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Análisis del DOF · 1 de diciembre de 2025

Diario Oficial de la Federación, Edición Matutina, No. de publicación 322/2025, Ciudad de México, lunes 1 de diciembre de 2025

Requiere atención urgente

Tipo de documento: Edición del Diario Oficial de la Federación (compilación de Acuerdos, Reglas de Operación, Convenios, Sentencia y Avisos)

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Estadísticas

6 Hallazgos
6 Categorías de riesgo
6 Vacíos regulatorios
0 Menciones explícitas de IA
6 Menciones implícitas de IA

Metadatos

Fecha de publicación
1 de diciembre de 2025
Dependencia emisora
Múltiples (SEGOB, SSPC, SHCP/FIRA, SICT, SEP, SEDATU, Comisión Nacional Antimonopolio, ISSSTE, Cámara de Senadores, SCJN, Banco de México, INE)
Sector
Múltiple (Seguridad pública/inteligencia, Fiscal/Hacienda, Financiero/Agropecuario, Infraestructura aérea, Educación, Vivienda, Competencia económica, Electoral, Justicia)
Ámbito de aplicación
Federal
Severidad máxima
Muy Alta
Veredicto de revisión
bueno

Categorías de riesgo presentes

Justificación de urgencia

El Acuerdo de la SSPC habilita capacidades de inteligencia e 'identificación y comprensión de patrones y dinámicas delictivas' para investigación y persecución penal, mediante 'aprovechamiento de la tecnología informática', sin establecer transparencia, control judicial, límites al perfilamiento, ni salvaguardas de datos personales. En el contexto mexicano de contrapesos débiles y antecedentes de abuso de tecnología de vigilancia, este vacío implica riesgo directo a privacidad, debido proceso y derechos políticos (R9/R3/R1). De forma concurrente, la plataforma AGRITECH FIRA introduce decisiones automatizadas de elegibilidad y confronta masiva de padrones que pueden excluir a poblaciones vulnerables sin mecanismos de apelación (R2/R3).

Síntesis ejecutiva

Esta edición del DOF (1 de diciembre de 2025) es una compilación de instrumentos heterogéneos de múltiples dependencias. Ninguno menciona explícitamente 'inteligencia artificial', pero varios habilitan, mediante eufemismos burocráticos ('tecnología informática', 'análisis de patrones', 'innovación 4.0', 'plataforma digital'), tecnologías y automatizaciones con riesgos regulatorios de IA relevantes. Los hallazgos más críticos son: (1) el Acuerdo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana que delega facultades de inteligencia e investigación basada en 'aprovechamiento de la tecnología informática' e 'identificación y comprensión de patrones y dinámicas delictivas', sin controles de transparencia, judiciales ni de protección de datos (R9, R3, R1 - vigilancia/perfilamiento); y (2) las Reglas de Operación de FIRA, que crean la plataforma AGRITECH FIRA (Industria 4.0, monitoreo de cultivos en tiempo real) y automatizan la validación de elegibilidad de beneficiarios mediante confronta de padrones y burós de crédito (SUSTRAE, BUROTEC, SAS), con rechazo automático de solicitudes y tratamiento masivo de datos personales, incluida huella digital (R2, R3, R7). Las mismas Reglas de FIRA explicitan, además, el contenido tecnológico de la 'innovación 4.0' al definir la 'fertilización óptima' como uso de satélite, cámaras multiespectrales, drones y sensores con programas especializados que generan recomendaciones agronómicas automatizadas (R7, R3, R1), y nombran un Sistema de Inteligencia de Negocios (EBIS) que opera sobre el padrón de acreditados y la cartera de crédito (R3, R2). Se identifican además gaps de menor severidad en la nueva Comisión Nacional Antimonopolio (ausencia de herramientas para vigilar concentración en mercados de IA/digitales, R10) y en la modalidad 'Examen desde casa' del proceso de selección de consejeros electorales del INE (R2). Documentos como la metodología de pronóstico de ingresos de la SHCP (modelo estadístico Holt-Winters, clásico y transparente), el Convenio educativo SEP-Tamaulipas, los programas de vivienda del ISSSTE/FOVISSSTE, la sentencia de la SCJN (Controversia Constitucional 63/2025), el Acuerdo de horarios de la AFAC, los tipos de cambio del Banco de México y los avisos judiciales no presentan riesgos de IA. Se recomienda priorizar la incorporación de salvaguardas de transparencia, control judicial, auditoría de sesgo y derechos de impugnación en los instrumentos de seguridad/inteligencia y en las plataformas de asignación automatizada de subsidios.

Contexto mexicano

Consideraciones especiales

  • Contrapesos institucionales y capacidad de fiscalización limitados frente a facultades de inteligencia y vigilancia; antecedentes de uso indebido de tecnología de espionaje contra periodistas y opositores en México
  • Alta informalidad económica (~60%) y desigualdad digital rural: la elegibilidad automatizada de subsidios (AGRITECH FIRA) y los exámenes en línea pueden excluir sistemáticamente a poblaciones sin historial crediticio formal o conectividad
  • Tratamiento de datos personales sensibles (CURP, RFC, huella digital) en padrones gubernamentales confrontados con múltiples bases (SAT, IMSS, INFONAVIT, burós), en un marco de protección de datos con enforcement débil
  • Concentración institucional al fusionar competencia económica y telecomunicaciones en la Comisión Nacional Antimonopolio, sin herramientas específicas para mercados de IA y dependencia de proveedores tecnológicos extranjeros

Capacidad de implementación

Media-Baja. Los órganos garantes de datos personales y transparencia han sido debilitados o reestructurados, y la supervisión sobre el uso de tecnología por instituciones de seguridad es históricamente opaca. La automatización de elegibilidad en programas de subsidio (FIRA) y las capacidades de inteligencia de la SSPC se despliegan sin obligaciones explícitas de auditoría algorítmica, evaluación de sesgo o impacto en derechos humanos, lo que dificulta el enforcement efectivo de salvaguardas inexistentes en los propios instrumentos.

Precedentes relevantes

  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (tratamiento y confronta de padrones; principios de finalidad y proporcionalidad)
  • Jurisprudencia de la SCJN y estándares interamericanos sobre vigilancia, intervención de comunicaciones y debido proceso en materia de seguridad
  • Reforma constitucional de simplificación orgánica (DOF 20/12/2024) que extingue COFECE e IFT y crea la Comisión Nacional Antimonopolio
  • Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G) administrado por la SFP, referido en las Reglas de Operación de FIRA

Hallazgos

Hallazgos detectados por el análisis. Expande cada uno para ver el fragmento original y las recomendaciones.

Seguridad Pública e Inteligencia Policial Implícito - Tecnología Muy Alta

ID de hallazgo: H1

Dominio regulatorio

Seguridad Pública e Inteligencia Policial

Vacío regulatorio

Fragmento original

la investigación y persecución de delitos basada en inteligencia, información estratégica, análisis, colaboración, práctica de operaciones especiales y aprovechamiento de la tecnología informática

Ubicación en el documento: SSPC.- Acuerdo por el que se delegan facultades a la Subsecretaría de Inteligencia e Investigación Policial, numeral PRIMERO

Análisis de relevancia

1) RELEVANCIA PARA IA: El Acuerdo delega en la Subsecretaría de Inteligencia e Investigación Policial (y crea un cuerpo de agentes adscrito a la Unidad Nacional de Operaciones Estratégicas, UNO) facultades de investigación de delitos 'basada en inteligencia... análisis... y aprovechamiento de la tecnología informática'. El considerando que cita el eje 3 de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública 2024-2030 refuerza esto al hablar de 'la obtención y análisis de información, identificación y comprensión de patrones y dinámicas delictivas'. El análisis masivo de información para identificar 'patrones y dinámicas delictivas' es la descripción funcional típica de analítica predictiva / sistemas de inteligencia policial que en la práctica se apoyan en herramientas de minería de datos, cruce de bases y, crecientemente, aprendizaje automático, aunque el texto no nombre 'IA'. 2) RIESGOS: R9 (vigilancia/análisis predictivo de criminalidad sin controles democráticos ni judiciales explícitos en el Acuerdo); R3 (procesamiento de datos personales y de inteligencia sin mención de salvaguardas, límites de retención o supervisión del INAI/órgano de transparencia); R1 (riesgo de errores y falsos positivos si el análisis de patrones se trata como prueba o base de detención de 'generadores de violencia'). 3) GAPS: El Acuerdo es de naturaleza orgánica (delega facultades) y NO regula la metodología tecnológica, ni transparencia algorítmica, ni auditoría, ni límites al perfilamiento, ni control judicial sobre el uso de herramientas analíticas, pese a habilitar capacidades de inteligencia. 4) CONTEXTO MEXICANO: Capacidad de enforcement y contrapesos limitada; historial de uso de tecnología de vigilancia (p.ej. Pegasus) contra periodistas y opositores; el carácter 'estratégico/operativo' de la UNO reduce la trazabilidad pública.

Recomendaciones

  • Exigir que cualquier sistema de análisis de patrones delictivos opere bajo control judicial y con candados contra el perfilamiento masivo sin sospecha individualizada
  • Establecer obligaciones de transparencia, auditoría independiente y evaluación de impacto en derechos humanos para herramientas de inteligencia/análisis de datos usadas por la UNO
  • Definir límites de retención y prohibición de uso secundario de datos personales recabados con fines de inteligencia, con supervisión del órgano garante de datos
  • Garantizar revisión humana calificada y debido proceso antes de que el 'análisis' se convierta en base de detención o de carpeta de investigación
Financiero/Agropecuario (subsidios y crédito de fomento) Implícito - Tecnología Alta

ID de hallazgo: H2

Dominio regulatorio

Financiero/Agropecuario (subsidios y crédito de fomento)

Vacío regulatorio

Fragmento original

Posterior a su registro, a través de la plataforma AGRITECH FIRA, se validará que la población objetivo elegible cuente con crédito fondeado con FIRA y/o servicio de garantía FIRA vigente y con un estatus aceptable en SUSTRAE y BUROTEC, con lo cual podrá realizar la suscripción correspondiente del servicio de su elección

Ubicación en el documento: SHCP/FIRA.- Reglas de Operación para apoyos a los sectores agropecuario, forestal, pesquero, alimentario y rural, numeral 3.1.8.3 (Mecánica operativa Plataforma AGRITECH FIRA)

Análisis de relevancia

1) RELEVANCIA PARA IA: Las Reglas crean una plataforma digital (AGRITECH FIRA, enmarcada en 'innovación 4.0' / 'Industria 4.0') que automatiza la validación de elegibilidad de beneficiarios mediante la confronta de su 'estatus' en registros internos y burós (SUSTRAE -Módulo de Personas del SIIOF-, BUROTEC, Sistema de Administración de Subsidios SAS). El texto también dispone que las solicitudes incompletas 'será rechazada automáticamente'. Aunque las Reglas describen el componente Industria 4.0 como monitoreo de cultivos 'en tiempo real' (sensores/agtech), el punto crítico para IA es la toma de decisión automatizada sobre acceso a recursos públicos a partir del cruce de padrones y scoring crediticio. 2) RIESGOS: R2 (decisión automatizada de elegibilidad y deducción proporcional del apoyo con base en antecedentes negativos de crédito puede amplificar la exclusión de productores de baja escala, informales o de localidades de alto grado de marginación -LAMAGM-, sin análisis de impacto diferencial ni mecanismo de apelación claro frente al sistema); R3 (tratamiento masivo de datos personales -CURP, RFC, incluso 'huella digital' en Anexos 4, 6 y 7- y confronta entre múltiples bases SAT/IMSS/INFONAVIT/burós para integrar y operar el padrón). 3) GAPS: No se establece auditoría de equidad de la plataforma, ni transparencia sobre los criterios automatizados de 'estatus aceptable', ni derecho de impugnación específico frente al rechazo automático, ni límites al uso secundario de los datos confrontados. 4) CONTEXTO MEXICANO: Alta informalidad (~60%) y desigualdad digital rural pueden traducirse en exclusión sistemática de quienes carecen de historial crediticio formal o conectividad para usar la plataforma.

Recomendaciones

  • Incorporar derecho explícito a revisión humana y a impugnar el rechazo automático de solicitudes y la deducción de apoyos por antecedentes en SUSTRAE/BUROTEC/SAS
  • Realizar y publicar una evaluación de impacto diferencial (sesgo) de la elegibilidad automatizada sobre productores de localidades de alto y muy alto grado de marginación
  • Transparentar los criterios de 'estatus aceptable' y establecer auditoría independiente de la plataforma AGRITECH FIRA
  • Limitar la confronta de padrones y el uso secundario de datos personales (incluida la huella digital) al fin específico del subsidio, con supervisión del órgano garante de datos
Agropecuario (modernización tecnológica / agricultura de precisión) Implícito - Tecnología Media

ID de hallazgo: H3

Dominio regulatorio

Agropecuario (modernización tecnológica / agricultura de precisión)

Vacío regulatorio

Fragmento original

Optimizar la producción agrícola, permitiendo a los agricultores monitorear cultivos en tiempo real, mejorar la eficiencia del uso de recursos como el agua y los fertilizantes, y reducir el desperdicio

Ubicación en el documento: SHCP/FIRA.- Reglas de Operación, numeral 3.1.4 (Apoyo para fomentar la Innovación Tecnológica Industria 4.0); definición de 'FERTILIZACIÓN ÓPTIMA' en Anexo 11

Análisis de relevancia

1) RELEVANCIA PARA IA: El componente 'Industria 4.0' financia 'la integración de tecnologías digitales avanzadas' para monitoreo de cultivos 'en tiempo real' y optimización de recursos. A diferencia de un mero eufemismo, las propias Reglas EXPLICITAN el contenido tecnológico al definir 'FERTILIZACIÓN ÓPTIMA' (Anexo 11) como 'el uso de índices de vegetación a través de satélite, cámaras multiespectrales, drones y sensores de medición directa en campo, para generar información por medio de programas especializados, que puedan ser convertidos a recomendaciones prácticas para la aplicación de fertilizantes en forma variable por áreas': se trata de teledetección + analítica + generación automatizada de recomendaciones agronómicas, descripción funcional típica de agtech con modelos predictivos/aprendizaje automático. 2) RIESGOS: R7 (la automatización y optimización productiva, aunque positiva para productividad, puede desplazar mano de obra rural y concentrar beneficios en quienes acceden a la plataforma); R3 (captación continua de datos de explotaciones agrícolas en tiempo real -imágenes satelitales/drones, sensores- por proveedores tecnológicos suscritos a AGRITECH, sin reglas sobre propiedad/uso de esos datos); R1 (las 'recomendaciones prácticas' generadas automáticamente para dosificación variable de agua/fertilizantes pueden contener errores agronómicos con impacto económico directo si se aplican sin verificación experta, sobre todo en pequeños productores sin capacidad de validar el output). 3) GAPS: Las Reglas no definen quién es titular de los datos generados por el monitoreo en tiempo real, ni reglas de interoperabilidad o no-dependencia respecto de proveedores privados de la plataforma, ni exigencia de validación humana de las recomendaciones automatizadas. 4) CONTEXTO MEXICANO: La dependencia de proveedores tecnológicos externos y la brecha digital rural pueden generar dependencia y captura de valor por pocos proveedores (vínculo con R10).

Recomendaciones

  • Definir en las Reglas la titularidad y los límites de uso de los datos agrícolas captados en tiempo real (imágenes satelitales/drones, sensores) por los proveedores de AGRITECH FIRA
  • Establecer requisitos de interoperabilidad y portabilidad para evitar dependencia de un único proveedor tecnológico (riesgo de concentración)
  • Exigir validación humana calificada de las 'recomendaciones prácticas' automatizadas (p.ej. fertilización óptima) antes de su aplicación, y transparentar el desempeño/error de los programas especializados
  • Acompañar el fomento a la automatización con programas de capacitación que mitiguen el desplazamiento laboral en el campo
Competencia Económica Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Alta

ID de hallazgo: H4

Dominio regulatorio

Competencia Económica

Vacío regulatorio

Fragmento original

garantizar la libre concurrencia y competencia económica en todos los mercados del país, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados

Ubicación en el documento: Comisión Nacional Antimonopolio.- Acuerdo PRES-CNA-2025-001, Considerando 2

Análisis de relevancia

1) RELEVANCIA PARA IA: El Acuerdo es meramente orgánico (delega facultades en el Secretario Técnico) y NO trata IA. Se reporta como GAP por contexto: la Comisión Nacional Antimonopolio sustituye a la extinta COFECE y al IFT, concentrando en un solo órgano la competencia económica y las telecomunicaciones, ambos dominios donde la concentración de poder de mercado en plataformas digitales y modelos fundacionales de IA (mercados 'winner-take-all', barreras por cómputo/datos) es un riesgo creciente. 2) RIESGOS: R10 (no existen, en este instrumento ni se anticipan, criterios antimonopolio específicos para mercados de IA, nube y modelos fundacionales). 3) GAPS: La reestructuración institucional no incorpora herramientas específicas para vigilar concentración en infraestructura digital/IA. 4) CONTEXTO MEXICANO: Dependencia tecnológica de proveedores extranjeros y ausencia de soberanía digital agravan el riesgo de concentración no vigilada.

Recomendaciones

  • Dotar a la Comisión Nacional Antimonopolio de lineamientos y capacidades técnicas para analizar concentración en mercados de IA, servicios en la nube y modelos fundacionales
  • Vigilar adquisiciones de startups de IA y barreras de entrada por requisitos de cómputo, datos y talento
  • Promover interoperabilidad y portabilidad como remedios estructurales en mercados digitales
Electoral (selección de personal de órganos electorales) Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Media

ID de hallazgo: H5

Dominio regulatorio

Electoral (selección de personal de órganos electorales)

Vacío regulatorio

Fragmento original

Para llevar a cabo la aplicación del examen de conocimientos se utilizó para cada una de las entidades la modalidad “Examen desde casa”, por medio del programa dispuesto por el CENEVAL

Ubicación en el documento: INE.- Acuerdo INE/CG1162/2025, sección 'Examen de conocimientos'

Análisis de relevancia

1) RELEVANCIA PARA IA: El proceso de selección y designación de Presidencias y Consejerías Electorales de los OPL es sustancialmente humano (examen CENEVAL, ensayo evaluado por COLMEX, prueba de competencias gerenciales de la UNAM, entrevistas). El único elemento tecnológico relevante es la modalidad de aplicación a distancia 'Examen desde casa', que en este tipo de exámenes en línea suele apoyarse en proctoring remoto que puede incluir supervisión/biometría automatizada, aunque el Acuerdo NO lo describe ni lo regula. Se reporta como gap débil/implícito. 2) RIESGOS: R2 (si el proctoring remoto incorporara verificación biométrica o detección automatizada de 'conductas sospechosas', podría introducir sesgos -p.ej. contra personas con discapacidad, conectividad deficiente o rasgos no reconocidos- en una etapa eliminatoria de un cargo público sensible). 3) GAPS: Ausencia de transparencia sobre los componentes tecnológicos del 'Examen desde casa' y de mecanismos de impugnación específicos frente a incidencias de la herramienta de aplicación. 4) CONTEXTO MEXICANO: La desigualdad digital puede afectar el desempeño de aspirantes en modalidades a distancia, con impacto en la integración de autoridades electorales.

Recomendaciones

  • Transparentar si la modalidad 'Examen desde casa' emplea proctoring automatizado o biométrico y, en su caso, regular su uso y conservación de datos
  • Garantizar accesibilidad y alternativas presenciales para mitigar el impacto de la brecha digital en etapas eliminatorias
  • Prever un mecanismo de impugnación específico ante fallas o decisiones derivadas de la herramienta tecnológica de aplicación
Financiero/Agropecuario (sistemas de información e inteligencia de negocios para crédito de fomento) Implícito - Tecnología Media

ID de hallazgo: H6

Dominio regulatorio

Financiero/Agropecuario (sistemas de información e inteligencia de negocios para crédito de fomento)

Vacío regulatorio

Fragmento original

Sistema Informático Integral de las Operaciones de FIRA (SIIOF) y el Sistema de Inteligencia de Negocios Enterprise Bussines Intelligent System (Sistema EBIS)

Ubicación en el documento: SHCP/FIRA.- Reglas de Operación, Anexo 8 (Indicadores / Matriz de Indicadores para Resultados, medios de verificación)

Análisis de relevancia

1) RELEVANCIA PARA IA: Las Reglas nombran de forma EXPLÍCITA, como medio de verificación de sus indicadores, un 'Sistema de Inteligencia de Negocios Enterprise Business Intelligent System (Sistema EBIS)' que opera sobre el padrón de acreditados y el saldo de crédito directo e impulsado (junto al SIIOF). Los sistemas de business intelligence sobre carteras de crédito típicamente integran analítica avanzada, segmentación y, crecientemente, modelos de scoring/predicción para decisiones de fomento; el instrumento lo cita como infraestructura de medición pero no acota su uso. Complementa a H2: la elegibilidad y deducción de apoyos se determina sobre datos de estos mismos sistemas (SIIOF/SUSTRAE/SAS). 2) RIESGOS: R3 (tratamiento e inteligencia de negocios sobre datos personales masivos -CURP, RFC, historial crediticio- de productores en el padrón, sin límites de uso secundario ni mención de minimización); R2 (si el EBIS alimenta perfilamiento o priorización de acreditados, puede sesgar el acceso a fomento contra productores de baja escala o sin historial, sin auditoría de equidad). 3) GAPS: No se transparenta qué analítica realiza el EBIS, ni si genera scoring o segmentación que incida en decisiones de crédito/apoyo, ni hay auditoría algorítmica o de sesgo sobre estos sistemas. 4) CONTEXTO MEXICANO: Marco de protección de datos con enforcement débil y opacidad sobre la analítica de banca de desarrollo dificultan vigilar usos secundarios o discriminatorios.

Recomendaciones

  • Transparentar las funciones analíticas del Sistema EBIS y si genera scoring, segmentación o priorización que incida en decisiones de crédito o de otorgamiento de apoyos
  • Acotar el uso de los datos personales del padrón en SIIOF/EBIS al fin específico del fomento, prohibiendo el uso secundario sin base legal y con supervisión del órgano garante de datos
  • Someter el EBIS y cualquier componente de scoring a auditoría independiente de equidad y de protección de datos