51 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.
c.2 La Presidenta y los Presidentes Municipales de GARCÍA, representado por MANUEL GUERRA
CAVAZOS, PRESIDENTE MUNICIPAL; SANTA CATARINA, representado por JESÚS ÁNGEL NAVA
RIVERA, PRESIDENTE MUNICIPAL; SAN PEDRO GARZA GARCÍA, representado por MAURICIO
FERNÁNDEZ GARZA, PRESIDENTE MUNICIPAL; MONTERREY, representado por ADRIÁN DE LA GARZA
SANTOS, PRESIDENTE MUNICIPAL; SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, representado por DANIEL CARRILLO
MARTÍNEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL; GENERAL ESCOBEDO, representado por ANDRÉS CONCEPCIÓN
MIJES LLOVERA, PRESIDENTE MUNICIPAL; EL CARMEN, representado por GERARDO ALFONSO DE LA
MASA VILLAREAL, PRESIDENTE MUNICIPAL; SALINAS VICTORIA, representado por RAÚL CANTÚ DE LA
GARZA, PRESIDENTE MUNICIPAL; VILLALDAMA, representado por LUIS EDUARDO SEPÚLVEDA DE
LEÓN, PRESIDENTE MUNICIPAL; BUSTAMANTE, representado por MARIO ALFONSO RESENDEZ
GARZA, PRESIDENTE MUNICIPAL; LAMPAZOS DE NARANJO, representado por ADRIANA DEYANIRA
MARTÍNEZ ZUÑIGA, PRESIDENTA MUNICIPAL; Y ANÁHUAC, representado por JUAN MANUEL MORTÓN
GONZÁLEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL; cuentan con las facultades suficientes para suscribir el presente
documento, en términos de lo dispuesto en el artículo 33, fracciones I, inciso ñ), II, inciso a), III, inciso d), IV,
incisos a) y f), de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.
c.3 Para los efectos del presente instrumento, señalan como su domicilio los ubicados en:
GARCÍA, Palacio Municipal, situado en Boulevard Heberto Castillo numero 200 Colonia Paseo de las
Minas C.P. 66001 García, Nuevo León.
SANTA CATARINA, Palacio Municipal, ubicado en calle Zaragoza numero 110 C.P. 66350 Santa
Catarina, Nuevo León.
SAN PEDRO GARZA GARCÍA, calle Libertad número 101, Centro de San Pedro Garza García,
Nuevo León.
MONTERREY, Palacio Municipal, calle Ignacio Zaragoza Sur sin número, Centro, C.P. 64000 Monterrey,
Nuevo León.
SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, Palacio Municipal, ubicado en calle Benito Juárez número 100, Centro
C.P. 66400 San Nicolás de los Garza, Nuevo León.
GENERAL ESCOBEDO, Av. Benito Juárez 100, Centro, 66050 Cd Gral. Escobedo, N.L.
EL CARMEN, calle 5 de Febrero número 104, Centro de El Carmen, C.P. 66550 El Carmen, Nuevo León.
SALINAS VICTORIA, calle Juárez número 110, Col. Centro, C.P. 65500 Salinas Victoria, Nuevo León.
VILLALDAMA, calle Zaragoza número 115, Zona Centro, C.P. 65350 Villaldama, Nuevo León.
BUSTAMANTE, calle Hidalgo número 100, C.P. 87960 Bustamante, Nuevo León, CP 66600.
LAMPAZOS DE NARANJO, calle Hidalgo oriente número 234 C.P. 65070 Lampazos de Naranjo,
Nuevo León.
ANÁHUAC, Palacio Municipal, ubicado en calle Plaza Juárez sin número, Centro, C.P. 65030 Anáhuac,
Nuevo León.
d. DE “LAS PARTES":
d.1 Que se reconocen mutuamente el carácter y las facultades jurídicas que ostentan para la celebración
del presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones.
d.2 Que es su interés suscribir el presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones a fin de
conjuntar recursos e instrumentar acciones para el logro del objeto del presente instrumento.
d.3 Que con el fin de que el Estado mexicano lleve a cabo acciones concretas para liberar el derecho de
vía necesario para la construcción de las obras de infraestructura del tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO", para apoyar, facilitar y agilizar el tránsito de personas, es su voluntad celebrar el presente
Convenio Marco de Coordinación de Acciones de conformidad con las siguientes:
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CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones, tiene por
objeto establecer las bases, acciones y compromisos para la coordinación de "LAS PARTES", en el
ámbito de sus respectivas competencias, para la liberación del derecho de vía necesario para la
construcción de las obras de infraestructura de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO".
SEGUNDA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Para efectos del cumplimiento del objeto del presente
instrumento, "LAS PARTES" se obligan a lo siguiente:
I.
Compromisos generales de "LAS PARTES":
a. Establecer una estrecha coordinación entre "LAS PARTES" para el cumplimiento del objeto del
presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones.
b. Elaborar reportes mensuales, conforme al ámbito de sus atribuciones, sobre las obligaciones
asumidas y las acciones realizadas en cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de
Coordinación de Acciones.
c. Proporcionarse la información que requieran para el cumplimiento del objeto del presente
instrumento jurídico, con base en las atribuciones de cada una de las "LAS PARTES" y en las
disposiciones jurídicas aplicables, atendiendo los principios y deberes en materia de protección de
datos personales, garantizando que la información que se intercambie o se genere derivado de la
ejecución del presente instrumento jurídico, se utilice únicamente para el objeto del mismo.
d. Coordinarse en el ámbito de sus atribuciones, en la solución de los conflictos sociales que
llegasen a impedir la liberación del derecho de vía, objeto del presente instrumento.
II.
Compromisos específicos de "LA SICT”:
a. Realizar los trámites y acciones correspondientes para la liberación del Derecho de Vía de
conformidad con el trazo definitivo del proyecto ejecutivo para la construcción del tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO", para lo cual integrará los expedientes particulares con toda
la documentación que ampare la negociación con los legítimos propietarios de los terrenos o
sus poseedores.
b. Recibir de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” y/o “EL MUNICIPIO” el o los inmuebles que ocupe la vía
con carácter local que estén comprendidos en el trazo definitivo del proyecto para la construcción del
tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO LAREDO" para lo cual se deberán suscribir las actas
de entrega recepción respectiva, en las que se detalle la situación jurídica de los inmuebles, así
como la obligación de excluir en paz y a salvo a “LA SICT” de cualquier reclamo presente o futuro.
III.
Compromisos específicos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA":
a. Materializar la exención o descuentos en los derechos, que se deriven de las acciones legales
para la liberación del derecho de vía para la construcción del tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO", en los términos del Anexo Único del presente, que firmado por “LAS PARTES” forma
parte integral del mismo.
b. Reducir los plazos y términos de respuesta de los trámites que sean de su competencia y que
sean necesarios para la liberación del derecho de vía para la construcción del tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO", en los términos del Anexo Único del presente, que firmado por
“LAS PARTES” forma parte integral del mismo.
c. Apoyar en la coordinación de las reuniones de seguimiento interinstitucional y dar formalidad a los
acuerdos entre las mismas, con la idea de dar cumplimiento a los requerimientos técnicos, legales y
financieros que “LA SICT” requiere para llevar a cabo la construcción del tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO".
d. Coadyuvar con "LA SICT" en la integración de los expedientes de expropiación de los predios
ejidales, comunales o privados necesarios para la liberación del derecho de vía que se requiera para
la construcción del tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO LAREDO", así como coadyuvar con las
gestiones técnicas, legales y sociales para liberar la totalidad del Derecho de Vía necesario.
e. Identificar, en coordinación con “LA SICT”, de conformidad con el trazo definitivo del proyecto para
la construcción del tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO LAREDO", los inmuebles propiedad de
“LA ENTIDAD FEDERATIVA" que, de ser el caso, se ubiquen dentro del derecho de vía, para
posteriormente llevar a cabo su donación a favor del Gobierno Federal, en términos de las
disposiciones jurídicas aplicables.
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f. Presentar a la “LA SICT” reportes con la problemática que se presente en la ejecución de la obra,
los avances, alternativas de solución y sus resultados.
g. Coadyuvar mediante la Secretaría de Seguridad Pública del Estado la implementación de acciones
tendientes a evitar que los predios ya liberados sean invadidos y garantizar la seguridad del personal
al servicio de “LA SICT” encargado de los procedimientos de negociación para la liberación del
derecho de vía.
IV.
Compromisos específicos de “LOS MUNICIPIOS":
a. Materializar la exención o descuentos en los derechos, que se deriven de las acciones legales
para la liberación del derecho de vía para la construcción del tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO", en los términos del Anexo Único del presente, que firmado por “LAS PARTES” forma
parte integral del mismo.
b. Reducir los plazos y términos de respuesta de los trámites que sean de su competencia y que
sean necesarios para la liberación del derecho de vía para la construcción del tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO", en los términos del Anexo Único del presente, que firmado por
“LAS PARTES” forma parte integral del mismo.
c. De conformidad con el trazo del proyecto en coordinación con “LA SICT" identificar el o los
inmuebles propiedad del Municipio que se requieran para la construcción del tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO", para llevar a cabo su entrega a "LA SICT", mediante el acta
respectiva y posteriormente su donación a favor del Gobierno Federal.
d. Brindar apoyo logístico y de traslados de las personas y bienes que deba realizarse con motivo de
la desocupación de los inmuebles que pasan a formar parte del derecho de vía para la construcción
del tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO LAREDO".
e. Llevar a cabo medidas administrativas y acciones tendientes a la simplificación de los trámites
administrativos, así como la obtención de licencias o permisos en su respectivo ámbito de
competencia, necesarios para que "LA SICT" lleve a cabo la liberación del derecho de vía para la
realización del tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO LAREDO".
f. Presentar a la “LA SICT” reportes con la problemática que se presente en la ejecución de la obra,
los avances, alternativas de solución y sus resultados.
g. Coadyuvar, mediante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal la
implementación de acciones tendientes a evitar que los predios ya liberados sean invadidos y
garantizar la seguridad del personal al servicio de "LA SICT” encargado de los procedimientos de
negociación para la liberación del derecho de vía.
TERCERA. CONVENIOS ESPECÍFICOS. Para la ejecución del presente Convenio Marco de Coordinación
de Acciones, de ser necesario "LAS PARTES" podrán formalizar Convenios Específicos en estricto apego al
marco jurídico, administrativo y operativo aplicable, suscritos por los servidores públicos que cuenten con las
facultades legales para tal efecto y se integrarán al presente instrumento para formar parte de éste.
Los Convenios Específicos deberán constar por escrito y describirán con precisión sus objetivos, las
actividades a realizar, calendarios y lugares de trabajo, mecanismo de seguimiento, personal involucrado,
enlaces y coordinadores o responsables, recursos técnicos, económicos y materiales, controles de
evaluación y seguimiento, así como aquellos aspectos y elementos necesarios para determinar sus
propósitos y alcances.
CUARTA. SEGUIMIENTO Y ENLACES. Para la ejecución, administración, coordinación y comunicación
de las acciones que conllevan la ejecución objeto del presente convenio, cada una de “LAS PARTES” nombra
como responsables a las siguientes unidades administrativas a sus cargos, así como los datos de contacto de
los servidores públicos titulares de dichas áreas:
Por parte de “LA SICT”
Nombre y Cargo
Mtro. Néstor Núñez López, Titular de la Unidad de Vinculación Institucional y Patrimonio.
Dirección
Avenida de los Insurgentes Sur 1089, C.P. 03720, Colonia Noche Buena, Alcaldía Benito
Juárez, Ciudad de México.
Teléfono y correo
electrónico
5557239300 Ext 10504
nestor.nunez@sict.gob.mx
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Por parte de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”
Nombre y Cargo
Dr. Hernán Manuel Villarreal Rodríguez, Secretario de Movilidad y Planeación Urbana.
Dirección
Washington No. 2000 Col. Obrera, C.P. 64010, Monterrey, N.L.
Teléfono y correo
electrónico
81-2020 6710 y 12
hernan.villarreal@nuevoleon.gob.mx
Por parte de “LOS MUNICIPIOS”
García
Nombre y Cargo
Manuel Guerra Cavazos, Presidente Municipal
Dirección
Palacio Municipal, situado en Boulevard Heberto Castillo numero 200 Colonia Paseo de
las Minas C.P. 66001 García, Nuevo León.
Teléfono y correo
electrónico
81 8124 8800 conm., 81 8124 8842, 81 8124 8851 y 81 8124 3924
contacto.manuelguerracavazos@gmail.com;
Santa Catarina
Nombre y Cargo
Jesús Ángel Nava Rivera, Presidente Municipal
Dirección
Palacio Municipal, ubicado en calle Zaragoza numero 110 C.P. 66350 Santa Catarina,
Nuevo León.
Teléfono y correo
electrónico
81 8676 1700 y 1706 Exts. 3105, 3103
jesusnava@stacatarina.gob.mx; jnavarivera@gmail.com (personal)
San Pedro Garza García
Nombre y Cargo
Mauricio Fernández Garza, Presidente Municipal
Dirección
Calle Libertad número 101, Centro de San Pedro Garza García, Nuevo León.
Teléfono y correo
electrónico
81 8400 4407 al 10
juan.castuera@sanpedro.gob.mx; claudia.aleman@sanpedro.gob.mx;
Monterrey
Nombre y Cargo
Adrián Emilio de la Garza Santos, Presidente Municipal
Dirección
Palacio Municipal, calle Ignacio Zaragoza Sur sin número, Centro, C.P. 64000 Monterrey,
Nuevo León.
Teléfono y correo
electrónico
81 8130 6120 y 6630 Recepión de Of. Ejecutiva. 81 8130 6123 y 6519 Relaciones
Públicas, 81 81 30 65 65 Conm.
alcalde@monterrey.gob.mx; (información, oficios) claudia.chavez@monterrey.gob.mx;
rpmty2024.2027@gmail.com; (invitaciones)
San Nicolás de los Garza
Nombre y Cargo
Daniel Carrillo Martínez, Presidente Municipal
Dirección
Palacio Municipal, ubicado en calle Benito Juárez número 100, Centro C.P. 66400 San
Nicolás de los Garza, Nuevo León.
Teléfono y correo
electrónico
81 8158 1200 Ext. 2512, 1222
presidencia@sanicolas.gob.mx;
10
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
General Escobedo
Nombre y Cargo
Andrés Concepción Mijes Llovera, Presidente Municipal
Dirección
Av. Benito Juárez 100, Centro, 66050 Cd Gral. Escobedo, N.L.
Teléfono y correo
electrónico
81 8220 6100 Ext. 1503, 1505 1501 recepción
sria.particular@escobedo.gob.mx; alcalde@escobedo.gob.mx;
El Carmen
Nombre y Cargo
Gerardo Alfonso de la Maza Villarreal, Presidente Municipal
Dirección
Calle 5 de Febrero número 102 pte., Centro de El Carmen, C.P. 66550 El Carmen, Nuevo
León.
Teléfono y correo
electrónico
81 8236 0072, y 81 8236 0074 y 818 236 0281
gobierno.elcarmennl@gmail.com;
gerardomaza@gmail.com;
(personal)
gerardomazav@gmail.com; (personal)
Salinas Victoria
Nombre y Cargo
Raúl Cantú de la Garza, Presidente Municipal
Dirección
Calle Juárez número 110, Col. Centro, C.P. 65500 Salinas Victoria, Nuevo León.
Teléfono y correo
electrónico
81 8237 0070 Ext. 2002
presidencia@salinasvictoria.gob.mx;
raulcantu@salinasvictoria.gob.mx;
raulcantudlg@gmail.com; (personal)
Villaldama
Nombre y Cargo
Luis Eduardo Sepúlveda de León, Presidente Municipal
Dirección
,Calle Zaragoza número 115, Zona Centro, C.P. 65350 Villaldama, Nuevo León.
Teléfono y correo
electrónico
829 245 0326
ayuntamientovillaldama2427@gmail.com; sepulvedadeleon@gmail.com; (personal)
Bustamante
Nombre y Cargo
Mario Alfonso Resendez Garza, Presidente Municipal
Dirección
Calle Hidalgo número 100, Zona Centro, C.P. 65150 Bustamante, N.L.
Teléfono y correo
electrónico
829 246 0878 directo, 829 246 0179 y 829 2246 0023
presidencia@bustamantenl.gob.mx; mariorgarza@hotmail.com;
Lampazos de Naranjo
Nombre y Cargo
Adriana Deyanira Martínez Zúñiga, Presidenta Municipal
Dirección
Calle Hidalgo oriente número 234 C.P. 65070 Lampazos de Naranjo, Nuevo León.
Teléfono y correo
Electrónico
873 738 0132, 873 738 0030, 873 738 0315
presidencialampazos@hotmail.com;
Miércoles 4 de marzo de 2026
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Anáhuac
Nombre y Cargo
Juan Manuel Morton González, Presidente Municipal
Dirección
Palacio Municipal, ubicado en calle Plaza Juárez sin número, Centro, C.P. 65030
Anáhuac, Nuevo León.
Teléfono y correo
electrónico
873 737 2306 y 873 737 0045
presidenciaanahuac24-27@outlook.com;
Lo anterior, sin perjuicio de las demás personas servidoras públicas que "LAS PARTES" estimen
necesario designar o sustituir, en aras de una óptima comunicación para el cumplimiento de este
instrumento jurídico.
Cualquier designación adicional o sustitución que se realice por cualquiera de "LAS PARTES", deberá ser
comunicada por escrito a cada una de “LAS PARTES” que participan en el Convenio Marco de Coordinación
de Acciones.
QUINTA. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. "LAS PARTES" acuerdan
que la información que se intercambie de conformidad con las disposiciones del presente instrumento, así
como de sus actividades y Convenios Específicos, no podrá difundirse a terceros y será de uso exclusivo para
la consecución del objeto del presente instrumento, y quedará sujeta a la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos
Obligados y demás legislación aplicable.
Para el tratamiento de los datos personales que “LAS PARTES" recaben con motivo de la implementación
del Convenio Marco de Coordinación de Acciones, deberá de realizarse con base en lo previsto en los Avisos
de Privacidad respectivos.
A efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones y
salvaguardar en todo momento los datos personales a que "LAS PARTES" llegaren a tener acceso, por este
medio se obligan a:
I. Tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio Marco de
Coordinación de Acciones y sus Convenios Específicos;
II. Abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las previstas en el presente
Convenio Marco de Coordinación de Acciones y sus Convenios Específicos;
III. Implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos
Obligados y las demás disposiciones aplicables;
IV. Guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados;
V. Suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio Marco de
Coordinación de Acciones y sus Convenios Específicos, y
VI. Abstenerse de transferir datos personales a terceros.
SEXTA. RELACIONES LABORALES. El personal que cada una de "LOS PARTES" designe para la
realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio Marco de Coordinación de Acciones y los
Convenios Específicos que se suscriban, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección, mando y
dependencia del ente público con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa, o
cualquier otra; por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará
la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios
fuera de las instalaciones del ente público que lo contrató o, efectuando labores de supervisión de los trabajos
que se realicen. Por lo que cada una será responsable del personal designado, obligándose en consecuencia,
cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda que su
personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad
de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les
quiera fincar.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
SÉPTIMA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Ninguna de "LAS PARTES" será responsable
de cualquier retraso o incumplimiento en la realización del presente Convenio Marco de Coordinación de
Acciones que resulte directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor. En caso de que desaparezcan
las causas que dieron origen al retraso o incumplimiento referido se restaurará la ejecución del presente
instrumento. En estos supuestos la parte afectada, deberá notificarlo a la otra tan pronto como le sea posible,
a efecto de que se adopten las previsiones que se requieran para la solución de la situación de que se trate.
OCTAVA. MODIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que el presente instrumento podrá ser
modificado en cualquier momento, si para ello concurre la voluntad de "LAS PARTES", haciendo constar por
escrito las modificaciones, a través de un convenio modificatorio, las cuales obligarán a los signatarios a partir
de la fecha de su firma y serán parte integrante de este instrumento.
NOVENA. VIGENCIA. El presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones tendrá una vigencia a
partir de la fecha de su suscripción y hasta la fecha en que se concluyan las acciones para el cumplimiento de
los compromisos de cada una de "LAS PARTES".
DÉCIMA. AVISOS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" convienen que todos los
avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen entre ellas con motivo del presente instrumento,
deberán dirigirse vía correo electrónico y/o por escrito con acuse de recibo, en los domicilios establecidos en
el apartado de declaraciones de este instrumento jurídico.
"LAS PARTES" acuerdan que en caso de que alguna de ellas cambie de domicilio deberá dar aviso por
escrito a la otra parte, con 15 (quince) días hábiles de anticipación a que dicho cambio de ubicación se lleve a
cabo. De omitirse dicho aviso, se tomará como vigente el domicilio expresado en el apartado de declaraciones
del presente instrumento jurídico.
DÉCIMA
PRIMERA.
INTERPRETACIÓN,
EJECUCIÓN
Y
SOLUCIÓN
DE
CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” convienen resolver en común acuerdo, cualquier situación que se presente con motivo del
cumplimiento del presente instrumento.
En caso de que no sea factible resolver las situaciones que se presenten bajo el mecanismo señalado en
el párrafo que antecede, "LAS PARTES" se someten para ello a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes en la Ciudad de México.
DÉCIMA SEGUNDA. PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. Este Convenio
Marco de Coordinación de Acciones, así como sus modificaciones, en su caso, serán publicados en el Diario
Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Planeación, dentro de los 5 días
posteriores a su formalización.
Leído que fue el presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones es firmado por "LAS PARTES" en
constancia de conocimiento, aceptación de su contenido y alcance legal, en 16 ejemplares, en Monterrey,
Nuevo León el día 1 de abril de 2025.- Por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes:
Secretario, Ing. Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Asistido por: Titular de la Unidad de Vinculación
Institucional y Patrimonio, Mtro. Néstor Núñez López.- Rúbrica.- Por el Estado de Nuevo León: Gobernador,
Dr. Samuel Alejandro García Sepúlveda.- Rúbrica.- Asistido por: Secretario de Movilidad y Planeación
Urbana, Dr. Hernán Manuel Villarreal Rodríguez.- Rúbrica.- Por los municipios: Municipio García:
Presidente, Manuel Guerra Cavazos.- Rúbrica.- Municipio Santa Catarina: Presidente, Jesús Ángel Nava
Rivera.- Rúbrica.- Municipio San Pedro Garza García: Presidente, Mauricio Fernández Garza.- Rúbrica.-
Municipio Monterrey: Presidente, Adrián de la Garza Santos.- Rúbrica.- Municipio San Nicolás de los Garza:
Presidente, Daniel Carrillo Martínez.- Rúbrica.- Municipio General Escobedo: Presidente, Andrés
Concepción Mijes Llovera.- Rúbrica.- Municipio El Carmen: Presidente, Gerardo Alfonso de la Maza
Villarreal.- Rúbrica.- Municipio Salinas Victoria: Presidente, Raúl Cantú de la Garza.- Rúbrica.- Municipio
Villaldama: Presidente, Luis Eduardo Sepúlveda de León.- Rúbrica.- Municipio Bustamante: Presidente,
Mario Alfonso Resendez Garza.- Rúbrica.- Municipio Lampazos de Naranjo: Presidenta, Adriana Deyanira
Martínez Zuñiga.- Rúbrica.- Municipio Anáhuac: Presidente, Juan Manuel Mortón González.- Rúbrica.
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ANEXO ÚNICO DEL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN DE ACCIONES A FIN DE ESTABLECER LAS
BASES PARA LIBERAR EL DERECHO DE VÍA NECESARIO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA DE
INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE PASAJEROS DENOMINADA “SALTILLO – NUEVO
LAREDO”; QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, EL ESTADO DE NUEVO LEÓN Y LOS MUNICIPIOS DE
GARCÍA, SANTA CATARINA, SAN PEDRO GARZA GARCÍA, MONTERREY, SAN NICOLÁS DE LOS GARZA,
GENERAL ESCOBEDO, EL CARMEN, SALINAS VICTORIA, VILLALDAMA, BUSTAMANTE, LAMPAZOS DE
NARANJO, Y ANÁHUAC, TODOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN; DE FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2025.
I.- ”LA ENTIDAD FEDERATIVA”, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos, que
se deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas
administrativas y acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios
para el mismo fin, para la construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los
términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Constancias Registrales
100%
b) Certificado de libertad de gravamen
100%
c) Inscripción en Registro Público
100%
d) Cédulas catastrales
100%
e) Constancias de no adeudo agua
100%
f) Subdivisión catastral
100%
II.- El Municipio García, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos, que se deriven
de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas administrativas y
acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios para el mismo fin, para la
construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
100%
Mismo día del trámite
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
NO APLICA
e) Traslado de dominio
100%
Dos días hábiles una vez
esté todo correcto
III.- El Municipio Santa Catarina, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos, que se
deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas administrativas y
acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios para el mismo fin, para la
construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA Tramite en Gobierno del Estado
b) Constancia de no adeudo predial
Exento
100%
Mismo día del trámite
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
No aplica para municipio
d) Subdivisión catastral
NO APLICA Tramite en Gobierno del Estado
e) Traslado de dominio
Exento
100%
Dos días hábiles una vez
esté todo correcto
(Aplicaría en el impuesto ISAI)
IV.- El Municipio San Pedro Garza García, se obliga a materializar la exención o descuentos en los
derechos, que se deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas
administrativas y acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios
para el mismo fin, para la construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los
términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
NO APLICA Trámite en Gobierno del Estado
b) Constancia de no adeudo predial
La constancia de
predial es una copia
simple del recibo de
pago o bien el estado
de cuenta
NO APLICA
Inmediato / sin costo
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
NO APLICA
No aplica para municipio
d) Subdivisión catastral
NO APLICA
NO APLICA
No aplica para municipio
e) Traslado de dominio
Se tiene que pasar por
Comisión de hacienda
para la exención
Siete días como máximo,
siempre y cuando este correcta
la información.
V.- El Municipio Monterrey, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos, que se
deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas administrativas y
acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios para el mismo fin, para la
construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
100%
Dos días hábiles
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
NO APLICA
e) Traslado de dominio
100%
Dos días hábiles, previo tramite
con requisitos correspondientes
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DIARIO OFICIAL
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VI.- El Municipio San Nicolás de los Garza, se obliga a materializar la exención o descuentos en los
derechos, que se deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas
administrativas y acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios
para el mismo fin, para la construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los
términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
30%
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
30%
e) Traslado de dominio
30%
VII.- El Municipio General Escobedo, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos,
que se deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas
administrativas y acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios
para el mismo fin, para la construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los
términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
100%
Mismo día del trámite
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
100%
10 días hábiles cumpliendo con
los requisitos
e) Traslado de dominio
100%
48 horas posteriores, siempre y
cuando esté completo el trámite
VIII.- El Municipio El Carmen, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos, que se
deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas administrativas y
acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios para el mismo fin, para la
construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
100%
Mismo día del trámite
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
NO APLICA
e) Traslado de dominio
100%
Dos días hábiles una vez esté
todo correcto (aplicaría en el
impuesto ISAI)
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DIARIO OFICIAL
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IX.- El Municipio Salinas Victoria, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos, que
se deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas
administrativas y acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios
para el mismo fin, para la construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los
términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
Hasta un
100%
Mismo día del trámite
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
Hasta un
100%
Tres días hábiles
e) Traslado de dominio
Hasta un
100%
Hasta cinco días hábiles
X.- El Municipio Villaldama, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos, que se
deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas administrativas y
acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios para el mismo fin, para la
construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
100%
De inmediato
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
NO APLICA
e) Traslado de dominio
100%
De dos a tres días hábiles
XI.- El Municipio Bustamante, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos, que se
deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas administrativas y
acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios para el mismo fin, para la
construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
100%
10 días hábiles
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
100%
10 días hábiles
e) Traslado de dominio
100%
10 días hábiles
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DIARIO OFICIAL
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XII.- El Municipio Lampazos de Naranjo, se obliga a materializar la exención o descuentos en los
derechos, que se deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas
administrativas y acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios
para el mismo fin, para la construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros
“SALTILLO – NUEVO LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los
términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
100%
Mismo día del trámite
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
NO APLICA
e) Traslado de dominio
100%
Mismo día del trámite
XIII.- El Municipio Anáhuac, se obliga a materializar la exención o descuentos en los derechos, que se
deriven de las acciones legales para la liberación del derecho de vía y llevar a cabo medidas administrativas y
acciones tendientes a la simplificación de los trámites administrativos necesarios para el mismo fin, para la
construcción de las vías férreas, patios y terminales, para el tren de pasajeros “SALTILLO – NUEVO
LAREDO”, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, en los términos siguientes:
Trámite
Exención
Descuento
Tiempo de respuesta
a) Cédulas catastrales
NO APLICA
b) Constancia de no adeudo predial
En la totalidad
5 días hábiles
c) Constancias de no adeudo agua
NO APLICA
d) Subdivisión catastral
En la totalidad
10 días hábiles
e) Traslado de dominio
En la totalidad
10 días hábiles
Este Anexo Único forma parte integral del Convenio Marco de Coordinación de Acciones firmado por
"LAS PARTES" en constancia de conocimiento, aceptación de su contenido y alcance legal, en 16 ejemplares,
en Monterrey, N.L. el día 23 de septiembre de 2025.- Por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes: Secretario, Ing. Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Asistido por: Titular de la Unidad de
Vinculación Institucional y Patrimonio, Mtro. Néstor Núñez López.- Rúbrica.- Por el Estado de Nuevo León:
Gobernador, Lic. Samuel Alejandro García Sepúlveda.- Rúbrica.- Asistido por: Secretario de Movilidad y
Planeación Urbana, Dr. Hernán Manuel Villarreal Rodríguez.- Rúbrica.- Por los municipios: Municipio
García: Presidente, Manuel Guerra Cavazos.- Rúbrica.- Municipio Santa Catarina: Presidente, Jesús Ángel
Nava Rivera.- Rúbrica.- Municipio San Pedro Garza García: en ausencia del Presidente Municipal, Secretario
del Republicano Ayuntamiento, Lic. Mauricio Farah Giacoman.- Rúbrica.- Municipio Monterrey: Presidente,
Adrián de la Garza Santos.- Rúbrica.- Municipio San Nicolás de los Garza: Presidente, Daniel Carrillo
Martínez.- Rúbrica.- Municipio General Escobedo: Presidente, Andrés Concepción Mijes Llovera.- Rúbrica.-
Municipio El Carmen: Presidente, Gerardo Alfonso de la Maza Villarreal.- Rúbrica.- Municipio Salinas
Victoria: Presidente, Raúl Cantú de la Garza.- Rúbrica.- Municipio Villaldama: Presidente, Luis Eduardo
Sepúlveda de León.- Rúbrica.- Municipio Bustamante: Presidente, Mario Alfonso Resendez Garza.-
Rúbrica.- Municipio Lampazos de Naranjo: Presidenta, Adriana Deyanira Martínez Zuñiga.- Rúbrica.-
Municipio Anáhuac: Presidente, Juan Manuel Mortón González.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
empresas públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como
las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar
contratos con la empresa Centro de Estudios Prital, S.C.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área
de Responsabilidades.- Expediente: PISI-A-NC-DS-0018/2024.
CIRCULAR No. SABG/OICGYR/AR/1046/2026
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ENTIDADES
FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA CENTRO
DE ESTUDIOS PRITAL, S.C.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO,
FISCALÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA,
ENTIDADES
FEDERATIVAS
Y
SUS
MUNICIPIOS,
ASÍ
COMO
LAS
DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
PRESENTES
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 2, 11, 26, fracción I, 26 Bis, fracción II, 27, 28, fracción I, 59, 60, fracción IV, 61, y 63 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 04 de enero del 2000, y sus modificaciones posteriores vigentes hasta el 16 de abril de 2025,
conforme a lo previsto en los Transitorios Sexto y Séptimo del Decreto por el que se expide la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y, se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley Federal de Austeridad Republicana; de la Ley de la Economía Social y Solidaria y de
la Ley General de Sociedades Cooperativas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de
2025; 50, 114, fracción II, y 115 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público vigente a la fecha de los hechos, en relación con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por
el que se expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2025; 1, 2, 3, 13, 15, 19, 35, 36, 38, 50,
56, 60, párrafo tercero, 70, fracciones II y VI, 72 y 74 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 18,
26, fracción XIII, 37, fracciones XL, XLI, y XLVI, y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
Transitorios Cuarto y Quinto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado el 28 de noviembre de 2024 en el Diario
Oficial de la Federación; 62, primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 2, apartado B,
fracción I, inciso c), 69, fracción III, 72 y 75, fracción XII y Transitorio Sexto del Reglamento Interior de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre
de 2024; 1, fracción LXXXVIII del Acuerdo por el que se determina la organización y coordinación de los
Órganos Internos de Control y Unidades de Responsabilidades, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 28 de abril de 2025; 83, párrafos Primero, Segundo, Tercero, Sexto y Octavo del Reglamento Interior del
Instituto Mexicano del Seguro Social; el Acuerdo por el que se dan a conocer los días de diciembre de 2025
que no se consideran hábiles por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y su órgano administrativo
desconcentrado, así como el Acuerdo por el que se dan a conocer los días del año 2026 que no se consideran
hábiles por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y su órgano administrativo desconcentrado, ambos
Acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2025; y en cumplimiento a lo
ordenado en el Resolutivo Tercero de la Resolución de fecha 17 de febrero de 2026, que se dictó en el
expediente de sanción número PISI-A-NC-DS-0018/2024, en el que se concluyó el procedimiento
administrativo incoado a la empresa CENTRO DE ESTUDIOS PRITAL, S.C., determinándose imponerle las
sanciones de INHABILITACIÓN POR EL PLAZO DE 1 (UN) AÑO para que por sí misma o a través de
interpósita persona no pueda presentar propuestas ni celebrar contrato alguno de los regulados sobre las
materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas,
así como la multa impuesta en el Resolutivo Segundo de la citada resolución.
En ese sentido, conforme a lo dispuesto en el Resolutivo Quinto de la multicitada resolución, esta
autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al que se publique la presente
Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas y/o celebrar contrato
alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados
con las mismas, con dicha empresa, de manera directa o a través de interpósita persona, por el plazo
de 1 (UN) AÑO.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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En caso de que, el día que se cumpla el plazo de la inhabilitación, la empresa CENTRO DE ESTUDIOS
PRITAL, S.C., no haya pagado la multa impuesta antes citada, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice
el pago correspondiente de la misma, para lo cual, se acreditará que ha pagado la multa que se impuso,
presentando ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno el documento probatorio del pago
correspondiente, a fin de que se elimine el registro de la sancionada en el portal Compras MX (antes
CompraNet), sin que sea necesaria la publicación de algún otro comunicado, conforme a lo previsto en los
artículos 60, antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
vigente a la fecha de los hechos, de conformidad con los Transitorios Sexto y Séptimo del Decreto por el que
se expide la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y, se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Austeridad Republicana; de la Ley de Economía Social y
Solidaria y de la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicado el 16 de abril de 2025 en el Diario Oficial
de la Federación, y 113 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente a la fecha de los hechos, en relación con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que
se expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2025.
En virtud de lo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la
mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular, en términos del
artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
vigente a la fecha de los hechos, en relación con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que se
expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2025.
Las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deben
cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la
obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios
que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a 26 de febrero de 2026.- Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de
Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Alberto Mociñoz Gutiérrez.- Rúbrica.
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
empresas públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como
las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar
contratos con la empresa Proveedora Integral de Empresas, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área
de Responsabilidades.- Expediente: PISI-A-NC-DS-0049/2024.
CIRCULAR No. SABG/OICGYR/AR/ 945 /2026
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ENTIDADES
FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA
PROVEEDORA INTEGRAL DE EMPRESAS, S.A. DE C.V.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO,
FISCALÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA,
ENTIDADES
FEDERATIVAS
Y
SUS
MUNICIPIOS,
ASÍ
COMO
LAS
DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
PRESENTES
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 2, 11, 26, fracción I, 26 Bis, fracción II, 27, 28, fracción II, 37, 59, 60, fracción IV, 61 y 63
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 04 de enero del 2000, y sus modificaciones posteriores vigentes hasta el 16 de abril de 2025,
conforme a lo previsto en los Transitorios Sexto y Séptimo del Decreto por el que se expide la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley Federal de Austeridad Republicana; de la Ley de la Economía Social y Solidaria y de
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
la Ley General de Sociedades Cooperativas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de
2025; 50, 114, fracción III y 115 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público vigente a la fecha de los hechos, de conformidad con el Transitorio Décimo Tercero del
Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2025; 1, 2, 3, 13, 15, 19,
28, 35, 36, 38, 50, 56, 60, párrafo tercero, 70, fracciones II y VI, 72 y 74 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo; 1, 18, 26, fracción XIII, 37, fracciones XL y XLI, y 44 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; Transitorios Cuarto y Quinto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado el 28 de noviembre
de 2024 en el Diario Oficial de la Federación; 62, primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales;
1, 2, apartado B, fracción I, inciso c), 69, fracción III, 72, 75, fracción XII, y Transitorio Sexto del Reglamento
Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31
de diciembre del 2024 ; 83, párrafos Primero, Segundo, Tercero, Sexto y Octavo del Reglamento Interior del
Instituto Mexicano del Seguro Social; el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán
observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado
CompraNet (ahora ComprasMX); 1, fracción LXXXVIII del Acuerdo por el que se determina la organización y
coordinación de los Órganos Internos de Control y Unidades de Responsabilidades; y en cumplimiento a lo
ordenado en el Resolutivo Tercero de la Resolución de fecha 09 de febrero de 2026, que se dictó en el
expediente de sanción número PISI-A-NC-DS-0049/2024, en el que se concluyó el procedimiento
administrativo incoado a la empresa PROVEEDORA INTEGRAL DE EMPRESAS, S.A. DE C.V.,
determinándose imponerle las sanciones de INHABILITACIÓN POR EL PLAZO DE 1 (UN) AÑO 3 (TRES)
MESES para que por sí misma o a través de interpósita persona no pueda presentar propuestas ni celebrar
contrato alguno de los regulados sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras
públicas y servicios relacionados con las mismas, así como la multa impuesta en el Resolutivo Segundo de
la citada resolución.
En ese sentido, conforme a lo dispuesto en el Resolutivo Quinto de la multicitada resolución, esta
autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al que se publique la presente
Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas y/o celebrar contrato
alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados
con las mismas, con dicha empresa, de manera directa o a través de interpósita persona, por el plazo
de 1 (UN) AÑO 3 (TRES) MESES.
En caso de que, el día que se cumpla el plazo de la inhabilitación, la empresa PROVEEDORA INTEGRAL
DE EMPRESAS, S.A. DE C.V. no haya pagado la multa impuesta antes citada, la inhabilitación subsistirá
hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, para lo cual, se acreditará que ha pagado la multa
que se impuso, presentando ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno el documento probatorio del
pago correspondiente, a fin de que se elimine el registro de la sancionada en el portal Compras MX (antes
CompraNet), sin que sea necesaria la publicación de algún otro comunicado, conforme a lo previsto en los
artículos 60, antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
vigente a la fecha de los hechos, de conformidad con los Transitorios Sexto y Séptimo del Decreto por el que
se expide la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y, se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Austeridad Republicana; de la Ley de Economía Social y
Solidaria y de la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicado el 16 de abril de 2025 en el Diario Oficial
de la Federación, y 113 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente a la fecha de los hechos, en relación con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que
se expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2025.
En virtud de lo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la
mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular, en términos del
artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
vigente a la fecha de los hechos, en relación con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que se
expide el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2025.
Las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deben
cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la
obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios
que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a 26 de febrero de 2026.- Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de
Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Alberto Mociñoz Gutiérrez.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA DE SALUD
ACUERDO por el que se delegan en la persona titular de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico las facultades
que se indican en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría
de Salud.
DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ, Secretario de Salud, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafos primero y tercero, 17, 26, fracción XVI y 39 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 11, 27, párrafos cuarto y quinto, 30, fracción II y 69, párrafo segundo de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 6, 7, fracción XVII, 44, párrafos primero y
segundo y 46, fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y 1o. y 4o. del Decreto por el que
se crea la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal dispone que al frente de cada
Secretaría de Estado habrá una persona titular, quien, para el despacho de los asuntos de su competencia, se
auxiliará de las personas titulares de las subsecretarías, de las Unidades de Administración y Finanzas, de las
jefaturas de unidad, de las direcciones, de las subdirecciones, de las jefaturas de departamento, y demás
personas funcionarias, en los términos que establezca el reglamento interior respectivo y las disposiciones
legales aplicables;
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que, corresponde
originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su
competencia, previendo la posibilidad de delegar sus facultades para la mejor organización del trabajo,
mediante acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de aquéllas que,
por disposición de la ley o del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas expresamente por dichos
titulares;
Que la Comisión Nacional de Arbitraje Médico es un órgano administrativo desconcentrado
jerárquicamente subordinado a la Secretaría de Salud, el cual cuenta con la competencia y las facultades que
le confiere su decreto de creación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 1996, el
Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y los acuerdos de delegación de facultades;
Que el 19 de junio de 2000, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO POR EL QUE
SE DELEGAN EN EL TITULAR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ARBITRAJE MÉDICO Y EN SU
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LAS FUNCIONES Y FACULTADES QUE SE INDICAN, a
efecto de dar atención pronta y expedita a los requerimientos de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico
para llevar a cabo sus funciones sustantivas y cumplimiento de sus fines;
Que el 16 de abril del 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo Transitorio Segundo abrogó la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de
2000 y sus modificaciones posteriores;
Que en el artículo 11, párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público se establece que las facultades conferidas por dicha Ley a las personas titulares de las dependencias
podrán ser ejercidas por las personas titulares de sus órganos desconcentrados, previo acuerdo delegatorio;
Que el artículo 27, párrafo cuarto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público determina que la erogación para la contratación de servicios de consultorías, asesorías, estudios e
investigaciones, requerirá de la autorización escrita de la persona titular de la dependencia o entidad, o
aquella persona servidora pública en quién esta delegue dicha atribución;
Que el artículo 30, fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
establece la función de dictaminar, previo a la iniciación del procedimiento, la procedencia de los supuestos de
excepción a la licitación pública por los comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios, la cual podrá ser
también ejercida directamente por la persona titular de la dependencia o entidad, o aquella persona servidora
pública en quien éste delegue dicha función;
22
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Que el artículo 69, párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público señala que la persona titular de las dependencias fijará las bases, forma y porcentajes a los que
deberán sujetarse las garantías que deban constituirse, considerando los antecedentes de cumplimiento de
los proveedores en los contratos celebrados con las dependencias y entidades, a efecto de determinar montos
menores para éstos, de acuerdo a los lineamientos que al efecto emita la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, y
Que, para agilizar los procedimientos de contratación necesarios para el cumplimiento de las atribuciones
encomendadas a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico que garantice su gestión adecuada y continua,
resulta indispensable la delegación de facultades a las que se refiere la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que he tenido
a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se delegan en la persona titular de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico las facultades
que confieren al suscrito los artículos 27, párrafo cuarto, 30, fracción II y 69, párrafo segundo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para que, de conformidad con dicho
ordenamiento, las ejerza en relación con el ámbito de competencia de ese órgano desconcentrado, conforme
a lo siguiente:
I.
Autorizar la erogación para la contratación de servicios de consultorías, asesorías, estudios e
investigaciones, en términos del artículo 27, párrafo cuarto de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
II.
Dictaminar, previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de la excepción a la
licitación pública por encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren las fracciones I, III,
VIII, IX, segundo párrafo, X, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en términos de su artículo 30, fracción II, y
III.
Fijar las bases, forma y porcentajes a los que deberán sujetarse las garantías que deban constituirse,
considerando los antecedentes de cumplimiento de los proveedores en los contratos celebrados, a
efecto de determinar montos menores para éstos, de acuerdo a los lineamientos que al efecto emita
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en términos del artículo 69, párrafo segundo de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SEGUNDO. La delegación de facultades a que se refiere el presente Acuerdo, no excluye la posibilidad
del ejercicio directo de la persona titular de la Secretaría de Salud.
TERCERO. El ejercicio de las facultades que se delegan en el presente Acuerdo, deben realizarse con
sujeción a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Presupuesto de Egresos
de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda y demás normatividad y ordenamientos legales
aplicables.
CUARTO. La persona titular de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico mantendrá permanentemente
informada a la persona titular de la Secretaría de Salud, sobre el ejercicio de las facultades que mediante este
Acuerdo se delegan.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
SEGUNDO.- Se deja sin efectos el Acuerdo por el que se delegan en el titular de la Comisión Nacional de
Arbitraje Médico y en su Director General de Administración las funciones y facultades que se indican,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2000.
Dado en la Ciudad de México, a los 23 días del mes de febrero de 2026.- El Secretario de Salud, David
Kershenobich Stalnikowitz.- Rúbrica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de
insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en
las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla.
02-CM-SaNAS-PUE/2025
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA
REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 23 DE
JULIO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE
SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL
DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL
DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA;
EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ
VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA
DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE
LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO
NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE PUEBLA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR LA
MTRA. JOSEFINA MORALES GUERRERO, SECRETARIA DE PLANEACIÓN, FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN;
EL DR. CARLOS ALBERTO OLIVIER PACHECO, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA; EL MTRO. JUAN FERNANDO CARRASCO OLIVER, TITULAR DE LA
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y COORDINADOR DE PLANEACIÓN Y
EVALUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA; EL DR. JORGE DAVID GONZÁLEZ GARCÍA,
SUBSECRETARIO DE SERVICIOS DE SALUD ZONA A Y COORDINADOR DE SERVICIOS DE SALUD ZONA A DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA Y LA DRA. MARÍA DEL ROCÍO RODRÍGUEZ JUÁREZ,
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS DE SALUD ZONA B Y COORDINADORA DE SERVICIOS DE SALUD ZONA B DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES
DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 23 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD
PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos
presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los
artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”
para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR,
que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en
“LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento
que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR
ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de
modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7;
así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “… que el presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego
a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el
órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de
ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados
a “LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento.
DECLARACIONES
I. “LAS PARTES” declaran que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los
términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos
primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3,
4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
“SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el
carácter de subsidios, por la cantidad de $353,066,021.44 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES
SESENTA Y SEIS MIL VEINTIUN PESOS 44/100 M.N.), para la realización de acciones en materia de salud
pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores,
metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $75,666,265.62 (SETENTA Y CINCO
MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS 62/100 M.N.),
se radicarán a la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD”, en la cuenta
bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito
a “LA SECRETARÍA”.
…
…
…
…
…
…
…
…
…
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de
$277,399,755.82 (DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 82/100 M.N.), serán entregados directamente a los Servicios
de Salud del Estado de Puebla.
…
…
…
…
…
…
…”
“TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. …
…
…
…
…
5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo
establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original
comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la
Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente,
a “LA ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en
el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y
Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento
a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales
suministrados a “LA ENTIDAD”.
7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales
que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación
correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo
223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de
suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso
de inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes.
8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en
coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de
cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal
SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.”
26
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
ANEXO 2
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública
E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE
ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
266,536.00
0.00
266,536.00
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
CS010
266,536.00
0.00
266,536.00
Subtotal
3,047,539.00
0.00
3,047,539.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
SIN CAMBIOS
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
27
P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
OB010
2,620,000.00
0.00
2,620,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
Subtotal
15,661,886.00
0.00
15,661,886.00
Total U008
29,349,732.40
0.00
29,349,732.40
U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
Total
75,666,265.62
277,399,755.82
353,066,021.44
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
28
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
ANEXO 3
RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”.
De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el
cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará
los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $75,666,265.62 (SETENTA Y CINCO
MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS 62/100 M.N.),
los cuales se radicarán a la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración de “LA ENTIDAD”, en la
cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por
escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario.
Calendario
(Pesos)
MINISTRACIÓN
Mes
MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN
Primera
SIN CAMBIOS
Segunda
SIN CAMBIOS
Tercera
SIN CAMBIOS
Cuarta
Septiembre
2,886,536.00
GRAN TOTAL
75,666,265.62
Calendario Primera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario
y Programa de Acción Específico.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
…
Calendario Segunda Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Tercera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Cuarta Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Atención a la Desnutrición Aguda
P018 Septiembre
266,536.00
Total Atención a la Desnutrición Aguda
266,536.00
Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
266,536.00
TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
266,536.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Enfermedades Cardiometabólicas
Enfermedades Cardiometabólicas
U008 Septiembre
2,620,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
2,620,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
2,620,000.00
TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
2,620,000.00
GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN
2,886,536.00
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
29
ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud - Laboratorios de
Comunicación de Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
25301
Sin clave de compendio |
ATLC Suplemento alimenticio
177,100.0000
1
177,100.00
0.00
7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
26102
Sin clave de compendio |
Gasolina para traslado ida y
vuelta para el seguimiento de
la estrategia
10,000.0000
3
30,000.00
0.00
TOTALES
2,241,920.00
7,573,390.40
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
30
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33603
Sin clave de Compendio | Impresiones
de
PRONAM
-
VIAS
CLINICAS
CORAZONES MÉXICO
650,000.0000
1
0.00
650,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33605
Sin clave de Compendio | Campaña de
difusión de material digital en redes,
radio y televisión
500,000.0000
1
0.00
500,000.00
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
31
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
25401
Sin
clave
de
Compendio
|
Electrocardiógrafos para unidades de
primer nivel
36,000.0000
20
0.00
720,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
54103
Sin clave de Compendio | vehículo tipo
SUV 4 cil para Supervisión operativa
con poliza de mantenimiento preventivo
750,000.0000
1
0.00
750,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
9,430,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
TOTALES
2,165,953.20
9,558,922.40
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
25,674,568.54
25,738,204.57
51,412,773.12
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
32
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia Social en Salud -
Laboratorios de Comunicación de
Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
12101
Promotor
de
la
salud
|
Promotor de la salud
19,812.0000
3
59,436.00
0.00
TOTALES
1,271,135.00
5,648,940.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
33
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
8,431,636.50
15,821,856.00
24,253,492.50
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
34
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
35
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas
SIN CAMBIOS
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
Programa: VIH y otras ITS
Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo:
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Puebla
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL20352VV
CN41480D7B
1
Puebla
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL20352NY
CN41480DDF
1
Puebla
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL20352VR
CN41480DD4
1
Puebla
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28205
N/A
1
Puebla
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28204
N/A
1
Puebla
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28202
N/A
1
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021,
conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del
presente instrumento jurídico.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
36
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.7
Atención
a
la
Desnutrición Aguda
7.1.1
Resultado
Número de NN con DAM y
DAG que reciben tratamiento
con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN
con
DAM
y
DAG
con
tratamiento con ATLC
100
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
37
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
7
Enfermedades Cardiometabólicas
SIN CAMBIOS
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”.
TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el
“CONVENIO PRINCIPAL”.
CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal
vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que,
en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del
mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.-
Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.-
Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora
General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de
Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del
VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia,
Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.-
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretaria de Planeación, Finanzas y
Administración, Mtra. Josefina Morales Guerrero.- Rúbrica.- Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, Dr. Carlos
Alberto Olivier Pacheco.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Salud y Coordinador de Planeación y Evaluación de los
Servicios de Salud del Estado de Puebla, Mtro. Juan Fernando Carrasco Oliver.- Rúbrica.- Subsecretario de Servicios de Salud Zona A y Coordinador de Servicios
de Salud Zona A de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, Dr. Jorge David González García.- Rúbrica.- Subsecretaria de Servicios de Salud Zona B y
Coordinadora de Servicios de Salud Zona B de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, Dra. María del Rocío Rodríguez Juárez.- Rúbrica.
38
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de
insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en
las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Querétaro.
02-CM-SaNAS-QRO/2025
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA
REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE
MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE
SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL
DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA PARA LA PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES DEL SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES; EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA;
EL DR. EMMANUEL FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN
SANGUÍNEA; EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA
PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL
DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO
VALDEZ VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE
ENFERMEDADES; LA DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL
PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ,
COMISIONADO NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE
QUERÉTARO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR LA DRA.
MARÍA MARTINA PÉREZ RENDÓN, SECRETARIA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Y
COORDINADORA GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y EL MAD. GUSTAVO
ARTURO LEAL MAYA, SECRETARIO DE FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD
PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos
presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los
artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”
para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR,
que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en
“LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento
que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR
ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de
modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7;
así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
39
III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “… que el presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego
a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el
órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de
ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados
a “LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento.
DECLARACIONES
I. “LAS PARTES” declaran que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los
términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos
primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3,
4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
“SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el
carácter de subsidios, por la cantidad de $172,600,083.15 (CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES
SEISCIENTOS MIL OCHENTA Y TRES PESOS 15/100 M.N.), para la realización de acciones en materia de
salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento
de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $69,042,402.48 (SESENTA Y NUEVE
MILLONES CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS DOS PESOS 48/100 M.N.), se radicarán a la
Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica
que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”.
…
…
…
…
…
…
…
…
…
40
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de
$103,557,680.67 (CIENTO TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS
OCHENTA PESOS 67/100 M.N.), serán entregados directamente a Servicios de Salud del Estado de
Querétaro.
…
…
…
…
…
…
…”
“TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. …
…
…
…
…
5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo
establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original
comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la
Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente,
a “LA ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en
el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y
Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento
a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales
suministrados a “LA ENTIDAD”.
7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales
que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación
correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo
223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de
suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso
de inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes.
8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en
coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de
cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal
SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.”
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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ANEXO 2
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO DE QUERÉTARO POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública
E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE
ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
202,136.00
0.00
202,136.00
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
CS010
202,136.00
0.00
202,136.00
Subtotal
1,535,572.00
0.00
1,535,572.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
SIN CAMBIOS
42
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P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
OB010
7,692,000.00
0.00
7,692,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
Subtotal
19,959,886.00
0.00
19,959,886.00
Total U008
23,470,245.62
0.00
23,470,245.62
U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
Total
69,042,402.48
103,557,680.67
172,600,083.15
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
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43
ANEXO 3
RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”.
De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el
cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará
los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $69,042,402.48 (SESENTA Y NUEVE
MILLONES CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS DOS PESOS 48/100 M.N.), los cuales se radicarán a
la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica
que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”
conforme al siguiente calendario.
Calendario
(Pesos)
MINISTRACIÓN
Mes
MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN
Primera
SIN CAMBIOS
Segunda
SIN CAMBIOS
Tercera
SIN CAMBIOS
Cuarta
Septiembre
7,894,136.00
GRAN TOTAL
69,042,402.48
Calendario Primera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa
Presupuestario y Programa de Acción Específico.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
…
Calendario Segunda Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Tercera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Cuarta Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Atención a la Desnutrición Aguda
P018 Septiembre
202,136.00
Total Atención a la Desnutrición Aguda
202,136.00
Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
202,136.00
TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
202,136.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Enfermedades Cardiometabólicas
Enfermedades Cardiometabólicas
U008 Septiembre
7,692,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
7,692,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
7,692,000.00
TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7,692,000.00
GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN
7,894,136.00
44
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ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud - Laboratorios de
Comunicación de Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
25301
Sin clave de compendio |
ATLC Suplemento alimenticio
112,700.0000
1
112,700.00
0.00
7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
26102
Sin clave de compendio |
Gasolina para traslado ida y
vuelta para el seguimiento de
la estrategia
10,000.0000
3
30,000.00
0.00
TOTALES
1,148,120.00
2,702,627.62
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
45
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33603
Sin clave de Compendio | Impresiones
de
PRONAM
-
VIAS
CLINICAS
CORAZONES MÉXICO
650,000.0000
1
0.00
650,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33605
Sin clave de Compendio | Campaña de
difusión de material digital en redes,
radio y televisión
500,000.0000
1
0.00
500,000.00
46
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Miércoles 4 de marzo de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33401
Sin
clave
de
Compendio
|
Capacitaciones regionales Programa de
Enfermedades
Cardiometabolicas
(PAE,SICSAM,PRONAM)
5,000,000.0000
1
0.00
5,000,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
25401
Sin
clave
de
Compendio
|
Electrocardiógrafos para unidades de
primer nivel
36,000.0000
22
0.00
792,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
54103
Sin clave de Compendio | vehículo tipo
SUV 4 cil para Supervisión operativa
con poliza de mantenimiento preventivo
750,000.0000
1
0.00
750,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
13,728,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
TOTALES
10,399,391.96
13,792,461.20
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
24,682,451.30
25,663,558.68
50,346,009.98
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
47
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud
-
Laboratorios
de
Comunicación
de
Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
12101
Promotor de la salud | Promotor
de la salud
19,812.0000
3
59,436.00
0.00
TOTALES
838,568.00
356,616.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
48
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
6,428,339.50
12,268,053.00
18,696,392.50
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
49
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
50
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas
SIN CAMBIOS
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
Programa: VIH y otras ITS
Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo:
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Querétaro
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024BJM
CN41474PGV
1
Querétaro
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024BHW
CN41474Q9T
1
Querétaro
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TPW
CN41474Q8S
1
Querétaro
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28238
N/A
1
Querétaro
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28214
N/A
1
Querétaro
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28199
N/A
1
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021,
conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del
presente instrumento jurídico.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
51
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.7
Atención
a
la
Desnutrición Aguda
7.1.1
Resultado
Número de NN con DAM y
DAG que reciben tratamiento
con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN
con
DAM
y
DAG
con
tratamiento con ATLC
100
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
52
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas
SIN CAMBIOS
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”.
TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el
“CONVENIO PRINCIPAL”.
CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal
vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que,
en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del
mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.-
Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.-
Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora
General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de
Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del
VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia,
Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.-
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretaria de Salud del Poder Ejecutivo
del Estado y Coordinadora General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro, Dra. María Martina Pérez Rendón.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro, MAD. Gustavo Arturo Leal Maya.- Rúbrica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
53
SECRETARIA DE LAS MUJERES
CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres
del Estado de México, que tiene como objeto contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres,
a través del Proyecto denominado Garantizando la Igualdad de Oportunidades y Acceso a Derechos, por el Poder
de Servir a las Mujeres en el Estado de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/MEX/0014/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES,
MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y
SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA ADEMÁS DE LA
DIRECCIÓN
GENERAL
DE
IMPLEMENTACIÓN
DE
PROYECTOS
ESTRATÉGICOS
EN
LAS
ENTIDADES
FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE,
LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA",
REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. MÓNICA CHÁVEZ DURÁN QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ
"LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables,
en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones
generales aplicables.
54
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o, del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025.; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico de Colaboración, en lo
sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José
Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de
Contribuyentes SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, creada de conformidad con lo
establecido en el decreto número 182, en el que se expide la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de México, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, número 46, tomo CCXVI, sección
segunda, el 11 de septiembre de 2023.
II.2 La C. Mónica Chávez Durán, acredita su personalidad como Titular de Secretaría de Mujeres del
Estado de México, mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Delfina Gómez Álvarez,
Gobernadora Constitucional del Estado de México, 16 de septiembre de 2023, de conformidad con lo
establecido en los artículos 77 fracción XIV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y manifiesta tener plenas
atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra
facultada para firmar el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos 78 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3o., 6o., 15, 19, 23 fracción XV, 52, 53
fracciones XVII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 6o. y 7o.,
fracciones XXIX y XXXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
55
II.3 Su objetivo es promover, coordinar, impulsar, formular, ejecutar y evaluar las políticas públicas,
programas y acciones relativas a la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, la transversalización de la
perspectiva de género, la erradicación de la violencia contra las mujeres por razón de género y condición
social, la implementación de acciones afirmativas que acorten las brechas sociales, la protección integral de
mujeres, y la eliminación de cualquier tipo de discriminación que obstaculice el acceso igualitario a las
oportunidades, el empoderamiento, y el ejercicio de sus derechos, de conformidad con el artículo 52 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Calle Federico Hardy,
número 104, Colonia Santa Barbara, Código Postal 50050, Toluca, Estado de México, y con Registro Federal
de Contribuyentes GEM850101BJ3.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Garantizando la Igualdad de
Oportunidades y Acceso a Derechos, por el Poder de Servir a las Mujeres en el Estado de México", en lo
sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$41,759,844.00 (cuarenta y un millones setecientos cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y cuatro
pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $41,759,844.00 (cuarenta y un millones setecientos
cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a
la Secretaría de Finanzas, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de
Finanzas será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto,
le informe la "INSTANCIA EJECUTORA".
Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
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Miércoles 4 de marzo de 2026
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o
la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a su Secretaria de la Mujer del Estado de México, la C. Mónica Chávez Durán,
o la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
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DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración,
hasta la fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del
Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por
parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se
efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto
7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de
su Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
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"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el
"PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos
del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del
"PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado
solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto de la
interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de mutuo
acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en
la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento
de la Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, Marta Clara Ferreyra Beltrán.-
Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de Mujeres del Estado de México, Mónica Chávez
Durán.- Rúbrica.
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CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de Igualdad
Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, que tiene como objeto contribuir al adelanto, bienestar e
Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Acciones para Impulsar la Igualdad,
Autonomía y Bienestar de las Mujeres Michoacanas, Fortaleciendo Redes Solidarias para una Vida Libre de
Violencia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/MICH/0015/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE IGUALDAD SUSTANTIVA Y
DESARROLLO
DE
LAS
MUJERES
MICHOACANAS,
EN
LO
SUCESIVO
LA
"INSTANCIA
EJECUTORA",
REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. ALEJANDRA ANGUIANO GONZÁLEZ, QUE CONJUNTAMENTE SE LES
DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025, “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables,
en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones
generales aplicables.
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SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o, del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025.; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV; y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Es una dependencia de la Administración Pública Estatal Centralizada, creada de conformidad con lo
establecido en el Decreto número 02, del Congreso de Michoacán de Ocampo, en el que se expide la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, publicado en el Periódico Oficial
del Estado, el 8 de octubre de 2021, Tomo CLXXVIII, número: 77, octava sección.
II.2 La C. Alejandra Anguiano González, acredita su personalidad como Secretaria de Igualdad Sustantiva
y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Alfredo
Ramírez Bedolla Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, el 01 de marzo de 2024,
de conformidad con lo establecido en los artículos 60 fracción XIV de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de Michoacán de Ocampo y 3o., 11 y 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Michoacán de Ocampo y manifiesta tener plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos
jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de
conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Michoacán de Ocampo; 9o., 11, 12 fracción I, 17 fracción XVI y 36 fracciones IX y XXX de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6o. y 16 fracciones XVIII y XIX del
Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas.
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II.3 Su objetivo es promover un modelo de gestión con perspectiva de género, que proporcione
herramientas a empresas, instituciones públicas y organizaciones sociales, para asumir un compromiso con la
igualdad sustantiva, de conformidad con el artículo 36 fracción II Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Avenida Francisco I.
Madero Poniente, Número 63, Colonia Morelia Centro, Código Postal 58000, Morelia, Michoacán de Ocampo,
y con Registro Federal de Contribuyentes GEM850101C99.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado " Acciones para Impulsar
la Igualdad, Autonomía y Bienestar de las Mujeres Michoacanas, Fortaleciendo Redes Solidarias
para una Vida Libre de Violencia.", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los Lineamientos
del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$39,671,155.00 (treinta y nueve millones seiscientos setenta y un mil ciento cincuenta y cinco 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $39,671,155.00 (treinta y nueve millones seiscientos
setenta y un mil ciento cincuenta y cinco 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de
Finanzas y Administración, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría
de Finanzas y Administración será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria
que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA EJECUTORA".
Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
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SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o
la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a su Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las
Mujeres Michoacanas, la C. Alejandra Anguiano González, o la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
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DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la
fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del
Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por
parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se
efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto
7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de
su Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
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"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en el
"PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos del
"PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no ejercidos,
dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos del
"PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u obligado
solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto
de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de
mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en
la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la
Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres,
Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de Igualdad Sustantiva y
Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, Alejandra Anguiano González.- Rúbrica.
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CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres
del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos, que tiene como objeto contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres, a través del Proyecto denominado Mujeres Libres Transformando Vidas en su
Territorio.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
CE/PAIBIM/MOR/0016/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARIA DE LAS MUJERES DEL PODER EJECUTIVO
ESTATAL DE MORELOS, LA C. CLARISA GÓMEZ MANRIQUE, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ
"LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables,
en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones
generales aplicables.
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SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlali Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico de Colaboración, en lo
sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José
Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de
Contribuyentes SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Es una dependencia de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos, creada
de conformidad con lo establecido en el Decreto Número Cinco, por el que se expide la Ley Orgánica de la
Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos; y se reforman diversas disposiciones de
distintas leyes en materia de reingeniería administrativa, publicado en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad"
Órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos en fecha 30 de septiembre de 2024, número 6349,
6a. época.
II.2 La C. Clarisa Gómez Manrique, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres del Poder
Ejecutivo Estatal de Morelos, mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Margarita González
Saravia Calderón, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, el 1 de octubre de
2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 fracción VI de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; y 2o., 3o. y 16 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos, y manifiesta tener plenas atribuciones para la
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suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se encuentra facultada para firmar
el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos 74 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 3o., 9o., fracción XV, 14 fracciones VIII
y XXXVII, 15 y 36 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de
Morelos; y 2o., 7o. y 8o. fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres del Poder
Ejecutivo Estatal.
II.3 Su objetivo es instrumentar acciones que mejoren las condiciones económicas, laborales, sociales,
culturales, educativas y de salud física, emocional y mental, de las mujeres, en coordinación con instancias de
la Administración Pública Estatal.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Plaza de Armas, sin
número, Colonia Cuernavaca Centro, Código Postal 62000, Cuernavaca, Morelos, y con Registro Federal de
Contribuyentes GEM720601TW9.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Mujeres Libres
Transformando Vidas en su Territorio", en lo sucesivo el "PROYECTO", de conformidad en los Lineamientos
del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$19,111,893.00 (diecinueve millones ciento once mil ochocientos noventa y tres 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $19,111,893.00 (diecinueve millones ciento once mil
ochocientos noventa y tres 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Hacienda,
misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Hacienda será la encargada de
transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto, le informe la "INSTANCIA
EJECUTORA".
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Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o
la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a su Secretaria de las Mujeres del Poder Ejecutivo Estatal de Morelos,
la C. Clarisa Gómez Manrique, o la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
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DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la
fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del
Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta de
comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por
parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos del
"PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se
efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto
7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de
su Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
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"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en
el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos
del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no
ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones
legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u
obligado solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto
de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de
mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en
la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento de la
Secretaría de las Mujeres, Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas de la Secretaría de las Mujeres,
Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Secretaria de las Mujeres del Poder
Ejecutivo Estatal de Morelos, Clarisa Gómez Manrique.- Rúbrica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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CONVENIO Específico de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Instituto para la Mujer
Nayarita, que tiene como objeto contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través del
Proyecto denominado Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) en el Estado de
Nayarit 2025.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las
Mujeres.
CE/PAIBIM/NAY/0017/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS
MUJERES, EN LO SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ
MORA, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO, REPRESENTADO POR SU
TITULAR VIRIDIANA LORELEI HERNÁNDEZ RIVERA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN
DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR MARTA
CLARA FERREYRA BELTRÁN Y, POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO PARA LA MUJER NAYARITA, EN LO
SUCESIVO LA "INSTANCIA EJECUTORA", REPRESENTADO POR SU DIRECTORA, LA C. MARGARITA MORAN
FLORES, QUE CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su
artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025 “MUJERES” DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos
del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) para el ejercicio fiscal 2025, en
lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables,
en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones
generales aplicables.
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SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto, señalado en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES”, declara que:
I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2 Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 1 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente
instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y
XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 La Titular de la Coordinación General de Vinculación y Seguimiento de “MUJERES”, la C. Viridiana
Lorelei Hernández Rivera, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria
de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones
para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o. fracción II; 5o. fracciones I y XIV; y 8o.
fracción VII del RISM.
I.4 La Titular de la Dirección General de Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades
Federativas de “MUJERES”, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción IV, numeral 8; 5o. fracciones I y XIV; y 18 del RISM.
I.5 Para los fines del “PROGRAMA”, se tiene considerada la erogación correspondiente al Concepto 4300
denominado Subsidios y Subvenciones, de acuerdo con la asignación presupuestal autorizada por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio Específico de Colaboración, en lo
sucesivo “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José
Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de
Contribuyentes SMU250101CS8.
II. La "INSTANCIA EJECUTORA", declara que:
II.1 Es un organismo público descentralizado, creada de conformidad con lo establecido en el Decreto
Número 8264, por el que se crea el Instituto para la Mujer Nayarita (INMUNAY), publicado en Periódico
Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, el 31 de diciembre de 2003, Tomo CLXXIII, número 108.
II.2 La C. Margarita Moran Flores, acredita su personalidad como Directora General del Instituto para la
Mujer Nayarita, mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Miguel Ángel Navarro Quintero,
Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit, el 28 de septiembre de 2021, de conformidad con lo
establecido en los artículos 69 fracción XII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit,
13 de Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, 8o. fracción IV del Decreto Número 8264, por
el que se crea el Instituto para la Mujer Nayarita (INMUNAY), publicado en el Periódico Oficial, Órgano del
Gobierno del Estado de Nayarit, el 31 de diciembre de 2003, Tomo CLXXIII, número 108 y manifiesta tener
plenas atribuciones para la suscripción de instrumentos jurídicos con instituciones públicas, por lo que se
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encuentra facultada para firmar el presente "CONVENIO", de conformidad con lo establecido en los artículos
1o., 3o. fracción I, 4o. fracción II y 8o. fracción IV del Decreto Número 8264, por el que se crea el Instituto para
la Mujer Nayarita (INMUNAY), publicado en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit,
el 31 de diciembre de 2003, Tomo CLXXIII, número 108; y, 16 del Reglamento Interno del Instituto para la
Mujer Nayarita.
II.3 Su objetivo es contribuir a promover la igualdad de varón y mujer impulsando la actualización y
planeación de las políticas para incorporar la perspectiva de género en el ámbito local y en los procesos de
programación y presupuestación; concientizar a la sociedad sobre el papel de la mujer en la práctica
transformadora del Estado; e, impulsar a la mujer nayarita, potencializando sus capacidades para trascender
social y culturalmente e incursionar en el desarrollo económico del Estado.
II.4 Es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO" con “MUJERES”, en los términos y condiciones que
se indican.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce los términos y condiciones de los lineamientos
del "PROGRAMA", que cumplirá expresamente con sus obligaciones derivadas de las mismas, del presente
"CONVENIO" y del proyecto beneficiado y que todos los datos proporcionados son ciertos.
II.6 Para efectos de este "CONVENIO" señala como su domicilio legal, el ubicado en Avenida México,
Número 191, Colonia Centro, Código Postal 6300, Tepic, Nayarit, y con Registro Federal de Contribuyentes
IMN031231DJ1.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Reconocen plenamente la importancia que ha de otorgarse al adelanto, bienestar e Igualdad
Sustantiva de las mujeres.
III.2 Reconocen la relevancia del pleno ejercicio de los derechos de las mujeres para participar
igualitariamente en los ámbitos de la vida social, política, económica, cultural, y familiar, así como en la toma
de decisiones que contribuyan efectivamente a mejorar sus condiciones de vida.
III.3 Reconocen la personalidad jurídica que ostenta cada una de ellas, así como la capacidad legal de sus
representantes para la suscripción del presente "CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Contribuir al adelanto, bienestar e Igualdad Sustantiva de las mujeres, a través de la
ejecución, por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA", del proyecto denominado "Programa de Atención
Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM) en el Estado de Nayarit 2025", en lo sucesivo el
"PROYECTO", de conformidad en los lineamientos del "PROGRAMA".
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Las IMEF en conjunto con los Gobiernos Estatales implementarán
acciones y estrategias que impulsen y reconozcan a las mujeres líderes y la creación de redes comunitarias
de apoyo.
TERCERA. VIGENCIA. "LAS PARTES" convienen en que el periodo de vigencia del presente
"CONVENIO", será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
CUARTA. MONTO ASIGNADO AL "PROYECTO". Con motivo de la autorización de recursos para la
ejecución del “PROYECTO”, “MUJERES” otorgará a la "INSTANCIA EJECUTORA" la cantidad de hasta
$19,072,801.00 (diecinueve millones setenta y dos mil ochocientos y un pesos 00/100 M.N.).
QUINTA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
"CONVENIO”, “MUJERES” radicará la cantidad de hasta $19,072,801.00 (diecinueve millones setenta y dos
mil ochocientos y un pesos 00/100 M.N.), mediante transferencia de fondos a la Secretaría de Administración
y Finanzas, misma que podrá realizarse hasta en tres ministraciones. La Secretaría de Administración y
Finanzas será la encargada de transferir la cantidad íntegra referida a la cuenta bancaria que, para tal efecto,
le informe la "INSTANCIA EJECUTORA".
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Para el adecuado manejo de los recursos, la cuenta bancaria aperturada por la "INSTANCIA
EJECUTORA" será exclusiva para el manejo de los recursos federales que se otorgarán con motivo del
presente "CONVENIO", misma que no podrá estar ligada a instrumento de inversión alguno.
SEXTA. DESTINO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a
utilizar los recursos otorgados por “MUJERES” bajo los principios de eficacia, eficiencia, honestidad,
transparencia, economía y demás aplicables establecidos en el artículo 134 de la CPEUM, en el ejercicio de
los recursos federales, los cuales deberán ser utilizados solamente en las acciones y servicios que se ubiquen
dentro de los rubros autorizados en los lineamientos del "PROGRAMA" y en el “PROYECTO”. De igual
manera, se obliga a observar la diversa normatividad aplicable a la naturaleza de los recursos objeto del
presente "CONVENIO".
Así mismo, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá comprobar el debido ejercicio de los recursos de
conformidad con los lineamientos del “PROGRAMA” y del presente “CONVENIO”, además deberá conservar
en sus archivos, por el periodo que indique la legislación aplicable, los recibos, facturas originales y cualquier
otro documento comprobatorio de los gastos realizados para la ejecución del "PROYECTO". Lo anterior con la
finalidad de que las instancias de control y auditoría referidas en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente
"CONVENIO", cuenten con los elementos necesarios para verificar el cumplimiento de las normas y
disposiciones en la materia.
SÉPTIMA. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y LA ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES. La
"INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a ejercer los recursos otorgados por “MUJERES” exclusivamente para
cumplir con las acciones y servicios establecidas en el "PROYECTO", observando la diversa normatividad
aplicable a los procesos de contratación de servicios y adquisición de bienes.
En caso de que dentro de las acciones y servicios del "PROYECTO" se establezca la adquisición de
bienes muebles, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a que los mismos serán colocados de manera
inmediata en sus instalaciones, inventariados y asignados para uso exclusivo de la misma en el cumplimiento
de sus funciones.
OCTAVA. SEGUIMIENTO Y RESPONSABLES. “MUJERES” realizará un seguimiento físico y financiero al
"PROYECTO", con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y la aplicación de los recursos
autorizados conforme a lo establecido en dicho "PROYECTO" y en los lineamientos del “PROGRAMA”. En
ese sentido, la "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a proporcionar en todo momento a “MUJERES” toda la
información que le sea requerida.
Para dar seguimiento a la ejecución de este "CONVENIO", “MUJERES” designa a su Directora General de
Implementación de Proyectos Estratégicos en las Entidades Federativas, la C. Marta Clara Ferreyra Beltrán, o
la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La "INSTANCIA EJECUTORA" designa para la ejecución y cumplimiento de este "CONVENIO" y como
responsable del "PROYECTO", a su Directora General del Instituto para la Mujer Nayarita, la C. Margarita
Moran Flores, o la persona quien le sustituya en el cargo.
En caso de que la "INSTANCIA EJECUTORA" sustituya en el cargo a la persona responsable del
"PROYECTO", se obliga a comunicar la nueva designación por escrito a “MUJERES”, en un plazo de 10 (diez)
días hábiles posteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
NOVENA. ENTREGA DE INFORMES DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO. La "INSTANCIA EJECUTORA"
se obliga a presentar “MUJERES”, dentro de los primeros (5) cinco días hábiles siguientes al cierre de cada
trimestre del ejercicio fiscal 2025, la información y documentación que integran los Informes de avance
físico - financiero, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 de los lineamientos
del “PROGRAMA”.
DÉCIMA. ENTREGA DE INFORME DE CIERRE DEL EJERCICIO. La "INSTANCIA EJECUTORA", se
obliga a presentar a “MUJERES”, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la información y documentación
que integra el informe de cierre de ejercicio, en la forma prevista en el numeral 7.4 de los lineamientos del
"PROGRAMA". No obstante, la presentación del informe de cierre de ejercicio no exime a la "INSTANCIA
EJECUTORA" de las responsabilidades que puedan derivarse de un proceso de control, auditoría u otro
llevado a cabo por las autoridades competentes.
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DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN Y DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Es causa de rescisión del presente
"CONVENIO", el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" de cualquiera de las obligaciones
a su cargo, derivadas del presente "CONVENIO" y de los lineamientos del "PROGRAMA". Si sucediere lo
anterior, la "INSTANCIA EJECUTORA" se encontrará obligada a devolver los recursos autorizados, más las
actualizaciones y recargos generados desde el momento en que se hizo entrega de la ministración, hasta la
fecha en que se efectúe el pago correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del
Código Fiscal de la Federación. Esto, con arreglo a lo establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
Cuando el incumplimiento por parte de la "INSTANCIA EJECUTORA" se derive de la falta
de comprobación de la debida ejecución de los recursos en alguna de las acciones o actividades del
"PROYECTO", o bien, cuando no se realice la entrega de los productos comprometidos en la forma prevista
en los lineamientos del "PROGRAMA", la devolución de los recursos comprenderá sólo la parte no
comprobada o entregada, más las actualizaciones y recargos contemplados en el párrafo anterior.
La devolución de los recursos deberá realizarse, ya sea en su totalidad o en la parte no comprobada o
entregada, dentro del plazo de (10) diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sean requeridos por
parte de “MUJERES”, con sujeción al procedimiento establecido en el punto 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
DÉCIMA SEGUNDA. RECURSOS NO EJERCIDOS O DEVENGADOS. Los recursos no ejercidos o
devengados por la "INSTANCIA EJECUTORA", al 31 de diciembre de 2025, más las actualizaciones y
recargos generados desde el momento en que se hizo la entrega del recurso, hasta la fecha en que se
efectúe el pago correspondiente, deberán ser reintegrados con arreglo al mecanismo establecido en el punto
7.7 de los lineamientos del "PROGRAMA". Lo anterior sin perjuicio de las sanciones a que se hagan
acreedoras las personas servidoras públicas obligadas al reintegro en términos de las disposiciones
aplicables.
DÉCIMA TERCERA. CRÉDITO Y RECONOCIMIENTO. La "INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a dar
crédito y reconocimiento a “MUJERES” de las acciones, actividades y productos generados durante la
ejecución y divulgación del "PROYECTO", a insertar el nombre completo de “MUJERES” y su logotipo, en
calidad de colaborador en la publicidad, papelería, folletos, revistas y demás documentos que emita la
"INSTANCIA EJECUTORA" durante el desarrollo del "PROYECTO", proporcionando a la “MUJERES” un
ejemplar de ellos. Lo anterior será aplicable independientemente de si la publicación de los productos se
realiza en medios físicos o digitales.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso cuando se pretenda publicar o difundir alguno (s) de los
productos en otro tipo de publicaciones o trabajos. En dicha publicación deberá agregarse la siguiente
leyenda: "Este producto es generado con recursos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las
Mujeres. Empero la Secretaría de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados
por las (los) autoras(es) del presente trabajo".
Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del "PROYECTO" (productos, documentos,
actividades y trabajos finales), así como los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido
el electrónico, que conformen conjuntamente con los trabajos a desarrollar un todo unitario, se constituirán a
favor de ”MUJERES”, la cual reconocerá el derecho moral de quienes participen en la elaboración de los
productos, en términos de lo dispuesto por los artículos 45, fracción XX, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 16 de
su Reglamento.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades
competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar
intervenciones, auditorías y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento de las diversas
disposiciones establecidas en las distintas leyes y normas en la materia.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
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"LAS PARTES" acuerdan que se propiciará la integración y operación de Contralorías Sociales para el
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones o actividades comprometidas en
el "PROYECTO", tal como lo establecen los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social”.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente "CONVENIO" podrá darse por terminado
anticipadamente de común acuerdo de "LAS PARTES".
La “INSTANCIA EJECUTORA” podrá solicitar por escrito a “MUJERES” la terminación anticipada del
presente “CONVENIO”, con arreglo al mecanismo establecido en el numeral 7.5 de los Lineamientos
del "PROGRAMA". En su caso, la "INSTANCIA EJECUTORA" deberá de reintegrar los recursos no
ejercidos, dentro de los plazos y conforme al procedimiento establecido en el numeral 7.7 de los lineamientos
del "PROGRAMA".
“MUJERES” podrá dar por terminado anticipadamente el presente “CONVENIO” cuando exista caso
fortuito o fuerza mayor, o cuando por disposición de las instancias competentes se realicen adecuaciones
presupuestarias que afecten la ejecución del “PROGRAMA”, imposibilitando a “MUJERES” cumplir con su
obligación de transferir el recurso pactado. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el punto 7.5
de los Lineamientos del “PROGRAMA”.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente "CONVENIO", se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, quien asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones
legales a cargo de la otra parte. En ningún caso "LAS PARTES" podrán ser consideradas "patrón sustituto u
obligado solidario".
Si en la realización del "PROYECTO" interviene personal que preste sus servicios con instituciones o
personas distintas a "LAS PARTES", este continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha
institución o persona, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de
"LAS PARTES" firmantes de este "CONVENIO". En consecuencia, "LAS PARTES" se obligan, mutuamente, a
finalizar en paz y a salvo de cualquier reclamación, controversia o litigio laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL "CONVENIO" Y AL "PROYECTO". Siempre y cuando sea
apegado a derecho, “MUJERES” podrá modificar el presente "CONVENIO".
La "INSTANCIA EJECUTORA" podrá solicitar a “MUJERES” autorización para realizar modificaciones al
“PROYECTO” a través del mecanismo establecido en el numeral 5.3 de los Lineamientos del "PROGRAMA".
DÉCIMA OCTAVA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que el
presente "CONVENIO" es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. Por lo que, en caso de presentarse alguna discrepancia respecto
de la interpretación, formalización y cumplimiento del mismo, "LAS PARTES" lo resolverán por escrito y de
mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. JURISDICCIÓN. Para el caso de que subsistan las discrepancias que se señalan en
la cláusula que antecede, en todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este "CONVENIO",
"LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la
Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus
domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente "CONVENIO" y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el cuatro de abril de
dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento,
Viridiana Lorelei Hernández Rivera.- Rúbrica.- Directora General de Implementación de Proyectos
Estratégicos en las Entidades Federativas, Marta Clara Ferreyra Beltrán.- Rúbrica.- Por la Instancia
Ejecutora: Directora General del Instituto para la Mujer Nayarita, Margarita Moran Flores.- Rúbrica.
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INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
AVISO General por el que se da a conocer el cambio de domicilio de la Representación Regional, Zona Poniente,
del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en la Ciudad de México.
Al margen, un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.-
ISSSTE Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Oficinas de
Representación Regional Zona Poniente.- Subdelegación de Administración.
JORGE ALBERTO ROMERO TORAL, Subdelegado de Administración en las Oficinas de Representación
Regional Zona Poniente en la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto en los en los artículos 90 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 3o., fracción l, y 45 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 1o., 5o., 11 y 17, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales;
1, párrafo segundo, 3 , fracción XIV, 4 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 33,
Apartado “A”, fracción IX, y Apartado “D”, fracción II, del Reglamento Orgánico de las Delegaciones Estatales
y Regionales del ISSSTE.
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo CBI-010.O.023/25, que se emitió en la Décima Sesión Ordinaria, de 31 de octubre
de 2025, el Comité de Bienes Inmuebles del ISSSTE aprobó el "Programa Anual de Disposición de Bienes
Inmuebles 2026, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado".
Que en la Séptima Sesión Extraordinaria, de 21 de noviembre de 2025, por Acuerdo CBI-007.E.025/25, el
Comité de Bienes Inmuebles del ISSSTE aprobó la actualización al "Programa Anual de Disposición de
Bienes Inmuebles 2026, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado".
Que en el Programa Anual de Disposición de Bienes Inmuebles 2026 del ISSSTE para el ejercicio fiscal
2026, aprobado por la Junta Directiva, el 17 de diciembre del 2025, en su Cuarta Sesión Ordinaria, mediante
Acuerdo 17.1392.2025, se incluyeron los inmuebles arrendados a nivel nacional, donde se ubican diversas
unidades administrativas y órganos desconcentrados para la prestación de servicios, tales como unidades
médicas, oficinas administrativas, estancias infantiles y centros recreativos. Por lo que, a efecto de brindar y
garantizar certeza jurídica en los procedimientos, se expide el siguiente:
AVISO GENERAL POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA
REPRESENTACIÓN REGIONAL, ZONA PONIENTE, DEL ISSSTE, EN LA CIUDAD DE MÉXICO
PRIMERO.- Se informa a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, personas derechohabientes,
proveedoras y contratistas del ISSSTE, así como al público en general que, a partir del 01 de enero de 2026,
las Oficinas de Representación Regional, Zona Poniente, del ISSSTE en la Ciudad de México, incluyendo las
oficinas regionales de PENSIONISSSTE -Órgano Público Desconcentrado del ISSSTE- y las Unidades
Administrativas de Prestaciones Económicas (UAPE 6 y 7), tienen como nuevo domicilio oficial, el ubicado en
Av. Parque Lira número 156, Colonia Observatorio, Alcaldía Miguel Hidalgo, C. P. 11860, Ciudad de México.
SEGUNDO.- Los procedimientos que se tramitan actualmente, en los que esté corriendo algún plazo legal
y que en la notificación correspondiente se hubiere señalado el domicilio ubicado en Circuito Interior
Mtro. José Vasconcelos número 221, Colonia San Miguel Chapultepec, II Sección, Alcaldía Miguel Hidalgo,
C. P. 11850, Ciudad de México, los interesados deberán presentar sus promociones y documentos
respectivos, en el nuevo domicilio oficial.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
SEGUNDO. La Dirección Jurídica del ISSSTE realizará los trámites correspondientes para que el presente
Aviso se incluya en la Normateca Electrónica Institucional, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, 23 de diciembre de 2025.- Mtro. Jorge Alberto Romero Toral, Subdelegado de
Administración en las Oficinas de Representación Regional Zona Poniente del ISSSTE, en la Ciudad
de México.- Rúbrica.
(R.- 573344)
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DIARIO OFICIAL
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PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia
Constitucional 126/2025, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra María Estela Ríos González.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia
de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
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ÍNDICE TEMÁTICO
Norma impugnada. El artículo 23 de la Ley de Ingresos del Municipio de Candela, Coahuila de Zaragoza,
para el Ejercicio Fiscal 2025, expedida mediante Decreto número 145.
APARTADO
DECISIÓN
PÁGS.
I.
COMPETENCIA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente
para conocer del presente asunto.
12
II.
PRECISIÓN DE LAS NORMAS
IMPUGNADAS
Se tiene por efectivamente impugnado el Decreto 145, por
el que se expide la Ley de Ingresos del Municipio de
Candela, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal
2025, en específico, el artículo 23.
13
III.
OPORTUNIDAD
La demanda es oportuna.
13
IV.
LEGITIMACIÓN ACTIVA
La demanda fue presentada por parte legitimada.
15
V.
LEGITIMACIÓN PASIVA
Los órganos demandados tienen legitimación pasiva.
16
VI.
CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y
SOBRESEIMIENTO
Es infundada, tiene el carácter de demandado el Poder
Ejecutivo demandado al formar parte del proceso de
creación del decreto combatido.
19
VII.
ESTUDIO DE FONDO
Es fundada la controversia constitucional.
21
VIII.
EFECTOS
La declaración de invalidez decretada en este fallo surtirá
sus efectos a partir de la notificación de los puntos
resolutivos al Congreso del Estado de Coahuila de
Zaragoza.
45
IX.
DECISIÓN
PRIMERO.
Es
procedente
y
fundada
la
presente
controversia constitucional.
SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 23, fracción
I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Candela, Coahuila
de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025, expedida
mediante el Decreto 145, publicado en el Periódico Oficial
de dicha entidad federativa el diecisiete de diciembre de dos
mil veinticuatro.
TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá
sus efectos a partir de la notificación de estos puntos
resolutivos al Congreso del Estado de Coahuila de
Zaragoza, en los términos precisados en el apartado VIII de
esta determinación.
CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de
la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de
Coahuila de Zaragoza, así como en el Semanario Judicial
de la Federación y su Gaceta.
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CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 126/2025
ACTOR: PODER EJECUTIVO FEDERAL
DEMANDADOS: PODERES LEGISLATIVO Y
EJECUTIVO DEL ESTADO DE COAHUILA DE
ZARAGOZA
PONENTE: MINISTRO ARÍSTIDES RODRIGO GUERRERO GARCÍA
SECRETARIOS: JUAN MANUEL ANGULO LEYVA Y ADALBERTO MÉNDEZ LÓPEZ
Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al once de
noviembre de dos mil veinticinco, emite la siguiente:
SENTENCIA
Mediante la cual se resuelve la controversia constitucional 126/2025, promovida por el Poder Ejecutivo
Federal, que declara la invalidez del artículo 23 de la Ley de Ingresos del Municipio de Candela,
Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025, publicada mediante el Decreto número 145 el
diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila de
Zaragoza.
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ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA
1.
Decreto impugnado. El diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro se publicó en el Periódico Oficial
del Estado de Coahuila de Zaragoza el Decreto número 145 por el que se expidió la Ley de Ingresos del
Municipio de Candela, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025.
2.
Demanda de controversia constitucional. En contra de dicho decreto, el catorce de febrero de dos
mil veinticinco, la licenciada Ernestina Godoy Ramos, en su carácter de Consejera Jurídica del Poder
Ejecutivo Federal, promovió controversia constitucional ante esta Suprema Corte de Justicia de la
Nación.
3.
Conceptos de invalidez. En su demanda, el Poder Ejecutivo Federal precisó que, con la emisión de la
norma en cuestión, se invade la competencia exclusiva de la Federación para regular, aprovechar y
explotar los bienes del dominio de la Nación. En este contexto, en sus conceptos de invalidez, señaló lo
siguiente:
PRIMERO. Invasión de la competencia exclusiva de la Federación en materia de
hidrocarburos. El artículo 33, fracción XXII, numerales 1, 3, 4, 5 y 6, de la legislación
impugnada, establece una regulación en materia de hidrocarburos cuya competencia está
reservada de manera exclusiva a la Federación, en términos de los artículos 25, párrafo quinto,
27, párrafos cuarto, sexto y séptimo, 28, párrafo cuarto, y 73, fracciones X y XXIX, numeral 2o,
todos de la Constitución Política del país.
De la interpretación sistemática de esos preceptos constitucionales, se desprende que
corresponde a la Nación el dominio directo, inalienable e imprescriptible de las áreas
estratégicas, entre las que se encuentra el petróleo, los hidrocarburos sólidos, líquidos y
gaseosos que se encuentren en el subsuelo. Además, el Gobierno Federal ostenta la propiedad
y el control de las actividades de exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos, así
como de su explotación, uso o aprovechamiento.
De esta manera, únicamente la Federación puede establecer las reglas y condiciones respecto a
las asignaciones, contratos y concesiones que se otorgan en la materia. Bajo este contexto, es
el Congreso de la Unión el que cuenta con la potestad legislativa en materia de hidrocarburos.
En ejercicio de esa facultad, el legislador federal expidió la Ley de Hidrocarburos, ordenamiento
que indica que esa industria es de jurisdicción federal, de manera que ese orden de gobierno es
el único que puede emitir disposiciones técnicas, reglamentarias y de regulación de la materia,
incluyendo las que se vinculen con el desarrollo sustentable, el equilibrio ecológico y la
protección al medio ambiente.
Además, atendiendo a las definiciones que dicha ley ofrece de diversos conceptos, resulta claro
que la Federación tiene la exclusiva competencia para legislar, imponer contribuciones, ejecutar
y vigilar el cumplimiento de las normas jurídicas relativas a las actividades de reconocimiento,
explotación, tratamiento, refinación, enajenación, comercialización y almacenamiento de
petróleo, gas natural, petrolíferos y de petroquímicos que integran la industria, desde la fuente
de suministro hasta la venta de los productos en el mercado mayorista.
Además, si bien conforme al artículo 115, fracción V, inciso d), de la Constitución Política del
país, es facultad de los municipios autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, así como
otorgar licencias o permisos para las construcciones conforme a los planes de desarrollo urbano,
lo cierto es que tal facultad siempre habrá de desarrollarse en los términos de las leyes federales
y estatales relativas, dentro de las cuales se incluyen las relativas a la materia de hidrocarburos,
equilibrio ecológico y protección al medio ambiente.
Es decir, en materia de hidrocarburos, la facultad legislativa, contributiva y ejecutiva la ostenta
exclusivamente la Federación en todas sus vertientes, por lo que si bien los municipios pueden
autorizar, controlar y vigilar la utilización del uso de suelo, su atribución se ve acotada por las
condiciones previstas en las leyes federales que regulan la industria de hidrocarburos.
Por otro lado, si bien el artículo 115, fracción V, inciso f), de la Constitución Política del país,
otorga al orden municipal la facultad de conceder licencias y permisos para construcciones, ello
no incluye los casos en los que las licencias y permisos sean para el desarrollo de las
actividades de la industria de hidrocarburos, ya que se trata de un aspecto de la competencia
federal, en términos de la Ley de Hidrocarburos.
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Si bien la norma impugnada no dispone de manera literal el cobro por el otorgamiento de una
concesión o permiso en materia de hidrocarburos, sí prevé el pago de derechos por la
expedición de una licencia de funcionamiento por las edificaciones para la extracción de gas de
lutitas, o gas shale, gas natural y gas no asociado. También regula el pago por la emisión de una
licencia de funcionamiento respecto a la perforación en pozos verticales y direccionales en el
área específica a yacimientos convencionales en trampas estructurales en que se encuentre
el hidrocarburo, así como por obras y pozos para su extracción.
Por tanto, el municipio vulnera las facultades del Poder Ejecutivo Federal sobre la vigilancia
técnica de las construcciones y establecimientos que se ejecutan por medio de la Secretaría de
Energía, ya que la licencia de funcionamiento prevista en la norma impugnada constituye una
revisión técnica sobre la infraestructura de hidrocarburos, cuya competencia es federal. Además,
no se puede realizar una doble tributación de las actividades que se desarrollan en la industria
de hidrocarburos por medio de una ley de ingresos municipal.
SEGUNDO. Invasión de la competencia exclusiva de la Federación en materia de energía
eléctrica. El artículo 33, fracción XXII, numeral 2, de la legislación impugnada, establece una
regulación en materia de energía eléctrica, cuya competencia está reservada de manera
exclusiva a la Federación, en términos de los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafo séptimo,
28, párrafo cuarto, y 73, fracciones X y XXIX, numeral 5o, inciso a), todos de la Constitución
Política del país.
De esos artículos constitucionales se deriva que corresponde exclusivamente a la Nación la
planeación y vigilancia del sistema eléctrico nacional, calificándose como área estratégica y de
interés público, de manera que es la Federación quien cuenta con la facultad de ejercer el
control y la planeación del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, así
como de determinar la manera en que los particulares podrán participar en las demás
actividades de la industria eléctrica.
Bajo ese contexto constitucional, la competencia federal en materia de energía eléctrica se
configura, entre otros principios, con base en la potestad legislativa y contributiva a cargo del
Congreso de la Unión al que, conforme al artículo 73, fracciones X y XXIX, numeral 5o., inciso
a), de la Constitución Política del país, le corresponde legislar en todo el país sobre energía
eléctrica, así como establecer contribuciones especiales en esa materia.
En ejercicio de esa facultad, el Congreso expidió la Ley de la Industria Eléctrica, la cual indica,
entre otras cuestiones, que las acciones que comprenden la producción de energía eléctrica son
de jurisdicción federal.
Por tanto, si bien los municipios cuentan con la facultad de autorizar, controlar y vigilar la
utilización del suelo y las licencias o permisos para las construcciones, ello debe ser acorde con
las leyes federales y estatales relativas, lo que incluye la Ley de la Industria Eléctrica,
ordenamiento que prevé, entre otras cosas, la regulación de uso de suelo para llevar a cabo las
actividades de la industria eléctrica de conformidad con los permisos emitidos por la Federación.
De lo anterior se confirma que en materia de energía eléctrica, la facultad legislativa, contributiva
y ejecutiva la ostenta exclusivamente la Federación en todas sus vertientes. Esto, a pesar de
que los municipios tengan la atribución constitucional de autorizar, controlar y vigilar la utilización
del suelo, ya que ésta se ve acotada por las condiciones establecidas en las leyes federales en
la materia.
Si bien la norma impugnada no dispone de manera literal el cobro por la obtención de una
concesión o permiso para ejecutar actividades en materia de energía eléctrica, sí prevé el pago
de derechos por la expedición de una licencia de funcionamiento, ya que establece el cobro de
una tarifa por la edificación productora de energía termoeléctrica, térmica solar, hidroeléctrica,
eólica, fotovoltaica, aerogeneradores y similares; aspectos que se relacionan directamente con
la regulación en materia de energía, aunado a que no se puede realizar una doble tributación de
esa actividad, ya que es una facultad otorgada al Congreso de la Unión.
Finalmente, se solicita vincular al Congreso del Estado para que, en lo futuro, se abstenga de
expedir normas con el vicio de inconstitucionalidad alegado.
4.
Admisión y trámite. Por acuerdo de veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco, la Ministra
Presidenta en retiro de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Lucía Piña Hernández,
ordenó formar el expediente físico y electrónico, registrar la controversia constitucional bajo el número
126/2025 y turnarla al Ministro en retiro Javier Laynez Potisek para que instruyera el procedimiento
correspondiente.
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5.
Por acuerdo de treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, el Ministro instructor admitió a trámite la
demanda, tuvo como demandados en este procedimiento constitucional a los Poderes Legislativo y
Ejecutivo del estado de Coahuila de Zaragoza y como terceros interesados a las Cámaras de Diputados
y de Senadores, ambas del Congreso de la Unión y al Municipio de Candela, también de Coahuila de
Zaragoza. Por último, dio vista a la Fiscalía General de la República para que manifestara lo que a su
representación corresponda.
6.
Desahogo de vista de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión (tercero interesado). El
veintidós de abril de dos mil veinticinco, la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión rindió sus
manifestaciones en calidad de tercero interesado. En este sentido, expuso diversos argumentos por los
que sostuvo la invalidez del Decreto impugnado:
El Congreso de la Unión expidió la Ley de Hidrocarburos en ejercicio de las atribuciones que le
confieren los artículos 73, fracción X, en correlación con los diversos artículos 27, párrafos
cuarto, sexto y séptimo, y 28, todos de la Constitución política del país.
De conformidad con el artículo 2, fracción I, de la Ley de Hidrocarburos, esta norma tiene por
objeto regular la exploración y extracción de hidrocarburos, asimismo en el artículo 4, fracciones
XIV y XV, se definen los conceptos de “exploración” y “extracción”, en los diversos artículos 6 y
11 se prevé que el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Energía puede otorgar y
modificar, de manera excepcional, asignaciones para realizar la exploración y extracción de
hidrocarburos, y que el mismo Ejecutivo Federal por conducto de la Comisión Nacional
de Hidrocarburos puede celebrar contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos.
De ahí que esta competencia sea exclusiva de la Federación y las entidades federativas no
pueden otorgar permisos de construcción o remodelación de pozos para la extracción de
hidrocarburos, al tratarse del pago de una bien cuya explotación y regulación es reservada a la
Federación, por lo que el artículo 20, fracciones IX y X, del Decreto número 616 por el que se
expide la Ley de Ingresos del Municipio de Morelos, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio
Fiscal 2024 resulta inconstitucional.
Por otro lado, el estado de Coahuila tampoco tiene facultades para emitir normas que regulen
aspectos del Sistema Eléctrico Nacional. Conforme a los artículos 25, 27, 27 y 73 de la
Constitución Federal, la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así como el
Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, son áreas estratégicas.
Además, conforme al artículo 73, fracción XXIX, sección 5ª, inciso a), el único facultado para
establecer contribuciones especiales sobre la energía eléctrica es el Congreso de la Unión.
7.
Desahogo de vista de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión (tercero interesado). El
nueve de mayo de dos mil veinticinco, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión rindió sus
manifestaciones en calidad de tercero interesado y expuso diversos argumentos por los que cuestionó
la validez del Decreto impugnado:
En términos del artículo 73, fracciones X y XXIX, de la Constitución Política del país,
corresponde a la Federación legislar en materia de impuestos sobre hidrocarburos y de energía
eléctrica, así como para establecer contribuciones en relación con el aprovechamiento y
explotación de bienes de la Nación y derivados del petróleo.
La litis se centra en determinar si la ley de ingresos municipal resulta contraria a los artículos 25,
27, 28, 73, 124 y 133 de la Constitución Política del país y si se invaden las facultades de la
Federación en relación con la regulación de contribuciones en materia de hidrocarburos y de
energía eléctrica. También señala que estará al tanto de la decisión que adopte este alto tribunal
respecto de este asunto.
8.
Contestación del Poder Legislativo del estado de Coahuila de Zaragoza. El veintiocho de mayo de
dos mil veinticinco el Director de Asuntos Jurídicos del Congreso del estado de Coahuila de Zaragoza
depositó en la oficina de correos de la localidad, el escrito de contestación de demanda, el cual fue
recibido hasta el diecisiete de junio del mismo año en la Oficina de Certificación Judicial y
Correspondencia de este alto tribunal. Al dar contestación a la demanda, expuso los siguientes
argumentos para sostener la validez de la norma impugnada:
Las fracciones impugnadas no otorgan facultades a la autoridad municipal para regular
actividades relacionadas con hidrocarburos, sino solamente para expedir licencias de
construcción, de ahí que no invaden la esfera competencial de la autoridad federal.
Considera que el problema jurídico a dirimir consiste en determinar si el Poder Legislativo local
tiene la facultad para legislar sobre las autorizaciones o permisos que otorgan los Municipios
para las construcciones y remodelaciones de aquellas actividades reservadas a las autoridades
federales a posteriori.
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Si bien el artículo 3, fracción X, de la Constitución Política del país el Congreso de la Unión tiene
facultad para dictar leyes sobre hidrocarburos, lo cierto es que el artículo 115, fracción V, reserva
a los municipios la facultad de otorgar licencias y permisos para construcciones, por lo que no se
observa la presunta invasión de competencias, dado que se ejerce una atribución otorgada por
la Constitución federal.
Concluye que la autorización del uso del suelo es una facultad que tienen conferida los
municipios, lo que implica emitir licencias de construcción para ejercer control y vigilancia del uso
del suelo, a fin de verificar que se cumplan las condiciones de seguridad en los lugares de
construcción y que se autoricen obras que no tengan un impacto injustificado y pernicioso en
contra del bien común, por lo que no se invade ninguna competencia de las autoridades
federales, pues es una prerrogativa concedida por la Constitución Política del país.
Al resolverse la contradicción de criterios 89/2010 se determinó que una legislatura local no
invade las competencias de las autoridades federales al legislar respecto de licencias, permisos
o autorizaciones para expedir licencias o permisos de construcción en materia de infraestructura
en la vía pública y la instalación de casetas de servicios de telefonía pública. Aunque en el
presente caso las normas impugnadas versan sobre hidrocarburos, dicho criterio es aplicable
por analogía dado que en ambos asuntos se plantea la facultad de los municipios para expedir
permisos de construcción en relación con actividades reservadas a las autoridades federales.
Por otra parte, en la contradicción de criterios 441/2009 se determinó que no existió una invasión
de la esfera competencial de las autoridades federales, dado que el cobro por permisos de
construcción no es un derecho que se deba pagar por la explotación, uso o aprovechamiento de
actividades reservadas a la Federación, por tratarse únicamente de permisos de construcción
para instalar infraestructura en vía pública.
Señala que, de conformidad con estos criterios, los municipios tienen la facultad para otorgar
licencias, permisos o autorizaciones para construcciones, inclusive en áreas en las que se
llevarán actividades de competencia federal en el futuro, además que en la ley de ingresos
municipal no se aborda ni se hace referencia a la explotación de hidrocarburos, sino sólo
autorizar construcciones que no atenten contra la seguridad de las personas.
El legislador federal en la Ley de Hidrocarburos contempló un apartado relativo al procedimiento
especial para la realización de actividades reguladas, por lo que los municipios están facultados
para otorgar autorizaciones respecto de proyectos de exploración, extracción, transporte,
distribución y almacenamiento de hidrocarburos, en el ámbito de sus competencias.
Concluye que los derechos contenidos en las fracciones impugnadas de la ley de ingresos
municipal no invaden la esfera de competencias de la Federación, por lo que solicita se
reconozca la validez de las porciones impugnadas.
9.
Contestación del Poder Ejecutivo del estado de Coahuila de Zaragoza. El seis de junio de dos mil
veinticinco, el Consejero Jurídico del Gobierno del estado de Coahuila de Zaragoza depositó en la
oficina de correos de la localidad, el escrito de contestación de demanda, el cual fue recibido hasta el
veinte de junio del mismo año en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este alto
tribunal. Al dar contestación a la demanda, expuso los siguientes argumentos para sostener la validez
de la norma impugnada:
La controversia constitucional es infundada, dado que no se atribuye de forma directa algún acto
o concepto de invalidez en cuanto a la promulgación de la norma impugnada. Si bien el Ejecutivo
local promulgó y publicó la ley de ingresos municipal, ello es así porque es un deber de dicho
poder de acuerdo con la Constitución local, pero no intervino en el dictamen, discusión, votación
y aprobación de la misma.
La orden de impresión, publicación, circulación forma parte del proceso legislativo que culmina
cuando el Ejecutivo local da a conocer la ley o decreto a las personas habitantes a través del
periódico oficial de la entidad, la fundamentación y motivación son requisito de dichos actos y
sólo se requiere que provengan de una autoridad competente, lo cual se cumplió en el presente
caso, aunque únicamente es una formalidad exigida por la norma.
10.
Opinión de la Fiscalía General de la República. El Fiscal General de la República no emitió opinión
en el presente asunto.
11.
Audiencia de pruebas y alegatos. El veintiuno de agosto de dos mil veinticinco se celebró la audiencia
de ofrecimiento y desahogo de pruebas y alegatos. En ésta se dio cuenta con los alegatos presentados
por el Poder Ejecutivo Federal.
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12.
Cierre de la instrucción. Por acuerdo de veintiuno de agosto de dos mil veinticinco, el Ministro
instructor cerró la instrucción a efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente.
13.
Returno. El primero de septiembre de dos mil veinticinco tomaron protesta las Ministras y Ministros de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por acuerdo de cuatro de septiembre de dos mil veinticinco
la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó returnar el presente asunto al
Ministro Arístides Rodrigo Guerrero García.
I. COMPETENCIA
14.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente controversia
constitucional en términos de lo dispuesto por los artículos 105, fracción I, inciso a), de la Constitución
Política del país1 y 16, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación publicada en el
Diario Oficial de la Federación el veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, así como el Punto
Segundo, fracción I, del Acuerdo General 2/2025 (12a) de tres de septiembre de dos mil veinticinco, del
Pleno de la SCJN, en el que se precisan los asuntos de su competencia y los que se delegan a otros
órganos jurisdiccionales federales2.
II. PRECISIÓN DE LAS NORMAS IMPUGNADAS
15.
Con fundamento en el artículo 41, fracción I, de la ley reglamentaria de la materia3, se procede a
precisar los actos y normas que son objeto de la presente controversia constitucional. En el respectivo
apartado de la demanda, el Poder Ejecutivo Federal señaló como norma concreta y específicamente
impugnada el artículo 23 de la Ley de Ingresos del Municipio de Candela, Coahuila de Zaragoza, para el
Ejercicio Fiscal 2025.
16.
De un análisis integral de la demanda se advierte que los conceptos de invalidez, efectivamente, están
dirigidos a cuestionar la regularidad constitucional de tal precepto.
17.
En consecuencia, se tiene por efectivamente impugnado el Decreto número 145 por el que se expidió la
Ley de Ingresos del Municipio de Candela, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025,
publicado el diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro en el Periódico Oficial del Estado de
Coahuila de Zaragoza, en específico, el artículo 23.
III. OPORTUNIDAD
18.
En términos del artículo 21, fracción II, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos4, el plazo para promover la controversia
constitucional, tratándose de normas, debe computarse a partir del día siguiente:
a)
A la fecha de su publicación; o
b) Al que se produzca el primer acto de aplicación de la norma que dé lugar a la controversia.
19.
En este caso, el Poder Ejecutivo Federal impugna el Decreto número 145 con motivo de su publicación
el diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, por lo que el plazo de treinta días para presentar la
controversia constitucional transcurrió del dos de enero al catorce de febrero de dos mil
veinticinco5.
1
Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos
siguientes: […]
I. De las controversias constitucionales que, sobre la constitucionalidad de las normas generales, actos u omisiones, con excepción de
las que se refieran a la materia electoral, se susciten entre:
a) La Federación y una entidad federativa;
[…]
2
Artículo 16. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá:
I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La admisión de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad
planteadas respecto de normas generales no dará lugar en ningún caso a la suspensión de la norma cuestionada;
SEGUNDO. Competencia reservada del Pleno de la SCJN. La SCJN conservará para su resolución:
I. Las controversias constitucionales previstas en el artículo 105, fracción I, de la CPEUM, así como los recursos interpuestos en éstas.
[…]
3
Artículo 41. Las sentencias deberán contener:
I. La fijación breve y precisa de las normas generales o actos objeto de la controversia y, en su caso, la apreciación de las pruebas
conducentes a tenerlos o no por demostrados;
[…]
4
Artículo 21. El plazo para la interposición de la demanda será:
[…]
II. Tratándose de normas generales, de treinta días contados a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, o del día siguiente al
en que se produzca el primer acto de aplicación de la norma que dé lugar a la controversia, y
[…]
5
Debiéndose descontar del cómputo los días dieciocho al treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro, primero, cuatro, cinco, once,
doce, dieciocho, diecinueve, veinticinco y veintiséis de enero, así como primero, dos, tres, cinco, ocho y nueve de febrero, todos de dos
mil veinticinco, por haber sido inhábiles de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones
I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación, 74, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, así como en los incisos a), b), c) y d) del Punto Primero del Acuerdo número
18/2013, de diecinueve de noviembre de dos mil trece, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación relativo a la determinación
de los días hábiles e inhábiles respecto de los asuntos de su competencia.
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20.
Consecuentemente, dado que la demanda se presentó el catorce de febrero de dos mil veinticuatro,
es evidente que la controversia constitucional se promovió de manera oportuna.
IV. LEGITIMACIÓN ACTIVA
21.
De conformidad con el artículo 11, primer párrafo, de la ley reglamentaria de la materia6, la parte actora
deberá comparecer a juicio por conducto de los funcionarios que en términos de las normas respectivas
estén facultados para representarla.
22.
En términos del artículo 90 de la Constitución Política del país en correlación con el diverso artículo 43,
fracción X, de la Ley de la Administración Pública Federal7, quien ostente la titularidad de la Consejería
Jurídica del Ejecutivo Federal ostenta la representación legal del titular del Poder Ejecutivo Federal,
particularmente en los juicios señalados en el artículo 105 constitucional.
23.
Ahora bien, en el caso, quien suscribe la controversia constitucional es la licenciada Ernestina Godoy
Ramos, en su carácter de Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, cuya personalidad acreditó con la
copia del nombramiento otorgado por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos el primero de
septiembre de dos mil veinticuatro, de ahí que tiene facultades suficientes para representar al Poder
actor en el presente medio de control constitucional.
24.
Así también, la del propio Poder actor para instar la vía en representación de la Federación, en términos
del artículo 105, fracción I, inciso a), de la Constitución Política del país, por lo que debe concluirse que
se promovió por parte legitimada para ello.
V. LEGITIMACIÓN PASIVA
25.
De conformidad con el artículo 10, fracción II, de la ley reglamentaria de la materia8, tiene el carácter de
parte demandada en la controversia constitucional la entidad, poder u órgano que hubiere pronunciado
el acto que sea objeto de la controversia constitucional. Por lo tanto, de acuerdo con lo previsto en la ley
reglamentaria, la parte demandada también debe comparecer a juicio por conducto de los funcionarios
facultados para representarla, en términos de las normas que lo rigen.
26.
Por su parte, en el auto de admisión de veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco, se reconoció
como demandados a los poderes Legislativo y Ejecutivo del estado de Coahuila de Zaragoza, en tanto
que a éstos les correspondió la expedición, promulgación y publicación de las disposiciones cuya
constitucionalidad se cuestiona, por lo que a continuación se procede a analizar si dichos órganos
cuentan con legitimación pasiva en el presente procedimiento constitucional.
27.
Legitimación pasiva del Poder Legislativo del estado de Coahuila de Zaragoza. De acuerdo con el
artículo 48, fracción I, de la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente Libre y Soberano de
Coahuila de Zaragoza9, la representación del Poder Legislativo de esta entidad corresponde al
Presidente de la Mesa Directiva, la cual puede ser delegada a las personas titulares de los órganos
técnicos mediante el otorgamiento del poder legal correspondiente.
28.
En representación del Poder Legislativo del estado de Coahuila de Zaragoza compareció el licenciado
César Mario Esquivel Flores, en su carácter de Director de Asuntos Jurídicos del Congreso, cargo que
acredita con la copia certificada del acuerdo de la Presidenta de la Junta de Gobierno del Congreso del
estado de Coahuila de Zaragoza de once de octubre de dos mil veinticuatro, en el que consta que fue
designado con tal carácter, así como con copia certificada del diverso acuerdo de diecinueve de febrero
de dos mil veinticinco suscrito por la Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso estatal, en el que
otorga al Director de Asuntos Jurídicos un poder general para pleitos y cobranzas y actos de
administración, por el cual se le faculta para representar a dicho poder en toda clase de juicios.
6
Artículo 11. El actor, el demandado y, en su caso, el tercero interesado deberán comparecer a juicio por conducto de los funcionarios
que, en términos de las normas que los rigen, estén facultados para representarlos. En todo caso, se presumirá que quien comparezca a
juicio goza de la representación legal y cuenta con la capacidad para hacerlo, salvo prueba en contrario.
[…]
7
Artículo 43. A la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal corresponde el despacho de los asuntos siguientes:
[…]
X. Representar al Presidente de la República, cuando éste así lo acuerde, en las acciones y controversias a que se refiere el artículo 105
de la Constitución Política del país, así como en los demás juicios y procedimientos en que el titular del Ejecutivo Federal intervenga con
cualquier carácter. En el caso de los juicios y procedimientos, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal podrá determinar la
dependencia en la que recaerá la representación para la defensa de la Federación. La representación a que se refiere esta fracción
comprende el desahogo de todo tipo de pruebas;
[…]
8
Artículo 10. Tendrán el carácter de parte en las controversias constitucionales: […]
II. Como demandado, la entidad, poder u órgano que hubiere emitido y promulgado la norma general o pronunciado el acto que sea
objeto de la controversia; […]
9
Artículo 48. La o el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso, tiene las facultades y obligaciones siguientes:
I. Representar legalmente al Congreso del Estado y a la Junta de Gobierno ante toda clase de autoridades, en materia administrativa,
penal, civil, fiscal o laboral, así como en materia de amparo y en los demás asuntos en los que sea parte el Congreso. La o el Presidente
podrá delegar esta representación en cualquiera de los titulares de los órganos técnicos al Congreso, otorgando el poder legal
correspondiente;
[…]
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29.
Por lo tanto, la persona que comparece en representación del Poder Legislativo del estado de Coahuila
de Zaragoza cuenta con la debida legitimación procesal para representarlo en este medio de control
constitucional.
30.
Legitimación pasiva del Poder Ejecutivo del estado de Coahuila de Zaragoza. En términos del
artículo 21, fracción XXX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de
Zaragoza10 corresponde a la Secretaría de Gobierno representar a la persona Titular del Ejecutivo
estatal en todo tipo de controversias, juicios o acciones de inconstitucionalidad en que sea parte.
31.
Por otra parte, de conformidad con los artículos 5, fracción VII, y 25, fracción VIII, del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza11, el Consejero Jurídico se
encuentra facultado para representar al Ejecutivo local en las controversias constitucionales, por lo
tanto, la persona que comparece en representación del Poder Ejecutivo del estado de Coahuila de
Zaragoza cuenta con la debida legitimación procesal para representarlo en este medio de control
constitucional.
32.
En representación del Poder Ejecutivo del estado de Coahuila de Zaragoza compareció el licenciado
Valeriano Valdés Cabello, en su carácter de Consejero Jurídico del Gobierno de esta entidad federativa,
cargo que acredita con la copia certificada del nombramiento otorgado por el Gobernador del estado de
Coahuila de Zaragoza el uno de diciembre de dos mil veintitrés.
33.
Por lo tanto, queda acreditado que la persona que compareció en su nombre y representación es quien
tiene las facultades legales suficientes para ello.
VI. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO
34.
Al rendir su informe, el Poder Ejecutivo del Estado de Coahuila manifestó literalmente lo siguiente:
(…) también es importante precisar, que si bien es cierto, esta autoridad a la que
represento, realizó la promulgación y publicación de la Ley de Ingresos del Municipio
de Candela, Coahuila de Zaragoza para el ejercicio fiscal 2025, también es cierto, que
lo anterior fue así, por ser un deber del Ejecutivo, previsto en la propia Constitución
Política del Estado de Coahuila, conforme a los artículos 62, fracción IV, 64, 66 y 84,
fracción III, que dispone que el Gobernador deberá sancionar, promulgar, publicar y
ejecutar las leyes o decretos que expida el Congreso Estatal; y, de lo cual puede
deducirse que el titular del Poder Ejecutivo, NO INTERVINO EN EL DICTAMEN,
DISCUSIÓN, VOTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS NORMAS IMPUGNADAS.
El subrayado es propio
35.
En este sentido, si bien el Poder Ejecutivo local no lo señaló expresamente, es evidente que su
intención era invocar una causal de improcedencia en la presente controversia constitucional.
36.
Dicho motivo de improcedencia es infundado ya que, como se precisó, en términos de la Ley
Reglamentaria de la materia, tienen el carácter de demandados en la controversia constitucional la
entidad federativa, el poder o el órgano que hubiera pronunciado el acto impugnado. Por lo tanto, si el
Poder Ejecutivo demandado formó parte del proceso de creación del decreto combatido, tanto su
participación como la constitucionalidad de su actuación son susceptibles de analizarse en este medio
de control constitucional, a efecto de lograr una adecuada resolución del juicio.
10 Artículo 21. A la Secretaría de Gobierno le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
[…]
XXX. Coordinar y apoyar la defensa jurídica de las dependencias y entidades de la administración pública, en los juicios de amparo en
los que se señale como responsables a las autoridades del Poder Ejecutivo y representar al Titular del Ejecutivo, en todo tipo de
controversias, juicios o acciones de inconstitucionalidad en que éste sea parte con cualquier carácter, esta facultad es delegable;
[…]
11 Artículo 5. Al frente de la Secretaría habrá un Secretario, quién tendrá a su cargo el despacho de los asuntos que las leyes asignan,
además de aquellas que le sean encomendadas y para tal efecto, se auxiliará de las siguientes unidades administrativas:
[…]
VII. La Consejería Jurídica;
[…]
Artículo 25. Corresponde a la o el titular de la Consejería Jurídica, además de las consignadas en el artículo 10 de este reglamento, las
facultades y obligaciones siguientes:
[…]
VIII. Representar al Ejecutivo y al Secretario, en las acciones y controversias constitucionales a que se refiere el artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los demás juicios en que éste intervenga con cualquier carácter, y
asesorar a las dependencias que concurran a alguno de estos procesos;
[…]
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37.
Resultan ilustrativas, en lo conducente, las tesis de rubros: “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.
DEBE DESESTIMARSE LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA PLANTEADA POR EL PODER
EJECUTIVO LOCAL EN QUE ADUCE QUE AL PROMULGAR Y PUBLICAR LA NORMA
IMPUGNADA SÓLO ACTUÓ EN CUMPLIMIENTO DE SUS FACULTADES”12 y “CONTROVERSIA
CONSTITUCIONAL. PARA ESTUDIAR LA CONSTITUCIONALIDAD DE UNA NORMA GENERAL
POR ESA VÍA, DEBE LLAMARSE A JUICIO COMO DEMANDADOS TANTO AL ÓRGANO QUE LA
EXPIDIÓ COMO AL QUE LA PROMULGÓ, AUNQUE NO SE ATRIBUYAN VICIOS PROPIOS A
CADA UNO DE ESTOS ACTOS, SALVO CUANDO SE RECLAME UNA OMISIÓN LEGISLATIVA.”13.
38.
Precisado lo anterior, al no haberse hecho valer alguna causa de improcedencia o motivo de
sobreseimiento diverso al analizado, ni advertirse de oficio alguna-, se procede al estudio de los
conceptos de invalidez planteados.
VII. ESTUDIO DE FONDO
39.
En la presente controversia constitucional, el Poder Ejecutivo Federal plantea la invalidez del artículo
impugnado por considerar, en esencia, que con su expedición se invade la competencia exclusiva de la
Federación para regular, aprovechar y explotar los bienes dominio de la Nación, en tanto que el cobro
de un derecho por la expedición de licencias de funcionamiento de las centrales productoras de
energía termoeléctrica, térmica solar, hidroeléctrica, eólica, fotovoltaica, aerogeneradores o similares,
así como de las edificaciones para la extracción del gas de lutitas o gas shale, gas natural y gas no
asociado y de los pozos para la extracción de cualquier hidrocarburo se relaciona directamente con las
actividades de exploración y extracción de los mismos, así como con la generación de energía eléctrica,
pese a que esta facultad no está prevista para las entidades federativas.
40.
Atento a esos planteamientos y con la finalidad de tener un panorama íntegro del problema que entraña
el presente medio de control constitucional, este Tribunal Pleno considera conveniente establecer, para
cada uno de los temas, el marco constitucional y legal necesario para el estudio posterior de las
porciones normativas impugnadas.
VII.1. Marco constitucional aplicable
VII.1.1. Hidrocarburos
41.
El artículo 27, primer párrafo, de la Constitución Política del país señala que a la Nación corresponde la
propiedad originaria de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional
detallados en el diverso artículo 42.
42.
Por otra parte, el cuarto párrafo del mismo artículo determina que corresponde a la Nación el dominio
directo de los recursos naturales situados en la plataforma continental y en los zócalos submarinos de
las islas, así como del petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos,
respecto de los cuales el párrafo sexto del mismo artículo añade que la propiedad de la Nación es
inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones en la materia.
43.
En relación con lo anterior, debe tenerse en consideración que el artículo 25, primer párrafo, de la
Constitución federal dispone que al Estado corresponde la rectoría del desarrollo nacional para
garantizar que éste sea integral y sustentable, mientras que, de una interpretación sistémica de los
artículos 25, cuarto párrafo, y 28, cuarto párrafo, ambos del mismo ordenamiento constitucional, se
deriva que la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos constituyen un
área estratégica del Estado Mexicano, que el sector público ejerce de manera exclusiva, sin que ello
constituya un monopolio.
44.
Asimismo, el artículo 28, párrafo noveno, de la Constitución federal establece que el Poder Ejecutivo
Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir y supervisar la política energética del
país, llevará a cabo la regulación técnica y económica en materia de hidrocarburos, tal dependencia, en
términos de los artículos 26, fracción IX, y 33, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal14 es la Secretaría de Energía.
12 Tesis: P./J. 38/2010. Registro digital: 164865. Instancia: Pleno. Novena Época. Materias(s): Constitucional. Fuente: Semanario Judicial
de la Federación y su Gaceta. Tomo XXXI, Abril de 2010, página 1419. Tipo: Jurisprudencia.
13 Tesis: P. XV/2007. Registro digital: 172562. Instancia: Pleno. Novena Época. Materias(s): Constitucional. Fuente: Semanario Judicial de
la Federación y su Gaceta. Tomo XXV, Mayo de 2007, página 1534. Tipo: Aislada.
14 Artículo 26. Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes
Secretarías:
[…]
IX. Secretaría de Energía;
[…]
Artículo 33. A la Secretaría de Energía le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Establecer, conducir y coordinar la política energética del país, así como supervisar su cumplimiento con prioridad en la seguridad y
diversificación energéticas, el ahorro de energía y la protección del medio ambiente, para lo cual podrá, entre otras acciones y en
términos de las disposiciones aplicables, coordinar, realizar y promover programas, proyectos, estudios e investigaciones sobre las
materias de su competencia;
[…]
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45.
Adicionalmente, el artículo 1, segundo párrafo, y 4, primer párrafo, de la Ley del Sector Hidrocarburos15
reitera que a la Nación corresponde la propiedad directa, inalienable e imprescriptible de los
hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo del territorio nacional, y que la Nación llevará a cabo
la exploración y extracción de los hidrocarburos.
46.
Al respecto, el artículo 6, primer párrafo de la Ley del Sector Hidrocarburos16 dispone que las
actividades de exploración y extracción de hidrocarburos se consideran estratégicas, por lo que
únicamente la Nación puede llevarlas a cabo por conducto de las personas asignatarias y contratistas,
de ahí que los artículos 5, fracciones VI y XIV, 13, 24, primer párrafo, y 37, todos del mismo
ordenamiento17 al regular las asignaciones y contratos para la realización de la exploración y
extracción de hidrocarburos, se señala que las asignaciones para desarrollo propio son otorgadas de
forma exclusiva a Petróleos Mexicanos para la exploración y extracción de hidrocarburos, por otro lado,
las asignaciones para desarrollo mixto son igualmente otorgadas por la citada Secretaría a Petróleos
Mexicanos, la cual complementa en sus capacidades técnicas, operativas, financiera o de ejecución con
participantes, mientras que los contratos son celebrados de manera excepcional por la Secretaría de
Energía, en términos de los lineamientos establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
47.
Para ello, el artículo 5, fracciones XIX y XX, de la Ley del Sector Hidrocarburos18 define la exploración
como una actividad o conjunto de ellas que comprende la perforación de pozos y que se dirige a la
identificación, descubrimiento y evaluación de hidrocarburos en el subsuelo, mientras que la extracción
abarca aquellas actividades destinadas a la producción de hidrocarburos, incluyendo la construcción,
localización, operación, uso, abandono y desmantelamiento de instalaciones para la producción,
entre otras.
15 Artículo 1. […]
Corresponde a la Nación la propiedad directa, inalienable e imprescriptible de todos los Hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo
del territorio nacional, incluyendo la plataforma continental y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a
éste, en mantos o yacimientos, cualquiera que sea su estado físico.
[…]
Artículo 4. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25, párrafo cuarto, 27, párrafo séptimo y 28, párrafo cuarto, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Nación lleva a cabo la Exploración y Extracción de los Hidrocarburos, en los
términos de esta Ley.
[…]
16 Artículo 6. Las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos, a que se refiere la fracción I del artículo 3 de esta Ley, se
consideran estratégicas en los términos del párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sólo la Nación las lleva a cabo, por conducto de personas Asignatarias y Contratistas, en términos de la presente Ley.
[…]
17 Artículo 5. Para los efectos de esta Ley se entenderá, en singular o plural, por:
[…]
VI. Asignación: El acto jurídico administrativo mediante el cual la Secretaría de Energía, otorga a Petróleos Mexicanos el derecho para
realizar actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en el Área de Asignación, por una duración específica, y se clasifican
en Asignación para Desarrollo Propio y Asignación para Desarrollo Mixto;
VII. Asignación para Desarrollo Mixto: Acto jurídico administrativo mediante el cual la Secretaría de Energía otorga exclusivamente a
Petróleos Mexicanos el derecho para realizar actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en el Área de Asignación, por
una duración específica, y en la cual Petróleos Mexicanos complementa sus capacidades técnicas, operativas, financieras o de ejecución
con el apoyo de Participantes;
VIII. Asignación para Desarrollo Propio: Acto jurídico administrativo mediante el cual la Secretaría de Energía otorga exclusivamente a
Petróleos Mexicanos el derecho para realizar actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en el Área de Asignación, por
una duración específica, y en la cual realizará las actividades con sus propias capacidades;
[…]
XIV. Contrato para la Exploración y Extracción: Acto jurídico que suscribe el Estado Mexicano, a través de la Secretaría de Energía, por
el que se conviene la Exploración y Extracción de Hidrocarburos en un Área Contractual y por una duración específica;
[…]
Artículo 13. La Secretaría de Energía puede otorgar o modificar las Asignaciones para Desarrollo Propio para realizar la Exploración y
Extracción de Hidrocarburos exclusivamente a Petróleos Mexicanos quien debe fungir como Operador Petrolero.
Artículo 24. La Secretaría de Energía puede otorgar a Petróleos Mexicanos Asignaciones para Desarrollo Mixto, en caso de que
requiera complementar sus capacidades técnicas, operativas, financieras o de ejecución para la realización de las actividades de
Exploración y Extracción; para lo cual, debe contar con una o más personas Participantes. En estas Asignaciones para Desarrollo Mixto
cualquier parte puede fungir como Operador Petrolero.
Artículo 37. La Secretaría de Energía, de manera excepcional, puede celebrar Contratos para la Exploración y Extracción de
Hidrocarburos, para lo anterior, debe expedir previamente los lineamientos que regulen su procedimiento de licitación. De la misma forma
deben observarse los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el ámbito de su competencia.
Los Contratos para la Exploración y Extracción deben establecer invariablemente que los Hidrocarburos en el Subsuelo son propiedad de
la Nación.
18 Artículo 5. Para los efectos de esta Ley se entiende, en singular o plural, por:
[…]
XIX. Exploración: Actividad o conjunto de actividades que se valen de métodos directos e indirectos, incluyendo entre otras, la
perforación de pozos, encaminadas a la identificación, descubrimiento y evaluación de Hidrocarburos en el Subsuelo, en un área
definida;
XX. Extracción: Actividad o conjunto de actividades destinadas a la producción de Hidrocarburos, incluyendo entre otras, la perforación
de pozos de producción, la inyección y la estimulación de yacimientos, la recuperación mejorada, la Recolección, el acondicionamiento y
separación de Hidrocarburos, la eliminación de agua y sedimentos, dentro del Área Contractual o de Asignación, así como la
construcción, localización, operación, uso, abandono y desmantelamiento de instalaciones para la producción;
[…]
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48.
En otro orden de ideas, el diverso artículo 73, fracciones X y XXIX, numeral 2º, de la Constitución
federal dispone que el Congreso de la Unión tiene facultad para legislar en toda la República, entre
otras cuestiones, sobre hidrocarburos, y para establecer contribuciones sobre el aprovechamiento y
explotación de los recursos naturales detallados en el artículo 27, párrafo cuarto.
49.
En términos del marco constitucional y legal relatado, resulta claro para esta Suprema Corte de Justicia
de la Nación que los recursos naturales, tales como el petróleo y los hidrocarburos, son bienes del
dominio de la Nación. Asimismo, las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos
constituyen un área estratégica del Estado Mexicano, por tanto, solamente éste pude llevarlas a cabo
—sin que ello constituya un monopolio—, si bien no pueden otorgarse concesiones, se prevé la
posibilidad de realizar las actividades de exploración y extracción en dos vías, la primera consiste en
otorgar asignaciones a Petróleos Mexicanos y participantes, mientras que la segunda implica la
celebración de contratos con las personas contratistas.
VII.1.2. Sistema Eléctrico Nacional
50.
El artículo 27, párrafo sexto, de la Constitución Política del país en lo que concierne a la materia
eléctrica señala que corresponde a la Nación, la planeación y control del sistema eléctrico nacional, así
como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, respecto de las cuales
dispone que no se otorgarán concesiones, asimismo, delega a la ley la regulación sobre la participación
de los particulares en dicha área en tanto esta no prevalezca sobre la empresa pública del Estado
correspondiente.
51.
En relación con lo anterior, debe tenerse en consideración que el artículo 25, primer párrafo, de la
Constitución federal dispone que al Estado corresponde la rectoría del desarrollo nacional para
garantizar que éste sea integral y sustentable, mientras que, de una interpretación sistémica de los
artículos 25, quinto párrafo, y 28, cuarto párrafo, ambos del mismo ordenamiento constitucional, se
deriva que la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, y del servicio público de
transmisión y distribución de energía eléctrica constituyen un área estratégica del Estado
Mexicano, que el sector público ejerce de manera exclusiva, sin que ello constituya un monopolio.
52.
Asimismo, el artículo 28, párrafo noveno, de la Constitución federal establece que el Poder Ejecutivo
Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir y supervisar la política energética del
país, llevará a cabo la regulación técnica y económica en materia energética, tal dependencia, en
términos de los artículos 26, fracción IX, y 33, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal19 es la Secretaría de Energía.
53.
El artículo 1 de la Ley del Sector Eléctrico20 señala que esta norma tiene por objeto regular la
planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, el servicio público de transmisión y distribución
de energía eléctrica, así como las demás actividades del sector eléctrico.
54.
Adicionalmente, el artículo 2 de la Ley del Sector Eléctrico21 señala que el secretor eléctrico comprende
las actividades de generación, almacenamiento, transmisión, distribución y comercialización de la
energía eléctrica, así como la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, estos últimos
en conjunto con el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica,
constituyen áreas estratégicas del Estado Mexicano.
19 Artículo 26. Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes
Secretarías:
[…]
IX. Secretaría de Energía;
[…]
Artículo 33. A la Secretaría de Energía le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Establecer, conducir y coordinar la política energética del país, así como supervisar su cumplimiento con prioridad en la seguridad y
diversificación energéticas, el ahorro de energía y la protección del medio ambiente, para lo cual podrá, entre otras acciones y en
términos de las disposiciones aplicables, coordinar, realizar y promover programas, proyectos, estudios e investigaciones sobre las
materias de su competencia;
[…]
20 Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25, párrafos cuarto y quinto; 27, párrafo sexto y 28, párrafo cuarto, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de orden público e interés social y tiene por objeto regular la planeación y el
control del Sistema Eléctrico Nacional, el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como las demás
actividades del sector eléctrico.
[…]
21 Artículo 2. El sector eléctrico comprende las actividades de generación, almacenamiento, transmisión, distribución y comercialización de
la energía eléctrica, así como, la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, la operación del Mercado Eléctrico Mayorista, y la
proveeduría de insumos primarios para el sector eléctrico. Las actividades del sector eléctrico son de interés público.
La planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así como el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica
son áreas estratégicas exclusivas del Estado.
El Suministro Básico es una actividad estratégica para el desarrollo nacional que debe contribuir con proveer al pueblo de los Estados
Unidos Mexicanos de electricidad al menor precio posible.
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55.
Para ello, el artículo 7 de la Ley del Sector Eléctrico22 dispone que las actividades del sector eléctrico
son de jurisdicción federal, y en los casos en que exista concurrencia, prevalece la jurisdicción federal.
56.
En otro orden de ideas, el diverso artículo 73, fracciones X y XXIX, numeral 2º, de la Constitución
federal dispone que el Congreso de la Unión tiene facultad para legislar en toda la República, entre
otras cuestiones, sobre energía eléctrica, y para establecer contribuciones especiales sobre energía
eléctrica.
57.
En términos del marco constitucional y legal relatado, resulta claro para esta Suprema Corte de Justicia
de la Nación que la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de
transmisión y distribución de energía eléctrica, constituyen un área estratégica del Estado Mexicano, por
tanto, solamente éste puede llevarlas a cabo —sin que ello constituya un monopolio—.
VII.1.3. Asentamientos humanos y ordenamiento territorial
58.
Por otra parte, como la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha reconocido en asuntos como la
controversia constitucional 19/201723, la regulación del dominio del suelo tiene sustento en el artículo
27, párrafo tercero, de la Constitución Política del país, precepto que dispone que la Nación tendrá24, en
todo tiempo, el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público,
así como el de regular en beneficio social el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles
de apropiación con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su
conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la
población rural y urbana, por lo que se deben dictar las medidas necesarias para ordenar los
asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de
tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación,
conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.
59.
Dados los múltiples aspectos que intervienen en la materia de asentamientos humanos y desarrollo
urbano, se ha hecho necesario que en la planeación para el crecimiento de los centros de población
intervengan los diversos órdenes de gobierno, lo que ha quedado evidenciado en el artículo 73,
fracción XXIX-C, de la Constitución Política del país que faculta al Congreso de la Unión a expedir
leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, entidades federativas25, de los municipios
y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus
respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos.
60.
El reconocimiento de concurrencia en la materia de desarrollo urbano y asentamientos humanos
también queda evidenciado en el artículo 115, fracción V, de la Constitución Política de país, en el
que se faculta a los municipios a, entre otras cosas, formular, aprobar y administrar la zonificación y
planes de desarrollo urbano municipal, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su
competencia, en sus jurisdicciones territoriales y otorgar licencias y permisos para construcciones. Lo
anterior —precisa el artículo— de conformidad con los términos establecidos en las leyes
federales y Estatales relativas.
61.
Pues bien, dicha concurrencia en la materia quedó plasmada en la Ley General de Asentamientos
Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano expedida por el Congreso de la Unión y
publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, la cual ya
ha sido analizada por este Pleno en asuntos como la controversia constitucional 19/2017 ya referida.
22 Artículo 7. Las actividades del sector eléctrico son de jurisdicción federal, en los casos que exista concurrencia prevalece la jurisdicción
federal. Las autoridades administrativas y jurisdiccionales deben proveer lo necesario para que no se interrumpan dichas actividades.
23
Resuelto en sesión de Pleno de cuatro de febrero de dos mil veintiuno, por unanimidad de once votos de por unanimidad de once votos
de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales,
Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y Presidente Zaldívar Lelo de Larrea.
24
Artículo 27. […] La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés
público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con
objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el
mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para
ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto
de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población;
para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley
reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para
el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la
destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.
25
Artículo 73. El Congreso tiene facultad: […]
XXIX-C. Para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de las entidades federativas, de los Municipios y,
en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de
asentamientos humanos, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, así como en
materia de movilidad y seguridad vial;
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62.
Del arreglo competencial previsto en dicha legislación, y para efectos del presente asunto, resalta el
artículo 23 en el que se dispone que la planeación y regulación del ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos y del desarrollo urbano se sujetará, entre otros, a la estrategia nacional de
ordenamiento territorial, los programas estatales de ordenamiento territorial y desarrollo urbano y los
planes o programas municipales de desarrollo urbano26. Planes que se regirán por lo dispuesto a la
misma ley y por la legislación estatal correspondiente, y que deben de guardar congruencia,
coordinación y ajuste.
63.
En esta distribución competencial también es de señalarse que mientras el artículo 8 señala que le
corresponde a la Federación la formulación y conducción general de la política nacional de
asentamientos humanos, así como el ordenamiento territorial27; el artículo 10 faculta a las entidades
federativas a formular su programa estatal de desarrollo urbano, legislar sobre la materia, así como a
emitir los lineamientos a los que habrán de sujetarse las autorizaciones, licencias o permisos de uso del
suelo, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones, condominios y cualquier
otra acción urbanística dentro de jurisdicciones territoriales28.
64.
Por su parte el artículo 11 otorga a los municipios la facultad para formular su programa de desarrollo
urbano, así como para regular, controlar y vigilar las reservas, usos del suelo y destinos de áreas y
predios y expedir las autorizaciones, licencias o permisos de las diversas acciones urbanísticas de
conformidad con la legislación general y local correspondiente29.
65.
De ahí que, como haya reconocido este Pleno en la controversia constitucional 19/2017, en materia
de asentamientos humanos y desarrollo urbano, los estados y municipios gozan de una intervención
real y efectiva dentro de la naturaleza constitucional concurrente en la materia, sin que las facultades
federales puedan ejercerse de tal manera que desconozcan la necesaria participación que debe existir
por parte de las autoridades locales en el sector.
VII.1.4. Facultades municipales en materia tributaria
66.
Por último, es fundamental destacar que el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política del país,
establece que los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los
rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las
legislaturas establezcan a su favor y en todo caso:
a)
Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre
la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora, así
como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
26
Artículo 23. La planeación y regulación del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de los
Centros de Población, se llevarán a cabo sujetándose al Programa Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a través
de:
I. La estrategia nacional de ordenamiento territorial;
II. Los programas estatales de ordenamiento territorial y Desarrollo Urbano;
III. Los programas de zonas metropolitanas o conurbaciones;
IV. Los planes o programas municipales de Desarrollo Urbano, y
V. Los planes o programas de Desarrollo Urbano derivados de los señalados en las fracciones anteriores y que determinen esta Ley y la
legislación estatal de Desarrollo Urbano, tales como los de Centros de Población, parciales, sectoriales, esquemas de planeación
simplificada y de centros de servicios rurales
27
Artículo 8. Corresponden a la federación, a través de la Secretaría las atribuciones siguientes:
I. Formular y conducir la política nacional de asentamientos humanos, así como el ordenamiento territorial, en coordinación con otras
dependencias de la Administración Pública Federal;
II. Formular el proyecto de estrategia nacional de ordenamiento territorial con la participación de las dependencias del Poder Ejecutivo
Federal, con las entidades federativas y los municipios; […]
28
Artículo 10. Corresponde a las entidades federativas:
I. Legislar en materia de asentamientos humanos, Desarrollo Urbano y ordenamiento territorial, así como para la planeación, gestión,
coordinación y desarrollo de las conurbaciones y zonas metropolitanas, en sus jurisdicciones territoriales, atendiendo a las facultades
concurrentes previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en lo dispuesto por esta Ley; […]
IX. Establecer las normas conforme a las cuales se efectuará la evaluación del impacto urbano y territorial de las obras o proyectos que
generen efectos significativos en el territorio; las cuales deberán estar incluidas en los planes de Desarrollo Urbano; […]
XXV. Establecer en las leyes y reglamentos de la materia, los lineamientos a los que habrán de sujetarse las autorizaciones, licencias o
permisos relacionados con las diferentes acciones urbanísticas, en las cuales se debe prever por lo menos las formalidades y requisitos,
procedimientos, causas de improcedencia, tiempos de respuesta, medios de impugnación, medidas de seguridad y sanciones, causas de
revocación y efectos para la aplicación de afirmativas o negativas fictas, tendientes a garantizar la seguridad jurídica y la máxima
transparencia en los actos de autoridad en la materia;
29
Artículo 11. Corresponde a los municipios:
I. Formular, aprobar, administrar y ejecutar los planes o programas municipales de Desarrollo Urbano, de Centros de Población y los
demás que de éstos deriven, adoptando normas o criterios de congruencia, coordinación y ajuste con otros niveles superiores de
planeación, las normas oficiales mexicanas, así como evaluar y vigilar su cumplimiento;
II. Regular, controlar y vigilar las Reservas, Usos del Suelo y Destinos de áreas y predios, así como las zonas de alto riesgo en los
Centros de Población que se encuentren dentro del municipio;
III. Formular, aprobar y administrar la Zonificación de los Centros de Población que se encuentren dentro del municipio, en los términos
previstos en los planes o programas municipales y en los demás que de éstos deriven; […]
VIII. Celebrar con la Federación, la entidad federativa respectiva, con otros municipios, Demarcaciones Territoriales o con los
particulares, convenios y acuerdos de coordinación y concertación que apoyen los objetivos y prioridades previstos en los planes o
programas municipales de Desarrollo Urbano, de Centros de Población y los demás que de éstos deriven;
XI. Expedir las autorizaciones, licencias o permisos de las diversas acciones urbanísticas, con estricto apego a las normas jurídicas
locales, planes o programas de Desarrollo Urbano y sus correspondientes Reservas, Usos del Suelo y Destinos de áreas y predios: […]
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Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de
algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.
b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los Municipios con arreglo
a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las Legislaturas de los Estados.
c)
Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
67.
Asimismo, la norma constitucional dispone que los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia,
propondrán a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos,
contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de
base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
68.
En ese sentido, la fracción V, del citado artículo 115 constitucional señala que los municipios, en los
términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para:
a)
Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, así
como los planes en materia de movilidad y seguridad vial.
b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales.
c)
Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en
concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los estados
elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios.
d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales.
e)
Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana.
f)
Otorgar licencias y permisos para construcciones.
g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y
aplicación de programas de ordenamiento en esta materia.
h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros
cuando aquellos afecten su ámbito territorial.
i)
Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.
69.
Además, de acuerdo con el último párrafo de la fracción VI del artículo 115 constitucional, en lo
conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de la
Constitución Política del país, los municipios expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas
que fueren necesarios. De igual forma, los bienes inmuebles de la Federación ubicados en los
municipios estarán exclusivamente bajo la jurisdicción de los poderes federales, sin perjuicio de
los convenios que puedan celebrar en términos del inciso i), antes transcrito.
VII.2. Análisis de la norma impugnada
70.
Expuesto el anterior marco normativo, se procede al análisis de la norma impugnada, por lo que a
continuación, se trascribe el texto del artículo 23 de la Ley de Ingresos del Municipio de Candela,
Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CANDELA, COAHUILA DE ZARAGOZA, PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2025
Artículo 23. Con base en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y la Ley del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de Coahuila de Zaragoza, son objeto de estos derechos, los
servicios prestados por las autoridades municipales por concepto de:
I.- Por la expedición de Licencia de Funcionamiento de las centrales productoras de energía termoeléctrica,
térmica solar, hidroeléctrica, eólica, fotovoltaica, aerogeneradores o similares, así como de las edificaciones para
la extracción del gas de lutitas o gas shale, gas natural y gas no asociado y los pozos para la extracción de
cualquier hidrocarburo, se cobrará anualmente la siguiente tarifa:
1.- Edificaciones para la extracción de gas de lutitas o gas shale $37,649.00 por cada unidad.
2.- Edificación productora de energía termoeléctrica, térmica solar, hidroeléctrica, eólica, fotovoltaica,
aerogenerador o similares $37,649.00 por cada aerogenerador o unidad.
3.- Edificación para la extracción de Gas Natural $37,649.00 por cada unidad.
4.- Edificación para la extracción de Gas No Asociado $37,649.00 por cada unidad.
5.- Por perforación en pozos verticales y direccionales en el área específica a yacimientos convencionales (Roca
Reservorio) en trampas estructurales en el que se encuentre el hidrocarburo $36,553.00 por cada pozo.
6.- Por perforación de pozo para la extracción de cualquier hidrocarburo $37,649.00 por cada pozo.
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71.
Del artículo transcrito se observa que el legislador local dispuso el cobro de un derecho por la
expedición de licencias de funcionamiento de: 1) edificaciones para la extracción de gas de lutitas o
gas shale, 2) edificaciones productoras de energía termoeléctrica, térmica solar, hidroeléctrica, eólica,
fotovoltaica, aerogenerador o similares, 3) edificaciones para la extracción de gas natural,
4) edificaciones para la extracción de gas no asociado, 5) perforaciones en pozos verticales y
direccionales en un área específica a yacimientos convencionales en trampas estructurales
y 6) perforaciones de pozos para la extracción de cualquier otro hidrocarburo.
72.
De la lectura de la norma impugnada, esta Suprema Corte de Justicia de la Nación llega a la conclusión
que los argumentos expuestos son fundados, de ahí que debe declararse la invalidez de las fracciones
bajo escrutinio.
73.
Si bien es cierto que existe una facultad constitucionalmente conferida a los Municipios para imponer
gravámenes a la propiedad inmobiliaria, a través del otorgamiento de licencias o permisos de
construcción, sin embargo, en el caso, la disposición en estudio no establece licencias para la
construcción, sino que establece el pago anual de una licencia de funcionamiento para edificaciones o
perforaciones que tienen como finalidad la exploración y extracción de hidrocarburos o la generación de
energía eléctrica.
74.
En otras palabras, no se establece el cobro de una licencia para construir, el cual, por su propia
naturaleza tendría que ser único —se paga y se construye—, sino una licencia anual para el
funcionamiento de inmuebles u obras avocadas a las actividades mencionadas.
75.
Es por ello que, contrario a lo señalado por el Congreso y el Gobierno del estado de Coahuila de
Zaragoza, la fracción V del artículo 115 no puede ser fundamento para analizar la constitucionalidad de
esta norma.
76.
Ahora, habiendo identificado que la norma sí regula las actividades de exploración y extracción de
hidrocarburos, así como de generación de energía, es de concluir que, conforme al marco constitucional
establecido en líneas anteriores, el Congreso local estableció un derecho sobre áreas estratégica del
Estado Mexicano. Por un lado, la Nación ostenta el dominio directo del petróleo y todos los carburos de
hidrógeno, mientras que corresponde al Congreso de la Unión legislar en toda la República sobre
hidrocarburos.
77.
Para realizar la explotación de dicho recurso, se encomienda al Estado su rectoría económica, para lo
cual, en términos de la propia Constitución, se prevé que el Gobierno Federal mantendrá la propiedad y
el control sobre los organismos y empresas públicas del Estado que en su caso se establezcan.
78.
Conforme a lo anterior es de concluirse que el Estado mantiene el dominio originario, inalienable e
imprescriptible sobre la exploración y extracción de hidrocarburos. Por su parte, si bien las normas
constitucionales dejan entrever que existe la posibilidad de otorgar autorizaciones para que particulares
o sociedades constituidas realicen el uso o aprovechamiento de ciertos recursos naturales, como los
hidrocarburos, dicha actividad se llevará a cabo bajo la supervisión del Estado.
79.
Lo anterior es desarrollado por la Ley del Sector Hidrocarburos expedida por el Congreso de la Unión
mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de marzo de dos mil
veinticinco. En su artículo 6 se establece que las actividades de exploración y extracción se consideran
estratégicas en los términos del artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política del país y,
además, que sólo pueden ser llevadas a cabo por la Nación, por conducto de las personas Asignatarias
y Contratistas30. Al respecto, la encargada de otorgar esas asignaciones, así como de celebrar los
contratos correspondientes, es la Secretaría de Energía31.
30 Artículo 6. Las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos, a que se refiere la fracción I del artículo 3 de esta Ley, se
consideran estratégicas en los términos del párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sólo la Nación las lleva a cabo, por conducto de personas Asignatarias y Contratistas, en términos de la presente Ley.
Las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, así como las actividades referidas en las fracciones II a V del artículo 3 de
esta Ley, pueden llevarse a cabo por Petróleos Mexicanos, cualquier otra empresa pública del Estado o entidad paraestatal, así como
por cualquier persona, previa autorización o permiso, según corresponda, en los términos de la presente Ley y de las disposiciones
reglamentarias, técnicas y de cualquier otra regulación que se expida.
31 Artículo 10. La Secretaría de Energía es la encargada de otorgar las Asignaciones a Petróleos Mexicanos, bajo las siguientes
modalidades:
I. Asignaciones para Desarrollo Propio, y
II. Asignaciones para Desarrollo Mixto.
Artículo 37. La Secretaría de Energía, de manera excepcional, puede celebrar Contratos para la Exploración y Extracción de
Hidrocarburos, para lo anterior, debe expedir previamente los lineamientos que regulen su procedimiento de licitación. De la misma forma
deben observarse los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el ámbito de su competencia.
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80.
En el caso, si bien la norma impugnada no dispone literalmente el cobro por el otorgamiento de
autorizaciones para la explotación de hidrocarburos, sí prevé el pago por el otorgamiento de licencias
de funcionamiento para la edificación para la extracción de gas natural y gas no asociado, la perforación
en pozos verticales y direccionales en el área específica a Yacimientos Convencionales (Roca
Reservorio) en Trampas Estructurales en el que se encuentre el hidrocarburo, así como para la
perforación de pozo para cualquier hidrocarburo.
81.
Tal regulación genera que a la hacienda municipal se enterarán montos con motivo de la expedición de
estas licencias por cualquiera de esos supuestos, los cuales se relacionan directamente con
las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, entendida a la primera como la o las
actividades que se valen de métodos directos e indirectos incluyendo, entre otras, la perforación de
pozos, encaminadas a la identificación, descubrimiento y evaluación de hidrocarburos en el subsuelo,
en un área definida, y a la segunda como la o las actividades destinadas a la producción de
hidrocarburos, incluyendo la perforación de pozos de producción, todo ello en términos del artículo 5,
fracciones XIX y XX, de la Ley del Sector Hidrocarburos32.
82.
Conforme a lo expuesto, si la norma en análisis tiene como consecuencia el cobro a los contribuyentes
por parte del municipio de un ámbito reservado a la Federación, como lo es la edificación para la
extracción de hidrocarburos y la perforación de pozos, resulta claro que el legislador invadió las
facultades de ésta, por lo que los numerales 1, 3, 4, 5 y 6 en estudio resultan inconstitucionales.
83.
A mayor abundamiento, no debe perderse de vista que el numeral 5 impugnado, señala expresamente
que la licencia de funcionamiento grava la edificación de pozos “en el área específica a Yacimientos
Convencionales (Roca Reservorio) en Trampas Estructurales en el que se encuentre el hidrocarburo”.
Esto es relevante en la medida en que tales reservorios se definen como una acumulación de
hidrocarburos en un medio poroso permeable constituido por rocas sedimentarias. Así, la presencia
de un reservorio implica la formación y migración de hidrocarburos y su posterior acumulación en una
trampa geológica33.
84.
Lo anterior evidencia que el ámbito sobre el que legisló el Congreso del Estado de Coahuila se vincula
con recursos que se ubican en yacimientos localizados en el subsuelo.
85.
De igual manera, el numeral 2 del artículo impugnado es inconstitucional porque el legislador
coahuilense carece de competencia para regular la expedición de licencias de funcionamiento en
materia de energía eléctrica.
86.
En relación con la facultad de legislar en materia de energía eléctrica, las fracciones X y XXIX, numeral
5, inciso a), del artículo 73 de la Constitución Federal ya citadas, señalan que el Congreso de la Unión
tiene facultad para legislar en toda la república sobre energía eléctrica y para establecer contribuciones
especiales sobre esa materia.
87.
En ejercicio de esa atribución se expidió la Ley del Sector Eléctrico, reglamentaria de los artículos 25,
párrafos cuarto y quinto, 27, párrafo sexto y 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política del país, y
cuyo objeto es regular la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, el Servicio Público de
Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como las demás actividades del sector34.
88.
Para lo que interesa destacar en este asunto, en dicho ordenamiento se establece que el sector
eléctrico comprende las actividades de generación, almacenamiento, transmisión, distribución y
comercialización de la energía eléctrica, así como la planeación y el control del Sistema Eléctrico
Nacional, la operación del Mercado Eléctrico Mayorista y la proveeduría de insumos primarios para el
sector eléctrico (artículo 2o.)35; que las actividades del sector eléctrico son de jurisdicción federal y que
32 “ Artículo 5. Para los efectos de esta Ley se entiende, en singular o plural, por:
[…]
XIX. Exploración: Actividad o conjunto de actividades que se valen de métodos directos e indirectos, incluyendo entre otras, la
perforación de pozos, encaminadas a la identificación, descubrimiento y evaluación de Hidrocarburos en el Subsuelo, en un área
definida;
XX. Extracción: Actividad o conjunto de actividades destinadas a la producción de Hidrocarburos, incluyendo entre otras, la perforación
de pozos de producción, la inyección y la estimulación de yacimientos, la recuperación mejorada, la Recolección, el acondicionamiento y
separación de Hidrocarburos, la eliminación de agua y sedimentos, dentro del Área Contractual o de Asignación, así como la
construcción, localización, operación, uso, abandono y desmantelamiento de instalaciones para la producción; […].”
33 Lugo
Hubp,
J.,
(2011)
Diccionario
geomorfológico,
UNAM
y
el
Instituto
de
Geografía,
consultable
en:
http://www.publicaciones.igg.unam.mx/index.php/ig/catalog/book/32
34 Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25, párrafos cuarto y quinto; 27, párrafo sexto y 28, párrafo cuarto, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de orden público e interés social y tiene por objeto regular la planeación y el
control del Sistema Eléctrico Nacional, el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, así como las demás
actividades del sector eléctrico.”
35 “Artículo 2. El sector eléctrico comprende las actividades de generación, almacenamiento, transmisión, distribución y comercialización de
la energía eléctrica, así como, la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, la operación del Mercado Eléctrico Mayorista, y la
proveeduría de insumos primarios para el sector eléctrico. Las actividades del sector eléctrico son de interés público. […].”
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en los casos en que exista concurrencia, prevalece la jurisdicción federal (artículo 7o.)36; que a la
Secretaría de Energía le corresponde establecer, conducir y coordinar la política energética del país en
materia de energía eléctrica y llevar a cabo la regulación técnica y económica (artículo 10, fracciones I,
II y VI)37; y que la Comisión Nacional de Energía está facultada para otorgar los permisos a los que se
refiere la ley –con excepción de las autorizaciones de importación y exportación cuya autorización
corresponde a la Secretaría– y resolver sobre su modificación, revocación, cesión, prórroga o
terminación (artículos 11, fracción I y 21)38;
89.
A la luz de lo anterior, se concluye también que la competencia para legislar en materia de energía
eléctrica corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión; regulación que, como se advierte de la
Ley del Sector Eléctrico, incluye lo relativo a la generación de energía eléctrica por parte de los
particulares.
90.
En el presente caso, esta Suprema Corte de Justicia de la Nación advierte que si la norma en análisis
tiene como consecuencia el cobro a las personas contribuyentes por parte del Municipio de dos ámbitos
reservados a la Federación, los cuales no tienen sustento en un sistema normativo de coordinación
entre los niveles de gobierno, como lo es el otorgamiento de licencias para el funcionamiento de
edificaciones y perforaciones avocadas a la exploración y extracción de hidrocarburos y a la generación
de energía eléctrica, resulta claro que el legislador local invadió las facultades de ésta, por lo que las
fracciones en estudio resultan inconstitucionales.
91.
De conformidad con los anteriores razonamientos, lo procedente es declarar la invalidez del artículo
23 de la Ley de Ingresos del Municipio de Candela, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025.
92.
En similares términos fueron resueltas por este Tribunal Pleno las controversias constitucionales
98/2025, 101/2025, 102/2025, 103/2025, 107/2025, 108/2025, 110/2025, 112/2025, 116/2025,
119/2025, 121/2025, 128/2025 y 130/2025.
VIII. EFECTOS
93.
El artículo 73, en relación con los artículos 41, 43, 44 y 45 de la ley reglamentaria de la materia, señalan
que las sentencias deben contener los alcances y efectos de estas, así como fijar con precisión los
órganos obligados a cumplirla, las normas generales respecto de las cuales opere y todos aquellos
elementos necesarios para su plena eficacia en el ámbito que corresponda. Además, se debe fijar la
fecha a partir de la cual la sentencia producirá sus efectos.
94.
Declaratoria de invalidez: En atención a las consideraciones desarrolladas en el anterior apartado, se
declara la invalidez del artículo 23 de la Ley de Ingresos del Municipio de Candela, Coahuila de
Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025.
95.
Fecha a partir de la cual surtirá efectos la declaratoria general de invalidez: Conforme a lo
dispuesto por el artículo 45, párrafo primero, de la ley reglamentaria de la materia, esta resolución y la
declaratoria de invalidez surtirán efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso
del estado de Coahuila de Zaragoza.
36 “Artículo 7. Las actividades del sector eléctrico son de jurisdicción federal, en los casos que exista concurrencia prevalece la jurisdicción
federal. Las autoridades administrativas y jurisdiccionales deben proveer lo necesario para que no se interrumpan dichas actividades.”
37
“Artículo 10. A la Secretaría le corresponde:
I. Establecer, conducir y coordinar la política energética del país en materia de energía eléctrica;
II. Llevar a cabo la regulación técnica y económica, así como sancionar en materia energética;
[…]
VI. Coordinar a la CNE, el CENACE y el Centro Nacional de Control del Gas Natural, y las demás autoridades relevantes para el sector
eléctrico; […]”.
38
“Artículo 11. La CNE está facultada para:
I. Otorgar los permisos a los que se refiere esta Ley, con excepción de las autorizaciones de importación y exportación, considerando los
criterios de planeación vinculante del Sistema Eléctrico Nacional establecidos por la Secretaría, y resolver sobre su modificación,
revocación, cesión, prórroga o terminación; […].”
“Artículo 21. Todas las Centrales Eléctricas con permiso de generación que participen en el Mercado Eléctrico Mayorista deben ser
representadas por una Generadora Participante del Mercado Eléctrico Mayorista, de acuerdo con lo establecido en las Reglas del
Mercado y la regulación aplicable.
Los permisionarios y sus representantes están obligados al cumplimiento de las Reglas del Mercado. El permisionario o una persona
distinta a él, deben representar la capacidad total de cada Central Eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista en los términos emitidos
por las Reglas del Mercado.”
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96.
Notificaciones: Se deberá notificar la presente resolución al Poder Ejecutivo de la Federación a través
de la Consejería Jurídica, a los Poderes Legislativo y Ejecutivo del estado de Coahuila de Zaragoza, a
la Cámara de Senadores y a la Cámara de Diputados, ambas del Congreso de la Unión, así como al
municipio de Candela del estado de Coahuila de Zaragoza.
IX. DECISIÓN
97.
Por lo antes expuesto, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve:
PRIMERO. Es procedente y fundada la presente controversia constitucional.
SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 23, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de
Candela, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025, expedida mediante el Decreto 145,
publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diecisiete de diciembre de dos mil
veinticuatro.
TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos
puntos resolutivos al Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en los términos precisados en el
apartado VIII de esta determinación.
CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del
Estado de Coahuila de Zaragoza, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Notifíquese mediante oficio a las partes y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto
concluido.
Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
Se aprobó por mayoría de ocho votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo,
Ríos González apartándose de los párrafos del 58 al 69, 73, 74 y del 90 al 93, Esquivel Mossa, Ortiz
Ahlf separándose de los párrafos del 58 al 65, 73, 74, 80 y del 90 al 93, Figueroa Mejía con precisiones,
Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto de declarar la invalidez del artículo 23, fracción I,
numerales 1, 2, 3 y 4, de la Ley de Ingresos del Municipio de Candela, Coahuila de Zaragoza, para el
Ejercicio Fiscal 2025. La señora Ministra Batres Guadarrama votó en contra. La señora Ministra Ríos
González anunció voto concurrente.
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González apartándose de los párrafos del 58 al 69, 73, 74 y del 90 al 93, Esquivel
Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf separándose de los párrafos del 58 al 65, 73, 74, 80 y del 90 al
93, Figueroa Mejía con precisiones, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto de declarar la
invalidez del artículo 23, fracción I, numerales 5 y 6, de la Ley de Ingresos del Municipio de Candela,
Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025. La señora Ministra Ríos González anunció voto
concurrente.
El señor Ministro Presidente Aguilar Ortiz declaró que el asunto se resolvió en los términos precisados.
Doy fe.
Firman el señor Ministro Presidente y el señor Ministro ponente con el Secretario General de Acuerdos,
quien da fe.
Presidente, Ministro Hugo Aguilar Ortiz.- Firmado electrónicamente.- Ponente, Ministro Arístides
Rodrigo Guerrero García.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos, Licenciado Rafael
Coello Cetina.- Firmado electrónicamente.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de veintisiete fojas útiles en las que se
cuenta esta certificación, concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente de la
sentencia emitida en la controversia constitucional 126/2025, promovida por el Poder Ejecutivo Federal,
dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión de once de noviembre de dos
mil veinticinco. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.- Ciudad de
México, a quince de enero de dos mil veintiséis.- Rúbrica.
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VOTO CONCURRENTE
QUE FORMULA LA SEÑORA MINISTRA MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ EN RELACIÓN CON LA
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 126/2025, RESUELTA POR EL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN SESIÓN DEL ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.
1.
En sesión de fecha once de noviembre de dos mil veinticinco, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación resolvió la invalidez del artículo 23, fracción I, numerales 1, 2, 3 y 4 de la Ley de Ingresos
del Municipio de Candela, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticinco, con una
votación por mayoría de ocho votos, con voto en contra de la señora Ministra Batres Guadarrama, y por
unanimidad a la propuesta de invalidez de los numerales 5 y 6 de esa misma fracción.
2.
Si bien, coincido con la declaración de invalidez de la norma impugnada resuelta en la sentencia de
mérito, me separo de lo expuesto en aquellos párrafos que se refieren a la facultad de los municipios
para expedir licencias de construcción y que esto les faculta para expedirlas en actividades relativas a
las materias de hidrocarburos y energía eléctrica, parte del Sistema Eléctrico Nacional.
3.
Como he sostenido en los precedentes derivados de las Controversias Constitucionales 98/2025,
101/2025, 102/2025, 103/2025, 107/2025, 108/2025, 110/2025, 112/2025, 114/2025, 116/2025,
119/2025, 121/2025, 123/2025, 128/2025 y 130/2025, incluso si se tratara formalmente de licencias de
construcción, la intervención municipal es inconstitucional por incidir en una fase técnica vinculada
directamente a actividades estratégicas competencia de la Federación en términos del artículo 73,
fracciones X y XXIX, numerales 2o. y 5o., inciso a, de la Constitución Federal.
4.
Lo anterior, es más evidente a partir de las últimas reformas constitucionales a los artículos 25, párrafo
quinto1, 27, párrafos sexto2 y séptimo3, y 28, párrafo cuarto4 y noveno5 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que en su parte conducente señalan:
Artículo 25. (...)
El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el
artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad
y el control sobre los organismos y empresas públicas del Estado que en su caso se establezcan.
Tratándose de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, y del servicio público de
transmisión y distribución de energía eléctrica, así como de la exploración y extracción de petróleo y
demás hidrocarburos, la Nación llevará a cabo dichas actividades en términos de lo dispuesto por los
párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución. En las actividades citadas la ley
establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimientos
de contratación y demás actos jurídicos que celebren las empresas públicas del Estado, así como el
régimen de remuneraciones de su personal, para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad,
productividad, transparencia y rendición de cuentas, y determinará las demás actividades que podrán
realizar.
(…)
Artículo 27. (…)
En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e
imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los
particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino
mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones
que establezcan las leyes, salvo en radiodifusión y telecomunicaciones, que serán otorgadas por el
Instituto Federal de Telecomunicaciones. Las normas legales relativas a obras o trabajos de
explotación de los minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y
comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia,
independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dará lugar a
la cancelación de éstas. El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y
suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se harán por el Ejecutivo en los casos y condiciones
que las leyes prevean. Tratándose de minerales radiactivos y litio no se otorgarán concesiones.
Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional en
los términos del artículo 28 de esta Constitución, así como el servicio público de transmisión y
1 Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2024.
2 Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2024.
3 Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2024.
4 Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2024.
5 Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2024.
98
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distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones. Las leyes
determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la
industria eléctrica, que en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado,
cuya esencia es cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y accesibilidad del
servicio público de electricidad.
Tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la
propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones. Con el
propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la
Nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás
hidrocarburos mediante asignaciones a empresas públicas del Estado o a través de contratos con
éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria. Para cumplir con el objeto de
dichas asignaciones o contratos las empresas públicas del Estado podrán contratar con particulares.
En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la Nación y así deberá
afirmarse en las asignaciones o contratos.
(…)
Artículo 28. (…)
No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes
áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos, litio y generación de
energía nuclear; el servicio de Internet que provea el Estado; la planeación y el control del sistema
eléctrico nacional, cuyos objetivos serán preservar la seguridad y autosuficiencia energética de la
Nación y proveer al pueblo de la electricidad al menor precio posible, evitando el lucro, para
garantizar la seguridad nacional y soberanía a través de la empresa pública del Estado que se
establezca; así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la
exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos
sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución, respectivamente; así como las actividades que
realicen las empresas públicas del Estado y las que expresamente señalen las leyes que expida el
Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles, tanto para transporte de
pasajeros como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del
artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la
soberanía de la Nación, y al otorgar asignaciones, concesiones o permisos mantendrá o establecerá
el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.
(…)
El Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir y supervisar la
política energética del país, contará con las atribuciones para llevar a cabo la regulación técnica y
económica; así como la facultad sancionadora en materia energética y de hidrocarburos, en los
términos que determine la ley.
5.
Así pues, corresponde a la Federación, a través del Congreso de la Unión y del Titular del Poder
Ejecutivo Federal, expedir la normativa que debe aplicarse para dar cumplimiento a dichos preceptos.
Así se ha hecho, pues se han expedido la Ley del Sector Eléctrico, la Ley del Sector Hidrocarburos, la
Ley de Planeación y Transición Energética, a las que debe agregarse la Ley de la Agencia Nacional de
Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
6.
Todas las leyes federales antes citadas tienen por objeto la regulación técnica y económica en materia
energética. Para el caso en particular, la autorización de licencias de construcción implica
necesariamente regulación técnica que no puede ser ejercida por los municipios. A mayor
abundamiento el artículo séptimo de la Ley del Sector Eléctrico señala que “en los casos que exista
concurrencia prevalece la jurisdicción federal”, por lo que aún en el supuesto de que los municipios
pudieran tener alguna facultad para expedir licencias de construcción, esta facultad se encuentra
limitada respecto de las materias de hidrocarburos y energía eléctrica.
7.
De igual forma, toda normativa estatal o municipal, por ejemplo, que busque regular o establecer cobros
por servicios, emisión de licencias de construcción o licencias de funcionamiento que invoquen o hagan
mención de las materias de hidrocarburos o energía eléctrica, o los componentes que integren su
cadena de valor, es inconstitucional.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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8.
Por estas razones, en la Controversia Constitucional en que se actúa, me aparto de la interpretación
que se hace del artículo 115, fracción V, incisos d, f y g, de la Constitución General, que a la letra
establece:
Artículo 115 constitucional
(…)
V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados
para:
(…)
d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales;
(…)
f) Otorgar licencias y permisos para construcciones;
g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración
y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;
(…)
9.
Claro es, que si bien, de acuerdo lo establecido en los incisos d, f y g de la norma arriba transcrita, los
municipios cuentan, entre otras, con la facultad para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo;
otorgar licencias y permisos para construcciones, así como para participar en la creación y
administración de zonas de reservas ecológicas, éstas están limitadas por lo que disponen la leyes
federales; así lo expresa claramente el primer párrafo de la fracción V del artículo 115 constitucional, en
el sentido de que las leyes federales están facultadas para delimitar, la competencia de los municipios
en las áreas relacionadas con las materias de hidrocarburos y energía eléctrica. En este sentido, las
leyes federales, en concordancia con los preceptos constitucionales ya citados, establecen que
compete exclusivamente a la Federación, la regulación e incluso el cobro de contribuciones relativas a
las materias de hidrocarburos, incluida la cadena de valor y todas aquellas relacionadas con el Sistema
Eléctrico Nacional.
10.
A mayor abundamiento, mientras que el artículo 124 constitucional establece que las facultades que no
están expresamente concedidas por la Constitución a la Federación se entienden reservadas a las
entidades federativas, también precisa que dicha reserva a favor de los estados lo es dentro del ámbito
de sus respectivas competencias.
11.
Reitero lo expresado ante el Pleno, las leyes federales establecen que los permisos para las actividades
relacionadas con la comercialización de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos en territorio
nacional, corresponden a la Federación, al igual que la revisión previa del cumplimiento a las
especificaciones técnicas y de diseño sobre las instalaciones.
12.
Por lo anterior, me aparto de los párrafos 58 a 69, 73 y 74 de la sentencia de mérito, ya que la
intervención municipal es inconstitucional por incidir en una fase técnica vinculada directamente a
actividades estratégicas, sin importar su naturaleza, la materia de hidrocarburos o energía eléctrica son
facultad exclusiva de la federación.
13.
Por lo anterior, coincido que es inconstitucional el artículo 23 fracción I, numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la
Ley de Ingresos del Municipio de Candela, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal dos mil
veinticinco, por los razonamientos jurídicos distintos a los sostenidos en la sentencia, tal como se ha
destacado en el presente voto.
Ministra María Estela Ríos González.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos,
Licenciado Rafael Coello Cetina.- Firmado electrónicamente.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de tres fojas útiles, concuerda fiel y
exactamente con el original firmado electrónicamente del voto concurrente de la señora Ministra María Estela
Ríos González, formulado en relación con la sentencia del once de noviembre de dos mil veinticinco, dictada
por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la controversia constitucional 126/2025,
promovida por el Poder Ejecutivo Federal. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial
de la Federación.- Ciudad de México, a quince de enero de dos mil veintiséis.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de
México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo
de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.7228 M.N. (diecisiete pesos con siete mil doscientos veintiocho
diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de
Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José
Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones Internacionales,
Lic. Luis Murray Arriaga.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez
Martínez.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días
obtenida el día de hoy, fue de 7.3187%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3627%; y a plazo
de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.4268%.
Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de
Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José
Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones Internacionales,
Lic. Luis Murray Arriaga.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez
Martínez.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda
nacional determinada el día de hoy, fue de 7.06 por ciento.
Ciudad de México, a 2 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de
Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José
Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Subgerente de Instrumentación de Operaciones Internacionales,
Lic. Luis Murray Arriaga.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez
Martínez.- Rúbrica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
ACUERDO SRG/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala
Regional en Guerrero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Sala Regional en Guerrero.
ACUERDO: SRG/01/2026
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES EN LA SALA REGIONAL EN GUERRERO
Acapulco, Guerrero, a veintidós de febrero de dos mil veintiséis. Con fundamento en los artículos 365
del Código Federal de Procedimientos Civiles; Segundo Transitorio, párrafo segundo, del Decreto por el que
se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos legales, en materia de homologación
normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 14 de noviembre de 2025, de aplicación supletoria a la materia contenciosa administrativa,
conforme lo dispuesto en el numeral 1o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;
primero y segundo del Acuerdo SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de
labores en las Salas Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, por el Pleno General de la
Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los numerales 33, fracciones V y XII,
de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; 57 y 59 del Reglamento Interior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con motivo de la ola de violencia registrada en el país el día de
hoy, que repercutió en eventos de inseguridad en diversos puntos de la ciudad y el bloqueo de la Autopista del
Sol, a fin de salvaguardar la seguridad e integridad de las personas servidoras públicas de las Salas, litigantes
y personal externo; se
ACUERDA
Primero.- Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Guerrero de este
Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la
normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Segundo.- Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por conducto de
la Secretaria Particular o de la Secretaría General de Acuerdos.
Tercero.- Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes de
esta Sala Regional en Guerrero.
CÚMPLASE.- Así lo proveyó y firma la Magistrada Graciela Buenrostro Peña, Presidente de la Sala
Regional en Guerrero, ante la Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.
Presidente de la Sala Regional en Guerrero, Mag. Graciela Buenrostro Peña.- Rúbrica.- Secretaria de
Acuerdos, Licenciada Gina Ibarra Quevedo.- Rúbrica.
(R.- 573310)
ACUERDO MCRM/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en las Salas
Regionales en Veracruz del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de fuerza mayor.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Salas Regionales en Veracruz.- MCRM/01/2026.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES EN LAS SALAS REGIONALES EN VERACRUZ DEL
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR
Xalapa de Enriquez, Veracruz, a veintidós de febrero de dos mil veintiséis. Con fundamento en los
artículos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo segundo transitorio, párrafo segundo, del
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos legales, en materia de
homologación normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2025, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
por el artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; primero y segundo del
Acuerdo SS/6/2018 que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas
Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, por el Pleno General de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los numerales 33, fracciones V y XII, de la Ley Orgánica
del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con motivo de los bloqueos carreteros y hechos de violencia
en diversos puntos del Estado de Veracruz, que corresponde a la jurisdicción de esta Sala, a fin de
salvaguardar la seguridad e integridad de las personas servidoras públicas de las Salas, del personal externo;
así como, de las partes o sus representantes y demás personas que acuden ante este órgano
jurisdiccional, se
ACUERDA
Primero. Se suspenden las actividades jurisdiccionales para las Salas Regionales en Veracruz de este
Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán plazos procesales previstos en la normatividad
que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Segundo. Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por conducto de
la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos.
Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la entrada principal y en la ventanilla de la
Oficialía de Partes de las Salas Regionales en Veracruz.
CÚMPLASE. Así lo proveyó y firma la Magistrada Coordinadora de las Salas Regionales en Veracruz del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante la Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.
Magistrada Coordinadora de las Salas Regionales en Veracruz, Magistrada María del Carmen Ramírez
Morales.- Rúbrica.- Secretaria de Acuerdos, Licenciada Andrea Mendoza Díaz.- Rúbrica.
(R.- 573315)
ACUERDO SREMI/1/2026 por el que se da a conocer la suspensión de labores el 23 de febrero de 2026 en las Salas
Regionales en el Estado de México I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por causa de fuerza mayor y
seguridad.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Salas Regionales en el Estado de México I.- SREMI/1/2026.
SUSPENSIÓN DE LABORES EL 23 DE FEBRERO DE 2026 EN LAS SALAS REGIONALES EN EL ESTADO DE
MÉXICO I DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, POR CAUSA DE FUERZA MAYOR Y
SEGURIDAD.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintitrés de febrero de dos mil veintiséis.- De
conformidad con los artículos 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en
relación con el diverso 1° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; Primero y Segundo
del Acuerdo SS/6/2018, por el que se da a conocer el “Procedimiento para determinar la suspensión de
labores en las Salas Regionales por casos urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, dictado por el Pleno General
de la Sala Superior de este Tribunal y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2018;
33, fracciones V y XII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y 58, fracción IX del
Reglamento Interior de este Tribunal; por causa de fuerza mayor, a fin de velar por la seguridad del personal
que labora en este Órgano Jurisdiccional, y de los usuarios tras los hechos ocurridos el día de ayer en el país,
SE ACUERDA:
PRIMERO. Se declara la SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES para las Salas
Regionales en el Estado de México I, el 23 de febrero de 2026; por lo que no correrán los términos y plazos
procesales previstos en la normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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SEGUNDO. Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por conducto
de la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos.
TERCERO. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes
Común de las Salas Regionales en el Estado de México I, así como en la Puerta de Acceso a dichas Salas.
CÚMPLASE. Así lo proveyó y firma el Magistrado José Alfonso Padilla Manjarrez, Presidente de la
Primera Sala y Coordinador de las Salas Regionales en el Estado de México I del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, ante la Secretaria de Acuerdos, que da fe.
Presidente de la Primera Sala y Coordinador de las Salas Regionales en el Estado de México I del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Magistrado José Alfonso Padilla Manjarrez.- Rúbrica.-
La Secretaria de Acuerdos, Mtra. Isavela Larisa Urrutia Nava.- Doy fe.- Rúbrica.
(R.- 573311)
ACUERDO SRG I/01/2026 por el que se da a conocer la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala
Regional en Guanajuato I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por causa de fuerza mayor.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de
Justicia Administrativa.- Sala Regional en Guanajuato I.- SRG I/01/2026.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES JURISDICCIONALES EN LA SALA REGIONAL EN GUANAJUATO I DEL TRIBUNAL
FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR
Celaya, Guanajuato, a veintitrés de febrero de dos mil veintiséis. Con fundamento en los artículos 365
del Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo segundo transitorio, párrafo segundo, del Decreto por
el que se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos legales, en materia de homologación
normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 14 de noviembre de 2025, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por el artículo 1
de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; primero y segundo del Acuerdo SS/6/2018
que regula el “Procedimiento para determinar la suspensión de labores en las Salas Regionales por casos
urgentes, fortuitos o de fuerza mayor”, por el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa; así como los numerales 33, fracciones V y XII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal
de Justicia Administrativa, con motivo de los bloqueos en diversos municipios que corresponden a la
jurisdicción de esta Sala, a fin de salvaguardar la seguridad e integridad de las personas servidoras públicas
de la Sala, litigantes y personal externo; se
ACUERDA
Primero. Se suspenden las actividades jurisdiccionales para la Sala Regional en Guanajuato I de este
Tribunal, el día 23 de febrero de 2026, por lo que no correrán términos y plazos procesales previstos en la
normatividad que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Segundo. Comuníquese a la Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por conducto de
la Secretaría Particular o de la Secretaría General de Acuerdos.
Tercero. Se ordena colocar una copia del presente acuerdo en la ventanilla de la Oficialía de Partes de
esta Sala Regional en Guanajuato I.
CÚMPLASE. Así lo proveyó y firma el Magistrado Presidente de esta Sala Regional en Guanajuato I del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.
Magistrado Presidente de la Sala Regional en Guanajuato I, Magistrado José de Jesús González López.-
Rúbrica.- Secretario de Acuerdos, Licenciado Roberto Ulises Pérez Rivera.- Rúbrica.
(R.- 573309)
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DIARIO OFICIAL
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SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
OF. 162/2026 Diario Oficial de la Federación
EDICTO
En los autos del juicio de amparo indirecto 1016/2025-I, del índice del Juzgado Décimo Segundo
de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, promovido por Bebidas Purificadas, Sociedad de
Responsabilidad Limitada de Capital Variable, a través de su apoderado Habib Gilberto Díaz Noriega,
contra actos de la Primera Sala Civil y Juez Vigésimo Primero Civil de Proceso Oral, ambos del Tribunal
Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el cual reclama la resolución de ocho de julio de dos mil
veinticinco, emitida en el toca 463/2025/01, por la sala señalada como responsable, en la que declaró
infundada la excepción de incompetencia por declinatoria planteada en el juicio oral mercantil 181/2024, del
Juez precisado; y ante la imposibilidad de emplazar a la tercera interesada Alfa Logistics & Supply Chain,
Sociedad Anónima de Capital Variable, se ordenó su emplazamiento por medio de EDICTOS los que
deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional por tres
veces, de siete en siete días, apercibiéndola que tienen el plazo de treinta días contados a partir del
siguiente al de la última publicación, para comparecer a este juicio, para efectos legales procedentes
quedando a su disposición copia de la demanda de amparo con su anexo y auto admisorio, en el local de este
juzgado; también que de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este
órgano federal o de no comparecer, se les harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista.
Ciudad de México, diez de diciembre del dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Axel Hernández Díaz
Rúbrica.
(R.- 572756)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
Juicio de amparo: D.P. 784/2025
Quejoso: Brayam Ismael Chávez Hernández.
Tercera interesada: Betsy Guadalupe Arreola Montiel.
Se hace de su conocimiento que Brayam Ismael Chávez Hernández, promovió amparo directo contra la
resolución de quince de mayo de dos mil veintitrés, por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal
de Texcoco, Estado de México, en el toca de apelación 117/2023; y en virtud de que no fue posible
emplazar a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo,
en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a juicio a la tercera
interesada Betsy Guadalupe Arreola Montiel, por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE
días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana; haciéndole saber, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir
del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibida que de no comparecer en este juicio, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fija en los
estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Hilda Esther Castro Castañeda
Rúbrica.
(R.- 572862)
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DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO
En el juicio de amparo indirecto 334/2025, promovido por Alberto Soto Pérez, contra actos del Juez de
Ejecución de Sentencias Penales Itinerante de Puebla y otra autoridad, se ordenó emplazar a Miriam Josselyn
Soto Alameda, en su carácter de tercera interesada, por este medio. Se le hace saber que tiene treinta días
contados a partir de la última publicación de edictos, para comparecer a este juzgado a defender sus
derechos, si así conviniera a sus intereses, y señalar domicilio en San Andrés Cholula o zona conurbada, en
caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, se le harán por medio de lista.
San Andrés Cholula, Puebla, 15 de enero de 2026.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Víctor Hugo Díaz Jiménez
Rúbrica.
(R.- 573194)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Baja California,
con residencia en Tijuana
EDICTO
Emplazamiento a Óscar Armando Salinas Fernández y María de los Ángeles Lepe Soltero, en
términos del artículo 27 fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo.
En los autos del juicio de amparo 976/2023, promovido por Dalia Catalina López Becerra, albacea de la
sucesión testamentaria a bienes de Agustín López Beltrán, también conocido como Agustín López, en el cual
reclama: La falta de emplazamiento al juicio 558/2020, del índice del Juzgado Tercero de lo Civil, de esta
ciudad, promovido por Luis Albani Castro López, así como todas las actuaciones posteriores al mismo, así
como la inscripción preventiva de demanda que dio origen al citado procedimiento.
En el entendido que se encuentran señaladas las diez horas con treinta minutos del doce de
febrero de dos mil veintiséis, para la celebración de la audiencia constitucional en este juicio; sin que ello
impida que llegada la fecha constituya un impedimento para la publicación de los edictos, ya que este
órgano jurisdiccional vigilará que no se deje en estado de indefensión a las personas terceras interesadas
de referencia.
Atentamente
Tijuana, B.C., 16 de enero de 2026.
Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito
en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana
Alejandra Parra Galván
Rúbrica.
(R.- 572757)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez
Amparo Indirecto
710/2025
EDICTO
TERCEROS INTERESADOS:
Antonio Pérez Hernández y Karina Hernández García.
En el juicio de amparo 710/2025, promovido por César Agusto Girón Godoy, contra actos del Tribunal
Agrario del Distrito Tercero, con sede en esta ciudad y otra autoridad, con residencia en esta ciudad, se
dictó acuerdo de esta fecha, que ordenó emplazarlos a juicio por edictos, por desconocer su domicilio,
que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y
en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo de su conocimiento que en la
Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y escrito
aclaratorio, y que cuenta con un término de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación de
tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer su derecho, con apercibimiento que en caso de no
comparecer por sí, o por conducto de persona que lo represente legalmente, las subsecuentes notificaciones
se le harán por lista aun las de carácter personal.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 6 de enero de 2026.
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas
Lic. Jorge Ordoñez Pineda
Rúbrica.
(R.- 572758)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.- JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD
DE MÉXICO.
En los autos del juicio de amparo 1196/2025-I, promovido por Trefo Desierto de los Leones, S.A. de
C.V., contra actos de la Novena Sala y Juez Trigésimo, ambos de lo Civil de la Ciudad de México; se tuvo
como tercera interesada a Ideale Bau, S.A. de C.V. Acto reclamado: sentencia de 13 de octubre de 2025, del
toca 1401/2024/10 que confirma interlocutoria de 31 de enero de 2025, en el juicio ordinario mercantil,
expediente 348/2018, del índice del Juzgado Trigésimo de lo Civil de la Ciudad de México. Previo agotamiento
de la investigación, con fundamento en la fracción III, inciso b), del artículo 27 de la Ley de Amparo, se ordena
el emplazamiento de la tercera interesada Ideale Bau, S.A. de C.V., por edictos, los que se publicarán por
tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en la República, y se hace del conocimiento de la tercero interesada que en la Secretaría I de
trámite de amparo de este juzgado, queda a su disposición copia de la demanda de amparo y auto admisorio,
a efecto de que en un término de treinta días contados a partir de la última publicación de tales edictos, ocurra
para hacer valer sus derechos.
Ciudad de México, a 28 de enero 2026.
Secretario Adscrito
Lic. Adrián Ríos Cruz
Rúbrica.
(R.- 572770)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Baja California,
con residencia en Tijuana
EDICTO
Emplazamiento a Gerardo Gómez Bravo, en términos del artículo 27 fracción III inciso c) de la
Ley de Amparo.
En los autos del juicio de amparo 1362/2023-B4 promovido por Sergio Landa Cruz, contra actos del Juez
Segundo de lo Civil del Partido Judicial de Tijuana, Baja California, con residencia en esta ciudad, en el que
medularmente reclama: la omisión o falta de notificación al quejoso Sergio Landa Cruz, en el expediente
1702/2018, relativo al juicio de amparo civil de prescripción positiva. Se ordenó emplazar al tercero interesado
Sergio Landa Cruz, por EDICTOS haciéndole saber que podrá presentarse dentro de treinta días contados al
siguiente de la última publicación, apercibido que de no hacerlo, las posteriores notificaciones, aún las de
carácter personal, se le practicarán por lista en los estrados de este juzgado en términos del artículo 26,
fracción III de la Ley de Amparo. En el entendido que se encuentran señaladas las diez horas con doce
minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiséis, para la celebración de la audiencia constitucional en este
juicio; sin que ello impida que llegada la fecha constituya un impedimento para la publicación de los edictos,
ya que este órgano jurisdiccional vigilará que no se deje en estado de indefensión al tercero interesado
de referencia.
Atentamente
Tijuana, B.C., 11 de diciembre de 2025.
Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Baja California,
con residencia en Tijuana
Bernadette Ballesteros Sesma
Rúbrica.
(R.- 572772)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
DEMANDADO: NORBERTO MERARDO VALENZUELA VALDIVIA.
En los autos del juicio Ordinario Civil 522/2023, que promovió la "Comisión Nacional de Cultura Física y
Deporte”, demanda de Norberto Merardo Valenzuela Valdivia, esencialmente las siguientes prestaciones:
A. La rescisión del convenio de fecha veintitrés de marzo de dos mil quince, por incumplir la cláusula quinta
del mismo; B. Como consecuencia de lo anterior, la devolución de la cantidad de $139,967.50 (ciento treinta y
nueve mil novecientos sesenta y siete pesos 50/100 moneda nacional); C. El pago de intereses moratorios a
razón del 9% (nueve por ciento) anual; D. El pago de los gastos y costas procesales. Demanda que fue
admitida mediante auto de catorce de febrero de dos mil veinticuatro, consecuentemente con fundamento
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DIARIO OFICIAL
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en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, mediante proveído de
veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar por medio de edictos a Norberto
Merardo Valenzuela Valdivia, para que comparezca a este órgano jurisdiccional a contestar la demanda
entablada en su contra, dentro del plazo de treinta días hábiles, los cuales se contarán a partir del día
siguiente hábil al de la última publicación de los edictos, con el apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por
perdido su derecho para ello, siguiéndose el juicio en su rebeldía; de igual forma, prevéngasele para que
señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de ser omiso se le harán las
subsecuentes, aun las de carácter personal por medio de rotulón que se fije en los estrados de este juzgado
de acuerdo a lo establecido por el artículo 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Ciudad de México, 16 de diciembre de 2025.
Secretaria del Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Angélica Pérez Maldonado
Rúbrica.
(R.- 572920)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero Distrito en el Estado de Aguascalientes
Aguascalientes
EDICTO
Para emplazar a: Griselda Cruz Hernández. En el juicio de amparo indirecto número 515/2025-8,
promovido por Samuel Olmos Juárez, contra actos del Juez Tercero de lo Familiar del Estado de
Aguascalientes, se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 27, fracción III, inciso
c), de la Ley de Amparo, al tercero interesado Griselda Cruz Hernández. Queda en la Secretaría del Juzgado
Tercero de Distrito en el Estado de Aguascalientes, copia cotejada de la demanda de amparo y del escrito
con el que dio cumplimiento a la prevención, mismas para que comparezca si a sus intereses conviniere, y se
le hace de su conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2°, deberá
presentarse al indicado Juzgado Federal dentro del término de treinta días hábiles a partir del siguiente al de
la última publicación del presente edicto. En el entendido de que si pasado dicho término no comparece, se
seguirá el juicio; así como para que en el indicado plazo, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en
esta ciudad de Aguascalientes, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes se le harán por
medio de lista, de conformidad con el artículo 27, fracción II, de la Ley de Amparo.
Aguascalientes, Aguascalientes, 04 de noviembre 2025.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Lic. Martin Placito Cambero
Rúbrica.
(R.- 572784)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 903/2025-III-B, promovido por Ana Karina Vásquez Martínez, apoderada legal de
Domingo Martínez Oliver, Martín Velázquez Rosas, Ángel Ontiveros Rivera y Carlos Vidaña Uscanga, en
contra de la Presidenta de la Junta Especial Número Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación
y Arbitraje, con sede en esta ciudad y otra autoridad, se emplaza a juicio a la persona moral Refrigeración y
Equipos Eléctricos e Industriales, Sociedad Anónima de Capital Variable, tercera interesada en el referido
procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días,
contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este
juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las
ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le hará por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a uno de diciembre de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Roxana Hernández López
Rúbrica.
(R.- 572969)
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado 9o. de Distrito
Cd. Juárez, Chih.
EDICTO
Tercero interesada:
Norma Irene Hernández Viscaíno y Eduardo Gallegos Rodríguez.
Por medio del presente se les hace saber que Noé Fernando López Morales promovió ante este Juzgado
Noveno de Distrito en Chihuahua el juicio de amparo 702/2025-VIII, contra el acto reclamado de la autoridad
responsable Juez de Control del Distrito Judicial Bravos y otra, consistente en auto de vinculación a proceso
emitido el trece de julio de dos mil veinticinco, por lo que les asiste el carácter de terceros interesados.
Al ignorarse su domicilio, se ordena emplazar por EDICTO que se publicará tres veces, de siete en siete días
hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y periódico de mayor circulación en la República, fijándose copia
en la puerta de este juzgado por todo el tiempo del emplazamiento. Deberá presentarse a hacer valer sus
derechos dentro de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación; de no hacerlo, las
ulteriores notificaciones se harán por lista en estrados. Fundamento: artículos 27, fracción III, inciso b) y c), de
la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria. Ciudad Juárez,
Chihuahua, veintisiete de enero de dos mil veintiséis.
Juez Noveno de Distrito en el Estado de Chihuahua
Licenciado José Armando Zozaya Solórzano
Rúbrica.
(R.- 572970)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz,
con residencia en Boca del Río
EDICTO.
En el juicio de amparo número 1410/2024, promovido por Claudia Elizabeth Ortiz Ojeda, se ordenó
notificar por edictos a al tercero interesado Jorge Ricardo Hernández Cruz, a quien se hace saber que deberá
presentarse en este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, dentro del plazo de treinta días,
contado a partir del siguiente al de la última publicación, a efecto de correrle traslado con copia autorizada de
la demanda de amparo y auto admisorio; y para su publicación por tres veces de siete en siete días hábiles
en el Diario Oficial de la Federación y en Excélsior de la Ciudad de México, se expide el edicto; lo anterior en
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso c), segundo párrafo de la Ley de Amparo y
315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, conforme a
su numeral segundo, apercibido que de no comparecer y señalar domicilio procesal, las subsecuentes
notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista de acuerdos, en términos de lo dispuesto por
el artículo 26, fracción III, de la Ley de Amparo.
Boca del Río, Veracruz, 07 de enero de 2026.
La Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz
Jueza Ariana Escobar Fernández
Rúbrica.
(R.- 572971)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Cancún, Q. Roo
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 236/2025-V-1, promovido por Daniel Isat Rodríguez Ovellano y/o Daniel
Isat Rodríguez Ovellana y/o Daniel Isaac Rodríguez Arellano contra los actos que reclama del Juez de Control
en funciones de Juez Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cancún, Quintana Roo, consistentes
en la resolución de siete de octubre de dos mil veinticuatro en la causa penal 117/2023 antes 356/2016 del
extinto Juzgado Primero Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Solidaridad; en cumplimiento a lo
ordenado en proveído de cinco de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar por esta vía al tercero
interesado Guillermo Enrique Colorado González. Hágasele saber al referido tercero interesado, que deberá
presentarse ante este juzgado dentro del término de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al
de la última publicación de los presentes edictos, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado,
copia del traslado de la demanda, apercibida que de no comparecer dentro del término señalado las ulteriores
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notificaciones del presente juicio, aun las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fije en los
estrados del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo. Expidiéndose el presente edicto para
su publicación por tres veces de siete en siete días y ser efectuadas en días hábiles; en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; lo anterior en
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 239 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura
Federal y el artículo 27, Fracción III, Inciso c), segundo párrafo, de la Ley de Amparo. La publicación de los
edictos deberá realizarse en el día séptimo después de cada publicación, (es decir procurando que entre cada
divulgación hayan pasado seis días); y que las publicaciones citadas, sean en un día hábil.
Atentamente
Cancún, Quintana Roo, a 23 de enero de 2026.
Secretaria en Funciones de Jueza
Luz María García Bautista
Rúbrica.
(R.- 572967)
Estados Unidos Mexicanos
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Ciudad Judicial Federal
Zapopan, Jalisco
EDICTOS
TERCEROS INTERESADOS:
Vazgar Químicos y Civa Químicos, ambas Sociedades Anónimas de Capital Variable
En el juicio de amparo directo 864/2024, promovido por SPAJAL, Sociedad Anónima de Capital Variable,
contra el acto de la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco,
consistente en la sentencia de veinticinco de abril de dos mil veinticuatro, que resolvió la tercería excluyente
de dominio, dictada en el juicio laboral número 2287/2012. Por tanto, se ordena emplazar por edictos
a Vazgar Químicos y Civa Químicos, ambas Sociedades Anónimas de Capital Variable, por conducto de sus
representantes legales, bajo los términos del artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo,
a efecto de presentarse, ante esta autoridad, dentro del término de quince días, contado a partir del día
siguiente al de la última publicación del edicto, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 181 y 182 de la
ley de la materia.
Zapopan, Jalisco, veintiocho de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Licenciado Aarón Efraín Silva de Anda
Rúbrica.
(R.- 572974)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz,
con sede en Boca del Río, Ver.
EDICTO.
En el juicio de amparo número 20/2024, del índice de este juzgado federal, promovido por Alejandra
Palma Barradas, contra actos del Juez Tercero Familiar de Tuxtepec, Oaxaca, consistente en la omisión de
proveer lo conducente para continuar con la secuela procesal y por el cumplimiento de la obligación
alimentaria del deudor, dentro del juicio civil 349/2021 del citado juzgado, promovido por Alejandra Palma
Barradas, edicto que se ordena por ignorarse el domicilio del tercero interesado Virgilio Palma Ramírez, con la
finalidad de que comparezca a juicio dentro de los treinta días siguientes a la última publicación; apercibido de
que no hacerlo así, continuará el juicio de garantías y las notificaciones personales subsecuentes le serán
hechas por lista de acuerdos; dejándole copia de la demanda de amparo a su disposición en la secretaría de
este juzgado, significándole que tendrá que acudir a este Juzgado a la audiencia constitucional, que tendrá
verificativo a los treinta días naturales siguientes al de la última publicación, en atención al acuerdo dictado en
once de noviembre de dos mil veinticinco, en el que se ordenó el emplazamiento del tercero interesado a
través
de edictos. Doy fe.
Boca del Río, Veracruz, 19 de noviembre de 2025.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz
Yonaji Nuria Juárez Rivas
Rúbrica.
(R.- 572975)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz,
con residencia en Boca del Río
EDICTO.
En el juicio de amparo número 509/2024, promovido por Mauro Francisco Ramos Martínez, quien se
ostenta como apoderado legal de Angelina Vicente Palacios, en representación de su hija de identidad
reservada, se ordenó notificar por edictos al tercero interesado Natan Martínez Calletano, a quien se hace
saber que deberá presentarse en este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, dentro del plazo de treinta
días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, a efecto de correrle traslado con copia
autorizada de la demanda de amparo y auto admisorio; y para su publicación por tres veces de siete en siete
días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en Excélsior de la Ciudad de México, se expide el edicto; lo
anterior en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso c), segundo párrafo de la Ley de
Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo,
conforme a su numeral segundo, apercibido que de no comparecer y señalar domicilio procesal, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista de acuerdos, en términos de lo
dispuesto por el artículo 26, fracción III, de la Ley de Amparo.
Boca del Río, Veracruz, 12 de enero de 2026.
La Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Jueza Ariana Escobar Fernández
Rúbrica.
(R.- 572977)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 834/2025-III-A, promovido por Juan de Dios Mockabe Montiel, en contra de la
Presidenta de la Junta Especial Numero Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el
Estado de Campeche, con sede en esta ciudad, se emplaza a juicio a la persona moral Oceanografía,
Sociedad Anónima de Capital Variable, tercera interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de
que se desconoce sus domicilios. Cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al
de la última publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a sus
intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de
carácter personal se les harán por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Roxana Hernández López
Rúbrica.
(R.- 572979)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTOS.
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER
CIRCUITO.
En los autos del juicio de amparo directo número DC.- 631/2025, promovido por Héctor Guillermo Camou
Hernández y Débora Morán Angulo, por propio derecho, contra actos de la Cuarta Sala Civil del Tribunal
Superior de Justicia de la Ciudad de México, cuyo acto reclamado deriva de la sentencia definitiva diectada
en el toca 584/2021/2; y atendiendo a las constancias de autos del que se advierte que se agotaron las
investigaciones para localizar algún domicilio de los terceros interesados Inmobiliaria y Constructora Star
Buildings, Sociedad Anónima de Capital Variable y Alberto Israel Cohen, para emplazarlos al juicio de
amparo que nos ocupa, por tanto, en cumplimiento a lo ordenado por auto de veintiocho de enero de dos mil
veintiséis, se ordena emplazarlos por edictos al presente juicio constitucional, los que se publicarán por tres
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veces de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Periódicos de
mayor circulación en toda la República, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por lo tanto, quedan a disposición de
las terceras interesadas antes mencionadas, en la Secretaría de este órgano jurisdiccional, copias simples de
la demanda y sus anexos; asimismo se le hace saber que cuenta con el término de treinta días hábiles que
se computarán a partir del día hábil siguiente a la última publicación de los edictos de mérito, para que acuda
ante este Tribunal Colegiado por conducto de su representante o apoderado legal, para los efectos que refiere
el artículo 181 de la Ley de Amparo, a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y señale domicilio
para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibida que de no hacerlo, las ulteriores
notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por lista de acuerdos de este Tribunal.
Atentamente
Ciudad de México, a 3 de febrero de 2026.
Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Osvaldo César García Ortega
Rúbrica.
(R.- 573076)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Órgano de Administración Judicial
Juzgado Segundo de Distrito
San Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 657/2025-VI-B, promovido por Juan Carlos Alvarado Hernández, por conducto de
su apoderada legal Ana Karina Vásquez Martínez, en contra del Presidente Ejecutor de la Junta Especial
Número Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad y otra autoridad,
se emplaza a juicio a la persona moral Construcciones Integrales del Carmen, Sociedad Anónima de Capital
Variable; tercera interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio.
Cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente
edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que
de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a dieciséis de diciembre de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Roxana Hernández López
Rúbrica.
(R.- 572983)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Órgano de Administración Judicial
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo número 1256/2024-II-A, promovido por Ernesto Rene Cuellar Chávez, a través de
su apoderado legal Vianey Castro Espinosa; se emplaza a juicio a Sinergias Evolutivas, Sociedad Anónima
de Capital Variable y Sinca, Sociedad Anónima de Capital Variable; parte tercera interesada en el referido
procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuentan con el plazo de treinta días,
contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este
juzgado a hacer valer lo que a su interés conviniere. Se les apercibe que de incumplir esto último, las
ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Roxana Hernández López
Rúbrica.
(R.- 572985)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz,
con residencia en Córdoba
EDICTOS
José Antonio y Yordi, ambos de apellidos Zoquitecatl Macuitle
En el juicio de amparo número 963/2024-VIII, promovido por Antonio Zoquitecatl Chipahua, contra actos
del Juez Mixto de Primera Instancia de Zongolica, Veracruz, consistente en La resolución de veintiuno de
noviembre de dos mil veinticuatro, emitida dentro de los autos del juicio ordinario civil 40/2012, del índice
del Juzgado Mixto de Primera Instancia, con residencia en Zongolica, Veracruz, en la que al resolver el
recurso de reclamación interpuesto por el aquí quejoso, redujo del ochenta por ciento (80%) al sesenta ciento
(60%), de su sueldo y demás prestaciones; por desconocerse su domicilio, con fundamento en el artículo 315
del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria de conformidad con el numeral 2º de la
Ley de Amparo, en auto de quince de enero de dos mil veinticinco, se ordenó emplazarlos por este medio
como terceros interesados; asimismo, se hace de su conocimiento que pueden apersonarse dentro del
término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, y que está a su disposición
en la Secretaría de este Juzgado la copia de la demanda de amparo. Apercibidos que de no comparecer
dentro de dicho término por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlas, se seguirá el juicio sin
su intervención y las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se realizarán por medio de lista
de acuerdos.
Córdoba, Veracruz, a 15 de enero de 2026.
La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado,
con residencia en Córdoba, Veracruz
Licenciada Tania Isabel López Alfonso
Rúbrica.
(R.- 572986)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.- JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL EN LA CIUDAD
DE MEXICO.
TERCERO INTERESADO: MANUEL NUÑEZ INTRIAGO.
En el juicio de amparo número 886/2025-I-B, promovido por Sergio Montiel Ramírez, contra actos del Juez
Decimoséptimo Penal en la Ciudad de México; en el que se señaló como tercero interesado a Manuel
Núñez Intriago, se ordenó emplazarlos por edictos que deberán publicarse por tres veces, de tres en tres
días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de los de mayor circulación en esta ciudad capital,
de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción II, inciso c) de la Ley de Amparo y 209 del
Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, Haciéndole saber que cuenta con un plazo de hasta
treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio a hacer
valer sus derechos, que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos
que de no hacerlo, las subsecuentes publicaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de
lista que se publica en este órgano jurisdiccional.
Atentamente
Ciudad de México, a 06 de febrero de 2026.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Lic. Fernando Román Cetina Simá
Rúbrica.
(R.- 572999)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.
Terceros interesados: De identidad reservada con iniciales J.C. B. y J. R. S. T.
“Inserto: Se comunica a los terceros interesados de identidad reservada J. C. B. y J. R. S. T.; que en el
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante
proveído de diez de enero de dos mil veinticinco, se admitió a trámite la demanda de amparo de Miguel Ángel
Bacilo Guzmán, la cual se registró con el número 64/2025-I, contra actos del Juez de Control Especializado en
Cateos y Ordenes de Aprehensión en línea del Poder Judicial del Estado de México; Juez de Control del
Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México; Fiscal General del Estado de México; Coordinador General
de la Policía de Investigación del Estado de México y el Director de Despliegue Regional de la Policía de
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Investigación del Estado de México”; haciéndoles de su conocimiento que deberán presentarse en las
instalaciones de este Juzgado de Distrito, dentro de un término que no será menor a quince ni mayor a treinta
días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a fin de que tengan conocimiento del inicio
del presente juicio, el derecho que tienen de apersonarse si a su interés conviniere y a su vez, señalen
domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad de Naucalpan de Juárez, apercibidos que de no
hacerlo, sin ulterior acuerdo, las subsecuentes, incluso las de carácter personal, se les realizarán por medio
de lista que se fija en los estrados de este órgano federal, hasta en tanto señalen domicilio para tal efecto.
Para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por tres veces de tres en tres días.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Estado de México; seis de febrero de dos mil veintiséis.
Secretario de Juzgado
Tomás Martínez Moscoza
Rúbrica.
(R.- 573111)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
EDICTO
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Por auto de veintisiete de enero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a juicio al tercero interesado
Oscar Pérez, mediante edictos, publicados por tres veces, de tres en tres días, para que comparezca a este
juzgado dentro de un término que no será inferior a quince días ni excederá de treinta días, contados a partir
del siguiente al de la última publicación; quedando a su disposición en la Actuaría de este Juzgado copia de la
demanda relativa al juicio de amparo 3302/2025, promovido Joel García Murillo, contra actos de la Junta
Especial C (antes Número Cinco) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México y su
Presidente. Se le apercibe que de no comparecer, las subsecuentes notificaciones se harán por medio
de lista.
Ciudad de México, a v veintiocho de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario
Lic. Marco Antonio Morales Hernández
Rúbrica.
(R.- 573084)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 224/2025, promovido por Víctor Hugo Tapia Fonseca, contra actos que
reclama del juez Quincuagésimo Sexto Penal de la Ciudad de México, consistentes en la omisión de dar
respuesta al escrito presentado ante el juez responsable, el doce de diciembre de dos mil veinticuatro (en que
se solicitó la simultaneidad de la prisión preventiva), así como la determinación de seis de mayo de dos mil
veinticinco (cómputo de prisión preventiva), en la causa penal 49/2022, en que se encuentran relacionados,
entre otros, (1) Yolanda Carlota Domínguez Franco, (2) Irving Terrazas Zuñiga, (5) Salvador Goot Mendoza y
(7) Norma Paola Fonseca Rosas, terceros interesados en este juicio, mediante proveído de nueve de febrero
de dos mil veintiséis, se ordenó su emplazamiento mediante edictos; en ese sentido, se hace saber a los
antes nombrados que deberán presentarse a manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de treinta
días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición copia simple de la
demanda de amparo en la actuaría de este juzgado. Si pasado este plazo no comparecen, se seguirá el
trámite del juicio y las subsecuentes notificaciones se realizarán mediante lista de acuerdos.
Atentamente
Ciudad de México, a nueve de febrero de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Ricardo Nava Flores
Rúbrica.
(R.- 573085)
114
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Zapopan, Jalisco
EDICTOS
En el Amparo Directo 459/2025, del índice del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer
Circuito, promovido por JESÚS CUETO GARCÍA, reclamando de la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de
Justicia del Estado, la resolución dictada el trece de febrero de dos mil veinticinco, en el toca 608/2023; se
ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada MONICA POZOS LÓPEZ; quien deberá comparecer a
este tribunal, a deducir sus derechos, dentro del plazo de treinta días hábiles, contado a partir del siguiente al
de la última publicación, apercibida que de no hacerlo, las notificaciones ulteriores, incluso las de carácter
personal, se harán por medio de lista; quedan copias de la demanda a su disposición en este órgano federal.
Para su publicación en días hábiles, por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial
de la Federación.
Zapopan, Jalisco, treinta de enero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito,
ubicado en Anillo Periférico Poniente 7727, edificio XB, piso 6, Fraccionamiento
Ciudad Judicial, en el Municipio de Zapopan, Jalisco, C.P. 45010
Lic. Aída Azucena Castañeda Franco
Rúbrica.
(R.- 573123)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número D.C. 676/2025 promovido por MINERVA GUTIÉRREZ
PERALES, contra actos de la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México,
se ordenó notificar por edictos a la tercera interesada LOMAS DE CHAMIZAL, SOCIEDAD CIVIL,
a quien se le concede un término de treinta días contados a partir de la última publicación para que
comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones
en esta ciudad; apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal,
se practicaran por medio de lista.
Atentamente
Ciudad de México, a 15 de enero de 2026.
Secretario de Acuerdos
Lic. Armando Esparza Márquez
Rúbrica.
(R.- 573296)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Puente Grande, Jal.
EDICTO
Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Sexto de
Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco. Puente Grande. Jal.
En acatamiento al acuerdo de uno de julio de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo 458/2025-
VIII-O, del índice de este Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, promovido por
Fernando Rodríguez Cerecer, contra actos del Agente del Ministerio Público de la Agencia 03 de la Unidad de
Investigación Especializada en Delitos Patrimoniales No Violentos de la Fiscalía del Estado de Jalisco, de
quien reclamó la omisión de levantar la inmovilización registral del folio real 338554 y catastral de la
cuenta 4-U-4224, después de más de cuatro años de haberlas ordenado; juicio de amparo en el cual las
personas de nombre Luis Gerardo Méndez Salcedo, Dulce Berenice Valencia Sepúlveda y Gilberto Arreola
Ricardo, fueron reconocidos como terceros interesados y se ordena su emplazamiento por medio de edictos
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
115
por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que se
apersonen al mismo y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no
hacerlo así, las ulteriores y aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los
estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de
amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que debe presentarse
dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, finalmente, se le
hace saber que la audiencia constitucional se encuentra señalada para las diez horas con dieciocho minutos
del y doce de febrero de dos mil veintiséis.
Atentamente
Puente Grande, Jalisco, 15 de enero de 2026.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Brenda Cristina Yerenas Lomeli
Rúbrica.
(R.- 573362)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Mixto de Primera Instancia
Puruándiro, Michoacán
EDICTO
Juzgado Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán.
En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 13 trece de enero de este año, dictado dentro de las
Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 520/2025, sobre declaración de ausencia por
desaparición de Francisco Alcántar Armenta, promovidas por Mauricio Alcántar Tapia; se llama a
cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de ausencia de la
persona mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante, a manifestar lo
que a sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes.
Puruándiro, Michoacán, a 13 trece de enero de 2026 dos mil veintiséis.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Paloma Tafolla Chávez
Rúbrica.
(E.- 000891)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Mixto de Primera Instancia
Puruándiro, Michoacán
EDICTO
Juzgado Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán.
En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 13 trece de enero de este año, dictado dentro de las
Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 528/2025, sobre declaración de ausencia por
desaparición de David Carmona Cortez, promovidas por Ma. Guadalupe Carmona Cortes; se llama a
cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de ausencia de la
persona mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante, a manifestar lo
que a sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes.
Puruándiro, Michoacán, a 13 trece de enero de 2026 dos mil veintiséis.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Paloma Tafolla Chávez
Rúbrica.
(E.- 000892)
116
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
Al margen de un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado
Decimotercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, tres de febrero de dos mil veintiséis.
En los autos del juicio de amparo 1173/2025, promovido por Paola Santoscoy Gracida, contra actos de la
Décima Sala Civil, del Juez y Actuario adscritos al Juzgado Séptimo de lo Civil de Proceso Escrito, todos
de la Ciudad de México, mediante proveído de quince de diciembre de dos mil veinticinco se ordenó
emplazar a la parte tercera interesada Yisroel Cimet Pasol, por medio de edictos, que se publicarán por
tres veces, de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que comparezca a este juicio
a deducir sus derechos en el plazo de treinta días contados, a partir del siguiente al en que se efectúe la
última publicación, quedando en esta secretaría a su disposición, copia simple de la demanda de amparo y
auto admisorio, apercibida que de no apersonarse al presente juicio o no señalar domicilio para oír y recibir
notificaciones, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se harán por lista en términos de lo
dispuesto por el inciso a), de la fracción III, del artículo 27 de la Ley de Amparo.
Asimismo, se señalaron las once horas con treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiséis,
para que tenga verificativo la audiencia constitucional, esto en acatamiento al auto de veintiocho de enero
de este año. Se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de amparo, donde la quejosa señaló
como acto reclamado de la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
las resoluciones emitidas el veintiuno de agosto de dos mil veinticinco, dictada en los tocas 1731/2024/6,
1731/2024/7, 1731/2024/10 y 1731/2024/11 y su ejecución; del Juez y Actuario adscritos al Juzgado
Séptimo de lo Civil de Proceso Escrito, todos de la Ciudad de México la ejecución de las citadas
resoluciones, el requerimiento a la quejosa del pago de las cantidades por concepto de intereses
ordinarios y moratorios a la parte actora en el juicio especial hipotecario 511/2021 y la emisión del acuerdo
del diecisiete de septiembre del dos mil veinticinco y su ejecución.
El Secretario del Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Oscar Bryan Rodríguez Cruz
Rúbrica.
(R.- 573235)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
“EDICTO”
EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO CIVIL D.C.607/2025, PROMOVIDO POR LA PARTE QUEJOSA
SUCESIÓN A BIENES DE ROGELIO AGUILAR VIVEROS, CONTRA EL ACTO DE LA NOVENA SALA CIVIL
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y OTRA, RADICADO ANTE EL
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO, SE ORDENÓ EMPLAZAR
AL PRESENTE JUICIO DE AMPARO DIRECTO CIVIL A LA TERCERA INTERESADA ANGÉLICA OROZCO
JIMÉNEZ, PARA QUE COMPAREZCA ANTE ESTE ÓRGANO COLEGIADO EN EL PLAZO DE TREINTA
DÍAS CONTADO A PARTIR DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, QUE SE HARÁ DE
SIETE EN SIETE DÍAS, POR TRES VECES, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN UNO
DE LOS PERIÓDICOS DE MAYOR CIRCULACIÓN NACIONAL, HACIÉNDOLE SABER QUE QUEDA A SU
DISPOSICIÓN EN ESTE TRIBUNAL COLEGIADO, LA COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO Y
QUE TIENE EXPEDITO SU DERECHO PARA OCURRIR ANTE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL A
DEFENDER SUS DERECHOS Y DESIGNAR DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN
ESTA CIUDAD, APERCIBIDA QUE DE NO HACERLO, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES SE LE
HARÁN POR MEDIO DE LISTA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 29 DE LA LEY DE AMPARO.
LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CONDUCENTES.
Ciudad de México, a 4 de febrero de 2026.
El Secretario de Acuerdos del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Abraham Mejía Arroyo
Rúbrica.
(R.- 573356)
AVISO
Se comunica que para la publicación de estados financieros se requiere que éstos sean capturados en
cualquier procesador de textos Word y presentados en medios impreso y electrónico.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
117
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza
EDICTO
Se emplaza al tercero interesado Fabián Rocha Escareño, de la demanda de amparo promovida por Deisy
Azucena Rodríguez Castro, en representación de su hijo menor de edad de iniciales L.R.R., a la cual le
correspondió el número 750/2025, en auto admisorio de treinta y uno de julio de dos mil veinticinco, contra el
acto reclamado al Magistrado del Cuarto Tribunal Distrital del Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Coahuila de Zaragoza, a la que reclama:
La sentencia número 52/2025 emitida dentro del toca penal 64/2025, de su índice, en la que revoca el auto
de vinculación a proceso dictado el veintitrés de mayo de dos mil veinticinco por la Jueza de Primera Instancia
del Sistema Acusatorio y Oral del Distrito Judicial de Acuña, dentro de la causa penal 0078/2025 por el hecho
con apariencia del delito de abuso sexual contra persona menor de quince años agravado por la relación
de confianza.
Lo anterior se hace del conocimiento del tercero interesado, para que dentro del plazo de treinta días,
contado a partir del día siguiente al de la última publicación comparezca, por sí o por apoderado o gestor que
pueda representarlo, ya que de no hacerlo, se seguirá el juicio en rebeldía, requiriéndolo para que señale
domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, con apercibimiento que de no señalarlo, las
subsecuentes aun las de carácter personal se le harán por medio de lista.
Queda en la Secretaría del Juzgado copia de la demanda, para que se imponga de ella.
El presente edicto se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y
en uno de los periódicos de mayor circulación en la República.
Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza, a 03 de diciembre de 2025.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Coahuila
de Zaragoza, con residencia en Piedras Negras
Francisco Alejandro López Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 572980)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
“2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab”
EDICTO
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LA GACETA O PERIÓDICO
OFICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LÉON Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE
LA REPÚBLICA.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el numerario consistente en un millón setecientos
cuarenta mil pesos, lo siguiente:
Que en el Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la
Ciudad de México, se radicó el expediente 14/2024-II-1, relativo al juicio de extinción de dominio promovido
por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción
de Dominio de la Fiscalía General de la República, respecto de dicho numerario, en contra de Gregory
Scholom con el carácter de demandado, por considerar que no se acreditó su legitima procedencia.
Las personas que se crean con derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este juzgado
de distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina
número dos, acceso tres, nivel planta baja, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro
del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a
acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de ratificación de aseguramiento
precautorio del numerario afecto.
Expedido en tres tantos en la Ciudad de México, el dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro.
Secretario adscrito al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Ángel Alejandro Martínez Pérez
Rúbrica.
(E.- 000894)
118
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Cancún, Q. Roo
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 870/2025-V, promovido por GRUPO CORPORATIVO GREYS, S.A. DE
C.V., por conducto de su apoderado legal OSCAR VERNIS SANCHEZ, contra los actos que reclama de la
Junta Especial Número Tres de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad y otra autoridad, consistentes
en la falta de emplazamiento, y como consecuencia, todo lo actuado en el juicio laboral 563/2015 de su índice;
en cumplimiento a lo ordenado en proveído de veintiséis de enero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar
por esta vía al tercero interesado David Ramírez Caballero. Hágasele saber al referido tercero interesado, que
deberá presentarse ante este juzgado dentro del término de treinta días hábiles contados a partir del día
siguiente al de la última publicación de los presentes edictos, quedando a su disposición en la secretaría de
este juzgado, copia del traslado, apercibida que de no comparecer dentro del término señalado las ulteriores
notificaciones del presente juicio, aun las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fije en los
estrados del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo. Expidiéndose el presente edicto para
su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 27, Fracción III, Inciso b), segundo párrafo de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de la materia. La publicación de
los edictos deberá realizarse en el día séptimo después de cada publicación, (es decir procurando que entre
cada divulgación hayan pasado seis días); y que las publicaciones citadas, sean en un día hábil. Por último,
hágasele saber a dicho tercero interesado que la audiencia constitucional se encuentra fijada para tener
verificativo a las doce horas con cuarenta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiséis.
Atentamente
Cancún, Quintana Roo, a 30 de enero de 2026.
Secretaria en funciones de Jueza, en el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con
residencia en Cancún, en sustitución de la Jueza Ana María Nava Ortega, con motivo de su licencia médica,
con efectos a partir del dieciséis de enero de dos mil veintiséis, mientras subsistan las condiciones o hasta
que el Órgano de Administración Judicial así lo determine; en términos del artículo 175, párrafo segundo,
del Acuerdo General de Carrera Judicial, en congruencia con los artículos 41, 80 fracción XXVIII,
y décimo noveno transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,
por designación de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Adscripción del Órgano de
Administración Judicial, en oficio SEADS/57/2026 de catorce de enero de dos mil veintiséis
Luz María García Bautista
Rúbrica.
(R.- 572910)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado
San Luis Potosí
Juicio de Amparo 1368/2025-I
EDICTO
Óscar José Alonso Romero.
En el Juicio de Amparo 1368/2025-I, del índice del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de San
Luis Potosí, promovido por por Ma. de Jesús García Martínez, contra actos del Juez Cuarto del Ramo
Mercantil de esta ciudad y otra autoridad, se dictó un auto por el que se ordena el emplazamiento del
tercero interesado Óscar José Alonso Romero al referido juicio, para que comparezca a defender sus
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
119
derechos, a la audiencia constitucional señalada para las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL
VEINTIOCHO DE ENERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, haciéndole saber que los actos reclamados
en la referida demanda, se hacen consistir esencialmente en el auto de veintisiete de agosto de
dos mil veinticinco, dictado dentro del expediente 156/2024 de su índice, relativo al juicio ejecutivo mercantil,
en el que se ordenó la protocolización de la escritura a favor del adjudicatario del bien inmueble del cual
refiere la parte quejosa, ser propietaria, así como la cancelación de la orden de cambio de propietario
del inmueble controvertido.
Ello, para publicarse conforme a lo ordenado mediante proveído de veintitrés de diciembre de dos mil
veinticinco, por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios
de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndole saber al tercero interesado Óscar José Alonso
Romero, que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la
última publicación, quedando a su disposición, en la Secretaría del Juzgado, copia del escrito inicial
y aclaratorios de demanda.
Asimismo, se le previene para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, dentro
del término de tres días siguientes a que fenezcan los treinta días que se le conceden, apercibido que de no
hacerlo, las subsecuentes comunicaciones que deban de ser personales, le serán practicadas por medio de
lista que se publique en los estrados de este Tribunal.
Atentamente
San Luis Potosí, S.L.P., 23 de diciembre de 2025.
Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado
Benjamín Rocha Loredo
Rúbrica.
(R.- 573337)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en La Laguna
EDICTOS
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN LA LAGUNA.
GEO LAGUNA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
(TERCERO INTERESADO)
En los autos del juicio de amparo 747/2025, promovido por Javier de León Reyes, radicado en este
Juzgado Primero de Distrito en La Laguna, se ha señalado a usted como tercero interesado, ahora, como se
desconoce su domicilio actual, en proveído de diecinueve de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó su
emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el
“Diario Oficial”, en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República y en uno de mayor
circulación local, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, haciéndole saber que mediante auto de veintiséis de
mayo de dos mil veinticinco, se admitió la demanda promovida por Javier de León Reyes, contra actos de la
Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Torreón, Coahuila y otras autoridades, haciendo de su conocimiento
que el acto reclamado lo constituye la omisión de la Junta local de Conciliación y Arbitraje de Torreón,
Coahuila de ordenar al Ayuntamiento de Torreón las claves catastrales y el impuesto predial de cada uno de
los terrenos embargados, rematados y adjudicados en audiencia de fecha de treinta de abril de dos mil
diecinueve, dentro del juicio laboral 2837/2013 del índice de la mencionada Junta Local de Conciliación y
Arbitraje, ello en cumplimiento al laudo; ordenando correrle traslado con copia de la misma, la cual queda a su
disposición en la secretaría del Juzgado Primero de Distrito en La Laguna, sitio en boulevard Independencia
120
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
2111 oriente, colonia San Isidro, de esta ciudad; haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término
de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de los citados edictos, en caso de no
comparecer ante este juzgado, pasado ese tiempo, se seguirá el presente juicio de amparo, haciéndole las
ulteriores notificaciones por lista que se fijará en los estrados de este juzgado, conforme a lo dispuesto por
artículo 27, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
aplicado supletoriamente a la legislación mercantil. Conste. Doy fe.
Atentamente
Torreón, Coahuila de Zaragoza, a 19 de febrero de 2026.
El Secretario adscrito al Juzgado Primero de Distrito en La Laguna
Lic. Francisco Javier Ibarra Rivera
Firma Electrónica.
(R.- 573343)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León
EDICTO
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIAS CIVIL
Y DE TRABAJO EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
“Cipriano Robles Hernández, Claudio Pérez Díaz, Félix Bonifacio Alvarado Rivera, Alejandro Hernández
Morales, Leocadio Francisco Sánchez, Luis Hernández Bautista, Luis Manuel González Infante, Gustavo
Bucio González, Cresenciano Villegas Rivera, Gerardo Ramírez De Luna”
En los autos del juicio de amparo 704/2021-2-D, promovido por CONSTRUCTORA BAXAL, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos de la Junta Especial Número Seis de la Local de
Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León, y otras autoridades, y en virtud de que se le señaló a
ustedes como terceros interesados, desconociéndose sus domicilios actuales, en cumplimiento al acuerdo
dictado el veintiuno de enero de dos mil veintiséis, se ha ordenado emplazarlos a juicio a ustedes por
EDICTOS, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la
Federación y en el periódico "El Norte", que se edita en esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria. Queda a disposición del tercero interesado de referencia, en la Actuaría de este Juzgado
copla de la demanda de amparo, en la que se reclama del Junta Especial Número Seis de la Local de
Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León:
EI emplazamiento y todo lo actuado con posterioridad, incluido el laudo de cinco de abril pasado, que
condena a la demandada, aquí quejosa a las prestaciones reclamadas, y que en ejecución de dicho laudo, la
actora presenta planilla de liquidación por la cantidad de $3,076,829.00 (tres millones setenta y seis mil
ochocientos veintinueve pesos 00/100 moneda nacional).
Del Presidente, Secretario General de la Junta y Actuario Notificador adscritos a la Junta
responsable, la ejecución de los actos reclamados, así como el embargo de la cuenta bancaria número
0192578875, de la institución financiera denominada BBVA Bancomer sociedad anónima.
Actos emitidos en los expedientes laborales 02339/i/06/2020, 02341/i/06/2020, y en sus el expediente
acumulados
02342/i/06/2020,
02344/i/06/2020,
02347/i/06/2020,
02350/i/06/2020,
02345/i/06/2020,
02348/i/06/2020, laboral número 2340/i/06/2020, 02343/i/06/2020, 02346/i/06/2020, 02349/i/06/2020,
02353/i/06/2020, 02351/i/06/2020, 02354/i/06/2020, 02358/i/06/2020, 02363/i/06/2020, promovidos por
Cipriano Robles Hernández, Ricardo Hernández Cruz , Humberto Escamilla Rivera, Claudio Pérez Díaz, Félix
Bonifacio Alvarado Rivera, Pedro Hernández Hernández, Adrián Alejandro Silva Gaytán, Alejandro Hernández
Morales, Leocadio Francisco Sánchez, Luis Hernández Bautista, Luis Manuel González Infante, Oswaldo
Reyes Márquez, Gustavo Bucio González, Cresenciano Villegas rivera, Jaime Roberto Ramírez Rodríguez,
Gerardo Ramírez de Luna, Fermín Faustino López Valeriano, en contra de la apersona moral Constructora
Baxal, sociedad anónima de capital variable, del índice de la Junta Especial número Seis de la Local de
Conciliación y Arbitraje del Estado.
Monterrey, Nuevo León, a veintiuno de enero de dos mil veintiséis.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado
Lic. Alexandra Abigail Márquez Aguilar
Rúbrica.
(R.- 573348)
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA
PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DEL VEHÍCULO MARCA
KENWORTH, COLOR BLANCO, TIPO AUTOTANQUE, NÚMERO DE SERIE 2NKMLZ9X17M311204, CON
NÚMERO DE PLACAS 280-EE-9 DEL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL.
En auto de 31 de diciembre de 2025, dictado en el juicio de extinción de dominio 45/2025-V, se admitió a
trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía
General de la República contra José Juan Cortés Sanjinez, en su calidad de demandado; de conformidad con
el artículo 86 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de
que comparezca a juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a
favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto del vehículo marca Kenworth, color
blanco, tipo autotanque, número de serie 2NKMLZ9X17M311204, con número de placas 280-EE-9 del
Servicio Público Federal, del cual se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se
encuentra vinculado con el hecho ilícito en materia de hidrocarburo, previsto en el numeral 9, fracción Il, de la
Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, el cual se encuentra
asegurado por el fiscal Federal investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 3, planta baja, del edificio sede San
Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza,
código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya
surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga.
Ciudad de México
30 de diciembre de 2025.
Secretaria adscrita al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Esmeralda Ramírez López
Rúbrica.
(E.- 000886)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA
PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DEL TRACTOCAMIÓN MARCA
KENWORTH, CON NÚMERO DE SERIE 3WKDDBOX99F823766, TIPO PIPA, CON PLACA DELANTERA
62AE18 Y TRASERA 85-AE-4B.
En auto 21 de enero de 2026, dictado en el juicio de extinción de dominio 44/2025, se admitió a trámite el
juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación de la Fiscalía General de la República
contra Ruperto Alonso Villareal Diharce, en su calidad de demandado; de conformidad con el articulo 86 de la
122
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de que comparezca a
juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de
los derechos de propiedad y/o posesión respecto del vehículo Tractocamión marca Kenworth, con número de
serie 3WKDDBOX99F823766, tipo pipa, con placa delantera 62AE18 y trasera 85-AE-4B del cual se presume
que su origen no es de legítima procedencia ya que se encuentra vinculado con el hecho ilícito en materia de
hidrocarburo, previsto en el numeral 9, fracción II, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos
Cometidos en Materia de Hidrocarburos, el cual se encuentra asegurado por el fiscal Federal investigador, así
como por este órgano jurisdiccional.
Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 3, nivel planta baja, del edificio sede San
Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza,
código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya
surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga.
Ciudad de México
21 de enero de 2026.
Secretaria adscrita al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Niza Ivonne Poceros Muñoz
Rúbrica.
(E.- 000887)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA
O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA, POR TRES VECES
CONSECUTIVAS; Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
E D I C T O
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE:
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 5/2024-V.
Se comunica a la parte afectada Jesús Alberto Andrade Hernández, quien tiene derecho sobre el
numerario de USD 342,000.00 (trescientos cuarenta y dos mil dólares americanos 00/100) y $41,000.00
(cuarenta y un mil pesos 00/100 moneda nacional), lo siguiente:
Que en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede
en la Ciudad de México, se radicó el expediente 5/2024-V, relativo al Juicio de Extinción de Dominio,
promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación, adscritos a la Fiscalía Especial en
Materia de Extinción de Dominio, respecto de dicho numerario, señalando a Jesús Alberto Andrade
Hernández, como parte afectada y a cualquier persona que tenga derecho en relación a este.
La persona afectada Jesús Alberto Andrade Hernández, deberá presentarse ante este Juzgado de Distrito,
ubicado en el Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina,
Número Dos, Acceso Dos, Nivel Uno, Colonia del Parque, C.P. 15960, Ciudad de México, dentro del
término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a acreditar
su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
123
Se hace del conocimiento de la persona afectada Jesús Alberto Andrade Hernández, que las copias
de traslado correspondientes, quedan a su disposición en la Secretaria de este Juzgado.
Por último, se informa que se concedió la medida cautelar del aseguramiento del numerario materia
de extinción.
Expedido en la Ciudad de México, a seis de febrero de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Maribel Castañeda Pérez
Rúbrica.
(E.- 000888)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL PORTAL DE INTERNET
DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
DE BAJA CALIFORNIA.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el bien mueble consistente en: Aeronave marca
Cessna Aircraft Company (actualmente Textron Aviation), modelo 182Q, número de serie 18265328, fabricada
en 1977, con matricula nacional de uso privado comercial XB-AFI, lo siguiente:
Que en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la
República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede
en la Ciudad de México, se radicó el expediente relativo al Juicio de Extinción de Dominio 1/2026
promovido por Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de
Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de
la República, en contra de Jesús García Peña, con el carácter de demandado, por considerar que no se
acreditó la legítima procedencia de la aeronave referida.
Las personas que se crean con derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este Juzgado
de Distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina
número dos, acceso once, nivel de plaza, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro
del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a
acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de aseguramiento precautorio del bien
afecto (aeronave).
Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el diez de febrero de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Adalberto Nabor Pineda
Rúbrica.
(E.- 000890)
124
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA
PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE UN TRACTOCAMIÓN
MARCA MACK, TIPO QUINTA RUEDA, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 57-AV-1H
DE CARGA, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 1M1AW07Y5EM041481, VEHÍCULO DE
ORIGEN EXTRANJERO Y CORRESPONDIENTE A UN AÑO MODELO 2014.
En auto de ocho de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de extinción de dominio 34/2025, se
admitió a trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la
Fiscalía General de la República, en contra de Erika Talón Argüelles y Luxemborg México Fuel Group,
Sociedad Anónima de Capital Variable, en su calidad de codemandados; de conformidad con el artículo 86 de
la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de que comparezca a
juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de
los derechos de propiedad y/o posesión respecto del vehículo Tractocamión marca Mack, tipo quinta rueda,
color blanco, con placas de circulación 57-AV-1H de carga, con número de identificación vehicular
1M1AW07Y5EM041481, vehículo de origen extranjero y correspondiente a un año modelo 2014, del cual se
presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentra vinculado con el hecho ilícito de
sustracción ilícita de hidrocarburos, previsto y sancionado por el artículo 8 fracción I, de la Ley Federal
para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, vehículo el cual se encuentra
asegurado por el Fiscal Federal Investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 11, nivel plaza, del edificio sede San
Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza,
código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya
surtido efectos la publicación del último edicto a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga.
Ciudad de México
Dieciséis de octubre de dos mil veinticinco.
Secretario adscrito al Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
José Jaime Castellanos Rosas
Rúbrica.
(E.- 000893)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
1/8
de plana
$ 2,843.00
2/8
de plana
$ 5,686.00
3/8
de plana
$ 8,529.00
4/8
de plana
$ 11,372.00
6/8
de plana
$ 17,058.00
1
plana
$ 22,744.00
1 4/8
planas
$ 34,116.00
2
planas
$ 45,488.00
Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales por
concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo
que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación
de un servicio en 2026.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
125
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE TENGA UN DERECHO SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN
DE EXTINCIÓN DE DOMINIO
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 42/2025-II.
JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA
EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL
PRIMER CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
En el juicio de extinción de dominio 42/2025-II, la Juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, licenciada Ana Lilia Osorno Arroyo, ordenó en proveído de
veintisiete de enero del dos mil veintiséis, emplazar por medio de edictos a cualquier persona que tenga un
derecho sobre los bienes objeto de la acción de extinción de dominio, que deberán de publicarse por tres
veces consecutivas tanto en el Diario Oficial de la Federación, así como, en el Periódico Oficial del
Estado de Querétaro y por Internet en la página de la Fiscalía General de la República, para hacerles
saber que cuentan con el término de treinta días hábiles contados a partir de que surta efectos la
publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia de la demanda y anexos en la
secretaría de este juzgado.
Asimismo, se hace constar que las partes en el juicio son:
Parte actora: agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia
de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General
de la República.
Demandado: (persona incierta).
En que se reclama en síntesis lo siguiente:
a)
La declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio, respecto de los
bienes siguientes:
1). Tractocamión marca Kenworth, tipo quinta rueda, color rojo, placas de circulación 83-WS-7X de la
Secretaria de Comunicaciones y Transportes, serie 3WKAD40X9BF836389, de fabricación nacional y año
modelo 2011.
2) Tractocamión marca Kenworth, tipo quinta rueda, color negro, placas de circulación 51-UT-8V de la
Secretaria de Comunicaciones y Transportes, serie 3WKDD40X58F823404, de fabricación nacional
y año modelo 2008;
3) Semirremolque marca Trailmobile, tipo caja seca, color blanco, serie 1PT01JAH8V6000307, de origen
extranjero y año modelo 1997.
b) La declaración judicial de extinción de dominio, consistente en la pérdida a favor del Estado, de los
derechos de propiedad y/o posesión que ostente la parte demandada, respecto de los bienes descritos a favor
del estado, por conducto del Gobierno Federal, sin contraprestación ni compensación.
c) Una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, gire oficio al
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos conducentes.
Ciudad de México, a veintinueve de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
David Asdrival Villa Camacho
Rúbrica.
(E.- 000889)
126
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
PUBLICACIÓN DE SANCIÓN
El
cuatro
de
febrero
de
dos
mil
veintiséis,
en
el
expediente
administrativo
número
DGSP/DELC/PAS/106/2025, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se
impuso a la persona moral denominada CONSULTORIA EMPRESARIAL ZAIDE, S.A. DE C.V., con número
de Registro Federal Permanente DGSP/173-19/3909 y domicilio ubicado AV. IGNACIO ALLENDE NO. 14,
INT. C, COLONIA SAN MATEO TECOLOAPAN, ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MEXICO,
C.P. 52920, la siguiente sanción:
1) AMONESTACIÓN con difusión pública en la página de internet de la Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana prevista en el artículo 42 fracción I de la Ley Federal de Seguridad Privada, 1) omitió
registrar el alta de un (01) elementos operativo, sin embargo subsanó posterior a la visita de verificación
y 2) omitió contar con el personal necesario para prestar los servicios de seguridad privada, sin embargo,
subsanó posteriormente; por lo que incumple con los artículos 12 fracción X, 13, 25 fracción VI, 28 fracción
III, y 32 fracción XVI de la Ley Federal de Seguridad Privada y 20 fracción V, 23 fracciones II y XII, 32 y 33 de
su Reglamento.
Ciudad de México, a 18 de febrero de 2026.
Director General de Seguridad Privada
Enrique Martínez Garza
Rúbrica.
(R.- 573351)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Expediente: 1130/25-EPI-01-8
Actor: Compañia Cerillera Atlas, S.A de C.V.
“EDICTO”
AITOR JOSÉ ODRIZOLA GARÍN.
En el juicio 1130/25-EPI-01-8, promovido por COMPAÑIA CERILLERA ATLAS, S.A DE C.V., en contra del
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en el que demanda la nulidad de la resolución contenida en el
oficio de 02 de abril de 2025, con código de barras 20250500501 emitido por el Coordinador Departamental
de Examen de Marcas “C”, del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, mediante la cual negó el registro
marcario con número de expediente 2886449 LA MORENITA, por haber considerado que es semejante en
grado de confusión a la marca 604513 MORENITA DEL TEPEYAC, propiedad del C. AITOR JOSÉ
ODRIOZOLA GARIN, al actualizarse la prohibición prevista por el artículo 173, fracción XVIII, de la Ley
Federal de Protección a la Propiedad Industrial, por lo que se dictó un acuerdo con fecha de 8 de diciembre de
2025, en donde se ordenó emplazar al tercero interesado AITOR JOSÉ ODRIZOLA GARÍN., por edictos con
fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndosele saber que tiene un término
de treinta días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del edicto, para que
comparezca en esta Sala ubicada en Av. México 710, Piso 4, Colonia San Jerónimo Lídice, Alcaldía
Magdalena Contreras, C.P. 10200, Ciudad de México, apercibido que en caso contrario las notificaciones se
realizarán por boletín jurisdiccional.
Ciudad de México, a 8 de diciembre de 2025.
Magistrada Instructora
Lic. Elizabeth Ortiz Guzmán
Rúbrica.
Secretario de Acuerdos
Lic. Francisco Javier Islas Hernández
Rúbrica.
(R.- 572922)
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
127
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Substanciación “A”
EDICTO
En los Procedimientos de Responsabilidad Administrativa, con números de expediente DGSUB”A”/A.2/1983/11/2025, DGSUB"A"/A.2/2040/11/2025,
DGSUB"A"/A.2/2126/12/2025 y DGSUB"A"/A.2/2145/12/2025 iniciados por la Dirección General de Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación, por
la presunta comisión de faltas administrativas graves, con fecha veintisiete de enero de dos mil veintiséis, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez
es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118, se ordenó, emplazar por medio de edictos a diversos presuntos responsables
para que comparezcan a las Audiencias Iniciales, en la siguiente fecha y horarios:
PRESUNTO RESPONSABLE
PROCEDIMIENTO
FALTA ADMINISTRATIVA
DÍA
HORA
GUSTAVO ZAPATA VEGA
DGSUB”A”/A.2/1983/11/2025
ABUSO DE FUNCIONES
(Art 57)
VEINTITRÉS (23) DE ABRIL
DE DOS MIL VEINTISÉIS
(2026)
DIEZ HORAS CON CERO
MINUTOS (10:00)
APOLO JIMÉNEZ MARTÍNEZ
DGSUB"A"/A.2/2040/11/2025
ONCE HORAS CON CERO
MINUTOS (11:00)
ERNESTO EMMANUEL
PÉREZ RODRÍGUEZ
DGSUB"A"/A.2/2126/12/2025
DOCE HORAS CON CERO
MINUTOS (12:00)
SANTIAGO JOSÉ
ARGÜELLO CAMPOS
DGSUB"A"/A.2/2145/12/2025
TRECE HORAS CON CERO
MINUTOS (13:00)
Audiencias que se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de
la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio “A” situado en Carretera Picacho Ajusco, número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110,
Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, para que rindan su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias para su defensa;
asimismo se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse personalmente y de
ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor, en caso de solicitarlo, les será nombrado uno de oficio. De igual forma, se pone a
su disposición las copias de traslado, además de que podrán acudir a consultar las constancias que integran el Expediente de Presunta Responsabilidad
Administrativa correspondiente, en el domicilio antes señalado, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se les hace saber que
deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, apercibidos que de no hacerlo, las
que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados de la Auditoría Superior
de la Federación. Si pasado el término referido, no comparecen a la audiencia inicial, se seguirá el procedimiento, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por
rotulón, las cuales contendrán, en síntesis, la determinación que ha de notificarse. Ciudad de México, a veintisiete de enero de dos mil veintiséis, el Licenciado Isaid
Rodríguez Esquivel, Director de Substanciación “A.2” de la Auditoría Superior de la Federación.- Rúbrica.
(R.- 572706)
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
128
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Substanciación “A”
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA AUDIENCIA INICIAL
ALFONSO JAVIER ARREDONDO HUERTA, Director de Substanciación “A.1” de la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de
la Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 79, 108 y 109, fracción III, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 9, fracción III, 112, 113, 193, fracciones I, II y III, 194, 198, y 209, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez
es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118; en cumplimiento a los acuerdos del diecinueve, veintiuno, veintitrés,
veintiocho y treinta de enero de dos mil veintiséis, mediante los cuales se ordenó el emplazamiento por medio de edictos, en atención a que no fue posible la
localización de los presuntos responsables en los domicilios proporcionados para tal efecto, sin que se cuente con mayores datos no obstante que se agotaron las
diligencias necesarias para su localización; en razón de lo anterior, se les notifica el emplazamiento al Procedimiento de Responsabilidad Administrativa, iniciado en su
contra por la Dirección General de Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación, por las infracciones que les imputa la hoy Dirección General de
Investigación y Responsabilidades “A” de la Auditoría Superior de la Federación respecto de las faltas administrativas graves y los actos de particulares vinculados con
faltas administrativas graves, que se encuentran descritas en los Informes de Presunta Responsabilidad Administrativa, por lo que, se les cita para que comparezcan
personalmente o por conducto de su representante o apoderado legal quien deberá acreditar su personalidad, ante el suscrito Director de Substanciación “A.1”, en la
celebración de la audiencia inicial en la fecha y horario siguiente:
PRESUNTO RESPONSABLE
PROCEDIMIENTO DE
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
FALTA ADMINISTRATIVA GRAVE Y/O
ACTOS DE PARTICULARES VINCULADOS
CON FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES
FECHA
HORA
RANCHO LAS 4 PERLAS, S.C. DE R.L.
DE C.V., en su carácter de Beneficiaria
del Programa de Fomento a la Agricultura
(S259),
Componente
Investigación,
Innovación
y
Desarrollo
Tecnológico
Agrícola, Incentivo de Innovación
y
Desarrollo Tecnológico
DGSUB"A"/A.1/1832/09/2025
Uso indebido de recursos públicos prevista
en el artículo 71 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas.
23 de abril de 2026
9:00
CBG CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.,
en su carácter de Contratista del contrato
FAM-11001-18-2018, relativa a la obra
denominada
Universidad
Tecnológica
Metropolitana de Aguascalientes, Nueva
Creación, Villas de Nuestra Señora de la
Asunción,
Aguascalientes,
Aguascalientes.
DGSUB"A"/A.1/1854/10/2025
Uso indebido de recursos públicos prevista
en el artículo 71 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas.
23 de abril de 2026
09:30
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
129
DARVESA CONSTRUCCIONES, S.A.
DE C.V., Contratista del contrato FAM-
11004-18-2018,
relativa
a
la
obra
denominada Consolidación 2ª. Etapa de
Centro de Información y Documentación
de la Universidad Tecnológica de Calvillo,
Carretera al Tepetate no. 102 Col. EL
Salitre, Calvillo, Aguascalientes.
DGSUB"A"/A.1/1854/10/2025
Uso indebido de recursos públicos prevista
en el artículo 71 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas.
23 de abril de 2026
10:00
SONIA LORA BARROSO, en su carácter
de Responsable Interno Solidario de los
contratos
de
donación
SC/DGA/CD/02903/18,
SC/DGA/CD/02160/18.
DGSUB"A"/A.1/1883/10/2025
Uso indebido de recursos públicos prevista
en el artículo 71 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas.
23 de abril de 2026
10:30
ENRIQUE CÁRDENAS PÉREZ, en su
carácter de Responsable Interno Solidario
del
contrato
de
donación
SC/DGA/CD/02330/18.
DGSUB"A"/A.1/1883/10/2025
Uso indebido de recursos públicos prevista
en el artículo 71 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas.
23 de abril de 2026
11:00
NO ME DA LA VIDA PRODUCCIONES,
A.C., en su carácter de Donataria de los
contratos
de
donación
SC/DGA/CD/02903/18,
SC/DGA/CD/02160/18,
SC/DGA/CD/02330/18,
SC/DGA/CD/02295/18.
DGSUB"A"/A.1/1883/10/2025
Uso indebido de recursos públicos prevista
en el artículo 71 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas.
23 de abril de 2026
11:30
CONSTRUCTORA DELAHE, S.A. DE
C.V., en su carácter de Contratista del
Contrato de Obra Pública por Tiempo
Determinado y en base a Precios
Unitarios IEEV-FONR-598-18.
DGSUB"A"/A.1/1952/10/2025
Uso indebido de recursos públicos prevista
en el artículo 71 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas.
23 de abril de 2026
12:00
RUBÉN CORIA ROJAS, en su carácter
de Residente de Obra del Contrato
Plurianual de Obra Pública a Precios
Unitarios y Tiempo Determinado LPI-OP-
DCAGI-SC-072-16
DGSUB"A"/A.1/2018/11/2025
Abuso de funciones prevista en el artículo 57
de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
23 de abril de 2026
12:30
ESTHER CASTELLANOS RODRÍGUEZ,
en su carácter de Tesorera del Municipio
de Comala, Colima
DGSUB"A"/A.1/2042/11/2025
Abuso de funciones prevista en el artículo 57
de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
23 de abril de 2026
13:00
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
130
RUBÉN CORIA ROJAS, en su carácter
de Residente de Obra del Contrato
Plurianual de Obra Pública a Precios
Unitarios y Tiempo Determinado LPI-OP-
DCAGI-SC-072-16
DGSUB"A"/A.1/2045/11/2025
Abuso de funciones prevista en el artículo 57
de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
23 de abril de 2026
13:30
JESÚS ALBERTO ROMO CASILLAS,
en su carácter de Jefe del Departamento
de Recursos Materiales y Servicios
Generales del Instituto de Servicios de
Salud Pública del Estado de Baja
California
DGSUB"A"/A.1/2062/11/2025
Abuso de funciones prevista en el artículo 57
de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
23 de abril de 2026
14:00
GERARDO GOCHICOA MELÉNDEZ, en
su carácter de Director de Desarrollo y
Mantenimiento de Sistemas del Banco del
Ahorro Nacional y Servicios Financieros,
S.N.C. (BANSEFI) ahora Banco del
Bienestar, S.N.C.
DGSUB"A"/A.1/2092/11/2025
Desvío de recursos públicos y Abuso de
funciones prevista en los artículos 54 y 57 de
la
Ley
General
de
Responsabilidades
Administrativas.
23 de abril de 2026
14:30
Las citadas audiencias se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría
Superior de la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio “A” situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal,
C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, para que rindan su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen
necesarias para su defensa. Asimismo, se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a
defenderse personalmente o ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor les será nombrado uno de oficio cuando así lo
soliciten y en el caso de las personas morales, cuando su representante tenga la facultad de delegar dicha representación. En virtud de lo anterior y en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 193 fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se ponen a su disposición, las copias certificadas del Informe de
Presunta Responsabilidad Administrativa, que contiene los elementos que establece el artículo 194 de dicho ordenamiento; así como del Acuerdo por el que se admite
y de las constancias del Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa integrado por la hoy Dirección General de Investigación y Responsabilidades “A” de la
Auditoría Superior de la Federación, de los procedimientos de mérito, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las
18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se les hace
saber que en su audiencia inicial deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación,
apercibidos que de no hacerlo, las que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los
estrados de la Auditoría Superior de la Federación. Si, pasado el término referido anteriormente, no comparecen a la audiencia inicial, por sí o por la persona que
legalmente lo represente, se seguirá el procedimiento sin su comparecencia, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, que también se fijará en los
estrados de la Auditoría Superior de la Federación, y que contendrán, en síntesis, la determinación que han de notificarse. Ciudad de México, a treinta de enero de dos
mil veintiséis. El Director de Substanciación “A.1”, Dr. Alfonso Javier Arredondo Huerta.- Rúbrica.
(R.- 572752)
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
131
Instituto Mexicano del Seguro Social
Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Norte del Distrito Federal
Jefatura de Servicios Administrativos
CONVOCATORIA
En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos: 134 párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 131 y 132 en correlación con el
139, de la Ley General de Bienes Nacionales; numeral 5.7.2 del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales
y; numerales 7.5 7.5.4, 7.5.5, 7.5.6, 7.9, 7.9.1 inciso a), 7.9.4, 7.10, 7.10.1, 7.10.7, 7.11, 7.11.3 incisos a, b, c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, m, n, o, p, q , r, u 7.12, 7.12.1, 7.12.2
incisos a, b, c, d, e, f, g fracciones I, II y III, h, i, j, k, l fracciones I y II, m, n, o, p, q, r, s fracciones I, II y III, t, u, v y w, 7.12.3, 7.12.4, 7.12.5, 7.12.6, 7.12.7, 7.12.8,
7.12.9, 7.12.10, 7.12.11, 7.12.12, 7.12.13, 7.12.14, 7.12.15, 7.13, 7.13.1, 7.13.2, 7.13.3 de la Norma que establece las Bases Generales para el Registro, Afectación,
Disposición Final y Baja de Bienes del Instituto Mexicano del Seguro Social, el Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Norte del Distrito Federal por
conducto del Departamento de Conservación y Servicios Generales, llevará a cabo el procedimiento de Licitación Pública LP-001-DFNTE-2026, para la enajenación
por venta de bienes no útiles (desechos) de generación continua, que se relacionan a continuación:
Número
de la
partida
Descripción general del bien
Cantidad
Máxima
Unidad de
Medida
Valor mínimo de venta
por unidad de medida,
sin incluir el Impuesto
al Valor Agregado.
(Cifras en pesos
mexicanos).
Valor mínimo de la venta
de la partida (Cifras en
pesos mexicanos)
Valores publicados en el
Diario Oficial de la
Federación el día 19 de
Enero de 2026.
Garantía de
Sostenimiento de
Oferta, equivalente al
diez por ciento del
valor mínimo de venta
de partida. (Cifras en
pesos mexicanos).
1
Cartón
193,260
Kilogramo
$2.4296
$469,544.50
$46,954.45
2
Desecho Ferroso de Segunda,
alambre y cable de acero, fierro
galvanizado, postes metálicos.
Tubería de acero, desecho mixto
de fierro y lámina
56,010
Kilogramo
$3.8036
$213,039.64
$21,303.96
3
Papel Archivo
11,688
Kilogramo
$2.505
$29,278.44
$2,927.844
4
Papel General
3,168
Kilogramo
$2.505
$7,935.84
$793.58
5
Plástico
32,000
Kilogramo
$5.1269
$164,060.80
$16,406.08
6
Madera Proveniente de Tarimas
2,000
Kilogramo
$1.7475
$3,495.00
$349.50
7
Trapo Limpio
35,000
Kilogramo
$12.1998
$426,993.00
$42,699.30
8
Mobiliario y Equipo Capitalizable
(desecho).
2,432
Kilogramo
$3.8036
$9,250.35
$925.03
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
132
•
Las Bases se entregarán en forma gratuita a los interesados, quienes las podrán obtener en la Oficina de Servicios Complementarios del Departamento de
Conservación y Servicios Generales, ubicada Calzada Vallejo número 675, Colonia Magdalena de las Salinas, Alcaldía Gustavo A. Madero, Código Postal 07760,
Ciudad de México, los días 5 y 6 de Marzo de 2026, en un horario de 09:00 a 15:00 horas. Las Bases también estarán disponibles en Internet en la dirección
electrónica siguiente http://compras.imss.gob.mx/?P=imssvende
•
El Acto de la Junta la de Aclaraciones a las Bases, se llevará a cabo a las 10:00 horas del día 10 de Marzo de 2026, en la Oficina de Servicios
Complementarios del Departamento de Conservación y Servicios Generales, ubicada Calzada Vallejo número 675, Colonia Magdalena de las Salinas, Alcaldía
Gustavo A. Madero, Código Postal 07760, Ciudad de México.
Será obligación de los interesados en participar, obtener copia del Acta de la Junta de Aclaraciones, misma que también será colocada en la página de internet
http://compras.imss.gob.mx/?P=imssvende y formará parte integral de las Bases.
•
El Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, se llevará a cabo a las 10:00 horas del día 13 de Marzo de 2026, en la Oficina de Servicios Complementarios
del Departamento de Conservación y Servicios Generales, Calzada Vallejo número 675, Colonia Magdalena de las Salinas, Alcaldía Gustavo A. Madero, Código Postal
07760, Ciudad de México; pudiendo los licitantes registrar su asistencia a partir de las 09:30 horas en el domicilio señalado, en el formato que para tal efecto
establezca la convocante.
•
El Acto de emisión de Fallo de la Licitación, se llevará a cabo a las 15:00 horas del día 19 de Marzo de 2026, en la Oficina de Servicios Complementarios del
Departamento de Conservación y Servicios Generales, Calzada Vallejo número 675, Colonia Magdalena de las Salinas, Alcaldía Gustavo A. Madero, Código Postal
07760, Ciudad de México.
•
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.13.2 y 7.13 de la Norma que establece las Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y
Baja de Bienes del Instituto Mexicano del Seguro Social; una vez emitido el fallo y en caso de que no se logré la venta de los bienes, se podrá proceder a la subasta en
el mismo evento de emisión de fallo, respecto de las partidas que se declararon desiertas, siendo postura legal en primer almoneda las dos terceras partes del valor
mínimo de venta de la partida que se trate y, un diez por ciento menos en segunda almoneda.
•
El retiro de los Bienes adjudicados deberá efectuarse con recursos propios del ganador, en los domicilios de las unidades médico-administrativas que se
indican en las bases y, por tratase de bienes de generación continua, dichos bienes deberán retirar dentro de los cinco días hábiles a la fecha en que se generen en
cada unidad médico- administrativa.
•
Para todos los casos se hará efectiva la garantía de cumplimiento de oferta cuando no se cumpla en tiempo y forma con el retiro de los bienes.
•
La garantía de sostenimiento de oferta deberá ser constituida por los participantes en Moneda Nacional, por un importe del 10% (diez por ciento) del valor
mínimo de venta de la (s) partida (s) en que vaya a participar, mediante cheque certificado o de caja expedido por una Institución Bancaria, a favor del Instituto
Mexicano del Seguro Social.
Ciudad de México, a 03 de marzo de 2026.
Titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Norte del Distrito Federal
Dra. Patricia Soto Márquez
Rúbrica.
(R.- 573352)
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
133
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE PLAZAS
VACANTES DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
Secretaría de Gobernación
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación con fundamento en los artículos 21, 25,
26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38, 39, 40 de su Reglamento publicado en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 06 de septiembre de 2007 y con última reforma del 04 de enero de 2024; los artículos
243, 244, 245, 246 y 247 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia
de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el pasado 19 de diciembre
de 2025 (“Disposiciones”), así como a los Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la
Administración Pública Federal publicados en el DOF el 18 de septiembre de 2020, emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA 07/2026 de los concursos para ocupar los siguientes puestos del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
1.
Denominación y
Código de Puesto
COORDINADOR (A) DE CONSTRUCCION DE CIUDADANIA Y DESARROLLO DE
CAPACIDADES SOCIALES
04-521-1-M1C025P-0000098-E-C-T
Nivel
Administrativo
M43
DIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$130,377.00 (CIENTO TREINTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PARTICIPACION Y CONSULTAS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DIRIGIR ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DE CONSTRUCCION DE
CIUDADANIA EN MATERIA DE CULTURA CIUDADANA INCLUSIVA Y DE
HABILIDADES SOCIALES Y EMOCIONALES DE LOS INDIVIDUOS, PARA
CONTRIBUIR AL FORTALECIMIENTO DE LA GOBERNANZA DEMOCRATICA
Y DE LA PARTICIPACION SOCIAL EN EL PAIS.
2.
COORDINAR ACCIONES QUE PROMUEVAN LA IDENTIDAD NACIONAL
ENTRE LOS DISTINTOS NIVELES DE GOBIERNO, LA SOCIEDAD Y
ACTORES ESTRATEGICOS, PARA CONTRIBUIR AL ORGULLO NACIONAL
Y A SUPERAR EL ESTADO DE DESINTERES DE LA POBLACION EN LA
PARTICIPACION Y DECISIONES DEL GOBIERNO.
3.
DISEÑAR PROGRAMAS, ESTRATEGIAS Y ACCIONES DE MANERA
CONJUNTA CON DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL, PARA INCLUIR EN SUS ACCIONES LOS CONTENIDOS
EN MATERIA DE CONSTRUCCION DE CIUDADANIA, LA INCLUSION SOCIAL
Y EL DESARROLLO DEMOCRATICO DEL PAIS.
4.
CONDUCIR LA PARTICIPACION INSTITUCIONAL EN ACTIVIDADES DE
DELIBERACION, DIFUSION O DIVULGACION QUE FAVOREZCA EL
DESARROLLO
DE
CAPACIDADES
SOCIALES,
HABILIDADES
Y
HERRAMIENTAS QUE INCIDAN EN LA CONSTRUCCION DE CIUDADANIA,
PARA PROMOVER LA INCLUSION SOCIAL EN LOS AMBITOS DE LA VIDA
PUBLICA A TRAVES DE MESAS, TALLERES, FOROS, CONGRESOS, ETC.
5.
PROMOVER
ACCIONES
DE
COLABORACION
CON
ACTORES
GUBERNAMENTALES Y NO GUBERNAMENTALES, RELATIVAS A LA
CORRESPONSABILIDAD ENTRE ESTADO Y SOCIEDAD, PARA DISEÑAR
ESTRATEGIAS INCLUYENTES DE CONSTRUCCION DE CIUDADANIA.
6.
CONCERTAR
ACUERDOS
EN
MATERIA
DE
CONSTRUCCION
DE
CIUDADANIA CON ACTORES ESTRATEGICOS DEL SECTOR ACADEMICO,
SOCIAL Y PUBLICO, PARA FORMULAR CONTENIDOS Y PROGRAMAS DE
ESTUDIO E INVESTIGACION EN EL TEMA.
7.
CONSTRUIR Y PROPONER CRITERIOS Y BUENAS PRACTICAS EN
MATERIA DE CONSTRUCCION DE CIUDADANIA, PARA IMPULSAR SU
INCORPORACION
EN
POLITICAS,
PROGRAMAS,
ESTRATEGIAS
Y
ACCIONES QUE IMPLEMENTEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
134
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
8.
DIRIGIR LOS PROCESOS DE HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS Y DE
COMUNICACIONES RELATIVAS A LA CONSTRUCCION DE CIUDADANIA
Y PARTICIPACION SOCIAL, PARA DIFUNDIR LOS CONTENIDOS Y
PRACTICAS DE ACCIONES IMPLEMENTADAS EN ESTA MATERIA.
9.
DESARROLLAR
MODELOS
INTERINSTITUCIONALES
E
INTERSECTORIALES DE MONITOREO Y EVALUACION DE LOS AVANCES
EN MATERIA DE CONSTRUCCION DE CIUDADANIA, CON LA FINALIDAD DE
QUE SE DIFUNDAN ENTRE LA POBLACION Y ABONEN A LA GOBERNANZA
DEMOCRATICA DEL PAIS.
10. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICA Y GESTION SOCIAL
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
EDUCACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
SOCIOLOGIA
PROBLEMAS SOCIALES
CIENCIA POLITICA
INSTITUCIONES POLITICAS
POLITICA SECTORIAL
CULTURA
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
ETICA
ETICA DE GRUPO
FILOSOFIA
FILOSOFIA SOCIAL
HISTORIA
HISTORIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIA POLITICA
SISTEMAS POLITICOS
CIENCIA POLITICA
VIDA POLITICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO INTERNACIONAL
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
135
2.-
Denominación y
Código de Puesto
COORDINADOR (A) DE OPERACION Y SEGUIMIENTO INTERINSTITUCIONAL
04-522-1-M1C025P-0000061-E-C-T
Nivel
Administrativo
M43
DIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$130,377.00 (CIENTO TREINTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
CAPACITACION, CULTURA Y
CONSTRUCCION DE
CIUDADANIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
INSTRUMENTAR MECANISMOS DE SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS Y
CONSENSOS
QUE
SE
GENEREN
EN
TEMAS
DE
DESARROLLO
DEMOCRATICO,
FORMACION
CIVICA,
PARTICIPACION
CIUDADANA,
COHESION SOCIAL, CULTURA DE PAZ Y DE LEGALIDAD, Y LAS DEMAS
QUE SEAN DE LA COMPETENCIA, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO
DE LOS COMPROMISOS EN ESTAS MATERIAS QUE SE ESTABLECEN CON
AUTORIDADES DE LOS DISTINTOS ORDENES DE GOBIERNO, ASI COMO
CON ACTORES DEL SECTOR PRIVADO Y SOCIAL, NACIONAL O
INTERNACIONAL.
2.
CONDUCIR LOS PROCEDIMIENTOS DE SEGUIMIENTO DE LAS POLITICAS,
PROGRAMAS Y ACCIONES ARTICULADAS POR LA DIRECCION GENERAL
DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL, PARA CONSOLIDAR LA
CONCERTACION Y PARTICIPACION DE LOS DIVERSOS ACTORES
PUBLICOS Y PRIVADOS EN LA VIDA POLITICA Y SOCIAL DEL PAIS.
3.
DIRIGIR ESTRATEGIAS DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO DE ACUERDOS
Y COMPROMISOS EN MATERIA DEL INTERCAMBIO Y SISTEMATIZACION
DE BUENAS PRACTICAS QUE ESTABLECE LA DIRECCION GENERAL DE
COORDINACION INTERINSTITUCIONAL CON LOS TRES ORDENES Y
NIVELES DE GOBIERNO, ASI COMO OTROS ACTORES ESTRATEGICOS
NACIONALES E INTERNACIONALES, PARA MANTENER INFORMADAS A
LAS AUTORIDADES SOBRE LOS AVANCES Y RESULTADOS OBTENIDOS.
4.
INSTRUMENTAR LOS MODELOS DE PARTICIPACION DE FUNCIONARIOS
DE LA DIRECCION GENERAL, EN GRUPOS DE TRABAJO, COMITES,
COMISIONES
Y
DEMAS
ESPACIOS
DE
COLABORACION
INTERINSTITUCIONAL, PARA DAR SEGUIMIENTO A LOS TEMAS Y
POSICIONAMIENTOS SOBRE DIVERSOS ASUNTOS DE LA COMPETENCIA
DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION.
5.
IMPLEMENTAR DIRECTRICES DE REFORZAMIENTO DE ACCIONES EN
MATERIA DE DESARROLLO DEMOCRATICO, LA FORMACION CIVICA,
LA PARTICIPACION CIUDADANA, ASI COMO LAS DEMAS QUE SEAN
DE LA COMPETENCIA, PARA COADYUVAR EN EL CUMPLIMIENTO DE
LOS COMPROMISOS DE COORDINACION CON GOBIERNOS DE LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS, DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS ALCALDIAS;
ORGANOS CONSTITUCIONALES AUTONOMOS Y LOS OTROS PODERES
DE LA UNION.
6.
DESARROLLAR LOS PROYECTOS DE ESQUEMAS Y MODELOS DE
COORDINACION
INTERINSTITUCIONAL
CON
DIVERSOS
ACTORES
PUBLICOS
Y
PRIVADOS
NACIONALES
O
EXTRANJEROS,
PARA
SOMETERLOS A LA CONSIDERACION DEL TITULAR DE LA DIRECCION
GENERAL DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL.
7.
REPRESENTAR A LA PERSONA TITULAR DE LA SUBSECRETARIA DE
DESARROLLO DEMOCRATICO, PARTICIPACION SOCIAL Y ASUNTOS
RELIGIOSOS EN CONSEJOS, COMITES, ASAMBLEAS Y DEMAS ORGANOS
EN QUE SE REQUIERA, PARA CONTRIBUIR AL CUMPLIMIENTO DE LOS
TERMINOS DE LAS DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES.
8.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
136
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DEMOGRAFIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ESTUDIOS DE POBLACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMETRIA
SOCIOLOGIA
CAMBIO Y DESARROLLO
SOCIAL
CIENCIA POLITICA
ANALISIS DE INTELIGENCIA
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIA POLITICA
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS ECONOMICAS
CONSULTORIA EN MEJORA
DE PROCESOS
CIENCIAS ECONOMICAS
EVALUACION
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION INDUSTRIAL
Y POLITICAS
GUBERNAMENTALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
DEMOGRAFIA
DEMOGRAFIA GENERAL
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
PSICOLOGIA
ESTUDIO PSICOLOGICO DE
TEMAS SOCIALES
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
3.
Denominación y
Código de Puesto
COORDINADOR (A) DE ESTRATEGIA Y ANALISIS PARA LA PREVENCION
SOCIAL DEL DELITO Y RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL
04-542-1-M1C025P-0000025-E-C-T
Nivel
Administrativo
M43
DIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$130,377.00 (CIENTO TREINTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PREVENCION SOCIAL Y LA
RECONSTRUCCION DEL
TEJIDO SOCIAL
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
137
Funciones
Principales
1.
DETERMINAR LINEAS GENERALES DE ACCION EN EL PROCESO
DE DISEÑO DE ACCIONES TENDIENTES A LA IMPLEMENTACION DE
ESTRATEGIAS Y PROGRAMAS EN MATERIA DE PREVENCION SOCIAL
DEL DELITO Y DE RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL, PARA
PRESENTAR AL SUPERIOR JERARQUICO LOS COMETIDOS QUE
CONTRIBUYAN EN EL FORTALECIMIENTO Y CONSTRUCCION DE LA
CULTURA DE PAZ Y LEGALIDAD.
2.
PROPONER AL SUPERIOR JERARQUICO MECANISMOS Y ESPACIOS
DE COORDINACION ENTRE INSTANCIAS DE LOS TRES ORDENES DE
GOBIERNO, ORGANISMOS PUBLICOS O PRIVADOS, INSTITUCIONES,
ORGANIZACIONES Y ESPECIALISTAS EN MATERIA DE PREVENCION
SOCIAL DEL DELITO Y DE RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL, CON
EL FIN DE ESTABLECER ACUERDOS EN EL DISEÑO E IMPLEMENTACION
DE
PROGRAMAS
Y
PROYECTOS,
QUE
COADYUVEN
EN
EL
CUMPLIMIENTO DE LAS METAS ESTABLECIDAS EN LA MATERIA.
3.
ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSTRUCCION DE LOS
INDICADORES DE DESEMPEÑO EN MATERIA DE PREVENCION SOCIAL
DEL DELITO Y DE RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL, A FIN DE
PROPONER AL JEFE INMEDIATO LOS PARAMETROS QUE PERMITAN
EVALUAR LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES IMPLEMENTADAS CON
RESPECTO AL FORTALECIMIENTO DE LAS POLITICAS PUBLICAS EN EL
TEMA.
4.
DETERMINAR LOS MECANISMOS DE COORDINACION QUE FACILITEN
ESPACIOS DE PARTICIPACION DE LA CIUDADANIA EN TEMAS DE
PREVENCION SOCIAL DEL DELITO Y DE RECONSTRUCCION DEL TEJIDO
SOCIAL, PARA CONTRIBUIR EN LOS PROCESOS DE DIAGNOSTICOS,
PLANEACION, EJECUCION, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LOS
PROYECTOS EN LA MATERIA.
5.
PROPONER
A
SU
SUPERIOR
JERARQUICO
ACCIONES
DE
COORDINACION
CON
INSTANCIAS
COMPETENTES
EN
MATERIA
DE PREVENCION SOCIAL DEL DELITO Y DE RECONSTRUCCION DEL
TEJIDO SOCIAL, PARA ASEGURAR LA EVALUACION DE LAS METAS,
PROGRAMAS Y ACCIONES DEL GOBIERNO EN COPARTICIPACION CON
LA CIUDADANIA.
6.
DIRIGIR LOS PROCESOS EN MATERIA DE COOPERACION TECNICA E
INTERCAMBIO DE INFORMACION SOBRE LA PREVENCION SOCIAL DEL
DELITO CON INSTANCIAS COMPETENTES EN LOS TRES ORDENES DE
GOBIERNO E INTERNACIONALES, PARA CONTAR CON DATOS QUE
COADYUVEN EN EL FORTALECIMIENTO DE LAS POLITICAS PUBLICAS EN
MATERIA DE RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL.
7.
DETERMINAR POLITICAS Y LINEAMIENTOS SOBRE LA ELABORACION Y
DIFUSION DE ESTUDIOS QUE PERMITAN LA IDENTIFICACION DE LAS
CAUSAS SOCIALES DEL DELITO, PARA CONTAR CON DATOS QUE
FORTALEZCAN LAS POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION
SOCIAL DEL DELITO, Y REORIENTAR LAS ESTRATEGIAS Y ESFUERZOS
EN LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL, LA CULTURA DE PAZ Y
LEGALIDAD.
8.
DESARROLLAR PROPUESTAS DE CREACION DE ENTORNOS SEGUROS Y
RECUPERACION DE ESPACIOS PUBLICOS EN COORDINACION CON
AUTORIDADES
DE
LOS
TRES
ORDENES
DE
GOBIERNO,
PARA
COADYUVAR EN EL FORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS EN
MATERIA DE RECONCILIACION SOCIAL, PREVENCION SOCIAL DEL
DELITO Y RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL, DENTRO DE UNA
CULTURA DE PAZ Y LEGALIDAD.
9.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYA EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
138
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
CIENCIA POLITICA
SOCIOLOGIA POLITICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
4.
Denominación y
Código de Puesto
COORDINADOR (A) DE PROGRAMAS Y PROYECTOS
04-516-1-M1C023P-0000006-E-C-T
Nivel
Administrativo
M42
DIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$118,237.00 (CIENTO DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
VINCULACION CON
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO
DEMOCRATICO
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
IMPLEMENTAR ESTRATEGIAS, PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACCIONES
EN MATERIA DE VINCULACION CON ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD
CIVIL Y ESTABLECER ACCIONES CONCRETAS DE VINCULACION, PARA
CUMPLIR CON LA INCLUSION SOCIAL DE DICHAS ORGANIZACIONES EN
LAS LABORES DEL GOBIERNO.
2.
FACILITAR EL DIALOGO Y LA VINCULACION ENTRE ORGANIZACIONES DE
LA SOCIEDAD CIVIL QUE PERMITAN LA ATENCION DE PROBLEMATICAS
COMUNES,
A
FIN
DE
COADYUVAR
AL
FORTALECIMIENTO
DEL
DESARROLLO DEMOCRATICO.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
139
3.
DESPLEGAR ACCIONES CON LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD
CIVIL QUE CONTRIBUYAN A LA CONSTRUCCION DE PROCESOS DE
COLABORACION ENTRE ESTAS Y LA ADMINISTRACION PUBLICA
FEDERAL EN CUESTIONES DE INTERES COMUN, PARA COADYUVAR EN
EL FORTALECIMIENTO DE LA RELACION GOBIERNO - SOCIEDAD CIVIL.
4.
ESTABLECER ACCIONES Y PROCESOS DE SEGUIMIENTO Y ATENCION A
CONSULTAS, PETICIONES Y SOLICITUDES DE ASESORIA, CAPACITACION
E
INTERCAMBIO
DE
EXPERIENCIAS
QUE
PRESENTEN
LAS
ORGANIZACIONES, PARA FAVORECER EL FORTALECIMIENTO DE
CAPACIDADES DE COLABORACION DEL GOBIERNO CON LA SOCIEDAD.
5.
COORDINAR LAS DIRECTRICES SOBRE LA PARTICIPACION DE LA
DIRECCION GENERAL, EN CONFERENCIAS, SEMINARIOS, COLOQUIOS,
MESAS REDONDAS Y DEMAS FOROS DE DISCUSION, CON EL FIN
DE
IDENTIFICAR
Y
PERFILAR
MECANISMOS
INNOVADORES
DE
COLABORACION Y COORDINACION INTERINSTITUCIONALES.
6.
PLANEAR
ESTRATEGIAS
DE
PROMOCION
E
IMPULSO
DE
LA
PARTICIPACION
DE
ORGANIZACIONES
DE
LA
SOCIEDAD
CIVIL
RELACIONADAS CON EL DESARROLLO POLITICO Y LA GOBERNABILIDAD
DEMOCRATICA DEL PAIS, PARA SOMETERLAS A CONSIDERACION DE LA
DIRECCION GENERAL.
7.
INSTRUMENTAR ESQUEMAS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LOS
MECANISMOS
IMPLEMENTADOS
SOBRE
LA
VINCULACION
CON
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, CON EL PROPOSITO DE
LOGRAR ACCIONES DE IMPACTO QUE PERMITAN EL CUMPLIMIENTO
DE LOS OBJETIVOS DE PROGRAMAS Y PROYECTO EN LA MATERIA.
8.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA SOCIAL
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA
140
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ACTIVIDAD ECONOMICA
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
CIENCIA POLITICA
SOCIOLOGIA POLITICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
5.
Denominación y
Código de Puesto
COORDINADOR (A) DE CONSOLIDACION DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL
04-920-1-M1C021P-0000009-E-C-T
Nivel
Administrativo
M41
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$106,097.00 (CIENTO SEIS MIL NOVENTA Y SIETE PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
UNIDAD DE APOYO AL
SISTEMA DE JUSTICIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
ESTABLECER MECANISMOS DE COORDINACION DE LOS CRITERIOS
TECNICOS Y JURIDICOS DE FORMACION Y DIFUSION DEL SISTEMA DE
JUSTICIA PENAL, PARA COLABORAR EN LA TOMA DE DECISIONES
DE LAS INSTANCIAS SUPERIORES RESPECTO AL FORTALECIMIENTO Y
CONSOLIDACION DEL SISTEMA.
2.
DIRIGIR LOS PROCESOS Y ACCIONES ENTRE LAS INSTITUCIONES
COMPETENTES, ENCAMINADAS AL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA
DE JUSTICIA PENAL, PARA CONTRIBUIR EN LA CELEBRACION DE
CONVENIOS QUE COADYUVEN AL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS
EN LA MATERIA.
3.
DISEÑAR POLITICAS Y LINEAMIENTOS DE COORDINACION ENTRE LAS
AUTORIDADES FEDERALES, ESTATALES, MUNICIPIOS Y ALCALDIAS,
PARA COADYUVAR AL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS ORIENTADAS A LA
CONSOLIDACION Y FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE JUSTICIA
PENAL.
4.
DEFINIR DIRECTRICES DE COLABORACION INTERINSTITUCIONAL EN
MATERIA JURIDICA, PRESUPUESTAL Y DE PROGRAMAS DE POLITICAS
PUBLICAS,
PARA
CONTRIBUIR
EN
EL
REFORZAMIENTO
Y
CONSOLIDACION DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL.
5.
ESTABLECER LINEAS ESPECIFICAS DE ACCION EN MATERIA DE
COMUNICACION DEL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE JUSTICIA CON
LAS INSTANCIAS COMPETENTES, A FIN DE PROPONER MEJORAS EN
LOS PROCEDIMIENTOS FUNCIONALES QUE CONTRIBUYAN EN LA
CONSOLIDACION DEL SISTEMA.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
141
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICA Y GESTION SOCIAL
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
INSTITUCIONES POLITICAS
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
EVALUACION
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DEFENSA JURIDICA Y
PROCEDIMIENTOS
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION DE
PROYECTOS DE INVERSION
Y RIESGO
CIENCIA POLITICA
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
6.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE ESTRATEGIAS DE VINCULACION Y PROXIMIDAD
04-516-1-M1C021P-0000027-E-C-T
Nivel
Administrativo
M33
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$96,526.00 (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS M.N.)
MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL
DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
VINCULACION CON
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL Y
DESARROLLO DEMOCRATICO
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
COORDINAR ESTRATEGIAS Y ACCIONES DE PARTICIPACION CON
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, PARA COMPRENDER SUS
NECESIDADES,
LA
DIVERSIDAD
DEL
SECTOR,
REALIDADES
Y
CONTEXTO.
2.
INSTRUMENTAR ACCIONES QUE CONTRIBUYAN AL FORTALECIMIENTO
DE LOS PROCESOS DE VINCULACION CON LAS ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL, PARA PROMOVER SU PARTICIPACION EN LOS
ASUNTOS PUBLICOS DEL GOBIERNO.
142
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
3.
CONDUCIR LA EVALUACION Y SEGUIMIENTO DE RESPUESTAS
A
CONSULTAS,
SOLICITUDES
Y
PETICIONES
POR
PARTE
DE
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL MARCO DE LAS
ATRIBUCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE VINCULACION CON
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, PARA GARANTIZAR SU
ATENCION EN APEGO A LAS NORMAS ESTABLECIDAS.
4.
DESARROLLAR ACCIONES DE CAPACITACION, CONVERSATORIOS,
SEMINARIOS, COLOQUIOS, CONFERENCIAS, PARA IDENTIFICAR Y
PERFILAR PROYECTOS DE COORDINACION Y COLABORACION CON LAS
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL.
5.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICA Y GESTION SOCIAL
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
ANTROPOLOGIA
ANTROPOLOGIA SOCIAL
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
7.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO DE CAPACIDADES
PARA LA CORRESPONSABILIDAD
04-521-1-M1C021P-0000127-E-C-T
Nivel
Administrativo
M33
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$96,526.00 (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS M.N.)
MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES
2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PARTICIPACION Y CONSULTAS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DIRIGIR LA VINCULACION CON LOS DIVERSOS SECTORES DE LA
SOCIEDAD Y ACTORES ESTRATEGICOS, CON LA FINALIDAD DE
FOMENTAR LA CORRESPONSABILIDAD ENTRE EL GOBIERNO Y LA
SOCIEDAD
QUE
PERMITA
LA
CONSTRUCCION
CONJUNTA
DEL
BIENESTAR COLECTIVO Y LA CONVIVENCIA DEMOCRATICA.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
143
2.
IMPLEMENTAR PROGRAMAS EN CONJUNTO CON LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL RELATIVAS A LA
CONSTRUCCION DE CIUDADANIA QUE IMPULSEN LA IDENTIDAD
NACIONAL, EL SENTIDO DE PERTENENCIA COMUNITARIA Y LOS
VALORES CIVICOS ENTRE LOS BENEFICIARIOS DE PROGRAMAS
SOCIALES,
CON
LA
FINALIDAD
DE
INCREMENTAR
LA
CORRESPONSABILIDAD.
3.
PROPONER
ACCIONES
QUE
FOMENTEN
LA
CONFIANZA
INTERPERSONAL Y EL INTERES EN LOS ASUNTOS PUBLICOS DE LOS
BENEFICIARIOS DE PROGRAMAS SOCIALES COMO BASES PARA EL
FORTALECIMIENTO DE LA CORRESPONSABILIDAD EN EL BIENESTAR
COLECTIVO.
4.
DISEÑAR MECANISMOS DE SENSIBILIZACION Y FORMACION DEL
DESARROLLO DE HABILIDADES DE DIALOGO Y DE CONCIENCIA SOCIAL
EN LOS SERVIDORES PUBLICOS, PARA EFICIENTAR SU INTERACCION
CON LOS BENEFICIARIOS DE PROGRAMAS SOCIALES.
5.
IMPLEMENTAR LOS MODELOS DE CORRESPONSABILIDAD EN LAS
COMUNIDADES
EN
CONJUNTO
CON
LOS
SECTORES
SOCIAL,
ACADEMICO Y EMPRESARIAL, PARA COADYUVAR EN EL INCREMENTO
DE LA PARTICIPACION SOCIAL EN LOS ASUNTOS PUBLICOS Y EN LA
CONSTRUCCION DE CIUDADANIA
6.
PARTICIPAR EN LAS MESAS, TALLERES, FOROS, CONGRESOS O
CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD DE DIFUSION O DIVULGACION DE
MEJORES PRACTICAS EN MATERIA DE CONSTRUCCION DE CIUDADANIA
Y DESARROLLO DE CAPACIDADES DE CORRESPONSABILIDAD SOCIAL,
PARA EXPONER LOS POSICIONAMIENTOS DE LA DIRECCION GENERAL
EN LA MATERIA.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
EDUCACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS Y TECNICAS DE LA
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIA POLITICA
ANALISIS DE INTELIGENCIA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
INSTITUCIONES POLITICAS
CIENCIA POLITICA
RELACIONES
INTERNACIONALES
144
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
SOCIOLOGIA
CAMBIO Y DESARROLLO
SOCIAL
SOCIOLOGIA
PROBLEMAS SOCIALES
CIENCIAS ECONOMICAS
CONSULTORIA EN MEJORA
DE PROCESOS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DEFENSA JURIDICA Y
PROCEDIMIENTOS
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
8.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE INNOVACION Y COORDINACION DE PROCESOS DE
CORRESPONSABILIDAD PUBLICA Y PRIVADA
04-522-1-M1C021P-0000078-E-C-T
Nivel
Administrativo
M33
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$96,526.00 (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS M.N.)
MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES
2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
CAPACITACION, CULTURA Y
CONSTRUCCION DE
CIUDADANIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
COORDINAR
DIAGNOSTICOS
SOBRE
LA
COOPERACION
INTERINSTITUCIONAL EN DIVERSAS LABORES QUE SE REALIZAN CON
INSTANCIAS PUBLICAS Y PRIVADAS, PARA IDENTIFICAR AREAS DE
OPORTUNIDAD
QUE
PERMITAN
FOMENTAR
Y
EFICIENTAR
LOS
PROCESOS DE CORRESPONSABILIDAD SOCIAL.
2.
IMPLEMENTAR MECANISMOS DE EVALUACION DE LA PARTICIPACION DE
FUNCIONARIOS DE LA SUBSECRETARIA, EN GRUPOS DE TRABAJO,
COMITES, COMISIONES, Y OTROS ESPACIOS DE COLABORACION
INTERINSTITUCIONAL, PARA CONOCER LOS POSICIONAMIENTOS SOBRE
TEMAS DE DESARROLLO DEMOCRATICO, PARTICIPACION SOCIAL,
ASUNTOS RELIGIOSOS Y DEMAS DE LA COMPETENCIA.
3.
DESARROLLAR ESTUDIOS DE MODELOS DE INNOVACION DE PROCESOS
DE CORRESPONSABILIDAD SOBRE BUENAS PRACTICAS DE SERVICIOS
PUBLICOS DE PARTICIPACION SOCIAL, PARA DISEÑAR Y PROPONER
ESQUEMAS DE COORDINACION Y OPERACION INTERINSTITUCIONAL
CON INSTANCIAS PUBLICAS Y PRIVADAS.
4.
ESTABLECER MECANISMOS ESPECIFICOS DE SEGUIMIENTO A LAS
ESTRATEGIAS IMPLEMENTADAS SOBRE INNOVACION Y COORDINACION
INTERINSTITUCIONAL DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE PARTICIPACION
SOCIAL, PARA CONSOLIDAR INFORMES EN LA MATERIA QUE PERMITAN
MANTENER INFORMADAS A LAS INSTANCIAS SUPERIORES DE LA
DIRECCION GENERAL.
5.
ESTABLECER
PROCEDIMIENTOS
DE
CLASIFICACION,
ANALISIS
Y
PROCESAMIENTO
DE
INFORMACION
SOBRE
COMPROMISOS
INTERINSTITUCIONALES, PARA PROVEER DE FORMA OPORTUNA DATOS
QUE SUSTENTEN LA PARTICIPACION DE LA DIRECCION GENERAL EN
CONSEJOS, COMITES, ASAMBLEAS Y DEMAS ORGANOS EN LOS QUE SE
TRATEN TEMAS COMPETENCIA DE LA SUBSECRETARIA.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
145
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
SOCIOLOGIA POLITICA
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
9.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE INSTRUMENTOS DE COLABORACION
INTERINSTITUCIONAL
04-522-1-M1C021P-0000086-E-C-T
Nivel
Administrativo
M33
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$96,526.00 (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS M.N.)
MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL
DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
CAPACITACION, CULTURA Y
CONSTRUCCION DE
CIUDADANIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DIRIGIR LOS PROCESOS DE DISEÑO DE PROPUESTAS DE ACUERDOS Y
CONSENSOS ENTRE LA SUBSECRETARIA Y LAS AUTORIDADES DE LOS
PODERES DE LA UNION, ORGANISMOS AUTONOMOS, AUTORIDADES DE
LOS
TRES
ORDENES
DE
GOBIERNO,
INICIATIVA
PRIVADA,
INSTITUCIONES EDUCATIVAS, ASOCIACIONES RELIGIOSAS, GREMIALES
Y PRODUCTIVAS, Y CON INSTITUCIONES U ORGANISMOS NACIONALES
O INTERNACIONALES DE LOS SECTORES PUBLICO, PRIVADO Y SOCIAL,
EN MATERIA DE CONSTRUCCION DE CIUDADANIA Y PARTICIPACION
SOCIAL, PARA CONTAR CON INSTRUMENTOS DE COLABORACION EN LA
IMPLEMENTACION DE LAS POLITICAS PUBLICAS A NIVEL NACIONAL.
2.
ESTABLECER LAS ACCIONES, MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DE
GESTION DE LOS INSTRUMENTOS DE VINCULACION JURIDICA CON LAS
INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS, PARA SOMETERLOS A LA
OPINION, APROBACION Y DICTAMEN DE LA UNIDAD GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION.
146
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
3.
DEFINIR LOS MECANISMOS DE SOCIALIZACION EN LA SUSCRIPCION DE
ACUERDOS, CONVENIOS Y CONSENSOS CON LAS AUTORIDADES DE
LOS PODERES EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL, ORGANISMOS
AUTONOMOS,
ENTIDADES
FEDERATIVAS,
MUNICIPIOS,
E
INSTITUCIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, EN MATERIA DE
DESARROLLO DEMOCRATICO, FORMACION CIVICA, PARTICIPACION
CIUDADANA, COHESION SOCIAL, CULTURA DE PAZ Y DE LEGALIDAD,
PREVENCION SOCIAL DEL DELITO Y ASUNTOS RELIGIOSOS, PARA
CONTRIBUIR EN LA FORMALIZACION DE LOS INSTRUMENTOS DE
COLABORACION INTERINSTITUCIONAL.
4.
DETERMINAR LAS HERRAMIENTAS Y ESQUEMAS DE ORGANIZACION,
CLASIFICACION Y REGISTRO DE LOS ACUERDOS, CONVENIOS Y
CONSENSOS SUSCRITOS CON AUTORIDADES DE LOS PODERES
EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL, CON ORGANISMOS AUTONOMOS,
ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, E INSTITUCIONES NACIONALES
E
INTERNACIONALES,
CON
EL
OBJETO
DE
CONTAR
CON
LA
RECOPILACION ACTUALIZADA, QUE FACILITE LA CONSULTA Y LA TOMA
DE DECISIONES DE LAS INSTANCIAS SUPERIORES.
5.
ESTABLECER MECANISMOS DE RECEPCION Y ENTREGA A LAS
INSTITUCIONES COMPETENTES, DE LOS ASUNTOS Y PETICIONES
CIUDADANAS QUE NO SON MATERIA DE LA SUBSECRETARIA DE
DESARROLLO DEMOCRATICO, PARTICIPACION SOCIAL Y ASUNTOS
RELIGIOSOS, PARA CONTRIBUIR EN SU ATENCION POR PARTE DE LAS
AUTORIDADES RESPONSABLES.
6.
AUXILIAR A SU SUPERIOR JERARQUICO EN LOS CONSEJOS, COMITES,
ASAMBLEAS Y DEMAS ORGANOS, EN MATERIA DE DESARROLLO
DEMOCRATICO,
FORMACION
CIVICA,
PARTICIPACION
CIUDADANA,
COHESION SOCIAL, CULTURA DE PAZ Y DE LEGALIDAD, PREVENCION
SOCIAL DEL DELITO Y ASUNTOS RELIGIOSOS, A FIN DE CUMPLIR CON
LAS
ACCIONES,
ESTRATEGIAS,
PROPUESTAS
Y
PROGRAMAS
COMPROMETIDOS.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DEFENSA JURIDICA Y
PROCEDIMIENTOS
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
SOCIOLOGIA POLITICA
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
147
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
10.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE ACCIONES PARA LA
COLABORACION PUBLICA Y PRIVADA
04-522-1-M1C021P-0000090-E-C-T
Nivel
Administrativo
M33
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$96,526.00 (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS M.N.)
MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL
DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
CAPACITACION, CULTURA Y
CONSTRUCCION DE
CIUDADANIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
ESTABLECER
MECANISMOS
DE
COLABORACION
CON
LAS
DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, PODERES
LEGISLATIVO Y JUDICIAL, ORGANISMOS AUTONOMOS, ENTIDADES
FEDERATIVAS,
MUNICIPIOS,
Y
DEMAS
ACTORES
ESTRATEGICOS
NACIONALES E INTERNACIONALES, PARA EL INTERCAMBIO Y LA
SISTEMATIZACION
DE
BUENAS
PRACTICAS
EN
LAS
MATERIAS
COMPETENCIA DE LA SUBSECRETARIA.
2.
COORDINAR ACCIONES DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL A SER
DESPLEGADOS
CONJUNTAMENTE
CON
LAS
DEPENDENCIAS
Y
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, PARA ATENDER
ASUNTOS
EN
MATERIA
DE
DESARROLLO
DEMOCRATICO,
PARTICIPACION SOCIAL Y ASUNTOS RELIGIOSOS.
3.
DIRIGIR LOS PROCESOS DE VINCULACION CON INSTANCIAS Y
ORGANISMOS
DEL
SECTOR
PRIVADO,
PARA
CONSOLIDAR
ESTRATEGIAS Y ACCIONES DE COLABORACION CON LOS GOBIERNOS
DE
ENTIDADES
FEDERATIVAS,
MUNICIPIOS,
ORGANOS
CONSTITUCIONALES AUTONOMOS Y LOS OTROS PODERES DE LA
UNION, EN TEMAS DE DESARROLLO DEMOCRATICO, PARTICIPACION
SOCIAL Y ASUNTOS RELIGIOSOS.
4.
DESARROLLAR
LOS
MECANISMOS
Y
PROCEDIMIENTOS
DE
VINCULACION QUE PERMITAN LA CREACION DE COMITES TECNICOS Y
GRUPOS DE TRABAJO INTERINSTITUCIONALES, PARA ANALIZAR Y
CONSENSAR ASPECTOS DE RELEVANCIA NACIONAL EN DESARROLLO
DEMOCRATICO, PARTICIPACION SOCIAL Y ASUNTOS RELIGIOSOS.
5.
PLANTEAR SOLUCIONES A LA PROBLEMATICA DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS
EN
MATERIA
DE
DESARROLLO
DEMOCRATICO,
PARTICIPACION SOCIAL Y ASUNTOS RELIGIOSOS, PARA CONTRIBUIR AL
LOGRO DE LOS OBJETIVOS ORGANIZACIONALES EN SUS DIFERENTES
ETAPAS DE FUNCIONALIDAD.
6.
DETERMINAR LOS MECANISMOS DE RECEPCION DE LAS PETICIONES
SOCIALES
SOBRE
DESARROLLO
DEMOCRATICO,
PARTICIPACION
SOCIAL
Y
ASUNTOS
RELIGIOSOS,
PARA
CONTRIBUIR
EN
SU
EVALUACION Y ATENCION, O EN SU CASO, CANALIZACION A LAS
INSTANCIAS COMPETENTES.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
148
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ACTIVIDAD ECONOMICA
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
CIENCIA POLITICA
SOCIOLOGIA POLITICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
11.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE CONSOLIDACION Y SEGUIMIENTO DE ACUERDOS Y
CONSENSOS INTERINSTITUCIONALES
04-522-1-M1C019P-0000080-E-C-T
Nivel
Administrativo
M23
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$85,968.00
(OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO
PESOS M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
CAPACITACION, CULTURA Y
CONSTRUCCION DE
CIUDADANIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
149
Funciones
Principales
1.
IMPLEMENTAR
ACCIONES
DE
CONSOLIDACION
DE
DATOS,
DOCUMENTOS Y DEMAS INFORMACION NECESARIA PARA SUSTENTAR
LA PARTICIPACION DE FUNCIONARIOS DE LA SUBSECRETARIA Y DE LA
DIRECCION GENERAL, EN REUNIONES GRUPOS DE TRABAJO, SESIONES
DE COMITES Y COMISIONES, Y DEMAS ESPACIOS DE COLABORACION
INTERINSTITUCIONAL.
2.
DISEÑAR MODELOS DE SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS Y CONVENIOS
INTERINSTITUCIONALES
QUE
SE
ESTABLECEN
CON
GRUPOS
DE TRABAJO, COMITES, COMISIONES, ETC., PARA PROVEER DE
INFORMACION TECNICA DEL ESTADO QUE GUARDAN LOS MISMOS.
3.
SUPERVISAR LA EVALUACION DE LAS CARACTERISTICAS ESPECIFICAS
DE PROBLEMATICAS QUE SE PRESENTEN EN EL DESARROLLO
DE ACUERDOS Y CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES, A FIN DE
PRESENTAR ALTERNATIVAS DE SOLUCION QUE PERMITAN CUMPLIR
CON ESTOS COMPROMISOS.
4.
DESARROLLAR
PROCEDIMIENTOS
DE
SISTEMATIZACION
DE
INFORMACION
SOBRE
EL
CUMPLIMIENTO
DE
LOS
ACUERDOS,
CONVENIOS Y CONSENSOS INTERINSTITUCIONALES EN EL AMBITO DE
SU COMPETENCIA, A FIN DE DISPONER DE DATOS PARA SU ANALISIS
QUE CONTRIBUYAN A LA FORMULACION DE ESTRATEGIAS DE
COMUNICACION Y DIFUSION DE LA INFORMACION GENERADA EN LAS
SESIONES DE COMITES, REUNIONES DE TRABAJO Y CONSULTAS
CIUDADANAS.
5.
CONSOLIDAR LA INFORMACION Y EVIDENCIA DEL DESARROLLO DE
ACUERDOS Y CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES ENCOMENDADOS A
LA DIRECCION GENERAL DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL, A
FIN DE ELABORAR REPORTES E INFORMES EN DIVERSAS MATERIAS
COMPETENCIA DE LA SUBSECRETARIA.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS DE LA SALUD
VETERINARIA Y ZOOTECNIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
SOCIOLOGIA POLITICA
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
150
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
12.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE SINTESIS Y ARCHIVO
04-111-1-M1C018P-0000314-E-C-Q
Nivel
Administrativo
M21
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$73,901.00 (SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS UN PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
COMUNICACION SOCIAL
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
IMPLEMENTAR LOS METODOS Y SISTEMAS EN LA ATENCION DE LAS
SOLICITUDES DE PRESTAMO O CONSULTA DE LA INFORMACION DEL
ARCHIVO
DE
LA
SINTESIS
INFORMATIVA,
PARA
CONTAR
CON
PROCESOS
ESTANDARIZADOS
QUE
CONTRIBUYAN
AL
FUNCIONAMIENTO DEL AREA.
2.
FORMULAR LINEAS ESPECIFICAS DE ACCION EN MATERIA DE
INTEGRACION, EVALUACION Y SEGUIMIENTO DE LA DOCUMENTACION
INHERENTE A LA SINTESIS INFORMATIVA DE LA DEPENDENCIA, PARA
OBTENER ELEMENTOS QUE DETERMINEN LA VIABILIDAD TECNICA DE
INCLUIR TEMAS E INFORMACION EN LA MISMA.
3.
COORDINAR LOS ESQUEMAS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LOS
PROYECTOS DE DIGITALIZACION Y CONTROL DE LOS ARCHIVOS
FISICOS Y ELECTRONICOS DE LA DOCUMENTACION RELACIONADA CON
LA SINTESIS INFORMATIVA, PARA PRESENTAR INFORMES A LAS
INSTANCIAS SUPERIORES SOBRE EL ESTADO QUE GUARDAN.
4.
DIRIGIR LOS MECANISMOS DE APOYO Y ORIENTACION RELACIONADA
CON LA SINTESIS INFORMATIVA DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA DEPENDENCIA. PARA RESOLVER
CONTROVERSIAS TECNICAS Y/O NORMATIVAS QUE SE PRESENTEN EN
LOS PLANTEAMIENTOS DE LAS INSTANCIAS.
5.
DEFINIR
ACCIONES
ESPECIFICAS
DE
COLABORACION
INTERINSTITUCIONAL CON INSTANCIAS VINCULADAS A LA INTEGRACION
DE LA SINTESIS INFORMATIVA, PARA ASEGURAR DE MANERA
CONJUNTA LA DIFUSION DE INFORMACION OBJETIVA Y CLARA DEL
QUEHACER DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION.
6.
DETERMINAR TECNICAS EN EL ANALISIS DE LAS DISPOSICIONES
NORMATIVAS RELACIONADAS CON LA ELABORACION DE SINTESIS
INFORMATIVAS Y ADMINISTRACION DE ARCHIVOS, PARA OBSERVAR LA
CONGRUENCIA DEL MARCO REGULATORIO EN LOS PROCESOS DEL
AREA.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
BIBLIOTECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS SOCIALES
BIBLIOTECONOMIA
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIAS SOCIALES
ARCHIVONOMIA Y CONTROL
DOCUMENTAL
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
151
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
13.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE TIEMPOS OFICIALES DE RADIO Y TELEVISION
04-271-1-M1C018P-0000218-E-C-D
Nivel
Administrativo
M21
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$73,901.00 (SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS UN PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RADIO, TELEVISION Y
CINEMATOGRAFIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
COORDINAR ACCIONES QUE PROMUEVAN LA INTERVENCION DE OTRAS
DEPENDENCIAS EN LA PRODUCCION DE PROGRAMAS DE RADIO Y
TELEVISION, PARA CONTRIBUIR EN LA DIFUSION DE TEMAS DE INTERES
PUBLICO.
2.
DIRIGIR EL APROVISIONAMIENTO DE MATERIALES E INFORMACION CON
RESPECTO A LA PRODUCCION RADIOFONICA Y TELEVISIVA PARA LAS
ESTACIONES DE RADIO Y CANALES DE TELEVISION ABIERTA, A FIN DE
APOYAR EN LA EMISION DE PROGRAMAS CONCERNIENTES AL
CUMPLIMIENTO DE LOS TIEMPOS OFICIALES DEL ESTADO.
3.
DETERMINAR
LINEAS
ESPECIFICAS
DE
ACCION
SOBRE
EL
ENCADENAMIENTO
DE
LAS
TRANSMISIONES
TELEVISIVAS
Y
RADIOFONICAS EN EL PAIS, PARA ASEGURAR LA DIFUSION DE
INFORMACION TRASCENDENTAL EN EL AMBITO DE COMPETENCIA
DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION.
4.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE COADYUVEN EN LA REGULACION DE
LAS TRANSMISIONES QUE REALIZAN LAS ESTACIONES DE RADIO Y
CANALES DE TELEVISION DE LOS TIEMPOS OFICIALES, PARA DAR
CUMPLIMIENTO A LA LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION Y SU
REGLAMENTO.
5.
COORDINAR TRABAJOS DE COLABORACION INSTITUCIONAL CON LA
COMISION DE RADIODIFUSION DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL,
PARA COADYUVAR EN LA TRANSMISION DE PROGRAMAS DE PARTIDOS
POLITICOS EN APEGO AL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y
PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.
6.
DIRIGIR LA APLICACION DE MECANISMOS TENDIENTES AL ANALISIS Y
DIFUSION DE MENSAJES PUBLICOS EN LOS TIEMPOS OFICIALES DEL
ESTADO A TRAVES DE LA RADIO Y TELEVISION, PARA CONTRIBUIR EN
LA
TRANSMISION
DE
SPOTS
CON
TEMAS
EDUCACIONALES,
CULTURALES Y DE ORIENTACION SOCIAL.
7.
CONDUCIR LA PRODUCCION RADIOFONICA DE "LA HORA NACIONAL",
PARA PROMOVER ACCIONES QUE FORTALEZCAN LA IDENTIDAD
NACIONAL.
8.
IMPLEMENTAR
ACCIONES
QUE
APOYEN
LA
TRANSMISION
DE
PROGRAMAS
DE
CONCURSOS
DE
TIPO
MULTIMODAL,
PARA
COADYUVAR EN EL PROCESO DE JUEGOS Y SORTEOS DE LA UNIDAD
DE GOBIERNO DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PERIODISMO
152
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
14.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE CINEMATOGRAFIA
04-271-1-M1C018P-0000222-E-C-D
Nivel
Administrativo
M21
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$73,901.00 (SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS UN PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RADIO, TELEVISION Y
CINEMATOGRAFIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
APROBAR LA EXPEDICION DE CERTIFICADOS DE ORIGEN DE LAS
PELICULAS, PARA GARANTIZAR LA PROCEDENCIA Y PERTENENCIA DEL
MATERIAL
CINEMATOGRAFICO
PRODUCIDO
POR
NACIONALES,
EXTRANJEROS O EN COPRODUCCION CON OTROS PAISES.
2.
DIRIGIR
LA
VERIFICACION
Y
CLASIFICACION
DEL
MATERIAL
CINEMATOGRAFICO EN 35MM Y VIDEOGRAMAS QUE SE PRESENTAN A
LA DIRECCION GENERAL, PARA DETERMINAR LA UBICACION DE LAS
PELICULAS EN LAS CATEGORIAS CORRESPONDIENTES PREVIO A SU
DISTRIBUCION, EXHIBICION O COMERCIALIZACION.
3.
AUTORIZAR LA DISTRIBUCION, EXHIBICION Y COMERCIALIZACION DE
PELICULAS EN 35 MM, DVD O CUALQUIER OTRO FORMATO, PARA
COADYUVAR EN EL CUMPLIMIENTO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE EN
LA MATERIA.
4.
VIGILAR QUE LOS PRODUCTORES Y DISTRIBUIDORES APORTEN COPIAS
DE LAS OBRAS CINEMATOGRAFICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS,
PARA ASEGURAR SU INCORPORACION EN EL ARCHIVO FILMICO DE LA
CINETECA NACIONAL.
5.
ESTABLECER
LINEAS
DE
ACCION
RELATIVAS
A
LAS
VISITAS
Y MONITOREO EN LAS SALAS CINEMATOGRAFICAS, VIDEOSALAS Y
OTROS ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA EXHIBICION PUBLICA O
COMERCIALIZACION
DE
PELICULAS,
PARA
VERIFICAR
EL
CUMPLIMIENTO DE LA LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA Y SU
REGLAMENTO.
6.
DIRIGIR LA EJECUCION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE IMPOSICION DE
SANCIONES POR INFRACCIONES Y ACTOS CONSTITUTIVOS DE DELITO,
PARA
ASEGURAR
LA
REGULACION
DE
LAS
EXHIBICIONES
CINEMATOGRAFICAS.
7.
PARTICIPAR Y REPRESENTAR A LA DIRECCION GENERAL EN LOS
COMITES
TECNICOS,
JUNTAS
DIRECTIVAS,
INSTANCIAS
INTER-
INSTITUCIONALES Y EVENTOS PERTENECIENTES A LA INDUSTRIA
CINEMATOGRAFICA NACIONAL, PARA ESTABLECER ACUERDOS Y
CONVENIOS DE COLABORACION EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA.
8.
COORDINAR
LA
REALIZACION
DE
ANALISIS
Y
ESTADISTICAS
RELACIONADAS A LOS TIEMPOS DE EXHIBICION, INGRESOS Y OTRA
INFORMACION DEL AMBITO CINEMATOGRAFICO, PARA PROPONER
PROYECTOS QUE PROMUEVAN EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA
CINEMATOGRAFICA.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
153
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ARTES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
SOCIOLOGIA
SOCIOLOGIA CULTURAL
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
ANTROPOLOGIA
ANTROPOLOGIA CULTURAL
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
VIDA POLITICA
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
15.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE ENLACE Y APOYO REGIONAL
EN MATERIA DE RADIO Y TELEVISION
04-271-1-M1C018P-0000274-E-C-D
Nivel
Administrativo
M21
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$73,901.00 (SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS UN PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RADIO, TELEVISION Y
CINEMATOGRAFIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DEFINIR LINEAS ESTRATEGICAS ENCAMINADAS A REGULAR LAS
TRANSMISIONES DE MATERIALES DE RADIO Y TELEVISION DENTRO DEL
MARCO REGIONAL ASIGNADO, PARA CONTRIBUIR EN LA INTEGRACION
E IDENTIDAD NACIONALES, CON APEGO A LOS CRITERIOS EDUCATIVOS
Y CULTURALES ESTABLECIDOS POR EL GOBIERNO FEDERAL.
2.
ESTABLECER LINEAS GENERALES DE ACCION EN LA PREVENCION Y
SANCION DE INFRACCIONES EN MATERIA DE RADIO Y TELEVISION
COADYUVANDO AL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
3.
DETERMINAR
MECANISMOS
DE
CONTROL
PARA
EVALUAR
LA
TRANSMISION DE LOS PROGRAMAS DE LA "HORA NACIONAL", PARA
COADYUVAR EN EL FORTALECIMIENTO DE LOS VALORES HISTORICOS,
DEMOCRATICOS, CULTURALES Y SOCIALES DE LA POBLACION.
4.
DEFINIR LOS PROGRAMAS MENSUALES DE MONITOREO NORMATIVO,
PARA LA VERIFICACION DE LOS TIEMPOS OFICIALES EN LA REGION
ASIGNADA.
5.
ESTABLECER PROGRAMAS MENSUALES DE MONITOREO NORMATIVO,
PARA LOS CONTENIDOS DE LAS TRANSMISIONES DE CADA EMISORA DE
LA REGION ASIGNADA.
154
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES INDUSTRIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PERIODISMO
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
DIRECCION Y DESARROLLO
DE RECURSOS HUMANOS
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
16.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE MESAS DE JUSTICIA
04-922-1-M1C018P-0000006-E-C-T
Nivel
Administrativo
M21
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$73,901.00 (SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS UN PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL PARA LA
RECONCILIACION Y JUSTICIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DESARROLLAR
METODOLOGIAS
Y
PROCEDIMIENTOS
DE
PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
EN MESAS DE JUSTICIA, CON EL OBJETIVO DE FORTALECER EL DISEÑO
DE ESTRATEGIAS EN LA IMPLEMENTACION DE LOS SERVICIOS DE
NATURALEZA POSTPENAL EN MATERIA DE RECONCILIACION SOCIAL.
2.
ESTABLECER MECANISMOS DE COORDINACION CON LAS AUTORIDADES
COMPETENTES DE LOS TRES ORDENES DE GOBIERNO, PARA EL
ESTABLECIMIENTO DE MESAS DE JUSTICIA QUE CONTRIBUYAN EN LA
ATENCION E IMPLEMENTACION DE REDES DE APOYO POSTPENAL EN
APEGO A LA NORMATIVIDAD EN LA MATERIA.
3.
COORDINAR
ACCIONES
RELACIONADAS
AL
INTERCAMBIO
DE
INFORMACION
CON
LAS
INSTANCIAS
INVOLUCRADAS
CON
LA
RECONCILIACION
Y
JUSTICIA,
CON
EL
FIN
DE
CONTAR
CON
LAS HERRAMIENTAS QUE PERMITAN EL DISEÑO Y LA ELABORACION DE
POLITICAS, PROGRAMAS Y ACCIONES DE APOYO QUE FORTALEZCA LAS
ACTIVIDADES DE LAS MESAS DE JUSTICIA.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
155
4.
IMPLEMENTAR MECANISMOS DE EVALUACION RELACIONADOS A LA
ENTREGA
DE
LOS
APOYOS
ASISTENCIALES,
CON
EL
FIN
DE
COADYUVAR EN LA REINSERCION A LA SOCIEDAD DE LAS PERSONAS
QUE HAN CUMPLIDO CON SU SENTENCIA Y SEAN PUESTAS EN
LIBERTAD.
5.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICA Y GESTION SOCIAL
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
GOBIERNO Y ASUNTOS
PUBLICOS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO INTERNACIONAL
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
INSTITUCIONES POLITICAS
CIENCIA POLITICA
VIDA POLITICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIA POLITICA
RELACIONES
INTERNACIONALES
SOCIOLOGIA
PROBLEMAS SOCIALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
17.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE COORDINACION Y SEGUIMIENTO DE PROGRAMAS
SOCIALES Y POLITICOS
04-217-1-M1C017P-0000058-E-C-T
Nivel
Administrativo
M11
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$66,362.00 (SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
ANALISIS Y PROSPECTIVA
PARA LA POLITICA INTERIOR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
156
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Funciones
Principales
1.
INSTRUMENTAR
LOS
PROCEDIMIENTOS
DE
REGISTRO
EN
LOS
ESTADOS ASIGNADOS DE LA POBLACION OBJETIVO EN MATERIA DE
PROGRAMAS SOCIALES Y POLITICOS, PARA COADYUVAR EN LA
CONFORMACION DE LAS BASES DE DATOS QUE PERMITAN CONTROLAR
LA ASIGNACION Y ENTREGA DE RECURSOS.
2.
IMPLEMENTAR LOS CRITERIOS DE OPERACION QUE REGULAN LOS
PROGRAMAS SOCIALES Y POLITICOS EN LOS QUE PARTICIPE LA
DEPENDENCIA, PARA DAR CERTEZA JURIDICA Y TRANSPARENCIA EN
LOS PROCESOS DE OTORGAMIENTO DE APOYOS EN LOS ESTADOS
ASIGNADOS.
3.
PROGRAMAR
Y
ORGANIZAR
LA
OPERACION
DE
LAS
MESAS
RECEPTORAS EN LA ATENCION Y REGISTRO DE LOS PROGRAMAS
SOCIALES Y POLITICOS, PARA COADYUVAR EN EL CUMPLIMIENTO DE
LOS ACUERDOS Y CONVENIOS ESTABLECIDOS CON LAS AUTORIDADES
DE LAS ENTIDADES ASIGNADAS.
4.
COORDINAR LOS MECANISMOS DE VINCULACION CON LOS TRES
ORDENES DE GOBIERNO DE LOS ESTADOS ASIGNADOS, PARA
ACORDAR LAS ESTRATEGIAS DE ATENCION DE LA POBLACION
BENEFICIADA CON LOS PROGRAMAS SOCIALES Y POLITICOS.
5.
DEFINIR LA FORMULACION DE METAS E INDICADORES DE MEDICION,
PARA CONTAR CON PARAMETROS DE CUANTIFICACION Y MONITOREO
DE LOS PROGRAMAS PUESTOS EN MARCHA EN LOS ESTADOS
ASIGNADOS.
6.
DAR SEGUIMIENTO A LAS ACCIONES INSTRUMENTADAS POR LAS
DEPENDENCIAS FEDERALES EN LOS PROGRAMAS DE APOYO SOCIAL Y
POLITICO DE LOS ESTADOS ASIGNADOS, PARA EVALUAR EL GRADO DE
AVANCE Y LOGRO DE LOS OBJETIVOS.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
INGENIERIA Y
TECNOLOGIA
DISEÑO GRAFICO
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
SOCIOLOGIA POLITICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
157
CIENCIAS ECONOMICAS
APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
CIENCIAS ECONOMICAS
DIRECCION Y DESARROLLO
DE RECURSOS HUMANOS
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
PSICOLOGIA
ESTUDIO PSICOLOGICO DE
TEMAS SOCIALES
SOCIOLOGIA
CAMBIO Y DESARROLLO
SOCIAL
SOCIOLOGIA
PROBLEMAS SOCIALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
18.
Denominación y
Código de Puesto
DIRECTOR (A) DE JUSTICIA ESTATAL
04-921-1-M1C017P-0000016-E-C-T
Nivel
Administrativo
M11
DIRECCION DE AREA
Número de vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$66,362.00 (SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL PARA EL
FORTALECIMIENTO DE LOS
TRIBUNALES SUPERIORES Y
LAS PROCURADURIAS
ESTATALES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DEFINIR MECANISMOS DE COLABORACION CON LOS TRES ORDENES
DE GOBIERNO Y CON LOS PODERES DE LA UNION, EN MATERIA DE
PROCURACION
E
IMPARTICION
DE
JUSTICIA,
PARA
GENERAR
ESTRATEGIAS, PROYECTOS O PROGRAMAS DE MEJORA DEL SISTEMA
DE JUSTICIA PENAL.
2.
IMPULSAR ESTRATEGIAS DE COORDINACION CON RELACION A LA
IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS NACIONALES E
INTERNACIONALES EN MATERIA DE PROCURACION E IMPARTICION DE
JUSTICIA EN LOS GOBIERNOS MUNICIPALES, ESTATALES Y FEDERALES,
PARA CONTRIBUIR EN EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE JUSTICIA.
3.
DICTAMINAR LOS MECANISMOS DE ATENCION A LAS SOLICITUDES Y
CASOS QUE SE PRESENTEN EN MATERIA DE JUSTICIA ESTATAL, PARA
CONSTRUIR
Y
PROPORCIONAR
HERRAMIENTAS
LEGALES
QUE
COADYUVEN EN LA RESOLUCION DE LOS MISMOS.
4.
DESARROLLAR
ACCIONES
DE
VERIFICACION,
EVALUACION
Y
SEGUIMIENTO A LOS PROYECTOS IMPLEMENTADOS EN LOS TRES
NIVELES DE GOBIERNO EN MATERIA DE PROCURACION E IMPARTICION
DE JUSTICIA, A FIN DE CONTAR CON HERRAMIENTAS QUE ASEGUREN
EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y OBJETIVOS PLANTEADOS EN LA
ESTRATEGIA PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE JUSTICIA.
5.
IMPULSAR VINCULOS DE COORDINACION CON LAS INSTANCIAS
COMPETENTES DE LA IMPLEMENTACION DE LA REFORMA EN MATERIA
PROCURACION E IMPARTICION DE JUSTICIA, PARA COADYUVAR EN SU
EJECUCION EN LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA DE LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
158
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Perfil que deberán
cubrir las
personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICA Y GESTION SOCIAL
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
EVALUACION
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIAS ECONOMICAS
AUDITORIA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DEFENSA JURIDICA Y
PROCEDIMIENTOS
CIENCIA POLITICA
INSTITUCIONES POLITICAS
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
Capacidades
Gerenciales
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
Bases de Participación
1ª. Requisitos de participación.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto, mismos que se señalan en la presente convocatoria.
La aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de
las personas, y lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. En virtud de lo
anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el
género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la
apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones,
las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las
responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo, para la pertenencia
al servicio.
Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales:
I.
Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o ser persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar;
II.
No haber sido sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso;
III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en la administración pública;
IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministra o ministro de algún culto, y
V. No contar con inhabilitación para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
De conformidad con el artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
queda restringida la participación de quienes se ubiquen en los supuestos siguientes:
a)
Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra
la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón
de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y
b)
Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
159
2ª. Documentación requerida.
La Revisión y Evaluación de Documentos, comprendida en la Etapa “Revisión Documental.“, específicamente
en lo relativo al perfil del puesto, (escolaridad, áreas y años de experiencia) se llevará a cabo con base en los
documentos que presenten las personas candidatas para verificar que estén fehacientemente acreditados lo
requisitos legales, conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos
por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los cuales podrán ser consultados en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
Cuando les sea solicitado, las personas candidatas deberán presentar la siguiente documentación:
I.
Formatos impresos y requisitados para el Subsistema de Ingreso (llenar a máquina o computadora los
datos personales):
a)
Formato Revisión Documental;
b)
Formato Evaluación de la Experiencia;
c)
Formato Valoración del Mérito, y
d)
Formato Escrito Bajo Protesta
Dichos
formatos
podrán
ser
descargados
en
la
siguiente
liga
electrónica:
https://nc.segob.gob.mx/s/c9K9K7HZ3MS4K8z
II.
Invariablemente deberán exhibir la siguiente DOCUMENTACION EN ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA
LEGIBLE, acompañadas de copia simple tamaño carta por ambos lados cuando aplique:
a)
Hoja de bienvenida del portal TrabajaEn (pantalla inicial) legible donde aparezca claramente: su
nombre completo y escrito correctamente, así como su número de folio de participación en el
concurso del que se trate.
b)
Cédula de Identificación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual
contiene el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), misma que deberá coincidir con los datos
registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
c)
Clave Unica de Registro de Población (CURP) https://www.gob.mx/curp/, misma que deberá coincidir
con los datos registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
d)
Identificación oficial VIGENTE con fotografía y firma, considerando únicamente: Credencial para
Votar INE vigente, Pasaporte vigente o Cartilla del Servicio Militar Nacional con hoja de liberación.
e)
Acta de nacimiento, tarjeta de residente temporal o tarjeta de residente permanente, según
corresponda.
f)
Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descargar en la liga electrónica que se le
indique en el mensaje de invitación, para el cual deberá llenar y firmar en caso de cumplir con los
requisitos enunciados en el mismo, manifestando:
i.
De conformidad al artículo 38, Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos que no cuenta con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la
vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la
intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de
sus modalidades y tipos; no ser declarada persona deudora alimentaria morosa;
ii.
Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de mis derechos o persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar;
iii. No haber sido sentenciada o sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso;
iv. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en la administración pública;
v.
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministra o ministro de algún culto, y
vi. No contar con inhabilitación para el servicio público ni encontrarme con algún otro impedimento
legal.
vii. La inexistencia de alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses;
viii. No ser parte en algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra Institución, y
ix. No prestar servicios profesionales mediante un contrato de honorarios o desempeñar otro
empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía,
órgano constitucional autónomo de carácter estatal o federal; o bien, en caso contrario,
comprobar que cuenta con la determinación de compatibilidad de empleos respectiva.
x.
De conformidad al artículo 16 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos,
en caso de declarar falsedad respecto de la información requerida para obtener un dictamen de
compatibilidad favorable a sus intereses o de no contar con el mismo, quedará sin efectos el
nombramiento o vínculo laboral conforme a las disposiciones aplicables. Lo anterior, sin perjuicio
de las acciones legales que tengan lugar.
xi. Que la documentación probatoria de escolaridad y experiencia referidas en el CV de TrabajaEn y
presentada para la etapa de Revisión Documental “Evaluación de la Experiencia y Valoración de
Mérito”, es auténtica y que ha sido expedida por las Instituciones correspondientes. Asimismo,
que da consentimiento para que el personal de la Dirección General de Recursos Humanos
(DGRH) realice las consultas necesarias ante las instituciones correspondientes con la única
finalidad de verificar el origen y autenticidad de los documentos presentados, los cuales no
tienen calidad de datos personales sensibles, conforme a la definición que les atribuye el artículo
2 fracción VI de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares;
160
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
xii. Que no se solicitó el examen de no gravidez y de VIH/SIDA como requisito para continuar en el
proceso de selección llevado a cabo por esta dependencia, y
xiii. Si es o no persona Servidora Pública de Carrera Titular.
g)
Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años);
h)
Dos impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en
el apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral
registrada, además del lugar y periodo en el que laboró.
i)
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
i.
En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance
Titulado, sólo serán válidos el Título o Cédula Profesional registrados ante la Secretaría de
Educación Pública en términos de las disposiciones aplicables, o en su defecto la “Autorización
Provisional para ejercer la Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General
de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. El Comité Técnico de Selección
determinará si acepta los documentos que acrediten que el título o cédula profesional está en
trámite, asimismo el plazo por el cual se aceptarán.
ii.
En caso de haber realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente, la
constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
iii. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará
Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de
Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber
cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
iv. En caso de que el requisito académico corresponda al nivel de bachillerato “Terminado o
Pasante”, las personas aspirantes deberán acreditar preferentemente con el certificado de
estudios oficial que indique que concluyó totalmente dicho nivel de estudios, de ser el caso
podrá acreditarlo con el nivel superior de Licenciatura con un documento oficial que indique que
tiene los estudios profesionales concluidos en su totalidad (por ejemplo: constancia de estudios
del 100% de créditos, título y/o cédula profesional).
v.
Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicite en el concurso de que se trate, para
los puestos de nivel de enlace y jefatura de departamento u homólogos se deberá comprobar
dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin opción a ser
comprobable por grado educativo distinto, mientras que para los puestos de nivel de
subdirección de área, dirección de área, dirección general u homólogos, se podrá comprobar
dicho requisito con el Título o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación
Pública en términos de las disposiciones aplicables, la “Autorización Provisional para ejercer la
Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de la
Secretaría de Educación Pública que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas
académicas afines al perfil de puesto conforme al Catálogo de Carreras en TrabajaEn.
vi. En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso
relacionada a la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la
convocatoria del Diario Oficial. La DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios
presentado por aquellas personas que aspiren contra las carreras genéricas solicitadas por el
perfil del puesto. En los casos, que los estudios referidos en el comprobante no sean
compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por el perfil, se verificará contra
el Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado “Documentación e
Información Relevante”. Cuando el nombre específico de la carrera presentada en el
comprobante por la persona candidata no aparezca dentro del alguna de las carreras genéricas
solicitadas por el perfil, se comparará contra el listado de las carreras específicas del catálogo, si
no apareciera, se procederá entonces conforme a la base 16ª fracción VI de estas mismas
bases.
j)
Presentar constancias con las que acredite su Experiencia.
Para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso se
considerarán las evidencias que acrediten la fecha de inicio y fecha de término de los puestos que
manifestó en su currículum registrado en Trabajaen al momento de la inscripción, sólo se
considerarán los empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil, la razón
social que señale dicho comprobante deberá coincidir con la denominación de la empresa o
institución para la cual laboró; podrán aceptarse una o varias constancias de las que se citan a
continuación:
i.
Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
ii.
Constancia de semanas cotizadas del IMSS con cadena original y sello digital.
(https//www.imss.gob.mx/tramites/immss02025a).
iii. Hoja única de servicios o equivalente, con firmas y sello de la institución que la expide.
iv. Constancias de Nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o
bien con la Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
v.
Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la
relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
161
vi. Cartas o convenio de Finiquito, en el que se indique la fecha de inicio y la fecha de conclusión de
la relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas y sello del emisor.
vii. Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios,
los cuales deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado,
funciones realizadas y firmas autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de
terminación anticipada, deberá anexar la constancia respectiva.
viii. Documento denominado: “Constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al
salario y subsidio para el empleo” o “Constancia de retenciones” emitidas por el SAT, mismas
que deberán indicar periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor, en caso de ser
electrónico, deberá de contener cadena original y sello digital.
ix. Recibos de pago, con datos de la institución o empresa que lo otorga, nombre de la persona
candidata, puesto y periodo de pago. Deberá presentar al menos 2 recibos por cada año
laborado. Sólo se computarán para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que
indiquen los recibos.
x.
Constancias de empleo en papel membretado u oficial, las cuales deberán especificar: fecha de
expedición, nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja,
indicando puesto(s) y/o funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona autorizada
para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución o
empresa.
xi. Carta como persona Becaria, en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición,
nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones
desempeñadas, con firma y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica
con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución o empresa.
xii. Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social, acompañada del Historial que contiene la información de
capacitación, el cual podrá obtener accediendo con su usuario y contraseña al portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado “Mi historial”.
xiii. Constancia de término y/o Liberación de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales, únicamente
para los concursos de nivel de Enlace. Quienes aspiren a ellos, podrán presentar dicho
documento emitido por la Institución en la cual se haya realizado o por la Institución educativa
que lo haya liberado así como las fechas de inicio y término, o con las cuales se acrediten las
áreas generales de experiencia solicitadas en el perfil del puesto de que se trate.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y/o término del empleo que se pretenda
comprobar, no serán considerados y no se computarán para el cálculo del tiempo de experiencia
para acreditar el requisito estipulado en el perfil del puesto que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan
fungido como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido
en forma unilateral por el propio trabajador.
En caso de que los comprobantes de experiencia hayan sido expedidos en el extranjero o bien, que
se presenten en un idioma diferente al español, deberán ser acompañados de una traducción simple,
firmada por la persona candidata.
k)
Presentar las constancias con las que acredite su Mérito.
Para la valoración del Mérito podrá presentar los documentos que lo comprueben tales como:
i.
Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas servidoras públicas de
carrera titulares, y se calificarán de acuerdo con las Calificaciones obtenidas en las evaluaciones
de desempeño anual. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en
la última evaluación del desempeño anual, por lo que podrá presentar la hoja resumen de la
última evaluación, que contiene la calificación final obtenida, ésta deberá presentar firma y sello
de la dependencia donde fue evaluada, o en su defecto podrá presentar la información de
evaluaciones de desempeño que obtenga desde Rhnet. Para obtener las calificaciones de la
evaluación de desempeño desde RHnet deberá ingresar con su usuario y contraseña al portal
www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en
Consulta Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego dar clic en
“Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el resumen. En caso de no contar
con su evaluación desde RHnet, deberá dirigirse al área de Recursos Humanos de su
dependencia, para obtener ayuda.
ii.
Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas servidoras públicas
de carrera titulares, y se califica a través del promedio de la calificación de las acciones de
capacitación obtenidas por el servidor público de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato
anterior; esta calificación está contenida en la hoja resumen de la última evaluación de
desempeño y deberá estar firmada y sellada por la institución emisora.
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iii. Resultados de procesos de certificación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de
carrera titulares, y se calificará de acuerdo con el número de capacidades profesionales
certificadas vigentes obtenidas en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera,
comprobables en la hoja resumen de la última evaluación del desempeño. En caso de haberse
certificado como persona servidora pública de carrera y no contar con su constancia, deberá
solicitarla en el área de Recursos Humanos de su dependencia.
iv. Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas candidatas en su labor o
campo de trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o
fortalecieron las funciones de su área de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron
beneficio a la ciudadanía, por lo que podrá presentar las constancias respectivas como:
certificaciones en competencias laborales o habilidades profesionales distintas a las del Servicio
Profesional de Carrera publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros)
relacionadas con su campo de experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo
político o religioso.
v.
Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión
o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten alguno o varios
de los siguientes supuestos: fungir como persona presidenta, vicepresidenta o integrante
fundadora de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de investigación,
gremiales, estudiantiles o de profesionistas); recibir un título honorífico o un grado académico
honoris causa, otorgado por universidades o instituciones de educación superior; o por
graduarse con mención honorífica o con alguna distinción. En ningún caso se considerarán
distinciones de tipo político o religioso.
vi. Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado a la persona
candidata por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado, debido a la consecución
de algún mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá
presentar las constancias que acrediten la obtención de un reconocimiento o premio otorgado a
nombre de la persona candidata; reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de
investigación, a nombre de la persona candidata; en congresos, coloquios o equivalentes;
reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público; primer, segundo o tercer lugar,
que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los
concursos del SPC. En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político,
religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o
equivalente.
vii. Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores resultados, que
sobresalen en una profesión, ajena al campo de trabajo, del resto del quienes participan en la
misma, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado
académico obtenido en el extranjero, con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de
Educación Pública (SEP); patente a nombre de la persona candidata; servicio o misión realizada
en el extranjero; derechos de autor por obras publicadas a nombre de la persona candidata;
servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento de donativos).
En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
viii. Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el
perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o del grado
máximo de estudios, concluido con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel
de estudio y al grado de avance requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por lo que
podrá presentar constancias de Diplomados, constancias de terminación de estudios, Título o
cédula profesional de nivel licenciatura, especialidad, maestría o doctorado.
ix. Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua —en este caso, una de las
68 lenguas indígenas―, a la capacidad de usarla apropiadamente en determinadas situaciones
sociales. En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los
siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que señala
que es hablante de una lengua indígena nacional. - Acreditación de competencias comunicativas
generales, expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) o por alguna otra
instancia acreditada por esta misma institución (con un resultado regular o bueno). - Acreditación
o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas, que avalen, al menos, un nivel
básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes. -Materiales elaborados en lenguas
indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios,
etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente su
autoría. -Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o
ha sido parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de
lenguas indígenas. -Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la
interpretación o la atención en lengua indígena; o bien, mediante una traducción).
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Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Inali o por
alguna otra instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado excelente). -
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros, en alguna lengua indígena o sus variantes,
independientemente del campo de estudio del que se trate. En la presentación de estas
publicaciones se deberá acreditar fehacientemente su autoría. -Evidencias de trabajo que avalen
su experiencia como intérprete, mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de lenguas indígenas
(oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.)
En la presentación de estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
x.
Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
Acto voluntario, al tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que
se manifiesta la identificación propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente,
se calificará de acuerdo con la manifestación que realice la persona candidata en la revisión
documental durante el concurso, identificando por escrito de declaración de autoadscripción, el
nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
xi. Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento de
mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos
de escolaridad y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del
puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que compruebe que al momento de la
publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
xii. Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas que, a pesar de
presentar una discapacidad, cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia,
establecidos previamente en la descripción y perfil del puesto en concurso. Se calificará a la
persona candidata que se autoreconozca como persona con discapacidad. La persona
participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su discapacidad.
l)
No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho
de solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión
curricular y documental en cualquier etapa del proceso; de no acreditarse su existencia o
autenticidad, se descalificará automáticamente, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la
Secretaría de Gobernación, que se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
Al término de la Revisión Documental y una vez firmados los formatos de la etapa de Revisión Documental,
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, por aquellas personas que intervengan en éste, se
estarán aceptando los términos y condiciones, así como los puntajes señalados.
3ª. Registro de personas aspirantes.
La inscripción o el registro de aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de Publicación
de la Convocatoria en el DOF, a través de la página TrabajaEn en la dirección: www.trabajaen.gob.mx.
Al aceptar las presentes Bases, se asignará un número de folio de participación para el concurso, que servirá
para formalizar la inscripción a éste e identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la
Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato de quienes participan.
Programa del concurso:
Fase o Etapa
Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria
04 de marzo del 2026
Registro de personas aspirantes y Revisión curricular
(en la herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 04 al 18 de marzo del 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El 19 de marzo del 2026
Examen de Conocimientos Técnicos
A partir del 23 de marzo de 2026
Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal
A partir del 23 de marzo de 2026
Revisión Documental.
De conformidad con lo referido en el Apartado: 2ª. Documentación
requerida.
A partir del 23 de marzo de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 23 de marzo de 2026
Evaluación de Habilidades
A partir del 23 de marzo de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir del 23 de marzo de 2026
Determinación
A partir del 23 de marzo de 2026
En razón del número de aspirantes que participen en cada una de estas fases o Etapas, podrán estar sujetos
a cambios sin previo aviso, el orden de las mismas, las fechas y horarios; por lo que se recomienda dar
seguimiento al concurso a través de sus mensajes del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx de manera
puntual.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se realizará en las mismas fechas
y horarios en su totalidad. Sin embargo, en caso de no contar con el suficiente espacio físico para aplicar una
herramienta de evaluación como se señaló, la DGRH podrá aplicarla de manera diferida en grupos, pero en
ningún caso se diferirá a una sola persona.
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Si el índice de participación es de más de 250 personas, para la etapa de Evaluación de Conocimientos
Técnicos, la DGRH podrá dividir la aplicación de la evaluación en los días hábiles que resulten necesarios,
siempre y cuando éstos sean continuos y se anexe al expediente respectivo la evidencia documental
fehaciente, del total de registros de inscripción en el proceso.
4ª. Temarios.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados únicamente en la
convocatoria difundida en el portal www.trabajaen.gob.mx.
5ª. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Gobernación comunicará a cada persona aspirante, la fecha, hora, lugar y/o medio en que
deberá aplicar las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, exclusivamente a través de
la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes”.
Es importante mencionar que la DGRH de esta Secretaría, aplicará las herramientas de evaluación en
instalaciones propias, para el ingreso al inmueble se permitirá únicamente el acceso con la documentación
solicitada y bolígrafo, sin bolsas, mochilas o cualquier otro artículo adicional.
De conformidad con el artículo 254 de las “Disposiciones” la invitación se enviará con al menos dos días
hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se especificará la
duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de
todos los exámenes, será de diez minutos, considerando como hora referencial la hora oficial de la Ciudad
de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de recepción.
Toda persona aspirante deberá considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus
traslados ya que, de acuerdo con el principio de igualdad de oportunidades, NO procederá la reprogramación
de las fechas y horarios para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de las o de los
candidatos bajo ningún motivo. Transcurrido dicho tiempo no se permitirá por ningún motivo la aplicación de
ninguna de las etapas.
Quienes por decisión propia registren su participación para dos o más concursos en esta Secretaría y las
etapas de éstos sean programados el mismo día, hora y lugar; con la finalidad de hacer prevalecer el principio
de imparcialidad del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
deberán elegir el concurso por el cual continuará su participación, ya que una vez iniciada la sesión, por
ningún motivo se aplicarán exámenes y/o evaluaciones después de transcurrido el tiempo de tolerancia de la
etapa en proceso, razón por la cual, no podrá aplicarse más de una evaluación de manera simultánea.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán lo siguiente:
I. ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 70, en una escala
de 0 a 100 sin decimales. Las personas que acrediten el examen de conocimientos técnicos podrán realizar la
segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de conocimientos técnicos para obtener la
calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un
resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y
hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal, será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Los resultados aprobatorios de cada examen tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en
que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de
resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos Técnicos, éstos tendrán vigencia de un año, en
relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los
conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de quienes hubieran
aplicado las Evaluaciones de Conocimientos Técnicos en esta Dependencia del Ejecutivo Federal en la plaza
de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos
mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarse expresamente mediante escrito fundamentado y
firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo establecido para el
registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido a quien funja como persona Secretaria
Técnica
del
Comité
Técnico
de
Selección
y
enviado
a
la
siguiente
dirección
electrónica:
reclutamiento1@segob.gob.mx. La solicitud podrá ser atendida de manera favorable siempre y cuando se
trate del mismo puesto, temario y bibliografía. El escrito deberá incluir el nombre del puesto, número de
concurso y código de puesto de aquel resultado al que solicite la revalidación.
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En caso de que una persona aspirante requiera revisión del examen de Conocimientos Técnicos, deberá
solicitarla a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a quien funja como persona Secretaria Técnica del
Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx.
Es importante señalar que, únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta
aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados. No procederá la revisión
respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
Respecto a las calificaciones obtenidas en el Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, el resultado obtenido estará vigente por un año a partir del registro de calificaciones y
aplicará para todos los concursos de la Administración Pública Federal si es igual o mayor a 60 puntos de
100, en caso de que el resultado obtenido sea inferior a 60 puntos de 100, y la persona candidata desee
renunciar al mismo, deberá remitir su solicitud a la cuenta de correo trabajaen@buengobierno.gob.mx, que
administra la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Con respecto a la aplicación de evaluaciones para las personas aspirantes que pudieran presentar alguna
discapacidad sensorial visual, y a petición de la persona interesada, se podrá designar a personal del área de
reclutamiento y selección para asistirla, dando lectura en voz alta de la totalidad de preguntas y opciones
de respuesta para que, de este modo, cuente con los elementos operativos para dar respuesta a la evaluación
de que se trate. En caso de que alguna persona aspirante presente algún tipo de discapacidad no
considerado en las presentes bases de participación, que pudiera representar un obstáculo en su
participación, será atendido conforme a la 15ª base de participación “Disposiciones generales”.
A. Procedimiento para el registro y aplicación del Examen de Conocimientos Técnicos es el siguiente:
a)
Personal del área de Ingreso iniciará la revisión de los documentos 10 minutos antes de la hora de la cita
y revisará quien es la última persona que llegó considerando el tiempo de tolerancia de 10 minutos
posteriores a la cita, tomando como referencia el reloj del equipo de cómputo de recepción;
b)
Se revisarán los 2 documentos en los términos solicitados en la convocatoria y mensaje de invitación:
impresión de la página de bienvenida de Trabajaen legible que refleje su nombre escrito correctamente y
folio, e identificación oficial vigente (Credencial para Votar INE vigente, Pasaporte vigente o Cartilla del
Servicio Militar Nacional con hoja de liberación) y su respectiva copia legible; en caso de contar con los
elementos descritos, serán sellados y se permitirá el acceso al inmueble. En este acto se indicará el piso
y sala al que deberán presentarse.
c)
Una vez en las salas de aplicación de evaluaciones, se dará la indicación del momento en que se
procederá a la captura de datos en el Sistema de Control de Evaluaciones por parte de las personas
candidatas, para lo que requerirá de los datos de CURP y RFC, que se encuentran en su página de
bienvenida de Trabajaen. Se procederá a verificar que los datos descritos sean correctos;
d)
Ante el incumplimiento de los documentos en los términos solicitados y/o no se presente en la fecha y
horario señalados (considerando el tiempo máximo de tolerancia de 10 minutos), no será registrada
persona alguna;
e)
Una vez que las personas aspirantes ingresen a la sala de evaluaciones de la DGRH, personal del área
de reclutamiento y selección asignará un equipo de cómputo en la sala “C” y procederá a su registro en la
lista de asistencia. Todas las personas aspirantes deberán resguardar sus dispositivos electrónicos.
De conformidad con el artículo 227 de las “Disposiciones” en su fracción III “No se permitirá el uso de
teléfonos celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como
discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como cualquier
otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o
almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o se requiera su
utilización como medio de apoyo para la evaluación. Estos dispositivos serán resguardados en sobres de
seguridad destinados a ese efecto, durante el tiempo que dure la evaluación respectiva.
B. Procedimiento para el registro y aplicación del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal:
a)
Las personas candidatas deberán presentarse con los 2 documentos en los términos solicitados en la
convocatoria y mensaje de invitación: página de bienvenida de Trabajaen legible que refleje su nombre y
folio impreso e identificación oficial vigente (Credencial para Votar INE vigente, Pasaporte vigente o
Cartilla del Servicio Militar Nacional con hoja de liberación) y su respectiva copia legible.
b)
Los datos de Correo electrónico y contraseña con los que ingresa a su cuenta personal en el portal
electrónico Trabajaen, siendo estos últimos elementos indispensables para la aplicación de la evaluación;
de ser incorrectos o no contar con ellos, no podrá realizar esta etapa.
c)
La Evaluación de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, se aplicará a través del
Módulo Generador de Exámenes administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en las
instalaciones de la DGRH de la Secretaría de Gobernación.
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C. Evaluaciones de habilidades
La subetapa de evaluación de habilidades no tiene calificación mínima aprobatoria, considerando para los
cálculos del sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales. Asimismo, se informa
que estas evaluaciones se obtienen de pruebas psicométricas, por lo que no existe temario o guía de estudio.
Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores aplicadas en concursos de la Secretaría de
Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas capacidades
a evaluar.
La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefatura Departamento corresponderá al
Nivel Intermedio, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados mientras que para
el rango de Subdirección corresponderá al Nivel Ejecutivo de las mismas habilidades (Trabajo en Equipo y
Orientación a Resultados). Para los rangos de Dirección de Area y Dirección General corresponderá el Nivel
Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados arrojados en esta
etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de estos se exprese con decimales, éstos no se
redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO serán motivo de
descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se reflejará para todos los procesos
de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel Intermedio o Nivel
Ejecutivo, tiempo en que la persona aspirante podrá:
a)
Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando
correspondan al mismo nivel, y
b)
Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en que se den a conocer a través de Trabajaen.
Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad del
desarrollo de un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a
la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se establece el
siguiente criterio:
Los resultados obtenidos en las evaluaciones de habilidades de SEGOB serán irrenunciables durante el año
de su vigencia.
II. ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO
Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como
la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte.
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los elementos que se
calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
-
Orden en los puestos desempeñados;
-
Duración en los puestos desempeñados;
-
Experiencia en el Sector público;
-
Experiencia en el Sector privado;
-
Experiencia en el Sector social;
-
Nivel de responsabilidad;
-
Nivel de remuneración;
-
Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante, y
-
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
-
Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrara titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como persona servidora pública de carrera titular.
-
Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad
de personas servidoras públicas de carrara titulares
-
Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrara titulares
-
Logros;
-
Distinciones;
-
Reconocimientos o premios;
-
Actividad destacada en lo individual;
-
Otros estudios;
-
Habla de lengua indígena;
-
Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana;
-
Perspectiva de juventudes, y
-
Personas con discapacidad.
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DIARIO OFICIAL
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III. ETAPA DE ENTREVISTA
A. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones serán considerados para elaborar el
listado de personas candidatas con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación
para la etapa de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación
establecidos en la Secretaría de Gobernación, basada en los artículos 271 y 272 de las “Disposiciones”.
B. Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización y del CTS de la Secretaría de Gobernación,
pasarán a la etapa de Entrevista, las tres personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto
apego al orden de prelación registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo con el
orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de
las personas candidatas que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de personas
candidatas que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y sólo se entrevistarían, en caso
de NO contar al menos con una persona finalista de entre las tres personas candidatas ya entrevistadas.
C. El Comité Técnico de Selección sesionará por medios remotos de comunicación electrónica.
Las personas aspirantes podrán solicitar que su participación se realice en las instalaciones de la DGRH,
o bien, fuera de ellas.
Será requisito indispensable para quienes participen en esta etapa, notificar a través de correo electrónico
a las cuentas: reclutamiento1@segob.gob.mx y asalazar@segob.gob.mx la elección de desarrollarla
dentro o fuera de la DGRH con anticipación.
En caso de optar por la participación dentro de las instalaciones de la DGRH deberá presentarse la
persona candidata dentro del tiempo de tolerancia (10 minutos) con los siguientes elementos:
a)
Pantalla del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de participación impreso;
b)
Formato de Notificación de Ingreso, impreso y firmado por la persona candidata;
c)
Identificación oficial vigente original y copia,
En caso de optar por la participación fuera de las instalaciones de la DGRH adjuntar al correo de
notificación:
a)
Manifestar que se cuenta con los elementos técnicos necesarios para el óptimo desarrollo de la
etapa;
b)
Pantalla del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de participación;
c)
Formato de Notificación de Ingreso, en formato PDF y firmado por la persona candidata;
d)
Identificación oficial vigente digitalizada, y
e)
Será obligación de la persona candidata: contar con el espacio adecuado, funcional y cómodo para la
realización de la etapa (iluminación, ventilación, tranquilidad, espacio, sin distracciones); contar con
equipo electrónico con las especificaciones técnicas requeridas para el adecuado desarrollo de la
etapa (cámara web, micrófono, audio, internet con velocidad de 20 MB cuando menos,
preferentemente equipo de cómputo).
Al realizar la entrevista por medios remotos de comunicación electrónica fuera de las instalaciones de la
DGRH, la persona aspirante acepta los términos mencionados sin responsabilidad para la Secretaría de
Gobernación de: la falla del equipo electrónico, del uso inadecuado de la plataforma destinada para tales
efectos, de problemas técnicos y/o inconvenientes que pudieran presentarse y que limiten o impidan el
desarrollo de la entrevista; aceptando las calificaciones que resulten de cada etapa.
En caso de que no contar con equipo electrónico con las especificaciones técnicas señaladas para su
participación virtual, las personas aspirantes podrán acudir a las instalaciones de la DGRH de la
Secretaría de Gobernación, ubicadas en Río Amazonas No. 91, Col. Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc,
a desahogar la etapa vía remota con los integrantes del CTS.
D. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección en la Entrevista utilizará el modelo
CERP, el cual está basado en competencias que contempla los siguientes elementos:
-
Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento(favorable o
adverso).
-
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones (simple o
compleja).
-
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas (sin impacto o con impacto).
-
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento
(protagónica o como miembro de equipo).
La entrevista permitirá la interacción de cada una de las personas integrantes del Comité Técnico de
Selección con la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y
conocimientos vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso,
considerando con los elementos arriba señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las
personas candidatas y quedarán plasmadas en el reporte individual.
Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
consideradas personas aptas para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 40, fracción II de su
Reglamento.
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Miércoles 4 de marzo de 2026
IV. ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación declarando:
A. Ganador o ganadora del concurso: a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva. La persona que funja como Presidenta
del CTS, persona superior jerárquica del puesto en concurso, podrá por una sola vez y bajo su estricta
responsabilidad, vetar durante la determinación a la persona finalista seleccionada por las demás
personas integrantes del CTS para ocupar el puesto, fundando y motivando debidamente su
determinación en el acta correspondiente, en cuyo caso el CTS elegirá a la persona que ocupará el
puesto entre las restantes personas finalistas.
B. A la persona finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto
sujeto a concurso en el supuesto de que, por causas ajenas a la dependencia, quien hubiese resultado
ganador o ganadora, señalado en el inciso anterior:
a)
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
b)
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
C. Desierto el concurso.
D. La puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en las etapas del concurso,
señaladas en la 6ª base, Reglas de Valoración General y Sistema de Puntuación, de la presente
convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido hasta antes de la entrevista, que
servirá para establecer el orden en el que presentarán la entrevista las personas candidatas.
La Determinación que resuelva el CTS se realizará con base en la calificación definitiva obtenida por cada
persona finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en etapas
previas por si solas, no significan que el CTS, deba considerar persona ganadora a la persona candidata
que pase en los primeros lugares a la entrevista, sino a la persona finalista con el puntaje total más alto.
E. La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso
de existir, las personas finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes,
los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones de la propia
determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por quien presida el CTS.
6ª. Reglas de Valoración General y Sistema de Puntuación
El listado de aspirantes en orden de prelación se integrará de acuerdo con los resultados obtenidos por los
puntajes más altos en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente Sistema de
Puntuación General
Etapa
Subetapa
Total por
Subetapa
Total por
etapa
II. Exámenes de
conocimientos y evaluaciones
de habilidades
Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal
30
50
Exámenes de conocimientos técnicos
Evaluación de habilidades
20
III. Evaluación de la
experiencia y valoración del
mérito de los candidatos
Evaluación de la experiencia
10
20
Valoración del mérito de los candidatos
10
IV. Entrevistas
-
30
30
TOTAL
100
* Se asignará un puntaje único de 10 puntos para aspirantes a puestos de nivel de Enlace, de conformidad
con lo señalado en el artículo 231 de las “Disposiciones”.
7ª. Publicación de Resultados
Los resultados de los concursos serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx máximo
dentro de los 3 días hábiles posteriores a la aplicación de cada etapa.
8ª. Reserva de Aspirantes
Las personas que hayan sido entrevistadas por el Comité Técnico de Selección que no resulten ganadoras del
concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de Aspirantes del Cuerpo de
Función o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año, contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Las personas finalistas estarán en posibilidad de convocarse durante el periodo que dure su permanencia en
la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el
Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en concursos bajo la
modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
169
9ª. Declaración de Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso
por las siguientes causas:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerada finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos del Comité Técnico de Selección.
10ª. Cancelación de Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de los puestos en los supuestos siguientes:
I.
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la
ocupación del puesto de que se trate o,
II.
El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a
laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna
persona o,
III. Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del
puesto en cuestión.
11ª. Principios del Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y de las “Disposiciones”.
12ª. De los motivos de descarte.
De conformidad con el artículo 36 Bis, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, cuando una persona no cumpla con algún requisito establecido
en la convocatoria, no podrá continuar su participación en el proceso de selección, y se le deberá notificar el
motivo y el fundamento de esta determinación.
Serán considerados motivos de descarte en las Etapas II, III y IV establecidas en el artículo 34 del
RLSPCAPF:
Etapa II “Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. Para el inicio de todas las etapas, el tiempo
de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como hora referencial la
oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de
recepción.
•
Para la etapa del Examen de Conocimientos Técnicos:
i.
El registro incorrecto del folio de participación en el Sistema de Control de Evaluaciones, por lo que
es estricta responsabilidad de la persona aspirante, la correcta captura de sus datos en el sistema de
aplicación de la evaluación.
ii.
El uso de material de consulta, impreso o digital durante la aplicación de evaluaciones.
iii. El uso de dispositivos electrónicos durante la aplicación de la evaluación.
•
Que como resultado de la evaluación de Conocimientos Técnicos, se obtenga una calificación inferior a
70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
•
Que del promedio obtenido del “Examen de conocimientos técnicos” y el “Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal” se obtenga una calificación inferior a 60, en una escala
de 0 a 100 sin decimales.
•
El uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles
como discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como
cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar,
registrar o almacenar las evaluaciones.
•
Incurrir en conductas que contravengan a los principios rectores del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal en contra del resto de las personas aspirantes o de las personas
encargadas de la aplicación de la etapa.
Etapa III “Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de los candidatos”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. En caso de que los documentos
presentados no cubran con estos requisitos será motivo de descarte del concurso. Para el inicio de todas
las etapas, el tiempo de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como
hora referencial la oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo
del área de recepción.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
•
Al momento de cotejar la documentación original o copia certificada solicitada para la etapa, el RFC
presentado no coincida con el registro reflejado en la cuenta de la persona candidata
(Hoja de Bienvenida) en el portal www.trabajaen.gob.mx.
•
Al momento de cotejar la documentación original o copia certificada solicitada para la etapa, el CURP
presentado no coincida con el registro reflejado en la cuenta de la persona candidata
(Hoja de Bienvenida) en el portal www.trabajaen.gob.mx.
•
No presentar documento original y/o copia certificada legible de alguno de los elementos enlistados en la
3ª Base de Participación de la presente Convocatoria denominada “Documentación requerida” así como
las especificaciones señaladas en ésta.
•
No acreditar fehacientemente su identidad y los requisitos establecidos en el perfil del puesto y en las
bases de la convocatoria a través de constancias originales conforme a lo registrado en el Catálogo de
Puestos y Catálogo de Experiencia de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
•
No acreditar la escolaridad solicitada en el perfil del puesto a concursar.
•
No acredita la experiencia solicitada en el perfil del puesto a concursar.
Etapa IV “Entrevistas”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. Para el inicio de todas las etapas, el tiempo
de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como hora referencial la
oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de
recepción.
•
No contar con los elementos que permitan el óptimo desarrollo de esta etapa: espacio adecuado,
funcional y cómodo para la realización de la etapa (iluminación, ventilación, tranquilidad, espacio, sin
distracciones); contar con equipo electrónico con las especificaciones técnicas requeridas para el
adecuado desarrollo de la etapa (cámara web, micrófono, audio, internet con velocidad de 20 MB cuando
menos, preferentemente equipo de cómputo). En caso de presentar inconsistencias que impidan el
desarrollo de la etapa, el CTS considerará esta situación como una inasistencia.
13ª. Resolución de dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas aspirantes formulen con relación a
los puestos y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico en el número 551102-6000,
Ext. 16158, 16157, 16200 y 16135, con un horario de atención de lunes a viernes 10:00 a 14:00 horas y de
16:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario y el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, así como la solicitud para la renuncia a los resultados aprobatorios de los exámenes de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para
el Servicio Público en la cuenta de correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
14ª. Inconformidades
Aquellas personas concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Organo Interno de Control
en la Secretaría de Gobernación, en Calle Bahía de Santa Bárbara número 193, Pisos 3, 4 y 5,
Colonia Verónica Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11300, Ciudad de México, en términos de
lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su
Reglamento.
15ª. Procedimiento para reactivación de folios
Una vez cerrada la Etapa I: Revisión Curricular, la persona participante tendrá 1 día hábil, siguiente a la fecha
de cierre de la Etapa I, para enviar su escrito de petición de reactivación de folio al correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, en un horario de 9:00 a 18:00 horas. Cualquier solicitud que se presente
posterior al periodo y horario señalado, no será procedente.
I.
La solicitud que se remita, vía correo electrónico, deberá contener un archivo en PDF con la siguiente
documentación anexa:
A. Escrito de solicitud, el cual deberá contar con las siguientes características:
a)
Deberá de dirigirlo al Comité Técnico de Selección respectivo;
b)
Colocar la fecha en que se realiza la solicitud;
c)
Justificación del porqué considera se debe reactivar su folio;
d)
Número de Folio de Rechazo que le proporciono el sistema Trabajaen (ejemplo: RX-99999);
e)
Indicar la dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada
y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo;
f)
Indicar el número de fojas útiles en su escrito de petición, y
g)
Nombre y firma de la persona solicitante.
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DIARIO OFICIAL
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B. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo;
C. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las
evaluaciones que ha presentado y sus vigencias, y
D. Escaneo en formato PDF de los documentos probatorios de su experiencia laboral y escolaridad, con
las características indicadas en la 2ª base de participación de la presente convocatoria;
II. De conformidad al artículo 261 de las “Disposiciones” no será procedente la reactivación de folios cuando:
A. La persona candidata cancele voluntaria o involuntariamente su participación en el concurso.
B. Exista duplicidad de registros en TrabajaEn.
Adicionalmente no será procedente en caso de:
A. No cumplir con alguno de los requisitos que se mencionan en el apartado I de éste mismo
numeral 15ª.
B. En caso de que el Comité Técnico de Selección al realizar el análisis y revisión de la solicitud,
identifique que no cumple con los requisitos que solicite el perfil del puesto.
Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS procederá al descarte de la
persona candidata.
III. Recibidas las solicitudes de reactivación de folios, la persona Secretaria Técnica del Comité Técnico de
Selección, convocará en un término no mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de
Selección, a efecto de analizar y determinar la procedencia o no, de la solicitud la persona participante.
La DGRH, notificará a la persona participante el acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección.
16ª. Disposiciones generales
I.
En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación.
II.
Las personas aspirantes de responsabilizarán de los traslados y gastos erogados como consecuencia de
su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente Convocatoria sin responsabilidad
alguna a cargo de la Secretaría de Gobernación.
III. Los datos personales de quienes concursan son confidenciales, aun después de concluido el concurso.
IV. Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de servidora o servidor público de carrera
titular, para poder nombrarse en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación
necesaria que acredite haberse separado del cargo anterior, toda vez que no puede permanecer activa o
activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo
11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
V. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre la persona ganadora de concurso,
deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará
renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre quienes se hubieran determinado
finalistas con la siguiente calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75,
fracción I de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
VI. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección conforme a las disposiciones aplicables.
VII. En el supuesto de que, durante el desahogo del proceso de selección, las autoridades sanitarias llegaran
a emitir disposiciones para prevenir contagios relacionados con cualquier contingencia sanitaria, éstas se
harán del conocimiento de las personas participantes, quienes deberán cumplir con las medidas que se
indiquen en el respectivo mensaje de invitación (por ejemplo: uso de cubrebocas obligatorio, sana
distancia).
VIII. Todos los comunicados relacionados con la presente convocatoria se enviarán a través de la plataforma
Trabajaen, por lo que el día, hora y lugar en la que se deberán presentar las personas aspirantes a las
etapas del procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos, será notificado a través
de su centro de mensajes del portal de Trabajaen con al menos dos días hábiles de anticipación, por lo
que es responsabilidad de las personas participantes dar seguimiento a dicho portal.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
"Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio"
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, firma el Secretario Técnico y
Subdirector de Análisis de Informes del Servicio Profesional de Carrera
Lic. Ignacio Chávez Torres
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 1151
DIRIGIDA A TODA PERSONA INTERESADA, QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL
DE CARRERA CONSIDERANDO EL CRITERIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION
“IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES, BAJO LOS PRINCIPIOS RECTORES DE IGUALDAD
Y NO DISCRIMINACION”, CONFORME AL ARTICULO 1° FRACCION III DE LA LEY FEDERAL
PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION
El Comité Técnico de Selección en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los
artículos 21, 23, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 09 de
enero de 2006; 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 de su Reglamento, última reforma publicada en el DOF el 04
de enero de 2024; 230, 241, 242, 243, 246, 247, 253, 254, 255, 256 y 271 del ACUERDO por el que se
establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2025; emite la siguiente Convocatoria Pública y Abierta
dirigida a toda persona interesada en ingresar al Servicio Profesional de Carrera, para ocupar el siguiente
puesto vacante en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
Nombre del Puesto:
Dirección de Asuntos Legislativos en la Cámara de Senadores
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-418-1-M1C021P-0000118-E-C-P
Rama de Cargo:
Asuntos Jurídicos
Nivel (Grupo/Grado):
M33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$96,526.00 (Noventa y seis mil quinientos veintiséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Asuntos Jurídicos de Egresos
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Puestos subordinados: El puesto cuenta con personal a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de las funciones.
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 7 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de Empresas
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco
Jurídico
Administrativo
Presupuestario
y
Proceso
Presupuestario del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
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DIARIO OFICIAL
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Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Horario amplio en el periodo de elaboración del Proyecto de Presupuesto de
Egresos de la Federación y de negociación del Presupuesto de Egresos de la
Federación en la Cámara de Diputados. Además de contribuir al análisis de las
propuestas de modificación al marco constitucional y legal de carácter federal
que se presente en el Congreso de la Unión o que elabore el Ejecutivo Federal.
Observaciones
Paquetería informática: Word, Power Point y Excel
Nivel de dominio: Intermedio
Funciones:
1.
Resolver las solicitudes que realizan los Congresos Locales de las
Entidades Federativas, respecto de puntos de acuerdo, así como exhortos
u oficios, por los cuales se requiere información o acciones a realizar en
diversos rubros, mediante el análisis de su contenido, con la finalidad de
canalizarla al área competente y dar una respuesta en el tiempo
y forma legal.
2.
Coordinar la elaboración de las opiniones jurídicas en materia
presupuestaria, respecto de las iniciativas de ley o decretó, proyectos de
puntos de acuerdo, dictámenes y minutas de la Cámara de Senadores,
mediante el análisis integral de la propuesta legislativa, a efecto de
asegurar que la postura institucional de la Secretaría se encuentre
debidamente sustentada en la legalidad y en los principios de
responsabilidad hacendaria.
3.
Coparticipar en la elaboración del proyecto de la Ley de Ingresos de la
Federación para cada ejercicio fiscal y en los trabajos relacionados con
la misma hasta su publicación, mediante el análisis de la información que
la integra, a fin de fortalecer la legalidad en la administración y ejecución
del gasto público, para su procesamiento en la Cámara de Senadores.
4.
Vigilar en el Pleno de la Cámara de Senadores las iniciativas o propuestas
de Ley, que presente el Ejecutivo Federal, mediante el monitoreo de las
sesiones, con el objeto de identificar las modificaciones o reservas que
generen impacto presupuestario.
5.
Coparticipar con la Procuraduría Fiscal de la Federación, otras unidades
administrativas, tanto de la Secretaría o de la Administración Pública
Federal, en la elaboración de instrumentos jurídicos de carácter general
que correspondan a la Cámara de Senadores, en el ámbito de
la competencia de la Subsecretaría de Egresos, mediante el análisis de la
información que los integra y verificando su armonía con la legislación
vigente, a fin de fortalecer la legalidad en la administración y ejecución del
gasto público.
6.
Proponer, a petición de la Procuraduría Fiscal de la Federación,
alternativas de redacción a los dictámenes que serán sometidos a
discusión y votación en cada una de las comisiones de la Cámara de
Senadores, mediante el estudio integral de la propuesta, para evitar el
impacto presupuestario en detrimento del ejercicio del gasto y en apego a
las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
7.
Dictaminar las solicitudes que realizan los legisladores en materia jurídico
presupuestaria, mediante la orientación o vinculación con otras áreas de la
Subsecretaría de Egresos, a efecto de fortalecer la legalidad en la
administración y ejecución del gasto en sus Entidades Federativas.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
8.
Conducir el seguimiento a las iniciativas de leyes o decretos, presentados
en la Cámara de Senadores, que tengan repercusión en las materias
competencia de la Subsecretaría de Egresos, a través de un monitoreo
legislativo
permanente,
la
identificación
oportuna
de
propuestas
relevantes, el análisis de sus posibles implicaciones presupuestarias, así
como la integración de insumos técnicos que permitan anticipar sus
efectos, para salvaguardar los intereses institucionales en materia de
gasto público.
9.
Establecer la revisión de los actos y documentos jurídicos legislativos
emanados de la Cámara de Senadores que son competencia de la
Subsecretaría de Egresos, así como apoyar jurídicamente a esta en el
ejercicio de sus atribuciones, mediante la evaluación técnica de
instrumentos jurídicos, verificando su apego a la legislación vigente, así
como la atención de consultas legales por parte de las áreas operativas, a
fin de proporcionar certeza jurídica en las decisiones institucionales,
prevenir riesgos legales y fortalecer la legalidad en la administración y
ejecución del gasto público.
10. Coordinar las funciones que realizan las personas prestadoras del servicio
social, definiendo específicamente sus actividades y apoyo, con la
finalidad de que su servicio sea de provecho para la institución y
enriquecedor para la persona prestadora del servicio social, orientadas a
conocer el funcionamiento de la Cámara de Senadores.
11. Analizar, a petición de la Procuraduría Fiscal de la Federación, los
dictámenes que serán sometidos a discusión en el Pleno de la Cámara de
Senadores y prever si al presentarse reservas por parte de los
legisladores, hay modificaciones de relevancia en el ámbito de la
Subsecretaría de Egresos, con el fin de determinar si tienen impacto
jurídico presupuestario y, en su caso, emitir la opinión en congruencia con
el Plan Nacional de Desarrollo, con la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones jurídicas aplicables.
12. Cumplir con las funciones que corresponden al puesto, de conformidad a
las disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que le
encomienden sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Dirección de Contratos y Convenios
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-418-1-M1C021P-0000121-E-C-P
Rama de Cargo:
Asuntos Jurídicos
Nivel (Grupo/Grado):
M33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$96,526.00 (Noventa y seis mil quinientos veintiséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Asuntos Jurídicos de Egresos
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Puestos subordinados: El puesto tiene personal a su cargo.
Retos y complejidad en el desempeño del puesto: El trabajo a realizar
actividades que representan un reto a alcanzar y con un alto grado de
complejidad.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de las funciones.
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
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DIARIO OFICIAL
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Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 7 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Ciencias Políticas
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco
Jurídico
Administrativo
Presupuestario
y
Proceso
Presupuestario del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Horario amplio en el periodo de elaboración del Proyecto de Presupuesto de
Egresos de la Federación y de negociación del Presupuesto de Egresos de la
Federación en la Cámara de Diputados. Además de contribuir al análisis de las
propuestas de modificación al marco constitucional y legal de carácter federal
que se presente en el Congreso de la Unión o que elabore el Ejecutivo Federal.
Observaciones
Paquetería informática: Word, Power Point y Excel
Nivel de dominio: Intermedio
Funciones:
1.
Proponer al superior jerárquico la asesoría jurídica a las unidades
administrativas de la Subsecretaría de Egresos respecto de la constitución,
modificación, extinción o terminación de fideicomisos y mandatos públicos,
a través de la revisión y corrección de los proyectos de contratos y
convenios correspondientes y del análisis al marco normativo, con el
propósito de que dichas etapas se realicen conforme a lo señalado por la
normativa aplicable en la materia.
2.
Plantear, para aprobación superior, previa opinión de las unidades
administrativas de la Subsecretaría de Egresos, acciones de mejora
regulatoria en materia presupuestaria y coparticipar, conjuntamente con
dichas unidades y con otras dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, a través de la revisión, estudio y análisis
de la normativa aplicable en la materia, a efecto de promover la
transparencia, eficiencia, eficacia, calidad y flexibilidad en el ejercicio de
los recursos públicos.
3.
Analizar en conjunto con su superior jerárquico la modificación de los
modelos de contrato para la constitución de fideicomisos y mandatos
públicos, convenios modificatorios, así como convenios de extinción o
terminación de los mismos, revisando y comparando la normativa vigente,
a efecto de que dichos modelos se encuentren en estricto apego a la
normativa vigente en la materia.
4.
Supervisar las actividades de la función de ventanilla única de
la Subsecretaría de Egresos en los asuntos que se traten con la
Procuraduría Fiscal de la Federación, mediante el estudio, seguimiento y,
en su caso, supervisión de la integración de la documentación y/o
elementos aportados por las unidades administrativas competentes de la
Subsecretaría de Egresos, con el objeto de realizar la atención
correspondiente a los mismos.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
5.
Analizar el cumplimiento de la normativa aplicable en los actos y
documentos jurídicos competencia de la Coordinación de Apoyo
Jurídico de Egresos, así como apoyar jurídicamente a ésta en el
ejercicio de sus atribuciones, mediante el estudio y análisis que
corresponda, a fin de que dichos instrumentos se apeguen al marco
jurídico-presupuestario aplicable.
6.
Supervisar las actividades como enlace de la Subsecretaría de Egresos,
con las unidades competentes de la Secretaría, remitiendo para la
atención
de
los
requerimientos
formulados
por
las
autoridades
fiscalizadoras a la Subsecretaría de Egresos, a efecto de que las mismas
den cumplimiento en tiempo y forma a dichos requerimientos.
7.
Coparticipar con sus superiores jerárquicos, cuando se le designe ante los
cuerpos colegiados, comisiones, instancias o grupos de trabajo, en
la participación que corresponda, para la correcta representación a la
Subsecretaría de Egresos.
8.
Coparticipar con sus superiores jerárquicos, asistiendo a las reuniones y
grupos de trabajo que se le instruya o designe, con la finalidad de que los
acuerdos y/o convenios celebrados competencia de la Subsecretaría de
Egresos, con el objeto de que los mismos se realicen conforme a la
normatividad aplicable.
9.
Supervisar la integración de la información que sea solicitada por el área
competente, mediante la validación correspondiente, a fin de dar
cumplimiento a las solicitudes que se reciban.
10. Vigilar la correcta integración de los expedientes generados con motivo de
la atención de los requerimientos realizados por las autoridades
fiscalizadoras, relacionados con las atribuciones de la Subsecretaría de
Egresos y sus unidades administrativas, mediante la verificación
del cumplimiento a la normativa aplicable, a fin de garantizar su
debido resguardo.
11. Proponer al superior jerárquico proyectos de opinión jurídica en el ámbito
de sus atribuciones, mediante el estudio de la normativa aplicable, para la
atención de las consultas realizadas por las unidades administrativas
de la Subsecretaría de Egresos.
12. Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad con
las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas otras que le
encomiende su superior(a) jerárquico(a).
Nombre del Puesto:
Dirección de Asuntos Consultivos de Egresos
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-418-1-M1C018P-0000124-E-C-P
Rama de Cargo:
Asuntos Jurídicos
Nivel (Grupo/Grado):
M21
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$73,901.00 (Setenta y tres mil novecientos un pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Asuntos Jurídicos de Egresos
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Puestos subordinados: El puesto tiene personal a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El trabajo a realizar requiere experiencia en
materia de presupuesto y de normatividad jurídica.
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
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DIARIO OFICIAL
177
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 7 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco
Jurídico
Administrativo
Presupuestario
y
Proceso
Presupuestario del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Horario ampliado durante la preparación y presentación del Proyecto de
Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año.
Observaciones
Paquetería informática: Excel, Word, Excel y Power Point
Nivel de dominio: Intermedio
Funciones:
1.
Establecer las obligaciones presupuestales, mediante el estudio y análisis
del marco normativo y la formulación de comentarios y observaciones, a
fin de que se establezcan en el anteproyecto de Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación.
2.
Dirigir los estudios jurídicos para la elaboración de proyectos de
disposiciones y demás instrumentos jurídicos de carácter general en
materia presupuestaria, en el ámbito de sus atribuciones, mediante
reuniones de trabajo con las unidades administrativas adscritas a la
Subsecretaría de Egresos, con el propósito de eficientar el ejercicio
del gasto.
3.
Dirigir la revisión e integración de la información que deben de contener
los proyectos de opiniones jurídicas para la aplicación de las leyes y
demás disposiciones de carácter general en las materias competencia de
las unidades administrativas de la Subsecretaría de Egresos, realizando
estudios detallados de la normativa aplicable al sector hacendario, con el
fin de atender las solicitudes que sean presentadas por las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal.
4.
Vigilar el seguimiento al trámite de los asuntos que se traten con la
Procuraduría Fiscal de la Federación, mediante la coordinación con las
unidades administrativas de la Subsecretaría de Egresos, con el propósito
de facilitar el ejercicio de las atribuciones de dichas áreas.
5.
Analizar la información y documentación relacionada con la normativa que
prevea presiones para el gasto público, mediante el estudio del marco
jurídico nacional, con el objeto de que se determinen los elementos
jurídicos presupuestarios.
6.
Analizar la información y documentación relacionada con la normativa que
prevea presiones para el gasto público, mediante el estudio del marco
jurídico nacional, con el objeto de que se determinen los elementos
jurídicos presupuestarios.
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DIARIO OFICIAL
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7.
Proponer y establecer los proyectos de disposiciones y demás
instrumentos jurídicos de carácter general en materia presupuestaria,
mediante el análisis y emisión de comentarios, a fin de facilitar las
herramientas
necesarias
para
contribuir
a
hacer
más
eficiente
el ejercicio del gasto.
8.
Establecer la metodología de revisión de los actos y documentos jurídicos
competencia de la Subsecretaría de Egresos, a través de la emisión de
comentarios y argumentos jurídicos presupuestarios, con el fin de proveer
mayor seguridad jurídica en la gestión pública.
9.
Analizar y proponer proyectos de notas informativas respecto de los
estudios jurídicos y comparativos de los ordenamientos jurídicos de otros
países, allegándose de los elementos jurídico presupuestarios nacionales
e internacionales que sean afines a la legislación del estado mexicano, a
efecto de someter a su superior jerárquico propuestas de reformas.
10. Coparticipar con las diferentes áreas de la Unidad en la revisión y
orientación jurídica que se otorga a las unidades administrativas adscritas
a la Subsecretaría de Egresos en la celebración de contratos y convenios
en los que participen, mediante el análisis jurídico y emisión de
comentarios, con el objeto de que los mismos se formalicen con apego al
marco jurídico vigente.
11. Cumplir con las funciones que corresponden al puesto, de conformidad a
las disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que le
encomienden sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Subdirección de Transparencia y Acceso a la Información
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-418-1-M1C016P-0000114-E-C-P
Rama de Cargo:
Asuntos Jurídicos
Nivel (Grupo/Grado):
N31
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$53,692.00 (Cincuenta y tres mil seiscientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Asuntos Jurídicos de Egresos
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Puestos subordinados: Al puesto le reporta un departamento.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones.
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 4 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco
Jurídico
Administrativo
Presupuestario
y
Proceso
Presupuestario del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
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DIARIO OFICIAL
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Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Horario amplio en el periodo de elaboración del Proyecto de Presupuesto de
Egresos de la Federación y de negociación del Presupuesto de Egresos de la
Federación en la Cámara de Diputados. Además de contribuir al análisis de las
propuestas de modificación al marco constitucional y legal de carácter federal
que se presente en el Congreso de la Unión o que elabore el Ejecutivo Federal.
Funciones:
1.
Verificar que las respuestas a las solicitudes de información y ejercicio de
derechos ARCO cumpla con los requisitos de congruencia y exhaustividad,
a través del análisis de la normativa en la materia, con el objeto de
someter a consideración de su superior jerárquico.
2.
Integrar las manifestaciones de las unidades administrativas de la
Subsecretaría de Egresos relacionadas con los medios de impugnación en
materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos
personales, mediante la emisión del proyecto de alegatos, con el propósito
de verificar que se cumpla con la normativa en la materia para la defensa o
cumplimiento que corresponda.
3.
Coordinar la elaboración de versiones públicas derivado de la información
puesta a disposición por parte de las unidades administrativas de la
Subsecretaría de Egresos que contenga partes o secciones reservadas o
confidenciales, con base en la normativa aplicable el testado de la
documentación correspondiente, a fin de ser sometida a consideración del
Comité de Transparencia de la Secretaría.
4.
Generar para consideración del superior jerárquico los proyectos de
respuesta a requerimientos de derechos ARCO, relacionados al
tratamiento de datos personales, a través del análisis de las
manifestaciones de las unidades administrativas de la Subsecretaría de
Egresos, con la finalidad de que cumplan con las características
establecidas en la normativa aplicable en materia de Protección de Datos
Personales.
5.
Verificar que la información que se publica en la Plataforma Nacional de
Transparencia cumpla con las características de homologación y
estandarización, de acuerdo a lo previsto en la normatividad emitida por la
autoridad garante en materia de transparencia, mediante la revisión del
llenado de los formatos de carga, con el objeto de dar cumplimiento a las
obligaciones de publicación y actualización.
6.
Compilar la información que se someterá a consideración del superior
jerárquico sobre la atención de los requerimientos de la autoridad garante;
la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
o instancia competente de la SHCP, así como del Comité de
Transparencia respectivo, a través del requerimiento a las unidades
administrativas adscritas a la Subsecretaría de Egresos derivado de la
consulta de la normativa vigente, así como fuentes de acceso público, con
la finalidad de cumplir con los plazos legales y/o internos.
7.
Coordinar el seguimiento de los turnos a las unidades administrativas de la
Subsecretaría Egresos, compilando los argumentos o notas técnicas que
se generen con motivo de la interposición de recursos de revisión, con la
finalidad de que las resoluciones que emita la autoridad garante en materia
de transparencia confirmen las respuestas otorgadas.
8.
Opinar, en su caso, respecto de la información que corresponda generar o
integrar a la Subsecretaría de Egresos, mediante el análisis de los datos
derivados de la Plataforma Nacional de Transparencia, a efecto de
verificar que estén acorde con el marco normativo, los criterios emitidos
por la autoridad garante y, en su caso, acorde con las respuestas
otorgadas en la materia.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
9.
Colaborar en el estudio de la información relacionada a proyectos o
estudios a consideración del superior jerárquico de acuerdo al ámbito de
competencia de la Subsecretaría de Egresos, mediante el análisis e
integración de notas técnicas, a efecto de asegurar que dicha información
se apegue a la norma aplicable, o en su caso, plantear propuestas de
mejora para consideración de la instancia superior.
Nombre del Puesto:
Departamento de Diseño Interactivo
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-112-1-M1C015P-0000339-E-C-Q
Rama de Cargo:
Comunicación Social
Nivel (Grupo/Grado):
O32
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$35,416.00 (Treinta y cinco mil cuatrocientos dieciséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Comunicación Social y Vocero
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones.
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Educación y Humanidades
Artes
Educación y Humanidades
Comunicación Gráfica
Ingeniería y Tecnología
Diseño Gráfico
Experiencia Laboral
Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencia Política
Opinión Pública
Educación y Humanidades
Comunicación Gráfica
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Administración
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Lenguaje Ciudadano: Lenguaje Claro y Comunicación Social
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto
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DIARIO OFICIAL
181
Funciones:
1.
Desarrollar alternativas para los materiales y mensajes por difundir en las
campañas de comunicación en medios electrónicos y emergentes,
diseñando bocetos, proyectos y originales electrónicos, con el propósito de
lograr un mayor impacto del concepto creativo sobre la ciudadanía y
mejorar el nivel de posicionamiento institucional y sectorial.
2.
Asegurar que las ediciones a publicarse y/o difundirse se ajusten a los
criterios establecidos, comprobando que el arte de los gráficos se elabore
en apego a la normatividad emitida por la Presidencia de la República, con
el fin de publicarlos en los medios de comunicación electrónicos
y emergentes.
3.
Acreditar el proceso de producción de diversos materiales de difusión para
medios de comunicación electrónicos y emergentes, desarrollando
mecanismos de revisión con los que se constate el cumplimiento de los
estándares de calidad e imagen institucional, con la finalidad de que
apoyen el desarrollo de las campañas y estrategias de comunicación de la
SHCP y su Sector Coordinado.
4.
Adecuar los textos a difundir, considerando su presentación, redacción y
estilo literario, con el fin de homogeneizar la línea editorial, políticas y
reglas para la difusión de mensajes sea en medios de comunicación
electrónicos y emergentes.
5.
Atender a las diferentes áreas de la Secretaría y del Sector Coordinado en
el desarrollo de estrategias de comunicación para medios electrónicos y
emergentes, brindando apoyo en el diseño, redacción y edición de
mensajes, con el propósito de homologar la difusión de información y
lograr un mayor impacto del mensaje en la ciudadanía.
6.
Inspeccionar la producción de materiales para difusión interna, emitido por
las diferentes áreas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
relacionado con la identidad visual de la misma, aplicando lo establecido
en los lineamientos emitidos por la Presidencia de la República, con el
propósito de comunicar a los (las) servidores(as) públicos(as) sobre
acontecimientos y demás aspectos relevantes a cargo de la Secretaría.
7.
Asegurar la producción de diversos materiales relativos a mensajes sobre
la función sustantiva de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del
Servicio de Administración Tributaria, con base en los lineamientos
establecidos, con el propósito de difundirlos a través de internet e intranet,
así como en medios electrónicos y emergentes.
8.
Diseñar todo tipo de materiales impresos y electrónicos como folletos
dípticos, trípticos y catálogos, realizando el retoque electrónico de
imágenes, compatibilizándolas e integrando el respaldo respectivo, con el
objeto de asociar imágenes y textos que apoyen el desarrollo de la
estrategia de comunicación y cumplir con lo establecido por la Presidencia
de la República para sitios de internet y de identidad institucional,
respectivamente.
Nombre del Puesto:
Departamento de Seguimiento y Colaboración
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-114-1-M1C014P-0000301-E-C-T
Rama de Cargo:
Coordinación y Enlace Intra e Interinstitucional
Nivel (Grupo/Grado):
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Coordinación con Entidades Federativas
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Teoría Económica
Ciencias Económicas
Economía General
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto
Observaciones
Paquetería informática: Office, Outlook, Internet
Nivel de dominio: Básico
Funciones:
1.
Mantener disponible una base de datos mensual con información
actualizada del Fondo General de Participaciones que las Entidades
Federativas ministran a sus municipios, a través de la revisión, verificación
y procesamiento de la información proporcionada por las Entidades
Federativas, con el propósito de contar con un banco de datos para el
análisis de diversos temas que se discuten en la Unidad de Coordinación
con Entidades Federativas.
2.
Diseñar diversas bases de datos relativas a las participaciones en ingresos
federales que las Entidades Federativas ministran a sus municipios,
mediante la elaboración de cuadros de excel, notas ejecutivas y manejo
de herramientas de cómputo, para coadyuvar en la toma de decisiones de
otras áreas de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas.
3.
Preparar propuesta de proyecto de publicación de incumplimiento en el
Diario Oficial de la Federación (DOF), con base en el seguimiento y
verificación de la información publicada en las páginas de internet de las
Secretarías de Finanzas o equivalentes de las Entidades Federativas,
mediante la revisión permanente de la información proporcionada por
correo electrónico a la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas,
con la finalidad de publicar un listado de Entidades Federativas que en su
defecto incumplan con el envío y publicación de la información relativa a la
entrega de participaciones federales a sus municipios y con ello dar
cumplimiento al Artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal.
4.
Preparar respuestas a las solicitudes de información de transparencia en
materia de participaciones federales a municipios, mediante la revisión de
la información recibida, la consulta de las diversas bases de datos
previamente elaboradas, así como con la coordinación de actividades con
personal de otras áreas de la Unidad de Coordinación con Entidades
Federativas, a fin de que las instituciones solicitantes, personal académico,
estudiantes o público en general cuenten con la información requerida o la
orientación necesaria.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
183
5.
Preparar propuesta de modificación y/o actualización a los lineamientos
para la publicación de la información a que se refiere el Artículo 6° de la
Ley de Coordinación Fiscal, a través de la observación de áreas de mejora
con respecto a los reportes de información proporcionados por las
Entidades Federativas en materia de participaciones a municipios, con el
objetivo de mejorar la calidad y transparencia de la información relativa a
los recursos públicos municipales.
6.
Revisar la consistencia de la información proporcionada por el personal de
enlace designado en las Secretarías de Finanzas o equivalentes de las
Entidades Federativas, relativa a los montos de las participaciones
ministradas a sus municipios, a través de contrastarla y verificarla con
información histórica previamente remitida, con el propósito de ayudar a
las Entidades Federativas a dar cumplimiento a los lineamientos para la
publicación de la información a que se refiere el Artículo 6° de la Ley de
Coordinación Fiscal.
7.
Estimar los fondos referenciados a la recaudación federal participable por
municipio, mediante el cálculo de los coeficientes de participaciones que
recibieron los municipios en los años previos, con la finalidad de contar
con información oportuna sobre los recursos que recibirán durante los
ejercicios fiscales subsecuentes.
Nombre del Puesto:
Departamento de Asuntos Consultivos de Egresos
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-418-1-M1C014P-0000136-E-C-P
Rama de Cargo:
Asuntos Jurídicos
Nivel (Grupo/Grado):
O22
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$29,950.00 (Veintinueve mil novecientos cincuenta pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Asuntos Jurídicos de Egresos
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos jurídicos para
el desempeño de las funciones.
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco
Jurídico
Administrativo
Presupuestario
y
Proceso
Presupuestario del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
184
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Horario ampliado durante la preparación y presentación del Proyecto de
Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año.
Observaciones
Paquetería informática: Excel, Word, Excel y Power Point.
Nivel de dominio: Intermedio.
Funciones:
1.
Identificar las obligaciones presupuestarias derivadas de las reformas al
marco normativo que sean emitidas en el ejercicio fiscal, mediante la
compilación de las mismas, con el fin de ser sometidos a los superiores
jerárquicos para ser tomados en consideración en la integración del
anteproyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación
para el ejercicio fiscal correspondiente.
2.
Proveer, integrar, y en su caso, interpretar la información adecuada y
necesaria para la elaboración de proyectos de disposiciones y demás
instrumentos jurídicos de carácter general en materia presupuestaria, que
serán sometidos a consideración de los superiores jerárquicos y de las
unidades administrativas de la Subsecretaría de Egresos, mediante su
difusión en las reuniones de trabajo con el propósito de actualizar el marco
normativo y contribuir a eficientar el ejercicio del gasto.
3.
Verificar que se realicen las gestiones conducentes para el trámite de los
asuntos en el ámbito de su competencia que se traten con la Procuraduría
Fiscal de la Federación, mediante el seguimiento a los procesos
correspondientes, a fin de que se realice en apego a las disposiciones
jurídicas aplicables.
4.
Efectuar el estudio del marco jurídico nacional que prevea presiones para
el gasto público, mediante el análisis del derecho comparado, con el objeto
de que se determinen los elementos jurídicos presupuestarios, que ayuden
o requieran las diversas unidades administrativas de la Subsecretaría
de Egresos para la atención de los asuntos que recaen en el ámbito de
su competencia.
5.
Proponer a los superiores jerárquicos modificaciones al marco normativo,
mediante el estudio del derecho comparado de los países con los que se
encuentre concordancia jurídica presupuestaria, a fin de fortalecer la
ejecución del gasto público federal.
6.
Integrar la documentación soporte y antecedentes de las personas
servidoras públicas designadas o nombradas como representantes ante
los Organos Colegiados o, en su caso, Unidades de Administración y
Finanzas, verificando el cumplimiento del marco jurídico aplicable, a fin de
contribuir a la legalidad en la actuación de los mismos.
7.
Cumplir con las funciones que corresponden al puesto, de conformidad a
las disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que le
encomienden sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Analista de Armonización Contable "C"
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-E1C012P-0000546-E-C-W
Rama de Cargo:
Estadística
Nivel (Grupo/Grado):
P32
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$23,342.00 (Veintitrés mil trescientos cuarenta y dos pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
185
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto
Observaciones
Paquetería informática: Word, Excel, Power Point y Outlook
Nivel de dominio: Intermedio
Funciones:
1.
Efectuar el análisis y la selección de las normas aplicables a los Entes
Públicos de las Entidades Federativas y los Municipios, mediante la
recopilación de la información publicada, con el propósito de mantener
actualizado el registro sobre el cumplimiento de la Ley.
2.
Brindar apoyo en el mantenimiento de la página de internet del Consejo
Nacional de Armonización Contable (CONAC), mediante la revisión de los
contenidos publicados, con el objetivo de garantizar que la información
disponible sea útil, actualizada y oportuna para los Entes Públicos.
3.
Analizar y clasificar la información financiera publicada por los Entes
Públicos de las Entidades Federativas, mediante la recopilación y
procesamiento de datos conforme a la periodicidad establecida en la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, así como la elaboración de
reportes que reflejen el avance de la Armonización Contable a nivel
nacional y permitan actualizar el estatus de los tres órdenes de gobierno,
con el propósito de verificar el cumplimiento en la adopción y difusión de
las normas emitidas por el CONAC.
4.
Recabar y analizar información de las Entidades Federativas, mediante la
revisión de sus páginas oficiales y el envío de solicitudes formales a los
responsables designados, con el propósito de verificar el cumplimiento
de las obligaciones de publicación establecidas en la Ley General de
Contabilidad Gubernamental y actualizar el inventario de Entes Públicos
obligados y asegurar que la información sea verificada y esté actualizada.
5.
Atender las consultas en materia de armonización contable realizadas por
los Entes Públicos de las Entidades Federativas, a través de medios
electrónicos y de comunicación oficiales, con el objetivo de resolver dudas
y aplicar criterios homogéneos conforme a la normatividad vigente.
6.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a
las disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que
encomienden sus superiores jerárquicos.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Nombre del Puesto:
Analista del Sistema de Contabilidad y Presupuesto "B2"
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-412-1-E1C012P-0000569-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel (Grupo/Grado):
P32
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$23,342.00 (Veintitrés mil trescientos cuarenta y dos pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Contabilidad Gubernamental
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones, en materia de competencia.
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Sistemas Económicos
Ciencias Económicas
Administración
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Economía General
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Contabilidad Gubernamental y Finanzas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto.
Funciones:
1.
Difundir comunicados de la operación entre los usuarios del SICOP a los
ramos administrativos y generales de la Administración Pública Federal, a
través de los medios de comunicación oficiales con los que tenga relación
el sistema, con el propósito de que los usuarios estén actualizados y
tengan conocimiento de la información que se les proporciona, para
su atención.
2.
Proporcionar la capacitación a los usuarios de los ramos administrativos y
generales de la Administración Pública Federal sobre los temas
relacionados al SICOP, tomando en consideración los planes de
capacitación, a efecto de fortalecer sus conocimientos para un uso
correcto del sistema.
3.
Analizar los requerimientos técnicos de los ramos correspondientes al
SICOP, verificando que la información se apegue a los diferentes
manuales vigentes, con el propósito de mantener la uniformidad en los
procesos y registro de todas las transacciones.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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4.
Proporcionar apoyo a la operación del SICOP, a través de la ejecución de
actividades de mantenimiento preventivo y correctivo, con la finalidad de
proporcionar el nivel de servicio adecuado para los usuarios.
5.
Proporcionar el soporte técnico que requieran los usuarios del SICOP, a
través de los medios oficiales, a fin de atender las consultas y garantizar el
registro de las transacciones en los tiempos establecidos.
6.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto, de conformidad a
las disposiciones jurídicas aplicables, a fin de realizar aquellas que
encomienden sus superiores jerárquicos.
Nombre del Puesto:
Enlace de Asuntos Jurisdiccionales y Administrativos
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-418-1-E1C011P-0000139-E-C-P
Rama de Cargo:
Asuntos Jurídicos
Nivel (Grupo/Grado):
P23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$21,116.00 (Veintiún mil ciento dieciséis pesos 00/100 M.N.)
Unidad Administrativa:
Unidad de Asuntos Jurídicos de Egresos
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de las funciones.
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento
Nivel Académico: Carrera Técnica o Comercial
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 1 año
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Ciencias Económicas
Administración
Conocimientos:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Herramientas de Cómputo (Comportamiento) y Lenguaje Ciudadano:
Lenguaje Claro
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF):
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Otros Requerimientos:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Horario amplio en el periodo de elaboración del Proyecto de Presupuesto de
Egresos de la Federación y de negociación del Presupuesto de Egresos de la
Federación en la Cámara de Diputados. Además de contribuir al análisis de las
propuestas de modificación al marco constitucional y legal de carácter federal
que se presenta en el Congreso de la Unión o que elabore el Ejecutivo Federal.
Observaciones
Paquetería informática: Word, Power Point y Excel
Nivel de dominio: Intermedio
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Funciones:
1.
Implementar las actividades correspondientes a la función de ventanilla
única, que son ejercidas en los asuntos de carácter contencioso-
presupuestario, a través de la emisión de oficios que se remitan
a la Procuraduría Fiscal de la Federación, a fin de coadyuvar en la
representación que ésta ejerce de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y los servidores públicos que la integran.
2.
Aportar en la orientación que pudiera recaer respecto de los
requerimientos formulados a la Subsecretaría de Egresos y a sus unidades
administrativas,
por
autoridades
jurisdiccionales
y
administrativas,
mediante el análisis y la emisión de opiniones jurídico-presupuestarias,
con el propósito de realizar el desahogo correspondiente.
3.
Integrar y administrar la totalidad de la información derivada del ejercicio
de sus atribuciones, con base en la adecuada organización de los
expedientes que se generen siguiendo los criterios aplicables en materia
de control documental, a fin de preservar el orden y dar cumplimiento al
marco jurídico aplicable.
4.
Prestar apoyo en el ejercicio de los demás asuntos que le encomiende su
superior jerárquico, a través de la revisión de los actos y documentos
jurídicos en los que intervenga el área conforme a sus atribuciones, con el
objeto de garantizar la correcta aplicación del marco jurídico aplicable a los
casos concretos.
5.
Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad con
las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas otras que le
encomiende su superior jerárquico.
BASES DE PARTICIPACION
1a. Requisitos de participación.
Podrán participar las personas ciudadanas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos
para el puesto y aquellos establecidos en las bases de la convocatoria. Adicionalmente se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: (Art. 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal).
1.
Persona de nacionalidad mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar.
2.
No haber sido persona sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso.
3.
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público.
4.
No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro/a de algún culto.
5.
No encontrarse como persona inhabilitada para el servicio público, ni con algún otro impedimento legal o
administrativo, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indica para cada caso.
2a. Documentación requerida.
La Revisión y Evaluación de Documentos específicamente en lo relativo al perfil del puesto, (escolaridad,
áreas y años de experiencia) se llevará a cabo con base en los documentos que presenten las personas
candidatas para verificar que estén fehacientemente acreditados los requisitos legales, así como los
establecidos en la convocatoria respectiva, y conforme a los Catálogos de Carreras y de Campos y Areas de
Experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx, así como, únicamente las asentadas en el currículum de TrabajaEn que registró para
aplicar para la(s) vacante(s) de su interés.
La documentación requerida, será la siguiente:
1.
Currículum Vítae máximo 3 cuartillas actualizado, con fotografía y números telefónicos de los empleos
registrados incluyendo el actual, en los que se detallen claramente, funciones específicas del puesto o
puestos ocupado(s) y período(s) en el(los) cual(es) laboró.
2.
Acta de nacimiento y/o documento migratorio que permita la función a desarrollar.
3.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
A. En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance:
Con Título, sólo serán válidos el Título Profesional y/o Cédula Profesional registrados en la
Secretaría de Educación Pública, en términos de las disposiciones aplicables; en dichos casos, los
miembros del Comité Técnico de Selección (CTS) determinaron que para efectos de acreditar
el nivel Licenciatura con grado de avance: Con Título, no se aceptará ningún otro documento con el
que se pretenda acreditar que la expedición del Título y/o Cédula Profesional se encuentran en
trámite y se refiera a uno distinto al descrito con anterioridad.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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B. En los casos en que el perfil del puesto establezca como requisito el nivel académico de Licenciatura
o Técnico Superior Universitario, con grado de avance: terminado o pasante, sólo se aceptará para
acreditar tal carácter el certificado total o constancia de terminación de estudios, o carta de pasante
en los que se indique que cuenta con el 100% de créditos, los cuales deberán contener:
sello y/o firma del área correspondiente de la institución educativa, reconocida por la Secretaría de
Educación Pública.
C. Para los casos en que el perfil del puesto establezca como requisito el nivel académico de Carrera
Técnica, con grado de avance: Con Título, se aceptará Título y/o Cédula Profesional, de este nivel
de estudios; o bien, el perfil requiera Nivel Medio Superior, con grado de avance: Terminado o
Pasante, sólo se aceptará certificado de estudios, o carta de pasante, o constancia de terminación
de estudios, mismos que deberán indicar que cuenta con el 100% de créditos; y contener el sello y/o
firma del área correspondiente de la Institución Educativa. Asimismo, se aceptará cualquiera de los
documentos académicos que se mencionan en el apartado B, incluyendo aquellos de estudios de
Licenciatura o Técnico Superior Universitario, que estén en proceso o sin concluir.
Para los apartados B y C las personas candidatas deberán firmar bajo protesta de decir verdad que
el documento de escolaridad presentado es auténtico, en el formato establecido para tal efecto.
D. Cuando en una convocatoria el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance:
Con Título, se aceptará el grado de Maestría o Doctorado, con grado de avance: Con Título,
terminado o pasante en las áreas académicas definidas en el perfil del puesto, conforme al artículo
221 tercer párrafo del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia
de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025;
para tal efecto, la persona candidata deberá contar con algún Título o cédula profesional de nivel
licenciatura en alguna de las áreas de conocimientos relacionadas en el catálogo de carreras de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en estos casos, los estudios de licenciatura no serán
considerados en la Valoración del Mérito, en el “Elemento de Otros Estudios”.
E. En el supuesto de las personas candidatas que hayan realizado sus estudios en planteles propios o
incorporados a la Universidad Nacional Autónoma de México, deberán completar, firmar y entregar
al operador de ingreso el formato denominado “Solicitud de Validación y/o Verificación”, mediante el
cual autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público su autenticación ante la Dirección
General de Administración Escolar de la UNAM. El formato se obtiene en la liga:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp.
F.
En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el Artículo 221 segundo
párrafo del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025, se deberá
presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la
Secretaría de Educación Pública.
Con relación a los documentos emitidos por la UNAM, la Dirección General de Administración
Escolar de dicha institución únicamente validará los siguientes documentos: Certificado de Estudios,
Título Profesional, Grado, Constancia de Historia Académica e Historia Académica; por lo que para
comprobar el nivel académico de los apartados B y C, sólo se aceptarán estos documentos.
G. Para los concursos de esta convocatoria los miembros de los Comités Técnicos de Selección
acordaron realizar la Etapa III, del procedimiento de selección, Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito; así como, la Revisión y Evaluación Documental de manera presencial.
En los casos de los apartados B, C, D y F, las personas candidatas deberán completar, firmar y
entregar al operador de ingreso de la Secretaría el formato del “Escrito de Autenticidad del
Documento de Escolaridad”, con el propósito de manifestar bajo protesta de decir verdad que el
documento es auténtico. El formato se obtiene en la liga:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp.
4.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar o pasaporte
(vigentes) o cédula profesional.
5.
Escrito de Carta Protesta en el que manifieste decir verdad, de ser persona de nacionalidad mexicana en
pleno ejercicio de sus derechos o persona extranjera cuya condición migratoria permita la función a
desarrollar; no haber sido persona sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso; tener
aptitud para el desempeño de las funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico ni
ser ministro/a de culto; no encontrarse como persona inhabilitada para el servicio público, ni con algún
otro impedimento legal; no formar parte de algún juicio de cualquier naturaleza, en contra de ésta u otra
Institución; manifestar la inexistencia de alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de
intereses; en apego Artículo 71, inciso e) del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado el 19 de
diciembre de 2025, que no presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o
desempeña otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal, en el gobierno de
190
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
alguna entidad federativa, municipio, demarcación territorial, órgano constitucional autónomo de carácter
estatal o federal; o bien, tramitar el dictamen de compatibilidad respectivo, y, en caso contrario, que
cuenta con el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo, el cual le será solicitado en caso de ser
la persona contratada; manifestar bajo protesta de decir verdad en los formatos, que para tal efecto le
proporcionen los Operadores de Ingreso de la Dirección General de Recursos Humanos, denominados
“Carta protesta de decir verdad” y de “Referencias Laborales”, que no se encuentra en alguno de los
supuestos a que hace referencia el artículo 38, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, conforme al Artículo 71, inciso a) del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicados el 19 de diciembre de 2025, los cuales deberán estar debidamente requisitados, firmados
autógrafamente y acompañados, al momento de presentarse a la revisión y evaluación de documentos;
de las evidencias documentales que a continuación se mencionan:
a)
Constancia de NO Registro de Deudor Alimentario Moroso, la cual podrá obtener al ingresar a la
página oficial de la Dirección General del Registro Civil de la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales
del
Gobierno
de
la
Ciudad
de
México,
y
cuya
liga
electrónica
es:
https://deudoresalimentarios.rcivil.cdmx.gob.mx/, si ya cuenta con Llave CDMX, ingrese su usuario y
contraseña de clic en ingresar, requisite los datos solicitados (nombre(s), apellido paterno, apellido
materno y fecha de nacimiento), finalmente de clic en buscar y descargue la constancia. Si no
cuenta con Llave CDMX, siga las instrucciones de cómo puedes consultarlo en línea.
b)
Para el Estado de México y demás Entidades Federativas que a la fecha cuenten con datos de
deudores alimentarios en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), incluyendo la
Ciudad de México, podrá consultar y obtener dicho certificado ingresando a la siguiente liga
electrónica: RNOA-SNDIF. Seleccione el Estado de su residencia, ingrese su CURP, de clic en
solicitar certificado, descargue e imprima el documento.
Podrá generar el certificado, dentro del periodo contado a partir del día posterior al término de la
Etapa I Registro de las personas candidatas y Revisión Curricular, hasta el día de la fecha prevista
para su revisión documental, presentándolo en formato impreso, a efecto de acreditar que no se
encuentra en el supuesto de haber sido declarado como persona deudora alimentaria morosa.
c)
En caso de que su Entidad Federativa de residencia no se encuentre en operación en la herramienta
tecnológica del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA) del Sistema Nacional para
el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), deberá presentar pantalla impresa de la Lista Nominal
que resulte de la consulta que efectúe al ingresar al portal digital de la Lista Nominal del Instituto
Nacional Electoral (INE), mediante la liga electrónica https://listanominal.ine.mx/scpln, en la cual
deberá introducir los datos de su credencial para votar con fotografía vigente para realizar la
consulta; dicha evidencia (Pantalla) deberá ser con fecha de emisión dentro del periodo contado a
partir del día posterior al término de la Etapa I Registro de las personas candidatas y Revisión
Curricular, hasta el día de la fecha prevista para su revisión documental, para obtener esta evidencia
es esencial contar con credencial para votar vigente.
Es importante mencionar que, en caso de que se compruebe que la persona candidata se encuentre
bajo alguno de los supuestos contemplados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, no podrá ser considerada como candidata para ocupar
cualquier empleo, cargo o comisión en el servicio público, por lo que automáticamente su
participación, será descartada del concurso público y abierto de que se trate. Lo anterior, con base
en lo establecido en el cuarto párrafo del Oficio Circular SRCI/UPRH/0010/2023 de fecha 11 de
agosto de 2023, emitido por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
La NO PRESENTACION de las constancias respectivas será causa de descarte del concurso.
El
formato
denominado
“Carta
Protesta
de
Decir
Verdad”,
se
obtiene
en
la
liga:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp.
Que no haya participado en un programa de separación que le impida reingresar a la Administración
Pública Federal, en los términos de dicho programa, conforme al Artículo 71, inciso d) del ACUERDO
por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
En el caso de aspirantes que se hayan apegado a un Programa de Separación en la Administración
Pública Federal, su alta estará sujeta a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año
por la Unidad de Diseño Presupuestario, Control y Seguimiento del Gasto de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público. Ver el Formato en:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp
Cabe señalar que, si se detecta que alguno de los datos proporcionados no es verídico; o bien, que
alguno de los documentos presentados no es auténtico, será motivo de descarte.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
191
6.
Experiencia Laboral, para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto presentar
las constancias conforme haya registrado su trayectoria laboral en el currículum vítae de TrabajaEn, se
aceptarán: hojas únicas de servicios, constancias de servicios, constancias de nombramientos, cartas
finiquito, constancias de baja, contratos de servicios profesionales por honorarios, altas y bajas al IMSS,
documento de semanas cotizadas al IMSS de la persona asegurada vía electrónica, o el emitido por la
subdelegación del IMSS que le corresponda, altas y bajas al ISSSTE, impresión del expediente
electrónico del ISSSTE, Hoja de Periodos Cotizados ISSEMYM/EDOMEX, Constancia de Retenciones y
Deducciones, recibos de pago (presentar los recibos de pago o los documentos mencionados con los
que se compruebe la consecutividad de los años laborados), declaraciones del Impuesto Sobre la Renta,
declaraciones patrimoniales, actas constitutivas de empresas, poderes notariales, constancias de empleo
expedidas en hojas membretadas con dirección, números telefónicos firma y/o sello, conteniendo:
nombre completo de la persona candidata, periodo laborado, percepción, puesto(s) y funciones
desempeñadas.
Se aceptará el documento de Liberación del Servicio Social emitido por la Institución Educativa, o Carta,
Oficio o Constancia de Término de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales, Estancias Profesionales,
Estadías Profesionales, Residencias Profesionales, Modelo Dual, emitidos por la Institución en la que se
hayan realizado y con las cuales se acrediten las áreas generales de experiencia y hasta un año de
experiencia máximo por ambas trayectorias, de los solicitados en el perfil del puesto por el cual se
concurse. Sólo se aceptarán cartas que acrediten experiencia como Becario/a hasta por un máximo de 6
meses. Asimismo, se aceptará la Constancia de Capacitación, expedida por la STPS con apoyo del
Representante del Centro de Trabajo o Tutor, a los(as) aprendices egresados(as) del Programa Jóvenes
Construyendo el Futuro al terminar los 12 (doce) meses de capacitación, misma que podrá obtener
accediendo con su usuario y contraseña al portal https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/
en el apartado de "Mi historial", y con la que podrá comprobar las áreas generales de experiencia y
acreditar un año de experiencia laboral adquirida.
El documento de acreditación en estos supuestos deberá incluir además de los datos de identificación
necesarios, el periodo de prestación, las funciones desempeñadas o el proyecto en que participó. No se
aceptarán cartas de recomendación como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida.
Asimismo, toda documentación emitida en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente
deberá acompañarse de la traducción oficial respectiva.
Para estar en posibilidad de realizar la Verificación de Referencias Laborales, la persona candidata
deberá requisitar en el formato denominado Referencias Laborales de cuando menos una referencia
laboral comprobable respecto de cada uno los empleos con los que se acrediten los años de experiencia
requeridos para el puesto que se concurse, proporcionando nombre de la empresa o institución, domicilio
completo, nombre, cargo, correo electrónico y teléfono del jefe inmediato; así como, el periodo laborado,
puesto, sueldo y motivo de separación.
Para la verificación de las Referencias Laborales, se tomará los 2 últimos empleos proporcionados por la
persona candidata, los cuales se verificará ante la instancia correspondiente, sin embargo, en caso de no
obtener respuesta de alguno de ellos, se podrán considerar empleos anteriores acreditados para obtener
al menos 2 verificaciones. Manifestar que no desempeña otro empleo, cargo o comisión en la
Administración Pública Federal y, en caso contrario, que cuenta con el dictamen de compatibilidad
empleo respectivo.
Para la Evaluación de la Experiencia revisar las Metodologías de aplicación de los exámenes de
conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio
Profesional de Carrera, vigentes a partir del 20 de diciembre de 2025, disponible en
www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
7.
Cédula de Identificación Fiscal (RFC) y Clave Unica de Registro de Población (CURP).
8.
Presentar las constancias con las cuales acredite los Méritos con los que cuenta, tales como: evidencias
de logros, distinciones, reconocimientos o premios obtenidos en el ejercicio profesional, actividad
destacada en lo individual, otros estudios, habla de lengua indígena, auto adscripción a un pueblo o
comunidad indígena o afrodescendiente o afromexicana, perspectiva de juventudes y personas con
discapacidad; asimismo, en caso de ser persona Servidora Pública de Carrera Titular, las calificaciones
de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, el número
de capacidades profesionales certificadas vigentes y resultados de las evaluaciones del desempeño, de
acuerdo a las Metodologías de aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la
experiencia y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera, vigentes a partir
del 20 de diciembre de 2025, disponible en www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e
Información Relevante.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
9.
Escritos de Aviso de Privacidad (Integral y Simplificado) en el que la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público informa a la persona titular las características principales del tratamiento al que serán sometidos
sus datos personales, los cuales corresponden a datos de identificación, contacto, laborales,
académicos, migratorios y sobre procedimientos judiciales o seguidos en forma de juicio, a fin de dar
cumplimiento a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos
Obligados, Título Segundo, Capítulo I, artículos 26 al 28, así como la denominación del Capítulo II, del
Título Segundo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010, Ultima Reforma del 26 enero del
2024. Así como, lo señalado en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal. Ver en: http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-
spc-en-la-shcp
10. Pantalla de Bienvenida del Sistema “TrabajaEn” impresa, con la finalidad de acreditar el número de folio
(9 dígitos) así como el asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, al aspirante para el
concurso de que se trate.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo de descarte del concurso la no
presentación de las personas candidatas a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar
que les sean señalados, a través del portal electrónico de TrabajaEn; así como, la no presentación física de la
documentación requerida en original y copia en el domicilio establecido de esta Secretaría en la fecha, hora
y/o lugar que la Dirección de Reclutamiento y Selección determine para tal efecto. En el cotejo de originales,
bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de éstos, copia fotostática o constancia de trámite de los
documentos descritos, ni el acta levantada con motivo de robo, destrucción o extravío.
De no acreditarse, a juicio de los operadores de ingreso de la Dirección de Reclutamiento y Selección,
cualquiera
de
los
datos
registrados
por
las
personas
candidatas
en
el
portal
electrónico
www.trabajaen.gob.mx, de los que exhiban en la revisión curricular y documental, o en cualquier etapa del
proceso; o de no exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y lugar que sean requeridos, se descalificará
automáticamente a la persona candidata o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de
selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, está comprometida a respetar y garantizar los derechos
humanos y dar un trato igualmente digno en la participación de los concursos, así como, actuar sin
discriminación de ninguna índole. Asimismo, en ningún caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de
VIH/SIDA, para participar en los concursos y en su caso para llevar a cabo la contratación.
3a. Registro de las personas candidatas.
La inscripción o el registro de las personas candidatas a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta convocatoria, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx/
www.trabajaen.gob.mx, la cual llevará a cabo en forma automática la revisión y filtro curricular, asignando un
folio de participación, o de rechazo que las descartará del concurso, previa aceptación a sujetarse a las
presentes bases. Las personas candidatas que obtengan un número de folio de participación, les servirá para
formalizar la inscripción al concurso de la plaza de que se trate y para identificación durante el desarrollo del
proceso hasta antes de la entrevista que hagan los miembros del Comité Técnico de Selección; lo anterior,
con el fin de asegurar el anonimato de las personas candidatas.
Programa del concurso:
Fase o Etapa
Fecha
Publicación del Concurso
04 de marzo de 2026
Fase o Etapa
Plazo
Registro de las personas candidatas y Revisión
Curricular
Del 04 al 18 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
Los miembros del Comité Técnico de Selección no
autorizaron la reactivación de folios por causas
imputables a las personas candidatas.
Fase o Etapa
La aplicación de las siguientes etapas podrá
llevarse a cabo a partir del periodo que se señala
a continuación.
Examen de Conocimientos Técnicos (CT)
Del 19 de marzo al 01 de junio de 2026
Examen de Conocimientos Generales
de la APF (CG)
Evaluación de Habilidades
Del 19 de marzo al 01 de junio de 2026
Revisión y Evaluación Documental
Del 19 de marzo al 01 de junio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito
Del 19 de marzo al 01 de junio de 2026
Entrevista por los miembros del Comité Técnico de
Selección
Del 19 de marzo al 01 de junio de 2026
Determinación
Del 19 de marzo al 01 de junio de 2026
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Las Etapas del proceso de selección de los puestos incluidos en esta convocatoria se llevarán a cabo en
razón del número de las personas candidatas que se registren en los concursos; por lo que, las fechas
indicadas podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, o bien, por causas de fuerza mayor, por lo que se
recomienda dar seguimiento a los mismos a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx en el
apartado de “Mis Mensajes” y de la cuenta de correo electrónico registrada por cada persona candidata.
En concordancia a lo establecido en el Artículo 226, tercer párrafo del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025, en caso de no contar con el suficiente espacio físico para aplicar una herramienta
de evaluación a todas las personas candidatas de un concurso, la DGRH podrá aplicarla en diferentes
momentos, pero en ningún caso a una sola persona candidata.
En caso de presentarse inconformidades o alguna solicitud de revisión de examen, se informará a la persona
candidata, a través de la cuenta de correo ingreso_shcp@hacienda.gob.mx y/o se le notificará a través del
portal www.trabajaen.gob.mx; por otra parte, si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se
informará a las personas candidatas a través de los mismos medios.
4a. Temarios.
Los temarios relativos al examen de Conocimientos Técnicos serán publicados en los portales
www.trabajaen.gob.mx, en www.hacienda.gob.mx y en la página de intranet de la SHCP, o en su caso, se
harán llegar a las personas candidatas a través de su correo electrónico cuando así lo requieran.
El temario para el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, estará disponible
y
en
permanente
actualización
en
la
página
del
portal
electrónico
de
TrabajaEn
(https://www.trabajaen.gob.mx), dando clic en el apartado de Documentos e Información Relevante.
5a. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público comunicará a cada persona candidata, la fecha, hora y lugar en
que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del
concurso, a través de la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, en el apartado "Mis Mensajes"; en el
entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados,
lo cual será notificado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
Se sugiere a las personas candidatas, considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus
traslados ya que la tolerancia máxima respecto a la hora en que se tenga programado el inicio de cada etapa
será de diez minutos considerando como hora referencial la que indiquen los equipos de cómputo de la
Dirección de Reclutamiento y Selección. Transcurrido dicho término, no se permitirá el acceso a las salas de
aplicación a las personas candidatas que lleguen después del horario señalado en el mensaje de invitación
que le fue enviado mediante el portal electrónico de TrabajaEn, quedando descartadas del concurso.
De conformidad con el Artículo 254 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025, la
invitación se enviará con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto.
En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación.
Por ningún motivo, se podrá establecer como centro de evaluación el espacio físico que el participante tiene
asignado dentro de la dependencia para el desarrollo de sus funciones. No se permitirá el uso de teléfonos
celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como discos duros,
discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como, cualquier otro dispositivo,
libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las
evaluaciones, salvo que en el perfil y requisitos del puesto se autorice o se requiera su utilización como medio
de apoyo para la evaluación, lo anterior en apego a los párrafos II y III del Artículo 227 del ACUERDO por el
que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa
"Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:
La sub etapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
examen de Conocimientos Técnicos (CT) del puesto y la segunda al examen de Conocimientos generales de
la Administración Pública Federal (CG), cuyo orden de aplicación, fue ratificado por el Comité Técnico de
Profesionalización en su Primera Sesión Extraordinaria de 2026, mediante Acuerdo CTP-E-03 0126 de fecha
19 de enero de 2026 y vigente a partir del 20 de enero del mismo año.
El examen de conocimientos técnicos (CT), se aplicará mediante la Plataforma Integral de Evaluaciones
Armstrong en las instalaciones de la SHCP, la calificación mínima aprobatoria será de 70 en una escala
de 0 a 100 sin decimales y será motivo de descarte; para presentar este examen las personas
candidatas deberán entregar en formato impreso los siguientes documentos: Pantalla de Bienvenida del
Sistema TrabajaEn y original del RFC y la CURP e identificarse mediante credencial para votar con
fotografía vigente, cédula profesional con fotografía expedida por la Dirección General de Profesiones de
la SEP o Pasaporte vigente.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Las personas que acrediten el examen de conocimientos técnicos, podrán realizar el examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal (CG), el cual se aplicará mediante
el Módulo generador de exámenes de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en las instalaciones
de la SHCP, la calificación mínima aprobatoria para todos los rangos será de 70 puntos y se verá
reflejada en el sistema en una escala de 0 a 100 sin decimales; para presentar este segundo examen las
personas candidatas deberán entregar en formato impreso los siguientes documentos: Pantalla de
Bienvenida del Sistema TrabajaEn, original del RFC y de la CURP e identificarse mediante credencial
para votar con fotografía vigente, cédula profesional con fotografía expedida por la Dirección General de
Profesiones de la SEP o Pasaporte vigente.
Asimismo, para presentar esta evaluación será indispensable que los participantes traigan la
contraseña de acceso a su cuenta de correo de TrabajaEn, ya que sólo con ésta podrán ingresar
al examen, de lo contrario no presentarán esta evaluación, y será motivo de descarte.
El resultado ponderado del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y
el resultado ponderado del examen de conocimientos técnicos serán sumados, con el objetivo de obtener
los puntos de la Subetapa de Exámenes de conocimientos. El resultado obtenido deberá ser igual o
superior a 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales. En caso de obtener un resultado menor a 70 en la
sumatoria, el sistema procederá al descarte.
El resultado obtenido con calificación aprobatoria en el examen de conocimientos técnicos, tendrá una
vigencia de un año, contado a partir del día en que se dé a conocer a través del portal electrónico de
TrabajaEn, tiempo en el cual las personas candidatas podrán participar en otros concursos sin tener que
sujetarse a la evaluación de conocimientos, siempre y cuando se trate del mismo puesto, examen,
temario y bibliografía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
El resultado obtenido en el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal,
igual o superior a 70, será considerado como aprobatorio, se verá reflejado de forma automática en el
portal de TrabajaEn y tendrá una vigencia de un año, contado a partir del día en que se dé a conocer,
a través del portal electrónico de TrabajaEn, tiempo en el que las personas candidatas podrán participar
en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de este examen.
El examen de conocimientos técnicos, versará sobre los siguientes 4 puntos:
A) Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP.
B) Igualdad de Género.
C) Cultura, Etica y Reglas de Integridad.
D) Conocimientos Técnicos del Puesto.
El temario para el examen de conocimientos técnicos se puede consultar en los temas y subtemas contenidos
en el temario del puesto; y los tres siguientes en la Guía de Referencia para el Estudio del Examen de Ingreso
versión abril 2025.
Internet:
Biblioteca:
https://www.gob.mx/shcp/documentos/guias-y-manuales-del-spc-en-la-shcp
Documento:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/991612/Guia_de_Referencia_para_el_Estudio_del_Examen_
de_Ingreso_Abril2025.pdf
Intranet:
Biblioteca:
https://intranet.hacienda.gob.mx/SitePages/Servicio_Profesional_de_Carrera.aspx
Documento:
https://intranet.hacienda.gob.mx/intra_bibdoc_contenidos/Programas_Institucionales/SPC/Subsistema_ingreso
/Guia_estudio_ingreso_2025.pdf
El temario para el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal se puede
consultar en:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
La aplicación de los exámenes de conocimientos técnicos y de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal se realizará conforme a los Avisos Protocolarios, establecidos. Las calificaciones obtenidas en
los exámenes de conocimientos técnicos serán registrados en forma manual por el operador de ingreso en el
sistema RH-Net; mientras que las obtenidas en el examen de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal, se verán reflejadas de manera automática en el sistema RH-Net al concluir la evaluación, y
obtener así los puntos de la sub etapa de exámenes de conocimientos, para que en conjunto con las demás
evaluaciones se obtenga el orden de prelación de las personas candidatas que se sujetarán a la etapa
de entrevista.
En caso de que exista un error en la captura de la calificación obtenida por una persona candidata en el
examen de conocimientos técnicos, el operador de ingreso podrá revertir el resultado previa notificación a los
miembros del Comité Técnico de Selección.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Si durante la aplicación de la Subetapa de conocimientos de la Etapa II, se detectan inconsistencias en el
RFC y/o en la CURP, de la persona candidata, se le notificará que, deberá realizar la solicitud de corrección
de
datos
ante
la
Secretaría
Anticorrupción
y
Buen
Gobierno
al
correo
electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx; anexando los siguientes documentos: Identificación oficial vigente con
fotografía y firma, Cédula Fiscal y CURP. En caso de que, al inicio de la Etapa III Evaluación de la Experiencia
y la Valoración del Mérito, no presente las evidencias documentales con las correcciones respectivas, se
procederá a descartar a la persona candidata.
La sub etapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte, conforme a lo establecido por el
Comité Técnico de Profesionalización en su Primera Sesión Extraordinaria de 2026, mediante Acuerdo
CTP-E-03 0126, de fecha 19 de enero de 2026 y vigente a partir del 20 de enero del mismo año.
Las calificaciones obtenidas se sumarán a las otras evaluaciones para determinar el orden de prelación de las
personas candidatas que se sujetarán a entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones serán
considerados en el Sistema de Puntuación General, es decir, se les otorgará un puntaje. Las evaluaciones de
habilidades se llevan a cabo en línea mediante herramientas psicométricas de medición, administradas por la
SHCP. Los resultados obtenidos tendrán vigencia de un año, contado a partir del día en que se den a conocer
a través de TrabajaEn, tiempo en el cual las personas candidatas podrán participar en otros concursos de esta
Secretaría sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando sean las mismas y
correspondan al mismo nivel de dominio y rango del puesto y hayan sido evaluadas a través de las
herramientas proporcionadas por la SHCP. El resultado de las mismas se verá reflejado en una escala de 0 a
100 puntos sin decimales.
Los resultados obtenidos en las sub etapas de evaluación de la experiencia y valoración del mérito serán
consideradas en el sistema de puntuación general y serán motivo de descarte en los siguientes supuestos:
•
La no presentación del original para su cotejo de cualquiera de los documentos para comprobar los
requisitos del perfil del puesto conforme a lo que se describe en la base 2a. “Documentación
requerida”.
•
En los casos en que la carrera específica con la que, la persona candidata, pretenda acreditar la carrera
genérica del perfil del puesto en el que está concursando, no se encuentre contenida en el Catálogo de
Carreras en TrabajaEn; y, tampoco, al realizar la consulta mediante la cuenta personal del operador de
ingreso en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
Asimismo, la Dirección General de Recursos Humanos para constatar la autenticidad de la información
y documentación incorporada en TrabajaEn, y aquella para acreditar la presente etapa, realizará consultas y
cruce de información a los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades
correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará a la persona candidata y
se ejercerán las acciones legales procedentes, conforme al Artículo 266 Segundo Párrafo del ACUERDO por
el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
La aplicación de los exámenes y evaluaciones de la Etapa II del procedimiento de selección, se realizará en
las instalaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ubicada en Calzada de la Virgen 2799,
Edificio “D”, Planta baja y Segundo Nivel, Ala Norte, Colonia CTM Culhuacán, C.P. 04480, Alcaldía Coyoacán.
La duración aproximada de cada evaluación es de 2 horas. Las evaluaciones podrán aplicarse de manera
diferida dentro de las fechas establecidas en esta convocatoria, de acuerdo a las necesidades del servicio,
pero en ningún caso se diferirá a una sola persona candidata, conforme al Artículo 226, tercer párrafo del
ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
Conforme a lo establecido en por el Comité Técnico de Profesionalización, en su Primera Sesión
Extraordinaria de 2026, mediante Acuerdo CTP-E-03 0126, de fecha 19 de enero de 2026 y vigente a partir
del 20 de enero del mismo año, para llevar a cabo la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito,
se utilizarán las Metodologías de aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia
y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera, emitidas por la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno vigentes a partir del 20 de diciembre del 2025.
Los elementos que se calificarán en la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
•
Orden en los puestos desempeñados.
•
Duración en los puestos desempeñados.
•
Experiencia en el Sector público.
•
Experiencia en el Sector privado.
•
Experiencia en el Sector social.
•
Nivel de responsabilidad.
•
Nivel de remuneración.
•
Relevancia de funciones o actividades.
•
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Asimismo, los elementos que se calificarán en la Valoración del Mérito, serán los siguientes:
•
Resultados de las evaluaciones del desempeño.
•
Resultados de las acciones de capacitación.
•
Resultados de procesos de certificación.
•
Logros. (Las publicaciones sólo se aceptarán cuando sean de la autoría de la persona candidata).
•
Distinciones.
•
Reconocimientos o premios.
•
Actividad destacada en lo individual.
•
Otros estudios: Se aceptará diplomado (con calificaciones por Módulo o Total), especialidad, título
profesional o grado académico emitido por la Institución Educativa: Federal, Estatal, Descentralizada o
Particular, en éste último caso el documento deberá contener la autorización o reconocimiento de validez
oficial por parte de la Secretaría de Educación Pública; conforme a los artículos 1°, 3° y 23, fracciones I y
IV de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en la
Ciudad de México y 11, 12 y 14 de su Reglamento.
•
Habla de Lengua Indígena. Lenguas Indígenas / Conocimiento de lenguas Indígenas.
•
Auto adscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana. Acto voluntario, al
tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la
identificación propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente. La persona participante
manifestará en el documento que para tal fin se le proporcione, si se identifica como integrante de un
pueblo o comunidad indígena mencionando a cuál; así como si se identifica como afromexicano o
afrodescendiente.
•
Perspectiva de juventudes. Aplicable para aquellas personas cuya edad no sobrepase los 30 años al
momento de la publicación del concurso. La persona participante manifestará en el documento que para
tal fin se le proporcione, si contaba con 30 años o menos al momento de su registro al concurso en el que
participa.
•
Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que presenten una discapacidad, en los
términos señalados en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. La persona
participante, manifestará en el documento que para tal fin se le proporcione, si se autoreconoce y
describe como una persona con algún tipo de discapacidad de acuerdo al catálogo de discapacidades.
De acuerdo con el Artículo 241, segundo párrafo del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de
diciembre de 2025, las bases, las condiciones y los requisitos establecidos en las convocatorias no podrán
modificarse durante el desarrollo del concurso. Como excepción a lo anterior, en los casos en que por
cualquier motivo se vean interrumpidos los términos y plazos previstos en la convocatoria o cuando la Unidad
de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, determine suspender el
servicio de RHnet y de TrabajaEn, se reprogramarán las fechas en que continuarán los plazos o términos
previstos y, por los medios señalados en ésta, los CTS comunicarán la reprogramación de fechas a los
aspirantes, en estricta observancia de los principios rectores del Sistema. Por lo tanto, no procederá la
reprogramación de las fechas para la aplicación de cualquiera de las Etapas del concurso a petición
de las personas candidatas.
En caso de que una persona candidata requiera revisión del examen de conocimientos técnicos, ésta deberá
ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a la Secretaría Técnica del Comité Técnico de Selección
y enviado a la siguiente dirección electrónica: ingreso_shcp@hacienda.gob.mx. Es importante señalar, que
únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no así procederá la revisión respecto del contenido o de
los criterios de evaluación, de acuerdo con el Artículo 265, del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025.
Asimismo, en caso de que una persona candidata requiera revisión del examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal, se le mostrará la pantalla del Módulo generador de exámenes
administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y si aun así persiste en su pretensión, deberá
solicitarla a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a la Dirección General de Gestión para los Servidores
Públicos al Servicio de la Sociedad de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, o al siguiente correo
electrónico: trabajaen@buengobierno.gob.mx. Es importante señalar, que la revisión se hará únicamente en lo
que respecta a la correcta aplicación de la herramienta de evaluación, métodos o procedimientos utilizados,
no así procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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ETAPA DE ENTREVISTA:
El Comité Técnico de Selección determinará el lugar en que se llevará a cabo la Etapa de Entrevista.
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de las personas candidatas con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para
la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, basadas en el Artículo 271 del ACUERDO por el que se establecen
las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicados el 19 de diciembre de 2025.
Por acuerdo de los miembros del Comité Técnico de Profesionalización, pasarán a la etapa de Entrevista, las
cinco personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado,
cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación,
accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de las personas candidatas
que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de personas candidatas que se continuarían
entrevistando, que preferentemente será de tres y sólo se entrevistarían en caso de no contar al menos con
un finalista de entre las personas candidatas ya entrevistadas. Las personas candidatas que, al final de
la etapa III cuente con menos de 40 puntos en la escala de 0 a 100 sin decimales, no serán consideradas para
la entrevista, toda vez que no obtendría los 70 puntos que se requieren para acreditar el puntaje mínimo de
calificación, que establece el artículo 230, fracción V, VI y VII del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025.
Los miembros del Comité Técnico de Selección podrán sesionar por medios remotos de comunicación
electrónica, cuando así resulte conveniente.
Para la evaluación de la entrevista, los miembros del Comité Técnico de Selección considerarán el
criterio siguiente:
•
Contexto (favorable o adverso)
•
Estrategia (simple o compleja)
•
Resultado (sin impacto o con impacto)
•
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
ETAPA DE DETERMINACION:
Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
sistema de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
considerados aptos para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley, 36
párrafo tercero de su Reglamento y Artículo 230, fracción VII del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025.
En esta etapa los miembros del Comité Técnico de Selección resuelven el proceso de selección, mediante la
emisión de su determinación, declarando:
a)
La persona ganadora del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, a la de mayor calificación definitiva, y
b)
A la persona candidata finalista con la siguiente mayor calificación definitiva, que podrá llegar a ocupar el
puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la Dependencia, la ganadora
señalada en el inciso anterior:
I.
Comunique a la Dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
II.
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c)
Desierto el concurso.
6a. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación.
El listado de las personas candidatas en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados
obtenidos por aquéllas con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el
Sistema de Puntuación General ratificado por los miembros del Comité Técnico de Profesionalización en su
Primera Sesión Extraordinaria, mediante Acuerdo CTP-E-03 0126, de fecha 19 de enero de 2026 y vigente a
partir del 20 de enero del mismo año:
Sistema de Puntuación General
Etapa
Enlace
Jefatura de
Departamento
Subdirección
de Area
Dirección
de Area
Dirección
General
Etapa II
(Examen de Conocimientos Técnicos
y Examen de Conocimientos
Generales de la APF)
30
30
20
20
10
Evaluación de Habilidades
20
20
20
20
20
Etapa III
Evaluación de Experiencia
10
10
20
20
30
Valoración del Mérito
10
10
10
10
10
Etapa IV
Entrevista
30
30
30
30
30
Total
100
100
100
100
100
DETERMINACION
198
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
7a. Publicación de Resultados.
Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
8a. Reserva de Personas Candidatas.
Las personas candidatas entrevistadas por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten
ganadoras del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación (70 puntos), se integrarán a la
Reserva de Personas Candidatas de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una vigencia de
permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso
de que se trate.
Las personas candidatas finalistas estarán en posibilidad de ser convocadas durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la Reserva de Aspirantes tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas
de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de personas
candidatas cuando así lo prevengan los miembros del Comité Técnico de Selección.
9a. Declaración de Concurso Desierto.
Los miembros del Comité Técnico de Selección podrán, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar
desierto un concurso por las siguientes causas:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerada finalista (70 puntos); o
III. Porque sólo una persona candidata finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o
bien, no obtenga la mayoría de los votos de los miembros del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, el Comité Técnico de Selección debe determinar el momento en
que deberá convocarse nuevamente a concurso, de conformidad con la última reforma del Reglamento de la
LSPC publicada en el DOF el 04 de enero de 2024.
10a. Cancelación de Concurso.
Los miembros del Comité Técnico de Selección podrán cancelar el concurso de las plazas en los supuestos
siguientes:
I.
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la
ocupación del puesto de que se trate, o
II.
El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus
derechos a alguna persona, o
III. Los miembros del Comité Técnico de Profesionalización determinen que se modifica o suprime del
Catálogo el puesto en cuestión.
11a. Principios del Concurso.
En el portal www.dof.gob.mx podrá consultarse la convocatoria, los detalles sobre el concurso y los puestos
vacantes. Los datos personales de las personas candidatas son confidenciales, aun después de concluido el
concurso. Las personas candidatas se responsabilizarán de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria sin
responsabilidad alguna a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación de los miembros del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al ACUERDO por el que se
establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
12a. Resolución de dudas:
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las personas candidatas formulen con
relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
ingreso_shcp@hacienda.gob.mx o bien el número telefónico 553688 5344, con un horario de atención de
lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
13a. Inconformidades:
Las personas candidatas podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Denuncias e
Investigaciones en el Ramo Hacienda, ubicado en Calzada de la Virgen 2799, Edificio A, Segundo Piso,
Ala Poniente, Colonia C.T.M. Culhuacán, Alcaldía de Coyoacán, C.P. 04480, Ciudad de México, con horario
de atención de 9:00 a 15:00 y de 16:30 a 18:00 horas en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y la última reforma del Reglamento de la LSPC
publicada en el DOF el 04 de enero de 2024.
14a. Revocaciones.
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, las personas interesadas estarán en aptitud jurídica
de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones situadas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735,
Primer Piso, Ala Sur, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en un
horario que va de las 09:00 a las 18:00 horas en días hábiles; lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento,
o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
199
15a. Procedimiento para la Reactivación de Folios.
En caso de que el descarte de un folio se deba a errores del Sistema o de captura u omisiones involuntarias
por parte de los operadores de ingreso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los 03 días
hábiles posteriores en que se haya originado o se detecte el descarte, se enviarán a los miembros del Comité
Técnico de Selección los soportes documentales.
Los miembros del Comité Técnico de Selección de esta Secretaría, por unanimidad o por mayoría de votos,
podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier etapa del concurso la reactivación de folios, conforme a
lo siguiente:
a)
Dentro de los 03 días hábiles posteriores en que se haya originado o detectado el descarte de un folio, las
personas interesadas podrán solicitar su reactivación, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, al correo
electrónico: comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia al de: ingreso_shcp@hacienda.gob.mx,
siempre y cuando las causas del descarte no sean imputables a las mismas.
b)
Dentro de los 05 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, los miembros del
Comité Técnico de Selección sesionarán para determinar la procedencia o improcedencia de la petición.
Las personas candidatas que requieran la aclaración de dudas sobre la reactivación de un folio, deberán
dirigirse a comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia a ingreso_shcp@hacienda.gob.mx, dentro de los 05
días hábiles posteriores a la fecha en que se les informe de la reactivación de un folio.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
I.
La persona candidata cancele su participación en el concurso, y
II.
Exista duplicidad de registros en TrabajaEn.
16a. Disposiciones generales.
1.
Los aspectos relevantes y otros requerimientos de los puestos vacantes de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público se pueden consultar en:
a)
El portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
b)
La página electrónica https://www.gob.mx/shcp/archivo/documentos?idiom=es&filter_origin=archive,
(Dar clic en Búsqueda avanzada, ingresa tú búsqueda con la palabra “Convocatoria” seguido de la
fecha de publicación, establece el periodo de búsqueda y dar clic en Buscar para encontrar
la información de su interés).
En la Intranet (Personal interno de la SHCP) ingrese a la página electrónica:
https://intranet.hacienda.gob.mx/intra_bibdoc_contenidos/Programas_Institucionales/SPC/Subsistem
a_ingreso/Convocatorias_2025.pdf; y dar clic en la convocatoria de su interés, para localizar el
puesto deseado; o bien, en:
https://intranet.hacienda.gob.mx/intra_bibdoc_contenidos/Programas_Institucionales/SPC/Subsistem
a_ingreso/Convocatorias_2026.pdf
2.
Asimismo, podrá consultar las Bases de Participación de los puestos vacantes de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público en:
a)
La página electrónica www.gob.mx/shcp/documentos/bases-de-participacion-de-convocatorias-del-
spc-en-la-shcp?idiom=es-MX, localice en el apartado de DOCUMENTOS el número de convocatoria
de su interés y de clic en la flecha se encuentra a la derecha.
3.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de persona servidora pública de carrera
titular, para poder ser nombrada en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación
necesaria que acredite haberse separado del puesto que venía ocupando, toda vez que no puede
permanecer activa en ambos puestos; así como, previo a su registro, haber cumplido con la obligación
que le señala fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal.
4.
Una vez que los miembros del Comité Técnico de Selección hayan resuelto sobre la persona candidata
ganadora, ésta deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser
así se considerará como renuncia a su ingreso, por lo que los miembros del Comité Técnico de Selección
podrán optar por elegir de entre las personas candidatas finalistas al o la siguiente con la calificación más
alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
5.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como las
inconformidades y los recursos de revocación serán considerados confidenciales aun después de
concluidos éstos, en todo caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección,
tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales que resulten aplicables.
6.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por los miembros del Comité
Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
Los miembros del Comité Técnico de Selección
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo de los miembros de los Comités Técnicos de Selección, firma la Secretaria Técnica
Subdirectora de Exámenes Técnicos y Comités de Selección
Lic. Sandra Luz Torres Olivares
Firma Electrónica.
200
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Secretaría de Energía
CONVOCATORIA DIRIGIDA A TODA PERSONA INTERESADA
No. 377
El Comité Técnico de Selección (CTS) de la Secretaría de Energía con fundamento en los artículos 21, 22, 25,
26, 28, 37 y 75 fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 de su Reglamento, así como y las Disposiciones Generales en
Materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigentes, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al Sistema
de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada de los siguientes
puestos vacantes:
Nombre del Puesto
DIRECCION DE EFICIENCIA ENERGETICA
Código de Puesto
18-212-1-M1C017P-0000019-E-C-C
Nivel
Administrativo
M11
Número de vacantes
1
Sueldo Bruto
$ 66,362.00 (Sesenta y seis mil trescientos sesenta y dos pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de
Eficiencia y
Sustentabilidad Energética
Sede
Avenida Insurgentes, Número 20, de la
Glorieta de Insurgentes, Colonia Roma
Norte, C.P. 06700, Alcaldía
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Tipo de
Nombramiento
Servidora o Servidor Público de Carrera Titular
Funciones
Principales
1. Elaborar y evaluar los proyectos de las políticas, programas y proyectos de
eficiencia energética para facilitar el cumplimiento de las metas de eficiencia
energética establecidas en los instrumentos de planeación de su competencia.
2. Asistir, por instrucción del superior jerárquico, al Consejo Consultivo para el
Aprovechamiento Sustentable de la Energía, a fin de informar los acuerdos
tomados por dicho Consejo y el seguimiento que se dé a éstos.
3. Participar en la elaboración de propuestas para el Programa de Normalización
del Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía para la
Promoción de la Eficiencia Energética.
4. Proponer al superior jerárquico, los contenidos en materia de eficiencia
energética para la elaboración de instrumentos de planeación en la materia, a fin
de promover la Eficiencia Energética.
5. Colaborar con el superior jerárquico en la propuesta de los Proyectos de
Políticas,
Programas,
Disposiciones
Técnicas,
Económicas,
Sociales
y
Administrativas, Criterios y demás acciones, en materia de Eficiencia Energética
para el impulso de la misma.
6. Elaborar propuestas a las Instancias de Financiamiento Nacionales e
Internacionales sobre los Proyectos y Programas de Eficiencia Energética, para
coadyuvar a un mayor impulso de la Eficiencia Energética.
7. Participar con el seguimiento a la implementación de las acciones y Programas
de Cooperación Nacional e Internacional, en materia de Eficiencia Energética, que
promuevan una mejora en la Eficiencia Energética.
8. Colaborar en la promoción de la Eficiencia Energética mediante campañas de
concientización en los sectores público y privado y en la sociedad, que incidan en
el cambio cultural sobre el uso eficiente de la energía.
9. Coadyuvar, por instrucción del superior jerárquico, con el seguimiento a las
actividades relacionadas al desempeño de la Comisión Nacional para el Uso
Eficiente de la Energía en Materia de Eficiencia Energética, para facilitar la
Coordinación Interinstitucional en el ámbito de su competencia.
Perfil
Escolaridad
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Area de estudio:
1.
Ciencias Sociales y
Administrativas
2.
Ingeniería y Tecnología
Grado de avance:
Con Título
Carrera:
1.
Administración
2.
Comercio Internacional
3.
Ciencias Políticas y
Administración Pública
4.
Economía
5.
Ingeniería
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
201
Experiencia
laboral
No. de años: 4 años
Campo de Experiencia:
1.
Ciencia Política
2.
Ciencias Económicas
3.
Ciencias Tecnológicas
Area de Experiencia:
1.
Administración Pública
2.
Teoría Económica
3.
Ciencias Políticas
4.
Economía General
5.
Ingeniería y Tecnología del
Medio Ambiente
Capacidades
gerenciales
del puesto
1.
Sener/ Liderazgo/ Dirección de Area
2.
Sener/ Negociación/ Dirección de Area
3.
Sener/ Orientación a Resultados/ Dirección de Area
Capacidades
técnicas del
puesto
https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-
energia
Idiomas
extranjeros:
El puesto requiere de conocimientos del idioma inglés para leer,
hablar y escribir, en nivel intermedio.
Otros
Disponibilidad para viajar a veces. Horario de trabajo diurno.
Requiere de conocimientos de computación en paquetería de
oficina e internet, en nivel intermedio.
Nombre del Puesto
JEFATURA DE PLANEACION DE POLITICA DE DISTRIBUCION Y
ELECTRIFICACION
Código de Puesto
18-314-1-M1C014P-0000089-E-C-A
Nivel
Administrativo
O31
Número de
vacantes
1
Sueldo Bruto
$ 33,584.00 (Treinta y tres mil quinientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de
Distribución, Usos Finales
de Energía Eléctrica y
Vinculación Social
Sede
Avenida Insurgentes, Número 20, de la
Glorieta de Insurgentes, Colonia Roma
Norte, C.P. 06700, Alcaldía
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Tipo de
Nombramiento
Servidora o Servidor Público de Carrera Titular
Funciones
Principales
1. Proponer la política de electrificación conforme a los Ordenamientos Legales y
Normas Jurídicas Aplicables a la distribución de energía eléctrica, para que el
servicio se brinde con calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad.
2. Participar en la determinación de las políticas que se requieran en materia de
Redes Eléctricas Inteligentes y generación distribuida, para coadyuvar en la
transformación de la Red de Distribución.
3. Formular los mecanismos necesarios para determinar y ajustar periódicamente a
la baja los niveles de consumo o demanda que permitan a los usuarios finales
incluirse en el registro de usuarios calificados previsto en el artículo 60 de la Ley de
la Industria Eléctrica; así como proponer los términos bajo los cuales los usuarios
finales que pertenecen a un mismo grupo de interés económico podrán agregar sus
centros de carga, a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda para
incluirse en el registro referido.
4. Definir y proponer los términos y condiciones para los distribuidores y
suministradores de servicios básicos, en cuanto a la obligación de instalar,
conservar y mantener su infraestructura, para la prestación del servicio de
distribución y el suministro básico a las comunidades rurales y zonas urbanas
marginadas.
5. Analizar y emitir opinión respecto a los Programas de Ampliación y
Modernización de las Redes Generales de distribución que sometan el Centro
Nacional de Control de Energía o los distribuidores, así como supervisar su
ejecución, a fin de que cumplan con las directrices, Disposiciones Administrativas
correspondientes y con los parámetros de operación establecidos.
6. Analizar y emitir opinión sobre la necesidad de que la Secretaría o los
distribuidores formen asociaciones o celebren contratos con particulares para que
lleven a cabo, entre otros aspectos el financiamiento, instalación, mantenimientos,
gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para presentar el
servicio público de distribución, conforme a lo previsto en el artículo 31 de la Ley de
la Industria Eléctrica, a fin de contar con una infraestructura que cumpla los
parámetros de calidad y eficiencia establecidos.
202
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
7. Elaborar la propuesta para el establecimiento de obligaciones de cobertura para
el suministro eléctrico en las comunidades rurales y zonas urbanas marginadas, así
como La instrumentación de los mecanismos encaminados a dirigir recursos
económicos a este Fin, con la finalidad de asegurar la sostenibilidad de las
instalaciones.
8. Apoyar en la conducción de la administración del fondo de servicio universal
eléctrico, a fin de lograr los objetivos de electrificación.
9. Elaborar las estrategias para el suministro de electricidad a las comunidades
rurales y zonas urbanas marginadas al menor costo para el país, en congruencia
con la Política Energética prevista para el desarrollo del Sector Eléctrico y
promoviendo el uso de las energías limpias, con la finalidad de combatir la
marginación en dicha materia.
10. Participar en el proceso de planeación y elaboración del Programa de
Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional en lo relacionado con las actividades de
distribución y suministro de energía eléctrica, para atender la transformación de la
Red Eléctrica y asegurar la continuidad del Servicio de Energía Eléctrica en el país.
11. Auxiliar en la propuesta de la política en materia de eficiencia, calidad,
confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad en el sistema eléctrico
nacional, incluyendo Los criterios para establecer el equilibrio entre estos objetivos,
en lo relacionado con las actividades de distribución y suministro de energía
eléctrica, para cumplir con los objetivos de cobertura en el suministro de energía
eléctrica.
12. Participar en la elaboración de los Proyectos de Disposiciones Administrativas
y Normas Oficiales Mexicanas que regulen las actividades de distribución y
suministro de energía Eléctrica, a fin de mantener la normatividad actualizada.
13. Apoyar a la dirección en el análisis y en la emisión de opiniones sobre la
procedencia de la aprobación del manual de disposiciones relativas al suministro y
venta de Energía Eléctrica, a fin de mantener condiciones de calidad en el
suministro.
14. Participar, dentro del ámbito de sus facultades, en toda clase de asuntos que
sean competencia de la Secretaría, siempre y cuando no formen parte de las
facultades Indelegables del secretario, para cumplir con las metas institucionales.
Perfil
Escolaridad
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Area de estudio:
1.
Ingeniería y Tecnología
2.
Ciencias Sociales y
Administrativas
3.
Ciencias Naturales y Exactas
Grado de avance:
Con Título
Carrera:
1.
Eléctrica y Electrónica
2.
Ingeniería
3.
Economía
4.
Administración
5.
Derecho
6.
Matemáticas - Actuaría
Experiencia
laboral
No. de años: 3 años
Campo de Experiencia:
1.
Ciencias Tecnológicas
2.
Lógica
3.
Ciencias Económicas
4.
Ciencias
Jurídicas
y
Derecho
5.
Matemáticas
Area de Experiencia:
1.
Ingeniería
y
Tecnología
Eléctricas
2.
Tecnología Industrial
3.
Tecnología Energet
4.
Lógica Deductiva
5.
Administración de Proyectos
de Inversión y Riesgo
6.
Economía General
7.
Derecho
y
Legislación
Nacionales
8.
Probabilidad
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
203
Capacidades
gerenciales
del puesto
1.
Sener/ Negociación/ Jefatura de Departamento
2.
Sener/ Orientación a Resultados/ Jefatura de Departamento
3.
Sener/ Trabajo en Equipo/ Jefatura de Departamento
Capacidades
técnicas del
puesto
https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-
energia
Idiomas
extranjeros:
El puesto requiere de conocimientos del idioma inglés para leer,
hablar y escribir, en nivel básico.
Otros
Disponibilidad para viajar a veces. Horario de trabajo diurno.
Requiere de conocimientos de computación en paquetería de
oficina e internet, en nivel intermedio.
Nombre del Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE SUMINISTRO
Y NORMATIVIDAD ELECTRICA
Código de Puesto
18-314-1-M1C014P-0000090-E-C-A
Nivel
Administrativo
O23
Número de
vacantes
1
Sueldo Bruto
$ 31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de
Distribución, Usos Finales
de Energía Eléctrica y
Vinculación Social
Sede
Avenida Insurgentes, Número 20, de la
Glorieta de Insurgentes, Colonia Roma
Norte, C.P. 06700, Alcaldía
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Tipo de
Nombramiento
Servidora o Servidor Público de Carrera Titular
Funciones
Principales
1. Analizar el marco legal vigente, así como las características técnico-operativas
que en materia de suministro de energía eléctrica y de instalaciones eléctricas se
apliquen conforme a los estándares nacionales, para colaborar en los
anteproyectos de disposiciones reglamentarias que se propongan en dicha materia.
2. Formular propuestas para la definición de los términos y condiciones para los
distribuidores y suministradores de servicios básicos, en cuanto a la obligación de
instalar, conservar y mantener su infraestructura, a fin de que la prestación de los
servicios de distribución y suministro básico se realice con condiciones de calidad y
continuidad.
3. Elaborar las respuestas a las consultas sobre la interpretación de las
disposiciones administrativas y normas oficiales vigentes, a fin de uniformar
criterios en la aplicación de la normatividad en materia de distribución y suministro
de energía eléctrica.
4. Participar en la elaboración de los anteproyectos de disposiciones legales que
en materia de suministro de energía eléctrica se requieran, tendientes a la
estandarización y normalización en materia de seguridad de las instalaciones de
los usuarios finales.
5. Presentar estrategias para suministrar electricidad a las comunidades rurales y
zonas urbanas marginadas, en congruencia con la política energética prevista para
el desarrollo del sector eléctrico y promoviendo el uso de las energías limpias,
para contribuir en el abastecimiento de energía en las zonas marginadas.
6. Participar en los proyectos de investigación, intercambio de información y
convenios con instituciones y organismos nacionales e internacionales en materias
afines al suministro de energía eléctrica, con el objeto de allegarse de información
sobre los avances en la materia.
7. Participar en el proceso de planeación y elaboración del programa de desarrollo
del sistema eléctrico nacional, a fin de que las actividades de distribución y
suministro de energía eléctrica sean compatibles con las instalaciones para el uso
en materia del usuario final.
8. Elaborar la propuesta de la política en materia de eficiencia, calidad,
confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad en el sistema eléctrico
nacional, incluyendo los criterios para establecer el equilibrio entre estos objetivos,
en lo relacionado con el suministro de energía eléctrica.
9. Analizar y emitir opinión sobre la procedencia de la aprobación del manual de
Disposiciones relativas al suministro de energía eléctrica, con el objetivo de brindar
seguridad y certeza jurídica a los usuarios.
204
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
10. Participar, dentro del ámbito de sus facultades, en toda clase de asuntos que
sean competencia de la Secretaría, siempre y cuando no formen parte de las
facultades indelegables del secretario, para cumplir con las metas institucionales.
11. Realizar las funciones que le señalen otras disposiciones jurídicas, las que le
confiera el superior jerárquico y las que correspondan a sus áreas administrativas,
para cumplir con el marco normativo.
Perfil
Escolaridad
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Area de estudio:
1.
Ingeniería y Tecnología
2.
Ciencias
Sociales
y
Administrativas
3.
Ciencias Naturales y Exactas
Grado de avance:
Con Título
Carrera:
1.
Ingeniería
2.
Derecho
3.
Economía
4.
Eléctrica y Electrónica
5.
Matemáticas - Actuaría
Experiencia
laboral
No. de años: 3 años
Campo de Experiencia:
1.
Ciencias Tecnológicas
2.
Ciencias Económicas
3.
Ciencias
Jurídicas
y
Derecho
4.
Ciencia Política
Area de Experiencia:
1.
Ingeniería
y
Tecnología
Eléctricas
2.
Tecnología Industrial
3.
Tecnología Energet
4.
Economía General
5.
Derecho
y
Legislación
Nacionales
6.
Administración Pública
Capacidades
gerenciales
del puesto
1.
Sener/ Negociación/ Jefatura de Departamento
2.
Sener/ Orientación a Resultados / Jefatura de Departamento
3.
Sener/ Trabajo en Equipo / Jefatura de Departamento
Capacidades
técnicas del
puesto
https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-
energia
Idiomas
extranjeros:
El puesto requiere de conocimientos del idioma inglés para leer,
hablar y escribir, en nivel básico.
Otros
Disponibilidad para viajar a veces. Horario de trabajo diurno.
Requiere de conocimientos de computación en paquetería de
oficina e internet, en nivel intermedio.
Nombre del Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ANALISIS Y EVALUACION SECTORIAL
Código de Puesto
18-411-1-M1C014P-0000165-E-C-H
Nivel
Administrativo
O23
Número de
vacantes
1
Sueldo Bruto
$ 31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de
Programación y
Presupuesto
Sede
Avenida Insurgentes, Número 20, de la
Glorieta de Insurgentes, Colonia Roma
Norte, C.P. 06700, Alcaldía
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Tipo de
Nombramiento
Servidora o Servidor Público de Carrera Titular
Funciones
Principales
1. Revisar y dar seguimiento a la correcta aplicación de los Ordenamientos
Jurídicos, Disposiciones y Lineamientos Administrativos, así como de los Criterios
Específicos en materia de programación, presupuestación, ejercicio del gasto y
rendición de cuentas por parte de los Organos Administrativos Desconcentrados
y Entidades Apoyadas.
2. Verificar que el registro de la información de los Organos Administrativos
Desconcentrados y Entidades Apoyadas en los sistemas electrónicos de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para gestionar acciones de planeación,
programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación del gasto, se realice
conforme a la normatividad vigente.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
205
3. Revisar que la información para la concertación de las estructuras programáticas
relativas a la formulación del anteproyecto de presupuesto de egresos que realizan
los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas se apaguen a
las políticas y lineamientos que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
4. Apoyar en la integración de la información para la elaboración y registro del
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, de los Organos Administrativos
Desconcentrados y Entidades Apoyadas en los sistemas electrónicos de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme a las Disposiciones y
Lineamientos que establezca.
5.
Analizar
la
información
que
presenten
los
Organos
Administrativos
Desconcentrados y Entidades Apoyadas, para gestionar ante la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público las solicitudes de autorización especial para contraer
compromisos de adquisiciones y contratación de servicios; así como las solicitudes
de contratación plurianual.
6. Recabar y consolidar la información de los informes en materia presupuestal y
contable que, por mandato constitucional o disposición de ley, se tengan que
entregar por la Coordinadora Sectorial, comunicando a los Organos Administrativos
Desconcentrados y Entidades Coordinadas su cumplimiento en tiempo y forma.
7. Atender instrucciones del superior jerárquico para llevar a cabo cualquier
actividad encomendada en materia presupuestaria, de transparencia y de rendición
de cuentas, que contribuya al cumplimiento de los objetivos y metas de la unidad
administrativa, en apego a la normatividad vigente.
Perfil
Escolaridad
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Area de estudio:
1.
Ciencias
Sociales
y
Administrativas
2.
Ingeniería y Tecnología
3.
Ciencias Naturales y Exactas
Grado de avance:
Con Título
Carrera:
1.
Finanzas
2.
Administración
3.
Economía
4.
Contaduría
5.
Ingeniería
6.
Matemáticas – Actuaría
7.
Ciencias
Políticas
y
Administración Pública
8.
Derecho
Experiencia
laboral
No. de años: 3 años
Campo de Experiencia:
1.
Ciencias Económicas
2.
Ciencias Jurídicas y
Derecho
3.
Ciencia Política
Area de Experiencia:
1.
Administración
2.
Política Fiscal
y Hacienda
Pública Nacionales
3.
Contabilidad
4.
Organización y Dirección de
Empresas
5.
Economía General
6.
Derecho
y
Legislación
Nacionales
7.
Administración Pública
Capacidades
gerenciales
del puesto
4.
Sener/ Negociación/ Jefatura de Departamento
5.
Sener/
Orientación
a
Resultados
/
Jefatura
de
Departamento
6.
Sener/ Trabajo en Equipo / Jefatura de Departamento
Capacidades
técnicas del
puesto
https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-
energia
Idiomas
extranjeros:
Ninguno
Otros
Disponibilidad para viajar a veces. Horario de trabajo diurno.
Requiere de conocimientos de computación en paquetería de
oficina e internet, en nivel intermedio.
206
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Nombre del Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE DISTRIBUCION Y ELECTRIFICACION
Código de Puesto
18-314-1-M1C014P-0000091-E-C-A
Nivel
Administrativo
O11
Número de
vacantes
1
Sueldo Bruto
$ 26,005.00 (Veintiséis mil cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de
Distribución, Usos Finales
de Energía Eléctrica y
Vinculación Social
Sede
Avenida Insurgentes, Número 20, de la
Glorieta de Insurgentes, Colonia Roma
Norte, C.P. 06700, Alcaldía
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Tipo de
Nombramiento
Servidora o Servidor Público de Carrera Titular
Funciones
Principales
1. Participar en la vigilancia del cumplimiento de los ordenamientos legales que
regulan la distribución de energía eléctrica, para coadyuvar el desarrollo del Sector
Eléctrico.
2. Elaborar la propuesta para el establecimiento de condiciones para los
distribuidores y suministradores de servicio básico, relacionadas con la obligación
de instalar, conservar y mantener su infraestructura, para mejorar las condiciones
en que se presta el Servicio de Distribución y Suministro Básico a las Comunidades
Rurales y Zonas Urbanas Marginadas.
3. Emitir opinión sobre la naturaleza de los contratos, a fin de establecer los
porcentajes mínimos y demás condiciones de contenido nacional en la proveeduría
de los contratos que se celebren en materia de Distribución y Comercialización de
Energía Eléctrica.
4. Emitir opinión sobre la necesidad de que la Secretaría de Energía o los
distribuidores formen Asociaciones o celebren contratos con particulares, a fin de
que se lleve a cabo el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión,
operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio
público de distribución.
5. Apoyar en la implementación de las obligaciones de cobertura para el Suministro
Eléctrico en las Comunidades Rurales y Zonas Urbanas Marginadas, para
instrumentar mecanismos y dirigir recursos económicos a este fin.
6. Apoyar jurídicamente en la conducción de la administración del Fondo de
Servicio Universal eléctrico, a fin de lograr los objetivos de electrificación.
7. Elaborar, en coordinación con el área de normalización de la Dirección General,
la propuesta de las Disposiciones Administrativas que regulen las actividades de
Distribución y Suministro de Energía Eléctrica, con el objetivo de garantizar la
correcta operación de los participantes.
8. Colaborar con los requerimientos de información sobre las actividades de
Distribución y Suministro de Energía Eléctrica para el sitio de internet, en el cual
la Secretaría de Energía publicará información del sector, para garantizar la
transparencia de la información y la correcta aplicación de los recursos destinados
a este fin.
9. Participar, dentro del ámbito de sus facultades, en toda clase de asuntos que
sean competencia de la Secretaría, siempre y cuando no formen parte de las
facultades indelegables del secretario, para cumplir con las metas institucionales.
10. Realizar las funciones que le señalen otras disposiciones jurídicas, las que le
confiera el superior jerárquico y las que correspondan a sus áreas administrativas,
para cumplir con el marco normativo.
Perfil
Escolaridad
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Area de estudio:
1.
Ingeniería y Tecnología
2.
Ciencias Sociales y
Administrativas
Grado de avance:
Con Título
Carrera:
1.
Ingeniería
2.
Eléctrica y Electrónica
3.
Derecho
Experiencia
laboral
No. de años: 2 años
Campo de Experiencia:
1.
Ciencias Tecnológicas
2.
Ciencias Jurídicas y
Derecho
3.
Ciencia Política
Area de Experiencia:
1.
Ingeniería y Tecnología
Eléctricas
2.
Tecnología Industrial
3.
Tecnología Energet
4.
Defensa Jurídica y
Procedimientos
5.
Derecho y Legislación
Nacionales
6.
Administración Pública
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
207
Capacidades
gerenciales
del puesto
1.
Sener/ Negociación/ Jefatura de Departamento
2.
Sener/ Orientación a Resultados / Jefatura de Departamento
3.
Sener/ Trabajo en Equipo / Jefatura de Departamento
Capacidades
técnicas del
puesto
https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-
energia
Idiomas
extranjeros:
El puesto requiere de conocimientos del idioma inglés para leer,
hablar y escribir, en nivel básico.
Otros
Disponibilidad para viajar a veces. Horario de trabajo diurno.
Requiere de conocimientos de computación en paquetería de
oficina e internet, en nivel intermedio.
BASES DE PARTICIPACION
Principios del concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito
y equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de
Selección a: la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal (LSPCAPF), su Reglamento, publicadas en el DOF el 4 de
enero de 2024), a las Disposiciones generales en materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, publicadas en el DOF el 19 de
diciembre de 2025.
Calendario del
concurso
Actividad
Fecha o periodo
Publicación de convocatoria en el
Diario Oficial de la Federación
4 de marzo de 2026
Registro de candidatas y candidatos
(en www.trabajaen.gob.mx)
Del 4 al 18 de marzo de 2026
Fecha límite para ingresar solicitud de
reactivación de folio
19 de marzo de 2026
Examen de conocimientos técnicos
A partir del 25 de marzo al 1 de junio
de 2026
Examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal
A partir del 25 de marzo al 1 de junio
de 2026
Evaluación de habilidades
A partir del 25 de marzo al 1 de junio
de 2026
Revisión Documental, Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 25 de marzo al 1 de junio
de 2026
Entrevista
A partir del 25 de marzo al 1 de junio
de 2026
Determinación y fallo
A partir del 25 de marzo al 1 de junio
de 2026
Desarrollo del concurso
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica en esta
convocatoria. Sin embargo, la Secretaría Técnica podrá reprogramar las
fechas establecidas de acuerdo con el número de personas candidatas a
presentarse en cada etapa del proceso y a los recursos disponibles para su
operación. En todos los casos se notificará por lo menos con 2 días hábiles de
antelación a las personas candidatas, a través de sus cuentas individuales
en el portal www.trabajaen.gob.mx. Las personas aspirantes estarán
obligadas a revisar el sistema de mensajes de su cuenta personal de
Trabajaen, independientemente de que el propio portal le envíe mensajes a su
correo personal.
208
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad
y experiencia previstos para el puesto y los establecidos en las bases de
participación, quienes deberán: a) Acreditar la ciudadanía mexicana en pleno
ejercicio de sus derechos o en su defecto que su condición migratoria les
permita la función a desarrollar; b) No haber sido sentenciada o sentenciado
con pena privativa de libertad por delito doloso; c) Tener aptitud para el
desempeño de sus funciones en el servicio público; d) No pertenecer al estado
eclesiástico, ni ejercer el ministerio de algún culto; e) No contar con registro de
inhabilitación para el servicio público, ni encontrarse con algún otro
impedimento legal; f) Presentar y acreditar las evaluaciones que se indican
para cada caso; g) No tener sentencia firme por la comisión intencional de
delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad
sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia
familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia
política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus
modalidades y tipos y h) Por ser declarada como persona deudora alimentaria
morosa. Por lo que, cualquier persona que se encuentre en alguno de los
supuestos precisados, no podrá ser nombrada para empleo, cargo o comisión
en el servicio público.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el
género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de
salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o
cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular
o menoscabar los derechos y libertades de las personas de conformidad al
artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Documentación
requerida en las etapas
de revisión documental,
evaluación de la
experiencia y
valoración del mérito
La Secretaría de Energía se reserva el derecho de solicitar en cualquier
momento del proceso, a las personas candidatas la documentación o
referencias que acrediten los datos registrados en www.trabajaen.gob.mx para
fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los requisitos establecidos
en el artículo 21 de la LSPCAPF, así como de la presente convocatoria.
De no acreditar su existencia o autenticidad se descartará su participación o
en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el
nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de
Energía, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales
procedentes.
Las personas postulantes deberán presentar para su revisión los siguientes
documentos:
Revisión documental
1.
Acta de nacimiento o forma migratoria vigente que lo autoriza a trabajar
en México.
2.
Cartilla liberada del servicio militar nacional (sólo para hombres hasta los
40 años).
3.
Constancia de Situación Fiscal actualizada expedida por el Servicio de
Administración Tributaria (SAT) MISMO QUE DEBERA COINCIDIR CON
LOS TRECE CARACTERES ALFANUMERICOS REGISTRADOS EN SU
CURRICULUM DE TRABAJAEN.
4.
Constancia de la Clave Unica de Registro de Población (CURP)
actualizada expedida por el Registro Nacional de Población e
Identificación Personal (RENAPO).
5.
Currículo
registrado
por
las
personas
candidatas
en
www.trabajaen.gob.mx.
6.
IMPRESION DE LA PANTALLA DE BIENVENIDA DE TRABAJAEN
(donde se visualizan sus datos personales y folio de participación en el
concurso); la impresión de la pantalla deberá ser legible, no se reciben
capturas de pantalla en dispositivos electrónicos.
7.
Carta
Protesta
de
Decir
Verdad,
la
cual
está
disponible
en
www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-energia?idiom=es.
8.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, se aceptan: credencial
para votar, pasaporte, cartilla liberada del servicio militar nacional o
cédula profesional.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
209
9.
Para acreditar los años de experiencia en las áreas requeridas en el perfil
del puesto, la persona postulante podrá presentar documentos que
acrediten la antigüedad (fecha de ingreso y término) y área de experiencia
laboral, tales como: nombramientos, bajas, contratos, constancias de
periodos laborados en hoja membretada, recibos de pagos, hojas únicas
de servicio, recibos de honorarios, reporte de semanas cotizadas al IMSS,
expediente electrónico único del ISSSTE, declaraciones del Impuesto
Sobre la Renta, actas constitutivas de empresas, constancias de servicio
social y/o prácticas profesionales, etcétera. No se tomarán en cuenta
cartas de recomendación y estados de cuentas bancarias. Se aceptan,
constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por
la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, acompañada del Historial que
contiene la información de la capacitación, el cual se podrá obtener
accediendo
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado de
“Mi historial”. Liberación de servicio social y/o prácticas profesionales
emitidos por la Institución en la cual se haya realizado o por la Institución
educativa que la haya liberado y con las cuales se acrediten las áreas de
experiencia.
10. Para acreditar la carrera genérica del perfil del puesto podrán
considerarse alguna de las carreras específicas relacionadas en el
Catálogo de Carreras de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
En caso de que se solicite como requisito académico Nivel de Estudio,
Licenciatura o Profesional con grado de avance “Titulado”, se acreditará
con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación
Pública y/o, en su caso, mediante la presentación de la cédula profesional
correspondiente, expedida por dicha autoridad, acta de Examen
Profesional aprobado o documento oficial expedido por la institución
educativa que acredite el trámite y plazo de entrega del título o cédula
profesional; y/o en su defecto la “Autorización provisional para ejercer por
título en trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de la
Secretaría de Educación Pública.
En este caso se aceptan los estudios de Maestría y Doctorado siempre y
cuando correspondan a la carrera genérica o alguna de las carreras
específicas relacionadas en el Catálogo de Carreras de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno y que coincida con el grado de avance
solicitado en el perfil de puesto. Lo anterior de conformidad con el artículo 221
de las Disposiciones Generales en Materia de Recursos Humanos de la
Administración Pública.
Para los casos en los que el perfil del puesto señale "Terminado o Pasante",
se acepta documento oficial expedido por la institución educativa que acredite
100% de los créditos cubiertos o carta de pasante o documento expedido por
la institución educativa que lo acredite con tal carácter o en su defecto
“Autorización Provisional para ejercer como Pasante en el ámbito laboral de
su profesión” expedida por la Dirección General de Profesiones de la
Secretaría de Educación Pública. En el caso de estudios realizados en el
extranjero deberá presentar invariablemente el reconocimiento oficial expedido
por la Secretaría de Educación Pública, como puede ser la revalidación de
estudios o el dictamen que determine la equiparabilidad de los estudios
realizados con los impartidos por las instituciones del país.
Para los casos en que el del perfil de puesto señale Nivel de Estudio "Carrera
Técnica o Comercial con Preparatoria terminada” o “Normal terminada”, con
grado de avance Titulado, se deberá presentar además del Título o la Cédula
profesional registrados por la Secretaría de Educación Pública, el certificado
de Preparatoria, o de nivel medio superior o de Normal Terminada, según
corresponda.
Para comprobar la escolaridad de Nivel de Estudio “Preparatoria o
Bachillerato”, se aceptan los estudios de licenciatura; en el caso de que el
perfil de puesto establezca alguna especialidad técnica, comercial o similar,
el título de licenciatura deberá corresponder a ésta.
210
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación de la experiencia
Las personas candidatas deberán presentar para la evaluación de la
experiencia
los
documentos
oficiales
probatorios
que
la
acrediten.
Por ejemplo: nombramientos, bajas, contratos, constancias de periodos
laborados en hoja membretada, recibos de pagos, hojas únicas de servicio,
recibos de honorarios, reporte de semanas cotizadas al IMSS, expediente
electrónico único del ISSSTE, declaraciones del Impuesto Sobre la Renta,
actas constitutivas de empresas, constancias de servicio social y/o prácticas
profesionales, etcétera. Para mayor información de la documentación a
presentar y criterios de evaluación, consultar www.trabajaen.gob.mx, sección
Documentación e Información Relevante, documento Metodologías de
Aplicación de los Exámenes de Conocimientos, Evaluación de la Experiencia y
la Valoración del Mérito para el Ingreso al Servicio Profesional de Carrera.
Aspectos a evaluar
•
Orden en los puestos desempeñados: comprobantes de los últimos dos
niveles de puesto.
•
Tiempo de permanencia en los puestos desempeñados: documentos que
indiquen inicio y fin de cada puesto.
•
Experiencia en el sector público: comprobantes del sector público.
•
Experiencia en el sector privado: comprobantes del sector privado.
•
Experiencia en el sector social: comprobantes del sector social.
•
Nivel de remuneración: comprobante de ingreso bruto de su puesto actual
o último.
•
Relevancia de funciones y actividades desempeñadas en relación con el
puesto vacante: currículo registrado en www.trabajaen.gob.mx.
Sólo para personas servidoras públicas de la Secretaría de Energía en
puestos de dependencia directa de la vacante:
•
Experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante: documento
comprobatorio del tiempo trabajado en los puestos inmediatos inferiores
al de la vacante.
Valoración del mérito
Las personas postulantes deberán presentar para la valoración del mérito los
documentos probatorios que la acrediten. Para mayor información de la
documentación
a
presentar
y
criterios
de
evaluación,
consultar
www.trabajaen.gob.mx, sección Documentación e Información Relevante,
documento Metodologías de Aplicación de los Exámenes de Conocimientos,
Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito para el Ingreso al
Servicio Profesional de Carrera.
Aspectos a evaluar
•
Logros: documento oficial comprobatorio que haga constar las
certificaciones vigentes en competencias laborales o habilidades
profesionales diferentes a las del Servicio Profesional de Carrera, en caso
de que el documento carezca de vigencia expresa, deberá tener una
antigüedad máxima de 3 años; publicaciones especializadas relacionadas
con su campo de experiencia (gacetas, revistas, prensa o libros).
•
Distinciones: documento oficial comprobatorio que acredite haber fungido
como Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente o
miembro fundadora o fundador en asociaciones u organizaciones no
gubernamentales (científicas, de investigación, gremiales, estudiantiles o
de profesionistas), título grado académico Honoris Causa, graduación con
honores o distinción.
•
Reconocimientos y premios: documento oficial probatorio a nombre de la
persona candidata que haga constar que se le otorgó un premio,
reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación,
reconocimiento por antigüedad en el servicio público o que obtuvo
primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos
o abiertos.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
211
•
Actividad destacada en lo individual: título o grado académico en el
extranjero con reconocimiento oficial por la Secretaría de Educación
Pública, patentes a su nombre, servicios o misiones en el extranjero,
derechos de autor, servicios de voluntariado, altruismo o filantropía
(no incluye donativos).
•
Otros estudios: diplomados, licenciaturas, especialidades, maestrías,
doctorados, postdoctorados adicionales a los requeridos en el perfil del
puesto vacante en concurso. Título registrado en la Secretaría
de Educación Pública y/o en su caso, cédula profesional correspondiente,
en los términos del artículo 221 de las Disposiciones generales en materia
de recursos humanos de la Administración Pública Federal. En caso de
que se solicite nivel de estudio “Titulado”, se acepta Acta de Examen
Profesional aprobado o documento oficial expedido por la institución
educativa que acredite el trámite y plazo de entrega del título o cédula
profesional. En el caso de estudios realizados en el extranjero deberá
presentar invariablemente el reconocimiento oficial expedido por la
Secretaría de Educación Pública, como pueden ser la revalidación de
estudios o el dictamen que determine la equiparabilidad de los estudios
realizados con los impartidos por las instituciones del país.
•
Habla de lengua indígena: Nivel 1. a).- Carta u oficio expedido por la
autoridad comunitaria de su lugar de origen, donde se señale que es
hablante de una lengua indígena nacional. b).- Acreditación de
competencias comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional
de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada por esta misma
Institución (con resultado regular o bueno). c).- Acreditación o documento
equivalente a cursos no menores a 220 horas que avalen, al menos un
nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes.
d).- Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico,
infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etc.); en
la presentación de estos materiales, se deberá acreditar fehacientemente
su autoría. e).- Acreditación o documento equivalente que demuestre que
la persona participante es o ha sido parte de procesos de formación como
intérprete, mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
f).- Certificado de competencia laboral (en estándares relacionados con la
interpretación, atención en lengua indígena o traducción). g).- Otros que
al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y
Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
Para el Nivel 2, a).- Acreditación de competencias comunicativas
generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o
alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado
excelente). b).- Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en
alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del campo
de estudio del que se trate; en la presentación de estas publicaciones, se
deberá acreditar fehacientemente su autoría. c).- Evidencias de trabajo
que avalen su experiencia como intérprete, mediador bilingüe y/o
traductor de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos traducidos,
reconocimientos de participación, etc.); en la presentación de estas
evidencias, se deberá acreditar fehacientemente su autoría. d).- Otros
que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y
Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
•
Autoadscripción: Se calificará con 100 a la persona candidata que
manifieste autoadscribirse a un pueblo o a una comunidad indígena o
afromexicana. La persona participante deberá identificar por escrito de
declaración de autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad
indígena o afromexicana a la que se auto adscriba.
•
Perspectiva de juventudes. Se calificará con 100 a la persona candidata
que compruebe que al momento de la publicación del concurso su edad
no sobrepase los 30 años.
212
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
•
Persona con discapacidad: Se calificará con 100 a la persona candidata
que se auto reconozca como persona con discapacidad. La persona
participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de
su discapacidad.
Sólo aplica para personas servidoras públicas de carrera titulares:
•
Resultado de la evaluación del desempeño. Calificación de la evaluación
del desempeño anual anterior de las personas servidoras públicas.
•
Resultado de las acciones de capacitación. Promedio de calificaciones de
las acciones de capacitación en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
No aplica si no se autorizaron acciones de capacitación.
•
Resultados de procesos de certificación. Capacidades profesionales
certificadas y vigentes de personas servidoras públicas logradas en
puestos sujetos al SPC.
Entrega de la
documentación
Toda la documentación requerida deberá entregarse personalmente en el
domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que por vía electrónica
reciban en su cuenta del portal www.trabajaen.gob.mx, de la siguiente
manera:
•
Original o copia certificada para su cotejo.
•
Digitalizada:
o
Un archivo por documento, por ambos lados, en formato PDF y
escala a 100%.
o
Grabados en disco compacto No Regrabable e identificado con el
nombre del puesto, y folio del concurso.
•
Organizada en una carpeta para cada etapa: Revisión documental,
Evaluación de la experiencia y Valoración del mérito.
NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS ORIGINALES INVARIABLEMENTE
DEBEN COINCIDIR CON LOS DIGITALIZADOS, LA FALTA DEL DISCO
COMPACTO O DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL O
COPIA DIGITALIZADA SERA MOTIVO DE DESCARTE.
Registro de aspirantes
al concurso
La inscripción de personas aspirantes a un concurso se realizará únicamente
a través del portal www.trabajaen.gob.mx, con dicha herramienta se realizará
la revisión curricular y a cada persona aspirante le asignará un número de folio
para el concurso, mismo que servirá para formalizar su inscripción al mismo y
como identificación durante el desarrollo del proceso de selección; este
número de folio asegura el anonimato de las personas candidatas. En caso de
que el sistema determine que la persona aspirante no cumple con el perfil le
emitirá un folio de rechazo (RXX-XXXXX). En este caso podrá solicitar la
reactivación de folio correspondiente, cumpliendo con lo señalado en el
apartado Reactivación de folios.
Cuando la Unidad de Política para el Servicio Público detecte más de un folio
de una persona aspirante en Trabajaen realizará las acciones necesarias para
que prevalezca únicamente el registro que coincida con la CURP y la
documentación presentada por la persona usuaria. En caso de que ningún
folio coincida con la clave referida y la documentación presentada por la
persona aspirante, realizará las acciones que correspondan para asegurar
la calidad, integralidad y veracidad de la información en Trabajaen.
En caso de que la Subdirección de Ingreso de Recursos Humanos o la Unidad
detecten más de una inscripción a un mismo concurso por persona candidata,
se notificará al Comité Técnico de Selección para que proceda a su descarte
del concurso.
Reactivación de folios
A partir de la publicación de la convocatoria y hasta un día hábil posterior
al cierre de la etapa del registro, las personas aspirantes podrán solicitar al
correo electrónico etinoco@energía.gob.mx, su petición de reactivación
de folio.
La solicitud de reactivación de folio deberá dirigirse al Comité Técnico de
Selección e incluir:
•
Justificación de por qué considera que se debe reactivar su folio (escrito
libre con firma autógrafa).
•
Pantalla de bienvenida de www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su
folio de rechazo.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
213
•
Currículo Vítae del Portal de Trabajaen, sin haber sido modificado
posteriormente al rechazo.
•
Copia de documentos probatorios de su escolaridad y experiencia laboral,
con fechas de ingreso y baja de cada puesto para verificar el tiempo
laborado, así como la coincidencia con las áreas de experiencia
requeridas en el perfil del puesto.
•
Indicar la cuenta de correo electrónico personal donde será enviada la
respuesta a su petición; esta última será evaluada y resuelta por el
Comité Técnico de Selección.
La reactivación de folios SI será procedente cuando a juicio del Comité
Técnico de Selección se acredite lo siguiente:
1.
Omisiones o errores en la captura de información académica y/o laboral,
por parte de la persona aspirante que se acrediten fehacientemente.
La reactivación de folios NO será procedente cuando a juicio del Comité
Técnico de Selección se identifique que:
1.
La persona aspirante haya renunciado al concurso;
2.
La persona aspirante haya renunciado a calificaciones de evaluaciones
de habilidades;
3.
Exista duplicidad de registros en www.trabajaen.gob.mx.
4.
La modificación del currículo vítae en www.trabajaen.gob.mx haya tenido
como fin ocultar el motivo por el cual se rechazó la postulación.
5.
Exista algún otro motivo que a juicio del CTS, manifieste dolo por parte de
la persona aspirante.
El CTS resolverá las solicitudes de reactivación de folio en un plazo máximo
de 7 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la fecha de
recepción de esta.
Cuando la Subdirección de Ingreso de Recursos Humanos advierta la
duplicidad de registros en Trabajaen con motivo de un concurso, el CTS
procederá al descarte de la persona candidata.
Temarios y guías
El temario referente a los exámenes de conocimientos técnicos, se
encontrará
a
disposición
de
las
personas
candidatas
en
https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-
energia?idiom=es a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria en
el Diario Oficial de la Federación y en www.trabajaen.gob.mx.
El temario del Examen de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal deberá consultar portal www.trabajaen.gob.mx/ en el apartado
Documentos e Información Relevante o en la siguiente liga electrónica:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-
apf/
Cualquier duda relacionada con este examen o temario deberán dirigirse a la
Unidad de Política para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
En la Secretaría de Energía, las evaluaciones de habilidades no cuentan con
temario, debido a que se realizan mediante la aplicación de pruebas
psicométricas.
Aplicación de
evaluaciones
La Secretaría de Energía comunicará la fecha, hora y lugar en que
las personas candidatas deberán presentarse para la aplicación de las
evaluaciones respectivas. En dichas comunicaciones se especificará la
duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia
para el registro antes del inicio de la evaluación. En caso de no presentarse en
la fecha y horario señalados para la presentación de sus evaluaciones las
personas candidatas serán descartadas del concurso.
No se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras de mano,
dispositivos de CD, DVD, memorias portátiles de computadora, cámaras
fotográficas, calculadoras, así como cualquier otro dispositivo, libro
o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o
almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se
autorice o requiera de su utilización como medio de apoyo para la evaluación.
Lo anterior con fundamento en el artículo 227 de las Disposiciones generales
en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal.
214
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
En caso de que, por causas de fuerza mayor, la aplicación de la evaluación de
conocimientos se realice en versión impresa, esta se calificará en presencia
de cada persona candidata y en ningún caso procederá la entrega de los
reactivos ni las opciones de respuesta ni el contenido o los criterios de
evaluación.
El CTS determina que:
1.
En ningún caso se realizará revisión de exámenes; no procederá la
entrega de los reactivos, ni las opciones de respuesta, ni el contenido o
los criterios de evaluación. Asimismo, no procederá en el caso de la
revisión documental, evaluación de la experiencia y valoración del mérito.
2.
De conformidad con el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
a)
Los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos
tendrán vigencia de un año a partir de la fecha de aplicación, siempre
y cuando se trate del mismo puesto en concurso y no cambie el
temario con el cual se evaluó la capacidad de conocimientos de que
se trate. Para hacer válidos los resultados vigentes, las personas
candidatas deberán enviar durante el periodo de registro y hasta un
día
hábil
posterior
a
este,
a
la
dirección
electrónica:
ingresospc@energia.gob.mx, su solicitud fundamentada, firmada
autógrafamente, con nombre completo de la persona solicitante;
folios de participación y nombre del puesto en concurso anterior y
actual; dirigida a la Subdirección de Ingreso de Recursos Humanos, y
anexar la pantalla de bienvenida del portal Trabajaen, e impresión del
resultado aprobatorio obtenido de la página de Trabajaen.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal, si el resultado es igual o mayor a 70
puntos de 100, estará vigente por un año y aplicará para todos los
concursos de la Administración Pública Federal. Para la aplicación de
esta evaluación, es importante que la persona aspirante presente la
IMPRESION DE LA PANTALLA DE BIENVENIDA DE TRABAJAEN,
(donde se visualizan sus datos personales y folio de concurso); esta
debe ser legible, no se reciben capturas de pantalla en dispositivos
electrónicos, es importante que conozca su usuario y contraseña
de la página de Trabajaen, será solicitada durante en el proceso de
evaluaciones para que la persona aspirante pueda ingresar a la
prueba Conocimientos.
b)
Los resultados de las evaluaciones de habilidades tendrán vigencia
de un año a partir de la fecha de aplicación, siempre y cuando se
trate de la misma habilidad a evaluar, en el mismo nivel o rango de
puesto en concurso y se hayan aplicado con el sistema de evaluación
de la Secretaría de Energía.
Reglas de Valoración
Será motivo de descarte de las personas candidatas: a) No presentarse a
cualquiera de las evaluaciones a las que sea citado; b) No acreditar
fehacientemente cualquiera de los requisitos establecidos en el Art. 21 de la
LSPCAPF y en esta convocatoria; o c) La subetapa de Exámenes de
Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es
de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales; las personas que acrediten el
examen
de
conocimientos
podrán
realizar
la
segunda
evaluación
correspondiente al Examen de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal que no será motivo de descarte pero su calificación, se
promediará con el examen de conocimientos.
La calificación final de la subetapa de examen de conocimientos se obtendrá
sumando el resultado del “Examen de conocimientos técnicos” más el
resultado del “Examen de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal”, dividido entre dos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70 de 100 para que la
persona aspirante pueda continuar en el proceso de selección en caso
contrario, el sistema procederá al descarte de la persona candidata.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
215
Subetapa
Valor
ponderado
de la
subetapa
Valor
ponderado
Observaciones
Examen de
conocimientos
técnicos del puesto
50%
30 puntos
Los resultados de ambos
exámenes serán
sumados, con el objetivo
de obtener los puntos de
la Subetapa esta será de
70 puntos, en caso de
obtener un resultado
menor, el sistema lo
descartará.
Examen de
conocimientos
generales de
la Administración
Pública Federal
50%
Sistema de Puntuación
Nivel
Exámenes de
conocimientos
técnicos y
Examen de
conocimientos
generales de la
Administración
Pública Federal
Evaluación
de
Habilidades
Evaluación
de
Experiencia
Valoración
del Mérito
Entrevista
Para
cualquier
nivel
100=30
100=20
100=10
100=10
100=30
Se considerarán como finalistas a las personas candidatas que hayan
obtenido al terminar la entrevista, el Puntaje Mínimo de Aptitud, el cual
equivale a 70 puntos en una escala de 0 a 100.
Entrevista
Las entrevistas tienen la finalidad de que el CTS profundice en la evaluación
de la capacidad y conocimientos de las personas candidatas. Pasarán a la
etapa de entrevista hasta tres personas candidatas con la mayor calificación
en las etapas previas, siempre que su puntaje promedio antes de la etapa de
entrevistas sea igual o mayor a 40 puntos en el Sistema de Puntuación.
En caso de que ninguna de las personas aspirantes entrevistadas obtenga
una calificación definitiva mayor a 70 puntos para ser considerado finalista, el
CTS seguirá entrevistando ternas en orden de prelación, hasta determinar a
una persona ganadora, o declarar desierto el concurso.
Determinación y fallo
La persona ganadora del concurso será la persona finalista que obtenga la
calificación más alta en el proceso de selección; es decir, la de mayor
calificación definitiva. En el supuesto de que la persona ganadora inicial
comunique por escrito a la Secretaría de Energía su decisión de no ocupar el
puesto o bien que no se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del
mismo en la fecha señalada, el Comité Técnico de Selección, en su caso,
determinará a la persona finalista con la siguiente mayor calificación definitiva,
quien podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso.
La
Dirección
General
de
Recursos
Humanos
difundirá
en
www.trabajaen.gob.mx
y
en
https://www.gob.mx/sener/articulos/quieres-
laborar-en-la-secretaria-de-energia?idiom=es el nombre de la persona
ganadora del concurso y su folio. Así mismo registrará en su caso la reserva
de aspirantes.
Declaración de
concurso desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del
caso, declarar desierto un concurso cuando:
•
Ninguna persona candidata se presente al concurso.
•
Ninguna persona candidata obtenga el puntaje mínimo de calificación
para ser considerada finalista.
•
Sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetada/o, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de las personas que
conforman el Comité Técnico de Selección.
216
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Reserva de aspirantes
Las personas candidatas finalistas que no resulten ganadoras en el concurso,
integrarán la reserva de aspirantes de la Secretaría de Energía, siempre y
cuando hayan obtenido 70 puntos o más. Para los fines de constitución y
operación de la reserva no existirá orden de prelación alguno entre las
personas integrantes de la misma. Esta reserva tendrá una vigencia de un año
a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate
y sólo podrá ser considerada para procesos de selección en la Secretaría de
Energía.
Publicación de
resultados y
disposiciones
generales
1.
En www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso de los puestos vacantes.
2.
Durante el concurso los resultados de cada etapa serán publicados en
www.trabajaen.gob.mx identificándose a cada persona postulante con su
número de folio y en https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-
secretaria-de-energia a la persona ganadora de cada concurso.
3.
Los datos personales de las personas candidatas son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
4.
Cada persona aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos
erogados como consecuencia de su participación en actividades
relacionadas con motivo de la presente convocatoria.
5.
De acuerdo al principio de equidad, no procederá la reprogramación de
las fechas para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a
petición de las personas candidatas.
6.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto
por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones
aplicables.
7.
Las personas candidatas podrán presentar Inconformidad o Recurso de
Revocación, previstos en los términos de la LSPCAPF y de su
Reglamento Titular del Area de Denuncias e Investigaciones en el Organo
Interno de Control de la Secretaría de Energía en Avenida Insurgentes
Sur 20, de la Glorieta de insurgentes, Piso 11, Col. Roma Norte,
C.P. 06700. Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, de 9:00 a 15:00
hrs, tiempo del centro.
8.
El portal www.trabajaen.gob.mx es un sistema informático operado por la
Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, por lo cual, para atención
o aclaración de dudas, se encuentra disponible el correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx y los teléfonos 55-2000-3000, ext. 4180
y 4374.
Resolución de Dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas
formulen con relación a los puestos y al desarrollo del proceso de selección,
se encuentra disponible el correo electrónico ingresospc@energia.gob.mx y el
teléfono 55-5000-6000 ext. 6556 y 6568 de lunes a viernes de 9:00 a 17:00
horas, tiempo del centro.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Energía
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, la Secretaria Técnica
Ericka Noemi Tinoco Vera
Firma Electrónica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
217
Secretaría de Economía
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos 21, 22,
24, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y artículos 17,18, 32, fracción II, 34, 35, 36, 36 BIS, 37, 38, 39, 40 y 92 de su Reglamento, y
artículos 230, 241 al 243, 246, 247 y 253 al 288, del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal en vigor, emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA 02-2026
Dirigida a la ciudadanía en general interesada en integrarse al Servicio Profesional de Carrera de la
Administración Pública Federal y al personal del servicio público interesado en participar en los concursos por
las siguientes plazas vacantes:
Nombre de
la Plaza
Enlace de Integración de Información Estadística (01-02-26).
Código
10-190-1-E1C011P-0000024-E-C-D
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 21,116.00 M.N.
Adscripción
Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Integrar la información estadística que sirve de base para el análisis
cualitativo y cuantitativo de políticas públicas que permitan el funcionamiento eficiente de
los mercados.
•
Función 1: Integrar información estadística de fuentes públicas disponibles o
mediante solicitudes a las distintas áreas de la secretaría sobre la formación de
precios en los distintos eslabones de las cadenas productivas o mercados
específicos.
•
Función 2: Mantener actualizadas bases de datos sobre precios de materias primas,
precios al productor y precios al consumidor de los sectores de alto impacto
económico para las empresas y consumidores y de otros sectores y/o mercados
relevantes.
•
Función 3: Elaborar reportes periódicos sobre el comportamiento de precios de
sectores y/o mercados.
•
Función 4: Informar, sobre cualquier comportamiento atípico de los precios al
consumidor y al productor de productos y materias primas de alto impacto para los
consumidores o las empresas.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Técnico Superior Universitario Terminado o Pasante:
Area General: Ciencias Naturales y Exactas.
Carreras Genéricas: Matemáticas- Actuaría.
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Computación e Informática, Administración,
Contaduría,
Derecho,
Economía,
Finanzas
y/o
Relaciones
Internacionales.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Ingeniería.
Laborales:
1 año de experiencia en:
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Derecho y Legislación Nacionales.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública, Relaciones
Internacionales y/o Ciencias Políticas.
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Administración, Economía General
y Organización Industrial y Políticas Gubernamentales.
Area General: Ciencias Tecnológicas.
Area de Experiencia Requerida: Tecnologías de Información y
Comunicaciones.
Area General: Matemáticas.
Area de Experiencia Requerida: Ciencias de los Ordenadores y/o
Estadística.
218
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Coordinación de Normas Mexicanas (02-02-26).
Código
10-191-1-M1C014P-0000056-E-C-A
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 33,584.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Normas.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Que a través de la supervisión en el proceso de las Normas
Mexicanas(NMX´S) y los organismos nacionales de normalización se fomente que los
productos, procesos y servicios sean seguros, confiables y competitivos.
•
Función 1: Supervisar la elaboración de declaratorias de vigencia, avisos de consulta
pública y de cancelación de los proyectos de normas mexicanas.
•
Función 2 Supervisar la elaboración del aviso de consulta pública y declaratoria
de vigencia de las Normas Mexicanas elaboradas por los organismos nacionales de
normalización para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
•
Función 3: Supervisar la armonización con normas internacionales de los
anteproyectos y proyectos de NMX´S.
•
función 4: Supervisar el funcionamiento y el registro de los organismos nacionales de
normalización y de los comités técnicos de normalización nacional.
•
Función 5: Formular un programa anual de visitas de vigilancia de los Organismos
Nacionales de Normalización (ONN), participar en éstas y revisar sus resultados.
•
Función 6: Supervisar y participar en las reuniones de los comités técnicos de
normalización nacional como representante de la Dirección General de Normas, así
como, en las reuniones de consejo directivo de los organismos nacionales de
normalización.
•
Función 7: Atender las consultas sobre organismos nacionales de normalización,
Comités Técnicos de Normalización Nacional y Normas Mexicanas que realicen los
particulares u otras dependencias y entidades públicas a esta Dirección General.
•
Función 8: Revisar e integrar el programa nacional de normalización en materia de
Normas Mexicanas.
•
Función 9: Opinar y proponer sobre la inscripción de Normas Mexicanas a ser
emitidas, así como sobre la modificación o cancelación de las mismas en el programa
nacional de normalización (PNN) o su suplemento.
•
Función 10: Supervisar la aplicación de la guía para la inscripción de temas en el
PNN y su suplemento, así como de la guía para la revisión quinquenal.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Derecho, Economía y/o
Relaciones Internacionales.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Ingeniería y/o Química.
Laborales:
3 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Economía General y/o Actividad
Económica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
219
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
Area General: Ciencias Tecnológicas.
Area de Experiencia Requerida: Ingeniería y Tecnología Químicas.
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Derecho y Legislación Nacionales.
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Idioma:
Inglés Básico.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Subdirección de Gestión de Autorizaciones Presupuestarias (03-02-26).
Código
10-712-1-M1C015P-0000262-E-C-O
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 39,078.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad.
Sede
(radicación)
Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Col. San Jerónimo Aculco, Demarcación Territorial
La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Supervisar el trámite a las solicitudes de autorización de contratos
plurianuales, registro de programas y proyectos en la cartera de inversión, oficios de
erogación y dictámenes que requieran autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y que realicen las unidades responsables, los órganos administrativos
desconcentrados y entidades coordinadas de la Secretaría, a fin de coadyuvar en el
cumplimiento de los objetivos y metas del sector.
•
Función 1: Integrar el Mecanismo de Planeación y proporcionar la información que le
sea requerida de los montos comprometidos en las autorizaciones de contratación
plurianual en el presupuesto de que se trate.
•
Función 2: Supervisar el trámite de autorización de los oficios de liberación de
inversión ante la Oficialía Mayor y dar seguimiento a los que autorizan las entidades.
•
Función 3: Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las solicitudes
que
presenten
las
unidades
administrativas
y
órganos
administrativos
desconcentrados de la Secretaría y entidades coordinadas para apertura y
modificaciones a la cartera de programas y proyectos de inversión.
•
Función 4: Establecer los mecanismos de coordinación y comunicación para dar
seguimiento a las solicitudes de autorización presupuestaria presentadas ante la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
•
Función 5: Supervisar el trámite de recuperación de recursos de los bienes
siniestrados, recursos por ingresos excedentes y por enajenación de bienes
inventariados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de las unidades
administrativas y órganos administrativos desconcentrados y Entidades Paraestatales.
•
Función 6: Gestionar la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
para celebrar contratos plurianuales que soliciten las unidades responsables y los
órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría.
•
Función 7: Asesorar a las unidades administrativas del Secretaría de Economía y su
sector coordinado en la aplicación de la normatividad y los procedimientos
establecidos para la atención de los trámites de autorización presupuestaria.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Ciencias Políticas y Administración Pública,
Contaduría, Economía y/o Finanzas.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Administración y/o Computación e Informática.
220
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Laborales:
3 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area
de
Experiencia
Requerida:
Contabilidad,
Sistemas
Económicos,
Economía
General
y/o
Economía
del
Cambio
Tecnológico.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Liderazgo.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 80
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Departamento de Presupuesto Sectorial (04-02-26).
Código
10-712-1-M1C014P-0000274-E-C-O
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 26,005.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad.
Sede
(radicación)
Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Col. San Jerónimo Aculco, Demarcación Territorial La
Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Integrar la información programática y presupuestaria de las entidades
paraestatales, órganos administrativos desconcentrados y fideicomisos públicos del sector
economía para la participación de la Dirección General de Programación, Organización y
Presupuesto en las sesiones de los órganos colegiados y comités de dichas instituciones.
•
Función 1: Revisar y atender las solicitudes de modificaciones a los flujos de efectivo
de las entidades paraestatales.
•
Función 2: Elaborar el material de apoyo para la participación de la Dirección General
en las sesiones de los órganos de gobierno y de los comités de control y desempeño
institucional de las entidades paraestatales, órganos administrativos desconcentrados
y de los fideicomisos públicos no considerados entidades paraestatales del sector
economía.
•
Función 3: Elaborar los informes relativos a las sesiones ordinarias y/o
extraordinarias de los órganos de gobierno y de los comités de control y desempeño
institucional de las entidades paraestatales, órganos administrativos desconcentrados
y de los fideicomisos públicos no considerados entidades del sector economía en
donde participe la Dirección General.
•
Función 4: Apoyar en la integración de la información para generar la carpeta
electrónica que se revisará en las sesiones de los Comités de Control y Desempeño
Institucional de la Dependencia.
•
Función 5: Apoyar en el seguimiento para la atención de los acuerdos en materia
programático presupuestaria de las referidas sesiones de los diversos comités a
donde asiste la Dirección General.
•
Función 6: Brindar asesoría presupuestaria al sector coordinado de la Secretaría de
Economía.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Contaduría, Derecho, Ciencias
Políticas y Administración Pública, Economía, y/o Finanzas.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Computación e Informática y/o Ingeniería.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
221
Laborales:
1 año de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Administración, Contabilidad,
Economía General y/o Actividad Económica.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Liderazgo.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 80
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Dirección de Consulta Jurídica (05- 02-26).
Código
10-114-1-M1C019P-0000056-E-C-P
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 85,968.00 M.N.
Adscripción
Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Dirigir la atención a las consultas y la información que se brinde a las
representaciones federales en materia de normatividad de convenios y contratos para su
aplicación y cumplimiento de posibles penas.
•
Función 1: Dirigir el análisis de los contratos enviados por las representaciones
federales para verificar que los mismos cumplan con la normatividad aplicable.
•
Función 2: Dirigir el registro de contratos y convenios que se requieran en las
delegaciones y subdelegaciones federales en coordinación con la unidad de asuntos
jurídicos.
•
Función 3: Coordinar el análisis de la normatividad local para que sea considerada en
la celebración de contratos y convenios que lleven a cabo las representaciones
federales con los particulares.
•
Función 4: Coordinar la actualización de normatividad referente a los convenios y
contratos derivados de los servicios prestados en las delegaciones y subdelegaciones
federales.
•
Función 5: Dar seguimiento a los trámites que requieran los clientes para el
cumplimiento de contratos o convenios.
•
Función 6: Dirigir la difusión de los formatos de convenios expedidos por la unidad de
asuntos jurídicos para su aplicación en las representaciones federales.
•
Función 7: Coordinar el seguimiento al registro de los convenios y contratos
celebrados por las delegaciones y subdelegaciones federales para conocer su
estatus.
Perfil y
Requisitos
Académicos
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Ciencias Políticas y Administración Pública,
Derecho y/o Economía.
Laborales:
5 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Defensa Jurídica y Procedimientos
y/o Derecho y Legislación Nacionales.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
222
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Liderazgo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Departamento de Capacitación (06-02-26).
Código
10-191-1-M1C014P-0000054-E-C-T
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 26,005.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Normas.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Difundir, informar y promover las actividades que desarrolla Dirección
General de Normas en materia de normalización, evaluación de la conformidad y
metrología, para fomentar la cultura de la normalización entre los sectores económico,
académico y estudiantil, así como al público en general, así como fungir de enlace entre
la DGRH y la DGN en lo referente a la capacitación del personal, con el fin de mejorar la
efectividad de los servidores públicos de la DGN en sus diferentes funciones.
•
Función 1: Proporcionar apoyo en la realización de cursos, conferencias y/o eventos
organizados por la DGN en sus instalaciones.
•
Función 2: Representar a la DGN en eventos, ferias y exposiciones con la instalación
de un módulo de información, así como proporcionar asesoría a los usuarios que
visiten dicho módulo.
•
Función 3: Proporcionar y facilitar al personal de la DGN la información emitida por la
DGRH en materia de capacitación.
•
Función 4: Verificar que la documentación relativa a la capacitación del personal de
la DGN se encuentre completa, en orden y archivada.
•
Función 5: Proporcionar apoyo en la producción de material promocional, folletería,
impresos y publicaciones de la DGN.
•
Función 6: Coordinar la distribución del material promocional de la DGN.
•
Función 7: Elaborar el boletín interno de LA DGN.
•
Función 8: Facilitar la logística para las reuniones de trabajo de las diferentes áreas
de la DGN, así como unidades administrativas que lo soliciten.
•
Función 9: Verificar los insumos necesarios para la atención a las reuniones de
trabajo y cursos que se desarrollen en las salas de capacitación de la DGN.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras
Genéricas:
Administración,
Ciencias
Políticas
y
Administración
Pública,
Educación,
Relaciones
Industriales,
Periodismo, Comunicación, Derecho, Mercadotecnia y Comercio y/o
Relaciones Internacionales.
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas: Artes.
Laborales:
1 año de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Organización y Dirección de
Empresas y/o Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos.
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Defensa Jurídica y Procedimientos
y/o Derecho y Legislación Nacionales.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
223
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Liderazgo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
Para efectos del perfil, se incluye la carrera de pedagogía.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Departamento de Análisis, Evaluación y Dictamen de Programas PROSEC
y Devolución de Impuestos de Importación (07-02-26).
Código
10-516-1-M1C014P-0000051-E-C-C
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 27,795.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Verificar la aplicación de los programas de promoción sectorial con el
propósito de para evaluar el cumplimiento de los objetivos establecidos en cada uno.
•
Función 1: Analizar los requisitos y la normatividad aplicable a los programas de
comercio exterior asignados para determinar los objetivos susceptibles de evaluación.
•
Función 2: Monitorear los trámites de programas, instrumentos y nuevos esquemas
de comercio exterior que se realizan a través de la ventanilla digital mexicana de
comercio exterior con el fin de dar seguimiento a su trámite y resolución.
•
Función 3: Analizar los programas de comercio exterior para proponer modificaciones
a con el fin de mejorar los procedimientos vigentes.
•
Función 4: Atender consultas de empresarios, cámaras industriales, dependencias y
unidades administrativas de la Secretaría, respecto de los programas de fomento con
el fin de que los interesados puedan presentar los trámites con los requisitos y
cumpliendo con la normativa aplicable.
•
Función 5: Analizar la información de las operaciones realizadas por empresas
usuarias de programas de comercio exterior en materia textil, a fin de establecer
criterios para el seguimiento a dichos programas.
•
Función 6: Actualizar la información sobre los programas de fomento relativos a
mercancías textiles otorgados, modificados y cancelados para contar con elementos
que permitan evaluar su cumplimiento.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Terminado o Pasante en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras
Genéricas:
Derecho,
Mercadotecnia
y
Comercio,
Relaciones Internacionales y/o Comercio Internacional.
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas: Relaciones Internacionales.
Laborales:
3 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Política Fiscal y Hacienda Pública
Nacionales, y/o Actividad Económica.
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Carreras Genéricas: Defensa Jurídica y Procedimientos, Derecho y
Legislación Nacionales y/o Derecho Internacional.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública y/o Ciencias
Políticas.
224
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 80
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Dirección de Mejora de Procesos y Promoción (08-02-26).
Código
10-191-1-M1C017P-0000017-E-C-J
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 66,362.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Normas.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Implementar procesos para la mejora en la calidad de los servicios y
productos de la Dirección General de Normas (DGN), así como promover el sistema
nacional de normalización, evaluación de la conformidad y metrología, con el fin de
fomentar la cultura de la normalización en el país.
•
Función 1: Evaluar y vigilar el sistema de gestión de la calidad, a fin de eficientar los
procesos de la Dirección General de Normas.
•
Función 2: Atender las auditorías externas de los organismos de certificación para
verificar el mantenimiento y mejora del sistema de gestión de la calidad de la
Dirección General de Normas.
•
Función 3: Formular el programa anual de auditorías, coordinar y participar en las
auditorías a fin de verificar el mantenimiento y mejora del sistema de calidad.
•
Función 4: Establecer y dar seguimiento a planes de mejora para los procesos y
servicios de la Dirección General de Normas, así como vigilar las acciones
preventivas y correctivas derivadas de las quejas, sugerencias y comentarios de los
clientes, para evitar la recurrencia en fallas.
•
Función 5: Definir y supervisar las estrategias de difusión y de distribución del
material promocional, así como, coordinar la participación de la DGN en ferias y
exposiciones, para fomentar el conocimiento de la normalización, evaluación de la
conformidad y metrología.
•
Función 6: Coordinar las actividades del centro de información y biblioteca para la
atención eficiente de las consultas competencia de la DGN.
•
Función 7: Coordinar la programación y logística de las conferencias y cursos
de calidad, en el ámbito de su competencia, para difundir el sistema nacional de
normalización, evaluación de la conformidad y metrología.
•
Función 8: Coordinar la atención del trámite autorización del logotipo Hecho en
México a través del portal, a fin de agilizar su autorización.
•
Función 9: Dirigir la operación del sistema de control de gestión de oficialía de partes
de la Dirección General de Normas, a fin de que las solicitudes sean turnadas a las
áreas correspondientes para su atención.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Ingeniería, Sistemas y Calidad, Administración
y/o Química.
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración y/o Derecho.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
225
Laborales:
5 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Organización y Dirección de
Empresas, Evaluación y/o Auditoría.
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Defensa Jurídica y Procedimientos
y/o Derecho y Legislación Nacionales.
Area General: Ciencia Política.
Carreras Genéricas: Administración Pública.
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Visión Estratégica.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 80
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Departamento Administrativo (09-02-26).
Código
10-114-1-M1C014P-0000326-E-C-D
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 27,795.00 M.N.
Adscripción
Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Gestionar los recursos humanos, financieros y materiales asignados a
la representación federal, a fin de dar cumplimiento a la normatividad en la materia y
contribuir al logro de los objetivos y metas institucionales.
•
Función 1: Coordinar la elaboración e integración del anteproyecto de presupuesto
anual conjuntamente con las áreas de la representación federal.
•
Función 2: Dar seguimiento a la ejecución del presupuesto y al cumplimiento de las
metas comprometidas en el presupuesto anual y promover oportunamente las
acciones para comprometer, devengar y ejercer el presupuesto en la representación
federal.
•
Función 3: Integrar y gestionar los trámites de pago de bienes y servicios que
requiera la representación federal con estricto apego a las disposiciones normativas
vigentes.
•
Función 4: Administrar el fondo rotatorio asignado, gestionar su comprobación y
reintegro a la tesorería de la federación (TESOFE) en los plazos establecidos.
•
Función 5: Gestionar los recursos e insumos para viáticos y pasajes del personal que
realice comisiones oficiales y promover su comprobación en los plazos establecidos.
•
Función 6: Gestionar ante la coordinación general de delegaciones federales las
solicitudes de adquisiciones de bienes, contratación de servicios, arrendamientos y
obra pública, que requiera la representación federal.
•
Función 7: Participar en la integración y actualización del Programa Anual de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios (PAAAS), el Programa Anual De Obra
Pública (PAOP) y el Programa de Baja de Bienes Muebles de la unidad.
•
Función 8: Elaborar el inventario físico de bienes muebles de la unidad y mantener
actualizado el registro de alta y baja de bienes muebles.
•
Función 9: Elaborar los instrumentos jurídicos para la contratación de bienes o
servicios y dar seguimiento a los trámites administrativos que se deriven.
•
Función 10: Coordinar la integración de información para la administración de
remuneraciones:
pago
de
sueldos,
prestaciones,
retenciones,
estímulos,
recompensas y descuentos al personal.
226
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
•
Función 11: Gestionar la contratación del personal en la representación federal, bajo
los esquemas y modalidades previstas en las disposiciones aplicables, así como de
las bajas y de otros movimientos de personal.
•
Función 12: Integrar y gestionar la información para las evaluaciones del desempeño,
de la detección de necesidades de capacitación y del programa anual de capacitación
para el personal base y de confianza de la representación federal.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: No Aplica.
Carreras Genéricas: No Aplica.
Laborales:
2 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Agrarias.
Area de Experiencia Requerida: Agronomía.
Area General: Ciencias Sociales.
Area de Experiencia Requerida: Relaciones Públicas.
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Administración, Contabilidad,
Organización Industrial y Políticas Gubernamentales, Organización
y Dirección de Empresas, Administración de Proyectos de Inversión y
Riesgo, Evaluación, Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos,
Economía Sectorial, Economía General y/o Actividad Económica.
Area General: Ciencias Tecnológicas.
Area de Experiencia Requerida: Tecnología de los Ordenadores,
Tecnología Industrial, Tecnologías de Información y Comunicaciones
y/o Tecnología de la Radio.
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Derecho y Legislación Nacionales.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública, Relaciones
Internacionales, y/o Ciencias Políticas.
Area General: Matemáticas.
Area de Experiencia Requerida: Ciencia de los Ordenadores y/o
Estadística.
Area General: Física.
Area de Experiencia Requerida: Electrónica.
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Visión Estratégica.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 80
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Departamento de Análisis de Regulaciones no Arancelarias (10-02-26).
Código
10-516-1-M1C014P-0000050-E-C-C
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 33,584.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Analizar la información de las mercancías sujetas a medidas de
regulación y restricción no arancelarias, competencia de la Secretaría de Economía para
mantener su actualización dentro de los acuerdos correspondientes.
•
Función 1: Analizar la información proporcionada por las dependencias respecto de
sustancias químicas, orgánicas e inorgánicas, farmacéuticas, equipo biológico,
nucleares para determinar la procedencia de su inclusión en los acuerdos de
regulaciones y restricciones no arancelarias correspondientes.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
227
•
Función 2: Verificar los acuerdos de las reuniones plenarias del acuerdo
de Wassenaar, grupo Australia y suministradores nucleares para actualizar las listas
de control de exportaciones adoptadas por México en materia de exportación de
armas convencionales y bienes y tecnologías de uso dual.
•
Función 3: Elaborar las fichas técnicas de las propuestas de modificación a los
acuerdos de regulaciones y restricciones no arancelarias de la Secretaría de
Economía para que se sometan a la opinión de la comisión de comercio exterior.
•
Función 4: Apoyar en el análisis de la información y documentación presentada en
las solicitudes de permisos previos de control de exportaciones de sustancias
químicas, orgánicas e inorgánicas, farmacéuticas, equipo biológico y nucleares para
elaborar los requerimientos de información adicional a las empresas en los casos que
proceda.
•
Función 5: Dar seguimiento a los acuerdos del comité de control de exportaciones en
materia de mercancías sujetas a medidas de regulación y restricción no arancelarias
para dar cumplimiento a los mismos.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Naturales y Exactas.
Carreras Genéricas: Biología.
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Derecho y/o Economía.
Area General: Ciencias de la Salud.
Carreras Genéricas: Farmacobiología y/o Química.
Laborales:
1 año de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Economía Internacional y/o
Actividad Económica.
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Derecho y Legislación Nacionales.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública y/o
Relaciones Internacionales.
Area General: Física.
Area de Experiencia Requerida: Química Física.
Area General: Química.
Area
de
Experiencia
Requerida:
Bioquímica
y/o
Química
Farmacéutica.
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Nombre de
la Plaza
Coordinación de Promoción (11-02-26).
Código
10-114-1-M1C014P-0000368-E-C-C
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 33,584.00 M.N.
Adscripción
Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Promover y difundir, en el ámbito de su competencia, los programas
institucionales de la Secretaría de Economía y de sus organismos desconcentrados y
descentralizados, vinculándose con gobiernos estatales, municipales, cámaras y otras
dependencias, con el fin de contribuir al desarrollo económico del país.
228
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
•
Función 1: Elaborar estrategias de promoción para los programas institucionales, a
fin de cumplir con los objetivos e indicadores de la representación federal.
•
Función 2: Coordinar la logística de los eventos de promoción en la representación
federal, y supervisar la elaboración de material de apoyo.
•
Función 3: Asistir a foros, universidades, cámaras y con empresas, para difundir los
programas de promoción.
•
Función 4: Realizar las minutas con los acuerdos derivadas de las reuniones con
empresarios de diferentes ramas de negocios.
•
Función 5: Analizar la información de las empresas que son susceptibles de apoyos
emergentes por parte de Gobiernos Estatales y Gobierno Federal.
•
Función 6: Analizar los proyectos susceptibles de ser financiados, para verificar el
cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento.
•
Función 7: Coordinar los trabajos de verificación de información de empresarios o
comunidad empresarial, a fin de contribuir a la autorización de financiamiento.
•
Función 8: Participar en la capacitación a empresarios y emprendedores en materia
de las actividades que permitan el desarrollo, consolidación o creación de sus
negocios.
•
Función 9: Supervisar la actualización del sistema de información SICIA para apoyo
de la población en caso de emergencia.
•
Función 10: Coordinar la capacitación y actualización del personal relacionada con
los programas de promoción económica, competencia de la Secretaría.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: No Aplica.
Carreras Genéricas: No Aplica.
Laborales:
3 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Evaluación, Administración de
Proyectos de Inversión y Riesgo, Dirección y Desarrollo de Recursos
Humanos, Administración, Contabilidad, Organización y Dirección de
Empresas, Organización Industrial y Políticas Gubernamentales,
Economía Sectorial, Economía Internacional y/o Actividad Económica.
Area General: Ciencias Tecnológicas.
Area de Experiencia Requerida: Tecnología de los Ordenadores,
Tecnologías de Información y Comunicaciones, Tecnología de la
Radio y/o Tecnología Industrial.
Area General: Ciencias Sociales.
Area
de
Experiencia
Requerida:
Relaciones
Públicas
y/o
Archivonomía y Control Documental.
Area General: Matemáticas.
Area de Experiencia Requerida: Estadística y/o Ciencia de Los
Ordenadores.
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Derecho y Legislación Nacionales.
Area General: Física.
Area de Experiencia Requerida: Electrónica.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública y/o Ciencias
Políticas.
Area General: Ciencias Agrarias.
Area de Experiencia Requerida: Agronomía.
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
229
Nombre de
la Plaza
Departamento de Enlace de Servicios Generales Estatales (12-02-26).
Código
10-114-1-M1C014P-0000074-E-C-N
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 26,005.00 M.N.
Adscripción
Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación.
Sede
(radicación)
Pachuca No. 189, Col. Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc,
C.P. 06140, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Gestionar y apoyar en el seguimiento de las contrataciones de
servicios consolidados de la Secretaría de Economía para las oficinas de representación
con el fin de que cuenten con medios para el desarrollo de sus funciones sustantivas.
•
Función 1: Integrar la información para gestionar el pago de los servicios
de mensajería para las oficinas de representación para asegurar la entrega de
documentación generada.
•
Función 2: Verificar el suministro de combustible a vehículos asignados a cada una
de las oficinas de representación para procurar el uso racional de la flotilla vehicular.
•
Función 3: Analizar la información registrada por las oficinas de representación en
materia de eficiencia energética en los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones
industriales de la Administración Pública Federal, así como el programa anual de
trabajo, para verificar que se realice conforme a las disposiciones administrativas
de carácter general.
•
Función 4: Registrar la información de las compras realizadas por las oficinas de
representación en el sistema de CompraNet para dar cumplimiento a las
disposiciones en materia de transparencia y seguimiento de las adquisiciones,
arrendamientos, servicios y obras públicas de la Administración Pública Federal.
•
Función 5: Analizar e integrar la información trimestral sobre energía, agua, consumo
de combustible y mantenimiento de las flotillas vehiculares en las oficinas de
representación para su evaluación ante el comité interno de uso eficiente de energía
de la Secretaría de Economía.
Perfil y
Requisitos
Académicos
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras
Genéricas:
Administración,
Ciencias
Políticas
y
Administración Pública, Contaduría, Derecho, Economía, Finanzas y/o
Mercadotecnia y Comercio.
Laborales:
1 año de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Contabilidad, Organización y
Dirección de Empresas, Auditoría, Economía General y/o Actividad
Económica.
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Derecho y Legislación Nacionales.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública, y/o
Ciencias Políticas.
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Visión Estratégica.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que se
Publica es de: 80
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
230
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Bases
Principios del
Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia,
objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de
género, sujetándose el desarrollo del proceso.
Y la determinación del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPC), su
Reglamento y las Disposiciones Generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10
de abril de 2003, 09 de enero de 2006; 06 de septiembre de 2007, 04 de enero de
2024; y última reforma el 19 de diciembre de 2025, respectivamente; y demás
aplicables; dichos ordenamientos legales pueden ser consultados en la siguiente liga
electrónica:
http://www.trabajaen.gob.mx/menuini/js_paginad.jsp
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección, conforme a las disposiciones vigentes.
Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto. Conforme a lo dispuesto en el Art. 21 de la
LSPC, se deberán acreditar los siguientes requisitos legales: ser ciudadana o
ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena
privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus
funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro
de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público ni encontrarse con
algún otro impedimento legal.
En el caso de personas que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario
en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la
normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y Control
Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Se solicita a las y los participantes que antes de realizar su registro al
concurso, verifiquen las carreras genéricas y específicas, así como el área
general y de experiencia, requeridas en el perfil del puesto publicado en
www.trabajaen.gob.mx, en el apartado de Documentos e Información
Relevante.
Registro de
aspirantes
De acuerdo con el Artículo 256 de las Disposiciones, la entrega de solicitudes para la
inscripción a un concurso y el registro de las y los aspirantes al mismo, se realizarán
a través de la herramienta de www.trabajaen.gob.mx, a partir del 04 de marzo de
2026, misma que al aceptar las condiciones del concurso les asignará un folio de
participación, formalizando su registro a éste, e identificándolos durante el desarrollo
del proceso hasta la etapa de entrevista con el Comité de Selección, asegurando así
el anonimato de la o el aspirante.
Para las Etapas
de Evaluación de
Conocimientos y
Habilidades
Los temarios referentes al examen de conocimientos estarán publicados en el portal
de la Dependencia.
https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/informacion-general-trabaja-en-la-
secretaria-de-Economia?state=published
y en www.trabajaen.gob.mx
El temario para estudiar lo referente al examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal se encuentra en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
La guía referente a la evaluación de habilidades se encontrará a su disposición en la
página electrónica
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/58774/guia_evaluacion_habilidades
_2013_0207.pdf
Etapa de Revisión
Documental*
Los documentos que a continuación se detallan, deberán presentarlos en original y
copia para su cotejo; para acreditar la etapa de Revisión Documental, en caso de
no contar con el original se aceptarán copias certificadas:
a)
Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso; es la primer hoja que aparece cuando ingresan a su cuenta personal
(4 copias).
b)
Cuatro impresiones del currículum registrado en la herramienta de TrabajaEn,
con el que se registró al concurso en el que participan.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
231
c)
Acta de nacimiento, carta de naturalización o tarjeta de residencia vigente.
d)
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará INE
o Pasaporte).
e)
Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el
que concursa:
•
En las plazas donde se requiere un nivel de Licenciatura Titulado en el perfil
del puesto, sólo se aceptarán: Título debidamente registrado ante la
Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública o
Cédula Profesional, o en su caso, Autorización Provisional para Ejercer la
Profesión por Título en Trámite, emitida por la Dirección General de
Profesiones (SEP).
•
De conformidad con lo establecido en el Artículo 221 de las Disposiciones,
para cubrir la escolaridad de nivel de Licenciatura con grado de avance
“Titulado” serán válidos los Títulos o grados de Maestrías o Doctorados en
las áreas de estudio y carreras estipuladas en el perfil del puesto, de
acuerdo con la Normatividad aplicable. La acreditación del grado
se realizará a través de la Cédula o Título registrado en la Secretaría de
Educación Pública.
•
De conformidad con lo
establecido por el Comité Técnico de
Profesionalización (CTP) 01/ORD-DGRH/2025 de fecha 31 de enero
de 2025, se informa que autorizó al Comité Técnico de Selección (CTS),
que los aspirantes que participan en los concursos de plazas de Enlace a
Dirección General, cuya convocatoria solicite como requisito de escolaridad
contar con título profesional o grado académico, puedan presentar el
documento que les haya emitido la Institución académica o la Secretaría de
Educación Pública, donde se especifique que el título o la cédula
profesional se encuentran en trámite así como la fecha de entrega de los
mismos; otorgando un plazo máximo de seis meses, contados a partir de la
fecha en que se llevó a cabo la recepción documental, para la entrega de la
copia simple del título y/o cédula profesional en la Dirección de Ingreso y
Concursos del SPC, para su incorporación al expediente respectivo, de
conformidad con lo dispuesto en al artículo 221 de las Disposiciones.
Finalmente, se informa que una vez recibida la documentación requerida
para acreditar la escolaridad, se hará entrega del nombramiento,
correspondiente designando a la persona candidata como ganadora del
concurso. En caso contrario, al concluir el plazo de seis meses se
procederá a realizar su baja por la falta de presentación del documento.
Asimismo, se precisa que no serán considerados los documentos que
avalen el inicio del trámite de titulación.
•
En el caso de que en el perfil del puesto se requiera nivel de Pasante de
Licenciatura y/o Terminado, deberá presentar un documento oficial que
acredite tener el 100% de los créditos, o en su defecto, la Autorización
Provisional para ejercer la Profesión, emitida por la Secretaría de
Educación Pública; y no será válido el historial académico que se
imprime de las páginas electrónicas de las Escuelas. Se anexa la siguiente
liga de consulta:
https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-autorizacion-provisional-para-
ejercer-como-pasante/SEP1239
•
Para el caso de los puestos de Enlace o Jefaturas de Departamento cuyo
perfil de puesto indique nivel de Bachillerato, se considera como cubierto el
perfil, si el aspirante demuestra mediante documento oficial que cuenta con
un nivel superior al requerido en el perfil. Sin necesidad de requerir copia
del Certificado de Bachillerato.
•
Para el caso de los puestos de Enlace o Jefaturas de Departamento cuyo
perfil de puesto requiera Carrera Técnica o Técnico Superior Universitario,
se considera como cubierto el perfil, si el aspirante cuenta con el Título
debidamente registrado ante la Secretaría de Educación Pública o Cédula
Profesional, del nivel de Licenciatura de las mismas carreras específicas
que solicita el perfil.
•
En el caso de contar con estudios en el extranjero, deberán presentar
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido
por la Secretaría de Educación Pública.
232
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
f)
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado o
sentenciada por delito doloso, no estar inhabilitado o inhabilitada para el Servicio
Público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y que la
documentación presentada es auténtica; de no haber sido beneficiada o
beneficiado por algún Programa de Retiro Voluntario en la Administración
Pública Federal. En su caso, deberán presentar en original y copia del contrato
de finiquito o documento que acredite su estatus. El ingreso estará sujeto a lo
dispuesto en la normatividad aplicable.
Así mismo, con fundamento en el Artículo 38 fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, manifestar si/no tiene sentencia firme
por la Comisión Intencional de Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal;
contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual;
por violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por
violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus
modalidades y tipos. Y por ser declarado persona deudora alimentaria morosa.
Las personas aspirantes deberán descargar el formato para el escrito bajo
protesta de decir verdad:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1050690/Carta_protesto_2026_
_SPC_.pdf
Para su llenado y entrega durante la etapa de Revisión Documental. (Evaluación
de la Experiencia y Valoración del Mérito).
Las inconsistencias o datos no verídicos presentados por las personas
aspirantes en el escrito señalado en el párrafo anterior se harán
del conocimiento del Comité Técnico de Selección de la plaza, a efecto
de que se evalúe y se determinen los efectos administrativos y/o legales
que correspondan.
g)
Documento que avale el nivel de dominio del idioma requerido en el perfil
del puesto:
•
Cuando se requiera un nivel básico, se aceptarán como constancias los
certificados de materias y/o constancias o documentos expedidos por
alguna institución.
•
Cuando el perfil de puesto requiera una constancia de nivel básico y el
aspirante cuente con una constancia que avale el nivel intermedio y/o
avanzado, se dará por entendido que cubre el nivel básico, por lo que ya no
se le requerirá documento para acreditar este nivel.
•
Para los niveles de dominio intermedio y/o avanzado, se aceptarán
certificaciones o documentos expedidos por alguna Institución de Idiomas o
lenguas extranjeras, que acredite el nivel de dominio del idioma,
constancias como el TOEFL, TEFL, IELTS, Asimismo, podrán acreditarlos
con documentos correspondientes a estudios realizados en el extranjero en
el idioma requerido, siempre y cuando se encuentren validados por la
Secretaría de Educación Pública, esto siempre que correspondan a un nivel
de estudio medio superior o superior.
•
Para los niveles de dominio intermedio y/o avanzado, en caso de contar con
certificaciones o constancias electrónicas, éstas se aceptarán para acreditar
el nivel de dominio del idioma, las cuáles deben presentar firma o sello
electrónico como reconocimiento de validez oficial.
h)
Constancias que acrediten las áreas y años de experiencia laboral requeridas en
el perfil del puesto y que manifestaron en el currículum registrado en TrabajaEn,
para lo cual podrá presentar alguna o varias de las siguientes: hoja de servicio,
contratos, talones de pago (uno de cada mes hasta completar el tiempo a
comprobar) mismos que deberán ser presentados en original y copia o con sello
digital, registro de cotizaciones del Sistema Nacional de Afiliación y Vigencia de
Derechos
(SINAVID)
con
liga
https://oficinavirtual.issste.gob.mx/Registro,
constancia
de
semanas
cotizadas
en
el
IMSS
con
liga
http://www.imss.gob.mx/derechoH/semanas-cotizadas, finiquitos (siempre
y
cuando presenten fecha de inicio y término de la relación laboral), también
pueden presentar constancias de Retención de Impuestos proporcionadas por
las Dependencias.
Las hojas de servicios y finiquitos, así como cualquier constancia laboral deberán
ser presentadas en hoja membretada, sellada y firmada. No se aceptan como
constancias las cartas de recomendación, ni depósitos en cuentas bancarias ni
nombramientos.
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DIARIO OFICIAL
233
Se aceptará como constancia de áreas y años de experiencia laboral, la
correspondiente a Servicio Social, Prácticas Profesionales y/o Programa de
Becarios. Para lo cual, deberán presentar documento oficial expedido por la
Institución Educativa con la respectiva liberación del Servicio Social y/o
Prácticas Profesionales.
Cabe señalar que se aceptará la constancia emitida del Programa Jóvenes
construyendo el futuro para acreditar años de experiencia laboral (misma que
deberá ser congruente con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil
correspondiente).
En caso de no presentar cualquiera de los documentos señalados las y/o los
aspirantes serán descartados inmediatamente del concurso, no obstante que
hayan acreditado las evaluaciones correspondientes.
Bajo ningún motivo, se solicitará a las y los participantes certificados médicos de
embarazo y VIH, o algún otro documento homólogo en el proceso de selección.
No se aceptarán bajo ningún motivo los documentos requeridos en la etapa de
revisión documental con la leyenda “Documento sin validez oficial”.
Los documentos que presenten las y los aspirantes para esta etapa se quedarán
conformando el expediente del concurso aun y cuando hayan sido descartados al no
cumplir con algún documento señalado en estas bases.
Asimismo, y de conformidad con el Artículo 266 de las Disposiciones, la DGRH para
constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en
Trabajaen, y aquella para acreditar la presente etapa, realizará consultas y cruce de
información a los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y
autoridades correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se
descartará al candidato y se ejercerán las acciones legales procedentes. Por lo que
el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido,
quedará sin efecto, sin responsabilidad para la Secretaría, la cual se reserva el
derecho de ejercer las acciones legales procedentes.
Por otro lado, para concluir con el proceso de contratación, a las y los aspirantes
que resulten ganadores o ganadoras del concurso deben presentar en original
y copia de:
a)
Clave Unica de Registro de Población, emitida por la Secretaría de Gobernación
(CURP) actualizado.
b)
Constancia de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emitida por el Servicio
de Administración Tributaria, actualizado y vigente.
c)
Comprobante de domicilio con antigüedad menor a 3 meses (luz, agua, teléfono
local y/o predial).
d)
Estado de cuenta con clabe interbancaria con antigüedad menor a 3 meses.
Etapa de
Evaluación de la
Experiencia y
Valoración del
Mérito*
Para la Etapa de Evaluación de la Experiencia, los elementos que se tomarán en
cuenta para acumular puntos, serán los siguientes:
1. Orden en los puestos desempeñados;
2. Duración en los puestos desempeñados;
3. Experiencia en el sector público;
4. Experiencia en el sector privado;
5. Experiencia en el sector social;
6. Nivel de responsabilidad;
7. Nivel de remuneración;
8. Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del
puesto vacante;
9. En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante;
Para la Etapa de Valoración del Mérito, los elementos que se tomarán en cuenta
para acumular puntos, serán los siguientes:
1.
Resultados de las evaluaciones del desempeño;
2.
Resultados de las acciones de capacitación;
3.
Resultados de procesos de certificación;
4.
Logros;
5.
Distinciones;
6.
Reconocimientos o premios;
7.
Actividad destacada en lo individual;
8.
Otros estudios;
9.
Habla de Lengua Indígena;
234
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
10. Auto descripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente
o afromexicana;
11. Perspectiva de juventudes, y
12. Persona con discapacidad.
Para conocer a detalle los documentos que podrán ser tomados en cuenta para
dichas evaluaciones, podrán consultar las Metodologías de Aplicación de los
Exámenes de Conocimientos, Evaluación de la Experiencia y la Valoración
del Mérito para el Ingreso al Servicio Profesional de Carrera, vigente a partir
del 20 de diciembre de 2025, en la página que se encuentra disponible en:
www.trabajaen.gob.mx
Asimismo, se les comunica que el día de su evaluación, deberán presentar en
original y copia, los documentos que comprueben la acreditación de dichas etapas, y
estar debidamente registrados en su Currículum Vítae de TrabajaEn que presenten
para la etapa de revisión documental, de lo contrario no serán tomados en cuenta.
*Tener en cuenta que se debe contar con la disponibilidad total el día de
las evaluaciones.
Etapas y Fechas
del concurso
De conformidad con lo establecido en la fracción III del Art. 21 de la LSPC, en el
Art. 34 del Reglamento de la LSPC, y el TITULO CUARTO, Capítulo V, Sección VIII
de las Disposiciones, publicadas en el DOF el 19 de diciembre de 2025 y el
procedimiento de selección de los aspirantes comprenderá las siguientes etapas:
I.
Revisión Curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de
Habilidades; III. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito,
IV. Entrevistas, y V. Determinación, etapas que se desahogarán de acuerdo a
las siguientes fechas:
Etapa
Fecha o plazo para puestos
Publicación de convocatoria.
04 de marzo de 2026,
Registro de aspirantes.
Del 04 de marzo de 2026, al 18
de marzo de 2026.
Evaluación de Conocimientos.
A partir del 24 de marzo de 2026.
Evaluación de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal.
A partir del 24 de marzo de 2026.
Evaluación de Habilidades.
A partir del 24 de marzo de 2026.
Revisión Documental, Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito.
A partir del 24 de marzo de 2026.
Entrevista con el Comité Técnico de
Selección.
A partir del 24 de marzo de 2026.
*Las Fechas antes mencionadas estarán sujetas a cambios dependiendo de la
agenda de los miembros del comité.
•
En todas las etapas las personas candidatas deberán considerar las previsiones
necesarias de tiempo e imprevistos para su traslado, ya que la tolerancia
máxima respecto a la hora en la que se tenga programado el inicio de cada
etapa será de quince minutos considerando la hora oficial para la Ciudad de
México, misma que se encuentra ajustada en los equipos de cómputo del área
de Ingreso. Transcurrido dicho término, no se permitirá el acceso
quedando inmediatamente descartado del concurso; por ningún motivo se
permitirá la aplicación de evaluaciones a los candidatos que se presenten
fuera de los horarios y fechas establecidas para tales efectos.
•
Las entrevistas de los puestos radicados en la Ciudad de México y el
Estado de México, podrán llevarse a cabo en cualquiera de las sedes de la
Secretaría de Economía en la Ciudad de México.
•
Las y los aspirantes deberán asistir puntualmente a sus evaluaciones o de lo
contrario, no se les permitirá la aplicación de la evaluación correspondiente.
No se aplicarán evaluaciones fuera del día y hora indicadas en el mensaje enviado
en el sistema de TrabajaEn que se les envía.
Presentación de
evaluaciones y
publicación de
resultados
La Secretaría de Economía comunicará, a través de la cuenta de TrabajaEn**,
la fecha, hora y lugar en que las y los aspirantes deberán presentarse para la
aplicación de las evaluaciones respectivas. El único medio oficial de comunicación
con las y los aspirantes será a través de la cuenta de TrabajaEn. En dichas
comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así
como, el tiempo de registro para acceso a las instalaciones de la Dependencia y el
tiempo de registro para el inicio del examen, y la documentación que deberán traer
al momento de las evaluaciones. No se aplicará la evaluación respectiva si el
participante no presenta la documentación requerida por la Dependencia.
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DIARIO OFICIAL
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**La Secretaría no se hace responsable si dicho correo electrónico no llega a la
cuenta de correo personal proporcionada por el aspirante, toda vez que no
depende de esta el envío del mismo.
La aplicación de las evaluaciones de todas las plazas adscritas a la Secretaría de
Economía en sus diferentes etapas: de conocimientos, habilidades, revisión
documental, evaluación del mérito y experiencia, se realizarán en las instalaciones
de la Secretaría, ubicadas en Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Piso 12, Col. San
Jerónimo Aculco, demarcación territorial La Magdalena Contreras, C.P. 10400,
Ciudad de México, en las oficinas de la Dirección de Ingreso y Concursos del SPC
adscrita a la Dirección General de Recursos Humanos (inclusive registros desde
el extranjero).
La acreditación de la Etapa de Revisión Curricular es indispensable para continuar
en el proceso de selección.
La calificación mínima aprobatoria del Examen de Conocimientos Técnicos será la
que determine el Comité Técnico de Selección, misma que se señala en el perfil de
cada puesto publicado en esta Convocatoria. El resultado de la evaluación se
obtendrá del total de aciertos sobre el número de reactivos que conforman
el examen.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal y conocimientos técnicos será de 50% cada uno,
para obtener un total de 100%. El resultado del examen de Conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal y del examen de conocimientos
técnicos serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de
Exámenes de conocimientos; por lo que, si el resultado es igual o superior a 70,
pasará a la etapa de habilidades. En caso de obtener un resultado entre CG
(Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal) y CT (Examen de
Conocimientos Técnicos) menor a 70, el sistema procederá al descarte.
Cualquier duda o aclaración respecto al Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal, deberá revisarse con la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno, al teléfono 55-2000-3000.
Las evaluaciones de habilidades aplicadas con la herramienta de la Secretaría de
Economía, tendrán vigencia de un año a partir de la fecha de su aplicación.
Por lo que, podrán ser considerados para otros concursos convocados por esta
Dependencia únicamente en el término señalado. Estas evaluaciones tendrán un
valor referencial, no serán motivo de descarte.
En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 231 de las disposiciones,
para la operación del Subsistema de Ingreso, en la subetapa de evaluación de la
experiencia se otorgará a las y los aspirantes registrados en los concursos con un
rango de enlace un puntaje único que equivaldrá a 100 puntos.
Para efectos de continuar con el procedimiento de selección, las y los aspirantes
deberán:
•
Aprobar el Examen de Conocimientos Técnicos, la cual es una etapa
de descarte.
•
Aprobar el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, los resultados de ambos exámenes serán sumados y la calificación
deberá ser igual o superior a 70, para aprobar la primera etapa, al no obtener la
calificación mínima aprobatoria, el sistema procederá al descarte.
•
Si aprueban las etapas antes mencionadas se procede a realizar la etapa
de habilidades.
•
Posteriormente, se realiza la Revisión Documental, la cual es una etapa
de descarte, al no presentar algún documento solicitado en las bases de
la convocatoria.
•
Si aprueban dicha etapa se procede a aplicar las etapas de evaluación de la
experiencia y valoración del mérito que no son etapas de descarte.
El puntaje obtenido en las etapas de Evaluación de Conocimientos, Conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal, de Habilidades, de Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito de las y los candidatos, serán considerados para
elaborar en orden de prelación la lista de candidatos que participarán en la etapa
de Entrevista.
Sólo en el caso de las evaluaciones de Habilidades y de acuerdo a lo dispuesto en el
Artículo 229, 230 y 231 de las disposiciones, se otorgará un total de 100 puntos que
se reflejarán en el orden de prelación, para todos los niveles de acuerdo al sistema
de puntación general aprobado por el Comité Técnico de Profesionalización, y la
calificación obtenida en cada habilidad servirá como referencia para la selección de
los candidatos por parte de los Comité Técnicos de Selección.
236
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en los
medios de comunicación: www.trabajaen.gob.mx y www.gob.mx/se/, identificándose
con el número de folio asignado para cada candidato.
El número de aspirantes a entrevistar será determinado siguiendo el orden de
prelación de las y los candidatos y se elegirá de entre ellos, a los que se consideren
aptos para el puesto, de conformidad con los criterios de evaluación de
las entrevistas.
Las y los candidatos seleccionados serán considerados finalistas. En caso de que
ninguno de los candidatos entrevistados resulte finalista, el Comité Técnico de
Selección, continuará entrevistando en el orden de prelación que les corresponda a
los demás candidatos que hubieren aprobado, según lo señalado en la conformación
de la prelación para acceder a entrevista ante el Comité de Selección hasta llegar a
un máximo de cinco aspirantes.
Sólo serán consideradas y/o considerados como finalistas, las y los candidatos que
hayan obtenido el Puntaje Mínimo de Aptitud, que equivale a un total de 70 puntos,
en una escala de 0 a 100 puntos. Mismos que pasarán a la Etapa de Determinación.
Sistema de
Puntuación
En la Etapa de Determinación el Comité Técnico de Selección, de conformidad con
lo establecido en el Artículo 230 y 234 de las Disposiciones, resolverá el proceso de
selección, de acuerdo al siguiente Sistema de Puntuación:
Sistema de Puntuación a aplicar en los concursos de esta Convocatoria.
Director General a Enlace:
Examen de Conocimientos Técnicos
15
Examen de Conocimientos Generales de la APF
15
Evaluación de Habilidades
15
Evaluación de la Experiencia
15
Valoración del Mérito
10
Entrevista
30
Total
100
Es importante mencionar que:
•
El examen de conocimientos técnicos es motivo de descarte de acuerdo a la
calificación mínima aprobatoria autorizada por el Comité Técnico de Selección.
•
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal y conocimientos técnicos será de 50% cada uno,
para obtener un total de 100%.
•
El resultado del examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y del examen de conocimientos técnicos serán sumados, con el
objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de Exámenes de conocimientos.
El puntaje debe ser igual o superior a 70. En caso de obtener un resultado entre
CG (Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal) y CT
(Examen de Conocimientos Técnicos) menor a 70, el sistema procederá
al descarte.
Entrevista con el
Comité Técnico
de Selección*
Para la etapa de entrevista, esta se llevará a cabo de manera presencial, conforme a
los criterios y al procedimiento establecido. No obstante, de manera excepcional y
exclusivamente para los Integrantes del Comité Técnico de Selección (CTS) de la
plaza en concurso, será posible realizar su participación de forma remota, a través
de la plataforma de videoconferencia facilitada por la Dirección General de
Tecnologías de la Información (DGTI) y puesta a disposición del área de Ingreso,
para el desahogo de las sesiones del CTS.
En todos los casos, la persona candidata deberá presentarse de manera presencial
en la sede y horario establecidos.
•
La etapa de entrevista deberá desarrollarse de conformidad con los siguientes
criterios de evaluación: contexto, estrategia, resultado y participación. Dichos
criterios se calificarán con la misma ponderación, de manera que cada miembro
asentará la calificación que corresponda de una escala de 0 a 100 puntos sin
decimales a cada candidato y por cada uno de los criterios de evaluación.
•
Finalmente, el sistema de TrabajaEn calculará, con base en el promedio la
calificación de cada candidato en la entrevista y el Sistema de Puntuación
General, los puntos correspondientes a dicha etapa.
Reserva de
Candidatos
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera, las y los aspirantes que obtengan, el puntaje mínimo de
aptitud, y no resulten ganadores en el concurso serán considerados finalistas.
Siendo el puntaje mínimo de aptitud de setenta (70) puntos. Quedarán integrados
durante un año contado a partir de la publicación de los resultados finales del
concurso respectivo. Ello a reserva de aspirantes del puesto de que se trate en la
Secretaría de Economía.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
237
Resolución de
dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las y los aspirantes
formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso,
se pone a su disposición el correo electrónico reclutamiento@Economía.gob.mx y al
teléfono 55-56-29-95-00 ext. 57106, 59024, 34012, 59056, 59057 y 59058.
Es importante mencionar que las dudas o comentarios respecto de las plazas en
concurso se esclarecerán durante el periodo de registro de los aspirantes que marca
el calendario de la convocatoria.
Cualquier duda o aclaración respecto al Examen de Conocimientos Generales
de la Administración Pública Federal, deberá revisarse directamente con la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, al teléfono 55-2000-3000.
Sobre
Reactivación
de Folios
En atención a los Artículos 246, 260 y 261 del Acuerdo por el que se establecen las
disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, con liga https://www.trabajaen.gob.mx/info/MaagmrhoMspc.pdf
se informa:
El Comité Técnico de Selección podrá determinar, bajo su responsabilidad y por
mayoría de votos, la reactivación de los folios de las y los aspirantes que hayan sido
descartadas o descartados en alguna fase del concurso público, siempre y cuando
se encuentre en los siguientes supuestos:
•
Cuando el descarte del folio sea originado por causas no imputables a los
aspirantes;
•
Cuando por errores en la captura de información u omisiones que se acrediten
fehacientemente.
En los casos anteriores, cuando el CTS determine la procedencia de adoptar estas
medidas, deberá ser documentadas. El sistema TrabajaEn deberá documentar el
error o errores con las impresiones de pantalla correspondientes.
Todas las plazas incluidas en esta convocatoria son sujetas a este proceso; por lo
que él o la aspirante tendrá únicamente el periodo de registro e inscripción a las
plazas para presentar su escrito de solicitud de reactivación de folio, el cual se
deberá
remitir
mediante
escrito
al
correo
electrónico:
reclutamiento@Economía.gob.mx
El escrito deberá contener las características y anexar la documentación siguiente:
•
Estar dirigido al Comité Técnico de Selección del puesto en concurso, con firma
autógrafa y escaneado en formato PDF.
•
Manifestar los hechos por los cuales la herramienta de TrabajaEn, emitió un folio
de rechazo y anexar la impresión que para tales efectos emite el sistema con
firma autógrafa, escaneado en formato PDF.
•
Señalar e incluir la impresión de pantalla que emite el Sistema de TrabajaEn, en
la que se observa el número de folio de rechazo en el concurso.
•
Señalar un correo electrónico a través del cual se dará contestación a su
solicitud.
•
Impresión de su currículum registrado en TrabajaEn al momento de realizar la
inscripción.
•
Original y Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y
nivel académico.
•
Un juego de su Currículum Vítae, en formato libre, donde detalle su experiencia
y funciones.
Cabe señalar que la reactivación de folio aplica únicamente para la etapa de registro
de inscripción (en el sistema aparece como revisión curricular); para las otras etapas
los Comités Técnicos de Selección no contemplan esta opción. Es importante el
señalar que, concluido el periodo establecido para la solicitud de reactivación de
folios, no se tramitará solicitud alguna.
En
caso
de
duda,
se
pone
a
su
disposición
el
correo
electrónico
reclutamiento@Economía.gob.mx
Para la validación
de calificación de
exámenes de
conocimientos
Los resultados de las evaluaciones de Conocimientos Técnicos tendrán una vigencia
de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso y siempre que no cambie el
temario o se actualice la normatividad con el cual se evalúo la capacidad técnica de
que se trate.
En caso de encontrarse en este supuesto, el o la aspirante deberá solicitar al Comité
Técnico de Selección, que sea respetada su calificación obtenida en el concurso
anterior de la plaza; toda vez que el temario del nuevo concurso no tuvo
modificaciones.
238
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Todas las plazas incluidas en esta Convocatoria son sujetas a este proceso.
El o la aspirante únicamente tendrá el periodo de registro e inscripción a las plazas,
así como el día de la evaluación de Conocimientos Técnicos, para presentar su
escrito de solicitud en las oficinas de la Dirección General de Recursos Humanos
ubicadas en Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Piso 7, Colonia San Jerónimo Aculco,
demarcación territorial La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México, en
la Dirección de Ingreso y Concursos del SPC, en un horario de 10:00 a 14:30 horas;
el escrito deberá:
•
Estar dirigido al Comité Técnico de Selección del puesto en concurso.
•
Manifestar que desea se tome la calificación obtenida previamente en el
concurso en la etapa de evaluación de conocimientos, para este nuevo
concurso.
•
Señalar e incluir el folio y clave de “RhNet” del concurso anterior y del nuevo.
Disposiciones
Generales
1.
La vigencia del Examen General de Conocimientos de la Administración Pública
Federal es de un año. Si desean renunciar a su calificación y volver a aplicar
deberán contactar a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Todos los
temas relacionados con este examen deberán revisarse directamente en
dicha Secretaría.
2.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultar los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
4.
Las y los concursantes podrán presentar el recurso de inconformidad ante
el Area de Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la
Secretaría de Economía y el recurso de revocación ante la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno. Cabe señalar que los recursos antes
mencionados deberán presentarse en términos de lo dispuesto por la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y su Reglamento.
5.
Los datos personales de las y los concursantes son confidenciales,
aun después de concluido el concurso, serán protegidos por las disposiciones
en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y distribución de
datos personales aplicables.
6.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección, conforme a las disposiciones aplicables. Se
privilegia la observancia de los principios rectores del Sistema, mediante el
envío de un correo electrónico dirigido al Secretario Técnico de dicho Comité
reclutamiento@Economía.gob.mx
7.
El área de ingreso de la SE dará respuesta en un plazo no mayor a 15 días
hábiles, en caso de que algún aspirante solicite una revisión del examen de
Conocimientos Técnico; se deberá presentar una solicitud dirigida al Comité
de
la
plaza
en
concurso,
firmada
y
escaneada
al
correo
de
reclutamiento@Economía.gob.mx, “…En los casos en que el CTS determine la
revisión de exámenes, esta sólo podrá efectuarse con respecto de la correcta
aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos
utilizados sin que ello implique la entrega de los reactivos ni de las opciones de
respuesta en ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o de los
criterios de evaluación.” artículo 265 del Acuerdo. Teniendo como plazo 20 días
hábiles para su resolución, después de su solicitud.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por Acuerdo de los Comités Técnicos de Selección
Directora de Ingreso y Concursos del SPC de la Secretaría de Economía y
Secretaria Técnica en el Comité Técnico de Selección del Servicio Profesional de Carrera
Lic. Lourdes Georgette Arredondo Cortés
Rúbrica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
239
Secretaría de Economía
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos 21, 22,
24, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y artículos 17,18, 32, fracción II, 34, 35, 36, 36 BIS, 37, 38, 39, 40 y 92 de su Reglamento, y
artículos 230, 241 al 243, 246, 247 y 253 al 288, del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal en vigor, emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA 03-2026
Dirigida a la ciudadanía en general interesada en integrarse al Servicio Profesional de Carrera de la
Administración Pública Federal y al personal del servicio público interesado en participar en los concursos por
las siguientes plazas vacantes:
Nombre de la
Plaza
Enlace de Organización y Control Documental (01-03-26).
Código
10-710-1-E1C007P-0000936-E-C-S
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 14,270.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Recursos Humanos.
Sede
(radicación)
Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Col. San Jerónimo Aculco, Demarcación Territorial
La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Analizar la documentación que se generan en el área de
adscripción, así como los que ingresan por diversas autoridades para su registro,
clasificación y resguardo.
•
Función 1: Apoyar en la integración de la documentación inherente a los asuntos
específicos que correspondan a fin de prevenir posibles omisiones que pongan
en riesgo la operación.
•
Función 2: Apoyar con la organización de los expedientes que se generan en el
área para su ágil localización.
•
Función 3: Analizar información de diversos temas para registrar su contenido y
facilitar el acceso a los originales.
•
Función 4: Depurar la información registrada en el control interno con el
propósito de contar con documentación actualizada y veraz para la toma de
decisiones y conforme a la normatividad establecida.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Preparatoria o Bachillerato Terminado o Pasante en:
Area General: No aplica.
Carreras Genéricas: No aplica.
Laborales:
2 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Apoyo Ejecutivo
y/o
Administrativo.
Area General: Ciencia Política.
Carreras Genéricas: Administración Pública.
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1. Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Liderazgo.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que
se Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
240
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Nombre de la
Plaza
Subdirección de Planeación Institucional (02-03-26).
Código
10-710-1-M1C016P-0000880-E-C-M
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 53,692.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Recursos Humanos.
Sede
(radicación)
Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Col. San Jerónimo Aculco, Demarcación Territorial
La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Supervisar y analizar que las estrategias operativas contribuyan al
impacto positivo en la unidad administrativa, a fin de determinar los ajustes
metodológicos en cumplimiento a los objetivos institucionales.
•
Función
1:
Elaborar
informes
estadísticos
del
cumplimiento
de
las
responsabilidades de las áreas adscritas a la unidad administrativa, a fin de
detectar áreas de oportunidad susceptibles a mejorar.
•
Función 2: Vigilar que la información que se reporta a las instancias
fiscalizadoras de cumplimiento a las especificaciones requeridas, para prevenir
posibles inconsistencias.
•
Función 3: Coordinar la aplicación de los lineamientos y políticas que se
deberán observar en el área, para garantizar el cumplimiento oportuno de los
trámites y resoluciones.
•
Función 4: Contribuir en la planeación de líneas de acción que permitan dar
atención a los compromisos institucionales, para el cumplimiento de manera
oportuna.
•
Función 5: Verificar la integración de los indicadores estratégicos institucionales
para contar con estándares confiables de la operación.
•
Función 6: Coordinar y supervisar la elaboración de informes institucionales para
asegurar que cumplan con el marco normativo aplicable.
•
Función 7: Establecer canales de comunicación con las diferentes áreas, a fin
de impulsar estrategias que contribuyan a mejorar la interacción administrativa en
cumplimientos a los objetivos institucionales.
Perfil y
Requisitos
Académicos
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Administración Pública,
Ciencias Sociales, Mercadotecnia y Comercio, Derecho,
Relaciones Internacionales, Contaduría y/o Economía.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Ingeniería y/o Administración.
Laborales:
3 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Organización y Dirección de
Empresas,
Actividad
Económica,
Administración
y/o
Contabilidad.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia Requerida: Derecho y Legislación
Nacionales.
Area General: Ciencias Tecnológicas.
Area de Experiencia Requerida: Tecnologías de Información y
Comunicaciones.
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1. Negociación.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que
se Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
241
Nombre de la
Plaza
Enlace de Control de Documentos de Archivo (03-03-26).
Código
10-710-1-E1C008P-0000824-E-C-M
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 16,059.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Recursos Humanos.
Sede
(radicación)
Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Col. San Jerónimo Aculco, Demarcación Territorial
La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Atender solicitudes de información laboral de personal activo e
inactivo de la SE, para plasmarla en los medios físicos requeridos por los interesados
y áreas autorizadas.
•
Función 1: Recibir y registrar solicitudes de información laboral del personal
activo e inactivo de la SE, para obtener la información de los archivos que obran
en el área.
•
Función 2: Elaborar constancias de evoluciones salariales solicitadas, para que
los interesados continúen con los trámites que les son requeridos por terceras
instituciones.
•
Función 3: Validar y emitir hojas únicas de servicio, así como de diversas
constancias laborales que soliciten los interesados, para los trámites que éstos
requieran.
•
Función 4: Integrar las respuestas correspondientes en oficios y notas para
atender los requerimientos del órgano interno de control en esta secretaría, y de
áreas internas autorizadas.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Terminado o Pasante en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Biblioteconomía, Ciencias
Políticas
y
Administración
Pública,
Archivonomía
y/o
Administración Pública.
Laborales:
Menor a un año de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Organización y Dirección de
Empresas, Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo y/o Dirección y
Desarrollo de Recursos Humanos.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
Area General: Ciencias Sociales.
Area de Experiencia Requerida: Archivonomía y Control
Documental.
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1.Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Liderazgo.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que
se Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
242
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Nombre de la
Plaza
Departamento de Control Presupuestal (04-03-26).
Código
10-710-1-M1C014P-0000858-E-C-M
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 31,128.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Recursos Humanos.
Sede
(radicación)
Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Col. San Jerónimo Aculco, Demarcación Territorial
La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Supervisar que el presupuesto autorizado permita disponer de los
recursos necesarios para cubrir las remuneraciones del personal y cumplir con las
obligaciones de pago a terceros, así como verificar el registro de los movimientos de
plazas tales como: conversiones, creaciones, cancelaciones y reubicaciones internas
y externas del sector central de la Secretaría de Economía.
•
Función 1: Elaborar el calendario anual del presupuesto que permita contar con
la disponibilidad para efectuar el pago de las remuneraciones y sus
repercusiones y con ello dar cumplimiento a lo dispuesto en la normatividad
aplicable y conforme a la programación de las obligaciones de pago.
•
Función 2: Controlar que las erogaciones relacionadas con las remuneraciones
y sus repercusiones se aplique de conformidad con el clasificador por objeto del
gasto vigente.
•
Función 3: Verificar que las adecuaciones presupuestarias se realicen en apego
a la normatividad aplicable, con la finalidad de asegurar la disponibilidad
presupuestaria y con ello efectuar el pago de las remuneraciones y sus
repercusiones.
•
Función 4: Verificar que los cálculos de las plazas eventuales se realicen
conforme a los tabuladores y parámetros vigentes emitidos por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, a fin de garantizar la autorización correspondiente.
•
Función 5: Verificar que el registro de los movimientos a las estructuras
ocupacionales se realice conforme los criterios operacionales establecidos por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para atender las solicitudes de las
áreas requirentes.
•
Función 6: Revisar la actualización y registro de la plantilla de datos laborales en
el sistema de control presupuestario de los servicios personales de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público para dar cumplimiento al calendario establecido
para dicho fin.
•
Función 7: Elaborar los informes presupuestarios, con la finalidad de atender en
tiempo y forma con los requerimientos de diversas instancias.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras
Genéricas:
Administración
Pública,
Finanzas,
Ciencias Políticas y Administración Pública, Administración,
Contaduría y/o Economía.
Laborales:
1 año de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales, Contabilidad, Organización y Dirección de
Empresas, Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo, Dirección y
Desarrollo de Recursos Humanos y/o Economía General.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que
se Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité Técnico
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 3 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
243
Nombre de la
Plaza
Subdirección de Operación y Control (05-03-26).
Código
10-710-1-M1C015P-0000839-E-C-M
Número de
vacantes
01
Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$ 39,078.00 M.N.
Adscripción
Dirección General de Recursos Humanos.
Sede
(radicación)
Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Col. San Jerónimo Aculco, Demarcación Territorial
La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México.
Objetivos y
Funciones
Principales
Objetivo General: Supervisar la integración de información en materia del Registro
de Servidores Públicos del Gobierno Federal (RUSP), el proceso de alineación de
plazas en los sistemas del RHNET de la Secretaría de la Función Pública y la
actualización de información en el sistema de portales de transparencia (SIPOT).
•
Función 1: Supervisar la integración del archivo de datos personales,
información básica y de bajas del personal de la Secretaría para su envío a la
Secretaría de la Función Pública, a través del sistema del Registro de Servidores
Públicos del Gobierno Federal, denominado RUSP, para dar cumplimiento a la
normatividad vigente y atender compromisos y convenios con diversas
instituciones de la administración pública federal que utilizan la información
registrada.
•
Función 2: Supervisar la alineación puesto persona del personal de libre
designación, designación directa, gabinete de apoyo y movimiento lateral dentro
del sistema RHNET, para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por la
Secretaría de la Función Pública.
•
Función 3: Desarrollar los procedimientos para promover que las personas
servidoras públicas de la dependencia incorporen su información técnica y
complementaria a través del Sistema del Registro de Servidores Públicos del
Gobierno Federal, denominado RUSP, a fin de propiciar el cumplimiento a la
obligación establecida por la Secretaría De La Función Pública.
•
Función 4: Supervisar la resolución de problemas técnicos y/o normativos que
se presenten en el proceso de registro y captura de información de las personas
servidoras públicas de la dependencia en el sistema del Registro de Servidores
Públicos del Gobierno Federal, denominado RUSP, para apoyar a la persona
servidora pública en el cumplimiento oportuno de la normatividad aplicable.
•
Función 5: Supervisar la actualización del sistema de portales de transparencia
(SIPOT) en el ámbito de competencia de la Dirección de Administración de
Remuneraciones, para cumplir con las obligaciones establecidas, en la
normatividad aplicable.
•
Función 6: Supervisar que la información de los datos de sueldo bruto mensual
de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía enviados a la
Secretaría de la Función Pública a través del RUSP, se publiquen en el portal de
nómina transparente de la administración pública federal, de forma oportuna y
correcta, a fin de cumplir con la normatividad vigente y propiciar la transparencia
y rendición de cuentas.
•
Función 7: Supervisar que la información integrada en el registro de servidores
públicos de la administración pública federal que intervienen en procedimientos
de contrataciones públicas, el otorgamiento de licencias, permisos, concesiones
y autorizaciones, así como en la enajenación de bienes muebles de la
administración pública federal y en la asignación y emisión de dictámenes en
materia de avalúos y justipreciación de rentas (RENIRESP), a través RUSP, sea
oportuna y veraz, a fin de que la ciudadanía pueda consultar qué personas
servidoras públicas de la Secretaría de Economía intervienen en dichos
procesos.
•
Función 8: Supervisar la elaboración de reportes, integración de información y el
seguimiento de volantes de trámites ingresados, a fin de atender oportunamente
los requerimientos de áreas internas o externas.
Perfil y
Requisitos
Académicos:
Licenciatura o Profesional Titulado en:
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración Pública, Contaduría,
Ciencias Políticas y Administración Pública, Administración y/o
economía.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Ingeniería.
244
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Laborales:
3 años de experiencia en:
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos, Economía General, Contabilidad y/o
Administración.
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1. Trabajo en Equipo.
Ponderación: 50
Habilidad 2. Orientación a Resultados.
Ponderación: 50
Idioma:
No aplica.
Otros:
No aplica.
La Calificación Mínima del Examen de Conocimiento de Conformidad al Temario que
se Publica es de: 70
Conformación de
la prelación para
acceder a
entrevista ante el
Comité de
Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinó entrevistar hasta 7 candidatos conforme al orden de
prelación que emita el sistema de TrabajaEn, para tales efectos
se dividirá en dos fases en la primera se citará y entrevistará a
los primeros 3 aspirantes con la más alta prelación y en caso de
no contar con al menos un finalista de entre los candidatos ya
entrevistados, se continuará entrevistando a los 2 candidatos
restantes. (Ver etapas del concurso en las bases de la
convocatoria).
Bases
Principios del
Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia,
objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de
género, sujetándose el desarrollo del proceso.
Y la determinación del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPC), su
Reglamento y las Disposiciones Generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10
de abril de 2003, 09 de enero de 2006; 06 de septiembre de 2007, 04 de enero de
2024; y última reforma el 19 de diciembre de 2025, respectivamente; y demás
aplicables; dichos ordenamientos legales pueden ser consultados en la siguiente liga
electrónica:
http://www.trabajaen.gob.mx/menuini/js_paginad.jsp
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité
Técnico de Selección, conforme a las disposiciones vigentes.
Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto. Conforme a lo dispuesto en el Art. 21 de la
LSPC, se deberán acreditar los siguientes requisitos legales: ser ciudadana o
ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena
privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus
funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de
algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público ni encontrarse con algún
otro impedimento legal.
En el caso de personas que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en
la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la
normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y Control
Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Se solicita a las y los participantes que antes de realizar su registro al concurso,
verifiquen las carreras genéricas y específicas, así como el área general y de
experiencia,
requeridas
en
el
perfil
del
puesto
publicado
en
www.trabajaen.gob.mx, en el apartado de Documentos e Información Relevante.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
245
Registro de
aspirantes
De acuerdo con el Artículo 256 de las Disposiciones, la entrega de solicitudes para la
inscripción a un concurso y el registro de las y los aspirantes al mismo, se realizarán a
través de la herramienta de www.trabajaen.gob.mx, a partir del 04 de marzo de 2026,
misma que al aceptar las condiciones del concurso les asignará un folio de
participación, formalizando su registro a éste, e identificándolos durante el desarrollo
del proceso hasta la etapa de entrevista con el Comité de Selección, asegurando así
el anonimato de la o el aspirante.
Para las Etapas
de Evaluación de
Conocimientos y
Habilidades
Los temarios referentes al examen de conocimientos estarán publicados en el portal
de la Dependencia.
https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/informacion-general-trabaja-en-la-
secretaria-de-economia?state=published
y en www.trabajaen.gob.mx
El temario para estudiar lo referente al examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal se encuentra en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
La guía referente a la evaluación de habilidades se encontrará a su disposición en la
página electrónica
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/58774/guia_evaluacion_habilidades_
2013_0207.pdf
Etapa de
Revisión
Documental*
Los documentos que a continuación se detallan, deberán presentarlos en original y
copia para su cotejo; para acreditar la etapa de Revisión Documental, en caso de no
contar con el original se aceptarán copias certificadas:
a)
Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso; es la primer hoja que aparece cuando ingresan a su cuenta personal
(4 copias).
b)
Cuatro impresiones del currículum registrado en la herramienta de TrabajaEn,
con el que se registró al concurso en el que participan.
c)
Acta de nacimiento, carta de naturalización o tarjeta de residencia vigente.
d)
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará INE o Pasaporte).
e)
Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el
que concursa:
•
En las plazas donde se requiere un nivel de Licenciatura Titulado en el perfil
del puesto, sólo se aceptarán: Título debidamente registrado ante la
Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública o
Cédula Profesional, o en su caso, Autorización Provisional para Ejercer la
Profesión por Título en Trámite, emitida por la Dirección General de
Profesiones (SEP).
•
De conformidad con lo establecido en el Artículo 221 de las Disposiciones,
para cubrir la escolaridad de nivel de Licenciatura con grado de avance
“Titulado” serán válidos los Títulos o grados de Maestrías o Doctorados en
las áreas de estudio y carreras estipuladas en el perfil del puesto, de
acuerdo con la Normatividad aplicable. La acreditación del grado se realizará
a través de la Cédula o Título registrado en la Secretaría de Educación
Pública.
•
De
conformidad
con
lo
establecido
por
el
Comité
Técnico
de
Profesionalización (CTP) 01/ORD-DGRH/2025 de fecha 31 de enero
de 2025, se informa que autorizó al Comité Técnico de Selección (CTS), que
los aspirantes que participan en los concursos de plazas de Enlace a
Dirección General, cuya convocatoria solicite como requisito de escolaridad
contar con título profesional o grado académico, puedan presentar el
documento que les haya emitido la Institución académica o la Secretaría de
Educación Pública, donde se especifique que el título o la cédula profesional
se encuentran en trámite así como la fecha de entrega de los mismos;
otorgando un plazo máximo de seis meses, contados a partir de la fecha en
que se llevó a cabo la recepción documental, para la entrega de la copia
simple del título y/o cédula profesional en la Dirección de Ingreso y
Concursos del SPC, para su incorporación al expediente respectivo, de
conformidad con lo dispuesto en al artículo 221 de las Disposiciones.
246
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Finalmente, se informa que una vez recibida la documentación requerida
para acreditar la escolaridad, se hará entrega del nombramiento,
correspondiente designando a la persona candidata como ganadora del
concurso. En caso contrario, al concluir el plazo de seis meses se procederá
a realizar su baja por la falta de presentación del documento. Asimismo, se
precisa que no serán considerados los documentos que avalen el inicio del
trámite de titulación.
•
En el caso de que en el perfil del puesto se requiera nivel de Pasante de
Licenciatura y/o Terminado, deberá presentar un documento oficial que
acredite tener el 100% de los créditos, o en su defecto, la Autorización
Provisional para ejercer la Profesión, emitida por la Secretaría de Educación
Pública; y no será válido el historial académico que se imprime de las
páginas electrónicas de las Escuelas. Se anexa la siguiente liga de consulta:
https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-autorizacion-provisional-para-
ejercer-como-pasante/SEP1239
•
Para el caso de los puestos de Enlace o Jefaturas de Departamento cuyo
perfil de puesto indique nivel de Bachillerato, se considera como cubierto el
perfil, si el aspirante demuestra mediante documento oficial que cuenta con
un nivel superior al requerido en el perfil. Sin necesidad de requerir copia del
Certificado de Bachillerato.
•
Para el caso de los puestos de Enlace o Jefaturas de Departamento cuyo
perfil de puesto requiera Carrera Técnica o Técnico Superior Universitario,
se considera como cubierto el perfil, si el aspirante cuenta con el Título
debidamente registrado ante la Secretaría de Educación Pública o Cédula
Profesional, del nivel de Licenciatura de las mismas carreras específicas que
solicita el perfil.
•
En el caso de contar con estudios en el extranjero, deberán presentar
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido
por la Secretaría de Educación Pública.
f)
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado o sentenciada
por delito doloso, no estar inhabilitado o inhabilitada para el Servicio Público, no
pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y que la documentación
presentada es auténtica; de no haber sido beneficiada o beneficiado por algún
Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal. En su caso,
deberán presentar en original y copia del contrato de finiquito o documento que
acredite su estatus. El ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad
aplicable.
Así mismo, con fundamento en el Artículo 38 fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, manifestar si/no tiene sentencia firme
por la Comisión Intencional de Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal;
contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual;
por violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por
violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus
modalidades y tipos. Y por ser declarado persona deudora alimentaria morosa.
Las personas aspirantes deberán descargar el formato para el escrito bajo
protesta de decir verdad:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1050690/Carta_protesto_2026_
_SPC_.pdf
Para su llenado y entrega durante la etapa de Revisión Documental.
(Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito).
Las inconsistencias o datos no verídicos presentados por las personas aspirantes
en el escrito señalado en el párrafo anterior se harán del conocimiento del Comité
Técnico de Selección de la plaza, a efecto de que se evalúe y se determinen los
efectos administrativos y/o legales que correspondan.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
247
g)
Documento que avale el nivel de dominio del idioma requerido en el perfil del
puesto:
•
Cuando se requiera un nivel básico, se aceptarán como constancias los
certificados de materias y/o constancias o documentos expedidos por alguna
institución.
•
Cuando el perfil de puesto requiera una constancia de nivel básico y el
aspirante cuente con una constancia que avale el nivel intermedio y/o
avanzado, se dará por entendido que cubre el nivel básico, por lo que ya no
se le requerirá documento para acreditar este nivel.
•
Para los niveles de dominio intermedio y/o avanzado, se aceptarán
certificaciones o documentos expedidos por alguna Institución de Idiomas o
lenguas extranjeras, que acredite el nivel de dominio del idioma, constancias
como el TOEFL, TEFL, IELTS, Asimismo, podrán acreditarlos con
documentos correspondientes a estudios realizados en el extranjero en el
idioma requerido, siempre y cuando se encuentren validados por la
Secretaría de Educación Pública, esto siempre que correspondan a un nivel
de estudio medio superior o superior.
•
Para los niveles de dominio intermedio y/o avanzado, en caso de contar con
certificaciones o constancias electrónicas, éstas se aceptarán para acreditar
el nivel de dominio del idioma, las cuáles deben presentar firma o sello
electrónico como reconocimiento de validez oficial.
h)
Constancias que acrediten las áreas y años de experiencia laboral requeridas en
el perfil del puesto y que manifestaron en el currículum registrado en TrabajaEn,
para lo cual podrá presentar alguna o varias de las siguientes: hoja de servicio,
contratos, talones de pago (uno de cada mes hasta completar el tiempo a
comprobar) mismos que deberán ser presentados en original y copia o con sello
digital, registro de cotizaciones del Sistema Nacional de Afiliación y Vigencia de
Derechos
(SINAVID)
con
liga
https://oficinavirtual.issste.gob.mx/Registro,
constancia
de
semanas
cotizadas
en
el
IMSS
con
liga
http://www.imss.gob.mx/derechoH/semanas-cotizadas,
finiquitos
(siempre
y
cuando presenten fecha de inicio y término de la relación laboral), también
pueden presentar constancias de Retención de Impuestos proporcionadas por las
Dependencias.
Las hojas de servicios y finiquitos, así como cualquier constancia laboral deberán
ser presentadas en hoja membretada, sellada y firmada. No se aceptan como
constancias las cartas de recomendación, ni depósitos en cuentas bancarias ni
nombramientos.
Se aceptará como constancia de áreas y años de experiencia laboral, la
correspondiente a Servicio Social, Prácticas Profesionales y/o Programa de
Becarios. Para lo cual, deberán presentar documento oficial expedido por la
Institución Educativa con la respectiva liberación del Servicio Social y/o
Prácticas Profesionales.
Cabe señalar que se aceptará la constancia emitida del Programa Jóvenes
construyendo el futuro para acreditar años de experiencia laboral (misma que
deberá ser congruente con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil
correspondiente).
En caso de no presentar cualquiera de los documentos señalados las y/o los
aspirantes serán descartados inmediatamente del concurso, no obstante que
hayan acreditado las evaluaciones correspondientes.
Bajo ningún motivo, se solicitará a las y los participantes certificados médicos de
embarazo y VIH, o algún otro documento homólogo en el proceso de selección.
No se aceptarán bajo ningún motivo los documentos requeridos en la etapa de
revisión documental con la leyenda “Documento sin validez oficial”.
Los documentos que presenten las y los aspirantes para esta etapa se quedarán
conformando el expediente del concurso aun y cuando hayan sido descartados al no
cumplir con algún documento señalado en estas bases.
248
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Asimismo, y de conformidad con el Artículo 266 de las Disposiciones, la DGRH para
constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en
Trabajaen, y aquella para acreditar la presente etapa, realizará consultas y cruce de
información a los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y
autoridades correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se
descartará al candidato y se ejercerán las acciones legales procedentes. Por lo que el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, quedará
sin efecto, sin responsabilidad para la Secretaría, la cual se reserva el derecho de
ejercer las acciones legales procedentes.
Por otro lado, para concluir con el proceso de contratación, a las y los aspirantes que
resulten ganadores o ganadoras del concurso deben presentar en original y copia de:
a)
Clave Unica de Registro de Población, emitida por la Secretaría de Gobernación
(CURP) actualizado.
b)
Constancia de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emitida por el Servicio
de Administración Tributaria, actualizado y vigente.
c)
Comprobante de domicilio con antigüedad menor a 3 meses (luz, agua, teléfono
local y/o predial).
d)
Estado de cuenta con clave interbancaria con antigüedad menor a 3 meses.
Etapa de
Evaluación de la
Experiencia y
Valoración del
Mérito*
Para la Etapa de Evaluación de la Experiencia, los elementos que se tomarán en
cuenta para acumular puntos, serán los siguientes:
1. Orden en los puestos desempeñados;
2. Duración en los puestos desempeñados;
3. Experiencia en el sector público;
4. Experiencia en el sector privado;
5. Experiencia en el sector social;
6. Nivel de responsabilidad;
7. Nivel de remuneración;
8. Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del
puesto vacante;
9. En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante;
Para la Etapa de Valoración del Mérito, los elementos que se tomarán en cuenta para
acumular puntos, serán los siguientes:
1.
Resultados de las evaluaciones del desempeño;
2.
Resultados de las acciones de capacitación;
3.
Resultados de procesos de certificación;
4.
Logros;
5.
Distinciones;
6.
Reconocimientos o premios;
7.
Actividad destacada en lo individual;
8.
Otros estudios;
9.
Habla de Lengua Indígena;
10. Auto descripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o
afromexicana;
11. Perspectiva de juventudes, y
12. Persona con discapacidad.
Para conocer a detalle los documentos que podrán ser tomados en cuenta para
dichas evaluaciones, podrán consultar las Metodologías de Aplicación de los
Exámenes de Conocimientos, Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito
para el Ingreso al Servicio Profesional de Carrera, vigente a partir del 20 de diciembre
de 2025,en la página que se encuentra disponible en: www.trabajaen.gob.mx
Asimismo, se les comunica que el día de su evaluación, deberán presentar en original
y copia, los documentos que comprueben la acreditación de dichas etapas, y estar
debidamente registrados en su Currículum Vítae de TrabajaEn que presenten para la
etapa de revisión documental, de lo contrario no serán tomados en cuenta.
*Tener en cuenta que se debe contar con la disponibilidad total el día de las
evaluaciones.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
249
Etapas y Fechas
del concurso
De conformidad con lo establecido en la fracción III del Art. 21 de la LSPC, en el
Art. 34 del Reglamento de la LSPC, y el TITULO CUARTO, Capítulo V, Sección VIII
de las Disposiciones, publicadas en el DOF el 19 de diciembre de 2025 y el
procedimiento de selección de los aspirantes comprenderá las siguientes etapas:
I.
Revisión Curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de
Habilidades; III. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito,
IV. Entrevistas, y V. Determinación, etapas que se desahogarán de acuerdo a las
siguientes fechas:
Etapa
Fecha o plazo para puestos
Publicación de convocatoria.
04 de marzo de 2026.
Registro de aspirantes.
Del 04 de marzo de 2026 al 18 de
marzo de 2026.
Evaluación de Conocimientos.
A partir del 24 de marzo de 2026.
Evaluación de Conocimientos Generales
de la Administración Pública Federal.
A partir del 24 de marzo de 2026.
Evaluación de Habilidades.
A partir del 24 de marzo de 2026.
Revisión Documental, Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito.
A partir del 24 de marzo de 2026.
Entrevista con el Comité Técnico de
Selección.
A partir del 24 de marzo de 2026.
*Las Fechas antes mencionadas estarán sujetas a cambios dependiendo de la
agenda de los miembros del comité.
•
En todas las etapas las personas candidatas deberán considerar las previsiones
necesarias de tiempo e imprevistos para su traslado, ya que la tolerancia
máxima respecto a la hora en la que se tenga programado el inicio de cada
etapa será de quince minutos considerando la hora oficial para la Ciudad de
México, misma que se encuentra ajustada en los equipos de cómputo del área de
Ingreso. Transcurrido dicho término, no se permitirá el acceso quedando
inmediatamente descartado del concurso; por ningún motivo se permitirá la
aplicación de evaluaciones a los candidatos que se presenten fuera de los
horarios y fechas establecidas para tales efectos.
•
Las entrevistas de los puestos radicados en la Ciudad de México y el
Estado de México, podrán llevarse a cabo en cualquiera de las sedes de la
Secretaría de Economía en la Ciudad de México.
•
Las y los aspirantes deberán asistir puntualmente a sus evaluaciones o de lo
contrario, no se les permitirá la aplicación de la evaluación correspondiente.
No se aplicarán evaluaciones fuera del día y hora indicadas en el mensaje enviado en
el sistema de TrabajaEn que se les envía.
Presentación de
evaluaciones y
publicación de
resultados
La Secretaría de Economía comunicará, a través de la cuenta de TrabajaEn**, la
fecha, hora y lugar en que las y los aspirantes deberán presentarse para la aplicación
de las evaluaciones respectivas. El único medio oficial de comunicación con las y los
aspirantes será a través de la cuenta de TrabajaEn. En dichas comunicaciones, se
especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como, el tiempo de
registro para acceso a las instalaciones de la Dependencia y el tiempo de registro
para el inicio del examen, y la documentación que deberán traer al momento de las
evaluaciones. No se aplicará la evaluación respectiva si el participante no presenta la
documentación requerida por la Dependencia.
**La Secretaría no se hace responsable si dicho correo electrónico no llega a la
cuenta de correo personal proporcionada por el aspirante, toda vez que no
depende de esta el envío del mismo.
La aplicación de las evaluaciones de todas las plazas adscritas a la Secretaría de
Economía en sus diferentes etapas: de conocimientos, habilidades, revisión
documental, evaluación del mérito y experiencia, se realizarán en las instalaciones de
la Secretaría, ubicadas en Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Piso 12, Col. San
Jerónimo Aculco, demarcación territorial La Magdalena Contreras, C.P. 10400,
Ciudad de México, en las oficinas de la Dirección de Ingreso y Concursos del SPC
adscrita a la Dirección General de Recursos Humanos (inclusive registros desde el
extranjero).
La acreditación de la Etapa de Revisión Curricular es indispensable para continuar en
el proceso de selección.
250
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
La calificación mínima aprobatoria del Examen de Conocimientos Técnicos será la
que determine el Comité Técnico de Selección, misma que se señala en el perfil de
cada puesto publicado en esta Convocatoria. El resultado de la evaluación se
obtendrá del total de aciertos sobre el número de reactivos que conforman el examen.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal y conocimientos técnicos será de 50% cada uno, para obtener un
total de 100%. El resultado del examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal y del examen de conocimientos técnicos serán
sumados, con el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de Exámenes de
conocimientos; por lo que, si el resultado es igual o superior a 70, pasará a la etapa
de habilidades. En caso de obtener un resultado entre CG (Conocimientos Generales
de la Administración Pública Federal) y CT (Examen de Conocimientos Técnicos)
menor a 70, el sistema procederá al descarte.
Cualquier duda o aclaración respecto al Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal, deberá revisarse con la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno, al teléfono 55-2000-3000.
Las evaluaciones de habilidades aplicadas con la herramienta de la Secretaría de
Economía, tendrán vigencia de un año a partir de la fecha de su aplicación.
Por lo que, podrán ser considerados para otros concursos convocados por esta
Dependencia únicamente en el término señalado. Estas evaluaciones tendrán un
valor referencial, no serán motivo de descarte.
En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 231 de las disposiciones, para la
operación del Subsistema de Ingreso, en la subetapa de evaluación de la experiencia
se otorgará a las y los aspirantes registrados en los concursos con un rango de
enlace un puntaje único que equivaldrá a 100 puntos.
Para efectos de continuar con el procedimiento de selección, las y los
aspirantes deberán:
•
Aprobar el Examen de Conocimientos Técnicos, la cual es una etapa de
descarte.
•
Aprobar el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, los resultados de ambos exámenes serán sumados y la calificación
deberá ser igual o superior a 70, para aprobar la primera etapa, al no obtener la
calificación mínima aprobatoria, el sistema procederá al descarte.
•
Si aprueban las etapas antes mencionadas se procede a realizar la etapa de
habilidades.
•
Posteriormente, se realiza la Revisión Documental, la cual es una etapa de
descarte, al no presentar algún documento solicitado en las bases de la
convocatoria.
•
Si aprueban dicha etapa se procede a aplicar las etapas de evaluación de la
experiencia y valoración del mérito que no son etapas de descarte.
El puntaje obtenido en las etapas de Evaluación de Conocimientos, Conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal, de Habilidades, de Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito de las y los candidatos, serán considerados para
elaborar en orden de prelación la lista de candidatos que participarán en la etapa de
Entrevista.
Sólo en el caso de las evaluaciones de Habilidades y de acuerdo a lo dispuesto en el
Artículo 229, 230 y 231 de las disposiciones, se otorgará un total de 100 puntos que
se reflejarán en el orden de prelación, para todos los niveles de acuerdo al sistema de
puntación general aprobado por el Comité Técnico de Profesionalización, y la
calificación obtenida en cada habilidad servirá como referencia para la selección de
los candidatos por parte de los Comité Técnicos de Selección.
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en los
medios de comunicación: www.trabajaen.gob.mx y www.gob.mx/se/, identificándose
con el número de folio asignado para cada candidato.
El número de aspirantes a entrevistar será determinado siguiendo el orden de
prelación de las y los candidatos y se elegirá de entre ellos, a los que se consideren
aptos para el puesto, de conformidad con los criterios de evaluación de las
entrevistas.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
251
Las y los candidatos seleccionados serán considerados finalistas. En caso de que
ninguno de los candidatos entrevistados resulte finalista, el Comité Técnico de
Selección, continuará entrevistando en el orden de prelación que les corresponda a
los demás candidatos que hubieren aprobado, según lo señalado en la conformación
de la prelación para acceder a entrevista ante el Comité de Selección hasta llegar a
un máximo de cinco aspirantes.
Sólo serán consideradas y/o considerados como finalistas, las y los candidatos que
hayan obtenido el Puntaje Mínimo de Aptitud, que equivale a un total de 70 puntos, en
una escala de 0 a 100 puntos. Mismos que pasarán a la Etapa de Determinación.
Sistema de
Puntuación
En la Etapa de Determinación el Comité Técnico de Selección, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 230 y 234 de las Disposiciones, resolverá el proceso de
selección, de acuerdo al siguiente Sistema de Puntuación:
Sistema de Puntuación a aplicar en los concursos de esta Convocatoria.
Director General a Enlace:
Examen de Conocimientos Técnicos
15
Examen de Conocimientos Generales de la APF
15
Evaluación de Habilidades
15
Evaluación de la Experiencia
15
Valoración del Mérito
10
Entrevista
30
Total
100
Es importante mencionar que:
•
El examen de conocimientos técnicos es motivo de descarte de acuerdo a la
calificación mínima aprobatoria autorizada por el Comité Técnico de Selección.
•
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal y conocimientos técnicos será de 50% cada uno,
para obtener un total de 100%.
•
El resultado del examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y del examen de conocimientos técnicos serán sumados, con el
objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de Exámenes de conocimientos.
El puntaje debe ser igual o superior a 70. En caso de obtener un resultado entre
CG (Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal) y
CT (Examen de Conocimientos Técnicos) menor a 70, el sistema procederá al
descarte.
Entrevista con el
Comité Técnico
de Selección*
Para la etapa de entrevista, esta se llevará a cabo de manera presencial, conforme a
los criterios y al procedimiento establecido. No obstante, de manera excepcional y
exclusivamente para los Integrantes del Comité Técnico de Selección (CTP) de la
plaza en concurso, será posible realizar su participación de forma remota, a través de
la plataforma de videoconferencia facilitada por la Dirección General de Tecnologías
de la Información (DGTI) y puesta a disposición del área de Ingreso, para el desahogo
de las sesiones del CTP.
En todos los casos, la persona candidata deberá presentarse de manera presencial
en la sede y horario establecidos.
•
La etapa de entrevista deberá desarrollarse de conformidad con los siguientes
criterios de evaluación: contexto, estrategia, resultado y participación. Dichos
criterios se calificarán con la misma ponderación, de manera que cada miembro
asentará la calificación que corresponda de una escala de 0 a 100 puntos sin
decimales a cada candidato y por cada uno de los criterios de evaluación.
•
Finalmente, el sistema de TrabajaEn calculará, con base en el promedio la
calificación de cada candidato en la entrevista y el Sistema de Puntuación
General, los puntos correspondientes a dicha etapa.
Reserva de
Candidatos
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera, las y los aspirantes que obtengan, el puntaje mínimo de
aptitud, y no resulten ganadores en el concurso serán considerados finalistas.
Siendo el puntaje mínimo de aptitud de setenta (70) puntos. Quedarán integrados
durante un año contado a partir de la publicación de los resultados finales del
concurso respectivo. Ello a reserva de aspirantes del puesto de que se trate en la
Secretaría de Economía.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Resolución de
dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las y los aspirantes
formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso,
se pone a su disposición el correo electrónico reclutamiento@economia.gob.mx y al
teléfono 55-56-29-95-00 ext. 57106, 59024, 34012, 59056, 59057 y 59058.
Es importante mencionar que las dudas o comentarios respecto de las plazas en
concurso se esclarecerán durante el periodo de registro de los aspirantes que marca
el calendario de la convocatoria.
Cualquier duda o aclaración respecto al Examen de Conocimientos Generales
de la Administración Pública Federal, deberá revisarse directamente con la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, al teléfono 55-2000-3000.
Sobre
Reactivación de
Folios
En atención a los Artículos 246, 260 y 261 del Acuerdo por el que se establecen las
disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, con liga https://www.trabajaen.gob.mx/info/MaagmrhoMspc.pdf
se informa:
El Comité Técnico de Selección podrá determinar, bajo su responsabilidad y por
mayoría de votos, la reactivación de los folios de las y los aspirantes que hayan sido
descartadas o descartados en alguna fase del concurso público, siempre y cuando se
encuentre en los siguientes supuestos:
•
Cuando el descarte del folio sea originado por causas no imputables a los
aspirantes;
•
Cuando por errores en la captura de información u omisiones que se acrediten
fehacientemente.
En los casos anteriores, cuando el CTS determine la procedencia de adoptar estas
medidas, deberá ser documentadas. El sistema TrabajaEn deberá documentar el
error o errores con las impresiones de pantalla correspondientes.
Todas las plazas incluidas en esta convocatoria son sujetas a este proceso; por lo
que él o la aspirante tendrá únicamente el periodo de registro e inscripción a las
plazas para presentar su escrito de solicitud de reactivación de folio, el cual se deberá
remitir mediante escrito al correo electrónico: reclutamiento@economia.gob.mx
El escrito deberá contener las características y anexar la documentación siguiente:
•
Estar dirigido al Comité Técnico de Selección del puesto en concurso, con firma
autógrafa y escaneado en formato PDF.
•
Manifestar los hechos por los cuales la herramienta de TrabajaEn, emitió un folio
de rechazo y anexar la impresión que para tales efectos emite el sistema con
firma autógrafa, escaneado en formato PDF.
•
Señalar e incluir la impresión de pantalla que emite el Sistema de TrabajaEn, en
la que se observa el número de folio de rechazo en el concurso.
•
Señalar un correo electrónico a través del cual se dará contestación a su
solicitud.
•
Impresión de su currículum registrado en TrabajaEn al momento de realizar la
inscripción.
•
Original y Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y
nivel académico.
•
Un juego de su Currículum Vítae, en formato libre, donde detalle su experiencia
y funciones.
Cabe señalar que la reactivación de folio aplica únicamente para la etapa de registro
de inscripción (en el sistema aparece como revisión curricular); para las otras etapas
los Comités Técnicos de Selección no contemplan esta opción. Es importante el
señalar que, concluido el periodo establecido para la solicitud de reactivación de
folios, no se tramitará solicitud alguna.
En
caso
de
duda,
se
pone
a
su
disposición
el
correo
electrónico
reclutamiento@economia.gob.mx
Para la
validación de
calificación de
exámenes de
conocimientos
Los resultados de las evaluaciones de Conocimientos Técnicos tendrán una vigencia
de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso y siempre que no cambie el
temario o se actualice la normatividad con el cual se evalúo la capacidad técnica de
que se trate.
En caso de encontrarse en este supuesto, el o la aspirante deberá solicitar al Comité
Técnico de Selección, que sea respetada su calificación obtenida en el concurso
anterior de la plaza; toda vez que el temario del nuevo concurso no tuvo
modificaciones.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
253
Todas las plazas incluidas en esta Convocatoria son sujetas a este proceso.
El o la aspirante únicamente tendrá el periodo de registro e inscripción a las plazas,
así como el día de la evaluación de Conocimientos Técnicos, para presentar su
escrito de solicitud en las oficinas de la Dirección General de Recursos Humanos
ubicadas en Blvd. Adolfo López Mateos 3025, Piso 7, Colonia San Jerónimo Aculco,
demarcación territorial La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México, en la
Dirección de Ingreso y Concursos del SPC, en un horario de 10:00 a 14:30 horas; el
escrito deberá:
•
Estar dirigido al Comité Técnico de Selección del puesto en concurso.
•
Manifestar que desea se tome la calificación obtenida previamente en el
concurso en la etapa de evaluación de conocimientos, para este nuevo concurso.
•
Señalar e incluir el folio y clave de “RhNet” del concurso anterior y del nuevo.
Disposiciones
Generales
1.
La vigencia del Examen General de Conocimientos de la Administración Pública
Federal es de un año. Si desean renunciar a su calificación y volver a aplicar
deberán contactar a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Todos los
temas relacionados con este examen deberán revisarse directamente en dicha
Secretaría.
2.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultar los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
4.
Las y los concursantes podrán presentar el recurso de inconformidad ante el
Area de Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la
Secretaría de Economía y el recurso de revocación ante la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno. Cabe señalar que los recursos antes
mencionados deberán presentarse en términos de lo dispuesto por la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su
Reglamento.
5.
Los datos personales de las y los concursantes son confidenciales, aun después
de concluido el concurso, serán protegidos por las disposiciones en materia de
protección, tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales
aplicables.
6.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección, conforme a las disposiciones aplicables.
Se privilegia la observancia de los principios rectores del Sistema, mediante el
envío de un correo electrónico dirigido al Secretario Técnico de dicho Comité
reclutamiento@economia.gob.mx
7.
El área de ingreso de la SE dará respuesta en un plazo no mayor a 15 días
hábiles, en caso de que algún aspirante solicite una revisión del examen de
Conocimientos Técnico; se deberá presentar una solicitud dirigida al Comité
de
la
plaza
en
concurso,
firmada
y
escaneada
al
correo
de
reclutamiento@economia.gob.mx, “…En los casos en que el CTS determine la
revisión de exámenes, esta sólo podrá efectuarse con respecto de la correcta
aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos
utilizados sin que ello implique la entrega de los reactivos ni de las opciones de
respuesta en ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o de los
criterios de evaluación.” artículo 265 del Acuerdo. Teniendo como plazo 20 días
hábiles para su resolución, después de su solicitud.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por Acuerdo de los Comités Técnicos de Selección
Subdirectora de Almacén, Bienes Muebles y Archivo en la
Secretaría de Economía y Secretaría Técnica del Comité Técnico de Selección
del Servicio Profesional de Carrera, designada mediante
Oficio No. 700.2026.00023 de fecha 12 de enero de 2026
Lic. Sonia Leticia Morell Porter
Rúbrica.
254
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 807
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75 fracción III de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38,
39, 40, Séptimo Transitorio de su Reglamento; y las Disposiciones Generales en Materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, vigentes, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA DIRIGIDA A TODO INTERESADO QUE DESEE INGRESAR
AL SISTEMA, para ocupar las plazas vacantes sujetas al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, mismas que a continuación se señalan:
Puesto vacante
DIRECTOR DE ENLACE VINCULACION DIPUTADOS
Código de puesto
09-119-1-M1C021P-0000003-E-C-D
Grupo, grado y nivel
M33
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$96,526.00 MENSUAL BRUTO
Rango
DIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
VINCULACION INSTITUCIONAL
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE
MEXICO
Clasificación de
Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General del
puesto
ESTABLECER UN SISTEMA PERMANENTE DE DIALOGO CON LOS
PRINCIPALES
INTERLOCUTORES
DE
LA
SICT,
MEDIANTE
LA
IMPLEMENTACION
DE
CANALES
DE
COMUNICACION
DIRECTA
Y
ESTRUCTURADA, A FIN DE DISMINUIR EL TIEMPO DE RESPUESTA A LAS
SOLICITUDES
DE
ACTORES
EXTERNOS
PUBLICOS,
PRIVADOS
Y
SOCIALES, Y SE CONTRIBUYA A LOGRAR LOS OBJETIVOS Y METAS
INSTITUCIONALES.
Funciones
1.
FORMULAR ESTUDIOS SOBRE LA NORMATIVIDAD VIGENTE QUE
CONTRIBUYA A MEJORAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y
OBJETIVOS INSTITUCIONALES, CON LA FINALIDAD DE PROMOVER
OPINIONES
PARA
FORTALECER
LA
VINCULACION
Y
ENLACE
INSTITUCIONAL.
2.
OPINAR SOBRE TEMAS JURIDICOS Y ESCENARIOS POLITICOS
PLANTEADOS POR ACTORES INTERNOS O EXTERNOS QUE TENGAN
INCIDENCIA EN EL QUEHACER INSTITUCIONAL, A FIN DE IDENTIFICAR
POSIBLES INSUFICIENCIAS TECNICO-JURIDICAS Y RECOMENDAR
ESTRATEGIAS DE IMPULSO, FORTALECIMIENTO Y CONTENCION.
3.
OPINAR SOBRE LOS MATERIALES QUE SE UTILIZARAN EN LOS
GRUPOS
DE
TRABAJO,
COMISIONES
INTERSECRETARIALES
Y
ORGANOS DE GOBIERNO EN LOS QUE PARTICIPE EL TITULAR DE LA
DIRECCION GENERAL DE VINCULACION INSTITUCIONAL, A FIN DE
PROPONER OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES RELACIONADAS
CON
LOS
ORDENAMIENTOS
JURIDICOS
Y
ADMINISTRATIVOS
APLICABLES.
4.
ELABORAR
EL
PROYECTO
DE
CRITERIOS
DE
VINCULACION,
COORDINACION
Y
COOPERACION
DE
LA
SECRETARIA
CON
INSTANCIAS FEDERALES, ESTATALES, MUNICIPALES Y AUTORIDADES
TRADICIONALES, A FIN DE FORTALECER Y HOMOLOGAR LA
VINCULACION Y ENLACE INTERINSTITUCIONAL.
5.
SUPERVISAR QUE LA RESPUESTA DEL SECTOR SICT A LAS
SOLICITUDES FORMULADAS POR LOS LEGISLADORES, CUMPLAN
CON LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR LA DIRECCION GENERAL
DE VINCULACION INSTITUCIONAL, A FIN DE ASEGURAR SE AJUSTEN A
LOS ORDENAMIENTOS JURIDICOS Y ADMINISTRATIVOS APLICABLES
Y RESPONDAN A LA POLITICA NACIONAL DE RESPONSABILIDAD
SOCIAL.
6.
COORDINAR EL SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS QUE SEAN
COMPETENCIA
DE
LA
DEPENDENCIA,
GENERADOS
EN
LOS
GABINETES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL QUE SE
RELACIONEN CON ACCIONES DE VINCULACION CON ACTORES
LEGISLATIVOS,
A
FIN
DE
CUMPLIR
CON
LA
AGENDA
DE
COMPROMISOS CONTRAIDOS POR LA PROPIA SECRETARIA.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
255
7.
PROPONER INSTRUMENTOS QUE FORTALEZCAN LA VINCULACION
CON EL SECTOR LEGISLATIVO, CON EL FIN DE GARANTIZAR
POLITICAS TRANSVERSALES DE COOPERACION Y COLABORACION
INSTITUCIONAL.
8.
REALIZAR ANALISIS SOBRE TEMAS NACIONALES EN MATERIA
POLITICA, ECONOMICA O SOCIAL QUE PUEDAN SIGNIFICARSE EN UN
IMPACTO AL SECTOR, A FIN DE PROPORCIONAR ELEMENTOS PARA
QUE LAS PERSONAS SERVIDORAS PUBLICAS DE LA DEPENDENCIA
CUENTEN CON INFORMACION ACTUALIZADA.
9.
FUNGIR COMO ENLACE INSTITUCIONAL EN LOS PROGRAMAS DE
BLINDAJE ELECTORAL QUE SEAN IMPLEMENTADOS POR LAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS COMPETENTES, CON EL FIN DE QUE
LAS ACCIONES EN LA MATERIA DE LA SECRETARIA SEAN
COORDINADAS CON OTROS NIVELES DE GOBIERNO.
10. DIRIGIR LA ACTUALIZACION PERIODICA DE LOS MECANISMOS Y
FORMATOS
MEDIANTE
LOS
CUALES
SE
RECOPILA,
ANALIZA,
RESGUARDA Y PRESENTA INFORMACION GENERADA EN EL MARCO
DE PROCESOS DE ATENCION, CON LA FINALIDAD DE CONTRIBUIR AL
REGISTRO Y CONSULTA DEL MATERIAL DOCUMENTAL A CARGO DE
LA DIRECCION EJECUTIVA.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
2.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
3.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
4.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
5.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
6.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
CARRERA SOLICITADA:
1.
ADMINISTRACION
2.
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
3.
CIENCIAS SOCIALES
4.
COMUNICACION
5.
DERECHO
6.
ECONOMIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIA POLITICA
2.
CIENCIA POLITICA
3.
SOCIOLOGIA
4.
CIENCIAS
JURIDICAS
Y
DERECHO
5.
CIENCIA POLITICA
6.
CIENCIA POLITICA
7.
CIENCIA POLITICA
8.
CIENCIA POLITICA
9.
CIENCIA POLITICA
10. CIENCIA POLITICA
SEIS AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
ADMINISTRACION PUBLICA
2.
CIENCIAS POLITICAS
3.
COMUNICACIONES SOCIALES
4.
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
5.
INSTITUCIONES POLITICAS
6.
VIDA POLITICA
7.
ADMINISTRACION PUBLICA
8.
VIDA POLITICA
9.
ADMINISTRACION PUBLICA
10. VIDA POLITICA
Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y Examen
de Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES
DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS
GENERALES
DE
LA
ADMINISTRACION
PUBLICA
FEDERAL”
256
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Rama de cargo
APOYO TECNICO
Otros conocimientos
SE REQUIERE CONOCIMIENTO DE LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LA
SICT; COMPOSICION Y ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL Y
LEGISLATIVO; CONOCIMIENTO DE PROTOCOLOS QUE PERMITAN LA
INTERACCION ENTRE DEMANDA CIUDADANA Y LA TOMA DE DECISIONES
POR PARTE DE ESTADO. MANEJO DE EQUIPO DE COMPUTO.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO MIXTO, PERIODOS
ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL
SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
COORDINACION TECNICA DE PLANEACION DE
INFRAESTRUCTURA CARRETERA
Código de puesto
09-214-1-M1C021P-0000323-E-C-F
Grupo, grado y nivel
M33
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$96,526.00 MENSUAL BRUTO
Rango
DIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
DESARROLLO CARRETERO
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE
MEXICO
Clasificación de
Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General del
puesto
COORDINAR LOS PROCESOS DE PLANEACION, EVALUACION Y
PROGRAMACION DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA,
A TRAVES DE UNA VISION AMPLIA QUE DEFINA DE MANERA INTEGRAL
LAS PRIORIDADES Y LOS PROYECTOS ESTRATEGICOS PARA ELEVAR
LA
CALIDAD
Y
COMPETITIVIDAD
DE
INFRAESTRUCTURA,
PROMOVIENDO UN DESARROLLO REGIONAL EQUILIBRADO Y MEJORAR
EL ACCESO DE LA POBLACION A LOS SERVICIOS PUBLICOS, A FIN DE
AUMENTAR LA CREACION DE EMPLEOS E IMPULSAR AL PAIS EN UNA
DE LAS PRINCIPALES PLATAFORMAS LOGISTICAS DEL MUNDO.
Funciones
1.
DEFINIR POLITICAS, LINEAMIENTOS Y ESTRATEGIAS PARA LA
PLANEACION Y DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA,
MEDIANTE EL ESTUDIO Y ANALISIS DE LAS PRIORIDADES
CARRETERAS EN EL PAIS, CONSIDERANDO PROYECTOS DE
INVERSION, PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO, PRESUPUESTO Y
NORMATIVA APLICABLE EN LA MATERIA, CON EL PROPOSITO DE
CONTRIBUIR AL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DEL PLAN NACIONAL
DE DESARROLLO EN EL PAIS.
2.
EVALUAR PROCESOS PARA LA PLANEACION DEL SISTEMA DE
CARRETERAS Y PUENTES FEDERALES, MEDIANTE EL ANALISIS
DE LAS CONDICIONES ACTUALES DE INFRAESTRUCTURA EN LAS
QUE SE ENCUENTRE EL PAIS Y DE ACUERDO A LOS OBJETIVOS
ESTRATEGICOS, CON EL FIN DE INCLUIR PROGRAMAS DE
INFRAESTRUCTURA DE GRAN IMPACTO, QUE BENEFICIEN A LA
POBLACION.
3.
PROMOVER
PLANES
ESTRATEGICOS
DEL
SUBSECTOR
CARRETERO, MEDIANTE EL ESTUDIO DE LA VIABILIDAD DE
DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA EN PUNTOS ESTRATEGICOS
DE LA REPUBLICA, A FIN DE INTEGRAR AL PROGRAMA SECTORIAL
DE
COMUNICACIONES
Y
TRANSPORTES,
OBRAS
QUE
CONTRIBUYAN AL DESARROLLO Y TECNOLOGIA DEL PAIS.
4.
DEFINIR UN ESQUEMA DE FINANCIAMIENTO ADECUADO PARA EL
DESARROLLO DE CADA UNO DE LOS PROYECTOS DE INVERSION,
MEDIANTE EL ANALISIS ECONOMICO Y FINANCIERO DE LAS
DIFERENTES PROPUESTAS CON LAS QUE SE CUENTA, CON
LA FINALIDAD DE ESTABLECER LA FUENTE DE RECURSOS Y LA
PRIORIDAD PARA SU EJECUCION, TRATANDO DE ASEGURAR LAS
MEJORES CONDICIONES AL ESTADO.
5.
ORGANIZAR LA EVALUACION TECNICA, ECONOMICA Y AMBIENTAL
DE LOS PROYECTOS DE CONSTRUCCION Y MODERNIZACION DE
CARRETERAS, VIGILANDO QUE SE APEGUEN A LOS LINEAMIENTOS
EMITIDOS POR LA UNIDAD DE INVERSIONES DE LA SECRETARIA DE
HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, A FIN DE DETERMINAR SU
FACTIBILIDAD Y, EN SU CASO, TRAMITAR EL REGISTRO ANTE LAS
INSTANCIAS RESPECTIVAS.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
257
6.
VIGILAR LA ELABORACION DE FICHAS TECNICAS Y/O PLANES DE
NEGOCIO
PARA
PROYECTOS
DE
CONSTRUCCION
Y
MODERNIZACION DE CARRETERAS, A TRAVES DE ESQUEMAS DE
PARTICIPACION PUBLICO-PRIVADOS; ASI COMO, DEL ANALISIS
TECNICO Y FINANCIERO DE PROYECTOS, CON EL FIN DE PLASMAR
UN PANORAMA Y EN SU CASO, SOLICITAR LA AUTORIZACION DE
APOYOS RECUPERABLES Y NO RECUPERABLES AL FONDO
NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA.
7.
ORDENAR UN ANALISIS DE LA RENTABILIDAD ECONOMICA Y
FINANCIERA
DE
LOS
PROYECTOS
EN
SU
ETAPA
DE
CONSTRUCCION;
MEDIANTE
EL
SEGUIMIENTO
FISICO
Y
FINANCIERO,
CAMBIOS
DE
ALCANCE
Y
ANALISIS
DE
CONTINGENCIAS, A FIN DE ACTUALIZAR REGISTROS, SOLICITAR
RECURSOS ADICIONALES Y ELABORAR ESTUDIOS EXPOST.
8.
COPARTICIPAR EN LA ELABORACION DEL PLAN NACIONAL
DE DESARROLLO, MEDIANTE LA INTEGRACION DE PROGRAMAS DE
INFRAESTRUCTURA CARRETERA A EJECUTAR, PROPONIENDO LOS
DIVERSOS ESQUEMAS DE FINANCIAMIENTO DISPONIBLES, A FIN DE
IMPULSAR EL DESARROLLO DEL PAIS Y APOYAR AL LOGRO DE LOS
OBJETIVOS NACIONALES.
9.
PROPONER LA INTEGRACION DE PROGRAMAS ANUALES DE
INVERSION, MEDIANTE LA REVISION DE LOS TECHOS FINANCIEROS
DISPONIBLES Y EL ANALISIS DE LAS PRIORIDADES DE LOS
PROYECTOS IDENTIFICADOS, CON EL PROPOSITO DE OPTIMIZAR
LA APLICACION DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES Y EXTRA
PRESUPUESTALES;
ASI
COMO,
ATENDER
NECESIDADES
PRIORITARIAS.
10. DIRIGIR LA ELABORACION DE INFORMES DE LOS AVANCES
FISICO Y FINANCIERO DE LOS PROYECTOS EN PROCESO
DE
CONSTRUCCION,
SUPERVISANDO
LOS
ESQUEMAS
DE
FINANCIAMIENTO Y VIGILANDO EL CUMPLIMIENTO DE LOS
DIVERSOS PROGRAMAS DE INVERSION, CON EL PROPOSITO DE
INFORMAR SOBRE LOS AVANCES A LAS AUTORIDADES DE LA
DEPENDENCIA, AL GOBIERNO FEDERAL Y AL PUBLICO EN
GENERAL.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
ECONOMIA
2.
INGENIERIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIAS ECONOMICAS
3.
CIENCIAS ECONOMICAS
4.
CIENCIAS SOCIALES
5.
CIENCIA POLITICA
DIEZ AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA
DE
LOS
SISTEMAS
DE
TRANSPORTE
2.
ORGANIZACION
Y
DIRECCION
DE
EMPRESAS
3.
ECONOMIA GENERAL
4.
RELACIONES PUBLICAS
5.
ADMINISTRACION
PUBLICA
Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
EN: http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES
DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS
E INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL”
258
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Rama de cargo
PRESTACION DE SERVICIOS
Otros conocimientos
REQUIERE CONOCIMIENTO DEL MARCO NORMATIVO Y LEGAL PARA EL
SUBSECTOR INFRAESTRUCTURA; DEL MARCO OPERACIONAL EN
MATERIA DE DESARROLLO CARRETERO; PLANEACION ESTRATEGICA;
EVALUACION
DE
VIABILIDAD
DE
PROYECTOS;
ESQUEMAS
DE
FINANCIAMIENTO. MANEJO DE EQUIPO DE COMPUTO Y DOMINIO
AVANZADO DEL IDIOMA INGLES PARA SU LECTURA, HABLA Y
ESCRITURA.
Requisitos adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, DE
ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
DIRECCION DE APOYO TECNICO
Código de puesto
09-212-1-M1C017P-0000221-E-C-D
Grupo, grado y nivel
M11
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$66,362.00 MENSUAL BRUTO
Rango
DIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
SERVICIOS TECNICOS
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE
MEXICO
Clasificación de
Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General del
puesto
SUPERVISAR EL DESARROLLO DE LOS ESTUDIOS ESPECIALES
RELACIONADOS CON PROYECTOS ESTRUCTURALES DE PUENTES Y
ESTRUCTURAS PROPIEDAD DEL SECTOR COMUNICACIONES; ASI
COMO, DIFUNDIR INFORMACION TECNICA SOLICITADA, MEDIANTE LA
REVISION DE LOS REPORTES DE AVANCES, LA ATENCIOAN A LAS
SOLICITUDES
DE
INFORMACION;
ASI
COMO,
LA
INTEGRACION,
DISTRIBUCION Y/O ELABORACION DE DOCUMENTOS ESCRITOS Y/O
ELECTRONICOS, TALES COMO BANCO DE DATOS, MANUALES, NORMA
Y
ARTICULOS,
INFORMES
TECNICOS,
ETC.,
VERIFICANDO
LA
APLICACION DE LA NORMATIVA SCT, ESPECIFICACIONES GENERALES Y
PARTICULARES DE LAS OBRAS, LEY DE LA OBRA PUBLICA Y SU
REGLAMENTO, ENTRE OTROS, CON EL FIN DE OTORGAR APOYO
TECNICO DE MANERA OPORTUNA Y EFECTIVA A LAS UNIDADES QUE
COMPONEN
LA
SUBSECRETARIA
DE
INFRAESTRUCTURA
PARA
AMPLIAR,
CONSERVAR
Y
MEJORAR
EL
ESTADO
DE
LA
INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE EXISTENTE.
Funciones
1.
CONSOLIDAR
MATERIALES
DE
APOYOS
ESCRITOS
COMO
MANUALES, COMPENDIOS, APUNTES, Y ALGUN OTRO TIPO DE
MATERIAL
TECNICO,
MEDIANTE
LA
SELECCION
DE
LA
INFORMACION MAS RELEVANTE APLICANDO, LA NORMATIVA SCT,
REGLAMENTOS
NACIONALES
E
INTERNACIONALES,
QUE
PROPICIEN EL DESARROLLO EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA
CARRETERA, CON LA FINALIDAD DE PROPORCIONAR ELEMENTOS
QUE COADYUVEN A MEJORAR LA INTERPRETACION Y APLICACION
DE LAS NOMAS, DE PROCEDIMIENTOS CONSTRUCTIVOS, DE
ANALISIS Y DISEÑO DE PUENTES.
2.
ADMINISTRAR
LAS
ACTIVIDADES
RELACIONADAS
CON
LA
ASESORIA
TECNICA
HACIA
LAS
UNIDADES
REGIONALES
DEPENDIENTES DE ESTA DIRECCION GENERAL Y UNIDADES
GENERALES ADSCRITAS A LOS CENTROS SCT, EN LA EVALUACION
DE SEGURIDAD DE ESTRUCTURAS, MEDIANTE LA SUPERVISION DE
LA RESPUESTA QUE SE EMITE VERIFICANDO QUE ESTA SEA EN
APEGO A LA NORMATIVA SCT, REGLAMENTOS NACIONALES E
INTERNACIONALES,
CON
LA
FINALIDAD
DE
PROPICIAR
EL
DESARROLLO EN MATERIA DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL EN LA
INFRAESTRUCTURA
CARRETERA
EN
LOS
TRABAJOS
ENCOMENDADOS A LAS UNIDADES REGIONALES Y GENERALES DE
ESTA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS PARA QUE
CUENTE CON MEJOR ESTADO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL
TRANSPORTE EXISTENTE.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
259
3.
DIRIGIR
Y
ASESORAR
TECNICAMENTE
A
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARIA EN EL PROYECTO DE
ESTRUCTURAS, MEDIANTE LA ATENCION A LAS CONSULTAS
PRESENTADAS; ASI COMO, EL ANALISIS DE LAS MISMAS Y LA
BUSQUEDA DE LA RESPUESTA EN BASE A LA NORMATIVIDAD
APLICABLE EN LA MATERIA, CON LA FINALIDAD DE EMITIR
RESPUESTA QUE CONTRIBUYA AL BUEN DESEMPEÑO DE LAS
ACTIVIDADES Y QUE SE OBTENGAN OBRAS SEGURAS Y DE
CALIDAD PARA LOS USUSARIOS.
4.
DIRIGIR LAS ACTIVIDADES ENCAMINADAS A LA ELABORACION O
ACTUALIZACION DE LAS NORMAS TECNICAS RELACIONADAS CON
EL PROYECTO DE PUENTES, MEDIANTE LA COORDINACION DEL
ANALISIS
DE
LAS
MISMAS
Y
LA
IDENTIFICACION
DE
LA
INFORMACION QUE SE CONSIDERE DEBERIA INCLUIRSE EN BASE A
LA
NORMATIVA
SCT,
REGLAMENTOS
NACIONALES
E
INTERNACIONALES, CON EL FIN DE PROPORCIONAR ELEMENTOS
PARA EL DESARROLLO EN MATERIA DE PROYECTO DE PUENTES
DE LA RED FEDERAL, Y QUE SE ESTE EN POSIBILIDAD DE
GENERAR
MEJOR
Y
EFICIENTE
INFRAESTRUCTURA
DEL
TRANSPORTE EXISTENTE.
5.
PROGRAMAR Y PROPONER EVENTOS DE ACTUALIZACION Y
PROMOCION DE LA CAPACITACION, MEDIANTE LA DETECCION DE
NECESIDADES, SIGUIENDO LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS
POR LA DIRECCION DE CAPACITACION Y DESARROLLO DE
LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA SCT, CON
LA FINALIDAD DE QUE EL PERSONAL QUE COMPONE LA DIRECCION
GENERAL
DE
SERVICIOS
TECNICOS
CUENTE
CON
LOS
CONOCIMIENTOS NECESARIOS PARA PODER DESARROLLAR SU
FUNCIONES DE MANERA EFECTIVA.
6.
COORDINAR
EL
DESARROLLO
DE
LA
CAPACITACION
DEL
PERSONAL PROFESIONAL DE LA DIRECCION GENERAL Y DE LAS
UNIDADES REGIONALES ADSCRITAS; ASI COMO, A LAS UNIDADES
GENERALES DE SERVICIOS TECNICOS, MEDIANTE LA SUPERVISION
DEL
DESARROLLO
DE
LOS
CURSOS
DE
CAPACITACION
PROGRAMADOS, SIGUIENDO LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS
POR LA DIRECCION DE CAPACITACION Y DESARROLLO DE LA
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA SCT, CON EL
FIN DE QUE DICHOS CURSOS DE EFECTUEN CONFORME A LO
PLANEADO Y COADYUVAR AL DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS
SERVIDORES PUBLICOS.
7.
ORGANIZAR EVENTOS DE ACTUALIZACION Y PROMOCION DE LA
CAPACITACION DEL PERSONAL PROFESIONAL DE LA DIRECCION
GENERAL Y DE LAS UNIDADES REGIONALES ADSCRITAS; ASI
COMO, A LAS UNIDADES GENERALES DE SERVICIOS TECNICOS,
MEDIANTE LA ATENCION A LAS SOLICITUDES PRESENTADAS POR
EL PERSONAL Y LA ATENCION A LOS TEMAS SUGERIDOS,
APLICANDO
LOS
LINEAMIENTOS
ESTABLECIDOS
POR
LA
DIRECCION DE CAPACITACION Y DESARROLLO DE LA DIRECCION
GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA SCT, CON LA FINALIDAD
DE QUE SE CUENTE CON LOS CONOCIMIENTOS NECESARIOS PARA
GENERAR OBRAS SEGURAS Y DE CALIDAD.
8.
ESTABLECER INTERCAMBIO DE INFORMACION DOCUMENTAL CON
OTROS
CENTROS
NACIONALES
O
INTERNACIONALES
Y
PROPORCIONARLA A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA
SECRETARIA, MEDIANTE LA COORDINACION Y COMUNICACION
PERIODICA CON DICHOS CENTROS SIGUIENDO LOS LINEAMIENTOS
ESTABLECIDOS EN LOS CONVENIOS ENTRE INSTITUCIONES
NACIONALES E INTERNACIONALES DE ACUERDO CON LOS
LINEAMIENTOS JURIDICOS DE ESTA SECRETARIA, CON LA
FINALIDAD DE PROPORCIONAR INFORMACION QUE PERMITA
APLICAR LOS PROCEDIMIENTOS UTILIZADOS EN OTROS CENTROS
COADYUVANDO AL BUEN DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES
ENCOMENDADAS.
260
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
9.
CONDUCIR ASESORIAS TECNICAS EN LA EVALUACION DE LA
SEGURIDAD DE PUENTES Y EDIFICIOS PROPIEDAD DEL SECTOR,
MEDIANTE LA PROGRMACION DE VISITAS DE OBRA Y DESARROLLO
DE DICTAMEN TECNICO DE LA CONSULTA, CON LA FINALIDAD DE
EMITIR LAS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES PARA LA
SOLVENTACION DE ANOMALIAS Y DETERIOROS DETECTADOS EN
LA INFRAESTRUCTURA DEL SECTOR COMUNICACIONES.
10. COORDINAR EL DESARROLLO DE ASESORIAS EN LA EVALUACION
DE
SEGURIDAD
ESTRUCTURAL
DE
LA
INFRAESTRUCTURA
DEL SECTOR COMUNICACIONES, MEDIANTE LA DESIGNACION DEL
PERSONAL
PROFESIONAL
ALTAMENTE
CAPACITADO
RESPONSABLE DE ATENDER LA CONSULTA, SIGUIENDO LOS
LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS POR LA NORMATIVA SCT Y LA LEY
DE OBRAS PUBLICAS DE UNA MANERA OPORTUNA Y EFICIENTE,
CON
LA
FINALIDAD
DE
QUE
LOS
USUARIOS
DE
ESTA
INFRAESTRUCTURA CUENTEN CON LA SEGURIDAD Y CONFORT
NECESARIO EN EL DESARROLLO DE SUS FUNCIONES.
11. DIRIGIR LAS ACTIVIDADES ENCAMINADAS A LA ELABORACION DE
DICTAMEN ESCRITO
SOBRE
LA
SEGURIDAD
ESTRUCTURAL,
MEDIANTE EL ANALISIS OBTENIDO DE LA EVALUACION DE
SEGURIDAD
ESTRUCTURAL
ASEGURANDO
EL
SEGUIMIENTO
DE LAS NORMAS TECNICAS RELACIONADAS CON EL PROYECTO DE
PUENTES Y CON EL USO DE LA NORMATIVA SCT, REGLAMENTOS
NACIONALES E INTERNACIONALES, CON LA FINALIDAD DE QUE EL
GOBIERNOFEDERAL CUENTE CON MEJOR Y MAS EFICIENTE
INFRAESTRUCTURA DE LAS VIAS TERRESTRES.
12. ESTABLECER INTERCAMBIO DE INFORMACION TECNICA CON
OTRAS AREAS DE OTRAS DIRECCIONES GENERALES O CENTROS
NACIONALES E INTERNACIONALES Y PROPORCIONARLA A LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
DE
LA
SECRETARIA
QUE
LO
REQUIERAN, MEDIANTE LA ASISTENCIA A REUNIONES DE TRABAJO
O LA COMUNICACION VIA TELEFONICA O CORREO ELECTRONICO,
LA DIFUSION DE PUBLICACIONES TECNICAS EN MATERIA DE VIAS
TERRESTRES SIGUIENDO LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS POR
LAS
NORMAS
NACIONALES
E
INTERNACIONALES,
CON
LA
FINALIDAD DE QUE EL PERSONAL RESPONSABLE DE LAS
EVAUACIONES
TECNICAS
CUENTEN
CON
LA
INFORMACION
NECESARIA Y OPORTUNA PARA FACILITAR EL DESARROLLO DE
LAS FUNCIONES ENCOMENDADAS.
13. SUPERVISAR
EL
SEGUIMIENTO
DE
LOS
PROYECTOS
ESTRUCTURALES DESARROLLADOS POR EL PERSONAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS, MEDIANTE VISITAS
A LOS LUGARES DE TRABAJO Y EL ANALISIS Y EVALUACION DE LOS
REPORTES DE AVANCES PRESENTADOS, CON LA FINALIDAD DE
VERIFICAR
QUE
DICHOS
PROYECTOS
SE
DESARROLLEN
CORRECTAMENTE Y EVITAR DESVIACIONES EN LOS MISMOS; ASI
COMO, CUANDO SEA EL CASO, EMITIR RECOMENDACIONES Y
ATENDER CONSULTAS QUE PRESENTEN EN LO REFERENTE A LA
MATERIA.
14. PROGRAMAR LAS VISITAS FISICAS A LOS LUGARES DE TRABAJO,
MEDIANTE LA CALENDARIZACION DE LAS MISMAS DISTRIBUYENDO
LOS TIEMPOS DISPONIBLES, CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR EL
DESARROLLO DE LOS PROYECTOS ESTRUCTURALES Y ATENDER
LAS DUDAS QUE PUDIERA PRESENTAR EL PERSONAL ENCARGADO
DE
LA
EJECUCION
DE
LOS
MISMOS;
ASI
COMO,
EMITIR
OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES PARA EFICIENTAR MAS EL
TRABAJO ENCOMENDADO.
15. EVALUAR LOS RESPORTES DE AVANCES PRESENTADOS POR LOS
RESPONSABLES
DE
CADA
PROYECTO,
MEDIANTE
LA
CONSOLIDACION DE LOS MISMOS PERIODICAMENTE Y EL ANALISIS
DETALLADO DE LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS MISMOS,
CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE DICHOS PROYECTOS SE
ESTAN
DESARROLLANDO
CONFORME
A
LA
NORMATIVIDAD
APLICABLE, EN CASO CONTRARIO EMITIR LAS RECOMENDACIONES
CORRESPONDIENTES PARA QUE SE ESTE EN POSIBILIDAD DE
PROPORCIONAR OBRAS SEGURAS Y DE CALIDAD PARA LOS
USUARIOS.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
261
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
INGENIERIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
SEIS AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA DE MATERIALES
2.
TECNOLOGIA
DE
LA
CONSTRUCCION
Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
EN: http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES
DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS
E INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
APOYO TECNICO
Otros conocimientos
SE REQUIERE CONOCIMIENTOS EN VIAS TERRESTRES, LEYES Y
REGLAMENTOS DEL SECTOR, CONOCIMIENTOS EN MATERIA DE OBRAS
PUBLICAS. MANEJO DE EQUIPO DE COMPUTO Y DOMINIO DEL IDIOMA
INGLES EN NIVEL INTERMEDIO PARA LECTURA, HABLA Y ESCRITURA.
Requisitos adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO MIXTO, DE
ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
DEPARTAMENTO DE CONTROL PRESUPUESTAL
Código de puesto
09-200-1-M1C014P-0000074-E-C-D
Grupo, grado y nivel
O11
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$26,005.00 MENSUAL BRUTO
Rango
JEFE DE DEPARTAMENTO
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
SUBSECRETARIA DE
INFRAESTRUCTURA
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE
MEXICO
Clasificación de
Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General del
puesto
MANTENER UN CONTROL DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DEL
GASTO DE INVERSION AUTORIZADO A LA SUBSECRETARIA DE
INFRAESTRUCTURA, OTORGANDO UN SEGUIMIENTO DEL DESARROLLO
DEL
GASTO
DE
LOS
RECURSOS,
LAS
AFECTACIONES
PRESUPUESTARIAS, SOLICITUDES DE TRANSFERENCIAS, ESTADO
FISICO Y FINANCIERO, CON LA FINALIDAD DE GENERAR LA CUENTA DE
LA
HACIENDA
PUBLICA
FEDERAL
EN
LA
INFRAESTRUCTURA
CARRETERA Y PROPORCIONAR EL ESTADO QUE GUARDA EL
PRESUPUESTO PARA LA TOMA DE DECISIONES.
Funciones
1.
OBTENER EL ESTADO DE LA INVERSION AUTORIZADA (ORIGINAL-
ADICIONAL), CONFORME AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA
FEDERACION, AUTORIZADO POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS
DEL EJERCICIO FISCAL, SOLICITANDO EL DESGLOSE DE OBRAS Y/O
PROYECTOS
A
DESARROLLAR
POR
CADA
Una
DE
LAS
DIRECCIONES A CARGO DE LAS DIRECCIONES GENERALES DE LA
SUBSECRETARIA, CON EL PROPOSITO DE OBTENER UN CONTROL
Y
ANALISIS
DE
LOS
RECURSOS
DESTINADOS
A
LA
INFRAESTRUCTURA CARRETERA.
262
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
2.
INTEGRAR
EL
DESGLOSE
DE
OBRAS
Y/O
PROYECTOS
AUTORIZADOS EN EL EJERCICIO FISCAL A CARGO DE LAS
DIRECCIONES GENERALES DE LA SUBSECRETARIA, SOLICITANDO
DICHA
DOCUMENTACION
POR
LOS
MEDIOS
DE
GESTION
ESTABLECIDOS EN EL AREA, CON LA FINALIDAD DE EFECTUAR EL
ANALISIS Y CONCILIACION CON EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE
LA FEDERACION AUTORIZADO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.
3.
DESARROLLAR EL SEGUIMIENTO DE LA APLICACION DE LOS
RECURSOS DESTINADOS A PROGRAMAS Y PROYECTOS A CARGO
DE LAS DIRECCIONES GENERALES DE LA SUBSECRETARIA,
INTEGRANDO EL PRESUPUESTO POR DIRECCION GENERAL,
ESTADO, PROGRAMA Y OBRA, OTORGANDO EL SEGUIMIENTO DE
LOS AVANCES DESARROLLADOS, CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR
EL CUMPLIMIENTO FISICO-FINANCIERO DE LAS DIRECCIONES.S.
4.
PROPORCIONAR ASESORIA A LAS AREAS PARA TRAMITAR
SOLICITUDES
DE
ADECUACIONES
O
MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS, EMITIENDO OBSERVACIONES SOBRE LOS
REQUISITOS, FORMATOS Y DOCUMENTACION SOPORTE PARA
INICIAR EL PROCESO, CONFORME A LOS ESTABLECIDO EN LA
NORMATIVIDAD EN LA MATERIA, CON LA FINALIDAD DE OTORGAR
ELEMENTOS QUE CONTRIBUYAN A AGILIZAR LOS TRAMITES Y
OBTENER LA AUTORIZACION POR PARTE DE LAS AUTORIDADES
CORRESPONDIENTES.
5.
CONTROLAR LOS RECURSOS FINANCIEROS AUTORIZADOS POR LA
SUBSECRETARIA
DE
INFRAESTRUCTURA,
GENERANDO
LOS
ANALITICOS POR DIRECCION GENERAL, ESTADOS Y PROGRAMAS,
QUE MUESTREN LA EVOLUCION DEL GASTO DE INVERSION, CON
LA FINALIDAD DE EFECTUAR INFORMES DEL ESTADO QUE GUARDA
EL
PRESUPUESTO
AUTORIZADO,
LIBERADO,
MODIFICADO
Y
EJERCIDO.
6.
INTEGRAR EL CONSECUTIVO DE LOS OFICIOS Y/O ADECUACIONES
PRESUPUESTALES
AUTORIZADAS
POR
LA
SECRETARIA
DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Y/O LA DIRECCION GENERAL DE
PROGRAMACION, ORGANIZACION Y PRESUPUESTO, A TRAVES DEL
REGISTRO EN UNA BASE DE DATOS POR DIRECCION GENERAL,
NUMERO DE OFICIO, FECHA E IMPORTE DE LIBERACION,
MODIFICACION Y/O CANCELACION DE LA INVERSION AUTORIZADA,
CON
LA
FINALIDAD
DE
MANTENER
UN
CONTROL
Y
DAR
SEGUIMIENTO DEL MOVIMIENTO PRESUPUESTAL DEL GASTO DE
INVERSION.
7.
ANALIZAR LOS MOVIMIENTOS PRESUPUESTALES DE LOS OFICIOS
Y/O ADECUACIONES POR DIRECCION GENERAL, ESTADOS Y
PROGRAMAS, EVALUANDO EL TIPO DE MOVIMIENTO, EL MOTIVO
POR EL QUE SE ORIGINA Y, EN SU CASO, LAS TRANSFERENCIAS,
LIBERACION, MODIFICACION Y/O CANCELACION DE PRESUPUESTO
ENCAMINADOS
A
PROGRAMAS
DE
CONSTRUCCION
Y
MODERNIZACION, CON LA FINALIDAD DE IDENTIFICAR LOS
TRAMITES
EFECTUADOS;
ASI
COMO,
PROPORCIONAR
INFORMACION
ACTUALIZADA
DE
LOS
MOVIMIENTOS
PRESUPUESTALES.
8.
PROCESAR LA INFORMACION OBTENIDA DEL ANALISIS DE LOS
MOVIMIENTOS PRESUPUESTALES EN EL ESTADO CONSOLIDADO
POR ESTADO, PROGRAMAS Y OBRAS POR DIRECCION GENERAL,
DESARROLLANDO
LOS
ANALITICOS
DE
APORTACIONES
FEDERALES A LOS GOBIERNOS ESTATALES, DE EMERGENCIAS, DE
INVERSION AUTORIZADA; ASI COMO, EL ESTADO DE ORIGEN Y
APLICACION DE RECURSOS (SOLICITUDES DE TRANSFERENCIAS
DE
RECURSOS)
DEL
PROGRAMA
DE
CONSTRUCCION
Y
MODERNIZACION, CON LA FINALIDAD DE INFORMAR LA SITUACION
QUE GUARDA EL GASTO DE INVERSION AUTORIZADA Y QUE DICHA
INFORMACION SIRVE DE BASE PARA LA TOMA DE DECISIONES.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
263
9.
PREPARAR LAS CONCILIACIONES MENSUALES Y ANUALES DE LOS
DIVERSOS
REPORTES
ANALITICOS
A
CARGO
DEL
AREA,
EFECTUANDO
LA
COMPARACION
DEL
ANALITICO
DE
PRESUPUESTO
CON
LOS
CIERRES
EMITIDOS
POR
LAS
DIRECCIONES GENERALES Y, EN SU CASO, CON LA CUENTA
PUBLICA FEDERAL, CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LOS
RESULTADOS
OBTENIDOS
E
IDENTIFICAR
POSIBLES
INCONSISTENCIAS, PARA QUE ESTAS SEAN ATENDIDAS Y/O
SOLVENTADAS.
10. PROCESAR LOS RESULTADOS DE LAS CONCILIACIONES EN LOS
ANALITICOS,
DEFINIENDO
LA
CLASIFICACION
A
LA
QUE
PERTENECE: DE EMERGENCIAS, DE APORTACIONES FEDERALES A
LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS; ASI COMO, EN EL ESTADO DE
EVOLUCION DEL EJERCICIO FISCAL Y ESTADO CONSOLIDADO POR
DIRECCION GENERAL, ESTADOS, PROGRAMAS Y PROYECTOS, CON
LAS CIFRAS DEFINITIVAS DEL PRESUPUESTO, CONFORME A LA
CUENTA DE LA HACIENDA PUBLICA FEDERAL, CON LA FINALIDAD
DE
OTORGAR
INFORMACION
PARA
EL
DESARROLLO
DE
ESTADISTICAS.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
2.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
3.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
CARRERA SOLICITADA:
1.
ADMINISTRACION
2.
CONTADURIA
3.
FINANZAS
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS ECONOMICAS
2.
CIENCIA POLITICA
3.
CIENCIAS ECONOMICAS
DOS AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
CONTABILIDAD
2.
ADMINISTRACION PUBLICA
3.
AUDITORIA
Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
EN: http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES
DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS
E INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
APOYO TECNICO
Otros conocimientos
SE
REQUIEREN
CONOCIMIENTOS
SOBRE
PROGRAMACION
Y
PRESUPUESTO CON NIVEL DE DOMINIO BASICO. MANEJO DE EQUIPO
DE COMPUTO.
Requisitos adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, DE
ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
264
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Puesto vacante
DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS E INGRESOS
Código de puesto
09-651-1-M1C014P-0000113-E-C-O
Grupo, grado y nivel
O11
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$26,005.00 MENSUAL BRUTO
Rango
JEFE DE DEPARTAMENTO
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
CENTRO SICT YUCATAN
SEDE (RADICACION)
YUCATAN
Clasificación de
Puesto
TIPO
Objetivo General del
puesto
MANTENER UN EFICIENTE CONTROL DE LOS INGRESOS Y RECURSOS
FINANCIEROS Y PRESUPUESTALES ASIGNADOS AL CENTRO SCT DE
ADSCRIPCION
PARA
LA
OPERACION
DE
SUS
PROGRAMAS
SUSTANTIVOS
Y
EL
CUMPLIMIENTO
DE
LOS
COMPROMISOS
CONTRAIDOS POR EL MISMO, MEDIANTE LA OBSERVACION DE LAS
POLITICAS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS AL EFECTO,
CON LA FINALIDAD DE CONTRIBUIR A SU FUNCIONAMIENTO DE FORMA
TRANSPARENTE.
Funciones
1.
MANTENER UN EFICIENTE CONTROL DE LOS COMPROMISOS DE
PAGO EN LOS SISTEMAS INSTITUCIONALES ESTABLECIDOS PARA
TAL EFECTO, MEDIANTE SU REGISTRO A TRAVES DE CUENTAS
POR LIQUIDAR CERTIFICADAS Y SU ENVIO A LA TESORERIA DE LA
FEDERACION, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR EL PAGO
CORRESPONDIENTE EN TIEMPO Y FORMA.
2.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN VERIFICAR QUE LA
REVISION, AUTORIZACION Y PROGRAMACION DE PAGO DE
LAS
CUENTAS
POR
LIQUIDAR
CERTIFICADAS
SE
EFECTUE
OPORTUNAMENTE,
MEDIANTE
EL
ANALISIS
DE
LA
DOCUMENTACION COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE, CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR EL PAGO CORRECTO Y OPORTUNO.
3.
INFORMAR A LOS BENEFICIARIOS, CUANDO SEA REQUERIDO, LAS
FECHAS DE PAGO PROGRAMADAS POR LA TESORERIA DE LA
FEDERACION,
ESTABLECIENDO
EFECTIVOS
CANALES
DE
COMUNICACION Y COMUNICANDO LO RESPECTIVO, CON LA
FINALIDAD DE ASEGURAR EL PAGO A LOS BENEFICIARIOS EN
TIEMPO Y FORMA.
4.
MANTENER
UN
EFICIENTE
CONTROL
DEL
PRESUPUESTO
ASIGNADO
AL
CENTRO
SCT
DE
ADSCRIPCION
PARA
SU
OPERACION, MEDIANTE LA INTEGRACION DE LOS REPORTES
NECESARIOS CON BASE EN LOS REGISTROS INTERNOS DEL AREA,
CON LA FINALIDAD DE PROPORCIONAR INFORMACION VERAZ Y
CONFIABLE AL TITULAR DEL CENTRO COMO HERRAMIENTA PARA
APOYAR LA TOMA DE DECISIONES.
5.
PARTICIPAR EN LA ELABORACION DEL PRESUPUESTO DEL
CENTRO SCT, DE CONFORMIDAD CON LOS PROYECTOS Y
PROGRAMAS ASIGNADOS DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD
ESTABLECIDA AL RESPECTO.
6.
MANTENER INFORMADAS A LAS DIFERENTES AREAS DEL CENTRO
SCT DE ADSCRIPCION EN LO RELATIVO AL PRESUPUESTO
ASIGNADO PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES Y LA
EJECUCION DE SUS PROGRAMAS SUSTANTIVOS, MEDIANTE
LA GENERACION DE LOS REPORTES NECESARIOS, CON LA
FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE CUENTE CON SUFICIENCIA
PRESUPUESTARIA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS A
CARGO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
7.
TRAMITAR LAS ADECUACIONES Y/O AJUSTES DEL PRESUPUESTO
QUE SOLICITEN LOS CENTROS DE TRABAJO, GESTIONANDO LO
NECESARIO PARA SOLICITAR AMPLIACIONES, REDUCCIONES Y
MODIFICACION DE CALENDARIOS EN APEGO A LOS LINEAMIENTOS
Y
PROCEDIMIENTOS
ESTABLECIDOS
AL
EFECTO,
CON
LA
FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE CUENTE CON SUFICIENCIA
PRESUPUESTARIA PARA LA OPERACION DE LOS PROGRAMAS
SUSTANTIVOS A CARGO DEL CENTRO SCT DE ADSCRIPCION.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
265
8.
EFECTUAR
CONCILIACIONES
PERIODICAS
DE
LAS
CIFRAS
REPORTADAS A TRAVES DE LOS SISTEMAS INSTITUCIONALES,
MEDIANTE EL COTEJO Y VERIFICACION DE INFORMACION Y EN SU
CASO, EFECTUANDO LAS ACLARACIONES NECESARIAS POR
DIFERENCIAS IDENTIFICADAS, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR
UN EFICIENTE CONTROL PRESUPUESTAL.
9.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN EJERCER UNA
EFICIENTE VIGILANCIA DE LA EJECUCION DEL GASTO, MEDIANTE
EL REGISTRO Y SEGUIMIENTO QUE SE DERIVE DEL EJERCICIO DE
LOS
RECURSOS
PRESUPUESTALES
ASIGNADOS
PARA
LA
OPERACION DE LOS PROGRAMAS SUSTANTIVOS A CARGO DEL
CENTRO SCT DE ADSCRIPCION, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR
TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO Y EL
CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
10. VERIFICAR QUE SE EFECTUE EL PAGO CORRECTO Y OPORTUNO
DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS POR EL CENTRO SCT DE
ADSCRIPCION CON TERCEROS, ASI COMO LOS PAGOS QUE SE
REALICEN
POR
CONCEPTO
DE
IMPUESTOS,
INTERESES
NOMINALES, ISSSTE, ASEGURADORAS, ETC., CON LA FINALIDAD DE
EVITAR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CENTRO Y
QUE ELLO PUDIERA GENERAR EL PAGO DE RECARGOS.
11. VERIFICAR QUE SE EFECTUE EL REGISTRO DE LOS REINTEGROS Y
RECTIFICACIONES DE PRESUPUESTO A TRAVES DE LOS SISTEMAS
INSTITUCIONALES, VERIFICANDO SU CORRECTA APLICACION, CON
LA
FINALIDAD
DE
ASEGURAR
EL
CUMPLIMIENTO
DE
LOS
LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS PARA TAL EFECTO Y EVITAR
OBSERVACIONES POR PARTE DE LOS ORGANOS FISCALIZADORES.
12. VERIFICAR QUE LA DOCUMENTACION PRESENTADA PARA PAGO,
CUMPLA
CON
LOS
REQUISITOS
ESTABLECIDOS
POR
LA
NORMATIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS VIGENTES, CON LA FINALIDAD
DE ASEGURAR SU PAGO CORRECTO Y OPORTUNO, ASI COMO
CONTAR CON EL SOPORTE DOCUMENTAL CORRESPONDIENTE.
13. MANTENER
INFORMADAS
A
LAS
AREAS
RECAUDADORAS
ADSCRITAS AL CENTRO SCT, PROPORCIONANDO INFORMACION
ACTUALIZADA DEL CATALOGO UNICO DE CONCEPTOS Y TARIFAS
DE CAPTACION DE INGRESOS, POR DERECHOS, PRODUCTOS Y
APROVECHAMIENTOS, Y SUS MODIFICACIONES, CON BASE EN LAS
DISPOSICIONES EMITIDAS EN LAS LEYES Y REGLAMENTOS, CON LA
FINALIDAD DE ASEGURAR QUE CUENTEN CON INFORMACION PARA
EL DESARROLLO DE SUS ACTIVIDADES.
14. PROPORCIONAR ASESORIA A LAS AREAS CAPTADORAS EN LO
RELATIVO A LA APLICACION DE LOS LINEAMIENTOS DE OPERACION
Y CONTROL DE LA CAPTACION DE INGRESOS, DERECHOS,
PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS, EN APEGO AL MARCO
NORMATIVO Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS PARA TAL
EFECTO,
ASI
COMO
DAR
SEGUIMIENTO
A
POSIBLES
IRREGULARIDADES QUE SE PRESENTEN, CON LA FINALIDAD DE
ASEGURAR UNA OPERACION EN UN MARCO DE TRANSPARENCIA.
15. COORDINAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA LA RECEPCION Y
REVISION DE LA DOCUMENTACION RELATIVA A LA FACTURACION Y
COBRANZA
DE
LAS
DISTINTAS
AREAS
RECAUDADORAS,
CONCENTRANDO Y LLEVANDO UN ESTRICTO CONTROL DE LAS
FACTURAS POR CONCEPTO DE INGRESOS Y CONCILIANDO EN
FORMA
MENSUAL
LOS
INGRESOS
REPORTADOS,
CON
LA
FINALIDAD DE ASEGURAR UN EFICIENTE Y TRANSPARENTE
CONTROL INTERNO, ASI COMO REALIZAR LAS ACLARACIONES
CORRESPONDIENTES CON LA COORDINACION DE INGRESOS DE LA
DGPOP.
266
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
16. SUPERVISAR QUE LAS AREAS RECAUDADORAS DE INGRESOS Y
CENTROS DE TRABAJO FORANEOS ENVIEN OPORTUNAMENTE LOS
REPORTES DE LOS INGRESOS CAPTADOS, SUPERVISANDO Y
VERIFICANDO QUE LA CAPTACION DE INGRESOS REALIZADA SEA
ACORDE A LOS CONCEPTOS Y TARIFAS ESTABLECIDOS EN LA LEY
FEDERAL DE DERECHOS Y/O CATALOGO DE TARIFAS DE
INGRESOS POR DERECHOS, PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS,
CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LA
NORMATIVIDAD VIGENTE Y EVITAR OBSERVACIONES DE LOS
ORGANOS FISCALIZADORES.
17. FORMULAR LOS INFORMES MENSUALES, ANUALES Y ESPECIALES
CORRESPONDIENTES A LA CAPTACION DE INGRESOS POR
CONCEPTO DE DERECHOS, PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS,
DERIVADOS DE SERVICIOS QUE ADMINISTRA LA SECRETARIA A
TRAVES DEL CENTRO SCT DE ADSCRIPCION, CON LA FINALIDAD DE
REMITIRLOS PARA SU REVISION CON LA DOCUMENTACION
SOPORTE A LA COORDINACION DE INGRESOS DE LA DGPOP.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TERMINADO O PASANTE
AREA GENERAL:
1.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
2.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
3.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
4.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
5.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
CARRERA SOLICITADA:
1.
ADMINISTRACION
2.
CIENCIAS
POLITICAS
Y
ADMINISTRACION PUBLICA
3.
CONTADURIA
4.
ECONOMIA
5.
FINANZAS
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS ECONOMICAS
2.
CIENCIAS ECONOMICAS
3.
CIENCIA POLITICA
CUATRO AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
ECONOMIA GENERAL
2.
CONTABILIDAD
3.
ADMINISTRACION PUBLICA
Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
EN: http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES
DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS
E INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
RECURSOS FINANCIEROS
Otros conocimientos
MANEJO DE PAQUETERIA OFFICE.
Requisitos adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, DE
ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
267
Puesto vacante
DEPARTAMENTO DE APOYOS BASICOS
Código de puesto
09-712-1-M1C014P-0000687-E-C-F
Grupo, grado y nivel
O11
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$26,005.00 MENSUAL BRUTO
Rango
JEFE DE DEPARTAMENTO
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS MATERIALES Y
SERVICIOS GENERALES
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE
MEXICO
Clasificación de
Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General del
puesto
COORDINAR QUE SE PROPORCIONEN LOS SERVICIOS DE APOYO A LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
CENTRALES
DE
LA
SECRETARIA,
MEDIANTE
LA
APLICACION
DE
LOS
PROCEDIMIENTOS
DESARROLLADOS EN MATERIA DE SERVICIOS, DE CONFORMIDAD CON
LO ESTABLECIDO EN EL PROGRAMA ANUAL, CON LA FINALIDAD DE
CUBRIR LAS NECESIDADES PRIMARIAS DE LAS AREAS QUE INTEGRAN
ESTA SECRETARIA, Y ASI PUEDAN DAR CUMPLIMIENTO A LAS METAS
SUSTANTIVAS ENCOMENDADAS.
Funciones
1.
INTEGRAR Y ANALIZAR LAS NECESIDADES DE LAS DIVERSAS
AREAS DE LA SECRETARIA, IDENTIFICANDO Y ANALIZANDO LOS
REQUERIMIENTOS DE SERVICIOS DE APOYO SOLICITADOS POR
LAS MISMAS, CON LA FINALIDAD DE BRINDAR LOS SERVICIOS DE
LIMPIEZA, FUMIGACION Y JARDINERIA, PARA PRESERVAR LAS
CONDICIONES DE SALUBRIDAD E HIGIENE NECESARIAS EN
LAS INSTALACIONES.
2.
SUPERVISAR Y VERIFICAR QUE SE OTORGUEN LOS SERVICIOS
REQUERIDOS POR LAS DIVERSAS AREAS DE LA DEPENDENCIA,
MEDIANTE LA EJECUCION DE REVISIONES FISICAS A LOS LUGARES
EN
LOS
QUE
SE
PROPORCIONAN
DICHOS
SERVICIOS,
Y
COMUNICACION
CONSTANTE
CON
LOS
COORDINADORES
ADMINISTRATIVOS, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE LA
PRESTACION DE LOS MISMOS SE LLEVE A CABO EN TIEMPO Y
FORMA, ASEGURANDO QUE LAS INSTALACIONES SE ENCUENTREN
EN OPTIMAS CONDICIONES DE USO.
3.
EFECTUAR LOS TRAMITES PARA CUBRIR LOS PAGOS DE LOS
SERVICIOS DE APOYO Y COMPLEMENTARIOS CONTRATADOS,
MEDIANTE LA SUPERVISION Y VALIDACION DE LAS FACTURAS
EMITIDAS POR LOS PRESTADORES DE SERVICIO, CON LA
FINALIDAD DE OBTENER LA AUTORIZACION Y ASIGNACION DE LOS
RECURSOS CORRESPONDIENTES PARA LA LIQUIDACION DE LOS
SERVICIOS SOLICITADOS.
4.
COORDINAR LAS ACCIONES PARA ESTABLECER LOS TERMINOS
PARA
LA
PRESTACION
DE
LOS
SERVICIOS
CON
LOS
PROVEEDORES, A TRAVES DE LA ASISTENCIA A REUNIONES DE
TRABAJO PARA SU ESTUDIO, A EFECTO DE QUE SE OPTIMICE LA
PRESTACION DE LOS SERVICIOS Y LA SOLUCION DE QUEJAS
DE LOS USUARIOS, Y EVITAR EN LO POSIBLE LA APLICACION DE
DEDUCTIVAS EN BENEFICIO DE LA PROCURACION CONSTANTE Y
SOSTENIDA DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS.
5.
CUANTIFICAR LAS PENAS CONVENCIONALES DERIVADAS DEL
INCUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS POR RETRASO EN LA
PRESTACION DE LOS SERVICIOS, MEDIANTE LA RECEPCION DE
REPORTES DE QUEJAS Y TIEMPOS DE SOLUCION, CON LA
FINALIDAD DE APLICAR LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES AL
RETRASO.
268
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
6.
MANTENER EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS CONSUMOS
HISTORICOS DE AGUA Y ENERGIA ELECTRICA DE LOS INMUEBLES
DEL NIVEL CENTRAL, A TRAVES DE LA GENERACION DE
EXPEDIENTES CON LA INFORMACION DEBIDAMENTE CLASIFICADA
Y VALIDADA, CON LA FINALIDAD DE CONTAR CON LOS ELEMENTOS
PARA COMPROBAR LOS PAGOS Y EVITAR EL COBRO DE ADEUDOS
DE PROCEDENCIA IRREGULAR, QUE PUEDAN IMPACTAR EL
PATRIMONIO DE LA DEPENDENCIA.
7.
INTEGRAR LOS COMPROBANTES DE CONSUMO DE AGUA Y
ENERGIA
ELECTRICA
DE
LOS
INMUEBLES
CENTRALES
Y SOMETERLOS A LA APROBACION DEL AREA DE CONSERVACION
Y TRAMITAR SU PAGO, MEDIANTE LA IMPLEMENTACION DE
MECANISMOS
DE
COMPILACION
Y
VALIDACION
DE
LA
INFORMACION; ASI COMO, LA GENERACION DE EXPEDIENTES, CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE CUMPLA EN TIEMPO CON LOS
PAGOS Y EVITAR EL CORTE DE LOS SERVICIOS.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
2.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
3.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
4.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
5.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
ADMINISTRACION
2.
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
3.
CONTADURIA
4.
ARQUITECTURA
5.
INGENIERIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS ECONOMICAS
2.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
3.
CIENCIA POLITICA
DOS AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
CONTABILIDAD
2.
INGENIERIA
Y
TECNOLOGIA
DEL MEDIO AMBIENTE
3.
ADMINISTRACION PUBLICA
Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
EN: http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES
DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS
E INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
PRESTACION DE SERVICIOS
Otros conocimientos
SE REQUIERE CONOCIMIENTO EN MATERIA DE SERVICIOS GENERALES
Y MANTENIMIENTO; PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION Y DE LA LEY
DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO. MANEJO DE EQUIPO DE COMPUTO.
Requisitos adicionales
HORARIO DE TRABAJO DIURNO, DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES
DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
269
BASES DE PARTICIPACION
1ª.- Principios del concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, atendiéndose en todo momento lo
dispuesto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala
prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de las personas, y lo dispuesto en la Ley
Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
No se consideran discriminatorias las acciones afirmativas encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva
entre mujeres y hombres en materia del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal
Centralizada, así como promover acciones que favorezcan la inclusión y profesionalización de personas
jóvenes, indígenas, afrodescendientes, afromexicanas y con discapacidad, conforme a los principios
establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados y convenios
internacionales, y demás disposiciones aplicables.
El desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección (CTS), se sujeta a las
disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su
Reglamento y el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
2ª.- Requisitos de participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia determinados para
el puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos legales, de conformidad con el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal:
1.
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar;
2.
No haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
3.
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
4.
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto;
5.
No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así
como;
6.
Presentar las evaluaciones que se indican para cada caso.
En el caso del personal que se haya apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración
Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la
Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Se solicita a quienes participen que antes de realizar su inscripción al concurso, verifiquen las carreras
genéricas y específicas, así como el área general y el área de experiencia requeridas en el perfil del puesto
publicados en el sistema informático TrabajaEn
3ª.- Programación del concurso
El concurso se conducirá de acuerdo con la programación que se indica; las fechas podrán modificarse
cuando así resulte necesario, por lo que se recomienda dar seguimiento del concurso en el sistema
informático TrabajaEn.
Programación
Publicación de Convocatoria
04 de marzo de 2026
Registro de aspirantes
(en el sistema informático TrabajaEn)
Del 04 al 18 de marzo de 2026
Revisión curricular
(por el sistema informático TrabajaEn)
Del 04 al 18 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
(se deberá realizar conforme al procedimiento descrito
en la base 17ª)
El Comité Técnico de Selección acuerda que,
bajo ningún supuesto se permitirá la reactivación
de folio en la etapa de revisión curricular.
Exámenes de Conocimientos
A partir del 24 de marzo de 2026
Evaluación de Habilidades
A partir del 24 de marzo de 2026
Evaluación de Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 24 de marzo de 2026
Revisión Documental
A partir del 24 de marzo de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir del 30 de marzo de 2026
Determinación
01 de junio de 2026
4ª.- Registro de aspirantes
Con fundamento en el Artículo 238 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en
materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente, cualquier persona podrá
incorporar en el sistema informático TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal,
curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su
interés.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Una vez que la persona interesada haya incorporado la información necesaria para configurar su perfil
profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de registro, el sistema informático TrabajaEn le
asignará un número de folio de registro general.
El registro de personas aspirantes a un concurso se realizará a partir de la fecha de publicación de la
convocatoria y a través del sistema informático TrabajaEn, el cual les asignará un número de folio de
participación, mismo que servirá para formalizar su inscripción e identificación durante todo el desarrollo
del concurso.
Cuando la Dirección General de Recursos Humanos y Organización (DGRHO) advierta la duplicidad de
registros en el sistema informático TrabajaEn con motivo de un concurso, el CTS procederá al descarte
del segundo o subsecuentes folios de registro en éste, e informará esta situación a la Unidad de Políticas para
el Servicio Público para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes.
La revisión curricular efectuada a través del sistema informático TrabajaEn se llevará a cabo, sin perjuicio de
la revisión y evaluación de la documentación que realice la DGRHO a la información entregada por las
personas aspirantes. De esta manera se verificará que las personas aspirantes acrediten que cumplen con los
requisitos establecidos en la convocatoria.
5ª.- Presentación de evaluaciones y desahogo de las etapas del proceso
De conformidad con lo establecido en el Art. 34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, publicado el, 04 de enero de 2024 y Acuerdo por el que se establecen
las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente,
“El procedimiento de selección de los aspirantes comprenderá las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades; III. Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, IV. Entrevistas, y V. Determinación”
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (Secretaría):
Comunicará a cada persona aspirante, por lo menos con 2 días hábiles de anticipación, la fecha, hora y lugar
en que se realizará el desahogo de cada una de las etapas y fases del concurso a través del sistema
informático TrabajaEn, en el rubro "Mis Mensajes", siendo motivo de descarte el no presentarse en la fecha,
hora y lugar señalados o no presentar la documentación que se le requiera.
La Secretaría aplicará las herramientas de evaluación en sus instalaciones, en los Centros SICT de la
República Mexicana, o en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados (se podrá considerar el lugar de
adscripción de la plaza).
Para cada una de las etapas es necesario que cada persona aspirante se presente con su comprobante de
folio asignado por el sistema informático TrabajaEn e identificación oficial vigente con fotografía y firma.
Para realizar el Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, la persona
aspirante HARA USO DE SU NUMERO DE FOLIO DE TRABAJAEN (se muestra en la página de bienvenida
al portal) Y LA CONTRASEÑA con la que accede a su usuario en el sistema informático TrabajaEn, por lo
que es INDISPENSABLE contar con dicha contraseña al momento de presentarse a la evaluación, en caso no
tenerla, conocerla o recordarla no podrá realizar el Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y será motivo de descarte inmediato.
Adicionalmente, y como medida de prevención de contagio y dispersión del coronavirus SARS-CoV2, es
necesario que cada persona aspirante que se presente en las instalaciones de la Secretaría al desahogo de
las etapas del concurso utilice cubrebocas y/o careta para su acceso y permanencia en dichas instalaciones,
además de apegarse al protocolo que la Secretaría implemente para el acceso a las instalaciones.
6ª.- Examen de Conocimientos
La Subetapa de Examen de conocimientos, constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 70, en una escala
de 0 a 100 sin decimales; obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten
el Examen de conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación ponderada se sumará con la
calificación ponderada del examen de conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo
mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado menor a este será motivo
de descarte, así como el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje del
sistema informático TrabajaEn.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal será de 50% cada uno, para así obtener un total de 100%.
El resultado del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de
Exámenes de Conocimientos de acuerdo con sistema de puntuación para cada nivel jerárquico.
El resultado de la sumatoria del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal deberá ser IGUAL O MAYOR A 70 para poder continuar con las
siguientes etapas del proceso.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
271
Si la sumatoria de los resultados del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal es MENOR A 70, se procederá al descarte de la persona
candidata.
Tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos técnicos, éstos tendrán vigencia de
un año, en relación con el puesto sujeto a concurso siempre y cuando se trate de la misma plaza y sede de
radicación, la misma persona titular de la presidencia del CTS, además de que no cambie el temario con el
cual se evaluaron los conocimientos de que se trate; por lo que, en caso de existir diferencias entre los
aspectos mencionados, no se podrán considerar dichos resultados en las evaluaciones de los concursos de
esta convocatoria. En caso de que se cumplan los criterios anteriores, la calificación se replicará en el sistema
informático TrabajaEn, siempre y cuando la persona aspirante interesada lo solicite mediante un escrito
dirigido al (la) Secretario (a) Técnico (a) del Comité Técnico de Selección durante el periodo establecido para
el registro de aspirantes al concurso. De no existir dicha solicitud y aprobación de la misma, la calificación no
se replicará.
En el caso de puestos tipo, es decir, que cuenten con el mismo perfil de puesto y temario, que se trate de la
misma persona titular de la presidencia del CTS y se publiquen en la misma convocatoria, el sistema
informático TrabajaEn replicará en forma automática la calificación obtenida por el/la candidato (a), hecho que
se precisará a las personas aspirantes por medio del mensaje de invitación al desahogo de las Etapas II y III,
enviado a través del centro de mensajes en el sistema informático TrabajaEn.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados NO aprobatorios de los exámenes de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del
registro de los resultados en el sistema informático Trabajaen. Es importante aclarar, que NO se puede
RENUNCIAR AL RESULTADO de las evaluaciones por lo que al inscribirse a un concurso y obtener un folio
de participación, el sistema verificará los resultados vigentes de los exámenes de conocimientos y de las
evaluaciones de habilidades. En caso de coincidir con las registradas en el concurso al que se va a inscribir, el
sistema reflejará los resultados vigentes.
Tratándose de resultados aprobatorios de los Exámenes de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, éstos tendrán vigencia de un año a partir del registro en el sistema informático Trabajaen.
Las personas aspirantes podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al Examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado
aprobatorio y se encuentre vigente, dicho resultado se verá reflejado de forma automática en el sistema
informático Trabajaen.
En caso de solicitar la revisión de exámenes de Conocimientos, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la
correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados. La persona
aspirante deberá solicitarlo a través de escrito fundamentado con firma autógrafa de la persona aspirante;
dirigido al CTS anexando copia de identificación oficial vigente con fotografía y firma; únicamente se aceptará:
credencial para votar, pasaporte o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018; y
enviarse a la dirección de correo electrónico ingreso@sict.gob.mx, dentro de un plazo máximo de tres días
hábiles, contados a partir de la publicación de los resultados de esta etapa en el sistema informático
TrabajaEn, indicando para cuál de los exámenes de conocimientos requiere revisión. De conformidad con el
artículo 265 de las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, la revisión de exámenes sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las
opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de
evaluación.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de conocimientos técnicos serán publicados
en
la
convocatoria
publicada
en
el
sistema
informático
TrabajaEn
y
en
el
portal
https://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso.
El Temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal se encuentra
disponible en el sistema informático TrabajaEn en el apartado “Documentos e Información Relevante”, en el
apartado “Temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal”. Las dudas
relacionadas con este temario deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta
de correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, se tendrá por acreditado cuando las personas aspirantes sean consideradas
finalistas por el CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para ocupar el puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo, de conformidad al artículo278 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Además del comprobante de folio asignado por el sistema informático TrabajaEn (Hoja de Bienvenida de
TrabajaEn), e identificación oficial vigente con fotografía y firma, las personas aspirantes a participar deberán
presentar comprobante original que acredite el nivel de estudios requerido en el perfil del puesto por el cual
concursan, y deberán contar con SU NUMERO DE FOLIO DE TRABAJAEN (se muestra en la página de
bienvenida al portal), Y LA CONTRASEÑA con la que accede a su usuario en el sistema informático
TrabajaEn, el no presentar alguno de estos documentos, el no contar con su folio y/o no tener, conocer o
recordar su contraseña en el sistema informático TrabajaEn será motivo de descarte. Asimismo, se verificará
la consistencia de los datos personales en la “Hoja de Bienvenida” obtenida del portal Trabajen (CURP, RFC y
nombre), los cuales deberán coincidir con los documentos oficiales que presente la persona aspirante.
Una vez que las personas aspirantes se encuentren en la sala de evaluaciones se darán indicaciones para el
desarrollo de la sesión de evaluación de conocimientos; en caso de que las personas aspirantes no acaten
dichas indicaciones será motivo de descarte.
7ª.- Evaluación de Habilidades
Se aplicará una batería de pruebas psicométricas y en todos los casos se otorgará una calificación de 100
puntos y tendrá vigencia de un año.
8ª.- Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, se aplicará la Metodología establecida por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y las reglas de valoración y puntuación general establecidas
por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, las cuales se pueden consultar en el siguiente enlace:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1048566/METODOLOGIA_Y_ESCALAS_DE_CALIFICACION_SABG_ACTUALIZADO.pdf
Se evaluará a cada persona aspirante conforme a la citada Metodología y Escala en las fechas y lugares que
se indiquen, a través del mensaje remitido por el sistema informático TrabajaEn. Las personas aspirantes
deberán presentar evidencias de los siguientes elementos:
Evaluación de la Experiencia: orden de los puestos desempeñados; duración en los puestos desempeñados;
experiencia en el sector público; experiencia en el sector privado; experiencia en el sector social; nivel de
responsabilidad; nivel de remuneración; relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con
las del puesto vacante; en su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Valoración del Mérito: resultado de la evaluación del desempeño; resultados de las acciones de capacitación;
resultados de procesos de certificación; logros; distinciones; reconocimientos o premios; actividad destacada
en lo individual; otros estudios; habla de lengua indígena, autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena
o afrodescendiente o afromexicana, perspectiva de juventudes, persona con discapacidad.
9ª.- Revisión Documental
Para el desahogo de esta etapa (de conformidad con las especificaciones que al efecto se remitan a través
del mensaje en el sistema informático TrabajaEn), la persona aspirante deberá presentar ORIGINAL de los
siguientes formatos denominados:
1. Revisión documental
2. Escrito Bajo Protesta de Decir Verdad,
3. Referencias Laborales
4. Nivel de Responsabilidad (No requerido para personas aspirantes a puestos de nivel Enlace)
5. Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana
6. Autoreconocimiento persona con discapacidad y,
7. Cédulas de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Los
formatos
mencionados
se
encuentran
disponibles
en
la
liga
https://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso (consultar guía de llenado). Así mismo, deberá
presentar original o copia certificada (para cotejo) y copia simple de los documentos referidos en dichos
formatos, mismos que se citan a continuación (en caso de no presentar dichos formatos será motivo de
descarte):
●
Los formatos referidos asentando la fecha de entrega de la documentación (de acuerdo con la fecha y
hora límites para la entrega de los mismos, señalada en su mensaje de invitación para el desahogo de
esta etapa) así como la firma de la persona aspirante, en los recuadros correspondientes (se aceptará
sólo firma autógrafa). Estos deberán presentarse debidamente requisitados y firmados. El no presentar
alguno de estos documentos como se indica, será motivo de descarte.
●
Original o copia certificada (para cotejo) y copia simple de los documentos referidos en los formatos de
Revisión documental y cédulas de evaluación de la experiencia y valoración del mérito, mismos que se
citan a continuación:
1.
Impresión del documento de bienvenida al Sistema informático TrabajaEn, como comprobante del
folio asignado para el concurso. Los datos de la “Hoja de Bienvenida” obtenida en el sistema
informático TrabajaEn (CURP, RFC y nombre) deberán coincidir con los documentos oficiales que
presente la persona aspirante en cada una de las etapas, en caso de que exista alguna
inconsistencia u omisión en los mismos será motivo de descarte automático.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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2.
Currículum Vítae emitido por en el sistema informático TrabajaEn, con el que se registró en el
concurso respectivo firmado en cada hoja.
3.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial para votar
vigente, pasaporte vigente, cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
4.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda y CURP en el formato vigente.
5.
Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste:
●
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar;
●
No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
●
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto;
●
No estar inhabilitado(a) para el servicio público;
●
Que la documentación presentada es auténtica.
●
Que, en caso de haber sido beneficiado(a) por su incorporación al Programa de Conclusión de
Prestación de Servicios en la Administración Pública Federal, y resultará ganador(a) del
concurso, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
6.
Hoja de Liberación del Servicio Militar Nacional (únicamente varones hasta los 45 años).
7.
Las personas servidoras públicas de carrera podrán presentar la más reciente evaluación del
desempeño anual, con fundamento en lo previsto en el Artículo 37 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, para ser evaluadas en el Elemento 9 Experiencia en
puestos inmediatos inferiores al de la vacante de la Cédula de Evaluación de la Experiencia.
En caso de que la persona servidora pública de carrera titular no presente evaluación del
desempeño, no se asignará calificación en la Cédula de Valoración del Mérito, se asentará el registro
como SIN CALIFICACION.
8.
Documentos con los que acredite los años de experiencia profesional solicitados en el perfil del
puesto. Para acreditar los años de experiencia solicitados en el perfil del puesto y que se
manifestaron en el currículum registrado en el sistema informático TrabajaEn, se aceptarán:
-
Constancias laborales en hoja membretada, firmada, y en su caso sellada, y que contengan
como mínimo los siguientes datos: nombre de la persona aspirante, periodo laborado, emitidas
por el responsable del área de Recursos Humanos o Administración correspondiente
(con nombre, puesto y firma de la persona que la emite);
-
Hojas de servicio;
-
Constancias de servicio activo;
-
Contratos completos, debidamente firmados y, en su caso sellados, por todas las partes
involucradas;
-
Talones de pago, recibos de pago quincenales/mensuales que correspondan a la totalidad del
periodo que se pretenda acreditar (se deberán integrar todos y cada uno de los recibos y/o
talones);
-
Constancias de semanas de cotización al ISSSTE o al IMSS, y
-
Constancia de finalización de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales.
-
Para las personas aspirantes que presenten como experiencia laboral su participación en el
Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, deberán presentar la pantalla “Mi historial” emitida
por la plataforma del Programa (en este apartado se encuentran las fechas inicio y fin de su
capacitación)
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas
de recomendación, nombramientos, propuestas de trabajo, cartas finiquito, renuncias, recibos de
honorarios expedidos por el propio candidato, cheques, estados de cuenta, constancias emitidas por
el superior jerárquico inmediato del puesto ocupado, constancias de sueldos, salarios, conceptos
asimilados y crédito al salario o constancias de haber realizado proyectos de investigación.
Las actividades docentes no serán consideradas como experiencia laboral. En caso de presentar
constancias laborales que avalen periodos empalmados (es decir, que se desarrollaron en el mismo
lapso de tiempo), sólo se considerará el periodo que no se repita para cada constancia,
computándose así en el conteo para acreditar años de experiencia laboral.
9.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el
requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado, sólo serán válidos el
Título registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o
en su caso, mediante la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha
autoridad. Para acreditar el requisito de escolaridad de nivel Licenciatura, serán válidos, los grados
de Maestría o Doctorado en las áreas de estudio y carreras establecidas en el perfil de puesto,
siempre y cuando, el grado de avance de la Maestría o Doctorado sea Titulado y se encuentre
registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
En caso de presentar Título Profesional de Maestría o Doctorado, sólo serán válidos el Título
registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su
caso, mediante la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha
autoridad. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, se deberá presentar la constancia
de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para los casos
en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará Carta de Pasante
expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en
su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber cubierto el 100% de los
créditos del nivel de estudios solicitado, en caso de presentar Título Profesional sólo serán válidos el
Título registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o
en su caso, mediante la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha
autoridad. En el caso de que el perfil de puesto requiera escolaridad Preparatoria/Bachillerato,
Técnico Superior Universitario o Secundaria, se deberá presentar el Certificado correspondiente o el
grado superior siguiente con avance mínimo de terminado o pasante. Todos los Títulos y Cédulas
Profesionales serán verificadas en el Registro Nacional de Profesionistas, en caso de no encontrarse
registro en dicha plataforma, será motivo de descarte.
10. Cédula de identificación Fiscal o constancia de registro en el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) formato actualizado.
Respecto a los elementos contenidos en la Cédula de Valoración del Mérito, particularmente para acreditar los
Elementos: 9 Habla de lengua indígena; 10 Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicana; 11 perspectiva de juventudes y 12 personas con discapacidad, deberá
presentar lo siguiente: Elemento 9 Habla de lengua indígena, deberá presentar original y copia de las
constancias en las que se corrobore el nivel de conocimiento y manejo de lenguas indígenas, en sus 4
habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o comprender, leer y escribir. Se calificarán de acuerdo al
manejo y conocimiento de alguna (s) lengua (s) indígena (s). Nivel 1: *Carta u oficio expedido por la autoridad
comunitaria de su lugar de origen, que señale que es hablante de una lengua indígena nacional. *Acreditación
de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o
por alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado regular o bueno). *Acreditación
o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas que avalen, al menos un nivel básico en alguna
de las lenguas indígenas o sus variantes. *Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico,
infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etcétera.) acreditando fehacientemente su
autoría. *Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido parte
de los procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas indígenas.
*Certificado de competencia laboral (relacionado con la interpretación, atención en lengua indígena o
traducción). Nivel 2: *Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI o alguna
otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente). *Publicaciones en gacetas,
revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio
del que se trate, acreditando fehacientemente su autoría. *Evidencias de trabajo que avalen su experiencia
como intérprete, mediador (a) bilingüe y/o traductor (a) de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etc.) acreditando fehacientemente su autoría. Otros que al
efecto establezca la UPSPS.
Elemento 10 Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
La denominación del presente elemento deriva de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la
autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena o afrodescendiente/afromexicana es el acto voluntario
mediante el cual personas o comunidades, que tienen un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de
otro tipo y, que deciden identificarse como integrantes de un pueblo o comunidad indígena reconocido por el
Estado. La auto adscripción es una manifestación de identidad y pertenencia cultural. La autoadscripción a un
pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente se calificará de acuerdo con la manifestación que
realice, por su parte, la persona aspirante, que así lo manifieste, en la revisión documental durante el
concurso. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre
del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
Elemento 11 Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de Juventudes, se considera como elemento
de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla con los requisitos de escolaridad
y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso. Deberá
presentar original y copia de CURP o acta de nacimiento que acredite que al momento de la publicación del
concurso la persona aspirante era menor de 30 años. Se considerará este elemento a la persona candidata
que compruebe ser menor de 30 años a la fecha de publicación del concurso.
Elemento 12 personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar de presentar una
discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (LGIPD),
cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil
del puesto. Deberá requisitar el formato donde manifieste su autoreconocimiento como persona
con discapacidad. La persona candidata manifestará por escrito si se autoreconoce o no como persona con
discapacidad y, realizará la descripción de su discapacidad.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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No será considerada la documentación recibida fuera de los plazos establecidos, indicados en el mensaje que
se envía a las personas aspirantes a su cuenta de Trabajaen por lo que, si no presenta la documentación
requerida a totalidad, será motivo de descarte inmediato del concurso; no obstante, que haya acreditado las
evaluaciones correspondientes. Así mismo, en caso de que la documentación no sea legible, se encuentre
incompleta, parcialmente visible o en mal estado también será motivo de descarte del concurso; no obstante,
haber cubierto los puntos antes referidos.
La DGRHO o su representación en los Centros SICT presentará a cada persona aspirante que acredite la
Etapa III. Evaluación de Experiencia y Valoración del Mérito, las Cédulas correspondientes debidamente
calificadas, mismas que las personas aspirantes deberán revisar, rubricar y firmar en el momento, al finalizar
la revisión de los documentos entregados para la acreditación de dicha etapa.
En caso de fuerza mayor, las personas aspirantes deberán enviar la documentación en archivo digitalizado
PDF, al correo electrónico ingreso@sict.gob.mx, (de conformidad con las especificaciones que al efecto se
remitan a través del mensaje de Trabajaen).
La DGRHO podrá constatar la autenticidad de la información presentada por las personas aspirantes en todas
las etapas y fases del proceso de selección. En los casos que no se acredite su autenticidad será motivo de
descarte del proceso y la Secretaría se reserva el derecho de ejercer las acciones legales procedentes.
10ª.- Entrevista
Para el desahogo de esta etapa, y en atención a los Criterios Técnicos para la reactivación de plazos y
términos para la operación del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, emitido
por la SFP, y a través del cual se insta a privilegiar el uso de las tecnologías de información y la comunicación
para el desarrollo de las etapas de los concursos como medida de prevención de contagio y dispersión del
coronavirus SARS-CoV2, y por determinación del Comité Técnico de Profesionalización de esta Secretaría,
los CTS podrán realizar la etapa de entrevista mediante videoconferencia en las plataformas electrónicas
existentes, considerando las posibilidades y condiciones de infraestructura tecnológica con las que cuenten,
así como las posibilidades tecnológicas de las personas aspirantes para desarrollar dicha etapa a distancia.
En caso de que se realice de manera presencial se deberán respetar las medidas sanitarias que determine la
Secretaría.
En caso de que la Etapa de Entrevista y Determinación se realice mediante videoconferencia, en el mensaje
de invitación al desahogo dicha etapa, será notificada la fecha, horario y plataforma electrónica a utilizar.
La persona aspirante deberá confirmar en 24 horas máximo, contadas a partir de la notificación, al correo
ingreso@sict.gob.mx, que cuenta con las posibilidades tecnológicas para desarrollar dicha etapa a distancia.
En caso de que no se reciba en el correo electrónico mencionado notificación alguna, se entenderá que la
persona aspirante está en posibilidad de atender la etapa en comento a distancia. En el supuesto de que
la persona aspirante notifique que no cuenta con las posibilidades tecnológicas para llevar a cabo a distancia
la Etapa de Entrevista, se le facilitarán los medios en instalaciones de la Secretaría o se realizará la
programación de dicha Etapa de manera presencial.
En todos los casos y siempre que el universo lo permita, serán entrevistados (as) quienes se encuentren en
primero, segundo y tercer lugar en orden de prelación, de acuerdo con las calificaciones obtenidas. En caso
de empate en tercer lugar, accederán a la Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de las
personas aspirantes que compartan el tercer lugar. Cuando las personas aspirantes repliquen su participación
en más de una plaza de puestos tipo publicados en una misma convocatoria, se les entrevistará en una sola
ocasión por la totalidad de las plazas en que participen, siempre y cuando el Superior Jerárquico sea el
mismo.
METODOLOGIA PARA APLICACION DE ENTREVISTA:
El objetivo de la etapa IV de Entrevista es que el CTS profundice en la valoración de la capacidad de
los candidatos y verifique si reúnen el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, de conformidad con
los artículos 272 y 274 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia de
Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
Las Entrevistas deberán realizarse en forma colegiada y participativa y la misma consistirá en dos momentos:
●
El de preguntas y respuestas y,
●
El de elaboración del reporte de evaluación
La evaluación de cada persona aspirante se realizará, de conformidad con los siguientes criterios:
●
Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
●
Estrategia o acción (simple o compleja)
●
Resultado (sin impacto o con impacto)
●
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
El reporte de la evaluación de cada persona aspirante se realizará utilizando los formatos establecidos para
tales efectos, con el que cada miembro del CTS calificará en una escala de 0 a 100, sin decimales.
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Miércoles 4 de marzo de 2026
11ª.- Determinación
Se considerarán como finalistas, a quienes obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación establecido en el
Sistema de Puntuación, el cual será de 70 puntos en todos los casos.
En esta etapa el CTS resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:
a)
Ganador(a) del concurso, al/(a la) finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, al/(a la) de mayor Calificación Definitiva, y
b)
Al/(a la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto
a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la Secretaría, el (la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
i.
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto.
ii.
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c)
Desierto el concurso.
En caso de empate, el CTS determinará con base en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el artículo 281 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente. Si una vez agotados los criterios de desempate establecidos en el artículo 281 de dichas
Disposiciones, subsistiera una situación de empate entre finalistas, se elegirá ganadora a la persona de
género femenino. Esta acción afirmativa se realiza con la finalidad de que se promueva la igualdad sustantiva
en el acceso al trabajo formal y remunerado en concordancia con la Ley General para la Igualdad entre
Mujeres y Hombres, en total apego al principio rector “equidad de género” del Sistema del Servicio Profesional
de Carrera, ya que el Gobierno Federal debe garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de las
mujeres y las niñas como un compromiso prioritario. Lo anterior, en concordancia con lo establecido en los
artículos 3 fracción I, 66, 67 y 68 de las citadas Disposiciones.
12ª.- Declaración del concurso desierto
El CTS podrá declarar desierto un concurso por las siguientes causas, en apego al Artículo 40 del Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
I.
Porque ningún(a) candidato(a) se presentó al concurso;
II.
Porque ninguno(a) de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista; o
III. Porque sólo un(a) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado(a) o bien, no obtenga la
mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
13ª.- Publicación de resultados
Los resultados de los concursos serán publicados en el sistema informático TrabajaEn.
14ª.- Reserva de aspirantes
Conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, las personas candidatas entrevistadas por el CTS que no resulten ganadores(as) del
concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación, se integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama
de cargo o puesto de que se trate en la Secretaría, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un
año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso.
Cada finalista estará en posibilidad de participar en concursos bajo la modalidad de "convocatoria dirigida a la
reserva de aspirantes", durante el periodo que dure la vigencia de su permanencia en la reserva de
aspirantes, tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidas en la Secretaría.
15ª. y 16ª.- Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización, las Reglas de Valoración General y el Sistema de
Puntuación General aplicables a los procesos de selección de la Secretaría, se realizará de conformidad con
lo siguiente:
Reglas de Valoración
Etapa
Subetapa
Descripción
I. Revisión
curricular
●
Revisión realizada en el sistema informático
TrabajaEn
●
Motivo de descarte: Sí.
II. Exámenes de
Conocimientos y
Evaluaciones de
Habilidades
Examen de
Conocimientos:
(a) Examen de
conocimientos técnicos y
(b) Examen de
conocimientos generales
de la Administración
Pública Federal
●
Número de exámenes: 2.
Criterios a evaluar:
●
Por cada rango, la calificación mínima aprobatoria
para los exámenes de conocimientos, igual o superior
a 70 puntos, en una escala de 0 a 100 puntos sin
decimales.
●
En lo que respecta a los exámenes de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, la
calificación mínima aprobatoria para todos los rangos
será 70 puntos, en una escala de 0 a 100 puntos, sin
decimales.
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DIARIO OFICIAL
277
Los resultados de los exámenes de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal y de
conocimientos técnicos se sumarán, para obtener la
puntuación total de la Subetapa de Exámenes de
conocimientos. Para continuar con el proceso, se requiere
un resultado combinado (CG y CT) igual o superior a 70.
En caso de obtener menos de 70 puntos se procederá al
descarte.
Motivo de descarte: Sí.
Evaluación de
Habilidades
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: 0
●
El reporte obtenido derivado de la aplicación de las
evaluaciones será únicamente de carácter referencial
y se otorgará una calificación de 100 en todos los
casos.
●
Motivo de descarte: No.
●
Vigencia: 1 año.
III. Evaluación
de Experiencia y
Valoración del
Mérito
Evaluación Experiencia
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Cuestionarios de evaluación de experiencia.
●
Motivo de descarte: No.
Valoración del Mérito
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Cuestionarios de valoración de mérito.
●
Motivo de descarte: No.
Revisión Documental
●
Documentación probatoria de cada aspirante.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Motivo de descarte: Sí.
IV. Entrevistas
Criterios a evaluar:
Contexto: 25%
Estrategia: 25%
Resultado: 25%
Participación: 25%
●
Cantidad de aspirantes a entrevistar: 3.
●
Aspirantes a seguir entrevistando: 3.
●
Los CTS podrán ser auxiliados por especialistas,
previa autorización del CTP.
V.
Determinación
●
Puntaje Mínimo de Calificación para ser finalista: 70.
Será motivo de DESCARTE, no presentarse en alguna de las etapas del concurso.
Etapa
Subetapa
Puntos
Resultados por
Etapa
Nivel Jerárquico
Dirección
General
Dirección
Subdirección
Jefatura
Enlace
II
Examen de
Conocimientos Técnicos
CT
C= CT + CG +H
20
20
30
30
30
Examen de
Conocimientos
Generales de la
Administración Pública
Federal
CG
Evaluación de
Habilidades
H
10
10
10
10
10
III
Evaluación de
Experiencia
X
X + M
30
30
15
15
10*
Valoración del Mérito
M
10
10
15
15
20
IV
Entrevistas
E
E
30
30
30
30
30
Fórmula: II + III + IV = 100
100
100
100
100
100
Puntaje mínimo requerido para ser considerado finalista
70
70
70
70
70
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*Corresponden 10 puntos para todas las personas aspirantes a puestos de Enlace, de conformidad con lo
señalado en el artículo 231 de las Disposiciones
17ª.- Reactivación de folios
En caso de que el CTS permita la reactivación de folio, el proceso de Reactivación de Folios rechazados en
los concursos públicos y abiertos de la Secretaría se realizará de conformidad con lo siguiente:
I.
El CTS de la Secretaría podrá determinar bajo su responsabilidad, por mayoría de votos, la reactivación
de folios que hayan sido rechazados en la etapa de filtro curricular, sólo en aquellos casos en que se
circunscriban a los supuestos que se citan a continuación:
a.
Cuando el rechazo del folio sea originado por causas no imputables la persona aspirante.
b.
Por errores de captura de información u omisiones que se acrediten fehacientemente, a juicio de los
(las) integrantes del CTS.
II.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
a.
La persona aspirante cancele su participación en el concurso, y
b.
Exista duplicidad de registros en el sistema informático TrabajaEn.
Procedimiento para la solicitud de reactivación de folio:
1.
La persona con el Folio rechazado deberá solicitar la reactivación dentro del periodo señalado en la etapa
de Revisión Curricular (Registro de Aspirantes) de la Convocatoria, mediante:
a.
Escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) dirigido al (a la) Secretario (a) Técnico (a) del CTS
de la Secretaría, explicando los motivos de rechazo; señalando al efecto, la denominación de la
plaza; el número de folio rechazado; el domicilio o medio para oír y recibir notificaciones, así como
correo electrónico.
b.
Deberá anexar a su escrito la siguiente documentación digitalizada:
1.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial para
votar, pasaporte vigente o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
2.
Impresión del contenido del mensaje que envía el portal TrabajaEn notificando que no acreditó la
fase de revisión curricular para continuar en el concurso con el motivo de rechazo.
3.
Comprobante de escolaridad (cédula, título -sólo serán válidos el título registrado en la Dirección
General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su caso, mediante la
presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha autoridad-, certificado
o carta de pasante, según sea el caso), copia de comprobantes de experiencia con los cuales
compruebe los años solicitados en alguna de las áreas de experiencia solicitadas en el perfil de
puesto (hojas de servicio, constancias de servicio activo, constancias laborales en hoja
membretada, sellada y con datos de contacto, contratos, talones de pago, constancias de
semanas de cotización al ISSSTE o al IMSS y constancia de finalización de servicio social,
pantalla “Mi historial” emitida por la plataforma del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro).
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas de
recomendación, constancias emitidas por el superior/a jerárquico/a inmediato del puesto ocupado,
constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario o constancias de haber
realizado proyectos de investigación. Las actividades docentes no serán consideradas como experiencia
laboral. En caso de presentar constancias laborales que avalen periodos empalmados (es decir, que se
desarrollaron en el mismo lapso de tiempo), sólo se considerará el periodo que no se repita para cada
constancia, computándose así en el conteo para acreditar años de experiencia laboral.
2.
La documentación mencionada deberá enviarse digitalizada en formato PDF al correo electrónico
ingreso@sict.gob.mx dentro del periodo señalado en la etapa de Revisión Curricular (Registro de
Aspirantes) de la Convocatoria, no se considerarán solicitudes recibidas fuera de dicho periodo, así como
aquellas que cuya documentación no se encuentre completa y legible.
3.
Una vez cerrada la etapa de Revisión Curricular, el CTS determinará la procedencia o no de las
solicitudes de reactivación del folio rechazado.
4.
Se notificará a las personas aspirantes a través del sistema informático TrabajaEn, y del correo
electrónico proporcionado, la resolución emitida por el CTS de la Secretaría.
Lo anterior, de conformidad con lo señalado en los artículos 246, 260 y 261del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente.
18ª.- Cancelación de participación en el concurso
Las personas aspirantes que cuenten con las fases y etapas precedentes a la Entrevista debidamente
acreditadas en el sistema informático TrabajaEn y deseen cancelar su participación en el concurso, deberán
solicitarlo mediante escrito (firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico y dirigido al/(a la)
Secretario(a) Técnico(a) del CTS de la Secretaría, señalando al efecto, la denominación de la plaza; el
número de folio de concurso y el domicilio o medio para oír y recibir notificaciones, así como correo
electrónico; y anexar identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial
para votar, pasaporte vigente o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
La dirección electrónica a la que deberá ser enviada dicha solicitud es la siguiente: ingreso@sict.gob.mx.
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DIARIO OFICIAL
279
El (la) Secretario(a) Técnico(a) del CTS respectivo solicitará a la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la SABG, la habilitación necesaria en el Sistema informático RHNET – TrabajaEn para que el(la)
candidato(a) respectivo(a) pueda llevar a cabo la cancelación de su participación en el concurso desde su
cuenta en el sistema informático TrabajaEn.
La Unidad de Políticas para el Servicio Público de la SABG notificará al/(a la) candidato(a) por conducto
del/(de la) Secretario(a) Técnico(a) del CTS, el momento en el que podrá llevar a cabo la cancelación del
concurso desde su cuenta del sistema informático TrabajaEn.
19ª.- Disposiciones generales
Es importante considerar las siguientes disposiciones generales:
1.
La invitación a cada una de las etapas del concurso, así como la publicación de los resultados de cada
una de ellas, se realizará a través del sistema informático TrabajaEn.
2.
Cuando una persona aspirante no cumpla con algún requisito establecido en la convocatoria, no podrá
continuar participando en el proceso de selección, y se le notificará el motivo de la eliminación de su
participación y el fundamento de esta determinación a través del sistema informático TrabajaEn.
3.
Los datos personales de cada persona aspirante son confidenciales, aun después de concluido el
concurso.
4.
La Secretaría no se responsabiliza por traslados ni otros gastos erogados con motivo de la presente
convocatoria efectuados por quienes aspiran a ocupar una plaza en la Secretaría.
5.
Conforme a lo previsto en el artículo 69, fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 95 de su Reglamento, y de conformidad con el DECRETO por el que se
expide el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y el ACUERDO por el que
se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades
de responsabilidades publicado en el DOF el 16 de enero de 2025, y su última reforma del pasado 04 de
agosto de 2025, se podrá presentar cualquier inconformidad ante el Area de Denuncias e Investigaciones
en el Organo Interno de Control de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en las
oficinas ubicadas en Boulevard Adolfo López Mateos número 1990, piso 8, Colonia Los Alpes Tlacopac,
Código Postal 01049, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 y de
16:00 a 18:00 horas; en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y su Reglamento.
6.
Conforme a lo previsto en los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 97 de su Reglamento, el domicilio donde se podrán presentar los
recursos de revocación con respecto al proceso de selección de las plazas de la presente convocatoria es
el ubicado en Insurgentes Sur 1735, Col. Guadalupe Inn Del. Alvaro Obregón. C.P. 01020, en un horario
de 9 a 18 horas de lunes a viernes.
7.
Por ningún motivo se permitirá la aplicación de evaluaciones a quienes se presenten fuera de los horarios
establecidos para tales efectos.
8.
Esta dependencia no solicita como requisito para el ingreso, el examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
9.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el CTS conforme a las
disposiciones aplicables.
20ª.- Resolución de dudas
La atención y resolución de dudas con respecto al concurso serán atendidas en el correo electrónico:
ingreso@sict.gob.mx, en tal caso serán resueltas en un plazo máximo de hasta diez días hábiles, de lunes a
viernes en un horario de 9:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
Ciudad de México, a 27 de febrero de 2026.
El Comité Técnico de Selección. Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría
de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
La Secretaria Técnica
Lic. Karla Ayala Romero
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 808
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75 fracción III de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38,
39, 40, Séptimo Transitorio de su Reglamento; y las Disposiciones Generales en Materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, vigentes, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA DIRIGIDA A TODO INTERESADO QUE DESEE INGRESAR
AL SISTEMA, para ocupar las plazas vacantes sujetas al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, mismas que a continuación se señalan:
Puesto vacante
DIRECCION DE MOVIMIENTOS Y PRESTACIONES DE PERSONAL
Código de puesto
09-711-1-M1C021P-0001329-E-C-M
Grupo, grado y nivel
M33
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$96,526.00 MENSUAL BRUTO
Rango
DIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS Y
ORGANIZACION
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE
MEXICO
Clasificación de
Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General del
puesto
DIRIGIR EL CONTROL Y ACTUALIZACION DE LAS PLANTILLAS DE
PERSONAL EN PLAZA FEDERAL, EVENTUAL Y HONORARIOS, EL
OTORGAMIENTO DE PRESTACIONES AL PERSONAL Y LA EMISION DE LA
IDENTIFICACION INSTITUCIONAL, OBSERVANDO LA NORMATIVIDAD
APLICABLE, CON LA FINALIDAD DE ATENDER LOS REQUERIMIENTOS DE
LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y CENTROS SCT; ASI COMO
COORDINAR Y SUPERVISAR EL DESAHOGO DE LOS ASUNTOS QUE
INGRESAN A LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PARA
SU OPORTUNA ATENCION POR PARTE DE LAS AREAS.
Funciones
1.
ESTABLECER ESTRATEGIAS PARA LA ACTUALIZACION DE LAS
PLANTILLAS DE PLAZA FEDERAL Y HONORARIOS POR LOS
MOVIMIENTOS DE LAS PLAZAS Y DE PERSONAL QUE SE GENERAN
A SOLICITUD DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA
SECRETARIA, CON LA FINALIDAD DE CONTAR CON UNA PLANTILLA
DE PERSONAL CONFIABLE QUE DOTE DE INSUMOS A LAS AREAS
DE LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y A LAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS.
2.
DEFINIR E IMPLEMENTAR LOS LINEAMIENTOS PARA LA OCUPACION
DE PLAZAS, CONTRATOS DE HONORARIOS Y LA APLICACION DE
MOVIMIENTOS DE PERSONAL EN LA SCT; ASI COMO EL
CALENDARIO
PARA
LA
OPERACION
DE
MOVIMIENTOS
DE
PERSONAL, CON LA FINALIDAD DE GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO
DE LA NORMATIVIDAD ESTABLECIDA PARA TAL EFECTO.
3.
PROPONER A LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
LOS PROYECTOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE
OCUPACION
DE
PLAZAS
Y
CONTRATOS
DE
HONORARIOS
REMITIDAS POR LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, MEDIANTE LA
PRESENTACION
DE
ACUERDO
DEL
DICTAMEN
DE
DICHAS
SOLICITUDES, A FIN DE ATENDER CON OPORTUNIDAD LOS
REQUERIMIENTOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS.
4.
EVALUAR LA PROCEDENCIA DE LOS MOVIMIENTOS DE PERSONAL
APLICADOS POR LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, CON LA
FINALIDAD DE GARANTIZAR QUE ESTOS SE REALICEN CON
ESTRICTA OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS
APLICABLES.
5.
CONDUCIR
ESTRATEGIAS
PARA
EL
OTORGAMIENTO
DE
PRESTACIONES ECONOMICAS, BENEFICIOS Y SEGURIDAD SOCIAL
AL PERSONAL DE ESTA SECRETARIA, CON LA FINALIDAD DE DAR
CUMPLIMIENTO AL MARCO NORMATIVO Y LEGAL APLICABLE.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
281
6.
CONDUCIR EL PROGRAMA DE
SUSCRIPCION DE CONVENIOS
ENTRE LA SECRETARIA Y CASAS COMERCIALES, CON LA
FINALIDAD DE OBTENER DESCUENTOS Y/O PROMOCIONES EN
BENEFICIO DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA SECRETARIA DE
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.
7.
VIGILAR QUE SE CUMPLAN LOS MECANISMOS ESTABLECIDOS
PARA LA VALIDACION DE INFORMACION Y GESTION DE LAS
SOLICITUDES DE PRESTAMOS PERSONALES QUE OTORGA EL
ISSSTE, EN UN MARCO DE TRANSPARENCIA Y EQUIDAD.
8.
SUPERVISAR EL PROCESO DE CONTRATACION DE PERSONAL
MEDIANTE LA CONSTANCIA DE NOMBRAMIENTO DEL PERSONAL
OPERATIVO, ENLACE Y DE MANDO DE ESTA SECRETARIA, CON LA
FINALIDAD FORMALIZAR LAS MISMAS EN APEGO A LA NORMATIVA
ESTABLECIDA.
9.
DIRIGIR EL PROCESO DE EXPEDICION, REPOSICION, RESELLO Y
CANCELACION DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION DE LOS
SERVIDORES PUBLICOS DE LA SCT, CON LA FINALIDAD DE QUE SE
EXPIDAN CON LAS CARACTERISTICAS Y ATRIBUTOS FEHACIENTES
QUE ACREDITE AL PERSONAL ADSCRITO A ESTA DEPENDENCIA.
10. CONDUCIR LAS ACCIONES RELATIVAS A LA EJECUCION, CONTROL
Y SEGUIMIENTO DE LOS PROGRAMAS ESTABLECIDOS POR LAS
DEPENDENCIAS GLOBALIZADORAS EN RELACION CON LAS METAS
COMPROMETIDAS POR LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
HUMANOS; ASI COMO, LA ELABORACION DEL INFORME GERENCIAL
DE RECURSOS HUMANOS.
11. DIRIGIR EL PROCESO DE CONTROL DE GESTION DE LA DIRECCION
GENERAL DE RECURSOS HUMANOS; ASI COMO LA EMISION DE LOS
REPORTES RESPECTIVOS, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR LA
RECEPCION, DISTRIBUCION Y SEGUIMIENTO DE LOS ASUNTOS,
FAVORECIENDO LA ATENCION OPORTUNA DE LOS MISMOS.
12. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES
LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO SE SU
COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA SU JEFE
INMEDIATO.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
CIENCIAS
NATURALES
Y
EXACTAS
2.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
3.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
4.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
5.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
6.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
7.
CIENCIAS
SOCIALES
Y
ADMINISTRATIVAS
8.
EDUCACION
Y
HUMANIDADES
9.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
COMPUTACION E INFORMATICA
2.
ADMINISTRACION
3.
CIENCIAS
POLITICAS
Y
ADMINISTRACION PUBLICA
4.
COMPUTACION E INFORMATICA
5.
CONTADURIA
6.
DERECHO
7.
ECONOMIA
8.
COMPUTACION E INFORMATICA
9.
COMPUTACION E INFORMATICA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS ECONOMICAS
2.
CIENCIAS ECONOMICAS
3.
CIENCIAS ECONOMICAS
4.
CIENCIAS ECONOMICAS
5.
CIENCIA POLITICA
SEIS AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
ADMINISTRACION
2.
CONTABILIDAD
3.
ORGANIZACION Y DIRECCION
DE EMPRESAS
4.
DIRECCION Y DESARROLLO DE
RECURSOS HUMANOS
5.
ADMINISTRACION PUBLICA
282
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Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
EN: http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR
TEMARIO
PARA
EXAMEN
DE
CONOCIMIENTOS
GENERALES DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS
E INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
RECURSOS HUMANOS
Otros conocimientos
REQUIERE
CONOCIMIENTO
DEL
MARCO
NORMATIVO
Y
LEGAL
APLICABLE EN MATERIA DE
RECURSOS HUMANOS EN LA APF, ADMINISTRACION DE PROYECTOS.
ADEMAS DE MANEJO DE EQUIPO DE COMPUTO.
Requisitos adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, CAMBIO
DE RESIDENCIA, PERIODOS ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO
CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
AUXILIAR DEL COMITE DE ETICA
Código de puesto
09-711-1-E1C011P-0001247-E-C-M
Grupo, grado y nivel
P23
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$21,116.00 MENSUAL BRUTO
Rango
ENLACE
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS Y
ORGANIZACION
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE
MEXICO
Clasificación de
Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General del
puesto
EJECUTAR LAS TAREAS DE APOYO ADMINISTRATIVO COMPETENCIA
DEL COMITE DE ETICA Y DEMAS PROYECTOS ASIGNADOS AL AREA DE
ADSCRIPCION, CON LA FINALIDAD DE CONTRIBUIR EN EL SEGUIMIENTO
DE TALES ASUNTOS.
Funciones
1.
AUXILIAR A LA SECRETARIA EJECUTIVA EN EL REGISTRO DE LAS
DENUNCIAS RECIBIDAS PARA ATENCION DEL COMITE DE ETICA DE
LA SICT, CON LA FINALIDAD DE LLEVAR UN CONTROL Y EFECTUAR
EL SEGUIMIENTO EN LA ATENCION DE ESTAS.
2.
BRINDAR APOYO ADMINISTRATIVO PARA ORGANIZAR E INTEGRAR
LA DOCUMENTACION A PRESENTAR EN LAS SESIONES DEL
COMITE DE ETICA DE LA SICT, CON LA FINALIDAD DE QUE LA
SECRETARIA EJECUTIVA REMITA A SUS INTEGRANTES EL ORDEN
DEL DIA Y LOS DOCUMENTOS DE ANALISIS.
3.
BRINDAR APOYO ADMINISTRATIVO EN LA ELABORACION Y ENVIO
DE DOCUMENTACION SOPORTE A LOS INTEGRANTES DEL COMITE,
CON LA FINALIDAD DE MANTENERLOS INFORMADOS SOBRE LOS
ASUNTOS A TRATAR EN LA SESION CORRESPONDIENTE.
4.
BRINDAR APOYO ADMINISTRATIVO EN LA ELABORACION DE LA
BITACORA DE LOS ACUERDOS TOMADOS POR EL COMITE DE ETICA
DE LA SICT, CON LA FINALIDAD DE QUE LA SECRETARIA EJECUTIVA
LLEVE UN CONTROL DE LOS MISMOS Y REALICE EL SEGUIMIENTO
CORRESPONDIENTE.
5.
ELABORAR REPORTES SOBRE LOS ASUNTOS DEL COMITE DE
ETICA DE LA SICT; ASI COMO DEL AVANCE EN EL CUMPLIMIENTO
DE LOS ACUERDOS EMITIDOS, CON LA FINALIDAD DE MANTENER
ACTUALIZADA LA INFORMACION INHERENTE DE ATENCION DEL
COMITE DE ETICA PARA SU SEGUIMIENTO EN SESIONES
POSTERIORES.
6.
APOYAR EN LA CAPTURA DE LA INFORMACION DERIVADA DE LAS
SESIONES Y ACUERDOS DEL COMITE DE ETICA DE LA SICT EN EL
SISTEMA INFORMATICO CORRESPONDIENTE, CON LA FINALIDAD
DE QUE LAS AREAS COMPETENTES ESTEN EN POSIBILIDAD DE
VIGILAR Y EVALUAR SU FUNCIONAMIENTO.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
283
7.
APOYAR ADMINISTRATIVAMENTE AL COMITE DE ETICA Y DE
PREVENCION DE CONFLICTOS DE INTERES, EN LA PROMOCION Y
DIFUSION DE PRACTICAS RELACIONADAS CON LA ETICA Y LA
INTEGRIDAD, CON LA FINALIDAD DE QUE LAS PERSONAS
SERVIDORAS PUBLICAS DE LA SICT TENGAN CONOCIMIENTO
SOBRE EL COMPORTAMIENTO ETICO AL QUE DEBEN SUJETARSE
EN SU QUEHACER COTIDIANO Y PARA LA PREVENCION DE
CONFLICTOS DE INTERES.
8.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES
LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE
SUCOMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA SU
JEFE INMEDIATO.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TERMINADO O PASANTE
AREA GENERAL:
1.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
2.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
3.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
4.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
5.
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
6.
EDUCACION Y HUMANIDADES
CARRERA SOLICITADA:
1.
ADMINISTRACION
2.
CIENCIAS
POLITICAS
Y
ADMINISTRACION PUBLICA
3.
DERECHO
4.
PSICOLOGIA
5.
ADMINISTRACION PUBLICA
6.
PSICOLOGIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS ECONOMICAS
2.
CIENCIA POLITICA
3.
CIENCIAS ECONOMICAS
4.
PSICOLOGIA
5.
CIENCIAS
JURIDICAS
Y
DERECHO
6.
ETICA
UN AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
DIRECCION Y DESARROLLO
DE RECURSOS HUMANOS
2.
ADMINISTRACION PUBLICA
3.
ADMINISTRACION
4.
PSICOLOGIA INDUSTRIAL
5.
DERECHO
Y
LEGISLACION
NACIONALES
6.
ETICA DE INDIVIDUOS
Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
EN: http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR
TEMARIO
PARA
EXAMEN
DE
CONOCIMIENTOS
GENERALES DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS
E INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
RECURSOS HUMANOS
Otros conocimientos
SE REQUIERE CONOCIMIENTO SOBRE EL CODIGO DE ETICA Y CODIGO
DE CONDUCTA DE LA SECRETARIA, EQUIDAD Y GENERO, LEY FEDERAL
PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION, CONDICIONES
GENERALES DE TRABAJO DE LA SCT. ADEMAS DE MANEJO DE EQUIPO
DE COMPUTO.
Requisitos adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, CAMBIO
DE RESIDENCIA, PERIODOS ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO
CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Puesto vacante
ENLACE DE ASUNTOS JURIDICOS "B"
Código de puesto
09-711-1-E1C008P-0001228-E-C-M
Grupo, grado y nivel
P13
Número de vacantes
UNA
Percepción ordinaria
$16,059.00 MENSUAL BRUTO
Rango
ENLACE
Tipo de
Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS Y
ORGANIZACION
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE
MEXICO
Clasificación de
Puesto
TIPO
Objetivo General del
puesto
PROPORCIONAR ASESORIA Y ANALIZAR LAS CONSULTAS JURIDICO
LABORALES
DE
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVA
CENTRALES,
CENTROS SCT Y DE LOS TRABAJADORES, CON LA FINALIDAD DE
DETERMINAR ELEMENTOS PARA OTORGAR UNA RESPUESTA ACORDE
AL MARCO NORMATIVO Y LEGAL APLICABLE Y QUE LAS ACTUACIONES
SE REALICEN CONFORME A DERECHO.
Funciones
1.
COMPILAR LA NORMATIVIDAD VIGENTE, JURISPRUDENCIA Y TESIS
AISLADAS EN MATERIA LABORAL Y ADMINISTRATIVA, MEDIANTE LA
INVESTIGACION DE LA INFORMACION EN LAS FUENTES OFICIALES;
ASI COMO, LA INTEGRACION DE LA MISMA, CON EL FIN DE
ESTUDIAR
Y
ANALIZAR
LAS
REFORMAS
Y
CRITERIOS
JURISPRUDENCIALES QUE SOBRE LA MATERIA SE GENEREN Y
ESTAR
EN
POSIBILIDAD
DE
BRINDAR
UNA
ASESORIA
DE
CONFORMIDAD CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE Y APLICABLE AL
CASO CONCRETO.
2.
ANALIZAR LA DOCUMENTACION QUE SUSTENTE LA SOLICITUD
DE ASESORIA SOBRE TRABAJADORES DE CONFIANZA Y DE BASE
DE LA SCT, MEDIANTE EL ESTUDIO DEL CASO EN PARTICULAR Y LA
APLICACION DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE, A FIN DE ASEGURAR
QUE LA EMISION DE LA RESPUESTA A LAS SOLICITUDES
PRESENTADAS CUENTEN CON LOS ELEMENTOS QUE PERMITAN AL
PETICIONARIO
EJERCER
SUS
ACTIVIDADES
CONFORME
A
DERECHO.
3.
NOTIFICAR LA RESPUESTA A LAS SOLICITUDES EMITIDAS AL AREA,
MEDIANTE LA INTEGRACION Y ENVIO DE LA INFORMACION QUE DE
RESPUESTA; ASI COMO, LAS RECOMENDACIONES QUE SE
DETERMINEN, CON LA FINALIDAD DE QUE LOS SERVIDORES
PUBLICOS
CUENTEN
CON
LOS
ELEMENTOS
PARA
DAR
CONTINUIDAD A SUS PROCESOS CONFORME A DERECHO.
4.
REVISAR LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INSTAURADOS
A LOS TRABAJADORES DE BASE Y DE CONFIANZA, MEDIANTE EL
ANALISIS MINUCIOSO DE LOS CASOS PRESENTADOS, A FIN DE
DETERMINAR
LA
APLICACION
DE
LAS
SANCIONES
CORRESPONDIENTES A QUIENES HAYAN COMETIDO ALGUNA
FALTA
CONTEMPLADA
EN
LA
NORMATIVIDAD
VIGENTE
Y
APLICABLE AL CASO CONCRETO.
5.
EFECTUAR LAS OBSERVACIONES A LAS ACTAS ADMINISTRATIVAS
Y ACTAS CIRCUNSTANCIADAS DE HECHOS REMITIDAS POR LAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS INSTRUIDAS EN CONTRA DE LOS
TRABAJADORES DE BASE Y DE CONFIANZA, A TRAVES DEL
ESTUDIO EN CONCRETO DE LOS HECHOS DADOS A CONOCER POR
ESTAS AREAS ADMINISTRATIVAS, CON LA FINALIDAD DE QUE
DICHAS UNIDADES ATIENDAN LAS OBSERVACIONES SEÑALADAS
PARA PROCEDER CONFORME A DERECHO.
6.
PREPARAR
LOS
PROYECTOS
DE
LOS
DICTAMENES
CORRESPONDIENTES
A
LAS
FALTAS
LABORALES
DE
LOS
TRABAJADORES DE BASE Y DE CONFIANZA DE LA SECRETARIA DE
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, MEDIANTE LA ELABORACION
DE LA PROPUESTA DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES
CONTENIDAS EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE, A FIN DE QUE LAS
INFRACCIONES
LABORALES
COMETIDAS
EN
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
Y
CENTROS
SCT
SEAN
SANCIONADAS
CONFORME A DERECHO.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
285
7.
DIFUNDIR LA NORMATIVIDAD RELATIVA A LA ADMINISTRACION DE
LOS RECURSOS HUMANOS A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
CENTROS SCT PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION, MEDIANTE LA INTEGRACION DE LA INFORMACION
Y EL ENVIO CON OFICIOS CIRCULARES, CORREOS ELECTRONICOS
Y MEMORANDUMS, A FIN DE GENERAR SU OBSERVANCIA EN EL
DESARROLLO DE LOS PROCESOS DE RECURSOS HUMANOS.
8.
REVISAR PERIODICAMENTE EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION,
MEDIANTE LA OPERACION DE LA HERRAMIENTA ELECTRONICA
HABILITADA PARA ELLO, O DE MANERA IMPRESA, ESTUDIANDO Y
ANALIZANDO EL CONTENIDO DEL MISMO, A FIN DE IDENTIFICAR
LAS MATERIAS QUE IMPACTEN EN LA ADMINISTRACION DE LOS
RECURSOS HUMANOS E INTEGRARLA PARA SU DIFUSION A
LAS AREAS COMPETENTES.
9.
DIFUNDIR TEMAS PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y CENTROS
SCT, UTILIZANDO LOS MEDIOS DE COMUNICACION DISPONIBLES, A
FIN DE ASEGURAR SU APLICACION INMEDIATA EN EL DESARROLLO
DE LOS PROCESOS RELATIVOS A RECURSOS HUMANOS.
10. GENERAR Y REMITIR LAS EVOLUCIONES SALARIALES Y/O HOJAS
DE SERVICIO QUE REQUIERAN LOS PETICIONARIOS POR ESCRITO
A LA SUBDIRECCION DE RELACIONES LABORALES, CON LA
FINALIDAD DE DAR LA RESPUESTA QUE CORRESPONDA.
11. GENERAR LOS OFICIOS DE NOTIFICACION DE LA EXISTENCIA DE
UNA RESOLUCION ADMINISTRATIVA, MEDIANTE LA REDACCION DE
LA INFORMACION REFERENTE A LA SITUACION QUE SE PRESENTA,
CON LA FINALIDAD DE QUE SE ENVIEN A LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES Y QUE REALICEN LOS
TRAMITES PARA LA APLICACION DE LA SANCION IMPUESTA Y DAR
CUMPLIMIENTO A LA NORMATIVIDAD EN LA MATERIA.
12. RECIBIR LAS SOLICITUDES DE INFORMACION DEL INSTITUTO
NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION
Y PROTECCION DE DATOS (INAI), MEDIANTE LA OPERACION Y
REVISION
PERIODICA
DE
LA
HERRAMIENTA
ELECTRONICA
HABILITADA PARA ELLO, CON LA FINALIDAD DE DETERMINAR E
INFORMAR AL AREA DE LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
HUMANOS COMPETENTE PARA DAR RESPUESTA DE FORMA
OPORTUNA.
13. DESAHOGAR EL REQUERIMIENTO DE INFORMACION ANTE EL INAI
CON
LOS
ELEMENTOS
PROPORCIONADOS
POR
EL
AREA
COMPETENTE, MEDIANTE LA REVISION DE LA INFORMACION; ASI
COMO, LA REMISION DE LOS DATOS BRINDADOS POR EL AREA
RESPONSABLE, A FIN DE ATENDER EN TIEMPO Y FORMA CON LA
SOLICITUD PLANTEADA.
14. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES
LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU
COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE
INMEDIATO.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: PREPARATORIA O BACHILLERATO
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
NO APLICA
CARRERA SOLICITADA:
1.
NO APLICA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
2.
CIENCIA POLITICA
3.
CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
DOS AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
2.
ADMINISTRACION
PUBLICA
3.
DEFENSA
JURIDICA
Y
PROCEDIMIENTOS
286
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluaciones de
habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
EN: http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR
TEMARIO
PARA
EXAMEN
DE
CONOCIMIENTOS
GENERALES DE LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS
E INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
RECURSOS HUMANOS
Otros conocimientos
SE REQUIERE CONOCIMIENTO DEL MARCO NORMATIVO Y LEGAL
APLICABLE EN MATERIA LABORAL Y SUPLETORIA, REGLAMENTO
INTERIOR DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES,
CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LA SCT, MANUALES DE LA
SCT,
APLICACION
DE
PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS,
PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION Y MEDIOS DE DEFENSA. ADEMAS
DE MANEJO DE EQUIPO DE COMPUTO.
Requisitos adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, CAMBIO
DE RESIDENCIA, PERIODOS ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO
CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
BASES DE PARTICIPACION
1ª.- Principios del concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, atendiéndose en todo momento lo
dispuesto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala
prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de las personas, y lo dispuesto en la Ley
Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
No se consideran discriminatorias las acciones afirmativas encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva
entre mujeres y hombres en materia del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal
Centralizada, así como promover acciones que favorezcan la inclusión y profesionalización de personas
jóvenes, indígenas, afrodescendientes, afromexicanas y con discapacidad, conforme a los principios
establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados y convenios
internacionales, y demás disposiciones aplicables.
El desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección (CTS), se sujeta a las
disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su
Reglamento y el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
2ª.- Requisitos de participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia determinados para
el puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos legales, de conformidad con el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal:
1.
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar;
2.
No haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
3.
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
4.
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto;
5.
No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así
como;
6.
Presentar las evaluaciones que se indican para cada caso.
En el caso del personal que se haya apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración
Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la
Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Se solicita a quienes participen que antes de realizar su inscripción al concurso, verifiquen las carreras
genéricas y específicas, así como el área general y el área de experiencia requeridas en el perfil del puesto
publicados en el sistema informático TrabajaEn
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DIARIO OFICIAL
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3ª.- Programación del concurso
El concurso se conducirá de acuerdo con la programación que se indica; las fechas podrán modificarse
cuando así resulte necesario, por lo que se recomienda dar seguimiento del concurso en el sistema
informático TrabajaEn.
Programación
Publicación de Convocatoria
04 de marzo de 2026
Registro de aspirantes
(en el sistema informático TrabajaEn)
Del 04 al 18 de marzo de 2026
Revisión curricular
(por el sistema informático TrabajaEn)
Del 04 al 18 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
(se deberá realizar conforme al procedimiento
descrito en la base 17ª)
El Comité Técnico de Selección acuerda que,
bajo ningún supuesto se permitirá la reactivación
de folio en la etapa de revisión curricular.
Exámenes de Conocimientos
A partir del 24 de marzo de 2026
Evaluación de Habilidades
A partir del 24 de marzo de 2026
Evaluación de Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 24 de marzo de 2026
Revisión Documental
A partir del 24 de marzo de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir del 30 de marzo de 2026
Determinación
01 de junio de 2026
4ª.- Registro de aspirantes
Con fundamento en el Artículo 238 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en
materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente, cualquier persona podrá
incorporar en el sistema informático TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal,
curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su
interés.
Una vez que la persona interesada haya incorporado la información necesaria para configurar su perfil
profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de registro, el sistema informático TrabajaEn le
asignará un número de folio de registro general.
El registro de personas aspirantes a un concurso se realizará a partir de la fecha de publicación de la
convocatoria y a través del sistema informático TrabajaEn, el cual les asignará un número de folio de
participación, mismo que servirá para formalizar su inscripción e identificación durante todo el desarrollo
del concurso.
Cuando la Dirección General de Recursos Humanos y Organización (DGRHO) advierta la duplicidad de
registros en el sistema informático TrabajaEn con motivo de un concurso, el CTS procederá al descarte
del segundo o subsecuentes folios de registro en éste, e informará esta situación a la Unidad de Políticas para
el Servicio Público para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes.
La revisión curricular efectuada a través del sistema informático TrabajaEn se llevará a cabo, sin perjuicio de
la revisión y evaluación de la documentación que realice la DGRHO a la información entregada por las
personas aspirantes. De esta manera se verificará que las personas aspirantes acrediten que cumplen
con los requisitos establecidos en la convocatoria.
5ª.- Presentación de evaluaciones y desahogo de las etapas del proceso
De conformidad con lo establecido en el Art. 34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, publicado el, 04 de enero de 2024 y Acuerdo por el que se establecen
las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente,
“El procedimiento de selección de los aspirantes comprenderá las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades; III. Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, IV. Entrevistas, y V. Determinación”
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (Secretaría):
Comunicará a cada persona aspirante, por lo menos con 2 días hábiles de anticipación, la fecha, hora y lugar
en que se realizará el desahogo de cada una de las etapas y fases del concurso a través del sistema
informático TrabajaEn, en el rubro "Mis Mensajes", siendo motivo de descarte el no presentarse en la fecha,
hora y lugar señalados o no presentar la documentación que se le requiera.
La Secretaría aplicará las herramientas de evaluación en sus instalaciones, en los Centros SICT de la
República Mexicana, o en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados (se podrá considerar el lugar de
adscripción de la plaza).
Para cada una de las etapas es necesario que cada persona aspirante se presente con su comprobante de
folio asignado por el sistema informático TrabajaEn e identificación oficial vigente con fotografía y firma.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Para realizar el Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, la persona
aspirante HARA USO DE SU NUMERO DE FOLIO DE TRABAJAEN (se muestra en la página de bienvenida
al portal) Y LA CONTRASEÑA con la que accede a su usuario en el sistema informático TrabajaEn, por lo
que es INDISPENSABLE contar con dicha contraseña al momento de presentarse a la evaluación, en caso no
tenerla, conocerla o recordarla no podrá realizar el Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y será motivo de descarte inmediato.
Adicionalmente, y como medida de prevención de contagio y dispersión del coronavirus SARS-CoV2, es
necesario que cada persona aspirante que se presente en las instalaciones de la Secretaría al desahogo de
las etapas del concurso utilice cubrebocas y/o careta para su acceso y permanencia en dichas instalaciones,
además de apegarse al protocolo que la Secretaría implemente para el acceso a las instalaciones.
6ª.- Examen de Conocimientos
La Subetapa de Examen de conocimientos, constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 70, en una escala
de 0 a 100 sin decimales; obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten
el Examen de conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación ponderada se sumará con la
calificación ponderada del examen de conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo
mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado menor a este será motivo
de descarte, así como el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje del
sistema informático TrabajaEn.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal será de 50% cada uno, para así obtener un total de 100%.
El resultado del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de
Exámenes de Conocimientos de acuerdo con sistema de puntuación para cada nivel jerárquico.
El resultado de la sumatoria del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal deberá ser IGUAL O MAYOR A 70 para poder continuar con las
siguientes etapas del proceso.
Si la sumatoria de los resultados del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal es MENOR A 70, se procederá al descarte de la persona
candidata.
Tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos técnicos, éstos tendrán vigencia de
un año, en relación con el puesto sujeto a concurso siempre y cuando se trate de la misma plaza y sede de
radicación, la misma persona titular de la presidencia del CTS, además de que no cambie el temario con el
cual se evaluaron los conocimientos de que se trate; por lo que, en caso de existir diferencias entre los
aspectos mencionados, no se podrán considerar dichos resultados en las evaluaciones de los concursos de
esta convocatoria. En caso de que se cumplan los criterios anteriores, la calificación se replicará en el sistema
informático TrabajaEn, siempre y cuando la persona aspirante interesada lo solicite mediante un escrito
dirigido al (la) Secretario (a) Técnico (a) del Comité Técnico de Selección durante el periodo establecido para
el registro de aspirantes al concurso. De no existir dicha solicitud y aprobación de la misma, la calificación no
se replicará.
En el caso de puestos tipo, es decir, que cuenten con el mismo perfil de puesto y temario, que se trate de la
misma persona titular de la presidencia del CTS y se publiquen en la misma convocatoria, el sistema
informático TrabajaEn replicará en forma automática la calificación obtenida por el/la candidato (a), hecho que
se precisará a las personas aspirantes por medio del mensaje de invitación al desahogo de las Etapas II y III,
enviado a través del centro de mensajes en el sistema informático TrabajaEn.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados NO aprobatorios de los exámenes de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del
registro de los resultados en el sistema informático Trabajaen. Es importante aclarar, que NO se puede
RENUNCIAR AL RESULTADO de las evaluaciones por lo que al inscribirse a un concurso y obtener un folio
de participación, el sistema verificará los resultados vigentes de los exámenes de conocimientos y de las
evaluaciones de habilidades. En caso de coincidir con las registradas en el concurso al que se va a inscribir, el
sistema reflejará los resultados vigentes.
Tratándose de resultados aprobatorios de los Exámenes de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, éstos tendrán vigencia de un año a partir del registro en el sistema informático Trabajaen.
Las personas aspirantes podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al Examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado
aprobatorio y se encuentre vigente, dicho resultado se verá reflejado de forma automática en el sistema
informático Trabajaen.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
289
En caso de solicitar la revisión de exámenes de Conocimientos, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la
correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados. La persona
aspirante deberá solicitarlo a través de escrito fundamentado con firma autógrafa de la persona aspirante;
dirigido al CTS anexando copia de identificación oficial vigente con fotografía y firma; únicamente se aceptará:
credencial para votar, pasaporte o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018; y
enviarse a la dirección de correo electrónico ingreso@sict.gob.mx, dentro de un plazo máximo de tres días
hábiles, contados a partir de la publicación de los resultados de esta etapa en el sistema informático
TrabajaEn, indicando para cuál de los exámenes de conocimientos requiere revisión. De conformidad con el
artículo 265 de las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, la revisión de exámenes sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las
opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de
evaluación.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de conocimientos técnicos serán publicados en la
convocatoria
publicada
en
el
sistema
informático
TrabajaEn
y
en
el
portal
https://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso.
El Temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal se encuentra
disponible en el sistema informático TrabajaEn en el apartado “Documentos e Información Relevante”, en el
apartado “Temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal”. Las dudas
relacionadas con este temario deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta
de correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, se tendrá por acreditado cuando las personas aspirantes sean consideradas
finalistas por el CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para ocupar el puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo, de conformidad al artículo 278 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente.
Además del comprobante de folio asignado por el sistema informático TrabajaEn (Hoja de Bienvenida de
TrabajaEn), e identificación oficial vigente con fotografía y firma, las personas aspirantes a participar deberán
presentar comprobante original que acredite el nivel de estudios requerido en el perfil del puesto por el cual
concursan, y deberán contar con SU NUMERO DE FOLIO DE TRABAJAEN (se muestra en la página de
bienvenida al portal), Y LA CONTRASEÑA con la que accede a su usuario en el sistema informático
TrabajaEn, el no presentar alguno de estos documentos, el no contar con su folio y/o no tener, conocer o
recordar su contraseña en el sistema informático TrabajaEn será motivo de descarte. Asimismo, se verificará
la consistencia de los datos personales en la “Hoja de Bienvenida” obtenida del portal Trabajen (CURP, RFC y
nombre), los cuales deberán coincidir con los documentos oficiales que presente la persona aspirante.
Una vez que las personas aspirantes se encuentren en la sala de evaluaciones se darán indicaciones para el
desarrollo de la sesión de evaluación de conocimientos; en caso de que las personas aspirantes no acaten
dichas indicaciones será motivo de descarte.
7ª.- Evaluación de Habilidades
Se aplicará una batería de pruebas psicométricas y en todos los casos se otorgará una calificación de 100
puntos y tendrá vigencia de un año.
8ª.- Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, se aplicará la Metodología establecida por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y las reglas de valoración y puntuación general establecidas
por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, las cuales se pueden consultar en el siguiente enlace:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1048566/METODOLOGIA_Y_ESCALAS_DE_CALIFICACION_SABG_ACTUALIZADO.pdf
Se evaluará a cada persona aspirante conforme a la citada Metodología y Escala en las fechas y lugares que
se indiquen, a través del mensaje remitido por el sistema informático TrabajaEn. Las personas aspirantes
deberán presentar evidencias de los siguientes elementos:
Evaluación de la Experiencia: orden de los puestos desempeñados; duración en los puestos desempeñados;
experiencia en el sector público; experiencia en el sector privado; experiencia en el sector social; nivel de
responsabilidad; nivel de remuneración; relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con
las del puesto vacante; en su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Valoración del Mérito: resultado de la evaluación del desempeño; resultados de las acciones de capacitación;
resultados de procesos de certificación; logros; distinciones; reconocimientos o premios; actividad destacada
en lo individual; otros estudios; habla de lengua indígena, autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena
o afrodescendiente o afromexicana, perspectiva de juventudes, persona con discapacidad.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
9ª.- Revisión Documental
Para el desahogo de esta etapa (de conformidad con las especificaciones que al efecto se remitan a través
del mensaje en el sistema informático TrabajaEn), la persona aspirante deberá presentar ORIGINAL de los
siguientes formatos denominados:
1. Revisión documental
2. Escrito Bajo Protesta de Decir Verdad,
3. Referencias Laborales
4. Nivel de Responsabilidad (No requerido para personas aspirantes a puestos de nivel Enlace)
5. Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana
6. Autoreconocimiento persona con discapacidad y,
7. Cédulas de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Los
formatos
mencionados
se
encuentran
disponibles
en
la
liga
https://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso (consultar guía de llenado). Así mismo, deberá
presentar original o copia certificada (para cotejo) y copia simple de los documentos referidos en dichos
formatos, mismos que se citan a continuación (en caso de no presentar dichos formatos será motivo de
descarte):
●
Los formatos referidos asentando la fecha de entrega de la documentación (de acuerdo con la fecha y
hora límites para la entrega de los mismos, señalada en su mensaje de invitación para el desahogo de
esta etapa) así como la firma de la persona aspirante, en los recuadros correspondientes (se aceptará
sólo firma autógrafa). Estos deberán presentarse debidamente requisitados y firmados. El no presentar
alguno de estos documentos como se indica, será motivo de descarte.
●
Original o copia certificada (para cotejo) y copia simple de los documentos referidos en los formatos de
Revisión documental y cédulas de evaluación de la experiencia y valoración del mérito, mismos que se
citan a continuación:
1.
Impresión del documento de bienvenida al Sistema informático TrabajaEn, como comprobante del
folio asignado para el concurso. Los datos de la “Hoja de Bienvenida” obtenida en el sistema
informático TrabajaEn (CURP, RFC y nombre) deberán coincidir con los documentos oficiales que
presente la persona aspirante en cada una de las etapas, en caso de que exista alguna
inconsistencia u omisión en los mismos será motivo de descarte automático.
2.
Currículum Vítae emitido por en el sistema informático TrabajaEn, con el que se registró en el
concurso respectivo firmado en cada hoja.
3.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial para votar
vigente, pasaporte vigente, cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
4.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda y CURP en el formato vigente.
5.
Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste:
●
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar;
●
No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
●
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto;
●
No estar inhabilitado(a) para el servicio público;
●
Que la documentación presentada es auténtica.
●
Que, en caso de haber sido beneficiado(a) por su incorporación al Programa de Conclusión de
Prestación de Servicios en la Administración Pública Federal, y resultará ganador(a)
del concurso, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
6.
Hoja de Liberación del Servicio Militar Nacional (únicamente varones hasta los 45 años).
7.
Las personas servidoras públicas de carrera podrán presentar la más reciente evaluación del
desempeño anual, con fundamento en lo previsto en el Artículo 37 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, para ser evaluadas en el Elemento 9 Experiencia en
puestos inmediatos inferiores al de la vacante de la Cédula de Evaluación de la Experiencia.
En caso de que la persona servidora pública de carrera titular no presente evaluación del
desempeño, no se asignará calificación en la Cédula de Valoración del Mérito, se asentará el registro
como SIN CALIFICACION.
8.
Documentos con los que acredite los años de experiencia profesional solicitados en el perfil del
puesto. Para acreditar los años de experiencia solicitados en el perfil del puesto y que se
manifestaron en el currículum registrado en el sistema informático TrabajaEn, se aceptarán:
-
Constancias laborales en hoja membretada, firmada, y en su caso sellada, y que contengan
como mínimo los siguientes datos: nombre de la persona aspirante, periodo laborado, emitidas
por el responsable del área de Recursos Humanos o Administración correspondiente
(con nombre, puesto y firma de la persona que la emite);
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DIARIO OFICIAL
291
-
Hojas de servicio;
-
Constancias de servicio activo;
-
Contratos completos, debidamente firmados y, en su caso sellados, por todas las partes
involucradas;
-
Talones de pago, recibos de pago quincenales/mensuales que correspondan a la totalidad del
periodo que se pretenda acreditar (se deberán integrar todos y cada uno de los recibos
y/o talones);
-
Constancias de semanas de cotización al ISSSTE o al IMSS, y
-
Constancia de finalización de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales.
-
Para las personas aspirantes que presenten como experiencia laboral su participación en el
Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, deberán presentar la pantalla “Mi historial” emitida
por la plataforma del Programa (en este apartado se encuentran las fechas inicio y fin de su
capacitación)
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas
de recomendación, nombramientos, propuestas de trabajo, cartas finiquito, renuncias, recibos de
honorarios expedidos por el propio candidato, cheques, estados de cuenta, constancias emitidas por
el superior jerárquico inmediato del puesto ocupado, constancias de sueldos, salarios, conceptos
asimilados y crédito al salario o constancias de haber realizado proyectos de investigación.
Las actividades docentes no serán consideradas como experiencia laboral. En caso de presentar
constancias laborales que avalen periodos empalmados (es decir, que se desarrollaron en el mismo
lapso de tiempo), sólo se considerará el periodo que no se repita para cada constancia,
computándose así en el conteo para acreditar años de experiencia laboral.
9.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el
requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado, sólo serán válidos el
Título registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o
en su caso, mediante la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha
autoridad. Para acreditar el requisito de escolaridad de nivel Licenciatura, serán válidos, los grados
de Maestría o Doctorado en las áreas de estudio y carreras establecidas en el perfil de puesto,
siempre y cuando, el grado de avance de la Maestría o Doctorado sea Titulado y se encuentre
registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. En caso de
presentar Título Profesional de Maestría o Doctorado, sólo serán válidos el Título registrado en la
Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su caso, mediante
la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha autoridad. En el caso
de haber realizado estudios en el extranjero, se deberá presentar la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para los casos en los que el
requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la
institución académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá
presentar el documento oficial con el que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de
estudios solicitado, en caso de presentar Título Profesional sólo serán válidos el Título registrado en
la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su caso, mediante
la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha autoridad. En el caso
de que el perfil de puesto requiera escolaridad Preparatoria/Bachillerato, Técnico Superior
Universitario o Secundaria, se deberá presentar el Certificado correspondiente o el grado superior
siguiente con avance mínimo de terminado o pasante. Todos los Títulos y Cédulas Profesionales
serán verificadas en el Registro Nacional de Profesionistas, en caso de no encontrarse registro en
dicha plataforma, será motivo de descarte.
10. Cédula de identificación Fiscal o constancia de registro en el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) formato actualizado.
Respecto a los elementos contenidos en la Cédula de Valoración del Mérito, particularmente para acreditar los
Elementos: 9 Habla de lengua indígena; 10 Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicana; 11 perspectiva de juventudes y 12 personas con discapacidad, deberá
presentar lo siguiente: Elemento 9 Habla de lengua indígena, deberá presentar original y copia de las
constancias en las que se corrobore el nivel de conocimiento y manejo de lenguas indígenas, en sus 4
habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o comprender, leer y escribir. Se calificarán de acuerdo al
manejo y conocimiento de alguna (s) lengua (s) indígena (s). Nivel 1: *Carta u oficio expedido por la autoridad
comunitaria de su lugar de origen, que señale que es hablante de una lengua indígena nacional.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
*Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado regular o
bueno). *Acreditación o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas que avalen, al menos un
nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes. *Materiales elaborados en lenguas indígenas
(material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etcétera.) acreditando
fehacientemente su autoría. *Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de los procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora
de lenguas indígenas. *Certificado de competencia laboral (relacionado con la interpretación, atención en
lengua indígena o traducción). Nivel 2: *Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por
el INALI o alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente).
*Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o sus variantes,
independientemente del campo de estudio del que se trate, acreditando fehacientemente su autoría.
*Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador (a) bilingüe y/o traductor (a) de
lenguas indígenas (oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etc.)
acreditando fehacientemente su autoría. Otros que al efecto establezca la UPSPS.
Elemento 10 Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
La denominación del presente elemento deriva de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la
autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena o afrodescendiente/afromexicana es el acto voluntario
mediante el cual personas o comunidades, que tienen un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de
otro tipo y, que deciden identificarse como integrantes de un pueblo o comunidad indígena reconocido por el
Estado. La auto adscripción es una manifestación de identidad y pertenencia cultural. La autoadscripción a un
pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente se calificará de acuerdo con la manifestación que
realice, por su parte, la persona aspirante, que así lo manifieste, en la revisión documental durante el
concurso. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre
del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
Elemento 11 Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de Juventudes, se considera como elemento
de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla con los requisitos de escolaridad
y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
Deberá presentar original y copia de CURP o acta de nacimiento que acredite que al momento de la
publicación del concurso la persona aspirante era menor de 30 años. Se considerará este elemento
a la persona candidata que compruebe ser menor de 30 años a la fecha de publicación del concurso.
Elemento 12 personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar de presentar una
discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (LGIPD),
cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil
del puesto. Deberá requisitar el formato donde manifieste su autoreconocimiento como persona con
discapacidad. La persona candidata manifestará por escrito si se autoreconoce o no como persona
con discapacidad y, realizará la descripción de su discapacidad.
No será considerada la documentación recibida fuera de los plazos establecidos, indicados en el mensaje que
se envía a las personas aspirantes a su cuenta de Trabajaen por lo que, si no presenta la documentación
requerida a totalidad, será motivo de descarte inmediato del concurso; no obstante, que haya acreditado las
evaluaciones correspondientes. Así mismo, en caso de que la documentación no sea legible, se encuentre
incompleta, parcialmente visible o en mal estado también será motivo de descarte del concurso; no obstante,
haber cubierto los puntos antes referidos.
La DGRHO o su representación en los Centros SICT presentará a cada persona aspirante que acredite la
Etapa III. Evaluación de Experiencia y Valoración del Mérito, las Cédulas correspondientes debidamente
calificadas, mismas que las personas aspirantes deberán revisar, rubricar y firmar en el momento, al finalizar
la revisión de los documentos entregados para la acreditación de dicha etapa.
En caso de fuerza mayor, las personas aspirantes deberán enviar la documentación en archivo digitalizado
PDF, al correo electrónico ingreso@sict.gob.mx, (de conformidad con las especificaciones que al efecto se
remitan a través del mensaje de Trabajaen).
La DGRHO podrá constatar la autenticidad de la información presentada por las personas aspirantes en todas
las etapas y fases del proceso de selección. En los casos que no se acredite su autenticidad será motivo de
descarte del proceso y la Secretaría se reserva el derecho de ejercer las acciones legales procedentes.
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DIARIO OFICIAL
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10ª.- Entrevista
Para el desahogo de esta etapa, y en atención a los Criterios Técnicos para la reactivación de plazos y
términos para la operación del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, emitido
por la SFP, y a través del cual se insta a privilegiar el uso de las tecnologías de información y la comunicación
para el desarrollo de las etapas de los concursos como medida de prevención de contagio y dispersión del
coronavirus SARS-CoV2, y por determinación del Comité Técnico de Profesionalización de esta Secretaría,
los CTS podrán realizar la etapa de entrevista mediante videoconferencia en las plataformas electrónicas
existentes, considerando las posibilidades y condiciones de infraestructura tecnológica con las que cuenten,
así como las posibilidades tecnológicas de las personas aspirantes para desarrollar dicha etapa a distancia.
En caso de que se realice de manera presencial se deberán respetar las medidas sanitarias que determine la
Secretaría.
En caso de que la Etapa de Entrevista y Determinación se realice mediante videoconferencia, en el mensaje
de invitación al desahogo dicha etapa, será notificada la fecha, horario y plataforma electrónica a utilizar.
La persona aspirante deberá confirmar en 24 horas máximo, contadas a partir de la notificación, al correo
ingreso@sict.gob.mx, que cuenta con las posibilidades tecnológicas para desarrollar dicha etapa a distancia.
En caso de que no se reciba en el correo electrónico mencionado notificación alguna, se entenderá que la
persona aspirante está en posibilidad de atender la etapa en comento a distancia. En el supuesto de que
la persona aspirante notifique que no cuenta con las posibilidades tecnológicas para llevar a cabo a distancia
la Etapa de Entrevista, se le facilitarán los medios en instalaciones de la Secretaría o se realizará la
programación de dicha Etapa de manera presencial.
En todos los casos y siempre que el universo lo permita, serán entrevistados (as) quienes se encuentren en
primero, segundo y tercer lugar en orden de prelación, de acuerdo con las calificaciones obtenidas. En caso
de empate en tercer lugar, accederán a la Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de las
personas aspirantes que compartan el tercer lugar. Cuando las personas aspirantes repliquen su participación
en más de una plaza de puestos tipo publicados en una misma convocatoria, se les entrevistará en una sola
ocasión por la totalidad de las plazas en que participen, siempre y cuando el Superior Jerárquico sea el
mismo.
METODOLOGIA PARA APLICACION DE ENTREVISTA:
El objetivo de la etapa IV de Entrevista es que el CTS profundice en la valoración de la capacidad de
los candidatos y verifique si reúnen el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, de conformidad con
los artículos 272 y 274 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia de
Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
Las Entrevistas deberán realizarse en forma colegiada y participativa y la misma consistirá en dos momentos:
●
El de preguntas y respuestas y,
●
El de elaboración del reporte de evaluación
La evaluación de cada persona aspirante se realizará, de conformidad con los siguientes criterios:
●
Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
●
Estrategia o acción (simple o compleja)
●
Resultado (sin impacto o con impacto)
●
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
El reporte de la evaluación de cada persona aspirante se realizará utilizando los formatos establecidos para
tales efectos, con el que cada miembro del CTS calificará en una escala de 0 a 100, sin decimales.
11ª.- Determinación
Se considerarán como finalistas, a quienes obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación establecido en el
Sistema de Puntuación, el cual será de 70 puntos en todos los casos.
En esta etapa el CTS resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:
a)
Ganador(a) del concurso, al/(a la) finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, al/(a la) de mayor Calificación Definitiva, y
b)
Al/(a la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto
a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la Secretaría, el (la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
i.
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto.
ii.
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c)
Desierto el concurso.
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En caso de empate, el CTS determinará con base en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el artículo 281 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente. Si una vez agotados los criterios de desempate establecidos en el artículo 281 de dichas
Disposiciones, subsistiera una situación de empate entre finalistas, se elegirá ganadora a la persona de
género femenino. Esta acción afirmativa se realiza con la finalidad de que se promueva la igualdad sustantiva
en el acceso al trabajo formal y remunerado en concordancia con la Ley General para la Igualdad entre
Mujeres y Hombres, en total apego al principio rector “equidad de género” del Sistema del Servicio Profesional
de Carrera, ya que el Gobierno Federal debe garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de las
mujeres y las niñas como un compromiso prioritario. Lo anterior, en concordancia con lo establecido en
los artículos 3 fracción I, 66, 67 y 68 de las citadas Disposiciones.
12ª.- Declaración del concurso desierto
El CTS podrá declarar desierto un concurso por las siguientes causas, en apego al Artículo 40 del Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
I.
Porque ningún(a) candidato(a) se presentó al concurso;
II.
Porque ninguno(a) de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista; o
III. Porque sólo un(a) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado(a) o bien, no obtenga la
mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
13ª.- Publicación de resultados
Los resultados de los concursos serán publicados en el sistema informático TrabajaEn.
14ª.- Reserva de aspirantes
Conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, las personas candidatas entrevistadas por el CTS que no resulten ganadores(as) del
concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación, se integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama
de cargo o puesto de que se trate en la Secretaría, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un
año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso.
Cada finalista estará en posibilidad de participar en concursos bajo la modalidad de "convocatoria dirigida a la
reserva de aspirantes", durante el periodo que dure la vigencia de su permanencia en la reserva de
aspirantes, tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidas en la Secretaría.
15ª. y 16ª.- Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización, las Reglas de Valoración General y el Sistema de
Puntuación General aplicables a los procesos de selección de la Secretaría, se realizará de conformidad con
lo siguiente:
Reglas de Valoración
Etapa
Subetapa
Descripción
I. Revisión
curricular
●
Revisión
realizada
en
el
sistema
informático
TrabajaEn
●
Motivo de descarte: Sí.
II. Exámenes
de
Conocimientos
y Evaluaciones
de Habilidades
Examen de
Conocimientos:
(a) Examen de
conocimientos técnicos y
(b) Examen de
conocimientos generales
de la Administración
Pública Federal
●
Número de exámenes: 2.
Criterios a evaluar:
●
Por cada rango, la calificación mínima aprobatoria
para los exámenes de conocimientos, igual o superior
a 70 puntos, en una escala de 0 a 100 puntos sin
decimales.
●
En lo que respecta a los exámenes de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, la
calificación mínima aprobatoria para todos los rangos
será 70 puntos, en una escala de 0 a 100 puntos, sin
decimales.
Los resultados de los exámenes de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal y de
conocimientos técnicos se sumarán, para obtener la
puntuación total de la Subetapa de Exámenes de
conocimientos. Para continuar con el proceso, se requiere
un resultado combinado (CG y CT) igual o superior a 70.
En caso de obtener menos de 70 puntos se procederá al
descarte.
Motivo de descarte: Sí.
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Evaluación de
Habilidades
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: 0
●
El reporte obtenido derivado de la aplicación de las
evaluaciones será únicamente de carácter referencial
y se otorgará una calificación de 100 en todos los
casos.
●
Motivo de descarte: No.
●
Vigencia: 1 año.
III. Evaluación
de Experiencia
y Valoración del
Mérito
Evaluación Experiencia
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Cuestionarios de evaluación de experiencia.
●
Motivo de descarte: No.
Valoración del Mérito
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Cuestionarios de valoración de mérito.
●
Motivo de descarte: No.
Revisión Documental
●
Documentación probatoria de cada aspirante.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Motivo de descarte: Sí.
IV. Entrevistas
Criterios a evaluar:
Contexto: 25%
Estrategia: 25%
Resultado: 25%
Participación: 25%
●
Cantidad de aspirantes a entrevistar: 3.
●
Aspirantes a seguir entrevistando: 3.
●
Los CTS podrán ser auxiliados por especialistas,
previa autorización del CTP.
V.
Determinación
Puntaje Mínimo de Calificación para ser finalista: 70.
Será motivo de DESCARTE, no presentarse en alguna de las etapas del concurso.
Etapa
Subetapa
Puntos
Resultados
por Etapa
Nivel Jerárquico
Dirección
General
Dirección
Subdirección
Jefatura
Enlace
II
Examen de
Conocimientos
Técnicos
CT
C= CT +
CG +H
20
20
30
30
30
Examen de
Conocimientos
Generales de
la
Administración
Pública
Federal
CG
Evaluación de
Habilidades
H
10
10
10
10
10
III
Evaluación de
Experiencia
X
X + M
30
30
15
15
10*
Valoración del
Mérito
M
10
10
15
15
20
IV
Entrevistas
E
E
30
30
30
30
30
Fórmula: II + III + IV = 100
100
100
100
100
100
Puntaje mínimo requerido para ser considerado
finalista
70
70
70
70
70
*Corresponden 10 puntos para todas las personas aspirantes a puestos de Enlace, de conformidad con lo
señalado en el artículo 231 de las Disposiciones
296
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
17ª.- Reactivación de folios
En caso de que el CTS permita la reactivación de folio, el proceso de Reactivación de Folios rechazados en
los concursos públicos y abiertos de la Secretaría se realizará de conformidad con lo siguiente:
I.
El CTS de la Secretaría podrá determinar bajo su responsabilidad, por mayoría de votos, la reactivación
de folios que hayan sido rechazados en la etapa de filtro curricular, sólo en aquellos casos en que se
circunscriban a los supuestos que se citan a continuación:
a.
Cuando el rechazo del folio sea originado por causas no imputables la persona aspirante.
b.
Por errores de captura de información u omisiones que se acrediten fehacientemente, a juicio de los
(las) integrantes del CTS.
II.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
a.
La persona aspirante cancele su participación en el concurso, y
b.
Exista duplicidad de registros en el sistema informático TrabajaEn.
Procedimiento para la solicitud de reactivación de folio:
1.
La persona con el Folio rechazado deberá solicitar la reactivación dentro del periodo señalado en la etapa
de Revisión Curricular (Registro de Aspirantes) de la Convocatoria, mediante:
a.
Escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) dirigido al (a la) Secretario (a) Técnico (a) del CTS
de la Secretaría, explicando los motivos de rechazo; señalando al efecto, la denominación de la
plaza; el número de folio rechazado; el domicilio o medio para oír y recibir notificaciones, así como
correo electrónico.
b.
Deberá anexar a su escrito la siguiente documentación digitalizada:
1.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial para
votar, pasaporte vigente o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
2.
Impresión del contenido del mensaje que envía el portal TrabajaEn notificando que no acreditó la
fase de revisión curricular para continuar en el concurso con el motivo de rechazo.
3.
Comprobante de escolaridad (cédula, título -sólo serán válidos el título registrado en la Dirección
General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su caso, mediante la
presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha autoridad-, certificado
o carta de pasante, según sea el caso), copia de comprobantes de experiencia con los cuales
compruebe los años solicitados en alguna de las áreas de experiencia solicitadas en el perfil de
puesto (hojas de servicio, constancias de servicio activo, constancias laborales en hoja
membretada, sellada y con datos de contacto, contratos, talones de pago, constancias de
semanas de cotización al ISSSTE o al IMSS y constancia de finalización de servicio social,
pantalla “Mi historial” emitida por la plataforma del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro).
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas de
recomendación, constancias emitidas por el superior/a jerárquico/a inmediato del puesto ocupado,
constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario o constancias de haber
realizado proyectos de investigación. Las actividades docentes no serán consideradas como experiencia
laboral. En caso de presentar constancias laborales que avalen periodos empalmados (es decir, que se
desarrollaron en el mismo lapso de tiempo), sólo se considerará el periodo que no se repita para cada
constancia, computándose así en el conteo para acreditar años de experiencia laboral.
2.
La documentación mencionada deberá enviarse digitalizada en formato PDF al correo electrónico
ingreso@sict.gob.mx dentro del periodo señalado en la etapa de Revisión Curricular (Registro de
Aspirantes) de la Convocatoria, no se considerarán solicitudes recibidas fuera de dicho periodo, así como
aquellas que cuya documentación no se encuentre completa y legible.
3.
Una vez cerrada la etapa de Revisión Curricular, el CTS determinará la procedencia o no de las
solicitudes de reactivación del folio rechazado.
4.
Se notificará a las personas aspirantes a través del sistema informático TrabajaEn, y del correo
electrónico proporcionado, la resolución emitida por el CTS de la Secretaría.
Lo anterior, de conformidad con lo señalado en los artículos 246, 260 y 261 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente.
18ª.- Cancelación de participación en el concurso
Las personas aspirantes que cuenten con las fases y etapas precedentes a la Entrevista debidamente
acreditadas en el sistema informático TrabajaEn y deseen cancelar su participación en el concurso, deberán
solicitarlo mediante escrito (firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico y dirigido al/(a la)
Secretario(a) Técnico(a) del CTS de la Secretaría, señalando al efecto, la denominación de la plaza; el
número de folio de concurso y el domicilio o medio para oír y recibir notificaciones, así como correo
electrónico; y anexar identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial
para votar, pasaporte vigente o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
La dirección electrónica a la que deberá ser enviada dicha solicitud es la siguiente: ingreso@sict.gob.mx.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
297
El (la) Secretario(a) Técnico(a) del CTS respectivo solicitará a la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la SABG, la habilitación necesaria en el Sistema informático RHNET – TrabajaEn para que el(la)
candidato(a) respectivo(a) pueda llevar a cabo la cancelación de su participación en el concurso desde su
cuenta en el sistema informático TrabajaEn.
La Unidad de Políticas para el Servicio Público de la SABG notificará al/(a la) candidato(a) por conducto
del/(de la) Secretario(a) Técnico(a) del CTS, el momento en el que podrá llevar a cabo la cancelación del
concurso desde su cuenta del sistema informático TrabajaEn.
19ª.- Disposiciones generales
Es importante considerar las siguientes disposiciones generales:
1.
La invitación a cada una de las etapas del concurso, así como la publicación de los resultados de cada
una de ellas, se realizará a través del sistema informático TrabajaEn.
2.
Cuando una persona aspirante no cumpla con algún requisito establecido en la convocatoria, no podrá
continuar participando en el proceso de selección, y se le notificará el motivo de la eliminación de su
participación y el fundamento de esta determinación a través del sistema informático TrabajaEn.
3.
Los datos personales de cada persona aspirante son confidenciales, aun después de concluido el
concurso.
4.
La Secretaría no se responsabiliza por traslados ni otros gastos erogados con motivo de la presente
convocatoria efectuados por quienes aspiran a ocupar una plaza en la Secretaría.
5.
Conforme a lo previsto en el artículo 69, fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 95 de su Reglamento, y de conformidad con el DECRETO por el que se
expide el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y el ACUERDO por el que
se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de
responsabilidades publicado en el DOF el 16 de enero de 2025, y su última reforma del pasado 04
de agosto de 2025, se podrá presentar cualquier inconformidad ante el Area de Denuncias e
Investigaciones en el Organo Interno de Control de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, en las oficinas ubicadas en Boulevard Adolfo López Mateos número 1990, piso 8,
Colonia Los Alpes Tlacopac, Código Postal 01049, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, en un
horario de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas; en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
6.
Conforme a lo previsto en los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 97 de su Reglamento, el domicilio donde se podrán presentar los
recursos de revocación con respecto al proceso de selección de las plazas de la presente convocatoria es
el ubicado en Insurgentes Sur 1735, Col. Guadalupe Inn Del. Alvaro Obregón. C.P. 01020, en un horario
de 9 a 18 horas de lunes a viernes.
7.
Por ningún motivo se permitirá la aplicación de evaluaciones a quienes se presenten fuera de los horarios
establecidos para tales efectos.
8.
Esta dependencia no solicita como requisito para el ingreso, el examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
9.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el CTS conforme a las
disposiciones aplicables.
20ª.- Resolución de dudas
La atención y resolución de dudas con respecto al concurso serán atendidas en el correo electrónico:
ingreso@sict.gob.mx, en tal caso serán resueltas en un plazo máximo de hasta diez días hábiles, de lunes a
viernes en un horario de 9:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
Ciudad de México, a 27 de febrero de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
La Secretaria Técnica
Lic. María Del Rocío Bello Castillo
Rúbrica.
298
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 025
El Comité Técnico de Selección (CTS) de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno con fundamento
en los artículos 21, 22, 25, 26, 28, 37 y 75 fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en
la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 de su Reglamento, así como en los artículos
241 al 243, 246, 247 y 253 al 290 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, se emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada de los
siguientes puestos vacantes:
Denominación del
Puesto
DIRECTOR(A) DE APOYO ADMINISTRATIVO
27-420-1-M1C020P-0000304-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M31
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 90,493.00 (Noventa mil, cuatrocientos noventa y tres pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Coordinar la gestión documental del Organo Interno de Control al que se
adscriba, con el fin de informar a la persona titular sobre el avance o solución a los
asuntos de su competencia, incluidos el cumplimiento de las acciones y programas
que haya implementado.
Función 2.- Coordinar la integración de datos y documentos del Organo Interno de
Control al que se adscriba, con el fin de atender los informes o reportes que se
requieran, incluidos informes de cumplimiento, recepción de proyectos, planes y
programas de los que tenga conocimiento, para lo cual podrá tener acceso a los
repositorios y sistemas de información que determine la Secretaría.
Función 3.- Acceder a los sistemas de intercambio de información en las diversas
materias competencia de los Organos Internos de Control a fin de enviar los
resultados y realizar el seguimiento que soliciten las áreas del Organo Interno de
Control.
Función 4.- Dirigir al personal a su cargo para el trámite, solicitud y entrega de
documentación que se requiera en el ente de la Administración Pública Federal
Asignado o con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Función 5.- Coordinar la gestión de los requerimientos y necesidades que se
presenten en materia de recursos humanos en el Organo Interno de Control al que
se adscriba, a efecto de mantener actualizados los registros que correspondan y
auxiliar al personal en los trámites para su ingreso, movimiento o desvinculación
laboral.
Función 6.- Supervisar la atención de los requerimientos de bienes muebles,
papelería y servicios que se necesiten para el funcionamiento del Organo Interno de
Control al que se adscriba.
Función 7.- Supervisar o tramitar, cuando así se requiera, los servicios en materia de
tecnologías de la información para el personal que se adscriba al Organo Interno de
Control.
Función 8.- Coordinar con las áreas del Organo Interno de Control los plazos en los
asuntos, proyectos y compromisos del Organo Interno de Control que sean de su
competencia, para dar cumplimiento a los mismos en tiempo y forma.
Función 9.- Coordinar el inventario de expedientes que se encuentren a su cargo,
así como supervisar los trámites de transferencia o baja documental que le
correspondan a fin de cumplir con la normativa en la materia.
Función 10.- Cumplir con las atribuciones que correspondan al cargo de
conformidad con las disposiciones normativas aplicables, así como con las
instrucciones emitidas por las personas servidoras públicas superiores, a fin de
contribuir con el cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Función 11.- Apoyar en las investigaciones mediante operativos que se realicen en
el Organo Interno de Control de su adscripción, para verificar el cumplimiento de las
obligaciones de las personas servidoras públicas, cuando la Coordinación General
de Organos Internos de Control o el Organo Interno de Control le habilite en apoyo
del Area Investigadora.
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DIARIO OFICIAL
299
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Periodismo
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comercio Internacional
Ciencias Sociales y
Administrativas
Política y Gestión Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación y Periodismo
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Educación y Humanidades
Arquitectura
Educación y Humanidades
Mercadotecnia y Comercio
Ingeniería y Tecnología
Administración
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Finanzas
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y calidad
Experiencia
Laboral:
Mínimo 10 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Económicas
Administración
300
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Ciencia Política
Administración de Bienes
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
DIRECTOR(A) DE REGISTRO PATRIMONIAL Y DE INTERESES
27-530-1-M1C020P-0000013-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M31
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 90,493.00 (Noventa mil, cuatrocientos noventa y tres pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de
Procedimientos y Resoluciones
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Realizar las acciones necesarias en la Administración Pública Federal y
en las empresas públicas del Estado, las acciones relacionadas con la interpretación
administrativa del formato, de las normas y del instructivo de llenado y presentación,
de la declaración patrimonial y de intereses.
Función 2.- Implementar los programas preventivos y acciones en materia de
declaración de situación patrimonial y de intereses de los(as) servidores(as)
públicos(as) de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal
y empresas públicas del Estado, previa identificación de las necesidades
específicas, a efecto de que los sujetos obligados a presentar declaración
patrimonial y de intereses, cumplan con dicha obligación de conformidad con la
normatividad aplicable.
Función 3.- Brindar capacitación, asesoría y apoyo a los(as) servidores(as)
públicos(as) que lo requieran en materia de declaración de situación patrimonial y de
intereses, previa identificación de las necesidades específicas, a efecto de dar
debido cumplimento a la presentación de las declaraciones de situación patrimonial
y de intereses.
Función 4.- Llevar a cabo las acciones de resguardo, custodia de la información, así
como la implementación de medidas para actualizar y depurar el sistema electrónico
para la recepción de declaraciones de situación patrimonial y de intereses que
presentan los(as) servidores(as) públicos(as) de las Dependencias, Entidades de la
Administración Pública Federal y empresas públicas del Estado, a fin de dar
cumplimiento a la normatividad aplicable.
Función 5.- Certificar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses
presentadas por los(as) servidores(as) públicos(as) de las Dependencias, Entidades
de la Administración Pública Federal y empresas públicas del Estado, que se
obtengan del sistema, así como las que se encuentren en el archivo documental,
previo requerimiento que para tal efecto se realice, a fin de proporcionarlas en
términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
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DIARIO OFICIAL
301
Función 6.- Verificar el cumplimiento de la obligación de presentar la declaración de
situación patrimonial y de intereses y ejecutar las acciones que resulten necesarias
para dar vista, en su caso, a los Organos Internos de Control en las Dependencias y
Entidades de la Administración Pública Federal o Unidades de Responsabilidades
en las empresas públicas del Estado o a la Dirección General de Investigación de la
Unidad de Combate a la Impunidad, a fin de que determinen lo conducente
conforme a la normatividad vigente.
Función 7.- Ejecutar las acciones para verificar que las declaraciones de situación
patrimonial y de intereses de los servidores públicos de las Dependencias,
Entidades y empresas públicas del Estado, se presenten conforme a los formatos,
normas, manuales e instructivos que al efecto se emitan por las instancias
competentes, a fin de dar cumplimiento a la normatividad aplicable.
Función 8.- Ejecutar acciones que deriven de los convenios celebrados por la
Secretaría con otras autoridades competentes, en materia de declaraciones de
situación patrimonial y de intereses, a través del seguimiento de dichos
instrumentos, con la finalidad de dar cumplimiento a las cláusulas celebradas en el
mismo.
Función 9.- Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad
con las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas otras que le
encomiende su superior(a) jerárquico(a).
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Experiencia
Laboral:
Mínimo 10 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
DIRECTOR(A) DE CAPACITACION ESPECIFICA
Y VINCULACION ESTRATEGICA
27-213-1-M1C019P-0000006-E-C-T
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M23
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 85,968.00 (Ochenta y cinco mil, novecientos sesenta y ocho pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Gestión
para los Servidores Públicos al
Servicio de la Sociedad
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Dirigir las actividades correspondientes a la asesoría y acompañamiento
en capacitación y promoción de la profesionalización de las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal.
Función 2.- Conducir el desarrollo del programa de capacitación específica de las
personas servidoras públicas de la Administración Pública Federal.
302
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 3.- Conducir las acciones de formación inicial y común, capacitación,
actualización y especialización en materia de prevención y combate a la corrupción
e impunidad de las personas servidoras públicas de la Administración Pública
Federal.
Función 4.- Conducir el acompañamiento en la ejecución de programas que
promuevan la profesionalización de las personas servidoras públicas con las
dependencias, entidades, órganos constitucionales autónomos y demás entes
públicos, así como a los sectores social y privado en los temas de su competencia.
Función 5.- Cumplir con las funciones que le atribuyan las leyes, reglamentos y
demás disposiciones jurídicas aplicables, las que les sean delegadas mediante
acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, así como aquellas que les
encomienden sus superiores jerárquicos.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Psicología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Sociología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Antropología Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Comerciales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Trabajo Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Educación y Humanidades
Educación
Educación y Humanidades
Matemáticas
Educación y Humanidades
Psicología
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Experiencia
Laboral:
Mínimo 9 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Consultoría en Mejora de
Procesos
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
303
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o
Administrativo
Matemáticas
Probabilidad
Matemáticas
Estadística
Psicología
Psicología General
Sociología
Sociología Matemática
Sociología
Cambio y Desarrollo Social
Sociología
Sociología del Trabajo
Sociología
Sociología General
Pedagogía
Organización y Planificación de
la Educación
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
DIRECTOR(A) DE AREA DE AUDITORIA
27-420-1-M1C019P-0000502-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M23
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 85,968.00 (Ochenta y cinco mil, novecientos sesenta y ocho pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Integrar y complementar las partes de los proyectos del Programa Anual
de Trabajo y de Evaluación, así como del Programa Anual de Fiscalización relativas
al control interno y evaluación de la gestión pública que realice el área a su cargo; a
fin de remitirlas a consideración de la persona titular del Area de Auditoría.
Función 2.- Dirigir y ejecutar con el personal que le sea asignado, intervenciones en
materia de control interno al ente público de la Administración Pública Federal al que
esté asignado y analizar la información derivada de las mismas, para determinar si
cumplen con las normas, programas, metas y objetivos establecidos, así como
evaluar su eficiencia y eficacia.
Función 3.- Analizar y presentar a la persona titular del área de auditoría los
resultados derivados de intervenciones de control interno, para proponer a las
personas titulares de las unidades fiscalizadas las acciones preventivas y correctivas
que se consideren oportunas.
Función 4.- Realizar los actos de fiscalización programados al ente público de la
Administración Pública Federal al que esté asignado, para determinar si existen
posibles
irregularidades
y
supervisar
la
elaboración
de
los
informes
correspondientes, para lo que podrá acceder a la documentación, archivos,
repositorios, a los programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los
sistemas de información y demás medios con que cuente el ente para el ejercicio de
sus atribuciones.
304
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 5.- Dirigir y supervisar las acciones para la promoción, orientación y
seguimiento del cumplimiento de las obligaciones del ente público de
la Administración Pública Federal al que esté asignado, con el fin de prevenir la
comisión de actos o conductas que pueden derivar en responsabilidades
administrativas.
Función 6.- Supervisar el proceso de cierre de la auditoría y presentar a la persona
titular del área de auditoría, los resultados de los actos de fiscalización al ente
público de la Administración Pública Federal al que esté asignado, así como dar
seguimiento a las acciones preventivas y correctivas derivados de éstos.
Función 7.- Supervisar con el personal a su cargo y aquellos prestadores de
servicios profesionales que le sean asignados, la aplicación de las medidas
preventivas y correctivas que se hayan determinado de manera conjunta con las
unidades administrativas del ente público de la Administración Pública Federal en
los actos de fiscalización.
Función 8.- Revisar el informe de presuntas irregularidades detectadas, las
probables faltas administrativas de personas servidoras públicas o faltas de
particulares derivadas de los actos de fiscalización, para que someterlas a
consideración de la persona titular del Area de Auditoría.
Función 9.- Analizar las recomendaciones que haga el Sistema Nacional
Anticorrupción a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que les sea
asignada, a fin de adoptar medidas para el fortalecimiento de su desempeño, control
interno, fiscalización y evaluación de la gestión pública e informar, en su caso, el
cumplimiento de las mismas.
Función 10.- Coordinar la Implementación de acciones de fiscalización, vigilancia y
seguimiento, a fin de comprobar el cumplimiento de los ordenamientos en materia
de austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que
les sea asignada.
Función 11.- Proponer a la persona titular del Area de Auditoría acciones que
permitan verificar la planeación, establecimiento, conducción y aplicación de la
política general de contrataciones públicas, incluidas las relacionadas con
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, y obra pública, con el objetivo
de proponer las medidas necesarias para el fortalecimiento institucional en la
administración de recursos.
Función 12.- Dar seguimiento a los asuntos de su competencia que le hayan sido
turnados o designados, con el fin de atenderlos en tiempo y forma e informar su
cumplimiento.
Función 13.- Asistir a los comités y subcomités en materia de adquisiciones de
bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las
mismas, o cualquier otro que sea de su competencia, en la dependencia, órgano
desconcentrado o entidad, que le instruya la persona titular del área de auditoría, a
fin de verificar el cumplimiento a las disposiciones normativas, en su caso realizar
las recomendaciones o emitir los comentarios que correspondan.
Función 14.- Participar en las juntas de aclaraciones, presentación y apertura de
proposiciones, notificación del fallo, y demás actos relacionados con los
procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, que
celebre la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, cuando así le designe la
persona titular del área de auditoría, a fin de verificar el cumplimiento a las
disposiciones normativas en la materia y de contar con procedimientos con las
mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad, y en su caso, pronunciarse respecto a los aspectos a corregir del
proceso.
Función 15.- Revisar los diagnósticos sobre el cumplimiento de normas y
procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y arrendamientos
de bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad que se realice a
la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de integrar la determinación
correspondiente.
Función 16.- Validar los proyectos de certificación de copias de los documentos que
se encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin presentar a firma de la
persona superior jerárquica.
Función 17.- Revisar y proponer los requerimientos que se formularán a las
unidades administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad
asignada, para someterlos a consideración del titular del Area de Auditoría Interna
con el fin de ejercer las facultades de fiscalización.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Función 18.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Función 19.- Participar en investigaciones mediante operativos, a fin de verificar el
cumplimiento de obligaciones de las personas servidoras públicas, en coadyuvancia
con las Areas de Investigaciones, para lo cual se le habilitará por la persona titular
de la Coordinación General de Organos Internos de Control o la persona titular del
Organo Interno de Control.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Industriales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Naturales y Exactas
Biología
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Naturales y Exactas
Química
Ingeniería y Tecnología
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Bioquímica
Ingeniería y Tecnología
Finanzas
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias de la Salud
Farmacobiología
Ciencias de la Salud
Medicina
Ciencias de la Salud
Nutrición
Ciencias de la Salud
Biomédicas
Ciencias de la Salud
Química
Ciencias de la Salud
Salud
Ciencias de la Salud
Administración de la Salud
Experiencia
Laboral:
Mínimo 9 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Administración de Proyectos de
Inversión y Riesgo
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
306
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
DIRECTOR(A) DE AREA DE RESPONSABILIDADES
27-420-1-M1C019P-0000629-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M22
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 81,444.00 (Ochenta y un mil, cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Supervisar el proceso de admisión de los Informes de Presunta
Responsabilidad y, en su caso, validar el proyecto de prevención a la autoridad
investigadora para que rectifique o aclare las omisiones que advierta o los hechos
narrados en su informe.
Función 2.- Analizar los casos en que deba abstenerse del inicio del procedimiento
de responsabilidad administrativa, o de imponer sanciones a un servidor público, y
presentar a aprobación de la persona titular del Area de Responsabilidades el
acuerdo correspondiente. a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
General de Responsabilidades Administrativas y de los demás ordenamientos en
materia de responsabilidad administrativa.
Función 3.- Supervisar la substanciación de los recursos de inconformidad que se
promuevan en contra de la determinación de abstenerse de iniciar el procedimiento
de responsabilidad administrativa o de imponer sanciones, con el fin de verificar que
se integren en las documentales y elementos que se consideraron para dicha
determinación.
Función 4.- Dirigir la substanciación de los procedimientos de responsabilidad
administrativa por faltas administrativas graves y faltas de particulares y determinar
la fecha de emplazamiento a la audiencia inicial y presentar los expedientes a
autorización de la persona titular del Area de Responsabilidades para enviarlos al
Tribunal Federal de Justicia Administrativa para su resolución.
Función 5.- Dirigir y revisar la substanciación de los recursos de reclamación que le
sean asignados, a fin de dar cuenta al Tribunal Federal de Justicia Administrativa
para su resolución.
Función 6.- Revisar los proyectos de resolución que se emitan con motivo de la
substanciación de recursos de revocación que hayan interpuesto las personas
servidoras públicas en contra de la imposición de sanciones administrativas, para
presentarlos a la persona titular del Area de Responsabilidades.
Función 7.- Supervisar la substanciación de los recursos de revisión que se
promuevan en contra de las resoluciones de inconformidad y reclamaciones en
términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para
someter la resolución a aprobación de la persona titular del Organo Interno
de Control.
Función 8.- Supervisar la substanciación de los procedimientos de responsabilidad
administrativa por faltas administrativas no graves, y revisar los acuerdos para el
emplazamiento, a la audiencia inicial de las partes, a fin de emitir la resolución de
conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
307
Función 9.- Dirigir las sesiones de conciliación, en materia de adquisiciones de
bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las
mismas a las que se le haya designado, a fin de determinar elementos comunes y
los puntos de controversia y exhortar a las partes para conciliar sus intereses y, en
su caso, dar seguimiento a los acuerdos derivados del convenio que se emita.
Función 10.- Supervisar la substanciación de las inconformidades y reclamaciones
que se interpongan en contra de las personas servidoras públicas por actos que
contravengan los ordenamientos en materia de adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas,
excepto las que deba conocer la Dirección General de Controversias y Sanciones en
Contrataciones Públicas, y complementar, en su caso, los proyectos de resolución
para someterlos a aprobación de sus superiores en jerarquía.
Función 11.- Supervisar las intervenciones que se realicen en términos de la
previstas en los artículos 76 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, y 94 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con
las Mismas, a fin de revisar la legalidad de los actos y determinar las medidas
aplicables, o en su defecto, la suspensión de la contratación.
Función 12.- Dirigir y supervisar la substanciación de los procedimientos
administrativos de sanción a personas físicas y morales por infracciones a los
ordenamientos en materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios,
obras públicas, servicios relacionados con las mismas, y demás relativos a las
contrataciones públicas, así como revisar los proyectos de resolución para firma de
la persona titular del Area de Responsabilidades y los informes que deban remitirse
a la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.
Función 13.- Representar legalmente, previa designación, a la Secretaría, respecto
de los actos emitidos por el Organo Interno de Control ante las autoridades
jurisdiccionales; a fin de realizar la defensa de sus resoluciones.
Función 14.- Asistir a la persona titular del Area de Responsabilidades, en la
representación de la Secretaría, ante el Ministerio Público para la presentación de
denuncias y querellas por hechos u omisiones que conozcan con motivo de su
competencia y que puedan ser constitutivos de delitos, a fin de aportar los
elementos que le permitan la intervención como partes en la investigación y el
procedimiento penal respectivo, cuando se le reconozca su calidad de víctima u
ofendida a la Secretaría.
Función 15.- Supervisar que, en el Directorio de Proveedores y Contratistas
Sancionados de la Administración Pública Federal, se inscriban las sanciones que
deriven de la resolución de asuntos a su cargo, para lo que podrá acceder a los
repositorios y sistemas de información que determine la Secretaría a fin de validar el
correcto registro.
Función 16.- Revisar los proyectos de imposición de medidas cautelares para
presentarlas a autorización de la persona titular del Area de Responsabilidades, a
efecto de evitar el ocultamiento o destrucción de pruebas, la continuación de efectos
perjudiciales derivados de presuntas faltas administrativas, la obstaculización del
procedimiento y/o el daño irreparable a las instituciones o al erario; asimismo,
someter a autorización la imposición de medidas de apremio para el cumplimiento
de las determinaciones del Area de Responsabilidades.
Función 17.- Revisar y aprobar los casos en que sea procedente la acumulación de
expedientes con el fin de homologación de trato y resolución, para someter a
consideración de la persona titular del Area de Responsabilidades la emisión de la
determinación
correspondiente;
así
como
confirmar
la
improcedencia
o
sobreseimiento de los casos que se encuentren en dichos supuestos.
Función 18.- Revisar y validar las sentencias interlocutorias que deban emitirse
en los incidentes de los procedimientos de responsabilidad administrativa que se
encuentren a su cargo para someterlos aprobación de la persona titular del Area de
Denuncias e Investigaciones, y, presidir las audiencias incidentales en las que se le
designe.
Función 19.- Instruir y dar seguimiento a las diligencias que se requieran para la
implementación del procedimiento de responsabilidad administrativa.
Función 20.- Dirigir y dar seguimiento a las actuaciones que procedan para la
ejecución de sanciones por faltas administrativas no graves que se impongan a
personas servidoras públicas.
308
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 21.- Supervisar el registro y atención de los asuntos competencia del Area
de Responsabilidades, a fin de dar puntual seguimiento de las materias a su cargo,
así como para integrar los reportes correspondientes.
Función 22.- Revisar y validar el proyecto del Programa Anual de Trabajo y de
Evaluación relativas al Area Responsabilidades, a fin de presentar a aprobación de
la persona Titular del Area de Responsabilidades.
Función 23.- Validar los proyectos de certificación de copias de los documentos que
se encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin presentar a firma de la
persona superior jerárquica.
Función 24.- Integrar propuestas de medios alternativos de solución de
controversias en al ámbito de su competencia, a fin de presentarse a consideración
de la persona titular del Area de Responsabilidades.
Función 25.- Revisar los proyectos de requerimientos de información dirigidos a las
unidades administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad
asignada, fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato determinado, a fin
de contar con la información suficiente para el ejercicio de sus facultades y
presentarlos a autorización de la persona titular del Area de Responsabilidades.
Función 26.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Función 27.- Realizar las investigaciones mediante operativos para las que le
habilite la Coordinación General de Organos Internos de Control o la persona titular
del Organo Interno de Control, con el fin de contribuir a esclarecer hechos
constitutivos de faltas administrativas.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Experiencia
Laboral:
Mínimo 9 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
309
Denominación del
Puesto
DIRECTOR(A) DE ANALISIS NORMATIVO
27-210-1-M1C017P-0001035-E-C-A
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M11
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 66,362.00 (Sesenta y seis mil, trescientos sesenta y dos pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Unidad de Políticas para el
Servicio Público
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Diseñar las propuestas de políticas, estrategias, normas, metodologías,
mecanismos y directrices en materia de profesionalización e integridad pública,
servicio profesional de carrera, planeación, administración y registros aplicables,
procedimientos de rendición de cuentas individuales e institucionales, y evaluación
de confianza de las personas servidoras públicas, así como las relativas a las
estructuras orgánicas y ocupacionales de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, para mantener la congruencia y el desarrollo
administrativo en dichas materias.
Función 2.- Distribuir internamente la información en materia de profesionalización e
integridad pública, servicio profesional de carrera, planeación, administración y
registros aplicables, procedimientos de rendición de cuentas individuales e
institucionales, y evaluación de confianza de las personas servidoras públicas, así
como las relativas a las estructuras orgánicas y ocupacionales de las dependencias
y entidades de la Administración Pública Federal, de conformidad a la normatividad
aplicable en materia de transparencia y acceso a la información para la atención de
diversos requerimientos.
Función 3.- Comprobar que los instrumentos emitidos por la Unidad de Políticas
para el Servicio Público en las materias de su competencia, guarden congruencia y
vigencia con los aspectos que regulan y, en su caso, proponer los esquemas
necesarios para su reforma, modificación, actualización o supresión, según sea el
caso.
Función 4.- Revisar las propuestas de opinión, respecto de iniciativas de ley o
puntos de acuerdo que recaigan en las materias de profesionalización e integridad
pública, servicio profesional de carrera, planeación, administración y registros
aplicables, procedimientos de rendición de cuentas individuales e institucionales, y
evaluación de confianza de las personas servidoras públicas, así como las relativas
a las estructuras orgánicas y ocupacionales de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, a fin de someter a consideración de la persona
titular de la Coordinación Normativa de Gestión de Personal.
Función 5.- Dirigir la elaboración los criterios técnico-metodológicos para diseñar y,
en su caso, modificar, actualizar o reformar los instrumentos normativos emitidos por
la Unidad de Políticas para el Servicio Público en las materias de su competencia,
verificando la congruencia, pertinencia, validez y apego al principio de austeridad
republicana, para el desarrollo administrativo de las dependencias y entidades a las
que van dirigidos.
Función 6.- Formular la propuesta de políticas y normatividad para la Administración
Pública Federal en materia de profesionalización e integridad pública, servicio
profesional
de
carrera,
planeación,
administración
y
registros
aplicables,
procedimientos de rendición de cuentas individuales e institucionales, y evaluación
de confianza de las personas servidoras públicas, así como las relativas a las
estructuras orgánicas y ocupacionales de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal verificando su congruencia, pertinencia y validez, a
fin de someter a consideración de la persona titular de la Coordinación Normativa de
Gestión de Personal.
Función 7.- Diseñar el proyecto de lineamientos de rendición de cuentas de la
Administración Pública Federal y empresas productivas del Estado, para prevenir la
comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción.
Función 8.- Revisar las solicitudes de interpretación para efectos administrativos de
las leyes, reglamentos y demás disposiciones en las materias competencia de la
Unidad de Políticas para el Servicio Público, así como integrar las propuestas de
interpretación para su emisión por parte de la persona titular de la Unidad
de ´Políticas para el Servicio Público.
310
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 9.- Analizar las propuestas de interpretación de las leyes, reglamentos y
demás disposiciones en las materias competencia de la Unidad de Políticas para el
Servicio Público, para el correcto desarrollo administrativo en dichas materias.
Función 10.- Proponer los mecanismos para vigilar, en el ámbito de su competencia,
las acciones que den atención a los compromisos de la Secretaría con el Sistema
Nacional Anticorrupción y el Sistema Nacional de Fiscalización, con el objeto de dar
cumplimiento a los mismos.
Función 11.- Realizar las investigaciones que se requieran en las materias que sean
de la competencia de la Unidad de Políticas para el Servicio Público, para la
actualización de la normatividad competencia de la Unidad.
Función 12.- Distribuir internamente las disposiciones jurídicas, manuales, guías,
criterios, y demás instrumentos análogos relacionados con las materias de
profesionalización e integridad pública, servicio profesional de carrera, planeación,
administración y registros aplicables, procedimientos de rendición de cuentas
individuales e institucionales, y evaluación de confianza de las personas servidoras
públicas, así como las relativas a las estructuras orgánicas y ocupacionales de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su
conocimiento, análisis y consulta.
Función 13.- Integrar los informes y en su caso, documentación que requieran la
Unidad de Asuntos Jurídicos para la atención de juicios o procedimientos
administrativos que desahogue con motivo de sus atribuciones, o alguna otra
autoridad facultada para ello.
Función 14.- Integrar los informes oficiales, en materia de recursos humanos y del
Servicio Profesional de Carrera, que se soliciten a la Unidad de Políticas para el
Servicio Público, de conformidad a los criterios establecidos para su elaboración.
Función 15.- Diseñar el mecanismo para la coordinación y construcción de
indicadores estratégicos para el seguimiento y evaluación en materia de recursos
humanos y del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
Función 16.- Proponer las propuestas de opinión y, en su caso, autorizaciones que
corresponda emitir a la persona titular de la Unidad de Políticas para el Servicio
Público, en las materias de su competencia, a fin de verificar que se apeguen a la
normatividad vigente, así como al principio de austeridad republicana y someter a
consideración de la persona titular de la Coordinación Normativa de Gestión de
Personal.
Función 17.- Verificar que los sistemas de datos personales con que cuenta la
Unidad de Políticas para el Servicio Público, cumplan con los criterios normativos en
la materia, así como la validez y pertinencia de los avisos de privacidad
correspondientes, en coordinación con el Area de Transparencia, a fin de verificar su
congruencia con la normativa aplicable.
Función 18.- Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad
con las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas que le encomienden
sus superiores/as jerárquicos/as.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas – Actuaría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Industriales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
311
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Psicología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Comerciales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Política y Gestión Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Industrial
Experiencia
Laboral:
Mínimo 8 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Teoría y Métodos Generales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas Y Derecho
Derecho Internacional
Ciencias Jurídicas Y Derecho
Organización Jurídica
Ciencias Tecnológicas
Tecnología de los Ordenadores
Ciencias Tecnológicas
Tecnología de la Construcción
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Teoría Económica
Ciencias Económicas
Organización Industrial y
Políticas Gubernamentales
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Administración de Proyectos de
Inversión y Riesgo
Ciencias Económicas
Consultoría en Mejora de
Procesos
Ciencias Sociales
Vivienda
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencia Política
Ciencias Políticas
Matemáticas
Estadística
Matemáticas
Evaluación
Matemáticas
Ciencia de los Ordenadores
Matemáticas
Auditoría Operativa
Filosofía
Filosofía del Conocimiento
Filosofía
Filosofía Social
312
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
DIRECTOR(A) DE ACCESO A LA INFORMACION
27-300-1-M1C017P-0000687-E-C-R
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
M11
Dirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 66,362.00 (Sesenta y seis mil, trescientos sesenta y dos pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de
Transparencia
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Coordinar el trámite de las solicitudes de acceso a la información, a fin
de dar atención a la normatividad en materia de transparencia y acceso a la
información aplicable.
Función 2.- Organizar las sesiones del Comité de Transparencia de la Secretaría, a
fin de dar atención a la normatividad en materia de transparencia y acceso a la
información aplicable.
Función 3.- Dirigir las acciones de atención de los recursos de revisión interpuestos
ante la autoridad competente, a fin de dar atención a la normatividad en materia de
transparencia y acceso a la información aplicable.
Función 4.- Verificar el cumplimiento de los requerimientos del órgano garante, a fin
de dar atención a la normatividad en materia de transparencia y acceso a la
información aplicable.
Función 5.- Elaborar las respuestas a las solicitudes de acceso a la información que
son turnadas a la Dirección General de Transparencia, con el fin de dar atención a la
normatividad en materia de transparencia y acceso a la información aplicable.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Experiencia
Laboral:
Mínimo 8 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
313
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE INNOVACION PARA EL APRENDIZAJE A
27-213-1-M1C016P-0000033-E-C-T
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N31
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 53,692.00 (Cincuenta y tres mil, seiscientos noventa y dos pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Gestión
para los Servidores Públicos al
Servicio de la Sociedad
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Proponer acciones de colaboración con las dependencias y entidades de
la Administración Pública Federal en materia de capacitación específica y promoción
de la profesionalización.
Función 2.- Diseñar acciones de vinculación estratégica para la implementación del
programa de capacitación específica en las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal.
Función 3.- Proponer estrategias de innovación en acciones de formación inicial
y común, capacitación, actualización y especialización en materia de prevención y
combate a la corrupción e impunidad de las personas servidoras públicas de la
Administración Pública Federal.
Función 4.- Coordinar la vinculación estratégica con las dependencias, entidades,
órganos constitucionales autónomos y demás entes públicos, así como a los
sectores social y privado para la profesionalización de las personas servidoras
públicas de la APF.
Función 5.- Cumplir con las funciones que le atribuyan las leyes, reglamentos y
demás disposiciones jurídicas aplicables, las que les sean delegadas mediante
acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, así como aquellas que les
encomienden sus superiores jerárquicos.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Educación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Psicología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Psicología
314
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o
Administrativo
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencia Política
Ciencias Políticas
Ciencia Política
Relaciones Internacionales
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE GESTION DE LA INFORMACION
27-243-1-M1C016P-0000010-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N31
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 53,692.00 (Cincuenta y tres mil, seiscientos noventa y dos pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Monitoreo
de Calidad y Atención al Público
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Integrar la información de las metodologías implementadas para mejorar
la atención de los servicios que brinda el Gobierno Federal.
Función 2.- Proponer temas de interés para la ciudadanía con el fin de ser
abordados en los mecanismos de consulta y participación ciudadana.
Función 3.- Desarrollar en forma conjunta con las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, mecanismos de monitoreo de la calidad de la
atención a la ciudadanía, que permitan fortalecer la calidad de los servicios
brindados a la ciudadanía.
Función 4.- Coordinar la integración de temas de interés y atención para la
ciudadanía con el fin de implementar proyectos que generen un impacto positivo.
Función 5.- Elaborar mecanismos de retroalimentación que permitan dar
seguimiento a los avances realizados para la mejora de los servicios que brinda el
Gobierno Federal.
Función 6.- Interpretar los datos, generados de los indicadores nacionales e
internacionales, en información significativa que permita a la ciudadanía ver los
trabajos realizados para mejorar la atención de los servicios.
Función 7.- Programar la difusión institucional del resultado del monitoreo de la
calidad de los servicios y generar un vínculo de colaboración con organismos
internaciones, dependencias y entidades del Gobierno Federal con el fin de dar
seguimiento a las mejoras de atención implementadas.
Función 8.- Desarrollar estrategias conforme a los resultados de la evaluación de los
ejercicios de participación ciudadana y del monitoreo de los indicadores, para
eficientar los procesos que intervienen en los servicios de las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal.
Función 9.- Diseñar planes de trabajo para dar seguimiento a las acciones
implementadas por organismos nacionales, internacionales y dependencias del
Gobierno Federal para la mejora de los servicios.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
315
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Tecnológicas
Administración de Proyectos
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencia Política
Ciencias Políticas
Ciencia Política
Análisis de Inteligencia
Matemáticas
Probabilidad
Matemáticas
Análisis y Análisis Funcional
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) D
27-244-1-M1C016P-0000008-E-C-T
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N31
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 53,692.00 (Cincuenta y tres mil, seiscientos noventa y dos pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de
Cooperación Técnica
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Dar seguimiento para las solicitudes formuladas en el ámbito multilátera,
antes la Secretaría de Relaciones Exteriores, para alinear las políticas y objetivos
estratégicos de la Secretaría.
Función 2.- Integrar información sobre posibles acciones y proyectos de
colaboración, cooperación e intercambio con gobiernos extranjeros y organismos
internacionales públicos y privados, a fin de fomentar el intercambio de información y
buenas prácticas de combate a la corrupción y Buen Gobierno.
Función 3.- Elaborar acciones en coordinación con la Secretaría de Relaciones
Exteriores, para promover a nivel internacional la estrategia del Estado mexicano
para combatir la corrupción y Buen Gobierno en el servicio público.
316
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 4.- Asistir a las unidades de la Secretaría en los temas de cooperación,
colaboración y relaciones con organismos internacionales, gobiernos extranjeros y
otros actores relevantes, para que sus interacciones y vinculaciones internacionales
se alineen con las políticas y objetivos estratégicos de la Secretaría.
Función 5.- Proponer los requerimientos a las unidades administrativas de la
Secretaría, para dar atención a los acuerdos internacionales que en materia de
combate a la corrupción y Buen Gobierno se adopten en el seno de los organismos,
grupos y foros internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Función 6.- Realizar la revisión de los instrumentos de cooperación internacional que
se promuevan para suscripción por parte de las diferentes Unidades Administrativas
de la Secretaría, en colaboración de la Unidad de Asuntos Jurídicos, a fin de contar
con la respectiva opinión legal.
Función 7.- Alimentar la agenda internacional de la Secretaría con los asuntos
bilaterales, multilaterales y de cooperación internacional a fin de mantenerla
actualizada.
Función 8.- Elaborar, en el ámbito multilateral, los proyectos de informes que le
requieran a la Secretaría, para evaluar el cumplimiento de las obligaciones
internacionales del Estado mexicano en materia de combate a la corrupción,
integridad y Buen Gobierno.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Antropología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Antropología Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comercio Internacional
Ciencias Sociales y
Administrativas
Política y Gestión Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Organización Jurídica
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o
Administrativo
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
317
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Economía Internacional
Ciencias Económicas
Organización Industrial y
Políticas Gubernamentales
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencia Política
Ciencias Políticas
Ciencia Política
Instituciones Políticas
Ciencia Política
Relaciones Internacionales
Ciencia Política
Sistemas Políticos
Ciencia Política
Sociología Política
Ciencia Política
Teoría Política
Ciencias Sociales
Relaciones Públicas
Política Sectorial
Gestión Cultural
Sociología
Problemas Internacionales
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-420-1-M1C016P-0000755-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N23
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 49,773.00 (Cuarenta y nueve mil, setecientos setenta y tres pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Analizar los expedientes de las denuncias que se le hayan turnado, en
los que se formulen actos u omisiones que puedan constituir faltas administrativas o
faltas de particulares, incluidos los que se deriven de actos de fiscalización y los
realizados por otras instancias fiscalizadoras, con el fin de determinar si es
procedente o no el inicio de la investigación, o si en su caso, se requieren mayores
elementos para su integración.
Función 2.- Supervisar si los expedientes de denuncias que se formulen por
infracciones que puedan haber cometido personas físicas o morales a los
ordenamientos en materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios,
obras públicas, servicios relacionados con las mismas y demás relativos a las
contrataciones públicas, cuentan con elementos que permitan advertir una presunta
responsabilidad, para su procedencia.
Función 3.- Ejecutar investigaciones de oficio, por denuncia o con motivo de actos
de fiscalización incluidos los realizados por otras autoridades fiscalizadoras, las
investigaciones de faltas administrativas, así como de faltas de particulares, que le
instruya su superior en jerarquía, e informar si existen elementos que permitan
demostrar la existencia de actos u omisiones que la ley señale como faltas
administrativas.
Función 4.- Ejecutar e integrar la información derivada de las investigaciones que le
hayan sido asignadas, relativas a infracciones cometidas por personas físicas o
morales
a
los
ordenamientos
en
materia
de
adquisiciones
de
bienes,
arrendamientos, servicios; de obras públicas, servicios relacionados con las mismas
y demás relativos a las contrataciones públicas, con excepción de aquellas que deba
conocer la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones
Públicas, e informar a sus superiores en jerarquía de la existencia o inexistencia de
actos u omisiones que la ley señale como falta administrativa.
318
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 5.- Analizar las evoluciones patrimoniales y las verificaciones de dichas
evoluciones que le sean asignadas, e identificar los casos en que exista un
incremento que no corresponda a los ingresos de la persona servidora pública.
Función 6.- Revisar los citatorios que deban emitirse a las personas servidoras
públicas que puedan tener conocimiento de hechos relacionados con faltas
administrativas, para solicitar se constate la veracidad de ellos y, en su caso,
solicitarle la aportación de elementos, datos o indicios para integrar la investigación.
Función 7.- Analizar las irregularidades que se informen u observen en los
procedimientos de adjudicación de contratos de adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios y Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas, que trámite el ente público de la Administración Pública Federal al que esté
asignado, con el objeto de proponer medidas de corrección.
Función 8.- Analizar las inconformidades que se promuevan en contra de actos
relacionados con la operación del servicio profesional de carrera para identificar si
existió un incumplimiento por parte de las personas servidoras públicas
involucradas, y en su caso, preparar el proyecto de determinación.
Función 9.- Analizar las determinaciones preliminares que el Comité Técnico de
Profesionalización haya realizado sobre el incumplimiento reiterado e injustificado de
obligaciones por parte de las personas servidoras públicas de carrera, en términos
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y
su Reglamento, así como las observaciones del Departamento de Denuncias e
Investigaciones para elaborar el proyecto de valoración y someterlo a revisión de la
Dirección de Denuncias e Investigaciones.
Función 10.- Analizar la información que se obtenga de la verificación aleatoria
de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, así como la constancia
de presentación de declaración fiscal de las personas servidoras públicas del ente
público de la Administración Pública Federal al que esté asignado, para identificar
aquellos casos en que no corresponda el incremento patrimonial y supervisar
la expedición de las certificaciones correspondientes y, en su caso, el inicio de la
investigación de faltas administrativas.
Función 11.- Integrar los casos y solicitudes que deberán enviarse para requerir a
los declarantes y a las autoridades competentes, la información que sea necesaria
para verificar la evolución patrimonial de los declarantes, de sus cónyuges,
concubinas o concubinarios y de sus dependientes económicos directos.
Función 12.- Integrar el proyecto de determinación en los procedimientos que se
inicien, incluido el de conclusión y archivo de expediente y, en su caso, el informe de
presunta responsabilidad administrativa, y enviarlo para revisión y comentarios de la
Dirección de Denuncias e Investigaciones.
Función 13.- Identificar los casos en que se requiere la aplicación de medidas
cautelares que permitan la conducción de las investigaciones y elaborar o revisar las
propuestas de solicitud correspondientes.
Función 14.- Analizar las peticiones recurrentes sobre un trámite o servicio de la
competencia del ente de la Administración Pública Federal que corresponda, así
como los resultados de investigaciones, y las propuestas que haya recibido del
Departamento de Denuncias e Investigaciones para presentar a sus superiores en
jerarquía las propuestas de mejora que considere aplicables en los aspectos
concurrentes.
Función 15.- Fundamentar los informes que justifiquen las impugnaciones que se
promuevan en contra de las calificaciones a las faltas administrativas no graves para
formularlos y someterlos a revisión y autorización de sus superiores en jerarquía.
Función 16.- Elaborar los proyectos de promociones de los recursos que sean
otorgados en materia de responsabilidad administrativa a la autoridad investigadora,
para contribuir con la defensa del interés general.
Función 17.- Elaborar los proyectos e integración de documentación que se requiera
en las diligencias ante el Ministerio Público y en el procedimiento penal donde se
reconozca la calidad de víctima u ofendida de la Secretaría, con motivo de las
competencias del Area de Denuncias e Investigaciones y que puedan ser
constitutivos de delitos, a fin de participar en la atención y seguimiento de los
mismos hasta su resolución definitiva.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
319
Función 18.- Actuar como verificador cuando así le encomienden sus superiores en
jerarquía con fundamento en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo,
levantar y suscribir el acta circunstanciada que dé cuenta de la verificación de
cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias.
Función 19.- Fundamentar las propuestas de requerimientos de información,
documentación y colaboración que sean necesarias para el ejercicio de sus
funciones en el ámbito de competencia del Area de Denuncias e Investigaciones;
para lo que podrá acceder a los repositorios, a los programas de cómputo, a los
bienes informáticos físicos y a los sistemas de información de las dependencias,
órganos desconcentrados o entidades de la Administración Pública Federal.
Función 20.- Revisar la información y documentación que se haya integrado para
atender los requerimientos de la Dirección General de Controversias y Sanciones,
respecto de los procedimientos de investigación que conozca en materia de
responsabilidad administrativa.
Función 21.- Elaborar los proyectos de certificación de copias de los documentos
que se encuentren en los archivos de su respectiva área, para presentar a validación
de la persona superior jerárquica.
Función 22.- Atender los asuntos que ingresen al Area de Denuncias e
Investigaciones y que le sean turnados, a fin de dar puntual seguimiento a los
mismos.
Función 23.- Ejecutar las investigaciones, mediante operativos que encomienden
autoridades superiores, para verificar el cumplimiento de las obligaciones que
impone la Ley General de Responsabilidades Administrativas a los servidores
públicos adscritos a las dependencias, órganos administrativos desconcentrados o
entidades que sean competencia del Organo Interno de Control al que esté adscrito.
Función 24.- Integrar las partes del proyecto del Programa Anual de Trabajo y de
Evaluación relativas a su área de adscripción, a fin de generar la propuesta para la
aprobación de su jefe inmediato.
Función 25.- Proponer el proyecto de aplicación de medidas para el cumplimiento de
las determinaciones del Area de Denuncias e Investigaciones.
Función 26.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Urbanismo
Ingeniería y Tecnología
Bioquímica
320
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Civil
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Química
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Informática Administrativa
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Industrial
Ciencias Agropecuarias
Agronomía
Ciencias Agropecuarias
Biología
Ciencias Agropecuarias
Ciencias Forestales
Ciencias Agropecuarias
Desarrollo Agropecuario
Ciencias Agropecuarias
Ecología
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Negociación
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE AUDITORIA
27-420-1-M1C016P-0000807-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N23
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 49,773.00 (Cuarenta y nueve mil, setecientos setenta y tres pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Elaborar las partes del proyecto del Programa Anual de Trabajo y
Evaluación, así como del Programa Anual de Fiscalización, relativas al control
interno y evaluación de la gestión pública que realice el área a su cargo, a fin
generar las propuestas para la aprobación de la persona superior en jerarquía.
Función 2.- Ejecutar en conjunto con el personal a su cargo, las intervenciones en
materia de control interno al ente público de la Administración Pública Federal al que
esté asignado y presentar la información derivada de las mismas, para determinar si
cumplen con las normas, programas, metas y objetivos establecidos, así como
evaluar su eficiencia y eficacia.
Función 3.- Revisar los papeles de trabajo, bases de datos, expedientes y demás
documentación que hayan servido de apoyo para la elaboración de los resultados
obtenidos de las intervenciones en materia de control interno y proponer a la
Dirección de Auditoría las acciones preventivas y correctivas.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
321
Función 4.- Analizar la información derivada de los actos de fiscalización que le
hayan sido instruidos en el ente de la Administración Pública de su competencia,
para lo que podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios, a los
programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de
información y demás medios con que cuente el ente para el ejercicio de sus
atribuciones y preparar el informe de irregularidades que se hayan detectado, para
someterlo a revisión de la Dirección de Auditoría.
Función 5.- Ejecutar las acciones para la promoción, orientación y seguimiento del
cumplimiento de las obligaciones que se hayan autorizado en el ente público de la
Administración Pública Federal al que esté asignado, con el fin de prevenir la
comisión de actos o conductas que pueden derivar en responsabilidades
administrativas.
Función 6.- Analizar los papeles de trabajo, bases de datos y archivos que se hayan
desarrollado o a los que haya tenido acceso durante los actos de fiscalización al
ente público de la Administración Pública Federal al que esté asignado, para
preparar los resultados que incluyan las medidas preventivas y correctivas que
apoyen el logro oportuno, confiable, completo, eficiente y eficaz de las metas y
objetivos de las unidades auditadas, así como los informes de resultados y ponerlos
a consideración de la Dirección de Auditoría.
Función 7.- Programar con el personal que tenga asignado, el seguimiento de
aplicación de las medidas preventivas y correctivas que se hayan determinado como
resultado de los actos de fiscalización para preparar los informes de cumplimiento
correspondiente.
Función 8.- Preparar el informe de presuntas irregularidades detectadas, las
probables faltas administrativas de personas servidoras públicas o faltas de
particulares derivadas de los actos de fiscalización, en los casos en que éstas no se
hayan subsanado durante el proceso y remitirlo a revisión de la Dirección de
Auditoría.
Función 9.- Coadyuvar en el análisis y aplicación de las recomendaciones que haga
el Sistema Nacional Anticorrupción a la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad que le sea asignada, a fin de adoptar medidas para el fortalecimiento de su
desempeño, control interno, fiscalización y evaluación de la gestión pública e
informar, en su caso, el cumplimiento de aquellas que estuvieran a su cargo.
Función 10.- Supervisar la ejecución de las acciones de fiscalización, vigilancia y
seguimiento encaminadas a determinar el cumplimiento de los ordenamientos en
materia de austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad asignada, fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato
determinado.
Función 11.- Supervisar la ejecución de las acciones de fiscalización, vigilancia y
seguimiento encaminadas a determinar el cumplimiento de los ordenamientos en
materia de austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad asignada, fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato
determinado.
Función 12.- Atender los asuntos que ingresen al Area de Auditoría y que le sean
turnados, a fin de registrarlos y dar puntual seguimiento a los mismos.
Función 13.- Asistir, previa designación, a los comités y subcomités en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios
relacionados con las mismas, o cualquier otro que sea de su competencia en la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de identificar el cumplimiento a
las disposiciones normativas para identificar y emitir recomendación informada,
respecto a los aspectos susceptibles de mejora o corrección del procedimiento de
que se trate.
Función 14.- Asistir, previa designación, a las juntas de aclaraciones, presentación y
apertura de proposiciones, notificación del fallo, y demás actos relacionados con los
procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, que
celebre la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de identificar el
cumplimiento a las disposiciones normativas en la materia y de contar con
procedimientos con las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y en su caso, pronunciarse respecto a los aspectos a
corregir del proceso.
322
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 15.- Elaborar los diagnósticos sobre el cumplimiento de normas y
procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y arrendamientos
de bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad que se realice a
la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de presentar proyecto
estableciendo el cumplimiento de los principios de legalidad, transparencia,
austeridad, economía, eficacia y eficiencia.
Función 16.- Elaborar los proyectos de certificación de copias de los documentos
que se encuentren en los archivos de su respectiva área, para presentar a validación
de la persona superior jerárquica.
Función 17.- Elaborar los requerimientos que se formulen a las unidades
administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada, para
contar con la información que se requiera para el ejercicio de las facultades del Area
de Auditoría.
Función 18.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Naturales y Exactas
Computación e Informática
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
323
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE AUDITORIA
27-420-1-M1C016P-0000839-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N23
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 49,773.00 (Cuarenta y nueve mil, setecientos setenta y tres pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Elaborar las partes del proyecto del Programa Anual de Trabajo y
Evaluación, así como del Programa Anual de Fiscalización, relativas al control
interno y evaluación de la gestión pública que realice el área a su cargo, a fin
generar las propuestas para la aprobación de la persona superior en jerarquía.
Función 2.- Ejecutar en conjunto con el personal a su cargo, las intervenciones en
materia de control interno al ente público de la Administración Pública Federal al que
esté asignado y presentar la información derivada de las mismas, para determinar si
cumplen con las normas, programas, metas y objetivos establecidos, así como
evaluar su eficiencia y eficacia.
Función 3.- Revisar los papeles de trabajo, bases de datos, expedientes y demás
documentación que hayan servido de apoyo para la elaboración de los resultados
obtenidos de las intervenciones en materia de control interno y proponer a la
Dirección de Auditoría las acciones preventivas y correctivas.
Función 4.- Analizar la información derivada de los actos de fiscalización que le
hayan sido instruidos en el ente de la Administración Pública de su competencia,
para lo que podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios, a los
programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de
información y demás medios con que cuente el ente para el ejercicio de sus
atribuciones y preparar el informe de irregularidades que se hayan detectado, para
someterlo a revisión de la Dirección de Auditoría.
Función 5.- Ejecutar las acciones para la promoción, orientación y seguimiento del
cumplimiento de las obligaciones que se hayan autorizado en el ente público de la
Administración Pública Federal al que esté asignado, con el fin de prevenir la
comisión de actos o conductas que pueden derivar en responsabilidades
administrativas.
Función 6.- Analizar los papeles de trabajo, bases de datos y archivos que se hayan
desarrollado o a los que haya tenido acceso durante los actos de fiscalización al
ente público de la Administración Pública Federal al que esté asignado, para
preparar los resultados que incluyan las medidas preventivas y correctivas que
apoyen el logro oportuno, confiable, completo, eficiente y eficaz de las metas y
objetivos de las unidades auditadas; así como los informes de resultados y ponerlos
a consideración de la Dirección de Auditoría.
Función 7.- Programar con el personal que tenga asignado, el seguimiento de
aplicación de las medidas preventivas y correctivas que se hayan determinado como
resultado de los actos de fiscalización para preparar los informes de cumplimientos
correspondientes.
Función 8.- Preparar el informe de presuntas irregularidades detectadas, las
probables faltas administrativas de personas servidoras públicas o faltas de
particulares derivadas de los actos de fiscalización, en los casos en que éstas no se
hayan subsanado durante el proceso y remitirlo a revisión de la Dirección de
Auditoría.
324
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 9.- Coadyuvar en el análisis y aplicación de las recomendaciones que haga
el Sistema Nacional Anticorrupción a la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad que le sea asignada, a fin de adoptar medidas para el fortalecimiento de su
desempeño, control interno, fiscalización y evaluación de la gestión pública e
informar, en su caso, el cumplimiento de aquellas que estuvieran a su cargo.
Función 10.- Supervisar la ejecución de las acciones de fiscalización, vigilancia y
seguimiento encaminadas a determinar el cumplimiento de los ordenamientos en
materia de austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad asignada, fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato
determinado.
Función 11.- Analizar la planeación, establecimiento, conducción y aplicación de la
política general de contrataciones públicas, incluidas las relacionadas con
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, y obra pública, en el ente de la
Administración Pública Federal asignado, derivado de la información que remitan las
unidades administrativas o a la que tenga acceso a través de repositorios, para
proponer
medidas
que
contribuyan
al
fortalecimiento
institucional
en
la
administración de recursos.
Función 12.- Atender los asuntos que ingresen al Area de Auditoría y que le sean
turnados, a fin de registrarlos y dar puntual seguimiento a los mismos.
Función 13.- Asistir, previa designación, a los comités y subcomités en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios
relacionados con las mismas, o cualquier otro que sea de su competencia en la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de identificar el cumplimiento a
las disposiciones normativas para identificar y emitir recomendación informada,
respecto a los aspectos susceptibles de mejora o corrección del procedimiento de
que se trate.
Función 14.- Asistir, previa designación, a las juntas de aclaraciones, presentación y
apertura de proposiciones, notificación del fallo, y demás actos relacionados con los
procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, que
celebre la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de identificar el
cumplimiento a las disposiciones normativas en la materia y de contar con
procedimientos con las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y en su caso, pronunciarse respecto a los aspectos a
corregir del proceso.
Función 15.- Elaborar los diagnósticos sobre el cumplimiento de normas y
procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y arrendamientos
de bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad que se realice a
la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de presentar proyecto
estableciendo el cumplimiento de los principios de legalidad, transparencia,
austeridad, economía, eficacia y eficiencia.
Función 16.- Elaborar los proyectos de certificación de copias de los documentos
que se encuentren en los archivos de su respectiva área, para presentar a validación
de la persona superior jerárquica.
Función 17.- Elaborar los requerimientos que se formulen a las unidades
administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada, para
contar con la información que se requiera para el ejercicio de las facultades del Area
de Auditoría.
Función 18.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
325
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Naturales y Exactas
Computación e Informática
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Educación y Humanidades
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Bioquímica
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Civil
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Química
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Informática Administrativa
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Industrial
Ingeniería y Tecnología
Urbanismo
Ciencias Agropecuarias
Agronomía
Ciencias Agropecuarias
Biología
Ciencias Agropecuarias
Ciencias Forestales
Ciencias Agropecuarias
Desarrollo Agropecuario
Ciencias Agropecuarias
Ecología
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
326
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE AUDITORIA
27-900-1-M1C016P-0000019-E-C-U
27-900-1-M1C016P-0000025-E-C-U
27-900-1-M1C016P-0000029-E-C-U
Número de
vacantes
Tres (3)
Nivel Administrativo
N23
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 49,773.00 (Cuarenta y nueve mil, setecientos setenta y tres pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Organo Interno de Control de la
Secretaría
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Supervisar la elaboración del Programa Anual de Trabajo y Evaluación,
específicamente del Programa Anual de Fiscalización a fin de definir los actos de
fiscalización que se practicarán a las unidades administrativas de la Secretaría y
remitirlo al superior jerárquico, previo a la presentación de la persona titular del Area
de Auditoría.
Función 2.- Supervisar la ejecución de los actos de fiscalización, conforme al
Programa Anual de Fiscalización y los que instruya o autorice la persona titular del
Organo Interno de Control de la Secretaría a las unidades administrativas de dicha
dependencia, y la elaboración del informe correspondiente para comunicar el
resultado de dichos actos a la persona titular del Organo Interno de Control de la
Secretaría y a los responsables de las unidades fiscalizadas.
Función 3.- Supervisar las propuestas de cancelación o reprogramación de actos de
fiscalización para remitirlos al superior jerárquico.
Función 4.- Supervisar la elaboración de las cédulas de resultados en las cuales se
determinen las presuntas irregularidades o incumplimientos normativos, así como
las acciones para contribuir a la solución de los hechos observados en los actos de
fiscalización, a fin de presentarlas a las unidades fiscalizadas.
Función 5.- Supervisar la ejecución de los actos de verificación para constatar que
las personas servidoras públicas adscritas a las unidades administrativas de la
Secretaría, actúan en apego a la normatividad aplicable.
Función 6.- Supervisar el seguimiento de las acciones promovidas en los actos de
fiscalización practicados a las unidades administrativas de la Secretaría, y, en su
caso, a las determinadas por otras autoridades fiscalizadoras.
Función 7.- Revisar la elaboración de los oficios de designación, incorporación,
desincorporación, y en su caso sustitución, del personal comisionado en los actos de
fiscalización con la finalidad de organizar y coordinar eficientemente los recursos
humanos.
Función 8.- Supervisar el informe de presunta responsabilidad administrativa para
notificar a la autoridad investigadora los actos u omisiones que pudieran constituir
faltas administrativas de las personas servidoras públicas y de particulares, como
resultado de los actos de fiscalización realizados.
Función 9.- Supervisar los oficios para solicitar información y documentación a las
personas servidoras públicas de la Secretaría, a las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, y a cualquier otra autoridad Pública Federal, así
como a las personas físicas o morales, para el adecuado despacho de los asuntos
que le competan al área.
Función 10.- Supervisar los registros y libros de gobierno de los asuntos de la
competencia del área, con la finalidad de tener una adecuada gestión administrativa
y operativa.
Función 11.- Supervisar la certificación de las copias de los documentos que se
encuentren en los archivos del área, así como, de aquellos a los que se tenga
acceso con motivo del desempeño de las funciones, con el fin de acreditar la validez
de la documentación.
Función 12.- Cumplir con las funciones de su competencia de conformidad con las
disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas que le encomienden sus
superiores jerárquicos(as).
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
327
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Naturales y Exactas
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Civil
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Ingeniero Arquitecto
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias de las Artes y las
Letras
Arquitectura
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Tecnológicas
Ingeniería General
Ciencias Tecnológicas
Tecnologías de Información y
Comunicaciones
Ciencias Tecnológicas
Ingeniería de Software
Ciencias Tecnológicas
Desarrollo de Sistemas
Ciencias Tecnológicas
Tecnología de la Construcción
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Adquisiciones
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE VERIFICACION DE CONTENIDO NACIONAL Y
COMPILACION DE RESERVAS
27-231-1-M1C015P-0000008-E-C-T
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N22
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 46,039.00 (Cuarenta y seis mil, treinta y nueve pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Política de
Contrataciones Públicas
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Atender en tiempo y forma las consultas que formulen las dependencias
y entidades, sobre la operación del Sistema de Consultas y Orientación Sobre las
Reservas de Compras, para procurar el cumplimiento de lo establecido en los
capítulos de compras de los tratados de libre comercio suscritos por el Estado
mexicano.
328
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 2.- Apoyar en la integración de los reportes relacionados con la reserva en
los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio
suscritos por México, que permitan reflejar el uso adecuado de los mismos.
Función 3.- Integrar la información registrada de los procedimientos de compra de
las dependencias y entidades, que hagan uso de las reservas de compras, para la
adecuada administración y ejercicio de las reservas de compras en cuanto a sus
montos anuales disponibles y sus restricciones.
Función 4.- Participar en la revisión de los proyectos de las reglas de carácter
general en materia de contenido nacional y casos de excepción, margen de
preferencia en precio, reservas de compras, y licitaciones internacionales bajo
cobertura de los tratados de libre comercio, a fin de que los procedimientos de
contratación del sector público se apeguen a las disposiciones jurídicas aplicables.
Función 5.- Programar verificaciones respecto del cumplimiento de los requisitos de
contenido nacional en los procedimientos de contratación del sector público, para
brindar una adecuada atención a las solicitudes de verificación que formulen los
órganos internos de control.
Función 6.- Integrar la información necesaria para la participación en comisiones,
comités, grupos de trabajo y órganos o consejos directivos de las instituciones y
organismos que traten asuntos en materia de contenido nacional y casos de
excepción, margen de preferencia en precio, reservas de compras y licitaciones
internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio, en cumplimento
de las disposiciones jurídicas aplicables.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE AUDITORIA
27-420-1-M1C015P-0000705-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N22
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 46,039.00 (Cuarenta y seis mil treinta y nueve pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Elaborar las partes del proyecto del Programa Anual de Trabajo y
Evaluación, así como del Programa Anual de Fiscalización, relativas al control
interno y evaluación de la gestión pública que realice el área a su cargo, a fin
generar las propuestas para la aprobación de la persona superior en jerarquía.
Función 2.- Ejecutar en conjunto con el personal a su cargo, las intervenciones en
materia de control interno al ente público de la Administración Pública Federal al que
esté asignado y presentar la información derivada de las mismas, para determinar si
cumplen con las normas, programas, metas y objetivos establecidos, así como
evaluar su eficiencia y eficacia.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
329
Función 3.- Revisar los papeles de trabajo, bases de datos, expedientes y demás
documentación que hayan servido de apoyo para la elaboración de los resultados
obtenidos de las intervenciones en materia de control interno y proponer a la
Dirección de Auditoría las acciones preventivas y correctivas
Función 4.- Analizar la información derivada de los actos de fiscalización que le
hayan sido instruidos en el ente de la Administración Pública de su competencia,
para lo que podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios, a los
programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de
información y demás medios con que cuente el ente para el ejercicio de sus
atribuciones y preparar el informe de irregularidades que se hayan detectado, para
someterlo a revisión de la Dirección de Auditoría.
Función 5.- Ejecutar las acciones para la promoción, orientación y seguimiento del
cumplimiento de las obligaciones que se hayan autorizado en el ente público de
la Administración Pública Federal al que esté asignado, con el fin de prevenir la
comisión de actos o conductas que pueden derivar en responsabilidades
administrativas.
Función 6.- Analizar los papeles de trabajo, bases de datos y archivos que se hayan
desarrollado o a los que haya tenido acceso durante los actos de fiscalización al
ente público de la Administración Pública Federal al que esté asignado, para
preparar los resultados que incluyan las medidas preventivas y correctivas que
apoyen el logro oportuno, confiable, completo, eficiente y eficaz de las metas y
objetivos de las unidades auditadas, así como los informes de resultados y ponerlos
a consideración de la Dirección de Auditoría.
Función 7.- Programar con el personal que tenga asignado, el seguimiento de
aplicación de las medidas preventivas y correctivas que se hayan determinado como
resultado de los actos de fiscalización para preparar los informes de cumplimiento
correspondientes.
Función 8.- Preparar el informe de presuntas irregularidades detectadas, las
probables faltas administrativas de personas servidoras públicas o faltas de
particulares derivadas de los actos de fiscalización, en los casos en que éstas no se
hayan subsanado durante el proceso y remitirlo a revisión de la Dirección de
Auditoría.
Función 9.- Coadyuvar en el análisis y aplicación de las recomendaciones que haga
el Sistema Nacional Anticorrupción a la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad que le sea asignada, a fin de adoptar medidas para el fortalecimiento de su
desempeño, control interno, fiscalización y evaluación de la gestión pública e
informar, en su caso, el cumplimiento de aquellas que estuvieran a su cargo.
Función 10.- Supervisar la ejecución de las acciones de fiscalización, vigilancia y
seguimiento encaminadas a determinar el cumplimiento de los ordenamientos en
materia de austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad asignada, fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato
determinado.
Función 11.- Analizar la planeación, establecimiento, conducción y aplicación de la
política general de contrataciones públicas, incluidas las relacionadas con
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, y obra pública, en el ente de la
Administración Pública Federal asignado, derivado de la información que remitan las
unidades administrativas o a la que tenga acceso a través de repositorios, para
proponer
medidas
que
contribuyan
al
fortalecimiento
institucional
en
la
administración de recursos.
Función 12.- Atender los asuntos que ingresen al Area de Auditoría y que le sean
turnados, a fin de registrarlos y dar puntual seguimiento a los mismos.
Función 13.- Asistir, previa designación, a los comités y subcomités en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios
relacionados con las mismas, o cualquier otro que sea de su competencia en la
dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de identificar el cumplimiento a
las disposiciones normativas para identificar y emitir recomendación informada,
respecto a los aspectos susceptibles de mejora o corrección del procedimiento de
que se trate.
330
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 14.- Asistir, previa designación, a las juntas de aclaraciones, presentación y
apertura de proposiciones, notificación del fallo, y demás actos relacionados con los
procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, que
celebre la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de identificar el
cumplimiento a las disposiciones normativas en la materia y de contar con
procedimientos con las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y en su caso, pronunciarse respecto a los aspectos a
corregir del proceso.
Función 15.- Elaborar los diagnósticos sobre el cumplimiento de normas y
procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y arrendamientos
de bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad que se realice a
la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de presentar proyecto
estableciendo el cumplimiento de los principios de legalidad, transparencia,
austeridad, economía, eficacia y eficiencia.
Función 16.- Elaborar los proyectos de certificación de copias de los documentos
que se encuentren en los archivos de su respectiva área, para presentar a validación
de la persona superior jerárquica.
Función 17.- Elaborar los requerimientos que se formulen a las unidades
administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada, para
contar con la información que se requiera para el ejercicio de las facultades del Area
de Auditoría
Función 18.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales Y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales Y
Administrativas
Ciencias Políticas Y
Administración Pública
Ciencias Sociales Y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales Y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales Y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales Y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales Y
Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales Y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales Y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Naturales Y Exactas
Computación E Informática
Ciencias Naturales Y Exactas
Contaduría
Ciencias Naturales Y Exactas
Física
Ciencias Naturales Y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ingeniería Tecnología
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Eléctrica y Electrónica
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Ambiental
Ingeniería y Tecnología
Informática Administrativa
Ingeniería y Tecnología
Urbanismo
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
331
Experiencia
Laboral:
Mínimo 7 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE LO CONTENCIOSO
27-620-1-M1C015P-0000025-E-C-P
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N22
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 46,039.00 (Cuarenta y seis mil, treinta y nueve pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General Jurídica
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Solicitar información y documentación a las unidades administrativas de
la Secretaría y otras instancias gubernamentales, con el fin de contar con elementos
que sustenten la defensa jurídica en los asuntos contenciosos administrativos
competencia de la Dependencia.
Función 2.- Ejecutar actos jurídicos en representación de la Secretaría y de sus
unidades administrativas en juicios contenciosos administrativos, juicios de amparo
directo y otros procedimientos judiciales que le sean asignados por su superior
jerárquico, con el objeto de llevar a cabo la defensa de los intereses institucionales.
Función 3.- Revisar y presentar toda clase de promoción necesaria ante autoridades
judiciales, jurisdiccionales y administrativas, con el objetivo de que la defensa de la
Secretaría en juicios contenciosos administrativos se apegue a las directrices
establecidas por la Dirección de lo Contencioso.
Función 4.- Presentar proyectos de opinión jurídica sobre la aplicación de los
criterios normativos en los procedimientos o procesos contenciosos administrativos y
la interpretación conforme al marco legal, con el objetivo de prevenir riesgos
jurídicos para la Secretaría.
Función 5.- Mantener comunicación y coordinación con autoridades jurisdiccionales,
administrativas y legislativas, así como con órganos constitucionales autónomos,
para agilizar la gestión y resolución de los asuntos contenciosos competencia de la
Secretaría.
332
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 6.- Desarrollar proyectos de respuesta a las solicitudes de orientación
jurídica realizadas por las unidades administrativas de la Secretaría en materia de
procedimientos o procesos contenciosos administrativos para minimizar los riesgos
jurídicos y guiaren la defensa legal de la Dependencia.
Función 7.- Colaborar en la interposición del recurso de revisión en representación
de las personas servidoras públicas de la Secretaría, conforme a lo establecido en la
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo para proteger los
intereses de la Dependencia.
Función 8.- Supervisar la atención oportuna de los juicios de amparo directo
derivados de procedimientos de responsabilidades administrativas graves, a fin de
que la defensa institucional sea consistente y efectiva.
Función 9.- Elaborar informes periódicos sobre el estado que guardan los asuntos
contenciosos administrativos bajo su responsabilidad, con el fin de que la
información remitida a la Dirección de lo Contencioso sea precisa, útil para la toma
de decisiones y se mantenga actualizada.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE TELECOMUNICACIONES
27-840-1-M1C015P-0000031-E-C-K
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N22
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 46,039.00 (Cuarenta y seis mil, treinta y nueve pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de
Tecnologías de la Información y
Comunicaciones
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Proponer las políticas y procedimientos de respaldo y recuperación de
información para asegurar la continuidad de acceso a la información por parte de los
equipos a de la red institucional de la Secretaría.
Función 2.- Supervisar el debido cumplimiento de las normas de uso para los
servicios en la infraestructura de telecomunicaciones que aporten datos para toma
de decisiones de alto nivel.
Función 3.- Revisar el desempeño de los equipos activos y medios de transmisión
que forman parte de la red institucional, para procurar la continuidad de los servicios
prestados por la Dirección General de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
333
Función 4.- Actualizar los equipos activos que forman parte de la red institucional a
fin de mantener la operatividad de los sistemas de información hospedados por la
Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Función 5.- Reportar el desempeño de los servicios en la infraestructura de
telecomunicaciones (red de datos, video, acceso a Internet), a fin de mantenerla
disponibilidad y el buen desempeño de la red para los usuarios de la Secretaría.
Función 6.- Supervisar la ejecución y restauración de respaldos para asegurar la
continuidad de acceso a la información por activos de la red institucional de
la Secretaría.
Función 7.- Administrar los permisos de acceso a la red institucional para controlar el
acceso a los servicios prestados por las direcciones de área adscritas a la Dirección
General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Función 8.- Elaborar las guías para los(as) usuarios(as) de la Secretaría en los
servicios de voz y datos para fomentar el adecuado y óptimo uso de los servicios
institucionales de telecomunicaciones.
Función 9.- Proponer a su superior jerárquico las mejores prácticas en materia de
seguridad en la red de datos, para que sean integradas a la operación de los
servicios proporcionados por la Dirección General de Tecnologías de la Información
y Comunicaciones.
Función 10.- Supervisar los procedimientos de seguridad necesarios en la red de
datos para garantizar los servicios proporcionados por la Dirección General
de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Función 11.- Guardar historial de eventos presentados, tales como actualizaciones y
correcciones de equipos activos y medios de transmisión de la red institucional para
la generación de bitácoras que faciliten el mantenimiento en caso de desastres.
Función 12.- Cumplir con las funciones que corresponden al puesto, de conformidad
con las disposiciones jurídicas aplicables, así como aquellas que le encomienden su
superior jerárquico.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Naturales y Exactas
Computación e Informática
Educación y Humanidades
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Eléctrica y Electrónica
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Tecnológicas
Tecnología de los Ordenadores
Ciencias Tecnológicas
Tecnologías de Información y
Comunicaciones
Ciencia Política
Administración Pública
Matemáticas
Ciencia de los Ordenadores
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
334
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-420-1-M1C015P-0001052-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O33
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 38,309.00 (Treinta y ocho mil, trescientos nueve pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Revisar la integración de los expedientes de denuncias que se le hayan
turnado, en los que se formulen actos u omisiones que puedan constituir faltas
administrativas o faltas de particulares, incluidos los que se deriven de actos de
fiscalización y los realizados por otras instancias fiscalizadoras, para verificar que
cuenten con la documentación y elementos necesarios para su tramitación y
análisis.
Función 2.- Analizar los expedientes de denuncias que se formulen por infracciones
que puedan haber cometido personas físicas o morales a los ordenamientos en
materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas,
servicios relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones
públicas, para identificar y establecer si cuenta o no con elementos que adviertan
una presunta responsabilidad e informar a su superior en jerarquía.
Función 3.- Coadyuvar en las investigaciones que se determinen de oficio, por
denuncia o con motivo de actos de fiscalización incluidos los realizados por otras
autoridades fiscalizadoras, las investigaciones de faltas administrativas, así como de
faltas de particulares, que le instruya su superior en jerarquía, para integrar los
documentos e información que permitan identificar la existencia o inexistencia de
actos u omisiones que la ley señale como faltas administrativas.
Función 4.- Participar en las investigaciones que le hayan sido asignadas, relativas a
infracciones cometidas por personas físicas o morales a los ordenamientos en
materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios; de obras públicas,
servicios relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones
públicas, con excepción de aquellas que deba conocer la Dirección General de
Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas; e integrar la documentación
que permita identificar los hechos que podrían dar indicios de la existencia o
inexistencia de actos u omisiones que la ley señale como falta administrativa.
Función 5.- Coadyuvar con el análisis de las evoluciones patrimoniales y desarrollar
los informes o bases de datos que para tal caso sean requeridos, que permitan
identificar diferencias en el incremento patrimonial que no sea acorde con los
ingresos de la persona servidora pública.
Función 6.- Elaborar los citatorios que deban emitirse a las personas servidoras
públicas que puedan tener conocimiento de hechos relacionados con faltas
administrativas y someterlos a revisión de la Subdirección de Denuncias e
Investigaciones.
Función 7.- Identificar las irregularidades en los procedimientos de adjudicación de
contratos de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios y Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, que tramite el ente público de la
Administración Pública Federal que corresponda e informar a su superior en
jerarquía la naturaleza de la irregularidad y las propuestas de corrección.
Función 8.- Integrar los expedientes de inconformidades que se promuevan en
contra de actos relacionados con la operación del servicio profesional de carrera
para identificar si existió un incumplimiento por parte de las personas servidoras
públicas involucradas y emitir sus comentarios y observaciones para el proyecto de
determinación.
Función 9.- Integrar las determinaciones preliminares que el Comité Técnico de
Profesionalización haya realizado sobre el incumplimiento reiterado e injustificado de
obligaciones por parte de las personas servidoras públicas de carrera, en términos
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y
los informes que para tales efectos se hayan remitido, con el objeto de identificar las
deficiencias en el procedimiento o en la integración del expediente, que deban
informarse en la valoración que se emita.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
335
Función 10.- Ejecutar la verificación de las declaraciones de situación patrimonial y
de intereses, así como en la constancia de presentación de declaración fiscal de las
personas servidoras públicas, y, en su caso, expedir la certificación con la anotación
correspondiente en el Sistema de Evolución Patrimonial; a fin de identificar casos
que pudieran presentar incongruencias entre ingresos y egresos, o posibles
conflictos de intereses en la actuación de los servidores públicos y asistir en la
determinación de inicio de la investigación de faltas administrativas cuando existan
anomalías.
Función 11.- Elaborar las solicitudes que deberán enviarse para requerir a los
declarantes y a las autoridades competentes, la información que se requiera para
verificar la evolución patrimonial de los declarantes, de sus cónyuges, concubinas o
concubinarios y de sus dependientes económicos directos.
Función 12.- Analizar los procedimientos que se inicien, incluido el de conclusión y
archivo de expediente y, en su caso, el informe de presunta responsabilidad
administrativa, y proponer a la Subdirección de Denuncias e Investigaciones, los
elementos técnicos y normativos para el proyecto de determinación.
Función 13.- Elaborar los proyectos de solicitud que se remitirán a la autoridad
substanciadora o resolutora, para la aplicación de medidas cautelares necesarias
que permitan la conducción de sus investigaciones.
Función 14.- Elaborar propuestas de recomendaciones en materia de mejoras
cuando resulte procedente, a partir de la información que se obtenga de las
investigaciones que se realizan o cuando exista recurrencia de quejas en un trámite
o servicio de su competencia, y presentarlas a la Subdirección de Denuncias e
Investigaciones.
Función 15.- Recibir las impugnaciones que se promuevan en contra de las
calificaciones a las faltas administrativas no graves e integrar los elementos y
documentación necesaria para colaborar con los proyectos de informes que
justifiquen dichas impugnaciones.
Función 16.- Recopilar la información que se requiera para la elaboración de
promociones de los recursos que sean otorgados en materia de responsabilidad
administrativa a la autoridad investigadora, a fin de integrar los proyectos
correspondientes.
Función 17.- Recopilar la información para la elaboración de los proyectos e
integración de documentación que se requiera en las diligencias ante el Ministerio
Público y en el procedimiento penal donde se reconozca la calidad de víctima u
ofendida de la Secretaría, con motivo de las competencias del Area de Denuncias, y
que puedan ser constitutivos de delitos, a fin de apoyar en la atención y seguimiento
de los mismos hasta su resolución definitiva.
Función 18.- Integrar los formatos e información que se requiera para la ejecución
de visitas de verificación y en su caso, elaborar, las documentales y el acta
circunstanciada para revisión y firma de la persona servidora pública que funja como
verificador.
Función 19.- Auxiliar con la elaboración de requerimientos a las unidades
administrativas para el ejercicio de sus funciones en el ámbito de competencia del
Area de Denuncias e Investigaciones, para lo que podrá acceder a los repositorios, a
los programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de
información de las dependencias, órganos desconcentrados o entidades de la
Administración Pública Federal.
Función 20.- Recopilar informes y documentación de los procedimientos de
investigación en materia de responsabilidad administrativa y de contrataciones
públicas, a fin de entregarlos a la Dirección General de Investigación de Faltas
Administrativas y a la General de Controversias y Sanciones en Contrataciones
Públicas.
Función 21.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias
de los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área.
Función 22.- Registrar los asuntos que ingresen al Area de Denuncias e
Investigaciones que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los
mismos.
336
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 23.- Participar en las investigaciones, mediante operativos que
encomienden autoridades superiores, para verificar el cumplimiento de las
obligaciones que impone la Ley General de Responsabilidades Administrativas a los
servidores públicos adscritos a las dependencias, órganos administrativos
desconcentrados o entidades que sean competencia del Organo Interno de Control
al que esté adscrito.
Función 24.- Desarrollar las propuestas de las partes del proyecto del Programa
Anual de Trabajo y de Evaluación relativas al área de adscripción, a fin de generar la
propuesta para aprobación de su jefe inmediato.
Función 25.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Biblioteconomía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Criminalística
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Aeronáutica
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Eléctrica y Electrónica
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Mecánica
Ingeniería y Tecnología
Naval
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Industrial
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
337
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE AUDITORIA
27-420-1-M1C015P-0000973-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O32
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 35,416.00 (Treinta y cinco mil, cuatrocientos dieciséis pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Desarrollar propuestas de las partes que correspondan del Programa
Anual de Trabajo y de Evaluación relativas, así como del Programa Anual de
Fiscalización relativas al control interno y evaluación de la gestión pública que
realice el área de adscripción y remitirlas a su superior en jerarquía.
Función 2.- Ejecutar las acciones necesarias para llevar a cabo las intervenciones
en materia de control interno, analizar la información presentada por el ente público
de la Administración Pública Federal de su competencia y preparar los informes que
correspondan.
Función 3.- Analizar la información recibida como parte del procedimiento de
intervención en materia de control interno que se le haya designado, preparar los
papeles de trabajo, bases de datos y documentos que se requieran para presentar a
su superior en jerarquía el proyecto de informe de resultados y la sugerencia de
acciones preventivas y correctivas.
Función 4.- Integrar la información derivada de los actos de fiscalización que le
hayan sido asignados, ordenarla y realizar las solicitudes de información
complementaría, que le permitan identificar si existen irregularidades que deban ser
informadas, para lo cual podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios, a
los programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de
información y demás medios con que cuente el ente para el ejercicio de sus
atribuciones.
Función 5.- Elaborar los papeles de trabajo, bases de datos y organizar los archivos
que se requieran, con de fin de preparar los resultados que incluyan las medidas
preventivas y correctivas que apoyen él logra oportuno, confiable, completo,
eficiente y eficaz de las metas y objetivos de las unidades auditadas, así como para
la integración de los informes de resultados de los actos de fiscalización al ente
público de la Administración Pública Federal que sea de su competencia y ponerlos
a consideración de la persona superior en jerarquía.
Función 6.- Elaborar los oficios de seguimiento respecto a la aplicación de medidas
preventivas y correctivas que hayan derivado de actos de fiscalización a su cargo,
registrar los avances correspondientes y remitirlos a la Subdirección de Auditoría.
Función 7.- Integrar todos los elementos que se estimen necesarios para para la
elaboración del informe de presuntas irregularidades, faltas administrativas de
personas servidores públicas o faltas de particulares, derivadas de actos de
fiscalización y ponerlos a consideración de la Subdirección de Auditoría.
Función 8.- Ejecutar las recomendaciones que el Sistema Nacional Anticorrupción
haya realizado a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que les sea
asignada, previa valoración y determinación de sus superiores en jerarquía, a fin de
adoptar medidas para el fortalecimiento de su desempeño, control interno,
fiscalización y evaluación de la gestión pública e informar aquellas que hayan
quedado a su cargo.
338
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 9.- Ejecutar las acciones de fiscalización, vigilancia y seguimiento,
encaminadas a determinar el cumplimiento de los ordenamientos en materia de
austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada,
fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato determinado.
Función 10.- Apoyar en el análisis de la planeación, establecimiento, conducción y
aplicación de la política general de contrataciones públicas, incluidas las
relacionadas con adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, y obra pública,
el ente de la Administración Pública Federal asignado, a través de la información
obtenida con las unidades administrativas y por medio de los repositorios a los que
tenga acceso para identificar posibles medidas que contribuyan al fortalecimiento
institucional en la administración de recursos.
Función 11.- Apoyar con el registro de los asuntos que ingresen al Area de Auditoría
y que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los mismos.
Función 12.- Recopilar la información relacionada con las sesiones de los comités y
subcomités en materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras
públicas, y servicios relacionados con las mismas, o cualquier otro que sea de su
competencia en la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, con el propósito
de integrar las carpetas de la sesión cuando así se le requiera y dar seguimiento a
los asuntos tratados en dichas sesiones.
Función 13.- Analizar la información relacionada con las juntas de aclaraciones,
presentación y apertura de proposiciones, notificación del fallo, y demás actos
relacionados con los procedimientos de licitación pública e invitación a cuando
menos tres personas, que celebre la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad, con el propósito de aportar los elementos con los que se identifique el
cumplimiento a las disposiciones normativas y si los procedimientos permiten las
mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad.
Función 14.- Asistir en la elaboración de los diagnósticos sobre el cumplimiento de
normas y procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y
arrendamientos de bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad
que se realice a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de aportar
los elementos que permitan la determinación del cumplimiento de los principios de
legalidad, transparencia, austeridad, economía, eficacia y eficiencia.
Función 15.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias
de los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin de
integrar los proyectos correspondientes.
Función 16.- Integrar los elementos e información que se requieran en materia de
actos de fiscalización y seguimiento de observaciones, para elaborar los proyectos
de requerimiento de información que se formulen a las unidades administrativas de
la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada.
Función 17.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
339
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-420-1-M1C015P-0001015-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O32
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 35,416.00 (Treinta y cinco mil, cuatrocientos dieciséis pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Revisar la integración de los expedientes de denuncias que se le hayan
turnado, en los que se formulen actos u omisiones que puedan constituir faltas
administrativas o faltas de particulares, incluidos los que se deriven de actos de
fiscalización y los realizados por otras instancias fiscalizadoras, para verificar que
cuenten con la documentación y elementos necesarios para su tramitación y
análisis.
Función 2.- Analizar los expedientes de denuncias que se formulen por infracciones
que puedan haber cometido personas físicas o morales a los ordenamientos en
materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas,
servicios relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones
públicas, para identificar y establecer si cuenta o no con elementos que adviertan
una presunta responsabilidad e informar a su superior en jerarquía.
Función 3.- Coadyuvar en las investigaciones que se determinen de oficio, por
denuncia o con motivo de actos de fiscalización incluidos los realizados por otras
autoridades fiscalizadoras, las investigaciones de faltas administrativas, así como de
faltas de particulares, que le instruya su superior en jerarquía, para integrar los
documentos e información que permitan identificar la existencia o inexistencia de
actos u omisiones que la ley señale como faltas administrativas.
340
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 4.- Participar en las investigaciones que le hayan sido asignadas, relativas a
infracciones cometidas por personas físicas o morales a los ordenamientos en
materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, de obras públicas,
servicios relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones
públicas, con excepción de aquellas que deba conocer la Dirección General de
Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas; e integrar la documentación
que permita identificar los hechos que podrían dar indicios de la existencia o
inexistencia de actos u omisiones que la ley señale como falta administrativa.
Función 5.- Coadyuvar con el análisis de las evoluciones patrimoniales y desarrollar
los informes o bases de datos que para tal caso sean requeridos, que permitan
identificar diferencias en el incremento patrimonial que no sea acorde con los
ingresos de la persona servidora pública.
Función 6.- Elaborar los citatorios que deban emitirse a las personas servidoras
públicas que puedan tener conocimiento de hechos relacionados con faltas
administrativas y someterlos a revisión de la Subdirección de Denuncias e
Investigaciones.
Función 7.- Identificar las irregularidades en los procedimientos de adjudicación de
contratos de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios y Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, que trámite el ente público de la
Administración Pública Federal que corresponda e informar a su superior en
jerarquía la naturaleza de la irregularidad y las propuestas de corrección.
Función 8.- Integrar los expedientes de inconformidades que se promuevan en
contra de actos relacionados con la operación del servicio profesional de carrera
para identificar si existió un incumplimiento por parte de las personas servidoras
públicas involucradas y emitir sus comentarios y observaciones para el proyecto de
determinación.
Función 9.- Integrar las determinaciones preliminares que el Comité Técnico de
Profesionalización haya realizado sobre el incumplimiento reiterado e injustificado
de obligaciones por parte de las personas servidoras públicas de carrera, en
términos de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal y los informes que para tales efectos se hayan remitido, con el objeto de
identificar las deficiencias en el procedimiento o en la integración del expediente,
que deban informarse en la valoración que se emita.
Función 10.- Ejecutar la verificación de las declaraciones de situación patrimonial y
de intereses, así como en la constancia de presentación de declaración fiscal de las
personas servidoras públicas, y, en su caso, expedir la certificación con la anotación
correspondiente en el Sistema de Evolución Patrimonial; a fin de identificar casos
que pudieran presentar incongruencias entre ingresos y egresos, o posibles
conflictos de intereses en la actuación de los servidores públicos y asistir en la
determinación de inicio de la investigación de faltas administrativas cuando existan
anomalías.
Función 11.- Elaborar las solicitudes que deberán enviarse para requerir a los
declarantes y a las autoridades competentes, la información que se requiera para
verificar la evolución patrimonial de los declarantes, de sus cónyuges, concubinas o
concubinarios y de sus dependientes económicos directos.
Función 12.- Analizar los procedimientos que se inicien, incluido el de conclusión y
archivo de expediente y, en su caso, el informe de presunta responsabilidad
administrativa, y proponer a la Subdirección de Denuncias e Investigaciones, los
elementos técnicos y normativos para el proyecto de determinación.
Función 13.- Elaborar los proyectos de solicitud que se remitirán a la autoridad
substanciadora o resolutora, para la aplicación de medidas cautelares necesarias
que permitan la conducción de sus investigaciones.
Función 14.- Elaborar propuestas de recomendaciones en materia de mejoras
cuando resulte procedente, a partir de la información que se obtenga de las
investigaciones que se realizan o cuando exista recurrencia de quejas en un trámite
o servicio de su competencia, y presentarlas a la Subdirección de Denuncias e
Investigaciones.
Función 15.- Recibir las impugnaciones que se promuevan en contra de las
calificaciones a las faltas administrativas no graves e integrar los elementos y
documentación necesaria para colaborar con los proyectos de informes que
justifiquen dichas impugnaciones.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
341
Función 16.- Recopilar la información que se requiera para la elaboración de
promociones de los recursos que sean otorgados en materia de responsabilidad
administrativa a la autoridad investigadora, a fin de integrar los proyectos
correspondientes.
Función 17.- Recopilar la información para la elaboración de los proyectos e
integración de documentación que se requiera en las diligencias ante el Ministerio
Público y en el procedimiento penal donde se reconozca la calidad de víctima u
ofendida de la Secretaría, con motivo de las competencias del Area de Denuncias, y
que puedan ser constitutivos de delitos, a fin de apoyar en la atención y seguimiento
de los mismos hasta su resolución definitiva.
Función 18.- Integrar los formatos e información que se requiera para la ejecución
de visitas de verificación y en su caso, elaborar, las documentales y el acta
circunstanciada para revisión y firma de la persona servidora pública que funja como
verificador.
Función 19.- Auxiliar con la elaboración de requerimientos a las unidades
administrativas para el ejercicio de sus funciones en el ámbito de competencia del
Area de Denuncias e Investigaciones, para lo que podrá acceder a los repositorios, a
los programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de
información de las dependencias, órganos desconcentrados o entidades de la
Administración Pública Federal.
Función 20.- Recopilar informes y documentación de los procedimientos de
investigación en materia de responsabilidad administrativa y de contrataciones
públicas, a fin de entregarlos a la Dirección General de Investigación de Faltas
Administrativas y a la General de Controversias y Sanciones en Contrataciones
Públicas.
Función 21.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias
de los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área.
Función 22.- Registrar los asuntos que ingresen al Area de Denuncias e
Investigaciones que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los
mismos.
Función 23.- Participar en las investigaciones, mediante operativos que
encomienden autoridades superiores, para verificar el cumplimiento de las
obligaciones que impone la Ley General de Responsabilidades Administrativas a los
servidores públicos adscritos a las dependencias, órganos administrativos
desconcentrados o entidades que sean competencia del Organo Interno de Control
al que esté adscrito.
Función 24.- Desarrollar las propuestas de las partes del proyecto del Programa
Anual de Trabajo y de Evaluación relativas al área de adscripción, a fin de generar la
propuesta para aprobación de su jefe inmediato.
Función 25.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
342
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Naturales y Exactas
Computación e Informática
Ciencias Naturales y Exactas
Física
Ingeniería y Tecnología
Arquitectura
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Eléctrica y Electrónica
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Ambiental
Ingeniería y Tecnología
Informática Administrativa
Ingeniería y Tecnología
Urbanismo
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-420-1-M1C015P-0001116-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O32
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 35,416.00 (Treinta y cinco mil, cuatrocientos dieciséis pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Revisar la integración de los expedientes de denuncias que se le hayan
turnado, en los que se formulen actos u omisiones que puedan constituir faltas
administrativas o faltas de particulares, incluidos los que se deriven de actos de
fiscalización y los realizados por otras instancias fiscalizadoras, para verificar que
cuenten con la documentación y elementos necesarios para su tramitación y
análisis.
Función 2.- Analizar los expedientes de denuncias que se formulen por infracciones
que puedan haber cometido personas físicas o morales a los ordenamientos en
materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas,
servicios relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones
públicas, para identificar y establecer si cuenta o no con elementos que adviertan
una presunta responsabilidad e informar a su superior en jerarquía.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
343
Función 3.- Coadyuvar en las investigaciones que se determinen de oficio, por
denuncia o con motivo de actos de fiscalización incluidos los realizados por otras
autoridades fiscalizadoras, las investigaciones de faltas administrativas, así como de
faltas de particulares, que le instruya su superior en jerarquía, para integrar los
documentos e información que permitan identificar la existencia o inexistencia de
actos u omisiones que la ley señale como faltas administrativas.
Función 4.- Participar en las investigaciones que le hayan sido asignadas, relativas a
infracciones cometidas por personas físicas o morales a los ordenamientos en
materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios; de obras públicas,
servicios relacionados con las mismas y demás relativos a las contrataciones
públicas, con excepción de aquellas que deba conocer la Dirección General de
Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas; e integrar la documentación
que permita identificar los hechos que podrían dar indicios de la existencia o
inexistencia de actos u omisiones que la ley señale como falta administrativa.
Función 5.- Coadyuvar con el análisis de las evoluciones patrimoniales y desarrollar
los informes o bases de datos que para tal caso sean requeridos, que permitan
identificar diferencias en el incremento patrimonial que no sea acorde con los
ingresos de la persona servidora pública.
Función 6.- Elaborar los citatorios que deban emitirse a las personas servidoras
públicas que puedan tener conocimiento de hechos relacionados con faltas
administrativas y someterlos a revisión de la Subdirección de Denuncias e
Investigaciones.
Función 7.- Identificar las irregularidades en los procedimientos de adjudicación de
contratos de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios y Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, que trámite el ente público de la
Administración Pública Federal que corresponda e informar a su superior en
jerarquía la naturaleza de la irregularidad y las propuestas de corrección.
Función 8.- Integrar los expedientes de inconformidades que se promuevan en
contra de actos relacionados con la operación del servicio profesional de carrera
para identificar si existió un incumplimiento por parte de las personas servidoras
públicas involucradas y emitir sus comentarios y observaciones para el proyecto de
determinación.
Función 9.- Integrar las determinaciones preliminares que el Comité Técnico de
Profesionalización haya realizado sobre el incumplimiento reiterado e injustificado
de obligaciones por parte de las personas servidoras públicas de carrera, en
términos de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal y los informes que para tales efectos se hayan remitido, con el objeto de
identificar las deficiencias en el procedimiento o en la integración del expediente,
que deban informarse en la valoración que se emita.
Función 10.- Ejecutar la verificación de las declaraciones de situación patrimonial y
de intereses, así como en la constancia de presentación de declaración fiscal de las
personas servidoras públicas, y, en su caso, expedir la certificación con la anotación
correspondiente en el Sistema de Evolución Patrimonial; a fin de identificar casos
que pudieran presentar incongruencias entre ingresos y egresos, o posibles
conflictos de intereses en la actuación de los servidores públicos y asistir en la
determinación de inicio de la investigación de faltas administrativas cuando existan
anomalías.
Función 11.- Elaborar las solicitudes que deberán enviarse para requerir a los
declarantes y a las autoridades competentes, la información que se requiera para
verificar la evolución patrimonial de los declarantes, de sus cónyuges, concubinas o
concubinarios y de sus dependientes económicos directos.
Función 12.- Analizar los procedimientos que se inicien, incluido el de conclusión y
archivo de expediente y, en su caso, el informe de presunta responsabilidad
administrativa, y proponer a la Subdirección de Denuncias e Investigaciones, los
elementos técnicos y normativos para el proyecto de determinación.
Función 13.- Elaborar los proyectos de solicitud que se remitirán a la autoridad
substanciadora o resolutora, para la aplicación de medidas cautelares necesarias
que permitan la conducción de sus investigaciones.
Función 14.- Elaborar propuestas de recomendaciones en materia de mejoras
cuando resulte procedente, a partir de la información que se obtenga de las
investigaciones que se realizan o cuando exista recurrencia de quejas en un trámite
o servicio de su competencia, y presentarlas a la Subdirección de Denuncias e
Investigaciones.
344
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 15.- Recibir las impugnaciones que se promuevan en contra de las
calificaciones a las faltas administrativas no graves e integrar los elementos y
documentación necesaria para colaborar con los proyectos de informes que
justifiquen dichas impugnaciones.
Función 16.- Recopilar la información que se requiera para la elaboración de
promociones de los recursos que sean otorgados en materia de responsabilidad
administrativa a la autoridad investigadora, a fin de integrar los proyectos
correspondientes.
Función 17.- Recopilar la información para la elaboración de los proyectos e
integración de documentación que se requiera en las diligencias ante el Ministerio
Público y en el procedimiento penal donde se reconozca la calidad de víctima u
ofendida de la Secretaría, con motivo de las competencias del Area de Denuncias, y
que puedan ser constitutivos de delitos, a fin de apoyar en la atención y seguimiento
de los mismos hasta su resolución definitiva.
Función 18.- Integrar los formatos e información que se requiera para la ejecución
de visitas de verificación y en su caso, elaborar, las documentales y el acta
circunstanciada para revisión y firma de la persona servidora pública que funja como
verificador.
Función 19.- Auxiliar con la elaboración de requerimientos a las unidades
administrativas para el ejercicio de sus funciones en el ámbito de competencia del
Area de Denuncias e Investigaciones; para lo que podrá acceder a los repositorios, a
los programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de
información de las dependencias, órganos desconcentrados o entidades de la
Administración Pública Federal.
Función 20.- Recopilar informes y documentación de los procedimientos de
investigación en materia de responsabilidad administrativa y de contrataciones
públicas, a fin de entregarlos a la Dirección General de Investigación de Faltas
Administrativas y a la General de Controversias y Sanciones en Contrataciones
Públicas.
Función 21.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias
de los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área.
Función 22.- Registrar los asuntos que ingresen al Area de Denuncias e
Investigaciones que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los
mismos.
Función 23.- Participar en las investigaciones, mediante operativos que
encomienden autoridades superiores, para verificar el cumplimiento de las
obligaciones que impone la Ley General de Responsabilidades Administrativas a los
servidores públicos adscritos a las dependencias, órganos administrativos
desconcentrados o entidades que sean competencia del Organo Interno de Control
al que esté adscrito.
Función 24.- Desarrollar las propuestas de las partes del proyecto del Programa
Anual de Trabajo y de Evaluación relativas al área de adscripción, a fin de generar la
propuesta para aprobación de su jefe inmediato.
Función 25.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Antropología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Arquitectura
Ciencias Sociales y
Administrativas
Artes
Ciencias Sociales y
Administrativas
Biblioteconomía
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
345
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Educación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Turismo
Ciencias Sociales y
Administrativas
Archivonomía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Conservación y Restauración de
Bienes Culturales Muebles
Ciencias Sociales y
Administrativas
Arqueología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comercio Internacional
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Artes
Educación y Humanidades
Educación
Educación y Humanidades
Humanidades
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
346
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE APOYO ADMINISTRATIVO
27-420-1-M1C014P-0000229-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O31
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 33,584.00 (Treinta y tres mil, quinientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Elaborar las bases de datos, expedientes y proyectos que le sean
requeridos, relativos a las modificaciones de las estructuras del Organo u Organos
Internos de Control que sean de su competencia, a fin de contar con un registro
histórico de los cambios autorizados.
Función 2.- Auxiliar con las gestiones que se le soliciten en apoyo al seguimiento de
la separación del encargo de las personas adscritas a las Unidades de Vigilancia de
Organos Internos de Control 1, 2, 3 y 4, de los Organos Internos de Control y sus
respectivas áreas, según su competencia.
Función 3.- Analizar la información que sea competencia de su unidad de
adscripción de conformidad con las disposiciones legales aplicables en la materia,
para atención y desahogo de los asuntos que se le deleguen.
Función 4.- Integrar los datos, estadísticas y documentación que se requieran del
Organo u Organos Internos de Control de su competencia, para lo cual podrá
acceder y operar los repositorios y sistemas de información que ponga a disposición
la Secretaría, con el objeto contribuir en la elaboración del informe de resultados de
fiscalización.
Función 5.- Auxiliar, cuando se requiera, en las investigaciones que mediante
operativos se realicen para la verificación del cumplimiento de obligaciones que
impone la legislación federal a las personas servidoras públicas del Organo u
Organos Internos de Control de su competencia, con el fin de integrar la
documentación e información para su desarrollo y conclusión.
Función 6.- Apoyar en la integración y actualización del directorio del personal del
Organo u Organos Internos de Control de su competencia, a fin de contar con
información actualizada para su coordinación.
Función 7.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Función 8.- Registrar los asuntos que le sean turnados y contribuir al seguimiento de
los mismos, así como con las gestiones para su organización y atención.
Función 9.- Efectuar el seguimiento de los acuerdos de trabajo interno concernientes
a los avances, resoluciones y problemáticas de los asuntos del área, con la finalidad
de asegurar su cumplimiento.
Función 10.- Tramitar los requerimientos administrativos de bienes y servicios que le
sean requeridos a efecto de facilitar el funcionamiento de su área de adscripción.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Periodismo
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
347
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comercio Internacional
Ciencias Sociales y
Administrativas
Política y Gestión Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación y Periodismo
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Educación y Humanidades
Mercadotecnia y Comercio
Ingeniería y Tecnología
Administración
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Finanzas
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
348
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Denominación del
Puesto
ABOGADO(A) PROYECTISTA DE PROCEDIMIENTOS Y RESOLUCIONES E
27-530-1-M1C014P-0000021-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O31
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 33,584.00 (Treinta y tres mil, quinientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de
Procedimientos y Resoluciones
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Proponer al/a la Subdirector/a de Procedimientos y Resoluciones A, B, C
y D, según corresponda para su revisión, el proyecto de acuerdo por el cual se
determine la medida cautelar a imponer, con la finalidad de evitar la obstaculización
del procedimiento administrativo de responsabilidad.
Función 2.- Contribuir en la elaboración del proyecto de resolución del procedimiento
administrativo de responsabilidad por Faltas Administrativas no Graves, con la
finalidad de someterlo a consideración del/de la Director/a de Procedimientos y
Resoluciones.
Función 3.- Analizar los incidentes interpuestos en los expedientes administrativos
de responsabilidad, con la finalidad de elaborar el proyecto de resolución que
corresponda para la aprobación de su superior/a jerárquico/a.
Función 4.- Asistir al/a la Subdirector/a de Procedimientos y Resoluciones A, B, C y
D, según corresponda en la tramitación de los procedimientos administrativos de
responsabilidad, a efecto de que se encuentren integrados conforme a lo dispuesto
por la normatividad aplicable.
Función 5.- Integrar las constancias que se certificarán y darán fe de la información
contenida en el expediente administrativo de responsabilidad, a fin de ponerlas a
consideración de su superior/a jerárquico/a para la aprobación del/de la director/a de
Procedimientos y Resoluciones.
Función 6.- Coordinar la logística de las notificaciones que se tengan que realizar,
con el objeto de que se practiquen conforme a la normatividad aplicable.
Función 7.- Revisar el expediente y el Informe de Presunta Responsabilidad
Administrativa, con la finalidad de determinar si cumple o no con los requisitos
exigidos por la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a efecto de
proponer al/a la Subdirector/a de Procedimientos y Resoluciones para su revisión los
proyectos de acuerdo acuerdos de admisión, de procedencia, improcedencia o
sobreseimiento, así como abstención de inicio del procedimiento administrativo de
responsabilidad, según corresponda, para la aprobación del/de la Director/a de
Procedimientos y Resoluciones.
Función 8.- Integrar las constancias que se acompañaran a la solicitud de
presentación de denuncia a la Dirección General de Asuntos Penales Estratégicos, a
efecto de ponerlas a consideración de su superior/a jerárquico/a.
Función 9.- Realizar el registro de la información en el sistema electrónico que, en
términos de tecnologías de información aplicada al combate a la corrupción e
impunidad, se implemente para el control y seguimiento de los asuntos que se le
han turnado a su superior/a jerárquico/a, a efecto de que se mantenga actualizado.
Función 10.- Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad
con las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas otras que le
encomiende su superior/a jerárquico/a.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
349
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE OFICIALIA DE PARTES
27-700-1-M1C014P-0000055-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O31
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 33,584.00 (Treinta y tres mil, quinientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Unidad Técnica de Apoyo
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Supervisar los trabajos que realiza el personal, para agilizar la entrega
de la documentación a las unidades pertenecientes a la Secretaría.
Función 2.- Elaborar informes y reportes, para tener control de la documentación
recibida al día.
Función 3.- Proporcionar números a los oficios signados por la Secretaría,
Secretaría Particular y Director de Control de Gestión, para la debida integración de
los minutarios.
Función 4.- Llevar registro de los asuntos que son notificados por parte de la Fiscalía
General de la República, a efecto de elaborar el reporte solicitado el área jurídica.
Función 5.- Cumplir las funciones que corresponden al puesto, de conformidad con
las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas otras que le encomienden
sus superiores jerárquicos.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Archivonomía
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
350
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE TELEFONIA
27-840-1-M1C014P-0000048-E-C-K
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O31
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 33,584.00 (Treinta y tres mil, quinientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de
Tecnologías de la Información y
Comunicaciones
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Aplicar las normas, políticas y procedimientos para la adecuada
operación y máximo aprovechamiento de los servicios de red que proporciona la
Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, incluido el
respaldo de información de las aplicaciones de telefonía que proporcionan los
servicios de red a su cargo con el propósito de garantizar un adecuado
funcionamiento de dichos servicios.
Función 2.- Identificar las nuevas tecnologías de telefonía existentes en el mercado
para su posible adopción en la Secretaría, que pueden contribuir al óptimo
aprovechamiento y continuidad de los servicios de telecomunicaciones, para su
integración y análisis.
Función 3.- Mantener en óptimas condiciones los servicios de red de telefonía
administrados por la Dirección General de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones de operación con la finalidad que el personal de la Secretaría
cuente con la infraestructura necesaria para el desempeño de sus funciones.
Función 4.- Generar reportes de operación de los servicios de telecomunicaciones, a
fin de identificar el desempeño y necesidades de la infraestructura de
telecomunicaciones de la Secretaría.
Función 5.- Supervisar la instalación y configuración de los servidores que
proporcionan los servicios de la red de telefonía de la Secretaría, con la finalidad de
que las aplicaciones para la gestión de servicios de voz operen eficientemente.
Función 6.- Definir las tareas de especialidad técnica necesarias para el uso y
óptimo aprovechamiento de los servicios de red a su cargo.
Función 7.- Supervisar la aplicación de las políticas de servicios, normas y
procedimientos de seguridad vigente para asegurar la continuidad de los servicios
de la red de telefonía proporcionados por la Dirección General de Tecnologías de la
Información y Comunicaciones.
Función 8.- Cumplir con las funciones que corresponden al puesto, de conformidad
con las disposiciones jurídicas aplicables, así como aquellas que le encomienden su
superior jerárquico.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Computación e Informática
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas – Actuaría
Educación y Humanidades
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Eléctrica y Electrónica
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Informática Administrativa
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Tecnológicas
Tecnología de los Ordenadores
Ciencias Tecnológicas
Tecnología Electrónica
Ciencias Tecnológicas
Procesos Tecnológicos
Ciencias Tecnológicas
Tecnologías de Información y
Comunicaciones
Ciencias Tecnológicas
Tecnología de las
Telecomunicaciones
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
351
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE INFORMACION
ESTRATEGICA DE PERSONAL A
27-213-1-M1C014P-0000037-E-C-M
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O23
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 31,128.00 (Treinta y un mil, ciento veintiocho pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Gestión
para los Servidores Públicos al
Servicio de la Sociedad
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Operar los mecanismos de vinculación intra e interinstitucional para la
operación del Registro de personas servidoras públicas de la Administración Pública
Federal (RUSP) con el fin de fortalecer la gestión de los sistemas que administra la
Dirección de Información Estratégica de Personal.
Función 2.- Resguardar los documentos correspondientes a las políticas, normas,
lineamientos, disposiciones de carácter general y demás instrumentos análogos
relativos al Registro de personas servidoras públicas de la Administración Pública
Federal (RUSP) para su disposición oportuna en el área.
Función 3.- Integrar la información de las investigaciones, estudios o análisis que
sean necesarios con base en la información contenida en el Registro de personas
servidoras públicas de la Administración Pública Federal (RUSP) para la atención de
los asuntos de su competencia.
Función 4.- Capacitar y asesorar al personal de las dependencias y entidades de
la Administración Pública Federal encargados de la integración y envío de la
información del Registro de personas servidoras públicas de la Administración
Pública Federal (RUSP) con la finalidad de que las acciones realizadas sean
efectivas y garantizar un mejor reporte de información por parte de las instituciones.
Función 5.- Analizar que las instituciones cumplan con las especificaciones de
llenado de los archivos del Registro de personas servidoras públicas de la
Administración Pública Federal (RUSP) para asegurar la calidad de sus reportes.
Función 6.- Verificar que las instituciones cumplan con el calendario para el envío de
información del Registro de personas servidoras públicas de la Administración
Pública Federal (RUSP) para asegurar el criterio de oportunidad.
Función 7.- Integrar la información necesaria para realizar el debido seguimiento de
los sistemas y registros que deriven de los procesos de recursos humanos para que
cumplan con los requisitos de calidad, oportunidad, integridad, veracidad y
coherencia.
Función 8.- Extraer la información de los indicadores del Programa Operativo Anual
referente a los subsistemas del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal.
Función 9.- Cumplir con las funciones que le atribuyan las leyes, reglamentos y
demás disposiciones jurídicas aplicables, las que les sean delegadas mediante
acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, así como aquellas que les
encomienden sus superiores jerárquicos.
352
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas – Actuaría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Antropología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Psicología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Comerciales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Trabajo Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Política y Gestión Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Matemáticas
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería Industrial
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Tecnológicas
Tecnología de los Ordenadores
Ciencias Tecnológicas
Tecnologías de Información y
Comunicaciones
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o
Administrativo
Ciencias Económicas
Economía del Cambio
Tecnológico
Ciencia Política
Administración y Avalúos de
Bienes Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencia Política
Administración de Bienes
Ciencias Sociales
Archivonomía y Control
Documental
Psicología
Psicología Industrial
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
353
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE AUDITORIA
27-420-1-M1C014P-0000714-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O23
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 31,128.00 (Treinta y un mil, ciento veintiocho pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Desarrollar propuestas de las partes que correspondan del Programa
Anual de Trabajo y de Evaluación relativas, así como del Programa Anual de
Fiscalización relativas al control interno y evaluación de la gestión pública que
realice el área de adscripción y remitirlas a su superior en jerarquía.
Función 2.- Ejecutar las acciones necesarias para llevar a cabo las intervenciones
en materia de control interno, analizar la información presentada por el ente público
de la Administración Pública Federal de su competencia y preparar los informes que
correspondan.
Función 3.- Analizar la información recibida como parte del procedimiento de
intervención en materia de control interno que se le haya designado, preparar los
papeles de trabajo, bases de datos y documentos que se requieran para presentar a
su superior en jerarquía el proyecto de informe de resultados y la sugerencia de
acciones preventivas y correctivas.
Función 4.- Integrar la información derivada de los actos de fiscalización que le
hayan sido asignados, ordenarla y realizar las solicitudes de información
complementaría, que le permitan identificar si existen irregularidades que deban ser
informadas, para lo cual podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios, a
los programas de cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de
información y demás medios con que cuente el ente para el ejercicio de sus
atribuciones.
Función 5.- Elaborar los papeles de trabajo, bases de datos y organizar los archivos
que se requieran, con de fin de preparar los resultados que incluyan las medidas
preventivas y correctivas que apoyen el logro oportuno, confiable, completo,
eficiente y eficaz de las metas y objetivos de las unidades auditadas, así como para
la integración de los informes de resultados de los actos de fiscalización al ente
público de la Administración Pública Federal que sea de su competencia y ponerlos
a consideración de la persona superior en jerarquía.
Función 6.- Elaborar los oficios de seguimiento respecto a la aplicación de medidas
preventivas y correctivas que hayan derivado de actos de fiscalización a su cargo,
registrar los avances correspondientes y remitirlos a la Subdirección de Auditoría.
Función 7.- Integrar todos los elementos que se estimen necesarios para para la
elaboración del informe de presuntas irregularidades, faltas administrativas
de personas servidores públicas o faltas de particulares, derivadas de actos de
fiscalización y ponerlos a consideración de la Subdirección de Auditoría.
Función 8.- Ejecutar las recomendaciones que el Sistema Nacional Anticorrupción
haya realizado a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad que les sea
asignada, previa valoración y determinación de sus superiores en jerarquía, a fin de
adoptar medidas para el fortalecimiento de su desempeño, control interno,
fiscalización y evaluación de la gestión pública e informar aquellas que hayan
quedado a su cargo.
354
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 9.- Ejecutar las acciones de fiscalización, vigilancia y seguimiento,
encaminadas a determinar el cumplimiento de los ordenamientos en materia de
austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada,
fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato determinado.
Función 10.- Apoyar en el análisis de la planeación, establecimiento, conducción y
aplicación de la política general de contrataciones públicas, incluidas las
relacionadas con adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, y obra pública,
el ente de la Administración Pública Federal asignado, a través de la información
obtenida con las unidades administrativas y por medio de los repositorios a los que
tenga acceso para identificar posibles medidas que contribuyan al fortalecimiento
institucional en la administración de recursos.
Función 11.- Apoyar con el registro de los asuntos que ingresen al Area de Auditoría
y que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los mismos.
Función 12.- Recopilar la información relacionada con las sesiones de los comités y
subcomités en materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras
públicas, y servicios relacionados con las mismas, o cualquier otro que sea de su
competencia en la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, con el propósito
de integrar las carpetas de la sesión cuando así se le requiera y dar seguimiento a
los asuntos tratados en dichas sesiones.
Función 13.- Analizar la información relacionada con las juntas de aclaraciones,
presentación y apertura de proposiciones, notificación del fallo, y demás actos
relacionados con los procedimientos de licitación pública e invitación a cuando
menos tres personas, que celebre la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad, con el propósito de aportar los elementos con los que se identifique el
cumplimiento a las disposiciones normativas y si los procedimientos permiten las
mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad.
Función 14.- Asistir en la elaboración de los diagnósticos sobre el cumplimiento de
normas y procedimientos en materia de contrataciones para la adquisición y
arrendamientos de bienes, auditorías, visitas de supervisión, verificación de calidad
que se realice a la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, a fin de aportar
los elementos que permitan la determinación del cumplimiento de los principios de
legalidad, transparencia, austeridad, economía, eficacia y eficiencia.
Función 15.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias
de los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin de
integrar los proyectos correspondientes.
Función 16.- Integrar los elementos e información que se requieran en materia de
actos de fiscalización y seguimiento de observaciones, para elaborar los proyectos
de requerimiento de información que se formulen a las unidades administrativas de
la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada.
Función 17.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Biología
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas – Actuaría
Ciencias Naturales y Exactas
Química
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Industriales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
355
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Bioquímica
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ingeniería y Tecnología
Química
Ciencias Agropecuarias
Química
Ciencias de la Salud
Farmacobiología
Ciencias de la Salud
Medicina
Ciencias de la Salud
Nutrición
Ciencias de la Salud
Biomédicas
Ciencias de la Salud
Química
Ciencias de la Salud
Salud
Ciencias de la Salud
Administración de la Salud
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE RESPONSABILIDADES
27-420-1-M1C014P-0000792-E-C-U
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O23
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 31,128.00 (Treinta y un mil, ciento veintiocho pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Revisar que los Informes de Presunta Responsabilidad cuenten con
todos los elementos necesarios para que, en su caso, preparar el acuerdo de
admisión.
Función 2.- Apoyar con el análisis del contenido, elementos probatorios y marco
normativo de los asuntos turnados, a fin de identificar los casos en que el Area de
Responsabilidades deba abstenerse de iniciar del procedimiento de responsabilidad
administrativa, o de imponer sanciones a las personas servidoras públicas y, de ser
el caso, preparar el proyecto del acuerdo correspondiente para revisión.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 3.- Apoyar en la substanciación del recurso de inconformidad que se
promueva en contra de la abstención de iniciar el procedimiento de responsabilidad
administrativa y la elaboración del proyecto correspondiente para comentarios de la
Subdirección de Responsabilidades.
Función 4.- Elaborar los proyectos relacionados con la substanciación de los
procedimientos de responsabilidad administrativa por faltas administrativas graves y
faltas de particulares, así como los oficios de emplazamiento a la audiencia inicial
partes e integrar los expedientes para envío al Tribunal Federal de Justicia
Administrativa.
Función 5.- Integrar la información y proyectos que la Subdirección de
Responsabilidades le encomiende para la substanciación de los recursos
de reclamación.
Función 6.- Analizar los recursos de revocación que hayan interpuesto las personas
servidoras públicas en contra de la imposición de sanciones administrativas y
auxiliar a la Subdirección de Responsabilidades con los proyectos de resolución que
se le requieran.
Función 7.- Asistir en la substanciación de procedimiento de responsabilidad
administrativa por faltas no graves, así como de inconformidades en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas de la competencia del órgano interno de control
específico, a fin de apoyar con la elaboración de las resoluciones correspondientes.
Función 8.- Analizar los procedimientos de responsabilidad administrativa que le
sean asignados, elaborar la propuesta de emplazamiento de las partes a la
audiencia inicial y auxiliar con la substanciación de los mismos para proyectar las
resoluciones de su competencia.
Función 9.- Recopilar la información y documentación que la Subdirección de
Responsabilidades le solicite para el desarrollo de las sesiones de conciliación en
las que participe la persona titular del Area de Responsabilidades.
Función 10.- Asistir a la Subdirección de Responsabilidades en la substanciación de
las inconformidades y reclamaciones que se interpongan en contra de las personas
servidoras públicas por actos que contravengan los ordenamientos en materia de
adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios
relacionados con las mismas, excepto las que deba conocer la Dirección General de
Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas, para proponer los proyectos
de resolución que conforme a derecho correspondan.
Función 11.- Asistir en la ejecución de las intervenciones previstas los artículos 76
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 94 de
la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a fin de
identificar los elementos sobre la legalidad de los actos relacionados con las
inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de
licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.
Función 12.- Auxiliar con la substanciación y resolución de los procedimientos
administrativos de sanción a personas físicas y morales por infracciones a los
ordenamientos en materia de adquisiciones de bienes, arrendamientos, servicios,
obras públicas, servicios relacionados con las mismas y demás relativos a las
contrataciones públicas.
Función 13.- Recopilar la información y documentación que le sea instruida, con el
propósito de integrar los elementos de defensa jurídica de las resoluciones del
Organo Interno de Control.
Función 14.- Recopilar información para la elaboración de los proyectos e
integración de documentación que se requiera en las diligencias con motivo de las
denuncias y querellas presentadas ante el Ministerio Público y en el procedimiento
penal donde se reconozca la calidad de víctima u ofendida de la Secretaría; así
como apoyar en la atención y seguimiento de los mismos hasta su resolución
definitiva.
Función 15.- Integrar la información necesaria de las sanciones impuestas, a fin de
contribuir con el registro del Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados
de la Administración Pública Federal, en los repositorios, programas o sistemas
informáticos que determine la Secretaría.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
357
Función 16.- Asistir en la elaboración de proyectos en los que se dicten las medidas
cautelares y medios de apremio para evitar que se afecte el desarrollo del
procedimiento y, hacer cumplir las determinaciones del Area de Responsabilidades,
respectivamente.
Función 17.- Auxiliar con la elaboración de los acuerdos mediante los cuales se
resuelva
la
improcedencia
o
sobreseimiento
de
los
procedimientos
de
responsabilidad administrativa que se encuentren a su cargo para presentarlos a
consideración de su superior en jerarquía.
Función 18.- Realizar las diligencias que le sean encomendadas para la ejecución
del procedimiento de responsabilidad administrativa.
Función 19.- Apoyar con el registro de los asuntos que ingresen al Area de
Responsabilidades y que le sean turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a
los mismos.
Función 20.- Recopilar la información y documentación relacionada con el Programa
Anual de Trabajo y de Evaluación del Area de Responsabilidades, a fin de contribuir
con la planeación del área de adscripción.
Función 21.- Recopilar la información que se requiera para la certificación de copias
de los documentos que se encuentren en los archivos de su respectiva área, a fin de
integrar los proyectos correspondientes.
Función 22.- Identificar los casos en que pueda aplicarse procedimiento de medios
alternativos de solución de controversias, para la conclusión de los asuntos y
ponerlos a consideración de sus superiores en jerarquía.
Función 23.- Apoyar en la elaboración de proyectos de requerimientos de
información dirigidos a las unidades administrativas de la dependencia, órgano
desconcentrado o entidad de asignación, a fin de contribuir con el ejercicio de las
facultades.
Función 24.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Biología
Ciencias Naturales y Exactas
Química
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Industriales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Bioquímica
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias de la Salud
Farmacobiología
Ciencias de la Salud
Medicina
Ciencias de la Salud
Nutrición
Ciencias de la Salud
Biomédicas
Ciencias de la Salud
Química
Ciencias de la Salud
Salud
Ciencias de la Salud
Administración de la Salud
358
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho Internacional
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO PENAL
27-620-1-M1C014P-0000035-E-C-P
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O21
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 27,795.00 (Veintisiete mil, setecientos noventa y cinco pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General Jurídica
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Ejecutar actos relacionados con la representación legal de la Secretaría
en materia penal, asegurando la aplicación de las estrategias definidas por la
Dirección Penal y supervisadas por la Subdirección Penal.
Función 2.- Integrar y analizar la documentación e información jurídica
proporcionada por las unidades administrativas y otras instancias gubernamentales,
verificando que sea suficiente y adecuada para atender requerimientos
administrativos, ministeriales y judiciales competencia de la Secretaría.
Función 3.- Aplicar estrategias jurídicas en procedimientos o procesos penales,
conforme a las directrices de la Dirección Penal y bajo la supervisión de la
Subdirección Penal, con el fin de dar cumplimiento al marco normativo vigente y
evitar riesgos legales para la Dependencia.
Función 4.- Elaborar controles de seguimiento a los asuntos en materia penal en los
que la Secretaría sea parte, y realizar actualizaciones constantes para fortalecer la
defensa institucional.
Función 5.- Elaborar, en coordinación con su superior jerárquico, proyectos de
respuesta a solicitudes de orientación jurídica realizadas por el órgano interno
de control, unidades de responsabilidades y unidades administrativas de la
Secretaría, garantizando su alineación con las disposiciones normativas vigentes.
Función 6.- Elaborar argumentos jurídicos en mecanismos alternativos de solución
de controversias y procedimientos de terminación anticipada, denuncias y querellas
por hechos posiblemente constitutivos de delito en el ámbito de competencia de la
Secretaría, con el objeto de que éstos den cumplimiento a las normas aplicables.
Función 7.- Acudir ante las diversas autoridades competentes y el Ministerio Público
a los procedimientos instruidos por hechos o conductas que afectan los intereses de
la Dependencia, a fin de actualizar el estado que guardan los expedientes para la
oportuna intervención jurídica de la Secretaría.
Función 8.- Analizar la procedencia de medios de impugnación contra resoluciones
de autoridades administrativas y judiciales en asuntos en materia penal en los que la
Secretaría tenga intereses, determinando su viabilidad conforme al marco jurídico
aplicable.
Función 9.- Realizar la gestión para la integración de copias certificadas de
documentos que obran en los archivos de la Dirección Penal y de aquellos bajo su
responsabilidad, con la finalidad de que los expedientes se encuentren debidamente
actualizados durante la intervención jurídica de la Secretaría.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
359
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE APOYO ADMINISTRATIVO
27-420-1-M1C014P-0000323-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O11
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 26,005.00 (Veintiséis mil, cinco pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Elaborar las bases de datos, expedientes y proyectos que le sean
requeridos, relativos a las modificaciones de las estructuras del Organo u Organos
Internos de Control que sean de su competencia, a fin de contar con un registro
histórico de los cambios autorizados.
Función 2.- Auxiliar con las gestiones que se le soliciten en apoyo al seguimiento de
la separación del encargo de las personas adscritas a las Unidades de Vigilancia
de Organos Internos de Control 1, 2, 3 y 4, de los Organos Internos de Control y sus
respectivas áreas, según su competencia.
Función 3.- Analizar la información que sea competencia de su unidad de
adscripción de conformidad con las disposiciones legales aplicables en la materia,
para atención y desahogo de los asuntos que se le deleguen.
Función 4.- Integrar los datos, estadísticas y documentación que se requieran del
Organo u Organos Internos de Control de su competencia, para lo cual podrá
acceder y operar los repositorios y sistemas de información que ponga a disposición
la Secretaría, con el objeto contribuir en la elaboración del informe de resultados de
fiscalización.
Función 5.- Auxiliar, cuando se requiera, en las investigaciones que mediante
operativos se realicen para la verificación del cumplimiento de obligaciones que
impone la legislación federal a las personas servidoras públicas del Organo u
Organos Internos de Control de su competencia, con el fin de integrar la
documentación e información para su desarrollo y conclusión.
Función 6.- Apoyar en la integración y actualización del directorio del personal del
Organo u Organos Internos de Control de su competencia, a fin de contar con
información actualizada para su coordinación.
360
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 7.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Función 8.- Registrar los asuntos que le sean turnados y contribuir al seguimiento de
los mismos, así como con las gestiones para su organización y atención.
Función 9.- Efectuar el seguimiento de los acuerdos de trabajo interno concernientes
a los avances, resoluciones y problemáticas de los asuntos del área, con la finalidad
de asegurar su cumplimiento.
Función 10.- Tramitar los requerimientos administrativos de bienes y servicios que le
sean requeridos a efecto de facilitar el funcionamiento de su área de adscripción.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas – Actuaría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Periodismo
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Humanidades
Ciencias Sociales y
Administrativas
Mercadotecnia y Comercio
Ciencias Sociales y
Administrativas
Relaciones Internacionales
Ciencias Sociales y
Administrativas
Políticas Públicas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Gobierno y Asuntos Públicos
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comercio Internacional
Ciencias Sociales y
Administrativas
Política y Gestión Social
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación y Periodismo
Educación y Humanidades
Mercadotecnia y Comercio
Ingeniería y Tecnología
Administración
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Ingeniería y Tecnología
Diseño
Ingeniería y Tecnología
Finanzas
Ingeniería y Tecnología
Sistemas y Calidad
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
361
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia Ingeniería y Tecnología en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda
Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
SECRETARIA(O) DE LA DIRECCION GENERAL
27-232-1-E1C012P-0000007-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
P32
Enlace
Remuneración
bruta mensual
$ 23,342.00 (Veintitrés mil, trescientos cuarenta y dos pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de
Normatividad de Contrataciones
Públicas
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Atender a las personas de la Dirección General que solicitan información
y/o servicios vía telefónica con el propósito de orientarlos y captar sus solicitudes a
fin de que sean atendidas por las áreas correspondientes.
Función 2.- Recibir la correspondencia dirigida a la Dirección General para su
registro y entrega al área responsable de su trámite y atención.
Función 3.- Elaborar oficios, atentas notas y otros documentos, a fin de comunicar
y/o dar respuesta a las solicitudes recibidas por las diversas Unidades
Administrativas, personas servidoras públicas y/o demás requerimientos.
Función 4.- Integrar y mantener actualizados los registros de inventario del personal
de la Dirección General, a fin de contar con un resguardo confiable de esta
información.
Función 5.- Actualizar los directorios telefónicos de personas servidoras públicas de
la Secretaría, así como con otras Dependencias y entidades, a fin de mantenerlos
actualizados para facilitar su localización.
Función 6.- Realizar llamadas y enlaces telefónicos para la persona titular de la
Dirección General, a fin de auxiliar en la localización y comunicación con otras
personas servidoras públicas.
362
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 7.- Mantener actualizados los archivos y correspondencia generada por la
Dirección General para conservar un registro documental de los asuntos atendidos,
a través de los repositorios electrónicos que correspondan.
Función 8.- Clasificar la documentación para archivarla de acuerdo con el orden
establecido en la normatividad y lineamientos en materia archivística.
Función 9.- Actualizar los registros en el sistema de control de gestión de la
Dirección General, para darle seguimiento a la correspondencia.
Función 10.- Administrar el suministro de papelería y bienes de consumo
relacionados de la Dirección General, a fin de controlar su almacenamiento,
requisición y asignación de acuerdo a las necesidades de las áreas.
Función 11.- Atender las necesidades de papelería, así como, los bienes de
consumo en la Dirección General.
Función 12.- Prestar el apoyo administrativo y de tipo secretarial que requieran los
servidores públicos adscritos a la Dirección General.
Función 13.- Elaborar los oficios, tarjetas, notas y demás documentos que le
soliciten los servidores públicos adscritos a la Dirección General.
Función 14.- Realizar llamadas y enlaces telefónicos para las personas servidores
públicas adscritas a la Dirección General, a fin de auxiliarlos en la localización y
comunicación con otras personas servidoras públicas de la Secretaría u otras
dependencias y entidades.
Función 15.- Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad
con las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas otras que le
encomiende su superior(a) jerárquico(a).
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia
Laboral:
Mínimo 2 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o
Administrativo
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Ciencia Política
Administración Pública
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
ENLACE DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES
27-900-1-E1C009P-0000049-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
P21
Enlace
Remuneración
bruta mensual
$ 17,681.00 (Diecisiete mil, seiscientos ochenta y uno pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Organo Interno de Control de la
Secretaría
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Asistir en la atención de las denuncias en contra de los(las)
servidores(as) públicos(as) de su competencia y (o) particulares, por la probable
comisión de faltas administrativas derivadas de actos u omisiones a la legislación
aplicable en materia de responsabilidades administrativas, a fin de que se realicen
bajo los principios de oportunidad, exhaustividad y eficiencia.
Función 2.- Apoyar en la actualización los controles internos a efecto de que los
expedientes le fueron asignados tengan una debida atención.
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DIARIO OFICIAL
363
Función 3.- Apoyar en el seguimiento de las denuncias que se encuentren en trámite
hasta su conclusión con el propósito de allegarse de los elementos que permitan
determinar lo que en derecho corresponda.
Función 4.- Apoyar en la elaboración los anteproyectos de acuerdos, actuaciones y
diligencias que se determinen necesarias para la atención de las investigaciones
que le sean encomendadas.
Función 5.- Asistir en la investigación de las presuntas faltas administrativas
atribuibles a servidores(as) públicos(as) competencia de esta Secretaría y(o)
particulares, mediante el desahogo de las diligencias pertinentes a efecto de
determinar su archivo o el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa.
Función 6.- Apoyar en la elaboración de acuerdos de inicio de investigación por
presuntas faltas administrativas de servidores(as) públicos(as) de la Secretaría o de
particulares, y en su caso, los de acumulación, incompetencia, improcedencia o
conclusión y cualquier otro para la debida integración.
Función 7.- Apoyar en la elaboración de proyectos de requerimientos de información
y documentación, incluyendo aquella que por disposiciones legales en la materia se
considere como reservada o confidencial a cualquier persona física o moral, pública
o privada, con la finalidad de allegarse de los elementos que permitan resolver de
manera objetiva sobre las probables faltas administrativas sujetas a investigación.
Función 8.- Apoyar en las actuaciones y diligencias que se requieran para la debida
integración del expediente de investigación, con la finalidad de verificar que éstos se
hayan apegado a las disposiciones legales y normativas aplicables.
Función 9.- Apoyar a sus superiores jerárquicos (as) en la atención de citas y
comparecencias de los (las) denunciantes, servidores(as) públicos(as) y (o) de las
personas físicas, incluyendo los representantes legales de las personas morales,
relacionados con la investigación, a fin de integrar los expedientes, realizando las
actuaciones, diligencias y actas administrativas a que haya lugar.
Función 10.- Asistir en la ejecución de las visitas de verificación que se considere
necesarias para la investigación de probables faltas administrativas de su
competencia.
Función 11.- Apoyar en la elaboración del proyecto de la calificación de las faltas
administrativas como graves o no graves, para su remisión a la autoridad
correspondiente.
Función 12.- Apoyar en la elaboración de los proyectos de Informes de Presunta
Responsabilidad Administrativa de aquellos asuntos en los que, como resultado de
la investigación, se presuma la probable comisión de faltas administrativas
de servidores(as) públicos(as) de su competencia y (o) particulares con la finalidad
de remitir a la autoridad substanciadora para el inicio del procedimiento de
responsabilidad administrativa.
Función 13.- Apoyar en la elaboración del proyecto de informes que justifiquen la
calificación impugnada.
Función 14.- Apoyar en la elaboración del anteproyecto de reclasificación de las
faltas administrativas, cuando se le instruya, para atender las indicaciones del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Función 15.- Apoyar en las acciones necesarias para la reapertura de la
investigación si se presentan nuevos indicios o pruebas y no hubiere prescrito
la facultad para sancionar; en los casos que proceda.
Función 16.- Apoyar en la ejecución de los programas específicos para verificar el
cumplimiento de las obligaciones por parte de los(las) servidores(as) públicos(as) de
la Secretaría y/o terceros junto con el Area de Auditoría Interna.
Función 17.- Asistir en la elaboración de las solicitudes de informes o documentos
que se determinen necesarios para la substanciación y resolución de las
inconformidades presentadas por actos relacionados con la operación del Sistema
del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de la Función Pública; así como
en contra de los actos u omisiones del Comité de Profesionalización y de Selección
y de cualquier otra unidad administrativa de la Secretaría para operar el sistema.
Función 18.- Apoyar en la elaboración de la valoración de la determinación
preliminar que formule la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría
sobre el incumplimiento reiterado e injustificado de obligaciones de los Servidores
Públicos de Carrera, en términos de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal con la finalidad de que sea integrada al proyecto de
determinación.
364
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 19.- Apoyar en la elaboración del proyecto sobre las medidas cautelares
según corresponda, con la finalidad de evitar el ocultamiento o destrucción de
pruebas, impedir la continuación de los efectos perjudiciales de la presunta falta
administrativa, evitar la obstaculización del adecuado desarrollo del procedimiento
administrativo o evitar un daño irreparable a la hacienda pública.
Función 20.- Apoyar en la elaboración de los requerimientos de información y
documentación necesaria para el ejercicio de sus facultades a los servidores
públicos de la Secretaría, incluidos los adscritos a los órganos internos de control,
tanto específicos como especializados, unidades de Responsabilidades y
delegaciones de Unidad de Responsabilidades, a las demás dependencias,
entidades, empresas productivas del Estado, empresas productivas subsidiarias, y
en general, a cualquier persona física o moral, pública o privada, con la finalidad de
allegarse de los elementos que permitan resolver de manera objetiva sobre las
probables faltas administrativas sujetas a investigación.
Función 21.- Apoyar en los registros de los asuntos de su competencia para su
debido control.
Función 22.- Apoyar en el cotejo de las copias de los documentos que obren en los
archivos del Area de Denuncias para su certificación.
Función 23.- Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad
con las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas que le encomienden
los(las) superiores(as) jerárquicos(as).
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia
Laboral:
Mínimo 1 año de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
ENLACE ADMINISTRATIVO(A) DE AUDITORIA
27-420-1-E1C007P-0000396-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
P11
Enlace
Remuneración
bruta mensual
$ 14,270.00 (Catorce mil, doscientos setenta pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Integrar la información que se considere necesaria y la que le sea
encomendada, para la elaboración de las partes de los proyectos del Programa
Anual de Trabajo y de Evaluación, así como del Programa Anual de Fiscalización
relativas al control interno y evaluación de la gestión pública que realice el área de
adscripción que le sean solicitadas por sus superiores en jerarquía.
Función 2.- Apoyar con la entrega, solicitud y orden de los documentos recabados
para la ejecución de las intervenciones en materia de control interno, para una
consulta expedita por parte de sus superiores en jerarquía.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
365
Función 3.- Apoyar con la elaboración de bases de datos o reportes que se
requieran durante las intervenciones en materia de control interno a efecto de
agilizar el proceso.
Función 4.- Apoyar al Area de Auditoría con la elaboración de los requerimientos de
información adicional para la ejecución de los actos de fiscalización, para lo cual
podrá acceder a la documentación, archivos, repositorios a los programas de
cómputo, a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información y demás
medios con que cuente el ente de la Administración Pública Federal para el ejercicio
de sus atribuciones.
Función 5.- Auxiliar con la elaboración de papeles de trabajo, registros, bases de
datos o reportes que se requieran con el fin de preparar los resultados que incluyan
las medidas preventivas y correctivas; así como para la integración de los informes
de resultados de fiscalización.
Función 6.- Apoyar en la recopilación de la información respecto del cumplimiento de
las medidas correctivas y recomendaciones derivadas de las auditorías y revisiones,
con el propósito de participar en la integración de los elementos que permitan
determinar su cumplimiento o incumplimiento.
Función 7.- Apoyar la integración de elementos para la elaboración del informe de
irregularidades que se derive de las auditorías, visitas de inspección o en los
seguimientos de observaciones de la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad asignada.
Función 8.- Apoyar con la integración de medidas a establecerse en la dependencia,
órgano desconcentrado o entidad asignada, fideicomiso público no paraestatal,
mandato o contrato determinado, vinculadas con las recomendaciones del Sistema
Nacional Anticorrupción, a fin contribuir con el fortalecimiento de su desempeño,
control interno, fiscalización y evaluación de la gestión pública.
Función 9.- Apoyar la ejecución de las acciones de fiscalización, vigilancia y
seguimiento, encaminadas a determinar el cumplimiento de los ordenamientos en
materia de austeridad por parte de la dependencia, órgano desconcentrado o
entidad asignada, o fideicomiso público no paraestatal, mandato o contrato que así
sea determinado.
Función 10.- Recopilar información a través de las unidades administrativas y de los
repositorios a los que tenga acceso con motivo de sus funciones, relacionada con la
planeación, establecimiento, conducción y aplicación de la política general de
contrataciones públicas, incluidas las relacionadas con adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, y obra pública, para aportar elementos de análisis.
Función 11.- Registrar los asuntos que ingresen al Area de Auditoría y que le sean
turnados, a fin de contribuir con el seguimiento a los mismos.
Función 12.- Apoyar en la recopilación de la información relacionada con las
sesiones de los comités y subcomités en materia de adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas,
o cualquier otro que sea de su competencia, a fin de contar con un registro de las
sesiones, los asuntos tratados y su seguimiento o conclusión.
Función 13.- Apoyar en las actividades administrativas, para la reproducción de
documentales que se requieran, para la certificación de documentos del área
de adscripción o los requerimientos de información por parte de autoridades
competentes.
Función 14.- Apoyar en la integración de los elementos e información que se
requieran para efectuar los requerimientos en materia de fiscalización a las unidades
administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad asignada.
Función 15.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia
Laboral:
Mínimo 2 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Sociales
Archivonomía y Control
Documental
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
366
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación del
Puesto
ENLACE ADMINISTRATIVO(A) DE RESPONSABILIDADES
27-420-1-E1C007P-0000511-E-C-S
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
P11
Enlace
Remuneración
bruta mensual
$ 14,270.00 (Catorce mil, doscientos setenta pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Coordinación General de
Organos Internos de Control
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Recopilar la información que sea necesaria en los procedimientos de
abstención de iniciar procedimiento de responsabilidad administrativa o de sanción a
personas servidoras públicas, a fin de contribuir con la determinación que sea
emitida.
Función 2.- Apoyar con las actividades administrativas relacionadas con la
integración de expedientes relacionados con responsabilidades administrativas
graves y faltas de particulares para su envío al Tribunal Federal de Justicia
Administrativa.
Función 3.- Realizar las acciones de carácter administrativo relacionadas con la
substanciación de los recursos de reclamación y de inconformidad, de revisión, y de
conciliación; a fin de integrar los elementos, información, documentos y realizar las
diligencias que se requieran para agilizar el proceso.
Función 4.- Realizar las actividades de carácter administrativo relacionados con la
substanciación de los recursos de revocación que interpongan los servidores
públicos en contra de la imposición de sanciones administrativas, a fin de contribuir
con su atención en tiempo y forma.
Función 5.- Acceder a los repositorios de información, a los programas de cómputo,
a los bienes informáticos físicos y a los sistemas de información de las
dependencias, órganos desconcentrados o entidades de la Administración Pública
Federal, competencia del Organo Interno de Control al que esté adscrito, conforme a
las instrucciones de sus superiores jerárquicos y cuando sean presentados como
pruebas en la substanciación de los procedimientos de responsabilidad
administrativa, así como para llevar a cabo las actuaciones o diligencias que le sean
encomendados por sus superiores jerárquicos.
Función 6.- Realizar las actividades de carácter administrativo relacionadas con la
substanciación de las inconformidades que se interpongan en contra de actos que
contravengan los ordenamientos en materia de adquisiciones de bienes,
arrendamientos, servicios, obras públicas, y servicios relacionados con las mismas,
excepto las que deba conocer la Dirección General de Controversias y Sanciones en
Contrataciones Públicas, a fin de contribuir en el desahogo de los asuntos a cargo
de su área de adscripción.
Función 7.- Colaborar en los procedimientos vinculados a temas de responsabilidad
por faltas administrativas no graves, así como en los procedimientos de intervención
de oficio previstos en el artículo 76 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público y 94 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas a fin de contribuir con su atención en los plazos
establecidos.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
367
Función 8.- Auxiliar en la remisión de denuncias y querellas en representación de la
Secretaría al Ministerio Público, por hechos u omisiones que conozcan con motivo
de sus respectivas competencias y que puedan ser constitutivos de delitos, para
salvaguardar los intereses de la Secretaría.
Función 9.- Tramitar los acuerdos u oficios en los que se decrete la aplicación de las
medidas cautelares solicitadas por la autoridad investigadora y, en su caso, auxiliar
con la elaboración de los proyectos en los que se determinen medios de apremio
para el cumplimiento de las resoluciones del Area de Responsabilidades.
Función 10.- Auxiliar en las gestiones y trámites necesarios para la atención de
exhortos, oficios de colaboración y solicitudes de diligencias que formulen las
unidades administrativas de la Secretaría, para atender con oportunidad los temas
de su responsabilidad.
Función 11.- Auxiliar en la actualización de los registros de los asuntos de la
competencia del Titular del Area de Especialidad en Responsabilidades; así como,
la expedición de las copias certificadas de los documentos que se encuentren en los
archivos del área en cita, con la finalidad de ser atendidos con oportunidad.
Función 12.- Participar en la recopilación de la información y documentación
relacionada con el Programa Anual de Trabajo y de Evaluación del Area de
Responsabilidades, a fin de participar en el cumplimiento de los objetivos del área
de adscripción.
Función 13.- Auxiliar con los proyectos de certificación documental que se requieran
para atender los requerimientos de las autoridades competentes.
Función 14.- Auxiliar en el desarrollo de acciones en materia de medios alternativos
de solución de controversias, con la finalidad de promover y fortalecer las acciones y
con oportunidad su resolución.
Función 15.- Tramitar los requerimientos de información dirigidos a las unidades
administrativas de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad de asignación,
a fin de contribuir con el cumplimiento de las funciones del Area de
Responsabilidades.
Función 16.- Cumplir con las funciones que correspondan al cargo de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables, así como con las instrucciones emitidas
por las personas servidoras públicas superiores, a fin de contribuir con el
cumplimiento de los objetivos, planes y programas institucionales.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
No Aplica
No Aplica
Experiencia
Laboral:
Mínimo 2 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Sociales
Archivonomía y Control
Documental
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Auditoría Gubernamental
Ciencias Económicas
Auditoría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencias Jurídicas y Derecho
Defensa Jurídica y
Procedimientos
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias
-de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
BASES DE PARTICIPACION
1a. REQUISITOS DE PARTICIPACION.
Podrán participar los(las) ciudadanos(as) que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos
para el puesto y los establecidos en las presentes bases de participación. Asimismo, se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales señalados en el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
1. Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar,
2. No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso,
3. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público,
4. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro(a) de algún culto, y
5. No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal o
administrativo
De igual forma, se deberán presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso.
Precisando que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, no podrán participar los(las) ciudadanos(as) que se encuentren en alguno
de los supuestos siguientes:
1. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra
la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
2. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Por lo que, cualquier persona que se encuentre en alguno o ambos supuestos precisados, no podrá ser
nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
En la aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los
derechos de las personas, y lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
En virtud de lo anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional, el color de piel,
la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica,
la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las
opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar,
las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo, para la
pertenencia al servicio.
2a. DOCUMENTACION REQUERIDA.
La Revisión y Evaluación de Documentos, específicamente en lo relativo al perfil del puesto, se llevará a cabo
conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos por esta Secretaría
disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (Trabajaen).
Cuando le sea solicitado, los(las) candidatos(as) deberán presentar y/o enviar escaneados en formato PDF,
en carpeta comprimida los documentos originales o copias certificadas legibles, en la forma, fecha y hora que
se establezcan tanto en las presentes Bases de Participación como en el mensaje que al efecto reciban en su
Centro de mensajes de Trabajaen.
Los documentos escaneados se entregarán por medios electrónicos en carpeta comprimida nombrándola con
el folio de participación y nombre completo de la persona candidata, la cual deberá contar con las siguientes
características:
- Escaneado individual de cada documento original en formato PDF, en resolución media, preferentemente a
color.
- No se aceptarán fotografías de documentos guardadas en formato PDF.
- Si el documento tiene información por ambos lados, el escaneo debe incluir ambas caras.
- Debe ser perfectamente legible y visualizarse completo.
- Idéntico al documento original.
No será válida, y será motivo de descarte, la entrega de cualquier documento o archivo electrónico que no
cumpla con las características indicadas en el párrafo anterior. La documentación requerida, que se enlista a
continuación, deberá entregarse en el orden siguiente:
1.- Carta de Aceptación, disponible para descarga en la liga electrónica que se le indique en el mensaje de
invitación, la cual deberá llenar y firmar.
2.- Documento de Bienvenida de Trabajaen, como comprobante del folio asignado por dicho portal electrónico
para participar en el concurso de que se trate.
3.- Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para votar vigente y pasaporte
vigente. Cabe señalar que, si la credencial para votar no se encuentra vigente en términos de los criterios
establecidos por el Instituto Nacional Electoral, NO será aceptada como medio de identificación oficial.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
369
4.- Acta de nacimiento y/o documento migratorio, que le permita a la persona candidata, si fuera el caso, la
ocupación legal del puesto de que se trate.
5.- Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
- En los casos en que el requisito académico sea nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), el mismo
se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso,
mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en los
términos de las disposiciones aplicables.
Asimismo, se aceptará Maestría o Doctorado en el nivel terminado y/o pasante en las áreas académicas
definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún título o cédula
profesional de nivel licenciatura registrado en la Secretaría de Educación Pública y que se encuentre
contenido en alguna de las áreas de conocimientos relacionadas en el Catálogo de Carreras de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
- Se tendrá por cubierta la calidad de “Terminado o Pasante”, presentando: Carta de Pasante expedida por la
institución educativa de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, o el documento oficial con el
que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
- Se tendrá por cubierta la calidad de “Titulado”, presentando: Título o Cédula Profesional expedidos por las
autoridades competentes, según el nivel de estudios solicitado, con excepción de nivel “Preparatoria o
Bachillerato”, para el cual se aceptará el Certificado de terminación de estudios emitido por la institución
educativa.
El CTS determinó que para efectos de acreditar el nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), NO se
aceptará la constancia o acta de presentación y/o acreditación del examen profesional, ni cualquier otro
documento similar para acreditar que la expedición del título y/o cédula profesional se encuentran en trámite.
(El CTS, determinará los casos en los que aceptará los documentos con los que se podrá acreditar el nivel
licenciatura con grado de avance Titulado(a), así como el plazo por el cual se aceptarán). En el caso de haber
realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Lo anterior de conformidad con el
artículo 221 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal.
- Para los casos en que el requisito académico señale "Carrera Técnica o Comercial con secundaria
terminada”, o “Carrera Técnica o Comercial con Preparatoria terminada o Normal terminada”, con grado de
avance Titulado, se deberá presentar además del Título o la Cédula profesional registrados por la Secretaría
de Educación Pública, el certificado de Secundaria o el certificado de Preparatoria, o de nivel medio superior o
de Normal Terminada, según corresponda.
- Para los casos que el puesto requiera “Carrera Técnica o Comercial” y en el campo de carrera genérica se
indique “No aplica”, se aceptará, según el grado de avance requerido: el certificado de estudios completos o el
Título o cédula profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública del nivel técnico, incluyendo
licenciatura, maestría o doctorado, obtenido en cualquier carrera genérica de las que se señalan en el
Catálogo de Carrera de Trabajaen.
6.- Currículum Vítae (CV) actualizado, máximo 4 cuartillas (distinto al de Trabajaen), que contenga además
datos de referencias laborales comprobables por cada uno de los empleos señalados, en los que se detallen
claramente las funciones desempeñadas y el periodo de ocupación de cada puesto, para lo cual deberá
utilizar el formato de CV disponible en la liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-de-puestos-vacantes-en-la-
sabg?state=published, en la sección Formatos para Revisión documental.
La información de este CV deberá coincidir con los datos registrados en el currículum de Trabajaen.
7.- Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descarga en la liga electrónica que se le indique en
el mensaje de invitación, el cual deberá llenar y firmar en caso de cumplir con los requisitos enunciados en el
mismo, manifestando:
a) Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar, No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso,
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto, No estar inhabilitado(a) para el servicio público,
y que la documentación presentada es auténtica.
b) Que no haya participado en un programa de separación que le impida reingresar a la Administración
Pública Federal, en los términos de dicho programa.
c) No encontrarse en alguno de los supuestos señalados en el artículo 38 fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
d) No existe alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses.
e) No forma parte de algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra institución.
f) No presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o desempeña otro empleo, cargo o
comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía, Organo Constitucional Autónomo
de carácter estatal o federal.
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8.- Cédula de Identificación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual contiene
el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
9.- Clave Unica de Registro de Población (CURP).
10.- Presentar las constancias con las que acredite su Experiencia. Para acreditar las áreas y años de
experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso, se considerarán las evidencias que acrediten la
fecha de inicio y la fecha de término de los puestos que manifestó en su currículum registrado en Trabajaen al
momento de su inscripción, ya que la revisión se hará con base en dicho currículum y sólo se considerarán los
empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil del puesto sujeto a concurso, por
lo que deberá presentar para cada empleo los documentos que comprueben el periodo laborado, desde su
inicio hasta su fin, y la razón social que señale dicho comprobante deberá coincidir con la denominación de la
empresa o institución para la cual laboró, para lo cual se aceptarán una o varias constancias de las que se
citan a continuación:
a) Hojas únicas de servicios con firmas y sello de la institución que la expide.
b) Constancias de nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o bien con la
Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
c) Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
d)
Constancia
de
semanas
cotizadas
del
IMSS
con
cadena
original
y
sello
digital.
(http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02025a).
e) Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la relación laboral,
en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
f) Cartas o convenio Finiquito, en el que se indique día, mes y año tanto del ingreso como de la baja,
puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas y sello del emisor.
g) Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios, los cuales
deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado, funciones realizadas y firmas
autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de terminación anticipada deberá anexar la
constancia respectiva.
h) Documento denominado: "Constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y
subsidio para el empleo", o "Constancia de retenciones" emitidas por el SAT, mismas que deberán indicar
periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor, en caso de ser electrónico deberá de contener
cadena original y sello digital.
i) Recibos de pago en papel membretado u oficial, con datos de la institución o empresa que otorga el pago,
nombre del candidato, puesto y periodo de pago. Para comprobar el tiempo laborado con recibos de pago
deberá presentar al menos 6 recibos por cada año laborado o 3 si la relación laboral fue menor. Dichos
recibos deberán comprobar el inicio y el fin del año o de la relación laboral, por lo que sólo se computarán
para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que indiquen los recibos.
j) Constancia Laboral, en papel membretado u oficial, que señale la fecha de expedición, nombre completo del
(de la) candidato(a), día, mes y año de ingreso y baja, indicando puesto(s) y funciones desempeñadas, con
firma y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y
teléfonos de la institución o empresa. No se aceptarán cartas de recomendación, ni cartas de renuncia al
puesto como constancias para acreditar la experiencia laboral requerida.
k) Carta como Becario(a) en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición, nombre completo
del(de la) candidato(a), día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones desempeñadas, con firma y
cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos
de la institución o empresa. Sólo se aceptará hasta por un máximo de 1 año.
l) Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, acompañada del Historial que contiene la información de la capacitación, el cual podrá
obtener
accediendo
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado de “Mi historial”.
m) Liberación de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se haya
realizado o por la Institución educativa que la haya liberado y con las cuales se acrediten las áreas generales
de experiencia, sólo se acreditarán 6 meses para servicio social y hasta 6 meses para prácticas profesionales.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y término del empleo que pretende comprobar no
serán válidos, por lo que no se computarán para el cálculo de los años con los que se acredite el cumplimiento
del perfil del puesto de que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan fungido
como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido en forma
unilateral por el propio trabajador, así como algún otro documento que no esté enlistado arriba, para acreditar
la experiencia laboral requerida.
Asimismo, toda documentación emitida en idioma diferente al español, deberá acompañarse de la traducción
respectiva, firmada por la persona candidata.
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DIARIO OFICIAL
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11.- Presentar las constancias con las que acredite su Mérito.
Para la valoración del Mérito podrá presentar los documentos que lo comprueben tales como:
a) Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera
titulares, y se calificarán de acuerdo con las Calificaciones obtenidas en las evaluaciones de desempeño
anual. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del
desempeño anual, por lo que podrá presentar su hoja resumen de la última evaluación de desempeño, que
contiene la calificación final de desempeño obtenida, misma que deberá de estar firmada y sellada por la
dependencia donde fue evaluada, o en su defecto podrá presentar la información de evaluaciones de
desempeño que obtenga desde Rhnet. Para obtener las calificaciones de la evaluación de desempeño desde
RHnet deberá ingresar con su usuario y contraseña al portal www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de
Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir
el listado de calificaciones, luego dar clic en “Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el
resumen. En caso de no poder imprimir su evaluación desde RHnet, deberá dirigirse a su área de Recursos
Humanos, para obtener ayuda.
b) Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera
titulares, y se califica a través del promedio de la calificación de las acciones de capacitación obtenidas por el
servidor público de carrera Titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que podrá presentar las
constancias respectivas, o bien la hoja resumen de su última evaluación de desempeño, que contiene la
calificación de la capacitación recibida, misma que deberá de estar firmada y sellada por la institución.
c) Resultados del proceso de certificación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera titulares,
y se calificará de acuerdo con las capacidades profesionales certificadas, a través del número de capacidades
profesionales certificadas vigentes logradas por las personas servidoras públicas de carrera titulares en
puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera, para lo cual podrán entregar las constancias emitidas por
la institución donde se señalen las capacidades certificadas y su vigencia. En caso de haberse certificado
como persona servidora pública de carrera y no contar con su constancia, deberá solicitarla en el área de
Recursos Humanos de su dependencia.
d) Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas candidatas en su labor o campo de
trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su
área de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron beneficio a la ciudadanía, por lo que podrá
presentar las constancias respectivas como: certificación en capacidades profesionales distintas a las
consideradas para el SPC, publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionadas con su
campo de experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo político o religioso.
e) Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión o
actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten alguno o varios de los siguientes
supuestos: fungir como presidente(a), vicepresidente(a) o integrante fundador(a) de asociaciones u
organizaciones no gubernamentales (científicas, de investigación, gremiales, estudiantiles o de
profesionistas), recibir un título honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado por universidades o
instituciones de educación superior, o por graduarse con mención honorífica o con alguna distinción.
En ningún caso se considerarán distinciones de tipo político o religioso.
f) Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado a la persona candidata por
agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado, debido a la consecución de algún mérito o servicio en
su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten la
obtención de un reconocimiento o premio otorgado a nombre de la persona candidata, reconocimiento por
colaboración, ponencias o trabajos de investigación, a nombre de la persona candidata, en congresos,
coloquios o equivalentes, reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público, primer, segundo o
tercer lugar, que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los
concursos del SPC. En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político, religioso o
que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o equivalente.
g) Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores resultados, que sobresalen en
una profesión, ajena al campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma, por lo que podrá
presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado académico obtenido en el extranjero, con
reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de Educación Pública (SEP), patente a nombre de la
persona candidata, servicio o misión realizada en el extranjero, derechos de autor por obras publicadas a
nombre de la persona candidata, servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento
de donativos). En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
h) Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el perfil del
puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o del grado máximo de estudios,
concluido con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel de estudio y al grado de avance
requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por lo que podrá presentar constancias de Diplomados,
constancias de terminación de estudios, Título o cédula profesional de nivel licenciatura, especialidad,
maestría o doctorado.
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i) Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua —en este caso, una de las 68 lenguas
indígenas reconocidas por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI)―, a la capacidad de usarla
apropiadamente en determinadas situaciones sociales. En virtud de lo anterior, se considerará como un
comprobante, cada uno de los siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que señala que es
hablante de una lengua indígena nacional. - Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida
por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia acreditada por esta misma
institución (con un resultado regular o bueno). - Acreditación o documento equivalente a cursos, no menores a
220 horas, que avalen, al menos, un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes.
-Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles,
mapas, videos, audios, etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente
su autoría. -Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido
parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas indígenas.
-Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la interpretación o la atención en lengua
indígena, o bien, mediante una traducción).
Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI o por alguna otra
instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado excelente). -Publicaciones en gacetas, revistas,
prensa o libros, en alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que
se trate. En la presentación de estas publicaciones se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
-Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de
lenguas indígenas (oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.)
En la presentación de estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
j) Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana. Acto voluntario, al
tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la identificación
propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente, se calificará de acuerdo con la
manifestación que realice la persona candidata en la revisión documental durante el concurso, identificando
por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a
la que se autoadscriba.
k) Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento de mérito que
la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia
establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona
candidata que compruebe que al momento de la publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
l) Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas que, a pesar de presentar una
discapacidad, cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la
descripción y perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que se autoreconozca como
persona con discapacidad. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción
de su discapacidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo de descarte del concurso que la
persona candidata:
• No se presente a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que le sean señalados a
través de su centro de mensajes de Trabajaen.
• No presente los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la forma, fecha, hora y lugar
que se le indique, a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
• Que se encuentre en alguno de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática, la constancia o solicitud
de expedición o reexpedición de duplicados, o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de
cualquiera de los documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquiera de los datos registrados por los(las) aspirantes en
Trabajaen o de la documentación mencionada ya sea durante la revisión documental, o en cualquier etapa del
proceso, o de No exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean requeridos,
será motivo de descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección
y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno mantiene una política de igualdad de oportunidades libre de
discriminación por razones de edad, género, cultura, condición económica, origen étnico, apariencia física,
características genéticas, embarazo, preferencias sexuales, condiciones de salud, discapacidad, religión,
estado civil, o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana, en atención a lo cual en ningún
caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de VIH/SIDA, para participar en el concurso y en su caso
para llevar a cabo la contratación.
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DIARIO OFICIAL
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3a. REGISTRO DE CANDIDATOS(AS).
La inscripción o el registro de los(las) candidatos(as) a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta Convocatoria en la página de Trabajaen, la cual asignará a los(las) candidatos(as) un
número de folio de participación para el concurso una vez que los(las) mismos(as) hayan aceptado sujetarse a
las presentes bases, y que servirá para formalizar la inscripción al concurso de la plaza de que se trate y de
identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista que haga el Comité Técnico
de Selección, lo anterior, con el fin de asegurar el anonimato de los(las) candidatos(as).
Al momento de que los y las candidatos(as) registren su participación el Sistema de Trabajaen, se realizará de
forma automática la revisión curricular, asignando un folio de participación en aquellos casos en que la
información capturada en su Currículum sea compatible con el perfil del puesto vacante o un folio de rechazo
que lo descartará del concurso.
Para continuar en concurso se deberán acreditar cada una de las etapas y demás requisitos establecidos en
la presente convocatoria.
4a. DESARROLLO DEL CONCURSO.
El concurso se conducirá de acuerdo al siguiente calendario, la Dirección de Ingreso de Personal podrá
modificar dentro de los plazos establecidos, el lugar, fecha y hora programados para desahogar cada etapa y
subetapa, por lo que se recomienda dar seguimiento a los mensajes que se generen con tal motivo a través
del Centro de mensajes de Trabajaen. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de
selección se realizará, preferentemente, en las mismas fechas y horarios a todos(as) los(las) candidatos(as)
que continúen en el concurso a fin de garantizar la igualdad de oportunidades.
Calendario del concurso:
Fase o Etapa
Fecha o Plazo
Publicación del Concurso
04 de marzo de 2026
Registro de candidatos(as) y Revisión curricular
del 04 de marzo de 2026 al 17 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de
folios
El CTS no autorizó la reactivación de folios por
causas imputables a los(las) aspirantes
Exámenes de Conocimientos
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de Habilidades
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Revisión Documental
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Determinación
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se informará a todos(as) los(las) candidatos(as) a
través de los mismos medios.
5a. TEMARIOS.
Los temarios que deben estudiar para los Exámenes de Conocimientos se encuentran disponibles en la
página electrónica de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en las siguientes ligas:
Para el Examen de Conocimientos Técnicos deberá consultar:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-de-puestos-vacantes-en-la-
sabg?state=published
Las dudas relacionadas se atenderán en los teléfonos que aparecen en la base número 13a. de las presentes
Bases de participación.
Para el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal deberá consultar:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Las dudas relacionadas se atenderán por la Unidad de Políticas para el Servicio Público en los medios
señalados en la base número 13a. de las presentes Bases de participación.
Las guías de estudio para las Evaluaciones de Habilidades se encuentran disponibles con el nombre de “Guía
de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades” en Trabajaen con la liga:
https://www.trabajaen.gob.mx/menuini/js_paginad.jsp
6a. EVALUACIONES.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno comunicará a cada candidato(a), la fecha, hora y lugar en que
deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a
través de su Centro de mensajes en Trabajaen. El mensaje de invitación para participar en dichas
evaluaciones se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación de conformidad con lo señalado en el
artículo 254 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal.
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En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de
tolerancia para el inicio del examen y/o evaluaciones considerando como hora referencial la que indiquen los
equipos de cómputo de la Dirección de Ingreso de Personal. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por
ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el examen y/o las
evaluaciones si el o la participante no presenta la documentación requerida.
Sin excepción alguna, serán motivo de descarte, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o
para la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, además de los que se señalen en cada etapa del
procedimiento, los siguientes supuestos: cuando el(la) candidato(a) no se presente en la fecha, lugar y hora
señaladas en el mensaje de invitación que reciba por medio de su centro de mensajes del portal de
Trabajaen, cuando el(la) candidato(a) se presente sin los documentos solicitados en dicho mensaje o no estén
legibles o estén incompletos o cortados, cuando se presente una vez transcurrido el tiempo de tolerancia
señalado en el mensaje de invitación, abandone la sala antes de concluir la evaluación correspondiente, se le
sorprenda consultando apuntes, tomando fotografías o audios de cualquier tipo o reproduciendo por cualquier
vía el contenido de la evaluación de que se trate, o bien, no acredite la etapa correspondiente.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes etapas:
ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y EVALUACIONES DE HABILIDADES
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala
de 0 a 100, obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten el examen de
conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de
conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una
escala de 0 a 100, un resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse
en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal, será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados aprobatorios de cada examen tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en
que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de conocimientos técnicos del puesto, la persona candidata deberá solicitar el
reconocimiento
de
la
vigencia
a
través
de
la
cuenta
de
correo
electrónico:
reclutamiento@buengobierno.gob.mx a más tardar un día posterior al cierre de inscripciones del concurso que
corresponda, siempre y cuando se trate del mismo puesto, temario y bibliografía.
En caso de no contar con una respuesta respecto a la solicitud correspondiente previo al inicio de la subetapa
de examen de conocimientos técnicos, los(las) aspirantes que hubiesen solicitado el reflejo de los resultados
obtenidos con anterioridad, deberán presentarse a la evaluación el mismo día que el resto de los(las)
participantes, lo anterior, con la finalidad de dar cumplimiento con el artículo 18 fracción II, del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, los(las)
candidatos(as) podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado igual o
superior a 70 puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se verá reflejado de forma
automática en el portal de Trabajaen.
Los resultados aprobatorios del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de un año, los resultados no aprobatorios tendrán
vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal.
Al inscribirse a un concurso y obtener un folio de participación, el sistema verificará aquellos resultados
vigentes que correspondan al examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y a
las habilidades, estas últimas en caso de coincidir con las registradas en el concurso al que se va a inscribir, y
el sistema reflejará los resultados vigentes. De conformidad con el artículo 265 del ACUERDO por el que se
establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
que a la letra señala: “En los casos en que el CTS determine la revisión de exámenes, ésta sólo podrá
efectuarse con respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o
procedimientos utilizados, sin que ello implique la entrega de los reactivos ni de las opciones de respuesta.
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En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación”, al respecto y en
caso de que un(una) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos técnicos del puesto o del
examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal ésta deberá ser solicitada a través
de un escrito firmado autógrafamente, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la
publicación de los resultados en la página de Trabajaen. El escrito de solicitud de revisión de examen
de conocimientos deberá precisar para cuál de los exámenes requiere la revisión y deberá contener el folio de
participación, nombre, correo electrónico y firma de la persona candidata y ser dirigido al(a la) Secretario(a)
Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y se entregará en Oficialía de Partes de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, en la siguiente dirección: Av. Insurgentes Sur 1735, Planta Baja,
Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Alvaro Obregón, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, de
lunes a viernes.
Una vez que la persona Secretaria Técnica reciba la solicitud, verificará que cumpla con lo requerido en el
párrafo anterior, de no ser así, se comunicará a la persona candidata que la solicitud no fue procedente. En
caso de que la solicitud cumpla con los requisitos aquí señalados, el(la) Secretario(a) Técnico(a) convocará al
CTS para que sesione dentro de los 5 días hábiles posteriores a su recepción en la Secretaría Técnica, dando
respuesta a la persona solicitante a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
Es importante señalar que en al artículo 265 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, arriba señalado, únicamente
se hará dicha revisión en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos
o procedimientos utilizados, no podrán entregarse los reactivos ni las opciones de respuesta, en ningún caso
procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
Las herramientas que esta Dependencia aplicará para las evaluaciones de habilidades, serán las
proporcionadas por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno. Los resultados aprobatorios (70 puntos), tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la
fecha en que se den a conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual los(las) candidatos(as) podrán
participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando
correspondan a las mismas habilidades a evaluar y hayan sido aplicadas a través de las herramientas
proporcionadas por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno. Los resultados obtenidos no serán motivo de descarte, salvo el hecho de no presentarse en la
fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
Los resultados no aprobatorios de las evaluaciones de habilidades aplicadas en los procesos de selección
tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado de las evaluaciones.
ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO:
La Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito se desahogará bajo un esquema mixto:
presencial y a distancia, por lo que en un primer momento el(la) candidato(a) deberá enviar digitalizados en
formato PDF y en carpeta comprimida, mediante la utilización de tecnologías de información y comunicación
los documentos requeridos en la 2a. base de participación de esta Convocatoria, de conformidad con el
mensaje de invitación que reciba a través de su centro de mensajes de Trabajaen, posteriormente deberá
acudir en la fecha, lugar y hora señalados en dicho mensaje de invitación, donde deberá presentar para cotejo
los originales de los documentos enviados y firmar las cédulas de evaluación correspondientes a la etapa.
Será motivo de descarte cuando el(la) candidato(a) NO proporcione la documentación requerida en la forma,
fecha y horario establecido en el mensaje de invitación que se emita a través de Trabajaen para tal efecto, NO
presentarse en la fecha, lugar y hora que sea citado para concluir con la Etapa, que se encuentre en alguno
de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como la NO presentación del original de cualquiera de los documentos que se describen en
esta Convocatoria cuando le sea requerido, incluido el hecho de que la carrera específica con la que se
pretenda acreditar la carrera genérica del puesto en concurso no se encuentre contenida en el Catálogo
de Carreras que en la fecha de la revisión documental consulte en Trabajaen el personal de la Dirección de
Ingreso de Personal, así como no acreditar las áreas de experiencia requeridas en el perfil del puesto.
Los resultados obtenidos serán considerados en el Sistema de Puntuación General.
Esta Etapa se acreditará conforme a la metodología establecida por la Unidad de Políticas para el Servicio
Público para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, que podrá consultar en
www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
De conformidad con dicha Metodología, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia
serán los siguientes:
• Orden en los puestos desempeñados.
• Duración en los puestos desempeñados.
• Experiencia en el sector público.
• Experiencia en el sector privado.
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Miércoles 4 de marzo de 2026
• Experiencia en el sector social.
• Nivel de responsabilidad.
• Nivel de remuneración.
• Relevancia de funciones o de las actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante.
• En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
• Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como servidor(a) público(a) de carrera titular.
• Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
• Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
• Logros.
• Distinciones.
• Reconocimientos o premios.
• Actividad destacada en lo individual.
• Otros estudios.
• Habla de Lengua Indígena.
• Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
• Perspectiva de juventudes.
• Persona con discapacidad.
Para constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en Trabajaen, y aquella que se
muestre para acreditar cualquier etapa, la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, en los
casos que lo considere pertinente, podrá solicitar referencias, realizar consultas y cruce de información con los
registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades correspondientes. En los casos en
que no se acredite su autenticidad se descartará al(a la) candidato(a), o en su caso se dejará sin efecto el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la cual se reserva el derecho de ejercer las acciones legales
procedentes.
En observancia del principio de igualdad de oportunidades no procederá la reprogramación de las fechas para
la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de los(las) candidatos(as).
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de candidatos(as) con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa
de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación establecidos en la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, sustentadas en las Disposiciones generales en materia de
recursos humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
De conformidad con las reglas de valoración establecidas por el Comité Técnico de Profesionalización,
pasarán a la etapa de Entrevista, los(las) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al
orden de prelación registrado, cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo
con el orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar, y la totalidad
de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se
continuarían entrevistando, será de tres y sólo se entrevistarían en caso de NO contar al menos con un(una)
finalista de entre los(las) tres candidatos(as) ya entrevistados(as).
De conformidad con el artículo 272 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección podrá
sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, a través de videoconferencia, en cuyo caso, las
entrevistas se desahogarán a distancia para los miembros de CTS y de manera presencial para los(las)
candidatos(as), para lo cual deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se indiquen, de acuerdo con el
mensaje de invitación que reciban a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
El Comité Técnico de Selección, para verificar si reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto
sujeto a concurso, a través de preguntas y mediante las respuestas que proporcione el(la) candidato(a)
identificará las evidencias que le permitan en un primer momento considerarlo finalista y en un segundo
momento, incluso determinarle ganador(a) del concurso.
El Comité Técnico de Selección considerará en la Entrevista el criterio CERP, el cual es un modelo basado en
competencias que contempla los siguientes elementos:
• Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento.
• Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones.
• Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
• Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
377
La entrevista permitirá la interacción de cada uno de las y los miembros del Comité Técnico de Selección con
la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y conocimientos
vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso, considerando con los
elementos arriba señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las personas candidatas y
quedarán plasmadas en el reporte individual.
Se considerarán finalistas a los(las) candidatos(as) que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
considerados(as) aptos(as) para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 40, fracción II de su Reglamento.
ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación, declarando:
a) Ganador(a) del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, a la de mayor Calificación Definitiva. El(la) Presidente(a) del CTS, superior(a) jerárquico(a)
del puesto en concurso podrá, por una sola vez y bajo su estricta responsabilidad, vetar durante la
determinación al(a la) finalista seleccionado(a) por los(las) demás integrantes del Comité Técnico de
Selección para ocupar el puesto, fundando y motivando debidamente su determinación en el acta
correspondiente, en cuyo caso el Comité Técnico de Selección elegirá a la persona que ocupará el puesto de
entre los(las) restantes finalistas.
b) Al(a la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
Es importante señalar que la puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en
las etapas del concurso señaladas en la Base 7a. Reglas de valoración general y sistema de puntuación, de
las Bases de participación de la presente convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido
hasta antes de la entrevista, que servirá para establecer el orden en el que pasarán a entrevista las personas
candidatas, la Determinación que llevará a cabo el CTS se realizará con base en la calificación definitiva
obtenida por cada finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en
etapas previas, por si solas no significan que el CTS, deba considerar ganador(a) al(a la) candidato(a) que
pase en los primeros lugares a la entrevista, sino al finalista con el puntaje total más alto.
La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso de
existir, los(las) finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes de la
dependencia, los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones
de la propia determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por el(la) Presidente(a).
El acta correspondiente podrá consultarse en el la Plataforma Nacional de Transparencia, dentro del apartado
“CONCURSOS PARA OCUPAR CARGOS PUBLICOS”, dicha información se actualiza de forma trimestral.
7a. REGLAS DE VALORACION GENERAL Y SISTEMA DE PUNTUACION.
El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por
aquéllos(as) con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el Sistema de
Puntuación General aprobado por el Comité Técnico de Profesionalización.
Sistema de Puntuación General
Etapa
Puntos
II. Examen de Conocimientos Técnicos y Examen de Conocimientos
Generales de la APF
30
II. Evaluación de Habilidades (dos evaluaciones)
Valor de ponderación 50% para cada evaluación
20
III. Evaluación de Experiencia
10
III. Valoración de Mérito
10
IV. Entrevistas
30
Total
100
8a. PUBLICACION DE RESULTADOS.
Los resultados del concurso, serán publicados en el portal electrónico de Trabajaen.
La Dirección General de Recursos Humanos y Organización difundirá en Trabajaen, en orden de prelación de
mayor a menor e identificando a las y los finalistas del concurso, la calificación definitiva de cada candidato(a)
la cual podrá consultarse en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, dar clic en “Información y búsqueda
de Concursos”, luego en “Información sobre Concursos”, colocar el número de folio de participación en la
sección derecha denominada “Seguimiento de un Concurso por Folio de Concursante” y dar clic en enviar.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
9a. RESERVA DE CANDIDATOS(AS).
Los(las) candidatos(as) entrevistados(as) por los(las) miembros del Comité Técnico de Selección que no
resulten ganadores(as) del concurso y obtengan el puntaje mínimo de 70 en el Sistema de Puntuación
General, se integrarán a la reserva de Candidatos(as) de la rama de cargo y rango concursado de que se
trate, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso en cuestión.
Los(las) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la reserva de candidatos(as) y tomando en cuenta la clasificación de puestos y
ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno, a participar en concursos bajo la modalidad de Convocatoria dirigida a la reserva de
aspirantes cuando así lo prevenga el Comité Técnico de Selección.
10a. DECLARACION DE CONCURSO DESIERTO.
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto el concurso
por las siguientes causas:
I. Porque ninguno(a) candidato(a) se presente al concurso,
II. Porque ninguno(a) de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo un(una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado(a) o bien, no obtenga
la mayoría de los votos de los(las) integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva Convocatoria.
11a. CANCELACION DE CONCURSO.
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de la plaza en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie la orden de una autoridad competente, exista resolución o disposición legal expresa que
restrinja la ocupación del puesto de que se trate,o
II. Cuando el puesto de que se trate se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a
alguna persona, o
III. Cuando el CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo de Puestos, el puesto en cuestión.
12a. PRINCIPIOS DEL CONCURSO.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a lo previsto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, su Reglamento y en las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
13a. RESOLUCION DE DUDAS.
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los(las) candidatos(as) formulen con relación
a la plaza y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento@buengobierno.gob.mx o bien el número telefónico (55) 2000 3000 Extensiones 5232, 5391 y
5407 con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx
14a. INCONFORMIDADES.
Los(las) concursantes podrán presentar su inconformidad ante el Area de Denuncias e Investigaciones del
Organo Interno de Control de esta Secretaría, en Av. Insurgentes Sur 3211, Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán,
04530 Ciudad de México, CDMX, en un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, en
términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y
su Reglamento.
15a. RECURSO DE REVOCACION.
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los(las) interesados(as) estarán en aptitud jurídica
de interponer mediante escrito un Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones situadas Av. Insurgentes Sur 3211,
Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán, 04530 Ciudad de México, CDMX, en horario de las 09:00 a las 15:00 horas
en días hábiles, lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio
Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
379
16a. PROCEDIMIENTO PARA LA REACTIVACION DE FOLIOS.
En caso de que el descarte de un folio se deba a errores del Sistema o de captura u omisiones por parte del
personal de esta Secretaría, dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o se detecte el
descarte, se enviarán al Comité los soportes documentales.
El Comité Técnico de Selección de esta Secretaría, podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier
etapa del concurso la reactivación o no de folios, conforme a lo siguiente:
a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o detectado el descarte de un folio, en un
horario de 09:00 a 18:00 hrs, de lunes a viernes, los(las) interesados(as) podrán enviar su solicitud de
reactivación al correo electrónico: reclutamiento@buengobierno.gob.mx, siempre y cuando las causas del
descarte no sean imputables a los(las) propios(as) aspirantes.
b) Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, el Comité Técnico de
Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición.
Los(las) aspirantes que requieran la aclaración de dudas sobre la reactivación de un folio, deberán enviar un
correo a la cuenta reclutamiento@buengobierno.gob.mx, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha en
que se les informe acerca de la reactivación o no de un folio.
La reactivación de folios NO procederá cuando:
I. El(la) aspirante cancele voluntaria o involuntariamente su participación en el concurso o capture información
falsa, imprecisa, incompleta o errónea en sus datos curriculares,
II. En la Revisión Curricular, el Sistema descarte al(a la) aspirante por existir errores, deficiencias o falta de
coincidencias entre la información asentada en su currículum y los requisitos establecidos en el perfil del
puesto al que pretenda aplicar, y
III. Exista duplicidad de registros en Trabajaen.
Cualquier caso no previsto será resuelto por el Comité Técnico de Selección dentro de los 5 días hábiles
siguientes al día en que se tenga conocimiento del mismo.
17a. DISPOSICIONES GENERALES.
En los portales www.dof.gob.mx y www.trabajaen.gob.mx, podrán consultarse la Convocatoria, los detalles
sobre el concurso y el puesto vacante. Los(las) aspirantes se responsabilizarán de los traslados y gastos
erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente
Convocatoria sin responsabilidad alguna a cargo de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), el(la)
ganador(a) deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia, de no ser así se
considerará como renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir de entre los(las) finalistas,
al(a la) siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60, fracción I y 75,
fracciones I y VII, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como en las inconformidades
y los recursos de revocación serán considerados confidenciales, aun después de concluidos éstos, en todo
caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y
distribución de datos personales que resulten aplicables.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección
en sesión extraordinaria dentro de los siguientes 15 días hábiles a partir de la fecha en que se tenga
conocimiento del hecho y conforme a las disposiciones aplicables.
Todos los comunicados relacionados con la presente convocatoria se enviarán a través de la plataforma
Trabajaen, por lo que el día, hora y lugar en la que se deberán presentar las y los candidatos a las etapas del
procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos, será notificado a través de su centro de
mensajes del portal de Trabajaen con al menos dos días hábiles de anticipación, por lo que es
responsabilidad de las y los participantes dar seguimiento a dicho portal.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, firma el Secretario Técnico y Subdirector de Ingreso
Lic. Isaac Valverde González
Rúbrica.
380
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 026
El Comité Técnico de Selección (CTS) de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno con fundamento
en los artículos 21, 22, 25, 26, 28, 37 y 75 fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en
la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 de su Reglamento, así como en los artículos
241 al 243, 246, 247 y 253 al 290 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, se emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada de los
siguientes puestos vacantes:
Denominación
del Puesto
SUBDIRECTOR(A) DE CONTROL Y EVALUACION DEL DESEMPEÑO
27-820-1-M1C015P-0000067-E-C-M
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
N22
Subdirección de Area
Remuneración
bruta mensual
$ 46,039.00.00 (Cuarenta y seis mil, treinta y nueve pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Recursos
Humanos y Organización
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Proponer a la Dirección de Profesionalización y Desarrollo, los programas
para la Evaluación del Desempeño de personal de mando y operativo, de Estímulos y
Recompensas, del Premio Nacional de Antigüedad en el Servicio Público, así como
para la Convocatoria al Premio Nacional de Administración Pública, observando las
políticas, normas y lineamientos emitidos en la materia por la autoridad
correspondiente, bajo una dirección con esquema de justicia y equidad de género, a
fin de contribuir al logro de los objetivos institucionales.
Función 2.- Implementar las acciones que permitan dar cumplimiento al procedimiento
de Evaluación del Desempeño de las personas servidoras públicas, a fin de cumplir
con la normatividad aplicable.
Función 3.- Supervisar la integración de la información del sistema de puntos
contemplado en el Subsistema de Desarrollo Profesional, para su control de acuerdo
con las reglas de valoración establecidas, a fin de dar cumplimiento a la normatividad
correspondiente.
Función 4.- Informar a la Dirección de Profesionalización y Desarrollo, los casos de
personas que obtengan una calificación deficiente en su evaluación del Desempeño, a
fin de que se realicen las acciones correspondientes conforme a la normativa en la
materia.
Función 5.- Realizar las gestiones necesarias para la implementación del Programa
de Estímulos y Recompensas al interior de la dependencia, a fin de dar cumplimiento
a la normatividad aplicable y fomentar el desarrollo de las y los servidores públicos.
Función 6.- Presentar previo acuerdo con la Dirección de Profesionalización y
Desarrollo los trabajos que cumplan con los criterios previstos en la convocatoria al
Premio Nacional de Administración Pública, ante la Comisión Evaluadora a efecto de
que cuente con los elementos necesarios para seleccionar a las personas servidoras
públicas que serán postuladas.
Función 7.- Implementar las acciones correspondientes para el otorgamiento del
Premio Nacional de Antigüedad en el Servicio Público de acuerdo a la normatividad
aplicable para el reconocimiento de las personas servidoras públicas.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Ciencias Políticas y
Administración Pública
Ciencias Sociales y
Administrativas
Educación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
381
Ciencias Sociales y
Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y
Administrativas
Psicología
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración Pública
Educación y Humanidades
Educación
Educación y Humanidades
Psicología
Experiencia
Laboral:
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Ciencias Económicas
Consultoría en Mejora de
Procesos
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de
Empresas
Psicología
Psicología Industrial
Evaluación de
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE CALCULOS DE NOMINA
27-820-1-M1C014P-0000092-E-C-M
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O23
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 31,128.00.00 (Treinta y un mil, ciento veintiocho pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Recursos
Humanos y Organización
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Implementar en la ejecución de estrategias para el otorgamiento y
administración del pago de sueldos y prestaciones económicas al personal de la
Secretaría, para el ejercicio eficiente de los recursos presupuestales, en beneficio del
personal.
Función 2.- Efectuar el registro de los datos necesarios en el sistema de nómina, para
el pago de resoluciones, laudos o sentencias, en la que se ordene la restitución de
sueldos y prestaciones económicas, la generación de reportes y solicitud de recursos,
a fin de dar cumplimiento al requerimiento de autoridad administrativa y laboral.
Función 3.- Realizar la aplicación de descuentos y retenciones, la recuperación de
salarios y otros conceptos no devengados, así como la suspensión o separación en el
sistema de nómina, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, para
el uso eficiente de los recursos.
Función 4.- Procesar en el Sistema de Nómina el cálculo de nóminas ordinarias,
extraordinarias y de cancelación, en apego a los parámetros fiscales y laborales
establecidos en el sistema de nómina, para garantizar el pago correcto y oportuno al
personal.
382
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Función 5.- Ejecutar las acciones respecto a la emisión de comprobantes de pago de
nómina, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, para su entrega al
personal de la Secretaría.
Función 6.- Revisar los archivos electrónicos y reportes de las nóminas procesadas,
para el pago a terceros institucionales y dispersión del pago de nómina.
Función 7.- Revisar los archivos electrónicos y reportes de las nóminas procesadas,
para el pago y envío de información a terceros institucionales y dispersión de nómina.
Función 8.- Ejecutar acciones de difusión, en materia de sueldos, prestaciones
económicas y servicios, para mantener informado al personal.
Función 9.- Realizar el registro en el sistema de nómina de reconocimientos y
recompensas otorgadas al personal, para el uso eficiente de los recursos en
cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas – Actuaría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Experiencia
Laboral:
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o
Administrativo
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
Denominación
del Puesto
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ASISTENCIA
27-820-1-M1C014P-0000111-E-C-M
Número de
vacantes
Una (1)
Nivel Administrativo
O21
Jefatura de Departamento
Remuneración
bruta mensual
$ 27,795.00.00 (Veintisiete mil, setecientos noventa y cinco pesos 00/100 M. N.)
Unidad
Administrativa
Dirección General de Recursos
Humanos y Organización
Ciudad
Ciudad de México
Funciones
Función 1.- Implementar las estrategias para el proceso del registro de asistencia y
justificación de incidencias del personal adscrito a la Secretaría, para asegurar
el cumplimiento de los estándares en la gestión de incidencias y contribuir al
cumplimiento de la política institucional en esta materia.
Función 2.- Integrar los reportes e informes ejecutivos del nivel de cumplimiento de las
políticas en materia de asistencia que determine la Unidad de Administración y
Finanza, a fin de proporcionar a las Unidades Administrativas información que permita
la toma de decisiones respecto al personal adscrito a la Secretaría.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
383
Función 3.- Administrar la asignación de perfil de usuario y contraseña, para para
operar el sistema de Control de Accesos utilizado para el registro de asistencia de los
Organos Internos de Control, así como para realizar la consulta de los registros de
asistencia y justificaciones de incidencias en la Intraweb Institucional.
Función 4.- Verificar en el sistema de nómina la aplicación de licencias médicas faltas
de asistencia y reintegros, a fin de garantizar la correcta disminución o reintegro de
percepciones al personal de Secretaría.
Función 5.- Elaborar los reportes de cifras control de la aplicación de licencias
médicas, faltas de asistencia y reintegros aplicados cada quincena.
Función 6.- Realizar acciones de difusión encaminadas a incrementar el estándar de
asistencia en las diversas Unidades Administrativas, a fin de dar cumplimiento a
políticas que en esa materia determine la Unidad de Administración y Finanzas y de la
normatividad vigente.
Perfil que
deberán cubrir
los(las)
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas – Actuaría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ingeniería y Tecnología
Computación e Informática
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area de Experiencia
Area General
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o
Administrativo
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de
Recursos Humanos
Evaluación de
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Exámenes de
Conocimientos:
•
Temario del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, cuyo material de estudio, se
encuentran en la siguiente liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
•
Conocimientos técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto, ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-
de-puestos-vacantes-en-la-sabg?state=published
Requerimientos
o condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar. Requerido.
BASES DE PARTICIPACION
1a. REQUISITOS DE PARTICIPACION.
Podrán participar los(las) ciudadanos(as) que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos
para el puesto y los establecidos en las presentes bases de participación. Asimismo, se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales señalados en el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
1. Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar,
2. No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso,
3. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público,
4. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro(a) de algún culto, y
5. No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal o
administrativo
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De igual forma, se deberán presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso.
Precisando que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, no podrán participar los(las) ciudadanos(as) que se encuentren en alguno
de los supuestos siguientes:
1. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra
la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
2. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Por lo que, cualquier persona que se encuentre en alguno o ambos supuestos precisados, no podrá ser
nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
En la aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los
derechos de las personas, y lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
En virtud de lo anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional, el color de piel, la
cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica,
la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las
opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar,
las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo, para la
pertenencia al servicio.
2a. DOCUMENTACION REQUERIDA.
La Revisión y Evaluación de Documentos, específicamente en lo relativo al perfil del puesto, se llevará a cabo
conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos por esta Secretaría
disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (Trabajaen).
Cuando le sea solicitado, los(las) candidatos(as) deberán presentar y/o enviar escaneados en formato PDF,
en carpeta comprimida los documentos originales o copias certificadas legibles, en la forma, fecha y hora que
se establezcan tanto en las presentes Bases de Participación como en el mensaje que al efecto reciban en su
Centro de mensajes de Trabajaen.
Los documentos escaneados se entregarán por medios electrónicos en carpeta comprimida nombrándola con
el folio de participación y nombre completo de la persona candidata, la cual deberá contar con las siguientes
características:
- Escaneado individual de cada documento original en formato PDF, en resolución media, preferentemente a
color.
- No se aceptarán fotografías de documentos guardadas en formato PDF.
- Si el documento tiene información por ambos lados, el escaneo debe incluir ambas caras.
- Debe ser perfectamente legible y visualizarse completo.
- Idéntico al documento original.
No será válida, y será motivo de descarte, la entrega de cualquier documento o archivo electrónico que no
cumpla con las características indicadas en el párrafo anterior. La documentación requerida, que se enlista a
continuación, deberá entregarse en el orden siguiente:
1.- Carta de Aceptación, disponible para descarga en la liga electrónica que se le indique en el mensaje de
invitación, la cual deberá llenar y firmar.
2.- Documento de Bienvenida de Trabajaen, como comprobante del folio asignado por dicho portal electrónico
para participar en el concurso de que se trate.
3.- Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para votar vigente y pasaporte
vigente. Cabe señalar que, si la credencial para votar no se encuentra vigente en términos de los criterios
establecidos por el Instituto Nacional Electoral, NO será aceptada como medio de identificación oficial.
4.- Acta de nacimiento y/o documento migratorio, que le permita a la persona candidata, si fuera el caso, la
ocupación legal del puesto de que se trate.
5.- Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
- En los casos en que el requisito académico sea nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), el mismo
se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso,
mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en los
términos de las disposiciones aplicables.
Asimismo, se aceptará Maestría o Doctorado en el nivel terminado y/o pasante en las áreas académicas
definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún título o cédula
profesional de nivel licenciatura registrado en la Secretaría de Educación Pública y que se encuentre
contenido en alguna de las áreas de conocimientos relacionadas en el Catálogo de Carreras de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
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- Se tendrá por cubierta la calidad de “Terminado o Pasante”, presentando: Carta de Pasante expedida por la
institución educativa de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, o el documento oficial con el
que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
- Se tendrá por cubierta la calidad de “Titulado”, presentando: Título o Cédula Profesional expedidos por las
autoridades competentes, según el nivel de estudios solicitado, con excepción de nivel “Preparatoria o
Bachillerato”, para el cual se aceptará el Certificado de terminación de estudios emitido por la institución
educativa.
El CTS determinó que para efectos de acreditar el nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), NO se
aceptará la constancia o acta de presentación y/o acreditación del examen profesional, ni cualquier otro
documento similar para acreditar que la expedición del título y/o cédula profesional se encuentran en trámite.
(El CTS, determinará los casos en los que aceptará los documentos con los que se podrá acreditar el nivel
licenciatura con grado de avance Titulado(a), así como el plazo por el cual se aceptarán). En el caso de haber
realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Lo anterior de conformidad con el
artículo 221 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal.
- Para los casos en que el requisito académico señale "Carrera Técnica o Comercial con secundaria
terminada”, o “Carrera Técnica o Comercial con Preparatoria terminada o Normal terminada”, con grado de
avance Titulado, se deberá presentar además del Título o la Cédula profesional registrados por la Secretaría
de Educación Pública, el certificado de Secundaria o el certificado de Preparatoria, o de nivel medio superior o
de Normal Terminada, según corresponda.
- Para los casos que el puesto requiera “Carrera Técnica o Comercial” y en el campo de carrera genérica se
indique “No aplica”, se aceptará, según el grado de avance requerido: el certificado de estudios completos o el
Título o cédula profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública del nivel técnico, incluyendo
licenciatura, maestría o doctorado, obtenido en cualquier carrera genérica de las que se señalan en el
Catálogo de Carrera de Trabajaen.
6.- Currículum Vítae (CV) actualizado, máximo 4 cuartillas (distinto al de Trabajaen), que contenga además
datos de referencias laborales comprobables por cada uno de los empleos señalados, en los que se detallen
claramente las funciones desempeñadas y el periodo de ocupación de cada puesto, para lo cual deberá
utilizar el formato de CV disponible en la liga:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-de-puestos-vacantes-en-la-
sabg?state=published, en la sección Formatos para Revisión documental.
La información de este CV deberá coincidir con los datos registrados en el currículum de Trabajaen.
7.- Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descarga en la liga electrónica que se le indique en
el mensaje de invitación, el cual deberá llenar y firmar en caso de cumplir con los requisitos enunciados en el
mismo, manifestando:
a) Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar, No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso,
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto, No estar inhabilitado(a) para el servicio público,
y que la documentación presentada es auténtica.
b) Que no haya participado en un programa de separación que le impida reingresar a la Administración
Pública Federal, en los términos de dicho programa.
c) No encontrarse en alguno de los supuestos señalados en el artículo 38 fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
d) No existe alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses.
e) No forma parte de algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra institución.
f) No presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o desempeña otro empleo, cargo o
comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía, Organo Constitucional Autónomo
de carácter estatal o federal.
8.- Cédula de Identificación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual contiene
el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
9.- Clave Unica de Registro de Población (CURP).
10.- Presentar las constancias con las que acredite su Experiencia. Para acreditar las áreas y años de
experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso, se considerarán las evidencias que acrediten la
fecha de inicio y la fecha de término de los puestos que manifestó en su currículum registrado en Trabajaen al
momento de su inscripción, ya que la revisión se hará con base en dicho currículum y sólo se considerarán los
empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil del puesto sujeto a concurso, por
lo que deberá presentar para cada empleo los documentos que comprueben el periodo laborado, desde su
inicio hasta su fin, y la razón social que señale dicho comprobante deberá coincidir con la denominación de la
empresa o institución para la cual laboró, para lo cual se aceptarán una o varias constancias de las que se
citan a continuación:
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a) Hojas únicas de servicios con firmas y sello de la institución que la expide.
b) Constancias de nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o bien con la
Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
c) Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
d)
Constancia
de
semanas
cotizadas
del
IMSS
con
cadena
original
y
sello
digital.
(http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02025a).
e) Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la relación laboral,
en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
f) Cartas o convenio Finiquito, en el que se indique día, mes y año tanto del ingreso como de la baja,
puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas y sello del emisor.
g) Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios, los cuales
deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado, funciones realizadas y firmas
autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de terminación anticipada deberá anexar la
constancia respectiva.
h) Documento denominado: "Constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y
subsidio para el empleo", o "Constancia de retenciones" emitidas por el SAT, mismas que deberán indicar
periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor, en caso de ser electrónico deberá de contener
cadena original y sello digital.
i) Recibos de pago en papel membretado u oficial, con datos de la institución o empresa que otorga el pago,
nombre del candidato, puesto y periodo de pago. Para comprobar el tiempo laborado con recibos de pago
deberá presentar al menos 6 recibos por cada año laborado o 3 si la relación laboral fue menor.
Dichos recibos deberán comprobar el inicio y el fin del año o de la relación laboral, por lo que sólo se
computarán para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que indiquen los recibos.
j) Constancia Laboral, en papel membretado u oficial, que señale la fecha de expedición, nombre completo del
(de la) candidato(a), día, mes y año de ingreso y baja, indicando puesto(s) y funciones desempeñadas, con
firma y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y
teléfonos de la institución o empresa. No se aceptarán cartas de recomendación, ni cartas de renuncia al
puesto como constancias para acreditar la experiencia laboral requerida.
k) Carta como Becario(a) en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición, nombre completo
del(de la) candidato(a), día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones desempeñadas, con firma y
cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos
de la institución o empresa. Sólo se aceptará hasta por un máximo de 1 año.
l) Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social, acompañada del Historial que contiene la información de la capacitación,
el
cual
podrá
obtener
accediendo
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado de “Mi historial”.
m) Liberación de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se haya
realizado o por la Institución educativa que la haya liberado y con las cuales se acrediten las áreas generales
de experiencia, sólo se acreditarán 6 meses para servicio social y hasta 6 meses para prácticas profesionales.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y término del empleo que pretende comprobar no
serán válidos, por lo que no se computarán para el cálculo de los años con los que se acredite el cumplimiento
del perfil del puesto de que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan fungido
como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido en forma
unilateral por el propio trabajador, así como algún otro documento que no esté enlistado arriba, para acreditar
la experiencia laboral requerida.
Asimismo, toda documentación emitida en idioma diferente al español, deberá acompañarse de la traducción
respectiva, firmada por la persona candidata.
11.- Presentar las constancias con las que acredite su Mérito.
Para la valoración del Mérito podrá presentar los documentos que lo comprueben tales como:
a) Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera
titulares, y se calificarán de acuerdo con las Calificaciones obtenidas en las evaluaciones de desempeño
anual. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del
desempeño anual, por lo que podrá presentar su hoja resumen de la última evaluación de desempeño, que
contiene la calificación final de desempeño obtenida, misma que deberá de estar firmada y sellada por la
dependencia donde fue evaluada, o en su defecto podrá presentar la información de evaluaciones de
desempeño que obtenga desde Rhnet. Para obtener las calificaciones de la evaluación de desempeño desde
RHnet deberá ingresar con su usuario y contraseña al portal www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección
de Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir
el listado de calificaciones, luego dar clic en “Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el
resumen. En caso de no poder imprimir su evaluación desde RHnet, deberá dirigirse a su área de Recursos
Humanos, para obtener ayuda.
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b) Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera
titulares, y se califica a través del promedio de la calificación de las acciones de capacitación obtenidas por el
servidor público de carrera Titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que podrá presentar las
constancias respectivas, o bien la hoja resumen de su última evaluación de desempeño, que contiene la
calificación de la capacitación recibida, misma que deberá de estar firmada y sellada por la institución.
c) Resultados del proceso de certificación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera titulares,
y se calificará de acuerdo con las capacidades profesionales certificadas, a través del número de capacidades
profesionales certificadas vigentes logradas por las personas servidoras públicas de carrera titulares en
puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera, para lo cual podrán entregar las constancias emitidas por
la institución donde se señalen las capacidades certificadas y su vigencia. En caso de haberse certificado
como persona servidora pública de carrera y no contar con su constancia, deberá solicitarla en el área de
Recursos Humanos de su dependencia.
d) Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas candidatas en su labor o campo de
trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su
área de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron beneficio a la ciudadanía, por lo que podrá
presentar las constancias respectivas como: certificación en capacidades profesionales distintas a las
consideradas para el SPC, publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionadas con su
campo de experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo político o religioso.
e) Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión o
actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten alguno o varios de los siguientes
supuestos: fungir como presidente(a), vicepresidente(a) o integrante fundador(a) de asociaciones u
organizaciones no gubernamentales (científicas, de investigación, gremiales, estudiantiles o de
profesionistas), recibir un título honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado por universidades o
instituciones de educación superior, o por graduarse con mención honorífica o con alguna distinción.
En ningún caso se considerarán distinciones de tipo político o religioso.
f) Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado a la persona candidata por
agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado, debido a la consecución de algún mérito o servicio en
su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten la
obtención de un reconocimiento o premio otorgado a nombre de la persona candidata, reconocimiento por
colaboración, ponencias o trabajos de investigación, a nombre de la persona candidata, en congresos,
coloquios o equivalentes, reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público, primer, segundo o
tercer lugar, que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los
concursos del SPC. En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político, religioso o
que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o equivalente.
g) Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores resultados, que sobresalen en
una profesión, ajena al campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma, por lo que podrá
presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado académico obtenido en el extranjero, con
reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de Educación Pública (SEP), patente a nombre de la
persona candidata, servicio o misión realizada en el extranjero, derechos de autor por obras publicadas a
nombre de la persona candidata, servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento
de donativos). En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
h) Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el perfil del
puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o del grado máximo de estudios,
concluido con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel de estudio y al grado de avance
requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por lo que podrá presentar constancias de Diplomados,
constancias de terminación de estudios, Título o cédula profesional de nivel licenciatura, especialidad,
maestría o doctorado.
i) Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua —en este caso, una de las 68 lenguas
indígenas reconocidas por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI)―, a la capacidad de usarla
apropiadamente en determinadas situaciones sociales. En virtud de lo anterior, se considerará como un
comprobante, cada uno de los siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que señala que es
hablante de una lengua indígena nacional. - Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida
por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia acreditada por esta misma
institución (con un resultado regular o bueno). - Acreditación o documento equivalente a cursos, no menores a
220 horas, que avalen, al menos, un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes.
-Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles,
mapas, videos, audios, etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente
su autoría. -Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido
parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas indígenas.
-Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la interpretación o la atención en lengua
indígena, o bien, mediante una traducción).
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Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI o por alguna otra
instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado excelente). -Publicaciones en gacetas, revistas,
prensa o libros, en alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que
se trate. En la presentación de estas publicaciones se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
-Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de
lenguas indígenas (oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.)
En la presentación de estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
j) Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana. Acto voluntario, al
tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la identificación
propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente, se calificará de acuerdo con la
manifestación que realice la persona candidata en la revisión documental durante el concurso, identificando
por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a
la que se autoadscriba.
k) Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento de mérito que
la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia
establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona
candidata que compruebe que al momento de la publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
l) Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas que, a pesar de presentar una
discapacidad, cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la
descripción y perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que se autoreconozca como
persona con discapacidad. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción
de su discapacidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo de descarte del concurso que la
persona candidata:
• No se presente a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que le sean señalados a
través de su centro de mensajes de Trabajaen.
• No presente los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la forma, fecha, hora y lugar
que se le indique, a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
• Que se encuentre en alguno de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática, la constancia o solicitud
de expedición o reexpedición de duplicados, o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de
cualquiera de los documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquiera de los datos registrados por los(las) aspirantes en
Trabajaen o de la documentación mencionada ya sea durante la revisión documental, o en cualquier etapa del
proceso, o de No exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean requeridos,
será motivo de descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección
y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno mantiene una política de igualdad de oportunidades libre de
discriminación por razones de edad, género, cultura, condición económica, origen étnico, apariencia física,
características genéticas, embarazo, preferencias sexuales, condiciones de salud, discapacidad, religión,
estado civil, o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana, en atención a lo cual en ningún
caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de VIH/SIDA, para participar en el concurso y en su caso
para llevar a cabo la contratación.
3a. REGISTRO DE CANDIDATOS(AS).
La inscripción o el registro de los(las) candidatos(as) a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta Convocatoria en la página de Trabajaen, la cual asignará a los(las) candidatos(as) un
número de folio de participación para el concurso una vez que los(las) mismos(as) hayan aceptado sujetarse a
las presentes bases, y que servirá para formalizar la inscripción al concurso de la plaza de que se trate y de
identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista que haga el Comité Técnico
de Selección, lo anterior, con el fin de asegurar el anonimato de los(las) candidatos(as).
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Al momento de que los y las candidatos(as) registren su participación el Sistema de Trabajaen, se realizará de
forma automática la revisión curricular, asignando un folio de participación en aquellos casos en que la
información capturada en su Currículum sea compatible con el perfil del puesto vacante o un folio de rechazo
que lo descartará del concurso.
Para continuar en concurso se deberán acreditar cada una de las etapas y demás requisitos establecidos en
la presente convocatoria.
4a. DESARROLLO DEL CONCURSO.
El concurso se conducirá de acuerdo al siguiente calendario, la Dirección de Ingreso de Personal podrá
modificar dentro de los plazos establecidos, el lugar, fecha y hora programados para desahogar cada etapa y
subetapa, por lo que se recomienda dar seguimiento a los mensajes que se generen con tal motivo a través
del Centro de mensajes de Trabajaen. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de
selección se realizará, preferentemente, en las mismas fechas y horarios a todos(as) los(las) candidatos(as)
que continúen en el concurso a fin de garantizar la igualdad de oportunidades.
Calendario del concurso:
Fase o Etapa
Fecha o Plazo
Publicación del Concurso
04 de marzo de 2026
Registro de candidatos(as) y Revisión curricular
del 04 de marzo de 2026 al 17 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de
folios
El CTS no autorizó la reactivación de folios por causas
imputables a los(las) aspirantes
Exámenes de Conocimientos
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de Habilidades
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Revisión Documental
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Determinación
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se informará a todos(as) los(las) candidatos(as) a
través de los mismos medios.
5a. TEMARIOS.
Los temarios que deben estudiar para los Exámenes de Conocimientos se encuentran disponibles en la
página electrónica de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en las siguientes ligas:
Para el Examen de Conocimientos Técnicos deberá consultar:
https://www.gob.mx/buengobierno/documentos/convocatorias-de-puestos-vacantes-en-la-
sabg?state=published
Las dudas relacionadas se atenderán en los teléfonos que aparecen en la base número 13a. de las presentes
Bases de participación.
Para el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal deberá consultar:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Las dudas relacionadas se atenderán por la Unidad de Políticas para el Servicio Público en los medios
señalados en la base número 13a. de las presentes Bases de participación.
Las guías de estudio para las Evaluaciones de Habilidades se encuentran disponibles con el nombre de “Guía
de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades” en Trabajaen con la liga:
https://www.trabajaen.gob.mx/menuini/js_paginad.jsp
6a. EVALUACIONES.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno comunicará a cada candidato(a), la fecha, hora y lugar en que
deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a
través de su Centro de mensajes en Trabajaen. El mensaje de invitación para participar en dichas
evaluaciones se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación de conformidad con lo señalado en el
artículo 254 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal.
En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de
tolerancia para el inicio del examen y/o evaluaciones considerando como hora referencial la que indiquen los
equipos de cómputo de la Dirección de Ingreso de Personal. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por
ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el examen y/o las
evaluaciones si el o la participante no presenta la documentación requerida.
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Sin excepción alguna, serán motivo de descarte, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o
para la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, además de los que se señalen en cada etapa del
procedimiento, los siguientes supuestos: cuando el(la) candidato(a) no se presente en la fecha, lugar y hora
señaladas en el mensaje de invitación que reciba por medio de su centro de mensajes del portal de
Trabajaen, cuando el(la) candidato(a) se presente sin los documentos solicitados en dicho mensaje o no estén
legibles o estén incompletos o cortados, cuando se presente una vez transcurrido el tiempo de tolerancia
señalado en el mensaje de invitación, abandone la sala antes de concluir la evaluación correspondiente, se le
sorprenda consultando apuntes, tomando fotografías o audios de cualquier tipo o reproduciendo por cualquier
vía el contenido de la evaluación de que se trate, o bien, no acredite la etapa correspondiente.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes etapas:
ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y EVALUACIONES DE HABILIDADES
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala
de 0 a 100, obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten el examen de
conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de
conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una
escala de 0 a 100, un resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse
en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal, será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados aprobatorios de cada examen tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en
que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de conocimientos técnicos del puesto, la persona candidata deberá solicitar el
reconocimiento
de
la
vigencia
a
través
de
la
cuenta
de
correo
electrónico:
reclutamiento@buengobierno.gob.mx a más tardar un día posterior al cierre de inscripciones del concurso que
corresponda, siempre y cuando se trate del mismo puesto, temario y bibliografía.
En caso de no contar con una respuesta respecto a la solicitud correspondiente previo al inicio de la subetapa
de examen de conocimientos técnicos, los(las) aspirantes que hubiesen solicitado el reflejo de los resultados
obtenidos con anterioridad, deberán presentarse a la evaluación el mismo día que el resto de los(las)
participantes, lo anterior, con la finalidad de dar cumplimiento con el artículo 18 fracción II, del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, los(las)
candidatos(as) podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado igual o
superior a 70 puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se verá reflejado de forma
automática en el portal de Trabajaen.
Los resultados aprobatorios del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de un año, los resultados no aprobatorios tendrán
vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal.
Al inscribirse a un concurso y obtener un folio de participación, el sistema verificará aquellos resultados
vigentes que correspondan al examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y a
las habilidades, estas últimas en caso de coincidir con las registradas en el concurso al que se va a inscribir, y
el sistema reflejará los resultados vigentes. De conformidad con el artículo 265 del ACUERDO por el que se
establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
que a la letra señala: “En los casos en que el CTS determine la revisión de exámenes, ésta sólo podrá
efectuarse con respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o
procedimientos utilizados, sin que ello implique la entrega de los reactivos ni de las opciones de respuesta.
En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación”, al respecto y en
caso de que un(una) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos técnicos del puesto o del
examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal ésta deberá ser solicitada a través
de un escrito firmado autógrafamente, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la
publicación de los resultados en la página de Trabajaen. El escrito de solicitud de revisión de examen
de conocimientos deberá precisar para cuál de los exámenes requiere la revisión y deberá contener el folio de
participación, nombre, correo electrónico y firma de la persona candidata y ser dirigido al(a la) Secretario(a)
Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y se entregará en Oficialía de Partes de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, en la siguiente dirección: Av. Insurgentes Sur 1735, Planta Baja,
Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Alvaro Obregón, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, de
lunes a viernes.
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DIARIO OFICIAL
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Una vez que la persona Secretaria Técnica reciba la solicitud, verificará que cumpla con lo requerido en el
párrafo anterior, de no ser así, se comunicará a la persona candidata que la solicitud no fue procedente.
En caso de que la solicitud cumpla con los requisitos aquí señalados, el(la) Secretario(a) Técnico(a)
convocará al CTS para que sesione dentro de los 5 días hábiles posteriores a su recepción en la Secretaría
Técnica, dando respuesta a la persona solicitante a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
Es importante señalar que en al artículo 265 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, arriba señalado, únicamente
se hará dicha revisión en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos
o procedimientos utilizados, no podrán entregarse los reactivos ni las opciones de respuesta, en ningún caso
procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
Las herramientas que esta Dependencia aplicará para las evaluaciones de habilidades, serán las
proporcionadas por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno. Los resultados aprobatorios (70 puntos), tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la
fecha en que se den a conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual los(las) candidatos(as) podrán
participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando
correspondan a las mismas habilidades a evaluar y hayan sido aplicadas a través de las herramientas
proporcionadas por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno. Los resultados obtenidos no serán motivo de descarte, salvo el hecho de no presentarse en la
fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
Los resultados no aprobatorios de las evaluaciones de habilidades aplicadas en los procesos de selección
tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado de las evaluaciones.
ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO:
La Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito se desahogará bajo un esquema mixto:
presencial y a distancia, por lo que en un primer momento el(la) candidato(a) deberá enviar digitalizados en
formato PDF y en carpeta comprimida, mediante la utilización de tecnologías de información y comunicación
los documentos requeridos en la 2a. base de participación de esta Convocatoria, de conformidad con el
mensaje de invitación que reciba a través de su centro de mensajes de Trabajaen, posteriormente deberá
acudir en la fecha, lugar y hora señalados en dicho mensaje de invitación, donde deberá presentar para cotejo
los originales de los documentos enviados y firmar las cédulas de evaluación correspondientes a la etapa.
Será motivo de descarte cuando el(la) candidato(a) NO proporcione la documentación requerida en la forma,
fecha y horario establecido en el mensaje de invitación que se emita a través de Trabajaen para tal efecto, NO
presentarse en la fecha, lugar y hora que sea citado para concluir con la Etapa, que se encuentre en alguno
de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como la NO presentación del original de cualquiera de los documentos que se describen en
esta Convocatoria cuando le sea requerido, incluido el hecho de que la carrera específica con la que se
pretenda acreditar la carrera genérica del puesto en concurso no se encuentre contenida en el Catálogo
de Carreras que en la fecha de la revisión documental consulte en Trabajaen el personal de la Dirección de
Ingreso de Personal, así como no acreditar las áreas de experiencia requeridas en el perfil del puesto.
Los resultados obtenidos serán considerados en el Sistema de Puntuación General.
Esta Etapa se acreditará conforme a la metodología establecida por la Unidad de Políticas para el Servicio
Público para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, que podrá consultar en
www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
De conformidad con dicha Metodología, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia
serán los siguientes:
• Orden en los puestos desempeñados.
• Duración en los puestos desempeñados.
• Experiencia en el sector público.
• Experiencia en el sector privado.
• Experiencia en el sector social.
• Nivel de responsabilidad.
• Nivel de remuneración.
• Relevancia de funciones o de las actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante.
• En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
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Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
• Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como servidor(a) público(a) de carrera titular.
• Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
• Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad
de servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
• Logros.
• Distinciones.
• Reconocimientos o premios.
• Actividad destacada en lo individual.
• Otros estudios.
• Habla de Lengua Indígena.
• Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
• Perspectiva de juventudes.
• Persona con discapacidad.
Para constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en Trabajaen, y aquella que se
muestre para acreditar cualquier etapa, la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, en los
casos que lo considere pertinente, podrá solicitar referencias, realizar consultas y cruce de información con
los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades correspondientes. En los casos
en que no se acredite su autenticidad se descartará al(a la) candidato(a), o en su caso se dejará sin efecto el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la cual se reserva el derecho de ejercer las acciones legales
procedentes.
En observancia del principio de igualdad de oportunidades no procederá la reprogramación de las fechas para
la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de los(las) candidatos(as).
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de candidatos(as) con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa
de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación establecidos en la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, sustentadas en las Disposiciones generales en materia de
recursos humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
De conformidad con las reglas de valoración establecidas por el Comité Técnico de Profesionalización,
pasarán a la etapa de Entrevista, los(las) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al
orden de prelación registrado, cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo
con el orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar, y la totalidad
de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se
continuarían entrevistando, será de tres y sólo se entrevistarían en caso de NO contar al menos con un(una)
finalista de entre los(las) tres candidatos(as) ya entrevistados(as).
De conformidad con el artículo 272 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección podrá
sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, a través de videoconferencia, en cuyo caso, las
entrevistas se desahogarán a distancia para los miembros de CTS y de manera presencial para los(las)
candidatos(as), para lo cual deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se indiquen, de acuerdo con el
mensaje de invitación que reciban a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
El Comité Técnico de Selección, para verificar si reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto
sujeto a concurso, a través de preguntas y mediante las respuestas que proporcione el(la) candidato(a)
identificará las evidencias que le permitan en un primer momento considerarlo finalista y en un segundo
momento, incluso determinarle ganador(a) del concurso.
El Comité Técnico de Selección considerará en la Entrevista el criterio CERP, el cual es un modelo basado en
competencias que contempla los siguientes elementos:
• Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento.
• Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones.
• Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
• Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento.
La entrevista permitirá la interacción de cada uno de las y los miembros del Comité Técnico de Selección con
la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y conocimientos
vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso, considerando con los
elementos arriba señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las personas candidatas y
quedarán plasmadas en el reporte individual.
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DIARIO OFICIAL
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Se considerarán finalistas a los(las) candidatos(as) que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
considerados(as) aptos(as) para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 40, fracción II de su Reglamento.
ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación, declarando:
a) Ganador(a) del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, a la de mayor Calificación Definitiva. El(la) Presidente(a) del CTS, superior(a) jerárquico(a)
del puesto en concurso podrá, por una sola vez y bajo su estricta responsabilidad, vetar durante la
determinación al(a la) finalista seleccionado(a) por los(las) demás integrantes del Comité Técnico de
Selección para ocupar el puesto, fundando y motivando debidamente su determinación en el acta
correspondiente, en cuyo caso el Comité Técnico de Selección elegirá a la persona que ocupará el puesto de
entre los(las) restantes finalistas.
b) Al(a la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
Es importante señalar que la puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en
las etapas del concurso señaladas en la Base 7a. Reglas de valoración general y sistema de puntuación, de
las Bases de participación de la presente convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido
hasta antes de la entrevista, que servirá para establecer el orden en el que pasarán a entrevista las personas
candidatas, la Determinación que llevará a cabo el CTS se realizará con base en la calificación definitiva
obtenida por cada finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en
etapas previas, por si solas no significan que el CTS, deba considerar ganador(a) al(a la) candidato(a) que
pase en los primeros lugares a la entrevista, sino al finalista con el puntaje total más alto.
La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso de
existir, los(las) finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes de la
dependencia, los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones
de la propia determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por el(la) Presidente(a).
El acta correspondiente podrá consultarse en el la Plataforma Nacional de Transparencia, dentro del apartado
“CONCURSOS PARA OCUPAR CARGOS PUBLICOS”, dicha información se actualiza de forma trimestral.
7a. REGLAS DE VALORACION GENERAL Y SISTEMA DE PUNTUACION.
El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por
aquéllos(as) con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el Sistema de
Puntuación General aprobado por el Comité Técnico de Profesionalización.
Sistema de Puntuación General
Etapa
Puntos
II. Examen de Conocimientos Técnicos y Examen de Conocimientos
Generales de la APF
30
II. Evaluación de Habilidades (dos evaluaciones)
Valor de ponderación 50% para cada evaluación
20
III. Evaluación de Experiencia
10
III. Valoración de Mérito
10
IV. Entrevistas
30
Total
100
8a. PUBLICACION DE RESULTADOS.
Los resultados del concurso, serán publicados en el portal electrónico de Trabajaen.
La Dirección General de Recursos Humanos y Organización difundirá en Trabajaen, en orden de prelación de
mayor a menor e identificando a las y los finalistas del concurso, la calificación definitiva de cada candidato(a)
la cual podrá consultarse en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, dar clic en “Información y búsqueda
de Concursos”, luego en “Información sobre Concursos”, colocar el número de folio de participación en la
sección derecha denominada “Seguimiento de un Concurso por Folio de Concursante” y dar clic en enviar.
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DIARIO OFICIAL
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9a. RESERVA DE CANDIDATOS(AS).
Los(las) candidatos(as) entrevistados(as) por los(las) miembros del Comité Técnico de Selección que no
resulten ganadores(as) del concurso y obtengan el puntaje mínimo de 70 en el Sistema de Puntuación
General, se integrarán a la reserva de Candidatos(as) de la rama de cargo y rango concursado de que se
trate, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso en cuestión.
Los(las) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la reserva de candidatos(as) y tomando en cuenta la clasificación de puestos
y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno, a participar en concursos bajo la modalidad de Convocatoria dirigida a la reserva de
aspirantes cuando así lo prevenga el Comité Técnico de Selección.
10a. DECLARACION DE CONCURSO DESIERTO.
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto el concurso
por las siguientes causas:
I. Porque ninguno(a) candidato(a) se presente al concurso,
II. Porque ninguno(a) de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo un(una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado(a) o bien, no obtenga
la mayoría de los votos de los(las) integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva Convocatoria.
11a. CANCELACION DE CONCURSO.
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de la plaza en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie la orden de una autoridad competente, exista resolución o disposición legal expresa que
restrinja la ocupación del puesto de que se trate,o
II. Cuando el puesto de que se trate se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a
alguna persona, o
III. Cuando el CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo de Puestos, el puesto en cuestión.
12a. PRINCIPIOS DEL CONCURSO.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a lo previsto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, su Reglamento y en las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
13a. RESOLUCION DE DUDAS.
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los(las) candidatos(as) formulen con relación
a la plaza y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento@buengobierno.gob.mx o bien el número telefónico (55) 2000 3000 Extensiones 5232, 5391 y
5407 con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx
14a. INCONFORMIDADES.
Los(las) concursantes podrán presentar su inconformidad ante el Area de Denuncias e Investigaciones del
Organo Interno de Control de esta Secretaría, en Av. Insurgentes Sur 3211, Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán,
04530 Ciudad de México, CDMX, en un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, en
términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y
su Reglamento.
15a. RECURSO DE REVOCACION.
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los(las) interesados(as) estarán en aptitud jurídica
de interponer mediante escrito un Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones situadas Av. Insurgentes Sur 3211,
Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán, 04530 Ciudad de México, CDMX, en horario de las 09:00 a las 15:00 horas
en días hábiles, lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio
Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
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DIARIO OFICIAL
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16a. PROCEDIMIENTO PARA LA REACTIVACION DE FOLIOS.
En caso de que el descarte de un folio se deba a errores del Sistema o de captura u omisiones por parte del
personal de esta Secretaría, dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o se detecte el
descarte, se enviarán al Comité los soportes documentales.
El Comité Técnico de Selección de esta Secretaría, podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier
etapa del concurso la reactivación o no de folios, conforme a lo siguiente:
a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o detectado el descarte de un folio, en un
horario de 09:00 a 18:00 hrs, de lunes a viernes, los(las) interesados(as) podrán enviar su solicitud
de reactivación al correo electrónico: reclutamiento@buengobierno.gob.mx, siempre y cuando las causas del
descarte no sean imputables a los(las) propios(as) aspirantes.
b) Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, el Comité Técnico de
Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición.
Los(las) aspirantes que requieran la aclaración de dudas sobre la reactivación de un folio, deberán enviar un
correo a la cuenta reclutamiento@buengobierno.gob.mx, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha en
que se les informe acerca de la reactivación o no de un folio.
La reactivación de folios NO procederá cuando:
I. El(la) aspirante cancele voluntaria o involuntariamente su participación en el concurso o capture información
falsa, imprecisa, incompleta o errónea en sus datos curriculares,
II. En la Revisión Curricular, el Sistema descarte al(a la) aspirante por existir errores, deficiencias o falta de
coincidencias entre la información asentada en su currículum y los requisitos establecidos en el perfil del
puesto al que pretenda aplicar, y
III. Exista duplicidad de registros en Trabajaen.
Cualquier caso no previsto será resuelto por el Comité Técnico de Selección dentro de los 5 días hábiles
siguientes al día en que se tenga conocimiento del mismo.
17a. DISPOSICIONES GENERALES.
En los portales www.dof.gob.mx y www.trabajaen.gob.mx, podrán consultarse la Convocatoria, los detalles
sobre el concurso y el puesto vacante. Los(las) aspirantes se responsabilizarán de los traslados y gastos
erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente
Convocatoria sin responsabilidad alguna a cargo de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), el(la)
ganador(a) deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia, de no ser así se
considerará como renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir de entre los(las) finalistas,
al(a la) siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60, fracción I y 75,
fracciones I y VII, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como en las inconformidades
y los recursos de revocación serán considerados confidenciales, aun después de concluidos éstos, en todo
caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y
distribución de datos personales que resulten aplicables.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección
en sesión extraordinaria dentro de los siguientes 15 días hábiles a partir de la fecha en que se tenga
conocimiento del hecho y conforme a las disposiciones aplicables.
Todos los comunicados relacionados con la presente convocatoria se enviarán a través de la plataforma
Trabajaen, por lo que el día, hora y lugar en la que se deberán presentar las y los candidatos a las etapas del
procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos, será notificado a través de su centro
de mensajes del portal de Trabajaen con al menos dos días hábiles de anticipación, por lo que es
responsabilidad de las y los participantes dar seguimiento a dicho portal.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, firma la Secretaria Técnica y
Subdirectora de Desarrollo de Sistemas Informáticos
Mtra. Dánae Yolanda Molina Espinosa
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Secretaría de Educación Pública
CONVOCATORIA 10/2026
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Educación Pública con fundamento en los
artículos 21, 22, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal; y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40, 92 y Tercero Transitorio de su Reglamento,
así como en los artículos 241 al 247 y del 253 al 293 de las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal:
CONVOCATORIA
Dirigida a quienes deseen ingresar al
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal en la
Secretaría de Educación Pública del concurso para ocupar los siguientes puestos vacantes:
Nombre del
Puesto
DIRECCION DE PROGRAMACION Y EVALUACION DE PROGRAMAS
PRESUPUESTARIOS DEL SECTOR EDUCATIVO
Nivel
Administrativo
11-710-1-M1C019P-0000608-E-C-I (M23)
Dirección de Area
Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$85,968.00 (Ochenta y cinco mil novecientos sesenta y ocho pesos 00/100 m.n.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de Presupuesto
y Recursos Financieros
Sede
Ciudad de
México
Funciones
Principales:
1.
Establecer y coordinar las acciones a seguir para que desarrollen la matriz de
marco lógico con las unidades responsables del sector educativo que operan los
programas presupuestarios del Ramo 11
2.
Organizar la preparación y elaboración de las MIR producto de la matriz de marco
lógico, para su utilización en los procesos de presupuestación con las unidades
responsables del sector educativo que operan los programas presupuestarios del
Ramo 11.
3.
Coordinar la captura de matrices de marco lógico, indicadores y su calendario de
metas, para su utilización en los procesos de evaluación de desempeño con las
unidades responsables del sector educativo que operan los programas
presupuestarios
4.
Organizar la integración del avance de metas de los indicadores de los programas
presupuestarios aprobados en el presupuesto de egresos de la federación (PEF),
con el procedimiento que la SHCP establezca con las unidades responsables del
sector educativo que operan los programas
5.
Determinar los programas presupuestarios en donde concurren dos o más
unidades responsables para que informen el avance de meta parcial con que
contribuyen a la meta total y registrar el avance de meta total que corresponda
en el sistema de evaluación de desempeño, con el procedimiento que la
SHCP establezca.
6.
Integrar y coordinar el registro de avance de metas, atención a observaciones y
validación que corresponda de acuerdo con lo dispuesto por la SHCP a las
unidades responsables del sector educativo que operan los programas
presupuestarios
7.
Coordinar la asesoría en el análisis y difusión de los lineamientos generales y
específicos, que emite la SHCP, en materia de la integración de la estructura
programática para el sector educativo.
8.
Vigilar la integración de la estructura programática del sector educativo, para su
concertación con la SHCP
9.
Coordinar la validación de la información programático presupuestal que sirve de
base para emitir en el anuncio presupuestal la matriz de marco lógico, metas e
indicadores de los programas presupuestarios.
10. Verificar la generación de los documentos del anuncio presupuestal relativos a la
matriz de marco lógico, metas e indicadores de los programas presupuestarios.
11. Proponer mecanismos de difusión y seguimiento de los lineamientos que emite la
secretaría de hacienda y crédito público, con relación al formato de metas e
indicadores en el informe de avance de gestión financiera del sector educativo.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
397
12. Establecer las reuniones de seguimiento con las unidades responsables para la
compilación y revisión de la información del formato de metas e indicadores.
13. Validar la integración del formato de metas e indicadores del documento del
informe de avance de gestión financiera del sector educativo, a fin de entregarlo
en tiempo y forma a la SHCP.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Computación e Informática, Administración,
Ciencias Políticas y Administración Pública, Contaduría, Finanzas.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Computación e Informática.
Area General: Ciencias Naturales y Exactas.
Carreras Genéricas: Matemáticas-Actuaría.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional, Titulado (a).
Deberá Presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia
Laboral
Mínimo 7 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia: Política Fiscal y Hacienda Pública
Nacionales, Organización y Dirección de Empresas, Contabilidad.
Campo de Experiencia: Matemáticas.
Area de Experiencia: Estadística.
Campo de Experiencia: Ciencia Política.
Area de Experiencia: Administración Pública.
Evaluación de
Habilidades
1.
Liderazgo.
2.
Negociación.
Programación y Presupuesto.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del
Puesto
SUBDIRECCION DE EDUCACION MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR
UNIVERSITARIA
Nivel
Administrativo
11-710-1-M1C015P-0000664-E-C-I (N11)
Subdirección de Area
Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de Presupuesto y Recursos
Financieros
Sede
Ciudad de
México
Funciones
Principales:
1.
Proporcionar asesoría y capacitación a las unidades responsables a su cargo para
la formulación del programa presupuesto, programas de inversión y paquete
salarial, entre otros.
2.
Supervisar la distribución y aplicación de los recursos autorizados por el congreso
a las unidades responsables a su cargo.
3.
Analizar el programa presupuesto anual de las unidades responsables a su cargo.
4.
Supervisar las modificaciones programático-presupuestarias de las unidades
responsables a su cargo.
5.
Proponer para su aprobación el dictamen sobre las solicitudes de modificación
en metas.
6.
Representar a la Secretaría de Educación Pública en reuniones de comités de
control y auditoría (COCOAS).
398
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Economía, Ciencias Políticas
y Administración Pública, Contaduría.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional, Titulado (a).
Deberá Presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia: Contabilidad.
Campo de Experiencia: Ciencia Política.
Area de Experiencia: Administración Pública.
Campo de Experiencia: Matemáticas.
Area de Experiencia: Estadística.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Programación y Presupuesto.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del
Puesto
SUBDIRECCION DE OBRAS
Nivel
Administrativo
11-712-1-M1C015P-0000697-E-C-N (N11)
Subdirección de Area
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios
Sede
Ciudad de
México
Funciones
Principales:
1.
Difundir la normatividad relacionada con obra pública y los servicios relacionados
con la misma, con el objeto de que las Unidades Administrativas se apeguen a
ésta para el requerimiento de obra y servicios.
2.
Establecer y supervisar los alcances del programa de conservación, reparación,
mantenimiento y adaptación de los inmuebles destinados a las labores
administrativas en el programa anual de obras y servicios relacionados con las
mismas, conforme a las disposiciones normativas establecidas.
3.
Supervisar la ejecución, seguimiento y conclusión de los procedimientos de
contratación de obra pública y servicios relacionados con las mismas, establecidos
en la ley en la materia.
4.
Coordinar y supervisar la elaboración de los informes que requieran las instancias
internas y externas sobre el desarrollo del programa de obras.
5.
Coordinar y revisar la elaboración de los proyectos de obra pública y servicios
relacionados con la misma.
6.
Supervisar que las obras de construcción, reparación, mantenimiento y adaptación
se lleven a cabo en apego a la normatividad establecida y conforme a los
contratos adjudicados y formalizados.
7.
Supervisar los trámites para la liquidación de estimaciones, así como la recepción
y finiquito de la obra contratada.
8.
Supervisar
la
entrega-recepción
de
las
obras
y
servicios
realizados
por contratación.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
399
9.
Supervisar la validación de los Documentos de Solicitud de Autorización de
Gastos, enviados por las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación
Pública, relativos a las obras públicas y servicios relacionados con la misma
proporcionados.
10. Supervisar el proceso de aplicación de penas convencionales por incumplimiento
en los contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma,
adjudicados por esta Unidad Administrativa.
11. Supervisar las gestiones y el seguimiento al proceso de rescisión de contratos de
obra pública y servicios relacionados con la misma, en los términos de las
disposiciones legales aplicables, derivado del incumplimiento de los contratos
adjudicados.
12. Supervisar la realización de inspecciones para la elaboración de dictámenes
técnicos de los inmuebles en uso por la Secretaría de Educación Pública para
proponer, en su caso, las medidas preventivas y correctivas que permitan que las
Unidades Administrativas cuenten con espacios adecuados y seguros para el
desarrollo de sus actividades.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Arquitectura, Ingeniería, Ingeniería Civil.
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Economía, Derecho, Administración.
Grado de avance escolar: Licenciatura o profesional, titulado.
Deberá presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Grupo de Experiencia: Ciencias Tecnológicas.
Area General: Tecnología de la Construcción.
Grupo de Experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area General: Derecho y Legislación Nacionales.
Grupo de Experiencia: Ciencia Política.
Area General: Administración Pública.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Adquisición de Bienes Muebles y Contratación de Servicios.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DEL MODELO DOCENTE BASICO
Nivel
Administrativo
11-711-1-M1C014P-0000564-E-C-M (O11)
Jefatura de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (Veintiséis mil cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de Recursos Humanos
y Organización
Sede
Ciudad de
México
400
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Funciones
Principales:
1.
Revisar la actualización del Catálogo y Tabulador de Sueldos del Personal
Docente de Educación Básica de la SEP, conforme a las medidas salariales y de
prestaciones acordadas en el Oficio de Respuesta del C. Secretario de Educación
Pública, a las autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
y la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
2.
Tramitar ante la SHCP la validación y registro del Catálogo y Tabulador de
Sueldos aplicable al Personal Docente de Educación Básica de la SEP, con base
en las medidas establecidas en el Oficio de Respuesta del C. Secretario de
Educación Pública y autorizadas por la SHCP.
3.
Gestionar ante la Dirección General de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones (DGTIC) los apoyos técnicos para el pago de los incrementos
salariales y/o de prestaciones del Personal Docente de Educación Básica de la
SEP y verificar que cumplan con los requisitos establecidos en las Solicitudes de
Requerimiento de Mantenimiento remitidas para tales efectos.
4.
Elaborar y comunicar a la Dirección de Personal del Sector Central y Dirección de
Pagos al Personal de la Subsecretaría de Educación Media Superior los criterios
para el pago de las remuneraciones del Personal Docente de Educación Básica de
la SEP, conforme a las medidas salariales y/o de prestaciones acordadas en el
Oficio de Respuesta del C. Secretario de Educación Pública y a las autorizadas
por la SHCP y dar seguimiento al pago de dichas medidas para prevenir
inconsistencias.
5.
Dar seguimiento vía oficios, llamadas telefónicas u otros medios, ante la Dirección
General de Presupuesto y Recursos Financieros, a los trámites de validación y
registro del Catálogo y Tabulador de Sueldos y prestaciones del Personal Docente
de Educación Básica de la SEP.
6.
Desarrollar los estudios salariales y propuestas tendientes a mejorar las
estructuras y montos de las remuneraciones del Personal Docente de Educación
Básica de la SEP.
7.
Revisar las Constancias de Evolución Salarial y Catálogos y Tabuladores de
Sueldos del Personal Docente de Educación Básica de la SEP, solicitados por el
personal jubilado y/o pensionado o institución facultada.
8.
Atender las solicitudes de asesoría de las Unidades Administrativas de la SEP que
lo requieran, en cuanto al tema de Remuneraciones, en lo que se refiere a: tipo de
personal al que se otorgan, importes, conceptos de pago, porcentajes, fórmulas de
cálculo, metodología, efectos, alcance de las medidas autorizadas y demás temas
afines; aplicables al Personal Docente de Educación Básica de la SEP.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras
Genéricas:
Administración,
Ciencias
Políticas
y
Administración Pública, Economía, Contaduría.
Area General: Ciencias Naturales y Exactas.
Carreras Genéricas: Matemáticas-Actuaría.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Informática Administrativa.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional, Titulado (a).
Deberá Presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Grupo de Experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area General: Derecho y Legislación Nacionales.
Grupo de Experiencia: Ciencia Política.
Area General: Administración Pública.
Grupo de Experiencia: Ciencias Económicas.
Area General: Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Recursos Humanos - Relaciones Laborales
Administración de Personal y Remuneraciones.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
401
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
Ninguno.
Otros
Ninguno.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL
Nivel
Administrativo
11-712-1-M1C014P-0000691-E-C-N (O11)
Jefatura de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (Veintiséis mil cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios
Sede
Ciudad de
México.
Funciones
Principales:
1.
Autorizar y registrar las afectaciones de alta y los movimientos al inventario, para
conocer la cantidad y valor de los bienes muebles asignados a las Unidades
Administrativas de la SEP.
2.
Requerir a las Unidades Administrativas de la SEP lleven a cabo el procedimiento
de alta de los bienes muebles instrumentales recibidos en sus áreas, para
mantener actualizado los registros del inventario.
3.
Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de inventarios en
las solicitudes de las Unidades Administrativas de la SEP para realizar
afectaciones al inventario.
4.
Analizar la información relativa a las evaluaciones al inventario remitidas por las
Unidades Administrativas, para proponer estrategias que permitan mantener
actualizados los inventarios de la dependencia.
5.
Comunicar a las Unidades Administrativas de la SEP las afectaciones de alta y
movimientos autorizados al inventario
6.
Proporcionar información estadística sobre las afectaciones de alta de
movimientos al inventario de bienes muebles, para apoyar la toma de decisiones
de las instancias superiores.
7.
Participar en los programas de capacitación en materia de inventarios, dirigidos al
personal responsable del activo fijo en las Unidades Administrativas de la SEP.
8.
Asesorar a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación Pública en
aspectos normativos y de procedimiento en materia de inventarios.
9.
Formular los reportes periódicos sobre las afectaciones y movimientos al
inventario de bienes muebles para atender los requerimientos de información de
instancias internas y externas.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Contaduría, Economía,
Mercadotecnia y Comercio.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Administración, Ingeniería.
Grado de avance escolar: Licenciatura o profesional, Terminado
o Pasante.
402
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General: Matemáticas.
Area de Experiencia Requerida: Auditoría Operativa, Ciencia
de los Ordenadores.
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Organización y Dirección de
Empresas.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Adquisición de Bienes Muebles y Contratación de Servicios.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE RECEPCION
Nivel
Administrativo
11-712-1-M1C014P-0000690-E-C-N (O11)
Jefatura de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (Veintiséis mil cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios
Sede
Ciudad de
México.
Funciones
Principales:
1.
Revisar que las facturas y remisiones de los proveedores coincidan con los bienes
descritos en los pedidos.
2.
Efectuar el registro correspondiente en los sistemas de control de pedidos, para
mantener actualizada la información de los bienes recibidos en el almacén general
de la Secretaría de Educación Pública.
3.
Realizar las liberaciones de pago por las facturas que amparan la entrega de
bienes ante las áreas correspondientes.
4.
Formular reportes periódicos sobre el avance en la recepción de bienes, para
atender los requerimientos de información de instancias internas y externas.
5.
Aplicar las penas convencionales, de conformidad con la normatividad vigente, a
los proveedores que incurran en retraso en la entrega de bienes tanto en el
almacén como en las Unidades Administrativas.
6.
Elaborar los instructivos para difundir entre los proveedores los requisitos y
procedimientos necesarios para la entrega de bienes en el almacén general y en
los almacenes de las unidades administrativas de la Secretaría de Educación
Pública.
7.
Revisar el desarrollo del proceso de recepción de bienes, para implementar, en su
caso, acciones de mejora.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Contaduría, Economía,
Ciencias Políticas y Administración Pública.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Ingeniería.
Grado de avance escolar: Licenciatura o profesional, Terminado o
Pasante.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
403
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General: Matemáticas.
Area de Experiencia Requerida: Ciencia de los Ordenadores.
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Organización y Dirección de
Empresas, Actividad Económica.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia Requerida: Administración Pública.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Adquisición de Bienes Muebles y Contratación de Servicios.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE DISTRIBUCION
Nivel
Administrativo
11-712-1-M1C014P-0000684-E-C-N (O11)
Jefatura de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (Veintiséis mil cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios
Sede
Ciudad de
México.
Funciones
Principales:
1.
Programar la entrega de los bienes asignados a las Unidades Administrativas, en
coordinación con estas.
2.
Organizar la distribución de los bienes en las Unidades Administrativas de la SEP,
de acuerdo a los cuadros de distribución proporcionados por la dirección de
adquisiciones.
3.
Determinar las rutas de entrega, conforme al volumen de los bienes y la ubicación
física de las Unidades Administrativas de la SEP.
4.
Verificar que las solicitudes de alta de bienes instrumentales que ingresan al
almacén general se realicen en forma oportuna.
5.
Mantener actualizado el registro y control de las salidas de almacén.
6.
Formular los informes periódicos sobre la distribución de bienes a las unidades
administrativas, para atender los requerimientos de instancias internas y externas.
7.
Revisar el desarrollo del proceso de distribución de bienes, para implementar en
su caso, acciones de mejora.
8.
Verificar las condiciones de operación del equipo de transporte para solicitar, en su
caso. las reparaciones necesarias que los mantenga en condiciones adecuadas de
funcionamiento.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Contaduría, Economía,
Mercadotecnia y Comercio.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Ingeniería, Administración.
Grado de avance escolar: Licenciatura o profesional, Terminado
o Pasante.
404
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General: Matemáticas.
Area de Experiencia Requerida: Ciencia de los Ordenadores,
Auditoría Operativa.
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia Requerida: Economía Sectorial, Actividad
Económica.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Adquisición de Bienes Muebles y Contratación de Servicios.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
BASES DE PARTICIPACION PARA LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 10/2026, DIRIGIDA
A TODO (A) INTERESADO (A) QUE DESEE INGRESAR AL SISTEMA DEL SERVICIO PROFESIONAL
DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA
REQUISITOS DE
PARTICIPACION
Podrán participar los(las) ciudadanos(as) que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto y los establecidos en las presentes bases de
participación. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes
requisitos legales: Ser ciudadano (a) mexicano (a) en pleno ejercicio de sus
derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar;
No haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; No
pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro (a) de algún culto y No estar
inhabilitado (a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento
legal; No ser declarada como persona deudora alimentaria morosa; en caso de
verse favorecido con el resultado del concurso, a partir de su ingreso No
desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal y
en caso contrario, contar con el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo;
que la documentación presentada como original sea auténtica, asumiendo la
responsabilidad legal y administrativa en caso de no ser así, y; presentar y acreditar
las evaluaciones que se indican para el caso.
El requisito referido a tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el
servicio público (fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la administración Pública Federal), se tendrá por acreditado cuando el
aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez
que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo. En apego al artículo 36 del Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
el Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de prelación de los candidatos,
elegirá de los aspirantes que pasan a la etapa de entrevista a los que considere
aptos para el puesto de conformidad con los criterios de evaluación de las
entrevistas (los que acrediten o superen el puntaje mínimo de aptitud), los cuales
serán considerados como finalistas.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
405
DOCUMENTACION
REQUERIDA
(En caso de
acreditar
Evaluaciones)
La Revisión y Evaluación de documentos, específicamente en lo relativo al perfil del
puesto, se llevará a cabo conforme los catálogos de carreras, de campos y áreas
de experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (TrabajaEn). Los y las
aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia
certificada y escaneada en Memoria U.S.B. o en C.D. en formato PDF, los
siguientes documentos en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que
al efecto reciban con al menos, dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica:
1. Currículum vítae actualizado, detallado y firmado.
2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
3. Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto para
el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel licenciatura o
postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula Profesional
correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en trámite
(con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el documento que avale
dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del examen
profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa donde
establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios y la tira de
materias cursadas. Para los casos en los que el perfil del puesto establezca como
requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se tendrá que presentar el documento
oficial que así lo acredite, como puede ser la Carta de Pasante o documento
(oficio y tira de materias) donde establezca que la persona cubrió el total de créditos
del nivel de estudios correspondiente. En el caso de contar con estudios en el
extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la autoridad competente. Los y las aspirantes
podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la escolaridad y área de
conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso, con uno de mayor
grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado, según el caso, en
las áreas académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la
persona que concursa cuente con algún título o cédula profesional de nivel
Licenciatura registrado en la SEP, otorgándose en la Valoración del Mérito el
puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se realizará a
través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o
Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la Secretaría de
Educación Pública.
4. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar con fotografía o pasaporte o cartilla militar).
5. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento
oficial donde se identifique el RFC. En caso de que el RFC, incluyendo homoclave,
registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el que aparece en el
documento de alta del SAT o el documento oficial que se presente, será motivo de
descarte del aspirante en el concurso correspondiente.
6. Cartilla militar liberada, o en su caso, comprobante de que presta el servicio
militar. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no aplica este requisito.
7. Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: será obligatorio demostrar mediante la presentación de cartas
de la empresa en hoja membretada y debidamente firmada, en la que se
indique la fecha de ingreso, puesto ocupado o funciones, así como fecha de
baja o, recibos de pago; alta en instituciones de seguridad social; contrato laboral;
hojas de servicio; declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en
las áreas que requiera el perfil del puesto en concurso.
8. Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente, sólo en
caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.
9. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con pena
privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio
público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún culto, de
que la documentación presentada es auténtica, de no tener sentencia firme por la
comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la
libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia
familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual;
por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus
modalidades y tipos. Por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
406
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
(Art. 38 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF
29-05-2023), no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro voluntario,
en el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro
voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo
dispuesto en la normatividad aplicable. Este formato le será proporcionado en la
Etapa III del procedimiento, por la Secretaría de Educación Pública a través de
la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación.
10. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (pantalla inicial de bienvenida de su página personal de TrabajaEn) y la
impresión de la invitación que recibe vía TrabajaEn.
La Secretaría de Educación Pública se reserva el derecho de solicitar en cualquier
momento o etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten: los
datos registrados en el sistema www.trabajaen.gob.mx por los y las aspirantes para
fines de la revisión curricular, el cumplimiento a los requisitos al perfil del puesto y a
la documentación señalada en los numerales de esta sección. De no acreditar la
existencia y/o autenticidad de la documentación mencionada, será motivo de
descarte del concurso y si fuera el caso, se dejará sin efectos el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad
para la Secretaría de Educación Pública, la cual, a su vez, se reserva el derecho
de ejercitar las acciones legales procedentes. En ningún caso, la Secretaría de
Educación Pública solicitará prueba de no gravidez y de VIH (SIDA); así como
el reclutamiento y selección se realizará en igualdad de oportunidades, sin
discriminación por edad, discapacidad, color de piel, cultura, sexo, condición
económica, apariencia física, características genéticas, embarazo, lengua,
opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil,
situación familiar, responsabilidades familiares o por cualquier otro motivo
que atente contra la dignidad humana.
Una vez acreditadas las etapas conducentes, y en su caso, la persona candidata
demuestra el hablar una Lengua Indígena, contar con autoadscripción a un pueblo
o comunidad indígena o afrodescendiente/afromexicana y, mantenerse en su
momento dentro del parámetro de Juventudes (hasta los 29 años), o es una
persona con discapacidad, serán considerados en cada supuesto en el que se
encuentre una persona concursante, para la Valoración del Mérito; lo anterior, con
el objetivo implementar medidas para prevenir la discriminación y garantizar una
real igualdad de oportunidades, como resultado de la apertura de la concepción del
mérito en vista al nuevo modelo de profesionalización del servicio público de la APF
como uno de los principales motores de cambio y transformación de un gobierno
incluyente, democrático y sensible a la realidad social; de conformidad con los
artículos 231, 232, 259 y del 266 al 270 del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones Generales en Materia de Recursos Humanos de la Administración
Pública Federal.
REGISTRO DE
ASPIRANTES
La inscripción o el registro de los y las aspirantes al concurso se realizará del 04 al
18 de marzo de 2026, a través del portal www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará
un folio al aspirante que cubra los requisitos del concurso para identificarlo durante
el desarrollo del mismo, asegurando así el anonimato de los aspirantes.
Al momento en que la persona registre su participación a un concurso a través de
www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular,
asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo descartará del
concurso. La revisión curricular efectuada a través de www.trabajaen.gob.mx, se
desarrollará, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que los y
las candidatas deberán presentar para acreditar que cumplen con todos y cada uno
de los requisitos establecidos en la convocatoria.
Cuando la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno detecte más de un folio de un aspirante en
TrabajaEn, realizará las acciones necesarias para que prevalezca únicamente el
registro que coincida con la CURP y la documentación presentada por el usuario,
quien elegirá ante dicha Unidad el folio que deberá prevalecer en TrabajaEn.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
407
En caso de que se detecten más de una inscripción a un mismo concurso por un (a)
candidato (a), se descartará del concurso.
** Sin excepción en cada Etapa se deberá asistir con Identificación oficial,
documento que visualice el RFC, Folio de participación asignado por el
sistema de TrabajaEn (página de bienvenida), así como copia de la invitación
de la plaza a concursar. Todo aspirante deberá traer su usuario y contraseña
de acceso al sistema de TrabajaEn para la aplicación del Examen de
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal (APF)**
DESARROLLO
DEL CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica; sin embargo,
ésta puede estar sujeta a cambios, incluyendo el orden de aplicación de cada
etapa, debido a variables que afectan el desarrollo del concurso como pueden ser
entre otras: Disponibilidad de las herramientas de evaluación, cantidad de
participantes, verificación del perfil de los participantes, disponibilidad de salas y
equipo informático para la aplicación de las evaluaciones; problemas de
comunicación electrónica del sistema de esta dependencia y del sistema de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG); dificultad de acceso al Módulo
generador de exámenes de la (SABG), por parte del aspirante, al no contar o no
recordar su usuario y contraseña; tiempo de respuesta de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno para proporcionar la información que le concierne
del concurso correspondiente o que se le requiera por motivos de consulta,
desbloqueo o rehabilitación; por fenómenos naturales; marchas manifestaciones
que impacten en el cierre de las instalaciones, verificación de reactivos, y;
disponibilidad de agenda de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
El orden de aplicación de la Subetapa de Exámenes de Conocimientos y de la
Evaluación de Habilidades, contemplados en la Etapa II del procedimiento de
reclutamiento y selección, podrá ser variable, por las razones antes mencionadas.
La realización de cada etapa del concurso se comunicará a los y las aspirantes con
48 horas hábiles de anticipación como mínimo, por medio del contador de mensajes
del sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se recomienda la consulta
permanente del referido sistema.
ACTIVIDAD
FECHA O PLAZO
Publicación del Concurso:
04 de marzo de 2026
Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada, a
través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx (Registro
de aspirantes).
Del 04 al 18 de marzo
de 2026
Etapa II: Evaluación dividida en tres temas (con doble
descarte):
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos que
constará de dos Evaluaciones, la primera correspondiente
al Examen de Conocimientos Técnicos del puesto,
cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una
escala de 0 a 100 sin decimales; obtener una calificación
menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten
el Examen de Conocimientos Técnicos podrán realizar la
segunda Evaluación correspondiente al Examen de
Conocimientos
Generales
de
la
Administración
Pública Federal, esta calificación se promediará con la
del Examen de Conocimientos Técnicos del puesto para
obtener la calificación de la subetapa, cuyo mínimo
aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin
decimales, un resultado menor a éste será motivo de
descarte, así como el hecho de que no se presente en la
fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de TrabajaEn.
Evaluación
de
Habilidades.
El
resultado
de
las
Evaluaciones de Habilidades no es motivo de descarte; sin
embargo, el no presentarlas sí es motivo de descarte. Las
Evaluaciones
de
Habilidades
se
conformarán
por
preguntas
y
se
complementarán
con
pruebas
psicométricas. Las guías de estudio para las Evaluaciones
de Habilidades se encuentran disponibles con el nombre
de “Guía de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades”
en TrabajaEn con la liga: https://trabajaen.gob.mx -
Documentos e Información Relevante - Guía de Estudio
para las Evaluaciones de Habilidades.
Del 23 de marzo al 01
de junio de 2026
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Etapa III: Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito; así como la revisión documental.
Esta etapa se llevará a cabo de forma presencial con una
logística y medidas de prevención establecidas.
Del 23 de marzo al 01
de junio de 2026
Etapa IV: Entrevista por el Comité Técnico de Selección.
El resultado acumulado de las etapas II (Exámenes de
Conocimientos,
Habilidades
y
psicométricos)
y
III
(Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así
como revisión documental) con una puntuación menor a
50, son motivo de descarte.
Esta etapa del proceso se llevará a cabo de manera
presencial para el(la) aspirante, garantizando los principios
rectores del Sistema del Servicio Profesional de Carrera;
evitando que alguno(a) de ellos(ellas) no cuente con los
recursos informáticos para realizarla, de esta manera se
asegura que a ningún aspirante se le dificulte su
participación.
Para los integrantes del Comité de Selección (CTS), el
proceso de la entrevista y determinación se desahogará a
distancia
vía
remota,
programándose
previamente
conforme a la agenda del Comité y de forma escalonada la
lista de los aspirantes finalistas.
El CTS, para verificar si la persona candidata reúne el
perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, en un
primer momento considerarán al(la) finalista y en un
segundo momento, determinarán al (la)ganador(a) del
concurso.
Del 23 de marzo al 01
de junio de 2026
Etapa V: Determinación
Esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el
proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación.
Del 23 de marzo al 01
de junio de 2026
Nota: Si la realización de las etapas II, III, IV y V se registran en un sólo periodo de
tiempo como es el caso, es porque se considera el inicio y término en que deberá
llevarse a cabo todo el proceso del concurso (90 días naturales), Por determinación
de la SABG.
La fecha puntual de aplicación en cada etapa se dará a conocer a los (las)
candidatos (as), con mínimo 48 horas de anticipación a través de su contador de
mensajes de TrabajaEn.
TEMARIOS Y
GUIAS
Los temarios referentes a los exámenes de Conocimientos se encuentran
disponibles en las siguientes ligas electrónicas:
Técnico del Puesto:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-
de-carrera-2025
General de la APF:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-
apf/
Adicionalmente se podrán consultar en la Convocatoria que se publica en
TrabajaEn.
Las guías para la Evaluación de las Habilidades serán las consideradas
para las capacidades profesionales/directivas que se encontrarán disponibles para
su consulta en la página electrónica:
https://trabajaen.gob.mx - Documentos e Información Relevante - Guía de
Estudio para las Evaluaciones de Habilidades.
PRESENTACION
DE
EVALUACIONES
La Secretaría de Educación Pública comunicará la fecha, hora y lugar en que los y
las aspirantes deberán presentarse para la aplicación de la Subetapa de Exámenes
de Conocimientos que constará de dos Evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, cuya calificación mínima
aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin decimales (A través del Sistema
Armstrong), obtener una calificación menor es motivo de descarte; las personas que
acrediten el Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto podrán realizar la
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DIARIO OFICIAL
409
segunda evaluación correspondiente al Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal (a través de la herramienta proporcionada por la
Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno), cuya calificación se promediará con la del Examen de Conocimientos
Técnicos del Puesto para obtener la calificación de la Subetapa, cuyo mínimo
aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado menor a
éste será motivo de descarte; y las Evaluaciones de Habilidades (incluyendo las
Evaluaciones Psicométricas), estas últimas, a través del sistema Armstrong.
En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada
aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del Examen y/o
Evaluaciones. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por ningún motivo se
aplicará el Examen y/o Evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el Examen y/o las
Evaluaciones si él o la participante no presenta la documentación requerida por la
dependencia.
Los resultados aprobatorios obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la página de
TrabajaEn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
La aplicación del resultado aprobatorio de la Evaluación de Conocimientos Técnicos
obtenido en el concurso anterior de la misma plaza, el sistema RHnet lo registra
automáticamente si aplica el mismo temario y bibliografía, En caso de que el
sistema no registrara la calificación aprobatoria de la Evaluación de Conocimientos
Técnicos anterior, el (la) participante deberá solicitar su consideración por escrito
(oficio, o correo electrónico) al Comité Técnico de Selección, a través de la
Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación, antes del inicio
de la nueva aplicación de dicho examen.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal (APF), los (las) candidatos (as) podrán participar en otros concursos e
inclusive de otras Dependencias, sin tener que sujetarse nuevamente al Examen de
Conocimientos de la APF, cuando hayan obtenido un resultado igual o superior a 70
puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se verá reflejado de
forma automática en el portal de TrabajaEn y no podrá renunciar al resultado
aprobatorio con la finalidad de mejorarlo, éste permanecerá vigente durante un año
contado a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la página de
TrabajaEn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Los resultados no aprobatorios obtenidos en este examen, tendrán una vigencia de
dos días, contado a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la
página de TrabajaEn.
Los resultados obtenidos en la Evaluación de Habilidades, no serán motivo de
descarte y tendrán vigencia de un año con calificación igual o superior a 70, a partir
de la fecha en que se den a conocer a través de la página electrónica TrabajaEn,
tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en otros concursos de la
SEP, sin tener que sujetarse a la evaluación, siempre y cuando se trate de la misma
habilidad y que haya sido evaluada a través de la herramienta proporcionada
por la SEP.
Las personas que hayan sido evaluadas en sus habilidades con herramientas
distintas a las administradas por la SEP, deberán realizar las evaluaciones, ya que
las calificaciones que hayan obtenido mediante otro mecanismo quedan sin efectos.
REVISION DE
EXAMENES
En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente, determine la
revisión de exámenes de Conocimientos Técnicos y de Habilidades, ésta sólo podrá
efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación,
métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni
las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del
contenido o los criterios de evaluación.
Las dudas relacionadas con el Temario y Examen de Conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal (APF), deberán dirigirse a la
Unidad de Políticas para el Servicio Público, a la cuenta de correo electrónico:
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
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DIARIO OFICIAL
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REGLAS DE
VALORACION
1.- Número de Evaluación de Conocimientos: 2
2.- Número de Evaluaciones de Habilidades: 2
3.- Número de Evaluaciones Psicométricas: 2
4.- Calificación mínima aprobatoria en la Evaluación de Conocimientos Técnicos:
80 sobre 100
5.- El resultado del Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y del Examen de Conocimientos Técnicos serán sumados con el
objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de exámenes de Conocimientos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70; conforme a la Nueva
Metodología de Aplicación de los Exámenes de Conocimientos, Evaluación de la
Experiencia y la Valoración del Mérito para el Ingreso al Servicio Profesional
de Carrera.
6.- Evaluaciones de Habilidades: No será motivo de descarte el resultado que
obtenga la (el) aspirante.
7.- Número de especialistas que auxiliarán al Comité Técnico de Selección en la
etapa de entrevistas: Se tendrán tres especialistas, uno por cada Titular del
Comité Técnico de Selección, si éste último lo establece en las sesiones de
Instalación y Planeación de Entrevista y Determinación.
8.- Número mínimo de candidatos (as) a entrevistar: 3, si el universo lo permite;
en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a todos; en caso de que
el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta 10 participantes en orden
de prelación.
9.- Número de candidatos (as) que se continuarán entrevistando, en caso de no
contar con al menos un (a) finalista de los primeros 3 entrevistados: 3, si el
universo lo permite; en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a
todos (as); en caso de que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta
10 participantes en orden de prelación.
10.- Puntaje mínimo de aptitud (para pasar a la etapa de determinación):
80 sobre 100.
11.- Criterios a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a
partir de evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia
obtenida (ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida
(cantidad de ejemplos), y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los
requisitos del puesto.
12.- El (la) ganador (a) del concurso: el finalista (pasa a la etapa
de determinación) que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, al de mayor Calificación (puntaje) Definitiva.
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
El proceso de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular;
II) Evaluaciones: Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, Examen de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (APF) y
Evaluaciones de Habilidades (incluyendo las Evaluaciones Psicométricas);
III) Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión
Documental; IV) Entrevista, y V) Determinación.
La Etapa I del proceso de selección (revisión curricular) tiene como propósito
determinar si la persona continua en el concurso, por lo que su acreditación no
otorgará puntaje alguno.
Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán distribuidos
únicamente entre las etapas II (Exámenes de Conocimientos Técnicos
y Conocimientos Generales de la APF, Evaluaciones de Habilidades y
Psicométricos, las dos últimas sólo como referencia); III (Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión Documental), y;
IV (Entrevista), del procedimiento de selección, quedando de la siguiente manera:
ETAPA
SUB-ETAPA
PUNTOS
II. Exámenes de Conocimientos y
Evaluaciones de Habilidades.
1° Examen de Conocimientos
Técnicos.
30
2° Examen de Conocimientos
Generales de la APF.
Evaluación de Habilidades
(sin descarte).
10
III Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito, así como
Revisión Documental.
Evaluación de la Experiencia
laboral.
20
Valoración del Mérito.
10
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DIARIO OFICIAL
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IV Entrevista.
El resultado acumulado de las
etapas
II
(Evaluación
de
Conocimientos y Evaluación de
Habilidades, Psicométricas) y III
(Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito, así como
Revisión Documental) con una
puntuación menor a 50, son motivo
de descarte.
No aplica.
30
Total de puntos:
100 puntos
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
Para efectos de continuar en el concurso, los (las) aspirantes deberán aprobar las
evaluaciones precedentes, excepto la de habilidades que incluyen las evaluaciones
psicométricas, en virtud de que el resultado de éstas no es motivo de descarte, a
menos que el (la) participante no se presente a su aplicación; de igual manera si el
(la) participante no acude a la cita que se le invite, o no apruebe las evaluaciones
de conocimientos y la revisión documental será motivo de descarte.
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos Evaluaciones,
la primera correspondiente al Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, cuya
calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin decimales;
una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten el
Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, podrán realizar la segunda
Evaluación correspondiente al Examen de Conocimientos Generales en la
Administración Pública Federal (APF), cuya calificación se promediará con la del
Examen de Conocimientos Técnicos para obtener la calificación de la Subetapa,
cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un
resultado menor a éste será motivo de descarte, así como el hecho de no
presentarse en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de TrabajaEn.
Las Evaluaciones de Habilidades, cuyo resultado no será motivo de descarte, que
se aplicarán serán las siguientes, considerando que se conformarán por preguntas
y se complementarán con pruebas psicométricas:
Enlace: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Jefatura de Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Subdirección de Area: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Dirección de Area: Liderazgo y Negociación.
Coordinación Sectorial: Liderazgo y Negociación.
Dirección General: Visión Estratégica y Liderazgo.
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como revisión
documental.
El resultado que arroje la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así
como revisión documental, no será motivo de descarte, sin embargo, es
necesario que el (la) aspirante reúna el requisito de área y años de
experiencia laboral, y; áreas y nivel de escolaridad que establece el perfil del
puesto en concurso, así como la documentación personal básica que se le
requiera, en caso contrario será motivo de descarte. La Evaluación y Valoración
mencionadas, le dan la posibilidad al (la) aspirante de obtener puntos, que sumados
a los obtenidos en la Etapa II del proceso de selección que contempla Evaluación
de Conocimientos (Técnicos y de Conocimientos Generales de la APF, y
Evaluaciones de Habilidades y Psicométricas), le ayudan para ubicarlo en un mejor
lugar de prelación dentro del concurso. El máximo de puntos que pueden obtener
en la Etapa III son: 20 puntos en la Evaluación de la Experiencia y 10 puntos en la
Valoración del Mérito. Para la obtención de los puntos mencionados, es
imprescindible presentar en original o copia certificada para su validación, un
archivo por documento, por ambos lados, en formato PDF y escala a 100%, en
archivo electrónico e identificado con el nombre del puesto, y folio del
concurso, organizada en una carpeta para cada etapa: Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión Documental.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS ORIGINALES INVARIABLEMENTE DEBEN
COINCIDIR
CON
LOS
DIGITALIZADOS,
LA
FALTA
DEL
ARCHIVO
ELECTRONICO O DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL O
COPIA
DIGITALIZADA
SERA
MOTIVO
DE
DESCARTE.
La
evidencia
documental que acredite el nivel de cumplimiento en cada uno de los
elementos que se califican.
En la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como revisión
documental, se calificarán los siguientes elementos:
1.- Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el nivel
jerárquico en la trayectoria laboral del (la) candidato (a) (último puesto
desempeñado o que está desempeñando) en relación al puesto en concurso.
Las personas que cuenten únicamente con una sola experiencia en un cargo o
puesto no serán evaluadas en este rubro, al no existir un parámetro objetivo para
realizar la comparación.
2.- Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados del (la) candidato (a). De manera
específica, a través del número de años promedio por cargo o puesto que posea.
3.- Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Público. De manera
específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Público.
4.- Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Privado. De manera
específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Privado.
5.- Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con la existencia o
experiencia en el Sector Social.
6.- Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de
respuesta seleccionada por el (la) aspirante, entre las 5 posibles opciones
establecidas en el formato de evaluación, respecto a su trayectoria profesional.
Las opciones son las siguientes:
a) He desempeñado puestos donde he desarrollado una serie de actividades
sencillas y similares entre sí.
b) He desarrollado puestos que requieran coordinar una serie de funciones y
actividades similares y relacionadas entre sí.
c) He desempeñado puestos que requieran coordinar una serie de funciones de
naturaleza diferente.
d) He desempeñado puestos que requieran dirigir un área con funciones de
naturaleza diferente.
e) He desempeñado puestos que requieran dirigir diversas áreas que contribuían al
desarrollo de los planes estratégicos de una o varias unidades administrativas
o de negocio.
7.- Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración bruta
mensual en la trayectoria laboral del (la) candidato (a). De manera específica,
comparando la remuneración bruta mensual del puesto actual (en su caso el último)
y la del puesto en concurso.
8.- Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las
del puesto vacante. - Se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la Rama
de Cargo o puesto en el currículum vítae del candidato registrado por el (la) propio
(a) candidato (a) en www.trabajaen.gob.mx con la rama de cargo o puesto vacante
en concurso.
9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. -
Se calificará de acuerdo con la permanencia en el puesto o puestos inmediatos
inferiores al de la vacante. De manera específica, a través del número de años
acumulados en dichos puestos.
Otros elementos que establezcan en la Unidad de Política de Recursos Humanos
de la Administración Pública Federal o CTP, previa aprobación de la Unidad
conforme a las particulares de la dependencia.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Para obtener el puntaje referido a la Evaluación de la Experiencia, el (la)
aspirante deberá presentar la documentación que avale el cumplimiento a
cada elemento, la cual puede ser entre otras: carta original de la empresa en
hoja membretada; hoja de servicios; contrato laboral; recibos de pago; alta y
baja en instituciones de seguridad social, etc. La documentación deberá
especificar claramente el estatus del elemento sobre el cual desea obtener
puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó y el tiempo de
permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las funciones y
actividades realizadas en los puestos ocupados. La Dirección General de
Recursos Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio
Profesional de Carrera, Control y Evaluación, para constar la autenticidad de
la información y documentación presentada por el (la) aspirante, en su
totalidad o de manera selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de
información en los registros públicos o acudir directamente con las
instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se
acredite la autenticidad será motivo de descarte del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Los (las) aspirantes serán calificados (as) en el orden en los puestos
desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten con una sola experiencia,
cargo o puesto previos.
•
A todos los (las) aspirantes se les calificarán los elementos 2 al 8.
•
Quienes ocupen o hayan ocupado uno o más de los cargos o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante, serán calificados en el elemento 9.
•
La calificación final se obtendrá del promedio entre la calificación de cada uno
de los elementos entre el total de elementos considerados.
En la Valoración del Mérito se calificarán los siguientes elementos:
1.- Resultados de la Evaluación del Desempeño. - Se considerarán de acuerdo
con las calificaciones de los servidores públicos de carrera titulares,
obtenidas en las Evaluaciones de Desempeño Anual. De manera específica, a
través de los puntos de la calificación obtenida en la última Evaluación del
Desempeño Anual. Para obtener las calificaciones de la Evaluación de
Desempeño desde RHnet, deberá ingresar con su usuario y contraseña al
portal www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de Evaluación del
Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis Evaluaciones del
Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego dar clic en
“Ver Resumen” de la última Evaluación del Desempeño e imprimir el resumen.
En caso de no poder imprimir su Evaluación desde RHnet, deberá dirigirse a
su área de Recursos Humanos, para obtener ayuda.
2.- Resultados de las acciones de capacitación. - Se calificarán de acuerdo con
las calificaciones de las acciones de capacitación. De manera específica, a través
del promedio de las calificaciones obtenidas por el servidor público de carrera
titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el ejercicio fiscal
inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones de capacitación para el
servidor público de carrera titular, no será calificado en este elemento.
3.- Resultados de procesos de certificación. - Se calificarán de acuerdo con las
capacidades profesionales certificadas. De manera específica, a través del número
de capacidades profesionales certificadas vigentes logradas por los servidores
públicos de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional
de Carrera.
4.- Logros.- Se refieren al alcance de un objetivo relevante del (la) candidato (a) en
su labor o en campo de trabajo; a través de aportaciones que mejoraron,
facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de trabajo; o bien,
mediante el logro de metas estratégicas que aportaron un beneficio a la ciudadanía,
sin: generar presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o afectar
negativamente los objetivos de otra área, unidad responsable o de negocios, por lo
que podrán presentar las constancias respectivas como: certificaciones en
competencias laborales o en Habilidades Profesionales distintas a las del Servicio
Profesional de Carrera, publicación especializada (gacetas revistas, prensa o libros)
relacionadas con su campo de experiencia.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
* La Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación,
responsable del Subsistema de Ingreso, se reserva el derecho a revisar las
constancias mostradas en este rubro y su congruencia con el campo-área de
trabajo que hayan permitido o que permitan la mejora, optimización y/o
fortalecimiento de metas estratégicas, funciones del área y del perfil del
puesto, así como el cumplimiento de objetivos por parte de la persona
aspirante en el ámbito laboral o que con ello exista un aporte a la ciudadanía
de forma integral y no aislada. En ningún caso se consideran logros de tipo
político o religioso.
5.- Distinciones. - Se refieren al honor o trato especial concedido a una persona
por su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a
través del número de distinciones obtenidas. En virtud de lo anterior, se considerará
como una distinción, las siguientes:
•
Fungir como presidente (a), vicepresidente (a) o miembro fundador (a)
de Asociaciones u Organizaciones no Gubernamentales (Científicas, de
Investigación, Gremiales, Estudiantiles o de Profesionistas).
•
Título Grado Académico Honoris Causa otorgado por Universidades o
Instituciones de Educación Superior.
•
Graduación con Honores o con Distinción.
En ningún caso se considerarán distinciones del tipo político o religioso.
6.- Reconocimientos o premios. - Se refieren a la recompensa o galardón
otorgado por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado por algún
mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual. De manera específica,
se calificarán a través del número de reconocimientos o premios obtenidos.
En virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o premio,
los siguientes:
•
Premio otorgado a nombre del (la) aspirante.
•
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a
nombre del (la) aspirante en congresos, coloquios o equivalentes.
•
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público.
•
Primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos
y abiertos.
En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político,
religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria,
sorteo o equivalente.
7.- Actividad destacada en lo individual. - Se refiere a la obtención de los
mejores resultados, sobresaliendo en una profesión o actividad individual o ajena a
su campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma. De manera
específica, se calificará a través del número de actividades destacadas en lo
individual comprobadas. En virtud de lo anterior, se considerarán como actividades
destacadas, las siguientes:
•
Título o grado académico en el extranjero con reconocimiento de validez oficial
por la Secretaría de Educación Pública (apostillado).
•
Patentes a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios o misiones en el extranjero.
•
Derechos de autor a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios de voluntariado, altruismo o filantropía (No incluye donativos).
•
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano
y Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno.
En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
Es de importancia mencionar, que los documentos y/o constancias
presentadas de los elementos enumerados del 2 al 7, sólo serán considerados
en una sola ocasión y para un sólo elemento.
8.- Otros estudios. - Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los
requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a
través del estudio o grado máximo de estudios concluido reconocido por la
autoridad competente, que sea adicional al nivel de estudio y grado de avance
al requerido en el perfil del puesto vacante en concurso.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
415
Los (as) aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la
escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso,
con uno de mayor grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado,
según el caso, otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje asignado para el
nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los (as) aspirantes, se realizará a
través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o
Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la SEP.
9.- Habla de Lengua Indígena. - Las lenguas indígenas nacionales son aquellas
que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del
establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes de otros
pueblos Indoamericanos, igualmente preexistentes que se han arraigado en el
territorio nacional con posterioridad y que se reconocen por poseer un conjunto
ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de comunicación.
Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una lengua, en este caso, una
de las 68 lenguas indígenas, se refiere a la capacidad de usarla apropiadamente en
determinadas situaciones sociales. A su vez, esta capacidad se puede evaluar en 4
Habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o comprender, leer y escribir en
distintos contextos.
Las competencias traductoras son los conocimientos, habilidades y actitudes que
se movilizan para poner en operación procesos de trasvase de información de una
lengua a otra, ya sea de manera oral o escrita, pero con una pertinencia cultural
y lingüística.
De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes
obtenidos por el candidato.
En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los
siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1
•
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen,
donde se señale que es hablante de una lengua indígena nacional.
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada por
esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
•
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas que
avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus
variantes.
•
Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías,
folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etc.)
En la presentación de estos materiales, se deberá acreditar fehacientemente su
autoría.
•
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
•
Certificado de competencia laboral (en estándares relacionados con la
interpretación, atención en lengua indígena o traducción). Otros que al efecto
establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional
de Carrera de la Administración Pública Federal.
Nivel 2
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada por
esta misma Institución (con resultado excelente).
•
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o
sus variantes, independientemente del campo de estudio del que se trate.
En
la
presentación
de
estas
publicaciones,
se
deberá
acreditar
fehacientemente su autoría.
•
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador
bilingüe y/o traductor de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etc.).
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
En la presentación de estas evidencias, se deberá acreditar fehacientemente su
autoría. Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano
y Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
10.- Auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicana. La denominación del presente elemento deriva
de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la auto adscripción a un
pueblo o una comunidad indígena o afrodescendiente/ afromexicana es el acto
voluntario mediante el cual personas o comunidades, que tienen un vínculo cultural,
histórico, político, lingüístico o de otro tipo y, que deciden identificarse como
integrantes de un pueblo o comunidad indígena reconocido por el Estado.
La auto adscripción es una manifestación de identidad y pertenencia cultural.
El Mérito que se valora, conforme a este elemento, se relaciona directamente con el
cumplimiento de los requisitos de escolaridad y de experiencia de los perfiles de
puesto en concurso; los cuales representan el esfuerzo de la población objetivo
ante aquellas barreras del sector —económicas, políticas, culturales y sociales―,
que pueden presentarse en el desarrollo profesional de la persona candidata que se
auto adscribe.
La auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente se
calificará de acuerdo con la manifestación que realice, por su parte, la persona
candidata que así lo manifieste, en la revisión documental durante el concurso.
11.- Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera
como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera
profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia establecidos
previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
12.- Persona con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar de
presentar una discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad (LGIPD), cumplan con los requisitos de escolaridad y
experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil del puesto en
concurso. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración, la
descripción de su discapacidad.
Para obtener el puntaje referido a la Valoración de Mérito, se deberá presentar
la documentación que avale el cumplimiento de los elementos
correspondientes.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento
sobre el cual desea obtener puntos. La Dirección General de Recursos
Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio Profesional de
Carrera, Control y Evaluación, para constatar la autenticidad de la información
y documentación presentada por el (la) aspirante, en su totalidad o de manera
selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de información en los registros
públicos
o
acudir
directamente
con
las
instancias
y
autoridades
correspondientes. En los casos en que no se acredite la autenticidad será
motivo de descarte del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Todos los (as) candidatos (as) que sean servidores (as) públicos (as) de
carrera titulares, sin excepción, serán calificados en los elementos 1 a 3.
•
Todos los (as) candidatos (as), sin excepción, serán calificados en los
elementos 4 a 8.
•
Todos los (as) candidatos (as), podrán en su caso, ser considerados para
calificar los elementos 9, 10, 11, y 12, si se cuenta con el soporte.
La calificación final se obtendrá, del promedio que considera el resultado de
cada uno de los elementos, entre el total de estos.
Los resultados obtenidos en las subetapas de la Etapa III, serán considerados en el
sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de los (as) candidatos (as).
Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de determinación) a quienes acrediten
al menos el Puntaje Mínimo de Aptitud que es 80.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Si hay empate, el Comité Técnico de Selección resolverá el resultado del concurso
de acuerdo con lo señalado en el numeral 281 del Acuerdo citado en el primer
párrafo de esta convocatoria.
Los (as) aspirantes que pasen a la etapa de determinación como aptos (as) para
cubrir el puesto y no resulten ganadores (as) en el concurso, serán considerados
(as) finalistas en la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se
trate en la Secretaría de Educación Pública, durante un año contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho,
quedan en posibilidad de ser convocados (as), en ese periodo y de acuerdo con la
clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de
Profesionalización de la Secretaría de Educación Pública, a nuevos concursos
destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique.
Cuando el (la) ganador (a) del concurso tenga el carácter de servidor (a) público (a)
de carrera titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda
vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de haber
cumplido la obligación que le señala fracción VI del artículo 11 de la Ley del
Servicio
Profesional
de
Carrera
en
la
Administración
Pública
Federal.
(Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos
que conozca, en términos de la ley de la materia).
REVISION
DOCUMENTAL
Para poder acreditar la revisión documental, es indispensable presentar la totalidad
de la siguiente documentación en original o copia certificada y escaneada en
Memoria U.S.B. o en C.D. en formato PDF, en caso contrario se le descartará
del concurso:
•
Currículum Vítae detallando periodo en cada puesto y funciones realizadas
(no el registrado en Trabajaen), firmado en todas las hojas con tinta azul, sin
engargolar. Entregar 1 copia.
•
La constancia de no inhabilitación para el desempeño del empleo, cargo o
comisión (será proporcionada por la SEP).
•
Comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, teléfono fijo, gas natural
o estacionario).
•
Impresión del folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx (carátula
inicial de la página personal) para el concurso e impresión de la invitación que
recibe por TrabajaEn. Entregar 1 copia.
•
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
Entregar 1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula
Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en
trámite (con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el documento
que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del
examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa
donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel
de estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil
del puesto establezca como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se
tendrá que presentar el documento oficial que así lo acredite, como puede ser
la Carta de Pasante o documento (oficio y tira de materias) donde establezca
que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios correspondiente.
En el caso de contar con estudios en el extranjero, se deberá presentar
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por
la SEP. Los y las aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de
estudios de la escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del
puesto en concurso, con uno de mayor grado como es la especialidad, la
maestría o el doctorado, en las áreas académicas definidas en el perfil del
puesto, siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún
título o cédula profesional de nivel licenciatura registrado en la Secretaría
de Educación Pública (SEP) y que se encuentre contenido en algunas de
las áreas de conocimientos relacionados con el catálogo de carreras de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG), otorgándose en la
Valoración del Mérito el puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por
dicho perfil.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
•
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se
realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional
o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la SEP.
Entregar 1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente,
sólo en caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.
Entregar 1 copia.
•
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: carta de la empresa en hoja membretada donde se indique la
fecha de ingreso, puestos ocupados y fecha de baja; recibo de pago; alta en
instituciones de seguridad social; contrato laboral; hojas de servicio;
declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en las áreas que
requiera el perfil del puesto en concurso.
•
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar con
fotografía o pasaporte o cartilla militar). Entregar 1 copia.
•
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento
oficial donde se identifique dicho RFC. En caso de que el RFC, incluyendo
homoclave, registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el
que aparece en el documento de alta del SAT o el documento oficial que se
presente,
será
motivo
de
descarte
del
aspirante
en
el
concurso
correspondiente.
•
Cartilla militar liberada. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no
aplica este requisito.
•
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con
pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el
servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún
culto, de que la documentación presentada es auténtica, de no tener sentencia
firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad
corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en
razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada
persona deudora alimentaria morosa. (Agregado el 06 de septiembre de 2023,
por la reforma y adición al art. 38 de la Constitución de los Estados Unidos
Mexicanos, publicado en el DOF 29-05-2023). Este formato le será
proporcionado por la Secretaría de Educación Pública durante la revisión
documental, de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro
voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un
programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso
estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable. Entregar original.
La revisión documental se realizará en la dirección, día y hora que se señale en el
mensaje enviado al aspirante a través de trabajaEn.
PUBLICACION DE
RESULTADOS
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de
folio asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del sitio
web: http://www.trabajaen.gob.mx
CANCELACION DE
CONCURSOS
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso en los supuestos
siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición
legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate; II) El puesto de
que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para
restituir en sus derechos a alguna persona, y; III) El CTP determine que se modifica
o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
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DIARIO OFICIAL
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DECLARACION
DE CONCURSO
DESIERTO
De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección
podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso por
las siguientes causas:
I Porque ningún candidato se presente al concurso;
II Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para
ser considerado finalista, o
III Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o
bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico
de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
REACTIVACION
DE FOLIOS
En caso de aplicar la reactivación de folios rechazados en la Etapa I Revisión
Curricular, a partir de la fecha de descarte el (la) aspirante tendrá 2 días hábiles
para enviar su petición de reactivación de folio dirigido al Secretario (a)
Técnico (a) del Comité Técnico de Selección, a través del correo electrónico:
ingreso_sep@nube.sep.gob.mx. La solicitud se hará del conocimiento al resto de
los (las) integrantes del Comité Técnico de Selección, a través del Encargado (a)
del Subsistema de Ingreso, vía correo electrónico o vía telefónica para su análisis y
en su caso, para su autorización. El plazo de resolución del Comité será a más
tardar en 72 horas. La determinación del Comité Técnico de Selección respecto a la
solicitud de reactivación se hará del conocimiento del interesado (a), a través del
Encargado (a) del Subsistema de Ingreso por correo electrónico.
Dicha solicitud deberá describir y anexar lo siguiente:
•
Manifestar la Justificación del por qué considera que se debe reactivar el folio
dirigido al Secretario (a) Técnico (a) del Comité de Selección solicitando el
análisis y en su caso aprobación de la reactivación.
•
Pantallas impresas del portal personal en www.trabajaen.gob.mx donde se
observará las causales del rechazo y la fecha del mensaje.
•
Currículo que describa los periodos de permanencia, día, mes, año, en cada
una de sus experiencias laborales, así como las funciones que desempeñó(a),
•
Copia de los documentos que acrediten el nivel escolar requerido (Título o
cédula profesional)
•
Copia de los documentos que acrediten su experiencia laboral, los cuales
deberán especificar: fecha de expedición, nombre completo del (la)
candidato(a), día, mes, año de ingreso y baja, indicando los puestos y
funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona que autoriza,
membretado con domicilio y teléfono de la Institución o empresa.
•
Dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición.
La reactivación de folios será improcedente cuando ésta se deba a:
•
La renuncia por parte del o la aspirante.
•
La duplicidad de registros de inscripción.
Una vez transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes de
reactivación.
Nota: En caso de ser autorizada la solicitud de reactivación, el sistema
www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todos los y las
participantes en el concurso.
En relación a los descartes de aspirantes por errores imputables al Operador de
Ingreso en las etapas de evaluación, entrevista y estatus del concurso, esta
dependencia podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar dicho
folio, dando aviso a los (as) aspirantes que siguen participando en la etapa
correspondiente.
PRINCIPIOS DEL
CONCURSO
El concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección a
las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Los casos no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional de
Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el Comité
Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en el concurso que
identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al Secretario (a) Técnico (a)
de dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes dos días hábiles, quien lo
someterá para su análisis y resolución al resto de los o las integrantes. El plazo
para dar una resolución dependerá de la complejidad y gravedad del caso
reportado, por lo que el Comité puede detener el desarrollo del concurso hasta que
tenga una resolución. El Comité Técnico de Selección se asegurará que
la resolución al caso reportado se apegue a los principios mencionados y a la
normatividad aplicable.
DISPOSICIONES
GENERALES
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2.
Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
4.
Los y las concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Quejas del Organo Interno de Control en la dependencia, ubicada en
Av. Universidad No. 1074, Piso 3, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez,
Ciudad de México, C.P. 03330. La inconformidad deberá presentarse por
escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó
el acto motivo de la inconformidad, en términos de lo dispuesto por el artículo
69 fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y 93 al 96 de su Reglamento. Area de Quejas, Denuncias e
Investigaciones del Organo Interno de Control de la SEP.
Los y las aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Quinto piso Ala Norte, Colonia Guadalupe Inn, Alvaro Obregón,
C.P. 01020, Ciudad de México. El recurso de revocación deberá interponerse
dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente en que se
haga del conocimiento el nombre del aspirante que obtuvo la calificación más
alta en el procedimiento de selección, en los términos que establecen los
artículos del 76 al 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en
la Administración Pública Federal y 97 al 98 de su Reglamento, dirigido a la
Unidad de Asuntos Jurídicos, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
5.
Durante el desarrollo y aplicación de las etapas II y IV no se permitirá el uso de
teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD, memorias
portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras, lentes de sol
(oscuros), gorra, así como cualquier otro dispositivo, libro o documento que
posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las
evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o requiera
de utilización como medio de apoyo para el examen y/o evaluaciones.
RESOLUCION DE
DUDAS Y
ATENCION A
USUARIOS
Con la finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas que los
aspirantes formulen con relación al presente concurso, la Secretaría de Educación
Pública pone a la orden los correos electrónicos: ingreso_sep@nube.sep.gob.mx
y teresa.nunez@nube.sep.gob.mx, así como el número telefónico: 3600 2511
con las extensiones: 59822, 59961, 59962, en un horario de lunes a viernes de
09:00 a 15:00 y 16:30 a 18:00 hrs.
México, Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Educación Pública
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección,
Secretaria Técnica
Teresa M. Núñez Zavaleta
Firma Electrónica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
421
Secretaría de Educación Pública
CONVOCATORIA EXCLUSIVA A SERVIDORES(AS) PUBLICOS(AS) EN GENERAL 11/2026
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Educación Pública con fundamento en los artículos 21,
25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal; 17, 18, 32 fracción I, 34 al 40, 92 y Tercero Transitorio de su Reglamento, última Reforma publicada
en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 04 de enero de 2024, y; los Artículos 220, 221, así como 241,
242, 243, 244, 246, 247 y del 253 al 293 de las Disposiciones Generales en Materia de Recursos Humanos de
la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2025, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA EXCLUSIVA A SERVIDORES(AS) PUBLICOS(AS) EN GENERAL
Del concurso para ocupar el siguiente puesto vacante del
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ANALISIS Y PUBLICACION DE RESULTADOS
Nivel
Administrativo
11-171-1-M1C014P-0000031-E-C-T (O11)
Jefatura de Departamento
Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (Veintiséis mil cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General de Análisis y Diagnóstico
del Aprovechamiento Educativo
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Recabar las bases de datos derivadas de los proyectos evaluativos para obtener los
insumos que serán revisados en cuanto al cumplimiento de los lineamientos
establecidos y la difusión de resultados.
2.
Preparar la información relacionada con los proyectos evaluativos que será
proporcionada a las instancias externas para dar cumplimiento con la transparencia
y rendición de cuentas.
3.
Analizar la información derivada de las evaluaciones del logro educativo, para la
elaboración de los reportes de resultados que serán difundidos en los medios
respectivos, así como para su uso por las autoridades educativas.
4.
Elaborar los reportes de resultados requeridos en materia de diagnóstico del
aprovechamiento educativo, con la finalidad de contar con documentos que
contribuyan en la difusión de la información a las autoridades educativas.
5.
Revisar la información que se publica en los distintos medios de difusión,
a fin de verificar que cumpla con los criterios de calidad establecidos para la
población objetivo.
6.
Llevar a cabo trabajos técnico-administrativos en la transferencia y difusión de los
resultados de las evaluaciones, para ofrecer información pertinente a quien
está dirigida.
7.
Publicar los resultados de las evaluaciones de logro educativo realizadas en el
portal de la Dirección General a fin de mantener actualizados los medios a través
de los cuales se ofrece información a la comunidad escolar.
8.
Revisar las características de la información requerida por las instituciones
evaluativas, en los procesos de logística y emisión de resultados, para verificar su
cumplimiento, previo a su envío a la Comisión Nacional para la Mejora Continua de
la Educación.
9.
Elaborar las recomendaciones técnicas en la aplicación y uso de los resultados de
las evaluaciones de aprovechamiento escolar, para informar los resultados de estos
hallazgos a la comunidad educativa y contribuir con la mejora continua.
10. Desarrollar el análisis y difusión de los resultados de las evaluaciones que no son
competencia de la Comisión Nacional de la Mejora Continua de la Educación y de
aquellas que soliciten las instancias externas con base a los criterios establecidos,
con la finalidad de contar con datos alineados a los principios de validez y
confiabilidad para ser transmitidos a las instancias correspondientes.
422
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Computación e Informática, Psicología.
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas Educación.
Area General: Ciencias Naturales y Exactas.
Carreras Genéricas: Biología.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas Computación e Informática.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional, Terminado
o Pasante.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Pedagogía.
Area de Experiencia: Organización y Planificación de la Educación,
Teoría y Métodos Educativos.
Campo de Experiencia: Ciencia Política.
Area de Experiencia: Administración Pública.
Campo de Experiencia: Psicología.
Area de Experiencia: Psicología General.
Campo de Experiencia: Matemáticas.
Area de Experiencia: Ciencia de los Ordenadores, Evaluación.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Consultoría en el Sector Público.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con las
funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías en la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de referencia en
materia de Conocimientos sobre la Administración Pública
Federal”
se
encuentra
en
la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
BASES DE PARTICIPACION PARA LA CONVOCATORIA No. 11/2026, EXCLUSIVA A
SERVIDORES(AS) PUBLICOS(AS) EN GENERAL QUE DESEEN INGRESAR AL SISTEMA DEL
SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
REQUISITOS DE
PARTICIPACION
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto. Con fundamento en el Artículo 244 de las
Disposiciones, sólo se considerará el registro a quienes acrediten el carácter de
personas servidoras públicas en la fecha de registro, como aspirantes a la vacante,
en Trabajaen. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los
siguientes requisitos legales: Ser ciudadano (a) mexicano (a) en pleno ejercicio de
sus derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria permita la función a
desarrollar; No haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito
doloso; Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro (a) de algún culto y No estar
inhabilitado (a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento
legal; No ser declarada como persona deudora alimentaria morosa; en caso de
verse favorecido con el resultado del concurso, a partir de su ingreso No
desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal y
en caso contrario, contar con el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo;
que la documentación presentada como original sea auténtica, asumiendo la
responsabilidad legal y administrativa en caso de no ser así, y; presentar y acreditar
las evaluaciones que se indican para el caso.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
423
El requisito referido a tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el
servicio público (fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la administración Pública Federal), se tendrá por acreditado cuando el
aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez
que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo. En apego al artículo 36 del Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
el Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de prelación de los candidatos,
elegirá de los aspirantes que pasan a la etapa de entrevista a los que considere
aptos para el puesto de conformidad con los criterios de evaluación de las
entrevistas (los que acrediten o superen el puntaje mínimo de aptitud), los cuales
serán considerados como finalistas.
DOCUMENTACION
REQUERIDA
(En caso de
acreditar
Evaluaciones)
La Revisión y Evaluación de documentos, específicamente en lo relativo al perfil del
puesto, se llevará a cabo conforme los catálogos de carreras, de campos y áreas
de experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (TrabajaEn). Los y las
aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia
certificada y escaneada en Memoria U.S.B. o en C.D. en formato PDF, los
siguientes documentos en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que
al efecto reciban con al menos, dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica:
1. Currículum vítae actualizado, detallado y firmado.
2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
3. Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto para
el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel licenciatura o
postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula Profesional
correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en trámite
(con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el documento que avale
dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del examen
profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa donde
establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios y la tira de
materias cursadas. Para los casos en los que el perfil del puesto establezca como
requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se tendrá que presentar el documento
oficial que así lo acredite, como puede ser la Carta de Pasante o documento
(oficio y tira de materias) donde establezca que la persona cubrió el total de créditos
del nivel de estudios correspondiente. En el caso de contar con estudios en el
extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la autoridad competente. Los y las aspirantes
podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la escolaridad y área de
conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso, con uno de mayor
grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado, según el caso, en
las áreas académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la
persona que concursa cuente con algún título o cédula profesional de nivel
Licenciatura registrado en la SEP, otorgándose en la Valoración del Mérito el
puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se realizará a
través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o
Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la Secretaría de
Educación Pública.
4. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar con fotografía o pasaporte o cartilla militar).
5. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento
oficial donde se identifique el RFC. En caso de que el RFC, incluyendo homoclave,
registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el que aparece en el
documento de alta del SAT o el documento oficial que se presente, será motivo de
descarte del aspirante en el concurso correspondiente.
6. Cartilla militar liberada, o en su caso, comprobante de que presta el servicio
militar. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no aplica este requisito.
7. Comprobante que avale pertenecer actualmente al servicio público (recibo de
nómina actual con mínimo de antigüedad a 1 mes, hoja de servicio o constancia
que lo avale).
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
8. Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: será obligatorio demostrar mediante la presentación de cartas
de la empresa en hoja membretada y debidamente firmada, en la que se
indique la fecha de ingreso, puesto ocupado o funciones, así como fecha de
baja o, recibos de pago; alta en instituciones de seguridad social; contrato laboral;
hojas de servicio; declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en
las áreas que requiera el perfil del puesto en concurso.
9. Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente, sólo en
caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.
10. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con pena
privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio
público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún culto, de
que la documentación presentada es auténtica, de no tener sentencia firme por
la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la
libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia
familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual;
por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus
modalidades y tipos. Por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
(Art. 38 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el
DOF 29-05-2023), no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro
voluntario, en el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa
de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a
lo dispuesto en la normatividad aplicable. Este formato le será proporcionado en
la Etapa III del procedimiento, por la Secretaría de Educación Pública a través
de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación.
11. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (pantalla inicial de bienvenida de su página personal de TrabajaEn) y la
impresión de la invitación que recibe vía TrabajaEn.
La Secretaría de Educación Pública se reserva el derecho de solicitar en cualquier
momento o etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten: los
datos registrados en el sistema www.trabajaen.gob.mx por los y las aspirantes para
fines de la revisión curricular, el cumplimiento a los requisitos al perfil del puesto y a
la documentación señalada en los numerales de esta sección. De no acreditar la
existencia y/o autenticidad de la documentación mencionada, será motivo de
descarte del concurso y si fuera el caso, se dejará sin efectos el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad
para la Secretaría de Educación Pública, la cual, a su vez, se reserva el derecho de
ejercitar las acciones legales procedentes. En ningún caso, la Secretaría de
Educación Pública solicitará prueba de no gravidez y de VIH (SIDA); así como
el reclutamiento y selección se realizará en igualdad de oportunidades, sin
discriminación por edad, discapacidad, color de piel, cultura, sexo, condición
económica, apariencia física, características genéticas, embarazo, lengua,
opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil,
situación familiar, responsabilidades familiares o por cualquier otro motivo
que atente contra la dignidad humana.
Una vez acreditadas las etapas conducentes, y en su caso, la persona candidata
demuestra el hablar una Lengua Indígena, contar con autoadscripción a un pueblo
o comunidad indígena o afrodescendiente/afromexicana y, mantenerse en su
momento dentro del parámetro de Juventudes (hasta los 29 años), o es una
persona con discapacidad, serán considerados en cada supuesto en el que se
encuentre una persona concursante, para la Valoración del Mérito; lo anterior, con
el objetivo implementar medidas para prevenir la discriminación y garantizar una
real igualdad de oportunidades, como resultado de la apertura de la concepción del
mérito en vista al nuevo modelo de profesionalización del servicio público de la APF
como uno de los principales motores de cambio y transformación de un gobierno
incluyente, democrático y sensible a la realidad social; de conformidad con los
artículos 231, 232, 259 y del 266 al 270, del ACUERDO por el que se establecen
las Disposiciones Generales en Materia de Recursos Humanos de la Administración
Pública Federal.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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REGISTRO DE
ASPIRANTES
La inscripción o el registro de los y las aspirantes al concurso se realizará del 04 al
18 de marzo de 2026, a través del portal www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará
un folio al aspirante que cubra los requisitos del concurso para identificarlo durante
el desarrollo del mismo, asegurando así el anonimato de los aspirantes.
Al momento en que la persona registre su participación a un concurso a través de
www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular,
asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo descartará del
concurso. La revisión curricular efectuada a través de www.trabajaen.gob.mx, se
desarrollará, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que los y
las candidatas deberán presentar para acreditar que cumplen con todos y cada uno
de los requisitos establecidos en la convocatoria.
Cuando la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno detecte más de un folio de un aspirante en
TrabajaEn, realizará las acciones necesarias para que prevalezca únicamente el
registro que coincida con la CURP y la documentación presentada por el usuario,
quien elegirá ante dicha Unidad el folio que deberá prevalecer en TrabajaEn.
En caso de que se detecten más de una inscripción a un mismo concurso por un (a)
candidato (a), se descartará del concurso.
Con fundamento en el Artículo 244 de las Disposiciones, sólo se considerará el
registro a quienes acrediten el carácter de personas servidoras públicas en la fecha
de registro, como aspirantes a la vacante, en Trabajaen.
** Sin excepción en cada Etapa se deberá asistir con Identificación oficial,
documento que visualice el RFC, Folio de participación asignado por el
sistema de TrabajaEn (página de bienvenida), así como copia de la invitación
de la plaza a concursar. Todo aspirante deberá traer su usuario y contraseña
de acceso al sistema de TrabajaEn para la aplicación del Examen de
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal (APF)**
DESARROLLO
DEL CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica; sin embargo,
ésta puede estar sujeta a cambios, incluyendo el orden de aplicación de cada
etapa, debido a variables que afectan el desarrollo del concurso como pueden ser
entre otras: Disponibilidad de las herramientas de evaluación, cantidad de
participantes, verificación del perfil de los participantes, disponibilidad de salas y
equipo informático para la aplicación de las evaluaciones; problemas de
comunicación electrónica del sistema de esta dependencia y del sistema de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG); dificultad de acceso al Módulo
generador de exámenes de la (SABG), por parte del aspirante, al no contar o no
recordar su usuario y contraseña; tiempo de respuesta de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno para proporcionar la información que le concierne
del concurso correspondiente o que se le requiera por motivos de consulta,
desbloqueo o rehabilitación; por fenómenos naturales; marchas manifestaciones
que impacten en el cierre de las instalaciones, verificación de reactivos, y;
disponibilidad de agenda de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
El orden de aplicación de la Subetapa de Exámenes de Conocimientos y de la
Evaluación de Habilidades, contemplados en la Etapa II del procedimiento de
reclutamiento y selección, podrá ser variable, por las razones antes mencionadas.
La realización de cada etapa del concurso se comunicará a los y las aspirantes con
48 horas hábiles de anticipación como mínimo, por medio del contador de mensajes
del sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se recomienda la consulta
permanente del referido sistema.
ACTIVIDAD
FECHA O PLAZO
Publicación del Concurso:
04 de marzo de 2026
Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada, a
través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx (Registro
de aspirantes).
Del 04 al 18 de marzo
de 2026
426
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Etapa II: Evaluación dividida en tres temas (con doble
descarte):
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos que
constará de dos Evaluaciones, la primera correspondiente
al Examen de Conocimientos Técnicos del puesto,
cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una
escala de 0 a 100 sin decimales; obtener una calificación
menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten
el Examen de Conocimientos Técnicos podrán realizar la
segunda Evaluación correspondiente al Examen de
Conocimientos
Generales
de
la
Administración
Pública Federal, esta calificación se promediará con la
del Examen de Conocimientos Técnicos del puesto para
obtener la calificación de la subetapa, cuyo mínimo
aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin
decimales, un resultado menor a éste será motivo de
descarte, así como el hecho de que no se presente en la
fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de TrabajaEn.
Evaluación
de
Habilidades.
El
resultado
de
las
Evaluaciones de Habilidades no es motivo de descarte; sin
embargo, el no presentarlas sí es motivo de descarte.
Las Evaluaciones de Habilidades se conformarán por
preguntas
y
se
complementarán
con
pruebas
psicométricas. Las guías de estudio para las Evaluaciones
de Habilidades se encuentran disponibles con el nombre
de “Guía de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades”
en TrabajaEn con la liga: https://trabajaen.gob.mx -
Documentos e Información Relevante - Guía de Estudio
para las Evaluaciones de Habilidades.
Del 23 de marzo al 01
de junio de 2026
Etapa III: Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito; así como la revisión documental.
Esta etapa se llevará a cabo de forma presencial con una
logística y medidas de prevención establecidas.
Del 23 de marzo al 01
de junio de 2026
Etapa IV: Entrevista por el Comité Técnico de Selección.
El resultado acumulado de las etapas II (Exámenes de
Conocimientos,
Habilidades
y
psicométricos)
y
III
(Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así
como revisión documental) con una puntuación menor a
50, son motivo de descarte.
Esta etapa del proceso se llevará a cabo de manera
presencial para el(la) aspirante, garantizando los principios
rectores del Sistema del Servicio Profesional de Carrera;
evitando que alguno(a) de ellos(ellas) no cuente con los
recursos informáticos para realizarla, de esta manera se
asegura que a ningún aspirante se le dificulte su
participación.
Para los integrantes del Comité de Selección (CTS), el
proceso de la entrevista y determinación se desahogará a
distancia
vía
remota,
programándose
previamente
conforme a la agenda del Comité y de forma escalonada la
lista de los aspirantes finalistas.
El CTS, para verificar si la persona candidata reúne el
perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, en
un primer momento considerarán al(la) finalista y en un
segundo momento, determinarán al (la)ganador(a) del
concurso.
Del 23 de marzo al 01
de junio de 2026
Etapa V: Determinación
Esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el
proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación.
Del 23 de marzo al 01
de junio de 2026
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
427
Nota: Si la realización de las etapas II, III, IV y V se registran en un sólo periodo de
tiempo como es el caso, es porque se considera el inicio y término en que deberá
llevarse a cabo todo el proceso del concurso (90 días naturales), Por determinación
de la SABG.
La fecha puntual de aplicación en cada etapa se dará a conocer a los (las)
candidatos (as), con mínimo 48 horas de anticipación a través de su contador de
mensajes de TrabajaEn.
TEMARIOS Y
GUIAS
Los temarios referentes a los exámenes de Conocimientos se encuentran
disponibles en las siguientes ligas electrónicas:
Técnico del Puesto:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-
de-carrera-2026
General de la APF:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-
apf/
Adicionalmente se podrán consultar en la Convocatoria que se publica en
TrabajaEn.
Las guías para la Evaluación de las Habilidades serán las consideradas para las
capacidades profesionales/directivas que se encontrarán disponibles para su
consulta en la página electrónica:
https://trabajaen.gob.mx - Documentos e Información Relevante - Guía de
Estudio para las Evaluaciones de Habilidades.
PRESENTACION
DE
EVALUACIONES
La Secretaría de Educación Pública comunicará la fecha, hora y lugar en que los y
las aspirantes deberán presentarse para la aplicación de la Subetapa de Exámenes
de Conocimientos que constará de dos Evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, cuya calificación mínima
aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin decimales (A través del Sistema
Armstrong), obtener una calificación menor es motivo de descarte; las personas que
acrediten el Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto podrán realizar
la segunda evaluación correspondiente al Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal (a través de la herramienta proporcionada por la
Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno), cuya calificación se promediará con la del Examen de Conocimientos
Técnicos del Puesto para obtener la calificación de la Subetapa, cuyo mínimo
aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado menor a
éste será motivo de descarte; y las Evaluaciones de Habilidades (incluyendo las
Evaluaciones Psicométricas), estas últimas, a través del sistema Armstrong.
En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada
aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del Examen y/o
Evaluaciones. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por ningún motivo se
aplicará el Examen y/o Evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el Examen y/o las
Evaluaciones si él o la participante no presenta la documentación requerida
por la dependencia.
Los resultados aprobatorios obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la página de
TrabajaEn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
La aplicación del resultado aprobatorio de la Evaluación de Conocimientos Técnicos
obtenido en el concurso anterior de la misma plaza, el sistema RHnet lo registra
automáticamente si aplica el mismo temario y bibliografía, En caso de que el
sistema no registrara la calificación aprobatoria de la Evaluación de Conocimientos
Técnicos anterior, el (la) participante deberá solicitar su consideración por escrito
(oficio, o correo electrónico) al Comité Técnico de Selección, a través de la
Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación, antes del inicio
de la nueva aplicación de dicho examen.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal (APF), los (las) candidatos (as) podrán participar en otros concursos e
inclusive de otras Dependencias, sin tener que sujetarse nuevamente al Examen de
Conocimientos de la APF, cuando hayan obtenido un resultado igual o superior a 70
puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se verá reflejado de
forma automática en el portal de TrabajaEn y no podrá renunciar al resultado
aprobatorio con la finalidad de mejorarlo, éste permanecerá vigente durante un año
contado a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la página de
TrabajaEn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Los resultados no aprobatorios obtenidos en este examen, tendrán una vigencia de
dos días, contado a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la
página de TrabajaEn.
Los resultados obtenidos en la Evaluación de Habilidades, no serán motivo de
descarte y tendrán vigencia de un año con calificación igual o superior a 70, a partir
de la fecha en que se den a conocer a través de la página electrónica TrabajaEn,
tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en otros concursos de la
SEP, sin tener que sujetarse a la evaluación, siempre y cuando se trate de la misma
habilidad y que haya sido evaluada a través de la herramienta proporcionada
por la SEP.
Las personas que hayan sido evaluadas en sus habilidades con herramientas
distintas a las administradas por la SEP, deberán realizar las evaluaciones, ya que
las calificaciones que hayan obtenido mediante otro mecanismo quedan sin efectos.
REVISION DE
EXAMENES
En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente, determine la
revisión de exámenes de Conocimientos Técnicos y de Habilidades, ésta sólo podrá
efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación,
métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni
las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del
contenido o los criterios de evaluación.
Las dudas relacionadas con el Temario y Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal (APF), deberán dirigirse a la Unidad de Políticas
para
el
Servicio
Público,
a
la
cuenta
de
correo
electrónico:
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
REGLAS DE
VALORACION
1.- Número de Evaluación de Conocimientos: 2
2.- Número de Evaluaciones de Habilidades: 2
3.- Número de Evaluaciones Psicométricas: 2
4.- Calificación mínima aprobatoria en la Evaluación de Conocimientos Técnicos:
80 sobre 100
5.- El resultado del Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y del Examen de Conocimientos Técnicos serán sumados con el
objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de exámenes de Conocimientos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70; conforme a la Nueva
Metodología de Aplicación de los Exámenes de Conocimientos, Evaluación de la
Experiencia y la Valoración del Mérito para el Ingreso al Servicio Profesional
de Carrera.
6.- Evaluaciones de Habilidades: No será motivo de descarte el resultado que
obtenga la (el) aspirante.
7.- Número de especialistas que auxiliarán al Comité Técnico de Selección en la
etapa de entrevistas: Se tendrán tres especialistas, uno por cada Titular del
Comité Técnico de Selección, si éste último lo establece en las sesiones de
Instalación y Planeación de Entrevista y Determinación.
8.- Número mínimo de candidatos (as) a entrevistar: 3, si el universo lo permite;
en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a todos; en caso de que
el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta 10 participantes en orden
de prelación.
9.- Número de candidatos (as) que se continuarán entrevistando, en caso de no
contar con al menos un (a) finalista de los primeros 3 entrevistados: 3, si el
universo lo permite; en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a
todos (as); en caso de que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta
10 participantes en orden de prelación.
10.- Puntaje mínimo de aptitud (para pasar a la etapa de determinación):
80 sobre 100.
11.- Criterios a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a
partir de evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia
obtenida (ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida
(cantidad de ejemplos), y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los
requisitos del puesto.
12.- El (la) ganador (a) del concurso: el finalista (pasa a la etapa de
determinación) que obtenga la calificación más alta en el proceso
de selección, es decir, al de mayor Calificación (puntaje) Definitiva.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
429
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
El proceso de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular;
II) Evaluaciones: Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, Examen de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (APF) y
Evaluaciones de Habilidades (incluyendo las Evaluaciones Psicométricas);
III) Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión
Documental; IV) Entrevista, y V) Determinación.
La Etapa I del proceso de selección (revisión curricular) tiene como propósito
determinar si la persona continua en el concurso, por lo que su acreditación no
otorgará puntaje alguno.
Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán distribuidos
únicamente entre las etapas II (Exámenes de Conocimientos Técnicos
y Conocimientos Generales de la APF, Evaluaciones de Habilidades y
Psicométricos, las dos últimas sólo como referencia); III (Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión Documental), y;
IV (Entrevista), del procedimiento de selección, quedando de la siguiente manera:
ETAPA
SUB-ETAPA
PUNTOS
II. Exámenes de Conocimientos y
Evaluaciones de Habilidades.
1° Examen de Conocimientos
Técnicos.
30
2° Examen de Conocimientos
Generales de la APF.
Evaluación de Habilidades
(sin descarte).
10
III Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito, así como
Revisión Documental.
Evaluación de la Experiencia
laboral.
20
Valoración del Mérito.
10
IV Entrevista.
El resultado acumulado de las
etapas
II
(Evaluación
de
Conocimientos y Evaluación de
Habilidades, Psicométricas) y III
(Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito, así como
Revisión Documental) con una
puntuación menor a 50, son motivo
de descarte.
No aplica.
30
Total de puntos:
100 puntos
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
Para efectos de continuar en el concurso, los (las) aspirantes deberán aprobar las
evaluaciones precedentes, excepto la de habilidades que incluyen las evaluaciones
psicométricas, en virtud de que el resultado de éstas no es motivo de descarte, a
menos que el (la) participante no se presente a su aplicación; de igual manera si el
(la) participante no acude a la cita que se le invite, o no apruebe las evaluaciones
de conocimientos y la revisión documental será motivo de descarte.
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos Evaluaciones,
la primera correspondiente al Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, cuya
calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin decimales;
una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten el
Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, podrán realizar la segunda
Evaluación correspondiente al Examen de Conocimientos Generales en la
Administración Pública Federal (APF), cuya calificación se promediará con la del
Examen de Conocimientos Técnicos para obtener la calificación de la Subetapa,
cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un
resultado menor a éste será motivo de descarte, así como el hecho de no
presentarse en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de TrabajaEn.
Las Evaluaciones de Habilidades, cuyo resultado no será motivo de descarte, que
se aplicarán serán las siguientes, considerando que se conformarán por preguntas
y se complementarán con pruebas psicométricas:
Enlace: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Jefatura de Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Subdirección de Area: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Dirección de Area: Liderazgo y Negociación.
Coordinación Sectorial: Liderazgo y Negociación.
Dirección General: Visión Estratégica y Liderazgo.
430
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como revisión
documental.
El resultado que arroje la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así
como revisión documental, no será motivo de descarte, sin embargo, es
necesario que el (la) aspirante reúna el requisito de área y años de
experiencia laboral, y; áreas y nivel de escolaridad que establece el perfil del
puesto en concurso, así como la documentación personal básica que se le
requiera, en caso contrario será motivo de descarte. La Evaluación y Valoración
mencionadas, le dan la posibilidad al (la) aspirante de obtener puntos, que sumados
a los obtenidos en la Etapa II del proceso de selección que contempla Evaluación
de Conocimientos (Técnicos y de Conocimientos Generales de la APF, y
Evaluaciones de Habilidades y Psicométricas), le ayudan para ubicarlo en un mejor
lugar de prelación dentro del concurso. El máximo de puntos que pueden obtener
en la Etapa III son: 20 puntos en la Evaluación de la Experiencia y 10 puntos en la
Valoración del Mérito. Para la obtención de los puntos mencionados, es
imprescindible presentar en original o copia certificada para su validación, un
archivo por documento, por ambos lados, en formato PDF y escala a 100%, en
archivo electrónico e identificado con el nombre del puesto, y folio del
concurso, organizada en una carpeta para cada etapa: Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión Documental.
NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS ORIGINALES INVARIABLEMENTE DEBEN
COINCIDIR
CON
LOS
DIGITALIZADOS,
LA
FALTA
DEL
ARCHIVO
ELECTRONICO O DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL O
COPIA
DIGITALIZADA
SERA
MOTIVO
DE
DESCARTE.
La
evidencia
documental que acredite el nivel de cumplimiento en cada uno de los
elementos que se califican.
En la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como revisión
documental, se calificarán los siguientes elementos:
1.- Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el nivel
jerárquico en la trayectoria laboral del (la) candidato (a) (último puesto
desempeñado o que está desempeñando) en relación al puesto en concurso.
Las personas que cuenten únicamente con una sola experiencia en un cargo o
puesto no serán evaluadas en este rubro, al no existir un parámetro objetivo para
realizar la comparación.
2.- Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados del (la) candidato (a). De manera
específica, a través del número de años promedio por cargo o puesto que posea.
3.- Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Público. De manera
específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Público.
4.- Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Privado. De manera
específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Privado.
5.- Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con la existencia o
experiencia en el Sector Social.
6.- Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de
respuesta seleccionada por el (la) aspirante, entre las 5 posibles opciones
establecidas en el formato de evaluación, respecto a su trayectoria profesional.
Las opciones son las siguientes:
a) He desempeñado puestos donde he desarrollado una serie de actividades
sencillas y similares entre sí.
b) He desarrollado puestos que requieran coordinar una serie de funciones y
actividades similares y relacionadas entre sí.
c) He desempeñado puestos que requieran coordinar una serie de funciones
de naturaleza diferente.
d) He desempeñado puestos que requieran dirigir un área con funciones de
naturaleza diferente.
e) He desempeñado puestos que requieran dirigir diversas áreas que contribuían al
desarrollo de los planes estratégicos de una o varias unidades administrativas
o de negocio.
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DIARIO OFICIAL
431
7.- Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración bruta
mensual en la trayectoria laboral del (la) candidato (a). De manera específica,
comparando la remuneración bruta mensual del puesto actual (en su caso el último)
y la del puesto en concurso.
8.- Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las
del puesto vacante. - Se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la Rama
de Cargo o puesto en el currículum vítae del candidato registrado por el (la) propio
(a) candidato (a) en www.trabajaen.gob.mx con la rama de cargo o puesto vacante
en concurso.
9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. -
Se calificará de acuerdo con la permanencia en el puesto o puestos inmediatos
inferiores al de la vacante. De manera específica, a través del número de años
acumulados en dichos puestos.
Otros elementos que establezcan en la Unidad de Política de Recursos Humanos
de la Administración Pública Federal o CTP, previa aprobación de la Unidad
conforme a las particulares de la dependencia.
Para obtener el puntaje referido a la Evaluación de la Experiencia, el (la)
aspirante deberá presentar la documentación que avale el cumplimiento a
cada elemento, la cual puede ser entre otras: carta original de la empresa en
hoja membretada; hoja de servicios; contrato laboral; recibos de pago; alta y
baja en instituciones de seguridad social, etc. La documentación deberá
especificar claramente el estatus del elemento sobre el cual desea obtener
puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó y el tiempo de
permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las funciones y
actividades realizadas en los puestos ocupados. La Dirección General de
Recursos Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio
Profesional de Carrera, Control y Evaluación, para constar la autenticidad de
la información y documentación presentada por el (la) aspirante, en su
totalidad o de manera selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de
información en los registros públicos o acudir directamente con las
instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se
acredite la autenticidad será motivo de descarte del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Los (las) aspirantes serán calificados (as) en el orden en los puestos
desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten con una sola experiencia,
cargo o puesto previos.
•
A todos los (las) aspirantes se les calificarán los elementos 2 al 8.
•
Quienes ocupen o hayan ocupado uno o más de los cargos o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante, serán calificados en el elemento 9.
•
La calificación final se obtendrá del promedio entre la calificación de cada uno
de los elementos entre el total de elementos considerados.
En la Valoración del Mérito se calificarán los siguientes elementos:
1.- Resultados de la Evaluación del Desempeño. - Se considerarán de acuerdo
con las calificaciones de los servidores públicos de carrera titulares,
obtenidas en las Evaluaciones de Desempeño Anual. De manera específica, a
través de los puntos de la calificación obtenida en la última Evaluación del
Desempeño Anual. Para obtener las calificaciones de la Evaluación de
Desempeño desde RHnet, deberá ingresar con su usuario y contraseña
al
portal
www.rhnet.gob.mx,
dirigirse
a
la
sección
de
Evaluación
del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis Evaluaciones del
Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego dar clic en
“Ver Resumen” de la última Evaluación del Desempeño e imprimir el resumen.
En caso de no poder imprimir su Evaluación desde RHnet, deberá dirigirse a
su área de Recursos Humanos, para obtener ayuda.
2.- Resultados de las acciones de capacitación. - Se calificarán de acuerdo con
las calificaciones de las acciones de capacitación. De manera específica, a través
del promedio de las calificaciones obtenidas por el servidor público de carrera
titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el ejercicio fiscal
inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones de capacitación para el
servidor público de carrera titular, no será calificado en este elemento.
432
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
3.- Resultados de procesos de certificación. - Se calificarán de acuerdo con las
capacidades profesionales certificadas. De manera específica, a través del número
de capacidades profesionales certificadas vigentes logradas por los servidores
públicos de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional
de Carrera.
4.- Logros.- Se refieren al alcance de un objetivo relevante del (la) candidato (a) en
su labor o en campo de trabajo; a través de aportaciones que mejoraron,
facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de trabajo; o bien,
mediante el logro de metas estratégicas que aportaron un beneficio a la ciudadanía,
sin: generar presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o afectar
negativamente los objetivos de otra área, unidad responsable o de negocios, por lo
que podrán presentar las constancias respectivas como: certificaciones en
competencias laborales o en Habilidades Profesionales distintas a las del Servicio
Profesional de Carrera, publicación especializada (gacetas revistas, prensa o libros)
relacionadas con su campo de experiencia.
* La Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación,
responsable del Subsistema de Ingreso, se reserva el derecho a revisar las
constancias mostradas en este rubro y su congruencia con el campo-área de
trabajo que hayan permitido o que permitan la mejora, optimización y/o
fortalecimiento de metas estratégicas, funciones del área y del perfil del
puesto, así como el cumplimiento de objetivos por parte de la persona
aspirante en el ámbito laboral o que con ello exista un aporte a la ciudadanía
de forma integral y no aislada. En ningún caso se consideran logros de tipo
político o religioso.
5.- Distinciones. - Se refieren al honor o trato especial concedido a una persona
por su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a
través del número de distinciones obtenidas. En virtud de lo anterior, se considerará
como una distinción, las siguientes:
•
Fungir como presidente (a), vicepresidente (a) o miembro fundador (a)
de Asociaciones u Organizaciones no Gubernamentales (Científicas, de
Investigación, Gremiales, Estudiantiles o de Profesionistas).
•
Título Grado Académico Honoris Causa otorgado por Universidades o
Instituciones de Educación Superior.
•
Graduación con Honores o con Distinción.
En ningún caso se considerarán distinciones del tipo político o religioso.
6.- Reconocimientos o premios. - Se refieren a la recompensa o galardón
otorgado
por
agradecimiento
o
reconocimiento
al
esfuerzo
realizado
por algún mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual. De manera
específica, se calificarán a través del número de reconocimientos o premios
obtenidos. En virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o
premio, los siguientes:
•
Premio otorgado a nombre del (la) aspirante.
•
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a
nombre del (la) aspirante en congresos, coloquios o equivalentes.
•
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público.
•
Primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos
y abiertos.
En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político,
religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria,
sorteo o equivalente.
7.- Actividad destacada en lo individual. - Se refiere a la obtención de los
mejores resultados, sobresaliendo en una profesión o actividad individual o ajena a
su campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma. De manera
específica, se calificará a través del número de actividades destacadas en lo
individual comprobadas. En virtud de lo anterior, se considerarán como actividades
destacadas, las siguientes:
•
Título o grado académico en el extranjero con reconocimiento de validez oficial
por la Secretaría de Educación Pública (apostillado).
•
Patentes a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios o misiones en el extranjero.
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DIARIO OFICIAL
433
•
Derechos de autor a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios de voluntariado, altruismo o filantropía (No incluye donativos).
•
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano
y Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno.
En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
Es de importancia mencionar, que los documentos y/o constancias
presentadas de los elementos enumerados del 2 al 7, sólo serán considerados
en una sola ocasión y para un sólo elemento.
8.- Otros estudios. - Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los
requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a
través del estudio o grado máximo de estudios concluido reconocido por la
autoridad competente, que sea adicional al nivel de estudio y grado de avance
al requerido en el perfil del puesto vacante en concurso.
Los (as) aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la
escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso,
con uno de mayor grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado,
según el caso, otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje asignado para el
nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los (as) aspirantes, se realizará a
través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o
Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la SEP.
9.- Habla de Lengua Indígena. - Las lenguas indígenas nacionales son aquellas
que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del
establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes de otros
pueblos Indoamericanos, igualmente preexistentes que se han arraigado en el
territorio nacional con posterioridad y que se reconocen por poseer un conjunto
ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de comunicación.
Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una lengua, en este caso, una
de las 68 lenguas indígenas, se refiere a la capacidad de usarla apropiadamente en
determinadas situaciones sociales. A su vez, esta capacidad se puede evaluar en 4
Habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o comprender, leer y escribir en
distintos contextos.
Las competencias traductoras son los conocimientos, habilidades y actitudes que
se movilizan para poner en operación procesos de trasvase de información de una
lengua a otra, ya sea de manera oral o escrita, pero con una pertinencia cultural
y lingüística.
De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes
obtenidos por el candidato.
En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los
siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1
•
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen,
donde se señale que es hablante de una lengua indígena nacional.
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada por
esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
•
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas que
avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus
variantes.
•
Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías,
folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etc.)
En la presentación de estos materiales, se deberá acreditar fehacientemente
su autoría.
•
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
•
Certificado de competencia laboral (en estándares relacionados con la
interpretación, atención en lengua indígena o traducción). Otros que al efecto
establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional
de Carrera de la Administración Pública Federal.
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DIARIO OFICIAL
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Nivel 2
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada por
esta misma Institución (con resultado excelente).
•
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o
sus variantes, independientemente del campo de estudio del que se trate.
En
la
presentación
de
estas
publicaciones,
se
deberá
acreditar
fehacientemente su autoría.
•
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador
bilingüe y/o traductor de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etc.).
En la presentación de estas evidencias, se deberá acreditar fehacientemente su
autoría. Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano
y Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
10.- Auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicana. La denominación del presente elemento deriva
de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la auto adscripción a un
pueblo o una comunidad indígena o afrodescendiente/ afromexicana es el acto
voluntario mediante el cual personas o comunidades, que tienen un vínculo cultural,
histórico, político, lingüístico o de otro tipo y, que deciden identificarse
como integrantes de un pueblo o comunidad indígena reconocido por el Estado.
La auto adscripción es una manifestación de identidad y pertenencia cultural.
El Mérito que se valora, conforme a este elemento, se relaciona directamente con el
cumplimiento de los requisitos de escolaridad y de experiencia de los perfiles de
puesto en concurso; los cuales representan el esfuerzo de la población objetivo
ante aquellas barreras del sector —económicas, políticas, culturales y sociales―,
que pueden presentarse en el desarrollo profesional de la persona candidata que se
auto adscribe.
La auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente se
calificará de acuerdo con la manifestación que realice, por su parte, la persona
candidata que así lo manifieste, en la revisión documental durante el concurso.
11.- Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera
como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera
profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia establecidos
previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
12.- Persona con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar de
presentar una discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad (LGIPD), cumplan con los requisitos de escolaridad y
experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil del puesto en
concurso. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración, la
descripción de su discapacidad.
Para obtener el puntaje referido a la Valoración de Mérito, se deberá presentar
la documentación que avale el cumplimiento de los elementos
correspondientes.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento
sobre el cual desea obtener puntos. La Dirección General de Recursos
Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio Profesional de
Carrera, Control y Evaluación, para constatar la autenticidad de la información
y documentación presentada por el (la) aspirante, en su totalidad o de manera
selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de información en los registros
públicos
o
acudir
directamente
con
las
instancias
y
autoridades
correspondientes. En los casos en que no se acredite la autenticidad será
motivo de descarte del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Todos los (as) candidatos (as) que sean servidores (as) públicos (as)
de carrera titulares, sin excepción, serán calificados en los elementos 1 a 3.
•
Todos los (as) candidatos (as), sin excepción, serán calificados en los
elementos 4 a 8.
•
Todos los (as) candidatos (as), podrán en su caso, ser considerados para
calificar los elementos 9, 10, 11, y 12, si se cuenta con el soporte.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
435
La calificación final se obtendrá, del promedio que considera el resultado de
cada uno de los elementos, entre el total de estos.
Los resultados obtenidos en las subetapas de la Etapa III, serán considerados en el
sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de los (as) candidatos (as).
Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de determinación) a quienes acrediten
al menos el Puntaje Mínimo de Aptitud que es 80.
Si hay empate, el Comité Técnico de Selección resolverá el resultado del concurso
de acuerdo con lo señalado en el numeral 289 del Acuerdo citado en el primer
párrafo de esta convocatoria.
Los (as) aspirantes que pasen a la etapa de determinación como aptos (as) para
cubrir el puesto y no resulten ganadores (as) en el concurso, serán considerados
(as) finalistas en la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se
trate en la Secretaría de Educación Pública, durante un año contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho,
quedan en posibilidad de ser convocados (as), en ese periodo y de acuerdo con la
clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de
Profesionalización de la Secretaría de Educación Pública, a nuevos concursos
destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique.
Cuando el (la) ganador (a) del concurso tenga el carácter de servidor (a) público (a)
de carrera titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda
vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de haber
cumplido la obligación que le señala fracción VI del artículo 11 de la Ley del
Servicio
Profesional
de
Carrera
en
la
Administración
Pública
Federal.
(Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos
que conozca, en términos de la ley de la materia).
REVISION
DOCUMENTAL
Para poder acreditar la revisión documental, es indispensable presentar la totalidad
de la siguiente documentación en original o copia certificada y escaneada en
Memoria U.S.B. o en C.D. en formato PDF, en caso contrario se le descartará
del concurso:
•
Currículum Vítae detallando periodo en cada puesto y funciones realizadas
(no el registrado en Trabajaen), firmado en todas las hojas con tinta azul, sin
engargolar. Entregar 1 copia.
•
La constancia de no inhabilitación para el desempeño del empleo, cargo o
comisión (será proporcionada por la SEP).
•
Comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, teléfono fijo, gas natural
o estacionario).
•
Impresión
del
folio
asignado
por
el
Portal
www.trabajaen.gob.mx
(carátula inicial de la página personal) para el concurso e impresión de la
invitación que recibe por TrabajaEn. Entregar 1 copia.
•
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda. Entregar
1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula
Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en
trámite (con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el documento
que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del
examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa
donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel
de estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil
del puesto establezca como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se
tendrá que presentar el documento oficial que así lo acredite, como puede ser
la Carta de Pasante o documento (oficio y tira de materias) donde establezca
que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios correspondiente.
En el caso de contar con estudios en el extranjero, se deberá presentar
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por
la SEP. Los y las aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de
estudios de la escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del
puesto en concurso, con uno de mayor grado como es la especialidad, la
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
maestría o el doctorado, en las áreas académicas definidas en el perfil del
puesto, siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún
título o cédula profesional de nivel licenciatura registrado en la Secretaría
de Educación Pública (SEP) y que se encuentre contenido en algunas de
las áreas de conocimientos relacionados con el catálogo de carreras de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG), otorgándose en la
Valoración del Mérito el puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por
dicho perfil.
•
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se
realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional
o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la SEP.
Entregar 1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente,
sólo en caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.
Entregar 1 copia.
•
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: carta de la empresa en hoja membretada donde se indique la
fecha de ingreso, puestos ocupados y fecha de baja; recibo de pago; alta en
instituciones de seguridad social; contrato laboral; hojas de servicio;
declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en las áreas que
requiera el perfil del puesto en concurso.
•
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar con
fotografía o pasaporte o cartilla militar). Entregar 1 copia.
•
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento
oficial donde se identifique dicho RFC. En caso de que el RFC, incluyendo
homoclave, registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el
que aparece en el documento de alta del SAT o el documento oficial que se
presente,
será
motivo
de
descarte
del
aspirante
en
el
concurso
correspondiente.
•
Cartilla militar liberada. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no
aplica este requisito.
•
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con
pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el
servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún
culto, de que la documentación presentada es auténtica, de no tener sentencia
firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad
corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en
razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada
persona deudora alimentaria morosa. (Agregado el 06 de septiembre de 2023,
por la reforma y adición al art. 38 de la Constitución de los Estados Unidos
Mexicanos, publicado en el DOF 29-05-2023). Este formato le será
proporcionado por la Secretaría de Educación Pública durante la revisión
documental, de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro
voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un
programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso
estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable. Entregar original.
La revisión documental se realizará en la dirección, día y hora que se señale en el
mensaje enviado al aspirante a través de trabajaEn.
PUBLICACION DE
RESULTADOS
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de
folio asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del sitio
web: http://www.trabajaen.gob.mx
CANCELACION DE
CONCURSOS
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso en los supuestos
siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición
legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate; II) El puesto de
que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para
restituir en sus derechos a alguna persona, y; III) El CTP determine que se modifica
o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
437
DECLARACION DE
CONCURSO
DESIERTO
De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección
podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso por
las siguientes causas:
I Porque ningún candidato se presente al concurso;
II Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para
ser considerado finalista, o
III Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o
bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico
de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
REACTIVACION
DE FOLIOS
En caso de aplicar la reactivación de folios rechazados en la Etapa I Revisión
Curricular, a partir de la fecha de descarte el (la) aspirante tendrá 2 días hábiles
para enviar su petición de reactivación de folio dirigido al Secretario (a)
Técnico (a) del Comité Técnico de Selección, a través del correo electrónico:
ingreso_sep@nube.sep.gob.mx. La solicitud se hará del conocimiento al resto de
los (las) integrantes del Comité Técnico de Selección, a través del Encargado (a)
del Subsistema de Ingreso, vía correo electrónico o vía telefónica para su análisis y
en su caso, para su autorización. El plazo de resolución del Comité será a más
tardar en 72 horas. La determinación del Comité Técnico de Selección respecto a la
solicitud de reactivación se hará del conocimiento del interesado (a), a través del
Encargado (a) del Subsistema de Ingreso por correo electrónico.
Dicha solicitud deberá describir y anexar lo siguiente:
•
Manifestar la Justificación del por qué considera que se debe reactivar el folio
dirigido al Secretario (a) Técnico (a) del Comité de Selección solicitando el
análisis y en su caso aprobación de la reactivación.
•
Pantallas impresas del portal personal en www.trabajaen.gob.mx donde se
observará las causales del rechazo y la fecha del mensaje.
•
Currículo que describa los periodos de permanencia, día, mes, año, en cada
una de sus experiencias laborales, así como las funciones que desempeñó(a),
•
Copia de los documentos que acrediten el nivel escolar requerido (Título o
cédula profesional)
•
Copia de los documentos que acrediten su experiencia laboral, los cuales
deberán especificar: fecha de expedición, nombre completo del (la)
candidato(a), día, mes, año de ingreso y baja, indicando los puestos y
funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona que autoriza,
membretado con domicilio y teléfono de la Institución o empresa.
•
Dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición.
La reactivación de folios será improcedente cuando ésta se deba a:
•
La renuncia por parte del o la aspirante.
•
La duplicidad de registros de inscripción.
Una vez transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes
de reactivación.
Nota: En caso de ser autorizada la solicitud de reactivación, el sistema
www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todos los y las
participantes en el concurso.
En relación a los descartes de aspirantes por errores imputables al Operador
de Ingreso en las etapas de evaluación, entrevista y estatus del concurso,
esta dependencia podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar
dicho folio, dando aviso a los (as) aspirantes que siguen participando en la
etapa correspondiente.
PRINCIPIOS DEL
CONCURSO
El concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección a
las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
438
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Los casos no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional de
Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el Comité
Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en el concurso que
identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al Secretario (a) Técnico (a)
de dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes dos días hábiles, quien lo
someterá para su análisis y resolución al resto de los o las integrantes. El plazo
para dar una resolución dependerá de la complejidad y gravedad del caso
reportado, por lo que el Comité puede detener el desarrollo del concurso hasta que
tenga una resolución. El Comité Técnico de Selección se asegurará que
la resolución al caso reportado se apegue a los principios mencionados y a la
normatividad aplicable.
DISPOSICIONES
GENERALES
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2.
Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
4.
Los y las concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Quejas del Organo Interno de Control en la dependencia, ubicada en
Av. Universidad No. 1074, Piso 3, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez,
Ciudad de México, C.P. 03330. La inconformidad deberá presentarse por
escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó
el acto motivo de la inconformidad, en términos de lo dispuesto por el artículo
69 fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y 93 al 96 de su Reglamento. Area de Quejas, Denuncias e
Investigaciones del Organo Interno de Control de la SEP.
Los y las aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Quinto piso Ala Norte, Colonia Guadalupe Inn, Alvaro Obregón,
C.P. 01020, Ciudad de México. El recurso de revocación deberá interponerse
dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente en que se
haga del conocimiento el nombre del aspirante que obtuvo la calificación más
alta en el procedimiento de selección, en los términos que establecen los
artículos del 76 al 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en
la Administración Pública Federal y 97 al 98 de su Reglamento, dirigido a la
Unidad de Asuntos Jurídicos, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
5.
Durante el desarrollo y aplicación de las etapas II y IV no se permitirá el uso de
teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD, memorias
portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras, lentes de sol
(oscuros), gorra, así como cualquier otro dispositivo, libro o documento que
posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las
evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o requiera
de utilización como medio de apoyo para el examen y/o evaluaciones.
RESOLUCION
DE DUDAS Y
ATENCION A
USUARIOS
Con la finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas que los
aspirantes formulen con relación al presente concurso, la Secretaría de Educación
Pública pone a la orden los correos electrónicos: ingreso_sep@nube.sep.gob.mx
y teresa.nunez@nube.sep.gob.mx, así como el número telefónico: 3600 2511
con las extensiones: 59822, 59961, 59962, en un horario de lunes a viernes de
09:00 a 15:00 y 16:30 a 18:00 hrs.
México, Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Educación Pública
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección,
Secretaria Técnica
Teresa M. Núñez Zavaleta
Firma Electrónica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
439
Secretaría de Salud
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA
No. SSA/2026/01
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Salud, con fundamento en los artículos 2, 21, 22,
23, 24, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 de su Reglamento, publicado en el Diario
Oficial de la Federación su última reforma el 04 de enero de 2024; 241, 242, 243, 246, 247, 253, 254 y 255 del
Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, vigente, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA SSA/2026/01 de los concursos para ocupar las siguientes
plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
Nombre de
la Plaza
DIRECCION DE PROCESOS (01/01/26)
Código
12-160-1-M1C019P-0002748-E-C-J
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 85,968.00 (OCHENTA Y CINCO MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO
PESOS 00/100 M.N.)
Adscripción
COMISION COORDINADORA DE INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y
HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL
COORDINAR LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS EN EL SEGUIMIENTO DEL
SISTEMA DE GESTION HOSPITALARIA, CON ENFASIS EN CALIDAD Y SEGURIDAD
DEL PACIENTE EN LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y HOSPITALES DE
ALTA ESPECIALIDAD Y ESTABLECER LAS ACCIONES QUE PERMITAN A LOS
ORGANOS
DE
GOBIERNO
RESPECTIVOS
CONTAR
CON
INFORMACION
ADECUADA EN LA TOMA DE DECISIONES ESTRATEGICAS, SU DESARROLLO Y
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS INSTITUCIONALES PARA LA ATENCION MEDICA
DE ALTA ESPECIALIDAD.
FUNCIONES
1 DEFINIR LAS HERRAMIENTAS Y PROCEDIMIENTOS REQUERIDOS, PARA
APLICAR E INSTRUMENTAR LAS PROPUESTAS DE OPTIMIZACION DE LA
ATENCION MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD.
2 PLANTEAR EL DESARROLLO DE ACCIONES DE CALIDAD Y MEJORA CONTINUA,
COORDINANDO LAS ESTRATEGIAS IDENTIFICADAS, PARA EL CORRECTO
FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIDADES COORDINADAS.
3 ORGANIZAR LA BASE DE DATOS SOBRE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO
MEDICO DE LAS UNIDADES COORDINADAS CON LA RECOPILACION PERIODICA
DE INFORMACION, PARA PERMITIR SU ANALISIS DE VIABILIDAD.
4 ORGANIZAR LOS MECANISMOS DE COORDINACION ENTRE LOS INSTITUTOS
NACIONALES
DE
SALUD
Y
HOSPITALES
FEDERALES
DE
REFERENCIA,
SUSTENTADOS EN RESULTADOS DE INVESTIGACION, PARA PROMOVER
MEJORAS EN LA ATENCION MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD.
5 DEFINIR LOS PROCESOS EN EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES
PUBLICAS DE ATENCION MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD IDENTIFICANDO DE
LAS MEJORES PRACTICAS, PARA SU APLICACION EN LA CREACION DE NUEVAS
UNIDADES DE ATENCION MEDICA.
6 PLANEAR Y ORGANIZAR NUEVOS ESQUEMAS DE GERENCIA Y OPERACION
HOSPITALARIA EN LAS INSTITUCIONES COORDINADAS, CON ENFOQUES DE
PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA, PARA MEJORAR LA ATENCION MEDICA DE ALTA
ESPECIALIDAD.
7 COORDINAR LA INTEGRACION DE LAS NECESIDADES DE INSUMOS PARA LA
SALUD, APLICANDO CRITERIOS TECNICOS PARA OPTIMIZAR LA COMPRA
CONSOLIDADA DE BIENES Y SERVICIOS, QUE PERMITAN OPTIMIZAR LA
ATENCION MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD.
440
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
8 CONDUCIR EL ANALISIS SITUACIONAL DE LOS PROCESOS EN LAS UNIDADES
MEDICAS DE ALTA ESPECIALIDAD UTILIZANDO LAS LAS HERRAMIENTAS DE
GESTION, PARA CONTRIBUIR A LA PLANEACION ESTRATEGICA DE LAS
UNIDADES COORDINADAS.
9 SUPERVISAR LA INFORMACION SOBRE CALIDAD SOLICITADA A LAS UNIDADES
COORDINADAS POR OTRAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES, PARA VIGILAR
QUE SE REPORTE ADECUADA Y OPORTUNAMENTE
10 ATENDER TODAS AQUELLAS QUE LE SEAN INSTRUIDAS POR LA PERSONA
TITULAR DE LA DIRECCION GENERAL DE COORDINACION MEDICA DE ALTA
ESPECIALIDAD.
ACADEMICOS
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA
GENERICA
EN
ADMINISTRACION,
CIENCIAS
POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA,
AREA GENERAL INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA GENERICA EN SISTEMAS Y CALIDAD
AREA GENERAL CIENCIAS DE LA SALUD
CARRERA
GENERICA
EN
SALUD,
ADMINISTRACION
DE
LA SALUD
LABORALES
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 7 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIAS ECONOMICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN ORGANIZACION INDUSTRIAL Y
POLITICAS GUBERNAMENTALES, AUDITORIA.
AREA GENERAL CIENCIA POLITICA
AREA DE EXPERIENCIA EN ADMINISTRACION PUBLICA
AREA GENERAL MATEMATICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN ANALISIS Y ANALISIS FUNCIONAL
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1 Orientación a Resultados
Ponderación: 50
Habilidad 2 Trabajo en Equipo
Ponderación: 50
Idioma
Inglés Básico
Otros
Necesidad de viajar: A veces
La calificación mínima del examen de conocimientos de conformidad al temario que se
publica es de: 70
Conformación
de la prelación
para acceder a
la
entrevista
con el Comité
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
Nombre de la
Plaza
SUBDIRECCION DE SERVICIOS OPERATIVOS (02/01/26)
Código
12-512-1-M1C016P-0000386-E-C-N
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y
DOS PESOS 00/100 M.N.)
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL
SUPERVISAR
EL
OTORGAMIENTO
DE
LOS
SERVICIOS
OPERATIVOS
Y
LA CAPACITACION EN MATERIA DE PROTECCION CIVIL CONFORME A LA
VERIFICACION
Y
CUMPLIMIENTO
DE
LOS
CONTRATOS
Y
NORMAS
ESTABLECIDAS EN LA MATERIA, PARA QUE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
ORGANOS
ADMINISTRATIVOS
DESCONCENTRADOS
DE
LA
SECRETARIA
DESEMPEÑEN SUS FUNCIONES.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
441
FUNCIONES
1 SUPERVISAR LA INTEGRACION, REVISION Y ANALISIS DE LA DOCUMENTACION
QUE ENVIAN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS ADMINISTRATIVOS
DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA, PARA SOLICITAR LA ADQUISICION
CONSOLIDADA
DE
LOS
SERVICIOS
DE
RESERVACION,
ADQUISICION
Y
RADICACION
DE
PASAJES
DE
TRANSPORTACION
AEREA,
PAPELERIA,
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE OFICINA, AGUA
EMBOTELLADA, FUMIGACION, JARDINERIA, EXTINTORES Y VIGILANCIA.
2 SUPERVISAR LA INTEGRACION, REVISION Y ANALISIS DE LA DOCUMENTACION
QUE ENVIAN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, Y ORGANOS ADMINISTRATIVOS
DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA, PARA LLEVAR A CABO EL PROCESO
DE CONTRATACION DEL SERVICIO CONSOLIDADO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
INTRAMUROS DE LOS INMUEBLES.
3 PARTICIPAR EN LA ADMINISTRACION DEL INMUEBLE DE LA SECRETARIA.
4
APLICAR
LAS
ACCIONES
DE
INTEGRACION
DE
LOS
PROGRAMAS
DE PROTECCION CIVIL Y BRIGADAS, A FIN DE CONTAR CON UN PLAN DE
RESPUESTA DE EMERGENCIAS QUE PERMITAN SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD
FISICA DEL PERSONAL QUE LABORA EN LA SECRETARIA.
5 APOYAR A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS ADMINISTRATIVOS
DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA DE SALUD, RESPECTO AL PAGO
DE LOS SERVICIOS BASICOS (AGUA Y LUZ) DE LOS INMUEBLES QUE OCUPEN DE
MANERA
PARTICULAR,
A
FIN
DE
NO
PROPICIAR
ADEUDOS
Y
RESPONSABILIDADES Y SE CUENTE CON EL SUMINISTRO DE MANERA
CONTINUA.
6 CONTROLAR Y TRAMITAR EL PAGO DE SERVICIOS BASICOS (AGUA POTABLE Y
ENERGIA ELECTRICA)
7 PLANEACION DE SERVICIOS: VIGILANCIA, AGUA EMBOTELLADA, PASAJES
AEREOS, JARDINERIA Y FUMIGACION
8 COORDINAR LAS SESIONES DEL COMITE INTERNO ORIENTADAS AL USO
EFICIENTE DE LA ENERGIA DE LA SECRETARIA CON LA FINALIDAD DE DAR
CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARACTER
GENERAL EN MATERIA DE EFICIENCIA ENERGETICA EN LOS INMUEBLES,
FLOTAS
VEHICULARES
E
INSTALACIONES
INDUSTRIALES
DE
LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
9 APLICAR LAS DISPOSICIONES INTERNAS Y EXTERNAS EN MATERIA DE
AHORRO-CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA Y AGUA POTABLE EN LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
Y
ORGANOS
ADMINISTRATIVOS
DESCONCENTRADOS, PARA QUE CUMPLAN CON LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD
Y DISCIPLINA DEL GASTO PRESUPUESTAL
10 VERIFICAR, EN CONJUNTO CON LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
ORGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA, QUE LA
PRESTACION DE LOS SERVICIOS OPERATIVOS CONTRATADOS, SE EFECTUEN
CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LOS CONTRATOS PARA QUE, EN CASO DE
INCUMPLIMIENTO SE TRAMITEN ANTE EL AREA CORRESPONDIENTE LAS
SANCIONES O PENAS QUE SE INDIQUEN EN LOS MISMOS
11 SUPERVISAR EL TRAMITE PARA EL PAGO DE LOS SERVICIOS BASICOS (AGUA
Y LUZ) DE LOS INMUEBLES COMPARTIDOS POR DIVERSAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS DE LA
SECRETARIA, A FIN DE NO PROPICIAR ADEUDOS Y RESPONSABILIDADES Y SE
CUENTE CON EL SUMINISTRO DE MANERA CONTINUA.
12
ASESORAR
A
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
Y
ORGANOS
ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA, RESPECTO AL
PAGO DE LOS SERVICIOS BASICOS (AGUA Y LUZ) DE LOS INMUEBLES QUE
OCUPEN DE MANERA PARTICULAR, A FIN DE NO PROPICIAR ADEUDOS
Y
RESPONSABILIDADES
Y
SE
CUENTE
CON
EL
SUMINISTRO
DE
MANERA CONTINUA.
442
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
académicos
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS
CARRERA GENERICA EN CONTADURIA
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA GENERICA EN ADMINISTRACION, ARQUITECTURA,
CIENCIAS
POLITICAS
Y
ADMINISTRACION
PUBLICA,
CONTADURIA, DERECHO, ECONOMIA
AREA GENERAL EDUCACION Y HUMANIDADES
CARRERA GENERICA EN ARQUITECTURA
AREA GENERAL INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA GENERICA EN ARQUITECTURA, ELECTRICA Y
ELECTRONICA, INGENIERIA.
laborales
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIAS TECNOLOGICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ELECTRICAS,
TECNOLOGIA
E
INGENIERIA
MECANICAS,
TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
AREA GENERAL CIENCIAS ECONOMICAS
AREA
DE
EXPERIENCIA
EN
CONTABILIDAD,
ECONOMIA
GENERAL
AREA GENERAL CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
AREA
DE
EXPERIENCIA
EN
DERECHO
Y
LEGISLACION
NACIONALES
AREA GENERAL CIENCIA POLITICA
AREA DE EXPERIENCIA EN ADMINISTRACION PUBLICA
AREA GENERAL PSICOLOGIA
AREA DE EXPERIENCIA EN PSICOLOGIA INDUSTRIAL
AREA GENERAL CIENCIAS DE LAS ARTES Y LAS LETRAS
AREA DE EXPERIENCIA EN ARQUITECTURA
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1 Orientación a Resultados
Ponderación: 50
Habilidad 2 Trabajo en Equipo
Ponderación: 50
Idioma
N/A
Otros
Necesidad de viajar: N/A
La calificación mínima del examen de conocimientos de conformidad al temario que se
publica es de: 70
Conformación
de la prelación
para acceder a
la
entrevista
con el Comité
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
Nombre de la
Plaza
SUBDIRECCION DE PROMOCION DE ENTORNOS Y ESTILOS DE VIDA
SALUDABLES (03/01/26)
Código
12-310-1-M1C015P-0000286-E-C-C
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 46,039.00 (CUARENTA Y SEIS MIL
TREINTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.)
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE POLITICAS EN SALUD PUBLICA
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL
ESTABLECER ACCIONES QUE FOMENTEN EL DESARROLLO DE ENTORNOS
SALUDABLES EN LOS AMBIENTES DONDE SE DESARROLLA LA VIDA COTIDIANA,
EN COLABORACION CON LIDERES, AUTORIDADES, TOMADORES DE DECISIONES
Y LA POBLACION, PARA COADYUVAR EN LA MEJORIA DE LAS CONDICIONES DE
SALUD EN LOS DIFERENTES ENTORNOS Y EN LA ADOPCION DE ESTILOS
DE VIDA SALUDABLES.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
443
FUNCIONES
1 COORDINAR CON LAS INSTITUCIONES QUE CORRESPONDAN ACCIONES EN
VIVIENDAS, ESCUELAS, ESPACIOS DE RECREACION, SITIOS DE TRABAJO,
ALBERGUES Y MERCADOS, PARA EL DESARROLLO DE ENTORNOS SALUDABLES.
2 DEFINIR LOS PROCESOS DE CERTIFICACION DE ENTORNOS COMO ESPACIOS
SALUDABLES Y PROMOTORES DE LA SALUD PARA DESARROLLAR CONDICIONES
QUE FAVOREZCAN EL BIENESTAR DE LA POBLACION.
3 DISEÑAR LA METODOLOGIA DEL PROCESO DE CERTIFICACION EN LOS
DIFERENTES ENTORNOS PARA FAVORECER LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES
TENDIENTES A MEJORAR LA SALUD.
4 IMPLEMENTAR LAS REDES DE APOYO COMUNITARIO, LA CAPACITACION Y LA
PARTICIPACION SOCIAL, A FIN DE GENERAR ENTORNOS SALUDABLES PARA
CONTRIBUIR AL DESARROLLO COMUNITARIO.
5 GENERAR ESTRATEGIAS EDUCATIVAS QUE FOMENTEN ESTILOS DE VIDA
SALUDABLES PARA MEJORAR LA SALUD COLECTIVA.
6 DIFUNDIR E IMPLEMENTAR LOS LINEAMIENTOS DE ALIMENTACION ESCOLAR
PARA PROMOVER ESCUELAS SALUDABLES.
7 COORDINAR LA ELABORACION DE LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS DEL
AMBITO
DE
COMPETENCIA
CON
LOS
GRUPOS
DE
TRABAJO
INTERINSTITUCIONALES PARA SU DESARROLLO.
8 SUPERVISAR EL CUMPLIMIENTO DE METAS, PARA IDENTIFICAR DESVIACIONES
Y PROPONER AREAS DE OPORTUNIDAD O MEJORA.
9 EVALUAR LAS ACCIONES DE ESTILOS DE VIDA SALUDABLES, PARA DETECTAR
AREAS DE OPORTUNIDAD O POBLACION QUE NO ESTE ALCANZANDO
LAS INTERVENCIONES, PERMITIENDO UNA MEJOR ORIENTACION EN LAS
ESTRATEGIAS DE SALUD.
10 PROPONER LA PROGRAMACION PRESUPUESTAL DE LAS ESTRATEGIAS Y
ACCIONES A CARGO PARA LA OPERACION Y CUMPLIMIENTO DE METAS.
Académicos
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA
GENERICA
EN
ADMINISTRACION,
CIENCIAS
POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA, CIENCIAS SOCIALES,
DERECHO, ADMINISTRACION PUBLICA
AREA GENERAL INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA GENERICA EN BIOQUIMICA, DISEÑO GRAFICO
AREA GENERAL CIENCIAS DE LA SALUD
CARRERA GENERICA EN MEDICINA, NUTRICION, SALUD,
ADMINISTRACION DE LA SALUD
Laborales
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 5 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIAS MEDICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN MEDICINA, MEDICINA Y SALUD
PUBLICA
AREA GENERAL CIENCIA POLITICA
AREA
DE
EXPERIENCIA
EN
ADMINISTRACION
PUBLICA,
RELACIONES INTERNACIONALES, SOCIOLOGIA POLITICA
Evaluación de
Habilidades
Trabajo en Equipo
Ponderación: 50
Visión Estratégica
Ponderación: 50
Idioma
Inglés Básico
Otros
Necesidad de viajar: A veces
La calificación mínima del examen de conocimientos de conformidad al temario que se
publica es de: 70
Conformación
de la prelación
para acceder a
la
entrevista
con el Comité
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
444
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Nombre de
la Plaza
SUBDIRECCION DE ACUERDOS Y COMPROMISOS DE LOS
OPDS REGION NORTE (04/01/26)
Código
12-171-1-M1C015P-0000068-E-C-T
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 46,039.00 (CUARENTA Y SEIS MIL
TREINTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.)
Adscripción
SECRETARIADO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD PARA EL
BIENESTAR
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL
PARTICIPAR COMO REPRESENTANTE FEDERAL SUPLENTE ANTE LOS ORGANOS
DE GOBIERNO DE LOS ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS DE
SERVICIOS DE SALUD DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, PARA ASESORAR Y
COADYUVAR CON LA DIRECCION GENERAL DE LOS MISMOS EN LA
IDENTIFICACION DE PROBLEMAS QUE AFECTAN EL FUNCIONAMIENTO DE
SERVICIOS, CON EL OBJETO DE AUXILIAR ASI COMO AUXILIAR A LOS
GOBIERNOS ESTATALES A TRAVES DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN LA
ORGANIZACION, DESARROLLO, OPERACION Y EVALUACION DE LAS ACCIONES
DE SALUD Y PROMOVER LA PARTICIPACION CONCURRENTE DE INSTANCIAS DE
LA ADMINISTRACION CENTRAL ESTATAL EN APOYO A LOS SERVICIOS DE SALUD
PROCURANDO LA ARTICULACION METODOLOGICA CON LA POLITICA SOCIAL.
FUNCIONES
1 CONTROLAR EL DESARROLLO Y APLICACION DE MODELOS DE MONITOREO,
SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LOS PROGRAMAS TECNICOS APROBADOS
POR
LAS
JUNTAS
DE
GOBIERNO
DE
LOS
ORGANISMOS
PUBLICOS
DESCENTRALIZADOS.
2 INTERVENIR EN LA IDENTIFICACION DE FACTORES QUE INCIDAN EN LA
CORRECTA APLICACION DE LOS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y
FINANCIEROS
DESTINADOS
A
LOS
ORGANISMOS
PUBLICOS
DESCENTRALIZADOS Y, EN SU CASO, EMITIR ALTERNATIVAS QUE PERMITAN
OPTIMIZAR SU REASIGNACION Y/O APROVECHAMIENTO.
3 COADYUVAR DURANTE EL EXAMEN Y DISCUSION DE LOS PLANES Y
PROGRAMAS
DE
TRABAJO,
INFORMES
DE
ACTIVIDADES
Y
ESTADOS
FINANCIEROS QUE SE PRESENTEN EN LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LOS
ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS EN LA REGION NORTE.
4 PARTICIPAR EN LA FORMULACION DE LA RELATORIA GENERAL DE LAS
REUNIONES, INFORMES Y OPINIONES RELATIVAS A PROYECTOS PROGRAMAS
APROBADOS POR EL ORGANO DE GOBIERNO DE LOS ORGANISMOS PUBLICOS
DESCENTRALIZADOS DE LA REGION NORTE.
5 REVISAR LA ACTUALIZACION DE LA AGENDA DE TRABAJO.
6 EL OBJETIVO CINCO SOLO TIENE DOS FUNCIONES.
7 APOYAR A SU SUPERIOR INMEDIATO DURANTE LA DEFINICION DE LAS
POLITICAS DE SALUD CUYA EJECUCION CORRESPONDA A LOS ORGANISMOS
PUBLICOS DESCENTRALIZADOS.
8 VIGILAR LA ADECUADA APLICACION DE LAS POLITICAS, ESTRATEGIAS,
SISTEMAS Y PROGRAMAS TENDENTES A OPTIMIZAR LA ASIGNACION DE
RECURSOS FINANCIEROS PARA LA ATENCION DE LA SALUD A CARGO DE LOS
ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS.
9 PARTICIPAR EN LA FORMULACION E INSTRUMENTACION DE LOS PROYECTOS
Y PROGRAMAS ESPECIFICOS QUE SE DETERMINEN EN LAS JUNTAS DE
GOBIERNO DE LOS ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS.
10
ELABORAR
ESTUDIOS
Y
DESARROLLAR
PROPUESTAS
SOBRE
LA
NORMATIVIDAD APLICABLE A CONVENIOS, CONTRATOS Y ACUERDOS QUE LOS
ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS CELEBREN CON TERCEROS.
11 PARTICIPAR EN LA FORMULACION DE ACUERDOS DE COOPERACION
INTERESTATAL, PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y SERVICIOS EN EL
AMBITO REGIONAL QUE COADYUVEN A LA INTEGRACION Y CONSOLIDACION DEL
SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y DE LOS SISTEMAS ESTATALES DE SALUD.
12 VIGILAR Y DAR SEGUIMIENTO A LA ATENCION DE DEMANDAS Y SOLICITUDES
REALIZADAS POR DIVERSOS ORGANISMOS E INSTITUCIONES PUBLICAS,
SOCIALES Y PRIVADAS.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
445
13 PARTICIPAR, EN COORDINACION DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
COMPETENTES, EN LA REVISION Y, EN SU CASO, EN LA E DISCUSION DE LOS
PROYECTOS DE INVERSION QUE SE PROPONGAN EN LAS JUNTAS DE
GOBIERNO DE LOS ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS
14 PROPONER, PROMOVER Y APOYAR LA INCORPORACION GRADUAL DE
COMISIONES Y GRUPOS DE TRABAJO, PARA EL ESTUDIO DE PROBLEMAS QUE
INFLUYEN EN LA OPERACION DE LOS SERVIDOS DE SALUD EN LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS.
15 REALIZAR INFORMES DEL DESARROLLO DE LAS REUNIONES DE ORGANOS
DE GOBIERNO A LAS QUE SE ACUDA.
Académicos
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA GENERICA EN ADMINISTRACION, ANTROPOLOGIA,
CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA, CIENCIAS
SOCIALES, DERECHO, ECONOMIA, HUMANIDADES, PSICOLOGIA
AREA GENERAL EDUCACION Y HUMANIDADES
CARRERA GENERICA EN PSICOLOGIA
AREA GENERAL INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA GENERICA EN ADMINISTRACION, MEDICINA
AREA GENERAL CIENCIAS DE LA SALUD
CARRERA GENERICA EN MEDICINA
Laborales
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIAS MEDICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN CIENCIAS CLINICAS, SALUD
PUBLICA
AREA GENERAL CIENCIA POLITICA
AREA DE EXPERIENCIA EN ADMINISTRACION PUBLICA
AREA GENERAL CIENCIAS ECONOMICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN ECONOMIA SECTORIAL
AREA GENERAL CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
AREA
DE
EXPERIENCIA
EN
DERECHO
Y
LEGISLACION
NACIONALES
AREA GENERAL SOCIOLOGIA
AREA DE EXPERIENCIA EN PROBLEMAS SOCIALES
AREA GENERAL CIENCIAS ECONOMICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN ORGANIZACION Y DIRECCION DE
EMPRESAS
AREA GENERAL PSICOLOGIA
AREA DE EXPERIENCIA EN PSICOLOGIA SOCIAL
AREA GENERAL CIENCIAS MEDICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN CIENCIAS CLINICAS
Evaluación de
Habilidades
Negociación
Ponderación: 50
Visión Estratégica
Ponderación: 50
Idioma
N/A
Otros
Necesidad de viajar: Siempre
La calificación mínima del examen de conocimientos de conformidad al temario que se
publica es de: 70
Conformación
de la prelación
para acceder a
la
entrevista
con el Comité
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
Nombre de la
Plaza
SUBDIRECCION DE COORDINACION OPERATIVA (05/01/26)
Código
12-171-1-M1C015P-0000067-E-C-T
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 46,039.00 (CUARENTA Y SEIS MIL
TREINTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.)
Adscripción
SECRETARIADO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL
DE SALUD PARA EL BIENESTAR
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
446
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL
PROGRAMAR LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS LOGISTICOS PARA LA
ADECUADA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS REUNIONES DEL
CONSEJO NACIONAL DE SALUD, DEL SEMINARIO DE INTERACCION DE LOS
TITULARES DE SERVICIOS DE SALUD DE RECIENTE NOMBRAMIENTO CON LAS
AREAS CENTRALES DE LA SECRETARIA DE SALUD Y PROPORCIONAR EL APOYO
LOGISTICO QUE INDIQUE EL TITULAR DEL SECRETARIADO TECNICO DEL
CONSEJO NACIONAL DE SALUD.
FUNCIONES
1 INSTALAR CON LOS SERVICIOS DE SALUD DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
LAS ESTRATEGIAS Y PROCEDIMIENTOS TECNICOS ADMINISTRATIVOS DE LAS
ACTIVIDADES LOGISTICAS PARA LA REALIZACION DE LAS REUNIONES DEL
CONSEJO NACIONAL DE SALUD.
2 FORMULAR LOS DOCUMENTOS DE APOYO LOGISTICO PARA LAS REUNIONES
DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD.
3 VERIFICAR LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL FLUJO EXPEDITO
DE RECURSOS REQUERIDOS PARA LAS REUNIONES DEL CONSEJO Y ELABORAR
UN INFORME DEL PRESUPUESTO EJERCIDO DESPUES DE CELEBRADAS LAS
REUNIONES.
4 VERIFICAR LA REALIZACION DE LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS
LOGISTICOS EN LA ETAPA PREVIA, DURANTE Y POSTERIOR DE LAS REUNIONES
DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD, PARA SU ADECUADO DESARROLLO.
5 RECOMENDAR ASPECTOS TECNICOS, LOGISTICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA
MEJORAR LOS PROCEDIMIENTOS DE LA ORGANIZACION Y DESARROLLO DE LAS
REUNIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD.
6 SUPERVISAR LA PREPARACION DEL MATERIAL DE APOYO LOGISTICO Y
EVALUAR LOS ASPECTOS LOGISTICOS QUE INCIDAN EN EL DESARROLLO
DE LAS REUNIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD CON EL OBJETO DE
PROPONER ALTERNATIVAS DE SOLUCION.
7
INSTALAR
LAS
ESTRATEGIAS
Y
PROCEDIMIENTOS
TECNICOS
ADMINISTRATIVOS DE LAS ACTIVIDADES LOGISTICAS PARA LA REALIZACION DE
LOS SEMINARIOS Y VERIFICAR LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL
FLUJO EXPEDITO DE RECURSOS REQUERIDOS.
8
RECOMENDAR
SOBRE
ASPECTOS
TECNICOS,
LOGISTICOS
Y
ADMINISTRATIVOS
PARA
MEJORAR
LOS
PROCEDIMIENTOS
DE
LA
ORGANIZACION Y DESARROLLO DE LOS SEMINARIOS.
9 SUPERVISAR LA PREPARACION DEL MATERIAL DE APOYO LOGISTICO Y
EVALUAR LOS ASPECTOS LOGISTICOS QUE INCIDAN EN EL DESARROLLO DE
LOS
SEMINARIOS
DE
INTERACCION
CON
EL
OBJETO
DE
PROPONER
ALTERNATIVAS DE SOLUCION.
10
PROGRAMAR
LAS
ESTRATEGIAS
Y
PROCEDIMIENTOS
LOGISTICOS
REQUERIDOS EN LA ORGANIZACION DE LAS ACTIVIDADES QUE SE INDIQUEN.
11
INSTALAR
LAS
ESTRATEGIAS
Y
PROCEDIMIENTOS
TECNICOS
ADMINISTRATIVOS, LOGISTICOS DE LAS ACTIVIDADES QUE SE INDIQUEN.
12 SUPERVISAR Y EVALUAR LOS PROCEDIMIENTOS LOGISTICOS QUE INCIDAN
EN EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES QUE SE INDIQUEN CON EL OBJETO
DE PROPONER ALTERNATIVAS DE SOLUCION.
Académicos
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA
GENERICA
EN
ADMINISTRACION,
CIENCIAS
POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA, CIENCIAS SOCIALES,
COMUNICACION, DERECHO, ECONOMIA
AREA GENERAL INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA GENERICA EN INGENIERIA
AREA GENERAL CIENCIAS DE LA SALUD
CARRERA GENERICA EN MEDICINA
Laborales
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIA POLITICA
AREA
DE
EXPERIENCIA
EN
ADMINISTRACION
PUBLICA,
OPINION PUBLICA
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
447
AREA GENERAL CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
AREA
DE
EXPERIENCIA
EN
DERECHO
Y
LEGISLACION
NACIONALES
AREA GENERAL DEMOGRAFIA
AREA
DE
EXPERIENCIA
EN
CARACTERISTICAS
DE
LA
POBLACION
AREA GENERAL SOCIOLOGIA
AREA
DE
EXPERIENCIA
EN
PROBLEMAS
SOCIALES,
COMUNICACIONES SOCIALES
AREA GENERAL CIENCIAS TECNOLOGICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN TECNOLOGIA MEDICA
AREA GENERAL CIENCIAS ECONOMICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN ORGANIZACION Y DIRECCION DE
EMPRESAS
Evaluación de
Habilidades
Liderazgo
Ponderación: 50
Trabajo en Equipo
Ponderación: 50
Idioma
N/A
Otros
Necesidad de viajar: Siempre
La calificación mínima del examen de conocimientos de conformidad al temario que se
publica es de: 70
Conformación
de la prelación
para acceder a
la
entrevista
con el Comité
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
Nombre de la
Plaza
COORDINACION ADMINISTRATIVA DEL HOSPITAL NACIONAL HOMEOPATICO
(06/01/26)
Código
12-160-1-M1C015P-0002754-E-C-F
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 46,039.00 (CUARENTA Y SEIS MIL
TREINTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.)
Adscripción
COMISION COORDINADORA DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y
HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL
PROGRAMAR Y EJERCER EL PRESUPUESTO ANUAL HOSPITALARIO CONFORME
A LA NORMATIVIDAD, Y ADMINISTRAR LOS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES
Y FINANCIEROS DE LA UNIDAD HOSPITALARIA.
FUNCIONES
1 PARTICIPAR EN LA ELABORACION DEL PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO DEL
HOSPITAL, EN APEGO AL PRESUPUESTO APROBADO PARA LA OPERACION
HOSPITALARIA EFICIENTE. (ARTICULO 21 FRACCION VI DEL DECRETO POR EL
QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE
FECHA 27 DE FEBRERO DE 2025).
2 PARTICIPAR EN LA SUPERVISION DE LA APLICACION DE LAS MEDIDAS
DISCIPLINARIAS CONFORME A LA NORMATIVIDAD LABORAL VIGENTE, ASI COMO
EN LA ELABORACION DE LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE QUE SE
REQUIERA EN MATERIA LABORAL PARA ACREDITAR EL INCUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES
PARA
LA
IMPLEMENTACION
DE
LOS
PROCEDIMIENTOS
JURIDICO-LABORALES CORRESPONDIENTES, PARA COADYUVAR EN TIEMPO Y
FORMA CONFORME A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y CONFORME A SU AMBITO
DE SU COMPETENCIA. (ARTICULO 18 FRACCION VII DEL DECRETO POR EL QUE
SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA
27 DE FEBRERO DE 2025).
448
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
3 SUPERVISAR LAS ACCIONES RELATIVAS AL PROCESO DE RECLUTAMIENTO,
SELECCION Y CONTRATACION DE PERSONAL, SE EFECTUE ACORDE CON LOS
REQUISITOS, EVALUACIONES, PERFIL DE PUESTOS DE LA VACANTE, PARA SU
PROCESO DE INGRESO CONFORME A LA NORMATIVIDAD LABORAL VIGENTE,
CON EL OBJETO DE QUE LOS CODIGOS FUNCIONALES SE CUBRAN CON EL
PERSONAL IDONEO. (ARTICULO 18 FRACCION VII DEL DECRETO POR EL QUE SE
EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27
DE FEBRERO DE 2025).
4 COORDINAR Y EN SU CASO, DAR ATENCION A LOS REQUERIMIENTOS QUE, EN
MATERIA PRESUPUESTARIA, GESTION DE RECURSOS HUMANOS REALICEN LAS
AUTORIDADES FISCALIZADORAS Y DE LAS DEMAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
DE LA SECRETARIA DE SALUD, PARA LA TRANSPARENCIA EN LA GESTION,
RENDICION DE CUENTAS Y COMBATE DE CONDUCTAS QUE PUDIEREN
CONSTITUIR DELITOS O INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS. (ARTICULO 18
FRACCION XII DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 2025).
5 SUPERVISAR QUE LOS SERVICIOS GENERALES DE APOYO A LA PRESTACION
DE SERVICIOS FUNCIONEN PARA EL BENEFICIO DE LA POBLACION ATENDIDA.
(ARTICULO 21 FRACCION X DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27 DE
FEBRERO DE 2025).
6 SUPERVISAR LA ELABORACION DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE
EQUIPAMIENTO Y DE INFRAESTRUCTURA, PARA OPTIMIZAR RECURSOS Y
ASEGURAR LA DISPONIBILIDAD Y SEGURIDAD DEL HOSPITAL; ASI COMO VIGILAR
EL CUMPLIMIENTO DE LOS PROGRAMAS EN MATERIA DE PROTECCION CIVIL
PARA CUMPLIR CON LA NORMATIVIDAD DE LA MATERIA (ARTICULO 13
FRACCION XI DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR
DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 2025).
7 EFECTUAR LA GESTION LOS RECURSOS FINANCIEROS NECESARIOS PARA LA
OPERACION HOSPITALARIA PARA OTORGAR UNA ATENCION DE CALIDAD.
(ARTICULO 21 FRACCION V DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27 DE
FEBRERO DE 2025).
8 ESTABLECER LA PROGRAMACION PARA LA EJECUCION DEL GASTO PARA LA
CORRECTA OPERACION HOSPILTALARIA. (ARTICULO 18 FRACCION IV DEL
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 2025).
9 SUPERVISAR LA APLICACION DE LAS POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS
DEFINIDOS PARA LAS CONTRATACIONES, NOMBRAMIENTOS Y PRESTACIONES
DEL PERSONAL, ASI COMO COORDINAR Y SUPERVISAR LA APLICACION DE LOS
PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO Y CONTROL DE NOMBRAMIENTOS, ALTAS,
BAJAS, PROMOCIONES, CAMBIOS DE ADSCRIPCION, LICENCIAS, E INCIDENCIAS
DEL PERSONAL, ASI COMO LA INTEGRACION DE EXPEDIENTES DE LOS
EMPLEADOS CONFORME A LA NORMATIVIDAD Y DISPOSICIONES LEGALES Y
ADMINISTRATIVAS
APLICABLES,
PARA
LA
ADECUADA
OPERACION
DEL
HOSPITAL. (ARTICULO 18 FRACCION XVIII DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE
EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27 DE
FEBRERO DE 2025).
10 SUPERVISAR QUE SE DE CUMPLIMIENTO A LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
LABORALES DEL PERSONAL DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVIDAD
APLICABLE
PARA
ELLO,
MANTENIENDO
LA
COMUNICACION
CON
LA
REPRESENTACION SINDICAL PROMOVIENDO UNA RELACION DE RESPETO Y
ARMONIA Y EN APEGO A LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LA
SECRETARIA DE SALUD Y DEMAS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS
APLICABLES, PARA LOGRAR LA ARMONIZACION LABORAL ENTRE TODO
EL PERSONAL DEL HOSPITAL. (ARTICULO 21 FRACCION I DEL DECRETO POR EL
QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE
FECHA 27 DE FEBRERO DE 2025).
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
449
11 MANTENER ACTUALIZADA LA PLANTILLA DE PERSONAL TANTO DE BASE
COMO DE CONFIANZA PARA CONTAR CON INFORMACION CONFIABLE Y
OPORTUNA PARA EL ANALISIS DE LAS UNIDADES INTERNAS Y EXTERNAS QUE
ASI LO REQUIERAN. (ARTICULO 18 FRACCION VII DEL DECRETO POR EL QUE SE
EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27
DE FEBRERO DE 2025)
12 IMPLEMENTAR UN SISTEMA DE CONTROL ADMINISTRATIVO PARA EL
ABASTECIMIENTO DE INSUMOS PARA LA SALUD DE LOS DIFERENTES SERVICIOS
HOSPITALARIOS. (ARTICULO 21 FRACCION X DEL DECRETO POR EL QUE SE
EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27
DE FEBRERO DE 2025)
13 PROPONER UN SISTEMA DE INFORMACION PARA EL CONTROL Y
EVALUACION EN LA APLICACION DE RECURSOS PARA LA CORRECTA
OPERACION HOSPITALARIA. (ARTICULO 21 FRACCION VII DEL DECRETO POR EL
QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE
FECHA 27 DE FEBRERO DE 2025)
14 PARTICIPAR EN EL DISEÑO DE LAS POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS
DE OPERACION DEL SISTEMA DE IDENTIFICACION DE PERSONAL Y CONTROL DE
ASISTENCIA ASI COMO EL RELATIVO A PRODUCTIVIDAD Y PERMANENCIA EN EL
TRABAJO PARA LOGRAR LA EFECTIVIDAD NORMATIVIDAD EN MATERIA DE
ASISTENCIA Y PERMANENCIA EN EL TRABAJO. (ARTICULO 21 FRACCION VII DEL
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 2025)
15 PROGRAMAR Y REALIZAR LA ADQUISICION DE INSUMOS PARA LA SALUD
NECESARIOS PARA QUE LOS SERVICIOS HOSPITALARIOS SE PRESTEN CON
CALIDAD Y OPORTUNIDAD; ASI COMO INTEGRAR LA INFORMACION FINANCIERA
Y PRESUPUESTAL DEL HOSPITAL, LA CONSERVACION Y MANEJO DOCUMENTAL
CONFORME
A
LA
NORMATIVIDAD
VIGENTE
Y
PROPORCIONANDO
LA
INFORMACION VIGENTE (ARTICULO 18 FRACCION XVII DEL DECRETO POR EL
QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE
FECHA 27 DE FEBRERO DE 2025).
16 INTERVENIR EN LA INSTAURACION, OPERACION Y FORMALIZACION DE LAS
COMISIONES DE ESCALAFON, DE CAPACITACION, DE SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO Y TODAS AQUELLAS QUE CONFORME A LAS PRESTACIONES,
ESTIMULOS O BENEFICIOS ADICIONALES CONTENIDOS EN LAS CONDICIONES
GENERALES DE TRABAJO DE LA SECRETARIA DE SALUD, REGLAMENTOS Y
DEMAS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES SE DEBAN
INSTALAR PARA QUE SESIONEN EN FORMA CALENDARIZADA Y SE CUMPLA CON
LOS OBJETIVOS DE CADA UNA. (ARTICULO 18 FRACCION XXII DEL DECRETO POR
EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE
FECHA 27 DE FEBRERO DE 2025)
17 TODAS AQUELLAS QUE LE SEAN INSTRUIDAS POR LA PERSONA TITULAR DE
LA DIRECCION DEL HOSPITAL NACIONAL HOMEOPATICO EN COORDINACION
CON EL DIRECTOR DE PLANEACION Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION DE OPERACIONES Y ENLACE
SECTORIAL. (ARTICULO 21 FRACCION XXII DEL DECRETO POR EL QUE SE
EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SALUD DE FECHA 27
DE FEBRERO DE 2025)
Académicos
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS
CARRERA GENERICA EN MATEMATICAS - ACTUARIA
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA
GENERICA
EN
ADMINISTRACION,
CIENCIAS
POLITICAS
Y
ADMINISTRACION
PUBLICA,
CONTADURIA,
DERECHO, ECONOMIA, RELACIONES INTERNACIONALES
AREA GENERAL INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA GENERICA EN ADMINISTRACION, ARQUITECTURA,
INGENIERIA
450
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Laborales
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 5 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIAS ECONOMICAS
AREA DE EXPERIENCIA EN ORGANIZACION Y DIRECCION
DE EMPRESAS, CONTABILIDAD, DIRECCION Y DESARROLLO DE
RECURSOS HUMANOS
AREA GENERAL CIENCIA POLITICA
AREA DE EXPERIENCIA EN ADMINISTRACION PUBLICA
Evaluación de
Habilidades
Orientación a Resultados
Ponderación: 50
Trabajo en Equipo
Ponderación: 50
Idioma
N/A
Otros
Necesidad de viajar: N/A
La calificación mínima del examen de conocimientos de conformidad al temario que se
publica es de: 70
Conformación
de la prelación
para acceder a
la
entrevista
con el Comité
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
Nombre de la
Plaza
SUBDIRECCION DE LO CONTENCIOSO (07/01/26)
Código
12-111-1-M1C015P-0000177-E-C-P
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 46,039.00 (CUARENTA Y SEIS MIL
TREINTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.)
Adscripción
UNIDAD GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL
INTERPRETAR Y APLICAR METODOLOGIAS TECNICAS PROCESALES PARA
DEFENDER
LOS
INTERESES
DE
LA
SECRETARIA
EN
LOS
ASUNTOS
CONTENCIOSOS EN QUE SEA PARTE. EMITIR LOS DICTAMENES LABORALES Y
ADMINISTRATIVOS
QUE
PROCEDAN
CONFORME
AL
MARCO
VIGENTE,
INTERVENIR EN LOS JUCIOS DE AMPARO EN QUE SEA PARTE LA SECRETARIA
DE SALUD. MANTENER UNA CONSTANTE ACTUALIZACION MEDIANTE EL
ESTUDIO DE BIBLIOGRAFIA ESPECIALIZADA, DOCUMENTOS OFICIALES Y
JURISPRUDENCIA ENTRE OTROS.
FUNCIONES
1 REPRESENTAR CON LAS FACULTADES LEGALES INHERENTES A LA
SECRETARIA
DE
SALUD
ANTE
LAS
AUTORIDADES
JUDICIALES
O
ADMINISTRATIVAS ANTE TERCEROS EN LOS JUICIOS Y PROCEDIMIENTOS EN
MATERIA LABORAL, PENAL Y CIVIL EN QUE LA MISMA SEA PARTE PARA LA
DEFENSA
Y
SALVAGUARDA
DE
LOS
INTERESES
PATRIMONIALES
DE
LA SECRETARIA.
2 IMPLEMENTAR LOS MECANISMOS PARA DAR SEGUIMIENTO HASTA SU
CONCLUSION A LOS JUICIOS Y PROCEDIMIENTOS LABORALES, CIVILES,
PENALES Y MERCANTILES EN LOS QUE TENGA REPRESENTACION LA UNIDAD
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS PARA LA DEFENSA DE LOS INTERESES DE LA
SECRETARIA.
3 ELABORAR LOS DICTAMENES SOBRE DE DENUNCIAS RESPECTO DE BIENES
MUEBLES ASIGNADOS A LA SECRETARIA EN CASO DE ROBO O EXTRAVIO PARA
LA DEFENSA DE LOS INTERESES FINANCIEROS Y PATRIMONIALES DE LA
SECRETARIA.
4 INFORMAR Y MANTENER ACTUALIZADOS A LOS SUPERIORES JERARQUICOS Y
UNIDADES ADMINISTRATIVAS INVOLUCRADAS, SOBRE LAS ACCIONES Y ESTADO
PROCESAL QUE GUARDAN LOS JUICIOS Y PROCEDIMIENTOS A SU CARGO Y EL
SENTIDO DE LAS SENTENCIAS Y RESOLUCIONES QUE EN ESTA MATERIA
EMITAN LAS AUTORIDADES, PARA COORDINAR CON LO SUPERIORES TODOS
LOS MECANISMOS DE CONTROL DE AUDIENCIAS, DESAHOGO DE PRUEBAS,
DILIGENCIAS, COMPARECENCIAS Y TERMINOS EN LOS PROCEDIMIENTOS
CIVILES, PENALES, LABORALES Y MERCANTILES EN QUE LA SECRETARIA SEA
PARTE, SUPERVISANDO SU COMPARECENCIA A LAS AUDIENCIAS ASI COMO A
LAS DILIGENCIAS QUE DEBAN VERIFICARSE EN DEFENSA DE LOS INTERESES DE
LA SECRETARIA, HASTA LOGRAR LA EJECUCION DE LAS RESOLUCIONES
FIRMES.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
451
5 PARTICIPAR EN LA REVISION DE LOS ASPECTOS JURIDICOS DE LAS
CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LA SECRETARIA PARA DETERMINAR
LAS DEFICIENCIAS QUE PUEDAN CONTENER Y ESTABLECER MEDIOS PARA
SALVAR DICHAS DEFICIENCIAS.
6 MANTENER ACTUALIZADA LA INFORMACION PARA ASESORAR A LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
PREVIA
SOLICITUD
POR
ESCRITO,
PARA
CUMPLIMENTAR
ADECUADAMENTE
Y
EN
TIEMPO
LAS
RESOLUCIONES
JURISDICCIONALES EN EL ENTENDIDO DE QUE EL CUMPLIMIENTO ES
RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL AREA SOLICITANTE DENTRO DE LOS
TERMINOS SEÑALADOS EN LOS REQUERIMIENTOS DE QUE SE TRATE.
7 DAR TRAMITE A LAS SOLICITUDES DE OPINIONES TECNICAS FORMULADAS
POR AUTORIDADES MINISTERIALES Y JUDICIALES EN LOS CASOS DE
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL MEDICA PARA ALCANZAR UNA ATENCION
PRONTA A LAS QUEJAS FORMULADAS POR LOS PARTICULARES, DANDO LA
MEJOR ATENCION TANTO A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD COMO
A LOS PROFESIONALES MEDICOS RESPONSABLES.
8 DENUNCIAR ANTE LAS FISCALIAS GENERAL DE LA REPUBLICA Y LA DEL
FUERO COMUN, LOS HECHOS QUE AFECTAN A LA SECRETARIA, APORTANDO
TODOS
LOS
ELEMENTOS
PARA
LA
DEBIDA
INTEGRACION
DE
LAS
AVERIGUACIONES PREVIAS COADYUVANDO EN LOS PROCESOS QUE LE
AFECTEN O EN QUE SE TENGA INTERES PUBLICO, CORRESPONDIENDO A LAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS PROPORCIONAR LOS MEDIOS DE PRUEBA
IDONEOS DENTRO DE LOS PLAZOS Y TERMINOS QUE PROCEDAN CONFORME A
LAS NATURALEZA DEL ASUNTO ASI COMO ELABORAR LOS ESCRITOS DE
DENUNCIAS O QUERELLAS PREVIO ENVIO DE LAS AREAS REQUIRENTES DE LA
DOCUMENTACION Y ELABORAR DESISTIMIENTOS Y PERDONES LEGALES QUE
PROCEDAN, SIEMPRE Y CUANDO SE ACREDITE LA NO EXISTENCIA DE
AFECTACION PATRIMONIAL A LA SECRETARIA PARA LOGRAR LA DEFENSA Y
SALVAGUARDAR DE LOS INTERESES DE LA SECRETARIA.
9 TRAMITAR LOS REQUERIMIENTOS QUE LAS AUTORIDADES JUDICIALES Y
MINISTERIALES REALICEN A LA SECRETARIA Y SERVIR DE ENLACE CON LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
ENCARGADAS
DEL
CUMPLIMIENTO
PARA
COADYUVAR EN TODOS LOS ASUNTOS EN QUE SE VEAN INVOLUCRADAS LOS
INTERESES DE LA SECRETARIA, PARA SU DEFENSA.
10
ELABORAR,
INTEGRAR
Y
PRESENTAR
LOS
INFORMES
PREVIOS
Y
JUSTIFICADOS EN LOS JUICIOS DE AMPARO EN QUE LA SECRETARIA SEA
SEÑALADO COMO AUTORIDAD RESPONSABLE O TENGA LA REPRESENTACION
PRESIDENCIAL Y EN LO RELATIVO A LOS DEMAS SERVIDORES PUBLICOS QUE
SEAN SEÑALADOS COMO AUTORIDAD RESPONSABLE, ASI COMO LOS ESCRITOS
DE DEMANDA Y CONTESTACION SEGUN PROCEDA EN LAS CONTROVERSIAS
CONSTITUCIONALES O ACCIONES, REPRESENTANDO A LA SECRETARIA EN
DICHAS CONTROVERSIAS O ACCIONES, PROPONIENDO A LOS SERVIDORES
PUBLICOS A QUIENES SE PUEDA RELEGAR LA REPRESENTACION LEGAL DE LA
SECRETARIA EN DICHOS PROCEDIMIENTOS, IMPLEMENTANDO EL CONTROL Y
SEGUIMIENTO DE LOS ACTOS DE REPRESENTACION QUE EN SU CASO SE
OTORGAN,
PROPONIENDO
LAS
ACCIONES
QUE
SE
DERIVEN
DE
NOTIFICACIONES PROVENIENTES DE LAS AUTORIDADES INFORMANDO A LAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS LO QUE CORRESPONDE PARA SU CUMPLIMIENTO.
11 PROPONER LOS PROYECTOS DE DEMANDAS, CONTESTACIONES Y DEMAS
PROMOCIONES EN LOS JUICIOS CIVILES Y MERCANTILES EN LOS QUE LA
SECRETARIA DE SALUD SEA PARTE O TENGA INTERES, PARA LA DEFENSA Y
SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO DE ESTA DEPENDENCIA.
12 ELABORAR PROYECTOS DE DEMANDAS EN MATERIA CIVIL Y MERCANTIL QUE
SE EJERCITEN POR ESAS VIAS Y APOYAR A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
EN EL DESAHOGO DE ESOS JUICIOS.
452
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
13 PARTICIPAR EN EL DESAHOGO DE CONSULTAS Y ASESORIAS A LAS
DIVERSAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARIA DE SALUD
RELACIONADAS CON LA MATERIA CIVIL Y MERCANTIL, PARA LA DEFENSA Y
SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO DE ESTA DEPENDENCIA.
14 SUPERVISAR LA ELABORACION DE LOS INFORMES QUE SE DERIVEN DE LA
ATENCION DE LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA, PARA MANTENER
INFORMADA A LA SUPERIORIDAD, ASI COMO A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
QUE SOLICITARON EL APOYO DE LA UNIDAD GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS.
15 COORDINAR CON LA DIRECCION DE JUICIOS FEDERALES DE LA FISCALIA
GENERAL DE LA REPUBLICA PARA EL SEGUIMIENTO DE JUICIOS Y DEFENSA EN
LAS
MATERIAS
INDICADAS
EN
TERMINOS
DEL
ARTICULO
102
DE
LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA LA
DEFENSA Y SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO DE LA SECRETARIA DE SALUD.
16 COORDINAR LA ATENCION, TRAMITE Y RESOLUCIONES DE LOS ASUNTOS
CIVILES Y MERCANTILES, PARA LA DEFENSA Y SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO
DE ESTA SECRETARIA.
Académicos
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA GENERICA EN DERECHO
Laborales
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 5 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
AREA DE EXPERIENCIA EN DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES,
DEFENSA
JURIDICA
Y
PROCEDIMIENTOS,
TEORIA Y METODOS GENERALES
Evaluación
de
Habilidades
Liderazgo
Ponderación: 50
Orientación a Resultados
Ponderación: 50
Idioma
N/A
Otros
Necesidad de viajar: A veces
La calificación mínima del examen de conocimientos de conformidad al temario que se
publica es de: 70
Conformación
de la prelación
para acceder a
la
entrevista
con el Comité
de Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
BASES DE PARTICIPACION
Principios de
los Concursos
Los concursos se desarrollarán en estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación de los
Comités Técnicos de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, última
reforma publicada el 4 de enero de 2024 en el Diario Oficial de la Federación
(Reglamento de la LSPCAPF) y el Acuerdo por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicado en el mismo medio oficial el 19 de diciembre de 2025
(Disposiciones) y demás aplicables.
Requisitos de
Participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto.
En la aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que señala
prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de las personas, y
lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
En virtud de lo anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional,
el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición
social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características
genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las
preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación
familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o
cualquier otro motivo, para la pertenencia al Servicio.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
453
Adicionalmente, no deberán encontrarse en alguna de las causales de suspensión de
derechos y prerrogativas de los ciudadanos descritas en el artículo 38 de la CPEUM,
mismo que señala lo siguiente:
“Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:
I.
Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones
que impone el artículo 36. Esta suspensión durará un año y se impondrá además
de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley;
II.
Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a
contar desde la fecha del auto de formal prisión;
III. Durante la extinción de una pena corporal;
IV. Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que
prevengan las leyes;
V. Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta
que prescriba la acción penal;
VI. Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión, y
VII. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata
para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o
comisión en el servicio público.”
Asimismo, de conformidad con el artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, deberán cumplir con los siguientes
requisitos: ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o
extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el
desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado
eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio
público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así como presentar y
acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso.
En el caso de las personas trabajadoras que se hayan apegado a un programa de
retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo
dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y
Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Cuando una persona candidata no cumpla con algún requisito establecido en la
convocatoria, no podrá continuar participando en el proceso de selección, y se
le notificará el motivo de la eliminación de su participación, debidamente fundamentada
la determinación por los miembros del Comité Técnico de Selección, de conformidad a
lo preceptuado en el artículo 36 Bis del Reglamento de la LSPCAPF.
Documentación
Requerida
Las personas candidatas deberán presentarse en la fecha y hora establecidos en el
mensaje que, al efecto hayan recibido por vía electrónica a través del portal
www.trabajaen.gob.mx, cuando menos dos días hábiles de anticipación, en un horario
de 9:00 a 17:00 hrs., así mismo deberán presentar original y copia legible de los
siguientes documentos:
1.
Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para
el concurso.
2.
Formato del Currículum Vítae (CV) del TrabajaEn, en el que se detalle la
experiencia y el mérito; firmado, rubricado y con leyenda de: “Bajo protesta
manifiesto que los datos asentados son verídicos”, sin encuadernar
o engargolar.
3.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar con fotografía, cédula profesional con fotografía, cartilla liberada
o pasaporte).
4.
Acta de Nacimiento y Documento de Residencia Temporal con Permiso de Trabajo
en México, que le permita a la persona candidata, si fuera el caso, la ocupación
legal del puesto de que se trate.
5.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el que
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DIARIO OFICIAL
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concursa: sólo se aceptará Cédula Profesional y/o Título Profesional registrado en
la SEP. En el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentarse
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la
Secretaría de Educación Pública. Para cubrir la escolaridad de nivel Licenciatura
con grado de avance titulado, serán validados los títulos o grados académicos de
postgrados, maestrías y doctorados, en las áreas de estudio y carreras
correspondientes al perfil del puesto. En aquellos puestos que el perfil no requiera
grado de Licenciatura, se deberá comprobar el grado académico con el certificado
o constancia original que lo avale.
6. Documentación que acredite el tiempo y las áreas de experiencia laboral
solicitadas en el puesto sujeto a concurso, y que compruebe lo manifestado en el
CV de Trababajaen. Sólo se aceptará la documentación comprobatoria que avale
el inicio y fin de los empleos que coincidan con la experiencia solicitada en el perfil
del puesto en concurso, para ello se aceptarán: cartas laborales en hoja
membretada, las cuales deberán especificar: fecha de expedición, nombre
completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja, indicando el
puesto y/o funciones desempeñadas, salario, con firma y cargo de la persona
autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y
teléfonos de la institución o empresa; Hojas Unicas de Servicios acompañadas del
nombramiento y/o renuncia; acta de entrega recepción; Cartas o convenio
Finiquito, en el que se indique día, mes y año tanto del ingreso como de la baja,
puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas; Constancias de sueldos,
salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo", o
"Constancia de retenciones” emitidas por el SAT, mismas que deberán indicar
periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor; contratos laborales,
recibos de pago, dichos recibos deberán comprobar el inicio y el fin de la relación
laboral, altas y bajas al IMSS; documento de semanas cotizadas al IMSS de la
persona asegurada vía electrónica, o el emitido por la subdelegación del IMSS que
le corresponda; altas y bajas al ISSSTE; impresión del expediente electrónico del
ISSSTE; Hoja de Periodos Cotizados ISSEMYM/EDOMEX; el servicio social, las
prácticas profesionales, el tiempo de becarios, y el tiempo de residencia o práctica
clínica que la persona candidata acredite cuando realizó alguna especialidad.
Dichas actividades se contabilizarán en el área de experiencia solicitada en el
perfil siempre y cuando exhiban los documentos institucionales que lo amparen
(las mismas deberán señalar el periodo, institución y actividades realizadas).
Es relevante señalar que no se aceptará la docencia para acreditar las áreas de
experiencia laboral solicitadas en el perfil del puesto en concurso.
Los documentos en los que no se indique el día, mes y año del ingreso y baja del
empleo que pretende comprobar no serán válidos, o en su caso cualquier
inconsistencia detectada en el CV registrado en la plataforma del Trabajaen y la
documentación presentada, por lo que no se computarán para el cálculo de los
años de experiencia laboral requerido en el perfil del puesto que se trate.
7
De los empleos que coincidieron con las áreas de experiencia solicitadas en el
perfil del puesto sujeto a concurso y las constancias con las que se acredite los
méritos, manifestados en el CV de Trabajaen y comprobados; los cuales se
considerarán para su evaluación de la Etapa III, de conformidad con lo establecido
en las Metodologías de Aplicación de los Exámenes de conocimientos,
Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito para el ingreso al
Servicio Profesional de Carrera (Metodologías de Aplicación), publicadas por
la Dirección General de Gestión para los Servidores Públicos al Servicio de
la Sociedad de la Unidad de Políticas para el Servicio Público, disponible en la
plataforma www.trabajaen.gob.mx. en el apartado “Documentos e Información
Relevante”.
8.
Escrito Bajo protesta de decir verdad que no se encuentra declarada persona
deudora alimentaria en ninguno de los supuestos a que hace referencia el artículo
38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
(escrito proporcionado por la dependencia).
9. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena
privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público,
no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que
la documentación presentada es auténtica (escrito proporcionado por la
dependencia).
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DIARIO OFICIAL
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10. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún
programa de retiro voluntario, en el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal,
deberán presentar la documentación oficial que se demuestren las condiciones
bajo las cuales estaría sujeta su reincorporación a la Administración Pública
Federal, de conformidad a la normatividad aplicable.
11. En caso de que las plazas requieran idioma, la documentación que avalará el nivel
de dominio será:
I)
Para el nivel básico se aceptarán como constancias de historial académico y/o
constancia expedido por alguna institución de idiomas o lenguas extranjeras;
II)
Para el nivel de dominio intermedio se aceptará la constancia o documento
expedido por alguna institución de idiomas o lenguas extranjeras que indique
el idioma y nivel de dominio;
III) Para el nivel de dominio avanzado se aceptarán constancias como el TOEFL,
TEFL, IELTS, entre otras, constancias o documentos correspondientes a
estudios realizados en el extranjero en el idioma requerido siempre que
correspondan a un nivel de estudio medio superior o superior.
Las constancias de idioma no deberán tener una antigüedad mayor a 5 años,
salvo las referentes a historias académicas.
En caso de no presentar cualquiera de los documentos señalados en el presente
apartado, las personas candidatas deberán ser descartados inmediatamente
del concurso, lo anterior de conformidad con lo previsto en el artículo 36 Bis del
Reglamento de la LSPCAPF.
Los documentos deberán enviarse atendiendo lo siguiente:
I.
Estar escaneados y enviados en carpeta Zip, en formato PDF y enviarlo al correo
de: ingresospc@salud.gob.mx para esta acción se podrán utilizar las herramientas
electrónicas tales como wetransfer o filemail para facilitar la carga de los
documentos que excedan la capacidad de 13MB y puedan ser enviados al correo
de: ingresospc@salud.gob.mx.
II.
Enlistar, de acuerdo con el orden de los documentos establecidos en estas Bases
de Participación, en el apartado de: “Documentación requerida”, nombrarlos de
acuerdo con el folio de participación y el nombre de cada documento; por ejemplo:
folio 01-54328_acta_nac.
III. La documentación deberá ser legible para su revisión, de lo contrario podrá ser
motivo de descarte.
IV. En caso de omisión de algún documento, no se considerará un segundo correo
o un alcance al correo original.
V. El formato de “Revisión Documental”, que se le proporcionará, se entregará a cada
persona candidata al finalizar la etapa de evaluaciones gerenciales, el cual
deberá estar firmado, escaneado y enviado junto con la documentación requerida.
VI. La documentación no presentada en la fecha y horario señalado, será motivo de
descarte del concurso de que se trate.
La Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría se
reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, la documentación o referencias
que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de
los requisitos, en cualquier etapa del proceso y de no acreditarse su existencia o
autenticidad se descartará a la persona candidata, o en su caso se dejará sin efecto
el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin
responsabilidad para esta Secretaría, la cual se reserva el derecho de ejercitar las
acciones legales procedentes.
Registro de
Aspirantes
Con fundamento en el artículo 238 de las citadas Disposiciones, las personas
interesadas podrán incorporar en el Trabajaen, sin que medie costo alguno, su
información personal, curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos
de ingreso al Sistema que resulten de su interés.
Una vez que la persona interesada haya incorporado la información necesaria para
configurar su perfil profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de
registro, el portal de Trabajaen le asignará un número de folio de registro general.
La inscripción a un concurso y el registro de las personas candidatas al mismo, se
realizarán a partir del 04 AL 18 DE MARZO DE 2026, al momento en que las personas
candidatas registren su participación aun concurso a través del portal de Trabajaen, se
llevará a cabo en forma automática la revisión curricular, asignando un folio de
participación para el concurso al aceptar las presentes Bases de Participación, o en su
caso, un folio de rechazo que lo descartará del concurso.
La revisión curricular efectuada a través del portal de Trabajaen, se llevará a cabo sin
perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que las personas candidatas
deberán presentar para acreditar que cumplen con los requisitos establecidos en la
convocatoria, de conformidad con el artículo 259 de las Disposiciones.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Desarrollo de
los Concursos
y Presentación
de
Evaluaciones
De conformidad con lo establecido en los artículos 34 del Reglamento de la LSPCAPF
y el 253 de las citadas Disposiciones, el procedimiento de selección se desahogará
conforme a lo previsto en el citado Reglamento, lo establecido en las reglas de
valoración y en el sistema de puntuación general determinados por el CTP,
comprendiendo las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades;
III. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito; IV. Entrevistas y
V. Determinación”.
El o los concurso(s) se conducirá(n) de acuerdo con el calendario propuesto por la
Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría. En razón
del número de las personas candidatas que participen en cada una de las Etapas,
podrán estar sujetos a cambios sin previo aviso, el orden de las mismas, el lugar, la
fecha y hora programados para desahogarlas; por lo que, se recomienda dar
seguimiento al mensaje de invitación que reciba por medio de su centro de mensajes
del portal de Trabajaen.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se
realizará, en las mismas fechas y horarios para todas las personas candidatas
participantes en cada concurso, a fin de garantizar el principio de equidad del Sistema
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (SSPCAPF).
Por último; quienes por decisión propia registren su participación para dos o más
concursos en esta Secretaría y las etapas de éstos sean programados el mismo día,
hora y lugar; con la finalidad de hacer prevalecer el principio de imparcialidad del
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
deberán elegir el concurso por el cual continuará su participación, ya que una vez
iniciada la sesión, por ningún motivo se aplicarán exámenes y/o evaluaciones después
de transcurrido el tiempo de tolerancia de la etapa en proceso, razón por la cual, no
podrá aplicarse más de una evaluación de manera simultánea.
ETAPA
FECHA O PLAZO
Publicación de convocatoria
04 DE MARZO DE 2026
Registro de aspirantes (en la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
04 AL 18 DE MARZO DE 2026
Revisión
curricular
(por
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
04 AL 18 DE MARZO DE 2026
Examen de conocimientos técnicos
A partir de 23 DE MARZO DE 2026
Examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal
A partir de 23 DE MARZO DE 2026
Evaluaciones
de
habilidades
(capacidades
gerenciales)
A partir de 24 DE MARZO DE 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito
A partir de 25 DE MARZO DE 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir de 26 DE MARZO DE 2026
Determinación
A partir de 26 DE MARZO DE 2026
La Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría,
comunicará a cada persona candidata, la fecha, hora y lugar en que deberá
presentarse para la aplicación de las evaluaciones de cada una de las etapas del
proceso de selección, a través de su centro de mensajes en Trabajaen. El mensaje de
invitación para participar en dichas evaluaciones se enviará con al menos dos días
hábiles de anticipación de conformidad con lo señalado en el artículo 254 de las
Disposiciones; por lo que, se recomienda dar seguimiento a los mensajes que se
generen con tal motivo a través de Trabajaen.
Para cada una de las pruebas es necesario presentarse con su comprobante de folio
asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx y dos identificaciones vigentes, una para
ingresar a las instalaciones y la segunda a sala de evaluaciones.
Serán motivo de descarte, sin responsabilidad para este CTS, además de lo que se
señale en cada etapa del procedimiento, en los siguientes supuestos: cuando la
persona candidata no se presente en la fecha, lugar y hora señaladas en el mensaje de
invitación que reciba por medio de su centro de mensajes del portal de Trabajaen;
cuando la persona candidata se presente sin los documentos solicitados en el mensaje
previo a está o no estén legibles o estén incompletos o cortados los documentos
presentados; abandone la sala antes de concluir la evaluación correspondiente, se le
sorprenda consultando apuntes, tomando fotografías o audios de cualquier tipo o
reproduciendo por cualquier vía el contenido de la evaluación de que se trate, o bien,
no acredite la etapa correspondiente.
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DIARIO OFICIAL
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Si se presenta alguna situación no prevista en estas Bases de Participación, se
informará a todas las personas candidatas, a través de los mismos medios y será
resuelto por el CTS correspondiente.
Para el ingreso de las personas candidatas al aula de evaluaciones.
a). - Una vez dentro del aula y previa higienización de las mismas, las personas
candidatas deberán depositar sus pertenencias personales en el lugar que les sea
indicado por el aplicador de las evaluaciones (bolsos, portafolios, carpetas, cuadernos,
celular, etc.).
b). - Sobre el escritorio no deberá depositarse ningún papel o documento que pudiera
ser vía de contagio (apuntes, cuadernos, guías, celular, etc.).
I. ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera
correspondiente al Examen de conocimientos técnicos del puesto en concurso, cuya
calificación mínima aprobatoria deberá ser igual o superior a 70 puntos en una escala
de 0 a 100 sin decímales; el resultado de la evaluación se obtendrá del total de aciertos
sobre el número de reactivos que conforman el examen; en caso de no acreditar la
puntuación mínima requerida, será motivo de descarte.
Las personas candidatas que acrediten el examen de conocimientos técnicos podrán
realizar la segunda evaluación, correspondiente al examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal, cuya calificación se promediará con la del
examen de conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo
mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales, un
resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse
en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el “Examen de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal”, será a través del
módulo generador de exámenes de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados aprobatorios del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, tendrá una vigencia de un año, contado a partir
de la fecha en que se den a conocer éstos a través del Trabajaen, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la LSPCAPF.
Las evaluaciones de conocimientos técnicos y de habilidades gerenciales, se llevarán a
cabo mediante la herramienta informática denominada Generador de Exámenes de la
Secretaría de Salud (GEXSSA).
Los resultados obtenidos en las evaluaciones de las habilidades gerenciales con fines
de ingreso realizadas con la herramienta GEXSSA, tendrán una vigencia de un año a
partir de la fecha de su aplicación y serán consideradas exclusivamente para otros
concursos convocados por esta Secretaría, así como sus Organos Administrativos
Desconcentrados; siempre y cuando el resultado obtenido por la persona candidata,
sea una calificación igual o superior a 70 puntos.
Los resultados de la evaluación de conocimientos técnicos tendrán vigencia de un año,
en relación con el puesto sujeto a concurso, siempre que no cambie el temario y
bibliografía con el cual se evaluó el conocimiento; por lo que, en caso de existir
diferencia entre los temarios, no se podrán considerar dichos resultados en las
evaluaciones de los concursos de esta convocatoria.
Para hacer legítima la revalidación antes mencionada, la persona candidata deberá
solicitarlo por escrito en el periodo establecido para el registro al concurso de interés.
El escrito deberá ser dirigido a la persona titular que funja como Secretario Técnico
del CTS correspondiente.
En los casos de las personas candidatas a ocupar puestos convocados por la
Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría, que
tuviesen vigentes los resultados de habilidades evaluadas con herramientas diferentes
a la herramienta informática denominada “GEXSSA”, dichos resultados no podrán ser
reconocidos para efectos de los concursos de esta Secretaría de Salud, aun tratándose
de habilidades con el mismo nombre y/o nivel de dominio.
Los resultados de los exámenes y de las evaluaciones aplicadas en este proceso de
selección no serán considerados para fines de Certificación de Capacidades.
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DIARIO OFICIAL
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II. ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO
Los miembros del Comité han determinado solicitar a las personas candidatas inscritas
en el/los concurso(s) contenido(s) en la presente Convocatoria, la acreditación
documental del total de la información expresada en el CV de Trabajaen, misma que
deberán presentarse únicamente el día y la hora señalado en el mensaje enviado al
correo electrónico de Trabajaen, por la Dirección General de Recursos Humanos y
Organización de esta Secretaría.
Para efectos del desahogo de la etapa y entrega de la puntuación de la evaluación de
la experiencia, únicamente se considerarán los puestos y el tiempo en las empresas o
instituciones que las personas candidatas lo acrediten documentalmente, para lo cual
se determina que se aceptarán como comprobantes, lo establecido en el numeral 6 del
apartado “Documentación Requerida”.
Respecto a la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, se señala que los
Elementos propuestos dentro de las Metodologías de Aplicación; que no se
enuncian, se debe a que se consideran los mecanismos de evaluación señalados
en estas.
La evaluación de experiencia y valoración del mérito se realizará el mismo día en que
se realice la revisión documental de conformidad con lo establecido en las
Metodologías de Aplicación.
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley, se tendrá por
acreditado cuando la persona candidata sea considerado persona finalista por el
CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en
concurso y susceptible de resultar persona ganadora de este; lo anterior de
conformidad del artículo 282 de las Disposiciones.
Para la evaluación de la experiencia, se calificarán los siguientes Elementos:
• Elemento 1. Orden en los puestos desempeñados,
• Elemento 2. Duración en los puestos desempeñados,
• Elemento 3. Experiencia en el sector público,
• Elemento 4. Experiencia en el sector privado,
• Elemento 5. Experiencia en el sector social,
• Elemento 6. Nivel de responsabilidad,
• Elemento 7. Nivel de remuneración,
• Elemento 8. Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con
las del puesto vacante; (NO SE EVALUARA PARA LAS PLAZAS QUE CONTIENEN
ASTERISCO *)
• Elemento 9. en su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la
vacante.
Nota: Las personas candidatas serán calificadas en el orden de los puestos
desempeñados, salvo cuando cuenten con una sola experiencia, cargo o puesto
previos.
A todas las personas candidatas se les deberá calificar con respecto a los
elementos contenidos del numeral 2 al numeral 8.
Las personas candidatas que ocupen o que hayan ocupado uno o más de los
cargos o puestos inmediatos inferiores al de la vacante, serán calificados con la
consideración establecida en el numeral 9.
Para la valoración del mérito, se calificarán los siguientes elementos:
• Elemento 1. Resultado de la evaluación del desempeño.
• Elemento 2. Resultados de las acciones de capacitación;
• Elemento 3. Resultados de procesos de certificación;
• Elemento 4. Logros;
• Elemento 5. Distinciones;
• Elemento 6. Reconocimientos o premios;
• Elemento 7. Actividad destacada en lo individual;
• Elemento 8. Otros estudios,
• Elemento 9. Habla de lengua indígena.
• Elemento 10. Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena
afrodescendiente o afromexicana;
• Elemento 11. Perspectiva de juventudes, y
• Elemento 12. Persona con discapacidad.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
459
Nota: Todas las personas candidatas que sean personas Servidoras Públicas de
Carrera Titulares, sin excepción, serán calificadas en los elementos del 1 al 3 y
todas las personas candidatas, sin excepción, serán calificadas en los elementos
del 4 al 12.
En lo que respecta a la evaluación de la experiencia se determinó lo siguiente:
En lo que respecta al Elemento 5 - Experiencia en Sector Social: Además de las ya
establecidas en las Metodologías de Aplicación, se considerarán los empleos
desempeñados
en
Organización
no
gubernamental
(ONG),
Voluntariados,
Asociaciones Civiles (A.C.), Cooperativas y Sindicatos.
El Elemento 6 - Nivel de Responsabilidad: la respuesta de la persona candidata
deberá cruzarse con el CV de Trabajaen, que se entrega firmado bajo protesta
de decir verdad.
En lo que respecta a la valoración del mérito se determinó, lo siguiente:
Elemento 1 - “Resultado de la evaluación del desempeño. - Se calificará de acuerdo
con las calificaciones de las personas servidoras públicas de carrera titulares,
obtenidas en las evaluaciones de desempeño anual.
Elemento 2 - Resultados de las acciones de capacitación. Se calificarán a través del
promedio de las calificaciones obtenidas por la persona servidora pública de carrera
titular en las acciones de capacitación del ejercicio fiscal anterior. En caso de que en el
ejercicio fiscal inmediato anterior no se hubieran autorizado acciones de capacitación,
las personas candidatas deberán entregar escrito de la dependencia que así lo
acredite, para no ser evaluados en este elemento al no existir un parámetro objetivo
para realizar la comparación.
Elemento 3 - Resultados de procesos de certificación: este elemento deberán
acreditarlo las personas candidatas con su pantalla RHnet; en la cual, se marca el
número de capacidades profesionales certificadas vigentes, obtenidas por las personas
servidoras públicas de carrera titulares.
Elemento 6 - Reconocimientos o premios: únicamente se aceptarán los documentos de
instancias con reconocimiento oficial y con membrete y/o sello a nombre de la persona
candidata, además de otro medio oficial para la verificación de la autenticidad del
documento.
Elemento 7 - Actividad destacada en lo individual: se considerará la docencia, además
de las que se proponen en las Metodologías de Aplicación, siempre y cuando
la persona candidata presente la constancia expedida por la institución educativa en la
que impartió clases y se señale en ésta la(s) materia(s).
Elemento 9 - Habla de lengua indígena. Se evaluará en cuatro habilidades básicas del
lenguaje: 1) hablar, 2) escuchar o comprender, 3) leer y 4) escribir.
Para la acreditación de las habilidades anteriormente referidas, se calificarán a través
del número de comprobantes, tomando como referencia los siguientes niveles:
Nivel 1:
I.
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que
señale que es hablante de una lengua indígena nacional.
II.
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto
Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o alguna otra instancia acreditada por esta
misma institución (con resultado regular o bueno).
III. Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas,
que avalen, al menos, un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus
variantes.
IV. Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías,
folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etcétera.). En la presentación
de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
V. Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante
es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o
traductora de lenguas indígenas.
VI. Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la
interpretación o la atención en lengua; o bien, mediante una o traducción).
Nivel 2:
I.
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI o
por alguna otra instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado
excelente).
460
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
II.
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o
sus variantes, independientemente del campo de estudio del que se trate.
En la presentación de estas publicaciones se deberá acreditar fehacientemente
su autoría.
III. Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador(a)
bilingüe y/o traductor(a) de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.) En la presentación de
estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
Elemento 10.- Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena o afrodescendiente o
afromexicana; se calificará con 100 a la persona candidata que manifieste
autoadscribirse a un pueblo o a una comunidad indígena o afromexicana y deberá
identificar por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre del pueblo o
comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
Elemento 11.- Perspectiva de juventudes. Se calificará con 100 a la persona candidata
deberá comprobar que su edad no sobrepase los 30 años al momento de la
publicación del concurso.
Por último, Elemento 12- Personas con Discapacidad. Se calificará con 100 a la
persona candidata que se autoreconozca como persona con discapacidad. La persona
participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su
discapacidad.
Entrevista
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones serán considerados
para elaborar el listado de personas candidatas, a fin de determinar el orden de
prelación para la etapa de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el
Sistema de Puntuación establecidos en la Secretaría de Salud, de conformidad con lo
previsto en el artículo 271 de las Disposiciones.
La Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría,
programará cada entrevista y convocará a las personas candidatas, mediante el envío
de un correo electrónico el centro de mensajes del portal de Trabajaen, citando
conforme al orden de prelación y el número establecido por cada Comité Técnico de
Selección.
Las personas candidatas deberán:
a)
Acreditar su participación con identificación oficial: “INE, Cédula Profesional, en su
caso, Cartilla Militar, y/o Pasaporte” y su Hoja de Bienvenida emitida por el
TrabajaEn.
b)
Seguir las indicaciones hasta el término de la entrevista, de lo contrario será
motivo de descarte.
La etapa de Entrevista tiene la finalidad que el Comité respectivo, profundice en la
valoración de las capacidades de cada persona candidata, de conformidad a los
criterios de evaluación establecidos en la Convocatoria y en el Trabajaen.
El Comité correspondiente sesionará, por medios electrónicos, a través de
videoconferencia, en cuyo caso, la entrevista se desahogará a distancia y las
personas candidatas deberán estar presentes en las instalaciones de la Dirección
General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría, de conformidad con
el artículo 272 de las Disposiciones.
Las personas integrantes del CTS correspondiente, para la evaluación de la entrevista
considerarán los criterios siguientes:
- Contexto, situación o tarea (favorable o adverso);
- Estrategia o acción (simple o compleja);
- Resultado (sin impacto o con impacto), y
- Participación (protagónica o como miembro de equipo)
Los miembros del respectivo Comité, calificarán en una escala de 0 a100 a cada
persona candidata, para cada uno de los criterios de evaluación correspondientes.
En caso de que los miembros del CTS, lo acuerden podrán auxiliarse para desahogar
la etapa de entrevista con máximo tres personas especialistas, uno por cada
miembro, y se notificará a las personas candidatas, en el mensaje de invitación que
reciba en el centro de mensajes del portal Trabajaen, mediante el cual se le cite a esta
evaluación.
Cuando el perfil del puesto requiera el dominio de un idioma en el nivel avanzado, en
esta etapa se podrá realizar al menos una pregunta a cada persona candidata en el
idioma requerido.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
461
Reglas de
Valoración y
Sistema de
Puntuación
General
La acreditación de las etapas revisión curricular, examen de conocimientos técnicos,
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, las evaluaciones de
habilidades, la evaluación de experiencia y la valoración del mérito serán
indispensables para continuar en el proceso de selección de que se trate.
Se evaluarán 2 capacidades gerenciales (habilidades) y no implicará descarte del
respectivo concurso, se considerará no aprobadas, cuando no se presente a dichas
evaluaciones y será motivo de descarte.
La calificación mínima aprobatoria para acreditar la evaluación de conocimientos
técnicos será de 70 y el resultado de la evaluación se obtendrá del total de aciertos
sobre el número de reactivos que conforman el examen, en caso de obtener una
calificación inferior a 70, será motivo de descarte
La calificación mínima aprobatoria para acreditar la subetapa de “Examen de
conocimientos”, que comprende los exámenes de conocimientos técnicos y
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, será igual o superior
de 70 puntos; en caso de no acreditar la puntuación mínima requerida, será motivo de
descarte.
La evaluación de la experiencia y valoración del mérito, se evaluarán de conformidad
con lo establecido en las Metodologías de Aplicación, considerando los elementos
antes mencionados en el apartado “Desarrollo de los Concursos y Presentación de
Evaluaciones”.
Para efectos de continuar con el procedimiento de selección, las personas candidatas
deberán aprobar las evaluaciones precedentes.
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones (conocimientos,
habilidades, evaluación de la experiencia y valoración del mérito) serán considerados
para elaborar el listado de las personas candidatas con los resultados más altos, a fin
de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista de conformidad con el
Sistema
de
Puntuación
General
establecido
por
el
Comité
Técnico
de
Profesionalización para las plazas desde Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad
hasta Dirección General.
Etapa o subetapa
Jefatura de Departamento
hasta Dirección General
Enlace de Alta
Responsabilidad
Puntaje asignado
Puntaje asignado
Subetapa de examen de
conocimientos
(Conocimientos Técnicos y
Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal)
30
Subetapa de Evaluaciones de
Habilidades
10
20
Subetapa de Evaluación de
Experiencia
20
10
Subetapa de Valoración del
Mérito
10
10
Etapa de Entrevista
30
Puntaje Máximo
100
100
El número de personas candidatas que se continuarán entrevistando, será un mínimo
de tres, en caso de no contar al menos con una persona finalista de entre las
personas candidatas ya entrevistados. El puntaje mínimo de calificación para ser
considerado persona finalista será igual o superior a 70 puntos.
Para los concursos de nivel de Enlace para la subetapa de evaluación de la
experiencia, el puntaje único será de 100.
Publicación de
Resultados
Tanto los resultados de cada una de las etapas del proceso de selección de los
concursos, como la invitación a las evaluaciones y en su caso, la modificación del
calendario será notificado a las personas candidatas, a través de un mensaje enviado
al centro de mensajes del portal de Trabajaen.
Determinación
y Reserva
El respectivo Comité declarará a la persona ganadora del concurso, a la persona
finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección.
Se consideran finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de
calificación en el sistema de puntuación general; esto es, que hayan obtenido un
resultado aceptable para ser considerados aptos para ocupar el puesto sujeto a
concurso, en términos de los artículos 32 de la Ley y 40, fracción II de su Reglamento
de la LSPCAPF.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Conforme a lo dispuesto en los artículos 36 del Reglamento de LSPCAPF y 286 de las
Disposiciones, las personas candidatas que obtengan el puntaje mínimo de calificación
de setenta (70 puntos) y no resulten personas ganadoras del concurso, serán
consideradas personas finalistas y quedarán integrados a la Reserva de las
personas aspirantes en esta Secretaría, de acuerdo con la rama de cargo de la
vacante en que se haya determinado alguna persona ganadora; con el fin de ser
consideradas para ocupar un puesto vacante del mismo rango, e incluso de nivel
adjunto, homólogo o afín en perfil, y equivalente en grupo y grado, o un puesto del
rango inmediato inferior, durante un año contado a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso respectivo.
Declaración de
Concurso
Desierto
El/Los Comité(s) Técnico(s) de Selección podrá(n), considerando las circunstancias del
caso, declarar desierto un concurso:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente a los concursos;
II.
Porque ninguna de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado persona finalista, o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del CTS.
Reactivación de
Folios
Los miembros del CTS de la(s) plaza(s) considerada(s) en la presente convocatoria,
determinaron no llevar a cabo la reactivación de folios cuando el descarte sea
originado por causas imputables a las personas candidatas; por lo que, se recomienda
antes de su inscripción al concurso de su interés, verificar que la información capturada
en la plataforma del Trabajaen respecto de la escolaridad, trayectoria laboral y méritos,
deberán estar completos los datos y ser consistentes con los documentales, así como
cumplir con los requisitos del puesto de su interés; considerando que las reactivaciones
únicamente procederán cuando el descarte del folio sea originado por causas NO
imputables la persona candidata, por errores en la captura de información u omisiones
del operador de ingreso que se acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes
del Comité correspondiente.
En caso de que el rechazo sea por causas no imputables la persona candidata y el
sistema emita un folio de rechazo, la persona candidata tendrá 2 días hábiles
posteriores en que se haya originado el descarte de un folio para presentar su escrito
de petición de reactivación, al Comité Técnico de Selección de la plaza
correspondiente, en la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de
esta Secretaría.
Dicho escrito deberá incluir, considerando que proceden las reactivaciones sólo
cuando el descarte del folio sea originado por causas no imputables la persona
candidata, por errores en la captura de información u omisiones del operador del
ingreso que se acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes de cada Comité
Técnico de Selección:
1.
Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de
rechazo y la fecha.
2.
Justificación de por qué se considera que se debe reactivar su folio.
3.
Original y copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y
escolaridad.
4.
Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su
petición, la cual será evaluada y resuelta por el comité técnico de selección
respectivo.
5.
Impresión de currículum vítae del Trabajaen.
La reactivación de folios no será procedente, cuando las causas de descarte sean
imputables a la persona candidata como:
1.
La persona candidata cancele su participación el concurso;
2.
La persona candidata renuncie a las calificaciones de evaluación de capacidades.
3.
Exista duplicidad de registro en el Trabajaen.
4.
La baja en el sistema imputable a la persona candidata, y
5.
Por errores o la falta de coincidencias entre la información asentada en su
Currículum de Trabajaen y los requisitos establecidos en el perfil del puesto en
concurso imputables a la persona candidata
Una vez pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones de
reactivación.
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DIARIO OFICIAL
463
Disposiciones
Generales
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre los
concursos y los puestos vacantes.
2. Los datos personales de las personas candidatas son confidenciales aun después
de concluidos los concursos.
3. Cada persona candidata se responsabilizará de los traslados y gastos erogados
como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de
la presente convocatoria.
4. Las personas candidatas podrán presentar inconformidad ante el Area de
Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la Secretaría
de Salud, ubicado en Av. Marina Nacional #60, piso 9, Col. Tacuba, Demarcación
Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11410. Teléfono 2000 3100 ext. 53123, en un
horario de las 9:00 a las 15:00 horas en días hábiles, en términos de lo dispuesto
por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y su Reglamento, y recurso de revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en Insurgentes Sur 1735, 2do.
piso, Colonia Guadalupe Inn. Demarcación Territorial Alvaro Obregón, C.P. 01020,
Ciudad de México, en un horario de las 9:00 a las 15:00 horas en días hábiles, en
términos de lo dispuesto por el Reglamento Interior de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
5.
En los casos en que el/los CTS determine(n) la revisión de exámenes, ésta sólo
podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de
evaluación, métodos o procedimientos utilizados sin que implique la entrega de los
reactivos ni las opciones de respuesta, en ningún caso procederá la revisión
respecto del contenido o los criterios de evaluación. Dicha revisión deberá
solicitarse mediante el procedimiento de una inconformidad.
6.
Cualquier aspecto o caso no previsto en la presente convocatoria será resuelto por
el CTS correspondiente, conforme a las disposiciones aplicables, privilegiando la
observancia de los principios rectores del sistema, dentro de los 10 días hábiles
siguientes en que se presentó, con la salvedad de que para aquellos casos en los
que el Comité requiera de realizar consultas, autorización u otros ante entidades
reguladoras, la resolución de dichos aspectos quedará sujeta al tiempo de
respuesta y las determinaciones de las instancias competentes.
7.
Cuando la persona ganadora de un concurso tenga el carácter de persona
Servidora Pública de Carrera Titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto
a concurso, deberá presentar ante la Dirección General de Recursos Humanos y
Organización de esta Secretaría, en un lapso no mayor a cinco días naturales,
posteriores a la notificación de los resultados del concurso a través de su cuenta
del Trabajaen, el documento que acredite haberse separado de su cargo toda vez
que no puede permanecer activo en ambos puestos, asimismo, deberá acreditar
haber cumplido la obligación que señala el artículo 11, fracción VIII
de la LSPCAPF, lo anterior tiene sustento en lo dispuesto en el oficio
NO. SSFP/408.3/077/2008, del 28 de febrero de 2008.
8.
El/Los Comité(s) Técnico(s) de Selección de esta Secretaría informa(n), en caso
de que alguna persona candidata solicite una revisión del examen de
conocimientos técnicos, deberá presentar su solicitud dirigida al Comité de la plaza
en concurso, firmada y escaneada al correo ingresospc@salud.gob.mx teniendo
como plazo dos días hábiles siguientes a la fecha de aplicación de la evaluación.
Así mismo, se hace del conocimiento que la revisión de exámenes, sólo podrá
efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas, métodos o
procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las
opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del
contenido o los criterios de evaluación de conformidad en el artículo 265 de las
Disposiciones.
9.
Por ningún motivo, se permitirá la aplicación de evaluaciones a las personas
candidatas que se presenten fuera de los horarios establecidos para tales efectos.
10. En este proceso de reclutamiento y selección, esta Secretaría no solicita como
requisito para el ingreso, el examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
464
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Citatorios
La Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría,
comunicará a las personas candidatas la fecha, hora y lugar en que deberán
presentarse a la aplicación de las evaluación de conocimientos, examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, evaluaciones de
habilidades, recepción de la información para el envío de los documentales para la
revisión documental, evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como
la entrevista ante el respectivo Comité, mediante correo electrónico identificando su
número de folio asignado por el Trabajaen, a través del portal www.trabajaen.gob.mx
con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha de cada evaluación; el no asistir
en la fecha, hora y lugar señalados, será motivo de descarte del concurso de
que se trate.
Las etapas anteriores se desahogarán en las instalaciones de esta Secretaría,
ubicadas en Av. Marina Nacional no. 60, pisos 5 y 7, Colonia Tacuba, Demarcación
Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11410 (inclusive para las personas candidatas
registradas en el extranjero). En caso de que alguna de las etapas de los concursos
debieran ser desahogada en otro domicilio, será notificada a través del portal
www.trabajaen.gob.mx vía correo electrónico a las personas candidatas con mínimo
dos días de anticipación.
En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación,
así como el tiempo de tolerancia con el que contarán las personas candidatas.
Las personas candidatas deberán asistir puntualmente a sus evaluaciones o de lo
contrario no se permitirá el acceso a la aplicación de la evaluación correspondiente y
serán descartados del proceso de selección del concurso que se trate.
Temarios
Los temarios y la bibliografía correspondientes para los exámenes de conocimientos
técnicos que se indique en la convocatoria, se difundirán en la página electrónica
de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría, en
la siguiente liga: http://www.dgrh.salud.gob.mx/spc_principal.php a partir de la fecha de
la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Los temarios y la bibliografía correspondientes para los exámenes de Conocimientos
Generales
de
la
Administración
Pública
Federal
que
se
indique
en
la
convocatoria, se encuentran publicados en la página del Trabajaen en el aparatado de
“Documentos e Información Relevante”, y disponible en la siguiente liga
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Los temarios y la bibliografía, de estudio para las evaluaciones de las habilidades
gerenciales, se encuentran disponibles para su consulta en la página electrónica de
la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría, en la
siguiente liga https://www.salud.gob.mx/unidades/dgrh/spc/temariosHG.php.
La evaluación de las habilidades gerenciales, se aplicarán de conformidad al nivel de
dominio señalado en el perfil de puesto.
Para acreditar las Subetapas de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
será necesario consultar las Metodologías de Aplicación, disponible en la plataforma de
www.trabajaen.gob.mx en el apartado de “Documentación e información relevante”.
Resolución De
Dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las personas
candidatas formulen con relación al proceso de reclutamiento y selección del o los
puesto(s) considerado(s) en la presente convocatoria, se ha implementado el correo
electrónico de contacto: ingresospc@salud.gob.mx y el número telefónico 55 50 62
1600 ext: 58484, dentro del horario de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
Los Comités Técnicos de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Salud
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por Acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, el Secretario Técnico
Subdirector de Regulación del Servicio Profesional de Carrera
Lic. Fernando Pérez Rocio
Rúbrica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
465
Secretaría de Salud
Comisión Nacional de Arbitraje Médico
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA
No. SSA/CONAMED/2026/01
Los Comités Técnicos de Selección de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico con fundamento en los
artículos 2, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal y 17, 18, 29, 31, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38, 39, 40 de su
Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación su última reforma el 04 de enero de 2024; 241,
242, 243, 246, 247, 253, 254 y 255 de las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, vigente, se emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA SSA/CONAMED/2026/01 de los concursos para ocupar
las siguientes plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal:
Nombre de la
Plaza
DIRECCION GENERAL DE ARBITRAJE 01/01/26
Código
12-M00-1-M1C029P-0000262-E-C-F
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 162,888.00 (Ciento sesenta y dos mil
ochocientos ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
Comisión Nacional de Arbitraje Médico
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL:
DIRIGIR, PLANEAR, COORDINAR, SUPERVISAR Y EVALUAR LA ATENCION DE
QUEJAS EN LA FASE DECISIORIA DEL PROCESO ARBITRAL MEDICO ATRIBUIDO A
CONAMED Y LA GESTION PERICIAL ATRIBUIDA A LA PROPIA CONAMED, A FIN DE
ASEGURAR QUE LOS TRAMITES Y RESOLUCIONES ARBITRALES, ASI COMO LOS
DICTAMENES
MEDICOS
INSTITUCIONALES
SEAN
JUSTOS,
APEGADOS
A
DERECHO, A LA LEX ARTIS AD HOC Y LA DEONTOLOGIA MEDICAS.
FUNCIONES:
1.
ASEGURAR QUE LAS RESOLUCIONES ARBITRALES DE CONAMED Y LOS
INSTRUMENTOS DE TRANSACCION EN EL PROCESO ARBITRAL MEDICO
SEAN APEGADOS A LA JUSTICIA.
2.
COORDINAR EL TRAMITE DE LA GESTION PERICIAL DE CONAMED.
3.
SANCIONAR LA METODOLOGIA PARA EL ESTUDIO DE CASOS Y ASI MISMO
REALIZAR Y COORDINAR INVESTIGACION PARA SU MEJORIA PERMANENTE.
4.
COORDINAR EL ESTUDIO DE LOS CASOS, ASEGURANDO LA CORRECTA
APLICACION Y OBSERVANCIA METODOLOGICA DEL DERECHO SANITARIO, LA
LEX ARTIS AD HOC Y LA DEONTOLOGIA MEDICA
5.
PRESIDIR Y COORDINAR LOS PLENOS ARBITRALES DE LA DIRECCION
GENERAL.
6.
COORDINAR EL TRAMITE DE LA GESTION ARBITRAL DE CONAMED EN LA
ETAPA DECISORIA DEL PROCESO ARBITRAL MEDICO.
7.
ASEGURAR QUE LOS DICTAMENES PERICIALES INSTITUCIONALES DE
CONAMED SEAN APEGADOS A LA JUSTICIA.
8.
PRESIDIR Y COORDINAR LOS PLENOS PERICIALES DE LA DIRECCION
GENERAL.
Académicos
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA GENERICA EN: DERECHO
AREA GENERAL INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA GENERICA EN: MEDICINA
AREA GENERAL CIENCIAS DE LA SALUD
CARRERA GENERICA EN: MEDICINA
Laborales
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 10 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
AREA EXPERIENCIA DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
AREA GENERAL CIENCIA POLITICA
AREA EXPERIENCIA ADMINISTRACION PUBLICA
AREA GENERAL CIENCIAS MEDICAS
AREA EXPERIENCIA CIENCIAS CLINICAS
AREA GENERAL CIENCIAS MEDICAS
AREA EXPERIENCIA MEDICINA FORENSE
466
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1 Visión Estrategica
Ponderación: 50
Habilidad 2 Negociación
Ponderación: 50
Idioma
Se requiere el idioma inglés a nivel básico
Otros
Necesidad de viajar: A veces.
La calificación mínima del examen de conocimientos técnicos de conformidad al temario
que se publica es de: 70 puntos.
Conformación de
la prelación para
acceder
a
la
entrevista con el
Comité
de
Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
Nombre de
la Plaza
DIRECCION JURIDICA (ORIENTACION Y GESTION) 02/01/26
Código
12-M00-1-M1C018P-0000148-E-C-F
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 73,901.00(Setenta y tres mil novecientos un
pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
Comisión Nacional de Arbitraje Médico
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL:
OTORGAR SERVICIOS DE ORIENTACION, ASESORIA ESPECIALIZADA Y GESTION
INMEDIATA REFERENTE A LA ATENCION MEDICA RECIBIDA, ASI COMO LA
ADMISION O DESECHAMIENTO DE QUEJAS DERIVADAS DE LOS CONFLICTOS
ENTRE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y EL PERSONAL MEDICO,
ACTUANDO
CON
IMPARCIALIDAD,
OBJETIVIDAD,
CONFIDENCIALIDAD
Y
RESPETO, COMO LO ESTABLECE EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE
ATENCION DE QUEJAS MEDICAS Y GESTION PERICIAL.
FUNCIONES:
1.
ANALIZAR Y EXAMINAR LA DOCUMENTACION APORTADA POR LOS
USUARIOS DE LOS SERVICIOS MEDICOS Y SUS PROMOVENTES.
2.
VERIFICAR QUE LOS EXPEDIENTES SEAN INTEGRADOS DE MANERA
ADECUADA A FIN DE SER REMITIDOS A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
CORRESPONDIENTES PARA CONTINUAR CON EL TRAMITE ARBITRAL.
3.
DETERMINAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA QUEJA CUANDO DURANTE SU
TRAMITACION APARECIERA ALGUNA DE LAS CAUSAS DE IMPROCEDENCIA
SEÑALADAS POR EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS.
4.
APROBAR Y DETERMINAR LA ACEPTACION DE LA INCONFORMIDAD CUANDO
CUENTE CON LOS ELEMENTOS PARA PRESUMIR DESVIACIONES EN LA
APLICACION DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE EN MATERIA DE SALUD.
5.
DETERMINAR ACERCA DE LA ADMISION DE LA QUEJA CUANDO DESDE EL
PUNTO DE VISTA JURIDICO SE PRESUMA IRREGULARIDAD EN EL PROCESO
DE LA ATENCION.
6.
VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL REQUERIMIENTO DE LA INFORMACION
SOLICITADA A FIN DE DETERMINAR LA ADMISION O NO DE LA QUEJA.
7.
ANALIZAR Y EVALUAR LA INFORMACION DOCUMENTAL QUE EL USUARIO DE
UN SERVICIO DE SALUD PRESENTE PARA DETERMINR SI EXISTIERON O NO
VIOLACIONES A LOS PRECEPTOS CONSIGNADOS EN LA LEY GENERAL DE
SALUD Y SUS REGLAMENTOS.
8.
EVALUAR Y RECOMENDAR AL USUARIO O PROMOVENTE MEDIANTE LA
ORIENTACION Y ASESORIA ESPECIALIZADA QUE CORRESPONDA SOBRE LAS
INSTANCIAS FACULTADAS PARA ATENDER SU INCONFORMIDAD CUANDO SE
TRATE DE ASUNTOS QUE NO SEAN COMPETENCIA DE ESTA CONAMED.
9.
ELABORAR
OFICIOS
DE
SOLICITUD
DE
DOCUMENTACION
O
DE
INFORMACION CON EL FIN DE REQUERIR AL INTERESADO ACLARE O
COMPLETE LA QUEJA PRESENTADA, DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECE EL
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE ATENCION DE QUEJAS MEDICAS Y
GESTION PERICIAL.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
467
Académicos
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA GENERICA EN: DERECHO
Laborales
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 4 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
AREA EXPERIENCIA DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1 Liderazgo
Ponderación: 50
Habilidad 2 Negociación
Ponderación: 50
Idioma
No requiere
Otros
Necesidad de viajar: A veces.
La calificación mínima del examen de conocimientos técnicos de conformidad al temario
que se publica es de: 70 puntos.
Conformación de
la prelación para
acceder
a
la
entrevista con el
Comité
de
Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
Nombre de
la Plaza
SUBDIRECCION DE VINCULACION 03/01/26
Código
12-M00-1-M1C015P-0000242-E-C-T
Número de
vacantes
01
PERCEPCION ORDINARIA
(MENSUAL BRUTO)
$ 39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho
pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
Comisión Nacional de Arbitraje Médico
Sede
(radicación)
CIUDAD DE MEXICO
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL:
ESTABLECER, Y DESARROLLAR LAS ESTRATEGIAS QUE PERMITAN DAR
CUMPLIMIENTO AL PROGRAMA DE VINCULACION INSTITUCIONAL, PROPICIANDO
INTERRELACIONES
CON
LOS
USUARIOS
DE
SERVICIOS
MEDICOS,
PROFESIONALES DE LA SALUD Y POBLACION ORGANIZADA QUE PERMITAN EL
CONOCIMIENTO DE LOS ELEMENTOS QUE INCIDEN EN LA RELACION MEDICO-
PACIENTE ASI COMO EL POSICIONAMIENTO DE LA CONAMED COMO INSTANCIA
IMPARCIAL PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS.
FUNCIONES:
1.
ATENDER LAS PROPUESTAS QUE SURGAN A RAIZ DE LOS CONVENIOS Y
SOMETERLAS A LA CONSIDERACION DE LA SUPERIORIDAD.
2.
ESTABLECER Y MANTENER COMUNICACION CON LA CONTRAPARTES PARA
EL
DESARROLLO
DE
ACTIVIDADES
QUE
CORRESPONDAN
A
SUS
RESPECTIVOS OBJETOS.
3.
INFORMAR A LOS INTERESADOS DE LAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES
QUE PUEDAN SER REELEVANTES PAR EL CUMPLIMEINTO DE SUS
OBJETIVOS.
4.
ELABORAR
EL
CONVENIO
QUE
PERMITA
LA
FORMALIZACION
DE COMPROMISOS ENTRE LAS PARTES.
5.
CONTINUAR CON EL CONTACTO DE LAS INSTITUCIONES DE CORTE
SUPRANACIONAL QUE SE LOGREN DURANTE EVENTOS RELACIONADOS
CON LA MEJORA DE LA PACTICA DE LA MEDICINA.
6.
CONTACTAR AL SOLICITANTE Y RECABAR INFORMACION QUE PERMITA
ESTABLECER LA PRTENCION Y ENTORNO DE LA PETICION.
7.
ELABORAR CONCENTRADO SEMANAL DE SOLICITUDES, INFORMAR AL
SOLICITANTE
Y
AL
PONENTE
DESIGNADO
LAS
CIRCUSTANCIAS
PRIMORDIALES DEL CASO QUE PERMITAN DESAHOGAR LA SOLICITUD.
8.
ASISTIR A FOROS RELACINADOS CON LA SALUD PARA PROMOCIONAR LA
ACTIVIDAD INTITUCIONAL ENTRE LA POBLACION EN GENERAL.
9.
INFORMAR DE LOS EVENTOS GENERADOS EN EL PAIS, ASI COMO DAR
DIFUSION DE LOS QUE REALICE LA CONTRAPARTE EN SU TERRITORIO.
10. PROMOCIONAR ENTRE GRUPOS DE LA SOCIEDAD LAS ACTIVIDADES
DE LA CONAMED.
11. OTORGAR LA ATENCION NECESARIA QUE PERMITA EL DESAHOGO
OPORTUNO DE LAS GESTIONES QUE REALICEN ENTE LA CONAMED LAS
PERSONAS INTERESADAS EN ESTABLECER CONTACTO PARA LA DIFUSION
DEL QUEHACER INSTITUCIONAL.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
12. PARTICIPAR EN LOS QUE CORRESPONDA DURANTE LA SUBSTANCIACION
DE LOS TRAMITES PARA OBTENER INSTRUMENTOS JURIDICOS DE CORTE
INTERNACIONAL.
13. APOYAR LA SUSTANCIACION DE LAS SOLCITUDES Y ACTIVIDADES DE LAS
PERSONAS CON LA CUALES SE TIENE CONVENIO, QUE PERMITAN
MATERIALIZAR EL OBJETO DEL MISMO.
14. COORDINAR LA PARTICIPACION DE PONENTES QUE ATIENDAN LAS
INQUIETUDES
DE
LA
SOCIEDAD
RESPECTO
DE
LOS
TEMAS
QUE
CORRESPONDEN A LA CONAMED.
Académicos
LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO EN:
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA GENERICA EN: ADMINISTRACION
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA GENERICA EN: COMUNICACION
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA GENERICA EN: DERECHO
AREA GENERAL CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA GENERICA EN: PSICOLOGIA
AREA GENERAL EDUCACION Y HUMANIDADES
CARRERA GENERICA EN: PSICOLOGIA
AREA GENERAL INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA GENERICA EN: ADMINISTRACION
AREA GENERAL INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA GENERICA EN: MEDICINA
AREA GENERAL CIENCIAS DE LA SALUD
CARRERA GENERICA EN: MEDICINA
Laborales
AREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS EN:
AREA GENERAL CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
AREA EXPERIENCIA DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
AREA GENERAL CIENCIA POLITICA
AREA EXPERIENCIA ADMINISTRACION PUBLICA
AREA GENERAL CIENCIAS MEDICAS
AREA EXPERIENCIA SALUD PUBLICA
AREA GENERAL PSICOLOGIA
AREA EXPERIENCIA ASESORAMIENTO Y ORIENTACION
AREA GENERAL SOCIOLOGIA
AREA EXPERIENCIA COMUNICACIONES SOCIALES
Evaluación
de
Habilidades
Habilidad 1 Trabajo en Equipo
Ponderación: 50
Habilidad 2 Visión Estrategica
Ponderación: 50
Idioma
Se requiere el idioma inglés con nivel básico
Otros
Necesidad de viajar: A veces.
La calificación mínima del examen de conocimientos técnicos de conformidad al temario
que se publica es de: 70 puntos.
Conformación de
la prelación para
acceder
a
la
entrevista con el
Comité
de
Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección
determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al
orden
de
prelación
que
elabora
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/las
concursantes.
BASES DE PARTICIPACION
Principios del
Concurso
Los concursos se desarrollarán en estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación de los
Comités Técnicos de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, última
reforma publicada el 4 de enero de 2024 en el Diario Oficial de la Federación
(Reglamento de la LSPCAPF) y el Acuerdo por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicado en el mismo medio oficial el 19 de diciembre de 2025
(Disposiciones) y demás aplicables.
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DIARIO OFICIAL
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Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto.
En la aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que señala
prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de las personas, y
lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
En virtud de lo anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional,
el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición
social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características
genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las
preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación
familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o
cualquier otro motivo, para la pertenencia al Servicio.
Adicionalmente, no deberán encontrarse en alguna de las causales de suspensión de
derechos y prerrogativas de los ciudadanos descritas en el artículo 38 de la CPEUM,
mismo que señala lo siguiente:
“Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:
I.
Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones
que impone el artículo 36. Esta suspensión durará un año y se impondrá además
de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley;
II.
Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a
contar desde la fecha del auto de formal prisión;
III. Durante la extinción de una pena corporal;
IV. Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que
prevengan las leyes;
V. Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta
que prescriba la acción penal;
VI. Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión, y
VII. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata
para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o
comisión en el servicio público.”
Asimismo, de conformidad con el artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, deberán cumplir con los siguientes
requisitos: ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o
extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el
desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado
eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio
público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así como presentar y
acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso.
En el caso de las personas trabajadoras que se hayan apegado a un programa de
retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo
dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y
Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Cuando una persona candidata no cumpla con algún requisito establecido en la
convocatoria, no podrá continuar participando en el proceso de selección, y se
le notificará el motivo de la eliminación de su participación, debidamente fundamentada
la determinación por los miembros del Comité Técnico de Selección, de conformidad a
lo preceptuado en el artículo 36 Bis del Reglamento de la LSPCAPF.
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Documentación
requerida
Las personas candidatas deberán presentarse en la fecha y hora establecidos en el
mensaje que, al efecto hayan recibido por vía electrónica a través del portal
www.trabajaen.gob.mx, cuando menos dos días hábiles de anticipación, en un horario
de 9:00 a 17:00 hrs., así mismo deberán presentar original y copia legible de los
siguientes documentos:
1.
Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso.
2.
Formato del Currículum Vítae (CV) del TrabajaEn, en el que se detalle la
experiencia y el mérito; firmado, rubricado y con leyenda de: “Bajo protesta
manifiesto que los datos asentados son verídicos”, sin encuadernar o engargolar.
3.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar con fotografía, cédula profesional con fotografía, cartilla liberada o
pasaporte).
4.
Acta de nacimiento y Documento de Residencia Temporal con Permiso de Trabajo
en México, que le permita a la persona candidata, si fuera el caso, la ocupación
legal del puesto de que se trate.
5.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el que
concursa: sólo se aceptará Cédula Profesional y/o Título Profesional registrado en
la SEP. En el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentarse
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la
Secretaría de Educación Pública. Para cubrir la escolaridad de nivel Licenciatura
con grado de avance titulado, serán validados los títulos o grados académicos de
postgrados, maestrías y doctorados, en las áreas de estudio y carreras
correspondientes al perfil del puesto. En aquellos puestos que el perfil no requiera
grado de Licenciatura, se deberá comprobar el grado académico con el certificado
o constancia original que lo avale.
6. Documentación que acredite el tiempo y las áreas de experiencia laboral
solicitadas en el puesto sujeto a concurso, y que compruebe lo manifestado en el
CV de Trababajaen. Sólo se aceptará la documentación comprobatoria que avale
el inicio y fin de los empleos que coincidan con la experiencia solicitada en el perfil
del puesto en concurso, para ello se aceptarán: cartas laborales en hoja
membretada, las cuales deberán especificar: fecha de expedición, nombre
completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja, indicando el
puesto y/o funciones desempeñadas, salario, con firma y cargo de la persona
autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y
teléfonos de la institución o empresa; Hojas Unicas de Servicios acompañadas del
nombramiento y/o renuncia; acta de entrega recepción; Cartas o convenio
Finiquito, en el que se indique día, mes y año tanto del ingreso como de la baja,
puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas; Constancias de sueldos,
salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo", o
"Constancia de retenciones” emitidas por el SAT, mismas que deberán indicar
periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor; contratos laborales,
recibos de pago, dichos recibos deberán comprobar el inicio y el fin de la relación
laboral, altas y bajas al IMSS; documento de semanas cotizadas al IMSS de la
persona asegurada vía electrónica, o el emitido por la subdelegación del IMSS que
le corresponda; altas y bajas al ISSSTE; impresión del expediente electrónico del
ISSSTE; Hoja de Periodos Cotizados ISSEMYM/EDOMEX; el servicio social, las
prácticas profesionales, el tiempo de becarios, y el tiempo de residencia o práctica
clínica que la persona candidata acredite cuando realizó alguna especialidad.
Dichas actividades se contabilizarán en el área de experiencia solicitada en el
perfil siempre y cuando exhiban los documentos institucionales que lo amparen
(las mismas deberán señalar el periodo, institución y actividades realizadas).
Es relevante señalar que no se aceptará la docencia para acreditar las áreas de
experiencia laboral solicitadas en el perfil del puesto en concurso.
Los documentos en los que no se indique el día, mes y año del ingreso y baja del
empleo que pretende comprobar no serán válidos, o en su caso cualquier
inconsistencia detectada en el CV registrado en la plataforma del Trabajaen y la
documentación presentada, por lo que no se computarán para el cálculo de los
años de experiencia laboral requerido en el perfil del puesto que se trate.
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DIARIO OFICIAL
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7. De los empleos que coincidieron con las áreas de experiencia solicitadas en el
perfil del puesto sujeto a concurso y las constancias con las que se acredite los
méritos, manifestados en el CV de Trabajaen y comprobados; los cuales se
considerarán para su evaluación de la Etapa III, de conformidad con lo establecido
en las Metodologías de Aplicación de los Exámenes de conocimientos,
Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito para el ingreso al
Servicio Profesional de Carrera (Metodologías de Aplicación), publicadas por
la Dirección General de Gestión para los Servidores Públicos al Servicio
de la Sociedad de la Unidad de Políticas para el Servicio Público, disponible
en la plataforma www.trabajaen.gob.mx en el apartado “Documentos e
Información Relevante”.
8.
Escrito Bajo protesta de decir verdad que no se encuentra declarada persona
deudora alimentaria en ninguno de los supuestos a que hace referencia el artículo
38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
(escrito proporcionado por la dependencia).
9. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado
con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el
servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de
que la documentación presentada es auténtica (escrito proporcionado
por la dependencia).
10. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún
programa de retiro voluntario, en el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal,
deberán presentar la documentación oficial que se demuestren las condiciones
bajo las cuales estaría sujeta su reincorporación a la Administración Pública
Federal, de conformidad a la normatividad aplicable.
11. En caso de que las plazas requieran idioma, la documentación que avalará el nivel
de dominio será:
I)
Para el nivel básico se aceptarán como constancias de historial académico y/o
constancia expedido por alguna institución de idiomas o lenguas extranjeras;
II)
Para el nivel de dominio intermedio se aceptará la constancia o documento
expedido por alguna institución de idiomas o lenguas extranjeras que indique
el idioma y nivel de dominio;
III) Para el nivel de dominio avanzado se aceptarán constancias como el TOEFL,
TEFL, IELTS, entre otras, constancias o documentos correspondientes a
estudios realizados en el extranjero en el idioma requerido siempre que
correspondan a un nivel de estudio medio superior o superior.
Las constancias de idioma no deberán tener una antigüedad mayor a 5 años,
salvo las referentes a historias académicas.
En caso de no presentar cualquiera de los documentos señalados en el presente
apartado, las personas candidatas deberán ser descartados inmediatamente
del concurso, lo anterior de conformidad con lo previsto en el artículo 36 Bis del
Reglamento de la LSPCAPF.
Los documentos deberán enviarse atendiendo lo siguiente:
I.
Estar escaneados y enviados en carpeta Zip, en formato PDF y enviarlo al correo
de: ingresospc@salud.gob.mx y larojas@conamed.gob.mx para esta acción se
podrán utilizar las herramientas electrónicas tales como wetransfer o filemail para
facilitar la carga de los documentos que excedan la capacidad de 13MB y puedan
ser enviados al correo de: ingresospc@salud.gob.mx y larojas@conamed.gob.mx.
II.
Enlistar, de acuerdo con el orden de los documentos establecidos en estas Bases
de Participación, en el apartado de: “Documentación requerida”, nombrarlos de
acuerdo con el folio de participación y el nombre de cada documento; por ejemplo:
folio 01-54328_acta_nac.
III. La documentación deberá ser legible para su revisión, de lo contrario podrá ser
motivo de descarte.
IV. En caso de omisión de algún documento, no se considerará un segundo correo
o un alcance al correo original.
V. El formato de “Revisión Documental”, que se le proporcionará, se entregará a
cada persona candidata al finalizar la etapa de evaluaciones gerenciales, el cual
deberá estar firmado, escaneado y enviado junto con la documentación requerida.
VI. La documentación no presentada en la fecha y horario señalado, será motivo de
descarte del concurso de que se trate.
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DIARIO OFICIAL
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La Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría y la
Comisión Nacional de Arbitraje Médico se reservan el derecho de solicitar en cualquier
momento, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la
evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos, en cualquier etapa del
proceso y de no acreditarse su existencia o autenticidad se descartará a la persona
candidata, o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o
el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para esta Secretaría y la
Comisión Nacional de Arbitraje Médico, las cuales se reservan el derecho de ejercitar
las acciones legales procedentes.
Registro de
aspirantes
Con fundamento en el artículo 238 de las citadas Disposiciones, las personas
interesadas podrán incorporar en el Trabajaen, sin que medie costo alguno, su
información personal, curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos
de ingreso al Sistema que resulten de su interés.
Una vez que la persona interesada haya incorporado la información necesaria para
configurar su perfil profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de
registro, el portal de Trabajaen le asignará un número de folio de registro general.
La inscripción a un concurso y el registro de las personas candidatas al mismo, se
realizarán a partir del 04 de marzo de 2026 al 18 de marzo de 2026, al momento en
que las personas candidatas registren su participación aun concurso a través del portal
Trabajaen, se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular, asignando un
folio de participación para el concurso al aceptar las presentes Bases de Participación,
o en su caso, un folio de rechazo que lo descartará del concurso.
La revisión curricular efectuada a través del portal de Trabajaen, se llevará a cabo sin
perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que las personas candidatas
deberán presentar para acreditar que cumplen con los requisitos establecidos en la
convocatoria, de conformidad con el artículo 259 de las Disposiciones.
Desarrollo de
los Concursos
y Presentación
de
Evaluaciones
De conformidad con lo establecido en los artículos 34 del Reglamento de la LSPCAPF
y el 253 de las citadas Disposiciones, el procedimiento de selección se desahogará
conforme a lo previsto en el citado Reglamento, lo establecido en las reglas de
valoración y en el sistema de puntuación general determinados por el CTP,
comprendiendo las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades;
III. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito; IV. Entrevistas y
V. Determinación”.
El o los concurso(s) se conducirá(n) de acuerdo con el calendario propuesto por
la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría y la
Comisión Nacional de Arbitraje Médico. En razón del número de las personas
candidatas que participen en cada una de las Etapas, podrán estar sujetos a cambios
sin previo aviso, el orden de las mismas, el lugar, la fecha y hora programados para
desahogarlas; por lo que, se recomienda dar seguimiento al mensaje de invitación que
reciba por medio de su centro de mensajes del portal de Trabajaen.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se
realizará, en las mismas fechas y horarios para todas las personas candidatas
participantes en cada concurso, a fin de garantizar el principio de equidad del Sistema
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (SSPCAPF).
Por último; quienes por decisión propia registren su participación para dos o más
concursos en esta Secretaría y las etapas de éstos sean programados el mismo día,
hora y lugar; con la finalidad de hacer prevalecer el principio de imparcialidad del
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
deberán elegir el concurso por el cual continuará su participación, ya que una vez
iniciada la sesión, por ningún motivo se aplicarán exámenes y/o evaluaciones después
de transcurrido el tiempo de tolerancia de la etapa en proceso, razón por la cual, no
podrá aplicarse más de una evaluación de manera simultánea.
Etapa
Fecha o Plazo
Publicación de convocatoria
4 de marzo de 2026
Registro
de
aspirantes
(en
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 04 de marzo de 2026 al 18
de marzo de 2026
Revisión
curricular
(por
la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 04 de marzo de 2026 al 18
de marzo de 2026
Examen de conocimientos técnicos
A partir del 23 de marzo de 2026
Examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal
A partir del 23 de marzo de 2026
Evaluaciones
de
habilidades
(capacidades
gerenciales)
A partir del 24 de marzo de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito
A partir del 25 de marzo de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir del 26 de mazo de 2026
Determinación
A partir del 26 de mazo de 2026
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DIARIO OFICIAL
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La Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría,
comunicará a cada persona candidata, la fecha, hora y lugar en que deberá
presentarse para la aplicación de las evaluaciones de cada una de las etapas del
proceso de selección, a través de su centro de mensajes en Trabajaen. El mensaje de
invitación para participar en dichas evaluaciones se enviará con al menos dos días
hábiles de anticipación de conformidad con lo señalado en el artículo 254 de las
Disposiciones; por lo que, se recomienda dar seguimiento a los mensajes que se
generen con tal motivo a través de Trabajaen.
Para cada una de las pruebas es necesario presentarse con su comprobante de folio
asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx y dos identificaciones vigentes, una para
ingresar a las instalaciones y la segunda a sala de evaluaciones.
Serán motivo de descarte, sin responsabilidad para estos CTS de la Comisión Nacional
de Arbitraje Médico, además de lo que se señale en cada etapa del procedimiento, en
los siguientes supuestos: cuando la persona candidata no se presente en la fecha,
lugar y hora señaladas en el mensaje de invitación que reciba por medio de su centro
de mensajes del portal de Trabajaen; cuando la persona candidata se presente sin los
documentos solicitados en el mensaje previo a está o no estén legibles o estén
incompletos o cortados los documentos presentados; abandone la sala antes de
concluir la evaluación correspondiente, se le sorprenda consultando apuntes, tomando
fotografías o audios de cualquier tipo o reproduciendo por cualquier vía el contenido de
la evaluación de que se trate, o bien, no acredite la etapa correspondiente.
Si se presenta alguna situación no prevista en estas Bases de Participación, se
informará a todas las personas candidatas, a través de los mismos medios y será
resuelto por el CTS correspondiente.
Para el ingreso de las personas candidatas al aula de evaluaciones.
a). - Una vez dentro del aula y previa higienización de las mismas, las personas
candidatas deberán depositar sus pertenencias personales en el lugar que les sea
indicado por el aplicador de las evaluaciones (bolsos, portafolios, carpetas, cuadernos,
celular, etc.)
b). - Sobre el escritorio no deberá depositarse ningún papel o documento que pudiera
ser vía de contagio (apuntes, cuadernos, guías, celular, etc.).
I. ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera
correspondiente al Examen de conocimientos técnicos del puesto en concurso, cuya
calificación mínima aprobatoria deberá ser igual o superior a 70 puntos en una escala
de 0 a 100 sin decímales; el resultado de la evaluación se obtendrá del total de aciertos
sobre el número de reactivos que conforman el examen; en caso de no acreditar la
puntuación mínima requerida, será motivo de descarte.
Las personas candidatas que acrediten el examen de conocimientos técnicos podrán
realizar la segunda evaluación, correspondiente al examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal, cuya calificación se promediará con la del
examen de conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo
mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales, un
resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse
en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el “Examen
de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal”, será a través del
módulo generador de exámenes de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados aprobatorios del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal, tendrá una vigencia de un año, contado a partir de
la fecha en que se den a conocer éstos a través del Trabajaen, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la LSPCAPF.
Las evaluaciones de conocimientos técnicos y de habilidades gerenciales, se llevarán a
cabo mediante la herramienta informática denominada Generador de Exámenes de la
Secretaría de Salud (GEXSSA).
Los resultados obtenidos en las evaluaciones de las habilidades gerenciales con fines
de ingreso realizadas con la herramienta GEXSSA, tendrán una vigencia de un año a
partir de la fecha de su aplicación y serán consideradas exclusivamente para otros
concursos convocados por esta Secretaría, así como sus Organos Administrativos
Desconcentrados; siempre y cuando el resultado obtenido por la persona candidata,
sea una calificación igual o superior a 70 puntos.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Los resultados de la evaluación de conocimientos técnicos tendrán vigencia de un año,
en relación con el puesto sujeto a concurso, siempre que no cambie el temario y
bibliografía con el cual se evaluó el conocimiento; por lo que, en caso de existir
diferencia entre los temarios, no se podrán considerar dichos resultados en las
evaluaciones de los concursos de esta convocatoria.
Para hacer legítima la revalidación antes mencionada, la persona candidata deberá
solicitarlo por escrito en el periodo establecido para el registro al concurso de interés.
El escrito deberá ser dirigido a la persona titular que funja como Secretario Técnico
del CTS correspondiente.
En los casos de las personas candidatas a ocupar puestos convocados por
la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría y la
Comisión Nacional de Arbitraje Médico, que tuviesen vigentes los resultados de
habilidades evaluadas con herramientas diferentes a la herramienta informática
denominada “GEXSSA”, dichos resultados no podrán ser reconocidos para efectos de
los concursos de esta Secretaría de Salud, aun tratándose de habilidades con el
mismo nombre y/o nivel de dominio.
Los resultados de los exámenes y de las evaluaciones aplicadas en este proceso de
selección no serán considerados para fines de Certificación de Capacidades.
II. ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO
Los miembros del Comité han determinado solicitar a las personas candidatas inscritas
en el/los concurso(s) contenido(s) en la presente Convocatoria, la acreditación
documental del total de la información expresada en el CV de Trabajaen, misma que
deberán presentarse únicamente el día y la hora señalado en el mensaje enviado al
correo electrónico de Trabajaen, por la Dirección General de Recursos Humanos y
Organización de esta Secretaría.
Para efectos del desahogo de la etapa y entrega de la puntuación de la evaluación de
la experiencia, únicamente se considerarán los puestos y el tiempo en las empresas o
instituciones que las personas candidatas lo acrediten documentalmente, para lo cual
se determina que se aceptarán como comprobantes, lo establecido en el numeral 6 del
apartado “Documentación Requerida”.
Respecto a la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, se señala que los
Elementos propuestos dentro de las Metodologías de Aplicación; que no se
enuncian, se debe a que se consideran los mecanismos de evaluación señalados
en estas.
La evaluación de experiencia y valoración del mérito se realizará el mismo día en que
se realice la revisión documental de conformidad con lo establecido en las
Metodologías de Aplicación.
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley, se tendrá por
acreditado cuando la persona candidata sea considerado persona finalista por el
CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en
concurso y susceptible de resultar persona ganadora de este; lo anterior de
conformidad del artículo 282 de las Disposiciones.
Para la evaluación de la experiencia, se calificarán los siguientes Elementos:
• Elemento 1. Orden en los puestos desempeñados,
• Elemento 2. Duración en los puestos desempeñados,
• Elemento 3. Experiencia en el sector público,
• Elemento 4. Experiencia en el sector privado,
• Elemento 5. Experiencia en el sector social,
• Elemento 6. Nivel de responsabilidad,
• Elemento 7. Nivel de remuneración,
• Elemento 8. Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con
las del puesto vacante; (NO SE EVALUARA PARA LAS PLAZAS QUE CONTIENEN
ASTERISCO *)
• Elemento 9. en su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la
vacante.
Nota: Las personas candidatas serán calificadas en el orden de los puestos
desempeñados, salvo cuando cuenten con una sola experiencia, cargo o
puesto previos.
A todas las personas candidatas se les deberá calificar con respecto a los
elementos contenidos del numeral 2 al numeral 8.
Las personas candidatas que ocupen o que hayan ocupado uno o más de los
cargos o puestos inmediatos inferiores al de la vacante, serán calificados con la
consideración establecida en el numeral 9.
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DIARIO OFICIAL
475
Para la valoración del mérito, se calificarán los siguientes elementos:
• Elemento 1. Resultado de la evaluación del desempeño.
• Elemento 2. Resultados de las acciones de capacitación;
• Elemento 3. Resultados de procesos de certificación;
• Elemento 4. Logros;
• Elemento 5. Distinciones;
• Elemento 6. Reconocimientos o premios;
• Elemento 7. Actividad destacada en lo individual;
• Elemento 8. Otros estudios,
• Elemento 9. Habla de lengua indígena.
• Elemento 10. Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena
afrodescendiente o afromexicana;
• Elemento 11. Perspectiva de juventudes, y
• Elemento 12. Persona con discapacidad.
Nota: Todas las personas candidatas que sean personas Servidoras Públicas de
Carrera Titulares, sin excepción, serán calificadas en los elementos del 1 al 3 y
todas las personas candidatas, sin excepción, serán calificadas en los elementos
del 4 al 12.
En lo que respecta a la evaluación de la experiencia se determinó lo siguiente:
En lo que respecta al Elemento 5 - Experiencia en Sector Social: Además de las ya
establecidas en las Metodologías de Aplicación, se considerarán los empleos
desempeñados
en
Organización
no
gubernamental
(ONG),
Voluntariados,
Asociaciones Civiles (A.C.), Cooperativas y Sindicatos.
El Elemento 6 - Nivel de Responsabilidad: la respuesta de la persona candidata deberá
cruzarse con el CV de Trabajaen, que se entrega firmado bajo protesta de decir
verdad.
En lo que respecta a la valoración del mérito se determinó, lo siguiente:
Elemento 1 - “Resultado de la evaluación del desempeño. - Se calificará de acuerdo
con las calificaciones de las personas servidoras públicas de carrera titulares,
obtenidas en las evaluaciones de desempeño anual.
Elemento 2 - Resultados de las acciones de capacitación. Se calificarán a través del
promedio de las calificaciones obtenidas por la persona servidora pública de carrera
titular en las acciones de capacitación del ejercicio fiscal anterior. En caso de que en el
ejercicio fiscal inmediato anterior no se hubieran autorizado acciones de capacitación,
las personas candidatas deberán entregar escrito de la dependencia que así lo
acredite, para no ser evaluados en este elemento al no existir un parámetro objetivo
para realizar la comparación.
Elemento 3 - Resultados de procesos de certificación: este elemento deberán
acreditarlo las personas candidatas con su pantalla RHnet; en la cual, se marca el
número de capacidades profesionales certificadas vigentes, obtenidas por las personas
servidoras públicas de carrera titulares.
Elemento 6 - Reconocimientos o premios: únicamente se aceptarán los documentos de
instancias con reconocimiento oficial y con membrete y/o sello a nombre de la persona
candidata, además de otro medio oficial para la verificación de la autenticidad
del documento.
Elemento 7 - Actividad destacada en lo individual: se considerará la docencia, además
de las que se proponen en las Metodologías de Aplicación, siempre y cuando la
persona candidata presente la constancia expedida por la institución educativa
en la que impartió clases y se señale en ésta la(s) materia(s).
Elemento 9 - Habla de lengua indígena. Se evaluará en cuatro habilidades básicas del
lenguaje: 1) hablar, 2) escuchar o comprender, 3) leer y 4) escribir.
Para la acreditación de las habilidades anteriormente referidas, se calificarán a través
del número de comprobantes, tomando como referencia los siguientes niveles:
Nivel 1:
I.
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que
señale que es hablante de una lengua indígena nacional.
II.
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto
Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o alguna otra instancia acreditada por esta
misma institución (con resultado regular o bueno).
III. Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas,
que avalen, al menos, un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas
o sus variantes.
476
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
IV. Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías,
folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etcétera.). En la presentación
de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
V. Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante
es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o
traductora de lenguas indígenas.
VI. Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la
interpretación o la atención en lengua; o bien, mediante una o traducción)
Nivel 2:
I.
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI
o
por
alguna
otra
instancia,
acreditada
por
esta
misma
institución
(conresultado excelente).
II.
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o
sus variantes, independientemente del campo de estudio del que se trate.
En la presentación de estas publicaciones se deberá acreditar fehacientemente
su autoría.
III. Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador(a)
bilingüe y/o traductor(a) de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.) En la presentación de
estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
Elemento 10.- Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena o afrodescendiente o
afromexicana; se calificará con 100 a la persona candidata que manifieste
autoadscribirse a un pueblo o a una comunidad indígena o afromexicana y deberá
identificar por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre del pueblo o
comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
Elemento 11.- Perspectiva de juventudes. Se calificará con 100 a la persona candidata
deberá comprobar que su edad no sobrepase los 30 años al momento de la
publicación del concurso.
Por último, Elemento 12- Personas con Discapacidad. Se calificará con 100 a la
persona candidata que se autoreconozca como persona con discapacidad. La persona
participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su
discapacidad.
Entrevista
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones serán considerados
para elaborar el listado de personas candidatas, a fin de determinar el orden de
prelación para la etapa de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el
Sistema de Puntuación establecidos en la Secretaría de Salud, de conformidad con lo
previsto en el artículo 271 de las Disposiciones.
La Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría,
programará cada entrevista y convocará a las personas candidatas, mediante el envío
de un correo electrónico el centro de mensajes del portal de Trabajaen, citando
conforme al orden de prelación y el número establecido por cada Comité Técnico de
Selección.
Las personas candidatas deberán:
a)
Acreditar su participación con identificación oficial: “INE, Cédula Profesional, en su
caso, Cartilla Militar, y/o Pasaporte” y su Hoja de Bienvenida emitida por el
TrabajaEn.
b)
Seguir las indicaciones hasta el término de la entrevista, de lo contrario será
motivo de descarte.
La etapa de Entrevista tiene la finalidad que el Comité respectivo, profundice en la
valoración de las capacidades de cada persona candidata, de conformidad a los
criterios de evaluación establecidos en la Convocatoria y en el Trabajaen.
El Comité correspondiente sesionará, por medios electrónicos, a través de
videoconferencia, en cuyo caso, la entrevista se desahogará a distancia y las
personas candidatas deberán estar presentes en las instalaciones de la Dirección
General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría, de conformidad con
el artículo 272 de las Disposiciones.
Las personas integrantes del CTS correspondiente, para la evaluación de la entrevista
considerarán los criterios siguientes:
- Contexto, situación o tarea (favorable o adverso);
- Estrategia o acción (simple o compleja);
- Resultado (sin impacto o con impacto), y
- Participación (protagónica o como miembro de equipo)
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DIARIO OFICIAL
477
Los miembros del respectivo Comité, calificarán en una escala de 0 a100 a cada
persona candidata, para cada uno de los criterios de evaluación correspondientes.
En caso de que los miembros del CTS, lo acuerden podrán auxiliarse para desahogar
la etapa de entrevista con máximo tres personas especialistas, uno por cada
miembro, y se notificará a las personas candidatas, en el mensaje de invitación que
reciba en el centro de mensajes del portal Trabajaen, mediante el cual se le cite
a esta evaluación.
Cuando el perfil del puesto requiera el dominio de un idioma en el nivel avanzado, en
esta etapa se podrá realizar al menos una pregunta a cada persona candidata en el
idioma requerido.
Reglas de
Valoración y
Sistema de
Puntuación
General
La acreditación de las etapas revisión curricular, examen de conocimientos técnicos,
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, las evaluaciones de
habilidades, la evaluación de experiencia y la valoración del mérito serán
indispensables para continuar en el proceso de selección de que se trate.
Se evaluarán 2 capacidades gerenciales (habilidades) y no implicará descarte del
respectivo concurso, se considerará no aprobadas, cuando no se presente a dichas
evaluaciones y será motivo de descarte.
La calificación mínima aprobatoria para acreditar la evaluación de conocimientos
técnicos será de 70 y el resultado de la evaluación se obtendrá del total de aciertos
sobre el número de reactivos que conforman el examen, en caso de obtener una
calificación inferior a 70, será motivo de descarte
La calificación mínima aprobatoria para acreditar la subetapa de “Examen
de conocimientos”, que comprende los exámenes de conocimientos técnicos y de
conocimientos
generales
de
la
Administración
Pública
Federal,
será
igual
o superior de 70 puntos; en caso de no acreditar la puntuación mínima requerida, será
motivo de descarte.
La evaluación de la experiencia y valoración del mérito, se evaluarán de conformidad
con lo establecido en las Metodologías de Aplicación, considerando los elementos
antes mencionados en el apartado “Desarrollo de los Concursos y Presentación de
Evaluaciones”.
Para efectos de continuar con el procedimiento de selección, las personas candidatas
deberán aprobar las evaluaciones precedentes.
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones (conocimientos,
habilidades, evaluación de la experiencia y valoración del mérito) serán considerados
para elaborar el listado de las personas candidatas con los resultados más altos, a fin
de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista de conformidad con el
Sistema
de
Puntuación
General
establecido
por
el
Comité
Técnico
de
Profesionalización para las plazas desde Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad
hasta Dirección General.
Etapa o Subetapa
Jefatura de
Departamento hasta
Dirección General
Enlace de Alta
Responsabilidad
Puntaje Asignado
Puntaje
Asignado
Subetapa de Examen de Conocimientos
(Examen de Conocimientos Técnicos y
Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal)
30
Subetapa de Evaluaciones de
Habilidades
10
20
Subetapa de Evaluación de Experiencia
20
10
Subetapa de Valoración del Mérito
10
10
Etapa de Entrevista
30
Puntaje Máximo
100
100
El número de personas candidatas que se continuarán entrevistando, será un mínimo
de tres, en caso de no contar al menos con una persona finalista de entre las
personas candidatas ya entrevistados. El puntaje mínimo de calificación para ser
considerado persona finalista será igual o superior a 70 puntos.
Para los concursos de nivel de Enlace para la subetapa de evaluación de la
experiencia, el puntaje único será de 100.
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Publicación de
Resultados
Tanto los resultados de cada una de las etapas del proceso de selección de los
concursos, como la invitación a las evaluaciones y en su caso, la modificación del
calendario será notificado a las personas candidatas, a través de un mensaje enviado
al centro de mensajes del portal de Trabajaen.
Determinación
y Reserva
El respectivo Comité declarará a la persona ganadora del concurso, a la persona
finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección.
Se consideran finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de
calificación en el sistema de puntuación general; esto es, que hayan obtenido un
resultado aceptable para ser considerados aptos para ocupar el puesto sujeto a
concurso, en términos de los artículos 32 de la Ley y 40, fracción II de su Reglamento
de la LSPCAPF.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 36 del Reglamento de LSPCAPF y 286 de las
Disposiciones, las personas candidatas que obtengan el puntaje mínimo de calificación
de setenta (70 puntos) y no resulten personas ganadoras del concurso, serán
consideradas personas finalistas y quedarán integrados a la Reserva de las
personas aspirantes en esta Secretaría, de acuerdo con la rama de cargo de la
vacante en que se haya determinado alguna persona ganadora; con el fin de ser
consideradas para ocupar un puesto vacante del mismo rango, e incluso de nivel
adjunto, homólogo o afín en perfil, y equivalente en grupo y grado, o un puesto del
rango inmediato inferior, durante un año contado a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso respectivo.
Declaración de
Concurso
Desierto
El/Los Comité(s) Técnico(s) de Selección podrá(n), considerando las circunstancias del
caso, declarar desierto un concurso:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente a los concursos;
II.
Porque ninguna de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado persona finalista, o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del CTS.
Reactivación de
folios
Los miembros del CTS de la(s) plaza(s) considerada(s) en la presente convocatoria,
determinaron no llevar a cabo la reactivación de folios cuando el descarte sea
originado por causas imputables a las personas candidatas; por lo que, se recomienda
antes de su inscripción al concurso de su interés, verificar que la información capturada
en la plataforma del Trabajaen respecto de la escolaridad, trayectoria laboral y méritos,
deberán estar completos los datos y ser consistentes con los documentales, así como
cumplir con los requisitos del puesto de su interés; considerando que las reactivaciones
únicamente procederán cuando el descarte del folio sea originado por causas NO
imputables la persona candidata, por errores en la captura de información u omisiones
del operador de ingreso que se acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes
del Comité correspondiente.
En caso de que el rechazo sea por causas no imputables la persona candidata y el
sistema emita un folio de rechazo, la persona candidata tendrá 2 días hábiles
posteriores en que se haya originado el descarte de un folio para presentar su escrito
de petición de reactivación, al Comité Técnico de Selección de la plaza
correspondiente, en la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de
esta Secretaría.
Dicho escrito deberá incluir, considerando que proceden las reactivaciones sólo
cuando el descarte del folio sea originado por causas no imputables la persona
candidata, por errores en la captura de información u omisiones del operador del
ingreso que se acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes de cada Comité
Técnico de Selección:
1. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de
rechazo y la fecha.
2. Justificación de por qué se considera que se debe reactivar su folio.
3. Original y copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral
y escolaridad.
4. Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su
petición, la cual será evaluada y resuelta por el comité técnico de selección respectivo.
5. Impresión de currículum vítae del Trabajaen.
La reactivación de folios no será procedente, cuando las causas de descarte sean
imputables a la persona candidata como:
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DIARIO OFICIAL
479
1. La persona candidata cancele su participación el concurso;
2. La persona candidata renuncie a las calificaciones de evaluación de capacidades.
3. Exista duplicidad de registro en el Trabajaen.
4. La baja en el sistema imputable a la persona candidata, y
5. Por errores o la falta de coincidencias entre la información asentada en su
Currículum de Trabajaen y los requisitos establecidos en el perfil del puesto en
concurso imputables a la persona candidata
Una vez pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones de
reactivación.
Disposiciones
generales
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre los
concursos y los puestos vacantes.
2. Los datos personales de las personas candidatas son confidenciales aun después
de concluidos los concursos.
3. Cada persona candidata se responsabilizará de los traslados y gastos erogados
como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
4. Las personas candidatas podrán presentar inconformidad ante el Area de
Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la Secretaría
de Salud, ubicado en Av. Marina Nacional #60, piso 9, Col. Tacuba, Demarcación
Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11410, Ciudad de México, Teléfono 2000 3100
ext. 53123, en horario de las 09:00 a las 15:00 hrs en días hábiles, en términos de lo
dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal y su Reglamento, y recurso de revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos
de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en Insurgentes Sur 1735, 2do. piso,
Colonia Guadalupe Inn. Demarcación Territorial Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad
de México, en horario de las 09:00 a las 15:00 hrs en días hábiles, en términos de lo
dispuesto por el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
5. En los casos en que el/los CTS determine(n) la revisión de exámenes, ésta sólo
podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación,
métodos o procedimientos utilizados sin que implique la entrega de los reactivos ni las
opciones de respuesta, en ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o
los criterios de evaluación. Dicha revisión deberá solicitarse mediante el procedimiento
de una inconformidad.
6. Cualquier aspecto o caso no previsto en la presente convocatoria será resuelto por
el CTS correspondiente, conforme a las disposiciones aplicables, privilegiando la
observancia de los principios rectores del sistema, dentro de los 10 días hábiles
siguientes en que se presentó, con la salvedad de que para aquellos casos en los que
el Comité requiera de realizar consultas, autorización u otros ante entidades
reguladoras, la resolución de dichos aspectos quedará sujeta al tiempo de respuesta y
las determinaciones de las instancias competentes.
7. Cuando la persona ganadora de un concurso tenga el carácter de persona
Servidora Pública de Carrera Titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a
concurso, deberá presentar ante la Dirección General de Recursos Humanos y
Organización de esta Secretaría, en un lapso no mayor a cinco días naturales,
posteriores a la notificación de los resultados del concurso a través de su cuenta del
Trabajaen, el documento que acredite haberse separado de su cargo toda vez que no
puede permanecer activo en ambos puestos, asimismo, deberá acreditar haber
cumplido la obligación que señala el artículo 11, fracción VIII de la LSPCAPF, lo
anterior tiene sustento en lo dispuesto en el oficio NO. SSFP/408.3/077/2008, del 28 de
febrero de 2008.
8. El/Los Comité(s) Técnico(s) de Selección de esta Secretaría informa(n), en caso de
que alguna persona candidata solicite una revisión del examen de conocimientos
técnicos, deberá presentar su solicitud dirigida al Comité de la plaza en concurso,
firmada
y
escaneada
a
los
correos:
ingresospc@salud.gob.mx
y
reclutamiento@conamed.gob.mx teniendo como plazo dos días hábiles siguientes a la
fecha de aplicación de la evaluación. Así mismo, se hace del conocimiento que
la revisión de exámenes, sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación
de las herramientas, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega
de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión
respecto del contenido o los criterios de evaluación de conformidad en el artículo 265
de las Disposiciones.
9. Por ningún motivo, se permitirá la aplicación de evaluaciones a las personas
candidatas que se presenten fuera de los horarios establecidos para tales efectos.
10. En este proceso de reclutamiento y selección, esta Secretaría no solicita como
requisito para el ingreso, el examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
480
DIARIO OFICIAL
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Citatorios
La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED), comunicará a las personas
candidatas la fecha, hora y lugar en que deberán presentarse a la aplicación
de las evaluación de conocimientos, examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal, evaluaciones de habilidades, recepción de la
información para el envío de los documentales para la revisión documental, evaluación
de la experiencia y valoración del mérito, así como la entrevista ante el respectivo
Comité, mediante correo electrónico identificando su número de folio asignado por el
Trabajaen, a través del portal www.trabajaen.gob.mx con al menos 2 días hábiles de
anticipación a la fecha de cada evaluación; el no asistir en la fecha, hora y lugar
señalados, será motivo de descarte del concurso de que se trate.
Las etapas anteriores se desahogarán en las instalaciones de esta Secretaría,
ubicadas en Av. Marina Nacional No. 60, pisos 5, 7 y14, Colonia Tacuba, Demarcación
Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11410 (inclusive para las personas candidatas
registradas en el extranjero). En caso de que alguna de las etapas de los concursos
debieran ser desahogada en otro domicilio, será notificada a través del portal
www.trabajaen.gob.mx vía correo electrónico a las personas candidatas con mínimo
dos días de anticipación.
En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación,
así como el tiempo de tolerancia con el que contarán las personas candidatas.
Las personas candidatas deberán asistir puntualmente a sus evaluaciones o de lo
contrario no se permitirá el acceso a la aplicación de la evaluación correspondiente y
serán descartados del proceso de selección del concurso que se trate.
Temarios
Los temarios y la bibliografía correspondientes para los exámenes de conocimientos
técnicos que se indique en la convocatoria, se difundirán en la página electrónica de la
Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría y la
Comisión
Nacional
de
Arbitraje
Médico,
en
las
siguientes
ligas
https://www.salud.gob.mx/unidades/dgrh/bolsadetrabajo/temarios.php
y https://www.gob.mx/conamed/documentos/concursos-vigentes-conamed a partir de la
fecha de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Los temarios y la bibliografía correspondientes para los exámenes de Conocimientos
Generales
de
la
Administración
Pública
Federal
que
se
indique
en
la
convocatoria, se encuentran publicados en la página del Trabajaen en el aparatado
de “Documentos e Información Relevante”, y disponible en la siguiente liga
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Los temarios y la bibliografía, de estudio para las evaluaciones de las habilidades
gerenciales, se encuentran disponibles para su consulta en la página electrónica
de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de esta Secretaría, en
la siguiente liga https://www.salud.gob.mx/unidades/dgrh/spc/temariosHG.php
La evaluación de las habilidades gerenciales, se aplicarán de conformidad al nivel de
dominio señalado en el perfil de puesto.
Para acreditar las Subetapas de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
será necesario consultar las Metodologías de Aplicación, disponible en la plataforma de
www.trabajaen.gob.mx en el apartado de “Documentación e información relevante”.
Resolución de
Dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las personas
candidatas formulen con relación al proceso de reclutamiento y selección del o los
puesto (s) considerado (s) en la presente convocatoria, se han implementado los
correos electrónicos: reclutamiento@conamed.gob.mx y ingresospc@salud.gob.mx y
los números telefónicos 55-54207120, 55-54207118, 55-54207047 y 55-50621600
Ext 58484 y de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
Los Comités Técnicos de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Nacional de Arbitraje Médico
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por Acuerdo los Comité Técnicos de Selección, el Secretario Técnico,
Subdirector de Regulación del Servicio Profesional de Carrera
Lic. Fernando Pérez Rocio
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
481
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 474
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con fundamento en los
artículos 21, 22, 23, 24, 25 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 5, 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39 y 40 de su Reglamento, 220,
221, 227, 229, 230, 231, 238, 241, 242, 243, 246, 247, 254, 259, 262, 265, 272 y 293 del ACUERDO por el
que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, emiten la siguiente CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que
desee ingresar al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal para
ocupar las tres plazas siguientes:
Denominación
PROFESIONAL DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS
DE EVALUACION DEL DESEMPEÑO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Grupo, Grado y
Nivel del Puesto
P12
Número de
vacantes
1 (UNA)
Remuneración
Mensual Bruta
$ 14,598.00 (CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA
Y OCHO PESOS 00/100 M.N.)
Código de puesto
14-510-1-E1C007P-
0000497-E-C-M
Sede o
residencia
CIUDAD DE MEXICO
Ubicación
Boulevard Adolfo López Mateos, número 1968, Colonia Los Alpes, Alcaldía Alvaro
Obregón, Ciudad de México. C.P. 01010.
FUNCIONES PRINCIPALES
1.- Auxiliar a la Jefatura de Evaluación del Desempeño a realizar el programa de difusión, para llevar a
cabo el proceso de evaluación del desempeño.
2.- Comunicar los lineamientos metodológicos y los instrumentos de evaluación del desempeño en la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), así como, asesorar a las y los servidores públicos en
cuestionamientos relacionados con la evaluación del desempeño, para esclarecer las áreas de
oportunidad.
3.- Transmitir información a las y los servidores públicos en lo referente a la evaluación del desempeño,
conforme a los lineamientos emitidos en la Secretaría de la Función Pública (SFP), para cumplir con el
objetivo pactado.
4.- Apoyar a la Jefatura de Evaluación del Desempeño a la preparación de la logística, para el programa de
evaluación del desempeño, así como, en el apoyo del diseño del material didáctico relacionado con los
lineamientos metodológicos de la evaluación del desempeño, para presentarlo a las y los coordinadores
administrativos de las Unidades Administrativas de la STPS.
5.- Analizar y archivar la copilación de datos de los resultados obtenidos en la evaluación del desempeño,
para disponer de un soporte documental.
6.- Auxiliar en el proyecto de otorgamiento de reconocimientos, incentivos y estímulos al desempeño
destacado a favor de las y los servidores públicos de la STPS, con la finalidad de promover la cultura del
desempeño, la responsabilidad en el logro de los objetivos institucionales, el desarrollo y motivación
del personal y la adecuada orientación y dirección de los mandos superiores.
7.- Auxiliar en la evaluación del desempeño de las y los servidores públicos eventuales, a efecto de que
cumplan con los requisitos, para obtener la titularidad con base en la normatividad aplicable a este
proceso.
8.- Recibir y analizar las cedulas de evaluación y apoyo en él envío para la integración de los expedientes
de las y los servidores públicos evaluados, con el propósito de contar con la información documental en
forma oportuna.
PERFIL Y REQUISITOS
Escolaridad
Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato
Grado de Avance: Terminado o Pasante
AREA DE ESTUDIO
CARRERA GENERICA
No aplica
No aplica
Experiencia
Tres años en las áreas siguientes:
Campo de Experiencia
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de Recursos
Humanos
Ciencia Política
Administración Pública
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Conocimientos
•
Herramientas de Cómputo (Conocimiento) - Lenguaje Ciudadano: Lenguaje
Claro
•
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal
Habilidades
•
Orientación a Resultados
Idiomas
•
No aplica
Otros
•
Disponibilidad para viajar
Denominación
SUBDIRECCION DE ACTUALIZACION DE LA INFORMACION
DE LOS SERVIDORES PUBLICOS
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Grupo, Grado y
Nivel del Puesto
N21
Número de
vacantes
1 (UNA)
Remuneración
Mensual Bruta
$ 44,946.00 (CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS
PESOS 00/100 M.N.)
Código de puesto
14-510-1-M1C015P-
0000425-E-C-M
Sede o
residencia
CIUDAD DE MEXICO
Ubicación
Boulevard Adolfo López Mateos, número 1968, Colonia Los Alpes, Alcaldía Alvaro
Obregón, Ciudad de México. C.P. 01010.
FUNCIONES PRINCIPALES
1.- Supervisar que se registre en el Registro Unico de Servidores Públicos del Gobierno Federal (RUSP) la
información básica, técnica, complementaria y bajas del personal civil de la dependencia, con la finalidad
de contar con información para el análisis, planeación y toma de decisiones en materia de recursos
humanos.
2.- Desarrollar las acciones necesarias para fomentar que el personal en activo de la Secretaría incorpore y
actualice en el RUSP los datos relativos a la información técnica y complementaria que le corresponda, con
el propósito de mantener actualizada la información por parte de la dependencia para fines estadísticos.
3.- Expedir las hojas RUSP de acuerdo con las solicitudes de las o los servidores públicos de la
dependencia, con el propósito de que cuenten con la constancia que acredite su trayectoria registrada en el
Gobierno Federal.
4.- Supervisar que se registren las bajas y separaciones de las y los servidores públicos de la dependencia,
así como los ingresos del personal de designación directa, libre designación y gabinete de apoyo en el
sistema RHnet, con la finalidad de contar con información veraz y oportuna.
5.- Proporcionar la información a las áreas requirentes, referente a los movimientos de personal registrados
en los diversos sistemas, con el propósito de medir los indicadores en materia de recursos humanos
establecidos en las metas y objetivos de los mismos sistemas.
6.- Coordinar que se actualice la información en los diversos formatos del área, necesarios para el
cumplimiento de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), con el
propósito de que se publique en el Sistema Nacional de Transparencia.
7.- Supervisar que se registre la información de las fracciones correspondientes a la Dirección General de
Recursos Humanos en la Plataforma Nacional de Transparencia, con el propósito de cumplir con lo que
señala LGTAIP.
8.- Verificar que los niveles de responsabilidad de las y los servidores públicos de la STPS que intervienen
en los procesos de contrataciones públicas, otorgamiento de licencias, concesiones, permisos,
autorizaciones y sus prorrogas, enajenación de bienes inmuebles, así como la asignación y emisión
de dictámenes en materia de avalúos y justiprestaciones de rentas, sean acordes con los niveles de
responsabilidad identificados por los responsables, con el propósito de que se realice el registro adecuado
en el sistema RUSP.
9.- Identificar a las y los servidores públicos de la STPS obligados a presentar su declaración de situación
patrimonial, con el propósito de registrarlos en el sistema RUSP y así mismo, en los casos de excepción de
presentar declaración de situación patrimonial deberá remitir la documentación que así lo acredite, con lo
cual se evita el inicio de investigaciones y requerimientos infructuosos contra servidores públicos conforme
a lo previsto por la Ley.
10.- Identificar los centros de trabajo (inmuebles) con los que cuenta la dependencia y así mismo ubicar los
puestos, las y los servidores públicos que se desempeñan en los mismos, y solicitar el registro a el área
responsable ante el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), con la
finalidad de informar el número de personas y puestos adscritos a cada inmueble y así promover una
administración moderna y transparente sobre el patrimonio inmobiliario federal del que hace uso la STPS.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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PERFIL Y REQUISITOS
Escolaridad
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Titulado/a
AREA DE ESTUDIO
CARRERA GENERICA
No aplica
No aplica
Experiencia
Cinco años en cualquiera de las áreas siguientes:
CAMPO DE EXPERIENCIA
AREA DE EXPERIENCIA
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de Recursos
Humanos
Ciencia Política
Administración Pública
Conocimientos
•
Lenguaje Ciudadano: Lenguaje Claro - Recursos Humanos, Organización y
Presupuesto Capítulo 1000
•
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal
Habilidades
•
Orientación a Resultados
Idiomas
•
No aplica
Otros
•
Disponibilidad para viajar
Denominación
SUBDIRECCION DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Grupo, Grado y
Nivel del Puesto
N31
Número de
vacantes
1 (UNA)
Remuneración
Mensual Bruta
$ 53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA
Y DOS PESOS 00/100 M.N.)
Código de puesto
14-510-1-M1C016P-
0000489-E-C-M
Sede o
residencia
CIUDAD DE MEXICO
Ubicación
Boulevard Adolfo López Mateos, número 1968, Colonia Los Alpes, Alcaldía Alvaro
Obregón, Ciudad de México. C.P. 01010.
FUNCIONES PRINCIPALES
1.- Revisar el inventario de plazas de las diferentes unidades administrativas, con el fin de conocer la
disponibilidad de ocupación que permita los movimientos de personal.
2.- Coordinar la revisión de los documentos que avalen la ocupación de las plazas de carácter permanente
y eventual de la STPS, con la finalidad de cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad
aplicable.
3.- Coordinar las acciones que permitan la ocupación temporal de plazas de carácter permanente conforme
al artículo 34 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
(LSPCAPF) y artículos 92 y 52 fracción II de su Reglamento, con la finalidad que las unidades
administrativas cumplan con las metas y objetivos institucionales.
4.- Coordinar las acciones que permitan la continuidad del personal eventual de la dependencia, con el
propósito de realizar los ajustes necesarios de acuerdo al dictamen presupuestario autorizado
por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
5.- Evaluar las solicitudes de cambios de adscripción y modificaciones presupuestales de las plazas de
niveles operativos, con la finalidad de realizar los movimientos del personal solicitados y actualizar el
padrón de plazas de la STPS.
6.- Coordinar en conjunto con el área de relaciones laborales las reinstalaciones de personal, de acuerdo a
los laudos dictados por las autoridades competentes, con el propósito de que se cumplan en tiempo
y forma.
7.- Coordinar la elaboración de reportes e informes que se generan en materia de control de plazas y
movimientos de personal, con la finalidad de proporcionar información veraz y oportuna que permita la
correcta toma de decisiones.
8.- Coordinar las acciones de orientación sobre movimientos de personal que solicitan las unidades
administrativas de la STPS, con la finalidad de que se resuelvan satisfactoriamente sus solicitudes.
9.- Coordinar la elaboración de los reportes sobre los movimientos de personal realizados en la
dependencia, con la finalidad de que se entreguen al área responsable para su aplicación en el sistema de
nómina.
PERFIL Y REQUISITOS
Escolaridad
Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Titulado/a
AREA DE ESTUDIO
CARRERA GENERICA
No aplica
No aplica
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Experiencia
Cuatro años en cualquiera de las áreas siguientes:
CAMPO DE EXPERIENCIA
AREA DE EXPERIENCIA
Ciencias Económicas
Organización y Dirección de Empresas
Ciencias Económicas
Dirección y Desarrollo de Recursos
Humanos
Ciencia Política
Administración Pública
Psicología
Psicología Industrial
Conocimientos
•
Recursos Humanos: Relaciones Laborales, Administración de Personal y
Remuneraciones - Recursos Humanos: Selección e Ingreso
•
Conocimientos generales de la Administración Pública Federal
Habilidades
•
Orientación a Resultados
Idiomas
•
No aplica
Otros
•
No aplica
BASES DE PARTICIPACION
1° Principios del concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose al desarrollo del proceso
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), al Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (RLSPCAPF), al
ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal (ACUERDO) y a la determinación de cada Comité Técnico de Selección.
2° Requisitos de participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto.
Se deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos legales siguientes:
Ser ciudadana/o mexicana/o en pleno ejercicio de sus derechos o extranjera/o cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciada/o con pena privativa de libertad por delito doloso;
tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico,
ni ser ministra/o de algún culto, no estar inhabilitada/o para el servicio público y no encontrarse con algún otro
impedimento legal.
De conformidad con el artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
queda restringida la participación de aquellas personas que se ubiquen en los supuestos siguientes: Tener
sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y
seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o
doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en
cualquiera de sus modalidades y tipos, así como estar declarada como persona deudora alimentaria morosa.
3° Etapas del concurso
El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo con las fechas establecidas a continuación:
Etapas
Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria
04 de marzo de 2026
Registro de Aspirantes en www.trabajaen.gob.mx
Hasta el 18 de marzo de 2026
I. Revisión curricular en www.trabajaen.gob.mx
Al momento del registro de aspirantes
II. Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades
A partir del 19 de marzo de 2026
III. Evaluación de la experiencia y valoración del mérito
(revisión documental)
A partir del 19 de marzo de 2026
IV. Entrevistas
A partir del 19 de marzo de 2026
V. Determinación de la persona ganadora
Hasta el 01 de junio de 2026
Debido al número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, las fechas indicadas podrán estar
sujetas a cambio sin previo aviso.
Se comunicará a cada aspirante, la fecha, hora, lugar y documentos que deberá presentar para la aplicación
de cada una de las etapas del concurso, a través del portal de Trabajaen en su servicio de mensajería; en el
entendido que de no presentarse será motivo de descarte del concurso. La invitación se enviará con al menos
dos días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista.
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DIARIO OFICIAL
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La aplicación de los exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades, así como el cotejo
documental de todos los concursos, se llevarán a cabo en la Ciudad de México, en las instalaciones de la
Dirección del Servicio Profesional de Carrera (DSPC) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS),
el día y la hora que se informe a las personas candidatas a través de los mensajes electrónicos que serán
enviados a su cuenta en el portal de Trabajaen.
Las personas candidatas para la etapa de entrevistas deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se les
indique para tal efecto, a través de los mensajes que serán enviados a su cuenta en el portal de Trabajaen.
En todas las etapas, las personas candidatas deberán considerar las previsiones necesarias de tiempo e
imprevistos para su traslado, ya que la tolerancia máxima respecto a la hora en la que se tenga programado el
inicio de cada etapa será de quince minutos considerando la hora oficial para la Ciudad de México, misma que
se encuentra ajustada en los equipos de cómputo del área de Ingreso. Transcurrido dicho término, no se
permitirá el acceso quedando inmediatamente descartadas del concurso.
De acuerdo al principio de igualdad de oportunidades a petición de las personas candidatas no procederá la
reprogramación de las fechas para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso.
En caso de que la persona candidata se encuentre inscrita en varios concursos y esté citada a otra etapa del
proceso en el mismo día y horario, la persona candidata decidirá a que concurso se presenta.
Cuando una persona no cumpla con algún requisito establecido en la convocatoria, no podrá continuar
participando en el proceso de selección, se notificará el motivo de la eliminación de su participación y el
fundamento de esta determinación.
4° Registro de aspirantes y revisión curricular
En términos del artículo 259 del ACUERDO, la revisión curricular se llevará a cabo de forma automática al
momento en que las personas candidatas registren su participación a un concurso a través del sistema
informático determinado (portal de Trabajaen), el cual asignará un folio de participación al aceptar las
condiciones del concurso, que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlas durante el desarrollo
del proceso de selección, con el fin de asegurar así el anonimato de las personas aspirantes o, en su caso, un
folio de rechazo que las descartará del concurso.
Cada aspirante interesado en concursar los puestos vacantes deberá dar lectura al documento “Condiciones
de Uso y Restricciones de Registro del portal Trabajaen” el cual se encuentra ubicado en la dirección
electrónica www.trabajaen.gob.mx en el rubro denominado “Documentos e Información Relevante”.
La revisión curricular a través de Trabajaen se llevará a cabo, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la
documentación que cada aspirante deberá presentar para acreditar que cumple con los requisitos
establecidos en la convocatoria.
5° Reactivación de folios
Para las plazas consideradas en esta convocatoria, los Comités Técnicos de Selección no autorizaron el
proceso de reactivación de folios.
6° Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades
La calificación mínima aprobatoria del examen de conocimientos técnicos de esta dependencia será igual o
superior a 70 puntos, con vigencia de un año, tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en
otros concursos de esta Secretaría sin tener que sujetarse al examen, siempre y cuando se trate de la misma
capacidad técnica, herramienta, temario y que hayan sido evaluadas a través de las herramientas
proporcionadas por la STPS.
Para evaluar el idioma extranjero para las vacantes que por su descripción y perfil del puesto lo soliciten; en la
etapa de exámenes de conocimientos, la persona aspirante deberá presentar en original y copia simple el
documento que lo compruebe, mismo que le otorgará el 100 de calificación; de no presentar el documento, se
le otorgará 0 de calificación. Ambas calificaciones se promediarán y el resultado obtenido se registrará en
Trabajaen.
Las personas candidatas que obtengan en el examen de conocimientos técnicos una calificación menor a 70
puntos serán descartadas del o de los concursos en los que se encuentren participando al momento del
registro de la calificación, siempre y cuando se trate de la misma capacidad técnica, herramienta, temario y
que hayan sido evaluadas a través de las herramientas proporcionadas por la STPS.
Cuando las personas candidatas aprueben el examen de conocimientos técnicos de esta dependencia,
continuarán con la aplicación del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal
administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG). Este examen, se realizará en el
módulo generador de exámenes administrado por la SABG, para autorizar esta aplicación la persona
candidata deberá capturar la contraseña de su cuenta de Trabajaen, la calificación se establecerá en una
escala de 0 sobre 100 sin decimales. La calificación mínima aprobatoria del examen será igual o superior a 70
puntos.
El resultado del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y el resultado del
examen de conocimientos técnicos de esta dependencia serán sumados y promediados, con el objetivo de
obtener los puntos de la Subetapa.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Una vez realizado el promedio total de la subetapa de conocimientos, cuando no se alcance la calificación
mínima de 70 de una escala de 0 sobre 100 sin decimales, se descartará del concurso, conservando la
vigencia del o los exámenes acreditados. En caso de obtener un promedio de 70 o más continuará con
la evaluación de habilidades.
Los resultados obtenidos en la evaluación de habilidades no serán motivo de descarte y tendrán vigencia de
un año con calificación igual o superior a 70, a partir de la fecha en que se den a conocer a través de la
página electrónica Trabajaen, tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en otros concursos
de esta Secretaría sin tener que sujetarse a la evaluación, siempre y cuando se trate de la misma habilidad,
herramienta, temario y que hayan sido evaluadas a través de las herramientas proporcionadas por la STPS.
Estas servirán para determinar el orden de prelación de las personas candidatas que se sujetarán a
entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones serán considerados en el Sistema de Puntuación
General, es decir, se les otorgará un puntaje.
Los resultados de exámenes de conocimientos y habilidades se verán reflejados en una escala de 0 a 100
puntos sin decimales.
Las personas candidatas que hayan sido evaluadas en sus habilidades con herramientas distintas a las
administradas por la STPS, deberán realizar las evaluaciones, ya que las calificaciones que hayan obtenido
mediante otro mecanismo quedan sin efectos.
Los resultados no aprobatorios de los exámenes de conocimientos y de las evaluaciones de habilidades
aplicadas en los procesos de selección tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del registro
de los resultados en el portal Trabajaen. Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado de las
evaluaciones.
A partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en el
portal www.trabajaen.gob.mx, los temarios para los exámenes de conocimientos y evaluaciones de
habilidades se encontrarán a su disposición en Trabajaen y en la página electrónica de la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social: https://www.stps.gob.mx/Administracion-SPC/Public/Index.aspx en el apartado
Convocatorias, Notas Aclaratorias a las convocatorias y Temarios de estudio.
Para el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, el temario está a su
disposición
en
Trabajaen,
en
el
apartado
“Documentos
e
Información
Relevante”
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
En el supuesto de que la persona candidata considere que no se aplicaron correctamente las herramientas de
evaluación, tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para presentar por escrito su solicitud ante el Comité
Técnico de Selección.
De conformidad con el artículo 265 del ACUERDO, en los casos en que el CTS determine la revisión de
exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación,
métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de
respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
7° Evaluación de la experiencia y valoración del mérito (revisión documental)
Documentación requerida:
Las personas candidatas deberán presentar sin excepción alguna los documentos enlistados en esta sección,
con la finalidad de verificar su identidad, que estén fehacientemente acreditados los requisitos legales y los
establecidos en esta convocatoria, para ello deberá presentar los documentos en original legible o copia
certificada sólo para su cotejo, y copia simple tamaño carta para su entrega al área de ingreso:
•Impresión del documento de bienvenida del portal Trabajaen, como comprobante del número de folio de
nueve dígitos y del folio asignado por el portal para el concurso de que se trate, se debe presentar en todas
las etapas con la finalidad de acreditar su identidad.
•Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar del Instituto Nacional
Electoral, pasaporte, cartilla del servicio militar o credenciales expedidas por instituciones oficiales. El original
se debe presentar en todas las etapas con la finalidad de acreditar su identidad.
•Currículum vítae de Trabajaen detallando funciones específicas, campos y áreas de experiencia, puesto
ocupado y periodo en el cual laboró (mes y año) para acreditar los años de experiencia solicitados para el
puesto por el cual concursa y que manifestó en su momento en el currículum registrado en Trabajaen.
•Currículum vítae, formato de Excel descargable de la página de la STPS dentro del apartado, “Formatos para
revisión documental”: https://www.stps.gob.mx/Administración-SPC/Public/Index.aspx
•Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
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DIARIO OFICIAL
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En el caso de que el grado de avance, en el nivel de estudios del puesto, requiera titulada/o: se acreditará con
el título y/o cédula profesional que aparezca registrado en la página de internet del Registro Nacional de
Profesionistas de la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
En ningún caso se aceptará la constancia o acta de presentación y/o acreditación del examen profesional, ni
cualquier otro documento con el que se pretenda acreditar que la expedición del título y/o cédula profesional
se encuentra en trámite.
En el caso de contar con estudios en el extranjero, deberán presentar la documentación oficial que acredite la
autorización por parte de las autoridades educativas nacionales (Dirección General de Profesiones de la
Secretaría de Educación Pública, Area de Revalidación de Estudios en el Extranjero) para el ejercicio de su
profesión o grado académico adicional a su profesión.
En el caso de que el grado de avance requerido sea de pasante, se aceptará el documento oficial emitido por
la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública que lo acredite como tal, bajo la
normatividad vigente.
En el caso de que el grado de avance en el nivel de estudios del puesto requiera carrera terminada, se
aceptará certificado, historial académico sellado o carta de terminación de estudios que acredite haber
cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado, los cuales deberán contener: sello y/o firma
del área correspondiente de la institución educativa reconocida por la SEP.
Para los puestos cuyo perfil indique secundaria, preparatoria o bachillerato y técnico superior universitario
deberá presentar certificado; se considerará cubierto el perfil, si la persona candidata demuestra mediante
documento oficial, que contenga sello y/o firma del área correspondiente de la institución educativa reconocida
por la SEP, que cuenta con un nivel igual o superior al requerido, sin necesidad de presentar copia del
certificado de secundaria, preparatoria o bachillerato o técnico superior universitario.
•Acta de nacimiento, en el caso de personas extranjeras documento migratorio o tarjeta de residente vigente
que le permita la función a desarrollar.
•Cédula de identificación fiscal o Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emitido por el Servicio de
Administración Tributaria (SAT). Deberá coincidir con los datos registrados por la persona candidata en el
sistema Trabajaen.
•Clave Unica de Registro de Población (CURP). Deberá coincidir con los datos registrados por la persona
candidata en el portal de Trabajaen.
Es responsabilidad de las personas candidatas mantener actualizados los datos personales y curriculares, los
cuales serán utilizados por el sistema Trabajaen durante la operación del proceso del Subsistema de Ingreso
del Servicio Profesional de Carrera.
•Manifestación bajo protesta de decir verdad de ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus
derechos o persona extranjera cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciada/o con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de las
funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser persona ministra de algún culto;
no ser persona inhabilitada para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal; que la
documentación presentada es auténtica; que no tiene conflicto de intereses para su contratación con la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social u otra Institución; si es parte de algún juicio de cualquier naturaleza
en contra de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social u otra Institución; en caso de desempeñar otro
empleo en la Administración Pública Federal si tiene compatibilidad de empleos, si ha sido incorporada/o a los
programas especiales de retiro voluntario; si tiene familiares dentro del 4º grado de consanguinidad en la
STPS; si ha sido beneficiada/o con el pago de una indemnización por la terminación de su relación laboral en
cualquier dependencia del sector.
Asimismo, deberá manifestar si tiene sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia
familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra
las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y si ha sido declarada como
persona deudora alimentaria morosa, de encontrarse en alguno de estos supuestos, se restringe su
participación en el concurso o concursos, por lo que será motivo de descarte.
Las personas candidatas deberán descargar el formato manifestación bajo protesta de decir verdad en
https://www.stps.gob.mx/Administracion-SPC/Public/Index.aspx dentro del apartado, “Formatos para revisión
documental” para su llenado y entrega durante la etapa de Evaluación de la experiencia y valoración del
mérito (revisión documental).
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal se tendrá por acreditado cuando la persona candidata sea considerada
finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica ser apta/o para el
desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador/a del mismo, lo anterior, conforme
al último párrafo del artículo 220 del ACUERDO.
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DIARIO OFICIAL
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En caso de que se haya apegado a un programa de retiro voluntario, o haya sido beneficiada/o con el pago de
una indemnización por la terminación de su relación laboral en la Administración Pública Federal, su ingreso
estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
Cabe señalar que, si se detecta que alguno de los datos proporcionados no es verídico, será motivo de
descarte.
•Descargar “Carta protesta de no ser Servidor Público de Carrera Titular o Eventual de primer nivel de
ingreso”: https://www.stps.gob.mx/Administracion-SPC/Public/Index.aspx dentro del apartado, “Formatos para
revisión documental”.
•Documentos comprobatorios para evaluar la experiencia laboral adquirida por las personas candidatas en los
sectores público, privado y/o social se aceptarán: hojas únicas de servicios, constancias de servicios,
constancias de nombramiento, cartas finiquito, constancias de alta y baja, contratos de servicios profesionales
por honorarios, altas y bajas al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
(ISSSTE), expediente electrónico del ISSSTE, altas y bajas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),
constancia electrónica del IMSS de semanas cotizadas del asegurado, hoja de periodos cotizados del Instituto
de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM), recibos de pago con los que se
comprueben los años laborados, declaraciones del impuesto sobre la renta, declaraciones patrimoniales,
actas constitutivas de empresas, poderes notariales, constancias laborales en hojas membretadas con
dirección, números telefónicos, firma y sello, en el que se indique nombre completo de la persona candidata,
periodo laborado, puesto(s) y funciones desempeñadas. Sólo se contabilizará el periodo o periodos que
compruebe.
Asimismo, se aceptará la constancia de capacitación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro; el
documento de liberación del servicio social; carta, oficio o constancia de término de servicio social y/o
prácticas profesionales y/o persona becaria emitidos por las Instituciones en las que se hayan realizado.
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral cartas de recomendación.
•Para la verificación de las referencias laborales la persona candidata deberá llenar en el formato denominado
referencias laborales, cuando menos una referencia comprobable del o de los empleos con los que se
acrediten los años y áreas de experiencia requeridos para el puesto que se concurse. Descargar formato
“Referencias Laborales” en https://www.stps.gob.mx/Administración-SPC/Public/Index.aspx dentro del
apartado, “Formatos para revisión documental”.
•Constancias con las cuales la persona candidata acredite los méritos con los que cuenta, de acuerdo con las
Metodologías de Aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración
del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera emitida por la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno que se encuentran a su disposición en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx en “Documentos
e Información Relevante” o en https://www.stps.gob.mx/Administración-SPC/Public/Index.aspx en el apartado
Metodologías de aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración
del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera.
•Las personas servidoras públicas de carrera titulares, podrán presentar su última evaluación del desempeño
anual, misma que será considerada dentro de la valoración del mérito, de manera específica, a través de los
puntos de la calificación obtenida.
Con base en la revisión y análisis de los documentos que presenten las personas candidatas, la DGRH
evaluará en la primera subetapa la experiencia y en la segunda el mérito. Los resultados obtenidos en estas
subetapas serán considerados en el Sistema de Puntuación General, sin implicar el descarte de las personas
candidatas.
Para los puestos de Enlace se asignará puntaje único de 100 en la subetapa evaluación de experiencia,
etapa III.
Cuando la DGRH detecte más de una inscripción a un mismo concurso por una persona candidata, se
notificará al CTS para que sea descartado del concurso.
Será motivo de descarte el no presentar para su cotejo el original o cualquiera de los documentos requeridos
en estas bases de participación. Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia
fotostática de los documentos descritos, ni el acta levantada con motivo de robo, destrucción o extravío o
constancia de que el documento se encuentra en trámite.
Cuando no se acredite la autenticidad de la información registrada o de la documentación presentada por la
persona candidata, para acreditar la evaluación de la experiencia, así como el perfil del puesto, se le
descartará y se ejercerán las acciones procedentes.
Las personas candidatas que al final de la etapa III, cuenten con menos de 45 puntos en una escala de 0 a
100 sin decimales no serán consideradas para la etapa de entrevistas, por lo que serán descartadas, toda vez
que no obtendrían los 75 puntos que se requieren para acreditar el puntaje mínimo de calificación que
establece el artículo 230, fracción VII del ACUERDO, las reglas de valoración general y el sistema de
puntuación general.
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DIARIO OFICIAL
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Asimismo, se hace del conocimiento de las personas candidatas, que esta Secretaría no realiza ningún tipo de
discriminación y no solicita como requisito de contratación para la ocupación de sus puestos, prueba médica,
examen o certificado de no-gravidez, de VIH/SIDA o de cualquier otra naturaleza.
8° Entrevistas
Las personas candidatas que al final de la etapa III, cuenten con al menos 45 puntos en una escala de 0 a 100
sin decimales, serán consideradas para elaborar el listado de personas candidatas, a fin de determinar el
orden de prelación para la etapa de Entrevistas, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de
Puntuación establecidos por la STPS.
El Comité Técnico de Profesionalización, de conformidad con las reglas de valoración establecidas acordó
que pasarán a la etapa de Entrevistas, en primera sesión las seis personas candidatas con puntuaciones más
altas en estricto apego al orden de prelación registrado, cuando el universo lo permita. El número de personas
candidatas que se continuarían entrevistando, será de seis y sólo se entrevistarían en caso de no contar al
menos con una persona finalista de entre las seis personas candidatas ya entrevistadas en la primera sesión.
Las entrevistas podrán realizarse a través de medios electrónicos de comunicación, siempre que se
compruebe fehacientemente la identidad de la persona candidata a evaluar.
En esta etapa el Comité Técnico de Selección, para verificar si la o las personas candidatas reúnen el perfil y
los requisitos para desempeñar el puesto sujeto a concurso, identificará a través de preguntas y mediante las
respuestas que proporcione la persona candidata, las evidencias que le permitan determinar si es el caso en
un primer momento considerarlo finalista y en un segundo momento, incluso determinarle persona ganadora
del concurso.
El Comité Técnico de Selección considerará en la etapa de Entrevistas el criterio CERP, el cual contempla los
siguientes elementos:
Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento.
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones.
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento.
La entrevista permitirá la interacción de cada una de las personas integrantes del Comité Técnico de
Selección con la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y
conocimientos vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso,
considerando los elementos arriba señalados y las preguntas serán las mismas para cada una de las
personas candidatas entrevistadas. Cada integrante calificará a cada persona candidata, en una escala de 0 a
100 sin decimales y se promediará para obtener los puntos de esta etapa.
Se considerarán finalistas y aptas para el desempeño de sus funciones en el servicio público, a las personas
candidatas que obtengan un mínimo de 75 puntos en una escala de 0 a 100 sin decimales, el cual resultará de
la suma de los resultados obtenidos en las etapas del procedimiento de selección, conforme al sistema
de puntuación general.
9°Determinación y reserva de aspirantes
Se determinará persona ganadora del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en
el proceso de selección, es decir, la de mayor calificación definitiva.
La persona finalista con la siguiente mayor calificación definitiva podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que, por causas ajenas a la dependencia, la persona ganadora señalada en el
párrafo anterior:
a) Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
b) No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada.
La persona candidata que decline a la ocupación de la plaza, siempre y cuando no se haya dado de alta en
esta Secretaría, deberá comunicarlo al Comité Técnico de Selección de la plaza que concursó, para que se
analice si es el caso, la ocupación de la plaza por la persona finalista con la siguiente mayor calificación
definitiva.
Las personas candidatas entrevistadas por las personas integrantes del Comité Técnico de Selección que no
resulten ganadoras del concurso y obtengan el puntaje mínimo de calificación de 75 puntos, se integrarán a la
reserva de personas aspirantes de la rama de cargo de que se trate.
490
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
La permanencia en la reserva tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la publicación de los
resultados del concurso correspondiente. La reserva sólo podrá ser considerada para procesos de selección
en esta Secretaría.
10° Declaración de concurso desierto
De conformidad con el artículo 40 del RLSPCAPF, el Comité Técnico de Selección podrá, considerando las
circunstancias del caso, declarar desierto un concurso:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna persona candidata obtenga el puntaje mínimo de aptitud para ser considerada finalista,
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos de las y los integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria.
11° Cancelación del concurso
El Comité Técnico de Profesionalización y/o de Selección podrán cancelar el concurso de las plazas en los
supuestos siguientes:
a)
Cuando medie orden de autoridad competente, exista resolución o disposición legal expresa que restrinja
la ocupación del puesto de que se trate o,
b)
El puesto de que se trate se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado para restituir en sus derechos a alguna
persona o,
c)
Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo el
puesto en cuestión.
12° Reglas de valoración
Con fundamento en los artículos 229 y 230 del ACUERDO, mediante Acuerdo CTPSTPS.03/1ªE/2026
autorizado por el Comité Técnico de Profesionalización de esta STPS en su 1ª. Sesión Extraordinaria del 20
de enero 2026, autorizó las reglas de valoración siguientes:
a)
Autorizar como mínimo dos y máximo tres exámenes de conocimientos y para el caso de habilidades una
evaluación como mínimo y dos como máximo; en la convocatoria del puesto de la vacante concursada se
precisarán la denominación de los mismos.
b)
La calificación mínima aprobatoria para los exámenes de conocimientos, determinados por esta
dependencia, para todos los rangos será de 70 puntos en una escala de 0 sobre 100 sin decimales.
En lo que respecta al examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal
administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la calificación mínima aprobatoria será 70
y se establecerá en una escala de 0 sobre 100 sin decimales.
El valor ponderado del o de los exámenes de conocimientos determinados por esta dependencia será del
50% y del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal será de 50%, para
obtener un total de 100%.
El resultado del o de los exámenes de conocimientos determinados por esta dependencia y el resultado
del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal administrado por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos
de la Subetapa de Exámenes de conocimientos. El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70,
en caso de ser menor a 70, el sistema procederá al descarte.
c)
Las herramientas que se aplicarán para las evaluaciones de habilidades serán las desarrolladas por esta
dependencia.
Las evaluaciones de habilidades no serán motivo de descarte, por lo que la calificación se reflejará en
una escala de 0 a 100 puntos sin decimales, sin embargo, la calificación obtenida sumará en el sistema
puntos. La calificación mínima aprobatoria es de 70 puntos.
-
Se promediarán las calificaciones de los exámenes de conocimientos y de habilidades para efecto de
tener una sola calificación en cada una de las subetapas respectivas.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
491
-
Los resultados aprobatorios tendrán vigencia de un año, tiempo en el cual las personas candidatas
podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse al o los exámenes de conocimientos y
evaluación de habilidades, siempre y cuando estos sean los mismos.
d)
El Comité Técnico de Selección, cuando así lo establezca, podrá contar con la participación de un
especialista que auxilie al CTS para desarrollar la etapa de entrevistas.
e)
El número de personas candidatas a entrevistar, será de seis. En el supuesto de que el número de
personas candidatas que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34
del Reglamento sea menor al establecido, se deberán entrevistar a todas.
f)
En caso de no contar con una persona finalista, se continuarán entrevistando a las siguientes seis
personas candidatas, conforme a lo previsto en el artículo 36 del Reglamento.
g)
El puntaje mínimo para ser considerada persona finalista y apta para el desempeño de las funciones en el
servicio público, será de 75 en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales.
h)
Los Comités Técnicos de Selección para la evaluación de las entrevistas observarán el criterio CERP,
que contempla los elementos de Contexto, Estrategia, Resultado y Participación.
i)
Los Comités Técnicos de Selección, sí podrán determinar méritos particulares, previa aprobación de la
Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
13° Sistema de puntuación
Con fundamento en los artículos 229 y 231 del ACUERDO, mediante Acuerdo CTPSTPS.04/1ªE/2026
autorizado por el Comité Técnico de Profesionalización de esta STPS en su 1ª. Sesión Extraordinaria del 20
de enero 2026, autorizó el sistema de puntuación general para aplicarse a los concursos de esta Secretaría:
Etapa
Subetapa
Enlace
Jefatura de
Departamento
Subdirección
Dirección
de Area
Dirección
General
II
Exámenes de
Conocimientos
25
25
25
25
25
Evaluación de
Habilidades
15
15
15
15
15
III
Evaluación de
Experiencia
10
15
15
15
15
Valoración del Mérito
20
15
15
15
15
IV
Entrevistas
30
30
30
30
30
Total
100
100
100
100
100
14° Publicación de resultados
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal de
www.trabajaen.gob.mx, identificándose a cada persona aspirante con su número de folio asignado para el
concurso.
De conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 243 del ACUERDO, las convocatorias a los concursos
públicos y abiertos en cualquiera de sus modalidades estarán disponibles en la página de Internet de la
dependencia en tanto concluye el procedimiento de selección correspondiente.
15° Disposiciones generales
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos
vacantes.
2.
El Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social es responsable
de determinar las reglas de valoración y sistema de puntuación aplicables a los procesos de selección,
con apego a lo establecido en las disposiciones aplicables.
3.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como en las
inconformidades y los recursos de revocación serán considerados confidenciales, aun después de
concluidos éstos, en todo caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección,
tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales que resulten aplicables.
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DIARIO OFICIAL
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4.
Cada persona aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de
su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.
5.
Las personas candidatas podrán interponer inconformidades mediante escrito presentado ante el Organo
Interno de Control en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ubicado en Avenida Félix Cuevas 301,
7º piso, Colonia del Valle Sur, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, de lunes a viernes,
con horario de 9:00 a 15:00 horas, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, o a través de correo certificado o por
mensajería en la dirección antes mencionada; así como por correo electrónico a la dirección electrónica
despachotoic@stps.gob.mx.
6.
Las personas concursantes podrán interponer recurso de revocación mediante escrito ante la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Avenida Insurgentes Sur No. 1735, Col. Guadalupe Inn,
C.P. 01020, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, en términos de lo dispuesto por la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, así como
mediante correo certificado o mensajería.
7.
En el centro de evaluación No se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, relojes
inteligentes, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como discos duros, discos grabables y
memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras, así como cualquier otro dispositivo, libro o
documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones,
salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o se requiera su utilización como medio de apoyo
para la evaluación.
8.
En caso de que la persona candidata por requerimiento del perfil del puesto a concursar tenga que
realizar el examen técnico de “Estadística aplicada en el ámbito laboral”, se le permitirá el uso de
calculadora, o en su caso, en el momento de aplicación se le dará acceso a la calculadora del equipo en
que realice la prueba.
9.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de persona servidora pública de carrera para
poder ser nombrada en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que
acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activa en ambos puestos, así como de
haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo 10 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
10. Las personas aspirantes deberán considerar que, en caso de ser persona ganadora de alguno de estos
concursos, podrán ser sujetas a cambio de residencia y/o ubicación diferente a la publicada en esta
convocatoria.
11. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección, conforme a las disposiciones vigentes.
12. El lenguaje empleado en esta convocatoria no busca generar ninguna distinción, ni marcar diferencias
entre género, por lo que las referencias o alusiones hechas en la redacción representan a todas las
personas.
Resolución de dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las personas aspirantes formulen con relación
a los puestos y los procesos de los concursos, se ha implementado el número telefónico (55) 3000 2200
extensiones 64306, 63080, 65014 y 62942 de lunes a viernes en un horario de atención de 09:00 a 15:00
horas; 64311, 62319, 64327, 62513 y 63053 de lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 18:00
horas.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
Los Comités Técnicos de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, suscribe el Subdirector de Seguimiento y Control
Operativo de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
y Secretario Técnico de los Comités Técnicos de Selección para las plazas
de la Dirección General de Recursos Humanos
Felipe Ortiz de Zárate Plaza
Firma Electrónica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
493
Secretaría de Cultura
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 106
El Comité Técnico de Selección (CTS) de la Secretaría de Cultura con fundamento en los artículos 21, 25,
26, 28 y 75, fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal (LSPCAPF) y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, y 40 Tercero y Séptimo Transitorios de su
Reglamento (RLSPCAPF), y los numerales 241 al 284 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 19 de diciembre de 2025 (Acuerdo), así como por acuerdo del Comité Técnico de
Profesionalización y los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Cultura, se emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada en ingresar al Sistema del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada de los concursos para
ocupar los siguientes puestos vacantes:
1.
DIRECCION DE ADMINISTRACION con las siguientes características:
NUMERO DE VACANTES:
Una
NIVEL ADMINISTRATIVO:
M11
CODIGO DE LA PLAZA:
48-200-1-M1C017P-0000017-E-C-N
PERCEPCION ORDINARIA:
$66,362
ADSCRIPCION:
Dirección General del Centro Nacional de las Artes
SEDE:
Ciudad de México
OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO:
Planear y dirigir los sistemas de administración en materia de recursos humanos, materiales, financieros e
informáticos, así como la supervisión de contrataciones de los servicios generales y de mantenimiento de las
instalaciones del Centro Nacional de las Artes, mediante el desarrollo de los mecanismos que den agilidad a
los procesos administrativos e informáticos, para brindar servicios de calidad a la comunidad académica,
artística y al público para el que se presentan las manifestaciones artísticas de este Centro Nacional de las
Artes.
FUNCIONES:
1.
Dirigir y coordinar las acciones necesarias para la integración del anteproyecto del presupuesto, mediante
la supervisión de la información de los programas, objetivos y metas propuestos por cada área
responsable y su estimación de costo, de conformidad con las normas y procedimientos vigentes, con la
finalidad de integrar los requerimientos financieros que permitan disponer de suficiencia presupuestaria
para el ejercicio correspondiente.
2.
Planear y determinar las estrategias para la administración y control presupuestal de los recursos
financieros asignados, otorgando prioridades en la aplicación de los recursos con base en las funciones
sustantivas y dando seguimiento al ejercicio de presupuesto a través del registro de cada concepto y
partida presupuestaria afectada, de acuerdo con el origen del gasto y en apego a la normatividad
establecida al efecto, con la finalidad de asegurar transparencia en el ejercicio del presupuesto y dar
continuidad a la operación de las áreas sustantivas.
3.
Coordinar las acciones que permitan el pago de remuneraciones, otorgamiento de premios, estímulos y
recompensas al personal del CENART, así como el trámite de las propuestas de contratación para
presentaciones artísticas y prestación de servicios profesionales, supervisando el cumplimiento de
criterios y requisitos según la normatividad vigente en la materia, con la finalidad de asegurar que tanto el
personal como los prestadores de servicios artísticos y profesionales, reciban sus remuneraciones en
tiempo y forma.
4.
Instrumentar estrategias orientadas a evaluar las acciones para optimizar los procesos de ingreso,
desarrollo y promoción del personal, así como atender los requerimientos derivados del mismo, mediante
la supervisión de los trámites administrativos necesarios ante las diversas áreas de la Dirección de
Planeación y Desarrollo del Capital Humano, tomando en cuenta el tipo de proceso y la aplicación de las
normas y procedimientos establecidos para tal efecto, con la finalidad de asegurar que se cuente con
personal suficiente y competente para la operación de la unidad administrativa.
5.
Establecer y difundir políticas, lineamientos y procedimientos de operación, mediante la elaboración de
manuales de organización y procedimientos, así como de políticas, en apego a normatividad vigente; con
la finalidad de coadyuvar a la mejora, simplificación y optimización de las actividades de la unidad
administrativa para una actuación eficiente y transparente.
6.
Instrumentar los mecanismos para la implementación de los procesos del sistema de servicio profesional
de carrera en el Centro Nacional de las Artes, desarrollando acciones conjuntas con la Dirección de
Planeación y Desarrollo del Capital Humano en el marco de la Ley del Servicio Profesional de Carrera y
estrategias definidas, con la finalidad de coadyuvar a la profesionalización de los servidores públicos del
CENART.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
7.
Coordinar las acciones para el suministro y adquisición de bienes y contratación de los servicios
requeridos por las áreas que integran el Centro Nacional de las Artes, supervisando que los
requerimientos se encuentren considerados en el programa anual de adquisiciones, así como el
cumplimiento de las características y especificaciones de las adquisiciones y contrataciones requeridas
por las áreas solicitantes; con la finalidad de asegurar que se proporcionen los recursos en tiempo y
forma, para una eficiente operación de las áreas sustantivas.
8.
Planear y dirigir la puesta en marcha de programas de mantenimiento preventivo y correctivo a las
instalaciones del CENART, determinando los servicios requeridos, supervisando la implementación de
las medidas necesarias en materia de seguridad, higiene y protección civil, así como mediante la
instrumentación de programas y operativos en eventos de afluencia masiva, con la finalidad de asegurar
óptimas condiciones de funcionamiento de las instalaciones, prevenir riesgos y accidentes de trabajo,
generar medidas de acción en caso de contingencia o siniestro, así como salvaguardar la integridad física
de la comunidad estudiantil, artística, docente, administrativa, de investigación y visitantes del centro
nacional de las artes.
9.
Administrar los bienes instrumentales con que cuenta en Centro Nacional de las Artes para su operación,
a través de la actualización de los registros y controles internos establecidos, de conformidad con la
normatividad y procedimientos vigentes, con la finalidad de asegurar que se cuente con un sistema de
información debidamente actualizado, que permita la identificación de los bienes asignados al CENART
en un marco de transparencia.
10. Coordinar las estrategias que permitan evaluar la eficiencia y funcionalidad de los sistemas y equipos de
cómputo, determinando las necesidades de desarrollo o actualización de sistemas con base en un
diagnóstico de los usuarios, así como implementando programas para la actualización de equipos,
programas y nuevas tecnologías informáticas, con la finalidad de optimizar el uso de equipos y sistemas
de cómputo, así como satisfacer la demanda de infraestructura tecnológica.
11. Coordinar y dirigir programas orientados al establecimiento de un clima de confianza y seguridad entre el
personal de la institución, apoyando la gestión de recursos humanos con base en la normatividad
aplicable, con la finalidad de generar condiciones favorables para el acceso a las prestaciones y
beneficios que otorga la Secretaría de Cultura al personal.
12. Coordinar y dirigir las acciones que favorezcan la implementación de estrategias para la consolidación del
sistema de Servicio Profesional de Carrera en el Centro Nacional de las Artes, mediante la aplicación de
mecanismos y herramientas establecidas para tal efecto por la Secretaría de la Función Pública y
coordinando las acciones requeridas para su implementación con la Dirección de Planeación y Desarrollo
del Capital Humano, con la finalidad de lograr la certificación de los servidores públicos en las
capacidades definidas en los perfiles de los puestos específicos que desempeñan.
13. Coordinar y dirigir las estrategias orientadas a apoyar el desarrollo de las actividades académicas y
artísticas que se llevan a cabo en el CENART, mediante una distribución racional del gasto de acuerdo
con las líneas de acción establecidas por la Dirección General del Centro Nacional de las Artes,
considerando los programas sustantivos prioritarios, con la finalidad de coadyuvar al cumplimiento de los
objetivos institucionales.
PERFIL Y REQUISITOS:
ESCOLARIDAD: Licenciatura o Profesional
GRADO DE AVANCE: Con Título
AREA GENERAL
CARRERA GENERICA
CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
DERECHO
ECONOMIA
EXPERIENCIA LABORAL: 4 años.
AREA DE EXPERIENCIA
AREA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIAS ECONOMICAS
DIRECCION Y DESARROLLO
DE RECURSOS HUMANOS
CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
HABILIDADES GERENCIALES: Orientación a Resultados y Negociación (nivel de dominio para ambas
habilidades es de 3).
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: No requerido.
IDIOMA: No requerido.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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2.
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES con las siguientes características:
NUMERO DE VACANTES:
Una
NIVEL ADMINISTRATIVO:
N21
CODIGO DE LA PLAZA:
48-410-1-M1C015P-0000196-E-C-N
PERCEPCION ORDINARIA:
$44,946
ADSCRIPCION:
Dirección General de Administración
SEDE:
Ciudad de México
OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO:
Coordinar, supervisar y realizar las acciones necesarias para proporcionar los bienes y servicios requeridos
por las áreas de la Secretaría, con calidad y eficiencia, para que éstas cumplan con los objetivos y metas en
materia de la promoción de la cultura, observando la normatividad establecida en materia de adquisiciones,
arrendamientos y servicios y asegurando a la Secretaría de Cultura las mejores condiciones disponibles en
cuanto, calidad, oportunidad, precio y demás circunstancias pertinentes.
FUNCIONES:
1.
Instrumentar mecanismos que permitan ejercer una eficiente supervisión respecto a la aplicación de todas
aquellas disposiciones vigentes en la materia emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y
la Secretaría de la Función Pública, así como las que deriven de los acuerdos del ejecutivo federal y de la
presidencia de la Secretaría de Cultura, en las diferentes operaciones de adquisiciones que se realicen
en las Unidades Administrativas que integran la institución, con la finalidad de promover y comprobar que
se actúa dentro del marco normativo vigente.
2.
Coordinar y participar en las adquisiciones públicas, supervisando que éstas se realicen con carácter
nacional o internacional, mediante el procedimiento que corresponda en función del valor total de la
operación que se pretenda realizar, así como en apego a los criterios que sobre el particular determine el
comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios, con la finalidad de asegurar una operación en un
marco de legalidad y transparencia.
3.
Participar en la revisión de los asuntos, asesoría e integración de los informes y documentos que las
unidades administrativas envían para la consideración y dictaminación del comité de adquisiciones,
arrendamientos y servicios, con la finalidad de asegurar que las áreas requirentes sustenten debidamente
cada planteamiento, coadyuvando a que éstas cumplan con los requisitos establecidos por la
normatividad vigente.
4.
Convocar y coordinar las sesiones ordinarias y extraordinarias del subcomité, analizando los asuntos que
se presenten en cada sesión para evaluarlos y hacer las observaciones necesarias pertinentes, así como
emitiendo extrañamientos a los vocales que injustificadamente no asistan a las sesiones que realice el
mismo, con la finalidad de optimizar la toma de decisiones en los dictámenes y la firma de las actas y
acuerdos que se deriven de cada sesión.
5.
Supervisar que las requisiciones y solicitudes para realizar un procedimiento de licitación pública,
invitación a cuando menos tres personas o de excepción que planteen las unidades administrativas se
apeguen a las disposiciones vigentes, con la finalidad de evitar cualquier incumplimiento e incurrir en
alguna falta que provoque inconsistencias dentro del proceso de adquisición respectivo.
6.
Coordinar y supervisar las acciones necesarias que aseguren el abastecimiento de bienes y servicios a
las Unidades Administrativas de la Secretaría de Cultura, así como de los insumos necesarios para su
correcta operación, a través de sesiones ordinarias del comité de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y del subcomité de revisión de bases, con la finalidad de proporcionar un servicio eficiente y
oportuno.
7.
Participar en la formulación del programa anual de adquisiciones de la Secretaría de Cultura, que permita
revisar su integración y proponer aquellos ajustes que estime convenientes desde el punto de vista
normativo, así como coordinar con las instancias correspondientes las acciones que se requieran para
dar cumplimiento a dicho programa, haciéndolas del conocimiento de los interesados, con la finalidad de
asegurar la previsión de recursos en un marco de legalidad y transparencia.
8.
Coordinar, verificar y supervisar que se haya enviado la información generada de los procedimientos
electrónicos de licitación pública al sistema compranet, con la finalidad de coadyuvar a la modernización
de las adquisiciones y las contrataciones gubernamentales de bienes y servicios, facilitando a las
empresas la información y logrando mayor transparencia en los procesos.
9.
Coordinar y supervisar que se hayan elaborado los informes, reportes, seguimientos y estadísticas de los
contratos formalizados por los procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres
personas, así como los procedimientos de adjudicación directa, generados por las subdirecciones de la
dirección de recursos materiales y servicios generales en el marco de la normatividad establecida al
efecto, con la finalidad de dar cumplimiento a las diversas solicitudes, a través de medio magnético y
documental.
10. Coordinar, participar y en su caso presidir como representante de la Dirección de Recursos Materiales y
Servicios Generales, los actos de las licitaciones públicas e invitaciones a cuando menos tres personas
de carácter nacional e internacional, supervisando que éstas se realicen con fundamento en los criterios
de eficiencia, eficacia, economía, imparcialidad y honradez, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 134 constitucional y la Ley en la materia y demás normatividad vigente, con la finalidad de evitar
inconformidades.
496
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
11. Coordinar, verificar y supervisar que sea elaborado de acuerdo a las necesidades de las diversas
unidades administrativas de la Secretaría de Cultura, asentadas en los acuerdos del subcomité de
revisión de bases, las publicaciones de las convocatorias, con la finalidad de efectuar una adecuada
planeación y organización, y de esta manera participen las áreas interesadas en los actos de la licitación.
12. Coordinar, verificar y supervisar que sean enviadas las solicitudes a la Unidad de Asuntos Jurídicos para
la formulación de los contratos generados por el procedimiento de licitación, invitación a cuando menos
tres personas y adjudicación directa, con la finalidad de asegurar que el departamento de control y
seguimiento, una vez que cuente con la solicitud de seguimiento, concluya con la formalización y de esta
manera contribuir a que el área contratante cuente con el instrumento jurídico correspondiente.
PERFIL Y REQUISITOS:
ESCOLARIDAD: Licenciatura o Profesional
GRADO DE AVANCE: Con Título
AREA GENERAL
CARRERA GENERICA
CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
EXPERIENCIA LABORAL: 3 años.
AREA DE EXPERIENCIA
AREA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
HABILIDADES GERENCIALES: Orientación a Resultados y Negociación (nivel de dominio para ambas
habilidades es de 3).
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: Requerido.
IDIOMA: No requerido.
REGLAS DE VALORACION:
ETAPA
PONDERACION
Examen de Conocimientos técnicos + examen de
conocimientos generales de la APF
30
Evaluación de Habilidades
20
Evaluación de Experiencia
10
Valoración del Mérito
10
Entrevistas
30
BASES DE PARTICIPACION
REQUISITOS DE PARTICIPACION
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos previstos en el perfil de puesto (escolaridad,
áreas de conocimiento y experiencia laboral) y los establecidos en las presentes Bases de Participación, así
como en términos de lo dispuesto por el artículo 38 fracción VII de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, deberá manifestar por escrito en el Escrito Bajo Protesta de decir verdad.
-
Que no cuenta con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad
corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar,
violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las
mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; no ser declarada persona
deudora alimentaria morosa.
Así como en términos de lo dispuesto por el artículo 21 de la LSPCAPF, se deberá acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos legales
I. Ser de ciudadanía mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar (FM3).
II. No haber sido sentenciada o sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso.
III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público.
IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro o ministra de algún culto.
V. No estar inhabilitada (o) para el servicio público ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
La Secretaría de Cultura mantiene una política de igualdad de oportunidades, sin discriminación por edad,
discapacidad, color de piel, cultura, sexo, condición económica, apariencia física, características genéticas,
embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación
familiar, responsabilidades familiares o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana, no
encuentre sustento objetivo, racional ni proporcional o tenga por objeto menoscabar los derechos y libertades
de las personas.
Queda prohibido como requisito para el reclutamiento y selección la certificación médica de no embarazo y/o
pruebas para la detección de VIH/SIDA para llevar a cabo la contratación.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
497
PRINCIPIOS DEL CONCURSO
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del Proceso de
Selección y las sesiones del CTS. a las disposiciones de la LSPCAPF, al RLSPCAPF, al Acuerdo y las
disposiciones que, en su caso, las autoridades sanitarias emitan a través del diario oficial, y demás
normatividad aplicable.
DISPOSICIONES INICIALES
Las personas aspirantes tendrán que verificar previo a su registro al concurso en TrabajaEn, el Perfil del
Puesto publicado en la presente convocatoria, el cual se compone de los siguientes apartados: Nombre
del puesto, Código del puesto, Unidad Administrativa de adscripción y Nivel. La información relativa a las
Funciones principales, Escolaridad, Experiencia laboral, Habilidades a evaluar y Otros, se pública en el portal
de la Secretaría de Cultura www.cultura.gob.mx, liga http://www.gob.mx/cultura/documentos/servicio-
profesional-de-carrera-52672 conforme a lo señalado en el numeral 243 fracción II del Acuerdo.
El cumplimiento del Perfil del Puesto es forzoso para las personas aspirantes, el no contar con evidencias
documentales que respalden su cobertura, implica el descarte de la persona aspirante del Proceso de
Selección.
1.
Las bibliografías y temarios para el examen de conocimientos técnicos podrán ser consultadas por las
personas participantes en la página electrónica de la Secretaría de Cultura, en la liga:
https://www.gob.mx/cultura/documentos/servicio-profesional-de-carrera-52672. La bibliografía y temario
para examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal podrá ser consultada por
las personas participantes en el portal Trabajaen que administra la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno https://www.trabajaen.gob.mx en el apartado Documentos e Información Relevante, Temario
del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal.
2.
En la dirección electrónica www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes. El portal TrabajaEn deberá considerarse como el Sistema Informático administrado por
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, diseñado para la administración y control de la información
así como datos de los procesos de reclutamiento y selección incluidos entre otros, lo correspondiente a la
recepción y procesamiento de solicitudes de registro a los concursos de ingreso al Sistema; mensajes a
las personas aspirantes; la difusión de cada etapa; e integración de la reserva de personas aspirantes por
dependencia, cuyos accesos estarán disponibles en la página www.trabajaen.gob.mx por lo que la
información publicada es de carácter referencial y no suple a la Convocatoria publicada en el DOF
y la publicada en el portal de la Secretaría de Cultura.
3.
Cada persona aspirante tendrá por obligación revisar el sistema de mensajes de su cuenta personal de
TrabajaEn, independientemente de la posibilidad de que se le remitan los mensajes al correo personal,
por el propio portal.
4.
Los datos personales de las personas aspirantes son confidenciales aun después de concluido el
concurso y serán protegidos por las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión,
transmisión y distribución de datos personales vigente.
5.
Cada persona aspirante se responsabilizará del traslado y gastos erogados como consecuencia de su
participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.
6.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de Servidora Pública o Servidor Público de
Carrera Titular, para poder obtener el nombramiento en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la
documentación que acredite haberse separado de su cargo, toda vez que no puede permanecer activa
en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala el artículo 11 fracción VIII de
la LSPCAPF.
DESARROLLO DEL CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo con la programación que se indica, sin embargo, previo acuerdo del CTS
y previa notificación correspondiente a las personas aspirantes a través del portal www.trabajaen.gob.mx
podrán modificarse las fechas indicadas cuando así resulte necesario, o debido al número de personas
aspirantes que se registren.
Así mismo, de acuerdo con el principio de igualdad de oportunidades, no procederá la reprogramación de las
fechas para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de las personas aspirantes.
ETAPA I.
REGISTRO DE PERSONAS ASPIRANTES Y REVISION CURRICULAR EN EL SISTEMA
REGISTRO DE PERSONAS ASPIRANTES
La inscripción a un concurso y el registro de las personas aspirantes al mismo se realizará a través de la
herramienta www.trabajaen.gob.mx, la cual, les asignará un número de folio de participación, este servirá para
formalizar su proceso de inscripción e identificación durante el desarrollo de las etapas del proceso de
selección hasta la entrevista por el CTS, con el fin de asegurar así el anonimato. Las personas aspirantes, al
aceptar el número de folio que les asigna el Sistema TrabajaEn, aceptan las Bases de Participación de la
presente Convocatoria, motivo por el que tendrán la obligación de su lectura y acatamiento.
498
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
REACTIVACION DE FOLIO
Con respecto a la reactivación de folios rechazados en la etapa de revisión curricular, a partir de la fecha de
descarte, cada persona aspirante rechazada, contará con 3 días hábiles para presentar su escrito de petición
de reactivación de folio dirigido a la Secretaria(o) Técnico del CTS en la Secretaría de Cultura, en el domicilio:
Avenida Paseo de la Reforma No. 175, piso 4, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06500, Alcaldía Cuauhtémoc,
Ciudad de México, de 09:00 a 15:00 horas, a través del área de Control de Gestión. De conformidad con el
numeral 246 del Acuerdo, el CTS establecerá la forma y el plazo para determinar si es procedente la
reactivación, privilegiando la observancia de los principios rectores del Sistema. La determinación del CTS
respecto a la solicitud de reactivación se hará del conocimiento de la persona interesada. Una vez transcurrido
el plazo establecido, no procederán las solicitudes de reactivación.
El escrito de petición deberá incluir:
1.
Justificación de por qué considera que se debe reactivar el folio de participación, solicitando el análisis y
aprobación para la reactivación.
2.
Adjuntar las pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx:
-
Pantalla principal de “Mis Mensajes”.
-
Mensaje de Rechazo.
3.
Adjuntar al escrito, copia simple (por ambos lados) de identificación oficial vigente.
4.
Adjuntar al escrito, copia simple de los documentos para realizar el cotejo documental, que acrediten
escolaridad y experiencia laboral de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases de Participación y
el Perfil del Puesto del concurso de interés.
5.
Dirección electrónica, donde puede recibir la respuesta de su solicitud.
6.
Todas las copias simples legibles y documentos anexos a la solicitud deberán ser firmados por la persona
aspirante.
De conformidad con el numeral 261 del Acuerdo, la reactivación de folios no será procedente cuando ésta se
deba a:
- La persona aspirante cancele su participación al concurso, y
- Exista duplicidad de registros en Trabajaen.
Nota: Con relación a los descartes de las personas aspirantes por errores imputables al Operador de Ingreso
en las etapas de evaluación y entrevista, el CTS podrá autorizar, reactivar dicho folio comunicando con
oportunidad a las personas aspirantes que siguen participando en el concurso.
En caso de ser autorizada la solicitud de reactivación, el sistema www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje
de notificación a cada persona participante en el concurso.
ETAPA II.
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y EVALUACION DE HABILIDADES
PRESENTACION A LAS EVALUACIONES
La Secretaría de Cultura comunicará con al menos dos días hábiles de anticipación a cada persona aspirante,
la fecha, duración de la evaluación, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las
evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página www.trabajaen.gob.mx,
en el rubro “Mis Mensajes”, en el entendido de que será motivo de descarte del concurso, no
presentarse en la fecha, hora y lugar señalados.
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
Respecto al examen de conocimientos técnicos tendrá consistencia con el contenido del temario y bibliografía
publicado en el portal de Trabajaen y el portal de la Secretaría de Cultura, la calificación mínima aprobatoria
es de 70 puntos de 100 posibles, para todos los niveles jerárquicos o rangos que comprende el Servicio
Profesional de Carrera. Será motivo de descarte obtener una calificación inferior a 70 puntos en la evaluación
de conocimientos.
En apego a lo establecido en el numeral 224 y 265 del Acuerdo, en su caso, la revisión del examen de
conocimientos deberá ser solicitada mediante escrito dirigido al CTS dentro de un plazo máximo de tres días
hábiles, contados a partir de la publicación de los resultados del examen de conocimientos en la página
de TrabajaEn; la revisión sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de
evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos, ni de las
opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de
evaluación.
En caso de que exista alguna inconsistencia o error en la captura de la calificación obtenida por alguna
persona aspirante en el examen de conocimientos, la persona operadora de ingreso podrá corregir el
resultado previa notificación al CTS.
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
Respecto al examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal tendrá consistencia
con el contenido del temario y bibliografía publicado en la plataforma Trabajaen, el temario y el examen será
establecido por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y
conocimientos técnicos será de 50% cada uno, para obtener un total de 100%. El resultado del examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal y del Examen de Conocimientos Técnicos
serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de Exámenes de conocimientos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70. En caso de obtener un resultado menor a 70, el
sistema procederá al descarte.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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EVALUACION DE HABILIDADES
Las herramientas por utilizar para la Evaluación de Habilidades son de tipo psicométrico y no se establece una
calificación mínima para avanzar a la siguiente etapa.
Las evaluaciones de habilidades que se aplicarán serán:
−
Enlace u Homólogo: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
−
Jefatura de Departamento u Homólogo: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
−
Subdirección de Area u Homólogo: Orientación a Resultados y Negociación.
−
Dirección de Area u Homólogo: Orientación a Resultados y Negociación.
−
Dirección General u Homólogo: Visión Estratégica y Liderazgo.
REVALIDACION DE CALIFICACIONES
Los resultados aprobatorios obtenidos en el Examen de Conocimientos Técnicos deben corresponder al
mismo temario y bibliografía. Respecto a los resultados aprobatorios en las Habilidades y examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, tendrán una vigencia de un año, para
concursos de esta Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del RLSPCAPF.
Una vez terminada la Etapa I de las presentes bases de participación, las y los aspirantes tendrán 3 días
hábiles contados a partir del cierre de registro en la página de Trabajaen, para presentar su solicitud por
escrito dirigida al Secretario(a) Técnico del CTS, el cual debe contener:
1.
Justificación en la cual la o el aspirante solicite la revalidación de calificaciones.
2.
Número de folio actual con el que participa en el concurso.
3.
Folio de participación del o los concursos en que haya acreditado las evaluaciones.
4.
Adjuntar al escrito, la pantalla impresa donde aparecen las calificaciones vigentes (se localiza en la
pestaña de Mis Exámenes y Evaluaciones de su cuenta personal de www.trabajaen.gob.mx)
5.
Adjuntar al escrito, copia simple (por ambos lados) de su identificación oficial.
El resultado del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal con calificación
igual o mayor a 70 puntos se guardarán por espacio de un año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
35 del RLSPCAPF.
Los resultados de las evaluaciones de habilidades con calificación igual o mayor a 70 puntos se guardarán por
espacio de un año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del RLSPCAPF.
No obstante que se observen en pantalla o las calificaciones de manera automática en TrabajaEn o haya
realizado su solicitud por escrito y se dictaminase procedente, la persona aspirante debe registrar su
asistencia a la(s) evaluación (evaluaciones) correspondiente(s) para mantenerse activa en el proceso de
selección.
ETAPA III.
EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO
Respecto a la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, las y los aspirantes deberán exhibir las
constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el
perfil del puesto publicado en la presente convocatoria, en caso de no acreditar alguno de los requisitos
señalados en las presentes Bases de Participación, o en el perfil del puesto, no podrán continuar en el
proceso de selección.
Las personas aspirantes deberán presentar la documentación para su cotejo, en original legible o copia
certificada y copia simple de la misma, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al
efecto hayan recibido con cuando menos dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica, a través de su
cuenta en el portal www.trabajaen.gob.mx.
Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los documentos originales, la constancia o solicitud
de expedición de duplicados o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de cualquiera de los
documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
REVISION Y EVALUACION DOCUMENTAL
Las personas aspirantes deberán presentar los siguientes documentos para su cotejo, en original y copia
física:
1. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para los concursos.
2. Currículum impreso del portal TrabajaEn.
3. Acta de Nacimiento y/o forma migratoria FM3, emitida por el Instituto Nacional de Migración de la Secretaría
de Gobernación, según corresponda en el supuesto de personas aspirantes extranjeras.
4. Cédula de Identificación Fiscal (RFC)
5. Clave Unica de Registro de Población (CURP).
6. Escrito Bajo Protesta de decir verdad (se proporcionará en el momento de la revisión documental)
7. Identificación oficial vigente con fotografía (únicamente se aceptará credencial para votar, pasaporte o
cédula profesional con fotografía).
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
8. Conforme a lo establecido en el catálogo de carreras publicado por la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno en el portal www.trabajaen.gob.mx, la persona aspirante presentará el documento que acredite el
nivel de estudios requerido para el puesto por el que concursa:
a) Cuando el requisito del nivel académico sea “Licenciatura o Profesional”: conforme a lo dispuesto por el
numeral 221 del Acuerdo, el CTS acordó aceptar dicho requisito únicamente con título profesional registrado
en la Secretaría de Educación Pública, se acreditará con la exhibición del mismo y/o mediante la presentación
de la cédula profesional correspondiente.
Nota: En caso de haber aprobado el examen profesional para obtener el Título Profesional en un periodo
anterior a seis meses previo a la publicación de la presente convocatoria, se podrá acreditar la titulación con el
acta del examen profesional debidamente firmado y/o sellado por la institución educativa.
b) Cuando el requisito sea con Título en licenciatura, la acreditación del cumplimiento del requisito de
escolaridad establecido en el perfil del puesto de que se trate se aceptará con el grado
(Título o cédula profesional) de maestría o doctorado, siempre que el área académica del mismo sea afín con
alguna de las licenciaturas previstas en el perfil del puesto, debiendo acompañar al título del grado, la cédula
profesional de la licenciatura cursada.
c) Cuando el requisito del grado de avance sea “Terminado o Pasante”: para acreditar el avance Terminado
sólo se aceptará certificado o carta de terminación de estudios expedida por la institución educativa,
debidamente sellada y/o firmada, que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios
solicitado y para acreditar el avance Pasante sólo se admitirá la cédula vigente de pasante (Autorización
provisional para ejercer como pasante) expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de
Educación Pública.
d) Cuando el requisito de escolaridad sea “Bachillerato”: se deberá presentar el certificado correspondiente
expedido por la institución educativa.
Nota: El nivel de estudios de preparatoria o bachillerato no es equivalente al nivel técnico superior
universitario, por lo cual, al momento de la comprobación de este requisito, éste será diferenciado por el
certificado expedido por la institución educativa.
e) En caso de que sea requerido por el perfil del puesto un idioma extranjero, la persona aspirante deberá
presentar el documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente: Se aceptarán como
constancias las historias académicas y/o constancia o documento expedido por alguna institución; realizados
en el extranjero en el idioma requerido siempre o que correspondan al nivel de estudio medio superior o
superior.
f) En el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentarse invariablemente, la constancia de
validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
9. Constancia(s) de empleo(s) que avalen los años de experiencia que se solicitan en el perfil de la vacante,
debidamente requisitados:
−
Constancias de Nombramiento.
−
Constancias laborales emitidas por el área facultada para su expedición.
−
Hoja única de servicio.
−
Talones de pago (periodos completos).
−
Contratos, constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario.
−
Hojas de inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS.
−
Historial de Cotización expedido por la Oficina Virtual del ISSSTE y/o reporte informativo de semanas
cotizadas al IMSS, acompañadas de los documentos que acrediten las aportaciones efectuadas a fin de
determinar los periodos laborados y puesto, para el área de experiencia solicitada por el perfil.
−
Otros: similares o afines.
La documentación comprobatoria deberá presentarse debidamente firmada y sellada preferentemente según
corresponda al tipo de documento oficial, indicando fecha de expedición, puesto(s) desempeñado(s), fecha de
ingreso y conclusión, quedando sujeta a validación.
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida, constancias de servicio
social y prácticas profesionales, cartas de recomendación, constancias emitidas por el superior jerárquico
inmediato del puesto ocupado, constancias de haber realizado proyectos de investigación y credenciales.
EVALUACION POR EXPERIENCIA
En la evaluación de la experiencia se calificarán los siguientes elementos:
−
Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el nivel jerárquico en la trayectoria
laboral (último puesto desempeñado o que está desempeñando) en relación con el puesto en concurso.
Las personas que cuenten únicamente con una sola experiencia, cargo o puesto no serán evaluadas en
este rubro, al no existir un parámetro objetivo para realizar la comparación.
−
Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la permanencia en los puestos
o cargos ocupados. De manera específica, a través del número de años promedio por cargo o puesto que
posea.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
501
−
Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con el tiempo de permanencia
en los puestos o cargos ocupados en el Sector Público.
−
Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con el tiempo de permanencia en los
puestos o cargos ocupados en el Sector Privado.
−
Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con el tiempo de permanencia en puestos
ocupados en el Sector Social.
−
Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de respuesta seleccionada por la
persona aspirante, entre las 5 posibles opciones establecidas en el formato de evaluación, respecto a su
trayectoria profesional. Las opciones son:
−
He desempeñado puestos donde he desarrollado una serie de actividades sencillas y similares
entre sí.
−
He desarrollado puestos que requieran coordinar una serie de funciones y actividades similares y
relacionadas entre sí.
−
He desempeñado puestos que requieran coordinar una serie de funciones de naturaleza diferente.
−
He desempeñado puestos que requieran dirigir un área con funciones de naturaleza diferente.
−
He desempeñado puestos que requieran dirigir diversas áreas que contribuían al desarrollo de los
planes estratégicos de una o varias unidades administrativas o de negocio.
−
Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración bruta mensual en la trayectoria
laboral. De manera específica, comparando la remuneración bruta mensual del puesto actual (en su caso
el último) y la del puesto en concurso.
−
Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante. -
Se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la Rama de Cargo o puesto registrado en el currículum
vítae de la persona aspirante en la plataforma www.trabajaen.gob.mx con la rama de cargo o puesto
vacante en concurso. La última literal del código de puesto, es la que identificará la familia de función de
éste, será empleada para constatar las ramas de cargo o puesto para efectos de la calificación.
−
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. - Se calificará de acuerdo
con la permanencia en el puesto o puestos inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica,
a través del número de años acumulados en dichos puestos.
10. Escrito bajo protesta de decir verdad. Se le proporcionará formato en el cotejo documental a la persona
aspirante.
11. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la
Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
12. De conformidad con lo señalado en el artículo 37 de la LSPCAPF, para las personas servidoras públicas
de carrera titulares en la Administración Pública Federal y que concursen para una plaza de un rango superior
al nivel del puesto que ocupan, se deberá tomar en cuenta el puntaje otorgado al servidor público en virtud de
sus evaluaciones del desempeño, la cual deberá ser inmediata anterior a la fecha en que la persona aspirante
se registre en el concurso de que se trate. En el caso de que debido al procedimiento de evaluación de
desempeño aun no haya sido emitida la evaluación final, se presentará la evaluación inmediata anterior.
VALORACION DEL MERITO
En lo relativo a la valoración del mérito, por lo que corresponde al rubro otros estudios concluidos, únicamente
se considerarán para evaluar los puntos mencionados a continuación, conforme a lo dispuesto en la
Metodología y Escalas de Calificaciones de la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito,
documento emitido por la Dirección General del Servicio Profesional de Carrera de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, que entró en vigor a partir del 16 de julio de 2024.
Para la valoración del Mérito podrán presentarse los documentos que lo comprueben tales como: evidencias
de logros, distinciones, reconocimientos o premios, otros estudios y; en caso de personas Servidoras Públicas
de Carrera Titulares, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio
fiscal inmediato anterior, presentando las constancias respectivas; evidencia de las calificaciones obtenidas en
las dos últimas evaluaciones de desempeño, las cuales deberá presentar completas y el número de
capacidades profesionales certificadas vigentes, de acuerdo a la Metodología y Escalas de Calificación
(Ver www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante).
En la valoración del mérito se calificarán los siguientes elementos:
−
Resultados de las evaluaciones del desempeño. - Se calificará con base en la calificación de
evaluación de desempeño anual anterior de los servidores públicos.
−
Resultados de las acciones de capacitación. - Se calificará con base en las calificaciones de las
acciones de capacitación. De manera específica, a través del promedio de las calificaciones obtenidas
por personas servidoras públicas de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que
en el ejercicio fiscal inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones de capacitación para personas
servidoras públicas de carrera titular, no será calificado este elemento.
502
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
−
Resultados de procesos de certificación. - Se calificará a través del número de capacidades
profesionales certificadas vigentes logradas por personas servidoras públicas de carrera titulares en
puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera.
−
Logros. - Se refiere al alcance de un objetivo relevante de la persona aspirante en su labor o campo de
trabajo, a través de aportaciones a la mejora, facilitación, optimización o fortalecimiento de las funciones
en su área de trabajo, el logro de metas a través de estrategias que aportaron beneficio a la ciudadanía,
sin generar presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o afectar negativamente los objetivos de
otra área, unidad responsable o de negocios. De manera específica, se calificarán a través del número
de logros obtenidos por el o la aspirante. Se considerarán como logros los siguientes:
−
Certificaciones en competencias laborales o en habilidades profesionales distintas a las consideradas
para el Servicio Profesional de Carrera.
−
Publicaciones especializadas (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionados a su campo de
experiencia.
−
Otras que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En ningún caso se considerarán logros de
tipo político o religioso.
−
Distinciones. - Se refieren al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión o
actividad individual. De manera específica, se calificarán a través del número de distinciones obtenidas,
se considerarán como una distinción las siguientes:
−
Fungir como presidente (a), vicepresidente (a) o persona fundadora de Asociaciones u
Organizaciones no Gubernamentales (Científicas, de Investigación, Gremiales, Estudiantiles o de
Profesionistas).
−
Título Grado Académico Honoris Causa otorgado por Universidades o Instituciones de Educación
Superior.
−
Graduación con Honores o con Distinción.
−
Otras que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En ningún caso se considerarán
distinciones del tipo político o religioso.
−
Reconocimientos y premios. - Se refieren a la recompensa o galardón otorgado por agradecimiento o
reconocimiento al esfuerzo realizado por algún mérito o servicio en su labor, profesión o actividad
individual. De manera específica, se calificarán a través del número de reconocimientos o premios
obtenidos, se considerará como un reconocimiento o premio los siguientes:
−
Premio otorgado a nombre de la persona aspirante.
−
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a nombre de la persona
aspirante en congresos, coloquios o equivalentes.
−
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público.
−
Primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos y abiertos.
−
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En ningún caso se considerarán
reconocimientos o premios de tipo político, religioso o que sean resultado de la suerte, a través de
una selección aleatoria, sorteo o equivalente.
−
Actividad destacada en lo individual. - Se refiere a la obtención de los mejores resultados,
sobresaliendo en una profesión o actividad individual o ajena a su campo de trabajo, del resto de quienes
participan en la misma. De manera específica, se calificará a través del número de actividades
destacadas en lo individual comprobadas, se considerarán como actividades destacadas las siguientes:
−
Título o grado académico en el extranjero con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de
Educación Pública (apostillado).
−
Patentes a nombre de la persona aspirante.
−
Servicios o misiones en el extranjero.
−
Derechos de autor a nombre de la persona aspirante.
−
Servicios de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluye donativos).
−
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En ningún caso se considerarán
actividades destacadas de tipo político o religioso.
−
Otros estudios. - Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el perfil del
puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o grado máximo de estudios
concluidos reconocidos por la Secretaría de Educación Pública, que sea adicional al nivel de estudios y
grado de avance al requerido en el perfil del puesto vacante en concurso.
−
Habla de Lengua Indígena. - Se refiere a las lenguas de los pueblos existentes en el territorio nacional
antes del establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes de otros pueblos
Indoamericanos, se reconocen por poseer un conjunto ordenado y sistemático de formas orales
funcionales y simbólicas de comunicación. Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una de las
68 lenguas indígenas se refiere a la capacidad de usarla apropiadamente en determinadas situaciones,
esta capacidad se evalúa en hablar, escuchar o comprender, leer y escribir en distintos contextos.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
503
De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes obtenidos por la persona
aspirante, se considerará como un comprobante lo siguiente: (se toma como referencia los niveles 1 y 2)
Nivel 1
−
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, donde se señale que es
hablante de una lengua indígena nacional.
−
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas o alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
−
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas que avalen, al menos un nivel
básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes.
−
Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles,
mapas, videos, audios, etc.)
−
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido parte de
procesos de formación como intérprete, mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
−
Certificado de competencia laboral (en estándares relacionados con la interpretación, atención en lengua
indígena o traducción).
Nivel 2
−
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas o alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente).
−
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o sus variantes,
independientemente del campo de estudio del que se trate.
−
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, persona mediadora bilingüe y/o
traductora de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de
participación, etc.)
−
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera de la Administración Pública Federal.
−
En la presentación de estas evidencias, se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
−
Auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena afrodescendiente o afromexicana. -
La auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente se calificará de acuerdo
con la manifestación que realice, por su parte, la persona candidata, que así lo manifieste, en la revisión
documental durante el concurso
−
Perspectiva de Juventudes. - Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento de
mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y
de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
−
Persona con Discapacidad. - Aplicable para aquellas personas que, a pesar de presentar una
discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (LGIPD),
cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y
perfil del puesto en concurso
Sin perjuicio de lo dispuesto en la LSPCAPF, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será
motivo de descarte del concurso la NO presentación de las personas aspirantes a cualquiera de las
etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que les sean señalados, así como la NO presentación de
los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la forma, fecha, hora y lugar que la
Dirección de Planeación y Desarrollo del Capital Humano determine para tal efecto. Bajo ningún supuesto
se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática, la constancia o solicitud de expedición por
primera vez; de duplicados o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de cualquiera de
los documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
−
De no acreditarse a juicio del personal de la Dirección de Planeación y Desarrollo del Capital Humano
cualquiera de los datos registrados por las personas aspirantes en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx, de los que exhiban en la revisión documental, o en cualquier etapa del proceso; o
de NO exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y lugar que sean requeridos, se descalificará
automáticamente a la persona aspirante o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de
selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría Anticorrupción
y Buen Gobierno, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
504
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
DESCARTE
Será motivo de descarte no presentar en el cotejo documental, original legible o copia certificada y
copia simple de la documentación que se enuncia, no obstante que hayan acreditado las evaluaciones de
conocimientos y habilidades.
I.
Identificación oficial vigente.
II.
Currículum de TrabajaEn.
III. CURP.
IV. Acta de Nacimiento y/o forma migratoria FM3, emitida por el Instituto Nacional de Migración de la
Secretaría de Gobernación.
V. No cumplir con el requisito de escolaridad.
VI. Título o cédula profesional en caso de que el perfil requiera el TITULO o acta del examen profesional
debidamente firmada y emitida por la institución educativa correspondiente.
VII. La no acreditación del historial académico con 100% de créditos o la carta de pasante, emitida por la
autoridad académica, en el caso de que el perfil requiera PASANTE y/o CARRERA TERMINADA.
VIII. No acreditar los años de experiencia laboral requeridos por el perfil del puesto.
IX. Evaluación al Desempeño señaladas en el número 10 de la Etapa III de estas Bases de Participación.
X. Presentarse fuera del horario programado, mismo que se les notifica a las y los aspirantes vía mensaje
electrónico en el Sistema de Mensajes del portal TrabajaEn.
NOTA: Si durante la aplicación, se detectan inconsistencias en el RFC y/o la CURP, la persona aspirante
deberá realizar la solicitud de corrección de datos ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno al correo
electrónico trabajaen@funcionpublica.gob.mx señalando el tipo de modificación y anexando copia de su
constancia del RFC, CURP y una identificación oficial. En caso de que al inicio de la Etapa III no se presenten
las evidencias documentales de las correcciones respectivas, se procederá a descartar a la persona
candidata.
No se aceptarán documentos en otro día o momento diferente al indicado en el mensaje que se envía a las
personas aspirantes a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx. Si no se presenta la documentación requerida en
el momento señalado, la persona aspirante será inmediatamente descartada del concurso, no obstante que
haya acreditado las evaluaciones correspondientes. Es importante señalar, que cualquier inconsistencia en la
documentación presentada y/o en la información registrada en el sistema de TrabajaEn, será motivo de
descarte.
De conformidad con el numeral 266 del Acuerdo, para constatar la autenticidad de la información y
documentación incorporada en TrabajaEn y aquella para acreditar la presente etapa, la Dirección de
Planeación y Desarrollo del Capital Humano realizará consultas y compulsa de información en los registros
públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades correspondientes.
El CTS en la Secretaría de Cultura se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento del proceso, la
documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la herramienta www.trabajaen.gob.mx y/o
en el currículum vítae detallado y actualizado presentado por la persona aspirante para fines de revisión y
evaluación de mérito y del cumplimiento de los requisitos, en cualquier etapa del proceso, en el mensaje de
mérito le será notificado a las personas aspirantes que se solicitará a quien, en su caso, resulte ganadora, los
documentos originales (enviados de forma digital en las etapas precedentes del concurso) para cotejo,
verificación y alta para efectos de la emisión del nombramiento respectivo, de no acreditarse su existencia o
autenticidad se descalificará a la persona aspirante, o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso
de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Cultura,
quien se reserva el derecho de ejecutar las acciones legales procedentes.
ETAPA IV.
ENTREVISTA
La modalidad para realizar la entrevista será determinada por el CTS, pudiendo ser a través de
videoconferencia o presencial, misma que se hará del conocimiento de las personas aspirantes bajo los
criterios normativos.
De conformidad con el párrafo segundo del artículo 36 del RLSPCAPF “… El Comité Técnico de Selección,
siguiendo el orden de prelación de las personas aspirantes, el número de estas que pasan a la etapa
de entrevista serán tres y se elegirá de entre ellas, a la persona que considere apta para el puesto, de
conformidad con los criterios de evaluación de ésta”.
De acuerdo con lo establecido en los numerales 271 y 272 del Acuerdo, los resultados obtenidos en los
diversos exámenes y evaluaciones serán considerados para elaborar el listado de personas aspirantes con
los resultados más altos, a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo
con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Secretaría de Cultura.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
505
En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación, accederán a la etapa de
Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de personas candidatas que compartan el tercer
lugar. Cabe señalar, que el número que se continuará entrevistando, será como máximo de tres y sólo en
caso de no contar al menos con persona finalista de entre las personas aspirantes ya entrevistadas.
Con base en los numerales 274 y 275 del Acuerdo, el CTS en la etapa de entrevista, verificará si la persona
aspirante reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, a través de preguntas y con base en las
respuestas que proporcione la persona aspirante, identificará las evidencias que le permitan en un primer
momento considerar una persona finalista y en segundo momento, incluso determinarle ganadora o ganador
del concurso, independientemente de la metodología de entrevista que se utilice. Quienes integran el CTS,
formularán las mismas preguntas a cada persona aspirante y deberán quedar asentadas al reporte individual
de evaluación de las personas aspirantes entrevistadas.
La entrevista permitirá la interacción de cada una de las personas quienes integran el CTS o, en su caso, de
especialistas con las personas aspirantes, a efecto de evitar que ésta se realice sólo por su Presidenta(e) o
alguna otra persona integrante.
ETAPA V.
DETERMINACION
Se considerarán finalistas a las personas aspirantes que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
sistema de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un resultado aprobatorio (70 puntos) para ser
consideradas aptas para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la LSPCAPF y
40, fracción II del RLSPCAPF.
Con fundamento en el numeral 280 del Acuerdo, durante la determinación del CTS, acordarán la forma en
que emitirán su voto, a efecto de que la/el Presidenta(e) lo haga en última instancia o, en su caso, ejerza su
derecho de veto.
En esta etapa el CTS resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:
I.
Ganadora o ganador del concurso, a quien obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es
decir, al de mayor Calificación Definitiva.
II.
La persona finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto
sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el ganador señalado en el
punto I:
a)
Comunicará a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto.
b)
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada.
III. Desierto el concurso.
DECLARACION DE CONCURSO DESIERTO:
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del RLSPCAPF, el CTS podrá, considerando las
circunstancias del caso, declarar desierto un concurso:
I.
Porque ninguna persona aspirante se presente al concurso.
II.
Porque ninguna persona aspirante obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerada
finalista, o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos del CTS.
Aquellas personas aspirantes que aprueben la entrevista por el CTS y no resulten ganadoras en el concurso,
serán consideradas finalistas y quedarán integradas a la reserva de aspirantes del puesto de que se trate en
la base de datos de la Secretaría de Cultura durante un año contado a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocadas en
ese periodo y de acuerdo con la clasificación de puestos y ramas de cargo, según aplique.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria.
PUBLICACION DE RESULTADOS
Los resultados a lo largo del concurso serán publicados en www.trabajaen.gob.mx identificándose con el
número de folio asignado para cada persona aspirante.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
CALENDARIO DEL CONCURSO
El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo con las fechas establecidas a continuación:
ETAPA
FECHA O PLAZO
Publicación de Convocatoria
04 de marzo de 2026
Registro de personas aspirantes y revisión curricular (en la
herramienta www.trabajaen.gob.mx)
04 al 18 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para Revalidación de Calificaciones
18 al 20 de marzo de 2026
Examen de conocimientos Técnicos
A partir del 24 de marzo al 02 de junio de
2026
(se convocará a las evaluaciones con
dos
días
de
antelación
a
cada
evaluación)
Examen de conocimientos generales de la Administración
Pública Federal
Evaluación de Habilidades
Revisión y Evaluación Documental
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
Determinación
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizarán en las mismas
fechas a aquellas personas aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad de
oportunidades.
Las fechas establecidas solamente son a manera de referencia; debido al número de personas aspirantes que
participen en cada una de las etapas, así como la disponibilidad de recursos para la aplicación de las
evaluaciones, las fechas se modificarán, invitando a las personas aspirantes con dos días hábiles de
anticipación.
En caso de reprogramación, se les enviará la notificación con la fecha reprogramada para desahogar la etapa
que corresponda, sin responsabilidad por el cambio de fechas en el calendario para la Secretaría de Cultura.
Se recomienda dar seguimiento al concurso a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx
DISPOSICIONES GENERALES
En términos de lo dispuesto en las presentes Bases de Participación, las personas aspirantes podrán hacer
uso de las acciones necesarias de inconformidad y revocación, conforme a lo establecido en los Requisitos de
la presente convocatoria, o bien, en los demás ordenamientos administrativos aplicables.
Inconformidad: Por escrito dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó el acto
motivo de la inconformidad o del día en que concluyó el plazo en que se estime debió realizarse un
acto previsto en la LSPCAPF, su reglamento o en los demás ordenamientos administrativos aplicables, en el
Area de Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la Secretaría de Cultura, con domicilio
en Av. Reforma 175, piso 15, Col. Cuauhtémoc, Demarcación Territorial Cuauhtémoc. C.P. 06500, Ciudad de
México, en horario de 09:00 a 18:00 horas o al correo denuncias@cultura.gob.mx, en términos de lo dispuesto
por los artículos 93, 94, 95 y 96 del RLSPCAPF.
Revocación: Por escrito dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente en que se haga del
conocimiento, el nombre de la persona aspirante que obtuvo la calificación más alta en el procedimiento de
selección, las y los interesados ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur Núm. Ext. 1735, piso 1, Ala Sur, Col. Guadalupe Inn, Demarcación
Territorial Alvaro Obregón, C.P. 01020, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, en términos de lo dispuesto
en los artículos 76, 77 y 78 de la LSPCAPF, 97 y 98 del RLSPCAPF.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, pone a disposición el Sistema de Ciudadanos Alertadores
Internos y Externos de la Corrupción, para alertar actos de corrupción, en los que se encuentren
involucradas personas servidoras públicas https://alertadores.funcionpublica.gob.mx/ o directamente en la
dirección señalada del Organo Interno de Control.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el CTS conforme a las
disposiciones aplicables.
RESOLUCION DE DUDAS
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas aspirantes formulen con relación
a los puestos y el desarrollo del presente concurso, se encuentra disponible la cuenta de correo electrónico
ingreso@cultura.gob.mx.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Cultura
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por acuerdo del Comité Técnico de Selección
Secretario Técnico del Comité
Lizardo Mijangos Báez
Rúbrica.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
NOTA ACLARATORIA DE CANCELACION DE CONCURSOS
La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección,
atendiendo lo establecido en el artículo 293 fracción III, del Acuerdo por lo que se establecen las
Disposiciones generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, publicado en
el Diario Oficial de la Federación con fecha del 12 de diciembre de 2025, y con el objeto de privilegiar la
observancia de los principios rectores del Servicio Profesional de Carrera, emite la siguiente Nota Aclaratoria
en la que se cancelan los siguientes concursos con efectos al 04 de marzo de 2026; incluidos en la
Convocatoria CJEF 03/2025 publicada el 26 de noviembre de 2025, en el Diario Oficial de la Federación,
portal www.trabajaen.gob.mx y página www.cjef.gob.mx.
Concurso
109054
Puesto
Jefatura de Departamento de Nómina y Presupuesto
Código de puesto
37-109-1-M1C015P-0000215-E-C-M
Adscripción
Dirección de Administración de Personal y Desarrollo Organizacional
Concurso
109055
Puesto
Jefatura de Departamento de Administración de Personal
Código de puesto
37-109-1-M1C014P-0000214-E-C-M
Adscripción
Dirección de Administración de Personal y Desarrollo Organizacional
Lo anterior, en virtud de que los Comités Técnicos de Selección, en la Primera Sesión Extraordinaria de
2026, celebrada el 26 de febrero del 2026, aprobaron cancelar los concursos 109054 y 109055, previo
acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización en su Primera Sesión Extraordinaria de 2026, con fecha del
25 de febrero de 2026, por necesidades organizacionales de la Consejería Jurídica, se determinó que serán
sujetos de un proceso de reestructuración, a fin de aplicar modificaciones a los mismos en el Catálogo de
Puestos de la dependencia.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
“Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo de los Comités Técnicos de Selección
Subdirector de Adquisiciones y Contratos y Secretario Técnico de los Comités Técnicos de Selección
Antonio Ayala González
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 092/2026
Los Comités Técnicos de Selección del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL) con
fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 2003 y su
última reforma publicada el 1° de enero de 2006 y 17, 18, 32 Fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40,
del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la APF, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de
2024, el Acuerdo por el que se establece las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025
emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA 092/2026 de los concursos para ocupar las siguientes plazas
vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
Nombre del
Puesto
COORDINADOR ADMINISTRATIVO
Código de Puesto
48-E00-1-M2C014P-0000669-E-C-F
Nivel
Administrativo
O31
Número de vacantes
1 (UNA)
Percepción
Mensual Bruta
$33,584.00 (TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA
Y CUATRO PESOS 00/100 M.N)
Adscripción
del
Puesto
Museo del Palacio
de Bellas Artes
Sede
Ciudad de México
Funciones
1. Supervisar y coordinar la administración los recursos humanos, materiales Y
financieros se realice en apego a la normatividad vigente, para garantizar el uso
racional y óptimo aprovechamiento de los mismos, con el fin de contribuir al logro de
los objetivos y metas programadas del Museo del Palacio de Bellas Artes.
2. Coordinar los procesos de gestión de trámites de pago de nómina, prestaciones y
servicios, así como movimientos de personal, para atender los requerimientos en
materia recursos humanos del centro de trabajo a través de las disposiciones
normativas.
3. Supervisar la evaluación del desempeño del personal operativo para implementar
acciones de mejora mediante el procedimiento establecido.
4. Coordinar y supervisar la integración del programa anual de detección de
necesidades de capacitación, para contribuir en la formación del capital humano del
centro de trabajo conforme los lineamientos emitidos.
5. Coordinar acciones en materia de registro y control de los recursos
presupuestarios
autorizados
y
ejercidos,
para
contribuir
al
proceso
de
sistematización de la información financiera-presupuestal del centro de trabajo.
6. Supervisar el abastecimiento de bienes de consumo y de servicio en el centro de
trabajo, para asegurar que los mismos se apeguen a las disposiciones normativas
establecidas en la materia.
7. Coordinar el trámite solicitudes de recursos materiales ante las instancias
correspondientes, así como supervisar el uso racional de los recursos materiales
para el funcionamiento adecuado del centro de trabajo.
8. Coordinar que los trámites inherentes a los movimientos de personal, recursos
materiales y financieros se realicen conforme a la normatividad vigente para
coadyuvar en el logro de las metas del centro de trabajo.
9. Coordinar la programación del mantenimiento preventivo y correctivo de las
instalaciones, mobiliario y equipo del centro de trabajo para optimizar su
funcionamiento.
10. Elaborar el programa operativo anual de gasto financiero para el centro de
trabajo de conformidad con los lineamientos establecidos.
11. Planear y controlar el presupuesto autorizado y su ejercicio con el fin de
optimizar los recursos para lograr las metas programadas.
12. Coordinar la distribución racional del presupuesto autorizado para asignar los
recursos financieros y satisfacer las necesidades de los eventos programados
conforme los lineamientos establecidos.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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13. Coordinar se realicen las comprobaciones de presupuesto para la rendición de
cuentas en el manejo de los recursos financieros en apego a la normatividad
aplicable.
14. Coordinar el levantamiento del inventario físico de bienes muebles y de
consumo en las áreas del centro de trabajo para mantener un control de los activos
asignados a la misma.
Perfil
Escolaridad
Licenciatura o Profesional (Titulado) en:
1.
Computación e Informática
2.
Contaduría
3.
Actuaría
4.
Administración
5.
Ciencias Políticas y Administración Pública
6.
Derecho
7.
Economía
8.
Finanzas
9.
Mercadotecnia y Comercio
10. Psicología
11. Relaciones Internacionales
Experiencia laboral
Mínimo 6 años de experiencia en áreas de:
1.
Administración
2.
Contabilidad
3.
Organización y Dirección de empresas
4.
Dirección y desarrollo de recursos humanos
5.
Administración pública
Capacidades
Profesionales
1.
Orientación a Resultados
2.
Trabajo en Equipo
3.
Administración de Recursos Humanos, Materiales y
Financieros
Idiomas
N/A
Otros
Excel, Word, Power Point y uso de internet, conocimiento
del Idioma Inglés a Nivel Básico
Nombre del
Puesto
JEFE DE DEPARTAMENTO DE REMUNERACIONES
Código de Puesto
48-E00-1-M2C014P-0000581-E-C-M
Nivel
Administrativo
O11
Número de vacantes
1 (UNA)
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (VEINTISEIS MIL Y CINCO PESOS 00/100 M.N)
Adscripción
del
Puesto
Dirección de Personal
Sede
Ciudad de México
Funciones
1. Coordinar la recepción, trámite y captura de los movimientos de personal en el
marco de la normatividad aplicable con el fin de contribuir al funcionamiento de los
centros de trabajo que integran al instituto nacional de bellas artes y literatura.
2. Coordinar la recepción de las constancias de nombramiento de nómina interna y
plaza federal, con el objeto de tramitar las remuneraciones correspondientes para el
personal del instituto.
3. Efectuar las altas, bajas o promociones de los trabajadores contratado bajo el
régimen de honorarios o servicios profesionales, con la finalidad de mantener la
base de datos de movimientos de personal actualizada y así tener un control de
plazas ocupadas y vacantes en el instituto nacional de bellas artes.
4. Organizar los contratos de honorarios con la finalidad de enviarlos a cada centro
de trabajo.
5. Elaborar el calendario anual para la recepción de los formatos, contratos de
honorarios, tiempo extra, prima dominical y turnos con el fin de realizar el trámite
oportuno de los documentos recibidos.
6. Elaborar el informe de las altas, bajas o promociones de los trabajadores para
analizar los movimientos de plazas conforme a la metodología establecida.
7. Verificar los movimientos que realizan los centros de trabajo sean acorde a la
normatividad aplicable con la finalidad de detectar errores, corregir, aclarar cada
caso y determinar posibles rechazos.
510
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
8. Analizar y verificar los contratos por servicios profesionales de cada centro de
trabajo con la finalidad de que cumplan con lo dispuesto en la normatividad vigente.
9. Controlar el techo financiero de las remuneraciones adicionales para mantener el
equilibrio
presupuestal
y
elaborar
los
reportes
correspondientes
a
las
Remuneraciones adicionales.
10. Recibir y verificar las solicitudes de pago de tiempo extra y comidas con la
finalidad de que se paguen las remuneraciones correspondientes en apego
a la normatividad vigente.
Escolaridad
Licenciatura o Profesional (Terminado o Pasante) en:
1.
Matemáticas – actuaria
2.
Administración
3.
Ciencias políticas y administración pública
4.
Contaduría
5.
Derecho
6.
Economía
7.
Finanzas
8.
Psicología
9.
Computación e informática
Experiencia laboral
Mínimo 3 años de experiencia en áreas de:
1.
Organización y Dirección de Empresas
2.
Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos
3.
Administración Pública
Capacidades
Profesionales
1.
Orientación a Resultados
2.
Trabajo en Equipo
3.
Recursos Humanos - Organización y Presupuesto
Idiomas
N/A
Otros
Excel, Word, Power Point y uso de internet
Nombre del
Puesto
JEFE DE DEPARTAMENTO DE PERSONAL
Código de Puesto
48-E00-1-M2C014P-0000723-E-C-F
Nivel
Administrativo
O11
Número de vacantes
1 (UNA)
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (VEINTISEIS MIL Y CINCO PESOS 00/100 M.N)
Adscripción del
Puesto
Orquesta Sinfónica
Nacional
Sede
Ciudad de México
Funciones
1. Coordinar y consolidar el desarrollo de los programas en materia de
administración de recursos humanos en la orquesta sinfónica nacional, a través
de la aplicación de las normas y lineamientos establecidos dentro del instituto con el
fin de contribuir al funcionamiento del centro de Trabajo mediante personal.
2. Aplicar los procesos administrativos de los recursos humanos a fin de otorgar en
tiempo y forma las remuneraciones y prestaciones, a través de la legislación laboral
del personal artístico, técnico y administrativo adscrito al centro de trabajo.
3. Realizar la aplicación de medidas disciplinarias al personal por faltas
administrativas a través de la coordinación con las direcciones de asuntos laborales
y asuntos jurídicos a fin de que se determine la sanción de acuerdo al caso.
4. Determinar resolución de problemáticas laborales en las mejores condiciones de
equidad a través de las normas aplicables con la finalidad de fomentar un ambiente
laboral adecuado para la operación del centro de trabajo.
5. Representar al instituto en el cumplimiento de los compromisos que se deriven de
los convenios establecidos a fin de alcanzar el logro los objetivos del centro
de trabajo
6. Vigilar y controlar la asistencia del personal para definir las prestaciones a otorgar
de acuerdo a la normatividad aplicable.
7. Analizar y proponer al personal a capacitar con la finalidad de que el personal
cuente con las capacidades y habilidades necesarias para garantizar el
funcionamiento del centro de trabajo.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
511
8. Supervisar los procesos de contratación, interinatos limitados y licencias para
cubrir con eficiencia y eficacia las necesidades académicas y administrativas del
centro de trabajo
9. Desarrollar todas aquellas funciones afines a las señaladas anteriormente y las
que se deriven de estas de acuerdo a las disposiciones establecidas por el instituto,
así como aquellas que le sean encomendadas por el director artístico, el director
ejecutivo, la subdirección general de bellas artes, de la dirección general del instituto
y de la Secretaría de cultura, a fin de dar cumplimiento a las atribuciones aplicables
conforme a la norma.
Perfil
Escolaridad
Licenciatura o Profesional (Terminado o pasante) en:
1.
Administración
2.
Ciencias políticas y Administración Pública
3.
Contaduría
Experiencia laboral
Mínimo 3 años de experiencia en áreas de:
1.
Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos
2.
Contabilidad
3.
Administración Pública
4.
Organización y Dirección De Empresas
5.
Administración
Capacidades
Profesionales
1.
Orientación a Resultados
2.
Trabajo en Equipo
3.
Administración de recursos humanos, materiales y
Financieros
Idiomas
N/A
Otros
Excel, Word, Power Point y uso de internet
Nombre del
Puesto
JEFE DE DEPARTAMENTO DE AREAS EDUCATIVAS
Código de Puesto
48-E00-1-M2C014P-0000572-E-C-I
Nivel
Administrativo
O11
Número de vacantes
1 (UNA)
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (VEINTISEIS MIL Y CINCO PESOS 00/100 M.N)
Adscripción del
Puesto
Dirección de Programación y
Presupuesto
Sede
Ciudad de México
Funciones
1. Elaborar costos presupuestales de los servicios personales del instituto, con el
propósito de cumplir en tiempo y forma con las disposiciones vigentes.
2. Formular y requisitar los formatos de la plantilla ocupacional, prestaciones
socioeconómicas y el catálogo de puestos y tabulador de sueldos, con la finalidad
de contar con la validación y registro correspondiente.
3. Elaborar costo presupuestal base cero de servicios personales por tipo de
personal y calendarizado, con el propósito de contar con una buena distribución
de los recursos a las áreas adscritas al instituto.
4. Elaborar costo presupuestal de servicios personales como: incrementos
salariales, homologaciones salariales, cancelación-creación de plazas, promoción
docente anual y revisión de prestaciones socioeconómicas, con el propósito de
contar con la autorización correspondiente de dichos movimientos presupuestarios.
5. Elaborar costo presupuestal del programa anual de inversión, con el propósito de
cumplir en tiempo y forma con las disposiciones vigentes.
6. Formular y requisitar los formatos de planeación de programas y proyectos de
inversión, con el propósito de programar los recursos necesarios para el buen
funcionamiento de las áreas adscritas al instituto.
7. Formular y requisitar el formato para el de registro de programas y proyectos de
inversión en cartera, con el propósito de que dichos recursos sean contemplados en
el presupuesto de egresos de la federación.
8. Formular y requisitar el formato de solicitud de liberación de inversión, con el
propósito de contar con la autorización para ejercer los recursos en las diferentes
áreas adscritas al instituto.
9. Elaborar informes relacionados con servicios personales y programa de inversión,
con el propósito de cumplir en tiempo y forma con las disposiciones vigentes.
512
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
10. Elaborar un informe trimestral al seguimiento del ejercicio de los programas y
proyectos de inversión del instituto, con el propósito de cumplir con las disposiciones
vigentes.
11. Elaborar un informe trimestral relativo al seguimiento del ejercicio de servicios
personales por categoría y puestos, con el propósito de cumplir con las
disposiciones vigentes.
12. Elaborar un informe mensual relativo al seguimiento del ejercicio de servicios
personales por concepto de pago, con el propósito de contar con los elementos
necesarios para la toma de decisiones.
Perfil
Escolaridad
Licenciatura o Profesional (Terminado o pasante) en:
1.
Ciencias políticas y Administración Pública
2.
Contaduría
3.
Economía
4.
Finanzas
5.
Matemáticas – Actuaría
6.
Administración
Experiencia laboral
Mínimo 3 años de experiencia en áreas de:
1.
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
2.
Contabilidad
3.
Administración Pública
Capacidades
Profesionales
1.
Orientación a Resultados
2.
Trabajo en Equipo
3.
Programación y Presupuesto
Idiomas
N/A
Otros
Excel, Word, Power Point y uso de internet
Nombre del
Puesto
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ATENCION A CONFLICTOS LABORALES
Código de Puesto
48-E00-1-M2C014P-0000583-E-C-P
Nivel
Administrativo
O11
Número de vacantes
1 (UNA)
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (VEINTISEIS MIL Y CINCO PESOS 00/100 M.N)
Adscripción del
Puesto
Dirección de Asuntos Laborales
Sede
Ciudad de México
Funciones
1. Asesorar jurídico-laboralmente a las diferentes áreas administrativas que
Conforman al instituto así como dictaminar con apego a la ley las solicitudes de las
propias áreas la aplicación de actas administrativas en contra de los trabajadores
que infringen las normas laborales.
2. Asesorar a los centros de trabajo del instituto con apego a las normas jurídicas
aplicables con el fin de regular las relaciones sindicales y sus trabajadores.
3. Asegurar que las solicitudes asignadas al área sean atendidas en tiempo y forma
con el fin de ofrecer opciones de solución conforme a la aplicación de la legislación
laboral.
4. Analizar las peticiones elaboradas por los centros de trabajo o delegación sindical
con el fin de aplicar la normatividad laboral.
5. Establecer consenso a través de vía telefónica con los centros de trabajo
respecto de Alguna solicitud realizada por las delegaciones sindicales para llegar a
un acuerdo apegándose a la normatividad vigente.
6. Analizar las peticiones relacionadas con transferencias de personal de un centro
de trabajo a otro con el fin de obtener la autorización de ambos centros para llevar a
cabo un cambio de adscripción.
7. Consensar con los centros de trabajo en los que se realizará el cambio de
adscripción, con la finalidad de obtener la anuencia de los involucrados.
8. Emitir la anuencia o negativa de los centros de trabajo con el fin de informar a las
Areas correspondientes conforme a la normatividad jurídico-laboral aplicable.
9. Determinar conforme al nivel de plaza y a la normatividad vigente la procedencia
o no del cambio de adscripción.
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
513
10. Analizar cada uno de los asuntos; por comisiones sindicales, laborales, cambio
de adscripción, liberación de tiempo con el fin de ofrecer soluciones con apego
a la ley.
11 Asegurar de que cada uno de los asuntos sean atendidos conforme a la
normatividad establecida.
12. Distribuir los asuntos o peticiones con el fin de otorgar una oportuna y
satisfactoria respuesta a cada uno de ellos.
13. Consensar con el personal subordinado los asuntos o peticiones que formulan
los Centros de trabajo, con la finalidad de unificar criterios apegados a derecho.
14. Proporcionar en forma personal y directa a los administradores de cada centro
de Trabajo, la información jurídico laboral para su conocimiento.
15. Establecer una base de datos del trabajo desarrollado por la jefatura de atención
a conflictos previa firma y acuerdo de los asuntos con el titular del área para su
seguimiento.
16. Analizar con las autoridades de los diversos centros de trabajo la normatividad
aplicable a los casos que ameriten algún tipo de sanción para los trabajadores.
17. Intervenir en las actas administrativas previo análisis jurídico del caso concreto
con las autoridades de los diversos centros de trabajo.
18. Garantizar los derechos y obligaciones de los trabajadores de acuerdo a la
Información jurídico laboral proporcionada a las autoridades de los centros
de trabajo.
19. Analizar con las autoridades de los diversos centros de trabajo la normatividad
aplicable a los casos que ameriten algún tipo de sanción para los trabajadores.
20. Llevar el control de los asuntos que son turnados al personal subordinado y
establecer un término racional para la entrega del trabajo a desarrollar.
Perfil
Escolaridad
Licenciatura o Profesional (Terminado o pasante) en:
1.
Derecho
Experiencia laboral
Mínimo 3 años de experiencia en áreas de:
1.
Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos
2.
Derecho y Legislación Nacionales
3.
Teoría y Métodos Generales
4.
Administración Pública
5.
Sociología Política
Capacidades
Profesionales
1.
Orientación a Resultados
2.
Trabajo en Equipo
Idiomas
N/A
Otros
Excel, Word, Power Point y uso de internet
Nombre del
Puesto
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
Código de Puesto
48-E00-1-M2C014P-0000202-E-C-F
Nivel
Administrativo
O11
Número de vacantes
1 (UNA)
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (VEINTISEIS MIL Y CINCO PESOS 00/100 M.N)
Adscripción del
Puesto
CEDART Frida Kahlo
Sede
Ciudad de México.
Funciones
1. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros, para garantizar el uso
racional y óptimo aprovechamiento de los mismos, con el fin de contribuir al logro de
los objetivos y metas programadas del centro de educación artística Frida Kahlo.
2. Administrar los recursos humanos para optimizar su rendimiento en el centro de
Trabajo a través de la normatividad vigente.
3. Elaborar la documentación y coordinar los trámites relativos al ingreso,
permanencia y egreso del personal y de los prestadores de servicios profesionales
que permita el control del recurso humano.
4. Evaluar el desempeño del personal operativo para implementar acciones de
mejora Mediante el procedimiento establecido.
5. Coordinar el pago oportuno de sueldos y salarios, tiempo extraordinario, comidas,
Pasajes y prestaciones de personal conforme los lineamientos.
514
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
6. Proponer acciones de capacitación para mejorar el desempeño humano a través
del Análisis de necesidades del área.
7. Asegurar que los recursos materiales sean proporcionados a las áreas
sustantivas y/o Adjetivas, con el fin de coadyuvar al logro de las metas establecidas.
8. Elaborar y tramitar solicitudes de recursos materiales ante las instancias
correspondientes, así como supervisar el uso racional de los recursos materiales
para el funcionamiento adecuado del centro de trabajo.
9. Asegurar que los recursos materiales sean proporcionados a las áreas del centro
de trabajo para el cumplimiento de sus programas.
10. Programar el mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones,
mobiliario y equipo del centro de trabajo para optimizar su funcionamiento.
11. Elaborar el programa operativo anual de gasto financiero para el centro de
trabajo de conformidad con los lineamientos establecidos
12. Panear y controlar el presupuesto autorizado y su ejercicio con el fin de
optimizar los Recursos para lograr las metas programadas.
13. Distribuir el presupuesto autorizado para asignar los recursos financieros y
satisfacer las necesidades de los eventos programados conforme los lineamientos
establecidos.
14. Realizar las comprobaciones de presupuesto para la rendición de cuentas en el
manejo de los recursos financieros en apego a la normatividad aplicable.
15. Actualizar el inventario de los bienes asignados al centro de trabajo a través de
las Altas y bajas de bienes muebles para mantener en orden el inventario del activo
fijo.
16. Asegurar que las altas, bajas o transferencias de bienes muebles se sujeten a
los procesos establecidos para su reporte a la dirección de recursos materiales
a través de la requisición de las cédulas censales de inventario.
17. Coordinar que los trámites inherentes a los movimientos de personal, recursos
Materiales y financieros se realicen conforme a la normatividad vigente para
coadyuvar
Perfil
Escolaridad
Licenciatura o Profesional (Terminado o Pasante) en:
1.
Ciencias Políticas y Administración Pública
2.
Economía
3.
Psicología
4.
Administración
5.
Computación e Informática
6.
Contaduría
7.
Finanzas
8.
Matemáticas – actuaria
9.
Mercadotecnia y Comercio
Experiencia laboral
Mínimo 3 años de experiencia en áreas de:
1.
Administración
2.
Contabilidad
3.
Organización y Dirección de Empresas
4.
Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos
5.
Administración Pública
Capacidades
Profesionales
1.
Orientación a Resultados
2.
Trabajo en Equipo
3.
Servicios Generales
Idiomas
N/A
Otros
Excel, Word, Power Point y uso de internet
Nombre del
Puesto
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
Código de Puesto
48-E00-1-M2C014P-0000655-E-C-F
Nivel
Administrativo
O31
Número de vacantes
1 (UNA)
Percepción
Mensual Bruta
$33,584.00 (TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS
00/100 M.N)
Adscripción del
Puesto
Escuela Superior de Música y Danza
Monterrey
Sede
Monterrey N. L
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
515
Funciones
1. Coordinar los procesos de gestión de trámites de pago de nómina, prestaciones y
servicios, así como movimientos de personal, para atender los requerimientos en
materia recursos humanos del centro de trabajo a través de las disposiciones
normativas.
2. Supervisar la evaluación del desempeño del personal operativo para implementar
acciones de mejora mediante el procedimiento establecido.
3. Coordinar y supervisar la integración del programa anual de detección de
necesidades de capacitación, para contribuir en la formación del capital humano del
centro de trabajo conforme los lineamientos emitidos.
4. Coordinar acciones en materia de registro y control de los recursos
presupuestarios
autorizados
y
ejercidos,
para
contribuir
al
proceso
de
sistematización de la información financiera-presupuestal del centro de trabajo.
5. Supervisar el abastecimiento de bienes de consumo y de servicio en el centro de
trabajo, para asegurar que los mismos se apeguen a las disposiciones normativas
establecidas en la materia.
6. Coordinar el trámite solicitudes de recursos materiales ante las instancias
correspondientes, así como supervisar el uso racional de los recursos materiales
para el funcionamiento adecuado del centro de trabajo.
7. Coordinar que los trámites inherentes a los movimientos de personal, recursos
materiales y financieros se realicen conforme a la normatividad vigente para
coadyuvar en el logro de las metas del centro de trabajo.
8. Coordinar la programación del mantenimiento preventivo y correctivo de las
instalaciones, mobiliario y equipo del centro de trabajo para optimizar su
funcionamiento.
9. Elaborar el programa operativo anual de gasto financiero para el centro de trabajo
de conformidad con los lineamientos establecidos.
10. Planear y controlar el presupuesto autorizado y su ejercicio con el fin de
optimizar los recursos para lograr las metas programadas.
11. Coordinar la distribución racional del presupuesto autorizado para asignar los
recursos financieros y satisfacer las necesidades de los eventos programados
conforme los lineamientos establecidos.
12. Coordinar se realicen las comprobaciones de presupuesto para la rendición de
cuentas en el manejo de los recursos financieros en apego a la normatividad
aplicable.
13. Coordinar el levantamiento del inventario físico de bienes muebles y de
consumo en las Areas.
Perfil
Escolaridad
Licenciatura o Profesional (Titulado) en:
1.
Ciencias políticas y Administración Pública
2.
Economía
3.
Administración
4.
Computación e Informática.
5.
Contaduría
6.
Matemáticas – Actuaría
7.
Psicología
8.
Finanzas
9.
Mercadotecnia y Comercio
Experiencia laboral
Mínimo 6 años de experiencia en áreas de:
1.
Administración
2.
Contabilidad
3.
Organización y Dirección de Empresas
4.
Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos
5.
Administración Pública
Capacidades
Profesionales
1.
Orientación a Resultados
2.
Trabajo en Equipo
3.
Administración de Recursos Humanos Materiales y
Financieros
Idiomas
Otros
El puesto tiene bajo su responsabilidad la programación y
ejercicio de presupuesto asignado al centro de trabajo
516
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Nombre del
Puesto
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
Código de Puesto
48-E00-1-M2C014P-0000181-E-C-F
Nivel
Administrativo
O11
Número de vacantes
1 (UNA)
Percepción
Mensual Bruta
$26,005.00 (VEINTISEIS MIL Y CINCO PESOS 00/100 M.N)
Adscripción del
Puesto
CEDART Chihuahua “David Alfaro
Siqueiros”
Sede
Chihuahua Chih.
Funciones
1. Administrar los recursos humanos para optimizar su rendimiento en el centro de
trabajo a través de la normatividad vigente.
2. Elaborar la documentación y coordinar los trámites relativos al ingreso,
permanencia y egreso del personal y de los prestadores de servicios profesionales
que permita el control del recurso humano.
3. Evaluar el desempeño del personal operativo para implementar acciones de
mejora mediante el procedimiento establecido.
4. Coordinar el pago oportuno de sueldos y salarios, tiempo extraordinario, comidas,
pasajes y prestaciones de personal conforme los lineamientos.
5. Proponer acciones de capacitación para mejorar el desempeño humano a través
del análisis de necesidades del área.
6. Asegurar que los recursos materiales sean proporcionados a las áreas
sustantivas y/o adjetivas, con el fin de coadyuvar al logro de las metas establecidas.
7. Elaborar y tramitar solicitudes de recursos materiales ante las instancias
correspondientes, así como supervisar el uso racional de los recursos materiales
para el funcionamiento adecuado del centro de trabajo
8. Asegurar que los recursos materiales sean proporcionados a las áreas del centro
de trabajo para el cumplimiento de sus programas.
9. Programar el mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones,
mobiliario y equipo del centro de trabajo para optimizar su funcionamiento.
10. Elaborar el programa operativo anual de gasto financiero para el centro de
trabajo de conformidad con los lineamientos establecidos
11. Planear y controlar el presupuesto autorizado y su ejercicio con el fin de
optimizar los recursos para lograr las metas programadas.
12. Distribuir el presupuesto autorizado para asignar los recursos financieros y
satisfacer las necesidades de los eventos programados conforme los lineamientos
establecidos.
13. Realizar las comprobaciones de presupuesto para la rendición de cuentas en el
manejo de los recursos financieros en apego a la normatividad aplicable.
14. Actualizar el inventario de los bienes asignados al centro de trabajo a través de
las altas y bajas de bienes muebles para mantener en orden el inventario del activo
fijo.
15. Asegurar que las altas, bajas o transferencias de bienes muebles se sujeten a
los procesos establecidos para su reporte a la Dirección de Recursos Materiales a
través de la requisición de las cédulas censales de inventario.
16. Coordinar que los trámites inherentes a los movimientos de personal, recursos
materiales y financieros se realicen conforme a la normatividad vigente para
coadyuvar en el logro de las metas del centro de trabajo.
Perfil
Escolaridad
Licenciatura o Profesional (Terminado o Pasante) en:
1.
Economía
2.
Ciencias políticas y Administración Pública
3.
Contaduría
4.
Finanzas
5.
Matemáticas – Actuaría
6.
Mercadotecnia y Comercio
7.
Psicología
8.
Administración
9.
Computación - Informática
Experiencia laboral
Mínimo 3 años de experiencia en áreas de:
1.
Administración
2.
Contabilidad
3.
Organización y Dirección de Empresas
4.
Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos
5.
Administración Pública
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
517
Capacidades
Profesionales
1.
Orientación a Resultados
2.
Trabajo en Equipo
3.
Servicios Generales
Idiomas
N/A
Otros
Excel, Word, Power Point y uso de internet
Observaciones: El concurso podrá cancelarse en cualquiera de los siguientes supuestos: a) cuando medie
orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que
se trate, o b) el puesto de que se trate sea considerado para dar cumplimiento a laudo o resolución que cause
estado, para restituir en sus derechos a alguna persona, o c) el Comité Técnico de Profesionalización
determine que se modifica o suprime el catálogo el puesto en cuestión.
BASES DE PARTICIPACION
Principios del
concurso
El lenguaje empleado en la presente Convocatoria no busca generar ninguna
clase de discriminación, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo
que las referencias o alusiones hechas al género masculino representan
siempre a todos/as, hombres y mujeres, abarcando claramente ambos sexos.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia,
objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de
género, sujetándose al desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico
de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, Decreto por el que se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la APF, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero
de 2024, el Acuerdo por el que se establece las Disposiciones generales en materia
de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección, conforme a las disposiciones vigentes.
Requisitos de
Participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano mexicano en pleno
ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a
desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito
doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no
pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar
inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal,
así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada puesto.
No se ejercerá discriminación por razón alguna, incluyendo género, edad, condición
de salud, religión, estado civil, origen étnico o condición social.
En cada etapa del procedimiento de selección las personas candidatas tienen 15
minutos de tolerancia a partir de la hora de su cita, transcurrido dicho tiempo no se
permitirá el acceso bajo ninguna circunstancia.
Registro de
Aspirantes
La entrega de solicitudes para la inscripción a un concurso y el registro de las
personas aspirantes al mismo se realizarán, a través de la herramienta
https://trabajaen.gob.mx, la cual les asignará un folio para el concurso al aceptar las
condiciones del concurso, formalizando su inscripción a éste e identificándolos así
durante todo el proceso hasta la conclusión de este, asegurando así el anonimato de
las personas aspirante.
La acreditación de la etapa de revisión curricular es indispensable para continuar en
el proceso de selección de que se trate.
NOTA: En caso de que su RFC y/o CURP registrados en el portal de
https://trabajaen.gob.mx
no
corresponda
al
expedido
por
las
instancias
correspondientes, deberá solicitar su corrección a la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno desde su cuenta en la página https://trabajaen.gob.mx, adjuntando al
archivo el RFC o CURP, según el dato que requiera corregir, toda vez que es motivo
de descarte en el cotejo documental cuando no corresponda la información
registrada en https://trabajaen.gob.mx con la documentación presentada por las
personas candidatas.
518
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Reactivación de
Folios
La reactivación de folio se llevará a cabo durante el periodo de la inscripción al
puesto.
Con respecto a la reactivación de folios, el Comité Técnico de Selección podrá
determinar, bajo su responsabilidad, por mayoría de votos la reactivación de los
folios de los aspirantes que hayan sido descartados en alguna fase del concurso
público de ingreso, sólo en aquellos casos en que se actualicen los supuestos
descritos a continuación:
Cuando el descarte del folio sea originado por causas no imputables a la persona
aspirante, por errores en la captura de información u omisiones que se acrediten
fehacientemente, a juicio de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
En estos casos cuando el Comité Técnico de Selección determine la procedencia de
adoptar estas medidas, deberá documentar el error o errores con las impresiones de
pantalla del sistema que correspondan.
La personal aspirante deberá solicitar por escrito su petición de reactivación de folio
ante el Comité Técnico de Selección a través del correo electrónico
ingreso@inba.gob.mx, dicho escrito deberá incluir lo siguiente:
• Pantallas impresas del portal https://trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de
rechazo.
• Justificación de por qué se considera que se debe reactivar el folio.
• Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad.
• Indicar la ubicación física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su
petición, la cual será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección
respectivo.
Asimismo, la reactivación de folios no será procedente, cuando las causas de
descarte sean imputables a la persona aspirante como:
• La renuncia a concursos por parte de la persona aspirante.
• La renuncia a calificaciones de evaluaciones de capacidades.
• La duplicidad de registros y la baja en el Sistema imputables a la persona
aspirante.
Una vez pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones de
reactivación.
Las etapas que comprenderá la presente convocatoria serán las siguientes:
I.
Revisión curricular;
II.
Exámenes de conocimientos técnicos, conocimientos generales de la APF y
evaluaciones de habilidades
III. Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de las personas
candidatas;
IV. Entrevistas, y
V. Determinación.
A partir de la Etapa II y hasta la Etapa IV, las personas aspirantes deberán
presentar, para realizar su registro a cada etapa, lo siguiente:
1.
Imagen impresa de la pantalla de Bienvenida de su portal de trabajaen.
2.
Identificación oficial vigente con fotografía (INE, Pasaporte).
Etapas del
Concurso y
Calendarios
El concurso se conducirá de acuerdo con la programación que se indica; las fechas
podrán modificarse cuando así resulte necesario sin previo aviso, por lo que se
recomienda dar seguimiento al concurso a través del portal trabajaen.gob.mx
CALENDARIO CIUDAD DE MEXICO
Etapa
Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria
04 al 18 de marzo de 2026.
Registro de Aspirantes
04 al 18 de marzo de 2026.
Revisión Curricular
04 al 18 de marzo de 2026.
Examen de Conocimientos Técnicos
23 al 25 de marzo de 2026
Examen de Conocimientos Generales de la APF
30 al 31 de marzo de 2026
Evaluación de Habilidades
6 al 7 de abril de 2026
Cotejo Documental
10 de abril de 2026
Evaluación de Experiencia
10 de abril de 2026
Valoración del Mérito
10 de abril de 2026
Entrevista
20 de abril
Determinación del Candidato Ganador/a
20 al 30 de abril de 2026
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
519
CALENDARIO FORANEAS
Etapa
Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria
04 al 18 de marzo de 2026.
Registro de Aspirantes
04 al 18 de marzo de 2026.
Revisión Curricular
04 al 18 de marzo de 2026.
Examen de Conocimientos Técnicos
23 al 25 de marzo de 2026
Examen de Conocimientos Generales de la APF
30 al 31 de marzo de 2026
Evaluación de Habilidades
6 al 7 de abril de 2026
Cotejo Documental
10 de abril de 2026
Evaluación de Experiencia
10 de abril de 2026
Valoración del Mérito
10 de abril de 2026
Entrevista
20 de abril
Determinación del Candidato Ganador/a
20 al 30 de abril de 2026
Presentación
de evaluaciones y
desahogo de
las etapas del
proceso
El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura comunicará, la fecha, hora y lugar
en que las personas aspirantes deberán presentarse para el desahogo de cada una
de las etapas y fases del concurso a través del portal https://trabajaen.gob.mx en el
rubro “Mis Mensajes”. En dichas comunicaciones, se especificará la duración
aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del
examen. No se aplicará la evaluación respectiva si las personas participantes no
presentan la documentación requerida por el Instituto, asimismo contarán con una
tolerancia de 15 minutos para presentar dichas evaluaciones y será motivo de
descarte si no se presenta en la fecha y hora señalada.
Examen de Conocimientos Técnicos, Examen de Conocimientos Generales de
la APF y la Evaluación de Habilidades
La calificación mínima aprobatoria para el examen de conocimientos técnicos es
80%, este examen será motivo de descarte, en caso de tener un puntaje inferior a lo
establecido.
Una vez presentado y acreditado el examen de conocimientos técnicos podrá
presentar el examen de conocimientos generales de la APF, el cual no tiene
calificación mínima aprobatoria, sin embargo el puntaje obtenido en la evaluación de
la APF será promediado con la evaluación de conocimientos técnicos, dicho
promedio obtenido de 70 puntos como mínimo aprobatorio, y será motivo de
descarte, en caso de tener un puntaje inferior a lo establecido, asimismo el no
presentar el examen de la APF será motivo de descarte. Para presentar esta
evaluación será indispensable que las personas participantes traigan la contraseña
de acceso a su cuenta de correo de TrabajaEn, ya que sólo con ésta podrán
ingresar al examen, de lo contrario no presentarán esta evaluación, y será motivo de
descarte.
Se realizará la evaluación de 2 habilidades, de conformidad con el perfil del puesto,
se evalúan con las herramientas del propio Instituto bajo los parámetros de
acreditación que fue establecido (70% de calificación mínima para cada una), la
calificación menor al 70% se considera reprobatoria y por lo tanto es motivo de
descarte, el resultado obtenido será válido para todos los concursos de esta
Convocatoria en los que se encuentre inscrito.
El Instituto aplicará sus propias herramientas para las Evaluaciones de
Conocimientos y de Habilidades, considerando la vigencia por un año aquellas
evaluaciones con calificaciones aprobatorias, aplicable únicamente en los concursos
realizados en este Instituto, siempre y cuando no se realice cambios en los reactivos
de estas.
Los temarios referentes al examen de conocimientos técnicos se encontrarán a
disposición de las personas aspirantes en la página electrónica del Instituto Nacional
de Bellas Artes y Literatura inba.gob.mx en el apartado de Servicio Profesional de
Carrera, https://spc.inba.gob.mx a partir de la fecha de publicación de la presente
convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
520
DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
El temario para el examen de conocimientos generales de la APF se encontrará a
disposición
de
las
personas
aspirantes
en
la
página
electrónica
https://trabajaen.gob.mx en el apartado de Documentos e información relevante.
Los temarios para las evaluaciones de habilidades se encontrarán a disposición de
las personas aspirantes en la página electrónica del Instituto Nacional de Bellas
Artes y Literatura https://inba.gob.mx, en el apartado de Servicio Profesional de
Carrera, https://spc.inba.gob.mx a partir de la fecha de publicación de la presente
convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Las personas participantes contarán con dos días hábiles a partir de la fecha de
aplicación para presentar sus dudas, quejas o inconformidades, sobre las
herramientas de Evaluación. En ningún caso procederá la revisión respecto
del contenido o los criterios de evaluación de conformidad con el artículo 265 del
Acuerdo por el que se establece las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 19 de diciembre de 2025.
Revisión Documental
Las personas aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o
copia certificada y copia simple por ambos lados, según el caso, los siguientes
documentos, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto
reciban:
1.
Currículum Vítae Ejecutivo impreso en hoja blanca sin fondo y el resumen del
currículo obtenido a través del portal https://trabajaen.gob.mx debidamente
actualizado y firmado.
2.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda.
3.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el que
concursa (sólo se aceptará cédula profesional y/o título y para los casos en los
que el perfil del puesto establezca en sus requisitos de escolaridad, el nivel de
pasante, documento oficial que así lo acredite). Si el título y/o la Cédula
Profesional correspondiente está en trámite (con antigüedad de un año), se
podrá presentar el documento que avale dicho trámite ante la autoridad
competente y/o el acta del examen profesional aprobatorio y/u oficio original
de la institución educativa donde establezca que la persona cubrió el total de
créditos de nivel de estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos en
los que el perfil del puesto establezca como requisitos de escolaridad el nivel de
Pasante, se tendrá que presentar el documento oficial que así lo acredite como
puede ser la Carta de pasante o documento (oficio y tira de materias) donde
establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios
correspondientes. En el caso de contar con estudios en el extranjero, se deberá
presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial
expedido por la Secretaría de Educación Pública. Las personas aspirantes
podrán cubrir escolaridades de nivel Licenciatura con grado de avance de
Especialidad, Maestría y/o Doctorado en las áreas de estudio y carreras que
establece el perfil del puesto en concurso, de acuerdo con la normatividad
aplicable.
4.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial
vigente para votar con fotografía expedida por el INE o pasaporte).
5.
Cartilla liberada (en el caso de hombres hasta los 40 años).
6.
Comprobante de domicilio completo (Recibo telefónico, Agua, Predio)
7.
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil de
puesto e ingresos (ejemplo: carta de recomendación de la empresa en hoja
membretada,
recibos
de
pagos,
nómina
o
contrato
de
honorarios,
alta en instituciones de seguridad social, contrato laboral, Hoja Unica de
Servicios, etc.).
Miércoles 4 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
521
8.
Copia del Registro Federal de Contribuyentes (Formato del SAT)
9.
Copia de la CURP
10. Copia de reconocimientos al mérito que se hayan obtenido (ejemplo:
evaluaciones del desempeño, menciones honoríficas, premios, constancias de
Diplomados, publicaciones especiales, Graduación con Honores o con
Distinción, Reconocimientos por colaboraciones, ponencias o trabajos de
investigación, Reconocimientos por Antigüedad en el Sector Público; para
Servidores Públicos de Carrera evaluaciones del desempeño y Resultados de
Capacitación, Certificaciones, etc), NINGUNA CONSTANCIA DE CURSOS
SERAN VALIDAS PARA COTEJO DOCUMENTAL.
11. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena
privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio
público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la
documentación presentada es auténtica.
12. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado/a por algún
programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública
Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
13. Comprobante de folio asignado por el Portal https://trabajaen.gob.mx para el
concurso.
14. Las personas aspirantes que sea servidor público de carrera titular que desee
acceder (promoción) a un cargo del sistema Servicio Profesional de Carrera en
la Administración Pública Federal de mayor responsabilidad o jerarquía al que
ocupa, deberá presentar al menos dos evaluaciones de desempeño anuales.
Las evaluaciones mencionadas se acreditarán en el momento de la revisión
documental, sin embargo, en el caso de que el servidor público no cuente con
alguna de las evaluaciones por causas imputables a la dependencia, no se le
exigirán éstas y en su lugar el Comité Técnico de Selección solicitará a la
dependencia la información necesaria para tales fines.
Las personas participantes contarán con dos días hábiles a partir de la fecha del
Cotejo Documental para presentar sus dudas, quejas o inconformidades, sobre las
Evaluaciones de Experiencia y Mérito.
El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura se reserva el derecho de solicitar en
cualquier momento o etapa del proceso, la documentación o referencias que
acrediten los datos registrados en el portal https://trabajaen.gob.mx por el aspirante
para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los requisitos y de no
acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante, o en su caso se
dejará sin efecto el resultado del proceso de Selección y/o el Nombramiento que
se haya emitido, sin responsabilidad para el Instituto Nacional de Bellas Artes y
Literatura, el cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales
procedentes.
En ningún caso el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura solicitará prueba de
no gravidez y de VIH (SIDA).
NOTA MOTIVO DE DESCARTE:
Será motivo de Descarte independientemente que aplique en cualquiera de las
etapas del concurso cuando la documentación que presente el aspirante en el
Cotejo
Documental
no
corresponda
a
la
registrada
en
el
portal
de
https://trabajaen.gob.mx, en específico, R.F.C., CURP, y experiencia laboral, en el
caso del comprobante máximo de estudios estará sujeto según el caso, al artículo
221 del Acuerdo por el que se establece las Disposiciones generales en materia de
recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025.
Así mismo, es motivo de descarte si no se presenta el aspirante en la hora y fecha
señalada para cada una de las etapas como son las Evaluaciones de Conocimientos
Técnicos, Conocimientos Generales de la APF, Habilidades y Cotejo Documental.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
Evaluación de Experiencia, Valoración del Mérito
Los elementos considerados en la Evaluación de la Experiencia son los siguientes:
orden de los puestos desempeñados; duración de los puestos desempeñados;
experiencia en el sector público; experiencia en el sector privado; experiencia en el
sector social; nivel de responsabilidad, nivel de remuneración; relevancia de
funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante; en
su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante; en su caso,
aptitud en puestos inmediato inferiores al de la vacante.
Los elementos considerados en la Valoración del Mérito son los siguientes:
resultados de las dos últimas evaluaciones del desempeño; resultados de las
acciones de capacitación; resultados de procesos de certificación (en caso de que
sean Servidores Públicos de Carrera Titulares), logros; distinciones; reconocimientos
o premios; actividad destacada en lo individual; otros estudios, y habla de lengua
indígena.
Las escalas de calificación para evaluación la Experiencia y Valorar el Mérito
pueden ser consultadas en la página https://trabajaen.gob.mx, en el ícono de
“Documentos e Información Relevante”- Metodología y Escalas de Calificación para
la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito
Evaluación Psicométrica
De conformidad a lo establecido en la Primera Sesión Ordinaria 2026 del Comité
Técnico de Profesionalización, se aplicará únicamente a las primeras 3 personas
candidatas en el orden de prelación de acuerdo con las calificaciones obtenidas en
las etapas II y III.
Dicha evaluación podrá llevarse a cabo de manera presencial o en línea. La persona
aspirante deberá presentarse en la hora, fecha y lugar señalados, en caso de que se
realice de manera presencial.
Los resultados de la Evaluación Psicométrica no serán motivo de descarte, pero si
podrá ser considerada para la Etapa de Determinación a efecto de que los
integrantes del Comité Técnico de Selección cuenten con mayores elementos para
estar en posibilidad de emitir su voto.
El Comité Técnico de Selección podrá considerar los resultados como referencia de
las personas candidatas para el concurso.
Entrevista
La evaluación de la entrevista de los candidatos se realizará de conformidad con los
siguientes criterios:
I.- Cualitativo:
•
Aspectos cualitativos y valorativos de su historia profesional, motivación al
cargo, calidad de las respuestas,
•
Profundizar en la información que se tiene del candidato a través de su
Currículum previo.
•
Comprobar si el estilo personal del candidato (actitud, motivaciones,
personalidad, habilidades, experiencia, etc.) coincide con lo que lo que el
Instituto espera.
II.- Cuantitativo (CERP):
•
Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
•
Estrategia o acción (simple o compleja)
•
Resultado (sin impacto o con impacto)
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
Presentación
de evaluaciones y
desahogo de
las etapas del
proceso
EQUIVALENCIAS – SISTEMAS DE PUNTUACION
VALOR
EQUIVALENCIA
CLAVE
90-100
EXCELENTE
EXC
70-89
SOBRESALIENTE
SOB
50-69
ESPERADO
ESP
30-49
REGULAR
REG
10-29
DEFICIENTE
DEF
0
NO CUMPLE
NC
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DIARIO OFICIAL
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Serán entrevistadas las primeras tres personas aspirantes en el orden de prelación
de acuerdo con las calificaciones obtenidas, considerando que de no contar al
menos con 1 persona finalista de entre las personas candidatas ya entrevistadas se
continuará entrevistando a los tres siguientes lugares, conforme a lo previsto en el
Artículo 36 del Reglamento y a los acuerdos determinados en la Primera Sesión
Ordinaria del Comité Técnico de Profesionalización del 18 de febrero de 2026.
La entrevista podrá llevarse a cabo de manera presencial o a través de medios
remotos de comunicación, en ambos casos las personas aspirantes se apegarán a
las fechas y horarios señalados.
Determinación
Serán considerados finalistas, las personas candidatas que acrediten el Puntaje
Mínimo de Calificación establecidos en el Sistema de Puntuación General, el cual
será de 80 puntos en todos los casos.
En esta etapa con fundamento en el artículo 74 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, artículos 36, 39 y 40, de su
Reglamento, y artículo 280 del Acuerdo por el que se establece las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025 los
integrantes del Comité Técnico de Selección resolverán el proceso de selección,
mediante la emisión de su voto, y en su caso determinarán al ganador/a del
concurso o declararlo desierto.
En caso de empate, el Comité Técnico de Selección determinará con base en el
artículo 36 del RLSPCAPF y el artículo 281 del Acuerdo por el que se establece las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre
de 2025.
Revisión de
Exámenes
En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente determine la
revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación
de las herramientas de evaluación, métodos y/o procedimientos utilizados, sin que
implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso
procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
Declaración de
Concurso
Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso,
declarar desierto un concurso:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II. Porque ninguno de las personas candidatas obtenga el Puntaje Mínimo de
Calificación para ser considerado finalista, o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de Determinación y en ésta
sea vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del
Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
Publicación de
Resultados
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal
de https://trabajaen.gob.mx, identificándose a la persona aspirante con su número
de folio asignado por dicho sistema.
Las
estadísticas
del
concurso
podrán
verificarse
en
la
página
de
https://spc.inba.gob.mx, dentro de los treinta días naturales posteriores a la
conclusión del concurso.
Sistema de
Puntuación
El examen de Conocimientos Técnicos la calificación mínima aprobatoria es de
ochenta (80), o superior de lo contrario es motivo de descarte.
El examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal será
aplicado sólo a los participantes que hayan obtenido un puntaje igual a 80 o superior
en el examen de Conocimientos Técnicos, y no cuenta con calificación mínima
aprobatoria.
El valor ponderado de los exámenes de Conocimientos Técnicos y Conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal será de 50% cada uno, para obtener
un total de 100%.
El resultado del examen de Conocimientos Técnicos y del examen de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal serán sumados, con
el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de Exámenes de conocimientos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 4 de marzo de 2026
En caso de obtener un resultado entre el examen de conocimientos técnicos y el
examen de conocimientos generales de la APF menor a 70, el sistema procederá al
descarte
El resultado mínimo aprobatorio para cada habilidad gerencial será de 70.
Para efectos de continuar con el procedimiento de selección, las personas
aspirantes deberán aprobar las evaluaciones precedentes.
Los puntajes obtenidos en el Examen de Conocimientos Técnicos, el Examen de
Conocimientos Generales de la APF, en las Evaluaciones de Habilidades, en la
Evaluación de la Experiencia y en la Valoración del Mérito, serán considerados para
elaborar en orden de prelación la lista de las 3 personas candidatas que participarán
en la etapa de Entrevista, considerando que de no contar al menos con 1 persona
finalista de entre los candidatos ya entrevistados se continuará entrevistando a 3
personas candidatas más conforme a lo previsto en el Artículo 36 del Reglamento,
de acuerdo con la siguientes ponderaciones, así como al sistema de puntuación
autorizado en la Primera Sesión Ordinaria del Comité Técnico de Profesionalización
del día 18 de febrero de 2026.
SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL
ETAPA
SUB-ETAPA
JEFE DE
DEPARTAMENTO
COORDINADOR
DIRECTOR
DE AREA
II Examen de
Conocimientos y
Evaluación de
Habilidades
Examen de
conocimientos técnicos
(CT) 50%
CG+CT=30
CG+CT=25
CG+CT=15
Examen de
Conocimientos
Generales de la APF
(CG) 50%
Evaluación de
Habilidades
15
20
15
III Evaluación de la
Experiencia y
Valoración del
Mérito
Experiencia
15
15
30
Mérito
10
10
10
IV Entrevista
-------
30
30
30
Total
II+III+IV = 100
100
100
100
Una vez que la persona candidata haya obtenido el Puntaje Mínimo de Calificación,
el cual será de 80 en una escala de 0 a 100 puntos, será considerada finalista y
pasará a la etapa de Determinación
Determinación y
Reserva
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de Servidor/a Público/a
de Carrera Titular en otra dependencia o entidad, para poder ser nombrado en el
puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que
acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos
puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del
artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, en la dependencia o entidad donde causó baja.
Las personas candidatas finalistas que no resulten ganadoras quedarán integrados
a la Reserva de Aspirantes del Puesto de que se trate en el Instituto Nacional de
Bellas Artes y Literatura, durante un año contado a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso de que se trate.
Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados, en ese periodo y de
acuerdo con la clasificación de puestos y ramas de cargo a nuevos concursos
destinados a tal rama de cargo o puesto según aplique.
Fallo
Los resultados serán publicados en el portal https://trabajaen.gob.mx, incluyendo la
determinación del Comité Técnico de Selección.
Disposiciones
Generales
1.
En el portal https://trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2.
Los datos personales de los/as concursantes son confidenciales aun después
de concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
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DIARIO OFICIAL
525
4.
Todas las etapas del proceso de selección para los puestos vacantes ubicados
en la CDMX, se llevarán a cabo en el Centro de Capacitación y Desarrollo, de la
Dirección de Personal del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, sito en
Dinamarca 38, Col. Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06000, o en la sede que
se le informe previamente en esta Ciudad de México.
Todas las etapas del proceso de selección para el puesto vacante de la Escuela
Superior de Música y Danza de Monterrey se llevarán a cabo en calle Padre
Mier No. 1720 poniente, Colonia Obispado, C.P. 64060 Monterrey NL.
Todas las etapas del proceso de selección para el puesto vacante del CEDART
Chihuahua “David Alfaro Siqueiros”, se llevarán a cabo en calle 4a No. 1414,
Zona Centro, C.P 31000, Chihuahua Chih.
5.
Las personas concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Quejas de la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Bellas Artes
y Literatura, en Nueva York No. 224, Col. Nápoles, Alcaldía Benito Juárez,
C.P. 03810, Ciudad de México, teléfono 55-15-55-19-20 correo electrónico
ecuachil@inba.gob.mx, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
6.
Para el Recurso de Revocación será en las Oficinas de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno ubicadas en Av. Insurgentes Sur 1735,
Col. Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México en
términos de lo dispuesto en el Título Cuarto de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal y del Capítulo Décimo Octavo
de su Reglamento, ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno en términos de lo dispuesto por la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su
Reglamento.
7.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
8.
Durante el desarrollo y aplicación de la etapa II no se permitirá el uso de
teléfonos celulares, computadoras de mano, dispositivo de CD, DVD, memorias
portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras, así como
cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir,
copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones.
Resolución de
Dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los/as aspirantes
formulen con relación al puesto y el proceso del presente concurso, el Instituto
Nacional de Bellas Artes y Literatura ha implementado el correo electrónico
ingreso@inba.gob.mx y el número telefónico: 55 10 00 46 22 Exts. 1170, 1164 y
1166 de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas, durante el proceso de ingreso.
Asimismo, podrán verificar los resultados de los concursos a través de la página de
https://trabajaen.gob.mx, del lado derecho encontrará el ícono de “Información y
Búsqueda de concurso, en la parte superior encontrará el apartado de “Información
sobre concurso”, le arrojará un cuadro donde se encuentra el apartado de
“seguimiento de un concurso por folio” deberá de introducir el No. de Folio, le da
enviar y le arrojará el resultado del concurso.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, el Secretario Técnico
Coordinador de Registro y Control de la Dirección de Personal
Mtro. Eric Rafael Blas Cortés
Firma Electrónica
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Miércoles 4 de marzo de 2026
Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera
Titular de la Unidad de Gobierno
Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara
Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
Cuotas por derecho de publicación:
Oficinas ubicadas en:
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios.
Página web: www.dof.gob.mx
Esta edición consta de 526 páginas
1/8 de plana..................
$
2,843.00
4/8 plana ......................
$ 11,372.00
1 plana .........................
$ 22,744.00